CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 148-2005

ASUNTO:              Deber del Juez de Juicio de prestar a la parte querellante el auxilio judicial cuando sea imprescindible llevar a cabo diligencias que él no pueda realizar por sí mismo.

A TODOS LOS TRIBUNALES DE JUICIO

Y REPRESENTANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL PAÍS:

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 71-05, celebrada el 7 de setiembre de 2005, artículo XXXIV, dispuso aprobar la solicitud de la Comisión de Asuntos Penales, cuyo texto literalmente dice:

Se les hace saber, que en asuntos de acción privada o convertidos a acción privada, según lo establecido por los artículos 19 y 20 del Código Procesal Penal, corresponde al Juez de Juicio y no al Ministerio Público prestar a la parte querellante el auxilio judicial previo cuando sea imprescindible llevar a cabo diligencias que el querellante no pueda realizar por sí mismo. Esto a tenor de lo dispuesto por los artículos 285 y 381 del mismo cuerpo legal.

De manera que las órdenes para cualquier diligencia deben ser impartidas por el Juez de Juicio y no por el Ministerio Público. Este último órgano no tiene la facultad ni el deber de participar en dichas actuaciones.”

San José, 19 de octubre de 2005.

                                                                                                                                                                          Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(90644)                                                                                                                                                       Secretaria General

 

CIRCULAR N° 150-2005

ASUNTO:              Reiteración de la Circular N° 165-2004 “Sobre debida comunicación al Ministerio de Seguridad Pública. Publicada en el Boletín Judicial N° 115 de 15 de junio de 2005.

A TODAS LAS AUTORIDADES PENALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 72-05, celebrada el 13 de setiembre de 2005, artículo LXI, dispuso reiterarles la Circular N° 165-2004 “Sobre debida comunicación al Ministerio de Seguridad Pública. Publicada en el Boletín Judicial N° 115 de 15 de junio de 2005, cuyo texto literalmente dice:

El Consejo Superior, en sesión N° 85-2004, celebrada el 4 de noviembre de 2004, artículo L, dispuso comunicarles la obligación en que se encuentran de comunicar al Ministerio de Seguridad Pública, por medio del fax N° 226-1463, o cualquier otro medio a su alcance, la orden de libertad de aquellas personas con historial de agresión doméstica, a fin de que este Ministerio tome las medidas necesarias de protección de la víctima y sus familiares, en el entendido de que este trámite no atrasará la liberación inmediata del detenido”.

San José, 19 de octubre de 2005.

                                                                                                                                                                          Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(90645)                                                                                                                                                       Secretaria General

 

CIRCULAR N° 154-2005

ASUNTO: Reglamento del Consejo Consultivo de Género del O.I.J.

A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena, en sesión N° 29-05 celebrada el 19 de setiembre, artículo XXVIII, aprobó el Reglamento del Consejo Consultivo de Género del Organismo de Investigación Judicial, cuyo texto literalmente dice:

“REGLAMENTO DEL CONSEJO CONSULTIVO

DE GÉNERO DEL O.I.J.

I.—Propósito. Esta directriz tiene el objetivo de establecer la organización, estructura y funcionamiento del Consejo Consultivo de Género del Organismo de Investigación Judicial. El documento instituye, las responsabilidades, deberes y atribuciones de sus miembros.

II.—Contenido.

a-  Base Legal.

b-  Finalidad del Consejo Consultivo de Género.

c-  Ámbito de acción del Consejo Consultivo de Género.

d-  Organización y estructura del Consejo Consultivo de Género.

e-  Deberes y responsabilidades del (la) coordinador (a) del Consejo Consultivo.

f-   Deberes y responsabilidades de los (as) miembros del Consejo Consultivo.

g-  Disposiciones Generales.

III.—Base legal. Se crea el presente documento con base en el artículo 17 incisos 3 y 4 de la Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial.

IV.—Finalidad del Consejo Consultivo de Género. Se crea el Consejo Consultivo de Género como Órgano permanente de la Dirección General del Organismo de Investigación Judicial, con la finalidad de asesorar, velar y coadyuvar al establecimiento y cumplimiento de políticas equitativas para el desarrollo de todo el personal de la Institución y de la prestación del servicio.

V.—Ámbito de acción del Consejo Consultivo de Género. El ámbito de acción del Consejo Consultivo de Género será todo el Organismo de Investigación Judicial, para lo cual estará dividido en los siguientes sectores:

Sector 1: Guanacaste                                                                           Sector 2: Atlántico                                                 Sector 3: Pacífico

Liberia                                                                                                             Limón                                                                Puntarenas

Nicoya                                                                                                            Siquirres                                                            Garabito

Santa Cruz                                                                                                      Guápiles                                                            Aguirre y Parrita

Cañas                                                                                                              Turrialba

Sector 4: Norte                                                                                          Sector 5: Sur                                                Sector 6: Metropolitano

San Carlos                                                                                                       Corredores                                                        Alajuela       Cartago

San Ramón                                                                                                      Pérez Zeledón                                                   Heredia        La Unión

Sarapiquí                                                                                                         Osa                                                                    Grecia          Puriscal

Sector 7: Central                                                                         Sector 8: Ciencias Forenses                                  Sector 9: Medicina Legal

Oficinas del                                                                                                     Oficinas del                                                       Oficinas del

Departamento de                                                                                            Departamento de                                              Departamento de

Investigaciones                                                                                                Ciencias Forenses                                             Medicina Legal

Criminales

Sector 10: Técnico                                                                                                                Sector 11: Administrativo

Sección de Cárceles y Transportes                                                                                         Museo Criminal

Radiocomunicación y Taller                                                                                                   Secretaría General del O.I.J.

Unidad Apoyo Psicológico Operac.                                                                                       Dirección General del O.I.J.

Archivo Criminal                                                                                                                    Depósito de Objetos Investigación

Armería                                                                                                                                   de Antecedentes

Oficina de Planes y Operaciones                                                                                            Oficina de Prensa

Serv. Policial Intervención                                                                                                      Oficina Receptora Denuncias

Inmediata

Asuntos Internos

A medida que se creen nuevas dependencias deberán ser incluidas en los sectores existentes, de acuerdo al criterio del Consejo Consultivo de Género con la aprobación de la Dirección General del Organismo de Investigación Judicial.

VI.—Organización y estructura del Consejo Consultivo de Género.

a-  Estará integrado por al menos diecisiete servidores (as) que cuenten con puesto en propiedad dentro de la Policía Judicial, uno (a) de las cuales tendrá bajo su cargo la coordinación del Órgano; este (a) último (a), será designado (a) por la Dirección General tomando en cuenta variables como capacitación, experiencia en el tema y otras que sean relevantes para el desempeño del cargo. De existir algún impedimento temporal para que desempeñe su puesto, la Dirección General nombrará un (a) coordinador(a) sustituto (a) de entre el resto de integrantes.

b-  La zona Metropolitana contará con tres integrantes, mientras que el resto de zonas regionales contarán con un (a) miembro por sector, para un total de 8. El Departamento de Investigaciones Criminales contribuirá con cuatro representantes, mientras que cada uno de los demás sectores aportará un (a) integrante, para conjuntamente con el (la) Coordinador (a) conformar 17 miembros.

c-  El procedimiento para integrar el Consejo Consultivo de Género del Organismo de Investigación Judicial, será por nominación propia o de un tercero, mediante convocatoria que realizará la Dirección General para tal efecto. Cuando sea por un tercero, se deberá tener la aceptación del (la) nominado (a). De existir mayor cantidad de nominados (as) que puestos vacantes, la Dirección General designará quien ocupe los cargos, de acuerdo con los mismo criterios establecidos en el inciso a de este apartado, con la posibilidad de delegar esta función en el (la) Coordinador (a) del Consejo Consultivo de Género del Organismo en ejercicio.

d-  Los y las integrantes del Consejo Consultivo de Género ocuparán su cargo durante dos años consecutivos, después de lo cual se procederá a renovar parcialmente la integración del Órgano, con el propósito de brindar una adecuada continuidad a las actividades establecidas. Los (as) integrantes podrán renunciar a su cargo, debiendo realizarse el procedimiento de nominación para que un (a) nuevo (a) servidor (a) se desempeñe en el cargo por el tiempo remanente, de acuerdo al sector que represente.

e-  Los miembros salientes podrán ser reelegidos en la conformación del nuevo Consejo Consultivo de Género.

f-   Si no se cuenta con el total de nominaciones para cubrir los puestos del Consejo Consultivo de Género, podrá funcionar con una integración menor, siempre que no sea inferior a cinco personas. Posibilidad que se constituye en una medida de carácter extraordinaria, la cual no podrá ser exigida, sino que operará automáticamente cuando no existan los (las) interesados (as) para conformar la integración total del mencionado Órgano.

g-  Se nombrarán cuatro servidores (as) pertenecientes al sector 7, quienes fungirán como suplentes del Consejo Consultivo de Género, su función primordial será participar, a manera de representación, en aquellas sesiones a las que los titulares se encuentren imposibilitados a asistir. El procedimiento para el nombramiento de estos (as) suplentes, así como el período del mismo, será igual al que opera para los miembros titulares.

h-  En caso de que un (a) integrante del Consejo se vea imposibilitado (a) a asistir a la reunión convocada, lo comunicará al (a) Coordinador (a), quién convocará a uno (a) de los (las) suplentes nombrados (as) para tales efectos. El (La) titular deberá comunicarse con el (la) suplente convocado (a), para hacer de su conocimiento cualquier tema de interés que al (la) primero (a) le interese exponer, en la sesión del Consejo Consultivo de Género a la que se encuentra imposibilitado (a) a asistir. Una vez concluida la correspondiente sesión, el (la) integrante suplente deberá informar adecuadamente al miembro titular, los pormenores de la sesión realizada.

VII.—Deberes y responsabilidades del (a) Coordinador (a) del Consejo Consultivo de Género.

a-  Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias a todos (as) los (as) miembros del Consejo, así como a los invitados, sí los hubiera, con ocho días naturales de anticipación.

b-  Solicitar al resto de los (as) miembros, por el medio idóneo y con ocho días naturales de anticipación, los temas a tratar en cada reunión.

c-  Preparar la agenda que será tratada en cada reunión.

d-  Moderar las sesiones de trabajo.

e-  Controlar la asistencia de los (as) integrantes.

f-   Velar por que se confeccione el acta de la reunión, por parte del (la) Secretario (a) de Actas, el (la) cual será nombrado (a) por el (la) Coordinador (a) entre las personas que integren el Consejo y su nombramiento regirá por todo su período en el Consejo Consultivo.

g-  Velar porque en su despacho exista un archivo, completo y actualizado, sobre todas las actividades del Órgano, para lo cual se llevará un consecutivo que iniciará cada año.

h-  Comunicar a la Dirección General los acuerdos relevantes tomados en las reuniones, así como elevar a ésta las consultas que se consideren pertinentes, remitiendo el acta aprobada de cada reunión realizada.

i-   Velar por la puntual y adecuada ejecución, dirección y seguimiento, de los planes o proyectos que se elaboren en el Consejo Consultivo de Género que coordina.

j-   Distribuir entre los miembros del Consejo Consultivo de Género, la realización de planes de trabajo y/o diferentes actividades requeridas para lograr los objetivos propuestos en el grupo de trabajo.

k-  Asistir a la Comisión de Género del Poder Judicial.

VIII.—Deberes y responsabilidades de las personas que integran el Consejo Consultivo de Género.

a-  Asistir puntualmente a las reuniones convocadas por el (la) Coordinador (a).

b-  Justificar por escrito las ausencias con suficiente antelación para llevar a cabo la suplencia correspondiente. Si se presentara alguna situación inesperada, que imposibilite comunicarse con la correspondiente antelación, deberá hacerla del conocimiento de la Coordinadora por el medio más expedito, para que esta lleve a cabo la suplencia.

c-  Enviar puntualmente al (a la) Coordinador (a), mediante el sistema más conveniente, los temas de agenda que considere pertinentes, con cuatro días naturales de anticipación a la fecha de la reunión.

d-  Cumplir puntualmente con las actividades e informes que se les asignen en los acuerdos del Consejo Consultivo de Género.

e-  Aportar la información que sea requerida para el desarrollo del Consejo Consultivo de Género.

f-   Participar activamente en el proceso de elaboración, dirección y seguimiento de los planes actividades o proyectos establecidos en el Consejo Consultivo de Género.

g-  Confeccionar un informe sobre los acuerdos tomados en el seno del Consejo Consultivo de Género, el cual será remitido a cada una de las oficinas que representa, con copia a la Coordinadora del Consejo.

h-  Guardar confidencialidad con respecto a los temas que se conozcan en el seno del Consejo Consultivo de Género o con ocasión del mismo.

i-   Las personas que integren el Consejo Consultivo de Género en calidad de suplentes, tendrán los mismos deberes y responsabilidades de los (as) titulares.

IX.—Disposiciones generales.

a-  El Consejo Consultivo de Género se reunirá ordinariamente una vez al mes, siempre que existan temas a tratar, y extraordinariamente las veces que sean necesarias.

b-  EI quórum se establecerá con la presencia de la mitad más uno de sus miembros.

c-  Los acuerdos se tomarán por consenso, pero de no lograrse, se hará mediante votación de mayoría simple. Por formar parte de un cuerpo deliberativo, son los encargados de tomar decisiones, por lo tanto no se aceptará una abstención en una votación. En caso de que se presente empate, el (la) Coordinador (a) tendrá la potestad de resolver la situación con la emisión de un segundo voto.

d-  Sobre todas las sesiones que se celebren se levantará un acta que será firmada por todos los miembros presentes al momento de la aprobación, la cual se realizará en la sesión siguiente.

e-  Las sesiones se iniciarán con la lectura del acta de la reunión anterior, procediendo a evaluar el estado de cumplimiento de los acuerdos tomados.

f-   El Consejo Consultivo de Género tendrá la potestad de relevar del cargo de representante a aquel miembro que incumpla en reiteradas ocasiones, los deberes y responsabilidades establecidas en este reglamento.

g-  El (la) Coordinador (a) del Consejo Consultivo de Género, se constituye en un puesto de confianza del Director General del Organismo de Investigación Judicial; por tanto, dicho Coordinador (a) podrá ser removido (a) y sustituido (a) de su puesto por el Director General, antes de la conclusión del período para el cual fue nombrado (a).

h-  Para el cumplimiento de sus objetivos, el Consejo Consultivo de Género podrá invitar a sus sesiones a representantes de otras instituciones o personas que puedan ofrecer aportes de interés.

i-   Las jefaturas del Organismo de Investigación Judicial, están en la obligación de velar por que los (as) representantes del Consejo Consultivo de Género asistan puntualmente a las reuniones convocadas oficialmente. Cuando la o él representante se encuentre cubriendo roles alternos, se eximirá de la guardia previa o posterior del día de la reunión, sea diurna o nocturna.

j-   La Dirección General del Organismo de Investigación Judicial brindará el apoyo y seguimiento necesario al Consejo Consultivo de Género y velará por el cumplimiento de los acuerdos tomados. Además, tiene la facultad de sancionar a sus integrantes en caso de que de manera injustificada, no se cumpla con los acuerdos tomados en ese Consejo, conforme a las disposiciones legales vigentes.

