BOLETÍN JUDICIAL Nº 21
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
tercera PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del cantón de
Esparza, de la provincia de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Esparza, de la provincia de
Puntarenas, permanecerán cerradas durante el primero de febrero del dos mil
ocho, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los
festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, 16 de enero del dos mil ocho.
Luis
Barahona Cortés
(4748) Subdirector
Ejecutivo
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del cantón de
Paraíso, de la provincia de Cartago.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Paraíso de la provincia de
Cartago, permanecerán cerradas durante el primero de febrero del dos mil ocho,
con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos
cívicos patronales de dicho cantón.
San José, 14 de enero del dos mil ocho.
Luis
Barahona Cortés
(4749) Subdirector
Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: G 9 P 99
Expedientes: 155
Paquetes: 3
Año: 1999
Asunto: Faltas
y Contravenciones: 100 expedientes del 2000 y 191 expedientes del 2001.
Remesa: G 13 P 00
Expedientes: 100
Paquetes: 2
Año: 2000
Asunto: Faltas
y Contravenciones
Remesa: G 9 P 01
Expedientes: 191
Paquetes: 3
Año: 2001
Asunto: Faltas
y Contravenciones
Remesa: G 24 P 90
Expedientes: 40
Paquetes: 01
Año: 1990
Asunto: Expedientes
de tránsito
Remesa: G 22 P 91
Expedientes: 19
Paquetes: 01
Año: 1991
Asunto: Expedientes
de tránsito
Remesa: G 22 P 92
Expedientes: 14
Paquetes: 01
Año: 1992
Asunto: Expedientes
de tránsito
Remesa: G 20 P 94
Expedientes: 16
Paquetes: 01
Año: 1994
Asunto: Expedientes
de tránsito
Remesa: G 21 P 95
Expedientes: 33
Paquetes: 01
Año: 1995
Asunto: Expedientes
de tránsito
Remesa: G 25 P 96
Expedientes: 43
Paquetes: 01
Año: 1996
Asunto: Expedientes
de tránsito
Remesa: V 4 P 96
Expedientes: 07
Paquetes: 01
Año: 1996
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: V 4 P 97
Expedientes: 19
Paquetes: 01
Año: 1997
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: V 5 P 98
Expedientes: 29
Paquetes: 01
Año: 1998
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: V 4 P 99
Expedientes: 25
Paquetes: 01
Año: 1999
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: V 3 P 00
Expedientes: 35
Paquetes: 01
Año: 2000
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: V 2 P 01
Expedientes: 51
Paquetes: 01
Año: 2001
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: V 3 P 02
Expedientes: 84
Paquetes: 01
Año: 2002
Asunto: Expedientes
de Violencia Doméstica
Remesa: 19891
Boletas: 50
Paquetes: 02
Año: 1987
Asunto: Boletas
de Tránsito: 14 boletas de 1987, 9 boletas de 1988 y 27 boletas de 1989.
Remesa: G 30 P 90
Boletas: 71
Paquetes: 01
Año: 1990
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 30 P 91
Boletas: 93
Paquetes: 01
Año: 1991
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 29 P 92
Boletas: 08
Paquetes: 01
Año: 1992
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 22 P 93
Boletas: 163
Paquetes: 01
Año: 1993
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 35 P 95
Boletas: 146
Paquetes: 01
Año: 1995
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 34 P 97
Boletas: 486
Paquetes: 04
Año: 1997
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 25 P 98
Boletas: 469
Paquetes: 03
Año: 1998
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 19 P 99
Boletas: 547
Paquetes: 03
Año: 1999
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 12 P 00
Boletas: 522
Paquetes: 02
Año: 2000
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 8 P 01
Boletas: 1114
Paquetes: 05
Año: 2001
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 6 P 02
Boletas: 931
Paquetes: 02
Año: 2002
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G 2 P 04
Boletas: 258
Paquetes: 01
Año: 2004
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: C 16 P 99
Expedientes: 04
Paquetes: 01
Año: 1999
Asunto: Civil
Varios: 03 Desahucios, 01 Consignación de Alquiler.
Remesa: C 6 P 00
Expedientes: 05
Paquetes: 01
Año: 2000
Asunto: Civil
Varios: 02 Desahucios, 02 Consignación de Alquiler, 01 Medida Cautelar.
Remesa: C 3 P 01
Expedientes: 13
Paquetes: 01
Año: 2001
Asunto: Civil
Varios: 07 Desahucios, 03 Consignación de Alquiler, 03 Fijación de Alquiler.
Remesa: C 1 P 02
Expedientes: 07
Paquetes: 01
Año: 2002
Asunto: Civil
Varios: 07 Desahucios.
Remesa: L 19 P 90
Expedientes: 85
Paquetes: 3
Año: 1990
- 1997
Asunto: Ordinario
Laboral: 1 expediente de 1990, 13 expedientes de 1991, 2 expedientes de 1992,
11 expedientes de 1993, 10 expedientes de 1994, 19 expedientes de 1995, 14
expedientes de 1996, 15 Expedientes de 1997.
Remesa: L 10 P 98
Expedientes: 06
Paquetes: 01
Año: 1998
Asunto: Laboral
Varios: Infracciones Laborales.
Remesa: L 19 P 99
Expedientes: 02
Paquetes: 01
Año: 1999
Asunto: Laboral
Varios: 01 Consignación de Prestaciones, 01 Infracción laboral.
Remesa: L 3 P 01
Expedientes: 01
Paquetes: 01
Año: 2001
Asunto: Laboral
Varios: Infracción Laboral.
