BOLETÍN JUDICIAL Nº 209

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 094-07

Asunto:   Variación del plazo de Conservación de Copias de Cheques entregados del Departamento Financiero Contable.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión N° 66-07, celebrada el 6 de setiembre de 2007, artículo XXXVII, a solicitud de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, dispuso variar el plazo de Conservación de las Copias de Cheques entregados del Departamento Financiero Contable, de la siguiente manera.

 

Tipo Documental

Original o Copia

Oficinas que tienen Original o Copia

Automatizado

Contenido

Ofic. Origen

Archivo Centra

Producción anual (mtrs)

Fechas Extremas

Observaciones

19

Cheques

C

Interesado

NO

Copia de

2

0

2

Enero de

 

 

entregados

 

 

 

recibido

 

 

 

1990 a la fecha

 

 

(Ingr.  y

 

 

 

conforme,

 

 

 

 

 

 

Egres. Jud.)

 

 

 

Firmada

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

por  el

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

interesado

 

 

 

 

 

 

San José, 24 de setiembre de 2007.

                                                                                                                                                                Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(93338)                                                                                                                                                       Secretaria General

CIRCULAR N° 108-07

Asunto:   Actualización de la información del sitio Web del Poder Judicial.

A LOS JEFES DE LOS DESPACHOS JUDICIALES

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 71-07 de 25 de setiembre pasado, artículo LXIII, dispuso recordar a las jefaturas de las oficinas judiciales a las que se les haya autorizado incluir información en el sitio Web del Poder Judicial, la obligación de mantener al día esa información y de enviar al Departamento de Tecnología de la Información, en un plazo no mayor a 10 días hábiles de la fecha de la publicación de esta circular en el Boletín Judicial, el nombre del servidor responsable de mantener actualizada esa página en su oficina.

San José, 11 de octubre de 2007.

                                                                                                                                                                Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(93344)                                                                                                                                                              Secretaria

CIRCULAR N° 109-07

Asunto: Intervención de un defensor privado y uno público en un mismo proceso.

A LOS JUECES DE LA MATERIA PENAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 71-07 de 25 de setiembre pasado, artículo LXIV, dispuso hacer de su conocimiento el criterio de la Comisión de la Jurisdicción Penal sobre la intervención de un defensor público y un defensor privado en un mismo proceso, que en lo conducente dice:

“...Considera esta Comisión que no es posible asignar a un Defensor Público la codefensa de un asunto en que interviene un defensor particular designado por el imputado. La codefensa es el ejercicio conjunto de la defensa de una persona que enfrenta un proceso penal. Siendo esto así, está claro que al optar el encartado por escoger él un defensor de su confianza, al cual le paga sus servicios, la participación de la Defensa Pública no es viable. Esto porque el órgano ha sido creado (ver artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) para garantizar al imputado su derecho a la defensa técnica. En los casos en que el imputado lo solicite y cuando no posea recursos económicos para pagar los servicios de un abogado, el servicio de un Defensor Público le será provisto gratuitamente. Pero cuando el encartado cuenta con recursos para sufragar los gastos de abogado, entonces, como regla de principio, la Defensa Pública no atenderá su caso. Como excepción a esa regla se da el caso de que el justiciable prefiera contar con un defensor público, supuesto en el cual deberá pagar al Estado los servicios de éste. Pero está claro que si contrata un abogado particular para que ejerza su defensa técnica, la garantía de este derecho se ve entonces satisfecha y la intervención de la Defensa Pública resulta legalmente inviable.

Lo anterior no obsta para que en algunos calificados casos  ... en que sea evidente que el imputado está ejerciendo abusivamente su derecho de elegir defensor como forma de obstaculizar el avance del proceso, el Tribunal pueda disponer, mediante resolución motivada, la intervención o la presencia de un Defensor Público para garantizar la defensa técnica del acusado. Esto sería posible en supuestos excepcionales, mediante resolución debidamente fundamentada, en consideración de lo dispuesto en los artículos 20, 21 y 22 del Código Civil, relacionados con los artículos 13 y 100 del Código Procesal Penal y teniendo presente que si el artículo 336 inciso d) del. Código Procesal Penal prevé la posibilidad de que un juicio dé inicio con un número mayor de jueces al requerido por ley, esto en aras de garantizar el normal desarrollo del debate, entonces mayor razón hay para que se procure garantizar al justiciable su derecho a la defensa técnica.”

San José, 11 de octubre de 2007.

                                                                                                                                                                Silvia Navarro Romanini

1 vez.—(93345)                                                                                                                                                              Secretaria

 

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 1 de setiembre de 2006, artículo I, y acuerdo del Consejo Superior de sesión de 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de expedientes penales del periodo 1986-2002, del Tribunal Penal de Turrialba, que a continuación se detalla. Los expedientes se encuentran remesados en ese Tribunal.

Remesa:            20083

Expedientes:      6

Paquetes:           1

Año:                   1986-1989

Asunto:              Penal varios: 1 Apropiación y Retención indebida. Sentencia Absolutoria Firme (1986), 1 Lesiones Culposas, 1 Usurpación. Sentencias Absolutorias Firmes (1987), 1 Favorecimiento Real. Sentencia Absolutoria Firme (1988) y 1 Violación de domicilio, 1 Receptación. Sentencias Absolutorias Firmes (1989).

Remesa:            P 7 C 90

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                   1990

Asunto:              Penal varios: 1 Libramiento de cheques sin fondos, 1 Deforestación, 1 Tentativa de suicidio. Sobreseimientos firmes.

Remesa:            P 10 C 91

Expedientes:      10

Paquetes:           1

Año:                   1991

Asunto:              Penal varios: 1 Hurto agravado, 1 Hurto simple, 1 Querella, 3 Libramiento de cheque sin fondos, 1 Infracción a la ley de vida silvestre, 1 Especulación. Todas sentencias de sobreseimiento firmes. 1 Agresión con arma, 1 Extradición. Sentencias Absolutorias Firmes.

Remesa:            P 10 C 92

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Año:                   1992

Asunto:              Penal varios: 1 Retención indebida, 1 Tentativa de suicidio, 1 Hurto simple, 1 Evasión. Sentencias de sobreseimiento firmes.

Remesa:            P 11 C 93

Expedientes:      5

Paquetes:           1

Año:                   1993

Asunto:              Penal varios: 1 Estafa mediante cheque, 2 Hurto simple, 1 Lesiones culposas, 1 violación de domicilio. 3 Sentencias de Sobreseimiento firmes, 2 Sentencias absolutorias.

Remesa:            P 8 C 94

Expedientes:      7

Paquetes:           1

Año:                   1994

Asunto:              Penal varios: 1 Estafa, Infracción a la ley de vida silvestre, 2 Retención indebida, 1 hurto, Resistencia, 1 Simulación. 3 Sentencias de Sobreseimiento, 4 Sentencias Absolutorias.

Remesa:            P 8 C 95

Expedientes:      21

Paquetes:           1

Año:                   1995

Asunto:              Penal varios: 1 Sustracción de menor, 1 Abuso de autoridad, 1 Infracción a la ley forestal, 2 Lesiones culposas, 1 Incumplimiento de deberes, 2 Estafas, 1 Retención indebida, 1 Daños agravados, 3 hurtos, 2 Robo simple, 4 Receptación, 2Agresión con arma. 9 Sentencias de Sobreseimiento, 12 Sentencias absolutorias.

Remesa:            P 8 C 96

Expedientes:      23

Paquetes:           1

Año:                   1996

Asunto:              Penal varios: 1 Infracción a la ley forestal, 3 Receptación, 2 Robos, 2 Agresión con arma, 1 Amenazas agravadas, 2 Falsificación de documentos, 6 Lesiones, 6 Hurtos. 10 Sentencias Absolutorias, 13 Sentencias de sobreseimiento.

Remesa:            P 30 C 97

Expedientes:      136

Paquetes:           5

Año:                   1997

Asunto:              Penal varios: 3 Usurpación, 1 Estafa, 1 Estupro, 1 Infracción a la ley de rifas y loterías, 2 Infracción a la ley de armas, 1 Peculado, 1 Administración fraudulenta, 1 Estelionato, 2 Libramiento de cheques sin fondos, 3 desobediencia, 3 violación de domicilio, 1 Corrupción y sustracción de menores, 1 Estafa, 5 Tentativa de suicidio, 5 Receptación, 9 Retención Indebida, 10 Hurtos, 8 Robos, 15 Infracción a la ley Forestal, 1 Falsedad ideológica, 1 Falsificación de documentos, 10 Querellas, 7 Resistencia, 2 Daño, 24 Agresión con arma, 18 Lesiones. 75 Sentencias Absolutorias, 61 Sentencias de Sobreseimiento.

Remesa:            P 14 C 98

Expedientes:      45

Paquetes:           2

Año:                   1998

Asunto:              Penal varios: 4 Robo simple, 1 Fraude por simulación, 3 Querella, 3 Abusos de autoridad, 1 Violación de domicilio, 5 Receptación, 1 Lesiones leves, 6 Hurto agravado, 1 Concusión, 1 Abusos deshonestos, 1 Libramiento de cheques sin fondos, 4 Usurpación, 8 Desobediencia, 5 Agresión con arma. 30 Sentencias de Sobreseimiento, 15 Sentencias Absolutorias.

Remesa:            P 16 C 99

Expedientes:      44

Paquetes:           2

Año:                   1999

Asunto:              Penal varios: 1 Hurto agravado, 1 Rapto propio, 1 Peculado, 1 Daños, 1 Estelionato, 4 Robo simple, 4 Agresión con arma, 4 Violación de domicilio, 1 Libramiento de cheque sin fondos, 7 Desobediencia, 2 Usurpación, 3 Apropiación indebida, 3 Lesiones culposas, 1 Lesiones graves en riña, 2 Infracción a la ley forestal, 2 Hurtos simples, 6 querellas. 27 Sentencias de Sobreseimiento, 17 Sentencias absolutorias.

Remesa:            P 2 C 00

Expedientes:      27

Paquetes:           2

Año:                   2000

Asunto:              Penal varios: 3 Robo simple, 5 agresión con arma, 6 Querella, 1 Hurto agravado, 2 Resistencia a la autoridad, 1 Usurpación, 1 Retención indebida, 1 Fabricación de licores, 2 Violación de domicilio, 3 Libramiento de cheques sin fondos, 4 desobediencia. 14 Sentencias absolutorias, 13 Sentencias de sobreseimiento.

Remesa:            P 2 C 01

Expedientes:      24

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Penal varios: 2 Infracción a la ley de armas, 2 Querella, 1 Violación de domicilio, 1 Libramiento de cheques sin fondo, 1 Violación de Sellos, 6 Desobediencia, 4 Agresión con arma, 3 Retención indebida, 4 Robo simple. 9 Sentencias de sobreseimiento, 15 Sentencias absolutorias.

Remesa:            P 3 C 02

Expedientes:      10

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Penal varios: 2 Desobediencia, 4 Difamación y calumnias, 2 Agresión con arma, 2 Robo simple. 5 Sentencias de sobreseimiento, 5 Sentencias absolutorias.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 17 de octubre del 2007.

                                                                                                                                                                     Alfredo Jones León

(94491)                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 20 de abril de 2007, artículo I, y acuerdo del Consejo Superior de sesión de 15 de mayo de 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentación administrativa del periodo 1993-2005 del Tribunal Penal de Turrialba, que a continuación se detalla. La documentación se encuentra remesada en ese Tribunal.

Remesa:            A 11 C 97

Ampos:              1

Año:                   1997

Asunto:              1 Copiadores de sentencias

Remesa:            A 17 C 98

Ampos:              2

Año:                   1998

Asunto:              1 Informes Mensuales Estadísticos, 1 Informes Mensuales Caja Chica

Remesa:            A 14 C 99

Ampos:              3

Año:                   1999

Asunto:              1 Copiadores de sentencias, 1 Informes Mensuales Estadísticos, 1 Resoluciones de la Segunda Instancia.

Remesa:            A 11 C 00

Ampos:              4

Año:                   2000

Asunto:              2 Copiadores de sentencias, 1 Resoluciones de la Segunda Instancia, 1 Informes Mensuales Estadísticos.

Remesa:            A 2 C 01

Ampos:              1

Año:                   2001

Asunto:              EJ 07, Informe Mensual Reo Preso, EJ 12, F 196, EJ 08, EJ 10, EJ 11.

