BOLETÍN JUDICIAL Nº 168

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

TRIBUNALES DE TRABAJO

Convocatorias

Causahabientes

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Convocatorias

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Cobro Administrativo. San José, a las trece horas diez minutos del veintiuno de agosto del dos mil siete. No habiendo sido posible localizar a Blanca Machado Marín, cédula Nº 01-672-977, y en virtud de seguirse causa administrativa por suma adeudada al Estado, notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: se concede audiencia. Nº 3773-06. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección Cobro Administrativo. San José, a las diez horas cuarenta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil seis. Audiencia de cobro administrativo tramitado a la señora Blanca Machado Marín, cédula de identidad Nº 01-672-977, por deuda al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial. Antecedentes: 1) Mediante oficio Nº 351-SC-06 del 27 de abril del 2006, suscrito por M.S.C. Wálter Jiménez Sorio, Jefe del Departamento Financiero Contable, se adjunta el estudio correspondiente a la suma giradas de más a la Pensionada Blanca Machado Marín, quien contrajo matrimonio, correspondiente a la suma de ciento treinta y seis mil seiscientos ochenta y seis colones sin céntimos(¢ 136.686,00) (ver folio del 1 al 4) . 2) Mediante oficio Nº 359-SC-06 del 6 de mayo del 2006 del Departamento Financiero Contable, se informa a esta Dirección que la señora Machado Marín contrajo matrimonio el 13 de diciembre de 1997. (ver folio 9). Audiencia: Con fundamento en lo anterior, se otorga a la señora Blanca Machado Marín, el plazo de diez días hábiles para que en dicho término formule los alegatos pertinentes sobre el cobro de ciento treinta y seis mil seiscientos ochenta y seis colones sin céntimos (¢ 136.686,00), pudiendo aportar la prueba que sea necesaria, debiendo indicar los fundamentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones y otorgándole la posibilidad de proponer un arreglo de pago ante esta Administración, para lo cual se pone el expediente Nº 241-R-06 a su disposición. En caso de no atender la audiencia en el plazo indicado, serán remitidas las diligencias de interés al Ministerio Público para que con base en los artículos 223 y 224 inciso 2) del Código Penal formule la acusación respectiva por la eventual responsabilidad penal por retención que podría caber a la señora Machado Marín. Así mismo, se continuará con el procedimiento administrativo para eventualmente remitir las diligencias a la Procuraduría General de la República a efecto de que establezca en sede jurisdiccional las acciones legales. Se le previene que debe señalar, dentro del mismo término indicado, lugar dentro del perímetro judicial del I Circuito Judicial de San José para atender notificaciones, número de fax o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, En caso de no cumplir con esta prevención, y en virtud de que la Ley General de la Administración Pública, no contiene norma que regule el no señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones, en aplicación de la facultad que confiere el artículo 229, inciso 2) de la misma ley, respecto de la aplicación supletoria de otras fuentes del ordenamiento jurídico, así como el principio que establece que la ley especial prevalece sobre la general, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales en concordancia con el artículo 6 de la misma ley. Se hace del conocimiento de la señora Blanca Machado Marín que como garantía constitucional del debido proceso, la presente resolución admite recurso de revocatoria ante esta instancia y de apelación ante el Consejo Superior del Poder Judicial dentro del término de veinticuatro horas, a partir de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 346, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública. Queda a disposición el expediente administrativo Nº 241-R-06.ap. Notifíquese. Alfredo Jones León, Director Ejecutivo. Artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 21 de agosto del 2007.

                                                                                                                                                                               Alfredo Jones León,

(73672)                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Asunto: Consulta Judicial de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en Consulta Judicial de Constitucionalidad número 3639-07 promovida por Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia en lo referente al Proceso de Revisión de Rodolfo Hidalgo Vásquez, se ha dictado el voto número 11621-07 de las ocho horas treinta minutos del quince de agosto de dos mil siete, que en lo que interesa dice:

“Se evacua la consulta formulada en el sentido de que no constituye infracción al debido proceso el hecho de que un juez dicte sentencia condenatoria contra un imputado como resultado de un juicio en donde el Ministerio Público pidió la absolutoria en las conclusiones del juicio oral. Publíquese esta sentencia en el Boletín Judicial”.

San José, 15 de agosto de 2007.

                                                                                                                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(73165).                                                                                                                                                                           Secretario

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Asunto: Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 11225-06 promovida por Tecnología Siglo Mágico Sociedad Anónima, en contra del artículo 46, inciso d), del “Reglamento de Patentes Municipales” de la Municipalidad de Pérez Zeledón, se ha dictado el voto número 05268-07 de las dieciséis horas cuarenta y un minutos del dieciocho de abril de dos mil siete, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula el inciso d) del artículo 46 del “Reglamento de patentes municipales” de la Municipalidad de Pérez Zeledón. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a la Municipalidad de Pérez Zeledón, reséñese en el diario oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.

Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.

San José, 18 de abril de 2007.

                                                                                                                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(73167).                                                                                                                                                                           Secretario

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

PRIMERA PUBLICACIÓN

HACE SABER:

Que dentro del Proceso de Inhabilitación por Pérdida de la Vigencia del Ejercicio Notarial (por concurso civil de acreedores), tramitado bajo el expediente N° 07-000302-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario Arnulfo Carmona Martínez, mediante la resolución de las catorce horas diez minutos del dieciséis de agosto de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial Promovido por: Dirección Nacional de Notariado Notario: Arnulfo Carmona Martínez. Expediente Nº 07-000302-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las catorce horas diez minutos del dieciséis de agosto del dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado Arnulfo Carmona Martínez el contenido de la resolución de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de las actas que corren a folios 14, 20 y 24, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Arnulfo Carona Martínez la resolución de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial...” F. Lic. Adolfo Mora Gallardo, Director a.í. Nacional de Notariado. (...) “Proceso de Inhabilitación Notario: Arnulfo Carmona Martínez. Expediente: 07-000302-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil siete. Al tener conocimiento este Despacho que mediante resolución de las ocho horas del diez de agosto de dos mil cinco, dictada por el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de San José, en el expediente 04-001692-0180-CI, se decretó el concurso civil de acreedores del señor Arnulfo Carmena Martínez, quién es notario público, se ordena la apertura de este procedimiento a efecto de determinar si procede decretar su inhabilitación con fundamento en lo que ordenan los artículos 4 y 13 del Código Notarial, y en consecuencia, con la finalidad de garantizar el debido proceso constitucional, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al licenciado notario Carmena Martínez, cédula 5-188-951, para que se apersone en este proceso y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley N° 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al licenciado Arnulfo Carmona Martínez, personalmente o en su casa de habitación, en la siguiente dirección que tiene reportada en el Registro Nacional de Notarios: doscientos metros este y setenta y cinco sur de la lavandería La Margarita, San Francisco de Dos Ríos, para lo cual se comisionará a la oficina respectiva. Asimismo, notifíquese esta resolución al licenciado Juan José Alvarado Quirós, quien funge como curador propietario del notario Carmona Martínez en el proceso civil antes indicado, en la siguiente dirección que tiene reportada en el Registro Nacional de Notarios: Los Yoses, edificio Alumar tercer piso, detrás de la pastelería Giacomine, por medio del notificador del Despacho...”. Expediente Nº 07-000302-624-NO. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora Nacional de Notariado.

San José, 16 de agosto del 2007.

                                                                                                                                                                         Lic. Adolfo Mora Gallardo,

 (73143).                                                                                                                                                                       Director a. í.

UNA PUBLICACIÓN

HACE SABER QUE:

Que en proceso de inhabilitación número 07-000056-624-NO; establecido por la Dirección Nacional de Notariado contra el licenciado Ricardo Alonso Gamboa Calvo, cédula número 1-568-805, dispuso mediante resolución de las diez horas siete minutos del tres de julio último, anular el decreto de inhabilitación dictado por resolución número 370-2007 de las diez horas cuarenta minutos del veintiuno de marzo pasado, contra el licenciado Ricardo Alonso Gamboa Calvo.

San José, 14 de agosto de 2007.

                                                                                                                                                                         Lic. Adolfo Mora Gallardo,

1 vez.—(73141).                                                                                                                                                           Director a. í.

Que esta Dirección, en resolución número 950-2007, dictada a las trece horas veinticinco minutos del 20 de julio de 2007, aprobó la solicitud formulada por el licenciado Esteban Helberth Rodríguez López, cédula de identidad Nº 5-197-984, tendente a su rehabilitación para el ejercicio del notariado público. Rige a partir del 23 de julio de 2007. Expediente Nº 07-000388-624-NO.

San José, 16 de agosto del 2007.

                                                                                                                                                                         Lic. Adolfo Mora Gallardo,

1 vez.—(73142).                                                                                                                                                           Director a. í.

TRIBUNALES DE TRABAJO

Convocatorias

Por carecer de un representante legal, Bananera Santa María S. A., se convoca a los socios o miembros a una junta que se celebrará a las ocho horas del diez de octubre del dos mil siete, para que elijan un representante, la junta se verificará cualquiera que sea el número de votos, caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún socio o miembro a la Junta, el juez hará el nombramiento. Lo anterior se ordena en proceso ordinario laboral N° 01-300278-468-LA, de Tomás López López, contra Instituto Nacional de Seguros y Bananera Santa María S. A. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, Guápiles, ocho de agosto del dos mil siete.—Lic. Eddy Herrera Chaves, Juez.—1 vez.—(74192).

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Luis Rodríguez Picado, quien fue mayor, casado, dependiente, portó la cédula de identidad número 1-538-947 y falleció el veintinueve de mayo del dos mil siete. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 07-300048-0895-LA de Carlos Luis Rodríguez Picado.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 6 de agosto del 2007.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(74194).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carla Rodríguez Rodríguez, quien fue mayor, casada, asistente administrativa, portó la cédula de identidad número 1-1087-990 y falleció el diecinueve de abril del dos mil siete. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 07-300049-0895-LA de Carla Rodríguez Rodríguez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 9 de agosto del 2007.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(74195).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Arnoldo Briceño Díaz, quien fue mayor, casado, electricista, portó la cédula de identidad número 5-250-737 y falleció el veinticuatro de febrero del dos mil siete. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 07-300047-0895-LA de Arnoldo Briceño Díaz.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 6 de agosto del 2007.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(74196).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Manuel Antonio Barrios Garbanzo, quien fuera mayor, casado, dependiente, vecino de Linda Vista de Patarrá de Desamparados, cédula de identidad número uno-seiscientos setenta y siete-cero treinta y nueve, quien falleció el veintisiete de mayo del dos mil siete, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de dineros del fondo de capitalización laboral. Expediente número 07-300072-237-LA (83-4-07), gestionada por Francisca Dávila Escamilla contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital Sociedad Anónima, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 7 de agosto del 2007.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(74197).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 07-300026-0239-LA (37-07), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido Arnoldo Luis Gorgona Zorino, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, pensionado,  vecino de Hatillo 6, cuya cédula de identidad fue la número 1-0346-0261; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Flory Solís Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(74198).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Víctor Bonilla Navarro, quién fue mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Los Llanos de Altamirita de Aguas Zarcas, cédula de residencia 025-RE-000784-00-1999, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de cuotas de Víctor Bonilla Navarro promovidas por María de La Cruz Navarro Chavarría y como depositante la Operadora de Pensiones del Banco Popular. Expediente 07-300123-0317-LA y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto del 2007.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—(74199).

Se cita a los causahabientes de la trabajadora fallecida Ana Yilenia Madrigal Gómez, quién fue mayor, soltera, oficinista, vecina de Aguas Zarcas de San Carlos, cédula de identidad 2-614-797, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de cuotas promovidas por Freddy Madrigal Valerio e Irma Gómez Bastos y como depositante la Operadora de Pensiones del Banco Popular, con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 07-300125-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de agosto del 2007.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—1 vez.—(74200).

Se cita a los causahabientes del trabajador fallecido Eduardo Antonio Aguilar Núñez, quién fue mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad 2-345-859, último domicilio en Barrio San Martín de Ciudad Quesada, para que dentro del plazo de ocho días se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de aguinaldo promovidas por Luz Marlene Aguilar Núñez y como depositante la Caja Costarricense de Seguro Social y con la advertencia de que si así no lo hicieren, el dinero se girará a quien corresponda de acuerdo con lo que establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 07-300122-0317-LA.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de agosto del 2007.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—1 vez.—(74201).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Rafael Barahona Rivera, mayor, soltero, cédula Nº 3-210-474, fallecido el 20 de enero del 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 07-000207-0703-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000207-0703-LA, a favor de Emilia Barahona Cordero.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 14 de agosto del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—(74569).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Johan Esteban Delgado Ávila, quien en vida fue, mayor de 21 años, soltero, costarricense, vecino de San Vito centro, 50 metros sur del Cencinae, Coto Brus, Puntarenas, cédula de Nº 5-338-994, murió el día veintiséis de febrero del dos mil seis, y que se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen a las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 07-300048-424-LA-1, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo de Corredores, Ciudad Neily, 3 de julio del 2007.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—1 vez.—(74570).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Gerardo Gómez Rivera, quien fue mayor, divorciado, vecino de Oreamuno de Cartago, con cédula de identidad Nº 3-187-281, se les hace saber que: Tatiana Patricia Gómez Acuña, portadora de la cédula de identidad Nº 1-887-788, vecina de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Gerardo Gómez Rivera, expediente Nº 07-000570-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Cartago, 24 de julio del 2007.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(74571).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Carlos Luis Chaves Arias, quien fue mayor, casado, Laboratorista Químico, vecino de El Carmen de Cartago, 800 metros al norte de la Farmacia Fischel, casa de color beige con caki, con cédula de identidad Nº 1-627-403, se les hace saber que: Kattia del Carmen Madrigal Acuña, portadora de la cédula de identidad Nº 1-740-002, vecina de El Carmen de Cartago, 800 metros al norte de la Farmacia Fischel, casa de color beige con caki, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Luis Chaves Arias, expediente Nº 07-000630-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Cartago, 10 de agosto del 2007.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(74572).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Álvaro Antonio Díaz Díaz, quien fue casado, de 65 años de edad, nacido 15-09-1941 en el centro de Curridabat, San José, hijo de Nelly Díaz Díaz, vecino de Dulce Nombre de La Unión, Tres Ríos, con cédula de identidad Nº 01-0293-0864, se les hace saber que: Daisy Araya Umaña, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 02-0208-0221, vecina de Dulce Nombre de La Unión Tres Ríos, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente Nº 07-000604-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 7 de  agosto del 2007.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(74573).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio Herrera Carballo, cédula de identidad Nº 4-110-228, vecino de Heredia, fallecido el 12 de mayo del 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones bajo el Nº 07-000119-0810-LA-5, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000119-0810-LA-5. Por Prospery López Castro a favor de José Antonio Herrera Carballo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 12 de junio del 2007.—Lic. Kathya Campos Marín, Jueza.—1 vez.—(74574).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Barrionuevo Montealegre, cédula Nº 1-334-101, fallecido el 03 de mayo del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de prestaciones y ahorro obligatorio del fallecido, bajo el Nº 07-000121-0810-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000121-0810-LA (1) promovida por María Teresa Hernández Vargas a favor de Fernando Barrionuevo Montealegre.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 8 de junio del 2007.—Lic. Kathya Campos Marín, Jueza.—1 vez.—(74575).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Braulio Salas González, fallecido el 4 de abril del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido bajo el Nº 07-000102-0810-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000102-0810-LA. Por a favor de Blanca Zamora Zamora.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 17 de mayo del 2007.—Lic. Lilliam Esquivel Esquivel, Jueza.—1 vez.—(74576).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Chritian Villalobos Araya, cédula Nº 1-1315-517, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 07-300031-0441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Coto Brus, San Vito, a las once horas treinta minutos, dieciséis de agosto del dos mil siete.—Lic. Gerardo Hernández Fernández, Juez.—1 vez.—(74577).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sidar Alexander Fernández Díaz, fallecido el once de marzo del año dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 07-000075-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000075-0945-LA. Sidar Alexander Fernández Díaz a favor de Breysy Guadalupe Romero Gómez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Liberia, 17 de agosto del 2007.—Lic. Olidony Palacios Badilla, Juez.—1 vez.—(74578).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros voluntarios de Carlos Francisco Pastrano Pastrano, fallecido el seis de junio del año dos mil siete, quien fuera mayor de edad, soltero, vecino de Liberia, Guanacaste, con cédula Nº 270-175484-101637, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por Rosa Félix Pastrano Pastrano bajo el Nº 07-000073-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000073-0945-LA diligencias establecidas por Rosa Félix Pastrano Pastrano.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Liberia, 17 de agosto del 2007.—Lic. Olidony Palacios Badilla, Juez.—1 vez.—(74579).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las catorce horas cuarenta minutos del doce de setiembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón trescientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas 289893, Nissan, estilo AXXESS XE, chasis JN uno HM uno cinco P siete LX cero uno cuatro nueve tres tres, motor N° KA dos cuatro cero tres uno cero cero cuatro X, año 1990, cilindrada dos mil trescientos ochenta y nueve c.c., combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario de Créditos y Descuentos CR S. A., contra Arnoldo de Jesús Zúñiga Marín. Expediente 07-001194-182-CI (2).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 5 de julio de 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(73775).

