Boletín Nº 46
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
CIRCULAR Nº 011-07
ASUNTO: Tramitación de los expedientes de ejecución en penal juvenil, por jueces de ejecución de la pena.
A TODAS LOS JUECES DE EJECUCIÓN DE PAÍS,
ABOGADOS Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 96-06, celebrada el 19 de diciembre del 2006, artículo LXIX, dispuso comunicarles que es deber de los jueces de ejecución de la pena continuar con la tramitación de los expedientes de ejecución en materia penal juvenil, hasta tanto se haga efectiva, la apertura del juzgado que conocerá esa materia.
San José, 7 de febrero del 2007
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(18004) Secretaria General
CIRCULAR Nº 012-07
ASUNTO: Deber que tienen los funcionarios responsables del despacho de revisar el plan anual operativo de su área con participación del personal.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 03-07, celebrada el 16 de enero del año en curso, artículo LXXXVI, dispuso comunicarles que los jefes o servidores responsables de los despachos judiciales, deben revisar al menos 2 veces al año el plan anual operativo de su área, con participación del personal. Lo anterior con el fin de dar un seguimiento efectivo a ese plan.
San José, 7 de febrero del 2007
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(18005) Secretaria General
CIRCULAR Nº 017-07
ASUNTO: Deber de tomar medidas para evitar escrituras o leyendas excesivas sobre los documentos, que impidan su lectura y conservación.
A TODOS LOS SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 06-07, celebrada el 25 de enero del año en curso, artículo XLIV, dispuso comunicarles que tienen el deber de adoptar las medidas necesarias para evitar escrituras o leyendas excesivas sobre los documentos, que impidan su lectura y conservación.
San José, 9 de febrero del 2007.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(18006) Secretaria General
TERCERA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial Sección de Cobro Administrativo.—San José, a las siete horas treinta y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete. No habiendo sido posible localizar al señor Jerone Anthony Pawlicki, pasaporte número 153389872 y a la señora Innocentia Charlotte Pawlicki, únicos datos, y en virtud de seguirse la causa administrativa Nº 70-V-99 (A), por daños al vehículo propiedad del Poder Judicial, placa CL-138251, notifíquese por medio de edicto la resolución dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia Nº 2563-06 Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, Sección de Cobro Administrativo. San José, a las once horas diez minutos del treinta y uno de agosto del dos mil seis. Procedimiento de Cobro Administrativo, seguido por daños al vehículo propiedad del Poder Judicial placa CL-138251 (unidad 302). Antecedentes: 1) En expediente administrativo N° 70-V-99 (A), que se sigue en esta sede por los daños ocasionados al vehículo propiedad del Poder Judicial placa CL-138251 (unidad 302), se ha incorporado sentencia dictada por el Juzgado de Tránsito de Puntarenas, a las diez horas treinta y cinco minutos del cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve, sumaria 99-600243-607-TC, en la que se declaró a Jerone Anthony Pawlicki, autor responsable de la colisión acaecida el 9 de febrero de 1999 (folio 15). 2) Asimismo, consta en autos que como producto de la colisión en que resultara responsable el señor Pawlicky, se ocasionó daños al vehículo propiedad del Poder Judicial placas CL-138251 (unidad 302), cuyo costo total de reparación ascendió a la suma de cuatrocientos tres mil colones exactos (¢403.000,00) (folio 14). 3) Que por lo anterior por resolución “SE CONCEDE AUDIENCIA” de las catorce horas treinta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil, se otorga al señor Jerone Anthony Pawlicky el plazo de diez días hábiles para que se pronuncie sobre la responsabilidad atribuida, otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago y el plazo de tres días hábiles para que señale lugar o medio para recibir notificaciones, resolución que no se logró notificar por problemas de localización. 4) Que por resolución N° 21257-05 de las dieciséis horas del tres de agosto del dos mil cinco, se ordena solicitar al Registro Nacional certificación de personería jurídica de la empresa Baffin Internacional S. A., propietaria a la fecha de colisión, del vehículo particular placa CL-12446 conducida por el señor Pawlicky el día de los hechos (ver folio 71). 4) Que según certificación del Registro Nacional, extendida a las siete horas treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil seis, el señor Jerone Anthony Pawlicky y la señora Innocentia Charlotte Pawlicki, por su orden, Presidente y Secretaria de “Baffin Internacional Sociedad Anónima” cédula jurídica 3-101-131022, les corresponde la representación judicial y extrajudicial de la misma, con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente (ver folio 83). Audiencia: 1) Se hace del conocimiento del señor Jerone Anthony Pawlicki, como autor responsable de la colisión en la que resultó dañada la unidad oficial placa CL-138251 (unidad 302) y en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial de la empresa “Baffin Internacional Sociedad Anónima” propietaria a la fecha de colisión, del vehículo placa CL-124446, conducido por su persona el día de los hechos y en el mismo sentido de la señora Innocentia Charlotte Pawlicki, Secretaria con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con la representación judicial y extrajudicial de la empresa citada “Baffin Internacional Sociedad Anónima”, de que de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de de Tránsito por vías Públicas Terrestres y 1045 del Código Civil, esta Dirección Ejecutiva preparará y remitirá las diligencias correspondientes a de para que en defensa de los intereses del Poder Judicial, ejecute la sentencia judicial condenatoria y recupere la suma erogada en la reparación del vehículo oficial placa CL-138251 (unidad 302). 2) De previo a la remisión de diligencias referidas, se otorga al señor Jerone Anthony Pawlickiv y a la señora Innocentia Charlotte Pawlicki, la posibilidad de cancelar o proponer un arreglo de pago ante esta Administración para cubrir el monto de reparación erogada, para lo cual se le concede un plazo de diez días hábiles una vez notificada la presente resolución, y se hace de su conocimiento que el número de cuenta judicial para estos efectos es ° 20192-08 del Banco de Costa Rica denominada “Contaduría Judicial”. Para comprobar el pago realizado podrá hacer entrega de copia del depósito original en esta Dirección o remisión al fax N° 233-8438 dentro de tercer día de efectuado el depósito. 3) Esta resolución se notifica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243, inciso 1° de de Se previene a los señores Jerone Anthony Pawlicki e Innocentia Charlotte Pawlicki que deben señalar, en el término de tres días hábiles, lugar dentro del perímetro judicial del Prime Circuito Judicial de San José para atender notificaciones, número de fax o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación. En caso de no cumplir con esta prevención, y en virtud de que de , no contiene norma que regule el no señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación de la facultad que confiere el artículo 229, inciso 2) de la misma ley, respecto de la aplicación supletoria de otras fuentes del ordenamiento jurídico, así como el principio que establece que la ley especial prevalece sobre la general, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 12 de de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales en concordancia con el artículo 6º de la misma ley. Queda a su disposición el Expediente Administrativo N° 70-V-99 (A). Notifíquese.
San José, 19 de febrero del 2007.
Alfredo Jones León
(16261) Director Ejecutivo
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Abangares de la provincia de Guanacaste
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Abangares, de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el veintitrés de abril del dos mil siete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, 22 de febrero del 2007.
Lic. Luis Barahona Cortés,
(17110) Subdirector Ejecutivo
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de de , que por resolución de las catorce horas veinticinco minutos del siete de febrero del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 07-001244-0007-CO interpuesta por Édgar Muñoz Montenegro en su condición de representante de la empresa Central Hidroeléctrica Vara Blanca, Sociedad Anónima, para que se declaren inconstitucionales los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y el Transitorio Único de de Participación de las Cooperativas de Electrificación Rural y de las Empresas de Servicios Públicos Municipales número 8345 del 26 de febrero del 2003. Las normas cuestionadas se impugnan por lesionar los artículos 7, 11, 33, 39, 46 y 121 inciso 14), de , 1, 2, 24 y 29 de de Derechos Humanos y el Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central y su protocolo Ley Nº 7848. de Participación de las Cooperativas de Electrificación Rural y de las Empresas de Servicios Públicos Municipales excluye a las empresas particulares de la concesión para el uso de la fuerza de las aguas de dominio público del territorio nacional y circunscribe tal posibilidad únicamente a asociaciones cooperativas de electrificación rural, consorcios formados por éstas y las empresas de servicios públicos municipales, lo cual es violatorio de lo dispuesto en el Tratado Marco aprobado por Costa Rica, el cual tiene rango superior a de conformidad con nuestro ordenamiento constitucional. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de de y conforme lo ha resuelto en forma reiterada (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 8 de febrero del 2007.
Gerardo Madriz Piedra,
(16385) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de de que en acción de inconstitucionalidad número 7741-03 promovida por Aseguradora Técnica de Seguros Sociedad Anónima, en contra del Reglamento para de Entidades Comercializadores de Seguros, se ha dictado el voto número 1556-07 de las quince horas con treinta y cinco minutos del siete de febrero de dos mil siete, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad”.
San José, 7 de febrero del 2007.
Gerardo Madriz Piedra,
(16386) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de de que en consulta judicial de constitucionalidad número 10475-06 promovida por el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de , Tribunal de Trabajo por Ministerio de Ley, en lo referente al artículo 304 del Código de Trabajo, se ha dictado el voto número 15674-06 de las once horas con treinta y un minutos del veintisiete de octubre de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se evacua la consulta, en el sentido de que no es inconstitucional la prescripción de dos años prevista por el artículo 304 del Código de Trabajo antes de la reforma dispuesta por Ley Nº 8520 del 20 de junio del 2006, siempre y cuando se interprete el supuesto: “…en que el trabajador esté en capacidad de gestionar su reconocimiento”, que, si el trabajador descubre posteriormente alguna secuela producto de un riesgo laboral, es a partir de ese momento que nuevamente se abre el plazo de los dos años. Esta sentencia es declarativa y su efecto retroactivo a la fecha de vigencia de las norma consultada, sin perjuicio de los asuntos fallados con autoridad de cosa juzgada a la fecha de esta sentencia. Publíquese íntegramente esta sentencia en el Boletín Judicial y reséñese en ”.
San José, 27 de octubre del 2006.
Gerardo Madriz Piedra,
(16387) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de de que en acción de inconstitucionalidad número 11265-06 promovida por Marvin Carmona Castro y otros en contra del artículo 15 inciso c) de de Patentes de de Tibás, número 8523, publicada en el Diario Oficial número 126 de 30 de junio de 2006, se ha dictado el voto número 15492-06 de las diecisiete horas con trece minutos del veinticinco de octubre de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula del inciso c) del artículo 15 de º 8523, la frase que dice “y en general toda clase de servicios profesionales”. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la(s) norma(s) anulada(s), sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
Los Magistrados Mora y Vargas salvan el voto y declaran sin lugar esta acción.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de de que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 25 de octubre del 2006.
Gerardo Madriz Piedra,
(16388) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de de que en acción de inconstitucionalidad número 1089-03 promovida por María de los Ángeles Oviedo y otros en contra de número 16 del 16 de diciembre del 2002; Presidente de y Ministro de Hacienda, se ha dictado el voto número 17600-06 de las quince horas con siete minutos del seis de diciembre de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara con lugar la acción. Se anula, por inconstitucional º 16 del 16 de diciembre del 2002. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia del acto anulado, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las relaciones o situaciones jurídicas que se hubieran consolidado por prescripción, caducidad o en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial ”.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de de que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 6 de diciembre del 2006.
Gerardo Madriz Piedra,
(16389) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de de que en acción de inconstitucionalidad número 9237-03 promovida por Federico Malavassi Calvo y otros en contra de de RECOPE, se ha dictado el voto número 7966-06 de las dieciséis horas con cincuenta y nueve minutos del treinta y uno de mayo de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara parcialmente con lugar esta acción. En consecuencia, se declara la inconstitucionalidad del artículo 47 bis de de Trabajo de de Petróleo S. A. El artículo 139 se interpreta, conforme al Derecho de , en el sentido indicado en la parte considerativa de esta sentencia. En lo demás, se declara sin lugar la acción. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe, según se describe en el considerando final de esta sentencia. Comuníquese este pronunciamiento a de Petróleo S. A. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
y los Magistrados Armijo y Jinesta salvan el voto y rechazan de plano la acción.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de de que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 31 de mayo del 2006.
Gerardo Madriz Piedra
(16390) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de de que en acción de inconstitucionalidad número 3108-05 promovida por José Merino del Río, en representación del Partido Accesibilidad sin Exclusión, en contra del artículo 64 del Código Electoral, se ha dictado el voto número 15960-06 de las catorce horas con cincuenta y tres minutos del primero de noviembre de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara con lugar la acción. En consecuencia se anula del inciso e.) del artículo 64 del Código Electoral, la frase que dice “Para inscribir partidos de carácter provincial, se necesitará un número de adhesiones equivalente al uno por ciento (1%) del número de electores inscritos en la respectiva provincia”. Esta sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de entrada en vigencia de la disposición que se anula, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe o de situaciones jurídicas consolidadas. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y al Tribunal Supremo de Elecciones. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de de que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 1° de noviembre del 2006.
