El Boletín Judicial Nº 101

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las trece horas cuarenta minutos del diez de mayo del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 07-005667-0007-CO, interpuesta por Rocío Aguilar Montoya en su condición de Contralora General de la República, para que se declare inconstitucional la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007, Nº 8562, específicamente en lo que respecta al título 210, Ministerio de Educación. La norma se impugna en cuanto resulta contraria a lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política, por cuanto, incumple la obligación establecida relativa a que el gasto público destinado para educación estatal, incluida la superior, debe equivaler al menos a un 6% del Producto Interno Bruto (PIB). Señala que la diferencia sustancial entre el cálculo efectuado por el Ministerio de Hacienda, reflejado en la Ley impugnada y el realizado por la Contraloría General de la República, consiste en que en el caso de dicho Ministerio se toma en cuenta no sólo el gasto público que presupuesta el Gobierno Central para educación estatal (presupuesto del Ministerio de Educación Pública y transferencias a instituciones de educación superior), sino también el monto total presupuestado por el Instituto Nacional de Aprendizaje. Así, excluyendo el monto del presupuesto del I.N.A., no se llega al 6% del producto interno bruto. Estima la Contralora accionante, que llevar los alcances de lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política, al extremo de que dentro de la “educación estatal” que se buscó financiar con un gasto público mínimo del 6% del producto interno bruto, se entienda a su vez comprendida la capacitación y formación profesional de trabajadores que efectúa el I.N.A, resulta sumamente forzado, en vista de que no se trata de una institución de educación superior, ni tampoco forma parte del sistema educativo de enseñanza preescolar, general, básica y diversificada. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91), esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 11 de mayo del 2007.

                                                                                                                                                                                                                 Gerardo Madriz Piedra

(41817)                                                                                                                                                                                                                             Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las once horas treinta y cinco minutos del quince de mayo del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 07-006418-0007-CO, interpuesta por Celia Jácamo Rojas y Edemir Pizarro Villarreal, contra el artículo 28 párrafo segundo de la Ley Orgánica del Ministerio Público. La norma dispone: “Artículo 28.—Del régimen disciplinario. (...) Sin embargo, corresponde al Fiscal General conocer del recurso de apelación de la resolución del Tribunal de la Inspección Judicial que revoque el nombramiento a un fiscal adjunto, fiscal o fiscal auxiliar”. La norma se impugna en cuanto lesiona el principio de igualdad, el derecho a un juez natural, el derecho de defensa y el debido proceso reconocidos en los artículos 33, 35, 39, 41, 48 y 74 de la Constitución Política, el artículo 2º de la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y el 8º y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91), esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 15 de mayo del 2007.

                                                                                                                                                                                                                 Gerardo Madriz Piedra

(41818)                                                                                                                                                                                                                             Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Alberto Eduardo Carvajal Morales, cédula 6-0170-0719, quien fue mayor, contador-auditor, vecino de Desamparados, quien laboró para la Contraloría General de la República, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 07-300066-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 15 de mayo del 2007.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº 22894.—(43261).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las ocho horas del trece de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de setenta y ocho mil ciento sesenta y siete con 35/100 unidades de desarrollo equivalente a colones al día 10 de abril de 2007 en la suma de cuarenta y un millones doscientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y tres con 65/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento dos mil ochocientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa, situada en el distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con cuatro punto treinta y seis centímetros de frente y Ana María Rodríguez; al sur, casa de habitación; al este, calle pública con treinta y uno punto cincuenta y siete centímetros, y al oeste, Inbio Parque. Mide: cuatrocientos nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia Aguilar Montero. Expediente Nº 06-002621-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de abril de 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(42605).

A las nueve horas quince minutos del veinte de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de seis millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta con 07/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil ciento noventa y siete-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y patio, situada en el distrito Santiago, cantón San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juana María y Carlos Zapata Quintero; al sur, calle pública con 8 metros, 6 centímetros de frente; al este, Laureano Venegas Pérez, y al oeste, Juan Porras Hernández. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra María Teresa Alvarado Fernández. Expediente Nº 06-002782-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de marzo de 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(42606).

A las diecisiete horas y veinte minutos del diez de julio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos veinte mil quinientos ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir con una bodega, sito: distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linderos: norte, Asociación Deportiva Sagrada Familia; sur, calle pública con 8,05 metros; este, Compañía Magan Limitada, y al oeste, Asociación Deportiva Sagrada Familia. Mide: ciento noventa y ocho metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 96-000218-0227-CA de BNCR contra Estructuras y Construcciones Jireh S. A., Fernando Viquez Chacón y Jorge Enrique Mata Álvarez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de mayo del año 2007.—Lic. Carlos Enrique Espinoza Salas, Juez.—Nº 22555.—(42761).

A las ocho horas con treinta minutos del catorce de junio de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de un millón novecientos mil colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas número seiscientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y uno, marca Toyota, estilo Corolla, modelo mil novecientos noventa y cuatro, color verde, carrocería sedan cuatro puertas, chasis número dos T uno A E cero nueve B uno R C cero ocho uno siete dos cero, motor número cuatro A F seis tres cuatro uno uno siete, combustible gasolina, cilindrada mil ochocientos c.c., capacidad cinco personas. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 07-100159-0295-CI de Importadora y Venta de Autos La Pista S. A. contra Pamela Salgado Bonilla.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 4 de mayo de dos mil siete.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 22562.—(42762).

A las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de veinticinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil setecientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno de pasto con una casa, situada en el distrito Toro Amarillo, cantón Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Julio Vargas Alfaro; al sur, camino med, 140 m Jesús Esquivel; al este, María Barrantes, y al oeste, Joaquín Jiménez. Mide: ciento sesenta y tres mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Materiales de Construcción Gamma S. A. contra el Estado. Expediente número Nº 91-001902-0178-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de mayo del año 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—Nº 22584.—(42763).

A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre de aguas pluviales inscritas a las citas 495-07840-01-0001-001 y 496-02860-01-0002-001 respectivamente y con la base de cuatro millones ciento veintiséis mil cuatrocientos treinta y tres colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 371715-000, la cual es terreno para construir lote 11 D, situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida uno con un frente de 6,73 metros lineales; al sur, resto; al este, lote destinado a calle pública con un frente de 21,11 metros lineales, y al oeste, lote 10 D. Mide: doscientos tres metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural CR-Canadá contra José Arturo Carballo Abarca. Expediente Nº 07-000295-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 22587.—(42764).

A las nueve horas del quince de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho y en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) con la base de novecientos cincuenta mil colones, libre de gravámenes prendarios, soportando embargo inscrito al tomo 0009, asiento 284914 a favor de Carlos Francisco Esquivel González, el vehículo placas 383936, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería sedan de cuatro puertas, tracción sencilla, chasis JT2RA65C9E4036515, techo duro, motor 083675322R, de combustible gasolina, capacidad cinco personas, año 1984, color azul, de cuatro cilindros. 2) con la base de un millón ciento cincuenta mil colones, libre de gravámenes prendarios y soportando embargo practicado en el expediente 00-001017-0164-CI de Carlos Francisco Esquivel González contra Corporación Gabileny de Goicoechea S. A., el vehículo sin inscribir en el Registro de la Propiedad, marca Toyota, estilo Model F, carrocería van familiar, tracción sencilla, modelo 1985, color plata, de combustible gasolina, serie JT4YR27V2F0033242, no se especifica número de motor. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Carlos Francisco Esquivel González contra Corporación Gabileny de Goicoechea S. A. Expediente Nº 00-001248-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 22593.—(42765).

A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del primero de agosto del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de veintitrés mil novecientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 398999, marca Hyundai, estilo Galloper Exceed, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2000, color verde, tracción 4x4, chasis KMXKPE1HPYU351122, Vin KMXKPE1HPYU351122. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra José Rafael Bernini Segura y Juan Manuel Bernini Segura. Expediente Nº 05-001973-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de abril del año 2007.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—Nº 22604.—(42766).

A las diez horas del veinte de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de veintisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos catorce mil doscientos veintiséis-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno lote 30, terreno para construir con una casa, situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote treinta y uno; al sur, lote veintinueve; al este, calle pública, y al oeste, Los Sitios de San Vicente Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marco Vinicio Calvo Amador. Expediente Nº 07-000283-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de abril del año 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 22606.—(42767).

A las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios con la base de cinco millones trescientos cuarenta y siete mil colones, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios sáquese a remate el (los) bien (es) dado (s) en garantía sea la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y cuatro mil trescientos cinco-cero cero cero, que es terreno para construir lote veintidós con una casa, sito en el distrito dos, del cantón diez de la provincia de Heredia. Linda: al norte, calle pública; sur, este y oeste, Henry Gutiérrez Badilla, Gaspar Sarapiqueña S. A. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados, según plano catastrado H-cero ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento tres-dos mil tres. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100177-0295-CI de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guiselle Mayela Elizondo Montero.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 4 de mayo de dos mil siete.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 22626.—(42768).

A las ocho horas del veinte de junio del dos mil siete, en la puerta principal de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales con la base de la hipoteca de primer grado vencida, sea la suma de setenta y ocho mil trescientos colones, se rematará: al mejor postor la finca del partido de Puntarenas, Folio Real treinta mil trescientos diez-cero cero cero, que es terreno de café, sito en Limoncito, Coto Brus, distrito cuarto, cantón octavo de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle; al sur, con Carlos Guevara; al este, con calle y otro, y al oeste, con Rafael Ángel Chaves y río Limón. Mide: veintitrés mil novecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Propiedad de José María Marín Granados. Igualmente, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de la hipoteca de primer grado vencida, sea novecientos mil colones, se rematará al mejor postor la finca del partido de Puntarenas, Folio Real treinta y dos mil novecientos catorce-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, lote ciento diez-ciento cuarenta y nueve, sito en Limoncito de Coto Brus, distrito cuarto, cantón octavo de Puntarenas. Linda: al norte y oeste, con Consuelo Matamoros; al sur, con calle con doscientos diez metros; al este, con Lucas Madrigal y quebrada. Mide: treinta y seis mil cuatrocientos cuarenta y un metros cuadrados. Propiedad de José María Marín Granados. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario número 99-100257-424-CI-2 (284-99-2) del Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Julio Marín Badilla y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 19 de abril del 2007.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—Nº 22645.—(42769).

