EL BOLETÍN Nº 198
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en sesión de 1 de setiembre de 2006, artículo I, y el acuerdo del Consejo Superior de sesión del 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de expedientes penales del periodo 1981-2002 del Juzgado Penal de Turrialba, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.-
Remesa: P 1 C 02
Expedientes: 39
Paquetes: 3
Año: 2002
Asunto: Varios: (11 Agresión con arma, 5 Tenencia ilegal de arma permitida, 3 Desobediencia a la autoridad, 3 Lesiones culposas, 3 Infracción a la ley forestal, 3 Daños, 3 Querella, 2 Robo simple con violencia sobre las cosas, 1 Robo simple, 1 Ejercicio ilegal de la profesión, 1 Usurpación, 1 Hurto agravado, 1 Infracción a la ley de armas, 1 Receptación). Expedientes con sentencias absolutorias Unipersonales firmes.
Remesa: 20079
Expedientes: 58
Paquetes: 2
Año: 1981 a 1989
Asunto: Varios: 1 Apropiación indebida (1981), 1 robo agravado 1 estafa (1983), 1 hurto agravado (1984), 2 estafas mediante cheque, 1 retención indebida, 1 robo agravado, 3 peculados (1985), 2 estafas mediante cheque, 2 hurtos agravados, 1 evasión, 1 robo simple, 1 violación agravada (1986), 1 tentativa de homicidio calificado, 2 estafas, 1 retención indebida , 4 robos agravados, 2 violaciones, 1 estelionato, 1 libramiento de cheque sin fondos, 1 robo simple, 1 hurto agravado, 1 falsificación de documento, 1 corrupción agravada (1987), 1 retención indebida, 4 libramiento de cheque sin fondos, 2 robo simple, 1 falsificación de documento, 1 cultivo de marihuana, 1 Estelionato, 1abusos deshonestos, 1 tentativa de homicidio (1988), 1 robo agravado, 1 falsificación de documento, 3 apropiación indebida, 1 hurto agravado, 1 violación, 1 infracción a la ley forestal, 1 receptación, 1 robo simple, 1 lesiones graves, 1 estafa (1989). Expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo y prescripción firme.
Remesa: P 6 C 90
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 1990.
Asunto: Varios: 1 homicidio calificado, 1 hurto agravado, 1 robo agravado, 1 robo simple, 1 violación. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 9 C 91
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 1991.
Asunto: Varios: 1 estafa, 1 estupro, 3 robos agravados, 1 robo simple. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 9 C 92
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Varios: 2 hurto simple, 1 rapto, 1 falsificación de documento, 2 robo simple, 1 lesiones graves, 1 robo agravado Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 10 C 93
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 1993.
Asunto: Varios: 2 robos simple, 1 comercio de droga, 4 falsificación de documento, 3 hurtos agravados, 1 resistencia agravada, 1 lesiones graves, 1 libramiento de cheque sin fondo, 1 extorsión, 1 corrupción agravada. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 7 C 94
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 1994.
Asunto: Varios: 2 abusos deshonestos, 2 falsificación de documento, 2 lesiones graves, 1 falsedad ideológica, 2 estafas, 1 tentativa de violación, 1 retención indebida. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 7 C 95
Expedientes: 18
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Varios: 2 hurto simple, 1 rapto, 4 falsificación de documento, 1 abusos deshonestos, 2 hurtos agravados, 1 estafa mediante cheque, 1 estafa menor, 1 libramiento de cheque sin fondos, 1 peculado, 1 retención indebida, 2 robo simple, 1 estafa. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 7 C 96
Expedientes: 79
Paquetes: 2
Año: 1996
Asunto: Varios: 5 robo simple, 1 robo agravado, 4 hurto simple, 2 hurto agravado, 4 agresión con arma, 5 infracción ley vida silvestre, 1 retención indebida, 1 daños, 1 libramiento de cheque sin fondos, 3 abusos deshonestos, 1 circulación de moneda falsa, 9 falsificación de documento, 2 infracción ley forestal, 1 reaceptación, 2 lesiones leves, 1 contaminación de aguas, 1 lesiones, 2 estupro, 3 estafa, prevaricato, 1 tentativa de homicidio simple, 1 infracción ley patrimonio arqueológico, 1 cohecho propio, 21 violación de domicilio, 1 estafa mediante cheque, 1 resistencia agravada, 1 uso de documento falso, 1 privación de libertad, 1 resistencia a la autoridad. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 29 C 97
Expedientes: 787
Paquetes: 12
Año: 1997
Asunto: Varios: 24 robo simple, 30 robos agravados, 41 hurtos simples, 24 hurtos agravados, 35 agresión con arma, 43 lesiones culposas, 31 hurtos, 2 desobediencias, 18 infracción a la vida silvestre, 22 averiguar causa de muerte, 132 retención indebida, 24 ignorado, 23 daños, 29 libramiento de cheque sin fondos, 1 peculado, 1 palabras obsenas 4 falsificación de moneda, 8 abusos deshonestos 32 tenencia de droga, 1 amenaza, 3 circulación de moneda falsa, 10 averiguar desaparición, 22 falsificación de documento, 45 robo, 2 denuncia calumniosa, 7 lesiones graves, 13 abusos de autoridad, 9 infracción a la ley forestal, 2 homicidios calificados, 1 concusión 16 receptaciones, 4 lesiones leves, 2 amenazas agravadas, 3 contaminación de aguas, 1 extorsión, 2 infracción a la ley de loterías, 1 elaboración de licor clandestino, 14 tentativa de suicidio, 9 lesiones, 2 infracción a la ley de psicotrópicos, 3 estupro, 2 estelionato, 9 estafa, 1 lesiones en riña, tentativa de violación, 6 infracción a la ley de armas, 4 apropiación indebida, 4 homicidios culposos, 7 violaciones de domicilio, 1 falso testimonio, 3 tala ilegal, 1 coacción, 2 corrupción, 8 usurpaciones, 1 simulación de delito, 1 administración fraudulenta, 1 abandono de incapaz, 1 daños agravados, 4 cultivo de marihuana, 6 mal praxis, 1 transporte ilegal de madera, 4 deforestaciones, 4 sustracción de menores, 2 usurpación de bienes de dominio publico, 1 violación, 1 aborto culposo, 2 incumplimiento de deberes, 1 estafa mediante cheque, 1 favorecimiento real, 3 resistencias agravadas, 1 incendio en grado tentativa, 1 tentativa de robo agravado, 3 desacatos, 1 abandono de hogar, 1 corrupción agravada, 1 comercio de droga. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 13 C 98
Expedientes: 705
Paquetes: 10
Año: 1998
Asunto: Varios: 23 robo simple, 14 robos agravados, 23 hurtos simples, 7 hurtos agravados, 66 agresión con arma, 37 lesiones culposas, 9 hurtos, 27 desobediencias, 21 infracción a la vida silvestre, 22 averiguar causa de muerte, 133 retención indebida, 14 ignorado, 12 daños, 29 libramiento de cheque sin fondos, 1 falsificación de moneda, 15 abusos deshonestos, 17 tenencia de droga, 2 circulación de moneda falsa, 5 averiguar desaparición, 10 falsificación de documento, 8 robo, 1 denuncia calumniosa, 5 lesiones graves, 5 abusos de autoridad, 27 infracción a la ley forestal, 1 concusión, 10 receptaciones, 3 lesiones leves, 1 contaminación de aguas, 1 extorsión, 1 infracción a la ley de loterías, 1 elaboración de licor clandestino, 13 tentativa de suicidio, 17 lesiones, 1 infracción a la ley de psicotrópicos, 3 estupro, 1 estelionato, 5 estafa, 1 lesiones en riña, 2 tentativa de violación, 2 infracción a la ley de armas, 4 apropiación indebida, 5 homicidios culposos, 10 violaciones de domicilio, 4 falso testimonio, 1 tala ilegal, 13 usurpaciones, 2 simulación de delito, 2 administración fraudulenta, 4 cultivo de marihuana, 2 mal praxis, 1 deforestación, 3 sustracción de menores, 1 usurpación de bienes de dominio publico, 7 violación, 1 estafa mediante cheque, 6 resistencias agravadas, 3 tentativa de robo agravado, 5 desacatos, 6 comercio de droga, 1 violación agravada, 1 perjurio, 1 violación calificada, 3 tentativa de robo simple, 2 suicidio, 1 uso de documento falso, 1 daños agravados, 1 falsedad Ideológica, 2 Privación de Libertad, 1 Colisión, 1 Contaminación, 1 hurto Menor, 1 Resistencia a la autoridad, 1 Incendio, 1 Agresión Calificada, 1 Divulgación de Secretos, 3 Violaciones de Sellos, 1 Rapto Impropio, 1 Recepción de Cheques sin Fondos, 1 Excavación Ilegal, 1 Apropiación Irregular, 1 ejercicio Ilegal de la Profesión, 1 Tentativa de Hurto Agravado. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 15 C 99
Expedientes: 813
Paquetes: 15
Año: 1999.
Asunto: Varios: 19 robo simple, 15 robos agravados, 36 hurtos simples, 14 hurtos agravados, 63 agresión con arma, 52 lesiones culposas, 16 hurtos, 33 desobediencias, 14 infracción a la vida silvestre, 15 averiguar causa de muerte, 134 retención indebida, 22 ignorado, 11 daños, 26 libramiento de cheque sin fondos, 1 peculado, 19 abusos deshonestos, 25 tenencia de droga, 1 circulación de moneda falsa, 9 averiguar desaparición, 7 falsificación de documento, 13 robo, 2 denuncia calumniosa, 3 lesiones graves, 10 abusos de autoridad, 32 infracción a la ley forestal, 1 concusión, 8 receptaciones, 5 lesiones leves, 1 amenaza agravada, 1 contaminación de aguas, 1 infracción a la ley de loterías, 21 tentativa de suicidio, 16 lesiones, 1 estupro, 2 estelionato, 7 estafa, 1 infracción a la ley de armas, 4 apropiación indebida, 3 homicidios culposos, 18 violaciones de domicilio, 3 falso testimonio, 2 coacción, 16 usurpaciones, 2 simulación de delito, 1 abandono incapaz, 4 mal praxis, 1 deforestación, 8 sustracción de menores, 2 usurpación de bienes de dominio publico, 7 violación, 2 incumplimiento de deberes, 1 estafa mediante cheque, 4 resistencias agravadas, 9 desacatos, 12 comercio de droga, 3 perjurio, 1 tentativa de robo simple, 10 uso de documento falso, 1 daños menores, 2 falsedad Ideológica, 4 Privación de Libertad, 4 Resistencia a la autoridad, 1 Incendio, 3 Rapto Impropio, 2 Apropiación Irregular, 3 fraude de simulación , 1 soborno, 3 rapto, 1 homicidio, 5 alteraciones de marca, 3 corrupciones de menores, 1 agresión, 1 agresión calificada, 1 quiebra, 1 falsificación de señas, 2 abusos deshonestos agravados, 1 usurpación de aguas, 1 amenazas, 1 evasión, 1 transporte de droga. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 1 C 00
Expedientes: 859
Paquetes: 13
Año: 2000.
Asunto: Varios: 29 robo simple, 15 robos agravados, 23 hurtos simples, 10 hurtos agravados, 56 agresión con arma, 49 lesiones culposas, 13 hurtos, 27 desobediencias, 5 infracción a la vida silvestre, 33 averiguar causa de muerte, 135 retención indebida, 12 ignorado, 7 daños, 19 libramiento de cheque sin fondos, 1 peculado, 8 abusos deshonestos, 103 tenencia de droga, 3 circulación de moneda falsa, 11 averiguar desaparición, 2 falsificación de documento, 10 robo, 3 lesiones graves, 13 abusos de autoridad, 26 infracción a la ley forestal, 1 concusión, 10 receptaciones, 5 lesiones leves, 1 contaminación de aguas, 16 tentativa de suicidio, 22 lesiones, 1 infracción ley de psicotrópicos, 7 estupro, 1 estelionato, 9 estafa, 6 apropiación indebida, 3 homicidios culposos, 14 violaciones de domicilio, 10 usurpaciones, 1 mal praxis, 1 cultivo de marihuana, 3 deforestación, 6 sustracción de menores, 3 usurpación de bienes de dominio publico, 5 violación, 3 incumplimiento de deberes, 1 estafa mediante cheque, 1 resistencias agravadas, 1 tentativa de robo agravado, 3 desacatos, 4 comercio de droga, 1 perjurio, 1 violación calificada, 4 tentativa de robo simple, 1 suicidio, 62 uso de documento falso, 1 daño agravado, 2 falsedad Ideológica, 2 Privación de Libertad, 6 Resistencia a la autoridad, 1 Incendio, 1 violación de sellos, 2 Apropiación Irregular, 1, 1 tentativa de hurto agravado, 1 fraude de simulación, 3 alteraciones de marca, 3 corrupciones de menores, 1 agresión, 2 usurpación de aguas, 1 transporte de droga, 1 abuso sexual contra mayor de edad, 1 abuso sexual contra menor de edad, 1 difusión de pornografía, 1 infracción a derecho de autor, 2 infracción a la ley de transito, 1 violación de correspondencia, 1 prevaricato, 1 alteración de documentos, 1 usurpación de autoridad. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 1 C 01
Expedientes: 854
Paquetes: 14
Año: 2001
Asunto: Varios: 28 robo simple, 10 robos agravados, 20 hurtos simples, 5 hurtos agravados, 52 agresión con arma, 54 lesiones culposas, 22 hurtos, 67 desobediencias, 5 infracción a la vida silvestre, 28 averiguar causa de muerte, 54 retención indebida, 22 ignorado, 13 daños, 19 libramiento de cheque sin fondos, 2 peculado, 8 abusos deshonestos, 136 tenencia de droga, 2 circulación de moneda falsa, 9 averiguar desaparición, 5 falsificación de documento, 9 robo, 7 lesiones graves, 6 abusos de autoridad, 32 infracción a la ley forestal, 4 receptaciones, 1 lesiones leves, 2 contaminación de aguas, 3 elaboración de licor clandestino, 17 tentativa de suicidio, 18 lesiones, 3 infracción ley de psicotrópicos, 2 estupro, 4 estelionato, 16 estafa, 2 lesiones en riña, 8 infracción ley de armas, 5 apropiación indebida, 5 homicidios culposos, 17 violaciones de domicilio, 3 falso testimonio, 1 tala ilegal, 1 corrupción, 16 usurpaciones, 1 simulación de delito, 2 administración fraudulenta, 2 mal praxis, 2 deforestación, 3 sustracción de menores, 1 usurpación de bienes de dominio publico, 11 violación, 3 incumplimiento de deberes, 2 estafa mediante cheque, 3 resistencias agravadas, 2 tentativa de robo agravado, 3 desacatos, 1 abandono de hogar, 9 comercio de droga, 1 tentativa de robo simple, 1 tentativa de robo simple, 1 suicidio, 13 uso de documento falso, 3 falsedad Ideológica, 2 Privación de Libertad, 3 Resistencia a la autoridad, 2 violación de sellos, 2 raptos impropios, 1 excavación ilegal, 3 Apropiación Irregular, 1 ejercicio ilegal de la profesión, 1 fraude de simulación, 6 alteraciones de marca, 1 corrupciones de menores, 1 abuso deshonesto agravado, 6 abuso sexual contra menor de edad, 1 infracción a derecho de autor, 1 infracción a la ley de transito, 1 abuso deshonesto calificado, 1 tentativa de homicidio, 6 infracción al patrimonio arqueológico, 1 tentativa de hurto, 1 tentativa de robo, 1 desaparición de vaca, 1 tentativa de hurto simple, 1 tentativa de extorsión, 1 tentativa de violación, 1 ocultación de impedimento, 1 cohecho propio, 1 relación sexual consentida. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Remesa: P 2 C 02
Expedientes: 853
Paquetes: 12
Año: 2002
Asunto: Varios: 37 robo simple, 26 robos agravados, 35 hurtos simples, 14 hurtos agravados, 59 agresión con arma, 41 lesiones culposas, 15 hurtos, 51 desobediencias, 14 infracción a la vida silvestre, 23 averiguar causa de muerte, 81 retención indebida, 16 ignorado, 11 daños, 10 libramiento de cheque sin fondos, 1 peculado, 7 falsificación de moneda, 8 abusos deshonestos, 158 tenencia de droga, 7 circulación de moneda falsa, 5 averiguar desaparición, 5 falsificación de documento, 5 robo, 1 denuncia calumniosa, 1 lesiones graves, 4 abusos de autoridad, 30 infracción a la ley forestal, 1 homicidio calificado, 11 receptaciones, 2 lesiones leves, 2 contaminación de aguas, 1 elaboración de licor clandestino, 23 tentativa de suicidio, 14 lesiones, 4 infracción ley de psicotrópicos, 5 estelionato, 11 estafa, 1 tentativa de violación, 10 infracción ley de armas, 6 apropiación indebida, 1 homicidios culposos, 21 violaciones de domicilio, 2 coacción, 1 corrupción, 5 usurpaciones, 2 simulación de delito, 3 administración fraudulenta, 2 abandono de incapaz, 2 mal praxis, 2 deforestación, 2 sustracción de menores, 1 usurpación de bienes de dominio publico, 10 violación, 1 incumplimiento de deberes, 7 estafa mediante cheque, 6 resistencias agravadas, 1 incendio en grado de tentativa, 3 tentativa de robo agravado, 1 desacatos, 2 abandono de hogar, 4 comercio de droga, 1 violación calificada, 1 tentativa de robo simple, 3 suicidio, 8 uso de documento falso, 5 falsedad Ideológica, 1 Privación de Libertad, 2 Resistencia a la autoridad, 1 incendio, 6 violación de sellos, 1 Apropiación Irregular, 1 ejercicio ilegal de la profesión, 1 rapto, 1 homicidio, 1 corrupciones de menores, 1 abuso sexual contra mayor, 8 abusos sexuales contra menores de edad, 1 difusión de pornografía, 1 infracción a derecho de autor, 1 tentativa de homicidio, 1 infracción al patrimonio arqueológico, 1 tentativa de hurto simple, 1 tentativa de violación, 1 cohecho propio, 1 incumplimiento contractual, 1 favorecimiento personal, 1 relaciones sexuales con menor de edad, 1 injurias. Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y prescripción firmes.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 24 de setiembre del 2007.
Alfredo Jones León,
(85092) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en sesión de 15 de febrero de 2006, artículo XI, y el acuerdo del Consejo Superior de sesión de 21 de febrero de 2006, artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de boletas de tránsito y expedientes del Juzgado de Tránsito de Alajuela, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.
Remesa: G 32 A 91
Boletas: 200
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 34 A 93
Boletas: 600
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 35 A 95
Boletas: 150
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 33 A 96
Boletas: 100
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 28 A 97
Boletas: 250
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 10 A 98
Boletas: 150
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 17 A 99
Boletas: 110
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 17 A 00
Boletas: 100
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 9 A 01
Boletas: 100
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 9 A 02
Boletas: 1000
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 9 A 03
Boletas: 1350
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: G 1 A 04
Boletas: 46500
Paquetes: 47
Año: 2004
Asunto: Boletas de tránsito
Remesa: 20077
Expedientes: 106
Paquetes: 2
Año: 1989
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 36 A 95
Expedientes: 385
Paquetes: 6
Año: 1995
Asunto: Expedientes de tránsito
Remesa: G 1 A 96
Expedientes: 3290
Paquetes: 47
Año: 1996
Asunto: Expedientes de tránsito
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 25 de setiembre del 2007.
Alfredo Jones León,
(85093) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en sesión de 20 de abril de 2007, artículo II, y el acuerdo del Consejo Superior de sesión de 15 de mayo de 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentación administrativa del año 2000 al 2005 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Turrialba, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.
Remesa: A 1 C 05
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Informes Mensuales y Anuales
Remesa: A 2 C 05
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Control de Correo Certificado.
Remesa: A 3 C 05
Paquetes: 1
Año: 2005.
Asunto: Nombramiento de Personal (Proposiciones)
Remesa: A 4 C 05
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Circulares
Remesa: A 5 C 05
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Reportes de Fax
Remesa: A 6 C 05
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Registro de Oficios Despachados
Remesa: A 10 C 00
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Informes Mensuales y Anuales
Remesa: A 1 C 01
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Informes Mensuales y Anuales
Remesa: A 1 C 02
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Informes Mensuales y Anuales
Remesa: A 1 C 03
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Informes Mensuales y Anuales
Remesa: A 1 C 04
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Informes Mensuales y Anuales
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 24 de setiembre del 2007.
Alfredo Jones León,
(85589) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 11 de diciembre de 2006, artículo IV, y acuerdo del Consejo Superior de sesión de 25 de enero de 2007, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de expedientes con archivo fiscal del periodo 1998-2004 de la Fiscalía de Tarrazú, Dota y León Cortés, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en esa Fiscalía.
Remesa: P 88 S 98
Expedientes: 369
Paquetes: 04
Año: 1998
Asunto: 191 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 150 legajo de investigación con solicitud de desestimación, 28 legajo de investigación con solicitud de apertura a juicio.
Remesa: P 61 S 99
Expedientes: 249
Paquetes: 03
Año: 1999
Asunto: 125 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 124 legajo de investigación con solicitud de desestimación.
Remesa: P 15 S 00
Expedientes: 436
Paquetes: 05
Año: 2000
Asunto: 286 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 150 legajo de investigación con solicitud de desestimación.
Remesa: P 1 S 01
Expedientes: 298
Paquetes: 04
Año: 2001
Asunto: 91 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 207 legajo de investigación con solicitud de desestimación.
Remesa: P 1 S 02
Expedientes: 157
Paquetes: 03
Año: 2002
Asunto: 71 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 86 legajo de investigación con solicitud de desestimación.
Remesa: P 1 S 03
Expedientes: 271
Paquetes: 06
Año: 2003
Asunto: 91 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 150 legajo de investigación con solicitud de desestimación, 030 legajo de investigación con solicitud de apertura juicio.
Remesa: P 1 S 04
Expedientes: 313
Paquetes: 06
Año: 2004
Asunto: 194 legajo de investigación con solicitud de sobreseimiento definitivo, 124 legajo de investigación con solicitud de desestimación,
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 1º de octubre del 2007.
Alfredo Jones León,
(86962) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 20 de abril de 2007, artículo II, y acuerdo del Consejo Superior de sesión de 15 de mayo de 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentación administrativa de 1982 a 2004 del Tribunal Penal de Pococí, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Tribunal.
Remesa: 20080
Libros: 4
Año: 1982 - 1989
Asunto: Libros: 1 libro de Control de Entradas de Expedientes Reporte: de Control de Expedientes sin Cumplimiento de Prisión, actualmente este control no se lleva (1982), 1 libro Control Interno (1985), 1 libro Control de Evidencias (1987), 1 Copiadores de Sentencias Penales (1989).
Remesa: A 2 L 91
Libro: 1
Año: 1991
Asunto: Control de fotocopias de expedientes
Remesa: A 2 L 92
Libro: 1
Año: 1992
Asunto: Libro Control de Capturas
Remesa: A 4 L 93
Libros: 3
Año: 1993
Asunto: 1 Libro Control Comisiones, 1 Conocimientos
Remesa: A 2 L 94
Libros: 2
Año: 1994
Asunto: 1 Libro Control Segunda Instancia y Evidencia
Remesa: A 3 L 95
Libros: 2
Año: 1995
Asunto: 1 Libro Control Asuntos Internos y 1 Libro de Conocimientos
Remesa: A 2 L 97
Libros: 2
Año: 1997
Asunto: 1 Libro Conocimientos, 1 Libro del Penal de Siquirres
Remesa: A 2 L 98
Libros: 6
Año: 1998
Asunto: 1 Tribunal de Siquirres Control Expedientes, 1 Libro Conocimiento, 1 Libro Pasado a Fallar, 1 Debates Señalados, 1 Conciliaciones y 1 Debates Colegiados.
Remesa: A 3 L 99
Libros: 4
Año: 1999
Asunto: 1 Libro Control de Entrada de Expedientes, 1 Fotocopias, 1 Apelaciones y 1 Agenda de Siquirres
Remesa: A 4 L 00
Libros: 4
Año: 2000
Asunto: 1 Libro Certificados, 1 Control Entradas de Expedientes, 1 Conocimientos, 1 Agenda para Juicios en Guápiles
Remesa: A 5 L 01
Libros: 4
Año: 2001
Asunto: 1 Libro Órdenes de Libertad, 2 Libro Conocimientos, 1 Agenda para Juicios Señalados en Guápiles.
Remesa: A 4 L 02
Libros: 3
Año: 2002
Asunto: 1 Libro Control Interno, 1 Libro Conocimientos, 1 Agenda para Juicios Señalados en Guápiles.
Remesa: A 3 L 03
Libro: 1
Año: 2003
Asunto: Penal: Libro de Recibidos de Expedientes.
Remesa: A 5 L 04
Libros: 3
Año: 2004
Asunto: 1 Libro Control de Evidencias de Siquirres, 1 Libro de Conocimientos y 1 Libro Segunda Instancia.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 28 de setiembre del 2007.
Alfredo Jones León,
(86963) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 15 de febrero de 2006, artículo XI, y acuerdo del Consejo Superior de sesión de 21 de febrero de 2006, artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de expedientes de faltas y contravenciones del 2001, expedientes de violencia doméstica de 1997 al 2002, boletas de tránsito del 2004, expedientes de tránsito de 1996, expedientes de violencia del 2002, expedientes laborales de 1992 al 2003 y expedientes civiles de 1990 al 2001 del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Sarapiquí, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.
BOLETAS DE TRÁNSITO (INFRACCIONES)
Remesa: G 2 H 04
Boletas: 5.353
Paquetes: 18
Año: 2004
Asunto: Boletas de tránsito (infracciones)
EXPEDIENTES DE TRÁNSITO
Remesa: G 5 H 96
Expedientes: 238
Paquetes: 3
Año: 1996
Asunto: Expedientes de tránsito
EXPEDIENTES DE FALTAS Y CONTRAVENSIONES
Remesa: G 7 H 01
Expedientes: 425
Paquetes: 5
Año: 2001
Asunto: Expedientes de Faltas y Contravenciones
EXPEDIENTES DE VIOLENCIA DOMÉSTICA
Remesa: V 2 H 02
Expedientes: 346
Paquetes: 4
Año: 2002
Asunto: Expedientes de Violencia Doméstica
EXPEDIENTES CIVILES
Remesa: C 28 H 90
Expedientes: 15
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Expedientes Civiles (4 ejecuciones de sentencia, 4 desahucio, 3 consignaciones de alquiler, 1 ordinario, 1 interdicto, 1 prendario, 1 ejecutivo simple).
Remesa: C 28 H 92
Expedientes: 18
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Expedientes Civiles (8 desahucio, 2 matrimonios civiles, 2 prevenciones de desalojo, 2 interdictos, 2 consignaciones de alquiler, 2 hipotecarios).
Remesa: C 27 H 93
Expedientes: 25
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Expedientes Civiles (11 desahucio, 6 consignaciones de alquiler, 2 abreviados, 2 ejecuciones de sentencia, 1 ordinario, 1 ejecutivo simple, 1 prendario, 1 prevención de desalojo).
Remesa: C 28 H 94
Expedientes: 22
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Expedientes Civiles (9 desahucios, 5 consignaciones de alquiler, 2 interdictos, 2 ejecutivos simples, 2 ejecuciones de sentencia, 2 hipotecarios).
Remesa: C 27 H 95
Expedientes: 27
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Expedientes Civiles (8 desahucios, 6 interdictos, 5 consignaciones de alquiler, 3 matrimonios civiles, 3 ejecuciones de sentencia, 1 monitorio, 1 prevención de desalojo).
Remesa: C 27 H 96
Expedientes: 19
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Expedientes Civiles (10 desahucios, 6 matrimonios civiles, 2 prendarios, 1 prevención de desalojo).
Remesa: C 35 H 97
Expedientes: 12
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Expedientes Civiles (5 desahucios, 3 consignaciones de alquiler, 2 matrimonios civiles, 2 prendarios)
Remesa: C 1 H 98
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Expedientes Civiles (8 desahucios, 3 consignaciones de alquiler, 2 matrimonios civiles, 1 prendario).
Remesa: C 5 H 99
Expedientes: 16
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Expedientes Civiles (9 desahucios, 4 matrimonios civiles, 2 consignaciones de alquiler, 1 prendario).
Remesa: C 3 H 00
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Expedientes Civiles (4 consignaciones de alquiler, 1 desahucio, 1 prendario, 1 matrimonio).
Remesa: C 3 H 01
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Expedientes Civiles (5 desahucios, 3 consignaciones de alquiler, 2 matrimonios civiles, 1 prendario).
EXPEDIENTES LABORALES
Remesa: L 9 H 92
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Expedientes Laborales (1 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 9 H 93
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Expedientes Laborales (2 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 9 H 94
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Expedientes Laborales (5 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 9 H 95
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Expedientes Laborales (7 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 9 H 96
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Expedientes Laborales (1 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 5 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 6 H 97
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Expedientes Laborales (1 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 10 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 1 H 98
Expedientes: 12
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Expedientes Laborales (7 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 5 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 5 H 99
Expedientes: 35
Paquetes: 1
Año: 1999
Asunto: Expedientes Laborales (27 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 8 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 3 H 00
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 2000
Asunto: Expedientes Laborales (1 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 4 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 3 H 01
Expedientes: 16
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Expedientes Laborales (8 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 8 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 3 H 02
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Expedientes Laborales (4 infracciones a la ley de trabajo y seguridad social, 4 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Remesa: L 3 H 03
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Expedientes Laborales (8 consignaciones de prestaciones de trabajador fallecido).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 29 de setiembre del 2007.
Alfredo Jones León,
(86964) Director Ejecutivo
ASUETO CONCEDIDO A LOS SERVIDORES QUE LABORAN
EN LAS OFICINAS JUDICIALES DEL CANTÓN DE ATENAS
DE LA PROVINCIA DE ALAJUELA
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Atenas, de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el veinticuatro de octubre del dos mil siete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, 24 de setiembre del 2007.
Luis Barahona Cortés,
(85588) Subdirector Ejecutivo
ASUNTO Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Alfaro Ruiz de la provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el veinticuatro de octubre del dos mil siete, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.—San José, 2 de octubre del 2007.—Luis Barahona Cortés, Subdirector Ejecutivo.—(88998).
