El Boletín Nº 215

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

Sección de Cobro Administrativo.—San José, a las siete horas treinta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis.

No habiendo sido posible localizar a la señora Irina Nassaev Nassaeva, cédula de identidad N° 8-076-0971, y en virtud de seguirse la causa administrativa Nº 151V-01 (A ), por daños al vehículo propiedad del Poder Judicial, placa 270794, notifíquese por medio de Edicto la resolución dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia N° 851-05. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección Cobro Administrativo. San José, a las catorce horas cinco minutos del veinte de abril de dos mil cinco. Procedimiento de Cobro Administrativo, seguido por daños al vehículo propiedad del Poder Judicial placa 270794, conocido internamente como la unidad 81. Antecedentes: 1) Se pone en conocimiento de la señora Irina Nassaev Nassaeva, cédula de identidad N° 8-076-971, que en el expediente administrativo N° 151-V-01 (A), que se sigue en esta sede por los daños ocasionados al vehículo propiedad del Poder Judicial placa 270794, conocido internamente como la unidad 81, se ha incorporado sentencia condenatoria, expediente N° 01-016901-0174-TR dictada por el Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciséis horas cero minutos del seis de mayo del dos mil tres, en la cual se declaró a la señora Irina Nassaev Nassaeva, autora responsable de la colisión acaecida el 21 de mayo del 2001 (folios 23 a 25). 2) Asimismo, consta en autos que como producto de la colisión en que resultara responsable la señora Nassaev Nassaeva, se ocasionó daños al vehículo oficial placa 270794, cuyo costo total de reparación ascendió a la suma de cuatrocientos treinta mil diecinueve colones con nueve céntimos (¢430.019,09) (folios 19 y 32 a 34). Audiencia: 1) De conformidad con el artículo 186 de la Ley de Tránsito por vías públicas terrestres y 1045 del Código Civil, se otorga a la señora Irina Nassaev Nassaeva un plazo de diez días hábiles para que en dicho término se refiera a las pruebas que obran en el expediente y emita conclusiones sucintas sobre la responsabilidad civil que se le atribuye, otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago a esta Administración, para lo cua se pone el expediente 151-V-01 (A) a su disposición. 2) La presente resolución se notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública. Se previene a la señora Nassaev Nassaeva, que debe señalar en el plazo de tres días hábiles, lugar dentro del perímetro judicial del Primer Circuito Judicial de San José para atender notificaciones, número de fax o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación. En caso de no cumplir con esta prevención, y en virtud de que la Ley General de la Administración Pública, no contiene norma que regule el no señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación de la facultad que confiere el artículo 229, inciso 2) de la misma ley, respecto de la aplicación supletoria de otras fuentes del ordenamiento jurídico, así como el principio que establece que la ley especial prevalece sobre la general, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales en concordancia con el artículo 6º de la misma ley. En caso de no haber oposición en el plazo indicado, se trasladarán las diligencias a la Procuraduría General de la República, para que se interponga el proceso judicial de ejecución de sentencia. Notifíquese. Exp. Adm. Nº 151-V-01 (A).

San José, 25 de octubre del 2006.

Alfredo Jones León,

(100922)                                                                                                                                                                                                   Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en sesión de 15 de febrero de 2006, artículo XI, y el acuerdo del Consejo Superior de sesión de 21 de febrero de 2006, artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del  público en general, que se procederá a la destrucción de boletas de tránsito del periodo 1989 a 1997, expedientes de faltas y contravenciones de 1990 al 2000 y expedientes de tránsito del periodo 1990-1995, expedientes de violencia doméstica de 1996 al 2001 y expedientes civiles (procesos ejecutivos, hipotecarios y prendarios) del periodo 1990-1995 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, Heredia. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.

Remesa: 19843

Boletas: 7

Paquetes: 1 paquete

Año: 1989

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

Remesa: G 15 H 90

Boletas: 49

Paquetes: 1 paquete

Año: 1990

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

Remesa: G 12 H 91

Boletas: 37

Paquetes: 1 paquete

Año: 1991

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

NOTA:   Las boletas de tránsito de 1992 no aparecieron en el despacho y

     no fueron recibidas en el Archivo Judicial.

Remesa: G 12 H 93

Boletas: 200

Paquetes: 1 paquete

Año: 1993

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

Remesa: G 13 H 94

Boletas: 154

Paquetes: 1 paquete

Año: 1994

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

Remesa: G 12 H 95

Boletas: 430

Paquetes: 2 paquetes

Año: 1995

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

Remesa: G 12 H 96

Boletas: 728

Paquetes: 3 paquetes

Año: 1996

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

Remesa: G 13 H 97

Boletas: 574

Paquetes: 2 paquetes

Año: 1997

Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)

A partir de 1998, la materia de tránsito la asume el Juzgado de tránsito de Heredia.

Remesa: G 14 H 90

Expedientes: 115

Paquetes: 1

Año: 1990

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 13 H 91

Expedientes: 148

Paquetes: 3

Año: 1991

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 12 H 92

Expedientes: 158

Paquetes: 3

Año: 1992

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 13 H 93

Expedientes: 172

Paquetes: 3

Año: 1993

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 14 H 94

Expedientes: 165

Paquetes: 3

Año: 1994

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 13 H 95

Expedientes: 254

Paquetes: 5

Año: 1995

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 13 H 96

Expedientes: 397

Paquetes: 8

Año: 1996

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 14 H 97

Expedientes: 405

Paquetes: 8

Año: 1997

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 9 H 98

Expedientes: 351

Paquetes: 7

Año: 1998

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 8 H 99

Expedientes: 506

Paquetes: 10

Año: 1999

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 5 H 00

Expedientes:400

Paquetes:  8

Año: 2000

Asunto: Faltas y Contravenciones

Remesa: G 16 H 90

Expedientes: 92

Paquetes: 1

Año: 1990

Asunto: Expedientes de tránsito

Remesa: G 15 H 91

Expedientes: 64

Paquetes: 1

Año: 1991

Asunto: Expedientes de tránsito

Remesa: G 13 H 92

Expedientes: 49

Paquetes: 1

Año: 1992

Asunto: Expedientes de tránsito

Remesa: G 14 H 93

Expedientes: 115

Paquetes: 2

Año: 1993

Asunto: Expedientes de tránsito

Remesa: G 15 H 94

Expedientes: 128

Paquetes: 3

Año: 1994

Asunto: Expedientes de tránsito

Remesa: G 14 H 95

Expedientes: 117

Paquetes: 2

Año: 1995

Asunto: Expedientes de tránsito

Remesa: V 5 H 96

Expedientes: 24

Paquetes: 1

Año: 1996

Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa: V 5 H 97

Expedientes: 147

Paquetes: 3

Año: 1997

Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa: V 5 H 98

Expedientes: 336

Paquetes: 7

Año: 1998

Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa: V 5 H 99

Expedientes: 453

Paquetes: 9

Año: 1999

Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa: V 4 H 00

Expedientes: 402

Paquetes: 8

Año: 2000

Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa: V 4 H 01

Expedientes: 550

Paquetes: 11

Año: 2001

Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa: C 27 H 90

Expedientes: 23

Paquetes: 1

Año: 1990

Asuntos: Expedientes Civiles (12 Ejecutivos Simples, 7 Ejecutivos Prendarios y 4 Ejecutivo Hipotecario)

Remesa: C 29 H 91

Expedientes: 17

Paquetes: 1

Año: 1991

Asuntos: Expedientes Civiles (2 Juicios Monitorios, 3 Ejecutivos Hipotecarios,  12 Ejecutivos Simples)

Remesa: C 27 H 92

Expedientes: 5

Paquetes: 1

Año: 1992

Asuntos: Expedientes Civiles (1 Prendario y 4 Ejecutivos Simples)

Remesa: C 25 H 93

Expedientes: 5

Paquetes: 1

Año: 1993

Asuntos: Expedientes Civiles ( 1 Ejecutivo Simple, 1 Monitorio y 3  Hipotecarios)

Remesa: C 26 H 94

Expedientes: 10

Paquetes: 1

Año: 1994

Asuntos: Expedientes Civiles ( 10 Ejecutivos Simples)

Remesa: C 25 H 95

Expedientes: 220

Paquetes: 4

Año: 1995

Asuntos: Expedientes Civiles ( 220 Ejecutivos Simples)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 31 de octubre del 2006.

Alfredo Jones León,

(100923)                                                                                                                                                                                                   Director Ejecutivo

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

TERCERA PUBLICACIÓN

HACE SABER:

Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente N° 06-000878-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario Abd Allah Hasbum Blanco, mediante la resolución de las ocho horas diez minutos del veinticinco de octubre de dos mil seis, se dispuso: transcribir la resolución que da traslado. Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios públicos, la Sala Constitucional dispuso: “…las sanciones que sean impuestas a los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función, deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la Dirección referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual impugnación de la medida…” Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios públicos, la Sala Constitucional dispuso: “…las sanciones que sean impuestas a los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función, deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la Dirección referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual impugnación de la medida…”. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado Abd Allah Hasbum Blanco del contenido de la resolución de las quince horas diez minutos del veintiocho de setiembre de dos mil seis, en la dirección reportada como su oficina notarial y que, corresponde a la misma de su casa de habitación, según se comprueba en el acta de notificación que corre a folio cuatro. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Abd Allah Hasbum Blanco la resolución de las quince horas diez minutos del veintiocho de setiembre de dos mil seis, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, el lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial. Dirección Nacional de Notariado.- Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de fecha veintiocho de setiembre de 2006, en el que se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al once de setiembre del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, el licenciado Hasbum Blanco Abd Allanh, debe al mes de setiembre veintidós cuotas, se tiene por acreditado que el notario Hasbum Blanco Abd Allanh, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9 del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene al notario Hasbum Blanco Abd Allanh, portador de la cédula 07-0124-0228, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4º, inciso g); 13, inciso b) y 140, párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143, inciso a) del Código Notarial, queda prevenido el notario Hasbum Blanco Abd Allanh, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus actuaciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido.- También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas...”

San José, 25 de octubre del 2006.

                                                                                                                                                                                                          Lic. Alicia Bogarín Parra

(99931)                                                                                                                                                                                                            Directora

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERa PUBLICACIÓN

 

A las ocho horas, treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, remataré: una refrigeradora marca Hotpoint, modelo CSX24DRA, con la base de ¢ 170.000; una refrigeradora marca Hotpoint, modelo CSX22BW, con la base de ¢ 170.000; una refrigeradora marca Whirpool, modelo ED25LF, con la base de ¢ 180.000. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Secundino Morales Morales contra Importaciones Miami S. A. Expediente Nº 01-300073-0349-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 29 de junio del año 2006.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—Nº 87132.—(101139).

Causahabientes

Con ocho días de término se cita y emplaza a todos los interesados en las diligencias de devolución de dineros del trabajador fallecido que se tramita en este Juzgado bajo el Nº 05-300049-0319-LA, gestionado por Pilar Rojas Rojas y otra, de que en vida fue Ottón Gerardo Castillo Castillo, cédula de identidad 6-172-253, mayor, casado y vecino de Palmares; para que dentro de dicho término se apersonen a este Despacho a hacer valer sus Derechos, apercibidos de que si lo hicieren, el dinero se entregará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Palmares, 18 de octubre del 2006.—Lic. Róger León Zárate, Juez.—1 vez.—(100794).

Con ocho días de término se cita y emplaza a todos los interesados en las diligencias de devolución de dineros del trabajador fallecido que se tramita en este Juzgado bajo el Nº 06-300022-0319-LA, gestionado por Eduviges Arce Quesada, de quien en vida fue Mario Gerardo Quesada García, cédula de identidad 2-374-719, mayor, casado y vecino de Palmares; para que dentro de dicho término se apersonen a este Despacho a hacer valer sus Derechos, apercibidos de que si lo hicieren, el dinero se entregará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Palmares, 20 de octubre del 2006.—Lic. Róger León Zárate, Juez.—1 vez.—(100795).

Con ocho días de término se cita y emplaza a todos los interesados en las diligencias de devolución de dineros del trabajador fallecido Miguel Ledezma Ramírez, expediente número 06-300024-0319-LA, gestionado por Digna Mora Madrigal, quien en vida fue mayor, pensionada, casada, vecina de Palmares, cédula de identidad número 2-218-578, para que dentro de dicho término se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo demuestre.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Palmares, 23 de octubre del 2006.—Lic. Róger León Zárate, Juez.—1 vez.—(100796).

