BOLETÍN JUDICIAL Nº 93 DEL JUEVES 15 DE MAYO DEL 2008

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

TERCERA PUBLICACION

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 35-07 del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa de 1909 al 2006 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Paraíso. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.

Remesa:            A 12 C 93

Cheques:             7025

Caja:                   2

Ampos:              33

Paquetes:            8

Año:                   1993-2006

Asunto:              Documentos Administrativos: 2 caja con Copias de cheques entregados: 1440 copias (1993), 1300 copias (1994), 1250 copias (1995), 1560 copias (1996), 1475 copias (1997), 2860 copias (1998), 2970 copias (1999), 2850 copias (2000), 2925 copias (2001), 2890 copias (2002), 12 =pos con Copiadores de Sentencias : Un Ampo por año (1995-2006), Control de correo certificado, Consecutivo de oficios : 1 Ampo correo certificado (1996-1998), 1 Ampo correo certificado (1999-2001), 1 Ampo correo certificado (2002-2004), 1 Ampo correo certificado (2005-2006), 2 Ampos de oficios (1996), 2 Ampos de oficios (1997), 2 Ampos de oficios (1997), 2 Ampos de oficios (1998), 2 Ampos de oficios (1999), 1 Ampos de oficios (2000), 1 Ampos de oficios (2001), 2 Ampos de oficios (2002-2004), Conciliación bancarias, Registro de entregas al notificador: 1 Ampo (1997-1999), 1 Ampo (2000-2002), 1 Ampo (1997-1998), 1 Ampo (1999-2001), 1 Ampo (2002-2003).

Remesa:            19947

Libros:                6

Ampos:              5

Paquete:              5

Arlo:                   1909-2002

Asunto:              Documentos Administrativos: Circulares, Informes, Resoluciones: 1 Ampo de Circulares (1987-1995), 1 Ampo de informes (1995-1998), 1 Ampo de informes (1999-2001), 1 Ampo de informes (2002), 1 Ampo de informes resoluciones (1992-2001), Libros de Entrados : 1 libro (1909-1934), 1 libro (1935-1944), 1 libro (1945-1984), I libro (1985-1990), 1 libro (1991-1996), 1 libro (1997-1998).

Si algún interesado ostenta un interés legitimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso en el Boletín Judicial.

San José, 28 de abril del 2008

                                                                                                                                                                                               Alfredo Jones León,

(39688)                                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico las siguientes aprobaciones:De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2006 de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 11-06 celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 1 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Paraíso. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            V 5 C 96

Expedientes:       64

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Expedientes de Violencia Domestica

Remesa:            V 5 C 97

Expedientes:       47

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Expedientes de Violencia Domestica

Remesa:            V 5 C 98

Expedientes:       169

Paquetes:            2

Año:                   1998

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 5 C 99

Expedientes:       242

Paquetes:            2

Año:                   1999

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 5 C 00

Expedientes:       265

Paquetes:            2

Año:                   2000

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 6 C 01

Expedientes:       257

Paquetes:            3

Año:                   2001

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 5 C 02

Expedientes:       314

Paquetes:            23

Año:                   2002

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 4 C 03

Expedientes:       345

Paquetes:            4

Año:                   2003

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 3 C 04

Expedientes:       311

Paquetes:            3

Año:                   2004

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 3 C 05

Expedientes:       340

Paquetes:            4

Año:                   2005

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            G 16 C 90

Expedientes:       101

Paquetes:            1

Año:                   1990

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            G 18 C 91

Expedientes:       90

Paquetes:            1

Año:                   1991

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            G 20 C 92

Expedientes:       132

Paquetes:            1

Año:                   1992

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            G 19 C 93

Expedientes:       795

Paquetes:            4

Año:                   1993

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            G 17 C 94

Expedientes:       224

Paquetes:            3

Año:                   1994

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            G 18 C 95

Expedientes:       231

Paquetes:            2

Año:                   1995

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            G 18 C 96

Expedientes:       94

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Expedientes de Transito

Remesa:            19949

Boletas:              8

Paquetes:            1

Año:                   1989

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 17 C 90

Boletas:              474

Paquetes:            1

Año:                   1990

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 19 C 91

Boletas:              227

Paquetes:            1

Año:                   1991

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 21 C 92

Boletas:              50

Paquetes:            1

Año:                   1992

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 20 C 93

Boletas:              47

Paquetes:            1

Año:                   1993

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 18 C 94

Boletas:              905

Paquetes:            1

Año:                   1994

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 19 C 95

Boletas:              380

Paquetes:            1

Año:                   1995

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 19 C 96

Boletas:              539

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            19950

Expedientes:       2

Paquetes:            1

Año:                   1989

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 18 C 90

Expedientes:       255

Paquetes:            3

Año:                   1990

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 20 C 91

Expedientes:       328

Paquetes:            4

Año:                   1991

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 22 C 92

Expedientes:       352

Paquetes:            4

Año:                   1992

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 21 C 93

Expedientes:       382

Paquetes:            5

Año:                   1993

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 19 C 94

Expedientes:       395

Paquetes:            4

Año:                   1994

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 20 C 95

Expedientes:       342

Paquetes:            4

Año:                   1995

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 20 C 96

Expedientes:       462

Paquetes:            5

Año:                   1996

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 14 C 97

Expedientes:       493

Paquetes:            6

Año:                   1997

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 13 C 98

Expedientes:       537

Paquetes:            7

Año:                   1998

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 12 C 99

Expedientes:       472

Paquetes:            6

Año:                   1999

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 12 C 00

Expedientes:       391

Paquetes:            5

Año:                   2000

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 14 C 01

Expedientes:       359

Paquetes:            5

Año:                   2001

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            G 7 C 02

Expedientes:       425

Paquetes:            5

Año:                   2002

Asunto:              Expedientes de Contravenciones

Remesa:            C 45 C 90

Expedientes:       63

Paquetes:            1

Año:                   1990

Asunto:              Civil: 19 ejecutivo simple, 2 interdicto, 2 ordinario, 2 ejecutivo prendario, 5 hipotecario, 1 prevención de desalojo, 3 actos preparatorios, 18 desahucios, 7 Ejecución de sentencia, 4 consignación de alquiler.

