Boletín
Judicial Nº 102
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SECCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del
Poder Judicial.—Sección de Cobro Administrativo.—San
José, a las nueve horas del once de mayo del dos mil seis. No habiendo sido
posible localizar al señor Fabricio Arguedas Gutiérrez, cédula de identidad Nº
2-416-781, y en virtud de seguirse la causa administrativa N° 132-R-02 (C), por
suma adeudada al Estado, notifíquese por medio de edicto la resolución dictada
por esta Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia N°
2957-2004.—Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección Cobro
Administrativo.—San José, a las nueve horas treinta minutos del primero de
diciembre del dos mil cuatro. Audiencia de cobro administrativo tramitado al
señor Fabricio Arguedas Gutiérrez, cédula de identidad Nº 02-0416-0781, por
suma adeudada al Estado. Antecedentes: 1) Mediante copia del oficio N°
622-GP-2002 de fecha 19 de julio del 2002, el Departamento de Financiero
Contable, comunica que según estudios realizados por ese Departamento, se
encontró que el exservidor Fabricio Arguedas
Gutiérrez, quien laboró para este Poder Judicial y a la fecha no posee
nombramiento, se encuentra adeudando la suma de doscientos cuarenta y dos mil
treinta y siete colones con cinco céntimos (¢242.037,05) (folio 01). 2)
Mediante oficio N° 600-UR-2002, de fecha 26 de setiembre del 2002, suscrito por
la señora Karla Madrigal Fonseca, Asistente Administrativa, la señora Maureen Siles Mata, Jefa a. í.,
de la Sección de Planillas y por el Lic. Francisco Arroyo Meléndez, Jefe del
Departamento de Personal; se informa que revisados y verificados los registros
que mantiene el Departamento de Personal para información de deudas, se
presenta el desglose de la suma girada de más por permiso sin goce de salario
del 16 al 30 de noviembre de 2001 y del 14 al 31 de enero del 2002, a saber:
Salario Salario
Periodo girado depositado correcto
de más ¢ ¢ Diferencia
Del
16 al 30/11/2001 109.370,00 0,00 109.370,00
Del 14 al 30/01/2002 130.140,65 0,00 130.140,65
Revaloración Febrero/2002 10.920,00 0,00 10.920,00
Revaloración Marzo/2002 5.460,00 0,00 5.460,00
Total girado de más 255.890,65
(+)
Salario escolar 20.957,44
(+) Aguinaldo 23.070,67
(-) Deducciones 42.911,45
Monto líquido a cobrar 257.007,30
La suma fue depositada en
el Banco Popular, mediante los giros Nº 013191357, Nº 020218747, Nº 020088565,
Nº 020906645 y Nº 021382530. Cabe destacar, que el monto de la deuda responde
al saldo pendiente de recuperar por un monto total de doscientos cuarenta y dos
mil treinta y siete colones con cinco céntimos (¢242.037,05) toda vez que el
Departamento Financiero Contable considero como abono el monto de vacaciones proporcionales,
tal y como lo dispuesto el Consejo Superior en sesión celebrada el 27 de junio
del 2002, artículo XXX. (Ver folios 06 y 07). Audiencia: Con fundamento en lo
anterior, se otorga a Fabricio Arguedas Gutiérrez, el plazo de diez días
hábiles, para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre el
cobro de doscientos cuarenta y dos mil treinta y siete colones con cinco
céntimos (¢242.037,05) pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, debiendo
indicar los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones y
otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante esta
Administración, para lo cual se pone el expediente administrativo Nº 132-R-02
(C) a su disposición. En caso de no atender la audiencia en el plazo indicado, serán
remitidas las diligencias de interés al Ministerio Público para que con base en
los artículos 223 y 224, inciso 2), del Código Penal formule la acusación
respectiva por la eventual responsabilidad penal por retención que podría caber
al señor Arguedas Gutiérrez. Así mismo, se continuará con el procedimiento
administrativo para eventualmente remitir las diligencias a la Procuraduría
General de la República a efecto de que establezca en sede jurisdiccional las
acciones legales. La presente resolución se notifica de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 243, inciso 1), de la Ley General de la Administración
Pública. Se previene al señor Arguedas Gutiérrez que debe señalar, en el
término de tres días hábiles, lugar dentro del perímetro judicial del Primer
Circuito Judicial de San José para atender notificaciones, número de fax o
cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación. En caso
de no cumplir con esta prevención, y en virtud de que la Ley General de la
Administración Pública, no contiene norma que regule el no señalamiento de
lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación de la facultad que
confiere el artículo 229, inciso 2), de la misma ley, respecto de la aplicación
supletoria de otras fuentes del ordenamiento jurídico, así como el principio
que establece que la ley especial prevalece sobre la general, las resoluciones
que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo
dispone el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras
Comunicaciones Oficiales en concordancia con el artículo 6º de la misma ley.
Queda a su disposición el expediente administrativo Nº 132-R-02
(C)/Java/Notifíquese/Fr. Alfredo Jones León, Director
Ejecutivo. Artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública.
Publíquese por tres veces consecutivas.
San José, 12 de mayo del
2006.
Alfredo
Jones León
(45151) Director
Ejecutivo
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las catorce horas cincuenta minutos,
del trece de junio del dos mil seis, desde la puerta exterior del local que
ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y
con la base de tres millones setenta y un mil quinientos diecisiete colones
exactos, en el mejor postor remataré: El vehículo placas AB 003854, marca Hyundai, estilo Grace Grand Saloon, año dos mil uno,
categoría transporte colectivo interurbano, diesel, color verde. Expediente Nº
06-000147-182-CI-4. Ejecutivo prendario de Grupo Canafín
S. A., contra Carolina Soto Zúñiga.—Juzgado Tercero
Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de mayo del 2006.— Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(45367).
A las diez horas treinta minutos del
dieciocho de julio del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que
ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes,
con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor, se rematarán las
fincas inscritas en el Registro Público de la Propiedad, todas del Partido de
Limón, matrículas: 1)- 112710-000, que es terreno para construir lote 3A,
situado en el distrito primero, Siquirres; cantón tercero; provincia de Limón,
que mide: doscientos quince metros con setenta decímetros cuadrados, y colinda
al norte, y sur, con Asociación Solidarista de Empleados Administrativos
Carmen; al este, con Asociación Solidarista de Empleados Administrativos Carmen
y calle pública, y al oeste, con Javier Guzmán Muñoz; 2)- 112711-000, que es
terreno para construir lote 4A, situado en el distrito primero, Siquirres;
cantón tercero; provincia de Limón, que mide: doscientos treinta y un metros
con ochenta y dos decímetros cuadrados, y colinda al norte, y sur, con
Asociación Solidarista de Empleados Administrativos Carmen; al este, con Asociación
Solidarista de Empleados Administrativos Carmen y calle pública, y al oeste,
con Javier Guzmán Muñoz; 3)- 112712-000, que es terreno para construir lote 5A,
situado en el distrito primero, Siquirres; cantón tercero; provincia de Limón,
que mide: doscientos treinta metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, y
colinda al norte, y sur, con Asociación Solidarista de Empleados
Administrativos Carmen; al este, con Asociación Solidarista de Empleados
Administrativos Carmen y calle pública, y al oeste, con Javier Guzmán Muñoz;
4)- 112717-000, que es terreno para construir lote 4B, situado en el distrito
primero, Siquirres; cantón tercero; provincia de Limón, que mide: ciento
cincuenta y tres metros con setenta decímetros cuadrados, y colinda al norte y sur,
con Asociación Solidarista de Empleados Administrativos Carmen; al este, con
calle pública, y al oeste, con Asociación Solidarista de Empleados
Administrativos Carmen y calle pública; 5)- 112718-000, que es terreno para
construir lote 6B, situado en el distrito primero, Siquirres; cantón tercero;
provincia de Limón, que mide: ciento sesenta y un metros con once decímetros
cuadrados, y colinda al norte y sur, con Asociación Solidarista de Empleados
Administrativos Carmen; al este, con calle pública, y al oeste, con Asociación
Solidarista de Empleados Administrativos Carmen y 6)- 112720-000, que es
Terreno para construir lote 47B, situado en el distrito primero, Siquirres;
cantón tercero; provincia de Limón, que mide: ciento noventa y un metros con
diecinueve decímetros cuadrados, y colinda al norte y sur, con Asociación
Solidarista de Empleados Administrativos Carmen; al este y oeste, con calle
pública; las cinco primeras responden cada una para efectos del crédito que se
ejecuta por la suma de seiscientos cincuenta mil colones y la sexta responde
por la suma de setecientos cincuenta mil colones. Lo anterior se remata por
haberse ordenado así en Ejecutivo Hipotecario. Exp. 06-100086-0468-CI, de
Agustín Arguedas Chacón contra Cooperativa Nacional de Servidores de Vivienda
(CONASERVI R. L.).—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial Zona
Atlántica, Guápiles, 26 de abril del 2006.—Lic.
Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(45478).
A las nueve horas cuarenta minutos del
trece de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada,
servidumbre dominante, servidumbre de alero y con la base de cinco millones
quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa mil
trescientos veintisiete-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con una casa marcada número 471. Situada en el distrito
diez Hatillo, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur, calle pública; al
este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, pared medianera y servidumbre
de alero y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, pared
medianera y servidumbre trasladada. Mide: ciento veintisiete metros con
cincuenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra María Pérez Madrigal.
Expediente Nº 94-008921-0227-CA.—Juzgado Civil de
Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de
San José, 26 de abril del 2006.—Lic. Carlos Andrés D’Alolio Jiménez,
Juez.—(45483).
A las ocho horas cuarenta minutos del
cuatro de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado,
libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta millones ciento
ochenta y cinco mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el
Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número cuarenta
y tres mil ochocientos sesenta-cero cero dos. Que es terreno: de café y
potrero. Sito: distrito dos Cinco Esquinas, cantón trece Tibás, de la provincia
de San José. Linderos: norte, quebrada en medio Justo Quirós, otros; sur, María
Rojas; este, calle pública y otros, y al oeste, María Rojas. Mide: ocho mil
treinta y siete metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado
así en proceso ejecutivo simple número 03-000411-0170-CA de Banco Nacional de
Costa Rica contra Marco Antonio Calvo Arguedas, Mata Quirós Paulina y Service Parts Co.
Limitada.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios,
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de mayo
del 2006.—Lic. Carlos Andrés D’Alolio Jiménez, Juez.—(45493).
A las ocho horas del treinta de junio
del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y
anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y
ocho mil cuatrocientos siete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Publico, Partido de
San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote G-69. Situada
en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, avenida 1; al sur, Fuprovi; al
este, lote G-70 y al oeste, Lote G-68. Mide: ciento veinte metros con treinta y
dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de Fundación Promotora de la Vivienda contra Viria
de los Ángeles Rodríguez Montero. Expediente Nº 05-001280-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
San José, 15 de mayo del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—(45500).
A las nueve horas del cinco de julio
del año en curso, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor
postor libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones
ochocientos veintitrés mil noventa y siete colones con setenta y cinco
céntimos, lo siguiente: Finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de
Limón, matrícula número veintiún mil quinientos veintisiete-cero cero cero, de naturaleza terreno inculto. Esta situada en el
distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con
alameda de paso; al sur, con lote 284; al este, con lote 281, y al oeste, con
alameda de paso, con una medida de doscientos veinte metros con treinta
decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario número 06-000029-0678-CI-1 establecido por Banco Popular contra
José Antonio Uba Solano.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Limón, 9 de mayo del 2006.—Lic. Johnny
Mora Hamblin, Juez.—Nº
54403.—(45656).
