Boletín Nº 32

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos de Pensión

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—San José a las trece horas del primero de febrero del dos mil seis.—En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GRECIA

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600394-0309-TC-J          Inmobiliaria El Guapinol                                           3-101-171604                 C 132193              1FV7DOY94PH445170

05-600122309-TC-D            Marco Álvarez Cerdas                                              1-850-712                       CL 131138            JT4RN50R0G0172463

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE CAÑAS

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

04-600317-402-TC               Ana María Vásquez Méndez                                    42002090470003            137007                  EE900254345

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE LIBERIA

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600210-397-TC               Proveedora Internacional

                                              De Costa Rica Prointer S. A.                                    3101317559                    C 131741              JALF5A12053700439

05-600454-397-TC               Laura Jarquín Loáiciga                                              5-0262-0914                   394829                  JT3HP10V57040643

05-600061-397-TC               Anastasio Benedit Centeno                                      8-0060-0779                   C 129101              1FV8A0Y91LP371624

05-600538-397-TC               Amanda Medrano Vargas                                         8-0023-0147                   093354                  NO INDICA

05-600002-397-TC               Manuel Antonio Loaiza Sánchez                              3-200-697                       CL 104721            7101376

05-600090-397-TC               Rodyara S. A.                                                           3101101300                    224896                  JT3VN39W1M0060170

05-600090-397-TC               Isaac Núñez Alfaro                                                   1-616-597                       179671                  1FMCU12T9JUD48125

04-600907-397-TC               Arrendadora Ksa                                                       3101272742                    CL 194529            JTFDE696100111029

04-600907-397-TC               Inversiones Guanaranja S. A.                                    3101094617                    CL 156765            JAATFS55HW710948

04-600581-397-TC               D.P.M.C.R.S. A.                                                      3101239503                    CL 171355            JM7UFY0W5X0147780

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PÉREZ ZELEDÓN

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600913-804                     Inversiones Avenida De Las

                                              Américas S. A. Rep. Lorenzo

                                              Chinchilla Quesada                                                   1-489-921                       CL 196219            KNCSD211247974241

05-600913-804                     Autotransportes Cocori S. A.

                                              Rep. Rodolfo Vargas Azofeifa                                  1-386-207                       CL 124995            JAABL14A3FO701124

05-601137-804                     Juan Campos Godínez                                              1-1039-771                     CL 126094            JN6ND16S2GW001485

05-600611-804                     Transportes Blanco Lobo S. A.

                                              Rep. Hugo Blanco Lobo                                           2-182-552                       SJB 8808               9BM3820692B297118

05-600666-804                     José Serrano Hernández                                            1-441-189                       112477                  AE800028374

05-600768-804                     Rodolfo Godínez Castro                                           9-630-712                       288487                  JT2EL31F7LO521277

05-600936-804                     Roy Carrillo Montero                                               1-747-786                       231257                  JT2AE82EOG3375319

05-600899-804-TC               Ávila Castro Randall Eduardo                                  1-694-974                       415951                  AE 1113099455

05-601001-804-TC               Coto Güell Carlos José                                             1-663-902                       CL 178280            SALLDHH88YA181949

05-600847-804-TC               Rodríguez Ruiz Manuel Salvador                             6-096-081                       TSJ 5495               KNAJA5545RA725253

05-600881-804-TC               Alex Espinoza Víquez                                              6-159-997                       351154                  JS4TA01C3K4100637

05-600771-804-TC               José Suárez Suárez                                                    4-124-998                       MOT 119474       JYA22R008DA100186

05-600774-804-TC               Agencia de Viajes Guaymi, S. A.

                                              Rep. Miguel Chavarría Mora                                    1-454-355                       SJB 8969               LH1741010170

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GUATUSO

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

2005-600012-324-TC           T.T. Tricolor Carrental S. A.

                                              Rep. José Pablo Fonseca Alvarado                           3-101-105093                 571707                  JS3JB43V154160404

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BRIBRÍ

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600090-478-TC               Ibarguen Lilliana                                                        NO INDICA                   590334                  4S2CK58D0Y4309875

04-600091-478-TC               Romero Arce Rigoberto                                            3-229-291                       CL 9719                NO INDICA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TURRIALBA

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600171-352                     Inversiones Durvi, S. A. Rep. Juan

                                              Vicente Durán Víquez                                         2-348-586/3-101-076255      322533                  Vf315bb2208813571

05-600220-352                     Wilhelm Steinvorth Herrera

                                              y Rodolfo Jimenez Borbon. Rep.

                                              Florida Ice And Farm Company S. A.                      3-101-000784                 C. 124035             JALFSR32FS3000079

05-600275-352                     Enzo Quirós Gamboa Rep.

                                              Transportes E Y G Quime S. A.                               NO INDICA                   CL 173312            RZN1680004175

05-600275-352                     William Francisco Solano Meza                               NO INDICA                   CL 42733              7626924

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-001437-375-TC               Jorge Arturo Segura Delgado                                    4-118-067                       245189                  JN1PB21SXJU525343

05-000425-375-TC               Ana Cecilia Hernández Carvajal                               4-126-901                       526214                  IGNORADO

05-000876-375-TC               Quinta Rosa María S. A.                                          3-101-171224                 484930                  WAUZZZBL521018844

05-000342-375-TC               Eduardo Víquez Coronado                                        4-082-861                       155715                  JAACH18L7H5402338

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SAN CARLOS

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600656-742-TC               Marco Antonio Delgado Salas                                  1-898-285                       CL 184108            1N6SD11S7SC336522

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-602403-491-TC-D          Distribuidora de Harinas

                                              De Centroamérica S. A.                                            3-101-094813                 422869                  JDAL701S001039771

05-001748-276-PE-D           De Ruijter de Wildt Marieke

                                              Jacoba Margriet                                                        M04313913                    MOT 53888         JYA3TBS04NA091087

05-602068-491-TC-D          Monte de Cipango S. A.                                           3-101-218830                 441737                  JM7BJ10M200204571

05-602195-491-TC-D          Madrigal Mathieu Gustavo                                      1-733-604                       258981                  KMHLA21JPJU214523

05-602347-491-TC-D          Rivera Astúa Alejandro                                            1-891-609                       178915                  WBAAD1303J8833897

05-602164-491-TC-D          Vindas Chinchilla Asdrúbel                                      1-402-1197                     CL 119398            FE434EA66159

05-602311-491-TC-D          Administradora de Activos

                                              de Chesa S. A.                                                           3-101252194                   MOT 120057       9C2MD34002R50052

05-602245-491-TC-D          Montengro Romero Mirian                                      2,70108E+13                  481128                  KMHJF31JPMU128543

05-602504-491-TC-D          Marín Córdoba Tania                                               1-839-948                       571933                  KMHJF31lPRU681002

05-602092-491-TC-D          Hernández Castro Renan                                          9-008-739                       231004                  BG1062164013

05-602363-491-TC-D          Garro Díaz Ramiro                                                   1-241-387                       TSJ 5247               KMHVF21NPSU143249

05-602395-491-TC-D          Rodríguez Ramírez Marvin                                      1-236-551                       TSJ 3974               NO INDICA

05-602411-491-TC-D          Mata Ávila Jandy                                                     5-319-777                       SJB 9078               KMJRD37FPVU343040

05-602426-491-TC-D          Marín Montero María Isabel                                    9-086-062                       553798                  2T1AE09EXPC004612

06-600128-491-TC-D          Jiménez Castillo Gilbert                                           1-1138-067                     171431                  KMHJF31RPNU213740

06-600028-491-TC-D          Arrendadora Interfin S. A.                                        3-101134446                   CL 178779            KNCHNS8D11K402455

05-601987-491-TC-C           Feoli y Compañía S. A.                                            3-101001988                   CL-64225              FALTA INFORMACION

05-602075-491-TC-C           Enmanuel Sabater Blanco                                          6-109-235                       130990                  JN1HB15S1CU017290

05-602402-491-TC-C           Comercializadora Yama S. A.                                   3-102136747                   402523                  KMHVD14N7SU039259

05-602186-491-TC-C           María Isabel Alfaro Morales                                    2-182-228                       60076                    FALTA INFORMACION

05-602346-491-TC-C           Wilton Ramírez Jacamo                                            3-327-902                       TSJ-4915              KMHVF21NPRU019625

05-602346-491-TC-C           Corporación Mcmac S.A                                          3-101271966                   569304                  1NXAEO4B5RZ221404

05-602031-491-TC-C           Vanessa Gómez Román                                            1-907-002                       539673                  1N4BU31D4VC250935

05-602268-491-TC-C           Jennifer Valverde Ulloa                                             1-1120-0428                   168110                  HEAB13005028

05-602499-491-TC-C           Mora Quirós Rafael                                                  1-840-476                       TSJ 3002               KLATF19T1SB541357

05-602547-491-TC-C           Transportes del Atlántico

                                              Caribeño S. A.                                                           3-10135260                     LB 805                  NO INDICA

05-602445-491-TC-C           Villarevia Chacón Sandra                                          1-875-898                       394709                  KMJRD37FPSU157295

05-602461-491-TC-C           Finca Flor de Liz S. A.                                              3-101-170523                 400882                  2CNBJ13C6Y6940478

2005-601008-491-TC-A      Carlos Luis Torres Solano                                        1-966-305                       528030                  KMHVF31JPNU593048

2005-601277-174-TR-A      Roberto Quirós Guerrero                                          2-258-743                       135108                  1JCUS7417FT161183

2005-601687-491-TC-A      Ronald Mena Molina                                                5-198-700                       120666                  BN13-002133

2005-602073-491-TC-A      Alicia Ramírez Víctor                                               6-193-192                       203286                  KAMHVA21MPRU075498

2005-602025-491-TC-A      Representante Legal de Servicios

                                              Médicos Zumo S. R. L.                                            3-102-196861                 492959                  JS4JC51CXJ4227642

2005-602242-491-TC-A      Sandra Patricia Vega Vargas                                      1-860-515                       CL-42822              NO HAY INFORMACION

2005-602137-491-TC-A      Carlos Francisco Vargas Madriz                               1-684-971                       177942                  WBAAB5405H9805986

2005-602238-491-TC-A      Luis Fernando Rivera Valverde                                 1-971-129                       206697                  9BD146000P506

2005-602141-491-TC-A      Rodrigo Mora Monge                                               1-397-461                       1272                      KE30979764

2005-602324-491-TC-A      Carlos Fernández Castro                                          1-384-139                       583384                  KMHVA21NPTU133666

2005-602412-491-TC-A      César López Gutiérrez                                             7-047-698                       TSJ-2332              KMHVA21NPTU179520

2005-602423-491-TC-A      Edwin Muñoz Varela                                                1-1075-0012                   373676                  KMHVF31JPMU473140

2005-602431-491-TC-A      Alejandra Quesada Rojas                                          1-1073-918                     468005                  4S2CG58Z6N4340993

2005-602505-491-TC-A      José Alberto García Pana                                          1-736-428                       288494                  JHMEH959XPS006105

2005-601441-491-TC-A      Albacea de quien en vida se

                                              llamó Alfredo Calderón Carrillo                                3-138-659                       CL-48731              NO HAY INFORMACION

2006-600041-491-TC-A      Julia Aida Luz Monge Naranjo                                 1-204-004                       587810                  WBANA51035CM63283

2004-601585-491-TC-A      Genier Pérez López                                                  1-572-181                       99298                    JMBSNC15AEU403518

2005-602352-491-TC-A      Henry Jeison Sabat Palma                                        1-850-320                       288528                  1N4GB21B4LC721001

2005-602352-491-TC-A      Evangelina Avendaño Arce                                       1-720-285                       108190                  JHMAAM4420S201548

2005-601581-491-TC-A      Diego Fernández Naranjo                                         1-748-242                       TSJ-1330              KMHVF31JPRU944189

2005-602368-491-TC-A      Francisco José Avila Chavarría                                 1-721-852                       225872                  1HGCA5538HA190342

2005-602376-491-TC-A      Karla Vanesa Sánchez Alfaro                                    1-1005-575                     289943                  KMHVF22J0LU135591

2005-602165-491-TC-A      Allan Centeno Jiménez                                             1-945-953                       301962                  2HGED7366MH565262

2006-600169-491-TC-A      Representante Legal de Moto

                                              Veloz S. A.                                                                3-101-309723                 MOT-125562       DMFBLA03441

05-601958-491-TC-B           Karla Zamora Fallas                                                  1-1124-269                     276051                  JT2EL46B3N0230922

2005-602299-491-TC-B       Bing Fan Feng                                                           1626003475                    CL-154212            3N1CD16S7ZK000506

05-601013-491-TC-B           Representante Legal

                                              de Repuestos Lagos S.A                                           3-101192859                   MOT-77475         C1SC597769

05-602444-491-TC-B           Distribuidora Internacional

                                              de Licores                                                                  3-101204783                   C-14985                JALFTR115F3527798

05-602271-491-TC-B           Representante Legal de Autos

                                              Subaru S.A                                                                3-101035660                   141212                  WBD1240301A073039

05-602279-491-TC-B           Alfaro Campos Miguel Ángel                                   1-0717-0260                   C-124460              1M2AA13Y0NW015171

05-602074-491-TC-B           Representante Legal

                                              de Prestasa S.A                                                         3-101049913                   487129                  VF33EN6AP2Y012759

05-602287-491-TC-B           Arrendamientos Operativos

                                              y Financieros San José S.A                                       3-101083308                   511971                  JN1CFAN16Z0058745

05-602542-491-TC-B           Distribuidora Panal S.A                                            3-101085674                   CL-182010            V119009697

05-602295-491-TC-B           Romero Hernández Carlos                                        1-0197-0613                   354478                  KMHLF1J4JU359541

05-602393-491-TC-B           Marín Fernández Lisvia                                            1-0385-0911                   82961                    BJ40010255

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-602413-491-TC-B           Miranda Arce José Luis                                            2-0277-0696                   CL 130059            9BD146000P8317033

05-602098-491-TC-B           Representante de Pinky Sue S. A.                            3101347105                    517098                  KMHJF31JPNU308366

05-602247-491-TC-B           Karol Rodríguez Bermúdez                                      1-1044-0682                   381192                  KMHJF31RPNU236818

05-602309-491-TC-B           Sánchez Anchía Leonel                                             1-0678-0958                   SJB 5933               1HVBA18E9BH17430

05-601934-491-TC-B           Monge Mena Jorge                                                   1-1119-0473                   MOT 27125         FALTA INFORMACION