Remesa:            A 2 C 02

Ampos:              1

Año:                   2002

Asunto:              1 Informes Mensuales Estadísticos

Remesa:            A 2 C 03

Ampos:              5

Año:                   2003

Asunto:              2 Copiadores de Sentencias, 3 Oficios despachados

Remesa:            A 2 C 04

Ampos:              6

Año:                   2004

Asunto:              2 Copiadores de Sentencias, 1 Oficios despachados, 1 Informes Estadísticos Mensuales, 1 Artículos Coleccionables (Pizarra informativa), 1 Informes mensuales caja Chica

Remesa:            A 7 C 05

Ampos:              3

Año:                   2005

Asunto:              2 Copiadores de Sentencias, 1 Oficios despachados

Remesa:            A 11 C 93

Ampos:              5

Año:                   1993-2005

Asunto:              Documentación administrativa: 2 Oficios Despachados (novedades del día y acuse recibido), 1 Reportes de fax, 1 Circulares, 1 Oficios Despachados (2003-2004), Oficios Despachados (Consejo Superior Corte Plena 1998-2003), Oficios Despachados (Acuse recibido 2001-2003), Circulares (1993-2003), Control de Correo Certificado (1999-2005).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

                                                                                                                                                                     Alfredo Jones León

(94492)                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

 

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores de Heredia, a las catorce horas cincuenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil siete. Acerca de la demanda laboral y los documentos presentados con la misma que formula: Bryan Fonseca Rodríguez, cédula de identidad número 4-186-910 se confiere traslado por el plazo de ocho días hábiles a Nasrudin S. A., a quien se le previene que al contestarla deberá referirse a cada hecho que contiene la acción, manifestando concretamente si los reconoce como ciertos, los rechaza por inexactos, o bien si los admite con variantes o rectificaciones, apercibido que si así no lo contestaré se tendrán por ciertos los hechos correspondientes, en la contestación deberá ofrecer la prueba que tuviese, y se le previene que en el acto de la notificación o separadamente por escrito, debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones futuras, de conformidad con el artículo 6º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, bajo apercibimiento de que, mientras así no lo haga, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Notifíquesele esta resolución a la demandada por medio de su Representante personalmente en su casa de habitación o por medio de cédula de notificación en el domicilio social fijado en el Registro público. De conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, lo cual se hará por medio del Oficina Centralizada de Notificaciones Primer Circuito Judicial de San José. Expídase el respectivo Despacho. Se le hace saber a las partes que podrán dar por terminado el presente asunto por medio de una conciliación, la que pueden realizar en forma extrajudicial o compareciendo al despacho sin previo señalamiento. Caso de conciliarse extrajudicialmente deben informarlo a este tribunal para su respectiva homologación. Notifíquese. Lic. Maruxinia Marín Mata, Juez de Trabajo San Joaquín de Flores Heredia. Con base en el numeral 7 de la Ley 7637, de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales se ordena notificar el citado auto por medio de edicto, el cual se publicará por solo una vez en el Boletín Judicial. Demanda laboral Nº 05-000552-0376 LA. Actor: Bryan Fonseca Rodríguez. Demandado Nasrudin S. A.— Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores de Heredia.—Lic. Maruxinia Marín Mata, Jueza.—1 vez.—(95484).

Por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores de Heredia, a las ocho horas treinta y cinco minutos del catorce de julio del dos mil cinco. Acerca de la demanda laboral y los documentos presentados con la misma que formula: Bryan Fonseca Rodríguez, cédula de identidad número 4-186-910 se confiere traslado por el plazo de ocho días hábiles a José Ampie Cortés, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Inversiones La Talegas del Tabuco S. A., a quien se le previene que al contestarla deberá referirse a cada hecho que contiene la acción, manifestando concretamente si los reconoce como ciertos, los rechaza por inexactos, o bien si los admite con variantes o rectificaciones, apercibido que si así no lo contestaré se tendrán por ciertos los hechos correspondientes, en la contestación deberá ofrecer la prueba que tuviese, y se le previene que en el acto de la notificación o separadamente por escrito, debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones futuras, de conformidad con el artículo 6º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, bajo apercibimiento de que, mientras así no lo haga, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Notifíquesele esta resolución a la demandada por medio de su Representante personalmente en su casa de habitación o por medio de cédula de notificación en el domicilio social fijado en el Registro público. De conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, lo cual se hará por medio del Policía de Proximidad de Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia que se localiza del Costado Este de la Escuela de Santa Rosa de Santo Domingo 250 sur, casa con portón crema. Expídase el respectivo Despacho. Notifíquese. Lic. Mario Varela Martínez, Juez de Trabajo San Joaquín de Flores Heredia. Con base en el numeral 7 de la Ley 7637, de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales se ordena notificar el citado auto por medio de edicto, el cual se publicará por solo una vez en el Boletín Judicial. Demanda laboral 05-000552-0376 LA. Actor: Bryan Fonseca Rodríguez. Demandado: Inversiones La Talegas de Tabuco S. A.— Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores de Heredia.—Lic. Maruxinia Marín Mata, Jueza.—1 vez.—(95485).

Causahabientes

Se cita y se emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Jorge Eduardo Viquez Movellan, mayor casado, asistente judicial, vecino de Santa Bárbara, 400 metros este de Pali, fallecido en fecha 28-03-07; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien correspondan, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 07-000018-926-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Flores, 10 de octubre del 2007.—Lic. Maruxinia Marín Mata, Jueza.—1 vez.—(95475).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro del fallecido de quien en vida se llamó Alexander Álvarez Ramírez, mayor, casado, cédula de identidad número 7-0142-0442, vecino de Palmitas de Guácimo, primera entrada del Súper Mercado tercera casa de cemento blanca, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Publíquese el edicto por única vez. Diligencias de devolución de fondo de capitalización laboral y prestaciones laborales de trabajador fallecido. Expediente Nº 07-300042-0477-LA (45-07), gestionante Flor María Ramírez Herrera.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 9 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Gerardo Arce Castro, Juez.—1 vez.—(95476).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Dennis Antonio Ríos Poveda quien fue mayor, unión libre, titular de la cédula de residencia numero 002-RE-0974-00-1999, vecino de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 07-000466-679-LA-2 establecido por Blanca Rosa Reyes López.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—1 vez.—(95477).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Ángel Fallas González, cédula 1-810-451, fallecido el día 24 de abril del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de prestaciones laborales” bajo el expediente número 07-001447-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001447-0166-LA. Promovido por Grupo Q Productos Automotrices S. A. a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(95478).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Franklin Varela Guerrero, cédula 7-055-268, fallecido el día 9 de abril del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de fondo de capitalización laboral y régimen obligatorio de pensiones complementarias” bajo el expediente número 07-001309-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001309-0173-LA. Promovido por María Mayela Solís Ramírez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(95479).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana María Solís Vargas, cédula 1-613-743, fallecida el día 4 de mayo del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de fondo de capitalización laboral y régimen obligatorio de pensiones complementarias” bajo el expediente número 07-001305-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001305-0173-LA. Promovida por Elizabeth Solís Vargas a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(95480).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Rojas Láscarez, cédula 1-212-551, fallecido el día 15 de julio del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de pensiones y aguinaldo proporcional” bajo el expediente número 07-001300-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001300-0173-LA. Promovido por Hannia María Rojas Sánchez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(95481).

Se cita a todos los causahabientes de Wagner Virgilio Marín Alpízar, quien fue mayor, casado, policía del Ministerio de Seguridad Pública, vecino de Junquillo Arriba de Puriscal, 100 metros al oeste del Abastecedor Miramar, cédula Nº 1-443-917, hijo de Filadelfo Marín Zúñiga y de Dulcelina Alpízar Guerrero, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias a hacer valer sus derechos. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 07-300074-0197-LA.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 17 de octubre de 2007.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—(95482).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del veintitrés de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de cuatrocientos setenta y ocho mil ochenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veinte mil ciento veintiséis-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 06 Platanares, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte José Ángel Salazar Quirós; al sur José Ángel Salazar Quirós; al este calle pública y al oeste José Ángel Salazar Quirós. Mide: quinientos treinta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Claudio Varela Varela, Fe María Villalobos Retana. Expediente: 07-002729-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del I Circuito Judicial de Alajuela, 5 de setiembre del 2007.—Lic. María del Rocío Berrocal Vega Jueza.—(94365).

A las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil siete. Libre de gravámenes hipotecarios y con la base rebajada en un veinticinco por ciento de cinco mil treinta y siete dólares con cincuenta centavos, moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número setenta y cinco mil doscientos treinta y siete cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito octavo del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte con Víctor Julio Sánchez Blanco, al sur con Eliécer Álvarez Núñez, al este calle pública con diez metros treinta y seis lineales y oeste con Fanny Jiménez Hernández. Mide ciento cincuenta y nueve metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 06-100401-642-CI de Keneth Cordero Rojas contra Alfredo Villalobos Matarrita.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—(94412).

A las ocho horas treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil siete, libre de gravámenes prendarios y soportando infracción de tránsito según boleta de seguridad número 9800201684, y con la base de quinientos mil colones, monto que corresponde al asignado por el perito nombrado para su valoración, desde la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, remataré en el mejor postor, vehículo Marca: Daewoo, placas CL-144272M categoría: carga liviana, tracción: sencilla, chasis: KLY7T11ZBTCO26411, motor Nº F8CB301972, cilindros: tres, estilo Damas, capacidad: dos personas, año 1996, color: blanco. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario Nº 03-613527-489-TC ejecución de sentencia de Peggy Latouche White y Karla Herdocia Latouche, contra Gilmar Leonardo Ortiz Ortiz.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 9 de octubre del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—(94440).

A las diez horas treinta minutos, del doce de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de nueve mil trescientos veintiséis dólares con setenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Peugeot, estilo: Berlina 206 XT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2003, carrocería: sedan 4 puertas, color: gris, chasis: VF32AN6AD3W033055, combustible: gasolina, placas: 510045. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente N° 07-001427-0181-CI de Banca Promérica S. A. contra Gustavo Solórzano Bastos.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de setiembre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(94531).

A las ocho horas treinta minutos, del trece de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de siete mil trescientos treinta dólares con setenta y un centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 517565, con las siguientes características: automóvil marca Mitsubishi, estilo Lancer GLX, año 2003, color verde, de gasolina, para cinco personas, motor número 4G18CK7859. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 06-000448-0183-CI de Banco Interfín S. A. contra Giovanni Méndez Zúñiga.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(94532).

A las nueve horas quince minutos, del martes trece de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de ocho mil quinientos dieciséis dólares con cincuenta y tres centavos (U.S.A.$ 8.516,53) en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas cuatrocientos ocho mil ciento setenta y siete, marca Peugeot, categoría automóvil, serie, chasis y vin número VF37EWJZT1P003201 techo duro, uso particular, estilo Break, capacidad para cinco personas, año dos mil uno, color azul, motor 10DXBZ6034958, marca Peugeot, cilindrada mil ochocientos sesenta y ocho centímetros cúbicos, cuatro cilindros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 05-001364-183-CI-l de Banca Promérica S. A. contra Mario Antonio Morales Arroyo.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(94533).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones y con la base de veintiocho mil quinientos siete dólares con setenta y seis centavos, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 594028, marca BMW, estilo 320I, carrocería sedan cuatro puertas, motor no existe, año 2006, color gris, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001555-0184-CI de Banca Promerica S. A. contra José Alfredo Ruiz Jiménez.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—(94534).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del trece de noviembre del dos mil siete, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de ocho mil novecientos noventa y ocho dólares con veintiséis centavos, en el mejor postor, remataré: Un vehículo placas 334.819, marca Nissan, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o Familiar, chasis JN1TAZR50Z0006672, uso particular, estilo Pathfinder SE, capacidad cinco personas, año 1999, color vino, número de motor VG33208461. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-001743-0185-CI, ejecutivo prendario de Agencia Datsun S. A., contra Rafael Ángel Palma Obando.—Juzgado Sexto Civil de San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(94535).

A las diez horas del trece de noviembre del dos mil siete, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando embargo practicado al tomo 567, asiento 38999, a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, y con la base de quinientos cincuenta mil colones, al mejor postor, remataré la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula de Folio Real número noventa y dos mil setecientos ochenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir. Sito: en distrito octavo del cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste, lote 9-E; al noroeste, con resto destinado a calle; al sureste, lote 11-E, y suroeste, lote 7-E. Mide: ciento veintidós metros con veinticinco decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100714-642-CI-2, de Ronny Villegas Chinchilla contra Stella Ocampo Solórzano.—Juzgado Civil y Agrario de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 52296.—(94615).

A las ocho horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cincuenta y dos mil novecientos ochenta y cinco dólares, al mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento diez mil novecientos cuarenta y nueve cero cero cero, que es terreno para construir con una casa. Sitio: distrito uno San Vicente, cantón Moravia, de la provincia de San José. Linderos: norte, Eduardo Brenes Leñero; sur, Mario Montero Shadid y María Elena Rodríguez Montero; este, Jaime Gamboa Fonseca, y oeste, calle pública con ocho metros cuarenta y dos centímetros. Mide: doscientos tres metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-019714-0170-CA, de Instituto Nacional de Seguros contra Ana Isabel Castillo Oreamuno.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—Nº 52306 .—(94616).

