DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
SE REPRODUCE POR ERROR
CIRCULAR Nº 25-2006
ASUNTO: Abogados suspendidos por el
Colegio de Abogados de Costa Rica.
A TODAS LAS AUTORIDADES
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones N° 14-03 y 97-03, celebradas el
27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su
conocimiento y para los fines consiguientes, los nombres de los siguientes
profesionales suspendidos por causas disciplinarias y por morosidad, por el
Colegio de Abogados, según oficios FCA-02-02-06 y DE-C-122-06, de 7 de febrero
y 31 de enero respectivamente, así como consulta realizada a la página web de
este Colegio el día de hoy, la que se detalla de la siguiente manera:
PROFESIONALES
SUSPENDIDOS POR CAUSAS DISCIPLINARIAS
Nombre Carné Sesión Tiempo Desde Hasta Gaceta Expediente
Amador Sibaja Carlos Francisco 1237 44-04
y 53-04 2 Años 10/02/2005 09/02/2007 29
/ 10-02-05 029-04
Amrehein Pinto Manfred 1542 05-05 12 Años 15/04/2005 14/04/2017 72
/ 15/04/05 142-04
Barboza Orias Jannel 12116 42-05 1 Mes 31/01/2006 28/02/2006 22
/31/01/06 469-04
Brenes Brenes José Miguel 987 18-99 y 39-00 22 días 31/01/2006 21/02/2006 22
/ 31/01/06 065-97
Bustamante Chaves Jorge Eduardo 5337 05-04
y 14-04 2 Meses 09/12/2005 08/02/2006 238
/ 09/1205 474-02
Campos Araya Edgar 9119 42-05 1 Mes 31/01/2006 28/02/2006 22
/31/01/06 121-05
Carrillo Cruz Mario Alonso 3304 47-03 4
Años 19/03/2004 18/03/2008 56
/ 19-03-04 313-98-3
Esquivel Jiménez Álvaro 2112 32-05 y 44-05 1 Mes 31/01/2006 28/02/2006 22
/31/01/06 532-04
Fernández Morales Neftalí 10491 11-04 y 25-04 4
Meses 12/12/2005 11/04/2006 239
/ 12/12/05 475-03
Fernández Pinto Ronald 999 05-05 12 Años 15/04/2005 14/04/2017 72
/ 15/04/05 142-04
Hidalgo Somarribas Patricia 3113 38-03, 05-04 y 17-05 3 Meses 09/12/2005 08/03/2006 238
/ 09/12/05 106-03
Jenkins Grispo Rafael Ángel 7426 44-05 9
años * 31/01/2006 30/01/2015 22
/31/01/06 072-05
López Gutiérrez Rafael Ángel 2817 13-05 1 Año 26/09/2005 25/09/2006 184
/ 26-09-05 223-04
Marín Rojas Gillio 11441 05-04 30 Años 11/03/2004 10/03/2034 50
/ 11/03/04 387-01
Meléndez Miranda Maricela 11766 39-04 1
Mes 31/01/2006 28/02/2006 22
/31/02/06 174-04
Monge Sancho Flor de Liz 4089 53-04 y 17-05 4
Meses 31/01/2006 30/05/2006 22/
31/01/06 567-03
Pérez Montiel Ricardo 8277 25-03 y 17-04 3 Años 11/08/2004 10/08/2007 156
/ 11-08-04 103-02
Rivera Campos Mario 4423 13-05 y 27-05 2 Meses 09/12/2005 08/02/2006 238
/ 09/12/05 077-04
Robles Macaya Carlos Hernán 2416 05-05 24 Años 15/04/2005 14/04/2029 72
/ 15/04/05 142-04
Salas Salazar Kenneth 1356 05-04 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50
/ 11/03/04 468-01
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 28-02 2
Años 14/08/2005 13/08/2007 165
/ 29-08-02 282-01
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 41-02 2
Años 14/08/2007 13/08/2009 228
/ 26-11-02 639-01
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 38-03 1
Año 14/08/2009 13/08/2010 50
/ 11-03-04 135-03
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 42-03 4
Meses 14/08/2010 13/12/2010 50
/ 11-03-04 233-03
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 47-03 3
Meses 14/12/2010 13/03/2011 50
/ 11-03-04 377-02
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 47-03 2
Años 14/03/2011 13/03/2013 50
/ 11-03-04 365-02
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 11-04 1
Año 14/03/2013 13/03/2014 88
/ 06-05-04 335-03
Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 17-04 6
Meses 14/03/2014 13/09/2014 152
/ 05-08-04 670-02
Tuckler Quirós Manuel 10182 13-05 y 42-05 3 Meses 31/01/2006 30/04/2006 22
/31/01/06 021-04
Valverde Segura Jorge Enrique 8540 29-04
y 40-04 4 Años 24/12/2004 23/12/2008 252
/ 24-12-04 098-03
Valverde Segura Jorge Enrique 8540 34-04
y 53-04 4 Meses 24/12/2008 23/04/2009 29
/ 10-02-05 455-03
Venegas Arroyo Gerardo 5202 23-03 2 Años 12/11/2004 11/11/2006 214
/ 06/11/03 337-02
Villalobos Hernández Randall 11566 44-05 1
Mes 31/01/2006 28/02/2006 22
/31/01/06 641-04
Washington Cummings Trilby María 3300 32-05 5 Años 09/12/2005 08/12/2010 238
/ 09/12/05 566-03
Zeledón Jiménez Silvia María 10694 27-05 y 42-05 1
Mes 31/01/2006 28/02/2006 22
/31/01/06 735-04
PROFESIONALES
SUSPENDIDOS POR MOROSIDAD
Nombre Carné
ABEL GOMEZ LEANDRO 2884
ALBA ELENA FUENTES GARCIA 4305
ALCIBIADES RODRIGUEZ
MARTINEZ 1651
ALEJANDRA ARIAS MADRIGAL 3872
ALEJO FONSECA HERNANDEZ 5237
ALESSANDRO PIVA RODRIGUEZ 6693
ALEX AGÜERO VALVERDE 9008
ALLEN ALFONSO ALPIZAR
ROJAS 11515
ALLEN JORGE LOPEZ
GUTIERREZ 5059
ALLYS MARINA DE LA ROSA
KURUKLIS 8115
ALONSO RAMIREZ SOLERA 2451
ALVARO MIRANDA BALDIZON 1950
AMANDA VIALES GUTIERREZ 6468
AMY MATARRITA SOTO 11064
ANA CECILIA LEIVA
RUNNEBAUN 787
ANA CECILIA HERNANDEZ
PANIAGUA 5575
ANA EUGENIA ARATA HERRERO 6431
ANA GABRIELA QUESADA
RAMIREZ 2830
ANA IRIS ULATE VARGAS 4545
ANA ISABEL RODRIGUEZ
RAMIREZ 3579
ANA ISABEL. GARITA
VILCHEZ 2119
ANA LORENA SAENZ ACOSTA 3601
ANA LORENA GAMBOA
SANDOVAL 12740
ANA MARIA TATO GUILLEN 1847
ANA VIOLETA BORGE MARIN 9711
ANDREA MIRANDA ALVAREZ 7989
ANDREA GONZALEZ QUESADA 10867
ANDRES A ARAMBURU
YRIGOYEN 1334
ANEBI GOMEZ CARVAJAL 4339
ANGELA MARIA LEON DE LEON 8440
ANNIA LIZETH VEGA DELGADO 3444
ANTONIO DONINELLI PERALTA 4887
BARBARA JIMENEZ COBLE 13567
BEATRIZ DOBLES JIMENEZ 1967
BERNAL BOGANTES COTO 7205
BERNY ALFARO QUESADA 8100
BEYBELY SERRANO HERNANDEZ 11346
CARLOS ALBERTO GONZALEZ
CAMACHO 5105
CARLOS ENRIQUE GUEVARA
PEÑA 8111
CARLOS MANUEL RODRIGUEZ
ECHANDI 3860
CARMEN JONES NEEDHAN 8826
CARMEN MARIA HIDALGO
BARRANTES 11211
CAROLINA RUBIO MUÑOZ 10680
CESAR FONSECA SEQUEIRA 11723
CLAUDIO GONZALEZ VEGA 1038
CLAUDIO SARAVIA CALLEJAS 2467
CORNELIO FRANCISCO VEGA
VEGA 5622
DAMAS RODOLFO VILLALTA
RODRIGUEZ 8249
DANIEL LASCARIS VIQUEZ 2368
DANILO GONZALEZ RAMIREZ 7861
DANILO MONTOYA ORTEGA 11380
DARIO AMADOR RODRIGUEZ 4749
DE PAREDES JOSE RAUL
ARIAS GARCIA 2150
DENNIS RICARDO PEÑA FACEY 6877
DIANA TREJOS CADAVAL 6038
DIANA CHAVES SACA 7221
DIANA CHAVEZ ARAYA 11165
DINABELLE HERRERA HURTADO 5208
DINIA MARIA GONZALEZ
CABEZAS 5918
DUQUE ZAIDA SAN GIL 2391
EDGAR MENDEZ BLANCO 7435
EDGARDO VARGAS RODRIGUEZ 6685
EDUARDO VALDIVIESO BUSTOS 4589
EDUARDO DALLANESSE RUIZ 5854
EDWIN GERARDO VILLALOBOS
SALAZAR 3400
EGIDIO FLORES FALLAS 11185
ELBA ULLOA DAVILA 12645
ELISA GURDIAN TIJERINO 11348
ELIZABETH RAMIREZ VASQUEZ 3381
EMILIA MARIA RAMIREZ
VASQUEZ 1497
ERIC GUILLERMO MEZA
VALVERDE 5582
ERIKA DIAZ MORERA 5091
ERIKA MORALES CUBILLO 9969
EUGENIO OCAMPO GUIDO 6628
EVELYN CAMACHO ALPIZAR 7043
FANNY ROJAS CARRANZA 9649
FEDERICO ALVAREZ
FERNANDEZ 1707
FEDERICO RIVERA CODINA 3539
FEDERICO CARRILLO ZURCHER 4347
FELIPE LEON MURILLO 6116
FELIPE MIGUEL BAUTISTA
GONZALEZ 2409
FERNANDO TREJOS ZUÑIGA 1299
FERNANDO MORA NAVARRO 9072
FLORIA FRANCISCA
BENAVIDES ROMERO 4897
FRANCISCO ZALDIVAR
SANTAMARIA 1128
FRANCISCO CORDERO
CALDERON 9889
FRANKLIN JIMENEZ MORA 9055
FREDDY RAMIREZ AVENDANO 3529
GABRIEL SERRANO JIMENEZ 3866
GABRIELA MURILLO
CHAVARRIA 8604
GEORGINA ROJAS CARTIN 2948
GEOVANY ALVARADO HIDALGO 8579
GERARDO SEVERINO ORDOÑEZ 3954
GERMAN CASCANTE SOJO 3394
GLORIA ESTELA CHAVES
GOMEZ 7108
GRICELIO ENRIQUE CUBERO
BADILLA 10559
GUADALUPE HOOKER BACA 2878
GUIBOR M ROSENSTOCK
LIEBERMAN 3643
GUSTAVO ADOLFO ACUÑA SOTO 11678
HECTOR HERNANDEZ REYES 4697
HELEN CASTILLO RODRIGUEZ 4104
HERMELINDA MORRY MORRISON 11639
HOMER ANTONIO PORRAS
ROJAS 3196
HUGO ESCALANTE PALOMEQUE 1966
IGNACIO GIL JIMENEZ 6040
ILIT ROSENSTOCK LIEBERMAN 4667
IRIS MANZANARES MURILLO 9218
IVETH MARIA CHAVES
BERROCAL 4584
IVONNE RODRIGUEZ GUTIERREZ 2010
IVONNE CALDERON MONGE 4963
JAIME ROVIRA MIXCO 2284
JAN REISS VILLAREAL 1134
JAVIER JOSE UGALDE
HIDALGO 7706
JOHNNY CERDAS VARGAS 12734
JOHNNY ALBERTO MURILLO
MAROTO 5444
JOHNNY ARON SOTO MORA 13448
JORGE URBINA ORTEGA 2018
JORGE ARTURO ORTIZ CASTRO 8202
JORGE LUIS CASTILLO ARIAS 7202
JOSE ADAN GUERRA PASTORA 2114
JOSE ALBERTO GARCIA
VARGAS 2458
JOSE ANTONIO TABUSH
CORDERO 1624
JOSE FREDDY GONZALEZ LEON 12132
JOSE GUILLERMO HERRERA
CORDERO 3970
JOSE LUIS VILLALOBOS
MATAMOROS 1531
JOSE LUIS CASCANTE
VAZQUEZ 6805
JOSE MANUEL URBINA LARA 3928
JOSE MANUEL BRENES FLORES 7307
JOSE NESTOR MOURELO
AGUILAR 1238
JOSE PABLO CARDENAS
PEREIRA 11214
JOSE ROBERTO TRISTAN
TRELLES 1763
JUAN ALVARO MUNGUIA
ALVAREZ 4849
JUAN EDUARDO MARTINEZ
PORTILLO 2204
JUAN FELIX VASQUEZ
CALDERON 2956
JUAN JOSE GAITAN RAMIREZ 1423
KAREN MONGE AVALOS 12699
KARL VILLALOBOS HOFMANN 11955
KATTIA HERNANDEZ CHAVES 13320
KATTYA QUESADA SALAS 6048
KEENY ACON LAWS 8133
LAURA PACHECO CASTRO 2496
LAURA HERRERA BEITA 3662
LAURA PATRICIA QUIJANO
VINCENZI 6578
LEDA GUTIERREZ ROJAS 10665
LEDA MARIA GARCIA PEREZ 4013
LEDA YENORI MARIN PEREZ 3927
LEONEL BLANDON JUAREZ 3586
LEONOR GUAD JIMENEZ
ALCANTARA 2229
LETICIA MASON SMITH 12694
LIGIA E SCHNEEGANS
CASTILLO 5472
LILLIANA EUNICE JIMENEZ
BONILLA 13483
LOURDES SILENE ESCALANTE
NUÑEZ 13176
LUIS ALBERTO BENDANA
BENITEZ 2113
LUIS ARTURO ZALDIVAR
ROMERO 1823
LUIS CLARENCE IBARRA
MARIN 4308
LUIS DIEGO VEGA CALVO 2620
LUIS EDUARDO MENDEZ
MENENDEZ 1448
LUIS FDO CAMPOS MAYORGA 3847
LUIS FERNANDO ACOSTA MORA 2285
LUIS ORLANDO FERNANDEZ
BRENES 2669
LUIS RAFAEL POSADA SOTO 6463
LUISA MARIA MONTERO
GUTIERREZ 3091
MAGDA MARIA KEPFER
CHINCHILLA 3824
MAGGALLI MARIA VARGAS
BONATTI 8919
MARCELA ECHANDI GURDIAN 5357
MARCIA VARGAS CHAVES 10904
MARCOS ROJAS PINTO 1405
MARGARITA MORALES MARIN 10236
MARIA MAYORGA CASTILLO 1994
MARIA MIRANDA VICENTE 7984
MARIA ALEXANDRA OVIEDO
MORERA 3661
MARIA COROMOTO ZAMORA
ARIZA 7527
MARIA CRISTINA QUIROS
CANESSA 9995
MARIA DEL CARMEN LOPEZ
GUTIERREZ 3138
MARIA DEL PILAR PEINADOR
ROLDAN 3841
MARIA DEL ROCIO LEE
MOLINA 5810
MARIA DEL ROCIO CHACON
MADRIGAL 6571
MARIA DEL ROSARIO ORTIZ
MALAVASSI 2835
MARIA ELENA VALVERDE
SAENZ 6723
MARIA EUGENIA MATA PORRAS 4781
MARIA EUGENIA ALVARADO
MIRANDA 5028
MARIA ISABEL VARGAS
RODRIGUEZ 2178
MARIA MARCELA VARGAS
GOMEZ 5853
MARIA MARTA SOSSA SABORIO 9646
MARIBEL SINFONTE
FERNANDEZ 10085
MARIELA MONTERO RODRIGUEZ 7893
MARIELA JIMENEZ GARRO 7943
MARIELA CHAVERRI PEREZ 11666
MARIO CARTES ELJATIB 5063
MARIOLA GUARDIA YGLESIAS 5195
MARIS STELLA FERNANDEZ
BRENES 4080
MARISA GOMEZ RIVAS 4906
MARISOL RODRIGUEZ MARIN 4792
MARISOL MONGE ESQUIVEL 9999
MARJORIE CALDERON
ARGUEDAS 1643
MARJORIE PORRAS CISNEROS 7440
MARLENE BARRANTES
GRANADOS 12176
MARVIN ABARCA BLEN 2005
MAURICIO BENAVIDES
FERNANDEZ 5696
MAXIMO CISNEROS GALLO 1355
MAYELA CERVANTES ACOSTA 10407
MILDRED ROJAS ROJAS 2661
MILENA SOTO AGUILAR 1912
MINOR HERRERA BONILLA 4865
MONSERRAT SAENZ LORIA 11323
NICOLAS SANDINO ALVARADO 9327
NORMAN MAYNARD FERNANDEZ 6535
OFELIA CASTILLO HERNANDEZ 3010
OLDEMAR ARAYA MENDEZ 11018
OLGA M MORA CORRALES 1414
OMAR DAVID ALFARO LEDEZMA 1997
ORFILIA
BRICEÑO CASTILLO 1915
ORLANDO GUIER SERRANO 953
ORLANDO LEIVA ROJAS 2092
OSCAR ENRIQUE MAS HERRERA 1990
OSCAR FREDDY CASCANTE
CHAVARRIA 6349
OSCAR LUIS SANTOS BASSO 3901
PABLO ABEL MORA LEIVA 8580
PARRISH BARQUERO LOPEZ 6061
PATRICIA UGARTE STRUNZ 3611
PATRICIA ROSES HERNANDEZ 6313
PAUL WEBER KELMAN 4810
PRISCILLA GUTIERREZ MOYA 10107
RAFAEL ANGEL FAERRON
RAMIREZ 1342
RAFAEL ANGEL BRICEÑO RIOS 2302
RAUL ARTURO AREVALO OJEDA 2518
RENE ROBLERO RODRIGUEZ 2639
RENE VELASCO ABREGO 2782
RENZO ALEXANDER CESPEDES
VARGAS 4144
RICARDO VALVERDE GOMEZ 3745
RICARDO ADRIAN MORA ROJAS 6457
RINA DALIDA GARCIA
VENTURA 2254
RITA MARIA SEGURA BRENES 4138
ROBERTO GARCIA ARIAS 8584
ROBERTO CAMPOS SANCHEZ 9678
ROBERTO J FERREY
ECHAVERRY 1428
ROCIO CORTES GARCIA 5884
RODOLFO ANTONIO REVELO
VAQUERO 5843
RODOLFO FCO PEÑA RIVAS 1948
ROGER RIVERA MORA 11510
ROGER ANTONIO CASTELLON
SALGADO 5630
ROLANDO BARBOZA MESEN 3719
ROLANDO RAMIREZ LOPEZ 5766
RONALD OBANDO TORRES 5170
ROSSY BELL ARMAS ROMERO 3351
ROXANA MARIA ARTAVIA
BADILLA 8068
RUBEN MURILLO ZUÑIGA 5119
SALVADOR RIOS ALVARADO 1479
SAMANTA JIMENEZ MAYORGA 13827
SANDRA MARTI MENESES 2448
SANDRA JIMENEZ ESQUIVEL 2933
SANDRA LORENA MADRIGAL
DIAZ 10080
SELENA REPETTO AYMERICH 5266
SIDEY MARIA SANCHEZ
RODRIGUEZ 6211
SILVIA SAVOINI OLIVA 1903
SILVIA KIM YANG 9696
SONIA MORA ROJAS 12347
SONIA MARIA VARGAS
PACHECO 1817
SONIA PATRICIA SELL
MARUCCO 4304
SYLVIA PULIDO MORALES 2791
TAMY GLOOBE FAINGEZICHT 8672
VELIA GOVAERE VICARIOLI 5847
VICENTE ANIBAL ZAVALETA
DIAZ 9804
VICTOR ALVAREZ CRUZ 721
VICTOR ANTONIO ALVARADO
HERNANDEZ 2228
VICTOR HUGO MATA TOVAR 3712
VICTOR MANUEL GARCIA
MONTALVO 2263
VICTOR VINICIO ROMAN
PORRAS 11460
WAGNER CARPIO SALAZAR 7085
XINIA BOLAÑOS ACUÑA 2880
YORLENY ALVARADO ZAMORA 7134
San José, 20 de febrero
del 2006.