Remesa:            C 40 C 91

Expedientes:       91

Paquetes:            1

Año:                   1991

Asunto:              Civil: 20 ejecutivos simples, 1 ordinario, 1 matrimonio, 3 interdictos, 4 abreviados, 1 monitorio, 2 prevención de desalojo, 1 Ejecución de sentencia, 7 actos preparatorios, 10 hipotecarios, 8 consignación de alquiler, 33 desahucios.

Remesa:            C 40 C 91

Expedientes:       99

Paquetes:            1

Año:                   1992

Asunto:              Civil: 43 ejecutivos simples, 1 matrimonio, 4 hipotecario, 2 Ejecución de sentencia, 7 preinvención de desalojo, 2 actos preparatorios, 3 ejecutivo prendario, 6 consignación de alquiler, 31 desahucio.

Remesa:            C 38 C 93

Expedientes:       60

Paquetes:            1

Año:                   1993

Asunto:              Civil: 6 ejecutivo simple, 1 abreviado, 3 interdicto, 4 hipotecario, 2 prevención de desalojo, 2 Ejecución de sentencia, 2 ejecutivo prendario, 10 actos preparatorios, 11 consignaciones de alquiler, 20 desahucios.

Remesa:            C 32 C 94

Expedientes:       75

Paquetes:            1

Año:                   1994

Asunto:              Civil: 15 ejecutivos simples, 1 interdicto, 1 abreviado, 1 matrimonio, 4 hipotecario, 4 prevención de desalojo, 2 Ejecución de sentencia, 3 fijación de alquiler, 1 prendario, 11 actos preparatorios, 6 consignación de alquiler, 26 desahucios.

Remesa:            C 33 C 95

Expedientes:       93

Paquetes:            1

Año:                   1995

Asunto:              Civil: 15 ejecutivos simples, 4 abreviados, 3 hipotecarios, 2 matrimonios, 1 fijación de alquiler, 1 interdicto, 5 actos preparatorios, 1 Ejecución de sentencia, 1 ejecutivo prendario, 6 prevención de desalojo, 18 consignación de alquiler, 36 desahucio.

Remesa:            C 34 C 96

Expedientes:       73

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Civil: 15 ejecutivo simple, 1 matrimonio, 3 hipotecario, 2 interdicto, 3 prevención de desalojo, 3 actos preparatorios, 13 consignación de alquiler, 6 Ejecución de sentencia, 6 fijación de alquiler, 21 desahucios.

Remesa:            C 34 C 97

Expedientes:       27

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Civil: 1 consignación de alquiler, 2 matrimonio, 1 ejecutivo prendario, 1 Ejecución de sentencia, 2 interdictos, 4 fijación de alquiler, 16 desahucios.

Remesa:            C 33 C 98

Expedientes:       23

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Civil: 4 prevenciones de desalojo, 3 matrimonios, 1 fijación de alquiler, 1 ejecutivo prendario, 3 consignaciones de alquiler, 11 desahucios.

Remesa:            C 22 C 99

Expedientes:       30

Paquetes:            1

Año:                   1999

Asunto:              Civil: 3 matrimonios, 4 prevención de desalojo, 2 consignación de alquiler, 3 ejecutivo prendario, 1 fijación de alquiler, 17 desahucios.

Remesa:            C 10 C 00

Expedientes:       17

Paquetes:            1

Año:                   2000

Asunto:              Civil: 1 matrimonio, 1 consignación de alquiler, 15 desahucios.

Remesa:            C 11 C 01

Expedientes:       13

Paquetes:            1

Año:                   2001

Asunto:              Civil: 1 ejecutivo prendario, 2 matrimonios, 3 consignaciones de alquiler, 7 desahucios.

Remesa:            C 12 C 02

Expedientes:       12

Paquetes:            1

Año:                   2002

Asunto:              Civil: 3 matrimonios, 5 consignaciones de alquiler, 4 desahucios.

Remesa:            L 16 C 90

Expedientes:       32

Paquetes:            1

Año:                   1990

Asunto:              Laboral: 24 ordinarios, 8 consignación de prestaciones.

Remesa:            L 17 C 91

Expedientes:       24

Paquetes:            1

Año:                   1991

Asunto:              Laboral: 24 ordinarios.

Remesa:            L 16 C 92

Expedientes:       92

Paquetes:            10

Año:                   1992

Asunto:              Laboral: 82 ordinarios, 10 consignación de alquiler.

Remesa:            L 16 C 93

Expedientes:       61

Paquetes:            1

Año:                   1993

Asunto:              Laboral: 54 ordinarios, 7 consignación de prestaciones.

Remesa:            L16C94

Expedientes:       69

Paquetes:            1

Año:                   1994

Asunto:              Laboral: 49 ordinarios, 6 consignación de prestaciones, 14 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 15 C 95

Expedientes:       56

Paquetes:            1

Año:                   1995

Asunto:              Laboral: 38 ordinarios, 13 consignación de prestaciones, 5 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 16 C 96

Expedientes:       48

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Laboral: 40 ordinarios, 6 consignación de prestaciones, 2 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 15 C 97

Expedientes:       35

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Laboral: 28 ordinarios, 4 consignación de prestaciones, 3 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 15 C 98

Expedientes:       15

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Laboral: 10 consignaciones de prestaciones, 5 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 14 C 99

Expedientes:       22

Paquetes:            1

Año:                   1999

Asunto:              Laboral: 10 consignaciones de prestaciones, 12 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 7 C 00

Expedientes:       17

Paquetes:            1

Año:                   2000

Asunto:              Laboral: 7 consignaciones de prestaciones, 10 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 7 C 01

Expedientes:       21

Paquetes:            1

Año:                   2001

Asunto:              Laboral: 4 consignaciones de prestaciones, 17 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 7 C 02

Expedientes:       21

Paquetes:            1

Año:                   2002

Asunto:              Laboral: 6 consignaciones de prestaciones, 15 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 6 C 03

Expedientes:       14

Paquetes:            1

Año:                   2003

Asunto:              Laboral: 8 consignaciones de prestaciones, 6 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 6 C 04

Expedientes:       12

Paquetes:            1

Año:                   2004

Asunto:              Laboral: 6 consignaciones de prestaciones, 6 infracciones a la ley de trabajo.