A las siete horas treinta minutos del tres de julio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ochocientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa, situada en el distrito cuatro, cantón primero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Oldemar Ávila Sancho; al sur, Emilce Hernández Vargas; al este, calle pública, con un frente de seis metros con treinta y cinco centímetros lineales, y al oeste, Emilce Hernández Vargas. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo Hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Vega Alfaro. Expediente Nº 02-100272-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 30 de abril del año 2007.—Nº 22656.—(42770).

A las nueve horas quince minutos del doce de junio del dos mil siete, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones inscritas a tomo 337, asiento 01850, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Puntarenas, matrícula 045136-000, que es terreno de café con una casa, situado en el distrito 01 San Vito, cantón Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública con 63 m, 92 cm; al sur, con Cecilia Céspedes Vargas; al este, con José Francisco Mora Solís, y al oeste, con José Ángel Ureña Godínez. Mide: dos mil doscientos ochenta y cinco metros con dieciocho decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 07-000398-185-CI-7, ejecutivo hipotecario de Bosque Verde Ojochalindo S. A. contra José Álvaro Valencia Díaz.—Juzgado Sexto Civil de San José, 11 de abril del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 22666.—(42771).

A las diez horas del dieciocho de julio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de un millón ciento treinta y seis mil novecientos sesenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 018633, marca Mack, capacidad tres personas, año mil novecientos sesenta y nueve, chasis R6C7S3658, color amarillo, categoría carga pesada, carrocería plataforma. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de José Ángel Piedra Monge contra José Miguel Piedra Segura. Expediente Nº 07-000436-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de mayo del año 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 22684.—(42772).

A las ocho horas del veinte de junio del dos mil siete, en la puerta exterior del local qua ocupa este despacho, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando servidumbre trasladada al tomo 332, asiento 10365 y con la base de cuatro millones ciento setenta y tres mil ciento cuarenta y un colones con cuarenta y seis céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido da Alajuela, matrícula de Folio Real número 341888-000, que se describa así: terreno para construir, lote siete, situado en distrito dos Florencia, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Mide: doscientos quince metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Linderos: norte, lote 6; sur, lote 8; este, José Rafael Rojas Hidalgo, y al oeste, servidumbre de paso con un frente de diez metros, sesenta y seis centímetros Se remata por ordenarse así en expediente número 07-100229-297-CI (3b) que es ejecutivo hipotecario da Banco de Costa Rica contra sucesión de Margarita del Rosario Álvarez Salas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de abril del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 22688.—(42773).

A las ocho horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 280-05615-01-0901-001, ahora sin sujeción a base remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 316793-000, que se describe así: terreno para construir, sito; en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón segundo de la provincia de Alajuela. Mide: cuatrocientos noventa y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle pública y Freddy Bastos Méndez; al sur, José María Bastos Rojas; al este, Freddy Bastos Méndez y Juan José Bastos Rojas, y al oeste, calle pública y José María Bastos Rojas. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100281-0297-CI (5b) del Banco Nacional de Costa Rica contra Irene Medina Carmona.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 4 de mayo del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 22689.—(42774).

A las nueve horas y quince minutos del diecinueve de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de doce millones ochocientos cuarenta mil ochocientos cuarenta y dos colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 181032-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Vilma María Aguilar Astorga; al sur, Marta Isabel Calderón y hermanos Hernández Solís; al este, calle pública con 6 metros, 70 centímetros de frente, y al oeste, María Irma Pérez. Mide: doscientos ochenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mario Alberto Calderón Montoya y Yamilet Aguilar Astorga. Expediente Nº 07-000128-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de abril del año 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 22702.—(42775).

A las once horas del once de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones trescientos noventa y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y un mil novecientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote ochenta y tres, situada en el distrito cinco Ipís, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote ochenta y cuatro; al sur, lote ochenta y dos; al este, lote noventa y uno, y al oeste, destinado alameda pública con seis metros de frente. Mide: ochenta y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Manuel González Arguedas. Expediente Nº 06-001403-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de mayo de 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—Nº 22723.—(42776).

A las ocho horas con treinta minutos del trece de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de alero y con la base de cinco millones ciento cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y siete mil treinta y seis-cero cero cuatro y cero cero cinco, la cual es terreno para construir con una casa, lote setenta y dos, situada en el distrito once San Sebastián, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida París; al sur, lotes noventa y seis y noventa y siete; al este, lote setenta y uno, y al oeste, lote setenta y tres y pared medianera. Mide: noventa y tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Johnny Gerardo Lizano Cedeño y Maureen Vanessa Montero Corrales. Expediente Nº 07-000249-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de mayo del año 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 22724.—(42777).

A las diez horas del diecinueve de julio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada al tomo 395 y asiento 14981 y con la base de quince millones de colones, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento setenta y cuatro mil seiscientos ocho-cero cero cero, que es terreno con una casa, sito: distrito cuatro San Rafael, cantón La Unión de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Mario López Durán; sur, calle pública siete metros, treinta y dos centímetros; este, sucesión Castro Otárola, y al oeste, Carlos Quesada Rodríguez. Mide: novecientos noventa y cuatro metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-003053-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Mikhail Vladomirovich Larguine.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de mayo del año 2007.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 22730.—(42778).

A las nueve horas del cinco de junio del dos mil siete, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de seis mil ciento ochenta y ocho dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 569970, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería familiar, chasis KL uno TD cinco uno Y tres cinco B dos siete seis tres tres ocho, uso particular, estilo Aveo, capacidad cinco personas, año dos mil cinco, color azul. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 06-001602-0185-CI, ejecutivo prendario de Banco Interfin S. A., contra Chacón Alvarado German José.—Juzgado Sexto Civil de San José, 22 de marzo del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(42893).

A las once horas quince minutos del cinco de junio del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta y dos millones seiscientos ocho mil cuatrocientos sesenta y dos colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, matrícula de Folio Real número 172411-001 y 172411-002 del partido de Alajuela, que se describe así: naturaleza para construir con una casa, mide doscientos noventa y un metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, linderos al norte con: lote 22 N; al sur, con: lote 24 N; al este, con calle pública, y al oeste, con lotes dos N y tres N, noreste: calle pública, noroeste: casa N° Ñ22, contigua, Urbanización Residencial Alajuela, sureste, casa Ñ24-N contigua, Urbanización Residencial Alajuela; suroeste, casa Ñ 3-N y 2-N, ambas en parte, contiguas Urbanización Residencial Alajuela. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-000632-0183-CI de Cooperativa Nacional de Educadores R. L., contra Diana Villalobos Torres, cédula 2-610-282 y Mario Villalobos Torres.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 25 de abril del 2007.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº (43352).

A las nueve horas quince minutos del cuatro de junio del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de nueve millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: derecho cero cero uno y cero cero dos de la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 265902, la cual es terreno bloque A SECC 1 N° 42 construir, situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, colinda: al norte, con lote 43; al sur, con lote 41; al este, con lotes 44 y 40; y al oeste, con calle pública con 8 m 28 cm. Mide: ciento siete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Coopebanpo R. L. contra Luis Fernando Rojas Arroyo y otra. Expediente N° 06-000748-181CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 28 de marzo 2007.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez Tramitador.—(43372).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las ocho horas del trece de junio próximo, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones ciento cincuenta y tres mil ciento noventa y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuatro mil catorce-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 22-C. Situada en el distrito primero Desamparados, cantón tres Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 20-C; al sur, lote 22-C; al este, calle pública, y al oeste, facilidades comunales. Mide: ciento veinte metros con siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Franklin Eduardo Cascante Aguilar. Expediente Nº 07-000134-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de marzo del 2007.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(42855).

A las trece horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, sáquese a remate los bienes embargados, ambos soportando gravamen practicado ordenado por el Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, bajo la sumaria Nº 99-000808-183-CI, según citas de inscripción en el Registro Público al tomo 473, asiento 09667, que inicia el veintiséis de enero del dos mil y vence el veintiséis de enero del dos mil diez, deudor Juan Luis Bolaños Alvarado, por la suma de veinte mil colones, sáquese a remate el derecho de la finca del partido de Puntarenas, matrícula número diez mil novecientos nueve-cero cero dos, que se describe así: solar para construir. Situado en distrito uno Puntarenas, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Mide: doscientos sesenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Linda: al norte, avenida 1 y otro; sur, Manuel Lizano; este, Reinaldo Sequeira; oeste, José Tomas. Plano catastrado: no se indica. Y por la suma de veinte mil colones, sáquese a remate el derecho de la finca del partido de Puntarenas, matrícula número diez mil novecientos diez-cero cero dos, que se describe así: solar para construir. Situado en distrito uno Puntarenas, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Mide: ciento setenta y cinco metros cuadrados. Linda: al norte, avenida 1 y otro; sur, Manuel Lizano; este, Pablo Alban; oeste, Cristóbal Sequeira. Plano catastrado: no se indica. Las fincas descritas son propiedad del demandado Juan Luis Bolaños Alvarado. Para llevar a cabo la diligencia de remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil siete. Publíquese el edicto de ley, el cual quedará a disposición de la parte actora para su diligenciamiento. Lo anterior por haberse así ordenado en proceso ejecutivo simple número 90-100165-0295-CI, de Fabio Evencio Rodríguez Bastos contra Juan Luis Bolaños Alvarado.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Grecia, 24 de abril del 2007.—Lic. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—(42873).

A las once horas del dieciocho de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas 529047, marca Nissan, estilo Sentra E, año 1994, sedan cuatro puertas, color blanco, chasis 1N4EB31P4RC786013. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Sergio Agüero Calderón contra Max Alberto Sánchez Barrantes. Expediente Nº 07-000193-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de mayo del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(42885).

A las trece horas con treinta minutos del día primero de agosto del dos mil siete, en la puerta principal de Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Alajuela, libre de gravámenes y con la base de ochenta mil dólares moneda actual de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio real, matrícula número diez mil quinientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para pasto, con bosque secundario, rastrojo y agricultura, con una casa de habitación, una galera y un corral. Situada en el distrito La Cruz, cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con Cornelio Vander Laat Hover, Ricardo y Francisco García Meza; al sur, con Irwin Wilhite y quebrada seca entrelazada en el lindero que se enrumba al este; al este, con filón de piedra y camino privado de entrada, y al oeste, con quebrada seca y camino privada de entrada. Mide: dos millones doscientos cincuenta mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en causa Nº 02-201022-0305-PE, contra Lina Patricia Soacha Avendaño por infracción a la Ley de Psicotrópicos en perjuicio de la Salud Pública.—Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de mayo del 2007.—M.Sc Ana Mary Hall Cubero, Jueza.—(42947).