06-600006-491-TC-B           Solano Soto Óscar                                                     2-0203-0037                   250211                  JN8HD17Y1LW205499

06-600094-491-TC-B           Representante de Unísola S. A.                                3101063680                    CL 148802            BU2210001382

06-600154-491-TC-B           Marcial Soto Vargas                                                  1-313-628                       322757                  JT4YR27V2E0010686

05-602345-491-TC-B           Ana Silva Hernández                                                6-158-190                       450272                  KMHJF31JPNU204283

06-600178-491-TC-B           Representante de Corporación

                                              Aeromar de Servicios Aduanales S. A.                     3101016321                    CL 152281            JT4RN13P4K6002843

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ABANGARES, GUANACASTE

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

04-600114-403-TC               Pei Shan S. A. Rep. Hao Chih Chuang                     M 130085                       CL 196639            JTFAD426100087321

JUZGADO DE TRÁNSITO DE HEREDIA

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

04-018112-497-TR-4           Ulate Alvarado Ricardo Alexis                                 1-766-702                       TH 343                 KMHJF31JPRU637943

04-013912-497-TR-3           Sonia González Vargas                                             2-331-071                       167520                  JN1PB12S7GU229357

05-000656-497-TR-3           Plantas La Bonita S.A representada

                                              por Rodolfo Gil Jiménez                                          3 101 43802                    CL 131695            JDA000F7700500464

05-004105-497-TR-3           Pedro Biamonte Hidalgo                                           1-873-714                       CL 156086            JM2UF1133N0265061

05-005327-497-TR-3           Luis Antonio Núñez Vargas                                     4-120-947                       202330                  JN1PB21SXHU025130

04-004874-497-TR-3           Jorge Luis Méndez Mendieta                                   270135-RE017817          090487                  FALTA INFORMACIÓN

05-004668-497-TR-3           Ana Celia Herrera Castro                                          1-690-732                       456980                  KMHVF31JPPU723608

05-002067-497-TR-3           Eddy Calderón Lobo                                                 1-642-818                       237818                  JT2AE92E0J3069802

05-004656-497-TR-3           Dinora Suárez Arias                                                  2-300-262                       326907                  JT2EL36G5K0437863

04-013563-497-TR-3           Guiselle Artavia López                                             1-610-947                       CL-193762            1FTCR10A6PUD03983

05-004454-497-TR-3           Rafael Ángel Gamboa Alvarado                                3-269-307                       384809                  KMHVF31JPNU702626

05-004276-497-TR-2           Lugotec Dos Mil S. A. representada

                                              por Luis Guillermo González Céspedes                   3-101-281102                 563107                  1NXAE04E0PZ105227

05-004549-497-TR-2           Josué Jiménez Chavarría                                           1-1200-0627                   184140                  2HGED6359KH516975

05-004679-497-TR-2           Desarrollos Villa del Carmen S. A.

                                              Rep. Geovanny Vásquez Vega                                 3-101-171792                 C 133521              1HTSDAAN4TH287221

05-006413-497-TR-2           Florida Ice and Farm Company

                                              rep. Rodolfo Jiménez Borbón                                   3-101-078437                 C 124214              JALFSR32KS3000056

05-006904-497-TR-2           Juan Nemesio Salazar                                               C1078322                       597979                  KMHVA21NPRU002036

05-006976-497-TR-2           Gregorio Porras Mejías                                             6-0097-1473                   356738                  KMHVF22J1MU448926

05-007675-497-TR-2           German Soto Alfaro                                                  4-0148-0691                   383354                  KMHJF31JPNU331848

05-006638-497-TR-2           Teresita Ricaurte Zeledón                                         1-0268-0744                   146949                  1HGBA5424GA012852

05-006282-497-TR-2           Bimbo de Costa Rica S. A.

                                              Rep. Pablo Elizondo Huerta                                     3-101-148887                 C 129248              JALFSR331W7000006

05-007701-497-TR-2           Roberto Castro Villegas                                            4-0130-0991                   378375                  KMHJF31JPNU198526

05-005630-497-TR-4           José Roberto Chaves Sandoval                                 1-390-114                       C 136822              2FUYDZYB0TA726461

05-006425-497-TR-4           Sandra Luna Picado                                                   7-063-465                       154199                  1FMCA11U1HZA20472

05-003630-497-TR-4           Marlene Madriz Gómez                                           3-205-103                       192341                  ST1910030497

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE OSA

Expediente Nº                          Propietario                                                       Cédula Nº                        Placa Nº                      Chasis Nº

05-600096-442-TC1               Ricardo Antonio Castillo Medina                           05-0202-0846                 105469                  KM37-0000077

05-600096-442-TC1               Jorge Enrique Fallas Leiva                                      01-0843-0584                 192535                  KMHLF31J4GU075707

Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tienen derecho a comparecer al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este Edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia que de no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia. Publíquese.

San José, 1º de febrero del 2006.

                                                                                                                                                                                                               Alfredo Jones León,

1 vez.—(10336)                                                                                                                                                                                       Director Ejecutivo

 

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores judiciales del cantón de Liberia, de la provincia de Guanacaste.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Liberia, de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el tres de marzo del dos mil seis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de festejos cívicos en esa ciudad.

San José, 1º de febrero del 2006.

                                                                    Luis A. Barahona Cortés,

(10335)                                                            Subdirector Ejecutivo

 

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del fondo de garantía notarial), tramitado bajo el expediente N° 05-000703-624-NO, establecido por la Dirección Nacional de Notariado del Notario Luis Alberto Valverde Bermúdez, mediante la resolución de las trece horas cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil seis, se dispuso: transcribir la resolución del decreto de inhabilitación. Vista el acta de notificación visible a folio veintiuno vuelto, se desprende que la resolución N° 1896-2005, de las once horas cincuenta minutos del ocho de noviembre de dos mil cinco, no pudo ser notificada al Licenciado Luis Alberto Valverde Bermúdez, en la dirección reportada por el profesional como su oficina notarial, lugar donde fue notificada la prevención inicial que dio origen a este proceso, se resuelve: de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, párrafo segundo, que indica: “...Si la casa de habitación o el lugar señalado estuviesen desocupados, o no existieren, el notificador, también bajo su responsabilidad, hará constar ese hecho, y con base en él, se hará la notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 o por medio de edicto. Este se publicará en el Boletín Judicial... la notificación quedaría practicada tres días después de la publicación...”. Por lo anterior, en razón de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al Licenciado Valverde Bermúdez, la resolución N° 1896-2005, de las once horas cincuenta minutos del ocho de noviembre de dos mil cinco, por tres veces consecutivas, en el Boletín Judicial, lo anterior, por cuanto al dictado de esta resolución, el Licenciado Valverde Bermúdez, no pudo ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de la Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución N° 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro) ... Resultando: 1) Esta Dirección, de conformidad con el artículo 22 del Código Notarial, tiene la finalidad de organizar, vigilar y controlar adecuadamente la actividad notarial en todo el país con competencia exclusiva en la materia. 2) De acuerdo con prevención por morosidad en Fondo de Garantía Notarial, se inició proceso de inhabilitación contra el Licenciado Luis Alberto Valverde Bermúdez por no pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial, visible a folio dos. 3) Mediante resolución de las nueve horas diez minutos del veintisiete de julio del año dos mil cinco, se le confirió traslado al notario Valverde Bermúdez, a fin de garantizar su derecho de defensa. Según consta a folio doce vuelto, la misma le fue notificada en la dirección reportada por la profesional como su oficina notarial, el día tres de octubre de dos mil cinco y se encuentra firme. 4) A la fecha del dictado de esta resolución, no consta apersonamiento alguno de la Licenciada Valverde Bermúdez; y, Considerando: I) El decreto de inhabilitación, definido por la relación de artículos 13, 24 inciso e) y 140 del Código Notarial, emitido por la Dirección Nacional de Notariado, es originado por la pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado en el notario, por la ausencia de alguno de los requisitos o condiciones para el ejercicio del notariado, o bien por hallarse en presencia de los impedimentos señalados por el artículo 4 del Código referido. II) La falta de pago al fondo de garantía de los notarios faculta a esta Dirección para inhabilitar al moroso, pues la omisión del mismo constituye un impedimento de conformidad con el inciso g) del artículo 4 del Código Notarial. En ese orden, el artículo 13 del mismo cuerpo legal establece: “Los notarios públicos serán inhabilitados temporalmente cuando: ... b) Surja algún hecho que conforme al artículo 4 impida el ejercicio del notariado; en tal caso, la suspensión se mantendrá mientras dure el impedimento”. (...). (Las negritas no son del original). III) En el presente caso, según se desprende del estudio de cuotas visible a folio trece, se tiene por acreditado que el Licenciado Valverde Bermúdez, se encuentra en estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los notarios públicos, creado por el artículo 9 del citado código, lo cual constituye un impedimento para el ejercicio del notariado, según se ha explicado. Como en el presente asunto, se tiene por bien notificado al notario (folio doce) de la audiencia conferida sobre el impedimento que motivó este proceso, y en vista de que a la fecha, habiendo transcurrido el plazo otorgado, no ha acreditado el pago de lo adeudado, lo procedente es decretar la inhabilitación del Licenciado Luis Alberto Valverde Bermúdez, circunstancia que se mantendrá todo el tiempo mientras subsista el impedimento, de conformidad con el artículo 13 referido. IV) Una vez firme la presente resolución, inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro del octavo día, la notaria deberá cumplir con su deber de depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial, y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Código Notarial. Se ordena notificar al Licenciado Luis Alberto Valverde Bermúdez la presente resolución, en la dirección reportada como su oficina notarial, sea San Vito de Coto Brus, Frente a la Distribuidora J J edificio Víquez, por medio de la Policía de Proximidad de San Vito de Coto Brus. Por tanto: de conformidad con lo dispuesto por los numerales 4, 13, 24 inciso e), 55 y 140 del Código Notarial, se decreta la inhabilitación del Notario Público Luis Alberto Valverde Bermúdez, cédula N° 01-576-554, por morosidad en el pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial, misma que se mantendrá por todo el tiempo que subsista el impedimento para el ejercicio del notariado. Inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro de octavo día, deberá depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares. Se ordena notificar al Licenciado Luis Alberto Valverde Bermúdez la presente resolución, en la dirección reportada como su oficina notarial, sea San Vito de Coto Brus, Frente a la Distribuidora J J Edificio Víquez, por medio de la Policía de Proximidad de San Vito de Coto Brus”.

San José, 24 de enero del 2006.

Lic. Alicia Bogarín Parra,

(9122)                                                                   Directora

 

Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del fondo de garantía notarial), tramitado bajo el expediente N° 05-001017-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado de la notaria María Lourdes Delgado Jiménez, mediante la resolución de las once horas cinco minutos del veinticuatro de enero de dos mil cinco, se dispuso: transcribir la resolución que da traslado. Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios públicos, la Sala Constitucional dispuso: “…las sanciones que sean impuestas a los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función, deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la Dirección referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual impugnación de la medida…”. En el presente asunto, no ha sido posible notificar a la Licenciada María Lourdes Delgado Jiménez del contenido de la resolución de las once horas veinte minutos del diez de octubre de dos mil cinco, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba en acta que corre a folio doce. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la Licenciada María Lourdes Delgado Jiménez la resolución de las once horas veinte minutos del diez de octubre de dos mil cinco, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.... Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de fecha seis de octubre de 2005, suscrito por la señora Ingrid Moya Aguilar, Asistente Administrativo de este Despacho, en el que se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al tres de octubre del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, la Licenciada Delgado Jiménez María Lourdes, debe al mes de setiembre treinta y dos cuotas”, se tiene por acreditado que la notaria Delgado Jiménez María Lourdes, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9º del Código Notarial , situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que previo a iniciar el proceso de inhabilitación respectivo, se previene a la notaria Delgado Jiménez María Lourdes, portadora de la cédula 01-510-167, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se iniciará el proceso de inhabilitación sustentado en los artículos 4º inciso g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial, queda prevenida la notaria Delgado Jiménez María Lourdes, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus funciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Actualizado el estudio de las cuotas se desprende que la Licenciada María Lourdes Delgado Jiménez debe al mes de diciembre del presente año treinta y cinco cuotas del fondo de garantía notarial.

San José, 24 de enero del 2006.