A las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veintiocho de junio del dos mil seis, en la puerta exterior del
local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de seiscientos cincuenta mil
colones, remataré: finca Inscrita en propiedad, partido de Alajuela, Folio Real
matrícula número 44,277-000, y que se describe así: terreno con potrero y
tacotales. Sito: en Santa Cecilia de La Cruz, distrito segundo del cantón
décimo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública de Santa
Cecilia a Brasilia con un frente de 40,06 metros lineales; al sur, Heriberto Mairena; al este, lote 39, y al oeste, lote 41. Mide: doce
mil setecientos cincuenta y siete metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 05-100781-0297-CI
(5), que es ejecutivo hipotecario de Melba Caballero Matamoros contra Marcia Rogama Guzmán.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada,
12 de mayo del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº
54409.—(45657).
A las ocho horas del cinco de julio del
dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor
postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas, condiciones y
concesiones y con la base de tres millones ochocientos doce mil doscientos
ochenta y nueve colones con quince céntimos, lo siguiente: Finca inscrita en la
Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número veintinueve mil
treinta y ocho-cero cero cero, de naturaleza terreno
para construir con una casa. Esta situada en el distrito y cantón primeros de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, con INVU; al sur, con servidumbre; este,
con calle pública, y al oeste, con INVU con una medida de doscientos noventa y
cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior por
ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-000190-0678-CI-1
establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Carolina Elizabeth Orozco
Rayo.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 12 de mayo del
2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 54416.—(45658).
A las nueve horas del diecinueve de
julio del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho remataré en el
mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre,
condiciones y reservas y con la base de cinco millones novecientos setenta y
nueve mil ochocientos noventa y un colones con setenta y siete céntimos, finca
inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de Folio Real
matrícula número cero cincuenta y cuatro mil novecientos cincuenta-cero cero cero, terreno para construir con una casa lote 980. Sito en
el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Colinda: al norte; sur,
y este, con el INVU, y al oeste, con calle Roble. Mide: ciento dieciocho metros
con noventa y nueve decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Oliva Darrett Simpson Taylor. Lo
anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número
06-000097-0678-CI-2, establecido por el Banco Crédito Agrícola de Cartago
contra Odiney Adilia Simms Taylor y otra.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 12 de
mayo del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin,
Juez.— Nº 54417.—(45659).
A las nueve horas del veintiséis de
julio del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho remataré en el
mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en la sección
de Propiedad, partido de Limón, matrícula número ciento nueve mil cuatrocientos
treinta y tres-cero cero cero, y con la base dada por
el perito sea la suma de seis millones quinientos noventa mil novecientos
cincuenta colones, de naturaleza terreno de solar con una casa. Esta situada en
el distrito cuarto Roxana, cantón segundo Pococí de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, con Urias Mejías Villalobos,
Gerardo Alvarado Salazar; al sur, con calle pública y Juan Jiménez Fernández;
este, con Juan Jiménez Fernández y Gerardo Alvarado Salazar, y al oeste, con
calle pública y Urias Mejías Villalobos. Mide: ciento
setenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior por
ordenarse así en proceso ejecutivo simple número 01-100106-0461-CI-3,
establecido por el Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Simón Pérez
Valencia y otros.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón,
10 de mayo del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas,
Juez.—Nº 54418.—(45660).
A las ocho horas, treinta minutos del
cinco de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
remataré: en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
siete millones seiscientos sesenta y cuatro mil novecientos noventa y ocho
colones con noventa y un céntimos, finca inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero cincuenta y
nueve mil setecientos sesenta y tres-cero cero cero,
terreno para construir con una casa, sito en el distrito primero Barva, cantón
segundo Barva de la provincia de Heredia. Linda: al norte, con calle pública
con 10 m, 868 mm; al sur y este, con suc. de Armando Rodríguez, y al
oeste, con suc. de Mercedes
Ruiz. Mide: doscientos ochenta metros con un decímetro cuadrado. La finca
descrita pertenece a Hermes Ramón Céspedes Alfaro. Lo anterior por ordenarse
así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-000703-0678-CI-2 establecido por
el Banco Nacional de Costa Rica contra María del Carmen Alfaro Sánchez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 10 de mayo del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 54512.—(45935).
A las siete horas, cuarenta y cinco
minutos del veintiocho de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior del
local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes
hipotecarios comunes y anotaciones, ahora con la rebaja del veinticinco por
ciento de ley, sea por la suma de ocho millones doscientos cincuenta mil
colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real
matrícula número 188.791-000, y que se describe así: terreno de café con una
casa, sito: en San Isidro de Peñas Blancas, distrito decimotercero, Peñas
Blancas, cantón segundo, San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: al
norte, calle pública; al sur, Elibeth Araya Fallas;
al este, Arturo Rojas Herrera, y al oeste, Isabel Vargas. Mide: seis mil
novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en expediente número 05-100958-0297-CI (5). Actor:
Banco de Costa Rica. Demandada: Elibeth Várela Fallas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de mayo del 2006.—Lic.
Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 54526.—(45936).
A las ocho horas y treinta minutos del
cuatro de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de nueve millones
cuatrocientos treinta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 194.413-000, la cual
es terreno para construir bloque G lote 15, situada en el distrito 09 Dulce
Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote
14; al sur, lote 16; al este, calle pública con un frente de 8 metros, y al
oeste, lote 34. Mide: ciento treinta y dos metros con quince decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Esteban Mauricio Serrano Rodríguez.
Expediente Nº 06-000649-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 9 de mayo del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 54532.—(45937).
A las ocho horas, cuarenta y cinco
minutos del diecinueve de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes pero soportando dos servidumbres trasladadas
y con la base de seis mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, distrito 01 Santa
María, cantón 17 Dota, sección de Propiedad, matrícula 076414-026, la cual es
terreno de pastos y granos. Colinda: al norte, con Carlos Mora y otro; al sur,
con sucesión de Santiago Guzmán; al este, con Celín
Agüero y otro, y al oeste, quebrada de Guzmán y otro. Mide: sesenta y cinco mil
cuarenta y cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Rafael Fallas Valverde
contra Juan Gerardo Cordero Valverde. Expediente Nº 05-001110-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José,
27 de abril del 2006.—Lic. Ana Montealegre Bejarano,
Jueza.—Nº 54533.—(45938).
A las diez horas, cuarenta y cinco
minutos del catorce de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones
ciento sesenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 164.684-000, la cual
es terreno para construir lote 7 bloque D, situada en el distrito primero
Tejar, cantón octavo El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 46; al este, lote 6, y
al oeste, lote 8. Mide: ciento cincuenta y dos metros con treinta decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Clara Rosa Madriz Cortés. Expediente
Nº 06-000691-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
15 de mayo del 2006.—Lic. Tatiana Brenes Arias, Jueza.—Nº
54534.—(45939).
A las dieciocho horas, veinte minutos
del ocho de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre
de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones novecientos ochenta
y un mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro
Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número F doce mil
seiscientos diez-cero cero cero, que es terreno para
construir con una casa de habitación bloque C apartamento 73, sito: distrito
cero uno San Pablo, cantón cero nueve, San Pablo de la provincia de Heredia.
Linderos: norte, alameda privada; sur, apartamento 76; este, apartamento 74, y
al oeste, zona verde común. Mide: cuarenta y seis metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso
ejecutivo hipotecario número 05-021499-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro
Social contra Kenneth de los Ángeles Delgado
Pereira.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 2 de mayo del 2006.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—Nº
54567.—(45940).
A las nueve horas del siete de junio
del dos mil seis, en este juzgado, libres de gravámenes, y con las bases que se
dirán, en el mejor postor remataré: 1) Con la base de veintitrés mil colones,
un scanner Mitrotek Slimscan
C6, color gris, en buen estado. 2) Con la base de cuarenta mil colones, una impresora
Epson Stylus C62, color
gris, en buen estado. 3) Con la base de ciento cuarenta y cinco mil colones,
una computadora LG Studioworks 500 C con compact disc y quemador, con monitor, mouse,
teclado y CPU en buen estado. 4) Con la base de cien mil colones, una estación
de trabajo completa, con dos escritorios con archivero pequeño, dos gabinetes
aéreos, en buen estado, color azul. 5) Con la base de dieciocho mil colones, un
archivo metálico, color negro, de cuatro gavetas, tamaño oficio, en regular estado.
6) Con la base de veinticinco mil colones una silla ejecutiva de cuero, color
negra, en buen estado. 7) Con la base de cien mil colones, un módulo de
trabajo, color azul, que consta de dos escritorios y un archivero pequeño con
gabinetes aéreos. 8) Con la base de treinta y cinco mil colones, un sillón
ejecutivo de cuero negro. 9) Con la base de ciento cinco mil colones, una mesa
redonda de cuatro puestos, con sus respectivas sillas, color vino en perfecto
estado. 10) Con la base de ciento veinticinco mil colones, una mesa de junta de
cuatro puestos, color azul, con sus respectivas sillas, color verde, en
perfecto estado. 11) Con la base de veintidós mil colones, una pinadoteca color azul, con cuatro puertas, en buen estado.
12) Con la base de ciento ochenta mil colones, un mueble de recepción completo,
color verde y azul en buen estado, con dos archiveros pequeños y gabinetes
aéreos (dos), color azul. 13) Con la base de ciento diez mil colones, una
computadora completa Mona Gbex, color blanco hueso,
con monitor, CPU, mouse, teclado y con dos parlantes
en buen estado. 14) Con la base de veinte mil colones, una impresora Deskjet 840 C, color gris de inyección de tinta a color.
15) Con la base de setenta y cinco mil colones, cinco sillas de recepción color
verde, en buen estado. Se rematan por haberse ordenado así dentro del proceso
expediente Nº 03-000818-185-CI, monitorio de Rigoberto García Brenes contra
Plataforma Especial de Servicio Habitacional S. A.—Juzgado Sexto Civil de
San José, 27 de marzo del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(45972).
A las ocho horas del día catorce de
junio del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, remataré libre
de gravámenes prendarios y soportando infracción bajo la boleta 9600312391
sumaria CSV-Set-1997 bajo la orden del Juzgado
Segundo Contravencional de Heredia y con la base de ochocientos mil colones al
mejor postor remataré: vehículo placas 166618 marca Isuzu
estilo I Mark, categoría automóvil, capacidad 5
personas, año 1987, color celeste, combustible gasolina, motor número 351216.
Se remata por ordenarse así en proceso. Expediente número 01-001564-184-CI,
ejecutivo simple Pinturas Sur de Costa Rica S. A., c/ Joseka
Lap S. A.—Juzgado Quinto
Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de mayo del 2006.—Lic.
Mario Zamora Mata, Juez.—(46066).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del catorce de
junio del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este
Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando embargo practicado a
favor de la Municipalidad de Escazú, según citas 506-14463-01-0002-001 y con la
base de trescientos treinta y siete mil quinientos dólares, o su equivalente en
colones el cual deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la
moneda extranjera al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca
inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José,
matrícula 383923-000, que es terreno para construir con 1 casa, situada en el
cantón 02 Escazú, distrito 03 San Rafael, de la provincia de San José. Linda:
al norte, con Iguana S. A., al sur, con Quinta Providencia S. A., al este, con
Inmobiliaria Irma S. A., y al oeste, con servidumbre de paso. Mide: mil
seiscientos treinta y seis metros con dos decímetros cuadrados. Se ordena el
remate en expediente 05-000998-0180-CI hipotecario de El Julián Campeador S. A.
contra Sancti Spiritus S. A.—Juzgado Primero Civil, San José, 21 de abril del
2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(45167).
A las ocho horas treinta minutos del miércoles
veintiséis de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, soportando embargo practicado al tomo 512, asiento 06878 y con la
base de once millones quinientos mil cuatrocientos setenta colones con sesenta
y seis céntimos (¢11.500.470,66), en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta
y dos mil setecientos noventa y cinco-cero cero cero,
la cual es terreno de café y cítricos, situada en el distrito San Ignacio,
cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Otoniel Castro Mora; al sur, calle pública; al este,
William Alfredo Valverde Padilla, y al oeste, Olga Rojas Calderón. Mide: nueve
mil seiscientos sesenta y dos metros con quince decímetros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo simple del Banco Nacional de Costa Rica
contra Emir Piedra Navarro, Hellen Garbanzo Rojas y
Richard Piedra Navarro. Expediente Nº 03-000105-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2006.—Lic.
