Boletín Judicial Nº 18
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Nicoya de la provincia de Guanacaste.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Nicoya, de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el cinco de febrero del dos mil siete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, 10 de enero del 2007
Luis Barahona Cortés
(2726). Subdirector Ejecutivo
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Esparza de la provincia de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Esparza, de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el dos de febrero del dos mil siete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, 10 de enero del 2007
Luis Barahona Cortés
(2754). Subdirector Ejecutivo
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
LA DEFENSA PÚBLICA
Y EL DEPARTAMENTO DE PERSONAL DEL PODER JUDICIAL
Invitan a participar en el:
CONCURSO 01-2007
Para los cargos de defensor público que se indican a continuación:
Defensor público, requisitos:
58 Plazas 1. Licenciatura en Derecho
2. Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica.
3. Alguna experiencia en labores profesionales
relacionadas con el cargo (un año).
4. Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del
Poder Judicial, directrices del Despacho
y demás disposiciones vigentes.
Defensor público coordinador, requisitos:
2 Plazas 1. Licenciatura en Derecho.
2. Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica
3. Experiencia en supervisión de personal (año y medio)
4. Experiencia en tramitación de asuntos judiciales,
(año y medio).
5. Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del
Poder Judicial, directrices del Despacho
y demás disposiciones vigentes.
Defensor Público Supervisor *** Requisitos:
4 Plazas 1. Licenciatura en Derecho.
2. Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica.
3. Experiencia en supervisión de personal (año y medio).
4. Experiencia en tramitación de asuntos judiciales,
(año y medio).
5 Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del
Poder Judicial, directrices del Despacho
y demás disposiciones vigentes.
*** La persona designada en esta plaza mantiene su puesto en propiedad. El nombramiento es por dos años, lo anterior de conformidad con el acuerdo del Consejo Superior sesión ordinaria Nº 96-95, celebrada el 05-12-95, Atr. LXXXVI.
Los cargos son en propiedad en la defensa pública.
NOTAS IMPORTANTES:
1- Para todos los efectos, los oferentes deben indicar en el formulario de inscripción, el medio para recibir notificaciones. En el caso de no señalar un número de fax o correo electrónico activos, se exime de toda responsabilidad a la Sección de Reclutamiento y Selección y se tendrá por notificado 24 horas después de emitida la comunicación. (Art. 12, Ley de Notificaciones y Citaciones).
2- Cualquier cambio posterior, el oferente deberá comunicarlo por escrito a la Sección de Reclutamiento y Selección.
3- Al oferente que acepta someterse voluntariamente a un concurso, en el que deba prestarse servicio en un lugar distante a su domicilio legal, no le corresponde el pago de zonaje, ya que se cuenta con su anuencia, al aceptar las condiciones y características de la ubicación geográfica del puesto.
4- Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 artículo XXVI, se dispuso que por política de ese Consejo, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas, a las 5:00 horas del día siguiente.
5- El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.
6- Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.
7- Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar la terna, valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Personal. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, artículo V).
Inscripciones:
Las personas interesadas en participar deben entregar el formulario “Oferta de Servicios y el documento “Boleta de Inscripción Concurso 01-2007”. debidamente llenos y presentarlos en la recepción de la Sección de Reclutamiento y Selección del Departamento de Personal, situada en el tercer piso del edificio del O.I.J. de San José, de las 7:30 a. m., a las 12:00 m. d., y de 1:00 p. m., a las 4:30 p. m., de lunes a viernes.
La Oferta de Servicios puede obtenerla en la oficina antes indicada o bien en las direcciones electrónicas señaladas en el último párrafo. En caso que accedan a la oferta de servicios electrónica, deberán imprimirla, completarla a manuscrito y presentarla antes del cierre de la convocatoria, aportando todos los documentos que se requieran, la oferta no se recibirá por fax.
Si ya aportó la oferta de servicios, solamente debe presentar la boleta de inscripción en la oficina que se indicó o mediante el fax 295-4288.
Las boletas de inscripción recibidas después de la fecha y hora de cierre indicadas en este aviso, se rechazarán por extemporáneas.
Para mayor información sobre la ubicación de las plazas, la boleta de inscripción, oferta de servicios y las instrucciones de cómo llenarla, los puede obtener en las siguientes direcciones electrónicas:
Para empleados del Poder Judicial:
Intranet/personal/concursos/Defensores.htm
Para personas externas a la Institución:
www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos/Defensores.htm
Apertura de inscripciones: al de enero del 2007.
Cierre de inscripción: 9 de febrero del 2007.
Hora de cierre: 4:30 p. m.
En caso de duda comunicarse al teléfono 295-3590, o al correo electrónico: jarcec@poder-judicial.go.cr o fzamora@poder-judicial.go.cr
San José, 17 de enero del 2007.—Sección de Reclutamiento y Selección, Lic. Ricardo Cordero Hernández, Jefe.—Departamento de Personal, MBA. José Luis Bermúdez Obando, Subjefe.—1 vez.—(4917).
A la señora Beatriz Ledesma Sánchez, de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por el señor Danny Alonso Vargas Ocampo, representado por su apoderado generalísimo sin límite de suma Luis Diego Vargas Ocampo, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por la Corte del Circuito del 11Avo. Circuito Judicial en y para el Condado de Miami-Dade, Florida, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: Res. 000905-E-06 Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, San José, a las nueve horas del diecisiete de noviembre del dos mil seis. Diligencias para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio, establecidas por Danny Alonso Vargas Ocampo, comerciante, vecino de Miami, Florida, Estados Unidos de América, representado por su apoderado generalísimo sin límite de suma Luis Diego Vargas Ocampo, soltero, administrador de empresas, vecino de Heredia; contra Beatriz Ledesma Sánchez, ciudadana cubana con pasaporte de su país Nº 171062401314, de calidades y domicilio ignorados. Figura además, como curador de la demandada, el Lic. Carlos Chaverri Negrini, abogado, de estado civil no indicado. Todos son mayores de edad y con las salvedades hechas, divorciados. Resultando 1º—…; 2º—….; 3º—…; 4º—…; Considerado I.— II.—... III.—... IV.—... Por tanto: Se concede el exequátur y se autoriza a la parte interesada para que, con certificación de la ejecutoria y de la presente resolución, gestione lo que corresponda ante el Registro Civil. Publíquese una vez en el Boletín Judicial la parte dispositiva de este fallo.—Anabelle León Feoli, Román Solís Zelaya, Óscar Eduardo González Camacho, Stella Bresciani Quirós, Cristina Víquez Cerdas.
San José, 17 de noviembre del 2006.
