Boletín
Nº 171
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO
DE PERSONAL DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Sesión del 15 de febrero del 2006, Artículo I, y el Acuerdo del Consejo Superior de Sesión del 21 de febrero del 2006, Artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de boletas de tránsito del periodo 1990-2003, expedientes de faltas y contravenciones de 1990 al 2000, expedientes de tránsito de 1990 a 1995, expedientes de violencia doméstica de 1996 al 2001 y expedientes civiles (procesos ejecutivos, monitorios, hipotecarios y prendarios de 1990 a 1995) del Juzgado Contravencional de Sarapiquí. Los expedientes se encuentran remesados en ese Juzgado.
Remesa: G 13 H 90
Boletas: 303
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 91
Boletas: 68
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 92
Boletas: 24
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 93
Boletas: 597
Paquetes: 2 paquetes
Año: 1993
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 94
Boletas: 1.025
Paquetes: 4
Año: 1994
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 10 H 95
Boletas: 1.266
Paquetes: 5 paquetes
Año: 1995
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 10 H 96
Boletas: 1.328
Paquetes: 5
Año: 1996
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 97
Boletas: 1.156
Paquetes: 4
Año: 1997
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 7 H 98
Boletas: 1.656
Paquetes: 6
Año: 1998
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 5 H 99
Boletas: 3.414
Paquetes: 12
Año: 1999
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 00
Boletas: 3.628
Paquetes: 12
Año: 2000
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 01
Boletas: 7.130
Paquetes: 24
Año: 2001
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 02
Boletas: 6.407
Paquetes: 22
Año: 2002
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 03
Boletas: 5.356
Paquetes: 18
Año: 2003
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 5 H 90
Expedientes: 207
Paquetes: 6
Año: 1990
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 3 H 91
Expedientes: 268
Paquetes: 3
Año: 1991
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 3 H 92
Expedientes: 335
Paquetes: 4
Año: 1992
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 5 H 93
Expedientes: 231
Paquetes: 3
Año: 1993
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 5 H 94
Expedientes: 318
Paquetes: 4
Año: 1994
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 4 H 95
Expedientes: 392
Paquetes: 4
Año: 1995
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 4 H 96
Expedientes: 301
Paquetes: 3
Año: 1996
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 5 H 97
Expedientes: 356
Paquetes: 4
Año: 1997
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 1 H 98
Expedientes: 274
Paquetes: 4
Año: 1998
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 6 H 99
Expedientes: 430
Paquetes: 6
Año: 1999
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 2 H 00
Expedientes: 296
Paquetes: 6
Año: 2000
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 6 H 90
Expedientes: 44
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 4 H 91
Expedientes: 46
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 4 H 92
Expedientes: 44
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 6 H 93
Expedientes: 140
Paquetes: 4
Año: 1993
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 6 H 94
Expedientes: 202
Paquetes: 4
Año: 1994
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 5 H 95
Expedientes: 229
Paquetes: 4
Año: 1995
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: V 2 H 96
Expedientes: 37
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 H 97
Expedientes: 66
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 1 H 98
Expedientes: 201
Paquetes: 2
Año: 1998
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 4 H 99
Expedientes: 258
Paquetes: 4
Año: 1999
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 H 00
Expedientes: 262
Paquetes: 4
Año: 2000
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 H 01
Expedientes: 331
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: C 23 H 90
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 1990
Asuntos: Expedientes Civiles (1 Monitorio y 8 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 25 H 91
Expedientes: 29
Paquetes: 1 paquete
Año: 1991
Asuntos: Expedientes Civiles (3 Hipotecarios, 26 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 23 H 92
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 1992
Asuntos: Expedientes Civiles (2 Hipotecarios y 4 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 22 H 93
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 1993
Asuntos: Expedientes Civiles (1 Monitorio, 1 Hipotecario y 9 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 22 H 94
Expedientes: 24
Paquetes: 1
Año: 1994
Asuntos: Expedientes Civiles (1 Prendario, 1 Hipotecario, 2 Monitorios y 20 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 22 H 95
Expedientes: 39
Paquetes: 1
Año: 1995
Asuntos: Expedientes Civiles (2 Monitorios, 3 Prendarios, 4 Hipotecarios y 30 Ejecutivos Simples)
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 25 de agosto del 2006.
Alfredo Jones León
(79200) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Sesión de 22 de noviembre de 2005, Artículo VIII, y el Acuerdo del Consejo Superior de sesión de 6 de diciembre del 2005, artículo N° XXXVI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de cheques con depósitos cancelados del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Turrialba. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.
Remesa: 19797
Cheques: 183
Paquetes: 1
Año: 1975
Asunto: Cheques con depósitos cancelados. Boleta con 4 copias, confeccionada por el Banco cada vez que realiza un pago para un determinado proceso.
Remesa: 19798
Cheques: 2451
Paquetes: 2
Año: 1976
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19799
Cheques: 341
Paquetes: 1
Año: 1977
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19812
Cheques: 2750
Paquetes: 3
Año: 1978
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19813
Cheques: 2799
Paquetes: 3
Año: 1979
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19814
Cheques: 2840
Paquetes: 3
Año: 1980
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19815
Cheques: 1194
Paquetes: 2
Año: 1981
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19816
Cheques: 3770
Paquetes: 4
Año: 1982
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19817
Cheques: 3103
Paquetes: 3
Año: 1983
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19818
Cheques: 3472
Paquetes: 2
Año: 1984
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19819
Cheques: 3847
Paquetes: 3
Año: 1985
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19820
Cheques: 5494
Paquetes: 7
Año: 1986
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19821
Cheques: 4093
Paquetes: 6
Año: 1987
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19822
Cheques: 5783
Paquetes: 4
Año: 1988
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19823
Cheques: 5027
Paquetes: 8
Año: 1989
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: A 2 C 90
Cheques: 4009
Paquetes: 6
Año: 1990
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 28 de agosto del 2006
Alfredo Jones León
(79202) Director Ejecutivo
ASUNTO: Concedido a los servidores judiciales del cantón de San Mateo de la provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de San Mateo de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el veintidós de setiembre del dos mil seis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los Festejos Cívicos Patronales del cantón de San Mateo.
San José, 24 de agosto del 2006.
Luis
Barahona Cortés,
(79203). Subdirector Ejecutivo
CONCURSOS
TERCERA PUBLICACIÓN
El Consejo de la
Judicatura y el Departamento de Personal del Poder Judicial abren concurso para
integrar listas de elegibles para los cargos de:
Concurso Categoría Asignación Exámenes Modalidad Descalificados del
y materia fecha
de examen programados a partir
de: examen concurso anterior
CJ-13-2006 Juez 5 Casación Penal 02/11/2006 27/11/2006 Oral CJ-01-2005
CJ-14-2006 Juez 4 Civil 20/10/2006 13/11/2006 Oral CJ-03-2005
CJ-15-2006 Juez 4 Penal 26/10/2006 20/11/2006 Oral CJ-08-2005
CJ-16-2006 Juez 3 Civil 23/10/2006 13/11/2006 Oral CJ-09-2005
CJ-17-2006 Juez 3 Penal 25/10/2006 20/11/2006 Oral CJ-11-2004
CJ-18-2006 Juez 3 Conciliador 03/11/2006 20/11/2006 Oral -
CJ-19-2006 Juez 1 Genérico 27/10/2006 20/11/2006 Oral CJ-10-2005
Asimismo se abre concurso
para integrar Listas de Suplentes para los cargos de:
Concurso Categoría Materias
CJ-20-2006 Juez 5 Casación Penal
Juez
4 Contencioso
Administrativo, Penal Juvenil, Agrario, Penal, Civil, Laboral, Familia
y Disciplinario Notarial.
Requisitos generales que
deben reunir los aspirantes en concordancia con el Estatuto de Servicio
Judicial y Manual de Clasificación y Valoración de Puestos:
1) Ser costarricense, ciudadano en ejercicio y
del estado seglar.
2) Licenciatura en Derecho.
3) Incorporado al Colegio de Abogados de Costa
Rica y encontrarse al día con sus obligaciones.
4) Considerable experiencia para la tramitación y
resolución de asuntos judiciales.
5) Alguna experiencia en supervisión de personal.
6) Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del
Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.
7) Dominio aceptable del manejo de paquetes informáticos
básicos de oficina de uso institucional.
Información general que
aplica para todos los concursos:
a) La nota del examen se ponderará de acuerdo al
Sistema de Evaluación vigente aprobado por el Consejo de la Judicatura en
sesión CJ-03-97, artículo XIII del 15 de junio de 1999, así como a evaluaciones
médicas, de trabajo social, psicológicas y a una entrevista, cuyos resultados
serán parte integral del proceso de selección.
La información derivada de su participación en este concurso será utilizada
por los Órganos decisorios.
b) Los temarios de estos concursos se pueden
obtener únicamente en la siguiente dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/jueces.htm y para
funcionarios judiciales: intranet/personal/concursos/jueces.htm. No se
suministrarán personalmente, ni por fax o correo electrónico, lo anterior en
concordancia con lo dispuesto por el Consejo de Judicatura en el artículo VIII de la sesión CJ-10-04 del 11
de mayo del 2004.
c) El promedio de elegibilidad se hará en el
mismo momento a todos los participantes de un mismo concurso por cuanto éste
consta de un procedimiento único, con fases de cumplimiento iguales para todos.
d) El oferente que solicite el cargo, debe
conocer que por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos
los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en
fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a
la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a
disponibilidad. (Acuerdo de Corte Plena
del 04 de enero de 1999, Artículo VIII).
e) Según acuerdo tomado por el Consejo Superior
en Sesión N° 29-03, artículo XXVI, se dispuso que por
política de ese Consejo, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con
recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día
siguiente. El cargo no apareja derecho a
estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala
Constitucional.
f) Preferiblemente se debe tener conocimiento en
los Sistemas de Gestión y de Depósitos y Pagos Judiciales (SDJ), según acuerdos
del Consejo Superior en las sesiones 57-04 del 03 de agosto de 2004, artículo
LVII y 86-04 del 09 de noviembre de 2004, artículo XXXII.
g) De acuerdo con las posibilidades, la Escuela
Judicial impartirá un curso de capacitación en fecha, hora y lugar que
oportunamente se comunicaría (Artículo 68 de la Ley del Sistema de Carrera
Judicial).
h) Los aspirantes que deseen participar en este
concurso deberán cumplir con todos los requisitos vigentes. Los interesados que participen por primera
vez para un cargo dentro de la Carrera Judicial deben llenar el formulario
“Oferta de Servicios”.
i) Los atestados que se requieran deben
presentarse al cierre de este concurso o a más tardar dentro de los ocho días
hábiles posteriores a la fecha del vencimiento del mismo. Para efectos de
calificación en este concurso, únicamente se considerarán los atestados
presentados dentro del término señalado en esta publicación.
j) Si posee experiencia laboral como Profesional
en Derecho, externa al Poder Judicial, deberá presentar declaración jurada si
se desempeña(ó) como abogado(a) litigante, si labora(ó) para una Empresa o
Institución, deberá aportar certificación o constancia emitida por la empresa o
institución donde labora o laboraba la cual debe especificar: La fecha de rige
y vence de los períodos laborados, el o los puestos desempeñados, requisitos y
especialidad del puesto(s) profesional, si durante su permanencia solicitó o no
permisos sin goce de salario, en caso de que los haya disfrutado, señalar el
período, el motivo de salida, si hubo o no pago de prestaciones y si existió,
bajo que ley. Lo anterior con el fin de comprobar dicha experiencia y que esta
sea valorada en la calificación final.
k) Según acuerdo de Consejo Judicatura en sesión N° CJ-32-03, celebrada el 21 de octubre del 2003, artículo
VII, el oferente deberá presentar copia del título que lo acredita como
Bachiller de Secundaria.
l) Si se incurriere en alguna omisión con
respecto a los requisitos o a la documentación que deben aportar, no se le dará
trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera
Judicial).
m) El formulario “Oferta de Servicios”, el
documento “Información General para el Ingreso a la Carrera Judicial” y los
componentes a valorar, se encuentran disponibles en la dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/jueces.htm
y para funcionarios judiciales: intranet/personal/concursos/jueces.htm en caso que accedan a la Oferta de Servicios
por este medio, deberán imprimirla, llenarla a manuscrito y presentarla en la
Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. Piso, edificio del Restaurante Alpino,
Oficina No. 313, de las 7:30 a.m. a las 12 m.d. y de
1:00 p.m. a las 4:30 p.m., de lunes a viernes. Caso contrario estos documentos
se suministrarán en la Unidad Interdisciplinaria. Si ya presentaron oferta en
la Unidad Interdisciplinaria y cumplen con los requisitos indicados, se debe enviar oficio manifestando su deseo
de participación.
n) Para todos los efectos los oferentes deben
señalar lugar para atender notificaciones (números telefónicos, de fax, correo
electrónico), a los que se le puede remitir las comunicaciones de su interés
(Artículo 22 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).
o) En el caso de no señalar número de fax o
correo electrónico para notificaciones, se exime de toda responsabilidad a la
Unidad Interdisciplinaria y se tendrá por notificado 24 horas después de dictada la resolución. (Art.
12, Ley
de Notificaciones y Citaciones). Cualquier cambio al respecto sobre el
número de fax, teléfono o correo electrónico señalado para las notificaciones,
deberá comunicarse por escrito a la Unidad Interdisciplinaria.
p) Cualquier nombramiento interino estará condicionado
a que regrese el titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según
lo solicite el Órgano competente.
Información adicional:
Las reprogramaciones de
exámenes específicos sólo se podrán solicitar en los cinco días hábiles
posteriores a la fecha designada y únicamente proceden en casos muy calificados
y debidamente justificados mediante documentos que acrediten su gestión ante el
Tribunal Examinador (Sesión del Consejo de la Judicatura CJ-09-2000 artículo
XVIII del 25 de abril del 2000). No se aceptarán solicitudes de reprogramación
por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados con el
Tribunal Evaluador. En el caso de incapacidades, las mismas deben ser emitidas
por la CCSS o en su defecto por el médico de empresa de la Institución (Sesión
del Consejo de la Judicatura CJ-04-2000 artículo V del 22 de febrero del 2000).
No se aceptarán solicitudes de
exclusión una vez asignada la fecha del examen específico, excepto en casos muy
calificados que serán valorados por el Consejo de la Judicatura, por motivos de
fuerza mayor y debidamente justificados.
Serán descalificados de los
respectivos concursos los oferentes que luego de asignada la cita para efectuar
la prueba no se presenten. Lo anterior de conformidad con el artículo 75 de la
Ley del Sistema de Carrera Judicial.
Especificaciones para
cada concurso:
CONCURSO CJ-13-2006
JUEZ 5 EN MATERIA CASACIÓN PENAL
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 27 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la
Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina Nº 313
personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente
el día 02 de noviembre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e
indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada
no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede
autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud
de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre
y cuando ingrese en la fecha y horario
citado. Aquellas personas que no se
presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.
Los oferentes que resultaron
DESCALIFICADOS en el concurso CJ-01-2005 para el cargo de Juez 5 en materia
Casación Penal, no podrán participar en este concurso, en concordancia
con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.
CONCURSO CJ-14-2006
JUEZ 4 EN MATERIA CIVIL
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 13 de noviembre de 2006. Para este efecto, deben presentarse en la
Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del edificio Alpino, Oficina No. 313
personalmente o con una autorización escrita del interesado únicamente
el día 20 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e
indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada
no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede
autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud
de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre
y cuando ingrese en la fecha y horario
citado. Aquellas personas que no se
presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.
Los oferentes que resultaron
DESCALIFICADOS en el concurso CJ-03-2005 para el cargo de Juez 4 en materia
Civil, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo
establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.
CONCURSO CJ-15-2006
JUEZ 4 EN MATERIA PENAL
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este
efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del
edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita
del interesado únicamente el día
26 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e
indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada
no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede
autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud
de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre
y cuando ingrese en la fecha y horario citado. Aquellas personas que no
se presenten a realizar este trámite,
quedarán excluidas del concurso.
