BOLETÍN JUDICIAL Nº 170
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
REITERACIÓN
CIRCULAR Nº 087-2006
ASUNTO: Deber de remitir el informe, con la fórmula adjunta, de los asuntos atendidos durante las vacaciones colectivas de fin y principio de año y Semana Santa, publicada en el Boletín Judicial N° 125 del 29 de junio del 2006.
A TODOS LOS COORDINADORES Y JEFES
DE DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 36-06, celebrada el 23 de mayo del 2006, artículo LIII, dispuso reiterarles el deber de remitir los informes sobre los asuntos atendidos durante las vacaciones colectivas de fin y de principio de año y Semana Santa, que debe traer adjunto la fórmula denominada “Labores realizadas en el período de vacaciones colectivas”.
Asimismo, en caso de que los despachos judiciales incumplan con la remisión de dichos informes, el Departamento de Planificación sin más trámite lo hará del conocimiento del Tribunal de la Inspección Judicial para la aplicación del régimen disciplinario correspondiente, conforme lo resuelto por el Consejo Superior en sesión celebrada el 2 de setiembre de 2004, artículo LXXV.
San José, 13 de agosto del 2007.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(74593) Secretaria General
CIRCULAR 065-07
ASUNTO: Informe elaborado por el Lic. Gerardo Parajeles Vindas, Juez del Tribunal Primero Civil de San José, que analiza la propuesta de eliminar la custodia de los documentos base en los Despachos, dándosele seguimiento al “Proyecto de Ley de Cobratorios, normativa que propone dar curso a los procesos con fundamento en una certificación del título, hecha por parte del Secretario o el Tramitador del Juzgado, devolviéndose el original a la parte”.
A TODOS LOS JUZGADOS CIVILES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 44-07, celebrada el 14 de junio de 2007, artículo XLVII, conoció el informe elaborado por el Lic. Gerardo Parajeles Vindas, Juez del Tribunal Primero Civil de San José, que analiza la propuesta de eliminar la custodia de los documentos base en los Despachos, dándosele seguimiento al “Proyecto de Ley de Cobratorios, normativa que propone dar curso a los procesos con fundamento en una certificación del título, hecha por parte del Secretario o el Tramitador del Juzgado, devolviéndole el original a la parte”, y dispuso hacerlo de su conocimiento.
En lo que interesa el informe literalmente dice:
“Los jueces civiles del primer circuito, en su oportunidad solicitaron: “h) Que se elimine la custodia de los documentos base en los Despachos, dándosele seguimiento al Proyecto de Ley de Cobratorios, normativa que propone dar curso a los procesos con fundamento en una certificación del título, hecha por parte del Secretario o el Tramitador del Juzgado, devolviéndole el original a la parte”. Por su lado, el Consejo Superior en la sesión Nº 21-07 celebrada el 20 de marzo del presente año, al respecto dispuso: “H) En cuanto a este punto se refiere, solicitar al doctor Gerardo Parajeles Vindas, juez del Tribunal Primero Civil de San José, informe a este Consejo si la propuesta realizada está contemplada dentro del correspondiente proyecto de ley y de no ser así, indique cómo podría solventarse ese asunto”.
En ocasión a dicha consulta, debo manifestar que el tema de la custodia de los títulos ejecutivos tomó importancia una vez enviado el proyecto de ley de cobro judicial a la Asamblea Legislativa. La comisión redactora del entonces Código General del Proceso no había considerado el punto, ni tampoco existe norma expresa en el proyecto de Código Procesal Civil en estudio de la honorable Corte Suprema de Justicia.
Por iniciativa del Presidente de la Corte Luis Paulino Mora Mora, la necesidad de resolver el problema de la custodia de los documentos originales, fue analizada en la Comisión de Asuntos Civiles. Luego de una amplia discusión, se acordó trasladar la responsabilidad de conservar el título original a la parte, ello por cuanto el juzgador no requiere de ese documento para tramitar el proceso cobratorio. Para efecto, se propuso redactar una norma práctica a fin de que fuera aprobada por las autoridades respectivas, cuya versión actual dice:
“Custodia del título al cobro. En los procesos sumarios ejecutivos y monitorios, con la demanda se presentará copia certificada por Notario Público del título original. La custodia de éste permanecerá bajo la responsabilidad exclusiva de la parte actora. Tratándose de títulos valores cambiarios - letra de cambio, pagaré y cheque - se deberá exhibir el original junto con la certificación notarial. En este supuesto, el asistente judicial o la persona encargada, consignará un sello donde conste que es objeto de un proceso judicial y devolverá el documento a quien lo presentó. Si el proceso finaliza, por cualquier causa, al original se le pondrá un sello donde se indique que ya no se encuentra vinculado a un reclamo judicial. En general, como depositario del título, el ejecutante deberá exhibirlo cuando así lo requiera el tribunal”.
Esta propuesta se encuentra en la última etapa de discusión en el seno de la Comisión de Asuntos Civiles, con la esperanza de que sea aprobado lo más pronto posible. Además, la idea es incorporar esta norma en el proyecto de cobro judicial mediante una moción y, desde luego, incorporarla al proyecto de Código Procesal Civil. Es de conocimiento que ese trámite legislativo requiere de tiempo, de ahí que se ha pensado en la norma práctica para resolver el problema con fundamento en los artículos 378 y 952 del Código Procesal Civil y en la siguiente justificación:
1. Según estadísticas aproximadas, los procesos de cobro judicial representan el 80% del circulante de los Juzgados Civiles, lo que implica una enorme responsabilidad y un costo muy elevado en la custodia de los documentos originales.
2. Conforme a la experiencia en el trámite de esos asuntos, especialmente los ejecutivos simples y los monitorios, todo el procedimiento se lleva a cabo con el auxilio de la copia que se aporta para el expediente. Doctrina del artículo 135 del Código Procesal Civil. El porcentaje de oposición y excepciones que requieran la presencia física del título, en realidad, es muy reducido en comparación con la cantidad de demandas.
3. Analizada nuestra legislación procesal civil, no existe norma imperativa donde se exija aportar el documento original con el escrito de demanda. Por el contrario, para despachar ejecución en un ejecutivo simple, el numeral 440 del Código Procesal Civil únicamente obliga a verificar la ejecutividad del título, tarea que se puede realizar con una copia fiel del original.
4. No se pretende exonerar a la parte actora del deber de aportar el título original, sino de aportar una copia y luego de constatada su fidelidad, inmediatamente se le devuelve al ejecutante. Desde luego, queda obligado a presentar el título en el momento que el juzgador lo requiera para efectos de oposición, falsedad o para efectos de girar dineros.
5. Para evitar que el título circule, sobre todo los títulos valores cambiarios, al documento original se le pondrá un sello donde se consigna que se encuentra en cobro judicial. Un sello similar se le pondrá a la copia donde se indique que es fiel del original.
6. La solución no es novedosa, se trata de aprovechar la experiencia acumulada con los títulos derivados de la Banca. Como gran usuario en estos procesos, el artículo 70 de la Ley del Sistema Bancario Nacional dice: “En los juicios ejecutivos promovidos por un banco comercial, bastará para despachar la ejecución, la presentación una fotocopia del documento original en que conste la obligación, debidamente certificada por la Gerencia, la cual será título ejecutivo para esos efectos. El Banco sólo estará obligado a presentar el documento original cuando la fotocopia sea impugnada por quien figure con interés o cuando la autoridad judicial lo exija”. Su aplicación no ha dado problemas y es posible extenderla a otros usuarios”.
San José, 21 de agosto del 2007.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(74594) Secretaria General
CIRCULAR Nº 70-07
ASUNTO: Informe estadístico relacionado con el movimiento de trabajo en los Tribunales Penales durante el 2006.
A TODAS LAS AUTORIDADES QUE
TRAMITAN MATERIA PENAL DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 43-07, celebrada el 12 de junio del 2007, artículo LXXXI, conoció el informe elaborado por la Sección de Estadística del Departamento de Planificación, relacionado con el movimiento de trabajo en los Tribunales Penales durante el 2006, y dispuso hacerles del conocimiento los hechos relevantes contenidos en ese informe, esto con el fin de que valoren sus conclusiones e implementen las mejoras que estimen oportunas para mejorar el rendimiento durante el 2007.
§ Por primera vez se incorporan indicadores judiciales (Tasa de congestión, pendencia y resolución) que ayudan a visualizar el desempeño de las instancias. En la siguiente tabla se puede apreciar la evolución de los indicadores señalados en los últimos cinco años.
Tribunales |
Año |
||||
|
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
Circulante al inicio |
9079 |
10262 |
10508 |
10556 |
12054 |
Entrados |
8899 |
8400 |
9041 |
9961 |
9257 |
Reentrados |
1111 |
863 |
778 |
834 |
931 |
Testimonios de pieza |
119 |
194 |
219 |
176 |
189 |
Caso terminados |
8946 |
9211 |
9990 |
9473 |
9902 |
Circulante al finalizar |
10262 |
10508 |
10556 |
12054 |
12529 |
En tramitación |
6940 |
7289 |
7367 |
8641 |
9180 |
Con resol provisional |
3322 |
3219 |
3189 |
3413 |
3349 |
Indicadores |
2002 |
2003 |
2004 |
2005 |
2006 |
Tasa de congestión |
2.15 |
2.14 |
2.06 |
2.27 |
2.27 |
Tasa de pendencia (asuntos pendientes) |
53.43 |
53.29 |
51.38 |
55.99 |
55.86 |
Tasa de resolución |
46.57 |
46.71 |
48.62 |
44.01 |
44.14 |
§ La tasa de congestión en los tribunales penales es medido dividiendo la carga de trabajo entre el total de asuntos resueltos durante un año en particular. Se puede observar según el gráfico, que durante los últimos años los tribunales se han mantenido constantes con un valor de dos, el cual indica que en el último quinquenio se tenía que tramitar dos veces más casos por año de los que se pudo resolver, para que la congestión no existiera; el hecho más significativo es que para el 2004 se presenta la tasa de congestión más baja del período.
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§ En los tribunales penales se observa que ante aumentos en la tasa de resolución 1, la tasa de pendientes 2disminuye. Para el 2006 nos dice que de cada 100 expedientes ingresados aproximadamente 56 se encuentran en trámite o con una resolución provisional y 44 obtienen una resolución que da por terminado el expediente.
__________
1 La tasa de resolución nos da cuántos de los expedientes dentro de los pendientes han salido, de esta manera es que ambas se complementan.
2 La tasa de pendencia de un despacho identifica la cantidad de expedientes que están a la espera de ser tramitados o bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por terminado.
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§ La cantidad de casos entrados disminuyó en 704 asuntos con respecto al año anterior, lo cual implica un decrecimiento relativo del 7.1 %.
§ Los casos terminados en tribunales penales fue de 9902, volumen que aumentó en 429 casos en comparación al año anterior, para una alza relativa del 4.5 %.
§ La cantidad de sentencias dictadas por los tribunales para este año es de 6487 fallos, registrándose así un aumento de 501 asuntos más que en el 2005 (8.4 %). Es importante destacar que es la segunda vez consecutiva que las absolutorias superan a las condenatorias desde 1998, por el fuerte incremento que se viene presentando en el porcentaje de absolutorias.
§ De acuerdo al movimiento de trabajo de los tribunales penales, el circulante (12529) se incrementó en 475 expedientes en el 2006, lo que representa un 3.9 %, cifra menor a la obtenida en el período anterior (14.2 %).
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
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§ La duración promedio de los juicios fallados con sentencia fue de 23 meses y 2 semanas (desmejoró 3 semanas con respecto al año anterior). Esta duración a su vez, se subdivide en 16 meses y 2 semanas para las etapas preparatoria e intermedia y 7 meses con 0 semanas para la etapa de juicio.
§ Este año, se da una reducción del porcentaje de debates señalados que no pudieron efectuarse, pues el número de éstos nuevamente fue menor al de los debates efectuados; esto significa que a medida que trascurren los años es mayor el porcentaje de señalamientos que logran llevarse a cabo.
§ Finalmente, en el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José se hizo un inventario físico de expedientes los días 7, 8 y 9 de julio del 2006.
San José, 24 de julio del 2007.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(74595) Secretaria General
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el acuerdo del Consejo Superior en sesión de 15 de marzo del 2005, artículo LXXV, y acuerdo de 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentación financiero contable y administrativa, del periodo 1996-2000 de la Auditoría. La documentación se encuentra remesada en la Auditoría Judicial.
Remesa: A 78 S 97
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Correspondencia. Oficios remitidos por la Auditoría a otros despachos.
Remesa: A 76 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Correspondencia. Oficios remitidos por la Auditoría a otros despachos.
Remesa: A 56 S 99
Paquetes: 2
Año: 1999
Asunto: Correspondencia. Oficios remitidos por la Auditoría a otros despachos.
Remesa: A 79 S 97
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Correspondencia. Oficios remitidos a la Auditoría por otros despachos o particulares.
Remesa: A 77 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Correspondencia. Oficios remitidos a la Auditoría por otros despachos o particulares.
Remesa: A 57 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Correspondencia. Oficios remitidos a la Auditoría por otros despachos o particulares.
Remesa: A 78 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Arqueos de Caja Chica remitidos por diferentes despachos judiciales.
Remesa: A 58 S 99
Paquetes: 2
Año: 1999
Asunto: Arqueos de Caja Chica remitidos por diferentes despachos judiciales.