Remesa: L 3 P 02
Expedientes: 10
Paquetes: 01
Año: 2002
Asunto: Laboral
Varios: 09 Infracciones Laborales, 01 Consignación de Prestaciones.
Remesa: L 3 P 03
Expedientes: 03
Paquetes: 01
Año: 2003
Asunto: Laboral
Varios: 03 Consignaciones de Prestaciones.
Remesa: L 3 P 04
Expedientes: 12
Paquetes: 01
Año: 2004
Asunto: Laboral
Varios: 01 Consignaciones de Prestaciones, 11 Infracciones Laborales.
Remesa: L 1 P 05
Expedientes: 12
Paquetes: 01
Año: 2005
Asunto: Laboral
Varios: 02 Consignaciones de Prestaciones, 10 Infracciones Laborales.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
Alfredo
Jones León,
(4746) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de
Remesa: 19913
Libros: 11
Ampos 1
Año: Va del año 1969 al año 2002
Asunto: Documentación administrativa: 1
Libro de Actas de Tránsito de
Remesa: A
Libros: 19
Ampos: 1
Año: Va del año 1992 al año 2000
Asunto: Documentación administrativa: 1
Libro de Expedientes Elevados a Juicio de 1992, 1 Libro de Apelaciones de
Remesa: A
Libros: 12
Ampos: 5
Año: Va del año 2000 al año 2005
Asunto: Documentación administrativa: 1
Libro de Votos Penal del 2000, 1 Libro de Evidencias del 2000, 1 Libro de
Control de Boletas de Seguridad del 2000, 1 Libro de conocimientos del 2000 al
2002, 1 Libro de Agenda del 2000 al 2001, 1 Libro de Agenda del 2001 al 2002, 1
Libro de Correo del 2001 al 2003, 1 ampo Consecutivos del 2001 al 2003, 1 Libro
de Conocimientos del 2002, 1 ampo de Sentencias del 2002, 1 ampo de Remisiones
del 2002, 1 ampo de Anexo de Vehículos del 2003, 1 ampo de Escritos Recibidos
del 2004, 1 Libro de Conocimientos del 2003 al 2004, 1 Libro de Agenda del
2004, 1 Libro de Agenda del 2005 y 1 Libro Mayor de Fortuna Industrial sin año.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
Alfredo
Jones León,
(4747) Director
Ejecutivo
HACE SABER:
tercera PUBLICACIÓN
Que dentro del proceso de inhabilitación por pérdida de la vigencia de
la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de Garantía Notarial),
tramitado bajo el expediente N° 07-001673-624-NO,
establecido por Dirección Nacional de Notariado del notario (a) Juan Picado Fernandez, se dispuso: Poder Judicial.—Dirección
Nacional de Notariado, prevención de pago de Fondo de Garantía Notarial Nº
331-07. Notario: Juan Picado Fernández.—Dirección
Nacional de Notariado.—San José, a las nueve horas, cinco minutos del
veintiséis de noviembre del dos mil siete. Desprendiéndose del estudio de
cuotas de esta Dirección, de fecha veintitrés de noviembre del 2007, en el que
se consigna claramente que “... con vista en el reporte remitido por BN Vital,
con corte al treinta de octubre del año en curso, y el Registro Nacional de
Notarios, el licenciado Juan Picado Fernández al mes de octubre del año dos mil
siete, debe ocho cuotas”, se tiene por acreditado que el notario Juan Picado
Fernández se encuentra en un estado de morosidad respecto del pago de las
cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, creado por el artículo
9º del Código Notarial, situación que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la
función notarial, por lo que, se previene al notario Juan Picado Fernández portador de la cédula 1-464-891, para que en
el plazo de ocho días ponga al día su obligación con el Fondo citado, caso
contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4º,
inciso g); 13, inciso b) y 140, párrafo primero del Código Notarial. Asimismo,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 143, inciso a) del Código
Notarial, queda prevenido el notario Juan Picado Fernández que en tanto no se encuentre al día en el
pago de sus cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, deberá
abstenerse de continuar sus actuaciones cartularias,
de lo contrario podría incurrir en la falta sancionada por el numeral antes
referido. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta
Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender
futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente
(artículos 2º, 6º y 12 de
San
José, 11 de enero del 2008.
Lic.
Alicia Bogarín Parra
(4766) Directora
Que dentro del proceso de inhabilitación por
pérdida de la vigencia de la función notarial (no pago de cuotas del Fondo de
Garantía Notarial), tramitado bajo el expediente 07-001455-624-NO, se dicto la
resolución que dice: Proceso: inhabilitación por pérdida de la vigencia de la
función notarial. Notario: Javier Naranjo Vargas. Expediente Nº
07-001455-624-NO. Res: 43-2008.
Dirección Nacional de Notariado.—San José, a
las catorce horas del once de enero del dos mil ocho.
Resultando:
1º—Esta Dirección, de conformidad con el artículo 22 del Código
Notarial, tiene la finalidad de organizar, vigilar y controlar adecuadamente la
actividad notarial en todo el país con competencia exclusiva en la materia.
2º—De acuerdo con prevención por morosidad en el Fondo de Garantía
Notarial, se inició proceso de inhabilitación contra el licenciado Javier
Naranjo Vargas por el no pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial,
visible a folio 2.