A las ocho horas treinta minutos del once de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y un mil novecientos cuarenta y siete, submatrícula cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo La Vivienda; sur, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo La Vivienda; este, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo La Vivienda; oeste, calle pública con diez metros. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marisol Mena Piedra, Walter Salazar Marchena. Expediente Nº 06-002382-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de marzo del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(42995).

A las nueve horas del trece de julio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de dos millones doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Guanacaste, Folio Real matrícula número ciento once mil novecientos cincuenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para agricultura, lote veintiuno, sito en distrito primero del cantón cuatro de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote veinte; sur, lote veintidós; este, lote cuarenta y seis, cuarenta y siete y cuarenta y ocho y al oeste, calle pública. Mide: setenta y nueve mil ochocientos setenta y un metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Pertenece a Ana Cecilia Salas Arce y Pedro Gerardo Vargas Pacheco. Otros gravámenes: citas 321-06908-01-0002-001, servidumbre trasladada. citas 462-14373-01-0660-001 reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos. Citas 462-14373-02-0001-001, limitaciones del IDA. Ley Nº 2825, art. 122. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia Salas Arce y Pedro Gerardo Vargas Pacheco. Expediente Nº 07-000091-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 8 de mayo del año 2007.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—Nº 22740.—(43262).

A las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento siete mil sesenta y seis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es asentamiento falconiana, terreno para construir, lote veinticuatro, situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle pública; al sur, reserva del IDA; al este, lote 23, y al oeste, calle pública. Mide: ochenta y cinco mil setecientos noventa y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Otros gravámenes: limitaciones del IDA, Ley Nº 2825, citas: 451-15924-01-0104-001. Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 451-15924-01-0141-001. Hipoteca de segundo grado a favor del IDA, citas: 451-15924-01-0174-001. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alban Ordóñez Delgado y Cesarea c. c. Leticia Mairena Marchena. Expediente Nº 07-000093-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 15 de mayo del año 2007.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—Nº 22741.—(43263).

A las nueve horas del trece de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre sirviente al tomo 186, asiento 3622, secuencia 0901, servidumbre trasladada al tomo 316, asiento 5816, secuencia 0902 y 0903, anotación de demanda penal al tomo 559, asiento 227 y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 485038-000, que es lote 16 bloque A con una casa de habitación, situada en el distrito sétimo Purral, cantón octavo Goicoechea de la provincia de San José. Linda: al norte y sur, con Asociación de Vivienda Las Marianas; al este, con calle pública, y al oeste con Enrique Fernando Rodríguez Cubero. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 2005-001521-0180-CI de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo. Cesionario Medina & Medina Consultores S. A. contra Marlon Cooper Brenes.—Juzgado Primero Civil, San José, 13 de abril del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 22748.—(43264).

A las ocho horas del veintiocho de junio de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada a las citas 341-08088-01-0900-001, hipoteca de primer grado a las citas 543-08811-01-0003-001, con la base de diez mil dólares, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número trescientos trece mil diecisiete-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación y cerca frontal enrejada, situado en distrito primero San Isidro de El General Pérez Zeledón, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Lindantes. Norte, calle pública con 15 metros de frente; sur, Gafeso S. A., este, José Luis Espinoza Guzmán, y al oeste, Lidieth Espinoza Guzmán. Mide: doscientos cuarenta y siete metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano SJ-0516992-1983. La finca descrita pertenece a Eric José Espinoza Guzmán. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 07-100358-188-CI interno 387-07-Y-4 de Inversiones Automovilísticas W.J.B S. A., contra Eric José Espinoza Guzmán.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 17 de mayo de 2007.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 22766.—(43265).

A las quince horas, treinta minutos del tres de agosto del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho. 1) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de la Ley de Aguas y de Caminos Públicos, al tomo 301, asiento: 11707, secuencia 01-0044-subsecuencia 001 y con la base de veinticuatro millones novecientos ochenta y un mil noventa y cinco colones con sesenta y ocho céntimos, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y dos mil novecientos cincuenta y uno cero cero cero, terreno de potrero y breñones, situado en el distrito sétimo Pejibaye, cantón 19, provincia de San José. Linda: al norte, calle pública y Pedro Rojas Chacón; sur, Diego Berrocal Agüero; este, calle pública, Pedro Rojas Chacón y Diego Berrocal Agüero, y al oeste, Pedro Rojas Chacón y Diego Berrocal Agüero. Mide: ciento noventa y cinco mil ciento sesenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados. 2) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones al tomo 324, asiento: 15103, secuencia 01-0901-001, reservas y restricciones al tomo 325, asiento; 01289-01-0901-001, reservas y restricciones al tomo 388, asiento; 12089, secuencia 01-0903-001, y con la base de ciento veinticuatro millones seiscientos doce mil ciento ochenta y un colones con setenta y seis céntimos, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número quinientos setenta mil trescientos ochenta cero cero cero, terreno de potrero y repasto y cultivos anuales con una casa, situada en el distrito sétimo Pejibaye, cantón 19 de Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linda: al norte, Rodrigo Berrocal Agüero, Luis Roberto Brenes Castro, Danilo Valverde Retana y Diego Berrocal Agüero; sur, Diego Berrocal Agüero, calle pública, Carlos Fallas Agüero, Danilo Valverde Retana, Trinidad Marín Marín, quebrada Limón en medio; este, Luis Roberto Brenes Castro, Trinidad Marín Marín, quebrada Limón en medio, Carlos Fallas Agüero y Diego Berrocal Agüero, y al oeste; Diego Berrocal Agüero, Danilo Valverde Retana y calle pública. Mide: novecientos setenta y tres mil quinientos treinta y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. 3) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones al tomo 324, asiento: 15103, secuencia 01-0901-001, reservas y restricciones al tomo 388, asiento; 012089-01-0903-001, y con la base de setecientos noventa y siete mil cincuenta y siete colones con veintiocho céntimos, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número quinientos cuarenta y cuatro mil ochocientos treinta y cuatro cero cero cero, terreno de potrero solar y casa, situado en el distrito 07 de Pejibaye, cantón 19 de Pérez Zeledón, provincia de San José. Colinda: al norte, Diego Berrocal Agüero; sur, calle pública; este, Diego Berrocal Agüero, y al oeste, Diego Berrocal Agüero. Mide: seis mil doscientos veintisiete metros con un decímetros cuadrados. 4) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de la Ley de Aguas y Caminos Públicos, al tomo 301, asiento: 11707, secuencia 01-0044-001, condiciones al tomo 330, asiento: 11972, secuencia 01-0918-001, reservas y restricciones al tomo: 330, asiento: 11972, secuencia: 01-0919-001 prohibiciones al tomo 330, asiento; 11972, secuencia 01-0920-001 plazo de convalidación, al tomo 559, asiento; 08661- secuencia 01-0019-001, con la base de ciento cinco millones novecientos ochenta y seis mil quinientos cuarenta y nueve colones con setenta y seis céntimos, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número quinientos setenta mil trescientos setenta y nueve cero cero cero, terreno de potrero, situado en el distrito sétimo Pejibaye, cantón 19 de Pérez Zeledón, provincia de San José. Linda: al norte, Gerardo Rodríguez Mora, camino público con un frente de 216,40 cm, Juvenal Rojas Rojas y Luis Gerardo Berrocal Agüero; sur, Diego Berrocal Agüero; este, Juvenal Rojas Rojas, Luis Gerardo Berrocal Agüero, calle publica con un frente de 236,82 cm y Diego Berrocal Agüero, y al oeste, Juvenal Rojas Rojas, Gerardo Rodríguez Mora y Rodrigo Berrocal Agüero. Mide: ochocientos veintiocho mil diecinueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Las fincas aquí descritas pertenecen A T A T F Sociedad Anónima, cédula 3-101-120912. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 07-100211-0188-CI (interno 48-07-jc) de Diego Berrocal Agüero, Luis Gerardo Berrocal  Agüero  contra  T A T F S. A.—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 4 de mayo del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—Nº 22767.—(43266).

A las ocho horas del veintisiete de julio de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre sirviente de citas 335-19434-01-0026-001 y con la base de cuatrocientos mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y siete mil quinientos noventa y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para pastos, situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, en parte calle pública en medio, Cocle Holding Incorporated, y en otra Hart Preston Stroud, Roy Bernard Michon, William Nelson Schmidt; al sur, en parte calle pública en medio, Cocle Holdings Incorporated y Tomás Moreno; al este, Tomás Moreno y Milciades Moreno, y al oeste, en parte calle pública en medio, Cocle Holding Incorporated, y en otra Hart Preston Stroud, Roy Bernard Michon, William Nelson Schmidt. Mide: sesenta y siete mil trescientos nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Integral System S.C. contra López y Quirós S. A., Panana Cocle Holdings Incorporated desconocido expediente Nº 00-000941-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de mayo del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 22768.—(43267).

Al ser las catorce horas del veintiuno de junio de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, soportando una servidumbre trasladada, y con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintisiete mil ochocientos noventa y cuatro-cero cero cero, que es lote 4, terreno de pasto con una casa, localizada en distrito 03 Tapezco, cantón 11 Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública; sur, Analive Huertas Quesada; este, lote 3, y al oeste, Rosalía Quesada Huertas. Mide: mil setecientos treinta y ocho metros con veintiún decímetros cuadrados, plano A 0707927-1987. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100178-0295 CI, de Banco Nacional contra Jorge Enrique Murillo Campos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 7 de mayo de 2007.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 22792.—(43268).

A las trece horas, treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, con la base de tres millones quinientos mil colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 021757-000, que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Mide: ciento treinta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Linda: al norte, con lote 34; al sur, con lote 32; al este, con lote 41, y al oeste, con acera en medio terreno para parque. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-100217-0468-CI, de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Ruiz Zeas.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 23 de abril del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 22793.—(43269).