Remesa: A 67 S 96
Paquetes: 10 cajas
Año: 1996
Asunto: Cheques B.C.R. girados por los tribunales ya cambiados por los beneficiarios.
Remesa: A 80 S 97
Paquetes: 23 cajas
Año: 1997
Asunto: Cheques B.C.R. girados por los tribunales ya cambiados por los beneficiarios.
Remesa: A 81 S 97
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Resoluciones de la Dirección Administrativa. (Juristránsito)
Remesa: A 79 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Resoluciones de la Dirección Administrativa. (Juristránsito)
Remesa: A 59 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Resoluciones de la Dirección Administrativa. (Juristránsito)
Remesa: A 82 S 97
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Expedientes de contratos. Estudio sobre contratos suscritos entre el Poder Judicial y otros.
Remesa: A 80 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Expedientes de contratos. Estudio sobre contratos suscritos entre el Poder Judicial y otros.
Remesa: A 60 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Expedientes de contratos. Estudio sobre contratos suscritos entre el Poder Judicial y otros.
Remesa: A 81 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Información detallada remitida por el B.C.R. sobre las cuentas corrientes judiciales.
Remesa: A 61 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Información detallada remitida por el B.C.R. sobre las cuentas corrientes judiciales.
Remesa: A 82 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Acta entrega de cheques.
Remesa: A 63 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Acta entrega de cheques.
Remesa: A 64 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Solicitud de tiraje de fotocopias.
Remesa: A 65 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Liquidaciones de socorro mutuo.
Liquidaciones hechas a los beneficiarios de servidores judiciales fallecidos.
Remesa: A 66 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Autorizaciones de gastos. Boletas emitidas por la Dirección Ejecutiva autorizando gastos a efectuar.
Remesa: A 83 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Proposición de nombramientos del personal de Auditoría.
Remesa: A 67 S 99
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Proposición de nombramientos del personal de Auditoría.
Remesa: A 83 S 97
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Oficios de liberación del pago a empresas que tienen contratos con la Institución.
Remesa: A 84 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Cálculo sobre el pago de vacaciones proporcionales elaborados por el Departamento de Personal.
Remesa: A 85 S 98
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Transcripciones de acuerdos del Consejo Superior.
Remesa: A 68 S 99
Paquetes: 10
Año: 1999
Asunto: Conciliaciones emitidas por los despachos judiciales.
Remesa: A 45 S 00
Paquetes: 10
Año: 2000
Asunto: Conciliaciones emitidas por los despachos judiciales.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 27 de agosto del 2007.
Alfredo Jones León,
(74620) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 20 de abril del 2007, artículo II, el acuerdo del Consejo Superior en sesión de 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentación administrativa del periodo 1988-2004 de la Subdelegación Regional del Organismo de Investigación Judicial de Turrialba. La documentación se encuentra remesada en esa Subdelegación Regional.
Remesa: 20041
Expedientes: 65
Paquetes: 1
Año: 1988
Asunto: Expedientes de denuncias. Original de la denuncia, dictamen criminalístico cuando lo amerite, inspecciones oculares, entrevistas a testigos, entre otra documentación.
Remesa: 20042
Expedientes: 422
Paquetes: 4
Año: 1989
Asunto: Expedientes de
Remesa: O 9 C 90
Expedientes: 75
Paquetes: 2
Año: 1990 al 1994
Asunto: Expedientes de denuncias.
Remesa: O 9 C 95
Expedientes: 230
Paquetes: 3
Año: 1995
Asunto: Expedientes de denuncias.
Remesa: O 9 C 96
Expedientes: 136
Paquetes: 3
Año: 1996
Asunto: Expedientes de denuncias.
Remesa: O 7 C 98
Expedientes: 35
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Expedientes de denuncias.
Remesa: 20043
Paquetes: 2 cajas
Año: 1989
Asunto: Boletas de presentación y captura.
Remesa: O 10 C 90
Paquetes: 2
Año: 1990 a 1995
Asunto: Boletas de presentación y captura .
Remesa: O 9 C 92
Paquetes: 7
Año: 1992 al 1997
Asunto: Notas de asuntos internos
Remesa: O 9 C 93
Paquetes: 1 caja
Año: 1993 al 1999
Asunto: Varios: ordenes de citación, control de fax entregados y recibidos registro de asistencia.
Remesa: O 9 C 97
Paquetes: 1
Año: 1997 al 1999
Asunto: Varios: comprobantes de pago, circulares, solicitud de revelado de rollos fotográficos, libretas de control de mantenimiento.
Remesa: O 10 C 95
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Cédulas de citación
Remesa: O 10 C 92
Paquetes: 1 caja
Año: 1992 a 1997
Asunto: Libros: De Reglamento del Poder Judicial, libros de consulta judiciales, libro medicina legal, libro de planificación de presupuesto, 1 libro de estadística de sufragio.
Remesa: O 9 C 91
Paquetes: 1 caja
Año: 1991 al 1999
Asunto: Libros: De sentencias, libros de objetivos y funciones de los despachos judiciales en materia penal, libros de anuarios estadísticos del OIJ, libros de circulares y ordenanzas del OIJ y otras dependencias.
Remesa: 20044
Paquetes: 1 caja
Año: 1984 a 1989
Asunto: Libros: De registro general de causas y de sentencias de casación.
Remesa: O 11 C 90
Paquetes: 1 caja
Año: 1990 a 1997
Asunto: Libros: De registro general de causas y de sentencias de casación.
Remesa: O 11 C 92
Ampos: 33
Año: 1992 al 2005
Asunto: Correspondencia, circulares
Remesa: O 1 C 01
Ampos: 16
Año: 2001 al 2004
Asunto: Copias de denuncias.
Remesa: O 1 C 02
Ampos: 4
Año: 2002 al 2004
Asunto: Orden de libertad y poner a la orden de detenidos.
Remesa: O 4 C 00
Ampos: 6
Año: 2000 al 2005
Asunto: Estadísticas.
Remesa: O 2 C 01
Ampos: 6
Año: 2001 al 2005
Asunto: Horas extras
Remesa: O 3 C 01
Ampos: 4
Año: 2001 al 2005
Asunto: Actas de decomiso
Remesa: O 4 C 01
Ampos: 4
Año: 2001 al 2005
Asunto: Boletas de combustible.
Remesa: O 5 C 01
Ampos: 6
Año: 2001 al 2005
Asunto: Control de expedientes administrativos, circulares, control de correo certificado.
Remesa: O 6 C 01
Ampos: 6
Año: 2001 al 2005
Asunto: Viáticos.
Remesa: O 7 C 01
Ampos: 19
Año: 2001 al 2005
Asunto: Consecutivo de oficios.
Remesa: O 8 C 01
Ampos: 13
Año: 2001 al 2005
Asunto: Capturas tanto positivas y negativas enviadas por los diferentes despachos judiciales y contestadas por nuestra parte, control de asignación de denuncias.
Remesa: O 9 C 01
Ampos: 6
Año: 2001 al 2005
Asunto: Solicitud de dictamen, solicitud de revelado de rollo fotográfico, alimentación de detenidos, asignación de denuncias, poner a la orden y libertad de tenidos.
Remesa: 20049
Libros: 6
Paquetes: 1
Año: 1989
Asunto: Libros de conocimiento
Remesa: O 12 C 90
Libros: 7
Paquetes: 1
Año: 19990 al 2001
Asunto: Libros de conocimiento
Remesa: 20048
Libros: 6
Paquetes: 1
Año: 1989
Asunto: Libros de evidencias, libro de detenidos, libro de captura de vehículos, boletas de combustible, negativos fotográficos.
Remesa: O 13 C 90
Libros: 6
Paquetes: 1
Año: 1990 a 2001
Asunto: Libros de evidencias, libro de detenidos, libro de captura de vehículos, boletas de combustible, negativos fotográficos.
Remesa: O 10 C 97
Sobres: 19
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 8 C 98
Sobres: 49
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 6 C 99
Sobres: 56
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 5 C 00
Sobres: 37
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 10 C 01
Sobres: 30
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 3 C 02
Sobres: 46
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 1 C 03
Sobres: 68
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 1 C 04
Sobres: 38
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Negativos fotográficos.
Remesa: O 7 C 99
Ampos: 5
Año: 1999 al 2005
Asunto: Correspondencia, circulares
Remesa: O 6 C 00
Ampos: 5
Año: 2000 al 2005
Asunto: Correspondencia, circulares.
Remesa: O 2 C 02
Ampos: 17
Año: 2002 al 2005
Asunto: Correspondencia, circulares
Remesa: O 4 C 02
Ampos: 4
Año: 2002 al 2004
Asunto: Orden de libertad y poner a la orden de detenidos.
Remesa: O 9 C 94
Sobres: 31
Paquetes: 1
Año: 1994, 1995, 1996
Asunto: Negativos fotográficos.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 27 de agosto del 2007.
Alfredo Jones León,
(74621) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 20 de abril del 2007, artículo VIII, el acuerdo del Consejo Superior en sesión de 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de expedientes sociales, psicológicos y psicosociales del periodo 1987-2001 de la Oficina de Trabajo Social y Psicología de Heredia. La documentación se encuentra remesada en esa Oficina.
Remesa: 20050
Expedientes: 1
Paquetes 1
Año: 1987
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: 20051
Expedientes: 1
Paquetes 1
Año: 1988
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 91
Expedientes: 1
Paquetes 1
Año: 1991
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 92
Expedientes: 1
Paquetes 1
Año: 1992
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 5 H 93
Expedientes: 2
Paquetes 1
Año: 1993
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 94
Expedientes: 7
Paquetes 1
Año: 1994
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 95
Expedientes: 4
Paquetes 1
Año: 1995
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 96
Expedientes: 37
Paquetes 1
Año: 1996
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 5 H 97
Expedientes: 155
Paquetes 2
Año: 1997
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 98
Expedientes: 188
Paquetes 4
Año: 1998
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 4 H 99
Expedientes: 240
Paquetes 5
Año: 1999
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 5 H 00
Expedientes: 336
Paquetes 6
Año: 2000
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Remesa: A 3 H 01
Expedientes: 294
Paquetes 6
Año: 2001
Asunto: Expedientes sociales, psicológicos y psicosociales.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 27 de agosto del 2007.
Alfredo Jones León,
(74622) Director Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
HACE SABER:
Que dentro del Proceso de Inhabilitación por Pérdida de la Vigencia del Ejercicio Notarial (por concurso civil de acreedores), tramitado bajo el expediente N° 07-000302-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario Arnulfo Carmona Martínez, mediante la resolución de las catorce horas diez minutos del dieciséis de agosto de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial Promovido por: Dirección Nacional de Notariado Notario: Arnulfo Carmona Martínez. Expediente Nº 07-000302-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las catorce horas diez minutos del dieciséis de agosto del dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado Arnulfo Carmona Martínez el contenido de la resolución de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de las actas que corren a folios 14, 20 y 24, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Arnulfo Carona Martínez la resolución de las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial...” F. Lic. Adolfo Mora Gallardo, Director a.í. Nacional de Notariado. (...) “Proceso de Inhabilitación Notario: Arnulfo Carmona Martínez. Expediente: 07-000302-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil siete. Al tener conocimiento este Despacho que mediante resolución de las ocho horas del diez de agosto de dos mil cinco, dictada por el Juzgado Civil de Mayor Cuantía de San José, en el expediente 04-001692-0180-CI, se decretó el concurso civil de acreedores del señor Arnulfo Carmena Martínez, quién es notario público, se ordena la apertura de este procedimiento a efecto de determinar si procede decretar su inhabilitación con fundamento en lo que ordenan los artículos 4 y 13 del Código Notarial, y en consecuencia, con la finalidad de garantizar el debido proceso constitucional, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al licenciado notario Carmena Martínez, cédula 5-188-951, para que se apersone en este proceso y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley N° 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese al licenciado Arnulfo Carmona Martínez, personalmente o en su casa de habitación, en la siguiente dirección que tiene reportada en el Registro Nacional de Notarios: doscientos metros este y setenta y cinco sur de la lavandería La Margarita, San Francisco de Dos Ríos, para lo cual se comisionará a la oficina respectiva. Asimismo, notifíquese esta resolución al licenciado Juan José Alvarado Quirós, quien funge como curador propietario del notario Carmona Martínez en el proceso civil antes indicado, en la siguiente dirección que tiene reportada en el Registro Nacional de Notarios: Los Yoses, edificio Alumar tercer piso, detrás de la pastelería Giacomine, por medio del notificador del Despacho...”. Expediente Nº 07-000302-624-NO. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora Nacional de Notariado.
San José, 16 de agosto del 2007.
Lic. Adolfo Mora Gallardo,
(73143). Director a.í.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios de Investiment and Properties Besad C. R S. A. y con la base de veintiún millones doscientos seis mil cuatrocientos sesenta y cuatro con 54/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil cincuenta y cuatro-cero cero cero (160 054-000) la cual es terreno para construir con una casa y muro de retención. Situada en el distrito 06 San José de la Montaña, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública y Virginia Esquivel Contreras; al sur, Río Macarrón; al este, Vera Violeta Rojas Pineda, y al oeste, Kathryn Biesanz Hiltunem. Mide: dos mil ciento cuatro metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Allan Mauricio González Murillo. Expediente Nº 07-001501-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de julio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 41133.—(74927).