Lic. Alicia Bogarín Parra,

(9123)                                                                   Directora

 

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

 

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las diez horas, del quince de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de que se dirá, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. En treinta y tres mil setecientos cincuenta colones remataré: una caja de cambios manual para vehículo marca Nissan Sentra modelo 1989. 2. En treinta y tres mil setecientos cincuenta colones remataré: una caja de cambios manual para vehículo marca Nissan Estancia modelo 1987. 3. En trece mil quinientos colones remataré: un radiador para vehículo Nissan Sentra modelo 1987. 4. En trece mil quinientos colones remataré: un radiador para vehículo Toyota Tercel modelo 1995. 5. En trece mil quinientos colones cada uno remataré: dos radiadores para vehículo Elantra modelo 1991. 6. En treinta y siete mil quinientos colones remataré: un diferencial trasero para vehículo Toyota Hilux 4x4. 7. En treinta y cinco mil colones remataré: un diferencial trasero para vehículo Nissan. 8. En treinta mil colones remataré: un diferencial trasero para vehículo Suzuki Siderick. 9. En treinta y cinco mil quinientos colones remataré: un diferencial trasero para vehículo Mitsubishi L200. 10. En trece mil quinientos colones remataré: un alternador para vehículo Nissan Stanza modelo 1987. 11. En trece mil quinientos colones remataré: un alternador para vehículo Mitsubishi. 12. En trece mil quinientos colones remataré: un alternador para vehículo Toyota Corolla, modelo 1993. 13. En trece mil quinientos colones remataré: un alternador para vehículo Nissan 720, modelo 1985. 14. En quince mil colones remataré: una computadora para vehículo Geo Metro. 15. En once mil doscientos cincuenta colones remataré: un arrancador para vehículo Toyota Corolla, modelo 1991. 16. En nueve mil colones remataré: un arrancador para vehículo Toyota Tercel, modelo 1991. 17. En trece mil quinientos colones remataré: un distribuidor para vehículo Toyota Corolla, modelo 1991. 18. En once mil doscientos cincuenta colones remataré: una caja de dirección para vehículo Datsun. 19. En treinta y tres mil setecientos cincuenta colones remataré una caja de dirección hidráulica para vehículo Ford Aéreo Star. 20. En siete mil quinientos colones cada uno remataré: dos faroles principales para vehículo Toyota Tercel japonés. 21. En dieciocho mil setecientos cincuenta colones remataré: un farol para vehículo Toyota Corolla modelo 2000. 22. En nueve mil colones remataré: un farol principal para vehículo Suzuki Swift. 23. En seis mil colones remataré: un retrovisor eléctrico para vehículo Toyota Corolla modelo 1991. 24. En cinco mil seiscientos veinticinco colones cada uno remataré: dos stops traseros para vehículos Nissan Sentra B 12, uno derecho y otro izquierdo. 25. En mil quinientos colones cada una remataré: dos luces de parque para vehículo Hyundai Excel modelo 1992. 26. En cinco mil doscientos cincuenta colones remataré: una luz de parque para vehículo Toyota Van modelo F. 27. En tres mil setecientos cincuenta colones remataré: un juego de luces de parque para vehículo Nissan Sentra, modelo 1996. 28. En once mil doscientos cincuenta colones remataré: un juego de luces de parque para vehículo Colt Vista, derecho e izquierdo. 29. En tres mil setecientos cincuenta colones cada una remataré: dos luces de parque para vehículo Toyota Tercel modelo 1986. 30. En nueve mil colones remataré: una rueda libre para vehículo Toyota Hilux, 4x4, modelo 1991, y bobina código Tybil. 31. En cinco mil doscientos cincuenta colones remataré: una bobina de encendido electrónica, para vehículo Nissan Estanza, modelo 1987, con Idniter. 32. En siete mil quinientos colones cada uno remataré: cuatro controles de luces para vehículo Honda Civic modelo 1986. 33. En siete mil quinientos colones remataré: un dan cluch juego para vehículo Suzuki Siderick modelo 1990. 34. En siete mil quinientos colones remataré: un fan para vehículo Mazda B2200 modelo 1987. 35. En seis mil colones cada una, remataré: tres bombas de gasolina eléctricas, para vehículo Nissan Sentra B12. 36. En siete mil quinientos colones remataré: un farol principal para vehículo Toyota Corolla modelo 1988. 37. En siete mil quinientos colones remataré: un farol principal para vehículo Nissan Sentra modelo 1989, para lado derecho. 38. En seis mil colones remataré: un retrovisor para vehículo Toyota Corolla modelo 1995. 39. En siete mil quinientos colones remataré, un retrovisor eléctrico, para vehículo Toyota Corolla modelo 1991. 40. En dos mil doscientos cincuenta colones remataré: un retrovisor para vehículo Nissan Sentra B11 modelo 1986. 41. En tres mil colones remataré, un juego de alógenos cristalinos, cuadrados. 42. En tres mil colones remataré: un juego de alógenos cristalinos, redondos. 43. En tres mil setecientos cincuenta colones remataré: un stop trasero derecho para vehículo Nissan Sentra B12 modelo 1987. 44. En tres mil setecientos cincuenta colones remataré: un stop trasero izquierdo para vehículo Toyota Corolla modelo 1988. 45. En tres mil setecientos cincuenta colones remataré: un stop trasero izquierdo para vehículo Toyota Corolla modelo 1988. 46. En tres mil setecientos cincuenta colones remataré: un stop trasero derecho para vehículo Toyota Corolla modelo 1988. 47. En siete mil quinientos colones remataré: un stop trasero izquierdo para vehículo Toyota Tercel modelo 1992. 48. En tres mil setecientos cincuenta colones remataré: un stop trasero izquierdo para vehículo Nissan Sentra B12 modelo 1989. 49. En tres mil colones remataré: un retrovisor para vehículo Nissan B 13 modelo 1992, del lado izquierdo. 50. En cinco mil colones remataré: un juego de luces de parque para vehículo Hyundai Excel, modelo 1992, derecho e izquierdo. 51. En tres mil colones remataré: una luz de parque, lado izquierdo, para vehículo Honda Acord modelo 1988. 52. En tres mil colones remataré: una luz de parque, lado derecho, para vehículo Honda Acord modelo 1987. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Edgar Lizama Rivas contra Tico América Internacional S. A. Expediente Nº 02-000324-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de enero del 2005.—Lic. Yendry Rojas Pérez, Jueza.—(11367).

 

A las ocho horas y treinta minutos, del veintinueve de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero cinco mil trescientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno unidad habitacional número cinco. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Quintas Montealegre Limitada; al sur, jardín frente unidad habitacional cinco; al este, Quintas Montealegre Limitada, y al oeste, Residencias del Futuro S. A. Mide: ciento cuatro metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Patricia Sánchez Lurueña contra Álvaro Montero Mejía. Expediente Nº 96-300148-0362-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de enero del 2006.—Lic. Marlene Palacios Alpízar, Jueza.—(11370).

 

A las catorce horas, del diez de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón dieciséis mil ochocientos noventa y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 88523-000, la cual es terreno de café y caña. Situada en el distrito segundo, cantón cuarto Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con camino; al sur, con lotes 42 y 43; al este, lote 48, y al oeste, lote 48 B. Mide: cuarenta mil seiscientos setenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Silverio Rodríguez Herrera contra José Manuel Arroyo Rojas. Expediente Nº 99-300010-0289-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Jorge Mario Soto Álvarez, Juez.—(11371).

 

Causahabientes

Se cita y emplaza a los causahabientes de quien en vida se llamó Jesús Neftalí Castro Ramírez, mayor, casado, con cédula de identidad número 2-0195-0595, y falleció el veinticuatro de setiembre de dos mil cinco, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho dias hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Devolución de Aguinaldo bajo el N° 05-300028-0251 LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Alajuelita, 14 de diciembre del 2005.—Lic. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—1 vez.—(10343).

 

A los causahabientes de quien en vida se llamó Tobías Mora Álvarez, quien fue mayor, casado, técnico en electricidad, vecino de Alajuelita, con cédula de identidad número 01-0723-0458, se les hace saber que Vera Violeta Herrera Villalobos, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 01-0803-0349, vecina de Alajuelita, se apersonó en este despacho en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad de los menores Wendy Melissa, Davis Josué y Génesis Tatiana todos de apellidos Mora Herrera del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Tobías Mora Álvarez. Expediente número 06-000064-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—(10344).

 

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Humberto Meléndez Vargas, quien en vida fuera mayor, costarricense, casado, portó la cédula de identidad número 1-413-1388, y quien falleciera el día dos de julio del dos mil cinco, a quienes se consideren con derecho a las mismas para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho, a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en devolución de ahorros de trabajador fallecido. Expediente Nº 06-300002-257 LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 25 de enero del 2006—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(10345).

 

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida se llamó José León Hernández Díaz, quien en vida fuere mayor, costarricense, casado, portó la cédula de identidad número 5-104-762, y quien falleciere el día diecinueve de julio del dos mil cinco, a quienes se consideren con derecho a las mismas para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en devolución de ahorros del trabajador fallecido. Expediente Nº 06-300001-257 LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 25 de enero del 2006.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(10346).

 

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

 

Remates

 

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las catorce horas del ocho de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de setecientos cuarenta y tres mil seiscientos diez colones, en el mejor postor remataré: el vehículo placas Nº 564-025, marca Hyundai, estilo Accent, año noventa y cuatro, categoría automóvil, color rojo, combustible gasolina, motor Nº G4EKR103768. Expediente Nº 05-001724-182-CI-4, ejecutivo prendario de Instacredit S. A., contra Yesenia Hernández Jiménez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, catorce de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(10665).

 

A las ocho horas treinta minutos del veintiuno de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de diez mil dólares o su equivalente en colones que deberán calcularse conforme el valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de Guanacaste, matrícula Nº 040723-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el cantón primero, distrito primero, de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con Adina Alvarado Rivas; al sur, con calle pública con 132.00 metros de frente y Nuevo Hotel La Rnda S. A.; al este, con calle pública con 41.40 metros, y al oeste, con carretera Interamericana con 59,19 metros. Mide: trece mil novecientos setenta y ocho metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 1721-05 de Jorge Eduardo Jiménez Berrocal contra Inversiones Los Fiordos del Valle S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(10670).

 

A las ocho horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 326, asiento 8246, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de treinta y cuatro mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Bodegas del Sur S. A., y al oeste, Inversiones Miramar S. A. Mide: doscientos cuarenta y un metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Importadora Electrónica Texas S. A., contra Guiselle Soto Vargas. Expediente Nº 05-000552-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de febrero del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—Nº 83607.—(10781).

 

A las nueve horas del dieciséis de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y limitaciones al tomo trescientos ochenta, asiento cero tres mil cuatrocientos ochenta y uno, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida, sea la suma de veintitrés millones trescientos cuarenta y un mil noventa y tres colones con quince céntimos, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero sesenta y ocho mil treinta y dos-cero cero cero, que es lote quince, terreno para agricultura con un hotel, situado en distrito primero Ciudad Cortés, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, lote 16; sur, lote 14; este, lote 24, y oeste, calle. Mide: noventa y ocho mil novecientos cuarenta y siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Cooperativa de Productores Agropecuarios y Servicios Múltiples Uvita R.L. (COOPEUVITA R.L). Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 05-100608-188 CI (Interno Nº 632-05-Y1), de Banco Popular contra la Cooperativa de Productores Agropecuarios y Servicios Múltiples Uvita R.L (COOPEUVITA R.L).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 25 de enero del 2006.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 83614.—(10782).

 

A las nueve horas y treinta minutos del día quince de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 036132-000, la cual es terreno de café, montes y una casa. Situada en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con la sucesión de Teresa Zúñiga y con Enid Chaves; al sur, con Donald Hidalgo Garro, Reynaldo Fallas y Enid Chaves Rivera; al este, con Donald Hidalgo Garro y quebrada en medio, y al oeste, con Donald Hidalgo Garro, camino público y Enid Chaves. Mide: trescientos noventa y cinco metros con siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Beneficio San Antonio Sociedad Anónima y Benerando Chaves Jiménez. Expediente Nº 05-000021-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 15 de diciembre del 2005.—Lic. Carlos Picado Vargas, Juez.—Nº 83626.—(10783).

 

A las diez horas con quince minutos del diecinueve de abril del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cinco millones cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil quinientos ocho-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote cuatro, terreno para construir. Situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote tres; al sur, lote 5; al este, calle pública, y al oeste, Inversiones Arroyo Bonito S. A. Mide: ciento veintisiete metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Luis Antonio Madrigal Rodríguez, Silvia Jiménez Badilla. Expediente Nº 05-002888-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de enero del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 83627.—(10784).

 

A las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones del Instituto de Desarrollo Agrario citas Nº 390-03582-01-0984-001, la finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, y con la base de seis millones quinientos mil colones, finca matrícula número cuarenta y ocho mil quinientos setenta y seis-cero cero cero, de naturaleza para la agricultura lote 4-A-65. Está situada en el distrito y cantón primero, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con calle pública; sur, lote sesenta; este, lote sesenta y cuatro, y oeste, lote sesenta y siete. Mide: cuatro mil setecientos treinta y cuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-00684-0678-CI-3, establecido por Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Olga Castro Castro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de diciembre del 2005.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 83672.—(10785).

 

A las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando colisión a favor del Juzgado de Tránsito de Heredia, según sumaria Nº 04-14246-497-TR, y con la base de diecisiete mil quinientos dólares (o su equivalente en colones que deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la moneda extranjera al momento de pago), en el mejor postor, remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1999, estilo County Supe, no indica cilindros, combustible diesel, cubicaje no indica, chasis Nº KMJHD17APXC003634, motor Nº D4DAX067104, color crema, capacidad 30 pasajeros, carrocería sencilla, placa Nº SJB-008484. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 2004-001344-0180-CI, de Finastur S. A., contra Viajes Odisea S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 83692.—(10786).

 

A las diez horas del dos de mayo del dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de seiscientos cincuenta y nueve mil novecientos noventa y tres colones, en el mejor postor remataré la finca inscrita al partido de Heredia, ciento cuarenta y tres mil seiscientos noventa y siete-cero cero cero. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Ubicado en el distrito segundo, cantón quinto San Rafael, de la provincia de Heredia. Linda: al norte, al sur, y al este, con Asociación para la Vivienda y Servicios de San Rafael de Heredia; al oeste, con calle pública recientemente abierta que mide ocho metros. Lo anterior por así haberse ordenado en juicio hipotecario de Mutual Heredia de Ahorro y Préstamo contra Óscar Enrique Sánchez Ramírez. Expediente Nº 05-002773-0307-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, diciembre del dos mil seis.—Lic. Juan Carlos Ramírez Brenes, Juez.—(10799).

 

A las diez horas del veintisiete de febrero del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de cuatrocientos ochenta y tres mil novecientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca Nissan, estilo D21, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 1990, carrocería adrales, color azul, tracción sencilla, chasis RGD21004060, combustible diesel, placas CL 109700. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-001598-181-CI, de David Granados Vargas contra Agapito Busano Cerdas.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(10810).

 

A las catorce horas veinte minutos del veintiocho de febrero del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de ciento sesenta mil dólares; remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de San José, matrícula doscientos cuarenta y un mil novecientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, sita en el distrito segundo Granadilla, cantón dieciocho Curridabat, de la provincia de San José. Linda: al noreste, con Hacienda El Prado S. A., calle con treinta y un metros treinta y ocho centímetros; al suroeste, con Hacienda El Prado S. A. treinta y dos metros cincuenta y cinco centímetros; al sureste, con Hacienda El Prado S. A. diecinueve metros con veintidós centímetros y al noroeste, con Hacienda El Prado S. A. calle diecisiete metros. Mide: seiscientos cincuenta y dos metros cuadrados. Hipotecario Nº 01-001184-182-CI (6) de Banco Banex S. A. contra Mario Enrique Pacheco Carranza.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 25 de noviembre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(11010).

 

A las nueve horas quince minutos, del catorce de marzo del dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando una colisión a la orden del Juzgado de Tránsito de Hatillo, y con la base de setecientos treinta y dos mil trescientos cincuenta y tres colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 490.367, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis KMHJF31JPNU300603, uso particular, estilo Elantra, capacidad cinco personas, año 1992, color dorado, número de motor G4DJR211421. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 05-000036-185 C.I. Ejecutivo prendario de Instacredit S.A., contra Heriberto Quirós Laguna.—Juzgado Sexto Civil de San José, 23 de diciembre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(11316).

