DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HACE SABER
Que en el proceso
disciplinario notarial N° 02-000283-0627-NO del Registro Público de la
Propiedad Bienes Inmuebles contra los notarios públicos Jorge y Sheila, ambos
Chaves Berrocal, cédula de identidad en ese orden número: 02-0467-0686 y
02-0392-0433, se dictó la sentencia N° 270-05 de las catorce horas cuarenta
minutos del siete de julio del año dos mil cinco, modificada por el Tribunal
Notarial mediante el Voto N° 119-2006 de las nueve horas cuarenta y cinco
minutos del veinticinco de mayo del año dos mil seis, y en razón de esos
pronunciamientos, se dispuso suspender a ambos denunciados en el ejercicio de
la función notarial, siendo la sanción del notario Jorge de seis meses y a la
notaria Sheila de un mes. Dicha sanción rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial.
San José,
17 de julio de 2006.
                                                      Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(65358)                                                            Jueza
PRIMERA PUBLICACIÓN
HACE SABER:
Que dentro
del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial
(no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el
expediente N° 06-000546-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado
del notario Luis Tacsan Acevedo, mediante la resolución de las trece horas
cincuenta minutos del once de julio de dos mil seis, se dispuso: transcribir la
resolución que da traslado. Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con
cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y
nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios
públicos, la Sala Constitucional dispuso: “…las sanciones que sean impuestas a
los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función,
deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la Dirección
referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual
impugnación de la medida…”. En el presente asunto, no ha sido posible notificar
al licenciado Luis Tacsan Acevedo del contenido de la resolución de las catorce
horas del treinta y uno de mayo de dos mil seis, tanto en la dirección de su
oficina notarial como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de
acta que corre a folio cuatro. En razón de lo anterior, con la finalidad de
garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Luis Tacsan
Acevedo la resolución de las catorce horas del treinta y uno de mayo de dos mil
seis, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por
ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser
localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública).
Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece
horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo
dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de
conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue
sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para
notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya,
caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de
Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado
es nuestro).... Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de
fecha veintinueve de mayo de 2006, suscrito por Ingrid Moya Aguilar, Asistente
Administrativo de este Despacho, en el que se consigna claramente que “... con
vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al catorce de mayo del año
en curso, y el Registro Nacional de Notarios, el licenciado Tacsan Acevedo
Luis, debe al mes de mayo cincuenta y ún cuotas”, se tiene por
acreditado que el notario Tacsan Acevedo Luis, se encuentra en un estado de
morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios
Públicos, creado por el artículo 9 del Código Notarial, situación que de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa
la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene al
notario Tacsan Acevedo Luis, portador de la cédula 05-101-179, para que en el
plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso
contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4 inciso
g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial,
queda prevenido el notario Tacsan Acevedo Luis, que en tanto no se encuentre al
día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos,
deberá abstenerse de continuar sus funciones cartularias, de lo contrario
podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También
se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del
perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo
el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que
se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la
Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del
4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de
fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del
territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido,
imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán
iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación
automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Actualizado el estudio de
las cuotas se desprende que el licenciado Luis Tacsan Acevedo debe al mes de
junio del presente año cincuenta cuotas del Fondo de Garantía Notarial.
San José,
11 de julio del 2006.
                                                            Lic.
Alicia Bogarín Parra
(65349)                                                                        Directora
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Que se aprobó la solicitud de
cese de la Notaria Pública Licenciada Gloria Sofía Zúñiga Rodríguez, cédula
1-1052-645, mediante resolución número 0797-2006, de las quince horas del once
de julio del dos mil seis, a partir de las once horas cincuenta minutos del
diez de julio del año en curso.
San José, 11 de julio del
2006.
                                                             Lic.
Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(65335)                                                            Directora
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las dieciséis horas y treinta
y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior
de este despacho, y con la base de un millón cinco mil colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: libre de gravámenes y soportando infracciones y
colisiones, en el Juzgado de Tránsito II Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, expediente Nº 01-6011661-499-TC, el bien CL 85689, marca: Daihatsu,
estilo: Delta, año: 1984, chasis: V5401624. Así como el vehículo placa CL
85862, mismo que se encuentra libre de gravámenes, marca: Toyota, estilo Dyma,
año: 1985, chasis: BU60 0000307. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario laboral de Gilberto Peña Álvarez contra Distribuidora Valverde Chacón
S. A. Expediente Nº 98-003839-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de julio del 2006.—Lic. Astrid
Lara Rivera, Jueza.—(66596).
segunda PUBLICACIÓN
A las ocho horas, treinta
minutos del trece de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de
este despacho, remataré en el mejor postor, soportando anotaciones de citas
445-05549-001 y 447-11319-001 y condiciones del IDA de citas
390-03582-01-0938-001, y con la base fijada por el perito de un millón
cuatrocientos noventa mil quinientos colones, finca inscrita en el Registro
Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero
cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta y siete-cero cero cero, terreno para
la agricultura lote 2-B-20, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia
de Limón. Linda: al norte, sur y oeste, con lote 20, y al este, con línea
férrea. Mide: doscientos noventa y ocho metros con diez decímetros cuadrados.
La finca descrita pertenece a Mynor Solano Valerín. Lo anterior por ordenarse
así en proceso ejecutivo hipotecario número 00-100118-0461-CI-2, establecido
por el Banco de Costa Rica contra Mynor Solano Valerín y otra.—Juzgado Civil
de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 10 de julio del
2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 66665.—(65931).
A las diecisiete horas del veintinueve de agosto del año dos mil seis,
en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada
inscrita a las citas: 390-00572-01-0906-001, servidumbre sirviente inscrita a
las citas: 406-06254-01-0002-001 y libre de anotaciones judiciales y con la
base de dos millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita
en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número
ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es
terreno con una casa, sito: distrito sétimo Corralillo, cantón primero Cartago
de la provincia de Cartago. Linderos: norte, William Salameron Rojas; sur, Juan
Diego Garbanzo Rojas; este, Jorge Solano Ortega, y oeste, Fabio Garbanzo
Elizondo. Mide: doscientos dieciséis metros con cuarenta y dos decímetros
cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
hipotecario número 06-008228-0170-CA del Banco Nacional de Costa Rica contra
Enid Chávez Rivera.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de julio del 2006.—Lic.
Gustavo O. Irias Obando, Juez.—(65971).