Remesa:            L 4 C 05

Expedientes:       6

Paquetes:            1

Año:                   2005

Asunto:              Laboral: 5 consignaciones de prestaciones, 1 infracciones a la ley de trabajo.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial

San José 28 de abril del 2008

                                                                                                                                                                                               Alfredo Jones León,

(39689)                                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, del 01 de setiembre del 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 83-06, del 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes familia y violencia doméstica del año 2000 al 2005 del Juzgado de Familia Penal Juvenil de Corredores. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            V 9 P 00

Expedientes:       207

Paquetes:            3

Año:                   2000

Asuntos:             Violencia Doméstica

Remesa:            V 9 P 01

Expedientes:       401

Paquetes:            5

Año:                   2001

Asuntos:             Violencia Doméstica

Remesa:            V 7 P 02

Expedientes:       406

Paquetes:            5

Año:                   2002

Asuntos:             Violencia Doméstica

Remesa:            V 4 P 03

Expedientes:       657

Paquetes:            7

Año:                   2003

Asuntos:             Violencia Doméstica

Remesa:            V 4 P 04

Expedientes:       792

Paquetes:            9

Año:                   2004

Asuntos:             Violencia Doméstica

Remesa:            V 4 P 05

Expedientes:       841

Paquetes:            9

Año:                   2005

Asuntos:             Violencia Doméstica

Remesa:            F 5 P 00

Expedientes:       60

Paquetes:            1

Año:                   2000

Asuntos:             Familia Varios: Abreviado de Guarda Crianza y Educación de menor (archivados y abandonados) Nº 3, Cambio de Nombre Nº 5, Solicitud de Matrimonio (abandonados) Nº 6, Separación de Hecho (abandonado) Nº 1, Deposito Judicial de Menor Nº 3, Régimen de Visita a menor (con resolución y abandonados) Nº 7, Diligencia de Utilidad y Necesidad (sin sentencia) Nº 1, Abreviado de Separación Judicial (sin lugar y abandonados) Nº 12, Diligencia de Adopción Nº 3, Abreviado de Divorcio (sin sentencia y abandonado) Nº 19.

Remesa:            F 3 P 01

Expedientes:       65

Paquetes:            2

Año:                   2001

Asuntos:             Familia Varios: Diligencia de Guarda, Crianza y Educación de Menor (terminados y archivado) Nº 4, Solicitud de Custodia a Menor Nº 2, Régimen de Visitas (con resolución y abandonados) Nº 10, Deposito de Menor Nº 4, Diligencia de Utilidad y Necesidad (sin sentencia) Nº 1, Solicitud de Matrimonio (abandonados) Nº 6, Abreviado de Separación Judicial (sin lugar y abandonado) Nº 6, Cambio de Nombre Nº 5, Diligencia Varias Nº 1, Diligencia de Adopción Nº 5, Reconocimiento de hijo de mujer casada (sin sentencia y abandonado) Nº 1, Divorcio por Mutuo Consentimiento (sin sentencia y abandonado) Nº 5, Abreviado de Divorcio (sin sentencia y abandonado) Nº 15.

Remesa:            F 3 P 02

Expedientes:       92

Paquetes:            2

Año:                   2002

Asuntos:             Familia Varios: Abreviado de hijo extramatrimonial Nº 1 Solicitud de Matrimonio (abandonados) Nº 3, Deposito Judicial Nº 4, Guarda, Crianza y Educación de Menor (terminados y archivados) Nº 14, Reconocimiento de hijo de mujer casada (sin sentencia y abandonado) Nº 4, Régimen de Visita a Menor (con resolución final y abandonado) Nº 10, Abreviado de Divorcio (sin sentencia y abandonado) Nº 21, Diligencia de Utilidad y Necesidad (sin sentencia) Nº 2, Divorcio por mutuo consentimiento (sin sentencia y abandonado) Nº 15, Cambio de Nombre Nº 11, Abreviado de Separación Judicial (sin lugar y abandonado) Nº 6, Diligencia de Adopción Nº 1.

Remesa:            F 2 P 03

Expedientes:       73

Paquetes:            2

Año:                   2003

Asuntos:             Familia Varios: Medidas de Protección Administrativas (terminados) Nº 30, Adopción Nº 1, Abreviado de Separación Judicial (sin lugar y abandonados) Nº 4, Diligencia de Utilidad y Necesidad (sin sentencia) Nº 1, Reconocimiento de hijo de mujer casada (sin sentencia y abandonado) Nº 2, Abreviado Guarda, Crianza y Educación (terminados y archivado) Nº 4, Deposito Judicial de Menor Nº 3, Divorcio por Mutuo Consentimiento (sin sentencia y abandonado) Nº 3, Abreviado de Divorcio (sin lugar y abandonado) Nº 18, Diligencia de Cambio de Nombre Nº 1, Solicitud de Matrimonio (abandonado) Nº 2, Régimen de Visita a Menor (con resolución final y abandonados) Nº 4.

Remesa:            F 2 P 04

Expedientes:       91

Paquetes:            2

Año:                   2004

Asuntos:             Familia Varios: Solicitud de Matrimonio (abandonados) Nº 4, Liquidación Anticipada de Bienes (sin lugar y abandonado) Nº 3, Deposito Judicial de Menor Nº 2, Régimen de Visita (con resolución final y abandonados) Nº 13, Abreviado de Divorcio (sin lugar y abandonados) Nº 22, Abreviado de Guardia, Crianza y Educación de Menor (terminados y archivado) Nº 10, Medidas de Protección Administrativas (terminados) Nº 20, Divorcio por Mutuo Consentimiento (sin sentencia y abandonado) Nº 7, Reconocimiento de hijo de mujer casada (sin sentencia y abandonados) Nº 2, Diligencia de Utilidad y Necesidad (sin sentencia) Nº 5, Abreviado de Separación Judicial (sin lugar y abandonados) Nº 3.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 28 de abril del 2008

                                                                                                                                                                                               Alfredo Jones León

(39690)                                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, del 1 de setiembre del 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 83-06, del 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes penales, laborales, civiles transito familia, violencia doméstica y pensiones alimentarías del año 1993 a 1998 del Archivo Subunidad Administrativa Regional de San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            P 37 A 96

Despacho:          Juzgado Agrario de San Carlos

Expedientes:       7

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Usurpación (Desestimados)

Remesa:            L 16 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Los Chiles F.N.

