BOLETÍN JUDICIAL Nº 239
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales de Tarrazú, Dota y León Cortés de la provincia de San José
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales de Tarrazú, Dota y León Cortés, de la provincia de San José, permanecerán cerradas durante el catorce de enero del dos mil ocho, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales del cantón de Tarrazú.
San José, 29 de noviembre del 2007.
Luis Barahona Cortés,
(108869) Subdirector Ejecutivo
Omar Jarquín Sancho, notificador a. í., del Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, hace saber a empresa Calle Segunda Sociedad Anónima de domicilio ignorado, que dentro de ordinario laboral Nº 03-300009-0197-LA de Daniel Antonio Quirós Murillo contra Mac Donald González Arias y Calle Segunda Sociedad Anónima, este Despacho dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, a las dieciséis horas veinticuatro minutos del veintiuno de noviembre de dos mil siete. Conforme lo estipula el artículo 263 del Código Procesal Civil de aplicación supletoria en esta materia según numeral de 452 del Código de Trabajo, siendo que en este asunto al demandado Calle Segunda Sociedad Anónima ha litigado con curador procesal, se ordena notificar por medio de edicto la parte dispositiva de la sentencia de primera instancia Nº 69-2007 dictada por este Despacho a las diez horas del seis de noviembre de dos mil siete. (Ordinario Laboral Nº 03-300009-0197-LA de Daniel Quirós Murillo contra Mac Donald González Arias y Calle Segunda S. A.). f/ Licenciada Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.” Así como la sentencia de primera instancia Nº 69-2007 dictada por este Despacho a las diez horas del seis de noviembre de dos mil siete, que en lo que interesa dice: “Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas aplicadas y artículos 28, 139, 148, 153, 492, 494, 495 del Código de Trabajo, 29 reformado por la Ley de Protección al Trabajador y 95 del Código de la Niñez y Adolescencia, se declara con lugar la demanda interpuesta por Daniel Antonio Quirós Murillo contra Mac Donald González Arias y Calle Segunda Sociedad Anónima representada por la curadora procesal licenciada Yorleny Murillo Vargas, debiendo pagar los demandados en forma solidaria, los siguientes extremos: por concepto de vacaciones de toda la relación laboral, la suma de treinta y nueve mil doscientos colones, por concepto de aguinaldo de toda la relación laboral, la suma de noventa y un mil novecientos cuarenta colones con treinta y tres céntimos; por concepto de preaviso un mes de salario, cuya cantidad asciende a ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta y ocho colones; por auxilio de cesantía diecinueve punto cinco días, cuyo monto asciende a cincuenta y cinco mil ciento sesenta y cuatro colones con trece céntimos; por la última semana de trabajo la suma de diecinueve mil seiscientos colones; por concepto de feriados de pago obligatorio, siete días, la suma de diecinueve mil ochocientos dos colones con cincuenta y un céntimos y por mil ciento setenta y tres punto ocho horas extras, la suma de seiscientos dieciséis mil doscientos cuarenta y cinco colones. Sumadas las cantidades otorgadas en este fallo deben pagar los demandados un gran total que asciende a la suma de ochocientos cuarenta y cuatro mil setecientos ochenta colones con noventa céntimos. Se rechazan las excepciones opuesta por la sociedad demandada de falta de derecho y falta de legitimación pasiva. Son ambas costas del proceso a cargo de los demandados, fijándose la personales en el veinticinco por ciento del total de la condenatoria. En otro orden de ideas, se advierte a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o de derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso. (Artículos 500 y 501 incisos c) y d); votos de la Sala Constitucional números 5798, de las 16:21 horas del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas del 23 de febrero de 1999 y voto de la Sala Segunda número 386, de las 14:20 horas, del 10 de diciembre de 1999) Publicado en el Boletín Judicial Nº 148 del viernes tres de agosto del 2001, circular de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia Nº 79-2001. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.”.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Omar Jarquín Sancho, Notificador a. í.—1 vez.—(108874).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Rojas Rivera, quien fue mayor, casado, cédula Nº 9-052-512, vecino de Cartago, fallecido el catorce de setiembre de mil novecientos noventa y siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias bajo el número 07-000332-0703-LA-C, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. A favor de María Lidieth Jiménez Cordero, expediente Nº 07-000332-0703-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 28 de noviembre del año 2007.—Lic. Vilma Eduarte Madrigal, Jueza.—1 vez.—(108934).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alfredo Angulo Cruz, cédula de identidad número 5-0063-0426, fallecido el 23 de setiembre del 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de devolución de ahorro obligatorio, bajo 07-300060-0401-LA-0, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente número 07-300060-0401-LA-0, a favor de Juana María Dinarte Monte, cédula de identidad número 5-0090-0035.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Corina Marchena Fennell, Jueza.—1 vez.—(108936).
Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho la trabajadora fallecida Deibel Watson Steele, quien fue mayor, divorciada, titular de la cédula de identidad numero 7-076-087, vecina de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente correspondan. Expediente numero 07-000496-0679-LA-3 establecido por Angelina Steele Duncan.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—1 vez.—(108937).
Se cita y emplaza a los causahabientes de la diligencias de cobro de prestaciones de trabajadora fallecida Aracelly Villalobos Ruiz, cédula número 6-198-467, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho al expediente numero 07-300009-0432-LA-1 de diligencias de cobro de prestaciones de trabajadora fallecida, haciendo valer sus derechos, conforme; lo dispuesto por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—(108938).
Se emplaza a todos los causahabientes el trabajador fallecido Rafael Ángel Carmona López, quien fuese mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad 5-142-443, para que comparezcan a este despacho dentro del término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren los dineros que se depositaren pasarán a quien legalmente correspondan. Lo anterior ordenado en diligencias por muerte de Rafael Ángel Carmona López, gestiona María Gertrudis López Mendoza. Expediente número 07-300138-473-LA-A-5.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de noviembre del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—(108939).
Por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial se cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Álvaro Alfaro Araya, mayor, viudo, pensionado, vecino de San Juan de Santa Bárbara, del aserradero Lara 300 norte y 75 este, casa color blanca, cédula 4-073-543, fallecido en fecha 30-08-07; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo, Expediente Nº 07-000160-926-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Flores.—Lic. Maruxinia Marín Mata, Jueza.—1 vez.—(108940).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Manuel Antonio Valverde Salazar, cédula 1-0321-0544, quien fue mayor, vecino de Aserrí, laboró para el Instituto Costarricense de Electricidad, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 07-300185-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, dieciséis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza a. í.—1 vez.—Nº 3242.—(109341).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las ocho horas del diecisiete de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de doscientos diecisiete mil ciento cuarenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: madera decomisada que corresponde a 1 troza de Surá que corresponden a 1.085.70 pulgadas. Se remata por ordenarse así en Proceso Penal por infracción a la Ley Forestal, contra Marlon Vindas Segura, en daño de los recursos naturales. Expediente Nº 07-000715-0332-PE.—Juzgado Penal de San Ramón, 23 de noviembre del 2007.—Lic. Máximo Esquivel Carranza, Juez.—(108873).
A las catorce horas cuarenta y cinco minutos del doce de febrero del dos mil ocho, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos noventa colones con veinticinco céntimos, con la rebaja en veinticinco por ciento por ser el segundo remate, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 540240, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, chasis KMHJF tres uno JPNU uno siete nueve tres cero siete, uso particular, estilo Elantra, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y dos, color azul, número de motor G cuatro DJN tres tres cuatro ocho tres cero. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Exp: 06-001184-0185-CI ejecutivo prendario de Instacredit S. A. contra Marcela Méndez Portuguez.—Juzgado Sexto Civil de San José, 22 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(108878).
A las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de diciembre del dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Bribrí, Talamanca, remataré con la base de ciento ochenta y un mil cuatrocientos colones con cincuenta céntimos (¢181.400,50), al mejor postor remataré: 1) Seis piezas de madera, especie fruta dorada con un volumen de 1.29 metros cúbicos, con un valor de ochenta mil cuatrocientos ocho colones (¢80,408,00), 2) una troza de madera, especie Fruta Dorada, con un volumen de 4,02 metros cúbicos, con un valor de cien mil novecientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos(¢100.992,50), la cual se encuentra en poder del señor Maynor Aragón González, sita en cataratas de Bribrí, se desconoce el estado actual de la madera. Se remata por estar ordenado así en la causa 07-000979-0597-PE que se instruye por el delito de infracción a la Ley Forestal contra Aragón Gómez Mainor en perjuicio de la Ley Forestal.—Juzgado Penal de Bribrí Talamanca.—Lic. José Luis Rodríguez Vargas, Juez.—(108931).
A las diez horas treinta minutos del día veintiuno de diciembre de dos mil siete, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Bribrí, Talamanca, remataré con la base de sesenta y ocho mil trescientos tres colones con treinta y cinco céntimos (¢68.303,90), al mejor postor remataré: 1) Veintiún piezas de madera, especie Laurel con un volumen de 0.46 metros cúbicos, con un valor de treinta y seis mil setecientos ochenta y nueve con cuarenta y cinco céntimos (¢36.789,45), 2) Doce trozas de madera, especie Laurel, con un volumen de 0.97 metros cúbicos, con un valor de treinta y un mil quinientos trece colones con noventa céntimos (¢31.513,90), la cual se encuentra en poder del señor Rafael Prendas Cambronero, sita en Cataratas de Bribrí de la entrada de RECOPE, dos kilómetros sobre trocha, se desconoce el estado actual de la madera. Se remata por estar ordenado así en la causa 07-000983-0597-PE que se instruye por el delito de Infracción a la Ley Forestal contra Prendas Cambronero Rafael y otro en perjuicio de la Ley Forestal.—Juzgado Penal de Bribrí Talamanca.—Lic. José Luis Rodríguez Vargas, Juez.—(108932).
A las nueve horas del quince de enero del año dos mil ocho, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes y con la base de ciento setenta mil trescientos cincuenta y seis colones con dieciocho céntimos exactos, sáquese a remate la madera que se dirá: de la especie Guachipelín: cantidad una; largo 2,5, diámetro 0,5; metros cúbico 0,49; pulgadas 159,04; cantidad una; largo 1,2; diámetro 0,45; metros cúbicos 0,19; pulgadas 61, 84; cantidad una; largo 4,6; diámetro 0,45; metros cúbicos 0,73; pulgadas 237,04; cantidad una; largo 3; diámetro 0,35; metros cúbicos 0,29; pulgadas 93,52; cantidad una; largo 3,4; diámetro 0,4; metros cúbicos 0,43; pulgadas 138,43; cantidad una; largo 4,2; diámetro 0,35; metros cúbicos 0,40; pulgadas 130,92 para un total de 820,79 pulgadas. Igualmente la madera de la especie caoba que se dirá: cantidad 9; largo 3,4; ancho 0,10; grosor 0,03, metros cúbicos 0,09; pulgadas 42,41; cantidad 11; largo 3,4; ancho 0,03; grosor 0,04, metros cúbicos 0,04; pulgadas 20,73 y cantidad 19; largo 3,4; ancho 0,10; grosor 0,06; metros cúbicos 0,39; pulgadas 179,07, para un total de 242,22 pulgadas. Lo anterior se remata por ordenarse así en expediente N° 07-002801-0396-PE, seguido contra Dominga Vásquez López y otros, por infracción a la Ley Forestal en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Liberia, 23 de noviembre del 2007.—Lic. Freddy Arias Robles, Juez.—(108933).
A las quince horas y veinte minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando infracción, sumaria noventa y nueve-seiscientos mil ochocientos sesenta y ocho-seiscientos siete-TC, del Juzgado de Tránsito de Puntarenas y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de dos millones cincuenta y tres mil ciento veinticinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL ciento treinta y nueve mil quinientos veintitrés, marca Mazda, estilo T 3500, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, carrocería transporte de vidrio, año 1995, tracción sencilla, color blanco, chasis WG14H560785, color blanco, peso bruto 5800 kgrms, peso neto 3100 kgrms. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Amigos Saga S. A. Expediente Nº 01-013931-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de noviembre del 2007.—Lic. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—(109034).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de enero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de un millón setecientos ochenta y nueve mil novecientos siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un analizador, 4 gases, marca Tecnotest RPM / Temp Bar 90 Mod, 110 voltios, 60 HZ (488), serie 28381, garantía 649-A. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecutivo Prendario. Expediente Nº 06-001666-181 de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo, ACORDE contra Minor Jesús Porras Arburola y otro.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de noviembre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(109302).
A las ocho horas quince minutos del veintitrés de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones y con la base un millón ciento cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas cuatrocientos setenta y ocho mil ciento setenta y ocho, marca Hyundai, año 1991, categoría: automóvil, carrocería sedán 4 puertas, capacidad: 5 personas, cilindrada: 1500 cc, peso neto: kgrms, marca de motor: Hyundai, combustible: gasolina, potencia: 0,00 KW, peso bruto: 1100 kgrms, cilindros: 04, número de chasis KMHJF31JPMU135295. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario establecido por Rafael Mauricio Esquivel Saborío contra Óscar Arana Navarro. Expediente Nº 07-100762-0297-CI (3B).—Juzgado Civil y de Trabajo de San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de noviembre del 2007.—Lic. Marco V. Lizano Oviedo, Juez.—Nº 3225.—(109307).