Los oferentes que resultaron
DESCALIFICADOS en el concurso CJ-08-2005 para el cargo de Juez 4 en materia
Penal, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo
establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.
CONCURSO CJ-16-2006
JUEZ 3 EN MATERIA CIVIL
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 13 de noviembre de 2006. Para este
efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del
edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita
del interesado únicamente el día
23 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e
indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada
no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede
autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud
de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre
y cuando ingrese en la fecha y horario
citado. Aquellas personas que no se
presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.
Los oferentes que resultaron
DESCALIFICADOS en el concurso CJ-09-2005 para el cargo de Juez 3 en materia
Civil, no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo
establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.
CONCURSO CJ-17-2006
JUEZ 3 EN MATERIA PENAL
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este
efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del
edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita
del interesado únicamente el día
25 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p.m. a
4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, el
lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse
presente a la entrega de citas para el examen, ni puede autorizar a alguna
persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud de asignación de
fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre y cuando ingrese en la fecha y horario citado.
Aquellas personas que no se presenten a realizar este trámite, quedarán
excluidas del concurso.
Los oferentes que resultaron
DESCALIFICADOS en el concurso CJ-11-2004 para el cargo de Juez 3 en materia Penal,
no podrán participar en este concurso, en concordancia con lo
establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.
CONCURSO CJ-18-2006
JUEZ 3 EN MATERIA DE CONCILIACIÓN
Además de los requisitos
generales, los oferentes deberán cumplir con los siguientes requerimientos:
Requisitos establecidos
en el Manual de Clasificación y Valoración de Puestos, aprobado en sesión del
Consejo Superior en sesión # 76 del 27 de setiembre de 2005, artículo XXXIV.
- Considerable experiencia
en materia de resolución de conflictos y en materia jurisdiccional.
- Haber aprobado cursos formales en materia de
Mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos.
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este
efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del
edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita
del interesado únicamente el día 03 de noviembre de 2006 de las 7:30
a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para
confirmar su asistencia a la prueba e indicarles la fecha, lugar y hora de la
misma. Si por alguna razón justificada no puede hacerse presente a la entrega de
citas para el examen, ni puede autorizar a alguna persona para que haga este
trámite, se admitirá la solicitud de asignación de fecha de examen por medio de
fax o correo electrónico, siempre y cuando ingrese en la fecha y horario
citado. Aquellas personas que no se
presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.
Los oferentes que se encuentran
participando en el concurso CJ-10-2006 para el cargo de Juez 3 en materia de
Conciliación, podrán participar en este concurso, por cuanto al cierre de la
recepción de ofertas, no se habrá dictado el acto final del mismo, de modo que
no existe un acuerdo que los descalifique. Lo anterior sin demérito que una vez
que se haya dictado el acto final por parte del Consejo de la Judicatura para
el concurso CJ-10-2006, se le aplique lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley
de Carrera Judicial, para concursos posteriores al CJ-18-2006.
CONCURSO CJ-19-2006
JUEZ 1 GENÉRICO
Las personas debidamente
inscritas en este concurso, deberán someterse a un examen específico,
que se realizará en forma oral a partir del 20 de noviembre de 2006. Para este
efecto, deben presentarse en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. piso del
edificio Alpino, Oficina No. 313 personalmente o con una autorización escrita
del interesado únicamente el día
27 de octubre de 2006 de las 7:30 a.m. a 12:00 m.d.
y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. para confirmar su asistencia a la prueba e
indicarles la fecha, lugar y hora de la misma. Si por alguna razón justificada
no puede hacerse presente a la entrega de citas para el examen, ni puede
autorizar a alguna persona para que haga este trámite, se admitirá la solicitud
de asignación de fecha de examen por medio de fax o correo electrónico, siempre
y cuando ingrese en la fecha y horario
citado. Aquellas personas que no se
presenten a realizar este trámite, quedarán excluidas del concurso.
Los participantes que resultaron
DESCALIFICADOS en el concurso CJ-10-2005 para el cargo de Juez 1 Genérico, no
podrán participar en este concurso, en concordancia con lo establecido en
el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial.
Los oferentes que se inscribieron en
el concurso CJ-11-2006 para el cargo de Juez 1 Genérico, podrán participar en
este concurso (CJ-19-2006), por cuanto al cierre de la recepción de ofertas, no
se habrá dictado el acto final del mismo, de modo que no existe un acuerdo que
los descalifique. Lo anterior sin
demérito que una vez que se haya dictado el acto final por parte del Consejo de
la Judicatura para el concurso CJ-11-2006, se le aplique lo dispuesto en el
Artículo 75 de la Ley de Carrera Judicial, para concursos posteriores al
CJ-19-2006.
CONCURSO CJ-20-2006
PARA INTEGRAR LISTAS DE SUPLENTES EN
LOS CARGOS DE:
Categoría Materias
Juez 5 Casación Penal
Juez 4 Contencioso Administrativo,
Penal Juvenil, Agrario, Penal, Civil, Laboral, Familia y Disciplinario
Notarial.
Requisitos generales que
deben reunir los aspirantes:
1) Ser costarricense, ciudadano en ejercicio y
del estado seglar.
2) Tener la edad que exija la ley para el respectivo
puesto.
3) Licenciatura en Derecho.
8) Incorporado al Colegio de Abogados de Costa
Rica y encontrarse al día con sus obligaciones.
4) Considerable experiencia para la tramitación y
resolución de asuntos judiciales.
5) Alguna experiencia en supervisión de personal.
6) Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del
Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.
7) Dominio aceptable del manejo de paquetes
informáticos básicos de oficina de uso institucional.
8) Cuando se trate de suplentes de tribunales que
puedan tener a su orden personas detenidas, tener la residencia en el
respectivo circuito judicial o a una distancia no mayor de treinta kilómetros
del asiento del despacho, siempre que
existan buenos medios de comunicación, de modo que no se afecte el deber
de asistencia, lo anterior de conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial y artículo 47 del
Reglamento de Carrera Judicial.
Información adicional que aplica para
el Concurso CJ-20-2006
a) Las personas interesadas en participar que
presentaron en alguna oportunidad la “Oferta de Servicios” como Profesional en
Derecho, o bien se encuentran elegibles
para un cargo de Judicatura, deben llenar y entregar el formulario “SOLICITUD
PARA INTEGRAR LISTAS DE JUEZ SUPLENTE”. Dicho documento no se suministrará
personalmente, ni por fax o correo electrónico, deben obtenerlo de la página
Web del Poder Judicial a la siguiente dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/jueces/htm
o si es empleado judicial a través de Intranet en: Intranet/personal/concursos/jueces.htm en donde se debe incluir números telefónicos,
de fax, correo electrónico y dirección exacta (art. 22 del Reglamento Interno
del Sistema de Carrera Judicial). En el caso de no señalar número de fax o
correo electrónico para notificaciones,
se exime de toda responsabilidad a la Unidad Interdisciplinaria y se tendrá por
notificado 24 horas después de dictada la resolución. (Art. 12, Ley de
Notificaciones y Citaciones). Cualquier cambio que se realice sobre el número
de fax o de teléfono señalado para las notificaciones deberá comunicarse por
escrito a dicha oficina.
b) Si no ha llenado la “Oferta de Servicios”
esta se suministrará en la Unidad Interdisciplinaria, sita 3er. Piso, edificio
del Restaurante Alpino, Oficina Nº 313, de las 7:30 a. m. a las 12 m. d. y de
1:00 p.m. a las 4:30 p.m., de lunes a viernes o bien se encuentra disponible en
la dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/jueces.htm y para
funcionarios judiciales: intranet/personal/concursos/jueces.htm la que deberán imprimir, llenar a manuscrito
y presentar en esa oficina junto con el formulario “SOLICITUD PARA INTEGRAR
LISTAS DE JUEZ SUPLENTE” a más tardar el día de cierre de este concurso. Si
ya presentó oferta en la Unidad Interdisciplinaria puede enviar el formulario
vía fax al 295-3452. No se recibirán formularios por correo electrónico
salvo que vengan debidamente firmados.
c) Las listas y los nombramientos de los jueces
suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y
artículos del 47 al 55 del Reglamento de
Carrera Judicial.
Consultas y
notificaciones a los teléfonos 295-3940 y 295-3941, fax 295-3452 o al correo
electrónico: interdisciplinaria@poder-judicial.go.cr
// rcastaneda@poder-judicial.go.cr
// sthomas@poder-judicial.go.cr. Estos concursos vencen el 22 de setiembre
de 2006 a las 4:30 p.m.
San José, 22 de agosto
del 2006.
Mba. Francisco Arroyo Meléndez,
(75803) Jefe
A la señora Beatriz Ledesma Sánchez, de domicilio ignorado, se hace saber: que en diligencias de exequátur promovidas por Danny Alonso Vargas Ocampo, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio dictada por la Corte de Circuito del Onceavo Circuito Judicial del Condado de Miami-Dade, Florida, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que represente a la señora Beatriz Ledesma Sánchez. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las catorce horas cinco minutos del primero de junio del dos mil seis. Por hechas las manifestaciones que hace el Lic. Carlos Chaverri Negrini en el sentido de que acepta y jura el cargo de curador que le fuera conferido. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula el señor Danny Alonso Vargas Ocampo, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días a la señora Beatriz Ledesma Sánchez, a quien se le previene que en el acto de ser notificada o separadamente por escrito, debe señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de la ciudad de San José para oír notificaciones. Asimismo, indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax o el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Informática del Poder Judicial. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se le tendrá por notificado con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del Curador Lic. Carlos Chaverri Negrini y hágasele saber la audiencia, a fin de que se sirva manifestar lo que estime conveniente acerca de la solicitud de exequátur. Se recuerda al promovente comprobar el depósito de los honorarios del curador. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese a la señora Beatriz Ledesma Sánchez la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial, (f) Anabelle León Feoli, Presidenta”.
San José, 1º de junio del 2006.
Francisco
Bolaños Moreira,
1 vez.—Nº 73955.—(78581). Notificador
HACE SABER:
Que en proceso disciplinario número 95-000580-005-NO, establecido por Edwin Chacón De La O y Maritza Carballo Esquivel contra el notario Dennis Eduardo Zúñiga Aguilar, cédula 6-159-972, este Juzgado mediante resolución de las dieciséis horas del veinticuatro de agosto del dos mil seis, dispuso levantar la suspensión impuesta al licenciado Dennis Eduardo Zúñiga Aguilar, en resolución número 211-1997 de las dieciséis horas quince minutos del dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y siete.
San José, 24 de agosto del 2006.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(78707) Juez
Que en proceso disciplinario número 01-000482-0627-NO, establecido por Registro Público contra el notario Edgar Barrantes Mora y otro, este Juzgado mediante sentencia número 00542-05 de las siete horas cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil cinco. Dispuso imponerle al notario Mario Alberto Brenes Arroyo, cédula 1-312-668, la corrección disciplinaria de siete meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial y al notario Edgar Barrantes Mora, cédula 3-173-173, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 18 de agosto del 2006.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(78708) Juez
Que en proceso disciplinario número 01-001123-0627-NO, establecido por Registro Público contra el notario Luis Diego Álvarez Marín, este Juzgado mediante sentencia número 00579-05 de las siete horas cuarenta y cinco minutos del doce de octubre del dos mil cinco. Dispuso imponerle al notario Luis Diego Álvarez Marín, cédula 1-681-862, la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 18 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(78709) Jueza
Que en el Proceso Disciplinario Notarial Nº 99-000363-627-NO, de María Cristina Quesada Loría contra el notario público Ricardo Pérez Montiel, cédula de identidad número 06-0079-0091, este Juzgado dictó la resolución Nº 00745 de las trece horas diez minutos del once de noviembre del año dos mil tres, la que fue modificada por el Tribunal Notarial mediante el voto Nº 132-2006 de las trece horas cincuenta y cinco minutos del ocho de junio del año dos mil seis, siendo que por esas resoluciones se dispuso imponerle al notario denunciado, la corrección disciplinaria de cuatro años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 24 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(78710) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-001100-0627-NO, establecido por el Registro Público contra el notario Federico Rojas Valverde, el Juzgado Notarial, en resolución 792-2005 de las once horas del veinte de diciembre de dos mil cinco; dispuso imponerle un año de suspensión en el ejercicio de la función notarial al notario Federico Rojas Valverde, cédula de identidad Nº 3-120-743. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 28 de agosto del 2006.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(78711) Juez
Que en proceso disciplinario Nº 02-001469-627-NO, establecido por Olga Joya Richmond contra la notaria Lillia Fonseca Alvarado, este Juzgado mediante sentencia número 00396-2005 de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil cinco, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial a la notaria Lillia Fonseca Alvarado. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 17 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(78712) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-001110-627-NO, establecido por Archivo Nacional contra el notario Fernando Castrillo Arias, este Juzgado mediante sentencia número 00002-2006 de las siete horas treinta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil seis, dispuso imponerle seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial al notario Fernando Castrillo Arias, cédula número 9-075-212. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 18 de agosto del 2006.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(78713) Juez
Danilo Araya Madrigal, mayor, notario público, cédula de identidad número uno-seiscientos noventa y nueve-setecientos ochenta y dos, de demás calidades no constantes en autos, que en proceso disciplinario notarial número 01-000775-627-NO establecido en su contra por José Antonio Calvo Castro, se ha dictado la sentencia número 00207-2006 que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial de San José, a las diez horas cinco minutos del día cinco de junio del año dos mil seis. Proceso disciplinario notarial incoado por José Antonio Calvo Castro en contra del notario Danilo Araya Madrigal, abogado y notario, de otras calidades que no constan en los autos, representado por el licenciado Sergio González León, en su calidad de defensor público. Interviene la Dirección Nacional de Notariado. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, 4º—… Considerando: Hechos probados de importancia para la dilucidación judicial: Sobre el fondo del asunto debe resolverse lo siguiente: I…, II…, III…, IV…, V…, VI… Por tanto: Se declara sin lugar la excepción de prescripción que promueve la defensa pública a favor del notario denunciado y con lugar el proceso disciplinario notarial establecido por José Antonio Calvo Castro contra el notario Danilo Araya Madrigal imponiéndole la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, comuníquese al Archivo Notarial, al Registro Civil, al Registro Nacional y a la Dirección Nacional de Notariado. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza.”
San José 16 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(78714) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000401-627-NO, establecido por Registro Civil contra el notario Jorge Oviedo Álvarez, este Juzgado, mediante sentencia número 00007-2006 de las trece horas del veinticuatro de enero del dos mil seis, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial al notario Jorge Oviedo Álvarez, cédula número 4-158-773. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 23 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(78715) Jueza
SEGUNDA PUBLICACIÓN
LIC. ALICIA BOGARÍN PARRA
DIRECTORA DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
HACE SABER:
Que dentro del proceso de
inhabilitación por perdida de la vigencia de la función notarial (no pago de
cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente Nº
06-000546-624-NO, establecido por la Dirección Nacional de Notariado, del
notario Luis Tacsan Acevedo, mediante la resolución
1061-2006, de las nueve horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos
mil seis, se dispuso: “…Resultando: 1º—Esta Dirección, de conformidad con el
artículo 22 del Código Notarial, tiene la finalidad de organizar, vigilar y
controlar adecuadamente la actividad notarial en todo el país con competencia
exclusiva en la materia. 2º—De acuerdo con prevención por morosidad en el Fondo
de Garantía Notarial Nº 92-06, se inició proceso de inhabilitación contra el
licenciado Luis Tacsan Acevedo, por el no pago de las
cuotas del Fondo de Garantía Notarial, visible a folio dos. 3º—Mediante
resolución de las catorce horas del treinta y uno de mayo del dos mil seis, se
le confirió traslado al notario Tacsan Acevedo, a fin
de garantizar su derecho de defensa. Según consta a folio cuatro, la misma no
pudo ser notificada en la dirección reportada por el profesional, como su
oficina notarial, ni en su casa de habitación, por lo que en razón de
garantizar el debido proceso se procede a notificar por medio de tres
publicaciones consecutivas en el Boletín Judicial, los días veintiocho
de julio, primero y tres de agosto del año dos mil seis. 4º—A la fecha del
dictado de esta resolución, no consta apersonamiento alguno del licenciado Tacsan Acevedo y Considerando: I.—El decreto de
inhabilitación, definido por la relación de los artículos 13, 24 inciso e y 140
del Código Notarial, y emitido por la Dirección Nacional de Notariado, es
originado por la pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado en el
notario, por la ausencia de alguno de los requisitos o condiciones para el
ejercicio del notariado, o bien por hallarse en presencia de los impedimentos
señalados por el artículo 4 del Código referido. II.—La
falta de pago al fondo de garantía de los notarios faculta a esta Dirección
para inhabilitar al notario moroso, pues la omisión del mismo constituye un
impedimento de conformidad con el inciso g) del artículo 4 del Código Notarial.