A las catorce horas del catorce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de sesenta millones setecientos cuarenta y un mil ochenta y tres colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré la finca matrícula de Folio Real de la provincia de Puntarenas, número cero veintisiete mil trescientos veinticinco mil-cero cero cero. Sita: en el distrito Savegre del cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas, que es terreno para agricultura y potrero. Mide: un millón cuatrocientos ochenta y siete mil novecientos noventa y siete metros con dos decímetros cuadrados. Colinda: al norte, calle a Dominical con noventa y nueve metros lineales cero cuatro decímetros; al sur, quebrada Matapalo; este, con Sociedad Almirante S. A., y lote segregado; oeste, con Hacienda Portalón S. A., y lote segregado. Que es propiedad de Almirante S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y siete mil doscientos seis, representada por Juan Espinoza Espinoza, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma, cédula número uno-cero doscientos treinta y cinco-cero novecientos noventa y seis. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario Nº 07-100177-425-1-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Elvis Espinoza Naranjo y Juan Espinoza Espinoza.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—Nº 52337.—(94617).

A las nueve horas treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de veintisiete millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil ciento diez guión cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque G, lote 26. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 25; al sur, lote 27; al este, calle pública con 8 metros, y al oeste, lotes 15 y 16. Mide: ciento veintiocho metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María de los Ángeles Hidalgo Mora. Expediente Nº 07-001570-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 52339.—(94618).

A las nueve horas y quince minutos del trece de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación, y con la base de nueve millones setecientos mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 246725-000, la cual es terreno para construir con una casa Nº 519. Situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, alameda 1 con 5 metros 44 centímetros, y al oeste, INVU. Mide: setenta y seis metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marco Antonio Araya Loría. Expediente Nº 07-001657-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 52340.—(94619).

A las diecisiete horas veinte minutos del dieciséis de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de un millón ciento trece mil cincuenta y dos colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil doscientos veinte cero cero tres-cero cero cuatro, cero cero cinco, la cual es terreno de café. Situada en el distrito San José, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alicia Mayela Quesada Núñez; al sur, río Tacares y Rafael Quesada en parte; al este, Jorge Arturo Salazar, y al oeste, Rigoberto Ugalde. Mide: cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Luis Alberto Quesada Bolaños. Expediente Nº 94-007249-0227-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Gustavo Irias Obando, Juez.—Nº 52375.—(94620).

A las ocho horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base dada por el perito, sea la suma de veinticinco millones de colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula Nº 304844-000, que es terreno de café. Situada en el cantón sexto, distrito primero, de la provincia de San José. Linda: al norte, con Runia Corrales Fallas; al sur, con Rogelio, Miguel, Jorge, Grace, todos Sandí Corrales y Virginia Corrales Fallas; al este y al oeste, con calle pública. Mide: tres mil trescientos setenta y seis metros con cinco decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 1728-07 de Miguel Ángel López Zumbado contra Aserrí, Mercedes y Salitrillos S. A., y otro.—Juzgado Primero Civil de San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Manuel Hernández C., Juez.—Nº 52382.—(94621).

A las nueve horas treinta minutos del trece de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada, condiciones, limitaciones del Instituto de Desarrollo Agrario, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos e hipoteca de primer grado, con la base de dos millones ochocientos sesenta y un mil novecientos sesenta y dos colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula Nº 93316-000, que es terreno para construir lote 32. Situado en el distrito segundo, cantón segundo, de la provincia de Limón. Mide: ochocientos metros cuadrados. Linda: al norte, con área administrativa; al sur, con lote treinta y tres; al este, con lote treinta y cinco, y al oeste, con calle pública. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-000195-0930-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Ángel Azofeifa Castro y otra.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 16 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 52400.—(94622).

A las diez horas del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo marca Mack, placas Nº C 026524, Estilo DM685S, categoría carga pesada, capacidad dos personas, año 1978, carrocería vagoneta, color vino, chasis DM685S38617, peso bruto 17000 Kgrms, peso neto 10760 Kgrms, cabina desconocida, uso particular, características del motor T6758F5876, serie no indica, marca Mack, cilindrada 11020 c.c, modelo no indicado, potencia 234 Kw, cilindros 06, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Constantino Astorga Domian contra Estructuras Metálicas C P O Sociedad Anónima. Expediente Nº 07-001780-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 52427.—(94623).

A las catorce horas del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con el veinticinco por ciento menos de la base primitiva, sea, la suma de un millón ochocientos noventa y tres mil ochocientos dos colones con 50/100, remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Cartago, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintisiete mil novecientos ochenta y seis-cero cero cero, que se describe así: Naturaleza: terreno para construir con una casa. Situado: en distrito tres Peralta, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Mide: doscientos ochenta y un metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Linda: norte, Betty Johnson Cantillo; al sur, Trinidad Quirós Bermúdez; al este, calle pública con ocho metros cincuenta centímetros; oeste, Aníbal Quirós Hernández. Lo anterior en ejecutivo simple expediente Nº 06-100440-0857-CI, interno Nº 446-07-2, de Credecoop R.L., en contra de Natalia Bonilla Fuentes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, once de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—Nº 52432.—(94624).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada, y con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y un mil trescientos ochenta y ocho guión cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública y Cecilia Hernández Piedra; al sur, Juan de Dios Torres Martínez, calle pública y Wilson Araya Leitón, y lotes uno, dos, tres y cuatro; al este, José Ángel Marín Ramírez, Rinald Marín Gómez, Marielos Monge Agüero, Eduardo Roldán Alvarado, Guillermo Zúñiga Carvajal, Roberto Flores Calvo, Carlos Torres Acuña, Francisco Vallejos Apú, José Ramírez Madrigal, y lotes cuatro y cinco, y al oeste, Argentina González Hernández y Eduardo Antonio Roldán Alvarado. Mide: siete mil ochocientos diecinueve metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Se hace la indicación de que en la finca antes descrita se encuentra demanda penal inscrita al tomo 570, asiento 17292, que corresponde al delito de fraude por simulación en perjuicio de William Hernán Yara Ramírez y Heilenia Ovares Fernández. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Eduardo Antonio Roldán Alvarado y Mario Alberto Gutiérrez Ortiz contra Viviendas Vargas Masís Limitada. Expediente Nº 07-001000-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—Nº 52441.—(94625).

A las catorce horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales, e infracciones a la Ley de Tránsito, y con la base de ocho mil trescientos cuarenta y siete dólares con un centavo, moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Un vehículo placas trescientos noventa y dos mil setenta y ocho, marca Peugeot, estilo Berlina 406 ST, capacidad cinco personas, modelo dos mil uno, chasis VF38BLFYW1S001323, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, color beige, tracción sencilla, motor 10KJT82017851. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario, expediente Nº 07-000743-0182-CI-3, de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., contra Diego Arce Segreda.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 52449.—(94626).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos, del doce de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el expediente N° 02-023741-497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia y con la base de un millón ciento sesenta y tres mil ciento veintiocho colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 373993, con las siguientes características: automóvil marca Mitsubishi, estilo sedan dos puertas, año 1993, color verde, de gasolina, para cinco personas, motor número 4G37HY4061. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 04-000764-0183-CI-5 de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Rosa . Quirós González.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—Nº 52450.—(94627).

A las nueve horas quince minutos del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho y sin sujeción de base, en el mejor postor, remataré lo siguiente: el vehículo placas S-6117, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, marca G.M.C., año de fabricación 1977, número de chasis 928354, color rojo, combustible gasolina, tracción no registrada, carrocería cisterna, marca del motor Heil, categoría remolque y el vehículo placas C-129302, libre de gravámenes prendarios pero soportando demanda penal, expediente Nº 00-000818-062-PE del Juzgado Penal de Corredores y colisión, expediente Nº 02-601690-0496-TC del Juzgado de Tránsito de Cartago, marca Freightliner, estilo FLD-12064ST, año 1990, número de chasis 1FUYDCYB0LH379210, color azul, categoría carga pesada, tracción no registrada, carrocería cabezal, motor Nº 1157357, marca de motor Cummins, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Crédito Agrícola de Cartago, contra Juan Carlos Solano Mena, Luis Alfonso Solano Mena. Expediente Nº 00-100564-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 52467.—(94628).

A las catorce horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando prohibiciones ref 00203752-000034007185920, al asiento doce mil cuatrocientos cinco, secuencia cero novecientos, al tomo cuatrocientos cinco, y reserva y restricciones al asiento doce mil cuatrocientos cinco, secuencia cero novecientos uno, al tomo cuatrocientos cinco, con la base de un millón cuatrocientos treinta y ocho mil ciento veintidós colones con treinta céntimos, remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, al Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y siete mil ciento noventa y tres-cero cero cero, que es terreno para la agricultura con una casa. Situado en el distrito cuarto, cantón trece, de la provincia de Alajuela. Linda: norte, con Rufino Rojas Varela; sur, con Virginia Herra e Isabel Chavarría; este, con calle pública con un frente de diecisiete metros con cincuenta centímetros lineales, y oeste, con Marixa Rojas Varela, con una medida de quinientos ochenta y seis metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 07-100307-0389-CI (331-4-2007), proceso de ejecución hipotecaria establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Ronny Dauver Rojas Varela.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 11 de octubre del 2007.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—Nº 52485.—(94629).

A las nueve horas y quince minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y siete mil ciento dieciocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito octavo Mata Redonda, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Olga González y Octavio Chavarría; al este, María Chacón, y al oeste, Juan de Dios Chacón Rivera. Mide: doscientos dieciséis metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Carlos Alberto Alfaro Lara. Expediente Nº 07-001655-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 52527.—(94630).

A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinticinco mil seiscientos setenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil novecientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote cincuenta y siete de Negocios Bienes Raíces S. A., con veinte metros lineales; al sur, lote cincuenta y nueve de Negocios Bienes Raíces S. A., con veinte metros lineales; al este, calle pública con una extensión de ocho metros lineales, y al oeste, lote sesenta y nueve, y en parte lote sesenta y ocho de Negocios de Bienes Raíces S. A., con ocho metros lineales. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo  hipotecario  de Inversiones Operativas Don Mariano de Barva S. A., contra Inversiones Sherro de Costa Rica. Se informa a los interesados que para participar en el remate deberá depositarse el treinta por ciento de la base. Expediente Nº 01-001274-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 52540.—(94631).

A las diecisiete horas y cero minutos del quince de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de noventa y cuatro mil dólares, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula Nº 187637-000. Que es terreno: cultivado de café. Sitio: distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos: norte, Arístides Alvarado Rodríguez; sur, carretera Tibás-Moravia; este, Edwin Javier Alvarado Vargas, y oeste, Arístides Alvarado Rojas. Mide: seiscientos setenta metros con noventa y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-019558-0170-CA, de Banco de Costa Rica contra Gilbert Alvarado Vargas.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Francisco Javier Muñoz Chacón, Juez.—Nº 52617.—(94633).

A las nueve horas y quince minutos del veintidós de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado en favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago y soportando plazo de paso y con la base de treinta y tres millones seiscientos cincuenta mil seiscientos ochenta y nueve colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil setecientos noventa y ocho cero cero dos la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito décimo Llano Grande cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Adán Chacón Quirós; al sur Marta Isabel Arias Quesada y Trinidad Quesada Piedra; al este calle pública con cuarenta metros seis centímetros lineales de frente y al oeste Marta Isabel Arias Quesada y Trinidad Quesada Piedra. Mide: ocho mil ciento veinte metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Crédito Agrícola de Cartago, contra Luis Emilio Meza Gutiérrez, exp. 06-000545-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(94727).

A las nueve horas quince minutos del quince de noviembre del dos mil siete, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Puntarenas, matrícula 092646-001 y 002, que es terreno para construir, lote ocho D, situado en el distrito Barranca, de la provincia de Puntarenas, linda al noreste, resto destinado a calle; noroeste, resto destinado a calle; sureste, lote nueve D y suroeste lote siete D. Mide ciento treinta y seis metros con noventa y un decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, exp. 07-001207-0185-CI ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual de Ahorro y Préstamo contra: Merlyn Yorleny Jiménez Fallas y Mauricio Rodríguez Rodríguez.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(94731).

A las ocho horas veinte minutos del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada al tomo 319 y asiento 12918 y con la base de siete millones seiscientos cincuenta mil colones al mejor postor remataré: finca inscrita, en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos cincuenta mil quinientos treinta y dos cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno: de café con una casa. Sitio: distrito dos San Miguel, cantón Naranjo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte Germán Jara Ramírez, sur calle pública con frente de dieciocho metros, este Segundo Cornelio y José Gerardo Ramírez Morales y oeste Germán Jara Ramírez y Cornelio Ramírez Morales. Mide: mil trescientos veinte metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-020814-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Francisco Javier Costa Porras, Virya Barrantes Arroyo.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(94732).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada según citas 397-17227-01-0902-001 y servidumbre de paso según citas 457-11179-01-000-001, soportando hipoteca legal art. 70 Código Municipal bajo las citas 540-19425-01-0001-001 y con la base de doscientos diez mil dólares o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la Sección Propiedad Registro Público, partido de San José, matrícula 481139-000, que es terreno para construir con una casa de habitación, situada en el cantón 18 Curridabat, distrito de la provincia de San José. Linda al norte con Inmobiliaria del Sol Sociedad Anónima, al sur con calle de servidumbre con un frente de catorce metros seis centímetros, al este con lote tres y al oeste con lote uno. Mide doscientos treinta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 03-000827-0180-CI-3 de Banco Banex S. A. contra Yadira Tinoco Mora, José Luis Tinoco Mora y condominios Fresas Catorce N S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(95017).

