BOLETÍN JUDICIAL Nº 234
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 25 de agosto del 2000, artículo II y acuerdo de Consejo Superior de sesión 28 de setiembre de 2000, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de acuerdos de pago del periodo 2000-2001 del Departamento Financiero Contable, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Departamento.
Remesa: A 49 S 00
Cajas: 86
Período: 2000
Asunto: Acuerdos de Pagos del 01 al 1480 del 2000.
Remesa: A 52 S 01
Cajas: 92
Período: 2001
Asunto: Acuerdos de Pagos del 01 al 1336 del 2001.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese en el Boletín Judicial.
Alfredo Jones León,
(104156) Director Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión de 28 de junio de 2006, artículo IV y acuerdo de Consejo Superior de sesión 11 de julio de 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentos base de 1965 a 1996 del Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuela, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en ese Juzgado.
Remesa: 20101
Documentos: 2731
Paquetes: 4
Año: 1965 - 1989
Asunto: Documentos base: 1 pagaré(1965), 5 pagarés y 1 certificado de prenda(1966), 1 pagaré(1967), 4 pagarés y 2 certificado de prenda(1968), 3 pagarés y 1 certificado de prenda(1969), 11 pagarés y 5 certificado de prenda(1970), 18 pagarés y 1 letra de cambio(1971), 30 pagarés, 8 certificado de prenda y 1 cheque(1972), 36 pagarés, 8 certificado de prenda y 1 cheque(1973), 34 pagarés, 1 letra de cambio, 9 certificado de prenda y 1 cheque(1974), 78 pagarés, 30 certificado de prenda y 3 cheques(1975), 72 pagarés, 1 letra de cambio, 48 certificado de prenda y 7 cheques(1976), 119 pagarés, 112 certificado de prenda y 1 cheque(1977), 91 pagarés y 103 certificado de prenda(1978), 194 pagarés, 237 certificado de prenda y 6 cheques(1979), 204 pagarés, 319 certificado de prenda, 3 cheques y 67 facturas(1980), 93 pagarés, 63 certificado de prenda, 6 cheques y 70 facturas(1981), 38 pagarés, 16 certificado de prenda y 3 cheques(1982), 33 pagarés, 12 certificado de prenda, 2 cheques y 11 facturas(1983), 40 pagarés, 12 certificado de prenda y 2 cheques(1984), 24 pagarés, 25 certificado de prenda y 1 cheque(1985), 33 pagarés, 2 letras de cambio, 14 certificado de prenda y 2 cheques(1986), 129 pagarés, 39 certificado de prenda y 12 cheques(1987), 124 pagarés, 2 letras de cambio, 39 certificado de prenda y 4 cheques(1988), 3 pagarés(1989).
Remesa: A 5 A 90
Documentos: 112
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Documentos base: 73 pagarés, 6 letras de cambio, 28 certificado de prenda y 5 cheques
Remesa: A 5 A 91
Documentos: 92
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Documentos base: 53 pagarés, 4 letras de cambio, 27 certificado de prenda y 8 cheques
Remesa: A 5 A 92
Documentos: 123
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Documentos Base: 42 pagarés, 12 letras de cambio, 62 certificado de prenda y 7 cheques
Remesa: A 4 A 93
Documentos: 394
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Documentos base: 93 pagarés, 10 letras de cambio, 264 certificado de prenda y 27 cheques
Remesa: A 5 A 94
Documentos: 234
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Documentos base: 85 pagarés, 26 letras de cambio, 109 certificado de prenda y 14 cheques
Remesa: A 5 A 95
Documentos: 185
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Documentos base: 78 pagarés, 42 letras de cambio, 54 certificado de prenda y 11 cheques
Remesa: A 2 A 96
Documentos: 513
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Documentos base: 67 pagarés, 197 letras de cambio, 239 certificado de prenda y 10 cheques
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese en el Boletín Judicial.
Alfredo Jones León,
(104157). Director Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión del 20 de abril de 2007, artículo II, y el acuerdo del Consejo Superior de sesión de 15 de mayo de 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la destrucción de documentación administrativa de 1963 a 2005 de la Unidad Administrativa Regional de Heredia, que a continuación se detallan. La documentación se encuentra remesada en el Archivo de esa Unidad Administrativa.
Control de Salida de Vehículos
Remesa: A 4 H 02
Ampos: 9
Paquetes: 1
Año: 2002 - 2004
Asunto: Documentación administrativa: Controles de salida de vehículos: 3 ampos (2002), 4 ampos (2003), 2 ampos (2004).
Control de Combustible
Remesa: A 7 H 98
Fólder: 2
Ampos: 3
Paquetes: 1
Año: 1998, 2001 y 2003
Asunto: Documentación administrativa: Controles de combustible: 2 fólder (1998), 1 ampo (2001), 2 ampos (2003).
Control de Solicitud de Vehículos
Remesa: A 5 H 02
Fólder: 7
Paquetes: 1
Año: 2002 - 2003
Asunto: Documentación administrativa: Controles de solicitud de vehículos: 5 fólder (2002), 2 fólder (2003).
Control de Giras
Remesa: A 8 H OO
Libretas: 3
Fólder: 2
Paquetes: 1
Año: 2000 - 2003
Asunto: Documentación administrativa: Controles de giras de vehículos: 2 libretas (2000), 1 libreta (2001), 1 fólder (2002), 1 fólder (2003).
Horas Extra
Remesa: A 8 H 97
Fólder: 1
Ampos: 2
Paquetes: 1
Año: 1997, 2004 y 2005
Asunto: Documentación administrativa: Horas Extras: 1 fólder (1997), 1 ampo (2004), 1 ampo (2005).
Nombramientos de Personal
Remesa: A 7 H 94
Ampos: 14
Fólder: 10
Paquetes: 3
Año: 1994 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Nombramientos de personal: 1 ampo (1994), 1 ampo y 1 fólder (1995), 1 ampo (1996), 1 ampo y 1 fólder (1997), 1 ampo y 1 fólder (1998), 2 ampos (1999), 1 ampo y 1 fólder (2000), 1 ampo y 1 fólder (2001), 2 ampos y 1 fólder (2002), 1 ampo y 1 fólder (2003), 1 ampo y 1 fólder (2004), 1 ampo y 2 fólder (2005).
Reportes y Registros
Remesa: 20102
Libro: 2
Ampos: 9
Paquetes: 2
Año: 1972 - 1989
Asunto: Documentación administrativa: Reportes y Registros: 1 libro (1972), 1 ampo (1973), 1 ampo y 1 libro (1974), 1 ampo (1977), 1 ampo (1979), 5 ampos (1989).
Remesa: A 7 H 92
Ampos: 46
Fólder: 260
Libros: 29
Paquetes: 16
Año: 1992 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Reportes y Registros: 5 ampos (1992), 2 ampos, 2 libros y 1 fólder (1993), 4 fólder y 2 libros (1994), 1 ampo y 3 fólder (1995), 17 fólder y 1 libro (1996), 2 ampos, 5 fólder y 7 libros (1997), 18 fólder, 1 ampo y 1 libro (1998), 35 fólder y 2 ampos (1999), 13 fólder (2000), 22 fólder , 8 ampos y 3 libros (2001), 15 fólder, 8 ampos y 3 libros (2002), 29 fólder, 9 ampos y 3 libros (2003), 78 fólder, 4 libros y 3 ampos (2004), 20 fólder, 3 libros y 5 ampos (2005).
Registros de asistencia
Remesa: A 8 H 94
Libros: 2
Ampos: 25
Fólder: 5
Paquetes: 6
Año: 1994 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Registros de asistencia: 1 libro (1994), 1 ampo (1995), 1 ampo (1996), 1 ampo (1997), 1 ampo (1998), 1 ampo (1999), 3 ampos (2000), 3 ampos (2001), 2 fólder, 1 libro y 4 ampos (2002), 4 ampos y fólder (2003), 3 ampos y 1 fólder (2004), 3 ampos y 1 fólder (2005).
Control de Vacaciones
Remesa: A 3 H 03
Fólder: 3
Ampos: 2
Paquetes: 1
Año: 2003 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Control de Vacaciones: 2 fólder (2003), 1 fólder (2004), 2 ampos (2005).
Informes Trimestrales Anuales y Mensuales
Remesa: A 8 H 93
Fólder: 22
Ampos: 28
Paquetes: 6
Año: 1993 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Informes Trimestrales Anuales y Mensuales: 4 fólder (1993), 2 ampos y fólder (1995), 2 ampos y fólder (1996), 1 ampo y 3 fólder (1997), 2 ampos y 1 fólder (1998), 3 ampos y fólder (1999), 4 ampos y 5 fólder (2000), 4 ampos (2001), 4 ampos y 1 fólder (2002), 2 ampos y 2 fólder (2003), 2 ampos y 1 fólder (2004), 2 ampos y 2 fólder (2005).
Libros de Conocimiento
Remesa: 20103
Libros: 27
Paquetes: 5
Año: 1963 - 1989
Asunto: Documentación administrativa: Libros de conocimiento. Libro en donde se registra la documentación que se recibe y se envía a otros despachos: 1 libro (1963), 1 libro (1970), 1 libro (1972), 1 libro (1974), 1 libro (1975), 1 libro (1976), 1 libro (1977), 1 libro (1978), 1 libro (1979), 1 libro (1980), 1 libro (1981), 1 libro (1982), 1 libro (1983), 1 libro (1984), 1 libro (1985), 3 libros (1986), 4 libros (1987), 2 libros (1988), 3 libros (1989).
