Boletín Nº 219

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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ASUNTO Asueto concedido a los servidores judiciales del cantón de Tarrazú, Dota y León Cortés, de la provincia de San José.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Tarrazú, Dota y León Cortés, de la provincia de San José, permanecerán cerradas durante el dieciséis de enero del dos mil seis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de festejos cívicos patronales en esa ciudad.

San José, 2 de noviembre del 2005.

Luis Barahona Cortés,

(92700)                                                                                                                                                                                                Subdirector Ejecutivo

TRIBUNALES DE TRABAJO

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A las nueve horas, del viernes dieciséis de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción a la base, en el mejor postor remataré lo siguiente: ochenta y dos unidades de vestidos casuales para mujer, finos y totalmente nuevos, con su etiqueta de marca Bydeep, de adulto, diversas tallas, telas y colores, propiedad de la demandada Canal de Acciones S. A. cédula 3-101-273532. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Marilú Alvarado Mora contra Canal de Acciones S. A. Exp. Nº 02-002119-0370-LA-3.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 25 de octubre del 2005.—Lic. Lilliam Esquivel Esquivel, Jueza.—(92702).

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A las once horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de un millón doce mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y tres mil ciento cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro Lepanto, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Marcial Villalobos Rosales; al sur, Aristides Morales Núñez; al este, Nidia Barrantes Dobles y al oeste, calle pública con diez metros. Mide: ciento sesenta y dos metros con veintidós decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Guillermo Enrique Morales Núñez. Expediente Nº 05-001879-0346-CI (D).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 2 de noviembre del 2005.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 68575.—(92605).

 

A las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción a base en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Folio Real matrícula Nº 78676-000, que es terreno para construir sito en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Limón. Mide: novecientos noventa y un metros ochenta decímetros cuadrados, cuyos linderos reales son al norte, Aaron Carvajal; al sur, Olga Quirós Cubero; al este, calle pública; al oeste, Rodrigo Amado Dondi. Lo anterior por haber sido ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 03-100108-475-CI del Banco Nacional de Costa Rica contra Allan Miranda Ordoñez.—Juzgado Contravencional de Siquirres, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Lisbeth Sánchez González, Jueza.—Nº 69001.—(92606).

 

A las catorce horas del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarios y con la base de cuatrocientos cincuenta y un mil setecientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos, al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, matrículas número ciento veinte mil novecientos diecinueve-cero cero cero, sita en el distrito cero cuatro San Pablo, provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con Antonio Godoy Sánchez; al sur, Elvira Álvarez Cruz; este, servidumbre de paso con frente de treinta y un metros con veinte centímetros y al oeste, con Marta Espinoza Cruz. Mide; quinientos cincuenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados, propietaria: Carmen Leonicia Godoy Rosales. Lo anterior se subasta dentro del proceso ejecutivo hipotecario de María Lilliam Delgado Solís contra Carmen Leonicia Godoy Rosales. Exp. Nº 05-100046-406-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Nandayure, 10 de octubre del 2005.—Lic. Nedyn Barrantes Jiménez, Juez.—Nº 69016.—(92607).

 

A las siete horas con treinta minutos, del cinco de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de setecientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y ocho colones; ochenta y tres trozas de madera de la especie Laurel, una troza de madera de la especie Jobo, veintiocho trozas de madera de la especie Lagarto, dos trozas de madera de la especie Guarumo, dos trozas de madera de la especie Chaperno y cuatro trozas de madera de la especie Cedro Amargo, con un volumen total de cincuenta punto setenta y dos metros cúbicos, que se encuentran decomisadas en la finca del señor Obsolón Barrantes Chávez, ubicada en Moravia Verde de Guatuso. Se remata por estar así ordenado en Comisión N° 170-3-05, en la causa N° 05-200351-630-PE, por el delito de infracción a la Ley Forestal, contra Obsolón Barrantes Chávez, en daño de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Arturo Barrantes Conejo, Juez Penal.—(92711).

 

Remate de madera que se llevará a cabo a las siete horas con treinta minutos del día 16 de diciembre del año 2005, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, con la base de doscientos noventa mil ochocientos treinta y un colones con doce céntimos, la cantidad de 84 piezas de madera divididos en: 66 piezas de madera de las especies Peine Mico, Gallinazo, Tamarindo, Laurel con un metro cúbico de 2,97 y con 1 372,30 pulgadas. Así como 18 piezas de las especies Cebo, Capo, Tamarindo, Muñeca, Ceiba, Peine Mico, con un metro cúbico de 11,18 y 3 623,32 pulgadas; cuya madera se encuentra en la finca del señor Prudencio Meneses M. en Santa Lucía de San José de Upala. Lo anterior por estar ordenado así en Comisión número 177-1-05 dentro de la causa penal número 05-000619-559-PE por infracción a Ley Forestal, contra Mario Chacón Vargas en daño Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de octubre del 2005.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza.—(92712).

 

A las nueve horas, treinta minutos, del veintidós del noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, en el mejor postor y con la base de ochocientos cincuenta mil colones remataré: vehículo placas trescientos dieciocho mil cuarenta y cuatro, marca Hyundai, estilo elantra, categoría automóvil, capacidad para cinco personas, sedán de cuatro puertas, año mil novecientos noventa y tres, color blanco, combustible de gasolina. Se remata por haberse ordenado así, en proceso ejecutivo simple N° 2001-000981-183-Ci-1 (1002-2001-1) de Credomatic de Costa Rica S. A. contra Edgar Hernández Álvarez.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 7 de octubre del 2005.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(92715).

 

A las ocho horas, quince minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón doscientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y nueve colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 461321, marca Honda, estilo Accord DX, capacidad 5 personas, año 1991, color rojo, motor Nº F22A42500934. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 05-000510-185-CI ejecutivo prendario de Instacredit S. A., contra: Angélica Patricia Badilla Hidalgo.—Juzgado Sexto Civil de San José, 20 de setiembre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(92723).

 

A las nueve horas del veinticuatro de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de seis millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil ochocientos dieciséis colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y seis mil doscientos setenta y dos - cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 27, con, una casa. Situada en el distrito Desamparados, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 28-F; al sur, lote 42-F; al este, calle pública con 7 metros, y al oeste, Carlos Jiménez Jiménez. Mide: ciento cincuenta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ligia Portuguez Céspedes. Expediente Nº 03-015893-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2005.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—Nº 68625.—(92891).

 

A las diez horas, treinta minutos del trece de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil ochocientos noventa y tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito dos San José, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con siete metros de frente; al sur, Abastecedor El Pino (local comercial contiguo); al este, María Isabel Solera casa contigua, y al oeste, Miguel Herrera Castro casa contigua. Mide: ciento cincuenta y dos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra María Jeanette Vega Lara. Expediente Nº 05-001337-0638-CI.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 26 de octubre del 2005.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 68644.—(92892).

 

A las ocho horas, treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de seis millones de colones sáquese a remate el bien dado en garantía sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y dos mil treinta-cero cero cero, terreno de repasto y montaña, sito en San José de Trojas, distrito cuarto San Pedro del cantón doce Valverde Vega, linda al norte, con Juan Moisés Quesada Bogantes; al sur, Evaristo Vega Moreira y Analía Molina Hidalgo; este, servidumbre de paso y calle pública, y oeste, quebrada Las Vueltas, mide trescientos cincuenta mil metros cuadrados, plano catastrado número A-setecientos cincuenta y siete mil setecientos veinticinco-dos mil uno. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 05-100377-0295-CI, de Moisés Quesada Alfaro contra La Mora del Cajón de Bolívar S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 11 de octubre del 2005.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 68692.—(92893).

 

A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de trece millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 052626-000 la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 02 Volcán, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública y Wálter Vargas; al sur, calle pública y río General; al este, Cía Pindeco S. A., y Elena Ortega, y al oeste, calle pública y Eliécer Acuña. Mide: ochocientos cuatro mil quinientos veintiséis metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Carlos Humberto Romero Morales, Ganadería Río Grande Romero Morales S. A., Héctor Romero Valverde. Expediente Nº 05-001317-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de octubre del 2005.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 68703.—(92894).

 

A las diecisiete horas veinte minutos del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones quinientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número setenta y seis mil novecientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa. Sito: distrito quinto de Concepción, cantón tercero de La Unión de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Gabriel Calvo Calvo; sur, Cristina Martínez Fallas; este, Cristina Martínez Fallas, y oeste, calle pública con un frente a ella de once metros con cincuenta y dos centímetros lineales. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-001739-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Pablo Fernando Fonseca Vargas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de octubre del 2005.—Lic. Alfonso Rodríguez Caicedo, Juez.—Nº 68704.—(92895).

 

A las catorce horas del día jueves primero de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando uso de servidumbre de citas 376-17135-01-0801-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos de citas 457-03909-01-0007-001, y Limitaciones Ley del IDA, artículo 67 de citas 457-03909-01-0010-001, con la base de cuarenta y cinco millones doscientos mil colones exactos, sáquese a subasta pública la propiedad embargada en autos finca del partido de la provincia de Puntarenas, matrícula Nº 108591-000, la cual posee las siguientes cualidades: lote Nº 32.3, terreno para Vivienda Proyecto Piedras Blancas, situada en el distrito 05 Piedras Blancas, cantón 05 Osa. Linderos: norte, calle pública; sur, calle pública; este, calle pública, y oeste, lote 32.2 y lote 32.4. Mide: ocho mil doscientos noventa y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano Nº P-0476638-1998, cuyo propietario Registral lo es Industrias Impalsur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-205530. Lo anterior se subasta por haberse ordenado así en proceso ordinario civil en etapa de ejecución de sentencia Nº 99-100122-0422-CI. Interno 137-99-1, establecida por Gráfica Litho S. A., contra Industrias Impalsur S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, 13 de setiembre del 2005.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—Nº 68705.—(92896).

 

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de febrero del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintidós mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete- cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rafael Arroyo Porras y Antonio Chavarría Montero; al sur, calle pública con 8 metros; al este, Audelie Villalobos Villalobos, y al oeste, Ana Isabel Oviedo Obaldía. Mide: doscientos tres metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de sucesión de Luis Campos Zúñiga contra sucesión de Jorge Enrique Orozco Alvarado. Expediente Nº 05-001933-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de setiembre del 2005.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—Nº 68709.—(92897).

 

A las nueve horas con treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, soportando reservas y restricciones y libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 183581-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rodolfo Gamboa Alvarado; al sur, calle pública; al este, Compañía Also de Cartago S. A., y al oeste, Compañía Also de Cartago S. A. Mide: setecientos treinta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Sergio Adrián Quirós Morales. Expediente Nº 05-001542-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de octubre del 2005.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 68717.—(92898).

 

A las once horas, quince minutos del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco BAC San José S. A. y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 144.530-000 la cual es terreno C cuatro, con una casa de habitación en dos niveles. Situada en el distrito 01 San Antonio, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Mirelis del Sol Bosh; al sur área comunal; al este, Ramón Alberto Villanea, y al oeste, calle pública con 8,57 metros de frente. Mide: doscientos treinta y cinco metros con doce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Medina y Robleto de Costa Rica Sociedad Anónima, Ronald Francisco Cambronero Olivas. Expediente: Nº 05-001638-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de octubre del 2005.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 68718.—(92899).