X.—Disposiciones transitorias.

a-  En virtud de que actualmente existen trece integrantes titulares del Consejo Consultivo de Género, la Coordinadora deberá gestionar para que los (las) cuatro integrantes titulares que faltan por nombrar, sean seleccionados (as) de sus respectivos sectores a más tardar el treinta de abril del año dos mil cinco. De igual forma deberá procederse con el nombramiento de los (as) cuatro integrantes suplentes.

b-  Los (as) cuatro integrantes titulares que serán nombrados (as) con posterioridad, conjuntamente con cinco de las integrantes titulares actualmente nombradas, extenderán su nombramiento por una única vez hasta el diez de mayo del año dos mil siete, mientras que las ocho restantes culminarán en la fecha correspondiente a su período de dos años en el cargo; a saber, el diez de mayo del dos mil seis. De manera que en lo sucesivo se continúe con el cumplimiento del inciso d) del punto VI. del presente Reglamento.

c-  Las cinco integrantes titulares actualmente nombradas, cuyo período inicial se extenderá hasta el diez de mayo del año dos mil siete, serán establecidas mediante votación simple a lo interno del Consejo Consultivo de Género, para lo cual la Coordinadora contará con doble voto en caso de empates.

d-  Dos de los (las) integrantes suplentes ejercerán su cargo hasta el diez de mayo del dos mil seis, mientras que los (las) dos restantes extenderán su período por una única vez hasta el diez de mayo del año dos mil siete. Una vez concluidos estos nombramientos, los siguientes integrantes suplentes nombrados, ejercerán su función según el período de dos años establecido en el presente Reglamento, en cumplimiento del inciso d) del punto VI., del presente Reglamento.

e-  Los (as) dos miembros suplentes que extenderán su período hasta el diez de mayo del año dos mil siete, serán establecidos (as) mediante votación de los miembros titulares del Consejo Consultivo de Género, para lo cual la Coordinadora contará con doble voto en caso de empate.

San José, 28 de octubre de 2005.

                                                                                                                                                                          Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(90646)                                                                                                                                                       Secretaria General

 

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

Sección de Cobro Administrativo.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de septiembre del dos mil cinco. No habiendo sido posible localizar a la señora Olga Vega Fallas, cédula de identidad N° l-857-778 y en virtud de seguirse la causa administrativa N° 31-R-02, por suma adeudada al Estado, notifíquese por medio de Edicto la resolución dictada por esta Dirección que literalmente dice: “N° 2839-05. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Trámite de Cobro Administrativo. San José, a las once horas del catorce de septiembre de dos mil cinco. Procedimiento de Cobro Administrativo, seguido a la señora Olga Vega Fallas, exservidora, por suma adeudada al Estado. Antecedentes: 1) Según copia del oficio N° 446-P-01, de fecha 23 de octubre de 2001, suscrito por el Lic. Ronald Calvo Coto, Jefe Sección Planillas y por el Lic. Francisco Arroyo Meléndez, Jefe Departamento Personal, se informa de la deuda por un monto de ciento cincuenta y ocho mil ochocientos sesenta y dos colones con quince céntimos (¢158.862,15). Deuda que corresponde a renuncia a partir del 22 de noviembre de 2000 y permiso sin goce de salario el 10 de abril, 22 de febrero y el 31 de enero de 2000 (ver folios 1 al 8). 2) Mediante resolución de Audiencia N° 2214-02 dictada por esta Dirección a las catorce horas cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil dos, se le otorga a la exservidora Olga Vega Fallas, el plazo de diez días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre el cobro de ciento cincuenta y ocho mil ochocientos sesenta y dos colones con quince céntimos (¢158.862,15), pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, dicha resolución fue debidamente notificada a las nueve horas del siete de febrero de dos mil tres y no consta en autos pronunciamiento sobre la misma. 3) Mediante resolución N° 2187-05 de las trece horas del veintidós de julio de dos mil cinco se fija comparecencia oral y privada para las nueve horas treinta minutos del 27 de agosto de 2005, la cual no fue posible notificar. Comparecencia: 1) En razón de lo anterior, se nombra como Órgano Director del Procedimiento al licenciado Jimmy Vargas Durán, de acuerdo con lo establecido en el artículo 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública. 2) Se convoca al señor Olga Vega Fallas, a comparecencia oral y privada, para lo cual se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de octubre de dos mil cinco, en la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, ubicada en el segundo piso del Edificio del Organismo de Investigación Judicial, sito en calle 19, avenidas 6 y 8, en la cual deberá presentar a los testigos que estime necesarios; asimismo, podrá aportar cualquier otra prueba y hacer los alegatos que tuviere en defensa de sus derechos, los cuales hará por escrito si los presenta antes de la comparecencia. Se hace saber al señor Olga Vega Fallas que puede hacerse acompañar de un Abogado. 3) Queda a su disposición el Expediente Administrativo N° 31-R-02 (A). Notifíquese.

San José, 16 de setiembre del 2005.

                                                                                                                                                                           Lic. Alfredo Jones León,

(90647)                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

 

SALA CONSTITUCIONAL

segunda PUBLICACIÓN

Asunto: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 3831-02, promovida por Rolando Laclé Zúñiga en contra de la Ley número 6171 del 2 de diciembre de 1977, mediante la cual se reformó el artículo 12 de la Ley número 5420, del 30 de noviembre de 1973, se ha dictado el voto número 11902-05, de las catorce horas cincuenta y seis minutos, del treinta y uno de agosto del dos mil cinco, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción.-

Los Magistrados Calzada, Jinesta y Castro salvan el voto y declaran con lugar la acción con sus consecuencias”.

El Magistrado Solano da razones diferentes en su voto.

San José, 31 de agosto del 2005.

                                                                                                                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

C-19010.—(90386)                                                                                                                                                         Secretario

 

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Consulta Judicial de Constitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en consulta judicial de constitucionalidad número 1184-00, promovida por el Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, en lo referente al artículo 129 inciso ch) de la Ley de Tránsito, se ha dictado el voto número 4881-01 de las nueve horas trece minutos del ocho de junio de dos mil uno, que en lo que interesa dice:

“Se aclara la sentencia número 2000-02992, de las 15:27 horas del día 12 de abril del 2000, en el sentido de que por virtud de ese fallo se mantiene la vigencia del citado inciso ch) del artículo 129, según texto de la Ley de Tránsito número 7331, de 13 de abril de 1993. Notifíquese”.

San José, 8 de junio del 2001.

                                                                                                                                                                            Gerardo Madriz Piedra

C-19010.—(90387)                                                                                                                                                         Secretario

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las diez horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil cinco, en el mostrador de este Despacho y libre de gravámenes hipotecarios y soportando demanda ordinaria inscrita al tomo quinientos cincuenta y tres y al asiento once mil setecientos ochenta y nueve, servidumbre trasladada inscrita al tomo doscientos noventa y tres y al asiento diecinueve mil novecientos cincuenta y seis, servidumbre trasladada inscrita al tomo trescientos dos y al asiento dieciocho mil ochocientos setenta y dos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, matrícula número cuatrocientos setenta mil ciento tres-cero-cero-cero, partido de San José, sita en el distrito segundo, cantón tercero, colinda al norte, con lote 2 E; al sur, con calle pública; al este, con calle pública, y al oeste, con lote 48 E. Se remata por la base de un millón doscientos veintiún mil seiscientos cuarenta colones netos y por ordenarse así en proceso Ordinario Laboral, de Lennin Enrique Martínez Villarreal contra José Francisco Bonilla Porras y Laura Vargas Padilla. Expediente Nº 04-300058-0237-LA (63-1-04).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 19 de octubre del 2005.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—(90351).

 

A las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco soportando colisión ante el Juzgado de Tránsito de Alajuela, sumaria número cero uno-seiscientos un mil ciento ochenta y dos-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL ciento cincuenta y seis mil ochenta y cinco, marca: Mitsubishi; categoría: carga liviana; capacidad: tres personas; número motor: G cincuenta y cuatro BJT tres mil doscientos treinta y ocho, año mil novecientos ochenta y ocho, color azul, combustible gasolina, tracción doble. Se remata por ordenarse así en proceso Ordinario Laboral de Elizabeth Miranda Miranda contra Victoria Segura Rodríguez. Exp. Nº 01-000027-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 4 de octubre del año 2005.—Lic. Luz Marina Méndez Mora, Jueza.—(90352).

 

A las ocho horas del veintiuno de febrero próximo entrante, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas a la Ley de Aguas y a la Ley de caminos y con base de setecientos noventa y nueve mil setecientos setenta y un colones con 50/100, al mejor postor remataré: La finca del Partido de Heredia, Folio Real matrícula ciento cincuenta y un mil doscientos cuarenta y nueve-cero cero cero, sita en distrito primero del cantón décimo de la provincia de Heredia, que es lote con área 484.71 metros cuadrados. Colinda al norte, calle pública con frente de 19.23 metros; al sur, con Chirracas S. A., este, Chirracas S. A., y oeste, Chirracas S. A. Lo anterior por haberse ordenado así en Ordinario Laboral número 01-005333-0377-LA (27-01), actor Simón Rizo Acuña, demandado Ricardo Ortiz Ledezma.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 6 de octubre del 2005.—Lic. Gerardo Calero Miranda.—(90353).

 

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Delgado Delgado, mayor, cédula de identidad número 1-663-0032, fallecido el 18 de noviembre del 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 05-001465-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 05-001465-0173-LA, por Yanci Delgado Delgado otros a favor de los causahabientes del citado fallecido.—Tribunal de Trabajo Menor Cuantía Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de setiembre del 2005.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(90366).

 

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miriam Isabel Accame Buonomo mayor, cédula de identidad numero 8-048-059, laboró para la Universidad de Costa Rica, fallecida el 24 de diciembre del 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 05-002130-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 05-002130-0173-LA. Por Edgardo Héctor Moreira Schenone a favor de los causahabientes.—Tribunal de Trabajo Menor Cuantía Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2005.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Juez.—1 vez.—(90367).

 

A los causahabientes de quien en vida se llamó Henry José Enríquez Rosales, quien fue mayor, casado, vecino de Purral de Guadalupe, con cédula de identidad número cinco - doscientos setenta y cuatro - doscientos sesenta y siete, se les hace saber que: Marta Eugenia Blanco Arroyo, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número uno - mil dieciocho - trescientos cuarenta y uno, vecina de Purral de Guadalupe, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite y madre de la menor Yailin Fabiola Enríquez Blanco hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Henry José Enríquez Rosales. Expediente número 05-001148-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2005.—Lic. Nubia Bolívar Rueda, Jueza.—1 vez.—(90368).

 

A los causahabientes de quien en vida se llamó Fausto Fernando Benavides Mora, quien fue mayor de edad, casado, supervisor, vecino de San Josecito de Alajuelita, con cédula de identidad número 1-551-518, se les hace saber que: Xinia Chavarría Valverde, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-510-927, vecina de San Josecito de Alajuelita, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido y como madre en el ejercicio de la patria potestad de la menor Estefanía Benavides Chavarría del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Libre de Derechos. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido Fausto Fernando Benavides Mora. Expediente número 04-003415-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2005.—Lic. Nubia Bolívar Rueda, Jueza.—1 vez.—(90369).

 

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida Mireya Barrantes Angulo, quien fuera mayor, casada, miscelánea, vecina de San Antonio de Desamparados, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cincuenta y dos-ochocientos veintinueve, quien presumiblemente falleció el diez de mayo del dos mil cinco, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de dineros del Fondo de Capitalización Laboral y otro, así como cualquier otro extremo laboral, expediente número 05-300124-237-LA (126-4-05), gestionada por: Carlos Ramírez Cordero contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense del Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 18 de octubre de 2005.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(90370).

 

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roberto Salas Guzmán cc., Dagoberto Salas Guzmán, cédula de identidad 2-0072-0442, vecino de San Ramón, fallecido el catorce de octubre del 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 05-000109-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 05-000109-0692-LA, por Consignación de Prestaciones promovido por, María Rosa Salas Pereira.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Ramón, 20 de octubre del 2005.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(90371).

 

Se cita y emplaza a los que carácter de causahabientes de las prestaciones del fallecido, Alejandro Castañeda Rodríguez, cédula 5-136-494 y vecino de Guardia de Liberia, de Abastecedor Chan, doscientos metros al sur, casa blanca con muro de piedra, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días hábiles posteriores, a la publicación de este edicto se apersonen a este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 05-300080-0397-LA, (N.I.80-05), hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Liberia, Guanacaste.—Lic. Carlos Manuel Sosa Jiménez, Juez.—1 vez.—(90372).

 

Se cita y emplaza a los causahabientes de, Josué Navarro Díaz, quien en vida fue mayor y de 21 años al fallecer, soltero, cédula 3-0388-0635, hijo de Elisa Díaz Bonilla y Rubén Emilio Navarro Méndez, vecino de Barrio Setenta de Tuis Turrialba. detrás del Ebais, peón agrícola, para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a estas diligencias de Devolución de Cuotas de Trabajador fallecido que depositará el Banco Popular y de Desarrollo Comunal por devolución del Fondo de Pensiones Complementarias y del Fondo de Capitalización Laboral, que pertenecían al causahabiente en la operadora de Pensiones Complementarias de esa Institución, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, se entregará el importe respectivo a quienes tenga derecho de conformidad con lo dispuesto por el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior en diligencias establecidas por Elisa Díaz Bonilla, expediente número único 05-300126-0352-LA, interno 127-1-05.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Turrialba, 18 de octubre del 2005.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—1 vez.—(90373).

 

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Elena Solera Jenkins, mayor, viuda, cédula 02-131-582, fallecido el 19 de setiembre del 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Fondo de Capitalización Laboral, bajo el número 05-000288-0703-LA-C, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 05-000288-0703-LA, de María Elena Solera Jenkins.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 18 de octubre del 2005.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—(90374).

 

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Marcelino Torres Rojas, quien fue mayor, casado, titular de la cédula de identidad numero 06-0161-0078, vecino de Limón, quien laboraba en Compañía de Anfo S. A., para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren, los dineros que se depositaren pasarán a quién legalmente corresponda. Expediente número 05-000389-679-LA-3.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de octubre del 2005.—Lic. Guiselle Gene Calderón, Jueza.—1 vez.—(90375).

 

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Jose Moisés Alvarado Valerio quien fue mayor, casado, titular de la cédula de identidad numero 03-0193-0927, vecino de Limón, quien laboraba en Caja Costarricense de Seguro Social en Limón, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren, los dineros que se depositaren pasarán a quién legalmente corresponda. Expediente número 05-000363-679-LA-3.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de octubre del 2005.—Lic. Guiselle Gene Calderón, Jueza.—1 vez.—(90376).