A las diez horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, al mejor postor soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco de Costa Rica, por la suma de quince mil cuatrocientos dólares, ahora con la rebaja del veinticinco por ciento de ley del monto de la cuarta parte del total del valor fiscal reportado en la Municipalidad de San Carlos, según certificación visible a folio 103 de este expediente, sea por la suma de ochocientos noventa y cinco mil trescientos doce colones con cincuenta céntimos, remataré finca inscrita en Propiedad, Partido de Alajuela, Folio Real, matrícula número 140.052-004, y que se describe así: terreno inculto con una casa. Sito: en el distrito uno Quesada, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con 20 metros 116 milímetros; al sur, Adolfo Guzmán; al este, calle pública con 16,00 metros, y al oeste, René Rodríguez Argüello. Mide: trescientos veinticinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100040-0297-CI (5), que es Ejecutivo Hipotecario del Banco de Costa Rica contra Wilbert Rodríguez Guzmán y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 3272.—(109308).
A las catorce horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de quince millones trescientos treinta y un mil novecientos noventa y tres colones con veinticuatro céntimos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas EE 22533, marca Terez, categoría equipo especial, carrocería agropecuarios, tracción doble, chasis SMFB44TR027CM5887, uso particular, estilo Tx760 EXT, capacidad no se indica, año 2002, color blanco, número de motor AH31268H509410H, combustible diesel, marca de motor Terex, modelo Tx760 EXT. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso Exp.: 04-001204-185-ejecutivo prendario de Banco Elca S. A., contra Víctor Manuel González Campos.—Juzgado Sexto Civil de San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 3403.—(109309).
A las catorce horas treinta minutos del treinta de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendario y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas EE cero veintidós mil setecientos sesenta y cuatro, marca Hyundai, estilo R140LC7, año dos mil tres, color amarillo, chasis número N40110236. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Elca S. A., contra Luz Argentina Calderón Solano. Exp.: 05-000020-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 3404.—(109310).
A las once horas del veintiocho de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones, así como servidumbre de Acueducto y de Paso de AyA y con la base de tres millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciséis mil setecientos sesenta y cinco- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Liberia; cantón primero Liberia; de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, calle pública con un frente a ella de dieciocho metros lineales, sur, Pablo Rivas Espinoza, este, Pablo Rivas Espinoza, oeste, Ladislao Ramírez Villavicencio. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Fernando Chavarría Guevara, Yendry Patricia Araya López. Exp.: 07-000820-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 3416.—(109311).
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de enero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales y con la base de veintiocho mil noventa dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 216263-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodrigo Gutiérrez Sáenz; al sur, servidumbre en medio de Delima S. A.; al este, Zaida Fonseca Guillén, y al oeste Josefina Rojas Gutiérrez. Mide: ciento sesenta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Juanca Barveda S. A., contra Ana Cecilia Gutiérrez Sáenz. Expediente: 07-001218-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de noviembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 3432.—(109312).
A las diez horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado y con la base de trece millones ochocientos cuarenta y cuatro mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil ochocientos cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno construido con dos casas y un apartamento. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Luis Arguedas Carmona; al este, Jorge Luis Arguedas Carmona, y al oeste, Urbanización Monte Bello. Mide: ciento treinta y tres metros con diez decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Inés Arrieta Arguedas contra Johanna Campos Garro. Exp.: 05-000935-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 03 de enero del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 3433.—(109313).
A las diez horas cero minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base de un millón ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Hyundai, categoría automóvil, serie KMHVF24N2WU443592, capacidad: cinco, carrocería sedán cuatro puertas, personas, año 1998, color verde. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Hacienda Mastate Sociedad Anónima contra Grettel Alvarado Alvarado. Exp.: 07-002001-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 3460.—(109314).
A las trece horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, prendarios y anotaciones judiciales, con la base de ocho millones cuatrocientos noventa y tres mil ochocientos cuarenta y un colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, provincia de Alajuela, matrícula doscientos setenta y tres mil trescientos veintiséis-cero cero cero, que es terreno para construir, situada en el distrito cuarto del cantón sexto de Alajuela. Linda: norte, Olman Jiménez y Marta Adita Varela; sur, María Adita Varela Bogarín; este, María Adita Varela Bogarín, y oeste, calle pública. Mide: seiscientos ocho metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en Ejecución de Sentencia dentro de Abreviado de Divorcio, número 04-400085-687-FA de José Ángel Aguilera Chaves contra Alicia Vega Arrieta.—Juzgado de Familia de Grecia, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—Nº 3467.—(109315).
A las ocho horas treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil ocho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones quinientos mil colones, al mejor postor remataré la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número noventa y ocho mil seiscientos treinta-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito primero del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con acequia en medio y la Municipalidad de Puntarenas con once metros; al sur, con calle pública con un frente a ella de ocho punto setenta metros lineales; al este, Leila Fajardo Pérez y oeste, Horacio Chaves Ortega. Mide: cuatrocientos diecinueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 07-100947-642-CI-2 de Grupo Mutual contra Roberto Martínez Varela y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—Nº 3511.—(109316).
A las catorce horas quince minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas 342-17802-01-0002-001 y 342-17802-01-0915-001, con la base de la cédula hipotecaria de primer grado, sea la suma de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré: La finca del partido de Guanacaste, matrícula 092072-000, que es terreno de potreros y repastos, situado en el distrito 03 veintisiete de abril, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste, linda al norte, con Río Seco; al sur, con Servulo Campos Valles y Leomenes Campos Álvarez ambos en parte; al este, con Río Seco y Edwin Angulo Gutiérrez, y al oeste, con Trinidad y Pedro ambos Valle Gómez. Mide: dieciséis mil setecientos sesenta y seis metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Exp. 02-001395-185-CI, Ejecutivo Hipotecario de Servicios Fiduciarios Trisan S. A. contra Servulo Campos Valle.—Juzgado Sexto Civil de San José, 2 de noviembre de 2007.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(109347).
A las dieciocho horas y veinte minutos del diecisiete de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de catorce mil dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número 537543-000. Que es terreno inculto. Sitio: distrito Escazú, cantón Escazú de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública; sur, y oeste, Carmen María Gutiérrez Gutiérrez; este, Carmelina Vargas Hidalgo. Mide: trescientos sesenta y dos metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso Ejecutivo Hipotecario número 07-023629 0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra María Alexandra Rojas Solórzano.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 29 de noviembre del año 2007.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—(109359).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las diez horas y cuarenta minutos del quince de enero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) Máquina de imprenta para impresión Offset, marca Heidelberg, modelo Knorr, con número de serie tres cinco ocho nueve ocho cero; B) Máquina de prensa Offsete, marca Heidelberg, modelo Sorm, número de serie cinco uno cuatro seis cuatro siete. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Caja Costarricense de Seguro Social contra Imprenta y Litografía Varitec S. A., Expediente: 01-005701-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—(109487).
A las ocho horas, treinta minutos del treinta de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, cinco millones cuatrocientos cuarenta mil colones y con la base libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre sirviente, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dieciséis mil cuatrocientos treinta y tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 20-C, situada en el distrito cinco San Felipe, cantón diez Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, 19-C; al sur, lote 21-C; al este, lote 18-C y en parte 1-C, y al oeste, calle pública. Mide: noventa y seis metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erick Acevedo León, Lilliana Campos Barboza, Pedro José Acevedo Obando. Expediente Nº 07-000493-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de noviembre del año 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—(109660).
A las diez horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, con la base de catorce millones ciento ochenta y un mil sesenta y cinco colones con dieciséis céntimos y libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil novecientos seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa veintiséis, situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, este y oeste, Comunidad Modelo La Aurora S. A. de parque; al sur, avenida el Cenízaro con cuatro metros y cincuenta centímetros de frente. Mide: ochenta y un metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Fernando Castaño Botero. Expediente Nº 07-001803-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del año 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(109661).
A las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de Leyes setenta cincuenta y dos y setenta y dos cero ocho del Sistema Financiero Nacional y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y nueve mil novecientos uno-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir lote catorce-C, bloque C, actualmente con una casa, situada en el distrito uno Quesada, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, IMAS; al sur, calle pública; al este, lote C-trece, y al oeste, IMAS. Mide: ciento noventa y un metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dulce María Umaña Villalobos, Rafael Ángel Arce Cordero. Expediente Nº 07-001756-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de octubre del año 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(109663).
A las ocho horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veinte mil trescientos ochenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa número veintiocho-veinticuatro, situada en el distrito diez Hatillo, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU con dieciocho metros con veintitrés centímetros; al sur, INVU con dieciocho metros, veintitrés centímetros; al este, con calle República de Costa Rica con nueve metros y tres centímetros, y al oeste, con INVU con nueve metros de frente. Mide: ciento sesenta y un metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Edwin Cascante Acuña. Expediente Nº 07-000988-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del año 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(109664).
A las nueve horas del veintidós de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil quinientos veintiséis-triple cero, la cual es terreno para construir, lote siete G, situada en el distrito cinco San Francisco, cantón uno Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, IMAS; al sur, IMAS; al este, alameda cinco, y al oeste, IMAS. Mide: noventa y nueve metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Luis Méndez Garita. Expediente Nº 07-001801-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de noviembre del año 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(109665).
A las ocho horas, treinta minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro publico, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintitrés mil ciento veinticinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote dos G, situada en el distrito dos San José, cantón primero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con ocho metros; al sur, lote cuarenta G; al este, lote tres G, y al oeste, lote uno G. Mide: ciento cincuenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Teresa Araya Ledezma. Expediente Nº 07-001760-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de noviembre del año 2007.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(109666).
A las once horas, treinta minutos del once de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso y con la base de ocho millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil novecientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque I, lote uno, situada en el distrito uno Liberia, cantón uno Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle cinco y en curva de esquina frente avenida tercera en parte; al sur, Construcciones Luisón S. A.; al este, lote dos I, y al oeste, calle hacia Liberia. Mide: doscientos cincuenta y ocho metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mario Pérez De La Cruz. Expediente Nº 07-001956-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del año 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(109667).
A las diez horas, quince minutos del veintitrés de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladas y advertencia administrativa y con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cuatro mil doscientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 5; al sur, lote 3; al este, calle pública, y al oeste, lotes 7 y 8. Mide: ciento diecinueve metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Homero Fernández Castro, Inversiones Hofer Sociedad Anónima. Expediente Nº 07-000037-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de octubre del año 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº 3529.—(109951).
A las ocho horas del treinta de enero del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre traslada al tomo 296, asiento 9815, con la base de tres millones setecientos cuarenta mil colones remataré: la finca inscrita en el partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número 399923-000, la cual es terreno para construir lote 17, sita en el distrito 13 La Garita, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Róger Antonio Castro Castro y Yhajaira Meléndez Jiménez; al sur, con calle pública con frente ella de 7,00 metros; al este, con Grupo Chinarro S. A., y al oeste, con Grupo Chinarro S. A. Mide: ciento cincuenta y un metros. Se remata por haberse ordenado en el proceso ejecutivo hipotecario número 07-000086-0184-CI-5 de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Iván Villegas Cortes y José Miguel Villegas Villalta.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 3561.—(109952).
A las nueve horas del diez de enero del dos mil ocho en la puerta exterior de este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica y con la base de trescientos cincuenta y siete mil colones, en el mejor postor remataré: finca partido de San José, Sistema de Folio Real número F-013029-000. Colinda: al norte, área común de calle y patio; al sur, casa Nº 4; al este, área común de patio, y al sur, área común. Mide: noventa y cuatro metros cuadrados. Lo anterior por haberse así ordenado en juicio 07-003054-222-CI. Ejecutivo hipotecario de Condominio Zurquí contra Alex José Muñoz Vivas.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—Nº 3564.—(109953).
A las ocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y con la base de tres millones doscientos treinta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y tres mil novecientos quince-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, bloque G, lote 10, situada en el distrito seis Esquipulas, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 9-G; al sur, lote 11-G; al este, lote 21-G, y al oeste, calle 2 con 7 metros de frente. Mide: ciento treinta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Mena Zúñiga, Patricia Delgado Picado. Expediente Nº 03-008961-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de noviembre del año 2007.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 3569.—(109954).
A las ocho horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando limitaciones y restricciones al tomo 325, asiento 3706 y con la base de cuarenta millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número setenta y siete mil setecientos noventa y nueve-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno de montaña y tacotales entre las coordenadas de 30 a 70 en el plano, situada en el distrito Roxana, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Rojas calle pública; al sur, Instituto de Desarrollo Agrario; al este, Félix Martínez Duarte, y al oeste, calle pública. Mide: dos millones trescientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Edwin Esquivel Mesén, Maderas Centrales del Norte S. A. Expediente Nº 00-020312-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del año 2007.—Lic. Ricardo Rodríguez Vega, Juez.—Nº 3580.—(109955).
A las siete horas, treinta minutos del seis de febrero del dos mil ocho, en la puerta principal del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 498-14942-01-0001-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de un millón ciento setenta y cuatro mil novecientos sesenta y seis colones con ochenta y siete céntimos remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 403.628-000, que es terreno solar, sito en Venecia de San Carlos, distrito cinco del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública; al sur, y oeste, Carlos María Mora Peralta, y al este, Graciela Barquero Ramírez. Mide: doscientos metros cuadrados. Se remata por estar así ordenado en ejecutivo hipotecario de Consorcio Cooperativo de Vivienda COOCIQUE R. L., CONCOOCIQUE R. L. contra Tomas Carrillo Sánchez. Expediente Nº 07-100741-297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuido Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Viria Guzmán Rodríguez, Jueza.—Nº 3700.—(109956).
A las nueve horas del veintidós de enero del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de dos millones de colones; remataré: la finca inscrita en el partido de San José, matrícula de Folio Real número 207779-000, la cual es terreno para terreno para construir, sita en el distrito 04 San Rafael Arriba, cantón Desamparados. Linda: al norte, con resto de Juan Rafael Badilla en sección destinada a servidumbre de paso; al sur, con sucesión de Ricardo Rodríguez y en parte Marcial Fallas; al este, con Juana Eduviges Badilla Monge, y al oeste, con Juan Rafael Badilla Monge. Mide: ciento veintidós metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado en el proceso ejecutivo hipotecario número 07-001870-184-CI-0 de Raúl Ruiz Solano contra Martín Antonio Meza Monge.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—Nº 3702.—(109957).
