Boletín Nº 234

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERA

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PRIMERA

Al señor Eduardo Enrique Arrieta Navarro, de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por Norma Edith Murrell Petters, contra él, para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio dictada por la Corte Suprema del Estado de Nueva York, Condado de Nueva York, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar una curadora para que represente al señor Eduardo Enrique Arrieta Navarro. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil seis. De parte de la licenciada Sandra Isabel González Pinto, se tiene por aceptado el cargo de curador que le fuera conferido y jura su fiel y buen cumplimiento y por la promovente efectuado el depósito de los honorarios. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula la señora Norma Edith Murrell Petters, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días al señor Eduardo Enrique Arrieta Navarro, a quien se le previene que en el acto de ser notificado o separadamente por escrito, debe señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de la ciudad de San José para oír notificaciones. Asimismo, indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax o el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Informática del Poder Judicial. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se le tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención de la Curadora licenciada Sandra Isabel González Pinto y hágasele saber la audiencia, a fin de que se sirva manifestar lo que estime conveniente acerca de la solicitud de exequátur. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese al señor Eduardo Enrique Arrieta Navarro la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Anabelle León Feoli, Presidenta.”

San José, 31 de octubre del 2006

                                                                                                                                                                                                          Francisco Bolaños Moreira

1 vez.— 92212.—(109581).                                                                                                                                                                                     Notificador

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil seis, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 06-012657-0007-CO interpuesta por Rodrigo Loría Arias, para que se declare inconstitucional la omisión del Estado de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 72 de la Constitución Política, por estimarla contraria -en adición a ese mismo ordinal- a lo dispuesto en el convenio número 168 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo, de 1988 (no ratificado por Costa Rica), la Declaración de los Derechos Humanos del Hombre y del Ciudadano de 1789, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La referida omisión se impugna en cuanto, en criterio del accionante, el artículo 72 constitucional obliga al Estado a mantener -mientras no exista seguro de desocupación- un sistema técnico y permanente de protección a los desocupados involuntarios y procurar la reintegración de los mismos al trabajo. Sin embargo, desde su promulgación como parte del texto original de la Constitución del 7 de noviembre de 1949 y hasta la fecha, permanecen sin llevar a la práctica ninguno de los tres mandatos contenidos en la norma, a saber: a) el de crear un seguro de desocupación; b) el de mantener un sistema técnico y permanente de protección a los desocupados involuntarios; y, c) el de procurar la reinserción de los mismos al trabajo. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese.

San José, 21 de noviembre del 2006.

                                                                                                                                                                                                       Marlin Arguedas Aguilar

(109349)                                                                                                                                                                                                                     Secretaria a. í.

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Edwin Gamboa Mora, quien fue mayor, casado, inspector de salud, vecino de Desamparados, quien laboró para el Ministerio de Salud, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el 06-300220-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 27 de noviembre del 2006.—Lic. Yendry Rojas Pérez, Jueza a.í.—1 vez.—(109582).

 

 

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las ocho horas, del veinticinco de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cincuenta mil unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintinueve- cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 3-GG, con una casa de habitación. Situada en el distrito tres Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 2-GG con 25 metros 52 centímetros; al sur, lote 4-GG con 25 metros con 46 centímetros; al este, Inversiones Zeta S. A., con 12 metros; y al oeste, calle pública con 12 metros. Mide trescientos cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alberto Lizano Hernández, Tres de Ayarco Tercero S. A. Exp. Nº 05-000683-0504-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 91554.—(108751).

A las ocho horas, del veintidós de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seiscientos treinta y cinco mil colones, al mejor postor se rematará: finca del partido de San José, matrícula número veintiocho mil seiscientos cincuenta y seis-cero cero cero, que es terreno de agricultura, sito en distrito cuatro Piedras Negras, cantón sétimo Mora, de la provincia de San José, mide veinte mil novecientos sesenta y seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, linda al norte, José María Araya; al sur y este, calle pública; al oeste, Jhonas Quirós Umaña y otro. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 06-100153-0197-CI de Rolando c. c. Mario Zamora Solano contra Luz Bermúdez Quirós.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Ana I. Fallas Aguilar, Jueza.—Nº 91555.—(108752).

A las nueve horas, del primero de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 301, asiento 15635, plazo de convalidación (rectificación de medida) al tomo 567, asiento 19347 y con la base de un millón de colones, sáquese a pública subasta la finca folio inscrita en Propiedad, partido real número ciento ochenta y seis mil doscientos  ocho-cero cero cero, lote para construir con una casa de habitación, situada en el distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, provincia San José, linda al norte, calle pública con 14,11 metros de frente; sur, Adela Picado Méndez; este, Maritza Lobo Villanueva; y al oeste, Bolívar Lobo Rojas; mide doscientos veinticuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados proporción media y tiene el plano catastrado número SJ-1060831-2006. La finca pertenece a Marisol de la Trinidad Zúñiga Fallas. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 06-100749-0188-CI interno 785-06-R3, de Braulio Sánchez Sánchez contra Marisol de la Trinidad Zúñiga Fallas.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 91565.—(108753).

A las once horas, del veinticinco de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas 331-15616-01-0901-001 y con la base de la hipoteca de grado superior vencida de trescientos mil colones, sáquese a pública subasta la finca Folio Real matrícula número 300328 000, inscrita en Propiedad, partido de San José, que es terreno de café, situada en el distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve Pérez Zeledón, provincia San José, linda al norte, sur, este y oeste, con Claudio Fonseca Montero, con una medida de seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados, tiene el plano catastrado número SJ-0528475-1984; y libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas 359-14678-01-0901-001 y con la base de la hipoteca de grado superior vencida de doscientos cincuenta dólares, sáquese a pública subasta la finca matrícula Folio Real 339784 000, inscrita en Propiedad, partido de San José, que es terreno de café, situado en el distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve Pérez Zeledón, provincia de San José, linda al norte, quebrada en medio de Expedito Camacho; sur, servidumbre de paso en medio de Yanuario Jiménez; este, servidumbre de paso en medio de Eduvijes Núñez; oeste, Yanuario Jiménez Martínez, con una medida de seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados y tiene el plano catastrado número SJ-0671237-1987. Las fincas pertenecen al demandado Hermes Fonseca Segura. Lo anterior se remata por estar así ordenado en ejecutivo simple número 05-100623-188-CI interno 650-05-M3, de Kembly Badilla Núñez contra Hermes Fonseca Segura.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—Nº 91567.—(108754).

A las nueve horas del veinticinco de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando gravamen hipotecario de primer grado por la suma de dos millones cuatrocientos mil colones a favor del Banco Nacional de Costa Rica y con la base de cuatro mil dólares, remataré: la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, matrícula número cuatrocientos catorce mil setecientos veintiocho-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa y un galerón, situado en el distrito tercero, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Linderos: norte y oeste, calle pública; sur y este, Marta Giselle Rojas Granados. Mide: ciento ochenta y seis metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Mauren Elisa Cordero Solís. Lo anterior se remata por estar ordenado así en hipotecario 06-100618-0188-C.I. interno 647-06-M-2 establecido por Inmobiliaria Jukama S. A. contra Mauren Elisa Cordero Solís.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 13 de octubre del 2006.—Lic. Mario Montoya Murillo, Juez.—Nº 91568.—(108755).

A las ocho horas quince minutos del dieciséis de febrero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada citas cuatrocientos quince-doce mil setecientos veintiocho-cero uno-cero cero doce-cero cero uno, con la base de diez millones de colones; remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de San José matrícula F dieciséis mil ochocientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno sección primera, local número ocho, dedicado a uso comercial y en especial a zapatería, totalmente construido de dos niveles, planta baja y mezanine, situado en el distrito décimo Hatillo, del cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con áreas comunes del condominio; al sur, con áreas comunes del condominio; al este, con finca filial número 7; y al oeste, con finca filial número 40. Mide: setenta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados, con un valor porcentual de uno punto dieciocho por ciento. Hipotecario Nº 06-100355-0217-CI de Cristhian Hidalgo Barboza contra Zapaterías Integradas S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Vannesa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 91582.—(108756).

A las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de cuarenta y seis millones ciento setenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil setecientos setenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito sexto Cuajiniquil, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al este, Juan María Quirós Rodríguez; al noreste, calle pública con noventa y ocho punto sesenta y dos centímetros de frente; al noroeste, resto; y al sureste, Juan María Quirós Rodríguez. Mide: treinta y seis mil setecientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Daniel Mas Vidal contra Corporación Atmos Sociedad Anónima. Exp. 05-000256-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 20 de octubre del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—Nº 91624.—(108757).

A las nueve horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil siete, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios soportando colisión sumaria número cero cinco cero cero cinco uno seis tres cero cuatro nueve cuatro a favor del Juzgado de Tránsito de Alajuela, y con la base de setecientos treinta y ocho mil ciento veinte colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas TH 000375, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis KMHJF tres uno JPRU siete dos cero nueve seis seis, uso particular, estilo Elantra GLS, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, color vino, número de motor G cuatro DJR tres tres seis seis nueve cinco. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso exp. Nº 06-001391-0185-CI ejecutivo prendario de Corporación Port Said S. A. contra Álvaro Víquez Zúñiga.—Juzgado Sexto Civil de San José, 18 de octubre del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 91654.—(108758).

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del veintitrés de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número noventa y ocho mil ochocientos cincuenta-cero cero cero. Que es terreno para construir con una casa de dos plantas. Sito: distrito tercero Hospital, cantón primero de San José, de la provincia de San José. Linderos: norte, Manuel María Girón y otro; sur, avenida 28 con cuatro metros dieciocho centímetros; este, Pedro Secades Rosillo; y oeste, Pedro Secades Rosillo. Mide: ciento ocho metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo hipotecario, número 05-021698-0170-CA, de Caja Costarricense de Seguro Social contra José Francisco Barrientos Acosta.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 30 de octubre del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 91667.—(108759).

A las nueve horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones y con la base de trescientos cincuenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 127123-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 4 Patalillo, cantón 11 Coronado, colinda: al norte, con carretera Moravia Coronado; al sur, con Amada Zúñiga; al este, Antonio Méndez y al oeste, con Mainor Zúñiga. Mide: mil ochocientos treinta y siete metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Elca S. A. contra Luis Chacón Chinchilla y otra. Expediente 05-001050-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de noviembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 91706.—(108760).

A las nueve horas quince minutos del veintinueve de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y sin fijación de base en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Toyota, estilo: Corolla, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1990, carrocería: sedan 4 puertas, color: azul, chasis: EE90-0214093, combustible: gasolina, placas: 129175. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple. Expediente 05-000558-0181-CI de Arturo Arana García contra Lisette de los Ángeles Salgado Cuevas.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 91711.—(108761).

