Boletín
Nº 173
DIRECCIÓN
EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el Artículo N° 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Sesión del
15 de febrero del 2006, Artículo I, y el Acuerdo del Consejo Superior de Sesión
del 21 de febrero del 2006, Artículo XLIX, se hace del conocimiento de las
instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a
la destrucción de boletas de tránsito del periodo 1990-2003, expedientes de
faltas y contravenciones de 1990 al 2000, expedientes de tránsito de 1990 a
1995, expedientes de violencia doméstica de 1996 al 2001 y expedientes civiles
(procesos ejecutivos, monitorios, hipotecarios y prendarios de 1990 a 1995) del
Juzgado Contravencional de Sarapiquí. Los expedientes se encuentran remesados
en ese Juzgado.
Remesa: G 13 H 90
Boletas: 303
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 91
Boletas: 68
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 92
Boletas: 24
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 93
Boletas: 597
Paquetes: 2 paquetes
Año: 1993
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 94
Boletas: 1.025
Paquetes: 4
Año: 1994
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 10 H 95
Boletas: 1.266
Paquetes: 5 paquetes
Año: 1995
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 10 H 96
Boletas: 1.328
Paquetes: 5
Año: 1996
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 11 H 97
Boletas: 1.156
Paquetes: 4
Año: 1997
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 7 H 98
Boletas: 1.656
Paquetes: 6
Año: 1998
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 5 H 99
Boletas: 3.414
Paquetes: 12
Año: 1999
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 00
Boletas: 3.628
Paquetes: 12
Año: 2000
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 01
Boletas: 7.130
Paquetes: 24
Año: 2001
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 02
Boletas: 6.407
Paquetes: 22
Año: 2002
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 1 H 03
Boletas: 5.356
Paquetes: 18
Año: 2003
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
Remesa: G 5 H 90
Expedientes: 207
Paquetes: 6
Año: 1990
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 3 H 91
Expedientes: 268
Paquetes: 3
Año: 1991
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 3 H 92
Expedientes: 335
Paquetes: 4
Año: 1992
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 5 H 93
Expedientes: 231
Paquetes: 3
Año: 1993
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 5 H 94
Expedientes: 318
Paquetes: 4
Año: 1994
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 4 H 95
Expedientes: 392
Paquetes: 4
Año: 1995
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 4 H 96
Expedientes: 301
Paquetes: 3
Año: 1996
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 5 H 97
Expedientes: 356
Paquetes: 4
Año: 1997
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 1 H 98
Expedientes: 274
Paquetes: 4
Año: 1998
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 6 H 99
Expedientes: 430
Paquetes: 6
Año: 1999
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 2 H 00
Expedientes: 296
Paquetes: 6
Año: 2000
Asunto: Faltas y Contravenciones
Remesa: G 6 H 90
Expedientes: 44
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 4 H 91
Expedientes: 46
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 4 H 92
Expedientes: 44
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 6 H 93
Expedientes: 140
Paquetes: 4
Año: 1993
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 6 H 94
Expedientes: 202
Paquetes: 4
Año: 1994
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 5 H 95
Expedientes: 229
Paquetes: 4
Año: 1995
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: V 2 H 96
Expedientes: 37
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 H 97
Expedientes: 66
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 1 H 98
Expedientes: 201
Paquetes: 2
Año: 1998
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 4 H 99
Expedientes: 258
Paquetes: 4
Año: 1999
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 H 00
Expedientes: 262
Paquetes: 4
Año: 2000
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 H 01
Expedientes: 331
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
Remesa: C 23 H 90
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 1990
Asuntos: Expedientes Civiles (1 Monitorio y
8 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 25 H 91
Expedientes: 29
Paquetes: 1 paquete
Año: 1991
Asuntos: Expedientes Civiles (3
Hipotecarios, 26 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 23 H 92
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 1992
Asuntos: Expedientes Civiles (2 Hipotecarios
y 4 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 22 H 93
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 1993
Asuntos: Expedientes Civiles (1 Monitorio, 1
Hipotecario y 9 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 22 H 94
Expedientes: 24
Paquetes: 1
Año: 1994
Asuntos: Expedientes Civiles (1 Prendario, 1
Hipotecario, 2 Monitorios y 20 Ejecutivos Simples)
Remesa: C 22 H 95
Expedientes: 39
Paquetes: 1
Año: 1995
Asuntos: Expedientes Civiles (2 Monitorios,
3 Prendarios, 4 Hipotecarios y 30 Ejecutivos Simples)
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 25 de agosto
del 2006.
Alfredo Jones
León
(79200) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo N° 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Sesión de 22 de noviembre de 2005, Artículo VIII, y el Acuerdo del Consejo Superior de sesión de 6 de diciembre del 2005, artículo N° XXXVI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de cheques con depósitos cancelados del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Turrialba. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.
Remesa: 19797
Cheques: 183
Paquetes: 1
Año: 1975
Asunto: Cheques con depósitos cancelados. Boleta
con 4 copias, confeccionada por el Banco cada vez que realiza un pago para un
determinado proceso.
Remesa: 19798
Cheques: 2451
Paquetes: 2
Año: 1976
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19799
Cheques: 341
Paquetes: 1
Año: 1977
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19812
Cheques: 2750
Paquetes: 3
Año: 1978
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19813
Cheques: 2799
Paquetes: 3
Año: 1979
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19814
Cheques: 2840
Paquetes: 3
Año: 1980
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19815
Cheques: 1194
Paquetes: 2
Año: 1981
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19816
Cheques: 3770
Paquetes: 4
Año: 1982
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19817
Cheques: 3103
Paquetes: 3
Año: 1983
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19818
Cheques: 3472
Paquetes: 2
Año: 1984
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19819
Cheques: 3847
Paquetes: 3
Año: 1985
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19820
Cheques: 5494
Paquetes: 7
Año: 1986
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19821
Cheques: 4093
Paquetes: 6
Año: 1987
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19822
Cheques: 5783
Paquetes: 4
Año: 1988
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: 19823
Cheques: 5027
Paquetes: 8
Año: 1989
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Remesa: A 2 C 90
Cheques: 4009
Paquetes: 6
Año: 1990
Asunto: Cheques con depósitos cancelados.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 28 de agosto
del 2006
Alfredo Jones
León
(79202) Director
Ejecutivo
ASUNTO: Concedido a los servidores judiciales del
cantón de San Mateo de la provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas
judiciales del cantón de San Mateo de la provincia de Alajuela, permanecerán
cerradas durante el veintidós de setiembre del dos mil seis, con las salvedades
de costumbre, por motivo de la celebración de los Festejos Cívicos Patronales
del cantón de San Mateo.
San José, 24 de agosto
del 2006.
Luis
Barahona Cortés,
(79203). Subdirector
Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Cobro Administrativo.—San José, a las nueve horas cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil seis.
No habiendo sido posible localizar a Ronald Araya Vargas, cédula 06-256-362 y en virtud de seguirse causa administrativa por daños ocasionados al vehículo oficial placas 428112, notifíquese por medio de Edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: “N° Se concede audiencia N° 618-06 Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Trámite de Cobro Administrativo. San José, a las diez horas diez minutos del trece de marzo del dos mil seis. Procedimiento de Cobro Administrativo, seguido por daños al vehículo propiedad del Poder Judicial placa 428112, año 2001, marca Mitsubishi. Antecedentes: 1) En Expediente Administrativo Nº 188-V-05(B), que se sigue en esta sede por los daños ocasionados al vehículo propiedad del Poder Judicial placa 428112, se ha incorporado sentencia dictada, bajo la Sumaria N° 05-600530-742-TC por el Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las quince horas del doce de agosto del dos mil cinco, en la que se declaró a Ronald Araya Vargas, autor responsable de la colisión acaecida el 1º de julio del 2005 mientras conducía el vehículo placas 511368 (folios 24 y 25). 2) Asimismo, consta en autos que como producto de la colisión en que resultara responsable el señor Araya Vargas, se ocasionó daños al vehículo propiedad del Poder Judicial placas 428112, cuyo costo total de reparación ascendió a la suma de novecientos noventa y cinco mil doscientos ocho colones sin céntimos (¢995.208,00) (folio 22). Audiencia: 1) Se hace del conocimiento del señor Ronald Araya Vargas que de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley de Tránsito por vías Públicas Terrestres y 1045 del Código Civil, esta Dirección Ejecutiva preparará y remitirá las diligencias correspondientes a la Procuraduría General de la República para que en defensa de los intereses del Poder Judicial, ejecute la sentencia judicial condenatoria y recupere la suma erogada en la reparación del vehículo oficial placas 428112. 2) De previo a la remisión de diligencias referidas, se otorga al señor Araya Vargas la posibilidad de cancelar o proponer un arreglo de pago ante esta Administración para cubrir el monto de reparación erogada, para lo cual se le concede un plazo de diez días hábiles una vez notificada la presente resolución y se hace de su conocimiento que el número de cuenta judicial para estos efectos es la N° 20192-08 del Banco de Costa Rica denominada “Contaduría Judicial”. Para comprobar el pago realizado y podrá hacer entrega de copia del depósito original en esta Dirección o remisión al fax N° 233-8438 dentro de tercer día de efectuado el depósito. 3) Esta resolución se notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública. Se previene al señor Ronald Araya Vargas que debe señalar, en el término de tres días hábiles, lugar dentro del perímetro judicial del Primer Circuito Judicial de San José para atender notificaciones, número de fax o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación. En caso de no cumplir con esta prevención y en virtud de que la Ley General de la Administración Pública, no contiene norma que regule el no señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación de la facultad que confiere el artículo 229, inciso 2° de la misma ley, respecto de la aplicación supletoria de otras fuentes del ordenamiento jurídico, así como el principio que establece que la ley especial prevalece sobre la general, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales en concordancia con el artículo 6 de la misma ley. Queda a su disposición el Expediente Administrativo N° 188-V-05(B)/ ap / Notifíquese / Alfredo Jones León, Director Ejecutivo. Si desea presentar un escrito con ocasión de esta resolución favor indicar el siguiente número de expediente Nº 188-V-05(B). Artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública.
San José, 25 de agosto del 2006
Alfredo Jones León
(79201) Director ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 758-03 promovida
por Edgar Vinicio Cascante Zúñiga en contra de los Incisos a) y c) del artículo
3, artículos 5, 6, 18 y 20 de la Ley número 7106 y artículos 1 incisos b) y c),
12, 22 inciso b) y artículo 30 del Decreto Ejecutivo número 19026-P del 30 de
mayo de 1989, se ha dictado el voto número 6733-06 de las catorce horas
cuarenta y ocho minutos del diecisiete de mayo del dos mil seis, que en lo que
interesa dice:
“Se declara con lugar
la acción. En consecuencia, se anulan el artículo 3°, incisos a) y c), la
palabra “activo” contenido en el artículo 5°, el artículo 6, la palabra
“activo” contenida en el párrafo primero del artículo 18, la palabra “activos”
contenida en el párrafo primero del artículo 20, todos de la Ley Nº 7106.
También resultan inconstitucionales los incisos b) y c) del artículo 1°, el
artículo 12, el artículo 22 inciso b), la palabra “activo” contenida en el
párrafo primero del artículo 30 y el párrafo segundo completo del artículo 30
todos del Decreto Ejecutivo Nº 19026-P del 30 de mayo de 1989. De conformidad
con el artículo 89 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, por conexidad y consecuencia se anulan el párrafo segundo
inciso a) y el párrafo tercero inciso c) del artículo 3 de la Ley Nº 7106, la
palabra “activo” y/o “activos” contenidas en los incisos e), f) y g) del
artículo 1° y el inciso d) del artículo 22, del Decreto Ejecutivo Nº 19026 del
30 de mayo de 1989. Esta sentencia tiene efectos declarativos retroactivos a la
fecha de vigencia de las normas afectadas, sin perjuicio de derechos adquiridos
de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín
Judicial. Notifíquese”.
Se hace saber que de
conformidad con lo establecido en el artículo 88, párrafo segundo de la Ley de
la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí
anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 17 de mayo
del 2006.
Gerardo Madriz Piedra
(78621) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 4344-05 promovida por la Municipalidad de Alajuela en contra del inciso g) de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y artículo 41 del Reglamento de Crédito y Asistencia Técnica a las municipalidades promulgado por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, se ha dictado el voto número 5606-06 de las quince horas veintiún minutos del veintiséis de abril del dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin lugar la acción, con la interpretación conforme que se hace en el considerando final que se refiera a que en caso de asumir el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados la administración del acueducto en poder de la Municipalidad, por deficiencia en el servicio, deberá hacerse cargo de los activos y pasivos que conlleva la administración del mismo, lo que implica asumir las obligaciones financieras pendientes, adquiridas por esta e invertidas en aquél. Se rechaza por ser materia de legalidad, el argumento que reclama que el artículo 41 extiende, por vía reglamentaria, su competencia para relevar a las Municipalidades en la administración de los acueductos más allá de los límites impuestos por el legislador y que le da la posibilidad de sancionar el incumplimiento de obligaciones financieras, equiparándola con las que la Ley le otorga frente a la deficiente prestación del servicio, así como el argumento sobre la inconstitucionalidad del artículo 41 impugnado por oponerse al contenido de la Ley número 7296, que aprobó el Contrato de Préstamo entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. Notifíquese”.
San José, 26 de abril del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78622) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 9633-03 promovida por Federico Malavassi Calvo en contra de la Convención Colectiva de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros, se ha dictado el voto número 7261-06 de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de mayo del dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia se anulan los artículos 27 inciso i), 44 en su párrafo final que dice: “En casos muy especiales, a juicio de la Gerencia, la beca comprenderá la asignación de subvenciones a los padres o hermanos del beneficiario que dependen económicamente de él, de manera única y exclusiva, si los hubiere”. 134 y 137 de la Convención Colectiva de Trabajo del Instituto Nacional de Seguros. El artículo 26 no es inconstitucional siempre que se interprete de conformidad a lo señalado en el Considerando IX de esta sentencia. En lo restante se declara sin lugar la acción. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes legislativo, Ejecutivo y Judicial y al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Seguros. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
La Magistrada Calzada y los Magistrados Armijo y Jinesta salvan el voto y rechazan de plano la acción.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 23 de mayo del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78623) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 1650-04 promovida por Federico Malavassi Calvo y otros en contra de los artículos 10.2, 13 y 34 de la Convención Colectiva de Trabajo del Banco Crédito Agrícola de Cartago, se ha dictado el voto número 3001-06 de las diez horas treinta y cinco minutos del nueve de marzo del dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin lugar la acción”.
La Magistrada Calzada y los Magistrados Armijo y Jinesta salvan el voto y rechazan de plano la acción.
San José, 9 de marzo del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78624) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 7117-98 promovida por TICOFRUT Sociedad Anónima, en contra de la Ley número 6689 de 11 de noviembre de 1981, se ha dictado el voto número 8815-06 de las diecisiete horas veintiocho minutos del veintiuno de junio del dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se rechaza por extemporánea la solicitud de coadyuvancia. Se declara sin lugar la acción”.
San José, 21 de junio del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78625) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 10070-02 promovida por Enrique Rojas Franco en contra del artículo 21 del Código Notarial, se ha dictado el voto de trámite número 8499-06 de las catorce horas cuarenta y nueve minutos del catorce de junio del dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se corrige el error material consignado en el Considerando X y en la parte dispositiva del Voto Nº 7965 de las 16:58 horas del 31 de mayo del 2006 en el sentido que se anula por conexidad el artículo 6° del Código Notarial, por lo que el Por tanto debe leerse correctamente de la siguiente forma: “Se declara con lugar la acción. Se anula, por inconstitucional, lo siguiente: a) del artículo 21 del Código Notarial, Ley Nº 7764 del 17 de abril de 1998 la frase que indica “(...) dependencia del Poder Judicial (...)” y, “(...) según lo establezca internamente la Corte Suprema de Justicia”, b) del artículo 6 de la Ley Nº 3245 del 3 de diciembre de 1963 las dos frases que rezan “(...) al Poder Judicial (...)”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las situaciones jurídicas consolidadas. De conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan en el tiempo los efectos de la presente declaratoria de inconstitucionalidad, de modo que la Dirección Nacional de Notariado continuará adscrita al Poder Judicial, hasta por el plazo de tres años, contado a partir de la publicación de esta sentencia. Antes de la expiración de esa fecha, la Asamblea Legislativa deberá definir a que ente u órgano público adscribe la Dirección de Notariado, así como efectuar los ajustes legislativos en el Código de la materia para determinar el procedimiento de nombramiento y el órgano que designa al Director. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese al Directorio de la Asamblea Legislativa para lo de su cargo”.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 14 de junio del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78626) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 10121-01 promovida por Lenín Ernesto Sancho Fallas en contra del artículo 5 inciso a) de la Ley de Pensiones de Hacienda, se ha dictado el voto número 11928-03 de las catorce horas treinta y tres minutos del veintitrés de octubre del dos mil tres, que en lo que interesa dice:
“Se declara con lugar la acción por la omisión legislativa que produce una discriminación en el trato de los hijos y las hijas acreedores de la pensión de hacienda de sus padres fallecidos, en el artículo 5 inciso a), de la Ley número 148 del 23 de agosto de mil novecientos cuarenta y tres. Póngase esta sentencia en conocimiento de la Asamblea Legislativa. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
Los Magistrados Solano, Calzada y Jinesta salva el voto y declaran sin lugar la acción.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 23 de octubre del 2003.
Gerardo
Madriz Piedra
(78627) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 8532-03 promovida por Carlos Manuel Fernández Alvarado en contra del artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se ha dictado el voto número 8493-06 de las catorce horas cuarenta y tres minutos del catorce de junio del dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin lugar la acción”.