Con ocho días de término se cita y emplaza a todos los interesados en las diligencias de devolución de dineros del trabajador fallecido José Ángel Rojas Arias, expediente Nº 06-300027-0319-LA, gestionado por Bryam Rojas Sancho; quien en vida fue mayor, marinero en barcos turísticos, casado, cédula de identidad número 2-290-1413, para que dentro de dicho término se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo demuestre.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Palmares, 23 de octubre del 2006.—Lic. Róger León Zárate, Juez.—1 vez.—(100797).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel Gamboa Villalobos, cédula de identidad número dos guión cero ciento nueve guión cero cero trece, fallecido el 10 de octubre del 2006, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el Nº 06-000139-0692-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 06-000139-0692-LA establecida por María Eugenia Gamboa Villalobos.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Ramón, 25 de octubre del 2006.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(100798).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Bautista Víquez Gómez, quien fue mayor, soltero, vaquero, cédula 3-0161-0922, vecino de Cartago, fallecido el dieciocho de julio del año dos mil cinco, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el Nº 06-000290-0703-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 06-000290-0703-LA (D) de Juan Bautista Víquez Gómez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 26 de octubre del 2006.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.—1 vez.—(100799).

Se cita y emplaza, a los que en carácter de causahabientes de la devolución de cuotas del extinto Herald Víctor Nájera, mayor, soltero, vecino últimamente de Linda Vista de Buenos Aires, 300 metros al sur de la escuela, portó su cédula de identidad Nº 1-1256-0134, expiró el día dos de setiembre del año dos mil seis, se consideren con derecho a los mismos, para que dentro del impostergable plazo de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este bando, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí tramitadas bajo el número 06-3000015-0444-LA-(4) a hacer valer sus derechos, al tenor del artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Buenos Aires, Puntarenas.—Lic. Carlos Gutiérrez Alpízar, Juez.—1 vez.—(100800).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Wendy María Zúñiga Barboza, quien fue mayor, soltera, operaria, vecina de Pavas, con cédula de identidad Nº 1-1211-0557 y quien falleció el 18 de enero del año 2006, se les hace saber que Óscar Gerardo Zúñiga Aguilar, cédula de identidad 1-0646-0801, y Xinia María Barboza Rojas, cédula de identidad 1-0666-0196, ambos vecinos de Pavas, se apersonaron a este despacho en calidad de padres de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Wendy María Zúñiga Barboza, expediente Nº 06-001195-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de octubre del 2006.—Lic. Manuel Rodríguez Carrillo, Juez.—1 vez.—(100801).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rodmel Ríos Chaves, quien fue mayor, vecino de San Rafael de Heredia, con cédula de identidad número 1-1275-227, se les hace saber que: Adelia Chaves Quirós, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 1-473-693, vecina de San Rafael de Heredia, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rodmel Ríos Chaves. Expediente Nº 06-001142-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de octubre del 2006.—Lic. Silvia Elena Vargas Soto, Jueza.—1 vez.—(100802).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Enrique Durán Solís, quien fue mayor, de cincuenta y cuatro años de edad, casado, instructor de sastrería, vecino de Alajuelita, para que dentro del término de ocho días, contados a partir de esta publicación, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen, las sumas depositadas pasarán a quien corresponda. Expediente Nº 06-300017-251-LA.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Alajuelita, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Dalia Núñez Alfaro, Juez.—1 vez.—(101232).

 

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las dieciocho horas y veinte minutos del veintidós de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, con hipoteca en primer grado y con la base de $ 29.800 moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula Nº 467839-000. Que es terreno para construir lote 140. Sito: distrito 03, cantón 03 de la provincia de San José. Linderos: norte, noreste lote ciento veintiuno de urbanización Sibuju; sur, sureste lote ciento treinta y nueve de urbanización Sibuju; este, noroeste casa contigua número ciento cuarenta y uno de urbanización Sibuju; y oeste, suroeste calle pública con 6,50 metros de frente. Mide: ciento veinte metros con veinticinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-009907-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Sibaja Vizcaíno y Rodrigo Chinchilla Fallas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 30 de agosto del 2006.—Lic. Hans Roberto Leandro Carranza, Juez.—Nº 86586.—(100265).

A las catorce horas treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, remataré, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de cuarenta y un mil doscientos setenta y un dólares con un centavo, la planta eléctrica, marca Caterpillar, modelo tres cuatro uno dos PKGG, serie número nueve EP cero uno dos seis seis, motor número tres FZ cero dos siete seis dos. Prendario 06-000570-182-CI (5) de Caterpillar Financial Services Corporation contra Agroexportadora O.R.T. S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de setiembre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 86603.—(100266).

A las diez horas del catorce de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de cuarenta y dos mil trescientos setenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil trescientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de dos plantas. Situada en el distrito dos Merced, cantón uno de San José, la provincia de San José. Colinda: al norte, León Ávila Madrigal; al sur, Carlos Delgadillo; al este, Emilia Villalobos Jiménez; y al oeste, calle pública con once metros. Mide: ciento ochenta y nueve metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Auto Sasa S. A., contra William Alberto Cartín Núñez. Expediente Nº 03-000333-0185-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de octubre del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 86604.—(100267).

A las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil seis, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; con la base de un millón setecientos setenta y dos mil colones, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número cero noventa y un mil trescientos setenta y seis-cero cero uno-cero cero dos, que es terreno para construir, lote número 3-C, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, calle pública con 10 metros de frente; sur, este y oeste, Orlando Murillo Elizondo; y una medida de ciento noventa y cinco metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 04-100121-0389-CI (130-3-2004)-B proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco Promérica Sociedad Anónima contra María Magdalena Delgado García y contra Gonzalo Porras Castro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 27 de setiembre del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 86625.—(100268).

A las diez horas del treinta de noviembre del dos mil seis, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; con la base de un millón seiscientos noventa y dos mil noventa y nueve colones, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número cero noventa y un mil cuatrocientos dos-cero cero cero, que es terreno para construir, lote número 12-D, situado en el distrito primero cañas, del cantón sexto cañas, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, este y oeste, Orlando Murillo Elizondo; y sur, calle pública con 10 metros de frente, y una medida de doscientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 04-100119-0389-CI (128-3-2004)-C proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco Promérica Sociedad Anónima, en calidad de fiduciario del Banco Elca Sociedad Anónima contra Bolívar Ruiz Rojas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 18 de octubre del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 86626.—(100269).

A las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil seiscientos diecinueve colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Hyundai, estilo: Grace, categoría transporte colectivo interurbano, capacidad: 15 personas, año: 1996, carrocería: microbús, color: crema, chasis: KMJRD37FPTU277871, combustible: diesel, placas: 605387. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-001145-181 CI de Mauricio Montagne Sánchez contra Fermín Sánchez Goodsell.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 86629.—(100270).

A las dieciocho horas veinte minutos del veinticinco de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, a) libre de gravámenes hipotecarios anotación de divorcio al tomo 504, asiento 14468 y con la base de cuatro millones ochocientos noventa y seis mil trescientos veinte colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil setecientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Con una casa y un negocio comercial. Situada en el distrito cuatro Catedral, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Industrias Arcadio de Costa Rica S. A.; al sur, avenida 24 con 15,37 m; al este, calle 9 con 7,15 m de frente; y al oeste, Industrias Arcadio de Costa Rica S. A. Mide: ciento sesenta y seis metros con cuarenta decímetros cuadrados proporción medida 00; b) libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro B-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito once San Sebastián; canton 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gonzalo Núñez Espinoza; al sur, Gerardo Morales Morales; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; y al oeste, calle pública con 12,76 m. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados proporción medida 00. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Gallo Tico S. A., Industrias Arcadio de Costa Rica S.A., y Representaciones Carlos Bermúdez A. S. A. Expediente Nº 02-000696-0640-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—Nº 86635.—(100271).

A las ocho horas y veinte minutos del primero de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos veinticinco mil quinientos ochenta y cinco-cero cero cero, que es terreno de patio con una casa de habitación. Sito: distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Linderos: norte, Francisco Acuña Bermúdez; sur, Flor de María Acuña Hidalgo; este, calle pública con un frente de 14,32 m; y oeste, quebrada La Quebradilla en medio y Agropecuaria Colibie. Mide: cuatrocientos trece metros con nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-016565-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Silvia Elena Rojas Acuña.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 5 de octubre del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 86655.—(100272).

A las nueve horas y veinte minutos del primero de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones doscientos cuarenta y dos mil quinientos sesenta y nueve colones con catorce céntimos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento doce mil ciento veintisiete-cero cero cero, que es terreno para construir con 1 casa 2 Q. Sito: distrito 06 Guadalupe, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Linderos: norte, lote 3 Q; sur, calle pública con 6,1 m; este, lote 50 Q; y oeste, lote 1 Q. Mide: ciento tres metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-016215-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra José Pablo Angulo Fallas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 5 de octubre del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—Nº 86673.—(100273).

A las nueve horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón doscientos cuatro mil trescientos tres colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos sesenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 8 D. Situada en el distrito Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda pública; al sur, lote 3 D; al este, Leocadio Sánchez Bogarín; y al oeste, lote 7 D. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación Promotora de Vivienda Fuprovi contra Ana Elidieth Gutiérrez Porras y Gerardo Alfredo Prado Serrano. Expediente Nº 06-001144-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 86677.—(100274).

A las diez horas con treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis, en la puerta principal de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de dos millones seiscientos dieciocho mil seiscientos ochenta colones netos, se rematará al mejor postor la finca del partido de San José, Folio Real trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en distrito quinto San Pedro, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linda: al norte, con José Rojas Navarro y otro; al sur, con Vicente Granados Arauz; este, con José Rojas Navarro; y oeste, con calle pública. Mide: ciento setenta y cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Propiedad de Israel Quesada Elizondo. Plano número SJ-cero setecientos dieciocho mil trescientos dieciséis-mil novecientos ochenta y siete. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 98-100427-424-CI-2 de Coopealianza R. L., contra Omar Joel Blanco Campos y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 28 de setiembre del 2006.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—Nº 86681.—(100275).

A las nueve horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado a favor de Financiera Multivalores S. A., por un monto original de cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y nueve dólares, así como reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos según citas 306-06136-01-0001-001 y con la base de la hipoteca de segundo grado por ser de plazo vencido sea la suma de veinte mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, o su equivalente en colones que deberá ser calculado conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento del pago en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 482107-000, que es terreno de potrero con una casa lote Nº 6, situado en el cantón Santa Ana, distrito Uruca de la provincia de San José. Linda al norte, con calle pública con veinte metros de frente; al sur, con Mariano Hernández Castro; al este, con lote Nº 5, y al oeste, servidumbre de paso y Guillermo Alfaro Quirós. Mide: mil ciento ochenta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 2006-001362-0180-CI de Fox Investment Costa Rica S. A., contra Oswaldo Ceballos Salazar.—Juzgado Primero Civil, San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(100368).

A las nueve horas y quince minutos del veintiuno de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cincuenta y cuatro mil doscientos dólares norteamericanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F treinta y cinco mil ciento cinco-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno bloque B finca filial seis apto para construir destinado a uso habitacional. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lotes cuarenta y dos y cuarenta y tres bloque B; al sur, ocho metros cincuenta centímetros de frente a acceso vehicular; al este, lote siete del bloque B; y al oeste, lote cinco del bloque B. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra German Andrés Camacho Rodríguez y Natasha Rodríguez Solano Expediente Nº 06-000328-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de octubre del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 86733.—(100471).

A las nueve horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica por la suma de veintiséis millones quinientos mil colones, así como plazo de convalidación por rectificación de medida y con la base de veintiún millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil seiscientos cuarenta y dos submatrícula cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de solar con una casa, bodega y supermercado. Situada en el distrito diez, Desamparados; cantón primero, Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: noreste, servidumbre de paso; noroeste, Guiselle Bolaños Ramírez; sureste, calle pública con dieciséis metros con veintiún centímetros de frente; suroeste, Carmen Arias Jiménez. Mide: cuatrocientos tres metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Maximiliano Alfaro Jiménez contra Isidro Umaña Vargas y Norma Villarreal Marín. Expediente Nº 06-001397-0638-CI-13.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de setiembre del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 86749.—(100472).