Al ser las dieciséis horas del veinticinco de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos treinta y siete mil trescientos setenta y cinco-cero cero cero, que es terreno para construir lote doce, localizada en distrito 1, cantón 6, de la provincia de Alajuela, linda al norte, calle pública, sur, Luz Acuña; este, lote trece; oeste, lote once, mide: doscientos cuarenta y cinco metros dieciocho decímetros cuadrados, plano A-776188-1988. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100539-0295-CI, de Mutual Alajuela contra Ángel Solano Benavides.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 91718.—(108762).

A las ocho horas treinta minutos del diecisiete de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cinco millones trescientos mil colones y soportando colisión, según sumaria 05-3499-174-TR a la orden del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Ssang Yong, estilo Musso 602TD, año 2001, color gris, capacidad 7 personas, serie: KPTEO-B1DS1P227068, motor 028801, 2874 centímetros cúbicos, placas número 428160. Lo anterior se subasta por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 94-05 de Gloriaelena Bonilla Olaso contra Manuel Robledo Lenis.—Juzgado Primero Civil de San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 91719.—(108763).

A las catorce horas del veinticinco de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, sin sujeción a la base, sáquese a remate los bienes dados en garantía, sea: lijadora de banda Bosch, número siete seis siete A uno nueve ocho tres cuatro cero cero dos tres, lijadora de banda y disco, número cuatro cero uno cinco cero cero dos; cepilladora de quince por ocho Zeco, número cinco uno dos dos nueve dos, trompo fresador cuatro PL, número H D dos cero uno uno, una sierra cinta de catorce pulgadas, número uno uno S seis tres dos dos, Routher Milwaukee dos H P, número seis siete dos B cinco nueve nueve cuatro cinco uno, una sierra mesa tres H P uno cero Dual, número cinco cuatro cuatro, una sierra ingleteadora D W siete cero cinco, número uno uno tres siete nueve tres, un compresor tres H P tanque veinte J L A V cinco cero cero nueve, serie dos dos uno tres dos, máquina de soldar doscientos treinta AMP, número nueve tres cuatro dos cero cero ocho cinco, una sierra tonsadora metabo, número siete dos seis dos dos, una cantiadora de seis pulgadas, número seis cero uno cero siete cuatro, un aspirador de polvo dos H P, número uno uno cinco cero seis seis uno. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 04-100276-0295-CI, del Banco de Costa Rica contra Melvin Madrigal Calderón y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 31 de octubre del 2006.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 91723.—(108764).

Al ser las nueve horas treinta minutos del veinticinco de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de Leyes Nos. 7052, 7208, con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela número trescientos cuarenta y nueve mil doscientos noventa y cuatro-cero cero uno y cero cero dos. Naturaleza terreno para construir con una casa, situada: distrito siete Rosario, del cantón seis Naranjo, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Emilio Sánchez Mena; sur, Manuela Chaverri Espinosa; este, José Bermúdez Leal; oeste, calle pública. Mide ciento sesenta y cuatro metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano A-0173209-1994. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 04-100380-295-CI, del Banco de Costa Rica contra José David Sánchez Castro y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 30 de octubre del 2006.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 91724.—(108765).

A las ocho horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones trescientos ochenta y tres mil novecientos ochenta colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos once mil novecientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito sétimo San Isidro, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Depósito de Maderas San Ramón S. A.; al sur, calle pública; al este, calle pública con treinta y nueve punto veinticuatro metros; y al oeste, calle pública con treinta y cinco punto veinticuatro metros. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros con quince decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Roxana María Araya Villalobos. Expediente Nº 06-000494-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 16 de noviembre del 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 91740.—(108766).

A las ocho horas veinte minutos del nueve de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos ochenta y tres mil seiscientos noventa y nueve-cero cero cero. Que es terreno: bloque C lote diecisiete, terreno para construir. Sito: distrito dos Granadilla, cantón dieciocho Curridabat, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública con diez metros; sur, lotes siete y seis bloque C ambos en parte; este, lote dieciséis bloque C; y oeste, lote dieciocho bloque C. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-018425-0170-CA del Instituto Nacional de Seguros contra Marco Alvarado Espinoza y Norma Vargas Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de noviembre del 2006.—Lic. José Francisco Molina Salas, Jueza.—Nº 91766.—(108767).

A las ocho horas del ocho de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando infracción de tránsito según sumaria 05-600376-313-TC, y con la base de cinco millones quinientos setenta tres mil doscientos veintiún colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas SJB cero cero seis mil ochocientos cuarenta y ocho, marca Mitsubishi, estilo Rosa Deluxe, color verde, año mil novecientos noventa y nueve, chasis número BE637GA00984. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Agencia de Viajes Marvi S. A. Exp. Nº 00-001954-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 91786.—(108768).

A las diez horas, treinta minutos del veintidós de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso, eléctrica y de acueducto, inscrita al tomo 4590, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001, tomo 557 y con la base de seis millones ochocientos ochenta y cuatro mil setecientos ochenta y seis colones, al mejor postor remataré: finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta y cinco - cero cero cero, que se describe como terreno de agricultura, sito en el distrito segundo Florencia, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con calle pública; al sur, lote 6 de Enrique Segura; al este, lote 7, y al oeste, calle pública. Mide: nueve mil novecientos dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a sociedad Agrícola Madrigal y Matamoros Limitada. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de San Carlos contra sociedad Agrícola Madrigal y Matamoros Limitada Nº 05-101001-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial Alajuela, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—(O. C. Nº 27702-Municipalidad de San Carlos).—C-20905.—(108911).

A las nueve horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de un millón cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Mitsubishi, estilo: Montero, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1990, carrocería: Familiar, Station Wagon, color: negro, tracción doble, chasis: JA4GJ31S3LJ000791, combustible: gasolina, placas: 284253. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 03-000675-181-CI, de Eduardo Solano Bonilla contra Sonia Villalobos Barahona.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 91878.—(109198).

A las nueve horas y veinte minutos del veinticinco de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 368, asiento 12898, soportando hipoteca de primer grado a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los vecinos de San Ignacio de Acosta, y con la base de dos millones ciento setenta y nueve mil setecientos ochenta y siete colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos sesenta y dos mil setecientos veintitrés cero cero uno-cero cero dos, que es terreno lote 17, bloque 13 para construir con una casa. Sitio: distrito 01, cantón 10, de la provincia de San José. Linderos: norte, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; sur, calle pública; este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: noventa y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Aracelly Álvarez Sibaja, Roger Álvarez Sibaja. Expediente Nº 05-024320-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2006.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 91897.—(109199).

En la puerta exterior de este juzgado, al ser las once horas del dieciséis de febrero del dos mil siete, libre de gravámenes hipotecarios con la base de doscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el partido de Cartago, matrícula de Folio Real número ciento dieciséis mil seiscientos dos, terreno de potrero con una casa, lote 10 Ñ. Sita: en el distrito cuarto, cantón tercero, provincia de Cartago. Linda: al norte, con calle pública con quince metros de frente; sur, Otto Solano Quirós; este, Édgar Camacho Chinchilla, y oeste, Carlos Luis Casasola Azofeifa. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Lo anterior en juicio ejecutivo hipotecario Nº 06-100273-0352-CI, establecido por Carlos Granados Castillo contra Hugo Manuel Vega Sancho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba, 25 de setiembre del 2006.—Lic. Gerardo Arroyo Rojas, Juez.—Nº 91912.—(109200).

A las once horas del veinticinco de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre sirviente, y con la base de un millón novecientos catorce mil cuatrocientos cuatro colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos siete mil quinientos tres-cero cero cero, que es terreno para construir, localizada en distrito 3 San Rafael, cantón 8 Poás, de la provincia de Alajuela, linda al norte, Bernabé Víquez Gómez, sur, río Cabuyo, este, río Cabuyo, oeste, calle pública, mide: mil noventa y seis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados, plano A-339253-1996. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100506-0295-CI, de Coopealianza R. L. contra Víctor Emilio Céspedes Herrera.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 3 de noviembre de 2006.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 91920.—(109201).

A las nueve horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre agrícola de paso y con la base de cinco millones quinientos mil colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ocho mil dos-B 002, derecho a un cuarto sobre la finca la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito uno, Juntas, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Víctor Chavarría Vargas; al sur, Comercial S. R. Cinco S. A.; al este, Víctor Chavarría Vargas y al oeste, Salvador Ramírez. Mide: doscientos dos mil doscientos veintiséis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Coopesanramón R. L., contra Quesada Umanzor Eduardo, Quesada Umanzor Leda y Quesada Umanzor Rodolfo. Expediente 00-100121-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 91923.—(109202).

A las diez horas del dos de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre y calle ref: 2493-169-001, bajo las citas de inscripción 309-02910-01-0901-001, Limitaciones del Invu bajo citas de inscripción 437-17670-01-0018-001 y demanda ordinaria bajo las citas 540-14580-01-0001-001 y con la base de seis millones ochocientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trece-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa marcada con el número 45, conjunto Llanos de Gloria. Situada en el distrito Tirrases, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, callejón; al sur, Invu; al este, Invu y al oeste, Invu. Mide: ciento dieciséis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Olga Lidia Cedeño Gómez contra Antonio Ventura Calderón Fernández. Expediente 02-000106-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.— 91924.—(109203).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre de dos mil seis, en la puerta exterior de este Descacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de un millón ciento cincuenta mil quinientos setenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Kia, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1994, carrocería: station wagon o familiar, color: azul, chasis: KNAJA5525RA722920, placas: 321276. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente 06-001381-0181-CI de Vehículos Internacionales Veinsa contra Alexander Masís Villegas.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 91990.—(109204).

A las nueve horas y quince minutos del veinticuatro de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cinco millones ochocientos ochenta y cinco mil setecientos diecisiete colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ocho mil quinientos trece-cero cero cero, la cual es terreno para construir número 56. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, sureste con calle pública con 10 metros; al sur suroeste con calle pública; al este noroeste con Inmóvil La Carpintera S. A., y al oeste noroeste con lote 55. Mide: doscientos catorce metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Marco Antonio Mora Ramírez. Expediente Nº 06-001863-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 91991.—(109205).

A las diez horas y treinta minutos del diecisiete de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre dé gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos setenta y un colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita  en el  Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 155.311-000 la cual es terreno lote cincuenta y siete terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Lotes 60; al sur, calle pública; al este, Lote 56 y al oeste, lote 58. Mide: ciento veintiún metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Conejo Monge, Carlos Martín Conejo Mesén. Expediente 06-001762-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 91992.—(109206).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de febrero del dos mil siete, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones setecientos cincuenta y siete mil setenta y cinco colones con veinticinco céntimos,  en el mejor postor rematare: La finca del partido de Cartago, matrícula 030937-000, que es terreno de café y Banano, situado en el distrito La Suiza, de la provincia de Cartago, linda al norte, camino público, Enrique Carmona Mora; sur, Alicia Ramírez Muñoz; este, calle pública, Alicia Ramírez Muñoz; oeste, calle  pública. Mide: dieciocho mil ochocientos veintiocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente 06-001487-0185-CI, ejecutivo hipotecario de Banco LAFISE S.A., contra Jonathan Quesada Álvarez.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, ocho de noviembre del dos mil seis.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 91993.—(109207).

