BOLETÍN JUDICIAL Nº 182
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HACE SABER:
Que en proceso disciplinario número 03-001018-627-NO, establecido por el Registro Público contra Rodrigo Mata Araya, este Juzgado mediante sentencia número 00247-2007, de las diez horas, quince minutos del trece de abril del dos mil siete, dispuso imponerle tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Rodrigo Mata Araya, cédula número 1-490-954. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80014) Juez
Que en proceso disciplinario número 02-000718-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Juan Carlos Rojas Zeledón, este Juzgado mediante sentencia número 00153-2007 de las once horas, cincuenta minutos del siete de marzo del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Juan Carlos Rojas Zeledón, cédula número 1-609-378. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80096) Juez
Que en proceso disciplinario número 04-000578-627-NO, establecido por Yira Giselle Gómez Trigueros y otro contra César Fonseca Sequeira, este Juzgado mediante sentencia número 00161-2006 de las once horas, cincuenta y nueve minutos del veintiocho de abril del dos mil seis, dispuso imponerle seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente hasta la inscripción del instrumento correspondiente al matrimonio de los quejosos, al notario César Fonseca Sequeira, cédula número 6-247-588. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80097) Juez
Que en proceso disciplinario número 01-000934-627-NO, establecido por Juan Serrano Carvajal contra José Francisco Calderón Fernández, este Juzgado mediante sentencia número 00396-2006 de las ocho horas, diez minutos del cinco de octubre del dos mil seis, dispuso imponerle tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario José Francisco Calderón Fernández, cédula número 1-735-315. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80098) Juez
Que en proceso disciplinario número 03-000478-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Carlos Manuel Segura Jiménez, este Juzgado mediante sentencia número 00512-2006 de las nueve horas, veintiséis minutos del dieciocho de diciembre del dos mil seis, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Carlos Manuel Segura Jiménez, cédula número 1-399-553. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80099) Juez
Que en proceso disciplinario número 01-001474-627-NO, establecido por Estela María Rodríguez Rodríguez contra Patricia Lizano Sánchez, este Juzgado mediante sentencia número 00340-2006 de las nueve horas, treinta y dos minutos del veintinueve de agosto del dos mil seis, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá hasta que deposite en la cuenta de este Despacho, cuarenta y siete mil colones, a la notaria Patricia Lizano Sánchez, cédula número 1-699-757. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80100) Juez
Que en proceso disciplinario número 02-001308-627-NO, establecido por Laura Rodríguez Porras y otro contra Federico Webb Choiseul, este Juzgado mediante sentencia número 00163-2007 de las nueve horas, cinco minutos del trece de marzo del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá hasta la registración el testimonio de la escritura número ciento trece del onceavo tomo de su protocolo, al notario Federico Webb Choiseul, cédula número 1-616-577. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80101) Juez
Que en proceso disciplinario número 05-000159-627-NO, establecido por Paul Thomas Stephen contra Rodrigo Johannig Quesada, este Juzgado mediante sentencia número 00481-2006 de las siete horas, treinta y cinco minutos del primero de diciembre del dos mil seis, dispuso imponerle seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa, al notario Rodrigo Johannig Quesada, cédula número 1-519-835. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 7 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80102) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000209-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Juan Carlos Segura Muñoz, este Juzgado mediante sentencia número 00511-2006 de las catorce horas, cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre del dos mil seis, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Juan Carlos Segura Muñoz, cédula número 1-577-847. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80103) Jueza
Que en proceso disciplinario número 03-001359-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Óscar Alberto Parini Segura, este Juzgado mediante sentencia número 00048-2007 de las siete horas, treinta y dos minutos del siete de febrero del dos mil siete, dispuso imponerle seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Óscar Alberto Parini Segura, cédula número 1-453-219. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80104) Jueza
Que en proceso disciplinario número 03-001319-627-NO, establecido por María Teresa Mora Mora contra Nora Elena Bermúdez Rojas, este Juzgado mediante sentencia número 00152-2007 de las diez horas, cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa, a la notaria Nora Elena Bermúdez Rojas, cédula número 1-657-035. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80105) Jueza
Que en proceso disciplinario número 03-001289-627-NO, establecido por Bartolomé Espinoza Duarte contra Manuel Brenes Camacho y Óscar Carrillo Baltodano, este Juzgado mediante sentencia número 00725-2005 de las trece horas, cincuenta y ocho minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Manuel Brenes Camacho, cédula número 9-001-411 y al notario Óscar Carrillo Baltodano, cédula número 6-261-510. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80106) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-001039-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Kattya Ellerbrock Zúñiga, este Juzgado mediante sentencia número 00016-2007 de las siete horas, treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la notaria Kattya Ellerbrock Zúñiga, cédula número 1-888-095. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80107) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-000409-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Norman Mory Mora, este Juzgado mediante sentencia número 00099-2007 de las quince horas, siete minutos del veintiuno de febrero del dos mil siete, dispuso imponerle ocho días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Norman Mory Mora, cédula número 1-500-540. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80108) Jueza
Que en proceso disciplinario número 01-001679-627-NO, establecido por Lilliam González Vargas contra Nicomendez Madriz Arce, este Juzgado mediante sentencia número 00375-2006 de las once horas, cincuenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil seis, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa, a la notario Nicomendez Madriz Arce, cédula número 3-191-153. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80109) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-000357-627-NO, establecido por Ramón Álvarez Alfaro contra Mileidy Jiménez Zamora, este Juzgado mediante sentencia número 00185-2007 de las once horas, cuarenta minutos del veinte de marzo del dos mil siete, dispuso imponerle tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa, a la notaria Mileidy Jiménez Zamora, cédula número 6-127-987. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 10 de setiembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(80110) Jueza
La denuncia en contra de la notaria Lic. Flor María Trigueros Arce cedula número nueve-cero quince-trescientos cincuenta y nueve, en el “proceso disciplinario notarial por Marjorie Rojas Cambronero c/ Lic. Flor María Trigueros Arce. Expediente Nº 06-0001150-627-NO.—Juzgado Notarial.—San José, a las catorce horas del veintitrés de enero del dos mil siete. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial interpuesto por Marjorie Rojas Cambronero contra la licenciada Flor María Trigueros Arce, a quien se le confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese lapso debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estimen de su interés. Asimismo, se le previene que en ese plazo, debe indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículos 153, párrafo 3º del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese la presente resolución a la notaria denunciada, en forma personal o por medio de cédula de notificación y copias en su casa de habitación. Se le puede localizar en su oficina: avenida 8, calle 21, casa 1978, San José; o en su casa de habitación: 300 este de la antigua bomba Shell en San Juan de Tibás, para lo cual se ordena comisionar a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. En caso de no localizarse a la notaria los lugares indicados, remítanse oficios a la Dirección de Notariado, Colegio de Abogados y al Instituto Costarricense de Electricidad a fin de que indique las direcciones reportadas por la citada notaria, así como al Registro Público, Sección Personas Jurídicas, para saber si la denunciada tiene apoderado inscrito a su nombre”. Asimismo se le debe notificar la resolución de las trece horas, cinco minutos del veinticinco de julio del dos mil siete, que literalmente dice “Siendo fallidos los intentos por notificarle a la notaria Lic. Flor María Trigueros Arce la resolución de las catorce horas de veintitrés de enero del dos mil siete en las direcciones por reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, Instituto Costarricense de Electricidad y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que la represente, esto según certificación de folio 17, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la notaria Lic. Flor María Trigueros Arce que se le denuncia por no inscribir la escritura de donación en la que parte la quejosa, su madre y hermana otorgada en el año de mil novecientos noventa y ocho. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público a la denunciada Flor María Trigueros Arce.
San José, 5 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80111) Juez
Andrés Quesada Meneses, mayor, notario público, cédula de identidad número 3-268-728, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 02-001288-627-NO establecido en su contra por Dennis Martínez Valderramos, se ha dictado la sentencia número 00290-07 que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial de San José, a nueve horas, treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil siete. Proceso disciplinario notarial incoado por Dennis Martínez Valderramos, quien es mayor, casado, operario de máquina, vecino de El Guarco de Cartago, cédula de identidad número uno-mil veintinueve-cero treinta en contra del notario Andrés Quesada Meneses, quien es mayor, abogado y notario público, cédula de identidad número tres-doscientos sesenta y ocho-setecientos veintiocho. Interviene la Dirección Nacional de Notariado. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Sobre los hechos tenidos por demostrados:... II.—Sobre el fondo del asunto:... III.—... IV.—... V.—... VI.—... VII.—Sobre las costas... Por tanto: de conformidad con los razonamientos vertidos, las probanzas recabadas, los ordinales seis, siete inciso d), quince, dieciocho, treinta, treinta y tres, treinta y cuatro en sus inciso h), treinta y seis párrafo primero, ciento treinta y nueve párrafo tercero, ciento cuarenta y cuatro incisos b) y e), ciento cincuenta y cinco, ciento cincuenta y seis, ciento sesenta y ciento sesenta y tres in fine del Código Notarial, así como los artículos noventa y nueve, ciento cincuenta y tres, ciento cincuenta y cinco, y trescientos diecisiete, todos del Código Procesal Civil, apreciando la prueba sin las limitaciones que rigen para los procesos comunes, se declara con lugar el proceso disciplinario notarial incoado por la denunciante Dennis Martínez Valderramos, en contra del notario señor Andrés Quesada Meneses, a todo lo cual se tiene que la falta cometida por el mismo es grave, y de forma congruente con la acción endilgada y debidamente comprobada se impone al recién citado señor Quesada Meneses, una suspensión de seis meses en el ejercicio profesional del notariado. Se rechaza, por devenir en improcedente en esta vía específica, la pretensión de obligar al denunciado a realizar la escritura de interés, ya tal pretensión trasciende las alcances del suscrito como juzgador disciplinario, remitiéndose al interesado a la vía que corresponde. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Firme la presente sentencia, se publicará, por una sola vez, un aviso en el Boletín Judicial para dar cuenta de ella; además, se comunicará al Archivo Notarial, el Registro Nacional y el Registro Civil. La vigencia de la sanción empezará a regir ocho días naturales después de la publicación. Asimismo para lo de su cargo, remítase el mandamiento de rigor a la Dirección Nacional de Notariado para lo del registro pertinente. Comuníquese. Francisco Hernández Quesada, Juez Notarial a. í.