En ese orden, el artículo 13 del mismo cuerpo legal establece: “Los notarios
públicos serán inhabilitados temporalmente cuando: … b) Surja algún
hecho que conforme al artículo 4 impida el ejercicio del notariado; en tal
caso, la suspensión se mantendrá mientras dure el impedimento”. (…) (Las
negritas no son del original). III.—En el presente
caso, según se desprende del estudio de cuotas visible a folio catorce, se
tiene por acreditado que el licenciado Tacsan
Acevedo, se encuentra en estado de morosidad respecto del pago de las cuotas
del Fondo de Garantía de los notarios públicos, creado por el artículo 9 del
citado código, lo cual constituye un impedimento para el ejercicio del
notariado, según se ha explicado. Como en el presente asunto, se tiene por bien
notificado al notario (folios once a trece) de la audiencia conferida sobre el
impedimento que motivó este proceso, y en vista de que a la fecha, habiendo
transcurrido el plazo otorgado, no ha acreditado el pago de lo adeudado, lo
procedente es decretar la inhabilitación del licenciado Luis Tacsan Acevedo, circunstancia que se mantendrá todo el
tiempo mientras subsista el impedimento, de conformidad con el artículo 13
referido. IV.—Una vez firme la presente resolución,
inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones
respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro del
octavo día, el notario deberá cumplir con su deber de depositar su tomo de
protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial, y abstenerse de
realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares,
de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Código Notarial. Con la
finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado
Luis Tacsan Acevedo, la presente resolución, por tres
veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al
dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241
párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto
la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con
veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “…la
notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el
artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una
notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera
ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad
con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la
notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). V.—En caso de que el
licenciado Tacsan Acevedo, desee ser rehabilitado,
deberá solicitarlo ante esta Dirección, cumpliendo con los requisitos de
habilitación, a saber; solicitud escrita indicando dirección de oficina
notarial y casa de habitación, teléfonos, fax para notificaciones, apartado
postal, correo electrónico, y cualquier otra calidad, constancia del Colegio de
Abogados acreditando que no se encuentra suspendido y que está al día con las
cuotas de colegiatura, certificación del Archivo Nacional de que se encuentra
al día con la presentación de índices notariales, declaración jurada
protocolizada refiriéndose a cada uno de los incisos del artículo cuatro del
Código Notarial, y acreditar que se encuentra al día en las cuotas del Fondo de
Garantía Notarial. Por tanto: De conformidad con lo dispuesto por los numerales
4, 13, 24 inciso e), 55 y 140 del Código Notarial, se decreta la inhabilitacion del notario público Luis Tacsan
Acevedo, cédula 05-101-179, por morosidad en el pago de las cuotas del Fondo de
Garantía Notarial, misma que se mantendrá por todo el tiempo que subsista el
impedimento para el ejercicio del notariado. En caso de que el notario desee
ser rehabilitado, deberá cumplir con lo indicado en el considerando V. Una vez
firme la resolución, Inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las
comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial.
Dentro de octavo día, deberá depositar su tomo de protocolo en uso en el
Departamento de Archivo Notarial y abstenerse de realizar actos o contratos
protocolares y extraprotocolares. Con la finalidad de
garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Luis Tacsan Acevedo, la presente resolución, por tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al
dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241
párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto
la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con
veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “…la
notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el
artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una
notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera
ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad
con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la
notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro).
San José, 24 de agosto
del 2006.
Lic.
Alicia Bogarín Parra
(78688) Directora
A los causahabientes de quien en vida se llamó Custodio Álvarez Álvarez, quien fue mayor, vecino de San Rafael de Montes de Oca, con cédula de identidad número 05-091-0957, se les hace saber que Servi Dada Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-260584, se apersonó en este Despacho en calidad de expatrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Custodio Álvarez Álvarez. Expediente número 06-001959-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—(78353).
A los causahabientes de quien en vida se llamó José Arturo Quesada Morales, quien fue mayor, vecino de Desamparados, con cédula de identidad número 01-1130-0630, se les hace saber que Kimberlyng Aurora Avilés Chaves, portadora de la cédula de identidad número 01-1219-0394, vecina de Desamparados, se apersonó en este Despacho en calidad de compañera sentimental del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aqui establecidas, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente número 06-001958-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—(78354).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Jorge Enrique Fonseca Astorga, quien fue mayor, vecino de San José, con cédula de identidad número 1-402-003, se les hace saber que la señora María de los Ángeles Araya Garita, portadora de la cédula de identidad número 1-487-920, vecina de San José, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jorge Enrique Fonseca Astorga. Expediente número 06-001921-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2006.—Lic. Astrid Lara Rivera, Jueza.—1 vez.—(78355).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Alonso Cantillano Calvo, quien fue vecino de La Uruca de Canal 6, 600 oeste, 400 sur, 100 sur este casa 9-D Urbanización El Solar, teléfono 290-1721 ó 350-2370, con cédula de identidad número 1-789-952, se les hace saber que Gloria Elena Calvo Morales, portadora de la cédula de identidad número 1-339-986, vecina de la dirección supraindicada, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido Luis Alonso Cantillano Calvo, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Luis Alonso Cantillano Calvo. Expediente número 06-002112-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Jesús Gómez Sarmiento, Juez.—1 vez.—(78356).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gregorick Lara Vargas c.c. Gregory Lara Vargas, fallecido el 21-2-2006 y portó cédula 2-596-792, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de éste edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones y devolución de Fondo de Capitalización Laboral bajo el número 06-000267-0817-LA-0, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 06-000267-0817-LA-0. Fallecido Gregorick Lara Vargas, a favor de Nury Vargas Arias.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de agosto del 2006.—Lic. Tatiana Sotelo Matamoros, Jueza.—1 vez.—(78357).
Se cita y emplaza a los causahabientes de las diligencias de cobro de Fondo de Capitalización Laboral del trabajador fallecido Frank de Jesús Varela Castro, cédula 6-215-545, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho al expediente número 05-300225-432-LA-3 de diligencias de Cobro de Fondo de Capitalización Laboral de trabajador fallecido, haciendo valer sus derechos, conforme a lo dispuesto por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Puntarenas, 25 de julio del 2006.—Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.—1 vez.—(78358).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del Fondo Complementario de Pensiones del fallecido José María Quirós Agüero, quien era portador del numero de cédula 1-318-148, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 06-300026-445-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, 18 de agosto del 2006.—Lic. Ericka Sanabria Salazar, Jueza.—1 vez.—(78359).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Villalobos Bustos, fallecido el dieciséis de marzo del dos mil seis y portó cédula 6-197-475, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de éste edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral bajo el número 06-000262-817-LA-0, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 06-000262-0817-LA-0. Fallecido José Antonio Villalobos Bustos, a favor de María Isabel Espinoza Rojas.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de julio del 2006.—Lic. María del Rocío Berrocal Vega, Jueza.—1 vez.—(78360).
Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Charles Fernando Lawrence Smith, quien en vida fue mayor, casado, titular de la cédula de identidad 7-0021-0289, vecino de Limón Centro, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 06-000305-0679-LA-2.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 15 de agosto del 2006.—Lic. Guiselle Gene Calderón, Jueza.—1 vez.—(78361).
Por el término de ocho días, se emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido David Arias Boza, quien en vida fue mayor, soltero, cédula número 4-156-761, vecino de Finca Once, Río Frío, Sarapiquí, para que se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, a favor del causante, establecida por Francisco Arias Boza, de nacionalidad costarricense, cédula 2-397-941, vecino de la misma dirección, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, el importe será entregado de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 05-000055-0377-LA.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 1º de agosto del 2006.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—(78362).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros del fallecido José Valerio Serrano Vásquez, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 06-300007-0323-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Los Chiles de Alajuela, 9 de agosto del 2006.—Firma Ilegible.—1 vez.—(78363).
Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 06-000151-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Perlamar Alta P. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil ciento setenta y nueve, representada por Carlus de Almeida, mayor, soltero, empresario, vecino de Playa Tamarindo, Santa Cruz, casa Delfín, contiguo al Restaurante Iguana Surf, pasaporte número 04DE89303, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos, cultivos, bosques y una casa de habitación. Situada en Buenos Aires, distrito quinto Sámara, cantón segundo Nicoya, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Panamerican Woods Plantations S. A.; sur, calle pública y Antonio Rodríguez Rodríguez, ambos en parte; este, calle pública con un frente de cuatrocientos setenta y cinco metros cinco centímetros lineales; oeste, Ramón Soto Cordero. Mide: doscientos cuarenta y un mil seiscientos veinte metros noventa y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble el veintinueve de agosto de dos mil cinco y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Perlamar Alta P. A. S. A. Exp. Nº 06-000151-0391-AG/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 18 de julio del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 73968.—(78564).
A los causahabientes de quien en vida se llamó María Cecilia Quesada Leiva, quien fue mayor, casada, contadora pública, vecina de Tejar del Guarco Cartago, con cédula de identidad número 3-196-195, se les hace saber que Alberto Bejarano Valverde, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-202-560, vecino de Tejar del Guarco, Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de esposo supérstite de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida María Cecilia Quesada Leiva. Expediente número 06-000493-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de agosto del 2006.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(78365).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la liquidación del aquí fallecido Carlos Armando Peace Jiménez, quien fue mayor, soltero, peón, cédula 7-110-524, vecino de Pacuarito de Siquirres, quien falleció el 22 de mayo del dos mil seis, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 06-300055-0475-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, 8 de agosto del 2006.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—1 vez.—(78366).
A los causahabientes de quien en vida se llamó César Torres Gómez, mayor, soltero, operario, vecino de Guápiles, Pococí, Limón ciento veinticinco metros al oeste del Cuerpo de Bomberos, titular de la cédula de identidad número siete-ciento once-doscientos sesenta y seis, hijo de César Torres Ramírez y de Lidia Gómez Machado, se les emplaza así como a los que se consideren con igual o mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en su defensa. Publíquese el edicto por única vez en el Boletín Judicial. Diligencias de consignación de prestaciones legales y Fondo de Capitalización Laboral de trabajador fallecido, exp. N° 06-300111-0681-LA, N° interno 0114-06-1, gestionante Lidia Gómez Machado.—Juzgado de Menor Cuantía, Segundo Circuito Judicial de Pococí, Guápiles, 9 de agosto del 2005.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(78367).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Luis Vargas Alvarado, cédula de identidad uno-quinientos setenta y cuatro-seiscientos treinta y cinco, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el Despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 06-300050-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese el edicto de ley una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, 4 de agosto del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(78368).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Laura María Bonilla Solís, quien fue mayor, vecina de Santa Ana, con cédula de identidad número 1-1086-850, se les hace saber que: Carmen Nuria Solís Delgado, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-640-142, vecina de Santa Ana, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Laura María Bonilla Solís, expediente número 06-000270-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(78369).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las siete horas cuarenta minutos del día veintinueve de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de Juzgado Penal de San Carlos, remataré con la base de noventa y cuatro mil quinientos sesenta y dos mil colones con sesenta céntimos, con un volumen total de uno punto once metros cúbicos, para un total de veintisiete piezas de la especie Cirri Amarillo y once piezas de Plátano Negro; la cual se encuentra decomisada en Pejiballe de Cote de Guatuso en la Pulpería Amapola. Se remata por estar ordenado así en la Comisión número 125-2-06, dentro de la causa número 06-200099-630-PE, que se instruyó por el delito de infracción a la Ley Forestal, contra Edy Alberto Carazo Blanco en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de agosto del 2006.—Lic. Rosa Isela Castillo Cordero, Juez Penal.—(78033).
A las nueve horas del diecisiete de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones pero soportando hipoteca de primer grado, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 294932-000, la cual es terreno para construir con 1 casa, situada en el distrito 6º Río Cuarto, cantón 3º Grecia. Colinda: al norte, con Lilly Arce Rojas, Fernando González y Cindy Víquez; al sur, con Otilia Víquez Arce, Fernando González y Cindy Víquez; al este, con calle pública, Fernando González y Cindy Víquez, y al oeste, con Moisés Aguilar González. Mide: veintitrés mil quinientos metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Productos de Pollo Kornelsen y Dueck S. A. contra Rafael María Víquez Arce. Expediente Nº 06-000691-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de julio de 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(78056).
A las diez horas del viernes veintidós de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando embargo practicado al tomo 515, asiento 00337, y con la base de cuarenta y cinco millones colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia. Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil seiscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro Ulloa cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote uno F A quince F; al sur, Francosta S. A.; al este, calle pública; al oeste, José Solís Álvarez; al noreste, María del Socorro Álvarez Campos, lotes 28, otros; al noroeste, María del Socorro Álvarez Campos; al sureste, calle pública, lotes 1 y 2, otros, y suroeste, María del Socorro Álvarez Campos, lote 6 E, 15 E y F. Mide: Nueve mil ochocientos ochenta y nueve metros con setenta y tres centímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Simple de Municipalidad de Heredia contra María del Socorro Álvarez Campos. Exp. 03-003074-0370-CI-3.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 21 de julio del año 2006.—Lic. Lilliam Esquivel Esquivel, Jueza.—(Solicitud Nº 23143-Munic. Heredia).—C-14320.—(78114).
A las nueve horas del veinticinco de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de ciento quince mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil cincuenta y ocho-cero cero dos la cual se describe así: terreno para construir con casa lote 89. Situada en el distrito Mercedes cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con José Antonio Rojas Salazar; al sur, calle pública; al este, lote 88, y al oeste, lote 90. Mide: ciento sesenta y dos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Propiedad de Leda María Fonseca Solano. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Simple de Municipalidad de Heredia contra Leda María Fonseca Solano. Exp. Nº 05-002389-0370-CI-6.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 7 de agosto del año 2006.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—(Solicitud Nº 23144-Muni-Heredia).—C-14320.—(78116).
A las once horas del veintidós de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales, soportando servidumbres trasladadas inscritas bajo las citas: 375-00773-01-0901-001; 375-00773-01-0907-001; y 375-00773-01-0908-001 y con la base de un millón setecientos cincuenta y siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y seis mil veinticuatro-cero cero cero la cual es terreno con una vivienda de interés social. Situada en el distrito 07 Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote M-3 y Asociación María Argentina de Goicoechea; al sur, lote M-5 y Asociación María Argentina de Goicoechea; al este, calle pública, y al oeste, Inversiones Unidas S. A. Mide: ciento treinta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo, contra José Antonio Solís Rodríguez. Expediente: 06-000252-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de agosto del año 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(78140).
A las diecisiete horas del día dieciséis de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de setecientos sesenta y cinco mil quinientos doce colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un automóvil placas trescientos cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro, marca Hyundai, estilo Excel GS, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y uno, color rojo, carrocería sedan dos puertas, tracción sencilla, número de chasis KMHVD32JOMU136608, número de motor G4DJ4093153, cilindrada mil cuatrocientos sesenta y ocho centímetros cúbicos, cilindros cuatro, combustible gasolina, marca de motor Hyundai. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jenny María Alpízar Guzmán y Rafael Valerio Carmona. Expediente Nº 01-016106-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—Nº 73797.—(78253).