3º—Mediante resolución de las nueve horas, cincuenta minutos del
veintiséis de julio del dos mil siete, se le confirió traslado al notario
Javier Naranjo Vargas, a fin de garantizar su derecho de defensa. Según consta
a folio 5 vuelto, el mismo no pudo ser notificada en las direcciones reportadas
por él como su oficina y su casa de habitación, por lo que en razón de
garantizar el debido proceso se procede a notificar por medio de tres
publicaciones consecutivas en el Boletín Judicial, los días veintinueve,
treinta de noviembre y tres de diciembre, todos del dos mil siete.
4º—A la fecha del dictado de esta resolución, no consta apersonamiento
alguno del licenciado Javier Naranjo Vargas; y,
Considerando:
I.—El decreto de
inhabilitación, definido por la relación de los artículos 13 y 24, inciso e)
del Código Notarial, y emitido por
II.—La falta de pago al fondo de garantía de
los notarios faculta a esta Dirección para inhabilitar al moroso, pues la
omisión del mismo constituye un impedimento de conformidad con el inciso g) del
artículo 4º del Código Notarial. En ese orden, el artículo 13 del mismo cuerpo
legal establece: “Los notarios públicos serán inhabilitados temporalmente
cuando:... b) Surja algún hecho que conforme al artículo 4º impida el ejercicio
del notariado; en tal caso, la suspensión se mantendrá mientras dure el
impedimento”. (...) (Las negritas no son del original).
III.—En el presente caso, según se desprende
del estudio de cuotas visible a folio 17, se tiene por acreditado que el
licenciado Javier Naranjo Vargas, se encuentra en estado de morosidad respecto
del pago de quince cuotas al mes de diciembre del dos mil siete, del Fondo de
Garantía de los notarios públicos, creado por el artículo 9º del citado código,
lo cual constituye un impedimento para el ejercicio del notariado, según se ha
explicado. Como en el presente asunto, se tiene por bien notificado al notario
(folios
IV.—Una vez firme la presente resolución,
inscríbase la inhabilitación decretada, despáchense las comunicaciones respectivas
y publíquese por una vez en el Boletín Judicial. Dentro del octavo día,
el notario deberá cumplir con su deber de depositar su tomo de protocolo en uso
en el Departamento de Archivo Notarial, y abstenerse de realizar actos o
contratos protocolares y extraprotocolares, de
conformidad con lo establecido en el artículo 55 del Código Notarial. Con la
finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado
Javier Naranjo Vargas la presente resolución, por tres veces consecutivas en el
Boletín Judicial, lo anterior por ignorarse al dictado de esta
resolución, del lugar en donde puede ser localizado (241, párrafo segundo de
V.—En caso de que el licenciado Javier Naranjo Vargas, desee ser
rehabilitado, deberá solicitarlo ante esta Dirección, cumpliendo con los
requisitos de habilitación, a saber; solicitud escrita indicando dirección de
oficina notarial y casa de habitación, teléfonos, fax para notificaciones,
apartado postal, correo electrónico, y cualquier otra calidad, constancia del
Colegio de Abogados acreditando que no se encuentra suspendido y que está al
día con las cuotas de colegiatura, certificación del Archivo Nacional de que se
encuentra al día con la presentación de índices notariales, declaración jurada
protocolizada refiriéndose a cada uno de los incisos del artículo cuatro del
Código Notarial, y acreditar que se encuentra al día en las cuotas del Fondo de
Garantía Notarial. Por tanto:
De conformidad con lo dispuesto por los numerales 4, 13, 24 inciso e),
y 55 del Código Notarial, se DECRETA
San José, 11 de enero del 2008.
Lic.
Alicia Bogarín Parra
(4767) Directora
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las catorce horas cuarenta y cinco minutos
del diecinueve de febrero del dos mil ocho, en este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y soportando un embargo practicado inscrito al tomo
445, asiento
A las catorce horas del veintiocho de febrero
del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes
prendarios y anotaciones judiciales, con la base de tres millones ochenta y
tres mil novecientos sesenta colones, remataré: vehículo marca Honda, estilo Civic, categoría automóvil, capacidad cinco personas,
modelo mil novecientos noventa y ocho, carrocería sedan cuatro puertas, color
verde, combustible gasolina, chasis número JHMEJ seis cinco ocho ocho W S ocho uno tres uno cuatro ocho, tracción 4X2, motor
D uno seis Y siete tres siete uno tres uno cuatro cuatro,
placas seiscientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y dos. Prendario Nº
07-002349-182-Cl (7) de FFSV Farsuva
S. A. contra Yorleny Lara Villanea.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José,
14 de diciembre del 2007.—Lic. Carlos D’Alolio
Jiménez, Juez.—Nº 9771.—(5391).
A las ocho horas treinta minutos (8:30 a. m.)
