Boletín Nº 169

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE PERSONAL DEL PODER JUDICIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

SALA PRIMERA

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 15 de febrero de 2006, artículo I, y el acuerdo del Consejo Superior de sesión de 21 de febrero de 2006, artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones del periodo 1993-2000 del Juzgado Contravencional y Pensiones Alimentarias de San Ramón. Los expedientes se encuentran remesados en ese Juzgado.

Remesa:             G11A93

Expedientes:      473

Paquetes:           6

Año:                   1993

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G9A94

Expedientes:      423

Paquetes:           4

Año:                   1994

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G9A95

Expedientes:      354

Paquetes:           4

Año:                   1995

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G25A96

Expedientes.      350

Paquetes:           4

Año:                   1995

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G21A97

Expedientes:      381

Paquetes:           4

Año:                   1997

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G11A98

Expedientes:      444

Paquetes:           5

Año:                   1998

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G13A99

Expedientes:      502

Paquetes:           7

Año:                   1999

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Remesa:             G12A00

Expedientes:      408

Paquetes:           6

Año:                   2000

Asunto:              Expedientes de Faltas y Contravenciones

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 18 de agosto del 2006

                                                              Alfredo Jones León

(76506)                                                   Director Ejecutivo

 

DEPARTAMENTO DE PERSONAL DEL PODER JUDICIAL

CONCURSOS

PRIMERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y el Departamento de Personal del Poder Judicial abren concurso para integrar listas de elegibles para los cargos de:

Concurso                           Categoría                              Asignación                            Exámenes                        Modalidad           Descalificados del

                                 y materia                         fecha de examen          programados a partir de:              examen              concurso anterior

CJ-13-2006               Juez 5 Casación Penal                     02/11/2006                            27/11/2006                              Oral                       CJ-01-2005

CJ-14-2006                        Juez 4 Civil                             20/10/2006                            13/11/2006                              Oral                       CJ-03-2005

CJ-15-2006                       Juez 4 Penal                             26/10/2006                            20/11/2006                              Oral                       CJ-08-2005

CJ-16-2006                        Juez 3 Civil                             23/10/2006                            13/11/2006                              Oral                       CJ-09-2005

CJ-17-2006                       Juez 3 Penal                             25/10/2006                            20/11/2006                              Oral                       CJ-11-2004

CJ-18-2006                  Juez 3 Conciliador                        03/11/2006                            20/11/2006                              Oral                                -

CJ-19-2006                    Juez 1 Genérico                          27/10/2006                            20/11/2006                              Oral                       CJ-10-2005

Asimismo se abre concurso para integrar Listas de Suplentes para los cargos de:

Concurso                           Categoría                              Materias

CJ-20-2006                            Juez 5                                 Casación Penal

                                               Juez 4                                 Contencioso Administrativo, Penal Juvenil, Agrario, Penal, Civil, Laboral, Familia

                                                                                          y Disciplinario Notarial.

Requisitos generales que deben reunir los aspirantes en concordancia con el Estatuto de Servicio Judicial y Manual de Clasificación y Valoración de Puestos:

1)  Ser costarricense, ciudadano en ejercicio y del estado seglar.

2)  Licenciatura en Derecho.

3)  Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con sus obligaciones.

4)  Considerable experiencia para la tramitación y resolución de asuntos judiciales.

5)  Alguna experiencia en supervisión de personal.

6)  Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

7)  Dominio aceptable del manejo de paquetes informáticos básicos de oficina de uso institucional.

Información general que aplica para todos los concursos:

a)  La nota del examen se ponderará de acuerdo al Sistema de Evaluación vigente aprobado por el Consejo de la Judicatura en sesión CJ-03-97, artículo XIII del 15 de junio de 1999, así como a evaluaciones médicas, de trabajo social, psicológicas y a una entrevista, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.  La información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los Órganos decisorios.

b)  Los temarios de estos concursos se pueden obtener únicamente en la siguiente dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/jueces.htm y para funcionarios judiciales: intranet/personal/concursos/jueces.htm. No se suministrarán personalmente, ni por fax o correo electrónico, lo anterior en concordancia con lo dispuesto por el Consejo de Judicatura en  el artículo VIII de la sesión CJ-10-04 del 11 de mayo del 2004.

c)  El promedio de elegibilidad se hará en el mismo momento a todos los participantes de un mismo concurso por cuanto éste consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para todos.

d)  El oferente que solicite el cargo, debe conocer que por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad.  (Acuerdo de Corte Plena del 04 de enero de 1999,  Artículo VIII).

e)  Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en Sesión 29-03, artículo XXVI, se dispuso que por política de ese Consejo, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente.  El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

f)   Preferiblemente se debe tener conocimiento en los Sistemas de Gestión y de Depósitos y Pagos Judiciales (SDJ), según acuerdos del Consejo Superior en las sesiones 57-04 del 03 de agosto de 2004, artículo LVII y 86-04 del 09 de noviembre de 2004, artículo XXXII.

g)  De acuerdo con las posibilidades, la Escuela Judicial impartirá un curso de capacitación en fecha, hora y lugar que oportunamente se comunicaría (Artículo 68 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial).

h)  Los aspirantes que deseen participar en este concurso deberán cumplir con todos los requisitos vigentes.  Los interesados que participen por primera vez para un cargo dentro de la Carrera Judicial deben llenar el formulario “Oferta de Servicios”.

i)   Los atestados que se requieran deben presentarse al cierre de este concurso o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha del vencimiento del mismo. Para efectos de calificación en este concurso, únicamente se considerarán los atestados presentados dentro del término señalado en esta publicación.

j)   Si posee experiencia laboral como Profesional en Derecho, externa al Poder Judicial, deberá presentar declaración jurada si se desempeña(ó) como abogado(a) litigante, si labora(ó) para una Empresa o Institución, deberá aportar certificación o constancia emitida por la empresa o institución donde labora o laboraba la cual debe especificar: La fecha de rige y vence de los períodos laborados, el o los puestos desempeñados, requisitos y especialidad del puesto(s) profesional, si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario, en caso de que los haya disfrutado, señalar el período, el motivo de salida, si hubo o no pago de prestaciones y si existió, bajo que ley. Lo anterior con el fin de comprobar dicha experiencia y que esta sea valorada en la calificación final.

k)  Según acuerdo de Consejo Judicatura en sesión CJ-32-03, celebrada el 21 de octubre del 2003, artículo VII, el oferente deberá presentar copia del título que lo acredita como Bachiller de Secundaria.

l)   Si se incurriere en alguna omisión con respecto a los requisitos o a la documentación que deben aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).

m) El formulario “Oferta de Servicios”, el documento “Información General para el Ingreso a la Carrera Judicial” y los componentes a valorar, se encuentran disponibles en la dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/jueces.htm y para funcionarios judiciales: intranet/personal/concursos/jueces.htm  en caso que accedan a la Oferta de Servicios por este medio, deberán imprimirla, llenarla a manuscrito y presentarla en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. Piso, edificio del Restaurante Alpino, Oficina No. 313, de las 7:30 a.m. a las 12 m.d. y de 1:00 p.m. a las 4:30 p.m., de lunes a viernes. Caso contrario estos documentos se suministrarán en la Unidad Interdisciplinaria. Si ya presentaron oferta en la Unidad Interdisciplinaria y cumplen con los requisitos indicados,  se debe enviar oficio manifestando su deseo de participación.

n)  Para todos los efectos los oferentes deben señalar lugar para atender notificaciones (números telefónicos, de fax, correo electrónico), a los que se le puede remitir las comunicaciones de su interés (Artículo 22 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).

o)  En el caso de no señalar número de fax o correo electrónico para notificaciones, se exime de toda responsabilidad a la Unidad Interdisciplinaria y se tendrá por notificado 24  horas después de dictada la resolución. (Art. 12,  Ley  de Notificaciones y Citaciones). Cualquier cambio al respecto sobre el número de fax, teléfono o correo electrónico señalado para las notificaciones, deberá comunicarse por escrito a la Unidad Interdisciplinaria.

p)  Cualquier nombramiento interino estará condicionado a que regrese el titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el Órgano competente.

Información adicional:

Las reprogramaciones de exámenes específicos sólo se podrán solicitar en los cinco días hábiles posteriores a la fecha designada y únicamente proceden en casos muy calificados y debidamente justificados mediante documentos que acrediten su gestión ante el Tribunal Examinador (Sesión del Consejo de la Judicatura CJ-09-2000 artículo XVIII del 25 de abril del 2000). No se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados con el Tribunal Evaluador. En el caso de incapacidades, las mismas deben ser emitidas por la CCSS o en su defecto por el médico de empresa de la Institución (Sesión del Consejo de la Judicatura CJ-04-2000 artículo V del 22 de febrero del 2000).

No se aceptarán solicitudes de exclusión una vez asignada la fecha del examen específico, excepto en casos muy calificados que serán valorados por el Consejo de la Judicatura, por motivos de fuerza mayor y debidamente justificados.

Serán descalificados de los respectivos concursos los oferentes que luego de asignada la cita para efectuar la prueba no se presenten. Lo anterior de conformidad con el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

Especificaciones para cada concurso:

CONCURSO CJ-13-2006

JUEZ 5 EN MATERIA CASACIÓN PENAL

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 27 de noviembre de 2006.  Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina Nº 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día 02 de noviembre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando  ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se  presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los oferentes que resultaron DESCALIFICADOS en el concurso CJ-01-2005 para el cargo de Juez 5 en materia Casación Penal, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

CONCURSO CJ-14-2006

JUEZ 4 EN MATERIA CIVIL

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 13 de noviembre de 2006.  Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día 20 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando  ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se  presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los oferentes que resultaron DESCALIFICADOS en el concurso CJ-03-2005 para el cargo de Juez 4 en materia Civil, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

CONCURSO CJ-15-2006

JUEZ 4 EN MATERIA PENAL

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día  26 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se  presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los oferentes que resultaron DESCALIFICADOS en el concurso CJ-08-2005 para el cargo de Juez 4 en materia Penal, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

CONCURSO CJ-16-2006

JUEZ 3 EN MATERIA CIVIL

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 13 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día  23 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando  ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se  presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los oferentes que resultaron DESCALIFICADOS en el concurso CJ-09-2005 para el cargo de Juez 3 en materia Civil, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

CONCURSO CJ-17-2006

JUEZ 3 EN MATERIA PENAL

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día  25 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, el lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando  ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los oferentes que resultaron DESCALIFICADOS en el concurso CJ-11-2004 para el cargo de Juez 3 en materia Penal, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

CONCURSO CJ-18-2006

JUEZ 3 EN MATERIA DE CONCILIACIÓN

Además de los requisitos generales, los oferentes deberán cumplir con los siguientes requerimientos:

Requisitos establecidos en el Manual de Clasificación y Valoración de Puestos, aprobado en sesión del Consejo Superior en sesión # 76 del 27 de setiembre de 2005, artículo XXXIV.