A las diez horas, del lunes veinticinco de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando dos infracciones de tránsito a la orden del Juzgado de Tránsito de Heredia, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, dando una a base de un millón trescientos ocho mil treinta y siete colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas quinientos dos mil ciento veinte, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, carrocería sedan de cuatro puertas, tracción sencilla, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, color blanco, serie, chasis vin Nº KMHVF21NPRU063077, uso particular, motor G4EKR175900, cilindrada mil quinientos, cilindros cuatro, motor marca Hyundai. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-000120-183-CI-1 de Financiera Desyfin S. A. contra Danilo Montoya Arguedas y otros.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 14 de julio de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 73800.—(78254).
A las nueve horas del diecinueve de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción a la Ley de Tránsito a la orden del Juzgado de Tránsito de Desamparados, según sumaria número 03-003127-0276-PE, y con la base de un millón ochocientos diez mil novecientos treinta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas cuatrocientos ochenta y nueve mil quinientos sesenta y uno, marca Hyundai, estilo Accent SL, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, color anaranjado, chasis KMHVF21NPRU108780, motor número G4EKR252115, motor marca Hyundai, cilindrada mil quinientos c.c. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria número 05-000842-184-CI de Financiera Desyfin Sociedad Anónima contra Ana Lorena Campos Pérez y otros.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 73801.—(78255).
A las ocho horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecario pero soportando servidumbre de paso al tomo 505, asiento 8106 y servidumbre trasladada al tomo 314, asiento 597 y con la base de ciento cincuenta y tres mil trescientos noventa dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 526334 001, la cual es terreno lote uno terreno de café granos, situada en el distrito 3º Pozos, cantón 9º Santa Ana. Colinda: al norte, con Manuel Zeledón Pérez; al sur, con lote dos de Bernardo, Dimphina, Carl, Frederick Wolf Víquez y Hacienda Montezual S. A.; al este, con Manuel Blanco Soto y Hacienda Montezual y servidumbre agrícola de paso y al oeste, con Honorio Marín Delgado. Mide: siete mil treinta y cinco metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Dimphina Van Den Akker Vershure contra Betty Wolff Víquez. Expediente Nº 06-000211-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de agosto del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 73810.—(78256).
A las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de doscientos noventa y cuatro mil doscientos diez colones, en el mejor postor remataré: un vehículo marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, sedan cuatro puertas, categoría: automóvil, modelo: 1993, motor y marca: Hyundai G4DJP833734, serie: KMHJF31JPPU430505, cuatro cilindros, cilindrada: 1500 c. c., color: verde, combustible: gasolina, para cinco personas, placa: 496146. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario Nº 2006-001566-220-CI establecido por Urbanizadora Brioni S. A. contra Antonio Gerardo Arce Pérez.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 18 de agosto del 2006.—Lic. Patricia Jiménez Quintero, Jueza.—Nº 73811.—(78257).
A las diez horas, quince minutos del veintiséis de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando una servidumbre sirviente y dos servidumbres de acueducto y de paso de AyA y con la base de tres millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 490487-000, la cual es terreno para construir bloque A lote 5, situada en el distrito quinto San Sebastián, cantón Alajuelita, provincia San José. Colinda: al norte, con lote 6 A con 16,84 metros; al sur, con ICE con 6 metros; al este, con calle pública con 6 metros, y al oeste, con lote 4 A con 16,84 metros. Mide: ciento un metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Corporación Port Said S. A. contra Silvia Solano Guzmán. Expediente Nº 06-001064-184-CI-4.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las ocho horas del diez de agosto del dos mil seis.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 73812.—(78258).
A las ocho horas del diecinueve de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de veinte mil dólares, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con dos casas de habitación, situado en distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes. norte, Miguel Rivera Núñez; sur, María Anita Valverde Elizondo; este, resto de Rose Mary Rivera Ruiz en parte con servidumbre en medio; y oeste, río Jilguero. Mide: mil seiscientos cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Ángela Ruiz Cruz. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 06-100513-0188-CI (interno 539-06 Y1) de Eliécer Porras Badilla contra Ángela Ruiz Cruz.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 16 de agosto del 2006.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 73827.—(78259).
A las dieciocho horas del dos de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y con la base de ochenta y un mil dólares, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos tres mil setecientos setenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir, lote número veintidós B, sito: distrito: 9º Pavas, cantón: 1º San José de la provincia de San José. Linderos: norte, Olga Marta Valverde Godínez; sur, Sabanas Lagos del Coyol Siete S. A.; este, río Torres, y al oeste, calle pública. Mide: seiscientos ochenta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-013668-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Gonzalo Gamboa Valverde y Olga Marta Valverde Godínez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de agosto del año 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 73828.—(78260).
A las ocho horas, cero minutos del siete de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y soportando servidumbre trasladada y con la base de un millón cincuenta y un mil trescientos quince colones, en el, mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 354054-001, la cual es terreno para construir, bloque J, lote 18, situada en el distrito Esquipulas, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 19-J; al sur, lote 17-J; al este, calle 2 con 7 metros de frente, y al oeste, lote 5-J. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica (BAC) contra Alvarado Cruz Óscar Luis, Matarrita Hernández Gilberto y Vargas Sibaja William Gerardo. Expediente Nº 98-023566-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del año 2006.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—Nº 73841.—(78261).
A las catorce horas, treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sistema Financiero y con la base de dos millones quinientos mil colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento siete mil seiscientos quince-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito tres “San Isidro” del cantón cuarto “Montes de Oro” de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Francisco Villegas Sánchez; al sur, con calle pública con dieciocho metros con sesenta y seis centímetros de frente; al este y oeste, Francisco Villegas Sánchez. Mide: doscientos ochenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 06-100517-642-CI-2 de Mutual Alajuela contra Mainor Castillo Quesada y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 73848.—(78262).
A las nueve horas, treinta minutos del once de octubre del dos mil seis, en la puerta de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante y servidumbre trasladada y con la base de ocho millones ochocientos setenta y cuatro mil trescientos noventa y seis colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil novecientos dieciocho cero cero cero, que es terreno para construir, sito en el distrito octavo “Barranca”, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Mide: cuatrocientos metros con cinco decímetros cuadrados. Linda: al norte, sur y este, con Ganadera La Bocana S. A., y al oeste, con calle pública. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Luis Diego Sandí Marín. Expediente Nº 05-100632-642-CI-2.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 73849.—(78263).
A las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada al tomo 315, asiento 6764 y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos sesenta y cinco mil ciento ochenta y siete-cero cero cero, que es terreno con una casa, área privada, área de sótano, cochera, bodega, terraza y balcones, sito: distrito Curridabat, cantón Curridabat de la provincia de San José. Linderos: norte, avenida 24 construido; sur, casa 385 construido; este, casa 777 de José Alberto Hurtado construido y oeste, casa 379 de Fabio Villalobos construido. Mide: doscientos sesenta y un metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-011933-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Manuel Calvo García.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—Nº 73863.—(78264).
A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del tres de octubre del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos millones seiscientos setenta mil ciento veinte colones, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placas número trescientos siete mil setenta y dos, con las siguientes características: automóvil marca Toyota, estilo 4 Runner DLX, año mil novecientos ochenta y nueve, color celeste, de gasolina, para cinco personas, motor desconocido. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario número 06-001005-183-CI de Vacheron Constantin S. A. contra Alex Rolando Gregory Wang.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, trece horas treinta y cinco minutos del catorce de agosto del año dos mil seis.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 73866.—(78266).
A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, soportando denuncia penal según tomo 0005, asiento 002309, sumaria 000-05-04983 y con la base de un millón ciento cincuenta y siete mil cuarenta colones, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo LS, estilo Accent, año 1995, 4 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1500 centímetros cúbicos, chasis número KMHVA21LPSU053266, motor G4EHS430136, color verde, capacidad 5 pasajeros, placas número 507622. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 06-001029-0180-CI-0 de Vacheron Constantin S. A. contra Pedro José Hernández Alfaro.—Juzgado Primero Civil de San José, 8 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73867.—(78267).
A las catorce horas, treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de dos millones ciento treinta y seis mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas quinientos setenta y dos mil ochocientos cinco, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedan dos puertas, estilo Tercel, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y dos, blanco, motor 3E0970941, chasis JT2EL46B8N0172631, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Vacheron Constantin S. A. contra Farith Rosales Rosales. Expediente Nº 06-001135-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de agosto de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 73868.—(78268).
A las ocho horas, treinta minutos del dos de noviembre de dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor remataré: l) Un juego de comedor de madera con seis sillas de madera y mimbre, con la base de veinte mil colones. 2) Un archivo metálico con cuatro gavetas, marca Rosago, color gris, sin serie, ni modelo, con la base de veintidós mil colones. 3) Un aire acondicionado marca General Electric, serie ad-864237, modelo sh-08fas-l, con la base de treinta y cinco mil colones. 4) Un monitor marca Packard Bell, modelo 1024s-manufacturado en 1997, código de barras sm6unn74304451, con la base de diez mil colones. 5) Un C.P.U marca Packard Bell creative, código de barras snb-3770000884pn890483, con la base de cuarenta mil colones. 6) Una mesa pequeña, color azul y gris, con silla giratoria, color gris, plástica, con la base de ocho mil colones. 7) Dos sillas color café con brazos de madera, con la base de treinta y cinco mil colones. 8) Un aire acondicionado marca General Electric, mod. Ash08fas1, serie dd875821, con la base de treinta y cinco mil colones. 9) Una fotocopiadora marca Lanier, color gris, serie cke713977, mod. 7313ag, con la base de ochenta mil colones. 10) Un fax marca Brother, color gris, mod. fax 775-serie u56583j2k3136513, con la base de veinticinco mil colones. 11) Un monitor marca Packard Bell, mod. 245, código de barras sn6vmn80103730, con la base de diez mil colones. 12) Un C.P.U. con [s]cor, color beige sin serie, ni modelo, con la base de treinta mil colones. 13) Una impresora marca Epson FX-980/ mod. P923a, serie blsy011906, color beige, con la base de quince mil colones. 14) Una impresora Hewlett Packard, serie smufb88el-6035, con la base de quince mil colones. 15) Un monitor marca ADC, mod. Spectrum-4v, con la base de quince mil colones. 16) Un C.P.U, sin marca, ni modelo, ni serie, con CDR, color blanco, con la base de treinta mil colones. 17) Una impresora marca Epson Stylus, modelo p-954-aserie aab1140352, color beige, con la base de quince mil colones. 18) Un monitor marca Bell, color negro, serie dsn5no95w, mod. 66332980qr, con la base de veinte mil colones. 19) Un C.P.U. marca Dell, serie 4dxv 121, mod. mmp, con la base de cuarenta mil colones. 20) Un archivo metálico, color verde, dos gavetas, con la base de doce mil quinientos colones. 21) Un archivo metálico, marca Indelmu, color gris, dos gavetas, con la base de doce mil quinientos colones. 22) Un archivo metálico, marca Perfiles Ranurados, gris oscuro, dos gavetas, con la base de doce mil quinientos colones. 23) Una impresora marca “Hiuller Pocker”, mod. C-5884, serie u57aklw06z, con la base de veinte mil colones. 24) Un aire acondicionado marca General Electric, mod. Sh08fas1, serie 868110, con la base de treinta y cinco mil colones. 25) Dos sillas giratorias, colores verde y gris, plásticas, con la base de quince mil colones. 26) Dos gatas hidráulicas, color verde, sin número de serie, ni modelo, con la base de sesenta mil colones. 27) Un cuadraciclo marca Kawasaki 4x4, color negro, chasis jkalf8c17pr531364, 5 velocidades, sin número de motor visible, con la base, de cuatrocientos cincuenta mil colones. Se ordena el remate en ejecutivo simple 01-000461-0180-CI de Humberto Álvarez Sucesores S. A. contra Melones de Sardinal S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73914.—(78269).
A las nueve horas, treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base rebajada en un 25%, sea la suma de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos setenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y nueve mil seiscientos setenta y cuatro guión cero cero cero, la cual es terreno café y caña, situada en el distrito 1º San Pablo, cantón 20 León Cortés, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramiro Picado Ureña; al sur, Hernán Picado Ureña; al este, Hernán Picado Ureña, y al oeste, Ramiro Picado Ureña. Mide: tres mil ochocientos cinco metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Beneficio Palmichal Sociedad Anónima contra Orlando Picado Cordero. Expediente Nº 02-001170-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de agosto del año 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 73915.—(78270).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del lunes veinticinco de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número 318750 000, que se describe así: terreno para construir con una casa. Mide: doscientos trece metros con treinta y siete decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 2º San José, cantón 1º de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, con calle pública, al sur, con lote 22-H; al este, con lote 2-H, y al oeste, con calle pública. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-000831-183-CI de William Schmidt Vega contra Luis Arturo Arias Obando.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 73918.—(78271).
A las diecisiete horas y veinte minutos del veintiséis de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y un colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número sesenta y ocho mil uno-cero cero cero. Que es terreno: para construir bloque E, lote 32. Sitio: Distrito primero Limón, cantón primero Limón de la provincia de Limón. Linderos: Norte, INVU; sur, INVU; este, INVU, y oeste, Calle Ballena. Mide: ochenta y nueve metros con dieciocho decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso Ejecutivo Hipotecario número 06-011198-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ernestina Brown Artola.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de agosto del año 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—(78295).
A las ocho horas y veinte minutos del dos de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de un millón doscientos ochenta y cinco mil seiscientos cuarenta colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos cinco mil seiscientos cuarenta y cinco-cero cero cero. Que es terreno: para construir, Marcado H-20. Sitio: Distrito Ipís, cantón Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: Norte, calle pública; sur, este, y oeste, INVU. Mide: ciento cuatro metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso Ejecutivo Hipotecario número 06-011183-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Cynthia Girlanya Herrera Arias, Rodolfo Zúñiga Masís.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—(78296).
A las once horas del veintiocho de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, y con la base de seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré: el vehículo placas número 208386, que se describe así: marca: Nissan Sentra, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, motor desconocido, capacidad 5 personas, año 1989, color gris, cilindrada mil quinientos noventa y siete c. c.. Lo anterior por haberse ordenado así en Prendario N° 06-100219-0295-CI, de Luis Alberto Jinesta Valverde, contra Jerónimo Antonio Borge Novoa.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 11 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(78300).
A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales soportando servidumbre dominante de citas 384-19847-01-0009-001, condiciones de citas 384-19847-01-0803-001 y con la base de ciento veinte mil dólares de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y tres mil novecientos ochenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito San Rafael, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pénjamo S. A.; al sur, resto destinado a servidumbre; al este, María Bárbara Escalante Zúñiga, y al oeste, Pénjamo S. A. Mide: setecientos noventa metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Sovalu S.E. S. A. contra Carlos Manuel Escalante Zúñiga, Yavanna Caribe S. A. Expediente: 06-000165-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del año 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—(78304).
A las catorce horas del cinco de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, y con la base de sesenta mil dólares, en el mejor postor remataré: Finca del Partido de Alajuela, Folio Real matrícula número ciento cuarenta y dos mil setecientos ochenta y seis colones-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación, una edificación destinada a fábrica de ropa de dos niveles con una sala de máquinas, una sala de corte y servicio sanitario, situado en distrito primero, del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: Norte, Otilio Hidalgo Quirós; sur, calle pública; este, Alicia Salas y oeste, Teresa Altamirano. Mide: cuatrocientos sesenta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Número Catastral: A-0405031-1980. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100217-0295-CI, de Luis Rodolfo Alfaro Espinoza contra Fass del Norte S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 14 de agosto de 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(78317).