A las nueve horas del cuatro de setiembre del año dos mil seis, en la
puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con las
bases dadas por el perito para cada uno de los bienes que se dirán, sáquese a
remate lo siguiente: 1. Con la base de ciento setenta y cinco mil colones,
tanque para combustible, construido con hierro, de forma cilíndrica, con
capacidad de 35,00 metros cúbicos totalmente oxidado, sin utilidad para
almacenar sustancias por su deterioro. 2. Con la base de doscientos mil
colones, trailer casa rodante, marca Lampar, serie FLA289721, en color blanco,
cubierta externa de láminas de aluminio esmaltado, cubierta interna de láminas
de madera contrachapado tipo “plywood”, pisos de tabloncillo de madera con
alfombras, distribución de dos dormitorios, hall comedor, cocina y un baño
completo, en mal estado aproximadamente un cuarenta por ciento de las paredes
internas se han perdido por filtraciones de agua en el techo y paredes, sin
comprobar el buen funcionamiento de electricidad ni de agua potable,
actualmente en uso pero se estima en valor de rescate. 3. Con la base de
cuatrocientos mil colones una draga de succión flotante, sin información alguna
para su identificación, es de color rojo óxido, se observó el cuerpo principal
de la draga, el mástil de succión con dos tanques flotadores, en total
deterioro considerada chatarra. 4. Con la base de cien mil colones, una criba
para material rocoso, marca Screen Machine, sin más información visible,
aparentemente con todos sus componentes pero en total estado de abandono,
considerada chatarra. 5. Con la base de un millón quinientos mil colones una
trituradora o molino marca Norberg, modelo BP 1315 F, con las muelas o masas
dañadas, sin operar al momento de la inspección, en estado de abandono, se
estima en valor de rescate. 6. Con la base de un millón de colones una criba
con cuatro fajas transportadoras de 35 metros de longitud, para material
rocoso, marca Cedal Rapid Britore Quipe, serie 381279 PL03300RD, en estado de
abandono considerado chatarra. 7. Con la base de ciento veinticinco mil colones
una tolva o lavadora para material rocoso, en acero de tres secciones, serie VF
135, en estado de abandono considerado chatarra. 8. Con la base de cien mil
colones, cinco contenedores de 20 pies totalmente cerrados, muy deteriorados y
en estado de abandono, considerados como chatarra. 9. Con la base de quinientos
mil colones, un cabezal marca Mack, serie 600 con motor 350, al momento de la
inspección sin el turbo alimentador y sin el arrancador, en estado de abandono
considerado chatarra. 10. Con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones un
cargador de llantas, marca Caterpillar, modelo 980 B, en total estado de
abandono, considerado como chatarra. 11. Con la base de cien mil colones, una
góndola de remolque, de 8 metros de largo y una capacidad de 32 metros cúbicos,
en estado de abandono y considerada como chatarra. 12. Con la base de
seiscientos setenta y cinco mil colones un tractor de orugas marca John Deere,
modelo 850, con ausencia de sus partes motoras, únicamente se observó el
chasis, considerado como chatarra. 13. Con la base de novecientos cincuenta mil
colones una excavadora de orugas, marca Poclain, modelo 220, completa, pero no
operable por el estado de abandono, considerada en valor de rescate. 14. Con la
base de doscientos cincuenta mil colones restos de dos fajas transportadoras de
material rocoso, de una longitud de 12 metros de largo cada una, en estado de
abandono consideradas como chatarra. 15. Con la base de cuatrocientos cincuenta
mil colones un cargador de llantas marca John Deere, modelo 640, sin motor en
estado de abandono, se considera como chatarra. 16. Con la base de ciento
cincuenta mil colones, dos plantas eléctricas movidas por motor diesel, motores
diesel marca General, modelo 1-499, series 2447-S581 y 299B48, para generar 240
voltios y tres fases, sin mayor información de sus características, motores y
generadores se observaron aparentemente completos, paneles de control
incompletos, en estado de abandono y se estiman en valor de rescate. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 04-000752-0181
CI de Humberto Fallas Cordero contra Víctor Solano Alfaro.—Juzgado Segundo
Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de junio de 2006.—Lic. José Miguel
González Molina, Juez.—Nº 66673.—(66080).
A las diez
horas del cuatro de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarias, y con la base del valor fiscal
certificado por la Municipalidad de Palmares, sea cuatro millones quinientos
veinte mil cuatrocientos colones, por así autorizarlo el párrafo primero del
artículo 649 del Código Procesal Civil, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos quince
mil quinientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para cultivos
anuales, situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ismael Rojas Céspedes; al sur,
Rosy-Mai de Palmares S. R. L.; al este, quebrada Mora, y al oeste, calle
pública. Mide: cuatro mil ochocientos metros con treinta y cinco decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Benilda Morera
Castillo contra Thelma Cecilia Morera Lobo. Expediente Nº 01-100273-0296-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de San Ramón, 29 de junio del 2006.—Lic. Ulfrán Corrales
Jiménez, Juez.—Nº 66680.—(66081).
A las ocho
horas cero minutos del once de agosto del año dos mil seis, desde la puerta
exterior de este Juzgado; soportando hipoteca en primer grado anotada al tomo
cuatrocientos sesenta y ocho, asiento seis mil seiscientos setenta y seis
consecutivo cero cero uno, con la base de tres millones setecientos nueve mil
cuarenta colones con veintitrés céntimos; que se encuentra inscrita en el
partido de San José, matrícula de Folio Real doscientos veinte mil novecientos
cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa,
situado en el distrito segundo San Miguel, del cantón tercero Desamparados, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, con Francisca Delia Vásquez
Vásquez; al sur, con calle pública; al este, con José Joaquín Alvarado Quirós y
al oeste, con José Joaquín Alvarado Quirós. Mide: ciento veinticuatro metros
con sesenta decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 05-100265-0217-CI de Virginia
Sandí Calvo y Carlos Sandí Padilla contra Julio Ubaldo Agüero Sanabria.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Desamparados, 24 de mayo del 2006.—Lic. Vannesa
Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 66695.—(66082).
A las once horas del diecisiete de agosto del año dos mil seis, en la
puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones al tomo trescientos treinta y seis, asiento
ocho mil ciento sesenta y uno cero uno-cero novecientos tres-cero cero uno y
con la base de un millón seiscientos mil colones, sáquese a pública subasta la
finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número quinientos treinta y seis mil setecientos uno-cero cero
cero, que es terreno de pastos y cultivos anuales, situada en el distrito
sétimo, cantón diecinueve; que linda: al norte, José Lesmes Vargas Fonseca;
sur, calle pública; este, calle pública y Ramón Morera, y al oeste, calle
pública. Mide: trece mil cien metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados.
Plano catastrado número SJ-847287-2003. La finca pertenece José Lesmes Vargas
Fonseca. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario
05-100834-188-CI interno 875-05-Y3, de Desqueber S. A. contra José Lesmes
Vargas Fonseca.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 30 de junio de
2006.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 66708.—(66083).
A las ocho
horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil seis, en la puerta de
este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes y anotaciones judiciales;
con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos
colones netos, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula número
cero ochenta y nueve mil setecientos diecisiete-cero cero cero, que es terreno
para construir con un local comercial, situado en el distrito cuarto, cantón
siete, de la provincia de Guanacaste Linda: norte, calle pública; sur, Isabel
Gutiérrez Calvo; este, Felicia Quesada Núñez y al oeste, Felicia Quesada Núñez;
con una medida de dos mil setecientos veintidós metros con setenta y cinco
decímetros cuadrados. 2) asimismo libre de gravámenes y anotaciones judiciales pero
soportando plazo de convalidación, al asiento cero siete mil setecientos
veinticuatro, secuencia cero cero cero dos, al tomo trescientos noventa y
nueve, con la base de dos millones setecientos ochenta y dos mil novecientos
sesenta y dos colones netos; la finca inscrita en el Registro Público de la
Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula número
cero ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa y tres-cero cero cero, que es
terreno para construir, situado en el distrito tercero, cantón siete, de la
provincia de Guanacaste. Linda: norte, calle pública; sur, Rosa Gonzalo
Villalobos Mora; este, Agropecuaria Elda María Sociedad Anónima y oeste, Rosa
Gonzalo Villalobos Mora. Con una medida de trescientos ocho metros con sesenta
y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número
05-100297-0389-CI (311-4-2005)-B, proceso ejecutivo simple establecido por el
Banco de Costa Rica contra Felicia Quesada Núñez y Ronald Wong Li.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 13 de junio del 2006.—Lic.
María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 66710.—(66084).
A las diez
horas del veintitrés de agosto del año en curso, en la puerta exterior de este
despacho remataré: al mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando
reservas y restricciones y servidumbres trasladada y con la base de ocho
millones de colones lo siguiente: finca inscrita en la sección de Propiedad,
partido de Limón, matrícula número cuarenta mil siete-cero cero cero, de
naturaleza terreno con una casa, está situada en el distrito y cantón primeros
de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote Nº 14; al sur, con lote Nº
16; al este, con la playa y al oeste, calle pública. Mide: doscientos metros
cuadrados. Lo anterior se remata dentro del proceso ejecutivo hipotecario
número 04-000490-678-CI-1 del Banco Nacional de Costa Rica contra Leslie
Gerardo Rojas Esquivel. Notifíquese.—Juzgado Civil de Limón, 28 de junio
del 2006.—Licenciado Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 66712.—(66086).
A las diez
horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil seis, en la
puerta exterior de este Juzgado, libre gravámenes hipotecarios, soportando
condiciones al tomo 2292, asiento 163-001 y con la base de cinco mil quinientos
dólares, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de
San José, matrícula número quinientos mil novecientos veinticinco cero cero
uno, cero cero dos, que es terreno de cultivos con una casa, situada en el
distrito 07 Pejibaye, cantón diecinueve de San José. Linda: norte, Ramón
Aguilar Solano; sur, Paulino Mora Guevara; este, Ramón Agüero Delgado y al
oeste, calle pública. Mide: dos mil ciento dieciséis metros con once decímetros
cuadrados. Plano SJ-0109741-1993 y pertenece a Kattia Marloy Núñez García, el
derecho 001 y Freddy Núñez Barrantes el derecho 002. Lo anterior se remata por
estar ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 06-100245-0188-CI (254-06-M2),
establecido por Inversiones Rojicha del Sur S. A. contra Kattia Marloy Núñez
García y Freddy Núñez Barrantes.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 13 de
julio del 2006.—Lic. Marco A. Bolaños Rojas, Juez.—Nº 66744.—(66087).