-    Considerable experiencia  en materia de resolución de conflictos y en materia jurisdiccional.

-    Haber aprobado cursos formales en materia de Mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos.

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día 03 de noviembre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se  presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los oferentes que se encuentran participando en el concurso CJ-10-2006 para el cargo de Juez 3 en materia de Conciliación, podrán participar en este concurso, por cuanto al cierre de la recepción de ofertas, no se habrá dictado el acto final del mismo, de modo que no existe un acuerdo que los descalifique. Lo anterior sin demérito que una vez que se haya dictado el acto final por parte del Consejo de la Judicatura para el concurso CJ-10-2006, se le aplique lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley de Carrera Judicial, para concursos posteriores al CJ-18-2006. 

CONCURSO CJ-19-2006

JUEZ 1 GENÉRICO

Las personas debidamente inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico, que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente el día  27 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando  ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no se  presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.

Los participantes que resultaron DESCALIFICADOS en el concurso CJ-10-2005 para el cargo de Juez 1 Genérico, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.

Los oferentes que se inscribieron en el concurso CJ-11-2006 para el cargo de Juez 1 Genérico, podrán participar en este concurso (CJ-19-2006), por cuanto al cierre de la recepción de ofertas, no se habrá dictado el acto final del mismo, de modo que no existe un acuerdo que los descalifique.  Lo anterior sin demérito que una vez que se haya dictado el acto final por parte del Consejo de la Judicatura para el concurso CJ-11-2006, se le aplique lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley de Carrera Judicial, para concursos posteriores al CJ-19-2006.

CONCURSO CJ-20-2006

PARA INTEGRAR LISTAS DE SUPLENTES EN LOS CARGOS DE:

Categoría                                                                                      Materias

Juez 5                           Casación Penal

Juez 4                           Contencioso Administrativo, Penal Juvenil, Agrario, Penal, Civil, Laboral, Familia y Disciplinario Notarial.

Requisitos generales que deben reunir los aspirantes:

1)  Ser costarricense, ciudadano en ejercicio y del estado seglar.

2)  Tener la edad que exija la ley para el respectivo puesto.

3)  Licenciatura en Derecho.

8)  Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con sus obligaciones.

4)  Considerable experiencia para la tramitación y resolución de asuntos judiciales.

5)  Alguna experiencia en supervisión de personal.

6)  Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

7)  Dominio aceptable del manejo de paquetes informáticos básicos de oficina de uso institucional.

8)  Cuando se trate de suplentes de tribunales que puedan tener a su orden personas detenidas, tener la residencia en el respectivo circuito judicial o a una distancia no mayor de treinta kilómetros del asiento del despacho, siempre que  existan buenos medios de comunicación, de modo que no se afecte el deber de asistencia, lo anterior de conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Judicial  y artículo 47 del Reglamento de Carrera Judicial.

Información adicional que aplica para el Concurso CJ-20-2006

a)  Las personas interesadas en participar que presentaron en alguna oportunidad la “Oferta de Servicios” como Profesional en Derecho,  o bien se encuentran elegibles para un cargo de Judicatura, deben llenar y entregar el formulario “SOLICITUD PARA INTEGRAR LISTAS DE JUEZ SUPLENTE”. Dicho documento no se suministrará personalmente, ni por fax o correo electrónico, deben obtenerlo de la página Web del Poder Judicial a la siguiente dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/jueces/htm o si es empleado judicial a través de Intranet en:  Intranet/personal/concursos/jueces.htm  en donde se debe incluir números telefónicos, de fax, correo electrónico y dirección exacta (art. 22 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial). En el caso de no señalar número de fax o correo electrónico  para notificaciones, se exime de toda responsabilidad a la Unidad Interdisciplinaria y se tendrá por notificado 24 horas después de dictada la resolución. (Art. 12, Ley de Notificaciones y Citaciones). Cualquier cambio que se realice sobre el número de fax o de teléfono señalado para las notificaciones deberá comunicarse por escrito a dicha oficina.

b)  Si no ha llenado la “Oferta de Servicios” esta se suministrará en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. Piso, edificio del Restaurante Alpino, Oficina Nº 313, de las 7:30 a. m. a las 12 m. d. y de 1:00 p.m. a las 4:30 p.m., de lunes a viernes o bien se encuentra disponible en la dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/jueces.htm y para funcionarios judiciales: intranet/personal/concursos/jueces.htm  la que deberán imprimir, llenar a manuscrito y presentar en esa oficina junto con el formulario “SOLICITUD PARA INTEGRAR LISTAS DE JUEZ SUPLENTE” a más tardar el día de cierre de este concurso. Si ya presentó oferta en la Unidad Interdisciplinaria puede enviar el formulario vía fax al 295-3452. No se recibirán formularios por correo electrónico salvo que vengan debidamente firmados.

c)  Las listas y los nombramientos de los jueces suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos  del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.

Consultas y notificaciones a los teléfonos 295-3940 y 295-3941, fax 295-3452 o al correo electrónico: interdisciplinaria@poder-judicial.go.cr  //  rcastaneda@poder-judicial.go.cr  //  sthomas@poder-judicial.go.cr. Estos concursos vencen el 22 de setiembre de 2006 a las 4:30 p.m.

San José, 22 de agosto del 2006.

                                                             Mba. Francisco Arroyo Meléndez,

(75803)                                                                   Jefe

CONVOCATORIA A EXÁMENES PARA FISCAL AUXILIAR

La Fiscalía General de la República y el Departamento de Personal del Poder Judicial, convoca a todos los interesados en laborar para el Ministerio Público como Fiscal Auxiliar, a exámenes oral y escrito, con el fin de cumplir uno de los requisitos para posibles nombramientos interinos y futuros concursos para llenar las plazas en propiedad. Estos exámenes también los pueden realizar todas aquellas personas que deseen mejorar su calificación. La nota final resultará del promedio entre la prueba oral y escrita, sin embargo, la nota mínima en cada uno de los exámenes no podrá ser inferior al 80%. (Art. 8, párrafo 3ero Reglamento de Ingreso al Ministerio Público). Para adquirir la condición de elegible para nombramientos interinos de Fiscal Auxiliar y participar en futuros concursos de plazas en propiedad, además de los exámenes deberá aprobarse el Curso de Inducción y práctica dirigida para oferentes a fiscal Auxiliar, con un promedio de 70%. Este curso se ofrecerá durante seis semanas en días hábiles. La fecha de inicio y los contenidos se comunicarán al momento de entrega del resultado del examen escrito. Para realizar el examen escrito, debe haberse aprobado el examen oral y para participar en el Curso de Inducción y práctica dirigida, deben ganarse ambos exámenes, según los parámetros antes definidos.

La participación en esta convocatoria implica que acepta desempeñar las funciones del cargo en cualquier fiscalía o unidad del Ministerio Público dentro del territorio nacional (artículos 7 y 12 de la Ley Orgánica del Ministerio Público).

Requisitos para participar en esta convocatoria

  Ser Costarricense. (Art. 19 y 27, del Estatuto de Servicio Judicial y de la Ley Orgánica del Ministerio Público, respectivamente).

  Licenciatura en Derecho. Incorporado al Colegio de Abogados

  Poseer licencia B1 vigente (aportar copia y original)

  Poseer capacitación en manejo de paquetes de cómputo (procesador de texto, hoja electrónica,  graficador,  Internet). Se debe aportar las constancias o títulos recibidos, o bien declaración jurada que acredite el aprendizaje por experiencia. (De considerarse  necesario se podrá realizar una evaluación práctica al oferente)

Inscripciones:

1) Las personas interesadas en participar deberán entregar la boleta de inscripción de exámenes de Fiscal Auxiliar  y la Oferta de Servicios debidamente llena, únicamente en el área de Fiscales de la Sección de Reclutamiento y Selección, situada en la Unidad Interdisciplinaria,  en el tercer piso del edificio Alpino, de 7:30 a.m. a 12 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernes.

2) Si ya presentó la Oferta de Servicios, solamente debe presentar la boleta de inscripción en el área de Fiscales de la Sección de Reclutamiento y  Selección, situada en la Unidad Interdisciplinaria  personalmente o mediante el fax 295-3452.

3) Los interesados que no hayan aportado la Oferta de Servicios deberán obtenerla en las direcciones indicadas a continuación o en el área de Fiscales de la Sección de Reclutamiento y Selección, situada en la Unidad Interdisciplinaria y presentarla debidamente llena antes del cierre de la convocatoria, aportando todos los documentos que se le solicitan en las Instrucciones para llenar la Oferta de Servicios.

4) En la boleta de inscripción  de exámenes  se debe consignar con claridad un número de fax o dirección electrónica para notificaciones, así como un número de teléfono. En caso de omisión se exime de toda responsabilidad al Departamento de Personal y se tendrá por notificado 24 horas después de dictada la resolución. (Art. 12, Ley de Notificaciones y Citaciones).

Cualquier cambio que se realice en los números de fax o dirección electrónica señalado para notificaciones deberá comunicarse  al área de Fiscales situada en la Unidad Interdisciplinaria. 

5) Las Ofertas y demás requisitos recibidos después de la fecha de cierre indicada en este aviso se considerarán extemporáneos.

Fechas importantes:

Apertura de concurso: 4 de setiembre del 2006

Cierre de inscripciones: 3 de octubre del 2006, hora 4:30 p. m.

Fechas de entrega de citas a examen oral: apellidos de la A a la L, 19 de octubre  2006 y de la M a Z 20 de octubre 2006, se entregarán en el Área de Fiscales  de la Sección de Reclutamiento y Selección ubicada en la Unidad Interdisciplinaria, tercer piso del Edificio Alpino de 7:30 a. m. a 12 md. y 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

Fecha examen escrito: sábado 18 de noviembre del 2006, hora 8:00 a. m, lugar Auditorio Miguel Blanco Quirós, San José. Se exigirá la cédula de identidad, para ingresar.