San José, 14 de junio del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78628) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las trece horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil seis, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 06-009116-0007-CO interpuesta por Julieta Mora Jiménez, para que se declaren inconstitucionales los artículos 9 y 10, párrafo tercero, del Reglamento para Otorgamiento de Incapacidades y Licencias a Beneficiarios del Seguro de Salud. Las normas se impugnan por lesionar el derecho a la salud, a la vida y la estabilidad en el trabajo. La inconstitucionalidad de las normas deriva de su confrontación con el principio constitucional de “seguridad social” que se regula en el artículo 73 de la Constitución Política y el artículo 56 referente a la estabilidad en el trabajo, así como en diferentes instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Las normas niegan el derecho a la incapacidad con fundamento en que el plazo y la prórroga de incapacidades venció, pues dicho reglamento no permite incapacitarse por más tiempo. Establecer un límite a las incapacidades es contrario a los derechos humanos y al principio de razonabilidad. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 24 de agosto del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78629) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las trece horas y treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil seis, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 06-009493-0007-CO interpuesta por Mario Enrique Pacheco Carranza en su condición personal, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Hotel Punta Leona Sociedad Anónima y como Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Altos de Leonamar Sociedad Anónima, así como en su condición de apoderado especial judicial de Guillermo Carranza Castro y de Eugenio Gordienko Orlich, para que se declaren inconstitucionales los artículos 2, inciso e), 99, 103, 104, 105 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente número 7554, por estimarlos contrarios a los artículos 9, 11, 35, 39, 42, 45, 50, 124, 152 y 167 de la Constitución Política, 8 párrafos 1, y 2 inciso h) y 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966. Las normas se impugnan en cuanto, su aplicación acarrea la imposición de una sanción de carácter penal por parte de un órgano administrativo al cual la ley le ha conferido esa potestad o atribución a todas luces inconstitucional, confiscándose el patrimonio suyo y de sus representadas por una vía que implica una usurpación de funciones consentida por el legislador ordinario en tanto creó un delito de daños para que sea valorado y aplicado en sede administrativa y no por el Poder Judicial y sus jurisdicciones. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 17 de agosto del 2006.
Gerardo
Madriz Piedra
(78630) Secretario
HACE SABER:
Que en el proceso disciplinario notarial N° 03-001323-627-NO de Archivo Notarial contra el notario Rafael Antonio Ortega Ayon, cédula de identidad N° 01-0425-0800 este Juzgado mediante resolución N° 796-2005 las nueve horas con treinta y un minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil cinco, dispuso imponerle al citado notario, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín judicial.
San José, 14 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(76527) Jueza
Que en proceso disciplinario notarial N° 02-001664-627-NO, establecido por el Registro Civil contra el notario Javier Rodríguez Carrasquilla, cédula 1-816-541, este Juzgado mediante sentencia de las 14:20 horas del 14 de noviembre del 2005, impuso al citado notario un mes de suspensión en el ejercicio días de la función notarial. Rige ocho naturales después de la publicación.
San José, 14 de agosto del 2006.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(76528) Juez
A Karla
Bonilla Quirós, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-780-471,
domicilio ignorado: Que en proceso disciplinario notarial número
03-0001270627-NO, establecido en su contra por Mario E. Prado Fallas, se han
dictado las resoluciones que dicen: Exp: Nº
03-000127-0627-NO. Res: 00160-06. Juzgado Notarial. San José, a las diez horas
cincuenta y seis minutos del veintiocho de abril del dos mil seis. Proceso
Disciplinario Notarial establecido por Mario Enrique Prado Fallas, mayor,
cédula de identidad número uno seiscientos cincuenta y tres- seiscientos
diecinueve, vecino de Puriscal, Grifo Alto contra la notaria pública Karla Bonilla Quirós, mayor, abogada y notaria, de otras
calidades que no constan en los autos. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…, 4º—.y,
Considerando: I.—Hechos probados: De importancia en la
resolución de este asunto, se tienen: 1) ... 2) ... II.—Sobre el fondo: … III.—…. IV.—…. V.—….
VI.—Sobre excepciones: ... VII.—….
Por tanto: Se declara sin lugar la acción disciplinaria respecto de la
inclusión en la escritura de gravámenes no aceptados por el denunciante, Sin
lugar la excepción de prescripción y con lugar el proceso disciplinario
notarial establecido por Mario Enrique Prado Fallas contra la notaria Karla Bonilla Quirós, imponiéndole la corrección
disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial,
en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la
inscripción final del testimonio correspondiente a 1 a escritura que aquí
interesa. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código
Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. Firme esta resolución, comuníquese al Archivo Notarial, al
Registro Civil, al Registro Nacional y a la Dirección Nacional de Notariado.
Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Lic. Grace Hernández Herrera.
Jueza. Juzgado Notarial. San José, a las catorce horas del dieciséis de agosto
del dos mil seis. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil;
notifíquese a la licenciada Karla Bonilla Quirós la
sentencia Nº 00160-06 de las diez horas cincuenta y seis minutos del veintiocho
de abril del año en curso, así como la presente resolución. Por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 16 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(76529) Jueza
A Mercedes Leiva González, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-594-141, domicilio ignorado: Que en proceso disciplinario notarial Nº 06-000187-0627-NO establecido en su contra por Registro Publico de Bienes Muebles. Se han dictado las resoluciones que dicen: Juzgado Notarial. San José, a las nueve horas del veintiocho de marzo del dos mil seis. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial interpuesto por Registro Público contra la licenciada Mercedes Leiva González, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese lapso debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 153, párrafo 3º del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996. También se les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese la presente resolución a la notaria denunciada, en forma personal o por medio de cédula de notificación y copias en su casa de habitación, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Dicha notaria puede ser localizada en las siguientes direcciones: Oficina: San José, 100 metros norte y 50 metros oeste de Pizza Hut. Paseo Colón. Habitación: San José, Barrio México, Villa Sandra, calle 26, avenida 13. Nº 1140. De no ser localizada dicha notaria en los lugares antes indicados, remítanse oficios a la Dirección de Notariado a fin de que indique las direcciones reportadas por la notaria, así como al Registro Público, Sección Personas Jurídicas, para saber si la denunciada tiene apoderado inscrito a su nombre. MSc. Everardo Chaves Ortiz. Juez. Juzgado Notarial. San José, a las diez horas del diecisiete de agosto del dos mil seis. Revisados los autos y vista la constancia emitida por el notificador de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, visible a folio 14, mediante la cual se constata que la notaria Mercedes Leiva González no se localizó en las direcciones suministradas por la Dirección Nacional de Notariado y no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas, como consta en certificación de folio 19 y 20, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del articulo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a la licenciada Leiva González la resolución dictada a las nueve horas del veintiocho de marzo del año en curso, así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Lo anterior, por supuestas irregularidades en la escritura número ciento cincuenta y cinco autorizada por la denunciada el día diez de enero del dos mil seis, visible al folio ciento diez vuelto del tomo dos de su protocolo, en la cual comparece la señora María Guadalupe Marín Gutiérrez en su condición de apoderada especial de Lupita Gutiérrez Sáenz, poder otorgado el día veintisiete de setiembre de mil novecientos noventa y cinco, comprobando por medio de consulta al padrón nacional del Registro Civil, que la señora Gutiérrez Sáenz, presenta una anotación de defunción desde el veintiuno de agosto de mil novecientos noventa y cinco. Asimismo, conforme lo dispone ese numeral, remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, a fin de que se le nombre un defensor público a la notaria Mercedes Leiva González.
San José, 17 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(76530) Jueza
A Enrique Gerardo Rojas Robles, mayor, notario público, cédula de identidad Nº 1-662-824, domicilio ignorado: Que en proceso disciplinario notarial Nº 06-000141-0627-NO establecido en su contra por Olga Vidal Bermúdez. Se han dictado las resoluciones que dicen: Juzgado Notarial. San José, a las diez horas del ocho de marzo del dos mil seis.- Revisados los autos y, en vista que la escritura objeto de las presentes diligencias fue otorgada en connotariado por el licenciado Enrique Gerardo Rojas Robles junto a la licenciada Esther Azalea Sibaja González, se debe integrar la Litis, dirigiendo este proceso también contra dicha profesional. Por lo antes expuesto, se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial interpuesto por Olga Vidal Bermúdez contra los licenciados Enrique Gerardo Rojas Robles y Esther Azalea Sibaja González, a quienes se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese lapso deben informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estimen de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 153, párrafo 3º del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, notifíquese la presente resolución al Licenciado Enrique Gerardo Rojas Robles, en forma personal o por medio de cédula de notificación y copias en su casa de habitación, en su oficina ubicada en San José, 75 metros este de la esquina sureste de la Corte Suprema de Justicia, Conai, Departamento Legal. De no ser localizado dicho profesional en su oficina, comisiónese al juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, por ser vecino de Pavas, Rohrmoser, 100 metros este, 50 metros norte, tres cuadras N. Por medio de la Policía de Proximidad de la Unión, notifíquese la presente resolución a la Licenciada Esther Azalea Sibaja González, en forma personal o por medio de cédula de notificación y copias en su casa de habitación, en su oficina y casa de habitación ubicadas en Tres Ríos, Villas de Ayarco, Nº I-8. En caso de no localizarse los notarios en los lugares indicados, remítanse oficios a la Dirección de Notariado a fin de que indique las direcciones reportadas por los citados notarios, así como al Registro Público, Sección Personas Jurídicas, para saber si los denunciados tienen apoderado inscrito a su nombre. MSc. Everardo Chaves Ortiz. Juez. Juzgado Notarial. San José, a las quince horas del dieciséis de agosto del dos mil seis. A fin de garantizar el orden procesal en el presente asunto, se reserva el informe de contestación rendido por la licenciada Esther Sibaja González, hasta tanto sea notificado al licenciado Enrique Rojas Robles. Asimismo, vistas las constancias emitidas por el notificador de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, visibles a folio 15 y 35, mediante las cuales se constata que el notario Enrique Gerardo Rojas Robles no se localizó en las direcciones suministradas por la Dirección Nacional de Notariado y no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas, como consta en certificaciones de folios 27 Y 31, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al licenciado Rojas Robles la resolución dictada a las diez horas del ocho de marzo del dos mil seis, así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Lo anterior, por la falta de inscripción de la escritura número veintiuno, autorizada en el protocolo del notario Enrique Gerardo Rojas Robles a las catorce horas del cinco de noviembre de mil novecientos noventa y seis. Asimismo, conforme lo dispone ese numeral, remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, a fin de que se le nombre un defensor público al notario Enrique Gerardo Rojas Robles.
San José, 17 de agosto del 2006.
Lic.
Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(76531) Jueza
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del año, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones y con la base de un millón ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 358612-000, la cual es lote 11 B con una casa, situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados. Colinda: al norte, con lotes 12 B. 10 B y 8 B; al sur, con lotes 12 B. y 10 B y 8 B; al este, con lotes 12 B. 10 B y 8B, y al oeste, con calle pública con 8 metros de frente. Mide: ciento diecinueve metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Ana Lorena Morales García. Expediente Nº 06-000147-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 74374.—(79123).
A las nueve horas del veintiséis de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y siete mil quinientos ochenta y seis guión cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 2º Cervantes, cantón 6º Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al oeste, Luis Rodrigo Araya Bonilla; al noreste, calle pública con dieciocho punto ochenta y seis metros de frente; al sureste, calle pública con dieciséis punto setenta y tres metros de frente. Mide: ciento cincuenta metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Carlos Manuel Rojas Quesada contra Marvin Rodrigo Araya Ramírez. Expediente Nº 06-001240-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 74380.—(73124).
A las siete horas, cuarenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos siete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote G-69, situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 1ª; al sur, Fuprovi; al este, lote G-70, y al oeste, lote G-68. Mide: ciento veinte metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación Promotora de la Vivienda contra Viria de los Ángeles Rodríguez Montero. Expediente Nº 05-001280-0164-CI.—Juzgado Civil Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del año 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 74412.—(79125).
A las diez horas del veintisiete de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones doscientos dieciocho mil trescientos setenta y tres colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 118.021-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 16 m, 69 cm y otro; al sur y al este, Asoc. de Pequeños Agricultores de Cot, y al oeste, Mario Fonseca, calle pública 10 m, 09 cm. Mide: ciento setenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Giovanni Orozco Pérez. Expediente Nº 06-001101-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de agosto del año 2006.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 74422.—(79126).
A las diecinueve horas del veintiséis de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada al tomo 377 y asiento 13850 y con la base de ciento cuarenta mil quinientos dólares, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos setenta y tres mil ciento sesenta y tres cero cero cero, que es terreno para construir, sitio: distrito noveno Pavas, cantón primero San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lote doscientos cincuenta y tres; sur, lote doscientos cincuenta y seis; este, Residencias Modernas, y al oeste, calle pública con veinticuatro metros de frente. Mide: seiscientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-014516-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Arturo Rojas Kruse.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—Nº 74428.—(79127).
A las ocho horas, cuarenta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de: un millón quinientos mil colones, al mejor postor remataré: una máquina mezcladora para panadería, marca Hobart, tipo V-M L cuatrocientos uno Mixer, modelo H-seiscientos, serie número once-ciento cuarenta-doscientos trece, motor de cinco hp de potencia sin identificación visible, cuatro velocidades de mezclado, tazón de acero inoxidable con capacidad de treinta a ciento cuarenta cuartos, ciento treinta y dos litros aproximadamente, año indeterminado. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario número 05-015490-0170-CA, del Banco Nacional de Costa Rica contra Ignacio Bonilla Rodríguez, José Chaves Umaña, María Isabel Bonilla Rodríguez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de agosto del año 2006.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—Nº 74432.—(79128).
A las nueve horas, quince minutos del diecinueve de octubre del dos mil seis, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, siendo la suma de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de San José, matrícula 110104-000, que es terreno con tres casas, situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linda: al norte, con Edwin Meléndez Jovel; al sur, con calle pública; al este, con Miriam Meléndez y al oeste con calle pública con 6 metros de frente. Mide: ciento setenta y cinco metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 02-000247-0185-CI-4 ejecutivo hipotecario de Don Gerardo S. A. contra Santiago Eugarrios Montenegro.—Juzgado Sexto Civil de San José, 4 de agosto del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 74439.—(79129).
A las catorce horas del veintisiete de setiembre del dos mil seis, en la puerta de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando plazo de convalidación (Ley de Información Posesorias) reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y con la base de tres millones cuatrocientos cuarenta mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido Puntarenas, sección Propiedad, Bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil ciento veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, sito en el distrito octavo, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Mide: ciento setenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle con un frente a ella de diez metros con cincuenta y un centímetros lineales; al sur, con Justa Espinoza Rodríguez; al este, con Fredin Gutiérrez García, y oeste, con Aracelly Flores Vargas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario 05-100763-642-CI de Isidra Gutiérrez Leal contra Aracelly Flores Vargas.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 74459.—(79130).
A las nueve horas con quince minutos del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbres trasladadas, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de siete millones quinientos mil colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 506.785-001-002-003, la cual es terreno para construir con una vivienda lote 530, situada en el distrito 10 Damas, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda trece; al sur, al este y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ochenta y nueve metros con diecisiete decímetros cuadrados. 2) Con la base de siete millones quinientos mil colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 506.786-001-002-003, la cual es terreno para construir con una vivienda lote 530, situada en el distrito 10 Damas, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda trece; al sur, al este y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ochenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ángel Humberto Witter Moraga, Kattia Vanessa Araya Aguilera, Vanessa Verania Madriz Artavia. Expediente Nº 06-001278-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(79194).
A las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón ochocientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 185328-001-002, la cual es terreno para construir, bloque F lote 13, situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida 3; al sur, lote 4; al este, lote 12 y al oeste lote 14. Mide: ciento quince metros con catorce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jonathan Breckenridge Obando, Viviana Vargas Rosello. Expediente Nº 06-001219-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de agosto del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(79195).
A las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y soportando servidumbre trasladada y con la base de doce millones novecientos cuarenta y tres mil novecientos noventa y un con 96/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y cinco mil novecientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con diez metros; al sur, Lotificaciones Echeverría Limitada; al este, Dorita Villalobos, y al oeste, Marco Tulio Echeverría. Mide: doscientos ochenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional Costa Rica contra Emilce Badilla Ureña. Expediente Nº 06-001178-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 5 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(79198).
A las once horas del ocho de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de nueve millones doscientos sesenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero veintidós mil noventa y cinco-cero cero cero (F022095-000), la cual es terreno filial treinta y seis, local comercial treinta y seis, situado en la planta baja, totalmente construido, situada en el distrito primero, cantón primero de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, filial treinta y siete; al sur, filial treinta y cinco; al este, área común construida pasillos y al oeste Miguel Vindas. Mide: doce metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Eduardo Lobo Espinoza contra Yanci María Chavarría Vindas. Expediente Nº 06-001309-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—(79224).
A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de novecientos noventa y dos mil quinientos cincuenta y nueve colones, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número 413340, con las siguientes características: automóvil marca Hyundai, estilo Excel GLSI, año 1991, color azul, de gasolina, para cinco personas, motor número G4DJM939063. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-000742-0183-CI de Inversiones Capitales de Hoy S. A. contra Floribeth Cedeño Fernández, cédula 3-331-247 e Ivannia Cedeño Fernández.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(79229).
A las ocho horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada visible bajo citas 407-18293-01-0812-001 y con la base de cuarenta mil dólares o su equivalente en colones que deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la moneda al momento del pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección de Propiedad del Registro Público, partido de Cartago, matrícula 141554-000, que es terreno para bloque B lote 30 para construir, situada en el cantón tres, distrito cuatro de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con Lote 31; al sur, con lote 29; al este, con calle pública, y al oeste, con Lindo y Ltda. Mide: cuatrocientos noventa metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario expediente Nº 02-001048-0180.3. Hip. Banco Banex S. A. contra Mauricio Gudiño Garita y otra.—Juzgado Primero Civil de San José, 17 de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(79240).
A las diez horas, quince minutos del lunes dos de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número quinientos veintiún mil trescientos treinta y uno-cero cero uno-cero cero dos, que se describe así: naturaleza terreno para construir bloque S, lote uno. Mide: ciento veinte metros con trece centímetros cuadrados, ubicada en el distrito tercero, cantón decimocuarto, de la provincia de San José. Linderos: al norte, con Alberto Ballestero Gutiérrez; al sur, con calle pública; al este, con Foresta de Moravia S. A., y al oeste, con lote dos S. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-000957-183-CI-5 de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Henry Sánchez Mejías y Mónica Mena Solís.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 74461.—(79337).
