Boletín Nº 243
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Cobro Administrativo. San José, a las ocho horas, diez minutos del cuatro de diciembre del dos mil seis. No habiendo sido posible localizar a Gerardo Calero Miranda, cédula Nº 9-073-754, y en virtud de seguirse causa administrativa por Nº 235-R-06, notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia. Nº 3772-06. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección Cobro Administrativo. San José, a las diez horas, treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis. Audiencia de cobro administrativo tramitado al señor Gerardo Calazans Calero Miranda, cédula de identidad Nº 9-073-754, por suma adeudada al Estado. Antecedentes: 1) Mediante oficio Nº 377-EL-AP-2006 del 11 de setiembre del 2006, suscrito por la Lic. Maureen Siles Mata, Jefa de Administración de Personal a. í., se remite certificación emitida por Yesenia León Sanabria Asistente Administrativo 1, a. í., de fecha 4 de setiembre del 2006, donde se comunica a esta Dirección; que según estudio realizado por el Departamento de Personal, el señor Gerardo Calazans Calero Miranda, adeuda por sumas giradas de más y adelanto de vacaciones, un monto de cuatrocientos ochenta y ocho mil seiscientos dieciocho colones con ochenta céntimos (¢ 488.618,80), ver detalle: (folios 1 y 2).
Período de pago
Acción adelanto de vacaciones 571.909,52
Total bruto 571.909,52
Monto bruto 571.909,52
Salario escolar 46.839,39
Aguinaldo 51.562,41
Deducciones 95.906,08
Renta 85.786,44
Líquido a cobrar 488.618,80
El depósito de los dineros, se realizó por acreditación directa a la cuenta personal del señor Calero Miranda con el Banco Popular. 2) Por oficio Nº 1045-AP-2006 del 12 de octubre del 2006, suscrito por el M.B.A. José Luis Bermúdez Obando, Sub-Jefe del Departamento de Personal, se indican las fechas en las cuales el señor Calero Miranda, disfrutó vacaciones en forma adelantada, detallados de la siguiente manera (ver folio 4):
Período Fecha
de nómina
14-12-2005 07-12-2005
Del 17-01-2006 al 24-01-2006 15-12-2005
Del 30-03-2006 al 31-03-2006 07-04-2006
Del 02-05-2006 al 05-05-2006 27-04-2006
09-05-2006 27-04-2006
Se indica además, que los movimientos se tramitaron de acuerdo con lo consignado en las nóminas de nombramientos que confecciona el Despacho de la Presidencia de la Corte. Audiencia: Con fundamento en lo anterior, se otorga a Gerardo Calazans Calero Miranda, el plazo de diez días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre el cobro de cuatrocientos ochenta y ocho mil, seiscientos dieciocho colones con ochenta céntimos ¢ 488.618,80), pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, debiendo indicar los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones y otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante esta Administración, para lo cual se pone el expediente Nº 235-R-06(B) a su disposición. En caso de no atender la audiencia en el plazo indicado, serán remitidas las diligencias de interés al Ministerio Público para que con base en los artículos 223 y 224 inciso 2) del Código Penal formule la acusación respectiva por la eventual responsabilidad penal por retención que podría caber al señor Calero Miranda. Así mismo, se continuará con el procedimiento administrativo para eventualmente remitir las diligencias a la Procuraduría General de la República a efecto de que establezca en sede jurisdiccional las acciones legales. Se le previene que debe señalar, en el mismo término indicado, lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad para atender notificaciones, número de fax o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación. En caso de no cumplir con esta prevención, y en virtud de que la Ley General de la Administración Pública, no contiene norma que regule el no señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación de la facultad que confiere el artículo 229, inciso 2) de la misma ley, respecto de la aplicación supletoria de otras fuentes del ordenamiento jurídico, así como el principio que establece que la ley especial prevalece sobre la general, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales en concordancia con el artículo 6º de la misma ley. Se hace del conocimiento del señor Gerardo Calazans Calero Miranda que como garantía constitucional del debido proceso, la presente resolución admite recurso de. revocatoria ante esta instancia y de apelación ante el Consejo Superior del Poder Judicial dentro del término de veinticuatro horas, a partir de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 346, inciso 1 de la Ley General de la Administración Pública. Queda a disposición el expediente administrativo Nº 235-R-06(B).ap/ Notifíquese/Fr. Alfredo Jones León, Director Ejecutivo. Si desea presentar un escrito con ocasión de esta resolución, favor indicar el siguiente número de expediente Nº 235-R-06(B) “/Artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Publíquese.