Francisco Bolaños Moreira
1 vez.—99356.—(4763) Notificador
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Dominga Gómez Brenes, cédula 3-091-766, fallecida el día 24 de noviembre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Pensión Régimen No Contributivo, Aguinaldo Proporcional, pensión del mes de diciembre del año 2006, y los saldos disponibles que se encuentren en la cuenta de ahorros de la fallecida bajo el expediente número 06-002420-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Exp. N° 06-002420-0173-LA. Promovido por María de los Ángeles Masís Gómez a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2006.—Lic. Alexánder Castillo Aguilar, Juez.—1 vez.—(4438).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Milton José Borge Peña, cédula de residencia 135-RE-073144-00-1999, fallecido el día 26 de octubre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones Legales bajo el expediente número 06-002421-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 06-002421-0173-LA. Promovido por Reyna Inecilia Serrano Maradiaga a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2006.—Lic. Édgar Jesús Leal Gómez, Juez.—1 vez.—(4439).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilson Quesada Arguedas, cédula 3-234-500, fallecido el día 31 de enero del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 06-002230-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 06-002230-0173-LA. Promovido por Nuria Mayela Azofeifa Bermúdez a favor de los causahabientes del fallecido. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de diciembre del 2006.—Lic. Édgar Jesús Leal Gómez, Juez.—1 vez.—(4440).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Jorge Quirós Lau, quien fue mayor, casado, analista de granos, vecino de San Martín de Alajuela, Urbanización Saborío, con cédula de identidad número 6-0067-0374, se les hace saber que: Ana María Méndez Arias, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-0322-0004, vecina de San Martín de Alajuela, Urbanización Saborío, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jorge Quirós Lau, expediente número 06-000682-0639-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de diciembre del 2006.—Lic. Jorge Mario Soto Álvarez, Juez.—1 vez.—(4441).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Rolando Fallas Segura, quien fue mayor, casado, inspector de trabajo, vecino de San Juan de San Ramón, del Hogar de Ancianos segunda entrada a mano izquierda, setenta y cinco metros, con cédula de identidad número 3-188-562, se les hace saber que: Enilson Fallas Jiménez, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-1112-690, vecino de San Juan de San Ramón, se apersonó en este Despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rolando Fallas Segura, expediente número 07-000002-0694-LA.—Juzgado de Trabajo de San Ramón, 8 de enero del 2007.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—1 vez.—(4442).
Se cita y emplaza a todas aquellas personas que en su condición de causahabientes de quien en vida se llamó German Gerardo Jiménez Bejarano, quien fue mayor, casado, guardia rural, con cédula (2-248-415) dos-doscientos cuarenta y ocho-cuatrocientos quince; y vecino de Pérez Zeledón, que se crean con derecho a las sumas que deben de depositar a este Tribunal como ahorro obligatorio y voluntario; a comparecer dentro de ocho días a partir de la publicación de este edicto, a este Despacho, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere dentro de ese término, lo depositado lo distribuirá el suscrito Juez de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp. Nº 06-300163-0857-LA-8 N° 165-06-1 Diligencias de devolución de cuotas del trabajador fallecido German Gerardo Jiménez Bejarano, promueve: Reina Elizondo Vargas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 19 de diciembre del 2006.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—1 vez.—(4443).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermo Brenes Torres, quien fue mayor, viudo, pensionado, cédula número 3-119-565, vecino de Cartago, fallecido el 3 de octubre del 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 06-000393-0703-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 06-000393-0703-LA (D) de Guillermo Brenes Torres promovido por Ana Paulina Brenes Quesada.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 8 de enero del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—(4444).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosalba Méndez Rojas, quien fue mayor, viuda, empresaria, cédula número 3-219-992, quien falleció el quince de julio del dos mil seis, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral bajo el número 06-000390-0703-LA-C, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 06-000390-0703-LA-C devolución de Fondo de Capitalización Laboral a favor de José Rafael González Méndez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 9 de enero del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—(4445).
Se cita y emplaza a los que en carácter de cahusabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Amado Vargas Madrigal, cédula Nº 2-090-7965, quien fuera mayor, de 89 años de edad, viudo, pensionado y vecino de Piedades de Santa Ana, Calle Macho Madrigal, de la entrada 800 metros al sur, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación del este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de consignación de cuotas de trabajador fallecido, expediente Nº 06-300049-0242-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Santa Ana, 8 de enero del 2007.—Lic. José Bernal Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—(4446).
A los causahabientes de quien en vida se llamó, Rafael Ángel Gómez Juárez, quien fue mayor, casado, vecino de San Ramón, con cédula de identidad número 05-0164-0568, se les hace saber que Olga Lidia del Socorro Villegas García, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 02-0384-0169, vecina de San Ramón, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el Artículo N° 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rafael Ángel Gómez Juárez, expediente número 07-000001-0694-LA.—Juzgado de Trabajo de San Ramón, 8 de enero del 2007.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—1 vez.—(4447).
Por el término de ocho días, se cita y emplaza a los causahabientes de la trabajadora fallecida Vilma Nicundano Gutiérrez, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 4-192-217, vecina de Tres Rosales, Puerto Viejo, para que se apersonen en estas diligencias de Devolución de Prestaciones de la trabajadora fallecida a favor del causante, establecida por Candelaria Gutiérrez Jarquín, quien es mayor, casada, nicaragüense, del hogar, portadora de la cédula de residencia número 270-149070-083567 y vecina de Puerto Viejo, Tres Rosales, bajo los apercibimientos de que si no lo hicieren el importe será entregado de conformidad con el Artículo N° 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 06-000095-0377-LA.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, Puerto Viejo, 19 de diciembre del 2006.—Lic. María del Carmen Vargas González, Jueza.—1 vez.—(4448).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeremías Gerardo Morales Paniagua, fallecido el 27 de marzo del 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el número 06-000272-0810-LA-5, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el Artículo N° 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 06-000272-0810-LA-5. Por Surleye Arceli Carballo Rodríguez a favor de Jeremías Gerardo Morales Paniagua.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 7 de diciembre del 2006.—Lic. Kathya Campos Marín, Jueza.—1 vez.—(4449).
A los causahabientes de quien en vida se llamó, Humberto Villanueva Carvajal, quien fue mayor, casado, maestro de primaria, vecino de Barrio San José de Alajuela, con cédula de identidad número 6-050-079, se les hace saber que Margarita Salas Araya, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-256-114, vecina de Barrio San José de Alajuela, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge sobreviviente del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el Artículo N° 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Humberto Villanueva Carvajal, expediente número 06-000667-0639-LA-l.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de diciembre del 2006.—Lic. Jorge Mario Soto Álvarez, Juez.—1 vez.—(4450).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Luis Ángel Orozco Montero, quien fue casado, operario de construcción, portó la cédula 2-333-914, y falleció el 20 de abril del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 06-000106-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 06-000106-0692-LA a favor de María Isabel Orozco Rojas.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Ramón, 11 de enero del 2007.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(4451).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Marco Bonilla Calvo, quien fue mayor, casado, oficial de tránsito, vecino de Cartago, con cédula de identidad número 0105620162, se les hace saber que: Marco Bonilla Valerín, portador de la cédula de identidad o documento de identidad número 0303730193, vecino de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Marco Bonilla Calvo, expediente número 06-000868-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 21 de diciembre del 2006.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(4452).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Juan de Dios Cordero Gamboa, quien fue mayor de edad, casado una vez, vecino de Linda Vista de La Unión de Cartago, con cédula de identidad número 1-341-705, se les hace saber que: Romelia Padilla Abarca, portadora de la cédula de identidad número 1-369-406, vecina de Río Azul de La Unión de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan de Dios Cordero Gamboa, expediente número 06-000309-0703-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Cartago, 10 de enero del 2007.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(4453).