A las catorce horas del veintiuno de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón cuatrocientos sesenta y siete mil novecientos ochenta colones, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, Folio Real matrícula número cuatrocientos treinta mil setecientos veinticinco-cero cero cero, que es terreno para construir, potrero y una casa, situado en distrito sétimo Pejibaye, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes norte, Juan Barboza Segura; sur, calle pública; este, Fermín Rodríguez Arrieta y oeste Fernando Barrantes Hidalgo. Mide: setecientos cincuenta y nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Edgar Rodríguez Corrales. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 06-100471-0188-CI (interno 495-06-Y1) de Credecoop contra Edgar Rodríguez Corrales.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 3 agosto del 2006.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—Nº 74475.—(79338).
A las ocho horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 298, asiento 13070, así como limitaciones del artículo 292 del Código Civil, inscritos al tomo 453, asiento 12483 y con la base de tres millones ciento sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos, al mejor postor remataré: el derecho aún treintaiseisavo del usufructo de la finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número ciento veinte mil ochenta y uno guión cero cero uno, que se describe como terreno con un apartamento, cuarto de pilas, un garaje y una bodega, sito en el distrito primero Quesada, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con calle pública con frente de cuarenta y tres punto setenta y cinco metros; al sur, con Caridad Rojas Alvarado; al este, con Sergio Porras Villalobos, Abraham Víquez Rodríguez, Flore Herrera Murillo y Siselio Barrantes Carranza, y al oeste, con Quesada y Corrales S. A. Mide: tres mil quinientos sesenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Ligia María Vázquez Bendaña. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Greivin Arrieta Chacón contra Ligia María Vásquez Bendaña. N° 04-101075-0297-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de agosto del 2006.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—Nº 74499.—(79339).
A las diez horas treinta minutos del diez de octubre del año dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base treinta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número 158501-000 del partido de San José, que se describe así: naturaleza terreno con una casa de habitación. Mide: ciento sesenta y siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 04 Catedral, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linderos: al norte, con Fernando Naranjo y Enrique Villalobos; al sur, con Name S. A.; al este, con Jorge Luis Faeth Castro, y al oeste, con: calle pública con 10 metros y un centímetro de frente. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 06-001114-0183-CI de Corporación Messina del Oeste S. A. contra Asesores y Consultores Jurídicos H.M. S. A., representada por Hernán Mora Vargas.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(79345).
A las nueve horas del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado, a favor de Asociación Solidarista de Empleados del Instituto Costarricense de Turismo, sea la suma de cinco millones de colones y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil ochocientos cincuenta y nueve cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito dos San Diego, cantón tres La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Francisco Montero Ugalde; al sur, Óscar Fernández y Guadalupe Hidalgo; al este, Inmobiliaria la Carpintera S. A., y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Jenaro Carvajal y Cía. S. A., contra Alexander Montoya Garita. Expediente Nº 05-001711-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de agosto del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—(79386).
A las nueve horas treinta minutos, del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, con la base de diecinueve millones trescientos dos mil novecientos seis colones con cincuenta céntimos (pericial visible a folio 49), en el mejor postor, se rematará la finca sin inscribir que se describe así: ubicada en La Tigra de Puerto Viejo de Sarapiquí, Heredia, tiene un corral con techo, una casa de habitación de madera y piso de madera, con un anexo forrado en parte zinc y en parte madera, mide ochenta y cinco hectáreas cinco mil doscientos noventa metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Colinda: al norte, Jhonny Mora Salas; al sur, Carlos Rivas García y Carlos Chacón Pérez; al este, Teófilo Rugama Ledezma y al oeste, Francisco Reyes Hernández. No existen terceros poseedores dentro del bien. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Ejecutivo Simple N° 00-100224-0468-CI de José Sevilla Robledo contra Luis Alberto Corella Sánchez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 5 de julio del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(79390).
A las catorce horas cuarenta minutos, del treinta y uno de octubre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de ochocientos cincuenta y cinco mil colones, remataré: Vehículo marca Geo, automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, cinco personas, motor 4A8270875, color azul, gasolina, modelo mil novecientos noventa, placas quinientos nueve mil novecientos treinta y dos. Sumario Ejecutivo 05-001114-182-5 de Continentes Sociedad Anónima contra Mercantil Distribuidora Josava Sociedad Anónima y Santiago Vega Sánchez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(79593).
A las nueve horas treinta minutos, del veintiséis de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones pero soportando servidumbre trasladada, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, bajo el sistema de Folio Real matrícula número doscientos veintidós mil doscientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 05 Delicias, cantón 13 Upala. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Juan Ortíz; al este, con Isaías Molina; y al oeste, con calle pública. Mide: setecientos catorce metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Distribuidora Agrocomercial S. A., contra Cecilia Fernández López. Expediente N° 05-000871-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de julio del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 74542.—(79607).
A las ocho horas treinta minutos, del veintiséis de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones a las citas Nos. 369-07641-01-0929-001 y 369-07641-01-0933-001 con la base de cuatrocientos mil colones, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número trescientos sesenta y un mil setecientos ochenta y uno-cero cero cero, que es terreno de café lote N° 6, situado en distrito ocho Cajón, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: norte, servidumbre de paso en medio otro; sur, Juan Luis Fuentes; este, lote N° 5; y oeste, Blas Hernández. Mide: mil ochocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Plano SJ-0749644-1988. La finca descrita pertenece a Giovanny Matamoros Salazar. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario N° 00-100735-188-CI interno N° 768-00-R-4, de Olol S. A., contra Giovanny Matamoros Salazar.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 17 de agosto del 2006.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 74551.—(79608).
A las ocho horas, del cinco de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre sirviente y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: La finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de San José, Folio Real número doscientos nueve mil novecientos noventa y seis guión cero cero cero, que es terreno de bosques potreros y charrales, sita en el distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linderos: norte, con Doroteo Jiménez; al sur, con Arnulfo Núñez Rivera; este, calle pública y Édgar Bolaños Blanco y oeste, Padres Salecianos. Mide: cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos sesenta y siete metros con noventa decímetros cuadrados. Lo anterior en Ejecutivo Simple N° 05-100117-0857-CI-9 N° interno 122-05-2 de Luis Gamboa Elizondo, Cesionario Wilson Romero Valverde contra Danilo Núñez Rivera.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro, 22 de agosto del 2006.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—Nº 74569.—(79609).
A las ocho horas treinta minutos, del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta principal del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre de paso bajo las citas Nos. 473-04561-01-0004-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de dos millones quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos cincuenta y un colones con un céntimo, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 405.858-000, que es terreno para construir con una casa, sito en Aguas Zarcas de San Carlos, distrito cuatro, del cantón diez, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, y al oeste, Peralta y Álvarez S. A.; al sur, María de Los Ángeles Álvarez Salazar; y al este, calle pública con 10,00 metros. Mide: doscientos metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por estar así ordenado en Ejecutivo Hipotecario del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Leila Trinidad Parra Pérez. Expediente Nº 06-100572-297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 15 de agosto del 2006.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—Nº 74579.—(79610).
A las ocho horas, del trece de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis mil dólares moneda oficial de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita partido de Guanacaste, matrícula número cero veinte mil doscientos cuarenta y un-cero cero cero, que se describe así: Terreno para construir, sito en el distrito primero Liberia, del cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Mide: tres mil doscientos ochenta y cinco metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Linderos: al norte, con La Grama de Los Mangos S. A., e Hidroservicios de Guanacaste S. A., y otro; al sur, con Myriam Méndez Chavarría; al este, con carretera interamericana y servidumbre de paso; y al oeste, con sucesión de Clemencia Alvarado García. Dicho inmueble pertenece a Inversiones Sara Elena S. A. Lo anterior se remata por estar ordenado así en Ejecutivo Hipotecario incoado por Cielo de la Bahía S. A., contra Inversiones Sara Elena S. A. Exp. Nº 06-100492-0386-CI (510-06-3).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 8 de agosto del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 74588.—(79611).
A las ocho horas, del veintisiete de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de tres millones trescientos cuarenta y siete mil colones (¢3.347.000,00), en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos treinta y dos mil ochocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir lote veintisiete. Sito distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 28; sur, lote 26; este, calle pública con 6.50 metros y oeste, Municipalidad de Goicoechea. Mide: ciento treinta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario número 06-001682-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Manfred Montero Córdoba y Pacheco González Natalia Andrea.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 74651.—(79612).
A las ocho horas del nueve de octubre en la puerta principal de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con el veinticinco por ciento de rebaja de ley, sobre la base inicial sea el monto trece millones setenta y ocho mil ciento setenta y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, el inmueble perteneciente al partido de Guanacaste, matrícula de Folio Real número cero veintiocho mil seiscientos cuarenta y seis, cero-cero-uno y cero cero dos, que es terreno de potrero, frutales con dos casas, situado en el distrito primero de Nicoya, cantón segundo Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, lote segregado, calle, pública y Anais Blanco Blanco; sur, Juan Vargas Castro; este, lote segregado, Edwin Díaz Enriquez y oeste, Israel Jiménez, Misael García y Anais Blanco. Mide: Cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Luisa Blanco Blanco. En Proceso Abreviado de División Material. Expediente Nº 02-100119-390-CI de María Eugenia Arias Blanco contra Macedonio Arias Blanco.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste, 18 de agosto del 2006.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 74665.—(79613).
A las nueve horas del seis de octubre del dos mil seis, en la puerta principal del local que ocupa este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones de la Ley de Aguas y Caminos Públicos al tomo 384, asiento 05103, consecutivo 01, secuencia 0956, subsecuencia 001 y con la base de un millón novecientos setenta y dos mil trescientos cuarenta y un colones en el mejor postor remataré la finca inscrita en propiedad al partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos cincuenta y dos mil trescientos cuarenta y ocho-cero cero cero, que es terreno de pasto y montaña, lote siete, sito San Jorge, distrito cuatro, cantón catorce Los Chiles de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, servidumbre de paso en medio otro; al sur, Joaquín Ramón Segura Koschny; al este, Joaquín Segura Koscny, y al oeste, Juan Carlos Palacios Segura. Mide de acuerdo al plano catastrado número A-0634991-1986 una superficie de treinta y siete mil trescientos cincuenta y dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, propiedad de Gregorio Palacios Segura. 2) libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones de la Ley de Aguas y Caminos Públicos al tomo 384, asiento 05103, consecutivo 01, secuencia 0957, subsecuencia 001 y con la base de un millón novecientos cincuenta mil ciento cincuenta y dos colones, en el mejor postor remataré la finca inscrita en Propiedad al partido de Alajuela, matrícula número doscientos cincuenta y dos mil trescientos cuarenta y nueve-cero cero cero, que es terreno de pasto y montaña, lote ocho, sito en San Jorge, distrito cuatro, del cantón catorce Los Chiles de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Joaquín Ramón Segura Koschny; al este, Joaquín Ramón Segura Koschny, y al oeste, Luis Mario Palacios Segura. Mide: de acuerdo al plano catastrado número A-0634988-1986, una superficie de treinta y seis mil novecientos treinta y dos metros con doce decímetros cuadrados propiedad de Denis Marcelo Palacios Monge. 3) Libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo 340, asiento 03587, consecutivo 01, secuencia 0006, subsecuencia 001 y con la base de dos millones setenta y siete mil quinientos siete colones, en el mejor postor remataré la finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos tres mil quinientos cuatro-cero cero cero, que es terreno con una casa, sito en el distrito trece Pocosol, cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente de diez metros noventa y ocho centímetros lineales; al sur, Gregorio Palacios; al este, Teresa García, y al oeste, sucesión de Hermanos Palacios Segura. Mide: de acuerdo al plano catastrado número A-0471368-1982 una superficie de quinientos cuatro metros con cuarenta y un decímetros cuadrados propiedad de Yohuser Palacios Monge. Lo anterior por haberse ordenado en proceso en ejecutivo hipotecario Nº 06-100437-0297CI establecido por el Banco de Costa Rica contra Gregorio Palacios Segura y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de agosto del 2006.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—Nº 74674.—(79614).
A las diez horas del diecisiete de octubre del año en curso en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de nueve millones seiscientos mil colones, en el mejor pastor, remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula tres setenta y cuatro mil ciento doce-cero cero cero, sito en el distrito noveno, Santa Rosa, cantón quinto, Turrialba, de la provincia de Cartago, naturaleza de terreno para construir con una casa. Linda: al norte, con Antonio Orozco; al sur, con calle pública con un frente de dieciséis metros con veintidós centímetros lineales; al este, Fernando Calderón Valverde, y al oeste, José Alvarado. Mide: según plano catastrado número C-trescientos treinta y un mil seiscientos ochenta y siete de mil novecientos setenta y nueve, cuatrocientos once con cincuenta y dos decímetros cuadrados. La finca pertenece a Casa Mayor del Norte Sociedad Anónima. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 06-100234-341-CI-243-A, de Luis Roberto Calvo Arias, representado por su apoderado generalísimo sin límite de suma a señor Roberto Calvo Estrada contra Casa Mayor del Norte Sociedad Anónima, representada por Jorge Suñer Calderón.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 29 de agosto del 2006.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 74677.—(79615).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica por la suma original de treinta y seis mil ochocientos cincuenta dólares, servidumbre trasladada según citas 303-01599-01-0903-001, así como anotación de embargo según citas 515-05907-01-0001-001 y con la base de la hipoteca de segundo grado sea la suma de siete millones de colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 223871-000, que es terreno para construir con una casa, situado en el cantón San José, distrito Pavas de la provincia de San José. Linda: al norte, con resto destinado a calle pública 10 metros; al sur, con lote 14; al este, con lote 12, y al oeste, lote 10. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 2006-001129-0180-CI de Minas Brillantes S. A., contra Juan Carlos Guadamuz Marín.—Juzgado Primero Civil, San José, 23 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 74681.—(79616).
A las nueve horas del veinte de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y siete mil novecientos cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote treinta y uno. Situada en el distrito uno Desamparados, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública de acceso al parque; al sur, lote treinta; al este, área reservada a parque, y al oeste, calle pública. Mide: noventa y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Juan Arturo Pineda Orellana. Expediente Nº 06-001151-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de agosto del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Nº 74693.—(79617).
A las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de treinta y un mil ciento veintiséis dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta mil cuatrocientos dieciocho cero cero cero, la cual es terreno para construir, la cual es lote catorce D. Situada en el distrito dos San Diego, cantón tres la Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alberto González Taurel; al sur, calle pública con seis metros cincuenta centímetros; al este, lote quince D, y al oeste, lote trece D. Mide: ciento veinte metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Silvia Soto Esquivel. Expediente Nº 06-001108-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de agosto del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Nº 74694.—(79618).
A las diez horas del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y plazo de convalidación y con la base de nueve millones cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José; sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintiún mil ochocientos diecinueve cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cuatro Concepción, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pedro Conejo Díaz; al sur, calle pública; al este, Pedro Conejo Díaz, y al oeste, Isacc Chavarría Jiménez. Mide: ciento seis metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Edgar Mauricio Mora Durán. Expediente Nº 06-001123-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de agosto del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 74695.—(79619).
A las diez horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil ciento seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, frente calle de siete metros con siete centímetros, Hermanos Arias Rodríguez; al sur, Cooperativa Agrícola Regional Prop Caña India R. L.; al este, Coopeindia R. L., y al oeste, Jorge Alberto Arias Rodríguez. Mide: mil cuarenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Marlene Hernández Quesada contra José Alberto Arias Arguedas. Expediente Nº 03-000438-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de San Ramón, 14 de agosto del 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—(79726).
A las ocho horas con treinta minutos del once de octubre del dos mil seis, en la puerta principal de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón cincuenta mil colones, se remataré al mejor postor el vehículo placas doscientos noventa mil setecientos sesenta y dos, marca Suzuki, categoría automóvil, año mil novecientos noventa y siete, motor número G trece BA seis cuatro siete cero cinco cero, chasis número SJ ocho cero cero uno cero cero cinco tres cuatro. Propiedad de Félix Ángel Picado Barrantes. Lo anterior por haberse ordenado así en Ejecutivo Simple número 01-100159-424-CI-2 (168-01-2) del Banco de Costa Rica contra Félix Ángel Picado Barrantes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 11 de agosto del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—(79743).
A las ocho horas con treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta principal de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de nueve millones quinientos mil colones, se rematará al mejor postor la finca partido de Puntarenas matrícula: cincuenta y seis mil seiscientos veintiséis-cero cero cero, que es terreno para construir lote 21, casa 8150, situada en el distrito 01 Golfito, cantón siete Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, calle pública en medio casa 8153; sur, este y al oeste, con calle pública. Mide: ciento setenta y nueve metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano número P-seis cero dos tres uno nueve-mil novecientos ochenta y cinco. Propiedad de Enrique Alberto Rizo Brown. Lo anterior por haberse ordenado así en el ejecutivo hipotecario expediente 02-100401-424-CI-2 (419-02) del Banco de Costa Rica contra Enrique Alberto Rizo Brown.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 8 de agosto del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—(79744).
A las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil setecientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito once Turrúcares, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Auto Xiri; al sur, calle pública con doce metros de frente; al este, Annia Bolaños y al oeste, Pedro Bolaños. Mide: mil cuatrocientos cinco metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Gilberto Córdoba Calvo y José Gilberto Córdoba Bolaños. Expediente Nº 06-001225-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de julio del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(79745).
A las nueve horas con quince minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de trece millones ochocientos dieciocho mil novecientos noventa y un colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos seis mil dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1-B. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, lote 2-B; al noroeste, Cagua de Alajuela S. A.; al sureste, calle pública, y al suroeste, Cagua de Alajuela S. A. Mide: ciento sesenta y cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatro cero seis cero uno siete-cero cero cero, con la base de trece millones ochocientos treinta y cuatro mil ciento setenta y seis colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paso, la cual es terreno para construir lote 2-B. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, lote 3-B; al noroeste, Cagua de Alajuela S. A.; al sureste, calle pública, y al suroeste, lote 1-B. Mide: ciento sesenta y seis metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Finca del partido de Alajuela matrícula número cuatro cero seis cero uno ocho-cero cero cero, con la base de trece millones quinientos veintiocho mil novecientos diecinueve colones con doce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paso, la cual es terreno para construir lote 3-B. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Tumbaga S. A.; al noroeste, Cagua de Alajuela S. A.; a1 sureste, calle pública, y al suroeste, lote 2-B. Mide: ciento cincuenta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatro cero seis cero uno nueve-cero cero_ cero, con la base de catorce millones ciento cuarenta y cinco mil ciento cuarenta y ocho colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paso, la cual es terreno para construir lote 1-A. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Cagua de Alajuela S. A.; al noroeste, Cagua de Alajuela S. A.; al sureste, calle pública y al suroeste, lote 2-A. Mide: ciento setenta y nueve metros con siete decímetros cuadrados. Finca del partido de Alajuela matrícula número cuatro cero seis cero dos uno-cero cero cero, con la base de catorce millones trescientos once mil trescientos sesenta y nueve colones con doce céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de paso, la cual es terreno para construir lote 3-A. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, lote 2-A; al noroeste, Cagua de Alajuela S. A.; al sureste, calle pública, y al suroeste, Cafetalera San Jerónimo S. A. Mide: ciento ochenta y cinco metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo Marín Molina, Inversiones Su Casa INCASA S. A., Rolando González Ulloa, Urbanizadora y Desarrolladora del Norte. Expediente Nº 06-001510-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—Nº 74774.—(79827).