 

A las nueve horas, treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil cinco, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de tres millones novecientos noventa y ocho mil sesenta y dos colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 388.661, marca Kía, categoría automóvil o vehículo particular, carrocería sedán cuatro puertas, tracción sencilla, chasis KNEFB2432Y52420047, uso particular, estilo Sephia Shuma GS, capacidad cinco personas, año 2000, color negro, número de motor TE 130052, combustible gasolina, marca de motor Kía. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 01-001554-185-CI ejecutivo prendario de Banco Interfín S. A. contra Christoper Bonilla Orozco.—Juzgado Sexto Civil de San José, 3 de octubre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 69023.—(92900).

 

A las ocho horas con treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de ciento ocho mil setecientos doce colones con cincuenta céntimos, al mejor postor remataré: cuarenta unidades de fregaderos marca Teka, construidos en España, de acero inoxidable, totalmente nuevos, sin uso, embalados en bultos de cinco unidades con dos escurrideros cada uno, con el desagüe y sus respectivas cacheras, siendo cada fregadero de un metro cincuenta de largo por cero punto cincuenta centímetros de ancho con sus respectivos empaques. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 2005-000542-223-CI, de Alexis Salas Ramos, contra María del Carmen Cruz Lizano.—Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San José, veintiuno de octubre del dos mil cinco.—Lic. Nidia Durán Jiménez, Jueza.—Nº 69028.—(92901).

 

A las nueve horas del veintiocho de noviembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ochocientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y cuatro colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placas Nº 487389, con las siguientes características: automóvil marca Hyundai, estilo Elantra, color gris, de gasolina, sedán de cuatro puertas, para cinco personas, motor Nº G4DJP784280. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 05-000926-183-CI de Zafroli Cuatro Mil S. A. contra Cristopher Mesén Pérez.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 2 de noviembre del 2005.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—Nº 69057.—(92902).

 

A las nueve horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y soportando las limitaciones de ley que acompaña las citas de esta hipoteca de la ley del Sistema Financiero Nacional para la vivienda y habitación familiar y con la base de quinientos cincuenta y cinco mil trescientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y nueve mil seiscientos veintisiete derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Francisco Hernández Jiménez; al sur, con la carretera interamericana; al este, con Francisco Hernández Jiménez, y al oeste, con Francisco Hernández Jiménez. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Coopesanramon R. L. contra Efraín Quesada Granados y Teresa Hernández Jiménez. Expediente Nº 05-000837-0691-CI.—Juzgado Civil Menor Cuantía de San Ramón, 21 de octubre del 2005.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—Nº 69066.—(92903).

 

A las nueve horas del veinticinco de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso anotado al tomo 477, asiento 8324 y con la base de siete millones de colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partida de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y nueve mil quinientos ochenta y nueve - cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, San Ramón, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de cuarenta y un metros con sesenta centímetros; al sur, Doris Valerio Bogantes; al este, calle pública con un frente a ella de veintiocho metros con cuarenta y siete centímetros, y al oeste, Elvaque de San Ramón S. A. Mide: novecientos cincuenta y siete metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Gladys Araya Ugalde contra Jorge Eladio Valerio Bogantes. Expediente Nº 05-000586-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de San Ramón, 28 de octubre del 2005.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 69067.—(92904).

 

A las diez horas del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones del Instituto de Desarrollo Agrario citas de inscripción Nº 398-02695-01-0901-001, y con la base de siete millones de colones, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero cincuenta y cuatro mil ciento cuatro-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir con cultivos de guanábana, cacao, actualmente con una casa de habitación y un negocio comercial. Esta situada en el distrito y cantón primero, de la provincia de Limón. Linda al norte, con calle pública; sur, servidumbre de paso con 2,80 metros; este, calle pública, y oeste, Mario León Gómez. Mide: mil trescientos noventa y seis metros con veinticinco decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-000307-679-CI-3 establecido por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Pedro Rafael Vargas Araya.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 10 de octubre del 2005.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 69082.—(92905).

 

A las nueve horas del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, remataré al mejor postor la finca del partido de Puntarenas matrícula de folio real número ciento veintiséis mil treinta y dos-cero cero cero, con la base de un millón ochocientos mil colones, que es terreno para construir con una casa tipo zócalo, situada en distrito cuarto Laurel, cantón décimo Corredores, provincia de Puntarenas, linda al norte, Vidal Reyes; sur, calle pública con veintiún metros veintidós centímetros; este, calle pública con diecinueve metros, y oeste, Lorena Vargas, mide: cuatrocientos metros con veintiséis decímetros cuadrados, posee plano número P-cero seiscientos sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y siete-dos mil. Propiedad de Florentina Gómez Baltodano. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-100132-424-CI-1 de Banco de Costa Rica contra Florentina Gómez Baltodano.—Juzgado Civil y de Trabajo de Corredores, Ciudad Neily, 12 de octubre del 2005.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—Nº 69083.—(92906).

 

A las ocho horas, treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la suma de seiscientos cincuenta mil colones sáquese a remate la finca dada en garantía inscrita en propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula Nº 44.277-000, remataré: finca inscrita en propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula Nº 44.277-000 y que se describe así: terreno de potrero y tacotales. Sito: en Santa Cecilia de La Cruz, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, calle pública de Santa Cecilia a Brasilia con un frente de 40,06 metros lineales; al sur, Heriberto Mairena; al este, lote 39, y al oeste, lote 41. Mide: doce mil setecientos cincuenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 05-100781-0297-CI (5), de Melba Caballero Matamoros contra Marcia Rogama Guzmán.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de octubre del 2005.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—Nº 69094.—(92907).

 

A las catorce horas, cuarenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales, e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de novecientos cuarenta y siete mil novecientos veinticuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas quinientos treinta y ocho mil cero cincuenta y cinco, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, estilo Excel, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y dos. Combustible gasolina. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-000066-182-CI-3 de Filtros Nacionales S. A. contra Donis Vasconselos González.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 22 de setiembre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(92935).

 

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos, del veintiuno de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos siete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote G-69. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 1; al sur Fuprovi; al este, lote G-70, y al oeste, lote G-68. Mide: ciento veinte metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación Promotora de la Vivienda, contra Viria de los Ángeles Rodríguez Montero. Expediente Nº 05-001280-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—(92947).

 

A las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintisiete millones seiscientos ochenta y dos mil cuatrocientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis- cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito sexto San Isidro, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Emma María González Castro; al sur, Antonio Lobo García; al este, carretera nacional con nueve metros diecinueve centímetros, y al oeste, Emma María González Castro. Mide: trescientos nueve metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Interfin S. A., contra Fabio José Mendoza Martínez y Sandra González Alvarado. Exp. Nº 04-000589-0180-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de octubre del 2005.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 68728.—(93108).

 

A las ocho horas del trece de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de noventa y tres mil setecientos sesenta y siete dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F025211-000, la cual es terreno para construir, destinado a uso habitacional, situada en el distrito San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote veintiocho y área común; al sur, calle pública y lote treinta; al este, lote veintiocho, y al oeste, lote treinta. Mide: ciento setenta y dos metros con ochenta y tres decímetros cuadrados porción media cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Condominio Avicenia Número Veintinueve J y Ronald Dilson Madrigal Bonilla. Exp. Nº 04-018394-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2005.—Lic. Carlos Enrique Espinoza Salas, Juez.—Nº 68751.—(93109).

 

A las catorce horas cuarenta minutos del trece de diciembre de dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito, sin sujeción a base, unidad monetaria de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas cuatrocientos mil novecientos sesenta y seis, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, estilo Chevy Monza, capacidad para cinco personas, año dos mil, beige, motor YS184224, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Banco Interfín S. A., contra Norma Verónica Pavón Prieto y otro. Expediente 03-001537-182CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 26 abril del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 68753.—(93110).

 

A las nueve horas del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-ciento ochenta y siete mil ciento cincuenta y dos, marca Dodge, estilo RAM BR3500 Lara, chasis 1B7MF3362WJ256063, color blanco, año 1998. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 05-001357-181-CI de Luz Herrera Roldán contra Adolfo Campos Suárez.—Juzgado Segundo Civil de San José, 24 de octubre del 2005.—Lic. Ana Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 68764.—(93111).

 

A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre de dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre con condiciones de medianería inscrita al tomo 322,asiento 13286, y con la base de nueve mil dólares, o su equivalente en colones que deberá de ser calculado conforme el valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera al momento del pago, en el mejor postor remataré: Finca del Partido de San José, matrícula de Folio Real número 284324-000, que es terreno para construir con 1 casa, sito en el distrito 10 Hatillo del cantón 01 San José de la provincia de San José. Mide ciento sesenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Linderos: norte, Gerardo y Juanita Lee; sur, Alcides Aguilar; este, Paseo República de Honduras con 10,75 metros, y oeste, casa de urbanización Hatillo Cinco. Se ordena el remate en expediente Nº 05-000887-0180-CI. Hipotecario de Green Dreams WP S. A. contra Camuca y Carolina S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 10 de octubre de 2005.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(93163).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del quince de diciembre del dos mil cinco, en este despacho, libres de gravámenes hipotecarios pero soportando anotación de demanda penal inscrita al tomo 543, asiento 1605, excepto la finca Nº F-39100-000, en el mejor postor y con la base de tres mil setecientos cincuenta y dos dólares con ochenta y cuatro centavos cada una, remataré las fincas del partido de San José, situadas en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea: 1) matrícula F-39086-000, que es terreno finca filial dos destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con finca filial uno; al sur, con finca filial tres; al noreste, con área común calle interna del condominio, al suroeste, área común zona verde. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 2) matrícula F-39087-000, que es terreno finca filial tres destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con finca filial dos; al sur, con finca filial cuatro, al noreste, con área común calle interna del condominio, al suroeste, área común zona verde. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 3) matrícula F-39088-000, que es terreno finca filial cuatro destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con finca filial tres; al sur, con finca filial cinco; al noreste, con área común calle interna del condominio, al suroeste, área común zona verde. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 4) matrícula F-39089-000, que es terreno finca filial cinco destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con finca filial cuatro; al sur, con finca filial seis; al noreste, con área común calle interna del condominio, al suroeste, área común zona verde. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 5) matrícula F-39090-000, que es terreno finca filial seis destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con finca filial cinco; al sur, con área común zona verde, al noreste, con área común calle interna del condominio, al suroeste, área común zona verde. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados; 6) matrícula F-39091-000, que es terreno finca filial siete destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con área común calle interna del condominio, al sur, con área común zona verde, al noroeste, con área común zona verde, al sureste, finca filial ocho. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados. 7) matrícula F-39092-000, que es terreno finca filial ocho destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con área común calle interna del condominio; al sur, con área común zona verde, al noroeste, con finca filial siete, al sureste, finca filial nueve. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 8) matrícula F-39093-000, que es terreno finca filial nueve destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con área común calle interna del condominio, al sur, con área común zona verde, al noroeste, con finca filial ocho, al sureste, finca filial diez. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 9) matrícula F-39094-000, que es terreno finca filial diez destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con área común calle interna del condominio; al sur, con área común zona verde; al noroeste, con finca filial nueve; al sureste, finca filial once. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 10) matrícula F-39095-000, que es terreno finca filial once destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con área común calle interna del condominio; al sur, con área común zona verde; al noroeste, con finca filial diez; al sureste, finca filial doce. Mide: doscientos treinta y nueve metros con un decímetros cuadrados; 11) matrícula F-39096-000, que es terreno finca filial doce destinada a uso habitacional en proceso de construcción de tres plantas, linda al norte, con área común calle interna del condominio; al sur, con área común zona verde; al noroeste, con finca filial once; al sureste, Ditre Sociedad Anónima. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados; 12) matrícula F-39097-000, que es terreno finca filial trece destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con área común zona verde; al sur, con área común calle interna del condominio, al noroeste, con finca filial catorce; al sureste, Ditre Sociedad Anónima. Mide: doscientos noventa y dos metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados; 13) matrícula F-39098-000, que es terreno finca filial catorce destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con área común zona verde; al sur, con área común calle interna del condominio; al noroeste, con finca filial quince; al sureste, finca filial trece. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados; 14) matrícula F-39099-000, que es terreno finca filial quince destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con área común zona verde; al sur, con área común calle interna del condominio; al noroeste, con área común zona verde, al sureste, finca filial catorce. Mide: doscientos noventa y un metros con diez decímetros cuadrados; 15) matrícula F-39100-000, que es terreno finca filial dieciséis destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con finca filial diecisiete; al sur, con área común calle interna del condominio, al noreste, con área común zona verde; al sureste, calle interna del condominio. Mide: doscientos ochenta y seis metros con veinticinco decímetros cuadrados; 16) matrícula F-39101-000, que es terreno finca filial diecisiete destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con finca filial dieciocho; al sur, con finca filial dieciséis; al noreste, con área común zona verde; al sureste, área común calle interna del condominio. Mide doscientos ochenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados; 17) matrícula F-39102-000, que es terreno finca filial dieciocho destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con finca filial diecinueve; al sur, con finca filial diecisiete; al noreste, con área común zona verde; al sureste, área común calle interna del condominio. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados; 18) matrícula F-39103-000, que es terreno finca filial diecinueve destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con finca filial veinte; al sur, con finca filial dieciocho; al noreste, con área común zona verde; al suroeste, área común calle interna del condominio. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados; 19) matrícula F-39104-000, que es terreno finca filial veinte destinada a uso habitacional en proceso de construcción de cuatro plantas, linda al norte, con área común caseta de guarda; al sur, con finca filial diecinueve, al noreste, con área común zona verde; al suroeste, área común calle interna del condominio. Mide: doscientos ochenta metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Se rematan por haberse ordenado así dentro del proceso. Exp. Nº 04-001199-185-CI ejecutivo hipotecario de Earl Julián Rutland Dollar contra: Propuestas Inmobiliarias S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 13 de octubre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 68766.—(93112).