 

A las ocho horas, del diez de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, se rematará: trece piezas de la especie anonillo y ciento sesenta y ocho piezas de la especie laurel; volumen en metros cúbicos en total 4.2181272 y volumen en pulgadas en total 1948.1748; valorados en la suma de trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y siete colones con cuarenta y seis céntimos. Así ordenado en proceso penal 06-200033-359-PE, contra Luis Diego Astorga Romero; por el delito de infracción a la Ley Forestal; en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Turrialba, 30 de enero del 2006.—Lic. Mercedes Muñoz Campos, Jueza.—(11372).

 

A las nueve horas quince minutos del veintisiete de febrero del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinticuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en Propiedad, partido de San José, matrícula número 205203-000, que es terreno para construir con una casa destinada a oficinas, sito en el distrito primero San Pedro del cantón quince Montes de Oca de la provincia de San José. Colinda: norte, Rosa Li; sur, Turrialba Palmira S. A., este, calle pública, y oeste, Ángel Acuña. Mide: Ciento sesenta y tres metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior se subasta por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 03-001586-0180-CI de Banco Banex S. A. contra Grupo Manosa Microkilt S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 30 de noviembre del 2005.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez Tramitador.—(11407).

 

A las diez horas del veintitrés de febrero de dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado. Con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladadas; en el mejor postor remataré la finca del partido de Alajuela, Folio Real Matrícula Número trescientos sesenta y cuatro mil setenta y tres - cero cero cero, que es terreno de patio con una construcción, situado en el distrito dos Laguna, Cantón once Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela, colinda: al norte, Desiderio Solís Salazar; sur, Elías Valenciano Solís; este, calle pública con un frente de dieciocho metros con cero tres centímetros, y al oeste, con Etelgive Rodríguez Rodríguez. Mide: quinientos sesenta y cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados, plano catastrado Nº A - 576364-1999. Lo anterior por haberse ordenado así en Hipotecario Nº 05-100436-0295-CI, de Anabelle López Villegas, contra Damaris Salas Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 18 de enero del 2006.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(11417).

 

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las once horas, quince minutos del veintiocho de febrero del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de novecientos treinta y cuatro mil seiscientos veintiún colones, en el mejor postor remataré: Bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº 214776, con las siguientes características: automóvil marca Daewoo, estilo Espero, año 1994, color blanco, de gasolina, para cinco personas, motor Nº c201e25073773. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 05-000376-0183-CI-6 de Agencia Datsun S. A., contra Yair Isaac Quirós Espinoza.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de diciembre del 2005.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(11009).

A las nueve horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil seis, en este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: La finca del partido de Heredia, matrícula Nº 087120-000, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia, linda al norte, con lote 3; al sur, con lote 5; al este, con Calle Venus y al oeste, con Comunidad Modelo La Aurora. Mide: setenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 05-001571-0185-CI-7, ejecutivo hipotecario de Veredas de La Montaña S. A., contra Lázaro Portillo Martínez.—Juzgado Sexto Civil de San José, 17 de enero del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(11023).

 

A las nueve horas, treinta minutos del seis de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando demanda penal inscrita al tomo N° 498, asiento N° 04300, secuencia 001 y con la base veinticuatro mil dólares, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula de folio real número noventa mil ochocientos doce-cero cero cero, que se describe así: Naturaleza terreno para construir con una casa, mide ciento sesenta y dos metros cuadrados, ubicada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago, linderos al norte, con resto destinado a calle pública y acera; al sur, con Inmobiliaria San Isidro S. A.; al este, con lote setenta y tres y al oeste, con lote setenta y uno. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 04-000854-183-CI del Banco Interfin Sociedad Anónima contra Wilfrido Miranda Solano y Ana Patricia Calderón Gómez.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(11024).

 

A las diecisiete horas del dieciséis de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y con la base de siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento veintiséis mil ochocientos treinta y siete-cero cero cero, que es terreno de agricultura. Sitio: distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Oliva Vega; sur, María Eugenia Vega Acuña; este, Ana Carvajal y oeste, calle pública. Mide: mil cincuenta y dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-021539-0170-CA del Instituto Nacional de Seguros contra Miguel Vega Cordero.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de enero del 2006.—Lic. Doris Castillo Serrano, Jueza.—Nº 83716.—(11243).

 

A las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del siete de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, soportando proceso de separación judicial bajo la sumaria Nº 05-002129-0165-FA del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de cuarenta y siete mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de San José, matrícula de folio real Nº 194506-000, que se describe manera situado en el distrito primero San Vicente, cantón 14 Moravia de la provincia San José, mide trescientos veintisiete metros con noventa y un decímetros cuadrados, linderos sur, con Rafael Ángel Fonseca Rojas; al norte, con carretera a Moravia Tibás con 12 metros 50cm; al este, con Fernando Ramos González y al oeste, con lote 64 de Emperador S. A., 26 metros 7cm. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-001581-184-CI de Consultores Financieros Cofin S. A., contra Guiselle Blanco Meléndez.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de diciembre del 2005.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 83722.—(11244).

 

A las ocho horas, treinta minutos del catorce de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base doscientos veinte mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de folio real Nº 155479-000 del partido de San José, que se describe así: naturaleza terreno para construir con un edificio de apartamentos y oficinas, mide seiscientos ocho metros con veintiocho decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 08 Mata Redonda, cantón 01 San José, de la provincia de San José, linderos: al norte, con avenida pública con frente de 22 metros 24 cm; al sur, con Ana Isabel Molina Guzmán, al este, con calle pública con frente de 28 metros 10 cm., y al oeste, con Promotora de Inversiones La Sabana S. A. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-001350-0183-CI de Transamerica Bank and Trust Company Limited contra Epsilon Outsourcing S. A. y Apartamentos Eda S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 26 de enero del 2006.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—Nº 83723.—(11245).

 

A las once horas, treinta minutos del seis de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base cuarenta y seis mil trescientos dólares, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público matrícula de folio real Nº 46692-000, partido de Limón, que se describe así: naturaleza terreno de solar con una casa, un anexo y un galerón, mide mil quinientos veinte metros con catorce decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 05, cantón 02 (Pococí), de la provincia de Limón, linderos: al norte, con Josefa Rivera Hernández y Juan Rafael Alvarado Rodríguez en partes; al sur, con Miguel Chavarría Peraza; al este, con José Enrique Porras Retana, y al oeste, con Yamileth Pérez Sánchez, calle pública en partes. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-001090-183-CI/4 de First Costa Rican Housing Corporation contra Wilbert Villalobos López. Notifíquese.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—Nº 83724.—(11246).

 

A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del veintiocho de febrero del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y pero soportando un gravamen al tomo 395, asiento 13758 con la base de ciento cuatro mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, matrícula de folio real Nº 340045 000, que se describe así: terreno para la agricultura de arroz, mide un millón quinientos sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro metros con noventa y siete decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 03 San José, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela, linderos: al norte, con río Las Haciendas; al sur, con camino público; al este, con Rancho Los Fresnos de Guanacaste S. A., y al oeste, con Naranjales Bosking S. A. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-001491-183-CI de Klasse Inc. S. A. contra GTN Grupo Tierras Nuevas S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—Nº 83731.—(11247).

 

A las catorce horas, treinta minutos del ocho de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes, con la rebaja del veinticinco por ciento de Ley, sea la base de un millón doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta y ocho colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula Nº 104919-000, que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón, que mide: trescientos cuarenta metros con ocho decímetros cuadrados y linda: al norte, con calle pública con diez metros lineales; al sur, con Luis Aguilar Quesada, al este, y oeste, con Juan Araya Aguilar. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 96-100030-0468-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Cordero Barquero y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 27 de enero del 2006.—Lic. Damaris Acuña Fernández, Jueza.—Nº 83744.—(11248).

 

A las ocho horas del tres de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y soportando infracciones/colisiones anotadas a boleta 9400341273, sumaria C.S.V. 01091997 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bribrí; boleta 9400276430, sumaria C.S.V. 01091997 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres; boleta 01025502, sumaria 01603054-0494 TC del Juzgado de Tránsito de Alajuela; y boleta 02249082, sumaria 03-600053-313-TC del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Mateo; boleta 020249082, sumaria 036000053313 TC del Juzgado de Tránsito de Puntarenas, y con la base de: un millón doscientos mil colones, al mejor postor remataré: vehículo placas 232052, marca Honda, estilo Civic LX, carrocería sedán cuatro puertas, capacidad cinco personas, año 1990, color negro, chasis 1HGED4567LA037920, motor marca Honda, Nº D16A63603807, cilindrada 1594 c.c., combustible gasolina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario Nº 04-019195-0170-CA, del Instituto Nacional de Seguros contra Edwin Alberto Acuña Martínez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de enero del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 83777.—(11249).

 

A las ocho horas del seis de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de treinta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número la cual es terreno de dos porciones con cuatro molinos, un casa y pastos. Situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino de San Francisco a Villa Real, Abelardo Cabalceta Napoleón Vallejos, Manuel Peña y Benito Obando; al sur, carretera a Santa Cruz; al este, María Elena Vallejos Arrieta y Escuela de San Francisco, y al oeste, María Elena Vallejos Arrieta, Nicolás y Benito Obando. Mide: cuatro millones novecientos setenta y un mil quinientos doce metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Inversiones Roma de Santa Ana S. A. contra Ángela Flora Vallejos Arrieta. Expediente Nº 04-000243-0638-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de enero del 2006.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—Nº 83831.—(11250).

A las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil seis, en la puerta que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con las bases que se dirán, saquesen a remate los siguientes bienes: 1) Con la base de mil seiscientos ocho dólares U.S.D., un compresor de aire de alta presión, marca Leroi, color beige, modelo CL cinco cero sswh, serie número cuatro cuatro ocho siete x dos seis cuatro, capacidad: doscientos treinta CFM (pie cuadrados por minuto), ciento veinticinco PSI, enfriado por agua, caudal diez piez cúbicos por minutos con panel de control. 2) con la base de mil seiscientos ocho dólares U.S.D., un compresor de aire de alta presión, marca Leroi, color champagne, modelo CL cinco cero S S W H, serie cuatro cuatro ocho siete x dos uno tres, capacidad doscientos treinta C F M, ciento veinticinco P S I, enfriado por aire, diez pies cúbicos por minuto con panel de control. 3) Con la base de mil seiscientos ocho dólares U.S.D., cada uno, dos compresores de aire de alta presión, marca Leroi, color amarillo, modelo CIEN SS, serie cuatro nueve dos x tres tres y otra serie cuatro nueve dos x tres dos, ambos con capacidad trescientos cincuenta CFM; ciento veinticinco PSI, enfriado por aire, diez pies cúbicos por minuto, con panel de control motor eléctrico, marca General Electric, color gris, serie número: cuatro K cuatro cero cinco ocho dos nueve cuatro de cien caballos de fuerza. 4) Con la base de quinientos sesenta y tres dólares U.S.D., un compresor de aire de alta presión, marca  Ford, color amarillo, serie tres cinco nueve cero cero dos tres dos, enfriado por agua, con motor marca Ford, combustible diesel, de cuatro cilindros, serie del motor siete cero tres F, seis cero siete cinco AAA. 5) Con la base de doscientos cuarenta y un dólares U.S.D., un compresor de baja presión, marca Schramm, modelo trescientos quince, serie número cuatro cinco dos siete cinco cero S, capacidad trescientos quince C F M, con motor eléctrico marca Maralion Denwell, serie número nueve seis uno dos uno tres. 6) Con la base de ciento sesenta y un dólares U.S.D. cada uno, dos motores eléctricos trifásicos, uno de ellos marca Meco y el otro marca US Electrical Motors, modelo cuatrocientos cuatro T, serie ochenta y cuatro-cero uno ocho dos dos-doscientos ochenta y ocho, potencia cien caballos de fuerza identificados con las placas números IVC-cero uno y IVC-cero dos. 7) Con la base de ochocientos cuatro dólares U.S.D., un tanque  metálico para combustible, capacidad seis mil galones de manufacturación nacional, color celeste, identificado con la placa número ICV-cero tres. 8) Con la base de ochocientos cuatro dólares U.S.D., una romana para pesar ganado, marca Romanas Industriales S. A., color anaranjado, con reloj indicador de peso, con pesas de metal, plataforma de hierro, dimensiones, cinco punto ocho por dos punto cuatro metros con capacidad para seis toneladas métricas. 9) Con la base de dos mil cuatrocientos doce dólares con treinta y tres centavos de dólar U.S.D., cada una, tres plantas de generación eléctrica, que se describen así: dos marca Olympian, una de ellas modelo GEH dos cero cero y la otra modelo GEH uno siete cinco, una con serie número uno uno cero nueve nueve cinco-cero nueve, con motor serie número uno ocho tres cero dos siete nueve G-uno y la otra serie número OLY cero cero cero cero HRNS cero cero dos cinco seis y la otra marca Caterpillar, modelo SR cuatro B, serie número: seis cuatro R cero uno tres seis uno, con motor número nueve NR cero dos seis seis cuatro, modelo tres mil trescientos seis, potencia doscientos treinta y ocho caballos de fuerza, con panel de control. 10) Con la base de mil seiscientos ocho dólares U.S.D., un compresor de aire de alta presión marca Leroi, color beige, modelo CL cinco cero S S WH, serie cuatro cuatro ocho siete x dos seis cuatro, capacidad doscientos treinta C F M, ciento veinticinco PSI, enfriado por agua, caudal diez pies cúbicos por minuto, con panel de control. 11) Con la base de cuatro mil veinte dólares U.S.D., un quebrador de piedra marca Pecson, placa número IVC-cero cinco. 12) Con la base de dieciséis mil ochenta y un dólares U.S.D., un molino de bolas, grande de seis por seis pies, marca Allis Chalmers, con polea, para diez fajas, capacidad cien toneladas diarias, con tanque agitador de cien metros cúbicos, con cuatro pachucas de nueve metros cúbicos cada una, identificado con la placa IVC-cero seis. 13) Con la base de cuatro mil ochocientos veinticuatro dólares U.S.D., un molino pequeño, sin marca identificado con la placa número IVC-cero siete. 14) Con la base de cuatro mil veinte dólares U.S.D., un motor eléctrico de inducción, potencia ciento veinticinco caballos de fuerza con paneles de control, marca Cutler Hammer, identificado con la placa IVC-cero ocho. 15) Con la base de dos mil cuatrocientos doce dólares U.S.D., un tanque fino, capacidad sesenta metros cúbicos, de metal, forma cilíndrica identificado con la placa IVC-cero nueve. 16) Con la base de dos mil cuatrocientos doce dólares U.S.D., un motoreductor intenso, marca Western, serie número  ciento cuarenta/ order, cinco cuatro nueve tres cinco, potencia hasta trescientos cincuenta caballos de fuerza, velocidad máxima ochocientos setenta R.P.M. 17) Con la base de ochocientos cuatro dólares U.S.D., cada una, dos blanzas analíticas, marca Heusser, manufactura U.S.A., ambas color café, una con serie número cincuenta y tres-trescientos cuarenta y ocho y la otra serie número ochocientos veintisiete A. Se remata por ordenarse así en expediente ejecutivo prendario Nº 04-000076-387-AG (523-2-04-A-C), de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Valle Colombia S. A. y otros.—Juzgado Civil de Cañas, 1º de febrero del 2006.—Lic. Ma. Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 83844.—(11251).