Remesa: A 6 H 90
Libros: 43
Paquetes: 8
Año: 1990 - 2004
Asunto: Documentación administrativa: Libros de conocimiento. Libro en donde se registra la documentación que se recibe y se envía a otros despachos: 3 libros (1990), 4 libros (1991), 6 libros (1992), 3 libros (1992), 2 libros (1994), 4 libros (1995), 5 libros (1996), 2 libros (1997), 2 libros (1998), 2 libros (1999), 2 libros (2000), 2 libros (2001), 2 libros (2002), 2 libros (2003), 2 libros (2004).
Copias de Sentencias
Remesa: A 6 H 91
Ampos: 174
Paquetes: 30
Año: 1991 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Copias de Sentencias: 1 ampo (1991), 1 ampo (1992), 1 ampo (2003), 2 ampos (1994), 3 ampos (1995), 9 ampos (1996), 7 ampos (1997), 8 ampos (1998), 13 ampos (1999), 26 ampos (2000), 23 ampos (2001), 18 ampos (2002), 24 ampos (2003), 20 ampos (2004), 18 ampos (2005).
Libros de Evidencias
Remesa: A 9 H 00
Libros: 3
Paquetes: 1
Año: 2000 - 2002
Asunto: Documentación administrativa: Libros de evidencias: 1 libro (2000), 1 libro (2001), 1 libro (2002).
Comisiones
Remesa: 20104
Libros: 3
Paquetes: 1
Año: 1970, 1973 y 1985
Asunto: Documentación administrativa: Comisiones: 1 libro (1970), 1 libro (1973), 1 libro (1985).
Remesa: A 7 H 91
Libros: 17
Ampos: 28
Fólder: 1
Paquetes: 8
Año: 1991 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Comisiones: 1 libro (1991), 1 libro (1996), 1 libro (1997), 4 libros (1998), 3 ampos y 9 libros (1999), 2 ampos y 1 libro (2000), 7 ampos y 1 fólder (2001), 5 ampos (2002), 6 ampos (2003), 3 ampos (2004), 2 ampos (2005).
Circulares
Remesa: A 9 H 94
Libros: 2
Fólder: 14
Ampos: 35
Paquetes: 7
Año: 1994 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Circulares: 1 libro (1994), 1 ampo y 1 libro (1994), 2 ampos (1996), 2 ampos y 3 fólder (1997), 6 ampos (1998), 2 ampos (1999), 2 fólder y 2 ampos (2000), 4 fólder y 2 ampos (2001), 2 fólder y 4 ampos (2002), 1 fólder y 6 ampos (2003),6 ampos y 1 fólder (2004), 7 ampos 1 fólder (2005).
Consecutivo de Oficios
Remesa: A 8 H 92
Fólder: 50
Ampos: 42
Paquetes: 12
Año: 1992 - 2004
Asunto: Documentación administrativa: Consecutivo de Oficios: 3 fólder (1992), 1 fólder (1993), 2 fólder (1994), 5 fólder (1995), 4 ampos (1996), 12 ampos (1997), 5 ampos (1998), 3 ampos (1999), 5 ampos (2000), 9 fólder y 2 ampos (2001), 5 ampos y 25 fólder (2002), 4 ampos y 2 fólder (2003), 2 ampos y 3 fólder (2004).
Entradas de Mercadería
Remesa: A 10 H 94
Fólder: 10
Ampos: 9
Paquetes: 3
Año: 1994 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Entradas de Mercaderías: 2 fólder (1994), 1 fólder (1995), 1 ampo y 2 fólder (1996), 1 ampo (1997), 2 ampos (1998), 1 ampo y 1 fólder (1999), 2 fólder (2000), 1 ampo (2001), 1 ampo (2002), 1 ampo (2003), 2 fólder (2004), 1 ampo (2005).
Agendas de Señalamiento
Remesa: A 7 H 96
Libros: 13
Paquetes: 3
Año: 1996 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Agendas de señalamientos: 1 libro (1996), 1 libro (1997), 1 libro (1998), 3 libros (1999), 1 libro (2000), 2 libros (2001), 1 libro (2002), 1 libro (2003), 1 libro (2004), 1 libro (2005).
Caja Chica
Remesa: A 7 H 95
Ampos: 12
Paquetes: 3
Año: 1995 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Caja Chica: 3 ampos (1995), 3 ampos (1996), 4 ampos (1997), 1 ampo (2004), 1 ampo (2005).
Reintegros de Dinero
Remesa: A 8 H 98
Ampos: 32
Paquetes: 6
Año: 1998 - 2002
Asunto: Documentación administrativa: Reintegros: 6 ampos (1996), 7 ampos (1999), 7 ampos (2000), 6 ampos (2001), 6 ampos (2002).
Órdenes de Compra
Remesa: A 8 H 95
Ampos: 30
Fólder: 2
Paquetes: 1
Año: 1995 - 2004
Asunto: Documentación administrativa: Ordenes de Compra: 1 ampo (1995), 1 ampo (1996), 4 ampos (1997), 4 ampos y 2 fólder (1998), 6 ampos (1999), 5 ampos (2000), 4 ampos (2001), 2 ampos (2002), 2 ampos (2003), 1 ampo (2004).
Facturas del Gobierno
Remesa: A 9 H 97
Ampos: 6
Paquetes: 1
Año: 1997 - 2001
Asunto: Documentación administrativa: Facturas del Gobierno: 1 ampo (1997), 2 ampos (1998), 1 ampo (1999), 1 ampo (2000), 1 ampo (2001).
Cierres de Caja Diarios y Conciliaciones Bancarias
Remesa: 20105
Ampos: 5
Paquetes: 1
Año: 1985 - 1989
Asunto: Documentación administrativa: Conciliaciones bancarias: 1 ampo (1985), 1 ampo (1986), 1 ampo (1987), 1 ampo (1988), 1 ampo y 1 fólder (1989).
Remesa: A 7 H 90
Ampos: 32
Fólder: 7
Paquetes: 7
Año: 1990 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Conciliaciones bancarias: 1 ampo y 1 fólder (1990), 1 ampo y 1 fólder (1991), 2 ampos y 1 fólder (1992), 1 ampo y 1 fólder (1993), 1 ampo y 1 fólder (1994), 1 ampo y 1 fólder (1995), 1 ampo y 1 fólder (1996), 4 ampos (1997), 8 ampos (1998), 5 ampos (1999), 4 ampos (2000), 3 ampos (2001),
Remesa: A 9 H 98
Ampos: 10
Paquetes: 2
Año: 1998 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Cierres de caja diarios: 1 ampo (1998), 1 ampo (1999), 1 ampo (2000), 1 ampo (2001), 1 ampo (2002), 2 ampos (2003), 1 ampo (2004), 2 ampos (2005).
Autorizaciones de Gastos
Remesa: A 10 H 97
Ampos: 9
Paquetes: 2
Año: 1997 - 2004
Asunto: Documentación administrativa: Autorizaciones de Gastos: 1 ampo (1997), 2 ampos (1998), 1 ampo (1999), 1 ampo (2000), 1 ampo (2001), 1 ampo (2002), 1 ampo (2003), 1 ampo (2004).
Control y Reportes de Fax
Remesa: A 8 H 96
Libros: 14
Ampos: 26
Paquetes: 6
Año: 1996 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Control de Reportes de fax entregados: 2 libros (1996), 2 libros (1997), 2 libros y 2 ampos (1998), 2 libros y 3 ampos (1999), 2 libros (2000), 4 ampos y 1 libro (2001), 6 ampos y 1 libro (2002), 3 ampos y 1 libro (2003), 4 ampos y 1 libro (2004), 4 ampos (2005).
Control de Ordenes de Citación
Remesa: A 9 H 96
Ampos: 124
Paquetes: 25
Año: 1996 - 2002
Asunto: Documentación administrativa: Control de Ordenes de Citación: 1 ampo (1996), 7 ampos (1997), 15 ampos (1998), 26 ampos (1999), 25 ampos (2000), 22 ampos (2001), 28 ampos (2002).
Control de Correo Certificado
Remesa: 19890
Ampos: 2
Paquetes: 1
Año: 1989
Asunto: Documentación administrativa: Control de correo certificado
Remesa: A 8 H 90
Ampos: 127
Fólder: 73
Libros: 29
Paquetes: 35
Año: 1990 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Control de correo certificado: 2 ampos (1990), 1 fólder (1991), 2 libros y 1 fólder (1992), 1 fólder (1993), 1 ampo y 1 libro (1994), 2 libros, 3 ampos y 1 fólder (1995), 5 libros y 4 ampos (1996), 5 libros, 3 ampos y 2 fólder (1997), 6 libros, 12 fólder y 8 ampos (1998), 2 libros, 4 fólder y 17 ampos (1999), 16 ampos y 2 libros (2000), 1 libro y 14 ampos (2001), 1 libro y 22 ampos (2002), 15 ampos y 1 libro (2003), 15 ampos y 8 fólder (2004), 7 ampos, 1 libro y 43 fólder (2005).
Solicitud de Fotocopias
Remesa: A 7 H 99
Bloques: 27
Paquetes: 1
Año: 1999 - 2005
Asunto: Documentación administrativa: Solicitud de Fotocopias: 1 bloque (1999), 1 bloque (2000), 3 bloques (2001), 11 bloques (2002), 9 bloques (2003), 1 bloque (2004), 1 bloque (2005).