Juan Carlos Castillo López, Juez.—Nº 54608.—(45941).
A las ocho horas quince minutos del
miércoles veintiséis de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de
este despacho, soportando servidumbre y camino bajo citas al tomo 283, asiento
00648 y con la base de once millones de colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y
nueve mil cuatrocientos trece-B-cero cero cero, la
cual es terreno de café, situada en el distrito San Marcos, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Fabio Solís Mora, Eliécer Zamora Monge y Lorena Umaña Ureña; al sur, Juan Luis
Umaña Ureña; al este, Juan Luis Umaña Ureña, y al oeste, Agrícola Los Cipreses
S. A., y servidumbre de paso. Mide: doce mil doscientos setenta metros con
setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Luis Umaña Ureña y
Marisol Cascante Rojas. Expediente Nº 03-000160-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de mayo del 2006.—Lic.
Juan Carlos Castillo López, Juez.—Nº 54609.—(45942).
A las ocho horas quince minutos del
miércoles nueve de agosto del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, soportando servidumbre dominante bajo citas al tomo 386, asiento
06229 y con la base de tres millones doscientos cuarenta y cinco mil
seiscientos noventa y seis colones (¢ 3.245.696,00), en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
quinientos dos mil seiscientos veinte-cero cero cero,
la cual es terreno de mora y montaña, situada en el distrito Jardín, cantón
Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Vicente Quirós Ceciliano; al sur, Vicente Quirós Ceciliano;
al este, Marielos Quirós Cortés, y al oeste,
servidumbre agrícola común frente de 147,81 metros. Mide: diez mil ciento
cuarenta y dos metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra
Alfonso Martín Abarca Calvo, Bernardo Edgar Calvo Jiménez y Luis Romero
Camacho. Expediente Nº 05-000106-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de mayo del 2006.—Lic.
Juan Carlos Castillo López, Juez.—Nº 54610.—(45943).
A las ocho horas treinta minutos del
miércoles doce de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, soportando servidumbres trasladadas bajo citas al tomo 375, asiento
04453, y al tomo 224, asiento 01559, servidumbres sirvientes bajo citas al tomo
224, asiento 01559, y al tomo 375, asiento 04453 y con la base de seis millones
setecientos noventa y dos mil doscientos veinte colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ciento veintinueve mil seiscientos noventa y cuatro-cero cero uno, la cual es
terreno naturaleza de café, caña y breñones, situada en
el distrito San Marcos, cantón Tarrazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Blanca Rosa Ureña Zamora; al sur,
Jorge Gutiérrez y otro; al este, Manuel Umaña Vargas, y al oeste, Jorge
Gutiérrez y otro. Mide: quince mil setecientos veinticinco metros con dieciséis
decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple
del Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Luis Umaña Ureña y Mercedes Umaña
Ureña. Expediente Nº 03-000072-0689-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de abril del
2006.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—Nº
54611.—(45944).
A las once horas del once de agosto
del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, remataré en el
mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de quinientos mil
colones, lo siguiente: finca inscrita en Propiedad, partido de Guanacaste,
Folio Real matrícula número ciento quince mil quinientos cuarenta y ocho-cero
cero uno y cero cero dos, que es terreno para
construir, sito en el distrito dos Quebrada Grande, cantón octavo Tilarán de la
provincia de Guanacaste. Mide: trescientos cuatro metros con sesenta y seis
decímetros cuadrados. Linderos: sur, Ovidio Mena
Hernández; este, German Arias Rojas; oeste, Humberto Rodríguez Barquero, y al
noroeste, calle pública con veintidós punto cincuenta y un metros de frente.
Dicha finca pertenece a Guillermo Pérez Araya y Flor Jazmín Méndez Hernández.
Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario del Banco
de Costa Rica contra Guillermo Pérez Araya y otra. Expediente Nº
01-100249-0397-CI (N. I. 262-01-1).—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Liberia, 12 de mayo del 2006.—Lic.
Carlos Manuel Sosa Jiménez, Juez.—Nº 54634.—(45945).
A las nueve horas y quince minutos del
trece de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbres trasladadas y
plazo de convalidación y con la base de tres mil novecientos cuarenta dólares
americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 195753-000, la cual es terreno para construir con
una casa, situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juan José Richmond Araya; al sur, lote
1; al este, calle pública, y al oeste, Juan José Richmond Araya. Mide:
trescientos setenta y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Finca Las Palmeras
Alegres Sociedad Anónima contra Juan José Richmond Araya. Expediente Nº
06-000567-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25
de abril del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº
54646.—(45946).
A las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de seiscientos ochenta y seis mil quinientos sesenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 587763, marca Hyundai, estilo Accent, capacidad cinco, año mil novecientos noventa y cuatro, chasis KMHVA21NPRU007791, color verde, tracción sencilla, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Henry Castro Ulloa contra Carlos Gallardo Delgado. Expediente Nº 06-000519-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de marzo del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 54654.—(45947).
A las ocho horas, quince minutos del
cuatro de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando
condiciones inscritas al tomo 329, asiento 10217 y con la base de un millón
seiscientos quince mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y cuatro mil setecientos
diez-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno con una casa, situada en el distrito cero uno Corredor, cantón diez
Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Ovidio Chaves
Barrantes; al sur, con Rafael Lobo Arias; al este, con calle pública con
veintidós punto sesenta y tres metros, y al oeste, con Orlando Chávez
Hernández. Mide: doscientos ochenta y cinco metros noventa y cinco decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecario de
VIVIENDACOOP R. L. contra José Agustín López Moraga y otra. Expediente número
05-000932-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor
Cuantía de San José, 16 de mayo del 2006.—Lic. Mario Zamora Mata, Juez.—Nº 54670.—(45948).
A las ocho horas y treinta minutos del
veintidós de agosto del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre
trasladada y con la base de siete millones quinientos mil colones netos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos sesenta y ocho mil trescientos ochenta y nueve-cero
cero cero, la cual es terreno con una casa, situada
en el distrito sétimo La Granja, cantón sétimo Palmares, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Rojas Rojas; al
sur, Araceli Rojas Chaves; al este, Manuel Rojas Chaves, y al oeste, calle
pública con trece metros, ochenta y tres centímetros de frente. Mide:
cuatrocientos sesenta y ocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Popular y
de Desarrollo Comunal contra Rafael Ángel Rodríguez Anchía. Expediente Nº
06-000052-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San
Ramón, 12 de mayo del 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 54672.—(45949).
A las diez horas del veinte de junio
del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso y con la base de
once mil ciento once punto sesenta y seis unidades de desarrollo, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
30988-000, la cual es terreno de hortalizas con una casa, situada en el
distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Efraín Alvarado Castillo; al sur, Evelio
Alvarado Olivares; al este, José Jiménez Madrigal, y al oeste, Evelio Alvarado Olivares y calle pública con 8,5 metros.
Mide: setecientos setenta y siete metros con catorce decímetros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional de
Costa Rica contra Aída Alvarado Olivares y Manuel Agustín Ramírez Calvo.
Expediente Nº 06-000628-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 9 de mayo del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 54702.—(45950).
A las ocho horas del doce de julio del
año dos mil seis, en la puerta principal de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando condición resolutoria con la
base de seis millones ciento cincuenta y seis mil doscientos siete colones con
siete céntimos, se rematará al mejor postor: la finca partido de Puntarenas,
matrícula: cincuenta y cuatro mil setecientos veintres-cero
cero cero, que es terreno de café, pastos, bosques
con una casa de habitación, situada en el distrito primero San Vito, cantón
octavo Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Con
lo siguientes linderos: norte, Misael Espinoza y
Franklin Jiménez; sur, calle pública; este, Rodrigo Ugalde Romero, y al oeste,
Franklin Jiménez Romero. Mide: sesenta y cinco mil ciento cincuenta y un metros
con veinte decímetros cuadrados. Plano número P-cero doscientos setenta y
cuatro mil setecientos noventa y cuatro-mil novecientos noventa y cinco.
Propiedad de Trinidad Madrigal Salazar. Lo anterior por haberse ordenado así en
ejecutivo hipotecario Nº 03-100055-424-CI-2 (56-03) del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Catalino González Valdez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 11 de mayo del 2006.—Lic. Mainrald
Hernández García, Juez.—(46123).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos
del trece de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre obligac. anotada al tomo 311, asiento 11444 y con la base
fijada por el avalúo presentado, sea la suma de seiscientos noventa y cuatro
millones ochocientos cuarenta y ocho mil trescientos setenta y cuatro colones
con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, provincia de San José, sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real matrícula número doscientos catorce mil ochocientos
nueve-cero cero cero, la cual es terreno para
construir, situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José de la provincia
de San José. Linda: al norte, con Magneto Diesel S. A. 123 m, 16 cm; al sur, con Magneto Diesel S. A. 91 m, 37 cm; al este, con calle pública con 59 m, 50cm, y al oeste,
con Almacenes Financieros S. A. 91 m, 77 cm. Mide: ocho mil quinientos noventa
y dos metros con seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo simple de Inversiones Imperio S. A. contra Inversiones Suyapa S. A. Expediente Nº 98-001751-0185-CI-4.—Juzgado Sexto Civil de San José, 30 de marzo del
2005.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(46125).
A las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veinte de junio del año dos mil seis, en este Juzgado, libre de
gravámenes prendarios pero soportando una colisión a la orden del Juzgado de
Tránsito de Hatillo, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea
la suma de quinientos cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y cuatro colones
con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas
490.367, marca Hyundai, categoría automóvil,
carrocería sedan cuatro puertas, chasis KMHJF31JPNU300603, uso particular,
estilo Elantra, capacidad cinco personas, año 1992,
color dorado, número de motor G4DJR211421. Se remata por haberse ordenado así
dentro del proceso expediente Nº 05-000036-185-C.I.
Ejecutivo prendario de Instacredit S. A. contra
Heriberto Quirós Laguna.—Juzgado Sexto Civil de San José, 24 de abril
del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(46132).
A las nueve horas del veintisiete de
junio del año dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y
con la base con la rebaja de ley, en la suma de dos millones setecientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos noventa y seis colones con veinticinco
céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas C-138.796, marca Nissan, estilo no indica, capacidad 2 personas, año 1994,
color blanco, carrocería furgón, categoría carga pesada, combustible diesel,
cilindros 6, cilindrada 6.900 c.c., chasis número
JNAPA08J9RGG75056, motor número FE6106547D. Se remata por haberse ordenado así
dentro del proceso expediente Nº 05-001070-185-CI ejecutivo prendario de Instacredit S. A. contra Luis Elvin
Reyes Cortez.—Juzgado Sexto Civil de San José,
25 de abril del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(46133).
A las once horas del trece de junio
del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de
paso, con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré:
finca del partido de Heredia, Folio Real matrícula ciento setenta y tres mil
setecientos trece-cero cero cero, que es terreno de
montaña, situado en distrito cinco Varablanca, cantón
uno Heredia de la provincia de Heredia. Linda: al norte y al este, con Flor
Dora S. A., al sur, con Paul Roberth
Echeverría, y al oeste, Raúl Chanto Araya. Mide: siete mil metros cuadrados. Lo
anterior por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario establecido por
Claudio Alberto Aguilar Alfaro contra Agroveterinaria
El Alto S. A. Expediente Nº 03-002843-638.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía Alajuela, 19 de abril del 2006.—Lic. Rolando J.
Villalobos Romero, Juez.—(46134).