3 v. 2.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
San José a las 8:00 horas del 28 de setiembre de 2007. En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:
JUZGADO DE TRANSITO DE DESAMPARADOS
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-601259-491-TC-C EDUARDO SANCHEZ SAENZ 7-078-806 133384 JDAG102S000619144
07-600983-491-TC-C TRANSPORTES SAN RAFAEL ABAJO S. A. 3-101083928 SJB 8408 KL2UR52JE2P020121
07-601426-491-TC-D LIONEL PERALTA LIZANO
REP. LEGAL DE ARRENDADORA BANTEC S. A. 3-101-090924 435630 KJM7SKY02100102898
07-601744-491-TC-A VIRGINIA FILIDA CHANTO DURAN 1-261-325 TSJ 5331 KMHVF21NPRU030332
07-601605-491-TC-A JOSE ALFONSO TREJOS SANCHEZ 3-277-683 TSJ 5595 KMHJF35F9YU979387
07-601419-491-TC-A ALVARO ALVARADO ALVARADO 2-268-357 CL 112930 TL720M-E81117
07-601053-491-TC-B CHAVARRIA RODRIGUEZ ROSAURA 3-372-764 453227 VF32AN6AD2W000629
07-601332-491-TC-D VILLARREAL JUAREZ MANUEL 5-076-305 259220 JN1PB12SOEU142042
07-601400-491-TC-B STEPHANIE Y COMPAÑÍA S. A. 3-101-080857 CL 126786 9BD146000P8304316
07-601358-491-TC-B DIAZ SANTA NILYEBER 16766223 453227 3XP002255
07-601766-491-TC-C YAMILETH FERNANDEZ DELGADO 6-127-956 679309 1HGED3642KAO93608
07-601432-491-TC-B CASTELLON MAIRENA JOHANNA PATRICIA 135-RE-051783001999 453227 2CNBJ1860S6952670
07-601691-491-TC-C MAQUINARIA, CONSTRUCCIONES Y MAQUINARIA MACOMA S. A. 3-101098057 C 132776 1M2AA13YXNW017994
07-601570-491-TC-B GOMEZ RODRIGUEZ AGUSTIN 3-0198-0367 259545 2S3TD03V7T6410655
07-601396-491-TC-B DANILO CUBERO QUIROS 2-292-279 C 125490 1FUEYCYB3JP286975
07-601440-491-TC-B VICTOR RAUL CAMPOS MONGE 1-510-540 453227 3N1AB41D1VL003526
07-601183-491-TC-B ALEXA MARIA DELGADO MONTEALEGRE 1-988-079 442857 JTDBT113600179739
07-601396-491-TC-B JOSE ABEL MORALES JIMENEZ 2-372-807 TSJ 3650 KMHVF14N6SU127021
07-601644-491-TC-B MORALES CHINCHILLA EDWIN 1-534-254 MOT 116342 DFFBJB11925
07-601476-491-TC-B HORTENCIA DIAZ PORTILLA 1-308-412 TSJ 825 CT1410007540
07-601633-491-TC-B MORALES DELGADO URBINO 1-298-005 649182 KMHVA21NPSU049106
07-601644-491-TC-B PORRAS RUIZ MARIBELLE 1-841-918 424824 KMHJF21JPMU019070
07-601566-491-TC-D OROZCO CAMPOS MARIA ISABEL 1-514-290 233010 HJ60002013
07-601398-491-TC-D MARIN TRIGUEROS WENDY 1-1112-106 400447 KMHJF31JPNU364731
07-601490-491-TC-D UMAÑA VARGAS YESENIA 1-838-236 324785 1N4EB32A7NC815024
07-601427-491-TC-A RITA MARTINEZ HIDALGO 1-363-796 38542 NO INDICA
07-601326-491-TC-B ILEANA PATRICIA FERNANDEZ SOLIS 1-555-387 441932 KMHVF31JPMU424872
07-601761-491-TC-B MARIA ANABELLE DIAZ JIMENEZ 1-666-621 138261 BNLGC120M840110
07-601867-491-TC-B VARGAS LOPEZ ELIZABETH 1-1251-364 274984 JB3CU14X6LU095886
07-601839-491-TC-B CHAVES MONTES LUIS AGUSTIN 1-407-1259 TSJ 3664 KMHVF14NOSU1284720
07-601271-491-TC-C AJECEN DEL SUR, S. A. 3-101-322767 C 144081 JAAN1R71P77100080
07-601383-491-TC-C COLORES DEL CARIBE ADE S. A. 3-101-203575 CL 195705 JA7LS21G8RP014292
07-601065-491-TC-B AJECEN DEL SUR S. A. 3-101-322767 C 144030 JAAN1R71P77100091
07-600688-491-TC-B AUTOTRANSPORTES MADRIGAL MORA, S. A. 3-101-049029 SJB 5875 38408911108619
07-601412-491-TC-B CARLOS ROJAS MAYORGA 5-277-927 388584 KMHVF31JPPU775836
07-601434-491-TC-D CORRALES MASIS JOSE 1-642-634 286422 JA7FJ23E3HJO28629
07-601344-491-TC-D QUESADA NARANJO GEOVANNY. REP. LEGAL DE GEOVANNY
QUESADA Y ASOCIADOS 3-10282584 MOT 149258 ME1FE43B252002703
07-601657-491-TC-D CALDERON ANA PILAR 15484388 CL 195245 1B7KC26C6SS226225
07-601696-491-TC-D SANCHEZ MORA ANA GABRIELA 1-1208-889 299665 2HGED6347MH534918
07-601430-491-TC-D ARANA HERNANDEZ GLORIA 2-423-405 228509 1GNGV26K9LF173948
07-601802-491-TC-A FRANCISCO VILLATORO BENITEZ 8-054-608 CL 126772 JT4RN50N3J5131710
07-601842-491-TC-A MARVIN ALVARADO AGÜERO 6-178-741 384879 KMHVF21JPNU611221
07-600183-491-TC-C CARLOS FLORES QUIROS 3-264-302 573266 1HGEJ814WL137075
07-601909-491-TC-D MEZA BATISTA HENRY GUILLERMO 1-1222-975 408147 KMHVF31JPMU492361
07-601331-491-TC-C RICHARD MANGAS BOLAÑOS 9-091-894 626874 JTEGH20V520058652
07-601637-491-TC-B ELIETTE RODRIGUEZ SOLANO 1-249-598 264525 1N4PB22S9HC868856
07-601367-491-TC-C MAX FAINGEZICHT TARCICA 1-1132-485 CL 213074 9BD25521A78779123
07-600899-491-TC-C GRETTEL RODRIGUEZ TELLERIA 1-959-499 CL 84144 SG 720-574375
07-601589-491-TC-C MARCO SABORIO MONGE 1-321-422 198245 JT3YR36W2J0008046
07-600955-491-TC-C SERGIO BALTODANO VARGAS 1-505-314 230156 JE3CU36X4KU070100
07-601228-491-TC-C CAFETERIA EL PATALILLO S. A. 3-101-050485 C 16302 360003107803933
07-601383-491-TC-C COLORES DEL CARIBE ADE S. A. 3-101-203575 CL 195705 JA7LS21G8RP014292
07-601636-491-TC-A MARYURI TRUJILLO HERNANDEZ 135RE050996 365121 KMHVF31JPNU641250
07-601806-491-TC-A FREDDY ARCE ZAMORA 4-120-293 596383 JT2AE95C8K3193019
07-600992-491-TC-A MARCOS LUIS VEGA VILLALOBOS 2-292-403 CL 86598 BU600005298
07-601678-491-TC-A ROSA MARIA ESQUIVEL SALAS 4-148-485 CL 125456 9BD146000P8295411
07-601743-491-TC-D GAMBOA BARRANTES JORGE ALBERTO 1-1039-988 115747 AT1510125691
07-601665-491-TC-D HOVENGA BARRANTES BRALT 1-673-502 CL 216940 MC303357
07-601620-491-TC-D MEJIA LACAYO MELIDA 8-069-267 455859 JTEHH20V306026393
07-601914-491-TC-A GUSTAVO ROJAS VARELA 1-956-620 CL 98707 9BGTC80JHHC143271
07-601614-491-TC-B LUIS DEL CARMEN BONILLA LEON 1-580-694 MOT 178354 LC6PAGA1X70808891
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE TURRIALBA, CARTAGO
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600116-352 JORGE VEGA PAISANO NO INDICA 355265 G4DJP912788
JUZGADO DE TRANSITO DE GRECIA, ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000445-899-TC-01 CORPORACION COMERCIAL DAVID S. A. 3-101-175284 CL 192601 KMCXNN7BPVU110904
JUZGADO DE TRANSITO DE SAN CARLOS, ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600155-742-TC MARIA ISABEL RIOS MENA 2-349-783 246638 1GBDM15Z3KB103413
07-600383-742-TC GREGORIO CUBILLO CUBILLO, ANTONIO DELGADO SALAS 6-215-309 191190 JS3TA01C5K4116097
07-600525-742-TC JAIME PEREZ SALAS 2-412-806 C 26606 JH3108784
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE LA FORTUNA, SAN CARLOS, ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-600228-671-TC WILSON GONZALEZ QUIROS 2-541-895 389792 KMHLD21J1HU068845
06-600145-671-TC SONIA MARIA RODRIGUEZ CORRALES 2-313-213 511377 JA3AY11A4VU019708
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE COBANO, PUNTARENAS
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600018-436-TC MARIO GOMEZ PACHECO 1-532-403 CL 200826 NO INDICA
JUZGADO DE TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA ATLANTICA, GUACIMO, LIMON
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-601451-499-TC REGA DE TURRIALBA S. A. 3-101-076932 C 127538 1FUYDZYB9LP375780
07-600368-499-TC MARJORIE ALVARADO SILES 1-475-050 193609 JM2UF6146PO357726
07-600447-499-TC ORLANDO JESUS CHAVARRIA VARELA 5-162-939 TL 167 LGWCABG635A082685
07-600714-499-TC RICARDO RODRIGUEZ VEGA 3-280-934 289281 JTEL46B0M0134440
06-601428-499-TC RITA DURAN CASTRO 1-664-476 CL 112990 JAATFR10FL7101291
07-600084-499-TC TRANSPORTES TURISTICOS SENDEROS DE COSTA RICA S. A. 3-101265746 110973 GX710014235
07-600339-499-TC GRETTEL G. RIVAS CHAVES 7-730-418 125860 LB11M-C92118
07-600724-499-TC ALBERTO CAMACHO RUIZ 1-573-552 162766 KMHLA32J0JU243797
07-600805-499-TC PEDRO DELGADO SANDI 1-681-623 TL 469 JS3TD03V2S4114572
06-601199-499-TC TRANSPORTES WANDA YULI 3-101-388848 C 128710 1HSRDG2RXMH296031
07-600480-499-TC BECAM S. A. 3-101-023637 CL 161998 HJ75-0006284
06-601144-499-TC COMPAÑÍA DE AUTOS VERITA S. A. 3-101-137380 CL 186878 KMFGA17FPNU055212
07-600207-499-TC SUPER CARIBEÑA CARIARI POCOCI S. A. 3-101-330152 CL 194678 JAANKR5547100032
06-601343-499-TC SIOMAR ACEVEDO GONZALEZ 7-730-977 TL 109 KMHVF21NPSU141406
07-600535-499-TC MARLYN ANTONINI GRANADOS 1-597-764 273639 JHMEC5726HS004733
07-600297-499-TC JOSE RUDY LOPEZ GOMEZ 5-246-845 487670 KMHJF31JPNU368620
JUZGADO DE TRANSITO DE SAN RAMON, ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000841-495-TR REPRESENTANTE LEGAL DE ANC CAR S. A. MARIBEL
QUIROS RAMOS DE ANAYA 105920063 620748 JTDBT113100398480
06-002670-495-TR JAMILET VELESQUEZ ESCORCIA 135RE018104001999 469278 KMHJF31JPPU7887
06-001287-495-TR ALEIDA CHAVES ARAYA 203100860 326767 KNAJA5525PA711413
06-002937-495-TR JUAN CARLOS VEGA ZAMORA 303030092 CL 140409 5LSGD21000382
06-002883-495-TR REPRESENTANTE LEGAL DE ADMINISTRACION PROFESIONAL
DE PROYECTOS S.T.S. A SHALINI TAHIBRAMANI TORRE 110020664 471701 JFGDALD32G38243
06-001449-495-TR KRIEG DEAN CHARLES 205860809 422840 2CNBJ1864S6937038
07-001460-495-TR ALFREDO GONZALEZ LEON 204050209 TA 96 LX800022272
06-001395-495-TR JOHN MOSES MILLER 1175006964 CL 166450 JALB4B1H3L7001621
07-001109-495-TR CRESCENCIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ 301830321 CL208696 KMCFD17APU288047
07-001109-495-TR REPRESENTANTE LEGAL DE CONSULTORIA Y ESPECIALIDADES
QUIRAL S. A LORENA ALVAREZ GALLEJOS 108210472 289390 KMJFD37GPWU371090
07-001109-495-TR MARIANELLA LIZANO GONZALEZ 107900092 588016 KMHJG24FXWU102753
06-002705-495-TR JUAN CARLOS MACIAS ARANGO 4,20021E+16 459910 KMHJF31JPNU210284
06-005610-495-TR CARLOS GOMEZ SOTELA 27012085460927 CL 169962 JB7FK24E8GP031200
06-000387-495-TR REPRESENTANTE LEGAL HERLOP S. A 3101103823 C 138382 1M1AA13Y9PW026175
07-000055-495-TR ADRIAN ROCHA MARTINEZ RE2169000-199 CL 153187 JAACL11L8M7206304
07-001164-495-TR REPRESENTANTE DE DHL S. A EDUARDO DI PALMA BONILLA 104750898 CL 195188 LHA721035384
06-002824-495-TR REPRESENTANLE LEGAL DE IMPORTACIONES DE MAQUINARIA
PESADA ROMO S. A CARLOS LUIS ROJAS MORALES 103840796 C 140585 1M1AA13Y1XW105128
06-002934-495-TR REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTES ALFARO S. A
WALTER ALFARO CAMPOS 104710463 CL 150893 JAANPR66PV7100364
07-000004-495-TR ALEXANDER SOLIS DOSMAN 701160457 606527 KMJWWH7BPVU014997
07-001024-495-TR REPRESENTANTE LEGAL DE FRUTA INTERNACIONAL
ALVARO FIGUEROA STRELOFF 302560893 C 29834 JHBSG1959K1S10125
06-002647-495-TR HEINER FERNANDEZ ARTAVIA 602630217 C 123724 1XP6D29X7GD201910
07-000822-495-TR DANIEL SALAZAR SANDI 102210113 C 124760 1FUYABYB4LH373557
JUZGADO DE TRANSITO DE SANTA ANA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-600415-242-TC YOLANDA MORA MORA 1-966-793 232714 EL 500004049
06-600485-242-TC M CRISTINA CALVO SANDI 1-492-795 CL 106688 7100850
06-000533-283-PE PORRAS RIVERA STEYLIN JAMES 1-1029-614 407877 KMHJF31JPPU447071
06-600539-242-TC GERARDO GARCIA JIMENEZ 1-614-930 CL 150107 JT4RN01P2P7061596
07-601811-500-TC ARMANDO RAMON ROQUE ACON 800500211 C 136332 4V52AEEB7TR475397
05-600721-242-TC ENSUEÑO, JR, S. A 3-101122426 CL 204519 VF3GBWJYB5JO17489
06-600675-242-TC LILLIAM MAYELA QUESADA CARVAJAL 6-113-897 604257 9BD17158262625411
06-600171-242-TC MARIO CERDAS SALAZAR 5-190-784 156207 JAACH18L4H5414432
06-600525-242-TC ANTONY BARRANTES SALAZAR 1-1028-542 76405 NO INDICA
06-600965-242-TC HANNIA GOMEZ ARAYA CD 302810950 C 028139 1M1AR06Y3FM004990
06-600495-242-TC JESSICA RETANA ALFARO 1-1080-474 569923 JSAERC31S45250093
06-600615-242-TC KENDRY VEGA MENDEZ 7-01530512 MOT 081430 9C2JD170VVR009872
06-600795-242-TC CARLOS SERRANO BARRANTES 3-288-024 C 019246 NO INDICA
06-600645-242-TC ANA YESSENIA CAMBRONERO MENDEZ 1-1088-518 498614 KMHJF31JPMU115531
07-600191-242-TC COOPERAT. DE PRODUCTORES DE LECHE 3-004-045002 C 017684 9BM3450006B721208
07-600101-242-TC OLGA MARIA CAMACHO MEJIA 9-089-184 475903 JSAFHX51S35130026
JUZGADO DE TRANSITO DE SANTA ANA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-600055-242-TC CESAR HERNANDEZ FERNANDEZ 3-255-695 10716 NO INDICA
06-600773-242-TC PABLO ARCE GUTIERREZ 1-505-961 MOT 053844 CH779442
07-600323-242-TC ANA CECILIA MORA ROJAS 1-05930568 296662 KMHLF21J3KU557118
06-000533-283-PE HOLMAN ANTONIO DIAZ 51310129 1407877 KMHJF31JPPU447071
06-600721-242-TC INVERSIONES AVENIDAS LAS AMERICAS 3-101-214285 508510 3N1JH01SXZL090807
06-600469-242-TC DISTRIBUIDORA AUTOMOTRIZ SANT DASA S. A. 3-101-133034 CL 140385 KMFFA17APSU186419
JUZGADO DE TRANSITO DE PAVAS Y ESCAZU
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600238-500-TC-2 MAURA VASQUEZ CORDERO. REP. LEGAL DE CELULARES KEVIN S. A. 3-101-436577 654222 JM3LW28A630356081
06-600082-500-TC-2 SARA MADRIGAL PORRAS. REP. LEGAL DE SAHARA COMERCIAL S. A. 3-101-037359 CL 153792 W0L0SBF25W3002231
07-600029-500-TC-1 GUIDO JIMENEZ CESPEDES 6-094-305 TSJ 4680 KMHVF21JPNU635784
06-601400-500-TC-4 LUIS ALONSO ESTRADA OCAMPO 2-452-728 M 126863 9C2JC30614R300108
06-603513-500-TC-4 KRISTEL SHEILYN ROBINSON BAILEY 1-1186-361 205078 JHMCD56200C001133
06-603275-500-TC-4 ENRICO GIORDANO SESIA 8-079-676 CL 200427 VF3GBWJYB3J580522
06-602987-500-TC-4 SYLVIA COLOMBARI MATAMOROS REP. DE SALAD IN THE BOX S. A. 9-074-793 MOT 130725 LLCLPM60321078818
06-601755-500-TC-1 BRAVO GARCIA RAISA 1000049141 CL 097092 LB120130134
07-600017-500-TC-1 TEJIDOS Y COLORES ROSARIO S. A..
PRESIDENTE RODOLFO MOLINA CRUZ 3-101-212425 1-472-259 CL 143666 KMFHA17EPSU009678
07-600375-500-TC-1 ELVER FERNANDEZ VARGAS 1-1184-782 MOT 141735 LAPACKLH5500000190
07-600487-500-TC-1 CARLOS JIMENEZ MONTERO 1-788-762 SJB 8841 KMJRD37FPTU271869
06-603618-500-TC-1 CARLOS BADILLA FUENTES 1-312-041 TSJ 6402 KMHVF21NPVU501505
07-600561-500-TC-1 IVONNEY MONGE ARTAVIA 7-143-902 359270 NO INDICA
06-600435-500-TC-2 MAURICIO SOTO CASCANTE 6-325-532 355219 NO INDICA
06-600435-500-TC-2 GIOVANNI PEREZ VARGAS 2-552-272 MOT 91322 SH12A104188
06-600565-500-TC-2 NORMAN ECHEVERRIA OLOZAGA. REP. LEGAL DE INVERSIONES
AGROPECUARIAS PECOS S. A. 3-101-115902 264657 JN1TAZR50TW001866
06-602444-500-TC-2 KAREN CARVAJAL VILLALOBOS. REP. LEGAL DE MAS MILLENIUM
ASESIRES EN SEGUROS S. A. 3-101-339135 MOT 130349 CRCBL097520
06-602997-500-TC-2 ANGEL EDUARDO AÑAÑOS JERI.
REP LEGAL DE AJECEN DEL SUR S. A. 3-101-322767 C 142807 JAAN1R71P67100416
06-602997-500-TC-2 LUIS JIMENEZ CALDERON 1-573-586 CL 139018 JT4RN13P9L6018120
07-600288-500-TC-2 ANTONIO HERNANDEZ HERNANDEZ 1000003741 145769 XLB344223HC259466
07-600288-500-TC-2 ESPERANZA GERENA ARDILA 51895032 524483 JKMHVD12JPU250794
07-600736-500-TC-2 YOLANDA DORMOND MENDEZ 3-154-411 CL 127744 JM2UF3239N0266385
06-601044-500-TC-3 BRAULIO SOLIS MIRANDA 1-441-302 602221 KMJRD37FPSU220692
06-602798-500-TC-3 JIMMY RIVERA ALLEN 3-074-743 152772 1HGCA5549HA051555
06-602798-500-TC-3 ANGEL EDUARDO AÑAÑOS JERI. REP. LEGAL DE PROCESS
IN BUSINES ADMINISTRATION S. A. PA 2514278 MOT 139975 LC6PCJD5150800052
06-602836-500-TC-3 BORIS FIGUEROA GARITA 1-458-980 TSJ 5256 JTDBJ21EX04011835
06-603207-500-TC-3 JORGE ABRACA FLORES 648250 1-538-225 KL1TDY16B629032
07-600159-500-TC-3 GIOVANNI MIRANDA CAMACHO 4-148-333 C 137547 V11820444
06-603160-500-TC-4 JOSE FCO MARINLEON 1-604-205 CL 63163 GNL620MB20417
06-603027-500-TC-4 ERICKA KNOHR BROWN 1-422-473 268509 JMBONV430VJ000602
06-603720-500-TC-4 OSCAR G. MORALES VARGAS 9-066-439 TSJ 4316 JTDBJ21E904009526
07-600196-500-TC-4 M° MARGARITA LIZANO ARROYO 1-876-203 451672 JT2EL46S2P0378725
07-600248-500-TC-4 ESTHER GARCIA MADRIGAL 1-621-396 366419 JT2EL46BXM0068950
06-001844-283-PE-1 LONNY JIMENEZ DEL CASTILLO PRESIDENTE DE INVERSIONES
EL X CINCO S. A. 3-101-294660 1-870-324 411032 WBAFB3349YLH00761
07-600751-500-TC-1 FERNANDO VARGAS BADILLA 1-918-295 206707 JABRT5179H5143490
07-600735-500-TC-1 GLADYS PINTO GONZALEZ 9-001-878 283587 JT172SC1107081940
07-600467-500-TC-1 VICTOR CERDAS ZAMORA 6-121-408 212771 1HGCA5524HA187381
07-600525-500-TC-1 SONIA CARRANZA CHACON 2-364-530 164306 JACCH58L3H7800584
06-603060-500-TC-4 MARVIN A. BEITA GRANADOS 6-183-756 264334 JT2AE82E9H3534324
06-603060-500-TC-4 ADRIAN GRANADOS CESPEDES.
APODERADO DE TRES COMPADRES S. A. 3-256-678 EE 19392 B42X23230
07-600544-500-TC-4 NANCY GRONBLAD HORTE 175365523065 141137 EE90-0302312
06-602038-500-TC-1 ANASTACIO FERNANDO GONZALEZ GONZALEZ PAS. D037574-1 425046 JT2ST66C6K7309463
06-600222-500-TC-1 ALVARO TOBON VILLEGAS.
APODERADO DE SANMARI DEL ESTE S. A. 3-101-339982 420-020361 301064 KMHLF31J2GU073941
07-601467-500-TC-1 FREDDY MONTERO UREÑA 2-410-945 112526 KMHLF21FPHU252871
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE COTO BRUS
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-500098-441-TC CONSULTORA PUNTOS DE VISTA S. A. REP. LEGAL
ANA ISABEL GAMBOA AGUILAR 1704000321 2-315-094 C 142749 HJ7900060
07-600047-441-TC GRUPO CONSTENLA S. A. 3-101-0652236 CL 155503 JAANPR66LW7100134
07-600035-441-TC CALDERON ALVAREZ MARIA DE LOS ANGELES 1-851-576 182494 JT2AL32H0D0072184
07-600002-441-TC HUGO HERNANDEZ RODRIGUEZ 6-206-403 577423 2CNBJ1861T6957670
07-600041-441-TC BEATRIZ SUSANA MONTOYA ARANGO 32481923 432978 KMHJF31JPU464918
JUZGADO DE TRANSITO DE PEREZ ZELEDON
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600338-804-TC REPUESTOS Y ACCESORIOS ARVI DE ESCAZU, S. A. 3-101-128698 608134 JN8HD17Y2NW017304
07-600341-804-TC MARCOS SANCHEZ CERDAS 6-082-720 228511 JAACH18E5J7821770
07-600409-804-TC WALTER VALVERDE VALVERDE 1-874-371 C 127994 JNALE08J7NGN65035
07-600513-804-TC HAROLD FALLAS CASCANTE 1-682-866 CL 194699 JN1CNUD22Z0736010
07-600626-804-TC GRACE ALVAREZ RAMIREZ 9-075-061 250030 JA7FJ4E5KJ000642
06-600646-804-TC RAFAEL HERNANDEZ AGUILAR 1-585-556 460536 2CNBE18U4R6928787
07-600349-804-TC JORGE LUIS PICADO HERNANDEZ 1-554-939 C 124324 TH224738
07-600744-804-TC JORGE SANCHEZ CARPIO 3-279-585 MOT 44658 2UX-000907
07-600223-804-TC AGUILAR MENDEZ EDGAR 3-323-880 MOT 136062 9C2JC30405R300019
07-600328-804-TC FUN NUEVE S. A. REP. WILHEM VON BREYMAN BARQUERO 3-101-195710 MOT 128958 VBKGSN4014M783813
07-600407-804-TC FUENTES DEL VALLE S. A. RESP. ALQUIES TORRES FUENTES 3-101-291679 402519 KMHVF31JPMU425640
07-600407-804-TC DEL TABACO DEL REAL GENERALEÑO S. A.
REP. JAVIER SANCHEZ VALVERDE 3-101-283186 SJB 9455 KMJRD3FPTU309205
JUZGADO DE TRANSITO DE PEREZ ZELEDON
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-600424-804-TC AVENDAÑO ACUÑA JOHNNY 3-303-703 366287 KMHVF31JPNU698084
07-600475-804-TC SANDOVAL SOTO ILIANA 1-991-861 379093 AE1113093152
07-600493-804-TC TRANSPORTES ROYCER M.G. S. A.
REP. MANUEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ 4-109-743 C 144120 1FUYDSZB8YLG64799
07-600585-804-TC RAMOS MORA HUMBERTO 1-412-405 23981 NO INDICA
07-600657-804-TC VARGAS VALVERDE GILBERTO 1-845-788 CL 75384 GNL620MC41255
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE GOLFITO
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-600128-439-TC CARLOS ARTURO PEARSON PORRAS 1-390-488 281209 2HGED6359KH544453
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE NICOYA, GUANACASTE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000391-768-TR COMPAÑÍA HOTELERA PLAYA TAMARINDO S. A. 3101016886 CL 165166 NO INDICA
07-000353-768-TR CATALINA MORA MASIS 1-1018-609 467686 NO INDICA
07-000215-768-TR FILIAL DOSCIENTOS OCHO B
CONDOMINIO CONDADO DEL PALACIO S. A. 3-101-113879 CL 087712 NO INDICA
07-000215-768-TR PRODUCTOS PLASTICOS GAXIA, S. A. 3-101-048887 CL 144035 NO INDICA
07-000090-768-TR SILVIA ELENA ROJAS MARIN 1-675-407 CL 122622 NO INDICA
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SANTA CRUZ, GUANACASTE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000720-0783-TR MARIA DE LOS ANGELES RUIZ BURGOS AA835183 641281 NO INDICA
JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CAÑAS, GUANACASTE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
05-600227-402-TC MINOR BERMUDEZ MURILLO 2-439-718 CL 169335 J8BB4B1H8K7000598
JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CARRILLO, GUANACASTE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
05-600320-401-TC ARRENDAMIENTO OPERATIVO Y FINANCIEROS SAN JOSE, S. A.
REP. ERNESTO CASTEGNARO ODIO 3101083308 1-387-696 CL 196181 JS4DA32V344130164
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SANTO DOMINGO, HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000761-373-TC LATIN-IMPOR S. A. REP. RODOLFO BRENES CALVO 1-480-604 C 137374 1HYLDDCN9HH466719
07-000838-373-TC-B JAVIER REYNA DOBLES 105680729 C 139587 1FUYDSEB6XLA74282
07-000709-373-TC DELFIN BLANCO CORRALES 9-090-282 TH 587 NO INDICA
07-001086-373-TC-C JOSE MURILLO COLOM 1-312-837 TSJ 5158 NO INDICA
06-000697-373-TC-C EDUARDO MACHIN FACED 070C0000038401 169737 NO INDICA
07-000749-373-TC-V MARIO ALBERTO MARTINEZ CEDEÑO 6-246-784 471389 KZN1850071996
07-0007660-373-TC LUTZ HERMANOS & COMPAÑÍA
REPRESENTANTE ALFREDO BOLAÑOS MORALES 1-270-820 AGV 64-092 E359E000983
06-001553-373-TC ARMANDO LEAL BLANCO 7-105-012 471589 KMHJF31JPMU058977
07-000440-373-TC MARLON ZAMORA OCAMPO 7-166-251 406107 KMHVF31JPNU628848
07-001107-373-TC CAMPOS JIMENEZ BETSY 1-762-234 182893 1HGCA5638JA001046
07-001087-373-TC FALLAS ROJAS ELIDA 1-191-968 594036 2HGEJ8543VH562007
07-000652-373-TC LORENZO M. CHINCHILLA QUESADA 1-489-921 CL 186766 JAANKR66L27100914
07-001101-373-TC-1 ALVARO PORRAS LOPEZ 2-360-828 645260 NO INDICA
07-000157-373-TC LUIS BRENES CHAVARRIA 6-069-015 MOT 160472 LZSPCJLE27100006
07-000377-373-TC KARLA CHINCHILLA BARRANTES 1-939-320 324601 JA4MT31H6XPO30565
07-000926-373-TC ROSA MARIA GARCÍA BARQUERO 4-110-993 144918 BBAB13001984
07-000848-373-TC-D WENDY MAGALI MORA BOLAÑOS 1-712-597 527254 KMHJF31JPNU182856
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SAN ISIDRO, HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-600459-374-TC COLUNGE PINTO MARIO EDGARDO 1-483-108 275118 NO INDICA
07-600183-374-TC EMPRESA CAMAMIR, S. A. 3-101-100464 CL 086406 NO INDICA
06-600037-374-TC ESTELA AVENDAÑO NUÑEZ 4-1001291 412436 NO INDICA
06-600161-374-TC AGREGADOS PARA CONCRETO S. A. 3-101-118991 EE 24379 NO INDICA
07-600282-374-TC JESUS CALDERON SERRANO 2-074-521 387814 NO INDICA
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SAN RAFAEL, HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-001793-375-TC LUIS A. LOBO CHAVES 1-1081-071 243925 EL530097965
06-001571-375-TC JENNY SEQUEIRA RODRIGUEZ 5-227-021 407654 1YVGE22C3S5376212
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SARAPIQUI, HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-000152-377-TC FRANCIS HAFETH ROJAS CHAVARRIA 1-1010-034 360134 JT2EL36G9K0357837
07-000051-377-TC OSCAR JOSE VALENZUELA SCHNEIDER. REP. JUDICIAL
DE P H DOS PEDRO S. A. 3-101-131035
PAS 67955955 CL 199232 JTFDE696500131669
JUZGADO DE TRANSITO DE HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-006564-497-TR-2 SUSANA GONZALEZ GABRILOVA 9-0105-0904 147578 AT1710033684
07-003312-497-TR-2 LIGIA MARIA VARELA BEJARANO 1-0393-0045 537420 1HGEJ6122WL000919
07-003507-497-TR-2 LAZOS COMUNES S. A. REPRESENTADA POR JUAN
CARLOS PORRAS ALFARO 3-101-131738 180907 JDAL201S000032359
07-003827-497-TR-2 ULISES ESPINOZA PEÑA 1-0492-0488 247762 1HGED355XKA000182
07-003927-497-TR-2 KENNETH VILLALOBOS VILLALOBOS 1-0757-0113 176937 BCAB13511863
07-004022-497-TR-2 JHONNY HENRY MATARRITA JIMENEZ 6-0274-0294 C 134517 2FUYDZYB3PA494296
07-004292-497-TR-2 MARCO TULIO MONGE MEDINA 1-0806-0532 MOT 78543 JYA1UJ008GA002447
JUZGADO DE TRANSITO DE HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-002698-497-TR-3 SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VARGAS MEJIAS S. A,
REPRESENT. JOHNNY VARGAS MEGIAS 3101203897 572507 3NIEB3125ZK701661
07-003598-497-TR-3 DREW MARTIN EDWARD 900610564 CL-171484 1GTEK19TIYZI96735
07-002013-497-TR-3 TRANSPORTE FRENAR S. A,
REPRESENTADA FRANK BOLIBAR ARGUEDAS 3101402483 C-144346 1FUYNMDB8XL927661
07-002898-497-TR-3 SERVITEC S A, REPRESENTADA POR MARCO
ANTONIO BALDIOCEDA CASTRO 310115429 422953 1N4EB32A2NC776391
07-002898-497-TR-3 AMADOR CALDERON VICTOR 106440963 MOT-68398 37F008922
07-003723-497-TR-3 MONTOYA SIERRA DIEGO 42001960904333 CL-197803 VF3GBWJYB3N500025
07-002923-497-TR-3 FLORES ARTAVIA MARIA MAGALY 109940847 327288 1N4GB22SXKC806986
06-006681-497-TR-3 DHL S. A, ( C.R) REPRESENTADA
POR JOSE ROBERTO SCHLOSSER FISHER 3101009758 C-129886 IFUPBCYBORL60606080
07-002933-497-TR-3 CORDERO ARIAS BRIGIDA 103550966 TH 267 KMHVA21NPTU182335
07-003048-497-TR-3 INVERSIONES FREDDY S. A,
REPREST. POR FRENDY RODRIGUEZ VARGAS 3101039356 526627 JN1TANZ50Z0000247
07-003198-497-TR-3 TT TRICOLOR CARRENTAL S. A,
REPRES.JOSE FONSECA ALVARADO 3101105093 535212 JN1CFAN16Z0072997
07-003673-497-TR-3 ROCHA DELVIS 535-RE-035907 CL-126047 JAMJP7484G9407375
07-003808-497-TR-3 ARRENDADORA K, S. A,
REPRESENTADA POR ANDRES YANKELEWITZ LEV 3101272742 415539 WBAAL31090AY34951
07-004348-497-TR-3 LA YEMA DORADA S. A, REPRESENTADA 3101007950 CL-117517 LN850082303
07-001311-497-TR-1 TOMAS FEDERICO NASSA PÉREZ, AGENTE RESIDENTE
DE TECHINT S. A, SUCURSA C.R 3112395701 CL-205471 JN1CHGD22Z0742250
07-001331-497-TR-1 BADILLA CARMONA SILVIA BEATRIZ 108910146 105099 VC120-053858
07-002056-497-TR-1 ANDREA ALVAREZ PORRAS, PRESIDENTE
DE JARDINES DEL VOLCAN ARENAL S:A 3101420575 C-144905 CK01385
07-002261-497-TR-1 MIKEL ELIZABETH 711543300 642801 WDBDA29D9NF887150
07-002394-494-TR-1 VARGAS SALAS SANTIAGO 201780089 195629 EL400027272
07-002456-497-TR-1 ROBERTO GARCÍA ARIAS, GERENTE DE SEIS DE OCTUBRE
LIMITADA ROXANA MONGE QUESADA 3102133811 122346 XLB344543FC099878
06-002738-369-PE-1 CARDONA SIEVERT ROBERTO,
PRESIDENTE DE COSMOS TOURS S. A 3101042631 TUR-03-29 WV2ZZZ25ZHH109584
07-002756-497-TR-1 ARGUELLO PERALTA VICTOR ANTONIO 900500505 C-25151 JALFTR11LK3600383
07-002821-497-TR-1 MARCO CRESPO CAMPOS, PRESIDENTE DE TENTACIONES
DE COSTA RICA S. A 3101103851 SJB-6717 8AC690341VA513494
07-003241-497-TR-1 NUÑEZ MENA ROY 900900373 146999 JT2ST63C6G7024239
07-003336-497-TR-1 ANTONIO CHANG YVEN, PRESIDENTE DE DESARROLLO
AGROFORESTALES DE CENTROAMERICA S. A 3101297359 C-124166 JNALG97J6LGF55063
07-003816-497-TR-1 VALVERDE VEGAS LIGIA MARIA 103930336 233647 JNABBA814Z0010500
07-003836-497-TR-1 HILDA MARTA SALAS CASTRO, PRESIDENTE
DE ELECTRONICA AIRCO S. A 3101154266 184498 WB11B6408F1014370
07-004176-497-TR-1 JIMÉNEZ MADRIGAL BRUNO ALBERTO 109710737 608686 3N1AB41D7TL025933
07-004306-497-TR-1 MADRIGAL HIDALGO LAURA 110670452 251032 JT2EL31F0L0505096
07-004493-497-TR-1 CHAVARRIA OTAROLA TERESA 401190640 473468 4SACG58EXP4301419
07-004561-497-TR-1 SOLIS CALVO OSMAN 108320714 661120 JA4LS31P8VP020171
07-004561-497-TR-1 SANCHEZ QUESADA SIDNEY 104580903 297499 1N4EB31P1RC766396
07-004584-497-TR-1 BENEDICTO VARGAS SANCHEZ, GERENTE DE SERVICIO
DE MICROBUSES ALAJUELA-SAN JOSE 3102073015 SBJ-5272 9BM382020NB954312
07-004876-497-TR1- SAENZ ORTIZ NATALIA IVONNE 110640588 559631 KMFFD37APSU202254
06-006952-497-TR-1 CALVO SANCHEZ VIRGINIA 202810406 47945 JHMASN5220C016786
07-003390-497-TR-6 SHIRLEY MARIA ESPINOZA VINDAS 401580741 150570 1HGCA5642JA135480
07-003685-497-TR-6 MELVIN ALFREDO AZOFEIFA VARGAS 104180442 CL 105433 KNMD21-002243
07-002060-497-TR-6 RIMARI SEIS R M S. A. REP RICARDO SANCHEZ BADILLA 3-101-419963 440154 3N1EB31S1ZK108475
07-002455-497-TR-6 VICTOR MANUEL CHAVES CERDAS 203570672 237648 JNIPB2212HU547336
07-001975-497-TR-6 SARAY SOFIA VOLIO DOMINGUEZ 110880227 472777 KLAJF696E2K775450
07-001585-497-TR-6 ANTONIO ACOSTA BARQUERO 105090821 643946 KMHVF21NPRU045300
07-001056-497-TR-6 JUAN CARLOS VILLAGRA CESPEDES 602870547 CL 159314 JM2UF3148L0909882
07-002650-497-TR-6 ANA MARIA CORTES RODRIGUEZ 107010454 165147 1HGBA5432GA007576
07-002890-497-TR-6 MARIBEL NAVARRO MUÑOZ 106340337 660102 KMHVA21LPTU167215
07-000182-497-TR-3 EDUARDO MONGE CORDOBA 301340371 TH-619 KMHJF23RSSU812011
07-004656-497-TR-3 ANDRES HERNANDEZ HERRERA 401380335 TH-300 KMHVF22J3RU963952
07-003938-497-TR-3 GANADEROS INDUSTRIALES DE C.R S. A
REPRESENT. JOSE VICENTE BADILLA ALFARO 3101267667 CL-176173 JAANKR55EY7100990
07-003453-497-TR-3 JONATHAN SOLIS FERNANDEZ 110160483 610991 4A3AX35G3G3TE396579
07-003043-497-TR-3 GRUPO RYR DEL SOL S. A,
REPRESENT. EUGENIA ESQUIVEL MELENDEZ 3101366932 322296 1NXAE04E6PZ051660
07-002053-497-TR-3 ARTAVIA SALAZAR IRAIDA 103000483 658803 KNAJA5265TA761746
07-003328-497-TR-3 COMPRE CAMIONES PARA RECOLECCIÓN S. A,
REPRESENTADA POR MILTON FONSECA CORRALES 3101411486 C-144668 IM2K189C97MO34714
07-003272-497-TR-2 TRANSPORTES Y SERVICIOS DEL VALLE S. A.