Se tiene por establecidas las presentes diligencias de devolución de ahorro fallecido Sadi Arteaga Gutiérrez, con cédula 2-516-732, quien fue trabajador de la Finca Bananera de Súper Amigo, Sixaola, Daytona, se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial, a efecto de que quienes se consideren con derechos en este asunto, se apersonen ante este Despacho, en el expediente N° 06-300046-0478-LA, para hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el edicto de ley. Exp. Nº 06-300046-0478-LA.—Juzgado de Bribrí, Talamanca, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Danilo González Villalobos, Juez.—1 vez.—(4454).
Se tiene por establecidas las presentes diligencias de consignación de pago de aguinaldo y vacaciones del trabajador fallecido Dionicio Ábrego Castillo, con cédula Nº 002-RE5880-00-1999, quien fue trabajador de la Finca Bananera de Zabala, Talamanca, vecino de Bambú. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial a efecto de que quienes se consideren con derechos en este asunto, se apersonen ante este Despacho, en el expediente Nº 06-300045-0478-LA, para hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Bribrí, Talamanca, a las ocho horas con diez minutos del cuatro de diciembre del dos mil seis.—Lic. Danilo González Villalobos, Juez.—1 vez.—(4455).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las diez horas cuarenta y cinco minutos, del doce de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de dos millones setecientos cincuenta y tres mil seiscientos sesenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo marca: Hino, estilo: FB, categoría o registrada, capacidad: 3 personas, año: 1986, carrocería: caja cerrada o furgón, color: blanco, chasis: FB112S-10010, combustible: diesel, placas: CL 088129. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Prendario. Expediente N° 06-001674-181-CI de Transportes América S. A., contra Alcides Castillo Rodríguez.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de diciembre del 2006.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(4000).
A las nueve horas del veintisiete de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de paso inscrita al tomo 338, asiento 15.024 secuencia 900, con la base de quince mil ciento cincuenta y siete con noventa y cinco unidades de desarrollo que equivalen al día 17 de abril del 2006, en la suma de siete millones trescientos sesenta y dos mil quinientos cuatro colones con treinta céntimos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matrícula ciento tres mil novecientos setenta y ocho cero cero cero, que es terreno de solar con una casa, sito en el distrito primero Siquirres, cantón tercero, Siquirres de la provincia de Limón.- Linda: al norte y al este con Bolívar Solís Elizondo; al sur, con Ruth Pérez Solano, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de ocho punto dos metros. Mide: doscientos un metro con cincuenta y tres decímetros cuadrados, según plano catastro L-setecientos cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y siete-dos mil uno. La finca pertenece a Alban Ricardo Castrillo Castillo.- Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 06-100106-341-CI-111-A del Banco de Costa Rica contra Alban Ricardo Castrillo Castillo y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 10 de enero del 2007.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 98963.—(4316).
A las nueve horas del ocho de marzo del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro mil cincuenta dólares, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número treinta y tres mil ochocientos catorce-cero cero dos; que es terreno con una casa, situado en distrito primero Atenas, cantón quinto Atenas de la provincia de Alajuela. Lindantes: norte, calle pública con doce metros, setenta y tres centímetros y Jorge Ovares; sur, Daniel Chávez Ruiz, Berta Ovares; este, Daniel Chaves Ruiz, Jorge Ovares; y al oeste, Bernando Carvajal. Mide: seiscientos cuarenta metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Adolfo Arguedas Gonzaga. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario 03-100631-188-CI (660-03-R-4), de Airlin Liulin Sandí Monge contra Juan Adolfo Arguedas Gonzaga.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 3 de noviembre del 2006.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 98974.—(4318).
A las diez horas, treinta minutos del veintidós de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de trece mil trescientos noventa y un dólares, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintinueve mil quinientos trece-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en distrito segundo General, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes: norte, Víctor Valverde Ceciliano; sur, Sonia Jiménez Céspedes, Eduardo Chacón Granados y Dulcelina Valverde Ceciliano; este, Víctor Valverde Ceciliano, y al oeste, boca de calle de servidumbre de cuatro metros lineales y otra propiedad de Víctor Valverde Ceciliano. Mide: dos mil trescientos sesenta metros con sesenta y un decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Ana Valverde Porras. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 06-100812-0188-CI (interno 854-06- R1) de Carlos Romero Valverde contra Ana Valverde Porras.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 12 de diciembre del 2006.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 98975.—(4319).
A las ocho horas, treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de un millón doscientos ochenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 212329-000, la cual es terreno casa y solar, situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda al norte, calle pública; al sur, río San Francisco; al este, Rafael Hernández, y al oeste, María Cruz Chaves. Mide: doscientos cincuenta y seis metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Arturo Cubero González contra Florinda Pérez Sánchez. Expediente Nº 06-001106-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de noviembre del año 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—Nº 99002.—(4320).
A las siete horas, treinta minutos del catorce de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 335, asiento 6.242, con la base de diez millones de colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real, número 199.076-000, que se describe así: terreno cultivado, pastos tacotales, sita: en el distrito segundo, Aguas Claras, cantón décimo tercero, Upala de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Francisco Valerio Blanco; al sur, Carlo Adan Salazar; al este, Alfredo Zamora Alvarado, Eliécer Cruz Cruz, Francisco Arguedas Rojas, y al oeste, Luis Ángel Pérez Guzmán. Mide: quinientos treinta y ocho mil novecientos noventa y cuatro metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado dentro del proceso ejecutivo hipotecario de Marcos Jiménez Quesada contra Tierras Nuevas del Bosque S. A. Expediente Nº 06-100724-0297-CI, que es proceso ejecutivo hipotecario actor Marcos Jiménez Quesada contra Tierras Nuevas del Bosque S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de diciembre del 2006.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 99010.—(4321).