A las nueve horas del doce de enero del dos mil siete, en la puerta principal del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones a favor del Instituto de Desarrollo Agrario anotadas al tomo 355, asiento: 12.188, y con la base de tres millones doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos veintisiete colones con nueve céntimos, sáquese a remate el fundo hipotecado matrícula número cuatrocientos dieciocho mil setecientos dos-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en La Fortuna, distrito sétimo de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, lindante al norte, calle pública con un frente de diez metros con dieciocho centímetros lineales; al sur, resto de Marco Tulio Cruz Méndez; al este, eesto de Marco Tulio Cruz Méndez y al oeste, resto de Marco Tulio Cruz Méndez, el cual mide quinientos metros cuadrados, descrita en el plano catastrado número A- 1029215-2005, propiedad de Rocío de los Ángeles Sequeira Alfaro. Lo anterior por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario Nº 06-100627-0297-CI establecido por Coocique R. L., contra Rocío de los Ángeles Sequeira Alfaro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de octubre del 2006.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—Nº 86762.—(100473).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre del mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 405-07075-01-0900-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor sea la suma de dos millones ochocientos noventa y cinco mil ochocientos treinta y ocho colones con doce céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula Nº 276.478-000, que se describe así: terreno con una casa, sita: Pocosol de San Carlos, distrito trece del cantón décimo de la provincia de Alajuela, mide: cuatrocientos seis metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Linda: al norte, Lilliam María Rodríguez Navarro; al sur, calle pública con un frente de 21 metros con 11 centímetros lineales; al este, calle pública con un frente de 18 metros con 88 centímetros lineales y al oeste, Lilliam María Rodríguez Navarro. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 06-100820-0297-CI (3B) de Coocique R. L., contra Irma Hurtado Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de octubre del 2006.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 86763.—(100474).

A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de ocho millones ciento cincuenta y un mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 194.354-000, la cual es terreno para construir bloque D lote 14. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote, 15; al sur, lote 13; al este, lote 7 y al oeste, calle pública con un frente de 7.50 metros. Mide: ciento veintiocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Kattia Gómez Noguera expediente 06-001648-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de octubre del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 86791.—(100475).

A las dieciocho horas del veintidós de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seiscientos cincuenta y dos mil seiscientos sesenta y cinco colones, en el mejor postor rematare: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos tres mil ciento treinta y nueve-cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno para construir con una casa número B-7 urbanización Las Orquídeas Korobo 2. Sitio: Distrito cinco Ipís, cantón ocho Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, en medio Espaldón y carretera nacional, sur, INVU; este INVU; y oeste INVU. Mide: ciento veintiséis metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-014719-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Damaris Coto Gamboa y Jorge Vasquez Araya.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2006.—Lic. Marcela González Solera, Jueza.—(100500).

A las catorce horas del veintidós de noviembre del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de seis millones de colones, al mejor postor remataré: Finca del partido de Puntarenas, matrícula número treinta y ocho mil novecientos cuarenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito primero, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Alberto Cabezas Sanarrusia; al sur, con José Luis Acuña Murillo; al este, con José Cabezas y Napoleón Murillo y oeste, con calle pública. Mide: trescientos setenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en Ejecutivo Hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra José Eduardo Hernández Cabezas. Expediente Nº 04-100894-417-C. I.-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Nº 86924.—(100762).

A las nueve horas del veintidós de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 406.248-000, la cual es terreno para construir con una casa lote H-137, situada en el distrito 04 Patalillo, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote H 148/149; al sur, calle pública con 08,10; al este, lote H-138, y al oeste lote H-136. Mide: ciento cincuenta metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Florybeth de los Ángeles Monge Sánchez. Expediente Nº 06-001226-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de octubre del 2006.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 86984.—(100766).

primerA PUBLICACIÓN

A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del año en curso, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso y con la base de un millón ciento ochenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos catorce mil novecientos setenta y nueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, situada en el distrito uno Naranjo, cantón seis Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 16 metros, 05 cm lineales de frente; al sur, Ángel Adrián Villalobos Montero; al este, Ángel Adrián Villalobos Montero, y al oeste, Ángel Adrián Villalobos Montero. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Guadamuz Ugalde y María Luisa de las Piedades Suárez Bejarano. Expediente Nº 06-001328-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de octubre del año 2006.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(100554).

A las diez horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo 382, asiento 15662 y con la base dada en el peritaje, sea la suma de catorce millones trescientos quince mil quinientos sesenta y cinco colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula de Folio Real número 137.540-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir. Mide: trescientos sesenta metros con catorce decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 04 San Rafael, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Linderos: al norte, con Sociedad Anónima Malavasi; al sur, con calle pública con 10,02 metros; al este, con Sociedad Anónima Malavasi, y al oeste, con Sociedad Anónima Malavasi. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo N° 05-000736-183-CI de Contimaca de Costa Rica S. A., contra Rodoban Diseño y Publicidad S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 24 de octubre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(100555).

A las nueve horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil seis, en la puerta que ocupa este despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones, remataré: un vehículo placas C cero uno tres siete tres cinco (C trece mil setecientos treinta y cinco), marca Volvo, categoría carga pesada, serie F 8547B14919, carrocería cisterna, tracción no registrada, chasis número F8547B1419, estilo F 85, motor número TD50B02654484; cilindrada 5790 c. c., potencia 125.00 Kw, combustible diesel, marca Volvo, seis cilindros, capacidad para tres personas, año mil novecientos setenta y cinco, color blanco. Se remata por ordenarse así en expediente número 02-100146-0197-CI, proceso ordinario establecido por José Faña Vargas contra Eladio Jiménez Céspedes y Óscar Aguilar Quirós.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 5 de octubre del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(100563).

A las nueve horas del cinco de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando colisión sumaria 03-600390-494-TC a favor del Juzgado de Tránsito de Alajuela, y con la base de siete mil doscientos setenta y tres dólares con cuarenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 465600, automóvil, estilo Yaris, capacidad cinco personas, año 2002, color negro, motor 2NZ2093042, chasis JTDKW113703095239. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-000615-184-CI-2 de Banco Interfin S. A., contra Ariel Antonio Quesada Medrano.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, once octubre del dos mil seis.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—(100571).

A las diez horas del catorce de diciembre de dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 325, asiento 3469, consecutivo 01-0901-032, así como prohibiciones inscritas al tomo 325, asiento 03469, consecutivo 01-0902-019 y con la base de cuatro mil seiscientos ochenta y dos dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, matrícula 135591-000, que es terreno para la agricultura, situada en el distrito Dos Sabalito, cantón ocho Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública con un frente de noventa y un metros con sesenta y un centímetros; al sur, con Jaime Salazar Alfaro; al este, con río Negro y Juan Vargas Pérez, y al oeste, con Olger Salazar Alfaro. La finca mide cuatro mil seiscientos setenta y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados, tiene el plano catastrado Nº P-452358-1997 y aparece inscrita a nombre de Olger Eugenio Salazar Alfaro. Lo anterior se remata por haberse ordenado así dentro del proceso ejecutivo hipotecario Nº 05-100356-188-CI (interno: 371-05-Y3) de Gerardo Cruz Navarro contra Olger Eduardo Salazar Alfaro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 25 de octubre de 2006.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 86805.—(100750).

A las nueve horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número C-ciento treinta y siete mil ochenta y uno, marca Freightliner estilo: FLA 6364T, carrocería cabezal o tracto camión, categoría: carga pesada, tracción sencilla, uso: particular, capacidad: tres personas, año: mil novecientos ochenta y nueve, color blanco, número de ejes no indica, uso particular, combustible diesel, cilindrada: catorce mil seis c.c. Dicho bien pertenece a Jeffry José Soto Romero. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso ejecutivo prendario de Julio César Salas Villegas contra Jeffry Soto Romero y otra. Expediente Nº (109-06-2) 06-1000103-0386-CI.—Juzgado Civil de Liberia, 25 de setiembre del año 2006.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—Nº 86821.—(100751).

A las quince horas del diecinueve de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos cuarenta y un mil ciento noventa y cuatro, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, estilo Elantra, capacidad para cinco personas, color vino, combustible gasolina, año mil novecientos noventa y dos. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 03-000231-182-CI-3 de Costecua S. A. contra Juan Elías Corrales Vásquez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 25 de octubre de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 86822.—(100752).

A las nueve horas del primero de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de un millón de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en propiedad, partido de Guanacaste, Folio Real ciento cuatro mil trescientos sesenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para agricultura, sito en asentamiento La Soga de Bagaces, distrito primero de Bagaces, del cantón cuarto de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, reserva del Instituto de Desarrollo Agrario; sur, lote 200; este, calle pública, y oeste, reserva del Instituto de Desarrollo Agrario. Mide: setenta y nueve mil ochocientos setenta y nueve metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Pertenece a José Alberto Arrieta Palacios y María del Pilar López Martínez. Otros gravámenes: servidumbre trasladada citas 295-10228-01-0901-001 y 299-10726-010901-001; servidumbre sirviente citas 295-10228-01-0902-001; reservas y restricciones citas 318-10201-01-0901-001; reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 450-16594-01-0078-001; limitaciones del Instituto de Desarrollo Agrario Ley Nº 2825 artículo 67, citas 450-16594-01-0141-001; hipoteca de tercer grado citas 450-16594-01-0194-001; hipoteca de segundo grado citas 463-01481-01-0002-001; demanda ejecutiva hipotecaria citas 490-19179-01-0001-001; demanda ordinaria citas 510-05073-01-0001-001; practicado citas 473-15495-01-0002-001 y 554-01445-01-0001-001. Por estar ordenado en expediente 06-000176-387-AG, proceso hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alberto Arrieta Palacios y otro.—Juzgado Agrario de Liberia, 18 de octubre de 2006.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—Nº 86824.—(100753).

A las once horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbres trasladadas y con la base de un millón setecientos quince mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 510.319-000, la cual es terreno para construir, lote 20-E, situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 18 E; al sur, calle pública avenida cuatro con un frente de 7 metros, 64 centímetros; al este, lotes 21 E, y al oeste, lote 19 E. Mide: noventa metros con catorce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Douglas Rodolfo Alegría Zepeda, Ruth del Carmen Alvarado López. Expediente Nº 06-001642-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de octubre del año 2006.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 86852.—(100754).

A las once horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de diecinueve mil quinientos cincuenta y seis dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 479.749-000, la cual es terreno lote 60 terreno para construir, situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 61; al sur, lote 59; al este, resto destinados a avenida uno y al oeste, lotes 75 y 76. noreste, calle pública con frente de 7 metros, noroeste lote 61, sureste lote 59, suroeste lotes 75 y 76. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Francisca Barrantes Bolaños, Narciso Rodríguez Jiménez. Expediente Nº 06-001641-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del año 2006.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 86853.—(100755).

A las nueve horas y quince minutos del siete de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando medianería y servidumbre trasladada y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y ocho mil setecientos cincuenta y tres cero cero cero, la cual es terreno lote cuatrocientos veintisiete para construir con una casa, situada en el distrito quinto San Francisco, cantón primero Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle trece. Mide: ochenta y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Danny Esteban Cerdas Chaves. Expediente Nº 06-001754-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de octubre del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 86854.—(100756).

A las nueve horas, quince minutos del doce de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada según asiento Nº 03364-01 del tomo 280 y con la base de ciento setenta mil cuatrocientos dólares o su equivalente en colones que deberán calcularse conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 578162-000, que es terreno inculto, situada en el cantón dos, distrito tres de la provincia de San José. Linda: al norte, con calle pública con frente de 16,90 metros y Parcelas Escazú S. A.; al sur, con Parcelas Escazú S. A.; al este, con Parcelas Escazú S. A., y calle pública con frente de 14,95 metros y al oeste, con Parcelas Escazú S. A. y calle pública con frente de 10,96 metros. Mide: seis mil doscientos ochenta metros con nueve decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 06-001441-0180-CI de Propiedades Escazú Ltda. contra Multiservicios Internacionales Dos Mil S. A.—Juzgado Primero Civil, San José, 17 de octubre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre B., Jueza.—Nº 86858.—(100757).

A las nueve horas del trece de diciembre de dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento sesenta y siete mil cuatrocientos dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 578227-000, que es terreno de potrero, situado en el cantón Escazú, distrito San Rafael de la provincia de San José. Linda: al norte, con Propiedades Escazú Ltda., y lotes 3 y 4; al sur, con calle pública y parte lote 4; al este, con Propiedades Escazú Ltda., y calle pública; y al oeste, Propiedades Escazú Ltda., y Martitza Harkaz. Mide: seis mil novecientos setenta y tres metros con veintidós decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 06-001441-0180-CI de Propiedades Escazú Ltda., contra Multiservicios Internacionales Dos Mil S. A.—Juzgado Primero Civil, San José, 24 de octubre de 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 86859.—(100758).

A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de cinco millones cuatrocientos treinta y cinco mil novecientos veintiocho con 45/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido, de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 186267-000-003-004-005, la cual es terreno para construir lote 9, situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 23 destinado a calle pública con 7,20 metros de frente; al sur, lote 8; al este, lote 10, y al oeste, Jesús Alvarado Castillo. Mide: ciento veintiséis metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lidia Masís Quirós y Víctor Manuel Pérez Monge. Expediente Nº 06-001719-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de octubre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 86892.—(100759).