Viáticos
Remesa: A 4 H 03
Ampos: 1
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Documentación administrativa: Viáticos.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
San José, 20 de noviembre del 2007.
Alfredo Jones León
(106883) Director Ejecutivo
HACE SABER:
PRIMERA PUBLICACIÓN
Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado (por no tener oficina abierta al público), tramitado bajo el expediente Nº 07-000739-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario Carlos Manuel Segura Jiménez, mediante la resolución de las trece horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado (por no tener oficina abierta al público). Promovido por: Dirección Nacional de Notariado. Notario: Carlos Manuel Segura Jiménez. Expediente Nº 07-000739-624-NO. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado Carlos Manuel Segura Jiménez del contenido de la resolución de las ocho horas del seis de agosto de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, según se comprueba de las actas que corren a folios 9 y 15, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios se encuentre actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Carlos Manuel Segura Jiménez la resolución de las ocho horas del seis de agosto de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “…la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.” F. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. (…) “…Dirección Nacional de Notariado. Desprendiéndose del acta de fiscalización visible a folio 1 que el notario Carlos Manuel Segura Jiménez no cuenta con oficina abierta al público, en el lugar registrado ante esta Dirección, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, implica determinar mediante este proceso, si la circunstancia referida representa la pérdida de la vigencia de la función notarial y consecuentemente en apego a lo dispuesto por la Sala Constitucional, dictar el decreto de inhabilitación correspondiente; en aras de respetar el debido proceso, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al notario Carlos Manuel Segura Jiménez cédula de identidad uno-tres nueve nueve-cinco cinco tres, para que se apersone ante este Despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público, debido a no cuenta con oficina abierta al público, en el lugar registrado ante esta Dirección. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución al notario Carlos Manuel Segura Jiménez, personalmente, en el lugar registrado ante esta Dirección como en su casa de habitación sea: Rohrmoser, 400 m oeste de la Embajada de Estados Unidos por medio del Juzgado Contravencional de Pavas.” F. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. Expediente Nº 07-000739-624-NO.
San José, 19 de noviembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra
(104655) Directora
Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado (por ser funcionario público), tramitado bajo el expediente Nº 07-000846-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario José Miguel Álvarez González, mediante la resolución de las trece horas veinticinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil siete, se dispuso: “Proceso: Inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado (por ser funcionario público) Promovido por: Dirección Nacional de Notariado Notario: José Miguel Álvarez González Expediente Nº 07-000846-624-NO Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas veinticinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil siete. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado José Miguel Álvarez González del contenido de la resolución de las trece horas veinticinco minutos del dieciocho de setiembre de dos mil siete, tanto en la dirección de su oficina notarial, como tampoco en su casa de habitación, toda vez que ambas se ubican en la misma dirección, según se comprueba del acta que corre a folio 9, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado José Miguel Álvarez González la resolución de las trece horas veinticinco minutos del dieciocho de setiembre de dos mil siete, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “…la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial.” F. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. (…) “Proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia del ejercicio del notariado (por ser funcionario público). Notario: José Miguel Álvarez González. Expediente: 07-000846-624-NO. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas veinticinco minutos del dieciocho de setiembre de dos mil siete. Desprendiéndose del oficio Nº 5010-2007-DRH del once de julio de dos mil siete, suscrito por el licenciado José Adrián Delgado Mora, Asesor Legal de Recursos Humanos del Ministerio de Seguridad Pública, visibles a folio 2, que el notario José Miguel Álvarez González, es funcionario público, situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, implica determinar mediante este proceso, si la circunstancia referida representa la pérdida de la vigencia de la función notarial y consecuentemente en apego a lo dispuesto por la Sala Constitucional, dictar del decreto de inhabilitación correspondiente; en aras de respetar el debido proceso, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al notario José Miguel Álvarez González, número de cédula cinco-doscientos veintiséis-ciento setenta y uno, para que se apersone ante este Despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 140 párrafo primero del Código Notarial, 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notario público, debido a que al licenciado José Miguel Álvarez González es funcionario público. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución al licenciado José Miguel Álvarez González, personalmente, o en el lugar registrado ante esta Dirección como su oficina notarial, sita en Desamparados, Barrio Santa Cecilia, 50 metros este de la Ermita; y para ello se comisiona a la Policía de Proximidad de Desamparados, San José.” F. Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora. Expediente Nº 07-000846-624-NO.
San José, 19 de noviembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra
(104656) Directora
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
HACE SABER:
Que en proceso de inhabilitación por falta de pago al Fondo de Garantía de Notarios Públicos, número 06-000547-624-NO del notario Roberto Salas Solórzano, en resolución número 1442-2007, dictada a las once horas treinta minutos del dieciocho de octubre del año en curso, esta Dirección dispuso anular del Registro Nacional de Notarios la anotación del Decreto de Inhabilitación número 1082-2006, de las diez horas cuarenta minutos del treinta de agosto de dos mil seis, del notario Roberto Solórzano Salas, y que publicada en el Boletín Judicial números 176, 177 y 178 los días 13, 14 y 18 de setiembre del año en curso respectivamente.
San José, 16 de noviembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(104644) Directora
En Decreto de Inhabilitación por Pérdida de la Función Notarial (No Pago de Cuotas el Fondo de Garantía Notarial), expediente número 07-000548-624-NO, esta Dirección por Resolución Nº 1246-07 de las 13:00 horas del 13 de setiembre del 2007, dispuso inhabilitar como notaria a la licenciada Ulrika Kvist Duarte, cédula 01-817-254, inhabilitación que rige a partir del trece de noviembre del dos mil siete, misma que se mantendrá por todo el tiempo que subsista el impedimento para el ejercicio de la función notarial, sea el estado de mora respecto al pago del Fondo de Garantía Notarial.
San José, 13 de noviembre del 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(104645) Directora
Que en proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de la función notarial, expediente número 07-000397-624-NO, esta Dirección por resolución número 1429-2007 de las once horas quince minutos del doce de octubre de dos mil siete, dispuso inhabilitar como notario al licenciado Óscar Pérez Carpio, cédula 03-0216-0782, carné del Colegio de Abogados 6517, inhabilitación que rige desde el trece de noviembre de dos mil siete y se mantendrá de manera indefinida mientras subsista el impedimento, por lo consiguiente el depósito del tomo es definitivo, de conformidad con lo que establece el numeral 55 del Código Notarial. Exp. 07-000397-624-NO.
San José, 16 de noviembre de 2007.
Lic. Alicia Bogarín Parra
1 vez.—(104646) Directora
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doscientos setenta y nueve mil seiscientos ochenta dólares, en el mejor postor remataré la finca del partido de San José, matrícula 048349-000, que es terreno con 03 casas, situado en el distrito 03 Hospital, cantón San José, de la provincia de San José. Linda: al norte, con Luisa Madrigal y otro; al sur, con José Castillo y otro; al este, con Margarita Gutiérrez Cañas y otro, y al oeste, con calle 14 con 17 m. Mide: novecientos dos metros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 07-001732-185-CI. Ejecutivo hipotecario de Jaime Gutiérrez Victory contra Instamark S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 1649.—(106572).
A las once horas del veintitrés de enero próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y tres mil trescientos setenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito uno San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote uno; al sur, y al este, calle pública, y al oeste, lote dos. Mide: doscientos ochenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mauricio Chinchilla Mata, Nuria Iveth Ureña Sancho. Expediente Nº 07-001847-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 1719.—(106573).
A las diez horas del quince de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de cuarenta y tres mil dólares y libre de gravámenes hipotecarios pero soportando dos servidumbres de paso, una trasladada y una sirviente, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote cuatro B. Situada en el distrito 12 Gravilias, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3-B; al sur, lote 5-B; al este, calle pública con 6 metros, y al oeste, lote 29-B. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francisco Martín Pérez Blanco. Expediente 07-001539-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 1720.—(106574).
A las nueve horas del veintiuno de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de tres millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, con una casa, lote ciento dieciséis. Situada en el distrito cuatro San Nicolás, cantón uno Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote ciento quince; al sur, calle pública; al este, lote ciento dieciocho, y al oeste, lote ciento catorce. Mide: ciento dos metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Esteban Moya Montoya. Expediente 07-001419-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 del octubre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 1721.—(106575).
A las diez horas treinta minutos del veintidós de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada y plazo de convalidación (rectificación de medida) y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diez mil ochocientos treinta y nueve-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cinco Santa Lucía, cantón dos Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote ocho y servidumbre de paso con ocho metros dieciocho centímetros; al sur, Antonio Hernández; al este, lote ocho, y al oeste, Antonio Hernández. Mide: ciento cincuenta y un metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Giovanni Israel Rojas Araya, Jahaira Trejos Arburola. Expediente Nº 07-001872-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 1722.—(106576).
A las diez horas del veintitrés de enero próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones, reservas y restricciones y con la base de once millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y tres mil ciento treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de tacotales, lote sesenta y cinco-veintisiete. Situada en el distrito cinco San Pedro, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramón Rodríguez; al sur, Abelardo Gómez; al este, calle con sesenta y tres metros de frente, y al oeste, Ana Dulia Durán. Mide: siete mil novecientos catorce metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karol Magaly Bonilla Gamboa. Expediente 07-001932-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Juez.—Nº 1723.—(106577).