A las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de catorce millones novecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 015815-000 (015815-001, 015815-002, 015815-004 y 015815-005), la cual es terreno de café, situada en el distrito 02, Merced, cantón 01 San José. Colinda: al norte, con Nicolás Cubillo; al sur, con calle pública; al este, con Ismael Corrales, y al oeste, con Nicolás Cubillo. Mide: doscientos treinta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Jenny Peraza Carmiol contra Minor Peraza Obando Expediente Nº 02-000175-181 CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de agosto del 2007.—MSC. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 41156.—(74928).
A las catorce horas cincuenta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de ciento seis mil dólares, remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número doscientos veintiocho mil doscientos-cero cero uno y cero cero dos, situada en el distrito sétimo Uruca, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, noreste, lote 3 b con 13 m; sur, suroeste, avenida c con 13 m; este, suroeste, lote 9 b con 30 m, y al oeste, noroeste lote 11 b con 30 m. Mide: trescientos noventa metros cuadrados. Su naturaleza: es terreno para construir. Hipotecario de Banco Elca S. A. contra Diseños de Vanguardia S. A. y otros. Expediente Nº 05-001211-182CI-4.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 3 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 41160.—(74929).
A las catorce horas del veintitrés de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de ochocientos setenta mil trescientos sesenta y tres colones con ochenta y ocho céntimos, remataré: Vehículo marca Nissan, estilo Sentra E, categoría automóvil, capacidad cinco personas, modelo mil novecientos noventa y dos, carrocería Sedan 4 puertas, color champagne, tracción sencilla, combustible gasolina, chasis, serie JN uno EB tres uno P cinco NU uno tres ocho nueve cero ocho, placas quinientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y nueve. Prendario 07-001180-182 CI (7) de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Maricela Guzmán Ramírez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 41182.—(74930).
A las nueve horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de ocho millones seiscientos un mil doscientos cincuenta colones, que corresponden al valor fiscal declarado en la Municipalidad de Barva de Heredia, remataré: finca inscrita en propiedad, partido de Heredia, Folio Real matrícula número 109,270-000, y que se describe así: terreno construido. Sito: en distrito Barva, del cantón dos Barva, de la provincia de Heredia. Lindante: al norte, Idaly Díaz Salazar y otro; al sur, Gonzalo Montero León; al este, Margarita Montero Ruiz y otro, y al oeste, calle pública y otro. Mide: ochenta y un metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 95-101054-0297-CI (5). Que es ejecutivo simple de COOCIQUE R. L. contra Isabel Cristina Campos Cascante y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 14 de agosto del 2007.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—Nº 41222.—(74931).
A las nueve horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciséis mil cuatrocientos sesenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno sembrado de banano. Situada en el distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Claudia Montiel Sánchez; al sur, terreno dedicado a calle; al este, y al oeste, Virginia Sánchez Rojas. Mide: trescientos diez metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Lilliam González Quirós contra Violeta Cado Cisneros. Expediente Nº 06-000369-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 10 de agosto del 2007.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 41227.—(74932).
A las nueve horas del veintisiete de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado en favor de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo inscrita al tomo 568 asiento 34576 y soportando veintiséis servidumbres dominantes, diecisiete servidumbres sirvientes y once servidumbres trasladadas y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos once mil diecinueve cero cero tres cero cero cuatro la cual es terreno lote treinta y cuatro L terreno para construir con una casa. Situada en el distrito quinto San Felipe, cantón décimo Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote once L; al este, lote treinta y tres L, y al oeste, lote treinta y cinco L. Mide: noventa y cuatro metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Diana Galeano Lezcano, Eduardo Bustamante Coto. Expediente Nº 07-001195-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 41231.—(74933).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de dieciocho millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos mil seiscientos tres-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo, cantón tercero Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Mariem Berliot Umaña Calderón; al sur, Koinonia S. A.; al este, calle pública con un frente de ocho metros veinticuatro decímetros, y al oeste, Carlos Loaiza Vargas. Mide: doscientos veintisiete metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Cefloti A.A.T. Sociedad Anónima contra Hebel José Solano Briceño, Silvia Isabel Muñoz Cascante. Expediente Nº 06-002293-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de julio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 41245.—(74934).
A las ocho horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones doscientos sesenta y un mil ciento setenta y seis con 8/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero ochenta mil setecientos diecisiete-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Juan Francisco Castillo Briceño; al sur, con lote de Ana Lilliam Oses Vargas y Jeany Villegas Vargas; al este, con lote de Ana Lilliam Oses Vargas y calle pública, y al oeste, con Juan Francisco Castillo Briceño. Mide: mil ciento catorce metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Deidalia Granados Vargas. Expediente 07-000491-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 14 de agosto del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 41256.—(74935).
A las nueve horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de trece millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y dos-cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero, Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Elia García Leiva; al sur, con Pedro Joaquín López Peña; al este, con calle pública con un frente de trece metros con cincuenta centímetros cuadrados, y al oeste, con Consejo Nacional de Producción. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Islay Aguilar Obando y María Mercedes Obando Cid. Expediente Nº 07-000514-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 15 de agosto del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 41281.—(74936).
A las diez horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior que ocupa este despacho, libre de gravámenes prendarios, con la rebaja de veinticinco por ciento de la base, sea de quince mil dólares, al mejor postor remataré: una Embarcación matrícula número P-seis mil seiscientos cincuenta y ocho, nombre: Miss Charlie Lee, casco: de acero, fabricado en el año mil novecientos setenta y ocho, marca de motor: Caterpillar, número de motor: cuatro N dos mil doscientos cuarenta y tres, modelo: tres mil cuatrocientos ocho, serie: noventa y nueve U dos mil setecientos uno, potencia: trescientos sesenta y cinco H.P, combustible: diesel, eslora: veintitrés metros con treinta centímetros, manga: seis metros con diez centímetros, puntal: tres metros con cincuenta centímetros, peso bruto: noventa y nueve punto cuarenta y nueve toneladas, peso neto: dieciocho punto treinta y tres toneladas. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario Nº 06-100953-642-CI de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Miguel Huezo Arias y otro.—Juzgado Civil de Puntarenas, 23 de agosto del 2007.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—Nº 41297.—(74937).
A las ocho horas del diecinueve de setiembre del dos mil siete. En la puerta principal de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando embargos practicados a los tomos: cuatrocientos noventa y siete, asiento: dos mil ciento cincuenta y cuatro a favor de Cafesa S. A., con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta mil colones, se rematará al mejor postor la finca matrícula de Folio Real número cien mil ciento cuarenta y cinco-cero cero cero, que es terreno para la agricultura. Situado en San Vito de Coto Brus, distrito primero, cantón octavo de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, Cooperativa de Productores de Café de San Vito R. L.; al sur, Tomás Agüero; al este, quebrada en medio Donato Di Carlo, y al oeste, calle pública con frente de ciento cincuenta y ocho metros con diez centímetros. Mide: veinticinco mil seiscientos trece metros con catorce decímetros cuadrados. Plano catastrado número P-novecientos veintitrés mil doscientos noventa-mil novecientos noventa. Propiedad de Ángel Torres Salazar. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecutivo simple número 01-100411-424-CI-2(431-01-2) promovido por Banco Nacional de Costa Rica contra Germán Corrales Alfaro y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 18 de julio del 2007.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—Nº 41310.—(74938).
A las quince horas del treinta de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base estipulada en la hipoteca de primer grado, sea la suma de un millón trescientos treinta y nueve mil colones; remataré: Finca inscrita en el Registro Público Provincia de Puntarenas matrícula noventa y dos mil quinientos setenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 39-C. Sita en el distrito octavo Barranca, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste, con lote 40-C; al noroeste, con resto destinado a calle; al sureste, con lote 42-C, y al suroeste, con lote 38-C. Mide: ciento treinta y dos metros con treinta decímetros cuadrados. Hipotecario 07-001188-182 CI (6) de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ángel Ricardo Guerrero Paniagua y otra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 41320.—(74939).
A las catorce horas veinte minutos del tres de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de dos millones noventa mil colones; remataré: Finca inscrita en el Registro Público Provincia de San José, matrícula de Folio Real noventa y ocho mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Sita en el distrito octavo Barranca, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste, con lote 60 F; al noroeste, con lote 38 F; al sureste, con resto destinado a calle, y al suroeste, con lote 62 F. Mide: ciento veinticuatro metros cuadrados.- Se remata por ordenarse así dentro del proceso hipotecario 07-001189-182CI (1) de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra José Carlos Urrieta Moscoso.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 41321.—(74940).
A las ocho horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de siete millones setecientos setenta mil quinientos diez colones con setenta céntimos, suma que corresponde al monto dado por el perito, que corresponde al treinta y tres por ciento de la finca total que pertenece a la demandada Mercedes Corella Achio, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca sin inscribir que se describe así: terreno en zona rural agrícola y ganadera. Situada en el distrito primero Bagaces cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Maricosta S. A. y Wenceslao García Montoya; al sur, Cecil Laner, camino público y Alpízar y Rodríguez S. A.; al este, Mariscosta S. A., y al oeste, Borges y Asociados S. A. Mide: quinientos trece mil trescientos sesenta y siete metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Mercedes Corella Achio. Expediente Nº 04-100203-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberta, 21 de agosto del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 41334.—(74941).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cuatro mil ciento veintiún dólares (US$) o su equivalente en colones al momento del pago, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Toyota, modelo 1993, estilo Runne, no indica cilindros, combustible no indica, cubicaje no indica centímetros cúbicos, chasis número JT3VN39W8P0094353, motor 3VZ0482595, color negro, capacidad 5 pasajeros, plagas número 191241. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 06-001393-0180-CI de Vehículos Internacionales S. A., contra Gerardo Grijalva Cortés.—Juzgado Primero Civil de San José, 26 de julio del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 41345.—(74942).
A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de setecientos mil colones, al mejor postor remataré: La finca matrícula de Folio Real número doscientos cuatro mil novecientos sesenta y nueve guión cero cero uno-cero cero dos, que se describe como terreno potrero, lote 6, bloque F, sito en el distrito primero Quesada, del cantón décimo de San Carlos, de la provincia de Alajuela. Mide: ciento veinticinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Lindante: al norte, con lote 3F; al sur, con calle pública con un frente de once metros setenta y nueve centímetros lineales; este, con lote 7 F, y al oeste, con lote 5 F. La referida propiedad pertenece a Carlos Luis Villegas Artavia y Yamileth Noguera Loaisiga. Ejecutivo hipotecario de Akira Kobayashi Pinto contra Carlos Luis Villegas Artavia y otra. Expediente Nº 02-101005-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 8 de agosto del 2007.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—Nº 41353.—(74945).
A las nueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando servidumbre trasladada, sin más gravámenes, sea la base de un millón de colones, en el mejor postor se rematará La finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 83002-000, que es lote 22, terreno para construir con una casa. Situado en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, provincia de Limón, que mide: doscientos cincuenta y un metros con cuatro decímetros cuadrados, y linda: al norte, con Bananera El Colono S. A.; al sur, con calle pública con ocho metros con ochenta y cinco centímetros; al este, y oeste, con Bananera El Colono S. A. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario. Expediente Nº 06-100332-0468-CI, de Gladis Guzmán Salazar contra Gerson Salas Leandro.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de julio del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 41389.—(74946).
A las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando plazo de convalidación e hipoteca de primer grado a favor de la Vivienda Mutual Ahorro y Préstamo y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 151164-000 la cual es terreno solar con casa. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alderico Arce Cortés; al este, Jorge Mena González, y al oeste, Marvin Gerardo Quirós Arce. Mide: doscientos seis metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de José Joaquín Vega Fernández contra Carlos Alberto Quirós Arce. Expediente Nº 07-001357-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de agosto del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 41434.—(74947).
A las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones según citas 316-15539-01-0901-022, demanda penal según citas 567-03336-01-0002-001, sumaria 06-000520-175-PE, del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de ocho millones trescientos treinta y siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de Heredia, matrícula 90572, que es terreno para construir lote número 182, situada en el cantón 05 San Rafael, distrito 04 Ángeles de la provincia de Heredia. Linda: al norte, con lote 193; al sur, con calle pública; al este, con lote 181, y al oeste, con 183. Mide: tres mil doscientos cincuenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 06-000899-180-CI de José Pérez Villalobos contra Inversiones Dalup S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 22 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 41427.—(74948).
A las ocho horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando plazos de convalidación de medida. Con la base de diez millones de colones, sáquese a remate la finca inscrita al partido de Puntarenas, matrícula al Folio Real número 130910-000, que es terreno para construir. Situado en el distrito tercero Sierpe, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Linda: norte y sur, resto; este, calle pública con 15,97 metros, y a oeste, canal artificial. Mide: cuatrocientos cuarenta y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0752097-2001. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario. Expediente Nº 07-100047-0423-CI-3, establecido por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Blanca Leda Rivas Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, 15 de agosto del 2007.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—Nº 41442.—(74949).