A las nueve horas, veinte minutos del quince de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y siete mil doscientos cuarenta y cinco unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento noventa y cuatro mil seiscientos trece-cero cero cinco y cero cero seis, que es terreno para construir con una casa, sito: distrito uno Alajuela, cantón uno Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Marco Tulio Solórzano Solórzano; sur, Marco Tulio Solórzano Solórzano; este, Club Rotario de Alajuela, y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y un metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-007584-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Martín Cortés Campos, Hilda Nuria Alfaro Jiménez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea.—Lic. Carlos Enrique Espinoza Salas, Juez.—Nº 99056.—(4322).
A las nueve horas del veintiuno de febrero del dos mil siete, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de diez millones de colones, al mejor postor remataré: embarcación denominada Caribe, dedicada a la pesca, matrícula número P-mil cuarenta y dos, construida en madera, eslora de trece metros, veinte centímetros, manga de tres metros, sesenta centímetros, puntal de un metro cincuenta y cinco centímetros, tonelaje bruto de doce punto dieciocho, tonelaje neto de cuatro punto cincuenta y uno, equipada con motor marca Detroit, combustible diesel, potencia ciento diecisiete, serie cuatro A treinta y dos mil novecientos diecinueve. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario 02-100450-417-CI de Cooperativa Matadero Nacional de Montecillos R. L. contra Sontinfish Limitada.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 99065.—(4323).
A las ocho horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de seis millones doscientos ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil setecientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito dos Quereda Grande, cantón ocho Tilarán, de la provincia de Guanacaste.- Colinda: al norte y sur, Ramón Elías Mena Ramírez; al este, calle pública con diecisiete metros, cincuenta centímetros, y al oeste, Ángel Arias Castro. Mide: doscientos ocho__metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Rodríguez Marín. Expediente Nº 06-001959-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de diciembre del año 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 99166.—(4324).
A las diez horas treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de trece millones cuatrocientos cuarenta y siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos seis mil doscientos treinta y tres - cero cero cero, la cual es terreno para construir lote ocho I, situada en el distrito uno San Isidro, cantón once Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa nueve J urbanización Biamonte; al sur, zona de protección a la quebrada de Ipís; al este, calle pública, y al oeste, casa siete I urbanización Biamonte. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jessarela Contreras Martínez y Marco Aurelio Solano Láscarez. Expediente Nº 05-001474-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del año 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 99167.—(4325).
A las once horas del veintitrés de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y dos mil ochocientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito cinco Piedades Sur, cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con cincuenta metros y otro; al sur y oeste, Lalo Rojas Segura; al este, Francisco Ledezma y otro. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jhonny Gerardo Santamaría Morera y Sandra Guzmán Fajardo. Expediente Nº 06-002040-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de diciembre del año 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 99168.—(4326).
A las nueve horas treinta minutos del diez de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y siete mil quinientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno con una casa Ñ cincuenta y seis, situada en el distrito cuatro Mata de Plátano, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote cincuenta y cinco; al sur, lote cincuenta y siete; al este, lote cincuenta y tres, y al oeste, calle pública con diez metros ochenta y cuatro centímetros. Mide: ciento diecisiete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Roberto Muñoz Solano. Expediente Nº 06-002102-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de diciembre del año 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—Nº 99178.—(4327).
A las ocho horas treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente y con la base de nueve millones ochocientos ochenta y ocho mil cincuenta y cinco colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintisiete mil quinientos sesenta y cinco - cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque H, lote H nueve, situada en el distrito cinco San Felipe, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote ocho H; al noroeste, Corporación Obispo Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días; al sureste, calle siete con ocho punto veinticinco metros, y al suroeste, lote diez H. Mide: ciento treinta y dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mario Javier Espinoza Amador. Expediente Nº 06-001563-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del año 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 99179.—(4328).
A las diez horas, treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones trescientos noventa y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y un mil novecientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote ochenta y tres, situada en el distrito cinco Ipís, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, lote ochenta y cuatro; al sur, lote ochenta y dos; al este, lote noventa y uno, y al oeste, destinado alameda pública con seis metros de frente.- Mide: ochenta y cuatro metros cuadrados.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Manuel González Arguedas. Expediente Nº 06-001403-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del año 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 99180.—(4329).
A las diez horas, treinta minutos del catorce de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho y con la base de sesenta y un mil novecientos noventa dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil seiscientos setenta y siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote cincuenta y cinco, situada en el distrito cuatro San Roque, cantón dos Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida central pública; al sur, lote número cincuenta; al este, lote número cincuenta y seis, y al oeste, lote número cincuenta y cuatro y lote número cincuenta y tres. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Gaspar Ramón González, Kattia Lorena Rojas Zúñiga. Expediente Nº 06-001734-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de diciembre del año 2006.—Lic. Ólger Martín Pérez Gómez, Juez.—Nº 99183.—(4330).
A las nueve horas treinta minutos del catorce de febrero próximo, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente y con la base de tres millones ciento un mil novecientos nueve colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trece mil doscientos siete-cero cero cero, la cual es local C-16 de una planta, situada en el distrito primero Heredia, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte; al sur; al este, y al oeste, con áreas comunes. Mide: diecinueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Coocique R. L. contra Freiser Delgado Agüero y Maritza Marín Vallejos. Expediente Nº 03-000237-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de diciembre del año 2006.—Lic. Ólger Martín Pérez Gómez, Juez.—Nº 99194.—(4331).
A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales y colisiones, y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 356824, marca Hyundai, categoría automóvil, estilo Galloper Execeed, capacidad siete personas, año mil novecientos noventa y dos, color gris, serie KMXKPU1HPNU004316, número de motor ilegible. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Anabelle Irola March contra Manuel Antonio Alvarado Chaves. Expediente Nº 05-000515-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de enero del año 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 99197.—(4332).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las quince horas del nueve de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de novecientos veintidós mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil trescientos noventa y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Antonio Rojas; al sur, Carmen Zamora; al este, Misael Venegas, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 8,00 metros. Mide: ciento treinta y cuatro metros con veintinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de Alajuela contra María Gracia Ureña Castro. Expediente Nº 04-102568-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de diciembre del año 2006.—Lic. María del Rocío Berrocal Vega, Jueza.—(4464).
A las nueve horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando demanda hipotecaria a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos once-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 6-A, situada en el distrito primero Alajuela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte noroeste, área comunal; al sur noreste, lote 5 A; al este sureste, avenida Holanda, y al oeste suroeste, Municipalidad de Alajuela. Mide: trescientos cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de Alajuela contra Francisco Rivas Saborío. Expediente Nº 04-101401-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de diciembre del año 2006.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—(4465).