A las nueve horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de novecientos ochenta y cuatro mil setecientos dieciocho colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1993, estilo Grace Tour, 04 cilindros, combustible diesel, cubicaje 2476 centímetros cúbicos, chasis número KMJRD37FPPU032412, motor FP607690, color azul, capacidad 15 pasajeros, placas número LB-000884 (se hace saber que lo rematado es el vehículo y no la placa por ser una concesión estatal). Se ordena el remate en ejecutivo prendario 06-001491-0180-CI-0 de Asociación Adri contra Gilberto Napoleón Guido Navarro.—Juzgado Primero Civil de San José, 30 octubre 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 91994.—(109208).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada según citas 365-02360-01-0908-001, y con la base de tres millones seiscientos sesenta y siete mil novecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Heredia, matrícula número F006543-000, que es terreno con apart N3-habitacional, situada en el cantón Belén, distrito San Antonio de la provincia de Heredia. Linda al norte con áreas comunes, al sur con línea Férrea Ferrocarriles de C.R., al este con áreas comunes y al oeste con apartamento 3-B. Mide sesenta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario 06-001527-0180-CI de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Elvin González Rodríguez.—Juzgado Primero Civil de San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 92012.—(109209).

A las once horas del veinticuatro de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón doscientos sesenta y seis mil ciento ochenta y dos colones al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número cuatrocientos veinticinco mil trescientos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es lote siete terreno para construir, situada en el distrito cero cuatro Mata de Plátano, cantón cero ocho Goicoechea, de la provincia San José, colinda: al este, con Édgar Pacheco Solís, al noreste con lote ocho, al noroeste con calle primera de la urbanización, y al suroeste con lote seis. Mide: ciento cincuenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Johnny Herrera Valverde y otra. Expediente Nº 05-001262-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 92013.—(109210).

A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de cincuenta y un mil quinientos dólares americanos o su equivalente en colones a la fecha del remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 165.638-000 la cual es terreno para construir lote 5-B. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 6-B Urbanización Llano Verde; al este, casa Nº 4-B Urbanización Llano Verde; al oeste, calle pública con un frente de 8 metros 69 centímetros, al sureste, con calle pública con un frente de 8 metros 84 centímetros y al suroeste, con calle pública con un frente de 14 metros 81 centímetros. Mide: doscientos quince metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Andrea María Vega Moya, Luis Ricardo Vega Valverde, Ruth Virginia Moya Rivera. Expediente 06-001458-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de octubre del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 92050.—(109211).

A las ocho horas del veintiuno de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, se rematará: 41 trozas de Jaúl (Alnus acuminata), 8 piezas de Jaúl de 28 centímetros por 2,54 centímetros por 3,40 metros de largo, 13 piezas de Jaúl de 36 centímetros por 2,54 centímetros por 2,60 metros de largo, 26 piezas de Jaúl de 31 centímetros por 2,54 centímetros por 3,40 metros de largo, 24 piezas de Jaúl de 25,4 centímetros por 2,54 centímetros por 3,40 metros de largo, 40 piezas de Jaúl de 13 centímetros por 2,54 centímetros por 3,40 metros de largo, para un total de ciento once piezas de madera aserrada. Así ordenado en proceso penal sumaria Nº 06-200742-359-PE por el delito de infracción a Ley Forestal contra Guido Vargas Chinchilla y Arnulfo Montero González, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Turrialba, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Aníbal Loaiza Arce, Juez.—(109266).

A las nueve horas y cincuenta minutos del veinticinco de enero del dos mil siete. En la puerta exterior del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, remataré cinco trozas de madera de Guanacaste con base en novecientos veinticuatro mil cincuenta y un colones, madera que se encuentra decomisada en finca de Tobías Ramírez Vásquez y Heidy González Solis, en Labrador de San Mateo. Se remata por estar así ordenado en comisión Nº 947-06-3, expediente Nº 06-000449-553-PE contra Marco Calvo Benavides, por el delito de infracción a la Ley Forestal en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Ana E. Fallas Santana, Jueza.—(109267).

A las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil siete. En la puerta exterior del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, remataré dos piezas de Guapinol con la base de cuarenta y nueve mil doscientos tres colones, y dos piezas de Laurel, valoradas en la suma de veintiún mil trescientos treinta y cuatro colones, setecientos cuarenta y un mil trescientos ochenta colones, madera que se encuentra decomisada en finca de Elisa Granados Brenes, ubicada en calle El Vainilla de la parada de buses de Alto de López un kilómetro al sur. Se remata por estar así ordenado en comisión Nº 958-06-3, expediente Nº 06-000454-553-PE contra Elisa Granados Brenes, por el delito de infracción a la Ley Forestal en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Ana E. Fallas Santana, Jueza.—(109268).

A las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, fincas de Residencial Los Claveles S. A.; al sur, fincas de Residencial Los Claveles S. A.; al este, calle 2 con 8,70 metros, y al oeste, fincas de Residencial Los Claveles S. A. Mide: ciento sesenta metros con ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Luisa María García Bolaños contra Mario Luis Jiménez Jiménez. Expediente: 06-001011-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—(109366).

A las nueve horas del diecinueve de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de dos millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil setecientos ochenta y seis cero cero uno, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Anselmo Llorente, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública sociedad Leiva Orcuyo Limitada; al sur, Leiva Orcuyo Limitada; al este, Franklin Arce y al oeste, Guillermo Hernández. Mide: doscientos dieciocho metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Luisa María García Bolaños contra Víctor Hugo González Rojas. Expediente: 06-001279-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—(109367).

primerA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho, a las 9:00 horas del 19 de enero del 2007, en el mejor postor y libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 396, asiento 19357, y sin sujeción de base, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real Matrícula número setenta y ocho mil setecientos setenta y cuatro-cero cero cero, naturaleza terreno para cultivo de banano, situado en distrito dos Palmar, cantón quinto de Osa de la provincia de Puntarenas, linderos; norte, servidumbre de paso; sur, servidumbre de paso; este, Cooperativa Autosugestión Gonzalo Sierra Cantillo R. L., y oeste, Cooperativa Autosugestión Gonzalo Sierra Cantillo R. L. Mide: un millón setecientos noventa y siete mil ochenta y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados, propiedad de Cooperativa Autosugestión Gonzalo Sierra Cantillo R. L. Lo anterior por haberse ordenado así en el expediente número 02-000563-183-CI (220-4-04) proceso ejecutivo hipotecario del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Serbasur S. A., y otra.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez Agrario.—(109321).

A las ocho horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente, al tomo 326, asiento 00417, y demanda ordinaria al tomo 520, asiento 04442 y con la base de cinco millones ochocientos veinticinco mil colones, sáquese a pública subasta la finca folio inscrita en Propiedad, Partido Real número cuatrocientos setenta y dos mil seiscientos noventa y cuatro - cero cero cero, terreno para construir, situada en el distrito tres Daniel Flores, cantón Diecinueve Pérez Zeledón, provincia San José, linda al norte, Mapive S. A.; sur, Mapive S. A.; este, calle pública con 15 metros de frente, y al oeste, Lillian Halder Picado, mide trescientos cuatro metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados proporción media y tiene el plano catastrado SJ-0331992-1996. La finca pertenece a Ericka Fabiana Ramírez Espinoza. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario 06-100763-188-CI interno 800-06-R2, de Lilliana Halder Picado contra Ericka Fabiana Ramírez Espinoza.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 20 de noviembre del 2006.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.— 92079.—(109583).

A las diez horas quince minutos del diecisiete de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre y demanda penal y con la base de quince mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 444835-000 , la cual es terreno para construir en potrero, situada en el distrito segundo San Miguel, cantón tercero Desamparados, colinda: al norte, con calle pública lotes 1-28 y 22 antes descrito; al sur con río Jorco, lotes 24 y 28; al este, con Aldeman Gold Schroter, lotes 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y calle pública al oeste con 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y calle pública y mide: cincuenta y dos mil doscientos dieciocho metros y cincuenta  decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de José Mario Pacheco contra APB Consultores Dos Mil Sociedad Anónima. Expediente Nº 03-0000076-184-CI-5.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las ocho horas del 23 de noviembre del 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.— 92110.—(109584).

A las diez horas del dieciséis de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, anotaciones, y colisiones, con la base de un millón cuatrocientos noventa y dos mil quinientos setenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo marca: Hyundai, estilo: Excel GLS, categoría: taxi, capacidad: 5 personas, año: 1995, carrocería: sedán 4 puertas, color. rojo, chasis: KMHVF31JPRU989681, combustible: gasolina, placas: 271661. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente 05-000099-181 CI de Financiera Desyfin S. A. contra José Luis Pérez Hidalgo y otros.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de octubre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.— 92114.—(109585).

A las nueve horas del doce de enero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, sujeta a régimen de patrimonio familiar, inscrito al tomo: quinientos cuarenta y dos, Asiento: cero cero ciento noventa y seis, Secuencia: cero cero uno, con la base de mil setecientos ochenta y cinco dólares, moneda de los Estados Unidos de Norteamérica; se ordena el remate de la finca dada en garantía, partido de San José, Folio Real Matrícula cuatrocientos veinticinco mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero (425.422.000), que es terreno con una casa, sito en el distrito segundo, Tarbaca, del cantón sexto, Aserrí de la provincia de San José, linda: norte, sur y oeste, con Maritza Ureña Abarca; este, con calle pública con un frente a ella de once metros con quince centímetros lineales. Mide: ciento veinte metros con nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado San José número noventa y ocho mil setecientos treinta y uno-noventa y tres. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario 06-100360-0217-CI de Desarrollos U.T.O. S. A. contra Henry Martín Gamboa Prado y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Yendry Rojas Pérez, Jueza a. í.— 92219.—(109586).

A las ocho horas del treinta y uno de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de tres millones cuatrocientos diez mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita Partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho- cero cero cero, que se describe así: terreno para construir, lote 34 situado en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos treinta y tres metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Linderos: al norte, con zona de protección; al sur, con calle pública con diez metros un centímetro; al este, con lote 35; y al oeste: con lote 33. Dicho inmueble pertenece a la demandada Carmela María Corea. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario incoado por Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Carmela María Corea. Exp. 06-100808-0386-CI (836-06-1).—Juzgado Civil de Liberia, 27 de octubre del 2006.—Lic. Derín Salazar Fernández, Juez.— 92220.—(109587).

A las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuatro millones setecientos siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita Partido de Guanacaste, Matrícula número ciento treinta y ocho mil setecientos ochenta y dos- cero cero cero, que se describe así: Terreno para construir, bloque E, lote 33, situado en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Linderos: al norte, con lote E 34; al sur, con lote E 32; al este, con lote E 30, y al oeste, con calle 2 con ocho metros de frente. Dicho inmueble pertenece a la demandada Flor Emilia Obando Espinoza. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario incoado por Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Flor Emilia Obando Espinoza. Exp. 06-100811-0386-CI (839-06-1).—Juzgado Civil de Liberia, 27 de octubre del 2006.—Lic. Derín Salazar Fernández, Juez.— 92221.—(109588).