A las ocho horas quince minutos del dieciséis de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de ochenta y nueve mil setecientos ochenta y siete dólares con once centavos de dólar, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número ciento noventa y siete mil seiscientos catorce-cero cero cero. Que es terreno: para construir lote B con una casa. Sitio: distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Corporación Finter S. A.; sur, av. primera con un frente de 13.50 metros; este, Corporación Finter S. A., y al oeste, lote 2 Corporación Finter S. A. Mide: trescientos diez metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-001144-0184-CI de Banco HSBC contra Katherina García Arias.—Juzgado Quinto Civil de San José, Primer Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2007.—Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—Nº 41445.—(74950).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas del tres de octubre próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinticuatro mil cuatrocientos sesenta y nueve punto ochenta y cinco unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil ciento nueve-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito segundo San José, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Antonio Valverde; al sur, Raúl Valverde Espinoza; al este, Francisco Henchoz Leandro, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos seis metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Antonio Valverde Salas, Patricia Méndez Arrieta. Expediente Nº 07-000060-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de agosto del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—(74983).
A las nueve horas quince minutos, del dieciocho de setiembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de quinientos treinta y cuatro mil veinticuatro colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Freedom, estilo: ZS125GY, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2006, carrocería: motocicleta, color: rojo, chasis: LZSJCJL0965163396, combustible: gasolina, placas: MOT 150026. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente N° 07-000934-0181-CI de Sociedad Anónima de Vehículos Automotores, contra Autos del Sol RRM S. A. representada por Rodrigo Ramírez Mejías y contra este en su carácter personal.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de agosto del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(75010).
de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, pero soportando colisión 070017900496 del Juzgado de Tránsito de Cartago, y con la base de un millón novecientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y cuatro colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Isuzu, estilo: Rodeo, categoría: automóvil, capacidad: 6 personas, año: 1994, carrocería: station wagon o familiar, color: negro, chasis: 4S2CG58E8R4316844, combustible: gasolina, placas: 654525. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente N° 07-001275-0181-CI de Inversiones González y Vargas de San José S. A. contra Francisco Sáenz Chávez.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de agosto del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(75024).
A las nueve horas del dieciocho de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base rebajada un veinticinco por ciento de conformidad con el artículo 655 del Código Procesal Civil en su párrafo primero, sea la suma de doscientos cincuenta y siete mil ochocientos diecisiete colones, en el mejor postor remataré: El vehículo: marca de fábrica Hyundai, estilo Excel GLS, serie KMHVF tres uno JPNU cinco cinco seis cuatro tres nueve, año mil novecientos noventa y dos, color gris, cilindrada mil quinientos centímetros cúbicos, capacidad cinco pasajeros, combustible gasolina, marca número motor Hyunday G cuatro DJN tres tres F uno ocho ocho cero, placas cuatro seis dos siete tres seis. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario Nº 2006-002203-220-CI establecido por Instacredit S. A., contra Karol Tatiana Chacón Porras. Notifíquese.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 7 de agosto del 2007.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(75164).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete, en este Juzgado, libre de gravámenes préndanos pero soportando colisión sumaria Nº 01-1180-373-TC-3 a favor de Juzgado M. Cuantía Contravenciones Santo Domingo, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 213148, marca Nissan, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, chasis BE AB uno tres cinco dos nueve ocho cinco seis, uso particular, estilo Sentra Super, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y tres, color verde, número de motor G A uno seis seis dos nueve ocho seis tres B. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 94-001293-0185-CI ejecutivo prendario de Fernando Esquivel Jara contra James Damalas Spyros.—Juzgado Sexto Civil de San José, 20 de julio del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(75176).
A las ocho horas con treinta minutos del viernes veintiocho de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas, sobre la base ciento cincuenta y cuatro mil setecientos colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: veintiocho piezas de la especie corteza amarilla, detallados así: cuatro piezas de 4 x 16 cm. x 5.13 metros de largo con un volumen de 0.13 metros cúbicos. Siete piezas de 3 x 3 15 cm. x 5.10 metros de largo, con un volumen de 0.16 metros cúbicos. Tres piezas de 4 x 15 cm. x 2.56 metros de largo, con un volumen de 0.05 metros cúbicos. Seis piezas de 3 x 33 cm. x 5.10 metros de largo con un volumen de 0.27 metros cúbicos. Tres piezas de 3 x 35 cm. x 5.10 metros de largo con un volumen de 0.16 metros cúbicos. Dos piezas de 3 x 43 cm. De x 5.10 metros de largo con un volumen de 0.13 metros cúbicos. Dos piezas de 3 x 25 cm. x 5.10 metros de largo con un volumen de 0.08 metros cúbicos. Una piezas de 1.5 x 27 cm. x 5.10 metros de largo con un volumen de 0.02 metros cúbicos, para un total de 1.00 metros cúbicos, producto forestal que se encuentra en depósito provisional judicial del imputado Carlos Luis Camareno Díaz, en su propiedad situada en Barrio Canadá, San Vito de Coto Brus, 150 metros al norte de la pulpería Canadá. Por haberse ordenado así en la resolución de las trece horas con cinco minutos del veintiuno de agosto dos mil siete, dentro de la causa penal Nº 07-000482-636-PE (Comisión Penal Nº 53-07-1-E) por infracción a la Ley Forestal, contra Carlos Luis Camareno Díaz, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, 21 de agosto del 2007.—Lic. Miguel Pascua Vargas, Juez.—(75190).
A las nueve horas del viernes veintiocho de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado del Procedimiento Preparatorio de Corredores, Puntarenas, sobre la base ciento noventa y cuatro mil novecientos ochenta y nueve colones con cincuenta céntimos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: cuatro piezas de la especie pilón, con las siguientes medidas: una pieza con 50 cm de grosor por 1.50 metros de largo, con un volumen de 0.39 metros cúbicos. Una pieza de 50 centímetros de grosor por 10 metros de largo, con un volumen de 1.96 metros cúbicos. Una pieza de 11.81 pulgadas de ancho, por 11.81 pulgadas, de grosor por 130.70 pulgadas de largo, con un volumen de 139.47 PMT. Una pieza de 19.68 pulgadas de ancho por 15.74 pulgadas de grosor y 130.70 pulgadas de largo, con un volumen de 309.76 PMT, para un total de 1299.93 pulgadas, producto forestal que se encuentra en depósito provisional judicial del imputado Marvin Morera Medina, en su propiedad situada en La Fortuna de Ciudad Nely, Corredores, 300 metros este del taller Polaco. Por haberse ordenado así en la resolución de las trece horas con quince minutos del veintiuno de agosto dos mil siete, dentro de la causa penal Nº 07-200757-456-PE (Comisión Penal Nº 52-07-2E) por infracción a la Ley Forestal, contra Marvin Mora Medina, en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, 21 de agosto del 2007.—Lic. Eduardo Rojas Sáenz, Juez.—(75191).
A las once horas del veinte de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones, condiciones a la citas 299-14599-01-0811-01 /0812-01 con la base de ocho millones cuatrocientos treinta y un mil cuarenta y cinco colones con noventa céntimos, remataré: la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento cuarenta y un mil quinientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de tacotal y café, situado en distrito nueve Brunka, cantón tres, Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, María, Susana Chavarría Saldaña; sur, Queneth Carvajal Saldaña; este, quebrada Achiote en medio Isabel Carvajal Saldaña, y oeste, calle pública en medio Corporación de Desarrollo Pinero de Costa Rica S. A. Mide: cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y un metros con treinta decímetros cuadrados. Plano P-096016-2004. La finca descrita pertenece a Yanil Katalina Garro Madriz. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 07-100212-188-CI interno 227-07-Y-4 de Coopealianza R. L. contra Luis Gustavo Castro Quesada.—Juzgado de Trabajo de Pérez Zeledón, 1º de agosto del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—(75204).
A las ocho horas y cuarenta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) moto placa MOT-098896, marca Honda, serie 99J19C05645, carrocería sencilla, chasis 99J19C05645, capacidad 2 personas, año 2000, color rojo, con la base de doscientos noventa y siete mil quinientos colones. 2) automóvil placa 187220, marca Honda, carrocería sedan 4 puertas, chasis 1HGCA5532JA133382, capacidad 5 personas, año 1988, color vino con la base de un millón sesenta y dos mil quinientos colones. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Carlos Quesada Salazar y Jorge Saborío Rodríguez. Expediente Nº 94-007355-0227-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2007.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 41457.—(75482).
A las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y servidumbre sirviente y con la base de un millón cien mi colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y tres mil trescientos doce-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Guido Acuña Montenegro y Hugo Gerardo Solano Rojas; al sur, calle pública con un frente de 22.14 metros; al este, Hugo Gerardo Solano Rojas, y al oeste, Quebrada Lajas y Sobeida Acuña Montenegro. Mide: seiscientos cincuenta y cinco metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Sonia Ramírez Trejos contra Geovanny Acuña Montenegro y Marvin Acuña Montenegro. Expediente Nº 03-000727-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de agosto del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 41459.—(75483).
A las ocho horas cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y soportando en los cinco derechos de la finca hipotecada servidumbre trasladada citas 325-09906-01-0901-001, reservas y restricciones citas 325-09906-01-0901-002, reservas y restricciones citas 379-11700-01-0901-001, reservas y restricciones citas 379-11700-01-0902-001, reservas y restricciones citas 379-11700-01-0903-001, reservas y restricciones citas 379-11700-01-0904-001, reservas y restricciones citas 379-11700-01-0905-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas 569-63627-01-0015-001, con la base de quince mil dólares; remataré: los derechos 001-002-003-004-005 del inmueble garante sea el que se encuentra inscrita en el partido de San José matrícula de Folio Real quinientos ochenta y un mil ciento setenta y nueve; la cual es terreno de café. Situado en el distrito siete Patarra, del cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, con quebrada; al sur, con Manuel Cubero Parra y en parte calle pública; al este, con Rafael Cubero Sánchez, y al oeste, con Ernesto Cubero Parra. Mide: veinticuatro mil trescientos sesenta y cinco metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 07-100165-0217-CI de Jorge Aristides Agüero Díaz contra Manuel Camacho Vargas y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 15 de agosto del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—Nº 41482.—(75484).
A las diez horas cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de un millón doscientos mil colones , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 172.861-001-002 la cual es terreno para construir lote 27-C. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 26; al sur, lote 28; al este, lote 16, y al oeste, alameda cinco. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Flor Roxana Garro Camacho y Juan Santiago Cordero Coto. Expediente Nº 07-001316-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 41510.—(75485).
A las diez horas quince minutos del veintisiete de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones trescientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 181.610-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Cartago Occidental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Fernando Romero Gómez y María Quesada Valerín; al sur, Porfirio Hernández Portuguez; al este, calle pública con doce metros setecientos decímetros cuadrados, y al oeste, Edy Quesada Brenes. Mide: doscientos veintiocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Granados Leitón Angélica María. Expediente Nº 06-001901-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 41511.—(75486).
A las nueve horas y quince minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 192565-000 la cual es terreno para construir número doce-A. Situada en el distrito San Rafael, cantón Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 13-A; al sur, lotes 8-9-10-11-A; al este, lote 3-A, y al oeste, calle pública con 8,30 metros. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra William Orozco Sanabria. Expediente Nº 07-001267-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de julio del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 41512.—(75487).
A las nueve horas treinta minutos del once de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de treinta y un millones trescientos doce mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 276.150-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San Jerónimo, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Minor Eduardo Matamoros Sánchez; al sur, Carlos Luis Matamoros González; al este, Fermina González Hidalgo, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos setenta y un metros con siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Maureen Irlene Masís Mora y William Enrique Mora Guevara. Expediente Nº 07-001471-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 41533.—(75488).
A las trece horas treinta minutos del diez de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y tres mil seiscientos setenta y uno secuencia cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Alfaro, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 21 L construcción contigua; al sur, lote 19 L construcción contigua; al este, Cablay de San Ramón Sociedad Anónima construcción tapia de por medio, y al oeste, calle pública con frente de ocho metros. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Dunia Villalobos López y Luis Fernando Alvarado Quirós. Expediente Nº 07-000715-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de agosto del 2007.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—Nº 41601.—(75489).
A las ocho horas y treinta minutos del primero de octubre del dos mil siete. En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones doscientos veinticuatro mil colones, al mejor postor se rematará: finca del partido de San José, matrícula número quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y nueve-cero cero cero, que es terreno de jardín, casa y solar, sito en distrito tres Tabarcia, cantón siete Mora de la provincia de San José. Mide: ochocientos trece metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle pública; al sur, Fernando Bustamante; al este, servidumbre en medio, Julio Bustamante Bustamante, y al oeste, calle pública y Luis Bustamante Bustamante. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 07-100107-0197-CI de Gerardo Acuña Quesada contra Julio Bustamante Bustamante.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 1º de agosto del 2007.—Lic. Ana I. Fallas Aguilar, Jueza.—Nº 41619.—(75490).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del nueve de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y servidumbres trasladadas inscrita al tomo doscientos cincuenta y cinco, asiento cero mil novecientos veintisiete y con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y un mil setecientos noventa y siete cero cero cero, la cual es terreno de jardín y casa. Situada en el distrito Catedral, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Yanina Ruiz Fernández; al sur, María Felicia Peña Ducca; al este, Patricia Peña Ducca, y al oeste, calle pública con un frente de seis metros con un centímetro en medio zona verde de doce metros con noventa y tres centímetros de ancho. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de José Fernando Céspedes Granados contra Adriana Lucía Peña Ducca. Expediente Nº 07-000138-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 41643.—(75491).
