BOLETÍN JUDICIAL Nº 3
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Palmares, de la provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Palmares, de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el once de enero del dos mil siete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los Festejos Cívicos Palmares 2007.
San José, 7 de diciembre del 2006.
Luis Barahona Cortés
(115872) Subdirector Ejecutivo
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de devolución de prestaciones y otros dineros del señor Francisco Carmona Rodríguez, quien fue mayor, unión libre, laboró para la empresa Tramar y Hércules, vecino de Esparza, portó la cédula número 6-0149-0981, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 06-300036-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Puntarenas, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—(116259).
Se emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Elyin Cortés López, quien fuera mayor, soltero, chequeador de contenedores, portador de la cédula de identidad número 2-0506-0836, vecino de Limón Dos Mil casa número 52 de color celeste verjas negras, trabajador de la Corporación Terconsa S. A., para que comparezcan a este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte de: Elyin Cortés López. Gestiona: María Antolina López Calderón. Expediente número 06-300153-473-LA-C.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 18 de diciembre del 2006.—Lic. Mario García Araya, Juez.—1 vez.—(116260).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Mario Barboza López, cédula de identidad uno-trescientos ochenta y nueve-doscientos noventa y cuatro, quien fue costarricense, masculino, casado, empleado judicial, y falleció el dos de diciembre del dos mil seis, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 06-300078-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, 14 de diciembre del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(116261).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida, prestaciones legales que le corresponden a la trabajadora fallecida Gabriela Mata Sojo, quien fue mayor, soltera, guía turística, cédula 3-339-667, quien laboró para El Bellocino de Oro Sociedad Anónima, y falleció el veintidós de junio del dos mil seis, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 2006-300174-341-LA-176-B en consignación de prestaciones legales de trabajadora fallecida Gabriela Mata Sojo, promueve: Elizabeth Sojo Vargas, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Turrialba, 11 diciembre del 2006.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—1 vez.—(116262).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Brenes Obando, fallecido el diecisiete de julio del año dos mil tres, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 06-000370-0703-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 06-000370-0703-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 7 de diciembre del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—(116263).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro del fallecido de quien en vida se llamó Natividad López Amaya, mayor, salvadoreña, cédula de residencia 220-0139734-0007049, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en su defensa. Lo anterior, por haberlo ordenado así en consignación de prestaciones de trabajador fallecido. Expediente número 06-300734-468-LA interno 766-06 promovidas por Derivados de Maíz Alimenticio S. A., en favor de Natividad López Amaya.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(116264).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro del fallecido de quien en vida se llamó Natividad López Amaya, mayor, salvadoreña, cédula de residencia 220-0139734-0007049, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en su defensa. Lo anterior, por haberlo ordenado así en consignación de prestaciones de trabajador fallecido. Expediente número 06-300735-468-LA, interno Nº 767-06 promovidas por Asociación Solidarista de Empleados de Derivados de Maíz Alimenticio S. A., en favor de Natividad López Amaya.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(116265).
A los causahabientes de quien en vida se llamó José Alfredo Arias Morales, quien fue mayor, soltero, funcionario del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, vecino de Tibás, con cédula de identidad número 1-470-161, se les hace saber que: Freddy Wilson Arias Salazar, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-1317-589, vecino de Desamparados, se apersonó en este Despacho en calidad de hijo supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Alfredo Arias Morales. Expediente Nº 06-003035-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del 2006.—Lic. Astrid Lara Rivera, Jueza.—1 vez.—(116266).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Greivin Guzmán Alvarado, mayor, soltero, vecino de Primavera de Cariari, titular de la cédula de identidad número cinco-doscientos ochenta-ochocientos setenta y seis, se les emplaza así como a los que se consideren con igual o mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en su defensa. Publíquese el edicto por única vez. Diligencias de devolución de ahorro de trabajador fallecido. Expediente Nº 06-300158-0681-LA, interno Nº 163-06-3, gestionante Mayra Lidia Berrocal Torres.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, Guápiles, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(116267).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Juan Carlos Mora Blanco, mayor, soltero, estudiante, vecino de Santa Bárbara, barrio Los Ángeles, alameda abajo, cédula 4-192-130, fallecido en fecha 25-06-2006; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas por bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 06-001510-376-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Flores, 7 de diciembre del 2006.—Lic. Maruxinia Marín Mata, Jueza.—1 vez.—(116268).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Joaquín Álvarez Guevara, mayor, soltero, vecino de Alajuela, cédula 0501330495, fallecido el 27 de diciembre del año 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devolución de ahorro obligatorio, capitalización laboral y pensión obligatoria bajo el número 06-000383-0817-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 06-000383-0817-LA. Por José Antonio Álvarez Álvarez, a favor de José Joaquín Álvarez Guevara.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(116269).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Helberth López Corrales, quien fue mayor, casado una vez , vecino de San José, San Antonio de Desamparados 100 metros este, 100 metros sur y 50 metros oeste de la pulpería San Bosco, con cédula de identidad número 0105280189, se les hace saber que: Grupo Servica S. A., portadora de la cédula jurídica número 3-101-31018-18. Domiciliada en Río Segundo de Alajuela, 500 metros el este del Hotel Hampton, se apersonó en este Despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Helberth López Corrales. Expediente número 06-000477-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de noviembre del 2006.—Lic. Silvia Palma Elizondo, Jueza.—1 vez.—(116270).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las catorce horas y veinte minutos del veinticuatro de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes prendarios y con la base de doscientos sesenta y un mil setecientos cincuenta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) una máquina canteadora 1-AMP-0476KW, 2) una sierra circular JCS 107008674. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario del Banco Nacional de Costa Rica contra Angulo Hernández Carlos Alberto y Escalante Pérez Miguel. Exp. Nº 98-006682-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios de San José, 13 de noviembre del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(115714).
A las diecisiete horas cuarenta minutos del veintinueve de enero de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, sin sujeción a base en el mejor postor remataré: Desarmadora de llantas, marca Corghi, modelo A 9212 T. I., balanceadora digital, marca Corghi, modelo EM 7040, pistola de atiempar digital, marca Tecnotest, modelo 133-E, máquina de soldar eléctrica, marca Cebora, modelo 888, compresor de aire vertical, marca Coleman, modelo CL 7006016. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Prendario número 03-003458-0170-CA, del Banco Nacional de Costa Rica, contra Carlos Díaz Meza, Dalia Badilla Fernández.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—(115715).