REPRESENTADA POR MILTON HOWARD MADURO 3-101-170026 C 126691 1FUPACYB4LH369350
07-003557-497-TR-2 MICHAEL RICARDO JIMENEZ UREÑA 1-0881-0296 414186 KMHJF31JPPU483357
07-004172-497-TR-2 MÓNICA MORUA RAMÍREZ 1-0903-0008 402447 JN1TAZR50Z0021554
07-004177-497-TR-2 GRETHEL GIOVANNA FLORES ORTIZ 1-0734-0491 670931 2T1AE09EXPC028361
07-004566-497-TR-2 INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMERICAS S. A.
REPRESENTADA POR LORENZO MANUEL CHINCHILLA QUESADA 3-101214285 585552 VF33CRFNL4S029595
07-003405-497-TR-6 AJESEN DEL SUR S-A- REP. POR ANGEL EDUARDO AÑAÑOS JERI 31013222767 C 144408 JAANR77100081
07-001000-497-TR-6 MARIA DEL CARMEN CAMACHO MENDEZ 502300825 CB 001116 11951
07-001560-497-TR-6 ARRENDADORA K S. A. REP. YANKELEWITZ LEV 3101272742 CL 189603 LH1721031035
07-001815-497-TR-6 ODILIA CORRALES VEGA 601340154 324087 1N4GB2159KC717881
07-002500-497-TR-6 ORO EN LIBRE S. A. REP. MERCEDES MORA MONGE 3101219156 593523 JT2EL46B1N0183633
07-002520-497-TR-6 JABAL LUBNAN S. A.REP. POR FARID CEBA SALAZAR 3101306678 C 125904 1XP6D28X6GD198810
07-002880-497-TR-6 COMPAÑÍA AGROFORESTAL SAN MARCOS SA.
REP MANUEL LACHNER VICTORY 3101079715 656883 KMSH81WP7U108506
07-002905-497-TR-6 HANS KELLER F0484687 251726 1HGCD5557TA218990
07-002930-497-TR-6 GERARDINA QUESADA ALFARO 202981305 MOT 122546 LB2TAB15931F16465
JUZGADO DE TRANSITO DE HEREDIA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-003270-497-TR-6 C DOSCIENTOS CDI S. A. REP LUIS MARIANO RAMIREZ TELLER 3101327487 488836 WDB2030061F067158
07-003440-497-TR-6 MARVIN RAMIREZ VILLALOBOS 401780144 MOT 175369 LF3PCG3A17B000236
07-003720-497-TR-6 EMMANUEL GUEVARA RUIZ , MARGARITA EUNICA CERDAS VEGA 108440305 108870402 490081 JS3TD62V8Y4124424
07-003905-497-TR-6 GUSTABA ADOLFO GUZMAN CARVAJAL 109670637 383115 KMHJF31JPPU418208
06-000019-497-TR-4 ERIKA GURDIAN CEDEÑO 1-793-821 503974 KNADC223226142970
07-001121-497-TR-4 MAD COOL FMR DE COSTA RICA S. A, REPRESENTADA
POR FREDDY ANTONIO MADRIGAL RODRÍGUEZ 3-101-285172 180556 WGY60120479
07-002079-497-TR-4 DIXI DE LA COLONIA S. A,
REPRESENTADA POR XINIA SEGURA ROJAS 3-101-178553 431844 KMHVF31JPNU697658
07-002114-497-TR-4 CLETO MEDINA GOMEZ 5-210-908 CL 192161 JTFKE626400097158
07-002504-497-TR-4 ELARSA INDUSTRIAL S. A,
REPRESENTADA POR ELENA ARCE RAMIREZ 3-101-230754 CL 155856 9BD255229W8596281
07-002589-497-TR-4 BUCHER ROMANO S. A, REPRESENTADA POR
ALEJANDRO MORALES SIVERIO 3-101-122776 C 136313 1M2AA18Y0WW081245
07-002949-497-TR-4 KATTIA PATRICIA MORA RIVERA 1-732-470 108946 AL250238343
07-003494-497-TR-4 COMERCIAL LOJOLA S. A, REPRESENTADA POR
JORGE LUIS ARAYA MENDEZ 3-101-043724 C 25134 1M2B120C9EA053689
07-003534-497-TR-4 INMOBILIARIA MONTEGARRO SIGLO VEINTIUNO S. A
REPRESENTADA POR AGUSTIN FONT MAS 3-101-393468 603448 1NXBA02E3TZ414638
07-004114-497-TR-4 MIGUEL ANGEL SANCHEZ MENDEZ 1-200-536 433247 AE3CU36A8ME079325
06-004177-497-TR-4 INDUSTRIAS GALA S. A, REPRESENTADA POR DANNY CHAM SHAM 3-101-029129 CL 117230 JAATFR16HN7103357
07-004249-497-TR-4 TRACTOCAMIONES DE CENTROAMERICA TCCA S. A,
REPRESENTADA POR JOSE A ROJAS MORALES 3-101-381182 C 144437 2FUYDSEB4VA692880
07-004339-497-TR-4 DANILO FERNANDEZ ALPIZAR 1-381-094 298318 KMHVF22JALU184163
06-006293-497-TR-4 JULIO CESAR GARZON RUIZ 8-072-015 418131 KMHVD12J2RU336725
06-006546-497-TR-4 DANIEL ROBERTO VILLAMIL ZAMORA 1-1309-956 595941 1FMYU02Z75KC90389
06-006843-497-TR-4 WUNDERLE CAROL ANN 175 167405012451 108062 RX700043240
07-003923-497-TR-3 NOVATEC INDUSTRIAL S. A, REPRESENTADA
POR MANRIQUE BARRANTES ACOSTA 3101280782 CL-199859 VF7GBMJB94124559
07-003408-497-TR-3 RONALD ARAYA CHAVARRIA 107680551 MOT-92995 2RM008913
07-003253-497-TR-3 AGENCIAS FEDURO C.R S. A, REPRESENT. LARRY
EDUARDO MADURO GARCIA 3101337371 650018 3N1AB4ID7WLO58273
07-004595-497-TR-3 MINOR VARGAS CHAVARRIA 401270575 180703 WBAHB51080GGI6237
07-004718-497-TR-3 NELSON ROJAS ROJAS 111980698 CL-179735 JAANKR552F 0460068
06-005910-497-TR-3 ROSE MARY SANDI CHAVARRIA 203810484 358865 KMHVF31JPNU577452
07-004923-497-TR-3 WILBERTH HERNADEZ MURILLO 111690656 594443 KMHVF21NPSU255492
07-004833-497-TR-3 MARCO VARGAS BARRIENTOS 105640457 558446 JM7BK226841109473
07-005118-497-TR-3 GIACOMO SBRAVATTI PIEDRA 109770771 501287 JDAL701S001054005
07-002943-497-TR-3 REPRESENTACIONES VINCI SH S. A
REPRESENTADA POR SANDRA FONSECA MORCES 3101323684 659255 JDAL251S001057385
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE AGUIRRE Y PARRITA, PUNTARENAS
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600179-443-TC ROSALBA OSPINA TORRES 117000363520 158344 KMHLA11JXHU140855
07-600173-443-TC JOSE GUZMAN CORDERO 302950934 CL 61910 GNL620MB23262
06-600274-443-TC DIANA MORALES CHAVEZ 11251415 564917 KMHVA21NPRU011617
07-600207-443-TC RAFAEL ARGUEDAS RODRIGUEZ 5-222-499 SJB 9013 1BABMCA11F043909
07-600126-443-TC T.T. TRICOLOR CARRENTAL S. A. 3101105093 576047 JDAJ102G000560413
06-000644-072-PE JONNY BARRANTES MENDEZ 6302189 529346 KMHVF31JPPU906939
07-600169-443-TC MARVIN HERNANDEZ ZUÑIGA 2-429-567 262891 MVY10713585
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE GARABITO, PUNTARENAS
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600038-445-TC INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMERICAS S. A. 3-101-214285 484461 JTEBY99JX00170704
06-600462-445-TC LISBETH MURILLO MELENDEZ 2-432-763 CL 164855 JB7FL24DOHP004093
06-600213-445-TC ZAIDA ZUMBADO BERROCAL 2-534-645 CL 148377 JT4VN13G0L5033951
06-600471-445-TC ALEJANDRO BUSTOS CORDERO 1-1143-089 431991 KMHJF31JPMU043278
06-600438-445-TC ANDREA MORUA VEGA 2-559-978 369499 KMHVF21NPRU022889
06-600259-445-TC TAXIS UNIDOS AEROPUERTO INTERNACIONAL
JUAN SANTAMARIA S. A. 3-101-024938 AB 3424 LH1741009156
06-600327-445-TC TRANSPORTES GONZALEZ Y VILLEGAS LIMITADA 3-102-010686 AB 1690 9BM384088MB902414
06-600327-445-TC COMPAÑÍA BEKIAERIAL S. A. 3-101-213807 SJB 7939 KPD6612271P043490
07-600044-445-TC OLGER CRUZ BERMUDEZ 6-196-552 C 143700 1FUPCDZB9YLB59591
06-600435-445-TC DANIEL JESUS GARCIA BARGADOS 119200062300 644773 KMJRD37FPVU352650
06-600435-445-TC KATTIA ISABEL VARGAS BRENES 2-439-821 618809 KMJRD37FPSU233427
06-600507-445-TC CONCEPCION SANDOVAL GOMEZ 1-857-029 574438 KMHCF35G61U069025
06-600115-445-TC WIEBKE KOEBERNICK 5061052568 248277 JA7FJ43S1KJ019128
JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SAN MATEO, ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600011-313-TC MAURICIO CORTES ECHEVERRIA 1-990-438 CL 120971 NO INDICA
06-600359-313-TC RONALD FALLAS CALVO 1-807-388 156505 NO INDICA
06-600359-313-TC CARLOS LUIS CAMPOS BARRANTES 2-326-030 C 137571 NO INDICA
JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000266-0494-TRP SERVICIOS EJECUTIVOS Y TURISTICOS S. A 3101257301 539264 JN1CFAN16Z0075329
07-000896-0494-TRV BERNAL ALFONSO GUTIERREZ CUBERO 1-0678-0578 613395 MHYDN71V35J101973
07-001210-0494-TRV VANESSA MELENDEZ MONTOYA 6-0257-0937 306329 KMHLF22J4JU468042
07-001472-0494-TRV SEGURIDAD Y PROTECCION DE CENTROAMERICA S.P.C. S. A. 3101201950 440239 KNADB2412VS588148
07-001169-0494-TRV INVERSIONES FUFU DE COSTA RICA S. A. 3101103049 CL-207328 JS4DA32V564130282
06-004652-0494-TRV BCT ARRENDADORA S. A. 3101136572 CL-213417 JN1AHGD22Z0042854
07-001205-0494-TRV COMPAÑA TRANSPORTADORA DE CATALUÑA S. A. 3101035014 C-139936 1GDJ7H1DOXJ852249
07-002150-0494-TRV ALTO BIENES RAICES S. A. 3101295318 473221 ZFA18800004424093
07-001844-0494-TRP JU SOCIEDAD ANONIMA 3101138611 627900 JT2AE04B4R0085674
07-001427-0494-TRP ROLANDO VILLALTA QUIROS 1-0939-0572 511772 KMHJF31JPMU085512
JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-000236-0494-TRP SHIRLEY HERNANDEZ RODRIGUEZ 1-0736-0206 98167 LKJ6002162
07-000523-0494-TRP DRAEGER MEDICAL AG & CO KG 3012427147 623379 2A4GP44R86R640931
07-002571-0494-TRP RED DE PRODUCTOS CONGELADOS DE COSTA RICA S. A. 3101306600 CL-178277 J8BC4B1K7P7005928
07-001157-0494-TRF MARIA ESTHER VELASQUEZ GARCIA 6-0423-0562 643905 KMYKR17BPSU141831
07-002483-0494-TRA TRANSPORTES ZUMDA TRANZUM S. A. 3101276350 MOT-163575 LBPKE095260021342
07-002759-0494-TRA ANC CAR S. A. 3101013775 659779 9BR532CC208650505
07-001250-0494-TRV CHRISTIAN GERARDO SILES BRICEÑO 6-0353-0209 665808 KMHJF24M3TU209334
07-002240-0494-TRA HULES SAPRISSA S. A. 3-101-457960 228466 KMHVF31NPSU064094
06-004819-0494-TRS JOSE ANTONIO GONZALEZ OVIEDO 2-0286-1353 CL-84812 TA3H1592517
07-002222-0494-TRS EL COLONO AGROPECUARIO S. A. 3101268981 C-143215 ZHSCHAER1YCO64563
07-002366-0494-TRS PURA VIDA RENT A CAR S. A. 31013338125 532564 JTDBT113600057575
07-002426-0494-TRS EMPRESA MULTISERVICIOS SEÑOR DE LUREN S. A. 3101261441 536867 KMJWWH7JP3U567820
07-002592-0494-TRS GSS ASFALTOS ALAJUELA S. A. 3101253334 247789 VZN1850017936
07-002910-0494-TRS JULIO FERNANDEZ GONZALEZ 2-0234-0642 TA-890 KMHJF31JPRU738024
07-002910-0494-TRS JUAN DIEGO RODRIGUEZ CHAN 1-0976-0083 535074 3N1AB41D0WL047955
07-002204-0494-TRA BALTAZAR CHAVERRI JIMENEZ 1-0907-02037 401860 2HGED6357KH524203
07-002191-0494-TRP DIEMAR DE ALAJUELA S. A. 3101410172 548663 JS3TD21VXV4106724
07-001458-0494-TRP INVERSIONES LATINOAMERICANAS TEQUENDAMA S. A. 3101300608 480736 1NAEB32A8PC789522
07-001225-0494-TRV INVERSIONES TINO CAMBRILL S. A. 3101220252 541066 KMHCF35G71U127546
07-002105-0494-TRV HANNIA CALVO CHAVES 2-0295-0497 435159 KNMHVF21JPMU524986
07-001532-0494-TRV RAUL M CC SIGIFREDO CAMPOS MURILLO 2-0102-0138 50879 FALTA INFORMACION
07-002539-0494-TRA MARVIN ARIAS ROJAS 2-0358-0007 TA-383 KMHVF21JPRV954068
07-001209-0494-TRA PADGETT BENARD MAGGIE 1270037922 138757 JHMAG4317FS007079
07-001830-0494-TRS FRANCISCO G. CORDOBA HIDALGO 1-0587-0244 265173 JT2AE82E2E3077237
07-002552-0494-TRS RENTA DE AUTOMOVILES EL INDIO S. A. 3101044294 SJB-9836 8AC9036725A922383
07-002787-0494-TRS CORPORACION ESPECIALIZADA LEGAL MORALES AGUILAR S. A. 3101321259 539313 9BR53ZEC248534059
07-002629-0494-TRA MAYRA ESPINOZA SANCHEZ 4-0120-0266 202473 KMHLA21J8JU255949
07-002033-0494-TRF MARCOA VINICIO OCAMPO SANCHEZ 4-0123-0136 TA-866 LX80-0012848
07-001731-0494-TRF CARLOS EDUARDO CAMACHO EDUARTE 4-0148-0450 173346 JN1PB12S1EU129039
07-001851-0494-TRF CARLOS ALBERTO SEGURA ARRIETA 2-0433-0243 TA-1258 KMHVF21NPRU005622
07-002442-0494-TRF JOSE PABLO VALLADARES SANABRIA 112030576 506159 JTDKT123600037003
07-001233-0494-TRF MARSAVA DE BELEN S. A. 3101388469 365710 JM7BJ10M100110050
07-002783-0494-TRF DYNA MOTOR S. A. 3101313874 CL-164033 BU1000110576
07-002754-0494-TRA VICTOR JULIO ALFARO PORRAS 2-0317-0188 CL-139642 JT4LN4409B0040468
07-002387-0494-TRF TRACTOCAMIONES DE CENTROAMERICA
T.C.C.A. SOCIEDAD ANONIMA 3101381182 C-139807 SFUYDCXBWA912453
06-004560-0494-TRF FERNANDO VARGAS GUERRERO 9-0107-0457 209427 JN1PB22S3HU509901
07-002124-0494-TRA VERA VIOLETA FERNANDEZ SABORIO 1-0869-0323 392968 JN1PB1455FU144304
07-001332-0494-TRP SOLPRAME S. A. 3101345023 CL-133976 KN4FAJ2A0RC004977
07-001608-0494-TRP JIMENEZ MESEN J & M S. A. 3101322948 555345 KMJWWH7BPWU058731
07-002186-0494-TRP INMOBILIARIA HRC S. A. 310163026 AB-3390 9BVS3E9123E318754
07-002221-0494-TRP SHENG HUA FENG 62602049076073 635122 1N4AB41D2VC776472
07-002254-0494-TRP ARRENDADORA K S. A. 3101272742 549682 JN1CFAN16Z0081034
07-001970-0494-TRP LIDIETTE CALDERON CHACON 1-0573-0343 402413 KMHVF31JPMU433615
07-002126-0494-TRP IMPROSA SERVICIOS INTERNACIONALES SA 3101289909 C-144608 1M2AG11C57M039275
07-002695-0494-TRV BLANCA ROSA JIMENEZ GONZALEZ Y 2-0345-0538 272311 JT3YR26V1E5007920
07-002695-0494-TRV ELIECER BARQUERO ELIZONDO 4-0124-0457 272311 JT3YR26V1E5007920
07-002937-0494-TRA DISTRIBUIDORA NOVECIENTOS OCHENTA S A 3101208165 CL-182101 4TARN81A3PZ116289
07-002507-0494-TRS JOSE ANTONIO MORALES MARTINEZ 5-0177-0177 CL-178633 1N6ND01S6EC334644
07-002537-0494-TRS GUSTAVO ADOLFO MACKLIN ARAYA 2-0457-0437 408354 KMHJF31JPRU618194
07-002577-0494-TRS JOSE ANGEL JIMENEZ MORA 2-0331-0390 C-133961 1FV6HLAA9SL671636
07-002577-0494-TRS SERVICIOS NEPTUNO S. A. 310159242 CL-189495 VF35BWJZE60496443
JUZGADO DE TRANSITO DE CARTAGO
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-002164-0496-TR KAM HONG CHAN 105099622 CL 140780 1N6SD11Y8LC323767
070028890496TR OLDEMAR TORRES HERRERA 3-266-315 151459 JN1PN34S2HM010338
070024260496TR MARIO LEIVA NAVARRO 9-087-682 TC 256 KMHVA21NPRU002579
070018140496TR JORGE ARIAS MENDEZ 300810494 627178 2CNBJ18U7P6932566
070024240496TR MINOR SEQUEIRA VARGAS 107160309 202943 JN8HD16Y5JW020516
07-002650-496-TR LAURA AGUILAR MURILLO 1-835-395 635996 JMY0NK9706J000854
07-002051-496-TR VERNY ROBERTO AGUILAR BARBOZA 3-384-967 40284 IGNORADO
070026850496TR RAFAEL ALBERTO GOMEZ PICADO 3-207-217 415281 KMHJF31JPNU251890
070028790496TR JUAN URHAN GIRALDO RESIDENCIA
42002078540004064 CL 210048 LEFAECG366N005322
070021070496TR MARIA GABRIELA ACEVEDO SILESKY 107050876 571766 9BFBT09N048182116
07-002674-0496-TR CAMPOS UMAÑA MILENA 106940305 388048 3N1EB31S4ZK102444
070029200496TR FRANCISCO RIVERA MORALES 302220416 587466 JMYLNV76W5J001022
070026200496TR JONNATHAN RUIZ RAMIREZ 701300282 491644 KMHVF21NPSU137700
070027340496TR RONALD LORIA LEITON 303230385 453865 KMJWWH7HP1U309597
070011200496TR YOLANDA SOLANO SOLANO 301910462 C 124242 1FV9YDY90JH314975
07-002190-0496-TR MASIS ACUÑA PEGGY 107990631 189885 JT2AE82E2G3308558
070029730496TR HENRY PADILLA CHAVARRIA 5-231-370 241351 BCAB13510623
070030150496TR DINORAH SOLANO SOLANO 3-254-776 274748 JT4YR27V3F0029720
070005350496TR YORLENY MORA ACUÑA 1-798-330 347068 JN1EN34S6HM009149
07-001788-0496TR ALFARO QUESADA MICHELLE 1-1041-196 414486 VX1BD1623MK449423
07-001586-0496TR ARAYA SOLIS JOSE ELIAS 303900225 CL 053212 JY16004786
070030650496TR WALTER CHAVES MIRANDA 1-915-382 CL 90783 9BWZZZ30ZGT135074
070028830496TR BRIGIDA MANZANARES DE MONGE 1000232663 C 128891 1FUYDXYB8LP375855
070026770496TR NOEMY CABEZAS GARITA 1-668-856 200412 JF1BF7BL0EJ027874
070031870496TR RANDALL PEREIRA CAMACHO 3-353-518 544220 2T1BA02E0TC109518
07-003147-496-TR ESTEBAN PIEDRA GARRO 1-976-372 TC 262 KMHVF11LPSU203337
07-002503-496-TR EYLIN SOLANO AGUILAR 3-312-735 242927 KMHVF31NPSU124869
070028080496TR MARIA FERNANDEZ HERRERA 104810790 437347 JT2EL46S8R0438073
070035030496TR EDSON MEJIAS FERNANDEZ 204640905 299945 KMHVD12J1PU205685
070021630496TR MAYNOR CHINCHILLA BONILLA
REPRESENTANTE LEGAL DE TECMILENIO S. A 3-101-376217 524955 KNHTR7312V6302047
JUZGADO DE TRANSITO DE CARTAGO
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
070011200496TR INVERSIONES ELLIS DE CARTAGO S. A,
REPRESENTADA POR ALSEL ELLIS JIMÉNEZ 3101442958 MOT 141054 LWBPCJ1F551A04313
060033160496TR INVERSIONES GARBANZO JFGA S. A,
REPRESENTADA POR JOSÉ GARBANZO ALFARO 3101360335 439044 KMHJF31JPNU352156
070021260496TR CORPORACIÓN FEMACO S. A,
REPRESENTADA POR ROSA MARÍA BRENES BRENES 3101219863 CL 175687 V11859307
070026210496TR LAND SURVEY INC. S. A. REPRESENTADA
POR CARLOS HERNANDEZ SALAS 31011416567 107215 BJ700004776
060037060496TR TRANSPORTES EBREPE S. A, REPRESENTADA
POR EDGAR BRENES BRENES 3101101344 C 134117 1FUYDZYB1SH597979
050048220496TR CORPORACION DE TRANSPORTES EL ALTO LIMITADA,
REPRESENTADA POR CARLOS LUIS FERNANDEZ ZUÑIGA 310281332 CB 1682 1BAAHCSA7WF033897
07-001782-0496-TR AVE DO FERRO SA,
REPRESENTADA POR ANA ISABEL MORA BARADIN 3101396383 377295 JTDBT113800012878
06-0039270496TR ALIMENTOS DEL TROPICO C. R. S. A.
REPRESENTADA POR RICARDO AMADOR CESPEDES 31017746 C 22074 3335057
06-0038070496TR CONSULTORES FINANCIEROS COFIN REPRESENTADO
POR ROY DE JESUS HERRERA MUÑOZ 3101291070 CB 1768 KMJTAA18BP3C900176
070000910496TR JOSE MANUEL QUESADA GONZALEZ REPRESENTANTE
LEGAL DE CORPORACIÓN AUTOMOTRIZ AS DEL ESTE S. A 3-101-093093 CL 131401 1N6ND11S3K358949
07-003049-496-TR AUTOS CORCOBADO INTERNACIONAL S. A
REP/ NOE GERARDO SOLANO HERRERA 3101129230 570663 JDAJ102G000557180
070017870496TR DANIEL FERNANDO LIMA REPRESENTANTE
LEGAL DE FLOR FEDERAL S. A 3-101-243299 C 133960 1M2AA06Y0LW002097
070023280496TR TRANSPORTES COSTARRICENSES J Y E S. A,
REPRESENTADA POR ELADIO ARAYA MENA 3101114178 C 139103 1XKDD69XXNJ581389
JUZGADO DE TRANSITO DE SANTA ANA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-600318-242-TC MARIANA LOPEZ RUIZ 2-479-344 659068 KMHVA21NPSU057048
06-600572-242-TC MANUEL SOTO SANCHEZ 4-088-467 382535 KMHJ31JPPU383432
06-600208-242-TC JESUS ANTONIO GARRO PRENDAS 1-463-194 TH 000344 KMHVF31JPPU780297
06-600606-242-TC COLMENARES MADRIGAL ANGELICA 1-1174-618 641537 2CNBJ18U8R6952263
06-600708-242-TC JOSE M. VARGAS BALLESTERO 1-944-584 CL 180645 8AFER11D0YJ145248
06-600642-242-TC CARLOS EDGAR ROJAS MEZA 1-394-1048 209245 JN1HJ01P5LT371527
07-600096-242-TC MANUEL ENRIQUE SOLIS LEON 1-629-605 50641 NO INDICA
07-600136-242-TC MIGUEL AREVALO RAMIREZ 1000698422 365274 3N1EB31S9ZK102021
07-600136-242-TC ANA CATALINA MOYA SOTELA 1-549-678 294791 JT2AT86F8NN0085482
06-600926-242-TC ROXANA MARIA FRANCIS BILLANUEVA 9-01110386 495892 1N4EB31F5RC749849
06-600646-242-TC INVERSIONES MARYROCI DEL SUR S. A. 3-101-144457 SJB 4339 HZB30-0001170
06-600506-242-TC LORENA RODRIGUEZ ARCE 4-102-647 418224 KMHVF31JPPU824853
06-600186-242-TC LIGIA ROJAS GONZALEZ 2-404-825 524021 2CNBJ1369T6942406
06-600024-242-TC ANDREA VEGA CARBALLO 1-11460147 323865 JT2EL4B2N0190090
07-600362-242-TC SUSSAN ISABEL MURILLO OVIEDO 1-1219-503 CL 102204 LB120130970
07-600202-242-TC ALLAN MANUEL VELEZ QUIROS 1-829-709 CL 124943 1N6HD16S4GC397904
07-600162-242-TC DESARROLLO MACALLA DUENI S. A. 3-101354772 532258 KMHVF21NPU124004
07-600162-242-TC ADIEL CHACON ZUÑIGA 6136764 188518 JN1HU11P7HT367421
06-600610-242-TC SANCHEZ PEREZ CENAIDA ENID 43824992 112818 ZFA138A0007653789
06-600796-242-TC TRANSPORTES COSTARRICENSES J Y E S. A. 3-101-114178 C 138285 DM685S6394
07-600102-242-TC RONALD QUESADA BARQUERO 3-337-212 479465 JN1CA21D1ST083742
06-600444-242-TC DELIGIANNIS ATHANASIOS 146352 MI 01001826 9BR53ZEC208613145
06-600752-242-TC PABLO LIBRADO BUENO SCHNEIDER CC 16703450 595745 KMHVA21NPVU276793
06-600902-242-TC VILLEFUERTE VILLAREAL NILO JESUS 5-240-619 431187 KMHJF31JPNU302726
06-600932-242-TC OSVALDO MAYORGA SANDOVAL 270-11649751433 167568 TE31384697
JUZGADO DE TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, GOICOECHEA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-009987-0174-TR CORPORACION CRISTIAN EDUARDO S. A.
R/ CRISTIAN ZAMORA SEQUEIRA 3-101-352576 244399 WBABE51090JG30289
07-002464-0174-TR PROPAGE INGENIERIA S. A. R/ WILLIAM ALVAREZ PRADA 3-101-199078 MOT 120039 C5TJ042683CE
07-002507-0174-TR DISTRIBUIDORA FERRETECNICA S. A. R/ CARLOS NAVARRO LOPEZ 3-101-326013 465938 KMJFD37XPPU173841
07-002802-0174-TR INVERSIONES COMERCIALES ROBLESAN S. A.
R/ INGRID M. SANCHEZ ARAYA 3-101-223174 430047 JACDH58V4R7916576
07-002815-0174-TR ARRENDADORA K S. A. R/ ANDRES YANKELEWITZ LEV 3-101-272742 561824 WBANA51004B043999
07-002869-0174-TR HIBISCUS S. A.R/ CARLOS ROBERTO LORIA QUIROS 3-101-043594 240900 1HGCB7558LA169431
07-003135-0174-TR EURO RECREATIVOS COSTA RICA S. A., R/ JOSE GONZALEZ OURO 3-101-415981 619640 9BD15827664749679
07-603507-0489-TC E A V S. A. R/ NORA ELLIS QUIROS 3-101-166487 431203 SALLTGM981A71185
07-003609-0174-TR INVERSIONES INMOBILIARIA WIRL S. A.
R/ RICHARD AGÜERO MORALES 3-101-450892 393713 2CNBE18U9S6955098
07-003707-0174-TR CIA SISTEMA MOVILB S. A. R/ BENJAMIN MEJIA RAMIREZ 3-101-159915 111890 JHMAAM4420S300966
07-003981-0174-TR EAGLE TECNOLOGIES S. A. R/ HUGO ALVARENGA LAM 3-101-345952 MOT 168486 LBPKE095470110606
07-004051-0174-TR MIKSA S. A. R/ ALBERTO REINALDO ARGUEDAS GARCIA 3-101-376223 C 140179 1FUYSDYB7WL913722
07-004356-0174-TR INVERSIONES MARI S. A.
R/ MARÍA EUGENIA ESCALANTE VAN PATEN 3-101-010749 341335 3G2JB54T7XS141557
07-004394-0174-TR TRANSPORTES Y SERVICIOS DEL VALLE S. A.
R/ MILTON HOWARD MADURO 3-101-170026 C 126691 1FUPACYB4LH369350
07-004495-0174-TR INMOBILIARIA S Y D S. A. R/ RAFAEL ANT. CHINCHILLA SANCHEZ 3-101-251866 CL 214902 3D7KS28CX7G734315
07-004717-0174-TR DISTRIBUIDORA LA FLORIDA S. A. R/ RODOLFO JIMENEZ BORBON 3-101-295868 C 133604 3AACLKRR3YS007585
07-004620-0174-TR FORMULARIOS LATINOS FORCON S. A.
R/ ALBERTO BARILLAS HERNÁNDEZ 3-101-191692 465965 KNAFC523125080867
07-004648-0174-TR DO IT BEST S. A. R/ JORGE SÁNCHEZ MÉNDEZ 3-101-285456 C 132799 1FUYDXYB9RH81182
07-004703-0174-TR CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S. A.
R/ ROY DE JESÚS HERRERA MUÑOZ 3-101-291070 CB 1776 KMJTA18BP3C900185
07-004961-0174-TR JUAYPAL S. A. R/ GERARDO RODRÍGUEZ ARRIETA 3-101-273254 434630 JTEBY99J300166283
07-005028-0174-TR ASESORES PUBLICITARIOS DIAZFER S. A.
R/ CARLOS FERNÁNDEZ SEGURA 3-101-357488 550400 JM7BJ10M230224205
JUZGADO DE TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, GOICOECHEA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-005030-0174-TR JAA IMAGEN DIGITAL S. A. R/ JOSE FRANCISCO HERRERA ARAYA 3-101-402002 CL 181797 WV1ZZZ9KZ1R527406
07-005238-0174-TR INMOBILIARIA FCN DE BELÉN S. A. R/ ENRIQUE SOLANO SALAS 3-101-380145 624941 KMJWWH7JP6U705646
07-005534-0174-TR TRANSPORTES FRANAR S. A.
R/ FRANK BOLIVAR ARGUEDAS VARGAS 3-101-402483 C 142531 2FUYDSEBXTA699345
07-005634-0174-TR GODO BEBIDAS CENTROAMERICANAS S. A.