A las nueve horas del treinta de enero próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de seis millones setecientos noventa y nueve mil trescientos catorce colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y nueve mil doscientos diecinueve-cero cero cero, la cual es terreno lote doce-A construir con una casa. Situada en el distrito tres Canoas, cantón diez Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote nueve-A; al sur, calle pública; al este, lote once-A, y al oeste, lotes uno-A y tres-A. Mide: quinientos setenta y cinco metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ángela Hernández Gómez, Bernardino Cedeño Espinoza, Nancy Gabriela Cedeño Hernández. Expediente 07-001903-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 1728.—(106578).
A las ocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de cuatro millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y tres mil seiscientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito dos San Diego, cantón tres La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Banco Anglo Costarricense; al este, calle pública, y al oeste, Banco Anglo Costarricense. Mide: ciento diecisiete metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Emilio Chavarría Vásquez. Expediente 07-001761-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de noviembre del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 1729.—(106579).
A las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente y con la base de veintiocho mil quinientos cincuenta y cuatro dólares veintidós centavos de dólar moneda actual de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintisiete mil seiscientos noventa y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, bloque Q, lote Q dieciocho. Situada en el distrito cinco San Felipe, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote diecinueve Q; al noroeste, calle central con ocho metros; al sureste, lote dos y tres Q, y al suroeste, lote diecisiete Q. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alejandra Ramírez Brenes, Gustavo Ramírez Brenes, Mario Enrique Cerdas Villalta. Expediente 07-002016-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 1730.—(106580).
A las diez horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de once millones seiscientos treinta mil doscientos cuarenta y cinco colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil setecientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito once San Sebastián, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alexis Retana Porras; al sur, Belarmino Vargas; al este, calle pública con nueve metros y noventa y siete centímetros de frente, y al oeste, Belarmino Vargas. Mide: doscientos un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hubert Balladares Arroyo, José Balladares López, Marleny López Dinarte y otros. Expediente 07-002025-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 1731.—(106581).
A las diez horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de setenta y ocho mil seiscientos cuarenta y cinco dólares moneda actual de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número filial cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es filial primaria individualizada número veinticuatro apta para construir que se destinará a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito primero Tejar, cantón ocho El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, área de juegos infantiles; al noroeste, finca filial treinta y dos; al sureste, acceso vehicular, y al suroeste, finca filial veinticinco. Mide: ciento ochenta y un metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gerardo Badilla Arias. Expediente 07-002029-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 1732.—(106582).
A las ocho horas del treinta de enero próximo, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diecinueve mil trescientos catorce-cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito doce Tambor, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Norman Núñez Rodríguez; al noroeste, Alejandro González Perry; al sureste, Guillermo Núñez Rodríguez y servidumbre de paso con cuatro metros de frente, y al suroeste, Carlos Núñez Rodríguez y María Núñez Rodríguez. Mide: doscientos ochenta y cinco metros con doce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Diego Alonso Núñez Ramírez, Fradi Godínez Méndez, Jonathan Núñez Ramírez. Expediente 07-001850-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—Nº 1750.—(106583).
A las diez horas con treinta minutos del treinta de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de cinco millones de colones y libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintinueve mil cuatrocientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote tres bloque E. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda con seis metros de frente; al sur, zona verde; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento treinta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Silvia Valencia Gómez. Expediente 07-001848-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 1751.—(106584).
A las ocho horas del once de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno lote A-6 para construir. Situada en el distrito seis, San Rafael; cantón dos, San Ramón; de la provincia de Alajuela. Colinda: norte y sur, Fiduciaria Nacional Financo S. A.; este, Jorge Luis Fernández Ulate y María Elena Fernández Ulate, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra César Augusto Palacios Silva. Expediente Nº 07-000706-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 1752.—(106585).
A los once horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente y servidumbre dominante y con la base de diez millones novecientos veinticinco mil ochocientos cuarenta y un colones con cincuenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos once mil ciento uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote AV. Situada en el distrito cinco San Felipe, cantón uno Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, al sur, al oeste, calle pública, y al este, resto reservado. Mide: ciento veinticinco metros con veintidós decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Danilo Antonio Rivas Ramírez, Inés Cardenal Ramírez. Expediente 07-002061-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 1755.—(106586).
A las diez horas quince minutos del diecinueve de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) inscritas al tomo 461, asiento 19.556 del diario del Registro Público y con la con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de Alberto Vásquez Carranza sea por la suma de seiscientos mil colones, remataré: inmueble inscrito en Propiedad, partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número 339517-000 y que se describe así: terreno inculto con una casa. Sito: en distrito trece, Pocosol, del cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Ramón Ramírez Alvarado y en parte con Marcos Rodríguez Solís; al sur y este, Heriberto Donzón Romero y Elsa María Hurtado Salas, y al oeste, calle pública con un frente de 27.23 metros. Mide: mil setecientos sesenta y ocho metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 01-100700-0297-CI (5). Que es ejecutivo simple del Banco de Costa Rica contra Alexis Ramírez González.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de noviembre del 2007.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 1766.—(106587).
A las nueve horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios soportando servidumbre de paso y con la base de dos millones ciento dieciséis mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y ocho-cero cero cero, que es hoy terreno para construir, sito en distrito sétimo, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con servidumbre de paso con un frente de nueve metros; sur, este y al oeste, con Sergio Rodríguez Ramírez. Mide: ciento sesenta y un metros setenta y nueve decímetros cuadrados, plano catastrado número A-quinientos cincuenta y tres mil cuarenta y seis-noventa y nueve. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100509-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rafael Ángel Arroyo Morera y Olga Nydia Fonseca Umaña.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 9 de noviembre del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 1767.—(106588).
A las diez horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones, y con la base de tres millones setecientos dieciséis mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos noventa y tres mil ciento ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno con una casa de habitación situado en Pital de San Carlos, distrito seis cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Grace Esquivel Araya; al sur, con Jorge Esquivel Gamboa; al este, con Sonia Esquivel Araya, Iglesia evangélica, y al oeste, con calle pública con quince metros cuarenta y cuatro centímetros cuadrados. Mide: quinientos sesenta metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: no se indica. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100525-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marvin Gerardo Hidalgo Cordero y Sielen Esquivel Araya.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 1769.—(106589).
A las diez horas treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y soportando hipoteca de primer grado, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matricula número doscientos cincuenta y nueve mil doscientos veintiuno-cero cero tres y cero cero cuatro, que es terreno para construir con una casa de habitación situado en Naranjo, distrito uno cantón seis de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con lote ocho; sur, Álvaro Javier Rivera López; este, calle pública, y al oeste, Marvin Espinoza Montero. Mide: ciento cincuenta y seis metros cuadrados, plano A- novecientos noventa mil trescientos veintisiete-mil novecientos noventa y uno. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100535-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Víctor Hugo Umaña Soto y Jeannette Soto Céspedes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 1770.—(106590).
A las quince horas treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones trescientos cincuenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matricula número doscientos ochenta mil seiscientos sesenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir, actualmente con una casa distrito dos, cantón dos, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Luz Delma Díaz Rodríguez; al sur, Edgar Mejías Durán; este, Luz Delma Díaz Rodríguez, y oeste, calle pública con diez metros de frente. Mide: ciento noventa y nueve metros setenta y cinco decímetros cuadrados, plano A-ciento cincuenta y tres mil trescientos ochenta y uno-mil novecientos noventa y tres. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100556-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Laura Vanesa Varela Jiménez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 19 de noviembre del 2007.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 1771.—(106591).
A las nueve horas quince minutos del dieciséis de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cincuenta y tres mil quinientos ochenta y cinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil novecientos ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote cinco. Situada en el distrito primero (San Pablo), cantón noveno (San Pablo), de la provincia de Heredia. Colinda al norte, con lote seis; al sur, con lote cuatro; al este, con Silvia Elena Camacho Vindas, y al oeste, con calle pública con siete metros y cincuenta centímetros de frente. Mide: ciento setenta y siete metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Interfín contra Freddy Pérez Santander. Expediente Nº 06-002840-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(106613).
A las nueve horas quince minutos del veintitrés de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de un millón ochocientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: seis porta bandejas, dos color café, y cuatro color gris y un horno combi a gas de diez bandejas modelo TC-uno cero G, marca Tedesco, serie cero siete tres cero. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Centro Internacional de Inversiones CII S.A. contra Óscar Diego Carboni Blanco Expediente N° 07-000503-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Güilá Alvarado, Juez.—(106629).
A las catorce horas quince minutos del quince de enero del dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base de dos millones trescientos setenta y cuatro mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 636823, marca GEO, categoría automóvil, carrocería todo terreno 2 puertas, chasis 2CNBJ1865V6905509, uso particular, estilo tracker, capacidad 4 personas, año 1997, color azul, número de motor G16V111681. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso Exp. 07-001768-185-CI Ejecutivo Prendario de Ehmo S. A., contra Deiber Porras Barquero.—Juzgado Sexto Civil de San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(106795).