A las ocho horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil siete, en la puerta que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, pero soportando infracción por colisión, boleta numero dos cero cero cuatro dos cuatro siete seis nueve ocho, en sumario cero cinco- seis cero cero cero veinticinco- cuatrocientos tres -TC, del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Abangares, con la base de cinco millones quinientos mil colones netos, remataré: placa AB cero cero mil ochenta y uno, marca Internacional, estilo Internacional, peso neto: cuatro mil kgs, peso bruto: cuatro mil kgs, capacidad: para cincuenta y siete pasajeros, año: mil novecientos noventa y cuatro, número de chasis: cuatro tres seis cinco cero cero seis dos nueve seis siete cinco siete, categoría: transporte colectivo interurbano, carrocería: autobús, color: blanco, número de motor: cuatro tres seis cinco cero cero g dos nueve seis siete cinco siete; marca de motor: Internacional, cilindrada: centímetros cúbicos, cilindros: seis, combustible: diesel. Se remata por ordenarse así en expediente N° 05-100206-0389-CI-(216-4-2005)-C, proceso ejecutivo simple establecido por Marco Tulio Salas Granados contra Carolina María Benavides Granados.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—(115780).
A las diez horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación y con la base de nueve mil doscientos ochenta dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil doscientos setenta y siete- cero cero siete la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito ocho San Rafael, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Osvaldo Cubero Leitón; al sur, Laura Mercedes Salas Rojas; al este, Arrocera El Patio S. A., y al oeste, Rafael Antonio Morales Castillo. Mide: Dos mil ciento setenta y cinco metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Jesús Rodríguez Sibaja contra María Celina Sandoval Arce. Expediente Nº 06-001834-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de diciembre del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(115786).
A las nueve horas quince minutos del veintiséis de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada según citas 40719714-01-0902-001 y con la base de cuarenta y ocho mil trescientos setenta cinco dólares, o su equivalente en colones el cual deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la moneda extranjera al momento de pago, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, Partido de San José, matrícula 417271-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el cantón 14 Moravia, distrito 1° San Vicente, de la provincia de San José, linda al norte con lote 2-A, al sur con lote 4-A, al este con resto destinado a calle y al oeste con Santiago Montero Gamboa, Nelly, Adela, y Alicia Montero Solano. Mide ciento sesenta y dos metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Se ordena el remate en expediente 06-000294-0180-CI. Hipotecario de Banco Interfín S. A. contra Juan Alex Chacón Alfaro.—Juzgado Primero Civil de San José, 13 de diciembre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(115857).
A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del doce de febrero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de sesenta mil colones en el mejor postor remataré: Una computadora portátil, marca Toshiba, color gris, T 3600, CT/500, serie 02514355. Asimismo con la base de quince mil colones en el mejor postor remataré: Un dictógrafo de casettes pequeños, marca Panasonic, modelo RN-305, serie número GGOK-A008540, color gris oscuro. Lo anterior se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Nº 03-000005-183-CI de Sociedad de Descuentos y Cobros de Documentos S. A., contra Carlos Arturo Lizano Vicent.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(115910).
A las ocho horas, treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones de colones, remataré: Finca inscrita en el partido de San José, matrícula de Folio Real cuatrocientos setenta mil doscientos noventa y nueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa tres E veintinueve, situada en el distrito sétimo Patarrá, del cantón tercero Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur, calle pública; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Ronaldo Rosales Mendoza contra Jorge Humberto Salas Guzmán y otra. Expediente Nº 06-100245-217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 4 de octubre del 2006.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(115911).
A las nueve horas, cuarenta minutos del veintitrés de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando plazo de convalidación Ley de Localización de Derechos tomo N° 410, asiento N° 7493 y con la base de tres millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y siete colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito ocho Río Azul, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, sucesión de Rafael Ángel Sánchez Naranjo; al sur, María Otilia Sánchez Naranjo; al este, Carlos Alberto Vargas Solano y al oeste, calle pública con un frente de siete metros, cincuenta y cuatro centímetros lineales. Mide: mil cuarenta y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Warren Alberto Acuña Morales. Expediente Nº 05-014131-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—Nº 96031.—(116132).
A las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago, por la suma de un millón ochocientos mil colones y con la base de trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el registro público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa Ñ setenta y dos, situada en el distrito cinco, San Francisco, cantón uno Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda al norte, avenida cuatro; al sur, INVU; al este, calle uno y al oeste, INVU y medianera. Mide: ciento veintiocho metros con ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Lourdes Andrea Cubero Martínez. Expediente Nº 06-002517-0346-CI (D).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 96040.—(116133).
A las diez horas del nueve de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando contrato prendario inscrito al tomo 0009, asiento 421897 e infracción por colisión en sumaria 06-600615-494-TC, y con la base de cinco millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL 152318, marca Isuzu modelo 98, color azul, capacidad 3 personas, ganadero, tracción sencilla. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Simple de Eurosemillas S. A., contra Empresarial Agrodont de Costa Rica S. A. Expediente Nº 02-001136-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 96052.—(116134).
A las nueve horas, treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre traslada bajo citas 403-03430-01-0900-001 e hipoteca de segundo grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal lo siguiente: Con la base de trece mil seiscientos ochenta y nueve dólares con treinta y cuatro centavos la finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número sesenta mil cuatrocientos cincuenta y tres-cero cero cero, de naturaleza terreno con una casa de habitación, está situada en el distrito y cantón Siquirres de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Agroindustrias del Caribe S. A.; al sur, con calle pública con 23,10 metros de frente; este, con Virginia Aguilar Vega y al oeste, con Agroindustrias de Caribe S. A. Con la base de nueve mil ciento diez dólares con cincuenta y tres centavos, la finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cincuenta y nueve mil ciento treinta y siete-cero cero cero, de naturaleza terreno con una casa, está situada en el distrito y cantón Siquirres de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Agroindustrias del Caribe S. A.; al sur, con calle pública; al este, con Boanerges González, y al oeste, con Hijinio Barquero Garita; y con la base de cuatro mil novecientos dólares con trece centavos, la finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número ochenta mil cuatrocientos noventa-cero cero cero, de naturaleza terreno con una casa, está situada en el distrito y cantón Siquirres de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Agroindustrias del Caribe S. A., al sur, con Alexis Cevantes Alfaro; al este, con calles públicas con un frente de 23 metros, 19 centímetros, y al oeste, con Mariano Castro Gómez. Lo anterior por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario número 06-000278-0678-CI-1, establecido por el Banco de Costa Rica contra Mariano Miguel Castro Gómez y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 96053.—(116135).
