Boletín Nº 146

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

Que en el proceso disciplinario notarial N° 02-000283-0627-NO del Registro Público de la Propiedad Bienes Inmuebles contra los notarios públicos Jorge y Sheila, ambos Chaves Berrocal, cédula de identidad en ese orden número: 02-0467-0686 y 02-0392-0433, se dictó la sentencia N° 270-05 de las catorce horas cuarenta minutos del siete de julio del año dos mil cinco, modificada por el Tribunal Notarial mediante el Voto N° 119-2006 de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo del año dos mil seis, y en razón de esos pronunciamientos, se dispuso suspender a ambos denunciados en el ejercicio de la función notarial, siendo la sanción del notario Jorge de seis meses y a la notaria Sheila de un mes. Dicha sanción rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 17 de julio de 2006.

                                                      Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(65358)                                                            Jueza

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

PRIMERA PUBLICACIÓN

HACE SABER:

Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente N° 06-000546-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario Luis Tacsan Acevedo, mediante la resolución de las trece horas cincuenta minutos del once de julio de dos mil seis, se dispuso: transcribir la resolución que da traslado. Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios públicos, la Sala Constitucional dispuso: “…las sanciones que sean impuestas a los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función, deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la Dirección referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual impugnación de la medida…”. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado Luis Tacsan Acevedo del contenido de la resolución de las catorce horas del treinta y uno de mayo de dos mil seis, tanto en la dirección de su oficina notarial como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de acta que corre a folio cuatro. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Luis Tacsan Acevedo la resolución de las catorce horas del treinta y uno de mayo de dos mil seis, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro).... Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de fecha veintinueve de mayo de 2006, suscrito por Ingrid Moya Aguilar, Asistente Administrativo de este Despacho, en el que se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al catorce de mayo del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, el licenciado Tacsan Acevedo Luis, debe al mes de mayo cincuenta y ún cuotas”, se tiene por acreditado que el notario Tacsan Acevedo Luis, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9 del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene al notario Tacsan Acevedo Luis, portador de la cédula 05-101-179, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4 inciso g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial, queda prevenido el notario Tacsan Acevedo Luis, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus funciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Actualizado el estudio de las cuotas se desprende que el licenciado Luis Tacsan Acevedo debe al mes de junio del presente año cincuenta cuotas del Fondo de Garantía Notarial.

San José, 11 de julio del 2006.

                                                            Lic. Alicia Bogarín Parra

(65349)                                                                        Directora

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Que se aprobó la solicitud de cese de la Notaria Pública Licenciada Gloria Sofía Zúñiga Rodríguez, cédula 1-1052-645, mediante resolución número 0797-2006, de las quince horas del once de julio del dos mil seis, a partir de las once horas cincuenta minutos del diez de julio del año en curso.

San José, 11 de julio del 2006.

                                                             Lic. Alicia Bogarín Parra

1 vez.—(65335)                                                            Directora

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las dieciséis horas y treinta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de un millón cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: libre de gravámenes y soportando infracciones y colisiones, en el Juzgado de Tránsito II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, expediente Nº 01-6011661-499-TC, el bien CL 85689, marca: Daihatsu, estilo: Delta, año: 1984, chasis: V5401624. Así como el vehículo placa CL 85862, mismo que se encuentra libre de gravámenes, marca: Toyota, estilo Dyma, año: 1985, chasis: BU60 0000307. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Gilberto Peña Álvarez contra Distribuidora Valverde Chacón S. A. Expediente Nº 98-003839-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de julio del 2006.—Lic. Astrid Lara Rivera, Jueza.—(66596).

 

 

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las ocho horas, treinta minutos del trece de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, remataré en el mejor postor, soportando anotaciones de citas 445-05549-001 y 447-11319-001 y condiciones del IDA de citas 390-03582-01-0938-001, y con la base fijada por el perito de un millón cuatrocientos noventa mil quinientos colones, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta y siete-cero cero cero, terreno para la agricultura lote 2-B-20, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, sur y oeste, con lote 20, y al este, con línea férrea. Mide: doscientos noventa y ocho metros con diez decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Mynor Solano Valerín. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 00-100118-0461-CI-2, establecido por el Banco de Costa Rica contra Mynor Solano Valerín y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 10 de julio del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 66665.—(65931).

A las diecisiete horas del veintinueve de agosto del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas: 390-00572-01-0906-001, servidumbre sirviente inscrita a las citas: 406-06254-01-0002-001 y libre de anotaciones judiciales y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es terreno con una casa, sito: distrito sétimo Corralillo, cantón primero Cartago de la provincia de Cartago. Linderos: norte, William Salameron Rojas; sur, Juan Diego Garbanzo Rojas; este, Jorge Solano Ortega, y oeste, Fabio Garbanzo Elizondo. Mide: doscientos dieciséis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-008228-0170-CA del Banco Nacional de Costa Rica contra Enid Chávez Rivera.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de julio del 2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—(65971).

A las nueve horas del cuatro de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con las bases dadas por el perito para cada uno de los bienes que se dirán, sáquese a remate lo siguiente: 1. Con la base de ciento setenta y cinco mil colones, tanque para combustible, construido con hierro, de forma cilíndrica, con capacidad de 35,00 metros cúbicos totalmente oxidado, sin utilidad para almacenar sustancias por su deterioro. 2. Con la base de doscientos mil colones, trailer casa rodante, marca Lampar, serie FLA289721, en color blanco, cubierta externa de láminas de aluminio esmaltado, cubierta interna de láminas de madera contrachapado tipo “plywood”, pisos de tabloncillo de madera con alfombras, distribución de dos dormitorios, hall comedor, cocina y un baño completo, en mal estado aproximadamente un cuarenta por ciento de las paredes internas se han perdido por filtraciones de agua en el techo y paredes, sin comprobar el buen funcionamiento de electricidad ni de agua potable, actualmente en uso pero se estima en valor de rescate. 3. Con la base de cuatrocientos mil colones una draga de succión flotante, sin información alguna para su identificación, es de color rojo óxido, se observó el cuerpo principal de la draga, el mástil de succión con dos tanques flotadores, en total deterioro considerada chatarra. 4. Con la base de cien mil colones, una criba para material rocoso, marca Screen Machine, sin más información visible, aparentemente con todos sus componentes pero en total estado de abandono, considerada chatarra. 5. Con la base de un millón quinientos mil colones una trituradora o molino marca Norberg, modelo BP 1315 F, con las muelas o masas dañadas, sin operar al momento de la inspección, en estado de abandono, se estima en valor de rescate. 6. Con la base de un millón de colones una criba con cuatro fajas transportadoras de 35 metros de longitud, para material rocoso, marca Cedal Rapid Britore Quipe, serie 381279 PL03300RD, en estado de abandono considerado chatarra. 7. Con la base de ciento veinticinco mil colones una tolva o lavadora para material rocoso, en acero de tres secciones, serie VF 135, en estado de abandono considerado chatarra. 8. Con la base de cien mil colones, cinco contenedores de 20 pies totalmente cerrados, muy deteriorados y en estado de abandono, considerados como chatarra. 9. Con la base de quinientos mil colones, un cabezal marca Mack, serie 600 con motor 350, al momento de la inspección sin el turbo alimentador y sin el arrancador, en estado de abandono considerado chatarra. 10. Con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones un cargador de llantas, marca Caterpillar, modelo 980 B, en total estado de abandono, considerado como chatarra. 11. Con la base de cien mil colones, una góndola de remolque, de 8 metros de largo y una capacidad de 32 metros cúbicos, en estado de abandono y considerada como chatarra. 12. Con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones un tractor de orugas marca John Deere, modelo 850, con ausencia de sus partes motoras, únicamente se observó el chasis, considerado como chatarra. 13. Con la base de novecientos cincuenta mil colones una excavadora de orugas, marca Poclain, modelo 220, completa, pero no operable por el estado de abandono, considerada en valor de rescate. 14. Con la base de doscientos cincuenta mil colones restos de dos fajas transportadoras de material rocoso, de una longitud de 12 metros de largo cada una, en estado de abandono consideradas como chatarra. 15. Con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones un cargador de llantas marca John Deere, modelo 640, sin motor en estado de abandono, se considera como chatarra. 16. Con la base de ciento cincuenta mil colones, dos plantas eléctricas movidas por motor diesel, motores diesel marca General, modelo 1-499, series 2447-S581 y 299B48, para generar 240 voltios y tres fases, sin mayor información de sus características, motores y generadores se observaron aparentemente completos, paneles de control incompletos, en estado de abandono y se estiman en valor de rescate. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 04-000752-0181 CI de Humberto Fallas Cordero contra Víctor Solano Alfaro.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de junio de 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 66673.—(66080).