R/ MARÍA EUGENIA CORTÉS MONTENEGRO 3-101-353918 CL 203923 8AC9036625A919958
07-005813-0174-TR DISTRIBUIDORA LA FLORIDA S. A. R/ RODOLFO JIMÉNEZ BORBÓN 3-101-295868 C 133604 3AACLKRR3YS007585
06-005686-0174-TR JORGE GODINEZ ABARCA 1-0734-0469 CL 184837 1N6SD11S6PC442449
06-005930-0174-TR GINA M. RUIZ JIMENEZ 01-0926-0173 CL 84991 EXR15500568
06-010098-0174-TR GRETTEL APARICIO APARICIO 6-0274-0129 MOT 100268 37F071404
06-011197-0174-TR MAIKOL J. MENDEZ COTO 1-1183-0446 215480 KMHLA21JXHU134270
06-011270-0174-TR CARLOS CALDERON CORDERO 3-0225-0893 100612 1X687AW186594
06-010696-0174-TR VICTOR ML. DELGADO BRENES 07-0731-0028 MOT 113437 06C767421
06-011749-0174-TR EDGAR TOVAR QUINTERO 1000341599 433957 JA4MT31H3XP04611
06-011749-0174-TR JOSE M. ASTORGA ASTORGA 3-0168-0528 130197 JN1PB15SXEU138866
07-600268-0489-TC ELVIR SOLORZANO VARGAS 1-0588-0814 227156 EL400042618
07-001133-0174-TR CARLOS RODRIGUEZ ULLOA 4-0092-0556 628817 WAUZZZ8E46A002321
07-001401-0174-TR MAUREEN CHACON RODRIGUEZ 1-1019-0176 616039 KMHVF21NPSU234324
07-001429-0174-TR OSCAR BONILLA BOLAÑOS 4-0107-0180 629700 SJNFCAK106A095515
07-001497-0174-TR ADOLFO LANDERGREN SANDI 7-0027-0203 TSJ 2905 KMHJF23R7SU939291
07-002015-0174-TR JOSE ANT. ROBLES HERNANDEZ 8-0075-0853 208120 KMHLF22J6JU352177
07-002050-0174-TR JENNIFER CHAVES CARRANZA 1-1194-0729 416800 KMHVF31JPNU575847
07-002500-0174-TR JOICE CHINCHILLA ROVERSI 1-0519-0831 112072 KMHLF21FPHU252747
07-002686-0174-TR MAGALLY VARGAS BONATI 1-0836-0064 646537 JN1CFAN16Z0104004
07-002802-0174-TR ADRIANA FERNANDEZ SEGURA 1-0959-0282 625650 VF32DNFUF4Y060965
07-002892-0174-TR GILBERTO MONGE MORERA 1-0838-0162 MOT 121123 LWBPCJ1F032A64197
07-003210-0174-TR ROGER ALVAREZ MOYA 1-0697-0590 351377 JN1BCAP11Z0931172
07-003210-0174-TR ALFREDO CASCANTE RAMIREZ 1-0327-0830 TSJ 4134 KMHVA21NPTU191847
07-003518-0174-TR WAGNER SABORIO JARQUIN 2-0469-0543 414292 KMHVF21LPRU027854
07-003666-0174-TR MARIA RODRIGUEZ BRENES 1-0457-0416 308700 JT2AE93E4J0048323
07-003852-0174-TR MARIA VARGAS SEGURA 1-0474-0059 CL 209793 JAANKR55E67102477
07-003876-0174-TR INES VANEGAS ALEMAN 8-0049-0518 409525 KMHJF31JPNU214249
07-003878-0174-TR HEINER LOIA NUÑEZ 01-0965-0911 TSJ 4146 KMHVF31JPRU957728
07-003881-0174-TR VANNESA BOLAÑOS QUIROS 1-0750-0333 198921 BCAB13510943
07-004214-0174-TR GILBERTO VILLALOBOS CHACON 1-0812-0700 92613 KE709037160
07-004266-0174-TR HUGO UMAÑA VARGAS 3-0155-0433 TSJ 6128 CT141-0008005
07-004389-0174-TR JORGE GONZALEZ GONZALEZ 4-0154-0847 C 127570 1FUPACYBOKH355329
07-004587-0174-TR VILMA M. CHINCHILLA ALMANZA 7-0049-0549 633149 9BR53ZEC208625518
07-004588-0174-TR MAURICIO J. RUIZ JIMENEZ 2-0423-0519 51871 F.I.
07-004675-0174-TR AMALIA SOLIS JUAREZ 1-0351-0413 425921 JT2EL43A8MO11947
07-004676-0174-TR CARLOS ALB. CHACON BRENES 1-0474-0661 TSJ 469 KMHVF14N9SU122590
07-004692-0174-TR JAVIER ZUÑIGA RODRIGUEZ 1-0920-0209 304644 KMXMSE1PPVU029023
07-004756-0174-TR JORGE C. MORERA ARCE 1-1188-0313 CL 211601 KMFFA17APTU303221
07-004826-0174-TR ESTEBAN RUIZ ARIAS 1-1150-0069 484689 JA4LS21G8WP034955
07-004878-0174-TR JORGE MIRANDA MONTERO 1-0214-0868 C 133671 JALK7A12XS3201480
07-004947-0174-TR CARLOS EDO. MAS ROMERO 1-0689-0699 443104 JTDBT113800199393
07-004962-0174-TR RUSLAN CASTRO BADILLA 6-0216-0032 TSJ 3860 JTDBJ21E602006031
07-005164-0174-TR GABRIEL RAMIREZ VEJAR 8-0065-0519 378863 KNAJA5538RA731803
07-005179-0174-TR GILBERTO CERDAS RAMIREZ 1-0449-0174 TSJ 5346 KMHJF31JPRU603382
07-005238-0174-TR RAFAEL A. GARRO CAMACHO 1-0308-0884 98809 RBN12003822
07-005243-0174-TR OSCAR ALVARADO BONILLA 3-0176-0767 TSJ 3781 KMHVF22J0RU969370
07-005247-0174-TR ROLANDO FCO. MENDEZ MENDEZ 1-0712-0839 TSJ 3770 KMHVF21JPRU935616
07-005275-0174-TR STEPHANE PAEZ ZELEDON 1-1134-0665 608802 1N4EB31P7RC872514
07-005279-0174-TR NELSON OVIEDO BOLAÑOS 1-1123-0201 405527 KMHVF31JPLU177808
07-005284-0174-TR JENNY ROJAS HERNANDEZ 1-0681-0916 532459 KMHJF31JPNU197463
07-005449-0174-TR SHELENY Y. PRENDAS ARRIETA 1-1097-0264 633784 KMHNM81WP6U201971
07-005455-0174-TR JOSE B. ZAMORA ALEMAN 155802707030 SJB 10467 KN2DAM2C1SK005532
07-005462-0174-TR GERARDO E. SOTO MEJIAS 2-0506-0255 591774 JN1EB31P3MU11377
07-005477-0174-TR JULIO ACUÑA OBANDO 3-0174-0488 17125 BJ40018861
07-005530-0174-TR RAUL CORRALES CASTRO 1-0284-0111 MOT 144185 LD5TCJPA361000086
07-005781-0174-TR ASDRUBAL J. ALVARADO REDONDO 1-0957-0584 587062 KMHVF21NPRU023987
07-005811-0174-TR MARLOS J. OROZCO RUIZ 3-0410-0984 SJB 9578 KMJRD37FP2K543397
07-006292-0174-TR ANA L. QUIRCE RODRIGUEZ 1-0559-0462 396252 KNEFB2432Y5415281
07-006418-0174-TR CARLOS ARAYA SOLIS 1-0760-0843 C 126696 CMA83E40968
07-006727-0174-TR EUGENIA GURDIAN HURTADO 1-0544-0461 414640 JTDBT113800083207
06-010546-0174-TR ISABEL MONTERO DECOK 1-0127-0687 115117 LB11M-C73016
06-011266-0174-TR LIDIETTE C. SERRANO FERNANDEZ 1-0940-0316 393476 KMHVF21JPPU916120
06-011358-0174-TR ESPERANZA MELARA FARFAN 8-0074-0681 CL 173767 KJM2UF3132M0152826
07-000997-0174-TR EDWIN J. MORENO LOPEZ PASAP. 38012 C 138666 2FUYDXYB9TA630560
07-004222-0174-TR EDWARDS HANSON DONALD 9-0010-0979 598162 JT3HP10V2T0081365
07-004536-0174-TR OSCAR PALMA RODRIGUEZ 2-0304-0750 495413 PBD17217433032309
07-004549-0174-TR CLAUDIA HERNANDEZ RUIZ 1-0686-0981 676626 1HGEJ2122SL053896
07-004674-0174-TR JORGE CALVO DELGADO 1-0917-0675 C 29597 KMFLA17JPRU016575
07-004699-0174-TR RONALD A. ARNAEZ SERRANO 1-0600-0488 189134 JT4RN62D1G0038035
07-004782-0174-TR FLORY I. LEON LEON 1-0853-0527 382738 KMHVF31JPMU501454
07-004833-0174-TR SANDRA ALVAREZ FALLAS 1-0545-0269 126498 LB11MB29269
07-004898-0174-TR MOON SEOK KWAN PAS KN0390532 522263 KMHCF21DPSU330874
07-004914-0174-TR OSCAR FERNANDEZ AGUILAR 9-0076-0994 MOT 157793 LC6PCJB8560804832
07-004922-0174-TR RODOLFO MENDEZ OROZCO 1-0508-0186 TSJ 1207 KMHVF11LPTU352271
07-004956-0174-TR JOSE A. VARGAS CHINCHILLA 9-0036-0643 TSJ 3887 KMHVF31JPRU890916
07-004957-0174-TR GERMAN BADILLA TORRES 1-0506-0322 TSJ 5445 KMHVF21JPRU949259
07-004985-0174-TR JAEL ANT. DELGADO VEGA 1-0685-0082 TSJ 6492 KMHCG45G4YU041897
07-004989-0174-TR GILDA CAMPOS CASTRO 1-0550-0780 284611 JS3TD02V3N4108334
07-005066-0174-TR ALFREDO VARGAS JIMENEZ 1-1157-0408 498568 KMHJF31JPMU149317
07-005245-0174-TR EUGENIA BONILLA RESTREPO 1-0501-0137 276287 3G1SE5431VS144192
07-005295-0174-TR ANGEL ANT. LAZO VALLADARES 1-0829-0307 586109 JDAJ102G000560627
JUZGADO DE TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE, GOICOECHEA
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-005353-0174-TR ADRIAN BRICEÑO ABARCA 6-0159-0965 TSJ 4938 KMHVF14N1TU230574
07-005425-0174-TR MARCELA RODRIGUEZ SANCHEZ 1-1000-0803 637428 8AD2AKFWU6G007346
07-005487-0174-TR CESAR CANALES BERRIOS 6-0212-0807 428015 KMHJF31JPPU538643
07-005494-0174-TR DAVID JIMENEZ ARCE 1-0631-0093 TSJ 1654 KMHVF21NPSU184066
07-005494-0174-TR SILVIA BARQUERO VARELA 1-0633-0516 526805 P9BG116DC03C400732
07-005510-0174-TR ISABEL C. BLANCO FONSECA 1-0415-1327 337335 JT2EL46S5P0298111
07-005543-0174-TR DAVID E. BARBOZA LEPIZ 4-0102-1118 CL 173234 KLA7T11ZBYC059240
07-005576-0174-TR JULIO SANDI UREÑA 1-0319-0214 215458 JT2AE93E2K0102252
07-005583-0174-TR GEOVANNY CARVAJAL ROSAS 1-1192-0614 MOT 154388 LWBPCJ1F961057580
07-005625-0174-TR MARCO ANT. ORTIZ MONESTEL 1-0543-0336 215603 1HGCA6186KA028255
07-005631-0174-TR KEVIN CLAUDE LEMIEUX PAS JH714826 422001 JM1BG2242N0420933
07-005680-0174-TR MARIA T. GOMEZ GARITA 1-0734-0156 152471 JHMEG75100S000331
07-005681-0174-TR LUISA M. PEREZ WOLTER 1-1000-0136 116953 9BD146000-H3278749
07-005681-0174-TR ENRIQUE SANCHEZ CARVAJAL 4-0087-0438 272148 1J4GX68S9PC702288
07-005712-0174-TR MARIO CASTRO LEON 1-0353-0417 TSJ 5467 KMHVF31JPPU891449
07-005735-0174-TR TABI HERNANDEZ PEREZ 6-0256-0041 CL 210530 KMFXKN7BPVU083735
07-005735-0174-TR MAURICIO MADRIGAL RETANA 1-0761-0478 563185 JT2AE09WXP0035872
07-005738-0174-TR GLADYS BOLAÑOS MONGE 3-0358-0418 624446 KMHCG45G6YU098022
07-005738-0174-TR JORGE E. VALVERDE FONSECA 1-0696-0112 MOT 171531 LC6PAGA1470804738
07-005762-0174-TR NATIVIDAD ANGULO SEQUEIRA 5-0219-0754 TSJ 3809 JT2SV21E4H3087002
07-005805-0174-TR VERA L. NAJERA CESPDES 2-0296-0115 604414 JN1EB31F0PU503036
07-005821-0174-TR NURY MORA ACUÑA 1-0319-0176 MOT 108122 C5TG030583CE
07-005832-0174-TR JOSEF KAPPL SIEGFRIED 704884981146 CL 214312 LKHTC3BG67AT00291
07-005856-0174-TR MARIA P. MONTOYA ROMERO 1-0553-0319 TSJ 4330 KMHJF21JPSU940647
07-005856-0174-TR ECKART SCHLAGER PANIAGUA 1-1068-0776 229887 WBAAA1300J4141385
07-006014-0174-TR GUIDO FERNANDEZ QUESADA 3-0351-0813 218652 JHMVN5528GC001502
07-606048-0489-TC HAYDEE HERNANDEZ SAENZ 4-0063-0783 179956 WDB2011221F4176700
07-006096-0174-TR LUIS ALBERTO ALVARADO JIMENEZ 1-0539-0680 246491 JT2AE92E1K3244303
07-006100-0174-TR HUBNER JIMENEZ HELMUTHF 1-0536-0704 377099 ZFA18200004935996
07-006309-0174-TR YAMILETH ARGUEDAS AGUILAR 1-0420-0715 159856 JHMAR652XFC004795
07-006591-0174-TR ZHENG CHAN ZHONGSEE 8-0069-0424 574337 KMJWWH7JP2U453617
07-006664-0174-TR GEINER MORALES SANDI 1-0818-0579 190513 JN1PB2417HU05291
07-006884-0174-TR YAMILETH SANCHEZ JIMENEZ 6-0195-0952 534917 JSAFHX51S45170210
07-007191-0174-TR GRACE LIZANO JIMENEZ 1-0658-0688 CL 202625 3N1CD13Y2ZK001295
07-007662-0174-TR JOSE ML. CAMACHO CASTRO 3-101-080419 418182 KMHJF31JPMNU262255
07-007973-0174-TR RODRIGO HERNANDEZ RUIZ 1-0738-0063 141490 BBAB13-001533
07-003962-0174-TR TRESCIENTOS CUATRO OCHO TREINTA Y NUEVE S. A.
R/ JOSE LUIS ALPIZAR MATAMOROS 3-112-077042 304839 SALLJGMM4TA509203
07-004669-0174-TR COMPAÑÍA MIRERA NOVATEC DE C.R. S. A.
R/ JORGE HERRERA MAHOMAR 3-102-215462 C130883 1FUEYCYBOGH282943
07-004799-0174-TR FERNÁNDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S. A.
R/ MANUEL FERNÁNDEZ VAGLIO 3-101-064465 EE 19501 T0310SE844192
07-004985-0174-TR ISIMA S. A.. R/ MARÍA ELENA ARIAS RAMÍREZ 3-101-105020 641479 JN1TENT30Z0102386
07-005147-0174-TR COMPUTACIÓN SOL DE AMÉRICA S. A.
R/ EVELYN OSORNO CHAVERRI 3-101-324303 CL 213195 JHFUF117X00002507
07-005280-0174-TR GRUDOS S. A. R/ ROLANDO RAMÍREZ GRANADOS 3-101-091092 537575 3N1EB31S1ZK117340
07-005531-0174-TR FERNÁNDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S. A.
R/ MANUEL FERNÁNDEZ VAGLIO 3-101-064465 C 29715 2M2N187YXJC020078
07-005591-0174-TR LA VIEJA MUTUAL INTERNACIONAL V M I S. A.
R/ ROBERTO TREJOS MONGE 3-101-221585 590517 JTEBY17R508002755
07-005595-0174-TR LANCO & HARRIS MANUFACTURING CORP. S. A.
R/ ENRIQUE BLANCO ROSELL 3-101-202548 CL 189122 JAAN1R71R37100019
07-005619-0174-TR AUTO TRANSPORTES HUVA S. A.
R/ MARÍA ESTER MADRIGAL ROBLES 3-101-0805014 CB 1681 9BM3840731B267272
07-005731-0174-TR BRISAS DE LA MISQUITA S. A. R/ DORELLA CORRALES ROJAS 3-101-341724 513760 4S2CG58E8R4332087
07-005757-0174-TR DISTRIBUIDORA LA FLORIDA S. A. R/ RODOLFO JIMÉNEZ BORBÓN 3-101-295868 C 135504 3HTMMAAR53N571118
07-005931-0174-TR ARRENDADORA K S. A. R/ ANDRES YANKELEWITZ LEV 3-101-272742 CL 213213 KLBB05506C134433
07-006279-0174-TR FERNÁNDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S. A.
R/ MANUEL FERNÁNDEZ VAGLIO 3-101-064465 C 144621 1M1AA14Y2VW079652
06-000392-0174-TR DESARROLLOS MACALLA DUENI S. A.
R/ JUAN CARLOS SALVANY SAILES 3-101-354772 532258 KMHVF21NPRU124004
07-003187-0174-TR INMOBILIARIA INTERNACIONAL ASALO S. A.
R/ RODRIGO ROMERO SALAZAR 1-010-90498 CL 170726 3N6GD12S4Z002893
07-003338-0174-TR CORPORACIÓN ABIJAN S. A. R/ ALVARO GARRO DÍAZ 3-101-225467 CL 192350 MMBJNK7403D027880
JUZGADO DE TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-601266-489-TC FORN MORAGA JAIME ANTONIO 105910364 CL-205294 JA7LS21G4PP003996
07-601446-489-TC MARQUEZ SANTOS JOSE GABRIEL CC72311746 294072 1FMDU34X7MUE53072
07-601491-489-TC DAVILA GUTIERREZ JADER ALBERTO 901140899 CL-152852 JM2UF6149M0129425
07-601996-489-TC RODRIGUEZ SIBAJA JOSE JOAQUIN 103590133 TSJ-6353 1Y1SK5268TZ003502
07-602001-489-TC MORA ESPINOZA EDGAR 103390208 493268 KMHJF31JPSU884888
07-602046-489-TC TRIGUEROS ARROYO LUIS ALBERTO 203010248 TSJ-5424 KMHVF21NPTU321724
07-602206-489-TC CABEZAS VALERIO KARLA IVANNIA 701280058 646963 8AJZZ62G600001131
07-602331-489-TC PIZARRO QUESADA OLGER 602400665 TSJ-5123 KMHJF31JPRU672140
07-602546-489-TC VILLALOBOS SANDI RODOLFO ENRIQUE 203160266 TSJ-6429 KMHVF21NPRU080723
07-602591-489-TC MENDEZ SALAZAR SANDRA 103911138 224406 SALHV1241KA373872
07-602886-489-TC BRENES FONSECA OSCAR 104770440 446975 3VW1931H5WM150740
07-602561-489-TC AUTOTRANSPORTES MORAVIA SA 3101054596 SJB-8613 KMJTA18VP1C900043
07-602681-489-TC PEREIRA ALVARADO VICTOR HUGO 105730056 TSJ-2654 KMHVA21NPSU047637
07-602981-489-TC MORERA HERNANDEZ CINTHYA MARIA 108010262 607551 WBACA5326RFG11990
07-602996-489-TC FONSECA DELGADO ALFREDO 104360182 447935 EL530391734
07-603026-489-TC VEGA GUTIERREZ GERARDO JOSE 109490451 MOT-155393 LC6PAGA1X60852033
07-603076-489-TC MORA CORDERO GINA DEL ROCIO 110260763 591010 JT2EL43A6M0046827
07-603116-489-TC SALAZAR SEGURA LUIS DIEGO 109590063 278969 2HGED6349LH524616
07-603176-489-TC SEQUEIRA PEREZ LAURA MARINA 110680423 SJB-10356 KMJRD37FPYU479401
JUZGADO DE TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-603196-489-TC QUIÑONES RAMIREZ SANDRA 401240756 148807 VX1145A0000445645
07-603936-489-TC MADRIGAL ARGUEDAS ROXANA MARIA 104920224 BM-25466 LB404P10X6C112731
07-604061-489-TC VALVERDE SOLANO ARACELLI 108920168 443754 JT2EL46S8P0277401
MADRIGAL ZAMORA GILBERTO“ 202970865 TSJ-2579 KMHVA21NPRU002242
07-604256-489-TC FERNANDEZ GAMBOA MAYNOR 107090662 TSJ-2924 JTDBJ21E002002914
07-604411-489-TC DHL (COSTA RICA) S. A. 3101009758 C-125519 VH421037
07-4491-174-TR SALAZAR UREÑA ALEJANDRA BEATRIZ 109680039 428174 JTDBT113500117099
ESPINOZA QUIJANO GUILLERMO 107950836 092114 KLB310B07968
07-604521-489-TC VARGAS VARGAS GILBERT 103710704 TSJ-5980 JTDBJ21E802003082
07-604991-489-TC DANIGUS S. A. 3101367378 CL-160561 KMJWVH7SPXU076752
07-604901-489-TC CHAVES CERVANTES LIGIA LORENA 104760431 TSJ-2622 LX805011685
07-605001-489-TC MARTINEZ HENRIQUEZ WILFREDO JOSE 1276639 632297 KNAFE222265228499
07-605026-489-TC VINOCOUR PONCE GABRIELA AURORA 105620007 676418 4G1JF3243WB901825
07-605041-489-TC RAMIREZ MURILLO BRYAN STANLEY 111110680 135348 KP61583915
07-605281-489-TC BALDI LIZANO JOSE ANTONIO 111260684 339076 JT2EL31DXK0335262
ZHEN CAILIAN CR-6261172823544 552132 JN1CBAN16Z0010845
BELL ALFARO RODOLFO ANTONIO 700760923 TSJ-4544 KMHJF31JPSU871702
07-605526-489-TC ZUÑIGA ARIAS JOSE JOAQUIN 105660260 TSJ-4136 KMHCF31LPSU506662
07-605616-489-TC KWOK CHAN FUNG LEUNG 800580723 152472 JHMEG75100S000337
07-605831-489-TC JORGELINA GRECO CLAUDIA 29050409N 430631 JHLRD18501C216363
07-606066-489-TC RUIZ ABARCA RANDALL MAURICIO 108080471 CL-1711 GML620MD32892
GUTIERREZ SOTO ORLANDO DE JESUS 105570535 TSJ-1100 JTDBJ21E102007796
07-606086-489-TC CONTINENTAL SKY INC S. A. 3101361684 620625 JTEBU25JX05036433
MORA MORA JETTY 104980576 498307 VF32AKFWU3W032869
07-606211-489-TC IGNORADO IGNORADO AGV-64-67 IGNORADO
07-606321-489-TC ZAMORA CASTRO JOSE GUILLERMO 107050641 TSJ-5730 KMHVA21MPPU044354
07-005611-174-TR ALMACA SOCIEDAD ANONIMA 3-101-136821 149634 BBAB13004099
07-603049-489-TC AUTOTRANSPORTES MADRIGAL MORA S. A. 3101049029 SJB-5884 3,84089E+13
07-605580-489-TC ZAMORA ALFARO MARIANELA 1-0786-0396 TSJ-2001 KMHVF21PRU126078
07-605725-489-TC PRODUBE S. A. 3-101-327769 MOT-138904 9C2JC30604R300165
07-606209-489-TC DIEN YUK MARCO ANTONIO 1-10757-0752 585138 SALLNABE224207568
07-606244-489-TC CHAVARRIA PANDOLFI ALEXANDRA 1-0544-0635 452023 KMHJF31JPNU219919
07-602725-489-TC SANDOVAL TENCIO PATRICIA 1-07780-1974 148275 1G8CS18B9F8197337
07-603479-489-TC CORPORACION INMOBILIARIA ARIES S. A. 3-101-244762 441741 JT2EL55D5S0088769
07-604884-489-TC MORENO HERNANDEZ ILEANA 8-0072-0754 219385 JHMAK5435ES017340
07-601179-489-TC BRENES RIVERA CAROLINA DE LOS ANGELES 1-1165-0427 347753 JHMED6352KS002875
07-603234-489-TC ASOCIACION DE PESCADORES ARTESANALES
DE BARRA DEL COLORADO APEBCO 3-0023-07114 C-136314 V11820047
07-602029-489-TC MADRIGAL CRUZ ROGER DE JESUS 1-1685-0568 TSJ-3381 KMHJF3321JPRU706800
07-604824-489-TC GRUPO POLAR DE COSTA RICA S. A 3-101-215327 312037 KMHLA21J6KU308486
07-605515-489-TC CALDERON ZAMORA DIDIER GERARDO 2-0283-0519 104392 VC120053652
07-603379-489-TC SEIMAQ SERVICIOS INTEGRADOS S. A. 3-101-312272 CL-164574 3GCBC1435XS100947
07-603489-489-TC RAMIREZ SOTO JOSE ALFREDO 2-0247-0920 C-126759 1HSRDJXR1EHB21080
07-601949-489-TC CARVAJAL LOPEZ JORGE ENRIQUE 2-0317-0414 347950 KMHJW31KPTU065136
07-606599-489-TC ZAMORA VARGAS BERNY MARTIN 1-0513-0080 285794 KMHVF32J9LU083898
07-603149-489-TC JOHN S. A 3-101-168028 236612 1NXAE82G9J502476
07-603149-489-TC MONTERO VALVERDE ORLANDO 1-0391-0748 TSJ-6319 KMHVA21NPTU229034
07-601244-489-TC CORDERO RAMIREZ RUTH MARIA 7-0055-0270 TSJ-3107 KMHLF11J2KU627248
07-603544-489-TC CONEJO POVEDA JORGE ARTURO/ CONEJO PACHECO JOSE LUIS 1-0597-0124/1-1162-0661 471635 JN1EB31P2RU324122
07-605370-489-TC VILLALOBOS AVILA LUIS ANGEL 6-0131-0038 TSJ-5727 KMHVF21NPRU070429
07-603584-489-TC CHACON SANCHEZ VIRGINIA 4-0078-0898 220339 JN1GB25S9KU001631
07-608780-489-TC CASCANTE ROJAS CARLOS 1-0340-0281 182981 KMHLF21J2JU446302
07-603404-489-TC EQUIPOS DE SALUD OCUPACIONAL SOCIEDAD ANONIMA 3-101-086562 CL-202542 JHFAY04X05000584
07-4943-174-TR ASTACIO COLLADO SERGIO 1-0711-0445 CL-98517 9BGTC80JHHC141091
07-606384-489-TC VALVERDE MOLINA ANA AUXILIADORA 1-0441-0821 116785 JHMCA56300C108755
07-602650-489-TC AGUERO ALVARADO JOSE RAMON 1-0649-0328 619805 KMHJF31JPRU625890
06-611582-489-TC RUIZ BARBOZA DIANA 1-0892-0624 501854 1Y1SK5266SZ080741
07-600710-489-TC CASTILLO GARCIA RONALD EUGENIO 2709515638261 TSJ-375 KMHVF21NPRU018599
07-603319-489-TC NAVARRO VARGAS MARIA CECILIA 1-0241-0556 187103 EE900232701
06-610622-489-TC MARIN HERRERA LEIDY JUANITA 1-0813-0511 558794 JT2EL436N014662
07-602672-489-TC TODOS UNIDOS SAGU S. A. 3101332421 MOT-127038 LWBPCJ1F341036611
07-603696-489-TC LOPEZ ALVARADO DANILO 202840934 TSJ-4806 KMHVA21NPTU151367
07-605577-489-TC NAVARRO FONSECA WILBERT DANIEL C1231117 340485 KMHVF21NPRU027390
07-607772-489-TC MEJIA LEANDRA VANESSA 3565397 564699 KMHVA21NPSU061876
07-604172-489-TC CASTRO RAMIREZ ALFREDO JESUS 107710878 CL-124039 JT4RN66D1F5092222
07-604347-489-TC FALLAS FERNANDEZ JUAN CRUZ 106960997 CL-157339 JF2AT53B6FE503793
07-607257-489-TC MARIN GUADAMUZ BLANCA ELENA 270-131610 687501 KMJFD37APTU256894
07-605572-489-TC JIMENEZ CALDERON MARIELOS 107560316 354833 MOTOR G4DJN375720
07-605487-489-TC ARROYO MORERA MARIA AUXILIADORA 303070584 CL-75955 PP023726
07-606162-489-TC LEON PERERA FRANKLIN 119200090628 561181 2FMDA5142SBA57276
07-604227-489-TC DISTRIBUIDORA DE EMBUTIDOS MONCAM S. A. 3101233817 CL-89437 LN56-0066346
07-604227-489-TC DUARTE SOLIS SARA ESTER 104110923 620992 KMHVF21LPSU141282
07-601262-489-TC SERVICIO DE LIMPIEZA A SU MEDIDA SELIME S. A. 3101143803 571851 KMHVF31JPRU956319
07-604202-489-TC AUTO TRANSPORTES LUMACA S. A. 3101280236 CB-2070 9BM3821887B486947
07-604202-489-TC GONZALEZ CASCANTE DAVID GERARDO 205940779 619010 KMHVF21LPRU046552
07-602747-489-TC DELGADO VEGA JAEL ANTONIO 106850082 TSJ-6492 KMHCG45G4YU041897
07-601157-489-TC AJECEN DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA 3101322767 C-143590 JAAN1R71P77100017
07-603982-489-TC HERBERTH MEISTERL TAMARA 800770919 613196 2CNBE18U9N6929573
07-604662-489-TC CHARPANTIER MIRANDA JOSE ANGEL 104270077 TSJ-440 KMHVF24N4VU361183
07-602987-489-TC BRENES CALVO JUAN LUIS 108390626 CL-177782 FE639EA40952
07-603426-489-TC FONSECA HERRERA SANDER JOSE 110790704 433312 KMHJF31JPNU202225
07-606155-489-TC MADRIGAL BERMUDEZ OLGA MAYELA 108760778 597075 WDBDB22A6EA013736
07-606115-489-TC CASTILLO ARROYO ALVARO 201570202 TSJ-3722 KMHVF21NPTU360687
07-605325-489-TC GOMEZ VARGAS ESTEBAN 401720453 TSJ-2279 KMHVF21NPRU006131
07-604970-489-TC CASTILLO CASTILLO XINIA MARIA DEL CARMEN 105680187 622175 1N4EB31P2NC743414
07-604970-489-TC EMERGENCIAS CARDIACAS SOCIEDAD ANONIMA 3101197239 676647 1FDSS34F0XHA71130
JUZGADO DE TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-601469-492-TC CASCANTE ROJAS JOSE FRANCISCO 102730333 CL-143116 1FTCR14T9LPB16533
07-607175-489-TC BARAHONA ARCE KENNETH HERNAN 105840671 TSJ-473 KMHVF24N5VU381569
07-606445-489-TC SANCHEZ CASCANTE EDWIN ALBERTO 204550484 C-145353 JALK7A129S3201163
07-606420-489-TC CENTRO DE MUFLA, SILENCIADORES
Y FRENOS DE SANTA ANA, S. A. 3101292645 139337 SALLDVAC8AA246731
07-606355-489-TC ABARCA SOLANO RICARD O 302920008 MOT-52366 3TS005404
07-607275-489-TC TRANSPORTES COSTARRICENSES J Y E S. A 3101114178 C-135563 1M1AA13Y4NW018367
07-607110-489-TC SALAZAR CHACON URI ELENA 103560719 CL-153932 1GCCS1440VK197371
07-605115-489-TC ROJAS ARROYO MARIA ELENA 104850069 136808 WBAAC710201459797
07-605115-489-TC LEANDRO CHAVES RAFAEL ANGEL 104860860 379829 1P3BP46D7JC219284
07-600320-489-TC SUPER LLANTAS RAMIREZ S. A 3101060632 CL-146258 JAACL11L1K7223202
07-605220-489-TC CORRALES CHINCHILLA RODY RANDAL 107050421 281587 4E3CU36A7ME125694
07-606965-489-TC CRUZ BRICEÐO RAUL ANTONIO 010RE00003300 415278 JT3VN39W9R0139884
07-606470-489-TC COMERCIALIZADORA LOS ANGELES S A 3101095525 CL-110035 FH100G-A10962
07-604840-489-TC TRANSPORTADORA E IMPORTADORA ESDE COSTA RICA S A 3101194283 C-125910 1FUPACYB1KP351232
07-604840-489-TC BAC SAN JOSE LEASING, S. A 3101083308 649512 JN1BCAC11Z0002015
07-606195-489-TC SUAREZ GARCIA LUIS ENRIQUE 31516490200379 TSJ-4763 KMHJF25F6XU862598
07-603890-489-TC GARCIA BADILLA FRANCISCA DEL CARMEN 105230699 TSJ-1573 KMHJF31JPSU920371
07-603890-489-TC CESPEDES PORRAS CHRISTIAN 101025393 MOT-80819 C4TC629372
05-611925-489-TC PAEZ SAENZ ANA ISABEL DE LOS ANGELES 900080730 TSJ-4937 KNAFB1218W5734877
07-601175-489-TC GUILLEN ARROYO YOLANDA 700730584 255106 JT2EL31F6L0463047
07-601175-489-TC TSENG YA TING 62716744000373 476335 WBAFB31092LP07763
07-604725-489-TC JIMENEZ ALBENDA SEBASTIAN 501530395 CL-104673 TL720M-E26839
07-604315-489-TC SANDI AGUILAR JOSE FRANCISCO 106760225 509929 KMHJF31JPNU332859
07-604740-489-TC TRACTOCAMIONES DE CENTROAMERICA
T.C.C.A. SOCIEDAD ANONIMA 3101381182 C-136840 2FUYDCXB9SA581658
07-4340-174-TR VAZQUEZ SUAREZ MARIA GABRIELA 105620098 642634 WBABE110X0JG49569
07-604490-489-TC REYES LOPEZ ANA LUCIA 108540578 384294 KMHVF31JPNU595717
07-603955-489-TC LOBO MONESTEL JESSICA ADRIANA 603700780 335644 KMJFD37APRU088127
06-611607-489-TC CUESTA RAMIREZ JULIAN GENARO 1702757137 409075 ZAR93200000138394
06-610007-489-TC HERNANDEZ ALVARADO DANIEL 700270229 TSJ-1737 3N1DB41S0ZK021880
07-604760-489-TC ASESORES PUNTA DEL ESTE M & M, S. A. 3101276495 CB-1591 1T7B43964W1110154
07-604760-489-TC MONGE BRENES GEOVANY 107470268 TSJ-3862 KMHVF31JPRU969588
07-603800-489-TC QUESADA ARCE GERARDO 203140479 CL-109238 JAAKB2800H6246755
07-603540-489-TC VILLEGAS VIQUEZ JENDRY VIRGINIA 113100547 SJB-5477 AK174S40526
07-604990-489-TC MONTE TREJOS INVERSIONES M T S. A 3101258157 CL-173901 KMFFA17APSU279914
07-604735-489-TC PORRAS ROJAS FABIO 202910490 443945 KMHJF31JPMU029437
07-604070-489-TC WACKENHUT S. A. 3101062907 387343 3N1EB31S3ZK101902
07-603555-489-TC RENT A MACHINE SA 3101293896 CL-133886 UBMD21446052
07-601985-489-TC GRUPO PIEDRAS IRIZADAS S A 3101156216 223348 WDB1240221C110635
06-611535-489-TC ASOCIACION OBRAS DEL ESPIRITU SANTO 3002344562 CL-121600 KMFGA17LP6C033379
06-611358-489-TC LUIS GERARDO FERNANDEZ ABARCA 3-0218-0121 Y TSJ-5698 Y KMHVF31JPRU935339
Y RANDALL RODRIGUEZ BREKENRIDGE 1-08840404 171495 Y KMHLF21J3GU025035
06-611526-489-TC APII DESARROLLOS DE C.R. S. A 3-101-219451 C-137402 1FUPBSEBXTL637925
06-609435-489-TC ADEMAR GERARDO ELIZONDO RODRIGUEZ 6-0176-0544 411533 KMHVF31JPNU591776
06-611959-489-TC J & C ADVISORS S. A. 3-101-418990 443299 KMHVF31JPMU532497
06-611316-489-TC ERICK VARGAS ALVARADO 1-0687-0802 TSJ-5007 KMHVF31JPRU947665
06-601623-491-TC IHOVANNIA CAMPOS ARGUEDAS 1-0855-0647 294729 JT2EL362XJ0240249
06-608066-489-TC GERMAN LUIS DURAN BERROCAL 1-0850-0598 342373 JT2EL31F0L0500187
06-604183-489-TC DOLORES DIAZ MARIN ROSA 8-0070-0499 C-127195 1FUPABYB8KH334450
06-611953-489-TC ROSAURA JACQUELINE DAVILA MARTINEZ 135RE079189001 413594 KMHJF21JPMU084941
06-612128-489-TC FRANKLIN ROJAS RIVERA 1-0268578 TSJ-2353 KMHVF31JPRU950575
07-600637-489-TC FRANCISCO CAMBRONERO OVIEDO 1-0437-0086 TSJ-4426 KMHVF11LPSU148484
07-600572-489-TC ROSSI ARGUEDAS MIRANDA 4-0103-0964 259895 JP4FH31V9MZ007329
07-600792-489-TC CONSULTORIA E INVERSIONES ESMERALDA S. A. 3-101-130076 C-141726 1M1AA18Y4XW095316
07-603637-489-TC WALTER FARID GAMBOA CAMPOS 1-0501-0107 Y TSJ-2830 Y KMHJF31JPRU663673 Y
Y JOSE ALEJANDRO HERNANDEZ HERNANDEZ 9-0011-0371 659390 1N4BU31D4RC187681
07-605222-489-TC JOHN TRUXAL PENNINGTON III 1031164250 210848 1GKEV18K2KF528100