San José, 5 de diciembre del 2006.
Alfredo
Jones León,
(113468) Director
Ejecutivo
ºJosé Ricardo Cerdas Monge, Juez del Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, al señor Luis Castro Picado, hace saber: Que en proceso ordinario laboral N° 05-300037-0188-LA interno 42-05-R4 establecido por Warner Román Muñoz contra Luis Castro Picado, se dictó la sentencia de primera instancia N° 69-06 de las nueve horas del dos de julio del año dos mil seis, que en su parte dispositiva dice: Por tanto: De acuerdo a los hechos probados y citas de ley mencionadas, se declara parcialmente con lugar la demanda ordinaria laboral incoada por Warner Román Muñoz contra Luis Castro Picado, y se le condena al demandado a cancelar al actor los siguientes extremos laborales: 1) Por concepto de vacaciones: cuarenta mil ochocientos un colones con sesenta céntimos. 2) Aguinaldo: ochenta y ocho mil cuatrocientos tres colones con cincuenta céntimos 3) Preaviso: ochenta y siete mil cuatrocientos treinta y dos colones. 4) por auxilio de cesantía: ochenta y un mil seiscientos tres colones. 5) horas extras: un total de 728 horas extras, para un monto de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil novecientos noventa y dos colones con setenta y dos céntimos. 6) condenatoria de intereses: Se condena al accionado a pagarle al actor intereses sobre los extremos concedidos en esta Sentencia al tipo legal, equivalente al que pague el Banco Nacional de Costa Rica por los certificados de depósito a seis meses plazo, a partir de la firmeza de esta resolución, al tipo vigente al momento de la respectiva liquidación de intereses, hasta la efectiva cancelación de los extremos laborales concedidos. 7) Condena de daños y perjuicios: Se rechaza este extremo pretendido por el actor, de acuerdo a lo establecido en el numeral 82 del Código de Trabajo, por cuanto en este proceso no ha surgido contención en virtud que el demandado no se opuso a la demanda. 8) Condenatoria en costas: Se condena a la parte demandada al pago de las costas personales y procesales, fijándose las primeras en un porcentaje del veinte por ciento del total de la condena, el monto total de los extremos laborales concedidos al actor asciende a setecientos cincuenta y tres mil doscientos treinta y dos colones, fijándose las costas personales en un monto de ciento cincuenta mil seiscientos cuarenta y seis colones. De conformidad con la circular N° 79-2001 publicada en el Boletín Judicial N° 148 de 3 de agosto del año 2001 se advierte a las partes que esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponer en este Juzgado en el término de tres días. En ese plazo y ante este órgano jurisdiccional se deberán exponer, en forma verbal o escrita los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad, bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso. (Artículos 500 y 501 incisos c) y d) del Código de Trabajo; Votos de la Sala Constitucional número 5798 de las 16:21 horas del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las horas del 23 de febrero de 1999 y Voto de la Sala Segunda N° 386 de las 14:20 horas del 10 de diciembre de 1999). Notifíquese. Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez de Trabajo. Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, en San Isidro de El General, al ser las dieciséis horas del dos de noviembre del año dos mil seis. No habiendo el aportado la dirección exacta de demandado dentro del plazo conferido, se ordena notificar la sentencia de primera instancia por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 2 de noviembre del 2006.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—(113058).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la Devolución de Fondo de Pensiones del fallecido José Luis Álvarez Morera, cédula número uno-ochocientos tres-trescientos sesenta y seis, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo número 05-300007-403-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional de Abangares, 14 de diciembre del 2005.—Lic. Alexis Chavarría Araya, Juez.—1 vez.—(113368).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Ricardo Agüero Guadamuz, quien fue mayor, casado, Dependiente, vecino de Moravia, con cédula de identidad número 1-801-824, se les hace saber que: Emilei Gabriela Brenes Ulloa, portadora de la cédula identidad número 3-348-403, vecina de Paraíso de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad de los menores Fayron Antonio Agüero Brenes y María Paula Agüero Brenes, hijos del fallecido, y por Adriana Díaz Torres, portadora de la cédula de identidad número 1-1096-407, vecina de Moravia, que se apersonó en calidad de esposa y madre en ejercicio de la patria potestad de la menor Konny Suseth Agüero Díaz, hija del causante, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Ricardo Agüero Guadamuz. Expediente Nº 06-002812-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de diciembre del 2006.—Lic. Jesús Gómez Sarmiento, Juez.—1 vez.—(113581).