Observaciones: 1) El proceso de reclutamiento, selección y nombramientos, está regido por la Ley Orgánica del Ministerio Público,  el Reglamento de Ingreso al Ministerio Público aprobado por Corte Suprema de Justicia, en Sesión 35-200, aclarado en sesión 47-2000, publicado en el Boletín judicial 23, del 1º de febrero del 2001. 2) Las reprogramaciones de exámenes sólo se podrán solicitar en las 24 horas posteriores a la fecha designada y únicamente proceden en casos muy calificados y debidamente justificados mediante documentos que acrediten su gestión ante el Tribunal Examinador. En el caso de incapacidades las mismas deben ser emitidas por la CCSS. O en su defecto por el médico de empresa de la Institución en cuyo caso se otorgará un plazo máximo de cinco días para presentar la boleta de incapacidad. 3) Si desea ser excluido de esta convocatoria, deberá indicarlo por escrito al área de Fiscales, con al menos 10 días hábiles previo al examen. 4) El examen oral lo realizará un Tribunal y no tiene recurso de apelación (Artículos 24 Reglamento de Ingreso al Ministerio Público y 33 Ley de Carrera Judicial). 5) El resultado del examen se comunicará por escrito a cada interesado, quien podrá apelar dentro de los tres días hábiles posteriores a dicha comunicación. (Artículo 6º, Reglamento de Ingreso al Ministerio Público). 6) La apelación debe ser presentada en la Secretaría de la Unidad de Capacitación del Ministerio Público, ubicada en el segundo piso del edifico de los Tribunales de Justicia, con los requisitos del párrafo tres del Art. 6 del Reglamento de Ingreso al Ministerio Público. 7) El curso de Inducción y práctica dirigida no aplica para reconocimiento de Carrera Profesional en el Poder Judicial.

  La boleta de inscripción exámenes, los temarios, el instructivo para llenar la Oferta de Servicios y Oferta de Servicios, los puede obtener en las siguientes direcciones electrónicas:

Para empleados del Poder Judicial:

Intranet/personal/concursos/fiscales.htm

Para personas externas a la Institución:

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/fiscales.htm

En caso de duda comunicarse a los teléfonos  295-3940, 295-3941 o a los correos electrónicos: jarcec@poder-judicial.go.cr o fzamora@poder-judicial.go.cr, San José, 4 de setiembre del 2006. La siguiente publicación se realizó conforme a los parámetros establecidos en el Artículo 36 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y el numeral 10 y 20 del Reglamento de Ingreso al Ministerio Público.—San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Cordero Hernández, Jefe Reclutamiento y Selección Gestión Humana.—Mba. José L. Bermudez Obando, Subjefe Depto. de Personal Gestión Humana.—1 vez.—(76876).

 

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER QUE:

TERCERA PUBLICACIÓN

Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente 06-000491-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado, del notario Gustavo Solís Vega, mediante la resolución 1022-2006, de las nueve horas veinte minutos del diecisiete de agosto de dos mil seis, se dispuso: “...Resultando: 1º—Esta Dirección, de conformidad con el artículo 22 del Código Notarial, tiene la finalidad de organizar, vigilar y controlar adecuadamente la actividad notarial en todo el país con competencia exclusiva en la materia. 2º—De acuerdo con prevención por morosidad en el Fondo de Garantía Notarial 27-06, se inició proceso de inhabilitación contra el licenciado Gustavo Solís Vega, por el no pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial, visible a folio dos. 3º—Mediante resolución de las catorce horas veinte minutos del veinticuatro de marzo de dos mil seis, se le confirió traslado al notario Solís Vega, a fin de garantizar su derecho de defensa. Según consta a folio cuatro, la misma no pudo ser notificada en la dirección reportada por el profesional como su oficina y a folio siete, tampoco fue ubicado en su casa de habitación, por lo que en razón de garantizar el debido proceso, se procedió a notificar por medio de tres publicaciones consecutivas en el Boletín Judicial, los días diecinueve, veinte y veintiuno de julio del año dos mil seis, que corren a folios del catorce al dieciocho. 4º—A la fecha del dictado de esta resolución, no consta apersonamiento alguno del licenciado Solís Vega; y, Considerando I.—El decreto de inhabilitación, definido por la relación de los artículos 13, 24 inciso e) y 140 del Código Notarial, y emitido por la Dirección Nacional de Notariado, es originado por la pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado en el notario, por la ausencia de alguno de los requisitos o condiciones para el ejercicio del notariado, o bien por hallarse en presencia de los impedimentos señalados por el artículo 4 del Código referido. II.—La falta de pago al fondo de garantía de los notarios faculta a esta Dirección para inhabilitar al notario moroso, pues la omisión del mismo constituye un impedimento de conformidad con el inciso g) del artículo 4 del Código Notarial. En ese orden, el artículo 13 del mismo cuerpo legal establece: “Los notarios públicos serán inhabilitados temporalmente cuando: ... b) Surja algún hecho que conforme al artículo 4 impida el ejercicio del notariado; en tal caso, la suspensión se mantendrá mientras dure el impedimento”. (...) (Las negritas no son del original). III.—En el presente caso, según se desprende del estudio de cuotas visible a folio diecinueve, se tiene por acreditado que el licenciado Solís Vega, se encuentra en estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los notarios públicos, creado por el artículo 9 del citado código, en estado de morosidad de setenta y un cuotas, lo cual constituye un impedimento para el ejercicio del notariado, según se ha explicado. Como en el presente asunto, se tiene por bien notificado al notario (folios catorce al dieciocho) de la audiencia conferida sobre el impedimento que motivó este proceso, y en vista de que a la fecha, habiendo transcurrido el plazo otorgado, no ha acreditado el pago de lo adeudado, lo procedente es decretar la inhabilitación del licenciado Gustavo Solís Vega, circunstancia que se mantendrá todo el tiempo mientras subsista el impedimento, de conformidad con el artículo 13 referido. IV.—Una vez firme la presente resolución, inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro del octavo día, el notario deberá cumplir con su deber de depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial, y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Código Notarial. Con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Gustavo Solís Vega, la presente resolución, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). V.—En caso de que el licenciado Solís Vega, desee ser rehabilitado, deberá solicitarlo ante esta Dirección, cumpliendo con los requisitos de habilitación, a saber; solicitud escrita indicando dirección de oficina notarial y casa de habitación, teléfonos, fax para notificaciones, apartado postal, correo electrónico, y cualquier otra calidad, constancia del Colegio de Abogados acreditando que no se encuentra suspendido y que está al día con las cuotas de colegiatura, certificación del Archivo Nacional de que se encuentra al día con la presentación de índices notariales, declaración jurada protocolizada refiriéndose a cada uno de los incisos del artículo cuatro del Código Notarial, y acreditar que se encuentra al día en las cuotas del Fondo de Garantía Notarial. Por tanto. De conformidad con lo dispuesto por los numerales 4, 13, 24 inciso e), 55 y 140 del Código Notarial, se decreta la inhabilitación del notario público Gustavo Solís Vega, cédula 01-0892-0531, por morosidad en el pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial, de setenta y un cuotas, misma que se mantendrá por todo el tiempo que subsista el impedimento para el ejercicio del notariado. En caso de que el notario desee ser rehabilitado, deberá cumplir con lo indicado en el considerando V. Una vez firme la resolución, Inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro de octavo día, deberá depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares. Se ordena notificar al licenciado Gustavo Solís Vega la presente resolución, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.”…” Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora”.

San José, 17 de agosto del 2006

                                                                    Lic. Alicia Bogarín Parra

(76507)                                                                      Directora

 

SALA PRIMERA

Al señor Wally Gerardo Corrales Durán, de domicilio ignorado, se hace saber: que en diligencias de exequátur promovidas por Kathy Sánchez Cunningham c. c. Kathy Sánchez Corrales, contra él, para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio dictada por la Corte Suprema del Estado de Nueva York, Condado de Kings, Brooklyn, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que represente al señor Wally Gerardo Corrales Durán. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las siete horas cuarenta minutos del catorce de agosto del dos mil seis. Por efectuado el depósito de los honorarios del curador, acerca de la solicitud que formula la señora Kathy Sánchez Cunningham c. c. Kathy Sánchez Corrales, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días al señor Wally Gerardo Corrales Durán, a quien se le previene que en el acto de ser notificado o separadamente por escrito, debe señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de la ciudad de San José para oír notificaciones. Asimismo, indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax o el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Informática del Poder Judicial. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se le tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del Curador Lic. Alejandro Fernández Carrillo y hágasele saber la audiencia, a fin de que se sirva manifestar lo que estime conveniente acerca de la solicitud de exequátur. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese al señor Wally Gerardo Corrales Durán, la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Anabelle León Feoli, Presidenta”.

San José, 14 de agosto del 2006.

                                                                Javier Castillo Acuña,

1 vez.—Nº 73546.—(77606)                                  Notificador a. í.