San José, 6 de setiembre del 2007.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(80112) Juez
HACE SABER:
tercera PUBLICACIÓN
Que dentro del proceso de inhabilitación por perdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente Nº 07-000954-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario (a) Laurita Navarro Barahona, se dispuso: Dirección Nacional de Notariado prevención de pago de Fondo de Garantía Notarial Nº 266-07 notaria: Laurita Navarro Barahona. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio del dos mil siete. Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de fecha dieciocho de abril de 2007, en el que se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al veinticinco de marzo del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, la licenciada Laurita Navarro Barahona, al mes de marzo del año dos mil siete, debe veinticuatro cuotas”, se tiene por acreditado que la notaria Laurita Navarro Barahona, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9º del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene a la notaria Laurita Navarro Barahona, portadora de la cédula Nº 1-362-880, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4 inciso g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial, queda prevenida la notaria Laurita Navarro Barahona, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus actuaciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Se dispone notificar a la licenciada Laurita Navarro Barahona en las direcciones reportadas en el Registro Nacional de Notarios, donde se registran: Ciudad Quesada San Carlos, 150 norte COOCIQUE R. L., comisionando a la Policía de Proximidad de Ciudad Quesada, San Carlos. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. Proceso: inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial. Expediente Nº 07-000954-624-NO. Dirección Nacional de Notariado contra: Lic. Erika Linares Orozco. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las quince horas treinta minutos del seis de septiembre del dos mil siete. Por desprenderse de los autos que no ha sido posible notificar a la licenciada Laurita Navarro Barahona, en las direcciones reportadas por su persona en el Registro Nacional de Notariado, según se desprende de las actas de notificación de folios 5 vuelto; y con el finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la licenciada Laurita Navarro Barahona, la resolución de las ocho horas cuarenta minutos del veintiséis de julio del dos mil siete, y la presente, por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en por la Sala Constitucional, en resolución Nº 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, que en lo que interesa dice: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro); y por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada la denunciada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.
San José, 6 de setiembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(80054) Directora
Que dentro del proceso de inhabilitación por perdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente Nº 07-000654-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario (a) Ericka Linares Orozco, se dispuso: Poder Judicial. Dirección Nacional de Notariado prevención de pago de Fondo de Garantía Notarial Nº 135-07. Notario: Linares Orozco Ericka Lizette, Oficina Notarial: Pavas, cien metros al norte y setenta y cinco al oeste del restaurante Isal Verde. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las once horas, treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil siete. Desprendiéndose del estudio de cuotas de está Dirección, de fecha trece de marzo de 2007, en el que se consigna claramente que “...con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al cinco de marzo del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, la licenciada Linares Orozco Ericka Lizette, debe al mes de febrero del año dos mil siete cuarenta y seis cuotas”, se tiene por acreditado que la notaria Linares Orozco, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9 del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene a la notaria Linares Orozco Ericka Lizette, portadora de la cédula Nº 08-072-597, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4 inciso g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del .Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial, queda prevenida la notaria Linares Orozco Ericka Lizette, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus actuaciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Se dispone notificar a la licenciada Linares Orozco Ericka Lizette en la dirección que tiene reportada el profesional como su oficina notarial en el Registro Nacional de Notarios, sea Pavas, cien metros al norte y setenta y cinco al oeste del restaurante Isal Verde, por medio del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas. Se adjunta cédula de notificación. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora proceso: inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial. Expediente Nº 07-000654-624-NO. Dirección Nacional de Notariado contra: Lic. Erika Linares Orozco Dirección Nacional de Notariado. San José, a las quince horas del seis de septiembre del dos mil siete. Por desprenderse de los autos que no ha sido posible notificar a la licenciada Ericka Linares Orozco, en las direcciones reportadas por su persona en el Registro Nacional de Notariado, según se desprende de las actas de notificación de folios 6, 14 y 25; y con el finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la licenciada Ericka Linares Orozco, la resolución de las once horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil siete, y la presente, por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en por la Sala Constitucional, en resolución Nº 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, que en lo que interesa dice: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro); y por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada la denunciada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.
San José, 6 de setiembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(80055) Directora
Que dentro del proceso de inhabilitación por perdida de la vigencia de la Función Notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente Nº 07-000953-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario (a) Blanca Navarro Miranda, se dispuso: Poder Judicial. Dirección Nacional de Notariado prevención de pago de Fondo de Garantía Notarial Nº 262-07. Notaria: Blanca Navarro Miranda. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas veinte minutos del veintiséis de julio del dos mil siete. Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de fecha dieciocho de abril del 2007, en el que se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al veinticinco de marzo del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, la licenciada Blanca Navarro Miranda, al mes de marzo del año dos mil siete, debe ochenta y tres cuotas”, se tiene por acreditado que la notaria Blanca Navarro Miranda, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9 del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene a la notaria Blanca Navarro Miranda, portadora de la cédula Nº 2-362-020, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4 inciso g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial, queda prevenida la notaria Blanca Navarro Miranda, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus actuaciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Se dispone notificar a la licenciada Blanca Navarro Miranda en las direcciones reportadas en el Registro Nacional de Notarios, donde se registran: Santo Domingo Heredia, 150 norte del cementerio, comisionando a la Policía de Proximidad de Santo Domingo de Heredia. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora Proceso: inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial. Expediente Nº 07-000953-624-NO. Dirección Nacional de Notariado contra: Lic. Erika Linares Orozco Dirección Nacional de Notariado. San José, a las quince horas veinte minutos del seis de septiembre del dos mil siete. Por desprenderse de los autos que no ha sido posible notificar a la licenciada Blanca Navarro Miranda, en las direcciones reportadas por su persona en el Registro Nacional de Notariado, según se desprende de las actas de notificación de folios 5; y con el finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la licenciada Blanca Navarro Miranda, la resolución de las ocho horas veinte minutos del veintiséis de julio del dos mil siete, y la presente, por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en por la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, que en lo que interesa dice: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro); y por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada la denunciada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.
San José, 6 de setiembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(80056) Directora
Que dentro del proceso de inhabilitación por perdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente Nº 07-000674-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario (a) Sandra Madriz Muñoz, se dispuso: Poder Judicial. Dirección Nacional de Notariado prevención de pago de Fondo de Garantía Notarial Nº 201-07 notario: Madriz Muñoz Sandra, Oficina notarial: barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita cuatrocientos metros al este y veinticinco al sur. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las once horas veinte minutos del veinte de abril de dos mil siete. Desprendiéndose del estudio de cuotas de esta Dirección, de fecha treinta de marzo del 2007, en el que se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital, con corte al veinticinco de marzo del año en curso, y el Registro Nacional de Notarios, la licenciada Madriz Muñoz Sandra, debe al mes de febrero del año dos mil siete catorce cuotas”, se tiene por acreditado que la notaria Madriz Muñoz, se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo 9 del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, por lo que, se previene a la notaria Madriz Muñoz Sandra, portadora de la cédula 01-874-732, para que en el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4º, inciso g), 13 inciso b) y 140 párrafo primero del Código Notarial. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso a) del Código Notarial, queda prevenida la notaria Madriz Muñoz Sandra, que en tanto no se encuentre al día en el pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá abstenerse de continuar sus actuaciones cartularias, de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente. (Artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Se dispone notificar a la licenciada Madriz Muñoz Sandra en la dirección que tiene reportada el profesional como su oficina notarial en el Registro Nacional de Notarios, sea barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita cuatrocientos metros al este y veinticinco al sur, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Se adjunta cédula de notificación. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial. Expediente Nº 07-000674-624-NO. Dirección Nacional de Notariado contra: Lic. Erika Linares Orozco. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las quince horas diez minutos del seis de septiembre del dos mil siete. Por desprenderse de los autos que no ha sido posible notificar a la licenciada Sandra Madriz Muñoz, en las direcciones reportadas por su persona en el Registro Nacional de Notariado, según se desprende de las actas de notificación de folios 5, 11 y 38; y con el finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la licenciada Sandra Madriz Muñoz, la resolución de las once horas veinte minutos del veinte de abril del dos mil siete, y la presente, por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en por la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, que en lo que interesa dice: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro); y por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada la denunciada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.