Expedientes:       7

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Laborales (Ordinario laboral 6, Diligencia Consignación de Ahorro Trabajador Fallecido 1)

Remesa:            L 5 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Los Chiles F.N.

Expedientes:       19

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Laborales (Ordinario Laboral 13, Infracción a la Ley de Trabajo 6)

Remesa:            C 34 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Los Chiles F.N.

Expedientes:       9

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Varios (Desahucio 4, matrimonio civil 2, Depósito Judicial 1, Incidente Cobro Alquiler 1, Consignación Alquiler 1)

Remesa:            C 54 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Los Chiles F.N.

Expedientes:       34

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Ejecutivos Simples

Remesa:            G 4 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Los Chiles F.N.

Expedientes:       45

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Tránsito

Remesa:            C 36 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Upala

Expedientes:       2 7

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Varios (Ejecutivo Hipotecario 4, Ejecutivo Simple 13, Matrimonio Civil 10)

Remesa:            L 4 a 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Upala

Expedientes:       23

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Laboral (Ordinario Laboral 21, Cobro Ahorros Trabajador Fallecido 1, Salario Retenido 1)

Remesa:            C 9 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Upala

Expedientes:       11

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Civil (Ejecutivo Simple 11, Matrimonio Civil 5, Monitorio 1, Fijación de Alquiler 1, Desahucio 3, Consignación de pago 1, Interdicto de Amparo de Posesión 1, Prueba Anticipada 1, Abreviado de Ejecución Sentencia 1)

Remesa:            G 12 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Upala

Expedientes:       67

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Tránsito

Remesa:            P 12 A 97

Despacho:          Tribunal Superior de San Carlos

Expedientes:       12

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Robos (Asuntos con sobreseimiento, desestimado, absolutoria)

Remesa:            P 13 A 97

Despacho:          Tribunal Superior de San Carlos

Expedientes:       37

Paquetes:            2

Año:                   1997

Asunto:              Forestales (Asuntos con sobreseimiento, desestimado, absolutoria)

Remesa:            P 14 A 97

Despacho:          Tribunal Superior de San Carlos

Expedientes:       17

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Sexuales (Asuntos con sobreseimiento, desestimado, absolutoria)

Remesa:            P 15 A 97

Despacho:          Tribunal Superior de San Carlos

Expedientes:       21

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Lesiones (Asuntos con sobreseimiento, desestimado, absolutoria)

Remesa:            P 16 A 97

Despacho:          Tribunal Superior de San Carlos

Expedientes:       6

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Homicidios (Asuntos con sobreseimiento, desestimado, absolutoria)

Remesa:            P 17 A 97

Despacho:          Tribunal Superior de San Carlos

Expedientes:       77

Paquetes:            4

Año:                   1997

Asunto:              Varios (Daños 2, Hurto Simple 6, Desobediencia 2, Violación de Domicilio 7, Receptación 4, Hurto Agravado 6, Entorpecimiento Servicios Públicos 1, Abuso Autoridad 6, Resistencia Agravada 2, Estafa 3, Agresión con Arma 7, Uso Documento Falso 1, Injurias, Calumnias, Difamación 8, Estafa Mediante Cheque 1, Libramiento Cheque sin Fondos 3, Falsificación de Documento 1, Estelionato 1, Circulación de Moneda Falsa 1, Agresión Calificada 3, Privación de Libertad 3, Falso Testimonio 2, Desacato 1, Usurpación 2, Apropiación 2, Infracción Psicotrópicos 1, Penalidad de Corruptor 1) (Asuntos con sobreseimiento, desestimado, absolutoria)

Remesa:            G 14 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       368

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Tránsito

Remesa:            G 8 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       38

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Tránsito

Remesa:            C 62 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       19

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Civil (Ejecutivos Simples 14, Ejecutivo Hipotecario 1, Consignación de pago 2, Proceso Monitorio 2)

Remesa:            L 6 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       10

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Laborales (ordinario laborales)

Remesa:            Q 5 A 93

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       3

Paquetes:            1

Año:                   1993

Asunto:              Pensión Alimenticia (archivados sin sentencia)

Remesa:            Q 4 A 94

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       2

Paquetes:            1

Año:                   1994

Asunto:              Pensión Alimenticia (archivados sin sentencia)

Remesa:            Q 4 A 95

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       7

Paquetes:            1

Año:                   1995

Asunto:              Pensión Alimenticia (archivados sin sentencia)

Remesa:            Q 4 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       2

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Pensión Alimenticia (archivados sin sentencia)

Remesa:            Q 5 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Guatuso

Expedientes:       8

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Pensión Alimenticia (archivados sin sentencia)

Remesa:            L 9 A 97

Despacho:          Juzgado Civil y Menor Cuantía San Carlos

Expedientes:       49

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Laboral (ordinario laborales)

Remesa:            C 12 A 96

Despacho:          Juzgado Civil y Menor Cuantía San Carlos

Expedientes:       37

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Ejecutivos Hipotecarios

Remesa:            C 29 A 96

Despacho:          Juzgado Civil y Menor Cuantía San Carlos

Expedientes:       7

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Varios (Interdictos 4, proceso abreviado 1, colisión 1, salirse de la vía 1)

Remesa:            C 11 A 96

Despacho:          Juzgado Civil y Menor Cuantía San Carlos

Expedientes:       806

Paquetes:            9

Año:                   1996

Asunto:              Ejecutivos Simples

Remesa:            C 17 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       10

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Ordinarios

Remesa:            C 32 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       43

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Civil Varios (Solicitud de Certificación, Diligencia de Cambio de Nombre 7, Indemnización por impedimento 7, Monitorio 3, Indemnización por Fallecimiento 6, Prueba Anticipada 4, Interdicto 2, Pensión de Gracia 1, Consignación de Alquiler 2, Abreviado 1, Ejecución de Sentencia 4, Prejuicio Posiciones 1)