Gerardo Madriz Piedra,
(16391) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de de que en acción de inconstitucionalidad número 12026-03 promovida por Joyce Zürcher Blen contra los artículos 17, 25, 26, 27, 33, 161, 219 de del Instituto Nacional de Seguros, se ha dictado el voto número 17437-06 de las diecinueve horas con treinta y cinco minutos del veintinueve de noviembre de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anulan de del Instituto Nacional de Seguros la totalidad de los artículos 17 y 25. Asimismo, del artículo 161 el epígrafe IV del inciso a), el epígrafe V del inciso b) y la totalidad del inciso c) en cuanto exceden el parámetro de veinte años que esta Sala ha estimado razonable como tope por concepto de cesantía y por permitirse el pago aun en los casos de despido con justa causa. De igual forma, se anula el inciso a) del artículo 27 y la frase del inciso l) de dicho artículo que señala: Si la resolución judicial no fuere condenatoria para el trabajador, el Instituto le pagará los salarios caídos correspondientes. En cuanto a lo dispuesto en el artículo 26 y el inciso i) del artículo 27, estése la accionante a lo resuelto en la sentencia 7261-2006 de las 14:45 horas del 23 de mayo de 2006. Finalmente, el artículo 219 no resulta inconstitucional siempre que se interprete conforme al Derecho de , que el gasto de la institución en este rubro no puede ser excesivo según lo determinen los órganos de control. En lo demás, se declara sin lugar la acción. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento al Instituto Nacional de Seguros. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
y los Magistrados Armijo y Jinesta salvan el voto y rechazan de plano la acción. El Magistrado Jinesta da razones separadas”.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de de que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 29 de noviembre del 2006.
Gerardo Madriz Piedra,
(16392) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de de que en acción de inconstitucionalidad número 12567-04 promovida por Marco Machore Levy en contra del Reglamento de Aviación Agrícola, se ha dictado el voto número 16276-06 de las catorce horas cincuenta y seis minutos del ocho de noviembre de dos mil seis, que en lo que interesa dice:
“Se declara parcialmente con lugar la acción y se anula del artículo 75 del Reglamento para las Actividades de Aviación Agrícola, Decreto Ejecutivo No. 31520-MS-MAG-MOPT-MGSP de 16 de octubre del 2003, en la parte que dispone: ““Dicha franja podrá ser reducida hasta un mínimo de , si entre el campo a tratar y los sitios indicados, existen zonas de amortiguamiento reforestadas preferiblemente con especies nativas, siempre y cuando además se apliquen plaguicidas de moderada toxicidad a lo sumo, y la aplicación se realice bajo condiciones adecuadas de altura de vuelo, tamaño de la partícula, velocidad del viento que en conjunto permitan la reducción de la deriva y que la aeronave disponga de implementos adecuados para ese fin y que se vuele en forma paralela a la zona de amortiguamiento.
En caso de que la aplicación se realice en forma perpendicular a dicha zona, deberá dejarse además una franja no menor de dentro del cultivo, en la que no se podrán aplicar plaguicidas por avión para reducir el efecto del arrastre, pudiéndose aplicar el área respectiva con helicóptero u otro medio que asegure el control del arrastre. La franja de no aplicación de plaguicidas podrá omitirse en caso de vías o caminos internos de uso exclusivo para el cultivo que se va a tratar y en el tanto no existan viviendas ni se produjeren ninguno de los supuestos a que se refiere el párrafo primero del presente artículo.”. En lo demás, se declara sin lugar la acción. Esta sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de emisión del Decreto impugnado; quedan a salvo los derechos adquiridos de buena fe. Reséñese en el Diario Oficial y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de de que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 8 de noviembre del 2006.
Gerardo Madriz Piedra,
(16393) Secretario
A los causahabientes de quien en vida se llamó Ibelise Villarreal Guevara, quien fue mayor, vecina de San José, con cédula de identidad número 5-176-558, se les hace saber que: Luis Rodrigo Solera Ramón cédula de identidad 1-433-830, vecino de San José, Heilin Villareal Guevara portadora de la cédula de identidad número 5-317-561 y Ever Eduardo Salazar Villareal, portador de la cédula de identidad 1-1033-315, ambos vecinos de Bagaces Guanacaste, se apersonaron en este Despacho el primero en calidad de patrono y los demás en su condición de hijos de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de Prestaciones del trabajadora fallecida Ibelise Villarreal Guevara, Expediente número 06-002756-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de febrero del 2007.—Lic. Jesús Gómez Sarmiento, Juez.—1 vez.—(17137).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Conrad Acosta Mora, quien fue mayor, casado electricista, vecino de Heredia, de la estación de bomberos norte y oeste, calle sin salida con portón grande negro, con palito de almendro afuera, con cédula de identidad número 1-516-988, se les hace saber que: Nuria Segura Segura, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad 4-117-181, vecina de la misma dirección, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del trabajador fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este Despacho en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Conrad Acosta Mora, expediente número 07-000053-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Heredia, 23 de febrero del 2007.—Dr. Juan Carlos Segura Solís, Juez.—1 vez.—(18520).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las dieciocho horas, cincuenta y nueve minutos, del doce de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes soportando servidumbre de paso citas 407-13475-01-0021-001 y con la base de dada por de de dos millones doscientos veinte mil doscientos veinte colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cero cincuenta y ocho mil novecientos sesenta y cuatro-cero cero cero. Que es terreno de café. Sitio: distrito: 06 Dulce Nombre, cantón: 03 de la provincia de Cartago. Linderos: norte, lote cuatro; sur, lote tres; este, Irma Malavassi Sanabria y oeste, lote dos. Mide: tres mil setenta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple Nº 95-003558-0227-CA, de BAC (BCCR) contra Calvo Cintron Vera, Cantillo Malavassi José, Cantillo Malavassi Sergio.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de febrero del 2007.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—Nº 6253.—(16162).
A las catorce horas, diez minutos del veinticuatro de abril de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a de Tránsito y, esta vez con la rebaja del veinticinco por ciento sobre la base, sea la suma de seiscientos diecisiete mil novecientos sesenta y dos colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas trescientos treinta y un mil setecientos ochenta y uno, marca Hyundai, modelo mil novecientos noventa y uno, motor G4DJ295592, estilo Excel GLSI, gris, combustible gasolina, chasis número KMHVF31JPMU547010, carrocería sedan cuatro puertas, capacidad cinco personas. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Credimovil S. A. contra Francisco Madrigal Zamora. Expediente Nº 06-000665-182CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Carlos D’alolio Jiménez, Juez.—Nº 6890.—(16978).
A las catorce horas, treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil siete, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré: el vehículo placas 354305, marca Suzuki, estilo Sidekick Sport, año noventa y siete, categoría automóvil, gasolina, color azul.- Expediente Nº 06-001217-182-CI-4.- Ejecutivo prendario de Banco Elca S. A. contra Martín Bolívar Solano Solano.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, ocho de febrero del dos mil siete.—Lic. Carlos D’alolio Jiménez, Juez.—Nº 6891.—(16979).
A las ocho horas del dieciocho de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, remataré: en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y con la base de un millón cuatrocientos mil colones, lo siguiente: finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número ciento treinta mil seiscientos setenta y uno-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir lote número ocho, está situada en el distrito tercero Horquetas y cantón Sarapiquí, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con calle pública con veintiún metros, ochenta y cinco centímetros; sur, este, y al oeste, lote 17, lote 9 y lote 7 respectivamente de Standart Fruit Company y Río Frío. Mide: novecientos ochenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados.- Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-000783-0678-CI-3 establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Luis Arrieta López.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de , Limón, 7 de febrero del 2007.—Licenciado Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 6903.—(16980).
A las nueve horas del dieciséis de abril del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, con anotaciones y con la base de seis millones ciento noventa y dos mil novecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 36.039-000, la cual es terreno con casa de habitación, situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste.- Colinda: al norte, Juan Rafael Vargas Castro; al sur, Daniel Vargas Castro y otro; al este, con calle pública con , , y al oeste, Manuel Fernández Araya. Mide: mil doscientos treinta y ocho metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco de Costa Rica contra Roberto Paulino Cárdenas Rodríguez y otros. Expediente Nº 00-100099-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 12 de febrero del año 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 6929.—(16981).
A las nueve horas del veintisiete de abril de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado por la suma de un millón quinientos mil colones a favor de Mario Rodríguez Villalobos y con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 50014-000, la cual es terreno de charrales, situada en el distrito cuarto, cantón segundo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Almanza Blandon, Nazario Reyes; al sur, Juana Almanza Blandon, Estado y calle pública; al este, Juana Almanza Blandon, Jorge Arturo Gómez Duarte, Xinia Chaves Bonilla, y al oeste, Nazario Reyes Reyes y el Estado. Mide: doce mil ochocientos ochenta y cuatro metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco de Costa Rica contra Calixto Gómez Hernández. Expediente Nº 98-100033-0390-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Nicoya, 8 de enero del año 2007.—Lic. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—Nº 6930.—(16982).
A las nueve horas del veintinueve de marzo del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y con la base de once millones cuatrocientos setenta y siete mil setecientos setenta y tres colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa lote dieciséis, situada en el distrito primero San Vicente, cantón décimo cuarto Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con quince coma quince metros; al sur, Monarca S. A. lote quince D; al este, calle pública con trece coma veintinueve de frente, y al oeste, Abdenago González Umaña. Mide: trescientos siete metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Carlos Arias Chinchilla. Expediente Nº 06-002145-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de enero del año 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 6947.—(16983).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de marzo del año dos mil siete, en lo puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 280-05615-01-0901-001, ahora con la rebaja del 25% de ley, sea la suma de setecientos cincuenta mil colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 316.793-000, que se describe así: terreno para construir, sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón segundo de la provincia de Alajuela. Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle pública y Freddy Bastos Méndez; al sur, José María Bastos Rojas, al este, Freddy Bastos Méndez y Juan José Bastos Rojas, y al oeste, calle pública y José María Bastos Rojas. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100281-0297-CI (5b) del Banco Nacional de Costa Rica contra Irene Medina Carmona.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de febrero del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 6983.—(16984).
A las nueve horas del dieciséis de abril de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón ochocientos setenta y cuatro mil novecientos ocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintiocho mil setecientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y parte vacío, situada en el distrito tercero Buenos Aires, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con José Antonio Castillo Carvajal; al sur, con María Beleida Solano Bolaños; al este, con Julia Hernández Morales, y al oeste, con calle pública. Mide: mil ciento cincuenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de María Adelia Soto Rojas contra Carmen Lidia Solano Bolaños. Expediente Nº 05-000508-0688-FA.—Juzgado de Familia de San Ramón, 15 de febrero del año 2007.—Lic. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—Nº 6985.—(16985).
A las nueve horas del veintidós de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando prohibición del artículo 16 de 7599, Reservas de Ley de Aguas y Caminos y anotación de demanda ordinario, con la base de tres millones ochenta mil colones, en el mejor postor, se rematará la siguiente: finca inscrita en el Registro Público de , partido de Limón, matrícula 89534-000, que es para construir, proyecto titulado Limón 034- lote 248-1010, situado en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, provincia de Limón. Mide: trescientos noventa y siete metros con sesenta y un centímetros cuadrados, novecientos. Linda: al norte, con Yemory Céspedes; al sur, con calle pública; este, con Antonio Mata, y al oeste, con Antonio Herrera. Lo anterior se remata por haberse ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 05-100234-468-CI de Banco de Costa Rica contra William Javier Núñez Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, 26 de enero de 2007.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—Nº 6992.—(16986).
A las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de un millón ochocientos cuarenta y ocho mil ciento sesenta y cinco colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Hyundai, placa número 402491, estilo Galloper II exc, categoría automóvil, capacidad siete personas, tracción 4x4, año dos mil uno, color plateado. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra David de Jesús Miranda Abarca, Félix Antonio Urbina Martínez. Expediente Nº 06-001053-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 13 de febrero del año 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 7017.—(16987).
A las ocho horas del doce de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones y con la base de veinticuatro mil dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta y uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa, situada en el distrito primero Nicoya, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Graciela Oviedo Segura; al sur, Ganadería Quiriman S. A.; al este, calle pública con un frente de cien metros, y al oeste, María Graciela Oviedo Segura. Mide: diez mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Klauser Hans Jorg. Expediente Nº 06-000434-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 19 de febrero del año 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 7018.—(16988).
A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con base de once mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: buque clase GPC, matrícula ocho mil setecientos ochenta y uno, nombre Mahi Nahi, motor 67GL307648, serie 67GL307648, marca Yamaha. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Julio Alberto Berrocal Mauro. Expediente Nº 06-000427-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 9 de febrero del año 2007.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—Nº 7037.—(16989).
A las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y esta vez sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 592813, automóvil, estilo Accent, capacidad cinco personas, año 1995, color rojo, motor no visible, chasis KMHVF21NPSU176966. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-000341-184-CI-0 de Instacredit S. A., contra José Pablo Flores Chavarría.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de febrero del 2007.—Lic. Jeanette Ruiz Herradora, Jueza.—(17046).