 

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día siete de diciembre de dos mil cinco desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada con la base que se dirá, en el mejor postor remataré: con la base cinco millones novecientos veintiocho mil quinientos colones 1) Finca inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Cartago, matrícula de Folio Real Nº 139614-000 , que se describe manera naturaleza solar para construir lote 8 situado en el distrito 09 Dulce Nombre cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Mide: tres mil cincuenta y cinco metros con cinco decímetros cuadrados. Linderos: al norte, con calle pública; al sur, con Comercial Gonfri S. A.; este, con Comercial Gonfri S. A., y al oeste, con Comercial Gonfri S. A. 2) con la base cinco millones novecientos veintiocho mil quinientos colones finca inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Cartago, matrícula de Folio Real Nº 139615-000, que se describe de la siguiente manera naturaleza solar para construir lote 9 situado en el distrito 09 Dulce Nombre cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Mide: tres mil ciento treinta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados linderos al norte, con Comercial Gonfri S. A.; al sur, con Comercial Gonfri S. A.; este, con calle pública, y al oeste, con Comercial Gonfri S. A. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-001030-184-CI de Banco Lafíse S. A. contra Mauricio Antonio Siles González.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de octubre del 2005.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 68776.—(93113).

 

A las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón cien mil colones, al mejor postor remataré: vehículo placa cinco uno cinco uno seis tres, marca Hyundai, categoría automóvil, serie KMHJF31JPMU052765, carrocería sedan 4 puertas, capacidad 5 personas, año 1991, color azul, motor G4DJM052296. Lo anterior por ordenarse así en juicio ejecutivo prendario de Rodrigo Fumero Vargas contra Ricardo Guerrero Pierce. Expediente Nº 2005-001401-222-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José, 21 de octubre del 2005.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—(93134).

 

A las ocho horas quince minutos del trece de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada según citas 365-13923-01-0900-01 y con la base dada en la hipoteca de primer grado por estar vencida, sea la suma de tres millones ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré: la finca del partido de San José matrícula Nº 429779-000, que es terreno con lote 64 para construir con una casa, situada en el cantón Alajuelita, distrito San Felipe de la provincia de San José. Linda: al norte, con Asociación Esquipulas Dos y lote sesenta y cinco; al sur, con Asociación Esquipulas Dos y lote sesenta y tres; al este, con Asociación Esquipulas Dos y lote ochenta y uno y al oeste, con calle pública con seis metros. Mide ciento veintiséis metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 05001442-0180-CI de Fondo Mutual y de Beneficio Social para los Vendedores de Lotería contra Norma Cortés León.—Juzgado Primero Civil, San José, 20 de octubre del 2005.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(93156).

 

A las dieciocho horas del seis de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones ochocientos quince mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos treinta y seis mil setecientos dieciséis-cero cero cero, que es terreno con una casa. Sitio: distrito uno, Guadalupe, cantón ocho, Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, Ana Cristina Delgado Varela; sur, Municipalidad de Goicoechea; este, Municipalidad de Goicoechea, y oeste, calle pública y Municipalidad de Goicoechea. Mide: cuatrocientos doce metros con veintiséis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-004796-0170-CA del Instituto Nacional de Seguros contra Claudina Gamboa Pereira, Eduardo Albán Gamboa y Eduardo Enrique Albán López.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de octubre del 2005.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(93165).

 

A las ocho horas, treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón novecientos veintiséis mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: placas trescientos veintidós mil ochocientos noventa y nueve, marca Toyota, estilo Corolla DX, chasis JT2AE09E4P0025216, color verde, capacidad 5 personas, año 1993, combustible gasolina, categoría automóvil. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 04-001662-0181-CI de Agencia Datsun S. A., contra Carlos González Rojas.—Juzgado Segundo Civil, San José, 7 de octubre del 2005.—Lic. Ana Montealegre Bejarano, Jueza.—(93171).

 

A las catorce horas, veinte minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de once mil seiscientos once dólares, remataré: Vehículo marca Toyota, estilo RAV4, categoría automóvil, carrocería familiar station wagon, tracción doble, capacidad cinco personas, modelo mil novecientos noventa y nueve, color azul, gasolina, motor número tres S dos seis dos seis cero dos uno, placas trescientos cuarenta y seis mil setecientos nueve. Prendario Nº 04-000895-182-CI (7) de Agencia Datsun S. A., contra María del Carmen Barboza Hernández y otra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 6 de setiembre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(93172).

 

A las nueve horas, quince minutos del treinta de noviembre del dos mil cinco, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de quince mil quinientos quince dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas CL150590, marca Dodge, categoría carga liviana, carrocería cam-pu, tracción doble, chasis 1B7HF13Y9VJ617391, uso particular, estilo Ram Club Cab, capacidad seis personas, año 1997, color negro, combustible gasolina, marca de motor Dodge. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 04001246-185-CI. Ejecutivo Prendario de Agencia Datsun S. A., contra Inmobiliaria Escar de Costa Rica S. A., y otro.—Juzgado Sexto Civil de San José, 16 de setiembre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(93173).

 

A las diez horas del treinta de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando colisión número de sumaria cero uno cero cero uno uno seis ocho-cero dos siete siete PE con fecha del tres de agosto del dos mil uno, del Juzgado de Tránsito de Hatillo y con la base dada por el perito, sea la suma de doscientos treinta y tres mil veinticinco colones, al mejor postor remataré: Una motocicleta marca Yamaha, estilo XT200, año 1989, categoría motocicleta, motor Nº 23J, cilindrada 198c.c., capacidad para dos personas combustible gasolina, color blanca, placas MOT 061881. Por haberse establecido así en ejecutivo prendario N° 04-000218-225-CI de Instacredit S. A. Cesionario Willy Javier Mora Granados contra Garro Moreno José Danilo.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 25 de octubre del 2005.—Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(93178).

 

A las once horas, quince minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cinco millones doscientos ochenta y ocho mil novecientos sesenta y seis colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré: El bien inscrito en el Registro Público, Sección de Vehículos, placa número 554938, con las siguientes características: marca Chrysler, estilo Towncountry, carrocería familiar, station wagon, año 1999, color dorado, para siete personas, motor número 6101BA. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 05-001401-183-CI, de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples Alianza de Pérez Zeledón Responsabilidad Limitada contra Ana Azofeifa Navas.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—(93180).

 

A las dieciocho horas, veinte minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de, para la primera treinta y un mil ciento sesenta y ocho dólares y para la segunda ocho mil ochocientos treinta y dos dólares, en el mejor postor, remataré: fincas inscritas en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número dos nueve tres dos tres cinco cero cero cero y cinco cero siete siete seis seis cero cero cero. La primera que es terreno para construir con una casa 7-1 y la segunda: terreno para construir. Sitio: distrito Jesús, cantón Coronado de la provincia de San José. Linderos: noroeste, Hilda María Alizoga Lamas; noreste, Constructora Valmar S. A.; sureste, Constructora Valmar S. A., y suroeste, calle pública con dieciséis metros ochenta y dos centímetros. Mide: ciento ochenta y seis metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Y la segunda. Sitio: distrito Jesús, cantón Coronado de la provincia de San José. Linderos: norte, Olman González Calderón; sur, Olman González Calderón; este, calle pública con ocho metros de frente, y oeste, Olman González Calderón. Mide: doscientos diecinueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-001899-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Juan José Obregón Vega, María Elena Obregón Vega.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial, San José, Goicoechea, 24 de octubre del 2005.—Lic. Alfonso Rodríguez Caicedo, Juez.—(93201).

 

A las ocho horas con treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) al tomo 523, asiento 12863 y con la base de un millón ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula Nº 160703-000, que es terreno de cafetal con una casa, situada en el cantón Tibás, distrito Cinco Esquinas, de la provincia de San José. Linda: al norte, con Juan Félix León; al sur, con Jaime León Vargas; al este, con Jaime León Vargas y al oeste, con carretera a Tibás con 6,68 metros de frente. Mide: ciento diecisiete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 05-001068-180-CI de Ricardo Raúl Leiva Mora contra Mayra de los Ángeles Montenegro Rodríguez.—Juzgado Primero Civil de  San José, 4 de octubre del 2005.—Lic. Guillermo Guilá A., Juez.—Nº 68791.—(93363).

 

A las diecisiete horas cuarenta minutos del nueve de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones trescientos seis mil trescientos diecinueve colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil novecientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito cero tres, Llorente, cantón cero ocho, Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 17 A; al sur, lote 15 A; al este, calle 1 con 7 m 10 cm y al oeste, Gonzalo Víquez Chaverri. Mide: ciento treinta y cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Jefry Alberto Valenciano Solano. Expediente Nº 05-014699-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de octubre del 2005.—Lic. Alfonso Rodríguez Caicedo, Juez.—Nº 68799.—(93364).

 

A las catorce horas del primero de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, soportando dos reservas y restricciones, sin sujeción a base sáquese a remate el bien dado en garantía sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete-cero cero cero, terreno de potrero, sito en el distrito cinco  Piedades Sur, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Salvador Rodríguez Vásquez; al sur, Compañía de Seguros Dentales S. A.; al este, con Manuel Fernández Arias y oeste, con Compañía de Seguros Dentales S. A. Mide. nueve mil diecisiete metros con cuarenta y un decímetros cuadrados, plano catastrado número A-cero quinientos diecinueve mil cincuenta y cinco-mil novecientos noventa y ocho. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 04-100099-0295-CI, de Nogui Fernández Sagot contra Pedro Murillo Alfaro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 18 de octubre del 2005.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 68813.—(93365).