San José, 6 de setiembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(80057) Directora
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
HACE SABER QUE:
Se ha presentado formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por el licenciado Carlos Andrés Aguilar Arrieta, portador de la cédula de identidad 01-1003-007, al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notario en cese voluntario del ejercicio. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este Despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 07-000947-0624-NO.
San José, 10 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80062) Directora
Se ha presentado formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por el licenciado Jesús Gerardo Chinchilla Jiménez, portador de la cédula de identidad 02-348-043, al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notario en cese voluntario del ejercicio. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este Despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 07-000959-0624-NO.
San José, 10 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80063) Directora
Se ha presentado formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por la licenciada Hilda Marlene Calvo Gutiérrez, portadora de la cédula de identidad 01-614-669, al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notaria en cese voluntario del ejercicio. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este Despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 07-000960-0624-NO.
San José, 10 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80064) Directora
Se ha presentado formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por la licenciada Marcela González Solera, portadora de la cédula de identidad 05-287-497, al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notaria en cese voluntario del ejercicio. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este Despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 07-000955-0624-NO.
San José, 10 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80065) Directora
Se ha presentado formal solicitud de devolución de cuotas pagadas por la licenciada Adriana Rodríguez Guillén, portadora de la cédula de identidad 01-880-282, al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, en su condición de notaria en cese forzoso del ejercicio (inhabilitación). Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este Despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 07-000948-0624-NO.
San José, 10 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80066) Directora
Que a las catorce horas del tres de noviembre del año en curso, se procedió a la juramentación de los notarios que a continuación se detallan, autorizándolos para el ejercicio del notariado:
1. Arguijo Vargas Lindsay 1-984-885 16077
2. Arias Mora Gloriana 1-1012-121 16397
3. Canessa Aguilar Edwin Giovanni 3-356-911 16368
4. Chaves Berrocal Gretel 2-418-634 4101
5. Gutiérrez Ballard Arturo 1-1077-527 13481
6. Jiménez González Erick 1-960-676 15035
7. Jiménez Vásquez Carlos Luis 2-409-288 16476
8. Mora Moya Jenny 1-669-087 16484
9. Moreno Bustos Adriana María 5-278-776 16177
10. Morelli Alfaro Karen Melissa 1-1067-845 16662
11. Trejos Zamora Ana María 4-103-666 4624
San José, 7 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80067) Directora
Que esta Dirección, en resolución número 1081-2007, dictada a las once horas cincuenta minutos del 13 de agosto de 2007, aprobó la solicitud formulada por la licenciada Carolina María Mena Soto, cédula de identidad Nº 1-1005-407, tendente a su autorización para el ejercicio del notariado, autorizándole la adquisición del siguiente tomo de su protocolo. Rige a partir del 22 de agosto de 2007. Expediente Nº 07-000785-624-NO.
San José, 4 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
1 vez.—(80068) Directora
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las nueve horas treinta minutos del diez de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado por la suma de catorce millones cuatrocientos mil colones a favor de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo y con la base de nueve millones cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir noventa y seis, situada en el distrito primero cantón segundo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Silverio Chaverri; al sur, Juan Rafael Mora; al este, calle pública con diez metros, y al oeste, Olga Marita Zeledón. Mide: doscientos veintiún metros con un decímetro cuadrado. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Patricia Chacón Porras contra Nury Gabriela Montero Rivera.—Expediente Nº 07-000357-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de agosto del 2007.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—(80718).
A las siete horas treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago, por la suma de ¢4.739.329,21 bajo las citas 461-01814-01-0003-001, y embargos practicados bajo las citas: a) 535-10537-01-0001-001, b) 535-10542-01-0001-001, c) 537-20898-01-0001-001 y d) 564-09760-01-0008-001, y con la base de la hipoteca de segundo grado, sea la base de tres millones quinientos noventa y un mil colones, sáquese a remate la finca inscrita en propiedad partido de alajuela folio real matrícula número 221.056 - 001 y 002 novecientos sesenta mil colones, y que se describe así: un edificio de comercio, sito: en distrito trece Pocosol, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y este, calle pública; sur, Carlos Lara Ramírez, y al oeste, Mindu Arias Arias. Mide: novecientos treinta y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100907-0297-CI, ejecutivo hipotecario de Luis Napoleón López Alemán contra José Gerardo López Jiménez y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 3 de setiembre de 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 44842.—(80727).
A las ocho horas quince minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, con la base de la prenda de primer grado ya vencida, sea por la suma de ochocientos veinticinco mil colones, remataré: vehículo placa ciento catorce mil doscientos sesenta y uno, marca de fábrica: Nissan, estilo: D21, categoría: carga liviana, capacidad 3 personas, año 1991, carrocería: Adrales, color: blanco, peso bruto: 2550 kg., chasis CD21-532110, peso neto: 1240 kg. Se remata por ordenarse así en expediente número 02-100941-0297-CI (5) que es proceso ejecutivo simple de Róger González Gutiérrez contra María Eugenia Boza Castro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 44845.—(80728).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada según citas 393-16479-01-0903-001 y con la base de cincuenta y cinco mil dólares o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago se despacha ejecución, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de Cartago, matrícula 155916-000, que es terreno para construir con una casa, lote 18, bloque O, situada en el cantón La Unión, distrito San Diego de la provincia de Cartago. Linda: al norte con lote 15; al sur, con calle pública; al este, con lote 19, y al oeste, con lote 17. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 06-001866-0180-CI de Astro and Company Investments Sociedad Anónima contra Winston Fernández Escobar.—Juzgado Primero Civil de San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 44738.—(80729).
A las ocho horas del tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre dominante, bajo las citas de inscripción: tres cinco cuatro-uno cuatro cero nueve seis-cero uno-cero cero cero cuatro-cero cero uno y con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real número doscientos noventa y un mil setecientos setenta y nueve-cero cero cero, propiedad del codemandado Manuel Acuña Ilama, que es terreno para agricultura, situado en el distrito primero (San Isidro de El General), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), de la provincia de San José, linda al norte con Alberto Romero Camacho; al sur, con Manuel Acuña Ilama, servidumbre agrícola de paso con 50 metros, de frente y Elí Hernández Ureña, al este con quebrada Laja, y al oeste con Rafael Valverde Araya. Mide: quince mil cuatrocientos dieciocho metros con ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario N° 07-100156-425-4-CI de Banco de Costa Rica sucursal Quepos, en contra de Didier Acuña Hernández y Manuel Acuña Ilama.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Irving Vargas Rodríguez, Juez.—Nº 44744.—(80730).
A las ocho horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 180799, marca Mitsubishi, capacidad tres personas, categoría carga liviana, año mil novecientos noventa y uno, carrocería caja abierta o cam-pu, color negro, tracción sencilla, chasis, JA7FL24W0MP008802, motor 4G64KU9787, cilindrada dos mil cuatrocientos cc, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Fernando Quesada Sánchez contra Enrique Orozco Cubillo. Expediente Nº 02-001120-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de agosto del año 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 44757.—(80731).
A las nueve horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes, soportando embargos practicados bajo las citas: 565-07576-01-0002-001, 566-16514-01-0002-001 y 567-98170-01-0002-001, y con la base de dos millones seiscientos sesenta y siete mil colones, sáquese a remate la finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela Folio Real matrícula número 145.388-000, y que se describe así: terreno de repasto y montaña, sito: en distrito cinco Venecia, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente de 50 metros; al sur, Javier Mora Campos; al este, Rafael Arguedas y escuela Marsella, Jesús Jiménez, Antonio Mesén, Víctor Julio Méndez y parque quebrada en medio; y al oeste, Eloy y Álvaro Rojas Vargas. Mide: treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y nueve metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 07-100291-0297-CI. Ejecutivo hipotecario de Olman Vargas Barrantes contra La Meca S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 4 de setiembre de 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 44771.—(80732).
A las ocho horas quince minutos del veintitrés de octubre dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre dominante inscrita al tomo trescientos treinta y nueve, asiento cero ocho mil ciento veintinueve y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil doscientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir número tres, situada en el distrito Atenas, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 4; al sur, lote 2; al este, Emilio Salas Villalobos, y al oeste, lote 2. Mide: trescientos once metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Ricardo Rojas Rodríguez contra José Alberto García Vargas. Expediente Nº 87-001431-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 44776.—(80733).
A las dieciocho horas y cincuenta y nueve minutos del ocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones ciento sesenta y un mil novecientos cincuenta y dos colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento quince mil cuatrocientos cincuenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir bloque B, sito: distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, lote cuarenta y nueve; sur, lote cuarenta y siete; este, calle pública, y al oeste, lote once. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-011718-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Manuel Antonio Valles Valles y Lisbeth Marchena Salguero.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de agosto del año 2007.—Lic. Francisco Javier Muñoz Chacón, Juez.—Nº 44781.—(80734).