07-603302-489-TC MAURICIO MOLINA RIVERA 1-0695-0411 TSJ-3630 KMHJF31JPRU803558
07-001769-174-TR MARTIN F. RAINE 1000005233 Y 490253 Y JMBONV430XJ000336 Y
Y NIDIA PATRICIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ 2-0369-0505 147130 WDB1240231A006199
07-600978-489-TC AQUILINO AROSAMENA LOPEZ 280708742989 TSJ-2175 KMHJF31JPSU912174
07-602373-489-TC LUIS ANTONIO MORA ROBLES 1-0309-0445 TSJ-5931 1N4EB31P9RC827204
07-605393-489-TC ALVAREZ HERRERA GABRIEL 5-0043-0301 TSJ-1613 KMHVF31JPRU931220
07-600047-489-TC TRANSPORTES ARILOY S. A. 3101232708 C-129881 1XP6D29XXFN185789
07-601133-489-TC JUAN JOSE VENEGAS CAMPOS 1-0346-0962 481742 KMHVF31JPMU541073
07-603148-489-TC MARJORIE PATRICIA GUZMAN MORA 1-0718-0918 616136 KMHVD14N1TU112773
07-606522-489-TC ELIMELEC ARCE QUESADA 2-0272-0472 162393 JN1MN24S4EM033726
07-602403-489-TC ELADIO ENRIQUE RODRIGUEZ GAMBOA 2-0460-0218 399111 KMHVF31JPNU689136
07-602948-489-TC RAMOS ALBERTO 1025409053 138614 1HGAD5433FA043469
07-603213-489-TC IMPORTADORA OSGO S. A. 3-101-101108 CL-114528 CD21532121
07-602433-489-TC TRANSPORTES ESQUIRO S. A. 3-101-359711 CL-204710 VF3GBWJYB5J017490
07-603794-489-TC ESQUIVEL PIEDRA GUSTAVO 303890899 532000 JHMEH9592SS005961
07-605308-489-TC CORPORACION NACIONAL DE TRANSPORTES
CONATRA SOCIEDAD ANONIMA 3101057515 SJB-8291 9BM3840731B276613
07-603944-489-TC INMOBILIARIA B C S A 3101038627 466284 WDC1631131X765251
07-607508-489-TC ENRIQUE SEGURA Y COMPAÐIA S. A 3101034865 489367 KMHSB81BP3U332640
07-607548-489-TC GUTIERREZ ABARCA ANGIOLETH 600740714 TSJ-5059 2T1AE04B3RC030162
07-605023-489-TC VARGAS GONZALEZ LUIS ANTONIO 203620469 TSJ-1816 KMHVA21NPVU317707
07-605013-489-TC MENDEZ CORRALES JOSE FRANCISCO 106700097 TSJ-4119 KNAFA1217S5220113
07-606593-489-TC ARIAS CHACON JOSE MARTIN 107430665 TSJ-3142 KMHVF21NPSU173291
07-606493-489-TC ALVARADO VALERIO MIRIAM 301850272 TSJ-3355 KMHVA21NPSU076598
07-605559-489-TC OVIEDO FLORES LEONARDO 105770866 TSJ-4327 3N1BEAB13S001106
07-607124-489-TC ARIAS BARQUERO LUIS ROBERTO 108150957 CL-203541 JTFAD426900102213
07-608482-489-TC DOÐA TERESA SOCIEDAD ANONIMA 3101249202 CL-178595 V11611301
07-607553-489-TC TECNIGRAF TECNICOS GRAFICOS SOCIEDAD ANONIMA 3101043947 CL-204482 8AWZZZ9EZ5A678147
JUZGADO DE TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-606873-489-TC R.M.A. DE COSTA RICA S. A 3101236586 CL-170714 KMFFD27BPXU419021
07-603989.489-TC MONGE RODRIGUEZ CESAR 302790278 CL-126964 KFGD21403483
07-608478-489-TC I T S INTERNATIONAL TRUCKING SYSTEM S. A. 3101162482 C-140363 JAAN1R71R27100011
07-605223-489-TC VEGA HIDALGO EDWIN 900710797 455827 JT2AE94K9L3350213
07-606643-489-TC GARCIA MARTINEZ JULIO CESA 41090879 32084 FALTA INFORMACION
07-606683-489-TC TABARES RODRIGUEZ CARLOS URIEL 42001957860004 627287 KL1TD51Y16B582908
07-605589-489-TC VILLALOBOS CAMBRONERO ANTHONY 111700355 MOT-176506 LC6PAGA1X70808843
07-606868-489-TC AUTOTRANSPORTES SAN ANTONIO SOCIEDAD ANONIMA 3101053317 SJB-5002 9BM384091NB953617
07-607583-489-TC ARAYA VARGAS JAVIER 201720583 AB-2972 9BSK4X2BK13523567
07-607583-489-TC GAMBOA BARRANTES JOSE RODOLFO 106260894 CL-90828 KP36110594
07-607139-489-TC DIALCAM SOCIEDAD ANONIMA 3101103302 682399 JMY0RK9707J000696
07-604993-489-TC INVERSIONES GASTRONOMICAS MYSTIQUE S. A. 3101333990 625804 KNAJC521865571258
07-605669-489-TC CLARE RHOADES PATRICIA 104600912 182141 FZJ800025576
07-605699-489-TC CASTRO HERNANDEZ ELIZABETH 104920885 308443 JT2EL36G3K0354724
07-607633-489-TC T T TRICOLOR CARRENTAL SOCIEDAD ANONIMA 3101105093 573468 JSAERA31S55200965
07-604883-489-TC NORORIS AGUIRRE ERNESTO JERONIMO 27018245010563 472154 1N4GB32AXNC727089
07-603974-489-TC FUENTES CALDERON KATTIA LORENA 109830023 387331 2C1MR2261S6728583
07-605494-489-TC BRENES ARGUEDAS PRISCILLA ANDREA 112110313 472862 KMHJF31JPNU327954
07-604588-489-TC CENTRO DE DISTRIBUCION U Y P S A 3101146492 270363 KLAJA19W1VB160778
07-607658-489-TC SABORIO GONZALEZ HAROLD 109440644 MOT-127159 DDFBLC28441
06-612117-489-TC TRANSPORTES A SU PUERTA SOCIEDAD ANONIMA 3101373822 CL-109234 D0NK140LP00303
07-605554-489-TC GOMEZ SAENZ RONALD 401260511 TSJ-3135 KMHJF31JPRU761250
07-605193-489-TC COMERCIALIZADORA DE VEHICULOS
SOLANO Y MONGE IS SOCIEDAD ANONIMA 3101394832 C-29293 JALFSR32FR3000046
07-604903-489-TC RIVERA ZELEDON JOSE FRANCISCO 800720635 TSJ-1534 KMHJF31JPRU854158
07-605273-489-TC RESCATES MODERNOS SA 3101221682 C-131811 1HTSAZRM2PH498457
07-607623-489-TC MODULO UNO S A 3101060851 CL-118100 KNCSB1111NS505484
07-606653-489-TC ALPIZAR BOLA#OS OSCAR ABRAHAM 205450828 CL-167801 RZN1480006674
07-4732-174-TR QUIROPRACTICA DE VIDA SA 3101312746 292830 JM3LV523XN0442379
07-603543-489-TC JIMENEZ GARCIA ALEJANDRO 105330656 TSJ-5651 KMHVF31JPRU965629
07-602389-489-TC LORIA NUÑEZ MARIA JULIA 600810818 MOT-67044 94002152
07-605073-489-TC JIMENEZ GONZALEZ SANTIAGO 27013831507426 113440 EE90-0028734
07-601993-489-TC GOMEZ SANDI OLMAN ADRIAN 602980089 C-127131 1FUYACYB3KH341817
07-604194-489-TC DIAZ CONTRERAS JENARO 501890944 TSJ-3716 KMHVF31JPRU970267
07-605283-489-TC VENEGAS BENITO ALEJANDRO 112310123 467297 ZAR93200021266140
07-605078-489-TC CONSULTORA COMERCIAL DE OCCIDENTE C.C.O. SA 3101266354 479040 VF1KC0JCF26089075
07-605664-489-TC CENBUS S. A. 3101031898 CB-1840 KL5UM55HE4P000015
07-605664-489-TC QUESADA FERNANDEZ CRISTIAN 303670032 520863 JT2AE91A2N0265942
07-603743-489-TC RODRIGUEZ AGUILAR TAYRYN PATRICIA 111510835 475614 KMHVF21NPRU082614
07-604109-489-TC RIO SOL CORPORACION SOCIEDAD ANONIMA 3101104159 493501 3N1EB31S1ZK113269
07-604109-489-TC SOLANO MONGE ROGER 302210652 C-126178 1FUEYCYB8FP246485
07-605374-489-TC VAN PATTEN SOLANO IVONNEMARIA 106250679 250369 JA7FJ43E9KJ005472
07-606753-489-TC IGNORADO IGNORADO AGV33-140 NO INDICA
07-602053-489-TC IGNORADO IGNORADO AGV-01-200 NO INDICA
07-606763-489-TC LUZ GRIS S. A. 3101075748 564097 9BD17158252457441
07-606448-489-TC EPHEL DUATH SOCIEDAD ANONIMA 3101371772 CL-186122 JAATFR54H27127384
07-606928-489-TC QUESADA QUIROS MANUEL 301280314 TSJ-2246 CT141-0009808
07-607698-489-TC MERCADEO DE ARTICULOS DE CONSUMO S A 3101137584 CL-151692 FE635EA09237
07-603784-489-TC SERVICIOS ESPECIALES INTERNACIONALES SEISA S A 3101050710 129480 B12-404141
07-603784-489-TC HERRERA ROJAS PABLO 112530749 535230 WAUZZZ8E63A305581
07-607528-489-TC RUTENIO TRES S. A. 3101204852 432053 1GNDT13Z8M2277151
07-607528-489-TC AUTOTRANSPORTES ZAPOTE S A 3101006170 SJB-6171 1T88R8B24V1148951
07-607264-489-TC ZUÑIGA ALPIZAR BERNAL ANTONIO 109910577 C-125261 1FU8D0Y90MH502531
07-605123-489-TC AVILA CHAVARRIA FRANCISCO JOSE 107210852 TSJ-4226 KMHVF21JPRU944274
07-605093-489-TC BOREL CUADRA ANDREY RICARDO 106750655 422904 JT2EL31F7L0507489
07-604393-489-TC MONTERO ARAYA JUAN ANTONIO 602090252 TSJ-5520 KMHVF31JPNU572379
07-604084-489-TC JIMENEZ BLANCO GERARDO 900260125 TSJ-2525 KMHVA21NPVU239947
06-611401-489-TC ARELIS CAR LIMITADA 3102413015 665026 LJWCCBKA67L608996
07-606393-489-TC TURISMO RECREATIVO RECREATOUR SOCIEDAD ANONIMA 3101340935 MOT-160222 MDKDPS4Z96FJ00261
07-607443-489-TC CASCANTE TORRES JUAN BOSCO 01-0679-0492 TSJ-000698 JTDBJ21E702007446
07-607404-489-TC COOPERATIVA DE TRANSPORTE REMUNERADO
DE PERSONAS DE MORAVIA Y SECTORES CIRCUNVECINOS RL 3004071331 SJB-009823 9BWRF82W15R500313
07-604433-489-TC MOREIRA SALAZAR ROSARIO 601490778 TSJ-005927 KMHJF31JPNU335043
07-604408-489-TC MANUEL ANTONIO MARTINEZ MUÑOZ 501640295 211261 KMHLF22J5JU289363
07-600799-491-TC MIRANDA VALVERDE MARCIA SUSANA 107550723 TSJ-005370 916726
07-600799-491-TC GARRO DELGADO HUGO 10629384 213528 JN1PB21S0HU016467
07-600598-489-TC V & H DISTRIBUCIONES S. A 3101179260 CL-167280 4TARN81A2RZ174784
07-607349-489-TC AUTO TRANSPORTES DESAMPARADOS S A 3101008737 SJB-5787 1HVLPHYN7HHA16598
07-605764-489-TC ARROYO MESEN YORLENY PATRICIA 503210983 119856 EE90-3018240
07-605744-489-TC JIMENEZ NAVARRO CARLOS LUIS 102440574 TSJ-000983 KMHVF22J4RU899520
07-606988-489-TC COMERCIALIZADORA CHAZAN COMADI S. A. 3101343431 536104 KMHVF31JPPU848536
07-605464-489-TC VILLALOBOS PEREZ MARIA DEL ROSARIO 107070352 329987 JT2EL36ZXJ0283375
07-605469-489-TC TARIMA SOCIEDAD ANONIMA 3101040009 CL-205116 LB3PA11L46H000044
07-603834-489-TC BAGRA SOCIEDAD ANONIMA 3101171202 623329 JM7BK326461184759
07-607848-489-TC CASTRO CHAVARRIA FLOR MARIA 900320291 583400 KMCWAH7BPWU091533
07-606388-489-TC VILLALLOBOS SOLIS ADRIANA MARIA 205380245 434315 JTDKW113103063810
07-6007803-489-TC ARAYA ARIAS WESLYE ORLANDO 304480563 541632 JT3FJ80W1M0020780
07-607023-489-TC MORALES SAENZ SILVIA ELENA 10683019 40596 2412275806
07-607773-489-TC TRANSPORTES CRISTIAN BONILLA
NAVARRO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA 3101478060 402748 KMHVF31JPNU654614
07-607778-489-TC ACARREOS LA HORA CERO SOCIEDAD ANONIMA 3101332351 C-141516 2FUYDSEB2VA758083
07-607703-489-TC AUTO TRANSPORTES LOS SANTOS S R L 3102031244 SJB-6996 9BSKC4X2BW3468617
07-607808-489-TC BARRANTES DIAZ CARLOS ENRIQUE 104460772 TSJ-4986 KMHJF32M0RU652462
07-607887-489-TC SALAZAR OBANDO FRANCISCO 601530916 418961 KMHJF31RPMU014196
07-607935-489-TC MELENDEZ SANCHEZ HILDA MARIA 102160766 TSJ-006000 KMHVF21NPRU089098
07-607935-489-TC COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE
USUARIOS DE ATENAS R.L. (COOPETRANSATENAS R.L.) 3004071307 AB-002939 9BSK4X2BFX3511380
JUZGADO DE TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-607943-489-TC SERVICIO DE MICROBUSES ALAJUELA SAN JOSE, LTDA. 3102073015 AB-003332 9BM3820692B296971
07-607955-489-TC MONTOYA TORRES CARLOS ANTONIO 502350125 TSJ-002949 KMHJF21JPRU668793
07-607955-489-TC SANCHEZ BARBOZA JOSLYNN MARIA 109510431 35146 KE36904752
07-607959-489-TC GAZEL KAMMEYER PAOLA JOSETTE 109930543 381589 JTDKW123303018236
07-607978-489-TC LEON DELGADO LUIS ANTONIO 103300075 579473 2CNBJ1860T6942139
07-607983-489-TC TORRES AVILES RAMON 2801013394613 C-135929 1FUYDCYBXTP579467
07-607673-489-TC SEGURA TRANSPORTADORA DE VALORES S. A 3101074359 CL-125018 V11803078
07-607673-489-TC KAMLOPEZ ML SOCIEDAD ANONIMA 3101376847 MOT-145353 LC6PCJK6160802879
07-607668-489-TC COOPERATIVA DE TRANSPORTISTAS DE PARAISO R L 3004061997 CB-001947 KL5UP61JE3P000002
07-606948-489-TC SOLANO SOTO KAROL IVONNE 110540751 180772 1NXAE82G0JZ521269
07-606948-489-TC FONSECA VARGAS ELVIA YOLANDA 105680947 274289 HZJ800035005
07-606993-489-TC CORPORACION EL TUCHE BUSTAMANTE S. A. 3101459684 612559 JACDJ58V8V7909595
07-607028-489-TC ESPINOZA FALLAS JOSE ANTONIO 103960889 TSJ-005287 KMHJF31KPTU252519
07-607718-489-TC AGROTURISTICA MOYA & FERNANDEZ S. A. 3101378830 C-129626 319419GL
07-605168-489-TC SALAS ESPINOZA MARIO ALONSO 110900499 426529 1N4EB32A1NC704159
07-602143-489-TC CHAVARRIA MOSCOSO HUBERT ALBERTO 106250653 SJB-006141 1HVLNHGL7FHA30231
07-606798-489-TC TRANSPORTES DOSCIENTOS CINCO S A 3101139599 SJB-6247 3,84089E+13
07-606798-489-TC CUBILLO MORAGA AGNES 106250961 274819 JN1PB2517HU016788
07-607931-489-TC ARRENDADORA CAFSA SOCIEDAD ANONIMA 3101286181 598571 JTEBY25J400028409
07-7294-174-TR INVERSIONES MARIE DE COSTA RICA J.M.U. S. A 3101381652 572635 9BD17156152484682
07-7294-174-TR OROZCO RAMIREZ ELIDIETH 204080901 220506 BCAB13517794
07-607503-489-TC CASTILLO PEREZ JUNE ANN 27011719051947 SJB-10746 KMJRD37FPTU294197
07-607833-489-TC VEGA ALVARADO MARCO TULIO 203640173 CL-139881 JA7FM24E8HP009402
07-604818-489-TC ROMERO LIZANO LUIS GUSTAVO 106990036 211991 EE900275101
07-607329-489-TC ECOTEL S. A. 3101221981 316018 JT2AE92E0J0027521
07-608003-489-TC FALLAS SANCHEZ MARCELA PATRICIA 111230187 681829 SXA117067619
07-607573-489-TC SALAZAR ALVARADO ERMER 700990782 TSJ-000392 KMHVF31JPRU941715
07-607573-489-TC LAS OLAS S. A 3101030243 SJB-009397 8AC9036723A907425
07-607423-489-TC LA GASCA Y ARTIEDA SOCIEDAD ANONIMA 3101263149 528487 KMJWWH7HP3U523791
07-603753-489-TC OROZCO BLANCO MARTA MARIA 103920294 593596 KL1TD61TX5B371991
07-606438-489-TC COMERCIALIZADORA PAQUITO SOCIEDAD ANONIMA 3101193015 CL-167890 JAANKR66LY7100032
07-607359-489-TC GAMBOA MORA YORLENY MARIA 109000424 318711 KMHVD12J6RU288470
07-607359-489-TC URIBE BERMUDEZ PATRICIA MARIA 107120450 TSJ-005453 KMHVF31JPRU942129
07-604308-489-TC HOTEL LAS GONDOLAS SOCIEDAD ANONIMA 3101142896 364256 KNHTR7312X6330335
07-604748-489-TC MORA PANIAGUA ANDRES 109680777 250049 W0L000078S4195593
07-606723-489-TC SALAZAR FAJARDO SONIA 800750616 536607 2T1AE09B7RC072715
07-602188-489-TC AVILA BOLAÑOS ANIA 202891167 179507 KMHLD11J8HU081795
07-605754-489-TC CALDERON MONTERO JORGE ARTURO 301160078 TSJ-002062 CT141-0009866
07-605754-489-TC ZUÑIGA TAMES LIDIER 303200667 CL-213145 V11910189
07-607438-489-TC JIMENEZ MESEN J & M SOCIEDAD ANONIMA 3101322948 C-146079 1FV6HLAAXYHB79860
07-604293-489-TC CARBALLO VILCHEZ MAURICIO 107670158 536005 KMHVF31JPPU905509
07-607687-489-TC PALACIOS MORALES ALVARO ULISES 105880248 TSJ-004917 KMHVF21LPRU089576
07-601096-500-TC SEGURA ALVAREZ MARIO ALBERTO MARTIN 106240127 422652 KMHVF21JPNU572807
07-997-0492-TC RETANA BEJARANO FERNANDO MAURICIO 105690353 357638 AE1113085061
07-997-0492-TC ABARCA VARGAS ROBERTO 108920960 196280 JD1FG1206J4305523
07-602193-489-TC CASTILLO MADRIZ ISAIAS 112470732 259622 1NXAE82G5JZ523471
07-603598-489-TC RAPIDO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA 3101124271 642852 JTMZD33V105023634
07-603869-489-TC R Y B REPRESENTACIONES SOCIEDAD ANONIMA 3101262771 CL-206161 VF1FC0JCF33980385
07-604204-489-TC INVERSIONES ODIO MATA SOCIEDAD ANONIMA 3101134027 358556 KMHVF21NPRU103840
07-605313-489-TC SERVICIOS INDUSTRIALES JEHASA J Y H S. A. 3101375484 CL-207791 KNCSE211267131988
07-606943-489-TC CHAVES PEREZ GERALD 111490488 361702 DSNE55ASZ01300
07-606943-489-TC HERNANDEZ BONILLA KARLA ROCIO 110480218 331483 1HGCA5630JA119530
JUZGADO DE TRANSITO DE HATILLO
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
06-001600-0492-TC SERGIO SAENZ GUTIERREZ, REP.LEGAL DE P.L.G. CAPIEAL
PARTNERS S. A. DENOMINADA GUISEMA Y ASOCIADOS S. A. 1-685-0155 CL-184305 JAATFR54H27102698
06-002386-0492-TC JAIME COHEN, REP. LEGAL CIUDAD DE LA PAZ S. A. CR-125000010910 T06-06-070769 NO INDICA
06-601336-0491-TC JORGE ROJAS VILLARREAL 1-924-120 325069 1N4EB32A6NC827276
07-000719-0492-TC WILLIAM MONGE PEREZ, REP.LEGAL REPUESTOS
PARA EQUIPO PESADO F.M. S. A. 1-943-814 CL-186038 KNCSD911227846257
07-000892-0492-TC JOSE PABLO CASTILLO RINCON 9-107-193 454202 KMHJF31JPNU166020
07-001056-0492-TC ADOLFO ESQUIVEL PACHECO, REP.LEGAL
INVERSIONES CALUÑA INCASA S. A. 1-804-310 C-143911 1HTSCAAN9YH269176
07-001065-0492-TC ANDRES YANKELEWITZ LEV. REP.LEGAL ARRENDADORA K S. A. 1-617-244 CL-200898 KMFVA17LP5C006739
07-001128-0492-TC EVADINA CARVAJAL BENAVIDEZ 2-480-381 311632 JN1PB241XHU032839
07-001228-0492-TC RICARDO MORA GOLDONI, REP.LEGAL
MATERIALES CONSTRUCCION EL LAGAR DE HEREDIA S. A. 1-564-907 C-26227 9BM345303LB875005
07-001254-0492-TC JORGE UGALDE ASTUA 1-491-218 TSJ-4204 KMHJF31JPRU688485
07-001358-0492-TC VICTOR CAMPOS MONTERO 1-205-576 250505 RN1350006111
07-001396-0492-TC REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTES
KENNETH MATA GAMBOA S. A. 3-101-425787 CL-85623 BU30106753
07-001465-0492-TC DAYANA RAMIREZ CHAVARRIA 1-1113-353 CL-124581 1N6HD16S0GC435242
07-001470-0492-TC RANDALL SUAREZ ARAYA 1-1009-216 394097 KMHJF31JPLU004590
07-001536-0492-TC DANILO GOMEZ CARVAJAL 3-205-313 CL-159075 1N6SD16S7SC390847
07-001556-0492-TC DANILO LOPEZ ALVARADO 2-284-934 TSJ-4806 KMHVA21NPTU151367
07-001559-0492-TC HELEN MESEN MORA 1-993-661 594203 JT2EL46B2N0216347
07-001568-0492-TC RAUL CRUZ VELAZQUEZ CR-155801940225 341759 KMHVF21JPPU819207
07-001571-0492-TC GERARDO AGUILAR ROJAS 1-349-473 TSJ-1271 1N4EB31P4RC834142
07-001596-0492-TC LUIS MADRIZ SANTAMARÌA 1084051201 138019 AHN12WC18701
07-001662-0492-TC MARIA ELENA CHAVARRIA MORA 1-336-128 TSJ-4337 KMHVF31JPRU963143
07-001667-0492-TC MARIA ALVAREZ ALVAREZ 2-417-949 241741 KMHVF21HPLU193708
07-001679-0492-TC ROCIO SANDI AGÜERO 1-714-496 229815 JF10AM3AL0G005169
07-001680-0492-TC HECTOR ANCHIA GARBANZO, REP.LEGAL
ARQUITECTURA E INGENIERIA EMPRESARIAL AS S. A. 1-1021-689 CL-211879 MMBJNK7406D058190
07-001694-0492-TC MARGARITA GONZALEZ GONZALEZ 1-281-056 176576 JT2AE82E6G3288749
JUZGADO DE TRANSITO DE HATILLO
N° Expediente Propietario N° Cédula N° Placa N° Chasis
07-001695-0492-TC MICHAEL PORRAS SIBAJA 1-1090-324 465061 JT2EL46S5R0479129
07-001711-0492-TC MARTA GUERRERO ARAYA 2-361-594 206828 FE639EA47698
07-001716-0492-TC FRANK VARGAS MC CARTHY 1-1073-547 498441 JT2EL46S2P0371368
07-001721-0492-TC OMAR REDONDO ULLOA 3-137-917 209403 KMHLA21J6GU062708
07-001721-0492-TC DANIEL ROBLES FONSECA 1-400-805 TSJ-2603 KMHVF14N3SU199438
07-001748-0492-TC SARA GUZMAN EDUARTE 6-146-713 285045 JT2AL32HXF0319889
07-001763-0492-TC WILLIAM ALBERTO MOLINA LORIA 7-085-459 308333 1N4PB21S6HC827330
07-001768-0492-TC REPRESENTANTE LEGAL DE CORPORACIÒN FARLS S. A. 3-101-130555 BM-23467 CGB047159
07-001779-0492-TC RICARDO GONZALEZ SAENZ 3-295-737 CL-91384 9BWZZZ30ZGT140764
07-001780-0492-TC PEDRO LUIS BURGUERA, REP.LEGAL CADENAS BURGUERA S. A. 175-133736-011285 CL-194888 93W232G7131010012
07-001781-0492-TC GRETTEL CAMPOS MENDEZ 1-878-254 496072 KMHJF31JPRU761037
07-001816-0492-TC ELVIRA QUIROS JIMENEZ 3-203-372 TSJ-5994 KMHVF31JPRU944073
07-001816-0492-TC GRETTEL CHACON CHINCHILLA 1-993-093 547921 KLAJA62Z1XK335645
07-001833-0492-TC ANA SOLANO CHACON 1-1010-317 446331 KMHJF31JPNU343641
07-001848-0492-TC MARIA ELENA DUARTA PALMA 135RE012754001999 565497 KMHVF21NPRU081091
07-001855-0492-TC MAX ROLANDO MURILLO MUÑOZ 1-464-779 EE-20370 TO310EX880853
07-001856-0492-TC JOSE LUIS QUIROS QUIROS, REP.LEGAL TRANSLUYFA DEL SOL S. A. 3-166-282 C-132627 1M2AA13Y4PW021526
07-001890-0492-TC CARLOS BRIZUELA MADRIGAL 1-453-764 CL-112204 JN6ND01S8FW031803
07-001891-0492-TC ARLLERY ZAMORA LOAICIGA 5-103-599 220939 AE1013098956
07-001899-0492-TC REPRESENTANTE LEGAL ARRENDAMIENTOS
OPERTIVOS FINANCIEROS DE SAN JOSE S. A. 3-101-083308 540123 KNEJC521835159656
07-001906-0492-TC MAYRA ROJAS MASIS 1-1199-744 177509 KMHLA21J9HU201005
07-001911-0492-TC DYALA SANOU VARGAS 1-943-953 238511 JT2EL31D8K0330366
07-001926-0492-TC YERY HIDALGO VIQUEZ 3-318-909 588190 1N4AB41D1VC704985
07-001929-0492-TC JUAN CARLOS SANCHEZ MARTINEZ 3-321-341 570989 1HGEG8559NL039519
07-001936-0492-TC NICOLAS GUTIERREZ SEGURA 2-337-224 C-24705 KCM102181
07-001938-0492-TC ANDREW GARBER TOMMEY PA-209839276 121902 YV1744845G1003458
07-002021-0492-TC ALVARO FERNANDEZ RIVAS 1-447-138 TSJ-694 KMHVF31JPRU948483
07-002078-0492-TC REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTES DOSCIENTOS CINCO S. A. 3-101-139599 SJB-10931 9BWRF82W07R700943
06-002768-0492-TC ALVIN CASTILLO COLLADO 6-233-077 TSJ-4499 KMHVF31JPRU935012
07-603367-0489-TC VALERI VITOVITSKI PA-51N2480498 381990 KMHVF31JPMU461333
07-604206-0489-TC CARLOS MADRIGAL MADRIGAL 1-400-088 400130 KMHVF31JPMU507540
07-605696-0489-TC RODOLFO CASTRO CAMPOS 2-468-505 564565 JT2AC52L8V0220261
Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tienen derecho a comparecer al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia que de no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia.
San José, 28 de setiembre del 2007.
Alfredo Jones León,
1 vez.—(86961) Director Ejecutivo
SALA CONSTITUCIONAL
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las trece horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 07-012766-0007-CO interpuesta por Rigoberto Abarca Rojas, para que se declare inconstitucional el párrafo primero del articulo 347 del Código Penal, por estimarlo contrario a los artículos 24, 33, 39 y 41 de la Constitución Política y los artículos 7.1, 9º, 24 y 29 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. La norma se impugna en cuanto el accionante alega que en el primer párrafo del artículo 347 del Código Penal se utiliza la palabra “interese”, vocablo semánticamente débil, que implica un concepto de escala cualitativa a determinar por el juez ex post facto, por lo que se convierte en un tipo penal abierto que violenta el principio de tipicidad, libertad personal, defensa legalidad, reserva de ley y el debido proceso. Indica que de la unión de los principios de legalidad criminal y la división de poderes se extrae que las conductas típicas deben estar previa y claramente determinadas por el legislador en tipos penales sin omisiones ni ambigüedades, para que los ciudadanos conozcan con precisión lo que resulta prohibido y los aplicadores del derecho no se vean obligados a recurrir a criterios valorativos que se encuentran fuera de la norma como se dan en los tipos penales abiertos, sobre los cuales la Sala ya se ha referido, entre otras, en la sentencia 1990-1877. En torno a lo impugnado, el accionante indica que al utilizar el legislador el terminó de “se interese” desde el punto de vista filológico, es de escasa capacidad denotativa y por ello de inmensa capacidad connotativa que es lo que precisamente debe evitar el derecho penal. Por ello, en el párrafo impugnado no se establece de forma clara y precisa la conducta típica, ya que no se determinan cuáles son los comportamientos que de producirse acarrearían sanción penal. Ante lo cual, el juez deberá interpretar oscuridades o fijar los límites del texto, disponiendo el significado de la ley, lo que ocurriría después de realizado el hecho sometido a sanción, violentándose la aplicación de ley anterior y cierta, tal y como lo establece el artículo 39 de la Constitución Política. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 25 de setiembre del 2007
Gerardo Madriz Piedra,
(86225) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas cincuenta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 07-011658-0007-CO promovida por Miguel Villavicencio Brenes en su condición de Secretario General Adjunto de la Unión Nacional de Empleados Hospitalarios y Afines (UNEHA), contra el artículo 5º del Reglamento del Fondo de Retiro, Ahorro y Préstamo de los Trabajadores de la Caja Costarricense del Seguro Social, aprobado por la Junta Directiva de esta institución (en el artículo 6º de la sesión número 5997, del veintisiete de febrero de mil novecientos ochenta y seis), y 4º del mismo reglamento, según modificaciones aprobadas por la indicada Junta Directiva, en los artículos 12 de la sesión 7035, celebrada el dieciocho de junio de mil novecientos noventa y seis y 7º, en el acuerdo primero de la sesión 7823, celebrada el ocho de enero del dos mil cuatro. La normativa es impugnada, únicamente en cuanto impide el reconocimiento de la pensión complementaria y de los derechos económicos (retorno del fondo de retiro) a los ex-trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social que se jubilaron bajo otros regímenes diversos del de Invalidez, Vejez y Muerte de esa institución, no obstante que se trata de un fondo que el artículo 21 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social establece sin restricción alguna para todos los empleados de esa institución, al establecer como requisito para su reconocimiento el haber cumplido los cincuenta y cinco años de edad en relación a las mujeres y cincuenta y siete años, en relación a los varones, y más de treinta años de servicio, siendo que en otros regímenes, como el de Hacienda se puede acoger al régimen jubilatorio a partir de los cincuenta años cumplidos, lo cual atenta contra el principio de igualdad, al crear una grave discriminación, no contenida en la norma legal que crea este beneficio social, con la consiguiente infracción de los artículos 33, 34 73, 74, 140 inciso 18) de la Constitución Política y 1º, 2º, 8º inciso 1) y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, pudiendo la Administración regular esta situación a partir de reconocimientos porcentuales, según los años de servicio, para no hacer nugatorio el derecho fundamental de estos trabajadores. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la norma cuestionada, no se dicte resolución final mientras las Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Se aclara que en los procesos judiciales pendientes lo que no se puede es dictar la sentencia, o, en su caso, el acto en que haya de aplicarse la norma cuestionada, en el sentido en que lo haya sido; y que lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendientes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo claro está, que se trate de normas de procedimiento que deban aplicarse durante su tramitación. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se advierte que conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala esta publicación no suspende la aplicación de la norma en general, sino únicamente para los efectos supraindicados.