A las diez
horas del lunes veintiocho de agosto del año dos mil seis, desde la puerta
exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos
mil seiscientos sesenta y ocho dólares, en el mejor postor remataré: bien
inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placas número 362678, con
las siguientes características: categoría automóvil, marca Hyundai, estilo Excel,
año 1994, color negro, de capacidad 5 personas, motor número G4DJR242147. Lo
anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº
04-001249-183-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., cédula jurídica
3-101-025416 contra Jorge Antonio Majano Majano, cédula de residencia
220-73868-1719. Notifíquese.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San
José, a las nueve horas del seis de julio del año dos mil seis.—Lic.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 66752.—(66088).
A las catorce horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil
seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de
gravámenes, con la base de dos millones novecientos cincuenta y ocho mil
colones (incluye crédito otorgado y subsidio por bono de vivienda), en el mejor
postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad,
partido de Limón, matrícula 94428-000, que es terreno de solar lote 22A2000,
situado en el distrito primero Matina, cantón quinto, Matina; provincia de Limón,
que mide: doscientos cincuenta metros cuadrados, y linda al norte, con lote
21A2000; al sur, con lote 23A2000; al este, con calle pública con diez metros
lineales, y al oeste, con Robert Gerardo Araya Alpízar. Lo anterior se remata
por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 06-100244-0468-CI de
Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Junior Alexander Alpízar Sibaja.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles,
14 de junio del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº
66810.—(66242).
A las diez
horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil seis,
soportando hipoteca en primero y segundo grado y con la base de treinta y
cuatro mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y
seis (186376), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
cuarto, cantón primero, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle;
al sur, Inmobiliaria San Juan S. A.; al este, Inmobiliaria San Juan S. A., y al
oeste, lote tres B. Mide: ciento sesenta metros cuadrados y soportando hipoteca
en primero y segundo grado y con la base de treinta y tres mil dólares, finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil
trescientos setenta y ocho (186378), la cual es terreno para construir, lote
cuatro B. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, inmobiliaria San Juan S.A.;
al este, lote tres B, y al oeste, lote cinco B. Mide: ciento sesenta metros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de José
Miguel Salazar Vargas contra Tecnovivienda La Riviera Sociedad Anónima,
expediente Nº 06-000957-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de julio
del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 66825.—(66243).
A las
siete horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil seis, en
la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando los
siguientes gravámenes: reservas y restricciones, al tomo trescientos veintidós,
asiento cero mil seiscientos cuarenta y cuatro, consecutivo cero uno, secuencia
cero novecientos uno, subsecuencia cero treinta y dos. Con la base de ocho
millones ochocientos treinta y dos mil quinientos nueve colones con noventa y siete
céntimos, en el mejor postor remataré las siguientes fincas: 1) Partido de
Puntarenas folio real matrícula treinta y tres mil cuatrocientos treinta y dos
- cero cero cero, que es terreno para construir una casa de habitación, situada
en distrito tercero Guaycará, cantón sétimo, Golfito de la provincia de
Puntarenas, con los linderos al norte, Iglesia Metodista; al sur, Oscarina
Marín Durán, Wilbe Torres Solís y Odalis Moreno Jiménez; al este, calle pública
con quince metros de frente, y oeste, Iglesia Metodista, con una medida de
setecientos veintinueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, con el
plano catastrado número P- cero trescientos sesenta y ocho mil seiscientos
sesenta y uno - mil novecientos sesenta y nueve. Lo anterior se subasta por
haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria Nº 06-100103-0422-CI,
establecida por Acreedor: Banco Nacional de Costa Rica contra José Enrique
Agüero González.—Juzgado Civil y Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, 4
de julio del 2006.—Lic. Diana Vargas Badilla, Jueza.—Nº 66837.—(66244).
A las ocho
horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado inscrita a las
citas: 524-05944-01-0002-001 y con la base de setecientos sesenta y nueve mil
noventa y dos colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad; bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 525693-000, la cual
es terreno para construir lote 18-F, bloque F. Situada en el distrito 03 La
Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
lote 19-F; al sur, lote 17-F; al este, calle pública con 8.01 metros, y al
oeste, Challe Sucesores S. A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con
cincuenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo hipotecario de Fundación Promotora de Vivienda contra Bernal Enrique
Quesada Carvajal y María Taleno Andrade. Expediente Nº 06-000507-0164-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2006.—Lic.
Brayan Li Morales, Juez.—Nº 66838.—(66245).
A las diez horas del treinta de agosto del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 406.248-000, la cual es terreno
para construir, con 1 casa, lote H-137. Situada en el distrito 04 Patalillo,
cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote H
148/149; al sur, calle pública con 08,10; al este, lote H-138 y al oeste, lote
H-136. Mide: ciento cincuenta metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Florybeth de los Ángeles Monge Sánchez. Expediente Nº
06-001052-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de julio del 2006.—Lic.
Tatiana Brenes Arias, Jueza.—Nº 66839.—(66246).
A las diez
horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Despacho, soportando hipoteca legal sobre el derecho cero cero
uno a favor de la Municipalidad de Desamparados y con la base de setecientos
ochenta mil quinientos veintinueve colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero ocho
mil seiscientos setenta y cinco guión cero cero uno, sobre el cual pesa
hipoteca legal, derecho cero cero dos, la cual es terreno apartamento destinado
a uso habitacional 21D. Situada en el distrito tercero San Juan de Dios, cantón
tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
apartamento 21B; al sur, apartamento 22B; al este, apartamento 16A, y al oeste,
apartamento 21C y áreas comunes. Mide: cincuenta y cuatro metros cuadrados. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Iris Alfaro Araya y Marco Rolando Umaña Aguilar.
Expediente Nº 06-001237-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago,
6 de julio del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 66840.—(66247).
A las diez
horas del primero de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón
cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos cincuenta y cinco colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número setenta mil cuatrocientos ochenta y seis cero cero cero, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito Duacari, cantón Guácimo,
de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con frente de 38
metros 72 centímetros; al sur, calle pública y Jorge Montero Mora; al este,
Jorge Montero Mora, y al oeste, calle pública en punta de plancha. Mide:
setecientos trece metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Dennis Ruiz Chaves, Expediente Nº 06-001134-0346-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de junio del 2006.—Lic. Vilma Eduarte
Madrigal, Jueza.—Nº 66841.—(66248).
A las ocho
horas quince minutos del veintitrés de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior
de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de veinticinco
millones seiscientos dieciocho mil ciento cuarenta y seis colones ochenta
céntimos, que corresponde al valor global de los bienes existentes en Bodega,
en el mejor postor remataré lo siguiente: lote de mercaderías compuesto de
mueble, juguetes, electrodomésticos en regular y mal estado y aparatos
incompletos utilizables como repuestos. Se remata por ordenarse así en proceso
de Quiebra de Almacenes El Gallo Más Gallo S. A. Expediente Nº
01-000890-0504-CI. Se les previene a los interesados que para tener a la vista
la mercadería subastada se comuniquen con el señor Alberto Mora a los teléfonos
240-9407 ó 361-8926.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de julio del 2006.—Lic.
Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 66872.—(66249).
A las diez
horas del dieciséis de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este
Despacho, con la base de cinco millones seiscientos cincuenta colones,
soportando prenda de primer grado al tomo cero cero diez, asiento ciento
cuarenta y siete mil quinientos sesenta y siete, consecutivo cero cero dos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas doscientos cuarenta y
siete mil cuarenta y nueve, marca Alfa Romeo, estilo 2155 Twin Spark, año noventa
y seis, color beige, motor Nº AR672040029364, chasis Nº ZAR16700001029353. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple Nº 00-001812-184-CI de
Bicsacard S. A., contra Huete Astúa Roberto.—Juzgado Quinto Civil de Mayor
Cuantía de San José, 16 de junio del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora,
Jueza.—(66299).