A las catorce horas cincuenta minutos del trece de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de la hipoteca de primer grado, sea la suma de setenta mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con noventa y nueve centavos, remataré: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 030392-001 y 002, situada en el distrito cuarto San Rafael, cantón quinceavo Montes de Oca, de la Provincia de San José, colinda: al norte, filial secundaria 3-1 y área común libre; sur, área común libre de accesos vehiculares y peatonales, filial secundaria 3-3; y este, filial secundaria 3-1, y al oeste: filial secundaria 3-3. Mide: trescientos seis metros con diez decímetros cuadrados valor porcentual 31,10 y proporción medida 31,11. Su naturaleza es filial secundaria 3-2 de dos plantas, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Hipotecario de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Martha Leonore Elizondo Ávila y otro. Expediente: 07-001283-182-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(73776).

A las diecisiete horas del catorce de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos diecinueve mil treinta y siete cero cero cero, que es terreno de solar jardín, con una casa, sito: distrito San José, cantón Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 31-Y; sur, lote 34-Y; este, calle pública, y este, lote 14-V. Mide: ciento sesenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-012338-0170-CA de contra Cecilia Rojas Aguilar, Corporación Yu Y Lindi S. A., y Luis Antonio Prendas Rojas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de julio del 2007.—Lic. Francisco Javier Muñoz Chacón, Juez.—(74148).

A las diecisiete horas veinte minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de treinta y siete mil ochocientos un dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 372629-001-002. Que es terreno para construir con una casa. Sitio: distrito San Rafael Arriba, cantón Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, sur, resto, este, Fernando Ortuño, y oeste, calle. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-010939-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Álvaro Eduardo Chaves Herrera y Sonia María Ríos Morales.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 julio el 2007.—Lic. Francisco Javier Muñoz Chacón, Juez.—(74150).

A las once horas y quince minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de cincuenta y seis mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: dos mil quinientos moldes de plástico inyectados, de forma cuadrangular, con una medida de treinta y nueve punto cinco centímetros por treinta y nueve punto cinco centímetros, numerados así: de los mil ochocientos para pisos: trescientos identificados cero cuatro, trescientos identificados dos mil trece, trescientos identificados dos mil ocho, trescientos identificados ciento cincuenta y dos, trescientos identificados cero seis y trescientos identificados cero uno; de los seiscientos para revestimientos: trescientos identificados tres mil - uno y trescientos identificados tres mil uno - dos; y de los cien moldes para guardas: cincuenta identificados dos mil quinientos seis y cincuenta identificados dos mil quinientos dos. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Elías Shadid Lépiz contra Terzo Milenio Sociedad Anónima. Exp.: 07-001502-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de junio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(74171).

A las diez horas del catorce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios , y con la base de tres millones trescientos sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa quinientos veinte mil seiscientos cincuenta y cinco (520655), marca Nissan, estilo Pathfinder, año 1994, color blanco. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Autos Xiri Sociedad Anónima contra Carlos Alberto Quirós Granados, Hook y Tackle Sportfiching Outfitters Inc. S. A. Exp.: 04-002041-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(74203).

A las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 147513, marca Peugeot, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, chasis VF33AK1G210226379, uso particular, estilo 309 GL Profil, capacidad 5 personas, año 1991, color azul, número de motor 1FS1G734195. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso Exp.: 06-000914-0185-CI-7 ejecutivo prendario de Autos Xiri S. A. contra Sergio Brenes Mata.—Juzgado Sexto Civil de San José, 7 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(74205).

A las nueve horas quince minutos del trece de setiembre del dos mil siete, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón quinientos setenta y seis mil colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 668917, marca Nissan, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis uno N cuatro E B tres uno F cinco P C siete dos dos cuatro cuatro cero, uso particular, estilo Sentra, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y tres, color verde, número de motor no registra. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 07-001213-0185-CI. Ejecutivo prendario de Farsuva S. A. contra Marco Vinicio Chacón Jiménez.—Juzgado Sexto Civil de San José, 16 de julio del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 40943.—(74438).

A las diez horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones, reservas y restricciones, cedulaciones y limitaciones y con la base de tres millones quinientos. ochenta mil novecientos treinta y ocho colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y dos mil seiscientos treinta y cuatro-cero cero uno, la cual es terreno para agricultura lote 42. Situada en el distrito 03 Sierpe, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Jaime Espinoza; al sur, Cupertino y Olivier Marín y otro; al este, calle pública, y al oeste, Alcides López. Mide: ciento cuarenta y nueve mil doscientos cinco metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Luzmilda Marín Zúñiga y Manuel Espinoza Trejos. Expediente Nº 05-010662-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de julio del 2007.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—(74474).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las once horas del diecisiete de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre y restricciones y con la base de tres millones quinientos siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad; bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cuatro mil cincuenta y uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Guápiles, cantón dos Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte lote trece; al sur lote once y zona verde en parte; al este lote cincuenta y tres y al oeste calle pública con ocho metros. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Eduardo Alexis Sojo Álvarez, Maylid Vega Blanco expediente: 06-000919-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de junio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 40874.—(74045).

A las once horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes, con la base de tres millones de colones, en el mejor postor se rematará el vehículo en garantía, placas CL-129122, marca Toyota, estilo Hilux, carga liviana, capacidad para cuatro personas, carrocería Cam-pu, color plateado, año 1994, chasis número LN11100018918, motor 313416611. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo prendario N° 01-100702-0468-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Alberto Rivera Taborda y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 16 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 40609.—(74046).

A las ocho horas treinta minutos del once de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes, en la base de doce mil setecientos cincuenta dólares, moneda de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor se rematará el vehículo dado en garantía, placas 475648, estilo Carens LS, capacidad seis, carrocería familiar, color dorado, año dos mil dos, chasis número KNAFC523125094077, motor TB021255, mismo que está a nombre de Giovanny Antonio Artavia Marín. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo prendario N° 06-100240-0468-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Giovanny Antonio Artavia Marín y otra.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 9 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 40613.—(74047).

A las trece horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, en el mejor postor se rematará los siguientes vehículos: el primero libre de gravámenes y con la base de cinco millones setecientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y nueve colones con sesenta céntimos, vehículo placas EE 21987, marca New Holland estilo LS170S, peso bruto dos mil cuatrocientos veinte, capacidad uno, número de chasis, 172355, número de serie, 172355, categoría equipo especial genérico, color amarillo, carrocería agropecuarios, tracción sencilla, año de fabricación 2002 y el segundo libre de gravámenes con la base de seis millones trescientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta y seis colones con cuarenta céntimos, vehículo placas EE 22135, marca: Komatsu, estilo: FD25 T-12, peso bruto: cuatro mil, capacidad: uno, número de chasis: 559047-A, número de serie: 559559047-A, categoría: equipo especial genérico, color: amarillo, carrocería: montacargas, tracción: sencilla, motor: 44834, año de fabricación: 2002. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo prendario N° 07-100041-0468-CI de Banco Nacional de Costa Rica, contra Industrias Puentes Salas S. A. y otro.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 24 de julio del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 40614.—(74048).

A las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando embargo practicado según citas 524-12499-01-0001-001 y con la base dada por el perito, se la suma de treinta y seis millones novecientos diez mil ochocientos veintidós colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita del partido de Heredia, matrícula 082884-002, que es terreno para construir con una casa, sito en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Linda al norte con lotes 1 A y 2 A, al sur con lote 5 A, al este con lote 6 A y al oeste con calle 2. Mide doscientos cincuenta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se ordena el remate en Ejecutivo Simple N° 2003-001398-0180-CI de Bruno Internacional S. A. contra Rosaura Hernández Núñez.—Juzgado Primero Civil, San José, 31 de julio del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 40597.—(74049).

A las ocho horas del primero de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones y reservas y con la base de cuatrocientos mil colones, al mejor postor remataré: finca inscrita en el partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintiún mil ciento treinta y dos cero cero cero, que es terreno para construir; sito en el distrito 02, La Cuesta, cantón 10, Corredores, provincia Puntarenas; linda al norte con calle pública, al sur con resto de Evarista Chavarría, al este con calle pública y al oeste con Daysy Avendaño Chavarría. Mide seiscientos veintitrés metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Lo anterior se subasta dentro del proceso ejecutivo hipotecario de Pérez Rubí Alcides contra Miranda Chavarría Cristobalina. Expediente N° 06-100145-424-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, veintisiete de julio del dos mil siete.—Lic. Víctor Manuel Lizano Campos, Juez.—1 vez.—Nº 40621.—(74050).

A las catorce horas cincuenta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero esta vez sin sujeción a su base, en el mejor postor remataré: el vehículo placas PQ 008597, marca Tohatsu, número de casco Desco, material del casco fibra de vidrio, nombre Ballena Tour, chasis 12161, motor N° 009166XC, año dos mil tres, eslora 7.30 mts, manga 2.00 mts, puntal 0.90 mts, gasolina. Exp. 07-000305-182-CI-4. Ejecutivo prendario de Comercial Santa María Veintiocho S. A. contra Maximino Alejandro Vásquez Umaña.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, quince de agosto del dos mil siete.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 40764.—(74051).

A las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599 y con la base de dos millones quinientos mil colones, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero noventa y tres mil seiscientos noventa y tres-cero cero cero, de naturaleza lote 316-1016 terreno para vivienda. Está situada en el distrito y cantón primero, de la provincia de Limón. Linda al norte con Francisco Mena, sur con servidumbre de paso, al este con Susana Sancho y oeste con Joaquín Martínez. Mide: doscientos cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-000454-0678-CI-3 establecido por la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alejandro Flores Guzmán.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 6 de agosto del 2007.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—Nº 40650.—(74052).

A las nueve horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, en el mejor postor remataré: 1) Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones, sáquese a remate el inmueble hipotecado finca del partido de San José, matrícula número 060503-000, que es terreno solar inculto con una casa, situada en el cantón 01, distrito de la provincia de San José. Linda al norte con Cía. Maderera Los Rodríguez S.A. al sur con Flora Hernández Ureña parte otros, al este con Cía. Maderera Los Rodríguez S. A. y al oeste con calle pública con 10.20 m frente. Mide ciento setenta y tres metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones, sáquese a remate el inmueble hipotecado finca del partido de San José, matrícula número 087461-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el cantón 01, distrito 02 de la provincia de San José. Linda al norte con Inversiones Falu S. A. al sur con Cía. Maderera Los Rodríguez S. A., al este con Gladis Jara Calderón y al oeste con calle pública con 8.28 m frente. Mide ciento cincuenta y seis metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Se ordena el remate en Ejecutivo Hipotecario 07-000960-0180-CI-5 Abonos Agro S. A. contra Compañía Maderera Los Rodríguez S. A.—Juzgado Primero Civil, San José, 1 agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 40700.—(74053).

A las once horas y veinte minutos del dos de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre de paso, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doce millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta y un colones cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor, remataré finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos noventa y ocho mil sesenta y seis-cero cero cero. Que es terreno: con una casa de habitación. Sitio: distrito cuarto San Rafael Arriba, cantón Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte Élida Valverde Jiménez, sur y este, Oriel S. A., y oeste calle pública con ocho metros veintinueve centímetros. Mide: doscientos cincuenta y un metros con noventa decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-013871-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo Jiménez Zúñiga.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de agosto del 2007.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—Nº 40713.—(74054).

A las ocho horas del diez de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de cuatro millones de colones se rematará al mejor postor la finca del partido de Puntarenas folio real cincuenta y tres mil setecientos sesenta y seis-cero cero cero, que es terrero para la agricultura, sito en Golfito, distrito primero, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte con Héctor Enrique Villa, al sur con Carlos Murillo Salazar, al este con calle pública con doscientos treinta y cinco metros con sesenta y cinco centímetros y al oeste con Vital Mesén Marín. Mide: cien mil ciento noventa y cuatro metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Propiedad de Fabio Trejos Naranjo. Con plano P-0633250-1986 y con la base de diez millones de colones, se rematará al mejor postor, la finca del partido de Puntarenas número veintiocho mil ochocientos treinta-cero cero cero, que es terreno para agricultura, tacotal y montaña, sito en distrito primero Corredor, cantón diez Corredores de la provincia de Puntarenas. Linda al norte con lote A 50 A y otro, al sur con lote A 54 y otro, al este con ferrocarril y al oeste con lote A 55 B. Mide doscientos ochenta mil cuatrocientos treinta y un metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Propiedad de Fabio Trejos Naranjo. No se indica número de plano. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario número 03-100090-424-CI-3 de Fertica S. A., contra Marino Trejos Naranjo y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 19 de julio del 2007.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—Nº 40732.—(74055).

A las diez horas y quince minutos del dos de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones judiciales pero soportando hipoteca de primer grado y con la base de un millón, ochocientos noventa y tres mil cuatrocientos noventa y uno con 33/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 162823-000 la cual es terreno para construir lote 17. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con 10 metros; al sur lotes 5 y 6; al este lotes 16 y al oeste lote 18. Mide: doscientos treinta y ocho metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Seilyn Xiomara Aguilar Pereira, exp. 07-001347-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de agosto del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 40733.—(74056).

A las diez horas quince minutos del tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones novecientos noventa y cuatro mil novecientos veintisiete colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 067994-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con 9 m 68 cm; al sur Isaías Rivera Meza; al este Constructora Norma de Costa Rica S. A., y al oeste Constructora Norma de Costa Rica S. A. Mide: doscientos cuarenta metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hellen Lisseth Méndez Rojas, expediente: 07-001346-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de agosto del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 40734.—(74057).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinte de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de   gravámenes hipotecarios y con la base de veintiséis millones trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil guión cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4 Ulloa, cantón 1 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Servicios Casablanca S. A.; al sur Servicios Casablanca S. A.; al este Servicios Casablanca S. A. y al oeste calle pública. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Leonel Rosales Rodríguez, expediente: 07-001260-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—Nº 40750.—(74058).

A las catorce horas cuarenta minutos del tres de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de treinta mil setecientos setenta y un dólares con quince centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas 609561, marca Land Rover, estilo Discovery, chasis SALLTGM ocho ocho tres A siete nueve ocho uno tres siete, no registra número de motor, año 2004, color gris, carrocería station wagon o familiar. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco HSBC (Costa Rica) S. A., contra José Antonio Pantigoso De La Peña y High Point Software S. A. Expediente 07-001334-182-CI(2).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 16 de agosto del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 40789.—(74059).

A las nueve horas treinta minutos del veinticinco de setiembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso y servidumbre trasladada y con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y nueve mil noventa y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero San Juan, cantón segundo San Ramón de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte Odalí Brenes Chavarría; al sur Dagoberto Brenes Chavarría; al este Luisa Delgado Salas y al oeste servidumbre de paso. Mide: doscientos sesenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Alejandra Cristina Cambronero Vargas y Alejandro Zamora Marín, expediente: 07-000015-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de julio del 2007.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 40798.—(74060).