San José, 24 de setiembre del 2007
Gerardo Madriz Piedra,
(86227) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las nueve horas quince minutos del veinte de setiembre del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 07-008000-0007-CO interpuesta por Emilio Arana Puente en su condición de apoderado especial judicial de German Moreno Molina y Óscar Paniagua Rodríguez para que se declaren inconstitucionales los artículos 3º, 4º y 6º del Réglamento Autónomo Municipal de Máquinas de la Municipalidad de Alfaro Ruiz aprobado por el Consejo Municipal y publicado en La Gaceta Nº 132 del 10 de julio del 2006, por estimarlo contrario a los artículos 7º, 11, 28, 33, 34, 39, 41, 45, 46, 121 inciso 13), 140 inciso 3) y 170 de la Constitución Política, 21 inciso 2) de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966. El artículo 3º se impugna en cuanto crea un impuesto o tasa vía Reglamento municipal, a pesar de que tal potestad reside exclusivamente en el Parlamento. El artículo 4° prohíbe la instalación y explotación de máquinas para juego pin ball, como actividad secundaria, debidamente autorizada. Por último, el artículo 6° se aplica en forma retroactiva, alterando el reglamento autónomo, modificando o suprimiendo situaciones jurídicas consolidadas en la actividad comercial de máquinas de juego. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 20 de setiembre del 2007
Gerardo Madriz Piedra
(86228) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las once horas treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil siete, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 07-001842-0007-CO interpuesta por Óscar López Arias, para que se declare inconstitucional El acuerdo legislativo de aprobación del permiso de atraque de barcos de la marina y del servicio nacional de guardacostas del gobierno de los estados unidos de América, tomado en la sesión Nº 148 del plenario legislativo celebrada el 8 de febrero de 2007, por estimarlo contrario a los artículos 3, 6, 9, 12, 121 inciso 5) de la Constitución Política, el artículo 3º de la Ley 7929 y la proclama de neutralidad perpetua y desarmada. El acuerdo se impugna en cuanto alega que en sesiones plenarias Nº 142 y 148 del 30 de enero y 8 de febrero de 2007, se conoció y aprobó la solicitud del Ministerio de Seguridad Pública para el atraque y permanencia de las embarcaciones de la marina y el servicio nacional de guardacostas del gobierno de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio de Patrullaje conjunto según Ley de la República 7929 de 6 de octubre de 1999. Que dicha solicitud corresponde a dos notas diplomáticas, la número 003 de 4 de enero de 2007 en donde se solicita el permiso de 17 embarcaciones cuyo acrónimo es USCGC (Servicio de Guardacostas de los Estados Unidos); y la 004 de 3 de enero de 2007 en donde se solicita para el mismo fin el permiso de ingreso de 5 barcos de acrónimo USS (Barcos de la marina de guerra de los Estados Unidos). En cuanto a los barcos de esta segunda nota, el accionante indica que pudo determinar que se trata de embarcaciones de la marina debidamente artillados, con lanzadores de misiles y diseñados para realizar misiones de corto alcance y no pertenecen al servicio de guardacostas, ya que no realizan ese servicio y poseen el doble la longitud por lo que no son aptos para persecuciones de lanchas rápidas en el mar. Esos barcos, indica, se les conoce como fragatas militares cuyo permiso de atraque y permanencia en territorio nacional es absolutamente inconstitucional. Considera el accionante que el permiso de ingreso otorgado para esos cinco barcos es inconstitucional al violentar los artículos 3º, 6º, 9º y 12 de la Constitución Política, así como el artículo 3º de la Ley 7929 que interpreta la disposición del artículo 4.10 del Convenio de patrullaje conjunto para la erradicación del tráfico internacional de estupefacientes. Esa ley permite el ingreso de naves del servicio de guardacostas, pues lo que se pretende es controlar y suprimir el narcotráfico, sin embargo los barcos de la nota diplomática 004 incumplen nuestra Constitución, ya que al aprobarse el convenio el servicio de guardacostas pertenecía a las fuerzas del orden, sea un cuerpo policial y no militares, según al misma interpretación que se hizo del convenio en la Ley Nº 7929. Indica el señor López que la acción se dirige a impedir el permiso de atraque de barcos que sí dependen directamente de la marina de guerra, pues esas embarcaciones tienen lanza misiles, lanza cohetes, helicópteros artillados. Que si bien el inciso 5) del artículo 121 de la Constitución Política autoriza a la Asamblea legislativa a dar o no su asentimiento para el ingreso de tropas extranjeras al territorio nacional y para la permanencia de naves de guerra en los puertos, debe tenerse por inconstitucional el consentimiento de ingreso de los barcos de la marina de guerra ya que: No se cumple con la ley 7929, especialmente con el artículo 3º, al no tratarse de barcos del Servicio de Guardacostas. - Que no se autoriza su ingreso y atraque a puertos nacionales de conformidad con el inciso 5) del artículo 121 de la Constitución Política. - Se violentan los artículos 3º, 6º, y 9º de la Constitución Política por cuanto decisiones soberanas de la nación son asumidas por unos funcionarios y o representantes diplomáticos que, so pretexto del convenio de patrullaje conjunto, logran el ingreso de fragatas militares. Se violenta el artículo 12 que determinó la proscripción del ejército como institución permanente. Y, se viola el compromiso de Costa Rica ante la Naciones Unidas de neutralidad perpetua y desarmada. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 21 de setiembre del 2007
Gerardo Madriz Piedra
(86229) Secretario
TERCERA PUBLICACION
Que dentro del Proceso de Inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función Notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente 07-000769-624-NO, de dicto la resolución que literalmente dice: “Proceso: inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función Notarial Notario: Alejandro Madrigal Benavides Expediente Nº 07-000769-624-NO Res: 07-01279 Dirección Nacional de Notariado. San José, a las diez horas cincuenta minutos del diecinueve de setiembre dos mil siete.
RESULTANDO:
1º— Esta Dirección, de conformidad con el artículo 22 del Código Notarial, tiene la finalidad de organizar, vigilar y controlar adecuadamente la actividad notarial en todo el país con competencia exclusiva en la materia.
2º— De acuerdo con prevención por morosidad en el Fondo de Garantía Notarial, se inició proceso de inhabilitación contra el licenciado Alejandro Madrigal Benavides por el no pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial, visible a folio 2.
3º— Mediante resolución de las ocho horas cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil siete, se le confirió traslado al notario Alejandro Madrigal Benavides, a fin de garantizar su derecho de defensa. Según consta a folio 9,13, el mismo no pudo ser notificada en las direcciones reportadas por él como su oficina y su casa de habitación, por lo que en razón de garantizar el debido proceso se procede a notificar por medio de tres publicaciones consecutivas en el Boletín Judicial, los días veintisiete, veintiocho y veintinueve de agosto del año en curso.
4º— A la fecha del dictado de esta resolución, no consta apersonamiento alguno del licenciado Alejandro Madrigal Benavides; y,
CONSIDERANDO:
I.— El decreto de inhabilitación, definido por la relación de los artículos 13, 24 inciso e) y 140 del Código Notarial, y emitido por la Dirección Nacional de Notariado, es originado por la pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado en el notario, por la ausencia de alguno de los requisitos o condiciones para el ejercicio del notariado, o bien por hallarse en presencia de los impedimentos señalados por el artículo 4 del Código referido.
II.— La falta de pago al fondo de garantía de los notarios faculta a esta Dirección para inhabilitar al moroso, pues la omisión del mismo constituye un impedimento de conformidad con el inciso g) del artículo 4 del Código Notarial. En ese orden, el artículo 13 del mismo cuerpo legal establece: “Los notarios públicos serán inhabilitados temporalmente cuando: ... b) Surja algún hecho que conforme al artículo 4 impida el ejercicio del notariado; en tal caso, la suspensión se mantendrá mientras dure el impedimento”. (...) (Las negritas no son del original).
III.—En el presente caso, según se desprende del estudio de cuotas visible a folio 1, se tiene por acreditado que el licenciado Alejandro Madrigal Benavides, se encuentra en estado de morosidad respecto del pago de siete cuotas al mes de febrero del dos mil siete, del Fondo de Garantía de los notarios públicos, creado por el artículo 9 del citado código, lo cual constituye un impedimento para el ejercicio del notariado, según se ha explicado. Como en el presente asunto, se tiene por bien notificado al notario (folios 19 a 22) de la audiencia conferida sobre el impedimento que motivó este proceso, y en vista de que a la fecha, habiendo transcurrido el plazo otorgado, no ha acreditado el pago de lo adeudado, lo procedente es decretar la inhabilitación del licenciado Alejandro Madrigal Benavides, circunstancia que se mantendrá todo el tiempo mientras subsista el impedimento, de conformidad con el artículo 13 referido.
IV.—Una vez firme la presente resolución, inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro del octavo día, el notario deberá cumplir con su deber de depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial, y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Código Notarial. Con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Alejandro Madrigal Benavides la presente resolución, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro).
V.—En caso de que el licenciado José Arturo Alan Tinoco, desee ser rehabilitado, deberá solicitarlo ante esta Dirección, cumpliendo con los requisitos de habilitación, a saber; solicitud escrita indicando dirección de oficina notarial y casa de habitación, teléfonos, fax para notificaciones, apartado postal, correo electrónico, y cualquier otra calidad, constancia del Colegio de Abogados acreditando que no se encuentra suspendido y que está al día con las cuotas de colegiatura, certificación del Archivo Nacional de que se encuentra al día con la presentación de índices notariales, declaración jurada protocolizada refiriéndose a cada uno de los incisos del artículo cuatro del Código Notarial, y acreditar que se encuentra al día en las cuotas del Fondo de Garantía Notarial.
POR TANTO:
De conformidad con lo dispuesto por los numerales 4, 13, 24 inciso e), 55 y 140 del Código Notarial, se decreta la inhabilitación del notario público Alejandro Madrigal Benavides, cédula 1-437-318, por morosidad en el pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial, misma que se mantendrá por todo el tiempo que subsista el impedimento para el ejercicio del notariado. En caso de que el notario desee ser rehabilitado, deberá cumplir con lo indicado en el considerando V. Inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro de octavo día, deberá depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares. Con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Alejandro Madrigal Benavides la presente resolución, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto..” (El resaltado es nuestro).
San José, 19 de setiembre del 2007
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(85091) Directora.
HACE SABER:
Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función Notarial (por no tener oficina abierta), tramitado bajo el expediente Nº 07-000223-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del Notario Carlos Francisco Vargas Villalobos, mediante la resolución de las ocho horas treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado”. San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar a la licenciada Carlos Francisco Vargas Villalobos del contenido de la resolución de las trece horas diez minutos del veinticinco de abril de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de las actas que corren a folios 7 vuelto , 14 vuelto y 18 frente, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la licenciado Carlos Francisco Vargas Villalobos la resolución de las trece horas diez minutos del veinticinco de abril de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial. Lic. Alicia Bogarín Parra, directora. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas diez minutos del veinticinco de abril de dos mil siete. Teniendo conocimiento este Despacho que el Licenciado Carlos Francisco Vargas Villalobos no cuenta con oficina abierta al pública (folio 1) en el lugar que señaló ante esta Dirección, se ordena la apertura de este procedimiento para determinar si procede decretar su inhabilitación con fundamento en lo que ordena el artículo 13 del Código Notarial y en consecuencia, con la finalidad de garantizar el debido proceso Constitucional, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al Notario Carlos Francisco Vargas Villalobos cédula de identidad número cuatro- cero noventa y siete- quinientos sesenta y dos, para que se apersone ante este Despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público, debido a que no cuenta con oficina abierta al público. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en la Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución al Licenciado Carlos Francisco Vargas Villalobos personalmente o en el lugar registrado ante esta Dirección como su casa de habitación, sea en Lomas de Ayarco Sur, de la Escuela Irivo, 25 metros este, por medio de la Policía de Proximidad de Curridabat.
San José, 19 de setiembre del 2007
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(85087) Directora.
Que dentro del Proceso de Inhabilitación por Pérdida de la Vigencia del Ejercicio Notarial, tramitado bajo el expediente Nº 07-000626-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario Roberto Arce Garita, mediante la resolución de las once horas quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial Promovido por: Dirección Nacional de Notariado Notario: Roberto Arce Garita Expediente Nº 07-000626-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las once horas quince minutos del dieciocho de setiembre de dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al Licenciado Roberto Arce Garita del contenido de la resolución de las quince horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, en donde también se ubica su casa de habitación, según se comprueba del acta de folio 32 vuelto, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Roberto Arce Garita la resolución de las quince horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.” F. Licda. Alicia Bogarín Parra, Directora. (...) “Proceso de Inhabilitación Notario: Roberto Arce Garita Expediente: 07-626-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las quince horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil siete. Desprendiéndose del oficio PRH-0388-2007, del primero de junio del año en curso, que el notario Roberto Arce Garita, es funcionario público, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, implica determinar mediante este proceso, si la circunstancia referida representa la pérdida de la vigencia de la función notarial y consecuentemente en apego a lo dispuesto por la Sala Constitucional, dictar del decreto de inhabilitación correspondiente; en aras de respetar el debido proceso, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al notario Roberto Arce Garita, número de cédula 4-136-389, para que se apersone ante este Despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público, debido a que es funcionario público. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución al Licenciado Roberto Arce Garita, personalmente, en el lugar registrado ante esta Dirección como su casa de habitación, sita en Heredia, San Pablo Res. Villa Dolores, N.10, C-1. Y para ello se comisiona a la Policía de San Pablo de Heredia...”.Expediente Nº- 07-000626-624-NO
San José, 18 de setiembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(85088) Directora.
Que dentro del Proceso de Inhabilitación por pérdida de la Vigencia de la Función Notarial (por no tener oficina abierta), tramitado bajo el expediente Nº 07-000606-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del Notario José Rafael Fernández Quesada, mediante la resolución de las ocho horas treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al Licenciado José Rafael Fernández Quesada del contenido de la resolución de las once horas veinte minutos del dieciséis de julio del año en curso, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de las actas que corren a folios 1 y 08 frentes, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al Licenciado Ana Lorena Gamboa Sandoval la resolución de las once horas veinte minutos del dieciséis de julio de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial. Lic. Alicia Bogarín Parra, directora. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las once horas veinte minutos del dieciséis de julio de dos mil siete.- Teniendo conocimiento este Despacho que el Licenciado José Rafael Fernández Quesada no cuenta con oficina abierta al pública (folio 1) en el lugar que señaló ante esta Dirección, se ordena la apertura de este procedimiento para determinar si procede decretar su inhabilitación con fundamento en lo que ordena el artículo 13 del Código Notarial y en consecuencia, con la finalidad de garantizar el debido proceso Constitucional, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al notario José Rafael Fernández Quesada cédula de identidad número dos, trescientos ochenta y nueve- trescientos setenta y tres, para que se apersone ante este Despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público, debido a que no cuenta con oficina abierta al público. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución al licenciado José Rafael Fernández Quesada personalmente o en el lugar registrado ante esta Dirección como su casa de habitación sea en Escazú, 2 Km., noroeste del Cruce a Guápiles, por medio de la Policía de Proximidad de Escazú.
San José, 19 de setiembre del 2007
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(85089) Directora.
Que dentro del Proceso de Inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio del Notariado (por no tener oficina notarial abierta al público), tramitado bajo el expediente Nº 06-000969-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del Notario Roger Salas Granados, mediante la resolución Nº 1280-2007 de las diez horas cincuenta y dos minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio notarial Notario: Roger Salas Granados Expediente Nº 06-000969-624-NO Res: 1280-2007 Dirección Nacional de Notariado. San José, a las diez horas cincuenta y dos minutos del diecinueve de setiembre de dos mil siete. Resultando: 1) Esta Dirección, de conformidad con el artículo 22 del Código Notarial, tiene la finalidad de organizar, vigilar y controlar adecuadamente la actividad notarial en todo el país con competencia exclusiva en la materia. 2) De acuerdo con el informe de fiscalización Nº 321-2006, se inició proceso de inhabilitación contra el Licenciado Roger Salas Granados por no tener oficina abierta al público (folio 1). 3) Mediante resolución de las ocho horas veinte minutos del once de diciembre de dos mil seis se le confirió traslado al notario Salas Granados, a fin de garantizar su derecho de defensa. Según consta a folios 31, 32, 33 y 34 la misma le fue notificada por edicto, toda vez que no fue posible notificar al citado profesional, en su oficina como tampoco en su casa de habitación, en las direcciones que él reportó al Registro Nacional de Notarios. Dicha notificación por edicto se encuentra firme. 4) A la fecha del dictado de esta resolución, no consta apersonamiento alguno del licenciado Salas Granados; y, Considerando I) El decreto de inhabilitación, definido por la relación de los artículos 13, 24 inciso e) y 140 del Código Notarial, y emitido por la Dirección Nacional de Notariado, es originado por la pérdida de la vigencia de la función notarial en el notario por la ausencia de alguno de los requisitos o condiciones para el ejercicio de la función notarial, o bien por hallarse en presencia de los impedimentos señalados por el artículo 4 del Código referido. II) Esta Dirección tiene la facultad de inhabilitar al notario que no tenga su oficina abierta en el lugar oficialmente señalado, pues la omisión de este requisito deber (artículos 3 inciso e), 6 y 24 inciso b) Código. Notarial), constituye un impedimento de conformidad con el inciso b) del artículo 4 del Código Notarial. En ese orden, el artículo 13 del mismo cuerpo legal establece: “Los notarios públicos serán inhabilitados temporalmente cuando: ... b) Surja algún hecho que conforme al artículo 4 impida el ejercicio de la función notarial; en tal caso, la suspensión se mantendrá mientras dure el impedimento”. (...) (Las negritas no son del original). III) En el presente caso, según se desprende del informe de fiscalización Nº 321-2006 visible a folio 1, se tiene por acreditado que el Licenciado Salas Granados no se localiza en la dirección que consta en el Registro Nacional de Notarios y que fue la última por él señalada como su oficina abierta al público, lo cual constituye un impedimento para el ejercicio del notariado, según se ha explicado. Como en el presente asunto se tiene por bien notificado al notario Roger Salas (folios 31 a 34) de la audiencia conferida sobre el impedimento que motivó este proceso, y en vista de que a la fecha, el citado profesional no se apersonó; no habiendo acreditado situación contraria a la que aquí se ha tenido por demostrada, Lo procedente es decretar la inhabilitación del Licenciado Roger Salas Granados, circunstancia que se mantendrá todo el tiempo mientras subsista el impedimento, de conformidad con el artículo 13 referido. IV) En caso de que el licenciado Salas Granados, desee ser rehabilitado, deberá solicitarlo ante esta Dirección, cumpliendo con los requisitos de habilitación, a saber; solicitud escrita indicando dirección de oficina notarial y casa de habitación, teléfonos, fax para notificaciones, apartado postal, correo electrónico, y cualquier otra calidad, constancia del Colegio de Abogados acreditando que no se encuentra suspendido y que está al día con las cuotas de colegiatura, certificación del Archivo Nacional de que se encuentra al día con la presentación de índices notariales, declaración jurada protocolizada refiriéndose a cada uno de los incisos del artículo cuatro del Código Notarial, y acreditar que se encuentra al día en las cuotas del Fondo de Garantía Notarial. V) Una vez firme la presente resolución, inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro de octavo día, el notario deberá cumplir con su deber de depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial, y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Código Notarial. Se ordena notificar al licenciado Salas Granados por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial. Por Tanto. De conformidad con lo dispuesto por los numerales 4, 13, 24 inciso e), 55, 140 y 148 del Código Notarial, se decreta la inhabilitación del notario público Roger Salas Granados, cédula dos-trescientos cuarenta y uno-ciento diez, por no tener oficina abierta al público, misma que se mantendrá por todo el tiempo que subsista el impedimento para el ejercicio del notariado. Una vez firme la presente resolución, inscríbase en el Registro Nacional de Notarios la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas. y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro de octavo día, deberá depositar su tomo de protocolo en uso en el Departamento de Archivo Notarial y abstenerse de realizar actos o contratos protocolares y extraprotocolares. Se ordena notificar al licenciado Salas Granados por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial...”. Directora. Expediente Nº 06-000969-624-NO.
San José, 19 de setiembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(85090) Directora.
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las nueve horas del trece de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de un millón ciento setenta y un mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: una mesa de cómputo de metal forrada en fórmica, una silla giratoria ejecutiva forrada en damasco de dos brazos, un escritorio ejecutivo de 6 gavetas con sobre de fórmica, de metal, una papelera metálica tipo ejecutivo, una biblioteca metálica con puertas corredizas de vidrio marca Indelmu, un estante metálico de cinco compartimentos, una mesa ejecutiva redonda de metal, una silla metálica de vinil color negro, un escritorio tipo secretaria metálico de 5 gavetas con sobre de fórmica, una silla metálica forrada en vinil color café, una mesa de cómputo con sobre de fórmica metálica, dos mesas metálicas para máquina de escribir con sobre de fórmica, dos archivadores metálicos tamaño legal con 4 gavetas cada uno, un estante de metal mediano de 2 puertas con 2 compartimentos, una papelera ejecutiva de metal, un estante de metal de 3 divisiones, un estante de metal de 2 divisiones, un mesa de cómputo de metal con sobre de fórmica, una silla giratoria forrada en vinil color café, un escritorio metálico con sobre de fórmica 3 gavetas, un estante metálico de cinco divisiones, 7 sillas metálicas forradas en vinil color negro, una mesa ejecutiva para reuniones de metal y sobre de fórmica, una mesa metálica forrada color café, una pizarra acrílica grande, una mesa de cómputo de metal con sobre de fórmica, un estante de metal con 5 divisiones, un escritorio metálico con sobre de fórmica y 5 gavetas, un sillón ejecutivo con brazos forrados en damasco, dos sillas metálicas forradas en vinil, una calculadora marca Cannon eléctrica modelo P20 DHII, serie 0709587, una sumadora marca Cannon, modelo MPI2DH serie 017510, un archivo metálico con caja de seguridad de tres gavetas 2 compartimentos, una impresora láser Jet 5 L marca Hewlet Packarp modelo C3041A, serie USCB335573, un escritorio de metal con sobre de fórmica de 6 gavetas, Un Silla espera metálica forrada en vinil color negro, un mouse marca Omega serie FCCIDN86 AK77 modelo AK77, una mesa de conferencia ejecutiva metálica con sobre de fórmica, dos sillas de madera forradas en damasco de rayas, una silla metálica forrada en vinil, dos sillas metálicas forradas en vinil color negro, una impresora marca Cannon número BJC-1000, una impresora marca EPSON número Ctilus, color 400 serie P95OA, un scanner modelo Sean ACE 123OP Pacific Imagen Electronic núm 123 OP, una tecla o Ky 30001 normal, un monitor marca Sectrum número 14” 4 V código MNIE0011 con teclado con 2 parlantes AOC 4 VM, un CPU código MNIE 0011 con tecla o mouse sin parlante, un rotatorio acrílico con base metálica, dos piezas indígenas en piedra una figura de hombre y otra de mujer, la primera presenta un deterioro en el pie izquierdo. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. DES.TRA. EMBA. PER. LACT., de Virginia María Gómez Jiménez contra Asociación Tekra Nacional Indígena. Exp. Nº 00-007023-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Manuel Rodríguez Carrillo, Juez.—(89376).
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José. A las diez horas y cuarenta y tres minutos del dieciocho de enero del año dos mil siete. De la demanda ordinaria de trabajo y documentos aportados por Matilde Flores Rosa, cédula de residencia permanente 155801517018, se confiere traslado por ocho días hábiles a Julia David e Hijo Limitada representado por María Iuliana Iosif Iosif y Filip Ceciliu David Iosif, a fin de que dentro del plazo mencionado la conteste, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce estos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquellos sobre los cuales no hayan dado contestación en forma debida. Además, al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese y señalar lugar y medio dentro del perímetro judicial donde oír notificaciones, ya que de no hacerlo así, se tendrán por notificadas las resoluciones que se dicten con el solo transcurso de veinticuatro horas, e igual consecuencia sufrirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio cédula y copias en su casa de habitación; o bien en el lugar donde esté situado el domicilio social fijado en el Registro Público. Artículos 2 y 5 de la citada ley. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Cartago. Ordinario laboral, dentro del expediente N° 06-002060-0173-LA de Rosa Matilde Flores contra Julia David e Hijo Limitada.—Tribunal de Trabajo Menor Cuantía, II Circuito Judicial de San José.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(88979).
Tribunal de Trabajo Menor Cuantía II Circuito Judicial de San José. A las nueve horas y once minutos del veintidós de setiembre del año dos mil cinco. De la demanda ordinaria de trabajo y documentos aportados por Manuel Emilio Marín Garita, cédula 04-0145-0177 se confiere traslado por ocho días hábiles a Aseo Limpieza Edificios y Oficinas S. A., representada por Laurens Ortiz Badilla, a fin de que dentro del plazo mencionado la conteste, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce estos como ciertos o si los rechaza por inexactos o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquellos sobre los cuales no hayan dado contestación en forma debida. Además, al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese y señalar lugar y medio dentro del perímetro judicial donde oír notificaciones, ya que de no hacerlo así, se tendrán por notificadas las resoluciones que se dicten con el solo transcurso de veinticuatro horas, e igual consecuencia sufrirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículos 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio cédula y copias en su casa de habitación; o bien en el lugar donde esté situado el domicilio social fijado en el Registro Público. Artículos 2 y 5 de la citada ley. Ordinario laboral. Expediente N° 05-001663-0173-LA de Manuel Emilio Marín Garita contra Aseo Limpieza Edificios y Oficinas S. A.—Tribunal de Trabajo Menor Cuantía II Circuito Judicial de San José.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—(88981).
Licenciada Jenny Fallas Ureña, Jueza del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, a Empresa de Seguridad Shesa por medio de su representante el señor Ever Gutiérrez Juárez, en su carácter personal, quien es mayor, vecino de Santa Cruz de Guanacaste, cédula 5-0150-879, se le hace saber que en demanda OR.S.PRI. PRESTAC. y REINSTAL., establecida por Lidier Quirós Fallas contra Empresa de Seguridad Shesa, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2099. Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, a las diez horas y treinta y cuatro minutos del dos de junio del año dos mil seis. Juicio OR.S.PRI. PRESTAC. y REINSTAL., establecido por Lidier Quirós Fallas, mayor de edad, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, cédula 01-0825-0308 contra Empresa de Seguridad Shesa, representada por Ever Gutiérrez Juárez, vecino de Santa Cruz de Guanacaste, cédula 5-0150-879. Resultando: I, II, III... Considerando: I, II, III, IV... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, jurisprudencia aplicada y artículos 492 siguientes y concordantes del Código de Trabajo, fallo: se declara con lugar la presente demanda incoada por Empresa de Seguridad Shesa, representada por su presidente señor Ever Gutiérrez Juárez y contra el señor Ever Gutiérrez Juárez en su carácter personal. Se obliga a la demandada a cancelar los siguientes extremos en la forma en que se dirá: por quince días de preaviso la suma de ochenta y tres mil doscientos veintisiete colones con cincuenta céntimos. Por concepto de catorce días de cesantía la suma de setenta y siete mil seiscientos setenta y nueve colones. Por concepto de siete días de vacaciones la suma de treinta y ocho mil ochocientos treinta y nueve colones con cincuenta céntimos. Por concepto de siete doceavos de aguinaldo la suma de noventa y siete mil noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos y por seis meses de salarios caídos la suma de novecientos noventa y ocho mil setecientos treinta colones; todo lo cual arroja un resultado general de un millón setecientos veintiocho mil novecientos veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos. Asimismo, se obliga a la parte demandada al pago de los intereses legales, de acuerdo a la tasa de interés establecida por el Banco Nacional de Costa Rica, para los certificados de depósito en colones a seis meses plazo, los cuales se calcularán desde la data del despido y hasta su efectivo pago. Son ambas costas a cargo de los demandados, fijándose las personales en el veinte por ciento de la condenatoria. (Artículos 221 del Código Procesal Civil y 452 del Código de Trabajo). Notifíquese esta sentencia a la demandada en su domicilio social o a su representante personalmente o en su casa de habitación, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Circuito Judicial de Santa Cruz, ya que el mismo puede ser habido en: Santa Cruz de Guanacaste, San José de la Montaña 3 kilómetros al este de la escuela. Se advierte a las partes que esta sentencia admite recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso (artículos 500 y 501 incisos c) y d) del Código de Trabajo; votos de la Sala Constitucional Nº 5798 de las 16:21 horas del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas del 23 de febrero de 1999 y voto de la Sala Segunda Nº 386 de las 14:20 horas del 10 de diciembre de 1999. Notifíquese. Lic. Karla Gabriela Montiel Chan, Jueza. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de setiembre del 2007 .—Lic. Jenny Fallas Ureña, Jueza.—1 vez.—(89377)
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eduardo Badilla Chavarría, mayor, casado, portó la cédula de identidad número 05-0278-0124, vecino de Carrillos, fallecido el veintinueve de marzo del dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número 07-000544-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000544-0639-LA. Por Damaris Sandoval Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza.—1 vez.—(88973).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Nelson Torres Marín, quien fue mayor, casado, oficinista, portó la cédula de identidad número 1-715-525 y falleció el ocho de marzo del dos mil cinco. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 07-300057-0895-LA de Nelson Torres Marín.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(88974).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Celia María Pineda Obando, cédula 2-245-545, fallecida el día 5 de julio del año 1996, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones legales, bajo el expediente número 07-001103-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001103-0173-LA. Promovido por Crescencio Molina Escamilla a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(88975).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Arroyo Solórzano, mayor, viudo, portó la cédula de identidad número 02-0075-3553, vecino de Tambor de Alajuela, fallecido el siete de junio del dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el expediente número 07-000315-0817-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000315-0817-LA. Promovido por Yolanda Arroyo Reyes.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(88976).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Alberto Zúñiga Bermúdez, cédula 1-583-777, fallecido el día 3 de julio del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de fondo de capitalización laboral, bajo el expediente número 07-001083-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001083-0173-LA. Promovido por Elizabeth Ortega Mora a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(88977).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Álvarez Segura, cédula 1-514-425, fallecido el día 5 de mayo del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de fondo de capitalización laboral, bajo el expediente número 06-001664-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 06-001664-0173-LA. Promovido por Flor de María Muñoz Jiménez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de octubre del 2006.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(88978).
A los causahabientes de quien en vida se llamó María Chacón Elizondo, quien fue mayor, viuda, ama de casa, portó la cédula de identidad número 3-112-909 y falleció el treinta y uno de mayo del dos mil siete. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 07-300058-0895-LA de María Chacón Elizondo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(89045).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Luis Fabián Hernández Monge, quien fue mayor, soltero, chofer, costarricense, cédula número 3-0420-0280, vecino de Quebradillas de Dota; se consideren con derecho de las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas, bajo el número de expediente 07-300007-0243-LA-4, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Flory Tames Brenes, Jueza.—1 vez.—(89369).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Geovanni Murillo Sandí, fallecido el cinco de setiembre del dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 07-000546-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-000546-0505-LA, a favor de Mayela de Los Ángeles Cordero Porras.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—1 vez.—(89370).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Jim Medrano Flores, quien fue mayor, soltero, analista financiero, vecino de Santa Ana, con cédula de identidad número 1-801-929, se les hace saber que: Marianela Flores Quiroz, portadora de la cédula de identidad de identidad número 5-066-810, vecina de Moravia, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Jim Medrano Flores. Expediente número 07-002400-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Jesús Gómez Sarmiento, Juez.—1 vez.—(89371).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Gerardo Navarro Rojas, quien fue mayor, casado, vecino de Cuatro Reinas de Tibás, con cédula de identidad número 2-294-604, se les hace saber que Gerardina Varela Araya, portadora de la cédula de identidad número 6-102-704, vecina de Cuatro Reinas de Tibás, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Gerardo Navarro Rojas. Expediente número 07-002577-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Manuel Rodríguez Carrillo, Juez.—1 vez.—(89372).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Alexander Leal Agüero, quien fuera mayor, soltero, bodeguero y mecánico, vecino de San Miguel de Desamparados, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta-trescientos setenta, quien falleció el ocho de julio del dos mil seis, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de dineros del fondo de capitalización laboral. Expediente número 07-300096-237-LA (110-4-07), gestionada por María del Carmen Agüero Méndez contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias HSBC (BANEX) Sociedad Anónima, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(89374).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Denis Antonio Segura Portuguez, cédula 3-0312-0676, quien fue mayor, casado, quien laboró para la Caja Costarricense de Seguro Social, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 07-300145-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 29 de agosto del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—(89375).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las diecisiete horas del cinco de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones quinientos nueve mil trescientos setenta y cinco colones al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado matrícula número ciento cuarenta mil seiscientos ochenta y cuatro cero cero cero. Que es terreno: para construir con una casa de habitación. Sitio: distrito Cartago, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Linderos: norte, calle pública; sur, Hilda Acuña Quesada; al este, Minor Barrantes Mata y oeste, Clemencia María Meza Cordero. Mide: ciento cincuenta y dos metros con trece decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario Nº 07-020398-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Jorge Alejandro Chaves Salas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Francisco Javier Muñoz Chacón, Juez.—(88294).