A las ocho
horas del cuatro de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón
novecientos setenta mil ochocientos veinte colones, (según base dada por el
perito), en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, sección Propiedad, bajo Sistema de Folio Real, matrícula
número sesenta y siete mil cuarenta y ocho- cero cero uno, que se describe así:
terreno para construir con una casa, sito en San José, San Francisco, distrito
segundo y cantón ocho, Goicoechea, de la provincia de San José. Mide: ciento
sesenta y tres metros dos decímetros cuadrados. Linderos: al norte, con calle
en medio línea férrea; sur, con calle B; al este, con Ernesto Vargas, y oeste,
Carlos Volios. Dicho derecho de la propiedad pertenece a Luis Diego Brenes
Zúñiga. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo simple de
Banco Nacional de Costa Rica, representado por el señor Carlos Luis Jiménez
Arrieta contra Luis Diego Brenes Zúñiga. Expediente Nº 01-100106-0386-CI
(111-01-2).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 10 de julio del
2006.—Lic. Rosa Irene Romero Castellón, Jueza.—Nº 66896.—(66543).
A las ocho
horas quince minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales, y con
la base de un millón trescientos treinta y dos mil quinientos colones, al mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas 560934, marca Hyundai, carrocería
sedán cuatro puertas, año 1995, color rojo, combustible gasolina, capacidad 5
personas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº
05-001676-184-CI de Grupo Habitacional del Sol S. A., contra Francisco Enrique
Retana Mora.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 20 de
junio del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 66919.—(66544).
A las ocho
horas veinte minutos del veinticinco de agosto del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando
servidumbre trasladada y con la base de dos millones setecientos cincuenta mil
doscientos nueve colones con veintidós céntimos, en el mejor postor, remataré:
finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado,
matrícula número trescientos mil novecientos cuarenta y seis - cero cero cero,
que es terreno: lote 2 G para construir con una casa. Sito: distrito nueve
Pavas, cantón uno San José de la provincia de San José. Linderos: norte,
alameda río Sardinal con 6 m 75 cm.; sur, lote 13 G; este, lote 1 G, y oeste,
lote 3 G. Mide: ochenta y cuatro metros con treinta y siete decímetros
cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
hipotecario Nº 04-000615-0170-CA de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Maynor Eduardo Barquero Chacón.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos
Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de junio
del 2006.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—Nº 66960.—(66545).
El treinta
y uno de agosto del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios y con la
base de dieciocho mil ochocientos dólares, al mejor postor remataré la
siguiente finca del partido de Limón, matrícula folio real número noventa mil
novecientos cinco cero-cero-cero, que es terreno dedicado a cultivos varios,
lote seis, sito en distrito tercero Rita, cantón segundo de Pococí de la
provincia de Limón. Linda: al norte, con lote cinco; al este, con Ángel Flores
Muñoz; al sur, Inversiones Botawa S. A., y oeste, con calle pública con veinte
metros veintinueve centímetros. Mide: dos mil seiscientos setenta y nueve
metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse
ordenado así en hipotecario Nº 06-100486-642-CI de Banco de Costa Rica contra
Roberto Morera Vargas y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic.
José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—Nº 67061.—(66546).
A las diez
horas del veinticinco de agosto de dos mil seis, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones
quinientos mil colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Derecho
cero cero uno, proporcional a cincuenta por ciento en la finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número setenta y seis mil trescientos noventa y siete, la
cual es terreno de café, pasto y agricultura. Situada en el distrito cuarto,
cantón sétimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote cinco de
Rosa Ramírez; al sur, lote siete de Odilie Ramírez; al este, calle en medio
otra, y al oeste, Daniel Suárez. Mide: quince mil setecientos veinticinco
metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Ofelia Quesada Vega contra Agropecuaria La
Rosa de Palmares S. A. Expediente Nº 06-000282-0296-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo de San Ramón, 30 de junio del 2006.—Lic. María Elena Villalobos
Campos, Jueza.—Nº 67066.—(66547).
A las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, en la
puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de trece
mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número setenta y seis mil sesenta y uno- cero cero cero,
la cual es terreno con una casa, situada en el distrito San Rafael, cantón San
Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con frente
de siete metros cincuenta y siete centímetros; al sur, Gregorio Mora; al este,
Abelardo Sánchez, y al oeste, Gregorio Mora. Mide: ciento cincuenta y cuatro
metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Dagoberto
Rodríguez Mora y Chavarría Cordero M Y R S. A. Expediente Nº
06-001167-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de junio del 2006.—Lic.
Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 67103.—(66549).
A las ocho horas del lunes nueve de agosto de año dos mil seis, en la
puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de
trescientos mil colones netos, remátese el semoviente decomisado en esta causa,
el cual se describe así: Un novillo color negro, con el lomo, la cabeza y los
cachos de color amarillento, presenta un arete de plástico de color amarillo en
la oreja derecha, en la parte alta de la pata izquierda conocida como cuarto
izquierdo presenta una marca con las letras “JM”, tiene un peso de
aproximadamente cuatrocientos cincuenta kilos, de tres años de edad, raza
Pardo-Suizo no legítimo, el cual se encuentra en depósito provisional judicial
en la Cámara de Ganaderos del Sur de Ciudad Neily, bajo custodia del señor
Freddy Montero Valverde. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución
de las diez horas con cuarenta y cinco minutos del cinco de julio mil seis,
dentro de la causa penal número 06-000292-062-PE (Comisión Penal número
54-06-2E) por el delito de abandono dañino de animales contra ignorado, en
perjuicio de Juan Carlos Chaves Vargas.—Juzgado Penal Corredores, 5 de
julio del 2006.—Lic. Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(66603).
A las nueve horas treinta minutos 
del once de agosto del dos mil seis, en la puerta principal del local
que ocupa este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas
y restricciones de la ley de Aguas y Caminos Públicos así como Condiciones y
Limitaciones a favor del Instituto de Desarrollo Agrario al tomo trescientos
noventa y tres, asiento cinco mil noventa y uno, consecutivo cero uno,
subsecuencias ochocientos diecinueve, ochocientos treinta y ocho, novecientos,
novecientos uno, novecientos treinta y novecientos treinta y uno, secuencias
cero cero tres, cero cero cuatro y cero cero uno, sáquese a remate con la base
de un millón setecientos mil colones la finca inscrita en Propiedad al partido
de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos sesenta y un mil setecientos
setenta y uno-cero cero uno y cero cero dos propiedad el derecho cero cero uno
de Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y el derecho cero cero dos de Rosibel Morales
Arias. Dicho inmueble se describe así: Terreno para la agricultura, parcela
ocho, sito en distrito trece Pocosol, del cantón décimo San Carlos de la
provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Alejo Mora, al sur, calle pública y
Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y Rosibel Morales Arias; al este, parcela siete, y
al oeste, servidumbre de paso, parcela nueve y Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y
Rosibel Morales Arias. Mide: una superficie de cincuenta y cuatro mil ciento
cincuenta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Plano catastrado
número A-0970562-1991. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso en
ejecutivo hipotecario Nº 05-000015-0298-AG establecido por el Banco Nacional de
Costa Rica contra Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y otra.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada,
26 de junio del 2006.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—(66648).
A las once horas con quince minutos del nueve de agosto del dos mil
seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones
novecientos cinco mil treinta con 84/100 colones, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero
cero ocho ocho tres uno-cero cero cero la cual es terreno apartamento 16-E.
Situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, apartamento 16-A; al sur, áreas comunes; al este,
apartamento 16-F, y al oeste, áreas comunes. Mide: cuarenta metros cuadrados.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y
de Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Mendoza Hidalgo. Expediente Nº
06-000786-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de mayo del 2006.—Lic.
Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(66659).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las
nueve horas del cuatro de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de
este Despacho, con la base de un millón quinientos cuarenta y tres mil colones,
al mejor postor se rematará: soportando servidumbre sirviente, la finca del
partido de San José, matrícula número trescientos cuarenta y dos mil ciento
ochenta y dos-cero cero cero, que es terreno de pastos con una casa de
habitación, sito en distrito segundo, cantón sétimo, de la provincia de San
José. Mide: seis mil novecientos ochenta y nueve metros con cuarenta seis
decímetros cuadrados. Linda: al norte, Elizabeth Morales y otros; al sur, calle
con treinta y nueve metros cuarenta y un centímetros; al este, Aida Hernández y
al oeste, plaza de deportes y junta de educación y otros. Lo anterior por
ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 06-100064-0197-CI de
Flor María Borbón Durán contra José Francisco Hernández Guillén.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 11 de julio de 2006.—Lic. Jéssica
Vargas Barboza, Jueza.—Nº 66466.—(65588).