Silvia Navarro Romanini.—Secretaria
General.—1 vez.—(17116)
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Sección de Cobro
Administrativo.—San José, a las catorce horas cinco
minutos del catorce de febrero del año dos mil seis. No habiendo sido posible
localizar a Evelin Segura Barquero, cédula 1-805-855, y en virtud de seguirse
causa administrativa por suma adeudada al Estado, notifíquese por medio de
edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se
concede audiencia. N° 278-06. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección
Cobro Administrativo. San José, a las trece horas quince minutos del ocho de
febrero del dos mil seis. Audiencia de cobro administrativo tramitado a la
señora Evelin Segura Barquero, cédula de identidad N° 1-805-855, por suma
adeudada al Estado. Antecedentes: 1) Mediante copia del oficio N° 157-TE-03 del
31 de enero del 2003, suscrito por el Lic. Óscar Bolívar Hidalgo, de Subproceso
Egresos y el Lic. Carlos Ml. Hidalgo Vargas, de Proceso de Tesorería del
Departamento Financiero Contable, se comunica a esta Dirección que se tiene
para tramitar a la señora Evelyn Segura Barquero, por concepto de vacaciones
proporcionales la suma de setenta y tres mil quinientos cincuenta colones con
treinta céntimos (¢73.550,30), y siendo esta, una suma menor a la que adeuda al
Tesoro Público de cuatrocientos noventa y dos mil doscientos cincuenta colones
con treinta céntimos (¢492.250,30), ese Departamento procederá a realizar el
trámite correspondiente, tomando en cuenta el importe a pagar por vacaciones
proporcionales en calidad de abono a la deuda, manteniéndose un saldo por cobrar
de cuatrocientos dieciocho mil setecientos colones netos (¢418.700,00) (ver
folio 1). 2) Mediante oficio N° 1124-AS-UD-2003, de fecha 6 de mayo del 2003,
suscrito por el Lic. Ronald Calvo Coto, Jefe de Administración Salarial y el
MBA. José Luis Bermúdez Obando, Subjefe del Departamento de Personal; se
informa que la deuda adquirida por la señora Segura Barquero corresponde a la
suma girada de más por concepto de permiso sin goce de salario del 11 al 30 de
junio y del 12 al 30 de diciembre del año 2001, y por renuncia del 1º de enero
al 15 de febrero del 2002 (ver folio 6 y 7).
Período Salario
depositado Salario
correcto Diferencia
Del
11 al 15-06-2001 27.465,80 0,00
Del 16 al
30-06-2001 82.397,50 0,00
Del 12 al
15-12-2001 23.633,35 0,00
Del 16 al
30-12-2001 88.625,00 0,00
Del 01 al
15-01-2002 89.330,00 total
girado de más ¢188.620,80
Del 16 al
30-01-2002 89.330,00 15.448,05
Del 01 al
15-02-2002 89.330,00 17.005,75
Total
girado de más 490.111,65
Salario
escolar 40.140,10
Aguinaldo 44.187,60
Deducciones 82.189,05
Monto
líquido 492.250,30
El depósito de los
dineros se efectuó de la siguiente manera:
Del
11 al 15-06-2001 011479354
Del
16 al 30-06-2001 011607225
Del
12 al 15-12-2001 013464475
Del
16 al 30-12-2001 013657723
Del
01 al 15-01-2002 020087375
Del
16 al 30-01-2002 020204336
Del
01 al 15-02-2002 020307243
La acreditación de los
dineros le fue realizada a la señora Segura Barquero, en su cuenta personal con
el Banco de Costa Rica, en la ruta de pago A22100. Audiencia: con fundamento en
lo anterior, se otorga a la señora Evelin Segura Barquero, el plazo de diez
días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre
el cobro de cuatrocientos dieciocho mil setecientos colones netos
(¢418.700,00), pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, debiendo indicar
los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones y otorgándole la
posibilidad de proponer un arreglo de pago ante esta Administración, para lo
cual se pone el expediente N° 20-R-03 a su disposición. En caso de no atender
la audiencia en el plazo indicado, serán remitidas las diligencias de interés
al Ministerio Público para que con base en los artículos 223 y 224 inciso 2)
del Código Penal formule la acusación respectiva por la eventual
responsabilidad penal por retención que podría caber a la señora Segura
Barquero. Asimismo, se continuará con el procedimiento administrativo para
eventualmente remitir las diligencias a la Procuraduría General de la República
a efecto de que establezca en sede jurisdiccional las acciones legales. Se le
previene que debe señalar, en el término de tres días hábiles, lugar dentro del
perímetro judicial del Primer Circuito Judicial de San José para atender
notificaciones, número de fax o cualquier otro medio que permita la seguridad
del acto de comunicación. En caso de no cumplir con esta prevención, y en
virtud de que la Ley General de la Administración Pública, no contiene norma
que regule el no señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación
de la facultad que confiere el artículo 229, inciso 2° de la misma ley,
respecto de la aplicación supletoria de otras fuentes del ordenamiento
jurídico, así como el principio que establece que la ley especial prevalece
sobre la general, las resoluciones que se dicten posteriormente se le
notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 12 de la Ley
de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales en concordancia
con el artículo 6 de la misma ley. Se hace del conocimiento de la señora Segura
Barquero que como garantía constitucional del debido proceso, la presente
resolución admite recurso de revocatoria ante esta instancia y de apelación
ante el Consejo Superior del Poder Judicial de conformidad con lo establecido en
el artículo 343 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
Queda a disposición el expediente administrativo N° 20-R-03.ap/Notifíquese/Fr.
Alfredo Jones León, Director Ejecutivo. Si desea presentar un escrito con
ocasión de esta resolución, favor indicar el siguiente: número de expediente
20-R-03(B). /Artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración
Pública. Publíquese por tres veces consecutivas.
San José, 14 de febrero
del 2006.
Alfredo
Jones León,
(14825) Director
Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que
por resolución de las trece horas y treinta minutos del nueve de febrero del
dos mil seis, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número
05-014531-0007-CO interpuesta por Elia Rosa Wong Dijeres, para que se declare
inconstitucional el artículo 7 del “Reglamento para el pago de incapacidades
por enfermedad y maternidad a empleados del Poder Judicial”, por estimarlo
contrario a los artículos 39, 56, 140 incisos 3) y 18); y 192 de la
Constitución Política. La norma se impugna en cuanto, en criterio de la accionante,
por medio de ella se deja sin derecho a disfrutar de una pensión a un
trabajador que tiene derecho a ella por causa de enfermedad, sin que se
compruebe que exista alguna irregularidad en el otorgamiento de la incapacidad
asociada. Agrega que existe un vicio en el ejercicio de la potestad
reglamentaria, ya que al normar de ese modo lo dispuesto en los numerales 80
del Código de Trabajo y 226 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por vía de
reglamento autónomo, la Corte Suprema de Justicia invade las competencias
constitucionales del Poder Ejecutivo, en la medida en que se da una restricción
a un derecho fundamental (a la pensión) ya adquirido al haber cotizado por más
de veintiséis años para ese régimen. Considera que al posibilitar el despido de
servidores que requieran incapacitarse por razones de salud, infringe también
el derecho al trabajo y a la estabilidad de los funcionarios públicos, creando
causales de despido no contempladas en la ley. Así se informa para que en los
procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no
se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del
caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales
se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no
puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que
haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente,
lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución
final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se
inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos
contra el acto final, salvo –claro está– que se trate de normas que se deba
aplicar durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera
inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala, esta publicación no suspende la vigencia de la norma cuestionada en
general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José 10 de febrero
del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra,
(15915) Secretario
HACE SABER:
Que en proceso
disciplinario Nº 02-001521-0627-NO, establecido por Archivo Notarial contra el
notario Gabriel Zamora Márquez, este Juzgado mediante sentencia Nº 00191-05 de
las siete horas cincuenta minutos del veinticinco de mayo del dos mil cinco,
dispuso imponerle al notario Gabriel Zamora Márquez, cédula 1-288-574, la
corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de febrero
del 2006.
M.Sc.
Everardo Chaves Ortiz
1 vez.—(16289) Juez
A Efrén Arauz Centeno, mayor,
notario público, cédula de identidad Nº 5-147-1424, domicilio ignorado, que en
proceso disciplinario notarial Nº 02-000507-0627-NO, establecido en su contra
por Zulay Brenes Pereira, se han dictado las resoluciones que dicen: “Juzgado
Notarial.—San José, a las diez horas cuarenta y nueve minutos del diecisiete de
noviembre del año dos mil cinco. Proceso disciplinario notarial establecido por
Zulay Brenes Pereira, mayor, unión libre, cédula de identidad Nº 3-181-458,
vecina de Granadilla Norte; contra el licenciado Efrén Arauz Centeno, mayor,
abogado y notario, con cédula de identidad 5-147-1424, de otras calidades que
no constan en los autos, representado por el licenciado Sergio González León en
su condición de defensor público. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, 4º—Que se han
observado las prescripciones de ley; y Considerando: I.—Hechos
probados: De importancia en la resolución de este asunto, se tienen: 1)…, 2)…,
3)… II.—Sobre el fondo:…, III.—…, IV.—…, V.—…, VI.—…
Por Tanto: Se declara sin lugar la excepción de prescripción y con lugar el
proceso disciplinario notarial establecido por Zulay Brenes Pereira contra el
notario Efrén Arauz Centeno imponiéndole la corrección disciplinaria de un mes
de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que
dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio
correspondiente a la escritura que aquí interesa. Dicha sanción, regirá, al
amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, deberá comunicarse
al Archivo Notarial, el Registro Civil, el Registro Nacional y la Dirección
Nacional de Notariado. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Licenciada
Grace Hernández Herrera, Juez.” “Juzgado Notarial.—San
José, a las trece horas del catorce de febrero del dos mil seis. De conformidad
con el artículo 263 del Código Procesal Civil; notifíquese al licenciado Efrén
Arauz Centeno la sentencia número 695 de las diez horas cuarenta y nueve
minutos del diecisiete de noviembre del dos mil cinco, así como la presente
resolución. Por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial.
San José,
14 de febrero del 2006.
M.Sc.
Everado Chaves Ortiz
1 vez.—(16290) Juez
HACE SABER:
Que dentro del proceso
de habilitación, expediente Nº 06-000046-624-NO, esta Dirección por resolución
166-2006, de las quince horas cinco minutos del trece de febrero de dos mil
seis, dispuso levantar la inhabilitación como notario al licenciado Jaime
Echeverría Villafranca, cédula 01-268-435, a partir del veintisiete de enero
del dos mil seis, en virtud de haber acreditado ante esta Dirección el pago de
las cuotas del Fondo de Garantía Notarial.
San José, 13 de febrero
del 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(16306) Directora
Que dentro del decreto
de inhabilitación por perdida de la función notarial (no pago de cuotas del
Fondo de Garantía Notarial), expediente Nº 05-000872-624-NO, esta Dirección por
resolución 170-2006, de las diez horas cincuenta minutos del quince de febrero
de dos mil seis, dispuso levantar la inhabilitación como notario al licenciado
Luis Ángel Arroyo Soto, cédula 02-354-352, a partir del quince de febrero del
dos mil seis, en virtud de haber acreditado ante esta Dirección el pago de las
cuotas del Fondo de Garantía Notarial.
San José, 15 de febrero
de 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(16307) Directora
Que en proceso de
inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial Nº
03-000001-624-NO del notario Didier Carranza Rodríguez, esta Dirección en
resolución de las once horas quince minutos del diecisiete de febrero de dos
mil seis , ordenó anular del asiento notarial registral del notario Didier
Carranza Rodríguez, la anotación del
decreto de inhabilitación, dictada por esta Dirección en resolución de
las catorce horas quince minutos del doce de marzo de dos mil tres, esto de
conformidad con lo que establece el Reglamento del Registro Nacional de
Notarios en su artículo 2, inciso 11.