A las quince horas treinta minutos del primero de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de un millón trescientos setenta y ocho mil ocho colones, en el mejor postor remataré: Vehículo placas número CL ciento cincuenta y ocho mil novecientos cincuenta y siete, marca Isuzu, estilo KB dos mil seiscientos, modelo no indicado, color gris, carrocería caja abierta o cam-pu, capacidad, cuatro personas, tracción sencilla, año mil novecientos noventa y dos, chasis número JAACL uno seis E cero N siete dos cero dos cuatro cero cinco, motor número nueve ocho cuatro cuatro cinco nueve, combustible gasolina, cilindraje dos mil seiscientos cc. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario 06-100538-0295-CI de Luis Alberto Barrantes Alfaro, contra Gladis Soto Monge.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.— 92233.—(109589).

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del diecinueve de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de treinta y un mil dólares, en el mejor postor, rematare: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento dieciséis mil ciento tres cero cero cero. Que es terreno: terreno para construir con una casa. Sitio: Distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás de la provincia de San José. Linderos: norte, Edwin Ortega; sur, Miguel Ángel Quirós Castro; este, calle pública; y oeste, Gonzalo Sánchez; noreste, Edwin Ortega; noroeste, Gonzalo Sánchez; sureste, calle pública con frente de 4,21 metros, y suroeste, Miguel Ángel Quirós Castro. Mide: ciento treinta y siete metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario 04-000127-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Gerardo Alfaro Solano.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Hans Roberto Leandro Carranza, Juez.— 92282.—(109590).

A las nueve horas del siete de febrero del dos mil siete, libre de gravámenes hipotecarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de dos millones quinientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y ocho colones con cuarenta y cinco céntimos, al mejor postor remataré: Finca del partido de Puntarenas, matrícula número cero treinta y cinco mil trescientos cincuenta y cuatro-cero cero uno, cero cero dos, que es lote ciento cincuenta y dos terreno para construir con una casa, sito en distrito ocho Barranca, cantón uno de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote ciento cincuenta y uno; al sur, con lote ciento cincuenta y tres; al este, con Alameda Capella, y al oeste, con lote ciento cincuenta y cinco. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100802-642-CI-4 de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Jorge Antonio Espinoza Aguilar y otros.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(109663).

A las catorce horas del veintinueve de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatrocientos mil colones en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, matrícula Nº 034903-000, situado en la ciudad de Puntarenas, distrito primero, que es para construir, con una casa de habitación, el plano no se indica, con una cabida de doscientos veintiocho metros con ochenta y un decímetros cuadrados; linda al norte, con lote 1079; al sur, con calle pública; al este, con lote 1082; a1 oeste, con lotes 1077 y 1078. Lo anterior se subasta dentro del Proceso Ejecutivo Hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Gladys Hernández Elizondo. Expediente Nº 06-100266-432-CI-1.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Puntarenas, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(109664).

A las ocho horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil siete, en la puerta de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones sesenta y cinco colones en mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento diecisiete mil setecientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 5-21, sito en el distrito tercero, cantón cuarto de la provincia de Puntarenas, mide doscientos cuarenta y seis metros noventa y cuatro decímetros cuadrados. Linda al norte, con lote 5-20; al sur, y este, con Edificios Vía Monte Colombari S. A., y oeste, con calle pública con un frente a ella de diez metros de frente. Lo anterior por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Gerardina Castro Venegas. Exp. Nº 06-100508-642-C. I.-3.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(109665).

A las diez horas del veintitrés de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando anotación de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público bajo la sumaria 05-605204-489-TC e infracciones a la Ley de Tránsito bajo la sumaria 06-600439-0500-TC del Juzgado de Tránsito de Pavas y Escazú y con la base de setecientos veintiún mil seiscientos treinta y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas 411684, marca Hyundai, carrocería automóvil, estilo Elantra, capacidad cinco persona, año 1992, color blanco, combustible gasolina. Se remate por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario expediente 06-001212-0184-CI-7, de Instacredit S. A., contra Isaac Afet Figueroa Saborío.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(109675).

A las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando Infracciones a la Ley de Tránsito en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Nicoya, sumarias numeros ciento cincuenta y nueve-cero dos y quinientos treinta y siete-cero dos, y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número cuatrocientos veintinueve mil trescientos sesenta y siete, marca Hyundai, Estilo Sonata GLSI, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y uno, carrocería sedán cuatro puertas, color gris, motor número G cuatro C M M seis uno siete uno cero siete. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario 05-001613-222-C.I., de Instacredit Sociedad Anónima, contra Oscar Luis González Dinarte.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía, San José, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(109676).

A las nueve horas quince minutos del siete de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón ciento setenta mil ciento ochenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo Placas doscientos treinta y seis mil quinientos ochenta y dos (236582), marca Chevrolet, carrocería sedán cuatro puertas, estilo Cavalier, capacidad cinco personas, año 1994, color celeste, combustible gasolina. Se remate por ordenarse así en Proceso de Ejecución Prendaria. Expediente Nº 06-001034-0184-CI de Instacredit Sociedad Anónima contra Roberto Calderón Fonseca.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 del noviembre del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—(109677).

A las ocho horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal anotada al tomo 0013, asiento 071007 así como infracción a la Ley de Tránsito bajo la sumaria número 05-006797-497-TR, que se tramita en el Juzgado de Tránsito de Heredia, con la base rebajada en un veinticinco por ciento de Ley, sea la suma de ocho mil ciento ochenta y ocho dólares y libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor remataré: Vehículo placas 527046, marca Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2003, color plateado, carrocería sedán 4 puertas, tracción sencilla, chasis número KMHDM41BP3U529622, motor G4ED2377844, marca Hyundai, cilindrada 1600 cc, cilindros 4, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario Nº 05-001677-181-CI del Banco Bac San José, contra Ronald Oviedo Sequeira y otra.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(109698).

A las ocho horas quince minutos del ocho de febrero del dos mil siete, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos millones cien mil colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 276646, marca Honda, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, chasis 1HGEJ6523VL021013, uso particular, estilo Civic LX, capacidad cinco personas, año 1997, color gris, número de motor D16Y72781744. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-001519-185-CI. Ejecutivo Prendario de La Chocola Azul S. A., contra Randall Enrique Jiménez Sandoval.—Juzgado Sexto Civil de San José, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(109699).

A las catorce horas diez minutos del treinta y uno de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la ley de tránsito y con la base de un millón ciento ochenta y siete mil veintidós colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas quinientos noventa y dos mil doscientos noventa y cuatro, marca Nissan, estilo Pathfinder SE, capacidad cinco personas, modelo Pathfinder SE, chasis JN8HD17Y4PW137558, categoría automóvil, carrocería familiar, color verde, tracción cuatro por cuatro. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario de actor: Ariannerein Ltda., contra Midali Transport and Provisions S. A. Expediente Nº 06-001155-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—(109700).

A las nueve horas del veinte de diciembre del dos mil seis, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, con la base de la hipoteca en primer grado ya vencida a favor del banco actor, sea la suma de un millón ciento cincuenta mil colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número trescientos treinta y cuatro mil trescientos diez-cero cero cero, que se describe así: terreno para construir, sito en Pocosol de San Carlos, distrito trece, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Ángel Serrano Barrantes; al sur, calle pública con diez metros con cinco centímetros lineales; al este y al oeste, Ángel Serrano Barrantes. Mide: quinientos ochenta y un metros con nueve decímetros cuadrados. Asimismo, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, con la base de la hipoteca en primer grado ya vencida a favor del actor, sea la suma de un millón ciento cincuenta mil colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número trescientos treinta y siete mil seiscientos ochenta y dos-cero cero cero, que se describe así terreno para construir, sito en Pocosol, distrito décimo tercero, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Ángel Serrano Barrantes; al sur, calle pública con diez metros con cinco centímetros lineales; al este, Ángel Serrano Barrantes, y al oeste, Ángel Serrano Barrantes. Mide: seiscientos un metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 05-100641-0297-CI (2) del Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ana Vanessa Rodríguez Romero y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 92495.—(110016).

Convocatorias

Se convoca a los socios o miembros de Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús Aserrí, a una junta que se verificará en este Despacho a las diez horas cuarenta minutos del trece de febrero del dos mil siete, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil. elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: Ejecutivo Simple de: Instituto Nacional de Aprendizaje contra: Asociación Pro Salud Barrio Corazón de Jesús Aserrí, expediente 06-002781-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las diez horas y cuarenta y un minutos del 10 de noviembre del 2006.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Nº 92074.—(109591).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Alexis Brenes Brenes, a una junta que se verificará en este juzgado, a las ocho horas del ocho de febrero del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 01-100012-0401-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 92133.—(109592).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Enrique Jiménez Quirós, a una junta que se verificará en este juzgado, a las nueve horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-000085-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 92208.—(109593).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 05-100262-0295-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Arnoldo Argüello Chacón, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Miguel de Naranjo, Alajuela, portador de la cédula de identidad Nº 2-204-534, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de café, agricultura y una casa de habitación. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juana Beleida Chacón Delgado, Ángel Hidalgo Chacón, calle pública con un frente a ella de quince metros con sesenta y dos decímetros y Cristian Hidalgo Peraza; al sur, José Joaquín Rodríguez Vargas; al este Noemi Argüello Chacón y al oeste Ángel Argüello Chacón. Mide: quince mil trescientos cincuenta y ocho metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos proceso información posesoria, promovida por Arnoldo Argüello Chacón. Expediente 05-100262-0295-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de mayo del 2006.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—(109350).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-000094-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Digna Chaves Pérez, quien es mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar, vecina de Desmonte de San Mateo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 9-039-362, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito segundo Desmonte, cantón cuarto, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada San Juan en medio de Landa Ramírez Rojas y Miriam Ramírez Rojas; al sur, calle pública con un frente de cincuenta y seis metros cuarenta y cinco centímetros lineales; al este, William Brenes Chaves, y al oeste, Heriberto Ramírez Chavarría. El terreno mide catorce mil metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Datos obtenidos del plano catastrado Nº A-932955-2004 del 23 de junio del 2004. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por Digna Chaves Pérez. Expediente Nº 06-000094-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de noviembre del 2006.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 92083.—(109594).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-000146-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Antonio Eliseo Ramos Villareyna, quien es mayor, soltero, vecino de Filadelfia de Carrillo, de Bodega de Melones de Costa Rica, trescientos metros al sureste, portador del documento de identidad vigente que exhibe número uno cinco cinco ocho cero cero nueve ocho dos tres cero ocho, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero (Filadelfia), cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, muro de contención del Río Tempisque, con frente a éste de once metros con veintisiete centímetros lineales; al sur, calle pública a fincas con frente a ésta de doce metros lineales; al este, Martha Campos Pizarro, y al oeste, José María Briceño Novoa. Mide: cuatrocientos cincuenta y siete metros con veintinueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que le realizara al señor Pedro José Guido Marchena, quien es mayor, casado una vez, llantero, portador de la cédula de identidad número cinco-doscientos treinta y uno-doscientos ochenta y tres, y vecino de Palmira de Carrillo, de la blockera, cien metros al sur, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación y mantenimiento total de cercas, limpieza del terreno, rondas, siembra de árboles frutales y plantas ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por Antonio Eliseo Ramos Villareyna. Expediente Nº 06-000146-0388-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 15 de noviembre del 2006.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—Nº 92142.—(109595).