A las trece horas y cuarenta minutos del veinte de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de seis millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ocho mil ochocientos veintitrés-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Julio Flores Flores; al sur, parque de la Municipalidad de San José; al este, Rafael Barrios Óscar Ortiz, y al oeste, calle pública a Pavas. Mide: trescientos cincuenta y un metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Ávila Cortes. Expediente Nº 98-013065-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de mayo del año 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 74776.—(79828).
A las nueve horas del cinco de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada al tomo 294, asiento 9616 y plazo de convalidación al tomo 467, asiento 18192 y con la base de ocho millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento ocho mil ochocientos cuarenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir con 1 casa. Sito: distrito Desamparados, cantón Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública con 8,36 m de frente; sur, Carlos Chacón; este, José María Chacón, y al oeste, Malaquías Gamboa, Humberto Rojas y ot. Mide: trescientos siete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 04-018393-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Rubén Arturo Quesada Cerdas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de agosto del 2006.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—Nº 74777.—(79829).
A las ocho horas del nueve de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintiocho mil quinientos treinta dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa de habitación sito: distrito 02 San Rafael, cantón 11 Coronado de la provincia de San José. Linderos: norte, Ganadera Los Ángeles S. A.; sur, Carmen María Zúñiga Quirós; este, calle pública con 10 m, y al oeste, Juan Bautista Rodríguez Rodríguez. Mide: doscientos noventa y seis metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-009080-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Rigoberto González Ferney.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de julio del 2006.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—Nº 74780.—(79830).
A las nueve horas treinta minutos del once de octubre del dos mil seis, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, en el mejor postor y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base, sea con la base de cinco millones ochocientos quince mil trescientos ochenta colones con dieciocho céntimos, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número setenta mil ochocientos sesenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa lote 15, situado en el distrito primero, del cantón octavo, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, Franklin Herrera Chaves; noroeste, calle pública con ocho metros y cuarenta centímetros; sureste, Loly Lacayo, y al suroeste, Daniel Ulloa Medrano. Con una medida de ciento cincuenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 06-1000061-0389-CI (62-2-06-C), proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco Nacional de Costa Rica contra Maritza Campos Artavia y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 17 de agosto del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 74782.—(79831).
A las ocho horas treinta minutos del diez de octubre del año dos mil seis, en la puerta del edificio que ocupa este Juzgado y con la base de un millón ochocientos ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y con las reservas y restricciones de ley, en el mejor postor remataré las fincas del partido de Limón, inscritas bajo el Sistema de Folio Real, matrículas números cero setenta y cinco mil setecientos ochenta y siete cero cero uno y cero setenta y cinco mil setecientos ochenta y siete cero cero dos, que es terreno para construir, situado en Cariari, distrito quinto, cantón segundo, provincia de Limón. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Plano número L-cero cuatro uno dos ocho cuatro cero-mil novecientos noventa y siete. Colinda: al norte, con Inversiones B Y F de Guápiles Sociedad Anónima; sur, con resto destinado a calle pública con 10,00 metros de frente; al este, con Elevinia Villalobos García, y al oeste, con Carlos Cruz Matamoros. Se remata por haberse ordenado así en proceso hipotecario. Expediente Nº 06-100275-0681-CI, interno Nº 283-06-3, establecido por Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alexander Rojas Díaz y otra.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito de la Zona Atlántica, Guápiles, 7 de agosto del 2006.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—Nº 74799.—(79832).
A las diez horas con treinta minutos del ocho de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de trece millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número uno dos siete tres tres cinco-cero cero cero, la cual es terreno con una casa lote 1, situada en el distrito 08 Pará, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 13 m, 60 cm; al sur, María de los Ángeles Azofeifa Barquero; al este, Álvaro Azofeifa Barquero, y al oeste, Marjorie Azofeifa Barquero. Mide: cuatrocientos dieciocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Jeannete Barquero Espinoza. Expediente Nº 06-001682-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de agosto del año 2006.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—Nº 74800.—(79833).
A las diez horas con quince minutos del veintidós de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de ochocientos siete mil setecientos treinta y dos colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 590341, marca Toyota, estilo Paseo STD, modelo del año 1992, color rojo, con capacidad para cinco personas. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Autos Algar S. A. contra José Daniel Quesada Aguilar. Expediente Nº 06-000411-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de julio del año 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—Nº 74825.—(79834).
A las ocho horas del ocho de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, remataré: en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y con la base de diez millones quinientos mil colones, lo siguiente: finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero setenta y seis mil quinientos cincuenta y uno-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir con una casa, está situada en el distrito y cantón primero, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Digna Ovares Herrera; sur, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con sesenta y cuatro centímetros; este, con Juan Marchena Oquendo, y al oeste, con Celia Jácamo Rojas. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-000079-0678-CÍ-3 establecido por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Eugenio Sanabria Chávez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 24 de agosto del 2006.—Licenciado Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 74858.—(79835).
A las diez horas, quince minutos del martes diecinueve de setiembre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ochocientos veintiún mil novecientos setenta y cinco colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección vehículos, placa número 209446, con las siguientes características: automóvil marca Chevrolet, estilo GEO Spectrum, chasis número J8RG5175K7503993, sedán de cuatro puertas, año 1989, color negro, para seis personas, motor número 634134. Lo anterior se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario Nº 06-000774-183-CI-5 de Saturnia Sociedad Anónima contra Yovany Vázquez Valle cc Geovanny.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 7 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 74917.—(80156).
A las ocho horas treinta minutos del martes diecinueve de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de seis mil seiscientos cincuenta y siete dólares con setenta y cuatro centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, en el mejor postor, remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº CL-194865, con las siguientes características: carga liviana, marca Daihatsu, Delta, año 2003, color azul, para tres personas, motor Nº 1722642. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 06-000983-183-CI-5, de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Constructora Santa Fe Limitada, y Equipos Solvar S. A., ambas representadas por Marco Antonio Solís Vargas.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 1º de agosto del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(80357).
A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales, y con la base de setecientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 371041, automóvil, estilo Elantra DO, capacidad cinco personas, año 1992, color gris, motor G4CRN698621, chasis JKMHJF31RPNU197443. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 06-001030-184-CI-5 de José Guillermo Arrones Zúñiga contra Francisco Gutiérrez Rosales.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de agosto del 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—(80570).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas con treinta minutos del veinte de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de tres millones cuatrocientos veintiséis mil novecientos treinta y seis colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y cinco mil trece - cero cero cero, la cual es lote 5 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 4-C; al sur, lote 6-C; al este, lote 21-C, y al oeste, calle pública con 8 metros. Mide: ciento cincuenta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Gerardo Castro Rodríguez contra Ronald Delgado Bolaños. Expediente: Nº 05-000066-0164-CI.—Juzgado Civil Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(79897).
A las diez horas quince minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, y con la base pericial de ochenta y cinco millones quinientos ocho mil sesenta y dos colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento veintinueve mil seiscientos noventa y uno cero, cero dos a cero once, la cual es terreno para construir con cuatro construcciones, siendo dos de ellas casas de habitación, una mampostería de block con repellos finos y un taller metálico de soldadura. Lo anterior según el informe pericial que consta en autos. Situada en el distrito segundo Cinco Esquinas de Tibás, cantón trece, Tibás, de la provincia de San José, colinda: al norte, con Tobas Vargas; al sur, con calle pública; al este, con Juan Quirós; y al oeste, con Juan Luis Salazar. Mide: mil trescientos seis metros con ochenta y un decímetros cuadrados (certificación registral). Según el perito dicho terreno tiene una medida de mil trescientos metros diecisiete punto veintitrés metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de división material, de Mayra Elizondo Quirós y otros, contra Herberth Elizondo Quirós y otros; expediente Nº 90-000645-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—(79900).
A las dieciocho horas y cincuenta y nueve minutos del seis de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando demanda de tránsito inscrita a las citas: 0011-034055-001, denuncia penal inscrita a las citas: 0011-163677-001, y con la base de cien mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: motocicleta marca Yamaha, año 1976, capacidad dos personas. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple Nº 94-005398-0227-CA, de el Estado contra Castro Navarro Gerardo.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea 17 de agosto del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—(Solicitud Nº 37318-M. Justicia).—C-9920.—(79906).
A las quince horas del veinticuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales pero soportando infracciones a la ley de tránsito y con la base de setecientos cincuenta y ocho mil trescientos veinte colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos cuarenta y un mil ciento noventa y cuatro, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan, cuatro puertas, estilo Elantra, capacidad para cinco personas, color vino, combustible gasolina, año mil novecientos noventa y dos. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 03-000231-182-CI-3 de Costecua S. A., contra Juan Elías Corrales Vásquez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 24 de agosto de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 74883.—(80153).
A las catorce horas, veinte minutos del dos de noviembre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de veinte mil dólares, remataré: finca inscrita en el partido de San José, matrícula quinientos cinco mil ciento noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, sita en el distrito primero San Pedro, cantón quince Montes de Oca de la provincia de San José. Linda: al norte, con calle pública con un frente de 6 m, 72 cm; al sur, con Alejo Sequeira Mora; al este, con Gonzalo Delgado Estrada, y al oeste, con Florisabel Ramírez Lizano. Mide: ciento treinta y cinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Hipotecario 06-000071-182 CI (5) de Ganadería Fuente Pura S. A., contra Flor Isabel Ramírez Lizano.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 74915.—(80154).
A las ocho horas, quince minutos del día cuatro de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y cinco millones de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, sección Propiedad, partido de San José, matrícula de Folio Real número 554182 000, que se describe manera naturaleza terreno con una casa, situado en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06 Aserrí de la provincia de San José. Mide: cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Linderos: al norte, con resto de Jorcosa S. A.; al sur, con resto de Jorcosa S. A.; este, con calle pública con frente de 9,16 metros, y al oeste, con calle pública con frente de 9,40 metros. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 06-001101-184-CI de Agronómica Agua Viva S. A., contra Norteamérica L I Inversiones S. A., representada por Gerardo Asdrúbal Chaverri Alvarado y este en su condición personal.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 74916.—(80155).
A las diez horas del diecinueve de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y dos mil quinientos veintiocho cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con lote 24; al sur, con lote 22; al este, con calle pública, y al oeste, con Ismael Sánchez. Mide: trescientos sesenta y siete metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Jorge Luis García Badilla y María Zulay Padilla Gutiérrez. Expediente Nº 06-000024-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 74928.—(80157).
A las catorce horas del dos de noviembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de trece mil cuatrocientos seis dólares con cuarenta y seis centavos, remataré: vehículo marca Mercedes Benz, modelo dos mil dos, motor número seis uno dos nueve seis tres tres cero uno cinco uno nueve dos cero, estilo ML 270 CDI, color beige, diesel, carrocería familiar, capacidad para siete personas, placas cuatrocientos sesenta y dos mil trescientos diecisiete. Prendario 06-001048-182 CI (6) de Banco Interfin S. A., contra Zorionak S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de agosto de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 74942.—(80158).
A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Instituto Nacional de Seguros por ser de plazo vencido sea la suma de dos millones setenta y cuatro mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 312185-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el cantón tercero, distrito primero de la provincia de San José. Linda: al norte, con calle pública; al sur y oeste, con el INVU, y al este, con Leonor Muñoz. Mide: noventa y seis metros con treinta decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 93-000285-0180-CI de Rodrigo Fumero Cascante contra Allan Rivera Cascante.—Juzgado Primero Civil, San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 74957.—(80159).
A las diez horas, treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos ochenta y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir lote A, situada en el distrito sétimo Patarrá, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marta Ash Róger; al sur, calle pública con un frente de quince metros; al este, Rogelio Palomo Ash, y al oeste, Marta Ash Róger. Mide: novecientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Giovanny Esquivel Segura y Rubén Arias González contra Édgar Álvarez Ramírez. Expediente Nº 03-001563-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de julio del año 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 75013.—(80160).
A las ocho horas, cuarenta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de dos millones doscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y un mil seiscientos veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, línea férrea; al sur, calle pública; al este, Roberto Murillo, y al oeste, calle pública. Mide: setecientos veinte metros con tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Xenia Martina García Rojas. Expediente Nº 05-019411-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—Nº 75032.—(80161).
A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre de dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de tres millones treinta y cuatro mil seiscientos noventa y un colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 395.769, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis JTDBT113400083351, uso particular, estilo yaris, capacidad cinco personas, año 2001, color champagne, número de motor 1NZ1388215. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-000121-185 C.I., ejecutivo prendario de Inversiones González y Vargas de San José S. A., contra Michael Esteban Cascante Ramírez.—Juzgado Sexto Civil de San José, 22 de agosto de 2006.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(80180).
A las diez horas del martes tres de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de setecientos dieciocho mil trescientos sesenta y dos colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placas número cuatrocientos once mil ciento setenta y uno, con las siguientes características: automóvil marca Chevrolet, categoría automóvil, estilo Cavalier, capacidad para cinco personas, año dos mil, serie, chasis y vin, 3G1X5441YS170827, color verde, techo duro, cabina sencilla, combustible de gasolina, motor YS170827, marca Chevrolet, cilindrada dos mil doscientos c. c., cilindros cuatro. Lo anterior se remate por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario Nº 05-001760-183-CI-1 de Instacredit S. A., contra María Delia Monge Porras.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(80198).
A las once horas del nueve de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de ochocientos noventa y un mil ochocientos ochenta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1994, carrocería: sedan 4 puertas, color: rojo, chasis: KMHJF31JPRU744973, combustible: gasolina, placas: cinco seis tres uno cinco uno. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente N° 05-000504-181 CI de Instacredit S. A., contra Deivy José Ruiz Matarrita.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 15 de agosto del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(80199).
A las diez horas, cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base rebajada en un veinticinco por ciento de ley sea la suma de setecientos treinta y nueve mil doscientos cincuenta y tres colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número 455341, con las siguientes características: marca: Hyundai, estilo Accent LS, categoría: automóvil, serie: KMHVA21NPSU033345, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: sencilla, estilo: Accent LS, capacidad: 5 personas, año: 1995, color: verde. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario número 05-000001-183-CI, de Instacredit S. A., contra Nidia Carol Flores Hernández, cédula 3-357-865 y Andrea Héctor Vargas, cédula 1-1042-250.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 28 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(80200).
A las once horas, quince minutos del trece de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando gravamen hipotecario, bajo citas al tomo 497, asiento 10370; y con la base de cuatro mil cuatrocientos dólares, cada una, en el mejor postor remataré las siguientes fincas: primera: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil doscientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 62, situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 13,25 metros; al sur, sección que tiene yurro; al este, área comunal, y al oeste, lote 61. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros con seis decímetros cuadrados. Segunda finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil doscientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 57 con un bungalow, situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 1; al sur, lote 58; al este, lote 59, y al oeste, calle con 12 m. Mide: doscientos ochenta y cinco metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Tercera finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula cincuenta mil ciento cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1, situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 22,24 m; al sur, lote 57; al este, lote 59, y al oeste, calle pública con 7,89 m. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Se rematan por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Osvaldo Von Breymann Barquero contra Dolomiti Sociedad Anónima. Expediente Nº 04-001725-0164-CI.—Juzgado Civil Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del año 2005.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—(80210).
A las diez horas del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y siete mil cuatrocientos sesenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintitrés mil doscientos diez-cero cero cero, la cual es terreno inculto con una casa, situada en el distrito uno Atenas, cantón cinco Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lidia Solera Espinoza; al sur, Margarita Solera Espinoza; al este, Mario Arguedas Solera, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos catorce metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Diarquia Siglo XXI Sociedad Anónima contra Víctor Julio Artavia Barquero. Expediente Nº 06-001154-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de agosto del 2006.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Nº 75072.—(80294).
A las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintiún millones quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos colones con veintiséis céntimos, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero cuarenta y cinco mil trescientos ochenta y cinco-cero cero cero, terreno para construir lote 147, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, con calle pública; al sur, con canal; al este, con lote 148 de Ricardo Powell Pritchar, y al oeste, con lote 146 de Wilfredo Anglin Harris. Mide: quinientos trescientos noventa y seis metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario número 06-000423-0678-CI-2 establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Anderson Johnson.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 29 de agosto del 2006.—Lic.. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 75084.—(80295).
A las diez horas del veintinueve de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas: Nos. 309-12525-01-0916-001, y plazo de convalidación inscrito a las citas: Nos. 552-13132-01-0004-001 y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 071541-000, la cual es terreno con jardín, solar y una casa, situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Josefa Quirós Soto; al sur, Nora Vives y calle pública con 4,30 metros de frente; al este, Nora Vives Calderón y al oeste, calle pública con 13,83 metros de frente. Mide: mil veintitrés metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de María Elena Solís Zúñiga contra Hermanos Quirós Soto S. A. Expediente Nº 06-000486-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—Nº 75094.—(80296).
A las diez horas, treinta minutos del seis de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil quinientos veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito San Isidro, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sira Coto Rodríguez; al sur, calle pública con siete metros, ochenta y ocho centímetros; al este, Eliécer Tenorio Campos y al oeste, calle pública con dieciséis metros con cincuenta y cinco centímetros. Mide: ciento veintinueve metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Mevinsa Sociedad Anónima contra Soledad Rodríguez. Expediente Nº 06-000727-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—Nº 75095.—(80297).
A las diez horas del veintisiete de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y siete mil seiscientos tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito Aserrí, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Claudio Herrera Arias; al sur, Araminta Mora Corrales; al este, calle pública y al oeste, Miriam Fallas Badilla. Mide: ciento noventa y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Marlon Alberto Durán Alfaro contra Renelio Agüero Badilla. Expediente Nº 05-000873-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 75100.—(80298).