Remesa:            C 13 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       199

Paquetes:            6

Año:                   1996

Asunto:              Ejecutivos Simples

Remesa:            C 14 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       165

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Ejecutivos Hipotecarios

Remesa:            C 15 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       36

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Ejecutivos Prendarios

Remesa:            C 7 A 97

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       41

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto               Civil Varios (Diligencias Cambio de Nombre 7, Solicitud Certificación 5, Confesión Fuera de Juicio 1, Ejecución Sentencia 6, Proceso Monitorio 3, Conmutación de Rentas 1, 2, Medida Cautelar 1, Abreviado de Venta 1, Incumplimiento Contractual 1, Indemnización por Muerte 3, Interdicto de Amparo de Posesión 4, Agrario de Jactancia 1, Acción Civil Resarcitoria 1, Solicitud Segundo de Testimonio 1, Confecional 1, Pensión de Guerra 1, Tercería de Dominio 1, Asunto Ignorado 1,)

Remesa:            F 11 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       128

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Familia (violencia doméstica, con sentencia, con lugar, sin lugar, archivados)

Remesa:            F 12 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       70

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Familia (Depósito de menor con sentencia, abandonado, archivo)

Remesa:            F 13 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       81

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Familia (diligencias de utilidad y necesidad (12), conmutación de renta (1), investigación de paternidad (10) , impugnación de paternidad (3), abreviado de patria potestad (1), abreviado de divorcio (7), separación judicial (13), régimen de visitas (2), adopciones (5), abreviado de divorcio (7), guarda crianza y educación (6), reconocimiento de unión de hecho (3), incidente de aumento pensión alimenticia (1), reconocimiento de hijo de mujer casada (2), abandono y suspensión patria potestad (2), insania (1), separación de bienes (2), indemnización por muerte (1), (perpetua memoria (1).

Remesa:            F 21 A 96

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       69

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Familia (Con sentencia, abandonado, archivado)

Remesa:            F 1 A 97

Despacho:          Juzgado Civil San Carlos

Expedientes:       87

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Familia (Divorcio por mutuo consentimiento (22), régimen de visitas (2), violencia doméstica (50), indemnización por impedimento (1), depósito de menor (6), investigación de paternidad (3), reconocimiento de unión de hecho (1), divorcio (1), diligencias de utilidad y necesidad (1)

Remesa:            F 14 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Peñas Blancas

Expedientes:       81

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Violencia Doméstica

Remesa:            G 9 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de Peñas Blancas

Expedientes:       65

Paquetes:            1

Año:                   1996

Asunto:              Tránsito

Remesa:            C 8 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de Peñas Blancas

Expedientes:       7

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Civil (Prueba Anticipada 1, Consignación Alquiler 1, Amparo Posesión 1, Matrimonio Civil 2)

Remesa:            F 2 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de La Fortuna

Expedientes:       28

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Violencia Doméstica

Remesa:            G 3 A 97

Despacho:          Juzgado Contravencional de La Fortuna

Expedientes:       4

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Tránsito

Remesa:            G 6 A 96

Despacho:          Juzgado Contravencional de San Carlos

Expedientes:       777

Paquetes:            8

Año:                   1996

Asunto:              Tránsito

Remesa:            V 8 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       318

Paquetes:            4

Año:                   1997

Asunto:              Violencia Doméstica

Remesa:            F 25 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       572

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Divorcio por Mutuo Consentimiento (con sentencia, abandonado, archivado)

Remesa:            F 29 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       14

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Guarda, Crianza y Educación (con sentencia, deserción, archivo)

Remesa:            F 30 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       7

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Diligencias de Utilidad y Necesidad (con sentencia, abandonado, archivado)

Remesa:            F 31 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       5

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Unión de Hecho (con sentencia, deserción, archivo)

Remesa:            F 33 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       11

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Reconocimiento Hijo Mujer Casada (con sentencia, abandonado, archivado)

Remesa:            F 35 A 97

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       13

Paquetes:            1

Año:                   1997

Asunto:              Varios (Incidente Cobro Honorarios 1, Desafectación Patrimonio Familiar, Diligencias de Autorización Hipotecar Habitación, Incapacidad y Cúratela, Matrimonio Civil, Diligencias de Insania, Reconocimiento de Menor 2, Abreviado de Reconocimiento Derecho Liquidación Bienes Gananciales 4, Ordinario Separación de Bienes 1) (con sentencia, abandonado, archivado, deserción)

Remesa:            V 5 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       572

Paquetes:            7

Año:                   1998

Asunto:              Violencia Doméstica

Remesa:            F 18 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       39

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Divorcios (con sentencia, archivado, deserción)

Remesa:            F 19 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       17

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Divorcios por Mutuo Consentimiento (con sentencia, archivo)

Remesa:            F 20 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       19

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Régimen de Visitas (con sentencia, deserción, archivo)

Remesa:            F 21 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       22

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Adopción

Remesa:            F 23 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       19

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Separación Judicial (con sentencia, abandonado, archivo, deserción)

Remesa:            F 24 A 98

Despacho:          Juzgado de Familia de San Carlos

Expedientes:       91

Paquetes:            1

Año:                   1998

Asunto:              Varios (Diligencia de Guarda, Crianza y Educación 13, Conciliación Judicial 1, Reconocimiento de Hijo de Mujer Casada 12, Depósito Administrativo 48, Diligencias de Utilidad y Necesidad 5, Desafectación Bienes Patrimoniales 1, Matrimonio Civil 6, Cobro de Honorarios 1, Salida de Menor del País 1, Cúratela 1, Modificación Parental 2, Cambio de Apellidos 1,) (con sentencia, deserción, archivo, abandonado)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 28 de abril del 2008

                                                                                                                                                                                               Alfredo Jones León

(39691)                                                                                                                                                                                     Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

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Asunto: Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas cincuenta minutos del veintiuno de abril del dos mil ocho, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 08-006164-0007-CO interpuesta por Samuel Rabinovich Dyner en su condición de representante con poderes suficientes de Centrocel Inc., Sociedad Anónima para que se declare inconstitucional el artículo 38 del Reglamento General de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo número 33411-H del 27 de setiembre del 2006. El artículo 38 se impugna en cuanto permite subsanar y modificar uno de los elementos substanciales de la oferta, como lo es la garantía de participación. La norma permite ampliar o modificar el plazo de su vigencia cuando aquella hubiese sido rendida en forma insuficiente en tiempo y monto. Ello lesiona los principios rectores de la contratación administrativa y con ello, el artículo 182 constitucional. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 24 de abril del 2008