 

Por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Guillermo Villalobos Murillo, mayor, casado, pensionado, vecino de Santa Bárbara, del Lubricentro Brenes 200 este, cédula Nº 4-044-932, fallecido en fecha 04-09-2005; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas por bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo, expediente Nº 05-001437-376-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Joaquín.—Lic. Rolando Valverde Cruz, Juez.—1 vez.—(91290).

 

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las once horas treinta minutos, del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero siete cero uno cinco cinco-cero cero cero, la cual es solar con una casa. Situada en el distrito 1º Cartago Oriental, cantón 1° Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Elena López Chacón; al sur, calle pública con 9,78 m; al este, sucesión de Clotilde Jiménez y al oeste, Ricardo Patiño Troyo. Mide: ciento dieciséis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Sergio Ortega Mejía. Expediente Nº 05-001661-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 67053.—(90095).

 

A las ocho horas, del catorce de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando limitaciones, reservas y restricciones de la Ley del Sistema Financiero al tomo trescientos ochenta y cinco, asiento tres mil seiscientos cuarenta, y con el veinticinco por ciento menos de la base original, sea la suma de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matricula cuarenta y un mil quinientos sesenta y dos-cero cero cero, que es terreno lote nueve para construir; sita en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Linderos: al norte, con calle pública - Theopilen Edwin J., al sur, con lote quince, al este, con lote diez y al oeste, con lote ocho. Mide: doscientos metros cuadrados. La finca pertenece a la demandada Barboza Zárate. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 05-100049-341-CI-52-R, del Banco Nacional de Costa Rica contra Jacqueline Alejandra Barboza Zárate.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 10 de octubre del 2005.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 67061.—(90096).

 

A las catorce horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de seiscientos cincuenta y tres mil doscientos noventa y siete colones con setenta y tres céntimos, remataré: Vehículo marca Hyundai, automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, cinco personas, motor G cuatro EKR uno cuatro tres dos cero ocho, color rojo, gasolina, modelo mil novecientos noventa y cuatro, placas quinientos seis mil seiscientos sesenta y cuatro. Prendario 05-000445-182CI (5) de Zafroli Cuatro Mil S. A. contra Trinidad Miranda Novoa.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 25 de octubre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(90130).

 

A las nueve horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base dada por el perito, sea la suma de un millón cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número ciento ochenta y siete mil quinientos ochenta y ocho, marca Jeep, estilo Wrangler, modelo mil novecientos ochenta y ocho, carrocería rural, capacidad cuatro personas, color gris, motor número 709C17, combustible gasolina, cilindros 06. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado Nº 99-001591-221-CI de Charbel Boutros Macklouf, contra Eduardo Chinchilla Cartín.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de octubre del 2005.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(90146).

 

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de dos millones setecientos un mil setecientos treinta colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 278222, marca Honda, categoría automóvil, carrocería sedán, 4 puertas, chasis 1HGEJ652XVL025334, uso particular, estilo Civil LX, capacidad 5 personas, año 1998, color vino, número de motor B18A12337042. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 05-001203-185 CI-2 Ejecutivo Prendario de Ariannarein Limitada contra Milena Carvajal Prado.—Juzgado Sexto Civil de San José, 20 de octubre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(90199).

 

A las catorce horas del trece de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos por el tomo doscientos setenta y cuatro, asiento mil ochenta y ocho y soportando anotación de demanda ordinaria por el tomo quinientos treinta y uno, asiento diecisiete mil setecientos once y con la base de quince millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de pastos y con un local comercial, situada en el distrito segundo Santiago, cantón segundo San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Noemy Herrera Esquivel; sur, Domingo Miranda e Isabel Mora Chaves; este, Carretera Interamericana con ciento veinticuatro metros con veinticuatro centímetros, y oeste, Noemy Herrera Esquivel. Mide cincuenta y dos mil cincuenta metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Carlos Villalobos Jiménez y María de los Ángeles Gamboa Salas. Expediente Nº 04-000725-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de San Ramón, 18 de octubre del 2005.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(90279).

 

A las ocho horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón quinientos mil colones, remataré al mejor postor la finca inscrita en propiedad, Partido de San José, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil setecientos setenta-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa de habitación, situado en el distrito primero San Isidro del General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: Norte, Milton Mena Valverde; sur, Racaredo Mesén Valverde; este, Eladio Sánchez González y oeste, Ramón Elizondo Chacón, Fernando Sánchez Corrales y Juan Bautista Víquez Hernández. Plano SJ-0985923-1991. Mide: seiscientos cuarenta y ocho metros con sesenta decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Xinia Víquez Quesada. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 03-100473-188-CI Interno 496-03-R-4, de Ana Priscila Gutiérrez León contra Xinia Víquez Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 14 de octubre del 2005.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 67086.—(90280).

A las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil cinco en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones judiciales; soportando hipoteca de primer grado a las citas 473-11362-01-0003-001, con la base de cuatro millones de colones, remataré al mejor postor la finca inscrita en Propiedad, Partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número setenta y siete mil ochocientos treinta y uno-cero cero cero, que es terreno de árboles frutales con una casa de habitación y un rancho, situado en el distrito tres Tabarcia, cantón siete Mora, de la provincia de San José, lindantes, norte; calle y escuela; sur, Elvia Marín y Amado Pérez; este, Luis Artavia, y oeste, calle, escuela y Amado Pérez. Plano SJ-0625987-1986. Mide: dos mil seiscientos ochenta y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Inversiones Plutón de Norte S. A. Lo anterior se remata por estar así ordenado en Hipotecario N° 05-100589-188-CI Interno 611-05-R-4, de Wilba del Sur S. A., contra Inversiones Plutón del Norte S .A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 14 de octubre del 2005.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 67087.—(90281).

 

A las diez horas del veinticinco de noviembre del dos y mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, soportando reservas y restricciones inscritas a las citas: 232-06621-01-0901-001 y con la base de un millón cuatrocientos noventa mil doscientos noventa y seis con 87/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 088750 000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Ángel Mora Carmona; al sur, calle pública con frente de 12 metros; al este, Daysi Arce Rojas y Municipalidad de Cañas, y al oeste, Miguel Ángel Mora Carmona. Mide: cuatrocientos setenta y tres metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural CR-Canadá contra Rigoberto Brenes Meza. Expediente: 05-000945-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del año 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—Nº 67088.—(90282).

 

A las diez horas del veintiuno de noviembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, condiciones y prohibiciones al tomo 376, asiento 19566, y con la base de dos millones doscientos setenta y siete mil trescientos treinta y un colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil trescientos nueve-cero cero uno, y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cinco, Cariari cantón dos, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lotes 11, 12 y Zacarías Elizondo Porras; al sur, lotes 1 al 8 inclusive y Uriel Elizondo Porras; al este, Callejón de Acceso de tres metros, calle pública, lotes 7 y 9, y al oeste, Uriel Elizondo Porras, y Rosendo Gamboa Campos. Mide: doscientos setenta metros con tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Jisett Rocío Vargas Hernández, Jorge Alberto Gómez Mora. Exp. Nº 02-018270-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del año 2005.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—Nº 67089.—(90283).

 

A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de novecientos cincuenta mil seiscientos ochenta y cuatro colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil trescientos cincuenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Fortuna, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Floricelda S. A.; al sur, Floricelda S. A.; al este, calle pública con 10 metros, y al oeste, Floricelda S. A. Mide: ciento noventa y nueve metros con ochenta y un decímetro cuadrado. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural CR-Canadá contra Hebert Pérez Palacio. Expediente Nº 05-000949-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del año 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—Nº 67090.—(90284).

 

A las once horas del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de quinientos mil colones sin céntimos, y libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, matrícula de folio real número ciento noventa y tres mil novecientos cinco cero cero cero, que es terreno de café, sito en distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba de la provincia de Cartago. Mide dos mil novecientos noventa y un metros con ochenta y un decímetros cuadrados, colinda al norte, Rodolfo Nájera Araya; sur, calle pública con diecisiete metros treinta y un centímetros lineales; este, Rodolfo Salazar Figueroa servidumbre de paso en medio; oeste, Rodolfo Nájera Araya, no tiene anotaciones. Lo anterior se ordenó en Juicio Ejecutivo Hipotecario, número único 05-100308-0352-CI, número interno 317-1-05, del Banco Nacional de Costa Rica contra Javier Gerardo De Lo Nájera Castillo.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 23 de agosto del 2005.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—Nº 67060.—(90285).

A las nueve horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintidós millones de colones, al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, matrícula de Folio Real número 312113-000, Partido de San José, que se describe así: naturaleza terreno para construir con una casa. Mide cuatrocientos nueve metros cuadrados, ubicada en el distrito 01 (Alajuelita), cantón 10 (Alajuelita), de la provincia de San José. Linderos al norte, Carlos Rodríguez Rojas y otro, al sur, calle pública; al este, Mario Rodríguez Quesada, y al oeste, calle pública. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario N° 05-001259-183-CI/4 de Humildad González Marín contra Adrián Madrigal Rangel.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de octubre del 2005.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—Nº 67142.—(90286).

 

A las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando prohibiciones, reservas de Ley de Aguas y Caminos Públicos, sin más gravámenes, con la base de seis millones setecientos cuarenta y un mil ochocientos seis colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Limón, matrícula ochenta y nueve mil doscientos uno-cero cero cero, que es terreno para construir, proyecto Limón cero treinta y cuatro, lote ciento setenta y cuatro-mil noventa y nueve, situado en el distrito cuarto, Roxana; cantón segundo, Pococí; provincia de Limón, que mide trescientos diecisiete metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados, y colinda al norte, Miguel Gutiérrez; al sur, Greivin Ugalde; al este, con María Brenes, y al oeste, servidumbre de paso. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Ejecutivo Hipotecario. Exp. Nº 05-100472-0468-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Mauricio Gerardo Grant Grant y Yanina Barahona Gutiérrez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 19 de octubre del 2005.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 67147.—(90287).

 

A las diez horas treinta minutos del seis de febrero del dos seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, se rematarán las siguientes fincas: la primera inscrita en el Registro Público de la Propiedad partido de Limón, matrícula 81136-000 libre de gravámenes y con la base de trece millones doscientos treinta y siete mil ochocientos cuarenta colones que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo de la provincia de Limón, que mide cuarenta y un metros con treinta y siete decímetros cuadrados, y colinda al norte, con calle pública; al sur, con Geovanny González Fuentes; al este, con Mario Alfonso Fuentes Figueroa, y al oeste, con Mario Alfonso Fuentes Figueroa y la segunda inscrita en el Registro Público de la Propiedad partido de Limón, matrícula 81137-000, libre de gravámenes y con la base de trece millones trescientos treinta y dos mil novecientos colones que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo de la provincia de Limón, que mide: trescientos ochenta metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, y colinda al norte, con calle pública; al sur, con Geovanny González Fuentes; al este, con lote uno Mario Alfonso Fuentes Figueroa, y al oeste, con Juana Olivar Medina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Simple, Nº 02-10032-0468-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Reina Vargas Rodríguez y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 19 de octubre del 2005.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 67148.—(90288).

 

A las ocho horas, treinta minutos del nueve de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos noventa y siete mil seiscientos tres cero-cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Aserrí, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Claudio Herrera Arias; al sur, Araminta Mora Corrales; al este, calle pública y al oeste, Miriam Fallas Badilla. Mide: ciento noventa y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Marlon Alberto Durán Alfaro contra Renelio Agüero Badilla. Exp. Nº 05-000873-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2005.—Lic. Víctor Manuel Soto Córdoba, Juez.—Nº 67178.—(90542).

 

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de enero del dos mil seis, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo 334 asiento 17100 y con la base de cuarenta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré: la finca del partido de San José, matrícula 333.501-000, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito Granadilla, cantón Curridabat de la provincia de San José, linda al norte, con calle pública con un frente de quince punto cero tres metros; al sur, con María Elena Chanto Hernández; al este, con María Elena Chanto Hernández y al oeste, con calle pública con un frente de treinta y cuatro punto cuarenta y nueve metros. Mide quinientos ochenta y un metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Exp. Nº 05-001330-185-CI ejecutivo hipotecario de Óscar García e Inversiones Tazumal Internacional PYM S. A., contra: María Dinorah Chanto Hernández c.c. Nora María Chanto Hernández.—Juzgado Sexto Civil de San José, 25 de octubre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 67197.—(90543).

A las diez horas del treinta de noviembre próximo, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y plazo de convalidación (rectificación de medida) y con la base de ochenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de potrero, lote B. Situada en el distrito cuatro San Antonio, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con vía férrea a Ciruelas, Alajuela; al sur, calle pública; al este, Guido Alberto Rivera Soto y al oeste, lote A. Mide: diez mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Nemitis del Este S. A., contra Guido Alberto Rivera Soto y José Luis Morales Araya. Exp. 05-001436-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del 2005.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 67202.—(90544).

 

A las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y practicado y con la base de ochocientos mil colones, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, Partido de Limón, matrícula número cero ochenta y siete mil doscientos cuarenta y seis-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir. Está situada en el distrito cuarto Germania, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Linda al norte, con Orlando Ruiz Hernández; sur, quebrada; este, calle pública, oeste: servidumbre de paso, noreste, quebrada; noroeste: Orlando Ruiz Jiménez; sureste, servidumbre de paso; suroeste, calle pública. Mide: quinientos noventa y siete metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 04-000549-678-CI-3 establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Roy Vicente Avilés Arley.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 5 de octubre del 2005.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 67224.—(90545).

 

A las ocho horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, soportando hipoteca de primer grado a favor de la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, condiciones y servidumbre trasladada y con la base de dos millones seiscientos treinta y siete mil quinientos colones, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número cero veintiocho mil seiscientos sesenta-cero cero uno y cero cero dos, terreno para construir N° 14, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda al norte, con terreno destinado a servidumbre; al sur, y al este, con el INVU; y al oeste, con línea férrea zona verde. Mide doscientos noventa metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-000502-678-CI-2 establecido por Ignacio González Gómez contra Modesta de la Cruz Almanza y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 6 de octubre de 2005.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 67244.—(90546).

 

A las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, en el mejor postor y con la base de un millón novecientos mil seiscientos colones, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil trescientos cuarenta y siete derecho cero cero uno, la cual es terreno para construir Nº 950. Situada en el distrito quinto San Francisco, cantón primero, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con INVU pared medianera; al sur, con INVU pared medianera; al este, con calle cinco y al oeste, con INVU. Mide: noventa y ocho metros setenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Carlos Luis Sojo Moya. Exp. 97-101078-0346-CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 24 de octubre del 2005.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 67247.—(90547).

 

A las catorce horas cuarenta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada, al Tomo 368, Asiento 13421, habitación familiar, al Tomo 448, Asiento 09257 e hipoteca de primer grado, anotada al Tomo 376, Asiento 02648 a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de noventa y tres mil seiscientos veintiocho colones y con la base de segundo grado sea la suma de cuatrocientos sesenta y dos mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos cincuenta y seis mil ciento cincuenta y seis cero cero cero, que es terreno: terreno para construir y casa número 1954. Sitio: distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos: norte, acera cuatro; sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; este, avenida Tiribí, y oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: noventa y siete metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-013010-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Orlando Gómez Segura.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de octubre del 2005.—Lic. Hans Roberto Leandro Carranza, Juez.—Nº 67291.—(90548).