segunda
PUBLICACIÓN
A las catorce horas veinte minutos del veintiuno de febrero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de siete mil ciento veintiséis dólares con cincuenta y cinco centavos moneda de curso legal de Estados Unidos de América, remataré: vehículo marca Peugeot, estilo 307 BK XS, automóvil, carrocería familiar, tracción sencilla, cinco personas, modelo dos mil cuatro, color azul, motor número uno cero DYSG tres cero cero uno uno nueve siete, diesel, placas quinientos setenta mil seiscientos treinta y cinco. Prendario 06-001660-182-CI (6) de Banco Interfin S. A. contra Sylvia María Villalobos Brenes.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—(112968).
A las ocho horas del doce de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, con la base de un millón cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Puntarenas, Folio Real número ciento dieciséis mil ochocientos cincuenta y uno-cero cero cero. Que es terreno para construir, sita en el distrito primero, Buenos Aires, cantón Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas, Linda: norte, con Municipalidad de Buenos Aires; al sur, con Municipalidad de Buenos Aires; este, con calle pública con 10 metros; al oeste, Municipalidad de Buenos Aires. Mide: ciento noventa y nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior en ejecutivo simple Nº 05-100362-0857-CI N° Interno 376-05-4 de Coopealianza R. L., contra Juan Leiva Torres.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—(112970).
A las ocho horas cero minutos del veintiuno de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca en primer grado a favor del Banco de Costa Rica y servidumbre trasladada y con la base de cuatro millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y siete mil ciento diecinueve- cero cero uno la cual es terreno de café con una casa.- Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Dolores Víquez Herrera; al sur, calle pública con un frente 8,26 metros; al este, servidumbre con un frente de 20,51 metros y al oeste, María Antonieta Víquez Villalobos. Mide: ciento sesenta y un metros con cuarenta y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Marcelo Víquez Araya contra Alexánder Arrieta Víquez. Expediente Nº 06-002264-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de octubre del 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(112978).
A las diez horas, treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y sin sujeción a la base, en el mejor postor remataré lo siguiente: una granizadora de dos tanques Ice Peak dos Bwol, marca Comelius, modelo M seis dos uno cero cinco siete dos cero cuatro, serie seis dos A cero tres dos uno PE cero cuatro cinco. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-000800-181-CI de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Mario Óscar c. c. Óscar Mario Mora Núñez.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, San José, 23 de noviembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(113081).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
A las catorce horas diez minutos del veinticuatro de enero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de dieciocho mil ochocientos ochenta y cinco dólares con veintiséis centavos, remataré: Vehículo marca Peugeot, estilo 307 X-LINE, categoría automóvil, capacidad cinco personas, modelo dos mil seis, carrocería sedan cuatro puertas, color gris, combustible gasolina, chasis número VF tres tres CN seis AL seis S cero uno dos tres uno siete, tracción sencilla, placas seiscientos treinta mil doscientos veintinueve. Prendario 06-001463-182 CI (7) de Banca Promerica S. A., contra: Luis Ángel Quesada Céspedes y Magda Montero Barquero.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos D’alolio Jiménez, Juez.—(113050).