                                                                                                                                                                                            Gerardo Madriz Piedra

(39793)                                                                                                                                                                                            Secretario

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 07-016899-0007-CO interpuesta por Vera Violeta Jiménez Roldán en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de Henry Allen Dixon, para que se declare  inconstitucional el Artículo 11 del “Reglamento de Captación a Plazo” del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, aprobado en la sesión extraordinaria número 3653 del 5 de octubre de 1999 y publicado en La Gaceta número 210 del 29 de octubre de 1999,  por estimarlo contrario al artículo 45 de la Constitución.  La norma se impugna en cuanto a que el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC) se negó a reembolsar a su representado el importe de un certificado de depósito a plazo adquirido por este último, junto con los respectivos intereses, aduciendo que había transcurrido el período de prescripción. Considera el accionante que existen principios fundamentales en nuestro ordenamiento, basados no únicamente en la legalidad, sino en la justicia, la equidad, y la moral, que en el caso particular han sido claramente violentados. El derecho a la propiedad privada, que nuestra Constitución protege, ha sido burlado con la aplicación del criterio bancario de no devolver el dinero invertido. Su representado ha sido despojado de un patrimonio económico, que con esfuerzo fue ahorrando. No se trata de la misma situación de un crédito no cobrado, por ejemplo un pagaré o una letra de cambio, sino de un dinero entregado al Banco de los trabajadores, para una inversión, con la certeza de que dicha institución velaría por sus intereses. Existe además el principio de que “ninguna persona está obligada a lo imposible”; en el caso particular, su poderdante no vive en nuestro país, razón por la cual le era imposible viajar a renovar o cancelar el depósito en cuestión. Se trata de un dinero por el cual el Banco ha tenido una ganancia, que mantuvo incluso una vez que el depósito se venció dado que dicho dinero permaneció en poder del Banco más de cuatro años luego de su vencimiento. Además, debe tomarse en consideración que el plazo de prescripción establecido por el Banco no es equitativo ni se ajusta con otros principios de prescripción que establece nuestra normativa; plazos de prescripción que incluso son superiores y en los casos de que se adeudan a terceros e incluso a entidades bancarias. Afirma que, “en el caso particular de don Henry, que no es deudor bancario, el plazo es de dos años”. Por principio legal establecido en nuestro Código Civil, todo derecho y su correspondiente acción prescriben en diez años, plazo que se debería aplicar en el caso particular de los depósitos a plazo no cobrados. Concluye indicando que la aplicación de un plazo de dos años de prescripción atenta contra el artículo 45 de la Constitución, al privar al cliente de su patrimonio, aplicando una norma bancaria desajustada con respecto de los otros plazos de prescripción que operan dentro de nuestro ordenamiento e incluso para situaciones donde la prescripción opera para deudas. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 25 de abril del 2008

                                                                                                                                                                                            Gerardo Madriz Piedra

(39794)                                                                                                                                                                                            Secretario

                                                                                                                                                                                                            Jueza

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER

TERCERA PUBLICACIÓN

Que dentro del proceso de inhabilitación, tramitado bajo el expediente Nº 08-000186-624-NO, establecido por Luis Alonso Gutiérrez Herrera, mediante la resolución de las a las ocho horas del veintitrés de abril de dos mil ocho, se dispuso: “Proceso: disciplinario por no tener oficina abierta al publico. Promovido por: Dirección Nacional de Notariado. Notario: Luis Alonso Gutiérrez Herrera. Expediente Nº 08-000186-624-NO. Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas del veintitrés de abril de dos mil ocho. Mediante el voto 8197-02 de las quince horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en lo relativo a la forma en que deben ser notificados los notarios públicos, la Sala Constitucional dispuso: “...las sanciones que sean impuestas a los notarios con motivo del incumplimiento de deberes inherentes a su función, deben ser notificadas a éstos en la dirección reportada ante la Dirección referida, comenzando a correr en ese momento el plazo para la eventual impugnación de la medida...”. En el presente asunto, no ha sido posible notificar al licenciado Luis Alonso Gutiérrez Herrera del contenido de la resolución de las ocho horas diez minutos del siete de marzo de dos mil ocho, en la dirección de su oficina notarial, según se comprueba del acta que corre a folio 9, que es un deber legal del fedatario comunicar a la Dirección Nacional de Notariado, cualquier cambio en sus direcciones a efecto de que la información del Registro Nacional de Notarios este actualizada. En razón de lo anterior, con la finalidad de garantizar el debido proceso, se ordena notificar al licenciado Luis Alonso Gutiérrez Herrera la resolución de las ocho horas diez minutos del siete de marzo de dos mil ocho, y esta resolución, lo anterior por ignorarse al dictado de esta resolución, del lugar en donde puede ser localizada (241 párrafo segundo de la Ley General de Administración Pública). Esto por cuanto la Sala Constitucional, en resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, lo dispuso así: “...la notificación personal, indispensable en este caso, de conformidad con el artículo 2º de la Ley de Notificaciones, inexcusablemente fue sustituida por una notificación mediante edicto, sin que el lugar para notificar al amparado fuera ignorado o estuviera equivocado por culpa suya, caso en el cual, de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, procedería la notificación por edicto.” (El resaltado es nuestro). Transcríbase el texto completo de la citada resolución y comuníquese a la Imprenta Nacional para su publicación el Boletín Judicial. Lic Alicia Bogarín Parra, Directora. Procesó de inhabilitación por no tener oficina abierta al público. Notario: Luis Alonso Gutiérrez Herrera. Expediente: 08-000186-624-NO. Dirección Nacional de Notariado.—San José, a las ocho horas diez minutos del siete de marzo dos mil ocho.—Teniendo conocimiento este Despacho que el licenciado Luis Alonso Gutiérrez Herrera, no cuenta con oficina abierta al público en el lugar que señaló ante esta Dirección (folio 7), se ordena la apertura de este procedimiento para determinar si procede decretar su inhabilitación con fundamento en lo que ordena el artículo 13 del Código Notarial y en consecuencia, con la finalidad de garantizar el debido proceso Constitucional, se confiere audiencia por el plazo de ocho días al notario Luis Alonso Gutiérrez Herrera cédula de identidad número 02-0433-0967, para que se apersone ante este Despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notario público a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta del notario a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer corno notario público, debido a que no cuenta con oficina abierta al público en el lugar que señaló ante esta Dirección. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución al licenciado Luis Alonso Gutiérrez Herrera personalmente, por medio del notificador de este Despacho, en el lugar registrado Dirección como su casa de habitación se en Alejuela centro, 100 este, 50 norte, 225 este Farmacia del este, por medio de la oficina centralizada de notificaciones de Alajuela.