A las diez horas del cuatro de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarias, y con la base del valor fiscal certificado por la Municipalidad de Palmares, sea cuatro millones quinientos veinte mil cuatrocientos colones, por así autorizarlo el párrafo primero del artículo 649 del Código Procesal Civil, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos quince mil quinientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para cultivos anuales, situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ismael Rojas Céspedes; al sur, Rosy-Mai de Palmares S. R. L.; al este, quebrada Mora, y al oeste, calle pública. Mide: cuatro mil ochocientos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Benilda Morera Castillo contra Thelma Cecilia Morera Lobo. Expediente Nº 01-100273-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 29 de junio del 2006.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 66680.—(66081).

A las ocho horas cero minutos del once de agosto del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado; soportando hipoteca en primer grado anotada al tomo cuatrocientos sesenta y ocho, asiento seis mil seiscientos setenta y seis consecutivo cero cero uno, con la base de tres millones setecientos nueve mil cuarenta colones con veintitrés céntimos; que se encuentra inscrita en el partido de San José, matrícula de Folio Real doscientos veinte mil novecientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situado en el distrito segundo San Miguel, del cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Francisca Delia Vásquez Vásquez; al sur, con calle pública; al este, con José Joaquín Alvarado Quirós y al oeste, con José Joaquín Alvarado Quirós. Mide: ciento veinticuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 05-100265-0217-CI de Virginia Sandí Calvo y Carlos Sandí Padilla contra Julio Ubaldo Agüero Sanabria.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 24 de mayo del 2006.—Lic. Vannesa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 66695.—(66082).

A las once horas del diecisiete de agosto del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones al tomo trescientos treinta y seis, asiento ocho mil ciento sesenta y uno cero uno-cero novecientos tres-cero cero uno y con la base de un millón seiscientos mil colones, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y seis mil setecientos uno-cero cero cero, que es terreno de pastos y cultivos anuales, situada en el distrito sétimo, cantón diecinueve; que linda: al norte, José Lesmes Vargas Fonseca; sur, calle pública; este, calle pública y Ramón Morera, y al oeste, calle pública. Mide: trece mil cien metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano catastrado número SJ-847287-2003. La finca pertenece José Lesmes Vargas Fonseca. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario 05-100834-188-CI interno 875-05-Y3, de Desqueber S. A. contra José Lesmes Vargas Fonseca.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 30 de junio de 2006.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 66708.—(66083).

A las ocho horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil seis, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes y anotaciones judiciales; con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos colones netos, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula número cero ochenta y nueve mil setecientos diecisiete-cero cero cero, que es terreno para construir con un local comercial, situado en el distrito cuarto, cantón siete, de la provincia de Guanacaste Linda: norte, calle pública; sur, Isabel Gutiérrez Calvo; este, Felicia Quesada Núñez y al oeste, Felicia Quesada Núñez; con una medida de dos mil setecientos veintidós metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. 2) asimismo libre de gravámenes y anotaciones judiciales pero soportando plazo de convalidación, al asiento cero siete mil setecientos veinticuatro, secuencia cero cero cero dos, al tomo trescientos noventa y nueve, con la base de dos millones setecientos ochenta y dos mil novecientos sesenta y dos colones netos; la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula número cero ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito tercero, cantón siete, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, calle pública; sur, Rosa Gonzalo Villalobos Mora; este, Agropecuaria Elda María Sociedad Anónima y oeste, Rosa Gonzalo Villalobos Mora. Con una medida de trescientos ocho metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 05-100297-0389-CI (311-4-2005)-B, proceso ejecutivo simple establecido por el Banco de Costa Rica contra Felicia Quesada Núñez y Ronald Wong Li.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 13 de junio del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 66710.—(66084).

A las diez horas del veintitrés de agosto del año en curso, en la puerta exterior de este despacho remataré: al mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y servidumbres trasladada y con la base de ocho millones de colones lo siguiente: finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cuarenta mil siete-cero cero cero, de naturaleza terreno con una casa, está situada en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote Nº 14; al sur, con lote Nº 16; al este, con la playa y al oeste, calle pública. Mide: doscientos metros cuadrados. Lo anterior se remata dentro del proceso ejecutivo hipotecario número 04-000490-678-CI-1 del Banco Nacional de Costa Rica contra Leslie Gerardo Rojas Esquivel. Notifíquese.—Juzgado Civil de Limón, 28 de junio del 2006.—Licenciado Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 66712.—(66086).

A las diez horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre gravámenes hipotecarios, soportando condiciones al tomo 2292, asiento 163-001 y con la base de cinco mil quinientos dólares, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, matrícula número quinientos mil novecientos veinticinco cero cero uno, cero cero dos, que es terreno de cultivos con una casa, situada en el distrito 07 Pejibaye, cantón diecinueve de San José. Linda: norte, Ramón Aguilar Solano; sur, Paulino Mora Guevara; este, Ramón Agüero Delgado y al oeste, calle pública. Mide: dos mil ciento dieciséis metros con once decímetros cuadrados. Plano SJ-0109741-1993 y pertenece a Kattia Marloy Núñez García, el derecho 001 y Freddy Núñez Barrantes el derecho 002. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 06-100245-0188-CI (254-06-M2), establecido por Inversiones Rojicha del Sur S. A. contra Kattia Marloy Núñez García y Freddy Núñez Barrantes.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 13 de julio del 2006.—Lic. Marco A. Bolaños Rojas, Juez.—Nº 66744.—(66087).