San José, 17 de febrero
del 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(16308) Directora
Que se ha presentado
formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por el licenciado Mario León
Fallas, portador de la cédula de identidad 09-084-336, al Fondo de Garantía de
los Notarios Públicos, en su condición de notario en cese del ejercicio. Por el
plazo de un mes, contado a partir de esta publicación. Se cita a los
interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones debidamente
fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 06-000075-0624-NO.
San José, 20 de febrero
del 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(16315) Directora
Que se ha presentado
formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por la licenciada Monserrat
Gamboa Amuy, portadora de la cédula de identidad 06-285-750, al Fondo de
Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notaria en cese del
ejercicio. Por el plazo de un mes, contado a partir de esta publicación. Se
cita a los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones
debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº
05-000473-0624-NO.
San José, 20 de febrero
del 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(16316) Directora.
Que se ha presentado
formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por la licenciada Maureen
Rojas Aguilar, portadora de la cédula de identidad 01-1038-720, al Fondo de
Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notaria en cese del
ejercicio. Por el plazo de un mes, contado a partir de esta publicación, se
cita a los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones
debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº
05-000473-0624-NO.
San José, 20 de febrero
del 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(16317) Directora.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las ocho horas
treinta minutos, del veintisiete de marzo del dos mil seis, en la puerta
exterior de este despacho, con la base de quinientos treinta y nueve mil
trescientos un colón con cincuenta céntimos, sáquese a remate una caja
registradora marca Sharp, color blanco, una cocina de gas con cinco quemadores
industrial, un congelador Electrolux color blanco, un equipo de sonido marca
Panasonic color plateado, una lavadora Telstar color blanco, un televisor marca
Hitachi a colores, televisor a colores, un litro de licor Vodka Absolut, un
litro de licor de coco Aloha Coconut, un litro de licor anís imperial, un litro
de licor Ron Bacardí, un litro de licor guaro Cacique, un litro de licor Whisky
Chivas Rigal, un litro de licor Whisky Graand Old Parr, dos cajas de cerveza
Imperial, un litro de licor Whisky J&B, un litro de licor Brandy de Jerez,
Jerez Veterano, un litro de licor Whisky Jhonny Walker, un litro de licor
Whisky Black Label Johnny Walker, un litro de licor Malibú, un litro de licor
Ron Matusalem, un litro de licor Vodka Nikolai, una caja de cerveza Pilsen, un
litro de licor Reunite Suave/ semi seco-rosado, media caja de cerveza Rock Ice,
un litro de licor Ron Centenario Añejo Especial, un litro de licor Ron Rico
Fruit Punch, tres litros de licor Ron Rico Carta Blanca, un litro de licor
Vodka Smirnoff, un litro de licor Teichenne, un litro de licor José Cuervo
Clásico, Tequila Cuervo, un litro de licor José Cuervo Especial Rosado, Tequila
Cuervo, un litro de licor Brandy de Jerez Valdespino. Lo anterior por ordenarse
así dentro de juicio ordinario laboral Nº 04-300081-0197-LA., de Merlin Porras
Alvarado contra Wu Chu Lin.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Puriscal, Santiago, 6 de febrero del 2006.—Lic. Susana
Campos Cabezas, Jueza.—(15734).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Bernal Alexis Arroliga Briceño, quien fue mayor, vecino de San José, con cédula de identidad Nº 1-458-454, se les hace saber que: la señora Sara María Espinoza López, portadora de la cédula de residencia Nº 135-RE-036559-00-1999, vecina de San José, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Bernal Alexis Arroliga Briceño. Expediente Nº 05-001323-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Astrid Lara Rivera, Jueza.—1 vez.—(15283).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Bernardo Quirós Pérez, quien fue mayor, soltero, vecino de la León XIII, alameda 26, calle 9, casa 952, frente a la pulpería San Antonio, con cédula de identidad Nº 1-900-194, se les hace saber que: Ana Teresa Quirós Pérez, en calidad de madre, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 1-384-136, vecina de la León XIII, alameda 26, calle 9, casa 952, frente a la pulpería San Antonio, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Bernardo Quirós Pérez. Expediente Nº 05-003749-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2006.—Lic. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—(15284).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los ahorros y pensión complementaria legales del aquí fallecido Edwin Vargas Bermúdez, mayor, cédula de identidad Nº 1-847-330, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas el bajo el Nº 06-300004-475-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, 3 de febrero del 2006.—Lisbeth Sánchez González, Jueza.—1 vez.—(15285).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los ahorros y pensión complementaria legales del aquí fallecido Manoy Obregón Díaz, mayor, cédula de identidad Nº 5-278-905, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas el bajo el Nº 05-300051-475-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, 24 de enero del 2006.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—1 vez.—(15286).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Jorge Arturo Calvo Cerdas, cédula 1-0376-0368, quien fuera mayor, de 56 años cumplidos, cedula Nº 1-0376-0368, casado y vecino de Piedades de Santa Ana, de la escuela 250 m al sur y 25 m al este, frente a la entrada de ciudadela El Triunfo, que se consideren con derecho a las mismas para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de consignación de cuotas de trabajador fallecido. Expediente Nº 06-300004-242 LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Santa Ana, 6 de febrero del 2006.—Lic. Cindy Quesada Chavarría, Jueza.—1 vez.—(15287).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Graciela Boza Guadamuz, cédula Nº 2-083-1214, fallecida el 11 de octubre del 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo bajo el Nº 05-002471-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 05-002471-0173-LA. Promovido por Claudio Muñoz Boza a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2006.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(15288).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Ignacio García Zúñiga, quien en vida fuere mayor, costarricense, casado, portó la cédula de identidad Nº 1-182-990, y quien falleciere el día dos de noviembre de dos mil cinco, a quienes se consideren con derecho a las mismas para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en Devolución de Ahorros de Trabajador fallecido. Expediente Nº 06-300009-257-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(16229).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Rafael Ángel Soto Rojas, quien en vida fuere mayor, costarricense, casado, portó la cédula de identidad Nº 1-305-068 y quien falleciere el día cinco de enero de dos mil seis; a quienes se consideren con derecho a las mismas para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en Devolución de Ahorros de Trabajador fallecido. Expediente Nº 06-300010-257-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(16230).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Jorge E. Mora Andrade, quien fue mayor, casado, vecino de San Pedro de Montes de Oca, con cédula de identidad número 1-295-316, se les hace saber que: Berzabeth Arce Castro, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-180-775, vecina de San Pedro de Montes de Oca, se apersona este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jorge E. Mora Andrade. Expediente número 05-002529-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2006.—Lic. Astrid Lara Rivera, Jueza.—1 vez.—(16500).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Remate de madera que se
llevará a cabo a las siete horas con treinta y cinco minutos del día
veinticuatro de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado
Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, con la base de
doscientos noventa mil setecientos setenta y nueve colones con veinticuatro
céntimos, la cantidad de 66 piezas de madera aserrada de la especie Caobilla,
con un volumen de 3.15 metros cúbicos, misma que se encuentra decomisada en los
patios de la Delegación Cantonal de Guatuso. Lo anterior por estar ordenado así
en Comisión número 10-1-06 dentro de la causa penal número 05-200448-630-PE por
Infracción Ley Forestal, contra Juan Carlos Rojas Ramírez y otro, en daño de
Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de febrero del 2006.—Lic. Humberto
Rodríguez Montoya, Juez.—(14325).
Remate de madera que se
llevará a cabo a las siete horas con treinta minutos del día veinticuatro de
marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, con la base de doscientos un mil
quinientos ochenta y cuatro colones con sesenta y cuatro céntimos, la cantidad
de 36 piezas de madera aserrada de la especie Lagarto, Roble Coral Caobilla y
Chapemo, con un volumen de 3.30 metros cúbicos, misma que se encuentra en finca
de Emiliano Méndez Solórzano, en Thiales de Buena Vista, Guatuso a 800 metros
este de la escuela en Thiales. Lo anterior por estar ordenado así en Comisión
número 01-1-06 dentro de la causa penal número 05-200462-630-PE por Infracción
Ley Forestal, contra Emilio Méndez Solórzano en daño de Los Recursos
Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San
Carlos, Ciudad Quesada, 9 de febrero del 2006.—Lic. Humberto Rodríguez
Montoya, Juez.—(14326).
A las ocho horas
treinta minutos, del veintiuno de marzo del año dos mil seis, en la puerta
exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios, soportando limitaciones del Sistema Financiero y Afectación
Familiar al tomo 408, asiento 10131, y con la base de un millón ochenta y nueve
mil treinta y ocho colones, remataré en el mejor postor la garante, matrícula
ciento treinta y cinco mil ochenta y uno cero cero cero; que es terreno para construir
lote 20-A, sita en el distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba, de
la provincia de Cartago. Linderos: al norte, con lote 21 A; al sur, con lote 19
A; al este, con calle pública y al oeste, con Víctor Mora Jiménez. Mide: ciento
setenta y cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados, plano C-
0064416-1992. La finca pertenece al demandado Meneses Abarca. Lo anterior por
haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 06-100022-341-CI-22-R, de la
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra David Abarca y otra.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 13 de febrero del 2006.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 87129.—(16516).
A las ocho horas quince
minutos del cuatro de abril del dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes
prendarios y con la base de un millón doscientos veintitrés mil novecientos
setenta y un colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré: un
vehículo placas 541182, marca Hyundai, modelo 1994, motor número G cuatro EKR
uno dos cinco cinco cuatro uno, estilo Accent LC GLS, color verde, combustible
gasolina, chasis KMHVF dos uno NPRU cero dos cero cuatro siete uno, carrocería
Sendas, cuatro puertas, capacidad cinco personas. Se remata por haberse
ordenado así dentro del proceso. Exp. Nº 04-001356-185-CI. Ejecutivo prendario
de Corporación Automotora JR contra Alberto Courrau Quesada.—Juzgado
Sexto Civil de San José, 23 de diciembre del 2005.—Lic. Luis Ureña Monge,
Juez.—Nº 87131.—(16517).
A las nueve horas, del
dieciocho de abril del año dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina
que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
condiciones al tomo 319, asiento 00861, limitaciones de la Ley del Sistema
Financiero y Habitación Familiar al tomo 529, asiento 02225 y con la base de
diez mil quinientos cuarenta y ocho con cincuenta y nueve unidades de
desarrollo a un tipo de cambio para el día seis de febrero del 2006 de 474.40
colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, matrícula ciento cincuenta y un mil quinientos doce- cero
cero uno y cero cero dos, que es lote 2, terreno con potrero y una casa; sita
en el distrito tercero Pejibaye, cantón cuarto Jiménez, de la provincia de
Cartago. Linderos: al norte, con Orlando Arrieta Alfaro; al sur, Orlando Obando
Fuentes; al este, con Óscar Salas Zúñiga y al oeste, con calle pública. Mide:
trescientos metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. La finca
pertenece a los demandados Gómez Zelada y Fonseca Marín. Lo anterior por
haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 06-100050-341-CI-50-R, del
Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Daniel Gómez Zelada y otra.—Juzgado Civil de Turrialba, 8 de febrero del
2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº
87137.—(16518).
A las ocho horas con treinta
minutos, del dieciséis de marzo del año dos mil seis, desde la puerta exterior
que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando
servidumbre trasladada y servidumbre de paja de agua, con la base de un millón
seiscientos ocho mil ochocientos treinta y un colones, al mejor postor
remataré: finca del partido de Cartago, inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, matrícula número ciento sesenta y siete mil setecientos-cero cero
uno y cero cero dos, (167.700-001-002) que es terreno para construir con una
casa, lote cuarenta y siete. Sita: en distrito cuarto Cachí, cantón segundo
Paraíso, de la provincia de Cartago. Linderos: al norte, lote cuarenta y seis;
sur, Avenida El Roble; este, Hacienda Cachí S. A.; oeste, lote cuarenta y ocho.
Mide: ciento sesenta y seis metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Lo
anterior por haberse ordenado así en Comisión N° 235-05, juicio hipotecario de
Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Jorge Antonio Solano Gamboa y otra.
Exp. Nº 05-001714-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Paraíso, 23 de enero del 2006.—Lic. Eileen Chávez Mora, Jueza a.
í.—(16531).
A las ocho horas diez
minutos, del veinticuatro de marzo del dos mil seis, en la puerta principal de
este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones, con la base de
un millón ochocientos tres mil trescientos cuatro colones con ochenta y siete
céntimos, al mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público de
la Propiedad del partido de Guanacaste, matrícula número noventa mil
setecientos treinta y ocho-cero cero cero, que es terreno dedicado a la
agricultura y reforestación con una casa, situado en el distrito quinto Sámara,
cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Nicanor
Mora Madrigal y Sinaí Rangel Casares; sur, Elizabeth Ledesma y Teresa Hernández
Ledesma; este, calle pública con frente de veintiún metros cincuenta y seis
centímetros, Sinaí Rangel Casares y oeste Nicanor Mora Madrigal. Mide: cuatro
mil ciento dos metros con setenta y siete decímetros cuadrados, según plano
catastrado número G-cero doscientos dieciocho mil cincuenta y siete-mil
novecientos noventa y cuatro. La finca relacionada pertenece a Manuel Hernández
Ledesma. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Hernández Ledezma.
Exp. Nº 05-100401-390-CI.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Nicoya, Guanacaste.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 87168.—(16666).
A las catorce horas
treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil seis, en la puerta exterior
del edificio que ocupa este juzgado, soportando condiciones, sin más
gravámenes, con la base de siete millones de colones, en el mejor postor y respondiendo
cada uno de las fundos por la suma que se dirá, se rematarán las fincas todas
del partido de Limón: 1) matrícula 60154-000, por ochocientos noventa mil
colones, que es terreno para construir lote 5-D, situado en el distrito
primero, Guácimo; cantón, sexto, Guácimo; provincia de Limón, que mide:
doscientos cuarenta y ocho metros cuadrados, y linda al norte, con calle
pública con ocho metros; al sur, con lote 6-D, al este, con calle pública con
veintitrés metros y al oeste con lote 4-D; 2) Matrícula 60155-000, por
setecientos treinta y tres mil colones, que es terreno de para construir lote
6-D, situado en el distrito primero, Guácimo; cantón, sexto, Guácimo; provincia
de Limón, que mide: doscientos ochenta y siete metros con cincuenta decímetros
cuadrados, y linda al norte con lotes 3, 4 y 5-D, al sur, con lote 7-D, al
este, con calle pública con once metros cincuenta centímetros y al oeste, con
lote 8-D; 3) Matrícula 60158-000, por ochocientos noventa mil colones, que es
terreno para construir lote 1-E, situado en el distrito primero, Guácimo;
cantón, sexto, Guácimo; provincia de Limón, que mide: doscientos cuarenta y
ocho metros cuadrados, y linda al norte con calle pública con ocho metros, al
sur, con lote 4-E, al este, con lote 2-E y al oeste, con calle pública con
veintitrés metros; 4) matrícula 60159-000, por seiscientos cincuenta y siete
mil colones, que es terreno para construir lote 2-E, situado en el distrito
primero, Guácimo; cantón, sexto, Guácimo; provincia de Limón, que mide:
doscientos cincuenta metros cuadrados, y linda al norte, con calle pública con
diez metros, al sur, con lote 4-E, al este, con lote 3-E y al oeste con lote
1-E; 5) matrícula 60160-000, por seiscientos cuarenta y tres mil colones, que
es terreno para construir lote 3-E, situado en el distrito primero, Guácimo;
cantón sexto, Guácimo; provincia de Limón, que mide: doscientos cuarenta y
cinco metros cuadrados, y linda al norte, con calle pública con diez metros; al
sur, con lote 4-E, al este, con Fernando Sánchez Villalta y al oeste, con lote
2-E; 6) matrícula 60161-000, por setecientos mil colones, que es terreno para
construir lote 4-E, situado en el distrito primero, Guácimo; cantón sexto,
Guácimo; provincia de Limón, que mide: doscientos noventa metros cuadrados, y
linda al norte, con lotes 1, 2 y 3-E; al sur, con lote 5-E; al este, con
Fernando Sánchez Villalta y al oeste, con calle pública con diez metros; 7)
matrícula 60165-000, por novecientos treinta y siete mil colones, que es
terreno para construir lote 2-F, situado en el distrito primero, Guácimo;
cantón sexto, Guácimo; provincia de Limón, que mide: doscientos cuarenta y ocho
metros cuadrados, y linda al norte, con lote 1-F, al sur, con calle pública con
ocho metros; al este, con lote 3-F y al oeste, con calle pública con veintitrés
metros; 8) Matrícula 60166-000, por seiscientos noventa y un mil colones, que
es terreno para construir lote 3-F, situado en el distrito primero, Guácimo;
cantón sexto, Guácimo; provincia de Limón, que mide: doscientos cincuenta
metros cuadrados, y linda al norte, con lote 8-F; al sur, con calle pública
con, diez metros, al este, con lote 4-F y al oeste, con lote 3-R; 9) matrícula
60171-000, por ochocientos cincuenta y nueve mil colones, que es terreno para
construir lote 8-F, situado en el distrito primero, Guácimo; cantón sexto,
Guácimo; Provincia de Limón, que mide: doscientos cincuenta metros cuadrados, y
linda al norte, con calle pública con diez metros; al sur, con lote 3-F, al
este, con lote 7-F y al oeste, con lote 1-F. Lo anterior se remata por haberse
ordenado así en ejecutivo hipotecario, expediente 05-100018-0297-CI de Banco de
Costa Rica contra Juan Rafael Durán Rodríguez.—Juzgado Civil y de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de
febrero del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº
87302.—(16685).