A las diez horas, quince minutos del
veintiséis de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios pero soportando dos embargos tomos
0012, asiento 106060 y tomo 0012, asiento 115440, y con la base de un millón
quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas P-387959, marca Kia, carrocería automóvil,
tracción doble, estilo Sportage M, capacidad cinco
personas, año 1994, color azul. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo simple del Banco Nacional de Costa Rica contra Frank
Hurtado González y Leonidas Hurtado Alvarado. Expediente Nº 04-000773-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de mayo del 2006.—Lic.
Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº
54723.—(46295).
A las ocho horas, treinta minutos del
trece de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica,
por la suma de diez millones de colones y con la base de tres millones de
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y seis mil seiscientos
setenta y cinco cero cero cero,
la cual es terreno de agricultura y café con dos viviendas, situada en el
distrito uno Aserrí, cantón seis Aserrí, de la provincia de San José. Colinda:
al este, Rafael Ríos Díaz y Virgilio Chinchilla Barboza; oeste, Celso Díaz
Vindas, Baudilio Díaz Chacón, Adelia
Chacón Picado y Rafael Oviedo Chacón Picado; noreste, Rafael Ríos Días;
sureste, Adelia Chacón Picado y suroeste, calle
pública con un frente de 34,34 metros con nueve decímetros cuadrados. Mide:
diecisiete mil seiscientos ochenta y dos metros con nueve decímetros cuadrados.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional
de Costa Rica Contra Ana Cecilia Román Bolaños, I.D. System S. A. y Óscar Danilo
Valverde Corrales. Expediente Nº 05-001590-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de abril del 2006.—Lic.
Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 54722.—(46296).
A las ocho horas, treinta minutos del
veintiséis de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando gravamen anotado al
tomo: 530, asiento: 17731, con la base de quinientos sesenta y seis mil
setecientos ochenta colones, al mejor postor remataré: una finca del partido de
Guanacaste número uno tres cinco siete siete
nueve-cero cero cero, de naturaleza para construir,
situada en distrito tres cantón Sardinal, de la provincia de Guanacaste. Con lo
siguientes linderos: al norte, con Luis Espinoza Gorgona; al sur, con Dámaso
Angulo Jaén; este, con Enrique Escalante Escalante y al oeste, con calle pública con un frente de 16
metros, 90 cm lineales. Mide: quinientos ochenta y
seis metros con setenta y un decímetros cuadrados, propietario Santos María Ivette Espinoza Gorgona. Por haberse establecido así en
ejecutivo hipotecario número 06-000743-0225-CI de Fiduciaria Centroamericana S.
A. contra Santos María Ivette Espinoza Gorgona.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José,
10 de mayo del 2006.—Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—Nº 54727.—(46297).
A las nueve horas y treinta minutos
del seis de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando
reservas y restricciones y con la base de siete millones novecientos treinta y
ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y tres mil ochocientos
treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa Nº 361-A, situada en el distrito 02 Cinco Esquinas,
cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con el INVU;
al sur, con el INVU; al este, con el INVU, y al oeste, con alameda 3 con 6
metros. Mide: ochenta y ocho metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Ana Patricia Sandoval Lefebre
y Elías Guillermo Aldecoba Fernardez.
Expediente Nº 06-000634-0640-CI.—Juzgado Civil de
Cartago, 11 de mayo del 2006.—Lic. Johnny Ramírez
Pérez, Juez.—Nº 54755.—(46298).
A las diez horas, treinta minutos del
trece de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho,
soportando hipotecas de primer y segundo grado a favor del Banco Nacional de
Costa Rica, por las sumas de catorce millones cuatrocientos cincuenta y seis
mil ciento setenta y cinco colones con sesenta céntimos, y seis millones
treinta y un mil seiscientos setenta y seis colones treinta céntimos
respectivamente y servidumbre trasladada y con la base de veinticinco mil
dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta mil doscientos sesenta y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa, situada en el distrito seis Brasil, cantón nueve Santa
Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte y al oeste, Tilia S. A.; al
sur, lote 1 de Caroda Hermanos S. A. y Jorge Enrique
Salgado, y al este, lotes 1 y 2 de Caroda Hermanos S.
A. y calle pública con 4,32 metros. Mide: dos mil veinticuatro metros con doce
decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario de Marco Net Products S. A. contra Caroda Hermanos S. A. Expediente Nº 06-000303-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
6 de abril del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº
54777.—(46299).
A las diez horas del diecinueve de
junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de aguas y Ley de Caminos Públicos
y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y
siete mil ciento cuarenta y seis-cero cero cero, la
cual es terreno inculto, situada en el distrito tres Carrizal, cantón uno
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Efraín y Gerardo
Rodríguez; al sur, frente a calle pública; al este, carretera nacional, y al
oeste, Luis Francisco Ugalde Bolaños y Mayela Arguedas Álvarez. Mide: mil
cuatrocientos veinticinco metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Gilberto Alfaro Sánchez
contra Vera Violeta Ugalde Bolaños. Expediente Nº 06-000089-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
14 de marzo del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº
54817.—(46300).
A las once horas con quince minutos
del diecinueve de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de dos mil novecientos
sesenta y siete dólares con doce centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: vehículo placas particular número 527841, marca Isuzu,
estilo Rodeo, capacidad 5 personas, color negro, motor A920917XZA. Se remata
por ordenarse así en ejecutivo prendario de Autos Xiri
S. A. contra Manuel Antonio Calvo Fonseca. Expediente Nº 06-000453-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de abril del 2006.—Lic.
Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 54846.—(46301).
A las ocho horas quince minutos del
veintisiete de junio del año dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes
prendarios pero soportando una colisión a la orden del Juzgado de Tránsito de
Cartago, y esta vez sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: un
vehículo placas 387.070, marca Toyota, categoría
automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis JTDBT113400079980, uso
particular, estilo Yaris, capacidad cinco personas,
año 2001, color verde, número motor 1NZ1375171. Se remata por haberse ordenado
así dentro del proceso expediente Nº 05-000416-185 CI. Ejecutivo prendario de
Servicio Cooperativo Nacional de Ahorro y Crédito de Trabajadores
Costarricenses Coopemex R. L. contra Cinthya León Herrera y Víctor Eduardo Piedra Méndez.—Juzgado Sexto Civil de San José, 24 de abril de
2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(46322).
A las ocho horas treinta minutos del
lunes veintiséis de junio del año dos mil seis, desde la puerta exterior de
este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre
trasladada y con la base siete millones trescientos cincuenta mil colones, en
el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, matrícula de Folio Real número ciento cuatro mil ochenta y
tres-cero cero cero, que se describe así: naturaleza
terreno para construir con una casa de habitación. Mide un mil setecientos
setenta y tres metros con veintiún decímetros cuadrados, ubicada en el distrito
tres Chomes, cantón primero Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Antonio Madrigal Jiménez; al
sur, con Procu Ltda.; al este, con Procu Ltda., y al oeste, con Carretera Interamericana con
treinta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados. Lo anterior se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-001742-183-CI-5, de
Servicio Cooperativo Nacional de Ahorro y Crédito de los Trabajadores
Costarricenses (Coopemex R. L.) contra Alfredo
Guillermo Maciel Díaz y Julia Patricia Brenes
Chaves.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 2 de mayo del
2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(46323).
A las nueve horas treinta minutos del diecinueve de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de un millón seiscientos sesenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 193355-000, la cual es terreno de café, situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago. Colinda: al norte, con Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Ltda.; al sur, con Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Ltda.; al este, con calle pública con 33,36 metros de frente, y al oeste, con Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Ltda. Mide: tres mil noventa y un metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Coopemontecillos R. L. contra JR Carnes Río Grande Ltda., y Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Ltda. Expediente Nº 06-000050-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de abril del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(46359).
A las nueve horas quince minutos del diecisiete de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cincuenta mil trescientos cinco dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, matrícula número 96.763-000, la cual es lote dos, terreno de vocación agrícola, destinado al cultivo de marañón, sito en el distrito 01 Bagaces, del cantón 04 Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Edmundo Corrales Pizarro; al sur y al este, con lote 1 de Forestales El Marañón S. A., y al oeste, con calle pública con un frente de un mil setecientos veintiséis metros con veinticinco decímetros. Mide: un millón treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Veraguas Sociedad Anónima contra Forestales El Marañón S. A., e Industrias Polo Norte S. A. Expediente Nº 05-000839-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(46366).
A las diez horas del diez de julio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes y con la base de ciento cuarenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cuatro tres dos seis dos nueve-cero cero cero, la cual es terreno de repastos para construir con una casa de tres niveles, situada en el distrito 04 Uruca, cantón 04 Santa Ana. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con calle pública y Pofa S. A.; al este, con calle pública y Arquitec S. A., y al oeste, con Altagracia S. A. Mide: dos mil doscientos veinticinco metros con once decímetros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Forestshade S. A., contra Almacén Agroveterinario de Santa Ana Seravet S. A., y Miguel Mauricio Cortés Sánchez. Expediente Nº 06-000304-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de mayo del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(46367).
A las diez horas del lunes doce de
junio del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando gravámenes a la orden del Juzgado de
Tránsito de Alajuela, sumarias números 04-488600-494-TR y sumaria 04-600557-494
TR y con la base de un millón ciento dos mil ciento cincuenta y cinco colones,
en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección
Vehículos, placa número 348629, con las siguientes características: automóvil
marca Toyota, estilo Tercel
DLX, año 2000, color verde, de gasolina, para cinco personas, sedán de cuatro
puertas, chasis número EL530388929, motor número 5E1387480. Lo anterior se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario número
04-000582-183-CI-5. de Race
Sociedad Anónima contra Leda María Araya Renaud c. c.
Leda María Araya Renault. Notifíquese.—Juzgado
Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de mayo del 2006.—Lic. Adriana
Jiménez Bonilla, Jueza.—(46368).
A las quince horas del quince de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito, y con la base de ochocientos cincuenta y siete mil doscientos sesenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos setenta y nueve mil trescientos cincuenta, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, estilo Sonata II, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cinco, color verde, combustible gasolina, motor no existe. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 06-000499-182-CI-3 de Ariannarein Ltda., contra Antonio Guerrero García.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 19 de abril del 2006.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(46369).
A las once horas del día dieciséis de junio del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, sin sujeción a tipo, (artículo 655 del Código Procesal Civil) sáquese a remate: el vehículo placas trescientos ochenta mil novecientos sesenta y seis (380966), marca Hyundai Excel, año 1994, color gris, capacidad cinco personas, chasis número KMHVF31JPRU958290, motor número G4DJR229511, combustible gasolina, cilindrada 1500 cc, libre de gravámenes prendarios, pero soportando las siguientes infracciones que a continuación se indican: uno: boleta número cero uno cero tres cero seis cero cinco cero, sumaria cero uno-seiscientos tres mil trescientos sesenta y cinco-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Dos: boleta número cero uno cero cinco cinco nueve nueve tres uno, sumaria cero dos-diez mil quinientos sesenta y siete-cuatrocientos noventa y siete-TC, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Heredia. Tres: boleta número dos cero cero dos dos nueve dos cero uno dos, sumaria cero dos-seiscientos cinco mil quinientos ocho-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Cuatro: boleta número dos cero cero dos tres nueve ocho cuatro nueve ocho, sumaria cero tres-seiscientos mil seiscientos cuarenta y uno-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Cinco: boleta número: dos cero cero cuatro dos dos cuatro ocho nueve ocho, sumaria cero cuatro quinientos mil doscientos ochenta-cuatrocientos noventa y cuatro-TR, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Seis: boleta número: dos cero cero cuatro tres dos ocho nueve uno siete, sumaria: cero cuatro-seiscientos mil seiscientos treinta y cuatro-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, autoridad judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. El vehículo descrito es propiedad del demandado Carlos Enrique Vásquez Jiménez. Lo anterior por haberse así ordenado en proceso ejecutivo prendario número 03-100450-0309-CI del Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Enrique Vásquez Jiménez y Jeffrey Enrique Vásquez Castillo.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Grecia, 2 de mayo del 2006.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—Nº 54903.—(46584).