A las nueve horas del dieciséis de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y dos mil novecientos veintiocho-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno para la agricultura, lote 37. Situada en el distrito dos, Aguas Claras, cantón trece, Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con lote 38; al sur, con lote 36; al este, con calle pública, y al oeste, con Félix Angulo. Mide: cuarenta y cinco mil ciento cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Enrique Núñez Rojas contra Jorge León Alvarado, Odilie Quesada Blanco. Expediente Nº 07-000462-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 15 de agosto del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 41673.—(75492).
A las ocho horas treinta minutos del lunes quince de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base diez millones de colones, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, matrícula de Folio Real número cero diez mil quinientos noventa y dos-cero cero cero, que se describe así: naturaleza terreno de potrero con una casa. Mide: doscientos cincuenta mil metros cuadrados, ubicada en el distrito primero La Cruz, cantón diez La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, con Baldíos; al sur, con Francisco Aragón y Juan Morales; al este, con Aurelio Hernández, y al oeste, con Segundo Cabrera. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-001034-183-CI-5, de Abonos Agro Sociedad Anónima contra Parrales y Jiménez Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-234921, representada por Leonel Parrales Canales, cédula 6-090-446 y contra él en su doble carácter.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de agosto del 2007.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—Nº 41700.—(75493).
A las diez horas quince minutos del tres de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones novecientos doce mil seiscientos ochenta y cuatro con 24/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil ochocientos ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno lote sin cultivo con una casa de habitación. Situada en el distrito Barva, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Basilio Carvajal; al sur, calle pública con frente de siete metros; al este, Basilio Carvajal, y al oeste, Alcides Bolaños. Mide: ciento sesenta y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro González Martínez. Expediente Nº 07-001233-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de junio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 41732.—(75494).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y de anotaciones judiciales, y con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 566319, marca Honda, categoría automóvil, sedán cuatro puertas, con capacidad para cinco personas, tracción sencilla, color negro, año 1997. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Casa El Maná Sociedad Anónima contra Alejandro Jiménez Castro, María Eugenia Jiménez Aguilar. Expediente Nº 07-000662-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de agosto del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(75678).
A las diez horas treinta minutos, del lunes diecisiete de setiembre de dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de siete mil ochocientos setenta y tres dólares con doce centavos, en el mejor postor, remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 568875, con las siguientes características: automóvil marca Fiat, estilo SIENAHLX, año 2005, color azul, para cinco personas, motor, número 1V0061460. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 06-000677-183-CI-5 de Banca Promérica Sociedad Anónima contra Mauricio Castro Ulloa.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(75726).
A las nueve horas, del diecinueve de setiembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada e hipoteca de primer y segundo grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica y con la base de seis mil ochocientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F026544-010-011, la cual es terreno filiar con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial número 18-A; al sur, finca filial número 20-A; al este, área común destinada a acera; y al oeste, Francisco Monge Mena. Mide: doscientos cuarenta y siete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Juan Carlos Mora Bonilla contra Deikel Fabiola Ureña Umaña, Elías Eduardo González Ramírez. Expediente Nº 07-001054-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de julio del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 41905.—(75988).
A las nueve horas treinta minutos, del dieciocho de setiembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando plazo de convalidación vencido al tomo 457, asiento 03594 y con la base de nueve millones trescientos setenta mil novecientos cuarenta y un colones con cuarenta y cinco céntimos, remataré el derecho cero cero uno, de la finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, matrícula ciento setenta mil doscientos cuarenta y cinco, que corresponde a la nuda propiedad, perteneciente al demandado; que es terreno de naturaleza de potrero; sita en el distrito primero Turrialba, del cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Linderos: al norte, con Favio Vargas Barquero; al sur, con Lourdes Fuentes; al este, con Emiliano Sánchez Solís; y al oeste, con carretera a Turrialba, con 48 metros y treinta y nueve centímetros lineales. Mide: cinco mil doscientos veintinueve metros con treinta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado C-0427339-1997. La finca pertenece al demandado Sánchez Araya. Lo anterior por haberse así ordenado en proceso Ejecutivo hipotecario del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Manuel Sánchez Araya y otros. Exp. Nº 1987-100293-341-CI-R.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 23 de julio del 2007.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—(76044).
Se convoca a los socios o miembros de Caramelos Nuevos Distribución Especial, a una junta que se verificará en este Despacho a las ocho horas exactas del veinticuatro de octubre del año dos mil siete, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: ejecutivo simple de Caja Costarricense de Seguro Social contra Caramelos Nuevos Distribución Especial Factor y Sociedad Anónima. Expediente Nº 06-17732-170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de agosto del 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—1 vez.—Nº 41472.—(75510).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Edwin Gómez Ramírez, quien fuera mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número tres uno cuatro tres uno tres dos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 01-001029-0180-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 23 de julio del 2007.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 41741.—(76018).
Se convoca a todos los herederos y demás interesados en la sucesión de Evelina Madrigal Salazar, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las catorce horas del veintiséis de setiembre del dos mil siete. Dicha junta es para conocer sobre los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número 05-000589-0184-CI-5.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de junio del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—Nº 41784.—(76019).
Se convoca a los socios de la compañía Monte Castillo Sociedad Anónima a asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en la sede de este Juzgado en fecha ocho horas treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil siete. Los puntos a conocer en la asamblea serán los siguientes: a) Nombramiento de presidente de la sociedad, b) Se autorice al presidente para que haga el inventario de activos y pasivos de la sociedad, c) Reforma de la cláusula del domicilio social, d) Emisión de nuevas acciones comunes y nominativas, e) Autorizar al presidente para que contrate un auditoraje sobre los activos y pasivos de la empresa, a partir del día del fallecimiento del presidente, el 17 de marzo del 2006 y hasta la fecha de la convocatoria que hará el Juzgado, y sobre la administración de los activos durante ese periodo y f) Se asiente en el Libro de Registro de Accionistas la propiedad nominativa de acciones de cada uno de los socios. En caso de que no exista quórum para la primera convocatoria, se cita a una segunda convocatoria treinta minutos después de la primera. (Artículo 171 del Código de Comercio). Lo anterior dentro de las diligencias de convocatoria de asamblea de la Compañía Monte Castillo S. A., establecidas por Sofía y Fabiola ambas Castillo Ruiz. Expediente 06-001337-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de agosto del 2007.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 41850.—(76020).
Rosibel Agüero Aguilar, cédula número uno-novecientos ochenta y ocho-setecientos noventa y uno (1-988-791), quien es mayor, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de Colinas de La Rita, cantón segundo de la provincia de Limón, promueve diligencia de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno cien por ciento potrero, ubicado en: Colinas, distrito tercero La Rita, cantón segundo Pococí, provincia de Limón, ciento cincuenta metros al sur de la Pulpería Las Colinas. Mide: trescientos cuatro metros cuadrados. Linda: al norte, Rodrigo Agüero Valverde; al sur, Tomas Agüero Aguilar; al este, calle pública con un frente de dieciséis metros lineales, y al oeste, Rodrigo Agüero Valverde. Graficado en el plano catastrado número: L-1074018-2006. Inmueble que fue estimado en la suma de quinientos mil colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 07-160024-0507-AG, número interno 39-3-07.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 18 de junio del 2007.—Lic. Sergio Ramos A., Juez.—1 vez.—Nº 41391.—(74956).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000610-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Reforestación del Pacífico Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-108640, domiciliada en Liberia, 75 metros este del Instituto Nacional de Seguros; representada por la señora Aida Héctor Marín, en su condición de vicepresidenta, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero, Veintisiete de Abril, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de cuarenta y cinco metros; al sur, calle pública con un frente de setenta y dos metros con cero siete centímetros; al este, calle pública con un frente de trescientos sesenta y siete metros con setenta y un centímetros, y al oeste, María Angulo Álvarez, Soleida Gutiérrez Angulo y Saúl Gutiérrez Angulo. Mide: diecinueve mil seiscientos doce metros con veinticinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de, un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que le realizara a la señora Aida María Montiel Héctor, quien es mayor de edad, divorciada, abogada, portadora de la cédula de identidad número 1-324-190, el día dieciocho de de junio del año dos mil cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hechura de rondas y casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Reforestación del Pacífico Sociedad Anónima. Expediente Nº 06-000610-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 25 de julio del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 41409.—(74957).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000143-0391-AG-3, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Graciela Leal Jaén, quien es mayor, divorciada una vez, profesora, vecina de Santa Rosa de Santa Cruz, Guanacaste, frente al salón comunal, cédula de identidad número cinco-doscientos siete-cuatrocientos once, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pastos. Situada en Villarreal, distrito noveno, Tamarindo, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carmela Rodríguez Suazo; al sur, Gosvinda Cisneros Gutiérrez; al este, Filiberta Jaén Rosales, y al oeste, Socorro Leal Duarte. Mide: cuatro mil ochocientos metros con cincuenta decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-1066707-06 de fecha veintiséis de abril del dos mil seis. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra a señor Juan Efraín Hernández Galagarza, mediante escritura pública número cuarenta y ocho-dos el día nueve de mayo del presente año ante la notaría de la licenciada Sandra Pizarro Gutiérrez y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar chapias, limpieza en forma general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Graciela Leal Jaén. Expediente Nº 07-000143-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 31 de julio 2007.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 41517.—(75495).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000023-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Arnoldo Mora Araya, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula cinco-cero doscientos diecisiete-novecientos noventa y ocho, vecino del Carmen de Nandayure, Guanacaste, de la plaza de deportes, cien metros al norte y la sucesión de quien en vida fue Rafael Antonio Valverde Salazar, mayor, cédula seis-cero sesenta y ocho-ciento dos, vecino de Carmen de Nandayure, Guanacaste, de la escuela setenta y cinco metros al norte, representado por su albacea señor Edwin Valverde Jiménez, mayor casado una vez, Ejecutivo, con cédula número uno-setecientos cincuenta y siete-ciento veintiuno, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, dos derechos de posesión en un tanto de un medio cada uno que ostentan sobre dos bienes inmuebles ubicados en Zapotal de Nandayure, Guanacaste que se describen así: Primero: terreno de repasto y bosque, situado en distrito tercero Zapotal, cantón noveno Nandayure, provincia de Guanacaste, con un área de ciento siete mil cuatrocientos cincuenta y seis metros con treinta y nueve decímetros cuadrados y con los siguientes linderos: norte y oeste, calle pública; sur, antes Carlos Mora Araya y ahora los suscritos promoventes Arnoldo Mora Araya y la sucesión de Rafael Antonio Valverde Salazar; este, Rafael Ángel Soto Cordero, con plano catastrado G-un millón setenta y un mil ciento sesenta y cinco-dos mil seis. Segundo: terreno de repasto, situado en distrito tercero Zapotal, cantón noveno Nandayure, provincia de Guanacaste, con un área de noventa y dos mil cuatrocientos ocho metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados y con los siguientes linderos: norte y este, Río Ora; sur, calle pública con un frente a ella de 776.79 metros, y oeste, servidumbre de paso en medio con Manuel Rodríguez Barrantes con plano catastrado número G-un millón setenta y un mil ciento sesenta y siete-dos mil seis. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble Demetrio Mendoza Hernández, Joselino Mendoza Hernández y Calixto Mendoza Hernández, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias, cercado y en general asistencia de las propiedades. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de-la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Arnoldo Mora Araya. Expediente Nº 07-000023-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 14 de febrero del 2007.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 41559.—(75496).
Rosa Luz Lizano Solís, mayor, casada una vez, ejecutiva del hogar, cédula de identidad número dos-tres seis siete-cinco uno cinco, vecina de Golfito, km 14,150 metros al sur del Salón el Rodeo, establece actividad judicial no contenciosa de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir, limita al norte, según plano Santana Villalobos Blanco hoy en día Fernando Ramón Madrigal; noroeste y sur, según plano Agueda Espinoza Espinoza, hoy en día Gerardo González Espinoza; este, calle pública (con una medida lineal de diecinueve punto cuarenta y ocho centímetros); situado en distrito primero Golfito, cantón sétimo de la provincia de Puntarenas, que mide quinientos ochenta y ocho metros con ochenta y un decímetros cuadrados; según plano P-dos cero cuatro nueve cuatro seis-nueve cuatro, ha sido poseedora del terreno por medio de la compra del mismo, efectuada con el señor Alfonso Sánchez Bagnarello en noviembre del dos mil cinco, que ha ejercido durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, y a título de dueño, estima la finca en la suma de dos millones de colones. Con un plazo de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto. Se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente Nº 07-100072-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito, Puntarenas, 17 de agosto del 2007.—1 vez.—Nº 41560.—(75497).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 03-100564-0389-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Junta de Educación Escuela de Agua Caliente de Cañas, representada por su presidente Héctor Chaves López, quien es mayor, casado, vecino de Agua Caliente de Palmira de Cañas, Guanacaste, portador de la cédula numero cinco-doscientos noventa y uno-cuatrocientos ochenta y uno, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno destinado por su tamaño para construcción de obras civiles urbanas, en este caso destinado a escuela y no es de uso rural o agrario. Situada en el distrito segundo, cantón sexto Cañas de la provincia de Guanacaste. Con una medida de mil seiscientos catorce metros con treinta y un decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-cuatrocientos setenta mil doscientos nueve mil novecientos y ocho. Dicho terreno tiene los siguientes linderos: Colinda: al norte, calle pública; al sur, German Ruiz Campos; al este, calle pública, y al oeste, quebrada de Agua Caliente. Sobre el Inmueble no existen cargas reales, ni gravámenes hipotecarios o embargos; el titulante es el único dueño, no existen condueños. El titulante lo adquirió por medio de compra que le hiciera al señor German Ruiz Campos, cédula 5-079-487, mayor, casado, agricultor, vecino de Agua Caliente de Cañas, distrito de Palmira, de la escuela de Agua Caliente veinticinco metros al sur. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido a en construcción de una aula escuela, galerón y cocina, así como mantenimiento de zonas de verdes, mantenimiento de chapia, deslinde, y demás actos normales de la posesión. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Junta de Educación Escuela de Agua Caliente de Cañas. Expediente Nº 03-100564-0389-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—Nº 41607.—(75498).
Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios o acreedores, en la sucesión de Bertilia Rosilia, conocida como Rosilia Rojas Hernández, quien fue mayor, casada, del hogar, vecina de San José, cédula de identidad número 2-218-424, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión intestada en sede notarial expediente 08-2007. Notaría de Bufete Lic. Guido Alberto Soto Quesada, calle 32, avenidas 0 y 2, número 55-S. San José.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(73980).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Cornelio Vargas Contreras, quien fue casado una vez, vecino de Metrópolis II Pavas, cédula de identidad número 2-176-592. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 07-001226-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de julio del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(74626).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, ubicada en Santa Ana, del súper Castrito cincuenta metros al oeste y ciento setenta y cinco al norte, bajo el expediente dos mil seis-cero cuatro se tramita sucesorio en sede notarial de quien en vida fue María Cecilia Ocampo González, mayor, cédula uno-quinientos treinta y ocho-cero cero nueve, por lo que se emplaza por el plazo de treinta días a partir de su publicación a herederos, acreedores y cualquier interesado a comparecer ante la notaria indicada, transcurrido el plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Santa Ana, 22 de agosto del 2007.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 41135.—(74958).
En esta notaría se tramita la sucesión testamentaria extrajudicial de quien en vida fuera Vera Violeta Monte Montero, mayor, soltera, comerciante, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos trece-cero noventa, vecina de San José, Colima de Tibás, frente a la plaza de deportes, contiguo a la Durpanel, por parte de la señora Iris Duarte Gómez, mayor, soltera, comerciante, con cédula número uno-cuatrocientos sesenta y cuatro-ciento treinta y siete, vecina de la misma dirección. Cualquier persona que se considere afectada o con derechos en este asunto deberá apersonarse ante esta notaría, ubicada en Sabana Norte, del restaurante El Chicote cien metros al norte, veinticinco al oeste y setenta y cinco al norte, mano derecha, oficina ciento cuatro, teléfonos 231-59-90, fax: 232-10-06, o al correo electrónico: odisearturo2001@hotmail.com, dentro de los treinta días siguientes a la publicación del edicto a hacer valer sus derechos.—San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 41155.—(74959).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Miguel Ramírez Vargas, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Las Américas de Turrialba, cédula 3-062-130, para que dentro de treinta días siguientes contados a partir de la publicación, comparezcan a reclamar sus derechos apercibiéndose a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2007-100277-341-CI-299-B.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 3 de agosto del 2007.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 41162.—(74960).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Odilie Chávez Badilla cédula 1-278-698, quien fuera mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Cristo Rey de San Pedro de Pérez Zeledón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 07-160058-188-AG-(93-07-JC). Sucesorio de Jorge María Odilie Chávez Badilla.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 13 de agosto del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 41169.—(74961).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de Emiliano Pérez Trejos, mayor de edad, casado en primeras nupcias, constructor, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento sesenta-cero sesenta y seis, vecino de Loma Verde, Pérez Zeledón, San José, cincuenta metros oeste del abastecedor Loma Verde, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los interesados que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 01-2007. Notaría del Borbón y Zúñiga Abogados.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 41170.—(74962).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Fernando Bertilio Alfaro Araya, cédula 9-010-181, quien fue mayor de edad, pensionado, casado por segunda vez, vecino de Urbanización Corobicí de Ciudad Quesada. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100407-0297-CI (3A), causante: Fernando Bertilio Alfaro Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de julio del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 41188.—(74963).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Etelvida Monge Mena, quien fue mayor de edad, casada una vez, de oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número 1-0389-0204, vecina de Guadalupe de Tarrazú, 200 metros al oeste de la plaza de fútbol, para que comparezcan dentro del plazo de treinta días hábiles a este Despacho a hacer valer sus derechos, y se apercibe a quienes crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro del plazo dicho la misma pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100071-0243-CI. (Consecutivo Nº 72-07).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 6 de agosto del 2007.—Lic. Flory Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—Nº 41230.—(74964).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Etelgive Alfaro Mora, quien fue mayor, cédula uno-ciento treinta y dos ciento sesenta y nueve, vecina de Chirraca de Acosta, 500 metros del Comunal, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en av. 8, c. 1 y 3, San José, a reclamar sus derechos, en omisión, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2-07.—Lic. Sonia Romero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 41246.—(74965).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil siete, se ha abierto el proceso sucesorio en sede notarial conforme lo establecido en el artículo novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y ciento veintinueve del Código Notarial, proceso a nombre de quien en vida fue la señora Flory Salazar Fatjó: mayor, casada una vez, de oficios domésticos, quien era portadora de la cédula de identidad número: uno-doscientos seis-quinientos setenta y ocho, vecina de San Pedro de Montes de Oca ciento veinticinco metros al sur del Colegio Calasanz. Se cita y emplaza a posibles herederos a presentarse en esta notaría, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto, para hacer valer sus derechos. Lic. Andrés Mora Carli, notario público. Bufete Mora Carli & Sancho Hernández. Teléfonos 291-7155, 296-9989.—San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—Nº 41270.—(74966).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan José Ramírez Ramírez, cédula 6-048-319, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Tigra de San Carlos, 400 metros al este de la escuela. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100525-0297-CI (5), causante: Juan José Ramírez Ramírez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 31 de julio del 2007.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—Nº 41335.—(74967).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Sánchez Gutiérrez, quien fue mayor, de estado civil soltero, vecino de Río Oro de Santa Ana, con cédula de identidad número 2-128-044. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Número 07-000224-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—Nº 41357.—(74968).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ivette de los Ángeles Cubero Calvo, soltera en unión libre, artesana, cédula dos-quinientos ochenta y dos-setecientos dieciocho, vecina de Sarchí Sur, Valverde Vega, a las diez horas del trece de agosto de dos mil siete, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Fabián Cubero Salazar, casado una vez, agricultor, cédula dos-ciento setenta y dos-ciento cuarenta y seis, vecino de San Juan, Valverde Vega. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Maykool Castro Umaña, Sarchí Norte, Valverde Vega, contiguo a Vidrios Viesma calle cementerio, teléfono 454-38-36. El original fue retirado por Ivette de los Ángeles Cubero Calvo, a las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil siete.—Lic. Maykool Castro Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 41397.—(74970).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Yamileth Segura Vargas, quien fue, mayor, casada una vez, ocupaciones del hogar, con cédula de identidad en su orden cuatro-ciento treinta y siete-cero setenta y seis, vecina del Birrí de Santa Bárbara de Heredia, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasara a quien corresponda. Sucesión Nº 07-160035-507A.G.(293-2-07) de Yamileth Segura Vargas gestiona Héctor Segura Aguilar.—Juzgado Agrario de Limón, 20 de junio del 2007.—Lic. Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Nº 41411.—(74971).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Nicolaevna Gushan Marina, quien fuera mayor, casada una vez, nacida en Ukrania pero nacionalizada costarricense, profesora universitaria, cédula de identidad 8-082-016, quien fue vecina de Rincón de Zaragoza, Palmares, Calle Vásquez, ciento cincuenta metros al oeste de la plaza. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000194-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de agosto del 2007.—Lic. Karol Vanessa Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 41419.—(74972).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Jorge Alberto Montenegro Gómez, quien fue mayor, casado una vez, Policía, vecino de Toro Amarillo de Guápiles, cédula tres-doscientos treinta y nueve-cuatrocientos doce (3-239-412), para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta Sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 07-000002-0930-CI. Causante: Jorge Alberto Montenegro Gómez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 9 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 41433.—(74973).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Fidel Esteban cc Vidal Gómez Víquez, quien fuera mayor, casado, agricultor, vecino de Tierra Blanca, cédula de identidad 03-0164-0119. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000471-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de junio del 2007.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 41437.—(74974).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Cristina Delgado Rojas, quien fuera mayor, casada una vez, costarricense, ama de casa, vecina de Moravia, cédula de identidad número 1-206-367. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000826-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de agosto del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—(75040).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Nicasio Hidalgo Blanco, quien fuera mayor, cédula Nº 4-097-901, casado en primeras nupcias, transportista, vecino de Urbanización San Bartalomé en Barva de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-002218-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(75082).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Avendaño Bejarano, quien fue mayor, casada una vez, agricultor, cédula de identidad número tres-ciento setenta y cuatro-novecientos cincuenta y cinco, vecino de Juan Viñas, Barrio San Martín, Jiménez, Cartago, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del término dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2007-100275-341-CI-297-R.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 16 de agosto del 2007.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—(75222).
Se emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue Myriam Araya Naranjo, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula dos-doscientos cuatro-seiscientos setenta, vecina de Pejibaye de Pérez Zeledón, Barrio Nuevo, cuatrocientos metros al oeste de la escuela del lugar, para que dentro de los treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos, y se apercibe a además a las personas que crean tener la calidad de herederos o interesados, que si no se presentan a esta oficina dentro del plazo citado en aras de hacer valer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2007. Notario Jorge Zúñiga Calderón, Colegiado Nº 8770, con oficina abierta en San Isidro, Pérez Zeledón, edificio Abarca Vargas, oficina Nº 2.—San Isidro, Pérez Zeledón, 18 de julio del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 41530.—(75499).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Joel Otoya Alfaro, quien fue mayor de edad, casado, agricultor, vecino de San Miguel de Sarapiquí, cédula número dos-cero noventa y uno-nueve mil setecientos veintiséis, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quién corresponde. Expediente Nº 07-100357-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 13 de agosto del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 41538.—(75500).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Moya Madrigal, quien fuera mayor, casado, agricultor, cédula 03-0082-0852. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 07-001102-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de agosto del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 41541.—(75501).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión extrajudicial de quien en vida fueron Laureano Fuentes Tames, mayor de edad, viudo de su primer matrimonio, agricultor, cédula tres-cero ochenta y uno-cero noventa y tres, María Villalta Serrano, mayor de edad, casada una vez, del hogar, cédula tres-ciento doce-quinientos treinta y tres, y José Miguel Fuentes Villalta, mayor de edad, soltero, agricultor, cédula uno-quinientos doce-ochocientos treinta y cuatro, todos vecinos de Tejar de El Guarco, Cartago, ciento veinticinco metros al sur del Cementerio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante este Despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría del Lic. Alfredo Vargas Elizondo, situada en San José, 25 metros al norte de los Tribunales de Justicia. Expediente Nº 003-SE-2007.—San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 41550.—(75502).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Clemencia Angulo Montes, quien fuera mayor, casada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad uno-trescientos ochenta y uno-setecientos setenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100004-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 3 de agosto del 2007.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 41626.—(75503).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marta Bolaños Álvarez, quien fue mayor de edad, soltera, ama de casa, vecina de Grecia, cédula dos-doscientos seis-setecientos ocho, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quién corresponde. Expediente Nº 07-100363-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 13 de agosto del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 41645.—(75504).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Ramón Araya Rodríguez, mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de Puntarenas, cédula cinco-cero noventa y seis-trescientos veintiuno para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio 07-100514-642-CI. Javier Antonio Araya Medina.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Nº 41648.—(75505).
Licenciada Sandra Lucrecia Araya Vega, notaria pública autorizada con oficina en Cartago, costado norte de los Tribunales de Justicia, hace saber que en esta notaría y bajo el expediente 13-2007, se tramita sucesión testamentaria, de quien en vida se llamó Octavio Campos Hernández, con cédula de identidad número tres-cero setenta y dos-ochocientos sesenta y nueve, casado una vez, agricultor, vecino de Guadalupe de Cartago, doscientos metros al norte de la iglesia católica. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Se advierte a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, ésta pasará a quien corresponda.—Cartago, 29 de agosto del 2007.—Lic. Sandra Lucrecia Araya Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 41679.—(75506).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Rafael Camacho Garro, quien fuera mayor, soltero, agricultor, vecino de Guatuso del Guarco, portador de la cédula de identidad 3-076-050, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2007-01.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 41681.—(75507).