A las nueve horas, quince minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando tres servidumbre trasladadas y servidumbre dominante y con la base de un millón ochocientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número filial veinticinco mil seiscientos sesenta y uno, guión cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno filial trece de una planta destinada al uso habitacional en proceso de construcción, situada en el distrito seis Dulce Nombre, cantón tres La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, filiales ocho, nueve y diez en parte; al sur, filial catorce; al este, filial dieciséis, y al oeste, vía peatonal. Mide: noventa metros cuadrados. Se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para La Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Denis Mercedes Rodríguez Cadena, Rosa del Carmen Rodríguez Cadena. Expediente Nº 06-001140-0638-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de noviembre del año 2007.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 3727.—(109958).
A las once horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando adjudicación de finca (divorcio) y con la base de dos millones ochenta y siete mil setecientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y dos mil seiscientos cuarenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote ciento cincuenta y dos, situada en el distrito uno Desamparados, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con siete metros, cincuenta centímetros; al sur, lote ciento cincuenta y nueve; al este, lote ciento cincuenta y tres, y al oeste, lote ciento cincuenta y uno. Mide: ciento veintinueve metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adrián Salazar Rojas. Expediente Nº 07-001743-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de octubre del año 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—Nº 3728.—(109959).
Se convoca a los miembros o socios de Gus Pittucci Sociedad Anónima, cédula jurídica número 0601280546, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo del dos mil ocho, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, el juez hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Sandra Hernández Cascante. Expediente Nº 06-001067-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de noviembre del 2007.—Lic. Yanina Saborío Valverde, Jueza.—(109668). 2 v. 1.
Regino Fajardo García, casado una vez, agricultor, vecino del Progreso de Cariari, cédula 5-122-763, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que se describe así: terreno para construir, que está situada en el distrito quinto, Cariari; cantón Pococí; provincia de Limón, que colinda: al norte, camino con un frente a ella de veintinueve metros con sesenta y siete centímetros lineales; sur, con Florencia Jiménez Jiménez; este, calle pública con un frente a ella de trece metros con diez centímetros lineales, y al oeste, Geiner Gómez Barrantes. Plano L-seiscientos veintidós mil trescientos setenta y cuatro-dos mil. Mide: cuatrocientos un metros con veintisiete decímetros cuadrados. Dicho terreno no tiene gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de seiscientos mil colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Información posesoria Nº 07-000204-0930-CI. Titulante Regino Fajardo García.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 21 de noviembre del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 2251.—(107668).
Manuel Gerardo López Mora, mayor, casado, pensionado, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad uno-trescientos setenta y ocho-ochocientos cuarenta, solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno actualmente de patio para construir, situado en Quebrada Grande, distrito segundo Quebrada Grande, del cantón octavo Tilarán, Guanacaste, con una medida de mil ciento veinticuatro metros con diecisiete decímetros cuadrados. Dicho terreno tiene los siguientes linderos: norte, con Otoniel Mejías Alvarado; sur, con calle pública con un frente de cuarenta y cinco metros con noventa y un centímetros; este, con Walter Rodríguez Castillo, y al oeste, con Otoniel Mejías Alvarado. Sobre la finca no existen cargas reales, se encuentra libre de gravámenes hipotecarios, el titulante es el único dueño, no existe condueño, y lo estima en la suma de tres millones de colones netos. El titulante lo adquirió por medio de venta que le hiciera la señora Edith Rodríguez Ramírez, portadora de la cédula cinco-doscientos dos-quinientos ochenta y tres, desde el nueve de setiembre del dos mil siete, quien a su vez lo había adquirido por medio de donación del señor Walter Rodríguez Castillo, portador de la cédula de identidad cinco noventa y uno-ochocientos noventa y nueve quien a su vez lo había adquirido del señor Blas Picado Montero, y este a su vez lo había adquirido de Hernán Arias López, quienes traspasaron decenal y esta última, quien también me transmitió la posición decenal, que data de mucho más de veinte años, entre todos los dueños anteriores. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria. Expediente Nº 07-100367-0389-CI (395-4-2007).—Juzgado Civil de Cañas, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—N° 2278.—(107669).
Víctor Rafael Álvarez Badilla, mayor de edad, casado una vez, vecino de Quebrada Grande de Tilarán, cédula de identidad cinco-cero sesenta y cinco-doscientos seis, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, soportando gravámenes y cargas reales: primero: soportando servidumbre de agua con un ancho de tres metros lineales y un largo de ochocientos noventa y cuatro metros con treinta y dos centímetros lineales, el inmueble que se describe así: terreno de pastos con una casa de habitación, un corral y un galerón, situado en Barrio Nuevo de Quebrada Grande, distrito segundo, de Tilarán cantón octavo, de Guanacaste. Linderos: norte, Ismael Sánchez Rojas; sur, Deyanira Durán Rivera, Quebrada Serena en medio Xinia Murillo Conejo, Víctor Herrera Pérez y Elmer Zamora Zamora; este, Ismael Sánchez Rojas y Víctor Rafael Álvarez Badilla, y al oeste, calle pública con un frente de dos metros sesenta centímetros lineales. Según plano catastrado G-un millón ochenta y ocho mil doscientos treinta y ocho-dos mil seis. Mide de extensión treinta y un hectáreas cinco mil ochocientos noventa y seis metros cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Segundo: soportando servidumbre de agua con un ancho de tres metros lineales y un largo de doscientos ochenta y seis metros con diez centímetros lineales; servidumbre de paso con un ancho de siete metros y largo de mil ciento cincuenta y dos metros con setenta y dos centímetros lineales, el inmueble que se describe así: Terreno de pasto y montaña, situado en Barrio Nuevo de Quebrada Grande, distrito segundo, de Tilarán cantón octavo, de Guanacaste. Linderos: norte, Ismael Sánchez Rojas, Quebrada, sin nombre Carlos Benigno Sánchez García y Blanca Chacón Conejo; sur, Deyanira, María Henar y Marta todas Durán Rivera; este, Francisco Rodríguez Cordero, y al oeste, Víctor Rafael Álvarez Badilla y servidumbre agrícola con un frente de siete metros lineales. Según plano catastrado G-un millón ciento cinco mil trescientos treinta y ocho-dos mil seis. Mide de extensión cinco hectáreas tres mil doscientos ochenta y siete metros con doce decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños. Los adquirió por compra, mediante escritura pública ochenta otorgada ante el notario Asdrúbal Villalobos Brenes, en la suma de cincuenta mil colones a Elías Arias Castillo. Estima el inmueble número uno en tres millones de colones, el número dos trescientos mil colones y la diligencia en la suma de tres millones trescientos mil colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Víctor Rafael Álvarez Badilla. Expediente Nº 07-000017-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Isaac Guillermo Amador Hernández, Juez.—1 vez.—Nº 2332.—(107670).
Mathe & Mathe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil-trescientos sesenta y siete, promueve diligencias de información posesoria para rectificar medida del inmueble inscrito a su nombre en el Registro Público, matrícula diecinueve mil trescientos seis-cero cero cero; que se describe así: terreno de potrero, situado en Ostional, distrito seis, Cuajiniquil, cantón tres, Santa Cruz de Guanacaste, que linda: norte, Mathe & Mathe Sociedad Anónima y Gabino Díaz Baltodano; sur, lotes catorce-A, quince, dieciséis y diecisiete propiedad de Mathe & Mathe Sociedad Anónima y Jorge Rivera Rivera; este, Gabino Díaz Baltodano, lotes trece, catorce y catorce-A propiedad de Mathe & Mathe Sociedad Anónima, y al oeste, servidumbre agrícola. Mide: doce mil ciento veintidós metros con veinte decímetros cuadrados, según plano catastrado G-981625-2005. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos. Se les previene a todas las partes interesadas que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, este último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente artículo 6º y 12 Ley de Notificaciones. Expediente Nº 07-000279-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 2346.—(107671).
Ana Catalina Fernández Montero, cédula de identidad uno-seiscientos veintinueve-cuatrocientos treinta y cinco, mayor, soltera, maestra, vecina de Cartago. Promueve diligencias de información posesoria para rectificar medida del inmueble inscrito a su nombre en el Registro Público, matrícula ochenta y seis mil setecientos nueve-cero cero cero; que se describe así: terreno de potrero, montaña y repasto. Ubicado en Picada, distrito cuarto Santa Cruz del cantón quinto Turrialba de la provincia de Cartago. Mide: noventa y seis hectáreas, mil trescientos ochenta y seis metros con ochenta y siete decímetros cuadrados, según catastrado C-940881-2004. Linda: al norte, Flor María Masís; sur, Federico Montero Chacón; este, calle pública, y al oeste, Peñas del Río Toro Amarillo. Inmueble fue estimado en la suma de dos millones de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente 07-160044-341-AG-85-R.—Juzgado Agrario de Turrialba, 9 de noviembre del 2007.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—Nº 2347.—(107672).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 06-000688-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Leda Cristina Hernández Ruiz, quien es mayor, estado civil viuda por primera vez, vecina de Sardinal de Carrillo, de Coopecompro 125 metros oeste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento dieciocho-ciento nueve, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros con treinta decímetros; al sur, Digna Acevedo Gutiérrez; al este, Baldomero Abarca Abarca y al oeste, Berenice Hernández Contreras. Mide: cuatrocientos setenta y tres metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra que le hiciera al señor Noe Ledezma Hernández, quien es mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos veinticuatro-trescientos setenta y ocho, quien es sobrino de la promovente, en fecha primero de diciembre de dos mil cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido del inmueble, hechura de cercas y velar por su cuidado y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad, se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Leda Cristina Hernández Ruiz, expediente Nº 06-000688-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 2371.—(107947).
María Teresa Valerio Ledezma, mayor, viuda una vez, pensionada, cédula uno-doscientos cincuenta y cinco-doscientos sesenta y dos, vecina de Heredia, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, una finca que se describe así: terreno para construir, que está situada en La Leona del distrito primero, Guápiles; cantón segundo, Pococí; provincia de Limón, que colinda al norte, calle pública; sur, este y oeste con Jorge Leandro Loaiza. Plano L-1064136-2006. Mide: setecientos ochenta metros cuadrados. Dicho terreno no tiene gravámenes ni cargas reales y se estimó en la suma de un millón de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Información posesoria N° 07-100412-0468-CI, Titulante: María Teresa Valerio Ledezma.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Gerardo Salas Herrera, Juez.—1 vez.—Nº 2407.—(107948).
José Augusto Vargas Venegas, quien es costarricense, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad Nº 2-217-219, vecino de Santa Rosa de Pocosol, San Carlos, Barrio La Milagrosa, un kilómetro al este de la entrada, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra que le hiciere a: Vianney Cruz Ugalde, quien es mayor, casada una vez, cédula de identidad Nº 2-3624-088, vecina de Santa Rosa de Cutris de San Carlos. Dicho inmueble se describe así: de patio y casa vieja, sito en el distrito trece, Pocosol, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda al norte, y al oeste, Alberto Martín Mora Vargas; sur, calle pública con un frente de trece metros con veinticinco centímetros lineales, y al este, parte Alberto Marín Mora Vargas y parte Doris Vargas Mora. Mide: quinientos cincuenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños y fue estimado en la suma de doscientos cincuenta mil colones al igual que las presentes diligencias. Se aportó el plano catastrado número A-1199132-2007 de fecha 10 de julio del año 2007. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por José Augusto Vargas Venegas. Expediente Nº 07-100728-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 2422.—(107949).
José Francisco Artavia Espinoza, mayor, divorciado, comerciante, vecino de Cedral de Ciudad Quesada, cédula 5-115-357, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciere a Eduardo Villegas Rodríguez, mayor, casado, electricista, cédula 2-319-053, vecino de La Abundancia de Cuidad Quesada, con quien no le liga parentesco, el 17 de agosto de 2006. Dicho terreno se describe así: terreno para construir, sito Quesada, distrito primero de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Gloria Hidalgo Rojas; al sur, Luz Mery Salas Quesada; y al oeste, calle pública con un frente de 13,07 metros lineales. Mide: ciento treinta y ocho metros treinta y un decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-1123970-2006 de fecha diciembre de 2006. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente N° 07-100250-0297 CI (1). Información posesoria promueve José Francisco Artavia Espinoza.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—Nº 2460.—(107950).
Ana Iris Vargas Hernández, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, cédula de identidad 5-200-631, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el Registro Público, las siguientes fincas que se detallan de la siguiente manera: la primera finca con el plano L-212213-1994 situada en Rótulo, distrito tercero, del cantón segundo, de la provincia Limón, que es terreno de agricultura sin construir y colinda al norte, José Rafael Méndez Rivera y servidumbre de paso; sur, Jorge Gómez López; este, Timoteo López Gómez y al oeste, Jorge Gómez López. Mide: una hectárea con ocho mil cuarenta y ocho metros y cincuenta y un decímetros cuadrados. La segunda finca con el plano L-212213-1994, situado en Rótulo, distrito tercero, del cantón segundo, de la provincia Limón, que es terreno de agricultura sin construir y colinda al norte, Compañía Bananera El Carmen S. A., sur, con el terreno anteriormente descrito, este, Compañía Bananera El Carmen S. A., y al oeste, servidumbre de paso y Compañía Bananera El Carmen S. A. Mide: cinco mil ciento treinta y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Dichos terrenos no tienen condominios, gravámenes ni cargas reales y se estiman en la suma de un millón de colones. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 07-000229-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de noviembre del dos mil siete.—Lic. Luis Fernando Guillen Zumbado, Juez.—1 vez.—Nº 2502.—(107951).