Convocatorias
Se hace saber que a las catorce horas del veintiocho de junio del dos mil seis, en este Despacho se llevará a cabo una junta de todos los socios y miembros de la sociedad Inversiones Caso Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-016819 con el fin de elegir un representante de conformidad a lo establecido en el artículo 266 del Código Procesal Civil. Proceso ejecutivo simple de Concepción Angulo Álvarez contra Inversiones Caso Sociedad Anónima. Expediente Nº 05-001590-184-CI.—San José, 21 de abril del 2006.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—Nº 54709.—(45966).
Se convoca asamblea de accionistas de la Asociación Pro-Mejoras y Progreso Puntarenense, con el propósito de nombrar representante legal a la sociedad Asociación Pro-Mejoras y Progreso Puntarenense, para tal efecto se señalan las nueve horas del seis de junio del dos mil seis. La junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros socios presentes y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro a la junta, el Juez hará el nombramiento. Se le previene a todos los interesados que el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, este último dentro del circuito judicial de este despacho donde atender notificaciones dentro del perímetro judicial de este despacho, bajo el apercibimiento que mientras no lo haga o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existire, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación futuras resolución quedará por bien notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial y en un diario de circulación nacional. Proceso ordinario Nº 04-100692-417-CI-2 actor/ María Paulina Agüero Sandí contra / Asociación Pro-Mejoras y Progreso Puntarenense.—Juzgado Civil de Mayor Cuanta de Puntarenas.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—(46341).
Títulos Supletorios
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000136-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Ray Robert Beise Fetters, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de La Pura Jungla de Paraíso de Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número ocho-cero cero ochenta y cuatro-cero doscientos dieciséis, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Atanasia Canales Canales; al sur, actualmente con José Ronny Gutiérrez Guadamuz; al este, calle pública con un frente de cincuenta y tres metros con dos decímetros cuadrados, y al oeste, con Froilán Jaén Contreras. Mide: siete mil ciento dieciséis metros con un decímetro cuadrado. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera el señor Stephen Tucker Thomas, de único apellido por razón de la nacionalidad, mayor de edad, soltero, empresario, vecino de Lagartillo de Veintisiete de Abril de Santa Cruz, ciudadano de los Estados Unidos, con pasaporte número setecientos diez millones doscientos tres mil ciento noventa y uno, en fecha veinticuatro de agosto del dos mil cinco, quien le transmitiera el derecho, de posesión ejercido sobre el citado inmueble por más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapear la finca, hacer las rondas y arreglar los cercos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ray Robert Beise Fetters. Expediente Nº 06-000136-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 9 de mayo del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 54117.—(45437).
Olman Mora Mesén, casado una vez,
agricultor, vecino de Colinas frente a la iglesia católica, La Rita Pococí,
cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta y cuatro-seiscientos
treinta y cuatro, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a
su nombre en el Registro Público de la Propiedad, dos inmuebles que se
describen así: Primero: terreno de repasto. Ubicado en: Las Colonias de Cedral, distrito tercero La Rita, del cantón segundo Pococí
de la provincia de Limón. Mide: cuatro hectáreas siete mil seiscientos setenta
y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Linda al norte,
con Kattia
María Bolaños Sarmiento Alexander Ramírez Rodríguez; al sur, con río La Suerte;
al este, con río La Suerte, y al oeste, Juan Cambronero Orozco, Jhonatan Brenes Alvarado; noroeste, con calle pública con
un frente a ella de ciento setenta y nueve metros con ochenta y cuatro
centímetros lineales. Graficado en el plano catastrado número L-ochocientos
setenta y nueve mil trescientos ochenta y siete-dos mil tres, inmueble que fue
estimado en la suma de quinientos mil cotones. Segundo: terreno de repasto.
Ubicado en: Las Colonias de Cedral, distrito tercero
La Rita, del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Mide: una hectárea
nueve mil novecientos ochenta y nueve metros con cincuenta y dos decímetros
cuadrados. Linda al norte, con calle pública un frente a ella de doscientos
veinte metros con cincuenta y ocho centímetros lineales, al sur, con río La
Suerte; al este, con Félix Rodríguez Mora y al oeste, Olman
Mora Mesen. Graficado en el plano catastrado número
L-novecientos diez mil setecientos setenta y tres-dos mil cuatro. Inmueble que
fue estimado en la suma de doscientos mil colones. Dichos inmuebles no tienen
cargas reales que pesen sobre el mismo. Por medio de este edicto se llama a
todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes,
contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de
sus derechos, bajo los apercibimiento legales en caso de omisión. Expediente
04-100315-468-CI, interno N° 155-4-04.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 29 de
noviembre del 2005.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo,
Juez.—1 vez.—Nº 54131.—(45438).Se hace saber que ante este Despacho se tramita
el expediente Nº 06-000042-039l-AG-3 donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de José Prisciliano Alcócer
Mendoza quien es mayor, casado, vecino de Residencial Los Amigos, casa número
cuarenta y ocho, Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número cinco-ciento treinta y uno-quinientos cuarenta y nueve,
profesión: profesor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia
de Guanacaste, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito
sétimo, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con
calle pública con un frente a la misma de cuarenta y siete metros con veintisiete
centímetros lineales; al sur, José Ángel Villalobos Villareal;
al este, Cira Alcócer
Mendoza, y al oeste, Armando Esquivel Ortega, Elitropio
Gutiérrez Acevedo. Mide: cuatro mil novecientos cuarenta y dos metros con seis
mil novecientos quince decímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doscientos
mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de herencia que le diera la
señora Dominga Mendoza Cabalceta, cédula de identidad
número cinco-cero veinticinco-cinco mil novecientos dieciocho, vecina de Diriá de Santa Cruz, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
cercado, limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por José Prisciliano Alcócer Mendoza. Expediente:
06-000042-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz,
Guanacaste, 18 de abril del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 54169.—(45439).
Ana Sobeida Vásquez Morun, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Pozo Azul de Abangares, cédula número cinco-doscientos cuarenta y cinco-doscientos once, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales: el inmueble que se describe así: Terreno de potrero, situado en Pozo Azul, distrito tercero (San Juan), del cantón siete (Abangares), de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ovidio Madrigal Arias; sur, Jesús Morún Varela en parte con calle pública con un frente a ella de sesenta y dos metros treinta y dos centímetros lineales; este, Mayra Morún Varela, y oeste, Ocidio Madrigal Arias, Isolina Rodríguez Porras, Juan Ramón Morún Varela y Fidel Ramírez González. Según plano catastrado número G-setecientos cuarenta y dos mil setecientos treinta y cuatro-dos mil cuatro, mide de extensión dos hectáreas ocho mil trescientos setenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por donación que le hiciera José Ángel Morún Varela, mediante escritura pública número doscientos setenta y siete otorgada ante el notario Wagner Acevedo Picado. Estima el inmueble en la suma de seis millones de colones y la diligencia en la suma de seiscientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente Nº 05-100048-389-CI, Información Posesoria de Ana Sobeida Vásquez Morún y otros).—Juzgado Agrario de Liberia, Guanacaste, 24 de marzo del 2006.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 54170.—(45440).
Agropecuaria Bonilla y Porras del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil quinientos dos, domiciliada en Cutris de San Carlos, un kilómetro y medio de la Delegación de la Guardia Rural, representada por Heiner Bonilla Porras, mayor, casado una vez, vecino de Boca de Arenal de Cutris de San Carlos, kilómetro y medio de la Delegación de la Guardia Rural, cédula de identidad número dos- cuatrocientos veinte- seiscientos noventa y cinco. solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de potrero y pastos, sito en Santa Cecilia de Cutris, distrito once, de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Quebrada la Providencia en medio de Fernando Salas Fernández; al sur, Quebrada sin nombre en medio de Bolívar Rodríguez Rojas, y Elberth Bonilla Porras; al este, Juan Jarquín Burgos y calle pública con un frente de ciento cuarenta y seis metros con setenta y un centímetros lineales, y al oeste, Quebrada La Providencia en medio de Fernando Salas Fernández. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-498716-83 de fecha once de marzo de mil novecientos ochenta y tres, una superficie de dieciocho hectáreas setecientos setenta y cinco metros noventa y tres decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió el representante de la entidad titulante por compra que le hiciera su hermano Elberth Bonilla Porras, mayor, casado una vez, vecino de Boca de Arenal de San Carlos, un kilómetro al sur de la Guardia Rural, cédula de identidad dos- cuatrocientos treinta y nueve- setecientos doce, en fecha primero de febrero de dos mil seis, mediante escritura pública número ciento uno- tres, otorgada ante el notario Félix Rodríguez Rojas, quien le transmitió la posesión ejercida sobre el mismo en forma quieta, publica, pacifica, sin interrupción y a titulo de dueño por un periodo mayor a diez años. Valora el terreno en la suma de un millón de colones, y en igual monto estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria número 06-000043-0298-AG, establecida por Agropecuaria Bonilla y Porras del Norte Sociedad Anónima.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de mayo del 2006.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Nº 54217.—(45441).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000082-0391-AG-4 donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ganadera Alcornoco S. A., cédula jurídica N° 3-101-237791, representada por Luis Alfonso Castillo Rojas, mayor, casado una vez, ganadero, vecino de Palmares de Alajuela, 100 metros sur 50 este de la Escuela Santa María Gorety, cédula N° 2-347-904, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos y madera. Situada en el distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Ganadera Alcornoco y Marina González Chaves; sur, Ganadera Alcornoco S. A. y servidumbre agrícola con un ancho de siete metros lineales; al este, Panamerican Woods Plantations S. A., quebrada sin nombre en medio, y al oeste, Ganadera Alcornoco S. A. Mide: cuarenta y dos hectáreas ciento dieciséis metros setenta y un decímetro cuadrado. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble hace treinta y cinco años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pastos, gmelina, chapias, cría y engorde de ganado y siembras anuales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por, Ganadera Alcornoco S. A. Expediente N° 06-000082-0391-AG-4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 10 de mayo del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 54243.—(45442).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 05-000401-0388-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de, Silvia Urbina Bojorge quien es mayor, soltera en unión libre, vecina de Siquirres centro, finca Porvenir, novecientos metros al norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número siete-cero noventa y cinco-cuatrocientos noventa y seis, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito, quinto, Cartagena, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Diana Bustos Morales y Napoleón Bustos Bustos, ambos en parte; al sur, Melicia Bustos Morales; al este, Bernabé Bustos Bustos y al oeste, calle pública con un frente a ella de veinticinco metros con noventa y ocho centímetros lineales. Mide: mil ciento ocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de mediante escritura pública número treinta y cuatro de fecha veintitrés de enero de dos mil cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en realizar rondas, chapeas, cercos, cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por, Silvia Urbina Bojorge. Expediente: N° 05-000401-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 9 de mayo del 2006.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 54256.—(45443).
Ofelia Fernández Paniagua, mayor, divorciada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero ochenta y cinco-cuatrocientos ochenta; solicita Información Posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno es para construir, situado en Tierras Morenas, del cantón octavo, de la provincia de Guanacaste, con una medida de quinientos cincuenta metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, dicho terreno tiene los siguiente linderos: norte, Víctor Padilla Castro y Anaís Jiménez Barrantes; sur, Edgar Fernández; este, con calle pública con un distancia de veinte metros con treinta centímetros, y al oeste, Ofelia Fernández Paniagua y la segunda finca encuentra que es: terreno es para construir, situado en Tierras Morenas, distrito sexto, del cantón octavo, de la provincia de Guanacaste, con una medida de seiscientos ochenta y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados, dicho terreno tiene los siguiente linderos: norte y oeste, Ofelia Fernández Paniagua; sur, calle publica con una distancia de veintiséis metros; este, con calle pública con una distancia de veinticuatro metros con cincuenta y seis centímetros. Sobre ambas fincas no existen cargas reales, se encuentra libre de gravámenes hipotecarios, el titulante es el único dueño, no existe condueño, y lo estima en la suma de trescientos mil colones cada finca. El titulante lo adquirió por medio de venta privada desde hace más de diez años. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria (Expediente Nº 06-100127-0389-C.I. (135-4-2006).—Juzgado Civil de Cañas, 4 de mayo del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 54267.—(45444).