A las nueve horas, del
treinta y uno de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de ciento catorce mil
doscientos cincuenta y cuatro colones, al mejor postor remataré: vehículo
marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, año: mil novecientos noventa y dos,
categoría, automóvil, carrocería: sedán, 4 puertas, capacidad: cinco pasajeros,
color: azul, cilindrada: mil quinientos centímetros cúbicos, combustible:
gasolina, chasis KMHJF31JPNU371814, placas número cuatrocientos noventa y tres
mil setecientos once. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
prendario Nº 2005-002047-0223-CI de Inversiones Capitales de Hoy S. A., contra Filadelfo
Sánchez Chaves.—Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San
José, 20 de enero del 2006.—Lic. Nidia Durán Jiménez, Jueza.—(16756).
A las diez horas, del cinco
de abril del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios, y soportando
reservas y restricciones en la puerta exterior del local que ocupa este
despacho, con la base de treinta y ocho mil doscientos cincuenta dólares
americanos, al mejor postor remataré: finca del partido de Puntarenas,
matrícula F dieciséis mil novecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, que es
terreno con una casa 30 destinada para vivienda y hospedaje. Sita en distrito
primero cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
noreste, con casa 31, patio y pilas, al noroeste, con pilas y patio, con área privativa
28.34 metros; sureste, con acera y terraza, y al suroeste, con casa 29. Mide. veintiocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados.
Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 05-100509-642-C1-*1
de Comercio y Desarrollo Corriendo a Jacó S. A., contra Lourdes Romero
Rodríguez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía
de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—(16766).
A las nueve horas del
día veintiuno de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior de este
Juzgado, soportando hipoteca de primer grado a favor de Integral System S.C. y
soportando reservas y restricciones y servidumbre sirviente, con la base
trescientos cuarenta y seis mil novecientos cincuenta dólares moneda de los
Estados Unidos de Norteamérica, en el mejor postor remataré: finca inscrita en
el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Guanacaste, matrícula de
Folio Real Nº 37599-000, que se describe de la siguiente manera: naturaleza de
terreno de pastos. Situado en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de
la provincia de Guanacaste. Mide: sesenta y siete mil trescientos nueve metros
con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Linderos: norte, en parte calle
pública en medio, Cocle Holdings Incorporated y en otra Hart Preston Stroud,
Roy Bernard Michon, William Nelson Schmidt; sur, en parte con calle pública en
medio Cocle Holdings Incorporated y Tomás Moreno; este, con Tomás Moreno y
Milciades Moreno; y oeste, en parte calle pública en medio Cocle Holdings
Incorporated y en otra Hart Preston Stroud, Roy Bernard Michon Willian Nelson
Schmidt. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario Nº 04-001710-184-CI de López y Quirós S. A. contra Cocle Holding
Incorporated S. A.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José,
20 de febrero del 2006.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(16851).
A las nueve horas
treinta minutos del dieciséis del marzo de dos mil seis, en la puerta exterior
de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas,
restricciones, condiciones y prohibiciones inscritas al tomo trescientos
diecisiete asiento catorce mil setecientos sesenta y cuatro y con la base de
ocho millones ciento cincuenta y siete mil noventa y siete colones con veinte
céntimos, remataré: la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo
el sistema de Folio Real matrícula número treinta mil setecientos ochenta y
nueve-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, situado en distrito
quinto Sabanillas, cantón doceavo Acosta, de la provincia de San José.
Lindantes: norte, Eligio Córdoba, Manuel Sánchez y otro; sur, calle, Luis
Rudesindo Arias y otro; este, Mauro Badilla Godínez; y oeste, Manuel Sánchez.
Mide: doscientos dos mil noventa y tres metros cuadrados. Plano
SJ-753,771-2001. La finca descrita pertenece a Eddy Alfaro Mora. Lo anterior se
remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 03-100290-188-CI (064-03-Y-4),
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Eddy Alfaro Mora Ortiz.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 20 de enero del 2006.—Lic.
Mario Montoya Murillo, Juez.—Nº 87337.—(17153).
A las nueve horas
quince minutos del diecinueve de abril del dos mil seis, en este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones novecientos
diecisiete mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de
Cartago, matrícula Nº 182545-000, que es terreno con patio y una casa, situado
en el distrito dos Tucurrique, cantón cuatro Jiménez, de la provincia de
Cartago. Linda: norte, con Efraín Marín Rivera; sur, Carmen Vega Sánchez; este
calle pública con frente a ella de 9,50 metros; y oeste, Río Pan. Mide:
trescientos setenta y dos metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Se
remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 04-000135-185-CI
ejecutivo hipotecario de COCOVELOT R. L. contra Alexis Jiménez Azofeifa y
otros.—Juzgado Sexto Civil de San José, 7 de febrero del 2006.—Lic. Luis
Ureña Monge, Juez.—Nº 87368.—(17154).
A las catorce horas
cincuenta minutos del veintidós de marzo del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones
judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de un millón
cuatrocientos veinticinco mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: un vehículo placas cuatrocientos noventa y un mil ciento
veinticinco, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro
puertas, estilo Elantra GLS, capacidad para cinco personas, año mil novecientos
noventa y tres, vino, motor G4DJP734181, chasis KMHJF31JPPU379904, combustible
gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor:
Financiera Desyfin S. A. contra Ana Solórzano Quesada y otros. Exp. Nº
05-000100-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía, San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Barrantes
López, Juez.—Nº 87382.—(17155).
A las catorce horas
veinte minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior
de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e
infracciones a la Ley de Tránsito y con la rebaja del veinticinco por ciento
sobre la base sea la suma de novecientos cincuenta y cuatro mil quinientos
veintiocho colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: un vehículo placas quinientos mil seiscientos treinta y nueve, marca
Kia, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, estilo Pride GTX,
capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, rojo,
motor B3798421, chasis KN15P23E1RK000841, combustible gasolina. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Financiera Desyfin S. A.
contra Wainer Cordero Sánchez y otras. Expediente Nº 05-000834-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José,
30 de enero del 2006.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº
87383.—(17156).
A las ocho horas y
quince minutos del diez de mayo del año dos mil seis, en la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas CL ciento cincuenta y siete mil doscientos ochenta y
ocho, marca Mazda, estilo B2200 SE5, categoría: carga liviana, carrocería caja
abierta o Cam-Pu, tracción sencilla, chasis: JM2UF3139K0788141, capacidad para
cuatro personas, año mil novecientos ochenta y nueve, color gris. Se remata por
ordenarse así en ejecutivo prendario de Mi Vehículo Elegante de Heredia contra
María Jesús Chavarría Solís. Exp. Nº 05-002671-0504-CI-6.—Juzgado
Civil de Heredia, 15 de febrero del 2006.—Lic. Deyanira Martínez Bolívar,
Jueza.—Nº 87420.—(17162).
A las ocho horas veinte
minutos del diecisiete de marzo del dos mil seis, en la puerta principal de
este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones, con la base de
ocho millones quinientos cincuenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco
colones, al mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público de
la Propiedad del Partido de Guanacaste, matrícula número cero sesenta y tres
mil seiscientos setenta y tres- cero cero cero; que es terreno para pastos,
situado en el distrito cuarto San Pablo, cantón noveno Nandayure de la
provincia de Guanacaste. Linda: norte, calle pública y Gilberto Rosales R.;
sur, Ángel Rosales Rosales; este, Antonio Godoy Sánchez y otro, y oeste, Mireya
Godoy Brais y otro. Mide: dieciocho mil seiscientos noventa y nueve metros con
trece decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-cero setecientos
noventa y un mil cuatrocientos-dos mil dos. La finca relacionada pertenece a
Edith Marina Rosales Rosales. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en
proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica
Canadá contra Edith Marina Rosales Rosales. Exp. Nº 04-000211-0164-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste,
26 de enero del 2006.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—Nº
87451.—(17163).
A las ocho horas del
veinticuatro de marzo del dos mil seis, en la puerta principal de este Juzgado,
al mejor postor remataré las fincas inscritas en el Registro Público de la
Propiedad: 1) del partido de Guanacaste matrícula número once mil doscientos
treinta y siete-cero cero dos, por la suma del valor fiscal sea un millón
ochenta y cinco mil setenta y dos colones, que es terreno dedicado a
agricultura, situado en distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero
de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Río San Andes en medio José
Jiménez; sur, Juan Rosales; este, Nicolás Rosales, y oeste, Juan Rosales. Mide:
ochenta mil trescientos sesenta y seis metros cuadrados. La misma saldrá libre
de gravámenes y de anotaciones. La finca relacionada pertenece a Jorge Leal
Obando. 2) Del partido de Guanacaste matrícula número diecisiete mil
ochocientos veintisiete-cero cero dos, por la suma del valor fiscal sea ocho
millones cuatrocientos sesenta y siete mil trescientos ochenta colones, que es,
terreno de potrero y charrales y agricultura, situada en distrito tercero
Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, Río San Andrés en medio y Juana Rodríguez; sur, Emilina
Santana; este, Patos Arrieta González y oeste; Nicoya Rosales Rosales Álvarez.
Mide: ochocientos noventa y dos mil trescientos cuarenta y cinco metros
cuadrados. La misma saldrá libre de gravámenes y anotaciones. La finca relacionada
pertenece a Jorge Leal Obando. Lo anterior se remata por haberse ordenado así
en proceso ejecutivo simple de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Flor
María Rodríguez Cabalceta. Exp. Nº 98-100246-390-CI.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste.—Lic. Heriberto Díaz Montero,
Juez.—Nº 87465.—(17164).
A las catorce horas cuarenta
minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior del
local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales,
con la base del veinticinco por ciento menos, sea la suma de cuatrocientos
noventa y cinco mil novecientos setenta y cinco colones con ochenta y seis
céntimos, en el mejor postor remataré: El vehículo placas 448829, marca
Hyundai, estilo Excel, año noventa y dos, carrocería sedán 4 puertas, categoría
automóvil, gasolina, color gris. Exp. Nº 03-000379-182-CI-4 ejecutivo prendario
de Corporación Automotora JR S. A. contra Ronald Eduardo Eduarte Carvajal.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José,
22 de febrero del 2006.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº
87526.—(17165).
A las nueve horas del cinco
de abril del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este
Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando colisión, según sumaria
04-21444-174-TR a la orden del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de San José, pero esta vez con la rebaja del veinticinco por ciento de
la base inicial, se el monto de cuatro mil cuarenta y cinco dólares con
cincuenta y ocho centavos o su equivalente en colones que deberán calcularse
conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al
momento de pago, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Chevrolet,
modelo 1998, estilo Blazer, 06 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 4300
centímetros cúbicos, chasis número 1GNCS 13WXWK144205, motor WK144205, color
verde, capacidad 5 pasajeros, placas número 305078. Se ordena el remate en
ejecutivo prendario N° 706-05 de Banco Banex S. A. contra Ramiro José Pozo
Valladares.—Juzgado Primero Civil, San José, 7
de febrero del 2006.—Lic. Guillermo Guilá A., Juez.—Nº
87531.—(17166).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y nueve mil novecientos noventa-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno Naranjo, cantón seis, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte sur y oeste: Resto Isaías Matamoros Morales; este: calle pública con un frente de doce metros ochenta y ocho centímetros lineales y al oeste, mide: doscientos treinta y cuatro metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Ana Patricia Sequeira Cortés, Junior Hernández Mejía expediente N° 06-000049-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de febrero del 2006.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—Nº 87385.—(17157).
A las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de setecientos treinta y tres mil veinte colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas SBJ-007684, marca Asia, estilo Topic J2, capacidad 15 personas, Categoría Transporte Colectivo Interurbano, Carrocería microbús, tracción sencilla, año 1993, color rojo, chasis KN2DAM881PK003585. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Servicentro Barrio el Molino Sociedad Anónima contra José Antonio Salazar Jiménez. Expediente Nº 06-000122-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de febrero del 2006.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 87388.—(17158).
A las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado por la suma de tres mil setecientos treinta y cinco dólares y con la base de ochocientos cincuenta mil doscientos cincuenta y cinco colones, al mejor postor remataré: Finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número doscientos ochenta y un mil doscientos veinticinco guión cero cero cuatro, que se describe como terreno para construir, sito en el distrito primero Quesada, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, lindante al norte, con Manuel Martínez Argüello y Eda Vargas Argüello; al sur, con Finca Roma S. A.; al este, con calle pública y al oeste, con Finca Roma Limitada, mide doscientos metros con seis decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Sonia Salas Rojas. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Paulino Brenes Montero contra Alba Virginia Salas Rojas y otros N° 03-100656-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 24 de enero del 2006.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—Nº 87400.—(17159).
A las trece horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré la finca del Partido de Puntarenas, Matrícula de Folio Real número once cuarenta y tres treinta y seis-cero cero cero, que es terreno con una casa, situado en el distrito primero (Jacó), cantón once (Garabito) de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Bernardo Loría Masís; al sur, con calle pública; al este, con lote 98, al oeste, con: lote 96. Mide: ciento veintinueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados propiedad de Uriel Jiménez Blanco. Lo anterior por haberse ordenado así en el Proceso Hipotecario N° 06-100005-425-1-CI, del Banco de Costa Rica en contra de Uriel Jiménez Blanco y Shirley Ramírez Azofeifa.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, 10 de febrero del 2006.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—Nº 87405.—(17160).
A las nueve horas con quince minutos del diecisiete de marzo de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones setecientos trece mil ochocientos treinta y uno con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cinco mil cuatrocientos once-cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Resto reservado a calle pública; al sur, Silvio Guzmán; al este, lote N° 227-F y al oeste lote 229-F. Mide: ciento setenta y nueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural CR-Canadá contra Rosibel María Saborío Alfaro, expediente N° 05-001413-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de enero del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—Nº 87407.—(17161).
A las ocho horas, treinta minutos del treinta de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando gravamen prendarios y con la base de cuatrocientos cuarenta mil colones, el vehículo marca Hyundai, placa cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta estilo Elantra, capacidad para cinco pasajeros, año mil novecientos noventa y uno, color verde, VIN K M H J F tres uno J P M U cero cinco dos nueve tres nueve, categoría automóvil, carrocería cuatro puertas, tracción sencilla, motor: G cuatro D J N tres cinco ocho cuatro seis seis. Se remata así por haber ordenado dentro del proceso ejecutivo prendario, número 05-001296-375-CI, establecido por Orlando Delgado Moreira en contra de Rafael Ángel Chaves Villalobos.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, 28 de setiembre del 2005.—Lic. Juan Carlos Ramírez Brenes, Juez.—Nº 87560.—(17167).
A las nueve horas del diecisiete de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con las anotaciones y limitaciones que constan en el Registro Nacional, sin sujeción a tipo de base, sáquese a remate el vehículo, placa número trescientos cincuenta y mil doscientos setenta, con prenda inscrita al tomo 0011, asiento 171238, secuencia 001, naturaleza vehículo marca Nissan, estilo: Sentra, carrocería, sedán dos puertas, combustible: gasolina, cabina sencilla, capacidad para cinco personas, cuatro cilindros, tracción sencilla, número de chasis JN uno PB uno dos S cinco FU uno siete uno cero tres seis, número de motor E uno seis seis cero dos dos seis seis, modelo: mil novecientos ochenta y cinco. Lo anterior por ordenarse así dentro del juicio ejecutivo prendario Nº 05-100071-0241-CI de Héctor Jiménez Madrigal contra Ovidio Rubí Montero.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago de Puriscal, a las trece horas, veinte minutos del primero de febrero del dos mil seis.—Lic. Mario Esquivel Monge, Juez.—Nº 87575.—(17168).