A las diez horas y veinte minutos del veintitrés de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre anotada al tomo 320, asiento 07899 y con la base de treinta y seis mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y tres mil novecientos noventa y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito San Francisco Dos Ríos, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 216; al sur, calle pública; al este, lote 218, y al oeste, lote 180. Mide: ciento setenta y cuatro metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Jeffrey Monge Arias. Expediente Nº 05-021515-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de setiembre del año 2007.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 44782.—(80735).
A las nueve horas del ocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, gravámenes hipotecarios con las bases que se dirán, en el mejor postor remataré: con base en la suma de cuatro millones setecientos mil colones, la finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número trescientos cuarenta y un mil seiscientos ochenta y seis-cero cero cero, que es terreno de pastos, sito en Yolillal, distrito sétimo del cantón trece de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, río Zapote; sur, Abel López Dinarte, Adrián Mora Jiménez e Hilario Altamirano Ortiz; este, Santiago Altamirano Ortiz, y al oeste, Gregorio Mejicano Ortiz. Mide: ciento cuarenta mil setecientos metros con once decímetros cuadrados. Pertenece a Cinco Árboles Creciendo Sociedad Anónima. Otros gravámenes: Citas 329-14109-01-0903-001 reservas y restricciones. Con base en la suma de cinco millones trescientos mil colones, la finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número ciento tres mil seiscientos treinta y uno-cero cero cero, que es finca con potrero y parte con sembrados de cacao y casa de habitación sita en Yolillal, distrito siete del cantón trece (Upala), de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Mercedes Urbina Jiménez; sur, Félix Ledezma Hernández; este, Mercedes Urbina Jiménez y otro, y al oeste, Ramón Ortiz y Francisca Gutiérrez. Mide de extensión ciento ochenta mil seiscientos treinta y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Pertenece a Cinco Árboles Creciendo S. A. Otros gravámenes: Citas 207-05052-01-0901-001, reservas y restricciones. Se rematan por ordenarse así proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Inversiones Mafesa de Upala S. A. Expediente Nº 07-100183-0389-CI.—Juzgado Agrario de Liberia, 16 de agosto del año 2007.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—Nº 44796.—(80736).
A las once horas del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y soportando hipoteca de primer grado y plazo de convalidación, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Cartago, matrícula número setenta y seis mil ochocientos catorce, que es terreno de solar con una casa, sito en distrito tres Orosi, cantón dos Paraíso de la provincia de Cartago. Linda: al norte, Róger Solano; al sur, Flora María Araya Masís; este, Flora María Araya Masís, y al oeste, calle pública. Mide: ciento veintinueve metros con seis decímetros cuadrados. Plano C cero trescientos ocho mil doscientos uno-mil novecientos noventa y seis. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100379-0295- CI, Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Sergio Antonio Rojas González y Elieth Araya Masís.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 23 de agosto de 2007.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—Nº 44801.—(80737).
A las diez horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones pero soportando hipoteca de primer grado, con la base de un millón seiscientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Alajuela, Folio Real matrícula número ciento cincuenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete-cero cero cero, que es terreno con una casa, sito en el distrito noveno Alfaro del cantón segundo San Ramón de la provincia de Alajuela; que mide: seiscientos cincuenta y seis metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Lindante: al norte, con calle pública con un frente de veintisiete metros con diecisiete centímetros lineales; al sur y al oeste, con Alberto y Marvin Castro Castro, y al este, con Flora Campos Zúñiga. Con plano catastrado A-cuatrocientos trece mil cuatrocientos sesenta y siete-mil novecientos noventa y siete. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100361-0295-CI, de Grupo Mutual La Vivienda contra Pérez Rivera Carlos Francisco.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, veintidós de agosto dos mil siete.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—Nº 44802.—(80738).
A las diez horas quince minutos del veinticuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones ref.: 1971 109 002 y con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 072044-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Caligan Aparicio Vega; al sur, Anette Sánchez; al este, calle pública, con un frente a esta de quince metros, y al oeste, Franklin Vargas Villalobos. Mide: trescientos setenta y cuatro metros con veintisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alejandra Patricia Vaglio Luna. Expediente Nº 07-001474-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de agosto del año 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 44811.—(80739).
A las once horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos y limitaciones del IDA, con la base de un millón doscientos sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cinco mil novecientos sesenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para la vivienda lote bloque seis-C lote cincuenta y seis asentamiento Pais, situada en el distrito uno Bratsi, cantón cuatro Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle; al sur, Banco Nacional de Costa Rica; al este, IDA, y al oeste, IDA. Mide: mil ciento sesenta metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Isabel Aguirre Aguirre. Expediente Nº 07-000791-0346-CI (D).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 31 de agosto del año 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—Nº 44812.—(80740).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cuarenta y dos mil trescientos cuarenta y cinco unidades de desarrollo o su equivalente en colones a la fecha del remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 53.988-000, la cual es terreno para construir con una casa y un local comercial, situada en el distrito 01 Cartago Oriental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Solón Ulloa Alvarado, María Felicia Aguilar y Zoila Rojas Jiménez; al sur, Manuel Leitón Alvarado; al este, Rafael Redondo González, y al oeste, calle pública con 10 metros, 3 centímetros. Mide: trescientos sesenta y un metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Kinling Yan. Expediente Nº 07-000271-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de octubre del año 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 44816.—(80741).
A las nueve horas quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dieciséis mil doscientos ochenta punto sesenta y seis unidades de desarrollo o su equivalente en colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 118972-000, la cual es terreno para construir Ñ-28, situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 23; al sur, calle pública con 7 m; al este, lote 27 y al oeste, lote 29. Mide: ciento treinta y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Enrique Alexis Víquez Vega y María del Rosario Gómez Montoya. Expediente Nº 07-001424-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del año 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 44817.—(80742).
A las once horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y nueve mil ochenta y cuatro punto setenta y dos unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil sesenta y dos guión cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa, situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Elí Rivera; al sur, José Ignacio Barquero; al este, calle pública, y al oeste, Zeneida Gamboa. Mide: doscientos noventa y dos metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra José Miguel Navarro Calderón. Expediente Nº 07-001200-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de agosto del año 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 44818.—(80743).
A las diez horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación y con la base de veintitrés mil doscientos treinta y cinco punto diecisiete unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 085.050-000, la cual es terreno solar para construir. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luz Monge Garro; al sur, calle pública; al este, Fernando Brenes y al oeste, Inés Brenes. Mide: ciento veinticuatro metros con veinticinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Raimundo Quesada Álvarez, Raymundo Antonio Quesada Solano. Expediente 07-000636-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de agosto del 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 44819.—(80744).
A las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de diecinueve mil setecientos cincuenta y tres punto catorce unidades de desarrollo o su equivalente en colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 137046-001-002, la cual es terreno para construir lote Ñ 32, situada en el distrito 10 Llano Grande, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote D 4; al este, calle pública, y al oeste, lote C 6. Mide: ciento cincuenta y seis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Dennis Gerardo Leitón Barquero y Juan Luis Leitón Guzmán. Expediente Nº 07-001314-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de agosto del año 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 44820.—(80745).
A las diez horas quince minutos del veintidós de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dieciocho mil setecientos tres dólares, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número 645104, con las siguientes características: automóvil marca 645104, estilo Corolla, año 2007, color negro, de gasolina, para cinco personas, motor número 1ZZ4566281. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001035-0183-CI de_ Banco Bac San José S. A. contra Mario Alberto Villalobos Torres.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—Nº 44826.—(80746).
A las quince horas del primero de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida); y con la base de cincuenta y seis millones quinientos seis mil doscientos veinticinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real número trescientos cincuenta y ocho mil setecientos veintitrés secuencia cero cero cero, la cual es terreno con bodegas, situada en el distrito sétimo Uruca, cantón primero San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, con lote diecisiete; al sur, con lote catorce; al este, con calle pública con 18,03 metros, y al oeste, con H y H S. A. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco HSBC Costa Rica S. A. contra Taller Lalinde S. A. y contra Gabriel Jaime Lalinde Hernández. Expediente Nº 07-001648-182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 6 de setiembre de 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 44837.—(80747).
A las ocho horas quince minutos del treinta de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo 504, asiento 17945, servidumbre de aguas pluviales y de cloaca al tomo 504, asiento 7945 y con la base de ochenta y cinco mil diecisiete dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número-ciento noventa y cuatro mil ciento trece-cero cero cero, que es terreno para construir, bloque E, lote 31-E, sito: distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo de la provincia de Heredia. Linderos: norte, Viviendas del Sur S. A.; sur, calle pública con un frente de 7 metros; este, lote 32-E, y al oeste, lote 30-E. Mide: ciento setenta y cinco metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-000987-0184-Cl de Banco HSBC (CR) S. A. contra Avelino Sánchez Sequeira.—Juzgado Quinto Civil del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 44838.—(80748).