A las nueve horas del veinticuatro de abril de dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ocho mil setecientos noventa y dos dólares con treinta y tres centavos, o su equivalente en colones el cual deberá ser calculado conforme al valor comercial que tenga la moneda extranjera al momento de pago, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Ssang Yong, modelo 2000, estilo Musso 602T, 5 cilindros, combustible diesel, cubicaje cúbicos, chasis Nº KPTE0B1DSYP191200, motor 021917, color verde, capacidad 7 pasajeros, placas Nº 369368. Se ordena el remate en expediente 05-000398-0180-CI. Prendario de Banco Interfin S. A., contra Pinturas Cartago S. A.—Juzgado Primero Civil San José, 24 de enero del 2007.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—(17070).
A las catorce horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando colisión a favor del Juzgado de Tránsito del II Circuito Judicial de San José según sumaria 05-9300-174-TR, con la base de ocho mil novecientos seis dólares con cuarenta y ocho centavos, remataré: vehículo marca Fiat, modelo dos mil cinco, motor número-uno siete ocho D siete cero cinco cinco seis cero seis nueve cinco cuatro dos, estilo SIENAELX, color gris, gasolina, carrocería sedan cuatro puertas, capacidad para cinco personas, placas quinientos sesenta y siete mil quinientos treinta y tres. Prendario 06-000693-182-CI (6) de Banca Promérica S. A., contra Rafael Antonio Solís Vásquez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 31 de enero de 2007.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—(17071).
A las catorce horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales, pero soportando infracciones a de Tránsito y con la base setecientos dos mil ciento sesenta y tres colones con un céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas trescientos mil nueve, marca Toyota, carrocería sedan cuatro puertas, categoría automóvil, estilo Tercel DLX, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y ocho, color plateado, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente 03-001006-182-CI-1 de Financiera Cafsa S. A., contra Jairon Ramírez Acuña.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de febrero del 2007.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—(17089).
A las once horas del dieciséis de marzo del año dos mil seis, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de tres millones treinta y siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil doscientos treinta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir con casa de habitación. Soportado gravámenes de servidumbre trasladada, citas 323-26327-0901-001- finca referencia 5-044179-000, afecta a finca 5-044179-000, servidumbre de Acueductos de A y A, citas 406-06884-01-0004-001. Limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sistema financiero de Citas 522-08516-01-0047-001. Otros Bono Banvi. Paso de situada en el distrito tercero Mayorga, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 25 de Acción y Desarrollo Humano; al sur, lote veintitrés de Acción y Desarrollo Humano; al este, camino público con un frente de , y al oeste, Eida Fonseca Espinoza. Mide: mil un metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple del Banco Nacional de Costa Rica contra Marisel Vargas Eras y otros. Exp.: 01-100156-0397-CI-0.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Liberia, 29 de enero del 2007.—Lic. Olidony Palacios Badilla, Juez.—Nº 7318.—(17467).
A las once horas del catorce de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diez mil ochocientos cincuenta-cero cero uno, la cual es terreno con una casa de habitación de tres niveles. Situada en el distrito Tarbaca, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mauro Adalberto Arias Jiménez; al sur, calle pública con de frente; al este, servidumbre de paso de de ancho con de frente, y al oeste, Mauro Adalberto Arias Jiménez. Mide: ochocientos veintiún metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Juan Rafael Chaves Bedoya. Expediente Nº 06-002870-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de enero del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(17606).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las quince horas y cero minutos del veintiséis de marzo del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y un mil veintiocho cero cero cero la cual es terreno cultivado de caña de azúcar. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Fedel Arrieta Muñoz; al sur, Emilio Murillo; al este, Neftalí S. con calle pública en medio, y al oeste, Fidel Arrieta. Mide: doscientos ochenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de B.A.C., contra Teddy Internacional S. A. Exp.: 94-011570-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. Wilkko Retana Álvarez, Juez.—(17146).
A las trece horas con treinta minutos del doce de abril de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de un millón doscientos veinte mil doscientos colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas número doscientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y nueve, marca Subarú, estilo Legacy LS, modelo mil novecientos noventa, color blanco, carrocería sedan cuatro puertas, chasis número J R uno B C seis cinco dos X L B seis tres siete siete tres, motor número uno cuatro siete cero cero uno, combustible gasolina, cilindraje dos mil doscientos doce c c, capacidad cinco personas. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 05-100334-0295-CI de Copias Alfaba AB S. A. contra Robert Marenco Valerio.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 15 de febrero de dos mil siete.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(17151).
A las quince horas del dieciocho de abril del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, e infracciones a de Tránsito, con la base de setecientos veinte mil colones exactos, remataré: vehículo marca Isuzu, categoría automóvil, carrocería familiar station wagon, modelo mil novecientos ochenta y ocho, color azul, placas doscientos noventa y tres mil setecientos sesenta y ocho. Prendario Nº 04-000439-182-CI (3) de Autos Grecia S. R. L. contra Wálter Alberto Sánchez Loría.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de febrero del 2007.—Lic. Carlos D´alolio Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 7164.—(17240).
A las once horas del doce de abril del dos mil siete, soportando hipoteca de primer grado por diez millones de colones a favor de Ana María Quesada Zúñiga, así como reservas y restricciones y con la base de doce millones de colones, desde la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público de , partido de Limón matrícula de Folio Real cuarenta y dos mil trescientos ochenta y dos-cero cero cero, que es terreno para agricultura lote 5-13, situado en Colorado (distrito seis) de Pococí (cantón segundo) de la provincia de Limón. Mide: cuatrocientos noventa y dos mil ciento veinticinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Linda: al norte, con río Sierpe; sur, Marvin Muñoz; este, Rigoberto Solís, y al oeste, calle y otro. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario 07-100062-468-CI de Gerardo Hernández Fernández contra Zukunft WR Drei Sociedad Anónima.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, diez horas, quince minutos del nueve de febrero de dos mil siete.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 7066.—(17441).
A las diez horas del trece de abril del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de ochocientos mil colones, al mejor postor remataré: el derecho de la finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número ciento ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y tres-cero cero uno, que se describe como terreno de agricultura con una casa, sito en el distrito sexto Pital del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con lote Hermanos Benavides Araya; al sur, con Olga Moreira Rojas; al este, río Gavilán, y al oeste, con calle pública. Mide: treinta y nueve mil ciento sesenta y nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Carlos Luis Moreira Rojas. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de San Carlos contra Carlos Luis Moreira Rojas. Nº 05-100345-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial Alajuela, 15 de febrero del 2007.—Lic. Damaris Chaves Denis, Jueza.—Nº 7077.—(17442).
A las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de un millón seiscientos veintisiete mil ocho colones, remataré: inmueble inscrito al Folio Real, partido de Alajuela, matrícula trescientos cincuenta y siete mil dos-cero cero cero, que se describe así: terreno construido lote G-1, sito en el distrito primero Quesada, del cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, lote 80; sur, zona verde; este, alameda 2 con un frente de , dos centímetros lineales, y al oeste, lotes 84, 85 y 86. Mide: ciento cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Pertenece a José Sánchez Vega. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de San Carlos contra José Sánchez Vega. Expediente Nº 02-101025-0317-CI-1.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 13 de febrero de 2007.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—Nº 7078.—(17443).
A las nueve horas del trece de abril del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, inscrita al tomo 402, asiento 06830, consecutivo 01, secuencia 0802 y 0810, subsecuencia 001, servidumbre dominante, inscrita al tomo 402, asiento 06830, consecutivo 01, secuencia 0900 y 0903, subsecuencia 001, y con la base de seiscientos mil colones, al mejor postor remataré: el derecho de la finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número doscientos setenta y dos mil setecientos-cero cero tres, que se describe como terreno con dos casas, sito en el distrito primero Ciudad Quesada, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con Gonzalo Rodríguez Chaves; al sur, con Flory Isabel Sibaja Valverde; al este, con río Platanar, y al oeste, con Gonzalo Rodríguez Chaves. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con ocho decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Alfonso Sibaja Valverde. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de San Carlos contra Alfonso Sibaja Valverde. Nº 02-100705-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de febrero de 2007.—Lic. Damaris Chaves Denis, Jueza.—Nº 7079.—(17444).
A las nueve horas y cero minutos del diez de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de tres millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 205934-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Marco Vinicio Gutiérrez Coto; al sur, calle pública con un frente de ; al este, Manuel Sossa y Adolfo Alexander Murillo Rodríguez y Marco Vinicio Gutiérrez Coto; y al oeste, Marco Vinicio Gutiérrez Coto. Mide: novecientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Édgar Adolfo Araya Mora contra Tobías Murillo Rodríguez. Expediente Nº 06-001997-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de febrero del 2007.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—Nº 7113.—(17448).
A las ocho horas del veintisiete de marzo del dos mil siete desde la puerta exterior de este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado y con la base de sesenta y ocho mil seiscientos dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Heredia, matricula de Folio Real Nº F-033930-000, que se describe situado en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia Heredia, mide: ciento ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados, linderos: sur, con área común; al norte, con lotes setenta y uno y setenta; al este, con lote ochenta y cinco; y al oeste, con lote ochenta y tres. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-001354-184-CI de Banco BAC San José S. A., contra Adriana Lucía García Morales y Condominio Avinecia Número Ciento Ochenta.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de enero del 2007.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—Nº 7121.—(17449).
A las diez horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo el tomo 293, asiento 03287, servidumbre de paso bajo el tomo 448, asiento 942 y con la base de un millón quinientos mil colones, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, finca número cuatrocientos setenta mil setecientos doce-cero cero cero, que es terreno de café, situado en el distrito quinto, cantón diecinueve de la provincia de San José. Linda: norte y este, Walter Ortiz Badilla; sur, Walter Ortiz Badilla y Mario Quesada; y oeste, Walter Ortiz Badilla y calle pública. Mide: cinco mil doscientos sesenta metros con quince decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a José Luis Gómez Gómez. Lo anterior se remata por estar ordenado así en hipotecario Nº 07-100036-0188-CI, interno 038-07-R-2 establecido por Víctor Manuel Salazar Barrantes contra José Luis Gómez Gómez y Bertilia Bermúdez Meza.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 22 de febrero del 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 7131.—(17450).
A las nueve horas del veinte de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de dos millones quinientos cincuenta y un mil trescientos veintinueve colones con cinco céntimos, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos cuarenta y tres mil doscientos dieciséis-cero cero cero, que es terreno de café, situado en distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: norte, Rosa Camacho Salmerón; sur, Damaris Camacho Salmerón; este, con quebrada, Porfirio Camacho en medio Jorge Durán Calderón, Dierres Calderón Arguedas, todos en parte; y oeste: con servidumbre en medio de Rosa Camacho Salmerón. Mide: cincuenta y dos mil quinientos veinte metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano SJ-0880232-2003. La finca descrita pertenece a Arturo Elizondo Jiménez. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 05-100197-188-CI, interno 204-05-M-4, de Jimmy Antonio Umaña Elizondo, contra Arturo Elizondo Jiménez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 31 de enero del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—Nº 7141.—(17451).
A las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil siete, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta y tres mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, que es terreno de potreros y montaña, localizada en distrito 01 Golfito, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas, linda: al norte, sur y oeste, con calle pública; y este, quebrada en medio e IDA, mide: quinientos cuatro mil cuatrocientos noventa y dos metros con treinta decímetros cuadrados, plano P 0954369-2004. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 06-100503-0295-CI, de Distribuidora Agro Comercial S. A. contra Inversiones Reales del Sur S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 26 de setiembre del 2006.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 7168.—(17452).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de abril de dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base primitiva rebajada en un veinticinco por ciento de ley, sea ahora pues la suma de tres mil cuatrocientos cuarenta y dos dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Mercedes Benz, modelo 1996, estilo S320L, 6 cilindros, combustible gasolina, cubicaje cúbicos, chasis Nº WDB1400331A315289, motor 10499412067344, color blanco, capacidad 5 pasajeros, placas Nº 335981. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 06-000567-0180-CI de Finsa S. A. contra María Gabriela Rodríguez Méndez y DCAG Cuatro Esmeralda S. A.—Juzgado Primero Civil, San José, 2 de febrero del 2007.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 7172.—(17453).
A las dieciocho horas y cuarenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones bajo el tomo 388, asiento 10852 y con la base de seiscientos dieciséis mil setecientos ochenta y dos colones netos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número setenta y cuatro mil quinientos noventa y ocho-cero cero cero. Que es terreno para construir con una casa lote 276. Sitio: distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, INVU; sur, INVU; este, calle pública; y oeste, INVU. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-028097-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra María Mayela Duarte Carranza.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de febrero del 2007.—Lic. Hans Roberto Leandro Carranza, Juez.—Nº 7173.—(17454).
A las nueve horas del nueve de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón setecientos veintisiete mil doscientos cincuenta y ocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil doscientos cincuenta y uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Oreamuno; al sur, Municipalidad de Oreamuno; al este, calle pública con frente de ocho metros; y al oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Lidieth Abarca Pereira y William Chaves Ángulo. Expediente Nº 06-002463-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 8 de febrero del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 7174.—(17455).