del quince de febrero del dos mil ocho, en la puerta de este Juzgado, en el
mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la
base de ochocientos once mil, remataré: la finca inscrita en el Registro
Público de
A las ocho horas treinta minutos del
veintidós de febrero del dos mil ocho, en la puerta de este Juzgado, en el
mejor postor, libre de anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre
trasladada al asiento once mil cuatrocientos setenta y nueve, consecutivo cero
uno, secuencia cero ochocientos noventa y siete, subsecuencia cero cero dos del tomo trescientos ochenta y siete. Condiciones,
al asiento once mil cuatrocientos setenta y nueve, consecutivo cero uno,
secuencia cero ochocientos noventa y ocho, subsecuencia cero cero uno del tomo trescientos ochenta y siete. Hipoteca de
primer grado, al asiento cero dos mil ochocientos dieciocho, consecutivo cero
uno, secuencia cero cero cero
tres, subsecuencia cero cero uno del tomo quinientos,
por la suma de siete millones setecientos cincuenta y nueve mil quinientos
diecinueve colones con treinta y siete céntimos, e hipoteca de segundo grado,
al asiento setenta y cinco mil ciento noventa y siete, consecutivo cero uno,
secuencia cero cero cero
uno, subsecuencia cero cero uno del tomo quinientos
sesenta y siete, por la suma de un millón novecientos treinta y dos mil
doscientos cuarenta y un colones exactos en el mejor postor y con la base de
treinta y dos mil setecientos catorce dólares, moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América, remataré: la finca inscrita en el Registro Público
de
A las diecisiete horas y cero minutos del
trece de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete millones seiscientos
cincuenta y ocho mil doscientos sesenta y siete colones con noventa y seis
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 363320-000, la cual es terreno lote dos terreno
para construir, situada en el distrito dos San Miguel, cantón 03 Desamparados,
de la provincia de San José. Colinda: al norte y oeste, Municipalidad de
Desamparados; al sur, Moisés Córdoba Barrantes y otro; y al este, calle
pública. Mide: ciento sesenta y nueve metros con setenta y un decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja
Costarricense de Seguro Social contra Dennis Chaves Araya. Expediente Nº 06-015888-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios,
Segundo Circuito Judicial de San José, 6 diciembre del año 2007.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº
9802.—(5394).
A las nueve horas del veintiocho de febrero
del dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado,
libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, servidumbre
trasladada y servidumbre dominante al tomo 386, asiento 13083 y con la base de
un millón novecientos sesenta mil colones, de la finca garante, matrícula
ciento noventa y un mil setecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, que es terreno para cultivos en forma triangular;
sita en el distrito sétimo Tuis, cantón quinto
Turrialba de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con Clarissa
Flores Montoya; al sureste, con servidumbre de paso con un frente de sesenta y
ocho metros con treinta centímetros y al suroeste, con Jesús Barquero Flores.
Mide: mil seiscientos cincuenta y tres metros con veintinueve decímetros
cuadrados. La finca pertenece a la demandada Alfaro Sánchez. Lo anterior por
haberse así ordenado en Ejecutivo Hipotecario Nº 06-100139-341-CI-146-R, de Clarissa Flores Montoya contra Susana Alfaro Sánchez.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Turrialba, 17 de diciembre de 2007.—Lic. Gloria
Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 9825.—(5395).
A las ocho horas del doce de febrero del dos
mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil
doscientos dos colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el
Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número sesenta
y siete mil seiscientos cuarenta y cinco-cero cero cero,
que es terreno para construir, bloque U, lote 4, sito distrito primero Limón,
cantón primero Limón de la provincia de Limón. Linderos: norte, INVU; sur,
avenida Nogal; este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: noventa metros cuadrados. Lo
anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario
número 07-024731-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Sonia Quirós López.—Juzgado Civil de Hacienda de
Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José,
18 de diciembre del año 2007.—Lic. Skarleth Chavarría
Rodríguez, Jueza.—Nº 9895.—(5396).
A las ocho horas treinta minutos del once de
febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, se rematará
la propiedad de la provincia de San José, matrícula ciento ochenta y nueve mil
doscientos cincuenta y uno-cero cero cero, que es
terreno para construir con una casa, situada en distrito 03 Anselmo Llorente,
cantón de Tibás, de la provincia de San José. Mide: ciento noventa y un metros
con catorce decímetros cuadrados. linda: al norte, con
calle pública con once metros setenta y seis decímetros; sur, Alfonso Gómez;
este, Virginio Gómez y al oeste, Flory
Arce Loaiza. Con la base de treinta y siete millones doscientos veintiocho mil
quinientos cincuenta y un colones con setenta y nueve céntimos, soportando
hipoteca en primer grado en favor del Instituto Nacional de Seguros, por la
suma de nueve millones de colones, intereses al once por ciento anual, iniciada
el 10 de julio de mil novecientos noventa y ocho y vence el 10 de agosto del
dos mil dieciocho y el vehículo placas doscientos noventa y dos mil novecientos
ochenta y nueve, marca Suzuki, estilo Sidekick JX, categoría automóvil, serie no indica,
carrocería station wagon o
familiar, tracción 4x4, chasis 2S3TD03V9V6408439, vin
no indica, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y siete, color
rojo, motor G16V125571, serie no indica, cilindrada 1590 c. c., modelo no indica,
cilindros 04, combustible gasolina, con la base de tres millones quince mil
colones exactos, soportando un gravamen por contrato prendario, al tomo cero cero once, asiento ciento nueve mil cuatrocientos setenta y
nueve, secuencia cero cero uno. Se remata por
ordenarse así en proceso de ejecución de sentencia de Freddy Solano Calderón
contra Isabel Jiménez Fernández. Expediente número 06-000339-0165-FA (
A las ocho horas del doce de febrero del dos
mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
prendarios, y con la base de un millón seiscientos mil colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: CL-ciento cincuenta y un mil trescientos noventa.
Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa
Rica contra Carlos Luis Cheves Cheves,
George Barquero Cheves.
Expediente Nº 07-000866-0386-CI.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Liberia, 4 de diciembre del año 2007.—Lic. Derin Salazar Fernández, Juez.—Nº
9909.—(5398).