A las diecisiete horas veinte minutos del quince de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada, habitación familiar y con la base de nueve millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos veintiocho mil setecientos noventa-cero cero cero, que es terreno: bloque B, terreno para construir lote 26, sito: distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos: norte, lote veintisiete B; sur, lote veinticinco B, este, avenida primera, y al oeste, lotes treinta y uno y treinta y dos B. Mide: ciento treinta y nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-023349-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Luis Pérez Díaz.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 30 de octubre del año 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 86922.—(100760).

A las nueve horas cuarenta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de trescientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré: 1) Un compresor marca Cierweny, (motor tanque y unidad principal) color azul, motor tipo 82TNC4C, número 48611530, de tres caballos de fuerza, en buenas condiciones y con una vida útil estimada del cincuenta por ciento. 2) Un taladro marca Ryobi, serie 040028, de diez pulgadas, cinco velocidades, motor de un cuarto de caballo, para 120 voltios, se encuentra en buenas condiciones y con una vida útil estimada del setenta y cinco por ciento. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple, número 00-004975-0170-CA, de Caja Costarricense de Seguro Social contra Alberto Francisco Jiménez Barquero.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 16 de agosto del año 2006.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—Nº 86923.—(100761).

A las diez horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintiséis mil quinientos dólares, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de San José, matrícula Folio Real número doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno con una casa, sito en distrito primero del cantón tercero de la provincia de San José. Linda: al noreste, con río Tiribí; al sureste y noroeste, con Viviendas y Desarrollos S. A., y al suroeste, calle pública con ocho metros. Mide: trescientos cuarenta y dos metros con dos decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 06-100720-642-CI-2 de Banco de Costa Rica contra Gerardo Zúñiga Calero y Sidey Arias Valverde.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 86925.—(100763).

A las nueve horas del treinta de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintinueve millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintinueve mil seiscientos treinta y cinco, submatrículas cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, situada en el distrito primero San Ramón, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Dolores Montero; al este, calle pública, y al oeste, Amalia Mora. Mide: seiscientos trece metros con dieciocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Patria Ruiz Murilo y Lidia Araya Conejo. Expediente Nº 06-000514-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 25 de octubre del año 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 86926.—(100764).

A las nueve horas, quince minutos del cinco de diciembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cuarenta y cuatro mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula de Folio Real número 193582-000 del partido de Cartago, que se describe así: naturaleza terreno para construir bloque C lote diecisiete C. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Ubicada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Linderos: al norte, con calle pública, avenida dos; al sur, con lote dos C; al este, con lote dieciséis C, y al oeste, con lotes dieciocho C y diecinueve C. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-001424-0183-CI de Banco Banex S. A. contra Marily Guerrero Nájera, cédula 6-279-377 y Saimon Ovidio Fernández.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, once de octubre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 86967.—(100765).

A las nueve horas y quince minutos del seis de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de diez mil cien unidades de desarrollo o su equivalente en colones al día del remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil quinientos sesenta y dos-derechos cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir lote A-18, situada en el distrito 15 El Roble, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con casa 19-A Urbanización Fiesta del Mar; al sur, con casa 17-A Urbanización Fiesta del Mar; al este, con Coto y Cía. S. A. y Empresa Constructora Calderón y Cía. Ltda, y al oeste, con calle pública con 7 metros. Mide: ciento cuarenta y siete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Jonathan Alexander Soto Villafuerte y León Aparicio Molina. Expediente Nº 06-001203-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de octubre del año 2006.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 86986.—(100767).

A las once horas, treinta minutos del doce de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de veinte millones novecientos cincuenta y seis mil ochocientos cuarenta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y cinco mil setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito cinco, Concepción; cantón cinco, Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, quebrada La Zoilota; sur, Célimo Bolaños y Rafael Chávez; este, calle pública, y al oeste, Albertina Bolaños. Mide: setecientos setenta y tres metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Coopeasamblea R. L. contra Guido Rogelio Chaves Bolaños. Expediente Nº 06-001869-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de octubre del año 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 87008.—(100768).

A las nueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del año en curso, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones ochocientos treinta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y dos mil seiscientos noventa y cinco-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, situada en el distrito dos Merced, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida diecisiete; al sur, Ofelia Agüero Mora, Antonio María Mora Valverde y Berta Solano Trigueros; al este Roxana Solano Bastos y Melba Porras ambas en parte, y al oeste, María Elena Granados Valverde. Mide: ciento veintisiete metros con quince decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Daniel Alberto Ruiz Juárez y María Isabel González Mojica. Expediente Nº 06-001292-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de octubre del año 2006.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(100793).

A las diecisiete horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 490, asiento 13965 y con la base de once mil doscientos cincuenta uds, en el mejor postor rematare: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos quince mil seiscientos setenta-cero cero cero, que es terreno para construir lote dos, sito: distrito San Rafael, cantón Coronado de la provincia de San José. Linderos: norte, Jesús Quirós y Rosemarie Sancho Alvarado; sur, este, Vera Isabel y Ligia Margarita Alvarado Vives, y al oeste Jesús Quirós, Vera Isabel y Ligia Margarita Alvarado Vives. Mide: ciento ochenta metros cuarenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-011436-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcela Calderón Boza.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 24 de octubre del año 2006.—Lic. Carlos Enrique Espinoza Salas, Juez.—(100804).

A las siete horas con treinta y cinco minutos del día once de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, con la base de trescientos veintitrés mil doscientos siete mil colones con ochenta y un céntimos, la cantidad de 63 piezas de la especie yuco, con un volumen de 5,20 metros cúbicos, misma que se encuentra decomisada en los patios de la propiedad del señor Henry Álvarez Araya parcela número cinco de Dos Ríos de Upala. Lo anterior por estar ordenado así en Comisión número 178-1-06 dentro de la causa penal número 006-000699-PE (848-J-06), por Infracción Ley Forestal contra Henry Álvarez Araya, en daño de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 30 de octubre del 2006.—Lic. Karol Vanesa Delgado Rivera, Jueza.—(100808).

A las nueve horas del seis de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis cero cero cero, la cual es terreno para construir lote dieciséis con una casa, situada en el distrito decimosegundo Tambor, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote diecisiete D; al sur, lote quince D; al este, calle pública con diecisiete metros con noventa y nueve centímetros de frente, y al oeste, servidumbres de aguas pluviales. Mide: novecientos veintisiete metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Roy Asdrúbal Cruz Sandoval y otra. Expediente Nº 06-001104-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del año 2006.—Lic. Olger Martín Pérez, Juez.—(100819).

A las nueve horas, treinta minutos del primero de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatrocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos veinte colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta y dos-cero cero uno cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 13 bloque G, situada en el distrito cuarto San Rafael Arriba, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Banco Anglo Costarricense; al sur, lote 14; al este calle pública, y al oeste, lote 6. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra María Ester Araya Vargas, Ruperto Fallas Mora. Expediente Nº 05-002359-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del año 2006.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—(100820).

A las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil seis, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cuatro mil ochocientos veintidós dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas CL 151746, marca Asia, categoría carga liviana, carrocería panel, chasis KN3HNS8D1VK017995, uso particular, estilo Towner DLX, capacidad 2 personas, año 1998, color blanco, número de motor CD800080666. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-000509-0185-CI-5 ejecutivo prendario de Elías Roberto Valverde Corrales contra Rodrigo Alberto Muñoz Mora.—Juzgado Sexto Civil de San José, 8 de setiembre del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—(100834).

A las nueve horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil seis, en este juzgado: 1) Soportando embargo practicado inscrito a tomo 567, asiento 44750, y con la base de quinientos once millones treinta y tres mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Heredia, matrícula Nº 191392-000, que es terreno de potrero y bosque. Sito: en el distrito 03 Horquetas, del cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Linda: norte, IDA Asentamiento Campesino Pablo Presbere; sur, Hacienda Roswitha S. A.; este, IDA Asentamiento Campesino Finca Flaminea, y al oeste, carretera nacional ruta cuatro. Mide: tres millones quinientos un mil cuatrocientos noventa y tres metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. 2) Soportando embargo practicado inscrito a tomo 567, asiento 44750, y con la base de veintiocho millones trescientos setenta y seis mil ochocientos colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Heredia, matrícula Nº 191549-000, que es terreno de potrero con un corral y una casa de habitación. Sito: en el distrito 03 Horquetas, del cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Linda: norte, calle pública, Alfonso William Pobet, Temporalidades de la Diócesis de San Carlos; sur, Ernesto Loría Zamora; este, calle pública, y al oeste, Río Puerto Viejo. Mide: ciento ochenta y nueve mil trescientos sesenta y tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. 3) Soportando embargo practicado inscrito a tomo 567, asiento 44750, y con la base de nueve millones ciento veinte mil colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Heredia, matrícula Nº 191550-000, que es terreno de potrero. Sito: en el distrito 03 Horquetas, del cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Linda: norte, Noe Castro Solano; sur, calle pública; este, carretera nacional ruta cuatro, y al oeste, calle pública. Mide: sesenta mil metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así en proceso monitorio Róger Solís Alfaro contra Hacienda Roswitha S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 29 de setiembre del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 87020.—(100900).

A las once horas del diecisiete de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación, reservas y restricciones, y con la base de siete mil quinientos dólares americanos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil quinientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, lote sesenta y ocho. Situada en el distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 25 centímetros; al sur, René Murillo Murillo; al este, René Murillo Murillo, y al oeste, René Murillo Murillo. Mide: doscientos seis metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Cinco Eslabones S. A., José Luis Obando Vallejos, Topografía Consultores S. A. Expediente Nº 03-002119-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 87030.—(100901).

A las ocho horas del veintinueve de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de dieciocho millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintitrés mil ochocientos veinticinco cero cero tres cero cero cuatro, la cual es terreno para construir con una casa N 2L. Situada en el distrito uno Alajuela, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Joaquín Bernardo Soto Saborío; al sur, calle pública con 9 metros 01 centímetros; al este, lote 3 L, y al oeste, lote 1 L. Mide: ciento ochenta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Henry Moya Umaña y María Alexandra Oviedo Morera. Expediente Nº 06-001615-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de octubre del 2006.—Lic. Olger Martín Pérez Gómez, Juez.—Nº 87032.—(100902).

A las diez horas treinta minutos del dieciséis de enero del año próximo entrante, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de ocho millones novecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y nueve mil setenta y cinco-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, bloque H, lote veintiuno. Situada en el distrito dos San José, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida 3; al sur, lotes 2 y 3; al este, lote, Godofredo Víquez, y al oeste, Miguel Bolaños. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Miguel Ángel Canales Guevara, Raúl Enrique Alfaro Rivera, Reina Isabel Canales Benítez y Sandra Maribel Canales Benítez. Expediente Nº 06-001630-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de octubre del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 87033.—(100903).

A las diez horas treinta minutos del seis de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior del edificio que ocupa este juzgado, soportando reservas y restricciones, condiciones y sin más gravámenes, con la base de dos millones de colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula Nº 061013-000, que es terreno lote 4, para vivienda. Situado en el distrito quinto, cantón tercero, de la provincia de Limón, que mide: doscientos diecisiete metros con treinta y un decímetros cuadrados, y linda: al norte, con Mario Martínez; al sur, con Virginia Mata; al este, con calle, y al oeste, con IDA. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-100419-0468-CI, de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Olman López Salazar y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 20 de setiembre del 2006.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—Nº 87044.—(100904).

A las ocho horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales, y con la base de treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis dólares con setenta y dos centavos, al mejor postor, remataré lo siguiente: vehículo placas 018864, marca Caterpillar, estilo 320BL, carrocería Agropecuarios, motor Nº 7JK27070, año 1997, color amarillo, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-001356-184-CI, de Maquinaria y Tractores Limitada contra Marco Tulio Salas Araya.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 2 de octubre del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 87058.—(100905).

A las diez horas treinta minutos del quince de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, en el mejor postor, y con la base de cuatro millones ciento nueve mil novecientos cuarenta y seis colones con treinta y tres céntimos, remataré: la finca dada en garantía hipotecaria e inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real matrícula número ciento cuarenta y nueve mil treinta y uno-cero cero cero, que es terreno con un local comercial de doscientos treinta metros cuadrados de construcción. Situado en el distrito cuarto Colorado, cantón siete Abangares, de la provincia de Guanacaste. Lindantes: al norte, Reina Lacayo Martínez; sur, David Acosta Gutiérrez y calle pública; este, quebrada Peñas Blancas, y oeste, calle pública,  con una medida de seiscientos cuarenta y dos metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 06-100369-0389-CI (393-1-06)-B, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco Nacional de Costa Rica contra Zulay Verónica Acosta Gutiérrez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 3 de octubre del 2006.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 87062.—(100906).