A las diez horas del tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho remataré libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y limitaciones del Instituto de Desarrollo Agrario, con la base de un millón quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y siete colones con veinte céntimos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matrícula cero sesenta y nueve mil ochocientos ocho-cero cero uno y cero cero dos, terreno para la vivienda, lote 8-7 con una casa, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda al norte, con Pedro Donato Vado, sur Instituto de Desarrollo Agrario, este, servidumbre a lotes con un frente de 15 metros y al oeste, con calle pública con 19,009 metros de frente. Mide ciento sesenta y cinco metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 99-100050-0462-CI-2 establecido por el Banco de Costa Rica contra Ángel Fernández Rivera y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, Limón, 10 de agosto del 2007.—Nº 44711.—(80749).
A las catorce horas cuarenta minutos del once de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de quinientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y seis colones, al mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas una rebanadora, sin marca, tipo T cuatro S, serie tres dos dos tres ocho nueve, voltaje ciento quince / sesenta; y una bascula electrónica, marca Torrey, modelo MFQ-veinte, serie uno cuatro cero seis cinco. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Asociación Credimujer contra Luis Alexis Marín Rosas y Scarleth Hernández Mercado. Expediente Nº 07-001181-182-CI (2).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de agosto de 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 44701.—(80750).
A las ocho horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y tres mil ochocientos cuarenta y dos punto sesenta y cuatro unidades de desarrollo, equivalente a la suma de dieciocho millones doscientos noventa y un mil seiscientos ocho colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil seiscientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno inculto, con una casa, situada en el distrito sétimo, Puente de Piedra, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Quintin Vargas; al este, Gilbert y Germán Orozco, y al oeste, Manuel Mora Mora. Mide: trescientos cincuenta metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Céspedes Orozco. Expediente Nº 07-000564-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 6 de setiembre del año 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 44683.—(80751).
A las diez horas y quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de dos millones setecientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y tres colones, en el mejor postor retrataré lo siguiente: Hyundai, Grace, color azul, año 1995, placas número 523789, motor número D4BFS05662. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Víctor Julio Chaves Carballo contra Mauricio Gerardo Rojas Bogantes. Expediente Nº 07-001155-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de agosto del año 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 44680.—(80752).
A las quince horas del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de cuarenta y dos mil trescientos setenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil trescientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de dos plantas, situada en el distrito dos Merced, cantón uno de San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, León Ávila Madrigal; al sur, Carlos Delgadillo; al este, Emilia Villalobos Jiménez, y al oeste, calle pública con once metros. Mide: ciento ochenta y nueve metros con veinte decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Auto Sasa S. A. contra William Alberto Cartín Núñez. Expediente Nº 03-000333-0185-CI.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del año 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—Nº 44671.—(80753).
A las diez horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil siete, libre de gravámenes prendarios, y sin sujeción de base, al mejor postor remataré: una embarcación denominada “Capitán Maikol”, construida en fibra de vidrio, cuyas dimensiones son: eslora seis punto diez metros, manga uno punto ochenta y cuatro metros, puntal cero punto setenta y cinco metros, motor marca Mariner de treinta hp, serie OG sesenta mil veintiuno. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario Nº 01-100592-417-CI-4 de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Misael Rojas Gómez y otros.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 22 de agosto del 2007.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 44654.—(80754).
A las nueve horas treinta minutos del seis de noviembre del dos mil siete, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y soportando una infracción ante el Juzgado de Tránsito de Desamparados con la sumaria número 06-602000-04910-TC, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley quedando la base de un millón doscientos setenta y cuatro mil doscientos treinta y nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 632979, marca Honda, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis 1HGEG8542SL030213, uso particular, estilo Civic DX, capacidad 5 personas, año 1995, color rojo, número de motor D15B74553211. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-001709-0185-CI-2, ejecutivo prendario de Inversiones González y Vargas de San José S. A. contra Eddy Francisco Fernández Muñoz.—Juzgado Sexto Civil de San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 44647.—(80755).
A las diecisiete horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de once millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 464888-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito onceavo San Sebastián, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Compañía Agrícola Seyma; al sur, Jairo Martínez Fernández; al este, calle pública con un frente de diez metros, trece centímetros, y al oeste, Jairo Martínez Fernández y Alberto Galimary Codol. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con noventa y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Alejandra Bolaños Guevara. Expediente Nº 06-020296-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del año 2007.—Lic. Mauricio Vega Camacho, Juez.—Nº 44636.—(80756).
A las ocho horas y cuarenta minutos del dos de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada y libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de treinta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y un mil doscientos veintinueve colones- cero cero cero, la cual es terreno para construir, lotes diecisiete-A. Situada en el distrito quinto San Antonio, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle; al sur, José Luis Delgado Carvajal; al este, lote dieciséis-A, y al oeste, lote dieciocho-A. Mide: ciento diecinueve metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica, contra María Isabel Jiménez Fernández. Expediente Nº 05-007761-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del 2007.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—Nº 44623.—(80757).
A las nueve horas treinta minutos del once de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes, con la base de tres millones de colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula 61625-000, que es terreno para construir, lote 38 con una casa, situado en el distrito dos Batán; cantón quinto Matina; provincia de Limón; que mide: doscientos veinticinco metros con un decímetro cuadrado. Linda: al norte, con María de los Ángeles Bustamante; al sur, con María de los Ángeles Bustamante; al este, con María de los Ángeles Bustamante, y al oeste, con calle pública con doce metros. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 07-000050-0930-CI de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Fanny de los Ángeles Rodríguez Sequeira y Ligia Cecilia Sequeira Díaz.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 9 de agosto del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 44622.—(80758).
A las diez horas del dieciséis de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo 309 asiento 15164 y con la base diecinueve millones quinientos cuarenta mil quinientos sesenta y tres colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matrícula de Folio Real número 010390-000 del partido de Limón, que se describe así: naturaleza para construir con una casa. Mide: trescientos treinta y cinco metros con noventa y dos decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 01 Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Linderos: al norte, con Weriza Perters; al sur, con calle pública con 12 metros; al este, con Irene Blake, y al oeste, con María Gladys. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-001434-0183-CI de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples Alianza Pérez Zeledón contra Justin Medrano Royer.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—Nº 44620.—(80759).
A las quince horas del veinticuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de tres millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas cuatrocientos veintinueve mil setecientos sesenta y seis, marca KIA, año dos mil uno, motor número FE099859, chasis KNAJA543315036258, color blanco, carrocería automóvil, capacidad cinco personas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 07-000302-182-CI-3, de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ana Yancy Carballo Sagot.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 29 de agosto de 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 44619.—(80760).
A las once horas y treinta minutos del primero de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso trasladada y con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diecinueve mil doscientos diecinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres San Rafael, cantón ocho Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, al sur, y al oeste, Lomas de Perseverancia S. A., al este, calle pública con doce metros de frente. Mide: ciento noventa y dos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Wilbert Meléndez Quirós. Expediente Nº 07-000995-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de julio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(80845).
A las diez horas treinta minutos del dos de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero soportando infracción a la Ley de Tránsito bajo sumaria número 05-0038090-496-TR, que se tramita en el Juzgado de Tránsito de Cartago y sumaria número 05-2653-175-PE que se tramita en el Ministerio Público de Goicoechea y con la base rebajada en un veinticinco por ciento de ley, sea la suma de cuatro mil ciento un dólares con noventa y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 236510, marca Toyota, categoría automóvil, estilo Four Runner, capacidad cinco pasajeros, año 1991, color verde, carrocería familiar Station Wagon, tracción doble, chasis JT tres VN tres nueve W cinco M ocho cero dos seis ocho ocho uno, motor VG tres cero cero tres cuatro tres tres cinco siete, cilindrada dos mil novecientos sesenta c.c., combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-000363-181-CI de Vehículos Internacionales (VEINSA) S. A. contra José Uriel García Hernández.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(81151).
A las diez horas del lunes primero de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, al mejor postor y con la base de quinientos sesenta y ocho mil ciento sesenta y seis colones con diez céntimos, remataré: vehículo, placas 126686, marca BMW, estilo 318-I, capacidad 5 personas, año 1983, sedan de 2 puertas, de gasolina, color verde, motor número 184EA8359799. Lo anterior por ordenarse así en proceso prendario Nº 03-001388-183-CI-5, establecido por Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra Alexander Chavarría Zúñiga.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de agosto del 2007.—Lic. Óscar Cruz Conejo, Juez.—(81153).
A las ocho horas treinta minutos del primero de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón trescientos veintiséis mil ciento setenta y tres colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1994, estilo Sonata II, no indica cilindros, combustible no indica, cubicaje no indica centímetros cúbicos, chasis número KMHCF21DPRU202417, motor G4CMR366727, color gris, capacidad 5 pasajeros, placas número 395643. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 06-000730-0180-CI de Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra María Auxiliadora Allan González.—Juzgado Primero Civil de San José, 9 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(81160).
A las diez horas treinta minutos del día tres de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de un millón quinientos treinta y cinco mil seiscientos quince colones con cincuenta y tres céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: Placas 491506 vehículo marca BMW, estilo 325, carrocería sedan 2 puertas, motor número 31140246256S1, color negro. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-001134-184-CI de Veinsa S. A. contra Adrián Bolaños Flores.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de agosto del 2007.—Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—(81169).