A las ocho
horas y treinta minutos del veintitrés de agosto próximo, en la puerta exterior
de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de ciento
cuarenta y un mil ochocientos noventa y dos dólares estadounidenses, en el
mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón primero Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hermanos Vargas Hidalgo S. A., y
Walter Vargas Hidalgo; al sur, La Isla S. A., en medio de servidumbre; al este,
La Isla S. A., y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos veintiocho
metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Wanida Foster contra William Clarindo Vargas
Hidalgo. Expediente Nº 06-001105-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya,
Jueza.—(66123).
A las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil seis, en
la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes
prendarios y con la base de doce mil doscientos treinta y siete dólares, en el
mejor postor, remataré: un vehículo marca Mitsubishi, modelo dos mil, estilo
Montero Sport XLS, seis cilindros, gasolina combustible, cubicaje tres mil
centímetros cúbicos, chasis Nº JA4MT31H3YP039340, motor Nº 6G72KP5011, color
vino, tracción doble, capacidad cinco pasajeros, placas Nº 520639. Se ordena el
remate en ejecutivo prendario N° 2006-000856-0180-CI-7, de Veinsa contra Álvaro
Galán Amado.—Juzgado Primero Civil de San José, 7 de julio del
2006.—Lic. Ana I. Montealegre Bejarano, Jueza.—(66127).
A las
nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis, en la
puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios
y con la base de nueve millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca
del partido de Alajuela, Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un
mil ciento noventa y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con
una casa. Situado en distrito primero, del cantón octavo, de la provincia de
Alajuela. Linda: norte, Juan Luis Castro; sur, Ana Lorena Castro Herrera; este,
Ana Lorena Castro Herrera, y oeste, calle pública. Mide: ciento noventa y nueve
metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Número catastral:
A-0051325-1992. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº
06-100091-0295-CI, de Coopegrecia R. L., contra Óscar Porras Aguilar.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 23 de junio del 2006.—Lic.
Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(66133).
A las ocho
horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil seis, en la puerta
exterior de la oficina que ocupa este juzgado, en el mejor postor, remataré
libre de gravámenes prendarios, soportando colisiones según sumaria Nº
02-600924-495-TC, del Juzgado de Tránsito de San Ramón, esta vez sin sujeción a
la base de la prenda de primer grado que consta al tomo 0009, asiento 297153, por
ser de plazo vencido, sáquese a remate el vehículo marca Ford, modelo 1993,
estilo Explorer XL, combustible gasolina, chasis Nº 1FMDU34X7PUA19349, motor
número desconocido, color plateado, tracción no registrada, capacidad 5
pasajeros, placas Nº 275139. Se ordena el remate en ejecutivo simple N°
02-001432-0180-CI, de Almacén Guillermo Carazo Todo en Acero S. A., contra
Constructora Polimetal S. A., y otro.—Juzgado Primero Civil de San José, 4
de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(66137).
A las
diecisiete horas y veinte minutos del veintinueve de agosto del dos mil seis,
en la puerta exterior de este juzgado, soportando servidumbre trasladada
inscrita a las citas: 340-01526-01-0900-001 y libre de anotaciones judiciales y
con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca
inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula
número trescientos siete mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero. Que es
terreno: lote 15 terreno para construir. Sitio: distrito octavo San Rafael,
cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 14;
sur, lote 16; este, calle pública con 7 metros 50 centímetros de frente y
oeste, Inversiones Elyt S. A. Mide: ciento treinta metros y cuatro decímetros
cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
hipotecario Nº 06-007268-0170-CA, de Caja Costarricense de Seguro Social contra
Anabelle Cordero González.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de julio del
2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—(66152).
A las ocho
horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil seis, en la puerta
exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un
millón setecientos once mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
finca que se describe así: inscrita en el Registro Público, partido de Heredia,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y
un mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno parte
urbanizar calle. Situada en el distrito segundo Mercedes, cantón primero
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública y otros;
al sur, río Burio y otros; al este, Margarita Espinoza y otros y al oeste,
Zoraida Mora y otros. Mide: diez mil doscientos setenta y dos metros con trece
decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple
de Municipalidad de Heredia contra Arce Chavarría y Asociados Sociedad Anónima.
Expediente Nº 05-003072-0370-CI (1).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de
Heredia, 4 de julio del 2006.—Lic. Kathya Campos Marín, Jueza.—(Solicitud
Nº 23138-Municipalidad de Heredia).—C-14010.—(66155).
A las ocho
horas del treinta de agosto próximo, en la puerta exterior de este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios pero soportando dos reservas y restricciones y
con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos
doscientos treinta y cinco-cero cero dos, la cual es terreno de potrero.
Situada en el distrito seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Juan Quesada Herrera y otros; al sur, camino
público; al este, lote B, y al oeste, Sociedad Hacienda Cocorí S. A. Mide:
setenta y un mil doscientos cuarenta y seis metros con treinta decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de
Alberto José Oreamuno Sandoval contra Jorge Luis Quesada Herrera. Expediente Nº
06-000537-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 18 de julio del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya,
Jueza.—(66597).
A las ocho horas del lunes veintiocho de agosto de año dos mil seis, en
la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base
de cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos dos colones con noventa y ocho
céntimos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: ciento
treinta y siete piezas de la especie Cristóbal, con un volumen de 6.299 metros
cúbicos; producto forestal que permanece en manos del señor Rufino Ríos
Bejarano, quien fue nombrado como depositario judicial, vecino de Las Vegas del
Río La Vaca de Laurel. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución
de las diez horas con veinticinco minutos del siete de junio del dos mil seis,
dentro de la causa penal número 06-200437-456-PE (Comisión Penal número
48-06-2E) por Infracción a la Ley Forestal contra ignorado, en perjuicio de Los
Recursos Naturales.—Juzgado Penal Corredores, 7 de julio del 2006.—Lic.
Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(66602).
A las
catorce horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, libre
de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este
despacho, y con el rebajo del veinticinco por ciento menos, sea la suma de
seiscientos sesenta y seis mil ciento trece colones con seis céntimos, al mejor
postor remataré: Una embarcación denominada La Carei, matrícula P7715, material
del casco fibra de vidrio, uso pesca, estilo NR, año 1997, eslora 6,18 metros,
manga 1,84 metros, puntal 0,75 metros, peso bruto 1,12 toneladas, peso neto 0,51
tonelada, número de motor y serie 0g600922, potencia 30,00 HP, combustible
gasolina, marca Mariner. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en
juicio ejecutivo prendario número 03-100604-417-CI establecido por Banco
Popular contra Luis Ángel Villalobos Cortés y otra.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Puntarenas.—Lic. Alejandra Vargas Cruz,
Jueza.—(66649).
A las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil
seis, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios,
con la base de setecientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco
colones, al mejor postor remataré: Una finca del Partido de San José, número
tres siete dos cinco cuatro cuatro-cero cero cero, de naturaleza para construir
lote 4-1, situada en distrito 01 San Isidro del General, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José, con los siguientes linderos: al norte,
lote 3; al sur, lote 5; al este, lote 17, y al oeste, resto destinado a
alameda, mide ciento cincuenta metros cuadrados, propietaria Marielos Muñoz
Rodríguez. Por haberse establecido así en ejecutivo hipotecario número
06-001134-225-CI de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Muñoz
Rodríguez Marielos.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San
José, 29 de junio del 2006.—Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(66657).
A las ocho
horas del treinta de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este
Despacho, remataré al mejor postor sin sujeción a base la finca del partido de
Puntarenas matrícula ciento treinta mil doscientos noventa y siete-cero cero
cero, que es terreno con una construcción, situada en distrito dos Palmar,
cantón Osa, Puntarenas. Linda al norte y oeste; Francisco Ocampo Sandres; sur,
carretera interamericana y este, camino público. Mide: mil doscientos setenta y
cuatro metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Posee plano número P-
cero tres cuatro cinco nueve siete seis-mil novecientos noventa y seis.
Propiedad de José Castillo Carrillo. Lo anterior por haberse ordenado así
dentro del proceso número 04-100243-424-CI-3 ejecutivo hipotecario de Banco de
Costa Rica contra José Castillo Carrillo.—Juzgado Civil de Corredores,
Ciudad Neily, 30 de junio del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García,
Juez.—(66683).