A las diecisiete horas del nueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre y medianería y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecisiete mil seiscientos trece-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, acera diez; al este, Calle Sarapiquí; y al oeste, INVU. Mide: ciento noventa y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Marta Ángulo Madrigal. Exp. Nº 05-000128-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Francisco Javier Muñoz Chacón, Juez.—Nº 52688.—(95320).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las trece horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil siete, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ochocientos catorce mil cuatrocientos diez colones, al mejor postor remataré la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número doscientos tres mil doscientos noventa y tres-cero cero dos, que es terreno de agricultura. Sito: en distrito primero, cantón siete de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con calle pública; al sur y oeste, con Natividad Rodríguez Vásquez; al este, con Juan Vicente Carvajal Arroyo. Mide: noventa metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo simple Nº 94-100335-417-CI-3. Actor: José Hernández González contra: Olman Fernández Fernández.—Juzgado Civil y Agrario de Mayor Cuantía de Puntarenas, a los diez días del mes de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—Nº 52595.—(94632).

A las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones doscientos sesenta y cinco mil ochocientos veintiséis colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil setecientos cincuenta y siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote treinta y uno-F. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, lote treinta y dos-F; al noroeste, lote cinco-F; al sureste, resto destinado a calle, y al suroeste, lote treinta-F. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Donnaggi Baltodano Morales y Javier Salazar Mendoza. Expediente Nº 06-000135-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de octubre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(95047).

A las diez horas del veintiuno de noviembre próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de quinientos ochenta y ocho mil setecientos treinta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y tres mil setecientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote N 781. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur; al este, y al oeste, INVU. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Álvaro Hernán Acevedo Santamaría y María Elena Santamaría Navarro. Expediente 07-001528-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de octubre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—(95048).

A las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de veinte mil cuatrocientos dieciocho dólares con veintiún centavos o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: el siguiente equipo: doblador serie dos siete cuatro cuatro dos, modelo ochocientos tres-doce; doblador serie dos siete cuatro cuatro-uno, modelo ochocientos tres-doce; dos separadores, modelo ochocientos uno-doce, serie dos siete cuatro cuatro-uno y dos siete cuatro cuatro-dos; doblador tipo “v”, serie dos siete cuatro cuatro, modelo ochocientos dos-cuarenta; Sellador lineal, serie dos cuatro setecientos cuarenta y cuatro, modelo SS-setenta y una máquina principal, serie dos mil setecientos cuarenta y cuatro, modelo ochocientos dieciocho-siete cero. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 05-001145-0180-CI-2. Prendario de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Irema Ingeniería de Reciclado y Maquinaria S. A., y Marco Antonio Pacheco Kitzing.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—Nº 52648.—(95319).

A las nueve horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas 282-03128-01-0901-001, y con la base de cuarenta y un millones seiscientos trece mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta mil setecientos treinta y dos-derechos cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y Juan Bautista Sarmiento Campos; al sur, Santiago Rodríguez de Guadalupe S. A., y Humberto Llano; al este, Yamileth Espinoza Enríquez, Georgina Zamora Picado y Pedro Morales Garita, y al oeste, Juan Bautista Sarmiento Campos, Ángela de Miguel Espinoza y Edgar Z. Zúñiga Coto. Mide: seiscientos veintitrés metros con dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Alma de Barva de Heredia S. A., y otros, contra Blanca Rosa Sarmiento Campos. Expediente Nº 04-001382-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de noviembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 52760.—(95321).

A las ocho horas del veinte de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor de Mutual Alajuela por la suma de dos millones de colones y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil ciento veintisiete-cero cero cero, la cual es terreno lote seis con una casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sur y oeste, Mutual Guanacaste de Ahorro y Préstamo; al sur; al este y al oeste, calle pública con diez metros. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Elías Rodríguez Molina contra Magda Villarreal López. Expediente 07-000593-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 13 de setiembre del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº 52822.—(95322).

A las siete horas treinta minutos del doce de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbres trasladadas bajo las citas: a) 231-06650-01-0901-001 y b) 306-16912-01-0002-001, y con la base de siete millones de colones, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 297.329-000, y que se describe así: terreno con una casa, taller y parte para construir destinado a callejón de salida. Sito: en distrito primero Quesada, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, José Antonio Aguilar y Elena Alfaro Barrantes y servidumbre de paso; sur, servidumbre de paso; este, Miguel Ángel Monge Murillo, José Antonio Aguilar y Elena Alfaro, y al oeste, Rodolfo Castro Alfaro y Gilbert Arroyo. Mide: quinientos ochenta y siete metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 07-100690-0297 CI, ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Gilbert Segura Gamboa y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de octubre del 2007.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—Nº 52853.—(95323).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado y con la base de cuatro millones seiscientos treinta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y tres mil ciento seis-cero cero uno, la cual es terreno 01 Heredia. Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 50 centímetros; al sur, José Rafael Arguedas Chaverri, Flory Escalante Lobo y Luis Sáenz Zumbado; al este, Margarita Herrera López, y al oeste, Danilo Méndez Pérez, José Rafael Arguedas Chaverri, Flory Escalante Lobo y Olendio Cartín Paniagua. Mide: doscientos noventa y tres metros con trece decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Industrial Feral Sociedad Anónima contra Herco L H C Sociedad Anónima. Expediente Nº 07-002007-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de agosto del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 52855.—(95324).

A las catorce horas veinte minutos del seis de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales, pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito y con la base un millón cuatrocientos veintitrés mil seiscientos noventa y seis colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas ciento noventa mil doscientos diecinueve, marca Mitsubishi, carrocería sedan cuatro puertas, estilo Lancer GL, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, color negro, combustible gasolina, motor 4G13QN6772, chasis DSNCB1APU09274. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 03-000422-182-CI-3 de Vehículos Internacionales S. A. (VEINSA) contra Marco Tulio Fallas López.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 52864.—(95325).

A las ocho horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil siete, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, en el mejor postor y con la base de catorce millones ochocientos un mil novecientos veinticuatro colones con ochenta y siete céntimos, remataré: La finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número treinta y ocho mil seiscientos treinta y seis-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación planta baja y planta alta. Situado en el distrito primero, Cañas del cantón sexto, Cañas, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, INVU; sur, calle pública con un frente de veinticuatro metros con setenta y ocho centímetros lineales; este, INVU, y al oeste, Luis Monge Trejos, y una medida de setecientos treinta y seis metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 07-100280-0389-CI (294-5-2007)-A, proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Albar Efraín Conejo Bravo y Chetón Sociedad Anónima.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 4 de octubre del 2007.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—Nº 52909.—(95326).

A las nueve horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de noventa y nueve mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número F036363-000, del partido de San José, que se describe así: naturaleza finca filial quince, casa de habitación en proceso de construcción de dos niveles, mide ciento cuarenta y ocho metros con ochenta decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José, linderos: al norte, con acceso vehicular; al sur, con Eduardo Mora Sibaja, Dolores Montes Delgado y Rafael Ángel Picado Mora; al este, con Finca Filial N° 16; y al oeste, con Finca Filial N° 14 y zona verde. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario N° 07-001759-0183-CI de Banco Interfín S. A.. contra Ela. Merylis Herz Mora, Andrés de la Espriella Peters e Inmobiliaria Dice Mármol S. A., representada por Jéssica Nagel Berger.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(95413).

A las diez horas del doce de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de siete mil doscientos veintinueve dólares con catorce centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número CL 199223, con las siguientes características: automóvil marca Isuzu, estilo NKR, año 2004, color blanco, de diesel, para tres personas, motor número 143029. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 07-001760-0183-CI de Banco Interfín S. A., contra Ornamentales San Lorenzo S. A., 3-101-323015, representada por Luis Alberto Chaves Madrigal.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(95414).

A las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones a la ley de tránsito bajo sumaria número 02-656-373-tc y 04-610124-489-tc del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo y del Juzgado de Tránsito, respectivamente, y con la base de dos mil setecientos treinta y nueve dólares con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Fiat, estilo: Strada 75, categoría: carga liviana, capacidad: 2 personas, año: 2002, carrocería: caja abierta o Cam-Pu, color: gris, chasis: 9BD27812112775291, placas: CL 184868. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 07-001755-181-CI de Banco Interfin S. A., contra: Litografía e Imprenta Tecnicolor Ltda., representada por Yeinier Montiel Casasola; y al este, en su carácter personal.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de octubre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(95415).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de siete mil novecientos cuarenta y seis dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Chevrolet, estilo: Aveo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2005, carrocería: familiar, color: negro, chasis: KL1TD61T05B307278, combustible: gasolina, placas: 590253. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 07-001757-0181-CI de Banco Interfin S. A., contra Alejandro Villalobos Hernández y Enriqueta María c.c. Katy Blanca Rojas.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de octubre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(95416).

Remate de madera que se llevará a cabo, a las ocho horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil siete, en la puerta principal del Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, con base en la suma de trescientos treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos exactos (¢334.544,85), consiste en la cantidad de 38 trozas de la especie Teca de diámetros variados entre los 15 cm y los 55 cm de diámetro y largo desde los 1.70 metros hasta los 6.65 metros, madera que se encuentra decomisada en Finca de Ana Bermúdez Pérez, vecina de La Valeria de Parrita, 150 metros al oeste del abastecedor. Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las catorce horas del diecisiete de octubre del dos mil siete, dentro de la causa penal número 07-201160-0457-PE-A por infracción a la Ley Forestal contra Ana Bermúdez Pérez en daño de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 17 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Ruiz Chavarría, Juez.—(95483).

A las diez horas del veintisiete de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de cincuenta y ocho mil dólares, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número F000143-000. Que es terreno: unidad Z-16 montaña, potrero y pinos. Sitio: distrito 06 Rancho Redondo, cantón 08 Goicoechea de la provincia de San José. Linderos: norte, Unidad Z-15 y calle; sur, calle pública; este, calle y unidad Z-18, y al oeste, Unidad Z-14. Mide: dos mil seiscientos cuarenta y seis metros con veintinueve decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-000946-0184-CI de Banco Interfin S. A. contra Eugenio Millot Lasala.—Juzgado Quinto Civil de San José, Primer Circuito Judicial, 5 de octubre del 2007.—Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—(95486).

A las nueve horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de diez mil doscientos quince dólares americanos con sesenta centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número CL 199427, con las siguientes características: automóvil marca Mitsubichi, estilo L200 GLS TDI, año 2005, color negro, combustible diesel, capacidad 5 personas, motor número 4D56BS0310. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001580-0183-CI de Banco Interfin S. A. contra Condominios Nery Cuatro Weiss S.A., y otro.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Luís Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(95487).

A las catorce horas cuarenta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando colisión según sumaria Nº 03-600345-445-TC del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito y con la base de seis mil ciento ochenta y nueve dólares con setenta y tres centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas CL 191596, chasis Jaatfs cinco cuatro H tres siete uno cero cero tres ocho dos, motor nueve uno cinco nueve cinco cuatro, marca Isuzu, estilo KB TD Basi, año 2003, combustible diesel, color azul, tracción 4x4, capacidad tres personas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Interfin S. A. contra Carlos Enrique Calvo Quesada y GPS Consultores de Centroamérica S. A. representada por Carlos E. Calvo Quesada. Expediente 07-000939-182-CI (2).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Jiménez Ramírez, Jueza.—(95488).

A las nueve horas del veintisiete de noviembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de tres mil ochocientos sesenta y tres dólares americanos con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa Nº 510156, con las siguientes características: automóvil marca Mitsubishi, estilo Galant Sup, año 2003, color beige, combustible gasolina, capacidad 5 personas, motor Nº 4G63HG3693. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario N° 07-001677-0183-CI de Banco Interfín S. A. contra Litografía e Imprenta Tecnicolor Limitada y otro.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(95490).

A las ocho horas treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Daihatsu, modelo M101LS, estilo Sirión, año 2001, 04 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1300 centímetros cúbicos, chasis número JDAM111S000501254, motor K30663766, color blanco, capacidad 5 pasajeros, placas Nº 420000. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 07-000549-0180-CI-8 de Instacredit S. A. contra Carlos Luis Quirós Delgado.—Juzgado Primero Civil de San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(95553).