A las diez horas, treinta minutos del cinco
de marzo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravamen hipotecarios y soportando anotación de demanda penal mediante las
citas 545-03652-01-0016-001 y con la base de dos millones de colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento setenta y seis mil ciento setenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno lote dos bloque B terreno para
construir, situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 1 bloque B de Gerardo Vega
Hernández; al sur, lote 3 bloque B de Gerardo Vega Hernández; al este, calle
pública con frente a ella de siete punto setenta y nueve metros y al oeste,
lote 15 bloque B de Gerardo Vega Hernández. Mide: ciento treinta y cinco metros
con setenta decímetros cuadrados. Así también, libre de gravamen hipotecarios y
soportando anotación de demanda penal mediante las citas 545-03652-01-0016-001
y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y
seis mil ciento setenta y cinco-cero cero cero, la
cual es terreno lote tres bloque B terreno para construir, situada en el
distrito 02 Mercedes, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, lote 2 bloque B de Gerardo Vega Hernández; al sur, lote 4 bloque B de
Gerardo Vega Hernández; al este, calle pública con frente a ella de siete punto
setenta y nueve metros y al oeste, lote 15 y 6 bloque B de Gerardo Vega
Hernández. Mide: ciento cuarenta y seis metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de
Industrial
A las once horas y quince minutos del trece
de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y soportando plazo de convalidación (rectificación de
medida) y con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento treinta y tres mil ochocientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada
en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública con
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del quince de febrero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de
treinta y cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinte mil
trescientos dieciocho-cero cero cero, la cual es
terreno para construir con cuatro viviendas construidas, situada en el distrito
Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Adolfo Sáenz González con
A las once horas del veinticinco de febrero
de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones
pero soportando servidumbre trasladada y con la base de tres millones
trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 337750-001, la cual
es terreno de café, situada en el distrito 03 Vuelta de Jorco, cantón 06
Aserrí. Colinda: al norte, con Luis Alberto Moreno Camacho; al sur, con calle
pública y María de los Ángeles Mora Gamboa; al este, con Carlos Castro Vindas;
y al oeste, con Eladio Chavarría Vargas, calle pública y María de los Ángeles
Mora Gamboa. Mide: dos mil nueve metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Cooseguros S. A. contra Luis Alberto Mora Gamboa.
Expediente Nº 05-001031-0181-CI.—Juzgado Segundo
Civil de Mayor Cuantía, San José, 7 de diciembre de 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 9979.—(5402).
A las nueve horas treinta minutos del día
catorce de marzo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, con
la base de cuatrocientos sesenta mil colones; libre de gravámenes prendarios,
en el mejor postor, remataré: vehículo placas trescientos cinco mil quinientos
cuarenta y uno (305541) marca Dodge, estilo Raider, año 1988, color rojo, chasis número JB7FJ43E5JJ008418,
motor número G54BJP6464, combustible gasolina, propiedad de Cristian Gerardo
Conejo Soto. Lo anterior por haberse así ordenado en proceso ejecutivo
prendario número 07-100400-0900-CI de Inversiones Chindo
Limitada contra Cristian Gerardo Conejo Soto.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Grecia, 12 de diciembre del 2007.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—Nº
9995.—(5403).
A las diez horas del dieciocho de febrero de
dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes,
y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: un vehículo marca: Hyundai, estilo: Grace Gran Salon, categoría:
automóvil, capacidad: 12 personas, año: 1993, carrocería: station
wagon o familiar, color: gris, chasis:
KMJFD37XPPU031458, combustible: diesel, placas: 350582. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 07-000647-0181-CI de Se-Bo Autos de Costa Rica S. A. contra Repuestos Burgos S. A.,
representada por Juan José Burgos Granados.—Juzgado Segundo Civil de Mayor
Cuantía, San José, 19 de diciembre de 2007.—Msc.
Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(5432).
A las catorce horas, quince minutos del seis
de marzo del dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y
con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré: un
vehículo placas 487561, marca Hyundai, categoría
automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, tracción sencilla, chasis
KMHJF31JPRU626701, uso particular, estilo Elantra,
capacidad 5 personas, año 1994, color vino, número de motor G4DR206138,
combustible gasolina, marca de motor Hyundai. Se
remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº
03-000279-185-CI ejecutivo prendario de Se-Bo Autos
S. A. contra Lenny Rocío Arias.—Juzgado Sexto
Civil de San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(5433).
A las diez horas quince minutos del
veintinueve de febrero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho,
soportando reservas y restricciones de citas 295-05932-01-0949-001 y con la
base de seis millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
tres mil trescientos cuarenta y tres-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02
Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Edmundo Matarrita García; al este, Edmundo Matarrita García y al oeste
Justo Orozco Muñoz. Mide: trescientos diez metros con veintitrés decímetros
cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de
Sonia Damaris Lizano Arrieta contra Cinthya Mayela Espinoza
Hernández, Domingo Arias Bonilla. Expediente 07-001015-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
San José, 18 de enero del 2008.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(5515).
A las nueve horas treinta minutos del seis de
marzo del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando demanda ordinaria al tomo 574, asiento;
06873, secuencia 001 y veinte mil doscientos cincuenta y seis dólares, remataré
la finca inscrita en propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio
Real matrícula número ciento cuarenta y dos mil trescientos veinte-cero cero cero, que es terreno para construir y agricultura, situado
en distrito tercero, Daniel Flores, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Lindantes. Norte, Imas; sur,
Transportes Blanco S. A., y otro; este, calle pública y otro; y oeste, Zoraida
Elizondo Barrantes. Mide: veinticuatro mil setenta y siete metros con ochenta y
nueve decímetros cuadrados. Plano SJ-0471330-1998. La finca descrita pertenece
a Asociación Jóvenes que Salvan Jóvenes. Lo anterior se remata por estar así
ordenado en hipotecario N° 07-100927- 188-CI, interno
981-07-R3, de Carlos Luis Mena López contra
Asociación Jóvenes Que Salvan Jóvenes.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 14 de enero del 2008.—Lic. José
Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 10046.—(5798).