Aurelio Lobo Pérez; mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Tierras Morenas de Tilarán con cédula de identidad número seis-ciento noventa y seis-novecientos cinco; solicita Información Posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca sin inscribir que se describe así: terreno de para construir, sita: en el distrito sexto, cantón octavo de la provincia de Guanacaste. Mide: mil ciento cuarenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Linda al noreste, calle pública, en una distancia de setenta y cuatro metros con veintidós centímetros lineales; sur, calle pública con una distancia de treinta y siete metros con treinta y ocho centímetros lineales; oeste, Dos Aires Limitada. Sobre el inmueble no existen cargas reales, el titulante es el único dueño, es dueño de la propiedad desde hace más de diez años. Lo estima en la suma de trescientos mil colones. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria Expediente Nº 06-100126-0389-CI).—Juzgado Civil de Cañas, 4 de mayo del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 54274.—(45445).
Virginia Liseth Martínez Quedo, mayor de edad, costarricense, soltera en unión libre, ama de casa, vecina de Barrio Nazaret, de la Bomba de Agua, cien metros este, cédula de residencia número doscientos setenta-uno siete dos seis dos seis-uno cero cero uno dos siete, estableció: diligencias de Información Posesoria, para inscribir a nombre de Virginia Liseth Martínez Quedo, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir con una casa de habitación, situada en Liberia, distrito y cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con calle pública, con un frente de nueve metros con dieciocho centímetros lineales; sur, con Silvia Badilla Villegas; este, con Katia Martínez Quedo y al oeste, con José González. Mide: ciento cuarenta y un metros catorce decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-un millón treinta y siete mil doscientos sesenta y uno-dos mil cinco, de fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil cinco. Dicha finca fue adquirida por medio de compraventa, mediante escritura número ciento veinticinco, realizada el treinta y uno de enero del dos mil uno, que le hiciera al señor José Félix Reyes Pasos, quien es mayor, casado dos veces, comerciante, cédula de identidad número nueve-cero cero tres-quinientos treinta y dos, y con quien no le liga ningún grado de parentesco. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la Finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado hacer valer sus derechos Expediente Nº 06-100102-0386-CI-(108-06-2). En Información Posesoria establecida por Virginia Liseth Martínez Quedo.—Juzgado Civil de Liberia, 28 de febrero del 2006.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 54341.—(45446).
Carmen Cecilia Pereira Salazar, mayor, casada, ama de casa, vecina de Limón, carretera a Portete, frente a las ruinas del Hotel Las Olas, cédula de identidad Nº 1-450-784, promueve las presentes diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público Sección Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno para construir con una casa con piscina. Situada en Piuta, distrito y cantón primero de la provincia de Limón, que mide: 2.040.84 metros cuadrados. Colinda: norte, con calle pública con un frente a ella de 23.66 metros lineales y Ernesto Alvarado Cabrera; al sur, con Álvaro Rossi Chavarría y Carmen Pereira Salazar; al este, con calle pública con un frente a ella de 24.09 metros lineales, Ernesto Alvarado Cabrera y Hugo Castillo Sandoval, y al oeste, con Álvaro Rossi Chavarría. No existen condueños, ni cargas reales. Fue estimado en la suma de diez millones de colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información posesoria, para dentro del plazo de un mes, se apersonen a este despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren. Expediente Nº 04-000393-0678-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica de Limón, 4 de mayo del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 54511.—(45951).
Ana Isabel Campos Cerdas, quien es mayor de edad, soltera, contadora, cédula de identidad número cinco-doscientos cuarenta y uno-doscientos cuarenta y cinco, vecina de Barrio Colorado de Liberia, trescientos metros sur del Bar La Enramada, estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a nombre de Ana Isabel Campos Cerdas, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir. Situada en Curubandé, distrito quinto y cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con calle pública con un frente de once metros con cincuenta y ocho centímetros; sur, con Martín Campos Montoya; al este, con Ana Ibetthe Campos Cerdas; oeste, con Ramona Cerdas Cerdas. Mide: doscientos ochenta y siete metros con ochenta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-setecientos diez mil quinientos noventa y seis-dos mil uno, de fecha cinco de junio del dos mil uno. Dicha finca fue adquirida por medio de donación, mediante escritura número doscientos diecisiete, de fecha veintinueve de junio del dos mil uno, que le hiciera su padre el señor Martín Campos Montoya, quien es mayor, costarricense, cédula de identidad número cinco-cero setenta y ocho-novecientos setenta y tres, vecino de Barrio Colorado de Liberia y con quien le liga grado de parentesco. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este juzgado, a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 06-100205-0386-CI-(215-06-2). En información posesoria establecida por Ana Isabel Campos Cerdas.—Juzgado Civil de Liberia, 20 de abril del 2006.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 54606.—(45952).
Ana Ivette Campos Cerdas, mayor de edad, soltera, contadora, vecina de Barrio Colorado de Liberia, trescientos metros sur del Bar La Enramada y con cédula de identidad número cinco-doscientos cuarenta y uno-doscientos cuarenta y seis, estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir. Sito en Colorado, distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: Al norte, con calle pública con un frente de once metros con ochenta y centímetros; al sur y este, con Martín Campos Montoya, y al oeste, con Ana Isabel Campos Cerdas. Mide: doscientos sesenta y cuatro metros con setenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-setecientos diez mil quinientos noventa y tres-dos mil uno, de fecha cinco de junio del dos mil uno. Dicha finca la posee por donación que le hiciera el señor Martín Campos Montoya, quien es mayor de edad, soltero, agricultor, y con cédula de identidad número cinco-cero setenta y ocho-novecientos setenta y tres, y quien le traspasara la posesión por más de diez años, y quien es su padre biológico. El inmueble fue valorado en la suma de un millón de colones y las diligencias en la suma de un millón de colones. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este juzgado a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 06-100204-0386-CI-(214-06-1). En información posesoria establecida por Ana Ivette Campos Cerdas.—Juzgado Civil de Liberia, 20 de abril del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 54607.—(45953).
José Manuel Méndez García, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino del Cedro de Buena Vista de Cañas Dulces de Liberia, y con cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta y dos-cero treinta y siete, estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de solar. Sito en el Cedro, distrito dos de Cañas Dulces, del cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con Gerardo Antonio Méndez García; al sur, con calle pública con un frente de doce metros con veinte decímetros lineales; al este, con Olga María Méndez García y Yessenia Angélica Méndez Álvarez, en parte, y al oeste, con Maritza Méndez García. Mide: quinientos sesenta y siete metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-novecientos treinta y nueve mil quinientos sesenta y dos-dos mil cuatro, de fecha veintiséis de julio del dos mil cuatro. Dicha finca la posee por medio de donación verbal que le hiciera la señora Guadalupe Méndez García, quien es su madre, y quien le traspasara la posesión por más de diez años. El inmueble fue valorado en la suma de cincuenta mil colones, y las diligencias en la suma de cincuenta mil colones. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este juzgado a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 06-100071-0386-CI-(166-06-1). En información posesoria establecida por José Manuel Méndez García.—Juzgado Civil de Liberia, 27 de marzo del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 54679.—(45954).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María de los Ángeles Segura Quesada, quien fue, casada una vez, del hogar, con la cédula de identidad número: dos - trescientos setenta y siete - doscientos diecinueve, y que residió en San Rafael de Poás, Alajuela, cuatrocientos metros de la entrada a Barrio Guadalupe, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente número 002-2006.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 54099.—(45447).
Se hace saber que este despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Gómez Garita, quien fuera mayor, casado de únicas nupcias, pintor, portador de la cédula de identidad 3-201-890, vecino de San Rafael de Oreamuno, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000539-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de abril del 2006.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 54100.—(45448).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Altagracia Chacón Monge, mayor, casada, del hogar, vecina de Golfito, cédula de identidad número nueve-cero noventa y cinco-seiscientos cincuenta, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quienes corresponda.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, Puntarenas, 19 de abril del 2005.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 54104.—(45449).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Franklin Barboza Valverde, quien fuera mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de La Linda de General Viejo, Pérez Zeledón, cédula 1-672-834, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100678-0188-C.I. Interno 708-05-2.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 1º de noviembre del 2005.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Nº 54125.—(45450).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Mora Reina, quien en vida fue mayor, casado una vez, contador, vecino de Puntarenas, cédula de identidad número 9-058-092, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda Expediente 001-2005. Notaría del Bufete S.M. Profesionales Asociados.—Lic. Wagner Acevedo Picado, Notario.—1 vez.—Nº 54171.—(45451).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Clarisa Durán Chacón, quien fuera soltera, pensionada, cédula 3-120-143. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000360-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de abril del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 54181.—(45452).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión tramitada en forma conjunta de Víctor Manuel López Sánchez, mayor, casado una vez, chofer, vecino de San José, Santa Marta de Montes de Oca, de la escuela doscientos metros al este y cincuenta metros al sur, cédula de identidad número tres-ciento veintiséis-ochocientos noventa y cuatro y Flora Clemencia Quirós Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de la misma dirección del anterior, cédula de identidad uno-dos cinco uno-cero seis dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe ajos que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: N° 000l-2005. Notaría del Bufete del Licenciado Douglas Román Díaz.—Lic. Douglas Román Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 54184.—(45453).
Por única vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafaela Ángela Sánchez Ramírez, quien fue mayor, casada una ves, ama de casa, cédula número 3-148-788, vecina de Canadá de la Suiza de Turrialba, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de esta edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del término dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2005-100019-341-CI-19-A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 31 de enero del 2006.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 54195.—(45454).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Hugo Quesada Murillo, quién fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José, Barrio Lujan, cédula de identidad número 2-0107-0151, y María Carmen Bolaños Monge, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Barrio Lujan, San José, cédula de identidad número 2-0119-0859. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000178-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de marzo de 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—Nº 54203.—(45455).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión Nº 05-000089-0180-CI-0 de Rafael Ángel Sánchez Marín, quien fue mayor, divorciado, vecino de Pozos de Santa Ana, cédula número 1-374-124, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará, a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José, 9 de febrero del 2005.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—1 vez.—Nº 54205.—(45456).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Danilo Azofeifa Bogantes, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, cédula cuatro-cero ochenta y uno-setecientos veintisiete, vecino de San Pablo de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-001664-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de mayo del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 54209.—(45457).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión quien en vida fue Rodrigo Quirós Arce, mayor de edad, soltero, pensionado, vecino de San José, Curridabat, del Edificio de Condominios Vista Real, trescientos metros al norte, doscientos metros al este, cincuenta metros al norte, casa número veintiocho-D y portador de la cédula de identidad número uno-ciento noventa y tres-trescientos diez, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil seis. Notaría del licenciado José Alberto Monterrosa Ordeñana, sita en San José, Montes de Oca, San Pedro, del Banco Nacional 200 metros al sur y 50 metros al oeste, casa mano derecha, color verde con amarillo, rótulo de Corporación Jurex.—Lic. José Alberto Monterrosa Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº 54210.—(45458).