A las nueve horas del trece de diciembre del dos mil seis, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre sirviente, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de once millones cuarenta y ocho mil novecientos treinta y un colones, al mejor postor remataré: finca del partido de Heredia, matrícula número ciento veinticinco mil cuatrocientos doce-cero cero cero, que es para construir. Situado en el distrito cero uno San Antonio, cantón siete Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con calle con nueve punto treinta y dos metros y Sonia Soto y otro; al sur, con María del Carmen Murillo; al este, con Roberto Marín Jiménez, y al oeste, con Xinia Araya y otro. Mide: cuatrocientos sesenta y ocho metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 05-100064-642-CI-4, de Centro Comercial IL Galeone S. A., contra Roberto Marín Cambronero.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 3 de octubre del 2006.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 87080.—(100907).

A las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de trece millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 175881-001-002, la cual es terreno con una casa y un local comercial, situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Inversiones Arroyo Bonito; al este, lote 4-A, y al oeste, lote 6-A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rebeca Granados Alvarado, Ólger Gerardo Villalobos Villalobos. Expediente Nº 06-000527-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de octubre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(100933).

A las once horas del seis de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de Ley de Aguas y Reservas de Ley de Caminos y con la base de quince millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno dedicado a la ganadería, la agricultura y regeneración del bosque secundario con una casa y un corral, situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, con calle pública con una medida lineal de setenta y siete metros con treinta y nueve centímetros; al noroeste, con sucesión de Natalia Mejías Artavia; al sureste, con Amada Molina Villegas, y al suroeste, con Carlos Jiménez Méndez. Mide: ciento ochenta y dos mil ciento cincuenta y ocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Danilo Alberto Murillo Castillo Contra Inversci del Este S. A. Expediente Nº 05-001950-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de octubre del año 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(100966).

A las ocho horas, treinta minutos del doce de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios y con la base de treinta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, matrícula número 271308-000, la cual es terreno de potrero destinado a calle, situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con calle pública; al este, con Korchmayer Zoltan Peresztegi; y al oeste, con Dora Montero Gómez. Mide: mil cuatrocientos quince metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Elca S. A. contra Luz de Luna Naciente S. A. Expediente Nº 04-001211-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de octubre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(101138).

A las nueve horas y treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de veintiún millones setecientos sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos catorce mil novecientos tres-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura, situada en el distrito cuarto Piedades Norte, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Matamoros; al sur, calle pública en parte otro; al este y al oeste, en parte Wilberth Villalobos y otro. Mide: diez mil quinientos dieciséis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de María Rosa Vega Ramírez contra María Ester Matamoros Araya, Rigoberto Madriz Hernández. Expediente Nº 05-000702-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 11 de octubre del año 2006.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 87134.—(101140).

A las nueve horas, quince minutos del seis de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, soportando servidumbre trasladada al tomo 347, asiento 03640, hipoteca de primer grado al tomo 523, asiento 07488, practicado al tomo 534, asiento 13079. Demanda Penal inscrita al tomo 567, asiento 96558 y con la base indicada en la certificación de la Administración Tributaria y visible a folio 123, expedida por la Municipalidad de San Carlos, sea por la suma de cincuenta y un millones doscientos mil colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 367,438-000 y que se describe así: terreno de zona verde y potrero con una casa, situado en distrito nueve, Palmera, cantón diez de San Carlos, de la provincia de Alajuela. Mide: dieciocho mil ciento treinta y tres metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Linderos: norte, Eliécer Carranza y Coopecoclera R. L.; sur, Carlos Carballo Cedeño; este, calle pública con once metros y Blanca Rosa Rodríguez, y al oeste, río La Ceiba en medio José Montero. Se remata por ordenarse así en expediente número 05-100311-297-CI que es ejecutivo simple de Ivannia Barboza Carvajal contra Marcelo Gómez Torres.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de octubre del 2006.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 87139.—(101141).

A las ocho horas, treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de treinta y nueve mil dólares americanos remataré en el mejor postor la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Cartago, inscrita al Folio Real Mecanizado, matrícula número noventa y nueve mil seiscientos noventa y tres, submatrículas cero cero uno cero cero dos cero cero-tres cero cero cuatro cero cero cinco, que es terreno con una casa, sito en el distrito primero Turrialba, cantón quinto de Turrialba, de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con calle con trece metros con sesenta y tres centímetros lineales; al sur y este, con Orpiga Sociedad Anónima, y al oeste, con calle pública con veintitrés metros con treinta y tres centímetros lineales. Mide: trescientos veinte metros con veintidós decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº C-0471364-1982. El inmueble pertenece a Ligia Obando Granados, Carlos Adolfo Vargas Obando, Adrián Adolfo Vargas Obando, Randall Adolfo Vargas Obando, Marlon Adolfo Vargas Obando. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 2006-100004-341-CI-A del Banco de Costa Rica contra Carlos Vargas Campos y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 5 de octubre del 2006.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 87177.—(101146).

A las ocho horas, treinta minutos del dieciocho de diciembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes, pero soportando hipoteca en primer grado, y con la base dada por el perito de cuatro millones ochocientos treinta y un mil setecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 109783-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 1º Tilarán, cantón 8º Tilarán. Colinda: al norte, con Francisco González Alfaro y servidumbre de paso de 3 metros de ancho en un frente de 3 metros; al sur, con Marco Antonio Alfaro Murillo; al este, con Francisco González Alfaro, y al oeste, con Francisco González Alfaro. Mide: cuatrocientos trece metros con quince decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación Integral Campesina contra José Luis Granados Villalobos. Expediente Nº 02-001231-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 2 de octubre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 87202.—(101147).

A las diez horas del veintinueve de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, servidumbre dominante, servidumbre de alero, servidumbre sirviente y con la base de veinticuatro mil quinientos sesenta y cinco dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil setecientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa marcada con el numero 164, situada en el distrito 3º San Francisco, cantón 1º Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle Napoleón Quesada. Mide: doscientos catorce metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Jesús Sánchez Herra contra Óscar Salas Arias. Expediente Nº 06-002037-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de setiembre del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 87223.—(101148).

A las ocho horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doce millones cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 124.794-000, la cual es terreno para construir bloque E dos con una casa de habitación, situada en el distrito 2º Cartago Occidental, cantón 1º Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 1; al sur, lote 3; al este, Manuel Jiménez, y al oeste, calle pública con 8 m. Mide: ciento veinticinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Carlos Enrique Meneses Brenes y otra, Iván Alberto Meneses Salguero, Luz María Salguero Chaves. Expediente Nº 06-000858-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de octubre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 87231.—(101149).

A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de ocho millones cuatrocientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 194414-000, la cual es terreno para construir bloque G Lote 16, situada en el distrito 9º Dulce Nombre, cantón 1º Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 17; al este, calle pública con un frente de 8 metros, y al oeste, lote 33. Mide: ciento treinta y dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Eduardo Barrantes Delgado. Expediente Nº 06-001477-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de octubre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 87232.—(101150).

A las diez horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cuatro millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos cincuenta y dos con 29/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil ochocientos treinta y dos guión cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 2º Santiago, cantón dos Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, camino público con 13,83 metros; al sur, Arnoldo Brenes Rivera; al este, Arnoldo Brenes Rivera, y al oeste, Arnoldo Brenes Rivera. Mide: mil trescientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Gilbert Bernardo Brenes Ulloa, Maribelle Castro Jiménez. Expediente Nº 06-001750-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de octubre del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 87233.—(101151).

A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de sesenta y tres mil trescientos treinta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 196752-000, la cual es terreno lote 28-A para construir, situada en el distrito 5º Concepción, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Coto y Compañía S. A.; al sur, calle pública; al este, lote 29-A urbanización Vista del Este, y al oeste, lote Nº 27-A urbanización Vistas del Este. Mide: doscientos treinta y tres metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Grupo Anibre Sociedad Anónima, Rodolfo Vargas Mora. Expediente Nº 06-001527-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de octubre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 87234.—(101152).

A las diez horas, quince minutos del seis de diciembre del año mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 343-19177-01-0002-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor sea la suma de seiscientos dieciséis mil ochenta y cuatro colones con diecisiete céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Limón, Folio Real matrícula número 104.896-000, que se describe así: terreno para construir, sita: Jiménez de Pococí, distrito segundo del cantón segundo de la provincia de Limón. Mide: ciento noventa y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Linda: al norte, Gerardo Morales Chinchilla; al sur: servidumbre de paso con un frente de diecinueve metros, setenta centímetros; al este, calle pública con un frente de diez metros, y al oeste, Mainor Hernández Marín. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100737-0297-CI (5ª) de Coocique R. L. contra Wilberth Pineda Jarquín y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de octubre del 2006.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 87236.—(101153).

A las ocho horas, treinta minutos del veinte de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, soportando condiciones del IDA de citas 390-03582-01-0938-001, y con la base fijada por el perito, pero rebajada en un 25%, sea la suma de un millón ciento diecisiete mil ochocientos setenta y cinco colones, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta y siete-cero cero cero, terreno para la agricultura lote 2-B-20, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, sur y oeste, con lote 20 y al este, con línea férrea. Mide: doscientos noventa y ocho metros con diez decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Mynor Solano Valerín. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 00-100118-046l-CI-2 establecido por el Banco de Costa Rica contra Mynor Solano Valerín y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 26 de octubre del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 87253.—(101154).

A las diez horas, treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de un millón cien mil colones, al mejor postor remataré: vehículo, placa cuatrocientos cinco mil doscientos cincuenta y seis, marca Toyota, estilo Tercel, categoría automóvil carrocería sedan dos puertas, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y tres, combustible gasolina, tracción sencilla, número de chasis JT dos EL cuarenta y seis S seis P cero trescientos cuarenta y ocho mil novecientos sesenta y seis, marca de motor Toyota número tres E ciento noventa y ocho mil quinientos veintiséis, de mil quinientos centímetros cúbicos de cilindraje, cero trescientos cuarenta y ocho mil novecientos. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario 03-100500-417-CI de Jeiner Morera Venegas contra Sixto Marín Brenes.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 87254.—(101155).

A las nueve horas, treinta minutos del seis de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones con la base de cinco millones ciento veintitrés mil ochenta y ocho colones con veintidós céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Heredia, matrícula de Folio Real número ciento veintisiete mil setecientos setenta y uno-cero cero cero y que se describe así: terreno con una casa, sito en el distrito primero San Isidro, cantón sexto San Isidro, provincia de Heredia. Linda: al norte y este, Cooperativa Isidreña de Ahorros y Crédito R. L.; al sur, lote 2 y al oeste, calle pública con seis metros con sesenta y siete centímetros lineales. Mide: ciento sesenta y seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Brenes Delgado y otro. Expediente Nº 05-100856-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de octubre del 2006.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 87258.—(101156).

A las ocho horas, quince minutos del veintiocho de noviembre de dos mil seis, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones cuatrocientos ochenta mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Cartago, matrícula 122.631-000, que es terreno para construir con una casa y una bodega, situado en el distrito 06 Dulce Nombre, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con Elías Solís Zúñiga y otro; al sur, con Isaías Solís Zúñiga; al este, con calle pública con 6 metros, 41 cm y al oeste, con Elías Solís Zúñiga y otros. Mide: ciento treinta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 05-000523-185-C.I., ejecutivo hipotecario de Servicio Cooperativo Nacional de Ahorro y Crédito de los Trabajadores Costarricenses R. L. (COOPEMEX R. L.) contra Harvis Vargas Pérez, Albin Cornejo Vega y Marcelenda Solís Cervantes.—Juzgado Sexto Civil de San José, 19 de setiembre de 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 87261.—(101157).

A las nueve horas del trece de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de catorce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: derechos cero doce y cero trece, de la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y seis mil cuarenta y tres, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito tercero San Francisco, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle con un frente de ocho metros; al sur, resto de Zumlo S. A.; al este, Luis Humberto Alvarado Alfaro y al oeste, resto de Zumlo S. A. Mide: ciento setenta y seis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Xinia María Arias Herrera contra Bernardita Serrano Víquez y otro. Expediente Nº 04-001575-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de setiembre del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 87264.—(101158).

A las nueve horas del cuatro de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón trescientos once mil trescientos sesenta y siete colones con treinta y cuatro céntimos, al mejor postor se rematará: finca del partido de San José, matrícula número quinientos sesenta y seis mil ochocientos veinte-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir, sito en distrito cuatro, Grifo Alto, cantón cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Mide: trescientos catorce metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle pública y Marvin Porras; al sur, Marcos Álvarez Pérez y Serpoco S. A.; al este, calle pública y Serpoco S. A., y al oeste: Marvin Porras Montes y Marcos Álvarez Pérez. Plano catastradoSJ-novecientos noventa y cinco mil setecientos dieciocho-dos mil cinco. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 06-100112-0197-CI de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Freddy Rivera Esquivel y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 12 de setiembre de 2006.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—Nº 87266.—(101159).