San José, 23 de abril del 2008.

                                                                                                                                                                                          Lic. Alicia Bogarín Parra

(39724)                                                                                                                                                                                            Directora

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada, medianería e hipoteca de primero grado a favor de la Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo por la suma de diez millones ochocientos mil colones, con la base de diez millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil ochocientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa noventa y tres, situada en el distrito cinco San Francisco, cantón uno Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, calle pública. Mide: noventa y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Propiedad de Jesús Gerardo Martínez Villavicencio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Hellen Patricia Oconitrillo Oconitrillo contra Ana Virginia Alvarado Ramírez y Jesús Martínez Villavicencio. Expediente Nº 07-000307-0703-LA-(1).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 2 de mayo de 2008.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.—(42417).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro del fallecido de quien en vida se llamó Miranda Domínguez Diego Adonay, mayor, de veintitrés años de edad, soltero, peón agrícola en Agroindustrial Piñas del Bosque, cédula de identidad Nº 7-0157-0363, vecino de Guácimo, Barrio Bonito, frente a ganadería de Víctor Brenes, casa de fibrolit sin pintar, quien falleció el veintitrés de enero de dos mil ocho, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral y Prestaciones Laborales de Trabajador Fallecido. Expediente Nº 08-300014-0477-LA (15-08), promueve Salvadora Miranda Domínguez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, veinticuatro de abril de dos mil ocho.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—1 vez.—(42387).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Xenia María Chaves Jiménez, cédula de identidad 2-310-636, fallecida el 15 de enero del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el número 08-000041-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-000041-0692-LA, establecido por Greivin Arroyo Chaves.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de abril del año 2008.—Lic. Daniel Andrés Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(42388).

Se cita a los que en carácter de causahabientes de Rigoberto Jiménez Rodríguez, quien fue mayor, casado, vecino de San Rafael de Oreamuno, quien portara la cédula de identidad número 3-077-0622, fallecido el diecisiete de diciembre del dos mil siete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Fondo de Capitalización Laboral bajo el número 08-000106-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-000106-1023-LA. A favor de Rigoberto Jiménez Rodríguez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 25 de abril del año 2008. Lic. Froylan Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(42389).

Se cita y emplaza a todos los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Imelda María Núñez Castro, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-300054-0295-LA.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 24 de abril de 2008.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(42390).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Raymundo Matilde Morales Concepción se consideren con derecho las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 08-300011-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Bribrí Talamanca, diez de abril del dos mil ocho.—Lic. Marvin Durán Fernández, Juez.—1 vez.—(42391).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Navarro Lizano, cédula 2-639-540, fallecido el día 9 de marzo del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 08-000398-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-000398-0173-LA. Promovido por María Yeini Lizano Rojas a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de abril del año 2008.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(42392).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Navarro Lizano, cédula 2-639-540, fallecido el día 9 de marzo del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Extremos Laborales bajo el expediente número 08-000452-0173-LA. A hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-000452-0173-LA. Promovido por Tractores de Escazú S. A., a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de abril del año 2008.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(42393).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Daysi Quirce Lafuente, cédula 1-552-956, fallecida el día 17 de enero del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Liquidación Laboral, Kilometraje Pendiente, y Subsidio por Incapacidad bajo el expediente número 08-000366-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-000366-0173-LA. Promovido por Revesol a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de abril del año 2008.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(42394).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Daisy Quirce Lafuente, cédula 1-552-956, fallecida el día 17 de enero del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente número 08-000379-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 08-000379-0173-LA. Promovido por Esteban Montero Quirce a favor de los causahabientes de la fallecida.Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de abril del año 2008.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(42395).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Rafael Vega Rodríguez, quien fue mayor, oficial de seguridad, vecino de Zaragoza de Palmares, con cédula de identidad número 5-0131-0374, se les hace saber que: Estela Jiménez Méndez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 5-0164-0546, vecina de Zaragoza de Palmares, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rafael Vega Rodríguez, expediente número 08-000065-0694-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de abril del año 2008.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—1 vez.—(42396).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Víctor Manuel Agüero Valverde, mayor, casado una vez, guarda, pensionado, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, de la iglesia católica, veinticinco metros este y veinticinco metros norte, cédula de identidad número uno-doscientos cuarenta y cinco-cero trece, quien falleció el cuatro de marzo del dos mil ocho, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de devolución de ahorro obligatorio, expediente número 08-300033-0237-LA (36-1-08), gestionada por: Flory Fallas Segura contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Sociedad Anónima, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 21 de abril del 2008.—Lic. Cristian Martínez Hernández, Juez.—1 vez.—(42397).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José Miguel Sánchez Solís, quien fue mayor, soltero, operario, vecino de Barreal de Heredia, Urbanización María Ofelia, cuarta alameda, casa D-20, con cédula de identidad número 4-184-387, se les hace saber que: María Teresa Solís Álvarez y Miguel Ángel Sánchez Orozco, portador(a) de la cédula de identidad o documento de identidad número 4-110-030 y 4-100-1223 en su orden, vecino(a) de vecinos de Barreal de Heredia, se apersonaron en este Despacho en calidad de padres del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Miguel Sánchez Solís, expediente número 08-000198-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 17 de abril del año 2008.—Lic. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—(42398).