German Flores Cerdas, mayor, casado una vez, pintor, cédula número uno-cuatro cero dos-siete cuatro seis, y vecino de Heredia, Guararí, establece diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de árboles frutales. Sito: en La Mona, distrito primero Golfito, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, calle pública con una medida lineal de ciento dieciocho metros con once centímetros; sur, línea de ferrocarril del sur con una medida lineal de ciento veintisiete metros con un centímetro; este, Victorino Berrocal Vargas; oeste, Neftalí Gutiérrez Jiménez. Plano catastrado Nº P-1063946-2006, de fecha cinco de abril del dos mil seis, a nombre de German Flores Cerdas, con una medida de cuatro mil seiscientos veintinueve metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de un millón de colones. La finca la adquirió por posesión en calidad de poseedor originario, la que ha ejercido desde hace más de diez años. Sobre los mismos no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Expediente Nº 06-100145-422-CI (Interno Nº 266-1-06).—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—Nº 92175.—(109596).

Carlos Esquivel Chávez, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de la Purruja de Golfito, contiguo al Puente de Oro, cédula de identidad Nº 6-048-302, inscribe a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad, el inmueble que a continuación detallo: terreno de montaña, repasto y tecal. Situado: La Purruja, distrito primero Golfito, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Mide: doce hectáreas dos mil doscientos veintidós metros con ochenta decímetros cuadrados. Linda: norte, con Irving Alvarado Castillo; sur, calle pública con un frente a ella de ciento sesenta metros con ochenta y nueve centímetros lineales; este, con Nicholas Norbert Lenaiz; oeste, Irving Alvarado Castillo. Plano catastrado Nº P-990476-2005. Se estima en la suma de dos millones tanto las presentes diligencias como el inmueble. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Notifíquese. Diligencias de información posesoria. Expediente Nº 06-100143-422-CI. (263-2-06), promueve: Carlos Esquivel Chávez.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Rebeca Salazar Alcócer, Jueza.—1 vez.—Nº 92176.—(109597).

Lidier Valverde Rojas, cédula de identidad número ocho-cero siete seis-dos uno seis, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Pavones de Golfito, Puntarenas, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de tacotal y potrero. Sito: en La Yerba, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Lidier Valverde Rojas; sur, Asociación de Desarrollo Integral de Conté Burica de Corredores; este, José González Guadamuz y calle pública con una medida lineal de ciento catorce metros con ochenta y tres centímetros de frente; oeste, Lidier Valverde Rojas. Mide: once hectáreas siete mil novecientos cincuenta metros con veinticuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº P-1019455-2005, de fecha veintiséis de agosto del dos mil cinco. La finca la adquirió mediante posesión originaria, la que ha ejercido desde hace más de diez años. Sobre los mismos no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Expediente Nº 06-100090-422-CI (Interno Nº 170-1-06).—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 24 de octubre del 2006.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—Nº 92177.—(109598).

Luis Fernando Bonilla Madrigal, mayor de edad, viudo una vez, funcionario municipal, vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, trescientos setenta y cinco metros norte de la Agencia del Banco Nacional, cédula de identidad número dos-doscientos setenta y cuatro-quinientos cuarenta y seis, promueve diligencia de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno para la agricultura con árboles frutales. Ubicado en Calle Ángeles, distrito primero Guápiles, del cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Mide: cuatro mil ochocientos treinta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados. Linda: al noreste, con Karen Patricia Solera Cordero; al noroeste, con Karen Patricia Solera Cordero; al sureste, calle pública con un frente de setenta metros con cuarenta y un centímetros lineales; al sur, calle pública de doce metros con cincuenta y siete centímetros lineales, y al suroeste, calle pública con sesenta metros con once centímetros lineales. Graficado en el plano catastrado Nº L-419554-97. Inmueble que fue estimado en la suma de quinientos mil colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 06-160204-0507-AG (81-2-2005).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—Nº 92185.—(109599).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-100206-0390-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gabino García García, quien es mayor, estado civil viudo, vecino de Estrada Rabago de Hojancha, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 5-097-104, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres Zapotal, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, río Ora; al sur, calle pública; al este, río Ora y calle pública ambos en parte, y al oeste, Cristobalina Pérez Cubillo. Mide: dos mil cuatrocientos veinticinco mil metros con diecisiete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, rondas y protección de zonas aledañas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por… Expediente Nº 06-100206-0390-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste, 15 de noviembre del 2006.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 92206.—(109600).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 98-100585-0336-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Manuel Morales Vásquez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Paraíso, Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 3-204-348, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Cafetalera Cervantes Sociedad Anónima; al este, Cafetalera Cervantes Sociedad Anónima, y al oeste, José Alberto Cordero Loría. Mide: dos hectáreas trescientos ochenta y siete metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de chayote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Manuel Morales Vásquez. Expediente Nº 98-100585-0336-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Adolfo Picado Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 92252.—(109601).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en el proceso de información posesoria promovida por Juan Rafael Salazar Jiménez, cédula número uno doscientos setenta y tres, ciento noventa y tres, chofer, casado una vez, vecino de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno de cultivos , sito en el distrito octavo del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Carlos Cisneros Soto; al sur, con camino público con un frente a ella de sesenta y un metros cinco centímetros lineales; al este, con Daniel Rosales Rosales y al oeste, con camino público con un frente a ella de sesenta y dos metros con cincuenta centímetros lineales, mide según plano catastrado P-406208-97, tres mil setecientos cuarenta y cinco metros sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 06-100609-642-CI-3 de Juan Rafael Salazar Jiménez.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—(109653).

Rose Mary Escalante Escalante, mayor de edad, soltera, abogada, vecina de Hatillo Seis, cédula de identidad número uno-seiscientos nueve-quinientos treinta y cinco, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales los siguientes inmuebles que se describen así: Primero: Terreno de agricultura, situado en Sardinal, distrito tercero, del cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, José Hernández Con; sur, calle pública con un frente de doscientos treinta y cinco metros con sesenta y nueve centímetros lineales; este, Franklin Rivas Ruiz, y oeste, José Hernández Con. Según plano catastrado número G-quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y seis-noventa y ocho mide de extensión una hectárea nueve mil doscientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Segundo: Terreno de agricultura, situado en Sardinal, distrito tercero, del cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte calle pública con un frente de ochenta y ocho metros con veintidós centímetros lineales; sur Alfonso Contreras Contreras; este, Alfonso Contreras Contreras y oeste, Plácido Acevedo Ruiz. Según plano catastrado número G-quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y cuatro-noventa y ocho, mide de extensión una hectárea seis mil ochocientos ochenta y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por compra, mediante escritura pública número sesenta y cinco, otorgada ante el notario Johnny Vargas Mejías, en la suma de quinientos mil colones a su hermana Bruna Escalante Escalante. Estima cada una de los inmuebles y la diligencia en la suma de quinientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Exp. 03-000294-388-CI, información posesoria de Rose Mary Escalante Escalante.—Juzgado Agrario de Liberia, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—(109678).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por la señora Carmen María Flores Campos, mayor, soltera, terapeuta física y de rehabilitación, vecina de Heredia, cantón San Rafael, distrito Santiago, doscientos metros al sur y ciento setenta y cinco al oeste del Asilo Diurno de Ancianos, casa a mano izquierda, cédula de identidad tres-doscientos treinta-ciento cincuenta y dos, y comprobados los fallecimientos, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Juan Francisco Flores Díaz, mayor, viudo, pensionado; quien fue vecino de Heredia, cantón San Rafael, distrito Santiago, doscientos metros al sur y ciento setenta y cinco al oeste del Asilo Diurno de Ancianos, casa a mano izquierda, cédula de identidad tres-doscientos treinta-ciento cincuenta y dos, cédula de identidad uno-doscientos-seiscientos ochenta y nueve, fallecido el diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve; y de quien en vida fuera Elsa Grace Campos Barquero, mayor, casada una vez, ama de casa, de igual dirección, cédula de identidad uno-doscientos cincuenta y seis-seiscientos setenta, fallecida el veinticinco de enero de mil novecientos noventa y seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Ronald Soto Arias. Alajuela, avenida cuatro, calles tres y cinco, doscientos setenta y cinco metros al este del Banco Popular, edificio de una planta, puerta amarilla con verjas negras. Teléfono tres siete tres-cero cero cero cero. Telefax cuatro cuatro uno uno ocho tres tres.—Lic. Rónald Soto Arias, Notario.—1 vez.—(109319).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Alberto Alguera Sanarrucia, quien fue mayor, soltero, con cédula de identidad Nº 6-109-556. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001025-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Lucrecia Borja Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 92073.—(109602).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Javier Arce Sandí, quien fuera mayor, casado, vecino de San Pedro de Montes de Oca, cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y uno-trescientos ochenta y cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001296-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Nº 92109.—(109603).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Miguel Sánchez Pino, quien fuera mayor, casado dos veces, comerciante, cédula número nueve-cero setenta y seis-doscientos setenta y nueve, vecino de San Sebastián. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2006-100146-0185-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 92111.—(109604).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Johel Jiménez Cerdas, quien en vida fue agricultor, casado una vez, cédula de identidad número dos-cero nueve seis-cinco seis cinco, y de Esperanza Serrano Soto, cédula de identidad número dos-uno tres siete-tres siete dos, quien en vida fue casada una vez, del hogar, ambos vecinos de trescientos metros al este de la escuela de La Unión de Sabalito de Coto Brus, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2006. Sucesión de Johel Jiménez Cerdas y Esperanza Serrano Soto. Notaría del Licenciado Arturo Méndez Jiménez.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 92118.—(109605).