 

A las ocho horas, treinta minutos del siete de abril del dos mil seis, en la puerta que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón quinientos catorce mil quinientos cuarenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos remataré: placa CL ciento cincuenta y un mil trescientos noventa, marca Mercedes Benz, estilo MB cien d dos punto nueve, peso neto: mil ochocientos kgrms, peso bruto: tres mil trescientos kgrms, capacidad: para dos pasajeros, año: mil novecientos noventa y siete, número de chasis: K P A seis seis uno dos uno cinco uno P cero tres nueve cero cero dos, categoría: carga liviana, carrocería: panel, color blanco, número de motor: seis seis dos nueve uno uno uno cero cero tres ocho cinco siete cuatro; marca de motor: Mercedes Benz, cilindrada: dos mil ochocientos setenta y cuatro centímetros cúbicos, cilindros: cinco, combustible: diesel, potencia: noventa kilowatts. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 06-100015-0389-C1(15-4-2006)-C, proceso ejecutivo prendario establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra George Barquero Chevez y Carlos Chevez Chevez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 24 de enero del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 83845.—(11252).

 

A las ocho horas, quince minutos del quince de marzo del dos mil seis, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios soportando denuncia a la orden de la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José sumaria 04-000286-0175-PE, y con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares con sesenta y un centavos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 506.847, marca Nissan, categoría automóvil, carrocería sedán 4 puertas, chasis 1N4AB41D4TC731255, uso particular, estilo sentra GXE, capacidad 5 personas, año 1996, color verde, número de motor GA16810664L. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 05-001756-0185-CI-8 ejecutivo prendario de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Ligia María Coto Brenes.—Juzgado Sexto Civil de San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 83863.—(11253).

 

A las diez horas del diez de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de once millones de colones, en el mejor postor remataré: el inmueble del Partido de Guanacaste, Folio Real Matrícula numero veinticuatro mil ochocientos ochenta y cinco-cero cero cero; el cual se describe como terreno de potreros con tres casas y una bodega, ubicada en el distrito primero, Liberia, del cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste, linda al norte, Francisco Peña Valle; sur, camino Liberia-barrio La Cruz, Lucina Chaverri Benaviles y Elpidio Sociedad Anónima; este, Francisco Peña, María de la Cruz Calderón y Elpidio Sociedad Anónima, y oeste, Rafael Méndez, Adina Alvarado y Elpidio Sociedad Anónima. Tiene una medida de veintiocho mil cuatrocientos veinte metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. El inmueble soporta servidumbre sirviente (citas: 342-02655-01-0002-001), practicado (citas: 551-11417-01-0001-001). Publíquese este edicto en el Boletín Judicial. Se remata por estar ordenado dentro del expediente N° 05-100342-0389-CI. Hipotecario de Banco de Costa Rica contra Don Elpidio Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario de Liberia, 25 de enero del 2006.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—Nº 83874.—(11254).

 

A las ocho horas, treinta minutos del nueve de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando servidumbre, y reservas, sin más gravámenes, con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula 112321-000, que es terreno para construir, situado en el distrito primero, Guápiles; cantón segundo, Pococí, provincia de Limón, que mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, y linda al norte, con calle pública con trece metros con setenta y cinco centímetros; al sur, y oeste, con Hugo Elberto Smith Oviedo, y al este, con calle pública con trece metros cincuenta y un centímetros. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 05-100628-0468-CI de Joaquín Bernardo Molina Alvarado contra Multiservicios Valle Celeste de Pococí S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 19 de enero del 2006.—Lic. Damaris Acuña Fernández, Jueza.—Nº 83888.—(11255).

 

A las ocho horas del veintisiete de abril del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, remataré en el mejor postor la siguiente finca hipotecada en cuatro millones seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticuatro colones con noventa céntimos, la cual soporta gravámenes a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal citas Nos. 532-06024-01-0003-001. Finca del partido de Limón, inscrita al folio real matrícula número treinta y seis mil doscientos ochenta y tres-cero-cero-cero, que es terreno para construir número ciento setenta y cuatro, situado en distrito primero, cantón primero de la provincia de Limón, el cual tiene los siguientes linderos: norte, con lote de Olimpia Amador Moncada y Luis Alvarado Fonseca; sur, con lote de Olimpia Amador Moncada y Danilo Segura Chacón; oeste, con línea férrea, y oeste, con calle y lote de Olimpia Amador Moncada, mide dos mil trescientos ochenta y dos metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados según plano número L-setecientos noventa y cuatro mil trescientos setenta y siete-dos mil dos. Propietario Edgardo Soto Valerín, se saca por la suma de cuatro millones seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticuatro colones con noventa céntimos, soporta hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal  N° 532-06024-01-0003-001. La finca anterior se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad. Este proceso fue estimado en la suma de cuatro millones; seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos veinticuatro colones con noventa céntimos.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 24 de enero del 2006.—Lic. Edgar Calvo Solano, Juez.—Nº 83921.—(11256).

 

A las ocho horas del catorce de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de cuarenta y dos millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecinueve mil quinientos noventa-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Alajuela, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Margarita Montenegro; al sur, avenida 15 con doce metros seis centímetros; al este, la Cubana S. A. y al oeste, lote segundo. Mide: cuatrocientos tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Bancrecen contra Jenny Bonilla Córdoba. expediente 02-000521-0181-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—(11408).

 

A las ocho horas del siete de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de ciento diez mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 149492-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito quinto Concepción cantón quinto San Rafael, colinda: al norte, sur y este con Luis Diego Brenes Villalobos y al oeste, con calle pública. Mide: mil ochenta y cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Carribean Bank Of Exports, contra Edie Villalobos Villalobos; expediente N° 05-001763-184-CI-0.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de enero del 2006.—Lic.  Mario Zamora Mata, Juez.—(11410).

 

A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinticinco millones setecientos veintidós mil doscientos noventa y tres con 17/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil novecientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, carretera pública y Roberto Martínez Sanabria; al sur, Mercedes Martínez Sanabria; al este, calle pública; y al oeste, Roberto Martínez Sanabria y Asdrúbal Vargas Castillo. Mide: cuatrocientos cuarenta y seis metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alfonso Sanabria Martínez, Felicia Hortencia Reyes Sancho y María Alejandra Sanabria Reyes. Expediente 06-000030-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de enero del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 83943.—(11541).

 

A las once horas del siete de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ocho millones cuarenta y tres mil cuarenta y dos con 13/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F005520-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito La Uruca, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa 66; al sur, casa 68; al este, área común de calles y al oeste con casa 70. Mide: ciento diez metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Comercializadora Vidrios San Pedro S. A., Francisco Quirós Zúñiga. Expediente: 05-002079-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de enero del 2006.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 83944.—(11542).

 

A las dieciocho horas del día tres de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios Soportando Reservas y Restricciones inscritas al tomo doscientos noventa y cinco, asiento cinco mil novecientos treinta y dos-cero uno-cero nueve seis siete-cero cero dos y con la base de un millón trescientos veinte mil colones, en el mejor postor rematare: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cinco mil quinientos noventa y ocho-cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno lote tres marcado con el número siete bloque B terreno para construir. Sitio: distrito Nicoya, cantón Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte Invu; sur, calle pública; este calle pública; y oeste, calle pública. Mide: ciento noventa y cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-020378-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ileana Rosales Zúñiga y Lisímaco Medina Mora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de diciembre del 2005.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 83970.—(11543).

 

A las nueve horas treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios y con la base de quince millones, saquese a pública subasta el vehículo placas C 130863, marca Isuzu, categoría carga pesada, serie JALFVR33PX3000009, carrocería ganadero, tracción sencilla, chasis: JALFVR33PX3000009, Vin: JALFVR33PX3000009, uso particular, estilo FVR, capacidad 3 personas, año 1999, color celeste, propiedad de Su Tomate de Cartago S. A. Limitada, cédula jurídica, 3-102-166541. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo prendario N° 04-100472-188-CI (492-04-R3) establecido por Álvaro Gamboa Muñoz contra Su Tomate de Cartago S. A.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 26 de enero del 2006.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 83976.—(11544).

 

A las diecisiete horas del seis de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de setenta y un mil quinientos veintidós dólares con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-veintinueve mil ochocientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno filial veinte apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito segundo Mercedes, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Promotora y Constructora La Cordillera S. A.; al sur, avenida tres; al este, filial veintiuno y al oeste filial diecinueve. Mide: ciento treinta y tres metros con veinticinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Andrés Esteban Andrade Arévalo, La Filia Pio Quinto S. A. Expediente 04-000469-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2006.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Juez.—Nº 83981.—(11545).

 

A las ocho horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil seis desde la puerta exterior de este despacho sin sujeción a la base, en el mejor postor remataré: un vehículo placas ciento treinta y nueve mil novecientos dieciséis , capacidad para cinco personas, año mil novecientos ochenta y cuatro, color rojo, chasis N° JHMAH5339ES017521, marca Honda. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecutivo prendario N° 2004-002067-224-CI de Banco Elca S. A. contra Vilma Lucía Marín Salas.—Juzgado Quinto Civil de Menor Cuantía de San José.—Lic. Giovanni Durán Abarca, Juez.—Nº 84005.—(11695).

 

A las nueve horas quince minutos del siete de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares (moneda de los Estados Unidos de América) al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el registro público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F-cero cero siete mil ciento ochenta y cinco cero cero cero, la cual es apartamento 9, situado en el distrito cero ocho Mata Redonda, cantón uno San José, de la provincia de San José, colinda: al norte, con área común; al sur, con área común; al este, con área común, y al oeste, con área común y apartamento 10. Mide: ciento veintisiete metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Elca Sociedad Anónima contra Motores Automotrices Sociedad Anónima y otro. Expediente Nº 05-001276-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 19 de enero del 2006.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 84006.—(11696).

 

A las trece horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil seis, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, sin sujeción a tipo, remataré: La finca inscrita en el registro público de la propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de folio real, matrícula número cincuenta y cinco mil novecientos trece-cero cero cero, que es terreno con una ferretería de setenta metros cuadrados de construcción, un Restaurante de cien metros cuadrados de construcción, una tienda de sesenta metros cuadrados de construcción y un Supermercado de cincuenta y cinco metros cuadrados de construcción, situado en el distrito cuarto, Colorado, cantón sétimo, de Abangares de la provincia de Guanacaste, colinda, norte, Emiliano Ruiz Ruiz; sur, Víctor Díaz Díaz; este, calle pública, y oeste, Carlos Bonilla, con una medida de mil doscientos setenta y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 05-100218-0389-CI (229-5-2005)-C, proceso de ejecución hipotecaria establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Óscar Retana Carrillo, Isidro Gutiérrez Calvo, Soluciones Inmediatas de Calidad Internacional representada por Óscar Retana Carrillo, y los fiadores solidarios Fidel Ortega Ortega, Antonio Díaz Ortega, Harold Prieto Brizuela y Jorge Luis Ruiz Quirós.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 17 de enero del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 84034.—(11697)

 

A las diez horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgador libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de siete millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en Propiedad, Partido de Guanacaste, Folio Real, matricula número treinta y tres mil trescientos veintiséis -cero cero cero, que es terreno de repasto con un corral, sito en el distrito cuarto (Colorado), del cantón sétimo (Abangares) de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Javier Gutiérrez Reyes y Francisco Terencio Ortega Rodríguez; sur, calle pública en medio con Salinas; este, calle pública, oeste, Francisco Terencio Ortega Rodríguez. Mide doscientos dieciséis mil doscientos veinticinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Pertenece a Leonidas Calvo Orias Has. Otros gravámenes: Citas: 303-16881-01-0901-001 (Reservas y Restricciones) y 514-16702-01-0001-001 (Hipoteca de segundo grado). Por estar ordenado en expediente 05-100427-389-CI proceso hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonidas Calvo Orias.—Juzgado Agrario de Liberia, 2 de febrero del 2006.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—Nº 84038.—(11698).

 

A las nueve horas del veintitrés de marzo de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales con la base de dos millones doscientos veintidós mil quinientos colones remataré el vehículo placas número CL cero ochenta mil quinientos noventa y dos, marca Toyota, estilo Toyota, capacidad 3 personas, año 1980, chasis HJ450375872, motor H7485. El vehículo descrito pertenece a FVR Maquinaria del Norte S. A. Lo anterior se remata por estar así ordenado en prendario N° 05-100801-188-CI interno 839-05-R-4, de José Bonilla Solís contra FVR Maquinaria del Norte S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 26 de enero del 2006.—Lic. Yuri Lopez Casal, Juez.—Nº 84056.—(11699).

 

A las ocho horas quince minutos del veintinueve de marzo de dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones, reservas, prohibiciones bajo las citas 317-03832-01-0901-010, servidumbres de paso bajo las citas: 552-03784, con la base de dos millones de colones netos, remataré la finca inscrita en propiedad, Partido de Alajuela, Folio Real matrícula Nº 410.175-001 y 002, y que se describe así: Terreno de patio con una casa de madera en mal estado. Situado: en distrito primero Quesada, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, Marcelo Araya Moya y Virginia Vigil Martínez; sur, calle pública; este, Isaac Araya Cordero y servidumbre de paso, y al oeste, Marcelo Araya Moya y Virginia Vigil Martínez. Mide: Cuatrocientos veinticuatro metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 05-101018-0297-CI ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcelo Antonio Araya Moya y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de enero del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 84061.—(11700).