A las ocho horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones judiciales, pero soportando hipoteca de primer grado por un monto de trece millones quinientos mil colones en favor del Instituto Nacional de Seguros y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno lote 23-K terreno para construir, situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas; al sur, con resto destinado a calle; al este, con lote 24-K, y al oeste, con lote 22-K. Mide: trescientos diez metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Florybeth Aguilar Castro y Jorge Enrique Artavia González. Expediente Nº 05-001903-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del 2006.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—(80310).
A las ocho horas y veinte minutos del nueve de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones quinientos sesenta y dos mil novecientos veintisiete colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cuarenta y tres mil quinientos diecinueve-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir, sito: distrito Orosi, cantón Paraíso de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Francisco Araya Chaves; sur, Noé Araya Valerín; este, calle pública, y al oeste, Noé Araya Valerín. Mide: ciento setenta y nueve metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario número 06-009950-0170-CA del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra María Leonor Loaiza Granados y Víctor Hugo Araya Chaves.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de julio del 2006.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—(80311).
A las diecisiete horas del veintiséis de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de treinta y un mil dólares, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número noventa mil trescientos sesenta y cinco - cero cero uno, cero cero dos, que es terreno para construir con una casa, sito: distrito segundo San Vicente, cantón tercero Santo Domingo de Heredia de la provincia de Heredia. Linderos: norte, lote 22 de la urb. La Colonia tercera etapa; sur, avenida 13 con 8,50 cm de frente; este, lote 20 de la urb. La Colonia, tercera etapa, y al oeste, calle sexta de la urb. con un frente de 20,55 cm, suroeste, calle pública con un frente de 3,54 cm. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-019818-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Nuria María Chacón Solano y Raúl Fernando Argüello Zamora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de agosto del año 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—(80312).
A las catorce horas, treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de seis mil seiscientos cincuenta y ocho dólares con veinte centavos, remataré: vehículo marca Daihatsu, estilo Delta, categoría carga liviana, carrocería caja abierta o cam-pu, tracción sencilla, tres personas, año dos mil tres, color azul, diesel, placas CL-ciento noventa y cuatro mil ochocientos diecinueve. Prendario 06-000996-182 CI (6) de Scotiabank de Costa Rica contra Constructora Santa Fe Limitada y otra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(80358).
A las quince horas del once de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base tres mil doscientos ochenta y un dólares con sesenta y nueve centavos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas cuatrocientos sesenta y un mil ciento sesenta y uno, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería familiar, estilo Rav Four, capacidad para cinco personas, color plateado, combustible gasolina, año dos mil dos. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 06-001029-182-CI-3 Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Georgina Benavides Polini.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(80359).
A las catorce horas, diez minutos del diecisiete de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito, con la base de veintiocho mil ochocientos ochenta y cinco dólares con treinta y siete centavos, remataré: vehículo marca Chevrolet, estilo Avalanche, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, modelo dos mil cuatro, carrocería caja abierta o cam-pu, color rojo, tracción doble motor número cuatro G tres uno ocho cero cero seis, combustible gasolina, placas CL doscientos un mil seiscientos cuarenta y seis. Prendario 06-000232-182 CI (7) de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Giovanni Villalobos López y otro.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(80360).
A las ocho horas con treinta minutos del viernes veintinueve de setiembre de año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de ciento noventa y dos mil quinientos ochenta y cuatro colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: dos piezas de la especie Mayo, con un volumen de 3,98 metros cúbicos y dos piezas de la especie Alazán, con un volumen de 3,62 metros cúbicos; producto forestal que permanece en Depósito Provisional Judicial de Benjamín Chavarría Padilla, en su finca ubicada en Miraflores de Sabalito, Coto Brus. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución de las ocho horas con diez minutos del veintinueve de agosto mil seis, dentro de la causa penal número 06-000327-636-PE (Comisión Penal número 63-06-1 E) por Infracción a la Ley Forestal contra Benjamín Chavarría Padilla, en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal Corredores, Puntarenas.—Lic. Flor María Jiménez Vindas, Jueza.—(80381).
A las nueve horas con treinta minutos del viernes veintinueve de setiembre de año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de cuatrocientos veintitrés mil colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: diecinueve piezas de la especie Amarillón, con diferentes medidas; producto forestal que permanece en la finca de Olger Molina Mora, ubicada en San Joaquín de Coto Brus. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución de las ocho horas con veinte minutos del veintinueve de agosto mil seis, dentro de la causa penal número 06-000370-636-PE (Comisión Penal número 76-06-2E) por infracción a la Ley Forestal contra Olger Molina Mora y Carlos Bogantes Núñez, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal Corredores, Puntarenas.—Lic. Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(80382).
A las nueve horas del viernes veintinueve de setiembre de año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de novecientos veinte mil cuatrocientos colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: ciento ochenta y tres piezas de la especie cedro Amargo, con un volumen de 6,67 metros cúbicos, con una cantidad de 3068 pulgadas; producto forestal que permanece en la oficina del MINAE de Coto Brus. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución de las ocho horas con quince minutos del veintinueve de agosto mil seis, dentro de la causa penal número 06-000325-636-PE (Comisión Penal número 64-06-2E) por Infracción a la Ley Forestal contra José Agustín Quesada Marín, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal Corredores, Puntarenas.—Lic. Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(80383).
A las ocho horas del viernes veintinueve de setiembre de año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de cincuenta mil seiscientos sesenta y un colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: dos piezas de la especie Amarillón, con un volumen de 0,231 metros cúbicos y tres piezas de la especie Lagartillo, con un volumen de 0,402 metros cúbicos; producto forestal que permanece en custodia en el aserradero Las Brisas de los señores Herrera. Lo anterior, por haberse ordenado así en la resolución de las ocho horas con cinco minutos del veintinueve de agosto mil seis, dentro de la causa penal número 06-000326-636-PE (Comisión Penal número 62-06-2E) por Infracción a la Ley Forestal contra José Enrique Arauz Ibarra, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal Corredores, Puntarenas.—Lic. Marjorie Ramos Araya, Jueza.—(80384).
A las once horas del tres de octubre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de setecientos cuarenta y nueve mil setecientos setenta colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 494151, con las siguientes características: automóvil marca Hyundai, estilo Accent GLS, año 1994, Sedán de cuatro puertas, color rojo, para seis personas, motor número G4EKR240529. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 06-00872-183-CI-1, de Zafroli Cuatro Mil Sociedad Anónima contra Nelson Eliécer Elizondo Agüero.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 17 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 75113.—(80542).
A las nueve horas treinta minutos del lunes veinticinco de setiembre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de siete mil veintiún dólares con ochenta y siete centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 333325, con las siguientes características: automóvil marca Hyundai, estilo Sonata, año 1999, color plateado, para cinco personas, motor número G4JPW043389. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 05-001563-183-CI-5 de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Clara Inés Peraza Murillo. Notifíquese.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 14 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 75120.—(80543).
A las diez horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, se rematarán las siguientes fincas: la primera inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Limón, matrícula número 81136-000, libre de gravámenes y con la base de doscientos ochenta y nueve mil quinientos noventa colones, que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo de la provincia de Limón, que mide: cuarenta y un metro con treinta y siete decímetros cuadrados, y colinda al norte, con calle pública; al sur, con Geovanny González Fuentes; al este, con Mario Alfonso Fuentes Figueroa, y al oeste, con Mario Alfonso Fuentes Figueroa y la segunda finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Limón, matrícula número 81137-000, libre de gravámenes y con la base de dos millones seiscientos sesenta y tres mil trescientos sesenta colones, que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo de la provincia de Limón, que mide: Trescientos ochenta metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, y colinda al norte, con calle pública; al sur, con Geovanny González Fuentes; al este, con lote uno de Mario Alfonso Fuentes Figueroa, y al oeste, con Juana Olivar Medina. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Simple, Nº 02-100325-0468-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Reina Vargas Rodríguez y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 4 de agosto del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 75134.—(80544).
A las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, Soportando Prohibiciones y sin más gravámenes, con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor se rematará: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Limón, matrícula número 99925-000, que es terreno de pastos, situado en el distrito tercero, cantón segundo, de la provincia de Limón, que mide: diez mil novecientos veinticuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte, y al sur, con Marco Aurelio Murillo Zamora; al este, con calle pública con veintiocho metros con treinta centímetros de frente, y al oeste, con Gregorio Carmona Pérez. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario, Nº 06-100325-0468-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Carmen Edith Rodríguez Retana y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 28 de agosto del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 75135.—(80545).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones en el mejor postor remataré lo siguiente: 1-) Con la base de treinta mil dólares o su equivalente en colones a la fecha del remate, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 146.865-000 la cual es terreno para construir lote N-3. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, carretera nacional; al sur, lote 2; al este, resto destinado a calle de uso restringido, y al oeste, Virginia Zúñiga Zúñiga, María de Los Ángeles Monge Maroto. Mide: trescientos cincuenta y nueve metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. 2-) con la base de veinte mil dólares o su equivalente en colones a la fecha del remate, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 146.864-000 la cual es terreno para construir lote N-2. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote-3; al sur, lote-1; al este, resto destinado a calle de uso restringido, y al oeste, Jorge Zúñiga Guzmán, María de Los Ángeles Monge Maroto. Mide: trescientos sesenta y ocho metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de El Tonka de Tulin Sociedad Anónima contra Ivannia María Masís Pérez. Expediente: 06-001296-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 75143.—(80546).
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando infracción a la ley de tránsito bajo la sumaria número 04-006355-497-Tr del Juzgado de Tránsito de Heredia y con la base de seis mil quinientos cuarenta y nueve dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 262360, con las siguientes características: marca: Honda, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, estilo: Accord EX, capacidad: 5 personas, año: 1997, color: Beige. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario número 05-001398-183-CI/4, de Franz Amrhein & CO S. A. contra Rodgers Robert Sage.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 16 de agosto de 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 75147.—(80547).
A las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de nueve mil ochocientos dólares (o su equivalente en colones al momento del remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 566.208, marca Suzuki, estilo Siderikick Spor, categoría, automóvil, capacidad cinco personas, año 1997, carrocería Station Wagon o familiar, color blanco, combustible gasolina, chasis N° JS3TD21VXV4112538, motor N° J18A135115. Se remata por ordenarse así en Ejecutivo Prendario de William Ramírez Montoya contra Juan de Dios Bustos Bustos. Exp. Nº 06-000531-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de agosto del año 2006.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 75175.—(80548).
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones cada una, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho mil seiscientos doce-cero cero cero (128612-000) la cual es terreno para construir lote 3. Situada en el distrito tres Horquetas, cantón diez Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote dos; al sur lote cuatro; al este Standard Fruit Company y al oeste calle pública con 25 m. Mide: seiscientos veinticinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados y finca del partido de Heredia, matrícula número ciento veintiocho mil seiscientos veintisiete-cero cero cero (128627-000) la cual es terreno para construir lote 18. Situada en el distrito tres Horquetas, cantón diez Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote diecisiete; al sur, Standard Fruit Company; al este, Standard Fruit Company, y al oeste, calle pública con 25 metros. Mide: seiscientos veinticinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Expediente 06-001324-0504-CI, de Marcial Erick Porras Calvo contra Hernán Álvarez Monge.—Juzgado Civil de Heredia.—Lic. Oscar Mena Valverde, Juez.—Nº 75177.—(80549).
A las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada anotada al Tomo 310 Asiento 12105 y servidumbre trasladada anotada al Tomo 407 Asiento 19714 y con la base de veinte millones novecientos mil cuatrocientos noventa y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y siete mil seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero la cual es terreno lote 26-D terreno para construir. Situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3-D; al sur, resto destinado a calle; al este, lote 27-D, y al oeste, lote 25-D. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de la Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Sucesión de Marco Meléndez Asencio. Exp. 05-000271-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de julio del año 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—Nº 75201.—(80550).
A las catorce horas veinte minutos del siete de noviembre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de catorce mil dólares; remataré: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de San José, matrícula trescientos veintidós mil quinientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de uso agrícola. Sita en el distrito sexto Rancho Redondo, cantón octavo Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, con calle con 26,77 metros y Landelina Mora; al sur, con río Navarro y Castaño de Indias S. A.; al este, con Florisabel Ramírez y Caliban Segundo S. A., y al oeste, con Castaño de Indias S. A.. Mide: veinte mil trescientos cincuenta y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Hipotecario 05-001629-182CI (5) de Minas de Jabalí S. A. contra Florisabel Ramírez Lizano.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía San José, 31 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 75204.—(80551).
A las catorce horas diez minutos del veintiocho de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de dos millones novecientos veintidós mil seiscientos siete colones, remataré: Vehículo marca Hyundai, automóvil, carrocería Sedan cuatro puertas, cinco personas, motor G cuatro EKV cero ocho tres tres siete cuatro, color verde, gasolina, modelo mil novecientos noventa y siete, placas seiscientos once mil doscientos ochenta y nueve. Prendario 06-000280-182 CI (5) de Consorcio Arboledas del Este S. A. contra Iván Enrique Barreda Bucardo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de agosto de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 75244.—(80552).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día tres de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de un millón seiscientos setenta y ocho mil quinientos setenta y cinco colones con noventa céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 490747, marca Hyundai, estilo Accent LS, carrocería sedan 4 puertas, motor número G4EKR145950, año 1994, color rojo, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 06-001079-184-CI de Financiera Desyfin S. A. contra Leda Emperatriz Alvarado Navarrete.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 10 de agosto de 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Juez.—Nº 75274.—(80553).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día tres de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de un millón seiscientos setenta y ocho mil quinientos setenta y cinco colones con noventa céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 490747, marca Hyundai, estilo Accent LS, carrocería sedan 4 puertas, motor número G4EKR145950, año 1994, color rojo, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 06-001079-184-CI de Financiera Desyfin S. A. contra Leda Emperatriz Alvarado Navarrete.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 10 de agosto de 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Juez.—Nº 75274.—(80553).
A las once horas del veinticinco de setiembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo 330, asiento 15748 y con la base de ciento cincuenta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con sesenta y un centavos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real 281354 000, que se describe así: naturaleza terreno lote 394 construir. Mide: trescientos cincuenta y un metros con veinte decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José, linderos: al norte, con lote 395; al sur, con lote 393; al este, con lote 374, y al oeste, con calle con 11,00 metros. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-001025-183-CI de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Manrique Hidalgo Barrantes y San Juan Chen S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(80574).
A las catorce horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero soportando una infracción a la Ley de Tránsito por colisión, con la base de dieciocho mil noventa y siete dólares con cincuenta y nueve centavos, remataré: vehículo marca Ssang Yong, estilo Rexton, carrocería familiar, capacidad siete personas, modelo Rexton, motor número seis seis dos nueve dos cinco uno dos cero cinco cuatro dos tres uno, color gris, combustible diesel, chasis número KPTG cero B uno DS cuatro P uno uno uno cuatro uno cinco, placas quinientos cincuenta y cuatro mil novecientos tres. Prendario 06-001047-182 CI (5) de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Gabriela Villalobos Chacón y otro.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de agosto del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(80575).
A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca en primer grado y con la base de setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cinco uno siete siete dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida diez; al sur, María Eugenia Madrigal Oviedo; al este, Francisco Jiménez, y al oeste, Juan José Luna Flores. Mide: ciento once metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Alianza de Inversiones Sociedad Anónima contra Jerry Lobo Soto. Expediente Nº 06-001780-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—(80584).
A las nueve horas cuarenta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando una infracción de la Ley de Tránsito, boleta 9400507478, sumaria CSV-SET-1997, Juzgado de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de la Zona Atlántica, y con la base de dos millones ciento veinticuatro mil ochocientos catorce colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 172795, marca Honda, capacidad para 4 personas, año 1993, color negro, número de motor B16A21101587. Se remata par ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Chang Wang Chua Wenn cc Cristina. Expediente 95-010501-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—(80600).
A las diecisiete horas cuarenta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando denuncia del Ministerio Público y debiendo marchamos al Instituto Nacional de Seguros, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de doscientos sesenta y cinco mil setecientos sesenta y cuatro colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: marca: Hyundai, estilo: Excel, placa: 170.806, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, año: 1986, color: gris, número de chasis: KMHLF21J7GU066980, número de motor: G4AJG165304, cilindrada: 1469 cc. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Zeledón Zeledón Víctor. Expediente 95-004748-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de agosto del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—(80601).
A las diez horas y cuarenta minutos del seis de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 208038, marca Pontiac, estilo Sunbird LE, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 1993, color negro, carrocería Sedan dos puertas, chasis 1G2JC14T7P7572677, motor marca General Motor Company, motor 2P7572677, cilindrada 2000 c.c., combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Castro Terán Carlo. Expediente Nº 96-004605-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—(80602).
A las once horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando infracciones, colisiones, boleta 9600217807, del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Golfito, boleta 9600 140320 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Montes de Oro, boleta 9600034728 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, y con la base rebajada a un 25%, sea la suma de dos millones sesenta y ocho mil ochenta y un colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C-028176, marca: International, estilo: COF9670, año: 1985, color: verde, chasis: 1HSRDJSR6FHB22038, Nº de motor: 11269822. Se remata por ordenarse así e proceso ejecutivo prendario de BPDC contra Castillo Quesada Daniel. Expediente 96-001272-0228-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(80603).
A las diez horas treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, lote treinta y uno. Situada en el distrito segundo Mercedes, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lirio del Valle S. A.; al sur, calle pública con ocho metros de frente; al este, lote treinta y dos, y al oeste, lote treinta. Mide: ciento cincuenta y dos metros con dieciocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Alex Castillo Masís y otra. Expediente 01-001564-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 4 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 75294.—(80743).
A las dieciocho horas del cuatro de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de cincuenta y siete mil setecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno bloque B para construir lote ocho. Situada en el distrito uno Curridabat, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote veintitrés B; al sur, calle pública, al este, lote nueve B, y al oeste, lote siete B. Mide: trescientos trece metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Costa Rica contra José Francisco Córdoba Rodríguez. Expediente 00-008766-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—Nº 75296.—(80744).