Mediante acta de apertura otorgada ante la notaria Milena Lobo Chaves, con oficina en Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, por Juana Mitre Mitre, a las trece horas con treinta minutos del día seis de noviembre del dos mil seis, y comprobado el fallecimiento de Serafín Mitre Mitre, quien fue mayor, soltero, agricultor, con cédula de identidad número seis-cero cero tres siete-cero cinco ocho cuatro, vecino de La Cuesta, Golfito, Puntarenas, del Parque de La Cuesta trescientos metros al sur. Se declara abierto el proceso sucesorio acumulado en sede notarial, expediente número cero cero cero uno-dos mil seis SMM. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, a los que no se presenten dentro de dicho plazo se les previene que la herencia pasará a quien corresponda, teléfono: 783-1045.—Lic. Milena Lobo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 92119.—(109606).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ernesto Vargas Angulo, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, cédula uno-ciento sesenta y ocho-cero sesenta, vecino de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 2006-100132-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 31 de octubre del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 92125.—(109607).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Telemaco Rodríguez Vargas, quien fuera mayor, casado, vecino de Granadilla Norte, cédula 2-323-505. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 04-000052-0164-CI.—Juzgado Civil Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de marzo del 2004.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—(109608 Consultorios Jurídicos).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Luisa Rodríguez Campos, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, vecina de San José, Curridabat, Barrio María Auxiliadora, casa treinta y ocho, portadora de la cédula de identidad número 4-0050-0662. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-001253-0180-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(109609 Consultorios Jurídicos).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Abel Blanco Araya, quien fuera mayor, casado una vez, contratista, vecino de San Pedro de Montes de Oca, cédula de identidad número uno-doscientos veintitrés-ciento setenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 03-001679-0182-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Nº 92141.—(109610).

Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de: Luis Ángel Fallas Chaves, quien fue mayor, casado una vez, agente vendedor, vecino de Guápiles, Urbanización Toro Amarillo, cédula 1-569-392, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 06-100448-0468-CI, causante: Luis Ángel Fallas Sánchez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 92160.—(109611).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Candelario López Villarreal, quien fuera mayor, casado, comerciante, vecino de Tibás, Ciudadela León XIII, naturalizado, cédula de identidad número ocho-cero dieciséis-ciento cuarenta y dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-000694-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2006.—Lic. Víctor M. Soto Córdoba, Juez.—1 vez.—Nº 92170.—(109612).

Bufete Calvo Mora, San José, a las diez horas del veintinueve de noviembre del año dos mil seis, demostrado el fallecimiento de la señora María Alfaro Rodríguez, mayor, soltera, del hogar, con cédula número 1-221-061, con domicilio en San José, se declara abierto su proceso sucesorio, se designa como albacea provisional a la señora María Ramona Alfaro Rodríguez, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en esta sucesión, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha de publicación del aviso en el Diario Oficial La Gaceta, comparezcan ante este notario a hacer valer sus derechos, en el entendido de que si así no lo hicieren, se otorgarán los derechos de herencia a quien o quienes mejor demuestren poseerlos. Se les prevendrá también, que dentro del escrito de apersonamiento, deberán de señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro del bufete, o señalar máquina de fax para el recibo de las notificaciones; en el entendido de que mientras no lo hagan, o si el lugar señalado no apareciere, fuera incierto o impreciso, o el medio escogido imposibilite la notificación por causa agena al bufete, el plazo para interponer los recursos que quepan contra las resoluciones dictadas empezarán a correr después de las veinticuatro horas de dictada la resolución. Lic. Randall Junnell Calvo Mora. San, calle 21, ave. 14 y 16, casa Nº 1453, tel. 257-7811.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 92205.—(109613).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Brígido Noel Mendoza Padilla, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia número 270-182882-105847, vecino de San Luis de Florencia, San Carlos, Pulpería Caimitos, un kilómetro al este, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 06-100867-0297-CI (3B), causante: Brígido Noel Mendoza Padilla.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 17 de noviembre del 2006.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—Nº 92225.—(109614).

Se hace saber que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial acumulado ab intestato de los señores Efraín Poveda Artavia, mayor, casado, ebanista, cédula 1-201-814 y Olga Palavicini Barquero, mayor, casada, ama de casa, cédula 1-158-578, ambos vecinos de San José, San Cayetano. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Todo apersonamiento debe efectuarse por escrito, debidamente firmado y autenticado y deberá aportarse fotocopia de la cédula de identidad certificada, en la notaría del Licenciado Alejandro Vargas Alfaro, ubicada en San José, avenidas 12 y 14, calle 15, casa 1266, es decir, 300 metros este y 300 sur de la Sucursal de Acueductos y Alcantarillados de Paseo de los Estudiantes. Expediente Nº 01-2006-AVA-4795. Notaría del licenciado Alejandro Vargas Alfaro.—San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 92235.—(109615).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue el señor Eugenio Pignataro Pacheco, quien fuera mayor, casado una vez, administrador de empresas, vecino de San José, Curridabat, Barrio Pinares, de la segunda entrada cien metros hacia el norte y setenta y cinco al este, casa número ochenta y siete, portador de la cédula de identidad número nueve-veinticuatro-ochocientos veintinueve, les informo que ante la suscrita notaría se han presentado los señores Carmen Eugenia Madrigal Faith, portadora de la cédula de identidad número uno- trescientos setenta y siete-cuatrocientos cuarenta y uno; Marcello Pignataro Madrigal, portador de la cédula de identidad número uno- ochocientos seis-ochocientos setenta y cinco; Alejandro Pignataro Madrigal, portador de la cédula de identidad número uno-novecientos cuarenta-setecientos cuarenta y seis; Juan Ignacio Pignataro Madrigal, portador de la cédula de identidad número uno-mil tres-trescientos treinta y uno, como herederos que aceptan la herencia. En consecuencia cualquier otro interesado deberá concurrir a las oficinas de la notaria pública Lilliana García Barrantes en San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, Facio Abogados, para que dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto hagan valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan en el plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil seis.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil seis.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 92245.—(109616).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Grace María Araya Cruz, mayor, viuda una vez, cédula seis-trescientos cincuenta y cuatro-cero noventa y ocho y vecina de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio de quien fuera Grace María Araya Cruz. Exp. Nº 03-100033-642-CI-3-imam.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 92291.—(109617).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Ramón Alfaro Araya, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número 4-050-870, vecino de Santa Bárbara de Heredia, del Supermercado Víquez, doscientos metros al este y doscientos metros al sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-002684-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de noviembre del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 92292.—(109618).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Irma Neri Alfaro Miranda, quien en vida fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Carbonal de San Roque de Grecia, del cruce trescientos metros al oeste, cédula número dos-ciento dieciséis-doscientos cuarenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará quien corresponda. Expediente 0002-2006. Notaría del bufete de la Licenciada Marianela González Fonseca. Grecia. Contiguo al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Edificio Elicar, segunda planta.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(109641).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Elena Salas Quesada, quien en vida fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Santa Gertrudis Sur de Grecia, de Los Trapiches setecientos metros al este, cédula número dos-doscientos treinta y cinco-setecientos quince, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0003-2006. Notaría del bufete de la Licenciada Marianela González Fonseca. Grecia, contiguo al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, edificio Elicar, segunda planta.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(109642).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el Proceso Sucesorio de Eloy Villarreal Villarreal, quien fuera mayor, casado uno vez, obrero, vecino de Alajuela, 200 metros al sur del Bar el Rodeo, cédula 8-0077-977. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 06-000346-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—1 vez.—(109686).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el Proceso Sucesorio de Evelia Monge Mena, quien fuera divorciada, ama de casa, vecina del centro de San Juan de Tibás, portadora de la cédula de identidad número uno-doscientos cuarenta-setecientos setenta y dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000612-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de setiembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(109687).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Camila Sandoval Murillo, quien fue mayor de edad, soltera, oficios domésticos, cédula número dos-trescientos once-quinientos sesenta y tres, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente Nº 06-100272-0900-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 13 de setiembre del 2006.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(109697).

Avisos

TERCERA PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores David Ojeda Orellana y Jacqueline de los Ángeles Orellana Teylor, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 06-001537-0364-FA. Proceso de depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 18 de setiembre del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 705-PANI).—C-2425.—(108866).

Expediente Nº 06-001526-0364-FA. Proceso: Depósito de personas. Promotor: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Heredia, a las ocho horas y treinta y nueve minutos del dieciocho de setiembre del año 2006. De las presentes diligencias de depósito judicial de la menor Diana Carolina Caamaño Torres, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a la señora Dinia Torres Hidalgo y a la Procuraduría General de la República, a quienes se les previene que deberán señalar medio y lugar este último dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente conforme lo indican los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Notifíquesele esta resolución a la señora Dinia Torres Hidalgo en forma personal o por medio de cédula de notificación en su casa de habitación; para tal efecto se comisiona a la comandancia de Heredia. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Notifíquese a la Procuraduría General de la República por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Para tales efectos aporte el promovente un juego de copias de folios 1 a 79, en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de no oír sus posteriores gestiones en su omisión. Como medida cautelar se ordena el depósito provisional de la menor Diana Carolina Caamaño Torres en el hogar de su abuela materna, señora Eloida Hidalgo Espinoza, a quien se le previene que debe comparecer a este despacho a fin de aceptar el referido cargo, ello en el plazo de tres días. Notifíquesele esta resolución a la señora Hidalgo Espinoza en forma personal o por medio de cédula de notificación en su casa de habitación; para lo cual se comisiona a la comandancia de Heredia.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 705-PANI).—C-3575.—(108867).

UNA PUBLICACIÓN

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Abelardo Mena García contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la ilegalidad y la anulación de lo dispuesto en las órdenes sanitarias ARSSM-OPAH-036-2006, ARSSM-OPAH-030-2006 y ARSSM-OPAH-031-2006, así como en el acta de clausura TSASSM-030-2006 y lo dispuesto por la resolución DM-F-8167-06, emitida por la Ministra de Salud a las once horas con quince minutos del veintiocho de agosto del año dos mil seis. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente 06-001229-0163-C A.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea San José, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(109719).

A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Luis Ángel Morera Arrieta contra Instituto Nacional de Seguros. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad absoluta de la cláusula del contrato de póliza 0102 Aut-13421-07 concretamente en la sección I definiciones, terceros perjudicados y en la sección IV, artículo 15, inciso B, numeral 1, ordenar al INS a efectuar el mencionado pago a favor del señor Morera por la suma de un millón trescientos cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve colones, deberá pagarse también todos los intereses, daño moral y costas del proceso. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000881-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2006.—Dr. Juan Carlos Segura Solís, Juez.—1 vez.—(109313).

Se hace saber: a la licenciada Eugenia Meza Montoya, apoderada generalísima de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, cédula jurídica 3-009-045143, por ser la única parte que se hizo presente en las audiencias: de las diligencias administrativas de Oficio, expediente 271-2005, se dictó resolución final, de las ocho horas del trece de noviembre del año dos mil seis, y se resolvió lo siguiente: “Por tanto: En virtud de lo expuesto y normas legales citadas, se resuelve: una vez firme la presente resolución: I.—Consignar inmovilización en las fincas del partido de San José, matrículas trescientos setenta y siete mil quinientos diez (377510) y cuatrocientos dieciséis mil setenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos (416074-001-002), conforme lo indica el artículo 88 del Reglamento del Registro Público, la cual se mantendrá, hasta que el propietario de alguno de los referidos inmuebles comparezca a otorgar escritura pública, cuyo testimonio sea presentado ante este Registro, según lo establecido por los artículos 472 y 474 del Código Civil, o una autoridad judicial, así lo ordene, mediante la cual se subsane la inexactitud que dio origen a estas diligencias. Documento que deberá ser sometido al control de legalidad de rigor por el Registrador que corresponda, para así proceder, previa solicitud de autorización, a la corrección del error y a la cancelación de la inmovilización de los referidos inmuebles. II.—Se comisiona a la Licenciada Leticia Acuña Salazar, o en su ausencia, a cualquiera conforman el Departamento de Asesoría Jurídica Registral, para ejecutar ordenado. Notifíquese.—Curridabat, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—1 vez.—(Solicitud Nº 39173-Reg. Nacional).—C-13770.—(109315).