A las catorce horas con treinta minutos del primero de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil doscientos colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas número doscientos sesenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, marca Mitsubishi, estilo Montero LS, modelo mil novecientos ochenta y nueve, color celeste, carrocería familiar, station wagon, chasis número J A cuatro G J cuatro uno S cinco K J cero dos cero ocho dos dos, motor número seis G siete dos J P siete cinco tres siete, combustible gasolina, cilindraje tres mil c. c., capacidad cinco personas. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 05-100307-0295-CI de Jorge Arturo Barrantes Alfaro, contra Reyes y Compañía S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 19 de octubre de dos mil cinco.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 67295.—(90549).

 

A las once horas del quince de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando anotación de colisión y libre de gravámenes prendarios, con la base de un millón doscientos veinte mil doscientos colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas número doscientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y nueve, marca Subarú, estilo Legacy LS, modelo mil novecientos noventa, color blanco, carrocería sedan cuatro puertas, chasis número J F uno B C seis cinco dos X L B seis tres siete siete tres, motor número uno dos siete cero cero uno, combustible gasolina, cilindraje dos mil doscientos doce c. c., capacidad cinco personas. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 05-100334-0295-CI de Copias Alfaba AB S. A., contra Robert Marenco Valerio.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 21 de octubre del dos mil cinco.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 67296.—(90550).

 

A las diez horas cuarenta minutos del cinco de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando condiciones y limitaciones y con la base de novecientos cuarenta y seis mil setecientos diecinueve colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al sistema de folio real mecanizado, matrícula número sesenta y siete mil quinientos ocho cero cero cero, que es terreno: para construir. Sito: distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Linderos: norte, Ricardo Obando Montoya; sur, calle pública; este, Ricardo Obando Montoya; y oeste, Hugo Hernández Hidalgo. Mide: dos mil doscientos setenta y nueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 01-011204-0170-CA de Viviendacoop. R. L., contra Ricardo Obando Montoya.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de octubre de 2005.—Lic. Carlos Espinoza Salas, Juez.—Nº 67302.—(90551).

 

A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales y con la base de un millón quinientos sesenta y cinco mil ciento treinta y dos con 84/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y nueve mil setecientos setenta y tres cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Elizabeth Sánchez Chaves; al sur, Édgar Marín Azofeifa; al este, calle pública con un frente de 15.13 metros y al oeste, Édgar Marín Azofeifa. Mide: doscientos dieciséis metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural CR-Canadá contra Mauricio Sánchez Chaves y Rafaela Chaves Madrigal. Exp. 05-000985-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de setiembre del 2005.—Lic. Víctor Manuel Soto Córdoba, Juez.—Nº 67308.—(90552).

 

A las nueve horas del quince de noviembre del año en curso, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Heredia, folio real matrícula ciento setenta y tres mil setecientos trece-cero cero cero, que es terreno de montaña, situado en distrito cinco Varablanca, cantón uno Heredia de la provincia de Heredia. Linda al norte, y al este, con Flor Dora S. A.; al sur, con Paul Roberth Echeverría; y al oeste, Raúl Chanto Araya. Mide: siete mil metros cuadrados. Lo anterior por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario establecido por Claudio Alberto Aguilar Alfaro contra Agroveterinaria El Alto S. A. Expediente 03-002843-638.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Alajuela, 20 de setiembre del 2005.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—(90567).

 

A las ocho horas del veintiuno de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil seiscientos veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito quinto Varablanca, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Paúl Robert Echeverría; al sur, Paúl Robert Echeverría; al este, Jorge González González; y al oeste, servidumbre de uso exclusivo para la agricultura de siete metros de ancho y con un frente de ciento treinta y siete metros setenta decímetros. Mide: cincuenta mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Vivian Guillén Rojas contra Agroveterinaria El Alto S. A., expediente Nº 03-002846-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de setiembre del 2005.—Lic.  José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(90568).

 

A las once horas del dieciséis de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón noventa y dos mil trescientos dieciséis colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil setecientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José Luis Espinoza Cerdas; al sur, calle pública con 15 metros; al este, José Luis Espinoza Cerdas y al oeste, José Luis Espinoza Cerdas. Mide: seiscientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra José Luis Espinoza Cerdas. Expediente Nº 05-000006-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de setiembre del 2005.—Lic. Deyanira Martínez Bolívar, Jueza.—(90577).

 

A las diez horas quince minutos, del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con anotación por colisión bajo la sumaria Nº 04-603931-494-TC, y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C 126939 marca, Mack, categoría carga pesada, tipo cabezal, estilo R686ST, capacidad 2 personas, año 1979, color negro y el vehículo placas CL 173981, marca Daihatsu, categoría carga liviana, tipo vagoneta vasculable estilo delta, capacidad 3 personas, año 2000, color blanco. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Danilo Arce Alfaro contra Martín Vargas Lara. Expediente Nº 05-001813-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de setiembre del 2005.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(90660).

 

A las ocho horas del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ochenta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número treinta y dos mil quinientos veintiséis-cero cero cero, que es terreno de cultivado de café. Sito: distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, FINOE S. A.; sur, Compañía Agrícola El Coco S. A.; este, José Luis Alvarado Rojas y Virginia Solano Cruz, y al oeste, calle pública con un frente de doscientos treinta y nueve metros cuarenta y seis decímetros lineales. Mide: trece mil trescientos veinte metros con trece decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 01-010711-0170-CA, del_ BCR contra Carlos Alberto Jiménez Mora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de octubre del 2005.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—Nº 67329.—(90734).

 

A las once horas del veintiuno de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando faja de terreno y con la base de un millón quinientos quince mil seiscientos setenta y cinco colones, lo siguiente: Finca inscrita en la sección de propiedad, partido de Limón, matrícula número cero noventa y un mil novecientos treinta y seis, derechos cero cero uno y cero cero dos, de naturaleza lote 39, terreno para construir número B-40. Está situada en el distrito y cantón primero de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de 19 metros 70 centímetros; sur, lote B-39; este, Marco Antonio Barrantes Mata y al oeste, calle pública con un frente a ella de siete metros treinta y cinco centímetros cuadrados. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-101013-473-CI-3, establecido por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Navarro Ramírez y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 19 de octubre del 2005.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 67347.—(90735).

 

A las nueve horas treinta minutos, del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de un millón ochenta y seis mil trescientos cincuenta y siete colones con tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre sirviente, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y cinco mil cuatrocientos noventa y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito décimo Volio, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, William Jiménez Solórzano; al sur, María Lidia Vega Bolaños; al este, calle pública con un frente de quince metros y al oeste, María Lidia Vega Bolaños. Mide: doscientos catorce metros con trece decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marlene Francisca Jiménez Marín. Expediente Nº 04-000315-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de San Ramón, 7 de octubre del 2005.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 67353.—(90736).

A las trece horas treinta minutos, del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando uso de faja de tierra, condiciones y sin más gravámenes, con la base de dos millones setecientos mil colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 107471-000, que es terreno con una casa y solar, situado en el distrito primero, cantón sexto de la provincia de Limón, que mide: mil ochenta y tres metros con treinta y tres decímetros cuadrados y colinda: al norte, con termina en punta, intersección entre calle pública y Claudio Molina Brenes; al sur, con Luis Fabio Camacho González; al este, con Claudio Molina Brenes y al oeste, con calle pública. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-100337-0468-CI, del Banco Nacional de Costa Rica, contra Roxana Camacho Quirós.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 22 de setiembre de1 2005.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 67370.—(90737).

 

A las catorce horas treinta minutos, del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes, con la rebaja del veinticinco por ciento de Ley, sea la base de un millón doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta y ocho colones, que es terreno para construir situado en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón, que mide: trescientos cuarenta metros con ocho decímetros cuadrados y colinda: al norte, con calle pública con diez metros lineales; al sur, con Luis Aguilar Quesada; al este y al oeste, con Juan Araya Aguilar. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 96-100030-0468-CI, del Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Cordero Barquero y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 20 de setiembre del 2005.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 67366.—(90738).

 

A las ocho horas veinte minutos, del diecisiete de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de once millones novecientos mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número cuatrocientos sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa. Sitio: distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Linderos: norte, Compañía Agrícola Seyma; sur, Jairo Martínez Fernández; este, calle pública con un frente de 10 metros 13 centímetros, y oeste, Jairo Martínez Fernández y Alberto Galimary Codol. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con noventa y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-016511-0170-CA, de Caja Costarricense de Seguro Social contra Alejandra Bolaños Guevara.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de octubre del 2005.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—Nº 67374.—(90739).

 

A las ocho horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de once mil setecientos setenta y seis dólares con dieciocho centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº 451749, con las siguientes características: vehículo marca Hyundai, estilo Terracán GL, año 2002, color plateado, de diesel, para siete personas, carrocería familiar, de doble tracción, motor Nº D4BH1385671. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 05-000648-183-CI del Banco Banex Sociedad Anónima contra Guillermo Enrique Rivera Mena y Zulma Mayela Retana Mendoza.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de setiembre del 2005.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(91060).

 

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las diecisiete horas, veinte minutos del día dos de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones al tomo 325, asiento 1250, secuencias 01-0921-002 y con la base de dos millones ochocientos sesenta y nueve mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento setenta y ocho mil cincuenta y siete-cero cero cero. Que es terreno: potrero. Sitio: distrito Santa Teresita, cantón Turrialba de la provincia de Cartago. Linderos: norte, calle pública y Domingo Martínez Sáenz; sur, Juan Coghi Quesada y en parte quebrada Atalaya; este, Juan Coghi Quesada, y oeste, Misael Martínez Vargas, quebrada Atalaya y Ángel Amado Fernández Martínez. Mide: treinta y dos mil novecientos cinco metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-002348-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Gilberto Álvarez Montoya.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicochea, 18 de octubre del 2005.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 67402.—(90980).

 

A las ocho horas, treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales, y con la base de cuatrocientos cuarenta mil doscientos ochenta y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas 247359, marca Hyundai, estilo Excell, año 1987, capacidad cinco personas, color café, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, tracción sencilla, chasis kmhla31j4mu154830, motor G4AJH358402, cilindrada, combustible gasolina, modelo 1987. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 2005-000907-224-CI de Grupo Habitacional del Sol S. A. contra Minor Molina Quirós.—Juzgado Quinto Civil de Menor Cuantía de San José, 20 de noviembre del 2005.—Lic. Giovanni Durán Abarca, Juez.—Nº 67409.—(90981).

 

A las once horas del primero de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de cinco millones ochenta mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, folio real, matrícula número cuatrocientos cuatro mil quinientos sesenta y ocho-cero cero uno, cero cero dos y cero tres, que es terreno para la agricultura, lote dos, sita en el distrito cuarto del cantón sétimo de la provincia de Alajuela, linda norte, calle pública con un frente a ella de catorce metros con cincuenta y cinco centímetros y Alfonso Lizano; sur, Carlos Luis Rojas Salas; este, Dorila Meléndez Chinchilla, y al oeste, Róger Francisco, Marvin, Carlos Alberto todos Rojas Alvarado. Mide: tres mil trescientos ochenta y cuatro metros con treinta decímetros cuadrados. Plano castrado número A-seiscientos dos mil seiscientos veintiuno-ochenta y cinco. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 05-100406-295-CI, de Luis Núñez Morales, contra Francisco de Jesús Rojas Alvarado y otros.—Jugado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 21 de octubre del 2005.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 67413.—(90982).

 

A las trece horas, treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de siete millones de colones exactos, remataré: La finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de San José, a Folio Real matrícula número doscientos treinta y siete mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero cero, que es terreno con Chalet de sesenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados de construcción, vivienda de ciento dieciocho metros con sesenta decímetros cuadrados de construcción, situado en el distrito sexto, del cantón ocho, de la provincia de San José. Lindante: al norte, Recaredo y Carlos Vargas; sur, calle pública con un frente de cuatro metros lineales y Municipalidad de Goicoechea; este, Bernabé Barboza y río Navarro, y oeste, José Luis Angulo y Jorge Calvo, con una medida de dos mil doscientos noventa metros setenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 05-100214389-CI (225-5-2005)-C, de ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Montero Vargas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 19 de octubre del 2005.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—Nº 67417.—(90983).

 

A las catorce horas, treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, remataré: 1) Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y tres embargos practicados a favor de Químicos Holanda Costa Rica S. A.; Credomatic de Costa Rica S. A.; y Banco Nacional de Costa Rica; con la base de ochocientos cuarenta mil cuatrocientos cincuenta y seis colones, finca inscrita en el Registro Público, provincia de Heredia, matrícula treinta y dos mil doscientos ochenta-cero catorce, la cual es finca de cafetal. Sita en el distrito sexto Santa Rosa, cantón tercero Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Linda: al noroeste, con río Bermúdez medio otro; al sur, con callejón y Juliana Arce; al este, con Avelino Benavides, y al oeste, con Juliana Arce y callejón. Mide: veintiún mil once metros con cuarenta decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de tres millones ochocientos cuarenta y seis mil ochenta colones; finca de la provincia de Heredia matrícula ciento treinta y seis mil doscientos noventa y tres-cero cero uno, la cual es lote seis, terreno de café. Sita en el distrito tercero San Miguel, cantón tercero Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Linda: al norte, y al oeste, con Eida Zamora Chacón; al sur, con carretera pública con veintitrés metros ochenta y siete centímetros, y al este, con Betty Rodríguez Arce y otro. Mide: novecientos sesenta y un metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Sumario ejecutivo 03-001009-182-CI (6) de Valores Comerciales de Costa Rica Valco S. A. contra Distribuidora Suma R S. A. y otros.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de octubre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 67430.—(90984).

 

A las nueve horas, treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil cinco, libre de gravámenes hipotecarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de doscientos cuarenta y cuatro mil dólares, al mejor postor remataré: finca del partido de Puntarenas, matrícula cincuenta y siete mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero, que es terreno con taller, un dique y muelle, situado en distrito uno, cantón uno de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con estero; al sur, con calle pública; al este, con calle pública y Azules Marinos; al oeste, con Mario Bolaños Monge. Mide: mil ochocientos noventa y ocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, con la base de doscientos cuarenta y cuatro mil dólares. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 04-100147-417-CI de Banco de Costa Rica contra Bordasa Sociedad Anónima y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 5 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 67464.—(90985).