A las quince horas del dos de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la ley de Tránsito, y con la base de cinco mil cuatrocientos quince dólares con setenta y dos centavos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas CL doscientos once mil novecientos sesenta y tres, marca Chana / Tiger, modelo 2007, estilo Standard M, color blanco, combustible gasolina, carrocería caja abierta o cam-pu, capacidad dos personas, motor JL462Q3523J35407, chasis LSCAA10F65G006689. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 07-001465-182-CI-3, de Banca Promérica S. A., contra Steven Roy Wheeler y Silvia Sequeira Villalta.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(81172).
A las diez horas treinta minutos del dos de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 406248-000, la cual es terreno para construir, con una casa, lote H-137. Situada en el distrito 04 Patalillo, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote H-148/149; al sur, calle pública con 08.10; al este, lote H-138, y al oeste, lote H-136. Mide: ciento cincuenta metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Florybeth de los Ángeles Monge Sánchez. Expediente Nº 07-000938-0640-CI. Se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Bancario Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(81177).
A las trece horas y cuarenta minutos del tres de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón trescientos mil colones, en el mejor postor, remataré: vehículo placa 239245, año 1994, marca Peugeot, categoría automóvil, estilo 306XG, capacidad 5 personas, carrocería Sedan 4 puertas, color gris, chasis VF37AK2D230136681, Nº motor 10FS5W1417402. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: ejecutivo simple número 97-011032-0170-CA, de Banco de Costa Rica con Alejandro Alvarado Miranda, Alvarado Miranda María Eugenia, Rodríguez Brenes Zianne y Solano Mora Warren.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de agosto del 2007.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 44889.—(81372).
A las diez horas del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones y prohibiciones a las citas 379-03672-01-0900-001, con la base de tres mil doscientos sesenta dólares, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos treinta y siete mil quinientos sesenta y cinco-cero cero cero, que es terreno de pastos y cultivado de moras, situado en distrito cuatro, Rivas, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: norte, servidumbre agrícola y Minor Castillo Quesada; sur, Edwin Valverde Cordero; este, Minor Castillo Quesada y Edwin Castillo Quesada, y al oeste, Alexis Salazar Fallas. Mide: diez mil setecientos veinte metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Plano SJ-0832870-2002. La finca descrita pertenece a María Betinia Ortiz Rojas. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 07-100074-188-CI. Interno 80-07-Y-4 de Cristian Aguilar Alfaro contra María Betinia Ortiz Rojas y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 9 de agosto del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 44907.—(81374).
A las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de novecientos mil colones, remataré al mejor postor el vehículo placas número ciento veintitrés mil trescientos veinticinco, marca B.M.W, categoría automóvil, Sedan 4 puertas, estilo 323I, año 1984, color gris, capacidad 5 personas, motor 236EC6867438, chasis WBAAA710509159811, propiedad de Adán Alberto Núñez Alvarado. Lo anterior se remata por estar así ordenado en ejecutivo simple Nº 06-100542-188-CI. Interno 569-07-Y-4 de Asociación Recreativa de Pérez Zeledón contra Adán Núñez Alvarado.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 9 de agosto del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 44908.—(81375).
A las catorce horas veinte minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios pero soportando infracción a favor del Juzgado de Tránsito de Puntarenas, según sumaria número 01-600940-607-TC, con la base de cuatrocientos cincuenta mil novecientos cincuenta y cuatro colones, remataré: vehículo marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, estilo Excel TRX, tracción sencilla, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y uno, color gris, gasolina, motor número G cuatro DJM dos cero ocho dos uno seis, placas trescientos ochenta y nueve mil ochocientos setenta y tres. Se remata por ordenarse así en proceso prendario 03-000635-182 CI (6) de Ehmo S. A., contra Manfred Mora Agüero.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(81486).
A las ocho horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones ciento cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y nueve mil cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote sesenta y seis-F. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote sesenta y siete-F; al sur, resto destinado a calle; al este, lote noventa y dos-F, y al oeste, lotes sesenta y cinco-F noventa y tres-F. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lilliana Villalobos Peña. Expediente 06-002274-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de junio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(81491).
A las nueve horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón quinientos veintiún mil quinientos setenta y nueve colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y dos mil seiscientos cuarenta y nueve, submatrícula cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 11 D. Situada en el distrito octavo, Barranca; cantón primero, Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: noreste, lote 10 D; noroeste, lote 6 D; sureste, resto destinado a calle; suroeste, lote 12 D. Mide: ciento cuarenta metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alcides Vivas Quirós y Lillian Salas Gómez. Expediente 06-002476-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de julio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(81492).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las nueve horas quince minutos del veintidós de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de sesenta y cinco mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 125924-000, la cual es naturaleza: lote tres terreno de potrero, situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con frente de 63 metros 20 centímetros; al sur, con Horizontes de Alajuela S. A., y en parte el río Cedros; al este, con Horizontes de Alajuela S. A., y al oeste, con Horizontes de Alajuela S. A., en medio el río Cedros. Mide: quince mil seiscientos cincuenta y tres metros con cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Félix Castro Rodríguez contra Lamona en Seda Reserva Privada S. A. Expediente Nº 07-001491-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 4 de setiembre de 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 44604.—(80761).
A las ocho horas treinta minutos del ocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado, a favor de Asociación Solidarista de Empleados de Coopeguanacaste R. L., representada por su presidente Luis E. Alcócer Gutiérrez, por la suma de dos millones quinientos mil colones y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cincuenta y un mil doscientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito primero Filadelfia, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Julia Soblado; al sur, con Juana Valerio; al este, con calle, y al oeste, con Manuel Gómez. Mide: trescientos treinta y nueve metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Centro Internacional de Inversiones CII S. A. contra Patricio Machado García. Expediente Nº 04-100152-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 8 de agosto del año 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—(80857).
A las ocho horas y veinte minutos del seis de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 226, asiento 2279 y con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 184627-000, que es terreno de café, sito: distrito 08 Río Azul, cantón La Unión de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Lucrecia Rodríguez Sojo; sur, Lucrecia Rodríguez Sojo; este, servidumbre de paso de seis metros de ancho, y al oeste, Ronald Mora Vega y Carmen Chinchilla Chinchilla. Mide: doscientos metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-016671-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Berenice Martínez Fernández.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de setiembre del año 2007.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—(81049).
A las diecisiete horas del diez de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones trescientos tres mil cuatrocientos ochenta y dos colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número sesenta y siete mil seiscientos sesenta y uno cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir bloque U, lote 21, sito: distrito 01 Limón, cantón 01 Limón de la provincia de Limón. Linderos: norte. INVU; sur, avenida Nogal; este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: noventa metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-015516-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Floriseth Villalobos Davidson y Olger Castañeda Marchena.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de agosto del 2007.—Lic. Jorge Arturo Rodríguez Cruz, Juez.—(81063).
A las nueve horas del doce de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, y con la base de un millón, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 374809 marca Hyundai Galloper, automóvil capacidad 7 personas, año 94, color gris, tracción 4x4, chasis número KMXKPE1BPRU098754. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Casa El Mana S. A., contra Sergio Arturo González Duarte. Expediente Nº 07-000913-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(81152).
A las ocho horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica y con la base de diecinueve mil setecientos setenta y dos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil ciento tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 25-B; al sur, lote 23- B; al este, lote 11- B, y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Luis Orlando Arias Valverde. Expediente Nº 06-026654-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del año 2007.—Lic. Jorge Arturo Rodríguez Cruz, Juez.—(81154).
A las nueve horas treinta minutos del ocho de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, pero soportando infracción a la ley de Tránsito bajo sumaria número 07-4000-174-TR, que se tramita en el Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de doce mil cuatrocientos noventa y tres dólares con treinta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 621926, marca Fiat, estilo palio adventure, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2006, color gris, carrocería station wagón o familiar, tracción sencilla, chasis número 9BD17319964156160, motor 1V0160169, marca Fiat, cilindrada 1796 c.c., cilindros 04, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 07-001225-181-CI de Banca Promérica S. A., contra Vargas Phillips S. A., y otra.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, San José, 22 de agosto del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(81173).
A las ocho horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ocho mil doscientos setenta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Mitsubishi, modelo 2002, estilo Lancer GLX (03), cilindros 04, combustible gasolina, chasis número JMYSTCS3A1U003585, motor 4G18BP6277, color plateado, capacidad cinco pasajeros, placas número 458473. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 07-001457-0180-CI Banca Promérica S. A., contra Horacio Páez Rodríguez.—Juzgado Primero Civil San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(81174).
A las nueve horas del siete de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de doce mil novecientos dieciocho dólares con siete centavos o su equivalente en colones que deberán calcularse conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Nissan, modelo 2005, estilo Almera SG, 04 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1597 centímetros cúbicos, chasis número JN1CFAN16Z0089747, motor QG16357818, color blanco, capacidad 05 pasajeros, placas número 596945. Se ordena el remate en ejecutivo prendario N° 817-07 de Banca Promérica S. A., contra Jorge Arturo López Garita y otro.—Juzgado Primero Civil, San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(81175).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones y con la base de treinta y seis mil dólares moneda en curso de los Estados Unidos de América, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 594028, marca BMW, estilo 320I, carrocería sedan cuatro puertas, motor no existe, año 2006, color gris, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 07-001555-0184-CI de Banca Promérica S. A. contra José Alfredo Ruiz Jiménez.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—(81176).