A las ocho horas, treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio, que ocupa este Juzgado, soportando condiciones, sin más gravámenes, con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula 61875-000, que es terreno para vivienda, situado en el distrito quinto Cariari; cantón segundo Pococí; provincia de Limón. Mide: ciento setenta y dos metros con veintisiete decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Asociación Iglesia Cristiana de Jesucristo; al sur con calle pública; al este, con Asociación Iglesia Cristiana de Jesucristo, y al oeste, con Luis Madrigal Elizondo. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 07-100218-0468-CI de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gilberth Morera Herrera.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 20 de abril del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 22794.—(43270).

A las ocho horas, treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando faja de terreno, condiciones y sin más gravámenes, con la base de un millón quinientos cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y seis colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 69818-001 y 002, que es lote uno terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con noventa y un decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Inversiones Agropecuarias Río Jardín S. A.; al sur, con Inversiones Agropecuarias Río Jardín S. A.; al este, con Inversiones Agropecuarias Río Jardín S. A., y al oeste, con calle pública. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-100219-0468-CI de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jovel Zeledón Vindas y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 23 de abril del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 22795.—(43271).

A las diecisiete horas del dieciocho de junio de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado a favor del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, por la suma de dos millones setecientos noventa y nueve mil novecientos veinte colones y con la base dada por la Municipalidad de Desamparados de cuatro millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos dieciséis mil trescientos veinticuatro-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito: distrito 04 San Rafael Arriba, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Linderos: norte, resto destinado a calle pública; sur, Desarrollos Completos de Occidente S. A.; este, Desarrollos Completos de Occidente S. A., y al oeste, Desarrollos Completos de Occidente S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple número 04-011176-0170-CA de Municipalidad de Desamparados contra Michael Roberto Myers Francis.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de abril del año 2007.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—Nº 22808.—(43272).

A las once horas del catorce de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, anotaciones judiciales y soportando condiciones inscritas al tomo 343, asiento 8304 y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de cuatro millones seiscientos cincuenta y tres mil seiscientos setenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos, remataré la finca inscrita en propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número trescientos quince mil setecientos cincuenta y uno-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, situado en distrito 03 Daniel Flores, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: norte, Orlando Cordero Prado; sur, lote 10; este, Caña Río General, y al oeste, calle hoy abierta, medio lotes 6 y 7. Mide: setecientos veintisiete metros con ochenta decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a López y Cordero S. A. Lo anterior se remata por estar así ordenado en ordinario Nº  05-100160-188-CI interno 165-05-Y-3, de Enrique Badilla Araya contra López y Cordero S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 3 de mayo de 2007.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—Nº 22812.—(43273).

A las diez horas del veinte de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho remataré, en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones quinientos mil colones, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número veinticinco mil ciento noventa y nueve A cero cero cero, de naturaleza terreno para construir con una casa de habitación de una planta, está situada en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, con servidumbre e INVU; al sur, INVU; este, calle pública y al oeste, INVU. Mide: trescientos cinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados porción media. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-000161-0678-CI-1 establecido por Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Yessenia Rosales Ureña.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 3 de mayo del 2007.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 22830.—(43274).

A las diez horas del catorce de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladadas al tomo 385 y asiento 05130 y con la base de nueve millones setenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos cinco mil ochocientos nueve-cero cero cero, que es terreno: bloque A lote nueve A, para construir, sito: distrito tres Trinidad, cantón catorce Moravia de la provincia de San José. Linderos: norte, Rosa María Alemán Valencia; sur, resto reservado destinado a calle pública; este servidumbre de paso, y al oeste, lote ocho A. Mide: ciento cincuenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Dory Vianey González Mosquera. Expediente Nº 04-015673-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de mayo del año 2007.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 22912.—(43275).

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del doce de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 369, asiento 10402 y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos cincuenta y siete mil seiscientos setenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito: distrito 01, San Ignacio, cantón Acosta de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública con 12,00 metros; sur, Tito Abarca; este, Ada Nidia Loría, y al oeste, Tito Abarca. Mide: doscientos treinta y nueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-003198-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cristina Abarca Chavarría y Harold Vargas Mora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de abril del año 2007.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—Nº 22924.—(43276).

A las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 331-19100-01-0910 y con la base de dos millones quinientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y seis colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad, Registro Público, partido de San José, matrícula 302687-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José. Linda: al norte, con parque 7 con 6 metros, 75 centímetros, lote uno en parte; al sur, con alameda río Pirris con 8 metros y 75 centímetros; al este, con parque 7 con 12 metros con 50 centímetros med. av. río Térraba, y al oeste, con lote 10E. Mide: ciento nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo simple Nº 05-000118-0180-CI-3 de Granados Brenes Elizabeth contra Obando Arroyo Carlos Luis y otros.—Juzgado Primero Civil, San José, 2 de mayo de 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 22957.—(43277).

A las ocho horas treinta minutos del dos de julio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base total de nueve millones trescientos noventa y dos mil setecientos diecisiete colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: a) un cepillador de veinticuatro pulgadas, cinco hp, doscientos veinte voltios, sesenta Hz, un f, marca Holytek, código hp veinticuatro pulgadas, serie tres mil quinientos ochenta y siete, con la base de un millón trescientos setenta y un mil quinientos tres colones con seis céntimos. b) un trompo cinco hp, doscientos veinte voltios, eje inclinable, marca Holytek, código HS seiscientos veinticinco TS, serie cero veinte mil trescientos veintitrés, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veinticuatro colones con cuarenta y seis céntimos. c) cuatro colectores, polvo dos hp, doscientos veinte voltios, un f, código DC-ciento uno, marca Holytek, serie cero uno siete dos tres cinco, cero uno siete dos tres seis, cero uno siete dos tres siete y cero uno siete dos tres ocho, con la base de ciento veinticuatro mil seiscientos ochenta y dos colones con nueve céntimos cada uno. d) un escopio, un hp, doscientos veinte voltios, marca Holytek, sesenta hz, un f, código CT- mil novecientos trece, serie tres cero siete cero tres uno tres cuatro cuatro, con la base de cuatrocientos quince mil seiscientos seis colones con noventa y nueve céntimos. e) un alimentador de un hp, cuatro rodines, cuatro velocidades, código APO-cuarenta y cuatro, serie cero tres tres nueve seis, con la base de doscientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y cuatro colones con diecinueve céntimos. f) una canteadora, dieciséis pulgadas, cinco hp, doscientos veinte voltios, un f, código HJ ciento sesenta y ocho L, marca Holytek, serie JL-uno seis ocho cero cero cero cinco siete-cero tres, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veinticuatro colones con cuarenta y seis céntimos. g) una sierra de mesa, doce pulgadas, cinco hp, doscientos veinte voltios, un f, código TBS trescientos, marca Holytek, serie tres cero uno cinco seis cinco, con la base de novecientos cincuenta y cinco mil ochocientos noventa y seis colones con siete céntimos. h) una lijadura de tambor, treinta y siete pulgadas, siete punto cinco hp, doscientos veinte voltios, un f, código SL-tres siete dos cuatro V, marca Holytek, serie S-uno dos dos dos, con la base de dos millones cuatrocientos noventa y tres mil seiscientos cuarenta y un colones con noventa y dos céntimos. i) una lijadora, de disco de doce pulgadas, banda seis pulgadas, código SBD-seiscientos doce C, marca Holytek, serie uno uno nueve dos dos cinco nueve, con la base de cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos veintiocho colones con treinta y ocho céntimos. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Flor Imelda Cantillo Cantillo. Expediente Nº 06-100703-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 4 de mayo del año 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—Nº 22958.—(43278).

A las ocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil siete, en la puerta principal del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 293-02218-01-0901-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de cincuenta y tres mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 154287-000, que es terreno de potrero sito en Ciudad Quesada de San Carlos, distrito primero del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y este, calle pública; al sur, Israel García, y al oeste, Yolanda Bendaña. Mide: mil cuatrocientos veinticuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por estar así ordenado en Expediente Nº 07-100306-297-CI ejecutivo hipotecario de Olivier Rojas Barrantes contra Avelino Sánchez Sequeira.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de abril del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 22968.—(43279).

A las catorce horas del tres de julio de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor y con la base de doscientos treinta mil colones y libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y seis mil seiscientos veinticuatro-cero cero cero, que se describe así: naturaleza terreno de solar y casa de habitación, situado en el distrito siete Pejibaye, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Mide: doscientos setenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Linda: norte, Ganadería El Triángulo S. A.; al sur, calle pública; al este, Idalíe Naranjo y al oeste, Ganadería El Triángulo S. A. Lo anterior en ejecutivo hipotecario expediente Nº 07-100626-0857-CI interno Nº 630-07-2 de Víctor Manuel Conejo Soto en contra de Gerardo Venegas Mora.—Juzgado de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, treinta de abril de dos mil siete.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—Nº 23010.—(43280).

A las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones doscientos cincuenta y dos mil cuarenta y siete colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor, remataré,: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos setenta y seis mil doscientos sesenta y dos-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno: lote cuarenta para construir con una casa, sito: distrito cuatro Patalillo, cantón once Coronado de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública; sur, Ángel Arauz Vargas; este, Manuel Dagoberto Pereira Brenes y al oeste, Diego Ledezma. Mide: ciento setenta y un metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-018653-0170-CA de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cristina Murillo Chacón, Marco Vinicio Almanza Monge.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de mayo del año 2007.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 23026.—(43281).

A las diez horas del veintiuno de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de doce mil cien unidades de desarrollo o su equivalente en colones al momento de efectuarse la almoneda, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil ciento treinta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque H lote once, situada en el distrito sexto Guadalupe, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote diez; al sur, lote doce; al este, calle pública con seis metros, y al oeste, lotes cuatro y cinco. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Valverde Goyenaga. Expediente Nº 06-000055-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de abril del año 2006.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 23034.—(43282).