 

A las trece horas, treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº 063667-000 que es terreno para construir, sito en el distrito de Puntarenas, cantón central. Linda: al norte, con Ruth Guillén; al sur, Inversiones Losaco S. A.; este, calle pública con 08 metros; al oeste, Carlos Guerrero. Mide: ciento sesenta y seis metros con veintiséis decímetros cuadrados. Lo anterior se subasta dentro del proceso ejecutivo hipotecario del Banco de Costa Rica contra Ruth Guillén Zamora, expediente Nº 05-100737-432-CI-2.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Puntarenas, 7 de octubre del 2005.—Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.—Nº 67465.—(90986).

 

A las catorce horas, veinte minutos del trece de diciembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, soportando colisión a la orden del Juzgado de Tránsito de Heredia, y con la base de un millón doscientos treinta y ocho mil doscientos veintitrés colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré: el vehículo placas CL 181125, marca Suzuki, estilo Carry, año dos mil uno, carrocería Panel, categoría carga liviana, gasolina, color blanco. Expediente Nº 05-001304-182CI-4. Ejecutivo prendario de Banco Interfin S. A. contra Cafetería La Tertulia S.A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San Jóse, 7 de octubre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 67488.—(90987).

 

A las diez horas, treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de catorce mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y siete mil doscientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno para cultivos varios y otros. Situada en el distrito 02 La Virgen, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hacienda Río Caño Negro S. A.; al sur, resto de Tropiskey Inversiones S.A.; al este, Hacienda Río Caño Negro S. A., y al oeste, María Teresa Valenzuela Hernández. Mide: seiscientos mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Johnny Hernández González contra Róger Cardoza Suárez. Expediente Nº 04-002365-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de setiembre del 2005.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—Nº 67498.—(90988).

 

A las diez horas del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley de conformidad con lo estipulado en e artículo 655 del Código Procesal Civil, sea la suma de cuatro millones novecientos cuarenta y un mil doscientos ochenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de José, Folio Real matrícula quinientos dos mil novecientos cuarenta y cuatro submatrícula cero cero dos, que es terreno para construir. Sito en distrito nueve, Pavas, cantón primero, San José, de la provincia de San José, mide ciento ochenta y cuatro metros con setenta y dos decímetros cuadrados, colindante: norte, calle pública; sur, María Elena Marín Núñez; este, Lilliana Chinchilla Arias, y oeste, Royner Berrocal Núñez. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Chinchilla Arias, Álvaro Madrigal Chacón, Ivonne Chacón Alcazar. Expediente Nº 01-001418-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de octubre del 2005.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 67499.—(90989).

 

A las ocho horas del siete de diciembre del dos mil cinco. En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, se rematará al mejor postor, sin sujeción a base, el vehículo placas PB- novecientos setenta y nueve, que es marca Toyota, estilo Coaster, capacidad para treinta personas, del año mil novecientos noventa y dos, carrocería microbús, tracción sencilla, motor 1HZ0041325, color blanco propiedad de Franklin Soto Cano. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario Nº 04-100118-424-CI-3, del Banco de Costa Rica contra Franklin Soto Cano y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo de Corredores, Ciudad Neily, 5 de octubre del 2005.—Lic. William Calderón Navarro, Juez.—Nº 67507.—(90990).

 

A las nueve horas y quince minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 137444-003-004, la cual es terreno para construir lote 3E. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 16E; al sur, calle pública; al este, lote 2E, y al oeste, lote 4E. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Edwin Francisco Soto Soto, Peggi Valeska Meoño Solano. Expediente Nº 05-001643-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 67510.—(90991).

 

A las diez horas, quince minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil trescientos ocho-cero cero tres-cero cero cuatro, la cual es terreno para construir lote 7 bloque H. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, IMAS; al sur, IMAS; al este, alameda, y al oeste, IMAS. Mide: noventa y nueve metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Flory Cecilia García Maroto, Wálter Antonio Mejías Sánchez. Expediente Nº 05-001453-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portugués, Juez.—Nº 67511.—(90992).

 

A las diez horas, cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de cinco millones seiscientos veinticuatro mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número uno ocho ocho ocho cuatro cero-cero cero cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Julio Enrique Arias Chacón; al sur Julio Enrique Arias Chacón; al este, calle pública, y al oeste, Carlos Barrientos Zeledón. Mide: mil setecientos veintitrés metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Constructora Hermanos Solano Torres S. A. contra Julio Arias Chacón. Expediente Nº 05-001646-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de octubre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 67548.—(90993).

 

A las nueve horas, quince minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, en el mejor postor remataré lo siguiente: libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada al tomo 235, asiento 05539, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula treinta y nueve mil ochocientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es terreno solar para construir con un galerón; sita en el distrito primero Turrialba, cantón quinto de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con Liliana Salas Mongalo; al sur, Óscar Argüello Venegas, Rafael Herrera Díaz, Virginia Zamora Villalobos, Iglesia de Dios del Evangelio Completo; al este, con calle pública con un frente a ella de doce metros con treinta y ocho centímetros lineales, y al oeste, Juan José y Carlos Alberto López Prendigas, según plano catastro Nº C-0876895-2003. La finca mide cuatrocientos setenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 05-100296-341-CI-304-R, del Banco de Costa Rica contra Julio López Quirós y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 12 de octubre del 2005.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 67563.—(90994).

 

A las diez horas, quince minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 165268-000 la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 2 de Aida Luz Granados Ramírez; al sur, calle pública con 6,56 metros; al este, Víctor Manuel Granados Granados, y al oeste, callejón de acceso. Mide: ciento ochenta y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Carlos Andrés Granados Loáiza. Expediente Nº 05-001553-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 67568.—(90995).

 

A las once horas y quince minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones por cada derecho, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y dos mil doscientos setenta y siete derecho cero cero uno y derecho cero cero dos la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito segundo Granadilla, cantón dieciocho Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Odilie Chavarría Leitón; al sur, Benedicto Chavarría Leitón; al este, calle pública, y al oeste, Benedicto Chavarría Leitón. Mide: doscientos diez metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Francina Chavarría Fallas, Luis Alberto Chavarría Fallas. Expediente: 05-001485-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de setiembre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 67569.—(90996).

 

A las ocho horas, quince minutos del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, soportando reservas Ley de Caminos inscrita al tomo trescientos tres, asiento veinte mil trescientos treinta y seis y con la base de cuatro millones ochenta y nueve mil cuatrocientos veinticinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y tres mil trescientos treinta y seis-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir lote 21 A. Situada en el distrito Buenos Aires, cantón Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, avenida 1; al sur, finca El Rescate S. A.; al este, lote 22-A, y al oeste, lote 20-A. Mide: doscientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para La Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Édgar Rivera Cerdas, Rocío Gutiérrez Vega. Expediente Nº 05-001198-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—Nº 67567.—(90997).

 

A las nueve horas del diecisiete de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones dieciséis mil cuatrocientos tres con 36/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y dos mil cuatrocientos sesenta a guión cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Zamora; al sur, Jorge Fernández; al este calle pública con 9 metros 438mm, y al oeste, José Rojas y otro. Mide: doscientos setenta y  siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago, contra Alberto Vásquez Herrera, Martín Orlando Vásquez Herrera Expediente: 05-000440-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de setiembre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 67578.—(90998).

 

A las diez horas del catorce de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cincuenta mil setecientos cuarenta y ocho-cero cero cero submatrículas cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito primero Pacayas, cantón sexto Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con calle pública con cincuenta y dos metros cincuenta y nueve centímetros de frente, con Carlos Montenegro Ulloa y con Eduardo Castillo Orozco, todos en parte; al sur, con José Castro Gómez con quebrada Lajas en medio; al este, Wálter Barquero Ramírez y Ulises Ramírez Barquero ambos en parte, y al oeste, con Francisco Acuña Serrano y quebrada Laja ambos en parte. Mide: nueve mil quinientos ochenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Édgar Montenegro Vega y Gerardo Montenegro Vega, expediente Nº 05-000092-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 12 de octubre del 2005.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—Nº 67584.—(90999).

 

A las nueve horas, treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando demanda penal, según asiento del Diario Nº 11880-01 del tomo 557 y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 399895-000, que es terreno de forma irregular con casa y galerón, situada en el cantón primero, distrito dos de la provincia de San José. Linda al norte, con río Torres y Vértice de Triángulo; al sur, con avenida novena con 5,00 y otro; al este, con Lutz Hermanos y Cía Ltda., y al oeste, con Cristina Peña y Johel Vargas. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 1213-05 de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo contra Difrieca S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 6 de octubre del 2005.—Lic. Guillermo Guilá A., Juez.—(91037).

 

A las ocho horas y veinte minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno: lote 15 A para construir con una casa. Sitio: distrito 01 Limón, cantón 01 Limón de la provincia de Limón. Linderos: norte, Embotelladora Atlántica S. A.; sur, calle pública; este, lote 14 bloque A, y oeste, Embotelladora Atlántica S. A. Mide: ciento ochenta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-014362-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Elías Mauricio Fernández Vargas, Vivian Zúñiga Aguilar.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de setiembre del 2005.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(91057).

 

A las nueve horas, cuarenta minutos del diecisiete de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 329-12630-01-0815-001 medianería bajo las citas 329- 12630-01-0910-001 y con la base de cinco millones doscientos cuarenta y ocho mil setenta y cinco colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos noventa y cuatro mil seiscientos ochenta y tres cero cero cero. Que es terreno: para construir con una casa lote 328. Sitio: distrito Ipís, cantón Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 327, pared medianera; sur, lote 329 pared medianera; este, con INVU, y oeste, con alameda dos. Mide: ochenta y seis metros cuadrados con ochenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-014421-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Percy Mauricio Villalobos Ruiz.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de octubre del 2005.—Lic Melvin Cavero Araya, Juez.—(91077).

A las diez horas del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de un millón cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 114.804-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Dagoberto Aguilar Chacón; al sur, servidumbre de paso y otro; al este, calle pública con 8 m, y al oeste, Miriam Pacheco Guillén. Mide: ciento ochenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra José Alberto Pacheco Guillén. Expediente Nº 05-001539-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de octubre del 2005.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—(91078).

 

A las once horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil ciento veintidós-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con George Miley; al sur, con calle pública y lotes 1, 2 y 3; al este, con Instituto Nacional de Reeducación Doctor Celedonio Catañedo y lotes 1, 2 y 3, y al oeste, con calle pública. Mide: cinco mil novecientos setenta metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Ólger Geovanny Garita Sanabria. Expediente Nº 05-001444-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de octubre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(91079).

 

A las ocho horas, veinte minutos del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada al tomo 282 y asiento 01765; así como habitación familiar y limitaciones de Leyes 7052 y 7208 del Sistema Financiero para la Vivienda al tomo 437 y asiento 19190 y con la base de tres millones de colones al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y nueve cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno: lote seis F para construir. Sitio: distrito dos Mercedes, cantón uno Heredia de la provincia de Heredia. Linderos: norte, calle pública con seis metros; sur; este, y oeste, Banco Cooperativo Costarricense Responsabilidad Limitada. Mide: ciento cinco metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-016161-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Ana Carmona Ramírez, Carlos Daniel Carranza Jiménez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito de San José, Goicoechea, 20 de octubre del 2005.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—Nº 67591.—(91128).

 

A las ocho horas con treinta minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Alajuela, Folio Real matrícula número trescientos setenta y cinco mil quinientos setenta-cero cero cero, que es terreno inculto de forma irregular con una casa y una bodega, situado en Lourdes de Cirrí de Naranjo, distrito cuarto del cantón sexto de la provincia de Alajuela. Linda: norte, calle pública con un frente de treinta y cuatro metros cuarenta y cuatro centímetros lineales; este, y oeste, sureste y suroeste, Misael Arrieta Segura. Mide: quinientos cuarenta metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Número catastral: A-setecientos sesenta y ocho mil setecientos sesenta y ocho-dos mil dos. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 05-100385-0295-CI, de Banco de Costa Rica contra Roberto Arrieta Soto y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 21 de octubre del 2005.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 67615.—(91129).

 

A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 147020-000 la cual es terreno lote ciento cuarenta y ocho A terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote A 149; al sur, lote A 147; al este, lote A 167, y al oeste, calle pública. Mide: ciento treinta y dos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Erick Hernández Mora, Helen Mesén Mora. Expediente Nº 05-000036-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 67618.—(91130).

 

A las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de treinta y tres mil ciento veinticinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil quinientos treinta y cuatro- cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir con una casa lote 25-H. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con terreno destinado a avenida 5; al sur, con lote 15-H; al este, con lote 24-H, y al oeste, con lote 26-H. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Christian Campos Montoya, Franty Alexander Campos Montoya, Gerardo Campos Chavarría, Marvin Roberto Campos Montoya y Sigrid Andrea Campos Gamboa. Expediente Nº 05-001714-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de octubre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 67631.—(91131).

 

A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del trece de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por la suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil ochocientos veintiséis-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Calderón Solano; al sur, calle pública con 7 metros, 52 centímetros de frente a ella; al este, Amalia Solano Vega, y al oeste, Amalia Solano Vega. Mide: ciento veintiún metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Jorge Isaac Solano Aguilar contra María Eugenia Vega Torres. Expediente Nº 05-001528-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del 2005.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 67632.—(91132).

 

A las ocho horas, quince minutos, del diecisiete de enero del dos mil seis, en este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con las bases que se dirán, en el mejor postor remataré: 1) Con la base de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos tres dólares con setenta y nueve centavos de dólar, remataré la finca del partido de San José, matrícula Nº 436644-000, y que es terreno para construir con dos edificaciones denominadas edificios, situado en el distrito siete La Uruca, cantón San José, de la provincia de San José, linda al norte, carretera regional número cien; sur, carretera nacional número tres; este, Franz Amrhein Seckey (Faco), y oeste, Fernando Herrera Murillo. Mide: dos mil novecientos tres metros con veintiocho decímetros cuadrados. 2) Con la base de veinticinco mil seiscientos noventa y seis dólares con tres centavos de dólar, remataré la finca del partido de San José, matrícula Nº 136118-000, que es terreno para construir con oficina, situada en el distrito ocho Mata Redonda, de la provincia de San José, cantón San José, con los linderos norte, Oestes S. A.; sur, calle pública; este, Aleter S. A., y oeste, Ligia, Ronald y Javier Jiménez y otros. Mide: doscientos veinticuatro metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 05-000887-185-CI-4 ejecutivo hipotecario de Intercity Holdings S. A. y otros contra Termoport S. A., Alster S. A. y Louise Marie Decoudray.—Juzgado Sexto Civil de San José, 5 de octubre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(91169).

 

A las nueve horas, treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil seis en este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando y con la base de doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos dieciséis dólares con veintiocho centavos de dólar, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Cartago, matrícula 097371-000, que es terreno, situado en el distrito Cervantes, de la provincia de Cartago. Linda: al norte, calle pública con 81 metros 53 centímetros; sur, carretera nacional con 84 metros y 94 centímetros; este, Sociedad Agrícola Colectiva Tinoco, y oeste, Bienvenido Moya. Mide: veintisiete mil novecientos cincuenta y seis metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 05-001326-185-CI-6 ejecutivo hipotecario de Texas Chinche S. A. y otros contra: Gamma Tec de Costa Rica S. A. e Inversiones Familiares Rey-Ana S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 24 de octubre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(91170).