 

A las nueve horas del cinco de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones pero soportando gravámenes de servidumbre trasladada y con la base de cinco millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número tres cero ocho cuatro cuatro siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02, cantón 18, limita al norte, con alameda ocho E; al sur, con lote diez U; al este, con lote uno U, y al oeste, con lote tres U. Mide: noventa y un metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Yancen S. A. contra Ligia Rodríguez Pacheco. Expediente N° 05-001254-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de octubre del 2005.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 68833.—(93366).

 

A las quince horas del quince de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, en el mejor postor remataré libre de anotaciones y gravámenes prendarios, sin subjeción a la base en el mejor postor remataré vehiculo placas número EE veinte mil doscientos cincuenta, marca Komatsu, estilo GD seis cero cinco A uno, modelo mil novecientos ochenta y cinco, color amarillo, carrocería obras civiles, tipo cinco mil cuarenta y tres, tracción sencilla, chasis número cinco cero cuatro tres seis, motor número desconocido, combustible diesel, cilindraje doce mil cc, capacidad una persona. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 04-100434-0295 CI de Banco Nacional de Costa Rica, contra Solís y Alpízar S. A. y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia.—Dr. Mainor Chavarría Vargas.—Nº 68840.—(93367).

 

A las diez horas del quince de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de trescientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Nissan, estilo Sentra XE, modelo mil novecientos ochenta y siete, carrocería familiar, capacidad cinco pasajeros, motor E uno seis siete dos seis uno cuatro cuatro cero A, chasis JN uno PB veinticinco Y dos HU cero cero tres cero siete dos, combustible gasolina y cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos, placas dos seis ocho siete tres siete. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Bernardo Bejarano Leiva contra Ibeth Jiménez Rodríguez. Expediente Nº 05-001700-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 6 de octubre del 2005.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 68854.—(93368).

 

A las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de setecientos cincuenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas TC-000673, marca Hyundai, estilo Elantra SE, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KMHJF23ROSU951587, año 1995, carrocería sedán 4 puertas, color rojo, chasis KMHJF23ROSU951587, motor G4CR7071, marca Hyundai. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Bernardo Bejarano Leiva contra Arturo Manuel Segura Avendaño. Expediente Nº 05-001554-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de noviembre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 68256.—(93370).

 

A las catorce horas veinte minutos del treinta y uno de enero de dos mil seis, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón ciento treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con noventa céntimos, remataré: vehículo marca Hyundai, Elantra, automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, cinco personas, motor G4DJR359119, color azul, gasolina, modelo mil novecientos noventa y cuatro, placas cuatrocientos veintiséis mil doscientos treinta y uno. Prendario 05-001451-182 CI (5) de Autos Grecia S.R.L contra Germán Rodríguez Álvarez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de octubre del  2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 68863.—(93371).

 

A las ocho horas del diecisiete de enero del dos mil seis, en la puerta exterior que ocupa este juzgado, libres de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor y con la base de veinticinco mil dólares americanos, remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, al Folio Real Mecanizado, matrícula número noventa y nueve mil ochocientos cuarenta-cero cero cero, que es terreno potrero con casa, sito en el distrito sexto, cantón quinto de la provincia de Cartago. Linda al norte, sur, este y oeste, Manuel Marín Garbanzo. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 2005-100317-341-CI-326-B del Banco de Costa Rica contra Óscar García López.—Juzgado Civil Laboral y Agrario de Mayor Cuantía de Turrialba, 2 de noviembre del 2005.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 68866.—(93372).

 

A las nueve horas, treinta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y esta vez sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: finca inscrita, partido de Guanacaste, matrícula número ciento cinco mil ciento veintisiete-cero cero cero, que se describe así: terreno para agricultura, sito en el distrito dos, Palmira del cantón quinto, Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con Soledad Núñez Acevedo; al sur, y al oeste, con Luis Aguilar Guido; y al este, con calle pública. Dicho inmueble pertenece a Martha Lorena Martínez Galeano. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario incoado por Banco de Costa Rica, representado por Federico Martínez Moya, contra Martha Martínez Galeano y otros. Expediente Nº 03-100763-0386-CI (806-03-3).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 24 de octubre del 2005.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—Nº 68871.—(93373).

 

A las catorce horas del trece de diciembre del dos mil cinco, libre de gravámenes y anotaciones pero soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones, rebajada ya en un veinticinco por ciento de la base original, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 73.675 C - 000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Orosi, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Manuel Sánchez Gómez; al sur; al este, y al oeste, con calle pública. Mide: trescientos cincuenta y un metros con cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Proregional Sociedad Anónima contra José Joaquín Barquero Gómez. Expediente Nº 04-000359-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de octubre del 2005.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 68872.—(93374).

 

A las nueve horas, quince minutos del veintinueve de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 341, asiento 01093 y con la base de siete millones cuatrocientos dieciséis mil novecientos trece colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el partido de Alajuela, matrícula 392179-001 y 002 situada en el distrito 06 Río Cuarto, cantón 03, Grecia de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con río Hule y Claudia María Rodríguez Otárola; al sur, con calle pública y Río Cuarto; al este, con Claudia María Rodríguez Otárola, y al oeste, con río Hule. Mide: diez mil ochocientos setenta metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, según plano A-0819671-1989. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 05-001184-0180-CI de Banco Lafise S. A. contra Mariano Acosta Fernández.—Juzgado Primero Civil, San José, 22 de setiembre del 2005.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 68873.—(93375).

 

A las catorce horas, treinta minutos del quince de diciembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones, con la base estipulada en la hipoteca de primer grado, sea la suma de nueve millones de colones; remataré: 1) Con la base de dos millones quinientos mil colones: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, matrícula treinta y un mil seiscientos veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura lote doscientos cuarenta y nueve-doscientos dieciséis. Sita en el distrito segundo Pacuarito, del cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Gladstone Leopold Mc Kenzie; al sur, con Nytle Agatle Dann y Gladstone Lepold; al este, con servidumbre de paso y otro, y al oeste, con Joseph Rriah Davis. Mide: dieciséis mil cuatrocientos setenta y un metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. 2) Con la base de dos millones de colones: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, matrícula treinta y un mil seiscientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura lote doscientos cuarenta y nueve-doscientos veintinueve. Sita en el distrito segundo Pacuarito, del cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Gaspar Stwarts; al sur, con calle con sesenta y tres metros seis centímetros; al este, con Humberto Campbell, y al oeste, con Henry Josephs. Mide: diez mil treinta y un metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. 3) Con la base de dos millones de colones: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, matrícula treinta y un mil seiscientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura lote doscientos cuarenta y nueve-doscientos setenta y uno. Sita en el distrito segundo Pacuarito, del cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Ednna Bennette; al sur, con calle; al este, con Ketura Brown, y al oeste, con calle. Mide: diez mil novecientos trece metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. 4) Con la base de dos millones quinientos mil colones: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, matrícula treinta y un mil seiscientos sesenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura lote doscientos cuarenta y nueve-doscientos setenta y seis. Sita en el distrito segundo Pacuarito, del cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con finca Freehol; al sur, con Edna Bennett; al este, con Guillermo Jiménez, y al oeste, con servidumbre y otro. Mide: dieciocho mil doscientos noventa y seis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata en el proceso hipotecario Nº 05-000786-182 CI (6) de Banco Lafise S. A. contra Erasmo Mattison Mattison y otra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de octubre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 68874.—(93376).

 

A las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de cinco millones novecientos ocho mil cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en propiedad, partido de Guanacaste, folio real matrícula número sesenta y dos mil novecientos setenta y cuatro-cero cero uno cero cero dos, que es terreno para parcela veinte, sito en distrito primero, del cantón octavo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública y parcela veintiuno; sur, parcela diecinueve e Instituto de Desarrollo Agrario; este, parcela veintiuno, y oeste, parcela diecinueve. Mide: treinta y nueve mil novecientos noventa y nueve metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Pertenece a José León Murillo Rivera y Flor María Chaves Artavia. Otros gravámenes: servidumbre trasladada citas tomo 387, asiento 11479, secuencia 0897; tomo 387, asiento 11479, secuencia 0901, condiciones citas tomo 387, asiento 11479, secuencia 0898; limitaciones citas tomo 387, asiento 11479, secuencia 0899; tomo 387, asiento 11479, secuencia 0903. Por estar ordenado en expediente Nº 05-100336-389-CI, proceso hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José León Murillo Rivera y otra. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario de Liberia, 28 de octubre del 2005.—Lic. Erwin Alan Seas, Juez.—Nº 68879.—(93379).

 

A las diez horas del doce de diciembre del dos mil cinco. Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y seis cero cero cero, que es terreno para construir lote C, con una casa Nº A-18, situado en distrito octavo Barranca del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, con lote 17; al sur, con lote 19; al este Cía. Enlatadora Nacional, y oeste, calle pública. Mide ciento veintisiete metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, según plano P- cero cero tres cinco cinco cero seis- mil novecientos noventa y dos. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 05-100825-642-CI de Banco Popular contra Dennis Rolando Romero Videll y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 68882.—(93380).

 

A las catorce horas cincuenta minutos del siete de diciembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando reservas y restricciones, con la base de ochenta y nueve mil quinientos dólares; remataré: Finca inscrita en el Registro Público Provincia de Guanacaste matrícula ochenta y un mil setecientos setenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Sita en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con; y al este, con Gunther Stunm y otro; al sur, con calle pública y otro, y al oeste, con calle pública. Mide: setecientos sesenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 05-001309-182 CI (6) de Indra Centroamericana S. A. contra Sunshine Views of Nicoya S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de octubre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 68908.—(93381).

 

A las catorce horas y cuarenta minutos del uno de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ochocientos mil colones al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos catorce mil veintisiete cero cero cero. Que es terreno de café. Situado: distrito cuatro Piedades Norte, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, sur y este, Lillian Valverde Campos, y oeste, calle pública con quince metros de frente. Mide doscientos noventa y siete metros con dieciséis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 02-015523-0170-CA de Caja Costarricense Seguro Social contra Leonso Flores Bermúdez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de noviembre del 2005.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—Nº 68938.—(93382).

 

A las nueve horas veinte minutos del cinco de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de dos millones seiscientos ochenta y nueve mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y dos mil setecientos setenta y uno cero, cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4º San Rafael Arriba, cantón 3º Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 40; al sur, lote 38; al este, parque, y al oeste, alameda. Mide ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Darcia Walters Forghow. Expediente Nº 05-003464-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2005.—Lic. Carlos Enrique Espinoza Salas, Juez.—Nº 68975.—(93383).

 

A las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil cinco, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de seis mil seiscientos veintiún dólares con setenta y dos centavos moneda de los Estados Unidos de América, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal al tomo cero cero once, asiento cero cincuenta y ocho mil trescientos ochenta y uno, secuencia cero cero uno, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas trescientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta y tres, marca Volkswagen, motor número AEG403001, estilo Jetta color negro, año 2000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 04-001297-184-CI de Banco Interfín S. A. contra Roberto Leitón Garro.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de octubre del 2005.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 68987.—(93384).