A las diez horas del lunes veintiocho de agosto del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos mil seiscientos sesenta y ocho dólares, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placas número 362678, con las siguientes características: categoría automóvil, marca Hyundai, estilo Excel, año 1994, color negro, de capacidad 5 personas, motor número G4DJR242147. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 04-001249-183-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., cédula jurídica 3-101-025416 contra Jorge Antonio Majano Majano, cédula de residencia 220-73868-1719. Notifíquese.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las nueve horas del seis de julio del año dos mil seis.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 66752.—(66088).

A las catorce horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes, con la base de dos millones novecientos cincuenta y ocho mil colones (incluye crédito otorgado y subsidio por bono de vivienda), en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula 94428-000, que es terreno de solar lote 22A2000, situado en el distrito primero Matina, cantón quinto, Matina; provincia de Limón, que mide: doscientos cincuenta metros cuadrados, y linda al norte, con lote 21A2000; al sur, con lote 23A2000; al este, con calle pública con diez metros lineales, y al oeste, con Robert Gerardo Araya Alpízar. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 06-100244-0468-CI de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Junior Alexander Alpízar Sibaja.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de junio del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 66810.—(66242).

A las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, soportando hipoteca en primero y segundo grado y con la base de treinta y cuatro mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y seis (186376), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle; al sur, Inmobiliaria San Juan S. A.; al este, Inmobiliaria San Juan S. A., y al oeste, lote tres B. Mide: ciento sesenta metros cuadrados y soportando hipoteca en primero y segundo grado y con la base de treinta y tres mil dólares, finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y ocho (186378), la cual es terreno para construir, lote cuatro B. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, inmobiliaria San Juan S.A.; al este, lote tres B, y al oeste, lote cinco B. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de José Miguel Salazar Vargas contra Tecnovivienda La Riviera Sociedad Anónima, expediente Nº 06-000957-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 66825.—(66243).

A las siete horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando los siguientes gravámenes: reservas y restricciones, al tomo trescientos veintidós, asiento cero mil seiscientos cuarenta y cuatro, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos uno, subsecuencia cero treinta y dos. Con la base de ocho millones ochocientos treinta y dos mil quinientos nueve colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré las siguientes fincas: 1) Partido de Puntarenas folio real matrícula treinta y tres mil cuatrocientos treinta y dos - cero cero cero, que es terreno para construir una casa de habitación, situada en distrito tercero Guaycará, cantón sétimo, Golfito de la provincia de Puntarenas, con los linderos al norte, Iglesia Metodista; al sur, Oscarina Marín Durán, Wilbe Torres Solís y Odalis Moreno Jiménez; al este, calle pública con quince metros de frente, y oeste, Iglesia Metodista, con una medida de setecientos veintinueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, con el plano catastrado número P- cero trescientos sesenta y ocho mil seiscientos sesenta y uno - mil novecientos sesenta y nueve. Lo anterior se subasta por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria Nº 06-100103-0422-CI, establecida por Acreedor: Banco Nacional de Costa Rica contra José Enrique Agüero González.—Juzgado Civil y Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, 4 de julio del 2006.—Lic. Diana Vargas Badilla, Jueza.—Nº 66837.—(66244).

A las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado inscrita a las citas: 524-05944-01-0002-001 y con la base de setecientos sesenta y nueve mil noventa y dos colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad; bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 525693-000, la cual es terreno para construir lote 18-F, bloque F. Situada en el distrito 03 La Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 19-F; al sur, lote 17-F; al este, calle pública con 8.01 metros, y al oeste, Challe Sucesores S. A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación Promotora de Vivienda contra Bernal Enrique Quesada Carvajal y María Taleno Andrade. Expediente Nº 06-000507-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—Nº 66838.—(66245).

A las diez horas del treinta de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 406.248-000, la cual es terreno para construir, con 1 casa, lote H-137. Situada en el distrito 04 Patalillo, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote H 148/149; al sur, calle pública con 08,10; al este, lote H-138 y al oeste, lote H-136. Mide: ciento cincuenta metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Florybeth de los Ángeles Monge Sánchez. Expediente Nº 06-001052-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de julio del 2006.—Lic. Tatiana Brenes Arias, Jueza.—Nº 66839.—(66246).

A las diez horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca legal sobre el derecho cero cero uno a favor de la Municipalidad de Desamparados y con la base de setecientos ochenta mil quinientos veintinueve colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero ocho mil seiscientos setenta y cinco guión cero cero uno, sobre el cual pesa hipoteca legal, derecho cero cero dos, la cual es terreno apartamento destinado a uso habitacional 21D. Situada en el distrito tercero San Juan de Dios, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, apartamento 21B; al sur, apartamento 22B; al este, apartamento 16A, y al oeste, apartamento 21C y áreas comunes. Mide: cincuenta y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Iris Alfaro Araya y Marco Rolando Umaña Aguilar. Expediente Nº 06-001237-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 6 de julio del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 66840.—(66247).

A las diez horas del primero de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos cincuenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta mil cuatrocientos ochenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Duacari, cantón Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con frente de 38 metros 72 centímetros; al sur, calle pública y Jorge Montero Mora; al este, Jorge Montero Mora, y al oeste, calle pública en punta de plancha. Mide: setecientos trece metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Dennis Ruiz Chaves, Expediente Nº 06-001134-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de junio del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 66841.—(66248).

A las ocho horas quince minutos del veintitrés de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de veinticinco millones seiscientos dieciocho mil ciento cuarenta y seis colones ochenta céntimos, que corresponde al valor global de los bienes existentes en Bodega, en el mejor postor remataré lo siguiente: lote de mercaderías compuesto de mueble, juguetes, electrodomésticos en regular y mal estado y aparatos incompletos utilizables como repuestos. Se remata por ordenarse así en proceso de Quiebra de Almacenes El Gallo Más Gallo S. A. Expediente Nº 01-000890-0504-CI. Se les previene a los interesados que para tener a la vista la mercadería subastada se comuniquen con el señor Alberto Mora a los teléfonos 240-9407 ó 361-8926.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 66872.—(66249).

A las diez horas del dieciséis de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de cinco millones seiscientos cincuenta colones, soportando prenda de primer grado al tomo cero cero diez, asiento ciento cuarenta y siete mil quinientos sesenta y siete, consecutivo cero cero dos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas doscientos cuarenta y siete mil cuarenta y nueve, marca Alfa Romeo, estilo 2155 Twin Spark, año noventa y seis, color beige, motor Nº AR672040029364, chasis Nº ZAR16700001029353. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple Nº 00-001812-184-CI de Bicsacard S. A., contra Huete Astúa Roberto.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de junio del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(66299).