A las ocho horas treinta minutos del día diecinueve de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, sin sujeción a tipo (Art. 655 del Código Procesal Civil) sáquese a remate: El vehículo placas trescientos ochenta mil novecientos sesenta y seis, marca Hyundai Excel, año 1994, color gris, capacidad cinco personas, chasis número KMHVF31JPRU958290, motor número G4DJR229511, combustible gasolina, cilindrada 1500 CC, de gravámenes prendarios, pero soporta las siguientes infracciones a continuación se indican; Uno: Boleta número cero uno cero tres cero seis cero cinco cero. Sumaria cero uno- seiscientos tres mil trescientos sesenta y cinco-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Dos: Boleta número cero uno cero cinco cinco nueve nueve tres uno, sumaria cero dos-diez mil quinientos sesenta y siete-cuatrocientos noventa y siete-TC; Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Heredia. Tres: Boleta número dos cero cero dos dos nueve dos cero uno dos, sumaria cero dos-seiscientos cinco mil quinientos ocho-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Cuatro: Boleta número dos cero cero dos tres nueve ocho cuatro nueve ocho, sumaria cero tres-seiscientos mil seiscientos cuarenta y uno-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. Cinco: Boleta número dos cero cero cuatro tres dos ocho nueve uno siete, sumaria cero cuatro-seiscientos tres mil seiscientos treinta y cuatro-cuatrocientos noventa y cuatro-TR, Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela, y Seis: número dos cero cero cuatro tres dos ocho nueve uno siete, sumaria cero cuatro-seiscientos tres mil seiscientos treinta y cuatro-cuatrocientos noventa y cuatro-TC, Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Alajuela. El vehículo descrito es propiedad del demandado Carlos Enrique Vásquez Jiménez. Lo anterior por haberse así ordenado en Proceso Ejecutivo Prendario número 03-100450-00309-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Enrique Vásquez Jiménez.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Grecia, 1° de agosto del 2006.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—(78320).
A las ocho horas, quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y soportando reservas Ley de Caminos inscrita bajo las citas 303-20336-01-0004-001 y con la base de cuatro millones trescientos setenta y tres mil trescientos noventa y cuatro colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y tres mil trescientos dieciséis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno 1ote 1-A, situada en el distrito 1º Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 2; al sur, Finca El Rescate S. A.; al este, lote 3, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural CR-Canadá contra Lidieth Delgado Morales y Rolando Morales Páez. Expediente Nº 05-001599-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de julio del año 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(78370).
A las ocho horas, treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de un millón veintiséis mil novecientos treinta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1991, carrocería: sedan 4 puertas, color: gris, chasis: BBAB13-001279, combustible: gasolina, placas: 139883. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-000522-181-CI de Agencia Datsun S. A. contra Juan José Mejías Fallas.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 8 de junio de 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(78375).
A las catorce horas veinte minutos del veinticuatro de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero soportando una infracción de tránsito a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con la base de trescientos treinta y seis mil seiscientos treinta y cuatro colones con once céntimos remataré: vehículo marca Hyundai, estilo Elantra, carrocería sedán cuatro puertas, capacidad cinco personas, modelo mil novecientos noventa y dos, color verde, gasolina, placas cuatrocientos noventa y un mil treinta y uno. Prendario 05-000418-182-CI-(6) de Zafroli Cuatro Mil S. A. contra: Willian Adolfo Zúñiga Chavarría.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 73944.—(78546).
A las ocho horas treinta minutos del diez de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca en primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita partido de Guanacaste, matrícula número cero cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y dos-cero cero cero, que se describe así: terreno para construir con una casa, sito en el distrito cuarto Nacascolo del cantón primero, Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con calle pública con trece metros; al sur, con José Manuel Rodríguez Rodríguez; al este, con Oldemar Lara Rodríguez, y al oeste, con Robert Alfredo Morales Ponce y otro. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Dicho inmueble pertenece a Hernán Bianco Lara. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario incoado por La Amorcito de Filadelfia S. A., representado por Emilce Vega Naranjo contra Hernán Bianco Lara. Expediente Nº 06-100397-0386-CI (411-06-3).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 14 de agosto del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 73957.—(78547).
A las diez horas del nueve de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas al tomo 388, asiento 10852 y con la base de setecientos nueve mil quinientos cincuenta y siete colones, en el mejor postor rematare,: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número setenta y cuatro mil seiscientos catorce cero cero uno y cero cero dos, que es terreno: agricultura lote 292, sito distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, sur, oeste, INVU, y al este, calle pública. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-011660-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ada Luz Barrantes Prieto y Juan Carlos Araya Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de julio del 2006.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—Nº 73964.—(78548).
A las dieciocho horas del treinta y uno de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones quinientos veintiún mil quinientos treinta colones con seis céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número F once mil ciento dieciséis cero cero uno y cero cero dos, que es terreno con una vivienda hoy construida Nº 30, sito: distrito once San Sebastián, cantón uno San José de la provincia de San José. Linderos: norte, Fermín Meléndez Cedeño; sur, áreas comunes; este, vivienda 29 y al oeste, vivienda 31. Mide: sesenta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-011659-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Emelina c. c. Evelyn Chévez Canales Cheves Canales y Willy Curling Rutishsauser.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de agosto del año 2006.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—Nº 73965.—(78549).
A las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando dos gravámenes de servidumbre sirviente, obligaciones, reservas Ley de Aguas, Reservas Ley de Caminos, servidumbre de líneas eléctricas y de paso y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de nueve mil doscientos ochenta y cuatro coma con quince unidades de desarrollo o su equivalente en colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa mil doscientos veintinueve guión cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir número veintiuno B bloque B, situada en el distrito uno Paraíso, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote veinte-B; al sur, calle pública avenida uno con diecinueve metros con sesenta centímetros; al este, calle pública con dieciséis metros, veinticinco centímetros y al oeste, lote uno-B. Mide: doscientos setenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Arturo Angulo Angulo y Xinia Vanessa Alvarado Chavarría. Expediente Nº 05-000617-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de julio del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 73976.—(78550).
A las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintitrés mil dólares o su equivalente en colones a la hora de efectuarse el remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 185.940-000, la cual es terreno para construir lote N 09-W, situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, al sur y al este, Coto y Compañía Limitada y al oeste calle pública con 7,00 metros. Mide: ciento veintiún metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra José Antonio Zúñiga Loría, Rafael Ángel Mora Núñez. Expediente Nº 06-001312-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de agosto del 2006.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 73977.—(78551).
A las nueve horas del treinta y uno de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando compromisos según citas 370-09841-01-0812-001, servidumbre trasladada según citas 370-09841-01-0818-001, servidumbres sirvientes según citas 382-08423-01-0033-001, 382-08423-01-0034-001 y 382-08423-01-0036-001 y con la base dada por el perito sea la suma de treinta y cinco millones cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos treinta colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el partido de San José, matrícula 358671-000, que es terreno para construir, situado en el cantón Escazú, distrito San Rafael de la provincia de San José. Linda: al norte, con Ana Isabel Arias; al sur, con Haward Cubonksjan; al este, con calle pública Municipalidad de Escazú, y al oeste, con Ana Isabel Arias y Municipalidad de Escazú. Mide: cuatrocientos veintinueve metros con cinco decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo simple N° 04-000743-0180-CI de I.E. S. A. contra José Francisco Nicolás Alvarado.—Juzgado Primero Civil de San José, 25 de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 73979.—(78553).
A las nueve horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago, inscrita al tomo quinientos tres, asiento cuatro mil quinientos setenta y tres por un monto de cuatro millones de colones y con la base de un millón de colones en el mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Cartago, matrícula número ciento trece mil doscientos veintinueve-cero cero cero, que es lote ciento veinte solar con una casa, sita en el distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con lote 119; al sur, con calle pública con un frente de dieciocho metros con nueve centímetros, al este con Coopecomún R. L., y al oeste, con calle pública con un frente de nueve metros con seis centímetros lineales. Mide: ciento ochenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. La finca pertenece a Bienvenido Villalta Villegas. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 05-100289-341-CI-297-A de Audiz Meza Meza contra Alejandro Luna Araya y Bienvenido Villalta Villegas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 8 de agosto del 2006.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 73981.—(78554).
A las ocho horas del veinte de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por un monto de diez millones de colones, reservas y restricciones de la Ley de Aguas y Caminos Públicos bajo las citas 329-19552-01-901-001 y con la base de la hipoteca de segundo grado vencida sea la suma de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, al partido de Alajuela, matrícula número ciento treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y tres-cero cero cero, que es terreno cultivado de caña de azúcar, sito en Florencia, distrito dos de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Manuel Jiménez Ruiz; al sur, quebrada Cascajal y Pedro Solís; al este, Ramón Marín Guzmán y calle pública y al oeste Pedro Solís. Mide: ciento cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y seis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0000742-1965. Propiedad de la demandada Sonia Cecilia Ruiz Mejías. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, expediente Nº 06-000120-0298-AG establecido por José Antonio Moreno Villa contra Sonia Cecilia Ruiz Mejía y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de agosto del 2006.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—Nº 73984.—(78555).
A las diez horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones y sin más gravámenes, con la base de dieciocho mil novecientos noventa dólares con cuarenta y seis centavos moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor se rematará: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 111047-000, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito tercero, cantón segundo de la provincia de Limón. Mide: tres mil ochocientos cuarenta y tres metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Teodoro Castro Espinoza y José Luis Cerdas Araya; al sur, con Ramón Alejo Mora Zúñiga; al este, con Mireya Mora Jiménez, y al oeste, con calle pública con un frente de treinta y seis metros con cuarenta centímetros lineales. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-100335-0468-CI, de Comercializadora Alfaro y Jiménez de Pococí S. A. contra Luz Marina Tenorio Álvarez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 7 de agosto del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 74063.—(78556).
A las ocho horas quince minutos del tres de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita a las citas: 439-17608-01-0001-001 e hipoteca de primer grado inscrita a las citas: 509-13362-01-0003-001 y con la base de siete mil veinticinco dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 507429-000, la cual es terreno para construir bloque A lote 8, situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 7-A; al sur, lote 9-A; al este, calle uno pública y al oeste Guido Hernández Rodríguez. Mide: ciento veinte metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Muebles de Diseño Artístico S. A. contra Róger Róger Ruiz Guido. Expediente Nº 06-000860-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de agosto del año 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 74068.—(78557).
A las diecisiete horas y cuarenta minutos del trece de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de sesenta y siete mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 150391-000, que es terreno con una casa de habitación, sito: distrito Guadalupe, cantón Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, Manuel Duarte; sur, lote 9; este, calle en medio Lorena Sandí y al oeste Sertra Ltda. Mide: doscientos diecinueve metros con ochenta decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-010579-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Guiselle Molina Salas y Sigifredo Fumero Loría.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 23 de agosto del año 2006.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—Nº 74069.—(78558).
A las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso bajo las citas 370-08150-01-0003-001, servidumbre de paja de agua bajo las citas 370-08150-010005-001, servidumbre de paso bajo las citas 370-08150-01-0010-001, servidumbre de paso bajo las citas 370-08150-01-0015-001, servidumbre de paso bajo las citas 370-08150-01-0016-001 y con la base de cinco mil novecientos treinta y dos dólares o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección de Propiedad Registro Público, partido de San José, matrícula 073943-009, que es terreno de café y breñón, situada en el cantón León Cortés, distrito 03 Llano Bonito de la provincia de San José. Linda: al norte, con José Bonilla; al sur, con José Bonilla; al este, con Pedro Bonilla y al oeste con José Bonilla. Mide: treinta y nueve mil doscientos cuarenta y seis metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 06-000670-0180-CI-1 de Luis Eimer Mata Vargas contra Juan Carlos Mora Abarca.—Juzgado Primero Civil de San José, 24 de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 74084.—(78559).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, en el mejor postor remataré los siguientes autobuses pignorados de la siguiente manera: 1) El automotor placas CB 1787, marca Hyundai HM 1630, INTURB, 54 personas, año 2003, color blanco, motor D6AB2066179, base: veintitrés millones cuatrocientos setenta y tres mil doscientos sesenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos y libre de gravámenes prendarios; pero soportando las siguientes sumarias: a) 05-002543-345-PE por lesiones culposas de la Fiscalía Adjunta de Cartago y del Juzgado de Tránsito de Cartago y b) 05-609346-483-TC del Juzgado de Tránsito de Cartago. 2) El automotor placas CB 1788, marca Hyundai HM 1630, INTURB, 54 personas, año 2003, color blanco, motor D6AB2066179, base: veintitrés millones cuatrocientos setenta y tres mil doscientos sesenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos y libre de gravámenes prendarios. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-001561-181 del Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A. contra Sociedad Autotransportes Cartago S. A.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 74111.—(78561).
A las ocho horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor con los siguientes gravámenes: citas 497-13668-01-0001-001, expediente N.I. 416-01-FA. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, proceso de divorcio y embargo practicado en citas: 552-18533-01-0001-001, expediente Nº 01-400394-300-FA (N.I. 416-01). Juzgado de Familia de San Carlos. Proceso abreviado de divorcio con la base dada por el perito a folio 212, ahora con la rebaja del veinticinco por ciento, sea la suma de cinco millones novecientos ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos (¢ 5.987.857,50); remataré la finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número trescientos tres mil doscientos sesenta y cinco-cero cero cero, y que se describe así: terreno para construir con una casa, sito: en distrito sexto Pital, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Francisco Miranda Madrigal; al sur y este, calle pública y al oeste Cabo Marzo Sociedad Anónima. Mide: seiscientos veinte metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 01-400394-300-FA. Proceso de divorcio de Flor del Carmen Ramírez Solís contra José Arturo Miranda Zamora.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de julio del 2006.—Lic. William Vargas Otárola, Juez.—Nº 74114.—(78562).
A las ocho horas quince minutos del seis de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, con la base de doce millones ciento veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y seis A cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero cinco, libres de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales a excepción del derecho cero cero cinco, el cual se rematará libre de gravámenes hipotecarios pero soportando practicado de citas 530-05686-01-0001-001 a favor de Corporación Financiera Miravalles S. A. el cual es terreno con dos casas, situada en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Adolfo Sáenz González; al sur, calle con un frente de diecinueve metros; al este, Adolfo Sáenz González, y al oeste, Rafael Ángel Jiménez Solís. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Alejandro Álvarez Alpízar, Manuel Álvarez Alpízar, Mireya Álvarez Alpízar, Miriam Zeneida Álvarez Alpízar contra Rafael Ángel de Jesús Álvarez Alpízar. Expediente Nº 01-001254-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de agosto del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(78601).
A las quince horas del veintitrés de agosto del dos mil seis, publíquese en el Boletín Judicial, remate de madera que se llevará a cabo a las siete horas treinta minutos del día veinticinco de setiembre del dos mil seis, en al puerta exterior del Juzgado Penal de Alajuela, con la base de ciento seis mil cuatrocientos veintiocho colones, la cantidad de veintinueve piezas de madera aserrada de Cedro Amargo, con un volumen de 1,47 metros cúbicos, así como tres piezas de madera trozada de Cedro Amargo, con una base de ciento cuarenta y ocho mil quinientos sesenta y cuatro con ochenta céntimos, con un volumen de 0,97 metros cúbicos, mismas que se encuentra decomisadas en la casa de habitación del represente del MINAE. Lo anterior por estar ordenado así en comisión número 638-06-2 dentro de la causa penal 06-000213-553-PE contra Celín Rodríguez Corrales por el delito de infracción a la Ley Forestal, en daño de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal de Alajuela.—Lic. José Barletta Valladares, Juez.—(78633).
A las siete horas cuarenta minutos del día veintinueve de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de Juzgado Penal de San Carlos, remataré: con la base de cuarenta y tres mil trescientos sesenta y nueve mil colones con sesenta céntimos, con un volumen total de cero punto cincuenta y un metros cúbicos, para un total de dieciocho piezas de la especie Tostado; la cual se encuentra decomisada en la reserva de San Miguel de Guatuso. Se remata por estar ordenado así en la comisión número 131-2-06, dentro de la causa número 06-200238-630-PE, que se instruyó por el delito de infracción a la Ley Forestal contra Ovidio Herrera Villalobos en perjuicio de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Rosa Isela Castillo Cordero, Jueza.—(78634).