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Kilómetro Veinte Golfito, representada por su apoderado generalísimo, Olivio Trejos Sandoval, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, vecino de Kilómetro Veinte Golfito frente a la escuela, cédula de identidad 9-050-608, promueve diligencias de información Posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno: es terreno con construcción con bodega y un pozo para abastecimiento de agua. Situado: Kilómetro Veinte, del distrito primero Golfito, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: trescientos setenta y cinco metros cuadrados. Linda actualmente: norte, calle pública con catorce metros de ancho; sur, Domingo Sánchez Solís. sureste: Rodrigo Sánchez Herra; este, Esmeralda Díaz Núñez, oeste, Braulio Villalta Villalta y Aníbal Sánchez Hernández. Plano catastrado número P-1015610-2005. Se estima el inmueble en la suma de cinco millones de colones igualmente el presente proceso. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Información Posesoria 06-000202-419-AG Interno 264-3-06 P/Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Kilómetro Veinte Golfito.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Nº 2519.—(107952).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000233-0391-AG-2 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Melany Blanco Álvarez quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Pavas Rohrmoser, cien metros al este del Triángulo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-uno uno nueve siete-cero tres uno siete, profesión estudiante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de charrales. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con catorce metros y Jesús Romero Romero; al sur, calle pública con catorce metros; al este, Jesús Romero Romero y Esau Álvarez Espinoza y Valkis Dijeres Morales, y al oeste, camino público con catorce metros. Mide: cuarenta y ocho hectáreas dos mil cuatrocientos ochenta y cinco metros con once decímetros cuadrados, según plano número 5-870857-2003. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta realizada al señor Alberto Parra Rodríguez por parte de la promovente y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de cercas, reparación de cercas, siembra de maíz. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Melany Blanco Álvarez. Expediente Nº 07-000233-0391-AG-2.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 15 de noviembre del 2007.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—(108024).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000019-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Federico Antonio Hernández Castillo, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Jorge de Los Ángeles San Ramón, de las Cabinas Pocosol, 500 metros al oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-438-087, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de repasto, caña de azúcar, y casa de habitación. Situada en el distrito octavo Los Ángeles, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Patricia Rodríguez Zamora, Carlos Luis Guevara Ramírez, Anael Lizano Bolaños; al sur, quebrada sin nombre en medio de Alexander Rojas Vargas; al este, Alexander Rojas Vargas y servidumbre de paso de siete metros de ancho, y al oeste, Maximiliano Quesada Guevara, y Gerardo Cubero Barrantes. El terreno a titular mide ciento diecinueve mil ochocientos cuarenta y siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Datos Obtenidos del plano A-937806-2004 del 16 de julio del 2004. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Federico Antonio Hernández Castillo. Expediente Nº 07-000019-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de marzo del 2007.—Lic. Roxana Hernández A., Jueza.—1 vez.—Nº 2698.—(108420).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000736-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edwin Acuña Pastrana quien es mayor, estado civil casado una vez, costarricense, vecino de Barrio La Cruz de Liberia, ciento setenta y cinco metros al sur de Bar La Gurupera, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero doscientos treinta y cinco-cero setecientos noventa y siete, profesión bodeguero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito primero, cantón primero, Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública, con un frente a ella de tres metros con veintidós centímetros lineales; al sur, calle pública, con un frente a ella de veinticinco metros con setenta y ocho centímetros lineales; al este, calle pública, con un frente a ella de veintidós metros con veintitrés centímetros lineales, y al oeste, calle pública, con un frente a ella de treinta y cinco metros con diez centímetros lineales. Mide: trescientos ochenta y un metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos cincuenta mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble hace once años aproximadamente, por medio de compra-venta que le hiciere el señor Juan José Acuña Acuña, quién es mayor, soltero, agricultor, costarricense, vecino de Liberia, Barrio El Capulín, costado norte de la escuela, portador de la cédula de identidad número ocho-cero cero setenta y tres-cero novecientos ocho, quién le transmitió el día nueve de julio del año dos mil siete, mediante escritura pública, la posesión decenal por él ejercida, y a quién le liga parentesco con el titulante, en el grado de padre del mismo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercarlo por los cuatro costados, mantenerlo limpio de malezas, y cuidarlo en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edwin Manuel Acuña Pastrana. Expediente Nº 07-000736-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 2741.—(108421).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Lyn Zhong Kun, cédula de residencia seiscientos veintiséis-dieciocho mil ochocientos cincuenta y ocho-cero cero cinco mil setecientos cuarenta y uno, de nacionalidad China, soltero, profesor y vecino de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir. Sito en el distrito tercero del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Magdalena Morales Álvarez; al sur, con Ana Cecilia López Soto; al este, con calle pública con un frente a ella de dieciséis metros diecinueve centímetros lineales, y al oeste, con Junta de Educación de la escuela de Judas de Chomes. Mide: cuatrocientos veinticinco metros con seis decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-seiscientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y ocho-dos mil. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 01-101072-417-CI-3 de Lyn Zhong Kun.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 2790.—(108422).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Cecilia López Soto, cédula seis-ciento nueve-ciento diez, profesora, soltera y vecina de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir con una casa de habitación. Sito en distrito tercero del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con José Carrillo Gutiérrez; al sur, con Wilbert Madrigal Ledezma; este, Junta de Educación de la escuela de Judas y oeste, con calle pública con un frente a ella de diez metros según plano catastrado P-624556-2000. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 01-101067-417-CI-1 de Ana Cecilia López Soto.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 2791.—(108423).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000093-0391-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Walter Gerardo Villafuerte Anchía quien es mayor, soltero, vecino de Carmona, Nandayure, del Banco Nacional trescientos metros al sur, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-doscientos setenta y uno-doscientos diecinueve, oficial de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito sexto y quinto, Bejuco y Porvenir, cantón noveno, Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Río Bejuco; al sur, Rafael Ángel Zúñiga Alvarado; al este, Armando Alvarado Solano, y al oeste, Lidier Solano Rojas y servidumbre de paso. Mide: doscientos cuarenta y dos mil trescientos setenta y seis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado y chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Walter Gerardo Villafuerte Anchía. Expediente Nº 07-000093-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 28 de mayo del 2007.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 2887.—(108424).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000728-0640-CI donde, se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Antonio Durán Hernández quien es mayor, estado civil viudo de primeras nupcias, vecino(a) de San Nicolás, Cartago, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 0101690318, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público, de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Cecilia Durán Fallas; al sur, José Joaquín Durán Fallas; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, calle pública, con un frente lineal a ella de ocho metros. Mide: ciento tres metros cuadrados con doce decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 2600000 colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión decenal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en uso habitacional. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Antonio Durán Hernández. Expediente Nº 07-000728-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de noviembre del 2007.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 3021.—(108771).
Ervin Raymond Grand Humpreys, mayor, casado una vez, contador, vecino de Limón, Cahuita, trescientos metros oeste de la Guardia Rural, cédula de identidad Nº 7-032-507, promueve diligencia de información posesoria para inscribir ante el Registro Público el siguiente inmueble: terreno para construir con una casa y árboles frutales, situado en Cahuita, distrito tercero, cantón cuarto-Talamanca, de la provincia de Limón, mide mil setecientos ochenta y dos metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados; linda al norte, este y oeste, con Ervin Raymond Grand; sur, calle pública con frente de treinta y dos metros con treinta centímetros; fue aportado el plano L 740978-1988. Fue estimado el inmueble en la suma de quinientos mil colones, así como las diligencias. No existen gravámenes ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del término de un mes contado a partir de la publicación del edicto, se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos. Publíquese. Expediente Nº 318-4-06.—Juzgado Agrario de Limón, 16 de octubre del 2007.—Lic. Yendri Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—Nº 3024.—(108772).
Wálter Rosenberg Kalin, mayor, casado una vez, empresario, vecino de kilómetro siete Purruja de Golfito, en Cabinas Purruja, cédula Nº 8-078-673. Establece actividad judicial no contenciosa de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de solar de forma triangular con una casa, sito en Purruja de Golfito, distrito primero, cantón sétimo de Puntarenas: linda al norte, Benigno Castro Arburola; sur, en punto de vértice calle pública y quebrada; este, quebrada en medio Benigno Castro Arburola, y oeste, calle pública con una medida de setenta metros treinta y seis centímetros. Mide: setecientos veintiocho metros un decímetro cuadrado según plano catastrado bajo el número P-siete cero nueve cinco seis uno- dos mil uno. Adquirió el inmueble por compra que le hiciera al señor Santos Inés Salguera Salguera, ha ejercido posesión durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y a título de dueño estima la finca en la suma de cuatro millones de colones. Con un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente Nº 07-100122-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito Puntarenas, 19 de noviembre del 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 3041.—(108773).
Eusebia Jiménez García, cédula Nº 5-089-207, quien es mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Los Arenales de Nosara, promueve diligencias de información posesoria a fin de que se inscriba en e! Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, el bien que se describe así: sito en Arenales de Nosara, distrito seis Nosara, cantón segundo Nicoya de la provincia de Guanacaste que es terreno con un casa. Linderos: norte, calle pública, y en parte a María Yessenia Castillo Jiménez; sur, Leoncio Quirós Cordero y Eduardo Lara Matamoros; este, Digna María Castillo Jiménez, y oeste, Odilio Ramírez Rosales. Mide: quinientos ochenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-seiscientos ochenta y dos mil novecientos noventa y siete-dos mil uno. Dicho inmueble lo ha mantenido la promovente en forma quieta, pacífica, pública a titulo de dueña en el tiempo que tiene de poseerlo, no hay cargas reales, gravámenes ni anotaciones. Dicha promovente valora las presentes diligencias en la suma de seiscientos cincuenta mil colones. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se cita y emplaza a los interesados que se sientan perjudicados en esta información para que se apersonen en autos en defensa de sus derechos. Expediente Nº 05-100371-390-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Nicoya, Guanacaste, 29 de noviembre del 2005.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—Nº 3071.—(108774).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000367-0388-CI/4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Morera Monge quien es mayor, casado una vez, vecino de Alajuela 50 metros este de la Cruz Roja, cédula Nº 2-274-342 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe así: terreno de cultivos, situada en Paso Hondo, distrito tercero Veintisiete de Abril cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Emérito Espinoza Corea Blanca Herminia Rodríguez Camareno; sur, Emérito Espinoza Corea; este, Juan Durán Matarrita, y oeste, Fidelina Durán Rodríguez, digna Rodríguez Camareno y servidumbre de paso con un frente de cuata metros. Mide una hectárea seis mil doscientos ochenta y un metros noventa y cinco decímetros cuadrados, lo anterior según plano catastrado número G- 346851-96. Indica el promovente que sobre e inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en h suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble en abril de dos mil siete y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido el mantenimiento de cercas, chapias y árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro de plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jorge Morera Monge. Expediente Nº 07-000367-0388-CI/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 27 de octubre del 2007.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 3079.—(108775).
Orosur Dos Mil Trece S. A., cédula jurídica tres - ciento uno -trescientos sesenta y nueve mil setecientos sesenta y nueve, representada por James David de único apellido Marley en razón de su nacionalidad estadounidense, quien es mayor, casado una vez, constructor, con pasaporte de su país número uno cero tres ocho cinco ocho ocho nueve siete, inscribe a nombre de su representada ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno de montaña y tacotales, situado: camino a Playa Cacao, del distrito primero: Golfito, del cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Mide diez hectáreas seis mil doscientos cuarenta y siete metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Linda: norte: servidumbre de paso y el estado, sur; Panorama del Pacífico LLC Limitada; este: José Antonio González Carvajal; oeste: Panorama del Pacífico LLC Limitada. Plano catastrado número P-1180262-2007. Se estima en la suma de cinco millones de colones las presentes diligencias y el inmueble. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—Nº 3266.—(109317).