A las diez horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando limitaciones de Ley Nº 7052, y soportando embargo practicado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y a favor de Esco Costa Rica Sociedad Anónima y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero veintiún trescientos doce-cero cero cero, la cual es terreno apartamento ciento diecinueve bloque M, dedicado a local comercial en proceso de construcción, situada en el distrito cuatro San Antonio, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común recreativa; al sur, área común recreativa; al este, área común recreativa, y al oeste, área común de acceso peatonal. Mide: cincuenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados y libre de gravámenes hipotecarios soportando limitaciones de Ley Nº 7052, y soportando embargo practicado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y a favor de Purdy Motors Sociedad Anónima y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero veintiuno doscientos noventa y nueve-cero cero cero, la cual es terreno apartamento ciento seis bloque M, dedicado a local comercial en proceso de construcción, situada en el distrito cuatro San Antonio, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común recreativa; al sur, área común recreativa; al este, área común de acceso peatonal, y al oeste, área común recreativa. Mide: cincuenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de Alajuela contra Consorcio Can-Tico S. A. Expediente Nº 01-104135-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de diciembre del año 2006.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—(4466).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil siete, en este despacho: 1) libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón cuatrocientos sesenta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula 178278-000, que es terreno inculto, situado en el distrito Pital, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Celina Solís; al sur, Rafael María Salas Barrantes; al este, calle pública, y al oeste, Saúl Marín Barrientos. Mide: trescientos cuarenta y dos metros cuadrados. Y también un vehículo placas 320739 libre de gravámenes prendarios, y con la base de seiscientos mil colones, en el mejor postor se rematará: un vehículo placas 320739, marca Dodge, categoría automóvil, carrocería sedan dos puertas, chasis JE tres C U dos cuatro X XK U cero uno siete ocho ocho ocho, uso particular, estilo Col E, capacidad cinco personas, año mil novecientos ochenta y nueve, número de motor cuatro G uno cinco JS nueve cuatro seis tres. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 00-000768-185-CI ejecutivo simple de Servicio de Factoreos Internacionales contra Hacienda Karen S. A.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las catorce horas diez minutos del dieciséis de enero del dos mil siete.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(4475).
A las quince horas del ocho de febrero del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, con la base de cuatro millones trece mil quinientos colones, en el mejor postor se rematará el vehículo dado en garantía, marca Chevrolet, estilo Tracker, capacidad cinco personas, carrocería station wagon o familiar, color verde, año 1999, chasis número 2CNBJ13C9X6917047, motor número J20X117542, placas número 587498, mismo que esta a nombre de Marilyn Trinidad Zúñiga Zúñiga. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo prendario Nº 06-100510-0468-CI de Jorge Alberto Rubí Mercado contra Marilyn Trinidad Zúñiga Zúñiga.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, a las nueve horas, treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil seis.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 99259.—(4576).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y soportando infracción colisión 03601882491TC del Juzgado de Tránsito de Desamparados, infracción colisión 04-603702-489-TC del Juzgado de Tránsito I Circuito Judicial de San José, infracción colisión 05-600325-0491-TC del Juzgado de Tránsito de Desamparados y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de sesenta y cuatro mil doscientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa SJB 008531, marca Masa, estilo C11R, color plateado. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Aserrí Mercedes y Salitrillos ASMESA S. A., Vilma Marlene Valverde Quirós. Expediente Nº 06-001226-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de diciembre del año 2006.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 99286.—(4577).
A las nueve horas del veintidós de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y ley de aguas al tomo trescientos treinta y nueve, asiento trece mil cuatrocientos veintidós, y con la base de la hipoteca vencida, sea la suma de tres mil doscientos dólares, remataré: la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos ochenta y tres-cero cero cero, que es terreno de patio con una casa de zócalo, situado en distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes: norte y oeste, Temporalidades de la Diócesis de San Isidro de El General; sur, calle pública con once metros, noventa y seis centímetros; este, Temporalidades de la Diócesis de San Isidro de El General y quebrada. Mide: doscientos treinta y siete metros con doce decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a María Isabel Solano Mora. Lo anterior se remata por estar así ordenado en ejecutivo simple Nº 06-100151-0188-CI (interno 158-06-Y1) de Luis Alberto Valverde Cruz contra María Isabel Solano Mora.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 10 noviembre del 2006.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 99313.—(4578).
A las trece horas cuarenta minutos del nueve de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones ciento sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil ochocientos cinco-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno dedicado a pastos, bloque E, lote 17, situada en el distrito primero Paraíso, cantón dos Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 8,00 metros; al sur, lotes y construcciones M B S. A.; al este, lote 18 bloque E, y al oeste, lote 16 bloque E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Marco Antonio Vargas Rivera y Marianne Molina Achio. Expediente Nº 03-008415-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de diciembre del año 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—(4593).
A las catorce horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de cuatro millones cuatrocientos veintidós mil ochocientos siete colones con ochenta y cinco céntimos, remataré: Vehículo marca Hyundai, modelo dos mil uno, motor número D cuatro BFY nueve ocho uno cinco nueve cuatro, estilo H-1, color plateado, diesel, carrocería familiar, capacidad para doce personas, placas cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos noventa y ocho. Prendario N° 06-001549-182-CI (6) de Banca Promérica S. A., contra Juan José Fonseca Sequeira.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de diciembre del 2006.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—(4791).
Remate de madera que se llevará a cabo, a las diez horas del ocho de febrero del dos mil siete, en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base catorce mil doscientos colones exactos (¢14.200,00); consistente en la cantidad de 11 piezas de Cedro Amargo, para un total de 32 pulgadas, madera que se encuentra en las Oficinas del MINAE en Manuel Antonio. Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las nueve horas diez minutos del diez de enero del dos mil siete, dentro de la causa penal número 06-201690-0457-PE-A, por infracción a la Ley Forestal contra Orlando Gómez Trejos en daño de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 10 de octubre del 2006.—Lic. Daniel Ruiz Chavarría, Juez.—(4837).
A las ocho horas del seis de febrero del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, y con la base de ciento cincuenta y nueve mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré la siguiente: madera decomisada que corresponde a 28 piezas de la especie Guanacaste, de diferentes diámetros y largos. Se remata por ordenarse así en proceso penal por infracción a la Ley Forestal, contra: José Oviedo Venegas, en daño de Los Recursos Naturales. Expediente número: 06-001046-0332-PE.—Juzgado Penal de San Ramón de Alajuela, 8 de enero del 2007.—Lic. Pilar Quesada Zamora, Jueza.—(4838).
Remate de madera que se llevará a cabo, a las nueve horas del ocho de febrero del dos mil siete, en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base ciento veintiocho mil cien colones exactos (¢128.100,00); consistente en la cantidad de 41 piezas de Guanacaste y Semidura, para un total de 732 pulgadas, madera que se encuentra decomisada en Hatillo Nuevo en casa de Orlando Gómez Trejos, Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las nueve horas del diez de enero del dos mil siete, dentro de la causa penal número 06-201684-0457-PE-A, por infracción a la Ley Forestal contra Orlando Gómez Trejos en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 10 de octubre del 2006.—Lic. Daniel Ruiz Chavarría, Juez.—(4839).