La suscrita notaria, hace constar que por resolución firme, de conformidad con el artículo ciento sesenta y uno del Código Procesal Civil, de las quince horas del veintidós de mayo del dos mil seis, dentro del expediente sucesorio en sede notarial número cero cero cero uno-dos mil seis X.L.S.G., que se tramita ante la suscrita notaria, se ha ordenado corregir el error material del edicto de citación de herederos publicado en el Boletín Judicial número cuarenta y cinco de fecha viernes tres de marzo del dos mil seis, páginas diez y once, que por error material indicaba que el número de cédula del causante Gil Chaverri Rodríguez era cuatro-cero cuatro siete-uno siete nueve, cuando su real y correcto número de cédula es cuatro-cero cuatro siete-dos seis cinco, por lo que se tiene por corregido el error material aquí indicado. De conformidad con el auto firme de las quince horas del veintidós de mayo del dos mil seis, aquí relacionado, en todo lo demás queda firme el edicto corregido.—Heredia, a las quince horas del veintidós de mayo del dos mil seis.—Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—(45756).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en general en la sucesión del señor Fernando Granados Garnier, quien fue mayor, casado segunda vez, administrador, vecino de Desamparados, Calle Fallas, cédula tres-ciento quince-cuatrocientos sesenta y ocho, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2006, sucesión de Fernando Granados Garnier. Bufete Lobo-Quintero y asociados, segundo piso del Condominio Las Américas, Avenida Segunda.—Lic. Leonel Quintero Barrera, Notario.—1 vez.—Nº 54539.—(45955).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Ángel Arias Castillo, quien fuera mayor, casado una vez, cédula 4-0039-2645, pensionado, vecino de San Antonio de Belén. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 04-002508-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de noviembre del 2004.—Lic. Deyanira Martínez Bolívar, Jueza.—1 vez.—(46531).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen González Barquero, quien fuera mayor, soltera, de ocupaciones del hogar, vecina de la ciudad de Heredia, cédula de identidad número cuatro-cero cero cuarenta y seis-cero setecientos treinta y ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-001288-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 10 de mayo del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 54548.—(45956).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Mainieri Prinz, quien fue mayor, soltero, comerciante, vecino de Barrio México, cédula de identidad Nº 1-334-215. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-001442-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de febrero del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—Nº 54577.—(45957).
Se hace saber que ante la notaria Flor María Delgado Zumbado, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Raúl Venegas Murillo, quien fue mayor, casado una vez, ebanista, de igual domicilio que ellos, cédula de identidad dos-cero uno nueve uno-cero dos nueve cuatro, quien falleció el veintinueve de agosto del dos mil y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en Belén, Heredia, ciento veinticinco metros al norte de Bancrecen.—Belén, a las diez horas del veinte de mayo del dos mil seis.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 54614.—(45958).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Florentino Zúñiga Vásquez, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Rita de Pococí, cédula uno-cero setenta y dos-seiscientos treinta y uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 06-100028-0468-CI, causante: Florentino Zúñiga Jiménez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 2 de febrero del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 54621.—(45959).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de María Piedades Fallas Guevara, quien en vida fue mayor, ama de casa y portadora de la cédula de identidad Nº 1-337-619, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000297-0185-CI. Proceso sucesorio de María Piedades Fallas Guevara.—Juzgado Sexto Civil de San José, 29 de marzo del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—Nº 54638.—(45960).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Lucía, conocida como Lucía Rosa Rosales Cisneros, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, cédula Nº 6-025-0244, vecina de Alajuela centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000349-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de abril del 2006.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—1 vez.—Nº 54676.—(45961).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Santiago Murillo Murillo, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Montecillos de Alajuela, de la Iglesia Católica 300 metros al oeste, cédula Nº 2-154-116. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000534-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de mayo del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 54677.—(45962).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de William Quirós Quesada, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad Nº 9-099-065, vecino de Pérez Zeledón, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apersonen los que se crean tener la calidad de herederos, que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 06-100208-0188-CI, interno Nº 344-06-4 de William Quirós Quesada, albacea provisional Carmen Lidia Quesada González.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 24 de abril del 2006.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—1 vez.—Nº 54686.—(45963).
Se cita a todos los herederos e interesados y desconocidos en la sucesión de quien en vida fue Victoria Yunis Mora, mayor, viuda una vez, comerciante, costarricense, cedula de identidad Nº 7-490-673, vecina de Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse en sucesorio Nº 05-000729-0678-CI-1 de Victoria Junis Mora.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de marzo del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 54694.—(45964).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen, conocido como Heliodoro Campos Alfaro, mayor, varón, casado una vez, pensionado, vecino de Llorente de Flores, Heredia, de la Clínica Jorge Volio Jiménez, ciento veinticinco metros al sureste y veinticinco metros al este, con cédula de identidad número cuatro-cero treinta y seis-ocho mil setecientos cincuenta, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2005. Notaría del Bufete Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri. San Joaquín de Flores, Heredia, del Liceo Regional de Flores, cincuenta metros al sur.—Lic. Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 54701.—(45965).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Blas Guillermo Azofeifa Cruz, quien fuera mayor, casado una vez, con cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y dos-quinientos noventa y tres, cuyo último domicilio fue La Aurora de Heredia, de la escuela pública cien metros al oeste y veinticinco metros al sur, casa G-19. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 03-000101-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 13 de mayo del 2003.—Lic. Deyanira Martínez Bolívar, Jueza.—1 vez.—(46076).
TERCERA PUBLICACIÓN
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito de la menor Dixie
Alejandra Mora Delgado, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo
de treinta días, que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenando. Expediente Nº 06-400016-0389-FA. (16-5-06)-B.—Juzgado
de Familia de Cañas, Guanacaste, 20 de febrero del 2006.—Lic. María Inés
Mendoza Morales, Jueza.—(Solicitud Nº 24671-PANI).—C-2415.—(44509).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Lic. Mario Zamora Mata, Juez del Juzgado Quinto Civil de la Ciudad de San José; se hace saber a Eliyahan Naim Duash, que en este despacho se interpuso un proceso en su contra, bajo el expediente Nº 04-000707-184-CI, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: monitorio N° 04-000707-184-CI de David Meneses Aguilar contra Eliyahan Nam Duash. Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las diez horas del día quince de junio del dos mil cuatro. Se tiene por establecido el presente proceso monitorio de David Meneses Aguilar contra Eliyahan Naim Duash, a quien se le previene señalar lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se le concede al demandado el plazo de diez días para que pague la suma de setecientos veinte mil novecientos cincuenta y tres colones, más un cincuenta por ciento de ley para responder al presente proceso. Se le advierte al demandado que dentro del plazo indicado puede oponerse en caso de no estar de acuerdo, caso contrario, se procederá a la ejecución dictar la sentencia respectiva, conforme lo estipulan los artículos 502 y 502 del Código Procesal Civil, en caso de oposición deberá fundarse conforme lo establece el numeral 505 del Código de Rito. Notifíquese esta resolución al demandado personalmente o por cédula y copias en su casa de habitación por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Lic. Alejandra Vargas Montero, Jueza. Expediente Nº 04-000707-184-CI proceso monitorio David Meneses Aguilar c/ Eliyahan Naim Duash. Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las trece horas treinta minutos del día quince de marzo del dos mil seis, por parte de la curadora se tiene por hechas las anteriores manifestaciones y por señalado nuevo medio para atender notificaciones de lo cual se toma nota. Publíquese el edicto de notificación del demandado. Lic. Mario Zamora Mata, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso expediente Nº 04-000707-184-CI, proceso monitorio David Meneses Aguilar c/ Eliyahan Naim Duash.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de marzo del 2006.—Lic. Mario Zamora Mata, Juez.—Nº 54339.—(45469).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en proceso para declarar insanas a las señoras Ana Patricia Corrales Videche y Marcela de la Inmaculada Corrales Videche, representadas por su curador procesal Carlos Corrales Videche, establecido por Rosa María Videche Contreras, expediente Nº 05-001541-0165-FA, se dictó la sentencia que en lo conducente dice: sentencia Nº 192-2006. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. Montelimar, a las once horas cincuenta minutos del cinco de abril del año dos mil seis. Diligencias de actividad judicial No Contenciosa de declaratoria de Insania promovidas por Rosa Emilia Videche Contreras, mayor, casada, ama de casa, vecina de Guadalupe, cédula de identidad número uno-doscientos seis-ciento cincuenta y nueve, en favor de Marcela de la Inmaculada Corrales Videche, mayor, soltera, desempleada, vecina de Guadalupe, cédula de identidad número uno-seiscientos cuarenta y ocho-novecientos noventa y siete, y de Ana Patricia Corrales Videche, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Guadalupe, cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta y dos-ochocientos setenta y nueve. Resultando; 1º—… 2º—…, 3º—… Considerando: I.— II.— Por tanto: Con base en lo expuesto, y normas citadas, se falla: se declara insanas a las señoras Ana Patricia Corrales Videche y Marcela de la Inmaculada Corrales Videche, y se designa como su curador definitivo al señor Carlos Alberto Corrales Videche, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días, una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho compareciendo el curador designado en forma personal. El curador deberá presentar un inventario y avaluó de los bienes que tengan inscritos a su nombre las insanas, para cumplir con este requisito se le otorga al curador designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. Se le hace ver al curador que deberá rendir garantía de la administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado el inventario y avalúo de los bienes de las insanas. El curador deberá rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Firme esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de las insanas. Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso de insania de Ana Patricia Corrales Videche y Marcela de la Inmaculada Corrales Videche, establecido por Rosa Emilia Videche Contreras. Expediente Nº 05-001541-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de abril del 2006.—Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(45489).
Se avisa que en este Despacho el señor Randolph Núñez Ramírez solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor Valeria Herrera Calderón. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 06-000173-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y la Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 54452.—(45664).
Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber a Jorge Zavala Galeano, que en este Despacho se interpuso un proceso reconocimiento de hijo de mujer casada en su contra, bajo el expediente Nº 06-000914-0165-FA donde se le hace saber lo siguiente: se confiere audiencia por el término de tres días, al padre registral de la menor María Zavala Regueyra, al señor Jorge Zavala Galeano, para que manifieste lo que a su interés tenga; en dicho proceso el señor Édgar Hernández Cañas, solicita autorización para reconocer a la menor antes mencionada. Lo anterior se ordena así en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Édgar Hernández Cañas. Expediente Nº 06-000914-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de mayo del 2006.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Nº 54466.—(45665).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes pueda corresponder la curatela del señor Gerardo Chaves Oviedo, mayor, casado una vez, conserje, vecino de Coronado, Dulce Nombre, cédula de identidad Nº 6-105-223, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de Insania promovida por la Procuraduría General de la República, en favor de Gerardo Chaves Oviedo. Expediente Nº 06-000266-0187-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de mayo del 2006.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—(45745).
Se avisa que en este Despacho la señora María Elena Rodríguez Salazar, solicita se apruebe la solicitud de adopción individual de la persona menor Johana Marcela McFeild Madrigal. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 05-400396-216-NA.—Juzgado de la Niñez y la Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de noviembe del 2005.—Lic. Rocío Fernández Ureña, Jueza.—1 vez.—Nº 54518.—(45967).
Se avisa que en este Despacho los señores Mario Esaú Madrigal Fonseca y Margarita de los Ángeles Torres Porras, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor Raquel Zúñiga Zúñiga. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 06-000009-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y la Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de marzo del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 54565.—(45968).
Se avisa que en este Despacho el señor Jaime Quirós Umaña solicita se apruebe la solicitud de adopción individual de la persona menor María Alexandra Sánchez Vásquez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 02-000093-673-NA.—Juzgado de la Niñez y la Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 54704.—(45969).
A quien interese, se hace saber que Auto Mercantil S. A. ha interpuesto en este Despacho Proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna resolución Nº 265-2004 dictada por el Ministerio de Hacienda a las ocho horas del quince de marzo del dos mil cuatro. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 04-000183-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Segunda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 2 de mayo del 2006.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—1 vez.—(46052).
Lic. Rolando Soto Castro, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Gonzalo José Quiroga Soria, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente Nº 05-000572-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de Mara Lía Alfaro Calvo contra Gonzalo José Quiroga Soria, expediente Nº 05-000572-0292-FA. De la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante Mara Lía Alfaro Calvo se confiere traslado al accionado Gonzalo José Quiroga Soria, quien debe ser notificado en la persona de Roberto Montealegre Quijano, curador procesal del demandado ausente por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas, al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. en al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados y un demandado ausente en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia y a la Procuraduría General de la República. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este Circuito Judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Por parte del Lic. Roberto Montealegre Quijano, curador procesal del demandado ausente, se tiene por contestada la demanda de dicha contestación. Se confiere audiencia a la parte actora por tres días. Queda el edicto de la presente resolución a la orden de la parte actora para su publicación. Lic. Rolando Soto Castro, Juez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2006.—Lic. Rolando Soto Castro, Juez.—1 vez.—(46064).