A las diecisiete horas cuarenta minutos del dieciocho de junio del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando obligaciones, prohibiciones, referencia 00347333-000, al tomo: 368, asiento: 04638-01-0808, servidumbre trasladada al tomo: 368, asiento: 046838-01-908 y con la base de treinta mil setecientos veinticinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número: trescientos cincuenta y cuatro mil quinientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1-B. Situada en el distrito: 01 Curridabat, cantón: 18 Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 85 con 40,71 metros; al sur, lote 2-B con 26,20 metros; al este, lote 85 con 14,00 metros, y al oeste, Urbanizadora La Laguna S. A., con 21,59 metros. Mide: cuatrocientos veinticinco metros con catorce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Roneld Cuadra Córdoba. Expediente Nº 03-006198-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de abril del 2007.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—(43369).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 05-000526-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Tatiana Raust, con único apellido por su nacionalidad, quien es mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Playa Grande de Santa Cruz, Guanacaste, y portadora del pasaporte Nº 733-0214637-0000911, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Playa Grande, distrito octavo Cabo Velas, cantón tercero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a la misma de veinte metros ocho centímetros lineales y Saturnino Jaén Rosales, sur, este y oeste, Saturnino Jaén Rosales. Mide: quinientos sesenta y dos metros treinta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra que le hizo a su no pariente Saturnino Jaén Rosales, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Matapalo de Santa Cruz de Salón Victoria cincuenta metros al sur, mediante documento público de fecha dos de agosto del año dos mil cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de maleza, construcción y mantenimiento de las cercas del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Tatiana Raust. Expediente Nº 05-000526-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 7 de junio del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 22708.—(42781).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 00-100489-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Sergio Muratore, quien es mayor, estado civil casado una vez, con único apellido por la razón de nacionalidad italiana, vecino de San Andrés de Villarreal de Santa Cruz, Guanacaste, cien metros al oeste del cruce de Santa Rosa, con cédula de residencia número setecientos cincuenta y ocho-ciento setenta y siete mil quinientos treinta y cuatro-dos mil ciento cincuenta y cinco, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, sito en Los Jobos, distrito noveno Tamarindo, cantón tercero de Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Celia Rosales Peña, al sur, Celia Rosales Peña; al este, servidumbre de paso de siete metros de ancho con un frente a la misma de veintiséis metros sesenta y cinco centímetros lineales, y al oeste, Hilda Rosales Peña. Mide: mil trescientos cincuenta metros nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-cinco-nueve cuatro seis dos ocho-noventa y nueve, de fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes; y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que le hiciera a Javier Rosales Obando, mayor, caso una vez, agricultor, vecino de Villarreal de Santa Cruz, Guanacaste , el día nueve de octubre del mil novecientos noventa y nueve, y hasta la fecha lo la mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Sergio Muratore. Expediente Nº 00-100489-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 16 de noviembre del 2006.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—Nº 22729.—(42782).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Comercializadora Total Dayako S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y uno cero cero noventa y siete representada por Anthoy Reid mayor, divorciado, empresario, vecino de Quepos, Manuel Antonio de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de breñón, sito en Platanilla distrito tercero del cantón Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con camino público a paso real con un frente de cuatrocientos noventa y siete metros, cuarenta y nueve centímetros; al sur, con Manuel Castro Rodríguez y quebrada; al este, con Hernán Cerdas Picado, y oeste, con Franklin Padilla Castro. Y mide: once hectáreas dos mil quinientos veintinueve metros, nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-novecientos treinta y ocho mil quinientos ochenta y seis-dos mil cuatro. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de compra, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 05-160058-642-AG-1 de Comercializadora Total Dayako S. A.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—1 vez.—Nº 22733.—(42783).

Ganadera Girasol Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y nueve mil ciento cincuenta y dos, domiciliada en San Juan de Abangares, representante Marco Antonio Segnini Lamas, empresario, casado una vez, cédula número cinco-cero sesenta y ocho-setecientos diez, vecino de San Juan de Abangares, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno de agricultura, situado en Congo de San Juan, distrito tercero, del cantón sétimo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, con calle pública con un frente a ella de cuatrocientos ochenta y metros sesenta y seis centímetros lineales, sur, y oeste, con rancho Appaloosa Sociedad Anónima; este, con Marco Antonio Segnini Lamas. Según plano catastrado número G-trescientos veinticinco mil cuatrocientos ochenta y cuatro-noventa y seis, mide de extensión veíntiuna hectáreas nueve mil quinientos ochenta metros cuadrados con veinticinco decímetros. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por cesión de derecho de Marco Antonio Segnini Lamas. Estima el inmueble en la suma de quinientos mil colones y la diligencia en la suma de cien mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente Nº 98-000161-387-AG, información posesoria de Ganadera Girasol S. A.).—Juzgado Agrario de Liberia, 12 de febrero del 2007.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 22737.—(42784).

Guillermo Arce Pérez, mayor, comerciante, cédula 2-309-708, y Elisa María Rodríguez Rodríguez, mayor, ama de casa, cédula 2-311-759, casados una vez, y vecinos de San Martín de Ciudad Quesada, San Carlos, 25 metros al oeste de la escuela, solicitan se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombres por partes iguales en el Registro Público de la Propiedad, sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que les pertenece por posesión originaria desde el año 1989 y que se describe así: Terreno con una casa de habitación sito en San Martín de Ciudad Quesada, San Carlos, distrito primero del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Isabel Arce Pérez; al sur, calle pública con un frente de ocho metros con sesenta y nueve centímetros lineales; al este, Carlos Sibaja Mora, y al oeste, servidumbre de paso en medio de Celina Arce Pérez. Mide: cien metros con noventa y cinco decímetros, según el plano catastrado número A-484271-98 de fecha 21 de abril de 1998. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de setecientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 07-100304-0297 CI. Información Posesoria promueven Guillermo Arce Pérez y Elisa María Rodríguez Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de mayo de 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 22789.—(43285).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000841-0164-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Blanca Rosa Corrales Rodríguez, quien es mayor, casada una vez y separada de hecho, ama de casa, vecina de Salitrillos de Montes de Oca, de la Guardia Rural de San Ramón de Tres Ríos, cien metros este y cuatrocientos metros norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-109-500 y Rafael Campos Gómez, quien es mayor, casado una vez y separado de hecho, pensionado, vecino de Salitrillos de Montes de Oca, de la Guardia Rural de San Ramón de Tres Ríos, cien metros este y cuatrocientos metros norte, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-403-1351, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de agricultura con una casa. Situado en el distrito 07, San Ramón, cantón 03, La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Alfredo Cabezas Cordero; al sur, con el Río Torres; al este, con carretera pública y al oeste, con el Río Torres. Mide: dos mil seiscientos treinta metros con dieciocho centímetros cuadrados. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirieron dicho inmueble de forma originaria, pues el inmueble estaba abandonado y no tenía dueño conocido, y hasta la fecha lo han mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivir ahí permanentemente y en consecuencia cuidarlo y darle el mantenimiento requerido, con una buena cantidad de mejoras, limpiándolo y defendiendo su área y medio ambiente. Que el inmueble se encuentra descrito en el plano catastrado C-120601-93. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Blanca Rosa Corrales Rodríguez y Rafael Campos Gómez. Expediente: 06-000841-0164-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 16 de mayo del 2007.—Lic. Yendry Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—Nº 22815.—(43286).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000132-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Manuel Armando Vega Monestel, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Liberia, del Bar México trescientos metros norte casa esquinera, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-quinientos nueve-quinientos cincuenta y dos, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cisto Centeno Vega; al sur, Tulio Carvajal Vega, e Inversiones Liberia S. A.; al este, calle pública, con un frente de ocho metros con treinta y dos centímetros lineales y al oeste, Tulio Carvajal Vega. Mide: ciento noventa y seis metros con quince decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta, al señor Víctor Manuel Arce Brenes, quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número cuatro y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenerlo limpio, cercado, chapeado, y mantener la casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por. Exp.: 07-000132-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 3 de mayo del 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 22837.—(43287).

Citaciones

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Teresa Fernández González, quien fuera mayor, separada de hecho, vecina de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000395-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de marzo del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(42433).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Olga Marta Bermúdez Fernández, quien fuera mayor, separada, vecina de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000396-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de marzo del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(42434).

Se declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fue Damiana Piti Piti. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Damiana Piti Piti, quien fue mayor, soltera, ama de casa, residió en La Mona de Golfito de Puntarenas, con cedula número seis-cero dieciséis-cinco mil ochocientos cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener mejor calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000037-419-AG (46-1-07). Proceso sucesorio de Damiana Piti Piti. Albacea: Herminia Nieto Piti.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 9 de abril del 2007.—Lic. Isaac Amador Hernández, Juez.—1 vez.—(42476).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Isabel Orozco Vargas, quien en vida fue, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Guápiles, trescientos metros al este del Bar Montecarlo, con cédula uno-uno nueve nueve-cero cinco cinco seis, para que dentro del plazo de treinta dias contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2006.—Lic. Froilán Alvarado Pereira, Notario.—1 vez.—Nº 22529.—(42547).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de los señores Sandra Durán Rojas quien fuera mayor de edad, casada una vez, ama de casa cédula de identidad número 1-381-280, quien falleció en San José, el día veinticuatro de mayo del dos mil cuatro y del señor Gerardo Venegas Segura, quien fuera mayor de edad, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número 1-332-583, quien falleció en San José, el día doce de febrero del dos mil siete, vecinos ambos de Guadalupe del Palí veinticinco metros al norte y ciento setenta y cinco metros al oeste, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Gerardo Batista Brenes, costado este del Depósito de Materiales San Francisco.—Guápiles, Limón.—Lic. Gerardo Batista Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 22544.—(42548).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Adolfo Cañas Vargas, quien fuera casado una vez, pensionado, vecino de Guadalupe de Goicoechea, cédula de identidad Nº 1-0054-2267. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000147-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2007.—Lic. Henry Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 22549.—(42785).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Ethel Verónica Smith Falleth, quien en vida fue mayor, casada, ama de casa, cédula 7-021-504, vecina de Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio Nº 05-000719-0678-CI-2 de Ethel Verónica Smith Falleth, gestiona Dynida Smith Bent.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 15 de marzo del 2006.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—1 vez.—Nº 22568.—(42786).

Se cita a todos los herederos e interesados y desconocidos en la sucesión de quien en vida fue Virgilio Smith Smith, mayor, casado una vez, estibador, titular de la cédula de identidad Nº 7-020-654, vecino de Limón; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, se apersonen a éste despacho a hacer valar sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse en sucesorio Nº 04-000187-678-CI-2 de Virgilio Smith Smith.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 12 de mayo del 2004.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—Nº 22569.—(42787).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Meneses Fuentes, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Barrio Nuevo, El Guarco, cédula de identidad 3-0101-0473. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella  pasará  a  quien  corresponda.  Expediente  N° 05-000397-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de febrero del 2007.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 22572.—(42788).