A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos mil trescientos noventa y un dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil novecientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 5 bloque F. Situada en el distrito 6 Dulce Nombre, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Abelardo Cantillo; al sur, calle pública; al este, lote 4 bloque F, y al oeste, lote 6 bloque F. Mide: ciento treinta y tres metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Shuzhao Luo Liu contra María Elena Garro Quesada. Expediente 06-001310-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de agosto del 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 75344.—(80745).
A las diecisiete horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas 328-13038-01-0002-001 y con la base de ochenta y siete mil novecientos dólares moneda de curso legal de los Estado Unidos de Norteamérica, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número ciento veinticinco mil ciento ochenta y cinco guión cero cero cero. Que es terreno: para construir con dos casas. Sitio: distrito 02-San Francisco, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, calle a Guadalupe, con doce metros y siete centímetros; sur, Enrique Góngora Umaña; este, Guillermo Castro Sáenz, y al oeste, calle pública con diecinueve metros con ochenta y dos centímetros. Mide: doscientos sesenta y siete metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-020917-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Esteban Taylor Allen.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1º de agosto del 2006.—Lic. Hans Roberto Leandro Carranza, Juez.—Nº 75347.—(80746).
A las ocho horas del treinta de octubre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado por la suma de ocho millones cuatrocientos mil colones a favor de la Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo y con la base de tres millones de colones al mejor postor se rematará: finca del partido de Cartago, matrícula número ciento noventa y seis mil cuatrocientos sesenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir con apartamentos, sito en distrito dos, San Diego, cantón tercero, La Unión, de la provincia de Cartago. Mide: ciento cincuenta y seis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, linda: al norte, Alberto Fallas Zamora; al sur, Carlos Alberto Fallas Zamora; al este, calle pública, y al oeste, río Tiribí, plano catastrado C-novecientos sesenta y ocho mil trescientos sesenta y tres-dos mil cuatro. Lo anterior par ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 06-100080-0197-CI de Miguel Antonio Vargas Esquivel contra Inversiones Castro La Costeña S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 2001.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—Nº 75349.—(80747).
A las ocho horas del dos de octubre del dos mil seis en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de setecientos cincuenta mil colones al mejor postor se rematará: Finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta mil veintiuno-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en distrito uno, Santiago, cantón cuarto, Puriscal, de la provincia de San José. Mide: trescientos metros con doce decímetros cuadrados, colinda: al norte, en parte Mario Santillán Gómez y María Gómez Mora; al sur, Mario Santillán; al este, servidumbre de paso con una medida de seis metros en medio Mario Santillán Gómez, y al oeste, María Gómez Mora; plano catastrado Nº SJ-quinientos treinta y nueve mil trescientos dieciséis-mil novecientos noventa y nueve. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario 05-100152-0197-CI de Tatiana Molodik Barkalova contra Inversiones Castro La Costeña S. A.—Juzgado Civil de Trabajo de Puriscal, Santiago, 1º de agosto del 2006.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—Nº 75350.—(80748).
A las nueve horas del diecisiete de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ocho mil novecientos doce dólares con quince centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica o su equivalente en colones, que deberá ser calculado conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera al momento del pago, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Toyota, modelo 2000, estilo Yaris, 04 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1497 centímetros cúbicos, chasis JTDBT113900063810, motor 1NZ1311158, color verde, capacidad 5 pasajeros, placas 382318. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 03-000112-0180-CI de Purdy Motor S. A., contra Yorlene Víquez Estevanovich.—Juzgado Primero Civil de San José, 7 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 75362.—(80749).
A las nueve horas del once de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos veintisiete colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Honda, estilo accord, carrocería Sedan 4 puertas, categoría auto, motor ES21229064, color marrón, modelo 1984, capacidad 5 personas, 4 cilindros, combustible gasolina, placas 217523. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 539-2001 de Financiera Cafsa S. A., contra Víctor Manuel Valerín Cruz.—Juzgado Primero Civil de San José, 22 de agosto del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 75363.—(80750).
A las once horas del veintiocho de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas 324-06274-01-0004-001 y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, sáquese a pública subasta la finca inscrita en propiedad, en el partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real matrícula ciento tres mil trescientos cuarenta y uno-cero cero cero, que es terreno para la agricultura y repastos; situado en distrito segundo, cantón tercero de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, calle pública; sur, José Gerardo Castro Granados en parte y en parte José Luis Sibaja Bogantes; este, Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte, y al oeste, José Gerardo Castro Granados con quebrada Maura en medio, calle pública. Mide: ciento cuatro mil ciento dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario 66-06-M22 de Credecoop R. L., contra Freddy Martínez Vásquez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 14 de agosto del 2006.—Lic. Mario Montoya Murillo, Juez.—Nº 75385.—(80751).
A las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso y con la base de dos millones quinientos ochenta y nueve mil novecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita al folio real, matrícula ciento sesenta y cinco mil seiscientos setenta y ocho-cero cero uno y cero cero dos, del Partido de Heredia, que es terreno para construir, situado en el distrito Segundo, San José, cantón Sexto, San Isidro de la provincia de Heredia. Colinda al norte, con María de los Ángeles Solís Valerio; sur, Benedicto Fonseca Vega; este, calle pública con ocho metros, oeste, Benedicto Fonseca Vega. Mide ciento cincuenta y dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Khyria Vanessa Miranda Astúa contra Randall Fonseca Sánchez. Expediente 03-001955-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(80764).
A las catorce horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios y con la base rebajada en un veinticinco por ciento de dieciséis mil sesenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América y quince mil cuatrocientos treinta y cinco dólares de los Estados Unidos de América, al mejor postor remataré, la siguientes fincas respectivamente arribas del partido de Puntarenas, sito en el distrito tercero, Macacona, del cantón segundo Esparza, matrícula Folio Real noventa y tres mil ochocientos ochenta y cinco-cero cero cero, terreno para construir con un local comercial. Linda al norte Carlos Manuel Guerrero Gutiérrez; sur Isabel Ugalde Jiménez; este, con Reinaldo Solórzano González, y al oeste, con calle pública con siete metros y cincuenta y nueve centímetros de frente; mide doscientos veintidós metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Y la finca dieciséis mil ciento cincuenta y ocho, cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir con una casa, linda al norte y este con Reinaldo Solórzano González; sur, con Carlos Manuel Guerrero Gutiérrez, y al oeste, con calle pública con frente de nueve metros con setenta y dos centímetros de frente, mide cuatrocientos cincuenta y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 05-100723-642-CI de Banco de Costa Rica contra José Ramón González Rojas, Virginia Quesada Rodríguez e Importadora Vicky S. A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(80820).
A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando colisiones según sumarias 02-604301-496-TC y 04-600234-491-TC a la orden de los Juzgados de Tránsito de Cartago y Desamparados, por su orden y con la base de ochocientos cincuenta mil setecientos seis colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1992, estilo Elantra GLS, 4 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1.500 centímetros cúbicos, chasis Nº KMHJF31JPNU231979, motor G4DJN449273, color vino, capacidad 5 pasajeros, placas número 481695. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 1777-05 de Financiera Desyfin S. A. contra Alexandra Granados Poveda.—Juzgado Primero Civil, San José, 24 de julio del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 75608.—(81046).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión del señor Rafael Ángel Aguilar Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Ciudad Neily de Corredores, con cédula de identidad número uno-trescientos noventa y dos-setecientos cuarenta y siete y de la señora María de los Ángeles Elizondo Muñoz, mayor casada una vez, oficios del hogar, cédula número seis-doscientos quince-cuatrocientos uno, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las catorce horas con treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil seis, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número 03-100081-424-CI-2 (86-03-2).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, 16 de agosto del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—1 vez.—Nº 75214.—(80554).
Suzanne Louise Noel High, mayor, norteamericana, número de cédula de residencia 175-104309-10310, vecina de San José, Ciudad Colón, 50 metros al este del Banco de Costa Rica, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad el siguiente inmueble: Terreno para construir con locales y una casa ubicado en el distrito tercero, cantón de Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al noroeste, con Clinton Benneth Hamilton; al sureste, con calle pública con veinte metros lineales de frente; al noreste, con Wálter Nelly Hines Grant y con Ana Isabel Brayant Dece y al suroeste, con calle pública con un frente de cuarenta metros lineales, mide 800,00 metros cuadrados. Según plano L-1081275-2006. El inmueble está libre de gravámenes, no existen codueños, ni cargas reales y fue estimado en la suma de cinco millones de colones con cero céntimos. Llámese a todos los interesados en la presente diligencias de información posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley en caso de omisión. Expediente Nº 06-000525-0678-CI-3. Información Posesoria establecida por Suzanne Louis Noel High.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de agosto del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 74578.—(79620).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en Proceso de Información Posesoria promovida por Serviliano Bonachea Leiva, casado una vez, de nacionalidad estadounidense, vecino de Calle El Arrero de Puntarenas y portador del pasaporte número 046857266 para que se titule a su nombre las siguientes fincas sin inscribir del partido de Puntarenas, terreno para construir, sito en distrito tercero, del cantón cuarto, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Marcos Álvarez Jiménez; sur, con Yadira Vega Corrales; este, Dieciocho y Matamoros S. A., y oeste, con calle pública con un frente de setenta y cuatro metros con treinta centímetros. Mide: un mil ochocientos trece metros con treinta decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-setecientos setecientos seis-dos mil uno. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias legales de un sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente número 04-100949-417-CI Información Posesoria promovida por Serviliano Bonachea Leiva.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 13 de junio del 2005.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 74617.—(79621).
Clemente Ovarez Elizondo, mayor, casado una vez, operario, con cédula de identidad número seis-cero sesenta y cinco-ciento cincuenta y tres, promueve diligencias de Información Posesoria a fin de inscribir el inmueble que se describe así: Terreno sin inscribir para construir con una casa de habitación, sito en Calle del Arreo del distrito tercero San Isidro, del cantón cuarto Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con El Palmar S. A; al sur, con calle pública con una medida de frente a ella de trece metros con setenta y cuatro centímetros lineales; al este, con Marvin Ovares Badilla y al oeste, con Minor Ovares Badilla. Mide: quinientos treinta y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-seiscientos setenta y siete mil seiscientos cuarenta y cuatro-dos mil uno, de fecha 17 de enero del 2001. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien se crea con inscribir, deberá hacerlo sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Diligencias de Información Posesoria Nº 01-100119-417-CI-1, establecidas por Clemente Ovares Elizondo.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 18 de junio del 2001.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 74618.—(79622).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Luis Enrique Porras Villarrreal, mayor, soltero, peón agrícola, vecino de calle El Arreo, con cédula de identidad seis-ciento cuarenta y seis-novecientos ochenta y dos, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, con una casa de habitación, situado en calle El Arreo, distrito San Isidro, del cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con El Palmar S. A.; al sur, con calle pública con un frente de nueve punto diez metros; al oeste, con Mario Corrales Jiménez; y al este, con Marcos Gutiérrez Soto. Mide doscientos cincuenta punto cincuenta y siete metros cuadrados, según plano catastrado P-seiscientos ochenta mil seiscientos noventa-dos mil uno. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 01-100156-417-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 30 de abril del 2004.—Lic. María I. Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 74620.—(79623).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Jesús Navarro Jiménez, mayor, casado una vez, peón agrícola, vecino de calle El Arreo de Puntarenas, cédula seis-doscientos setenta y cinco-quinientos diecinueve, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir, que es terreno para construir, con una casa de habitación, situado en distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Dieciocho y Matamoros S. A.; al sur, con calle pública; al este, con Juan Ramírez Ramírez; y al oeste, con José Alfredo Chaves Arias. Mide cuatrocientos ochenta y cinco metros treinta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-seiscientos ochenta y cinco mil ciento noventa y uno -dos mil uno. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 2001-100342-417-CI, promovente Jesús Navarro Jiménez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—1 vez.—Nº 74621.—(79624).
Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 06-000196-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gregorio Matarrita Rosales, cédula N° 5-117-408, casado una vez, agricultor, Julián Matarrita Rosales, cédula N° 5-128-378, soltero, agricultor y Ramón Matarrita Rosales, cédula N° 5-163-331, soltero, comerciante, vecinos de San Fernando de Sámara, un kilómetro al este de la plaza, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en Sámara de Nicoya, la cual es terreno de charrales. Situada en el distrito quinto Sámara, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Palmares Uno M.G. Limitada y servidumbre de uso agrícola de siete metros cinco centímetros de ancho; al sur, Julián, Gregorio y Ramón todos Matarrita Rosales; en parte César Alan Vargas y servidumbre de uso agrícola de siete metros con cinco centímetros de ancho que da acceso a calle pública; al este, Palmares Uno M.G. Limitada en parte César Alan Vargas; y al oeste, Palmares Uno M.G Limitada en parte Albino Mora Madrigal. Dicha finca es atravesada de rumbo sur a norte por una servidumbre de uso agrícola. Mide: ciento veintidós mil quinientos cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por transmisión verbal de su padre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido y mantenimiento de los árboles naturales, cuido forestal y regeneración de dicha finca, así como alquiler de pastos, limpieza, reparación de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de Información posesoria, promovida por Gregorio Matarrita Rosales. Exp. Nº 06-000196-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 10 de agosto del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 74635.—(79625).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Víctor Julio Araya Tencio, mayor, soltero, peón agrícola, vecino de calle El Arreo, cédula de identidad número seis-doscientos noventa y ocho-cero catorce, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir con casa de habitación, situado en distrito San Isidro, del cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con El Palmar S. A.; al sur, con María Margarita Carvajal Tencio y Juan José Chaves Morales; al este, con Magdonal Rojas Murillo; y al oeste, con Roxana Sánchez Hidalgo. Mide ciento veinticuatro metros con cuarenta y cuatro centímetros cuadrados, según plano catastrado P-seiscientos ochenta y cuatro mil novecientos setenta y ocho-dos mil uno. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 01-100416-417-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 28 de abril del 2004.—Lic. Luis E. Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—Nº 74638.—(79626).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Rosa Iris Fonseca Mora, mayor, soltera, oficios domésticos, vecina de Calle el Arreo, cédula uno-setecientos setenta y uno setecientos cincuenta y tres, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir que es terreno con una casa de habitación, sita en Calle El Arreo, distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Noé Sánchez Araya; al sur, con Juvenal Gerardo Vindas López; al este, con calle pública; oeste, con El Palmar S. A. Mide: seiscientos sesenta y tres metros cuarenta centímetros cuadrados, según plano catastrado número P-seiscientos ochenta y un mil ciento ochenta-dos mil uno. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias legales de juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 01-100150-417-CI-1 promovente Rosa Iris Fonseca Mora.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 74640.—(79627).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Rosa Albina Hernández Juárez, mayor, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero sesenta y siete-ciento setenta y uno, casada una vez, del hogar, vecina de Calle El Arreo Miramar, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir que es terreno para construir, sito en distrito tercero San Isidro, cantón cuarto Montes de Oro de Miramar, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Rosa Albina Hernández Juárez; al sur, con Ana Patricia González Rojas; al oeste, con el Palmar S. A.; y al este, con calle pública. Mide ciento noventa y siete metros cuadrados con treinta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-setecientos cuatrocientos noventa y ocho-dos mil uno. Las presentes diligencias no tienen objeto de evadir las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Nº 02-100210-417-CI promovente Rosa Albina Hernández Juárez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—Nº 74641.—(79628).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por José Alfredo Chaves Arias, mayor, soltero, ayudante de mecánico, vecino de Calle El Arreo, Puntarenas, cédula seis-doscientos diez-ciento setenta y tres, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir que es terreno para construir, sito en Calle El Arreo distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con El Palmar S. A; al sur, con calle pública, este, con Jesús Navarro Jiménez; y al oeste, con Carmen Villalobos Bustos. Mide: cuatrocientos diecisiete metros cuadrados según plano catastrado número P-seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos siete-dos mil. Las presentes diligencias no tienen objeto de evadir las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria N° 200-100218-417- CI-1 promovente José Alfredo Chaves Arias.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Geovanni Mena Artavia, Juez.—1 vez.—Nº 74642.—(79629).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovido por Johanna María Grijalba Guido, cédula seis-doscientos cinco-quinientos once, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Calle El Arreo, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito en el distrito tercero San Isidro, cantón cuarto Miramar, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con El Palmar S. A.; al sur, con calle pública con un frente de veintiocho metros; oeste, con Sergio Salazar Bonilla y este, con Bernavé Gutiérrez Álvarez. Mide ochocientos cuarenta y siete metros cuadrados, según plano catastrado P-seis siete cinco cinco nueve cero-dos mil uno. Que ha mantenido la posesión en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 01-100137-417-CI.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 74643.—(79630).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por María Eugenia Ovares Elizondo, mayor, viuda, ama de casa, vecina de calle El Arreo, cédula de identidad seis-cero noventa y cinco-quinientos cuarenta y uno, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir con una casa de habitación, situado en distrito tercero, cantón cuarto, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con El Palmar S. A.; al sur, con calle pública con un frente de nueve metros con cincuenta y cinco centímetros lineales; oeste, con Shirley Ovares Benavides; y este, con Alexis Anchía Ovares. Mide: doscientos sesenta y ocho metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado P-seiscientos ochenta y cinco mil doscientos uno-dos mil uno. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias legales de un sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 01-100335-417-ci-2. Información posesoria promovida por María Eugenia Ovares Elizondo.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 16 de octubre del 2002.—Lic. Gerardo Arroyo Rojas, Juez.—1 vez.—Nº 74644.—(79631).