Al señor Leonell Prentiss Parker, de actual domicilio ignorado, se le hace saber: Que en diligencias promovidas contra él, por Ángela Umaña Montes, para obtener el exequátur de una sentencia dictada el 17 de octubre de 1989, por el Tribunal de Justicia del Condado de Stone, Missisippi, Estados Unidos de América, se han dictado las resoluciones que en lo conducente dicen: Res: 000068-E-98. Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre de mil novecientos noventa y ocho. Diligencias de exequátur promovidas por Ángela Umaña Montes conocida como Ángela M. Parker, mayor de edad, divorciada una vez, enfermera, con cédula de identidad 1-715-396 y vecina de Barrio Luján, contra Leonell Prentiss Parker, mayor de edad, divorciado una vez, de nacionalidad estadounidense, con pasaporte de su país 9000852676 y con demás calidades y domicilio ignorado. Figura la Lic. Carmen Aguilar Mora, soltera, como curadora del demandado. Interviene, además, el Lic. Adolfo Rojas Breddy, en calidad de apoderado especial judicial de la actora. Todos son mayores de edad y, con las excepciones dichas, casados, abogados y vecinos de San José. Resultando: 1º—…; 2º—…; 3º—…; 4º—…; Considerando: I.— II.—III.— Por tanto: Se concede el exequátur solicitado a la resolución del 17 de octubre de 1989, dictada por el Tribunal de Justicia del Condado de Stone, Missisippi, Estados Unidos de América, en el proceso Nº 58-90. En consecuencia, procédase a su ejecución, para lo que se ordena expedir certificación de esta sentencia probatoria del exequátur una vez que alcance firmeza, al fin de que se gestione ante el Registro Público la inscripción exclusiva a nombre de la señora Ángela Umaña Montes, de la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, bajo el Sistema Folio Real, matrícula 15192-000, en el entendido de que el título por el cual doña Ángela Umaña Montes adquiere su derecho exclusivo, lo es por donación y que la misma para efectos fiscales se estimó en un colón. Para tal efecto extiéndase la certificación que ordena el artículo 708 del Código Procesal Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo (artículo 263 del Código Procesal Civil).”. Edgar Cervantes Villalta, Ricardo Zamora Carvajal, Hugo Picado Odio, Rodrigo Montenegro T., Anabelle León Feoli. Res: 000182-E-06 Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las ocho horas veinticinco minutos del treinta de marzo del dos mil seis. Examinado el pronunciamiento 000068-E-98, dictado por esta Sala a las 14 horas 45 minutos del 14 de octubre de 1998, dentro de las diligencias de exequátur de una sentencia de divorcio promovidas por Ángela Umaña Monte conocida como Ángela M. Parker, contra Leonel Prentis Parker, con ocasión del anterior escrito suscrito por la actora; y, Considerando único: Se aprecia que en el encabezado del fallo dictado por esta Sala 000068-E98 a las 14 horas 45 minutos del 14 de octubre de 1998 se incurrió en un error material al consignar el número de cédula de la actora Ángela Umaña Montes, que en realidad es 6-0090-0306, y no como se consignó, razón por la cual, y en la forma dicha se tienen por corregido. Por tanto: Se corrige el error material cometido en el encabezado del fallo 000068-E-98 dictado por esta Sala a las 14 horas 45 minutos del 14 de octubre de 1998, en cuanto al número de cédula de la actora Ángela Umaña Montes, que en realidad es 6-0090-0306, y no como se consignó. Anabelle León Feoli; Luis Guillermo Rivas Loáiciga; Román Solís Zelaya; Oscar Eduardo González Camacho; Carmenmaría Escoto Fernández.

                                                  Francisco Javier Castillo Acuña

1 vez.— 73636.—(77771)                     Notificador

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Manuel Antonio León Brenes, cédula 1-0409-1397, quien fue mayor, chofer, vecino de San de Dios de Desamparados, quien laboró para la empresa Laret Ltda., se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 06-300159-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 26 de julio del 2006.—Lic. Vannessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(77674).

 

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las catorce horas del veintisiete de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando gravámenes hipotecarios según citas: trescientos setenta y tres-cero cinco mil trescientos cuarenta y cuatro-cero uno-cero novecientos-cero cero uno y con la base de cinco millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca matrícula de Folio Real de la provincia de Puntarenas número sesenta mil seiscientos ochenta y seis-cero cero cero, sita en el distrito primero de Jacó del cantón de Garabito de la provincia de Puntarenas, que es terreno para construir, con una casa, el cual tiene una medida de doscientos diecisiete metros cuadrados. Colinda: al norte, con Gerardo Guillermo Adanis; al sur, con calle pública; al este, con Pedro Centeno, y al oeste, con Gerardo Guillermo Adanis. Que es propiedad de Jorge José Arguedas Ríos, cédula uno-diez mil sesenta y cinco-ciento diecinueve. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario número 06-100077-425-2-CI del Banco de Costa Rica contra Jorge José Arguedas Ríos.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—Nº 73572.—(77626).

A las diez horas del veintiocho de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando limitaciones de leyes, pero libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Alajuela, Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y siete mil novecientos veintiséis-cero cero cero, que es terreno para construir lote sexto, situado en el distrito primero Zarcero, del cantón once Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Félix Blanco; sur, con calle pública; este, con lote número cinco, y al oeste, con Asociación de Educadores Pensionados. Mide: ciento noventa y nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Plano A-cero treinta y dos mil trescientos ochenta y cinco-mil novecientos noventa y dos. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100365-0295-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Ramón Córdoba Solís y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 9 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(77702).

A las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de dos millones setecientos cincuenta y dos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y ocho mil novecientos trece-cero cero cero, la cual es terreno para construir N doce H, situada en el distrito tercero Trinidad, cantón catorce Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote trece H; al sur, lote diez H y otro; al este, lote siete H, y al oeste, calle pública. Mide: ciento ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Francisco Agüero Rojas. Expediente Nº 06-001225-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de agosto del año 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 73593.—(77772).

A las nueve horas, quince minutos del ocho de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 381-05471-01-0903-001, servidumbre de paso bajo las citas 416-07091-01-0003-001, servidumbre de acueductos y de paso AyA bajo las citas 440-15209-01-0001-001 y con la base de doscientos cincuenta mil dólares o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección de Propiedad, Registro Público, partido de San José, matrícula F017318-000, que es filial 14-A Unidad Habitacional número 58, situada en el cantón 09 Santa Ana, distrito 03 Pozos de la provincia de San José. Linda: al norte, con filial 15-A que es Unidad Habitacional 59; al sur, con filial 13-A que Unidad Habitacional; al este, con calle quinta, y al oeste, con Lagos de Lindora Limitada. Mide: quinientos noventa y cuatro metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario de cédula 06-001124-0180-CI-0 de Banco Elca S. A. contra Luis Guillermo Santiago Espinosa y Corporación B.L. Cincuenta y Ocho de Santa Ana Sociedad Anónima.—Juzgado Primero Civil de San José, 23 de agosto de 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73599.—(77773).

A las nueve horas del seis de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con base en las sumas que se dirán, en el mejor postor remataré: con la base de cinco millones quinientos setenta y cuatro colones, finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y seis mil ciento catorce-cero cero cero, que es terreno de agricultura con una casa, sito en Tronadora, distrito tercero de Tilarán, cantón octavo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Instituto Costarricense de Electricidad y Rafael Ángel Elizondo Jiménez; sur, camino público, Gerardo Álvarez Soto, Ermida Loría Muñoz, Manuel Herrera Rivera, Rafael Ángel Elizondo Jiménez; este, Franklin Elías Herrera y Rafael Ángel Elizondo Jiméneza, y al oeste, Rafael Herrera Rivera. Mide: ocho mil setecientos setenta y dos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Otros gravámenes: servidumbre y condiciones tomo 352, asiento 07189, consecutivo 01, secuencia 0813, subsecuencia 001; reservas y restricciones tomo 352, asiento 07189, consecutivo 01, secuencia 0916, subsecuencia 001; practicado tomo 562, asiento 08337, consecutivo 01, secuencia 0005, subsecuencia 001. Con la base de seis millones cuatrocientos treinta mil colones, finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y seis mil ciento quince-cero cero cero; que es terreno de agricultura con una casa, sito en Tronadora, distrito tercero de Tilarán, cantón octavo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Instituto Costarricense de Electricidad y camino público en medio; sur, Manuel Herrera Rivera, Elsie Castillo Alfaro y Manuel Mejías Castillo; este, Manuel Herrera Rivera y parcela trece, y al oeste, parcela quince, Elsie Castillo Alfaro y Manuel Mejías Castillo. Mide: doce mil seiscientos cincuenta y seis metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Otros gravámenes: servidumbre y condiciones tomo 352, asiento 07189, consecutivo 01, secuencia 0814, subsecuencia 001; reservas y restricciones tomo 352, asiento 07189, consecutivo 01, secuencia 0917, subsecuencia 001; practicado tomo 562, asiento 08337, consecutivo 01, secuencia 0006, subsecuencia. Soportando gravamen hipotecario de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por la suma de dos millones setecientos cincuenta mil colones y con la base de tres millones seiscientos diez mil colones, finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y siete mil trescientos veinticinco-cero cero cero, que es terreno para construir, sita en Tronadora, distrito tercero de Tilarán, cantón octavo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Manuel Herrera Rivera y Rafael Ángel Elizondo Jiménez; sur, calle pública con un frente de trece metros, cincuenta y un centímetros; este, servidumbre de paso con un ancho de seis metros, y al oeste, Carlos Herrera Álvarez. Mide: doscientos ochenta metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Otros gravámenes: servidumbre y condiciones tomo 352, asiento 07189, consecutivo 01, secuencia 0813, subsecuencia 001; reservas y restricciones tomo 352, asiento 07189, consecutivo 01, secuencia 0916, subsecuencia 001; practicado tomo 562, asiento 08337, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001. Por estar ordenado en expediente Nº 04-100556-389-CI proceso hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Cooperativa de Caficultores de Tilarán R. L. y otros.—Juzgado Agrario de Liberia, 10 de agosto del año 2006.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—Nº 73606.—(77774).

A las diecisiete horas, cuarenta minutos del cuatro de octubre del dos mil seis en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada y plazo de convalidación ambos al tomo trescientos noventa y cinco, asiento doce mil quinientos treinta y siete y con la base de cuatro millones doscientos mil colones, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos noventa y ocho mil doscientos sesenta y ocho cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, lote ciento setenta, sito: distrito tres San Juan de Dios, cantón tres Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, Elvis Jiménez; sur, Inversiones Muñoz y Vieto S. A.; este, calle pública, y oeste, Inversiones Muñoz y Vieto S. A. Mide: ciento treinta y seis metros con sesenta y ocho decímetros. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-014246-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Céspedes Zamora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del año 2006.—Lic. Gustavo Irías Obando, Juez.—Nº 73609.—(77775).

A las nueve horas, quince minutos del once de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones, soportando mandamiento de embargo de tomo 544, asiento 15650, que se tiene como hipoteca legal preferente, con base en el artículo 70 del Código Municipal, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y ocho mil cuatrocientos diez-cero cero cero, la cual es terreno con un local comercial fincas industriales, situada en el distrito sétimo La Uruca, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael Badilla Rivara con treinta y ocho metros, treinta y seis centímetros; al sur, calle pública con cuarenta metros, setenta y tres centímetros; al este, carretera nacional con veinticuatro metros, cincuenta y siete centímetros, y al oeste, lote cinco con treinta y ocho metros, cuarenta y un centímetros. Mide: mil trescientos diecisiete metros veintidós decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra CEQSA Especialidades Químicas S. A., Corporación CEQSA del Este S. A. Expediente Nº 04-000489-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de agosto del año 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 73613.—(77776).