A las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportado servidumbre trasladada y con la base de cuatro millones ochocientos cuarenta mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno actualmente con una casa. Situada en el distrito cero tres, Buenos Aires, cantón siete Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote noventa y nueve; al sur, lote ciento uno; al este, Leonidas Vásquez; y al oeste, calle pública con nueve metros. Mide: doscientos siete metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Didier López Porras, Wilber Félix López Porras. Expediente Nº 05-001024-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de febrero del 2006.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—Nº 87596.—(17169).
A las nueve horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de diez millones trescientos cuatro mil siete colones con cincuenta y seis céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y un mil setecientos setenta y ocho-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa, lote veintidós bloque D. Situada en el distrito cinco Ipís, cantón ocho, Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda nueve con catorce metros de frente; al sur, lote veintiuno D; al este, avenida primera con nueve metros veintiún centímetros de frente y al oeste, lote veintitrés D. Mide: ciento treinta y tres metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Jéssica Gómez Coto, Will Roberto Sánchez Barquero. Expediente Nº 06-000036-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de febrero del 2006.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—Nº 87597.—(17170).
A las nueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de alero y con la base de diecinueve mil ciento noventa y dos Uds. (unidades de desarrollo), en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos cuarenta y cinco mil setenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno: Lote 483 con una casa. Sitio: distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 481; sur, parque 1856; este, lote 484, y oeste, pared medianera lote 482. Mide: ciento veintidós metros con ocho decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-021555-0170-CA del Banco Nacional de Costa Rica. contra Héctor Cubero Veliz, María Grisselle López Rivas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, San José, 26 de enero del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 87628.—(17171).
A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de diez mil ochocientos sesenta y un dólares, o su equivalente en colones el cual deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la moneda extranjera al momento de pago, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Nissan, modelo 1992, estilo Patrol, 6 cilindros, combustible diesel, cubicaje 4169 centímetros cúbicos, chasis Nº WRGY60118857, motor TD42072453, color azul, capacidad 7 pasajeros, placas Nº 331800. Se ordena el remate en expediente Nº 04-001739-0180-CI. Prendario de Corporación Motortec S. A., contra Yeli Víquez Rodríguez.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de enero del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(17232).
A las siete horas treinta y cinco minutos, del día treinta y uno de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado Penal de San Carlos, remataré con la base de seiscientos setenta y siete mil ciento seis colones netos, con un volumen total de ocho punto setenta y cinco metros cúbicos, para un total de cinco trozas de la especie corteza amarilla y ocho tablas de la misma especie; misma que se encuentra decomisada en la plaza de deportes de Sucre de Ciudad Quesada. Se remata por estar ordenado así en la comisión número 17-2-06, dentro de la causa número 06-200048-306-PE, que se instruyó por el delito de Infracción a la Ley Forestal, contra José Barquero Abarca en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de febrero del 2006.—Lic. Karol Vanessa Delgado Rivera, Jueza.—(17303).
A las siete horas treinta minutos, del día treinta y uno de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de San Carlos, remataré con la base de ciento diez mil cuatrocientos siete colones con treinta y siete céntimos, con un volumen total de dos punto sesenta y seis metros cúbicos, para un total de setenta y cuatro piezas de las especies gallinazo, Jobo y Guácimo; misma que se encuentran decomisadas en finca de Héctor Ampie Mejías en Quebradón de San José, de Úpala. Se remata por estar ordenado así en la comisión número 14-2-06, dentro de la causa número 06-000055-559-PE que se instruyó por el delito de Infracción a la Ley Forestal contra Héctor Ampie Mejías en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de febrero del 2006.—Lic. Karol Vanessa Delgado Rivera, Jueza.—(17304).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos, del veintiocho de marzo del dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones y colisiones a favor del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, según boleta N° 98324212, sumaria N° 99-601793-174-TC, demanda de tránsito al tomo N° 0009 asiento N° 195.426 y demanda del Instituto Nacional de Seguros al tomo N° 0009 asiento N° 239.114 y con la base de un millón seiscientos cinco mil doscientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas N° 178834, marca Daewoo, estilo Espero, capacidad 5 personas, año 1993, color gris, carrocería Sedán 4 puertas, categoría automóvil, combustible gasolina, cilindros 4, cilindrada 1998 c. c., chasis número KLAJF19K1PB706425, motor número C20LZ25125488. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 01-000882-0185-CI, ejecutivo prendario del Banco Elca S. A., contra Manuel Gerardo Salas Calderón.—Juzgado Sexto Civil de San José, 26 de enero del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(17305).
A las nueve horas del cinco de abril del dos mil seis, en la puerta exterior que ocupa este despacho remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones y con la base dada pero rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de dos millones ochocientos noventa y siete mil seiscientos setenta colones lo siguiente: Finca inscrita en la sección de propiedad, partido de Limón, matrícula número cero sesenta y un mil quinientos veintitrés-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir. Está situado en el distrito quinto Cairo, cantón tercero Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte Miguel Bermúdez Calvo; sur, Rolando Arce Fonseca; este, IDA, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-000543-0678-CI-3, establecido por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Claudio Padilla Oses y otros.—Juzgado de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón 31 de enero del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 87652.—(17390).
A las diez horas treinta minutos del cuatro de abril del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón novecientos setenta mil ochocientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección Propiedad, bajo sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil cuarenta y ocho-cero cero uno, que se describe así: terreno para construir con una casa. Sito en el distrito dos, cantón octavo de la provincia de San José. Mide: ciento sesenta y tres metros con dos decímetros cuadrados. Linderos: al norte, en medio línea férrea; sur, con calle B; este, con Ernesto Vargas y al oeste, con Carlos Volio. Dicho inmueble pertenece a Luis Diego Brenes Zúñiga. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Brenes Zúñiga y otros. Expediente Nº 01-100106-0386-CI (111-01-2).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 10 de febrero del 2006.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—Nº 87653.—(17391).
A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de trescientos siete mil ochocientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y un mil setecientos setenta y nueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 321. Situada en el distrito dos San Diego, cantón tres La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, resto del Banco Anglo Costarricense; al sur, lote 320 del Banco Anglo Costarricense; al este, vía pública y al oeste, resto del Banco Anglo Costarricense. Mide: noventa y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Claudia Langlois Halaza, Manuel Romero Mendoza. Expediente Nº 05-001836-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 87657.—(17392).
A las ocho horas del trece de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Hipotecario para la Vivienda, por la suma de doscientos veintidós mil colones y con la base de doscientos setenta y cuatro mil setecientos ochenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diez mil trescientos veintiséis, submatrícula cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa BO/ Lote 15. Situada en el distrito primero, San Miguel, cantón tres, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: norte, calle pública; sur, lote 14; este, INVU, y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Edgar Montero Álvarez, Shirley Alvarado Brenes. Expediente Nº 05-001838-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de enero del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 87658.—(17393).
A las dieciocho horas del veintisiete de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de ocho millones quinientos cincuenta mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil ochenta y seis-cero cero cero. Que es terreno: para construir con pastos y bosque. Situado: distrito tercero Horquetas, cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia. Linderos: norte, brazo del río Sucio; sur, varios parceleros del IDA; este, brazo del río Sucio, y oeste, calle pública con 381.59 metros de frente, Almacenes e Importaciones Golfitos S. A. y Germán Hidalgo. Mide: ciento sesenta y tres mil trescientos diez metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-007668-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Constructora Brumosa S. A.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de febrero del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 87659.—(17394).
A las ocho horas veinte minutos del quince de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones colisiones, boleta 2004012665, sumaria 04-013518-0495-TR del Juzgado de Tránsito de San Ramón y con la rebaja del veinticinco pro ciento de ley, sea la suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C-135117, marca Freightliner, estilo FL120064ST, año 1995, color azul, chasis 1FUYDZYB4SP721734, carrocería cabezal, tracción sencilla. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Harold Enrique Vega Carballo, Marco Vinicio Sánchez Segura, Miguel Ángel Sánchez Segura. Expediente Nº 04-008182-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 87660.—(17395).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales soportando servidumbre de aguas pluviales según citas 495-07840-01-0001-001 y servidumbre de aguas pluviales según citas 496-02860-01-0002-001 y con la base de cuatro millones ciento setenta y cuatro mil trece colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y un mil setecientos dieciocho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 3 E. Situada en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida 1 con un frente de nueve metros lineales; al sur, resto; al este, lote 4 E, y al oeste, lote 2 E. Mide: doscientos dieciocho metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Christian Miguel Espinoza Zapata, Erica Reyes Reyes. Expediente: 05-001625-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—Nº 87662.—(17396).
A las nueve horas del diecisiete de marzo del año dos mil cinco, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta y ocho mil doscientos treinta y un dólares, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cincuenta y siete mil ciento tres-cero cero cero. Que es terreno: lote diecinueve B terreno para construir de figura triangular con una casa de habitación. Situado: distrito cuatro Ángeles, cantón cinco San Rafael, de la provincia de Heredia. Linderos: noreste, Alameda con quince metros cincuenta y siete centímetros; sureste, lote veinte-C; suroeste, Élida Sánchez Acuña y Sobeida Bolaños. Mide: ciento treinta metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-004075-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Alexander Ramírez Brenes.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de febrero del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 87682.—(17397).
A las once horas y quince minutos del veintitrés de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil veintitrés colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: la acción número 7 correspondiente a la sociedad Teruca y Víctor S. A., con un valor fiscal de cien mil colones. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Francisco Piedra Cerdas contra Marvin Hernández Solano. Expediente Nº 05-001930-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de febrero del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 87701.—(17398).
A las ocho horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada según citas 327-07222-01-0901-054 y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, Partido de San José, matrícula 292446-000, que es terreno con una casa N 331-L, situado en el cantón Desamparados, distrito 01 Desamparados de la provincia de San José. Colinda al norte, con lote 319; al sur, con avenida 8 con 8 m de frente; al este, con lote 330 y al oeste, 332. Mide ciento cuarenta y siete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 2005-000224-0180-CI de Flor Herra Cartín contra Ronald Alberto Campos Villegas.—Juzgado Primero Civil de San José, 14 de febrero del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 87716.—(17399).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, Sección de Propiedad, matrícula número 519126-000, la cual es terreno para construir lote 75. Colinda: al norte, con lote 74 de la urbanización; al sur con lotes 76, 77, 78,79 y 80 de la Urbanización todos en parte; al este con calle pública con frente a ella de diez metros; y al oeste área comunal de la urbanización, facilidades comunales. Mide: quinientos veintiún metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Industria Feral S. A., contra Ana María Fallas Benito. Expediente Nº 05-001200-0181-6-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de febrero del 2006.—Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(17444).
A las diez horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando condiciones y sin más gravámenes, con la base de siete mil seiscientos cuarenta y seis dólares moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor pastor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula Nº 70409-000, que es terreno de frutales, cacao, con tres casas de habitación, situado en el distrito dos, cantón dos, de la provincia de Limón, que mide: mil ochenta y tres metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, y linda: al norte, con María Teresa León Cordero; al sur, con Miguel León Cordero; al este, con Miguel León Cordero, y al oeste, con calle pública. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, Nº 06-100027-0468-CI, de: Grettel Ivannia Berrocal Fonseca contra: María de los Ángeles León Cordero.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de febrero del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 87725.—(17609).
A las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas, restricciones, prohibiciones y sin más gravámenes, y con la rebaja del veinticinco por ciento sobre la base primitiva sea la suma de cuatro millones ciento veinticinco mil colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula Nº 56361-000, que es terreno de jardín con una casa, situado en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón, que mide: cuatrocientos dieciocho metros con noventa y un decímetros cuadrados, y linda: al norte, con Cecilia Jiménez y Alicia Sánchez; al sur, con calle pública; al este, con María Lidia Marín Aguilar, y al oeste, con Blanca Salazar Castro. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, Nº 04-100475-0468CI, de: Esparzatirro Doce Limitada contra: Carlos Alberto Sánchez Salazar.—Juzgado Civil de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 20 de enero del 2006.—Lic. Damaris Acuña Fernández, Jueza.—Nº 87726.—(17610).
A las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento catorce millones ciento cincuenta y un mil trescientos treinta y dos colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de San José, matrícula Nº 13287-000, situada en distrito dos Merced, cantón uno San José. Linderos: norte, con Amalia Saborío; sur, Municipalidad de San José, es decir Avenida Central o Hernán Guell; al este, con Enrique Boruchowing Schiffman, y al oeste, con Antonio. Lo anterior por haberse ordenado así en fijación de alquiler Nº 1998-000672-221-CI de Herbor Limitada contra Suc. Emilio San Gil.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 17 de febrero del 2006.—Lic. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza.—Nº 87769.—(17611).
A las diez horas del veinte de abril de dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base rebajada en un 25% por ser el segundo remate sea la suma de doscientos veinticinco mil colones cada uno, sáquese a pública subasta lo siguiente: 1) el vehículo placas SR cero cero tres mil doscientos ochenta y cinco, marca Trailmobile, color blanco, combustible desconocido, modelo 1976, motor número desconocido, chasis número N93414, carrocería furgón; y 2) vehículo placas S cero cero cinco mil novecientos catorce, marca Great Dane, Estilo Desco, color blanco, combustible desconocido, modelo 1980, motor número Desco, chasis Nº104373, carrocería furgón, ambos son propiedad de Transportes Manuel Alpízar Méndez Transman S. A. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo prendario Nº 04-100632-0188-CI (655-04-Y-4) establecido por Coopealianza R. L. contra propiedad de Transman S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 16 de febrero del 2006.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 87787.—(17612).
A las nueve horas y quince minutos del veintiocho de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cuatro millones seiscientos quince mil novecientos veintitrés con 65/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 089.351-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle con 8 m; al sur, Hacienda Agua Caliente S. A.; al este, Carlos Luis Campos, y al oeste, Hacienda Agua Caliente S. A. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Olga Cecilia González Mata. Expediente Nº 05-002089-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de enero del 2006.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 87794.—(17613).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando plazo de convalidación, inscrito al Tomo 533, Asiento 12487; y con la base de cuatro millones de colones al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número cuarenta y un mil trescientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es solar inculto con una casa, situada en el distrito cero tres Hospital, cantón cero uno San José, de la provincia de San José, colinda: al norte, con sucesión de Cesáreo García, al sur, con avenida catorce con cinco punto cero dos metros, al este, con sucesión de Cesáreo García, y al oeste, con Juan Monge. Mide: ciento doce metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Roberto Calderón Piedra contra Alberto del Carmen Sequeira Sequeira. Expediente Nº 05-001588-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 26 de enero del 2006.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 87860.—(17614).
A las nueve horas y cero minutos, del veintiocho de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado, por la suma de noventa y ocho mil dólares y servidumbres de paso y trasladada, con la base de veintisiete mil cuatrocientos setenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-36341-000, la cual tiene una naturaleza: finca filial primaria individualizada número veinte terreno apto para construir que se destinarán a uso habitacional y que tendrán una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3 Pozos, cantón 9 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, acceso vehicular con frente de diez metros; al sur, Arnoldo Ruiz Solórzano; al este, finca filial primaria individualizada número veintiuno y al oeste, finca filial primaria individualizada número diecinueve. Mide: doscientos treinta metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Sergio Vega Solano contra Donald Gregorio Zúñiga Rodríguez. Expediente Nº 06-000037-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de enero del 2006.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 87869.—(17615).
A las ocho horas y veinte minutos, del veinticuatro de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando medianería bajo las citas 331-07316-01-0929-001 y reservas y restricciones al tomo 331, asiento 07316 y con la base de dos millones ochocientos catorce mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos ochenta y nueve mil setecientos cinco-cero cero cero. Que es terreno: para construir con una casa. Sito: distrito cinco Ipis, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 746; sur, lote 744; este, alameda La Granadilla, y oeste, lote 723. Mide: ciento trece metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 98-016125-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Freddy Sandí Brenes.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de febrero del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 87885.—(17616).