A las once horas, quince minutos del once de octubre del dos mil seis,
en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con
la base de trece millones quinientos ochenta y siete mil setenta y siete con
98/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil quinientos sesenta y
siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir una casa de habitación
de dos niveles. Situada en el distrito segundo San José, cantón primero
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
siete metros veintiún centímetros; al sur, Álvaro Fuentes Monge; al este,
Néstor Cerdas Alpízar, y al oeste, Flor Monyere Carvajal. Mide: ciento veinte
metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional Costa Rica contra Albert
Hidalgo Serrano, The Tucan Cleaner Services And Maintenance S. A. Expediente
06-000088-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de junio del 2006.—Lic.
Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 67123.—(66778).
A las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de octubre del año dos mil
seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando plazo de convalidación, reservas y restricciones y con la base
de siete mil quinientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número setenta y cinco mil quinientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual
es terreno con una casa lote sesenta y ocho. Situada en el distrito 02 Palmira
cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle
pública con 8 metros 25 centímetros; al sur, René Murillo Murillo; al este,
René Murillo Murillo, y al oeste, René Murillo Murillo. Mide: doscientos seis metros
con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Cinco Eslabones S.
A., José Luis Obando Vallejos y Topografía y Consultores S. A. Expediente:
03-002119-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de julio del
2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 67124.—(66779).
A las diez
horas, treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil seis, desde la
puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base
de veinte mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, matrícula de Folio Real número
111356-000, que se describe así: naturaleza para construir con dos casas. Mide:
doscientos setenta y tres metros con quince decímetros cuadrados, ubicada en el
distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos:
al norte con: Temporalidades Arquidiósesis San José; al sur con carretera de
Cinco Esquinas a La Uruca; al este, con Amado Guerrero, y al oeste, con Genaro
Garita Fallas. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo
hipotecario Nº 06-000848-0183-CI de Horizontes de Alajuela S. A., contra Reyna
Georgina Espinal Figueroa.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San
José, 19 de julio del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(66793).
A las ocho
horas del diez de agosto de dos mil seis, en la puerta principal de este
Juzgado, libre de gravámenes y anotaciones, con la base de un doscientos cincuenta
mil dólares americanos al mejor postor remataré la finca inscrita en el
Registro Público de la Propiedad del Partido de Guanacaste, matrícula número
ochenta y un mil novecientos sesenta y ocho- cero cero cero, que es terreno de
potrero, sito en distrito tercero cantón quinto de la provincia de Guanacaste.
Linda al norte, con Elia María Contreras Contreras; sur, con calle pública;
este, Gerald Thomas Davison González, y al oeste, con calle pública y Elia
María Contreras. Mide: dos mil quinientos metros con cincuenta y tres
decímetros cuadrados. La Finca descrita pertenece a Treped Investments Sociedad
Anónima. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo
hipotecario de Stephen Robin Foster contra Treped Investments. Expediente Nº
06-100192-390-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste.—Lic.
Heriberto Díaz Montero, Juez.—(66821).
A las nueve horas quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil
seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de
gravámenes prendarios pero soportando denuncia penal al tomo 0011, asiento
158265, y colisión cero tres-seis uno uno seis ocho cinco-cuatro ocho nueve-TC
y con la base de diez mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares, o su
equivalente en colones el cual deberá ser calculado conforme al valor comercial
que tenga la moneda extranjera al momento de pago, en el mejor postor remataré:
Un vehículo marca Kia, modelo 2002, estilo spectra, combustible gasolina,
chasis número KNAFB121225175871, motor TE044981, color rojo, capacidad 5
pasajeros, placas número 474246. Se ordena el remate en expediente
03-001662-0180-CI. Prendario de Finastur S. A., contra Mauricio Chacón Castro.—Juzgado
Primero Civil de San José, 31 de mayo del 2006.—Lic. Karol Solano
Ramírez, Jueza.—Nº 67242.—(66977).
A las
nueve horas del diez de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la
base de doce millones quinientos catorce mil sesenta y siete colones con
noventa céntimos, soportando servidumbre trasladada a las citas
297-10265-01-0901-001, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de
Cartago, bajo el sistema de Folio Real matrícula número setenta mil ciento
sesenta y tres cero cero cero, que es terreno para construir, situado en
distrito primero, Turrialba, cantón quinto, Turrialba, de la provincia de
Cartago. Lindantes. norte, calle pública; sur, José Luis Pérez Arias; este,
Uriel Quesada Anchía, y al oeste, Omar Valverde. Mide: ciento ochenta y cinco
metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Plano C-0386671-1980. La
finca descrita pertenece a Rosalinda Sosa Sosa. Lo anterior se remata por estar
así ordenado en hipotecario Nº 06-100396-188-CI, interno 417-06-Y-4, de
Credecoop R. L., actuando en su condición de Gerente con facultades de
representante de la empresa contra Rosalinda Sosa Sosa.—Juzgado Civil y de
Trabajo de Pérez Zeledón, 27 de junio del 2006.—Lic. Óscar Adolfo Mena
Valverde, Juez.—Nº 67447.—(67155).
A las
trece horas treinta minutos, del diez de agosto del dos mil seis, en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando: 1)
Servidumbre trasladada. 2) Reservas y restricciones. 3) Prohibiciones, bajo las
citas de inscripción: tres dos nueve-cero siete uno uno siete-cero uno-cero
nueve cero uno-cero cero uno. Tres dos nueve-cero siete uno uno siete-cero
uno-cero nueve cero dos-cero cero uno y Tres dos nueve-cero siete uno uno
siete-cero uno-cero nueve cero tres-cero cero uno, respectivamente y con la
base de seiscientos treinta y dos mil ochocientos noventa y dos colones con
cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré la finca del partido de
Puntarenas matrícula de Folio Real número ciento veintitrés mil doscientos
noventa y uno-cero cero cero, propiedad de Maribel Jiménez Jiménez, que es
terreno para construir con una casa, situado en el distrito segundo (Savegre),
cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con
calle pública con quince metros de frente; al sur, con Juan Gabriel Porras
Araya; al este, con José Quirós Vargas; y al oeste, con José Tenorio Álvarez.
Mide: trescientos cincuenta y tres metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario N°
06-100060-425-4-CI, del Banco Nacional de Costa Rica Sucursal Quepos, en contra
de Marjorie Garita Jiménez y Maribel Jiménez Jiménez.—Juzgado Civil de Mayor
Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 29 de junio del 2006.—Lic. Luis
Esteban Araya Ugalde, Juez.—(67188).
Se convoca a todos los
accionistas de la sociedad tienda La Fortuna S. A., cédula jurídica Nº
3-101-027727 a una junta que se llevará a cabo en este Despacho a las ocho
horas del dieciocho de agosto del dos mil seis. Lo anterior para nombrar un
representante de la citada sociedad, conforme lo establece el numeral 266 del
Código Procesal Civil. Incidente de cobro de honorarios Nº 12-06, dentro de
ordinario expediente Nº 02-100580-0297 CI, incidentista: Óscar Alberto Pérez
Murillo, incidentado: Tienda La Fortuna S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de
junio del 2006.—Lic. Marco V. Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—Nº 67161.—(66780).
Se convoca
a todos los interesados en la sucesión de Noemí Molina Picado, quien fue mayor,
de estado civil casada una vez, vecina de Zapote, setenta y cinco metros al sur
del Registro Nacional, con cédula de identidad Nº 1-206-476, a una junta que se
verificará en este Juzgado a las catorce horas del treinta de agosto del dos
mil seis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-001236-184-CI. Proceso sucesorio de
Noemí Molina Picado.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 3
de julio del 2006.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—1 vez.—(66792).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Claudia Martín
Zamora, quien fue mayor, de oficios de hogar, vecina de San José, avenida 14,
calles 13 y 15, casa número 1333, portadora de la cédula de identidad número
uno-ciento sesenta y siete-cero cero ocho, a una Junta que se verificará en
éste Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos
mil seis, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código
Procesal Civil. Expediente Nº 04-001300-182 CI (5). Sucesión de Claudia Martín
Zamora.—Juzgado Tercero Civil de San José, 11 de julio del 2006.—Lic.
Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 67246.—(66995).
A efecto
de llevar a cabo la junta de herederos en este proceso, se convoca a los mismos
para que comparezcan a este despacho a las ocho horas treinta minutos del
veintinueve de agosto del dos mil seis. Para conocer de los extremos del
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 01-100065-0422-ci.
