BOLETÍN JUDICIAL Nº 220
DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO
REITERACIÓN
CIRCULAR N° 074-07
Asunto: Modificación del punto N° 2 de ° 65-2003, publicada en el Boletín Judicial 154 de 12 de agosto de 2003, “Sobre las Normas prácticas para el trámite de las comisiones para notificar”.
A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 70-06, celebrada el 20 de setiembre del 2007, artículo II, dispuso modificar el punto N° 2 de la circular N° 65-2003, publicada en el Boletín Judicial 154 de 12 de agosto de 2003, “Sobre las Normas prácticas para el trámite de las comisiones para notificar”, cuyo texto íntegro es el siguiente:
1) En los Circuitos Judiciales con Oficina Centralizada de Notificaciones, las comisiones para notificación sólo podrán diligenciarse a través de estas oficinas, mediante los procedimientos y registros contenidos en los Manuales de Procedimientos que orientan el funcionamiento de las Oficinas Centralizadas de Notificaciones, aprobados por el Consejo Superior en sesión N° 01-03 del 14 de enero del presente año.
2) Los Despachos Judiciales deben remitir las comisiones para notificar fuera del perímetro judicial, directamente al Juzgado que por materia corresponda o al Juzgado Contravencional de existir esta oficina en la jurisdicción en que se encuentra la persona a notificar, y por excepción a la policía de proximidad, que por territorio concierna. Aquellos asuntos en que por su naturaleza deben ser notificados en forma urgente, serán diligenciados por de Notificaciones.
3) En ambos casos las comisiones pueden ser retiradas por el Abogado Director del proceso, personas autorizadas por éste mediante escrito, o por la parte interesada, previa identificación. De dicha entrega se dejará constancia en el expediente o en el libro de control correspondiente que utilice el Despacho Judicial o de Notificaciones del Circuito respectivo.
4) La entrega de las comisiones a los interesados, debe solicitarse expresamente por escrito y éstas se entregarán siempre que se encuentren en el despacho, ya que con estas medidas también se pretende que aquellas comisiones no retiradas oportunamente, se trasladen por los medios de comunicación internos con que cuenta el Poder Judicial, esto es, mediante el correo interno certificado o correo ordinario cuando se trate de delegaciones de la fuerza pública.
5) Del mismo modo, cada oficina judicial según corresponda, deberá implementar los controles manuales o informáticos y de seguridad, de manera tal que la comisión para notificar ingrese efectivamente el despacho comisionado, por lo que deberá identificarse con un número interno consecutivo y tramitarse por los medios debidos. Será deber de los señores Jueces o Jefes de Oficina, velar porque cada una de las notificaciones por comisión que realice los señores notificadores cuenten con esta identificación; caso contrario deberán comunicar esta situación al despacho comisionado para levantar la información respectiva y aplicar el régimen disciplinario a aquel que incumpla con el procedimiento establecido.
6) Cuando las notificaciones deben realizarse fuera de horas laborales, es necesaria la autorización del Juez Coordinador o Jefe de Oficina, en caso de no encontrarse éste, la diligencia la podrá autorizar cualquiera de los jueces competentes de un Juzgado o Tribunal.
7) Los despachos judiciales que cuenten con medios electrónicos, podrán comisionar a través de ellas para notificar aquellas resoluciones que no requieren copias, por lo que deberán regirse por el Manual de Normas Prácticas para las Comisiones por medios electrónicos en las Oficinas Judiciales el I y II Circuito Judicial de San José, y Heredia, aprobado por el Consejo Superior en sesión N° 52-02 celebrada el 18 de julio del 2002, artículo LXIX.
San José, 29 de octubre de 2007.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(99463) Secretaria General
CIRCULAR N° 112-07
Asunto: Información que deben detallar al diligenciar una comisión.
A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 74-07, celebrada el 4 de octubre de 2007, artículo XXX, dispuso comunicarles que al diligenciar una comisión, deben detallar claramente la siguiente información:
• Nombre completo (incluido de ser necesario el “conocido como”) de la persona a la cual se le debe notificar.
• La dirección exacta, de forma coherente y clara, indicando hasta el mínimo detalle (color de la casa y número, calles y avenidas, dirección con puntos cardinales a partir de un punto de referencia conocido en el lugar), así como el horario en que es más probable encontrarlo en esa dirección, con el fin de que no tenga que devolver la comisión por falta de información para localizar a la persona que se requiere notificar.
• Verificar la competencia de cada despacho a la cual se desea enviar la comisión, a fin de evitar devoluciones por incompetencia.
• Se debe colocar la comisión en un sobre sellado y con el encabezado de la dependencia que realizara la notificación.
• Llevar un registro detallado de las comisiones de los procesos alimentarios que se envían a notificar, indicando la fecha en que se envió, número de correo certificado y además indicar la fecha en que se realizó la notificación, a fin de contar con datos más detallados que ayuden a controlar el tiempo real que se está tardando en realizar este proceso y además se debe consignar el dato de la cantidad de comisiones que se envían ya sea por correos de Costa Rica o por el Correo Interno.
• Enviar las comisiones de forma certificada.
San José, 29 de octubre de 2007.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(99464) Secretaria General
N° 023-07
Asunto: A partir del 15 de noviembre del 2007, se traslada la competencia de la materia de Tránsito que tiene actualmente el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Valverde Vega al Juzgado de Tránsito de Grecia.
A LAS INSTITUCIONES, ABOGADOS, OFICINAS Y SERVIDORES
JUDICIALES DEL PAÍS Y PÚBLICO EN GENERAL
SE HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión N° 79-07, celebrada el 23 de octubre de 2007, artículo LII, dispuso comunicar, que a partir del 15 de noviembre de 2007, se traslada la competencia de la materia de Tránsito que tiene actualmente el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Valverde Vega al Juzgado de Tránsito de Grecia. Es entendido que esta medida rige para los asuntos nuevos que ingresen a partir de esa fecha, debiendo el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Valverde Vega continuar con los que se encuentren en trámite.
San José, 23 de octubre de 2007.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(99465) Secretaria General
HACE SABER
En el proceso disciplinario notarial N° 05-001135-0627-NO, de Mario Alberto Castillo Luna contra la parte que se dirá, este juzgado mediante resolución N° 00638-2007 de las dieciséis horas quince minutos del dieciocho de setiembre de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle al notario público Lic. Rónald Eduardo Durán Molina, cédula de identidad número 1-829-368, la acción disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa.
San José, 25 de octubre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97526) Jueza
Al Lic. Rodrigo Arauz Figueroa, cédula 9-044-749. Que el proceso disciplinario notarial número 06-000655-627-NO por Registro Civil contra Rodrigo Arauz Figueroa, se le han dictado las resoluciones que dicen: Juzgado Notarial. San José, a las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil seis. Del anterior proceso disciplinario notarial establecido por el Registro Civil, se confiere traslado al licenciado Rodrigo Arauz Figueroa, por el plazo de ocho días, a fin de que informen respecto de los hechos denunciados y ofrezca la prueba de descargo que estimen de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículos 153, párrafo 3° del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2, 6 y 12 de ° 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en º 211 del 4 de noviembre de 1996). También se les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese la presente resolución al notario denunciado personalmente o en su casa de habitación. Para tal fin el investigado es habido en Barrio Luján, calle 21, avenida 14-16, N° 1453, comisionando a de Notificaciones del primer Circuito Judicial de San José. De no ubicarse ahí y teniendo su casa de habitación en Jardines Moravia, del centro comercial 600 este y 50 sur, se comisiona a de notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José de no ser notificado el denunciado en las direcciones indicadas para ese fin, y sin ulterior trámite, se dispone solicitar a de Notariado, que certifique las direcciones ahí reportadas por el notario investigado. Asimismo, se solicita a de Personas Jurídicas, que certifique si dicho profesional tienen apoderado inscrito, de ser así, apórtese copia certificada de dicho poder (párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial). Lic. Grace Hernández Herrera, Juez. Juzgado Notarial, San José, a las trece horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil siete. Siendo fallidos los intentos por notificarle al notario Lic. Edgar Manuel Jiménez Coto la resolución de las San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del ocho de setiembre del dos mil seis en las direcciones reportadas en de Notariado, el Colegio de Abogados, Instituto Costarricense de Electricidad y como no tiene apoderado inscrito ante le Registro de Personas Jurídicas que la presente, esto según certificación de folio 47, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a Se le hace saber al notario Edgar Manuel Jiménez Coto que se le denuncia por no inscribir la escritura de matrimonio en los registros respectivos en la que la parte denunciante lo solicita. Remítase oficio a de Defensores Públicos, para que se le nombre un defensor público al denunciado Édgar Manuel Jiménez Coto.
San José, 16 de octubre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97527) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 03-001555-0627-NO, de Archivo Notarial contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 00346-2007 de las trece horas quince minutos del dieciocho de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle al notario público Lic. Román Alberto Fallas Cordero, cédula de identidad número 1-630-811, la corrección disciplinaria de ocho días de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 17 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97528) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 04-000504-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 116-2007 de las siete horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil siete, dispuso imponerle, a la notaria pública Lic. Elena Mayela Arias Varela cédula de identidad número 1-437-077, la corrección disciplinaria de cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de octubre del 2007
Lic. Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(97529) Juez
En el proceso disciplinario notarial N° 04-000835-0627-NO, de Archivo Notarial contra la parte que se dirá, para su estimable conocimiento y fines consiguientes, me permito comunicarle, que en el proceso disciplinario notarial N° 04-000835-627-NO, de Archivo Notarial contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 473-2007 de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de julio del dos mil siete, dispuso imponerle a la notario público Lic. Alejandro García Arguedas cédula de identidad número 1-104-2506, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97530) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 05-000301-0627-NO, de Registro Civil contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 641-2007 de las dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete, dispuso imponerle al notario público Lic. José Joaquín Harley Genny, cédula de identidad número 2-164-875, la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notaria. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernandez Herrera,
1 vez.—(97531) Jueza
A Odili Altamirano Urruti cédula de residencia número 135-RE-O15990-001999. En el proceso disciplinario notarial por Dirección de Notariado contra Juana Odili Altamirano Urruti. Expediente 06-000725-627-NO, se le han dictado las resoluciones que dicen: “Juzgado Notarial. San José, a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis. Del anterior proceso disciplinario notarial establecido por Dirección Nacional de Notariado, se confiere traslado a la licenciada Juana Odili Altamirano, por el plazo de ocho días, a fin de que informen respecto de los hechos denunciados y ofrezca la prueba de descargo que estimen de su interés. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículos 153, párrafo 3° del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2, 6 y 12 de º 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en º 211 del 4 de noviembre de 1996). También se les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese la presente resolución a la notaria denunciada, personalmente o en su casa de habitación. Para tal fin la investigada es habida en San José centro, avenida 19 transversal, avenidas 12 y 14, comisionando a Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. De no ubicarse en dicha dirección y reportando oficina en Guadalupe, 100 sur, 50 este de la piscina municipal, se comisiona a de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. En caso de no ser habida ahí, y teniendo su casa de habitación San Miguel de Desamparados, frente a la iglesia católica, se comisiona a de Proximidad de San Miguel de Desamparados. De no ser notificada la denunciada en las direcciones indicadas para ese fin, y sin ulterior trámite, se dispone solicitar a de Notariado, que certifique las direcciones ahí reportadas por dicha profesional. Asimismo, solicítese a de Personas Jurídicas, que certifique si la investigada tiene apoderado inscrito, de ser así, apórtese copia certificada de dicho poder (párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial). Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza.” “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas y treinta minutos, del diecinueve de octubre del dos mil siete._Siendo fallidos los intentos por notificarle a la notaria Lic. Juana Odili Altamirano Urruti, la resolución de las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis en las direcciones reportadas en de Notariado (folio 47), el Colegio de Abogados (folio 46), y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que la presente, esto según certificación (folios 41), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a Se le hace saber la notaria Juana Odili Altamirano Urruti que se le denuncia por falta de firmas en escrituras números 70-100-118-133-147- y 155 y violentar los artículos 6, 34 incisos a), c), f) y m), 91, 92, y 93 del Código Notarial según los registros respectivos en la que la parte denunciante lo solicita. Remítase oficio a de Defensores Públicos, para que se le nombre un defensor público a la denunciada Juana Odili Altamirano Urruti.