A las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón novecientos setenta mil ochocientos veinte colones, (según base dada por el perito), en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección Propiedad, bajo Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil cuarenta y ocho- cero cero uno, que se describe así: terreno para construir con una casa, sito en San José, San Francisco, distrito segundo y cantón ocho, Goicoechea, de la provincia de San José. Mide: ciento sesenta y tres metros dos decímetros cuadrados. Linderos: al norte, con calle en medio línea férrea; sur, con calle B; al este, con Ernesto Vargas, y oeste, Carlos Volios. Dicho derecho de la propiedad pertenece a Luis Diego Brenes Zúñiga. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica, representado por el señor Carlos Luis Jiménez Arrieta contra Luis Diego Brenes Zúñiga. Expediente Nº 01-100106-0386-CI (111-01-2).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 10 de julio del 2006.—Lic. Rosa Irene Romero Castellón, Jueza.—Nº 66896.—(66543).

A las ocho horas quince minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales, y con la base de un millón trescientos treinta y dos mil quinientos colones, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 560934, marca Hyundai, carrocería sedán cuatro puertas, año 1995, color rojo, combustible gasolina, capacidad 5 personas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 05-001676-184-CI de Grupo Habitacional del Sol S. A., contra Francisco Enrique Retana Mora.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 20 de junio del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 66919.—(66544).

A las ocho horas veinte minutos del veinticinco de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones setecientos cincuenta mil doscientos nueve colones con veintidós céntimos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos mil novecientos cuarenta y seis - cero cero cero, que es terreno: lote 2 G para construir con una casa. Sito: distrito nueve Pavas, cantón uno San José de la provincia de San José. Linderos: norte, alameda río Sardinal con 6 m 75 cm.; sur, lote 13 G; este, lote 1 G, y oeste, lote 3 G. Mide: ochenta y cuatro metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-000615-0170-CA de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maynor Eduardo Barquero Chacón.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de junio del 2006.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—Nº 66960.—(66545).

El treinta y uno de agosto del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dieciocho mil ochocientos dólares, al mejor postor remataré la siguiente finca del partido de Limón, matrícula folio real número noventa mil novecientos cinco cero-cero-cero, que es terreno dedicado a cultivos varios, lote seis, sito en distrito tercero Rita, cantón segundo de Pococí de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote cinco; al este, con Ángel Flores Muñoz; al sur, Inversiones Botawa S. A., y oeste, con calle pública con veinte metros veintinueve centímetros. Mide: dos mil seiscientos setenta y nueve metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100486-642-CI de Banco de Costa Rica contra Roberto Morera Vargas y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—Nº 67061.—(66546).

A las diez horas del veinticinco de agosto de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones quinientos mil colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Derecho cero cero uno, proporcional a cincuenta por ciento en la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil trescientos noventa y siete, la cual es terreno de café, pasto y agricultura. Situada en el distrito cuarto, cantón sétimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote cinco de Rosa Ramírez; al sur, lote siete de Odilie Ramírez; al este, calle en medio otra, y al oeste, Daniel Suárez. Mide: quince mil setecientos veinticinco metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Ofelia Quesada Vega contra Agropecuaria La Rosa de Palmares S. A. Expediente Nº 06-000282-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 30 de junio del 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 67066.—(66547).

A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de trece mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil sesenta y uno- cero cero cero, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito San Rafael, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con frente de siete metros cincuenta y siete centímetros; al sur, Gregorio Mora; al este, Abelardo Sánchez, y al oeste, Gregorio Mora. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Dagoberto Rodríguez Mora y Chavarría Cordero M Y R S. A. Expediente Nº 06-001167-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de junio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 67103.—(66549).

A las ocho horas del lunes nueve de agosto de año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de trescientos mil colones netos, remátese el semoviente decomisado en esta causa, el cual se describe así: Un novillo color negro, con el lomo, la cabeza y los cachos de color amarillento, presenta un arete de plástico de color amarillo en la oreja derecha, en la parte alta de la pata izquierda conocida como cuarto izquierdo presenta una marca con las letras “JM”, tiene un peso de aproximadamente cuatrocientos cincuenta kilos, de tres años de edad, raza Pardo-Suizo no legítimo, el cual se encuentra en depósito provisional judicial en la Cámara de Ganaderos del Sur de Ciudad Neily, bajo custodia del señor Freddy Montero Valverde. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución de las diez horas con cuarenta y cinco minutos del cinco de julio mil seis, dentro de la causa penal número 06-000292-062-PE (Comisión Penal número 54-06-2E) por el delito de abandono dañino de animales contra ignorado, en perjuicio de Juan Carlos Chaves Vargas.—Juzgado Penal Corredores, 5 de julio del 2006.—Lic. Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(66603).

A las nueve horas treinta minutos  del once de agosto del dos mil seis, en la puerta principal del local que ocupa este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones de la ley de Aguas y Caminos Públicos así como Condiciones y Limitaciones a favor del Instituto de Desarrollo Agrario al tomo trescientos noventa y tres, asiento cinco mil noventa y uno, consecutivo cero uno, subsecuencias ochocientos diecinueve, ochocientos treinta y ocho, novecientos, novecientos uno, novecientos treinta y novecientos treinta y uno, secuencias cero cero tres, cero cero cuatro y cero cero uno, sáquese a remate con la base de un millón setecientos mil colones la finca inscrita en Propiedad al partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos sesenta y un mil setecientos setenta y uno-cero cero uno y cero cero dos propiedad el derecho cero cero uno de Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y el derecho cero cero dos de Rosibel Morales Arias. Dicho inmueble se describe así: Terreno para la agricultura, parcela ocho, sito en distrito trece Pocosol, del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Alejo Mora, al sur, calle pública y Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y Rosibel Morales Arias; al este, parcela siete, y al oeste, servidumbre de paso, parcela nueve y Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y Rosibel Morales Arias. Mide: una superficie de cincuenta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Plano catastrado número A-0970562-1991. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso en ejecutivo hipotecario Nº 05-000015-0298-AG establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Luis Zúñiga Ledezma y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de junio del 2006.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—(66648).

A las once horas con quince minutos del nueve de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones novecientos cinco mil treinta con 84/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero ocho ocho tres uno-cero cero cero la cual es terreno apartamento 16-E. Situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, apartamento 16-A; al sur, áreas comunes; al este, apartamento 16-F, y al oeste, áreas comunes. Mide: cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Mendoza Hidalgo. Expediente Nº 06-000786-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de mayo del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(66659).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del cuatro de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de un millón quinientos cuarenta y tres mil colones, al mejor postor se rematará: soportando servidumbre sirviente, la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cuarenta y dos mil ciento ochenta y dos-cero cero cero, que es terreno de pastos con una casa de habitación, sito en distrito segundo, cantón sétimo, de la provincia de San José. Mide: seis mil novecientos ochenta y nueve metros con cuarenta seis decímetros cuadrados. Linda: al norte, Elizabeth Morales y otros; al sur, calle con treinta y nueve metros cuarenta y un centímetros; al este, Aida Hernández y al oeste, plaza de deportes y junta de educación y otros. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 06-100064-0197-CI de Flor María Borbón Durán contra José Francisco Hernández Guillén.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 11 de julio de 2006.—Lic. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—Nº 66466.—(65588).