Se hace saber que el señor Manuel Francisco Alvarado Segura, mayor de edad, casado una vez, mensajero, vecino de Tranquerillas de Aserrí, quinientos metros norte de la Escuela, cédula de identidad número uno-seiscientos diez-cero noventa, ha establecido diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre la finca sin inscribir que se describe así: terreno de naturaleza: tacotal, sita en Tranquerillas, distrito cuarto San Gabriel, del cantón sexto, provincia de San José, mide: setecientos veintiún metros con cincuenta decímetros cuadrados según plano catastrado Nº SJ-973343-91 de fecha diecinueve de junio de 1991, linda actualmente, al norte: calle pública que conduce a Tarbaca con una extensión de treinta y tres metros con noventa centímetros lineales. Sur: Carlos Eduardo Cruz Meléndez, este: calle que conduce a San Gabriel en una extensión de cuarenta y ocho metros con doce centímetros lineales, y oeste: con Narciso Alvarado Fallas. Se cita a los interesados para que dentro de un mes a partir de la publicación se presenten a reclamar sus derechos. Expediente 07-100198-217-CI información posesoria promovida por Manuel Francisco Alvarado Segura.—Juzgado Civil y de Trabajo, Desamparados, 21 de noviembre del 2007.—Lic. Brayan Li Morales, Juez a. í.—1 vez.—Nº 3338.—(109318).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000196-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Álvaro López Lara, mayor, soltero, vecino de La Cruz, Puerto Soley, de la bomba de acueducto ochocientos metros al oeste y ochocientos metros al sur, cédula cinco-ciento sesenta y cinco-setecientos setenta y cinco, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en Puerto Soley, La Cruz, de la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de montaña y charrales. Situada en el distrito primero, La Cruz, cantón décimo, La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte Rodrigo López Lara, Rafaela López Lara y Selina Salgado Lara; al sur: calle pública con un frente a ella de quinientos cuarenta y dos metros diez centímetros lineales; al este: Ricardo Bonilla Centeno y al oeste: Álvaro López Lara. Mide: trescientos sesenta y dos mil trescientos veintidós metros veinticinco decímetros. Lo anterior según plano catastrado número G-un millón noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y ocho, fechado treinta de agosto del dos mil seis, a nombre del titulante. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no existen condueños, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble y las diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hizo su madre Inés Lara Medrano, mayor, viuda una vez, vecina de La Cruz, Puerto Soley, cédula cinco-cero cincuenta y siete-doscientos treinta y uno y constituida en escritura pública número cincuenta y dos el día diecinueve de febrero del dos mil siete, visible a folio cincuenta y cuatro del protocolo número treinta y dos de la notaria Leda María Peña Martínez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión ejercidos por la anterior dueña y el titulante han consistido en limpiar el terreno, hacer rondas, cercado. En el terreno no hay construcciones, el acceso es de calle rústica, alejado del centro de la ciudad, no tiene servicios públicos y el camino es intransitable o de difícil acceso en invierno. Hay treinta y seis hectáreas de bosque secundario y el resto de charrales. No hay nacientes ni ríos que crucen el inmueble, solo dos quebradas que cruzan el inmueble con orientación de entrada al este y salida al oeste que solo tienen agua en invierno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro López Lara, expediente Nº 07-000196-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 19 de noviembre del 2007.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Nº 3437.—(109319).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Nayza Naranjo y Zamora Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-dos siete seis uno uno ocho, representada por María Isabel Naranjo Soto, mayor, casada una vez, trabajadora social, vecina de Lepanto de Puntarenas, cédula seis-ciento noventa y uno-setecientos noventa y cuatro y Rodrigo Zamora Murillo, mayor, casado en segundas nupcias, comerciante, cédula cuatro-ciento diez-setecientos sesenta y seis, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno de montaña, sito en distrito once Cóbano del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte con: Gerardo Barboza Murillo al sur con calle pública con un frente a ella de cincuenta metros lineales al este y oeste con Patsy y Karina Bonilla Rodríguez con una medida de dos mil setecientos noventa y nueve metros con noventa y seis decímetros cuadrados según plano catastrado número P-ochocientos noventa y cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres-dos mil tres. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de compraventa, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 07-160089-642-AG de Nayza Naranjo y Zamora S. A.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—1 vez.—Nº 3451.—(109320).
Miguel Castro Mora, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Los Mogos, dos kilómetros al oeste por carretera a Puerto Jiménez, Sierpe de Osa, Puntarenas, cédula de identidad 1-708-177, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno de potrero y montaña, situado: en Los Mogos, del distrito tercero Sierpe, cantón quinto Osa de la provincia de Puntarenas. Mide: veintiocho hectáreas mil ochocientos metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Linda actualmente: norte Juan Elías Espinoza, sur, María Ruth Sánchez Sánchez y calle pública con una medida frente a ella de seiscientos cincuenta y seis metros con ochenta y siete centímetros de longitud; este, Sociedad Reforestadora Los Mogos de Osa S. A.; oeste, Antonio Castro Mora. Plano catastrado Nº P-574236-99. Se estima el inmueble en la suma de veinte millones de colones al igual que las presentes diligencias. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Información posesoria 06-000112-419-AG interno 142-3-06 P/Miguel Castro Mora. Notifíquese.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(109443).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000535-0388-CI-3, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Duarte Álvarez quien es mayor, casado una vez, contador, vecino de Cacao de Santa Cruz, trescientos metros al norte del puente, camino a Bernabela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento dos-trescientos siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito primero, cantón tercero de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jesús Duarte Álvarez y Víctor Manuel Rosales Pizarro, ambos en parte; al sur, Eugenio Duarte Álvarez; al este, Débora Méndez Duarte, Municipalidad de Santa Cruz, Ana María Castellón Prado, ambos en parte, y al oeste, calle pública con un frente a ella de cuarenta y cinco metros con ochenta y cuatro centímetros lineales, Miguel Duarte Álvarez y Ronald Duarte Ruiz, ambos en parte. Mide: una hectárea ocho mil quinientos cinco metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que le hiciera a su hermano Jesús Duarte Álvarez y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercas, chapeas y cultivo de cuadrado y maíz. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Ángel Duarte Álvarez. Expediente Nº 07-000535-0388-CI-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 27 de noviembre del 2007.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—(109614).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-001663-0183-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rina Paola Ocampo Navarro quien es mayor, casada una vez, ejecutiva de su hogar, vecina de Río Oro de Santa Ana, del Súper Río Oro, 2 kilómetros al sur, calle La Chimba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 8-080-309, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de solar con árboles frutales, piscina y casa para perros; sito: distrito Uruca, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Linda: al norte, calle pública; al sur, Ernesto Dubois Grathwohl; al este, propiedad de Rina Paola Ocampo Navarro, y al oeste, Ernesto Dubois Grathwohl. Mide: tres mil novecientos veintiún metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesa ningún gravamen judicial o limitación y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciera a la Sociedad George and Margaret S. A. y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la remodelación de una casa de habitación, así como el mantenimiento de los campos frutales y la construcción de la casa para los perros. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 22 de noviembre del 2007.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—Nº 3567.—(109960).
Rosendo López López, mayor, soltero, agricultor, cédula número cinco-ciento uno-setecientos treinta y tres, y vecino de Golfito, Puntarenas; establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de agricultura con una casa de habitación, sito en La Virgen, distrito tres Guaycará, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Natividad Vargas Villanueva y Vicente Sánchez Solís; sur, Rosendo López López; este, Brazo izquierdo del Río Esquinas, y al oeste, José Ángel Sequeira, Matías Fernández Granados y Brazo Derecho del Río Esquinas. Plano catastrado número P-1106211-2006, de fecha veinte de octubre del dos mil seis, a nombre de Rosendo López López, con una medida de cincuenta hectáreas siete mil ochocientos sesenta y cinco metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de quince millones de colones. La finca la adquirió de Juan Jiménez Mesén y Evangelista Vargas Chinchilla, mediante compraventa; la que ha ejercido desde hace más de doce años. Sobre los mismos no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Expediente Nº 07-100064-422-CI (Interno 147-1-07).—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 11 de octubre del 2007.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—Nº 3672.—(109961).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000070-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Guillermo Valverde Barahona quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Parcelas de Quebrada Azul de Tilarán, Guanacaste, kilómetro y medio al sur de la plaza de deportes, cédula número 0502640497, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de repastos y agricultura, situado en la Palma de Santa Rosa de Tilarán, distrito cuarto del cantón octavo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ganadera Ojochal de Guanacaste S. A.; sur, Ganadera Ojochal S. A.; este, Guillermo Valverde Barahona, servidumbre de paso con un frente de siete metros, y al oeste, Luis Guillermo Valverde Barahona. Según plano catastrado número G-1106448-2006, del veintitrés de octubre del dos mil seis, a nombre del titulante. Mide de extensión diecisiete mil doscientos setenta y tres metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por medio de compra que le hiciera Alix Martínez López, mayor de edad, viuda una vez, vecina de la Palma de los Ángeles de Tilarán, cédula número 05001040031, quien no es su pariente, el día veinte de enero del dos mil cinco, consignada en escritura Pública número 129, visible a folio 91 del tomo 24 del protocolo del notario Carlos Enrique Ulloa Rojas. Estima el inmueble y la diligencia en la suma de trescientos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Guillermo Valverde Barahona. Expediente Nº 07-000070-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Nº 3686.—(109962).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 05-000117-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Enrique Gutiérrez Hernández, mayor, casado una vez, educador, vecino de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, de la escuela Bernardo Gutiérrez quinientos metros al norte y cien metros al este cédula de identidad cinco-ciento cincuenta-cuatrocientos cuarenta y cinco, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pastos y potreros. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle pública con un frente a ella de trescientos cuarenta y tres metros con cuarenta y seis centímetros lineales; al sur, José Luis Gutiérrez Hernández; al este, calle pública con un frente a ella de ciento ochenta y cuatro metros con doce centímetros lineales, y al oeste, Carmen María García Angulo. Mide: cincuenta mil novecientos cincuenta y dos metros con seis decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-cuatrocientos setenta y siete mil trescientos veinticinco-noventa y ocho. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no hay condueños, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones y en igual suma estima las diligencias. Que adquirió dicho inmueble, sin precisar fecha exacta, hace aproximadamente veinticinco años por donación verbal, sin que mediara documento legal alguno, de quien en vida fuera su padre Fermín Gutiérrez Villegas, cédula cinco-cero cincuenta-quinientos setenta y cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener en el lugar árboles frutales, mantenerlo limpio, construir de alambre de púas una cerca alrededor del mismo, así como ejercer los demás atributos del dominio. No existen nacientes de agua en la propiedad ni es atravesado por ríos y quebradas y destinado a poteros, no existen cultivos ni bosques. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria promovida por Luis Enrique Gutiérrez Hernández. Expediente Nº 05-000117-0388-CI.—Juzgado Agrario de Liberia, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—Nº 3765.—(109963).
Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio notarial acumulado de Tobías Robles Abarca, quien era mayor, pensionado, vecino de San José, casado una vez y portador de la cédula de identidad número 9-017-729 y Natalia Naranjo Delgado, quien era mayor, casada una vez, del hogar, vecina de San José y portadora de la cédula de identidad número 1-037-43763, expediente cero cero tres-dos mil siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos lo interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derecho, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apresan dentro del plazo, aquélla pasará a quién corresponda. Expediente Nº 003-2007. Notaría del Lic. Carlos Villalobos Rodríguez. Goicoechea de los Tribunales de Justicia 100 metros al oeste y 10 metros al sur.—Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—(108449).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafael Espinoza Obando, quien fue mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y cuatro-setecientos trece, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2007. Notaría de la Lic. Alejandra Marcela Solano Madrigal. Fax: 220-3930, email: consulex@ice.co.cr.—San José, 29 de noviembre de 2007.—Lic. Alejandra Marcela Solano Madrigal, Notaria.—1 vez.—(108454).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Ana Cristina Sáenz Aguilar, mayor de edad, soltera, abogada, portadora de la cédula de identidad Nº 1-643-172, vecina de San José, San Pedro de Montes de Oca, seiscientos metros al sur y veinticinco metros al este del antiguo Higuerón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de este plazo, los bienes sucesorios pasarán a quien corresponda. El expediente se encuentra en la notaría del Lic. Antonio Vanderlucht Leal, situada en San José, setenta y cinco metros al este de la Casa de Matute Gómez, casa dos mil ciento sesenta y ocho.—San José, 23 de noviembre del 2007.— Antonio Vanderlucht Leal, Notario.—1 vez.—(108463).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Oldemar Salazar Chaves, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Santiago de Puriscal, cédula Nº 1-299-949, hijo de Fulgencio Salazar Chaves y de Natividad Chaves Marín, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 07-100127-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 9 de noviembre del 2007.—Lic. Ana I. Fallas Aguilar, Jueza.—1 vez.—Nº 2990.—(108776).
Se emplaza a los interesados en la sucesión de Adan Vargas Serrano, mayor divorciado una vez, agricultor, vecino en vida de La Alegría de Siquirres un kilómetro y medio al sur del Salón Comunal, Provincia de Limón, con cédula de identidad número, tres-doscientos veintidós-ochocientos setenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso sucesorio notarial, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2007. Notaria Lic. Susana Zamora Fonseca, en la ciudad de Siquirres cincuenta metros al este de los Tribunales de Justicia.—Siquirres, 29 de noviembre del 2007.—Lic. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 3006.—(108777).