San José, 19 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97532) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 04-000785-0627-NO, de Registro Civil contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 379-F-2007 de las diez horas del treinta de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle a la notario público Lic. Carlos Hernán Robles Macaya cédula de identidad número 1-496-939, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 22 de octubre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97534) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 04-001265-0627-NO, de de Notariado contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 651-2007 de las nueve horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil siete, dispuso imponerle al notario público Lic. Joaquín Molina Hernández, cédula de identidad número 7-090-293, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 26 de octubre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97535) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 04-000794-0627-NO, de Flor María Vargas Chavarría contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 622-2007 de las diez horas treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil siete, dispuso imponerle al notario público Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, cédula de identidad número 7-090-293, la acción disciplinaria de un mes, de suspensión en el ejercicio de la función notarial.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc Xinia González Grajales
1 vez.—(97536) Jueza
A Zeledón Castro, cédula de identidad número 1-1024-922. En el proceso disciplinario notarial por Luis Prendas Ramírez contra Tatiana Zeledón Castro. Expediente 07-000040-627-NO, se le han dictado las resoluciones que dicen: Juzgado Notarial. San José, a las trece horas cinco minutos del primero de marzo del dos mil siete. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial interpuesto por Jorge Luis Prendas Ramírez contra la licenciada Tatiana Zeledón Castro, a quien se le confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese lapso debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estimen de su interés. Asimismo, se le previene que en ese plazo, debe indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículos 153, párrafo 3° del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2, 6 y 12 de º 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en º 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese la presente resolución al notario denunciado, en forma personal o por medio de cédula de notificación y copias en su casa de habitación, para tal fin se ordena comisionar a de Notificaciones de Heredia para ser notificada en su oficina San Joaquín de Flores, 300 metros este de Volio. En caso de no localizarse a la notaria en los lugares indicados, remítanse oficios a de Notariado, al Colegio de Abogados y al Instituto Costarricense de Electricidad a fin de que indique las direcciones reportadas por la citada notaria, así como al Registro Público, Sección Personas Jurídicas, para saber si la denunciada tiene apoderado inscrito a su nombre. Lic. Juan Federico Echandi Salas. Juez. “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas y treinta minutos, del veintinueve de octubre del dos mil siete. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la notario Lic. Tatiana Zeledón Castro, la resolución de las trece horas cinco minutos del primero de marzo del dos mil siete en las direcciones reportadas en de Notariado (folio 26), el Colegio de Abogados (folio 27), y como no tiene apoderado inscrito ante le Registro de Personas Jurídicas que la presente, esto según certificación (folio 43), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a Se le hace saber la notaria Tatiana Zeledón Castro que se le denuncia presuntamente por la no inscripción de la escritura número ciento sesenta según los registros respectivos en la que la parte denunciante lo solicita. Remítase oficio a de Defensores Públicos, para que se le nombre un defensor público a la denunciada Tatiana Zeledón Castro.
San José, 29 de octubre del dos mil siete.
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97537) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 03-001064-0627-NO, de Jorge A. Flores Jiménez contra la parte que se dirá, este Juzgado mediante resolución N° 00131-2006 de las dieciséis horas siete minutos del tres de abril del dos mil seis, dispuso imponerle al notario público Lic. Iván Aguilar Zúñiga cédula de identidad número 1-640-604, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial la cuál se mantendrá vigente hasta la inscripción final del documento que interesa al quejoso. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de octubre del 2007.
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97538) Jueza
Que en proceso disciplinario número 01-000771-627-NO, establecido por el Guido Vargas Matamoros contra Gerardo Venegas Arroyo, este Juzgado mediante sentencia número 00377-07 de las nueve horas veinte minutos del treinta de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, y se mantendrá mientras no se inscriba el documento, al notario Gerardo Venegas Arroyo, cédula número 2-299-767. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97539) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000139-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Carlos Alberto Ulloa Bonilla, este Juzgado mediante sentencia número 00450-07 de las siete horas treinta y cinco minutos del veintiocho de junio del dos mil siete, dispuso imponerle seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Carlos Alberto Ulloa Bonilla, cédula número 1-657-185. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 25 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97540) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-000075-627-NO, establecido por el Rónald Jiménez López contra Álvaro Brenes Álvarez, este Juzgado mediante sentencia número 00692-05 de las quince horas cincuenta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil cinco, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa, al notario Álvaro Brenes Álvarez, cédula número 3-170-185. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97541) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000811-627-NO, establecido por el archivo notarial contra Rodolfo Brenes Flores, este juzgado mediante sentencia número 00635-07 de las dieciséis horas del dieciocho de setiembre del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la fundón notarial, al notario Rodolfo Brenes Flores, cédula número 5-165-931. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 25 de octubre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(97542) Jueza
Que en proceso disciplinario número 05-000099-627-NO, establecido por el Registro Nacional contra Álvaro Retana Carmona, este Juzgado mediante sentencia número 00610-07 de las siete horas treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil siete, dispuso imponerle dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Álvaro Retana Carmona, cédula número 9-080-494. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 25 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97543) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000629-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Perla Cheves Romero, este Juzgado mediante sentencia número 00324-07 de las once horas veinte minutos del catorce de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la notaria Perla Cheves Romero, cédula número 1-620-838. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 25 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97544) Jueza
Que en proceso disciplinario número 03-001099-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Carlos Manuel Villalobos Rodríguez, este Juzgado mediante sentencia número 00461-07 de las nueve horas cincuenta minutos del veintinueve de junio del dos mil siete, dispuso imponerle tres días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Carlos Manuel Villalobos Rodríguez, cédula número 9-008-313. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 25 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97545) Jueza
A: Pilar Jiménez Bolaños, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 2-399-158, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 05-000551-627-NO establecido en su contra por Inversiones Nogales Limitada y otro, se ha dictado la sentencia número 00667-07 que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial. San José, a las dieciséis horas veinte minutos del veintiocho de septiembre del dos mil siete. Proceso Disciplinario Notarial establecido por José León Schroeder Quesada, mayor, casado, cédula de identidad número uno- doscientos ochenta y seis- novecientos treinta y ocho, empresario, vecino de Moravia, en su calidad de Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Inversiones Nogales Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- ciento diecinueve mil cuatrocientos sesenta contra Pilar Jiménez Bolaños, mayor, abogado y notario, de otras calidades que no constan en los autos. Resultando: 1º... 2º ... 3º... 4º... Considerando: I.—Hechos probados: ... II… Sobre el fondo: II... III... IV... Por tanto: Se declara con lugar el proceso disciplinario notarial establecido por Inversiones Nogales Limitada contra la notaria Pilar Jiménez Bolaños, por lo que se le impone la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, comunicarse al Archivo Notarial, al Registro Civil, al Registro Nacional y a de Notariado. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.
San José, 25 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97546) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-000248-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Franklin Fernández Coles, este Juzgado mediante sentencia número 00278-07 de las nueve horas cincuenta minutos del veintiséis de abril del dos mil siete, dispuso imponerle diez días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Franklin Fernández Coles, cédula número 3-202-001. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97547) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000198-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Emilia Ulloa Corrales, este Juzgado mediante sentencia número 00417-07 de las trece horas del trece de junio del dos mil siete, dispuso imponerle dos meses y tres días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la notaria Emilia Ulloa Corrales, cédula número 1-911-210. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97548) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-001258-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Maximiliano Arias Sancho, este Juzgado mediante sentencia número 00516-07 de las catorce horas cinco minutos del treinta y uno de julio del dos mil siete, dispuso imponerle cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Maximiliano Arias Sancho, cédula número 2-516-261. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97549) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000758-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Rita María Calvo Sánchez, este Juzgado mediante sentencia número 00481-07 de las once horas del dieciséis de julio del dos mil siete, dispuso imponerle dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la notaria Rita María Calvo Sánchez, cédula número 1-698-934. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97550) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000170-627-NO, establecido por el Registro Civil contra Susana Arce Villalobos, este Juzgado mediante sentencia número 00383-07 de las nueve horas cuarenta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la notaria Susana Arce Villalobos, cédula número 1-897-061. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97551) Jueza
Que en proceso disciplinario número 04-000150-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Alberto Ortega Rodríguez, este juzgado mediante sentencia número 00350-07 de las catorce horas cincuenta y cinco minutos del veintiuno de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle ocho días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al notario Alberto Ortega Rodríguez, cédula número 6-138-077. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007.
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97552) Jueza
Que en proceso disciplinario número 02-000958-624-NO, establecido por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Luis Guillermo Allan Alvarado, este Juzgado mediante sentencia número 00325-07 de las ocho horas veinticinco minutos del quince de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente hasta la inscripción del testimonio de la escritura número ciento veintisiete de este asunto, al notario Luis Guillermo Allan Alvarado, cédula número 2-516-261. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 29 de octubre del 2007
Msc. Xinia González Grajales
1 vez.—(97553) Jueza
A: Eugenia Wo Ching Sancho, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-775-928, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 02-000106-627-NO establecido en su contra por Estudios E Inversiones Alsa S. A., se ha dictado la sentencia número 00328-07 que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial. A las siete horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil siete, proceso disciplinario notarial establecido por Estudio E Inversiones Alsa S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cero dieciocho mil seiscientos noventa y dos, representada por Álvaro Sancho Castro, mayor, casado, licenciado en ciencias económicas, vecino de San José, cédula de identidad uno-ciento ochenta y cuatro-setecientos cincuenta y cuatro, contra Eugenia Wo Ching Sancho, mayor, soltera, abogada y notaria, vecina de Curridabat, cédula de identidad uno-setecientos setenta y cinco-novecientos veintiocho. Interviene como defensor público de la denunciada el licenciado Sergio González León, carné 5920. Resultando: 1º—... 2º— ... 3º— ... 4º— ... Considerando: I.—Hechos Probados: ... II.—Sobre el Fondo: por tanto: De conformidad con los artículos citados, y lo expuesto en la parte considerativa de esta sentencia se declara con lugar el presente proceso disciplinario notarial interpuesto Estudios e Inversiones Alsa S. A. contra Eugenia Wo Ching Sancho, a quien se le impone la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial (artículo 161 del Código Notarial), y se mantendrá mientras no se inscriba el documento. Firme esta resolución, deberá comunicarse a de Notariado, al Registro Nacional, al Archivo Notarial y al Registro Civil. Confecciónese y publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial.
San José, 29 de octubre del 2007.
Lic. José Fco. Rivera Meza
1 vez.—(97554) Juez
Que en proceso disciplinario número 04-000429-627-NO, establecido por el Archivo Notarial contra Seily Sáenz Sibaja, este Juzgado mediante sentencia número 00451-07 de las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de junio del dos mil siete, dispuso imponerle seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la notaria Seily Sáenz Sibaja, cédula número 1-623-083. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 25 de octubre del 2007
Lic. Grace Hernández Herrera
1 vez.—(97555) Jueza
En el proceso disciplinario notarial Nº 02-000057-0627-NO, de Jorge Caruso Rivera contra Affib Soto González, este juzgado por medio de la resolución de las siete horas con treinta minutos, del siete de setiembre del dos mil siete, dispuso dejar sin efecto la suspensión impuesta al notario Affib Soto González, cédula de identidad N° 2-474-074, mediante sentencia número 58-2007 de las quince horas con dos minutos del día nueve de febrero del año dos mil siete.
San José, 5 de noviembre del 2007.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(99499) Jueza
PRIMERA PUBLICACIÓN
HACE SABER:
Que dentro del proceso de inhabilitación por perdida de la vigencia de la función notarial (causa de la inhabilitación), tramitado bajo el expediente Nº 06-000919-624-NO, establecido por dirección nacional de notariado del notario Veryotte Guisel Gyles Aviles, mediante la resolución de las nueve horas quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial Promovido por: dirección nacional de notariado, notario: Veryotte Guisel Gyles Aviles. Expediente Nº 06-000919-624-NO dirección nacional de notariado. San José, a las nueve horas quince minutos del veinticinco de octubre de dos mil siete. Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios públicos, dispuso: “…las sanciones que sean impuestas a los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función, deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la dirección referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual impugnación de la medida…”. En el presente asunto, no ha sido posible notificar a la licenciada Veryotte Guisel Gyles Aviles del contenido de la resolución de las catorce horas del dieciocho de abril de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de las actas que corren a folios 36, 45 vuelto, que es un deber legal del fedatario comunicar a la dirección nacional de notariado, cualquier cambio en sus direcciónes a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar a la licenciada Veryotte Guisel Gyles Aviles la resolución de las catorce horas del dieciocho de abril de dos mil siete por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de de Administración Pública). Esto por cuanto la sala constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a para su publicación el Boletín Judicial”. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. (...) “proceso disciplinario por la no presentación o presentación tardía de índices notariales promueve: dirección nacional de notariado contra: Veryotte Guisel Gyles Aviles. Expediente numero: 06-000919-624-NO dirección nacional de notariado. San José, a las catorce horas del dieciocho de abril de dos mil siete. Con fundamento en las quejas planteadas por la licenciada Ana Lucía Jiménez Monge, en su condición de Jefa del Departamento de Archivo Notarial, mediante oficios números DAN-851-2003 de fecha 10 de setiembre, DAN-955-2003 del 15 de octubre, DAN-1039-2003 del cuatro de noviembre, DAN-1076-2003 del dieciocho de noviembre, DAN-1090-2003 del veintiuno de noviembre, DAN-1136-2003 del cinco de diciembre, DAN-1185-2003 del diecisiete de diciembre, DAN-1190-2003 del diecinueve de diciembre, todas las fechas de dos mil tres, DAN-146-2004 y DAN-147-2004 ambos oficios del nueve de febrero de dos mil cuatro, mismos que rolan a folios 2, 5, 8, 11, 14, 17, 20, 23, 26 y 29 respectivamente, y tomando en cuenta que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 del Código Notarial, el cual indica que todos los notarios debidamente habilitados están obligados a presentar los índices de las escrituras autorizadas en su protocolo, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento de la quincena, es decir después de los días quince y último de cada mes, gozando por disposición expresa de dicho numeral, de un período de gracia de dos días, que corresponde al sexto y sétimo día hábil posterior al vencimiento de cada quincena, caso en el cual, el notario debe presentar a este despacho, copia del índice con razón de recibido legible del Archivo Notarial. De dichos oficios se desprende que la notaria Veryotte Guisel Gyles Aviles, no ha presentado ante el archivo notarial los índices de escrituras detallados, dándose así un incumplimiento del deber que la ley le impone, haciéndose acreedora a una sanción de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial por cada índice no presentado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143 inciso j) del Código Notarial, por lo que y a efecto de garantizar el debido proceso constitucional, se le hace saber, que goza de ocho días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución, para que acredite a esta Dirección mediante documento idóneo, que cumplió con ese deber legal, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por ciertos los hechos denunciados y se le suspenderá un mes, por cada uno de los índices no presentados, para un total de diez meses, sanción que se mantendrá hasta por un plazo máximo de diez años. En caso de que al contestar acredite haber presentado los índices aludidos, pero fuera del plazo de ley, la sanción se le limitará al total de meses referido. Asimismo, se le previene que al momento de contestar esta audiencia y acreditar la presentación de los índices a este despacho, deberá indicar lugar dentro del perímetro de este circuito judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 39 y 41 de la constitución política; 153 del Código Notarial, y 2, 6 y 12 de º 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en º 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Firme esta resolución una vez transcurrido el plazo de los ocho días otorgado, sin que haya sido contestada la audiencia y acreditada la presentación de los índices referidos, se tendrá por suspendida a la notaria Veryotte Guisel Gyles Aviles en los términos dichos y se comunicará al Archivo Nacional, Registro Nacional y Registro Civil, y se publicará por una sola vez el edicto respectivo en el Boletín Judicial. La medida disciplinaria rige a partir de los ocho días naturales después de la publicación del edicto mencionado. En lo correspondiente, tome nota el Registro Nacional de Notarios. Notifíquesele a la notaria Veryotte Guisel Gyles Aviles en la dirección por ella reportada en el Registro Nacional de Notarios, del contenido de la presente resolución, personalmente o en su casa de habitación que es a la vez su oficina abierta al público, sea en Puntarenas, Barrio San Isidro, 10 metros sur de Funeraria ”. Expediente: 06-000919-624-NO.