A las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de agosto próximo, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de ciento cuarenta y un mil ochocientos noventa y dos dólares estadounidenses, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hermanos Vargas Hidalgo S. A., y Walter Vargas Hidalgo; al sur, La Isla S. A., en medio de servidumbre; al este, La Isla S. A., y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos veintiocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Wanida Foster contra William Clarindo Vargas Hidalgo. Expediente Nº 06-001105-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(66123).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de doce mil doscientos treinta y siete dólares, en el mejor postor, remataré: un vehículo marca Mitsubishi, modelo dos mil, estilo Montero Sport XLS, seis cilindros, gasolina combustible, cubicaje tres mil centímetros cúbicos, chasis Nº JA4MT31H3YP039340, motor Nº 6G72KP5011, color vino, tracción doble, capacidad cinco pasajeros, placas Nº 520639. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 2006-000856-0180-CI-7, de Veinsa contra Álvaro Galán Amado.—Juzgado Primero Civil de San José, 7 de julio del 2006.—Lic. Ana I. Montealegre Bejarano, Jueza.—(66127).

A las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca del partido de Alajuela, Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un mil ciento noventa y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa. Situado en distrito primero, del cantón octavo, de la provincia de Alajuela. Linda: norte, Juan Luis Castro; sur, Ana Lorena Castro Herrera; este, Ana Lorena Castro Herrera, y oeste, calle pública. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Número catastral: A-0051325-1992. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100091-0295-CI, de Coopegrecia R. L., contra Óscar Porras Aguilar.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 23 de junio del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(66133).

A las ocho horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, en el mejor postor, remataré libre de gravámenes prendarios, soportando colisiones según sumaria Nº 02-600924-495-TC, del Juzgado de Tránsito de San Ramón, esta vez sin sujeción a la base de la prenda de primer grado que consta al tomo 0009, asiento 297153, por ser de plazo vencido, sáquese a remate el vehículo marca Ford, modelo 1993, estilo Explorer XL, combustible gasolina, chasis Nº 1FMDU34X7PUA19349, motor número desconocido, color plateado, tracción no registrada, capacidad 5 pasajeros, placas Nº 275139. Se ordena el remate en ejecutivo simple N° 02-001432-0180-CI, de Almacén Guillermo Carazo Todo en Acero S. A., contra Constructora Polimetal S. A., y otro.—Juzgado Primero Civil de San José, 4 de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(66137).

A las diecisiete horas y veinte minutos del veintinueve de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas: 340-01526-01-0900-001 y libre de anotaciones judiciales y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos siete mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero. Que es terreno: lote 15 terreno para construir. Sitio: distrito octavo San Rafael, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 14; sur, lote 16; este, calle pública con 7 metros 50 centímetros de frente y oeste, Inversiones Elyt S. A. Mide: ciento treinta metros y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-007268-0170-CA, de Caja Costarricense de Seguro Social contra Anabelle Cordero González.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de julio del 2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—(66152).

A las ocho horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón setecientos once mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca que se describe así: inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno parte urbanizar calle. Situada en el distrito segundo Mercedes, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública y otros; al sur, río Burio y otros; al este, Margarita Espinoza y otros y al oeste, Zoraida Mora y otros. Mide: diez mil doscientos setenta y dos metros con trece decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de Heredia contra Arce Chavarría y Asociados Sociedad Anónima. Expediente Nº 05-003072-0370-CI (1).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 4 de julio del 2006.—Lic. Kathya Campos Marín, Jueza.—(Solicitud Nº 23138-Municipalidad de Heredia).—C-14010.—(66155).

A las ocho horas del treinta de agosto próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando dos reservas y restricciones y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos doscientos treinta y cinco-cero cero dos, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Quesada Herrera y otros; al sur, camino público; al este, lote B, y al oeste, Sociedad Hacienda Cocorí S. A. Mide: setenta y un mil doscientos cuarenta y seis metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Alberto José Oreamuno Sandoval contra Jorge Luis Quesada Herrera. Expediente Nº 06-000537-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(66597).

A las ocho horas del lunes veintiocho de agosto de año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos dos colones con noventa y ocho céntimos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: ciento treinta y siete piezas de la especie Cristóbal, con un volumen de 6.299 metros cúbicos; producto forestal que permanece en manos del señor Rufino Ríos Bejarano, quien fue nombrado como depositario judicial, vecino de Las Vegas del Río La Vaca de Laurel. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución de las diez horas con veinticinco minutos del siete de junio del dos mil seis, dentro de la causa penal número 06-200437-456-PE (Comisión Penal número 48-06-2E) por Infracción a la Ley Forestal contra ignorado, en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal Corredores, 7 de julio del 2006.—Lic. Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(66602).

A las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, y con el rebajo del veinticinco por ciento menos, sea la suma de seiscientos sesenta y seis mil ciento trece colones con seis céntimos, al mejor postor remataré: Una embarcación denominada La Carei, matrícula P7715, material del casco fibra de vidrio, uso pesca, estilo NR, año 1997, eslora 6,18 metros, manga 1,84 metros, puntal 0,75 metros, peso bruto 1,12 toneladas, peso neto 0,51 tonelada, número de motor y serie 0g600922, potencia 30,00 HP, combustible gasolina, marca Mariner. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en juicio ejecutivo prendario número 03-100604-417-CI establecido por Banco Popular contra Luis Ángel Villalobos Cortés y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—(66649).

A las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios, con la base de setecientos treinta y cuatro mil seiscientos noventa y cinco colones, al mejor postor remataré: Una finca del Partido de San José, número tres siete dos cinco cuatro cuatro-cero cero cero, de naturaleza para construir lote 4-1, situada en distrito 01 San Isidro del General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José, con los siguientes linderos: al norte, lote 3; al sur, lote 5; al este, lote 17, y al oeste, resto destinado a alameda, mide ciento cincuenta metros cuadrados, propietaria Marielos Muñoz Rodríguez. Por haberse establecido así en ejecutivo hipotecario número 06-001134-225-CI de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Muñoz Rodríguez Marielos.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 29 de junio del 2006.—Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(66657).

A las ocho horas del treinta de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, remataré al mejor postor sin sujeción a base la finca del partido de Puntarenas matrícula ciento treinta mil doscientos noventa y siete-cero cero cero, que es terreno con una construcción, situada en distrito dos Palmar, cantón Osa, Puntarenas. Linda al norte y oeste; Francisco Ocampo Sandres; sur, carretera interamericana y este, camino público. Mide: mil doscientos setenta y cuatro metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Posee plano número P- cero tres cuatro cinco nueve siete seis-mil novecientos noventa y seis. Propiedad de José Castillo Carrillo. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso número 04-100243-424-CI-3 ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra José Castillo Carrillo.—Juzgado Civil de Corredores, Ciudad Neily, 30 de junio del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—(66683).