A las catorce horas diez minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada, con la base de doce mil dólares, unidad monetaria de los Estados Unidos de América; remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de San José, matrícula de folio real cuatrocientos veinticuatro mil cuatrocientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Sita en el distrito cuarto San Rafael Arriba, cantón tercero Desamparados de la provincia de San José. Linda: al norte con servidumbre de paso con 17 metros con 87 centímetros, al sur con Domingo Figueroa, al este con resto de Eleodoro Astúa Agüero y al oeste con calle pública con 8 metros 57 centímetros. Mide: ciento cuarenta y seis metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así dentro del proceso hipotecario 06-001496-182-CI (1) de Galernas Moderadas S. A. y Proyectos e Inversiones Luis Fernández S. A. contra William Enrique Mora Guevara.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 26 de julio del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez. Jueza.—Nº 40846.—(74061).

A las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintidós mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil novecientos cuarenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa, lote 18. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote 20, de Negocios Bienes Raíces Sociedad Anónima con 7.83 metros lineales; al sur calle pública con 8 metros lineales; al este lote 17 de Negocios Bienes Raíces Sociedad Anónima, con 17.51 metros lineales y al oeste lote 19, de Negocios Bienes Raíces Sociedad Anónima con 18.63 metros lineales. Mide: ciento cincuenta y dos metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Cultivos Agrícolas Los Frutales Sociedad Anónima, Turística El Encuentro S. A. contra Catalina Conejo Valverde, expediente: 07-001465-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de junio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 40847.—(74062).

A las diecisiete horas con veinte minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones setecientos cincuenta y cuatro mil treinta y cuatro colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos sesenta y nueve mil setecientos seis-cero cero cero que es terreno: para construir. Sitio: distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte calle de servidumbre, sur Trinidad Murillo Jiménez, este Rodolfo López Ovares, y oeste Gilberto Solís A. y Trinidad Murillo. Mide: doscientos diecisiete metros con ocho decímetros cuadrados proporción medida. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-022768-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Giovanni Murillo Zúñiga.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de julio del 2007.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 40856.—(74063).

A las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones inscritas al tomo 281, asiento 05615 del diario del Registro Público y con la base dada por el perito a folios 114 a 119, sea por la suma de un millón ciento noventa y siete mil seiscientos colones, remataré finca inscrita en propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula número 401,203-000, y que se describe así: terreno para construir sito: en el distrito trece, Peñas Blancas, cantón dos, San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, sur y oeste: María Cristina Artavia Porras y al este: calle pública. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 03-100310-0297-CI (5), que es ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra José Enrique Brenes Artavia y otro.— Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 15 de agosto del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 40861.—(74064).

A las catorce horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero soportando una colisión a la orden del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, con la base del peritaje rendido sea la suma de ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré: El vehículo placas CL-126900, marca Chevrolet, estilo S-10, chasis 1GCBS14E8G2179417, motor Nº CG2179417, año ochenta y seis, categoría carga liviana, gasolina, color azul. Expediente Nº 06-000555-182-CI-4. Ejecutivo simple de Instacredit S. A. contra Silvia Patricia Cerdas Rojas.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—(74230).

A las catorce horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando prohibiciones, plazo de convalidación, sin más gravámenes, con la base de dos millones novecientos sesenta y seis mil novecientos ochenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 075324-000, que es terreno para vivienda, lote 266-2052. Situado en el distrito primero, Siquirres, cantón tercero, Siquirres, provincia de Limón, que mide: doscientos ochenta y seis metros con setenta y nueve decímetros cuadrados y linda: al norte, con calle pública; al sur, con Fernando Mitchel; al este, con Estrella Hall, y al oeste, con calle pública. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 03-100384-0468-CI de El Clan Facava S. A. contra Orlando Daniel Wilson Querry.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 8 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 40898.—(74437).

A las ocho horas quince minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos mil novecientos treinta y ocho dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 164642, marca Honda, categoría automóvil, carrocería Sedán cuatro puertas, chasis JHMEG85200S038703, uso particular, estilo Civic EX, capacidad 5 personas, año 1993, color negro, número de motor D15B32019328. Se remata  por  haberse  ordenado  así  dentro  del  proceso. Expediente Nº 06- 001806-0185-CI-1, ejecutivo prendario de Vehículos de Trabajo S. A. contra Cristopher Fonseca Peralta.—Juzgado Sexto Civil de San José, 3 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 40944.—(74439).

A las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ocho millones quinientos nueve mil ciento cuarenta y tres colones con cuatro céntimos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 574462, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o familiar, chasis JTEBK29J100004708, uso particular, estilo Land Cruiser, capacidad 10 personas, año 2004, color beige, número de motor 5L5865415. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 06-000827-0185-CI-1, ejecutivo prendario de Créditos y Descuentos C.R. S. A. contra Jorge Francisco Chavarría Orozco.—Juzgado Sexto Civil de San José, 3 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 40993.—(74440).

A las nueve horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de sesenta mil cuatrocientos nueve punto con veinticinco unidades de desarrollo, en el mejor postor rematare: Finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número 278703-000. Que es terreno para construir con una casa, lote 9 U. Sitio: distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 2 U; sur, calle pública con 8 metros 50 centímetros; este, lote 8 U, y al oeste, lote 10 U. Mide: ciento treinta y seis metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-018654-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica, contra Krystel de Los Ángeles Astacio Ruiz, Natasha Astacio Ruiz.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de noviembre del 2006.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—Nº 41052.—(74441).

A las ocho horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, soportando colisión según boleta 2005242862, sumaria: 050050750-496-TR a la orden del Juzgado de Tránsito de Cartago, asimismo colisión según boleta 05284749, sumaria 06-603682-489-TC a la orden de Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y esta vez sin sujeción a la base, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 414911, con las siguientes características: automóvil marca Mitsubishi, estilo Montero RS, año 1992, color gris, de capacidad 5 personas, motor número seis G siete dos HJ seis siete cuatro cinco. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario número 06-000035-180-CI de Financiera Costarricense FINCOSTA S. A. contra Jiménez Trejos Verny.—Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 41106.—(74442).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 135012-001-002, la cual es terreno lote A-13 para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote A-14; al sur, lote A-12; al este, calle pública con 6.00 metros, y al oeste, urbanización Llanos de Santa Lucía. Mide: ciento sesenta y tres metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Jeanneth Brenes Torres, Marvin Enrique Segura Vargas. Expediente Nº 07-001184-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de julio del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 41119.—(74443).

A las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada por el tomo 315, asiento 5811 y con la base de tres millones ochocientos mil colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y un mil doscientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito segundo, Zaragoza, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan María Vargas Araya; al sur, Juana María Vargas Araya; al este, Mario Vásquez Vargas, y al oeste, servidumbre de paso con dieciocho metros punto treinta y seis metros de frente. Mide: doscientos doce metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Francisca Rojas Carranza contra Miguel Alfaro Vargas. Expediente Nº 07-000334-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de julio del 2007.—Lic. Karol Vanessa Solano Ramírez, Jueza.—Nº 41120.—(74444).

A las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando cuatro servidumbres de paso, una servidumbre sirviente y una servidumbre trasladada, con la base de trescientos noventa y tres mil ochocientos sesenta dólares exactos, remataré: finca inscrita en el partido de Alajuela, matrícula doscientos ochenta y nueve mil novecientos tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación principal, una casa de huéspedes, un área de rancho, un área de cuadras, un área de estacionamiento y bodegas y piscinas. Sita en el distrito quinto Guácima, cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, seis Chukkers S. A. con un frente de 78,00 metros; al sur, en parte servidumbre agrícola de paso con un frente de 7,00 metros y Karpazos S. A. con 71,00 metros de frente; al este, Los Reyes Polo Club S. A. con 124,65 metros de frente, y al oeste, con servidumbre agrícola de paso en medio Reynorte S.A., con 124,48 metros de frente. Mide: nueve mil seiscientos cincuenta y tres metros con diez decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 07-000656-182 CI (5) de Banco Interfin S. A. contra Gustavo Romero Vélez y Majuana S.A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de agosto del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(74527).

A las nueve horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Kia, estilo: Pride, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1996, carrocería: sedan 4 puertas, color: blanco, chasis: KN17P23E4TK069200, combustible: gasolina, placas: 490831. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-000774-181-CI de Grupo Canafin S. A. contra Álvaro Quirós Rodríguez.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 7 de agosto del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(74532).

A las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del lunes ocho de octubre del año dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº SJB-009298. con las siguientes características: microbús, marca Ssang Yong, estilo Istana, año 1999, color blanco, de diesel, para quince personas, motor Nº 66291110090434. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-000130-183-CI-3 de Grupo Canafin S. A. contra Noilyn Benavides Alvarado.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 agosto del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(74534).

A las diez horas quince minutos del diecisiete de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón ochocientos noventa y seis mil ciento setenta y cinco colones, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº 510766, con las siguientes características: automóvil marca Mitsubishi, estilo Montero LS, año 1995, color azul, de gasolina, para cinco personas, motor Nº G672L06461. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001360-183-CI de Grupo Canafin S. A. contra Yerandy Agüero Jiménez Nº 1-803-394 y Juan Carlos Vargas Campos.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(74535).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios pero soportando sumaria 06-4235-174-TR y 06-6150-174-TR y con la base de tres mil ciento cuarenta y cuatro dólares, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 551749, marca Suzuki, estilo Maruti, carrocería station wagon o familiar, motor Nº F8BIN2349039, año 2003, color beige, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001428-0184-CI de Vehículos de Trabajo S. A. contra Karla Fernández Sibaja.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—(74537).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Amada Herrera Valenciano, quien fue mayor de edad, casada una vez, de oficios del hogar, vecina del Rosario de Naranjo, cédula número dos-doscientos veinte-trescientos treinta y dos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente Nº 07-100382-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, a las dieciséis horas del veintiuno de agosto del dos mil siete.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(74539).

A las ocho horas veinte minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de treinta mil novecientos sesenta y cinco dólares con ochenta centavos al mejor postor rematare: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos siete mil setecientos - cero cero cero. Que es terreno con una casa de habitación. Sitio: distrito Desamparados, cantón Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, Miguel Chinchilla Segura; sur, calle pública; este, Gilberto García Fallas, y oeste, Miguel Delgado Víquez. Mide: ciento siete metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Santiago Villegas Chaves, Taad Sonia Mc Vane. Expediente Nº 06-013323-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—(74547).

A las nueve horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones judiciales pero soportando servidumbres trasladadas y con la base de doce mil quinientos dólares por cada una de las fincas o su equivalente en dólares para la fecha del remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: I) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 184.193-000 la cual es terreno para construir con una casa, lote 20. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 22; al sur, lote 21; al este, lote 19, y al oeste, calle 2 con 8.5 metros. Mide: ciento setenta y dos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. II) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 184.195-000 la cual es terreno para construir con una casa, lote 22. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 23; al sur, Arnoldo Andre Brandt; al este, calle 1 con 6.23 metros, y al oeste, lotes 19, 20 y 21. Mide: ciento sesenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Propiedades de La Unión Magdalena Sociedad Anónima contra Julio César Salazar Salazar. Expediente Nº 07-001321-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(74632).

A las nueve horas del lunes diecisiete de setiembre del año dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos millones ciento setenta y dos mil novecientos cincuenta colones con ochenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo que se describe como: vehículo placas CL-ciento sesenta y seis mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, estilo SV110, capacidad para cuatro personas, año mil novecientos noventa y nueve, chasis KNR1M2HEAXT000668, color blanco, categoría carga liviana, tracción sencilla, carrocería caja abierta o Cam-Pu, motor MD tres cero cero cero cero seis nueve dos punto. Lo anterior se remata por ordenarse así, proceso ejecutivo prendario 06-000087-183-CI-1, de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Wilber Pérez Vega.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—Nº 41346.—(74943).

A las diez horas del lunes diecisiete de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cinco mil trescientos sesenta y tres dólares ochenta y tres centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 285039, con las siguientes características: marca Nissan, estilo Pathfinder XEV6, capacidad 5 personas, año 1992, chasis JN8HD17Y2NW028822, color rojo, categoría automóvil, tracción doble, carrocería familiar Station Wagon, motor VG30276509W*. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso prendario Nº 05-000454-183-CI-5 de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Bernal Alfonso Masís Coto.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de agosto del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—Nº 41347.—(74944).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas inscritas bajo las siguientes citas: 280-06793-01-0002-01, 282-05648-01-0002-01 y 297-07392-01-0902-001 y con la base ciento noventa y cuatro mil novecientos dieciocho dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula F021736000, naturaleza: bloque K finca filial 2, terreno con una casa de una planta en proceso de construcción. Situada en distrito 03 (Pozos), cantón 09 (Santa Ana), de la provincia de San José. Linderos: norte, filial 1B, bloque K; sur, filial 3, bloque K; este, calle privada del condominio, y al oeste, calle privada del condominio. Mide: mil ciento veinticinco metros con doce decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-001249-183-CI-4 de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Roberto Spini, Laura Niccolini y Certaldo S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de agosto del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(74982).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marco Vinicio Víquez Víquez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del cinco de febrero del año dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 05-000244-0504-Cl.—Juzgado Civil de Heredia.—13 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(73957).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Flor Monge Mora, quien fue mayor, divorciada, comerciante, vecina de Cariari, Pococí, con cédula número 1-578-603, a una junta que se llevará a cabo en este Juzgado a las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete, para conocer de los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente sucesorio Nº 05-100290-0468-CI, causante: Flor Monge Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 40784.—(74087).

Se convoca a todos los herederos de la mortual de Miguel Ángel León Porras, quien en vida fue mayor, casado, vecino de San Antonio de Escazú, 50 al este del Restaurante Tiquicia, agricultor, portador de la cédula de identidad número 1-164-382, a una junta que se verificará en este Despacho a las diez horas del veinte de setiembre del dos mil siete, a fin de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. 05-000417-185-CI sucesión de Miguel Ángel León Porras.— Juzgado Sexto  Civil de San José, 25 de julio de 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—Nº 40868.—(74098).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Olendia Barboza Sanabria, mayor, casada, portadora de la cédula de identidad nueve-cero treinta y uno-cuatrocientos trece, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 05-100034-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, dos de julio del dos mil siete.— Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 40819.—(74100).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gustavo Madrigal del Castillo, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del diecinueve de setiembre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-000138-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de agosto del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Jueza.—1 vez.—(74653).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Arturo Brenes López, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 00-102302-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 41144.—(74975).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Carlos Enrique Segura Ceciliano, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos; y, 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes, avalúo de los mismos y reclamados contra la sucesión. Expediente Nº 04-100343-0237-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 26 de julio del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 41322.—(74976).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Joaquín Campos Aguilar, a una junta que se verificará en este Juzgado a las catorce horas del seis de diciembre del año dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-002502-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de julio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 41355.—(74977).

Títulos Supletorios

Napoleón Araya Herrera, quien es mayor, agricultor, vecino de Puerto Jiménez, cédula de identidad dos - doscientos ochenta y nueve - ochocientos noventa y cuatro, inscribe a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno de montaña, tacotal y cultivos. Situado: Río Nuevo, de distrito dos: Jiménez, del cantón sétimo: Golfito, de la provincia de Puntarenas. Mide sesenta y ocho hectáreas siete mil setecientos noventa y cinco con cuarenta decímetros cuadrados. Linda: Norte, con calle pública con un frente lineal de mil cincuenta y cinco metros con setenta y seis centímetros lineales; sur, Gonzalo Cordero Solís; este, Gonzalo Cordero Solís y Ángel Garbanzo Mora, oeste, Inversiones Bahía río Nuevo S. A. Plano catastrado Nº P-514071-83. Se estima en la suma de cien mil colones las presentes diligencias y el inmueble. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Diligencias de información posesoria. Expediente Nº 04-000064-419-AG (78-2-04) promueve: Napoleón Araya Herrera.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Nº 40314.—(73278).