A las nueve horas del diez de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes y con la base rebajada en un veinticinco por ciento de un millón setecientos noventa y tres mil trescientos setenta y seis colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Chevrolet, estilo: Cavalier, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1999, carrocería: sedán 4 puertas, color: verde, chasis: 3G1JX5449XS146872, combustible: gasolina, placas: 338851. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente N° 05-001715-181-CI de Instacredit S. A. contra Edgar Gerardo Mora Mora.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 8 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(78636).
A las catorce horas veinte minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero soportando infracción a la Ley de Tránsito a favor del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, con la base de cuatrocientos noventa y un mil seiscientos sesenta colones con veinticinco céntimos, remataré: vehículo marca Hyundai, estilo Accent LS, automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, tracción sencilla, cinco personas, modelo mil novecientos noventa y seis, color morado, motor número G cuatro EKT ocho cuatro dos siete nueve cero, gasolina, placas quinientos veinte mil seiscientos veintiséis. Prendario 05-001741-182-CI-(6) de Instacredit S. A. contra Johel Enríquez Bonilla.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(78637).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de ciento sesenta y ocho mil colones; remataré: la finca inscrita en el partido de San José, matrícula de Folio Real número 339863-000, la cual es terreno para construir con 1 casa, sita en el distrito segundo San Rafael, cantón once Coronado de la provincia de San José. Linda: al norte, con lote 29; al sur, con lote 18; al este, con lote Carlos Rodríguez Rodríguez, y al oeste, con calle pública con 8 metros. Mide: doscientos setenta y un metros con treinta dos decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado en el proceso ejecutivo simple número 96-001753-0184-CI-3 de Hermeregildo Segura Montero contra Javier Chavarría Alfaro.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de julio del 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—(78646).
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y seis mil quinientos veinte-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 134, terreno para construir con una casa, situada en el distrito Purral, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda dos; este, con un frente de 9 metros; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento veintiún metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Elizabeth Sancho Padilla contra Román Guillermo Hernández Castillo y Teresa Díaz Gutiérrez. Expediente Nº 06-000370-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 74153.—(78849).
A las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil seis, en la puerta de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base dada por el perito sea la suma de cuatro millones quinientos setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil doscientos ochenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, sito en el distrito octavo, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Mide: trescientos metros con doce decímetros cuadrados. Linda: al noroeste, con Manuel Salvador y otro; al sureste, con Olga Flores Marchena; al noreste, con calle pública, y al suroeste, con Guillermo Miranda Martínez. Con una medida de trescientos metros con doce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso número 2000-100009-417-CI de suc. Octavio Ledezma Ugalde contra Dianeth Arias Patherson y Óscar Gerardo Méndez Arias.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—Nº 74165.—(78850).
A las ocho horas del tres de octubre del dos mil seis, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso inscrita al tomo 471, asiento 06951, y con la base de diez mil dólares, en el mejor postor rematare: la finca del partido de Limón, matrícula 088263-000, que es terreno de potrero, cacao y montaña lote 41, situado en el distrito 02 Pacuarito, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote 40; al sur, con lote 42; al este, con quebrada y al oeste con servidumbre con un frente de 25 metros, 61 centímetros de frente y resto de servidumbre de Desarrollo O.G.L S. A. Mide: nueve mil trescientos sesenta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 06-000370-0185-CI-4, ejecutivo hipotecario de Arrendamientos San José S. A. contra Dennis Alberto Crephead Brown.—Juzgado Sexto Civil de San José, 13 de junio del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 74240.—(78851).
A las ocho horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón quinientos cincuenta y nueve mil ciento treinta y nueve colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Honda, modelo 1992, estilo Civic DX, 4 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1493 centímetros cúbicos, chasis número 1HGEG8640NLOO6995, motor D15B71507555, color negro, capacidad 5 pasajeros, placas número 255884. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 05-000724-0180-CI-5 de Auto Fácil de Costa Rica S. A. contra Natalia Vargas Lara.—Juzgado Primero Civil de San José, 9 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 74241.—(78852).
A las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cincuenta mil quinientas unidades de desarrollo (o su equivalencia en colones a la fecha del remate, según la certificación presentada por el banco actor), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-040.399-000, la cual es terreno finca filial número 32 bloque E, terreno para construir, destinada a uso habitacional, que podrá tener una altura máxima de dos niveles, situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, filial 33 bloque E; al sur, filial 31 bloque E; al este, acceso vehicular con un frente de 8,10 metros, y al oeste, Digno Víquez Herrera. Mide: ciento cuarenta y un metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Ruano Zeledón. Expediente Nº 06-001141-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de agosto del año 2006.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 74257.—(78853).
A las nueve horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta mil cuatrocientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 174.130-000, la cual es terreno para construir bloque H lote 7, situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 8; al sur, lote 6; al este, lote 10, y al oeste, calle pública con 8 metros. Mide: ciento cuarenta y tres metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Denia María Vargas Sánchez y Guillermo Gerardo Alvarado Corrales. Expediente Nº 06-001142-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de agosto del año 2006.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 74258.—(78854).
A las nueve horas del diecinueve de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de quince millones cuatrocientos setenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta mil doce cero cero cero, la cual es terreno para construir lote dieciocho U, situada en el distrito primero Tejar, cantón octavo El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote diecinueve; al sur, lote diecisiete; al este, calle pública, y al oeste, Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alfredo Noé González Guevara. Expediente Nº 06-001295-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 74259.—(78855).
A las diez horas del veinticinco de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número trescientos sesenta y cuatro mil trescientos treinta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir, lote seis, sito en el distrito primero del cantón trece de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Doroteo Ugalde Carranza; sur, Doroteo Ugalde Carranza; este, calle pública con un frente de quince metros lineales, y al oeste, Doroteo Ugalde Carranza. Mide: trescientos setenta y cinco metros cuadrados. Pertenece a Ligia Chavarría Rodríguez. Otros gravámenes: Reservas y restricciones, citas tomo 297, asiento 18841, secuencia 901. Condiciones: citas, tomo 297, asiento 18841, secuencia 902. Reservas y restricciones: citas, tomo 402, asiento 13311, secuencias 900, 901, 902, 903, 904, 905. Condiciones: citas, tomo 402, asiento 13311, secuencias 906, 907, 908, 910, 911. Por estar ordenado en expediente 06-000010-387-AG. Proceso hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Óscar Mauricio Ugalde Chavarría y Ligia Chavarría Rodríguez.—Juzgado Agrario de Liberia, 7 de agosto del 2006.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—Nº 74268.—(78856).
A las ocho horas, treinta minutos del seis de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando un gravamen a favor del Banco Hipotecario de la Vivienda y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un medio de la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciocho mil setenta y ocho-cero cero uno, la cual es terreno de solar para construir bloque N lote cuatro, situada en el distrito segundo San José, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3 N; al sur, lote 5 N; al este, calle pública, y al oeste, lote 23 N. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Gabriela Agüero Vásquez contra Esteban Alonso Rodríguez Álvarez. Expediente Nº 05-000435-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de agosto del año 2006.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—(78878).
A las nueve horas y quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportado una colisión, a la orden del Juzgado de Tránsito de Cartago, con la base de un millón trescientos noventa mil ciento ochenta y nueve colones exactos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 321965, marca Mitsubishi, categoría automóvil, carrocería Station Wagon, chasis JA4GK41S8NJ007628, uso particular, estilo Montero RS, capacidad cinco personas, año 1992, color verde, número de motor 6G72SD4301. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-000976-0185-CI ejecutivo prendario de Grupo Canafin S. A. contra Randall Alvarado Brenes.—Juzgado Sexto Civil de San José.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(78887).
A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de setecientos quince mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Nissan, estilo: Pathfinder SE, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1989, carrocería: rural, color: negro, chasis: JN8HD16Y2KW100230, combustible: gasolina, placas: 585209. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-000935-181-CI de Grupo Canafin S. A., contra Ronald Jiménez Fernández.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de julio del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(79237).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Al ser las trece horas, treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre de líneas eléctricas y de paso y con la base de ciento ochenta mil dólares, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Puntarenas, matricula número nueve mil cuatrocientos veintiuno-cero cero cero, que es terreno de pastos con una casa, un galerón y una bodega, localizada en distrito 03 Chomes, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, Carlos Luis Lee, Frank Martínez y Sociedad Hermanos Madrigal González Limitada; sur, Guzal Real S. A. y carretera internacional; al este, calle pública, y al oeste, calle pública. Mide: dos millones trescientos noventa y cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano A-009421-000. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100313-0295-CI, de Luis Rodolfo Alfaro Espinoza contra Criadores Simentales del Pacífico S A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 25 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(78315).
A las ocho horas, treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de un millón quinientos mil de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 237838-000, la cual es terreno para construir con 1 casa, situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José. Colinda: al norte, con avenida 5, con 7 m, 10 cm; al sur, con Oldemar Mora; al este, con calle 6 con 14 m, 12 cm, y al oeste, con Belarmino Navarro. Mide: ciento un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Alex Roberth Faeth Salas contra Francisco Rojas Valverde. Expediente N° 06-000475-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(78950).
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del lunes nueve de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios al mejor postor, sin sujeción a la base, remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número 510955, con las siguientes características: automóvil marca Hyundai, estilo Elantra, año 1994, color rojo, de gasolina, chasis número KMHJF31JPRU795453, para cinco personas, motor número G4DJR441838. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 03-001225-183-C-5, de Vacheron Constantin S. A. contra Gustavo Mata Chavarría.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 18 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 74283.—(79118).
A las dieciocho horas y cincuenta y nueve minutos del cuatro de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cien mil colones exactos, remataré el inmueble embargado en autos, finca que se describe así: inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintitrés mil trescientos cincuenta y siete cero cero cero, la cual es terreno con una casa y agricultura, situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Harol Harris Harris; al sur, George Fleming Fleming y otro; al este, Verónica Eva Rose y otro, y al oeste, Harold Harris Harris. Mide: mil ochocientos veintidós metros con quince decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple número 98-015966-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Hinas Daly Wright.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de agosto del año 2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—Nº 74306.—(79119).
A las diez horas del cinco de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de nueve millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiún mil cuatrocientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito primero, Espíritu Santo, cantón segundo, Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eduardo Soto Monge; al sur, Ramón Eduardo Campos Campos; al este, calle pública, y al oeste, Irex de Costa Rica S. A. Mide: doscientos setenta y ocho metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Manuel Solís Arias contra Sysu del Pacífico Sociedad Anónima. Expediente Nº 06-000378-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 9 de agosto del año 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 74326.—(79120).
A las ocho horas treinta minutos del dieciocho de octubre el año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil novecientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno solar, con una casa, situada en el distrito primero, cantón quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Reynaldo Zamora; al sur, Ramón Campos; al este, Reynaldo Zamora y al oeste calle del cementerio con veinte metros y dieciséis centímetros. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Distribuidora Herrera y Quirós QU S. A. contra Sociedad Inmobiliaria Maryfer M Y F S. A. Expediente Nº 06-000134-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 74369.—(79121).
A las ocho horas del diez de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de seis millones quinientos treinta y seis mil quinientos cuarenta colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y siete mil setecientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno lote uno para construir con una casa, situada en el distrito primero (Santa Cruz), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote dos; al sur, Madricar Sociedad Anónima; al este, avenida principal y al oeste Rosa María Sánchez Yong. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados, según se consigna en el plano catastrado número G-trescientos dos mil ochocientos cincuenta y dos-mil novecientos setenta y ocho. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Hilda María Ortiz Díaz contra Leiner Manrique Baldizón Brenes. Expediente Nº 05-000015-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 24 de agosto del año 2006.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—Nº 74370.—(79122).
A las ocho horas v veinte minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando limitación de Ley 7052, 7208 Sistema Financiero D y con la base de un millón setecientos veinte mil ciento cuatro colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número 063019-001 y 002. Que es terreno: para construir con una casa número 676. Sitio: distrito 01 Limón, cantón 01 Limón de la provincia de Limón. Linderos: norte alameda Mero; sur, INVU; este, INVU, y al oeste INVU. Mide: ciento cincuenta metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-011201-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Marcos Eduardo Herron Forbes y María Elizabeth Jarquín Dávila.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de julio del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—(79672).
A las nueve horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del año en curso, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones ciento treinta y tres mil doscientos diecinueve colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cinco mil ochocientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito sétimo Puente de Piedra, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Isabel Valenciano Carranza; al sur, Rafael Ángel Vargas Sánchez; al este, Zeneida Gómez Umaña, y al oeste, calle pública con seis metros ochenta centímetros. Mide: doscientos catorce metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Álvaro Enrique Calderón Céspedes y María Elena Valenciano Carranza. Expediente Nº 06-001017-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de agosto del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—(79690).
A las catorce horas diez minutos del veinte de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones REF 000000000IDA, con la base de cuatro millones de colones; remataré: Finca inscrita en el Registro Público provincia de Limón, matrícula de Folio Real cuarenta y cuatro mil seiscientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura, lote 36-3-1. Sita en el distrito segundo Sixaola, cantón cuarto Talamanca de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Leopoildo Sosa; al sur, con Jorge Mc Carlly; al este, con calle pública, y al oeste, con Andrés Matute. Mide: doscientos sesenta y tres mil setecientos treinta y dos metros cuadrados, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de ocho millones de colones; remataré: Finca inscrita en el Registro Público provincia de Limón, matrícula de Folio Real ciento diez mil doscientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Sita en el distrito segundo Pacuarito, cantón tercero Siquirres de la provincia de Limón. Linda: al norte; al sur, y al oeste, con Compañía Bananera San Rafael S. A., y al oeste, con calle pública y lotes segregados del 65 al 74. Mide: nueve mil ochocientos ochenta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de ocho millones de colones; remataré: Finca inscrita en el Registro Público provincia de Limón, matrícula de Folio Real ciento diez mil doscientos veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Sita en el distrito segundo Pacuarito, cantón tercero Siquirres de la provincia de Limón. Linda: al norte; al este, con calle pública, y al oeste, con calle pública y lotes segregados del 118 al 127. Mide: nueve mil quinientos sesenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así dentro del proceso hipotecario 06-000992-182-CI (1) de Carlos Emilio Víquez Rodríguez contra Constructora y Urbanizadora Ugalde Garita S. A., y otros.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 25 de julio del 2006.—Lic._ Minor Jiménez Vargas, Juez.—(79692).
A las nueve horas y veinte minutos del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada al tomo 285, asiento 06195 y con la base de tres millones doscientos setenta mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos cuarenta y dos mil quinientos treinta-cero cero cero, que es terreno para construir. Sitio: distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública; sur, lote 9; este, calle pública, y oeste, lote 7. Mide: ciento treinta y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-005012-0170-CA, de Instituto Nacional de Seguros contra Elman Vallejos Vallejos.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(79866).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Luis Thompson Chaves, mayor, agricultor, cédula dos-ciento noventa y dos-novecientos cincuenta y dos, vecino de Vereh de Laurel, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las trece horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil seis, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 03-100358-424-CI-1.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, 15 de agosto del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—1 vez.—Nº 74602.—(79632).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000217-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Roxana Isabel Ortega Gutiérrez, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Santa Rosa de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-dos cinco cinco-tres cinco cuatro, profesión estilista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con Quebrada La Escuela; al sur, con calle pública con un frente a la misma de doce metros con setenta y un centímetros lineales; al este, con Claudia Jaén Jaén y al oeste, con Bernal Ortega Gutiérrez. Mide: doscientos ochenta y tres metros con veintiún decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante escritura pública número treinta y tres-veinticinco, de fecha veintisiete de febrero de dos mil seis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar la propiedad, limpieza, mantenimiento en forma general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Roxana Isabel Ortega Gutiérrez. Exp. Nº 06-000217-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 4 de agosto del año 2006.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Juez.—1 vez.—(78383).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000218-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Randall Rosales Villarreal, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Santa Rosa de Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos treinta y uno-doscientos cincuenta y dos, profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero (Veintisiete de Abril), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de once metros con setenta y dos decímetros cuadrados; al sur, Victoriano Zamora Contreras; al este, Virgilio Villareal Villareal y al oeste, Victoriano Zamora Contreras. Mide: trescientos veintiséis metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seiscientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de escritura pública número cincuenta y uno-veinticinco de fecha quince de marzo del dos mil seis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar la propiedad, limpieza de la misma y mantenimiento en forma general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Randall Rosales Villarreal. Exp. Nº 06-000218-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 9 de agosto del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(78384).
Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Tilarán, cédula jurídica número tres-ciento diez-cuarenta y cinco mil trescientos cuatro, representada por presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, señor Óscar Valerio Vargas, mayor de edad, célibe, sacerdote católico, vecino de Liberia, cédula de identidad numero cuatro-ciento treinta y seis-ochocientos treinta y nueve, estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a nombre de Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Tilarán, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir con un templo católico, situada en Liberia, distrito y cantón primeros, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con calle pública, con un frente de treinta y un metros cincuenta centímetros; sur, con calle pública, con un frente de treinta y tres metros diez centímetros lineales; este, calle pública, con un frente cuatro metros veinte centímetros lineales, y al oeste, con Junta de Educación de Barrio La Cruz. Mide: cuatrocientos dieciocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-un millón novecientos ochenta y tres mil seiscientos noventa y cuatro-dos mil cinco, de fecha veinticinco de enero del año dos mil cinco. Dicha finca la adquirió por medio de posesión decenal. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado hacer valer sus derechos. Exp. Nº 06-100549-0386-CI (569-06-2.) En información posesoria establecida por Temporalidades de la Iglesia Católica Diócesis de Tilarán.—Juzgado Civil de Liberia, 7 de agosto del 2006.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 73940.—(78563).
Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 06-000151-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Perlamar Alta P. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil ciento setenta y nueve, representada por Carlus de Almeida, mayor, soltero, empresario, vecino de Playa Tamarindo, Santa Cruz, casa Delfín, contiguo al Restaurante Iguana Surf, pasaporte número 04DE89303, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos, cultivos, bosques y una casa de habitación. Situada en Buenos Aires, distrito quinto Sámara, cantón segundo Nicoya, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Panamerican Woods Plantations S. A.; sur, calle pública y Antonio Rodríguez Rodríguez, ambos en parte; este, calle pública con un frente de cuatrocientos setenta y cinco metros cinco centímetros lineales; oeste, Ramón Soto Cordero. Mide: doscientos cuarenta y un mil seiscientos veinte metros noventa y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble el veintinueve de agosto de dos mil cinco y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Perlamar Alta P. A. S. A. Exp. Nº 06-000151-0391-AG/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 18 de julio del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 73968.—(78564).
Noemy Viales Viales, mayor, soltera, del hogar, vecina de Liberia, INVU número dos, casa número 119, costarricense, cédula de identidad cinco-cero doscientos dieciséis-cero quinientos treinta y cuatro; estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir, sito en el distrito y cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, con calle pública, con un frente a ella de diez metros con sesenta y dos centímetros lineales y un ancho de vía de treinta metros con tres centímetros (Vértices 1-2); al sur, con Ángel Castro Castro; al este, con William Castro Arrieta; y al oeste; con Damaris Alvarado Rivera. Mide: setecientos ochenta y seis metros con dieciocho decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-quinientos veintiséis mil ochocientos noventa y cinco-ochenta y tres, de fecha veinte de diciembre de mil novecientos ochenta y tres. Dicha finca fue adquirida el día treinta de julio del año dos mil cuatro, por medio de donación que le hiciere el señor Ángel Alberto García González, quien es mayor, soltero, auxiliar de cocina, costarricense, cédula de identidad número dos-cero cuatrocientos dieciséis-cero quinientos veinticuatro, vecino de Liberia, INVU número dos, casa número 119; quien le transmitió la posesión decenal por él ejercida y a quien le liga parentesco con la titulante en el pareja en unión de hecho de la misma. El inmueble fue valorado en la suma de cincuenta mil colones exactos y las diligencias en la suma de cien mil colones exactos. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Exp. N° 04-100700-0386-CI (725-04-3). Información posesoria establecida por Noemy Viales Viales.—Juzgado Civil de Liberia, 13 de marzo del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 73990.—(78565).
Carlos Luis Chavarría Blanco, mayor de edad, casado una vez, operario, vecino de Guayabo de Bagaces, contiguo a la central telefónica, y con cédula de identidad número seis-ciento ochenta y tres-seiscientos noventa y tres; estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir, sito en Guayabo, distrito tercero Mogote, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con servidumbre de paso con un frente a ella de veinticinco metros; al sur, con Johnatan Arias Valenciano; al este, con servidumbre de paso con un frente a ella de veinte metros; y al oeste, con José Alvarado Cruz. Mide: quinientos metros cuadrados, según plano catastrado número G-setecientos veintiséis mil doscientos doce-dos mil uno, de fecha tres de agosto del dos mil uno. Dicha finca la posee por medio de compra venta que le hiciera al señor Francisco Salazar Marchena, quien es mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Guayabo de Bagaces, setenta y cinco metros al sur y trescientos metros al oeste del salón comunal, y con cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y dos-mil trescientos cuarenta y uno, y quien le traspasara la posesión por más de diez años, con quien no le liga parentezco alguno. El inmueble fue valorado en la suma de ochocientos mil colones, y las diligencias en la suma de ochocientos mil colones. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Exp. N° 06-100128-0386-CI (134-06-1). En información posesoria establecida por Carlos Luis Chavarría Blanco.—Juzgado Civil de Liberia, 15 de marzo del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 74003.—(78566).
Carlos Antonio Badilla Picon, mayor de edad, casado una vez, ayudante de cámara en Dos Pinos, vecino de Barrio Nazareth, doscientos metros noreste de la bomba de agua, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta-doscientos setenta y ocho, estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a nombre de Carlos Antonio Badilla Picon, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno con una casa y patio, situada en distrito y cantón primeros, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte y al oeste, con Indalecio Antonio Cruz Espinoza; sur, con calle pública con dieciocho metros con veintisiete centímetros lineales; este, con Verny Alonso Cruz Picon. Mide: quinientos diez metros con veintinueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-novecientos once mil seiscientos noventa y seis-dos mil cuatro, de fecha dos de marzo del año dos mil cuatro. Dicha finca fue adquirida por medio de donación, mediante escritura número ciento treinta y nueve-noventa y dos, de fecha catorce de julio del año dos mil cuatro, que le hiciera su padrastro, señor Indalecio Antonio Cruz Espinoza, quien es mayor, casado dos veces, vecino de Liberia, Barrio Nazareth, doscientos metros noreste de la Bomba de Agua, y con quien le liga grado de parentesco. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Exp. Nº 05-100113-0386-CI (115-05-2). En información posesoria establecida por Carlos Antonio Badilla Picon.—Juzgado Civil de Liberia, 6 de setiembre del 2005.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 74056.—(78567).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000590-0182-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Orlando Serrano Obando, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Tres de Junio de Dota, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0772-0134, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno de bosque, agricultura y ganadería. Situada en el distrito tercero, cantón diecisiete, de la provincia de San José. Colinda: al norte, quebrada en medio y Manuel Díaz Cortés y camino público; al sur, Humberto Gamboa Barrantes; al este, Don Eddy S. A.; y al oeste, Humberto Gamboa Barrantes. Mide: diez hectáreas seis mil ochocientos setenta y tres metros con cuarenta y siete centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble hace más de veintitrés años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de moras y otros productos, manutención de vacas, y protección del bosque. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jorge Orlando Serrano Obando. Exp. Nº 05-000590-0182-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de julio del 2006.—Lic. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—Nº 74057.—(78568).
Aracelly Madrigal Solís, mayor, casada una vez, empleada doméstica, vecina de Guápiles, cédula siete-cero noventa-seiscientos noventa y cuatro (7-090-694), promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que se describe así: naturaleza terreno para construir con una casa de madera en mal estado, que está situada en La Trocha, distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, provincia de Limón, que colinda al norte, José Francisco Sánchez Chaves; sur, Carlos Murillo Arrieta; este, Ana Ellieth Cascante Pearson y al oeste, calle pública con veintiséis metros noventa y ocho centímetros lineales. Plano L-267573-95. Mide: quinientos cincuenta y nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de ciento cincuenta mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Información posesoria Nº 06-100298-0468-CI, titulante: Aracelly Madrigal Solís.—Juzgado Civil y de Trabajo, Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 25 de julio del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 74060.—(78569).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº 05-000613-0296-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Anita Ramírez Cambronero, quien es mayor, casada una vez, vecina de Palmitos de Naranjo, cédula de identidad número 2-350-049, de oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa, frutales, patio y jardín, situada en el distrito sétimo, San Isidro, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Luis Sancho Rojas; al sur, servidumbre de paso en medio de Óscar Ramírez Cambronero, con un frente a la misma de treinta y cuatro metros y setenta y cuatro centímetros; al este, quebrada San Isidro, y al oeste, Melesio Chaves Chaves. Mide: mil seiscientos veintinueve metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra desde el quince de julio de dos mil cinco y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiado del inmueble, mantenimiento de cercas, cultivo de frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Anita Ramírez Cambronero. Expediente Nº 05-000613-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 25 de julio del 2006.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—1 vez.—(78888).
Asociación de Desarrollo Integral de Cirrí de Naranjo, inscrita al tomo 5, folio 1052, asiento 2666, representada por Guillermo Arrieta Morera, cédula 2-236-795, establece diligencias de información posesoria para que se inscriba a nombre de su representada, en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno con una plaza de deportes, salón comunal, un rancho y zona verde, situado en distrito cuarto del cantón sexto de la provincia de Alajuela. Mide: siete mil ochocientos ochenta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Linda: norte, Adelia Arrieta Vargas; sur, Margarita Salazar Alvarado; este, calle pública con un frente de setenta y ocho metros y ochenta y siete centímetros, oeste, Margarita Salazar Alvarado y Adelia Arrieta Vargas, según plano catastrado Nº A-519214-98, del veintinueve de setiembre de mil novecientos noventa y ocho y se estimó el bien en la suma de quinientos mil colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 06-100293-295-CI promovidas por Asociación de Desarrollo Integral de Cirrí de Naranjo, Alajuela.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 8 de agosto de 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—(78889).
Alexis González Quirós, cédula jurídica número dos-cuatro dos dos-cinco nueve cero, establece diligencias de información posesoria para que se inscriba a nombre de su representada, en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir, situado en San Juan de Naranjo, distrito sexto, del cantón sexto de la provincia de Alajuela. Colinda actualmente: al norte, Héctor Porras Quirós; sur, Víctor Julio Porras Zúñiga; este, calle pública, con un frente de diez metros con cincuenta y nueve centímetros y al oeste, Elí Porras Quirós. Mide: trescientos cincuenta y cinco metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº A-seis ocho cuatro dos seis tres-mil novecientos ochenta y siete. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en Información Posesoria Nº 06-100388-0295-CI, promovidas por Alexis González Quirós.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 17 de agosto del 2006.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(79151).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 2006-001141-180-CI de Sandra Arceyuth Méndez, quien fue mayor, casada, oficinista, vecina de La Uruca, cédula 1-613-836, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Juez.—1 vez.—(78374).
Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Isaac Bermúdez Jiménez, cédula 3-110-8362, quien falleció el 31 de marzo del 2000. Se cita a la Procuraduría General de la República, herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Los interesados pueden apersonarse a la oficina del notario Johnny Pérez Vargas, situada en Tres Ríos del Servicentro Tinoco 100 oeste y 225 norte, fax 279-5175.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 73954.—(78572).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Cristina Bonilla Alfaro, quien fue mayor de edad, casada una vez, del hogar, vecina de Grecia, cédula dos-ciento cincuenta y siete-ochocientos veintitrés, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente N° 06-100367-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 29 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 73973.—(78573).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados a la sucesión de quien en vida se llamó Deyda María Fajardo Cubillo, casada una vez, profesora, cédula 5-115-183, vecina de Nicoya, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Exp. Nº 06-100229-390-CI.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Nicoya, 16 de agosto del 2006.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 73992.—(78574).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Georgina González Gamboa, quien fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de La Colonia, San Rafael de Guápiles, cédula tres-ciento treinta y dos-trescientos noventa y seis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 06-100218-0468-CI, causante Georgina González Gamboa.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de agosto del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 74061.—(78575).
Se cita a todos los interesados, herederos, legatarios o acreedores, en el proceso sucesorio extrajudicial conjunto de Francisco Alfaro Rojas y Zeidi Umaña Solano, también conocida como Saidy, Seidy y Zaidy, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante la notaría pública del Licenciado Juan José Echeverría Alfaro, ubicada en Barrio Dent, de la Librería Internacional cien oeste y ciento cincuenta al norte, instalaciones de Interlex-Bufete Echeverría, para que hagan valer sus derechos y señalen medio para recibir notificaciones. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—San Pedro de Montes de Oca, 28 de agosto del 2006.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 74071.—(78576).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafael Evelino González Murillo, agricultor, cédula número 2-126-664, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente N° 06-100298-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 1º de agosto del 2006.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 74077.—(78577).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Manuel Ramos Ramos, quien en vida fue mayor, casado, comerciante, portador de la cédula de identidad número ocho-cero cero uno-seis seis cuatro, vecino de San Rafael de Escazú, detrás del Restaurante Los Anonos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Licenciado Manuel Emilio Montero Anderson, situada en calles 21 y 25, avenida 6º, Consortium Laclé & Gutiérrez, a hacer valer sus derechos y se aperciben los que crean tener calidad de herederos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor derecho. Expediente Nº 01-2006-MEMA.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 74092.—(78578).
Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Eva Erlinda Díaz Salas, quien fue mayor, divorciada, oficios domésticos, vecina de San José, Barrio México, cédula 9-056-810. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 06-000692-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 74103.—(78579).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sabas Tomás Gutiérrez Álvarez, mayor, soltero, pensionado, vecino de Las Delicias, Veintisiete de Abril, Guanacaste, con cédula de identidad 5-043-071, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente año 2006 número 0001. Notario Roberto Montealegre Quijano, con oficina en San José, frente a la boletería del Cine Variedades, calle 5, avenidas 0 y 1.—San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Roberto Montealegre Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 74112.—(78580).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Digna Marlene Alfaro Torres, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Anita Grande de Jiménez, cédula siete-cero setenta y cinco-trescientos cuarenta y seis (7-075-346), para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 06-100204-0468-CI, causante: Digna Marlene Alfaro Torres.—Juzgado Civil y de Trabajo, Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 10 de mayo del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(78931).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Morales López, quien en vida fue mayor, casado una vez, maestro, cédula de identidad número uno-cuatrocientos treinta y ocho-cero cuarenta y siete, vecino de Puntarenas San Vito de Coto Brus, Agua Caliente de Pittier; de la escuela trescientos metros al oeste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Manuel Giménez Costillo, Expediente Nº 01-2006.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—Nº 74293.—(79136).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien fuera, Dora Vega Román, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Chacarita Puntarenas, cédula número seis-ciento dos-doscientos noventa y cinco, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio N° 06-100560-642-CI-2.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 74312.—(79137).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marcial Barrantes Espinoza, quien fuera viudo una vez, agricultor, cédula dos-doscientos trece-novecientos noventa y cuatro, vecino de Santiago de San Ramón, cuatrocientos metros noroeste y cien metros norte de la entrada a Santiago, para que dentro del término de treinta días hábiles a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien legítimamente corresponda. Expediente Nº 0001-2006.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 74327.—(79138).