A las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil siete. Libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de siete millones quinientos veintiséis mil setecientos treinta y tres colones con cincuenta céntimos, al mejor postor remataré: embarcación denominada Periquito, matrícula número P-cero cero uno dos siete cuatro, estola: ocho punto cuarenta y cinco, manga: dos punto setenta y siete metros, puntal: uno punto treinta y tres metros, TRB: seis punto sesenta, TRN: cero punto ochenta y dos, casco: madera en fibra, uso: pesca, año de fabricación: mil novecientos ochenta y seis, motor marca: Toyota, número de motor: siete cero tres cinco ocho ocho uno uno cuatro uno uno seis seis cero uno cero, serie de motor número: siete cero tres cinco ocho ocho uno uno cuatro uno uno seis seis cero uno cero, combustible: diesel, HP: noventa. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 07-100747-432-CI-2 de Banco Popular contra Alexander Soto Tabash.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—Nº 44894.—(81373).
A las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, se rematará la propiedad de la provincia de San José, matrícula cuatrocientos ochenta y cinco doscientos treinta y siete cero cero cero, que es terreno para construir con una casa de habitación, situada en distrito cuarto Mata de Plátano del cantón octavo Goicoechea de la provincia de San José, mide: quinientos cincuenta y tres metros cuadrados, linda al norte, calle pública con quince metros de frente; sur, noroeste, casa número nueve C y M Empresa de Bienes Raíces Sociedad Anónima, sureste, casa número siete de C y M Empresa de Bienes Raíces Sociedad Anónima, suroeste, C y M Empresa de Bienes Raíces Sociedad Anónima; con la base de ciento cuarenta millones cero diez mil colones exactos, soporta hipoteca en primer grado en favor del Banco Nacional de Costa Rica, por la suma de ciento cincuenta y tres mil Unidad de Desarrollo, interés anuales fijos del 8.00 por ciento, inicia el veintiocho de mayo de dos mil cuatro, y vence el veintiocho de mayo de dos mil dieciocho. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución de sentencia en diligencias de divorcio por mutuo consentimiento de Karina Abusto Miranda contra José Óscar Ruiz Hernández. Expediente Nº 06-000261-0165-FA (1A).—Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de San José, 15 de agosto del 2007.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—Nº 44919.—(81376).
A las catorce horas cuarenta minutos del treinta de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de veinticinco mil setecientos noventa y seis dólares con trece centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas 661939, marca Toyota, estilo RAV4, chasis JTMBD tres tres V nueve cero cinco cero cuatro cero ocho dos ocho, motor N° dos AZ dos dos seis cuatro ocho uno nueve, modelo 2007, color azul. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco HSBC (Costa Rica) S. A., contra Amine Harouchi. Expediente 07-001041-182-CI (2).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 44952.—(81377).
A las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este juzgado, soportando hipoteca en primer grado y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos sesenta y nueve-cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno: para construir con una casa de habitación, lote ciento dieciséis. Sitio: distrito 09 Pavas, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lotes 121 y 122; sur, calle pública; este, lote 117, y oeste, lote. Mide: ciento siete metros con veintinueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-001553-0184-CI de Minas Brillaneste S. A., contra Manuel Humberto Alaman Requenes, Dinorah del Carmen Montano Rodríguez.—Juzgado Quinto Civil de San José, I Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 44983.—(81378).
A las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base dada por el perito, sea la suma de dos millones de colones y soportando prenda de primer grado a favor del Banco Improsa S. A., con una responsabilidad original en esa obligación de cuatro mil ciento sesenta y tres dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 179.141 marca Kia Towner, 2 personas, año 2001, color blanco, motor CD8000996882. Se remata por ordenarse así en proceso sumario ejecutivo, Expediente Nº 04-000009-181 de Mauricio Cuartas Ochoa contra Javier Madrigal Anderson.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, 29 de agosto del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 45002.—(81379).
A las nueve horas del veinticuatro de octubre próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y dos mil cuatrocientos ochenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y nueve mil ciento setenta y siete-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Alajuela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, al sur, al oeste, Juan Ramírez Quirós; y al este, calle pública con ocho metros setenta centímetros de frente. Mide: ciento ochenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela. La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hannia Nefertty Vargas Rodríguez, José Miguel Fallas Sibaja, Magally Rodríguez Retana. Expediente 07-001096-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 45021.—(81380).
A las ocho horas del veinticuatro de octubre próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre sirviente y con la base de cinco millones cuatrocientos mil setecientos noventa y seis colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil setecientos sesenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote cincuenta y siete. Situada en el distrito cuatro Ulloa, cantón uno Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 58; al sur, lote 56; al este, calle primera con seis metros de frente y al oeste lote 36 y 37. Mide: ciento veintinueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alicia Ramírez Morales, Jeanina Barrantes Zúñiga expediente 07-001202-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 45022.—(81381).
A las diez horas del veintidós de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de cinco millones seiscientos mil colones y libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta mil trescientos noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle y Víctor Abarca; al sur, Eduardo Barboza; al este, calle pública y al oeste, quebrada en medio con Manuel Abarca. Mide: once mil doscientos setenta metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alejandra Alfaro Blanco, Juan Alexis Alfaro Rivera, Marsella Alfaro Blanco. Expediente 07-001189-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 27 de julio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 45023.—(81382).
A las nueve horas con treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de diez millones novecientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho colones y libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y siete mil doscientos cuarenta-cero cero cero la cual es terreno para construir A-treinta. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote A-29; al sur, lote A-31; al este, Enrique Vega Oreamuno y al oeste, calle pública. Mide: trescientos nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Óscar Gutiérrez Elizondo. Expediente Nº 07-001168-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 27 de julio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 45024.—(81383).
A las once horas del diecisiete de octubre próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) y con la base de diecisiete millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil novecientos sesenta-cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito primero Alajuela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Wilbert Alpízar Núñez y Cornelio Agüero Fernández; al sur, frente a calle pública de seis metros con sesenta y nueve decímetros; al este, Rodrigo Rodríguez Arias y al oeste, Georgia Nuñoz Naranjo y Rogelio Rojas Madriz. Mide: doscientos setenta y ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Daniel Martín Aguilar Ramírez. Expediente 07-001241-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 45025.—(81384).
A las nueve horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de diez millones cuatrocientos treinta y siete mil sesenta y ocho colones con sesenta y un céntimos y libre de gravámenes pero soportando servidumbre trasladada, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 104, con una casa. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Tinandre S. A.; al sur, Asociación de Desarrollo Integra de Santiago del Monte; al este, Zona Comunal y al oeste, calle pública con seis metros de frente. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alejandra Cordero Campos, Fernando José Munguía Zambrana. Expediente 0.—7-001211-0638 CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 3 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 45040.—(81385).
A las ocho horas del veintinueve de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintisiete millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos trece mil cuatrocientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro San Rafael, cantón quince Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte Clemencia Coto del Barco; al sur, Hortencia Coto Rojas; al este, calle pública con veintiséis metros un centímetro y al oeste, Asociación Evangélica Centroamericana de Costa Rica y calle pública con cuatro metros treinta y cinco centímetros. Mide: mil trescientos veinticinco metros con seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Arturo Rodríguez Cerdas expediente 07-000507-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 3 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 45041.—(81386).
A las diez horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de nueve millones de colones y libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de ley de aguas, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa mil cuatrocientos cincuenta y cuatro- cero cero cero la cual es terreno lote noventa y dos, terreno para construir, parte de Urbanización Residencial El Castillo. Situada en el distrito cuatro, Ángeles, cantón cinco, San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, resto destinado a calle pública con cuarenta y tres metros; al sur, lote ochenta con cuarenta y tres metros; al este, lote noventa y tres con cuarenta metros cincuenta y siete centímetros y al oeste, lote noventa y uno con cuarenta metros setenta y cuatro centímetros. Mide: mil setecientos cuarenta y siete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guido Gerardo Casorla Alvarado. Expediente 07-001139-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 3 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 45042.—(81387).
A las diez horas y treinta minutos del veintinueve de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones ochocientos mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos nueve mil seiscientos noventa y nueve-cero cero tres y cero cero cuatro la cual es terreno para construir lote tres. Situada en el distrito once San Rafael Abajo cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Damaris Astúa Rojas, Vicente Alberto y Carlos Alberto Jiménez Astúa; al este, lote cuatro y al oeste lote dos. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Édgar Ennio Blanco Morales, Versan Moya Rivera. Expediente 07-000867-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 9 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 45043.—(81388).
A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones doscientos diecisiete mil ciento sesenta y cinco colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 129293-000 la cual es terreno para construir con una casa y un galerón. Situada en el distrito 03 Tobosí , cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hernán Trejos Arrieta; al sur, Luis Montero Alfaro y Rotonda; al este, Luis Montero Alfaro y Rotonda y al oeste Luis Montero Alfaro y Rotonda. Mide: doscientos setenta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hernán Alexis Ramírez Ramírez, expediente: 07-001434-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de agosto del 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 45068.—(81390).