A las nueve horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con una infracción ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita sumaria 05-60004-443, y con la base de un millón ciento setenta y seis mil doscientos colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 509054, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis KMHJF31JPPU498287, uso particular, estilo Elantra GL, capacidad 5 personas, año 1993, color verde, motor G4DJP962055. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso Expediente Nº 06-001249-0185 CI 3 ejecutivo prendario de Financiera Desyfin S. A. contra Jeanneth Umaña Aguilar, Sandra Pérez Umaña, María Úrsula Delgadillo Torres.—Juzgado Sexto Civil de San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—Nº 7192.—(17457).
A las nueve horas del veintiuno de marzo de dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidum-bres trasladadas bajo las citas: 207-03964-01-0903-001, 344-15691-01-0903-001, y con la base de un millón quinientos cincuenta mil colones, sáquese a remate la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula 104.015-019, y que se describe así: terreno de potrero y café con una casa, sito: en distrito primero Quesada, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Efraín Matamoros; sur, calle en medio Salvador Quirós otro; este, río en medio José Miranda, y al oeste, Juan Bautista Solís. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente 06-100427-0297 CI, ejecutivo hipotecario de Rosana María Rodríguez Corrales contra María Magdalena Mora Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 5 de febrero de 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 7193.—(17458).
A las diez horas, treinta minutos del diez de mayo de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de tres millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta colones, remataré: la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula trescientos noventa mil novecientos siete-cero cero cero, que es terreno para construir lote P-22-9, situado en distrito primero, San Isidro del General, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: norte, José Navarro Venegas; sur, Virginia Romero Barrantes; este, calle pública, y al oeste, Carlos Luis Arias Fernández. Mide: quinientos setenta y siete metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano SJ-0937825-1990. La finca descrita pertenece a Adrián Hernández Elizondo. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 06-100460-188-CI interno 481-06-R-4 de Alex Badilla Núñez contra Adrián Hernández Elizondo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 23 de febrero de 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 7211.—(17459).
A las nueve horas, treinta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando medianería y con la base de tres mil doscientos setenta y tres con 38/100 dólares moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula doscientos cincuenta mil doscientos uno cero cero cero, la cual es terreno para construir con casa, situada en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 156; al sur, INVU; al este, lote 148, y al oeste, lote 150. Mide: ochenta y dos metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Guido Rodríguez Soto contra Orlando Pérez Mora. Expediente Nº 06-002850-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de enero del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 7217.—(17460).
A las ocho horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada, al margen de su inscripción en el Registro Público de , sección de Bienes Inmuebles, al asiento cinco mil doscientos noventa y nueve, secuencia ochocientos del tomo trescientos setenta y tres; en el mejor postor con la base de siete millones setenta y ocho mil trescientos cincuenta colones con noventa y ocho céntimos; remataré: la finca inscrita en el Registro Público de , partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real matrícula sesenta y cuatro mil seiscientos trece-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación, situado en el distrito primero Las Juntas del cantón siete, de la provincia de Guanacaste. Lindante: norte, Sirlene Rodríguez; sur, calle pública; este, Gerardo Soto, y al oeste, Fernando Fernández. Con una medida de doscientos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente 06-100215-0389-CI (227-2-2006)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por el Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alberto Quesada Villegas y Xinia María Corrales Soto.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 8 de febrero del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Nº 7224.—(17461).
A las diez horas, treinta minutos del tres de mayo del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón ochocientos mil seiscientos cuarenta y seis colones, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de , partido de Guanacaste al Sistema de Folio Real, matrícula ochenta y tres mil novecientos cincuenta y dos-cero cero cero, que es terreno inculto con una casa, situado en el distrito cuarto, cantón sétimo, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, con calle pública con un frente de ocho metros; sur, con Santos Izaba; este, con Virginia Céspedes, y al oeste, con Idannia Navarrete. Con una medida de doscientos metros decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente 07-100073-0389-CI (77-4-2007)-A, proceso de ejecución hipotecaria establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Flora Isabel Álvarez Obando.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 19 de febrero del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Nº 7225.—(17462).
A las nueve horas del diecinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil doscientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno de potreros. Situada en el distrito quinto, Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Claudia Eugenia Reyes Silva; al sur, Hilda Alvarado Sequeira, Jean Claude Doucet, Namiapi S. A., y Adolfo Martínez; al este, Jean Claude Doucet, Hilda Alvarado Sequeira y camino público con un frente de treinta metros lineales, y al oeste, Adolfo Martínez Quesada y camino público con un frente de siete metros lineales. Mide: diez mil metros cuadrados. Pertenece a Bernardo Bolaños Esquivel. Otros gravámenes: reservas y restricciones: Citas 303-03356-010901-001. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Interfin contra Álvaro Solano Lazo y Bernardo Bolaños Esquivel. Expediente Nº 05-000244-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 25 de enero del 2007.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—(17547).
A las nueve horas quince minutos del veintiséis de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, pero soportando colisiones con números de sumarias 03-600330-242-TC, del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santa Ana, y con la base de dos mil setecientos dieciséis dólares con dieciséis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Nissan, estilo: D21, capacidad: 4 personas, año: 1997, carrocería: Cam Pu, color: blanco, chasis: 1N6SD16Y5VC300233, combustible: gasolina, motor: KA2495266R, placas: . CL 183244. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-000587-181-CI de Banco Banex S. A., contra Andrea Guillén Campos.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de febrero del 2007.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(17571).
A las ocho horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando condiciones y sin más gravámenes, con la base de once millones ochocientos cincuenta y cinco mil colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de , partido de Limón, matrícula Nº 056235-000, que es terreno potrero con una casa de habitación, situado en el distrito segundo, cantón segundo, de la provincia de Limón, que mide: ocho mil quinientos metros con noventa y dos decímetros cuadrados y linda al norte, con río Chiquitito S. A.; al sur, con Óscar Antonio López; al este, con río Jiménez y otro, y al oeste, con calle pública con treinta y ocho metros con treinta y cinco centímetros lineales. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, Nº 07-100037-0468-CI, de Banco de Costa Rica, contra Jesús María Calderón Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo, del Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, 29 de enero del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(17607).
A las catorce horas, treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, al mejor postor, con la base de ¢ 625.827,84 (seiscientos veinticinco mil ochocientos veintisiete colones con ochenta y cuatro céntimos) se rematará en la puerta exterior del Juzgado Penal de Pococí la siguiente madera:
Especie Piezas Volumen m3 Precio c/m3 Valor
Varias 395 3.478 179.939 625.827.84
Lo anterior se remata por estar ordenado así en causa penal Nº 07-200323-485-PE contra Alonso Jiménez Soto y Rodrigo Soto Saborío por el delito infracción a en perjuicio de Ley Forestal.—Juzgado Penal de Pococí, 20 de febrero del 2007.—Lic. Loyree Muñoz Vargas, Jueza.—(17616).
A las catorce horas, treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, al mejor postor, con la base de ¢ 1.080.651,95 (un millón ochenta mil seiscientos cincuenta y un colones con noventa y cinco céntimos) se rematará en la puerta exterior del Juzgado Penal de Pococí la siguiente madera:
Nombre Especie Trozas Volumen Precio C Valor C
Anonillo Rollinia Pittierii, 4 1.522 49956 76033.03
Caobilla Carapa guianensis 4 3.803 64794 246411.58
Cedro amargo Cedrela odorata 3 1.399 80726 112935.67
Ceibo Ceiba pentandra 2 8.224 49956 410838.14
Jobo Spondias mombin 1 0.753 49956 37616.87
Mastate Cordia megalantha 2 1.131 49956 56500.24
Muñeco Cordia cymosa 1 1.150 49956 57449.40
Poró Eritryna sp 1 1.659 49956 82867.01
18 19.641 1080651.95
Lo anterior se remata por estar ordenado así en causa penal Nº 007-200327-485-PE contra Aserradero Forestica S. A. por el delito de infracción a en perjuicio de Ley Forestal.—Juzgado Penal Pococí, 20 de febrero del 2007.—Lic. Loyree Muñoz Vargas, Jueza.—(17617).
A las catorce horas cincuenta minutos del veintiuno de marzo del dos mil siete, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y nueve colones con treinta y ocho céntimos, remataré: vehículo marca Hyundai, estilo Elantra, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y seis, color verde, categoría automóvil, tracción sencilla, sedan cuatro puertas, motor Hyundai, placas seiscientos veintitrés mil cuatrocientos nueve. Prendario Nº 06-001617-182-CI (6), de Créditos y Descuentos C.R. S. A., contra Angie Mariela Villalta Araya.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. Carlos D`Alolio Jiménez, Juez.—(17634).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes y con la base dada por el perito de ocho millones ciento ochenta mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 097804-000, la cual es lote terreno césped para tumba. Situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia. Colinda: al norte, con Ornamentales S. A.; al sur, con Ornamentales S. A.; al este, con Ornamentales S. A., y al oeste, con Ornamentales S. A. Mide: siete metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Yolanda Badilla Ramírez contra Multivisión de Costa Rica S. A. Expediente Nº 02-000298-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de febrero del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(17642).
A las once horas treinta minutos del veinticuatro de abril del año en curso, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida), y con la base de cuarenta y nueve mil quinientos cinco dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil cuatrocientos diez-cero cero cero, la cual es terreno de café y cultivos con una casa. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con al sur, zona de protección río Tacacori; al este, Alvavi S. A., y Temporalidades de de Alajuela y al oeste, Juan Raúl Araya Morera. Mide: once mil sesenta y tres metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Distribuidora Hermanos Alpízar de Alajuela S. A., contra Alvavi S. A. Expediente Nº 06-001905-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de febrero del 2007.—Lic. Rolando Villalobos Romero, Juez.—(17647).
A las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, servidumbre trasladada al tomo: 348, asiento: 07701, medianería al tomo: 348, asiento: 07701 y con la base superior vencida, sea la suma de ochocientos mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula número trescientos veintisiete mil novecientos ochenta y dos-cero cero cero, que es para construir con una casa. Sita: en el distrito primero San Isidro, cantón onceavo Coronado, de la provincia de San José. Linda: al norte, con Parque Municipal; al sur, con calle con seis metros de frente; al este, con lote 21 y al oeste, lote 23. Mide: ciento veinte metros cuadrados, según plano catastro Nº SJ-0571265-1985. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo simple Nº 03-100017-341-CI-R, de Banco de Costa Rica contra Gerardo Sáenz Rivera.—Juzgado Civil Laboral y Agrario de Mayor Cuantía de Turrialba, 1º de febrero del 2007.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 7461.—(17893).
A las once horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones y con la base de veintiocho mil quinientos treinta y cinco dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y un mil novecientos cinco-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de solar lote 20, bloque F. Situada en el distrito dos San José, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 31; al sur, avenida 5, con ; al este, calle tercera con y al oeste, lote 19. Mide: ciento setenta y tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así proceso ejecutivo hipotecario de Maribel Barquero Agüero contra Dagoberto Quesada Jiménez, Miriam Porras Solórzano. Expediente Nº 06-001252-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de diciembre del 2006.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 7500.—(17894).
A las diez horas treinta minutos del nueve de abril del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor y con la base de doscientos cincuenta mil colones, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil cuatrocientos doce cero cero cero, la cual es terreno de naturaleza lote 3 de café y callejón de acceso. Situada en el distrito sexto, cantón tercero, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Carlos Quirós y lote 2; al sur, con Andrés Garro y lote 4; al este, con calle pública con tres metros nueve centímetros y otros y al oeste, con Abelardo Cantillo e hijos. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros noventa y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Dagoberto Chacón Quirós contra Virgilio Meléndez Redondo. Expediente Nº 07-000230-0346 CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 14 de febrero del 2007.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—Nº 7510.—(17895).
A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de trescientos cincuenta mil colones remataré: vehículo marca de fábrica Toyota Coaster, categoría automóvil, modelo 1978, color blanco, carrocería microbús, combustible: diesel, cúbicos, chasis Nº BU19009734, placas Nº 161992. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo 04-000639-376-CI, establecido por Mueblería y Colchonería Vanessa S. A., contra Frank__Aguilar Castro.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores, Heredia, 13 de febrero del 2007.—Lic. Maruxinia Marín Mata, Jueza.—(17992).
A las nueve horas, treinta minutos del lunes diecinueve de marzo del dos siete, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios, y anotaciones judiciales y; con la base de dos millones ochocientos dos mil trescientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y un céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número CL-186036, con las siguientes características: marca Kia, estilo K2700, año 2001, color beige, de diesel, carrocería furgón de doble tracción, para tres personas, carrocería caja cerrada o furgón, categoría carga liviana, serie, chasis y vin Nº KNCSD211517718332, uso particular, motor J2291393, cúbicos, 04 cilindros. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario 04-001522-183-CI, de Banco Interfin Sociedad Anónima contra Juan Manuel Bernini Segura, y Panificadora Anónima.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—(18014).