 

A las nueve horas treinta minutos del siete de diciembre de dos mil cinco, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor; libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 379-08778-01-0902-001, con la base de dos millones ochocientos cuarenta mil colones, remataré la finca inscrita en propiedad, Partido de Puntarenas, Folio Real Matrícula Nº 063.222-000, y que se describe así: terreno para construir con una casa. Situado: en distrito ocho Barranca, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, Luis Ángel Soto Cortes; sur, María de los Ángeles Mejías Garay; este, carretera pública con 10,50 metros, y al oeste, Julieta Sánchez Murillo. Mide: ciento setenta y nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 05-100138-0297 CI ejecutivo hipotecario de Carmen Lidia Flores Cordero contra Comercializadora de Fruta Delifrut S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de octubre del 2005.—Lic. Marco V. Lizano Oviedo, Juez.—Nº 68992.—(93385).

 

A las catorce horas del veinticuatro de noviembre del dos mil cinco, desde la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante y limitaciones de leyes, con la base de tres millones setecientos cincuenta y nueve mil colones, remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, situada en el distrito quinto Ipís, cantón octavo Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 12 B; sur, calle pública; este, lote 1 B, y al oeste, lote 3 B. Mide: ciento veinticuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Su naturaleza es terreno para construir. Hipotecario de la Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Pedro Gerardo Ponce Mora. Expediente Nº 03-000912-182-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 8 de setiembre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(93418).

 

A las ocho horas y cero minutos del catorce de diciembre del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre dominante en tomo 359 asiento 13461 y con la base de dos millones cuatrocientos setenta y tres mil quinientos treinta y ocho colones con sesenta céntimos, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos-cero-cero-cero. Que es terreno para construir. Situado: distrito 5º Ipís, cantón 8 Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 27 E; sur, avenida Hamburgo; este, lote 14 E; y oeste, lote 12 E. Mide: ciento dos metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 03-011212-0170-CA de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Fermín Alejandro Campos Torres.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de octubre del 2005.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(93455).

Títulos Supletorios

Alexander Alvarado Jiménez, mayor, casado una vez, chofer, vecino de La Esperanza de Tilarán, con cédula de identidad número cinco-doscientos setenta-cuatrocientos veintiséis, solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca sin inscribir que se describe así: Terreno para construir. Sita en el distrito segundo, cantón octavo, de la provincia de Guanacaste. Mide: trescientos veintiún metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Linda: norte: con calle pública con dieciocho metros lineales; sur, Linbergh Alvarado Salas; este: con Linbergh Alvarado Salas; y oeste, Linbergh Alvarado Salas. Sobre el inmueble no existen cargas reales, el titulante es el único dueño, es dueño de la propiedad desde hace más de diez años. Lo estima en la suma de cuarenta mil colones. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria. Expediente Nº 05-100284-0389-CI.—Juzgado Civil de Cañas, 12 de octubre del 2005.—Lic. Mª Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 68675.—(92909).

 

Juana Jiménez Herrera, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de San Rafael de Platanar de Florencia, San Carlos, Alajuela, del puente ochocientos metros al este, cédula número seis-cero veintinueve-trescientos, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, las fincas sin inscribir, que le pertenecen y que se describen así: Finca primera: terreno de patio con tres casas, sito en La Palmera de Florencia, distrito dos de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: norte, zona de protección del río San Rafael; sur, calle pública con un frente a ella de doscientos veintiocho metros setenta y tres centímetros lineales; este, Adolfo Campos Súarez; y oeste, Fabio Hidalgo Castillo, mide de acuerdo con el plano catastral aportado número A-741159-01 de fecha ocho de octubre del dos mil uno, una superficie de una hectárea cinco mil doscientos cuarenta y cuatro metros sesenta y nueve decímetros cuadrados; finca segunda: Terreno de agricultura y potrero, con una casa de habitación, sito en La Palmera, de Quesada y Florencia, distritos uno y dos de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, linda: norte, calle pública con un frente a ella de doscientos noventa y siete metros ochenta y seis centímetros lineales; sur, Carlos Arias Salazar; este, calle pública con un frente a ella de trescientos setenta y siete metros un centímetro lineal; y oeste, Fabio Hidalgo Castillo, mide de acuerdo con el plano catastral aportado número A-741157-01 de fecha ocho de octubre de dos mil uno, una superficie de nueve hectáreas seis mil ochenta y siete metros con tres decímetros cuadrados. Los inmuebles antes descritos manifiesta la promovente que los adquirió por venta que le hiciera su esposo Tobías Villegas Delgado, mayor, casado una vez, agricultor, cédula número dos-ciento nueve-ciento noventa y tres, vecino de San Rafael de Platanar de Florencia, San Carlos, frente a la plaza de deportes, en fecha veintiocho de agosto de dos mil dos, quien le traspasó los derechos posesorios ejercidos en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño por más de diez años. Valora cada inmueble en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias las estima en la suma de dos millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 04-000098-0298-AG, promovida por Juana Jiménez Herrera.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 28 de octubre del 2004.—Lic. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—Nº 68700.—(92910).

 

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 04-000125-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Isabel González Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Ramón, en Llano Brenes de San Rafael, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 2-385-849 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de café. Situada en el distrito sexto, San Rafael, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Antonio González Herrera y servidumbre de paso con un frente de siete metros cincuenta centímetros lineales; sur, Gilberto Herrera Salas y quebrada Llano Brenes, en parte; este, Antonio González Herrera; y oeste, Antonio González Herrera y Gilberto Herrera Salas. Mide: trece mil ochocientos noventa y cuatro metros, con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Según el plano catastrado A-53740-92. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Agrario de Alajuela, 14 de diciembre del 2004.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 69054.—(92911).

 

Sonia González Chacón, mayor, soltera, educadora, vecina de Cirri de Naranjo cuatrocientos sur de la iglesia, cédula dos-trescientos cincuenta-seiscientos noventa y cuatro, establece diligencias de información posesoria para que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de patio y jardín con una casa vieja, sito en Cirri Sur de Naranjo, distrito cuatro, cantón seis Naranjo, de la provincia de Alajuela. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Linda: al norte, y este, con José Antonio Aguilera Chacón; al sur, con Misael González Boza; este, calle pública con un frente de once metros con treinta y seis centímetros, según plano catastrado N. A - quinientos cincuenta y un mil quinientos ochenta y tres-noventa y nueve, y se estimó el bien en la suma de quinientos mil colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 04-100597-0295-CI, promovidas por Sonia González Chacón.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 8 febrero del 2005.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 69078.—(92912).

 

Luis Gerardo Arias Rojas, mayor, casado por primera vez, agricultor, con cédula de identidad número cinco-dos uno dos-tres cero cero y Mirieth Rodríguez Ramírez, mayor, casada por primera vez, ama de casa, con cédula de identidad número cinco-dos dos cinco-tres dos dos, vecinos de Quebrada Grande de Tilarán; solicitan rectificación de medida de la propiedad la finca inscrita en el Registro Público, a folio real número cinco-siete cero tres cero cinco-cero cero uno-cero cero dos, misma que se describe así: terreno con una casa de habitación y zona verde. Sito: en Quebrada Grande, distrito segundo, cantón octavo de la provincia de Guanacaste. Mide: trescientos cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Linda: al norte, Rafael Ángel Arias Rojas; sur, Lucía Arias Zumbado; este, Alba López Ortiz, y oeste, calle pública en una distancia de nueve punto catorce metros. Sobre el inmueble no existen cargas reales, los titulantes son los únicas dueños, adquirieron la propiedad mediante compra que hicieran a la señora Zelmira Rojas Araya, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero siete uno-ocho tres siete, en el año de mil novecientos noventa y cinco; han poseído el inmueble en forma pública, quieta, pacífica, sin interrupción y a título de dueños. Lo estiman en la suma de cien mil colones. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de rectificación de medidas (Nº 05-100318-0389-CI).—Juzgado Civil de Cañas, 18 de octubre del 2005.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—Nº 69088.—(92913).

 

Domingo Masís Vindas, mayor, costarricense, casado, agricultor, con cédula de identidad número uno-trescientos treinta y ocho-ciento sesenta y uno, vecino de Villa Nueva de Aguirre, promueve las diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público de la Propiedad, Sección de Bienes Inmuebles, terreno de montaña y tacotales, situado en Tocori, distrito primero Quepos, del cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Hernán Picado Cerdas; al sur, con Paulina Machado Céspedes y calle pública con siete metros de frente; al este, con Jorge Gamboa Rojas, y al oeste, con Manuel Castro Rodríguez. Mide: diecinueve hectáreas con mil novecientos veintinueve metros y cero ocho decímetros cuadrados, según plano catastral P-novecientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos veintidós-dos mil cuatro. El inmueble fue estimado en la suma de quinientos mil colones. Dicho terreno está libre de gravámenes. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contados a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos bajo apercibimiento legales en caso de omisión. Expediente Nº 05-100154-425-3-CI, información posesoria que promueve Domingo Masís Vindas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 13 de octubre del 2005.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Juez.—1 vez.—(92931).

 

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 05-000172-0391-AG-4, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Evelio López Obando, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Huacas de Santa Cruz, del Centro Comercial Las Américas, trescientos metros al oeste y setenta y cinco metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento veintisiete-setecientos setenta y cinco, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de montaña, pasto y agricultura. Situada en los distritos cuarto y octavo Tempate y Cabo Velas, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Karl Heins Platzer; al sur, Florencio González López y calle pública ambos en parte; al este, sucesión de Ángel Carmen López Zúñiga, y al oeste, Ría Lora Sociedad Anónima y Francisco López Zúñiga, ambos en parte. Mide: ochenta y una hectáreas dos mil novecientos sesenta y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones doscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de rondas y potreros, hechura de cercas y embellecimiento general del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Evelio López Obando. Expediente Nº 05-000172-0391-AG-4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, Guanacaste, 19 de octubre del 2005.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 68817.—(93386).

 

Liliana Miranda Oviedo, mayor, casada un vez, del hogar, cédula dos-quinientos trece-cero veintinueve, vecina de San Luis de Grecia, establece diligencias de información posesoria para que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de café, sito en San Luis de Grecia, distrito octavo Bolívar, canten tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Mide: dieciocho mil ciento cuarenta y un metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado número A-quinientos noventa mil ciento treinta y cuatro-mil novecientos noventa y nueve, y se estimó el bien en la suma de quinientos mil colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 05-100043-0295-CI, promovidas por Liliana Miranda Oviedo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 18 de marzo del 2005.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 68900.—(93387).

 

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 05-000175-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Malinches de La Garita Wajo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-407814, como presidente con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Marvin Zumbado Vallejos, mayor, casado una vez, empresario, vecino de La Garita de Santa Cruz, Guanacaste, ruta Nº 155, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 5-187-648, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en La Garita, la cual es terreno de pastos, situada en el distrito de Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, en parte con Gerardo Lagos Lagos, Clara Haydee López Ruiz y Falco Rosales Angulo; al sur, en parte con Francisco Obando Obando y Puros Amigos S. A.; al este, en parte con Leonida Cruz Arrieta, Nubia Aracelly Chaves Conejo y calle pública con un frente a ella de 94 metros con 22 centímetros lineales, y al oeste, en parte con Lesvia Villarreal Santana y Reina Isabel González Villarreal. Mide: cuatro hectáreas cinco mil doscientos setenta y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de Marvin Zumbado Vallejos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias, rondas, levantamiento de cercos y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Malinches de La Garita Wajo S. A. Expediente Nº 05-000175-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, Guanacaste, 19 de octubre del 2005.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 68936.—(93388).