A las catorce horas del veinticinco de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando reservas y restricciones, pero libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré la finca del partido de Alajuela Folio Real matrícula número cuatrocientos veintisiete mil novecientos veintitrés-cero cero cero, que es terreno de potrero, situado en el distrito cuatro Aguas Zarcas, del cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela, linda: al norte, Marilin Aguilar Chavarría; sur, servidumbre agrícola en medio Nidia Aguilar Jara; este, Marta Flory Aguilar Jara, y oeste, Manuel Ángel Aguilar Jara. Mide: cuarenta mil quinientos cuarenta y ocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados, plano catastrado Nº A-1085718-2006. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100418-0295-CI de Rafael Ángel Rojas Oviedo, contra Óscar Aguilar Jara.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 5 de setiembre de 2007.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 45095.—(81391).
A las ocho horas quince minutos del diecisiete de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito La Ribera, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Calixto Chaves; al sur, calle pública con 12 metros 47 centímetros; al este, Danilo Alfaro, y al oeste, Hermanos Ramírez. Mide: doscientos veinticinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Julio César Araya Fernández y Maureen Shirley Meléndez Arce. Expediente Nº 04-000861-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 45109.—(81393).
A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de quinientos mil colones; remataré: finca inscrita en el Registro Público provincia de San José, matrícula cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque D lote cuatro, situado en el distrito segundo San Miguel, del cantón tercero Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, con lote diecinueve D; al sur, con calle primera; al este, con lote cinco B, y al oeste, con lote tres D. Mide: ciento diecinueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 07-100257-0217-CI de Hernán Hernández Garro contra José Rolando Padilla Abarca.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 21 de agosto del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—(81428).
A las ocho horas treinta minutos del ocho de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladadas y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos diecisiete-submatrícula cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 130. Situada en el distrito quinto, San Felipe; cantón décimo, Alajuelita; de la provincia de San José. Colinda: Norte, Invu; sur, calle pública; este, calle pública; oeste, lote 133. Mide: ciento diez metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Esmeralda Villalobos Navarro, Víctor Hugo Molina Carvajal. Expediente Nº 07-000812-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de julio del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—(81493).
A las siete horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, o bien del Juzgado Penal de San Carlos, en el caso de que no se haya habilitado dicho despacho en ese cantón, remataré con la base de cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y un colones, con cero treinta y ocho céntimos, la cantidad de doscientos cincuenta y dos piezas de madera de las especies Laurel y Lagartillo, con un volumen total de diez punto cuatro mil quinientos cincuenta y tres metros cúbicos; cuya madera se encuentra en finca de Diego García Guadamuz, en la Unión de Buena Vista de Guatuso, provincia de Alajuela. Lo anterior por estar ordenado así en Comisión Nº 35-07-E, Exp. 07-200332-630-PE por infracción Ley Forestal, contra Diego García Guadamuz en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala, sede Ciudad Quesada, San Carlos.—Lic. Andrés Saborío Cascante, Juez.—(81520).
A las siete horas treinta minutos del día veinticuatro de octubre del año dos mil siete. En la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, o bien del Juzgado Penal San Carlos si a la fecha el primero no estuviera habilitado; remataré con la base de un millón doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos cuarenta y tres colones con cuarenta céntimos, con un volumen total de cuatro punto cuarenta y uno metros cúbicos, para un total de doscientos diez piezas de las especies Cedro Amargo; la cual se encuentra decomisada en parcela propiedad de Rosa Agüero Jiménez en la Florida de Guatuso. Se remata por estar ordenado así en la Comisión Nº 34-L-06, dentro de la causa Nº 07- 200328-630-PE, que se instruyó por el delito de Infracción a la Ley Forestal, contra Rosa Agüero Jiménez en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, sede San Carlos, Ciudad Quesada.—Lic. Andrés Saborío Cascante, Juez.—(81521).
A las siete horas treinta minutos del día diecinueve de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado Penal de San Carlos, remataré con la base de cuatrocientos sesenta y un mil trescientos colones netos, con un volumen total de cuatro punto veintiocho metros cúbicos, para un total de ciento ochenta y cinco piezas de la especie Ceiba y con la base de sesenta mil trescientos veinte colones con veintitrés céntimos, para un volumen de uno punto veintiocho metros cúbicos, un total de tres trozas de Canfín. Dicha madera se encuentra en custodia de Luis Ángel Vásquez Castillo, presidente de la Asociación de Cóbano de los Chiles. Se remata por estar ordenado así en la Comisión Nº 95-2-07, en causa 07-200354-801-PE, que se instruyó por el delito de Infracción a la Ley Forestal, contra Mirna Arzón Suazo en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Simón Guillén Solano, Juez.—(81522).
A las ocho horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de anotaciones judiciales pero soportando Reservas y Restricciones, al asiento dieciocho mil ochocientos cuarenta y uno, secuencia cero novecientos cinco, del tomo doscientos noventa y siete, con la base de un millón ciento noventa y tres mil novecientos catorce colones con setenta y cinco céntimos, remataré: La finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Alajuela, a Folio Real Matrícula número trescientos sesenta y cuatro mil cincuenta y ocho-cero cero cero, que es terreno de solar con una casa, situado en distrito sétimo, cantón trece, Upala, de la provincia de Alajuela. Linda, norte, calle pública; sur, Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Upala; este, Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Upala, y oeste, Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Upala; con una medida de trescientos cincuenta y cinco metros con tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100050-0389-CI (51-4-2006)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesta por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Raúl Ramírez Rojas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 8 de agosto del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Nº 45137.—(81771).
Se convoca a los socios o miembros de Asociación Solidarista de Empleados de Conapa S. A., a una junta que se verificará en este Despacho a las trece horas y cuarenta minutos del nueve de noviembre del año dos mil siete, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso: ejecutivo simple de: Caja Costarricense de Seguro Social contra: Asociación Solidarista de Empleados de Conapa S. A., expediente N° 06-008775-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—Nº 45149.—(81796).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Trinidad Pérez Mena, mayor, jardinero, portador de la cédula de identidad número uno- cero ciento veintidós-cero trescientos ochenta y tres y Guadalupe Sandí García, mayor, ama de casa, portadora de la cédula de identidad tres-cero noventa y siete-cero quinientos veintidós, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-000544-0640-CI.—Juzgado Civil de Hatillo.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 45197.—(81797).
Gerardo Cerdas Arias cédula 4-149-389, establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de pasto en su mayoría con una casa, ubicado en el distrito noveno, Barú, cantón diecinueve, Pérez Zeledón de la provincia de San José, con noventa y dos hectáreas siete mil cuatrocientos sesenta y seis metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-190242-1994. Colinda al norte, calle pública y Leticia Mora Hernández; sur, Héctor Cerdas Arias y Ruth Alfaro Picado; este, Río Ángel, y oeste, Edward Arias Saborío y Luis Padilla Naranjo. La finca la obtuvo por medio de posesión derivada del anterior propietario Saúl Fallas Cisneros. Sobre el inmueble no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley, si no lo verifican. Exp. N° 07-160015-0188 AG (Interno 22-07-JC).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 44909.—(81394).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000041-0638-CI-13 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gredy Montero Gutiérrez, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Labrador de San Mateo, Alajuela, cédula 2-398-614, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el inmueble sin inscribir y que se describe así: terreno de frutales con una casa, sito en Labrador de San Mateo, distrito tercero, Jesús María, cantón cuarto, de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, con Luis Marín Espinoza; al sur, con calle de servidumbre con cinco metros de ancho y cincuenta y cuatro metros cuarenta y cinco centímetros de frente; al este, con calle pública con cincuenta y un metros diez centímetros; oeste, con Zoila Ballestero Carmona. Mide: dos mil setecientos once metros con ochenta y tres decímetros cuadrados; según plano catastrado número A- 278831-95. Con el término de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con interés en estas diligencias, para que se apersonen ante este Despacho en reclamo de sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gredy Montero Gutiérrez. Exp. 07-000041-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 44913.—(81395).
segunda PUBLICACIÓN
Se comunica que en el Juzgado de Familia de Corredores, se tramita proceso de depósito judicial de la persona menor de edad Sandra Cruz Monge, de cinco años, nacida el treinta y uno de marzo del dos mil dos, hija de Rocío Cruz Monge, promovido por Patronato Nacional de la Infancia contra Rocío Cruz Monge, bajo el número de expediente 07-400112-424-FA-3. Se cita y emplaza a todas las personas que tuviesen algún interés en este asunto, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación del edicto ordenado, se apersonen y manifiesten lo que estimen conveniente.—Juzgado de Familia Penal Juvenil de Corredores, Ciudad Neily, 11 de junio del 2007.—Lic. Nacira Rivera Cruz, Jueza.—(Solicitud Nº 0753).—C-1190.—(80617).
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de los menores Brandon Steve Herrera Céspedes y Luilly Jesús Herrera Céspedes, ya por haber sido nombrados en testamento, o por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días, contados a partir de la fecha de la publicación del último edicto. Tutela Nº 07-400083-687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, 15 de febrero del 2007.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—(Solicitud Nº 0753).—C-1170.—(80627).