El suscrito notario hace saber que ante su notaría se apersonó la señora Hilda María Córdoba Ledezma, cédula uno-doscientos uno-ochocientos cuarenta y cinco y solicitó la apertura y tramitación de proceso sucesorio legítimo, en sede notarial de quien en vida fue Félix Eduardo Moreno Vargas, mayor, casado una vez, vecino de Barrio Freses de Curridabat, licenciado en Ciencias Económicas, cédula uno-doscientos nueve-novecientos veinte, que falleció en esta ciudad el día diez de junio del dos mil siete. A los efectos del artículo 945 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante esta notaría en San José, sita 100 metros sur, 300 este y 25 sur de Casa Matute, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2007.—San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Alfonso Herrera Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 41683.—(75508).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de José Manuel Chaves Villalobos c.c Clodoveo Chaves Villalobos, quien fue, mayor, casado una vez, pensionado, portó la cédula número 2-123-238, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 07-000078-0930-CI. Causante: José Manuel Chaves Villalobos c.c Clodoveo Chaves Villalobos.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 15 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 41716.—(75509).
En este despacho, se tramita el expediente 04-000465-0169-CI, que es consignación de pago promovida por Comercializadora de Seguros Credomatic Sociedad Anónima a favor de quien en vida se llamó Magdalena del Vecchio Gómez, quien fue mayor, con cédula de identidad Nº 1-0449-0600, por concepto de póliza de seguro de vida. Se cita a herederos, legatarios e interesados, en la presente consignación, con el fin de que se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de diciembre del 2004.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—Nº 41660.—(75515).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A todos los interesados se hace saber que en este Despacho se están tramitando las diligencias de reposición de título, número 07-100365-0297-CI promovido por Delimar S Y R S. A., cédula jurídica número 3-101-073246 representada por Ronald Francisco Solís Corrales y Ganadera El Madroño S. A., cédula jurídica número 3-101-040220 representada por Orlando Gómez Hidalgo, sobre lo siguiente: reposición de cédulas hipotecarias de primer, segundo, tercero y cuarto grado por la suma de tres millones de colones, dos millones de colones, un millón de colones y un millón de colones respectivamente, que devengarán intereses del cuarenta y ocho por ciento anual que serán cancelada en el domicilio de la acreedora, en el siguiente orden: la cédula hipotecaria de primer grado que responden por la suma de tres millones de colones en fecha dieciocho de marzo del dos mil dos, cédula hipotecaria en segundo grado por la suma de dos millones de colones en fecha tres de junio del dos mil, cédula hipotecaria de tercer grado por la suma de un millón de colones en fecha cuatro de setiembre del dos mil y la cédula de hipotecaria de cuarto grado en fecha cuatro de setiembre del dos mil uno, que para responder por los créditos expresados, hipoteca la finca del partido de Alajuela Folio Real matrícula número doscientos treinta mil cuatrocientos setenta y ocho-cero cero cero, quedando inscrita en el Registro Público al tomo quinientos tres, asiento diecisiete mil ochenta y seis, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, y consecutivos cero tres, cero cuatro, cero cinco, secuencia cero cero cero uno, subsecuencia cero cero uno. De conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, se confiere plazo de un mes a los interesados desde la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta y un diario de circulación nacional para que se hagan sus observaciones u oposiciones, transcurrido el cual, se dispondrá sus duplicados a cargo del solicitante. Publíquese por tres veces. Reposición de título valor promovido por Delimar S Y R S. A., y otro. Expediente Nº 07-100365-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 3 de agosto del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 40686.—(74101).
UNA PUBLICACIÓN
El suscrito Notario aclara y adiciona la publicación hecha en el Boletín Judicial Nº 161 del 23 de agosto del 2007, en página 31, Nº 69632, en el sentido que su despacho notarial Bufete Estudio Jurídico- Notarial Van Browne y Asociados, por haberse trasladado se ubica ahora en el edificio Cristal, cuarto piso Nº 405, sita en esta ciudad de San José, en avenida primera, calles primera y tercera.—San José, 23 de agosto del 2007.—Lic. Enrique Alberto Van Browne Olivier, Notario.—1 vez.—Nº 40603.—(73783).
Ana Lilliam Bolaños Quirós, notificadora del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, al señor Alfonso Salazar Ayales, mayor, casado, costarricense, con cédula número 5-0161-0875, de domicilio desconocido, se le hace saber que en el proceso abreviado de divorcio Nº 07-400276-0932-FA-5 establecido por Rosa Icela De La O Angulo, mayor, casada, ama de casa, vecina de Siquirres, Altos de Tiendas Pirámide, contra Alfonso Salazar Ayales, representado por su curador procesal, el licenciado Roberto Montealegre Quijano, se encuentra la resolución que dice: abreviado de divorcio. Expediente Nº 07-400276-0932-FA 5, actora: Rosa Icela De La O Angulo contra Alfonso Salazar Ayales. Juzgado de Familia del II Circuito Judicial Zona Atlántica, Guápiles, a las catorce horas veinte minutos del siete de agosto del dos mil siete. Habiéndose apersonado el licenciado Roberto Montealegre Quijano se ordena continuar con el trámite correspondiente de la presente demanda, no obstante se le hace ver, a éste que se debe cumplir con los pasos establecidos por el debido proceso, por lo que se confiere traslado del anterior proceso abreviado de divorcio por el plazo de diez días al demandado Alfonso Salazar Ayales representado por su curador procesal, licenciado Roberto Montealegre Quijano, para que conteste uno por uno los hechos contenidos en la demanda, expresando en forma categórica si reconoce los hechos como ciertos o si lo rechaza por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones y en caso de que no se conforme con lo que se pide en la demanda, expondrá con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye, ofreciendo además las pruebas respectivas, en cuanto a la testimonial deberá indicar los nombres, apellidos, calidades y vecindario de los testigos y los hechos sobre los cuales deben declarar, y se le previene el señalamiento de medio y lugar donde atender futuras notificaciones, en cuanto al lugar, deberá ser dentro del perímetro judicial de este despacho, apercibido de que, mientras no lo haga, o si el lugar señalado ya no existiere, o fuere incierto o impreciso, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución personalmente al demandado Alfonso Salazar Ayales por medio de su curador, licenciado Roberto Montealegre Quijano, o por medio de cédula en su casa de habitación. La notificación al licenciado Roberto Montealegre Quijano, se hará por medio de la señora notificadora de este Despacho. Igualmente y por ser de domicilio desconocido el demandado, Alfonso Salazar Ayales, se le ordena notificar esta resolución por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Previo a notificar a curador procesal del demandado debe la parte actora aportar un juego de copias del presente proceso. Notifíquese.—Lic. Guiselle Viales Flores, Jueza.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 7 de agosto del 2007.—Ana Lilliam Bolaños Quirós, Notificadora.—1 vez.—Nº 41208.—(74978).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 07-001113-0364-FA, los señores Giovanna Patricia Salas Vargas y George Ignacio Janini, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Tatiana Dolmuz Vargas. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 18 de junio del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 41277.—(74979).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Franquelvin Ramírez Arguetas mayor, soltero, estudiante, vecino de Barrio Panamá de Santa Cruz, Guanacaste, sito de la Radio Chorotega trescientos metros al este y cien metros al sur, cédula de identidad número 0503360879; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Franquelvin Ramírez Arguetas, por el de Juan Carlos Ramírez Argueta mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 07-000364-0388-CI.(F).—Juzgado Civil de Santa Cruz, 27 de julio del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 41399.—(74980).
Se avisa que en este Despacho en el expediente Nº 07-000738-0364-FA el (los) señor(es) Flor Fermina Villalobos Céspedes, Pedro Hurtado Bermúdez, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Yendry Estefany Campos Chavarría. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 7 de mayo del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(75048).
A quien interese se hace saber que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Sonia Chacón Gonzalo. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare la nulidad absoluta de los siguientes actos administrativos, por ser contrarios a derecho y lesivos a los intereses públicos y económicos del Estado: 1.-) De la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, la resolución Nº 10628, adoptada en sesión ordinaria Nº 109-2005, de las doce horas del cinco de octubre del dos mil cinco, que declaró el Beneficio de Jubilación Ordinaria. 2.-) Del Tribunal de Trabajo, Sección Segunda, como jerarca impropio de la Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la resolución Nº 1071, de las once horas cuarenta minutos del once de mayo del dos mil seis, que revoca la resolución de la Dirección Nacional de Pensiones DNP-MT-M-9660-2005 de las catorce horas con treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil cinco, y confirma la mencionada resolución Nº 10628 de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, así como el pago de ambas costas del proceso tanto personales como procesales, además de reintegrar al Estado los montos indebidamente girados por concepto de pensión, más los intereses que dichas sumas generen, desde el momento en que se de traslado a la presente demanda, sus frutos por intereses corrientes y moratorios, y todas las partidas actualizadas según el índice de precios del consumidor. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Exp. Nº 07-001077-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de agosto del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 37271-Procuraduría).—C-14540.—(75159).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Rodrigo Vargas Ulate contra El Estado y la Caja Costarricense de Seguro Social. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad o anulación del acto impugnado y que se condene a los codemandados al pago de daños y perjuicios causados, ya sea por conducta lícita o ilícita, incluido el daño moral y al restablecimiento de la situación jurídica lesionada. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Exp. Nº 06-000162-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 22 de marzo del 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—Nº 41458.—(75511).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Giselle Farguharson Bennett contra El Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: sin lugar el acto administrativo en donde se cesó a la actora en el puesto de maestra de inglés en la Dirección Regional de Enseñanza de Desamparados que ocupaba en el Ministerio de Educación por ser nulo absolutamente y declarando sin lugar todo lo actuado en el procedimiento administrativo y ordenando la reinstalación inmediata. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no cenaran derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12. 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-001389-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 12 de enero del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Juez.—1 vez.—Nº 41509.—(75512).
Dr. Carlos Bolaños Céspedes Juez del Juzgado Agrario de San José, hace saber a Corporación Cafetalera La Meseta S. A., que en este Despacho se interpusieron los procesos ejecutivos simples bajo los siguientes números de expedientes: 06-000049-0689-AG incoado por Daniel Carmona Pérez; 05-000031-0815-AG incoado por Paula Campos Gutiérrez; 05-000057-0815-AG incoado por María Elena Acuña Calderón; 05-000086-0815-AG incoado por Lucila Hidalgo Valverde; 05-000088-0815-AG incoado por Víctor Guerrero Monge; 05-000066-0815-AG incoado por Ulises Castillo Quesada; 05-000071-0815-AG incoado por Juan Castillo Quesada; 05-000085-0815-AG incoado por María Ester Ureña Valverde; 05-000087-0815-AG incoado por Marlene Ortiz Vega; 05-000091-0815-AG incoado por Gerardo Gamboa Leiva; 05-000092-0815-AG incoado por Filiberto Gamboa Prado; 05-000121-0815-AG incoado por Carlos Navarro Valverde; 05-000033-0815-AG incoado por José María Azofeifa Sánchez 05-000039-0815-AG incoado por Hernán Fallas Villalobos; 06-000054-0689-AG incoado por Fernando Segura Hernández; 06-000193-0689-AG incoado por Christian Gerardo Chacón Castillo; 06-000191-0689-AG incoado por Jesús Edwin Fallas Guerrero; 06-000185-0689-AG incoado por Marco Tulio Corella Cordero; 06-000186-0689-AG incoado por Alpízar Humberto Rodríguez; 06-000188-0689-AG incoado por Luis Fernando Castro Castro; 06-000187-0689-AG incoado por Mariano Vásquez Pérez; 06-000189-0689-AG incoado por Cristina Solano Valverde; 05-000056-0815-AG incoado por Juan Ramón Zapata Torres; 06-000048-0689-AG incoado por Rogelio Castro Araya; 06-000053-0689-AG incoado por Rogelio Castro Araya; 06-000006-0689-AG incoado por Antonio Castillo Jiménez; 05-000064-0815-AG incoado por Adelio Ulises Calderón Duran; 05-000054-0815-AG incoado por Juan Miguel Barboza Barboza; 05-000058-0815-AG incoado por Víctor Manuel Gamboa Fallas; 05-000063-0815-AG incoado por Albín Gómez Jiménez; 05-000035-0815-AG incoado por Carlos Garro Abarca, 05-000070-0815-AG incoado por Luis Alfonso Gutiérrez Barboza, 05-000093-0689-AG incoado por Remiro Castro Segura, 05-000117-0815-AG incoado por Carlos Navarro Valverde, 05-000121-0815-AG incoado por Carlos Navarro Valverde, 06-000184-0689-AG incoado por Cristina Solano Valverde, 06-000190-0689-AG incoado por Jesús Edwin Fallas Guerrero, y 06-000191-0689-AG incoado por Jesús Edwin Fallas Guerrero. Donde se dictaron las resoluciones que en lo conducente dicen: Con base en los documentos y procesos presentados, por la suma total de treinta y nueve millones trescientos ochenta mil setecientos doce colones con dos céntimos (la cual incluye únicamente capital), se despacha ejecución en contra de Corporación Cafetalera La Meseta representada por su curador procesal Eduardo Chacón Mora, en su condición de Coordinador de la Unidad de Defensa Agraria; a quién se le concede el plazo improrrogable de cinco días, para que se oponga a la demanda, o manifieste su conformidad con la misma. Lo anterior para que conteste y se le advierte que debe de contestar uno a uno los hechos que contiene el escrito de demanda, y manifestará si los reconoce como ciertos, si los rechazan por inexactos, o bien, si los admiten con variantes o rectificaciones; si así no lo hiciere podrá tenerse por probados aquellos hechos sobre los cuales no haya dado contestación en esa forma; asimismo se le advierte que deberá de ofrecer toda la prueba en que sustenta su contestación, con indicación expresa de que si es testifical, deberá indicar el nombre, apellidos y domicilio de los testigos, así como las señas exactas del lugar donde laboran o viven; si se trata de prueba documental debe acompañarse los documentos y si no los tiene a su disposición por tratarse de documentos públicos deberá de indicar las oficinas donde éstos se encuentran. Asimismo se le hace la observación a la parte demandada que si no estuviere conforme con los términos de la demanda o con las peticiones que de ella se deducen, expondrá en su contestación todas las circunstancias y razones en que fundamenta su negativa, con referencia en cada caso a los distintos hechos enunciados en la demanda siguiendo el mismo orden de ésta; igualmente, deberá oponer en el mismo escrito de contestación todas las excepciones que estime necesarias, salvo la de incompetencia de jurisdicción que en caso de oponerla deberá de interponerla dentro de los tres días posteriores a la notificación de este auto. Si se apersona después del emplazamiento, tomará el proceso en el estado en que se encuentre. Por la suma indicada más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes de la parte demandada, el cual se hace recaer en los que se indican. Artículo 440 ibídem. Comuníquese. Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta Nº 211 del cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y seis). Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso (Ley Nº 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que el despacho esta en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se solicita. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, artículo 2 ibídem.. Lo anterior se ordena así en los procesos ejecutivos simples de Daniel Carmona Pérez; Paula Campos Gutiérrez; María Elena Acuña Calderón; Lucila Hidalgo Valverde; Víctor Guerrero Monge; Ulises Castillo Quesada; Juan Castillo Quesada; María Ester Ureña Valverde; Marlene Ortiz Vega; Gerardo Gamboa Leiva; Filiberto Gamboa Prado; Carlos Navarro Valverde; José María Azofeifa Sánchez, Hernán Fallas Villalobos; Fernando Segura Hernández; Christian Gerardo Chacón Castillo; Jesús Edwin Fallas Guerrero; Marco Tullo Corella Cordero; Alpízar Humberto Rodríguez; Luis Fernando Castro Castro; Mariano Vásquez Pérez; Cristina Solano Valverde; Juan Ramón Zapata Torres; Rogelio Castro Araya; Antonio Castillo Jiménez; Adelio Ulises Calderón Duran; Juan Miguel Barboza Barboza; Víctor Manuel Gamboa Fallas; Albín Gómez Jiménez; Carlos Garro Abarca, Luis Alfonso Gutiérrez Barboza, Reneiro Castro Segura, Carlos Navarro Valverde, Carlos Navarro Valverde, Cristina Solano Valverde, Jesús Edwin Fallas Guerrero y Jesús Edwin Fallas Guerrero, contra Corporación Cafetalera La Meseta S. A.—Juzgado Agrario de San José, 17 de agosto del 2007.—Dr. Carlos Bolaños Céspedes, Juez.—1 vez.—Nº 41515.—(75513).
Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este despacho se interpuso un proceso divorcio establecido por Hellen Tatiana Castro Mora, contra Daniel Shawn Livsey, representado por su curador procesal Lic. Hugo Sequeira Solís, bajo el expediente número 06-002753-0165-FA donde se dictó la sentencia que literalmente dice: sentencia número 720-2007. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. Montelimar, a las diez horas cincuenta minutos del seis de agosto del dos mil siete. Proceso abreviado de divorcio establecido por Hellen Tatiana Castro Mora, mayor, casada, oficinista, cédula de identidad número uno-novecientos treinta-seiscientos cuarenta y cinco, vecina de Curridabat, contra Daniel Shawn Livsey, mayor, casado, de nacionalidad estadounidense, con pasaporte de ese país número P uno tres tres nueve seis uno nueve cinco siete, de ocupación y domicilio desconocidos. Interviene el Licenciado Hugo Sequeira Solís en su condición de curador procesal del demandado. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando: I.—…, II.—…, III.—…, IV.—…, V.—…, VI.—…, Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: a) Se declara parcialmente con lugar la presente demanda de divorcio, y entendiéndose denegada en lo que expresamente no se conceda, se disuelve el vínculo matrimonial existente entre el señor Daniel Shawn Livsey y la señora Hellen Tatiana Castro Mora por la causal de separación de hecho de los cónyuges por un término no menor de tres años. Una vez firme esta resolución, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo cuatrocientos cuarenta y cinco, folio cuatrocientos setenta y seis, asiento novecientos cincuenta y uno. b) Cada una de las partes adquiere el derecho de participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de la ejecución de sentencia, e) Ninguna de las partes mantiene el derecho de pedirle alimentos a la otra, d) Se ordena notificar esta sentencia por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, siendo suficiente con la publicación de la parte dispositiva con los datos necesarios para identificar el proceso, e) Se condena al demandado al pago de las costas personales y procesales causadas. Lic. Eddy Rodríguez Chave, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Hellen Tatiana Castro Mora contra Daniel Shawn Livsey. Expediente Nº 06-002753-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de agosto del 2007.—Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 41594.—(75514).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Rigoberto Torres Solano contra Caja Costarricense de Seguro Social. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare el reconocimiento por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social de los gastos médicos incurridos por el actor, los cuales ascienden a la suma de cuatro millones setecientos treinta y dos mil setecientos once colones, así como de sus respectivos intereses. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-000682-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Laura Mercedes Araya Rojas, Jueza.—1 vez.—Nº 41675.—(75516).
Lic. Álvaro Ramírez Largaespada Juez del Juzgado de Familia de Santa Cruz, hace saber a Sor María Santana Jiménez, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 05-000118-0776-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Familia de Santa Cruz, a las siete horas y veintiocho minutos del veintitrés de junio del dos mil cinco. De la anterior demanda de divorcio establecida por el accionante Wander Chavarría Rosales, se confiere traslado a la accionada Sor María Santana Jiménez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto, de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Acerca de la solicitud de nombramiento de curador que plantea la parte actora se confiere audiencia a la Procuraduría General de la República por el plazo de tres días para que manifieste lo que ha bien tenga. En este mismo orden de ideas, aporte la parte actora certificación respectiva del Registro Público, Sección Personas con el fin de que demuestre la existencia o no de un apoderado inscrito a nombre de la demandada. Para notificar al ente estatal supra indicado, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Notifíquese. Lic. Bertha Lidieth Araya Porras, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Wander Chavarría Rosales contra Sor María Santana Jiménez. Expediente Nº 05-000118-0776-FA.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 12 de febrero del 2007.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—1 vez.—Nº 41698.—(75517).
Las suscritas notarias dan aviso de la solicitud de matrimonio civil que han presentado ante estas notarias, los señores, Gilles Pereira, de único apellido en razón de su nacionalidad francesa y Soledad Bonilla Arce, ciudadana costarricense, para celebrarse en el mes de octubre del dos mil siete. Se pone en conocimiento público esta solicitud y a disposición el fax dos ochenta y cinco doble cero once, para oir cualquier objeción u oposición que se tenga respecto del acto a celebrar.—San José, seis de agosto del dos mil siete.—Lic. Laura Mónica Zamora Ulloa y Lic. Haidel Sequeira Guzmán, Notarias.—1 vez.—Nº 40814.—(73917).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Flor Yaksiry Chacón Arroyo, costarricense, mayor, soltera en unión de hecho, cédula de identidad Nº 02-0607-0503, vecina de San Juan de San Ramón, 100 metros sur y 50 este de la entrada a la Pastoral, hija de José Antonio Chacón Jiménez y María Isabel Arroyo Huertas, ambos costarricenses, nacida centro, San Ramón, Alajuela, el 25 de mayo de 1985, con 22 años de edad, y Rolando Alberto Cubillo Alfaro, costarricense, mayor, soltero en unión de hecho, cédula de identidad Nº 06-0314-0878, vecino San Juan de San Ramón, 100 metros sur y 50 este de la entrada a la Pastoral, hijo de Rolando Cubillo López e Hilda Alfaro Méndez, ambos costarricenses, nacido en Golfito. Puntarenas, el 08 de julio de 1981, con 26 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 07-000360-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de julio del 2007.—Lic. Erika Leiva Díaz, Jueza.—1 vez.—(75021).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jairol Rafael Chavarría Umaña, mayor, costarricense, soltero, operario industrial, vecino del Coyol de Alajuela, hijo de Francisco Chavarría Sánchez y María Adilia Umaña Ledezma, ambos padres costarricenses, nacido en centro, central, Heredia, el treinta y uno de enero de mil novecientos setenta y nueve, cédula de identidad Nº 4-169-266, y Eloisa Elvira Barrantes Montiel, mayor, costarricense, soltera, ama de casa, vecina del Coyol de Alajuela, hija de Jorge Alexis Barrantes Barrantes y Amparo Montiel García, ambos padres de nacionalidad costarricenses, nacida en centro, central, Alajuela, el veintiuno de noviembre de mil novecientos ochenta, cédula de identidad Nº 2-554-855. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 07-000705-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(75205).
Han comparecido ante este Juzgado solicitando contraer matrimonio civil presente en este despacho Jorge Luis Solís Quesada, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 1-1335-0547, vecino de Curridabat, nació el día 14 de noviembre de 1987, San José, hijo de Miguel Ángel Solís Castillo y Flor Mary Quesada Rojas; y Lizeth Vanesa Estrada Chinchilla, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 1-1389-0629, vecina Aserrí, fecha de nacimiento 5 de mayo de 1989, en San José, hija de Juan Carlos Estrada Solano y Beatriz Chinchilla Corrales. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento en que este matrimonio se realice, deberá hacerlo saber a este despacho, dentro de los ocho días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 07-100075-236-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Aserrí, 27 de agosto del 2007.—Lic. Carmen Valverde Valverde, Jueza.—1 vez.—(75215).
Han comparecido a este Juzgado, solicitando contraer matrimonio Civil los señores: Marilyn Chinchilla Solano, de veinticuatro años, soltera, operaria industrial, vecina de Carrillos Bajo de Poás, Calle Cuatro Esquinas, dos casas al oeste de fábrica de bizcochos Nuria, portadora de cédula de identidad 2-0578-0679, nativa de Majuela, el día dieciséis de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, hija de Hugo Gerardo Chinchilla Román, labora como mensajero, vecino de Poás, en barrio Los Ángeles y de Odilie Solano Prado, ama de casa, vecina de Carrillos Bajo de Poás, Calle Cuatro Esquinas, dos casas al oeste de fábrica de bizcochos Nuria y José Eduardo Murillo Chaves de veintiún años, soltero, labora como paquetero en Palí, Pacífico en Alajuela, vecino de Poás, setenta y cinco metros al este de la bomba La Trinidad, portador de cédula de identidad 2-0613-0073, nativo de Alajuela el día trece de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, hijo de Xinia María Chaves Herrera, del hogar, y de Gilberto Murillo Porras, pensionado, vecinos de Poás, setenta y cinco metros al este de la bomba La Trinidad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo ante este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Se solicita la publicación de este edicto para los efectos del artículo 25 del Código de Familia. (Expediente Nº 07-100044-314-CI).—Juzgado Contravencional de Poás, 24 de agosto del 2007.—Lic. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—1 vez.—(75224).
Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil German Antonio Rodríguez Cáceres, de nacionalidad nicaragüense, de treinta años de edad, soltero, carnicero, portador del pasaporte de su país numero C uno dos uno uno seis ocho siete, vecino de San José, Lomas de Desamparados, penúltima casa antes de la terminal, hijo de José Inés Rodríguez y Zoila Rosa Cáceres, ambos de nacionalidad nicaragüenses y Carla Elisa Álvarez Zúñiga, de nacionalidad costarricense, con diecisiete años de edad, soltera, estudiante, portadora de la cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos veintiséis-cero ciento noventa y cuatro, vecina de San José, Desamparados, Urbanización La Capri, hija de Carlos Eduardo Álvarez Fonseca y Marjorie Zúñiga Villalobos. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para la realización de este acto, deberá comunicarlo dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 41520.—(75518).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Miguel Ángel Torres Solano, cédula de identidad 1-841-437, vecino de Purral de Goicoechea, divorciado de Cinthia Linette Rojas Bojorge, hijo de Eladio Torres Gutiérrez y Teresa Solano Solano y Diana Esquivel Monge, cédula de identidad 1-976-212, vecina de Purral de Goicoechea, soltera, hija de Armando Esquivel López y Ana Daisy Monge Bolaños. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 07-001896-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—Nº 41549.—(75519).
Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores Shirley Esquivel Carrillo, mayor de edad, de treinta y seis años, nativa de Liberia Guanacaste, nacida el 17 de abril de 1971, ama de casa, cédula número 5-0265-0908, vecina de Barranca, costarricense, 175 metros al sur del Ebais, que exhibe y se le devuelve en el acto, hija de Marco Aurelio Esquivel e Idali Carillo Matarrita y Jesús Alberto Camareno Pacheco de cuarenta y cinco años de edad, mayor, divorciado, costarricense, operador de subestación, vecino del mismo lugar que la anterior, cédula número 6-0167-0468, nativo de Puntarenas, el 29 de mayo de 1962, teléfono 663-3168, que exhibe y se le devuelve en el acto, hijo de Alberto Camareno Camareno y María de los Ángeles Pacheco, que el señor Camareno Pacheco se divorció de la señora Mildred Lucía de la Quirós Sandí, por el Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, mediante sentencia número 295-97 de las diez horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y siete. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este Matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, 24 de agosto del 2007.—Lic. Mitzi E. Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(75533).