A las diez horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones al tomo trescientos sesenta y siete, asiento cinco mil quinientos tres y con la base de dos mil trescientos ochenta dólares remataré la finca inscrita en propiedad, partido de Puntarenas, Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil seiscientos setenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, situado en distrito segundo Volcán, cantón tercero de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Abelardo Rodríguez Arguedas; sur y este, calle pública; y oeste, Eugenio Agüero Valverde y José Manuel Meza Barboza. Mide: seiscientos treinta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Victorino Villanueva Obando. Lo anterior se remata por estar así ordenado en Hipotecario Nº 07-100689-0188-CI (Interno 730-07 R1) de Inversiones Barmuch del Valle S. A. contra Victorino Villanueva Obando.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 12 de setiembre del 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 48672.—(88577).
A las nueve horas y quince minutos del catorce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: motocicleta placa MOT ciento treinta y ocho mil setecientos catorce (138714), marca Honda, categoría motocicleta, tracción sencilla, chasis número nueve C dos M C treinta y cinco mil cinco R quinientos veinte mil doce (9C2MC35005R520012), capacidad dos personas, año dos mil seis, color rojo. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Maritza Gutiérrez Vindas contra Jesús Humberto Madrigal Calderón. Expediente Nº 07-002533-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 48675.—(88578).
A las nueve horas del veintiuno de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones ciento setenta y tres mil cincuenta y un colones con veinticinco céntimos, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero sesenta y siete mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, terreno para construir con una casa marcada con el Nº 553, sita en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte; sur; este y oeste, con calle pública. Mide: quinientos trece metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario Nº 06-000309-0678-CI-2 establecido por el Banco Popular contra Eraida Matarrita Matarrita y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, Limón, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 48691.—(88579).
A las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de tres mil seiscientos dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta y cuatro- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Nicoya, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto destinado a calle pública; al sur, lote 4; al este, lote catorce y al oeste, lote 16. Mide: doscientos metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Vanessa Fallas Bermúdez contra Yamil Campos Díaz. Expediente: Nº 07-000120-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 19 de setiembre del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 48693.—(88580).
A las trece horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso y limitaciones de leyes 7052, 7208 Sistema Financiero, bajo las citas de inscripción: cuatro cuatro dos-cero uno uno uno dos-cero uno-cero cero cero cinco-cero cero uno y cuatro ocho cuatro-uno nueve seis dos siete-cero uno-uno uno tres tres-cero cero uno respectivamente y con la base de un millón novecientos cuarenta y seis mil cuatrocientos ochenta y un colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré la finca del partido de Puntarenas matrícula de Folio Real número ciento catorce mil setecientos setenta y nueve-cero cero uno y cero cero dos, propiedad en su orden de Adela Hernández Sánchez y Erick Agüero Miranda, que es terreno con una vivienda de interés social, situado en el distrito primero (Parrita), cantón nueve (Parrita), de la provincia de Puntarenas, linda al norte, con Ana Cerdas; al sur, con José Sambrana Vargas y Elieth Cano Jiménez; al este, con calle pública con un frente de doce punto cero cero metros y al oeste, con Rolando Godínez y Ronny Sánchez. Mide: doscientos cincuenta metros con veintisiete decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en el Proceso Hipotecario Nº 07-100204-425-4-CI, de Banco de Costa Rica, sucursal Quepos, en contra de Erick Agüero Miranda y Adela Hernández Sánchez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Irving Vargas Rodríguez, Juez.—Nº 48700.—(88581).
A las ocho horas del ocho de noviembre del dos mil siete y con la base de un millón ciento setenta y tres mil seiscientos quince colones derecho 001 que pertenece al deudor Donald Edgar Irias Molina y libre de gravámenes prendarios sáquese a remataré: finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Alajuela, baja el Sistema de Folio Real Nº 331723-001 de la provincia de Alajuela, cantón Orotina, distrito Coyolar, que tiene las siguientes características terreno para construir con los siguientes linderos: norte, calle pública; sur, con calle pública; este, con lote Nº 58 y oeste, con lote 3 60 según plano catastrado Nº 393278-97, la cual mide setecientos ochenta y dos metros con cuarenta y un decímetro cuadrado. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del juicio ejecutivo simple 99-100024-443-CI promovido por Banco Nacional de Costa Rica contra Donald E. Irias Molina.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Ileana Moreno Carvajal, Jueza.—Nº 48707.—(88582).
A las nueve horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil siete, en este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 341, asiento 18498 y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de San José, matrícula Nº 314036-000, que es terreno con una casa de habitación, situado en el distrito cuarto, cantón sexto de la provincia de San José, linda al norte, con Rodolfo Marín; al sur, con Nuria Abarca; al este, con Jorge Umaña y al oeste, con calle pública. Mide: trescientos veintinueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 04-000061-0185-CI ejecutivo hipotecario de CEFA Central Farmacéutica S. A. contra Olman Abarca Fallas.—Juzgado Sexto Civil de San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 48728.—(88583).
A las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de ley forestal, Ley de Aguas y Ley de Caminos y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil quinientos setenta y nueve- cero cero cero, la cual es terreno lote décimo segundo, terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, quebrada Pollo y resto de Jaime Alvarado Avendaño; al sur, Luis Solano Araya; al este, quebrada Pollo, río Páez, Teodoro Picado Quirós y al oeste, servidumbre agrícola, resto de Jaime Alvarado Avendaño y lote once de Gerardo Gutiérrez González. Mide: nueve mil ochocientos noventa metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Luis Rodríguez Solís contra Desarrollos Urbanísticos Picacho Sociedad Anónima. Expediente: Nº 07-000525-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03 de setiembre del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 48738.—(88584).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de treinta y seis mil dólares americanos o su equivalente de colones a la fecha del remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 193.862-000, la cual es terreno bloque B lote 17, terreno para construir. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 16; al sur, lote 18; al este, Salesiano Santo Domingo Savio y al oeste, con 8 metros con 75 cm de frente a calle pública. Mide: ciento treinta y cuatro metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Ramón García Ortiz. Expediente: Nº 07-001181-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 48748.—(88585).
A las diez horas y cero minutos del treinta de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando diez servidumbres trasladadas y con la base de un millón quinientos ochenta y tres mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 510185-000, la cual es terreno para construir, lote 22 B. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 27 B; al este, lote 21 B, y al oeste, lote 23 B. Mide: noventa y dos metros con veinticinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Karen Franco Treminio. Expediente: Nº 07-001557-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de setiembre del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 48825.—(88586).
A las ocho horas del cinco de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones y con la base de seiscientos dieciséis mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número setenta y cuatro mil doscientos veinte-cero cero cero. Que es terreno: para construir lote novecientos sesenta y nueve. Sito: distrito ocho Barranca, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, INVU; sur, INVU; este, INVU, y oeste, calle pública y paseo pargo. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 06-025370-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Kattia María García Hernández.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de agosto del 2007.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—Nº 48826.—(88587).
A las diez horas quince minutos del siete de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales, y con la base de dos millones ochocientos dos mil novecientos veintitrés colones con veintiséis céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 412864, marca Hyundai, estilo Starex, carrocería microbús, motor Nº D4BBV394808, año 1997, color desconocido, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-000944-184-CI de Financiera Desyfin S. A. contra Patricia María Flores Garbazo.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—Nº 48840.—(88588).
A las 8:00 horas del 3 de diciembre del 2007, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones, dos servidumbres trasladadas, condiciones, reservas y restricciones, demanda ordinaria, y servidumbre de líneas eléctricas y de paso, con la base de ciento treinta y seis mil dólares de los Estados Unidos de América, sáquese a remate la finca de Puntarenas, matrícula: 100981-000. Naturaleza: terreno de repastos y reforestación. Situada: distrito 02 Palmar, cantón 05 Osa, provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Industrial Arrocera y Ganadera S. A., Rodrigo Carranza Salas, Manuel Medrano Ugalde y Miguel Arias Fonseca; sur, Carretera Interamericana e Industrial Arrocera y Ganadera S.A., Inmobiliaria Guila S. A., Manuel Medrano Ugalde y Porfirio Delgado Rojas, Francisco Lazo Lazo y Rodrigo Paniagua Rojas; este, Industrial Arrocera y Ganadera S. A., Leovilgildo Vargas Alfaro, Miguel Arias Fonseca, Rodrigo Carranza Salas y Manuel Medrano Ugalde, y oeste, Benjamín Díaz Rosales, Rodrigo Paniagua Rojas, Tiburcio Portugués González, Porfirio Delgado Rojas, Francisco Lazo Lazo. Mide: cuatro millones seiscientos ochenta mil seiscientos ochenta y nueve metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0505031-1983. Lo anterior por haberse ordenado en expediente: Nº 07-100026-423-CI que es hipotecario de Gatyfier S. A. en contra de Inmobiliaria Giulia S.A.—Juzgado Civil de Osa, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—Nº 48851.—(88589).
A las catorce horas del martes treinta de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada, limitaciones de Leyes 7052 y 7208 del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Habitación Familiar; y con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y siete mil novecientos diecinueve, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 04 de San Roque, cantón de Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 8.04 metros de frente; al sur, Jaime y Luis Ángel Muñoz Villegas; al este, Jaime y Luis Ángel Muñoz Villegas, y al oeste, Jaime y Luis Ángel Muñoz Villegas. Mide: ciento cincuenta y un metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Víctor Manuel Quesada Soto, Zaida María Lobo Astorga. Expediente Nº 07-000803-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—Nº 48867.—(88590).
A las diez horas del cinco de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de seis millones novecientos ochenta y seis mil seiscientos sesenta y siete colones y libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta mil doscientos noventa y dos - cero cero cero, la cual es terreno con una casa y jardín. Situada en el distrito 03 San Pablo, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Álvaro Segura Montero; al sur, Rafael Ángel Ramírez Herrera; al este, calle pública con nueve metros cincuenta decímetros, y al oeste, Álvaro Segura Montero. Mide: ciento treinta y cinco metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Segura Jara. Expediente Nº 07-001107-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 48868.—(88591).
A las ocho horas del doce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de once millones quinientos cincuenta mil colones y libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veinte mil cuatrocientos treinta y cinco - cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Carrillos, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Rosa Chaves Ávila; al sur, Zaida Isabel Gómez Arias; al este, calle pública con quince metros sesenta centímetros, y al oeste, Fernando Murillo Zamora. Mide: cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Roberto José Orozco Brenes. Exp. Nº 07-001169-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 48869.—(88592).
A las nueve horas del doce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de treinta y siete mil setecientos dólares y libre de gravámenes hipotecarios pero soportado servidumbre trasladada en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil ciento veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Salvador Burgos Ballestero y otros; al sur; al este, carretera a Coronado y otro, y al oeste, Ninfa Álvarez González y otro. Mide: doscientos setenta y siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Antonio Zumbado Rojas, Mauricio Zumbado Gutiérrez. Expediente Nº 07-001042-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 48870.—(88593).
A las once horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil siete; en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando condiciones y limitaciones y con la base de tres millones seiscientos dieciséis mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas; Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil noventa y seis - cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro Pavón, cantón siete Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte; al este, y al oeste, Primitivo Alfaro Méndez, y al sur, calle pública. Mide: ciento noventa y nueve metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jimmy Alfaro Barrantes, Susana Lorena Obando Obando. Exp. Nº 07-001438-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de agosto del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 48871.—(88594).
A las once horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y con la base de cinco millones seiscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil doscientos setenta y seis - cero cero cero, la cual es terreno para construir, Lote Ñ - cinco. Situada en el distrito cuatro Jesús, cantón cuatro Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Joaquín Querole Marza; al este, lote seis, y al oeste, lote cuatro. Mide: ciento cincuenta y tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cristopher Minor Benavides Arce, Marita Prendas Loría. Expediente: Nº 07-001421-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del 2007.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Nº 48872.—(88595).
A las nueve horas del catorce de noviembre próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil trescientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa de habitación. Situada en el distrito cuatro Santa Bárbara, cantón cuatro Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, zona de protección río Ciruelas; al sur, servidumbre de paso con seis metros y Eliaquín Chinchilla Rivera; al este, Dense Arroyo Chavarría, y al oeste, Luz Marina Orozco Muñoz. Mide: quinientos setenta metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Cordero Navarro. Expediente: Nº 07-001305-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 48874.—(88596).
A las quince horas del ocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y tres mil colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas CL doscientos once mil doscientos noventa y nueve, marca Isuzu, estilo NPR, año 1990, serie JALB4B1H1L7008745, número de chasis JL7008745, categoría carga liviana, tracción sencilla, carrocería caja cerrada o furgón, vin JALB4B1H 1L7008745, motor número 4BD1218769, marca Isuzu, modelo NA. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario Nº 07-100400-295-CI de Ronald Garita Alfaro contra Luis Gerardo Ferreto Mendoza.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 48876.—(88597).
A las ocho horas quince minutos del trece de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de ciento veinte mil dólares, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y un mil quinientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno con un edificio. Situada en el distrito Catedral, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Julio Jurado Acosta con veintitrés metros veintinueve centímetros; al sur, Jesús Castro con nueve metros setenta centímetros; al este, calle once sur con catorce metros con diecisiete centímetros, y al oeste, Úrsula Calvo con un metro diecisiete centímetros, ocho metros catorce centímetros. Mide: seiscientos noventa y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados; la cual responde por ciento veinte mil dólares. 2) Con la base de cuarenta mil dólares, finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero noventa mil quinientos sesenta-A-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Catedral, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Beef Productos Company Limited; al sur, Rubén Sánchez e Inversiones León y Solano S. A.; al este, calle once, y al oeste, Inversiones León y Solano S. A., ocho metros catorce centímetros. Mide: seiscientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados; la cual responde por cuarenta mil dólares. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Summa Internacional Ltda., contra Beef Products Company Limited. Exp. Nº 07-000932-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 48893.—(88598).
A las diez horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 del Sistema Financiero y con la base de dos millones ciento setenta y tres mil ciento sesenta y tres colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento dos mil seiscientos sesenta y dos cero cero cero. Que es terreno: para construir lote 13 G. Sitio: distrito Corredor, cantón Corredores de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, lote 12 G; sur, lote 14 G; este, calle pública con 8 metros de frente, y oeste, lote 25 G. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 04-016544-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Florita Yalile Lezcano Flores.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de setiembre del 2007.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—Nº 48909.—(88599).
A las ocho horas del treinta de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre traslada, medianería y reservas y restricciones y con la base de nueve millones setenta mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 274575-000, la cual es terreno construir con una casa lote 1755. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 1748; al sur, acera 1; al este, lote 1754 y al oeste, calle 3. Mide: ciento diecisiete metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros, contra Christopher Mesén Pérez. Expediente Nº 04-003845-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 48972.—(88915).
A las ocho horas del nueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta principal del local que ocupa este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré la finca inscrita en Propiedad al partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número trescientos noventa y seis mil ochenta y siete-cero cero cero, propiedad de Adrián Álvarez Chávez. Dicho inmueble se describe así: terreno de agricultura, sito en el distrito seis Pital, del cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Carlos Cubero Chacón, José Rodríguez Chacón; al sur, Adrián Álvarez Chávez, Agropiña Sociedad Anónima, Carlos Álvarez Chávez y Rodolfo Cubero Chacón; al este, Rodolfo Cubero Chacón, Carlos Cubero Chacón, calle pública con un frente a ella de setenta metros con cuarenta y seis centímetros lineales, y al oeste, Fredy Álvarez Chávez. Mide: una superficie de veintisiete mil seiscientos cinco metros con veintiséis decímetros cuadrados. Plano catastrado Nº A-0912557-2004. Lo anterior por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario Nº 07-000153-0298-AG establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Álvarez Chávez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—Nº 48999.—(88916).
A las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 234.296-000 la cual es terreno construir con 1 casa. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 19 m 70 cm; al sur, German Solano; al este, calle pública, Carretera a Alajuelita 10 m 87 cm,y al oeste, Benigno Solano Calderón. Mide: doscientos veintisiete metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Emmanuel Álvarez Sanabria. Expediente Nº 07-001662-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 49013.—(88917).
A las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de veintiún millones seiscientos cincuenta y un mil ciento veintiocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 90.639-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 13 mt, 47 cm; al sur, Carlos Gerardo Leiva Agüero; al este, María Cecilia Leiva Brenes, y al oeste, Elizaberth Leiva Brenes. Mide: seiscientos sesenta y ocho metros con un decímetro cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Melvin Alfonso Mora Mora contra Nelson Andrés Sánchez Quirós. Expediente Nº 07-001459-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 49036.—(88918).
A las ocho horas cuarenta minutos del primero de noviembre del dos mil siete en la puerta exterior de este Juzgado, soportando plazo de convalidación al tomo 429 y asiento 13099 y con la base de un millón cuarenta y nueve mil novecientos setenta y dos colones al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos ochenta y nueve cero cero cero. Que es terreno: con dos casas de habitación. Sitio: distrito uno Puntarenas, cantón uno Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Rosa Pinel Pinel, Víctor Hernández Silva y Mauricio Chaves Tenorio; sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta y tres metros cincuenta y nueve centímetros; este, calle pública con un frente a ella de un metro once centímetros, y oeste, Javier Cortés Herrera. Mide: ciento noventa y cinco metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en Proceso Ejecutivo Hipotecario Nº 03-007243-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra José Francisco Castillo Canales.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—Nº 49086.—(88919).
A las catorce horas del veintiuno de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre sirviente, servidumbre dominante y servidumbre trasladada, pero libre de gravámenes hipotecarios y soportando embargo a favor de Arturo Arana García, con la base de la hipoteca de segundo grado, sea la suma de nueve mil ochocientos treinta y ocho dólares con catorce centavos, remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Folio Real matrícula trescientos cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y tres- cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 4. Situada en el distrito 05, Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Construcción Sólidas C S con 8 m; al sur, con Gerardo Vargas Murillo; al este, con lote 3, y al oeste, con lote 5. Mide: ciento treinta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Ejecutivo Nº 06-000873-182 CI (7) de Suministros Permanentes de Computadoras Super Computadoras Ltda. contra: María Eugenia Castillo Mora y Manuel Mora Quirós.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos D´alolio Jiménez, Juez.—Nº 49100.—(88920).
A las diez horas veinte minutos del cinco de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones al tomo 377, 372 y 351 asiento 3859-01-0900-001, 18820-01-0800-001 y 8884-01-0901-001 respectivamente y con las bases que se indicarán, en el mejor postor, rematare: l) Con la base de un millón quinientos cuarenta mil ochocientos ochenta y tres colones finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula Nº 62108-000. Que es terreno: de repastos. Sitio: distrito 02 Unión, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Cooperativa de Caficultores de Montes de Oro; sur, calle pública; este, Cooperativa de Caficultores de Montes de Oro, y oeste, quebrada Piedras Negras. Mide: ocho mil quinientos sesenta metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. 2) Con la base de ciento siete millones trescientos setenta y seis mil quinientos treinta y cuatro colones la finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula Nº 73163-000. Que es terreno: para construir. Sitio: distrito 02 Unión, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Manuel Antonio Trejos; sur, Gloria Flint y otros; este, calle pública con 31,20 m., y oeste, Gloria Flint y otros. Mide: cuatro mil ochocientos ochenta y siete metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. 3) Con la base de dos millones ciento diez mil ochocientos diecisiete colones la finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula Nº 51061-000. Que es terreno: de repastos con una casa. Sitio: distrito 02 Unión, cantón 04 Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, quebrada El Cedral y otros; sur, calle pública y Gloria Jean Rhodes; este, calle pública y Manuel Trejos y oeste, río Piedras Negras. Mide: once mil setecientos veintiséis metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-005340-0170-CA de Instituto Nacional de Fomento Cooperativo contra Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples de Montes de Oro R. L.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de setiembre del 2007.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—Nº 49179.—(88921).
A las nueve horas del dieciocho de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seis millones setecientos mil colones, sáquese a remate la finca garante, partido de Cartago, matrícula número ciento treinta y cinco mil seiscientos dos, derechos cero, cero uno, cero cero dos, el mismo es terreno para construir, con una casa de habitación sita en el distrito segundo Tucurrique, cantón cuarto Jiménez de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con María del Socorro Anderson Martínez; al sur, con Efraín Calvo Varela; al este, con calle pública con ocho metros diez centímetros y al oeste, con calle pública con ocho metros diez centímetros. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con doce decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº C-997435-1991. Finca pertenece a los demandados. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 07-100374-341-CI-400-P, de Banco Nacional de Costa Rica contra Lisbet Brenes Chacón y otro.—Juzgado Civil de Turrialba, 4 de octubre del 2007.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 49209.—(88922).
A las diez horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de dieciséis millones novecientos ochenta y nueve mil setecientos veintidós colones con veinticinco céntimos, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número cero veinticinco mil cuatrocientos ochenta y nueve- cero cero cero, que es terreno para construir, situado en Liberia, distrito primero, cantón primero de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, con Marina Mora Jiménez; sur, con Félix Luna Luna; este, con calle con trece metros y cuarenta y cuatro centímetros y oeste, con dolores Canales; con una medida de trescientos noventa y nueve metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 07-100216-0389-CI (227-4-2007), proceso de ejecución hipotecaria interpuesta por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dominga Mora Argueta y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Nº 49020.—(88934).
A las nueve horas quince minutos del veinticinco de octubre del dos mil siete, en este Juzgado, soportando servidumbre trasladada, inscrita a tomo 380, asiento 09423 y con la base de setenta y siete mil doscientos treinta y cinco dólares con treinta y siete centavos, en el mejor postor remataré: Finca del Partido de San José, matrícula número F 036612-000, que es terreno Finca Filial número siete de dos plantas destinado a uso habitacional en proceso de construcción, sito en el distrito 01 Curridabat del cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: norte, finca filial ocho y acera; sur, lotes veintidós A y veintitrés A; este, finca filial feis, y al oeste, finca filial ocho y área común libre. Mide: ciento ochenta y dos metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario. Exp. 07 001472 0185 CI 7 Ejecutivo Hipotecario de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Mi Condo Casa Altos de Guayabos Número Siete Blanco S. A. y Alfredo Valdivieso Serrano.—Juzgado Sexto Civil, San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(88996).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre traslada inscrita al tomo trescientos uno, asiento cero tres mil ciento ochenta y cuatro y con la base de cincuenta mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F cero veintiséis mil veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno finca filial A-tres de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Zapote, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Filial A-2; al este, Edwin Rodrigo Zúñiga Campos, y al oeste, calle privada. Mide: ciento treinta y ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Banco Interfin S. A. contra Sara Carvajal Fernández y Edwin Zúñiga Azofeifa. Expediente: 07-000723-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de agosto de 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(89040).
A las diez horas y treinta minutos del veinticinco de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada por el tomo 291, asiento 7678, servidumbre sirviente por el tomo 353, asiento 3214 y servidumbre trasladada por el tomo 384, asiento 4151 y con la base de un millón doscientos mil colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil ciento seis-cero cero uno, derecho a doscientos diez punto cero ocho metros cuadrados en la finca la cual es terreno de café para sembrar con una casa. Situada en el distrito tercero, Buenos Aires, cantón sétimo, Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Floria Barrantes Paniagua; al este, Álvaro Vargas y Ernesto Solórzano, y al oeste, Alicia María Mora. Mide: Diez mil cuatrocientos treinta y siete metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Heidi Karina Núñez Salazar contra Ana Rodríguez Méndez. Exp. Nº 06-000606-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Karol Vanessa Solano Ramírez, Jueza—(89406).
A las diez horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de ocho millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 162863-001-002 la cual es terreno para construir, lote 57. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, área de juegos infantiles; al sur, lote 58; al este, área de parque, y al oeste, calle pública con 09,68 metros. Mide: doscientos veintiún metros con dieciocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Agusto César Blanco Acevedo, Yajaira Retana Navarro. Expediente Nº 07-001503-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—(89570).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las catorce horas diez minutos, del treinta de octubre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada, con la base de sesenta mil dólares, unidad monetaria de los Estados Unidos de América; remataré: finca inscrita en el Registro Público, provincia de San José, matrícula de Folio Real F cero cero dos mil quinientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es apartamento 1 dedicado a habitación. Sita en el distrito octavo Mata Redonda, cantón primero San José, de la provincia de San José. Linda: al norte, con cuarto de bombas zona jardín y otro; al sur, con zona jardín zona de parqueo; al este, con zona de parqueo; y al oeste, con Margarita Castro. Mide: ciento veinticinco metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así dentro del proceso hipotecario Nº 07-000917-182-CI (1) del Banco Interfín S. A., contra Gonzalo Antonio Polanco Amores.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—(88993).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del primero de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando prohibiciones y limitaciones bajo citas 308-18319-01-0901-002, demanda ordinaria bajo sumaria 04-001163-0163-A del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda y con la base dada por el perito sea la suma de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 088130-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Vito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lola Pérez Mayorga; al sur, Isidro Porfirio Prendas Loría; al este, Municipalidad de Coto Brus con yurro en medio; y al oeste, calle con frente a la misma de doce metros con ochenta y cuatro centímetros. Mide: mil trescientos ochenta y ocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Financiera Trisán S. A., contra Carlos Luis Zúñiga González. Expediente Nº 99-000847-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(89019).
A las nueve horas y treinta minutos, del veintiséis de octubre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de un millón seiscientos diez mil doscientos treinta y nueve colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 597498, marca Mitsubishi, categoría automóvil, carrocería sedan 2 puertas, año 1992, capacidad 4 personas, color verde, chasis JA3XE74C4NY030252. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Autos La Florida Sociedad Anónima contra Andrés Obando Barrantes. Exp. Nº 06-000437-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 49243.—(89297).
A las nueve horas quince minutos, del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre dominante según citas 229-02011-01-0902-001, 334-07916-01-0903-001, respectivamente y con la base de seis millones trescientos cuarenta y nueve mil novecientos treinta y seis colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de Cartago, matrícula 173572-000, que es terreno para construir con una casa marcada con el número 72, situada en el cantón 07 Oreamuno, distrito 01 San Rafael, de la provincia de Cartago. Linda al norte, con acera uno; al sur, con Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, con Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, pared medianera; y al oeste, con Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo pared medianera. Mide ciento ochenta y tres metros con nueve decímetros cuadrados. Se ordena el remate en expediente Nº 05-001398-0180-CI. Hipotecario de Coopeservidores R. L., contra Eugenia Uba Monge.—Juzgado Primero Civil de San José, 26 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 49299.—(89298).
A las catorce horas del seis de diciembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de cuatro millones noventa y seis mil cuatrocientos setenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos; remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Folio Real matrícula cero diecinueve mil novecientos veintinueve - cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, con Noé González; al sur, con Ramón Ramírez; al este, con Grocelio Badilla; y al oeste, con calle. Mide: sesenta y cuatro metros cuadrados. Hipotecario Nº 07-000796-182 CI (7) de Coopeservidores R. L., contra: Juan Luis Carvajal Vásquez y otra.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 49300.—(89299).
A las nueve horas del primero de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones ciento veintiún mil quinientos dieciocho colones, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento doce mil doscientos setenta y seis - cero cero uno y cero cero dos, que es terreno: lote veintiuno A bloque B para construir. Sito: distrito uno Corredor, cantón décimo Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, lote veintiuno bloque B; sur y este, calle pública y oeste, lote veintiuno bloque B. Mide: ciento setenta y un metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 03-020043-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Liliana Zumbado Ugalde y Marvin Enrique Reyna Peralta.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—Nº 49331.—(89300).
A las nueve horas del cinco de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando serv. y conces. bajo las citas 361-11990-01-0911-001 y con la base de ciento ochenta y cinco mil sesenta dólares o su equivalente en colones, que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad Registro Público, partido de San José, matrícula 342961-000, que es terreno para construir, situada en el cantón 02 Escazú, distrito 03 San Rafael, de la provincia de San José. Linda: al norte, con Compañía de Urbanizaciones Comerciales S. A.; al sur, con acera en medio con calle pública, 28,04 metros; al este, con Compañía de Urbanizaciones Comerciales S. A.; y al oeste, con calle pública, acera en medio 9,50 centímetros. Mide trescientos diecinueve metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 06-001538-0180-2 Banco Interfín S. A., contra Elizabeth Cuadra Flores y CR Alpina S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 49345.—(89301).
A las ocho horas del siete de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de ocho millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 110902-000, que es terreno para construir con una casa. Sito: distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Linderos: norte y sur, Pedro Mora; este, Claudio Gutiérrez; y oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con doce decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-001243-0184-CI de Ricardo Rigg Gondrez contra Otto Rigg Gondrez.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de agosto del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 49402.—(89302).
A las diez horas del día siete de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base dos millones quinientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y ocho colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, Sección Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número, 289451-000, que se describe manera naturaleza terreno para construir situado en el distrito 01 San Ramón, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela, mide ciento veinte metros cuadrados. Linderos: al norte, con Jofava S. A.; al sur, con Jofava S. A.; este, con Jofava S. A.; y al oeste, con calle pública con 6 metros. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 07-000603-184-CI de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Adriana Rosales Mora.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 49434.—(89303).
A las ocho horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales en el mejor postor y con la base de veintidós millones ochocientos setenta y tres mil ochocientos sesenta y un colones con cuarenta y cuatro céntimos, remataré la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número cuarenta y nueve mil treinta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir con un edificio de una planta, situado en el distrito primero Bagaces, del cantón cuarto de Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, Teresa López López; sur, calle pública; este, Jorge Alberto Corella Achio y oeste, calle pública, y una medida de quinientos noventa metros con setenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 07-100283-0389-CI (300-5-2007)-B, proceso de ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Yorlin María Céspedes Mora y Ecoagro D A F de Centroamérica Sociedad Anónima.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 26 de setiembre del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 49437.—(89304).
A las nueve horas cuarenta minutos del seis de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada a los tomos 324, asiento 8949, secuencia 01-0901-002-001 y al tomo 404, asiento 1067, secuencias 01-0903-001 y con la base de sesenta y siete mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número quinientos treinta y cinco mil novecientos treinta-cero cero cero. Que es terreno: lote 16 para construir. Sitio: distrito San Francisco de Dos Ríos, cantón San José de la provincia de San José. Linderos: norte, resto destinado a zona de protección de río; sur, calle pública; este, lote 14 A y 15 A de urbanizadora San Antonio, y oeste, lote 17 A de urbanizadora San Antonio. Mide: ciento setenta metros con dieciséis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-017451-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica, contra Madelene Medford Bryan.—. Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 14 de setiembre del 2007.— Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—(89546).
A las quince horas del ocho de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base estipulada en la hipoteca de primer grado, sea la suma de veintidós mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con cuarenta céntimos remataré: finca inscrita en el Registro Público, provincia de San José, matrícula doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Sita en el distrito primero San Juan, cantón décimo tercero Tibás, de la provincia de San José. Linda: al norte, con lote 47; al sur, con lote destinado a calle; al este, con lote destinado a calle, y al oeste, con lote destinado a parque. Mide: doscientos cincuenta metros con cuarenta decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 06-000206-182-CI (6) de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Elizabeth Sáenz Ruiz y Arnoldo Argüello Zamora.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos D´Alolio Jiménez, Juez.—(89574).
A las nueve horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número cincuenta y nueve mil trescientos treinta y tres cero cero cero, que es terreno: de café y montes, sito: distrito 07 Corralillo, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Roberto Navarro; sur, Rómulo Navarro Romero; este, Misael Navarro Romero, y al oeste, Dimas Navarro Romero. Mide: tres mil ciento noventa y cuatro metros treinta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-002554-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Beneficio San Antonio S. A.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de agosto del 2007.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—(90190).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Luciano Cisneros Gallo, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veintiséis de octubre del año dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 06-002553-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de mayo del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(90033).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Arturo de Jesús Barrantes Arroyo, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-000267-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del año 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—1 vez.—Nº 49896.—(90328).
Anastacio Martínez Miranda, mayor, casado una vez, costarricense, cédula de identidad cinco-ciento ochenta y seis-quinientos sesenta y seis, y vecino de Buena Vista, Cañas Dulces de Liberia; estableció diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir. Sito en Buena Vista, distrito segundo, Cañas Dulces del cantón primero, Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, con calle pública, con un frente a ella de dieciséis metros con cuarenta y nueve centímetros lineales, y un ancho de vía de veinticinco metros con cincuenta centímetros; al sur y oeste, con Asunción Miranda Miranda, y al este, con calle pública, con un frente a ella de dieciséis metros con setenta y cuatro centímetros lineales, y un ancho de vía de quince metros con setenta centímetros. Mide: doscientos sesenta y ocho metros con veintisiete decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-trescientos dieciocho mil seiscientos siete-noventa y seis, de fecha veintidós de abril del año mil novecientos noventa y seis. Dicha finca la adquirió el titulante, en el año mil novecientos ochenta y seis, por medio de donación verbal que le hiciere la señora Asunción Miranda Miranda, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, cédula de identidad cinco-ciento treinta y dos-ochocientos cincuenta y ocho, vecina de Buena Vista, Cañas Dulces de Liberia, quien le transmitió la posesión decenal por ella ejercida y a quien le liga parentesco con la titulante, en el grado de madre del mismo. Con un mes de plazo se cita a los que se crean con derecho sobre la finca a inscribir, a fin de que se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 04-100415-0386-CI (437-04-3). Información posesoria establecida por Anastacio Martínez Miranda.—Juzgado Civil de Liberia, 22 de abril del 2005.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 49077.—(88926).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000690-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Cristina Barberena Castro quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Bagaces, Ciudadela Pedro Nolazco, contiguo a abastecedor Adriana, casa número veintiuno, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe cinco-doscientos veintiuno-doscientos trece, y Pastor Antonio López Victoria c.c. Pastor Antonio López Fictoria quien es mayor, estado civil soltero, educador, vecino de Bagaces, Ciudadela Pedro Nolazco, contiguo a abastecedor Adriana, casa número veintiuno, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe dos-quinientos diecinueve-setecientos noventa y nueve, a fin de inscribir a sus nombres por partes iguales y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Bagaces, cantón cuarto, Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Juan Bermúdez Marchena; al sur, con servidumbre de paso con veinticinco metros lineales; al este, con Juan Bermúdez Marchena, Niger Parajeles Sandoval, Patricia López Fictoria y Sergio Bermúdez Marchena, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de quince metros lineales. Mide: cuatrocientos cuatro metros con treinta y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de cesión que les hiciera el señor Juan Bernardo Bermúdez Marchena, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, reparación de cercas, chapeas del inmueble e iniciamos la construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Cristina Barberena Castro. Expediente Nº 07-000690-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 49085.—(88927).