A las catorce horas treinta minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base dada por el perito, sea la suma de setecientos mil colones, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 224945, marca Toyota, categoría automóvil, carrocería microbús tracción no aplica, chasis JT3YR26VOE5037975, uso particular, estilo VAN, capacidad 7 personas, año 1984, color blanco, número de motor 3YO135762, combustible gasolina, marca de motor Toyota, modelo no indicado. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Exp. 05-001751-185-CI-5 Ejecutivo Simple de Instacredit S. A., contra Enrique Myers Torres.—Juzgado Sexto Civil de San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(106816).
A las diez horas del diecinueve de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones de citas 306-00328-01-0914-001, limitaciones de citas 423-06301-01-0003-001, y anotaciones a favor del Banco Nacional de Costa Rica, bajo las citas 468-10522-01-0001-001 y 468-10523-01-0001-001, y con la base de cuatro millones setecientos noventa y un mil setecientos cuarenta y cuatro colones: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero doce mil setecientos ochenta-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, terreno para construir con una casa. Sito: en el distrito segundo Batán, cantón quinto Matina, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote 225; al sur, con lote 221; al este, con lotes 228 y 224, y al oeste, con calle. Mide: ciento sesenta y siete metros con cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 00-100138-0462-CI-2, establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Solano Pineda y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de octubre del 2007.—Lic. Christian Quesada Vargas, Juez.—(106927).
A las catorce horas treinta minutos del trece de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero noventa y siete mil doscientos treinta y siete-cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de nueve metros lineales; al sur, Carmen Lidiette Torres Quesada; al este, Lidiette Torres Quesada, y al oeste, Carmen Lidiette Torres Quesada. Mide: doscientos setenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Industria Termoplástica Centroamericana S. A. contra Distribuidora Chaves y Solís del Atlántico S. A. Expediente Nº 04-000698-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(107233).
primera publicación
A las ocho horas treinta minutos del seis de febrero del dos mil ocho, en la puerta de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones cien mil colones, y soportando plazo de convalidación en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido Puntarenas, sección Propiedad, Bajo el sistema de Folio Real matrícula número cero ocho mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con tres casas sito en el distrito primero, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Mide: doscientos veintiséis metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Linda: al norte, Dinorah Quesada y Flor Matarrita; al sur, con Leonardo Guerrero Jiménez, y este, con Juan Patiño Patiño, y al oeste, con calle 21 con una medida de 8 metros con 26 centímetros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-100924-642-CI de Cristóbal Martín Jiménez Bermúdez contra Edgardo Enrique Carrillo Kinderson.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—Nº 1833.—(107191).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de once millones quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 132231-000, la cual es terreno residenciales T.P.C., Lote 124, situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión. Colinda: al norte, con lote 125; al sur, con calle pública con frente 12,91; al este, con lote 126, y al oeste, con alameda Rodríguez con frente 10,60. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con trece decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Daniel Alonso Araya Rojas, contra José Joaquín Aguirre Ruiz. Expediente Nº 07-002040-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de noviembre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 1870.—(107192).
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de un millón cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Mitsubishi, estilo: Montero, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1990, carrocería: familiar, Station Wagon, color: negro, tracción: doble, chasis: JA4GJ31S3LJ000791, combustible: gasolina, placas: 284253. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 03-000675-181-CI de Eduardo Solano Bonilla, contra Sonia Villalobos Barahona.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuanta de San José, 13 de noviembre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 1940.—(107193).
A las catorce horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil ocho, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de la Ley de Aguas y Ley de Camino Público, y con la base de nueve mil dólares, en el mejor postor rematare: La finca del partido de Guanacaste, matrícula 151152-000, que es terreno para construir, lote dos B, situado en el distrito dos Palmira, cantón cinco Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con Carlos Morales Morales; al sur, con calle pública; al este, con lote tres B, y al oeste, con lote uno B. Mide: seiscientos cuarenta metros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 07 000779-0185-CI-5, ejecutivo hipotecario de Inversiones Sacha S.CH. S.A. contra La Mirada de California S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 1941.—(107194).
A las diez horas con quince minutos del quince de enero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas cuatrocientos veintinueve mil trescientos ochenta y seis, marca Hyundai, estilo Excel GS, categoría automóvil, serie KMHVD32JXLU009606, carrocería sedan dos puertas, chasis KMHVD32JXLU009606, vin KMHVD32JXLU009606, cabina sencilla, capacidad cinco personas, año 1990, color gris, motor G4DJK483554, cilindrada 1500 c.c., cilindros 4, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Ángel Adolfo Hernández Gómez contra Federico Andrés Acevedo Cornejo. Expediente Nº 04-001918-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 1967.—(107195).
A las diez horas con treinta minutos del veintitrés de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de doce millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta mil doscientos treinta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Municipalidad de Alajuela; al sur, Construcciones Remodelac Corella CIA; al este, calle pública con 08 metros 71 centímetros y al oeste, Construcciones Remodelac Corella CIA. Mide: doscientos veintiocho metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Eduardo Delgado Herrera contra Danny Alberto Traña Ocampo. Expediente número 07-001788-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde Jueza.—Nº 1982.—(107196).
A las catorce horas quince minutos del cinco de febrero del dos mil ocho, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando Reserva Ley Aguas y Reserva Ley Caminos, inscritas a tomo 411, asiento 12505, y con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: La finca del partido de Limón, matrícula 111106-000, que es terreno para construir, situado en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con, al sur, con; al este, con Francisco y Carlos Araya, y al oeste, con calle pública con un frente de 12,11 metros. Mide: trescientos metros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente 06-000886-0185-CI-9. Ejecutivo hipotecario de Carlos Enrique Brown Morgan contra Kathya Alejandra Ulate Coto y Shedron Luis Taylor Brown.—Juzgado Sexto Civil de San José, 19 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 2030.—(107197).
A las ocho horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil siete, desde la puerta exterior de este juzgado; soportando servidumbre trasladada citas 309-19021-01-0002-001 libre de gravámenes hipotecarios, con la base fijada pericialmente de un millón doscientos mil colones; remataré: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de San José matrícula doscientos treinta mil doscientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno de montes. Situado en el distrito primero San Ignacio, del cantón doceavo Acosta de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Dolores Mesén; al sur, con Nicolás Padilla Padilla y Ezequiel Badilla; al este, con lote dos, y al oeste, con Ezequiel Badilla, Ramón Mora, Eurelio Monge. Mide: seis mil novecientos noventa y seis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Hipotecario Nº 02-100307-0217-CI de Jorge Enrique Mora Castro contra Richard Piedra Navarro y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 24 de octubre del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—Nº 2052.—(107198).
A las nueve horas y quince minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil siete, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre y calle y con la base de tres millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 132206-000 la cual es terreno residenciales T.P.C. lote 110. Situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 111; al sur, lote 109; al este, lote 118, y al oeste, alameda C, con frente 6,81. Mide: ciento doce metros con cuarenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Inmobiliaria Rilau Sociedad Anónima contra Jim Mary cc Jean Marie Brizuela Abarca. Expediente 07-001767-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de octubre del 2007.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(107224).
A las nueve horas del dieciséis de enero del dos mil ocho, en la puerta de este despacho, y con la base de cincuenta mil colones, al mejor postor remataré 1o siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido Puntarenas, sección Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número cincuenta y seis mil quinientos once-cero cero cero, la cual es terreno para construir, sito en el distrito tercero, cantón segundo de la provincia de Puntarenas. Mide: trescientos treinta y dos metros catorce decímetros cuadrados. Linda: al norte, con Luis A. Benavides Varela; al sur, con calle pública con un frente a ella de doce metros lineales; al este, con Gonzalo Otárola Quirós, y oeste, con Luis Ángel Benavides. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecarlo de CIA Dieciocho de Agosto S. A. contra Carlos L. Vargas Ramírez. Expediente 07-100666-642-c.i.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Óscar Adolfo Mena Valverde, Juez.—(107437).