 

A las nueve horas y treinta minutos del veinte de marzo dos mil seis, en la puerta de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuatro millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real Matrícula número ciento dos mil doscientos nueve-cero cero cero, que es lote 144 H terreno para construir, sito en el distrito octavo, cantón primero de la provincia de Puntarenas, mide ciento cincuenta y ocho metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Colinda al noreste, con lote 127 H; al noroeste con lote 128 H; al sureste, con lote 145 H, y al suroeste, con resto destinado a calle. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-100997-642-CI establecido por Banco Popular contra Leonor Jiménez Rodríguez.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 84068.—(11701).

 

A las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paso y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de dos millones trescientos setenta y ocho mil doscientos ochenta y cuatro colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, Matrícula número trescientos setenta y siete mil ochocientos dos - cero cero uno y cero cero, dos la cual es terreno para construir lote 2. Situada en el distrito tercero, San Juan, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernardo Vásquez Quesada; al sur, servidumbre de paso en medio Soley Núñez Núñez; al este, servidumbre de paso en medio Ramón Fallas Varela, y al oeste, servidumbre de paso en medio Alexander González Quirós e Ingrid Georgina Hidalgo Córdoba. Mide: trescientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Denia Ruth Zúñiga Morales y Luis Guillermo Ureña Noguera. Expediente Nº 03-000591-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 30 de enero del 2006.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 84083.—(11702).

 

A las dieciocho horas veinte minutos del nueve de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso y con la base de siete millones ciento treinta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cinco mil ochocientos dieciséis cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque B, lote 7B. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto reservado destinado a calle pública; al sur, lote ocho B; al este, lote seis B, y al oeste, resto reservado destinado a calle pública. Mide: cincuento cincuenta seis metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Juan Carlos Gairud Ruiz y Susana Gairud Ruiz. Expediente Nº 02-003838-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 84093.—(11703).

 

A las diez horas del veintinueve de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando hipoteca de primer grado y con la base de dos millones colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil setecientos cuarenta y cuatro - cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle; al sur, alameda; al este, lote 7, y al oeste, lote 5. Mide: ochenta y cuatro metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de sucesión de Luis Campos Zúñiga contra German Ramón Méndez Fernández. Expediente: Nº 05-001947-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Deyanira Martínez Bolívar, Jueza.—Nº 84108.—(11704).

 

A las diecisiete horas cero minutos del quince de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre sirviente y con la base de cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil ochocientos tres colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número F-once mil noventa-cero cero cero. Que es terreno: vivienda cuatro en proceso de construcción. Situado: distrito San Sebastián, cantón San José de la provincia de San José. Linderos: norte, áreas comunes; sur, calle pública; este, vivienda cinco, y oeste, vivienda tres. Mide: sesenta mts cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-000578-0170-CA de Banco Popular y de Desarrollo Comuna               l contra José Amancio Rivas Pérez, José Gerardo Rivas Guadamuz y María Elena Guadamuz Novoa.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de febrero del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 84113.—(11705).

 

A las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de dos millones quinientos cincuenta y un mil trescientos veintinueve colones con cinco céntimos, remataré: la finca inscrita en Propiedad, Partido de San José, bajo el sistema de Folio Real Matrícula número quinientos cuarenta y tres mil doscientos dieciséis-cero cero cero, que es terreno de café, situado en distrito cuarto, Rivas, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: norte, Rosa Camacho Salmerón; sur, Damaris Camacho Salmerón; este, con quebrada, Porfirio Camacho en medio Jorge Durán Calderón, Dierres Calderón Arguedas todos en parte, y oeste, con servidumbre en medio de Rosa Camacho Salmerón. Mide: cincuenta y dos mil quinientos veinte metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano SJ-0880232-2003. La finca descrita pertenece a Arturo Elizondo Jiménez. Lo anterior se remata por estar así ordenado en Hipotecario N° 05-100197-188-CI interno 204-05-M-4, de Jimmy Antonio Umaña Elizondo contra Arturo Elizondo Jiménez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 2 de febrero del 2006.—Lic. Mario Montoya Murillo, Juez.—Nº 84120.—(11706).

 

A las catorce horas cuarenta minutos del veintinueve de marzo de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base del valor del peritaje sea la suma de un millón novecientos setenta mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el partido de San José, matrícula de folio real cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos veintitrés-cero cero tres, la cual es terreno con una casa. Sita en el distrito quinto San Felipe, cantón décimo Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Invu; al sur, con lotes 62 y 63; al este, con alameda, y al oeste, con lote 59. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso sumario ejecutivo de actor: Zulay Pérez López contra Rafael Ángel Hernández Quirós. Expediente Nº 05-000937-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 31 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 84128.—(11707).

 

A las nueve horas y cero minutos del dos de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos cuarenta con 4/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintiséis mil ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno lote treinta y ocho, terreno de potrero. Situada en el distrito 2 San Pedro, cantón 16 Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote treinta y siete; al sur, Propiedades O.G.L. S. A., y río camarón; al este Propiedades O.G.L. S. A., y quebrada Pochotal, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 47 metros 43 cm lineales. Mide: cuatro mil treinta y nueve metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra César Hernández León. Expediente: Nº 05-001940-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de diciembre del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez Juez.—Nº 84144.—(11708).

 

A las ocho horas del primero de marzo del dos mil seis, en este despacho, libre de gravámenes hipotecario pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 375 asiento 09260 y con la base de dos millones ciento veintiséis mil cien colones, en el mejor postor rematare: La finca del partido de Limón, matrícula 076740-000, que es terreno para construir, situado en el distrito tres Rita, de la provincia de Limón, colinda al norte, con Asociación Solidarista de Trabajadores Empresa Tica Frutera Número Dos, este, calle; oeste, Compañía Bananera Finca Uno S. A.; sureste, calle pública. Mide cuatrocientos setenta y cinco metros con dos decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 04-000150-185-CI-3 ejecutivo simple de Caja de Ande contra: Marcos Antonio Rodríguez Cerdas.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 84148.—(11709).

 

A las once horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando, reservas y restricciones y con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos siete colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número uno cero cinco dos siete dos-cero cero cero, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 03 Potrero Cerrado, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Enrique Masís Gómez; al sur, Marvin Antonio Carpio Solano; al este, camino público con 20,4 metros, y al oeste, Guillermo Brenes Redondo. Mide: doscientos veintitrés metros con once decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Rafael Guzmán Rivera. Expediente Nº 06-000081-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de febrero del 2006.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 84158.—(11710).

 

A las ocho horas del veintitrés de marzo del año dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones al tomo trescientos treinta y seis, asiento; ocho mil ciento sesenta y uno cero cero uno novecientos tres cero cero uno, y con la base de un millón seiscientos mil colones, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, Partido de San José; bajo el Sistema de Folio Real Matrícula número quinientos treinta y seis mil setecientos uno- cero cero cero, situada en el distrito, sétimo, cantón diecinueve de San José. Linderos: norte; José Lesmes Vargas Fonseca; sur, calle pública; este; calle pública y Ramón Morera; oeste, con calle pública. Mide trece mil cien metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano SJ- ochocientos cuarenta y siete mil doscientos ochenta y siete-dos mil tres. Pertenece a José Lesmes Vargas Fonseca, cédula 1-457-508. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario N° 05-100834-188-CI (875-05-Y3) establecido por Desqueber S. A. contra: José Lesmes Vargas Fonseca.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 27 enero del 2006.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 84163.—(11711).

 

A las diez horas quince minutos del trece de marzo del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitación inscrita al tomo quinientos tres, asiento catorce mil novecientos treinta y nueve y servidumbre trasladada inscrita al tomo cuatrocientos treinta y cinco, asiento diecisiete mil ochocientos sesenta y con la base de nueve millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número doscientos noventa mil quinientos noventa y tres - cero cero cero, que se describe así: naturaleza terreno para construir una casa, mide ciento trece metros con treinta y seis decímetros cuadrados, ubicada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de San José; linderos: al norte con calle pública con seis metros sesenta centímetros; al sur con Hacienda Bello Monte Residencial S. A.; al este con Hacienda Bello Monte Residencial S. A., y al oeste con Hacienda Bello Monte Residencial S. A. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 05-001630-0183-CI de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Roberto Blanco Retana.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de enero del 2006.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—Nº 84170.—(11712).

 

A las nueve horas quince minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil seis, desde la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios, con la base rebajada en veinticinco por ciento se a la suma de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (¢5.250.000,00), remataré lo siguiente: el vehículo marca John Deere, estilo 190E, categoría equipo especial, carrocería agropecuarios, chasis número FF uno nueve cero EX cero uno uno cero ocho cuatro, motor número T cero cuatro cero tres nueve D cuatro nueve cuatro nueve cuatro nueve, color amarillo, combustible diesel, modelo mil novecientos noventa y cinco, capacidad una persona, placas EE-dieciocho mil ciento diecisiete (EE-18117). Dicho vehículo adeuda al fisco los derechos tributario en razón de su exoneración por su uso y destino exclusivamente agrícola que deberán ser cancelados a la hora de inscribir el bien a nombre de quien resulte adjudicatario, si se demuestra el cambio de ese destino agrícola del citado automotor. Expediente 03-100371-217-CI, prendario de Durman Esquivel S. A., representada por Francis Durman Esquivel, contra Constructora Baltodano Ltda., representada por su curadora Rosa Emilia Villanueva Monge.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 3 de febrero del 2006.—Lic.  Carlos Andrés D’Alolio Jiménez, Juez a. í.—Nº 84181.—(11713).

 

A las catorce horas diez minutos del veintitrés de febrero del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de un millón trescientos treinta y ocho mil quinientos cuarenta y nueve colones con siete céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos un mil ciento dieciocho, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan, cuatro puertas, estilo Elantra GLS, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, número de motor G4DJR178437, color gris. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Grupo Habitacional del Sol S. A., contra Teresa María Aguilar Cubero. Expediente Nº 05-001635-182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 84272.—(11949).

 

Convocatorias

Se convoca a todos los herederos interesados en la mortual de quien en vida se llamó Claudina Barrientos Rojas, a una junta de herederos que se llevará a cabo en este juzgado, a las nueve horas del trece de marzo del año dos mil seis, para conocer de los alcances del numeral 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-100130-341-CI-133-A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 18 de enero del 2006.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez Civil.—1 vez.—Nº 84060.—(11714).

 

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000006-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lidia Matarrita Camareno, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Bolsón de Santa Cruz, Guanacaste, de la plaza de Deportes, trescientos metros al suroeste, camino al Cementerio, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero cincuenta y cuatro-ciento cuarenta y dos, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito segundo, Bolsón, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Xinia Soto Lara; al sur, callejón de acceso con un frente al mismo de sesenta metros lineales y Omar Fonseca Cascante; al este, calle pública con un frente a la misma de treinta y cuatro metros con noventa y un centímetros lineales y calle que mide de ancho diecisiete metros lineales, y al oeste, Lorenzo Ruiz Ruiz y Álvaro Fonseca Cascante ambos en parte. Mide: dos mil setecientos cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ciento cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas de malezas, rondas y cuidado de pastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Lidia Matarrita Camareno. Expediente Nº 05-000006-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, Guanacaste, 25 de enero del 2005.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 83196.—(10290).

 

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por María Yolanda Sánchez Blanco, mayor, soltera, vecina de Cóbano, cédula nueve- cero cincuenta y ocho- doscientos dieciséis, para que se titule a su nombre la siguiente finca sin inscribir del Partido de Puntarenas: Terreno para construir con una casa de habitación, sito en Cóbano, distrito segundo, del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, con calle pública con un frente a ella de once metros con sesenta y nueve centímetros lineales; al sur, con Colegio Técnico de Cóbano; este, con Juana Carmona Mora, al oeste, con Carmen López Vargas. Mide: doscientos noventa y nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados según plano catastrado número P- cuatrocientos cincuenta y tres mil doscientos treinta y uno-mil doscientos noventa y siete. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias legales de un sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 05-100679-642-CI. Información posesoria promovida por María Yolanda Sánchez Blanco.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 1º de diciembre del 2005.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 83228.—(10291).

 

Ana Catalina Paniagua Alpízar, mayor, divorciada dos veces, del hogar, cédula de identidad número tres - doscientos veintiséis- novecientos cuarenta y uno, vecina de Toro Amarillo de Guápiles, Pococí, Limón, cien metros al sur del Centro de Nutrición, promueve diligencia de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de potrero, montaña y charral. Ubicado en distrito primero, Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia siete, Limón, seis kilómetros al sur del Restaurante y Marisquería La Trocha. Mide cuarenta y seis mil trescientos cuarenta y ocho metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Linda al norte, con César Arguedas Alfaro y servidumbre de paso con un frente a esta de dieciséis metros con seis centímetros lineales; al sur, con Luis Paniagua Romero, servidumbre de paso con un frente a esta de catorce metros con veintinueve centímetros lineales y con servidumbre de paso con un frente de siete metros lineales; este, con Miguel Rodríguez Jiménez, y al oeste, con río Blanquito. Graficado en el Plano Catastrado número L- cuatrocientos nueve mil doscientos treinta y seis - noventa y siete. Inmueble que fue estimado en la suma de dos millones de colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 05-100359-468-CI número interno 111-1-05.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 20 de enero del 2005.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—Nº 83296.—(10292).

 

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Victorino Álvarez Porras, mayor, casado una vez, funcionario público, cédula de identidad número seis-ciento ocho-cuatrocientos ochenta y cinco, vecino de San Rafael de Esparza; para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno de potrero con una casa, situado distrito cuarto, cantón segundo de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, con Julia Álvarez Porras; al sur, con calle pública con un frente a ella de veinticinco metros con ochenta y seis centímetros lineales; este, con Eulalia Álvarez Porras, y al oeste, con Joaquín Da Silva Jesus. Mide: cuatro mil quinientos treinta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-novecientos ochenta y dos mil doscientos cuarenta y tres del dos mil cinco. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias legales de un sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 05-160055-642-AG. Información posesoria promovida por Victorino Álvarez Porras.—Juzgado Agrario de Puntarenas, 7 de octubre del 2005.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—1 vez.—Nº 83376.—(10293).