A las ocho horas veinte minutos del veintiuno de marzo del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre de paso al tomo 306 asiento 02256-01-001-001, servidumbre traslada al tomo 306 asiento 022256-01-0901-001 y servidumbre sirviente al tomo 306 asiento 02256-01-0902-001 servidumbre de paso al tomo 413 asiento 00790-01-0001-001 y con la base de ocho millones novecientos veinticinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 535108-000 la cual es terreno para construir lote quince A. Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 14-A; al sur, lote 16-A; al este, Bahía Flamingo S. A., y al oeste, calle pública con un frente de . Mide: ciento veinte metros con veintinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Carlos Gutiérrez Cabalceta, Ligia Valerio Roos. Expediente Nº 05-005044-0170-CA.—Juzgado-Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de febrero del 2007.—Lic. Doris María Castillo Serrano, Jueza.—(18026).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Isidro Higidio Mejías Quirós, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las trece horas y treinta minutos del ocho de mayo del año dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 05-001998-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—(17591).
Se cita y se emplaza a los que en carácter de socios o accionistas de la empresa Asociación de Productores Agropecuarios de Finca Cinco, cédula jurídica Nº 3-102-331589, para que a las ocho horas, treinta minutos del veinte de abril del año dos mil siete, comparezcan a este Despacho con el fin de elegir un representante legítimo a dicha persona jurídica, lo anterior de acuerdo con lo establecido por el artículo 266 del Código Procesal Civil. Diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente Nº 07-100002-188-CI (02-07-Y-3) que es Ejecutivo Simple que establece de Seguro Social contra Asociación de Productores Agropecuarios de Finca Cinco.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 21 de febrero del 2007.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Nº 7427.—(17901).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-100311-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Claribel Vargas Vargas, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Hatillo Cinco alameda número uno, casa cuarenta y nueve, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número siete-cero cuarenta y siete-novecientos setenta y cuatro, y Gilberto Castillo Hidalgo, mayor, casado una vez, cédula de identidad número uno-trescientos veinticuatro-ochocientos tres, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo, cantón primero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Bernardo Alvarado Betancour; al sur, calle pública, con un frente de dieciocho metros noventa y seis centímetros lineales; al este, Carlos Teodoro Rodríguez Dinarte, y al oeste, calle pública con un frente de dieciocho metros con setenta y cinco centímetros lineales. Mide: trescientos dieciséis metros con trece decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante escritura número ciento dos, por medio de compra venta, que le hicieran al señor Bonifación Rodríguez Dinarte, quien es mayor, soltero, jornalero cédula de identidad número cinco-ciento veinticinco-cero setenta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidarlo limpiarlo y cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por, expediente Nº 06-100311-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, Guanacaste, 19 de enero del 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—(17569).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000096-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edgar Chaves Pérez, quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de San Mateo en , portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 2-288- fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de potrero con una casa de habitación. Situada en el distrito dos Desmonte, cantón cuarto San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ganadería ; al sur, calle pública con un frente de sesenta metros con cincuenta y cinco centímetros lineales; Luis Ángel Pérez Alfaro, y Ganadería ; al este, calle pública con un frente de ciento treinta y tres metros con setenta y cuatro centímetros lineales, y María Cecilia Chaves Pérez, y al oeste, Ganadería El inmueble a titular mide una hectárea con siete mil ciento once metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Datos obtenidos del plano 2-952773-2004 del cinco de octubre del 2004. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edgar Chaves Pérez. Expediente Nº 06-000096-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del 2007.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 7378.—(17902).
Javier Ledezma Aragón, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Fortuna de Bagaces, barrio Miravalles costado noroeste plaza de deportes, costarricense, cédula de identidad cinco-cero doscientos sesenta y ocho-cero doscientos ochenta; estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de , la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir, sito en Guayabo, distrito segundo , del cantón cuarto, Bagaces de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, con Rafael María López López; al sur, con Edgar Villegas Cascante; al este, con Rafael María López López, y al oeste, con Joaquín Álvarez Alfaro. Mide: novecientos veintidós metros con setenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado G-un millón setenta y seis mil ciento veintinueve-dos mil seis, de fecha siete de junio del año dos mil seis. Dicha finca fue adquirida el día dieciocho de febrero del año dos mil tres, por medio de compra-venta que le hiciere al señor Rafael María López López, mayor, soltero, pensionado, costarricense, cédula de identidad cinco-cero noventa y siete-novecientos cuarenta y cinco, vecino de de Bagaces, setenta y cinco metros al norte de la iglesia católica, quien le transmitió la posesión decenal por él ejercida. El inmueble fue valorado en quinientos mil colones y las diligencias fueron valoradas en la suma de cincuenta mil colones. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 06-100591-0386-CI (613-06-3). Información posesoria establecida por Javier Ledezma Aragón.—Juzgado Civil de Liberia, 18 de agosto del 2006.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 7433.—(17903).
Se hace saber que el señor Luis Eduardo Corrales Cerdas, mayor, soltero, peón de tamalera, cédula de identidad uno-cuatrocientos noventa y seis-trescientos cincuenta y dos, vecino de Salitrillos de Aserrí, ha establecido diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre la finca sin inscribir que se describe así: terreno de naturaleza construido con una casa de habitación, tiene jardín, patio, algunas plantas de café y ciprés, ubicado en Salitrillos, distrito sétimo, del cantón sexto, Aserrí, de la provincia de San José. Linda: al norte, calle pública con un frente a la misma de ciento cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados; al sur, calle pública con un frente a la misma de ciento catorce metros con ochenta y cinco centímetros lineales; al este, Edwin Marín Quirós, y al oeste, María Teresa Bejarano Morales. Mide: siete mil trece metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-ocho ocho seis cuatro cero nueve-dos mil tres. Se cita a los interesados para que dentro de un mes a partir de la publicación se presenten a reclamar sus derechos. Expediente Nº 06-100278-217-CI. Información posesoria promovida por Luis Eduardo Corrales Cerdas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 6 de febrero del 2007.—Lic. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº 7457.—(17904).
Asociación de Desarrollo Integral de cabecera de Tilarán, cédula jurídica tres-cero cero dos-cero sesenta y seis mil doscientos seis, representada por el señor Marvin Picado Araya, mayor, soltero, vecino de Cabecera de Tilarán, empresario, cédula de identidad seis-doscientos cuarenta-ciento seis; solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la finca que se describe así: terreno para construir, situado en Cabecera, distrito segundo, Quebrada Grande, del cantón octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste, con una medida de ochocientos treinta y tres metros con once decímetros cuadrados, dicho terreno tiene los siguientes linderos: noreste y oeste, con Asociación de Desarrollo Integral de Cabecera de Tilarán; suroeste, con calle pública, con frente de sesenta y un metros sesenta y dos centímetros, y este, con calle pública con un frente de diecinueve metros setenta y nueve centímetros. Sobre el inmueble no existen cargas reales, ni condueños, se encuentra libre de gravámenes hipotecarios, el titulante es la única dueña lo estima en la suma de doscientos mil colones. El titulante lo adquirió por medio de donación que le hiciera al señor Rogelio Vindas Hernández, por más de diez años. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria. Expediente Nº 07-100041-0389-CI (43-4-07)-B.—Juzgado Civil de Cañas, 7 de febrero del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 7484.—(17905).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000506-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María de los Ángeles Contreras Contreras quien es mayor, casada una vez, vecina de Comunidad de Carrillo de Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe cinco-ciento cincuenta y uno-quinientos cincuenta y siete, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , los terrenos que se describes así: Finca número uno: ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero (Sardinal), cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lorenza Contreras y Antonio Contreras Vallejos; al sur, con Lázaro Cerdas García; al este, con calle pública con un frente a ella de trece metros ochenta y siete centímetros, y al oeste, Lorenza Contreras Vallejos. Mide: cinco mil trescientos setenta y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Finca número dos: ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito (tercero), cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con José Manuel Contreras Vallejos; sur, con Rafaela Contreras Vallejos; este, calle pública con un frente a ella de dieciocho metros con veintitrés centímetros, y al oeste, con José Manuel Contreras Vallejos. Mide: mil cuatrocientos treinta y siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de la escritura pública número ciento cincuenta y cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la construcción y cuido de las cercas, chapias de los terrenos y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María de los Ángeles Contreras Contreras. Expediente Nº 06-000506-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 12 de febrero del 2007.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 7504.—(17906).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-001041-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación de Acueducto Rural de Cuajiniquil, cédula jurídica tres cero cero dos ciento noventa y nueve mil trescientos sesenta y cuatro, representada por el señor José Félix Lobo Carmona, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Cuajiniquil de , un kilómetro al este de la delegación policial, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe cinco-doscientos dieciséis ciento catorce, profesión agente de policía, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, Santa Elena, cantón décimo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública, con un frente de diez metros de frente; al sur, José Joaquín Rodríguez Granados; al este, José Joaquín Rodríguez Granados, y al oeste, Manuel Adolfo Arroyo Jiménez. Mide: doscientos noventa y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ochenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble en forma verbal en fecha dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y uno por medio de José Joaquín Rodríguez Granados, quien es mayor, cédula de identidad cinco ciento noventa y cuatro cero sesenta y uno, casado una vez, agente de policía, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuidarlo, chapearlo, sembrarle árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Acueducto Rural de Cuajiniquil. Expediente Nº 06-001041-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, Guanacaste, 28 de diciembre del 2006.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 7505.—(17907).
Raileca Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero setenta y nueve mil-diez, domiciliada en San José, Sabana Oeste, Residencial Alajuela, casa 29-0, representada por Lidieth Rojas Rojas, mayor, casada una vez, profesora, vecina de Ciudad Quesada, cédula dos-doscientos ochenta y dos-cuatrocientos cuarenta y cinco, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre, en el Registro Público de , la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de repastos, sito en Muelle de Florencia, distrito dos de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, William Alfaro Rojas; al sur, Gerardo Rojas Arroyo; al este, calle pública con un frente a ella de doscientos dieciséis metros setenta y nueve centímetros lineales, y al oeste, William Alfaro Rojas. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado A-1102657-2006 de fecha cinco de octubre del dos mil seis, una superficie de cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y tres metros treinta y tres decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió la sociedad promovente por venta que le hiciera su socio Carlos Enrique Alfaro Rojas, mayor, casado una vez, médico veterinario, cédula dos-doscientos sesenta y cuatro-quinientos once, en fecha veinticuatro de noviembre del dos mil seis, quien en ese acto le traspasó a la sociedad promovente la posesión ejercida sobre dicho fundo por él y anteriores poseedores, en forma quieta, pública, pacífica, y a título de dueño por más de veinticinco años, mediante escritura pública sesenta y tres, visible al folio setenta y tres frente del tomo dieciséis del protocolo del notario público Mario Alberto Acosta Gutiérrez. El fundo fue estimado en la suma de quinientos cincuenta mil colones y las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de cien mil colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 07-000001-0298 AG promovida por Raileca S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 19 de febrero del 2007.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Nº 7569.—(17908).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 2006-001571-180-CI de Ricardo Incera Olivas, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Mata Redonda Rohrmoser, cédula 1-220-195, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil de San José, 7 de diciembre del 2006.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—(16724).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Luis Guillermo Villalobos Villalobos quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Barrio Otoya, portador de la cédula de identidad número 7-019-657 con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derecho, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda Exp. Nº 06-001578-0185CI-8. Sucesión de Luis Guillermo Villalobos Villalobos.—Juzgado Sexto Civil de San José, 7 de febrero del 2007.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—(16726).
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Margarita Marín Madrigal, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Antonio de Escazú, cédula de identidad número 1-250-775. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir d la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001019-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de febrero del 2006.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(16746).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Ángel Soto Montero, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, cédula Nº 2-213-945. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-002124-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de febrero del 2007.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 6826.—(16996).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luzmilda Chavarría Mora, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula Nº 1-489-694, vecina de Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000202-0298-AG (Consecutivo interno Nº 3-07). Sucesorio judicial de la causante Luzmilda Chavarría Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de enero del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 6835.—(16997).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Damiana Guido Ledezma, quien fue, mayor, viuda, oficios del hogar, vecina de Guácimo centro, y quien portaba la cédula de identidad Nº 9-069-654, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100559-0468-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo, Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, 17 de enero del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 6900.—(16998).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Arturo Zúñiga Ross, a las dieciocho horas del veintidós de febrero del dos mil siete y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio no testado de quien en vida fuera María Graciela Caamaño Aragón, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de barrio Escalante, San José, con cédula de identidad número uno-trescientos veintiuno-ocho nueve tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Carlos Eduardo Quesada Madrigal sito en San Pedro de Montes de Oca, de Pomodoro cien metros al este. Sucesión María Graciela Caamaño Aragón. Expediente Nº 00001-2006.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 6924.—(16999).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Carmen Elena Contreras López, mayor, divorciada una vez, del hogar, vecina de Bernabela de Santa Cruz, de trescientos metros al este, cédula número cinco-doscientos catorce-cero cero seis, a las doce horas del quince de febrero del año dos mil siete y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Estela López Cascante conocida como Estela Cascante Piña, mayor, divorciada un vez, pensionada, vecina de Bernabela de Santa Cruz Guanacaste, de doscientos cincuenta metros al este, cédula número cinco-cero ochenta y seis-seiscientos treinta y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada María Gabriela Morales Peralta, Santa Cruz Guanacaste, del Banco Nacional ochocientos metros al este. Teléfono 680-0872.—Lic. María Gabriela Morales Peralta, Notaria.—1 vez.—Nº 6991.—(17000).