Se emplaza a todos los interesados en  la sucesión de Rosa Aurora Aguilar Aguilar, quien fuera mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad siete-cero veintidós-ciento veintiocho, vecina de Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100329-0473-CI-D.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de julio del 2006.—Lic. Mario García Araya, Juez.—1 vez.—Nº 22575.—(42789).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Grace Carmen Zamora Vargas, mayor, soltera, ama de casa, cédula nueve-cero cuarenta y dos-ochocientos setenta y vecina de Alajuela, Barrio San José, para que dentro del plazo de 30 días se apersonen ante la oficina de la notaria pública Lic. Virginia Portuguez Sánchez, ubicada en Hatillo, de los semáforos ubicados a la entrada de Hatillo Uno, 50 metros al este, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se apersonan en este plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Expediente notarial 1-2007.—San José, 4 de mayo del 2007.—Lic. Virginia Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 22579.—(42790).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Binelda Briceño Gómez quien fue mayor, soltera, del hogar, cédula cinco-ciento cuarenta y ocho-mil noventa y seis, vecina del Asentamiento Juan Días de Santa Cruz, Guanacaste, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 004-07 Bufete Farrier Brais. Licenciado Pedro Farrier Brais Notario Público, Puntarenas.—Lic. Pedro Farrier Brais Notario.—1 vez.—Nº 22588.—(42791).

En cumplimiento del artículo 946 del Código Procesal Civil, se hace saber que los señores María de los Ángeles Martínez Blanford, portadora de la cédula de identidad número siete-cero setenta y cuatro-ciento setenta y cuatro, Marta Magdalena Martínez Blanford, portadora de la cédula de identidad número siete-cero setenta y cuatro-cero ochenta y nueve, Cirilo Orlando Martínez Blanford, portador de la cédula de identidad número siete-cero noventa y uno-seiscientos cuarenta y ocho, Esther del Rosario Martínez Blanford, portador de la cédula de identidad número siete-cero ochenta y cinco-quinientos cuarenta y siete, y Héctor Eusebio Martínez Blanford, portador de la cédula de identidad número nueve-cero setenta y dos-ochocientos sesenta, han solicitado la apertura de la sucesión testamentaria en sede Notarial de quien vida fuera el señor Eusebio Martínez Martínez, portador de la cédula de identidad número siete-dieciséis-veintiséis. Se nombra como Albacea Propietaria a la señora Marta Magdalena Martínez Blanford y como Albacea Suplente a la señora María de los Ángeles Martínez Blanford. Se emplaza a los interesados, para que dentro de treinta días hagan valer sus derechos ante la oficina del Notario Público Mauricio González Crespo, quien tiene oficina abierta en San Rafael de Escazú, San José, sita en el Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—San José, dieciséis de mayo del dos mil siete.—Lic. Mauricio Gonzalez Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 22605.—(42792).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Edwin Molina Picado, mayor, casado, pensionado, cédula de identidad número uno-doscientos setenta y siete-cero setenta y María Cecilia Hidalgo Mesén, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número uno-doscientos sesenta-ciento setenta y tres, ambos vecinos de Desamparados y es gestionado por Jorge Esteban Molina Hidalgo, quien es mayor, divorciado, cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y tres-ochocientos diecinueve, quien tambien funge como albacea provisional. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100089-0237-CI (96-1-06).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, quince de junio del 2006.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Nº 22616.—(42793).

Se hace saber que en esta oficina, sita en San Francisco de Goicoechea, 300 m este de la iglesia católica de ladrillo de Lic. Liggia León Marín, se tramita el sucesorio de la señora Albertina Arce Rojas, con cédula de identidad 5-131-762. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 07-007-S.—San José, 17 de mayo del 2007.—Lic. Liggia León Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 22633.—(42794).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Edith Beita Barrios, quien fue mayor, de estado civil casada, administradora del hogar, cédula número seis cero sesenta y siete setecientos trece, vecina de Río Claro de Golfito. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100034-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 26 de abril del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 22644.—(42795).

Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Ángela Ruiz Guevara, quien fue, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina  de Guápiles, Limón, cédula seis-ciento cuarenta y nueve-cuatrocientos treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil N 05-001326-0164-CI, Causante Ángela Ruiz Guevara.—Juzgado Civil y de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 27 de junio del 2006.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 22648.—(42796).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien vida fue Juan Diego Marenco Herrera, quien fue mayor, soltero, estudiante, con cédula de identidad número uno-mil ciento veinte-cuatrocientos noventa y uno, de última residencia en San José, Goicoechea, de la Clínica Católica una cuadra larga al sur y cincuenta metros al oeste, frente a la entrada del Convento de las Hermanas del Buen Pastor, quien falleció el día veintisiete de mayo del dos mil cinco, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en San José, barrio Yoses Sur, del antiguo ITAN trescientos metros al este y trescientos metros al norte, en las oficinas de CEL, Servicios Legales, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Los herederos y la albacea realizaron las manifestaciones establecidas en el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, mediante escritura pública número noventa y tres-siete, otorgada ante esta notaría mediante la cual se solicitó la apertura de este sucesorio extrajudicial en sede notarial. Expediente Nº 0001-2007-9954.—San José, 21 de mayo del 2007.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 22649.—(42797).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Emilce Granados Carvajal, fallecida el día veinticinco de febrero del dos mil siete, cuyas calidades fueron mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Los Ángeles de Goicoechea, cuatrocientos metros sur y cien este de la iglesia de Ipís, portadora de la cédula de identidad número uno-doscientos setenta y siete-ciento catorce; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos a esta notaría sita en Tibás, cincuenta metros norte del Cruce de Llorente con Colima, frente a Sagot, señalando lugar en esta ciudad donde atender notificaciones. Expediente 0001-2007. Notaría de Catherine Uribe Lorío.—San Juan de Tibás, dieciocho de mayo del 2007.—Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—Nº 22675.—(42798).

Cítase a todos los interesados, legatarios, y en general a los interesados en el juicio sucesorio ab intestato de doña Odilia Rojas Arrieta, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de la Guácima Arriba de Alajuela, en condominios de Danilo Vargas, cédula cuatro-cero cinco cero-cuatro cuatro cinco, para que en el plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos en la oficina del suscrito notario, situada ciento setenta y cinco metros al norte de la esquina noroeste de la catedral de Alajuela, con el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, 17 de abril del 2007.—Lic. Gerardo Araya Arias, Notario.—1 vez.—Nº 22682.—(42799).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Richard William (nombre) Honts (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltero, pensionado, vecino de la ciudad de Alajuela, costado norte de la Funeraria del Magisterio Nacional, cédula de residencia número cinco cero uno nueve, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 04-2007. Notaría del Bufete de la Licenciada Deyanira Jiménez Jiménez, Notaria Pública.—15 de mayo del 2007.—Lic. Deyanira Jiménez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 22683.—(42800).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Amalia Rodríguez Ugalde, cédula 2-234-260, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Buenos Aires de Venecia de San Carlos. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100976-0297-CI (3b), causante: Amalia Rodríguez Ugalde.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de mayo del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—Nº 22687.—(42801).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Virginia Umaña López, quien fuera mayor, costarricense, casada una vez, maestra, vecina de Moravia, cédula de identidad 1-481-244. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000401-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 22722.—(42802).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue José Ángel Barrientos Monge, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, con domicilio en San José, San Pedro de Coronado, de la pulpería La Finca, trescientos metros al noreste, carretera a San Pedro, con cédula de identidad número uno-trescientos tres-ochocientos setenta, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2007. Lic. Ana María Masís Bolaños, notaria pública, carné 12047.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—(42862).

Comprobado el fallecimiento de José Ángel Barrientos Monge, se declara abierto su proceso sucesorio. Se designa como albacea provisional a María Cecilia Céspedes Rodríguez, a quien se le previene comparecer ante esta notaría dentro del plazo de cinco día hábiles a aceptar y jurar el cargo, lo que también puede hacer por medio de un escrito, bajo de que sino lo hace dentro del plazo indicado, se entenderá que no lo acepta. Se cita y emplaza a todos los interesados para que se apersonen a hacer valer sus derechos. Publíquese el edicto de ley. Expediente Nº 0002-2007.—Lic. Ana María Masís Bolaños, Notaria.—1 vez.—(42863).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Gonzalo Sandoval Cordero, quien fue mayor, casado una vez, carpintero, vecino de Curridabat, con cédula de identidad número uno-cero tres nueve-cinco siete cero cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000102-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de abril del 2007.—Lic. Lucrecia Borja Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(42948).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Francisco Freixa Mas, quien fue mayor, casado una vez, con cédula de identidad número uno-uno seis ocho-dos dos cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000094-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2007.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(42949).

Virginia Beckles Maxwell, notaria pública con oficina en San José, calle primera, avenida primera, Edificio Cristal, cuarto piso, oficina 413, hago de conocimiento público que en mi notaría, se tramita el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue el señor Mario Alberto Pérez Villalobos, quien fue casado una vez, pensionado, vecino de Heredia, San Josecito, San Rafael, Lotes Peralta, quien falleció en el Hospital México, el treinta de marzo del dos mil siete. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia, de que, sino se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea: Carmen María Salas Sánchez.—San José, 18 de mayo del 2007.—Lic. Virginia Beckles Maxwell, Notaria.—1 vez.—(42961).