Se hace saber: a la señora Irma Marcela Montenegro Arrones, cédula de identidad 3-302-722, en condición de donante del inmueble matrícula 1-394870; que en diligencias administrativas de Oficio. Expediente 335-2005, se dictó Resolución Final, de las ocho horas del seis de noviembre del año dos mil seis, y se resolvió lo siguiente: “Por tanto: en virtud de lo expuesto y normas legales citadas, se resuelve: una vez firme la presente resolución: I.—Consignar inmovilización en las fincas del partido de San José, matrículas trescientos noventa y cuatro mil ochocientos setenta (394870) y cuatrocientos ochenta y siete mil trescientos treinta y tres (487333), conforme lo indica el artículo 88 del Reglamento del Registro Público, la cual se mantendrá, hasta que el propietario de alguno de los referidos inmuebles comparezca a otorgar escritura pública, cuyo testimonio sea presentado ante este Registro, según lo establecido por los artículos 472 y 474 del Código Civil, o una autoridad judicial así lo ordene, y que mediante dicho documento, se subsane la inexactitud que dio origen a estas diligencias. Documento que deberá ser sometido al control de legalidad de rigor por el Registrador que corresponda, para así proceder, previa solicitud de autorización, a la corrección del error y a la cancelación de la inmovilización de los referidos inmuebles. II.—Se comisiona a la Licenciada Leticia Acuña Salazar, o en su ausencia, a cualquiera de los Asesores de Asesoría Jurídica Registral, para ejecutar lo aquí ordenado. Notifíquese.—Curridabat, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Arturo Ortiz Castro, Subdirector.—1 vez.—(Solicitud Nº 39172-Reg. Nacional).—C-13770.—(109316).

Licenciado Raúl Madrigal Lizano, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Soo Hyun On, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 04-001895-0165-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Sentencia de primera instancia 591-2006. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las trece horas con cincuenta y ocho minutos del veinticinco de agosto del dos mil seis. Proceso abreviado de divorcio establecido por Melissa Cristina González García, mayor de edad, de nacionalidad costarricense, casada una vez, traductora, portadora de la cédula de identidad número nueve-ciento once- novecientos noventa y cinco, vecina de San Juan de Tibás; contra Soo Hyun On, mayor de edad, de nacionalidad coreana, casado una vez, comerciante, portador del pasaporte número P seis nueve nueve uno ocho nueve tres, domicilio ignorado. Interviene el licenciado Juan José Alvarado Quirós, mayor de edad, de nacionalidad costarricense, casado, abogado, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos noventa y tres-mil trescientos ochenta y dos, vecino de San José, en calidad de Curador Procesal del señor Soo Hyun On. Resultando: 1º—..., 2º—...,.—3°….—4°… Considerando: I.—Hechos Probados, los siguientes de importancia: 1).- 2).- 3).- 4).- 5).- 6).- II.—Hechos no Probados: De importancia, están los siguientes hechos no probados: 1).- 2).- III.—Sobre el fondo del asunto. Sobre bienes... Sobre alimentos entre cónyuges..., IV.—Costas. Por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 37, 41, 48 inciso 8) y 173 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Melissa Cristina González García contra Soo Hyun On y se declara lo siguiente: 1) La disolución del vínculo marital que mantiene el señor Soo Hyun On y la señora González García, por la separación de hecho por un término mayor a los tres años. 2) En caso que aparezca algún bien que se reputa dentro del patrimonio conyugal, se declara el derecho genérico del cónyuge no propietario de participar en el cincuenta por ciento del valor neto del bien constatado en el patrimonio del otro cónyuge, para lo cual deberá acudir a la vía de ejecución de sentencia. En este momento, no se declara la ganancialidad de ningún bien en concreto. 3) Se extingue la obligación de la señora González García y el señor Soo Hyun On de proporcionarse alimentos en forma recíproca. 4) Se rechaza la pretensión de declarar la disolución del vínculo matrimonial por la causal de sevicia atribuible al demandado. 5) Se rechaza la pretensión de fijar una pensión alimentaria a favor de la señora González García y a cargo del señor Soo Hyun On. Se omite pronunciamiento de la pretensión subsidiaria por carecer de interés procesal. Se dicta sin especial condenatoria en ambas costas del proceso. Inscríbase la presente resolución al margen del tomo cuatrocientos treinta y seis, folio cuatrocientos dieciocho, asiento ochocientos treinta y cinco del Registro de Matrimonios de la provincia de San José. Publíquese en el Boletín Judicial por una sola vez. Notifíquese. Raúl Madrigal Lizano. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de Melissa Cristina González García contra Soo Hyun On. Expediente 04-001895-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Raúl Madrigal Lizano, Juez.—1 vez.—(109376).

Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Agapito López Juárez, que en este despacho se interpuso un proceso reconocimiento hijo de mujer casada en su contra, bajo el expediente número 06-001651-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada, promovido por a favor de los menores Dalila Egizef Díaz Losada y Agapito López Juárez. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia y a la Procuraduría General de la República, por el plazo de tres días. A su vez por el mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia al padre registral de los menores. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se le(s) tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículo 6º y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales 7637 del 21 de octubre de 1996). La notificación a la Procuraduría General de la República se realizará por medio de mandamiento que se remitirá a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San Jose. Notifíquesele al Patronato Nacional de Infancia por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones. Se tiene por apersonada a los autos a la madre del menor la señora Dalila Egizef Díaz Losada a folios 14 y 15. Para notificar al señor Agapito López Juárez se realizará por medio de edicto, toda vez que dicho señor es paradero desconocido. Por otro lado, aporte el promovente dentro del plazo de tres días un juego de copias de los folios 1 al 15 a fin de notificar al PANI, bajo apercibimiento de que en caso de omisión no se atenderán sus gestiones futuras. Artículo 136 del Código Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso Reconocimiento hijo de mujer casada de Camilo Torres Villamil contra Agapito López Juárez, Dalila Egizef Díaz Losada. Expediente Nº 06-001651-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(109395).

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Compañía Bananera Atlántica Limitada contra el Estado. El objeto del proceso, es para que en sentencia se declare la declaración de no ser conformes a derecho, la anulación y eliminación las resoluciones RES-AL-PA-316-2005 de las dieciséis horas quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil cinco, la resolución RES-DN-175-2005 de las nueve horas treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil cinco, voto Nº 781-2005 de las catorce horas cinco minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil cinco, y el Voto Nº 227-2006 de las trece horas cincuenta minutos del veintinueve de junio del año dos mil seis. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente 06-000896-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de octubre del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 92081.—(109619).

Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en proceso abreviado de divorcio, 02-400379-0216-FA, promovido por Sonia Durán Rodríguez, mayor, casada, costarricense, educadora, vecina de Alajuelita, cédula de identidad numero uno-seiscientos sesenta y tres-cero cero dos, contra Carlos Aguilar Durán, mayor, costarricense, cédula de identidad número uno-seiscientos noventa y tres-ochocientos cuarenta y siete, representado por su curador procesal el Lic. Jorge Ramos Rojas, se dictó la sentencia Nº 202-2006, que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia de Hatillo, a las once horas del primero de setiembre del dos mi seis. Considerando único.... Por tanto: de conformidad con lo expuesto y acorde con el artículo 48 inciso 8) del Código de Familia, 155, 222, 420 inciso 1 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, en el proceso abreviado de divorcio interpuesto por Sonia Durán Rodríguez se resuelve: Se declara con lugar el presente proceso de divorcio. Se decreta la extinción del vínculo matrimonial entre las partes. Cada parte conserva sus derechos en forma exclusiva sobre la finca inscrita bajo matrícula de folio real del partido de San José número cuatrocientos treinta mil cuatrocientos ochenta y tres. No constando si existen o no otros bienes gananciales adquiridos durante esta unión, se otorga a las partes el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de otros bienes existentes en el patrimonio del los cónyuges. Se declara el derecho alimentario a cargo del demandado a favor de la actora. Se falla sin especial condenatoria en costas. Firme la presente resolución inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios, partido de San José al tomo trescientos cinco, folio noventa y ocho, asiento ciento noventa y cinco. Notifíquese por edictos al demandado ausente.—Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 92155.—(109621).

Se hace saber que ante este despacho se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Alma Digna Ángulo Espinoza encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre por el de Ruth, mismos apellidos. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—Nº 92171.—(109622).

Se hace saber que en este Juzgado la señora Evelyn de los Ángeles Murillo Castillo, quien es mayor, divorciada, del hogar, vecina de Zapote, 100 este de la Universidad Veritas, cédula de identidad 1-864-646, costarricense; dentro del expediente Nº 06-001414-0184-CI-3, ha promovido diligencias de cambio de nombre para obtener autorización para cambiárselo por el de Imayara Murillo Castillo, y se le confiere el plazo de quince días a cualquier interesado para que presente oposiciones, los cuales corren a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 06-001414-0184-CI-3, cambio de nombre de Evelyn de los Ángeles Murillo Castillo.—12 de octubre del 2006.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—1 vez.—Nº 92172.—((109623).

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Corporación Industrial Inmobiliaria del Atlántico contra Ronald Solórzano Vega y el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare nulo el traslado de cargos de cierre de negocios, se declare nula la resolución dictada por la Administración Tributaria de San José, a las GE-SA-01-CS-0907-6 de las 8:16 horas del día 11 de mayo del 2006. Se acoja en todos sus extremos el presente proceso Ordinario Contencioso Administrativo y se declare además la nulidad del acto de cierre de negocios. Nulo todo el procedimiento instaurado por la Administración Tributaria, mismo que nos atiende en razón de la nulidad en el proceso por vicios desde su inicio. Para que se condene a la Administración Tributaria de San José de forma solidaria con el señor Gerente a. í. Rónald Solórzano al pago de ambas costas del presente proceso. Para que se condene a la Administración Tributaria de San José de forma solidaria con el señor Gerente a. í. Ronald Solórzano al pago de daños y perjuicios por cierre del negocio Casino Tropical por la suma de quince millones de colones. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora, de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente 06-000682-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—Nº 92269.—(109624).

Se hace saber que en este Despacho bajo el expediente número 06-000694-0364-FA, se tramita el Proceso de Adopción Individual promovido por el señor Eduardo Alberto Gómez Ramírez, en favor del menor Christopher Ranjit Masís Segura. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para que se apersonen a hacer valer sus derechos y formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 14 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(109644).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 06-001487-0292-FA los señores Ramón Luis Naranjo Quirós y Silene Delgado Castillo solicitan se apruebe la adopción del menor Jadna Valeria González Naranjo. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del 2006.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(109661).