 

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N 05-000212-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Laura Isabel Villarreal Gómez, quien es mayor, casada una vez, administradora, vecina de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste y portadora de la cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y seis-seiscientos noventa y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Guaitil, en el distrito sétimo Diriá, cantón tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con Ana Lizeth Gómez Villafuerte; al sur, con calle pública con un frente de quince metros lineales; al este, con Porfirio Chavarría Briceño y Ana Lizeth Gómez Villafuerte, ambos en parte, y al oeste, con Ana Lizeth Gómez Villafuerte. Mide: trescientos setenta y cinco metros con setenta y un decímetros cuadrados, según el plano catastrado Nº G-950764-2004. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa al señor Catalino Villafuerte Ramírez, con cédula de identidad cinco-cero veintiuno-dos mil ochenta, el día 8 de febrero de 1995, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, limpieza y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Laura Isabel Villarreal Gómez. Expediente Nº 05-000212-0388-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 18 de agosto del 2005.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 68937.—(93389).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Luis Enrique Quevedo Rodríguez, a las siete horas del veintidós de setiembre del dos mil cinco, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Hermelinda Morera Herrera, viuda una vez, ama de casa, vecina de Atenas centro, portadora de la cédula de identidad Nº 41265. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Rolando Corella Agüero (Sabana Larga de Atenas, Calle Las Tres Marías, cien metros norte de la entrada principal), teléfono 848-0457. El original fue retirado por Luis Enrique Quevedo Rodríguez, a las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil cinco.—Lic. Rolando Corella Agüero, Notario.—1 vez.—(92667).

 

Ante mi notaría ha comparecido a las catorce horas del treinta y uno de octubre del dos mil cinco, la, señora María Teresa Mata Jiménez, quien es mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Cot de Cartago, portadora de la cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y cuatro-doscientos sesenta y ocho; en su calidad de única heredera de acuerdo con la cesión de derechos de herencia firmada a las diez horas del cinco de mayo del dos mil cinco por los señores Carlos Enrique Poveda Mata, mayor casado una vez, agricultor de casa, vecino de Cot de Cartago, portador de la cédula de identidad número tres-trescientos quince-cero cero seis; Teresita Poveda Mata Fonseca, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad número tres-trescientos uno-ochocientos ocho; Olman Rubén Póveda Mata, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cot de Cartago, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos ochenta-doscientos sesenta y tres; Adolfo Poveda Mata, mayor, casado una vez, mecánico, vecino de Tres Ríos, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos sesenta y uno-ciento setenta y cinco, y Rodrigo Poveda Mata, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cot de Cartago, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos cincuenta- cuatrocientos noventa y tres. Todo con el propósito de tramitar como en efecto se ha hecho, el sucesorio del causante Rodrigo Fernando Poveda Solano, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número tres- ciento treinta y nueve- seiscientos setenta y dos de conformidad con el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se cita a los interesados para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto concurran a mi notaría a hacer valer sus derechos, la cual se ubica en Barrio Dent de la Agencia de Autos Subarú dos cuadras al norte, Bufete Niehaus Abogados.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 68609.—(92914).

 

A las quince horas del dos de noviembre del dos mil cinco, esta notaría bajo el expediente Nº 0001-2005, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de Rosalina Arias Meléndez, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de San José, San Sebastián, Barrio Luna Park, del puente sobre el río María Aguilar, cincuenta metros al sur y cien metros al este, con cédula de identidad número uno-ciento doce-ciento cuatro, quien falleció en el Hospital San Vicente de Paúl, Heredia, el día seis de diciembre del dos mil cuatro, fallecimiento inscrito en el Registro de Defunciones de la provincia de Heredia al tomo ochenta y nueve, folio cuatrocientos cincuenta y dos, asiento novecientos cuatro. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación del edicto de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, que de no presentarse en el plazo ante esta notaría, ubicada en avenida diez, calles once y trece, oficina número uno uno cinco nueve, ciento setenta y cinco metros el este de Acueductos y Alcantarillados en San José, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 68620.—(92915).

 

Ante esta notaría de Damaris Chaves Denis, al ser las nueve horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil cinco, se ha presentado el señor Alejandro Chaves Torres, mayor, cédula de identidad número uno-mil diecisiete-setecientos dieciocho, unión libre, con domicilio en Roxana, Pococí, Limón, del cruce de Richard, trescientos metros al este, quien es albacea provisional de quien en vida fue Flor María Torres Guido, mayor, divorciada, cédula de identidad número nueve-cero veintitrés-cuatrocientos sesenta y nueve, quien falleció el día veinte de mayo del año dos mil cinco. En virtud de lo anterior, se procede a la apertura del presente proceso sucesorio, nombrado como albacea provisional al señor Alejandro Chaves Torres, mayor, unión libre, cédula de identidad número uno-mil diecisiete-setecientos dieciocho, vecino de Roxana, Pococí, del cruce de Richard, trescientos metros al este, se cita y emplaza a todos los interesados a que dentro del plazo de treinta días a partir de la presente publicación en el Boletín Judicial, se apersonen a la notaría de la suscrita, situada cien metros al norte y veinticinco este del Banco Popular, Guápiles, a hacer valer sus derechos, en el entendido que de transcurrir ese plazo sin manifestación alguna, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-05.—Lic. Damaris Chaves Denis, Notaria.—1 vez.—Nº 68633.—(92916).

 

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en el proceso sucesorio de Juan José Corao García, quien fuera menor, estudiante, con citas de nacimiento 1-1270-658, vecino de San Antonio de Desamparados, soltero, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2-05.—Aserrí, 15 de octubre del 2005.—Lic. Olga Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 68649.—(92917).

 

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Anatolia Cárdenas Fallas, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno-cero noventa y siete-cinco mil ciento noventa y cinco, vecina de San Miguel de Desamparados, Urbanización La Capri, casa BP dieciocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2005. Notaría sita en San José, Barrio Córdoba, esquina suroeste Escuela Castro Madriz, 300 metros al sur.—San José, 10 de octubre del 2005.—Lic. Manuel Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 68660.—(92918).

 

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Vicente García Pérez, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número cinco-cero ochenta y tres-setecientos cincuenta y dos, vecino de Barrio San Martín de Nicoya, cincuenta metros al sur del Centro de Juegos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-2005. Notaría sita en San José, Barrio Córdoba, esquina suroeste Escuela Castro Madriz, 300 metros al sur.—San José, 11 de octubre del 2005.—Lic. Manuel Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 68661.—(92919).

 

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Álvaro Luna Conejo, quien fuera mayor, casado, cédula Nº 5-072-0562, vecino de Tucurrique, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-001567-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de octubre del 2005.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 68676.—(92920).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Carlos Flores Carazo, quien fue mayor, divorciado dos veces, comerciante, vecino de Mozotal de Goicoechea, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 04-001359-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 68701.—(92921).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial testamentaria de Fulvio Rodríguez Hidalgo, quien fue mayor, casado una vez, taxista, vecino de Esparza, Puntarenas, 125 metros norte del CAI, cedula Nº 2-211-409, para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. (Expediente Nº 02-2005). Notaría del Bufete del Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez.—Esparza, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 68712.—(92922).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gloria Serrano Acuña, casada una vez, del hogar, cédula de identidad número tres-cero cero noventa y ocho-cero novecientos ochenta y cinco, vecina de La Peregrina, La Uruca, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-05 Notaría del Bufete de la Licenciada Alexa Rodríguez Salas.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 69051.—(92923).

 

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Fernández Castro, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Guadalupe, cédula de identidad número uno-ciento catorce-mil seiscientos cincuenta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-000341-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 69075.—(92924).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Wálter Thiele Vargas, quien fue mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, vecino de Cirrí de Naranjo, cédula número uno-quinientos sesenta y dos-quinientos veintinueve, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-100394-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 19 de octubre del 2005.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 69076.—(92925).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Violeta Smith Inncraryty, quien fue mayor y con cédula Nº 7-020-228 y vecina de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100756-0432-CI-1.—Juzgado Menor Cuantía de Puntarenas, 26 de setiembre del 2005.—Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.—1 vez.—(92937).

 

En esta notaría por solicitud de Greyvin Martín Díaz Chinchilla, cédula Nº 1-1037-349, se abre la sucesión de quien en vida fue, Greibin Gilberto Díaz Chinchilla, quien era mayor, vecino de San Juan de Dios, de Desamparados, comerciante, cédula Nº 1-480-832, casado una vez, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho en calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, pudiéndose apersonarse en mi oficina San José, avenida seis, calles veintiuno y veinticinco, casa 2194, Bufete Barrientos y Asociados.—Lissette Rodríguez B., Notaria.—1 vez.—Nº 68742.—(93114).

 

En esta notaría, por solicitud de José Manuel Sibaja Rodríguez, cédula Nº 7-038-430, se abre la sucesión de quien fue José Antonio Aguilar Quirós, quien fue mayor, casado vecino de Oreamuno de Cartago, sin cédula de identidad por antigüedad, agricultor, se cita y se emplaza a todos los interesados, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho en calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, pudiéndose apersonarse en San José, avenida seis, de la esquina noreste de la Corte Suprema de Justicia setenta y cinco metros a mano derecha, oficina veintiuno noventa y cuatro. Expediente Nº 009-2004.—San José, 24 de febrero del 2004.—Lic. Ana María Corrales Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 68743.—(93115).

 

En esta notaría, por solicitud de Deyanira Loaiza Rodríguez, cédula 3-181-335, se abre la sucesión de quien fue Tranquilino Teopista Aguilar Ramírez, quien fue mayor, casado vecino de Turrialba, sin cédula de identidad por antigüedad, agricultor, se cita y se emplaza a todos los interesados, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho encalidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, pudiéndose apersonarse en San José, avenida seis, de la esquina noreste de la Corte Suprema de Justicia setenta y cinco metros a mano derecha, oficina veintiuno noventa y cuatro. Expediente Nº 104-2005.—San José, 24 de febrero del 2004.—Lic. Ana María Corrales Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 68744.—(93116).

 

Se emplaza a todos los interesados en el presente proceso sucesorio de Luz Marina Álvarez Arce, quien fuera mayor, soltera, vecina de San José, Barrio Los Ángeles, cédula de identidad número cuatro-cero noventa y tres-novecientos treinta y nueve, para que comparezcan dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor derecho. Expediente Nº 2005-001805-224-CI de sucesión de Luz Marina Álvarez Arce.—Juzgado Quinto Civil de Menor Cuantía de San José, 2 de noviembre del 2005.—Lic. Geovanny Durán Abarca, Juez.—1 vez.—(93179).

 

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera, Oldemar Fernández Chavarría, mayor, divorciado una vez, ganadero, vecino de Cóbano de Puntarenas, cédula número dos-doscientos cuarenta y uno-trescientos veintinueve, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio Nº 05-100773-642-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—(93197).

 

Por escritura número ciento ochenta y cinco - treinta y siete, de las ocho horas del siete de noviembre de dos mil cinco, a solicitud de Miguel Ángel Rodríguez Hernández, divorciado una vez, ingeniero industrial, cédula uno - ochocientos ocho - doscientos sesenta y seis, vecino de San Juan de Tibás, de la Distribuidora Rojas cien metros al oeste y setenta y cinco metros al norte, en su condición de albacea ad intestato, se abrió el proceso sucesorio extrajudicial ad intestato, de quien en vida fue Miguel Ángel Rodríguez Soto, casado una vez, cédula uno - doscientos veintisiete - novecientos cincuenta y siete, pensionado, vecino de San Juan de Tibás de la Distribuidora Rojas cien metros al oeste y setenta y cinco metros al norte, se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento para aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentaren en este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. El término empieza a correr a partir de la publicación de este edicto. Dirección de esta notaría: San Juan de Tibás, de Pizza Hut cuatrocientos cincuenta metros al oeste, Bufete Campos Arias. Fax 235-5653.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 68810.—(93214).