A las nueve horas treinta minutos del
veintiocho de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior del edificio que
ocupa este juzgado, soportando limitaciones, condiciones y sin más gravámenes,
con la base de veinte millones doscientos sesenta mil colones (valor pericial),
en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público, de
A las diecisiete horas cuarenta minutos del
veintidós de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dieciséis millones de
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número seis mil quinientos setenta y uno cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito cuatro San Rafael, cantón,
Montes de Oca, de la provincia de San José. colinda:
al norte, calle pública y Asoc. Salitrillos; al sur, Urbanización
A las diecisiete horas del veintinueve de
febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones de colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos veinte mil quinientos ochenta y nueve cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una
bodega. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia
San José. Colinda: al norte, Asociación Deportiva Sagrada Familia; al sur,
calle pública con
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del
catorce de febrero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina
que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve
millones de colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en
A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del veintinueve de febrero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este
despacho, soportando hipoteca de primer grado anotada mediante las citas
529-16740-01-0001-001 y pacto de retroventa anotado mediante las citas
529-16740-01-0002-001 y con la base de dos millones cuatrocientos veintidós mil
quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta mil doscientos cincuenta
y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con frente de seis
metros; al sur, Ernestina Castro Rodríguez; al este, Residencial Parques del Norte,
lote y casa número 7-A y al oeste, Residencial Parques del Norte, lote y casa
número 5-A. Mide: ciento siete metros con nueve decímetros cuadrados. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Gonzalo Umaña Alpízar,
María Julieta Esquivel Rojas contra Juan Carlos Rojas Esquivel. Expediente
06-000805-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 8 de enero del 2008.—Lic. José Miguel
González Molina, Juez.—(5803).
A las nueve horas quince minutos del
veintiséis de febrero de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho,
libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando colisión con número de
sumaria 01-602793-0494-TC, del Juzgado de Tránsito de Alajuela, número de
boleta 010253463, y con la base de dos mil cuatrocientos veinte dólares con
cuarenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un
vehículo marca: Daihatsu, estilo: charade
SE, categoría: automóvil, capacidad 5 personas, año 1991, carrocería sedan dos
puertas, color: verde, chasis: JD1FG1101M4330996, combustible: gasolina,
placas: 318282. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario
Expediente N° 04-001212-181-CI, de Banco Elca S.A. contra Belmer Varela
Vásquez y otros.—Juzgado Segundo Civil de Mayor
Cuantía San José, 17 de diciembre del 2007.—Msc.
Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—N’ 10268.—(5804).
A las ocho horas del veintiséis de marzo del
año dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios y soportando limitaciones y restricciones al tomo 325, asiento
3706 y con la base de cuarenta millones de colones, en el mejor postor,
remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real
Mecanizado, matrícula número setenta y siete mil setecientos noventa y
nueve-cero cero uno y cero cero dos. Que es terreno:
de montaña y tacotales entre las coordenadas de
A las diez horas del veintisiete de febrero
del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones quinientos mil colones,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil setecientos quince (165
715-000) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San
Pedro, cantón Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte calle
pública a San Pedro con un frente a ella de
A las ocho horas quince minutos del
veintisiete de febrero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón
quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil
setecientos dieciocho-cero cero cero (165 718-000) la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02
Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5;
al este, calle pública a Birrí con un frente a ella
de
A las siete horas treinta minutos del veinte
de febrero de dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este
despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones y con la base de siete millones setecientos treinta y cuatro mil
cuatrocientos treinta y ocho colones treinta céntimos, remataré la finca
inscrita en propiedad, partido de Alajuela, folio real matrícula número
251.902-000, y que se describe así: terreno para construir lote 3. Sito: en
distrito seis San Isidro, cantón primero Alajuela de la provincia de Alajuela.
Linda al norte, y sur, Beneficiadora Santa Eduviges Ltda;
al este, José Ángel Valencia: y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta
y un metros ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en
expediente número 07-100896-0297-CI Ejecutivo hipotecario de Coocique R. L., contra Javier Jiménez Bonilla y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos Ciudad
Quesada, 10 de enero del 2008.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 10346.—(5809).