Se hace saber que ante este Despacho se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por Akio Ogawa, en su condición de padre en ejercicio de la patria potestad del menor Takumi Ogawa Kitajima. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 05-000439-0182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de abril del 2005.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(109690).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante mi notaría, solicitando contraer matrimonio civil: Ana Rebeca Salazar Pacheco, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad Nº 3-417-946, nacida el 21 de febrero de 1987 y vecina de San Rafael de Oreamuno, Urbanización Agropecuario de la Pulpería la Estrella, 50 metros este y 200 norte y Mainor David Romero Barquero, mayor, soltero, Auxiliar de contador, con cédula de identidad Nº 2-591-051 nacido el 23 de diciembre de 1983 y vecino del Roble de Alajuela, Urbanización Las Vegas, casa 20K, Alajuela, hijos por su orden de José Martín Salazar S. y Xinia María Pacheco P., ambos costarricenses y el segundo hijo de Jorge Arturo Romero C., y Flor María Barquero G. ambos costarricenses. Se insta a todas las personas que conozcan algún impedimento para que se efectúe esta boda, para que dentro del plazo que la ley otorga, por escrito indicando los motivos y pruebas de su inconformidad, se apersonen a esta notaría para los fines legales del caso, ubicada en Cartago, Los Ángeles, El Invu, de la entrada principal de la Urbanización González Ángulo, 25 metros al este.—Cartago, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Víctor Manuel Carvajal Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 91900.—(109229).

A este despacho han comparecido Cindy Obando Calvo y Edgar Adrián Serrano Solano, mayores, solteros, del hogar y agricultor, nativos de Cartago el 18-07-86 y 26-12-85, cédulas 3-0413-0075 y 03-0408-0131 , de 19 y 20 años , hijos de Luis Obando y Marlen Calvo, Edgar Serrano y Yolanda Solano por su orden y vecinos de Capellades de Alvarado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento alguno para que este Matrimonio se celebre, deberá comunicarlo a este juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 153-06.—Juzgado Contravencional de Alvarado, 27 de noviembre del 2006..—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—Nº 91940.—(109230).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil José Antonio Martínez Leitón y Liliana de los Ángeles Acevedo Robles, el primero mayor, costarricense, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número seis-trescientos cuarenta y cuatro-cuatrocientos cincuenta, hijo de José Antonio Martínez Ramírez y Roxana Leitón Rojas, nativo de Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, el día diecinueve de febrero de mil novecientos ochenta y cinco, de veintiún años de edad, vecino de Finca Nicoya al frente de la escuela, casa de madera, color rosada, y la segunda mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número seis-trescientos cincuenta y cinco-seiscientos trece, hija de Gumercindo Acevedo Acevedo y Catalina Victoria Robles Anchía, nativa del centro de Golfito, Puntarenas, el día primero de mayo de mil novecientos ochenta y seis, de veinte años de edad, vecina de Finca Nicoya al frente de la Escuela, casa de madera, color rosada. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente Nº 06-400152-0425-3-FA.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 31 de octubre del 2006.—Lic. Irving Vargas Rodríguez, Juez.—1 vez.—(109300).

Han comparecido ante este Despacho solicitando matrimonio civil, Disney Manuel Morales Oconitrillo, de veintiséis años de edad, soltero, costarricense, jornalero, vecino actualmente de Bebedero de Bagaces de la Pulpería La Siembre ciento cincuenta metros al sur, nativo de El Roble de Puntarenas, el día veinticinco de enero de mil novecientos ochenta, hijo de Olga Oconitrillo Alvarado y Amado Morales Rojas, con cédula de identidad número seis-cero trescientos tres-trescientos sesenta y nueve; y Melissa Molina Molina, veintitrés años de edad, soltera, costarricense, del hogar, vecina actualmente de Bebedero de Bagaces de la Pulpería La Siembre ciento cincuenta metros al sur, nativa de Liberia, Guanacaste, veintiséis de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, hija de Fermina Molina Molina, con cédula de identidad número cinco-cero trescientos treinta y uno-ciento cuatro. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, debe manifestarlo a este Despacho dentro de los próximos ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Guanacaste.—Lic. Gonzalo Coronado Villarreal, Juez.—1 vez.—(109317).

A este Juzgado han comparecido los señores Paulo César Madrigal Moya, mayor, soltero, cédula tres-cuatrocientos diecisiete-doscientos sesenta, costarricense, 19 años de edad, mensajero de la Caja Costarricense del Seguro Social, hijo de Manuel Enrique Madrigal Chaves y Ana Isabel Moya Cerdas, vecino de Santa Rosa de Turrialba, Barrio Buenos Aires, la penúltima casa, teléfono 347-7636; y Brenda Johanna Solano Umaña, mayor de edad, soltera, cédula tres-trescientos ochenta y seis-seiscientos setenta y cuatro, 23 años de edad, estudiante, costarricense, hija de Annia Umaña Campos y Víctor Solano Centeno, ambos costarricenses, vecina de Santa Rosa de Turrialba, Barrio Buenos aires, penúltima casa; quienes van a residir después de casados en el mismo barrio y dijeron que desean contraer matrimonio civil en este despacho e indican los promoventes que previo a estas diligencias y producto de su convivencia han procreado a la menor Naomi Madrigal Solano, solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que éste matrimonio se celebre, deberá de notificarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 06-400355-675-FA-358-MM.—Juzgado de Familia de Turrialba, 15 de noviembre del 2006.—Lic. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—(109343).

Ante esta notaría han comparecido solicitando contraer matrimonio civil, Esteban Mauricio Mena Quesada, cédula 1-1293-242, de 20 años, soltero, nativo de San José, hijo de Víctor Hugo Mena Méndez y de Marta Jerling Quesada Cruz; y Cidy Carmona Castillo, cédula 1-1253-459, de 21 años, soltera, nativa de San José, hija de Ramiro Carmona Castro y de Mireya Castillo González, todos costarricenses, vecinos de Loto Dos de Desamparados. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que se celebre este matrimonio, deberá manifestarlo ante esta notaría dentro del término de ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—San José, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Óscar Gómez Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 92246.—(109625).

Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú Dota y León Cortés, solicitando contraer matrimonió civil: Mario Camacho Rodríguez, mayor de edad, de cuarenta y tres años de edad, nació en San José en fecha 27-04-1963, agricultor, soltero, vecino de Nápoles de Tarrazú, un kilómetro al suroeste de la Escuela, hijo de Misael Camacho Abarca y de Áurea Rodríguez Castro, cédula de identidad número 1-0604-0042; y Yorlene Jiménez Castillo, mayor de edad, treinta y un años de edad, nació en San Jerónimo de Tarrazú, San José, en fecha 30-05-1975, ama de casa, vecina de Nápoles de Tarrazú, un kilómetro al noroeste de la Escuela, hija de Socorro Jiménez Castillo, cédula de identidad número 1-0944-0743. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre, debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este juzgado Expediente 2006-100068-0243-CI.—Juzgado Contravención y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortes, 11 de julio del 2006.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—1 vez.—Nº 92255.—(109626).

Edictos en lo Penal

Vanessa Ledezma Solórzano, Fiscal en el Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de San José, al señor Óscar Araya Solórzano, cédula 9-0043-0158, mayor, vecino de Alajuela, Desamparados, divorciado, taxista, se le hace saber que en legajo de acción civil resarcitoria, expediente Nº 04-005905-0174-TR-11 de Franklin Herrera Arrieta contra Dennis Mora Montero y Óscar Araya Solórzano, por el delito de lesiones culposas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de San José, a las dieciséis horas con nueve minutos del seis de noviembre del dos mil seis. En vista de que el codemandado civil Óscar Araya Solórzano, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Vanessa Ledezma Solórzano Fiscal del Segundo Circuito Judicial de San José. Se pone en conocimiento la acción civil. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se pone en conocimiento al codemandado civil la Acción Civil Resarcitoria presentada en esta causa. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Delitos contra la Vida del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Vanessa Ledezma Solórzano, Fiscal.—1 vez.—Nº 92082.—(109620).

Yorleny Bello Varela, Jueza de Tránsito de Corredores. Hace saber, que dentro del Proceso Nº 05-600159-440-TC, asunto por colisión contra Caballero Barboza Josué y González Montalban Luis A, ofendido La Seguridad Vial, se han dictado los autos que en lo que interesa dicen: Juzgado de Tránsito de Corredores, Ciudad Neily, a las siete horas doce minutos del diez de junio de dos mil cinco. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, se invita a los propietarios regístrales de los vehículos implicados en este proceso a constituirse como parte. Por ello, se ordena notificar a los propietarios o propietario del vehículo placas 149321 al señor Alvarado Rodríguez Luis Carlos, su derecho de constituirse como parte en esta colisión y para manifestar si desea o no constituirse como parte en este proceso se le otorga el término de ocho días hábiles, a partir de la notificación de esta resolución, esto puede hacerlo presentándose personalmente en el despacho, o bien, mediante escrito autenticado por un abogado (si el vehículo pertenece a una sociedad, favor presentar la personería jurídica de la sociedad). Se les advierte a los propietarios (o) de los vehículos que de no hacerlo se entenderá que no desean ser parte y los trámites continuarán hasta la sentencia. Asimismo, se le previene a los propietarios de los vehículos señalar medio casa u oficina dentro del perímetro judicial de este Despacho para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si el lugar señalado no fuere habido por impreciso o inexacto, no existiere o se negaren a recibir las notificaciones, todas las futuras resoluciones que se dicten e incluso la sentencia se le tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas. Se le advierte que en caso de que señale medio (Fax), al comprobarse por el señor Notificador que se encuentra descompuesto, desconectado, sin papel o cualquier anomalía que impida la transmisión, se le aplicarán los Alcances del Artículo 12 de la Ley 7637 (notificación automática) y queda enterado de que si su equipo contiene alguna anomalía para recepción de las notificaciones, deberá comunicarlo de inmediato a esta autoridad. Asimismo y por ese mismo término se les pone en conocimiento todo lo actuado en este asunto que se tramita bajo la sumaria 05-600159-440-TC contra Caballero Barbosa Josué y González Montalbán Luis A., en donde está involucrado el vehículo que aparece en el Registro Público como de su propiedad de Alvarado Rodríguez Luis Carlos, se le notificará por medio de cédula de notificación en Moravia, Condominio Topacio, detrás del Liceo Emma Gamboa, se le notificará, por medio de cédula de notificación a través de la autoridad correspondiente. Lic. Freddy Quesada Valerio. Juez de Tránsito de Corredores. Ciudad Neily a las diez horas veinte minutos del diecisiete de octubre del dos mil seis. Siendo que en el presente proceso no se ha notificado al propietario registral del vehículo placas 1499321, toda vez que el señor Alvarado Rodríguez Luis Carlos, no se localiza, se ordena expedir el edicto correspondiente para llevar a cabo dicha diligencia. Expídase el edicto.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily.—Lic. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—Nº 92162.—(109628).