A las ocho horas, treinta minutos del quince de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo el tomo N° 324, asiento N° 06274 y con la base de un millón quinientos mil colones, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, Folio Real matrícula número ciento tres mil trescientos cuarenta y uno-cero cero cero, que es terreno para la agricultura y repastos, situado en el distrito segundo, cantón tercero de la provincia de Puntarenas. Linda: norte, calle pública; sur, José Gerardo Castro Granados en parte y en parte José Luis Sibaja Barrantes; este, Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte y oeste, José Gerardo Castro Granados con quebrada Maura en medio calle pública. Mide: ciento cuatro mil ciento dos metros treinta y cinco decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Herminio Martínez Méndez. Lo anterior se remata por estar ordenado así en hipotecario Nº 06-100397-0188-CI interno 66-06-M2 establecido por Credecoop R. L. contra Freddy Martínez Vásquez y Herminio Martínez Méndez.—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—Nº 96066.—(116136).
A las dieciocho horas y veinte minutos del veintinueve de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada y libre de anotaciones judiciales y con la base de seis millones doscientos sesenta y dos mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 497569-000, que es terreno para construir con una casa Nº 25-W, sito: distrito noveno Pavas, cantón primero San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 26-W; sur, lote 24-W; este, lote 6W, y al oeste, calle pública con un frente de 6 metros lineales. Mide: noventa metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-017368-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Freddy Guillermo Quirós Marín, Ileana del Carmen Peralta Núñez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de noviembre del año 2006.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—Nº 96073.—(116137).
A las dieciocho horas y cincuenta y nueve minutos del trece de marzo del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones quinientos noventa y tres mil ochocientos doce colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil quinientos setenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote trece, situada en el distrito Jesús, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de seis metros; al sur, Rodrigo Chaves Chaves; al este, lote doce, y al oeste, lote catorce. Mide: ciento treinta metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Óscar Enrique Arce Villalobos. Expediente Nº 02-015747-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Hans Roberto Leandro Carranza, Juez.—Nº 96074.—(116138).
A las nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de tres millones ochocientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil seiscientos noventa y cuatro guión cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de café, situada en el distrito 8 Río Azul, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Flor Delgado Rivera y Elsa María Conejo Mesén; al sur, Eduvino Ramírez Delezma; al este, calle pública, y al oeste, Carmen Chinchilla Chinchilla. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Ginette Barquero Richmond, Randall Gerardo Conejo Marín. Expediente Nº 06-001806-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de octubre del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 96089.—(116139).
A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del seis de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cuarenta y siete mil dólares americanos, o su equivalente a la fecha de efectuarse el remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F033310-000, la cual es terreno finca filial ocho de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el distrito 1º Escazú, cantón 2º Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de acceso y circulación; al sur, Ave Trueno Sociedad Anónima; al este, finca filial nueve, y al oeste, finca filial siete. Mide: ciento setenta y cuatro con tres centímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Hilda Marta Salas Castro. Expediente Nº 06-000866-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de noviembre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 96120.—(116140).
A las diez horas, treinta minutos del primero de febrero de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libres de gravámenes hipotecarios y con las bases que se dirán, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. Con la base de un millón quinientos mil colones netos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y cinco mil noventa y ocho - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote tres, situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 2 de Enrique Rodríguez Morera; al sur, lote 4 de Enrique Rodríguez Morera; al este, calle pública con ocho metros de frente, y al oeste, Esperanza Vargas Rojas. Mide: doscientos doce metros con siete decímetros cuadrados. 2. Con la base de tres millones quinientos mil colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y cinco mil noventa y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote cuatro, situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 3 de Enrique Rodríguez Morera; al sur, quebrada en medio Oliver Campos Rodríguez; al este, calle pública con seis metros, treinta y nueve centímetros de frente, y al oeste, Esperanza Vargas Rojas. Mide: seiscientos cincuenta y dos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Minor Vargas Alpízar contra Olga Marta Vargas Vargas. Expediente Nº 06-000540-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 1º de diciembre del año 2006.—Lic. María Elena Villalobos Campos, Jueza.—Nº 96121.—(116141).
A las nueve horas, treinta minutos del primero de marzo del año dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas de la Ley de Caminos al tomo trescientos setenta y uno, asiento mil seiscientos treinta, y con la base de dos millones cien colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matrícula sesenta y seis mil noventa y seis-cero cero cero, que es terreno de potrero; sita en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Colectores Exótica S. A. y quebrada Moncha; al sur, con calle pública; al este, con Carlos Núñez Camacho, y al oeste, con Colectores Exótica S. A. Según plano catastro número L-cero dos cero cinco uno cero cinco-mil novecientos noventa y cuatro. Mide: sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve metros con sesenta decímetros cuadrados. La finca pertenece al demandado Venegas Parra. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 06-100348-341-AG-59-R del Banco Nacional de Costa Rica contra Jesús Antonio Venegas Parra.—Juzgado Agrario de Turrialba, 19 de diciembre del 2006.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—Nº 96146.—(116142).
A las nueve horas del veintiséis de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintiséis mil cuatrocientos noventa y cinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta mil ochocientos treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno lote 15, para construir con una casa, situada en el distrito cuatro Patalillo, cantón once Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 16 San Francisco y otros; al sur, lote 14 blica lotes 50, 51, 17, 11, 49; al este, calle pública, y al oeste, Alfredo Brenes Méndez. Mide: ciento cuarenta metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Dagoberto Gustavo Herrera Umaña. Expediente Nº 05-006305-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del año 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—Nº 96200.—(116143).
A las trece horas, treinta minutos del quince de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes, con la base de diez mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor se rematará: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 75834-001, 002 y 003, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito tercero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Que mide: cuatrocientos cincuenta y un metros con veinte decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Generosa Hidalgo Calderón y calle pública con un frente de dieciocho metros con tres centímetros lineales; al sur, con Ninfa Chavarría Mora; al este, con Generosa Hidalgo Calderón, y al oeste, con calle pública con un frente de treinta metros con noventa y dos centímetros lineales. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-100509-0468-CI de Marco Tulio Vásquez Vásquez contra Marlene Quirós Ordóñez y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 96207.—(116144).
A las nueve horas del veinticinco de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios con la base de tres millones novecientos cuarenta y un mil colones sáquese a remate el (los) bien (es) dado (s) en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y siete mil trescientos ochenta-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en Carrillos de Poás, distrito cuarto del cantón octavo, Poás de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con lote D 5; al sur, lote D 7; este, calle pública con un frente de siete metros, y al oeste, Comité Vivienda La Senca S. A. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado A-cero siete siete siete cero ocho tres-dos mil dos. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100427-0295-CI, de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Henry Lezcano López, Flory Cecilia González Barrantes, Henry Josué y Dereck Lezcano González.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 1º de noviembre de 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 96237.—(116145).
A las nueve horas, veinte minutos del veintitrés de enero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones seiscientos dieciséis mil seiscientos noventa y un colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno lote 20219, terreno para agricultura, situada en el distrito tres Cote, cantón 15 Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Adán y José Ángel Alvarado; al sur, quebrada Quebradón y Ramón Ibar Porras; al este, José Ángel Alvarado y quebrada Quebradón, y al oeste, Adán Alvarado y Ramón Ibar Porras. Mide: trescientos sesenta y un mil ciento veinticinco metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Américo Rosales Ugalde. Expediente Nº 05-008201-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del año 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—Nº 96245.—(116146).