Remate de madera que se llevará a cabo, a las nueve horas del doce de febrero del dos mil siete, en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos con base trescientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (¢347.500,00); consistente en la cantidad de 29 piezas de Laurel en trozas, para un total de 3475 pulgadas, y con base de veinticinco mil novecientos colones exactos (¢25.900,00); consistente en la cantidad de 11 piezas de Laurel aserrada madera que se encuentra en Aserradero Godínez en Playón Sur de Parrita. Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las once horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil siete, dentro de la causa penal número 06-201730-0457-PE-C, por infracción a la Ley Forestal contra Bryan Godínez Cubero en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 16 de enero del 2007.—Lic. Daniel Ruiz Chavarría, Juez.—(4841).
Por carecer de un representante legal, Asociación Solidarista de Empleados Finca Guajira, se convoca a los socios o miembros a una junta que se celebrará, a las trece horas treinta minutos del veintiuno de febrero del dos mil siete, para que elijan un representante, la junta se verificará cualquiera que sea el número de socios o miembros presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. Caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún socio o miembro a la junta, el juez hará el nombramiento. Lo anterior se ordena en proceso disolución de asociación Nº 05-300146-468-LA de Miguel Ángel Tenorio Peña y Simón Reyes Cortés Cortés contra Asociación Solidarista de Empleados Finca Guajira. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, Guápiles, 14 de diciembre del 2006.—Lic. Eddy Herrera Chaves, Juez.—1 vez.—(4842).
Mayra Eugenia Sandoval Dávila, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Cañas Dulces de Liberia, costarricense, cédula de identidad número cinco-cero doscientos veintiocho-cero cero ochenta, estableció diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno para construir. Sito: en Irigaray del distrito segundo Cañas Dulces, del cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, con Héctor Edgardo Motano Peña; al sur, con Yensi Villarreal Moreno; al este, con Ramona Dávila Miranda, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de once metros con noventa y tres centímetros lineales, y un ancho de vía de once metros lineales. Mide: quinientos cuarenta y cuatro metros con noventa y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-setecientos catorce mil setecientos sesenta y ocho-dos mil uno, de fecha quince de junio del dos mil uno. Dicha finca fue adquirida por compra-venta que le hiciere al señor Secundino Villarreal Guevara, quien es mayor, soltero, agricultor, costarricense, cédula de identidad número cinco-ciento veinticuatro-ochocientos veinte, vecino de Cañas Dulces de Liberia, quien le transmitió la posesión decenal por él ejercida y a quien no le liga parentesco con la titulante. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado, a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 04-100546-0386-CI (569-04-3). Información posesoria establecida por Mayra Eugenia Sandoval Dávila.—Juzgado Civil de Liberia, Liberia, 10 de octubre del 2005.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 99311.—(4581).
Carlos Alexis Rodríguez Varela, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número dos-cuatrocientos setenta y cinco-trescientos, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Barrio Gamonales, de la Iglesia Católica de San Martín, trescientos metros al sur, casa color papaya, a mano izquierda, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno destinado a casa de habitación y dedicado a la siembra de productos agrícolas para consumo familiar. Sito: en Santa Rita de Florencia, distrito dos de San Carlos, cantón décimo, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al noreste, quebrada Santa Rita; al sureste, Blamaf S. A.; al suroeste, calle pública con un frente de treinta y nueve metros cincuenta centímetros lineales, y al noroeste, Carlos Acuña Villalobos. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado Nº A-708049-2001 de fecha veintitrés de mayo del dos mil uno, una superficie de dos mil trescientos veintiocho metros diecisiete decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito manifiesta el promovente que lo adquirió por venta que le hiciera el señor Carlos Enrique Mora Zumbado, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número dos-cuatrocientos seis-doscientos quince, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, trescientos metros norte de la entrada principal al Barrio Los Ángeles, con quien no le liga parentesco, en fecha tres de abril del dos mil seis, quien le transmitió la posesión ejercida por más de diez años sobre dicho fundo en forma quieta, pacífica, pública e ininterrumpida y a título de dueño para efectos de la prescripción decenal aunada a la posesión que le transmitieron los anteriores poseedores, mediante escritura pública número cincuenta y ocho ante la notaria pública Lilibeth Gómez Ramírez. El fundo fue estimado en la suma de dos millones de colones, y las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de un millón de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 06-000133-0298 AG, promovida por Carlos Rodríguez Varela.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de setiembre del 2006.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 99333.—(4582).
Víctor Manuel Angulo Gutiérrez, cédula de identidad número seis-ciento veintisiete-seiscientos ochenta y cinco, mayor, soltero, costarricense, agricultor, vecino de Santo Domingo de Belén, Carrillo, de la plaza cuatrocientos oeste, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales el inmueble que se describe así: Terreno de agricultura. Situado en el distrito cuarto Belén, del cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos actuales: norte, río Belén; sur, camino público con un frente de noventa y cinco metros con cincuenta y seis centímetros lineales; este, Tomás Díaz Contreras y Bernabé Angulo Ondoy, y oeste, Juan Díaz Contreras. Según plano catastrado número G-trescientos veintiocho mil doscientos cincuenta y siete-setenta y ocho. Mide de extensión: tres hectáreas cinco mil doscientos noventa y ocho metros treinta y siete decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con esta diligencia las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, no pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por medio de venta que le hiciera la señora Virginia Méndez Méndez c.c. Julia, mayor, viuda dos veces, costarricense, ama de casa, vecina de Belén de Carrillo, cédula número cinco-cero sesenta y seis-trescientos sesenta y cuatro, el día once de agosto del dos mil seis, según consta en escritura número doscientos quince del tomo número dos de la notaria Ana Isabel Campos Sáenz, iniciada al folio ciento treinta y cuatro frente. En dicho acto la poseedora le transmitió la posesión decenal ejercida en forma pública, quieta, pacífica, sin interrupción como único y exclusivo dueño salvo las reservas de ley por más de diez años. Sus actos de posesión han consistido en chapias, cercar y sembrar árboles frutales. Estima las diligencias en cien mil colones y el inmueble en setecientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente Nº 06-000184-0387-AG. Información posesoria de Víctor Manuel Angulo Gutiérrez.—Juzgado Agrario de Liberia, 24 de octubre del 2006.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 99342.—(4583).