A las once horas del catorce de febrero del
año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, soportando reservas y restricciones, prohibiciones, al tomo
trescientos veintiuno, asiento cero siete mil sesenta y nueve, así como
reservas y restricciones al tomo trescientos cincuenta, asiento seis mil
doscientos dos; y con la base de cinco millones novecientos trece mil
ochocientos diez colones cada derecho, remataré la finca inscrita en Propiedad,
partido de Puntarenas, sistema de Folio Real Matrícula número treinta y tres
mil doscientos cincuenta y cuatro, derechos cero cero
tres y cero cero seis, que es terreno para construir,
situado en distrito primero Buenos Aires, cantón tercero Buenos Aires de
A las ocho horas con treinta minutos del
viernes veintidós de febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior del
Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de doscientos noventa
mil trescientos colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa
consistente en: una pieza de la especie Ceiba de
A las nueve horas del día tres de marzo del
dos mil ocho, se convoca a los herederos e interesados en la sucesión de José
Joaquín Sanabria Orozco, a una junta a celebrarse ante este despacho, para
conocer acerca de los extremos que establece el inciso 1) del articulo 926 del
Código Procesal Civil, la que se publicara por medio de edicto en el Boletín
Judicial para que en la misma elijan un representante ad-hoc, quien podrá ser o no heredero o interesado. Se hace la
advertencia que la junta se celebrara si concurrieran dos o más interesados y
la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar
mayoría o de no asistir ningún miembro a la junta, el juez hará el nombramiento
que corresponda en persona idónea. Lo anterior por ordenarse así en diligencias
de avaluó por expropiación promovidas por el Estado contra Carmen Sanabria
Orozco, Cristóbal Sanabria Orozco, Dagoberto Sanabria Orozco, Dimas Sanabria
Orozco, Eugenia Sanabria Orozco, Flor Evelia Sanabria
Orozco, José Joaquín Sanabria Orozco, Manuel Evelio
Sanabria Orozco, María de los Ángeles Sanabria Orozco, María Isabel Sanabria
Orozco, Ruperto Sanabria Orozco y Víctor Emilio Sanabria Orozco. Expediente
número 07-000418-0163-CA.—Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José,
seis de diciembre del dos mil siete.—Lic. Sady
Jiménez Quesada, Jueza.—(Solicitud Nº
19538-CONAVI).—C-23780.—(6055).
A las catorce horas, quince minutos del doce
de marzo de dos mil ocho, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios
pero soportando plazo de convalidación citas 568-08548-01-0003-001 y con la
base de treinta y dos mil dólares, en el mejor postor rematare: la finca del
partido de Heredia, matrícula 201.428-000, que es terreno lote para construir,
situado en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia.
Linda: al norte, con Fernando Vásquez Arroyo; al sur, con calle pública; al
este, con Inversiones Reproductivas S. A., y al oeste, con Lucila Vásquez
Arroyo. Mide: seiscientos treinta metros con cuarenta y nueve decímetros
cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº
07-002098-185-CI. ejecutivo hipotecario de Patricia
Granados Cavallini, contra Sociedad Desarrollos Mayju S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 15 de
enero del 2008.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(6061).
A las ocho horas del siete de marzo del dos
mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y
anotaciones judiciales, y con la base de dos mil novecientos sesenta y ocho con
83/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas
487803 marca Kia, estilo Río, año 2001, color verde,
sedan 4 puertas, tracción sencilla. Se remata por ordenarse así en ejecutivo
prendario de Se-Bo Autos Costa Rica Sociedad Anónima,
contra Richards Gowen Harvey. Expediente Nº 05-000835-0164-CI.—Juzgado
Civil Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de enero del año 2008.—Lic.
José Miguel González Molina, Juez.—(6068).
A las nueve horas del tres de marzo del dos
mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones, y con
la base de dos millones ciento seis mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: un vehículo marca: Daewoo, estilo: Espero,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1992, carrocería: sedan 4
puertas, color: verde, chasis: KLAJF19K1NB837984, combustible: gasolina,
placas: 344050. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario.
Expediente Nº 04-001599-181-CI de Se-Bo Autos de
Costa Rica S. A. contra Mario Enrique Solís Chinchilla.—Juzgado
Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de enero del año 2008.—Msc. José Miguel González Molina, Juez.—(6069).
A las ocho horas del once de marzo del año
dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, inscrita al tomo 346,
asiento 06193 y con la base de veintitrés mil doscientos dólares moneda en
curso de los Estados Unidos de América, en el mejor postor, remataré: Finca
inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula
número 319261-003, 004, 005. Que es terreno: para construir con una casa 21-I.
Sitio: distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás de la provincia de San José.
Linderos: norte, lote 3 y 4-I; sur, alameda con
A las nueve horas treinta minutos del once de
febrero del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de
anotaciones y gravámenes, pero soportando colisión 05-002446-0492-TC del
Juzgado de Tránsito de Hatillo, y colisión 06-600297-TC del Juzgado de
Contravencional y de Menor Cuantía de Cartago, y sin sujeción a base, en el
mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Hyundai,
estilo: Porter, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año: 1994,
carrocería: caja abierta o Cam-Pu,
color: blanco, chasis: KMFFA17APRU098381, combustible: diesel, placas: CL
200164. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente
Nº 07-000628-0181-CI de Instacredit S. A., contra
Jonathan Amador Hernández.—Juzgado Segundo Civil de
Mayor Cuantía de San José, 12 de diciembre del 2007.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(6413).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las diecisiete horas cero minutos del
dieciocho de febrero del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este
juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la
base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca
inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula
número trescientos cincuenta y dos mil quinientos cincuenta y siete-cero cero cero. Que es terreno: bloque A, lote
A las nueve horas del veintiséis de febrero
de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y
gravámenes, y con la base de un millón quinientos ochenta mil doscientos
cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca:
Toyota, estilo: Corolla
STD, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1994, carrocería: sedan
4 puertas, color: verde, chasis: JT2AE04B5R0090303, combustible: gasolina,
placas: 671989. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario.
Expediente N° 07-002304-0181-CI de Farsuva S. A., contra Cinthya
Fernández Romero.—Juzgado Segundo Civil de
Mayor Cuantía de San José, 17 de diciembre del 2007.—Msc.
Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 10433.—(6326).