Manuela Magdalena López Rodríguez, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, barrio El Jazmín, nicaragüense, cédula de residencia 011-RE-002140-01-1999, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciere a José del Carmen Altamirano Jiménez, mayor, cédula 1-191-183, con quien no la liga parentesco, el 13 de marzo de 2007. Dicho terreno se describe así: Terreno para construir, sito Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública con un frente de 10,09 centímetros lineales; al sur, al este y al oeste, José del Carmen Altamirano Jiménez. Mide: Doscientos un metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado Nº A-1142218-2007 de fecha 23 de febrero de 2007. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de un millón de colones, al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente N° 07-100510-0297-CI. Información posesoria promueve Manuela Magdalena López Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de julio del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Juez.—1 vez.—Nº 40413.—(73280).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000354-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Diego Araya Quesada, quien es mayor, soltero, recepcionista, vecino de Catarata de Alfaro, San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos- cuatrocientos ochenta y ocho-setecientos setenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz. Colinda: al norte, con Silvino Rodríguez Santana, actualmente con Eduardo Rodríguez Santana; al sur, con calle pública con un frente a la misma de catorce metros lineales; al este, con Lucía Rodríguez Santana, actualmente con Diego Araya Quesada, y al oeste, con Joaquín Rodríguez Santana, actualmente propiedad de María Elena Rodríguez Guevara. Mide: trescientos dos metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante escritura pública número ciento treinta y cinco, de fecha nueve de octubre de dos mil dos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento necesario limpieza y cuido como un buen padre de familia. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Diego Araya Quesada. Expediente Nº 06-000354-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 14 de marzo del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 40422.—(73281).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000588-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Diego Araya Quesada, mayor, soltero, recepcionista, vecino de Catarata de Alfaro, San Ramón de Alajuela, trescientos metros al noroeste del primer puente de la localidad y portador de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos ochenta y cuatro-setecientos setenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar para construir, situada en el distrito Tamarindo, cantón tercero Veintisiete de Abril, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Fernando Apuy Sirias; al sur, Juan Angulo Angulo; al este; camino publico de seis metros cuarenta centímetros lineales y con un frente a la misma de diez metros lineales, y al oeste, Enriqueta López Valerín. Mide: ciento setenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y cuido como buen padre de familia. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.-Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Diego Araya Quesada. Exp. Nº 05-000588-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 6 de setiembre del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 40423.—(73282).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000348-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Angélica Suárez Vallejos, mayor, soltera, portadora de la cédula de residencia vigente que exhibe número uno-cinco cinco ocho cero dos cuatro uno dos nueve tres tres, vecina de Comunidad Carrillo Guanacaste, cincuenta metros al este de la plaza de deportes, del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de patio con casa de habitación. Situada en el distrito segundo Palmira, cantón quinto Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a la misma de veinte metros lineales; al sur, con Isberto Fonseca Céspedes, actualmente con Johnny Suárez Vallejos; al este, con Giselle María Alemán Díaz, y al oeste, con calle pública con un frente a la misma de trece con sesenta y cuatro decímetros lineales. Mide: doscientos sesenta y siete metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta realizada al señor Francisco Javier Espinoza Obando, mediante escritura pública número ciento treinta y dos del día diez de enero del año dos mil cinco y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento necesario de limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Angélica Suárez Vallejos. Expediente Nº 07-000348-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 5 de julio del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 40424.—(73283).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000301-0388-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Néstor Villafuerte Cubillo, quien es mayor, casado una vez, vecino de Alajuelita, Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento treinta y siete-mil once, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito sétimo, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público con un frente de cuatrocientos cinco metros con noventa centímetros lineales; al sur, José Cortés Alcócer; al este, Wenceslao Peralta Villarreal, y al oeste, camino público con un frente de ciento cincuenta y ocho metros y un centímetro lineal. Mide: tres hectáreas seis mil setecientos un metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Néstor Villafuerta Cubillo. Expediente Nº 07-000301-0388-CI-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 8 de agosto del 2007.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 40425.—(73284).

Carlos Luis Alfaro Camacho, mayor, casado una vez, panadero, vecino de Caribe de Carian, cédula de identidad 2-391-957, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que está situada en Caribe, distrito quinto del cantón segundo, de la provincia Limón, que colinda al norte, con calle pública; sur, Miguel González Vásquez; este, calle pública y en parte con Miguel González Vásquez, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de quinientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. Nº 97-100131-0468-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 27 de junio del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 40439.—(73285).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000129-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Inés del Carmen Boniche Gómez, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Jicaral de Puntarenas, 150 m al este de escuela nueva del lugar, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-122-442, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, este y oeste, Otoniel Guerro Espinoza; al sur, calle pública. Mide: doscientos cincuenta y un metros con veintiséis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por la compra que le hiciera al señor Otoniel Guerro Espinoza y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en levantado de cercas y limpieza de terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado á partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Inés del Carmen Boniche Gómez. Exp. Nº 07-000129-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 29 de mayo del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 40573.—(73286).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-001034-0182-CI (2), donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gregorio Valentín Musmanni quien es mayor, casado, empresario, vecino de Santa Ana, Alto de las Palomas, portador de la cédula de identidad número uno-seis dos seis-dos seis siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de potreros; sito: en distrito primero Santa Ana, cantón nueve Santa Ana, provincia de San José. Linda: Al norte, calle pública; al sur, Domingo Musmanni Laborito; al este, Pedro Luis Vieto Asch, y al oeste, Ana Musmanni Quintana. Mide: cuatro mil doscientos cincuenta y dos metros cuadrados con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano catastrado SJ-uno uno tres siete uno ocho cero-dos mil siete. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante venta privada del señor Carmelo Musmanni Expósito, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de junio del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—1 vez.—(73628).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Asociación de Testigos de Jehová, cédula tres-cero cero dos-cero cuatro cinco tres uno dos-tres uno, representada por Juan José Agurto Vega, vecino de Asunción de Belén, Heredia, que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, con un edificio dedicado al culto, situado en Cóbano, distrito once del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al noroeste con Isidro Gómez Amaya, al noreste con José Ángel López Falcón, al sureste con Paquita Chaves Rodríguez y al suroeste con calle pública con un frente a ella de veintidós metros con sesenta y nueve centímetros, mide según plano catastrado P-909498-2004, seiscientos tres metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió una parte por compra y la otra por donación, al señor Alfredo Briceño Briceño; el inmueble lo estima en la suma de seis millones cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos setenta colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 04-100668-417-CI-3 de Asociación de Testigos de Jehová.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(74042).

José Fabio Barrantes Céspedes, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que está situada en el distrito dos Savegre del cantón sexto Aguirre de la provincia de Puntarenas, que colinda al norte: La Joya de las Montañas Sociedad Anónima, sur: Desarrollo de Sol Brillantes Sociedad Anónima, este: La Joya de las Montañas Sociedad Anónima y oeste: Desarrollo de Sol Brillantes Sociedad Anónima, con una medida de cuatro hectáreas siete mil setecientos treinta y tres metros con veintiséis decímetros cuadrados, según plano catastrado P-novecientos ochenta y cinco mil sesenta y dos-dos mil cinco. Dicha propiedad se encuentra libre de gravámenes de la misma manera dicho inmueble fue estimado en la suma de dos millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. N° 07-100158-425-2-C.I. N° C: 170-2007, proceso información posesoria promovido por José Fabio Barrantes Céspedes.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Irving Vargas Rodríguez, Juez.—1 vez.—Nº 40620.—(74065).

Flor María Alfaro Murillo quien es mayor divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 2-291-475 vecina de La Marina de San Carlos, Alajuela, 200 metros al oeste del cementerio, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra que le hiciere al señor Juan Luis Alfaro Solano, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número 2-165-415 vecino de San Rafael de La Marina, ochocientos metros al oeste del Hotel El Tucano. Dicho inmueble se describe así: terreno de solar con una casa, sito en el distrito noveno, La Palmera, del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda al norte: Enid Solís Arias, al este: Delmán Tobías Quirós Barrantes, al sur: Ángela Amador Pineda y al oeste: Hibany Salas Chaves. Mide: trescientos trece metros con diecisiete decímetros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños, y fue estimado en la suma de seiscientos mil colones al igual que las presentes diligencias. Se aportó el plano catastrado número A-337117-96 de fecha 17 de junio de 1996. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Flor María Alfaro Murillo. Expediente N° 07-100458-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 18 de junio del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 40644.—(74066).

Protectores del Mar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y uno-seiscientos cincuenta y tres; representada por su apoderado Jacques Boucher, de nacionalidad francesa, casado una vez, pasaporte número cero dos Y D cero dos cuatro uno cero, empresario, promueve diligencia de información posesoria para inscribir ante el Registro Público el siguiente inmueble: terreno para residencias recreativas, ubicado en Plata Chiquita, distrito tercero Cahuita, cantón cuarto Talamanca de la provincia de Limón, cuya medida es de cinco mil doscientos setenta y nueve metros con quince decímetros cuadrados; linda al norte con zona pública e inalienable, al sur y este con Bilbo de Talamanca S. A., y al oeste con Smith y García S Y M S. A. Fue aportado el plano L nueve nueve seis nueve cinco cinco dos mil cinco. El inmueble fue estimado en siete millones ochocientos mil colones, así como estas diligencias. No existen gravámenes ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del término de un mes contado a partir de la publicación del edicto, se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos Exp. 28-1-07.—Juzgado Agrario de Limón, 15 de agosto del 2007.—Lic. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—Nº 40701.—(74067).

Víctor Hugo Rojas Díaz, mayor, casado una vez, chofer, vecino de Los Ángeles de Fortuna, San Carlos, quinientos metros al oeste del templo católico, cédula de identidad número nueve-cero cincuenta y cinco- trescientos sesenta, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra y venta que le hiciera a su hermana Esmeralda Rojas Díaz, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina del Tanque de Fortuna de San Carlos, del puente sobre el río Fortuna, quinientos metros al oeste, cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y siete-cero veintinueve, el 11 de junio del 2002. Dicho inmueble se describe así: terreno para construir, sito en Los Ángeles, distrito siete, Fortuna, del cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Mide: mil trescientos sesenta y cuatro metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Linderos: norte: María Luisa Rojas Díaz en medio servidumbre de paso con un frente de treinta y ocho metros lineales, sur: Arcadia Vega Rodríguez e Isabel Arias Torres, este: Elizabeth Rojas Díaz y al oeste: Rigoberto Cordero Alfaro, según plano catastrado número A-568888-1999 de fecha 25 de junio de 1999. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales, y fue estimado en la suma de un millón quinientos mil colones y las presentes diligencias en la misma suma. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Víctor Hugo Rojas Díaz. Expediente Nº 07-100351-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1° de agosto del 2007.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 40703.—(74068).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000247-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Efrain Rivera Arrieta quien es mayor, estado civil casado una vez, constructor, vecino de Dulce Nombre de La Unión, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-0353-0276, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6 Dulce Nombre, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Marco Tulio Cervantes Hidalgo; al sur Nicolás Salguero Andrade; al este municipalidad de La Unión y al oeste municipalidad de La Unión. Mide: doscientos sesenta y cinco con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante traspaso de posesión que realizaran los señores Joel Elías Salguero Hidalgo y Ana María Marlene Zúñiga, por escritura Nº 343, otorgada a las nueve horas del ocho de febrero del año dos mil seis, ante el notario Leonardo Rivas Rivel, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno y construcción de una vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Efraín Rivera Arrieta. Exp. 07-000247-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de agosto del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 40712.—(74069).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 99-100489-0336-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Nuria María Rivera Leandro, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Buena Vista de Alvarado, Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-282-174, profesión agricultora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte con Víctor Ademar Coto Serrano; al sur con Carlos Luis Serrano Acuña; al este con calle pública con un frente a esta de noventa y cuatro metros con veintinueve centímetros y al oeste con la Quebrada Central. Mide: veintisiete mil doscientos once metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatrocientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de las tías, del esposo y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeado del terreno, ganadería de ganado vacuno, sembrar hortalizas, levantamiento de cercas y en fin los actos propios del dueño. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por. Exp. 99-100489-0336-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 18 de julio del 2007.—Lic. Edgar Eduber Calvo Solano, Juez.—1 vez.—Nº 40730.—(74070).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000162-0391-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María del Carmen Arroyo Garita, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número nueve-cero sesenta y cinco-ciento ochenta y ocho, vecina de Jicaral de Puntarenas, frente al redondel de toros, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de frutales, una casa y un corral. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con calle pública con un frente a ella de diecisiete metros con sesenta y siete centímetros lineales; al sur con Andrés Sosa Villalobos; al este Arnoldo Sandí Suazo y al oeste calle pública con un frente a ella de setenta y tres metros ochenta y un centímetros lineales. Mide: dos mil trescientos cincuenta y ocho metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapeas y en general asistencia de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la. Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María del Carmen Arroyo Garita. Exp. 07-000162-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 13 de agosto del 2007.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 40748.—(74071).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000343-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edith Chavarría Villalobos y Yorleny Alvarado Chavarría, quienes por su orden son mayores, estado civil casadas una vez, comerciante y ama de casa, portadoras de las cédulas de identidad vigentes que exhiben números: 06-0106-1269 y 02-523-471, ambas vecinas de Jicaral de Puntarenas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Jicaral de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte; con José Delgado Flores. Al sur; con Olga Torres Torres. Al este; con quebrada y al oeste; con calle pública con un frente a ella de once metros noventa y cinco centímetros lineales. Mide: mil veintidós metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de colones. Que adquirieron dicho inmueble por compraventa y hasta la fecha lo han mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapeas y en general asistencia de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por. Exp. 06-000343-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 27 de abril del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 40749.—(74072).

Arnulfo Vindas Picado, mayor, viudo una vez, costarricense, agricultor vecino de Cabeceras de Tilarán, quinientos metros camino a Las Nubes, portador de la cédula de identidad número dos-ciento cuarenta y tres-doscientos treinta y tres, solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno con una casa y solar, situado en el distrito segundo, Tilarán, cantón octavo, Tilarán, de Guanacaste, de la provincia de Guanacaste, con una medida de doscientos veinticinco metros ochenta y dos decímetros cuadrados, dicho terreno tiene los siguiente linderos: norte, este y al oeste: Elí Artavia Vindas, sur: calle pública en una distancia a ella de diez metros ochenta y cuatro centímetros lineales. Sobre el inmueble no hay codueños ni cargas reales, el titulante es el único dueño, y lo estima en la suma de quinientos mil colones. El titulante lo adquirió por medio de donación verbal de su esposa Socorro Vindas Villegas, hace aproximadamente 36 años, quien le traspasó la posesión decenal ejercida por ella. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria exp. Nº 07-100250-0389-CI (262-5-07)-A.—Juzgado Civil de Cañas, 10 de agosto del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 40799.—(74073).

Isabel Cristina Rodríguez Anchía, mayor, soltera, miscelánea, vecina de la Esperanza de Tilarán al costado este de la pulpería, portadora de la cédula de identidad número cinco-trescientos cuarenta y seis- seiscientos siete; solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno para construir, ubicado en el distrito segundo Tilarán, cantón octavo de Tilarán, de la provincia de Guanacaste, mide cuatrocientos noventa metros doce decímetros cuadrados, linderos así, norte, este y oeste: José Ángel Rodríguez Pérez y sur calle pública con un frente a ella de cuarenta metros noventa y seis centímetros. Sobre el inmueble no existen condueños ni cargas reales, el titulante es el único dueño y lo estima en la suma de doscientos mil colones. El titulante lo adquirió por medio de donación que le hiciera su padre el señor José Ángel Rodríguez Pérez, por medio de escritura pública número ciento veintinueve visible a folio cincuenta y dos vuelto del tomo tres del protocolo de la licenciada Rosalina Bastos Alvarado. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria exp. Nº 07-100177-0389-C.I. (186-5-07)-B.—Juzgado Civil de Cañas, 9 de agosto del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº 40800.—(74074).

Raquel Atencio Martínez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Caribe de Cariari, cien metros al este de la empacadora, cédula 6-250-239, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que es terreno de potrero, situada en La Rita, distrito tercero, del cantón segundo, de la provincia Limón, que colinda al norte: María Josefina Monge Torres, sur: Martín Rivera Hernández, este: finca bananera Roxana Farms S. A. y al oeste: Marcos Monge Torres. Mide: una hectárea con ocho mil trescientos treinta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes, ni cargas reales y se estimó en la suma de trescientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. Nº 07-100351-0468-CI-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 13 de junio del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 40816.—(74075).