San José, 25 de octubre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra,
(97565) Directora
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lina Eugenia Abarca Vásquez, falleció el 18 de mayo del dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 07-000082-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 07-000082-0775-LA.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 24 de agosto del 2007.—Lic. Rónald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(100421).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Oliver Rodríguez Soto, quien fue mayor, casado, cédula N° 9-022-639, empleado de comercio, fallecido el 16 de febrero del 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 07-000276-0703-LA-C, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 07-000276-0703-LA, a favor de Gladys Méndez Pérez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal Jueza.—1 vez.—(100605).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Franklin Alberto Rodríguez Dávila, cédula de residencia N° 135-RE-059296-00-1999, fallecido el día 21 de agosto del año 2004, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 07-001328-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 07-001328-0173-LA. Promovido por Ivonne de Berrios a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(100606).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las catorce horas treinta minutos del quince de enero del dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón trescientos noventa y cinco mil colones, en el mejor postor, remataré: Vehículo placas 195017, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis KMHJF tres uno JPPU cuatro uno nueve cinco cero cuatro, uso particular, estilo Elantra GLS, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y tres, color azul, número de motor G cuatro DJP ocho uno cuatro cero cinco siete. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 06-001871-0185-CI, ejecutivo prendario de Inversiones Capitales de Hoy S. A., contra Gago González Pedro Marcial.—Juzgado Sexto Civil de San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(99828).
A las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de un millón seiscientos sesenta y nueve mil setecientos veintidós colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas seiscientos siete mil novecientos setenta y cuatro, marca Hyundai, estilo Sonata, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y cinco, color vino, chasis Nº KMHCF31LPSU394482. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Instacredit S. A., contra José Ramón Solano Soto. Expediente Nº 06-001441-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(99901).
A las ocho horas del cinco de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de éste Despacho remataré en el mejor postor, soportando reservas y restricciones y con la con la base superior vencida rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de treinta y nueve mil novecientos treinta y siete dólares con sesenta y cinco centavos, lo siguiente: Finca inscrita en de Propiedad, Partido de Limón, matrícula número cuarenta y seis mil setecientos cincuenta y dos-cero cero cero, de naturaleza: Para construir lote veintidós. Está situada en el distrito y cantón primero de la provincia de Limón. Linda: al norte, con resto destinado a Parque, sur, resto destinado a calle pública; este, con lote veintiuno, y oeste con resto destinado a Parque. Mide: quinientos diecisiete metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 04-000449-0678-CI-3 establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Vannessa Gutiérrez González.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de , Limón, 18 de octubre del 2007.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 75113.—(100321).
A las ocho horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de un millón setecientos ochenta y ocho mil ciento ochenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 023453 002 1a cual es terreno de potrero tacotal y montaña. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Azofeifa Azofeifa; al sur, Nelly Alfaro Ramos; al este, Quebrada Las Delicias y otro, y al oeste, Quebrada Las Flores y otro. Mide: un millón trescientos treinta y siete mil seiscientos trece con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo hipotecario de Fundación para CR-Canadá contra Constructora Pirámide del Sur. Expediente 06-000574-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 75171.—(100322).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes; y con la base de ciento noventa y tres mil quinientos setenta y tres dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 212555-000, la cual es terreno para construir con árboles frutales, situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana. Colinda: al norte, con zona destinada a calle pública; al sur, con Inversiones Alameda S. A.; al este, con lote 77, y al oeste, con lote 75. Mide: mil trescientos setenta y siete metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Lafise S. A., contra Rojas Veraneras del Sol S. A., y otro. Expediente Nº 06-000739-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 29 de octubre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 75181.—(100323).
A las nueve horas del veintidós de enero del dos mil ocho en la puerta exterior que ocupa este Juzgado libres de gravámenes hipotecario, soportando servidumbre y condiciones inscrita al tomo doscientos cincuenta y cinco, asiento seis mil setecientos veintiuno, en el mejor postor y con la base de cinco millones trescientos cincuenta mil colones, remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, al Folio Real Mecanizado, matrícula número doscientos dos mil ochocientos ochenta - cero cero cero, que es terreno de solar y una casa, sito en el distrito primero, Juan Viñas, cantón cuarto Jiménez, de la provincia de Cartago. Linda: al norte, Leila García Pereira; sur, calle pública con un frente de cinco metros con cincuenta y un centímetros lineales; este, Franklin Picado Ramírez y Zulema Guerrero y oeste, Rodrigo Amador Dondi. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en Ejecutivo Hipotecario número 2007-100383-341-CI-411-B de Banco Nacional de Costa Rica contra Cecilia María Serrano Michaly.—Juzgado Civil Laboral y Agrario de Mayor Cuantía de Turrialba, 30 de octubre del 2007.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 75186.—(100324).
Al ser las ocho horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones, pero soportando condiciones, e hipoteca de primer grado, con la base de doce millones cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos veinticinco colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Limón número treinta mil ochocientos veintiocho - cero cero cero (30828-000), que es terreno de agricultura, situado en distrito uno Limón, cantón uno Limón, de la provincia de Limón. Linda al norte, con línea férrea, al sur, con calle pública con veintinueve metros ochenta y cuatro centímetros, al este con José Vargas Duarte y otro, y al oeste, con Roberto Gran. Mide: dos mil ciento noventa y ocho metros con quince decímetros cuadrados, plano catastrado L 503152-1983. Asimismo, libre de anotaciones pero soportando gravamen por bono de vivienda ley 7208, y limitaciones, con la base de dos millones setecientos ochenta y un mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré: El derecho sobre la finca del partido de Limón número cuarenta y un mil setecientos dieciocho - cero cero dos, (041718-002), que es terreno para construir noventa y cuatro, situado en distrito uno Limón, cantón uno Limón, de la provincia de Limón. Linda al norte, con zona de comercio; al sur, con avenida una con siete metros cincuenta centímetros, al este con lote noventa y cinco, y al oeste, con calle publica con dieciséis metros. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados, plano catastrado L 0883772-1990. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario Nº 04-100009-295-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Hayron Silva Aviles y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 08 de octubre de 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 75195.—(100325).
A las ocho horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete, remataré al mejor postor, soportando gravámenes a la orden de los Juzgados de Tránsito de Desamparados y Juzgado de Tránsito de Hatillo y hasta por la suma de ciento cuarenta y dos mil colones, vehículo placas 246286, marca Subarú, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 1987, color café a nombre del demandado Rodolfo Enrique Le Roy Brenes. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en el expediente Nº 05-100019-0250-CI (177-05) que es ejecución de sentencia de Jairo González Ramos contra Rodolfo Le Roy Brenes.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de San Sebastián, 17 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—Nº 75198.—(100326).
A las ocho horas treinta minutos del treinta de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 378, asiento 17736 y con la base de seiscientos dieciocho mil seiscientos colones, remataré: inmueble inscrito al folio real, partido de Alajuela matrícula doscientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y siete-cero cero cero que se describe así: terreno con una casa de habitación, sito en el distrito quinto Venecia, del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela, linda al norte, y sur, Luis Alberto Arguedas Arce; este, calle pública y Junta Educación Marsella, y oeste, Luis Alberto Arguedas Arce. Mide: doscientos seis metros con veinte decímetros cuadrados. Pertenece a Luis Alberto Arguedas Arce. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de Marcos Arce Zamora contra Luis Alberto Arguedas Arce y otra. Expediente Nº 03-101425-0317-CI-1.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de octubre del 2007.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—Nº 75208.—(100327).
A las trece horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones y sin más gravámenes, y con la rebaja del veinticinco por ciento sobre la base primitiva sea la suma de cuatro millones cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y siete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de , partido de Limón, matrícula Nº 111238-000, que es terreno para construir, situado en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón, que mide: trescientos veintidós metros con seis decímetros cuadrados, y linda al norte, con Tobías Delgado; al sur, con calle pública con un frente de catorce metros; al este, y oeste, con Ricardo Chaves. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, Nº 07-100375-0468-CI, de: Banco Nacional de Costa Rica, contra: René Aguirre Castillo.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 75213.—(100328).
Diez horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, y con la base de cinco millones seiscientos cuarenta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matricula número trescientos cuarenta y tres mil cuarenta y ocho- cero cero cero, que es hoy terreno para construir sito en San Roque de Grecia, distrito cuatro del cantón tres de la provincia de Alajuela, linda al norte, y sur, Joaquín Bernardo Cruz; este, calle pública con un frente de diecinueve metros con noventa centímetros lineales, oeste, servidumbre de paso, mide trescientos setenta y seis metros con cincuenta decímetros. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100489- 0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela- de Ahorro y Préstamo contra Freddy Antonio Rojas Fallas y Kathia María Briceño Venegas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 19 de octubre del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 75248.—(100329).
A las siete horas treinta minutos del día diez de diciembre del dos mil siete. En la puerta exterior de Juzgado Penal de San Carlos, remataré con la base de setenta y dos mil setecientos setenta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos, con un volumen total de dos punto veinticuatro metros cúbicos, para un total de seis piezas de las especies gavilán, vainilla y guatil; la cual se encuentra decomisada en propiedad de Genaro Alvarado Rojas en de Aguas Zarcas. Se remata por estar ordenado así en º 110-2-07, dentro de la causa Nº 07-202038-306-PE, que se instruyó por el delito de infracción a la ley forestal, contra Eddy Arrieta Piedra en perjuicio de los recursos naturales.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza.—(100420).
A las nueve horas del veintinueve de noviembre del dos mil siete en la puerta exterior de este Juzgado, soportando limitaciones de leyes 7052 y 7208 del Sistema Financiero al tomo 440 y asiento 00137 y con la base de cinco millones de colones al mejor postor rematare: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil trescientos veintidós cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno: lote nueve B para construir. Sitio: distrito cuatro Ulloa, cantón Heredia de la provincia de Heredia. Linderos: norte, lote 8 B; sur, calle pública con seis metros; este, Rodral S. A., y oeste, lote 10 B. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-020813-0170-CA de Instituto Nacional de Seguros contra Ileana Carballo Jiménez, Wálter Asdrúbal Carballo Jiménez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, San José, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—(100488).
A las dieciocho horas y cuarenta minutos del seis de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos veinticinco colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas de circulación número ciento cincuenta y cinco mil ciento diecinueve, marca Yue loong, categoría automóvil, sedán cuatro puertas, chasis Nº YLN303CTB18735, estilo Sunny, capacidad cinco personas, color rojo, año 1987, motor Nº YLN303CT18735, marca motor Yue loong, 1171 c.c., cuatro cilindros, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Ronald Bolaños Ortiz y Sumara Cordero Quesada. Expediente Nº 95-000937-0227-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—((100506).