A las diez horas y treinta minutos del nueve de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado en favor del Instituto Nacional de Seguros, inscrita a las citas 518-19809-01-0002-001, así como servidumbre trasladada inscrita a las citas 362-02436-01-0962-001 y con la base de quince mil trescientos ochenta y seis dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y tres mil doscientos cuatro cero cero cero, la cual es terreno lote 30 bloque C con una casa, situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ditre S. A.; al sur, Ditre S. A.; al este, Ditre S. A., y al oeste, calle tercera. Mide: ciento ocho metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de W. T. Inmobiliaria Gigante S. A. contra Iveth Yanory Herrera Chacón. Expediente Nº 06-001126-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—(113369).
A las catorce horas, treinta minutos, del diecisiete de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de tres mil doscientos ochenta y un dólares con sesenta y nueve centavos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos sesenta y un mil ciento sesenta y uno, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería familiar, estilo Rav Four, capacidad para cinco personas, color plateado, combustible gasolina, año dos mil dos. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 06-001029-182-CI-3 Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Georgina Benavides Polini.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—Nº 94364.—(113370).
A las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos anuales y frutales, situada en el distrito segundo Fortuna, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Norberto Campos Ordóñez; al sur, calle pública con sesenta y cinco metros con sesenta y cinco centímetros; al este, Río Guipilapa y al oeste, calle pública con un frente de ciento cuarenta y dos metros con treinta centímetros. Mide: catorce mil doscientos noventa y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Ramón Cascante Bolívar. Expediente Nº 06-100804-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 29 de noviembre del año 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 94377.—(113371).
A las ocho horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso inscrita al tomo 484, asiento 17433 y con la base de seiscientos mil colones, al mejor postor remataré: finca matrícula de Folio Real número trescientos sesenta y un mil novecientos treinta y dos guión cero cero cero, del partido de Alajuela. Lindante: al norte y sur, con Ronald González Ballar y Ana María Ballar Alvarado; al este, con Joaquín Molina Guerrero y al oeste, servidumbre de paso. Mide: ciento noventa y siete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Leidy Espinoza Angulo. Se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario del Banco de Costa Rica contra Leidy Espinoza Angulo y otra. Expediente Nº 06-100911-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—Nº 94379.—(113372).
A las once horas treinta minutos del doce de febrero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número 452566, con las siguientes características: marca Opel, estilo Astra Caravan, año 2001, color azul, de gasolina, para cinco personas, motor número z16xe02mk5636 y el vehículo placas CL 183144, marca Chevrolet, estilo s-10, año 2001, color blanco, de gasolina, para tres personas, motor número 18136789. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 04-001632-0183-CI-4 de Banco BAC San José S. A. contra Industrias M.B S.A., cédula jurídica 3-101-53094 y Mario Granados Barzuna, cédula 1-873-049.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 94396.—(113373).
A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de dos millones cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero noventa y seis mil treinta y seis-derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 14 bloque I para construir con una casa, situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Policromía Sociedad Anónima; al este, con Policromía Sociedad Anónima, y al oeste, con Policromía Sociedad Anónima. Mide: ciento treinta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Cristian Aguilar Monge e Ivannia Ruiz Aguilar. Expediente Nº 06-001813-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de noviembre del año 2006.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 94418.—(113374).
A las diez horas del dieciocho de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones cada finca que se dirá, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil novecientos dos guión cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 03 Tobosi, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Piedades Fonseca Ramírez; al sur, calle con 10 m; al este, María Ramírez Ramírez y al oeste, Piedades Fonseca Ramírez. Mide: ciento ochenta metros con nueve decímetros cuadrados; y finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuatro mil novecientos ocho guión cero cero cero, la cual es terreno de café, situada en el distrito 03 Tobosi, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ana Lía González Fonseca; al sur, María Etelvina González Fonseca; al este, calle pública con diez metros con cuarenta centímetros y al oeste, Piedades Fonseca Ramírez. Mide: ciento ochenta metros con siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Pablo González Guzmán. Expediente Nº 06-001034-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de octubre del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 94420.—(113375).