A las catorce horas treinta minutos del
veintiuno de febrero del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este
juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base
de quince millones de colones, remataré: finca inscrita en el Registro Público
partido de San José, folio real matrícula doscientos sesenta y seis mil
ochocientos treinta y cinco secuencia cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa,
situada en el distrito 03, Hospital, cantón 01 San José, de la provincia de San
José. Colinda al norte, con calle pública con once metros, al sur lote siete A,
al este, con lote tres A y al oeste, con lotes uno A y cinco A. Mide:
doscientos cuarenta y nueve metros con siete decímetros cuadrados. Hipotecario
07-002082-182 CI (5) de Grupo de Negocios S.A., contra: Elvia
Marín Angulo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor
Cuantía, San José, 16 de enero del 2008.—Lic. Jéssica
Jiménez Ramírez, Jueza.—Nº 10474.—(6327).
A las ocho horas del veinte de febrero del
año dos mil ocho, en la puerta exterior
de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del
veinticinco por ciento de ley, sea la suma de un millón ochocientos treinta y
siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y siete mil
ochocientos noventa y seis-cero cero cero, la cual es
terreno para construir lote sesenta y dos L. Situada en el distrito 03
Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionales Ybrydo
S. A.; al sur, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionales Ybrydo S. A.; al este, calle pública con veinticinco metros
y al oeste Carlos González González. Mide: mil ciento
catorce metros con noventa y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecutivo hipotecario de Asociación Costarricense para
Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Inmobiliaria Río Irokior Sociedad Anónima y Nivelaciones y Transportes Roljuanjo Ltd. Expediente
03-000283-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de enero del 2008.—Lic.
Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—Nº
10538.—(6328).
A las catorce horas treinta minutos del trece
de febrero de dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios
pero soportando una colisión a la orden del Juzgado de Tránsito del Primer
Circuito Judicial de San José y otra a la orden del Juzgado de Tránsito del
Segundo Circuito Judicial de San José, y con la base de trece mil cincuenta y
cinco dólares, en el mejor postor remataré: un vehículo placas CL 201.342,
marca Nissan, categoría carga liviana, carrocería
caja abierta o cam-pu,
chasis JN1CHGD22Z0739812, uso particular, estilo D22 Frontier,
capacidad cinco personas, año 2005, color gris, número de motor TD27753322. Se
remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente Nº 07-002115-
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Rodolfo de Jesús Brenes Zúñiga, a una junta que se verificará en
este juzgado a las ocho horas y treinta minutos del once de abril del dos mil
ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Expediente N°
05-000154-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2008.—Lic. José Miguel
González Molina, Juez.—1 vez.—(6267).
Se hace saber que ante este despacho se
tramita el expediente N° 07-000170-0391AG/4 donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de María Ana Mora
Vargas, quien es mayor, casada una vez, enfermera, vecina de Palmares de
Alajuela, en Barrio
Se hace saber que en este despacho se tramita
el proceso sucesorio de Aída Salazar Cedeño, quien
fuera casada una vez, ama de casa, vecina de lotes Murillo de Villa Bonita de
Alajuela, cédula Nº 2-139-553, Carlos Luis Ugalde Zúñiga, quien fue mayor,
casado una vez, carpintero, vecino de lote Murillo, cédula Nº 4-063-409. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 07-001987-0638-CI. Proceso sucesorio de Carlos Luis Ugalde Zúñiga
y Aída Salazar Cedeño.—Juzgado
Civil Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de enero del 2008.—Lic.
_Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—(6035).
Lic. José Francisco Barahona Segnini, notario público con oficina abierta en la ciudad
de San Ramón, Alajuela, hace saber: que a las quince horas del catorce de
setiembre del año dos mil seis, en mi notaría, bajo el expediente número:
0004-2006, se declaró abierto el proceso sucesorio en sede notarial, de quienes
en vida fueron Nautilio Ramírez Mena,
cédula Nº 2-069-6959, y Ángela Cabezas Araya, cédula Nº 2-093-654. Se cita y
emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos quienes
puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión
extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran a hacer valer sus
derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva
publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina del
suscrito notario, sita en la ciudad de San Ramón, provincia de Alajuela,
cincuenta metros al oeste del Banco Nacional de Costa Rica, bajo el
apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro
del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. José
Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—Nº 10517.—(6341).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de Dinorah Rodríguez López,
quien fuera mayor, viuda una vez, vecina de Vázquez de Coronado, cédula número
cuatro-cero setenta y cuatro-cero setenta y cinco. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
03-001690-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de San José, 16 de enero del 2008.—Lic. José Miguel
González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 10526.—(6342).
Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión testamentaria de
Margarita Strunz Rodríguez, quien fue mayor, divorciada
una vez, ama de casa, vecina de San Pedro de Montes de Oca, cédula uno-ciento
veintidós- trescientos sesenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la
oficina del Lic. Roberto Villalobos Chaves, sita en San José, Barrio Don Bosco, de
Licenciado Erick
Alonso Calvo Rojas, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a Juan Carlos Murillo Rojas, en su carácter de padre registral, domicilio desconocido, cédula dos-trescientos
setenta y cinco-quinientos treinta y siete, se le hace saber que en proceso
reconocimiento hijo mujer casada, establecido por, se ordena notificarle por
edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y treinta y siete minutos del
veinticinco de octubre de dos mil siete. Se tienen por establecidas las
presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por German Gueva Leiva a favor de los
menores German Javier Murillo Phillips
y Stephanie Tamara Murillo Phillips.
De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de
2 v.
2.