Proceso sucesorio de José Luis Montero Solórzano, promueve: Migdalia Carrillo
Concepción.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 13
de julio del 2006.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 67477.—(67165).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 04-000329-0388-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Construcciones Allan Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos
veintiocho mil novecientos cincuenta, representada por el señor Alan Giana, de
único apellido en razón de su nacionalidad italiana, quien es mayor, estado
civil casado por segunda vez, vecino de Playa Langosta de Santa Cruz,
doscientos metros este de Hotel Barceló, portador del pasaporte de su país
número cuarenta y cuatro veintitrés cero nueve U, profesión constructor, a fin
de inscribir a nombre de la sociedad anónima que representa y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Propiedad uno: finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para la
construcción. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa
Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Henry Rodríguez
Espinoza; al sur, Giselle Rodríguez Espinoza; al este, servidumbre de paso con
un frente de cincuenta y un metros con cero ocho centímetros lineales y al
oeste, Alfredo Leal Barrantes. Mide: mil cuatrocientos veintitrés metros con
noventa y ocho decímetros cuadrados. Propiedad dos: finca ubicada en la
provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para la construcción. Situada
en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Federico Rodríguez Espinoza; al sur, Wagner
Rodríguez Espinoza; al este, Salomé Rodríguez Santana y al oeste, servidumbre
de paso, con un frente de veinticinco metros con sesenta y tres centímetros
lineales. Mide: mil cuatrocientos veintitrés metros con noventa y ocho
decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones cada uno. Que adquirió
dichos inmuebles de la siguiente manera: El primero por venta que le hiciera el
señor Orlando Rodríguez Espinoza, quien es mayor de edad, casado por segunda
vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento treinta
y nueve-mil cuatrocientos veinticinco, vecino de Mansión de Nicoya, sito cien
metros oeste del Restaurante Ciudad Bonita, hace más de dos años, en forma
verbal, ratificando la venta mediante escritura pública el día seis de mayo del
dos mil cuatro. El segundo: mediante venta que le hiciera el señor Uber Gerardo
conocido como Drexey Rodríguez Villarreal, quien es mayor de edad, soltero,
técnico en aires acondicionados, portador de la cédula de identidad número
cinco-doscientos noventa y uno-cero treinta y siete, vecino de Villarreal de
Santa Cruz, del cruce de Playa Tamarindo trescientos metros al oeste, hace más
de dos años, en forma verbal, venta ratificada mediante escritura pública el
día diecisiete de mayo del dos mil cuatro; ambos vendedores transmitieron al
promovente la posesión decenal, ejercida por ellos, y hasta la fecha los ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en hechura de rondas, chapeas, cercas y el cuido en general desde el
tiempo de adquisición. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Construcciones Allan Sociedad Anónima. Exp. N° 04-000329-0388-CI.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 3 de julio del 2006.—Lic. Carlos Aguilar
Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 66486.—(65932).
Albergue
de Montaña Tejo”S Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-413.254,
representada por el señor Víctor Brenes Román, cédula de identidad tres -
ciento cuarenta y seis - seiscientos ochenta, mayor, constructor, casado una
vez, vecino de Orosi de Paraíso, promueve diligencias de información posesoria
para inscribir a nombre de su representada el inmueble que se describe así:
terreno montaña de bosque primario, pasto, jardines, con un complejo turístico
construido en él. Ubicado en Tausito, distrito tercero Pejibaye, del cantón
cuatro Jiménez, de la provincia de Cartago. Mide: treinta y siete mil
quinientos noventa y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados, según plano
catastrado número C-1021281-2005. Linderos: al norte, con Ronald Mata Brenes;
al sur y al oeste, con Manuel Blanco Segura; y al este, con calle pública con
un frente a ella de setenta y seis metros lineales con treinta y nueve
decímetros lineales y Ronald Mata Brenes. Inmueble fue estimado en la suma de
veinte millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los
interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a
partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus
derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente N°
05-160044-341-AG-70-R.—Juzgado Agrario de Turrialba, 18 de octubre del
2005.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 66583.—(65933).
Ramón María Yglesias Piza,
notario público con oficina en San José, Moravia, Residencial Los Colegios,
casa M-15, hace constar que según escritura Nº 63 otorgada ante esta notaría, a
las 20:00 horas del 17 de julio del 2006, Flora Gutiérrez Romero, cédula
1-170-191, Ingrid, cédula número 1-470-406, con domicilio en Israel; Marylin,
cédula número 1-420-689; Sylvia, cédula número 1-564-737; y Álvaro, cédula
número 1-500-655; todos mayores, de apellidos Cabezas Gutiérrez y vecinos de
San José, solicitan ante esta notaría, la apertura de la sucesión de quien en
vida fue José Cabezas Ángulo, cédula número 3-172-416. Quien se considere
interesado puede hacer valer sus derechos en el término de treinta días,
contados a partir de la fecha de la publicación.—San José, 18 de julio
del 2006.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—Nº 66539.—(65939).
Se hace
saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Enrique
Ramírez González, quien fuera mayor, casado una vez, guarda privado, cédula
4-136-315, vecino de Alto López de Atenas, de 41 años, fallecido el 2 de abril
del 2006. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente
N° 06-000050-0848-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, 30 de
junio del 2006.—Lic. Sylvia María Palma Elizondo, Jueza.—1 vez.—Nº
66576.—(65940).
Se hace
saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Vallejo
Vallejo, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de Santa Cruz,
Guanacaste, en Residencial Chorotega y portador de la cédula de identidad
número 5-145-470. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general
a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente N° 05-000402-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa
Cruz, 3 de diciembre del 2005.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº
66603.—(65941).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de
Mauricio Antonio Solís Barrientos, quien fuera mayor, casado una vez, operario,
cédula cuatro ciento cincuenta y seis cero ochenta y siete, vecino de San José
de San Isidro de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 05-002133-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,
12 de octubre del 2005.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—(67059).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rosa Berta Arias
Alpízar c.c. Olga y Daniel Rodríguez Castro, mayores, casados una vez entre sí,
ama de casa y agricultor por su orden, vecinos de Barrio Jesús de Atenas,
cédulas de identidad Nº 2-0132-0782 y 2-110-250. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000989-0638-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2006.—Lic.
Rolando Villalobos Romero, Juez.—1 vez.—(67251).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso
de declaratoria de ausencia promovido por Claudio María Roldán Arias, mayor,
casado, comerciante, cédula de identidad número 3-207-854; encaminado a
solicitar la ausencia de Ángela Carvajal Tejeda, mayor, casada, ama de casa,
cédula de identidad número P1528288. Se emplaza a los interesados en este
asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la
última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus
derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. Nº
05-001163-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de noviembre del
2005.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 61229.—(56654)                            3 v. 2. Alt.
Lic.
Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber
a Harold Raymond Melloway Hall, que en este Despacho se interpuso un proceso de
divorcio en su contra, bajo el expediente número 06-000366-0364-FA donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de
Heredia, a las diez horas y cinco minutos del veintiocho de abril del dos mil
seis. De la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante Karina
Bukakis Castro, se confiere traslado al accionado Harold Raymond Melloway Hall
por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina Centralizada de Notificaciones de este circuito. Asimismo, se previene
a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial
donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si
el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución al
demandado Harold Raymond Melloway Hall personalmente o en su casa de
habitación. De la solicitud de nombramiento de Curador Procesal que promueve la
parte actora, se confiere audiencia por el plazo de tres días a la Procuraduría
General de la República. Para tal efecto, se comisiona a la Oficina
Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito de San José. A efecto de
proceder al nombramiento de curador procesal, deberá depositarse la suma de
cincuenta mil colones, en la cuenta de este Juzgado del Banco de Costa Rica,
número 173666-3, para responder en forma provisional a los emolumentos del
profesional a designar. Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez. Lo anterior se
ordena así en proceso de Karina Bukakis Castro contra Harold Raymond Melloway
Hall. Expediente Nº 06-000366-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17
de julio del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(65722).
A quien
interese se hace saber que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso
ordinario de lesividad contra Bill Dimitri Solís Porras. Pretende la parte
actora con la presente acción, que en sentencia se declare nulo el oficio
STAP-0089-02 del 1° de febrero del 2002, emitido por la Secretaría Técnica de
la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, el informe AO-026-2001-OTR
de fecha 7 de noviembre del 2001, emitido por la Dirección de Recursos Humanos
del Ministerio de Seguridad Pública, y el acto que se desprende de las acciones
de personal Nos. 200308007071 y 504003853, mediante el cual se materializó la
reasignación y revaloración del puesto N° 005508 ocupado por el señor Bill
Dimitri Solís Porras. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de
apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes
dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de
este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna
notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento
de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12,
39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa). Expediente Nº 06-000076-0163-CA.—Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 23 de febrero del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1
vez.—(Solicitud Nº 35688-Seguridad Pública).—C-9910.—(65755).