A las diez horas del catorce de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior de este Despacho, soportando reserva y restricciones de citas 516-07189-01-0034-001 y con la base de tres millones cuatrocientos noventa mil setecientos dos colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cien mil doscientos veinte-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 32. Situada en el distrito 01 Guácimo, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 7,11 metros; al sur, lote 25; al este, lote 33, y al oeste lote 31. Mide: ciento veintiún metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Alfredo Díaz Guillén, Viviana Varela Morales. Expediente: 07-000552-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de noviembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 2147.—(107654).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000070-0815-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria para rectificar medida, por parte de José Manuel Chacón Morera, mayor, casado una vez, vecino de Sabanilla de Alajuela, cédula número 2-170-847, agricultor, a fin de rectificar a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca inscrita en el Partido de Alajuela, número 41074, ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de café con una bodega. Situada en El Cerro, en el distrito 07 Sabanilla, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de ochenta metros con veintitrés centímetros lineales; al sur, acequia innómina y Víctor León Chacón Chacón en parte; al este, Godofredo, Luis Ángel, Elizabeth, Javier Francisco, Fabio Francisco, Carlos Luis, Wálter Gerardo, Manuel Francisco, Juan Fernando y Bernardo Francisco, todos de apellidos Alfaro Herrera y Víctor León Chacón Chacón y al oeste, Hugo Chacón Sánchez. Mide: veintinueve mil noventa y siete metros cuadrados, según plano catastrado número A-987061-2005 de fecha ocho de abril del año dos mil cinco, y mide catorce mil metros cuadrados, área según registro. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por José Manuel Chacón Morera. Exp.: 07-000070-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del 2007.—Lic. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—Nº 1544.—(106592).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000506-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Karina Araya Rojas, quien es mayor, divorciada una vez, vecina de San Ramón de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1065-0501, profesión educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito sétimo, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marvin Araya Rojas; al sur, calle pública con un frente de cuatro metros veinte centímetros; al este, Luz Picado González, y al oeste Geyner Corrales Badilla. Mide: ochenta y siete metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, todo de conformidad con el plano catastrado número A-78781440-2002 del dieciséis de abril del dos mil dos. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de su madre María Isabel Araya Rojas, quien a su vez lo adquirió de su tío Marvin Araya Rojas, hace unos veinticinco años por simple entrega, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de una casa de habitación, reparación de cercas y mantenimiento básico. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer, sus derechos Proceso Información Posesoria promovida por Karina Araya Rojas. Exp.: 06-000506-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de San Ramón, 27 de junio del 2007.—Lic. Karol Vanessa Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 1596.—(106593).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-000234-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hermosa Site Gte Enterprises Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil quinientos treinta y seis, inscrita en el Registro al tomo quinientos sesenta y siete, asiento veintitrés mil ciento cinco, consecutivo uno, representada por Juan María Viales Morales, mayor, soltero, ingeniero en cómputo, vecino de Guardia de Liberia, cédula cinco-trescientos cinco-quinientos cincuenta, en su condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, dedicado a repastos. Situada en el distrito primero La Cruz; cantón décimo La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte: Manuel Salvador Rivera Hernández; al sur: Francisco Rivera Hernández; al este: Carretera Interamericana con un frente a ella de ciento un metros setenta y ocho centímetros lineales y al oeste: Irvin Whitt Philip, mide: veintidós mil trescientos veintitrés metros con once decímetros cuadrados. Lo anterior según plano catastrado número G-seiscientos cuarenta mil seiscientos catorce-dos mil, fechado dieciocho de julio del dos mil, a nombre de Luis Alberto Ríos Rivera. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no hay codueños, que sobre él inmueble pesa un gravamen o carga real consistente en una servidumbre permanente de paso, a pie o con vehículo, a favor del Instituto Costarricense de Electricidad para la instalación de una línea de distribución eléctrica, con un ancho de diez metros por ciento un metros de largo de línea primaria trigésima, un área total afectada de mil diez metros cuadrados y lleva una dirección de sur a norte, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble y las presentes diligencias en la suma de cincuenta y cinco mil dólares. Que adquirió dicho inmueble del señor Luis Alberto Ríos Rivera, mayor, casado una vez, oficinista, vecino de Liberia, Barrio Pueblo Nuevo, contiguo a la pulpería Las Palmeras, cédula cinco-ciento setenta y siete-ciento dos, mediante escritura pública número ciento cincuenta y seis otorgada ante el notario público Ricardo Alfonso Estrada Murillo, visible a folio ciento veinticuatro vuelto del tomo tercero de ese notario, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapea y limpieza de la propiedad, mantenimiento de cercas, siembra de algunos árboles y tareas agrícolas. Dentro de la propiedad no existen zonas de bosque, la mayor parte del terreno es de potreros y actualmente está dedicado al repastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de informaciones posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Hermosa Site Gte Enterprise Sociedad Anónima. Expediente Nº 06-000234-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 16 de noviembre del año 2007.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—Nº 2051.—(107199)
María Daysi Beita Gómez, cédula número seis-cero cincuenta y dos-cuatrocientos ochenta y nueve, mayor, casada, del hogar, vecina de Plaza Canoas, Corredores, Puntarenas, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno para construir, sito en Abrojo, distrito primero Corredor, cantón décimo Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte con servidumbre de paso en medio de Adelina González Elizondo y Epifanio Alvarado Cambronero, al sur servidumbre de paso en medio de María Elena González Cordero y Aracelly Alvarado González, al este con Epifanio Alvarado Cambronero y Aracelly Alvarado González y al oeste con servidumbre de paso en medio de María Elena González Cordero y servidumbre de paso en medio de Adelina González Elizondo. Mide: setecientos veinticuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, con plano P-siete siete tres tres uno cinco-dos mil dos, de fecha cinco de marzo de dos mil dos, del terreno antes descrito, la solicitante ha sido poseedora en calidad de dueña, de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años en conjunto con los anteriores poseedores. Estima el fundo en la suma de un millón quinientos mil colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria número 07-100012-920-CI-l establecida por María Daysi Beita Gómez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito de la Zona Sur, sede Corredores, Ciudad Neily, diecisiete de octubre de dos mil siete.—Lic._Juan Pablo Carpió Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 2048.—(107200).
Xenia Sedy González Mayorga, mayor, casa una vez, administradora del hogar, cédula 6-245-423, vecina de Caribe de Cariari, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que se describe así: terreno de patio con una casa, que está situada en el distrito quinto Cariari; cantón Segundo Pococí; provincia de Limón, que colinda al norte: con calle pública con un frente a ella de trece metros con catorce centímetros lineales, sur: Aurora Acuña Atencio, este: calle pública con un frente de treinta y un metros con cuarenta y tres centímetros lineales y al oeste: Mario García Rodríguez. Plano L-652250-86. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de trescientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Información posesoria Nº 04-100312-0468-CI, Titulante: Xenia Sedy González Mayorga.—Juzgado Civil del Segundo Ciurcuito Judicial de la Zona Atlantica, Guápiles, 31 de octubre del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 1849.—(107201).
Rafael Ángel Vásquez Vargas y Donald Vásquez Pacheco, ambos mayores, casados una vez, el primero agricultor y el segundo ingeniero forestal, cédulas de identidad en su orden números dos-ciento sesenta y dos-trescientos ochenta y siete, y dos-trescientos treinta y ocho-cuatrocientos setenta y nueve, ambos vecinos del Rincón de Zaragoza, Palmares, Alajuela, cincuenta metros sur del Súper Mercado El Progreso. Solicitan se levante información posesoria fin de que se inscriba a sus nombre por partes iguales y en común en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que les pertenece y que se describe así: Terreno de pastos, sito en Montelimar, distrito doce Monterrey, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte: Carlos Rojas Alvarado y calle pública con un frente a ella de ochenta y siete metros con treinta y cinco centímetros lineales; al sur: calle pública con un frente a ella de quinientos setenta metros con noventa y ocho centímetros lineales; al este: Rogelio Arias Castro y en parte calle pública con un frente a ella de ochenta y nueve metros con veintinueve centímetros lineales, y al oeste: Carlos Rojas León. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-502046-98 de fecha primero de julio de mil novecientos noventa y ocho, una superficie de diecinueve hectáreas ocho mil trescientos sesenta y tres metros con noventa decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirieron los titulantes por compra venta que les hiciera el señor Lindor Madrigal Barrantes, mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Buenos Aires de Palmares, ochocientos metros este de la Intersección a Palmares, mediante escritura pública número doscientos dieciocho otorgado ante la notaria Marta Emilia Rojas Carranza en fecha treinta de marzo del dos mil cinco, con quien no le liga parentesco, y quien les traspasara los derechos posesorios ejercidos por él y sus anteriores dueños sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, ejercida por él a título de dueño por más de diez años. El fundo fue estimado en la suma de un millón quinientos mil colones y en igual suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 07-000010-0298-AG, promovida por Rafael Ángel Vásquez Vargas y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial, Ciudad Quesada, Alajuela, 1º de noviembre del 2007.—Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 1855.—(107202).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Eduvina Loría Brenes, quien fuera mayor, divorciada una vez, del hogar, vecina de San Martín de Irazú, Pacayas, de la plaza de Pinos 800 metros al norte y portadora de la cédula de identidad número 03-0283-0164, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos. Apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión 07-100077-350-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Alvarado, Pacayas, 21 de noviembre del 2007.—Lic. Giselle González Saénz, Jueza.—1 vez.—Nº 1613.—(106594).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Salvador Ortiz Castro, quien fuera mayor, cédula de identidad 7-037-516, casado tres veces, contador, vecino de San Antonio de Belén. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella, pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-002568-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 09 de noviembre del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 1558.—(106595).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen Brizuela Villalta, quien fuera mayor, casada una vez, enfermera, vecina de Sabanilla de Montes de Oca, portadora de la cédula de identidad número 1-170-760. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000965-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 1572.—(106596).
Ante esta notaría, mediante escritura número 301 suscrita a las 10:00 horas del 7 de noviembre del año 2007, visible al folio 142 frente del tomo trece, se abre proceso sucesorio en sede notarial del señor Joselito Pancracio Mayorga Rojas quien era mayor, comerciante, divorciado una vez, cédula siete-cero tres dos-uno cero uno, vecino de Alajuelita. Se invita a terceros y acreedores hacer valer sus derechos, sita trescientos metros noreste de Mac Donald’s Parque de la Paz; con el licenciado Miguel Enrique Zamora Azofeifa.—San José, 7 de noviembre del año 2007.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—(106662).