Se hace saber que en este Despacho se mamita el proceso sucesorio de Nemecio Nicolás Víctor Ponce, quien fuera mayor de edad, casado una vez, agricultor y con cédula de identidad número cinco- ciento veintidós- novecientos cuarenta y tres, vecino de barrio Guadalupe de Liberia, cincuenta metros al oeste y setenta y cinco metros al norte d Aeróbicos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesado; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crea tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000232-0387-AG.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 23 de noviembre del 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—1 vez.—Nº 3035.—(108778).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Ester Padilla Gutiérrez, quien fuera mayor, divorciada una vez administradora del hogar, cédula de identidad número nueve cero cero cero treinta y cuatro cero quinientos veintisiete. Se cita a lo herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer vale sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000870-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 3075.—(108779).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodolfo Rafael Guzmán Vargas, quien en vida fue mayor, pensionado, casado una vez, con cédula de identidad número tres-cero cero ochenta y siete-cero cero treinta y seis, para que dentro de un plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 003-2007. Notaría de la licenciada Galina Morales Sánchez.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 3093.—(108780).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Alberto Sanabria Marín, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de barrio Luján, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001871-0180-CI-2.—Juzgado Primero Civil de San José.—Manuel Hernández Casanova, Juez.—1 vez.—Nº 3094.—(108781).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Delroy Senior Grant conocido como Senior Grant, quien fue, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad en su orden número siete - cero treinta y nueve-ochocientos ochenta y uno, vecino de Bataan de Limón, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasara a quien corresponda. Sucesión Nº 06-000461-478-CI(254-2-06) de Delroy Senior Grant conocido como Senior Grant, gestionado por Juan Fernández Soto. Publíquese.—Juzgado Agrario de Limón, 8 de noviembre del 2006.—Lic. Edgar Calvo Solano, Juez.—1 vez.—Nº 3120.—(108782).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Araya Molina Óscar, quien fuera mayor, casado una vez, albañil, vecino de La Unión de Tres Ríos, cédula Nº 3-108-839. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100142-0895-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de agosto del 2007.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 3127.—(108783).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Castrillo Castillo, quien fuera casado una vez, cédula de identidad número cinco-ciento siete-cero cero nueve, vecino del Carmen de Nandayure, Guanacaste, un kilómetro al norte de la escuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000216-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 13 de noviembre del 2007.—Lic. José Joaquín Pifiar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 3136.—(108784).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marta Chinchilla Morales, quien fuera mayor, viuda, cédula de identidad Nº 1-059-6935, vecina de Coronado. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crear tener derecho a la herencia, de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará quien corresponda. Expediente Nº 07-001228-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de noviembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 3198.—(108785).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Corina Rojas Bermúdez y Marco Tulio Jiménez Jiménez, quienes fueron mayores, casados una vez, vecinos de San José, de oficios domésticos y floricultor, cédulas Nº 1-121-413 y 1-179-653, respectivamente, para que dentro del plazo de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001285-0180-CI-8.—Juzgado Primero Civil de San José.—Manuel Hernández Casanova, Juez.—1 vez.—Nº 3203.—(108786).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Efraín Araya Morera, quien fuera mayor, casado una vez agricultor, vecino del Roble de Alajuela, quien portaba la cédula de identidad número 9-270-366. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-000748-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de junio del 2005.—Lic. José Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—(108965).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Méndez Molina, quien fuera mayor, casado una vez, gerente de mercadeo y ventas, vecino de San Isidro de Alajuela, cédula de identidad 2-433-901. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-002030-0638-CI-13.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del año 2007.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(108983).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Salazar Serrano, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno-ciento ochenta y ocho-novecientos veintiuno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001336-0185-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(109008).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Daisy Alvarado Rojas, quien fuera divorciada, ama de casa, cédula de identidad Nº 1-211-487, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos, en caso de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. La dirección de la notaría es: San José, Barrio México, de la Defensoría de los Habitantes, 50 metros al norte, casa dos mil ochenta. Fax: 255-1594.—San José, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—(109031).
En esta Notaría se presentó Olga Cecilia Jiménez Rodríguez para proceder a la apertura de los procesos sucesorios de Humberto Jiménez Vaglio y Olga Rodríguez Solís. De conformidad con el artículo 922 del Código Procesal Civil se convoca a los interesados para que dentro de treinta días, concurran ante este despacho a hacer valer sus derechos.—San José, 29 de noviembre del 2007.—Lic. José Francisco Monge Masís, Notario.—1 vez.—Nº 3340.—(109123).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Abarca Porras Jaime y Barquero Mora Elizabeth, quienes fueron mayores, casados, vecinos de Villa Esperanza de Pavas, cédulas 1-241-002 y 1-265-868, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 07-002150-0180-CI-3.—Juzgado Primero Civil de San José.—Lic. Manuel Hernández Casanova, Juez.—1 vez.—(109255)
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Ana Isabel Rivera Montoya, quien fuera mayor, casada una vez, portadora de la cédula de identidad uno-trescientos cincuenta y cuatro setecientos cuarenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100107-0216 CI.—Juzgado Civil de Hatillo, seis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 3233.—(109321).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Pedro José Parra Quirós, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula 1-206-826, vecino de La Fila del Aguacate, 300 metros oeste de la Escuela, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente número 002-2007. Notaría: Lic. Marlene Lobo Ávila, sita en Santiago de Puriscal, frente al parqueo del Banco Nacional de Costa Rica, planta alta.—Puriscal, a las diez horas del 4 de diciembre del 2007.—Lic. Marlene Lobo Ávila, Notaria.—1 vez.—Nº 3251.—(109322).
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de: José Alberto Ledezma Ávila, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-364-637, vecino de Bella Vista de Germania, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en esta sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesión civil Nº 07-000206-0930-CI, causante José Alberto Ledezma Ávila.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 30 de octubre del 2007.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 3285.—(109323).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos Acuña Jiménez, quien en vida fue mayor, soltero, agricultor, vecina de La Leguita de Puriscal, costado este de la escuela, cédula uno-ciento cincuenta y tres-cero cincuenta y ocho, cédula de identidad uno-doscientos cuarenta y tres-cuatrocientos setenta y tres, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0004-2007. Notaría del Lic. Luis Charpentier Acuña.—Lic. Luis Charpantier Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 3288.—(109324)
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de María Isabel Zavaleta Cavaría, quien fue mayor, viuda de su único matrimonio, ama de casa, vecina de San José, Desamparados, 500 metros al norte y 75 metros al oeste del Banco Nacional de Costa Rica, casa diez B, cédula de identidad 3-0068-0230, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100351-0217-CI, sucesión de María Isabel Zavaleta Chavarría.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 20 de noviembre del 2007.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—Nº 3295.—(109325).
Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Rodolfo Coronado Calvo, quien fue mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Coronado, San José, vecino de San Rafael de Coronado de la Iglesia Católica cien metros al oeste y setenta y cinco metros al sur, con cédula de identidad número uno-ciento cuarenta-doscientos sesenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a la oficina del notario Bautista Elgarrista Fuentes, situada en calle tres bis, entre avenidas nueve y once, casa número novecientos setenta y cuatro, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 0002-2007, proceso sucesorio de Rodolfo Coronado Calvo.—San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Bautista Elgarrista Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 3304.—(109326).
Mediante escritura de apertura otorgada ante esta notaría por Fernando Montero Vega y Fernando Montero Sancho a las 11 horas del 28 de noviembre del 2007 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Virgita Sancho Castro conocida como Birgita Sancho Castro, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, con domicilio en San José, Desamparados, Urbanización Cucubres, 25 metros este del Abastecedor La Roxinia, portadora de la cédula de identidad número 2-180-743. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 004-2007. Notaría del Licenciado Carlos Francisco Millet Nieto, ubicada 75 metros este de la Panadería Inocente Hidalgo, altos del Café Internet, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, teléfono 460-7147 y fax 460-9785. Publíquese en el Boletín Judicial.—Lic. Carlos Francisco Millet Nieto, Notario.—1 vez.—Nº 3318.—(109327).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Víctor Manuel Araya Castillo, quien fuera mayor, casado, comerciante portador de la cédula de identidad número 03-0087-0449. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001919-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Lic. José Antonio Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—Nº 3382.—(109328).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Flor Ugalde Salazar, cédula de identidad 2-318-038, a las trece horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Luis Alberto Herrera Pérez, mayor, cédula de identidad 2-0311-0273, vecino de San Isidro de Alajuela, San Jerónimo, del puente setenta y cinco metros al norte, albañil, casado una vez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca, ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Barrio Escalante, de la Universidad Central 100 metros al sur y 200 metros al este, casa número 2995. Teléfono: 280-9104.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 3422.—(109329).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Francisco López Aguilar, quien fuera mayor, soltero, vecino de Calle Blancos, portador de la cédula de identidad número 1-0591-0717. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001032-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de noviembre del año 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 3423.—(109330).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Marco Julio Araya Chacón, mayor de edad, casado una vez, agricultor, cédula dos-trescientos ochenta y tres-novecientos cuarenta y cinco, vecino de Concepción de Naranjo, a las 15:00 horas del 26 de setiembre del año dos mil cinco, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alida Analia Chacón Salazar, quien fue mayor de edad, casada dos veces, ama de casa, cédula dos-ciento ochenta y siete-ciento sesenta y cuatro, vecina de Concepción de Naranjo. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Naranjo centro, 25 metros norte del Almacén Roes, teléfono 451-5132.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 3468.—(109331).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Josefa Dijeres Dijeres, mayor, soltera, ama de casa vecina de El Barrio Veinte de Noviembre de Puntarenas, cédula cinco-cero diecisiete-ocho mil treinta y cuatro. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2007.—Lic. Jorge Alberto Vargas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 3510.—(109332).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Nuria Esperanza Vargas Brenes, mayor, soltera, administradora, cédula número 3-303-400, vecina de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio Nº 07-100145-0917-CI (156-07) de Nuria Esperanza Vargas Brenes.—Juzgado Contravencional de Escazú, 22 de noviembre del 2007.—Lic. María Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(109385).
A los herederos e interesados en el sucesorio de Rafael Gerardo Mora Salazar, quien fuera mayor, casado en primeras nupcias, constructor, vecino de San Josecito de Alajuelita, de la Escuela Ismael Coto, doscientos metros al sur y cincuenta al este, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y ocho-quinientos treinta y seis, les informo que ante el suscrito notario se han presentado Edith Bogantes Prendas, Diana Mora Bogantes, Korina Mora Bogantes, Jackson Alexander Mora Bogantes y Ronny Gerardo Mora Bogantes, como herederos, solicitando la tramitación en esta sede notarial del sucesorio de dicho señor. En consecuencia cualquier otro heredero o interesado deberá acudir ante el suscrito notario dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de este aviso para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Mi dirección es San José, Sabana Norte, Avenida 5, calles 42 y 44, Nº 4260, Edificio Nueva tercer piso, Bufete Lara, López, Matamoros, Rodríguez & Tinoco, Fax 290 74 52. Expediente N° 0001-2007.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—1 vez.—(109579).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafael Ángel Pereira Garro, mayor, casado una vez, médico, vecino de Puntarenas, cien metros al sur y cien metros al oeste de la Municipalidad de Puntarenas, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos treinta y nueve-seiscientos cuarenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2007.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—(109641).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Blanca Jiménez Morales, quien fuera mayor, casada, ama de casa, vecina de Heredia cédula 2-0119-0444. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 04-002526-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de setiembre del 2004.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(109699).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Machado Cortés, quien fuera en vida mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Birrisito de Paraíso, cédula número 3-099-118. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001229-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 9 de noviembre del 2007.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—Nº 3546.—(109964).
Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de Jesús Bermúdez Mora por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de treinta días deben comparecen ante esta notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica, Agencia Acosta, con el fin de hacer valer sus derechos.—San José, cuatro de diciembre del dos mil siete.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—Nº 3549.—(109965).
Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de José Alberto Quirós Campos por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de treinta días deben comparecen ante esta notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica, Agencia Acosta, con el fin de hacer valer sus derechos.—San José, cuatro de diciembre del dos mil siete.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—Nº 3551.—(109966).
Ante esta notaría se está tramitando el proceso sucesorio de José Ángel Zúñiga Valverde por lo que se hace saber a los presuntos interesados que en el plazo de treinta días deben comparecen ante esta notaría Lic. Juan Edgar Fallas García, contiguo al Banco Nacional de Costa Rica, Agencia Acosta, con el fin de hacer valer sus derechos.—San José, 4 de diciembre del 2007.—Lic. Juan Edgar Fallas García, Notario.—1 vez.—Nº 3552.—(109967).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Manuel Solano Sojo, cédula 3-124-937, casado, agricultor, falleció el 26 de diciembre de 1992, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de igual o mejor derecho. Expediente número único 07-100325-0341-CI, número interno 760-5-07.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 10 de octubre del 2007.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—Nº 3553.—(109968).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Rodolfo Zamora Fernández quien en vida fue mayor, viudo de su único matrimonio, pensionado, vecino de Santa Ana, con cédula de identidad 1-172-652, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001564-0183-CI. Sucesión de Rodolfo Zamora Fernández.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—1 vez.—Nº 3685.—(109969).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Eladia Medrano Ruiz, quien fuera mayor, viuda en primeras nupcias, administradora del hogar, cédula de identidad número nueve-cero cero cero tres-setecientos siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-000817-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 3767.—(109970).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Barquero Rojas, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Curridabat, cédula de identidad 1-096-4322. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001754-0180-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 3768.—(109971).
Mediante escritura número ciento setenta y dos-treinta y cuatro otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas treinta minutos del siete de setiembre del año en curso, de solicitud de apertura de sucesorio de los señores Danelia Castrillo Vado y Víctor Julio, Miriam Mayela y Roxana todos Murillo Castrillo y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Víctor Julio Murillo Alvarado, quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad dos-ciento uno-ciento treinta y siete, vecino de Liberia. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Marelyn Jiménez Durán, ubicada en Liberia, del Banco Popular, trescientos metros al sur. Teléfono 666-1850.—Liberia, 4 de diciembre del 2007.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 6769.—(109972).
Licenciada Eliette Pérez Méndez, abogada y notaria pública autorizada con oficina en Cartago, distrito Oriental, cantón central de la provincia de Cartago de la esquina norte de los Tribunales, setenta y cinco metros este, hace saber que en esta notaría y bajo el expediente 14-2007, se tramita sucesión ab intestato, de quien en vida se llamó Rafael Ramírez Ramírez, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad numero tres-ciento noventa y uno-mil trescientos dieciséis, vecino de Cot de Oreamuno Cartago de la Capilla de Velación, cincuenta metros sur. Se cita a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de esta publicación comparezca a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en este plazo, el haber relicto pasara a quien corresponda.—Cartago, diciembre del 2007.—Lic. Rosa Eliette Pérez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 3775.—(109973).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Peterson Mary Constance Burt, quien fuera mayor, casada una vez, nacionalidad estadounidense, vecina de Moravia, carné número A 199; y Virgil Christian Peterson, quien fuera mayor, casado una vez, nacionalidad estadounidense, vecino de Moravia, carné número 199. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-000526-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 3814.—(109974).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Ramón Jiménez Marín, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Desamparados, cédula de identidad 1-174-634, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-100357-0217-CI. Sucesión de Ramón Jiménez Marín.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 10 de octubre del 2007.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 3825.—(109975).