A las dieciocho horas y veinte minutos del seis de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de cinco millones seiscientos ochenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Una limpiadora de arroz Super Brix, tipo GR-7, modelo 1083 serie Nº 312-001, con motor siemens de 6,75 KW. 2) Un ventilador Super Brix, modelo FB-350, con motor de 2,70 KW, sin número, estado bueno. 3) Una báscula de paso Super Brix de acción mecánica, modelo BP-1, serie Nº 1363-008. 4) Un descarador de arroz Super Brix modelo 1983, de sistema neumático, tipo DF10A, serie Nº 1222018, con separadora de cascarilla, tipo CC2, y motor de 9 KW, serie Nº 1211-155. 5) Una turbina Super Brix tipo FT-450, con motor serie Nº 1362-010 de 4,95 KW. 6) Una Mesa Separadora de Paddy Super Brix tipo SP-48 modelo 1983, con motor de 3,60 KW número de serie 1290-48. 7) Un ciclo aspirador circular super brix, modelo CA-1 con estructura de soporte sin número estado bueno. 8) Un Pulidor, tipo de esmeril Super Brix. tipo PH-3, modelo 1983 Nº de serie 13-025 con motor de 27 KW. 9) Dos Pulidores tipo de fricción Super Brix tipo PF4, serie Nº 1336-196 y 1337-197 con motores de 13,50 KW con un valor de doscientos cincuenta mil colones cada uno. 10) Un sacudidor abrillantador Super Brix tipo SH3 modelo 1983, serie Nº 1350-009, con motor de 2,70 KW. 11) Una Zaranda clasificadora Super Brix tipo ZR-30, serie Nº 1360-009, modelo 1983, de dos pisos con motor de 1,35 KW. 12) Un cilindro clasificador Super Brix alveolado tipo TC20 serie Nº 1315-139, con motor de 1,35 KW; Un panel de Control de Motores Siemens con luces. para señales, sin número, estado bueno. 13) Una báscula ensacadora Grainman modelo 41-GDS-32 Nº de serie 83-GBS-368, para sacos con peso máximo de 63 KG. 14) Un Silo Tanque Fab Nacional, Silo para alimentación de Molino arrocero contruido en lámina de 1,5 mm, con refuerzo y soporte de hierro angular sin número, mide 2,50 X 2,50 M. de base por 2,70 M. de altura, capacidad 9,180 KG. 15) Un Transportador Sin Fin, Fab Nacional con aleta de 20,31 Cm de diámetro, motor de 1,50 KW sin número, estado bueno. 16) Un Transportador Sin Fin, Fab Nacional, con aleta de 22,85 Cm de diámetro motor de 1,50 KW, sin número. 17) Un elevador de huacales doble Fab Nacional, con huacales de 17,77 X 12,69 cm. faja de 20,31 cm y motor de 3 KW, sin número. 18) Una Plataforma Fab Nacional de soportación para el descascarador con base construida en hierro angular, piso en lámina antideslizante, escalera y baranda de protección, sin número, estado bueno. 19) Una tolva de retensión Fab Nacional, para el descarador, sin número, estado bueno. 20) Un elevador de huacales sencillo Fab Nacional con huacales de 12,60 X 10,15 Cm con motor de 2,25 KW, sin número, estado bueno. 21) Una tolva de retención fab nacional para los pulidores, sin número. 22) Una estructura de soporte Fab Nacional, construída en hierro angular sin número para la torre de clasificación estado bueno. 23) Un ciclón colector de semolina Fab Nacional, con boca de ensague y siete metros de tubería para la conducción de semolina, sin número, estado bueno. 24) Una tolva de ensaque Fab Nacional para el producto final, sin número, estado bueno. 25) Un elevador de huacales Fab Nacional sencillo con huacales de 12,69 X 10,15 Cm y motor de 2,25 KW, sin número, estado bueno. 26) Un depósito para cascarilla Fab Nacional, sin número, incluye dieciséis metros de tubería para conducción de cascarilla e interconexión de equipos, codos, acoples, pernos, etc. 27) Una prelimpiadora marca Super Brix tipo Pcc-50 Nº de serie 1316-131, modelo 1983, con motor de 5KW y estructura metálica para soporte. 28) Un elevador de huacales Fab. Nacional sencillo con huacales de 12,69 X 10,15 cm y motor de 2,25 KW, sin número, estado bueno. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de BAC contra Rojas Villalobos Jorge Eduardo, Villalobos Ulloa Gilda María. Expediente Nº 96-000957-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(100508).
A las once horas del veintiséis de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de tres millones cuatrocientos diez mil colones y libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil seiscientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, bloque G, lote G-1. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote G-22; al sur, calle pública; al este, lote G-2, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos treinta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Martha Eugenia Soto Chavarría. Expediente Nº 07-001490-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del 2007.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(101095).
A las ocho horas y veinte minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 del sistema financiero y con la base de dos millones ciento setenta y tres mil ciento sesenta y tres colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número ciento dos mil seiscientos sesenta y dos cero cero cero. Que es terreno: Para construir lote 13 G. Sitio: distrito Corredor, cantón Corredores de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, lote 12 G; sur, lote 14 G; este, calle pública con 8 metros de frente y al oeste, lote 25 G. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 04-016544-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Florita Yalile Lezcano Flores.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—(101096).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las diez horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, con la base de doce millones de colones, en el mejor postor se rematará las siguientes fincas que se encuentran inscritas en el Registro Público de , partido de Limón, la primera matrícula Nº 114002-000 y soporta servidumbre de paso y la cual responde por un monto de seis millones de colones; que es terreno de plantas ornamentales precipita treinta y cinco, situado en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón, que mide: cinco mil novecientos cuarenta y siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, y linda al norte, con El Precipita de Guácimo S. A.; al sur, con El Precipita de Guácimo S. A.; al este, con servidumbre agrícola con un frente de 45.10 cm, y al oeste, con quebrada sin nombre de por medio el Precipita Guácimo S. A.; la segunda finca matrícula Nº 112578-000 y soporta servidumbre de paso y la cual responde por un monto de seis millones de colones; que es terreno de plantas ornamentales lote 4, situado en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón, que mide: cinco mil novecientos veintisiete metros con setenta decímetros cuadrados, y linda al norte, con El Precipita de Guácimo S. A.; al sur, con Abel Chavarría Ramos; al este, con servidumbre agrícola con un frente de 20.00 metros y El Precipita de Guácimo S. A., al oeste, El Precipita Guácimo S. A. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, Nº 07-000149-0930-CI, de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eilyn María Castillo Solano.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(100509).
A las nueve horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios, soportando infracción/colisión bajo la boleta 2005530001, sumaria 06-600999-607-TC3 y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Hyundai, modelo 1994, estilo Elantra, 04 cilindros, combustible gasolina, cubicaje 1500 centímetros cúbicos, chasis número KMHJF31JPRU762610, motor G4DJR374045, color blanco, capacidad 05 pasajeros, placas número 483253. Se ordena el remate en ejecutivo prendario 07-000440-0180-CI-4 de Instacredit S. A., contra Armel José Alfaro Cruz.—Juzgado Primero Civil de San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(100537).
A las nueve horas y veinte minutos del veintinueve de noviembre del año del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Sánchez; al sur, calle pública; al este, Víctor Núñez y al oeste, Ridley Arrieta Chavarría. Mide: doscientos treinta y dos metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Elvin Torres Obando, Haydee del Carmen Díaz Viales, Rónald Torres Obando. Expediente 02-000693-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Quesada Vargas, Jueza.—(100573).
A las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando anotación de decreto de embargo por el tomo 543, asiento 10334, servidumbre trasladada 238, asiento 2680 y al tomo 335, asiento 3023 y con la base de ochocientos noventa y un mil treinta y nueve colones con nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil seis-cero cero uno y cero cero dos, dos derechos a un octavo cada uno sobre la nuda propiedad la cual es terreno de café y pastos. Situada en el distrito octavo, Ángeles, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Adrián Rodríguez; al sur, Rita Vargas; al este Eric Gerardo Moya Rojas y al oeste, río : trece mil ochocientos treinta y nueve metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Claudia Odilie Artavia Mora, Fulvio Quesada Víquez, Shirley Quesada Artavia, William Cambronero Álvarez, expediente 04-000574-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de octubre del 2007.—Lic. Luis Eduardo Mesén García, Juez.—(100577).
A las nueve horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta millones de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en Registro Público, partido de San José, matrícula 506993-000, que es terreno para construir con patio de maniobras, bodega, oficina, baños y taller, situada en el cantón primero, distrito 11 San Sebastián, de la provincia de San José. Linderos: al norte, con Bodega Modernas S. A.; al sur, con calle pública con un frente a ella de 21,94 cm; al este, con Rogelio Jiménez Castro; y al oeste, con calle pública con un frente a ella de 26,18 dm. Mide ochocientos sesenta y dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 07-001739-0180-CI-1 de Cooperativa de Ahorro y Crédito de de Ciudad Quesada COOCIQUE R. L. contra Autobuses A.—Juzgado Primero Civil de San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—(100598).
A las ocho horas quince minutos, del dieciséis de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de once mil seiscientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero trece mil cuatrocientos veinticuatro-cero diez, la cual es terreno de solar y jardín con una casa. Situada en el distrito tercero (San Miguel), cantón tercero (Santo Domingo), de la provincia de Heredia. Colinda al norte, con terreno; al sur, con calle pública en medio herederos de Josefa Barquero; al este, con Manuel Vargas; y al oeste, con terreno. Mide: tres mil cuatrocientos noventa y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Luis Cirilo Brenes Montero contra Miguel Ángel Bustos Córdoba. Exp. Nº 06-000632-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(100609).
A las nueve horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor y con las bases que se dirán, remataré: primer inmueble: libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor del Banco Nacional de Costa Rica sea por la suma de cuatro millones de colones, soportando Ley de Aguas y Reservas Ley de Caminos, al tomo 418, asiento 17.702 del Diario del Registro Público, remataré: inmueble inscrito en Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número 292.003-000 y que se describe así: terreno de uso agrícola y repastos. Sito: en distrito uno Los Chiles, del cantón catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Lindante al norte y oeste, Albino González; al sur, Máximo Antonio Arguedas Barrantes; y al este, calle pública. Mide: cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta y un metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Segundo inmueble: Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, con la base dada por el perito a folio 132, sea por la suma de noventa y nueve millones quinientos diecisiete mil seiscientos veintiocho colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Heredia, matrícula de Folio Real número 101.501-000 y que se describe así: terreno de cafetal. Sito: en distrito tres San Francisco, cantón uno Heredia, de la provincia de Heredia. Lindante: al norte, calle privada en medio Cerlindo Barrantes; al sur y al oeste, Víctor Arguedas Barrantes; y al este, calle pública. Mide: mil cuatrocientos siete metros con tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 05-100113-0297-CI (5). Que es ejecutivo simple de Agrovet El Colono S. A. contra Máximo Antonio Arguedas Barrantes.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 18 de octubre del 2007.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—Nº 75288.—(100849).
A las nueve horas treinta minutos, del diecisiete de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de tres millones quinientos mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: cien fanegas de café maduro de variedad caturra. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Román Sandoval Rafael contra Cooperativa Autogestionaria de Producción de Industrialización de Chayote R. L. Exp. Nº 07-001764-640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 31 de octubre del 2007.—Lic. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—Nº 75296.—(100850).
A las diez horas, del doce de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones y con la base de tres millones ciento setenta y nueve mil quinientos noventa y siete colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 007773-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Teresa Redguara y Sarson West; al sur, Frederick Crawford; al este, Gonzalo Jiménez; y al oeste, calle pública con 6,07 metros y otro. Mide: doscientos setenta y cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple del Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Marlon Jones Mc Farlane, Marvin West Dean, Sanson West Mc Faraland. Exp. Nº 99-101203-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 75297.—(100851).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos, del diecinueve de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones inscritas al tomo 281, asiento 05615 del diario del Registro Público y con la base dada por el perito a folios 114 a 119, sea por la suma de un millón ciento noventa y siete mil seiscientos colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 401.203-000 y que se describe así: terreno para construir. Sito: en el distrito trece Peñas Blancas, cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, sur y oeste, María Cristina Artavia Porras y al este, calle pública. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 03-100310-0297-CI (5), que es ejecutivo hipotecario del Banco de Costa Rica contra José Enrique Brenes Artavia y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 75313.—(100852).
A las ocho horas, del veintinueve de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre y condiciret. a las citas 303-04317-01-0901-002, 353-05773-01-0901-001 y 353-05773-01-0902-001 y con la base de siete mil ciento veintidós dólares, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento treinta y tres mil ciento setenta y cinco- cero cero cero, que es terreno de café, situado en distrito primero San Vito, cantón octavo Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, José Luis Mena Fernández; sur, José Ángel Trejos y calle pública; este, José Luis Mena Vega; y oeste, Juan Rafael Rivera Picado. Mide: cinco mil quinientos cincuenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados, plano P-0814133-2002. La finca descrita pertenece a Óscar Lizano Barrantes. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario N° 07-100142-188-CI interno 152-07-JC-4 de Fabián Murillo Vargas contra Óscar Lizano Barrantes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 3 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 75322.—(100853).
A las diez horas treinta minutos, del veinte de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base ocho millones de colones remataré la finca inscrita en Propiedad partido de San José, matrícula número doscientos sesenta y cuatro mil doscientos diez-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación, terraza patio de pilas, bodega y cochera, situado en el distrito primero, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Linda: norte, calle pública con 22 m 08 cm; sur, Eduardo Rodríguez Navarro; este, calle pública con 25 m 46 cm; y oeste, Municipalidad de Pérez Zeledón. Mide: quinientos noventa y siete metros con treinta y dos decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Peyflor del Sur S. A. Lo anterior se remata por estar ordenado así en hipotecario N° 07-100753-0188-CI interno 797-07 R-2 establecido por Inmobiliaria Jukama S. A. contra Peyflor del Sur S. A.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 1º de noviembre del 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 75323.—(100854).
