Publicaciones en los Diarios Oficiales Como parte de la transparencia y del ordenamiento jurídico de nuestro país, todos aquellos documentos que por normativa legal correspondan ser publicados en el Diario Oficial La Gaceta o en el Boletín Judicial, deben ser presentados en la Imprenta Nacional. Requisitos para publicar documentos en los Diarios Oficiales: • Los documentos deben ser originales. Políticas institucionales en servicios de publicación: • Los documentos se publicarán de acuerdo con las normas legales establecidas en la Imprenta Nacional. Más información:
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• En caso de que no sean originales, deben estar autenticados por un abogado.
• Los documentos deben presentarse con el nombre y la firma de la persona responsable de la publicación.
• Los documentos deben venir en papel tamaño carta o legal.
• Si se trata de documentos con plazos legalmente establecidos, deben presentarse con suficiente anticipación.
• El crédito sólo se otorga a instituciones estatales, autónomas y municipalidades.
• Las tarifas son aprobadas por la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional.
• Las solicitudes de exoneración de pago de alguna publicación, deben indicar la norma legal que lo exonera.
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