A las diez horas y quince minutos del veinticinco de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y siete mil seiscientos veintitrés guión cero cero cero, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito 03 Orosi, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Guillermo Chaves; al sur, calle; al este, Gilberto Chaves y al oeste, Rosa y Manuel Chaves. Mide: trescientos ochenta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Nelson Andrés Segura Portuguez. Expediente Nº 06-001814-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de noviembre del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 94421.—(113376).
A las nueve horas y treinta minutos del seis de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 408160-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02 Sabanilla, cantón 11 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 6,01 metros; al sur, lotes 27 y 35; al este, lote 23 y al oeste, lote 25. Mide: ciento quince metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alberto Ortega Rodríguez. Expediente Nº 04-001076-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de noviembre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 94422.—(113377).
A las nueve horas del día dieciséis de enero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta mil quinientos veintitrés dólares con ochenta y cinco centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, sección Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número, 325864-003 y 004, que se describe manera naturaleza, terreno para construir, con una casa lote 12 bloque H, situado en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Mide: ciento setenta y seis metros cuadrados. Linderos: al norte, con lote de Cafetalera Dos Mil S. A.; al sur, con lote de Cafetalera Dos Mil S. A.; este, con lote de Cafetalera Dos Mil S. A., y al oeste, con avenida tercera. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-001513-184-CI de Banco Cuscatlan de Costa Rica S. A. contra Sandra Ivette González Arce.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de octubre de 2006.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 94426.—(113378).
A las ocho horas y treinta minutos del seis de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y un embargo practicado y con la base de dos millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 447169-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rosibel Castro Pérez; al sur, Seycon F Y C S. A.; al este, Rosibel Castro Pérez y al oeste, Calle Flores. Mide: doscientos treinta y cinco metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Manuel Antonio Coto Astorga. Expediente Nº 05-000776-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de noviembre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 94427.—(113379).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de febrero dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones setecientos ochenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 117.063-001-002, la cual es terreno para construir con una casa, lote 0-37, situada en el distrito 01 Tres Ríos, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 8-0; al sur, calle pública; al este, lote 36-0 y al oeste, lote 38-0. Mide: noventa metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Herra Alvarado y Karla de los Ángeles Herra Sánchez. Expediente Nº 06-001638-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de noviembre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 94428.—(113380).
A las nueve horas quince minutos del veinticuatro de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado y con la base de treinta y cuatro mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y seis-cero cero cero (186376-000), la cual es terreno para construir, situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle; al sur, Inmobiliaria San Juan S. A.; al este Inmobiliaria San Juan S.A., y al oeste, lote tres B. Mide: ciento sesenta metros cuadrados; y soportando hipoteca de primer grado, con la base de treinta y tres mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos setenta y ocho -cero cero cero (186378-000), la cual es terreno para construir, lote cuatro B, situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle; al sur, Inmobiliaria San Juan S. A.; al este, lote tres B, y al oeste, lote cinco B. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de José Miguel Salazar Vargas contra Planeta Rojo S. A., Tecnovivienda La Riviera Sociedad Anónima. Expediente Nº 06-000957-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1º de noviembre del año 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 94467.—(113381).
A las ocho horas del trece de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando colisión de tránsito, según sumaria número 2006001006497TR3, boleta número 2005390005 y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos diez, marca Hyundai, estilo Elantra GL, categoría automóvil, año mil novecientos noventa y dos, color verde, chasis número KMHJF31JPNU291128. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Jimmy León Madrigal contra Sacs Security S. A. Expediente Nº 06-001504-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de San José, 17 de noviembre de 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 94470.—(113382).