Ante esta notaría conforme a los numerales 819, 899 y concordantes del Código Procesal Civil, y artículo 129 del Código Notarial vigente, se realizó apertura del sucesorio de Gonzalo Benavides Hidalgo, cédula Nº 1-059-6867 y Julia Corrales Ramírez, cédula Nº 9-008-646, quienes en vida fueron mayores, agricultor y del hogar por su orden, vecinos de Alajuelita. Emplazamiento. Se cita y emplaza a terceros e interesados, para que dentro del plazo de treinta días se presenten a hacer valer sus derechos, ante esta notaría, sita en San Felipe de Alajuelita, contiguo a la Comisaría.—Alajuelita, 16 de mayo del 2007.—Lic. Fernando E. Calderón S., Notario—1 vez.—Nº 22747.—(43288).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Biannette Izaba Martínez, mayor, divorciada una vez, del hogar, cédula cinco- doscientos treinta y tres-ciento treinta y cuatro, vecina de Colorado de Abangares, Guanacaste, frente a la escuela, se declara abierto su proceso sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada en Heredia calles 1 y 3, avenida 2, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, 21 de mayo del 2007.—Lic. M. del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—Nº 22751.—(43289).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de José Rafael Vargas Otárola y Lilia Álvarez Lobo, quienes en vida fueron mayores, cédula de identidad número uno - cero diecinueve - cinco mil novecientos treinta y siete y dos - cero sesenta y seis - cuatro mil trescientos cincuenta y ocho, respectivamente, vecinos de Santa Ana, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia que de no presentarse en el plazo ante esta notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, ubicada en San José, Santa Ana del Súper Castrito cincuenta metros al oeste y ciento setenta y cinco al norte, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 2007-04.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 22781.—(43290).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Emilce del Socorro Madrigal Sosa, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Zarcero de Alfaro Ruiz, cédula seis-cero treinta y siete-ciento noventa, tramitada ante la notaría del licenciado Javier Alfaro Blanco en Zarcero de Alfaro Ruiz, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo apercibimiento de que de no comparecer dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio notarial 0001-2007.—Zarcero de Alfaro Ruiz, 21 de mayo del 2007.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 22791.—(43291).

El suscrito notario cita a todos los interesados en la sucesión notarial testamentaria de Héctor Picado Chinchilla, quien fue viudo una vez, taxista, vecino de San José, Aserrí, Cinco Esquinas, setenta y cinco metros al este de la Licorera Cinco Esquinas, cédula de identidad uno-ciento treinta y tres-ochocientos cincuenta y nueve, para que en el plazo de treinta días a partir de la publicación de esta edicto, se apersonen a mi oficina, sita en el Bufete dos mil ciento veintiséis, en San José, calles veintiuno y veintitrés, avenida doce bis, número dos mil ciento veintiséis, teléfono dos dos tres-cinco dos-siete dos, en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si lo omitieren.—San José, 18 de mayo del 2007.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 22803.—(43292).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Sydney Smith Hall, quien en vida fue mayor, viudo, agricultor, cédula de identidad número 7-036-980, vecino de Limón centro, Barrio San Juan costado este del Bar Casa Rosa, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 07-000224-0678-CI-3 de Sydney Smith Hall gestiona: Irma Smith Rojas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 18 de abril del 2007.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 22806.—(43293).

Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de Carlos Eduardo Sibaja González, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de El Alto de Guadalupe, cincuenta metros al sur de Autos Vian, con cédula número uno -ciento noventa y tres-seiscientos cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2007. Notaría: Lic. Gustavo Adolfo Ruiz García, en Goicoechea, de los Tribunales de Justicia 100 metros al oeste y 25 metros al sur.—Lic. Gustavo Adolfo Ruiz García, Notario.—1 vez.—Nº 22826.—(43294).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue María del Rosario Saborío Villegas, mayor, viuda, de oficios domésticos, cédula de identidad número 4-068-389, vecina de Heredia, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta Notaría Pública, ubicada en San José, Barrio Vasconia, calle 17, avenida 30, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2007.—San José, 21 de mayo del 2007.—Lic. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 22839.—(43295).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rosalía Carranza Alvarado, cédula dos-dos ocho siete-cero tres seis, casada una vez, del hogar, vecina de San Isidro de Atenas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría, ubicada en Atenas centro, cincuenta metros sur de los Tribunales de Justicia, a reclamar sus derechos y se apercibe a las que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil siete. Sucesorio de Rosalía Carranza Alvarado. Notaría del Bufete López y López.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—Nº 22840.—(43296).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quién en vida se llamo Celimo Quesada Morera, quien fue mayor, costarricense, agricultor, divorciado una vez, vecino de Bagaces, Guanacaste, de la escuela Limonar, cien metros al norte, cédula 06-0040-0155, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derecho, apercibidos de que, si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100023-399-CI (25-07).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 22 de mayo del 2007.—Lic. Gonzalo Coronado Villarreal, Juez.—1 vez.—(43416).

Avisos

A quien interese, se hace saber que en este Despacho se ha interpuesto proceso ordinario de Donaldo Olivares Sánchez contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: se deje sin efecto el Decreto Ejecutivo Nº 22181-MOPT del 6 de mayo de 1993, publicado en La Gacela Nº 99 del 25 de mayo del mismo año. Asimismo de conformidad con las Leyes 51123 del 22 de noviembre de 1972, 5060 del 22 de agosto de 1972 y 5404 del 31 de octubre de 1973 y normas aplicables a la especie, se declare la retrocesión o reversión del inmueble hoy inscrito a nombre del Estado, partido de San José, Nº 494574 con una medida de ciento cuarenta y tres metros siete decímetros cuadrados que fuera expropiado en el año mil novecientos noventa y tres, sin que a la fecha se haya destinado para el fin público que motivo la expropiación del mismo. Además se solicita la cancelación de la inscripción a nombre del Estado y se ordene inscribir dicha finca a nombre del señor Donaldo Olivares Sánchez y se ordene la restitución y puesta en posesión. Se condene en ambas costas al demandado. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-001201-0163-C A.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 9 de noviembre del 2006.—Dr. Juan Carlos Segura Solís, Juez.—1 vez.—(42584).

Se le hace saber al señor Andrés Felipe Mesa Arcila, mayor, colombiano, pasaporte Nº P9871373, que en este Despacho se ha dictado la sentencia Nº 196-07 a las quince horas con veintiocho minutos del quince de marzo del año dos mil siete, dentro del proceso especial de filiación de declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad, Nº 04-401329-637-FA, de Viviana Retana Pérez contra Andrés Felipe Mesa Arcila y Esteban Gerardo Rojas Fallas, en donde la parte dispositiva de la misma literalmente dice: “Se declara con lugar la demanda en los siguientes extremos: pretensión de declaratoria de hijo extramatrimonial: a) Se declara que el señor Andrés Felipe Mesa Arcila, no es padre biológico de Esteban Daniel Mesa Retana; b) el citado menor no tiene derecho a portar su apellido, a recibir alimentos de él y a sucederle ab-intestato. Pretensión de investigación de paternidad: a) Se acoge la demanda de declaratoria de paternidad, b) Se declara que Esteban Gerardo Rojas Fallas, es el padre biológico del menor Esteban Daniel. La persona menor de edad, tiene el derecho a llevar como primer apellido el de su padre y como segundo apellido el de su madre. En adelante, se llamará Esteban Daniel Rojas Retana, c) Se declara que Esteban Daniel Rojas Retana tiene derecho a recibir alimentos por parte de su padre y a sucederle ab intestato. La cuota alimentaria se retrotrae a la fecha de presentación de la demanda, sea el siete de diciembre del año dos mil cuatro y se liquidará en la ejecución de fallo en la jurisdicción de alimentos, d) En cuanto a la autoridad parental por parte del padre, las partes deben estarse a lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia mediante voto Nº 12019-06 de las dieciséis horas, treinta y dos minutos del dieciséis de agosto del año dos mil seis, así como a lo que sea resuelto por ese Tribunal con respecto a la solicitud de adición y aclaración del citado voto planteada el veintinueve de enero del año dos mil siete, e) Se condena al accionado, al pago de los gastos de maternidad y embarazo, lo que será liquidado en ejecución de fallo, f) Sin especial condenatoria en costas, g) Firme este fallo, inscríbase en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia San José, al tomo mil novecientos diez, página cuatrocientos sesenta, asiento novecientos diecinueve, por medio de ejecutoria. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Publíquese la parte dispositia de este fallo, por una sola vez, en el Boletín Judicial o en un período de circulación nacional. Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza. Expediente: Nº 04-401329-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 16 de marzo del 2007.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—Consultorios Jurídicos.—C-Exento.—(42803).

Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez del Juzgado Civil de Heredia, hace saber a Edgar Estrada Jara, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecutivo hipotecario en su contra, bajo el expediente Nº 00-000663-0504-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Mayor Cuantía, Heredia, a las dieciséis horas, diez minutos del ocho de mayo del año dos mil. Se tiene por establecido el presente proceso hipotecario en contra de José Joaquín y Edgar Estrada Jara, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente en el proceso, deberán indicar medio y lugar para atender notificaciones en el perímetro judicial de esta ciudad, bajo el apercibimiento que, mientras no lo hagan o si el lugar que señalaren fuere impreciso, inexacto o ya no existiere, las futuras notificaciones se le tendrán por bien notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Soportando servidumbre sirviente y servidumbre trasladada; con la base de seis millones setenta y siete mil setecientos dieciocho colones con sesenta y nueve céntimos, sáquese a remate el inmueble partido de Heredia inscrito bajo la matrícula número ciento catorce mil ciento veintinueve- cero cero cero; para lo cual se señalan las once horas del trece de setiembre del dos mil; publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses se confiere audiencia por tres días a la parte demandada. Personalmente o en su casa de habitación, notifíquese esta resolución al demandado José Joaquín Estrada Jara por medio de atento mandamiento al destacado de la Fuerza Pública de Horquetas de Sarapiquí, que se localiza en La Victoria, ciento cincuenta metros este de las oficinas del IDA; y a Edgar Estrada Jara, por medio de atento mandamiento al destacado de la Fuerza Pública de San Carlos, al que se le localiza cien metros al norte del Colegio Venecia. Se omite notificar al acreedor de segundo grado por lo que lo es el aquí ejecutante. Se le indica al actor que deberá aportar certificación de variabilidad de intereses liquidados, además se le previene aportar el documento al tomo cuatrocientos setenta y dos asiento trece mil cuatrocientos ochenta y cuatro. Se ordena decretar embargo sobre la finca en cuestión. Lic. Rita María Calvo Sánchez, Jueza. Juzgado Civil de Heredia. A las siete horas y treinta y tres minutos del tres de noviembre del año dos mil cuatro. Visto el memorial presentado por el curador a folio 68, se resuelve: Por parte del Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes se tiene por aceptado el cargo de Curador Procesal y a la vez se tiene por apersonado a este proceso y por señalado el medio para oír notificaciones. De conformidad con lo solicitado por el curador de Edgar Estrada Jara, notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Se reservan las manifestaciones hechas por el curador Umaña Brenes en los términos del memorial a folio 68, para ser resueltas una vez que se haya publicado el edicto y transcurrido el término correspondiente. Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Estrada Jara, José Joaquín Estrada Jara; expediente Nº 00-000663-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de noviembre del 2004.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 22578.—(42804).