Expediente número cero cuatro-dos mil seis, se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en el Proceso Sucesorio Notarial de quien en vida fuera José Luis Fallas Ureña, de nacionalidad costarricense, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número uno-trescientos veintiocho-cuatrocientos cuarenta y nueve, vecino de San Pedro de Montes de Oca, de la Biblioteca Carlos Monge Alfaro trescientos metros este, y setenta y cinco al norte, quien falleció el veintiocho de julio del dos mil seis, de sesenta y un años de edad, hijo de Francisco Fallas Calderón y Carlota Ureña Arias, por tal motivo la suscrita Zianny María Ugarte Ulate, abogada y notaria pública emplazo desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Judicial y por un plazo de treinta días naturales a todos los interesados de quien en vida fuera, José Luis Fallas Ureña. Para que se apersonen en mi notaría sita en Sabanilla de Montes de Oca, carretera a Sabanilla, de la entrada principal a las Instalaciones Deportivas de la Universidad de Costa Rica, ciento cincuenta metros al este y cien metros al sur, frente a residencias Don Carlos, casa blanca a mano derecha; a hacer valer sus derechos, presentando para ello todos los documentos que los acrediten como legitimados y los escritos respectivos en papel de seguridad notarial. Se les avisa que una vez pasado el plazo dicho, se protocolizaran los acuerdos ya tomados por los herederos del causante, señor José Luis Fallas Ureña. Es todo, se extiende en Sabanilla de Montes de Oca, al ser las nueve horas del 28 de agosto del 2006.—Lic. Zianny María Ugarte Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 74344.—(79139).
Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue, Flor Fallas Araya, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Flor Fallas Araya, mayor, soltera, con cédula número seis-cero ochenta y nueve-quinientos treinta y tres, vecina de San Ramón de Río Claro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener mejor calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-000256-419-AG (319-2-02). Proceso Sucesorio. Albacea: Edgar Carranza Azofeifa. P., Mora Carranza Marvin Alberto. Notifíquese.—Juzgado Agrario de Corredores.—Lic. Edgar Calvo Solano, Juez.—1 vez.—Nº 74350.—(79140).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el Proceso Sucesorio de Marco Aurelio Villalobos Rodríguez, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número 4-0078-0006. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000795-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Víctor Manuel Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 74368.—(79141).
Con treinta días de plazo, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó, Napoleón Hernández Riva, mayor, casado una vez, taxista, vecino de Zapote, cédula número 1-361-219, a efecto de que se apersonen al proceso en defensa de sus intereses, en el entendido de que en caso de no verificarlo, se otorgarán los derechos de herencia a quien o quienes mejor demuestren poseerlos. Asimismo, se les previene acerca del señalamiento de lugar conocido en el perímetro judicial de San José, y un medio (que puede estar instalado en cualquier punto del territorio nacional), donde atiendan sus notificaciones posteriores, en el entendido de que mientras no lo hagan, o bien si el lugar señalado no existiera o si existiendo permanezca cerrado, la dirección indicada sea incierta o imprecisa o bien que el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, el plazo para interponer el o los recursos que quepan contra las resoluciones dictadas empezará a correr a partir de la fecha en que exprese el acta del notificador, en la que da cuenta de esa situación (Interpretación Auténtica de la Asamblea Legislativa por Ley Nº 8125 al Artículo N° 185 del Código Procesal Civil, 12 de la Ley de Notificaciones, publicada en La Gaceta número 167 del 31 de agosto del 2001. Expediente Nº 06-001027-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de julio del 2006.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—1 vez.—Nº 74414.—(79142).
Se avisa que ante este Despacho notarial se tramita la sucesión de quien en vida fuera, Buenaventura Marchena Marchena, mayor, casada una vez, administradora del hogar, vecina de La Delicia de Río Claro de Golfito, Puntarenas, portadora de la cédula de identidad número 5-048-111, gestionado por la señora María Isabel Pérez Marchena, mayor, casada una vez, administradora del hogar, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento diez-trescientos cuarenta y cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días concurran a hacer valer sus derechos, indicándolo al Bufete Muñoz y Asociados, Barrio Naciones Unidas; 125 metros al sur del Colegio Seminario. El plazo comenzará a correr desde la fecha de publicación.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74424.—(79143).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Augusto Eduardo Castro Barquero, quien en vida fue mayor, soltero, comerciante, vecino de San José, Sabana Oeste, de la Pops seiscientos metros al oeste, trescientos metros al sur, sobre carretera de circunvalación y portador de la cédula de identidad número 1-550-280, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derecho, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000598-0185-CI. Proceso Sucesorio de Augusto Eduardo Castro Barquero.—Juzgado Sexto Civil de San José, 30 de mayo del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—Nº 74456.—(79144).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Victorino Francisco Solís Piedra quien fue mayor, viudo una vez, maestro de obras, portador de la cédula de identidad número uno-cero ciento sesenta y dos-cero cero treinta y cuatro, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados, Urbanización Leo, casa Nº 32-b para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda, expediente Nº 06-100130-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 11 de julio del 2006.—Lic. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(79147).
Se hace saber, que en este Despacho C.R. Forestales S. A., representada por Marcelo Rodríguez González, cédula jurídica número 3-101-081372, domiciliada en San José, la Uruca, ha promovido diligencias a fin de que se le reponga la cédula hipotecaria en favor de ella misma y que se encuentra inscrita en el Registro Público bajo el Tomo: 452 Asiento: 1116. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en Diligencias de Reposición de Título. Expediente Nº 06-000655-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(78640).
3. v 1 alt.
PRIMERA PUBLICACIÓN
Se le previene al dueño desconocido del bote tipo zodiack, de tres metros de largo aproximadamente, color gris claro con negro, marca XM doscientos sesenta, un motor con su propela marca Tohatsu que está trabado por corrosión, serie número cero uno siete siete tres cuatro XE, modelo M tres-cinco B dos-tres FO potencia tres punto cinco HIP, color gris oscuro y dos remos de aluminio, que cuenta con el término de un año, contado a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se apersone a este Juzgado dentro del término dicho, haciendo el reclamo correspondiente o las pruebas del caso, apercibido de que si no lo hace, el bien lo perderá, Artículo N° 501 del Código Civil. Diligencias de hallazgo. Expediente Nº 06-100273-0681-CI, número interno 0281-06-1 Gestiona Servicio Nacional de Guardacostas, Ministerio de Seguridad Pública.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, Guápiles, 1º de agosto del 2006.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—(79152).
PUBLICACIÓN de una vez
Lic. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza del Juzgado de Familia de Santa Cruz; hace saber a Leonel Guillermo Tamayo Miranda, que en este Despacho, se interpuso un proceso separación judicial en su contra, bajo el expediente número 05-000253-0776-FA donde se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Santa Cruz. A las doce horas y cinco minutos del siete de febrero de dos mil seis.... De la anterior demanda de separación judicial establecida por el accionante Julia Mónica Castelli Gair se confiere traslado al accionado Leonel Guillermo Tamayo Miranda por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. De previo a nombrar curador para que represente al demandado por encontrarse ausente, artículo 262 del Código Procesal Civil, se previene a la parte actora presentar dentro del plazo de cinco días certificación de Registro Público, Sección Personas en la que se indique si el señor Leonel Guillermo Tamayo Miranda a dejado apoderado que lo represente. Asimismo, deberá aportar la accionante certificación de la Dirección General de Migración y Extranjería en la que se desglose las salidas y entradas al país del accionado Tamayo Miranda. Notifíquese. Lic. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso separación judicial de Julia Mónica Castelli Gair contra Leonel Guillermo Tamayo Miranda. Exp. Nº 05-000253-0776-FA.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 27 de julio del 2006.—Lic. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Nº 73956.—(78582).
A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Finca Asunción S. A. contra Caja Costarricense de Seguro Social. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad del aviso de cobro N° 150320050615984838 así como el acto que agota la vía administrativa, oficio DRSHA758-2006 dictado por el Director Regional de Sucursales Región Huetar Atlántica de la CCSS. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 06-000636-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 27 de julio del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—Nº 74080.—(78583).
A quien interese, se hace saber, que Café Capris Sociedad Anónima ha interpuesto en este Despacho Proceso Especial Tributario contra El Estado. La actora impugna: Resolución DT-04-R-00061-6 de las doce horas del veintiuno de marzo del dos mil seis de la Administración Tributaria de Heredia. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000170-0161-CA. Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Primera del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de julio del 2006.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez.—1 vez.—(78648).
A quien interese, se hace saber que El Arreo S. A., ha interpuesto en este Despacho Proceso Especial Tributario contra El Estado. La actora impugna: La Resolución número TFA-152-2006 dictada a las diez horas, treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil seis y resolución número TFA 2005-2006, dictada a las ocho horas treinta minutos del seis de junio del dos mil seis, ambas dictadas por la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000223-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera del Segundo Circuito Judicial San José, Goicoechea, 28 de julio del 2006.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo Juez.—1 vez.—(78656).
A quien interese, se hace saber: que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Junta de Protección Social de San José contra Asociación Desarrollo Social y Familiar La Casita. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare. Se ordene a la Asociación Desarrollo Social y Familiar La Casita, que reintegre a la Junta de Protección Social de San José la suma de cuatro millones cuatrocientos ochenta y nueve mil ciento cuatro colones con veintiocho céntimos, que les fueron donados en los años 1988, 1989, 1990 y 1993 según consta en el acta de Junta Directiva número 30-88, 26-89, 15-90 y 13-93, así como la suma de nueve millones doscientos ochenta mil colones ochocientos noventa y cinco colones con setenta y dos céntimos, correspondientes a los intereses que el monto principal ha generado. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000617-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 18 de julio del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 8021-Junta de Protección Social de San José).—C-9920.—(78912).
El Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber a Inversiones Zapotillo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil doscientos tres, representada por Benjamín Franklin González Alfaro con cédula de identidad número cuatro-cero noventa y ocho-novecientos veintinueve, que en este Despacho se tramita el Proceso Ejecutivo Hipotecario bajo el expediente número 06-000147-181-CI-6, promovido por La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo, en el cual se dictaron las resoluciones que literalmente dicen así: Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, a las quince horas del veintidós de marzo del dos mil seis. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria en contra de Ana Lorena Morales García, a quien se le previene que debe señalar lugar dentro del perímetro judicial de esta cuidad o medio empleado donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso, o incierto, o no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas igualmente si el medio escogido imposibilitare la notificación por causa ajena al despacho. Con la base de un millón ochocientos mil colones y libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil seiscientos doce-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo del año dos mil seis. Publíquese el edicto de ley. De la liquidación de intereses presentada, se confiere audiencia a las partes por el plazo de tres días. Notifíquesele esta resolución personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación a la demandada, para lo cual se comisiona a la Delegación de la Fuerza Pública de San Miguel de Desamparados. Previo a notificar la presente resolución a Inversiones Zapotillo S. A., en su condición de tercer poseedor, deberá la parte actora aportar Certificación de Personería Jurídica de dicha sociedad así como la dirección donde realizar tal diligencia, Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza Tramitadora. Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, a las once horas del catorce de agosto del año dos mil seis. Por contrario imperio, se anula la resolución de las quince horas del dieciocho de julio del año en curso, que consta a folio N° 39 y en su lugar, se resuelve: Conforme lo solicita la apoderada de la parte actora con la base de un millón ochocientos mil colones y libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil seiscientos doce-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del año en curso. Publíquese el edicto de ley. En vista de que la anotante de la demanda ordinaria anotada al tomo N° 553, asiento N° 00771 es la misma demandada, se omite notificarle del presente proceso. De conformidad con lo que dispone el Artículo N° 665 del Código Procesal Civil, notifíquese por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, la presente resolución así como la de las quince horas del veintidós de marzo del año en curso a Inversiones Zapotillo Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil doscientos tres, representada por Benjamín Franklin González Alfaro.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 74375.—(79145).
José Joaquín Murillo Montero, notificador del Juzgado de Familia de Grecia, al señor Robson Pinto Dos Santos, hace saber, que en proceso abreviado de divorcio Nº 05-400410-687-FA, promovidas por Denia Salas Segura contra Robson Pinto Dos Santos, se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Grecia, a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil sis. De la anterior demanda se confiere traslado en vía abreviada de divorcio, a Robson Pinto Dos Santos, a quien se emplaza para que la conteste dentro del plazo de diez días, apercibido de que si no lo hiciere en tiempo y forma se tendrá por contestada la demanda afirmativamente en cuanto a los hechos que le sirven de fundamento, con respecto de los cuales contestará uno por uno y manifestará en forma categórica si los rechaza por inexactos, o si los admite con variantes o rectificaciones, o si los reconoce como ciertos y en caso de que no se conforme con lo que se pide en la demanda, expondrá con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye, con indicación en su caso del nombre y datos generales de los testigos. Téngase como parte en este proceso al Patronato Nacional de la Infancia, y se les previene al Patronato Nacional de la Infancia, y al demandado que en el acto de ser notificados o separadamente por escrito deben señalar casa u oficina dentro! del perímetro judicial de esta ciudad, donde atender notificaciones, futuras, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Para notificar al demandado Robson Pinto Dos Santos, por medio del curador procesal señor Juan José Alvarado Quirós y por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. José Joaquín Murillo Montero, Juez.—1 vez.—Nº 74420.—(79146).
A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Salsa Cincuenta y Cuatro S. A., contra la Municipalidad de San José. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: La ilegalidad del actuar de la Municipalidad de San José al no aceptar el Formulario de Declaración Jurada de Patente que establece el Capítulo V del Reglamento a la Ley de Traspaso de Patentes presentados por Las Gemelas Sociedad Anónima, quien es la sociedad arrendataria y declarante a su vez en la Tributación Directa del Impuesto sobre la Renta. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 06-000488-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo, Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de julio del 2006.—Firma ilegible.—1 vez.—(79206).
Se avisa que en este despacho la señora Dominga Maritza Padilla García, solicita se apruebe la solicitud de adopción individual de la persona menor Ángel Moisés Leitón Arauz. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicaran las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 05-400919-637-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 11 de octubre del 2006.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(79371).
Se hace saber que en este Despacho se encuentra el Proceso Nº 03-000399-072-PE, (656-06), en perjuicio de Lino Buoso, se le solicita la publicación por una única vez en el Boletín Judicial del edicto al representante de la empresa “Bienes Muebles Inmuebles Buosos Sociedad Anónima” o a quién interese, de apersonarse al Juzgado Penal de Aguirre y Parrita a hacer valer sus derechos del vehículo marca Chevrotet Blazer, color negro con café, número de motor no visible, chasis Nº 1CNCS18R3H8209186, placas de circulación N° 223630, a quién se le concede el plazo de tres meses a partir de la fecha de publicación bajo apercibimiento de que una vez vencido el término estipulado sin que la comunicada comparezca se ordenará el comiso del vehículo a favor del Estado “03-000399-072-PE-(656-06).—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, 15 de agosto del 2006.—Lic. Daniel Ruiz Chavarría, Juez.—1 vez.—(79153).
Al señor, Jeison Bennet Maxwell, portador de la cédula de identidad N° 7-130-284 en su condición de propietario Registral del Vehículo marca Hyundai, estilo Elantra, chasis número: KMHJF21JPNU211908, motor número: G4DJN404685, placas N° 472304, de domicilio desconocido y paradero ignorado, que en Proceso Penal número Nº 04-600138-498-TC-4, en contra de Bennett Maxwell Arseke, en perjuicio de Jaime Acosta Acosta, por el ilícito de lesiones culposas, se le tiene como demandado civil solidario, se ordena comunicarle por este medio de conformidad con el Artículo N° 192 del Código Procesal Penal. Lo anterior por requerirse en la causa penal número Nº 04-600138-498-TC-4, en contra de Bennett Maxwell Arseke, en perjuicio de Jaime Acosta Acosta, por el ilícito de lesiones culposas.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de agosto del 2006.—Lic. Huberth Solís Araya, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(79154).