José Francisco Arce Jiménez, mayor, soltero, vecino de Altamira de Volcán de Buenos Aires, cédula de identidad Nº 1-805-416, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así, de agricultura sembrado de café. Situado: Altamira, distrito segundo Volcán, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Mide: tres hectáreas seis mil cuatrocientos cuarenta y ocho metros sesenta y cinco decímetros cuadrados. Linda: norte y oeste, sucesión de Francisco Arce Herrera; sur, Eleodora Rodríguez Granados y parte calle pública; y este, Abilio Naranjo Barrantes. Estimación: estima las diligencias y el terreno en la suma de cien mil colones. Para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión, si fuere procedente, se aprobará y ordenará inscribir este inmueble en el Registro Público indicado anteriormente. Información posesoria Nº 94-000144-419-AG (interno N° 114-00-R-1) establecido por José Francisco Arce Jiménez.—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 16 de mayo del 2003.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 99488.—(4774).
Luis Ángel Arce Jiménez, mayor, soltero, vecino de Altamira de Volcán de Buenos Aires, cédula de identidad Nº 1-482-935, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así, de agricultura sembrado de café. Situado: Altamira, distrito segundo Volcán, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Mide: tres hectáreas siete mil trescientos setenta y dos metros con veinte decímetros cuadrados. Linda: norte, Abilio Naranjo Barrantes; sur, calle pública, con una medida lineal de ciento veinte metros setenta y siete decímetros cuadrados; este y oeste, sucesión de Francisco Arce Herrera. Estimación: se estima en la suma de un millón de colones. Para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión, si fuere procedente, se aprobará y ordenará inscribir este inmueble en el Registro Público indicado anteriormente. Información posesoria Nº 94-160146-419-AG (interno N° 115-00-Y3).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 12 de mayo del 2003.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Nº 99489.—(4775).
Jorge Arturo Arce Jiménez, mayor, soltero, vecino de Altamira de Volcán de Buenos Aires, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así, de agricultura sembrado de café. Situado: Altamira, distrito segundo Volcán, cantón tercero Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Mide: cuatro hectáreas cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Colinda: norte y este, Abilio Naranjo Barrantes; sur y oeste, sucesión de Francisco Arce Herrera. Estimación: se estima en la suma de un millón quinientos mil colones. Para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión, si fuere procedente, se aprobará y ordenará inscribir este inmueble en el Registro Público indicado anteriormente. Información posesoria Nº 94-000145-419-AG (interno N° 119-00-Y3).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 12 de mayo del 2003.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Nº 99490.—(4776).
Odilie Jiménez Mora, mayor, soltera, vecina de Altamira de Volcán de Buenos Aires, cédula de identidad Nº 2-175-837, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así, de agricultura sembrado de café. Situado en Altamira, distrito segundo Volcán, cantón tercero Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Mide: dos hectáreas cuatro mil novecientos sesenta y ocho metros veinticinco decímetros cuadrados. Linda: norte y oeste, Abilio Naranjo Barrantes; sur y este, sucesión de Francisco Arce Herrera. Estimación: estimó las diligencias y el terreno en la suma de cien mil colones. Para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión, si fuere procedente, se aprobará y ordenará inscribir este inmueble en el Registro Público indicado anteriormente. Información posesoria Nº 94-000148-419-AG (interno N° 118-00-2).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 13 de mayo del 2003.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 99491.—(4777).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Elías Manuel Granados Cedeño, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-002492-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 99279.—(4584).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Imner Adolfo Gómez Rojas, quien fue mayor, casado una vez, maestro de obras, vecino de Barrio Palmiras de Siquirres, cédula número siete-cero cuarenta y nueve-ciento cincuenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 06-100552-0468-CI. Causante: Imner Adolfo Gómez Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 12 de diciembre del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 99314.—(4585).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Mario Calderón Loría, quien fuera mayor, casado, comerciante, cédula de identidad Nº 03-0071-0649, vecino de San Nicolás, Taras de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001986-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 99329.—(4586).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos Manuel Espinoza Avilés, mayor, casado cuatro veces, comerciante, vecino de Cristo Rey en Alajuela, con cédula de identidad número ocho-cero cincuenta y seis-setecientos dieciocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que sino se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-06.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 99332.—(4587).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Etelgive Zúñiga Martínez, quien fuera mayor, casada, cédula de identidad número uno-trescientos dos-quinientos tres, vecina de San José, Desamparados, Patarra, Los Guidos, sector Tres, lote quince-a, y es gestionado por Félix Willian Blanco Rojas, quien es mayor, viudo, comerciante, cédula de identidad número dos-ciento noventa y tres-seiscientos setenta y dos, San José, Desamparados, Patarra, Los Guidos, sector Tres, lote quince-a, quien también funge como albacea provisional. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este proceso, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 06-100300-0237-CI (322-2-06).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Nº 99372.—(4778).
El suscrito notario cita a todos los interesados en la sucesión de Guillermo Jiménez Jiménez quien fue mayor, en unión libre, pensionado, vecino de San Francisco de Dos Ríos, de la bomba San Francisco, veinticinco metros la norte, cédula de identidad número seis-cero treinta y seis-quinientos treinta y ocho, para que en plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersone a mi oficina, sita en el Bufete dos mil ciento veintiséis en San José, calles veintiuno y veintitrés, avenida doce bis, número dos mil ciento veintiséis, o bien de Casa Matute Gómez, doscientos metros al sur y veinticinco al este, teléfono doscientos veintitrés-cincuenta y dos-setenta y dos en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si lo omitieren.—San José, 18 de enero del 2007.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 99374.—(4779).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Francisca Mireya Rojas Durán, quien fue mayor, casada en segundas nupcias, ama de casa, vecina de San Rafael Arriba de Desamparados, de la iglesia católica, 150 metros norte y 150 metros este, casa rosada con portones blancos, portadora de la cédula de identidad Nº uno-doscientos treinta y siete-ochocientos cincuenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100400-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 19 de diciembre del 2006.—Lic. Yendry Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—Nº 99386.—(4780).
Se hace saber que ante el notario público Juan Luis Céspedes Vargas, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Orlando Espinoza Jiménez, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula número dos-ciento noventa y ocho-setecientos setenta y uno, vecino de San Rafael de Alajuela, Rincón de Venegas, cien metros oeste del Hogar Siembra. Quien murió el pasado veintiséis de noviembre del dos mil uno, según consta en el Registro Civil, sección de Defunciones, al tomo: cuatrocientos cuarenta y uno, folio: ciento sesenta y cuatro, asiento: trescientos veintiocho, de la provincia de San José, y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, en el apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que la notaría está situada en San Rafael de Alajuela, ciento cincuenta metros oeste de la Cruz Roja.—Alajuela, 22 de diciembre del 2006.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 99393.—(4781).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Piedra Salazar, quien fuera mayor, viudo, comerciante, vecino de Tejar del Guarco cédula Nº 3-074-002. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000410-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de julio del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 99454.—(4782).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Hilda Bermúdez Castro, quien fuera mayor, viuda, pensionada, con cédula de identidad Nº uno-ciento setenta y dos-doscientos noventa y seis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001585-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de octubre del 2006.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—1 vez.—Nº 99455.—(4783).