A las trece horas treinta minutos, del trece de diciembre del dos mil siete. Desde la puerta exterior que ocupa este Despacho, libre de gravámenes prendarios, con la base de quince millones de colones, en el mejor postor remataré: una embarcación denominada “Joshua”, con matrícula P-un mil trescientos treinta y cinco, con las siguientes características: eslora: veinte punto veintidós metros, manga: cinco punto cuarenta y cinco metros, puntal: dos punto setenta y tres metros, equipada con motor marca Cartepillar, de trescientos sesenta y cinco de H.P, con combustible de diesel y con caso de acero. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario N° 06-100783-0642-CI-4 del Banco Nacional de Costa Rica contra Pesca Clarimar del Cocal S. A.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 29 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—Nº 75343.—(100855).
A las nueve horas quince minutos, del lunes tres de diciembre de dos mil siete, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, soportando gravamen a la orden del Juzgado de Tránsito de Heredia, sumaria número 05-5973-497-TR y con la base de dos millones doscientos setenta y cuatro mil ciento cincuenta y dos colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 227241, con las siguientes características: automóvil marca Ford, estilo Explorer XLT4X, año 1994, color azul, de gasolina, para cinco personas, chasis número 1FMDU34X5RUA30191. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario N° 03-001538-183-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Juan Daniel Rodríguez Rodríguez.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 75348.—(100856).
A las nueve horas del diecinueve, de diciembre del dos mil siete, en la puerta principal del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 312-02771-01-0901-043, servidumbre de paso bajo las citas 481-13650-01-0004-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones, remataré: finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 173.114-000, que es terreno para la agricultura con una casa sito en de San Carlos, distrito siete del cantón diez, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Juan Bautista Castro Chaves, calle pública, Gerardo Rojas García, y Luis Gustavo Rojas García, todos en parte; al sur, Carlos Luis Rodríguez Miranda, Rafael Ángel Rodríguez y Luis Gustavo Rojas García, todos en parte; al este, Rubén Zúñiga Chaves, Gerardo Rojas García, Víctor Manuel Quirós Arrieta, todos en parte; y al oeste, Rigoberto Vega Vargas, Marvin Valverde Monge, Luis Gustavo Rojas García, Juan Bautista Castro Chaves y Rigoberto Vega Vargas, todos en parte. Mide: cuarenta y dos mil quinientos sesenta y ocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por estar así ordenado en ejecutivo hipotecario de Édgar Arce Rojas contra Greivin Alonso Rojas García. Exp. Nº 07-100799-297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—Nº 75357.—(100857).
A las nueve horas, del veintinueve de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base dada por el perito sea la suma de diecisiete millones trescientos ochenta y ocho mil trescientos noventa y dos colones, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, Sistema de Folio Real matrícula número doscientos noventa y un mil cuatrocientos cincuenta y ocho- cero cero uno- cero cero dos y cero cero tres, que es terreno para construir, situado en distrito primero, cantón diecinueve, de la provincia de San José. Lindantes: norte, calle pública con un frente a ella de ocho metros treinta y seis centímetros; sur, Félix Monge; este, Álvaro Madrigal y otro; y oeste, Rafael Ángel Monge. Mide: trescientos treinta y cuatro metros con quince decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece el derecho cero cero uno a Silvio Antonio Elizondo Quirós, los derechos cero cero dos y cero cero tres a Blanca Nieves Elizondo Quirós. Lo anterior se remata por estar así ordenado en abreviado N° 05-100152-0188-CI (interno 157-05 Y1) de María Elena Villalba Altamirano contra Blanca Nieves Elizondo Quirós.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 9 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 75363.—(100858).
A las diez horas treinta minutos, del siete de diciembre del año dos mil siete, en la puerta que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes prendarios pero soportando anotación judicial por colisión de la sumaria número 02-600202-403-TC, sin sujeción a tipo, remataré: el vehículo, marca Isuzu, estilo KB dos mil quinientos, categoría carga liviana, motor número quinientos diecisiete mil doscientos cincuenta y nueve, color verde esmeralda, combustible diesel, modelo noventa y uno, placas CL ciento catorce mil novecientos cincuenta y siete. Se remata por ordenarse así en expediente ejecutivo prendario número 04-100176-0389-CI (188-2-2004-C), establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Idalie Morun Calvo y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, 19 de octubre del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Nº 75372.—(100859).
A las nueve horas, del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de trescientos seis mil ochocientos treinta colones, en el mejor postor remataré: una cámara enfriadora marca Fogel, modelo VR treinta y cinco RE, serie número cero cuatro cero siete uno cero cero tres tres, con capacidad de treinta y cinco pies cúbicos, dos puertas de halar parrillas ajustables, iluminación interior, color blanco. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario N° 2007-002194-220-CI establecido por Electro Frío de C.R. S. A., contra Jorge Arturo Chacón Fernández.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 73378.—(100860).
A las diez horas quince minutos, del once de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de ested, libre de gravámenes prendarios, y con la base de ocho mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas SJB-010104, marca Hyundai, modelo 2003, estilo Grace H100GRANDS, capacidad quince personas, color gris, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 07-001720-184-CI-0, de Rubén Arce Pérez contra Alexander Alpízar Gamboa.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 75383.—(100861).
A las catorce horas diez minutos del once de diciembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a de Tránsito y, esta vez sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas trescientos treinta y un mil setecientos ochenta y uno, marca Hyundai, modelo mil novecientos noventa y uno, motor G4DJ295592, estilo Excel GLSI, gris, combustible gasolina, chasis KMHVF31JPMU547010, carrocería Sedan cuatro puertas, capacidad cinco personas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Credimovil S. A. contra Francisco Madrigal Zamora. Expediente 06-000665-182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 30 de octubre de 2007.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—Nº 75384.—(100862).
A las nueve horas del cuatro del cuatro de diciembre del dos mil siete, en la puerta del edificio que ocupa este Juzgado y con la base de trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, con las reservas de Ley, en el mejor postor remataré el derecho de la finca del Partido de Alajuela, inscrita bajo el sistema de folio real matricula número ciento cuarenta y dos mil seiscientos ochenta y seis cero cero cinco, terreno de pastos, situado en Florencia distrito dos, San Carlos cantón diez de Alajuela, mide cuarenta y nueve mil setecientos cuarenta y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados, plano número no se indica, colinda al norte con ganadería Santa Marta S. A., al sur con calle pública, al este con carretera nacional en medio otro, oeste con ITCR. Se remata por haberse ordenado así en proceso hipotecario Expediente Nº 07-100278-0681-CI, Nº interno 294-07-2, establecido por Roger Valverde Salazar, contra empresa J.R. veinticinco S. A.—Juzgado de Menor Cuantía de Pococí, Guápiles, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—Nº 75387.—(100863).
A las trece horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil siete, en la puerta que ocupa este despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, con la base de tres millones cuatrocientos dos mil trescientos cincuenta y seis colones netos, remataré: La finca inscrita en el Registro Público de , partido de Guanacaste, inscrita en el folio real sesenta y cuatro mil ciento quince- cero cero cero, que es terreno bloque B lote seis B construir, sito en el distrito primero, cantón seis, de la provincia de Guanacaste, linda al norte: con lote cinco B, al sur con lote siete B, al este con calle pública con un frente de ocho metros con cincuenta centímetros lineales y al oeste con lote cero ocho B, con una medida de ciento ochenta y siete metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 97-100376-0389-CI (376-4-1997), proceso ejecutivo simple, establecido por Banco Nacional de Costa Rica, contra Benedicto Zúñiga Zúñiga y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 10 de octubre del 2007.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—Nº 75389.—(100864).
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas S 011211, marca Trailmobile, categoría Semi Remolque, año 1991, color verde, estilo Furgón, carrocería caja cerrada o furgón, uso particular. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Pablo Moya Araya contra VCN Packaging Costa Rica sociedad anónima. Expediente: 07-001789-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de octubre del año 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 75391.—(100865).
A las trece horas treinta minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando gravamen de demanda penal al tomo 570, asiento 99378 y con la base de cinco millones quinientos mil colones, remataré en el mejor postor la finca garante, doscientos sesenta mil ciento nueve- cero cero cero; que es lote 56 con una casa; sita en el distrito primero Curridabat, cantón dieciocho Curridabat, de la provincia de San José, Linda al norte y al sur con Contec S. A., al este con calle pública con catorce metros, y al oeste con Flora Castro Beeche. Mide: cuatrocientos cuatro metros con veinticinco decímetros cuadrados; según plano SJ-0317110-1978. La finca pertenece a Inversiones Reales y Comerciales Las Gambas del este S.R.L. Lo anterior por haberse así ordenado en ejecutivo hipotecario Nº 07-100299-341-CI-322-A, de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Guido Francisco Arias Ramírez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 1 de noviembre del 2007.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 75402.—(100866).
A las diez horas treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre y calle ref: 2493-169-001, bajo las citas de inscripción 309-02910-01-0901-001, limitaciones del INVU con citas de inscripción 437-17670-01-0018-001 y demanda ordinaria inscrita al tomo 540 asiento 14580-01-0001-001 y con la base de seis millones ochocientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trece-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa marcada con el número 45, conjunto Llanos de Gloria. Situada en el distrito Tirrases, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte callejón; al sur INVU; al este INVU y al oeste INVU. Mide: ciento dieciséis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Olga Lidia Cedeño Gómez contra Antonio Ventura Calderón Fernández. Expediente Nº 02-000106-0164-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José, 23 de octubre del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 75427.—(100867).
A las once horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos un mil ciento cuarenta y tres-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, San Ramón, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, al sur; y al este con Jofava sociedad anónima; y al oeste calle pública con seis metros de frente. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Norman López Rojas contra Carolina Pereira Jiménez, expediente: 05-000266-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 19 de octubre del año 2007.—Lic. Luis Eduardo Mesén García, Juez.—Nº 75434.—(100869).
A las ocho horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y dos dólares con nueve centavos; remataré: la finca inscrita en el partido de San José, matrícula de folio real número F veintisiete mil doscientos cuarenta y cuatro-cero cero cero (F 27244-000), la cual es finca filial en proceso de construcción destinada a uso habitacional. Sita en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú de de San José. Linda: al norte con área de circulación, al sur con resto destinada a área publica, al este con filial numero cuatro y al oeste con Corporación Roype de Costa Rica S.A. Mide doscientos treinta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado en el proceso ejecutivo hipotecario N° 07-001826-0184-CI-5 de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Luis Cordero Solano, Luis Cordero Quesada y Vistas del Cañón Limón Cinco S.A.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—Nº 75450.—(100870).
A las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de ley de aguas y caminos y con la base de tres millones doscientos dieciocho mil doscientos treinta y nueve colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Cartago, sección de propiedad bajo el sistema de folio real, matrícula número 142.169-000 la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 2 Cervantes, cantón 6 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Cristobalino Araya; al sur Dulce María Ramírez Castillo; al este Eduardo Rodríguez Johanning y al oeste calle pública con 11 metros 12 centímetros. Mide: doscientos veintitrés metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecutivo Hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Alberto Solano Ramírez. Expediente Nº 07-001782-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de octubre del año 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguéz, Juez.—Nº 75489.—(100871).
A las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre próximo, en a puerta exterior de este despacho, y con la base de sesenta y un mil novecientos noventa dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el registro público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil seiscientos setenta y siete-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir, lote cincuenta y cinco. Situada en el distrito cuatro San Roque, cantón dos Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Avenida calle pública; al sur lote número cincuenta, al este lote número cincuenta y seis y al oeste lote número cincuenta y cuatro y lote número cincuenta y tres. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Gaspar Ramón González, Kattia Lorena Rojas Zúñiga. Expediente: 06-001734-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del año 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 75493.—(100872).
Al ser las nueve horas treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado 1) Soportando servidumbre trasladada, hipoteca de primer grado y embargo practicado al tomo 490 asiento 14010, con la base de seiscientos ochenta y ocho mil trescientos noventa y ocho colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela matricula número trescientos noventa y ocho mil ochocientos treinta y nueve-cero cero cero, que es terreno de agricultura, situado en distrito dos San Isidro, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela; linda al norte con Víctor Julio Alfaro Rodríguez, al sur con Mezclas Orgánicas S. A., al este con calle pública con un frente de 10 metros con 23 decímetros cuadrados y al oeste con Víctor Julio Alfaro Rodríguez; mide quinientos ochenta y nueve metros con trece decímetros cuadrados, plano catastrado A 0881248-2003. 2) Soportando servidumbre trasladada, hipoteca de primer grado y embargo practicado al tomo 490 asiento 14010, con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y siete colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela matricula número trescientos noventa y ocho mil ochocientos cuarenta-cero cero cero, que es terreno de agricultura con una casa de habitación, situado en distrito dos San Isidro, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela; linda al norte con Gilberto Alvarado Quesada, al sur con Víctor Julio Alfaro Rodríguez y Mezclas Orgánicas S. A., al este con calle pública con un frente de 50 metros con 19 decímetros cuadrados y al oeste con Armando Hidalgo Pacheco; mide mil trescientos diecinueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados, plano catastrado A 0881249-2003. 3) Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando practicado al tomo 490 asiento 14010, con la base de dos millones trescientos noventa y seis mil trescientos noventa y nueve colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela matricula número ciento noventa y siete mil setecientos setenta - cero cero cero, que es terreno de potrero con una casa, situado en distrito trece Peñas Blancas, cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela; linda al norte con Quebrada en medio Hernán Zamora, al sur con calle pública, al este con calle pública y José Salazar y al oeste con calle pública; mide mil setecientos setenta y cinco metros con once decímetros cuadrados, plano catastrado no se indican. Lo anterior por haberse ordenado así en ordinario Nº 02-100283-295-CI, de Vilma María González González contra Víctor Julio Alfaro Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 18 de octubre de 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 75495.—(100873).