Que ante esta notaría pública, se ha presentado Jairo Josué Sánchez Moreno, pasaporte de la República del Salvador, Nº B cinco uno cero dos siete siete y Kattia Vanesa González Hidalgo, cédula uno-once cuarenta y dos-novecientos ochenta y uno, costarricense. Si existe oposición, o alguien conoce impedimento de los contrayentes, para la realización del matrimonio, puede indicarlo dentro de los próximos ocho días en mi oficina sita San José, en calle uno y tres. Avenida catorce.—Lic. Rolando Porras Mejías, Notario.—1 vez.—Nº 53932.—(44910).
Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores: Ramón Tobías Molina Montoya, mayor, soltero, costarricense, nacido el tres de octubre de mil novecientos sesenta y tres, jornalero, cédula seis-ciento setenta y ocho-cuatrocientos diecisiete, hijo de Gregorio Molina Moya y Flor María Montoya Vargas, vecino de Tamarindo de Laurel, setenta y cinco metros al este del supermercado Tamarindo y, así como Elisa Zúñiga Arce, mayor, divorciada de Guillermo Jaén Gómez, costarricense, ama de casa, nacida el catorce de febrero de mil novecientos cuarenta y nueve, hija de Rafael Zúñiga Zúñiga y Rosalina Arce Mejías, vecina de la misma dirección del contrayente. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil Nº 06-400117-424-FA-1 (118-06-1). Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 19 de abril del 2006.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—Nº 53924.—(44911).
Ante el suscrito notario, se presentó la señora Ligia Herra Céspedez, portadora de la cédula de identidad número 6-0210-0289; manifestando que es su libre deseo contraer matrimonio civil con arreglo al ordenamiento jurídico costarricense con el señor Julio César Verdecia Ríos, ciudadano cubano; por lo que quien tenga objeción o conozca impedimento alguno para que este matrimonio se realice, favor notificarlo a mi notaría en San José, Guadalupe, Goicoechea, 200 metros oeste y 75 metros norte del costado oeste de la Clínica Católica, edificio de tres plantas, segundo piso, en el término de ocho días naturales.—Lic. Dennis A. Pineda Soto, Notario.—1 vez.—(45003).
Ante el suscrito notario se presentó la señora Nancy Rocío Ocampo Hernández, portadora de la cédula de identidad número 2-622-627, manifestando que es su libre deseo contraer matrimonio civil con arreglo al ordenamiento jurídico costarricense con el señor José Joaquín Rondón Valdez, ciudadano cubano; por lo que quien tenga objeción o conozca impedimento alguno para que este matrimonio se realice, favor notificarlo a mi notaría en San José, Guadalupe, Goicoechea, 200 metros oeste y 75 metros norte del costado oeste de la Clínica Católica, edificio de tres plantas, segundo piso, en el término de ocho días naturales.—Lic. Dennis Pineda Soto, Notario.—1 vez.—(45004).
Ante esta notaría, han solicitando celebración de matrimonio civil los señores Guillermo Dema Rey, de nacionalidad española, soltero, funcionario internacional, número de misión internacional MI-8906-2006, e hijo de Manuel Dema Samperio y Josefina Rey Torrijos y Roxana Mónica Mory Elera, de nacionalidad peruana, divorciada, secretaria de dirección, pasaporte Nº 0976493, e hija de Marco A. Mory Enciso y Nelly Elera Ganosa, ambos mayores de edad, vecinos de Granadilla Condominio Lomas de Granadilla, vivienda 258. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo en los siguientes 8 días naturales a la publicación de este edicto, ante mi notaría, sita en San José, Curridabat del Indoor Club 300 metros este, edificio Peugeot tercera planta. Se publica este edicto para cumplir con lo establecido en el capítulo IV del Código de Familia.—San José, 18 de mayo del 2006.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 54030.—(45117).
Contrayente: Luis Alberto Fallas Chinchilla, de veintiún años de edad, ayudante de contratista, cédula 3-398-973, vecino de San Antonio de Escazú, un kilómetro al sur de la Guardia Rural y 150 metros al este, hijo de Gerardo Fallas Gamboa y Ana Alicia Chinchilla Vega, nativo de Turrialba de Cartago, el seis de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro, soltero. Contrayente: Angie Gabriela Camareno Aguilar, de diecinueve años de edad, soltera, cajera, cédula 1-1302-0658, vecina de la misma dirección del contrayente, hija de Felipe Camareno Arroyo y Nidia Aguilar Mora, nativa de Hospital, Central, San José, el veintitrés de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, solicitan a este Despacho la celebración de su matrimonio civil. Se publica este edicto para efecto del capítulo IV del Código de Familia. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Juzgado dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Matrimonio Civil de Luis Alberto Fallas Chinchilla y Angie Gabriela Camareno Aguilar.—Juzgado de Escazú, 12 de mayo del año 2006.—Lic. María Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(45498).
Se hace saber que han comparecido ante este Despacho, los señores: José Alfredo Jiménez Alvarado, mayor, de treinta y siete años de edad, vendedor, unión libre, vecino desde hace más de tres meses de San Isidro de Heredia, setenta y cinco norte del Salón Parroquial, cédula dos-cuatrocientos cuarenta-trescientos cuarenta y ocho, costarricense, nativo de Alajuela, el siete de agosto del año sesenta y ocho, hijo de Guillermo Jiménez Garita y Laura Alvarado Mora; y Laura Francine Zamora Vargas, mayor, de veinticuatro años de edad, unión libre, vecina desde hace más de tres meses de San Isidro de Heredia, setenta y cinco metros norte del Salón Parroquial, cédula cuatro-ciento setenta y seis-novecientos trece, ama de casa, costarricense, nativa de Heredia el diecisiete de diciembre del año ochenta y uno, hija de Carlos Zamora Madrigal y de Rosa Vargas Pérez, costarricenses. Con el fin de contraer matrimonio civil. Si alguna persona tiene alguna causa que justifique el impedimento de la realización del matrimonio, deberá manifestarlo dentro del plazo de ocho días a partir de la publicación de este edicto. Expediente número 06-100655-374-CI de solicitud de matrimonio civil.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Isidro de Heredia.—Lic. Hellen Segura Godínez, Jueza.—1 vez.—(45509).
Aviso de matrimonio civil: Rafael Ángel Calderón Serrano, mayor, soltero, técnico de comunicaciones, vecino de Paraíso de Cartago, 100 metros norte y 50 metros este de la última parada de buses, cédula de identidad Nº 3-353-769 y Carolina Cortés Zúñiga, mayor, soltera, dependiente, vecina de Cartago, del Asilo de la Vejez en Cartago, 100 metros norte y 150 metros oeste, cédula de identidad Nº 3-373-198. El matrimonio se celebrará en el salón “Tu Casa”, el día 24 de junio del 2006, a la 10:00 a. m., ante la notaria pública María del Pilar Araya Céspedes.—Cartago, 22 de mayo del 2006.—Lic. María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 54502.—(45970).
Han comparecido ante esta notaría, con el fin de contraer matrimonio: Andrey Jesús Obando Castillo, mayor de edad, costarricense, recepcionista, portador de la cédula de identidad número seis-trescientos veintisiete-novecientos uno, vecino de Quepos, Puntarenas, por la entrada principal a Boca Vieja, frente al Taller de Bejuca, nació en Puntarenas el día 20 de marzo de mil novecientos ochenta y tres y es hijo de Gilberto Antonio Obando Madriz y de Marita Castillo Núñez, ambos costarricenses; y Mariela Morera Monge, mayor de edad, soltera, de oficios domésticos, vecina de la misma dirección que el primero, nació en Liberia, Guanacaste, el día treinta de setiembre de mil novecientos ochenta y tres y es hija de Omar Morera Villegas y Ana Cecilia Monge Mendoza, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere impedimento legal para que este matrimonio se celebre, debe manifestarlo a esta notaría, dentro de los siguientes ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Tilarán, 19 de mayo del 2006.—Lic. Nayudell Murillo Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 54578.—(45971).
El Juzgado de Tránsito de Cartago, al señor Castañeda Angulo Armando Osbaldo, mayor, cédula de identidad Nº 6-183-005, de domicilio ignorado en la actualidad, hace saber que: En el expediente número 060004860496TR que es causa seguida contra Luis Rojas López y Jorge López Ramírez, por colisión, se ordena notificar por medio de edicto al señor Castañeda Angulo Armando Osbaldo, propietario registral del vehículo placas CL 170285, marca Chevrolet, a quien se le previene que deberá presentarse en este despacho dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, con el fin de constituirse como parte en las presentes diligencias, de no hacerlo, estará renunciando a ese derecho (artículo 160 de la Ley de Tránsito por Vías Terrestres), expediente número 06-000486-0496-TR.—Juzgado de Tránsito de Cartago, a las trece horas, diez minutos del doce de mayo del dos mil seis.—Lic. Mireya Gallardo Arboleda, Jueza.—1 vez.—Nº 53904.—(44912).
Lic. María Gabriela León Mora, Fiscal Coordinadora de la Unidad de Fraudes del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Helbert Obando Durán, cédula 5-189-605, mayor, costarricense, casado, abogado, vecino de San José, se le hace saber que en legajo de Acción Civil Resarcitoria Nº 99-4219-175-PE-1, de Jorge Manuel Sánchez Pacheco y otro, contra Vera Violeta Jiménez Roldán y otros por el delito de Administración Fraudulenta, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, a las trece horas con cuarenta minutos del dieciocho de mayo del dos mil seis. En vista de que el codemandado civil Helbert Obando Durán ha sido citado en la dirección ofrecida por el para ser notificado pero dado que no ha sido posible notificarle personalmente la Acción Civil Resarcitoria presentada en su contra, se procede a comunicarle la resolución de las catorce horas con diez minutos del veintiuno de abril del dos mil seis, que cursa la Acción Civil Resarcitoria en su contra, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. María Gabriela León Mora, Fiscal Coordinadora de la Unidad, de Fraudes del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de San José. Se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria. Expediente 99-4219-175-PE-A1. Imputada: Vera Violeta Jiménez Roldán y otros. Delito de Administración Fraudulenta. Ofendido: Jorge Manuel Sánchez Pacheco y otro. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas con diez minutos, del veintiuno de abril del dos mil seis. Vista la Acción Civil Resarcitoria presentada por Jorge Manuel Sánchez Pacheco, en su condición de ofendido, en el que esta demandado civilmente a Francisco Morazán Sánchez Pacheco, María Rosa Masís Rodríguez, Leticia Sánchez Pacheco, Vera Violeta Jiménez Roldán, Herberth Obando Durán, Jeannette Bonilla Montero, Gustavo Sánchez Masís, Luis Mariano Vargas Mayorga, Carlos Alberto Méndez Mora, Teresa Pacheco Varela, María del Mar Briceño Sánchez, Karina Briceño Sánchez, Dennis Briceño Sánchez y Freddy Mora Murillo, se tiene por presentada y se ordena, según el artículo 115 del Código Procesal Penal, dar traslado del contenido de la misma a los demandados civiles, al imputado y al defensor, en la dirección por ellos señalada para oír notificaciones, menos a los cinco últimos, cuya notificación deberá realizarse en el Testimonio de Piezas Nº 06-783-175-PE-2. Notifíquese la presente. Lic. María Gabriela León Mora, Fiscal Coordinadora. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Unidad de Fraudes del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. María Gabriela León Mora, Fiscal Coordinadora.—1 vez.—Nº 54145.—(45474).