Miguel Guzmán Méndez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cuatro Esquinas de Cariari, barrio Mora, abastecedor Mora y quien porta la cédula de identidad 6-145-398, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que es terreno para construir, situada en Palacios, distrito quinto, del cantón segundo, de la provincia Limón, que colinda al norte y al este: José Silvio Cascante Ureña, sur: Efrein Ureña Carmona y al oeste: calle pública con un frente de veintiún metros con cincuenta centímetros lineales. Mide: mil ciento seis metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de quinientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. Nº 06-100481-0468-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo II Circuito Judicial Zona Atlántica, Guápiles, 14 de junio del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 40817.—(74076).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000371-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hilario Rosales Obando, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de La Garita de Santa Cruz Guanacaste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento cuarenta y nueve-mil doscientos cuarenta y nueve, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: calle pública con un frente a ella de treinta y dos metros con noventa y tres centímetros lineales; al sur Miguel Ángel Barrantes Bran y Aracelly Valerín Valerín ambos en parte; al este: Leonidas Barrantes Bran y al oeste Dimas Santos Barrantes Bran. Mide: mil ciento cuarenta metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en individualizar la propiedad por de cercas, la limpieza y mantenimiento en forma general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Hilario Rosales Obando. Exp. 07-000371-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 27 de julio del 2007.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 40832.—(74077).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000163-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Yanci Juárez Ruiz, quien es mayor, casada una vez, profesora, vecina de Hatillo de Santa Cruz, 200 metros al norte del salón comunal, cédula número 5-249-132, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno apto para construir pero dedicado a la ganadería. Situado en Hatillo, distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte con Ricardo Jiménez Elizondo y Martín Juárez Ruiz, en parte, al sur con calle pública con un frente de treinta y siete metros setenta y cuatro centímetros lineales, este Martín Juárez Ruiz y oeste calle pública con un frente de ciento ochenta metros sesenta y un centímetros lineales. Mide siete mil sesenta y cinco metros veintiún decímetros cuadrados, lo anterior según plano catastrado número G- 1070691-06. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre en julio de dos mil siete y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construir cercas, limpieza de rondas y pastoreo de animales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Procesos información posesoria promovida por Ana Yanci Juárez Ruiz. Exp. 07-000163-0391-AG/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 6 de agosto del 2007.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 40833.—(74078).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000243-039l-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Cupertino López Villarreal, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Garita de Santa Cruz, Guanacaste, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y nueve-cuatrocientos veintinueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito noveno, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de ciento veinticinco metros con sesenta y tres decímetros lineales; al sur Dundes de Areans S. A; al este Primer Paso del Atardecer R. JI. S. A, Flora Et Hans y Peter Mustad, ambos en partes y al oeste calle pública con un frente a ella de ciento veinticinco metros con sesenta y tres decímetros lineales. Mide: diez mil quinientos noventa y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento, siembra de pastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Cupertino López Villarreal, exp. 06-000243-039l-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 3 de noviembre del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 40834.—(74079).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000024-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Lorena Gamboa Chaves quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de San Carlos contiguo a la escuela de Cuestilla de Florencia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-359-730, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto Tempate, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Gabriel Jaén González; al sur en parte con Xinia María Guzmán Johansson, Juan Alberto Vargas Vargas y Gabriel Jaen González; al este con servidumbre de paso con un ancho de seis metros lineales y con un frente a ella de veintitrés metros con diecisiete centímetros lineales y al oeste en parte con Juan Alberto Vargas Vargas y Gabriel Jaen González. Mide: mil veintisiete metros con catorce decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-novecientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y seis-dos mil cinco. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Gabriel Jaen González, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Huacas de Santa Cruz, del salón comunal cuatrocientos metros al este, cédula 5-145-561, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de la propiedad, cuido, arreglo de cercas, chapeo, siembra de árboles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Lorena Gamboa Chaves, exp. 06-000024-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 11 de julio del 2006.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 40885.—(74080).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Mario Antonio Rovira Guido, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Puntarenas, cédula uno-quinientos ochenta-seiscientos sesenta y seis, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir que es terreno para construir sito en distrito segundo Tárcoles, cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Warner López Chaves; al sur, con servidumbre agrícola de once metros; al oeste, con Juan Ramón Delgadillo Mena, y al este, con Miguel Arias Espinoza según plano catastrado número P-uno cero dos siete dos ocho cero-dos mil cinco con una medida de doce mil setecientos cuarenta y un metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Las presentes diligencias no tienen objeto de evadir las consecuencias legales de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria 2006-100945-642-CI, promovente: Mario Antonio Rovira Guido.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—(74167).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Inversiones Internacionales Amón S. A. cédula tres-ciento uno-ciento ochenta y dos mil ciento treinta y siete, representada por Jasper Angelo, de único apellido por su nacionalidad, vecino de Tambor, empresario, estadounidense, que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, situada en Cóbano, distrito once del cantón primero de la Provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con María Josefa Torres hoy Odisea Tambor S. A.; al sur, con calle pública con un frente a ella de trece metros lineales; al este, con Salsa Internacional SRL, hoy Encuentro de Tambor S. A., y al oeste, María Josefa Torres hoy Odisea Tambor S. A. Mide según plano catastrado P-338742-96, doscientos dieciocho metros ocho decímetros cuadrados. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de compra, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria  Nº 03-100165-417-CI-3 de Inversiones Internacionales Amón S. A.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 40893.—(74445).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000173-0387-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marco Aurelio Mayorga Chaves, quien es mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula de identidad 06-0045-0186, vecino de Bagaces, Guanacaste, de la Cruz Roja cuatro kilómetros al norte, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de frutales, agricultura y un galerón, situado en Bagaces, distrito primero, del cantón cuatro de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Cemex (Costa Rica) Sociedad Anónima y Ana María Arias Badilla; sur, Asdrúbal Mayorga Arias; este, Cemex (Costa Rica) Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública con un frente de cuarenta y tres metros con setenta y tres centímetros lineales. Según plano catastrado número G-937033-2004, de fecha trece de julio del dos mil cuatro, a nombre del promovente, mide de extensión una hectárea mil ciento doce metros con veintiocho decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por medio de compra que le hiciera a su esposa Ana María Arias Badilla, mayor de edad, casada una vez, vecina de Bagaces, cédula número 05-0101-0068, el día primero de agosto del dos mil seis, consignada en escritura pública número treinta y nueve, visible a folio 26 frente del tomo cuarto del protocolo del notario Guisella Lara Camacho. Estima el inmueble y la diligencia en la suma de cien mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marco Aurelio Mayorga Chaves. Expediente Nº 06-000173-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 5 de julio del 2007.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 40999.—(74446).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-001361-0638-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de César Bermúdez Chacón, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Desamparados de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-trescientos veinticuatro-quinientos cuarenta y nueve, profesión Guarda, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construido y patio. Situada en el distrito diez Desamparados, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga Calvo López; al sur, Zeneida, María Elena, María del Socorro y Fernando todos Carmona Rodríguez; al este, calle pública, frente a ella de quince metros con treinta y dos decímetros lineales, y al oeste, María Elena Campos Alpízar. Mide: setecientos treinta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble hace más de veinte años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han constituido en hechura y mantenimiento de cercas, construcción de la casa, pago de impuestos y vigilancia de la misma. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a lodos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de qué dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por César Bermúdez Chacón. Expediente Nº 07-001361-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1º de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 41008.—(74447).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000080-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ingrid Marcela Salazar Díaz quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Pueblo Nuevo de Bejuco, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-267-311, profesión ama de casa, y Luis Guillermo Díaz Parra quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Pueblo Nuevo de Bejuco, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-309-923, profesión, pescador a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con un casa y patio. Situada en el distrito seis, cantón noveno, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Álvaro Mayorga Núñez; al este, Olman Mayorga Núñez, y al oeste, calle pública. Mide: mil novecientos veintisiete metros con dieciséis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones  Que adquirió dicho inmueble lo adquirió por venta que le hiciera Marcelino Díaz Parra y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercado y cuido de terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se y constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ingrid Marcela Salazar Díaz. Expediente Nº 07-000080-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 24 de mayo del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 41089.—(74449).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por María Gerardina Travierso Sequeira, Enrico Gerardo Travierso Sequeira, Olga Travierso Sánchez, conocida como Olga Travierso Sequeira; Michele Antonino Travierso Sequeira y Nicolino Bejarano Travierso, a las… esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quienes en vida fueran Michele Travierso Mazzeo, mayor de edad, cédula de identidad número ocho-cero cuarenta y cuatro-cuatrocientos ochenta y siete y de Olga Sequeira Sequeira, conocida como Olga Sánchez Sequeira, mayor de edad, cédula de identidad número tres-ciento seis-cero veintiocho. Se citan y emplazan a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, ubicada en San José, Pitahaya, avenida tres, calle treinta y cuatro, casa número tres cuatro uno dos.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 40406.—(73479).

Ante el notario Arrieta Palacios, se tramita el proceso sucesorio de Rafaela Ángela Chavarría Coronado, quien era mayor, portadora de la cédula de identidad número nueve-uno dos uno-dos cero cinco, casada una vez, comerciante y vecina de Santa Cruz. Se cita y se emplaza a todos los interesados para que en el plazo de treinta días, que quieran hacer valer sus derechos, se presenten ante esta notaría. Publíquese edicto de Ley. Notario José Alberto Arrieta Palacios, oficina en Liberia, cincuenta metros sur de la Entrada Principal del Estadio Municipal.—Lic. José Alberto Arrieta Palacios, Notario.—1 vez.—Nº 40468.—(73522).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de David Francisco Rodríguez Sánchez, quien fuera mayor, soltero, agente de ventas, vecino de Cartago, Tres Ríos, Concepción, del Banco Crédito Agrícola de Cartago 700 metros al norte, portador de la cédula de identidad Nº 1-1107-579. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001205-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—(73618).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Nelvi Jaen López, quien fuera mayor, soltero, cédula 5-085-990, vecino de Matapalo de Santa Cruz. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000449-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 10 de agosto del 2007.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—(74041).

Se cita y emplaza a los herederos e interesados en la sucesión de Rose Archer Archer, mayor, soltera, auxiliar de enfermería, vecina de Corales Dos, cédula siete-cero cero uno dos-cero seis cuatro cuatro, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, situada en Limón centro, costado este de la catedral, contiguo a la panadería Las Delicias, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-2007.—Lic. Cynthia Small Francis, Notaria.—1 vez.—Nº 40643.—(74081).

Se cita y emplazan a los herederos e interesados en la sucesión de Halstead Brown Otárola, mayor, casado, marinero, vecino de Corales Dos, cédula siete-cero cero cuarenta y dos-cero cero diecinueve, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, situada en Limón centro, costado este de la catedral, contiguo a la panadería Las Delicias, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 04-2007.—Lic. Cynthia Small Francis, Notaria.—1 vez.—Nº 40642.—(74082).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Sánchez Barquero, quien fuera mayor, casado una vez, empresario, cédula 4-160-067, vecino de San Rafael de Heredia, Getsemaní, de la plaza de deportes un kilómetro este, 200 sur y 75 oeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000284-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de julio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 40647.—(74083).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Tulio José Araya Castro, mayor, casado una vez pensionado, vecino de La Ribera de Belén, de las instalaciones de INTEL 500 metros oeste, cédula N° 4-0061-0830, para que dentro del término de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos ante el despacho de la notaria Olga Morera Chaves, situado en San Antonio de Belén, Villas Margot, N° 19. Fax 239-4681, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Sucesión N° 2007-001.—San Antonio de Belén, 20 de agosto del 2007.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 40718.—(74084).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue María Isabel Abarca Filomía, mayor, casada una vez, secretaria, vecina de San José, Zapote, Barrio Córdoba de la iglesia católica 300 metros este y 50 metros norte, cédula N° 1-0527-0435, para que dentro del término de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos ante el despacho de la notaria Olga Morera Chaves, situado en San Antonio de Belén, Villas Margot, N° 19. Fax 239-4681, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Sucesión N° 2007-003.—San Antonio de Belén, 23 de agosto del 2007.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 40719.—(74085).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen Montealegre López, quien fue mayor, viuda, ama de casa con cédula de identidad número 1-052-329. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000420-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de julio del 2007.—Lic. Ricardo Álvarez Torres Juez.—1 vez.—Nº 40771.—(74086).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rogelio Salas Méndez, quien fuera mayor, casado una vez, industrial, vecino de San Pedro de Alfaro de San Ramón, cédula 02-0209-0466. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-000358-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del II Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de agosto del 2007.—Lic. Karol Vanessa Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 40802.—(74088).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ana Lorena Solís Quesada, de quien en vida fuera mayor, soltera, del hogar, vecina de Calle Fallas de Desamparados, cédula de identidad número uno-cuatrocientos treinta y cinco-ciento cuarenta y seis, gestionado por Jonathan Solís Quesada, y funge como albacea provisional Jonathan Solís Quesada, quien es mayor, casado, vecino de la misma dirección de la causante, cédula número uno-novecientos ochenta-setecientos veinte. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-100141-217-CI (192-4-07).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 1 de agosto del 2007.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Nº 40810.—(74089).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de José Rodríguez Matamoros, mayor, cédula uno-ciento cuarenta y nueve-ochocientos ochenta y siete, quien en vida fue, soltero, agricultor, vecino de la Angelina de Guácimo, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso sucesorio notarial, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: 003-2007.—Guácimo, quince de agosto del dos mil siete.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 40812.—(74090).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Cristina Redondo Serrano, quien fuera casada, ama de casa, cédula 9-046-622, vecina de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-001596-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 15 de agosto del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 40842.—(74091).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Piedra Bonilla, quien fuera  mayor, soltero, con cédula de identidad 3-065-788, vecino de Tejar del Guarco, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-002179-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 17 de agosto del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 40843.—(74092).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Arturo Guzmán Montoya, quien fuera mayor, constructor, casado, cédula N° 03-031-3793, vecino de Cartago y de Flavia Murillo Elizondo, quien fuera mayor, de oficios del hogar, casada, cédula N° 1-064-2046, vecina de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-001231-0346-CI-C.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de junio del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 40866.—(74093).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Albertina García Campos, quien en vida fue mayor de edad, soltera, ama de casa, vecina de Aserrí, de Las Prestaciones, 500 metros al sur y 25 metros al este, cédula de identidad 1-347-750, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 01-2007. Notaría del Bufete del licenciado Rubén Naranjo Brenes. Dirección: avenida 10, calle 17, edificio 1708.—San José, 22 de agosto del 2007.—Lic. Rubén Naranjo Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 40867.—(74094).

Se citan y emplazan a los herederos, legatarios y demás interesados, por el plazo de treinta días, para que se apersonen en juicio sucesorio de los señores causantes Isidro Gutiérrez Ramírez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Pedro de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, cédula de identidad número cinco-cero diez-mil cuatrocientos cuarenta y cinco, quien murió el día dos noviembre del año dos mil, así inscrito en la Sección de Defunciones del Registro Civil, al partido de Guanacaste, al tomo: noventa y cuatro; al folio: doscientos dieciocho; al asiento: cuatrocientos treinta y cinco; y Dolores Mena Acosta, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Pedro de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, cédula de identidad número cinco-cero diez-mil cincuenta; así inscrita en la Sección de Defunciones del Registro Civil, al partido de Guanacaste, al tomo: ochenta y dos; al folio: cincuenta y cinco; al asiento: ciento nueve, para que se apersonen a los autos haciendo valer sus derechos o de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda.— Liberia, Guanacaste, veinticinco de junio del dos mil siete.—Lic. Warner Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—Nº 40882.—(74095).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Luis Sánchez Corrales, mayor, casado una vez, cédula número uno- doscientos noventa y cinco-ciento sesenta, vecino de Aserrí, setecientos metros sur de la iglesia católica, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a declarar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero uno-dos mil siete. Notaría del Bufete G.C.I. abogados y notarios, sita en San José, Barrio Escalante, del Centro Cultural Costarricense, quinientos metros norte y veinticinco oeste.—San José, 31 de julio del 2007.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 40886.—(74096).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y demás interesados al juicio sucesorio ab intestado de quien en vida fue el señor Benigno Chacón Calvo, mayor, divorciado una vez, agricultor, cédula número cinco-cero treinta y seis-trescientos cuarenta y siete, vecino de Tilarán de Guanacaste, para que dentro del término de treinta días que se contarán a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen en defensa de sus derechos en la oficina de la suscrita notaria, en San José, detrás de los Tribunales de Guadalupe en Montelimar, en la oficina once de oficentro, y se apercibe a los que se crean tener calidad de herederos, que si no se apersonan dentro del término en mención la herencia pasará a quien corresponda con mejor derecho. Expediente sucesorio 02-2007.—San José, 19 de abril del 2007.—Lic. Margarita Yolanda Tijerino Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 40887.—(74097).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Heriberto Vargas Acuña, cédula de identidad número 2-121-278, quien fue agricultor, viudo, vecino del Encanto de Pital, parcela número 49. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001174-180-CI, (Consecutivo Interno 539-07-3-A), causante: Heriberto Vargas Acuña.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 6 de julio del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(74128).