A las diez horas treinta minutos del veintiuno de febrero del dos mil siete, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones cincuenta mil colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número noventa y dos mil quinientos siete-cero cero cero, que es terreno para construir lote 74-B, sito en distrito octavo del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste con calle pública; al noroeste, lote 75 B; al sureste, calle pública, y suroeste, Alberto y Carmen S. A. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100874-642-CI-2 de Mutual Alajuela contra Álvaro Matarrita Mendoza.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 94471.—(113383).
A las quince horas del siete de febrero del dos mil siete, libre de gravámenes hipotecarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de un millón setecientos dieciocho mil colones, al mejor postor remataré: finca del partido de Puntarenas, matrícula ciento siete mil doscientos treinta y dos-cero cero cero, que es lote noventa y ocho-A, terreno para construir, sito en distrito doce Chacarita, cantón uno de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote treinta y nueve; al sur, con lote treinta y siete; al este, con José Fonseca Farrier y al oeste, con calle pública denominada avenida Don José con ocho coma un metros. Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100872-642-CI-4 de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra María Jeannette Aparicio Ponte.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 28 de noviembre del 2006.—Lic. Alejandra Vargas Cruz, Jueza.—Nº 94472.—(113384).
A las diez horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y cuatro mil doscientos dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito cuarto San Antonio; cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte y sur, Santiago Murillo Murillo; este, Fabián Rojas Morales y al oeste, servidumbre de paso en medio Luis Ramírez Vargas. Mide: cuatrocientos sesenta y siete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Corporación Dael de Alajuela CYD S. A., Jeison Vinicio Alpízar Vargas. Expediente Nº 06-001751-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de noviembre del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 94479.—(113385).
A las once horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil seis, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de veintidós mil quinientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta mil trescientos cincuenta y seis, submatrícula cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir lote 43, situada en el distrito cuatro Patalillo; cantón once Coronado; de la provincia de San José. Colinda: norte, lote 42; sur, lote 44; este, calle pública con seis metros y al oeste, Luzmilda Chacón Vargas. Mide: ciento veintiún metros con trece decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Ana Julia Cerdas Sánchez, Marvin Enrique Cerdas Sánchez, Silvia Zúñiga Chaves. Expediente Nº 06-001805-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de noviembre del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 94480.—(113386).
A las catorce horas veinte minutos del veintinueve de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando demanda penal al tomo 548, asiento 1055, sumaria 03-66-647-PE del Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de siete millones quinientos cincuenta y dos mil seiscientos setenta y un colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos once mil setecientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 10-G, situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 11 G; al sur, lote 9-G; al este, calle pública y al oeste, Municipalidad de Moravia, cementerio de La Trinidad. Mide: ciento setenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Sonia Isabel Castro Madrigal. Expediente Nº 03-017590-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—Nº 94481.—(113387).
A las once horas del quince de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos veinticinco colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula setenta y dos mil ciento cincuenta y cinco-cero cero cero (72155-000), que es terreno para construir, situado en el distrito primero Guápiles; cantón segundo; provincia de Limón. Mide: doscientos treinta y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Estanislao Losila García; al sur, con calle pública con un frente a ella de quince metros, cincuenta y tres centímetros; al este, con Álvaro Espeleta Lobo y al oeste, con Álvaro Espeleta Lobo, con plano número L-cero tres cuatro uno siete cero cero-mil novecientos noventa y seis. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 06-100530-0468-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Zeanne Jara Madrigal.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, veintitrés de noviembre del dos mil seis.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 94499.—(113388).
A las nueve horas treinta minutos del veintitrés de enero del año próximo entrante, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando serv, cond. mediaref y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno con una casa N cuatrocientos noventa y uno, situada en el distrito décimo Hatillo, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con lote cuatrocientos noventa y dos; al sur, con lote cuatrocientos noventa; al este, con lote cuatrocientos cincuenta y cuatro y al oeste, con acera El Inca. Mide: cincuenta y cuatro metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Kattia Araya Espinoza. Expediente Nº 06-001651-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de octubre del año 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 94506.—(113389).