A las nueve horas, treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando advertencia administrativa citas 239-06000-001 y 239-06000-01-0116, cargas ref. 2387-507-003, servidumbre trasladada, reservas y restricciones y con la base de siete mil ochocientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 247345-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú. Colinda: al norte, con lote 21 C de Setiembre S. A.; al sur, con parque de la urbanización; al este, con calle primera con veinte metros, y al oeste, con Extra S. A. Mide: dos mil sesenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Salida Global S. A. contra Inversiones Norambuena S. A. Expediente Nº 06-000439-184-CI-5.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, dos de noviembre del dos mil seis.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 96252.—(116147).
A las ocho horas treinta minutos del quince de enero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor, remataré lo siguiente y con la base de, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Una vitrina de metal con vidrio de dos metros por un metro y medio de alto, color blanco, con la base de ochenta mil colones. 2) Un mueble de madera blanco con madera de melamina de tres gavetas, de un metro sesenta de alto por metro de ancho, con la base de setenta y ocho mil colones. 3) Mueble vitrina de metal, color gris de vidrio de unos treinta centímetros de ancho por dos metros de ancho, aproximadamente con la base de setenta mil colones. 4) Un monitor marca Sharp de veintiún pulgadas, serie Nº 361152, con la base de cuarenta mil colones. 5) Monitor marca Sankey, sin serie, modelo CT 2165, con la base de setenta y cinco mil colones. 6) Un play station serie PX 366345 365, con sus dos controles, con la base de ochenta y cinco mil colones. 7) Play station marca Sankey, serie Nº 00317182, con la base de ochenta y cinco mil colones. 8) Play station marca Sony, serie Nº PX453380478, con la base de ochenta y cinco mil colones. 9) Play station marca Sony, serie Nº PX365870242, con sus dos controles, con la base de cuarenta mil colones. 10) Televisor o monitor marca Sankey, modelo CT 218 SR, serie Nº 80605150, con la base de cuarenta mil colones. 11) Televisor o monitor marca Sankey, modelo TT 2165, serie número de 13 a 9 AB00354, con la base de cuarenta mil colones. 12) Once sillas plásticas, 4 blancas, 3 rojas y 3 gris, una silla de metal color negro con asiento de vinil negro, por la base de treinta y tres mil colones. 13) Monitor marca Sumishi, modelo San 2004, serie Nº 057140712809 A, por la base de treinta y cinco mil colones. 14) Play station marca Sony, color gris, sin serie, por la suma de treinta mil colones. 15) Monitor marca Sumishi, serie Nº 057140712810 A, con la base de treinta mil colones. 16) Monitor marca Sankey, modelo CT 2165, sin serie, con la base de veintiocho mil colones. 17) Otro play station marca Sony, color gris, sin serie, por la base de treinta y ocho mil colones. 18) Monitor marca Sharp, modelo 19K, serie 33 5071, con la base de veinte mil colones. 19) Play station marca Sony, color gris, sin serie visible, con la base de veinticuatro mil colones. 20) Tres bancas de plástico, 2 verdes, 1 roja, con la base de veintiún mil colones. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Andrés González Campos contra Antonio Miranda Paniagua. Expediente Nº 03-000231-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de diciembre del 2006.—Lic. Susana Porras Cascante, Jueza.—(116598).
Hanhali Salazar Johnson, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número 7-044-144, vecina de Cahuita, frente a la Guardia Rural, promueve las presentes diligencias de Información Posesoria para inscribir en el Registro Público Sección de Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno para construir, ubicado distrito tercero Cahuita y cantón cuarto Talamanca de la Provincia de Limón. Mide: cuatrocientos sesenta y seis metros con dieciocho decímetros cuadrados. Linda al norte con Orlando Alfonso Davley Davley, sur: calle pública con nueve metros y sesenta y cinco centímetros lineales, este: con Elizabeth Salazar Johnson y oeste, con Sandra Salazar Johnson. El inmueble está libre de gravámenes; no existen condueños, ni cargas reales. Fue estimado en la suma de un millón de colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren. Expediente 06-000551-0678-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 24 de noviembre del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 95683.—(115186).
Jorge Guillermo Barrantes Gonzalo, cédula número dos-doscientos setenta y cinco-mil cuatrocientos cuarenta y nueve, vecino de Llano Bonito de Naranjo, setenta y cinco metros este de la iglesia, establece diligencias de información posesoria para que se inscriba la finca que se describe así: terreno de repasto, sito en el distrito de Cirrí Sur, cuarto del cantón de Naranjo, sexto de la provincia de Alajuela. Linda norte, Luis Guillermo Solano Alpízar; sur, San Isidro de Llano Bonito Sociedad Anónima y Nereo Ramírez Varela; este San Isidro de Llano Bonito, Sociedad Anónima y servidumbre de paso y oeste Jaime López Villalobos, según plano catastrado N° A-seiscientos ochenta y ocho mil quinientos ochenta y siete-dos mil uno, y se estimó el bien en la suma de un millón de colones exactos. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 06-100549-0295-CI, promovidas por Jorge Guillermo Barrantes Gonzalo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 95810.—(115630).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 06-001241-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Francisco Hidalgo Víquez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 02-0352-0493, profesión ingeniero en computación, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar, situada en el distrito primero San Rafael, cantón sétimo Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública de 22 metros; al sur, Rodolfo Cruz Molina; al este, Francisco Hidalgo Víquez y al oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: cuatrocientos cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en labores varias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Francisco Hidalgo Víquez. Expediente 06-001241-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 95934.—(115631).