A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de seis mil ciento quince dólares con dieciséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Mazda, estilo: tres dos tres FLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1999, carrocería: sedan cuatro puertas, color: marrón, chasis: JM7BA116300239078, combustible: gasolina, placas: tres uno uno tres cuatro uno. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-000245-181 CI de Vehículos Internacionales Veinsa contra Jerry Chaves Rivera.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 19 de octubre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 87277.—(101160).

A las catorce horas, diez minutos del siete de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales y con la base de novecientos setenta y un mil ciento noventa y un colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos dieciocho mil seiscientos cincuenta y ocho (418658), marca Hyundai; estilo Grace Super, capacidad doce personas, año 1996, color blanco, categoría automóvil, tracción sencilla, carrocería mini van, motor D cuatro B A S uno uno-ocho cero dos siete. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 05-001119-0182-CI-5. Vehículos Internacionales, Veinsa S. A. contra Frutas Secas.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de octubre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 87278.—(101161).

A las diez horas, quince minutos del once de diciembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dieciséis mil doscientos diez dólares con sesenta y cuatro centavos en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 566492, con las siguientes características: automóvil marca Faw, estilo Admiral, año 2004, color beige, para cinco personas, motor número 4JB103114662D. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-000085-183-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Yamileth Montero Rojas.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 87280.—(101163).

A las catorce horas, diez minutos del doce de diciembre del dos mil seis, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de novecientos sesenta y cuatro mil trescientos colones, remataré: vehículo marca Ford, estilo Explorer XLT, capacidad cinco personas, modelo mil novecientos noventa y tres, color verde, categoría automóvil, carrocería familiar station wagon, gasolina, placas ciento ochenta mil seiscientos seis. Prendario 03-001084-182 CI (6) de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Ronald Gerardo Ortiz Castillo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de octubre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 87281.—(101164).

A las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta y cinco mil ciento setenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita partido de Guanacaste, matrícula número cero noventa mil veintisiete-cero cero cero, que se describe así: terreno con una casa, situado en el distrito primero, La Cruz del cantón diez, La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Ángel Bonilla Bonilla; al sur, con calle pública; al este, con Rene Victoria Briceño Moraga, y al oeste, con Isacc Castellón Castellón y con un frente a calle pública de ocho metros con ochenta metros. Dicho inmueble pertenece a la demandada Maribeth Duarte Briceño. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario incoado por Banco de Costa Rica, representado por su apoderado Álvaro Vindas Garita contra Alberth Francisco Álvarez Chévez y otra. Expediente Nº 06-100758-0386-CI (782-06-1).—Juzgado Civil de Liberia, 6 de octubre del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—(101185).

A las diez horas del veintidós de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección Propiedad, bajo sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil ciento noventa y dos-cero cero cero, que se describe así: terreno para construir con una casa, lote 72, sito en Liberia, distrito y cantón primeros de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Linderos: al norte, con calle pública, con diez metros; sur, este, y oeste, con Mutual Guanacaste Ahorro y Préstamo. Dicha propiedad pertenece a Aracelly Wells Valdés. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal, representado por la señora Deyanira Castro Saballos contra Aracelly Wells Valdés. Expediente Nº 06-100653-0386-CI (675-06-2).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 18 de octubre del 2006.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(101186).

A las nueve horas treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuatro millones doscientos treinta y nueve mil ochocientos cuarenta y nueve colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita partido de Guanacaste, matrícula número cero sesenta y dos mil treinta-cero cero cero, que se describe así: terreno de agricultura, sito en el distrito tercero, Sardinal del cantón quinto, Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con servidumbre de paso con seis metros veinticinco centímetros lineales y otro; al sur, con Elia Cabrera Gallo y otros en parte; al este, con Mario Corea Caravaca, y al oeste, con Sandra Li Abarca. Mide: tres mil sesenta y ocho metros con noventa y uno decímetros cuadrados. Dicho inmueble pertenece a Inmobiliaria La Punta S. A. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario incoado por Banco Popular y de Desarrollo Comunal, representado por Deyanira Castro Saballos, contra Herauld Calvo Raúl. Expediente Nº 06-100657-0386-CI (679-06-3).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 9 de octubre del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—(101187).

A las ocho horas y quince minutos del veintidós de noviembre del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa quinientos ochenta y cinco mil setecientos catorce, marca Toyota, color celeste, año mil novecientos ochenta y ocho. Se remata por ordenarse en ejecutivo prendario de Virginia Barquero Azofeifa contra Douglas Delgado Rodríguez. Expediente Nº 06-001408-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1º de setiembre del 2006.—Lic. Manuel Sancho Madrigal, Juez.—(101192).

A las nueve horas treinta minutos del cinco de diciembre del año en curso, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones y con la base de dos millones doscientos veintitrés mil novecientos noventa y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cuarenta y un mil novecientos setenta y tres-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir lote C-4. Situada en el distrito dos Batan, cantón cinco Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Arnoldo Céspedes Fernández; al sur, calle pública; al este, lote C-5, y al oeste, lote C-3. Mide: ciento noventa y siete metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Ana Lorena Pérez Hernández, Luis Alonso Batista Ortega. Expediente Nº 06-001458-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de octubre del 2006.—Lic. Ólger Pérez Gómez, Juez.—(101197).

A las ocho horas quince minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando denuncia penal al tomo 0005, asiento 008958, sumaria 06-02579-059-PE y con la base de un millón cuatrocientos dos colones con ochocientos sesenta y dos colones, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas SJB 008863, marca Asia, estilo Topic SLX, carrocería microbús, motor número SS087461, año 1997, color blanco, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-000941-184-CI de Instacredit S. A., contra Edwin Humberto Santamaría Umaña.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de octubre del 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—(101246).

A las nueve horas del trece de diciembre del dos mil seis. En la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes Prendarios y con la base de trescientos veintinueve mil novecientos cuarenta y dos colones con ochenta y un céntimos, al mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, estilo Elantra GLS, categoría automóvil, chasis KMHJF tres uno JPNU dos cinco tres cero cero ocho, año mil novecientos noventa y dos, carrocería Sedan, cuatro puertas, capacidad cinco personas, cilindros cuatro, color azul, motor Hyundai G cuatro DJN cuatro nueve dos dos ocho dos, mil quinientos cc, gasolina, tracción sencilla. Lo anterior por ordenarse así en juicio ejecutivo prendario de Instacredit S. A., contra Manuel Vargas Morera. Expediente: 05-002109-222-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José, 17 de octubre del 2006.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—(101248).

A las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, soportando contrato prendario a favor de Lachner y Sáenz, y con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 108879, año 1999, categoría de cargo liviana, carrocería Cam Pu, tipo KMHPB11. capacidad dos personas, cuatro cilindros, estilo pony, peso neto 855 kgrs., marca motor Hiunday, combustible gasolina color celeste, cilindrada 1200 centímetros cúbicos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Bernardita Camacho Gutiérrez, Freddy Marrocge Arias, Óscar Hernández Montoya. Expediente Nº 89-000918-0336-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de setiembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(101256).

A las nueve horas, treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil seis, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada en las citas 322-03308-01-0901-0001 y con la base de cuarenta y ocho mil treinta y dos dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 507628-000, que es terreno para construir, situada en el cantón nueve Santa Ana, distrito uno Santa Ana de la provincia de San José. Linda al norte, al sur, y al este, con Carlos Solís Robles, y al oeste, con calle pública con un frente de doce metros. Mide: cuatrocientos sesenta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 2006-000815-0180-CI de La Costeña de Chile S. A. contra Juan Solís Álvarez.—Juzgado Primero Civil, San José, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(101531).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-000044-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Propiedades y Terrenos Riachuelo Limpio Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y siete mil doscientos veintidós, domiciliada en Heredia, cantón primero, distrito cuarto Ulloa, Residencial Santamaría, casa número cuatro nueve dos, representada por Philip Richard Powers, mayor, casado una vez, ciudadano de los Estados Unidos, vecino de San José, Santa Ana, Río Oro, de la Escuela La Mina, trescientos metros sureste, portador del pasaporte americano número siete cero uno seis tres nueve nueve uno siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito sexto, cantón noveno. Colinda: al norte, Panamerican Woods (Plantations) S. A., y zona inalienable de quebrada, todos en parte; al sur, Corporación Ramón Chavarría V. S. A., y calle pública en un frente a ella de quinientos treinta y seis metros con treinta y dos centímetros; al este, Panamerican Woods (Plantations) S. A., y al oeste, Corporación Ramón Chavarría V. Sociedad Anónima. Mide: cuarenta y cuatro hectáreas dos mil ochocientos setenta y un metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante cesión de derecho de Chase Dino Power, quien a su vez la había adquirido de Corporación Ramón Chavarría V. S. A., quien la había adquirido de Ramón Chavarría Vindas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de terreno y mantenimiento de pastos, cercado de la totalidad del fundo y cuido para evitar quemas e ingreso de personas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Propiedades y Terrenos Riachuelo Limpio Ltda. Expediente Nº 06-000044-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, Guanacaste, 10 de octubre del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 87029.—(100908).

Elizeth Vargas Quirós, mayor de edad, soltera, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número cinco-doscientos sesenta y ocho-cero setenta y siete, estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a nombre de Elizeth Vargas Quirós, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir. Situada en Aguacaliente, distrito primero y cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con Raúl Vargas Chavarría; sur, con calle pública con un frente de once metros lineales; este, con Yorleny Vargas Quirós; oeste, con Mayra Vargas Quirós. Mide: ciento ochenta metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-doscientos veintitrés mil doscientos sesenta y seis-noventa y cuatro, de fecha veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. Dicha finca fue adquirida por medio de donación, mediante escritura número ciento sesenta y ocho, desde el año mil novecientos noventa y cuatro, que le hiciera su madre Paulina Quirós Quirós, quien es mayor, soltera en unión libre, ama de casa, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y nueve-ochocientos catorce, vecina de Aguacaliente de Bagaces, del Salón Comunal ciento cincuenta metros al sur. Y con quien le liga grado de parentesco. Estima las presentes diligencias en la suma de cien mil colones, y el inmueble en la misma cantidad. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de apersonarse en este juzgado, a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 04-100693-0386-CI (718-04-2), en información posesoria establecida por Elizeth Vargas Quirós.—Juzgado Civil de Liberia, Guanacaste, 14 de octubre del 2004.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 87071.—(100909).

Randall Vargas Quirós, mayor, soltero, agricultor, cédula número cinco-doscientos noventa y dos-novecientos treinta y cinco, vecino de Aguacaliente de Bagaces de Guanacaste, del Salón Comunal doscientos cincuenta metros al sur, estableció diligencias de información posesoria para inscribir a nombre de Randall Vargas Quirós, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir. Situado en distrito primero Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte y al este, con Paulina Quirós Quirós; al sur, con calle pública con un frente de once metros, y al oeste, con Yorleny Vargas Quirós. Mide: ciento ochenta metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastrado G-doscientos veintitrés mil doscientos sesenta y cinco-mil novecientos noventa y cuatro, de fecha veinticinco de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro. Dicha finca fue adquirida por Vargas Quirós por medio de donación, que le hiciere su abuela Perfecta Quirós Quirós, quien es mayor, soltera en unión libre, ama de casa, cédula número cinco-cero cero veinte-mil doscientos diecisiete, vecina de Aguacaliente de Bagaces, del Salón Comunal doscientos cincuenta metros al sur, mediante escritura pública número setenta, de fecha veintiocho de junio del año dos mil. Con un mes de plazo, se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir que se apersonen en este juzgado, a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 04-100157-0386-CI (160-04-3). Proceso información posesoria, establecida por Randall Vargas Quirós.—Juzgado Civil de Liberia, Guanacaste, 20 de abril del 2004.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 87072.—(100910).

Juana Pichardo Espinoza, mayor, casada una vez, costarricense, oficios del hogar, vecina de Sabogal del Amparo de Los Chiles, de la Escuela un kilómetro al norte, cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y cinco-ochocientos sesenta y dos, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de pasto, sito en Sabogal, distrito tres El Amparo, cantón catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, María de los Ángeles Pichardo Espinoza; al sur, María Elena Pichardo López; al este, Salvador Pichardo Espinoza, y al oeste, Paulino Pichardo Espinoza. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado Nº A-977480-2005 de fecha quince de febrero del dos mil cinco, una superficie de veintiséis hectáreas siete mil seiscientos setenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos. El inmueble antes descrito indica la titulante lo adquirió por posesión originaria ejercida sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, ejercida por más de veinte años. El fundo fue estimado en la suma de dos millones de colones y las presentes diligencias en la suma de seiscientos mil colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados, que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 06-000140-0298-AG, promovida por Juana Pichardo Espinoza.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 3 de octubre del 2006.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 87109.—(101168).