A las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de mayo del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-Con la base de quinientos mil colones el vehículo placas 441561, marca Hyundai, estilo Elantra, año 1993, color gris. 2- Con la base de setecientos mil colones el vehículo placas CL 187167, marca Dodge, estilo Ran 50 Sport, año 1988, color rojo. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Jesús Soto Rodríguez contra Bonieth Picado Arroyo. Expediente Nº 05-002852-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de febrero del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—(17679).
A las diez horas del dieciocho de abril del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones setecientos noventa mil colones en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero ochenta mil novecientos cuarenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir; sito en el distrito uno de Matina, cantón quinto de Matina; linda al norte, con Rafael Araya; sur, calle pública; este, Rafael Araya, y oeste, calle pública. Mide: doscientos cincuenta metros con un decímetro cuadrado. Proporción medida. Lo anterior se subasta dentro del proceso ejecutivo hipotecario de MUCAP contra Lilliam Sánchez Castro. Expediente Nº 06-100087-473-CI-D.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 14 de febrero del 2006.—Lic. Mario García Araya, Juez.—(17684).
A las ocho horas del lunes tres de abril del dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas, sobre la base de ciento noventa y un mil ochenta y cuatro colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: veintisiete piezas de la especie Cristóbal con un volumen de 0.648 metros cúbicos, valorados en ciento cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y cuatro colones y 16 piezas de Bálsamo con un volumen de 0.181 metros cúbicos valorados en cuarenta y un mil setecientos veinte colones; producto forestal que se encuentra en custodia en los patios del MINAE de San Vito, Coto Brus. Por haberse ordenado así en la resolución de las catorce horas con diez minutos del veinte de febrero dos mil seis, dentro de la causa penal Nº 06-000052-636-PE (Comisión Penal Nº 10-06-1 E) por infracción a la Ley Forestal, contra Elvis Mauricio Lacayo Bonilla, en perjuicio de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas.—Lic. Flor María Jiménez Vindas, Jueza.—(17734).
A las dieciocho horas con veinte minutos del diecisiete de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de un millón novecientos treinta y tres mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y siete mil seiscientos setenta y seis cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 6. Situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 31; al sur, calle E con 08 metros; al este, lote 7, y al oeste, lote 5. Mide: ciento treinta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados, proporción medida 00 cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mario Alberto Alfaro Astúa, Mauren Patricia Gómez Delgado. Expediente Nº 02-000656-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2006.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(17876).
A las nueve horas quince minutos del catorce de marzo del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de un millón trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y cinco colones veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº 597233, con las siguientes características: marca Honda, estilo Civic, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie JHMEG8541 SS004656, año 1995, carrocería sedán 4 puertas, color azul, tracción sencilla, N° motor D 15B7/4304766, cilindrada 1500 c.c., cilindros 4, combustible gasolina. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso prendario N° 05-001659-183-CI-5 de FFSV Farsuva S. A. contra Giselle Rodríguez Brenes.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de enero del 2006.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(17916).
Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Orlando Cubillo López, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Naranjal de Puriscal, cédula de identidad Nº 1-511-279, a una junta que se verificará en este Despacho a las ocho horas, treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil seis, a efecto de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil, expediente Nº 02-100173-0197-CI de Orlando Cubillo López.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Jueza.—1 vez.—Nº 86525.—(15711).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Martín Gómez Vallejos, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil seis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 99-100020-0336-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de febrero del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 87528.—(17175).
Se convoca a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Oldemar Romero Vargas, quien fuera mayor de edad, casado una vez, locutor, vecino de Quebradas de Pérez Zeledón, cédula 1-382-796, a fin de que comparezcan a este despacho a las ocho horas treinta minutos del tres de abril del año dos mil seis, a fin de conocer los extremos previstos en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 02-100001-188-CI (interno 01-2002 Y1) sucesión de Oldemar Romero Vargas.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 9 de febrero del 2006.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Nº 87636.—(17400).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Alejandro Arce Quirós, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas del quince de marzo del dos mil seis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 03-000848-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de febrero del 2006.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 87770.—(17618).
Francisco Noel Rojas Araya, cédula número uno-quinientos cuarenta y cinco-trescientos treinta y uno, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Santiago de San Pedro de Pérez Zeledón, cien metros al norte de la escuela, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que corresponde al plano catastrado número SJ-990849-2005, de fecha 28 de abril del 2005, a nombre de Noel Francisco Rojas Araya, es terreno de repastos y montaña, con una casa de habitación construida en madera. Sito en distrito quinto, San Pedro, del cantón diecinueve de la provincia de San José, y tiene los siguientes linderos: norte, Romay Arias Sánchez y en parte río San Juan; sur, Segundo Estrada Granados, hoy fallecido y en su lugar está Ramón Estrada; este, Mirna Arias Sánchez, y en medio servidumbre de uso agrícola con un frente a ella de setecientos cuarenta y siete metros con cuarenta y cuatro decímetros lineales, la cual mide siete metros de ancho, y al oeste; Segundo Estrada, hoy fallecido y en su lugar su hijo Ramón Estrada y en parte río San Juan. Mide: veinticuatro hectáreas cuatro mil doscientos noventa y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. La finca la obtuvo el promovente por donación verbal que le hizo su suegro Romaín Arias Monge, hoy fallecido, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de su mismo vecindario hace aproximadamente doce años desde entonces la ha poseído en forma quieta, pública, pacífica y continua de buena fe, en forma ininterrumpida y a título de dueño. Sobre el inmueble no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Información posesoria Nº 05-16053-188-AG (Int. Nº 98-05-M3), promueve Francisco Noel Rojas Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 13 de agosto del 2005.—Lic. Mario Rosales Vargas, Juez.—Nº 87067.—(16521).
2 v. 1.
Lilliana Esquivel Villegas, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Ramón, Peñas Blancas, El Castillo, tres kilómetros al oeste del centro, cédula de identidad número dos-cuatrocientos sesenta-cuatrocientos dieciocho, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra venta que le hiciera al señor Orlando Arias Barrantes, mayor, soltero, operario, vecino de San Ramón, los Ángeles, Bajo Rodríguez, 100 metros al norte del salón La Central, cédula de identidad número dos-trescientos seis-cero treinta, el 17 de febrero del 2004. Dicho inmueble se describe así: terreno para construir, sito en distrito octavo, Los Ángeles, del cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Mide: quinientos dieciocho metros cuadrados. Linderos: norte, calle pública en un frente de dieciséis metros lineales; sur, Francisco Arias Barrantes; este, Pedro Esquivel Molina, y oeste, Francisco Arias Barrantes, según plano catastrado Nº A-462658-1998, de fecha 9 de enero de 1998. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales, y fue estimado en la suma de quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Lilliana Esquivel Villegas. Expediente Nº 05-100936-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de enero del 2006.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—Nº 86477.—(15709).
Víctor Páez Sáenz, mayor, casado, profesor, vecino de San Miguel de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número uno-trescientos treinta y dos-cuatrocientos cuarenta, solicita se levante información posesoria, y se ordene inscribir a su nombre la finca que el pertenece por compra que le hiciera al señor Rafel Ángel Soto Muñoz, quien es mayor, casado, empleado industrial, vecino de Paso Ancho, cédula número dos-doscientos nueve-quinientos cuarenta y ocho, con quien no le liga parentezco alguno, el día diecisiete de diciembre de mil novecientos setenta y tres, y que se describe así: terreno de cultivos agrícolas de maíz, yuca y hortalizas, con una casa de habitación, de regular estado de madera. Sito en el distrito segundo Florencia, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, plaza de deportes; al este, calle pública con un frente a ella de veintiocho metros cuarenta centímetros lineales; al sur, Elive Murillo Alfaro, y al oeste, Óscar Arias Pérez. Mide: setecientos ochenta y seis metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños. El terreno fue estimado en la suma de quinientos mil colones. Se aportó el plano catastrado número A-ciento noventa y tres mil ochocientos veintiuno-setenta y tres, de fecha treinta de octubre del mil novecientos setenta y tres. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada se le concede el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Víctor Páez Sáenz. Expediente Nº 97-000226-298-AG, consecutivo interno Nº 525-99.—Juzgado Civil y de Trabajo de San Carlos, Ciudad Quesada, 31 de mayo de 1999.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—(15720).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 05-000201-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mario de la Trinidad Castro Rodríguez, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino del Güísaro de Atenas, de la Casa Pastora1, 300 metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-324-388, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Naturaleza sembrado de caña de azúcar. Situado en el distrito primero, cantón quinto, Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mario Castro Rodríguez, Ernesto Castro Rodríguez, y servidumbre de paso con un frente de siete metros lineales; al sur, Rodolfo Castro Rodríguez; al este, Ernesto Castro Rodríguez, y al oeste, Daniel Castro Rodríguez. Mide: dos mil doscientos noventa y nueve metros cuadrados, con setenta decímetros. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de Nicanor Castro Vega el 15 de marzo de 1980, y hasta la fecha lo ha mantenido, en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra caña de azúcar, hacer los desagües, y conservación de los mismos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mario de la Trinidad Castro Rodríguez. Expediente Nº 05-000201-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de enero del 2006.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 86997.—(16519).
Mirna Arias Sánchez, cédula 1-756-469, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Finca del partido de San José, sita en distrito quinto, San Pedro, del cantón diecinueve, Pérez Zeledón. Es terreno de de repastos y montañas. Colindantes: norte, Romay Arias Sánchez; sur, Segundo Estrada Granados; este, Segundo Estrada Granados, y al oeste, Noel Rojas Araya y servidumbre de uso agrícola con un frente lineal de setecientos cincuenta y cinco metros con veinticinco centímetros. Mide: veinticuatro hectáreas, siete mil doscientos sesenta y dos metros con treinta y dos decímetros cuadrados, según plano SJ-990848-2005, de fecha 28 de mayo del 2005. La finca la adquirió del señor Romain Arias Monge, hoy fallecido, por medio de donación verbal, desde la cual ha continuado poseyendo el terreno en cuestión en forma única y a título de dueño único y exclusivo ejerciendo todos los actos de posesión. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente Nº 05-160053-188-AG (Interno 97-05 M2).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 10 de octubre del 2005.—Lic. Mario Montoya Murillo, Juez.—1 vez.—Nº 87066.—(16520).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 00-001955-0504-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Cecilia González Chaves, quien es mayor, estado civil casada una vez, ama de casa, vecina de Buenavista de Barva de Heredia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cuatro-ciento uno-doscientos veintiuno, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir con tres casas. Situada en el distrito tercero San Pablo, cantón segundo Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Juan Féliz, Rafael Ángel, Freddy y Alberto todos de apellidos Díaz Bonilla; al sur, Gerardo Bonilla Cordero; al este, calle pública con treinta y siete punto noventa y siete metros de frente, y al oeste, Miguel, Antonio y Guiselle todos Alfaro Romero. Mide: cuatrocientos cuarenta y cinco punto cero siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en tener el bien a título de dueño. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Cecilia González Chaves. Expediente Nº 00-001955-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 17 de setiembre del 2001.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 87136.—(16522).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Otis Pilfords Gibson Thompson, quien fue mayor, viudo, vecino de Limón, titular de la cédula de identidad siete-cero cero quince-quinientos diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 04-160190-465-AG (219-1-04) de Otis Pilfords Gibson Thompson.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de mayo del 2005.—Lic. Walter Ávila Quirós, Juez.—Nº 86396.—(15383).
2 v. 1.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 894 del Código Procesal Civil, se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados de la sucesión de quien en vida se llamó José Canuto Sandoval Sandoval, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número 5-0068-0228; para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a este despacho judicial a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en dicho plazo, la misma pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de José Canuto Sandoval Sandoval. Expediente Nº 04-700050-401-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, Guanacaste, 1º de febrero del 2006.—Lic. Fernando Paniagua Mendoza, Juez.—1 vez.—(15301).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de Gregorio Matamoros Villegas quien fue divorciado una vez, jornalero, vecino de San Francisco de Heredia, con cédula uno-cero noventa y siete-cuatro mil setecientos dieciocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2006-004. Sucesorio notarial de Gregorio Matamoros Villegas. Bufete de Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Heredia, 100 metros al sur y 25 metros al este del Banco de Costa Rica, calles uno y tres, avenida ocho.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Notario.—1 vez.—(15305).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Juliana Cabalceta Matarrita, quien fuera mayor de edad, casada una vez, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, sito cuatrocientos metros al sur del Estadio Cacique Diriá, con cédula de identidad cinco-cero veintiséis-seis mil ochocientos cincuenta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-100085-0400-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Santa Cruz, 16 de junio del 2005.—Lic. Edgar Jesús Leal Gómez, Juez.—1 vez.—Nº 53118.—(15321).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Henry Murray Charles, quien fuera mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Heredia centro, cédula de residencia C R cinco nueve cero cero uno tres tres seis cero, pasaporte de Estados Unidos número uno uno cinco uno cero cero seis siete seis tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-002644-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de febrero del 2006.—Lic. Deyanira Martínez Bolívar, Jueza.—1 vez.—Nº 86395.—(15382).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Franklin Alpízar Rojas, quien fuera mayor, soltero, chofer, vecino de San Juan de Tibás, cédula de identidad uno-doscientos sesenta y cuatro-doscientos noventa y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 03-001171-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de febrero del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—(15393).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Manuel Elizondo Mora, quien fuera mayor, soltero portador de la cédula de identidad N° 1-238-668, vecino de Finca Dos, Valle de la Estrella, contiguo al Salón Comunal de Finca Dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100308-390-CI-A.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de febrero del 2006.—Lic. Mario García Araya, Juez.—1 vez.—(15435).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Gilberto Zumbado Valverde, mayor, soltero, comerciante de mariscos, vecino de Puntarenas, cédula número seis-ciento cuarenta y ocho-ciento sesenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se apersonan en ese plazo la herencia pasara a quien corresponda en derecho. Sucesorio 05-100772-642-CI. Gilberto Zumbado Valverde.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—(15489).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Garro Piedra, quien fuera mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de San Isidro de El General, de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad Nº 1-337-080, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100048-188-CI (Interno 51-06-M-4).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 9 de febrero del 2006.—Lic. Mario Montoya Murillo, Juez.—1 vez.—Nº 86454.—(15710).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Amable Gladys Molina Rojas, quien fue mayor, divorciada, costarricense, vecina de Pavas, cédula de identidad Nº 1-112-181, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Amable Gladys Molina Rojas. Expediente Nº 05-100151-257-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de febrero del 2006.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—1 vez.—Nº 86541.—(15712).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Mario Francisco Maroto Rojas, quien fuera divorciado dos veces, en vida en unión libre, pensionado, cédula Nº 1-527-215. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000140-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de febrero del 2006.—Lic. Johnny Ramírez. Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 86555.—(15713).
La suscrita, Mayra Centeno Mejía, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, de conformidad con lo dispuesto en los artículos novecientos cuarenta y cinco y siguientes del Código Procesal Civil y Código Notarial, artículo ciento veintinueve, procedo a publicar las siguientes manifestaciones, para que dentro de los treinta días, siguientes a esta publicación, concurran los interesados a hacer valer sus derechos y para lo cual se les cita a partir de hoy y para una sola vez: Ante mí, compareció Juan Bautista Aguilar Alvarado, cédula número uno-ciento ochenta y cuatro-setecientos treinta y dos, en su condición de heredero legítimo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos novecientos cuarenta y cinco siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, y artículo ciento veintinueve del Código Notarial, solicitando se dé inicio a la tramitación del proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue su esposa Estrella Cerdas Morales, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de Hatillo Cuatro, de la Taquería Costa Rica, cincuenta metros norte y setenta y cinco este, casa ciento noventa y dos, cédula número uno-ciento sesenta y nueve-ochocientos cuarenta y uno, según consta del Registro Civil, Sección Defunción de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos sesenta y cinco, folio doscientos noventa, asiento quinientos setenta y nueve, y por no existir controversia, menores de edad, ni incapaces, se de trámite al mismo, ante la suscrita notaria, con la correspondiente aceptación de la herencia por parte del heredero. Se aporta el respectivo certificado de defunción, de nacimiento y matrimonio y para los efectos de ley solicita se publique el correspondiente aviso en el Boletín Judicial. Que de común acuerdo se nombra como albacea al cónyuge sobreviviente, de calidades arriba indicadas, quien acepta el cargo y jura cumplirlo fielmente. La suscrita deja constancia que se formó el expediente que manda la Ley.—San José, quince de febrero del dos mil seis.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 86573.—(15714).
Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio Nº 05-100136-0216-CI, de Rafaela Ortiz Ortiz, quien en vida fue mayor, costarricense, casada una vez, pensionada, vecina de Hatillo, cédula de identidad Nº 6-096-132, para que dentro del mismo se apersonen ante este juzgado, con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y Civil de Menor Cuantía de Hatillo, 6 de febrero del 2006.—Lic. Víctor Manuel Lizano Campos, Juez.—1 vez.—Nº 86663.—(15715).
Se cita a todos los presuntos herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Olman Eduarte Campos, mayor de edad, casado una vez, inspector del MOPT, cédula número nueve-cero veintidós-cero treinta y seis, cuyo último domicilio fue Dulce Nombre de La Garita, seiscientos metros oeste del zoológico de aves, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada ochocientos metros noreste, cien metros este y setenta y cinco metros norte del Estadio Alejandro Morera Soto, a reclamar sus derechos y se apersonen los que crean tener calidad de herederos, apercibidos que si no lo hicieren dentro del plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Consultorio Jurídico Magisterial. Expediente Nº 0001-2006.—Alajuela, trece de febrero del dos mil seis.—Lic. Luis Guillermo Cornejo Rojas, Notario.—1 vez.—(15735).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elizabeth Fioravanti Villalobos, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Tibás, cédula de identidad número uno-doscientos cincuenta y seis-cero cincuenta, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2006-0220-001-SN. Notaría del Lic. Carlos Salazar Velásquez, notario público. El original fue retirado por Elizabeth de Jesús García Fioravanti, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de febrero del dos mil seis.—Lic. Carlos Salazar Velásquez, Notario.—1 vez.—(15760).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Clemente Jesús Alfaro Jiménez, quien fuera mayor, soltero en unión libre, empleado de Metalmecánica Coopemontecillos, cédula de identidad número dos-cuatrocientos treinta y ocho-quinientos ochenta y nueve, vecino de El Coco, Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000044-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de febrero del 2006.—Lic. Dunia Loría Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(15762).
Se cita y emplaza a todos los interesado en la sucesión de Leandro Chavarría Chavarría mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Blas de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, doscientos metros al sur de la Iglesia Católica, con cédula de identidad número cinco-uno uno nueve- cuatro nueve nueve, fallecido el día catorce de noviembre del año dos mil cinco, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2006-0001. Notaría del Lic. Luis Diego Quesada Araya.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—(15827).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Barboza Tenorio, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad Nº 1-181-085. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-000350-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2006.—Lic. José Francisco Rivera Meza, Juez.—1 vez.—Nº 86686.—(15898).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen Zaida Chaves Zúñiga, quien fue mayor, casada una vez, oficios del hogar, cédula número nueve-cero cero cero uno-ochocientos dieciséis, vecina de Zapote, cien oeste, doscientos sur y veinticinco al este del Itan para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero dos-dos mil seis. Notaria del Lic. Arnoldo Solano Rodríguez y Lizeth Martínez Sánchez.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez y Lizeth Martínez Sánchez, Notarios.—1 vez.—Nº 86693.—(15899).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Vivero Navarrete, quien fue mayor, casado una vez, empresario, ciudadano ecuatoriano con residencia en Costa Rica número cuatrocientos treinta cinco nueve ocho uno dos-noventa y tres, vecino de San Pedro de Montes de Oca, del Mas por Menos ciento cincuenta metros al norte, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero cero tres-dos mil seis. Notaria del Lic. Arnoldo Solano Rodríguez y Lizeth Martínez Sánchez.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez y Lizeth Martínez Sánchez, Notarios.—1 vez.—Nº 86694.—(15900).
En esta notaria, por solicitud de Gilda Mora Lobo, cédula Nº 2-372-015, se abre la sucesión de quien fue Salvador Mora Chaves, quien fue mayor, agricultor, vecino de San Ramón, cédula Nº 2-117-455, se cita y se emplaza a todos los interesados, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho una calidad de herederos, que si no se presenta dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 123-06 pudiéndose apersonarse en mi oficina en San José, avenida 6, calles 21 y 25, casa 2194.—Lic. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 86710.—(15901).
En esta notaría, por solicitud de Luis Acuña Arguedas cédula Nº 1-462-702 se abre la sucesión de quien fue María Arguedas Méndez, quien fue mayor, casada, vecina de Heredia, cédula 1-207-247, se cita y se emplaza a todos los interesados, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho una calidad de herederos, que si no se presenta dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 122-06 pudiéndose apersonarse en mi oficina en San José, avenida 6, calles 21 y 25, casa 2194.—Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 86711.—(15902).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Noel Antonio Cruz Rodríguez, mayor, casado, administrador de empresas, cédula de residencia número doscientos setenta-ciento cuarenta y siete mil trescientos ochenta y cinco cero ochenta y un mil setecientos nueve, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados y es gestionado por Silvia Cruz Rodríguez, quien es mayor, cédula de residencia número dos siete cero uno siete nueve dos tres siete uno cero tres ocho uno uno, quien también funge como albacea provisional. Se emplaza a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100286-0237-CI (309-2-05).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 10 de febrero del 2006.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(15908).
Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión del señor Rafael Ángel Madrigal Rojas, quien fue mayor de edad, casado dos veces, carpintero, vecino de Paraíso y portó la cédula de identidad Nº 3-0127-0254, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante Despacho, a hacer valer sus derechos y se apercibe, a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de dicho término aquella pasará a quien corresponda. (Exp. Nº 05-001841-0346-CI. (124-3-05). Juicio sucesorio de Rafael Ángel Madrigal Rojas.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Paraíso, 28 de noviembre del 2005.—Lic. Jorge A. Guillén Solano, Juez.—1 vez.—Nº 86900.—(16182).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Carlos Luis Marín Moya, cédula 3-115-004, quien en vida fue soltero, agricultor y vecino del Hogar de Guácimo, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda, expediente 0002-2006. Notaría. Odily Cubero Monge, situada en Guácimo, Limón diagonal Banco Nacional.—Lic. Odile Cubero Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 86901.—(16183).
Se hace saber: que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Bertilia Gamboa Valverde y Carlos María Badilla Brizuela, quienes fueran mayores, casados, vecinos de Guadalupe, cédula de identidad 3-172-212 y 3-081-599 respectivamente. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-000512-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de febrero del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 86911.—(16184).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Javier Bernardo Valverde Portuguez, quien fuera mayor, soltero, oficinista, cédula Nº 3-334-442, vecino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000010-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de febrero del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 86912.—(16185).
Roberto Antonio Sobrado Zamora, notario público con oficina en Esparza, trescientos este de la torre de celulares del ICE, carné nueve mil setecientos noventa y cuatro, hago conocimiento público que la sucesión de quien en vida fue Isidro Ángulo Flores, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula uno-ciento ochenta y seis-cuatrocientos treinta y siete, se ha solicitado tramitar en mi notaría, por lo que cito y emplazo a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran hacer valer sus derechos. Todo conforme lo dispuesto en el artículo novecientos veintitrés del Código Procesal Civil. Albacea Damaris Ángulo Campos, cédula seis- ciento nueve-cero noventa y tres.—Esparza, veintiséis de enero del dos mil seis.—Lic. Roberto Antonio Sobrado Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 86920.—(16186).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Álvaro Chaves Lobo, quien fue casado una vez, comerciante, cédula de identidad número uno-trescientos once-doscientos cincuenta, vecino de San Francisco de Heredia, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero cinco-dos mil seis. San José, dieciséis de febrero del dos mil seis. Notaria: Rose Mary Zúñiga Ramírez, Rohrmoser, San José, de la Iglesia Loreto cien metros al norte y cincuenta al este, casa número cien.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—(16331).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Fernando Zumbado Berry, quien fuera mayor, casado dos veces, vecino de Moravia, cédula de identidad número 01-0214-0496. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-001510-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 86996.—(16523).
Lic.
Betty Arrieta Barrantes, Jueza de Familia de San Carlos, se le hace saber que
en Proceso de Depósito Judicial de Menor, expediente número 05-400469-300-FA
(NI. 477 05) incoado por el PANI de Los Chiles: se dictó la resolución que
literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela. Ciudad Quesada a las trece horas cuarenta minutos del catorce de
julio del año dos mil cinco. Del presente proceso de Depósito Judicial del
menor Henry Díaz Paz promovido por el Patronato Nacional de la Infancia del
cual se le confiere audiencia por el plazo de tres días a su madre María
Magdalena Díaz Paz, para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca las
pruebas de descargo, si es del caso. Se le previene a la madre registral que
debe señalar lugar dentro del perímetro Judicial de esta Ciudad en donde
atender sus notificaciones, bajo apercibimiento de que se así no lo hicieren, o
si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las
resoluciones que se dicten posteriormente se les tendrán por notificadas con el
solo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. (Artículo 185 del
Código Procesal Civil). Notifíquese esta resolución a María Magdalena Díaz Paz,
previo a ello, se debe nombrar curador, para lo cual expídase oficio a
defensores públicos para que sirvan nombrar profesional de la presente. A la
Procuraduría General de la República por medio de la Oficina Centralizada de
Notificaciones y Citaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San
José. Con base en los numérales 262 y 263 del Código Procesal Civil, se ordena
la publicación del edicto de ley quedando el mismo a la orden del ente promovente
para su publicación. Notifíquese.—Juzgado
Penal Juvenil y de Familia de San
Carlos.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—(Solicitud
Nº 24647-PANI).—C-8980.—(13102).
3.v. 3.
José
Joaquín Murillo Montero, Notificador del Juzgado de Familia de Grecia, a Verónica
Alfaro Vargas. Hace saber que en proceso de Depósito Judicial de Menor,
05-400616-687-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, contra
Verónica Alfaro Vargas, está la resolución que literalmente dice: Juzgado de
Grecia, a las ocho horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil
cinco. Acerca del anterior Proceso de Solicitud de Depósito Judicial de Menor,
establecido por Patronato Nacional de la Infancia, representada por la
licenciada Carmen Lidia Durán Acuña, se le confiere audiencia por tres días a
la madre del menor, señora Verónica Alfaro Vargas, al Patronato Nacional de la
Infancia, a quienes se les emplaza para que dentro de ese término se opongan o
manifiesten su conformidad y podrá ofrecer o interponer las excepciones previas
y de fondo y la prueba que consideren pertinente. Asimismo, se le previene que
en el acto de ser notificada o separadamente por escrito, deberá señalar cosa u
oficina dentro del perímetro judicial de esta ciudad, donde atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones que se dicten posteriormente, se le tendrán por notificadas en el
transcurso de veinticuatro horas, e igual efecto se producirá si el lugar
señalado fuere incierto, impreciso o si ya no existiere. Para notificar a la
demandada Verónica Alfaro Vargas, por medio de edicto, que se publicará en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen dentro del plazo de tres días, que se contarán a
partir de la publicación en el Boletín Judicial. Téngase como parte en
este asunto a la Procuraduría General de la República, a quien se le notificará
esta resolución a la Procuraduría por medio de atento mandamiento a la Oficina
Centralizada de Notificaciones y Citaciones del Primer Circuito de San José.
Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia.—Lic. Xenia Vargas Bastos, Jueza.—José
Joaquín Murillo Montero, Notificador.—(Solicitud Nº 24647).—C-10360.—(13103).
3 v. 3.
En este Juzgado se
tramitan Diligencias de Depósito Judicial de la Menor Kimberly Jennifer Wilson
Allen, hija de Johnny Wilson Hooker e Inés Allen Ducan, promovidas por Delroy
Winston Adden Stone y Joan Pearlina Pinnock Campbell. Quien tenga alguna objeción
al depósito solicitado, deberá formularla dentro del término de treinta días,
contados a partir de la última publicación de este edicto. La custodia
provisional de la referida menor le fue otorgada a
Delroy Winston Adden Stone y Joan Pearlina Pinnok Campbell. Expediente Nº
05-400788-464-FA (4).—Juzgado Penal Juvenil y de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 9 de noviembre
del 2005.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—(Solicitud
Nº 24647).—C-4150.—(13104).
3 .v. 3.
Se convoca por medio de
edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas
que tuvieren derecho a la tutela testamentaria de las personas menores
Marianela, José Fabián, Valeria María todos Aguilar Sánchez, ya por haber sido
nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se
presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de
publicación del último edicto. Expediente Nº 05-001826-165-FA.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
octubre del 2005.—Lic. Ana Ma. Trejos Z., Jueza.—(13931).
3 v. 3..
En este despacho se tramitó el proceso de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de ausencia de Marcos Marcelino Díaz Díaz, y en él recayó el fallo que en lo conducente declara: “Sentencia de primera instancia Nº 4-05.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, a las quince horas cuarenta minutos del veinte de enero del dos mil cinco. Diligencias de declaratoria de ausencia de Marcos Marcelino Díaz Díaz promovidas por Zulay Camacho Arroyo, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Aserrí, cédula de identidad Nº 1-432-396. Se confirió intervención a la Procuraduría General de la República. Resultando: 1º—La promovente Zulay Camacho Arroyo, solicita se declare la ausencia de su esposo Marcos Marcelino Díaz Díaz, mayor, casado una vez, peón de construcción, de domicilio ignorado, cédula de identidad Nº 6-083-405, ya que tiene aproximadamente treinta años que se ausentó del hogar, sin que tenga noticias de él, siendo que el mismo no dejó apoderado alguno que lo representara. Considerando: I.—Hechos probados: (…); Por tanto: de conformidad con lo expuesto artículo 71 siguientes y concordantes del Código Civil y artículos 871 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil. Se aprueban las presentes diligencias promovidas por Zulay Camacho Arroyo. En consecuencia, se declara ausente a Marcos Marcelino Díaz Díaz, con todas las consecuencias de Ley. Por no constar la existencia de bienes a nombre del ausente, resulta innecesario pronunciamiento en cuanto a administración alguna. Publíquese esta declaración de ausencia por tres veces en el Boletín Judicial con intervalos de quince días, así como en los otros medios de comunicación colectiva que indica el inciso primero del artículo 872 del Código Procesal Civil. Lic. Ricardo E. Barrantes López, Juez”. Expídase bis del edicto. Expediente Nº 03-100477-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 19 de enero del 2006.—Lic. Carlos Andrés D’Alolio Jiménez, Juez.—Nº 82091.—(8551).
3 v. 2. Alt.
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el proceso de Declaratoria de Ausencia promovido por Luis Ángel Sáenz Corella, cédula número 2-182-584; encaminado a solicitar la ausencia de Lidia Sáenz Rojas, mayor, cédula de identidad Nº 2-338-110. En el mismo se dictó la resolución que dice: Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas cincuenta y siete minutos del veintiséis de setiembre del dos mil cinco. Vistas las presentes diligencias de Declaratoria de Ausencia de Lidia Sáenz Rojas, promovidas por Luis Ángel Sáenz Corella. Considerando: I.—Se tiene por demostrado: a) que la señora Lidia Sáenz Rojas es hija del promovente Luis Ángel Sáenz Rojas (Certificación Registral a folio 2); b) que en el Registro Público, Sección Personas, no aparece que la señora Lidia Sáenz Rojas tenga apoderado inscrito (ver certificación notarial a folio 56); c) que hace aproximadamente nueve años no se conoce el paradero de la señora Lidia Sáenz Rojas (ver prueba testimonial a folios Nos. 94 y 95, y certificación notarial a folios 5 a 47); d) que las últimas noticias que se tuvieron de la señora Lidia Sáenz Rojas, fueron que se encontraba en eminente peligro de muerte (certificación notarial a folio 9 a 15, y testimonial de folios 94 y 95); e) que el edicto de interés salió publicado en los Boletines Judiciales Nos. 241, 8 y 31, de los días trece de diciembre de dos mil dos, trece de enero y trece de febrero ambos del año dos mil tres (fotocopias de folios 107 a 109). II.—Probado como está que Lidia Sáenz Rojas, desapareció del lugar de su domicilio, que no tiene apoderado conocido ni apoderado inscrito en el Registro Público y que las últimas noticias que se tuvieron acerca de la misma, fueron que se encontraba en eminente peligro de muerte; las presentes diligencias se encuentran en debida forma, pues se cumplen los elementos que dispone el Artículo N° 872 del Código Procesal Civil y Artículo N° 71 del Código Civil. En consecuencia, se procede a acoger estas diligencias y declarar la ausencia de la señora Lidia Sáenz Rojas. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 872 del Código Procesal Civil, publíquese esta resolución en el Boletín Judicial por tres veces con intervalos de quince días por lo menos, dicha publicación deberá efectuarse también en un periódico de circulación nacional. Por tanto: se acogen las presentes diligencias. En consecuencia, se Declara Ausente a la señora Lidia Sáenz Rojas. Publíquese esta resolución en el Boletín Judicial por tres veces consecutivas con intervalos de quince días por lo menos, así como en un periódico de circulación nacional. Lic. Garnier A. Vargas Barboza. Juez”. Expediente Nº 02-001071-0185-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de febrero del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—(15442).