A las ocho horas treinta minutos del día nueve de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Talamanca, con la base de doscientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco colones con treinta céntimos (¢.258.885,30), al mejor postor remataré: 1).sesenta y cuatro (64) piezas de madera de la especie pilón, con un volumen de dos punto ochenta y tres metros cúbicos (2,83 ) con un valor de doscientos veintidós mil seiscientos ochenta y ocho colones con sesenta céntimos (¢.222.688,60); 2).veintiséis (26) piezas de madera de la especie yema de huevo, con un volumen de cero punto cuarenta y seis metros cúbicos (0,46.) con un valor de treinta y seis mil ciento noventa y seis colones con setenta céntimos (¢.36.196,70), para un total de doscientos cincuenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco colones con treinta céntimos (¢.258.885,30). Se desconoce el estado de la madera, la misma se encuentra en depósito judicial en Lilán, Bordón de Cahuita, Talamanca, 100 metros sur y 200 oeste de las antenas, bajo custodia del señor Jorge Enrique Alvarado Obando. Se remata por estar ordenado así en la causa 07-000891-0597-PE que se instruye por el delito de infracción a la Ley Forestal, contra Alvarado Obando Jorge Enrique, en perjuicio de la Ley Forestal.—Juzgado Penal de Talamanca, 16 de octubre de 2007.—Lic. José Luis Rodríguez Vargas, Juez.—(96141).

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta principal de Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, con base en la suma de ciento sesenta y tres mil trescientos setenta colones exactos (163.370,00), consiste en la cantidad de 09 troza de la especie Cenízaro la cual consiste en 1922 pulgadas. Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las nueve horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete, dentro de la causa penal número 07-201143-0457-PE-C, por infracción a la Ley Forestal contra Yohanny López Jiménez en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 19 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Ruiz Chavarría, Juez.—(96142).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Maurilia Sánchez Sánchez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veinticinco de marzo del año dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 00-000610-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(95062).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Carmen Carmona Rojas, quien fuera mayor, cédula número 4-050-593, casada una vez, oficios del hogar, vecina de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José y de Teodosio Flores Ureña, quien fuera mayor, oficinista, casado una vez, cédula número 1-122-576, vecino del mismo lugar de la arriba citada, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil siete, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número 88-100544-188-CI (544-88-R-4).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Pérez Zeledón, 4 de octubre del 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 52870.—(95317).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rafael Sanabria Solano, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil siete, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 00-102480-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 52685.—(95318).

Títulos Supletorios

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Virginia Godínez Jiménez, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Lagunas de Barú, cédula uno-trescientos cincuenta y cinco-seiscientos cuarenta y siete, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de breñón y montaña. Sito en distrito de Savegre, cantón sexto de Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Johnny Agüero Barrantes; al sur, con Juan Carlos Céspedes Chinchilla; al este, con Rancho La Montaña en Las Nubes S. A., y al oeste, con Fernando Gamboa Fonseca. Mide: dieciocho hectáreas con seis mil setenta y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-ochocientos doce mil cuatrocientos cincuenta y uno-dos mil dos. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de cien mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 06-160013-188 AG-1 de Virginia Godínez Jiménez.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—1 vez.—Nº 52317.—(94634).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-002562-0504-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mauricio Esquivel Espinoza, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de El Bajito de San José de la Montaña de Barva de Heredia, de la pulpería El Bajilto, 300 metros sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 4-078-278, profesión ebanista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno con una casa de habitación y patio. Situada en el distrito sexto, cantón segundo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Héctor Rodríguez Arrieta y Patricia Rodríguez Arrieta; al sur, Jorge Villegas Guevara; al este, Jorge Villegas Guevara, y al oeste, con calle pública con un frente de 20 metros 27 centímetros. Mide: seiscientos veintidós metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su anterior poseedora doña Odili Esquivel Espinoza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en conservar el terreno y la vivienda en donde viven las hermanas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mauricio Esquivel Espinoza. Expediente Nº 06-002562-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 52334.—(94635).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000516-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Nuria Isabel Duarte Álvarez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Santa Cruz, Marbella, de la central del ICE cincuenta metros al sur y cincuenta al este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-dos seis cuatro-ocho siete uno, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito primero, Santa Cruz, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ramona Duarte Álvarez; al sur, Douglas Ariel Duarte Álvarez; al este, Jorge Chavarría Rojas, y al oeste, calle pública con veintiséis metros y veintiséis centímetros lineales. Mide: cuatro mil doscientos cincuenta y cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble en forma originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercos, chapea, rondas y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nuria Isabel Duarte Álvarez. Expediente Nº 06-000516-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 13 de setiembre del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 52492.—(94636).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-003003-0504-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rigoberto Cartín Rodríguez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe numero 2-160-478, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para uso industrial. Situada en el distrito sexto Santa Rosa, cantón tercero Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rigoberto Cartín Rodríguez (promovente); al sur, calle pública; al este, Rigoberto Cartín Rodríguez (promovente), y al oeste, Inverfam S. A. Mide: 726,48 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir sí pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble en 1970, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar la propiedad, cercarla y darle mantenimiento necesario, sembrarla de café y construir un galerón utilizado como taller mecánico de carros. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rigoberto Cartín Rodríguez. Expediente Nº 06-003003-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 52584.—(94637).

Famimumo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-363399, representada por el señor Fernando Muñoz Mora, mayor, presbítero, soltero, cédula número 1-490-510, establece actividad judicial no contenciosa de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno con una construcción, torres de radiodifusión, solar y tacotal. Linda: norte, Instituto Costarricense de Electricidad; sur, el estado, (refugio de vida silvestre Golfito); este, calle pública con un frente de 38,93 metros, y al oeste, Instituto Costarricense de Electricidad. Mide: quinientos cuarenta y seis metros cuadrados según plano Número seis-uno cero cinco dos cero dos nueve-dos mil seis. Adquirió el inmueble del señor Marco Antonio Muñoz Castro, mediante escritura del 1º de setiembre del 2004, acumulando entre esta posesión y la del señor Muñoz más de 32 años, ha ejercido posesión durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y a título de dueño, estima la finca en la suma de cincuenta mil colones. Con un plazo de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente Nº 07-100050-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito, Puntarenas, 1º de octubre del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 52604.—(94638).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000048-0391-AG-2 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Domingo Medina Medina, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Copal de Nicoya, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-145-1142, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito cuarto cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Catarino Medina; al sur, y oeste, servidumbre agrícola, y al este, Domingo Medina. Mide: una hectárea 3 276 metros con 47 decímetros cuadrados. Indica el promovente que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su padre Catarino Medina Reyes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapias, cercado rondas, sembrado, alambrado, agricultura, árboles frutales, siembra de pasto y ganadería. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Domingo Medina Medina. Expediente Nº 06-000048-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 21 de setiembre del 2007.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 52608.—(94639).

Regina Cordero Canedo, promueve las diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que está situada en el distrito segundo (Savegre) del cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas, específicamente en Savegre de Aguirre, que colinda: al norte, con Hans Schneider; al sur, con servidumbre pública de siete metros lineales a calle pública; al este, con Hans Schneider, y al oeste, con Carlos Donay Torres y Aurelio Chinchilla Picado, el terreno tiene una medida de seis hectáreas tres mil catorce metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. El inmueble no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de dos millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 07-1001200-425-1-C.I. Nº C:212-2007 de información posesoria de Regina Cordero Canedo.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Irving Vargas Rodríguez, Juez.—1 vez.—Nº 52612.—(94640).

Glenda Delgado Ugalde, mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad Nº 6-307-483, vecina de Matapalo de Quepos, Aguirre, Puntarenas, promueve las diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que está situada en el distrito segundo (Savegre) del cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas, que colinda: al norte, con María Vanessa Barrantes Conejo; al sur, con Rafael Jiménez Mendoza; al este, con calle pública con veintiocho metros con veintitrés centímetros lineales, y al oeste, con Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Matapalo, el terreno tiene una medida de quinientos sesenta metros con nueve decímetros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes, cargas reales, no existen condueños y se estimó en la suma de dos millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo apercibimientos legales en caso de omisión. Asunto: información posesoria. Expediente Nº 07-100201-642-4-CI.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 52613.—(94641).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000064-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Sergio González Ramírez quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cedral de Montes de Oro, 600 al norte de la plaza de deportes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-101-504, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito octavo Ángeles, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Frank Ulloa Chaverri, y quebrada Dolores; al sur, Frank Ulloa Chaverri, Ricardo Rodríguez Gatjens, Emilce Quesada Rodríguez; al este, Reserva Biológica Alberto Manuel Brenes, y al oeste, Mario Miranda Miranda, y calle pública con un frente de cincuenta y ocho metros con cuarenta centímetros lineales. El terreno a titular mide ciento veintitrés hectáreas con cuatro mil quinientos veinte metros con dieciséis decímetros cuadrados. Datos obtenidos del plano número 2-1101987-2006. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Sergio González Ramírez. Expediente Nº 07-000064-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del 2007.—Lic. Roxana Hernández A., Jueza.—1 vez.—Nº 52631.—(94642).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000038-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marco Tulio Salas Rojas quien es mayor, soltero agricultor, vecino de Santiago de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-155-343, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de café con una casa de habitación. Situada en el distrito segundo Santiago, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Luis Quirós Gamboa, Marcial Quirós Gamboa, y Marco Tulio Salas Rojas; al sur, Francisco Salas Rojas; al este, calle pública con un frente de veintiocho metros con noventa y seis centímetros lineales, y al oeste, Compañía Comercial Río Negrina de San Pedro S. A. El terreno a titular mide dieciséis mil quinientos sesenta y nueve metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Datos obtenidos del plano A-812375-2002 del 28 de agosto del 2002. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marco Tulio Salas Rojas. Expediente Nº 07-000038-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de mayo del 2007.—Lic. Roxana Hernández A., Jueza.—1 vez.—Nº 52665.—(95327).

Juana González García quien es mayor, soltera, cédula de identidad número cero dos cinco RE cero cero cero cero cinco seis-cero cero uno nueve nueve nueve, solicita que se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por venta que le hiciere el señor Luis Gerardo Leitón Castro, quien es mayor, casado una vez, albañil, cédula de identidad número cinco-doscientos dieciséis-trescientos seis vecino de San Gerardo de la Tigra de San Carlos, por medio, en fecha 21 de agosto del dos mil seis. Dicho inmueble se describe así: terreno para construir, sito en Calle San Gerardo diagonal a la empacadora Azaría María, distrito cero ocho, cantón diez, San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Luis Gerardo Leitón Castro; este, calle pública con un frente a ella de diecinueve metros lineales, y al oeste, Ada Benilda Fernández Blanco y Geovanny Guevara Fernández; sur, Santiago María Duarte. Mide: quinientos veinticinco metros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños, y el inmueble fue estimado en cien mil colones y las diligencias estimados en la suma de cien mil colones. Se aportó el plano catastrado número A-1089827 de fecha 9 de agosto del año 2006. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de enero del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 52682.—(95328).

Santiago Marín Duarte, mayor, soltero en unión de hecho, vecino de La Tigra de San Carlos, calle a San Gerardo frente a la empacadora de Róger Villalobos de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia 025-RE-000357-00-1999, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por donación que le hiciere Jeovanny Gerardo Guevara Fernández, mayor, soltero, agricultor, vecino de Calle San Gerardo de la Tigra de San Carlos, cédula de identidad 2-524-226, con quien no le liga en parentesco. Dicho inmueble se describe así: terreno con una casa de habitación, sito en La Tigra de San Carlos; distrito ocho del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Jorge Luis Leitón Castro; sur, Ada Benilda Fernández Blanco y Geovanny Gerardo Guevara Fernández; este, calle pública con un frente a ella de nueve metros con setenta y nueve centímetros lineales, y al oeste, Juan Morales Cantillano. Mide: ciento treinta y cinco metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, dicho inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños. Fue estimado en la suma de cincuenta mil colones, y las presentes diligencias en la suma de cien mil colones. Se aportó el plano catastrado número A-183655-2002 de fecha 22 de abril del 2002. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Santiago Marín Duarte. Expediente Nº 06-100297-0297-CI (2ª).—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de agosto del 2006.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 52683.—(95329).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000135-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Luis Centeno Peraza quien es mayor, estado civil divorciado por primera vez, vecino de Los Ranchos, San Francisco de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero ciento treinta y tres-cero trescientos sesenta y nueve (5-0133-0369), profesión profesor pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito tercero, Veintisiete de Abril, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, este y oeste, con María Benita Contreras Contreras; al sur, calle pública con un frente a ella de diez punto cero ocho metros lineales. Mide: trescientos un metros con setenta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seiscientos mil quinientos colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera la cuñada, señora María Benita Contreras Contreras, mayor de edad, casada por primera vez, ama de casa, vecina de Los Ranchos en San Francisco de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero ciento nueve-cero novecientos sesenta y seis, a partir del año mil novecientos noventa y cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercado, siembra de árboles frutales y cuido en general de la misma. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Luis Centeno Peraza. Expediente Nº 07-000135-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 11 de setiembre del 2007.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—Nº 52811.—(95330).