 

A las once horas del doce de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada y con la base de setecientos dieciséis mil trescientos ochenta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta mil uno-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa lote 912 Proyecto Metrópolis. Situada en el distrito nueve Pavas, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 941; al este, lote 913 y 914, y al oeste, lote 911. Mide: ciento cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Heredia contra Gilda María Fernández Vásquez, Luis Fernando Vindas Quesada. Expediente Nº 04-004565-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial, Alajuela, 18 de octubre del 2005.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—(91217).

 

A las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de quinientos cuarenta y tres mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintiún mil cuatrocientos noventa y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa, bloque K lote veintitrés, situada en el distrito dos San Miguel, cantón tres Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, lote veinticuatro; sur, INVU; este, lote cuatro, y oeste, calle pública. Mide setenta y cinco metros con dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Arturo Martín Sojo Vargas y Damaris Chávez Chávez. Expediente Nº 05-001417-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del 2005.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(91219).

 

A las nueve horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior del Juzgado del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas, sobre la base cuatrocientos veinticinco mil cien colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: dos trozas de la especie Roble con las siguientes medidas, una troza de ochenta centímetros de diámetro, once metros de largo con un volumen de 4,13 metros cúbicos y la otra troza con un diámetro de setenta y tres centímetros, siete metros de largo y un volumen de 2,41 metros cúbicos; producto forestal que se encuentra en depósito provisional del imputado Adrián Solís Guillén, en su finca sita en Hamacas de Pittier de Coto Brus, por haberse ordenado así en la resolución de las dieciséis horas con quince minutos del diecinueve de octubre dos mil cinco, dentro de la causa penal Nº 05-000432-636-PE (Comisión Penal Nº 92-05-2E) por infracción a la Ley Forestal, contra Adrián Solís Guillén, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas.—Lic. Flor María Jiménez Vindas, Jueza.—(91236).

 

A las ocho horas con treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior del Juzgado del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas, sobre la base  de setenta y un mil novecientos colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: ciento treinta y cuatro tablas de madera serrada de la especie Baco o lechoso, con un volumen de 3 1123 metros cúbicos en total, todas las piezas miden de largo 3,0 metros cada una, con un grosor de 0,0254 metros cada una y ancho de 0,3048 metros cada una; producto forestal que se encuentra en custodia del comando sur de Ciudad Neily, por haberse ordenado así en la resolución de las dieciséis horas con cinco minutos del diecinueve de octubre dos mil cinco, dentro de la causa penal Nº 05-200532-456-PE (Comisión Penal Nº 91-05-1E) por Infracción a la Ley Forestal, contra José Soto Ramírez y otros, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas.—Lic. Manuel Sanabria Lemaitre, Juez.—(91237).

 

A las nueve horas, quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base dada por el perito sea la suma de veinte millones novecientos ochenta y cinco mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Limón, matrícula de folio real Nº 032093-000, que es terreno para agricultura lote 266, sito en el distrito 01 Siquirres, del cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Mide: cuatro mil ciento noventa y siete metros con doce decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Reynaldo Sinclair y otro; al sur, con Rebeca Burke; al este, con Norman Mc Kenzie y otro, y al oeste, con calle pública y otro. Se ordena el remate en expediente Nº 04-000658-0180-CI. Ejecutivo simple de Noé Canales Castro contra Augusto Spencer Spencer.—Juzgado Primero Civil de San José, 27 de setiembre del 2005.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(91280).

 

A las diez horas, treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y cinco millones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula de Folio Real Nº 045848 000, que se describe así: naturaleza terreno de repastos y tacotales, mide treinta y dos mil quinientos siete metros con setenta y tres decímetros cuadrados , ubicada en el distrito 05 Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, linderos al norte, con Nicasio Hidalgo Blanco; al sur, con calle pública; al este, con Municipalidad de Puntarenas, y al oeste, con calle pública y servidumbre. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-000599-183-CI de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples La Amistad R. L. (COOPEAMISTAD R. L.) contra Clemencia Moya Rodríguez.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de octubre del 2005.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(91283).

 

Convocatorias

De conformidad con los artículos 909 a 912 del Código de Comercio, se señalan las nueve horas del nueve de diciembre del año en curso, para llevar a cabo la junta de reconocimiento de créditos, deberán comparecer los legalizantes debidamente identificados. Publíquese el edicto por una vez en el Boletín Judicial. Quiebra Automotores del Futuro S. A. Expediente Nº 95-001465-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José.—Lic. Gilda María Gätgens Gómez, Jueza.—1 vez.—(91059).

 

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Flora Monge Sánchez, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas del primero de diciembre del dos mil cinco, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-000851-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 67616.—(91127).

La suscrita Leda Cortés Masís, cédula uno-cuatrocientos noventa-ciento ocho, en mi condición de albacea testamentaria de la sucesión de Olman Masís Aguilar, que se tramita en el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, por este medio convoco a socios e interesados de la entidad denominada Pirámides Alfar Sociedad Anónima, a asamblea general extraordinaria de socios de esta, que tendrá lugar el día dieciséis de noviembre del dos mil cinco, a las quince horas, en las oficinas del licenciado William Mora Rojas, sita en la Ciudad de Puntarenas, veinticinco metros al oeste del Bar y Restaurante El Cevichito, con el propósito de designar nuevo representante de la sociedad en reemplazo del causante Masís Aguilar y modificar la cláusula segunda del pacto social, pues es incompleto el dato del domicilio señalado.—Puntarenas, 28 de octubre del 2005.— Lic. William Mora Rojas, Notario—1 vez.—Nº 67777.—(91298).

 

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000090-0391-AG-2, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jimmy Baltodano Castillo, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de El Manchón de Arado de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos cuarenta-novecientos treinta y seis, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca número uno, correspondiente al plano catastrado número G-966554-2004, ubicada en la Provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito sétimo, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Adrián Pineda Chaves; al sur, Rony Gómez Villafuerte y camino público, ambos en parte; al este, Javier Villafuerte Ramírez, y al oeste, Roy Gómez Villafuerte. Mide: dos hectáreas seis mil trescientos noventa y cuatro metros setenta y cuatro decímetros cuadrados. Finca número dos, correspondiente al plano catastrado Nº G-966557-2004, ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con siembra de árboles frutales y una casa. Situada en el distrito sétimo, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, y oeste, con Adrián Pineda Chaves; al sur, con Roy Gómez Villafuerte y camino público, ambos en parte; al este, Roy Gómez Villafuerte. Mide: cuatro mil setecientos sesenta y nueve metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dichos inmuebles en la suma de dos millones de colones para el primer inmueble y setecientos cincuenta mil colones para el segundo inmueble. Que adquirió dicho inmueble por compra al señor Catalino Villafuerte Ramírez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de rondas y potreros, hechura de cercas y embellecimiento general del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Jimmy Baltodano Castillo. Exp. Nº 05-000090-0391-AG-2.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, Guanacaste, 24 de junio del 2005.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 67333.—(90740).

 

Tropical Refuge TR Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica Nº tres-ciento uno-cuatro cero cero cuatro seis cero uno, representada por su apoderado generalísimo Luis Ricardo Garino Granados portador de la cédula de identidad Nº uno-ochocientos veintinueve-quinientos cuarenta y dos, soltero, abogado, vecino de San José, Curridabat, veinticinco metros al norte de la distribuidora Irex, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el siguiente inmueble: terreno de pastos. Situado: En Cuervito, distrito cuarto Pavón, del cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: trescientos veintidós mil cuatro metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Colinda: norte, quebrada Cuervito; sur, Juan Rafael Rojas Picado; este, Yurro en medio, y Juan Rafael Mora Picado, y al oeste, calle pública con plano catastrado número P-1002573-2005 a nombre de Elléser Rangel Rojas. Se estima el inmueble en tres millones de colones y las diligencias se estiman en la suma de doscientos mil colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Diligencias de información posesoria, promueve Tropical Refuge TR Sociedad Anónima. Expediente Nº 05-000153-0419AG (178-3-05).—Juzgado Agrario Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Nº 67454.—(91000).

 

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 02-000870-0164-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ivannia Zúñiga Rojas quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Coronado, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1219-729, profesión estudiante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cascajal, cantón 11 Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodrigo Porras María; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Felipe Porras Marín. Mide: 219.84 decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 1500000,00 colones. Que adquirió dicho inmueble mediante escritura pública del señor Marco Antonio Chaves Umaña, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidar el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ivannia Zúñiga Rojas. Expediente Nº 02-000870-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de octubre del 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 67513.—(91001).

 

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Alfredo Zeledón Montero, mayor, casado una vez, vecino de Lomas de Ayarco y quien portó la cédula de identidad número uno- trescientos noventa y siete- ochocientos ochenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2005. Notaría del la Licenciado Juan Daniel Acosta Gurdián.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 67354.—(90741).

 

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Santos Guevara Juárez, mayor, casado dos veces, agricultor, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y dos-cero sesenta y siete, vecino de Los Guido de Desamparados, y es gestionado por Carlos Trejos Obando quien es mayor, soltero en unión de hecho, pensionado, cédula de identidad número uno-cuatrocientos trece-ochocientos noventa y dos, vecino de San Jerónimo de Desamparados, y funge como albacea provisional Martina Celedonia Cárdenas Mora, mayor, viuda, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta-trescientos ochenta y uno, vecina de Los Guido de Desamparados. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100315-0237-CI (339-2-05).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 21 de setiembre del 2005.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(90817).

 

Se hace saber que en esta notaría se tramita proceso sucesorio de Nancy Elena Pearson Porras, quien fue mayor, soltera, cédula de identidad número uno-trescientos setenta y cuatro-trescientos ochenta y cinco de oficio del hogar, vecina de Mata Redonda, San José. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer su derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener mejor derecho a la herencia, de que, si no se apersona dentro del plazo indicado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2005-CI-N.S.S. Notaría de la licenciada Nancy Sandí Sanabria, con sita en Tibás, San José, del Más por Menos setenta y cinco metros al norte, altos de Deportes Tibás, cuyo horario de oficina es de las ocho horas con treinta minutos a las doce horas, y de las trece horas con treinta minutos a las diecisiete horas, de lunes a viernes. El teléfono de esta notaría es el doscientos cuarenta-dieciséis cuarenta, y el fax tiene el número doscientos noventa y siete-cincuenta y seis cero uno.—Lic. Nancy Elena Pearson Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 67401.—(91002).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Misael Díaz Sánchez, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Turrialba, cédula de identidad Nº uno-cero ocho tres-uno cero siete siete, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda, Expediente Nº 358-P-1999.—Juzgado Civil Laboral y Agrario de Mayor Cuantía de Turrialba, 12 de octubre del 2005.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 67406.—(91003).

 

Se cita a todos los herederos e interesados y desconocidos en la sucesión de quien en vida fue Héctor Valverde Pacheco, mayor, casado una vez, verdulero, titular de la cédula de identidad número 3-136-085, vecino de Limón Bataán Barrio Costa Rica; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren la herencia pasara a quién corresponda. Lo anterior por ordenarse en sucesorio número 05-000473-678-CI-1, de Héctor Valverde Pacheco.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de octubre del 2005.—Lic. Jhonny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 67411.—(91004).

Por escritura número 16 de las 10:30 horas, del 5 de mayo del 2005, otorgada ante mí, se ha solicitado la apertura del sucesorio extrajudicial ab intestato de quien en vida fuera Horacio Serrano Mena, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número 1-351-109, vecino de Quitirrisí de Mora. Así las cosas se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan ante mi notaría, sita en San José, calle tres bis, avenida siete, edificio Teresa, tercer piso, teléfonos 221-7150, 257-5171, fax 233-0953, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasará a quien legalmente corresponda. Procédase al avalúo e inventario de bienes. Expediente Nº 01-2005.—San José, 21 de junio del 2005.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 67467.—(91005).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jeannette Stewart Campos, mayor, casada una vez, vecina de Puntarenas, Cóbano, Mal País, Cabinas Mar Azul, comerciante, cédula Nº nueve-cero veintiséis-ochocientos cinco, fallecida el veintiuno de abril del dos mil cinco, para que dentro de treinta días a partir de la publicación del primer edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos en la tramitación notarial de su mortual, la cual se tramita en la notaría de la licenciada Lissette Barboza Vargas, sita en San José, Desamparados ciento veinticinco al este de Mosaicos Donninelli, Telefax 219-8159, 394-2628.—Lic. Lissette Barboza Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 67518.—(91006).

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 894 del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro de plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio de Kenneth Griffin, pasaporte de su país número cinco cuatro dos cero cero uno tres nueve, que tramita el suscrito notario público de acuerdo en lo establecido en el artículo 129 del Código Notarial bajo el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, que de no hacerlo dentro de plazo dicho, la misma pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito se encuentra ubicada en San José, avenida segunda, calles diecinueve y veintiuno, número mil novecientos veinte, “Consultores Bellavista”, teléfonos 222-3027; 222-3725, fax 222-4418.—San José, 31 de octubre del 2005.—Lic. Rodolfo Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 67526.—(91007).

 

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Claudia Alvarado Salazar, quien fuera mayor, casada una vez, cédula Nº 03-147-195, ama de casa, vecina de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-001669-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 20 de octubre del 2005.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 67537.—(91008).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alba María Hine Vallejos, quien fue mayor, casada, vecina de Parasal, Anita Grande, Jiménez, cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y dos-cuatrocientos treinta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 003-2005. Notaría Bufete Edwards y Asociados.—Lic. Gustavo Armando Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—Nº 67576.—(91009).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en las sucesiones de Herlindo Cordero Acuña y de Fidelia Porras Sibaja, ambas que se tramitan en un mismo expediente en esta notaría, quienes fueron mayores, casados entre sí, vecinos de Cartagena de Guácimo, cédulas de identidad número: tres-ciento treinta y dos-ochocientos nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2005. Notaría Bufete Edwards y Asociados.—Lic. Gustavo Armando Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—Nº 67577.—(91010).

 

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Francesco Tubito Dadama, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de residencia número ciento tres-cincuenta y seis mil novecientos cincuenta y tres-mil ciento noventa y tres, vecino de Campo Tres de Agua Buena de Coto Brus, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio expediente número 05-100202-424-CI-1 (221-05) de Francesco Tubito Dadama.—Juzgado Civil y de Trabajo de Corredores, Ciudad Neily, 6 de octubre del 2005.—Lic. William Calderón Navarro, Juez.—1 vez.—Nº 67582.—(91011).

 

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María de los Ángeles Marín Arce, quien fuera mayor, soltera, licenciada en Artes Plásticas, vecina de Cartago, cédula Nº 302970936. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-000891-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 67585.—(91012).

 

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Pedro Arias Arias, quien fuera mayor, casado, pensionado, cédula Nº 5-039-914, vecino de Barrio Lajas de Santa Cruz, Guanacaste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-000104-0388-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, 2 de setiembre del 2005.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(91020).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Álvaro Aguilar Peralta, quien fue mayor, casado una vez, médico cirujano, cédula Nº 2-114-600, vecino de San José en calle 40, ave 8-10, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-001381-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(91028).