A las trece horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de ciento cincuenta mil colones, libre de gravámenes al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 138528-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Nilda Valle Gómez; al sur Humberto Matarrita Rodríguez; al este Gregorio Matarrita Rodríguez y servidumbre en medio y al oeste temporalidades Arquidiócesis iglesia veintisiete de abril. Mide: doscientos treinta y tres metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Margarita Renny Juárez Matarrita contra Rafael Rosales Matarrita. Expediente: 07-000727-0780-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Santa Cruz, 18 de octubre del año 2007.—Lic. Yorleni Bello Varela Jueza.—Nº 75511.—(100874).
A las nueve horas del cinco de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de aguas y reservas de Ley de caminos y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Limón, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y dos mil novecientos cincuenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para agricultura lote 170-17-1 mapa 311. Situada en el distrito cuarto, Río Jiménez, cantón sexto, Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Esteban Hernández; al sur Juan Espinoza; al este IDA y al oeste calle. Mide: cien mil metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de X Cinco S. A. contra José Wilberth Elizondo Arredondo. Expediente: 06-000639-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del III Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de Octubre de 2007.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 75514.—(100875).
A las once horas quince minutos del tres de diciembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando colisión, sumaria 07-601079-0479-TC del juzgado de tránsito del primer circuito judicial de San José y con la base de dos millones novecientos cuarenta y nueve mil quinientos colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré bien inscrito en el registro público, sección vehículos, placa número 546895, con las siguientes características: automóvil marca Hyundai, estilo Grace, año 1994, color verde, de diesel, para quince personas, motor número D4BFR822601. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-001801-0183-CI de Inmobiliaria Masol S. A. contra Eddy Sánchez Sánchez.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 30 de agosto de 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—Nº 75520.—(100876).
A las ocho horas del once de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de siete mil trescientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos cincuenta y un mil trescientos sesenta y cuatro cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa, lote 79. Situada en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 78; al sur lote 80; al este lotes 98 y 99 y al oeste calle pública. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Gerardo Enrique Chavarría Venegas contra Ana Victoria Arias Castillo, Óscar Alberto Murillo Arias. Expediente: 07-001502-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del año 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 75529.—(100877).
A las once horas del once de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre y calle y con la base de veinte mil ciento sesenta y una punto setenta y tres unidades de desarrollo o su equivalente en colones a la hora señalada, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 470-565-000 la cual es terreno para construir, lote 13, marcado con el número 59. Situado en el distrito 4 Tirrases, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Faustina Carvajal; al este INVU y al oeste Dinorah. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Carlos Dudedic Muñoz Arauz. Expediente Nº 07-001898-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de octubre del 2007.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—Nº 75545.—(100878).
A las catorce horas treinta minutos del trece de diciembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, y con la base de un millón cuatrocientos ochenta mil colones al mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas 648271, marca Honda, estilo Civic, tracción sencilla, chasis UN HGEG ocho seis cinco uno NL cero siete siete ocho nueve uno, motor D uno cinco B siete uno cinco ocho seis ocho uno nueve, año 1992, color blanco, capacidad cinco personas, cilindrada 1500 c.c., carrocería sedan cuatro puertas Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Autos Grecia S.R.L. contra Ana Orias Galagarza. Expediente 07-001852-182-CI(2).—Juzgado Tercero Civil De Mayor Cuantía, San José, 25 de octubre de 2007.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—Nº 75548.—(100879).
A las trece horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón doscientos mil colones netos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el registro público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 050119-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito 03 San Pedro, Cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Joaquín Solís Jiménez; al sur calle pública con 09,7 OCM.; al este Otoniel Montero León y al oeste Joaquín Solís Jiménez. Mide: mil ochenta y ocho metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Juan Carlos Rodríguez Arce contra Nidia Montero Sánchez, expediente Nº 02-001065-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 5 de setiembre del año 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—Nº 75573.—(100880).
A las nueve horas treinta minutos, del doce de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ochenta mil unidades de desarrollo o su equivalente en colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 048388-000, la cual es terreno, solar inculto con 1 casa. Situada en el distrito 02 Occidental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Roberto Castillo en medio otro; al sur Clemencia Guzmán en medio otro; al este calle pública y otro en medio y al oeste Manuel Leitón y otro. Mide: trescientos cincuenta y cuatro metros con nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional, de Costa Rica contra Grettel María Aguilar Pérez. Expediente Nº 07-001794-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de octubre del año 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguéz, Juez.—Nº 75579.—(100881).
A las diecisiete horas y cuarenta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, sin sujeción a base, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el registro público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número F treinta mil trescientos noventa y uno-cero cero cero. Que es terreno: filial secundaria tres-uno de dos plantas destinada al uso habitacional en proceso de construcción. Sito: distrito cero cuatro, San Rafael, cantón quince Montes de Oca, de de San José. Linderos: norte compañía textil centroamericana y área común libre, sur área común libre de accesos vehiculares y peatonales, filial tres dos y área común libre del condominio C, este; área común libre y filial uno-tres y oeste, área común libre y filial tres-dos. Mide: trescientos veinticinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 03-000739-0640-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Martha Elizondo Ávila.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1° de noviembre del año 2007.—Lic. Sandra María Quesada Vargas, Jueza.—Nº 75580.—(100882).
A las nueve horas quince minutos del cinco de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y con la base de treinta y seis mil cuatrocientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 182172-000, la cual es terreno lote 13, bloque F, con una casa. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote 14; al sur lote 12; al este calle pública con 8.00 metros y al oeste área de juegos. Mide: ciento treinta y un metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Alfredo Fonseca Sanabria. Expediente Nº: 07-001824-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de octubre del año 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguéz, Juez.—Nº 75581.—(100883).
A las diez horas y treinta minutos del doce de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de treinta y un mil unidades de desarrollo o su equivalente en colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 126.368-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte María Granados; al sur María Granados; al este calle pública con 10,00 metros y al oeste Alcides Quirós y Fidel Quirós. Mide: doscientos once metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Gladys Rodríguez Sánchez, Rafael Ángel Fonseca Molina. Expediente: 07-001542-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de octubre del año 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguéz, Juez.—Nº 75582.—(100884).
A las nueve horas treinta minutos de veintinueve de noviembre de dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos ochenta y seis mil cien-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito quinto Palmira, cantón once Alfaro Ruiz de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública y Alice Mercedes Rojas Hidalgo; al sur calle pública, Francisco Hernández Obando, Jenny María Rojas Hidalgo; al este Francisco Hernández Obando, Jenny María Rojas Hidalgo, Ramiro Rojas Mora y al oeste calle pública. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con veintiún decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Coopecar R. L., contra Pedro Rojas García, expediente: 05-000302-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercero Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de octubre del año 2007.—Lic. Luis Eduardo Mesén García, Juez.—(100926).
A las ocho horas cuarenta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando servidumbre trasladada al tomo 378 y asiento 15013 y con la base de ocho millones ciento treinta y seis mil colones, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número trescientos setenta y siete mil siete cero cero cero, que es terreno para construir bloque 31-N-9, con una casa. Sito: distrito nueve Pavas, cantón San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lote 8; sur, lote 10; este, Sogeco S. A., y al oeste, lote 16. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-020830-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra Reynier Ruiz Chaves.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de octubre del 2007.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—(101471).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000732-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Dominga Álvarez Romero quien es mayor, estado civil soltero, vecino(a) de Liberia, Barrio ° 2, del Bar Marimar cincuenta metros al oeste, portador(a) de la cédula de identidad número cinco-cero cincuenta y cinco- seiscientos sesenta y ocho, profesión del hogar, y Álvaro Florentino Álvarez Romero quien es mayor, estado civil soltero, vecino(a) de Liberia, Barrio ° 2, del Bar Marimar cincuenta metros al oeste, portador(a) de la cédula de Residencia vigente que exhibe número doscientos setenta- setenta y un mil quinientos ochenta y dos- veintitrés mil doscientos dos, profesión Jornalero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón primero, Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Álvaro Florentino Álvarez Romero; al sur, con Eduardo Arroyo Hernández; al este, con Antonio Cabrera Venegas y Rosana Angulo Fernández y al oeste, con Yeisson Chaves Alfaro y Willy Pizarro. Mide: mil ciento noventa metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble del usufructo y de y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el terreno, sembrar árboles frutales, cercarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Álvaro Florentino Álvarez Romero. Exp. 07-000732-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 30 de octubre del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 75027.—(100330).
Isabel Cristina Ramírez Mora, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de Santa Rosa de Pocosol de San Carlos de Alajuela, de la bomba de gasolina, 320 metros al norte, cédula 2-423-775, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciera a Petra de los Ángeles Castillo Fonseca, cédula 2-186-915, en fecha 30 de agosto del 2007 y con quien no le liga parentesco alguno. Dicho terreno se describe así: Terreno para construir. Sito: en Santa Rosa, distrito trece Pocosol, del cantón décimo San Carlos, de de Alajuela. Linda al norte, calle pública con un frente de 16.41 metros lineales; al sur, y oeste, Petra de los Ángeles Castillo Fonseca, y al este, otra propiedad de la promovente Petra de los Ángeles Castillo Fonseca. Mide: novecientos treinta y ocho metros con doce decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-901788-2004 de fecha 09 de enero del 2004. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de trescientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 07-100691-0297-CI(5). Información Posesoria promueve Isabel Cristina Ramírez Mora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 75071.—(100331).
Bertilia Arias Fernández, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula 2-213-513, vecina de Las Delicias de Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, de la escuela 25 metros al norte y 50 metros al oeste, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciera en fecha 20 de junio del 2007 a Jairo de Jesús López Arrieta, quien es mayor, casado una vez, vecino de San Pedro de de San Carlos, del super Cindy, 400 metros al sur, constructor, cédula 2-550-266, con quien no le liga parentesco alguno. Dicho terreno se describe así: Terreno para construir. Sito: en San Isidro, distrito trece, Peñas Blancas del cantón dos, San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, calle pública con un frente a ella de veintiún metros con veintitrés decímetros lineales; al sur, Río Peñas Blancas; al oeste: Erroll Castro Sequeira, y al este, con Milena López Arrieta. Mide: mil sesenta y cinco metros con treinta y un decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-207648-2001 de fecha 23 de mayo del 2001. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 07-100608-0297-CI(5). Información Posesoria promueve Bertilia Arias Fernández.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 4, setiembre, 2007.—Licda. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 75142.—(100332).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000082-0815-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria para rectificar medida por parte de Modas Maye Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de personería vigente número 3-102-049253-28, a fin de rectificar la medida ante el Registro Público de del terreno que se describe así: Finca inscrita en el Partido de Alajuela, matrícula número 143772A-000, ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno cultivado de café y dos casas de habitación para peones. Situada en San José, en el distrito 06 San José, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cafetalera Torunes Sociedad Anónima; al sur, Instituto de Desarrollo Agrario y camino público con un frente a este de ciento noventa metros con diez centímetros; al este, Instituto de Desarrollo Agrario, y al oeste, Cafetalera Torunes Sociedad Anónima, en parte con quebrada en medio, en parte con zanjón en medio, además, Familia Ve Bol Sociedad Anónima con zanjón en medio y Edwina Chavarría Chavarría. Mide: ochenta y tres mil ciento veinticuatro metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados, datos según plano catastrado número A-480585-98 de fecha veintisiete de marzo del año de mil novecientos noventa y ocho. Mide: cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y un metros sesenta y nueve decímetros cuadrados, datos según registro. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Modas Maye Sociedad de Responsabilidad Limitada. Exp. Nº 07-000082-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de octubre del año 2007.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Nº 75146.—(100333).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-000091-0388-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Petronila Viales Peña quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Río Cañas, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-058-657, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: es terreno para construir, situada en Río Cañas el distrito cuarto Belén, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Luis Antonio Ortega Viales; al sur, con Ligia Ortega Viales; al este, con calle pública con un frente a ella de quince metros con diez centímetros lineales, y al oeste, con Petronila Viales Peña. Mide: mil tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según el plano catastrado G-677899-2001, de fecha 16 de enero del 2001. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera la señora Nora Ortega Viales, el día 05 de noviembre del 2005, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hacer rondas, chapeo y arreglos de cercos. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Petronila Viales Peña. Expediente Nº 05-000091-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 8 de marzo del año 2005.—Licda. Deyanira Abarca Vásquez, Jueza.—1 vez.—Nº 75151.—(100334).
Doris González Calvo, mayor, soltera, comerciante, vecina de , portadora de la cédula de identidad numero seis-ciento veintitrés- ciento sesenta y dos. Establece actividad judicial no contenciosa de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno que presenta una figura plana, rectangular, con una casa al frente y un solar atrás con algunas plantas y árboles. El mismo cuenta con los servicios básicos de electricidad, agua potable y servicio telefónico, Linderos actuales: norte, calle pública; sur; Eloy Olmos Olmos; este, Olda Mayorga Vásquez; oeste, Josefina Azofeifa Ramírez, situado en distrito primero, cantón sétimo de la provincia de Puntarenas. Mide: seiscientos sesenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-677791-2001. Lo adquirió mediante compra al señor Ramón Vega Cortés y la promovente ha tenido la posesión desde hace más de diecisiete años, que ha ejercido durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y a título de dueña, estima la finca en la suma de ochocientos mil colones. Con un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente 07-100115-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito, Puntarenas, 4 de octubre del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 75153.—(100335).