Kathia Patricia Esquivel Molina, mayor, casada una vez, del hogar, con cédula 2-469-961, vecina de Dulce Nombre de Naranjo, establece diligencias de información posesoria para que se inscriba a nombre de su representada, en el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir, con una casa rústica, situado en Dulce Nombre de Naranjo, distrito 1, cantón 6 Naranjo de la provincia de Alajuela. Mide: doscientos setenta y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados. Linda: al norte, Claudio Alfaro Madrigal; sur, Óscar Zúñiga Maroto y Marta Oviedo Guerrero; este, calle pública, con un frente a ella de 11 metros con 42 centímetros, y al oeste, José Luis Molina Sánchez, plano catastrado número A 47138-92, del 25 de mayo de 1992, y se estimó el bien en la suma de doscientos mil colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 07-100323-0295-CI, promovidas por Kathia Patricia Esquivel Molina.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 31 de julio del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 49176.—(88928).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000225-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Laura Carmona Brenes quien es mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-324-932, profesión oficinista, y Mauricio Ureña Arley, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número 6-299-782, profesión jefe de la sucursal Papagayo, Banco Cuscatlán, ambos vecinos de la ciudad de Liberia, Guanacaste a fin de inscribir a sus nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, en partes iguales el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito dos (Palmira), cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de diez metros con noventa y ocho decímetros; al sur, Francisco Javier Cerdas Cerdas; al este, Fanny Medina Morales, y al oeste, José Tomás García García. Mide: doscientos veinte metros con veintiséis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por la escritura número ciento cincuenta y seis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento que se le ha dado, la confección y reparación de cercas y la preparación del terreno para construir. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Laura Carmona Brenes. Expediente Nº 06-000225-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 23 de mayo del 2007.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—Nº 49213.—(88929).
Se hace saber a los herederos de quien en vida se llamaron: Tomás Miguel, Elena y Leonor, todos Gutiérrez Montero, quienes fueron mayores, casados una vez, agricultor, el hombre y de oficios del hogar las mujeres, vecinos de Guadalupe de Goicoechea, cédulas por su orden 1-458-476, 1-002-1276 y Leonor, sin número de cédula registrado, quienes fallecieron por su orden como sigue: Tomás el día 27 de enero del 1973, Elena el día 20 de abril de 1978, Leonor el día 7 de junio de 1963, se les comunica sobre la reapertura del proceso sucesorio se tramita en la oficina del Lic. José Aquiles Mata Porras, ubicada en San José, Zapote, doscientos ciento metros al sur del parque Los Mangos, casa veintinueve-veinticuatro; bajo el expediente número 03-2004, razón por la cual se invita a todo aquel que se crea con derecho, para que dentro del término de ley se apersone a la notaría dicha en defensa de sus derechos. Dicha reapertura es para segregar el lote que se describe en el plano catastrado bajo el número P-uno cero uno seis cinco siete ocho-dos mil cinco, que se describe así: terreno de potrero, tacotal y una quebrada. Colinda: al norte, en parte con calle pública; al sur, con Francisco March Pinto; al este, con camino público, y al oeste, con calle pública. Mide: ocho mil ciento cincuenta y nueve con noventa y tres decímetros cuadrados y se encuentra situado en Londres distrito de Naranjito, tercero del cantón de Aguirre, sexto de la provincia de Puntarenas, que es parte de la finca inscrita, según el plano dicho, al tomo mil cincuenta y seis, folio: cuatrocientos siete, número: ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho, asientos: cero cero cinco cero cero seis. Dicho inmueble es reclamado por la empresa Posada Quepoa Sociedad Anónima, entidad registrada bajo la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y seis, la cual tiene su domicilio en la provincia de Puntarenas, en Londres de Naranjito de Aguirre, trescientos metros al este del cementerio, personería debidamente inscrita en el Registro de Personas Jurídicas mediante documento inscrito al tomo quinientos veintinueve. Asiento dieciocho mil ciento cuarenta y nueve, secuencia uno.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 49057.—(88931).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000062-0391-AG-3, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Adelia, mayor, casada una vez, cédula de identidad número cinco-ciento diez-doscientos catorce, ama de casa, vecina de Nicoya, veinticinco metros al oeste del Hotel Curime; Miriam, mayor, casada una vez, cédula de identidad número cinco-ciento veintiséis-trescientos noventa y cinco, vecina de San Rafael de Nandayure, frente a la iglesia, Aurora, mayor, casada una vez, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y dos-doscientos setenta y tres, comerciante, vecina de San Pedro de Santa Bárbara de Heredia, cien metros al norte del parquecito, entrada Calle Rosales, Rosalía; mayor, casada una vez, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y siete-ochocientos noventa y cuatro, ama de casa, vecina de Vista de Mar de Nandayure, quinientos metros al sur de la escuela, Jeannette; mayor, divorciada, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y cinco-cuatrocientos doce, ama de casa, vecina de Pijije de Bagaces, quinientos metros al norte del puesto de la guardia de asistencia rural, Marta Gricel; mayor, casada una vez, cédula de identidad número cinco-doscientos dos-trescientos trece, asistente administrativa, vecina de Carmona de Nandayure, doscientos metros al este de la Municipalidad, Xenia; mayor, casada una vez, cédula de identidad número cinco-doscientos quince-cero ochenta, educadora, vecina de San Gerardo, de la Rita, Pococí, Guápiles, Limón, doscientos cincuenta metros suroeste de la escuela; Sonia, mayor, divorciada, cédula de identidad número cinco-doscientos quince-cero ochenta y uno, ama de casa, vecina de La Aurora, Heredia, Urbanización Aprovia, casa número setenta y dos; todos Durán Guerrero, Henry Alberto Carrillo Durán, quien es mayor, cédula cinco-doscientos cuarenta y cuatro-cuatrocientos sesenta y cuatro, casado una vez, chofer, vecino de Carmona de Nandayure, trescientos metros al sur del Colegio, Flor Iveth Paniagua Durán, mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos veintiséis-quinientos ochenta y cinco, psicóloga, vecina de Nicoya, Residencias Médicas, casa número diez, fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos. Situada en Vista de Mar, distrito tercero, Zapotal, cantón noveno, Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Adelia, Miriam, Aurora, Rosalía, Jeannette, Marta Gricel, Xenia y Sonia Durán Guerrero, Henry Alberto Carrillo Durán, Flor Iveth Paniagua Durán; al sur, Juan Rafael Vega Alpízar; al este, Luis Guerrero Rodríguez y Olga Marta Arias Miranda, y al oeste, calle pública con un frente de mil doscientos cuarenta y cuatro metros con sesenta centímetros lineales Mide: treinta y siete hectáreas cuatro mil ochocientos cincuenta y un metros con siete decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-1135447-2007 de fecha seis de febrero del dos mil siete. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirieron dicho inmueble por medio de posesión originaria y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en delimitación del terreno, limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Aurora, María Adelia, Miriam, Rosalía, Jeannette, Marta Gricel, Xenia, Sonia todos Durán Guerrero, Henry Alberto Carrillo Durán y Flor Iveth Paniagua Durán. Expediente Nº 07-000062-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 31 de agosto del 2007.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 49272.—(89305).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000643-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Omar Castillo Murillo, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Liberia, urbanización Daniel Oduber, casa número treinta y cuatro, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos treinta y seis-novecientos veinticuatro, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, ubicado en Barrio La Carreta. Situada en el distrito primero, Liberia, cantón primero, Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Juan José Cascante; al sur, calle pública; al este, con Juan José Cascante, y al oeste, con Orlando Blanco Rojas. Mide: ciento noventa y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace más de diez años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el terreno, amojonado, manteniendo la limpieza y vigilancia contínua. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Omar Castillo Murillo. Expediente Nº 07-000643-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 49381.—(89306).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000146-0391-AG/4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luz Elena León López c.c. Lucy, quien es mayor, viuda una vez, secretaria, vecina de Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, cédula número 6-127-078, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de agricultura. Situada en Tamarindo, distrito tercero, Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Odilie Giusti López; sur, Deyanira López Valerín; este, Marcial Enrique García López, y al oeste, calle pública con un frente de trescientos cuatro metros dieciséis centímetros lineales. Mide: Cinco hectáreas cinco mil seiscientos noventa y cuatro metros, catorce decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble en 1992 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas, cambio de postería, chapias y quemas de rondas, siembra de agricultura y frutales. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luz Elena León López. Expediente Nº 06-000146-039l-AG/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 8 de agosto del 2006.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 49390.—(89307).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alba Lila Madrigal Madrigal, mayor, soltera, modista, cédula de identidad número 9-033-635; Mercedes Matamoros Matamoros, mayor, soltera, pensionada, cédula de identidad número 8-043-825 y Graciela de los Ángeles Madrigal Matamoros, mayor, casada, salonera, cédula de identidad número 6-0679-580, todas vecinas de barrio Luján, calle 19 bis, entre avenidas 16 y 20, casa número 1698; comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Margarita Madrigal Hernández, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número 8-057-735, vecina de barrio Luján, calle 19 bis, entre avenidas 16 y 20, casa número 1698. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Daniel Quirós Zúñiga. San José, avenida 10, calles 13 y 15, teléfono 257-5747.—Lic. Daniel Quirós Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 48319.—(87478).
La suscrita notaria con oficina en Grecia treinta E iglesia Las Mercedes emplazo a todos los interesados en sucesión de quien fue Jorge Eduardo Barquero Jiménez, casado una vez, chofer, vecino Grecia, cédula 2-347-470 para que en plazo de treinta días contados a partir de publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Grecia, 1º de octubre del 2007.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—(87880).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Donna Marie Lares Warner, mayor, divorciada, vecina de Montes de Oca Barrio Vargas Araya, portadora de la cédula de identidad ocho-cero setenta y siete-ochocientos veinticinco, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que no se presentan dentro del plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea Rubén Lores Lares. Expediente 001-2007. Notaría del bufete de la licenciada Shirley Duarte Duarte. Notificaciones por fax 281-0596.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Shirley Duarte Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 49007.—(88930).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Williansn Barres Phillips, quien fuera mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad 7-0019-0617, vecino de Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 07-101232-0473-CI-B.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Doris Castillo Serrano, Jueza.—1 vez.—Nº 49060.—(88932).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Manuel Quirós Casasola, quien fuera en vida mayor, casado, trabajador de la construcción, con cédula de identidad número 1-0396-1199, vecino de Dulce Nombre de Coronado. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 03-001129-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de diciembre del 2003.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—Nº 49087.—(88933).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Sebastián García Vindas, quien fuera viudo una vez, pensionado, vecino de Heredia, cédula de identidad número tres-novecientos setenta-quinientos nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-001179-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 49089.—(88935).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fuera doña María del Carmen Chavarría Sánchez, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula cuatro-cero ochenta y tres-cero noventa y tres, vecina de Los Ángeles de San Rafael de Heredia, cincuenta metros este del Ebais, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento, de que, en su omisión la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta notaría es San Juan de Tibás, de La Nación, doscientos cincuenta metros este, fax doscientos treinta y cinco-sesenta y cinco-noventa y uno (235-6591).—San José, 29 de setiembre del 2007.—Lic. Andrés Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 49131.—(88938).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso de localización de derechos indivisos promovido por Eugenio Gabino Ulate Valverde, cédula de identidad dos-doscientos veintisiete-seiscientos treinta y ocho, y Adrián Ulate Valverde, cédula de identidad dos-ciento cuarenta y nueve-trescientos sesenta, ambos casados, agricultores, vecinos del Rosario de Naranjo, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría de José María Aguilar Herrera, sita en San José, Curridabat, José María Zeledón contiguo a Bancrédito, y se les percibe que si no se presentaren dentro de ese plazo, se concluirá con el procedimiento que se tramita en dicha notaría.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. José Mª Aguilar Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 49157.—(88939).
Licenciado Carlos Luis Granados Barquero, abogado y notario público autorizado con oficina en Cartago, distrito oriental, cantón central de la provincia de Cartago, ubicada al costado sureste de los Tribunales de Justicia de Cartago y cincuenta y cinco metros al este, hace saber que en esta notaría y bajo el expediente 002-2007, se tramita sucesión ab intestato, de quien en vida se llamó Óscar Arias Torres, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos treinta y tres-novecientos setenta y cinco, vecino de San Rafael de Oreamuno Barrio el Bosque, de la pulpería quince de setiembre cien metros al este. Se cita a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, el haber relicto pasará a quien corresponda.—Cartago, octubre del 2007.—Lic. Carlos Luis Granados Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 49169.—(88940).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Weber Weber Jurg Roland, quien fuera Jurg Roland Weber, mayor, casado dos veces, pensionado, naturalizado costarricense, cédula de identidad número ocho-cero ochenta y cinco-seiscientos veintidós, vecino de Nosara, Nicoya. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000242-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 49173.—(88941).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan de Dios Chavarría Ugalde, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, cédula 2-281-1015, vecino de San Isidro de Atenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000097-0848-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Silvia María Palma Elizondo, Jueza.—1 vez.—Nº 49178.—(88942).
Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios, acreedores en la sucesión de quien en vida se llamó María Ramona Segura Segura, y fue mayor, soltera, jubilada, vecina de barrio Veinte de Noviembre, cédula de identidad número cinco-cero cincuenta y uno-doscientos sesenta y nueve, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y aquellos que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho. Sucesorio Nº 07-100775-642-CI-4-marce.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—Nº 49184.—(88943).
Se cita y emplaza a herederos y demás interesados en el sucesorio acumulado de los señores Ana María Martínez Avellán, viuda, ama de casa, cédula Nº 8-056-210, Óscar Antonio Durán Salas, casado una vez, oficinista, cédula Nº 1-090-7981 y Walter Alberto Durán Martínez, soltero, empleado, cédula Nº 1-463-253, quienes fueron mayores, vecinos de San José, Calle Blancos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente extrajudicial Nº 07-0003-MB, que tramita el notario Mario Brenes Luna, con oficinas en esta ciudad, calle 3ª, entre avenidas central y 1ª, edificio Jiménez, tercer piso, fax Nº 257-9514.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Mario Alberto Brenes Luna, Notario.—1 vez.—Nº 49206.—(88944).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Emilda Alfaro Bastos, quien fuera mayor, viuda, del hogar, vecina de Desamparados de Alajuela, cédula de identidad dos-ciento veinticinco-seiscientos veintitrés. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001097-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de setiembre del 2007.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(89047).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Manuel González Trejos, quien en vida fue, mayor, casado una vez, pensionado, vecino del Barrio Esquivel Bonilla, de los Tribunales de Goicoechea cien metros al oeste y ciento cincuenta metros al sur, cédula de identidad número uno-dos ocho ocho-cuatro uno ocho, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero dos-dos mil siete.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 49244.—(89308).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodolfo Ortiz Cordero, quien en vida fue, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Santo Domingo de Heredia, cédula de identidad número uno-ciento sesenta y ocho-doscientos cincuenta y uno, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cuatro-dos mil siete.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 49245.—(89309).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Carlos Alberto Montes González, quien fue mayor, casado, agricultor, costarricense, cédula número 1-480-976 y vecino de La Manchuria de Limoncito, Coto Brus, 300 metros este de la iglesia, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de este término aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 07-100043-0441-C.I.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 14 de junio del 2007.—Lic. Gerardo Hernández Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 49320.—(89310).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Julio Álvarez Matarrita, quien fuera mayor de edad, casado por primera vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número cinco-cero cero noventa y ocho-cero trescientos cincuenta y uno, vecino de Diriá de Santa Cruz, Barrio El Chumico, de la entrada principal doscientos metros al este, quien falleció el diecisiete de setiembre del dos mil seis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000186-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 5 de junio del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 49323.—(89311).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Juan de Dios Castrillo García, mayor, casado, agricultor, con cédula número cinco-ciento cincuenta y uno-cero setenta y uno, vecino de Fila Tigre de Pittier, Coto Brus, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 06-100180-424-CI-1 promovido por Fabio Castrillo Rojas. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, Ciudad Neily, 15 de agosto del 2007.—Lic. Mainrald Hernández García, Juez.—1 vez.—Nº 49342.—(89312).
Se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios, acreedores en la sucesión de quien en vida se llamó Elida Argueta Argueta y fue mayor, casada una vez, vecina de Puntarenas centro, cédula de identidad número dos-cero ochenta y siete-cinco mil catorce, para que dentro del término de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y aquellos que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 07-100166-0642-CI-4.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 1º de agosto del 2007.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—1 vez.—Nº 49346.—(89313).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quién en vida se llamó Dalila López Villalobos, quien fue mayor, costarricense, casada una vez, oficios domésticos, vecina de Bagaces, Guanacaste, frente a la delegación de la guardia rural, cédula 05-0174-0415; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº 07-100064-399-CI (67-07).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 17 de agosto del 2007.—Msc. Gonzalo Coronado Villarreal, Juez.—1 vez.—Nº 49347.—(89314).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Joaquín Vargas Gene, quien fuera mayor de edad, casado una vez, abogado, vecino de San Pedro de Montes de Oca, cédula de identidad número 1-0311-0513. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000362-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 49385.—(89315).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Virginia Monge Ruiz, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de Cuatro Reinas de Tibás, de cédula de identidad número tres-cero siete siete-dos ocho cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000122-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 49386.—(89316).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marco Ney Valverde Ortiz, quien en vida fue mayor, casado una vez, cédula tres-cero ciento noventa y cinco-cero cero noventa y ocho, oficinista, vecino de Cartago, Tejar del Guarco, Barrio Nuevo, quinientos metros al sur del Salón Reno City, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-VAL-2007. Notaría de Adriano Guillén Solano.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Adriano Guillén Solano, Notario.—1 vez.—Nº 49407.—(89317).
De conformidad con el artículo ciento veintinueve del Código Notarial, por escritura otorgada ante mi notaría, se ha abierto proceso sucesorio ad intestato extrajudicial de René Teresa Castro Zamora, cédula número nueve-cero cuarenta y cuatro-quinientos treinta y nueve, vecina de San Rafael de Alajuela, urbanización La Melisa frente a la entrada de la alameda número diez. De acuerdo al artículo novecientos veintidós siguientes y concordantes del Código Procesal Civil. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados a presentarse en esta notaría dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente edicto, para hacer valer sus derechos. Expediente: 01-2007 R.T.C.Z. Notaría: La Guácima de Alajuela, cincuenta este de panadería La Parada.—La Guácima de Alajuela, 5 de octubre del 2007.—Lic. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 49408.—(89318).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de Delfino de La Garza Gutiérrez, quien en vida fue mayor de edad, de nacionalidad mexicana, casado en primeras nupcias, empresario, portador de cédula de residencia número ciento cincuenta-sesenta y dos mil ciento treinta y uno-quinientos cuarenta y ocho, vecino de San José, Escazú, San Rafael, del Condominio Condal trescientos metros norte y cincuenta metros este. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se percibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero uno-cero siete-NC. Notaría del Bufete JD Cano Estudio Legal.—Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria.—1 vez.—Nº 49409.—(89319).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Rodríguez Ledezma, cédula 2-316-384, quien era mayor, casado una vez, agricultor, vecino de El Futuro, La Tigra, San Carlos, Alajuela, 300 metros al este de la escuela. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100630-0297-CI (5). Causante: Gerardo Rodríguez Ledezma.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 2 de octubre del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 49410.—(89320).
A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue Héctor Cervantes López, le informo que ante el suscrito notario se han presentado la señora María Adilia Fallas Acuña, mayor de edad, viuda, del hogar, cédula de identidad número 1-496-043 y Maritsabel Cervantes Fallas, mayor de edad, divorciada una vez, estudiante, portadora de la cédula de identidad número 1-1108-020, ambas vecinas de Concepción de Tres Ríos en su carácter de herederas legítimas, solicitando la tramitación en esta sede notarial del sucesorio de dicho señor. En consecuencia cualquier otro heredero o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del presente aviso, para hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia procederá a quien legalmente corresponda.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 49413.—(89321).
Ante esta notaría en San Pablo de Heredia, hago constar que se inició trámite sucesorio ab intestato de quien en vida fue Herbert Martínez Villalobos, quien fuese mayor, casado una vez, pensionado, vecino de este lugar, cédula cuatro-cero sesenta y cinco-ciento treinta y siete. Con fundamento en las disposiciones del artículo novecientos cuarenta y seis y siguientes del Código Procesal Civil en relación con el artículo ciento veintinueve y siguientes del Código Notarial, hago constar que se ha apersonado ante mí, quien dice ser su heredero legítimo, quien me ha solicitado la tramitación de la presente mortual a través de este procedimiento; también ha aceptado la herencia, ha expresado que el albacea realice el inventario de bienes y ha designado en ese cargo a Herberth Antonio Martínez Cascante, cédula cuatro-ciento treinta y nueve-ciento tres, quien ha aceptado el cargo correspondiente. Se cita a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, concurran ante esta notaría a hacer valer sus derechos, para cuyos efectos se pone a disposición el expediente que he formado.—San Pablo de Heredia, 8 de octubre del 2007.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 49426.—(89322).
De acuerdo a los establecido en los artículos 917, 945 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial la sucesión de quien en vida fue Efraín Gómez Montenegro, quien fuera mayor, viudo, jubilado, vecino de Alajuelita Centro, portador de la cédula número 3-1120-461, para que en el término de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de los que crean tener derechos a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. La notaría esta ubicada en San José centro, avenida 12, calles 13 y 15, casa número 1361. Telefax 223-5235.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 49435.—(89323).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de los menores Naomi Pamela Hernández Barrios y Marcia Noemy Hernández Barrios, promovidas por Modesta Leonor Hernández Barrios, ya por haber sido nombrados en testamento, o por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días, contados a partir de la fecha de la publicación del último edicto. Tutela N° 07-400306-687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, 27 de junio de 2007.—Lic. Xenia Vargas Bastos, Jueza.—Nº 48751.—(88625).
publicación de una vez
Se avisa a Karen Talavera Sarria, soltera, sin oficio, indocumentada, paradero desconocido, siendo representada en este proceso, por el Licenciado Alejandro Fernández Carrillo, que en este despacho se dictó dentro del expediente 04-000266-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 348-2007 Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas del once de setiembre del dos mil siete. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I. Hechos probados... II. Sobre el fondo: ... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Katerine y Dayana Talavera Sarria. Se extingue a su madre Karen Talavera Sarria el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de las niñas Katerine y Dayana Talavera Sarria en la institución actora, cuyo representante legal deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Limón, a Katerine Talavera Sarria al tomo trescientos ocho, folio cinco, asiento diez; a Dayana Talavera Sarria, en provincia de San José, tomo mil ochocientos veintiséis, folio cuatrocientos setenta y nueve, asiento novecientos cincuenta y ocho. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Yerma Campos Calvo.—1 vez.—Nº 48937.—(88947).
A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Bernardo Rojas Hernández y Jorge Arturo Rojas Hernández contra el Estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: 1-que sean reconocidos los derechos, en este proceso licitatorio, que mediante sentencia firme se declare la rescisión contenciosa y solicitada en el plazo de ley artículo 841 del Código Civil y la nulidad relativa artículo 837, 858 del Código Civil y en los artículos 100, 71, 385, 393, 247, 890, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil. 2-que se condene al Consejo de Transporte Público al pago de ambas costas de este proceso. 3-que de conformidad con el artículo 13 de la Ley General de Administración Pública, les otorgue el derecho de continuar laborando con los derechos SJP 3228 de Bernardo Rojas Hernández y SJP 2750 de Jorge Arturo Rojas Hernández, que se encuentran registradas a sus nombres desde el 19 de noviembre de 1992 y que estas no puedan ser asignadas a nadie como pretende la Administración, dejándonos sin el sustento diario y la de nuestras familias. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 07-000474-0163-CA.— Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, II Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Laura Araya Rojas, Jueza.—1 vez.—Nº 48961.—(88948).
Se hace saber: que en este Juzgado la señora Ivannia María Lorena Solano Rodríguez, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad uno-seiscientos veintiuno-seiscientos treinta y ocho, costarricense; dentro del expediente Nº 07-001366-182 CI (7), ha promovido diligencias de cambio de nombre, para obtener autorización para cambiárselo por el de Ivannia Solano Rodríguez y se le confiere el plazo de quince días a cualquier interesado para que presente oposiciones, los cuales corren a partir de la publicación de este edicto. Exp. 07-001366-182 CI (7). Cambio de nombre de Ivannia María Lorena Solano Rodríguez.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 9 de agosto del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 48971.—(88949).
A quien interese se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Agroindustrial Bretaña de San José contra Instituto Nacional de Seguros. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare que el ente asegurador debe pagarle los daños y perjuicios causados por el incumplimiento contractual al haberse negado a pagar los daños sufridos en el vehículo de la sociedad demandante placas 530291 en el accidente de tránsito ocurrido el día 16 de agosto del 2005, no obstante contar con la póliza de seguro voluntario de automóviles número 01 16 AUT 0047243 00, además cancelar los intereses legales sobre las sumas aprobadas en sentencia a partir de la fecha del siniestro y hasta su efectivo pago, más ambas costas del proceso. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 07-001007-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, II Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 11 de setiembre del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 48973.—(88950).
A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Enrique Rojas Franco contra Instituto Nacional de Seguros. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la nulidad absoluta de: 1) Resolución G-0945-2006 de fecha 4 de setiembre del 2006. 2) Resolución G-1159-2006 de fecha 3 de octubre de 2006. 3) Resolución de la Junta Directiva JD-0316-2006 de fecha 14 de diciembre de 2006. Así como de todos los actos conexos, anexos o derivados que se hayan producido con su aplicación y que se proceda al pago de los intereses reclamados y el pago de las costas del proceso. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 07-000184-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 1 de marzo del 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—Nº 49018.—(88951).
A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Yohibeth Lourdes Miranda Hidalgo contra Instituto Nacional de Seguros, Marlen Espinoza Mendoza. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare con lugar la presente demanda en todos sus extremos. Que el accidente de tránsito acaecido el treinta y uno de marzo de dos mil tres sobrevino por la imprudencia y negligencia del conductor del vehículo placas 162145 señor Julio César Vargas Espinoza. Que a causa de esto, la actora sufrió lesiones graves que la incapacitaron para sus labores habituales y le provocaron una considerable pérdida de la capacidad general orgánica, lo mismo que un profundo daño moral. Que la demandada Marlen Espinoza Mendoza, como propietaria registral del vehículo placas 162145 al momento del accidente, es responsable solidaria con el conductor del vehículo a tenor de lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Tránsito. Que los demandados deben ser condenados en forma solidaria a pagarle a la actora a título de daños y perjuicios los siguientes extremos: la incapacidad temporal y el porcentaje de pérdida de capacidad general orgánica otorgada en sede administrativa y la cual no aceptamos de ningún modo. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 05-100706-0297-CI.— Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 23 de marzo del 2006.—Lic. Rodolfo Arias Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 49106.—(88952).
Se hace saber a Ronald Emir Guerrero Cárdenas, mayor, costarricense, casado dos veces, mecánico, cédula 1-576-650, de demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita proceso abreviado de suspensión de autoridad parental, Nº 07-400373-637-FA, de Ana Milady Fernández Barquero, en su contra. Se le emplaza por el plazo de diez días a efecto de que se apersone al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenten, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de la publicación del presente edicto. Se le previene señalar lugar o medio para recibir notificaciones.—Juzgado de Familia de Desamparados, 21 de setiembre del 2007.—Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—Nº 49185.—(88953).
Se avisa que en este despacho el señor Jonathan Fabricio Mathieu Ryan solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Joseph Gutiérrez Figueroa. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 07-000443-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 49207.—(88954).
A quien interese, se hace saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Edgar Pérez Hernández contra Municipalidad de Nicoya. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la condenatoria a la Municipalidad de Nicoya al pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados con motivo del accidente acaecido el día 17 de noviembre del año 2004 al señor Edgar Pérez Hernández, en el desempeño de sus labores como recolector de basura en Sámara. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 07-000322-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, II Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Laura Araya Rojas, Jueza.—1 vez.—Nº 49212.—(88955).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Marcela María Fernández Fernández, mayor, casada, vecina de San Juan de Tres Ríos, La Unión, portadora de la cédula de identidad número 0106940413, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hija menor Priscilla Marín Fernández por el de Priscilla Rebecca mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 07-001502-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—(89024).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve María del Carmen Solano Salas a favor de la presunta insana Verónica María Jiménez Solano, cédula de identidad 4-202-979. Expediente número 07-001454-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(89042).
Licenciada Verónica Álvarez Murillo Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Brian Steven Figueroa González, que en este Despacho se interpuso un proceso separación judicial en su contra, bajo el expediente número 06-001541-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela. A las dieciséis horas y tres minutos del cinco de julio de dos mil siete. De la anterior demanda de separación judicial establecida por la accionante Gina Rebeca Portugez Murillo se confiere traslado al accionado Brian Steven Figueroa González, representado en su curador procesal el Lic. Roberto Montealegre Quijano por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este circuito. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese esta resolución al demandado Brian Steven Figueroa González por medio de un edicto el cual se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso separación judicial de Gina Rebeca Portugez Murillo contra Brian Steven Figueroa González; exp. N° 06-001541-0292-FA.—Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, 5 de julio del 2007.—Lic. Verónica Álvarez Murillo, Jueza.—1 vez.—(89050).
Carlos Li Piñar, notificador Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber que en declaratoria de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial promovido por Patronato Nacional de la Infancia contra Ana Cecilia Rojas Velásquez y Florentino Venegas Pérez, representados por su curadora procesal la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 07-400040-421-FA 4, se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las nueve horas quince minutos del veintiuno de agosto del dos mil siete. Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal por parte de la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández en representación de los accionados ausentes Ana Cecilia Rojas Velásquez y Florentino Venegas Pérez. Presentada en forma la solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, perdida de la patria potestad y depósito judicial del menor Charlie Eduardo Venegas Rojas, se confiere audiencia por el plazo de cinco días a las partes interesadas a saber: Ana Cecilia Rojas Velásquez, Florentino Venegas Pérez y a la Procuraduría General de la República, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo si es el caso, (artículo 121 del Código de Familia). De conformidad con el artículo 119 del Código de Familia, se ordena el depósito provisional del menor Charlie Eduardo Venegas Rojas, en el hogar de los señores Gabriel Venegas Pérez y Rosa Lilliam Barrantes Rodríguez. Notifíquesele a los accionados Ana Cecilia Rojas Velásquez y Florentino Venegas Pérez por medio de su curadora procesal, la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández, sita en Puntarenas Centro, del Muelle de Cruceros 100 metros norte y 25 oeste, frente a Restaurant Gugas, dicha diligencia será realizada por medio del notificador del despacho. Previo a notificar a los señores Gabriel Venegas Pérez y Rosa Lilliam Barrantes Rodríguez, en su condición de depositarios judiciales del menor, deberá la promovente aportar a los autos la dirección exacta de su domicilio. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 21 de agosto del 2007.—Lic. Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0757-Pani).—C-4160.—(89055).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda de la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de él dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Sharon Aimee Berrocal Chacón, expediente número 06-400223-421 FA (1).—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Mitzi E. Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(89116).
El suscrito notario público, con oficina en Heredia, Belisario Pérez Jiménez, hace constar que han solicitado los trámites del Matrimonio Civil los señores César Augusto Carmona Duque, soltero, de 44 años, nació el 22 de setiembre de 1963, pasaporte de la República de Colombia CC6892695, con domicilio en Santa Cecilia, urbanización San Francisco, casa 13-0, de Heredia, hijo de los colombianos Hernando José Carmona Gálvez (R.I.P.) y de María Doralize Duque (de único apellido por su nacionalidad); y Marisol Solano Jiménez, cédula 1-795-341, soltera, de 36 años, nació el día 31 de diciembre de 1970, con domicilio en igual que el primero, hija de los costarricenses Luis Guillermo Solano Acuña y de Viria María Jiménez Barboza. Se ordena la publicación de este edicto de conformidad con el artículo 25 del Código de Familia. Cualquier oposición puede ser presentada ante esta notaría, sita en Heredia, Cubujuquí 2, casa 2, en el término de los ocho días a partir de su publicación.—Heredia, 4 de octubre del 2007.—Lic. Belisario Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—(88958).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Erick Mauricio Ramírez Ramírez, mayor, de edad, soltero, soldador, vecino de Tejar del Guarco, del bar Cuatro Vientos, 200 metros al oeste y 50 al sur, casa de muro cerámico, verjas de color verde, hijo de María Isabel Ramírez Alfaro y Juan Eladio Ramírez Alvarado, nacido en Cartago, el 02/04/1984, con 23 años de edad, cédula de identidad Nº 3-0393-0847 y Yajaira Vanessa Montoya Campos, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Tejar del Guarco, del bar Cuatro Vientos, 200 metros al oeste y 50 al sur, casa de muro cerámico, verjas de color verde, hija de María Isabel Campos Quesada y Gerardo Montoya Fernández, nacida en Cartago, el 05/09/1986, con 21 años de edad, cédula de identidad Nº 3-0413-0667. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente Nº 07-001396-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 11 de setiembre del 2007.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(89022).
Presentes en este Despacho los señores Yesenia Gómez Arias, mayor, soltera en unión libre, ama de casa, costarricense, vecina de La Fila de Mora, del Salón Las Brisas, cuatrocientos metros al sur, casa de color papaya, cédula de identidad 1-1305-558, hija de Maritza Arias Vargas, mayor, unión libre, empleada doméstica, costarricense, vecina de La Fila de Mora y Rafael Ángel Gómez Guerrero, mayor, soltero, desempleado, privado de libertad en el CAI La Reforma y Rafael Ángel Jiménez Murillo, mayor, soltero en unión de hecho, supervisor en Price Smart, costarricense, vecino de La Fila de Mora, del salón Las Brisas cuatrocientos metros al sur, casa de color papaya, cédula de identidad número 1-1074-247, hijo de Marina Murillo Cascante mayor, viuda, ama de casa, vecina de El Estero de Puriscal y Jorge Jiménez Jiménez quien fue mayor, casado, soldador, vecino de El Estero de Puriscal, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 5 de octubre del 2007.—Lic. Ana Isabel Fallas Aguilar, Jueza.—1 vez.—Nº 49403.—(89324).