Se emplazan a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados de quien en vida fueron Antolín Jiménez Barrantes, mayor, casado una vez, vecino de Lourdes de Montes de Oca, portador de la cédula de identidad número cuatro - cero cincuenta y cuatro - cuatrocientos seis y Francisca Cecilia Calvo Chanto, conocida como María Cecilia Calvo Chanto, mayor, viuda de sus únicas nupcias, ama de casa, vecina de Lourdes de Montes de Oca, portadora de la cédula de identidad número uno - ciento setenta y cinco -cuatrocientos treinta, para que en un plazo de treinta días a partir de la publicación del edicto de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos haciéndose saber que sino se presentan dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda. De la misma manera se hace saber a todos los interesados, que deberán, señalar lugar donde atender notificaciones dentro del perímetro señalado, para lo cual se señala que la oficina donde se tramitará este proceso se encuentra ubicada en San José, Rohrmoser, de la casa del Dr. Óscar Arias Sánchez, veinticinco metros oeste, casa número dieciocho.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 7000.—(17001).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Odeth Gutiérrez Hernández, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000004-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 13 de febrero del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 7008.—(17002).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Juan Rafael Granados Castro, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Calle Fallas de Desamparados, cédula de identidad Nº 3-097-002, y Elvira Cerdas Alfaro, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Calle Fallas de Desamparados, cédula de identidad Nº 1-156-780, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechas, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100001-0217-CI. Sucesión de Juan Rafael Granados Castro y Elvira Cerdas Alfaro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 5 de febrero del 2007.—Lic. Vannessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 7040.—(17003).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Adrián Iván Salas Godoy, cédula de identidad número uno-ochocientos ochenta y dos-cuatrocientos cuarenta y cuatro, quien fue vecino de Barrio San Martín de San Rafael de Heredia, para que dentro de treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan ante este despacho a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000474-375-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, 12 de febrero del 2007.—Lic. Juan Carlos Ramírez Brenes, Juez.—1 vez.—(17101).
Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Rosa Blanco Amador, quien fuera mayor, casada, del hogar, vecina de Ciudadela León XIII, cédula de identidad 2-0263-0168. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-001080-0164-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José, 9 de noviembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Meoño Nimo, Juez.—1 vez.—(17104).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Luisa Delgado Orozco, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Barrio Fátima, Desamparados de Alajuela, cédula de identidad Nº 2-209-925. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001776-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de enero del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(17157).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Valverde Cubillo, mayor, separado judicial, agricultor, con cédula de identidad número uno-doscientos uno-ciento ocho, vecino de Santa Cruz de Buenos Aires de Puntarenas, doscientos metros norte y cincuenta oeste del templo católico, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo, el haber hereditario pasará a quien corresponda. Expediente número cero uno-dos mil siete.—San Isidro de el General, 19 de febrero del 2007.—Lic. Gerardo Zúñiga Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 7109.—(17482).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Misael Robles Navarro, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número 3-100-433, vecino de , de Cristo Rey de San Pedro, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apersonen los que se crean tener la calidad de herederos, que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio número 07-1002173-0857-CI. Interno 217-07-1, de Misael Robles Navarro, albacea provisional: Rafaela Chávez Fonseca.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de Pérez Zeledón, 1º de febrero del 2007.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—1 vez.—Nº 7139.—(17483).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Omar de Jesús Corrales Morales, quien fuera mayor de edad, casado una vez, técnico agropecuario, vecino de Concepción de Daniel Flores de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad número 1-581-198, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a, reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100890-188-CI. (Interno 935-06-J-3).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 9 de enero del 2006.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 7140.—(17484).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Juana Mora Méndez, conocida como Ángela Marialena Mora Méndez al ser las ocho horas del diez de febrero del dos mil siete, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Inocente Mora Soto, quien fue mayor, viudo una vez, con cédula de identidad número uno-cuatro uno tres-cero ocho nueve, vecino de Guápiles, Limón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Altos de Tienda Pirámide, Siquirres, Centro, Limón, tél: 768-0101. El original fue retirado por el albacea al ser las nueve horas del doce de febrero del dos mil seis.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1 vez.—Nº 7142.—(17485).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Edwin Araya Bravo, pensionado, cédula de identidad número dos-ciento cincuenta-setecientos treinta y nueve y Luzmilda Arabela Duarte Salas, ama de casa, cédula de identidad número dos-ciento cuarenta y nueve-ciento nueve, ambos mayores, casados una vez y vecinos de Alajuela, Barrio San José, Urbanización Calufa, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2007.—Grecia, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Roberto Suárez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 7169.—(17486).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Antonio Agustín Espinoza Chaves, quien fue mayor, casado, chofer, vecino de San José, Barrio María Auxiliadora, frente al plantel de la empresa constructora Presbere S. A., portador de la cédula de identidad número cinco-ciento once-cuatrocientos cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100393-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 30 de enero del 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 7194.—(17487).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados a la sucesión de Víctor Julio Suárez Carranza, quien en vida fue mayor, casado una vez, misceláneo, vecino de Carmona de Nandayure, del Centro de Nutrición cien metros oeste, con cédula de identidad Nº dos-doscientos setenta y cinco-setecientos cuarenta y tres. Para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos, de que, si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100004-0406-CI. Sucesión de Víctor Julio Suárez Carranza promovida por María Inés Badilla Rojas, Ricardo del Carmen, Maikel, Xinia María, José Ángel, Víctor Hugo, German Gerardo y Greivin todos Suárez Badilla.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Nandayure, Guanacaste.—Lic. David Campos Rojas, Juez.—1 vez.—Nº 7197.—(17488).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carmen Solano Rivera, cédula uno-doscientos cuarenta y tres-cuatrocientos setenta y tres, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2007.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 7201.—(17489).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Bautista Cervantes Villalobos, quien fuera mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Avenida González de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad número 3-065-818, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100109-188-CI. (Interno 118-07-R-3).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 13 de febrero del 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 7212.—(17490).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Graciela Orozco Valerín y Rubén Méndez Carpio, quienes fueran mayores, cónyuges entre sí, cédula Nº 3-0072-413, Nº 03-044-6245. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001604-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de enero del 2007.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 7289.—(17491).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafaela Suárez Suárez, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Nicoya, propiamente de Pozo de Agua de Nicoya. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100173-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 26 de febrero del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 7299.—(17492).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Chaves Mora, quien fue mayor, casado dos veces, ingeniero, cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta y uno-quinientos sesenta y uno, vecino de Desamparados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000990-164-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 26 de enero del 2007.—Lic. Leyla Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº 7306.—(17493).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Virginia Monge Arana, quien fue mayor, de estado civil viuda, comerciante, vecina de Barrio Escalante, con cédula de identidad número 1-261-067. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001689-0184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—1 vez.—Nº 7309.—(17494).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rodolfo Brenes Flores, a las diecisiete horas del primero de octubre del año dos mil tres y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Rodolfo Brenes Tapia, mayor, viudo, sastre, cédula de identidad número tres-quinientos cincuenta y siete-setecientos ochenta y siete, vecino del Alto de Guadalupe, del Colegio Divino Pastor doscientos veinticinco metros al sur. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Eduardo Aráuz Sánchez, con oficina en de Tibás, diagonal a la sucursal del Instituto Costarricense de Electricidad, oficina cuatro, teléfono doscientos cuarenta-ochenta y ocho-ochenta.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 7322.—(17495).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Sandra Erna Gamboa Hernández, quien era mayor, estudiante, cédula número uno-quinientos diecinueve-seiscientos veintiuno vecina de Barrio El Jardín de Desamparados, de Fallas cien metros oeste y ciento cincuenta al sur, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, de que si no lo hacen dentro del término, dicha herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública de la licenciada Rosa Puello Suazo, sita en San José, de , dos cuadras al este y veinticinco metros al sur, oficina a mano izquierda, Bufete Navarro y Asociados. Expediente número 01-2007. Teléfono 226-2738.—Lic. Rosa Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—Nº 7325.—(17496).
Ante esta notaría en Santa Bárbara de Heredia centro, hago constar que se inició trámite sucesorio testamentario de quien en vida fue Lilliam Céspedes Gutiérrez, quien fuera mayor de edad, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero ochenta y dos-cero cuatro cuatro cinco, vecina de San Pedro de Santa Bárbara de Heredia, de setenta y cinco metros al oeste. Con fundamento en las disposiciones del artículo novecientos cuarenta y seis y siguientes del Código Procesal Civil en relación con el artículo ciento veintinueve y siguientes del Código Notarial, hago constar que se han apersonado ante mí quienes dicen ser los legatarios designados, quienes me han solicitado la tramitación de la presente mortual a través de este procedimiento; ellos han aceptado la herencia, asimismo han expresado que el albacea realizará el inventario de bienes y se designa en ese cargo a Humberto Alfaro Castro, quien ha aceptado el cargo correspondiente. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, concurran ante esta notaría a hacer valer sus derechos, para cuyos efectos se pone a disposición el expediente que he formado en Santa Bárbara de Heredia, 20 de febrero del 2007.—Lic. Sonia María Arias Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(17511).
Se emplaza a todos los interesados en el sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera Francisco García García conocido como Francisco Díaz García, mayor de edad, casado una vez, guarda línea, portador de la cédula de identidad número cinco-cero veintiocho-nueve mil setenta y siete, vecino de Dulce Nombre, Nicoya, Guanacaste, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría ubicada en San Juan de Tibás, del Palacio Municipal, doscientos metros al sur y veinticinco metros al oeste. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Lic. Adriana Tapia Quirós, notaria pública, carné 14.209. San Juan de Tibás, a las diecisiete horas con treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil siete. Expediente Nº 2007-03-SUC-NOT.—Lic. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—(17516).
Se hace saber que ha sido solicitada la intervención del suscrito notario para tramitar el proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fue Gonzalo Truque Gurdián, casado una vez, portador de la cédula de identidad número uno-cero doscientos veintidós-seiscientos sesenta y uno, vecino de Moravia, barrio , de Perimercados trescientos veinticinco metros al sur; quien falleció el día cuatro de julio del dos mil seis, a las diecinueve horas cincuenta y cinco minutos. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito notario se encuentra ubicada en San Rafael de Escazú, sur de la entrada sureste al Centro Comercial Multiplaza, edificio Terraforte, cuarto piso, oficinas del bufete Lex Counsel. Expediente Nº 0002-2006.—San José, 21 de setiembre del 2006.—Lic. Luis Eduardo Sibaja Guillén, Notario.—1 vez.—(17530).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Carlos Rodríguez Mena, a las dieciséis horas del siete de febrero del año dos mil siete; y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Clara Julia Novoa Martínez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, con cédula de identidad número ocho-cero cuatro nueve-uno cinco cero. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Hugo Luis Levy Mena, con oficina en Bufete Levy & Levy. Sita en avenida seis número un ciento treinta y siete, de los Tribunales de Justicia ciento setenta y cinco metros al oeste, frente al Juzgado Notarial, Teléfono: 233-5615, fax: 222-2576.—Lic. Hugo Luis Levy Mena, Notario.—1 vez.—(17539).