 

Con un término de treinta días, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Anne Peyton Oyster, portadora de la cédula de residencia número ciento setenta y cinco-veinticinco mil seiscientos setenta y tres-doscientos once, mayor, viuda, empresaria, vecina de San José, Curridabat, del Restaurante Mc Donald’s cien metros sur y cincuenta metros oeste, para que dentro del término dicho contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría o la notaría de la Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, en reclamo de sus derechos y se apersonen. De no presentarse dentro del término referido la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio intestato en sede notarial. Expediente Nº 00001-2005.—San José, 8 de noviembre del 2005.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 68845.—(93390).

 

Avisos

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Lucia Flores Benites, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San José, San Sebastián, urbanización Zorobarú, casa número 15-1, cédula de identidad número ocho-cero sesenta y tres-ochocientos cincuenta y ocho; encaminado a solicitar la ausencia de Javier Ricardo Eskenozi Cauvi, mayor, casado dos veces, Peruano, pasaporte número P-cero ocho seis cinco cero siete dos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente Nº 05-100116-0216-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo, 4 de octubre del 2005.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 68373.—(92492).        3. v. 3

 

Se avisa a Braynd Mitchell Calderón, mayor, casado, cédula de identidad Nº 1-1013-421, domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita abreviado de divorcio establecido en su contra por Yancy Núñez Borbón, se dictó la sentencia Nº 1363-2005 de las catorce horas del veintidós de setiembre del dos mil cinco, que en el “Por tanto” dice: Con base en lo expuesto, normas legales citadas, se falla: Se declara con lugar la presente demanda de divorcio, disolviéndose el vinculo matrimonial existente entre los señores Braynd Cecilio Mitchell Calderón y Yancy María Núñez Borbón. Firme en el Registro Civil, Sección de Matrimonio de la provincia de San José, al tomo trescientos noventa y tres, folio ciento treinta y ocho, asiento: doscientos setenta y seis. No hay bienes gananciales. La guarda, crianza y educación de la menor corresponde exclusivamente a la madre, la autoridad parental en forma compartida por ambos padres. Ninguna de las partes obligada al pago de pensión alimentaria a título, dándose por extinguida esa obligación. Sin sanción en costas procesales y personales: Se ordena publicar la parte dispositiva de este fallo; una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Primero de Familia de San José, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—1 vez.—Nº 68318.—(92204).

 

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente Nº 04-400132-0292-FA, los señores Gerardo Rafael Morales Mora y María del Carmen Briceño Montiel, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Rafael Alejandro Chavarría Briceño. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de agosto del 2005.—Lic. Rolando Soto Castro, Juez.—1 vez.—(92210).

 

Se acoge la solicitud de rehabilitación de la Empresa de Transportes Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno noventa y cinco mil novecientos veintiuno, representada por Dagoberto Herrera Cantillo, se levanta el estado de quiebra decretado por resolución de las nueve horas del tres de julio del año dos mil, comuníquese al Registro Público, a la Dirección de Correos de Costa Rica. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Quiebra de Empresa de Transportes Santa Ana S. A. Expediente Nº 99-000953-180 CI.—Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de mayo del 2005.—Lic. Gilda María Gätgens Gómez, Jueza.—1 vez.—(92218).

 

A quien interese, se hace saber que en este despacho se ha interpuesto proceso ordinario de Angelio Felipe Sánchez Jiménez contra Universidad de Costa Rica. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad de las siguientes resoluciones: 1) Acuerdo del Consejo Universitario número R-2689-2005, del martes 3 de mayo del 2005, tramitado bajo el expediente administrativo número R-183-2004, de la oficina de Registro e información de la Universidad de Costa Rica. En cuanto se le niega al actor el reconocimiento del título de Doctor en Medicina y agota la vía administrativa. 2) Las resoluciones de la Unidad Académica, oficio EM-CREE-147-09-04, del 7 de setiembre del 2004, y de la Escuela de Medicina de la UCR-EM-CREE-147-01-2004, del 6 de setiembre del año 2004, en cuanto resuelven no equipar el título de medicina presentado. 3) La resolución de la Escuela de Medicina de la UCR EM-CREE-195-10-2004, del 26 de octubre del año 2004, en cuanto rechaza equipar el título de medicina presentado y por darle un errónea interpretación al convenio entre la República de Costa Rica y España sobre el reconocimiento de validez de títulos Académicos y de incorporación de estudios, toda vez que la solicitud inicial es la que se reconozca y equipare el título obtenido en España a la luz de dicho convenio y no el título obtenido en Cuba como también incorrectamente interpreta la UCR y 4) El acuerdo firme del Consejo Universitario, sesión extraordinaria Nº 4969, del día 28 de abril del año 2005, por cuanto da una errónea e incorrecta aplicación y apreciación de todos los documentos presentados en su debida oportunidad para la consecución del reconocimiento y equiparación del Título de Medicina obtenido en España, a la luz del convenio entre Costa Rica y España antes mencionado. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-000569-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 4 de octubre del 2005.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 68360.—(92493).

 

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela, conforme al artículo 236 del Código Procesal Civil, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Barrinton Serlindon Smart Taylor a favor de Silvestar Antonio Taylor Brown. Expediente Nº 05-400632-464-FA (1).—Juzgado Penal Juvenil  y de Familia Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 5 de octubre del 2005.—Lic. Lorena María McLaren Quirós, Jueza.—1 vez.—Nº 68385.—(92494).

 

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Asociación de la Industria Farmacéutica Nacional contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: Que el Reglamento impugnado es absolutamente nulo por ser contrario al ordenamiento jurídico, por contener simultáneamente vicios de inconstitucionalidad y de ilegalidad. Que se condene al el Estado al pago de ambas costas en caso de oposición. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-000863-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 14 de octubre del 2005.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 68515.—(92495).

 

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de María de los Ángeles Ramírez Montero contra Banco de Costa Rica. El objeto del proceso es para que en sentencia se anule, revoque y deje sin efecto las resoluciones dictadas por el Banco de Costa Rica, Gerencia de Cajas y Tesorería fechadas 10 y 25 de febrero del 2005, así como la de Gerencia General de 12 horas 45 minutos, del 5 de abril del 2005. Declarar invalido, ineficaz, irregular, indebido e ilegítimamente realizado el pago a un persona distinta de la suscrita que se hizo de los certificados de depósito a plazo números 61408559 y 61408566 emitidos el 14 de octubre del 2004, por las sumas de $10.281,44 y $27.177,99 respectivamente, ambos con vencimiento al 15 de noviembre del mismo año. Que se declare que el Banco de Costa Rica es responsable de haber realizado un pago ilegitimo, irregular e indebido de los certificados de depósito a plazo al haber entregado el dinero a un tercero distinto y sin la autorización del autor. Debido en consecuencia el Banco demandado reintegrarle al actor la suma de $37.459,43 US dólares, más los intereses respectivos y los daños y perjuicios ocasionados. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Exp. Nº 05-000376-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 17 de agosto del 2005.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 68528.—(92496).

 

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Stefani García Castro, hija de Francini Castro Aguilar, fallecida y de Jimy García Gutiérrez, que esta promoviendo la señora Alejandra Mora Castro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 05-001523-0364-FA. Proceso depósito judicial.—Juzgado Civil y Penal Juvenil de Heredia, 28 de octubre del 2005.—Lic. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—(92505).

 

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Inversiones Zapotillo contra Banco Popular y de Desarrollo Comunal. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare prescrito el crédito otorgado por la señora Quirós Rojas a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, que se indica en el hecho primero infra. 2. Que se declare prescrito, tanto el crédito principal, como sus respectivos intereses y por tener conexión directa, se declare extinguido el crédito hipotecario que pesa sobre el bien inmueble inscrito en el Partido de San José, matrícula de Folio Real número 375392-000. 3. Que se ordene, mediante la protocolización respectiva, por medio de notario público, de las piezas de rigor, para dar efectiva cancelación registral del crédito hipotecario, supra indicada, el cual aparece inscrito al tomo: trescientos ochenta, asiento dos mil seiscientos sesenta y nueve-cero uno-cero cero cero tres, por un monto de ochocientos mil colones, según consta de la certificación que se adjunta. 4. Que se condene a la parte demandada al pago de ambas costas de esta acción. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Exp. Nº 05-000853-0185-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de octubre del 2005.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(92672).

 

Se avisa a la señora Yolanda Jiménez Jiménez, mayor, cédula de identidad Nº 5-141-672, que en este despacho se dictó dentro del expediente Nº 03-400619-216-FA, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia Nº 138-2005, Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas del dieciséis de mayo del dos mil cinco. Resultando: 1º—…; 2º—…; 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…; II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono de la persona menor Daniel Ricardo Calderón Jiménez formulada por Ligia María Chaves Arguedas contra Yolanda Jiménez Jiménez. Se extingue a la progenitora demandada en el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta declaratoria en el Registro Civil, Sección de Nacimientos del partido de San José, tomo mil cuatrocientos cincuenta y nueve, folio trescientos treinta y cinco, asiento seiscientos sesenta y nueve. Ordénese la publicación del edicto respectivo. Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Lic. Yerma Campos C., Jueza.—1 vez.—Nº 68654.—(92926).

 

A quien interese, se hace saber: que Mariscos Wang Sociedad Anónima ha interpuesto en este Despacho Proceso Especial Tributario contra El Estado. La actora impugna: resolución Nº 376-2004-P de las diez horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil cuatro de la Primera del Tribunal Fiscal Administrativo, y la resolución de esa misma Sala Primera Nº 391-2004 de las diez horas, treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil cuatro. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 05-000003-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Primera, Segundo Circuito Judicial de San Jose, Goicoechea, 18 de octubre del 2005.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—1 vez.—(92929).

 

A quien interese, se hace saber: que Grudos Sociedad Anónima ha interpuesto en este Despacho Proceso Especial Tributario contra El Estado. La actora impugna: el voto Nº 236-2005 dictado por el Tribunal Fiscal Administrativo a las quince horas, diez minutos del dos de junio del dos mil cinco. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 05-000264-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Primera, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 11 de octubre del 2005.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—1 vez.—(92930).

 

A quien interese, se hace saber: Que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Asociación Costarricense de Vendedores Ambulantes contra Municipalidad de San José. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare absolutamente nulos los siguiente actos administrativos municipales: 1) Acuerdo del Concejo Municipal de San José Nº 1, artículo III, sesión ordinaria Nº 98, celebrada el 16 de marzo del año 2004. Oficio de la Policía Municipal de San José, Nº 790-PM-2004 del 18 de marzo del 2004. 3) Acuerdo del Concejo Municipal de San José Nº 3, artículo III, sesión ordinaria 106 del 11 de mayo del año 2004. Notificado mediante el oficio Nº 216-SM-2004 del 14 mayo del año 2004. Recibido por mi representada el 17 de mayo del año 2004. 4) Oficio 223-SM-2004 del 14 de mayo del año 2004, en el cual se notifica nuevamente a mi representada el acuerdo municipal 1, artículo III, sesión ordinaria 98 del 16 de marzo del año 2004. 5) Acuerdo del Concejo Municipal de San José Nº 11, artículo III, sesión ordinaria 110 del 8 de junio del año 2004. Notificado por el oficio Nº 2510-SM-2004 del 9 de junio del año 2004. Recibido por mi representada el 11 de junio del año 2004. Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17 y 19 del Convenio de Tregua, se obligue a la Municipalidad de San José a construir un mercado con todas las comodidades modernas para efecto de que allí se trasladen y ubiquen a mis representados. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 04-001181-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial Goicoechea, San José, 24 de enero del 2005.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(92955).