A las once horas, quince minutos del once de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de trece millones quinientos ochenta y siete mil setenta y siete con 98/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil quinientos sesenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir una casa de habitación de dos niveles. Situada en el distrito segundo San José, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con siete metros veintiún centímetros; al sur, Álvaro Fuentes Monge; al este, Néstor Cerdas Alpízar, y al oeste, Flor Monyere Carvajal. Mide: ciento veinte metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional Costa Rica contra Albert Hidalgo Serrano, The Tucan Cleaner Services And Maintenance S. A. Expediente 06-000088-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de junio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 67123.—(66778).

A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación, reservas y restricciones y con la base de siete mil quinientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil quinientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno con una casa lote sesenta y ocho. Situada en el distrito 02 Palmira cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 25 centímetros; al sur, René Murillo Murillo; al este, René Murillo Murillo, y al oeste, René Murillo Murillo. Mide: doscientos seis metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Cinco Eslabones S. A., José Luis Obando Vallejos y Topografía y Consultores S. A. Expediente: 03-002119-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 67124.—(66779).

A las diez horas, treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinte mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, matrícula de Folio Real número 111356-000, que se describe así: naturaleza para construir con dos casas. Mide: doscientos setenta y tres metros con quince decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos: al norte con: Temporalidades Arquidiósesis San José; al sur con carretera de Cinco Esquinas a La Uruca; al este, con Amado Guerrero, y al oeste, con Genaro Garita Fallas. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-000848-0183-CI de Horizontes de Alajuela S. A., contra Reyna Georgina Espinal Figueroa.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 19 de julio del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(66793).

A las ocho horas del diez de agosto de dos mil seis, en la puerta principal de este Juzgado, libre de gravámenes y anotaciones, con la base de un doscientos cincuenta mil dólares americanos al mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Partido de Guanacaste, matrícula número ochenta y un mil novecientos sesenta y ocho- cero cero cero, que es terreno de potrero, sito en distrito tercero cantón quinto de la provincia de Guanacaste. Linda al norte, con Elia María Contreras Contreras; sur, con calle pública; este, Gerald Thomas Davison González, y al oeste, con calle pública y Elia María Contreras. Mide: dos mil quinientos metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. La Finca descrita pertenece a Treped Investments Sociedad Anónima. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario de Stephen Robin Foster contra Treped Investments. Expediente Nº 06-100192-390-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—(66821).

A las nueve horas quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando denuncia penal al tomo 0011, asiento 158265, y colisión cero tres-seis uno uno seis ocho cinco-cuatro ocho nueve-TC y con la base de diez mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares, o su equivalente en colones el cual deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la moneda extranjera al momento de pago, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Kia, modelo 2002, estilo spectra, combustible gasolina, chasis número KNAFB121225175871, motor TE044981, color rojo, capacidad 5 pasajeros, placas número 474246. Se ordena el remate en expediente 03-001662-0180-CI. Prendario de Finastur S. A., contra Mauricio Chacón Castro.—Juzgado Primero Civil de San José, 31 de mayo del 2006.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 67242.—(66977).

A las nueve horas del diez de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de doce millones quinientos catorce mil sesenta y siete colones con noventa céntimos, soportando servidumbre trasladada a las citas 297-10265-01-0901-001, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Cartago, bajo el sistema de Folio Real matrícula número setenta mil ciento sesenta y tres cero cero cero, que es terreno para construir, situado en distrito primero, Turrialba, cantón quinto, Turrialba, de la provincia de Cartago. Lindantes. norte, calle pública; sur, José Luis Pérez Arias; este, Uriel Quesada Anchía, y al oeste, Omar Valverde. Mide: ciento ochenta y cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Plano C-0386671-1980. La finca descrita pertenece a Rosalinda Sosa Sosa. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 06-100396-188-CI, interno 417-06-Y-4, de Credecoop R. L., actuando en su condición de Gerente con facultades de representante de la empresa contra Rosalinda Sosa Sosa.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 27 de junio del 2006.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 67447.—(67155).

A las trece horas treinta minutos, del diez de agosto del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando: 1) Servidumbre trasladada. 2) Reservas y restricciones. 3) Prohibiciones, bajo las citas de inscripción: tres dos nueve-cero siete uno uno siete-cero uno-cero nueve cero uno-cero cero uno. Tres dos nueve-cero siete uno uno siete-cero uno-cero nueve cero dos-cero cero uno y Tres dos nueve-cero siete uno uno siete-cero uno-cero nueve cero tres-cero cero uno, respectivamente y con la base de seiscientos treinta y dos mil ochocientos noventa y dos colones con cincuenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré la finca del partido de Puntarenas matrícula de Folio Real número ciento veintitrés mil doscientos noventa y uno-cero cero cero, propiedad de Maribel Jiménez Jiménez, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito segundo (Savegre), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con quince metros de frente; al sur, con Juan Gabriel Porras Araya; al este, con José Quirós Vargas; y al oeste, con José Tenorio Álvarez. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario N° 06-100060-425-4-CI, del Banco Nacional de Costa Rica Sucursal Quepos, en contra de Marjorie Garita Jiménez y Maribel Jiménez Jiménez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 29 de junio del 2006.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—(67188).

Convocatorias

Se convoca a todos los accionistas de la sociedad tienda La Fortuna S. A., cédula jurídica Nº 3-101-027727 a una junta que se llevará a cabo en este Despacho a las ocho horas del dieciocho de agosto del dos mil seis. Lo anterior para nombrar un representante de la citada sociedad, conforme lo establece el numeral 266 del Código Procesal Civil. Incidente de cobro de honorarios Nº 12-06, dentro de ordinario expediente Nº 02-100580-0297 CI, incidentista: Óscar Alberto Pérez Murillo, incidentado: Tienda La Fortuna S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de junio del 2006.—Lic. Marco V. Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—Nº 67161.—(66780).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Noemí Molina Picado, quien fue mayor, de estado civil casada una vez, vecina de Zapote, setenta y cinco metros al sur del Registro Nacional, con cédula de identidad Nº 1-206-476, a una junta que se verificará en este Juzgado a las catorce horas del treinta de agosto del dos mil seis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-001236-184-CI. Proceso sucesorio de Noemí Molina Picado.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 3 de julio del 2006.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—1 vez.—(66792).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Claudia Martín Zamora, quien fue mayor, de oficios de hogar, vecina de San José, avenida 14, calles 13 y 15, casa número 1333, portadora de la cédula de identidad número uno-ciento sesenta y siete-cero cero ocho, a una Junta que se verificará en éste Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil seis, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-001300-182 CI (5). Sucesión de Claudia Martín Zamora.—Juzgado Tercero Civil de San José, 11 de julio del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 67246.—(66995).