3. v. 1. Alt.
Lic. Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a la señora Viola Rosita Reynolds Sampson, se le hace saber: Que en proceso abreviado de divorcio Nº 04-400106-464-FA (4) establecido por Earl Manderson Debriney, mayor, casado una vez, operador ferroviario, cédula de identidad 1-417-143, vecino de Ciento Dieciséis Creekside Circle, Pring Valey, New York, uno cero nueve siete siete, Estados Unidos de América; se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las ocho horas, del veinticuatro de noviembre del año dos mil cuatro. Del anterior proceso abreviado de divorcio establecido por Earl Manderson Debriney contra Viola Rosita Reynolds Sampson se da traslado a esta última para que la conteste dentro del plazo de diez días, quien expondrá con claridad si rechaza los hechos por inexactos o si los admite con variantes o rectificaciones, también manifestará con claridad las razones legales en que se apoya. En esta oportunidad ofrecerá su prueba, con indicación en su caso del nombre y generalidades de los testigos. Se le confiere audiencia a la Procuraduría General de la República por el término de tres días, a quien se le advierte al igual que a la demandada que debe señalar medio o lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial de este Juzgado, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas el despacho, o bien si el lugar señalado permaneciera cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Siendo que la demandada Viola Rosita Reynolds Sampson es de paradero desconocido notifíquesele esta demanda; por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial (artículo 263 del Código Procesal Civil). Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 19 de diciembre del 2005.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—(15309).
A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Instalaciones Inabensa S. A., contra Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad de la resolución dictada el día catorce de octubre del dos mil cinco, suscrita por el ingeniero inspector Giovanni Barrantes Zúñiga, contenida en el oficio Nº SIECS 180-05, y la presunta resolución que denegó nuestro reclamo por silencio negativo, en virtud de que transcurrieron dos meses y la administración no se pronunció sobre los recursos de revocatoria y apelación interpuestos por mi representada en tiempo y forma. También se reclamará el reajuste de los precios del contrato, de la siguiente forma: para las partidas locales precios Costa Rica la suma de doscientos noventa y siete mil ciento noventa y seis dólares veintiséis centavos. Para las partidas de origen extranjero, la suma de nueve millones ciento treinta mil ochocientos noventa y dos dólares cincuenta y tres centavos. Los intereses legales contados a partir de la presentación del reclamo a dicha entidad que se hizo el día diez de agosto del dos mil cinco. Además se reclamarán los intereses legales contados a partir de la presentación del reclamo. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días, que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-001194-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 2 de febrero del 2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 86553.—(15716).
Se hace saber que en este despacho bajo el expediente Nº 05-002377-0364-FA, se tramita el proceso de adopción conjunta promovido por los señores Emilia María Acosta Campos y Luis Fernando Vindas González, en favor de la menor Jimena María González Montano. Se concede a los interesados el plazo de cinco días, para que se apersonen a hacer valer sus derechos y formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Heredia, 1º de febrero del 2006.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.—1 vez.—Nº 86648.—(15717).
Se avisa al señor Scott Critchfield, mayor, divorciado, nacionalidad estadounidense, domicilio desconocido, demás calidades ignoradas, que la señora Laura Kielland, estableció en este despacho proceso abreviado de obtención de la guarda, crianza y educación Nº 2001-401499-186-FA, en su contra, mediante el cual solicita que en sentencia se le conceda en forma definitiva la guarda, crianza y educación de su menor hija, sin perjuicio de los posibles derechos que le puedan asistir al progenitor. Publíquese por solo una vez.—Juzgado Primero de Familia de San José, 13 de diciembre del 2005.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(15759).
Wálter Ching Durán, Notificador del Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a la señor Jenny Arguedas Elizondo, se le hace saber que en expediente Nº 01-100215-0468-CI, se encuentran las resoluciones que dicen: ejecutivo hipotecario Nº 01-100215-0468-CI, de Ana Isabel Chavarría Alfaro contra Jenny Arguedas Elizondo. Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, a las trece horas veinte minutos del veintiuno de enero del dos mil dos. Se tiene por establecido la presente ejecución hipotecaria contra Jenny Arguedas Elizondo, a quien se le previene que debe señalar medio y lugar donde atender notificaciones futuras, en cuanto al lugar deberá ser dentro del perímetro judicial de este despacho, bajo los apercibimientos de que mientras no lo haga o si el lugar señalado ya no existiere o fuera incierto o impreciso las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas. De la liquidación de intereses que presenta el actor, audiencia a los demandados por el plazo de tres días. Libre de gravámenes y con la base de cuatrocientos noventa y seis mil colones, sáquese a remate el inmueble hipotecado, la cual es la finca del partido de Limón matrícula sesenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos-cero cero cero. Para la pública subasta se señala las nueve horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil . Publíquese el edicto de ley. Notifíquese esta resolución personalmente a la demandada o por medio de cédula en su casa de habitación y a la anotante Elisa Pérez Pérez. Para tales efectos, se comisiona al Delegado Policial de Guápiles, por tener localizarse Jenny Arguedas Elizondo, de San Bosco de la Teresa de Pococí, ciento setenta y cinco metros oeste de la pulpería Pilo y Elisa Pérez Pérez, en San Rafael La Colonia trescientos metros al oeste de la plaza calle Los Lagos. Finalmente por improcedente se rechaza el decreto de embargo y por prematura la gestion de curador, toda vez que no consta constancia policial. Notifíquese. Lic. Patricio Gómez Mena. Juez Civil y Trabajo y la resolución que dice: 2. Ejecutivo hipotecario, expediente Nº 01-100215-0468-CI, de Ana Isabel Chavarría Alfaro, contra Jenny Arguedas Elizondo. Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Guápiles, a las once horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil cuatro. Se tiene por aceptado el cargo de curador procesal, por parte del señor Guillermo Angulo Álvarez, Notifíquese. Lic. Patricio Gómez Mena, Juez. y la resolución que dice: 3. Ejecutivo hipotecario Nº 01-100215-0468-CI, de Ana Isabel Chavarría Alfaro contra Jenny Arguedas Elizondo. Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, a las trece horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil cinco. Como lo solicita la parte actora a folio 147 frente, a las nueve horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este juzgado, libre de gravámenes con la base de cuatrocientos mil colones, en el mejor postor se rematará: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 064562-000. De conformidad con el artículo 4 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras comunicaciones judiciales, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en diario de circulación nacional, se ordena notificar a Jenny Arguedas Elizondo, la presente resolución y las resoluciones de las trece horas veinte minutos del veintiuno de enero del dos mil dos y de las once horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil cuatro. Se confeccionan los edictos que interesan. Notifíquese Lic. Luis Fernando Guillen Zumbado, ejecutivo hipotecario, expediente Nº 01-100215-0468-CI de Ana Isabel Chavarría Alfaro, contra Jenny Arguedas Elizondo. Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, a las catorce horas quince minutos del seis de febrero del dos mil seis. Se corrige error material que contiene la resolución de las trece horas treinta minutos del primero de diciembre del dos mil seis, en el sentido que la finca a rematar sale soportando demanda ordinaria citas 475-03356-01-0002-001, en lo demás queda incólume la citada resolución. Se confeccionan nuevamente los edictos con la respectiva corrección. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(15912).
Se hace saber: que en este Despacho bajo el expediente número 05-002305-0364-FA, se tramita el proceso de adopción conjunta promovido por los señores Jerzan Bustos Martínez y Bertha Rosa Barrios Barrios, en favor de los menores Ana Elizabeth Guillén Mayorga y Jerson Barrios Mayorga. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para que se apersonen a hacer valer sus derechos y formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de enero del 2006.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.—1 vez.—Nº 86754.—(16187).
A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Yadira Calvo Fajardo y Faustino Chamorro González contra el Estado y Marisel Zamora Arias. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que la señora jueza agraria de Corredores, señora Marisel Zamora Arias, violó flagrantemente el principio de diligencia en el ejercicio de su función pública al actuar en forma negligente e imprudente y con esa conducta nos causó graves daños y perjuicios y que se condene a ella en lo personal y al Estado como patrono suyo a indemnizar, los daños y perjuicios en forma solidaria, así como las costas. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-000886-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 20 de enero del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 86872.—(16188).
Se avisa que en este Despacho los señores Marvin Gerardo Rojas Monge y Ana Lorena Sánchez Castro solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor Carlos Alberto Romero Ramos. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 06-000037-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 8 de febrero del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 86975.—(16189).
Licenciado Jhonny Rodríguez Vega, fiscal de Golfito hace saber a los demandados civiles Ricardo Durán Herrera y Manuel Enrique Rojas Vega, actualmente de domicilio ignorado que en homicidio culposo, expediente Nº 03-001106-455-PE en perjuicio de Gilberto Mora Herra, se ha ordenado notificarle por edicto la resolución que literalmente dice: Fiscalía de Golfito, a las ocho horas treinta minutos del trece de mayo del año dos mil cinco. Se tiene por establecida la Acción Civil Resarcitoria establecida por la ofendida Juana Adilia Vargas Mora. El demandado civil tiene un plazo de cinco días para oponerse a la acción civil. Notifíquese al imputado y demandado civil en forma personal. Notifíquese.—Fiscalía de Golfito, 14 de setiembre del 2005.—Lic. Jhonny Rodríguez Vega, Fiscal.—1 vez.—Nº 86791.—(16190).
Se avisa que en este Despacho el señor Roy Alexander Obando Obando, solicita se apruebe la solicitud de adopción individual de la persona menor Natalie María Hernández Barboza. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 06-000003-673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(16243).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Huetares del Atlántico S. A., contra Municipalidad de Coronado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la prescripción de tasas, contribuciones e impuestos municipales, así como de sus intereses y multas, de todo el período anterior al primer trimestre del año 1999. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 04-001114-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 7 de diciembre del 2004.—Lic. Grace Loaiza Sánchez, Jueza.—1 vez.—(16245).
Lic. María Aracelly Solís Marín, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Ileana Cruz Reyes, que en este despacho se interpuso un proceso separación judicial en su contra, bajo el expediente número 04-400433-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las diez horas y cincuenta y dos minutos del dieciocho de agosto del dos mil cinco. De la anterior demanda de separación judicial establecida por el accionante Omar León Campos se confiere traslado a la accionada Ileana Cruz Reyes por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Téngase como parte a la Procuraduría General de la República por encontrarse ausente la parte demandada. Notifíquese esta resolución a la demandada Ileana Cruz Reyes en la persona de su curador procesal Lic. Edgardo Mena Paramo en el lugar señalado por éste. De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil se ordena la publicación de un edicto en el Boletín Judicial de la presente resolución, el cual queda a disposición de la parte actora para su diligenciamiento. Para notificar a la Procuraduría General de la República se comisiona a la O.C.N. del Primer Circuito Judicial de San José. Lic. María Aracelly Solís Marín, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso separación judicial de Omar León Campos contra Ileana Cruz Reyes. Expediente Nº 04-400433-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de agosto del 2005.—Lic. María Aracelly Solís Marín, Jueza.—1 vez.—(16356).
Presentes en este Despacho los señores José Francisco Medina Castillo, mayor de edad, de cincuenta y seis años de edad, costarricense, divorciado una vez, vecino de San Martín de Nicoya, Guanacaste, de la Guardería doscientos metros al norte y treinta metros al oeste, pensionado por la Caja, cédula N° 5-126-063 y María Tina Díaz Martínez, de nacionalidad costarricense, ama de casa cédula Nº 5-219-082, de cuarenta y un años de edad, soltera, vecina de San Martín de Nicoya, Guanacaste, de la Guardería doscientos metros al norte y treinta metros al oeste. Si alguna persona tuviere conocimiento o conociera algún impedimento para que esta unión se realice, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto en Boletín Judicial.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Nicoya, Guanacaste.—Lic. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—(15469).
En mi notaría contraerán matrimonio Maynor Antonio Morales Marenco, cédula 5-325-176 y María de la Cruz Romero Romero, nicaragüense, pasaporte C-cero nueve tres cuatro cero ocho siete. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 20 de febrero del 2006.—Lic. Henry Antonio Núñez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 87540.—(17001).
La suscrita, Lic.
Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas, notifica a Carlos Alpízar
Ramos, cédula Nº 1-243-463, la resolución que literalmente dice: “Se ordena dar
traslado a la acción civil resarcitoria por medio de edicto Fiscalía de Pavas,
a las siete horas con treinta y dos minutos del trece de febrero del dos mil
seis. No habiendo sido posible localizar a Carlos Alpízar Ramos, mayor,
costarricense, cédula Nº 1-243-463, quien figura como demandado civil en la
presente investigación, se ordena comunicar la resolución dando curso a la
acción civil resarcitoria por medio de edicto a Carlos Alpízar Ramos, cédula Nº
1-243-463, en su calidad de demandado civil. Confecciónese el edicto de estilo.
Lic. Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas”. Lic. Gloria Lorena
Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar de Pavas. Expediente Nº 04-018160-0042-PE.
Demandado civil: Carlos Alpízar Ramos, cédula Nº 1-243-463. Delito: Violación.
Actora civil: Katherine Villalobos Ramírez. Se ordena dar traslado a la acción
civil resarcitoria. Fiscalía de Pavas, a las siete horas con cuarenta minutos
del trece de febrero del dos mil seis. Habiendo presentado la señora Katherine
Villalobos Ramírez, acción civil resarcitoria en contra de Carlos Alpízar Ramos
y habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado por los artículos
15, 111 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado a la
misma, traslado que se hará por medio de edicto, con el fin de que en caso de
considerarlo necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del plazo de
cinco días.—Fiscalía de Pavas, Ministerio Público.—Lic.
Gloria Lorena Rojas Guzmán, Fiscal Auxiliar.—(14331).
3 v. 2.
Lic. Beatriz Paniagua
Castro Leiva Fiscal Auxiliar en el Ministerio Público del Tercer Circuito
Judicial de Hatillo al señor Elí Salas Castrillo cédula Nº 6-245-483, mayor, le
hace saber: que en el legajo de acción civil resarcitoria número 05-204406-275
PE de Fabián Chinchilla Solano contra Elí Salas Castrillo por el delito de
tentativa de homicidio se ha dictado la resolución que literalmente dice:
comunicación por edicto Ministerio Público de Hatillo. De las catorce horas con
treinta minutos del día siete de febrero del dos mil seis. En vista que el
demandado civil Elí Salas Castrillo es de domicilio desconocido y con el fin de
no causarle atraso en la resolución que cursa la Acción Civil en su contra, por
medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial De
conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal cualquier
intervención podrá oponerse a la participación del Actor Civil planteando las
excepciones que corresponde. Confecciónese el oficio de estilo. Causa Nº
04-204406-275-PE. Imputado Elí Salas Castrillo, ofendido: Fabián Chinchilla
Solano, delito: tentativa de homicidio.—Ministerio
Público del Tercer Circuito Judicial de Hatillo.—Lic. Beatriz Paniagua Castro,
Fiscal Auxiliar.—(14330)
2 v. 2.
Lic. Norman Rojas Álvarez, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas del diecisiete de febrero del dos mil seis, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran las resoluciones que literalmente dicen así Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas del diecisiete de febrero del dos mil cinco. Notifíquese al señor: Jorge Sánchez Castro, cédula 1-692-285, propietario del vehículo placas TSJ-4111 con chasis KMHVF21JPPU872192, que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tiene derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria Nº 05-602913-489-TC. Causa seguida contra Elberth Cordero Araya y José Tabash Lazarus. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Norman Rojas Álvarez, Juez.—1 vez.—(16201).