A las once horas del trece de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, pero en esta ocasión sin sujeción de base de conformidad con lo estipulado en el artículo 655 del Código Procesal Civil, sea la suma de diez millones cincuenta y un mil novecientos dieciséis colones con ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y nueve mil ochocientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno lote 24, terreno de patio, jardín 1, casa, situada en el distrito diez, Desamparados, cantón primero, Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, este y oeste, Asociación de Desarrollo Integral Bellavista de Desamparados; al sur, calle pública. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Alonso Alfaro Ocampo. Expediente Nº 04-000269-0638-CI-13.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de agosto del año 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Nº 73614.—(77777).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado en favor del Banco Nacional de Costa Rica, plazo de convalidación y demanda ordinaria y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 180.550-000, la cual es terreno con una casa de habitación, situada en el distrito 07 Corralillo, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, resto de Francisca Marta Abarca Ureña; al sur, calle pública con un frente de 12,05 metros; al este, Iris Ureña Abarca, y al oeste, José Francisco Ureña Abarca. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Greivin Segura Navarro contra Carlos Luis Hidalgo Monestel. Expediente Nº 06-001308-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 73652.—(77778).

A las catorce horas con treinta minutos del cinco de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre de paso pero libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de ochenta y dos mil dólares, en el mejor postor remataré: finca del partido de Alajuela, Folio Real matrícula número cuatrocientos tres mil cuatrocientos treinta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito doce Tambor del cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle con veintiún metros, treinta y un centímetros; sur, Francisco Javier Ruiz Bolaños; al este, Francisco Javier Ruiz Bolaños, y al oeste, Francisco Javier Ruiz Bolaños. Mide: quinientos treinta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Plano A-cero novecientos cuarenta y cuatro mil ciento uno-dos mil cuatro. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100378-0295-CI, de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Inversiones Alajuelenses Ruiz Chacón.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 17 de agosto del 2006.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 73654.—(77779).

A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones seiscientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil quinientos sesenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa, situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Manuel Emilio Navarro Núñez; al sur, con Inversiones Loher S. A.; al este, con calle pública 12 metros, y al oeste, con Inversiones Loher S. A. Mide: ciento cincuenta y seis metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto de Bachillerato Santo Tomás S. A. contra María de la Trinidad Segura Abarca. Expediente Nº 03-001413-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 73660.—(77780).

A las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada a los tomos 310 y 407, asientos 12105 y 19714 y con la base de treinta y tres mil ciento veintidós dólares, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número F treinta y dos mil setecientos veintidós-cero cero cero, que es terreno: finca filial ocho de una planta, ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, sito distrito San Vicente, cantón Moravia de la provincia de San José. Linderos: norte, espacio aéreo; sur, espacio aéreo y área de circulación; este, finca filial nueve, y al oeste, finca filial siete. Mide: cuarenta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-016952-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Rubén Villalobos Lobo.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de agosto del año 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 73666.—(77781).

A las ocho horas, quince minutos del veintiséis de setiembre del dos del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas 300207, marca Hyundai, carrocería microbús, estilo H-100 súper, capacidad 12 personas, año 1998, color verde, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 00-000928-0184-CI-7, de la Finca de los Primos S. A., contra Jorge Montero Gómez.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de agosto del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(77801).

A las nueve horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 189553-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01 Cartago Oriental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 6,00 metros; al sur, Teresa Duarte Guzmán; al este, lote de Melba Jiménez, y al oeste, Carlos Arce. Mide: ciento ochenta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Víctor Mauricio Guzmán Jiménez. Expediente Nº 05-001766-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de agosto del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(77832).

A las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarias y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil cuatrocientos noventa y cuatro- cero cero cero, la cual es terreno para construir con dos casas, situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, María Felicia Carrión; al este, calle pública, y al oeste, Colegio Japonés. Mide: trescientos cuarenta y un mil metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica, Ganadera Sonora S. A. contra Kattia Isabel Marenco Rojas. Expediente Nº 02-001433-0164-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del año 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(77833).

A las ocho horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y soportando colisión bajo sumaria 05-41570-496 del Juzgado de Tránsito de Heredia y con la base de un mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con noventa y siete centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica o su equivalente en colones que deberá ser calculado conforme el valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera al momento del pago, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1992, estilo Excel GLSI, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, tracción sencilla, chasis número KMHVF31JPNU602797, motor G4DJN434489, color café, capacidad 5 pasajeros, placas número 440281. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 06-001047-0180-CI-8 de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., contra Marianella Barrientos Chacón.—Juzgado Primero Civil de San José, 8 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73683.—(77977).

A las ocho horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cinco mil seiscientos sesenta y tres dólares (US$) con sesenta y ocho dólares (o su equivalente en colones al momento del pago), en el mejor postor remataré: un vehículo marca Nissan, modelo 1999, estilo Sentra, no indica cilindros, combustible gasolina, cubicaje no indica centímetros cúbicos, chasis número 3N1EB31S9ZL028089, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, motor GA16786127V, color gris, capacidad no indica pasajeros, placas número 339679. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 05-001749-0180-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., contra Luis Enrique Ramírez Acuña.—Juzgado Primero Civil de San José, 19 de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73684.—(77978).

A las nueve horas del dos de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de setecientos sesenta y cinco mil catorce colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 140855, marca Nissan, año 1983, estilo Pulsar, motor E16270223, chasis número JN1MN24S2DM146315, categoría automóvil, carrocería sedan dos puertas, tracción no registrada, capacidad 5 personas, color azul, combustible gasolina, cilindros 4, cilindrada 1597 c. c. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-000553-181-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., contra Marcos Vinicio López López.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 73685.—(77979).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, con la base de ochocientos cuarenta y siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Hyundai, estilo: Excell, capacidad: 5 personas, año: 1994, carrocería: sedan 4 puertas, color: verde, combustible gasolina, placa: 212817. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente 05-000554-181 CI de Vehículos Internacionales S. A., contra Dinorah Marchena Valdés.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 19 de julio del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 73686.—(77980).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes, pero soportando colisión 05-4193-174 del Juzgado del Segundo Circuito Judicial de San José, y con la base de cuatro mil novecientos cinco dólares con ochenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Nissan, estilo: Stanza Altima, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1994, carrocería: sedan 4 puertas, color: gris, chasis: BDAU13316323, combustible: gasolina, placas: 217546. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente 06-000889-181-CI de Vehículos Internacionales Veinsa contra Wagner Obando Rojas.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 73687.—(77981).

A las catorce horas veinte minutos del diecinueve de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de seis millones quinientos cuarenta y ocho mil seiscientos treinta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas TP seiscientos setenta y tres, marca Mitsubishi, categoría automóvil, carrocería station wagon o familiar, estilo Montero GLS, capacidad para siete personas, año dos mil cinco, rojo, motor 4M40GT4969, chasis JMYLNU76W5J002357. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Vehículos Internacionales (Veinsa) S. A., contra Freicer Vindas Marín. Expediente Nº 06-000553-182CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de agosto de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 73688.—(77982).

A las nueve horas quince minutos del veintiséis de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones/colisiones boleta 0551018, sumaria 05-606726-489-TC del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y con la base de quince mil trescientos cincuenta y dos dólares o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Jeep, modelo 2002, estilo Cherokee Sport, 4 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 2400 centímetros cúbicos, chasis número 1J4GL48122W194907, motor no visible, color azul, capacidad 5 pasajeros, placas 451613. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 05-000942-0180-CI-9 de Disexport Internacional S. A., contra Jorge Chacón Morales.—Juzgado Primero Civil de San José, 25 de julio de 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73701.—(77983).

A las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y tres mil ochocientos veinticinco-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote número cuarenta y cuatro con una casa, situada en el distrito tres Jesús, cantón once Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cuarenta y cinco; al sur, lote cuarenta y tres; al este, destinado alameda pública seis M, y al oeste, Fausto Solano Rodríguez. Mide: ciento veintiún metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Gaudy Viviana Salas Vargas y Luis Edgardo Araya Rojas. Expediente Nº 06-001018-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del año 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 73717.—(77984).

A las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica y con la base de diecinueve mil seiscientos treinta y cinco dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número uno seis siete uno tres cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque A lote 24, situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Manuel Federico Cartín Paniagua; al sur, calle pública; al este, lote 25 A, y al oeste, lote 23 A. Mide: ciento setenta y nueve metros con quince decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Orlando Delgado Moreira contra Daniel Ernesto Fuentes Garay. Expediente Nº 06-001610-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de agosto del año 2006.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—Nº 73721.—(77985).

A las catorce horas diez minutos, del catorce de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones judiciales, pero soportando reservas y restricciones, con la base de trescientos cincuenta y cinco mil dólares, unidad monetaria de los Estados Unidos de América; remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de San José, matrícula de Folio Real sesenta y un mil quinientos sesenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Sita en el distrito tercero Río Blanco, cantón primero Limón, de la provincia de Limón. Linderos: al norte, con calle pública y en parte Abonos del Pacífico S. A.; al sur, con Carmen Ureña Gamboa y Edbert Brooks Richards; al este, con Jesús Córdoba Portugués y Ester Wrigth Baker y al oeste, con en parte Desarrollo Cacaotero S. A., calle pública en medio Mario Martínez Bolaños y David Johnson Johnson y en parte Abonos del Pacífico S. A. Mide: quinientos tres mil ochocientos noventa y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así dentro del proceso hipotecario Nº 06-000666-182CI (1) de El Moscardón S. A. contra Comercializadora de Madera Costarricense CMC S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de julio del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(78017).

A las nueve horas, treinta minutos del trece de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de un millón setecientos ochenta mil veinte colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 571172, automóvil, estilo Civic, capacidad cinco personas, año 1992, color verde, motor D15B71588521, chasis J2HGEH2350NH562017. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-001044-184-CI-7 de Vacheron Constantin S. A. contra Mario Ramírez Rodríguez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de San José, tres agosto del dos mil seis.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 73865.—(78265).

A las ocho horas, treinta minutos del doce de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor se rematará lo siguiente: vehículo marca Hyundai, estilo Elantra GL, capacidad 5 personas, categoría automóvil, color azul, año 1992, chasis número KMHJF31JPNU271451, motor número Hyundai-G4DJN529134, placas número 386691. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo prendario Nº 06-100227-0468-CI de Maritza Pérez Castillo contra Alfonso Arturo Solano Venegas.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 20 de junio del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 73995.—(78377).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las nueve horas, quince minutos del diez de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero esta vez con la rebaja del veinticinco por ciento de la base inicial, sea el monto de seiscientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1993, estilo Excel, 4 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1500 centímetros cúbicos, chasis número KMHVF21JPPU847119, motor DESCO, color rojo, capacidad 5 pasajeros, placas número 325221. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 1531-05 de Inversiones Jofal S. A. contra María del Rocío Umaña Gaytán.—Juzgado Primero Civil de San José, 10 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73735.—(77986).