Martín Guillén Dávila, mayor, soltero, en unión de hecho, chofer, cédula 2-445-190, vecino de San Rafael de Guatuso, del Banco Nacional 250 metros al este, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que realizara a Apolinar Vega Cruz, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula 5-138-1408, vecino de San Rafael de Guatuso, sector El Sol, el día 4 de febrero del 2007, con quien no le liga parentesco alguno. Dicho terreno se describe así: Terreno de zona verde con una casa. Sito: en El Edén, distrito primero, San Rafael, del cantón quince, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con calle pública con un frente de veintinueve metros con ochenta y dos centímetros lineales; al sur, José Antonio Segura Chaves; al este, Apolinar Vega Cruz, y al oeste, Cristian Alfaro Castro. Mide: mil ciento setenta y nueve metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-428530-97 de fecha 27 de agosto de 1997. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de ochocientos mil colones al igual que las presentes diligencias, a todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 07-100530-0297-CI (5). Información posesoria. Promueve: Martín Guillén Dávila.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 octubre del 2007.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 52812.—(95331).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 02-000092-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María de los Ángeles Araya Castillo quien es mayor, estado civil casada, vecina de Cervantes de Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 03-0098-0288, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cervantes, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Luis Araya Aguilar, Sergio Quirós Zamora; al sur, calle pública con un frente a ella de 15 m 98 cm lineales; al este, María Adela Solano Zúñiga, y al oeste, con la Caja Costarricense de Seguro Social. Mide: quinientos setenta metros con diez decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble en forma verbal de su padre hace más de veinticinco años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpio y cercado el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María de los Ángeles Araya Castillo. Expediente Nº 02-000092-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de mayo del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 52819.—(95332).

Asdrúbal Méndez Salazar, mayor, soltero, empresario, cédula número dos-ciento noventa y tres-seiscientos cuarenta y ocho, vecino de urbanización La Unión, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, seiscientos metros al sur de la terminal de buses, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de montaña, sito en La Abundancia de Quesada, distrito primero de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, en parte, Xenia María Miranda Camacho y Río Peje; al sur, Hacienda Campo Real Limitada; al este, en parte Río Peje y Hacienda Campo Real Limitada, y al oeste, en parte Xenia María Miranda Camacho, y Río Peje en medio Asdrúbal Méndez Salazar. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1136196-2007 de fecha siete de febrero del dos mil siete, una superficie de dieciséis hectáreas dos mil seiscientos treinta metros diecisiete decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante por compra que hiciera a la señora Betty Vargas Alfaro, mayor, casada una vez, cédula número dos-ciento sesenta y nueve-trescientos cincuenta y dos, vecina de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, trescientos metros al sur del Complejo Marcaná, con quien no le liga parentesco, en fecha catorce de mayo de mil novecientos noventa y seis, ejerciendo desde entonces posesión sobre dicho fundo en forma quieta, pacifica, pública e ininterrumpida a título de dueño por más de diez años. El fundo fue estimado en la suma de dos millones quinientos mil colones y en igual suma fueron estimadas las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto. Se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 07-000090-0298 AG, promovida por Asdrúbal Méndez Salazar.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 5 de octubre del 2007.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 52828.—(95333).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 03-000423-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Vera Milena López Duarte quien es mayor, estado civil soltera en unión de hecho, estudiante, vecina de Lomas de Matapalo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-ochocientos setenta y uno-quinientos sesenta y siete, profesión estudiante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito octavo, Cabo Velas, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Victoria Duarte López; al sur, Mauricio López Duarte; al este, calle pública de catorce metros con un frente a ella de diecinueve metros, y al oeste, Vera Milena López Duarte y servidumbre de paso de seis metros de ancho con un frente a ella de diecisiete metros veintidós centímetros lineales, de por medio Alcida López Rosales. Mide: dos mil novecientos diez metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación verbal de su abuelo Serafín López Leal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas, cambio de posteria, sembrando árboles, chapeado y limpieza, cuido de jardín. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Vera Milena López Duarte. Expediente Nº 03-000423-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 25 de julio del 2007.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 52844.—(95334).

Guillermo Campos Marín, mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de la Marina de Guápiles, contiguo a la pulpería El Gato cédula de identidad 1-0197-0305, promueven diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que es terreno con una casa y frutales, situada en Guápiles, distrito primero, del cantón segundo, de la provincia Limón, que colinda: al norte, Eliette Ramírez Umaña; sur, Manuel Mora Méndez; este, Oldemar Jiménez Fallas, y al oeste, servidumbre con un frente a ella de ciento dieciocho punto treinta y cuatro metros de ancho de cuatro metros cincuenta centímetros y setenta y tres metros de longitud hacia la calle. Mide: cuatro mil seiscientos cuarenta y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadraos. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimo en la suma de quinientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 07-000125-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 52850.—(95335).

Omar Avendaño Chacón, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de la Flor de Tres Equis de Turrialba, cédula tres-doscientos cuarenta y uno-setecientos sesenta y uno. Promueve diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre el inmueble que se describe así: terreno de café. Ubicado en La Flor, distrito décimo Tres Equis, cantón quinto Turrialba de la provincia de Cartago. Mide: nueve mil ochocientos siete metros cuadrados, según plano catastrado número C-741.093-2001. Linda: al norte, con Finca La Flor S. A.; al sur, con Ramón Ramírez Ramírez; al este, con Álvaro Castro Quesada, y al oeste, con servidumbre en medio de Rigoberto Soto Sánchez, Rigoberto Ramírez Castillo y Álvaro Cordero Ramírez. Inmueble fue estimado en la suma de un millón de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 07-160017-341-AG-34-R.—Juzgado Agrario de Turrialba, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 52876.—(95336).

Emel Castillo Obando, mayor, costarricense, divorciado dos veces, albañil, vecino de kilómetro veintinueve, 50 metros al oeste de la casetilla de la parada de bus, Río Claro Golfito, Puntarenas, portador de la cédula de identidad número cinco-doscientos treinta y seis-setecientos setenta. Establece actividad judicial no contenciosa de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de patio con una casa de habitación, situada en kilómetro veintinueve, Río Claro, distrito tercero, cantón sétimo de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Eduardo Castillo Caravaca; sur, Benedicta Obando Obanco; este, calle pública con un frente a ella de trece punto catorce metros, y al oeste, vía férrea con un frente a ella de trece punto trece metros. Mide: cuatrocientos seis punto quince metros cuadrados, según plano catastrado número P-535456-1999. Lo adquirió por cesión de derechos por parte de Eduardo Castillo Caravaca, quien también le traspaso la posesión que tenia y la misma lo ha poseído desde hace más de diez años incluyendo la posesión de los anteriores dueños, que ha ejercido durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y a titulo de dueña, estima la finca en la suma de ochocientos mil colones Con un plazo de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente Nº 06-100029-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito, Puntarenas, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—Nº 52879.—(95337).

Rogelio Blanco Araya, mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula número 2-214-439, vecino de Zarcero, doscientos metros al norte del cementerio, establece diligencias de información posesoria de la finca que se describe así: casa de habitación, sito en Zarcero, distrito primero del cantón once de Alfaro Ruiz de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Mayra Castro Sandí; sur, en parte Sol Blanco S. A. y Carlos Solís Blanco; este, Sol Blanco S. A., y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa y cuatro metros con ochenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado A-un millón ciento diecisiete mil ochocientos noventa y cinco-dos mil seis, y se estimó el bien en la suma de un millón de colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 07-100468-0295-CI, promovidas por Rogelio Blanco Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 4 de octubre de 2007.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 52881.—(95338).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Arturo Beita Gómez, quien fue mayor, casado una vez, agente de seguridad, vecino de Los Guido, en San Miguel de Desamparados, barrio Balcón Verde, casa J-21, cédula número nueve-cero cuarenta y seis-ochocientos veintiocho, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta notaría es Bufete de la Licenciada Irene Aguilar Monge, sita en San Sebastián, San José, cincuenta metros al sur del Banco de Costa Rica.—San José, nueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(92936).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Wilber Sandí Hernández, quien fue mayor, soltero, médico, vecino de Puntarenas centro, diagonal al CUP, cédula número seis-ciento ocho-setecientos cuarenta y nueve, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta notaría es Bufete de la Licenciada Irene Aguilar Monge, sita en San Sebastián, San José, cien metros al sur del Banco de Costa Rica.—San José, diez de octubre del dos mil siete.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—(92958).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría por Rodrigo Humberto Arias Solano, Juan Pablo Arias Cartín y Tatiana Auxiliadora Arias Cartín, a las diecisiete horas del día doce de octubre del dos mil siete y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fue María del Carmen Cartín Coto, mayor, casada una vez, maestra, pensionada, cédula tres- ciento cincuenta y tres -quinientos tres, vecina de Cartago, quien falleciera el día veinticuatro de mayo del dos mil siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. La dirección es Bufete Sáenz, Araya & Vega, Cartago, calle diez, avenidas cuatro y seis. Teléfono 591-0444.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—Nº 51898.—(93672).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eddy Andrés Madrigal Marín, mayor, soltero, comerciante, cédula Nº 1-675-449, vecino de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número 07-001087-0220-CI (70-2007) de Eddy Andrés Madrigal Marín.—Juzgado Contravencional de Escazú, 5 de octubre del 2007.—Lic. María Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(94692).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó María Eugenia Cordero Quesada, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Alajuela, de la farmacia del Este, cien metros al este, cien metros al norte y doscientos metros al este, con cédula de identidad número dos-cero dos siete cinco-uno tres cuatro ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria pública Flory Yali de La Peña Rojas, Alajuela, del Banco Popular cien metros al sur y veinticinco metros al este. Expediente Nº 02-2007.—Lic. Flory Yali de La Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(94734).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Gerardo Guevara Barrantes, quien fuera mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de Curridabat, cédula de identidad Nº 6-0100-1065. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000980-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 52651.—(95339).

Se cita y emplaza a los interesados, herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Gilda Ofelia Aguilar Poveda conocida como María del Carmen Aguilar Poveda, mayor, soltera, ama de casa, vecina de barrio Cuba, portadora de la cédula de identidad uno-cero uno dos cuatro-cero cero dos nueve, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante mi notaría ubicada en San José, avenida 10, calles 13-15, edificio 1309, sea doscientos metros al este de Acueductos y Alcantarillados, a hacer valer sus derechos. La misma se tramita bajo el expediente notarial número 01-2007.—17 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 52652.—(95340).

Ante la notaría de la notaria Cynthia Small Francis, se ha presentado el señor Hernán Palacios Rojas, mayor, soltero, cédula 4-0087-0167, policía, vecino de Corales Uno de Limón, a solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Julieta Jiménez Quesada, quien fuera, mayor, divorciada en unión libre, de oficios del hogar, con cédula de identidad número siete-cero cero treinta y uno-cero trescientos noventa y ocho, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen esta notaría los herederos e interesados en dicho sucesorio, para hacer valer sus derechos, sito al costado este de la catedral de Limón en el distrito primero de Limón.—Lic. Cynthia Small Francis, Notaria.—1 vez.—Nº 52661.—(95341).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 894 del Código Procesal Civil, se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados de la sucesión de quien en vida se llamó María Elisa Fajardo Fajardo, quien fue mayor, casada una vez, del hogar, cédula 5-185-425, vecina de Sardinal 100 este y 125 norte de la GAR; para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a este despacho judicial a hacer valer sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en dicho plazo, la misma pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de María Elisa Fajardo Fajardo. Expediente Nº 07-000512-388-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, Guanacaste, a las dieciséis horas del diez de octubre de dos mil siete.—Lic. Corina Marchena Fennell, Juez.—1 vez.—Nº 52664.—(95342).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Ezequiel Ulate Campos, quien fue mayor, casado de una vez, vecino de Tibás, contador, con cédula de identidad número cuatro-cero cuarenta y cinco-ochocientos cincuenta y dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000075-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de febrero del año 2007.—Lic. Lucrecia Borja Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 6665.—(96201).