Se hace saber al tenedor de las diligencias de reposición de cédula hipotecaria, las cuales promueve el señor Óscar Alexis Campos Rodríguez en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma del Banco de Comercio sociedad que figura como tenedora del titulo en mención. El titulo en cuestión responde a un crédito hipotecario suscrito por la empresa CR Ingeniería Dos Mil S. A. a favor del Banco de Comercio sobre la finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real 33681-000 por la suma de dos millones de colones. Se cita a todos los interesados para que se apersonen a estas diligencias en procura de la defensa de sus derechos, dentro del plazo de un mes, contado a partir de la última publicación de este edicto, apercibidos de que, en caso de omisión se procederá conforme lo instituido en el artículo 709 del código de comercio. Lo anterior se encuentra ordenado así dentro del expediente Nº 07-001853-181-CI que son diligenciadas de reposición de cédula hipotecaria, promovidas por CR Ingeniería Dos Mil S. A.—Juzgado Segundo Civil de San José, 12 de noviembre del 2007.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 76922.—(103486). 3 v. 2 Alt.
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Ante mí, Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Notario Público con oficina en San José, Barrio Luján, de Casa Matute Gómez 200 metros al sur y 25 al este, casa número 2126, a mano derecha, por escritura número 234, visible al folio 181 frente. Del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada en San José, a las 16:00 horas del 31 de octubre del año 2007, comparecieron los señores: Leyda María Badilla Sánchez, licenciada en Sociología, cédula 4-117-975 y Andrés Murillo Carrillo, empresario, cédula 5-164-971, ambos mayores, divorciados una vez, de San José, en su condición de Presidentes respectivamente de las sociedades Organización de Servicios Jurídicos S. A. cédula jurídica 3-101-144900 y Coco Verde de Limón S. A., cédula jurídica 3-101-54983, a iniciar diligencias de reposición de cédulas hipotecarias, lo cual han hecho ante el Registro Público de la Propiedad, Sección Cédulas Hipotecarias, para la reposición de las cédulas hipotecarias que se constituyeron sobre el bien inmueble inscrito en el Registro Público, Partido de Limón, Folio Real, matrícula 017453-000 que eran en cantidad de 46 y por un valor total de doscientos cincuenta mil dólares, que se desglosan en la escritura mencionada. De ahí que se cita y emplaza a todo aquel que se considere afectado o con mejor derecho o que tuviera en su poder alguna de las cédulas hipotecarias que forman parte del crédito dicho, para que dentro del plazo de diez hábiles a partir de la primera publicación, se apersonen ya sea ante el suscrito Notario en el domicilio citado, o bien ante la Dirección del Registro Público de la Propiedad a manifestar su oposición a estas diligencias, cuyo propósito es reponerlas para proceder a su cancelación ante el citado Registro a fin de desafectar el inmueble objeto de garantía. Se advierte que la señora Badilla Sánchez en su condición citada ha jurado que las cédulas le fueron robadas el día 21 de agosto del año 2007, y que su representada de por si ya recibió de la empresa Coco Verde de Limón S. A. el pago de las mismas, siendo que la denuncia del robo de las cédulas la hizo mediante expediente penal número 0000-07-17161-ÚNICO 07-016853-0042PE.—Fiscalía de Asaltos del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Notario.—Nº 2629.—(107979).
publicación de una vez
A quien interese, se hace saber que en este despacho ha interpuesto proceso ordinario de Martina María Flores Marín contra el estado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare la condena del Estado al pago de costas, daños y perjuicios ocasionados por su resolución 1614-07-D.M. así como al señor Hernán Fernández Aguilar. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-001239-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Sady Jiménez Quesada, Jueza.—1 vez.—Nº 3267.—(109333).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Rafael Obando Calderón, cédula de identidad número 3-104-727, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de... Expediente número 07-001570-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 2 de noviembre del año 2007.—Lic. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—Nº 3293.—(109334).
Licenciada Nacira Rivera Cruz, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se interpuso proceso guarda, crianza y educación, Nº 01-000666-0165-FA, establecido por William Ricardo Aguilar Mora, contra Ana Rosa de los Ángeles Berrocal Napirola, representado por su Curador Procesal licenciado Juan José Alvarado Quirós, donde se dictó la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de primera instancia Nº 308-2007. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las nueve horas veinticinco minutos del día veintitrés de marzo del año dos mil siete. Proceso de suspensión de guarda, crianza y educación establecido por el señor William Ricardo Aguilar Mora, portador de la cédula de identidad número 3-323-655; contra la señora Ana Rosa de los Ángeles Berrocal Napirola, portadora de la cédula de identidad número 2-457-001; ambos de calidades y demás datos de identificación constantes en autos. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: I.—…, II.—Considerando: I.—…, II.—…, III.—…, IV.—… Por tanto, se declaran con lugar la demanda de suspensión de guarda, crianza y educación instada a través de este proceso abreviado por el señor William Ricardo Aguilar Mora contra la señora Ana Rosa de los Ángeles Berrocal Napirola, únicamente en lo que se dirá, entendiéndose por denegada en lo que no se concede de manera expresa, lo anterior de la manera que sigue: se acoge la pretensión de suspensión del atributo de guarda, crianza y educación para la señora Ana Rosa de los Ángeles Berrocal Napirola en el ejercicio de ésta con respecto a su hijo Joel Ricardo Aguilar Berrocal. A consecuencia de lo cual se concede al señor William Ricardo Aguilar Mora el ejercicio de forma exclusiva del atributo de la guarda, crianza y educación con respecto a su hijo el niño Joel Ricardo Aguilar Berrocal. En cuanto a la accionada señora Berrocal Napirola, continúa incólume sus obligaciones para con su hijo el citado menor de edad Aguilar Berrocal. Finalmente, estimándose que ninguna de las partes ha litigado de mala fe, se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Firme este fallo consígnese lo dispuesto en los asientos de nacimiento del niño Joel Ricardo Aguilar Berrocal, nacido en Alajuela, inscrito al tomo: 777, folio: 257, y asiento: 513. Comuníquese. Licenciada Nacira Rivera Cruz, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso guarda crianza y educación de William Ricardo Aguilar Mora contra Ana Rosa de los Ángeles Berrocal Napirola; expediente Nº 01-000666-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de marzo del 2007.—Lic. Nacira Rivera Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 3327.—(109335).
Se le avisa al señor Abraham Mora Araya, mayor, casado una vez, cocinero, cédula 7-084-732, vecino de New Jersey, Estados Unidos de América, de domicilio desconocido; que la señora Adelita de los Ángeles Solís Valverde, ha establecido formal demanda abreviada de divorcio en su contra; expediente 2007-000765-186-FA-l para que en sentencia se decrete: a) La disolución del vínculo matrimonial con base en la causal de separación de hecho, b) Que el inmueble que se encuentra inscrito en el Registro de la propiedad, partido de Limón, matrícula de Folio Real número 28979-000, es bien ganancial y que mediante proceso de ejecución de sentencia se ordene su liquidación, c) Que la actora tenga derecho a recibir una pensión alimenticia por parte del demandado, d) Que ambas costas queden a cargo del accionado. Asimismo, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado Primero de Familia, San José, a las trece horas cuarenta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete (...). Notifíquese esta resolución al demandado, señor Abraham Mora Araya por medio de un edicto que deberá de publicar por una sola vez en el Boletín Judicial la parte actora. Lo anterior bajo el apercibimiento de declarar la deserción del presente proceso, una vez transcurrido el plazo de ley en caso de incumplimiento.—Juzgado Primero de Familia de San José.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Nº 3333.—(109336).
Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez de Familia de Pérez Zeledón, hace saber que en el Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, se tramita el expediente Nº 07-400414-0919 FA, interno Nº 419-3-07 que es sumario autorización de salida del país promovido por: Mauren Patricia Quesada Solórzano, contra: Leonardo Vargas Cervantes y en el cual se dictó la sentencia que en lo conducente dice “sentencia de primera instancia Nº 549-07. Juzgado de Familia de Pérez Zeledón. San Isidro de El General, a las trece horas del día veinte de noviembre del año dos mil siete. Se dio intervención, como parte a la Procuraduría General de la República, representada por el procurador de Familia, y al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando... Sobre el fondo... Por tanto: De conformidad con los numerales precitados y 432 inciso 10) y 482 del Código Procesal Civil, 2 y siguientes del Código de Familia y 5, 10, 14 y 15 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se declara con lugar el presente proceso de autorización judicial de salida del país sin restricción alguna, incoado por Maureen Patricia Quesada Solórzano, contra: Leonardo Vargas Cervantes, en ese sentido se autoriza a Maureen Patricia Quesada Solórzano a tramitar sin la presencia del demandado Leonardo Vargas Cervantes ante la Dirección de Migración y Extranjería de nuestro país la autorización para su salida del país sin restricción alguna y durante un año a partir de la firmeza de este fallo, de Agustín Vargas Quesada junto a su madre hacia los Estados Unidos de Norteamericana. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil se ordena notificar la parte dispositiva de esta sentencia con los datos necesarios para identificar el proceso en el Boletín Judicial. Por no haber oposición de la parte demandada se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Lic. Manuel Rodríguez Arroyo. Juez de Familia”.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, noviembre 30 del 2007.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1 vez.—Nº 3337.—(109337).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Materna Castro Castro, mayor, viuda, vecina de Paso Ancho, cédula uno- ciento veintinueve-trescientos nueve. Expediente número 06-001424-0187-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, tres de mayo del dos mil siete.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 3504.—(109338).
Se hace saber que en diligencias de quiebra, tramitadas ante este despacho, se dictó la resolución que en lo conducente dice: se decreta la quiebra de Compañía General de Teléfonos Sociedad Anónima, representada por Luis Claudio Mora Altamirano, con base en lo dispuesto por los artículos 851, inciso b), 852, 860, 868 y 886 del Código de Comercio y 760 del Código Procesal Civil. Se fija por ahora y en perjuicio de terceros la época en que cesó al pago de sus obligaciones provisionalmente el diez de abril de año dos mil tres, como fecha en que empezó el estado de quiebra. Se designa en el cargo en el cargo curador propietario al, Lic. Carlos Ramírez Aguilar, quien puede ser localizada al teléfono 222-4197, como curador suplente a Lic. Carlos Reynols Vargas, quien puede ser localizado al teléfono 229-0587 y como notario inventariador al Lic. Fernando Montero Piña quien puede localizarse al teléfono 221-2276. Se les previene a todos los designados, que dentro de tercero día deben comparecer a este Despacho a aceptar su cargo, bajo apercibimiento de solicitar a la Dirección Ejecutiva la designación de otros profesionales en sustitución. Notifíqueselos. Se les previene a todas las personas que en cuyo poder existan pertenencias de la quebrada, cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de un mes, hagan al curador o al Juez manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos por ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juez, bajo la misma pena. Se prohibe a terceros hacer pagos o entregar efectos de bienes de cualquier clase a la quebrada bajo el apercibimiento de nulidad de tal pago o entregas. Envíase mandamiento al Registro Nacional, Sección de Propiedad, de Inmuebles, Vehículos y General de Prendas para que se abstengan de dar curso e inscribir cualquier documento emanado del deudor, en el que se consigne un traspaso de derechos o la imposición de un gravamen. Comuníquese a los Bancos, Instituciones de Crédito, Almacenes Generales de depósitos y Aduanas para que se abstengan de entregar al deudor, apoderado o encargado suyo, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías y cualquier otro documento o efecto de algún contenido económico. Comuníquese a la oficina de Correos, Telégrafos, radios y Cables, para que le entreguen al Señor Curador toda correspondencia, encomiendas y Despachos que lleguen dirigidos a la quebrada. Comuníquese a las Oficinas y Autoridades del Ministerio Público a fin de que inicien proceso a determinar si la quebrada ha incurrido en el delito de quiebra fraudulenta o culposa y para que se impongan, si fuera el caso, las sanciones penales correspondientes. Se concede a todos los interesados un plazo de un mes para que presenten legalización de sus créditos, plazo que empezará a correr desde la publicación de la parte dispositiva. Se le previene al representante de la fallida el señalamiento de casa u oficina conocida dentro del perímetro judicial de esta Ciudad donde oír notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones que se dicten posteriormente se le tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una sola vez en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional. Notifíquesela esta resolución al representante de la quebrada personalmente, en su casa de habitación o en el domicilio social de la empresa. Quiebra de Compañía General de Teléfonos S. A. Expediente Nº 94-001179-185-CI.—Juzgado Sexto Civil, San José, diez de abril del año dos mil siete.—Lic. Gilda María Gatgens Gómez, Jueza.—1 vez.—(109388).
A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Asoc. Rescate de la Prov. de Puntarenas contra… El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: a) Que se anule el acto del Tribunal Ambiental Administrativo, sea la resolución 736-06-TAA, dictada a las nueve horas del veintiséis de abril del dos mil seis. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 06-000530-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, Goicoechea, San José, 13 de noviembre del 2007.—Lic. Laura García Carballo, Jueza.—1 vez.—(109488).
Se avisa a la señora Elizabeth Tellez Zamora, mayor, ama de casa, cédula de identidad Nº 1-645-372, representada por la curadora procesal licenciada Sandra González Pinto, hace saber que existe proceso Nº 07-000296-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Govana de los Ángeles Jiménez Tellez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Elizabeth Tellez Zamora que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas del veintidós de agosto del dos mil siete, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíqueseles. Lic. Isabel Ortiz Fernández.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de octubre del 2007.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 0765.—C-2360.—(109522).
Se avisa que en este despacho la señora Elieth Sánchez Román, solicita se apruebe la adopción individual del joven Esteban Alejandro Vargas Morales. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 07-000481-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-1170.—(109523).
Se avisa a los señores Fermín Antonio Pérez Espinoza y Blanca Rosa Flores Amador, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 07-000524-673-NA-4, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Lilliam Liseth Pérez Flores. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del 2007.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-1300.—(109524).