José Luis Pereira Quirós, mayor, casado una vez, vecino de Bella Vista de Guápiles cédula 6-090-562, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que es terreno con una casa de habitación y jardines, la cual está situada en Bella Vista, distrito primero, del Cantón segundo, de la provincia Limón, que colinda al norte: calle pública con un frente a ella de catorce metros con cincuenta centímetros lineales, sur: Virginia Hernández Castro, este: calle pública con un frente a ella de trece metros con diecisiete centímetros lineales y Ángela Chaves y Emilia Sevilla Torres, y oeste: José Roberto Arroyo Madrigal. Mide: novecientos setenta y dos metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de cien mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. N° 05-100437-0468-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial Zona Atlántica, Guápiles, 9 de mayo del 2006.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—(115871).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rigoberto Navarro Molina, mayor, soltero, agricultor, vecino de Río Cuarto de Grecia, parcela número treinta del Asentamiento La Victoria, cédula número dos-doscientos setenta y cuatro-trescientos tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se les apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2006.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Notario.—1 vez.—(115710).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Óscar Augusto Pinagel Tristán, quien fue mayor de edad, casado una vez, piloto aviador, vecino de Zapote, de la bomba de gasolina, cien metros norte, cincuenta metros este, casa verjas verdes con cédula número uno-dos siete tres-cero ocho cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, Guadalupe, Urbanización Montelimar, ochocientos metros norte y doscientos cincuenta metros oeste, del costado oeste de los Tribunales de Justicia de Guadalupe, a reclamar sus derechos que consideren le asisten y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 15 de diciembre del 2006.—Lic. Manuel Alberto Umaña Torres, Notario.—1 vez.—(115722).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Ramón Ofelio Badilla Chinchilla quien en vida fue mayor, soltero, comerciante, cédula 1-189-393, vecino de Pavas, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 06-000360-0185CI-0 sucesión de Ramón Ofelio Badilla Chinchilla.—Juzgado Sexto Civil de San José, 10 de mayo del 2006.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—(115832).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Manuel Quirós Ramírez, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Retes de Llano Grande, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001875-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de diciembre del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 96005.—(116166).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor José Arturo Vega Fernández, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de número uno-doscientos setenta y nueve-cuatrocientos veintinueve, vecino de Curridabat, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. San José, cuatro de diciembre de dos mil seis. Expediente 01-2006. Notaría del licenciado Guillermo Hernández Barquero, abogado y notario, sita en San José, avenidas ocho y diez, calle veintinueve, edificio ochocientos cincuenta y cuatro, segundo piso.—Lic. Guillermo Hernández Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 96007.—(116167).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión conjunta de Nelly Gamboa Sánchez y Ricardo Ulate Hernández, quienes eran mayores, casados una vez entre sí, la primera de oficios domésticos y el segundo operario, ambos vecinos de Curridabat cien metros norte de la Municipalidad; y cédulas en su orden: uno-doscientos diez-novecientos cincuenta y uno ciento noventa y seis-doscientos setenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2006. Notaría del Lic. Abdenago Barboza Sánchez.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 96023.—(116168).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de Enrique Zeledón Conejo, quien fue mayor, casado de primer matrimonio, empresario, vecino de de barrio Aranjuez de San José, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad uno-ciento cincuenta y siete-novecientos cincuenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2006. Sucesión notarial de Armando Zeledón Conejo. Notaría del licenciado Eugenio Francisco Jiménez Bonilla. Oficina ubicada en San José centro, calle 7, entre avenidas central y primera, Nº 31 N, segundo piso. Fax: 221-3063.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 96027.—(116169).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de Armando Zeledón Conejo, quien fue mayor, viudo de primer matrimonio, empresario, vecino de Sabanilla de Montes de Oca, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad uno-cero noventa y dos-quinientos ochenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto; comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 003-2006. Sucesión Notarial de Armando Zeledón Conejo. Notaría del licenciado Eugenio Francisco Jiménez Bonilla. Oficina ubicada en San José centro, calle 7, entre avenidas central y primera, Nº 31 N, segundo piso, o sea del hotel Balmoral 30 metros al norte. Fax: 221-3063.—San José, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 96028.—(116170).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Santos Cristina Gutiérrez Gutiérrez, quien fuera mayor, viuda una vez, de oficios domésticos, cédula de identidad 5-097-188. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-000588-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 28 de noviembre del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 96034.—(116171).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Domingo Arias López, quien fuera mayor, casado una vez, de oficio comerciante, cédula cinco-doscientos veintitrés- novecientos treinta y uno, vecino de Hatillo Tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2006-100104-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 24 de octubre del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 96036.—(116172).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Luis Arias Molina, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Carrillos de Poás, Alajuela, cédula de identidad Nº 9-027-884. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 06-001947-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de noviembre del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—1 vez.—Nº 96086.—(116173).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafael Antonio Hernández Romero, quien fue mayor de edad, casado una vez, agricultor, portador de la cédula 1-726-357 y vecino de Santa María de Dota, San José, para que comparezcan dentro del plazo de treinta días hábiles a este Despacho a hacer valer sus derechos y se apercibe a quienes crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro del plazo dicho la misma pasará a quien corresponda. Expediente 2006-100120-0243-CI. (Consecutivo 122-06).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 23 de noviembre del 2006.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—1 vez.—Nº 96088.—(116174).
Se cita y emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión del señor Héctor Vargas Mora, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número tres- ciento cuatro- setecientos diez, cuyo último domicilio fue Turrialba, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, para aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que la dirección de esta notaría es: Turrialba, barrio Recope, cincuenta metros al oeste y veinticinco al norte de la Guardería Infantil. Proceso sucesorio en sede notarial, exp. 0001-2006.—Lic. Ligia Gamboa Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 96097.—(116175).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Julio Alberto Tapia Aguirre, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad Nº 8-0001-0610, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 006-2006.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 96166.—(116176).
Se cita a todos los interesados en la sucesión de Mayra Castro Ríos, quien fue mayor, soltera, ejecutiva del hogar, cédula número seis- ciento cincuenta y tres- doscientos sesenta y nueve, vecina de San José, de la Iglesia de San Cayetano, 50 metros norte, casa de verjas rosadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de este término la herencia pasará a quienes corresponda.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Golfito, 23 de febrero del 2005.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—1 vez.—Nº 96190.—(116177).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el señor Hal Leonardo Ceba Salazar, mayor de edad, viudo de sus únicas nupcias, Arquitecto, vecino de Curridabat, de la esquina suroeste de la Iglesia Católica, cien metros sur y veinticinco metros este, titular de la cédula de identidad número cinco - cero setenta y cuatro - novecientos cincuenta y dos, a las diez horas del veinticinco de noviembre de dos mil cuatro, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Cinthya Cecilia Ceba Segura, mayor de edad, soltera, estudiante, vecina de Curridabat, de la esquina suroeste de la Iglesia Católica, cien metros sur y veinticinco metros este, titular de la cédula de identidad número uno - seiscientos noventa y cuatro - novecientos setenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Gladys Marín Villalobos, avenida diez, entre calles once y trece, bufete Alfaro y Asociados. Teléfono 257-3019.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 96232.—(116178).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rosa María Arce Chaves, mayor, costarricense, casada una vez, educadora, vecina de Puntarenas, Barranca, de la entrada de Santa Rosa, trescientos metros sur y veinticinco metros este, con cédula de identidad número seis - ciento dieciséis - doscientos cincuenta y tres, otorgada en Puntarenas, a las veintidós horas del dos de noviembre del dos mil seis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Evangelina Chaves Cubero, mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, vecina de la misma dirección de la otorgante, portadora de la cédula de identidad número; dos - cero sesenta y siete - cinco mil ciento cincuenta y ocho, hija de Pedro Chaves y Petronila Cubero, fallecido el seis de noviembre de mil novecientos noventa y seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edgar Guardiola Aguirre. Dirección notaria Puntarenas, setenta y cinco metros sur Casa de la Cultura, teléfono; seiscientos sesenta y uno - treinta y uno - treinta y cuatro, fax seiscientos sesenta y uno - cincuenta y cinco - setenta y cuatro.—Lic. Edgar Guardiola Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 96236.—(116179).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Silvia María Vargas González, a las catorce horas del seis de diciembre del dos mil seis, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Miguel Ángel Vargas Fernández. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Alexis Salazar Torres, San Vito, Coto Brus, Puntarenas, detrás del Almacén El Gallo más Gallo. Teléfono: 773-0007.—Lic. Alexis Salazar Torres, Notario.—1 vez.—Nº 96266.—(116180).