A las nueve horas y quince minutos del primero de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Toyota, estilo Corolla, carrocería sedán cuatro puertas, categoría automóvil, año mil novecientos noventa y cuatro, color azul, capacidad cinco pasajeros, chasis número C E uno cero cero tres cero uno cero cinco ocho seis, marca de motor Toyota, cilindros cuatro, cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos, combustible gasolina, tracción sencilla, placas de circulación trescientos sesenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Víctor Solís Rodríguez contra José Miguel Alemán Corrales. Expediente Nº 06-001310-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de agosto del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 73739.—(77987).

Notaría de la Licenciada Roxana Sanabria Castillo, se hace saber: Que en estaA las quince horas del veintiocho de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré: el vehículo placas 457311, marca Geo, estilo Tracker, año noventa y dos, categoría automóvil, gasolina, color celeste. Expediente Nº 06-000946-182-CI-4. Ejecutivo prendario de Inversiones en Bienes Raíces del Nuevo Milenio S. A. contra Xinia Díaz Toruño.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, catorce de agosto del dos mil seis.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 73738.—(77988).

A las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: un motor fuera de borda, marca Suzuki, estilo DT-quince L, color gris, número de serie 01-501971366, año 1999. Se remata por estar ordenado en expediente 03-000321-0387-AG, prendario del Banco Nacional de Costa Rica contra María Emilia Molina Camacho y otros.—Juzgado Agrario de Liberia, 14 de agosto del 2006.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—Nº 73751.—(77989).

A las once horas del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo cita 364-11233-01-0898-003 y con la base de tres millones novecientos noventa y dos mil cien colones exactos, lo siguiente: finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir con una casa, pasto y frutales lote 255, está situada en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote 257; al sur, con calle; al este, con lotes 253 y 254, y al oeste, con calle. Mide: mil novecientos sesenta y dos metros con nueve decímetros cuadrados porción media. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-000196-0678-CI-1 establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra José Rafael Zamora Loría.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 7 de agosto del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 73752.—(77990).

A las nueve horas del diecisiete de octubre del dos mil seis, en la puerta de este despacho remataré al mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando limitaciones, reservas y restricciones, en la base de un millón ciento setenta y un mil cuatrocientos ochenta y dos colones con cuarenta y ocho céntimos, la siguiente finca: inscrita en el Registro de la Propiedad, partido de Limón, matrícula treinta y ocho mil cincuenta y tres cero cero cero, de naturaleza terreno para la agricultura número cuarenta y nueve, situado en el distrito y cantón primero de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con servidumbre en medio otro; al sur, lote ciento treinta y nueve; al este, con el IDA, y al oeste, con lote cincuenta. Mide: doscientos sesenta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-000252-0678-CI-3 establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Ronald Porras Zúñiga.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 14 de agosto del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 73753.—(77991).

A las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de quince millones ciento setenta y cinco mil novecientos cincuenta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta mil doscientos treinta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 23 con una casa, situada en el distrito diez Desamparados, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 24; al este, lote 330, y al oeste, calle pública. Mide: ciento setenta y siete metros con nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Olga Arroyo Álvarez y Óscar Gerardo Arias Quesada. Expediente Nº 06-000725-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Nº 73754.—(77992).

A las trece horas, treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho libre de grávamenes hipotecarios, y con la base de la hipoteca de ciento cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta y ocho dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Puntarenas, matrícula de Folio Real número cero cuatro cinco cero cero ocho-cero cero cero, que es terreno para construir, sita en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Roberto Varela Chaves; al sur, con Hotel Mimos; al este, con calle pública, y al oeste, con Roberto Varela Chaves. Mide: tres mil doscientos cuarenta y ocho metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario número 05-100183425-1 C.I. del Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Lucía Díaz Jiménez y María del Carmen Bemavent Díaz.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—Nº 73785.—(77993).

A las diez horas y cero minutos del catorce de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintiún mil seiscientos ochenta y tres punto setenta y cinco unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cinco mil quinientos catorce guión cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa, situada en el distrito 4º San Nicolás, cantón 1º Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Orlando Campos Solano; al sur, Francisco Vargas Durán; al este, Manuel Díaz Solano, y al oeste, calle pública con 8 metros, 23 cm. Mide: ciento noventa y seis metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Floria María Campos Salazar y Luis Minor Rodríguez Alfaro. Expediente Nº 06-001190-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de julio del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 73978.—(78552).

A las diez horas y quince minutos del catorce de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-ciento cincuenta y nueve mil setecientos noventa y dos, marca Mazda, estilo B2200, categoría carga liviana, capacidad 4 personas, serie no indicada, año 1989, carrocería, caja abierta o cam-pu, color azul, tracción sencilla, chasis JM2UF3133K0763526, motor número F2692186, marca Mazda, serie no indicado, cilindrada 2200 c. c., combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Erick Jiménez Masís contra José Osvaldo Granados Rivera. Expediente Nº 06-001194-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de agosto del año 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 74104.—(78560).

A las nueve horas del catorce de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de un millón novecientos noventa y seis mil quinientos cuarenta y siete con 8/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos trece mil setecientos noventa y cinco guión cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1 San Marcos, cantón quinto Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ofelia Porras Porras; al sur; Manuel Jiménez Porras; al este, Miguel Blanco Valverde, y al oeste, servidumbre de paso de tres metros de frente a ella once metros. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y Desarrollo Comunal, contra Geovanni Jiménez Porras. Expediente Nº 06-000270-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de julio del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(78717).

 

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 06-000138-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Tulipanes del Desierto S. A., con cédula jurídica número 3-101-278097, representada por Omar Fonseca Vargas, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de Río Oro de Santa Ana, Urbanización Río Oro de la entrada principal, trescientos metros al sur, portador uno-seiscientos ocho-seiscientos cincuenta y siete, profesión, empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno construir. Situada en el distrito octavo Cabo Vela, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y seis metros cuadrados con veinte centímetros lineales; al sur, Saturnino Jaén Rosales; al este, O Y C Inmobilien S. A., y al oeste, Saturnino Jaén Rosales. Mide: cuadrados mil cuatrocientos once metros cuadrados con veintiuno decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-seis ocho uno cinco dos cero dos mil uno. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta el día 04 de agosto del dos mil y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cerca, siembra de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Tulipanes del Desierto S. A. Expediente Nº 06-000138-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 28 de julio del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(77695).

Porfirio Torres Camacho, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Cruz, Guanacaste, del parque cien metros al norte, cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y cuatro-ciento ochenta y nueve, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales el inmueble que se describe así: terreno de agricultura con quebrada en medio, situado en Plan de Rosa de La Cruz, Guanacaste, distrito primero, del cantón décimo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Manuel Antonio Alan Montiel; sur, calle pública con un frente a ella de veinticuatro metros sesenta y siete centímetros lineales; este, calle pública con un frente a ella de ochenta y un metros setenta y tres centímetros lineales; y oeste, Augusto Cabrera Zúñiga. Según plano catastrado número cinco-un millón trece mil cuatrocientos setenta y seis-dos mil cinco, mide de extensión cinco mil doscientos cuarenta y nueve metros cincuenta decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con esta diligencia las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, no pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. La finca la posee desde el año mil novecientos sesenta y ocho por compra que le hizo a José Vargas Álvarez. Estima el inmueble y las diligencias en quinientos mil colones exactos. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Exp. Nº 06-000116-0387-AG, información posesoria de Porfirio Torres Camacho).—Juzgado Agrario de Liberia, 3 de julio del 2006.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Nº 73398.—(77628).

Daniel Antonio Chavarría Castrillo, mayor de edad, unión libre, albañil, vecino de Barrio San Roque de Liberia, ciento veinticinco metros norte y ciento veinticinco metros al este de Pulpería El Aceituno y con cédula de identidad número cinco-doscientos dos-seiscientos cuarenta; estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir con una casa de habitación, sito en Barrio San Roque, distrito primero Liberia, del cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con Gregorio López Vásquez; al sur, con calle pública con un frente de diez metros con catorce centímetros lineales; al este, con José Antonio Martínez Chaves; y al oeste, con Flor Venegas Martínez. Mide: doscientos dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-un millón sesenta y un mil ochocientos cincuenta y ocho-dos mil seis, de fecha veintiocho de marzo del dos mil seis. Dicha finca la posee por medio de compraventa que le hiciera al señor Napoleón Rivera Rivera, quien es mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Barrio Los Cerros de Liberia, y con cédula de identidad número ocho-cero cincuenta y uno-seiscientos seis, en fecha diecisiete de marzo del dos mil seis, quien le traspasara la posesión decenal. El inmueble fue valorado en la suma de dos millones de colones, y las diligencias en la suma de dos millones de colones. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Exp. 06-100577-0386-CI (599-06-1). En información posesoria establecida por Daniel Antonio Chavarría Castrillo.—Juzgado Civil de Liberia, 10 de agosto del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 73403.—(77629).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 06-000162-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Frank Carrillo Fonseca, quien es mayor, estado civil casado una vez, pensionado, vecino de Copal de Nicoya un kilómetro de la plaza al sur, con cédula de identidad 5-127-782, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno potrero. Situada en Paraíso de Quebrada Honda de Nicoya, distrito tercero, cantón segundo. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Ruth Carrillo Fonseca; al este, Porfirio y Lucina ambos Carrillo Fonseca y al oeste, Marvin Medina Medina. Mide: catorce hectáreas cinco mil dos metros cincuenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble limpieza, reparación de cercas, hechuras de rondas en todos sus rumbos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, reparación de cercas, hechuras de rondas en todos sus rumbos y otros de mantenimiento de la misma. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Frank Carrillo Fonseca. Exp. Nº 06-000162-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 9 de agosto del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 73413.—(77630).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovido por Clara Adilia Castrillo Atencio, cédula, seis-ciento dieciocho - novecientos ochenta y seis, mayor, casada, ama de casa, vecina de La Florida de Cóbano, para que se titule a su nombre la finca sin .inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de frutales con una casa, sito en el distrito once, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con calle pública con un frente a ella de cuarenta y un metros con cuarenta y un centímetros lineales; al sur y este, con María Ester Madriz Hernández; y oeste, con Yeny Castrillo Atencio. Mide mil cuatrocientos noventa y tres metros con cincuenta decímetros cuadrados, según plano catastrado P- cinco seis tres cuatro nueve nueve-dos mil cinco. Que ha mantenido la posesión en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 06-100404-642-CI-2 de Clara Adilia Castrillo Atencio.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 73430.—(77631).