Se avisa al señor Israel Toledo Ríos, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 07-000335-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Elyn Toledo García. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-1170.—(109525).
Se avisa a la señora Karla Vanessa Navarro Rojas, mayor, oficios del hogar, cédula de identidad Nº 2-509-315, en calidad de progenitora de la persona menor Yader Lorenzo Navarro Rojas, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 07-000482-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yader Lorenzo Navarro Rojas. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2007.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-1430.—(109526).
Se avisa a la señora Linda Gutiérrez Ojeda, mayor, de nacionalidad nicaragüense y demás calidades y domicilio desconocido, representado por el curador procesal licenciado Ignacio González Villalobos, hace saber que existe proceso Nº 07-000133-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor Jefry Josué Obando Gutiérrez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Linda Gutiérrez Ojeda y Óscar Eduviges Obando, se ha dictado la resolución de las trece horas del veinticuatro de abril del dos mil siete, a la que se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-2340.—(109527).
Se avisa a los señores Lorenzo Lazzari y Donatella Chin, de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayores, casados, pasaportes italianos números Y seis, tres, ocho, cuatro, siete, cinco y Y dos, seis, cero, cuatro, uno, cinco respectivamente, representados por el curador procesal licenciado Óscar Gómez Ulloa, hace saber que existe proceso Nº 07-000031-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor Samir Lazzari Chin establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Lorenzo Lazzari y Donatella Chin, se ha dictado la resolución de las catorce horas treinta minutos del dos de febrero del dos mil siete, a la que se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-2600.—(109528).
Se avisa a María del Rosario Peraza Navarro, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número uno-novecientos cuarenta y ocho-quinientos treinta y tres, vecina de Guápiles, siendo representada en este proceso, por el licenciado Hugo Sequeira Solís, que en este despacho se dictó dentro del expediente Nº 05-000346-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia Nº 416-2007. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las horas del dieciocho de octubre del dos mil siete. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de las personas menores de edad José Armando, Dayana Lucía, Alejandro Fabricio, Stevens Rigoberto todos de apellidos Peraza Navarro. Se extingue a su madre María del Rosario Peraza Navarro el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el deposito judicial de Dayana, José Armando y Steven todos Peraza Navarro en el hogar de María Lucía Ovarez Ortega y Guillermo Chavarría Chavarría y Alejandro Peraza Navarro en el hogar de Sandra Patricia Madrigal Mora y Alejandro Peñaranda Gómez, quienes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, a José Armando Peraza Navarro al tomo mil setecientos setenta y cuatro, página ciento cincuenta y cinco, asiento trescientos diez; a Dayanna Lucía Peraza Navarro al tomo mil quinientos ochenta y dos, página cincuenta y cuatro, asiento ciento siete; a Alejandro Peraza Navarro al tomo mil ochocientos ochenta y uno, página ciento cincuenta y siete, asiento trescientos trece; a Stevens Rigoberto Peraza Navarro al tomo mil setecientos dieciséis, página veintisiete, asiento cincuenta y tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-3120.—(109529).
Se avisa a la señora Mónica Vargas Monge, mayor, soltera, de oficios domésticos, cédula de identidad Nº 1-1239-587, representada por la curadora procesal licenciada Marta Cedeño Jiménez, hace saber que existe proceso Nº 07-000185-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor Justin Andrey Agüero Vargas, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Mónica Vargas Monge y Cristian Enrique Agüero Padilla, se ha dictado la resolución de las ocho horas del ocho de junio del dos mil siete, a la que se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-2340.—(109530).
Se avisa a la señora Nancy Jeaneth Sánchez Castañeda, mayor, soltera, del hogar, cédula de identidad número nueve- cero ochenta y uno- ciento diez y de domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 06-400131-197-FA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Bryan Josué Sánchez Castañeda. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de agosto del 2007.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-1430.—(109531).
Se avisa a la señora Sandra Rodríguez Naranjo, mayor, soltera, sin oficio, de domicilio desconocido, cédula de identidad Nº 1-1175-848, representada por el curador procesal licenciado Roy de Jesús Herrera Muñoz, hace saber que existe proceso Nº 07-000154-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Michael Alexander Rodríguez Naranjo, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Sandra Rodríguez Naranjo, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil siete, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José.—Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-2340.—(109532).
Lic. Andrea Pérez Quirós, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia, San Carlos, hace saber, que en proceso de declaratoria judicial de estado de abandono y depósito judicial de menor, expediente Nº 07-400220-300 (NI. 226-07FA), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Vidalia Morales Ramos y Mauricio Flores Vallejos (QdDg), se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las ocho horas del veintitrés de octubre del dos mil siete. Vista la manifestación de folio 36 frente, por parte de Lic. Mario Acosta Gutiérrez, se tiene por aceptado el cargo conferido mediante resolución de las trece horas del diez de octubre del dos mil siete. En virtud de lo anterior, de la presente demanda de declaratoria judicial de estado de abandono y depósito judicial de menor presentada por el Patronato Nacional de la Infancia se confiere audiencia por el plazo de cinco días a Vidalia Morales Ramos, por medio de su curador procesal Lic. Mario Acosta Gutiérrez, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo, si es del caso. Se le previene a los demandados que deben señalar lugar dentro del perímetro judicial de esta Ciudad en donde atender sus notificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones que se dicten posteriormente se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas (Artículo 185 del Código Procesal Civil. Por medio de edicto, que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contaran a partir de la publicación del edicto ordenado. Se tiene como parte a la Procuraduría General de la República a quien se le notificará por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones y Citaciones Judiciales, del Primer Circuito Judicial de San José, previo a ello, aporte el ente actor, un juego de copias de folios 1 al 15. Notifíquese esta resolución a la demandada Vidalia Morales Ramos por medio de su curador procesal y de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de octubre del 2007.—Lic. Andrea Pérez Quirós, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-4420.—(109533).
Lic. Rocío Fernández Ureña, Jueza de Familia de Cartago; hace saber a la señora Argerie Solano Marín, mayor, casada, cédula de identidad Nº 01-1001-0632, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente Nº 06-001521-0338-FA(4) donde se dictó la resolución que literalmente dice: expediente: Nº 06-001521-0338-FA, proceso: abreviado de suspensión de patria potestad actor: Patronato Nacional de la Infancia. Demandado: Argerie Solano Marín. Juzgado de Familia de Cartago. A las once horas y cincuenta y dos minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil seis. De la anterior demanda de suspensión de patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a los accionados Argerie Solano Marín y Jorge Gustavo Rey H. por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.- En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución a los demandados Argerie Solano Marín y Jorge Gustavo Rey H. personalmente o en su casa de habitación. Para notificar a la demandada, se comisiona al Delegado Policial de San Diego de La Unión. Ahora bien, siendo que no se cuenta con la dirección del señor Jorge Gustavo Rey, se ordena enviar los oficios correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social y Registro Civil, lo anterior con el fin de agotar los medios de localización de dicha persona. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Patronato Nacional de la Infancia contra Argerie Solano Marín, Jorge Gustavo Rey Hernández; expediente Nº 06-001521-0338-FA(4).—Juzgado de Familia de Cartago, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-4420.—(109534).
David Adamson Vargas, notificador del Juzgado de Familia de Turrialba: hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso especial de declaratorio de abandono de la menor Cristia Michell Campos Chavarría, expediente Nº 2006-400174-675-FA, interpuesto por el Patronato Nacional de la Infancia en contra Luis Guillermo Campos Arias y Elizabeth Chavarría López, en la cual se dictó la sentencia cuya parte dispositiva dice: por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 142, 158, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 263 del Código Procesal Civil, se declara con lugar la demanda de declaratoria en estado judicial de abandono de menor de edad interpuesta por el Patronato Nacional de la Infancia contra Guillermo Campos Arias y Elizabeth Chavarría López, declarando en estado de abandono de parte de los demandados de la menor Cristia Michell Campos Chavarría, con la consecuencia pérdida de la patria potestad que sobre ellos ejercían los demandados. Se ordena el depósito judicial de la citada menor en el hogar de los señores Didier Navarro Calvo y Gloria Arias Chavarría. Este asunto se falla sin una especial condena en costas. Hágase saber.—Juzgado de Familia Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba, 24 de octubre del 2007.—Lic. Elmer Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-2860.—(109535).
Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado Familia y Penal Juvenil Puntarenas, hace saber que en expediente Nº 07-400645-421.F.A.(3) proceso diligencias especiales de declaratoria judicial de estado de abandono por Nidia Villalobos Fonseca y Jesús Eduardo Pelenzuela Luque se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las ocho horas del veintiséis de octubre dos mil siete. Habiendo aceptado el cargo de Curador Procesal el Lic. Johny Alexander Garbanzo Badilla para representar a los demandados Nidia Villalobos Fonseca y Jesús Eduardo Pelenzuela Luque se resuelve: del anterior proceso especial de declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción de la menor Edith Marie Pelenzuela Villalobos, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Nidia Villalobos Fonseca y Jesús Eduardo Pelenzuela Luque, a quien se le confiere traslado por el plazo de cinco días hábiles a los demandados Nidia Villalobos Fonseca y Jesús Eduardo Pelenzuela Luque representado por su Curadora Procesal Lic. Johnny Alexander Garbanzo Badilla, para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código do Familia. En ese mismo plazo debe señalar medio y lugar, este ultimo dentro del perímetro judicial de este despacho, donde atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si ni lo hiciere las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el, medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado perteneciere cerrado, fuera impreciso, incierto inexistente conforme lo indican los artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas se dictará sentencia. Notifíquesele esta resolución personalmente o por medio de cédula de notificación en su casa de habitación a la Curadora Procesal. De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil se ordena notificar el presente auto a los demandados ausentes por medio de edicto en el Boletín Judicial por una vez, el cual queda a disposición de la parte interesada para su diligenciamiento.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 26 de octubre del 2007.—Lic. Ana Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-5460.—(109536).
Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez de Familia de Golfito, Puntarenas hago saber a Kattia Marlene Solano Vargas, que en el proceso 01-400134-0422-FA, Declaratoria de Deposito Judicial, que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en su contra, se ha dictado la sentencia que dice, en lo que interesa, así: Juzgado de Familia de Golfito, a las trece horas con treinta y un minutos del veintitrés de diciembre del dos mil cinco. Diligencias de Actividad Judicial no contenciosas de Depósito Judicial de Persona Menor de Edad, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por el licenciado Enrique Gómez Rosales, mayor, soltero, abogado, vecino de Golfito, cédula 6-266-853, contra Kattia Marlene Solano Vargas, demás calidades desconocidas. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—…, Considerando: I.—Sobre hechos probados..., II.—Sobre el fondo..., III.—…, IV.—Fundamento Legal... Por tanto, Se declara con lugar parcialmente la acción, solo acogiendo la diligencia de Deposito Judicial de Menor Edad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia a favor de la menor Michelle Carolina Solano Vargas. Se dispone el Depósito Judicial de la citada menor en el hogar de doña Bertha Sorio Villegas, cédula 7-027-771, quien asumirá la representación de la menor para todo aquello que le convenga y será quien ostente a partir de la firmeza de este fallo, la guarda, crianza y educación de la niña, garantizándole con ello, su atención integral, como hasta hora lo ha hecho. Para los efectos jurídicos pertinentes, se extenderá certificación respectiva para anotar esta disposición al margen de los asiento de nacimiento de la menor al Tomo 1530, Folio 324 y Asiento 648, de la Sección de nacimientos de la Provincia de San José, respectivamente. Se declara sin lugar la gestión de declaratoria de abandono, por no cumplir la misma con los requisitos que indica el numeral 290 del Código Procesal Civil. Se pronuncia este despacho sin especial condenatoria en costas, dada la naturaleza no contenciosa de la solicitud”, publíquese una vez, en el Boletín Judicial, por cuenta del promovente. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo Mayor Cuantía de Golfito.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez de Familia.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765-PANI).—C-3640.—(109537).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor (incapaz) Ashley Patricia Pérez Solórzano, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 07-400111-921-FA(3). Clase de Asunto Depósito de Persona Menor de edad.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Corredores, Ciudad Neily, 5 de noviembre de 2007.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 0765).—C-3180.—(109538).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Arnoldo Ortiz Jiménez, quien es mayor, divorciado de Sandra Patricia Brenes Seas, en fecha treinta y uno de agosto del año dos mil cuatro, peón agrícola, de treinta y tres años de edad, portador de la cédula de identidad número 1-0872-0301, costarricense, hijo de Elier Ortiz Benavides y de Isabel Jiménez Quesada, y Ana Yancy Hernández Zamora, quien es mayor, de treinta y dos años de edad, divorciada de José Eduardo Jiménez Aguilar, en fecha veintiocho de setiembre del año dos mil cuatro, ama de casa, costarricense, hija de Hernán Hernández Rojas y de Teresita Zamora Campos, portadora de la cédula de identidad número 3-0335-0855, el primero es vecino del Barrio Santa Cecilia de Juan Viñas, casa número catorce y la segunda reside en urbanización el INVU de Juan Viñas, casa número tres. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 07-100022-0353-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Jiménez, Juan Viñas, 26 de noviembre del 2007.—Lic. Agenor Acevedo Altamirano, Juez.—1 vez.—(109339).Richard Alfonso Chinchilla Garro, cédula 1-1073-796 y Karen de los Ángeles Rivera Eras, cedula 5-319-996, ambos vecinos de San Ramón de Tres Ríos, Cartago, contraerán nupcias el 22 de diciembre del 2007, en la notaría de la suscrita notaria.—Cartago, 4 de diciembre del 2007.—Lic. Ileana Palma Porras, Notaria.—1 vez.—(109482).