Se hace saber que en la notaría de Edmundo Arias Rosales, se tramita el proceso sucesorio de Francisco Martínez Ruiz, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula ocho-cero treinta y cinco-seis noventa y tres, vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, y que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 01-007. La oficina del notario es en la Aurora de Heredia, Condominio Lorena, casa setenta y cinco.—San José, 25 de febrero 2007.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1 vez.—(74129).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Salas Hernández, conocido como Miguel Ángel Ávila Salas, quien fuera mayor de edad, viudo, pensionado, vecino Palmares de Pérez Zeledón de la pulpería La Caña 200 metros al este, portador de la cédula de identidad número 2-123-522, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100555-188-CI (Interno Nº 595-07-C1).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 1º de agosto del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—(74227).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Margarita Arias Mora, cédula Nº 1-0200-0134, mayor, casada, ama de casada y Joaquín Loaiza Morales, mayor, casado, albañil, cédula Nº 1-0233-0953, ambos vecinos de Llano Grande de Mora, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso para hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Blanca Rosa Arias Monge, mayor, unión libre, ama de casa, vecina de San Pedro de Coronado, cédula Nº 01-0422-0122. Asimismo se nombra albacea provisional a Blanca Rosa Arias Monge, mayor, unión libre, ama de casa, vecina de San Pedro de Coronado, cédula 01-0422-0122. Sucesión Nº 07-001124-0221-CI de Margarita Arias Mora y Joaquín Loaiza Morales, promueve Blanca Rosa Arias Monge.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal.—Lic. Mario Esquivel Monge, Juez.—1 vez.—(74228).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Gracy Rosemery Barton, a las quince horas del quince de agosto del año dos mil siete. Comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Melvin Roy Barton Barton, casado una vez, dependiente, vecino de los Estados Unidos de Norteamérica, cédula número siete-cero treinta uno-trescientos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Isidro Rodríguez Gómez. Alajuela centro de la Cruz Roja, ciento diez metros al este teléfono cuatrocientos cuarenta y dos-quince-sesenta y uno.—Lic. Isidro Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 40907.—(74450).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión de Hermann Josef (nombres) Kuemmel (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, soltero, pensionado, con pasaporte de su país número cero tres cuatro dos cuatro cuatro cero seis uno, y con cédula de residencia ciento setenta y cinco-ciento sesenta y dos mil trescientos ochenta-cero doce mil ciento noventa y cuatro, con último domicilio en San José, Sabana Norte, ciento cincuenta metros al norte del ICE, frente al Colegio Los Ángeles, Condominio Balot, número tres B, quien falleció el día quince de abril del dos mil siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría ubicada en Heredia, San Rafael, Ángeles, Residencial Del Monte, del Hotel El Tirol, 400 sur, Casa B-8, tel. 267-6645, fax 267-6646. Expediente 01-2007.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 40965.—(74451).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Santana Sibaja Jiménez, quien fuera mayor, divorciado, maestro de obras, vecino de Roble de Laurel de Coopeagropal mil ochocientos metros sur, Corredores, Puntarenas, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veinticuatro-quinientos noventa y ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100122-424-CI-1. Promueve: Yamilet Fonseca Valverde.—Juzgado Civil y Trabajo de Corredores.—1 vez.—Nº 40973.—(74452).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Solís Bolaños, mayor, cédula uno-ciento veinticinco-seiscientos setenta y nueve, casado una vez, mecánico industrial, vecino de Guadalupe Goicoechea, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en San José, quinientos metros al norte de la Toyota en Paseo Colón, edificio a mano derecha, tercer timbre, tercer piso a reclamar sus derechos y se apercibe que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2007.—Lic. Karla Monturiol Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 40992.—(74453).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Sibaja Pérez, quien fue mayor; cédula 5-091-699, soltera, ama de casa, vecina de Fortuna de Bagaces, Guanacaste, doscientos metros oeste del CEN y quien falleciera el día catorce de mayo del dos mil tres. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2007. En sucesorio de María Sibaja Pérez.—23 de agosto del 2007.—Lic. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 40997.—(74454).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Alvarado Alvarado, quien fue mayor, cédula 5-102-915, soltero, agricultor, vecino de Bagaces, Guanacaste, trescientos metros oeste y cincuenta metros al norte del Hotel Miravalles y quien falleciera el día once de abril del dos mil siete. Para que dentro del plazo de treinta días contados aparar de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2007. En sucesorio de Víctor Manuel Alvarado Alvarado.—23 de agosto del 2007.—Lic. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 40998.—(74455).

Ante esta notaría, a las quince horas del día veinticuatro de agosto del dos mil siete, presentes Jesús Manuel, Ana Cecilia, Flora, Lidia, María Angelita, Estelia, Iliana, Carlos José, todos ellos Matamoros Chaves y de calidades que constan en el expediente, quienes solicitan la apertura en sede notarial del sucesorio de quienes en vida fueron sus padres, Carlos Matamoros Jiménez, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número: seis-cero ciento cuarenta y tres-cero setecientos treinta y nueve, vecino de Gravilias de Desamparados Alameda seis, casa ciento sesenta y cinco y Teresa Chaves Córdoba, quien en vida fue mayor, casada una vez, de oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad número dos-cero ciento sesenta y dos-cero cero cuarenta y seis, vecina del mismo domicilio. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2007. Sucesorio en sede notarial.—San José, 24 de agosto del 2007.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 41006.—(74456).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Edgar Enrique Salazar Quesada, quien fuera guarda, casado una vez, cédula 3-188-790 y vecino de Taras de San Nicolás, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 04-000988-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de julio del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 41011.—(74457).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Flora Mullner Peña, quién fue mayor, divorciada, doctora en patología, cédula de identidad número uno guión doscientos veintiocho guión novecientos cincuenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Flora Mullner Peña. Expediente Nº 07-001202-182-CI (2).—Juzgado Tercero Civil de San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 41023.—(74458).

Se emplaza a todos los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó José Antonio Herrera Barrantes, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Lagartos Sur de Chomes Puntarenas y con cédula de identidad numero seis-cero cuarenta y cuatro-trescientos ocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, situada en la ciudad de Alajuela doscientos metros este del Semáforo del Invu Las Cañas, número veintinueve, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, veintisiete de agosto del año dos mil siete.—Lic. Víctor Julio Peñarana Segreda, Notario.—1 vez.—Nº 41025.—(74459).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Aguilar Quesada, quien fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad número 09-007-612. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000611-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de mayo del 2007.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—Nº 41043.—(74460).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodolfo Soto Durán, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, portador de cédula de identidad tres-ciento quince-doscientos ochenta y uno, vecino de Pérez Zeledón, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apersonen los que se crean tener la calidad de herederos, que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio número 07-101064-0857-CI. Interno Nº 1069-7-1 de Rodolfo Soto Durán, albacea provisional: Estela María González Quirós.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de San Isidro, Pérez Zeledón, 23 de julio del 2007.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—1 vez.—Nº 41051.—(74461).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jenaro Hernández Hernández, quien fuera mayor, agricultor, viudo una vez, vecino de Tibás, cédula de identidad 5-014-4453. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 97-002009-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de abril del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 41096.—(74462).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Julia Vargas Villalta, quien fuera mayor, viuda de primeras nupcias, profesora pensionada, cédula 1-132-173, vecina de Heredia, Residencial María Auxiliadora, del Colegio María Auxiliadora 125 metros norte. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-002027-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 41121.—(74463).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Hernán Solano Ramírez, mayor, casado una vez, químico, vecino de Sabanilla Montes de Oca, frente Farmacia Carmiol, en la provincia de San José, cédula de identidad número 1-384-042, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quienes corresponda. Dicha sucesión fue declarada abierta mediante escritura de las 10:00 horas del 27 de agosto del 2007, ante esta notaría según expediente 01-2007. Notaría de la licenciada María Lorena Montero Vargas, sita en Monterrey de Montes de Oca, 300 metros oeste y 50 metros norte de Perimercados.—San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. María Lorena Montero Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 41128.—(74464).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Wilberth Rodríguez Palacios, quien fuera mayor, soltero, educador, cédula de identidad número nueve-cero sesenta-setecientos setenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100211-424-CI-1. Promueve: Steven Rodríguez Carrillo y otra.—Juzgado Civil y Trabajo de Corredores.—1 vez.—(74506).

Se declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fue Wilbert Rodríguez Palacios. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Wilbert Rodríguez Palacios, quien en vida fue mayor, soltero, educador, vecino de la Cuesta de Corredores, con cédula número nueve-cero sesenta-setecientos setenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener mejor calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000181-419-AG (240-2-06). Proceso sucesorio de Wilbert Rodríguez Carrillo. Promueve: Steven Rodríguez Castillo.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Isaac Amador Hernández, Juez.—1 vez.—(74507).

Avisos

Se hace saber que en este Despacho se tramitan las diligencias de presunción de muerte de Francisco Ruiz Eduarte. Expediente Nº 07-000556-0164-CI, promueve: Mayra Ruiz Rodríguez, quien es mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Goicoechea, San Francisco, Calle Blancos y portadora de la cédula de identidad uno-cuatrocientos cuatro-ochocientos treinta y cinco, a efecto de que se declare la presunción de muerte de Francisco Ruiz Eduarte, quien fuera mayor, casado, carpintero, cédula uno-ciento setenta y nueve-seiscientos veintisiete y fuera vecino de San Francisco de Calle Blancos. Se emplaza a los interesados que tuvieren noticia sobre su presunta muerte, para que dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias. Declaración de ausencia. Expediente 07-000556-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de junio del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(55273).                                           3 v 2.

PRIMERA PUBLICACIÓN

A todos los interesados se hace saber que en este Despacho se están tramitando las diligencias de reposición de título, número 07-100365-0297-CI  promovido  por  Delimar   S Y R S. A., cédula jurídica número 3-101-073246 representada por Ronald Francisco Solís Corrales y Ganadera El Madroño S. A., cédula jurídica número 3-101-040220 representada por Orlando Gómez Hidalgo, sobre lo siguiente: reposición de cédulas hipotecarias de primer, segundo, tercero y cuarto grado por la suma de tres millones de colones, dos millones de colones, un millón de colones y un millón de colones respectivamente, que devengarán intereses del cuarenta y ocho por ciento anual que serán cancelada en el domicilio de la acreedora, en el siguiente orden: la cédula hipotecaria de primer grado que responden por la suma de tres millones de colones en fecha dieciocho de marzo del dos mil dos, cédula hipotecaria en segundo grado por la suma de dos millones de colones en fecha tres de junio del dos mil, cédula hipotecaria de tercer grado por la suma de un millón de colones en fecha cuatro de setiembre del dos mil y la cédula de hipotecaria de cuarto grado en fecha cuatro de setiembre del dos mil uno, que para responder por los créditos expresados, hipoteca la finca del partido de Alajuela Folio Real matrícula número doscientos treinta mil cuatrocientos setenta y ocho-cero cero cero, quedando inscrita en el Registro Público al tomo quinientos tres, asiento diecisiete mil ochenta y seis, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, y consecutivos cero tres, cero cuatro, cero cinco, secuencia cero cero cero uno, subsecuencia cero cero uno. De conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, se confiere plazo de un mes a los interesados desde la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y un diario de circulación nacional para que se hagan sus observaciones u oposiciones, transcurrido el cual, se dispondrá sus duplicados a cargo del solicitante. Publíquese por tres veces. Reposición de título valor promovido por Delimar S Y R S. A., y otro. Expediente Nº 07-100365-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 3 de agosto del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 40686.—(74101).

Se hace saber que en este Despacho Didier Marcelo Rodríguez González, en su condición de representante de la sociedad CR Forestales, cédula jurídica Nº 3-101-81372, ha promovido diligencias a fin de que se le repongan las cédulas hipotecarias de primer grado por la suma de veinte millones de colones, garantizada por la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, matrícula Nº 032329-000. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Expediente Nº 07-001346-0180-CI, reposición de cédula hipotecaria por Didier Marcelo Rodríguez González en su condición de representante de la sociedad CR Forestales.—Juzgado Primero Civil de San José.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(74509).

UNA PUBLICACIÓN

Esteban Guzmán González, Juez del Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber que en este despacho bajo el número único 05-401066-637-FA abreviado de divorcio, promovido por Yamileth Valverde Peraza, cédula 1-809-333 contra Marcos Vinicio Guzmán Marín, cédula N° 2-463-314 se ha dictado a las diez horas treinta minutos del siete de agosto del dos mil siete la sentencia Nº 435-2007, la cual literalmente dice en su parte dispositiva Por tanto, Se declara con lugar la presente demanda abreviada de divorcio interpuesta por Yamileth de los Ángeles Valverde Peraza contra Marcos Vinicio Guzmán Marín. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une. La guarda, crianza y educación de las personas menores de edad Ana Mercedes, Marco Antonio y María Roxana, todos de apellidos Guzmán Valverde, corresponderá a su madre. Se declara extinción del derecho de las partes a exigirse pensión alimentaria entre sí. Se declara el derecho de las partes a participar en el cincuenta por ciento del valor neto a título de bienes gananciales, sobre los bienes que hallan adquirido con ese carácter dentro de la relación matrimonial, aspecto el cual deberá ser liquidado en la vía de ejecución de sentencia, quedando excluido desde ya el inmueble del partido de San José matrícula de folio real número quinientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y seis - cero cero cero, así como la edificación en el construida. Se condena a la parte demanda al pago de las costas personales y procesales de la presente acción. Una vez firme la presente sentencia, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección de matrimonios de la provincia de San José al tomo trescientos treinta y seis, folio ciento setenta y cuatro, asiento trescientos cuarenta y siete. Notifíquese la parte dispositiva de la presente demanda al demando Marcos Vinicio Guzmán Marín mediante un edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Desamparados, 22 de agosto del 2007.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—Nº 40351.—(73279).

El Colegio de Abogados de Costa Rica, informa que en sesión de junta directiva Nº 08-06 de fecha 6 de marzo del 2006, y ratificada el 13 de marzo de 2006, se acordó realizar la publicación de los (as) abogados (as), que han cancelado las cuotas pendientes de colegiatura con sus respectivas multas. Por lo cual los (as) siguientes abogados (as) quedan habilitados para el ejercicio de la profesión. Dicha lista tiene corte al 21 de agosto de 2007.

Nombre del abogado

Carné

Habilitado

Artavia Badilla Roxana María

8068

21/08/2007

Castro Sánchez Otto

1273

31/07/2007

Fernández Herrera Rodolfo

6912

31/07/2007

Kepfer Chinchilla Magda María

3824

Anulación

Maynard Fernández Norman

6535

21/08/2007

Quesada Meneses Andress

4627

01/08/2007

Ramírez Castro Manuel Emilio

2032

26/07/2007

Rivera Mora Róger

11510

31/07/2007

Comuníquese al Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado.

Lic. Marco A. Castro Alvarado, Presidente.—Lic. Adolfo Durán Abarca, Tesorero.—1 vez.—(Orden C: 6161).—C-13330.—(73674).

A quien interese, se hace saber que Distribuidora de Papel F. C. Sociedad Anónima ha interpuesto en este Despacho proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna: resolución DT-09-R-0012-4 dictada por la Administración Tributaria de la Zona Sur a las 11 horas del 11 de marzo del 2004. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 06-000763-0163-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo Sección Primera Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,10 de mayo del 2007.—Lic. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—1 vez.—(73988).