A efecto de llevar a cabo la junta de herederos en este proceso, se convoca a los mismos para que comparezcan a este despacho a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil seis. Para conocer de los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 01-100065-0422-ci. Proceso sucesorio de José Luis Montero Solórzano, promueve: Migdalia Carrillo Concepción.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 13 de julio del 2006.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 67477.—(67165).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 04-000329-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Construcciones Allan Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil novecientos cincuenta, representada por el señor Alan Giana, de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, quien es mayor, estado civil casado por segunda vez, vecino de Playa Langosta de Santa Cruz, doscientos metros este de Hotel Barceló, portador del pasaporte de su país número cuarenta y cuatro veintitrés cero nueve U, profesión constructor, a fin de inscribir a nombre de la sociedad anónima que representa y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Propiedad uno: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para la construcción. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Henry Rodríguez Espinoza; al sur, Giselle Rodríguez Espinoza; al este, servidumbre de paso con un frente de cincuenta y un metros con cero ocho centímetros lineales y al oeste, Alfredo Leal Barrantes. Mide: mil cuatrocientos veintitrés metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Propiedad dos: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para la construcción. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Federico Rodríguez Espinoza; al sur, Wagner Rodríguez Espinoza; al este, Salomé Rodríguez Santana y al oeste, servidumbre de paso, con un frente de veinticinco metros con sesenta y tres centímetros lineales. Mide: mil cuatrocientos veintitrés metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones cada uno. Que adquirió dichos inmuebles de la siguiente manera: El primero por venta que le hiciera el señor Orlando Rodríguez Espinoza, quien es mayor de edad, casado por segunda vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento treinta y nueve-mil cuatrocientos veinticinco, vecino de Mansión de Nicoya, sito cien metros oeste del Restaurante Ciudad Bonita, hace más de dos años, en forma verbal, ratificando la venta mediante escritura pública el día seis de mayo del dos mil cuatro. El segundo: mediante venta que le hiciera el señor Uber Gerardo conocido como Drexey Rodríguez Villarreal, quien es mayor de edad, soltero, técnico en aires acondicionados, portador de la cédula de identidad número cinco-doscientos noventa y uno-cero treinta y siete, vecino de Villarreal de Santa Cruz, del cruce de Playa Tamarindo trescientos metros al oeste, hace más de dos años, en forma verbal, venta ratificada mediante escritura pública el día diecisiete de mayo del dos mil cuatro; ambos vendedores transmitieron al promovente la posesión decenal, ejercida por ellos, y hasta la fecha los ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hechura de rondas, chapeas, cercas y el cuido en general desde el tiempo de adquisición. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Construcciones Allan Sociedad Anónima. Exp. N° 04-000329-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 3 de julio del 2006.—Lic. Carlos Aguilar Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 66486.—(65932).

Albergue de Montaña Tejo”S Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-413.254, representada por el señor Víctor Brenes Román, cédula de identidad tres - ciento cuarenta y seis - seiscientos ochenta, mayor, constructor, casado una vez, vecino de Orosi de Paraíso, promueve diligencias de información posesoria para inscribir a nombre de su representada el inmueble que se describe así: terreno montaña de bosque primario, pasto, jardines, con un complejo turístico construido en él. Ubicado en Tausito, distrito tercero Pejibaye, del cantón cuatro Jiménez, de la provincia de Cartago. Mide: treinta y siete mil quinientos noventa y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado número C-1021281-2005. Linderos: al norte, con Ronald Mata Brenes; al sur y al oeste, con Manuel Blanco Segura; y al este, con calle pública con un frente a ella de setenta y seis metros lineales con treinta y nueve decímetros lineales y Ronald Mata Brenes. Inmueble fue estimado en la suma de veinte millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente N° 05-160044-341-AG-70-R.—Juzgado Agrario de Turrialba, 18 de octubre del 2005.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 66583.—(65933).

Citaciones

Ramón María Yglesias Piza, notario público con oficina en San José, Moravia, Residencial Los Colegios, casa M-15, hace constar que según escritura Nº 63 otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del 17 de julio del 2006, Flora Gutiérrez Romero, cédula 1-170-191, Ingrid, cédula número 1-470-406, con domicilio en Israel; Marylin, cédula número 1-420-689; Sylvia, cédula número 1-564-737; y Álvaro, cédula número 1-500-655; todos mayores, de apellidos Cabezas Gutiérrez y vecinos de San José, solicitan ante esta notaría, la apertura de la sucesión de quien en vida fue José Cabezas Ángulo, cédula número 3-172-416. Quien se considere interesado puede hacer valer sus derechos en el término de treinta días, contados a partir de la fecha de la publicación.—San José, 18 de julio del 2006.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—Nº 66539.—(65939).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Enrique Ramírez González, quien fuera mayor, casado una vez, guarda privado, cédula 4-136-315, vecino de Alto López de Atenas, de 41 años, fallecido el 2 de abril del 2006. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000050-0848-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, 30 de junio del 2006.—Lic. Sylvia María Palma Elizondo, Jueza.—1 vez.—Nº 66576.—(65940).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Vallejo Vallejo, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, en Residencial Chorotega y portador de la cédula de identidad número 5-145-470. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-000402-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 3 de diciembre del 2005.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 66603.—(65941).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Mauricio Antonio Solís Barrientos, quien fuera mayor, casado una vez, operario, cédula cuatro ciento cincuenta y seis cero ochenta y siete, vecino de San José de San Isidro de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-002133-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de octubre del 2005.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—(67059).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rosa Berta Arias Alpízar c.c. Olga y Daniel Rodríguez Castro, mayores, casados una vez entre sí, ama de casa y agricultor por su orden, vecinos de Barrio Jesús de Atenas, cédulas de identidad Nº 2-0132-0782 y 2-110-250. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000989-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—1 vez.—(67251).

Avisos

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Claudio María Roldán Arias, mayor, casado, comerciante, cédula de identidad número 3-207-854; encaminado a solicitar la ausencia de Ángela Carvajal Tejeda, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número P1528288. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. Nº 05-001163-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de noviembre del 2005.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 61229.—(56654)                            3 v. 2. Alt.

Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Harold Raymond Melloway Hall, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 06-000366-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y cinco minutos del veintiocho de abril del dos mil seis. De la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante Karina Bukakis Castro, se confiere traslado al accionado Harold Raymond Melloway Hall por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este circuito. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución al demandado Harold Raymond Melloway Hall personalmente o en su casa de habitación. De la solicitud de nombramiento de Curador Procesal que promueve la parte actora, se confiere audiencia por el plazo de tres días a la Procuraduría General de la República. Para tal efecto, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito de San José. A efecto de proceder al nombramiento de curador procesal, deberá depositarse la suma de cincuenta mil colones, en la cuenta de este Juzgado del Banco de Costa Rica, número 173666-3, para responder en forma provisional a los emolumentos del profesional a designar. Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso de Karina Bukakis Castro contra Harold Raymond Melloway Hall. Expediente Nº 06-000366-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de julio del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(65722).