Se avisa que en este Despacho que la señora Yamileth Patricia Quesada Madrigal, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Bryan Emmanuel Narváez Jiménez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 07-000186-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 9 de mayo del 2007.—Msc. Milagro Rojas Díaz, Jueza.—1 vez.—Nº 22685.—(42805).

Gerardo Valle Sequeira, apoderado especial judicial de Ligia María Castillo Gómez, cédula número seis-ciento uno-mil doscientos cincuenta, anuncia en el Juzgado Contencioso Administrativo Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, se tramita expediente Nº 06-000162-0296-CI, ordinario civil, contra Mario Eduardo Salazar Camacho, cédula número dos-doscientos setenta y nueve-mil cuatrocientos sesenta y siete y otros, a efecto de que se anulen las resoluciones, actuaciones y notificaciones a partir de la cesión de derechos hereditarios y traspaso de manera total y definitiva a favor de Mario Eduardo Salazar Camacho, en sucesorio de Carlos Córdoba Núñez. Se ordene a Carlos Eduardo Salazar Camacho, devolver a la sucesión de Carlos Córdoba Núñez, todos los bienes, inmuebles y muebles, títulos valores cobrados por este, certificado a plazo y cupones por intereses y los dineros retirados del despacho por el demandado. Se declare la nulidad de la venta de las siguientes fincas: a) Fincas todas del partido de Alajuela 234818-000; b) 234819-000; c) 188518-000, y d) 234817-000, ordenándose la cancelación de las citas de inscripción al Registro Nacional de esas ventas. Al pago de daños y perjuicios y ambas costas de este proceso. Artículos 39 y 43 Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Publíquese una sola vez en Boletín Judicial y en un diario de circulación nacional.—Lic. Gerardo Valle Sequeira, Notario.—1 vez.—(42856).

A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Viajes Comerciales S. A., contra Manuelamada S. A., Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: A) La nulidad absoluta de todo lo actuado y resuelto en el proceso ejecutivo hipotecario que se tramitó en el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, establecido por la sociedad Manuelamada S. A., en que se apersono como coejecutante la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, expediente Nº 04-001816-504-CI, a partir del auto de las once horas y ocho minutos del primero de setiembre del dos mil cuatro, por cuanto las certificaciones presentadas por la parte actora eran cifras y no en letras como lo ordena el Código Notarial. B) Que en vista de que la sociedad codemandada Viajes Comerciales S. A., no fue notificada legalmente, se anule el remate celebrado a las diez horas del treinta y uno de agosto del dos mil cinco, y todo lo actuado con posterioridad. C) Que igualmente se anule el remate por cuanto el postor, Manuel Antonio Esquivel Ramírez, personero legal de la actora, no realizó el depósito del monto por el ofrecido en la subasta en dinero efectivo, con cheque certificado o de gerencia sino con un cheque personal que fue endosado varios días después. D) Que se anule todo lo actuado y resuelto con posterioridad al remate por ser absolutamente nulo. E) Que se condene a las demandadas al pago de ambas costas. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que sino lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-000050-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de abril del 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—(42918).

Edictos Matrimoniales

Presentes en esta notaría los señores: Chirstian Robert (nombre) De La Cruz (apellido), de nacionalidad Francesa, mayor de 37 años, divorciado, pasaporte estadounidense número 037809304, hijo de Joseph Raymond Fierre De La Cruz y Jeanne Renee Dorotee de La Cruz y Heidi Marie (nombre) White (apellido), de nacionalidad Británica, mayor de 40 años, soltera, pasaporte Británico número: 094211734, hija de Sylvia Jean White y Christopher John White, ambos contrayentes vecinos de Beachouse, Playa Grande, frente a la oficina del MINAE, Santa Cruz, Guanacaste. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento para que esta unión se realice, deberá hacerlo saber a esta notaría dentro del término, de ocho días, contados partir de la publicación de este edicto. Notaria Pública MSc. Ángela Aurora Leal Gómez. Santa Cruz, Guanacaste, 125 metros este del Supermercado Caman.—MSc. Ángela Aurora Leal Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 22381.—(42357).

Presentes en este Despacho los señores Bolívar Virgilio del Carmen Ramírez Zúñiga, mayor de edad, costarricense, de cincuenta y cinco años de edad, divorciado, vecino de Barco Quebrado de Sámara de Nicoya, Guanacaste, tres kilómetros al oeste de la escuela, cédula Nº 6-0104-0082, vendedor, hijo de Mario Ramírez Zúñiga y de Edelmira Zúñiga Fernández, y Ángela Mary de los Arguedas Ugalde, costarricense, cédula Nº 5-0240-0026, de cuarenta años de edad, ama de casa, vecina de la misma dirección del anterior, soltera, hija de Antonio Arguedas Arguedas y María Beleida Ugalde Jiménez. Si alguna persona tuviere conocimiento o conociera algún impedimento para que esta unión se realice, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Nicoya.—Lic. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—(42413).

Se han presentado ante esta Notaría a solicitar matrimonio civil Wálter Geovanny Flores Muñoz y Sarah Roe, ambos mayores, solteros, guatemalteco el primero y canadiense la segunda, ambos vecinos de Playa Tamarindo, Calle La Cruz, apartamentos El Labrador número ocho, pasaporte de Guatemala el primero 0007117485 y pasaporte canadiense la segunda JP 245103, nacidos por su orden en Guatemala, Guatemala, el 3 de febrero de 1985 y en Toronto, Canadá el 5 de noviembre de 1982, hijo el primero de Manuel Alonso Flores, ciudadano de Belice y Novea Carlota Muñoz Aguilar, guatemalteca y Philip Noel Roe y Maureen Francis Roe ambos canadienses. Si alguna persona esta interesada en oponerse a esta unión puede hacerla ante esta Notaría, sita en Centro Comercial Plaza Conchal, oficina B 7. Playa Tamarindo, Guanacaste, dentro de los 8 días posteriores a la publicación de este edicto.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 22601.—(42806).

Edictos en lo Penal

PRIMERA PUBLICACIÓN

Lic. Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público de Puntarenas, notifica a la empresa Auto Transportes Raro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-081595, domicilio social en San José, Curridabat, Tirrases, urbanización La Colina, casa Nº 2-B, en su condición de propiedad registral del vehículo placa SJB3296, representada por los señores Roy Ricardo Ramón Robles, cédula Nº 1-492-186, y Kattia Sabrina Ramón Chávez, cédula 01-1264-788, la resolución que literalmente dice: “A las quince horas del dieciséis de febrero del dos mil siete. En vista de que se notifico a los codemandados civiles en el presente proceso, por medio de edictos, en el cual se omitió indicar que se notificaba como representantes de una sociedad. Por ello para enderezar procedimientos y no causar indefensión a la víctima, procédase a notificar a la empresa Auto Transportes Raro Sociedad Anónima, mediante su representantes legal, la resolución de las trece horas veinte minutos del tres de julio del dos mil seis, en la cual se ordena dar traslado a la acción civil resarcitoria, contra la empresa demandada, por medio de edicto que se publicará por tres veces en el Boletín Judicial. Confecciónese el edicto de estilo. Lic. Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar Ministerio Público de Puntarenas”. Expediente Nº 04-601665-607-TC, demandado civil: Auto Transportes Raro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-81595, representada por los codemandados civiles Roy Ramos Robles, y Kattia Sabrina Ramos Chávez, delito de lesiones culposas, actor civil: Luis A. Alpízar Valverde. Se ordena dar traslado civil resarcitoria. Fiscal de Puntarenas, a las trece horas veinte minutos del tres de julio del dos mil seis. Habiéndose presentado el Lic. Carlos Paredes Rodríguez, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta de Puntarenas en la defensa civil de la víctima, acción civil resarcitoria en contra Álvaro Campos Vargas y Kattia Sabrina Ramos, habiéndose verificado que la misma cumple con lo señalado por los artículos 15, 111 y siguiente del Código Procesal Penal, se ordena dar traslado a la misma, traslado que se hará por medio edictos con el fin que en caso de considerarlo necesario presenten las oposiciones a la misma dentro del plazo de cinco días.—Fiscalía Adjunta de Puntarenas.—Lic. Leda Mora Montero, Fiscal Auxiliar.—(42438).

unA PUBLICACIÓN

Lic. Mariela Villalobos Soto, Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público, al señor Renán Sancho Cubero, costarricense, mayor, cédula de identidad Nº 1-693-510, vecino de Tres Ríos, 150 metros al sur del Seguro Social, casa blanca con verjas negras, en su condición de demandado civil, se le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria Nº 05-008874-647-PE, en perjuicio de Roland Jimmy Alfredo, seguida contra Renán Sancho Cubero y otro, por el delito de estafa y falsedad ideológica, se ha dictado las resoluciones que literalmente dicen: Se resuelve: Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público, San José, a las ocho horas del diez de mayo del dos mil siete. Siendo que en la causa penal Nº 05-008874-647-PE, seguida por estafa, en perjuicio de Roland Jimmy Alfredo contra Renán Sancho Cubero y otro, se ha formulado acción civil resarcitoria, donde el demandado civil Renán Sancho Cubero, costarricense, mayor, cédula de identidad Nº 1-693-510, vecino de Tres Ríos, 150 metros al sur del Seguro Social, casa blanca con verjas negras, en su condición de demandado civil, a quien pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarles de ella, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Lic. Mariela Villalobos Soto, Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público. Traslado de la acción civil, San José, jueves 10 de mayo del 2007. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se ordena comunicar al demandado civil y a su defensor, en el lugar señalado y, en su caso, en su casa de habitación. De igual forma comuníquese a los querellantes, si los hubiere, se les informa que tienen el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación, para que manifiesten lo que corresponda. Causa: 05-008874-647-PE.—Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público, San José, 17 de mayo del 2007.—Lic. Mariela Villalobos Soto, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(42946).