Avisos

tercerA PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad José Luis Castro Vidal, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 07- 00176-036-FA. Clase de Asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 19 de setiembre del año 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 0759-PANI).—C-2930.—(94046).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor (incapaz) Emily Joann Griffin Venegas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Expediente Nº 07 001745-0364-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 8 de octubre del año 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 0759 PANI).—C-2930.—(94047).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Didier José y Hellen Patricia ambos de apellidos Altamirano Ugalde, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 07-001581-0364-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 13 de setiembre del año 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 0759 PANI).—C-2930.—(94048).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Brandon Corrales Alfaro, Steven Alfaro Miranda, Kevin Vive Alfaro, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 07-001800-0364-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 20 de setiembre del año 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 0759 PANI).—C-2930.—(94049).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el Depósito Judicial de los menores Manfred Castro Sánchez y Francis Johana Castro Cerdas, expediente número 06-400198-424-FA-2 (200-06 2) promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán partir de la ultima publicación del edicto ordenado.—Juzgado Civil y Trabajo de Corredores, Cuidad Neily, 11 de abril del 2007.—(Solicitud Nº 0759 PANI).—C-2930.—(94050).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

A quien interese, se hace saber que en este Juzgado se están tramitando proceso de adopción conjunta, del menor José Mariano Castro Gamboa, hija de José Marcos Castro Montoya y Jessica Gamboa Segura, de conformidad con lo dispuesto por el Código de Familia, quienes tengan objeción que hacer a la adopción, deberán formularla dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 07-400154-687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 5 de octubre del 2007.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(94000).

Se avisa a Víctor Hugo Benavides Torres, mayor, casado, cédula de identidad número uno-cinco tres nueve-uno uno cinco, domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita proceso abreviado de divorcio establecido en su contra por María Elena Campos Sánchez, para que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial. Dentro de dicho proceso se dictó el auto que en lo conducente dice: Juzgado Primero de Familia, San José, a las trece horas del veinte de setiembre del dos mil siete. Notifíquesele esta resolución al señor Víctor Hugo Benavides Torres, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional.—Juzgado Primero de Familia, San José, 20 de setiembre del 2007.—Licda. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(94540).

Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Laura Cristina Pérez Soto, mayor, soltera, cédula N° 1-1033-927, que en este Despacho se interpuso un proceso Declaratoria Paternidad en su contra, bajo el expediente número 07-001029-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado de Familia de Heredia, a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil siete. La declaratoria de paternidad se tramita bajo las reglas dispuestas en el numeral 98 bis del Código de Familia, como un proceso especial de filiación, mientras que la modificación de guarda, crianza y educación, que son atributos de la autoridad parental, se debe ocurrir a la vía abreviada, según lo dispone el artículo 420, inciso 4) del Código Procesal Civil, mientras que el ordinario 125 del mismo cuerpo de leyes dispone que la acumulación de procesos es procedente cuando exista identidad de elementos, y como podemos ver, entre un proceso de filiación y un abreviado, el objeto y la causa son distintos, además, se requiere que la tramitación sean común, lo que no ocurre en estos casos, es por ello que se rechaza lo correspondiente a la modificación de los atributos de la autoridad parental, para que en su etapa pertinente y de resultar este proceso con una sentencia estimatoria, formule la correspondiente demanda abreviada si lo estima necesario, continuando con el trámite de este asunto como un proceso especial de filiación, únicamente. Se le previene a la parte actora que debe aportar la respectiva traducción al español de todos los documentos que aporta y que se encuentran en idioma extranjero, según lo regula el artículo 133 ídem, documentos que deberán constar en el expediente antes de señalar para la respectiva audiencia oral y privada. Así las cosas, se tiene por establecido por parte de Gustavo Chaves Araya el presente proceso de Declaratoria de Paternidad en contra de Laura Cristina Pérez Soto, a quien se le confiere traslado por el plazo de diez días, para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Solicítese a la Sección de Bioquímica del Organismo de Investigación Judicial, la cita correspondiente para el examen de A.D.N. a la actora y al demandado se les hace saber, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un lugar o medio donde escuchar notificaciones. Notifíquese esta resolución, al demandado, personalmente o en su casa de habitación. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Por su parte, se rechazan las medidas cautelares solicitadas, toda vez que otorgarle al señor Gustavo Chaves Araya la custodia provisional del niño Franco Pérez resulta improcedente, ya que no le une filiación legal con dicho menor por el momento, sin perjuicio de lo que resuelvan las partes o la abuela materna en forma extrajudicial, y en ese mismo sentido va el impedimento de salida del país, ya que a lo sumo, lo que corresponde es acudir a lo dispuesto en la Ley número 7746, Aprobación de la Adhesión al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, ante el Juzgado de Niñez y Adolescencia, en caso que el menor sea sacado del país con fines irregulares. Se ordena expedir mandamiento dirigido a la embajada de los Estados Unidos de Norteamérica, a efectos de que procedan a certificar el nacimiento del menor en cuestión. Notifíquese. Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso Declaratoria Paternidad de Gustavo Chaves Araya contra Laura Cristina Pérez Soto; Expediente Nº 07-001029-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de agosto del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 52342.—(94664).

José Joaquín Murillo Montero,  Notificador del Juzgado de Familia de Grecia, a la señora Diana Carolina Medina Velásquez: que en Proceso de Declaratoria Judicial de Abandono Nº 06-400219-687-FA, establecido por Zaida Obando Barahona y Ronald Bustos Bustos contra Diana Carolina Medina Velásquez, se encuentra la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Grecia. Alajuela, a las nueve horas del día dieciocho de setiembre de dos mil siete. Proceso Sumario Especial de Declaración de Abandono de la persona menor de edad Allan Samuel Bustos Medina, establecido por la señora Zaida Obando Barahona, mayor, casada, oficios del hogar, cédula de identidad número 6-252-113, en contra de la joven Diana Carolina Medina Velásquez, soltera, oficios domésticos, ciudadana hondureña con pasaporte de su país natal número B175361, de domicilio actualmente desconocido. Figuró como Curador Procesal de la accionada el licenciado Fabio Enrique Delgado Hernández, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula 2-356-483. Se han tenido como partes al padre del niño interesado, señor Ronald Bustos Bustos, mayor, casado, monta carguista, vecino de Grecia, cédula 5-316-703; al igual que a la representación local del Patronato Nacional de la Infancia y a la Procuraduría General de la República. Resultando: I.—Hechos probados..., 1º—..., 2º—..., 3º—...; Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo del asunto..., IV.—Acerca del presente asunto..., V.—Corolario y disposición..., Por tanto: Se acoge con lugar en todos sus extremos la demanda promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, por lo que se declara en estado de abandono al niño Allan Samuel Bustos Medina de parte de su madre la joven Diana Carolina Medina Velásquez. Lo anterior con efectos extintivos de la Autoridad Parental de la accionada con respecto a su menor hijo, pronunciamiento que además se emite con fines adoptivos de la citada persona menor de edad. Asimismo, se ordena el depósito del niño Allan Samuel a cargo de su actual guardadora la accionante Zaida Obando Rarahona, quien deberá aceptar y jurar el cargo ante este Despacho dentro tercero día. Comuníquese lo aquí resuelto a la demandada Diana Carolina Medina Velásquez mediante un extracto de esta sentencia que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Por la naturaleza de las pretensiones, se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Comuníquese. Se ordena la publicación del edicto respectivo. Publíquese. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 52388.—(94665).

Se avisa a Evgueni Tretenko, mayor, casado, de nacionalidad rusa, pasaporte número cuatro tres seis uno dos siete cinco cuatro nueve, domicilio y demás calidades desconocidas, que dentro del proceso Abreviado de Suspensión Patria Potestad que se tramita en su contra en este Juzgado por Natalia Netchaev Netchaeva, se dictó la Sentencia No. 1264-07 de las once horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil siete, cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: Se acoge la demanda y se suspende al padre en forma indefinida del ejercicio de la patria potestad. Ambas costas son a cargo de la parte demandada. Firme inscríbase en el Registro Civil, Sección de Nacimientos respectivo.—Juzgado Primero de Familia, San José, 16 de octubre del 2007.—E. Camacho V., Jueza.—1 vez.—Nº 52402.—(94666).

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Sonia Lores Leal contra Estilita Ledezma Chávez, I.N.A. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: a) Con lugar todos los extremos de la demanda, b) Que comprobándose que la suscrita cumplió con todos los requisitos para la aprobación del curso, se le dé el certificado correspondiente, c) Que se le indemnice por los daños y perjuicios que le ocasionó la parte demandada. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente N° 06-100430-0642-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 6 de agosto del año 2007.—Laura Araya Rojas, Jueza.—1 vez.—Nº 52478.—(94667).

Se convoca a todos los interesados en las diligencias de cambio de nombre promovidas por la señora Ana Lucía Morales Díaz en su condición de madre de la menor Jacbleydi Kristal Alfaro Morales, quien es menor de edad, nacida el diez de marzo del año dos mil, para cambiarle el nombre a Hazbleidy Kristal Alfaro Morales, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen en defensa de sus derechos, los que deben hacer mediante escrito, en el cual expondrán los motivos de su inconformidad e indicarán las pruebas en que fundamenten su oposición. Exp. Nº 06-100700-0188 CI (Interno 733-06 M1).—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 52510.—(94668).

Lic. Carlos E. Valverde Granados Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Erfan cc Efran Arrieta Alfaro, que en este Despacho se interpuso un proceso Ejecución de Sentencia en su contra, bajo el expediente número 02-001394-0364-FA-4 donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De al anterior Proceso de Ejecución de Sentencia, que promueve Amalia Arroyo Chaves contra Erfan Arrieta Alfaro, se le confiere audiencia a la parte accionada por el plazo de diez días para que conteste. Se hace ver a la parte ejecutada, que en el primer escrito que presente deberá indicar el medio y lugar para oír notificaciones, bajo apercibimiento de que sino lo hiciere quedará notificada de las resoluciones posteriores con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, incierto o inexistente. Notifíquese esta resolución en forma personal o en su casa de habitación al ejecutado: Erfan Arrieta Alfaro. Previo a expedir la comisión aporte la señora Arroyo Chaves la dirección donde puede ser habido el señor Erfan Arrieta Alfaro, para lo cual cuenta con el plazo de tres días, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se ordenará el archivo del mismo. Lo anterior se ordena así en proceso Ejecución de Sentencia de Amalia Arroyo Chávez contra Erfan cc Efran Arrieta Alfaro; Expediente N° 02-001394-0364-FA-4.—Juzgado de Familia de Heredia, 22 de febrero del año 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 52526.—(94669).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Eladio Marín Brenes, promovente Ana María Granados Robles. Expediente Nº 07-001492-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 52633.—(94670).

Se hace saber que en este despacho, se ha instaurado proceso abreviado de reconocimiento de unión de hecho, promovido por Gustavo Arana Loría, en contra de la sucesión de Ingrid Vanessa Meoño Araujo, representada por Marcela Gutiérrez Solera. Expediente número 07-001034-186 FA. A fin de que en sentencia se decrete la unión de hecho entre la parte actora y la causante Ingrid Vanessa Meoño Araujo. Cualquier persona que tenga interés en la presente, deberá de apersonarse ante este despacho con la intención de hacer valer sus derechos, lo anterior dentro del quinto día. Por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional.—Juzgado Primero de Familia de San José, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(94989).

A quien interese se hace saber que Allen Quirós Arias ha interpuesto en este Despacho proceso especial tributario contra El Estado. La actora impugna las resoluciones números AU-G-07-0001-06 de las quince horas y diez minutos del trece de marzo de dos mil seis y AU-G-07-0003-06 de las nueve horas cinco minutos del tres de mayo de dos mil seis, ambas dictadas por la Administración Tributaria de Limón, así como la resolución número 228-S-2007 de las nueve horas y treinta minutos del catorce de junio de dos mil siete, dictada por la Sala Segunda del Tribunal Fiscal Administrativo. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retracción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-000213-0161-CA.—Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Rosibel Jara Velásquez, Jueza.—1 vez.—(95021).

Se avisa que en este Despacho los señores Jaime Gerardo Camacho Soto y María Gabriela Montero Rodríguez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Graciela Bustos Lara. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 07-002004-0165-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 16 de octubre del 2007.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 52641.—(95363).

Se convoca por medio de este edicto a las personas quienes corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contando a partir de esta publicación. Proceso de insania de Heylin Gesenia Mora Hidalgo. Expediente número 07-000784-186-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—Nº 52716.—(95364).

Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez de Familia de Heredia, hace saber a la señora Dora María Figueroa Ochoa, que en el proceso de declaratoria judicial de abandono que se tramita en su contra, al ser las catorce horas con cuarenta minutos del veintidós de mayo del dos mil siete, se dictó la sentencia número 520-2007, cuya parte dispositiva indica lo siguiente: “Por tanto: se acoge la solicitud planteada por el señor José Luis Cabezas Ramírez y la señora Silvia Calderón Cabezas y se declara judicialmente en estado de abandono al menor Emanuel Figueroa Ochoa por parte de su progenitora, señora Dora María Figueroa Ochoa, a quien, además, se le retira los atributos de la patria potestad sobre su menor hijo. El citado menor se pone bajo custodia de los señores José Luis Cabezas Ramírez y Silvia María Calderón Segura, quienes deberán comparecer a este Despacho a aceptar el cargo. Una vez firme el fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de Alajuela, al tomo ochocientos setenta y seis, página cuatrocientos cincuenta y cuatro, asiento novecientos ocho. Notifíquese la sentencia a la demandada de domicilio desconocido mediante la publicación de la parte dispositiva en el Boletín Judicial o en un Diario de circulación nacional. Por vía de correo electrónico, remítase una copia de esta sentencia -en la que se suprimirá el nombre y datos de identificación del niño, de la madre biológica y de las personas interesadas en la adopción- a la doctora Alicia Bogarín Parra, jerarca de la Dirección Nacional de Notariado, con el ruego expreso de que, previo estudio del tema, valore la posibilidad de emitir una directriz o lineamiento que impida a los notarios evadir los controles establecidos por el Estado costarricense para los procesos de adopción, nacional e internacional.” Además se informa a la señora Figueroa Ochoa que el plazo para recurrir la sentencia comenzará a correr tres días después de esta publicación. Expediente 04-000883-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 24 de mayo del 2007.—1 vez.—Nº 52890.—(95365).

Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza de Familia San Carlos, hace saber al señor Ely Evelio Ramírez Castro que dentro del proceso de divorcio de Ana Ligia Arias Álvarez se ha dictado la sentencia Nº 610-07 FA. Que dice Juzgado de Familia y Penal Juvenil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las nueve horas quince minutos del diez de octubre del dos mil siete, que en la parte dispositiva literalmente dice en virtud de lo expuesto y normativa citada, se falla: 1- se declara con lugar la presente demanda y en consecuencia se decreta disuelto el vinculo matrimonial que une a Ely Evelio Ramírez Castro y Ana Ligia Arias Álvarez con base en la causal de separación de hecho por más de tres años. 1.- Gananciales: cada cónyuge conserva su derecho a participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro, lo cual se determinará en la etapa de ejecución de fallo a petición de la parte interesada. 2- Alimentos entre cónyuges: al no haberse demostrado la necesidad de las partes de recibir alimentos por parte del otro cónyuge, lo procedente es eximir a los cónyuges de la obligación reciproca de otorgar pensión alimentaria a favor del otro. 3- Sobre la custodia de los hijos menores; según se desprende de las constancias de folios 9 al 11, los hijos procreados dentro del matrimonio, son a la fecha mayores de edad, razón por la cual se omite pronunciamiento al respecto. 4- Sobre la inscripción: una vez firme la presente sentencia se ordena su inscripción en el Registro Civil, en la Sección de Matrimonios, de la provincia de Alajuela, al tomo ciento treinta y siete, folio cuatrocientos sesenta y nueve, asiento novecientos treinta y siete. 5- Sobre las costas: se resuelve sin especial condenatoria en costas, por no haberlo solicitado la parte actora. 6- Sobre la notificación: de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de la parte dispositiva, por una sola vez, en el Boletín Judicial, quedando el edicto respectivo en este Despacho a la orden de la parte actora. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—Nº 52930.—(95366).

Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza del Juzgado Civil de Cartago; hace saber a Quirós Ramírez Linnete Rocío, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecutivo hipotecario en su contra, bajo el expediente número 01-102449-0346-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cartago, a las catorce horas quince minutos del nueve de abril del año dos mil dos. Habiendo la parte actora cumplido con lo prevenido en autos dentro del plazo conferido, se resuelve: Hasta por la suma de seis millones setecientos cincuenta y siete mil cincuenta colones, se despacha ejecución contra Linnete Rocío Quirós Ramírez a quien se le concede el término de cinco días a fin de que conteste la demanda o muestre su conformidad con la misma. Por la expresada suma más el cincuenta por cientos de ley se le decreta embargo en bienes de la demandada el cual se hace recaer en lo que se indica, comuníquese, se le previene al demandado que en el acto de ser notificado separadamente por escrito debe señalar medio y lugar, este ultimo dentro del circuito judicial de este despacho, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que así no lo hiciere o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de puesta la constancia por medio del notificador del despacho (artículo 12 de la ley de Notificaciones, Citaciones y otras comunicaciones Judiciales 7637 del 21 de octubre de 1996.-*** Juzgado Civil de Cartago, a las once horas y siete minutos del diecisiete de septiembre del año dos mil siete. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador para que represente los intereses de la señora Linnete Rocío Quirós Ramírez y notificado el representante del Estado, se nombra como tal a  la licenciada Sinda Góchez Vargas; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio y lugar, éste último dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículo 6º y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis. La parte interesada puede localizarlo al teléfono 257-2800, 377-0624 y al fax 233-1987. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos de artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Se rechaza la liquidación de intereses formulada por la parte actora por cuanto resulta prematura. Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Quirós Ramírez Linnete Rocío. Expediente Nº 01-102449-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 52937.—(95367).

El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber a Gilberth Flores Martínez, mayor, costarricense, casado en primeras nupcias, titular de la cédula de identidad número uno-quinientos diecisiete-cuatrocientos diez, de oficio y paradero actual desconocido que, en este Despacho y con el expediente judicial número 06-000286-0187-FA se tramita y resolverá el proceso abreviado de divorcio incoado en su contra por su esposa María Eugenia Quesada Quirós donde mediante resolución de las trece horas cuarenta y cuatro minutos del veintiocho de setiembre del dos mil siete, se le confirió el plazo de diez días para que a través de su curadora procesal licenciada Libia Canales Castro. En caso que decida integrarse en el litigio deberá señalar lugar o medio para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San José. De no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por automáticamente notificadas.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Nº 52858.—(95368).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Iván Chacón Palma c.c. Ivar Chacón Palma, treinta años de edad, soltero, oficial de seguridad, costarricense, con cédula de identidad Nº 5-299-030, vecino de Higuerón de Canalete de Upala, 600 metros al este del Puesto de Salud, nativo de Tenorio de Cañas, Guanacaste, el día nueve de mayo de mil novecientos setenta y siete, hijo de José María Chacón Chaves y de Elbi María de Jesús Palma Espino, ambos de nacionalidad costarricenses, y Elizabeth García Mora, de veintinueve años de edad, divorciada, del hogar, costarricense, con cédula de identidad Nº 6-287-876, vecina de Higuerón de Canalete de Upala, 600 metros al este del Puesto de Salud, nativa de El Roble, Central, Puntarenas, el día veinte de enero de mil novecientos setenta y ocho, hija de Luis Ángel García Mora y de Evelia Ángela Mora Mora, ambos de nacionalidad costarricense. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para que este matrimonio se lleve a cabo, debe manifestarlo ante este despacho en el término de ocho días hábiles, después de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado Contraveencioal de M. Cuantía de Upala, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Gustavo Alvarado Sánchez, Juez.—1 vez.—(94408).

Han comparecido ante este despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Cristian Adolfo Aguilar Fernández, mayor, soltero, cédula de identidad número 03-0373-0944, vecino de Tejar del Guarco, 150 metros al norte de Bar Amigos, casa color rosado con verjas rojas a mano derecha, cajero, hijo de Miguel Aguilar y Mireya Fernández, nacido en Cartago, el 12/06/1981, con 26 años de edad, y Nidia María Sánchez Elizondo, mayor, soltera, operaría, cédula de identidad número 06-0328-0747, vecina de Quebradilla, Cartago, 150 metros oeste de la escuela del lugar, casa color verde con celeste número 10, hija de Bernardo Sánchez y María Elizondo, nacida en Puntarenas, el 03/12/1982, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio) Expediente Nº 07-001626-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de octubre del año 2007.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 52326.—(94671).

Ante esta notaría, comparece el señor Vladimir Martínez Jiménez, quien es mayor soltero, de nacionalidad estadounidense, oficial de Migración, portador de pasaporte número 711568924, vecino de Cartago, Taras, frente a la escuela, con la finalidad de manifestar el su deseo de contraer matrimonio con la señorita Mariela Alcázar Medina, portadora de cédula de identidad número uno-mil ciento diecinueve-quinientos sesenta y siete, y para cumplir con los requisitos que estable el Código de Familia en sus artículos veinticinco y veintiséis, quien por razón de su nacionalidad declara bajo fe de juramento contar con libertad de estado para contraer matrimonio civil, por lo que se publica el presente aviso a fin de que presenten las oposiciones para no celebrar la solicitud del interesado, ante la suscrita notaria, con oficina ubicada en Guadalupe de Cartago, costado norte de la plaza de deportes, antes del día cuatro de noviembre del presente año. Es Todo.—Cartago, dieciséis de octubre de dos mil siete.—Lic. Xochitl Camacho M., Notaria.—1 vez.—Nº 52484.—(94672).

En la notaría del Lic. José Germán Zamora Leal, código 8889, sito 125 metros norte de radio Cultural, Nicoya, Guanacaste, los señores Edward Dino Moore, un apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado tres veces, constructor, pasaporte de su país número 302497663 y Ana Solano Masís, mayor, costarricense, comerciante, cédula Nº 3-316-154, soltera, ambos vecinos de Nicoya centro, cumplido el plazo de la publicación del edicto, contraerán matrimonio civil. Cualquier oposición al mismo, favor llamar al los teléfonos 686-7569 o fax: 686-4885.—Lic. José Germán Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 52588.—(94673).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Álvaro José Rodríguez Ávila, mayor, soltero, costarricense, nacido el 14 de abril de 1978, con 29 años, analista financiero, hijo de Elizabeth Ávila Bonilla y Álvaro Alfonso Rodríguez Calvo, nacido en Hatillo, cédula de identidad Nº 1-998-493; y Meilyn Venegas Ortega, mayor, soltera, hija de Walter Venegas Blanco y Alejandra María Ortega Sánchez, nacida en Costa Rica, el 19 de setiembre de 1983, con 24 años de edad, cédula de identidad Nº 1-1184-133. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio Expediente Nº 07-002317-0165-FA).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—(94700).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Ingrid Hine Gómez, mayor, divorciada, comerciante, con 34 años de edad, nacida en San José, el 27 de mayo de 1973, hija de Ronald Hine Zeledón y Rosa Gómez Gómez, vecina de Heredia, con cédula de identidad 1-853-883; y Saúl Alberto Arce Villalobos, mayor, divorciado, administrador de empresa, hijo de Saúl Arce Villalobos y Grace Villalobos González, con cédula de identidad N° 1-860-560, con 34 años de edad, nacido en San José, el 1° de setiembre de 1973, vecino de Heredia centro. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 07-002062-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 23 de octubre del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(94703).

Ante este Juzgado han comparecido los señores Sherman Alexánder Harvey Watson y Cinthia Vanessa Rodríguez Gutiérrez, ambos mayores, divorciado y soltera, por su orden ingeniero y socióloga, respectivamente, cédulas 7-113-354 y 1-1188-950, respectivamente, vecinos de Santa Bárbara de Heredia y Zapote por su orden, manifestaron su deseo de contraer matrimonio civil en este Despacho con los deberes y obligaciones que esa unión conlleva, por lo que solicitan contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre deberá notificarlo a este juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 2007-0001236-186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 16 de octubre del 2007.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—(94733).

Edictos en lo Penal

Se pone en conocimiento del señor Snider Jordan, pasaporte Nº 27961789, que en esta Fiscalía se encuentra un vehículo que aparece a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad de Vehículos, el mismo es un carro modelo 1987, placas 318812, sedan de cuatro puertas, Honda. El citado carro actualmente fue trasladado al depósito de vehículo del Poder Judicial en San Joaquín de Flores, en razón que hace mucho tiempo de esta situación y nadie se ha presentado a reclamarlo se pone en conocimiento de ese ciudadano esta situación, el carro está bajo el inventario Nº 5630, se le previene que en el término de cinco días hábiles a partir de la publicación de este edicto, deberá de presentarse a reclamar este carro con la documentación correspondiente, caso contrario se procederá conforme las circulares al respecto. Causa penal Nº 06-1191-68 PE contra Ulises Slano Portilla, tentativa robo agravado, of AMCV.—Fiscalía de San Ramón, a las 08:00 horas del 11 de octubre del 2007.—Lic. Adán Campos Fallas, Fiscal.—1 vez.—(93996).

Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Sarapiquí, a las nueve horas cincuenta minutos del dieciséis de mayo del dos mil siete. Notifíquese a Estrella Day, de identificación 1000000394, propietaria registral del vehículo placas 351883, número de chasis KMHVF31JPRU922519, que de conformidad con lo que establece el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tiene el derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, para que manifieste si desea constituirse en parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Sumaria: 05-000910-0377-TC, seguida contra Pérez Jiménez Manuel. Notifíquese.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Sarapiquí, Heredia.—Lic. Damaris Chaves Denis, Jueza.—1 vez.—Nº 52080.—(94357).

Licenciado Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran las resoluciones que literalmente dicen así Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de  San José, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete. Notifíquese al señor: Gelabert Russel Frank, cédula residencia: 17510454310311, en su calidad propietario registral del vehículo placa 241081, marca Toyota con chasis JT3VN39W2L0014197, que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tiene derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria Nº 07-605940-489- Dirección de Suministros TC causa seguida contra Óscar Arias Moreira, Andrea Alvarado Jiménez y José Vargas Chaves. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—Nº 52488.—(94674).