Se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en la sucesión de Rafael Ángel Sánchez Espinoza, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número dos-uno nueve cero-cuatro cero cinco, vecino de Alajuela, Turrucares, del cementerio ochocientos metros al suroeste, ciento cincuenta metros entrada a mano derecha a Villa Tití, para que dentro del término de treinta días naturales a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José, avenida segunda, condominio Las Américas, quinto piso, oficina número dos, a fin de hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento, de que de no hacerlo en el plazo establecido la herencia pasará a quien corresponda según el acta de apertura de proceso sucesorio levantada ante el suscrito notario público. Expediente Nº 2007-000001.—San José, 23 de febrero del 2007.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—(17553).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Therese Annemarie Tschannen-Liechti, con un solo apellido en razón de su nacionalidad suiza, mayor, viuda una vez, retirada, con pasaporte actual de su país Nº F 0 474456 y en la actualidad con condición de residente pensionada carné 175600008935, vecina de Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, al oeste del Bar Matapalo, calle a la izquierda casa blanca de dos pisos, a las 10:00 horas del 19 de febrero del año 2007 comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Daniel Peter Tschannen, con un solo apellido en razón de su nacionalidad suiza, mayor, casado una vez, pensionado, con pasaporte original de su país Nº 8869066, luego utilizó el pasaporte Nº F 0 474455 y que le fue asignada condición de residente rentista con carné de residente rentista 9801, que luego le asignaron condición de residente pensionado con carné 175600009010, fallecido el 25 de agosto del 2006. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Buck Ronald Calvo Canales. Liberia, Guanacaste, al oeste de antiguo Almacén Suma, teléfono 666-7875 y fax 666-5147. (Publicar en el Boletín Judicial). El original fue retirado por la promovente a las 10:25 horas del 19 de febrero del 2007.—Lic. Buck Ronald Calvo Canales, Notario.—1 vez.—(17623).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiocho de febrero del dos mil siete, solicitóse apertura de la sucesión en sede notarial de Roberto Peña de Camus, quien fue mayor, casado dos veces, abogado, vecino de Madrid Reino de España, pasaporte de ese país cero cero cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuarenta y cuatro. Emplazando a interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación concurran a valer sus derechos en esta notaría, sita en Sabanilla de Montes de Oca, Residencial Los Rosales casa ocho F.—San José, 1º de marzo del 2007.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—Nº 7382.—(17909).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gary Wilson Sanabria Troyo, quien fuera mayor, empresario, casado tres veces, cédula 1-403-1374, vecino de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000358-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago,_20 de febrero del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 7404.—(17910).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ronald Calderón Coto, quien fuera mayor, casado, abogado, vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-003007-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de febrero del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 7414.—(17911).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Antonio Hernández Hernández, mayor de edad, casado una vez, pescador artesanal, vecino de Tárcoles de Garabito, cien metros sur del cementerio, cédula dos-ciento setenta-seiscientos noventa y dos; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2007-0001-CI.—Lic. Néstor Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 7422.—(17912).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miriam Valverde Gamboa, quien fuera mayor de edad, casada una vez, vecina de Rivas, de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad 1-375-843, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100735-188-CI (Interno 769-05-JC-4).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 21 de febrero del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 7426.—(17913).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Montero Angulo y María del Carmen Leticia Díaz Sánchez quienes fueron, mayores, casados entre sí, el primero comerciante y ella ama de casa, vecinos de Dulce Nombre de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-001607-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 14 de febrero del 2007.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—Nº 7450.—(17914).
En proceso sucesoria notarial abierto ante mi notaría, se tramita la sucesión de quien en vida fue Leonidas Córdoba Fernández conocido como Leonidas Fernández Fernández, últimamente vecino de esta ciudad y portador de cédula de identidad 2-197-168. Por el término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, se cita y emplaza a presuntos herederos e interesados y acreedores a que comparezcan ante esta notaría, sita en la ciudad de Puntarenas, calle siete, avenida tres, edificio Abodent, a hacer valer sus derechos.—Puntarenas, 1º de febrero del 2007.—Lic. Luis Enrique Wong Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 7462.—(17915).
El día de hoy 23 de febrero del dos mil siete, se declara abierto proceso sucesorio extrajudicial ab intestato, causante Luis Francisco Barahona Araya. Se emplaza a los herederos e interesados para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en reclamo de sus derechos.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 7467.—(17916).
Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Jorge Salas Sibaja, cédula de identidad uno-ciento setenta y seis-doscientos cincuenta y cinco, quien en vida fue casado una vez. pensionado, vecino de Heredia, Barva, cuatrocientos metros oeste y trescientos metros norte de de Barva. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2007-CI. Notaría de la licenciada Karina Rojas Solís, sita en la ciudad de Heredia costado este del Banco de Costa Rica en Heredia, el horario de esta oficina es de ocho de la mañana a doce mediodía y de las catorce horas a las diecisiete horas y los números de teléfono son doscientos sesenta y uno-setenta y nueve-setenta y dos y el teféfono/fax: doscientos treinta y ocho-treinta y seis-veintitrés.—Heredia, 27 de febrero del 2007.—Lic. Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 7485.—(17917).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Sara Virginia Chacón González quien fue mayor, divorciada una vez, pensionada, vecina de Juanilama de Esparza Calle Molejones al este, cédula de identidad dos-doscientos setenta y uno-seiscientos veintitrés, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100002-0437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 15 de febrero del 2007.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—Nº 7489.—(17918).
Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de Uriel Mora Cascante por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de treinta días deben comparecen ante esta notaría del Lic. Juan Edgar Fallas García, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica, Agencia Acosta, con el fin de hacer valer sus derechos.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—Nº 7555.—(17919).
Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de Braulio José Bustamante Chinchilla por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de treinta días deben comparecen ante esta notaría del Lic. Juan Edgar Fallas García, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica, Agencia Acosta, con el fin de hacer valer sus derechos.—San José, 15 de enero del 2007.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—Nº 7556.—(17920).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Evangelista Moreno Moreno, quien fue mayor, de estado civil casado, vecino de Escazú, San Miguel, de la municipalidad de Escazú, 300 al oeste, con cédula de identidad 5-042-738. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000157-0184-CI-5.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 8 de febrero del 2007.—Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza.—1 vez.—Nº 7570.—(17921).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rolando Antonio Fallas Segura, quien fue mayor, casado una vez, inspector de trabajo, vecino de San Ramón de Alajuela cien este y cincuenta al norte del hogar de Ancianos, cédula de identidad tres-ciento ochenta y ocho-quinientos sesenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quine corresponda. Expediente Nº 001-2007.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 7606.—(17922).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato de Flora Durán Umaña, cédula de identidad uno-ciento setenta y seis-ochocientos veinticuatro, vecina de El Alto de Goicoechea contiguo al Hospital Jerusalén, sobre avenida central, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en esta notaría ubicada en avenida ocho entre calles tres y cinco, San José, a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil siete.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 7632.—(17923).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Blanca Haydee Castro Alvarado, quien fuera mayor, soltera, cédula uno-ciento ochenta y cinco-ochocientos sesenta y nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000135-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 7633.—(17924).
Se cita y emplaza a todos los interesados en las sucesión de Rafael Ángel León Aguilar, cédula de identidad 3-069-426, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado y vecino de Turrialba, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación del edicto, comparezcan a reclamar y hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2006-100312-341-CI 329-P.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—1 vez.—Nº 7648.—(17925).
Por única vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Manuel Palma Palma, conocido como Manuel Porras Palma, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula 3-075-288, vecino de Turrialba, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del término dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2006-100284-341-CI-299-A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 12 de octubre del 2006.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 7649.—(17926).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor Daniel Alberto Ortiz Pérez, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 07-000055-673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de febrero del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—(17544).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se avisa que en este Despacho la señora Mileni de los Ángeles Cervantes Mena conocida como Saili Mileni solicita se apruebe la solicitud de adopción individual de la persona menor Juan Carlos Mena Soto. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 05-000185-673-FA.—Juzgado de y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 31 de mayo del 2005.—Lic. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—Nº 6708.—(16680).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Fanny Alpízar Núñez y otros. Expediente Nº 06-001773-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de diciembre del 2006.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—Nº 6737.—(16681).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por María Virginia Bolaños Rodríguez, mayor, divorciada, profesora, cédula de identidad número cuatro-ciento veinticuatro-ochocientos setenta y ocho; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de María Virginia, por el de Silvia Virginia mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 06-001470-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de enero del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 6849.—(17004).
Lic. Diana Vargas Badilla, Jueza de Familia de Corredores, Ciudad Neily, Puntarenas, al señor Norman Wayne Mc Kinnon Bonwell, de domicilio ignorado, se ha ordenado notificarle por medio de edicto (artículo 4º de y Citaciones), que en este Despacho se encuentra el proceso por abreviado de divorcio, expediente Nº 04-400350-424-FA-1, promovido por la señora Zoila Rosa Salas Meza contra: Norman Wayne Mc Kinnon Bonwell; en el cual se encuentra la resolución de los folios 43 el 50, que literalmente dice: Sentencia de Primer Instancia, Juzgado Familia de Corredores, Ciudad Neily, a las trece horas, treinta y dos minutos del doce de junio del dos mil seis. Proceso abreviado de divorcio, establecido por el Zoila Rosa Salas Meza, mayor, casada, chef, cédula de identidad número uno-cuatrocientos ochenta y ocho-ochocientos cincuenta y dos, vecina de Laurel, Corredores, Puntarenas, contra Norman Wayne Mc Kinnon Bonwell, mayor de edad, casado, estadounidense, pasaporte Nº G1809886, demás calidades desconocidas, representado en este acto por , licenciada Yadira Rayes Wong. Resultando: la actora, de calidades supra citadas, con base en los hechos y citas de derecho invocados en su demanda, solicita que en sentencia se declare: a) Disuelto el vínculo matrimonial que la une con el señor Norman Wayne Mc Kinnon Bonwell, de calidades ya citadas, por la causal de separación de hecho prevista en el artículo 48, inciso 8) del Código de Familia. 2) El accionado siendo persona ausente, será representado por su curadora procesal la licenciada Yadira Reyes Wong. 3) En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes. No se notan defectos u omisiones capaces de producir nulidad o indefensión a las partes. Esta sentencia se dicta dentro del plazo de ley. Considerando. I.—Hechos probados: a, b, c, d; II.—Sobre el fondo: ...; IV, V, VI. Fundamento legal:... Por tanto se declara con lugar la demanda incoada por la actora en cuanto a la solicitud de divorcio y se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a Zoila Rosa Salas Meza y Norman Wayne Mc Kinnon Bonwell, y se ordena la inscripción de esta sentencia, en de Matrimonios del Registro Civil, provincia de San José, al tomo; ciento noventa y nueve, folio cuatrocientos treinta y nueve, asiento ochocientos setenta y siete. De conformidad con el ordinal 153 y 222 del Código Procesal Civil, se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas, por lo que cada parte deberá pagar aquellas en las que haya incurrido y ambos aquellas que les fueron comunes.—Juzgado Civil y Trabajo de Corredores.—Lic. Willy Fernández M., Juez.—1 vez.—Nº 6897.—(17005).
El licenciado Juan Carlos Sánchez García, Juez de Familia de Corredores; hace saber a Álvaro Muñoz Villalobos, domicilio ignorado a quien se le ha ordenado notificar por medio de edicto artículo 4º de de Notificaciones y Citaciones. Que en el expediente Nº 05-400271-424-FA (2), que es asunto de declaratoria de estado de abandono judicial promovido por el reconocimiento de hijo de mujer casada, promovido por Rafael Ángel Guevara Vásquez, interesados Gisette García Valverde y Álvaro Muñoz Villalobos, se dictó la sentencia la resolución que dice literalmente: se tiene por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hija de mujer casada promovidas por Rafael Ángel Guevara Vásquez a favor de los menores Rafael Ángel y Miguel Ángel ambos Muñoz García. De las mismas se confiere audiencia por tres días al Patronato Nacional de y a de , por el plazo de tres días conforme a lo establecido en el artículo 85 del Código de Familia y 110 del Código de y a de por medio de de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, al Patronato Nacional de por medio del notificador del despacho y a los señores Gisette García Valverde y Alvarado Muñoz Villalobos por medio de Destacamento de Policía de Sabalito de Coto Brus. Asimismo, se le previene al actor que deberá aportar un juego de copias del proceso a fin de notificar al Patronato Nacional de Juzgado Civil y Trabajo de Corredores, Ciudad Nely, 15 de diciembre del 2006.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—Nº 6912.—(17006).
Natalia Corrales Mata, mayor, soltera, dependiente, vecina de Puriscal, cédula Nº 1-1067-588 promueve ante este Despacho diligencias de nombramiento de tutor para la menor Gloria Mariana Guerrero Corrales, de once años de edad, nacida el cinco de mayo de mil novecientos noventa y cinco, estudiante, vecina de Puriscal, hija de Leonardo Guerrero Bermúdez y de Sinaí Corrales Mata. Se convoca a todas aquellas personas con derecho a esta tutela para que en el plazo de quince días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, se apersonen a los autos en defensa de sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 26 de enero del 2007.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—Nº 6965.—(17007).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Eylen August Van contra Colegio de Abogados de Costa Rica. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad del acuerdo 2006-36-062 resuelto en sesión número 36-2006 celebrada el 26 de setiembre del 2006 y acuerdo 2006-45-085 en sesión ordinaria número 4506, celebrada el 5 de diciembre del 2006. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Exp. Nº 07-000070-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 31 de enero del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—(17009).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Servicios de Instalación Melco S. A. contra Instituto Costarricense de Electricidad, Organización de Servicios Varios de Cartago S. A. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad de las siguientes resoluciones, de las diez horas del cuatro de abril del dos mil seis de de Finanzas del ICE, de las catorce horas del veinte de julio del dos mil seis, suscrito por del ICE, de las ocho horas del veinticinco de agosto del dos mil seis suscrito por del ICE. Además que se declare que el ICE es en deberle a la parte actora la factura en disputa por un monto de ciento treinta y siete mil seiscientos noventa y siete dólares con 43/100. Que la empresa actora no debe de devolver los setenta y ocho mil ochocientos noventa y un dólares con 56/100 pagados por el ICE por ser facturas presentadas antes del veintisiete de setiembre del año dos mil cuatro, y que se condene a ambos demandados al pago de ambas costas de la demanda. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 06-001216-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—(17144).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Franklin Ramírez Gutiérrez. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la resolución del Contrato para el Desarrollo de Sistemas Informáticos por incumplimiento, así como que se ordene la devolución de las sumas pagadas más los intereses de ley. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 07-000011-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—(17149).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Alonso Hernández Quirós contra Municipalidad de Escazú. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que debido al actuar antijurídico de de Escazú, se anule la orden de desalojo a cualquier acto perturbatorio; que se le ordene a de Escazú eliminar el exceso de trámites para permisos y trámites municipales; que se condene a la demandada al pago de daños, perjuicios y costas por su actuar antijurídico. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos, de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 06-001098-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 7161.—(17497).