El suscrito Rodrigo Brenes Vargas, Juez del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, notifica a Forestal El Marañón S. A., las resoluciones que se encuentran en el proceso hipotecario expediente número 05-0000839-0181-CI de Veraguas S. A. contra Forestal El Marañón S. A. e Industrias Polo Norte S. A., las que dicen literalmente: “Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial. San José, a las ocho horas quince minutos del cuatro de julio del dos mil cinco. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria en contra de Forestal El Marañón S. A., representada por Santiago Fernández Héctor y contra la fiadora Industrias Polo Norte S. A., representada por Rolando Fernández Héctor, a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de esta ciudad, medio empleado donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso, o incierto, o no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas igualmente si el medio escogido imposibilitare la notificación por causa ajena al Despacho. Con la base de ciento cincuenta mil trescientos cinco dólares con cincuenta y cuatro centavos o su equivalente en colones y libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 96.763-000. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil cinco. Publíquese el edicto de ley. De la liquidación de intereses que formula la parte actora se confiere audiencia por el plazo de tres días a la demandada. Notifíquesele esta resolución personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación a los representantes de las demandadas, para tal fin se comisiona al Destacamento Policial de Pavas. Notifíquese así mismo esta resolución al anotante Banco Cooperativo de Costa Rica R. L. y para tal fin apórtese su personería e indíquese dónde se le debe notificar. Anótese esta demanda al margen de inscripción de la finca hipotecada. Lic. Juan Carlos Sánchez Benavides, Juez Tramitador” “Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José. A las ocho horas del veinticinco de abril del dos mil siete. Por contrario imperio se revoca la resolución de las catorce horas del nueve de abril del dos mil siete y en su lugar se resuelve: Conforme lo solicita la parte actora a efecto de llevar a cabo el remate señalado en autos, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de ciento cincuenta mil trescientos cinco dólares con ochenta y cuatro centavos, se señalan las diez horas veinte minutos del cinco de junio del dos mil siete. Publíquese el edicto de ley. Previo a nombrar curador procesal quien represente a la sociedad Forestales El Marañón S. A. deberá la parte actora depositar en la cuenta número 05-000839-0181-CI-2, del Banco de Costa Rica en este Despacho la suma de tres millones cuatrocientos doce mil ochocientos ochenta y un colones con setenta y dos céntimos por concepto de honorarios del mismo. Msc. Rodrigo Brenes Vargas. Juez”, “Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José. A las nueve horas del veintinueve de mayo de dos mil siete. Por parte de Leonardo Madrigal Moraga, se tiene por aceptado el cargo de curador procesal, asimismo se tiene por señalado el medio para recibir notificaciones. Notifíquesele a la sociedad accionada Forestal El Marañón S. A., de todo lo actuado por medio de edicto en el Boletín Judicial, el cual deberá publicarse por una vez. Se reservan la manifestaciones hechas por el curador procesal de Forestal El Marañón S.A. en los memoriales presentados a estrados en fecha veintitrés de mayo de dos mil siete, hasta que se encuentren debidamente publicados los edictos. Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez”.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(74039).

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Robert Erret Dunton contra Pedro Chinchilla, Yamilett Roversi Zeledón, Laura Chinchilla Roversi Solange Chinchilla Roversi y Joice Chinchilla Roversi. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que la finca inscrita de San José bajo el Folio Real 275902 es propiedad privada, y pertenece totalmente al suscrito y a mi hijo Henneth Dunton. Que los aquí demandados y sus familias deben cesar en el uso de acceso que le dan a la porción inicial de esa propiedad, ya que no tienen derecho alguno para así usarla. Que los demandados tienen fácil acceso a calle pública por lo que no pueden alegar los derechos de obligación de paso, según artículos 395 y siguientes del Código Civil frente a nuestra finca de San José número 275902. Que no ha transcurrido plazo decenal alguno a favor de los demandados y en contra de nuestra finca de San José número 275902. Que de continuar usando nuestra propiedad, estarán desobedeciendo a la autoridad judicial y se exponen a sus consecuencias. Que los demandados deben pagar ambas costas de ésta acción. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 01-100019-0238-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 10 de febrero del 2005.—Lic. Nancy Allen Umaña, Jueza.—1 vez.—Nº 40710.—(74102).

Se avisa a Edgar Alvarado Chaves, mayor, divorciado, guarda de seguridad, cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y ocho-ciento cuarenta y cinco, domicilio desconocido, representado por el Curador Procesal licenciado Carlos Orozco Herrera, que en este despacho se dictó dentro del expediente 05-000388-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia Nº 312-2007. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas del catorce de agosto del dos mil siete. Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Mónica Alvarado Hernández. Se extingue a su madre María de Los Ángeles Hernández Mena y a su padre Edgar Alvarado Chaves el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito de la persona menor de edad Mónica Alvarado Hernández en el hogar del señor Luis Fernando León Alvarado y la señora Xenia Jenny Chavarría Álvarez, quienes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José al tomo mil novecientos cuarenta y uno, folio doscientos cincuenta y siete, asiento quinientos trece. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 40779.—(74103).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve Ana María Rodríguez Amores, a favor del presunto insano Juan Isauro Carvajal Rodríguez. Expediente número 07-000861-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de agosto del 2007.—Lic. Verónica Álvarez Murillo, Jueza.—1 vez.—Nº 40728.—(74104).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Andrea Castillo Dachner mayor, soltera, estudiante, vecina de San Ramón, Alajuela, cédula de identidad número 0900940608; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Andrea de Jesús Castillo Dachner, por el de Andrea mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 07-000352-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 1º de agosto del 2007.—Lic. Karol Vanessa Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 40803.—(74105).

Se hace saber que en este despacho, se tramita el presente proceso actividad judicial no contenciosa de diligencias de declaratoria de insania. Expediente Nº 2007-000816-186-FA, de la señora Mary Teresa Adams c.c. Mary Teresa Manning Bailey, promovidas por Bárbara Jean Adams, se les avisa a cualquier persona que tenga interés en las presentes diligencias, que dentro del quinto día deberán de apersonarse a este despacho a hacer valer sus derechos, después de publicado el presente edicto.—Juzgado Primero de Familia de San José, 15 de agosto del 2007.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Nº 40695.—(74106).

A quien interese, se hace saber que Compañía Comercial Proyectos y Realizaciones S. A., ha interpuesto en este Despacho proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna: La resolución de la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo Nº 500-P-2006, dictada a las 9 horas del 14 de noviembre del año 2006, que me fuera notificada el día 12 de enero del año 2007. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-000080-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1º de junio del 2007.—Lic. Luis Guillermo Ruíz Bravo, Juez.—1 vez.—Nº 40605.—(74107).

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de José Manuel Valerio Rodríguez contra Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare nulidad de los siguientes acuerdos y por los siguientes motivos: A.-) 151-2006 de fecha catorce de abril del dos mil seis, tomado en sesión ordinaria de la misma fecha, número 10-2006 de la junta directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, comunicado al suscrito mediante oficio número CPP-UAR-166-2006 de fecha tres de mayo del dos mil seis. Acuerdo que fue impugnado en tiempo y forma. Mediante dicho acuerdo se impone en contra del actor sanción disciplinaria de suspensión en el ejercicio profesional por un periodo de cinco meses, B.-) 341-2007 de fecha cuatro de mayo del dos mil siete, tomado en sesión ordinaria de la misma fecha, número 12-2007 de la junta directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, mediante la cual se conoce recurso de revocatoria interpuesto en contra del acuerdo antes citado, número 151-2006 y se procede a ratificar el mismo. Acuerdo comunicado al actor mediante oficio número CPP-JD-452-2007de fecha once de mayo del dos mil siete, C.-) 402-2007 de fecha ocho de junio del dos mil siete, tomado en sesión ordinaria de misma fecha, número 14-2007 de la junta directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, mediante la cual se adiciona el acuerdo número 341-2007 antes descrito, en el sentido de ratificar el acuerdo de junta directiva número 151-2006, el cual fue notificado al actor el veintidós de junio del dos mil siete. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-001028-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 31 de julio del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—Nº 40633.—(74108).

A quien interese, se hace saber que Banco Crédito Agrícola de Cartago ha interpuesto en este Despacho proceso especial tributario contra el Estado. La actora impugna: Actos Administrativos 2752000002087 y 1931000066441, la resolución P-415-2206 de la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo del 21 de setiembre del 2006. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Exp. Nº 06-000420-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Primera, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de junio del 2007.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza a. í.—1 vez.—Nº 40672.—(74109).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Juana Miranda Ortiz, mayor, soltera, oficinista, vecina de el Alto de Guadalupe, diagonal a la Clínica Jerusalén, cédula de identidad número 0206580412; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Juana Miranda Ortiz, por el de Jenifer mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. Nº 07-000497-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 40743.—(74110).

Se hace saber que en este Despacho se tramitan las diligencias de disolución y liquidación de asociación, de la Asociación Iglesia de Dios Ebenezer, bajo expediente número 07-100202-0389-CI (213-4-07) que promueve los señores Juan Ramírez Vindas, cédula de identidad número 5-103-972, Josefina Rodríguez Castro, cédula número 5-124-498 y Vianey Anchía González, cédula número 5-252-739; a efectos de que se declare la disolución y liquidación de asociación de Asociación Iglesia de Dios Ebenezer con cédula jurídica número 3-002-181085, con domicilio social en Cabecera de Quebrada Grande de Tilarán, 1 kilómetro al norte de la escuela. Se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a presentar su oposición a estas diligencias. Disolución y liquidación de asociación. Expediente número 07-100202-0389-CI (213-A-07).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 8 de agosto del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 40770.—(74111).

A quien interese se hace saber que en este Despacho el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Guapizul S. A. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare: a) Nula la resolución número 051-2007-P de las diez horas cinco minutos del veintisiete de febrero del año dos mil siete, emitida por la Sala Primera del Tribunal Fiscal Administrativo en cuanto dimensiona el cobro del impuesto General sobre las ventas a partir del mes de enero del año dos mil cinco, b) Válidos por estar conforme a derecho, los actos emanados de la Administración Tributaria de Puntarenas, que determino la existencia de diferencias en las declaraciones del impuesto sobre ventas por la suma de quince millones cuatrocientos veinte mil cuatrocientos doce colones sin céntimos, c) Valido acto de traslado de cargos, impuesto sobre la venta período fiscal de octubre del año dos mil uno a diciembre del año dos mil cuatro, número 2752000007032, de la Administración Tributaria de Puntarenas, que determinó la existencia de diferencias en las declaraciones del impuesto sobre las ventas por la suma de doscientos veintiocho millones quinientos noventa y dos mil seiscientos cincuenta y ocho colones con sesenta y seis céntimos, d) Valida resolución DT-06-V-0177-2005 de las catorce horas del dieciocho de noviembre del año dos mil cinco, de la Administración Tributaria de Puntarenas, e) Valida resolución AU-06-V-0186-2005 de las doce horas del veinte de diciembre del año dos mil cinc, dictada por la Administración Tributaria de Puntarenas, f) Que en consecuencia la demanda está en la obligación el impuesto adeudado, en la suma determinada oportunamente por la Administración Tributaria, g) que se disponga el reconocimiento de intereses sobre la suma adeudada al Fisco, de conformidad con las reglas del artículo 40 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, desde el momento en que se notificó el traslado de cargos que se cita en el punto anterior, h), que se condene en costas a la parte demandada. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Exp. Nº 07-000660-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de agosto del 2007.—Lic. Laura Araya Rojas, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 37270).—C-18775.—(74191).

Helmuth Villarreal Porras, notificador del Juzgado Contravencional de Cañas, Guanacaste, al señor Miguel Ángel García Peña, cédula 2-488-027, quien según consta en el proceso fue vecino de Cañas, de actual domicilio desconocido, se le hace saber, que en este Juzgado se tramita en su contra expediente número 05-100009-402, ejecutivo, establecido por Banco Popular y de Desarrollo Comunal, representado por Anita Sing Con y se ha ordenado notificarle por edicto las siguientes resoluciones. Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, a las nueve horas del nueve de febrero del dos mil cinco. Se tiene por establecido el presente ejecutivo simple, por parte de Banco Popular y de Desarrollo Comunal, representada por Anita Sing Con contra Marvina Yajanier Carmona Cortés y Miguel Ángel García Peña, a quienes se les concede el plazo de cinco días para que se opongan a la demanda o muestren su conformidad con ella. Se previene al demandado señalar el medio y lugar para recibir notificaciones, apercibido (s) de que si así no lo hiciere (n), o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o bien si el lugar señalado en esta ciudad permaneciera cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones futuras quedarán notificadas con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Por la suma de sesenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis colones con cincuenta y cinco céntimos, se despacha ejecución en su contra, y por la expresada suma más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en bienes de los demandados, el cual se hace recaer sobre las cuentas corrientes, que los demandados posean en los Bancos del sistema Bancario Nacional, sobre el salario de los demandados. Comuníquese. Previamente a confeccionar el oficio de embargo del salario de los demandados debe la parte actora aportar la dirección de la empresa donde estos laboran. Se comisiona a la Policía de Proximidad de Río Naranjo de Bagaces para notificar personalmente o en su casa de habitación al demandado. Marvin Yajainer Carmona Cortés, en Río Naranjo de Bagaces 250 metros oeste de la pulpería El Naranjito. Y para notificar a Miguel Ángel García Peña personalmente o en su casa de habitación en Piedra Verde de Cañas frente a la plaza de fútbol. Notifíquese. María Isabel López Sánchez, Jueza. Juzgado Contravencional de Cañas. A las dieciséis horas veinte minutos del veintiocho de marzo del año dos mil cinco. Para lo que estime pertinente, se pone en conocimiento de la parte actora la contestación de la Policía de Proximidad de Cañas, visible a folio ocho vuelto y mediante la cual se indica no fue posible notificar al demandado Miguel Ángel García Peña, por no ser la dirección correcta. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Contravencional de Cañas, a las ocho horas del diez de junio del dos mil cinco. No se atiende la gestión de folio trece, por cuanto existe defectuosa representación, referida al abogado de la parte actora, toda vez que el poder especial judicial otorgado al efecto que consta a folio cinco, no reúne los requisitos del artículo 118 del Código Procesal Civil, al no estar autenticado por abogado diferente al que se otorga. Para corregir la flata, se confiere a la parte actora el plazo de quince días, artículo 298 del Código Procesal Civil. Por tratarse de una falta subsanable, manténgase el procedimiento establecido sobre las gestiones realizadas por dicho profesional en derecho, hasta que se cumpla dicho plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omisión serán denegadas y anuladas las resoluciones respectivas. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas. A las trece horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil seis. Conforme se solicita, en memorial de folio quince de los autos por medio de la policía de Proximidad de Abangares, notifique personalmente o en su casa de habitación la resolución de las nueve horas del nueve de febrero del dos mil cinco y la presente al demandado, Miguel Ángel García Peña, en Piedra Verde de La Palma de Abangares frente a la plaza de Fútbol. Lic. María I. López Sánchez, Jueza. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste. A las catorce horas del siete de junio del dos mil seis. Se reserva el escrito de folio diecinueve, para ser resuelto una vez que la Sala Constitucional se pronuncie en cuanto a la acción de inscontitucionalidad número 05-010890-007-CO presentado contra el artículo 262 del código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. María I. López Sánchez, Jueza. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía, Cañas, a las nueve horas cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil seis. Revisado minuciosamente este proceso, se anula la resolución de las ocho horas del diez de junio del dos mil cinco, por cuanto el Poder Especial Judicial que existe en autos, cumple con los requisitos de ley. Dado que la acción de inconstitutcionaiidad número 05-010890-0007-CO, fue declarada sin lugar, continúese con los procedimientos. Visto el memorial de folio diecinueve y circular número 38-2003- del 26-05-2003, sobre la aplicación del artículo 4º de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras comunicaciones Judiciales se resuelve. Habiéndose dirigido comisión a la Policía de Proximidad de Abangares, para la notificación del demandado Miguel Ángel García Peña, en el domicilio de éste y vista la constancia por parte de esa autoridad a folio diecisiete vuelto de los autos, se procede al nombramiento de curador procesal, el cual se hace recaer sobre la profesional  en  derecho  Escarlet  Li  Jiménez,  localizada  al teléfono 662-4222, fijándose sus honorarios en la suma de tres mil ciento cuarenta y dos colones con ochenta y dos céntimos, conforme a lo dispuesto en el artículo 262 del Código Procesal Civil y en relación con el decreto de Honorarios de Abogado número 32493-J del cinco de agosto del dos mil cinco, capítulo II sección i artículo 18 inciso 1) y sección II artículo 20. Una vez aceptado el cargo por el curador expídase el edicto correspondiente. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas. A las diez horas cuarenta minutos del veintiocho de febrero del dos mil siete. Por parte de la Licenciada Escarleth Jiménez Li, en su condición de curadora procesal, mediante escrito de folios veintisiete a veintinueve de los autos, se tiene por contestada la presente demanda y de la oposición formulada se confiere audiencia por tres días, a la parte actora. Para que pueda proponer su contraprueba. Notifíquese. Ana Lorena Ugalde Rodríguez, Jueza. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía, Cañas, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil siete. Revisado el presente proceso, se determina que se omitió expedir el edicto de ley, por lo que ahora se expide, a efectos de que la parte interesada proceda a su publicación. Notifíquese.—Juzgado Contravencional de Cañas, Guanacaste, 22 de marzo del 2007.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—Nº 41073.—(74448).