A las diez horas treinta minutos del treinta de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones y con la base de cuatro millones cuarenta mil setecientos once colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 011825-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02 Bataán, cantón 05 Matina. Colinda: al norte, con Roderico Ovares; al sur, con Mario Granados; al este, con calle pública y al oeste, con Cornelio Villafuerte y otro. Mide: doscientos veintiséis metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Lafise S. A. contra Marvin Agustín Marchena Marchena y otra. Expediente Nº 06-001488-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de noviembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 94526.—(113390).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Franklin Sequeira Castro, expediente Nº 05-100097-437-CI, a una junta para conocer sobre los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil, que se celebra en este juzgado, a las trece horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil siete.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 94710.—(113863).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Hernán Saturnino Calvo Garita, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-000500-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 94723.—(113864).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ana María Torres Esquivel, quien fuera mayor, viuda, de hogar, vecina de Moravia, cédula de identidad número dos-ciento dieciocho-novecientos cuarenta y tres y Rogelio Fellini Campos, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Vicente de Moravia, cédula de identidad número cuatro-cero cincuenta y uno-quinientos treinta y cuatro, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas, treinta minutos, del dos de marzo del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-001623-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—Nº 94787.—(113865).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Juan Antonio Alfaro Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas del diez de abril del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-001609-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de noviembre del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 94898.—(113866).
Comparecieron ante mi notaría pública, solicitando contraer matrimonio civil el señor Erick Leopoldo Pérez Sevilla, mayor, soltero, nicaragüense, estudiante, vecino de Los Ángeles San Rafael de Heredia, del convento de las Religiosas de la Cruz, cuatrocientos metros este, casa verde, pasaporte de su país número uno tres cinco RE cero cinco cuatro tres cuatro cinco cero, hijo de Leopoldo Antonio Pérez Peralta y Manuela del Socorro Sevilla Gutiérrez, ambos de nacionalidad nicaragüense y Lisa Janelle Dyck, mayor, soltera, canadiense, estudiante, vecina igual que el anterior, pasaporte de su país número J K uno cinco cuatro uno nueve cinco, hija de Binnie May Dyck y Randolph Leonard Dyck, ambos de nacionalidad canadiense. Si alguna persona tuviera conocimiento de algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo en el término de ocho días contados a partir de este edicto. Se publica este edicto para cumplir con lo establecido en el capítulo cuarto del Código de Familia.—Heredia, once de diciembre del dos mil seis.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 94265.—(112905).
Al ser las 9:00 horas del 11 de diciembre del 2006, me solicitaron ante esta notaría, contraer matrimonio civil Marjorie Ann Moraice Winter, cédula Nº 7-115-515, vecina de San Rafael de Heredia, hija de Charles Moraice Moraice, vecino de Germania de Limón y Marjorie Winter Douglas, vecina de New Jersey, Estados Unidos; y Michael Joyce, norteamericano, pasaporte Nº 701796287, hijo de William y Maureen Joyce, vecinos de Schaghticoke, New York, Estados Unidos. Se previene a todas las personas que conozcan de algún impedimento para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo ante esta notaría dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Notaría de la Lic. Mónica Miranda Villalta, carné Nº 14770, dirección: Barva de Heredia, del Banco de Costa Rica 100 norte y 150 este.—Lic. Mónica Miranda Villalta, Notaria.—1 vez.—(112935).
Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Wendy Jeannette Flores Sandí, soltera, estudiante, vecina de Río Oro de Santa Ana, cédula de identidad Nº 1-1282-916 y Henry Ever Gómez Menjivar, soltero, mecánico de precisión, vecino de Río Oro de Santa Ana, cédula de identidad Nº 1-1098-990. Se concede un plazo de ocho días, a quien tenga que hacer alguna oposición a dicho matrimonio, la que deberá presentarse por escrito ante este Despacho y en ese término. Expediente Nº 06-100130-242-CI.—Juzgado Contravencional M. Cuantía, Santa Ana, 7 de diciembre de 2006.—Lic. Cindy Quesada Chavarría, Jueza.—1 vez.—(112972).