 

Avisos

A: Antonia de Morales Da Silva, se le hace saber que en diligencias declaratoria de ausencia de Antonia de Morales Da Silva, establecidas por José Roberto Velásquez García, expediente Nº 05-000389-678-CI-2, se ha dictado la resolución que literalmente dice así: Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, a las catorce horas con cincuenta minutos del diez de agosto del dos mil cinco. Por presentado el anterior proceso de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de ausencia de Antonia de Morales Da Silva, portador de la cédula identidad número ocho-cero seis ocho-seis seis uno y de paradero actual ignorado. Publíquese un edito en el Boletín Judicial por tres veces con intervalos de un mes, a efecto de que los que tuvieren noticias del ausente lo comuniquen a este Tribunal. Asimismo hágase dicha publicación en un periódico de circulación nacional. Recíbase la declaración los testigos para lo cual se señala el día veintiuno de setiembre a las trece horas con treinta minutos del presente año. Se tiene como interviniente a la Procuraduría General de la República, y para notificarle se comisiona por atento mandamiento a la Oficina Centralizada de Notificadores del Primer Circuito Judicial de San José, a quien por riguroso orden le corresponde. Artículos 872 del Código Procesal Civil y 71 del Código Civil. Notifíquese.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—Nº 60969.—(80724).

3 v. 2 Alt.

 

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Catalina Vargas Quesada y Gustavo Vargas Quesada, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado en fecha 28 de setiembre del 2005. exp. Nº 05-400576-300-FA N.I. 587-05-FA.—Juzgado de Familia de San Carlos.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—(Solicitud Nº 24629-PANI).—C-2110.—(90361).

3 v. 1.

 

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Angélica María Leiva Angulo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación.—Juzgado Civil y de Trabajo Mayor Cuantía de Golfito, 15 de setiembre del 2005.—Lic. Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—(Solicitud Nº 24629-PANI).—C-2110.—(90365).

3 v. 1

 

A todos los interesados se hace saber que en este despacho se están tramitando las diligencias de reposición de título, número 05-100654-0297-CI (5) de Agrícola Ganadera Río Fortuna S. A., cédula jurídica Nº 3-101-111115, representada por Joaquín Alberto Rodríguez Solís, cédula Nº 2-275-788, sobre lo siguiente: reposición de cédula hipotecaria de primer grado por la suma de quince millones de colones, que devengará intereses del cuarenta y cinco por ciento anual que será cancelada en Ciudad Quesada, San Carlos, el veintisiete de junio del dos mil tres, sobre la finca de la sociedad del partido de Alajuela, Folio Real matrícula número trescientos ochenta y ocho mil cero cero cero, quedando inscrita en el Registro Público al tomo quinientos veinte, asiento diecisiete mil setecientos seis, consecutivo cero uno, secuencia cero cero dieciséis, subsecuencia cero cero uno. De conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, se confiere plazo de un mes a los interesados desde la última publicación de este aviso en el Boletín Judicial y en un Diario de Circulación Nacional para que se hagan sus observaciones u oposiciones, transcurrido el cual, se dispondrá sus duplicados a cargo del solicitante. Expediente Nº 05-100654-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 14 de octubre del 2005.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 67525.—(90979).

3 v. 1.

 

Se avisa a Kazuo Sekiguchi Sekiguchi, mayor, casado, de nacionalidad japonesa, pasaporte número ME nueve seis cuatro siete nueve cuatro nueve, domicilio y demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita divorcio establecido en su contra por María Mireya Araya Cambronero, para que en sentencia se declare: disuelto el vínculo matrimonial. Dentro de dicho proceso se dictó el auto que en lo conducente dice: Juzgado Primero de Familia, San José, a las nueve horas, quince minutos del ocho de marzo del dos mil cuatro... Notifíquesele esta resolución al señor Kazuo Sekiguchi Sekiguchi, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Expediente Nº 2004-001378-186-FA (2).—Juzgado Primero de Familia, San José, 13 de octubre del 2005.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Nº 66762.—(89735).

 

Se avisa que en este despacho los señores Giovanny Alexander Castillo Gamboa y Elizabeth Umaña Chavarría, solicitan se apruebe la solicitud de adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor Clara Luz Córdoba Calderón. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 05-000380-673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2005.—Lic. Ana Ma. Trejos Zamora, Jueza.—1 vez.—(89784).

 

Se hace saber que en este despacho, se tramita el presente abreviado de interdicción, expediente Nº 2005-001280-186-FA, del señor Gaspar Ortuño Sobrado, promovidas por Annick de la Goublaye de Menorval Rodríguez, se les avisa a cualquier persona que tenga interés en las presentes diligencias, que dentro del quinto día deberán de apersonarse a este despacho a hacer valer sus derechos, después de publicado el presente edicto.—Juzgado Primero de Familia, San José, 28 de octubre del 2005.—Lic. Girlany Alpízar Murillo, Jueza.—1 vez.—(90037).

 

Se hace saber que en este despacho bajo el expediente número 05-001345-0364-FA, se tramita el proceso de adopción individual promovido por el señor Fernando Najera Calderón, en favor de la menor Ariana Mora Segura. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para que se apersonen a hacer valer sus derechos y formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 25 de octubre del 2005.—Lic. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(90046).

 

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Florindo Cerdas Castro contra el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare el pago de daños, daño moral e intereses producidos a causa de la explosión del tubo del A y A. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tornarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos Nos. 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-000305-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 4 de agosto del 2005.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 67014.—(90119).

 

A quien interese se hace saber que en este Juzgado, se están tramitando proceso de adopción Nº 04-400529-687-FA, promovido por Ademar Gerardo Rivera Chinchilla y Leidy María Corrales Arce, de la menor Karol Viviana Chavarría Álvarez, hija de Mauren Chavarría Álvarez, de conformidad con lo dispuesto por el Código de Familia, quienes tengan objeción que hacer a la adopción, deberán formularla dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 67068.—(90120).

 

Lic. Karol Solano Ramírez Jueza del Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las ocho horas del veintiuno de octubre del dos mil cinco. Se hace saber a Eduardo Chinchilla Cartín que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente Nº 99-001591-221-5, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Exp. Nº 99-001591-221-CI, proceso abreviado Charbel Boutros Macklouf contra Eduardo Chinchilla Cartín. Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las dieciséis horas veinte minutos del diecinueve de febrero del dos mil tres. Con la base dada por el perito, sea la suma de un millón cien mil colones y libre de gravámenes prendarios y anotaciones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo placas número ciento ochenta y siete mil quinientos ochenta y ocho. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil tres. Publíquese el edicto de ley. Notifíquesele la presente resolución al demandado Eduardo Chinchilla Cartín, la presente resolución personalmente o por medio de cédula y copias de ley, previo a expedir la comisión que interesa deberá la parte actora aportar la dirección exacta donde pueda ser habido éste, toda vez que a folio 116 el apoderado de la parte demandada el señor Carlos Francisco Chinchilla Cartín, renunció a la representación del demandado y quien además demostró a folio ciento veintinueve, que dicha renuncia se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público. Lic. Jeannete Ruiz Herradora, Jueza. Expediente Nº 99-001591-221-CI proceso abreviado Charbel Boutros Macklouf contra Eduardo Chinchilla Cartín. Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las ocho horas del diecisiete de setiembre del dos mil tres. Visto el memorial a folio 169, se resuelve: habiéndose depositado la suma prudencial fijada para el nombramiento de curador se nombra como tal a Lidiet Calvo Garita; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de tres días, para aceptar el cargo conferido. Si no comparece en ese plazo, se entenderá que no lo acepta y se nombrará a otro en su lugar. Dicha señora puede ser localizada al teléfono 551-6498. A efecto de llevarse a cabo el remate ordenado en autos se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil tres. Publíquese edicto de ley. A efecto de notificar al demandado publíquese el edicto correspondiente. Lic. Alejandra Vargas Montero, Jueza. Expediente Nº 99-001591-221-CI, proceso abreviado Charbel Boutros Macklouf contra Eduardo Chinchilla Cartín. Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las ocho del catorce de enero del dos mil cuatro. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada para el nombramiento de curador, se nombra como tal a Roberto Montealegre Quijano, a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de tres días, para aceptar el cargo conferido. Si no comparece en ese plazo, se entenderá que no lo acepta y se nombrará a otro en su lugar. Dicho señor puede ser localizado a los teléfonos Nos. 221-5536 / 223-6964. Notifíquese. Lic. Alejandra Vargas Montero, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de Charbel Boutros Macklouf, contra Eduardo Chinchilla Cartín. Expediente Nº 99-001591-221-5. Juzgado Quinto Civil, San José, 14 de marzo del 2005. Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez. Expediente Nº 99-001591-221-CI. Proceso abreviado Charbel Boutros Macklouf contra Eduardo Chinchilla Cartín. Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las ocho horas del veintiuno de octubre del dos mil cinco. A efecto de sacar a remate el bien mueble de interés libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base dada por el perito, sea la suma de un millón cien mil colones, vehículo placas número ciento ochenta y siete mil quinientos ochenta y ocho, se señalan las nueve horas del veintidós de noviembre del dos mil cinco. Confecciónese edicto de interés.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de  San José.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(90145).

 

Se hace saber al señor Andrés Felipe Meza Arcilla, mayor, colombiano, casado una vez, pasaporte numero P 9871373 y de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el proceso declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad, 04-401329-637-FA, interpuesto por Viviana Retana Pérez. Acerca del presente proceso especial de declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad interpuesto por Viviana Retana Pérez, se le confiere traslado por el plazo de diez días a la parte accionada Andrés Felipe Mesa Arcilla y Esteban Gerardo Rojas Fallas para que contesten. En el emplazamiento indicado podrán oponer excepciones de fondo y previas, debiendo de contestar la demanda y exponer con claridad si rechaza los hechos por inexactos o si los admite como ciertos, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En ese momento ofrecerá las pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos al igual sobre a que hechos se referirán. Si Andrés Felipe Mesa Arcilla y Esteban Gerardo Rojas Fallas no contestan esta demanda dentro del plazo conferido, se les tendrá como si la hubiera contestado de forma afirmativa y se continuará con el proceso el cual será tomado por las partes demandadas en el estado en que se encuentre una vez que se apersone al proceso. Notificaciones: Se hace saber a las partes que, deben señalar lugar o medio dentro del perímetro judicial de este juzgado para atender notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, las resoluciones se tendrán por notificadas en forma automática. De conformidad con la Ley de Interpretación Auténtica del artículo 185 del Código Procesal Civil, Ley Nº 8125 publicada en La Gaceta Nº 167 del 31 de agosto del año 2001, tratándose de la notificación automática prevista en dicha norma, cuando el lugar o medio señalado para notificaciones sea incierto, impreciso o ya no exista, el plazo para interponer cualquier recurso empezará a correr a partir de la fecha que exprese el acta del notificador, en la que da fe de tal situación. Asimismo se les advierte a las partes de que en caso de que decidan señalar fax o ya lo hayan hecho, preferiblemente debe señalarse una línea exclusiva pues en caso contrario y no poderse practicar la notificación por causas ajenas a este juzgado en los siguientes ocho días hábiles, se aplicará la notificación automática según corresponda. Lo anterior, de conformidad con la circular 33-97, emitida por el Consejo Superior, en sesión 71-97, celebrada el 11 de setiembre de 1997, acuerdo LX. (Artículo 122 de la Ley General de la Administración Pública). Dicha circular puede ser consultada en el Boletín Judicial del día 8 de octubre de 1997. Además, se hace saber a las partes que, de conformidad con los artículos 2º, 10 y 11 de la Ley de Notificaciones, deben señalar un único lugar o medio para atender notificaciones, pues el despacho únicamente intentará notificar en la primera dirección o en el primer medio que sea señalado, de forma que no es posible el señalamiento subsidiario de lugares o medios para atender notificaciones.—Juzgado de Familia de Desamparados, 7 de setiembre del 2005.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(90183).

 

A quien interese, se hace saber que en este despacho se ha interpuesto proceso ordinario de Gerardo Alfredo Brenes Solís contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: Que por la supuesta negligencia del Ministerio Público en la tramitación de la causa penal (lesiones culposas) que interpuso el actor ante la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, en la cual se dictó un auto de sobreseimiento, quedando en consecuencia sin efecto la acción civil resarcitoria que promovió, se condene al Estado y a los funcionarios responsables al pago de los daños y perjuicios indicados y calculados en la cuantía de esta demanda, como daño moral, daño directo y lucro cesante. Que ambas costas del proceso son a cargo del Estado y se ordene que con cargo al Estado, la Caja Costarricense de Seguro Social otorgue al actor una pensión por incapacidad, o en su defecto pensión por el régimen no contributivo. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 04-000564-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de octubre del 2005.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(90202).

 

Se avisa que en este despacho los señores Juan de Dios Ureña Ulloa y Flor del Carmen Mora Blanco, solicitan se apruebe la solicitud de adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor José Cristóbal Flores Hernández. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 05-400566-196-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del 2005.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.—1 vez.—Nº 67108.—(90299).

 

Se avisa a los señores Gerardo Javier Alvarado Jiménez, casado, sin oficio, ni domicilio conocido, cédula de identidad N° 1-572-917 y Kattia de los Ángeles Zúñiga Ocón, vecina de Pavas, cédula de identidad número 1-814-716, que en este Despacho se dictó dentro del expediente 03-000129-673-FA la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 301-2005. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil cinco, Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: se declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción de las personas menores Carlos Alfredo, Hilary Andrea, Jefhersson Andrés, Dayana Alexandra todos Alvarado Zúñiga formulada por el Patronato Nacional de la Infancia contra Gerardo Javier Alvarado Jiménez y Kattia Zúñiga Ocón. Se extingue a los progenitores demandados en el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta declaratoria en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de Carlos Alfredo, al tomo mil cuatrocientos sesenta y cinco, folio cuatrocientos veintiuno, asiento ochocientos cuarenta y dos; Hilary Andrea, tomo mil quinientos setenta y cuatro, folio cero once, asiento cero veintidós, Jefherson Andrés, tomo mil seiscientos ochenta y dos, folio ciento noventa y nueve, asiento trescientos noventa y siete, Dayana Alexandra, tomo mil seiscientos veintitrés, folio cuatrocientos cincuenta y tres, asiento novecientos seis, todos del partido de San José. Se ordena el depósito de las personas menores Carlos Alfredo, Hilary Andrea, Jefhersson Andrés; Dayana Alexandra todos Alvarado Zúñiga en el hogar de la abuela materna María Eugenia Ocón Torres, quien deberá comparecer dentro de tercero día a aceptar el cargo conferido. Ordénese la publicación del edicto respectivo. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Lic. Ana Ma. Trejos Z., Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2005.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24627-PANI).—C-3310.—(90354).