Consorcio Nacional de Empresas de Electrificación de Costa Rica R. L., cédula jurídica número tres-cero diez-ciento ocho mil doscientos treinta y tres-treinta y seis, domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, representada por su apoderado generalísimo señor Carlos Rodríguez Chaves, mayor, casado una vez, ingeniero, vecino de Ciudad Quesada, trescientos metros norte y veinticinco metros este de la iglesia, cédula dos-doscientos setenta y cinco-mil doscientos ochenta y nueve, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, las fincas sin inscribir que le pertenecen y que se describen así: Primera finca: terreno inculto de charrales y montaña, sito en Peñas Blancas, distrito trece de San Ramón, cantón segundo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente de seiscientos diecinueve metros con noventa y cuatro centímetros lineales; al sur y al oeste, quebrada sin nombre en medio de otra propiedad de Consorcio Nacional de Empresas de Electrificación de Costa Rica R. L. (Coneléctricas R. L.); al sur y sureste, calle pública con un frente de trescientos noventa y cinco metros con cincuenta y cuatro centímetros lineales. Mide: de acuerdo con el plano catastral aportado Nº A-818491-2002 de fecha veintiséis de setiembre del dos mil dos, una superficie de setenta y siete mil treinta y nueve metros con noventa y dos centímetros cuadrados. Segunda finca: terreno inculto y de montaña y charrales, con una casa, sito en Peñas Blancas, distrito trece de San Ramón, cantón segundo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al noroeste, calle pública con un frente de trescientos cuarenta y dos metros con cuarenta y dos centímetros lineales; al sur, río Peñas Blancas; al este y al oeste, quebrada sin nombre en medio de otra propiedad de Consorcio Nacional de Empresas de Electrificación de Costa Rica R. L. (Coneléctrica R. L.). Mide: de acuerdo con el plano catastral aportado Nº A-826646-2002 de fecha trece de noviembre del dos mil dos, una superficie de ciento veintidós mil doscientos treinta y cuatro metros con setenta y cuatro centímetros cuadrados. Los inmuebles antes descritos, manifiesta el representante de la sociedad titulante, que los adquirió su representada por venta que le hiciera el señor Juan González Durán, mayor, soltero, agricultor, vecino de Peñas Blancas de San Ramón, tres kilómetros al norte del cruce a San Miguel, cédula cinco-ciento cuarenta y dos-seiscientos cuarenta y dos, en fecha dieciocho de setiembre del dos mil dos, mediante escritura pública número noventa y dos, suscrita por el notario Javier Alfaro Blanco y quien le transmitió los derechos posesorios ejercidos sobre los fundos en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años, y quien no tiene parentesco ni participación con la sociedad titulante ni forma parte de ella. El inmueble descrito en el plano A-818491-2002 fue estimado en la suma de dos millones de colones y el inmueble descrito en el plano A-826646-2002, fue estimado en la suma de tres millones de colones y estima las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 04-000343-0298 AG, promovida por Consorcio Nacional de Empresas De Electrificación de Costa Rica R. L. (Coneléctricas R. L.).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de diciembre del 2005.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Nº 74817.—(79837).
Humberto Hugarte Gómez, mayor, soltero, mecánico, cédula de identidad número cinco-cero noventa y cinco-doscientos ochenta y tres, vecino de Corralillo de Nicoya, promueve diligencias de información posesoria a fin de que se inscriba en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, el bien que se describe así: terreno de pasto, sito en distrito tercero, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con María Rosa Dávila Cavaría, Ana Lorena Ugarte, Humberto Ugarte Gómez, Rita María Gutiérrez Fonseca, Dora Gómez Gómez, María Elena Moreno Montes, Alexander Lausson Moreno, todos en parte; sur, con Neriana Baltodano Jirón y Cindy Patricia Baltodano Jirón; este, con calle pública y Ana Patricia Rosales Ugarte, ambos en parte; y al oeste, con Porfirio Moreno Barquero. Mide: veintisiete mil cuatrocientos veinte metros con noventa y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-novecientos veintiún mil trescientos veintinueve-dos mil cuatro. Dicho inmueble lo ha mantenido la promoverte en forma quieta, pacífica, pública a título de duerme en el tiempo que tiene de poseerlo, no hay cargas reales, gravámenes ni anotaciones. Dicha promovente valora las presentes diligencias en la suma de seiscientos mil colones. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se cita y emplaza a los interesados oree se sientan perjudicados en esta información para que se apersonen en autos en defensa de sus derechos. Expediente Nº 04-100465-390-CI-I.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste, 21 de febrero del 2006.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 74830.—(79838).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Sara Amelia Mondragón Rapso, quien fue mayor, viuda de primeras nupcias, señora del hogar, vecina de San Antonio de Desamparados, cédula de identidad 1-270-024, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 06-100204-0217-CI. Sucesión de Sara Amelia Mondragón Rapso.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 28 de julio del 2006.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(79328).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 2006-000740-180-CI de María Mora Azofeifa, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, cédula 1-198-476, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José, 9 de junio del 2006.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(79382).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Freddy Esquivel Zamora, quien fuera mayor, casado una vez, chofer, cédula de identidad cuatro-ciento treinta y ocho-trescientos noventa y uno, vecino de San Pablo de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-000788-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de agosto del 2006.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(79400).
Se hace saber: que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Amada Barboza Valverde, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, cédula uno-ciento cuarenta-trescientos setenta y cuatro, vecina de Paso Ancho de San José, del bar Yadira, 100 metros al sur y 25 metros al este. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2006-000461-0180-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 3 de agosto del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(79408).
Por escritura otorgada ante la notaria Grace Morales Vargas, número ochenta y siete, de las ocho horas del veintinueve de agosto del dos mil seis, se solicitó apertura del proceso sucesorio extrajudicial de: Abelardo Pérez Quirós, cédula número dos-cuatrocientos noventa y cuatro-setecientos cincuenta y nueve, Se cita a los interesados y herederos a apersonarse en las oficinas de dicha profesional ubicada en Ciudad Quesada, contiguo a Sistemas de oficina, callejón Aquiles Hidalgo, a hacer valer sus derechos.—Ciudad Quesada, treinta de agosto del dos mil seis.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 74649.—(79484).
A quien interese se hace de conocimiento que en escritura número doce del tomo veintidós del protocolo de la Notaria Priscila Devandas Artavia; se inició proceso sucesorio de quien en vida fue María Cristina Artavia Prendas, cédula dos-doscientos veintisiete-seiscientos veinte y vecina de Alajuela. Se comunica a todos los interesados para lo que corresponda.—San José, 29 de agosto del año 2006.—Lic. Priscila Devandas Artavia, Notaria.—1 vez.—Nº 74701.—(79518).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Lileana c.c. Lilliana Mariño Avendaño, quien fue mayor, casada una vez, vecina de Gravilias de Desamparados, cédula de identidad 1-595-778, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 06-100235-0217-CI. Sucesión de Lileana c.c. Lilliana Mariño Avendaño.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 17 de agosto del 2006.—Lic. Vannesa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 74539.—(79633).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Josefa Rodríguez Montero, quien fue mayor, casada, y con cédula de identidad 4-063-573 y vecina de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 04101009-0432-CI-1.—Juzgado de Menor Cuantía de Puntarenas, 8 de noviembre del 2004.—Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.—1 vez.—Nº 74619.—(79634).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Piedades Villanueva Torres, quien fuera mayor, cédula Nº 1-455-579, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio N° 06-100452-0188-CI Interno 473-06-R3, promueve Luzmilda Pita Villanueva c.c. Cecilia causante María Piedades Villanueva Torres.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 6 de julio del 2006.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 74637.—(79635).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Herminia Campos Campos, quien fue, mayor, casada, y con cédula de identidad Nº 6-086-838 y vecina de Chacarita, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 02-101117-432-CI-3.—Juzgado Menor Cuantía de Puntarenas, 12 de noviembre del 2003.—Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez.—1 vez.—Nº 74639.—(79636).
El día cuatro de julio del año en curso, la señora Hilda Carboni Malavassi, mayor, divorciada dos veces, vecina de San José, con cédula de identidad número nueve-cero cero cero tres-cero cero uno cuatro, ha solicitado ante esta notaría, la apertura del proceso sucesorio extrajudicial, de quien en vida fue, la señora Virginia Malavasi Vargas, mayor, viuda, con cédula de identidad número tres-cero cero cincuenta y cinco-siete mil cuatrocientos trece, vecina de San José, por lo que de conformidad con el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, el suscrito notario, cita y emplaza a los interesados para que dentro del término de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos en mi oficina, San José, Zapote, del antiguo ITAN doscientos metros al sur, cien este y diez norte.—San José, 5 de agosto del 2006.—Óscar E. Rodríguez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 74645.—(79637).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Reinaldo Vallecillo Vindas, quien fue mayor, soltero en unión libre, agricultor, vecino de Guápiles, Limón, cédula de identidad número siete-cero veinticuatro-ciento sesenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 1-2006. Notaría Lic. Diana Araya Steinvorth. Santo Domingo de Heredia, del Antiguo Rodolfo Ocampo 400 m al norte, 300 m oeste y 25 m norte.—Lic. Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—Nº 74670.—(79638).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Ana María Soto Sequeira, quien en vida fue soltera, costurera, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro-cuatrocientos ochenta y siete, fue vecina de San Blas de Moravia, para que dentro del término de treinta días comparezcan a esta Notaria a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda por acta notarial, otorgada ante mí a las dieciséis horas del veinticinco de agosto del dos mil seis, solicita la presente tramitación del procedimiento sucesorio extrajudicial la hija Catalina de Los Ángeles Soto Sequeira. Notaria Esther Ramírez Rojas. La Trinidad de Moravia veinticinco metros norte de la escuela.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 74675.—(79639).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rafael Guzmán Monge, a las catorce horas del dieciocho de agosto de dos mil seis, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Daisy Guzmán Monge, mayor, soltero pensionada, vecina de Cartago, cien metros este y veinticinco metros norte de la entrada principal de Emergencias del Hospital Max Peralta, portadora de la cédula de identidad número tres- ciento cincuenta y nueve-doscientos once. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Romell Alberto Chévez Ordóñez, Bagaces, Guanacaste, Teléfono 671-2211. El original fue retirado por Sonia Guzmán Coto a las quince horas del dieciocho de agosto de dos mil seis.—Lic. Romell Alberto Chévez Ordóñez, Notario.—1 vez.—Nº 74696.—(79640).
Se hace saber que: en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Xinia Varela Araya, soltera, comerciante, cédula 2-395-457, vecina de ciudad Quesada Barrio San Martín de la Iglesia Católica 150 metros al este, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 06-100497-0297-CI (3C), causante: Xinia Varela Araya.—Juzgado Civil de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de agosto del 2006.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—Nº 74702.—(79641).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Lorenzo Fernández Jiménez, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela centro, del Banco Popular doscientos metros al sur, veinticinco metros al oeste casa celeste con portón vino, cédula de identidad número dos-uno veinticinco-ciento ochenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2006. Notaría del Bufete Licenciado Jesús Sequeira Muñoz.—Lic. Jesús Sequeira Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 74704.—(79642).
Juan Antonio Casafont Odor, Notario Público con oficina abierta en San José, Barrio Luján, calle 21, avenidas 10 B y 12, casa número 1093, Asesoría Legal Juan Pablo, hace saber que en esta notaría, a solicitud de la señora Teresita de Jesús Alarcon y Suárez mayor de edad, viuda, ama de casa, vecina de Ciudad de México, Distrito Federal, México y Santa Ana de San José, Costa Rica, ciudadana, mexicana, con pasaporte de ese país Nº 02320021926, se tramita el expediente 2006-01 Jacó, que es sucesión ab-intestato de quien en vida fuera su cónyuge, señor Graham Brymer Webster Bergonzoli, quien fue mayor de edad, casado una vez, empresario, con domicilio en Santa Ana de San José, Costa Rica, con cédula de identidad número ocho-cero cuarenta y tres-cuatrocientos cinco, fallecido el día diecinueve de julio del dos mil seis. Por este medio se declara abierto el proceso sucesorio, se cita y emplaza a herederos e interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación en el Boletín Judicial, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Juan Antonio Casafont Odor, Notario.—1 vez.—Nº 74705.—(79643).
Juan Antonio Casafont Odor, Notario Público con oficina abierta en San José, Barrio Luján, calle 21, avenidas 10 B y 12, casa Nº 1093, Asesoría Legal Juan Pablo, hace saber que en esta notaría, a solicitud de los señores María Cecilia Rojas Vega, comerciante, con cédula de identidad Nº 4-070-366 y Roberto Barboza Ramírez, comerciante, con cédula de identidad Nº 1-214-226, ambos mayores de edad, casados una vez, vecinos de San Francisco de Dos Ríos, se tramita el expediente 2006-02 Jacó, que es sucesión ab-intestato de quien en vida fuera su hijo, señor Roberto José Barboza Rojas, quien fue mayor de edad, soltero, agente de ventas, con domicilio en San Francisco de Dos Río, Barrio Los Sauces, 100 sur y 75 oeste del abastecedor Los Sauces, con cédula de identidad Nº 1-734-391, fallecido el día 8 de junio de 2006. Por este medio se declara abierto el proceso sucesorio, se cita y emplaza a herederos e interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación en el Boletín Judicial, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 30 de agosto del 2006.—Lic. Juan Antonio Casafont Odor, Notario.—1 vez.—Nº 74706.—(79644).
A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue Edith Carrera Solano, quien era mayor, viuda, con cédula de identidad número uno-ciento setenta y nueve-quinientos diecisiete; les informo que en esta notaría, se ha presentado el señor Eric Vidal Badilla Carrera, mayor, casado una vez, perito valuador, vecino de San Pedro de Montes de Oca, con cédula de identidad número nueve-cero treinta y cinco-cinco mil setecientos cincuenta y nueve; en calidad de heredero y albacea, solicitando la tramitación del sucesorio de dicha señora. En consecuencia, cualquier otro heredero o interesado, deberá concurrir ante el suscrito notario, para hacer valer sus derechos, dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del presente aviso, quien cuenta con oficina abierta en San José, calle veintiuno avenida Central y Primera, Barrio La California, costado oeste de bomba La Primavera.—San José, 29 de agosto del 2006.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 74713.—(79645).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de William David Levy Kinsey, quien fue ciudadano norteamericano, mayor, de estado civil divorciado, pensionado, vecino de San Rafael de Escazú, urbanización Trejos Montealegre, Condominios El Emperador, apartamento número 4, con carné de pensionado número 854. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 06-000756-184-CI-7.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 25 de agosto del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—1 vez.—Nº 74724.—(79646).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Cristian Martín Mora Cruz, quien fuera mayor, casado, industrial, vecino de Calle Blancos de Goicoechea, cédula de identidad 1-485-018. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-000182-0169-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 74732.—(79647).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jerry Dexter Moomey Walton, quien fue mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino de Carrizal de Puntarenas, ciudadano estadounidense con pasaporte de ese país número Z siete cero seis uno uno cero dos, para que dentro de treinta días, contados a partir de la primera publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría sita en Alajuela, ciento cincuenta metros al oeste del Museo Histórico Juan Santamaría, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Notaria del Lic. Luis Andrés Bonilla Umaña, Expediente número cero cero cero uno-dos mil seis.—Alajuela, 28 de agosto del 2006.—Lic. Luis Andrés Bonilla Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 74739.—(79648).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Heriberto Arias Solera, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Alajuela, Guácima del Súper la Venus, doscientos metros oeste, cédula dos-cero noventa y nueve-ochocientos noventa y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-001428-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de agosto del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—1 vez.—Nº 74755.—(79649).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Ezequiel Castillo Barrera, quien en vida fue mayor, soltero en unión de hecho, guarda, vecino de Pavas, de la fábrica de tortillas Tortirricas, cuatrocientos metros al norte, San José, portador de la cédula de residencia número ciento treinta y cinco-RE-ochenta y cuatro mil quinientos cuarenta y cinco-cero cero-un mil novecientos noventa y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la única publicación de este edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-0001, notaría Bufete Campos Arias, ubicada en calle siete, avenidas seis y ocho.—San José, 17 de julio del 2006.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 66367.—(79839).
Se cita a todos los presuntos herederos, legatarios y demás interesados dentro del juicio sucesorio testamentario de Juan Picado Vargas, quien fue mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número dos-cero noventa y cuatro-novecientos ochenta y tres, vecino de Villa Esperanza, Cañas, Guanacaste, de la antigua radio Corobicí, cincuenta metros al oeste, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100311-0389-CI (331-1-2006)-C, proceso sucesorio testamentario de Juan Picado Vargas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 16 de agosto del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza Tramitadora.—1 vez.—Nº 74281.—(79840).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Aida Méndez García, quien fue mayor, viuda, del hogar, portaba la cédula de identidad Nº 3-189-246, vecina de Cot de Oreamuno, Cartago, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº 05-06. Sucesión de Aida Méndez García. Notaría del bufete de la licenciada Lisbeth Castillo Barquero.—Cartago, 25 de agosto del 2006.—Lic. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 74788.—(79841).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Sigifredo Céspedes Bejarano, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Coronado, cédula de identidad 4-056-956. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000255-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de julio del 2006.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—Nº 74791.—(79842).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Javier Carranza Zamora, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Gravilias de Desamparados, cédula de identidad Nº 2-266-937, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100208-0217-CI, sucesión de Javier Carranza Zamora.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 27 de julio del 2006.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº 74795.—(79843).
Se hace saber que en notaría de la licenciada Gina María Carazo Rodríguez, sito en Zapote, San José, 200 metros al norte y 75 oeste de Radio Columbia, se tramita el proceso sucesorio de Ramiro Fallas Agüero, quien fuera mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula Nº 1-0097-4738. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2006.—San José, 13 de junio del 2006.—Lic. Gina María Carazo Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 74828.—(79844).
Por única vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ananive, conocida como Ana Salazar Solís, quien fue mayor, casada una, ama de casa, cédula de número uno-trescientos tres- doscientos veintidós, vecina de Guayabo de Turrialba, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del término dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2006-100197-341-CI-206-R.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 17 de julio del 2006.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 74840.—(79845).
Se cita a todos lo herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Ligia María Cubero González, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad Nº 7-059-999, vecina de Limón centro, Barrio Los Corales Dos, alameda La Tintorera, casa 311, frente a la Iglesia Católica, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio Nº 98-100344-0462-CI-3 de Rafael Gómez Gómez y Ligia Cubero González, gestiona: Floribeth Gómez Cubero.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 12 de julio del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 74857.—(79846).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Juana de los Ángeles Romero Jiménez, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad tres-cero ciento setenta y cinco- cero quinientos veintisiete y Jorge Antonio Pacheco Alvarado, casado una vez, comerciante, cédula de identidad tres-cero ciento setenta y cinco-cero ciento cuarenta y ocho, a las quince horas del tres de abril de dos mil dos, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio extrajudicial ab intestato de quien en vida fuera su hijo Mauricio Pacheco Romero, quien fue mayor, soltero, estudiante, del mismo vecindario que los comparecientes, cédula de identidad número uno-cero setecientos setenta y nueve-cero doscientos ochenta y dos. De conformidad con el artículo 946 del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 02-000001. Notaría del Lic. Marco Vinicio Escalante González, Bufete Econojuris Abogados, sita en San José, avenida 10, calles 33 y 35, Nº 3370, teléfono 283-0233.—San José, 14 de agosto del 2006.—Lic. Marco Vinicio Escalante González, Notario.—1 vez.—(79856).