A quien interese, se hace saber que José Cordero Rojas ha interpuesto en este Despacho proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna: sentencia número 124-2005 dictada por el Tribunal Aduanero Nacional a las nueve horas con cuarenta minutos del 15 de abril del 2005 y la resolución Nº RES-CALD-UA-066-2005 del 27 de enero del 2005 de de Caldera. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro desplazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 06-000025-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 7 de febrero del 2007.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—1 vez.—Nº 7188.—(17498).
Licenciada Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza Instructora del Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Goicoechea; hace saber a Jordi Eduard Prat Cordero, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecutivo simple en su contra, bajo el expediente número 04-007474-0170-CA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las once horas y veintitrés minutos del cuatro de agosto del año dos mil cuatro. Con base en el documento presentado, por la suma cobrada de cuatrocientos treinta y siete mil setecientos treinta y cinco colones con cuarenta y siete céntimos (monto que incluye capital e intereses) se despacha ejecución en contra de Jordi Eduard Prat Cordero a quien se le concede el plazo improrrogable de cinco días para que se opongan a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Asimismo, se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, este último dentro de este circuito judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento, de que mientras no lo haga, las resoluciones que se dicten se le tendrá por notificadas en la fecha que así lo indique el acta de notificación correspondiente, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. (Artículo 6º y 12 Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y seis publicada en º 211 del cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y seis e interpretación auténtica del artículo 185 del Código Procesal Civil). Por la suma expresada más el cincuenta por ciento de ley se decreta embargo en los bienes del demandado, haciéndolo recaer sobre los que se indican. Notifíquese a la parte demandada personalmente o en su casa de habitación, en la dirección indicada, (Artículo 2º de de Notificaciones y otras Comunicaciones Judiciales). Para tal efecto se comisiona a través de de Proximidad Escazú, Delta. Numeral 179 de Código Procesal Civil. Previo a expedir la comisión que interesa aporte el actor un juego de copias del expediente. Previo a emitir mandamiento de anotación aclare el número de cédula correcto del propietario, toda vez según el informe registral de folio 4 no coincide con el del documento base de folio 1-2. Notifíquese. Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza. Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las catorce horas y veintiséis minutos del cinco de diciembre del año dos mil seis. Conforme se solicita se procede a notificar al demandado por medio de edicto. Expídase el mismo. Notifíquese. Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ejecutivo simple de Municipalidad de Escazú contra Jordi Eduard Prat Cordero. Expediente Nº 04-007474-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 5 de diciembre del 2006.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 7218.—(17499).
Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez de Familia de Santa Cruz; hace saber a Allan Enrique López Arias, que en este Despacho se interpuso un proceso separación judicial en su contra, bajo el expediente número 04-000142-0776-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Familia de Santa Cruz, a las trece horas y seis minutos del veintisiete de agosto del dos mil cuatro. De la anterior demanda de separación judicial establecida por el accionante Kattia Cubillo Chavarría se confiere traslado a la accionada Allan Enrique López Arias por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de a dicha institución por medio de de Notificaciones de este circuito. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial, donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. De la solicitud de nombramiento de curador procesal que promueve la parte actora, se confiere audiencia por el plazo de tres días a de , artículo 262 párrafo 1 del Código Procesal Civil. Para tal efecto se comisiona por medio de exhorto al Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Notifíquese. Lic. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso separación judicial de Kattia Cubillo Chavarría contra Allan Enrique López Arias. Expediente Nº 04-000142-0776-FA-4.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 11 de setiembre del 2006.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—1 vez.—Nº 7329.—(17500).
Se hace saber que Anselmo Guillermo Barrantes Santamaría, mayor, comerciante, cédula 6-093-378, vecino de Limón, ha promovido diligencias de actividad judicial no contenciosa de cambio de nombre, en el sentido que sea el nombre de “Guillermo” el que se le inscriba en el Registro. Quienes tengan que hacer alguna objeción del cambio pretendido, deberán hacerlo dentro de los quince días, contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de , Limón, 19 de febrero del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—(17504).
Se avisa al señor Rigoberto José Medina Contez, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 06-000425-673-NA, correspondiente a proceso especial de protección establecido por el Patronato Nacional de , donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor de edad Aida Medina Aragón conocida como Aragón Martínez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de febrero del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(17542).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Emilio Monge Soto contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare con lugar la presente demanda ordinaria y se anule la resolución Nº 718 de las nueve horas, treinta minutos del trece de octubre de 2004, emitida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y se ordene la restitución en mi cargo habitual con todos los derechos y obligaciones que conlleva la restitución al cargo. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 05-000152-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 19 de octubre del 2006.—Dr. Juan Carlos Segura Solís, Juez.—1 vez.—(17609).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del señor Jesús Eduardo Sobrado Barquero, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Hernán Sobrado Acevedo y Norma Barquero Corrales. Presunto insano Jesús Eduardo Sobrado Barquero. Expediente 07-000318-0165-FA.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de febrero del 2007.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Nº 7448.—(17927).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Felicia de Rodríguez mayor, casada una vez, educadora, costarricense, vecina de Cartago, cédula de identidad 3-246-384; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Felicia de Rodríguez, por el de Mayra Felicia mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro, del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 06-001730-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 7466.—(17928).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Delta Médica de Costa Rica S. A., contra Caja Costarricense del Seguro Social. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare expresamente con lugar la demanda se declaren nulos e ineficaces los actos administrativos impugnados y se condene a la parte demandada a indemnizar a la sociedad actora los daños, perjuicios, lucro cesante, indexación, daño moral a persona jurídica, intereses legales desde que ocurrieron los hechos hasta su efectivo pago y ambas costas del proceso. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 06-001337-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 23 de enero del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 7479.—(17929).
Se avisa que en este despacho judicial en el expediente Nº 06-400520-.A. Interno Nº 526-1-06, que es adopción individual, promovida por Humberto Pozo Córdova, a favor de Ricardo Alexander Umaña Villalobos, el promovente solicita que se aprueba la adopción individual nacional del joven Umaña Villalobos. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que se fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 7 de setiembre del 2006.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1 vez.—Nº 7480.—(17930).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Banco Improsa S. A., contra Municipalidad de Garabito. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad de la resolución DL-355-2006 dictada a las once horas del ocho de noviembre del 2006, por de Garabito, alcaldía Municipal; que se tomen las medidas necesarias para el restablecimiento de la situación jurídica individualizada; que se ordene la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados desde el momento de la comisión de los hechos cuya nulidad se solicitan, hasta el efectivo pago de los mismos; que se ordene a de Garabito la demarcación de la zona pública frente a la propiedad inscrita en el Registro Nacional bajo la matrícula folio real 1435710-001 y 002; que se ordene a la demanda la demarcación en el sitio del plano catastrado P-1037339-2005 tal y como fue visado por de Garabito; que se suspenda cualquier acto administrativo que implique la limitación al derecho de propiedad de los actores respecto al inmueble inscrita en el Registro Nacional bajo la matrícula Folio Real 143570-001 y 002; que se condene a la demandada a ambas costas de esta acción. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 06-001550-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 31 de enero del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 7534.—(17931).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Jorge Salazar Centeno contra Municipalidad de Nicoya y otros. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare anular el contrato de concesión otorgado al señor Pedro Salas Flores, anular el acuerdo que otorgó el contrato de concesión al señor Pedro Salas, anular el acuerdo municipal que dio por bueno el cumplimiento de todos los requisitos de acuerdo a 6043 en la concesión del señor Pedro Salas Flores, anular el acuerdo que acordó rechazar mi solicitud de concesión, anular el acto administrativo, acuerdo 10 de la sesión ordinaria 148 del 28 de febrero del dos mil cinco del Concejo Municipal de Nicoya, que resolvió rechazar la solicitud de concesión del señor Jorge Salazar Centeno, por tratarse de una parcela -bienes demaniales- que ya se había adjudicado al señor Pedro Salas Flores mediante acuerdo 21 de la sesión ordinaria celebrada el veinte de enero del dos mil tres. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativo). Expediente Nº 06-001065-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(17933).
Ante esta notaría, han solicitando celebración de matrimonio civil los señores Bjorn Arvid Jakobsen, de un único apellido en razón de su nacionalidad Noruega, mayor de edad, divorciado una vez, empresario, vecino de Oslo Noruega, pasaporte número 25481181, e hijo de Petter Konrad Jakobsen y Randi Jakobsen; y Hannia Gabriela Bogantes Parrales, mayor de edad, soltera, estudiante, vecina de Alajuela, Santa Clara de San Carlos, con cédula de identidad número 2-0671-0760, e hija de Felipe Alb. Bogantes B., y Josefina Parrales R. Si alguna persona tuviere conocimiento, de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo en los siguientes 8 días naturales a la publicación de este edicto ante mi notaría, sita en San José, Curridabat del Indoor Club este, edificio Peugeot tercera planta. Se publica este edicto para cumplir con lo establecido en el capítulo IV del Código de Familia.—San José, 27 de febrero del 2007.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 7342.—(17501).
Han comparecido a mi notaría solicitando contraer matrimonio civil Angie María Arias Rojas, divorciada, administradora, cédula 2-0566-0189, vecina de Alajuela, de 25 años, nacida en Alajuela, el 27 de octubre de 1981, hija de Jorge Luis Arias y María Isabel Rojas; y Eric Mairena Galagarza, solero, dependiente, cédula 2-0626-0032, vecino de Alajuela, de 20 años, nacido en Alajuela, el 11 de octubre de 1986, hijo de Antonio Mairena y María del Socorro Galagarza. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que se lleve a cabo dicho matrimonio, deberá manifestarlo dentro del término de ocho días naturales siguientes a esta publicación, en mi oficina, sita en Alajuela, calle 10, avenidas central y primera, en Centro Comercial Jorge Ávila.—Alajuela, 23 de febrero del 2007.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 7364.—(17502).
Han comparecido ante esta notaría pública, solicitando matrimonio civil Karen Morela Quinn Canales, mayor de edad, soltera, comerciante, portadora de la cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero dos dos cinco cuatro nueve cuatro dos uno, de nacionalidad nicaragüense, vecina de Barrio México, San José, de la bomba Interamericana, doscientos cincuenta metros al norte, casa mano derecha, color verde agua, urbanización Florida Norte, hija de Claribert Quinn Lewis y Victoria Canales Jirón, ambos de nacionalidad nicaragüense y Óscar Blanco Rodríguez, mayor de edad, soltero, diseñador gráfico, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos dieciséis-novecientos diecinueve, de nacionalidad costarricense, vecino de San Francisco de Heredia, Hacienda San Agustín, casa cuarenta-A; hijo de Óscar Ismael Blanco Brenes y Juana Elizabeth Rodríguez Rodríguez, ambos de nacionalidad costarricense; quienes contraerán matrimonio el veintiséis de marzo del dos mil siete. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, debe manifestarlo a esta notaría, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Se realiza esta publicación en cumplimiento de lo dispuesto en el capítulo cuarto del Código de Familia.—San José, 28 de febrero del 2007.—Lic. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—(17517).
Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil Sonia Yolanda Betrano Valverde, administradora, divorciada una vez, cédula uno-quinientos sesenta y cinco-ochocientos treinta y uno y Roy Varela Menéndez, de nacionalidad puertorriqueña, divorciado dos veces, pensionado, pasaporte de su país uno cinco seis nueve ocho uno ocho ocho seis USA, ambos mayores de edad y vecinos de Goicoechea, Calle Blancos, Urbanización Montelimar, cincuenta sur del costado este de Escuela Santa Mónica, apartamento dos. Se advierte a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto ante el notario público Lic. Néstor Eduardo Solís Bonilla, oficinas ubicadas en San José, avenida 10, calle 37, frente a parqueo público Los Yoses, fax 280-7095.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Néstor Eduardo Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 7634.—(17932).
Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran las resoluciones que literalmente dicen así: Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete. Notifíquese al señor: Danilo Araya Madrigal, cédula 1-0699-0782, en su calidad de propietario registral del vehículo placa 371872, con permiso de Taxi SJP 2597, marca Hyundai con chasis KMHJF31LPRU684972, que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 de de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese sumaria 06-607656-489-TC causa seguida contra Juan Baca Rivera y Obed Obando Carmona. Publíquese en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 8737-Junta Protección Social de San José).—C-9680.—(17134).