Gladys Rojas Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Platanar de San Carlos, 300 metros este de pulpería Aeropuerto, cédula 9-052-717, solicita se levante Información Posesoria y se ordene rectificar la medida que consta en el Registro Público de , de la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela matrícula de folio real número doscientos sesenta mil cuarenta y nueve-cero cero cero. Dicho terreno se describe así: Terreno con una casa, sito en Florencia, distrito segundo de San Carlos, cantón décimo de de Alajuela. Colinda al norte, al este, y al oeste, Víctor Manuel Ramírez Salas, y al sur, calle pública con 28,12 metros de frente. Mide: Novecientos once metros sesenta y ocho decímetros cuadrados, según el Registro público y el plano catastrado número A-922865-90 de fecha 25 de setiembre de 1990, y según el nuevo plano número 2-901907-2004 de fecha 12 de enero de 2004, cuenta con una cabida de mil trescientos treinta y un metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. El terreno cuya medida se pretende rectificar soporta limitaciones de leyes 7052, 7208 Sistema Financiero de Vivienda Inscritas bajo las citas: 490-05191-01-0002-001, y habitación familiar bajo las citas: 490-05191-01-0003-001. El inmueble fue estimado en la suma de veinticinco mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la rectificación solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 05-100920-0317 CI, (Consecutivo Interno N° 935-05). Información Posesoria promueve Gladys Rojas Castro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de octubre de 2007.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 75230.—(100336).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-100293-0390-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de de Jicaral de Puntarenas, con domicilio social frente a la plaza de deportes de de Jicaral, con cédula jurídica número 3-002-051423, representada por su apoderado general Marlene de los A. Reyes Gómez cédula de identidad número 6-232-239 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de solar con Salón Comunal. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Comité Cantonal de Deportes; al sur, Junta de Educación ; al este, Clodoveo Morales Blanco, y al oeste, calle pública con un frente de veinticinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Mide: Novecientos cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de forma derivada por una donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en levantado de cercas, limpieza de terreno y asistencia en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de de Jicaral de Puntarenas. Exp. 06-100293-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, Guanacaste, 28 de noviembre del año 2006.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 75275.—(100337).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000882-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Liliana de , quien es mayor, soltera, vecina de Barrio Veinticinco de Julio de Liberia, Guanacaste, 375 metros norte de la primera entrada casa A-25, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-252-749, salonera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en Buena Vista de Cañas Dulce de Liberia, el distrito segundo, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 50 metros; al sur, Seydi Herrera García; al este, Socorro de , y al oeste, Nelson Barahona Ramírez. Mide: once mil quinientos doce metros con treinta decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que le hizo a su hermano Ángel Ramón de , y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hacerle rondas, cuidarlo y mantener la casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Liliana de Exp. 07-000882-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 30 de octubre del año 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 75282.—(100338).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000141-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Municipalidad de Santa Cruz, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de mi propiedad. Situada en el distrito primero, cantón: Santa Cruz, de la provincia: de Guanacaste. Colinda: al norte, Félix Méndez Duarte, hoy Alejandro Briceño Mendoza; al sur, y este, Carlos Manuel Angulo Brenes, al oeste, calle pública. Mide: Seis hectáreas siete mil cuatrocientos cuarenta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Dicha propiedad la adquirió mi representada por rectificación de venta que le hizo el señor Alejandro Briceño Mendoza, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en rondas chapeo, cercos, además en la actualidad es utilizado como relleno sanitario para el Cantón de Santa Cruz y cuido en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Municipalidad de Santa Cruz. Exp. 07-000141-0391-AG.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del año 2007.—Licda Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—Nº 75315.—(100885).
Alejandro Cesar Álvarez Grijalba, mayor, casado una vez, oficinista, vecino de Ciudad Neily centro Corredores, Puntarenas detrás de de Hielo, cédula de identidad 6-214-293, promueve Diligencias de Información Posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de el inmueble que a continuación detallo: Terreno: Es terreno de naturaleza agraria y de conservación, tacotal. Situado: en de Pavones, del distrito primero Golfito, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: veinte hectáreas cinco mil cuatrocientos setenta y dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Linda actualmente: Norte, Regulo Muñoz García y Arnoldo Mora Rodríguez; sur, calle pública con un frente total de seiscientos veintinueve metros con cincuenta y cuatro centímetros lineales; este, Mario Badilla Alpízar; oeste, Teodoro Jaenz Rosales. Plano Catastrado número P-809017-2002. Se estima el inmueble en la suma de un millón de colones y el presente proceso en la suma de millón quinientos mil colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Notifíquese. Información Posesoria 06-000074-0419AG Interno 97-3-06 P/Alejandro Cesar Álvarez Grijalba.—Juzgado Agrario de Lic. Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—Nº 75354.—(100886).
Fidelina Arias Artavia, mayor, viuda una vez, de oficios domésticos, vecina de Bella Vista de Pococí, cédula 7-049-226, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que está situada en Bella Vista distrito primero, Guápiles, del cantón segundo, Pococí de la provincia Limón, que colinda al norte, Gerardo Venegas Guillén; sur, Evelio Herrera Murillo; este, calle pública con un frente a esta de veinte metros veinticuatro centímetros lineales y oeste, Rubén Jiménez Rojas. Mide: setecientos noventa y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene condominios, gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de ochocientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Información Posesoria Nº 03-100364-0468-CI. Titulante: Fidelina Arias Artavia.—24 de junio del 2003.—Lic. Damaris Acuña Fernández, Jueza.—1 vez.—Nº 75386.—(100887).
Las Temporalidades de de San Isidro de El General, institución sin fines de lucro, domiciliada en Pérez Zeledón, frente al parque, cédula jurídica número 3-010-045279-10 representada por Álvaro Coto Orozco cédula jurídica número 3-076-331 promueve diligencias de Información Posesoria, para inscribir a su nombre ante el Registro Público que a continuación detallo: terreno construido con el Templo Católico, sito en San Gerardo de Rivas, Distrito cuarto, cantón diecinueve Pérez Zeledón de de San José. Colinda al norte, y este, con Leila Fonseca Vargas; sur, calle pública, y oeste, Junta de Educación de San Gerardo de Rivas. Mide trescientos treinta y cinco metros treinta y un decímetros cuadrados, según plano que le corresponde inscrito en Catastro Nacional bajo el número SJ-1-1007062-2005. Se estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos. Diligencias de Información Posesoria promovidas por las Temporalidades de de San Isidro de El General, expediente número 07-100884-188-CI (884-07-JC-4).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 25 de octubre de 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 75524.—(100888).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000221-0391-AG-2 donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Mario Francisco Campos Esquivel quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número 6-089-567, vecino de de Lepante, Puntarenas frente a la escuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de , el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero, colinda: al norte, Lauro Morera Barquero e Ismael Castillo Guerrero ambos en parte; al sur, Yoyomi Sociedad Anónima; al este, Lauro Morera Barquero, y al oeste, calle pública con frente de doscientos ochenta y seis metros con ochenta y un centímetros lineales e Ismael Castillo Guerrero. Mide: cuarenta y tres hectáreas siete mil seiscientos cincuenta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-1171507-2007.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra verbal y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construir cercas, limpieza de terreno y de rondas, siembras de potreros, pastoreo de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Mario Francisco Campos Esquivel. Exp. 07-000221-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 30 de octubre del año 2007.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 75544.—(100889).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Rodrigo Rojas Rodríguez, quien en vida fue mayor, casado dos veces, vecino de San José, Pavas, Villa Esperanza, de la iglesia católica ciento cincuenta metros al norte, casa número siete, frente a la pulpería Villa Esperanza y portador de la cédula de identidad número tres-ciento cincuenta y seis-setecientos treinta y cuatro, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-100138-0891-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 9 de octubre del 2007.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—Nº 75010.—(100339).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María de los Ángeles Hernández Martínez, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de Cartago barrio Asís. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001616-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 75028.—(100340).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Álvaro Chacón Cabezas, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, cédula dos-ciento treinta-quinientos treinta y cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000861 -0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 75077.—(100341).
Lic. Ólger Gerardo Vargas Castillo, notario público, con oficina abierta en Palmares, Alajuela, hace saber a todos los interesados, que a las diez horas del cinco de noviembre del año dos mil siete, en mi notaría, bajo el expediente número 0001-2007, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial, de quien en vida fue Virgilio Rojas Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número dos-ciento siete-seiscientos treinta y nueve, con último domicilio Rincón de Zaragoza, Palmares, Alajuela, ciento cincuenta metros al este del abastecedor El Progreso, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a reclamar sus derechos en la oficina del suscrito notario, ubicada en la ciudad de Palmares, Alajuela ciento cincuenta metros al norte del parque municipal y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o quienes aleguen tener algún derecho que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Ólger Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 75096.—(100342).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Florencio Molina Molina, cédula 8-0049-0036, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a estas diligencias promovidas por Ramona Villalobos Sanabria y Rocío Molina Villalobos, esposa e bija respectivamente del fallecido, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen se procederá conforme a derecho. Expediente 2007-02.—, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 75097.—(100343).
Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Soledad Sanabria Solís, cédula tres-cero uno dos seis-cero dos nueve tres, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a estas diligencias promovidas por Ramona, Carmen, Eloísa, Marta, Marco y Ana, todos Sanabria Solís, hermanos de la fallecida, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen se procederá conforme a derecho. Expediente 2007-01.—, siete de noviembre del dos mil siete.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 75098.—(100344).
Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Jorge Chavarría Serrano, quien fue mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de San José, en calle tres bis entre avenidas nueve y once, casa número novecientos setenta y cuatro, cédula de identidad número uno-ciento cuarenta y tres-trescientos catorce, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a la oficina del notario Bautista Elgarrista Fuentes, situada en calle tres bis, entre avenidas nueve y once, casa número novecientos setenta y cuatro, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2007 proceso sucesión ab intestato de Jorge Chavarría Serrano.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Bautista Elgarrista Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 75137.—(100345).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Carmen María Sandí Duarte, mayor, casada una vez, profesora, vecina de Barranca, cédula seis-ciento ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio 07-100851-642-CI-2.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.— Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—Nº 75138.—(100346).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sandra Liliana Jiménez Rivera, quien fuera mayor, soltera, cédula 6-0088-0208, vecina de Quepos, hija de sus padres don Malaquías Jiménez Solano y Rosa Rivera Montenegro, quien falleció en el Hospital Max Terán Valls el día (21) veintiuno de marzo del presente año dos mil siete, a la edad de cincuenta y siete años, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Podrán apersonarse ante esta notaría pública sita en Cartago centro, del Banco de Costa Rica sucursal Los Ángeles ciento setenta y cinco metros este en oficinas Nueva Acrópolis, fax 552-3197. Expediente Nº 2007-005-NO-Suc.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—Nº 75150.—(100347).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Lauren Ramírez Alvarado, quien fuera mayor, divorciado, vecino de Liberia, Guanacaste, Barrio San Roque, 75 metros al oeste de la plaza de deportes. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 06-100692-0397-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Liberia, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Olidony Palacios Badilla, Juez.—Nº 75157.—(100348).
Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio testamentario del señor que en vida se llamó Fernando Quesada Víquez, y de la señora que en vida se llamó Clara Haydee Rivera Abarca, se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días, para que se apersonen al proceso mismo que se tramitará en actividad judicial no contenciosa ante el notario público Lic. Asdrúbal Mora Marín, con oficina en Paraíso-Cartago, 25 metros al este del Banco Popular de Paraíso. Publíquese en el Boletín Judicial.—Cartago, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Asdrúbal Mora Marín, Notario.—1 vez.—Nº 75197.—(100349).
Por única vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Teresa Hidalgo Arrieta, quien fue mayor, soltera, ama de casa, vecina de Pacayitas de Turrialba, cédula de identidad, casado una vez, agricultor, cédula número 3-196-735, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del término dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2007-100423-341-CI-454-A.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 75206.—(100350).
Por única vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Michel Alexánder Bastos Bogantes, quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de Turrialba, cédula 3-384-220, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del término dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2007-100382-341-CI-410-A.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Turrialba, 4 de octubre del 2007.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 75207.—(100351).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Cecilia Castrillo Leandro, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número uno-cinco siete ocho-ocho seis tres, vecina de San José, barrio Córdoba, cien metros este carnicería El Cordobés, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante la notaría de Reyes Sancho, con oficina abierta en San José, calle diecisiete, avenida treinta y cuatro y treinta y seis (cincuenta metros norte entrada principal del Centro Comercial del Sur) y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2007.—Lic. Geovanna Reyes Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 75216.—(100352).