María Amparo Angulo Gutiérrez, mayor de edad, casada dos veces, estilista, costarricense, vecina de Obandito de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y cinco-mil trescientos noventa y seis, promueve información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de potrero, situado en Obandito, distrito tercero, Sardinal, cantón quinto (Carrillo) de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Evelia Angulo Gutiérrez; sur, calle pública con un frente a ella de ochenta y siete metros con noventa y cinco centímetros lineales; este, Patricia Ángulo Gutiérrez, y oeste, con María Amparo Bustos conocida como María Ángulo Gutiérrez y Álvaro Angulo Gutiérrez. Según el plano catastrado Nº G-989930-2005, mide de extensión una hectárea siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, no pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por medio de donación de su señora madre Concepción Gutiérrez Bustos, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de Obandito de Sardinal de Carrillo frente al parque, cédula de identidad número nueve-ciento tres-ciento cuarenta y cuatro, consignada en escritura pública número doscientos sesenta y cuatro, de la Notaria Edith Gutiérrez Ruiz, visible a folio ciento cincuenta y ocho frente de su protocolo. Los actos posesorios de la titulante han consistido en chapea, siembra de árboles, cercado y no existen construcciones en él. Estima el inmueble y las diligencias en doscientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente Nº 06-000006-387-AG. Información posesoria de María Amparo Angulo Gutiérrez.—Juzgado Agrario de Liberia.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 87159.—(101169).

Carlos Luis Orozco Pérez, mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de Molino de Florencia de San Carlos, 400 metros al oeste de la Escuela, cédula Nº 6-137-986, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compts que le hiciera su hermana Catalina Orozco Pérez, mayor, soltera, ama de casa, vecina del Molino de Florencia de San Carlos, cédula 6-155-820, en fecha 20 de agosto de 1991. Dicho terreno se describe así: terreno de potrero, con una casa para habitación. Sito: en el Molino, distrito dos, Florencia, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda al noroeste, Virginia López Barboza; noreste, calle pública con un frente de siete metros lineales y en parte Sindy Chacón Solís; al suroeste, en parte Jenny Porras Varela y Juan León Varela Saborío, y al sureste, en parte Sindy Chacón Solís y Juan León Varela Saborío. Mide: mil setecientos treinta y cinco metros con treinta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado Nº A-617168-2000 de fecha 16 de marzo del 2000. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de tres millones de colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 06-100777-0297-CI (5). Información posesoria promueve Carlos Luis Orozco Pérez.—Juzgado Civil y de Trabajo, Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 17 de octubre del 2006.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—Nº 87201.—(101170).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 05-000439-0296-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eladio Vásquez Brenes quien es mayor, casado una vez, vecino de la Guaria de Piedades Sur de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 9-040-683, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los siguientes terrenos que se describen así: Finca 1-) Ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, al sur, y al oeste, Víctor Manuel Vásquez Brenes, y al este, calle pública. Mide: doscientos treinta y cinco metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos seis mil doscientos sesenta colones. Que adquirió el derecho a un medio sobre la propiedad posesión pública, pacífica, ininterrumpida y a título de único y legitimo dueño por más de diez años; el restante derecho a un medio lo adquirió por adjudicación en el proceso sucesorio número 0001-2003, tramitado ante la notaría del Lic. Mario Alberto Buzo Cardoza de quien en vida fuera su hermano Víctor Manuel Vásquez Brenes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza y mantenimiento del terreno. Finca 2-) Ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construir con una casa. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Rodríguez Vásquez; al sur, y al oeste, Modesto Brenes Arias; al este, calle pública con un frente a ella de treinta metros con sesenta y dos centímetros lineales. Mide: seiscientos noventa y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos colones. Que adquirió dicho inmueble por adjudicación en el proceso sucesorio expediente número 0001-2003, tramitado ante la notaría del Lic. Mario Alberto Buzo Cardoza, de quien vida fuera su hermano Víctor Manuel Vásquez Brenes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de un galerón y un local para la venta de abarrotes. Finca 3-) Ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con servidumbre; al sur, y al oeste, con Modesto Brenes Arias; al este, con calle pública con un frente a ella de cuarenta metros con ochenta y un centímetros lineales. Mide: ochocientos cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su anterior poseedor Modesto Brenes Arias, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eladio Vásquez Brenes. Expediente Nº 05-000439-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, Alajuela, 16 de junio del 2006.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—1 vez.—(101236).

Citaciones

A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue Francisca Salomé González Pérez conocida como Ángela González Pérez, mayor de edad, soltera, del hogar, cédula de identidad número uno-doscientos noventa y nueve-ciento veinticinco, vecina de San José, Paracito de Moravia. Le informo que ante el suscrito notario, se ha presentado el señor Luis Gerardo Solano González, mayor de edad, casado dos veces, ayudante de cocina, cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta-seiscientos sesenta y ocho, vecino de San José, Paracito de Moravia, en su carácter de heredero legítimo, solicitando la tramitación en esta sede notarial del sucesorio de dicha señora. En consecuencia cualquier otro heredero o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del presente aviso, para hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia procederá a quien legalmente corresponde.—San José, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 87013.—(100911).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y demás interesados al juicio sucesorio ab intestado de quien en vida fue el señor Carlos Solano Alvarado, mayor, casado una vez, empresario, cédula número uno-cero setenta y nueve-ciento sesenta y dos, vecino de San Juan de Tibás, del Restaurante Antojitos, cuatrocientos cincuenta metros al oeste, para que dentro del término de treinta días que se contarán a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen en defensa de sus derechos en la oficina del suscrito notario en San José, Tibás, cien metros sur y cincuenta metros oeste del Parqueo del ICE, y se apercibe a los que se crean tener calidad de herederos, que si no se apersonan dentro del término en mención, la herencia pasará a quien corresponda con mejor derecho. Expediente sucesorio Nº 01-2006.—San José, 2 de octubre del 2006.—Lic. Ismael Enrique Zumbado Solano, Notario.—1 vez.—Nº 87022.—(100912).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Centeno Centeno, quien fue mayor, soltero, costarricense, pensionado, vecino de Liberia, del antiguo Almacén Suma, trescientos setenta y cinco metros al este, cédula número cinco-cero sesenta y nueve-novecientos diecisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presenta dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-06. Notaría del Bufete Quesada y Campos.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 87042.—(100913).

Se cita a los herederos, legatarios y acreedores, y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien en vida se llamó Cristina Araya Mejías, cédula de identidad Nº 2-167-628, mayor, casada una vez, vecina de La Unión de Monterrey, San Carlos; un kilómetro al oeste del Bar Azul; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho en defensa de sus derechos, con el apercibimiento de que los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se presentaran en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 06-000170-298AG de Cristina Araya Mejías, promueve Adrián Porras Araya.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de octubre del 2006.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 87101.—(101171).

Ante esta Notaría, se presenta el señor Ernest Willard Roberts JR número de cédula de residencia temporal costarricense cero cero tres cuatro nueve uno cero- uno siete cinco- cero uno- cero cero cero dos siete siete ocho, mayor, soltero, Empresario, vecino de La Legua de Puriscal, doscientos metros norte de la Iglesia, para solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial del señor Ernest Willard Roberts SR. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo 946 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ernest Willard Roberts SR, de nacionalidad canadiense, carné de residente pensionado en Costa Rica número diez mil ciento ochenta y dos, y pasaporte de su país número PC seis uno cero siete siete cuatro, mayor, divorciado una vez, empresario, vecino de Puriscal concretamente en La Legua, doscientos metros al norte de la Iglesia, quien falleció el diecisiete de octubre del año dos mil seis, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio extrajudicial a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2006-Y.M.V. Notaría de la Lic. Yorleny Murillo Vargas, sita en San José, Santiago de Puriscal, veinte metros sur del Banco Nacional de Costa Rica.—San José, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 87123.—(101172).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Phillip James Crosson único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, empresario, pasaporte de su país número cero ocho seis seis uno siete ocho cuatro ocho, vecino de Palmar Norte, Sierpe, setenta y cinco metros sur del cruce del restaurant Piccolo, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se aperciba a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 17-10-200605. Notaría del Bufete Lao & Asociados.—San José, 17 de octubre del 2006.— Lic. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 87136.—(101173).

Se cita a los herederos, legatarios e interesados en la sucesión de Hubert Constantino Lewis Tenant, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Cedar Creek, Limón, cédula Nº 7-0052-1108, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en avenida 5, calles 5 y 6, Puerto Limón, a fin de hacer valer sus derechos en proceso sucesorio extrajudicial.—Puerto Limón, 1º de noviembre del 2006.—Romel Orane Anglin, Notario.—1 vez.—Nº 87149.—(101174).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Alfredo Porras Porras y Aracelly, a las nueve horas del día veintitrés de octubre del año dos mil seis y comprobados sus fallecimientos, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera el señor Rafael Villalobos Sánchez, mayor, viudo una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número dos - cien - quinientos setenta y dos, y la señora Francisca Esperanza Porras Cordero, mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número dos-trescientos sesenta y dos-trescientos dieciséis, ambos vecinos del Carmen Tres de Siquirres, trescientos metros al norte de la empacadora número tres, en la provincia de Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Berny Argentina Delgado Hernández, Siquirres, 25 metros norte de oficinas del ICE.—Lic. Berny Argentina Delgado Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 87186.—(101175).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Antonio Fernández Hernández, quien fue mayor, casado una vez, carpintero, vecino de La Unión, Tres Ríos, con cédula de identidad número uno-doscientos setenta y siete-setecientos sesenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente Nº 01-2006.—San José, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Mireya Elizondo Valverde y Alejandro Arburola Rojas, Notarios.—1 vez.—Nº 87197.—(101176).

Con treinta días de plazo, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó, María Cristina Morales Jiménez, viuda, oficios del hogar, vecina de San Rafael de Escazú, cédula Nº 1-145-673, a efecto de que se apersonen al proceso en defensa de sus intereses, en el entendido de que en caso de no verificarlo, se otorgarán los derechos de herencia a quien o quienes mejor demuestren poseerlos. Asimismo, se les previene acerca del señalamiento de lugar conocido en el perímetro judicial de San José, y un medio (que puede estar instalado en cualquier punto del territorio nacional), donde atiendan sus notificaciones posteriores, en el entendido de que mientras no lo hagan, o bien si el lugar señalado no existiera o si existiendo permanezca cerrado, la dirección indicada sea incierta o imprecisa o bien que el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho, el plazo para interponer el o los recursos que quepan contra las resoluciones dictadas empezará a correr a partir de la fecha en que exprese el acta del notificador, en la que da cuenta de esa situación (Interpretación auténtica de la Asamblea Legislativa por Ley Nº 8125 al artículo 185 del Código Procesal Civil, 12 de la Ley de Notificaciones, publicada en La Gaceta Nº 167 del 31 de agosto del 2001). Expediente Nº 95-000606-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de octubre del 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—1 vez.—Nº 87214.—(101177).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Daniel Brenes Rodríguez, mayor, agricultor, casado una vez, cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y uno-cuatrocientos sesenta y nueve, con su último domicilio en Germania, Siquirres, Limón, Barrio Los Altos de Germania, cien metros norte de la Iglesia Católica, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, y que se oponen ante tal proceso sucesorio Notarial, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 1-10-2006. Sucesión de Daniel Brenes Rodríguez. Bufete del Licenciado Ricardo Núñez Estrada, teléfono N° 760-0176, Fax N° 760-0372. Nuestra oficina se encuentra situada en Pocora, Guácimo, Limón, 125 metros norte de la entrada principal a la localidad.—Lic. Ricardo Núñez Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 87226.—(101178).

Se cita y emplaza a los interesados en el Proceso Sucesorio de Fernando Jiménez Alpízar, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia, cédula número seis- ciento ocho-ciento noventa y dos, comerciante, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen para hacer valer sus derechos en mi notaría en San José, avenida seis, calles cero y uno, edificio Maryland, primera planta, apercibidos que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. (Expediente Nº 0003-2006).—San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—Nº 87236.—(101179).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ramón Luis Venegas Valerio, quien fuera casado por segunda vez, pensionado, vecino de Mercedes Norte de Heredia, cédula cuatro-cien-setecientos cuarenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-002453-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de octubre del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(101222).