 

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000155-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Vicente Subiros Ruiz quien es mayor, estado civil casado dos veces, vecino de Moravia, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número nueve-cero cuarenta y cinco-quinientos ochenta y nueve, profesión médico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de repasto y bananal. Situada en el distrito tercero, Pejiballe, cantón cuarto, Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Víctor Mora Cordero y río Cacao; al sur, Víctor Mora Cordero y Carlos Alberto Ulloa Pereira; al este, Manuel Antonio Meneses Hernández y Mario Víquez Ramírez, y al oeste, Víctor Mora Cordero. Mide: treinta y cuatro hectáreas y cuatro mil cuatrocientos diecisiete metros sesenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doce millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en colocación de cercas, chapia del lote y conservación de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Vicente Subiros Ruiz. Expediente Nº 05-000155-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 31 de enero del 2006.—Lic. Carlos Picado Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 83650.—(10787).

 

María Teresa Bolaños Madriz, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 7-048-306, vecina de Limón, Matina, Larga Distancia, 150 metros al sur de la escuela, promueve las presentes diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el siguiente inmueble: Terreno situado en barrio La Colina, distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Mide: ciento sesenta y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Colinda: al norte, con Blanca Rosa Solano Madriz; al sur, con Julia Figueroa Ramos, al este con Jesús Méndez Méndez, y al oeste, con calle pública. El inmueble está libre de gravámenes, no existen codueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de cien mil colones. Llámese a todos los interesados en las presentes Diligencias de Información Posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este Despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si omitieren. Expediente Nº 03-000511-0678-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 9 de noviembre del 2005.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 83685.—(10788).

 

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 05-000628-182-CI-4, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hortensia Arias Azofeifa quien es mayor, cédula 1-297-060, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir, sito en la Provincia de San José, cantón segundo San Antonio, distrito segundo Escazú, mide trescientos noventa y cuatro metros setenta y ocho decímetros cuadrados, colinda al norte, servidumbre con seis metros de ancho; sur, inversiones El Brujo S. A.; este, Jorge Delgado Arias, oeste, calle pública con trece metros noventa y ocho centímetros de frente. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble de Sandra Montoya Ramírez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Tercero Civil de San José, 12 de mayo del 2005.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 83689.—(10789).

 

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sixta Villarreal Peraza, mayor, casada una vez, ama de su hogar, vecina de la Provincia de Puntarenas, Barranca, Barrio Los Almendros, Octava Etapa, portadora de la cédula de identidad número cinco- cero veintitrés- tres mil ochocientos cuarenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo de herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2006.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 83185.—(10294).

 

Cítese a todos los herederos, acreedores e interesados en la sucesión de Luis Díaz Díaz, quien en vida fue mayor, casado, agricultor, cédula de identidad nueve-cero cincuenta y cinco-cero cero seis, vecino de Hone Creeck, Talamanca, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que sino lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 05-160050-465-AG (61-2-05) de Luis Díaz Díaz, gestionado por Susana Mayorga Mayorga.—Juzgado Agrario de Limón, 3 de noviembre del 2005.—Lic. Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Nº 83186.—(10295).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Gutiérrez Pimentel, quien fue mayor, casado dos veces, vecino de Cartago, contador público, cédula tres-ciento treinta y seis-setecientos treinta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no e presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2006. Notaría Bufete Tarma.—Lic. Lizeth Martínez Sánchez y Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notarios.—1 vez.—Nº 83211.—(10296).

 

El suscrito Alexis Cervantes Barrantes, notario público con oficina en la ciudad de Siquirres, cincuenta metros norte de la estación férrea, dice: Herederos, acreedores e interesados de quien en vida fue Earna Morgan Barrot, mayor de edad, soltera, pensionada, con cédula de identidad número siete- cero diecisiete- quinientos setenta y siete y vecina de veinticinco metros este del Registro Civil Centro, Siquirres; solicitando la tramitación en esta sede, deberán acudir, ante esta notaría, para hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto; con apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponde. Se le advierte que al expediente número cero tres- dos mil cinco, se encuentra a su disposición en el lugar antes indicado.—Siquirres, 29 de enero del 2006.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 83226.—(10297).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Daisy Chacón Fernández, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad Nº 3-139-691, vecina de Fox Hall, Guápiles, Pococí, Limón, cien metros este de la pulpería Fox Hall, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos para que se presenten dentro del plazo señalado, de lo contrario, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 06-160002-507-AG, número interno 02-2-2006.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 2 de febrero del 2006.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 83234.—(10298).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Enrique Vila Vargas, quien fuera mayor, costarricense, agricultor, casado una vez, vecino de San Juan Bosco de Daniel Flores, Pérez Zeledón, San José, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100804-188-CI (Interno 842-05-M-4).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 22 de diciembre del 2005.—Lic. Mario Montoya Murillo, Juez.—1 vez.—Nº 83260.—(10299).

 

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Elizabeth Gómez Barquero, quien fuera mayor, casada una vez, cédula 3-216-042, vecina de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-001661-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 15 de noviembre del 2005.—Lic. Fulgencio José Jiménez Rojas, Juez.—1 vez.—Nº 83328.—(10300).

 

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Ramón González Ruiz, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Quesada Durán, cédula 2-208-286. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 04-001673-185-CI.—Juzgado Sexto Civil de San José, 27 de enero del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—Nº 83334.—(10301).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ólman Juan Mora Abarca conocido como Geovanni Mora Abarca, quien fue casado una vez, vecino de Grecia, cédula dos-ciento sesenta y ocho- doscientos ochenta y dos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Sucesión de Ólman Juan Mora Abarca conocido como Geovanni Mora Abarca Expediente N° 04-100197-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 4 de octubre del 2005.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 83349.—(10302).

 

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Antonia Araya Sánchez, quien fuera mayor, casada, de oficios de hogar, vecina de San Nicolás de Cartago, cédula 3-094-303. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-000140-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de febrero del 2005.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 83357.—(10303).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gines Guzmán Calvo, mayor, de sesenta y cuatro años de edad, casado una vez, comerciante, cédula de identidad tres- ciento cuarenta y nueve- setecientos treinta y dos, vecino de Quircot de Cartago, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2006. Notaría del licenciado Winner Obando Navarro.—Lic. Winner Obando Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 83366.—(10304).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Nicanor Guzmán Quirós, quien fue mayor, casado, comerciante, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad Nº 3-129-214, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2005-04. Notaría del Bufete de la licenciada Lilliam Hidalgo Álvarez.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 83371.—(10305).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jaime Fernández Leandro, quien fue mayor, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno - cuatrocientos cincuenta - setecientos uno, vecino de San José, Hatillo Dos, alameda dos, casa número dieciocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2006-NO. Notaría del Bufete licenciado Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario Público.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 83380.—(10306).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Gerardo Campos Campos, quien en vida fue mayor, casado, agricultor, vecino de Las Viquillas en Río Claro de Golfito, cédula número cinco - cero cero cinco seis - cero nueve cuatro dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Lo anterior para los efectos del artículo 917 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-100133-0422-CI. Interno 145-05-1.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 15 de noviembre del 2005.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 83382.—(10307).

 

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Ana Rocío Cortés Ugalde, quien fuera mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Heredia, portadora de la cédula de identidad número cuatro-ciento cincuenta y cinco-trescientos nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará quien corresponda. Expediente Nº 05-001733-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de febrero del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—1 vez.—(10353).

 

Se cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión extrajudicial del señor Zenon Castillo Narváez, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Úpala, Alajuela, con cedula de identidad número ocho-cero cuarenta y dos-cero treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de la publicación del edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo aquella pasará a quien corresponda. Juicio sucesorio extrajudicial. Tel: 470-0143. Fax: 470-2021.—Úpala, 2 de febrero del 2006.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 83423.—(10424).

 

Se cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión extrajudicial de la señora Juana Paula Prudente Grijalba, quien fue mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar, vecina de Úpala, Alajuela, con cedula de identidad número ocho-cero cincuenta y dos-doscientos sesenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de la publicación del edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo aquella pasará a quien corresponda. Juicio sucesorio extrajudicial. Tel: 470-0143. Fax 470-2021.—Úpala, 2 de febrero del 2006.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 83424.—(10425).

 

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José María Peña Peña c.c. José María Cortés Peña, quien fue mayor, agricultor, casado, costarricense, cédula 5-109-009, vecino de Aguas Claras de Úpala, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos. Apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100001-322-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Úpala, 17 de enero del 2006.—Lic. Gustavo Alvarado Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 83432.—(10426).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Moreno Moreno, quien fue mayor, cédula número cinco-cero cero ochenta y seis-cero ciento cuarenta y nueve, mecánico, casado una vez, vecino de Liberia, Barrio El Capulín, de la antigua Pulpería Galaxia, doscientos metros norte y veinticinco al este, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que se crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2005.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 83441.—(10427).

 

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría Andrea María Chavarría Sánchez a las dieciocho horas del cuatro de febrero del dos mil seis, comprobado el fallecimiento, ante esta notaría declara abierto el proceso ab intestato de quien en vida fuera Yadira Chavarría Sánchez, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y cuatro- novecientos sesenta y siete, vecina de La Aurora de Heredia casa R - veintidós, fallecida el dos de diciembre del dos mil tres, en San Francisco Central de Heredia. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo  de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, Notaría del licenciado Henry Alonso Barquero Barrantes. Desamparados, Gravilias, cuatrocientos meyros este de la escuela Madilyn Medford. Teléfono 372-97-71, fax 250-84-37.—Lic. Henry Alonso Barquero Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 83690.—(10790).

 

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Víctor Francisco Alfaro Murillo, mayor de edad, casado dos veces, empresario, cédula de identidad número dos - ciento noventa y dos- seiscientos treinta y nueve, vecino de Alajuela, Cristo Rey setenta y cinco metros oeste del Palí, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno -cero seis. Notaría del Bufete Larios Alvarado.—San José, siete de febrero del dos mil seis.—Lic. Mayling Larios Alegría, Notaria.—1 vez.—(10795).

 

Avisos

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente Nº 05-000584-0688-FA, el señor Arturo Cuadra Caldera, solicita se apruebe la adopción individual de la menor Heydi María Jiménez Steller. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de San Ramón, 26 de enero del 2006.—Lic. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 83265.—(10308).

 

La licenciada Hellen Taylor Castro, Jueza del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber a William conocido como Julio Franco Muñoz, mayor, casado, ciudadano estadounidense y mejicano, odontólogo, domicilio actual ignorado, pasaporte 052109917, que en este Juzgado y bajo el expediente 04-001084-0187-FA del proceso abreviado de divorcio planteado en su contra por Ruth Catalina Pérez Blanco, en el cual se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: “Sentencia de primera instancia 419-2005. Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las dieciséis horas del quince de diciembre del dos mil cinco... Resultando: Primero:... Segundo:... Tercero:... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo del asunto:..., Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política, 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41 al 48 inciso 8) y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Ruth Catalina Pérez Blanco contra William Franco Muñoz y se declara la disolución del matrimonio que une a la actora y el demandado, consecuentemente se declara: 1) Los derechos de guarda, crianza y educación del menor Julio Guillermo Franco Pérez, serán para la madre, en tanto los demás derechos de la patria potestad serán ejercidos conjuntamente con el padre. 2) De acuerdo al artículo 41 del Código de Familia ambos cónyuges adquieren el derecho a participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual deberá determinarse en la etapa de ejecución de sentencia. En cuanto a la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, matrícula de folio real número ciento noventa y un mil novecientos veinticinco secuencia cero cero cero, no constituye bien ganancial, por cuanto su causa adquisitiva fue la donación. 3) Respecto a los alimentos, cada cónyuge pierde el derecho de exigirle alimentos al otro. Se resuelve el asunto sin especial condena en costas, tanto procesales como personales. Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al margen del tomo doscientos cuarenta y dos, folio ciento veintinueve, asiento doscientos cincuenta y ocho del Libro de Matrimonios de la provincia de San José. Expediente Nº 04-001084-0187-FA. Notifíquese.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2006.—Lic. Hellen Taylor Castro, Jueza.—1 vez.—(10351).

 

Lic. Jorge Gutiérrez Peña, Juez del Juzgado de Familia de Osa, hace saber que dentro del proceso número 03-100131-423-CI-3, ejecutivo hipotecario, se ha dictado el auto de traslado que en lo que interesa dice: Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, a las trece horas diez minutos del diecinueve de febrero del dos mil cuatro. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria en contra de Agropecuaria Javillos del Caribe S. A., representada por Ewin Quirós Mora y Carmen Acuña Prado. Se le previene a los demandados, y todos los interesados que deben señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de esta ciudad, medio empleado dentro del territorio nacional, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuera impreciso o incierto, o no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igualmente si el medio escogido imposibilitare la notificación por causa ajena al despacho. II) 1. Con las bases y los supuestos que se dirán; sáquese a remate lo siguiente: Con la base de cuatro millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula veintitrés mil cuatrocientos setenta y cinco cero cero cero. 2. Por la base de cuatro millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número diecinueve mil novecientos veintiocho-cero cero cero. 3. Por la base de cinco millones de colones, sáquese a remate un derecho del inmueble inscrito en el partido de Puntarenas, matrícula número dieciocho mil doscientos treinta y uno-cero cero dos. Para tal efecto se señalan las catorce horas del treinta y uno de marzo del año en curso. Publíquese el edicto de ley. Notifíquese esta resolución personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación a la parte demandada Agropecuaria Javillos del Caribe S. A., representada por Edwin Quirós Mora y Carmen Acuña Prado, por medio de la Fuerza Pública de Tibás. III) De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia a la demandada, por el plazo de tres días. IV) Por la suma de veinticinco millones quinientos treinta y ocho mil novecientos cuarenta y cinco colones con veintiún céntimos, se decreta embargo sobre los bienes hipotecados. Comuníquese. V) Se le confiere audiencia por el plazo de tres días, a la sociedad acreedora Easco Internacional Inc., representada por el señor James C. Byers. Previo a expedir la comisión de notificación dentro del tercero día aporte el actor, la personería de tal identidad. Toda vez que antes de resolución a. 2) El tercer poseedor Easco Internacional Inc., representada por James C. Byers, se comisiona al Cónsul de Costa Rica en Miami de los Estados Unidos de América (f. 37). Previo a expedir esta comisión dentro del octavo día pague, el actor, la suma de 20 dólares de los Estados Unidos de América mediante cheque certificado, en el Banco Internacional de Costa Rica (BIZCA), a nombra del Consulado General de Costa Rica en Miami, Florida, Estados Unidos de América. Esto según el oficio del Departamento Consular de Costa Rica (ver folio 99). En caso de omisión no se expedirá la comisión. 3) Al tercer poseedor Agroservicios Lago E Q S. A., representada por Ewin Quirós Mora (f. 56) se comisiona a la Fuerza Publica de Guápiles (f. 94). 4) Para notificar al acreedor Federico Webb Choiseul se comisiona a la Delegación Policial de San Pedro de Montes de Oca (F. 95). 5) Al acreedor Eduardo Pérez Sibaja a la Oficina Centralizada de Notificaciones del II Circuito Judicial de San José. (f. 93). 6) A la acreedora Aurelia Quirós Mora, por medio de la Fuerza Pública de San Isidro de Pérez Zeledón (F. 94). 7) A la acreedora Laura Quirós Acula, Juzgado Contravencional de Santo Domingo de Heredia. F) Mandamientos y decretos de embargo: conforme lo solicita el actor expídase mandamiento de anotación de esta demanda sobre los predios a rematar. En relación al mandamiento de anotación y de embargo quedan a disposición del interesado en este Juzgado para su retiro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 83442.—(10428).