Licenciado Manuel Rodríguez Carrillo, Juez del Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, a Construcciones y Estructuras Mata S. A., e Inversiones Metálicas Sociedad Anónima, se le hace saber que en demanda ordinario laboral, establecida por Julio Alberto Hernández Sánchez contra Construcciones y Estructuras Mata S. A., e Inversiones Metálicas S. A., se ordena notificarle por edicto, la sentencia, que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia Nº 3956. Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, a las diecisiete horas tres minutos del veinticinco de setiembre del dos mil seis. Juicio ordinario laboral seguido por Julio Alberto Hernández Sánchez, mayor, casado, soldador, con cédula 1-403-1195, vecino de Curridabat, contra Construcciones y Estructuras Mata Sociedad Anónima e Inversiones Metálicas Sociedad Anónima, la primera con cédula jurídica 3-101-176508 y la segunda con cédula jurídica 3-101-176621, ambas representadas por el señor Jorge Enrique Mata Álvarez, con cédula 1-363-755, quien es el presidente de ambas sociedades, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial. Resultando:... Considerando:... Por tanto: De conformidad con lo expuesto se declara parcialmente con lugar, la presente demanda incoada por Julio Alberto Hernández Sánchez, contra Construcciones y Estructuras Mata Sociedad Anónima e Inversiones Metálicas Sociedad Anónima, ambas representadas por el señor Jorge Enrique Mata Álvarez. Se condena a las sociedades demandadas solidariamente a pagar a favor del actor lo siguiente: preaviso un mes por la suma de ¢103.125,00; cesantía: por este concepto debe pagar la suma de ¢666.050,00; vacaciones: por este rubro se le deben pagar 3.48 días, por una la cantidad de ¢12.514,08; aguinaldo: por este extremo se debe pagar la suma de ¢37.789,16; intereses: en tal estado de cosas, se condena a la empresa demandada al pago de los intereses legales sobre las sumas concedidas, a partir de la fecha de despido y hasta su efectivo pago, al tipo legal establecido en el artículo 1163 del Código Civil y sus Reformas, los cuales se liquidarán en la etapa de ejecución de sentencia. Se rechaza el extremo de daños y perjuicios, según se expuso líneas arriba. Son ambas costas de la presente acción a cargo de la sociedad accionada, fijándose las personales en un veinte por ciento del total de la condenatoria. Se advierte a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso. (Artículos 500 y 501 incisos c) y d); Votos de la Sala Constitucional números 5798, de las 16:21 horas, del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas del 23 de febrero de 1999 y Voto de la Sala Segunda número 386, de las 14:20 horas, del 10 de diciembre de 1999). Publicado en el Boletín Judicial número 148 del viernes tres de agosto del 2001, circular de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia número 79-2001. Notifíquese esta resolución a la demandada en forma personal a su representante o en su domicilio social.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1º de noviembre del 2006.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez y Manuel Rodríguez Carrillo, Jueces.—1 vez.—(114667).
Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber; al señor Kenneth Geovanny Langel Guido que en el expediente Nº 05-400584-421-FA.1 (1) que en proceso abreviado de separación judicial por Martha Isabel Restrepo Olaya contra Kenneth Giovanni Langel Guido, se han dictado la resolución que en lo conducente dicen: Sentencia N° 863-06, Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las quince horas del treinta de noviembre del dos mil seis. Proceso abreviado de separación judicial promovido por Martha Isabel Restrepo Olaya, mayor de edad, casada, colombiana, comerciante, vecina de Puntarenas, barrio El Carmen, restaurante Aloha, 75 metros al norte, cédula de residencia N° PCC 21556045, contra Kenneth Giovanni Ángel Guido, mayor, casado, mecánico, vecino de San José, cédula de identidad Nº 1-966-296. Se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: I.—… II.—… Considerando: I.—Hechos probados: … II.—Sobre el fondo: … Por tanto: se declara con lugar el presente proceso abreviado de separación judicial promovido por Marta Isabel Restrepo Olaya contra Kenneth Giovanni Langel Guido y se establece lo siguiente: 1) La separación judicial entre las partes aquí litigantes, por la causal de abandono voluntario y malicioso cometida por el cónyuge Langel Guido. 2) Estando casada la actora tuvo una hija, Isabella María que nació cobijada por la presunción de hija matrimonial. 3) Para el caso de que los cónyuges hubiesen adquirido bienes con el carácter de ganancial, corresponde a cada uno el derecho de participar del cincuenta. por ciento de su valor neto. 4) Se falla sin especial condenatoria en costas. Siendo que la separación judicial no disuelve el vínculo matrimonial subsiste el deber de fidelidad y mutuo auxilio entre las partes. Una vez firme este fallo inscríbase el mismo al margen del asiento de inscripción del matrimonio de las partes, en el Registro Civil, provincia de San José, al tomo cuatrocientos cuarenta y cuatro, folio trescientos setenta y dos, asiento setecientos cuarenta y cuatro. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 18 de diciembre del 2006.—Lic. Ana Lorena Blanco Bonilla, Jueza.—1 vez.—(115258).
A quien interese, se hace saber, que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Luis Méndez Marenco contra El Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad e ilegalidad de la resolución N° 2368-06 DM, dictada por el Ministerio de Seguridad Pública, Despacho del Ministro, de las diez horas veintitrés minutos del cuatro de agosto del año dos mil seis, se condene a la accionada en abstracto al pago de los daños y perjuicios ocasionados y las costas de la presente acción, así como al pago de los salarios dejados de percibir. Se advierte a los interesados el derecho que tienen. de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 06-001006-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(115259).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Ana Giselle Jiménez Meléndez contra El Estado, Mario Araya Cascante. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare con lugar la presente demanda. Que se me devuelva en forma inmediata mi propiedad, la cual es el bienestar de mis hijos y por ende se inscriba el derecho correspondiente a mi nombre como tiene que ser. Que se condene a los demandados en forma solidaria al pago de cuarenta millones de colones que corresponden a lucro cesante, devaluación de la propiedad y daño moral. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 05-001093-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial Goicoechea, San José, 6 de abril del 2006.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—1 vez.—(115261).