Rafael Ángel Gutiérrez Jiménez, quien es mayor de edad, casado una vez, cédula de identidad número cinco-doscientos uno-ciento diecinueve, vecino de La Fortuna de Bagaces, doscientos cincuenta metros al norte del redondel, estableció; diligencias de Información Posesoria, para inscribir a nombre de Rafael Ángel Gutiérrez Jiménez, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno para construir con casa de habitación, patio y un garaje, situada en Fortuna, distrito segundo y cantón cuarto-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte: con Analive Arias Arguedas; sur, con Jorge Valerio Arias; al este, con calle pública, con un frente de quince metros cinco centímetros lineales; oeste, con Dinorah Corrales Medina. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con dieciocho decímetros cuadrados, según plano catastrado número G- novecientos cincuenta mil setecientos doce-dos mil cuatro, de fecha veintitrés de setiembre del dos mil cuatro. Dicha Finca fue adquirida por medio de Compra -Venta, mediante escritura número doscientos cincuenta y nueve-dos, de fecha trece de febrero del presente año, que le hiciera a la señora Flor María Sibaja Mayorga, quien es mayor, costarricense, cédula de identidad número seis- ciento veinte-novecientos setenta y cuatro, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Fortuna de Bagaces, Barrio Miravalles, cuatrocientos metros al oeste del Bar el Cañazo, y con quien no le liga ningún grado de parentesco. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado hacer valer sus derechos. Exp. Nº 06-100129-0386-CI-(135-06-2.) en información posesoria establecida por Rafael Ángel Gutiérrez.—Juzgado Civil de Liberia, 29 de marzo del 2006.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 73625.—(77782).

 

Citaciones

De conformidad con el artículo ciento veintinueve del Código Notarial, por escritura número ciento diecinueve, otorgada ante la notaría de la Licenciada Sandra Arrieta Sánchez, sita en Aserrí, del Polideportivo ciento cincuenta metros al sur Condominio del Sol, cuarta casa, con horario de lunes a viernes de nueve a. m. a cinco p. m.; se ha abierto proceso sucesorio ab intestato extrajudicial del señor Carlos Campos Segura, quien en vida fuera mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número dos-ciento sesenta y nueve-trescientos cuarenta y dos, vecino de Aserrí, Barrio Santa Teresita, doscientos oeste y cien al norte del Abastecedor San Marta, casa color melón. De acuerdo con el artículo novecientos veintidós siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados a presentarse en esta notaría dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto, para hacer valer sus derechos. Expediente número 0002-2006, Notaría de la Licenciada Sandra Arrieta Sánchez.—Aserrí, veintidós de agosto del dos mil seis.—Lic. Sandra Arrieta Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 73389.—(77632).

Se hace saber: que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Esther González Williams, quien fue mayor de edad, soltera, vecina de San José, Barrio Carit, ama de casa, con cédula de identidad número 1-222-676. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-000811-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de julio del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 73401.—(77633).

Se hace saber: que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Antonia Gladys Gómez Artavia, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 3-141-486. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-001436-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 18 de agosto del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 73432.—(77634).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gabriel Jiménez Marín, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Concepción Arriba de San Ramón, cédula dos-ciento treinta- novecientos cuarenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2006. Notaría Steller Garro.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—Nº 73436.—(77635).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Steller Porras, quien en vida fue mayor, casado una vez comerciante, vecino de San Ramón, cédula 2-256-716, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0005-2005. Notaría Steller Garro.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—Nº 73437.—(77636).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial acumulado, “ab intestato” de María Octaviana Fonseca Villegas y Justino Obando Cárdenas, cédulas de identidad por su orden 5-024-5014, y 5-020-1013, vecinos de Quebrada Honda de Nicoya Guanacaste dos kilómetros oeste de la iglesia católica, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en esta notaría ubicada en avenida ocho calles tres y cinco San José, a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 3-2006.—Lic. Odilia Arrieta Ángulo, Notaria.—1 vez.—Nº 73440.—(77637).

Ante esta notaría, a las siete horas del día once de agosto del dos mil seis, presente el señor: Edwin Blanco Díaz, quien es mayor, viudo, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno-cero doscientos treinta y siete-cero cero noventa y dos, vecino de San Antonio de Desamparados, de la Escuela República de Panamá ciento cincuenta metros al sur, quien solicita la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fue mi esposa, la señora: Araminta Rodríguez Zúñiga, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina del mismo domicilio, portadora de la cédula de identidad número: tres - cero ciento nueve - cero seiscientos noventa y siete. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0009-2006. Sucesorio en sede notarial.—San José, once de agosto del dos mil seis.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 73459.—(77638).

Se cita a los herederos, legatarios y acreedores en general a todos los interesados en la sucesión intestada extrajudicial de Flor Isabel Sandí Madrigal, quien fuera mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y dos-seiscientos noventa y seis, vecina de San Antonio de Escazú, de la iglesia católica trescientos metros este, para que dentro del plazo de treinta días, contados partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría sita en San José, edificio Galería Central Ramírez Valido, oficina trescientos once, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero tres-dos mil seis.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 73473.—(77639).

Se cita a los herederos, legatarios y acreedores en general a todos los interesados en la sucesión intestada extrajudicial de Carlos Córdoba Aguilar, quien fuera mayor de edad, soltero, comerciante, con cédula de identidad número uno - trescientos cincuenta y cuatro - quinientos treinta y ocho, vecino de Bijagual de Acosta, para que dentro del plazo de treinta días, contados partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría sita en San José, edificio Galería Central Ramírez Valido, oficina trescientos once, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero dos-dos mil seis.—San José, veinticinco de agosto del dos mil seis.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 73474.—(77640).

Se cita y emplaza a los interesados, herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Amable Guzmán Bermúdez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Alajuelita, portó la cédula de identidad uno-doscientos nueve- cuatrocientos veintidós, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante mi notaría ubicada en San José, avenida diez, calles trece-quince, edificio mil trescientos nueve, a hacer valer sus derechos. La misma se tramita bajo el expediente notarial número 03-2006.—San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 73491.—(77641).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Luis Adanis Adanis, quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, Guadalupe, de La Robert cien metros al norte, veinticinco metros al este y cincuenta metros al norte, cédula de identidad nueve-cero cero uno-tres siete dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2006. Notaría del Bufete del Licenciado Fernando Beirute Rodríguez.—Lic. Fernando Beirute Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 73499.—(77642).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Arturo de Jesús Cordero Hernández quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Esparza centro 100 metros al este de la Cooperativa, cédula de identidad dos-ciento ochenta y cuatro-ciento veintisiete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 06-100040-0437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 22 de junio del 2006.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—Nº 73533.—(77643).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Isaías Álvarez Castro, pensionado, cédula número 2-819-566, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente 05-100200-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 30 de mayo del 2006.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 73553.—(77644).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Enrique Solano Chaves, quien fuera mayor, casado dos veces, comerciante, vecino de Heredia en San Francisco, cedula 4-123-125. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-001331-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(77652).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luz Mora Méndez, quien fuera mayor, casada una vez, cédula nueve-cero cero cinco-doscientos siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-000633-0164-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(77655).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Blanca Segura Méndez, cédula de identidad tres-ciento cuarenta y ocho-setecientos cincuenta y ocho, Minor Eduardo Montero Segura, cédula de identidad uno-setecientos cuatro-doscientos diecisiete, Fabio Andrés Montero Segura, cédula de identidad uno-novecientos setenta y siete-cuatrocientos cuarenta, Lucrecia Eugenia Montero Segura, cédula de identidad uno-setecientos cincuenta y dos-cuatrocientos ochenta y tres, y Yadira Magaly Montero Segura, cédula de identidad uno-novecientos quince-ochocientos noventa y dos, a las nueve horas del veintiuno de agosto del año dos mil seis, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Fabio Montero Mora, cédula de identidad uno-doscientos setenta y dos-quinientos ochenta y cinco, vecino de Cartago. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, sito en San José, Montes de Oca, San Pedro, veinticinco oeste de Taco Bell, Condominio ONIX, planta baja.—San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 73607.—(77786).

Con treinta días de plazo, contados a partir de la fecha de la publicación del presente edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó José Francisco Delgado Monge, quien fuera mayor, casado, comerciante, vecino de San Antonio de Desamparados, cédula de identidad número uno - trescientos setenta y uno - trescientos noventa y tres, a efecto de que se apersonen al proceso en defensa de sus intereses, en el entendido de que en caso de no verificarlo se otorgarán los derechos de herencia a quien o quienes mejor demuestren poseerlos. Exp. Nº 06-100211-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 1º de agosto del 2006.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza a. í.—1 vez.—Nº 73628.—(77787).

Notaría de la Licenciada Roxana Sanabria Castillo, se hace saber: Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio del señor Armando Sarmiento Seas, quien fue mayor, casado una vez, cédula tres-cero sesenta y seis-cero treinta y uno, comerciante, vecino de Guadalupe, Goicoechea, doscientos sur y veinticinco este del Centro Comercial Campo Real. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonaren dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2006 CI RSC. Notaría de la Lic. Roxana Sanabria Castillo, sita en la ciudad de Tres Ríos, diagonal al Juzgado Contravencional de La Unión, altos del Almacén Samuel Víquez. Teléfono 279-0229, fax 2798148.—Lic. Roxana Sanabria Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 73651.—(77788).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marciano Barrantes Cabalceta, quien fuera mayor de edad, viudo, portador de la cédula de identidad número cinco-cero veinticuatro-cinco mil ciento sesenta y cinco, y Paz Álvarez Campos, quien fuera mayor de edad, casada, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero treinta y cinco-ochocientos treinta y cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 06-000288-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 27 de junio del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(77809).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados, en la sucesión de Ruth Ellen Yancey Pringle, ciudadana de los Estados Unidos de América, con pasaporte de ese país número Z seis cuatro seis dos cuatro ocho uno. Para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, que en éste acto se ordena expedir, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Exp. Nº 01- 06. S.N. notaría de la licenciada Yalile Villalobos Zamora, sita en Desamparados, 600 metros al sur del Restaurante el Nopal, Fax: 250 6472, teléfono 250-2139.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—(77821).