Avisos

Rudecindo Saborío Cubillo, Notificador del Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, hace saber a José Mauricio Retana Delgado, quien es mayor, casado una vez, separado de hecho, comerciante, de domicilio desconocido, cedula de idealidad número uno-ochocientos noventa y tres-doscientos cuarenta y tres, que en expediente Nº 06-400060-0197-FA que es abreviado de divorcio promovido por Ana Lorena Fernández Delgado contra José Mauricio Retana Delgado, se dictó la sentencia Nº 116-2006 de las dieciséis horas con quince minutos del diez de octubre del dos mil seis, que en la parte dispositiva dice: “Por tanto: en mérito de lo expuesto y normas legales citadas, 1, 2, 4, 5, 99, 153, 155, 222, 317, 330, 368; 369, 370, 420 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, 1, 2, 8, 48 inciso 8) y 60) del Código de Familia, se rechaza la excepción de Falta de Derecho, en relación a la causal invocada, y se acoge en cuanto al derecho alimentario que le pudiese haber correspondido a la accionante, y se declara con lugar en los extremos petitorios que se dirán, comprendiéndose como denegados en los que no se haga pronunciamiento expreso, la demanda planteada por Ana Lorena Fernández Delgado contra José Mauricio Retana Delgado, estableciéndose lo siguiente: a) Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a José Mauricio Retana Delgado y Ana Lorena Fernández Delgado por la causal de separación de hecho por un término no menor de tres años, b) Que la guarda, crianza y educación de las personas menores de edad Kevin Josué y Geraldy Juliana ambos Retana Fernández le corresponde a la señora Fernández Delgado y la patria potestad compartida c) Que la señora Fernández Delgado, pierde el derecho a ser alimentada por el señor Retana Delgado. Se deniega hacer fijación del derecho alimentario que le pudiese corresponder al señor Retana Delgado, d) Que no existen bienes inmuebles, que repartir que se pudiesen refutar como gananciales, y que la motocicleta placas MOT cero cinco siete cinco siete uno, año mil novecientos ochenta y cuatro, marca Yamaha, estilo quinientos cincuenta, capacidad dos pasajeros, color gris, chasis cuatro H siete uno cero cuatro dos dos dos, categoría motocicleta, carrocería sencilla, tipo cuatro H siete uno cero, continuará perteneciendo única y exclusivamente al señor José Mauricio Retana Delgado, por renuncia expresa que sobre el derecho a gananciales en dicho mueble hace la señora Fernández Delgado, debiéndose en el Registro Nacional, Sección Muebles, hacer la modificación de estado civil de este propietario. E) Una vez firme esta fallo inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, Sección Matrimonios, provincia de San José al tomo trescientos treinta y siete, folio trescientos cincuenta y siete, asiento setecientos catorce. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Emítase el edicto de ley, el cual deberá ser publicado al tenor de lo preceptuado por el artículo 6 del Código de Familia.—Juzgado Civil Trabajo de Puriscal, 30 de octubre del 2006.—Lic. Ana I. Fallas Aguilar, Jueza.—1 vez.—(100809).

Por requerirse así dentro del proceso de exoneración de pensión alimentaria Nº 88-700063-373-PA-A, le solicito se proceda a realizar el trámite correspondiente para la publicación de edicto que literalmente dice: “... Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, a las ocho horas cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil seis. Del presente proceso de exoneración de pensión alimentaria promovido por Ademar Orozco Morales contra la accionada Natascha Orozco Porras, se le confiere audiencia por el término de cinco días hábiles a la accionada para que se oponga o muestre su conformidad. Asimismo, según lo dispuesto por la Ley Nº 7637, Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y seis y de igual manera y con base al numeral sexto párrafo último del citado cuerpo legal, se le previene a las partes la indicación del medio y lugar para recibir notificaciones, se les hace saber que la omisión de lo anterior producirá las consecuencias de la notificación automática, es decir todas las resoluciones posteriores quedarán notificadas con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas las mismas. Se producirá igual consecuencia si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho o bien si el lugar señalado permaneciera cerrado, fuera impreciso, incierto o inexistente. En virtud de que las carátulas así como el papel oficio que está utilizando el Poder Judicial en sus resoluciones es tamaño carta, se le solicita a los abogados litigantes que en la medida de lo posible se sirvan utilizar papel de ese tamaño, a fin de guardar una mejor presentación y orden en los expedientes (circular 38-97 Boletín Judicial Nº 78 del 24 de abril de 1997). Solicítese el Informe Salarial de ambas partes a la Caja Costarricense de Seguro Social. Se ordena notificar la presente resolución a la accionada Natascha Orozco Porras por medio de edicto de ley, mediante la Dirección Ejecutiva, toda vez que no ha sido posible su localización. Asimismo se le hace saber a las partes que en cualquier estado del proceso y previo al dictado de la resolución de fondo, podrán presentarse a este despacho judicial sin previa cita a proponer un acuerdo conciliatorio en cuanto a la cuota alimentaria a regir, el cual será debidamente homologado por esta autoridad judicial, siempre y cuando satisfaga las necesidades alimentarias y sea beneficioso para ambas partes. Dicho acuerdo deberá determinar los alcances del convenio, el cual tendrá carácter de ejecutividad y ejecutoriedad, en caso de incumplimiento por parte del deudor alimentario, lo anterior de conformidad con lo estipulado en el artículo 9 de en relación al 44 de la Ley de Pensiones Alimentarias, conteniendo en ello la discrecionalidad del juzgador de disponer el señalar para dicha diligencia en momentos oportunos, lo cual se hará estrictamente y necesariamente cuando exista alguna otra probanza que evacuar conforme se haya ofrecido y según lo dispuesto en el numeral 36 en el 2 párrafo de la Ley de Pensiones Alimentarias al estipular lo referente a los medios de prueba, que sobre (testimonial, pericial o reconocimiento judicial), se deberá indicar necesariamente los hechos que se pretende demostrar con el ofrecimiento de dichas probanzas, ello con el fin de que el juzgador pueda palpar la pertinencia de los elementos de probatorios que se ofrecen. Lo anterior conforme lo determina el numeral 354 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en esta materia. Notifíquese.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia.—MDE. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(100924).

El Lic. José Milton Ramírez Jiménez, juez de Familia de Golfito, Puntarenas hago saber a Ivonne Ivannia Rodríguez Araya y Salomón Rivera Araica que en el Proceso N° 05-400095-422-FA, declaratoria judicial de abandono que promueve José Wálter Venegas Rosales y Leidy Jiménez Zúñiga en su contra, se ha dictado la resolución que dice, en lo que interesa, así: Juzgado de Familia de Golfito. Puntarenas, a las catorce horas cincuenta y tres minutos del nueve de agosto del dos mil cinco. Se tiene por establecido el presente proceso de declaratoria de abandono, por parte de José Wálter Venegas Rosales y Leidy Jiménez Zúñiga, contra Ivonne Ivannia Rodríguez Araya y Salomón Rivera Araica, a quienes se le concede el término de cinco días, para que conteste la demanda y pueda excepcionarse; asimismo deberán ofrecer sus pruebas con indicación en su caso del nombre y las generales de los testigos, así como los hechos que deberán ser examinados los mismos, sin interrogatorio formal. Se le previene a los demandados que una vez notificados, deberán separadamente por escrito señalar lugar y medio, (ya sea en estrados, por fax o cualquier otra forma que permita la seguridad del acto de comunicación) para atender sus notificaciones, apercibidos de que si no lo hace, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas; igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho; o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Notifíquese este auto a los accionados Ivonne Ivannia Rodríguez Araya y Salomón Rivera Araica, una vez que se tenga la dirección de los mismos ya que actualmente se desconoce su paradero. En vista de que no se cuenta con el domicilio de los demandados solicite a la Dirección General de Migración y Extranjería se sirvan certificar los movimientos migratorios de los demandados, así como atento oficio a el Registro de la Propiedad, Sección Personas, si los demandados aparecen con apoderado o no toda vez que se desconoce su paradero.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito.—Lic. Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Nº 87093.—(101180).

A quien interese se hace saber que en este Despacho, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal ha interpuesto un Proceso Ordinario de Lesividad contra el Consejo Nacional de la Producción, El Estado. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare lesiva a los interese públicos la Resolución de la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo Nº 312-2006, de las once horas del trece de julio del dos mil seis, en tanto declaro que el rubro denominado “APORTE AL CNP” no forma parte de la base de calculo del impuesto del 10% sobre el precio de los licores nacionales establecido en los Artículos Nos. 36 y 37 de la Ley de Licores, Nº 10 del siete de octubre de 1936 y sus reformas, que se anule dicha resolución únicamente en lo que respecta a la revocatoria parcial de la resolución determinativa 1-2005, de las doce horas del doce de marzo del dos mil cinco, emitida por la Dirección Ejecutiva del IFAM, oficio DJI-0145-2005 y se confirme en todos sus extremos esta última resolución. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos Nos. 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Expediente Nº 06-001146-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de octubre del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—Nº 87137.—(101181).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente Nº 06-002234-0165-FA, la señora Adelina Láscarez González, solicita se apruebe la adopción del mayor de edad Mario López Láscarez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de octubre del 2006.—Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 87144.—(101182).

Elizabeth Monge Mata, notificadora del Juzgado de Menor Cuantía de Palmares a los señores Adonai Castro González y Vladimir Badilla Castro, de actuales domicilios desconocidos, cédula de identidad Nº 5-220-774 y 1-391-782 respectivamente. Les hago saber que en incidente de exoneración de pensión alimentaria Nº 68-05-INC., de este Juzgado, establecido por José Vega Chavarría en contra de Adonai Castro González y Vladimir Badilla Castro, se ha ordenado notificarles a los incidentados, mediante la resolución de las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil seis, por medio de edicto publicado en el Boletín Judicial, las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Pensiones Alimentarias de Palmares, a las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil seis. Por haberse omitido en su oportunidad, a fin de enderezar procedimientos y evitar futuras nulidades. Se resuelve: Se adiciona la resolución de las once horas, cincuenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil seis, en_ el sentido de que acerca del anterior incidente de exoneración de pensión alimentaria, que establece José Vega Chavarría contra de Vladimir Badilla Castro, se confiere audiencia a la parte incidentada por el plazo de cinco días, para que lo conteste u oponga las excepciones que tuviere. Se previene a las partes que deben señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de esta ciudad, donde atender notificaciones bajo apercibimientos de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere. Asimismo tal y como lo solicita la apoderada del incidentista y de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese la presente resolución, así como la resolución supracitada anteriormente, a los incidentados Adonai Castro González y Vladimir Badilla Castro, por medio de edicto. Notifíquese. Lic. Róger León Zárate Juez. Juzgado de Palmares, a las once horas, cincuenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil seis. Acerca de la presente gestión por incidente de exclusión de pensión alimentaria, que establece José Vega Chavarría contra Adonai Castro González a quien se le confiere audiencia por el plazo de cinco días, para que lo conteste u oponga las excepciones que tuviere. Se le previene a las demás partes que deben señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de esta ciudad, donde atender notificaciones bajo apercibimientos de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere. Notifíquesele esta resolución personalmente o en su casa de habitación al representante del Patronato antes dicho para tal efecto comisiónese por medio de atento exhorto que se librará al señor Juzgado Contravencional de esa ciudad. Notifíquese la presente resolución personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación a la parte incidentada Adonai Castro González para lo cual se comisiona al señor Delegado Distrital del Roble de Alajuela, ya que la misma se localiza en su casa de habitación ubicada en Rincón Herrera de Alajuela, 30 metros al este y 150 metros al sur de la iglesia católica del lugar, mano derecha, penúltima casa al fondo de la calle sin salida de lastre. Notifíquese.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Palmares, 19 de setiembre del 2006.—Lic. Róger León Zárate, Juez.—1 vez.—Nº 87184.—(101183).

Edictos en lo Penal

La suscrita Lic. Ana Isabel Chaves López, Fiscal Auxiliar de San Joaquín de Flores, notifica a Nautilio Arturo Valverde Villalobos, cédula Nº 1-420-608, la resolución que literalmente dice: “Se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria por medio de edicto.—Fiscalía de San Joaquín de Flores, a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis. No habiendo sido posible localizar a Nautilio Arturo Valverde Villalobos, mayor, casado, pensionado, cédula Nº 1-420-0608, quien figura como demandando civil solidario en la presente causa, se ordena comunicar la resolución dando curso a la acción civil resarcitoria por medio de edicto, a Nautilio Arturo Valverde Villalobos, en su calidad de demandado civil. Habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado en los artículos 15, 111 y siguientes del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado de la misma, traslado que se hará por medio de edicto con el fin de que en caso de ser necesario presente las oposiciones a la misma dentro del plazo de cinco días. Confecciónese el edicto de estilo. Expediente Nº 05-005474-0497-TR, por el delito de lesiones culposas en contra de Venancio Arias Araya en perjuicio de Lady Patricia Venegas Sánchez.—Fiscalía de San Joaquín de Flores, a las once horas con treinta y nueve minutos del veintiséis de octubre del dos mil seis.—Lic. Ana Isabel Chaves López, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(99948).