Por un plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se cita y emplaza a todos los interesados en presentar oposición en diligencias de cambio de nombre del menor Julin Slim Lu Zheng conocido como Jeffrey hijo de Guo Rong Lu, portador del pasaporte, numero 14-5858693 y Biyin Zheng, portadora del pasaporte numero 14-9853877, dentro del expediente número 07-100200-0389-CI-(211-4-2007), debiendo apersonarse dentro del plazo antes dicho.—Cañas, 16 de julio del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 40964.—(74467).

Rodrigo Brenes Vargas, Juez tramitador del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, notifica por edicto a los señores Timoty Joseph Guzmán de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, constructor, pasaporte estadounidense número cero tres siete siete cero uno tres tres seis, vecino de Estados Unidos y Natsuko Kadota, mayor, único apellido en razón de su nacionalidad japonesa, casada una vez, modista, pasaporte número TE siete tres cero seis uno siete nueve, vecina de Japón, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código Procesal Civil, las siguientes resoluciones: Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, a las quince horas cincuenta minutos del seis de marzo del año dos mil seis. Por parte de la sociedad actora Monte Bongo S. A. representada por María del Carmen Alfaro Alfaro, se tiene por ampliada la demanda en el presente proceso contra los señores Timoty Joseph Guzmán y Natsuko Kadota, a quienes se confiere traslado por el plazo perentorio de treinta días. Artículo 295 del Código Procesal Civil. Con respecto de los hechos de la demanda expondrá(n) con claridad si los rechaza(n) por inexactos o si los admite(n) como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará(n) con claridad las razones que tenga(n) para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye(n). En la misma oportunidad ofrecerá(n) las pruebas que estime(n) pertinentes, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que deberá de referirse cada uno de éstos. Artículos 305, 354 y 357 ibídem. Asimismo se le(s) previene que deben señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José o medio empleado donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si lo omitiere(n), o si el lugar señalado fuere incierto, o impreciso, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas igualmente si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. Previo a notificar la presente resolución a los demandados, deberá la parte actora aportar a los autos certificación de movimientos migratorios de los demandados y certificación del Registro Público, Sección personas a fin de constatar si los demandados tienen apoderado inscrito. Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano. Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, a las dieciséis horas diez minutos del dieciocho de mayo del año dos mil siete. Depositados los honorarios prevenidos en autos, se designa como curador de los demandados Timoty Joseph Guzmán y de Natsuko Kadota al señor Marco Leiva Díaz, quien puede ser localizada a los teléfonos 245-1183 ó 253-6080, a quien se le se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de tres días, para aceptar el cargo conferido. Si no comparece en ese plazo, se entenderá que no lo acepta y se nombrará a otro en su reposición. Coordine la parte actora lo correspondiente a dicho nombramiento con el señor antes indicado, se ordena notificar a los demandados Tymoty Joseph Guzmán y Natsuko Kadota, la resolución de las quince horas cincuenta minutos del seis de marzo del año dos ipil seis, así como la presente por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Bolean Judicial o en un diario de circulación Nacional.—San José, 18 de mayo del 2007.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 41026.—(74468).

Helmuth Villarreal Porras, Notificador del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, al señor Johnny Antonio Montiel Vigil, con cédula número 2-451-175, quien según consta en el proceso fue vecino de Los Ángeles de Tilarán, de actual domicilio desconocido, se le hace saber, que en este Juzgado se tramita en su contra expediente número 03-100273-0402-CI, ejecutivo simple, establecido por Banco Popular y de Desarrollo Comunal, representado por Anita Sing Con y se ha ordenado notificarle por edicto las siguientes resoluciones: Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, a las trece horas del veintinueve de julio del dos mil tres. Se tiene por establecido e! presente ejecutivo simple, por parte de Banco Popular y de Desarrollo Comunal, representada por Anita Sing Con contra Maricela Obando Madriz y Johnny Antonio Montiel Vigil, a quienes se les concede el plazo de cinco días, para que se opongan a la demanda o muestren su conformidad con ella. Se previene al demandado señalar medio y lugar para recibir notificaciones, apercibido (s) de que si así no lo hiciere (n), o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o bien si el lugar señalado en esta ciudad permaneciera cerrado, fuere impreciso; incierto o inexistente, las resoluciones futuras quedarán notificadas con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Por la suma de quinientos cuarenta y dos mil sesenta y dos colones con treinta y dos céntimos, se despacha ejecución en su contra, y por la expresada suma más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en bienes de las demandadas, el cual se hace recaer sobre las cuentas corrientes, de ahorro y depósitos a. plazo y sobre el salario de los demandados. Comuníquese, Los demandados deben ser notificados personalmente o en su casa de habitación. Se comisiona a la Delegación Policía, de Los Ángeles de Tilarán, para notificar a Johnny Antonio Montiel Vigil, en los Ángeles de Tilarán de la escuela doscientos ochenta y cinco metros sur. Por el Notificador del Despacho practíquese la notificación a Maricela Obando Madriz en el lugar indicado. Notifíquese, Lic. Berenice Picado Alvarado, Juez. Juzgado Contravencional de Cañas, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil tres. Conforme se solicita, se comisiona a la Delegación Policial de Cañas, a fin de notificar personalmente o en su casa de habitación la resolución de las trece horas del veintinueve de julio del dos mil tres y la presente al demandado Johnny Antonio Montiel Vigil, quién es localizado en las Instalaciones de la Empresa Terrapez en Cañas donde labora. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Juez. Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, a las catorce horas cincuenta minutos del diecinueve de enero del dos mil cuatro. Se tiene por otorgado Poder Especial Judicial a favor del licenciado Luis Arnoldo Apuy Sirias, por parte de Anita Sing Con, como representante del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Comuníquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Juez. Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, a las catorce horas del tres de marzo del dos mil cuatro. Visto el anterior escrito aportado en autos, se comisiona a la delegación policial de Cañas, a fin de notificar personalmente o en su casa de habitación, la resolución de las trece horas del veintinueve de julio del dos mil tres y la presente al demandado Johnny Antonio Montiel Vigil, quién es localizado en la Empresa Terrapez de Cañas, lugar donde labora. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Contravencional de Cañas a las catorce horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil cuatro. Vista la anterior comisión en donde no se realizó lo indicado notificar personalmente o en su casa de habitación, la resolución de las trece horas del veintinueve de julio del dos mil tres, al señor Johnny Antonio Montiel Vigil en San Rafael de Guatuso, Alajuela, veinticinco metros al norte de _la iglesia católica. Se desglosa la presente comisión a la delegación policial de Guatuso, Alajuela. Para que se cumpla con lo ordenado. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Contravencional de Cañas, a las ocho horas quince minutos del veintinueve de junio del dos mil cinco. Tal y como se solicita a folio veinticuatro, se comisiona a la Policía de Proximidad de La Fortuna de San Carlos, para notificar personalmente o en su casa de habitación al demandado Johnny Antonio Montiel Vigil, en el Tanque de la Fortuna de San Carlos en la esquina noreste de la plaza de fútbol cincuenta metros al este Lic. Berenice Picado Alvarado, Juez. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, a las quince horas diez minutos del dieciséis de diciembre del dos mil cinco. Se reserva el escrito a folio veintiséis, para ser resuelto una vez que la Sala Constitucional se pronuncie en cuanto a la acción de inconstitucionalidad número 05-010890-007-CO, presentado contra el artículo 262 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Juez. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, a las siete horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil seis. Dado que la acción de inconstitucionalidad número 05-010890-0007-CO, fue declarada sin lugar, continúese con los procedimientos. Visto el memorial de folio veintiséis y circular número 38-2003 del 26-05-2003, sobre la aplicación del artículo 4 de la Ley de notificaciones citaciones y otras comunicaciones judicial se resuelve: Habiéndose dirigido comisión a la Policía de Proximidad de la Fortuna de San Carlos, para la notificación del demandado Johnny Antonio Montiel Vigil, en el domicilio de este y vista la constancia por parte de esa autoridad a folio veintinueve vuelto de los autos, se procede al nombramiento de curador procesal, el cual se hace recaer sobre la profesional en derecho Escarlet Li Jiménez, localizada al teléfono 671-1461, fijándosele sus honorarios en la suma de veintisiete mil ciento tres colones con once céntimos, conforme a lo dispuesto en el articulo 262 del Código Procesal Civil y en relación con el decreto de honorario de abogado número 32493-J del cinco de agosto del dos mil cinco, capítulo II sección I artículo 18 inciso 1) y sección II artículo 20. Una vez aceptado el cargo por el curador expídase el dictado correspondiente. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, a las diez horas del veintiséis de febrero del dos mil siete. Por parte de la licenciada Escarleth Jiménez Li, en su condición de curadora procesal, mediante escrito de folios treinta y dos a treinta y cuatro de los autos, se tiene por contestada la presente demanda, de la oposición formulada se confiere audiencia por tres días a la parte actora, para que pueda proponer su contraprueba. Notifíquese. Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza. Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, al ser las siete horas cuarenta y dos minutos del ocho de mayo del dos mil siete. Visto escrito a folio 39 frente se tiene por aceptado el cargo de curador del demandado Johnny Antonio Montiel Vigil a la licenciada Escarleth Jiménez Li. Asimismo gírese a favor de esta, la suma de veintisiete mil ciento tres colones netos, que se tomarán de las constancias de depósito número 21010958 de fecha 149-04-07. El mismo se gira por concepto de honorario de curador. Firme la presente confecciónese el cheque. Expídase el edicto correspondiente. Notifíquese. Lic. Beren1ce Picado Alvarado, Jueza Civil Menor Cuantía de Cañas. Visto los memoriales de folios 7, 12, 14, 18, 21, 25, 27, 30, 35, 42 y la circular número 38-2003 de 26-05-2003, sobre la aplicación del artículo 4º de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras comunicaciones judiciales, se resuelve: Habiendo sido dirigida comisiones a las Delegaciones de Tilarán, Cañas, Guatuso y La Fortuna de San Carlos, para la notificación del demandado en el domicilio contractual de éstos, vista la constancia puesta a folios nueve, trece vuelto, veintidós vuelto, veintinueve frente; ignorándose actualmente el domicilio del demandado Johnny Antonio Montiel Vigil, se procede a! nombramiento de curador procesal el cual se hace recaer sobre la profesional en derecho, Escarlet Jiménez Li, localizable al teléfono 671-1461. Se fijan prudencialmente los honorarios en la suma de veintisiete mil ciento tres colones con once céntimos. Publíquese el edicto de ley.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 8 de mayo del 2007.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—Nº 41074.—(74469).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela, conforme con el artículo 236 del Código de familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Carlos Arturo Rodríguez Salazar, a favor de las señoras Amada Barquero Carpio, mayor, viuda, cédula de identidad 3-073-290, y Ana Lucía Salazar Barquero, mayor, soltera, cédula de identidad 3-179-897. Expediente número 07-001254-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de julio del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 41114.—(74470).

Se avisa que en este Despacho los señores Gerardo Bruno Murillo Venegas y Ana Hilda Espinoza Rojas, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Darling Nicole Gutiérrez Montanaro. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 07-000323-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 1º de agosto del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(74519).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría comparecieron Justo Alemán Alvarado, mayor, costarricense,  soltero,  oficial  de seguridad, cédula de identidad número 2-520-108, vecino de Limón, Wesfalia, de la escuela de la localidad cincuenta metros al sur, quien es hijo de Félix Alemán Mendoza y Marta Alvarado Meza y la señora Marlene Rivera López, mayor, de nacionalidad nicaragüense, portadora del pasaporte nicaragüense número 77657, cocinera, soltera, vecina de Limón, Wesfalia, de la escuela de la localidad cincuenta metros al sur, quien es hija de Juan Rivera García y de Margarita López Romero, ambos nicaragüenses, y manifestaron su deseo de contraer matrimonio civil. Se cita a cualquier interesado que tenga conocimiento de algún impedimento legal para que dicho matrimonio se realice, apersonarse dentro del término de ocho días naturales después de publicado este edicto ante esta notaría, sita en Limón centro, segundo piso del Scotianbank o bien al fax número 758-1462.—Limón, 7 de agosto del 2007.—Lic. Marcela Soto Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 40648.—(74112).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores Daisy Mariela Irias Méndez y Luis Guillermo Pérez Solórzano, ambos mayores, solteros, ama de casa y peón de construcción, por su orden, costarricenses, con cédulas de identidad Nº 6-0338-0453 y 6-0290-0345, respectivamente, vecinos de Cebadilla de Orotina, de la parada de buses carretera a Puntarenas, 100 metros al oeste, nativa la primera de Puntarenas, el nueve de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, el segundo de Puntarenas, el veintiséis de mayo de mil novecientos setenta y ocho, hijos respectivamente de Arturo Irias Quirós y María de Los Ángeles Méndez Loría y Rafael Pérez Bermúdez y Flor María Solórzano Cambronero, todos costarricenses. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice, debe comunicarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente Nº 07-100058-315-CI, matrimonio de Daisy Mariela Irias Méndez y Luis Guillermo Pérez Solórzano.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 27 de julio del 2007.—Lic. Ligia González González, Jueza.—1 vez.—(74229).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Henry Angulo Mayorga, mayor, soltero, chofer de maquinaria pesada, cédula de identidad número 05-0277-0805, vecino de esta ciudad de las Oficinas de Acueductos y Alcantarillados 100 oeste y 75 metros al sur, casa de madera color verde, hijo de Armando Angulo Angulo y Carmen María Mayorga Castillo, nacido en Santa Cruz, Guanacaste el 28/09/1972, con 34 años de edad y Rutt María Guido Zúñiga, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 06-0505-0104, vecina de esta ciudad de las Oficinas de Acueductos y Alcantarillados 100 oeste y 75 metros al sur, casa de madera color verde, hija de Teodora Guido Zúñiga, nacida en Puerto Jiménez Golfito Puntarenas, el 10/08/1986, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 07-000190-0776-FA.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 16 de agosto del 2007.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—1 vez.—(74231).

Se han presentado ante este Despacho a solicitar unión mediante matrimonio civil los señores Fabio Alejandro Quirós Madrigal, mayor, soltero, de 31 años, portador de la cédula 1-930-512, operario industrial y Mariela Mora Guzmán, mayor, soltera, de 24 años, portadora de la cédula 1-1165-578 y ambos vecinos de Desamparados. Los mismos han solicitado contraer matrimonio. Si alguna persona está interesada en oponerse a esta unión, puede hacerlo ante este Tribunal, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Juzgado de Familia de Desamparados, 27 de agosto del 2007.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—Nº 41129.—(74471).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Esteban Roberto Vargas Sánchez, mayor, soltero, comerciante, con 22 años de edad, nacido en Heredia, el 4 de diciembre de 1984, hijo de Rigoberto Vargas Álvarez y Vera Violeta Sánchez Salazar, vecino de Puente Salas de Barva de Heredia, cédula Nº 4-185-796 y María de los Ángeles Sandoval Campos, mayor, soltera, ama de casa, con 22 años de edad, nacida en Heredia, el 10 de abril de 1985, hija de Omar Enrique Sandoval Villalobos y Ana Josefa Campos Valerio, vecina de Puente Salas de Barva de Heredia, cédula Nº 4-186-982. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 07-001577-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de agosto del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(74531).