 

Avisos

Se hace saber que en este juzgado se han establecido diligencias de declaratoria de ausencia de Glen Blanch Blanch, casado, ciudadano estadounidense, pasaporte de esa nación Nº z7860728; promovidas por Mónica Gabriela Castro Campos, de conformidad con el artículo 872 del Código Procesal Civil. Expediente 04-000223-180-CI declaratoria de ausencia de Glen Blanch Blanch.—Juzgado Primero Civil de San José, 23 de marzo de dos mil seis.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 66404.—(65600).

3 v. 2 Alt.

PUBLICACIÓN de una vez

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Instituto Costarricense de Turismo contra Contraloría General de la República. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad de los siguientes actos: Informe FOE-AM-17/2005, emitidos por la División de Fiscalización Operativa y Evaluativo, Áreas de Servicio Agropecuarios y de Medio Ambiente de la Contraloría General de la República, en su disposición Nº 4.3.iv; remitido mediante oficio Nº 12625 (FOE-AM-0568) del 7 de octubre del 2005, mediante el, se ordena a la junta directiva del ICT girar instrucciones a la Gerencia General para que: “ Se denieguen las concesiones o cesiones de derechos otorgadas a personas jurídicas conformadas por las mismas personas físicas que ya ostentan un derecho sobre la zona marítimo terrestre; o bien que sean las mismas personas físicas dueñas del capital accionario, y que ya ostentan un derecho de este tipo. Lo anterior, en el uso de la facultad discrecional con que cuenta ese Instituto de conformidad con lo señalado por la Procuraduría General de la República en su dictamen Nº C-157-2001 y demás normativa conexa. El oficio Nº 14194 (FOE-AM-640) del siete de noviembre del dos mil cinco, mediante el cual la División de Fiscalización Operativa y Evaluativo, Área de Servicios Agropecuarios y de Medio Ambiente de la Controlaría General de la República, da respuesta al oficio Nº SA-292-2005, del veintiocho de octubre del dos mil cinco, sobre acuerdo de la junta directiva del ICT, donde se acoge parcialmente disposiciones emitidas en el informe Nº FOE-AM-640 del siete de noviembre del dos mil cinco. Resolución R-CO-19-2005, suscrita por la, remitida mediante oficio Nº 01694 (CO-0052), de las nueve horas del seis de febrero del dos mil seis, notificado a la secretaria de actas de la junta directiva, en fecha seis de febrero del dos mil seis, en la que se rechaza recurso de apelación interpuesto por la junta directiva del Instituto Costarricense de Turismo, en contra de la disposición 4.3.iv, del informe Nº FOE-AM-17/2005, del Área de Servicios Agropecuarios y del medio ambiente de la Contraloría General de la República, y se da por agotada la vía administrativa. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días, que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000336-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de julio del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 48386-ICT).—C-19260.—(77363).

El Colegio de Abogados de Costa Rica, informa que en sesión de Junta Directiva Nº 08-06 de fecha 6 de marzo del 2006, y ratificada el 13 de marzo del 2006, se acordó realizar la publicación de los (as) abogados (as), que han cancelado las cuotas pendientes de colegiatura con sus respectivas multas. Por lo cual los (as) siguientes abogados (as) quedan habilitados para el ejercicio de la profesión. Dicha lista tiene corte al 17 de agosto del 2006.

Lista de abogados (as) habilitados (as)

por haber sido suspendidos por

morosidad

 

Nombre del abogado                               Carné                   Habilitado

Arias Alvarado Rodolfo                              10908                    11/08/2006

Campos Sánchez Roberto                           9678                      03/08/2006

Castillo Arias Jorge Luis                             7202                      24/07/2006

Chacón Bolaños Edwin                               2973                      09/08/2006

Freer Hernández Grace Patricia                  4007                      25/07/2006

Miranda Álvarez Andrea                            7989                      26/07/2006

Morales Soto Rafael Ángel                         2069                      09/08/2006

Rodríguez de Sarraga Víctor Ramón           2055                      14/08/2006

Serrano Hernández Gabriela                       13970                      Anulación

Vásquez Naranjo Ma. Eugenia                    13526                    10/08/2006

Zeledón Carrillo América                            15136                    09/08/2006

Comuníquese al Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado.—Lic. Marco. A Castro Alvarado, Presidente.—Lic. Adolfo Durán Abarca, Tesorero.—1 vez.—(O. C. Nº 5701).—C-13770.—(77364).

Juzgado Contravencional de Pérez Zeledón, hace saber a: Teresita Méndez Morales, cédula 1-897-139 y Jhonny Méndez Morales, cédula 1-969-894, que en Incidente de Exoneración en su contra por Jhonny Méndez Vega, con cédula 1-523-882, se encuentra la resolución que literalmente dice: Expediente Nº 79-700043-0246-PA. Interno Nº 50-04-5. Incidente de exoneración. Incidentista: Jhonny Méndez Vega. Incidentados: Teresita Méndez Morales y otro. Juzgado Contravencional de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las quince horas cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil seis. Acerca del proceso de incidente de exoneración formulado por Jhonny Méndez Vega, se confiere audiencia por cinco días a los incidentados Teresita Méndez Morales y Jhonny Méndez Morales, plazo que empezará a regir tres días después de la publicación del presente edicto, (Artículo 7 de la Ley de Notificaciones). Se le previene a los incidentados que deben señalar lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad, apartado, fax o cualquier otra forma que permita la seguridad del acto de comunicación; donde atender notificaciones futuras, apercibidos de que si no lo hiciere, quedarán notificados de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 6º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales). Se les previene a ambas partes que dentro del plazo de tres día contados a partir del día siguiente de que esta resolución les sea notificada deberán manifestar expresamente, sea en forma verbal o por escrito, si tiene interés en que este Juzgado señale hora y fecha para llevar a cabo una conciliación con la parte actora a fin de llegar a un arreglo en cuanto al monto de la pensión alimentaria de conformidad con el artículo 44 de la Ley de Pensiones Alimentarias, bajo el apercibimiento de que si expresamente manifiesta que no está de acuerdo o si guarda silencio al respecto, se entenderá que no tiene interés en conciliar y el asunto seguirá su trámite correspondiente. Notifíquese el presente proceso por medio de edicto a los incidentados. Notifíquese.—Juzgado Contravencional de Pérez Zeledón.—Lic. Fernando Flores Fernández, Juez.—1 vez.—(77676).

Para los efectos legales, se hace saber al tenedor de las cédulas hipotecarias de segundo grado que garantiza la finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de San José, matrícula número F cero uno siete tres uno ocho-cero cero cero, que se procederá a rematar dicho inmueble a las nueve horas quince minutos del ocho de noviembre del dos mil seis, en el proceso ejecutivo hipotecario 06-001124-0180-CI-0 de cédulas de Banco Elca S. A. contra Luis Guillermo Santiago Espinosa y Corporación B.L. Cincuenta y Ocho de Santa Ana Sociedad Anónima, para lo cual se le cita por el plazo de diez días a fin de que se apersone a hacer valer sus derechos.—Juzgado Primero Civil, San José, 23 agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—Nº 73598.—(77789).

A quien interese, se hace saber: Que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Hotel Luna Tica Sociedad Anónima contra El Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: Con lugar el presente proceso ordinario, se revoquen y dejen sin efecto alguno, las ordenes dictadas mediante los oficios Nº MSC-023-2005 de fecha veinticinco de enero del dos mil cinco, donde se condiciona la renovación de los permisos de salud y el oficio Nº UPAH-C 154-2006, de fecha veinte de marzo del año dos mil seis, firmado por el señor Lic. Rafael Ángel Quirós Quirós, de la Unidad de Protección al Ambiente Humano del cantón de Carrillo, Guanacaste, del Ministerio de Salud, donde se ordenó el cierre del Hotel Luna Tica Sociedad Anónima. Se deje sin efecto la orden de cierre provisional del Hotel Luna Tica Sociedad Anónima. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos.(Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente 06-000295-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 18 de julio del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 73635.—(77790).

A quien interese, se hace saber: Que en este Despacho se ha interpuesto proceso ordinario de Ronny García González contra Municipalidad de San José. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que se deben reconocer los daños y perjuicios que se me causaron y que se pretenden cobrar en ejecución de sentencia una vez declarado el derecho del suscrito al cobro de los mismos. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente 05-000944-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Ivan Tiffer Vargas, juez.—1 vez.—Nº 73639.—(77791).

A quien interese, se hace saber: Que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Marco Ney Garro Barboza contra El Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se indemnice por daños y perjuicios. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente 06-000663-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 3 de agosto del 2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(77800).

 

Edictos Matrimoniales

A este juzgado han comparecido los señores Lilliana Soto Avendaño, mayor, soltera, cédula Nº 3-322-660, 33 años de edad, ama de casa, costarricense, hija de Hugo Soto Varela, costarricense, y Carmen Avendaño Chacón, costarricense, vecina de Barrio La Margoth de Turrialba, detrás del Super Zúñiga; y Geovanni Eduardo Campos Salazar, mayor, divorciado de Hannia Llisenia Coto Castro, en sentencia de las nueve horas del veintisiete de agosto del dos mil dos, número 164-2002, a partir del veintisiete de agosto del dos mil dos, bodeguero en Laica, 40 años de edad, costarricense, cédula Nº 3-278-702, hijo de José Joaquín Campos Zamora, costarricense, y Trinidad Ramona Salazar Picado, costarricense, vecino de Barrio La Margoth de Turrialba, detrás del Super Zúñiga, quienes van a residir después de casados en Barrio El Beroliz, en Azul de Turrialba, casa G-3, solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá de notificarlo a este juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 06-400250-675-FA-253-XM.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba, Turrialba, 18 de agosto del 2006.—Lic. Élmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(77385).

Celebración de matrimonio civil, contrayentes Javier Cárdenas Mena, mayor, soltero, vecino de Tejar de El Guarco, cien metros oeste del bar La Atómica, operario industrial, cédula: 1-881-723 y Rosa Sáenz Serrano, mayor, soltera, operaria industrial, vecina de Tejar de El Guarco, 150 metros oeste del bar La Atómica, cédula 1-916-116, a celebrarse en Tejar de El Guarco, en la notaría de la licenciada María del Pilar Araya Céspedes, carné 4736.—Cartago, 25 de agosto del 2006.—Lic. María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 73507.—(77651).