 

Se avisa a Hugo Ramón Montero Reyes, mayor, cédula 9-080-646, de domicilio y oficio desconocidos, que en este Despacho se dictó dentro del expediente Nº 04-000426-673-FA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 286-2005. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Circuito Judicial de San José, a las catorce horas del veintisiete de setiembre dos mil cinco. Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:… Por tanto: se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la menor Aranza de los Ángeles Montero González formulada por el Patronato Nacional de la Infancia contra Hugo Ramón Montero Reyes. Se extingue al progenitor demandado en el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta declaratoria en el Registro Civil Sección de Nacimientos del partido de San José al tomo mil setecientos cuarenta y cinco. Página cuatrocientos cincuenta y dos, asiento novecientos tres. Se ordena el depósito de Aranza de los Ángeles Montero González en el hogar de Leda González Álvarez quien deberá comparecer dentro de tercero día a aceptar el cargo conferido. Ordénese la publicación del edicto respectivo. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2005.—Lic. Ana María Trejos Z., Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24627-PANI).—C-1910.—(90355).

 

Se avisa al señor Jorge Enrique Jiménez Villalta, mayor, cédula de identidad número uno-setecientos cincuenta y dos-quinientos setenta y siete, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 05-000111-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores María Fernanda y Karina María ambas de apellidos Jiménez Ureña. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de setiembre del 2005.—Lic. Ana Ma. Trejos Z., Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24627-PANI).—C-1110.—(90356).

 

Anthony Sibaja Hernández, Notificador del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en el Juzgado de Familia de Hatillo, se tramita el expediente número 00-400062-0216-FA que es proceso abreviado establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Ruth Sarmiento Argüello en el cual se ha dictado la sentencia, que en lo conducente dice: “Sentencia de Primera Instancia Nº 137-2005.—Juzgado Civil de Trabajo y de Familia de Hatillo, a las trece horas veintinueve minutos del primero de junio del dos mil cinco. Proceso abreviado de suspensión de patria potestad y solicitud de depósito judicial establecido por Milton Rosales Quesada en representación del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local del Sur contra Ruth Sarmiento Argüello, mayor, soltera, cédula de identidad número tres-doscientos sesenta y cinco-cuatrocientos setenta y ocho. Resultando:…, Considerando:.... Por tanto: de conformidad por lo expuesto y acorde con los artículos 159 y concordantes del Código de Familia, 222, 155, 428 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, dentro del proceso abreviado de suspensión de patria potestad y depósito judicial de menor interpuesto por el representante del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local del Sur contra Ruth Sarmiento Argüello, se declara rebelde a la demanda Sarmiento Argüello, por no haberse manifestado en cuanto a la demanda y por corregidos los procedimientos de este proceso, se declara con lugar la acción, se suspende la patria potestad de Ruth Sarmiento Argüello sobre su hija menor Joselyn Karla. Se nombra depositario judicial de Joselyn Karla a Margarita Sarmiento Argüello por ser su actual guardadora. Se resuelve sin especial pronunciamiento en cuanto a costas. Firme la presente resolución expídase la ejecutoria que interesa. Notifíquese esta sentencia personalmente o en su casa de habitación a la demandada declarada rebelde o publíquese el edicto correspondiente por haberse declarado su ausencia procesal. Firme la presente resolución inscríbase esta sentencia en el asiento ochocientos treinta y cinco, tomo mil cuatrocientos ochenta y nueve de la Sección de Nacimientos del partido de San José, en el Registro Civil.—Juzgado de Familia de Hatillo, 22 de setiembre del 2004.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24627-PANI).—C-3410.—(90357).

 

Se avisa a los señores Jorge Alberto Araya Arrieta, cédula de identidad número 1-679-232 y Marjorie Marín Abarca, cédula de identidad número 1-675-461, ambos mayores y de domicilio desconocido, que en este Despacho se dictó dentro del expediente 04-000035-673-FA la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 319-05.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas del diez de octubre del dos mil cinco. Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:… Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono de la persona menor Isaac Jacob Araya Marín formulada por el Patronato Nacional de la Infancia contra Jorge Alberto Araya Arrieta y Marjorie Marín Abarca. Se extingue a los progenitores Jorge Alberto Araya Arrieta y Marjorie Marín Abarca el ejercicio de la patria potestad. Se mantiene el depósito judicial del niño Isaac Jacob Araya Marín en la señora Odilia Abarca quien deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Se excluye como depositario al señor Marvin Torres Quesada. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, partido de San José, tomo mil setecientos sesenta y siete, folio cuatrocientos ochenta y dos, asiento novecientos sesenta y cuatro. Publíquese el edicto respectivo. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2005.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24629-PANI).—C-2910.—(90358).

 

Licenciado Juan Pablo Gamboa Amador, Juez Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, avisa a: Sandy Vanessa Rodríguez Zúñiga, representada por la curadora procesal Licenciada Olga Fallas Ulloa. Que dentro del expediente Nº 04-000202-673-FA, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas veinte minutos del dieciocho de junio del dos mil cuatro. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria judicial de abandono de las personas menores Karla Vanessa y Lizbeth Cassandra, ambas Valverde Rodríguez promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, de la que se confiere audiencia por el plazo de cinco días, a los señores Carlos Valverde Martínez y Sandy Vanessa Rodríguez Zúñiga para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia, en ese mismo plazo deben las partes señalar lugar para oír sus notificaciones dentro del perímetro judicial de este Juzgado, apercibido de que si el lugar señalado no se conoce, es incierto o llegare a serlo, las resoluciones que se dicten, se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas (artículo 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judicial). Se le advierte a los accionados que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia... Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de octubre del 2005.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24629-PANI).—C-2610.—(90359).

 

Se hace saber: a la señora María del Milagro García Zúñiga, mayor, soltera, comerciante, de domicilio desconocido, cédula 1-672-881, y al señor Jorge Guzmán Anchía, soltero, operario, de domicilio desconocido, cédula 1-497-384, que en el proceso de declaratoria judicial de abandono, del menor Randall de Jesús Guzmán García, expediente Nº 97-401735-217-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, en su contra, se ordenó notificar la parte dispositiva de la sentencia 036-2003, de las quince horas veinte minutos del catorce de enero del año dos mil tres literalmente dice: “Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 160 y sgts. del Código de Familia, se declara con lugar el presente proceso de declaratoria de abandono, interpuesto por el Patronato Nacional de la Infancia contra María del Milagro García Zúñiga y Jorge Luis Guzmán Anchía. Se declara estado de abandono del menor Randall de Jesús Guzmán García, y se ordena mantener el depósito del niño en el hogar de la señora Gladys Morales Calderón. Una vez que esta sentencia se encuentre firme, se ordena inscribirla en el Registro de Nacimientos provincia de San José, al tomo uno tres uno siete, folio trescientos ochenta y cuatro, asiento cero siete seis siete. Se resuelve sin especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de este asunto. Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza. Dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que hizo la publicación del presente edicto. Publíquese por sola vez.—Juzgado de Familia de Desamparados, 12 de octubre del 2005.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24629-PANI).—C-2010.—(90360).

 

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Mainor Quirós González, mayor, soltero, vecino de Ciruelas de Alajuela, Calle San Juan, de la escuela 400 m al oeste, segunda casa con verjas color negro, cédula 2-526-582, hijo de Enrique Quirós Cruz y Lupe Alexa González Ramírez, ambos costarricenses, nacido en Upala de Alajuela, el 25 de enero de 1978, con 27 años de edad, teléfono 438-6184 y Kathia Mariela Madrigal Herrera, mayor, soltera, vecina de Ciruelas de Alajuela, Calle San Juan, de la escuela 400 m al oeste, segunda casa con verjas color negro, hija de Vianey Madrigal Arroyo y María Adilia Herrera Núñez, ambos costarricenses, nacida en Alajuela, el 19 de junio de 1986, actualmente con 19 años de edad, cédula de identidad Nº 2-621-572, teléfono 438-6184. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 05-001455-0292-FA.—Juzgado de Familia, Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de octubre del 2005.—Lic. María Aracelly Solís Marín, Jueza.—1 vez.—(90666).

 

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Juana María Zúñiga Zúñiga, cédula de identidad número cinco- doscientos diez-novecientos tres, 42 años de edad, unión libre, costarricense, ama de casa, nativa de Nicoya, Guanacaste, el día veinticuatro de junio de mil novecientos sesenta y tres, vecina de Barrio La Lechería, La Fortuna, contiguo a la Iglesia Católica, hija de Alejandra Zúñiga Zúñiga, así como Arlin Reyes Picado, conocido como William Reyes Picado, cédula número seis-ciento ochenta y cuatro-cero cuarenta y seis, 41 años de edad, unión libre, costarricense, auxiliar de topografía, nativo de Copal de Potrero Grande, Buenos Aires, Puntarenas el día primero de julio de mil novecientos sesenta y cuatro, vecino de la misma dirección, hijo de María Hipólita Picado Arauz y de Dionicio Reyes Morales. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil Nº 05-400284-424-FA-3 (287-05-3).—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 11 de octubre del 2005.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—(90667).

 

Han comparecido ante este Despacho Lander Andrés Valerio Marín, quien es mayor, soltero, de 19 años de edad, nativo de Liberia, Guanacaste, nació el veintinueve de julio de mil novecientos ochenta y seis, agricultor, costarricense, vecino de Cañas, Guanacaste, San Miguel, 150 metros al oeste de la escuela de San Miguel de Cañas, portador de la cédula de identidad Nº 5-0353-0587, teléfono Nº 674-81-65, hijo de Ademar Valerio García, y Cathia Patricia Marín Rojas, agricultor y ella ama de casa, costarricenses los dos; Alejandra Reyes Aguilar, mayor, soltera, de 22 años de edad, estudiante, nativa de Liberia, Guanacaste, nació el veintiocho de abril de mil novecientos ochenta y tres, vecina de San Miguel de Cañas, 350 metros al oeste de la escuela de San Miguel de Cañas, con cédula de identidad Nº 5-0333-0668, teléfono 674-81-65, hija de Jorge Luis Reyes Reyes, y de Sonia Aguilar Segura, Guarda y ama de casa, ambos costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice, está en la obligación de manifestado ante el Juzgado Civil y de Familia de Cañas, Guanacaste dentro del plazo de ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Civil y de Familia de Cañas, Guanacaste, 7 de octubre del 2005.—Lic. Marta Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 67373.—(90745).

 

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Katherine Mora Salinas, soltera, estudiante, 18 años de edad, nacida en San José, el día 26 de julio de 1987, hija de Edwin Mora Segura y Lilliam Salinas Céspedes, con cédula de identidad Nº 1-1324-003, vecina de Santa Ana de San José y Luis Felipe Padilla Montes, mayor, soltero, operario, con 20 años de edad, nacido en Puntarenas, el día 29 de diciembre de 1984, hijo de Cupertino Padilla Cruz y Ermizeida Montes Ruiz, vecino de Heredia, cédula de identidad Nº 6-343-868. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 05-002047-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Fellicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(91021).

 

Edictos en lo Penal

Al ser las ocho horas cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil cinco, habiéndose interpuesto la Acción Civil Resarcitoria por la licenciada Milena Acuña Ugalde en representación de la señora Isabel Castro Valverde se admite la misma por cumplir con los requisitos de los artículos 37, 111, 112 y 115 de CCP y sobre la misma se concede traslado a Autotransportes Santa Cecilia S. A., y al señor Juan Carlos Soto Vindas, como presidente de la junta directiva y como representante legal es para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime el suscrito Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera, notifica a la empresa demandada Autotransportes Santa Cecilia S. A., cédula jurídica número 3-101-118144 y al representante legal el señor Juan Carlos Soto Vindas, cédula 1-0417-1237, domicilio Zapote de la Universidad Veritas 300 metros este y 300 norte Bufete Grupo Jurídico Especializado. La resolución que literalmente dice: Causa Nº 04-600011-240-TC-3 por lesiones culposas contra Álvaro Coto Moya y otros en daño de María Isabel Castro Valverde se ordena notificar la acción Civil Resarcitoria. Fiscalía de Pavas, a las ocho horas y cinco minutos del veintiséis de octubre del año dos mil cinco. No habiéndose localizado al representante legal Juan Carlos Soto Vindas, cédula 1-0417-1237, se ordena proceder a comunicarle la resolución dando curso a la Acción Civil Resarcitoria, por medio al representante legal Juan Carlos Soto Vindas y a la empresa Autotransportes Santa Cecilia S. A.—Ministerio Público Fiscalía de Pavas.—Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera, Notario.—1 vez.—(90349).

 

Al ser las ocho horas cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil cinco, habiéndose interpuesto la Acción Civil Resarcitoria por la licenciada Milena Acuña Ugalde en representación de la señora Isabel Castro Valverde se admite la misma por cumplir con los requisitos de los artículos 37, 111, 112 y 115 de CCP y sobre la misma se concede traslado a Compañía Transportistas del Suroeste Limitada, y al señor Miguel Castro Cascante como gerente de la junta directiva y como representantes legales para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime el suscrito Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera, notifica a la empresa demandada Compañía Transportistas del Suroeste Limitada, cédula jurídica número 3-102-10970 y al representante legal al señor Miguel Castro Cascante, cédula 1-167-050, domicilio Ciudad Colón. La resolución que literalmente dice: Causa Nº 04-600011-240-TC-3 por lesiones culposas contra Álvaro Coto Moya y otros en daño de María Isabel Castro Valverde se ordena notificar la acción Civil Resarcitoria. Fiscalía de Pavas, a las ocho horas y cinco minutos del veintiséis de octubre del año dos mil cinco. No habiéndose localizado al representante legal Miguel Castro Cascante, cédula 1-167-050, se ordena proceder a comunicarle la resolución dando curso a la Acción Civil Resarcitoria, por medio al representante legal señor Miguel Castro Cascante y a la compañía Transportista del Suroeste Limitada.—Ministerio Público Fiscalía de Pavas.—Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera, Notario.—1 vez.—(90350).

 

Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas con treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil cinco, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran las resoluciones que literalmente dicen así Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas con treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil cinco. Notifíquese a la señora: María de los Ángeles Bolaños Alfaro, cédula Nº 2-308-661, propietaria del vehículo placas C-140300, que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria Nº 05-607025-489-TC. Causa seguida contra Teobaldo Carrasco Victoria y Marco Tencio Campos.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—Nº 67363.—(90744).

 

Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, a las diez horas diez minutos, del catorce de setiembre del dos mil cuatro. Notifíquese a Díaz Sánchez Jorge, mayor, costarricense, cédula de identidad número 7-105-303, vecino de San Francisco de Dos Ríos San José Res. El Faro, propietario registral del vehículo placas MOT 072747, numero de chasis 3XP001018, que de conformidad con lo que establece el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tiene el derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a la notificación de ésta resolución, para que manifieste si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Sumaria Nº 04-000973-0573-PE, seguida contra Artavia Valerio Veorlin y otro. Notifíquese.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí.—Lic. Gerardo Calero Miranda, Juez.—1 vez.—Nº 67431.—(91016).