Paradigma Construcción Limitada, cédula jurídica 3-102-360780, representada por su gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma el señor Eric Todd Neuvert de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado dos veces, gerente con cédula de residencia temporal número 184000034332, inscribe a nombre de su representada ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno con un área de montaña de aproximadamente nueve hectáreas y con un área destinada a repasto de dos hectáreas. Situado: Las Trenzas distrito primero: Golfito, cantón sétimo: Golfito de la Provincia de Puntarenas. Mide once hectáreas siete mil novecientos veintinueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Linda: norte, Quebrada en medio y Rocina de Los Ángeles, Luis Guillermo, Elicia, Alba, Jorge Alberto todos de apellidos Blanco Pinto y María Elicia Pinto, sur; Antonio Campos Campos y Paulino Robles Sandí, este, Paulino Robles Sandí y Rocina de Los Ángeles, Luis Guillermo, Elicia, Alba, Jorge Alberto todos de apellidos Blanco Pinto y María Elicia Pinto; oeste, Antonio Campos Campos. Plano Catastrado número P-531234-1998. Se estima en la suma de dos millones de colones el inmueble y en la suma de tres millones de colones las presentes diligencias. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Notifíquese. Diligencias de información posesoria, expediente Nº 06-000162-419-AG (218-2-06), promueve Paradigma Construcción Limitada.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez Agrario.—1 vez.—Nº 95806.—(115629).
Licenciada Ruth Mayela Morera Barboza, Jueza del Juzgado de Familia de San Ramón; hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso insania de Carlos Antonio Vega Villalobos, bajo el expediente N° 06-000145-0688-FA donde se dictó la sentencia que en lo conducente dice: sentencia N° 163-06-R. Juzgado de Familia de San Ramón. A las diez horas y treinta y siete minutos del veinticinco de octubre de dos mil seis. Proceso de actividad judicial no contenciosa de insania promovido por Brunilda Vásquez Pacheco mayor, casada, de oficios del hogar, vecina de Palmares, cédula 0201580446 a favor de su esposo el señor Carlos Antonio Vega Villalobos mayor, casado, vecino de Palmares cédula 0201460087. Se dio parte a la Procuraduría General de la República. Resultando: 1º—.... 2º—…. 3º—…. Considerando: I.—Hechos Probados:…. II.—Sobre el fondo:… III.—…, IV.—…., V.—Costas:…Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Brunilda Vásquez Pacheco, se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de insania del señor Carlos Antonio Vega Villalobos. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil. 3) Se nombra como curadora de don Carlos Antonio a su esposa la señora Brunilda Vásquez Pacheco a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 4). El curador designado deberá levantar un inventario de todos los bienes del insano en el plazo de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo. 5) Con el fin de que la curadora represente a su esposo en los asuntos judiciales en los que ésta se halle interesada, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 6) Una vez que la curadora presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su administración. 7) La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que su esposo adquiera o recobre su capacidad mental cuando ello fuese factible. 9) Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio del inhábil. 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Ruth Mayela Morera Barboza. Juez(a). Lo anterior se ordena así en proceso insania expediente N° 06-000145-0688-FA.—Juzgado de Familia de San Ramón, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Ruth Mayela Morera Barboza, Jueza.—1 vez.—Nº 95761.—(115645).
Se avisa al señor Carlos Eduardo Hidalgo Solís que la señora Graciela Meza Guevara interpuso ante este despacho proceso abreviado de divorcio, expediente 2006-001089-186-FA en su contra, para que en sentencia se declare el divorcio entre ambas partes y se le condene al demandado al pago de ambas costas del proceso.—Juzgado Primero de Familia de San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Nº 95811.—(115646).
Se hace saber que en este Juzgado se ha establecido la diligencia de declaratoria de ausencia de Ronny Epifanio Villalobos Álvarez, mayor, soltero, chofer, vecino de San José, de la iglesia de Barrio San Cayetano cien metros al oeste y setenta y cinco metros al norte, cédula de identidad número seis-doscientos cuarenta y uno-cero noventa y siete, promovidas por Dionicia Álvarez Chévez, de conformidad con el artículo 872 del Código Procesal Civil. Exp. N° 05-000401-0185-CI declaratoria de ausencia de Ronny Epifanio Villalobos Álvarez.—Juzgado Sexto Civil de San José, 2 de noviembre del 2006.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 95843.—(115647).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora María Dolores Víquez Herrera, titular de la cédula de identidad N° 4-049-200, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Virginia Víquez Bolaños. Expediente N° 06-002171-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 27 de noviembre del 2006.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 95898.—(115648).
Se avisa que en este Despacho los señores Lesmes Manuel Agüero Ramírez e Irma Adriana Sánchez Calvo solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor de edad: Ramses Aarón Quirós Rojas. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 06-00488-0673-NA. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de noviembre del 2006.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 95903.—(115649).
En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, se está tramitando proceso ordinario por daños y perjuicios contra la Municipalidad de Vázquez de Coronado, bajo el expediente N° 06-000928-163 CA. Promoventes: Flor de María y María de los Ángeles Méndez Aguilar.—Guadalupe, Goicoechea, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Natalia Sarmiento Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 95935.—(115650).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la insania, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Tomás Moreno Valerín, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta-cero veintiséis, vecino de Playas Potrero, Santa Cruz, Guanacaste, seiscientos metros al norte de la iglesia católica. Expediente N° 06-000232-0776-FA.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 1° de diciembre del 2006.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—1 vez.—Nº 95962.—(115651).
Se avisa que en este despacho el señor Mario Alberto Ocampos Corella, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor Yariela Michelle Mora Méndez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 06-000458-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de noviembre del 2006.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 95968.—(115652).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania presentado por Carlos Alberto Ortiz Amador, a favor de la presunta insana Josefina Ledezma Ortiz. Donde tiene como pretensión que se declare insana a la señora Josefina Ledezma. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y treinta y nueve minutos del trece de diciembre de dos mil seis. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de insania, de las cuales se confiere audiencia por el plazo de tres días a la Procuraduría General de la República. Practíquesele a la presunta insana Josefina Ledezma Ortiz, una valoración por parte de la Sección de Psiquiatría Forense del Organismo de Investigación Judicial, que abarque los extremos a que se refiere el artículo 848 del Código Procesal Civil. Comuníquese. Se nombra a Carlos Alberto Ortiz Amador como curador procesal provisional con el fin de que represente en este proceso a la presunta insana; en conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia y a quien se le previene comparecer a este Despacho, dentro del plazo de cinco días, a aceptar y jurar el cargo, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se comunicará lo pertinente a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial y se nombrará otro profesional. Notifíquesele esta resolución a la Procuraduría General de la República se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial. Expediente Nº 06-001122-0164-CI.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de diciembre del 2006.—Lic. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—(115667).
La Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Swanner Roy Joe Mc Caleb, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 06-000462-0165-FA donde se dictó la resolución que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea. A las catorce horas y treinta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil seis. De la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante María del Carmen Jaubert Cedeño se confiere traslado a la accionado Swanner Roy Joe Mc Caleb, esto por medio de su curador procesal, el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución al demandado Swanner Roy Joe Mc Caleb personalmente o en su casa de habitación. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, a su vez se decreta medida de saneamiento, Artículo N° 315 del Código Procesal Civil, en el tanto de que previo a tener por asumida la representación del señor Roy Joe Mc Caleb Swanner y con vista de los folios números 3, 4 y 5, se ordena emitir, atentos oficios a la Sección de Planillas de la Caja Costarricense de Seguro Social y al Registro Público, con la finalidad de que la primera institución brinde datos si el señor Roy Joe Mc Caleb Swanner aparece como patrono y/o asalariado y la segunda indique si el señor posee apoderado dentro del país. Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza. Lo anterior se ordena así en Proceso de Divorcio de María del Carmen Jaubert Cedeño contra Swanner Roy Joe Mc Caleb; expediente N° 06-000462-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del 2006.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—(115721).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jorge Araham Muñoz Leitón, de veintiséis años de edad, soltero, comerciante, costarricense, con cédula de identidad, Nº 1-1066-0936, vecino de Bijagua de Upala, en el asentamiento Carlos Vargas, nativo de Central, San José, el día veintiuno de abril de mil novecientos ochenta, hijo de Isidro Muñoz Porras y de Ramona Leitón Bolaños, ambos costarricenses, y Nuria Salas Vega, de veintiséis años de edad, soltera, del hogar, costarricense, con cédula de identidad Nº 5-0317-0934, vecina de Bijagua de Upala en el asentamiento Carlos Vargas, nativa de centro de Liberia, Guanacaste, el día diecinueve de setiembre de mil novecientos ochenta, hija de Juan José Salas Vega y de María Elena Vega Varela, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para que este matrimonio se lleve a cabo, debe manifestarlo ante este despacho en el término de ocho días hábiles, después de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional M. Cuantía de Upala,_7 de diciembre del 2006.—Lic. Gustavo Alvarado Sánchez, Juez.—1 vez.—(115314).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Juan Carlos Quintana Jaen, mayor, soltero, vecino de San Diego de Tres Ríos, urbanización Yeny, casa 143, operario 2, hijo de Alejandro Quintana Flores y Marina Jaen Álvarez, nacido en Alajuela, cantón San Carlos, el 5 de diciembre de 1976, con 30 años de edad, cédula de identidad Nº 2-518-585; y Seidy Edith Fuentes Montoya, mayor, soltera, vecina del mismo domicilio que el anterior, ama de casa, hija de Edith Montoya Ureña y Alberto Fuentes Quesada, nacida en San José, el 9 de julio del año 1966, actualmente con 40 años de edad, cédula de identidad Nº 1-679-774. Lo anterior se ordena así en proceso de solicitud de matrimonio, expediente Nº 06-001823-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 15 de diciembre del 2006.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 95948.—(115653).
Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil Ronald Pérez Céspedes, de treinta años de edad, soltero, mecánico, costarricense, cédula Nº 6-277-905, hijo de Ómer Pérez Molina y Miriam Céspedes Cortés, nativo de San Vito, Coto Brus, Puntarenas el dieciséis de agosto de mil novecientos setenta y seis; y Yesenia Morales Marín, de veintitrés años de edad, soltera, del hogar, costarricense, cédula Nº 6-333-833, hija de Bernardo Morales Rojas y Zelmira Marín Oses, nativa de Golfito, Puntarenas, el once de octubre de mil novecientos ochenta y tres, ambos vecinos de La Libertad de San Vito, Coto Brus, 200 metros este de la entrada, casa de madera color verde. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de Familia. Lo anterior en expediente Nº 06-100056-441-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 12 de diciembre del 2006.—Lic. Diana Vargas Badilla, Jueza.—1 vez.—Nº 95961.—(115654).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Richard Espinoza Sáenz, mayor, de veintiún años de edad, soltero, de oficio operador, hijo de Ricardo Espinoza Sáenz y de Ana Sáenz Soto, cédula de identidad Nº 1-1237-0834 la cual nota vigente y le es devuelta en el acto, vecino de Alajuelita, San Felipe, del Bar Fitos 125 metros al sur, casa con portón verde, y la segunda solicitante: Hazel Ortega Mena, mayor, de veinte años de edad, soltera, de oficio ama de casa, hija de Gerardo Ortega Valverde y Daysi Mena Sánchez, vecina de la misma dirección, cédula de identidad Nº 1-1288-0154. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para la realización de este acto, deberá comunicarlo a este Despacho, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita, 13 de diciembre del 2006.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Juez.—1 vez.—(115707).
Los contrayentes Greinvin Gerardo Muñoz Fernández, cédula número tres-trescientos sesenta y dos-cero noventa y siete, mayor, soltero, operario y Yendri Elizondo Jiménez, mayor, soltera, operaria, cédula número tres-cuatrocientos veintidós-novecientos cincuenta, desean contraer matrimonio civil a celebrarse el 27 de enero del 2007, en la notaría de la licenciada María del Pilar Araya Céspedes, sito: Tejar del Guarco, Cartago, diagonal Banco Nacional de Costa Rica.—Cartago, 20 de diciembre del 2006.—Lic. María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1 vez.—Nº 96165.—(116186).
Ante esta notaría, se apersonan los señores Gorin Michael Anthony, mayor, soltero, de nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte norteamericano Nº 047766851, el cual se encuentra vigente, y la señora Xiomara Lisbeth Alvarado, mayor, soltera, de nacionalidad nicaragüense, quien porta pasaporte vigente de Nicaragua, Nº C-1166003, ambos con un solo apellido por la nacionalidad que gozan, quienes manifiestan su libre y expresa voluntad de contraer matrimonio civil, el cual se realizará el día once de enero del dos mil siete, a las veinte horas en esta notaría, la cual sita: 75 metros al oeste del Instituto Nacional de Seguros, Corporación Jurídica Emaro. Por lo que se convoca a los interesados para que se apersonen ante este despacho en el caso de que deseen hacer valer sus derechos.—Lic. Carlos Alberto Roverssi Rojas, Notario.—1 vez.—(116306).