 

Expediente Nº 05-2006, proceso de adopción individual en sede notarial adoptado: Dailien Novote Calderón, adoptante el señor José Manuel Chaves Ovares, para la cual se cita y emplaza a todos los interesados.—Lic. Katia Marcela Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—(10481).

 

Licenciada Cindy Quesada Chavarría. Jueza del Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Gilberto Lacayo Payais, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente Nº 05-002088-0165-FA donde se pretende la disolución del vínculo matrimonial entre los cónyuges y se inscriba la sentencia mediante ejecutoria en el Registro Civil y dictó la resolución de curso de la demanda a las trece horas cincuenta y nueve minutos del doce de diciembre del dos mil cinco. Donde se le previene que debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito donde atender futuras notificaciones. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de Heidy Alvarado Jiménez contra Gilberto Lacayo Payais. Expediente Nº 05-002088-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de diciembre del 2005.—Lic. Cindy Quesada Chavarría, Jueza.—1 vez.—Nº 83658.—(10791).

 

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil los señores: Kendric Alexander Rohgazar Darie, mayor, costarricense, cédula de identidad 7-164-877, mecánico, soltero, vecino de Barrio La Guaria de Siquirres, hijo de Mastanet Rohgazar Noavi de nacionalidad Iraní y Jeannette Darían Drumond, costarricense, e Irma Pérez Ávila, mayor de edad, costarricense, soltera, estudiante, cédula 7-167-469, vecina de Barrio Bruklin de Siquirres, hija de Carlos Luis Pérez Pérez e Irma Dávila Barboza, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento alguno para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este despacho dentro de los próximos ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Siquirres, 20 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(10348).

 

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes Germán Harris Zúñiga, mayor, de treinta y dos años de edad, soltero, educador, portador de la cédula de identidad número siete-ciento cinco-setecientos ochenta, vecino de Shiroles, detrás del supermercado La Moderna Nº 2, casa de fibrolit azul con rosado, nació el cinco de enero de mil novecientos setenta y tres y Ada Judith Escalante Segura, mayor de veinticuatro años de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número siete-ciento cuarenta y uno-ciento noventa y ocho. Si alguna persona tuviere conocimiento que existiere algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 05-100017-478-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Bribrí, Talamanca, 16 de setiembre del 2005.—Lic. Marvin Durán Fernández, Juez.—1 vez.—(10356).

 

Ante mí han comparecido Alejandro José Hernández Palma, mayor, soltero, dependiente, vecino de Coronado, San José, San Isidro, cédula N° 1-1096-272 y Ana Elena Solís Brenes, mayor, divorciada una vez, administradora, cédula 1-1140-666, vecina de Coronado, San José, San Isidro, con el deseo de unirse en matrimonio civil. La publicación es con el fin de cumplir con el artículo veinticinco del Código de Familia.—Coronado, 31 de enero del 2006.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—1 vez.—Nº 83435.—(10429).

 

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Edilberto Peña Guevara, mayor, soltero, dependiente, vecino de Carrillos de Poás, Proyecto La Hacienda, casa 23, color rosado, hijo de Anastacio Peña Vásquez y María de los Ángeles Guevara Guevara, ambos costarricenses, nacido en Nandayure de Guanacaste, el 14 de abril del año 1978, con 27 años de edad, cédula de identidad Nº 5-303-790, teléfono 849-4823; y Nancy Arleth Campos González, mayor, soltera, estudiante, vecina de Tacares de Grecia, urbanización Dora Vargas, entrada principal, antepenúltima casa a mano derecha, casa color crema, hija de José Antonio Campos Rojas y Celeni María González Campos, nacida en Alajuela, el 2 de mayo del año 1987, actualmente con 18 años de edad, cédula de identidad Nº 2-632-696. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 06-000073-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de enero del 2006.—Lic. Erick Calvo Rojas, Juez.—1 vez.—(10440).

 

Edictos de Pensión

Marlene Moya Loaiza, Notificadora del Juzgado de Pensiones Alimentarias de Desamparados, a la señora Silvia María Arce Cambronero, mayor, cédula de identidad número 1-904-186, hace saber que el señor Hilberth Valverde Solano, ha presentado proceso de exoneración de pago en favor de la menor Laura Valverde Arce. Asimismo se dictaron los autos que literalmete dicen: “Juzgado de Pensiones Alimentarias de Desamparados, a las quince horas del veintiséis de enero del año dos mil seis. A fin de continuar con los procedimientos dentro del presente proceso de exoneración, siendo que se ha demostrado que se desconoce el paradero de la señora Silvia María Arce Cambronero, se dispone la publicación de un edicto en el Boletín Judicial a fin de notificarle de la resolución de las trece horas del doce de mayo del año dos mil cinco, el cual queda a disposición de la parte interesada por el plazo del tres días hábiles para lo de su cargo. Lic. Ana Lorena Monge Vargas, Jueza y “Juzgado de Pensiones Alimentarias de Desamparados, a las trece horas del doce de mayo del año dos mil cinco. Se tiene por establecido el presente proceso de exoneración, interpuesto por Hilberth Boris Valverde Solano contra Silvia María Arce Cambronero a quien se le confiere audiencia por el plazo de cinco días hábiles a fin de que dentro de este término se oponga o manifieste su conformidad, mismo término para oponer excepciones. Se previene a las partes el señalamiento de medio, casa u oficina en donde atender futuras notificaciones, estos últimos dentro del perímetro judicial de este despacho, apercibidos de que si no lo hacen, las resoluciones que se dicten posteriormente, se les tendrán por notificadas con solo el transcurso de las veinticuatro horas siguientes de dictada la misma, igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso o incierto o ya no existiere, o si el medio elegido no garantice el recibo de la misma. Se le advierte a las partes de que en caso de que decidan señalar un fax para atender notificaciones o ya lo hayan hecho, a partir del día de hoy la línea deberá estar dedicada exclusivamente al fax y no será posible realizar la notificación si está compartida con un teléfono (sesión 49-97 celebrada el 26-6-1997 artículo C, del Consejo Superior) y si no lo hacen todas las resoluciones que se dicten con posterioridad se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Habiendo menores interesados dentro del presente proceso désele y téngase como parte al Patronato Nacional de la Infancia para que manifieste lo que en derecho corresponda dentro del tercer día hábil. A fin de notificar a la demandada se le previene al actor indicar dentro del quinto día hábil una dirección exacta donde localizarla, caso contrario se desestimará el proceso. Nº 2002-700664-025pa exoneración. Actor: Hilberth Boris Valverde Solano. Demandada: Silvia María Arce Cambronero.—Juzgado de Pensiones Alimentarias de Desamparados.—Lic. Ana Lorena Monge Vargas, Jueza.—1 vez.—(10340).

 

Edictos en lo Penal

La suscrita, Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas, notifica a: Alexis López Lejarza, mayor, nicaragüense, cédula de residencia número 002-RE-5486-00-1999, la resolución que literalmente dice: “Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria por medio de edicto. Fiscalía de Pavas, a las dieciséis horas con tres minutos del trece de diciembre del año dos mil cinco. No habiendo sido posible localizar a Alexis López Lejarza, cédula de residencia número 002-RE-5486-00-1999, quien figura como demandado civil en la presente investigación, se ordena comunicar la resolución dando curso a la acción civil resarcitoria por medio de edicto a Alexis López Lejarza, en su calidad de demandado civil. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas”. Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas. Exp. Nº 03-000538-0283-PE, demandado civil: Alexis López Lejarza, delito: abuso sexual contra persona menor de edad, actor civil: Christopher Valverde Aguilar. Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria. Fiscalía de Pavas, a las dieciséis horas con cinco minutos del trece de diciembre del año dos mil cinco. Habiendo presentado el (la) señor (a) Christopher Valverde Aguilar acción civil resarcitoria en contra de Alexis López Lejarza, cédula de residencia número 002-RE-5486-00-1999 y habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado por los artículos 15, 111 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado a la misma, traslado que se hará por medio de edicto, con el fin de que en caso de considerarlo necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del plazo de cinco días.—Ministerio Público, Fiscalía de Pavas, 17 de enero del 2006.—Lic. Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar.—(9102).                    3 v. 3

 

La suscrita, Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas, notifica a: Álvaro Pacheco Rohrmoser, cédula 1-477-534 y a Marisa Rohrmoser Montealegre cédula 1-197-052 como apoderada generalísima de Hacienda Potrerillos Ltda., cédula jurídica 3-102-3984, la resolución que literalmente dice: “Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria por medio de edicto. Fiscalía de Pavas, a las once horas con quince minutos del doce de diciembre del año dos mil cinco. No habiendo sido posible localizar a Álvaro Pacheco Rohrmoser, cédula 1-477-534 quien figura como demandado civil en la presente investigación ni a la señora Marisa Rohrmoser Montealegre cédula 1-197-052, quien figura como apoderada generalísima de la codemandada civil Hacienda Potrerillos Ltda., cédula jurídica número 3-102-3984, se ordena comunicar la resolución dando curso a la acción civil resarcitoria por medio de edicto a Álvaro Pacheco Rohrmoser cédula 1-477-534 en calidad de demandado civil y a la señora Marisa Pacheco Rohrmoser, en su calidad de apoderada generalísima de Hacienda Potrerillos Ltda., cédula jurídica 3-102-3984 en calidad de codemandada civil. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas”. Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas. Exp. Nº 02-001013-0283-PE, demandado civil: Álvaro Pacheco Rohrmoser, codemandada civil Hacienda Potrerillos Ltda., delito: lesiones culposas, actor civil: Malber Solís Castro. Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria. Fiscalía de Pavas, a las trece horas con tres minutos del doce de diciembre del año dos mil cinco. Habiendo presentado el (la) señor (a) Malber Solís Castro acción civil resarcitoria en contra de Álvaro Pacheco Rohrmoser cédula 1-477-534 como demandado civil y contra Hacienda Potrerillos Ltda., cédula jurídica número 3-102-3984 representada por la señora Marisa Rohrmoser Montealegre cédula 1-197-052 y habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado por los artículos 15, 111 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado a la misma, traslado que se hará por medio de edicto, con el fin de que en caso de considerarlo necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del plazo de cinco días. Es todo.—Ministerio Público, Fiscalía de Pavas, 30 de enero del 2006.—Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar.—(9103).        

                                                                                                   3 v. 3

La suscrita Lic. Xiomara Gutiérrez Cruz, Fiscal Auxiliar de Santa Cruz, notifica a Salvador Humberto Calderón Alvarado, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número uno-cinco ocho uno-cero cuatro uno, vecino de San José, localizable en el domicilio social de la empresa Corporación FMO Arve Sociedad Anónima, sita en Moravia, 400 metros al sur del Banco de San José, la resolución que literalmente dice: causa Nº 03-200198-412-PE-3, por agresión con arma, contra Noel Espinoza Oviedo, en daño de Raúl Antonio Calacín Ávalos, se ordena notificar la accion civil resarcitoria: Físcalia de Santa Cruz, Guanacaste, a las ocho horas del diez de enero del dos mil seis. No habiéndose localizado al demandado civil Salvador Humberto Calderón Alvarado, quien es mayor, casado, abogado, cedula de identidad número uno-cinco ocho uno-cero cuatro uno, vecino de San José, localizable en el domicilio social de la empresa Corporación FMO Arve Sociedad Anónima, se ordena proceder a comunicarle la resolución dando curso a la Acción Civil Resarcitoria por edicto al demandado civil Salvador Humberto Calderón Alvarado. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Xiomara Gutiérrez Cruz. Se da traslado de la Accion Civil Resarcitoria. Fiscalía de Santa Cruz, Guanacaste, al ser las catorce horas y treinta y cuatro minutos del veinticinco de octubre del año dos mil cuatro. De conformidad con los artículos 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la delegación del ofendido Raúl Antonio Calacín Ávalos de Acción Civil Resarcitoria ante el Ministerio Público, a darle traslado al demandado civil Noel Espinoza Oviedo, así como a Salvador Humberto Calderón Alvarado, como responsable civil solidario como patrono del imputado Corporación FMO Arve S. A., de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que los demandados civiles Noel Espinoza Oviedo y su defensora pública, y Humberto Calderón Alvarado en representación de la sociedad indicada se pronuncien sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estimen pertinente; por lo que se le concede el término de cinco días para que hagan valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y a su defensora pública Lic. Laura Salas Boschini en forma separada, así como el representante de la sociedad indicada. Notifíquese.—Fiscalía de Santa Cruz, 17 de enero del 2006.—Lic. Xiomara Gutiérrez Cruz, Fiscal.—(10341).

2 v. 1.

 

Fiscalía de Desamparados, al ser las ocho horas del dieciséis de enero del año dos mil cinco, se ordena dar traslado de la Acción Civil Resarcitoria establecida por Marcos Aniano Gutiérrez, en contra del segundo civilmente responsable Daniel Taylor Alexander, cédula de residencia Nº 74846163741, de conformidad con lo estipulado en el artículo 115, del Código Procesal Penal, esto para que si a bien lo tiene se oponga el demandado o interponga las excepciones que estime convenientes, cuya resolución de fondo se reservará para la publicación de esta resolución en el Boletín Judicial por única vez.—Desamparados, 16 enero del 2006.—Lic. Karen Mora Umaña, Fiscal Auxiliar.—(10342).

                                                                                                                                                                                                                 3 v. 1.

 

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