TERCERA PUBLICACIÓN
Se le previene al dueño
desconocido del bote tipo zodiack, de tres metros de
largo aproximadamente, color gris claro con negro, marca XM doscientos sesenta,
un motor con su propela marca Tohatsu
que está trabado por corrosión, serie número cero uno siete siete
tres cuatro XE, modelo M tres-cinco B dos-tres FO potencia tres punto cinco
HIP, color gris oscuro y dos remos de aluminio, que cuenta con el término de un
año, contado a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se
apersone a este Juzgado dentro del término dicho, haciendo el reclamo
correspondiente o las pruebas del caso, apercibido de que si no lo hace, el
bien lo perderá, Artículo N° 501 del Código Civil.
Diligencias de hallazgo. Expediente Nº 06-100273-0681-CI, número interno
0281-06-1 Gestiona Servicio Nacional de Guardacostas, Ministerio de Seguridad
Pública.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de
Pococí, Guápiles, 1º de agosto del 2006.—Lic. Henry Piñar
Alvarado, Juez.—(79152).
PUBLICACIÓN de una vez
Se avisa que en este Despacho los señores Miguel Enrique Castro Solís y Lilly Gisella Quesada Jiménez, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor de edad Kattia Paola Fonseca Pacheco. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 06-000349-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 24 de agosto del 2006.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 74668.—(79650).
Se hace saber: Que en este Despacho bajo el expediente número 05-002091-0364-FA, se tramita el proceso de adopción promovido por los señores Juan Alberto Lara Zúñiga y Teresa López Sevilla, en favor de la menor Katthia Lisseth Doña López. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para que se apersonen a hacer valer sus derechos y formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 11 de agosto del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 74687.—(79651).
Se avisa que en este Despacho los señores David La Mantia y Margherita Capuano, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de las personas menores de edad Paula Alejandra y Sheelvy Lindsay ambas Garbanzo Rodríguez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 06-000341-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y la Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 24 de agosto del 2006.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 74700.—(79652).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del presunto insano Julio César Fernández Rojas, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Julio César Fernández Rojas, establecido por la Procuraduría General de La República. Expediente Nº 05-001073-0186-FA.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de agosto del 2006.—Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 74714.—(79653).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Productora Tropical S. A. contra Caja Costarricense de Seguro Social, el Estado, Rodrigo Cordero Fernández. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: La nulidad del documento hipotecario que dio origen a este proceso, por cuanto el mismo se encuentra viciado de nulidad absoluta. Que se expida ejecutoria ante el Registro Público, Sección Inmuebles, a fin de que sirvan en cancelar el documento hipotecario indicado en autos. Que se condene a los demandados en costas de este proceso. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 04-000140-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 10 de agosto del 2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 74723.—(79654).
Se avisa a la señora Tania Elizabeth Andrade García, nicaragüense, portadora del documento de identidad nicaragüense número cero once-RE-cero cero cuatro mil novecientos treinta y nueve-cero once mil novecientos noventa y nueve, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 04-000401-673-NA establecido por el licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: “Sentencia Nº 158-06.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas del treinta de junio del dos mil seis. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo N° 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara sin lugar la excepción falta de derecho, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Lilliam Rebeca y Adán Marcial, ambos Andrade García y Daniel José Loría Andrade. Se extingue a su progenitora Tania Elizabeth Andrade García el ejercicio de la autoridad parental sobre sus hijos Lilliam Rebeca y Adán Marcial ambos Andrade García. Se extingue a los progenitores Tania Elizabeth Andrade García y Julio Antonio Loría Barahona, el ejercicio de la autoridad parental sobre su hijo Daniel José Loría Andrade. Se mantiene el depósito judicial de los niños Lilliam Rebeca y Adrián Marcial, ambos Andrade García y Daniel José Loría Andrade en el Patronato Nacional de la Infancia. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, con respecto a Lilliam Rebeca Andrade García, provincia de Alajuela, al tomo ochocientos tres, folio trescientos once, asiento seiscientos veintiuno, con respecto a Daniel José Loría Andrade, provincia de Alajuela, al tomo ochocientos treinta y siete, folio ciento setenta y dos, asiento trescientos cuarenta y cuatro, con respecto a Adán Marcial Andrade García, provincia de Alajuela, al tomo ochocientos cincuenta y tres, folio trescientos ocho, asiento seiscientos quince. Publíquese el edicto de ley. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese. Yerma Campos C., Jueza”.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2006.—Lic. Yerma Campos C., Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24695-PANI).—C-4140.—(79720).
Patricia Méndez G., Jueza de Familia de Cartago, hace saber a Evelyn Mora Segura, de vecindario desconocido, que en este Despacho se tramita la resolución que dice: “Juzgado de Familia de Cartago.—A las catorce horas y cincuenta y cuatro minutos del veintidós de mayo del dos mil seis. De la anterior demanda de suspensión de patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionada María Evelyn Mora Segura por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Como acto previo a nombrar el curador respectivo, solicítese a la CCSS y al Registro Civil la información que interesa. A solicitud de la parte actora se confiere el depósito provisional del menor de edad Roy Fernando Rodríguez Mora al Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Nº 06-000640-338 FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Patricia Méndez G., Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24695-PANI).—C-2415.—(79721).
Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a José Antonio Ortega González, Orlando Sandoval Vásquez, Yorleny Palma Parrales, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial de abandono en su contra, bajo el expediente número 04-001481-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado de Familia de Heredia.—A las dieciséis horas y veintisiete minutos del diecisiete de mayo del dos mil seis. Proceso especial de declaratoria de estado de abandono y depósito judicial de los menores Cindy Tatiana Sandoval Palma, Diana Victoria y Miguel Antonio de apellidos Ortega Palma y Efraín Josué, Karen Vanessa y Pablo Enrique ambos de apellidos Palma Parrales, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Lic. María Isabel Arce García, en contra de Jorge Orlando Sandoval Vásquez, José Antonio Ortega González y Yorleny Palma Parradares. Interviene la Procuraduría General de la República, representada por el licenciado Enrique Pochet Cabezas. Resultando:… Considerando:… Por tanto: Se rechazan las excepciones de sine actione agit, la de falta de derecho, la falta de interés actual, la falta de personería ad causam activa y pasiva, la falta de personería y la falta de agotamiento de la vía administrativa. Se acoge la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara judicialmente en estado de abandono a los menores Cindy Tatiana Sandoval Palma, Diana Victoria y Miguel Antonio ambos de apellidos Ortega Palma y Efraín Josué, Karen Vanessa y Pablo Enrique todos de apellidos Palma Parrales. Que se depositen judicialmente y con fines de adopción a las niñas Cindy Tatiana Sandoval Palma y a Diana Victoria Ortega Palma en el Hogar Madre del Redentor y a Miguel Antonio Ortega Palma y a Efraín Josué, Karen Vanesa y Pablo Enrique todos Palma Parradares en el Hogar Vista del Mar. Una vez firme el fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Limón de Cindy Tatiana, al tomo doscientos treinta, página trescientos ochenta y siete; asiento setecientos setenta y cuatro; en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Limón de Diana Victoria, al tomo doscientos treinta y ocho, página cuatrocientos veintinueve; asiento ochocientos cincuenta y siete; en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Limón de Miguel Antonio Ortega Palma, al tomo doscientos cuarenta y seis, página doscientos ochenta y seis; asiento quinientos setenta y dos; en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Limón de Efraín Josué Palma Parrales, al tomo doscientos cincuenta y tres, página trescientos noventa y dos, asiento setecientos ochenta y cuatro; en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Limón de Karen Vanessa Palma Parradares, al tomo doscientos cincuenta y cinco, página trescientos dieciséis; asiento seiscientos treinta y dos; en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Limón de Pablo Enrique Palma Parrales, al tomo doscientos sesenta, página ciento sesenta y tres, asiento trescientos veintiséis. En caso de que no lo pueda hacer, se le solicita que lo informe a este Despacho, para proceder a ordenar la notificación correspondiente. Hágase saber. Lic. Laura Rodríguez Villalobos.” Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial de abandono en contra de José Antonio Ortega González, Orlando Sandoval Vásquez, Yorleny Palma Parrales. Expediente Nº 04-001481-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de junio del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24695-PANI).—C-5175.—(79722).
El licenciado Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez de Familia de Corredores, hace saber a Miguel Ángel Vílchez Mata y a Berta García Espinoza, domicilio ignorado a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto, artículo 4 de la Ley de Notificaciones y Citaciones. Que en el expediente número 04-400294-424-FA (2), que es asunto de declaratoria de estado de abandono judicial promovido por el patro contra Miguel Ángel Vílchez Mata y a Berta García Espinoza, se dictó la sentencia de primera instancia Nº 54-06. “Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily.—A las trece horas con diez minutos del veintiséis de junio del dos mil seis. Proceso de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, representada por la licenciada Dinia Vallejos Badilla, mayor de edad abogada, cédula de identidad seis-doscientos ochenta y uno- ciento siete vecina de Río Claro de Golfito, contra Berta García Espinoza quien es mayor de edad, soltera, costarricense, oficio del hogar, portadora de la cédula de identidad número 6-573-321 y Miguel Ángel Vílchez Mata, mayor, soltero, agricultor, de domicilio desconocido, portador de la cédula de identidad numero 6-489-781. Interviene la Procuraduría General de la República representada por el Lic. Enrique German Pochet Cabezas y en calidad de curador procesal de los accionados el licenciado Martín Cornelis Ramírez, mayor abogado, carné 13.545, vecino de Ciudad Neily. Resultando: Primero:…, Segundo:…, Tercero:… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…, III.—Fundamentos legales:… Por tanto: Se declara con lugar el proceso especial declaratoria judicial de abandono con fines de adopción promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Berta García Espinoza y Miguel Ángel Vílchez Mata. En consecuencia se declara en estado de abandono al menor Michael Antonio Vílchez García, y se deja en custodia de los señores Flor Vílchez Mata e Isidro Prendas Saborío. Se suspenden en consecuencia el ejercicio de la patria potestad y los derechos inherentes a este que sobre su hijo Michael Antonio han tenido los señores Berta García Espinoza y Miguel Ángel Vílchez Mata. Una vez firme la sentencia, se expida la respectiva ejecutoria a fin de inscribirla al Registro Civil. Se resuelve sin especial condenatoria en costas.” Notifíquese.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 7 de agosto del 2006.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 24695-PANI).—C-3450.—(79723).
Se avisa al señor Sergio Arroyave García, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 06-000294-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor Laura Valentina Arroyave Arango. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2006.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 24695-PANI).—C-1150.—(79724).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Hernán del Socorro Chaves Méndez, mayor, casado, sastre, vecino de Cartago, cédula de identidad Nº 09-0026-0711, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Hernán del Socorro Chaves Méndez, por el de Hernán mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 06-001172-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del 2006.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 74775.—(79847).
Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber a Rolando Fernández Mora, que en este Despacho se interpuso un proceso impugnación reconocimiento en su contra, establecido por Randall Antonio Fernández Jaén, bajo el expediente Nº 04-002514-0165-FA que lo que interesa dice: “La suscrita licenciada Adriana Ruiz Villarreal, actuando en calidad de apoderada judicial del señor Randall Antonio Fernández Jaén, me presento ante usted con el debido respeto a interponer de conformidad con el artículo 86 del Código de Familia formal, proceso de impugnación de reconocimiento contra el señor Rolando Fernández Mora, cédula Nº 6-053-155, vecino de Ipís Abajo de Goicoechea, con base en los siguientes hechos: 1, 2, 3, 4, 5, Fundamento de derecho:…, Pruebas:…, Petitoria: Solicito al señor Juez de Familia en calidad de apoderado especial judicial del promovente se acoja en todos sus extremos dicho proceso, se impugne dicho reconocimiento por estar este viciado por los medios de falsedad y error. Notificaciones. Mediante resolución de las once horas y treinta y ocho minutos del veintisiete de enero del año dos mil cinco, se le dio curso a la demanda, confiriéndole al demandado Rolando Fernández Mora el plazo de diez días para que conteste la misma. También mediante resolución de las quince horas y cincuenta y ocho minutos del dieciséis de agosto del año dos mil seis, se nombró curador procesal al demandado a la Lic. Berta Ramírez Benavides, y se ordenó publicar la demanda por medio de un edicto, en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, para lo efecto del artículo 263 del Código Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso impugnación reconocimiento de Randall Antonio Fernández Jaén contra Rolando Fernández Mora.” Expediente Nº 04-002514-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de agosto del 2006.—Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 74864.—(79848).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Codocsa S. A., contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se anulen y dejen sin efecto las resoluciones del Tribunal Ambiental Administrativo, Nº 1087-05-TAA, de las 14:39 horas del día 8 de agosto del 2005 y Nº 664-06, de las 10:27 horas del día 6 de abril del 2006, así como todos los actos preparatorios relacionados con esas resoluciones, por contener vicios de inconstitucionalidad e ilegalidad que convierten a dichas resoluciones y actos en antijurídicos y por tanto nulos y se anule la amonestación impuesta a mi representada. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000653-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de agosto del 2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(79875).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jairo Ugalde Alpízar, de treinta y un años de edad, soltero, artesano, costarricense, con cédula de identidad 1-892-894, vecino de La Cabanga de Guatuso, frente a la Guardia Rural, nativo de Central, San José, el día primero de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro, hijo de Efraín Ugalde Miranda y de Grace María Alpízar Rivera, ambos costarricenses, y Sandra Sibaja Ulate, de veinte años de edad, soltera, del hogar, costarricense, con cédula de identidad 5-351-769, vecina de Las Flores de Bijagua de Upala, de Pulpería Flory, 200 metros al norte, nativa de Centro de Liberia, Gte., hija de Juan Ángel Sibaja Ramírez y de Marita Ulate Valerio, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para que este matrimonio se lleve a cabo, debe manifestarlo ante este despacho en el término de ocho días hábiles, después de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Upala, 28 de agosto del 2006.—Lic. Gustavo Alvarado Sánchez, Juez.—1 vez.—(79413).
Los suscritos Aracelly Quintana López, pasaporte nicaragüense C 0904977, niñera y Pablo Molina Carballo cédula 1-1071-989, comerciante, ambos mayores, vecinos de Cartago, contraerán nupcias el 25 de setiembre del 2006, en la notaría de la suscrita notaria.—Cartago, 30 de agosto del 2006.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 74793.—(79849).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Henry Giovanni Arias Monge, mayor, soltero, soldador, vecino de Quircot, Cartago, 200 m sur de la iglesia de Quircot, casa color verde, de una planta, hijo de María Virginia Arias Monge, nacido en Cartago, el 22 de mayo de 1982, con 24 años de edad, cédula de identidad Nº 3-380-677 y María Marcela Campos Sanabria, mayor, soltera, contadora, vecina de Tejar de El Guarco, Cartago, 300 m sur de la Escuela La Asunción, hija de Julio Campos Solano y Xinia Sanabria Arce, nacida en Cartago, el 15 de marzo de 1985, actualmente con 21 años de edad, cédula de identidad Nº 3-401-375. Los comparecientes manifiestan: “Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos Julio César Campos Sanabria y Alejandra Jara Obregón. Ambos tienen un hijo en común de ocho meses. Es todo, leído que les fue lo anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme, ratifican y firman. Lic. Nancy Sáenz Méndez, Jueza.” Lo anterior se ordena así en proceso solicitud de matrimonio de Henry Giovanny Arias Monge y María Marcela Campos Sanabria. Expediente Nº 06-001235-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 30 de agosto del 2006.—Lic. Nancy Sáenz Méndez, Jueza.—1 vez.—(79864).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Julio César Campos Sanabria, mayor, soltero, de 23 años de edad cédula de identidad Nº 3-388-996, vecino de Tejar, Asunción, 300 al sur de la escuela vieja, empleado de fábrica, hijo de Xinia Solano Arce y Eduardo Campos Solano, nacido en Cartago el 16 de julio de 1983 y Mayra Alejandra Jara Obregón, mayor, soltera, ama de casa , cédula de identidad Nº 1-1315-869, de 19 años de edad, hija de Óscar Jara Barboza y Mayra Obregón Matamoros, nacida en Pérez Zeledón el 2 de mayo de 1987. Los comparecientes manifiestan: “Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos María Marcela Campos Sanabria y Henry Arias Monge. La compareciente manifiesta no estar en estado de gravidez.” Es todo, leído que les fue lo anterior en voz alta a los comparecientes, lo encuentran conforme, ratifican y firman. Expediente Nº 06-001236-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(79865).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
La suscrita Lic. Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar de Puntarenas, notifica al Codemandado Civil Gustavo Adolfo Jiménez Ramírez cédula: 01-0615-0524, la resolución que literalmente dice: “Se ordena dar traslado a la acción Civil resarcitoria por medio de edicto. Fiscalía Adjunta de Puntarenas, a las quince horas con cincuenta minutos del veintisiete de julio del dos mil seis. No habiendo sido posible localizar a Gustavo Adolfo Jiménez Ramírez cédula 01-615-0524 como Codemandado. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar de Puntarenas”. Lic. Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar de Puntarenas, expediente 05-601124-607-TC, Demandado Civil Carlos Daniel Gutiérrez Rojas y Codemandado Civil Gustavo Adolfo Jiménez Ramírez, por el Delito de Lesiones Culposas. Actor Civil Zelmira Cruz Hernández y Blanca Dina Castro Palma. Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria. Fiscalía de Puntarenas, a las quince horas con cincuenta y cinco minutos del veintisiete de julio del dos mil seis. Habiendo presentado el Lic. Carlos Paredes Rodríguez, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta de Puntarenas en la Defensa Civil de la Victima, Acción Civil Resarcitoria en contra Carlos Daniel Gutiérrez Rojas y Gustavo Adolfo Jiménez Ramírez y habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado por los artículos 15, 111 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado a la misma, traslado que se hará por medio de edicto, que se publicará por tres veces en El Boletín Judicial del diario oficial La Gaceta con el fin que en caso de considerarlo necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del plazo de cinco días.—Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Puntarenas.—Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar.—(79207).