A quien
interese se hace saber: que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso
ordinario de lesividad contra Naín Naranjo Saborío. Pretende la parte actora
con la presente acción, que en sentencia se declare la nulidad del oficio
STAP-089-02 del 1º de febrero del 2002, emitido por la Secretaría Técnica de la
Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, así como todos los actos
preparatorios incluido el informe AO-26-2001-OTR del 7 de noviembre del 2001,
emitido por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad
Pública y el acto que se desprende de la acción de personal N° 1203004587
mediante el cual se materializó la reasignación y revaloración del puesto N°
017919 ocupado por el señor Naín Naranjo Saborío. Se advierte a los interesados
el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados
pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán
desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen,
no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en
que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a
retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa). Expediente Nº 06-000075-0163-CA.—Juzgado
Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de
San José, Goicoechea, 24 de febrero del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado,
Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 35688-Seguridad Pública).—C-9910.—(65756).
A quien
interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario
de Édgar Fernández Vindas contra Junta de Administración Portuaria y de
Desarrollo. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que el
actor es propietario de la finca situada en Caño Palma, distrito sexto
Colorado, cantón segundo Pococí, Limón, lindante, norte: Eduardo Chamorro Chamorro;
sur, Víctor Andrade Esquivel; este, Mar Caribe; oeste, Caño Palma, con una
medida de dos hectáreas siete mil doscientos treinta y un metros cincuenta y
tres decímetros cuadrados, según plano catastrado número cuatrocientos
cincuenta y nueve mil cuatrocientos veintiuno - mil novecientos noventa y
siete. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los
autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de
ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos
de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el
proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que
tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo. Expediente N°
06-000265-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda
del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 28 de marzo del
2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 66538.—(65945).
Se convoca
por medio de este edicto, a las personas a quienes corresponda la curatela de
la señora Clemencia Garbanzo Mena, cédula de identidad 1-192-988, conforme con
el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de
ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación.
Proceso de insania de Alexandra Violeta Romero Garbanzo. Expediente número
06-000657-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de mayo del
2006.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 66662.—(65946).
A quien
interese se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario
de Luis Guillermo Granados Gómez contra el Banco Crédito Agrícola de Cartago.
El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la responsabilidad
del Banco Crédito Agrícola de Cartago por los daños y perjuicios causados, por
haber recibido el pago completo de mi deuda y pese a ello, por negligencia,
remató mi terrero, ya cancelada la operación de crédito. Que se declare la
responsabilidad del Banco Crédito Agrícola de Cartago, los daños y perjuicios
causados, por haber recibido veces el pago de la misma deuda, en un claro caso
de enriquecimiento sin causa en perjuicio de Luis Guillermo Granados Gómez, que
pagó entonces dos veces: a) Con la cancelación efectiva al Banco de toda la
deuda; y b) Perdiendo la propiedad bajo un remate en el que el Banco volvió a
recibir el importe de lo ya anteriormente pagado. Que en consecuencia, el Banco
Crédito Agrícola de Cartago, debe restituir los derechos del demandante Luis
Guillermo Granados Gómez, restaurando la situación anterior al remate,
devolviendo la propiedad o pagando el precio actual, conforme a su valor de
mercado. Que en consecuencia, el Banco Crédito Agrícola de Cartago debe
resarcir a) La pérdida de la propiedad, tanto de la finca como de la casa de
habitación; b) La imposibilidad de gozar de la plusvalía del terreno; c) La
pérdida de la rentabilidad del terreno; d) La pérdida del valor actual del
dinero doblemente pagado; e) La posibilidad de reinversión con intereses del
dinero pagado al Banco; f) El daño moral por perder la casa de habitación. Se
advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos
como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho
días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de
que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el
proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que
tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N°
05-001202-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda,
Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 10 de marzo del
2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(65963).
A quien
interese, se hace saber que Industrias Cárnicas Integradas ha interpuesto en
este Despacho proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna
resolución Nº 109-P-06 de la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo de
las 11:00 horas del 21 de marzo del 2006, que confirmó parcialmente la
resolución Nº DT10R-064-03 de las 9:00 horas del 23 de junio del 2003 de la
Dirección General de Tributación Directa, Administración de Grandes
Contribuyentes. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de
apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes
dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de
este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna
notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento
de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12,
39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativo). Expediente N° 06-000165-0161-CA.—Tribunal Contencioso
Administrativo, Sección Primera, Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 13 de junio del 2006.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez
a.í.—1 vez.—(65975).
Se avisa que en este Despacho la señora María Luisa Iguarbe Chueca,
solicita se apruebe la adopción individual internacional de la persona menor
Juslieth del Carmen Hernández Pérez. Se concede a todos los interesados directos
el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde
expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que
fundamenta la misma. Expediente Nº 06-000957-0364-FA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 17 de julio del
2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 66723.—(66109).
El
licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, juez del Juzgado Segundo de Familia
del Primer Circuito Judicial de San José a quien interese hace saber que: en el
proceso especial de filiación (de Declaración de Paternidad) planteado por
Richard José García Medina contra quien en vida se llamó María de los Ángeles
Luna Pérez, tramitado con el expediente 03-400366-0187-FA se dictó la sentencia
que en lo que interesa dice: sentencia Nº 04-2005, Juzgado Segundo de Familia
del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas, cinco minutos del
diecinueve de enero del dos mil cinco... Resultando: Primero:... Segundo:...
Tercero:... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo del
asunto:... Por tanto: de acuerdo a lo expuesto y artículos 51, 53, 54 y 55 de
la Constitución Política; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 79 del Código de Familia; se
declara con lugar la demanda especial de Declaración de Paternidad interpuesta
por Richard José García Medina contra María de los Ángeles Luna Pérez. Se
declara que la menor de edad Airmará Luna Pérez es hija del actor y como tal,
en adelante se apellidará García Luna. Se resuelve este asunto sin especial
condenatoria en costas. Lic. Marlene Castillo Prado, Jueza. Expediente Nº
03-400366-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 7 de julio
del 2005.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(67213).
Han comparecido a este
Despacho, solicitando contraer matrimonio Civil los señores, Ronald Vega
Sánchez, mayor de edad, soltero, de cuarenta y un años, mecánico, vecino de
Barrio Veinte de Noviembre y con cédula 6-189-285, que exhibe y se le devuelve
en el acto, costarricense, hijo de Olga Sánchez Rodríguez y Enrique Vega
Vargas, nativo de Centro Puntarenas, el día veintiséis de marzo de 1965 y
Magaly Patricia Vargas Sánchez, mayor de edad, de veinticuatro años, soltera,
del hogar, vecina de Barrio Veinte de Noviembre Puntarenas, con número de cédula
1-1128-234, nacida en Centro Puntarenas, el día 19 de enero de 1982, hija de
Benigna Sánchez Brenes y Juan Vargas Brenes. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Penal Juvenil y de
Familia de Puntarenas, 20 de junio del 2006.—Lic. Mitzi Eugenia Calderón
Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(65678).
Han comparecido
solicitando contraer matrimonio civil los señores Wálter Vinicio Ureña Segura,
de veintisiete años de edad, soltero, soldador, costarricense, portador de la
cédula de identidad número 1-1008-374, vecino de Vuelta de Jorco de Aserrí,
nativo de Carmen Central, San José, el veinticinco de julio de mil novecientos
setenta y ocho, hijo de Jorge Ureña Delgado y de Luz Marina Segura Chinchilla,
costarricenses; y María Iveth Mora Arias, de veinticinco años de edad, soltera,
de oficios domésticos, costarricense, portadora 
de  la  cédula 
de  identidad número 1-1094-421, vecina de Turrujal de Acosta, nativa de Hospital
Central, San José, el nueve de febrero de mil novecientos ochenta y uno, hija
de Luis Mora Umaña y de Ermisenda Arias Segura, costarricenses. Se insta
a todas las personas que conozcan impedimento
alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de
manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la
publicación de este edicto. Matrimonio civil Nº 06-100016-247-CI
(17-06).—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Acosta, San Ignacio, 14 de
julio del 2006.—Lic. Marco Vega Salazar, Juez.—1 vez.—Nº 66632.—(65947).