 

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Garnier BB S. A., contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que los actos recurridos son absolutamente nulos por ser contrarios al ordenamiento jurídico, por contener vicios de inconstitucionalidad e ilegalidad. Que se condene al Estado al pago de ambas de la presente acción en caso de oposición. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos Nos. 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-000924-0163-CA.—Juzgado Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de octubre del 2005.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(93182).

 

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Óscar Gerardo Picado Valverde contra el Estado, Municipalidad de Aserrí. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare con lugar en todos sus extremos la presente demanda ordinaria de reivindicación y usucapión incoada contra el Concejo Municipal de Aserrí, la Municipalidad de Aserrí y el Estado. Que se declare que la finca que se localiza en Sabanillas de Acosta, provincia de San José, Chirraca, y que tiene los siguientes linderos: norte, Leonel Arias Bonilla y Juan Godinez; sur, Nino Godínez; este, Patrocinio Picado; y oeste, Abdenago Fernández, Domingo Arias Astúa, que adquirí con una medida aproximada de cincuenta y cinco hectáreas y de acuerdo con plano adjunto, tiene una cabida exacta de cincuenta y tres hectáreas ocho mil trescientos ochenta y dos metros con setenta y nueve decímetros, según plano que no ha sido inscrito en el catastro nacional; en razón de la inmovilización de marras, me pertenece. Que dicho terreno lo adquirí de los señores Rafael Mora Araya, Trinidad Mora Araya y Mario Mora Araya, mediante escritura otorgada ante el notario público Marvin López Mora, número 121 de las 11:00 horas del 2 de febrero del 2001, que corre a su protocolo número 11, folio 76 vuelto, venta que rola a los autos. Que deben los demandados abstenerse de perturbar el área de terreno que le pertenece al suscrito. Que soy el único propietario del terreno en disputa y al que se refiere el punto dos de esta petitoria, y me asisten todos los derechos de propietario, pues adquirí de buena fe y con justo título desde hace más de tres años, aunada la continuidad de las personas a las que les compré. Que el terreno en cuestión nunca ha sido ocupado por la demandada y nunca ha ejercido acción alguna como propietaria. Que el suscrito y en torno al terreno que le pertenece cuenta con plano cuya inscripción debe ser ordenada en estas diligencias para ante el Catastro Nacional y se le ordene a la Municipalidad demandada que debe visarlo. Que la Municipalidad de Aserrí nunca ha realizado levantamiento topográfico alguno sobre el aérea en cuestión, lo que demuestra que no ha ejercido acto alguno de propietaria y que en la actualidad y desde hace más   de tres años soy dueño único del fundo de marras que reclamo. Que a mi favor y en torno a mi propiedad ha operado prescripción positiva o adquisitiva aunado a mi justo título y buena fe en la adquisición del terreno de marras, por ende existe asucapión en mi favor y derecho a ser reivindicado a efectos de que no sea perturbado por la demandada en cuanto al ejercicio de mis derechos de propietario sobre el terreno de marras. Que se condene a los demandados al pago de ambas costas; pues no cuentan con derecho alguno sobre la propiedad de marras. Que deben proceder los demandados con el pago de los intereses legales que acusen las sumas. Que deben proceder los demandados con el pago de los intereses legales que acusen las sumas de dinero que en sentencia sean aprobadas, intereses que pido se establezcan sobre la taza que cuenta el Banco Nacional de Costa Rica en depósitos a seis meses plazo. Que los demandados han procedido de total mala fe y perturban al suscrito en el ejercicio de mi condición de propietario legítimo de mi propiedad. Que se disponga el levantamiento de la inmovilización administrativa que ha sido promovida por la Municipalidad demandada en razón de que no existe mérito para la misma. Que se admita en todos extremos la estimación y liquidación que presento en esta demanda. Que sea admitida la presente liquidación así: A. Daño Emergente: Inmovilización de la propiedad, el no poder ejercer el suscrito mis atributos de dueño: la suma de diez millones de colones, pues no puedo inscribir el plano de la misma tampoco. B. Lucro cesante sea la utilidad que deben reconocer los demandados por el valor del inmueble que se estima en ciento cincuenta millones de colones exactos y por daño moral: Que se estima en la suma de cinco millones que representa todas las angustias y estrés que ha generado este problema al suscrito, que es absoluta responsabilidad de los demandados, siendo que he trabajado en mi finca y constituye el patrimonio de mi familia. Deberá condenarse a los demandados solidariamente, al pago de intereses legales sobre las sumas dichas a partir de la interposición de la demanda hasta que esté en firme la sentencia condenatoria en cuanto a todos los rublos señalados y a ambas costas procesales y personales. Debe obligarse a la Municipalidad demandada, a que otorgue escritura pública en mi favor sobre el área de terreno que me pertenece que es parte de la finca que tienen inmovilizada, y en caso de que no lo   hagan que se disponga que sea su autoridad quien ordene la inscripción de dicho inmueble a mi nombre en el Registro Público de la Propiedad. Que en favor tanto de los señores a los que les compré el terreno como el propio suma una posesión y condición de dueños por 29 años, sin interrupción y de total buena fe. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos Nos. 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Expediente Nº 05-000912-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de octubre del 2005.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(93187).

 

Se hace saber a la señora Silvia Elena Fernández Lacayo, cédula de identidad Nº 6-207-874 en su condición de presidenta con la representación legal de la sociedad Melflor S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-noventa y cinco mil doscientos cuarenta y ocho (3-101-95248), así como a cualquier otra persona con interés legítimo, que atiendan sus intereses en proceso que se tramita en la notaría de la Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, que es localización de derechos. Expediente Nº 0001-2005-NOT. De Rosa Jiménez Corrales. En las oficinas de la notaría, sitas en Escazú, de la esquina sureste de la Iglesia Católica 100 metros sur y 25 metros este, oficina de Abogados de Escazú.—San José, Escazú, 7 de noviembre del 2005.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(93190).

 

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 05-000751-0165-FA los señores Manuel Enrique Quesada Nuñez y María Eugenia Tenorio Vargas, solicitan se apruebe la adopción conjunta del mayor de edad Cedric de Jesús Díaz Baltodano. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 31 de mayo del 2005.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—(93195).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando matrimonio civil los señores: el señor Sergio David Calvo Serrano, mayor, soltero, jornalero, cédula Nº 7-151-453, vecino de Imperio de Siquirres, nativo de Limón, el primero de abril de mil novecientos ochenta y tres, hijo de David Calvo Morera y Flory Nidia Serrano Méndez, ambos costarricenses y María Ramírez Sánchez, mayor, soltera, jornalera, cédula Nº 7-148-350, vecina de Imperio de Siquirres, nativa de Limón, el quince de agosto de mil novecientos ochenta y dos, hija de Joaquín Ramírez Madriz y Marlene de los Ángeles Sánchez Sánchez, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento alguno para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los próximos ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Juzgado Contravencional de Siquirres, 4 de noviembre del 2005.—Lic. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—Nº 69073.—(92927).

 

Se hace saber que en este Juzgado han comparecido Fabio Sibaja Quirós, de setenta años de edad, viudo, agricultor, portador de la cédula de identidad Nº 2-0311-0385, vecino de Jesús María de San Mateo y Reyna Victoria Andrades Acuña, de cincuenta y cuatro años de edad, soltera, ama de casa, pasaporte número C1108291, nacionalidad nicaragüense de igual dirección que el anterior, con el fin de contraer matrimonio civil. Se ordena la publicación de este edicto para que las personas que tuvieren conocimiento de algún tipo de impedimento para que dichos solicitantes contraigan matrimonio civil, lo hagan saber a este Juzgado dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 05-100043-0313-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Mateo, Alajuela, 18 de octubre del 2005.—Lic. Rosa Rodríguez Abarca, Jueza.—1 vez.—(93169).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Pavas, al ser las nueve horas cinco minutos, del dos de noviembre del dos mil cinco, habiéndose interpuesto la Acción Civil Resarcitoria por el Licenciado Juan José Echeverría Brealey en representación de Juan Agustín Bonilla Obando, se admite la misma por cumplir con los requisitos de los artículos Nos. 37, 111, 112, y 115, de CCP y sobre la misma se concede traslado a Jing Sheng Xie, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime el suscrito Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera Fiscal Auxiliar de Pavas, notifica al señor Jing Sheng Xie, cédula de residencia Nº 626-134960-3972, domicilio Lomas del Río Pavas, frente al Liceo Rincón Grande de Pavas, casa color blanco con negro de cemento, dos plantas, negocio Súper Ana. La Resolución que Literalmente dice: Causa: Nº 03-203123-275-PE-3, por el delito de tentativa de homicidio contra: Jing Sheng Xie en daño de Juan Agustín Bonilla Obando, se ordena Notificar la Acción Civil Resarcitoria, Fiscalía de Pavas, a las nueve horas cinco minutos del dos de noviembre del dos mil cinco. No habiéndose localizado al imputado Jing Sheng Xie, se ordena proceder a comunicarle la resolución dando curso a la Acción Civil Resarcitoria por edicto al señor Jing Sheng Xie. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera. Se admite Acción Civil Resarcitoria y se da curso, Fiscalía de Pavas, a las nueve horas cinco minutos del dos de noviembre del dos mil cinco y pertinente, por lo que se le concede el término de cinco días para que hagan valer sus derechos, artículos Nos. 112 y 115 del Código Procesal Penal. Comuníquese. Causa: Nº 03-203123-275-PE-3, por tentativa de homicidio.—Ministerio Público, Fiscalía de Pavas.—Lic. Álvaro Andrés Córdoba Herrera, Fiscal, Auxiliar.—1 vez.—(93044).

 

Lic. Edgardo Bonilla Astúa, Fiscal Coordinador en el Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de San José, a la señora Ana Lidia Mesén Vargas, cédula Nº 1-857-419, mayor, localizable en San Pedro de Montes de Oca, 100 metros al este y 200 metros al sur de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Costa Rica, en su condición de dueña registral del vehículo placas Nº 342928, le hace saber: Que en legajo de Acción Civil Resarcitoria 04-2127-175-PE C 10, de Ana Rocío Mesén Vega, por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, a las siete horas del primero de noviembre del dos mil cinco. En vista de que la codemandada civil, Ana Lidia Mesén Vargas, quien no fue posible su ubicación, por lo cual no se ha podido poner en conocimiento la acción civil presentada en su contra, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Edgardo Bonilla Astúa. Fiscal Coordinador del Segundo Circuito Judicial de San José: Se pone en conocimiento la acción civil. De conformidad con el Artículo Nº 115 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento a la codemandada civil la Acción Civil Resarcitoria presentada en esta causa, así como el dictámen médico Nº 6990-04, 13564-04. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. De igual manera se le indica que deberá señalar lugar para notificaciones y que tiene derecho a nombrar un defensor de su confianza para que lo represente, caso contrario se le nombrará uno público previa solicitud expresa al despacho. Comuníquese. Fiscalía de Delitos contra la Vida del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Edgardo Bonilla Astúa, Fiscal, Coordinador.—1 vez.—(93045).