Se emplaza a lodos los interesados en la sucesión de Carlos Francisco Matamoros Cordero, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-222-536, vecino de Las Mercedes de Cajón de Pérez Zeledón. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio Nº 06-100718-0188-CI. Interno 110-06-M1, promueve Luz Marina Campos Méndez c.c. Salazar Campos causante Carlos Francisco Matamoros Cordero.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, San Isidro, 13 de diciembre del 2006.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—Nº 99458.—(4784).
La suscrita Magally Mattus Gutiérrez, en mi condición de notaria pública del proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Enrique González González, me permito hacer de conocimiento de que la señora Flor María Cárdenas García es la albacea del sucesorio y es la única heredera de todos los bienes del señor Mario Enrique González González, proceso sucesorio en sede notarial que inicié, a las siete horas del quince de diciembre del dos mil seis.—Guápiles, 12 de enero del 2007.—Lic. Magally Mattus Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 99465.—(4785).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las nueve horas del catorce de julio del dos mil seis, se constituye la adopción de la señora Luciana Paes Torres, mayor, casada una vez, brasileña, pasaporte brasileño número CO nueve tres tres cuatro siete uno, terapeuta del lenguaje, vecina de Heredia, San Francisco, Condominio Hacienda San Agustín, sus padres adoptivos: Manuel Antonio Ureña Zúñiga, mayor, casado dos veces, cocinero, cédula uno-cuatrocientos ocho-seiscientos setenta y tres y Jenny María Pizarro Navarrete, mayor, casada una vez, comerciante, cédula cinco-ciento sesenta y tres-novecientos cuarenta y siete, ambos cónyuges vecinos de Coronado, Urbanización Los Manolos, casa ciento uno.—Lic. Viviana Álvarez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 99170.—(4192).
La Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, hace saber a Francisco Leonel Salas García, con cédula de identidad Nº 800600302 respectivamente, de domicilio actual desconocido y paradero ignorado, que en proceso ejecutivo simple de El Estado contra Francisco Leonel Salas García, expediente Nº 04-009251-0170-CA, se dictaron resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las veinte horas y treinta y ocho minutos del veintiocho de junio del dos mil cuatro. Con base en el documento presentado, por la suma cobrada de ochocientos quince mil trescientos cuarenta y nueve colones con treinta y ocho céntimos (monto que incluye capital e intereses), se despacha ejecución en contra de Francisco Leonel Salas García, a quien se le concede el plazo improrrogable de cinco días para que se opongan a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Asimismo, se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, este último dentro de este circuito judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas en la fecha que así lo indique el acta de notificación correspondiente, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente (Artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta Nº 211 del cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y seis, e interpretación auténtica del artículo 185 del Código Procesal Civil). Por la suma expresada más el cincuenta por ciento de ley se decreta embargo en los bienes del demandado, haciéndolo recaer sobre los que se indican. Notifíquese a la parte demandada personalmente o en su casa de habitación, en la dirección indicada (Artículo 2 de la Ley de Notificaciones y otras Comunicaciones Judiciales). Para tal efecto se comisiona a través de la Policía de Proximidad Guatuso de Desamparados. Numeral 179 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Carlos Enrique Espinoza Salas, Juez. Conforme lo solicita el actor notifíquese al demandado Francisco Leonel Salas García por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial, el cual contendrá todas las resoluciones que conforme a derecho es necesario notificar. Notifíquese.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las catorce horas y cuatro minutos del siete de diciembre del dos mil seis.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 37327-M. Justicia).—C-23615.—(4456).
Palapa Dos Mil S. A., cédula jurídica Nº 3-101-263136, con la representación Joseph Jhon Korchmaros, siendo el último su único apellido por razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de residencia Nº 75-0214010-0015465, vecino de Puerto Viejo, promueve diligencias de información posesoria de la finca que se describe de la siguiente manera: Terreno para construir, con áreas verdes. Mide: dos mil ochocientos siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Linda: al norte, con zona pública inalienable Mar Caribe; al sur, con Raquel Meza Ortega; al este, con Caldeman Dos Mil Uno S. A., y al oeste, con Corporación Trunkes S. A., según el plano Nº L-1103038-2006. Los bienes se encuentran libres de gravámenes, no existen codueños ni cargas reales y fueron estimados en la suma de cinco millones de colones exactos. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de Ley si lo omitieren. Expediente Nº 06-000904-0678-CI-2N. Información posesoria establecida por Palapa Dos Mil S. A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de diciembre del 2006.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 99284.—(4580).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Adoc de Costa Rica Sociedad Anónima contra Banco de Costa Rica, Banco Nacional de Costa Rica, Security WST S. A. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare se condene al Banco Nacional de Costa Rica a cancelar al actor la suma de ¢21.878.771,00 (veintiún millones ochocientos setenta y ocho mil setecientos y un colones), por concepto de daños, más los perjuicios ocasionados que consisten en los intereses legales sobre dicha suma desde el día 3 de noviembre del 2005, y hasta el día de su efectivo pago, además se condene al Banco de Costa Rica a cancelar al actor la suma de ¢16.596.831,00 (dieciséis millones quinientos noventa y seis mil ochocientos treinta y un colones), por concepto de daños, más los perjuicios ocasionados que consisten en los intereses legales sobre dicha suma desde el día 3 de noviembre del 2005, y hasta el día de su efectivo pago, y a la empresa Security S. A., a cancelar al actor la suma de ¢38.475.602,00 (treinta y ocho millones cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos dos colones), por concepto de daños, más los intereses legales sobre dicha suma desde el día 3 de noviembre del 2005, y hasta el día de su efectivo pago, derivados del incumplimiento del contrato de vigilancia suscrito con el actor de este proceso. Además se condene a los demandados al pago de ambas costas del proceso. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-001298-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de diciembre del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—Nº 99299.—(4588).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Comercial e Industrial Durolec S. A., contra Junta de Educación de San José. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que existe un incumplimiento por parte de la demandada de lo acordado antes de interponer el proceso de desahucio, se condene al pago del daño moral y las costas de la presente acción. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos Nos. 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-001263-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, San José, 10 de enero del 2007.—Dr. Juan Carlos Segura Solís, Juez.—1 vez.—(4589).
Expediente: 06-000381-0345-PE. Demandado civil: Jairo Jiménez Sandoval y Jorge Coto Quijano. Actor civil: Carlos Calvo Hidalgo. Delito: lesiones culposas. Se tiene por presentada acción civil resarcitoria. Fiscalía Adjunta de Cartago, al ser las quince horas y siete minutos del doce de enero del año dos mil siete. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma a Jorge Coto Quijano. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Jenny Almendariz Solís.—Fiscal.—1 vez.—(4436).