En esta notaría del licenciado Eddy José Cuevas Marín, la cual cita en Heredia, de Burguer King ciento veinticinco metros al este, de conformidad con lo estipulado por el artículo novecientos cuarenta y cinco y siguientes del Código Procesal Civil, el artículo quinientos ochenta y siete, siguientes y concordantes del Código Civil, se dio por abierto el procedimiento sucesorio extrajudicial, de quien en vida fue, Josefina Inelda Mora Garita, mayor de edad, divorciada, ama de casa, vecina de Hatillo, Central, San José, Ciudadela Quince Septiembre, con cédula de identidad uno-ochocientos cincuenta y tres-cero noventa y tres, quien falleció el día treinta de septiembre del dos mil siete. Se nombró como Albacea Provisional a Rodolfo Francisco Solano Mora, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino San José, Hatillo cinco, del Multifamiliar trescientos oeste y cincuenta sur, casa sesenta y uno, con cédula número uno-doscientos sesenta y dos-cuatrocientos ochenta y cuatro.—Heredia, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Eddy José Cuevas Marín, Juez.—1 vez.—(106846).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ronald Guzmán Bermúdez, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos ochenta y cuatro-ochocientos cuarenta y seis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-001262-0181-CI.—Juzgado Civil de Hatillo.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(106929).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Enevelia Ramírez Pérez, quien fuera mayor, casada una vez, educadora, cédula cinco-cero noventa y ocho-trescientos seis, vecina de Hatillo, San José, Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2006-100081-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 7 de agosto del 2006.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(107147).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Fernando Angulo Ramírez, quien fuera mayor, soltero, vecino de Guadalupe, Cartago, portador de la cédula de identidad número 3-0136-0208. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001893-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 1792.—(107203).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Coralia Ramírez Segura y Ramón Ángulo Picado, quienes fueron: esposos entre sí, ama de casa y jornalero respectivamente, vecinos de Guadalupe de Cartago, portadores de la cédula de identidad en su orden 03-0142-0297 y 03-0138-0500. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-002644-0346-CI-B.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 21 de noviembre del año 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 1793.—(107204).
Ante esta Notaría se tramita proceso sucesorio de Gerardo Humberto Navarro Cascante, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Higuito de Desamparados, cédula uno-trescientos treinta y tres-ochocientos. Se cita y emplaza a posibles herederos, terceros e interesados, que en el término de treinta días hábiles a partir de su publicación, se apersonen a hacer valer sus eventuales derechos, sita Desamparados doscientos metros oeste Banco Nacional, expediente Nº 04-2007.—Desamparados, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Luis Fernández Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 1796.—(107205).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Fallas Jiménez, mayor, casado, agricultor, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad número uno-mil ochenta y tres-mil trescientos ochenta y cuatro, gestionado por María Isabel Fallas Retana, y funge como albacea provisional María Isabel Fallas Retana, quien es mayor, viuda, ama de casa, vecina de la misma dirección del causante, cédula número uno-doscientos treinta y nueve-doscientos veintiuno. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasara quien corresponda. Expediente Nº 07-100348-237-CI (378-4-07).—Juzgado de Menor Cuantía Desamparados, 15 de noviembre de 2007.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—Nº 1797.—(107206).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Luis Cruz Cruz, quien fuera mayor, casado una vez, maestro de obras, portador de la cédula de identidad número 02-300-0511 y vecino de Piedades Sur de San Ramón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000601-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de noviembre del año 2007.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 1815.—(107207).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Juana c.c. Isaura Gamboa Salas, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Pedro de la Tigra, portó la cédula de identidad número dos-ciento doce-seiscientos treinta y cinco. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000463-0296-CI (2-C), causante: María Juana c.c. Isaura Gamboa Salas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 5 de noviembre del 2005.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 1842.—(107208).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Juan Rafael Salas Quirós, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero veinte-tres mil seiscientos ochenta y uno, vecino de Río Segundo de Alajuela, costado este de la escuela David González, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría de la Lic. Liliana Villalobos Murillo, situada en la Ciudad de Alajuela, costado oeste de los Tribunales de Justicia, edificio blanco de dos pisos, gradas verdes, donde puede ser consultado por cualquier interesado.—Alajuela, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Liliana Villalobos Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 1844.—(107209).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Edin Hidalgo Meza, mayor, casado una vez, vecino de Rivas, Pérez Zeledón, San José, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veintinueve-ochocientos nueve, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas de la notaría Paola Andrea Ramírez Acosta, ubicada en el centro de la ciudad, San Isidro de Pérez Zeledón, frente a la Cámara de Cañeros, segunda planta del Banco Nacional, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero tres-dos mil siete.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintidós de noviembre de 2007.—Lic. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 1847.—(107210).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María Cruz Álvarez, mayor, soltera, oficios domésticos, nicaragüense con cédula de residencia en Costa Rica número doscientos setenta-cien mil seiscientos veintiséis-cuarenta mil ochocientos sesenta y siete, vecina de urbanización Loto Dos, Desamparados, San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella herencia pasará a quien corresponda. Expediente notarial Nº WG-2007-04. Sucesión de María Cruz c.c Cruz Álvarez, notaría licenciado Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez. San José, Condominio Las Americas, nivel mezanine, oficina nueve, costado sur del Banco de Costa Rica en avenida segunda.—San José, veintiséis de noviembre de dos mil siete.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 1894.—(107211).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Álvaro Ramírez Román, quien fuera mayor, casado, pensionado, portador de la cédula de identidad uno-ciento sesenta y siete-ochocientos diecisiete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100120-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, al ser las diez horas treinta y cinco minutos del dos de noviembre del dos mil siete.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 1921.—(107212).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Jiménez Jiménez, quien fue mayor, casado dos veces, cédula de identidad número dos-cero cero cincuenta y uno-nueve mil trescientos diecinueve, albacea provisional Gerardo Jiménez Solano, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a rendir sus derechos y se apercibe a los que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-003495-225-CI.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—Nº 1938.—(107213).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Ramón Luis Alfaro Valerio, quien fuera mayor, trabajador de la Empresa Taca, vecino de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000513-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de marzo del año 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 1953.—(107214).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rosendo Méndez Guzmán, quien fue mayor, viudo, agricultor, vecino de San José de Naranjo, cédula 2-054-2207 para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que sino lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de terceros con mejor derecho. Exp. Nº 07-100080-0310-CI.—Juzgado Contravencional de Naranjo, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Victoria Miranda Mora, Jueza.—1 vez.—Nº 1978.—(107215).
Se emplaza a todos los interesados en la testamentaria de Antonio Corrales Sánchez, quien fuera mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de San Francisco de Rivas de Pérez Zeledón, cédula 1-161-552, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100896-0188-CI. Interno 949-07-J-2.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 16 de noviembre del 2007.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—Nº 1984.—(107216).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de O Dell Harold Short Shepard, quien fuera mayor de edad, ciudadano estadounidense, vecino de Guadalupe, carne de seguro social de Estados Unidos de América número 518260400. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000804-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 2040.—(107217).
Se hace saber, que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Cinthya Chinchilla Coto, mayor, soltera, secretaria, cédula de identidad 1-1165-462 portadora de la cédula de identidad número 01-1165-0462 y Robert Jay Dixon, mayor, estadounidense, soltero, empresario, pasaporte de su país número 028128163, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Daniel Dixon Chinchilla por el de Steven Daniel mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp: 07-002128-0165-FA.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—(106607).
El Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, hace saber al señor Cecilio Javier Mayorga Bassett, cédula ocho - cero sesenta y dos - ciento cuarenta y tres, que en este Despacho se tramita el proceso Hipotecario, Expediente: 06-001323-182-CI (6) de Inversiones Corcel del Sur S. A., contra Cecilio Javier Mayorga Bassett, en el cual se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, a las ocho horas veinticinco minutos del veintiséis de setiembre del dos mil seis. Se tiene por establecido el presente proceso hipotecario en contra de Cecilio Javier Mayorga Bassett. Se le previene al accionado que debe señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad donde recibir futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas a partir de la fecha que exprese el acta del notificador en la que da fe de la imposibilidad de notificar. Libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando condiciones, reservas y restricciones, con la base estipulada en la hipoteca de primer grado, sea la suma de veintitrés mil trescientos noventa y tres dólares moneda de los Estados Unidos de América; se ordena el remate del inmueble dado en garantía, sea el que se encuentra inscrito en la provincia de San José, matrícula cuatrocientos noventa y cinco mil ciento diecisiete-cero cero cero y para tal efecto se señalan las catorce horas veinte minutos del veintidós de noviembre del dos mil seis. Publíquese el edicto de ley. De la liquidación de intereses presentada por la parte actora, se confiere audiencia a la parte contraria por el plazo de tres días. Anótese la presente demanda al margen de la finca ante citada. Notifíquese esta resolución al demandado Cecilio Javier Mayorga Bassett, personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Asimismo, notifíquese esta resolución a la sociedad anotante Gestionadora de Créditos de San José S. A., para lo cual deberá la actora aportar dentro del plazo de tres días, la personería de dicha entidad y un juego de copias de los folios 1 a 23, apercibida de que si no cumple no se atenderán sus futuras gestiones. Por parte de la ejecutante se tiene por otorgado el poder especial judicial a favor del Lic. Ricardo Calvo Gamboa, y por autorizado al señor Luis Diego Vindas Rodríguez para lo que se indica en el escrito inicial. Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez. Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, a las once horas quince minutos del veinte de setiembre del dos mil siete. Habiendo la parte gestionante depositado los honorarios respectivos, se nombra como curadora a la Lic. Libia Canales Castro, a quien se le concede el plazo de tres días, a efecto de que en caso de anuencia acepte y jure el cargo conferido. La misma puede ser localizada mediante el número telefónico 251-9122, el fax 251-9135 y el telefax 250-6947. De conformidad con el artículo cuatro de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, notifíquese las resoluciones de las ocho horas veinticinco minutos del veintiséis de setiembre del dos mil seis y de las catorce horas cinco minutos del cuatro de setiembre del dos mil siete, al accionado Cecilio Javier Mayorga Bassett por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Una vez señalada nueva hora y fecha para remate, expídase el edicto correspondiente en otro orden de ideas, aportadas las copias prevenidas, expídase el desglose a fin de notificar a la Procuraduría General de la República.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 07 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 1619.—(106608).