Con treinta días de término se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la presente sucesión de Rafael María Araya Cambronero, cédula de identidad dos-ciento veintidós-setecientos cuarenta y cuatro, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Desamparados, para que se apersonen en defensa de sus derechos ante la notaría de Leslie María Arias Masís, con oficina abierta en San José, San Francisco de Dos Ríos, costado oeste del parque El Bosque, residencial Las Palmas número 37 y se les apercibe a quienes crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión intestada en sede notarial N° 005-2007. Así ordenado por resolución N° 01-2007 de las 8:00 horas del 9 de julio de 2007.—Lic. Leslie María Arias Masís, Notaria.—1 vez.—(100571).
tercera PUBLICACIÓN
Se hace saber que en este despacho el señor German Fuentes Chacón, mayor, casado una vez, constructor, vecino de Guápiles, Barrio San Miguel, cédula 9-0041-0465, ha promovido diligencias de reposición de título a fin de que se reponga la letra de cambio emitida a su favor en fecha cuatro de enero del dos mil seis por El Colono Agropecuario S. A., por un monto de un millón trescientos mil colones con intereses al dos por ciento mensual, pagadera el día treinta de julio del dos mil seis. Se concede a todos los que tuvieren interés en este asunto el plazo de quince días desde la última publicación del aviso que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y en uno de los periódicos de circulación nacional, para que se apersonen a hacer valer sus derechos. Expediente 07-000005-0930-CI. —Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de , Guápiles, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 63221.—(97969).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se interpuso proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada, número 07-002278-0165-FA, establecido por Rafael Eduardo Montealegre Salas, contra Omar Alberto Fernández Jamette y Nadja Dodero Cob, donde se dictó la resolución que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea. A las trece horas y catorce minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil siete. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Rafael Eduardo Montealegre Salas a favor de la menor Giuliana Fernández Dodero. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de y a de , por el plazo de tres días. De los autos se observa que se encuentra debidamente apersonada la madre de la menor, no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, este último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). De conformidad con el artículo 85, párrafo 4) del Código de Familia y siendo que el domicilio del señor Omar Alberto Fernández Jamette es desconocido, se ordena notificarle por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial, el cual queda en el Despacho a la orden del interesado. A los entes aludidos se les notificará por medio de de Notificaciones de este Circuito. Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada, establecido por Rafael Eduardo Montealegre Salas, contra Omar Alberto Fernández Jamette y Nadja Dodero Cob; expediente N° 07-002278-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Nº 75070.—(100354).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 07-000355-0673-NA, la señora Martha Eugenia Zúñiga Araya, solicita se apruebe la adopción individual de la menor Lilandra Fiorella Monge Blanco. Que dice: Juzgado de Familia de Heredia. A las ocho horas y treinta y tres minutos del veintinueve de octubre del año dos mil siete. Tramítese la presente solicitud de adopción individual, de la menor Lilandra Fiorella Monge Blanco, promovida por Martha Eugenia Zúñiga Araya, con intervención del Patronato Nacional de y de los interesados directos a quienes se les concede el plazo de cinco días para apersonarse o formular oposiciones. A los interesados directos se les comunicará por medio de un aviso que se publicará en el Boletín Judicial de conformidad con lo prescrito por el numeral 131 del Código de Familia. Señalen los promoventes el lugar donde se encuentra el adoptando y proceda el Patronato Nacional de a verificar dicha información. Para notificar a los entes aludidos, se comisiona a de Notificaciones de este Circuito Judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de octubre del 2007.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—Nº 75093.—(100355).
Se hace saber que en este Juzgado el señor Johnny Chacón Zúñiga, quien es menor, estudiante, costarricense, vecino de San José, Desamparados, San Rafael Arriba, urbanización El Grano de Oro, casa número 20; dentro del expediente número 07-001179-184-CI, ha promovido diligencias de cambio de nombre, para obtener autorización para cambiárselo por el de Víctor Daniel Chacón Zúñiga y se le confiere el plazo de quince días a cualquier interesado para que presente oposiciones, los cuales corren a partir de la publicación de este edicto. Exp. Nº 07-001179-184-CI. Cambio de nombre de Johnny Chacón Zúñiga.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—Nº 75273.—(100356).
Se hace saber a Lucha Elizabeth Díaz, mayor, casada una vez, estadounidense, documento de identidad P 701562638, de demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita el abreviado de divorcio, N° 07-400018-637-FA, de Freddy Soto Zamora en su contra. Se concede a Lucha Elizabeth Díaz, el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(100472).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 03-000443-0688-FA, los señores José Gelber Agüero Quesada y María Sinay Mesén Sancho, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor Yahosca Massiel Rivera Pérez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de mayo 2007.—Lic. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—(100474).
A quien interese se hace saber: que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Corporación Costarricense de Televisión S. A. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare la nulidad de la resolución N° 162-2007-P dictada por del Tribunal Fiscal Administrativo y en su lugar se mantengan como válidos y conformes al Ordenamiento Jurídico los oficios ATSJ-GER-055-2007 y ATSJ-GER-059-2007, ambos de de de San José, y que se declare correcta la imposición del pago de intereses sobre los pagos realizados por la empresa, para amortizar la deuda relacionada con el Impuesto sobre de los períodos 2004 y 2005. Además, en caso de oposición a la demanda se le condene al pago de las costas. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativa). Expediente Nº 07-001089-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de octubre del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 34561-Tributación Directa).—C-10890.—(100504).
A quien interese se hace saber: que en este Despacho, el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Eduardo Enrique Montero Rojas. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare que la resolución de del Tribunal Fiscal Administrativo, 96-2007 de las nueve horas del veintidós de marzo del 2007, es nula, careciendo de eficacia jurídica. Que la resolución de de Limón, INFRAC-G-07-167-06 de las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre del 2006, es conforme a Derecho y plenamente eficaz, deviniendo cumplirse la sanción de cierre de negocio por cinco días ahí impuesta. Que sean a cargo de la parte demandada ambas costas del proceso, así como los intereses correspondientes sobre esos extremos. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de de Administrativa). Expediente Nº 07-001063-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 34562-Tributación Directa).—C-10890.—(100505).
Ante esta notaría, han comparecido Víctor Manuel Venegas Navarro, cédula de identidad Nº 9-045-990, hijo de José Antonio Venegas Madrigal y Josefa Navarro Marín; María Ester Díaz Álvarez, cédula de identidad Nº 5-251-411, hija de Álvaro Díaz García y Virginia Álvarez Rodríguez, manifestando interés de contraer matrimonio civil. Dentro del plazo de ocho días, después de esta publicación se informa a todos aquellos interesados que tuvieran objeciones que hacer.—Cervantes, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.—1 vez.—Nº 63952.—(98916).
Los suscritos Ana Catalina Arguedas Fernández, mayor, psicóloga, soltera, estudiante, nacida en San José, Costa Rica, vecina durante los últimos tres meses de San Antonio de Coronado de la iglesia católica, 600 metros al sur y 25 metros al este, Urbanización Normandía, casa 148; cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y ocho-novecientos ochenta y ocho; hija de Fernando Arguedas B. y de Ana Coralia Fernández A. y Rodrigo Alberto Silesky Newcomb III, mayor, soltero, ingeniero en sistemas, nacido en Los Ángeles California, Estados Unidos de América; quien tiene cédula de identidad costarricense número uno-mil cincuenta y siete-treinta y ocho, vecino durante los últimos tres meses de Residencial Hacienda del Rey, casa 32 N, de Cartago, hijo de Rodrigo Alberto Silesky B. y de Donna Sue Newcomb; nos presentamos ante de Helen Duarte Gamboa, para los efectos correspondientes a manifestar que deseamos contraer matrimonio civil, indicando que no tenemos impedimento legal alguno y que contamos con la libertad de estado para tal acto.—San José, 23 de octubre del 2007.—Ana Catalina Arguedas Fernández.—Rodrigo Alberto Silesky Newcomb III.—1 vez.—(99027).
Presentes en este Despacho los señores Andy Francisco Villarreal Chavarría, mayor de edad, costarricense de veintidós años de edad, soltero, vecino de San Antonio de Nicoya, 500 norte de la plaza de deportes, cédula Nº 05-0347-0535, hijo Servello Villarreal Obando y de Floribeth Chavarría Obregón, asimismo presente la señorita Rodríguez Bustos Rebeca, menor de edad con número de identificación 05-0382-0882, según constancia de nacimiento, de dieciséis años de edad, estudiante, vecina de mismo lugar del anterior contrayente, hija de José Jarvi Rodríguez Villarreal, conocido como Harvey Rodríguez Villarreal y de Sunny Bustos Guadamuz. Si alguna persona tuviere conocimiento o conociera algún impedimento para que esta unión se realice, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Nicoya, Guanacaste.—Lic. Ingrid Chacón Durán, Jueza.—1 vez.—Nº 64389.—(99811).
Ante esta notaría se presentaron Esteban Daniel Amaya Ramírez, cedula 1-135-127 y Carmen Natalia Fernández Ramírez, cedula 3-451-031, menor de edad, ambos vecinos de , San José, a solicitar celebración de matrimonio civil. La presente manifestación y publicación se hace para efectos de cumplir con el artículo 25 del Código de Familia.—San José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Marta Shirley Fernández Cabalceta, Notaria.—1 vez.—Nº 64393.—(99812).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jaqueline Brenes Hidalgo, mayor, soltera, cédula de identidad número 3-312-809, vecina de Tejar de El Guarco, hija de Alfonso Brenes Rojas y Ana María Hidalgo Camacho; y Nelson Brenes Gómez, mayor, soltero, cédula de identidad Nº 1-1096-734, hijo de Eduardo Brenes Álvarez y Marta Inés Gómez Loría. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 07-001674-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Patricia Cordero García, Juez.—1 vez.—Nº 64468.—(99813).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Jacqueline de los Ángeles Calvo Sánchez, mayor, soltera, estudiante, hija de Mario Arnoldo Calvo Salazar y Yeni María Sánchez Salazar, nacida en Cartago, el 24 de noviembre de 1988, con 18 años de edad, cédula de identidad Nº 3-0431-0878, y Marco Antonio Mendoza Artiaga, mayor, soltero, operario, hijo de Juan Antonio Mendoza Torres y María Artega Gutiérrez, nacido en Nicaragua, el 7 de octubre de 1982, con 25 años de edad, pasaporte Nº C-681068. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 07-001707-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(99822).
Han comparecido ante este despacho solicitando matrimonio civil los señores Johan Gutiérrez Álvarez y Karla Vanessa Gómez Jiménez, costarricenses, de veintinueve y veinticuatro años de edad, pescador artesanal y ama de casa, solteros, nativos de Corozal, Central, Puntarenas, el cuatro de diciembre de mil novecientos setenta y siete, el primero; y de Centro, Central, Alajuela, el veinticinco de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, respectivamente, hijos el primero de Aurelio Gutiérrez Gutiérrez y María Eugenia Álvarez Álvarez, la segunda hija de María Leticia Gómez Jiménez, con cédulas de identidad Nos. 6-0287-0193 y 2-0580-0031, y vecinos de Corozal de Lepanto, quinientos metros norte del teléfono público. La persona que tenga conocimiento de algún impedimento para la celebración de este matrimonio, deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente Nº 07-100021-0435-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, Puntarenas, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Karla Patricia Arguello Soto, Jueza.—1 vez.—(99890).
Los señores Silvia Elena Solano Montoya, mayor, divorciada de sus primeras nupcias, cédula 3-294-604, costarricense, vecina de Cartago y Ricardo Herrera Vargas, mayor, divorciado en segundas nupcias, de nacionalidad estadounidense, pasaporte 711547293, han solicitado a esta notaría su deseo de contraer matrimonio el día 22 de diciembre del 2007, en distrito oriental, Cartago. De conformidad con el artículo 25 del Código de Familia se ordena la publicación de dicha manifestación, para los efectos legales correspondientes. En caso de oposición señalo el fax 551-2901 y la oficina 50 metros al norte de en barrio Los Ángeles, Cartago.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 75074.—(100357).
Los señores Diana Morales Leiva, mayor, soltera, cédula 3-380-140, costarricense, vecina de Cartago y Ian Robert (nombre) Pearson (único apellido en razón de su nacionalidad canadiense), mayor, soltero, pasaporte número JP031538, han solicitado a esta notaría su deseo de contraer matrimonio el día 8 de diciembre del 2007 en Playa Avellanas, Guanacaste. De conformidad con el artículo 25 del Código de Familia se ordena la publicación de dicha manifestación, para los efectos legales correspondientes. En caso de oposición señalo el fax 551-2901 y la oficina 50 metros al norte de en barrio Los Ángeles Cartago.—Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 75075.—(100358).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Fiscalía de Desamparados, al ser las quince horas veinte minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete. Se ordena dar traslado de la acción civil resarcitoria establecida por la actora civil María Gabriela Brizuela Aguilar representante del menor víctima en contra del segundo civilmente responsable William Martín Chaverri Castillo, cédula 2-456-839, de conformidad con lo estipulado en el artículo 115 del Código Procesal Penal, esto para que si a bien lo tiene se oponga a la demanda o interponga las excepciones que estime convenientes, cuya resolución de fondo se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese al señor William Martín Chaverri Castillo mediante publicación de esta resolución en el Boletín Judicial por una única vez. Causa 06-601613-491-TC (2948-3-06) contra Cristian Cubero Cordero por lesiones culposas en daño de J.H.B.—Ministerio Público, Fiscalía de Desamparados, 23 de octubre del 2007—Lic. Marianela Oviedo Venegas, Fiscal Auxiliar.—(98160).
UNA PUBLICACIÓN
Al señor Carlos Salazar Vargas, cédula 1-379-290, con domicilio desconocido y paradero ignorado, que en proceso penal número 05-001570-373-TC, contra Rodolfo Bolaños Umaña, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Máxima Corea Caravaca, se le tiene como tercero demandado civil, se ordena comunicarle por este medio de conformidad con el artículo 192 del Código Procesal Penal. Lo Anterior por requerirse así en la causa penal 05-001570-373-TC.—Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Heredia, 22 de octubre del 2007.—Lic. Ana Isabel Chaves López, Fiscal.—1 vez.—(100422).