A quien interese se hace saber que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Bill Dimitri Solís Porras. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare nulo el oficio STAP-0089-02 del 1° de febrero del 2002, emitido por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, el informe AO-026-2001-OTR de fecha 7 de noviembre del 2001, emitido por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, y el acto que se desprende de las acciones de personal Nos. 200308007071 y 504003853, mediante el cual se materializó la reasignación y revaloración del puesto N° 005508 ocupado por el señor Bill Dimitri Solís Porras. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Expediente Nº 06-000076-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de febrero del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 35688-Seguridad Pública).—C-9910.—(65755).

A quien interese se hace saber: que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Naín Naranjo Saborío. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare la nulidad del oficio STAP-089-02 del 1º de febrero del 2002, emitido por la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda, así como todos los actos preparatorios incluido el informe AO-26-2001-OTR del 7 de noviembre del 2001, emitido por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública y el acto que se desprende de la acción de personal N° 1203004587 mediante el cual se materializó la reasignación y revaloración del puesto N° 017919 ocupado por el señor Naín Naranjo Saborío. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Expediente Nº 06-000075-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de febrero del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 35688-Seguridad Pública).—C-9910.—(65756).

A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Édgar Fernández Vindas contra Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que el actor es propietario de la finca situada en Caño Palma, distrito sexto Colorado, cantón segundo Pococí, Limón, lindante, norte: Eduardo Chamorro Chamorro; sur, Víctor Andrade Esquivel; este, Mar Caribe; oeste, Caño Palma, con una medida de dos hectáreas siete mil doscientos treinta y un metros cincuenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado número cuatrocientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos veintiuno - mil novecientos noventa y siete. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo. Expediente N° 06-000265-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 66538.—(65945).

Se convoca por medio de este edicto, a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora Clemencia Garbanzo Mena, cédula de identidad 1-192-988, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Alexandra Violeta Romero Garbanzo. Expediente número 06-000657-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 24 de mayo del 2006.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 66662.—(65946).

A quien interese se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Luis Guillermo Granados Gómez contra el Banco Crédito Agrícola de Cartago. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la responsabilidad del Banco Crédito Agrícola de Cartago por los daños y perjuicios causados, por haber recibido el pago completo de mi deuda y pese a ello, por negligencia, remató mi terrero, ya cancelada la operación de crédito. Que se declare la responsabilidad del Banco Crédito Agrícola de Cartago, los daños y perjuicios causados, por haber recibido veces el pago de la misma deuda, en un claro caso de enriquecimiento sin causa en perjuicio de Luis Guillermo Granados Gómez, que pagó entonces dos veces: a) Con la cancelación efectiva al Banco de toda la deuda; y b) Perdiendo la propiedad bajo un remate en el que el Banco volvió a recibir el importe de lo ya anteriormente pagado. Que en consecuencia, el Banco Crédito Agrícola de Cartago, debe restituir los derechos del demandante Luis Guillermo Granados Gómez, restaurando la situación anterior al remate, devolviendo la propiedad o pagando el precio actual, conforme a su valor de mercado. Que en consecuencia, el Banco Crédito Agrícola de Cartago debe resarcir a) La pérdida de la propiedad, tanto de la finca como de la casa de habitación; b) La imposibilidad de gozar de la plusvalía del terreno; c) La pérdida de la rentabilidad del terreno; d) La pérdida del valor actual del dinero doblemente pagado; e) La posibilidad de reinversión con intereses del dinero pagado al Banco; f) El daño moral por perder la casa de habitación. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 05-001202-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 10 de marzo del 2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(65963).

A quien interese, se hace saber que Industrias Cárnicas Integradas ha interpuesto en este Despacho proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna resolución Nº 109-P-06 de la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo de las 11:00 horas del 21 de marzo del 2006, que confirmó parcialmente la resolución Nº DT10R-064-03 de las 9:00 horas del 23 de junio del 2003 de la Dirección General de Tributación Directa, Administración de Grandes Contribuyentes. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 06-000165-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Primera, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de junio del 2006.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez a.í.—1 vez.—(65975).

Se avisa que en este Despacho la señora María Luisa Iguarbe Chueca, solicita se apruebe la adopción individual internacional de la persona menor Juslieth del Carmen Hernández Pérez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 06-000957-0364-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 17 de julio del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 66723.—(66109).

El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José a quien interese hace saber que: en el proceso especial de filiación (de Declaración de Paternidad) planteado por Richard José García Medina contra quien en vida se llamó María de los Ángeles Luna Pérez, tramitado con el expediente 03-400366-0187-FA se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia Nº 04-2005, Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas, cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil cinco... Resultando: Primero:... Segundo:... Tercero:... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo del asunto:... Por tanto: de acuerdo a lo expuesto y artículos 51, 53, 54 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 79 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda especial de Declaración de Paternidad interpuesta por Richard José García Medina contra María de los Ángeles Luna Pérez. Se declara que la menor de edad Airmará Luna Pérez es hija del actor y como tal, en adelante se apellidará García Luna. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Lic. Marlene Castillo Prado, Jueza. Expediente Nº 03-400366-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 7 de julio del 2005.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—(67213).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio Civil los señores, Ronald Vega Sánchez, mayor de edad, soltero, de cuarenta y un años, mecánico, vecino de Barrio Veinte de Noviembre y con cédula 6-189-285, que exhibe y se le devuelve en el acto, costarricense, hijo de Olga Sánchez Rodríguez y Enrique Vega Vargas, nativo de Centro Puntarenas, el día veintiséis de marzo de 1965 y Magaly Patricia Vargas Sánchez, mayor de edad, de veinticuatro años, soltera, del hogar, vecina de Barrio Veinte de Noviembre Puntarenas, con número de cédula 1-1128-234, nacida en Centro Puntarenas, el día 19 de enero de 1982, hija de Benigna Sánchez Brenes y Juan Vargas Brenes. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, 20 de junio del 2006.—Lic. Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(65678).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Wálter Vinicio Ureña Segura, de veintisiete años de edad, soltero, soldador, costarricense, portador de la cédula de identidad número 1-1008-374, vecino de Vuelta de Jorco de Aserrí, nativo de Carmen Central, San José, el veinticinco de julio de mil novecientos setenta y ocho, hijo de Jorge Ureña Delgado y de Luz Marina Segura Chinchilla, costarricenses; y María Iveth Mora Arias, de veinticinco años de edad, soltera, de oficios domésticos, costarricense, portadora  de  la  cédula  de  identidad número 1-1094-421, vecina de Turrujal de Acosta, nativa de Hospital Central, San José, el nueve de febrero de mil novecientos ochenta y uno, hija de Luis Mora Umaña y de Ermisenda Arias Segura, costarricenses. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil Nº 06-100016-247-CI (17-06).—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Acosta, San Ignacio, 14 de julio del 2006.—Lic. Marco Vega Salazar, Juez.—1 vez.—Nº 66632.—(65947).