Que en este Despacho, se tramita Expediente 06-001192-186-FA, que es proceso de Diligencias de Adopción de Cristina Alvarado Rodríguez, promovidas por el señor Jan Magnin y Falcon Lavadi. Se ha dictado la sentencia 0736-2007, de las nueve horas del once de junio del dos mil siete, que en su parte dispositiva, dice: Por tanto: En virtud de lo expuesto y con fundamento en los artículos 100 y siguientes del Código de Familia y disposiciones atinentes del Código Procesal Civil, se aprueban la presente solicitud de adopción individual, de la hija de la cónyuge, señorita Cristina Alvarado Rodríguez, por parte del señor Jan Magnin y Falcon Lavadi, por lo que tiene derecho a llevar sus apellidos. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Primero de Familia de San José, 08 de noviembre del 2007.—Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(106708).
Se avisa al señor Chi Chung Wang, que en este despacho, mediante expediente 2006-000441-673-186-FA abreviado de suspensión de la patria potestad de Gloriana Brenes González contra Chi Chung Wang, la señora Brenes González solicita que en virtud de que el señor Chi Chung Wang ha sido omiso en el cumplimiento de los deberes paterno filiales pues desapareció desde el año dos mil cuatro, se le suspenda del ejercicio de la autoridad parental con respecto a su hijo Sangye Pema Wang Brenes.—Juzgado Primero de Familia de San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(106939).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 07-001890-0292-FA, los señores Sergio Jorge Gutiérrez Méndez y Rebeca González Zamora, solicitan se apruebe la adopción conjunta del joven Carlos Andrés Álvarez Esquivel. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, 28 de noviembre del 2007.—Lic. Erick Alonso Calvo Rojas, Juez.—1 vez.—(107181).
Licenciada Rocío Fernández Ureña, Jueza de Familia de Cartago, hace saber a la señora Hebelin Castillo Cruz, nicaragüense, cédula de residencia número R dos siete cero uno cuatro ocho seis siete cuatro cero ocho tres dos seis y vecindario desconocido, que en este despacho se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas y siete minutos del trece de noviembre del año dos mil siete. De la anterior demanda de divorcio establecida por el accionante Álvaro Eduardo Camacho Castillo se confiere traslado a la accionada Hebelin Castillo Cruz por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Con el fin de nombrarle curador a la demandada, deberá la parte actora depositar en la cuenta corriente de este despacho número 173586-1 del Banco de Costa Rica, la suma de 30.000 colones que serán destinados al pago del curador. Así mismo se ordena la publicación del edicto el cual quedará a la orden de 1a parte interesada para su diligenciamiento. Exp. Nº 07-001411-338-FA(3).—Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Rocío Fernández Ureña, Jueza.—1 vez.—Nº 1848.—(107218).
Se avisa que en este despacho los señores Álvaro Vargas Arroyo e Ivonne Gerardina García Salazar, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Danna Paola Castellanos Castellanos. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 07-000543-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre de 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 1863.—(107219).
Se convoca a todos los interesados en las diligencias de cambio de nombre promovidas por Yajaira Elena Astúa Leiva, mayor, soltera, comerciante, vecina de Pérez Zeledón, veinticinco metros al este, cien metros al norte y veinticinco metros al oeste de la Fuerza Pública, portadora de la cédula de identidad número uno-mil sesenta y tres- cuatrocientos cuarenta y tres, a su favor quien desea llamarse Johanna Elena Astúa Leiva, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen en defensa de sus derechos, los que deben hacer mediante escrito, en el cual expondrán los motivos de su inconformidad e indicarán las pruebas en que fundamenten su oposición. Expediente Nº 07-100498-188-CI (interno 534-07-R3).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 18 de julio de 2007.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 1905.—(107220).
A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Lisbeth Cinthya Rojas Orozco sucesorio contra Gerardo Luis Figueroa Fonseca, Instituto Costarricense de Electricidad. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare con lugar en todos sus extremos esta acción. 2. Que el demandado Luis Gerardo Figueroa Vega al ser responsable penal del delito de homicidio culposo en perjuicio de la señora Lisbeth Cinthya Rojas Orozco es también responsable por los daños y perjuicios ocasionados. 3. Que la entidad co-demandada Instituto Costarricense de Electricidad es solidariamente responsable de los daños y perjuicios irrogados por ser la propietaria registral del vehículo placas 103-4592. 4. Que los codemandados deben cancelar la suma de cuarenta y cuatro millones trescientos cincuenta mil seiscientos seis colones por concepto del daño material y moral y los intereses de ley por tal suma, desde la firmeza del fallo y hasta su real y efectivo pago. 5. Que sean las costas de esta acciona a cargo de los co-demandados. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Exp. Nº 07-000481-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 1º de noviembre del año 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—Nº 2015.—(107222).
A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Didier Molina Venegas contra Caja Costaricense de Seguro Social, Katherine Ortiz Meza. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: que los demandados solidariamente deben resarcir al actor tos daños y perjuicios irrogados por mala praxis cuando en fecha 26 de diciembre del año 2005, en la Clínica de Río Frío de Sarapiquí la co-demandada Ortiz Meza en forma negligente y por falta de pericia, le colocó una inyección en el glúteo derecho provocándole la incapacidad permanente del pie derecho, respondiendo además la administración por responsabilidad objetiva. Se pretende también que como consecuencia del daño, la codemandada Caja Costarricense de Seguro Social, le otorgue una pensión vitalicia al accionante. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-000360-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 24 de mayo del año 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—Nº 2057.—(107223).
Kenneth Guzmán Cruz, notificador del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en proceso de abreviado de divorcio Nº 06-400226-216-FA promovido por Teresa Cortez Jirón contra Henry Ruiz Mayorga se han dictado las resoluciones que en lo conducente dicen: Juzgado Civil Familia y de Trabajo de Hatillo, a las quince horas del cinco de noviembre de dos mil siete. De conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar por edicto el establecimiento de la demanda al accionado ausente. Juzgado de Familia de Hatillo, a las quince horas cincuenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil cinco. De la anterior demanda abreviado de divorcio establecida por el accionante Teresa Cortez Jirón, se confiere traslado al accionado Henry Ruiz Mayorga por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de Hatillo donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución al demandado personalmente o en su casa de habitación.—Juzgado Civil de Trabajo y de Hatillo.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(107244).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Danilo Alberto Ugalde Cásares, mayor de edad, soltero, agente de ventas, cédula de identidad Nº 06-0207-0645, vecino de Cartago, Villas de Ayarco, La Unión, de la escuela 400 metros este y 100 metros sur, casa color amarilla con portón rojo, hijo de Donato Ugalde Espinoza y Alba Cásares González , nacido el 10 de mayo del 1967 en Barranca Puntarenas, con 40 años de edad, y Kembly Johana Sánchez Peñaranda, mayor edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 01-1101-0381, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Luis Sánchez Loaiza de y Maritza Peñaranda Madrigal, nacida en San José, el 26 de abril de 1981, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 07-001553-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 05 de octubre del 2007.—Lic. César Jara Benavides, Juez.—1 vez.—Nº 1699.—(106609).
7Han comparecido ante mi Notaría solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Sonia Marlene Yumiceba Asquel, mayor, viuda, secretaria bilingüe, ciudadana ecuatoriana, portadora de la residencia número 430-156956-000600 y vecina de San Francisco de Dos Ríos, del Restaurante Pancho Flores, setenta y cinco metros al sur, hija de Raquel Asquel y Luis Yumiceba y del señor Gordon Alien Martz, de único apellido en virtud de su nacionalidad canadiense, mayor, divorciado, portador del pasaporte de su país número LJ 496687 y vecino de Zapote de Radio Columbia, 50 m al oeste y 350 m al sur, hijo de Vera Martz y Cari Martz. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.—Licda. Leslie Patricia Rojas Ugalde, Notaria.—1 vez.—(107225).
Al señor Mario Gerardo Salas Lean, mayor, casado, con número de cédula 1-372-352 y a la señora Mercedes María Monge Agüero, mayor, casada, número de cédula 1-401-1497, en su condición de representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de Corporación Ingeniería Electromecánica Industrial CORIEM Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-033743, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú; la cual figura dentro del presente proceso penal número 06-600887-498-TC-5 contra Bernan Calderón Moya, por el delito de Lesiones Culposas, cometido en perjuicio de Eduardo Molina Granados, por lo que de conformidad al artículo 192 del Código Procesal Penal, se ordena comunicarle por este medio. Lo anterior por requerirse en la causa penal número 06-600887-498-TC-5 contra Bernan Calderón Moya, por el delito de Lesiones Culposas, en perjuicio de Eduardo Molina Granados. Comuníquese. Se extiende en la Ciudad de Limón, 20 de noviembre del 2007.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Jeannette Mena Rodríguez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Nº 1932.—(107221).