Con ocho días de término se cita y emplaza a los causahabientes que se consideren con derecho al cobro de Prestaciones del Trabajador fallecido Luis Mariano Montero Sánchez, quien falleció el veintinueve de junio del año dos mil siete, y que en vida fue mayor de veinticuatro años de edad, casado, portador de la cédula de identidad número 6-329-607. Vecino de Sardinal de Puntarenas, cien metros antes de la plaza de deportes y cincuenta metros a mano derecha, quien laboró para Corporación Pipasa Sociedad Anónima, representado por su presidente el señor Víctor Oconitrillo Conejo, portador de la cédula de identidad 1-676-062, como operario industrial, para que dentro del indicado término se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente Nº 07- 000939-643-LA-4 Consignación de Prestaciones de Trabajador fallecido, promovido por Marlyn Tatiana Gutiérrez Mora, contra Corporación Pipasa Sociedad Anónima.—Juzgado de Trabajo y de Mayor Cuantía de Puntarenas, 7 de abril del 2008.—Lic. Sonia Álvarez González, Jueza.—1 vez.—(42399).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las ocho horas, treinta minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 301, asiento 12200 del Diario del Registro Público, con la base de un millón quinientos quince mil colones, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 390.667-001-002, y que se describe así: terreno para construir lote 11 D, sito en Quesada de San Carlos, distrito uno del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con calle pública; al sur, este y al oeste, con Leticia Rojas Herrera. Mide: doscientos ochenta y un metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente número 08-100037-0297-CI (5B). Actor: Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo Ahora Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ademar Osael Aguilar González y Yesenia Arelys Espinoza Víctor.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, a las ocho horas, treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 32004.—(41439).

A las nueve horas, treinta minutos del diez de junio de dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando embargo practicado (artículo 70 Código Municipal) según citas 454-07215-01-001-001 y con la base de cien mil novecientos cincuenta y tres dólares con ochenta y tres centavos o su equivalente en colones que deberá ser calculado conforme al tipo de cambio que tenga la moneda al momento del pago, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 237458-000, que es terreno con una casa de habitación, situado en el cantón San José, distrito Pavas de la provincia de San José. Linda: al norte, con lote 132; al sur, con lote 134; al este, con lote 120, y al oeste, resto para calle pública. Mide: trescientos ochenta y cuatro metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario 08-00473-180-CI. Ernst & Young Sociedad Anónima contra Inversiones Hacienda La Suiza S. A., Elizabeth Carballo González y John Roberto Marsell Carballo.—Juzgado Primero Civil, San José, 10 de abril de 2008.—Licenciada Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 32008.—(41440).

A las trece horas, treinta minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, soportando gravámenes de servidumbre y cond., según citas de inscripción número tres cinco cero-uno ocho tres cero siete-cero uno-cero nueve cero cero-cero cero uno, y con la base de cinco millones cuatrocientos noventa y un mil cuatrocientos tres colones con veintinueve céntimos en el mejor postor remataré la finca matrícula de Folio Real número tres cinco nueve nueve cero nueve, que es terreno de lote sesenta y siete, terreno para construir, situado en el distrito cuatro de Coyolar, del cantón de Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con lote 68; al sur, con lote 66; este, con calle pública con 15 metros de frente y al oeste con servidumbre de paso de quince metros con seis centímetro. Con una medida de setecientos cuarenta y siete metros con un decímetro cuadrado. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario número 08-100037-425-2-C.I. del Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto Badilla Camareno (deudor), y la sociedad Noventa y Ocho Cuarenta y Cinco Sesenta y Siete Sociedad Anónima (acredor y anotante de la hipoteca en grado segundo), representada por Jorge Manuel Marín Rodríguez.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Licenciada Reina Hall Espinoza, Jueza.—Nº 32055.—(41441).

A las catorce horas, treinta minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, así como plazo de convalidación (rectificación de medida), bajo las citas de inscripción tres uno siete-uno dos tres seis dos-cero uno-cero nueve cero uno-cero cero dos y cinco seis nueve-nueve cero seis ocho cero-cero uno-cero cero cero tres-cero cero uno respectivamente y con la base de veintisiete millones ciento treinta y siete mil seiscientos sesenta y ocho colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré la finca del partido de Puntarenas matrícula de Folio Real número treinta y tres mil ochocientos dieciocho-cero cero cero; propiedad de la demandada Irma Gamboa Méndez c.c. Gamboa Jiménez, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito tres (Naranjito), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública con un frente a ella de veinticinco punto noventa y cuatro metros; al sur, con David Blanco Céspedes, y al este, con calle pública con un frente a ella de treinta y siete punto setenta y nueve metros. Mide: mil ciento quince metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario Nº 08-100069-425-4-CI, de Banco Nacional de Costa Rica, en contra de Irma Gamboa Méndez c. c. Irma Gamboa Jiménez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 21 de abril del 2008.—Licenciada Reina Hall Espinoza, Jueza.—Nº 32056.—(41442).

A las catorce horas del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho soportando gravámenes de reservas y restricciones, según citas de inscripción número tres dos ocho-uno cero cuatro tres siete-cero uno cero nueve cero uno-cero cero uno, y con la base de tres millones cuarenta dos colones con setenta y dos céntimos en el mejor postor remataré la finca matrícula de Folio Real número cero tres ocho dos nueve ocho-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito tercero de Naranjito del cantón de Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Asociación de Desarrollo de Naranjito; al sur, con Ministerio de Salud; este, con calle pública con quince metros veintitrés centímetros de frente y al oeste con Alcides Picado León. Con una medida de doscientos treinta y un metros con cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse, ordenado así en el proceso hipotecario número 08-100067-425-2-C.I. del Banco Nacional de Costa Rica contra Merlin Molina Quirós, Víctor Julio Molina Quirós, Fernanda Salas Rojas.—Juzgado Civil Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Licenciada Reina Hall Espinoza, Jueza.—Nº 32057.—(41443).

A las catorce horas, treinta minutos del diez de junio del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, esta sin sujeción a base, remataré: vehículo marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, cinco personas, motor G4EKV260578, chasis KMHVA21NPVU316245, color rojo, tracción sencilla, modelo mil novecientos noventa y siete, placas quinientos ochenta mil ciento once. Prendario 07-001300-182 CI (5) de Instacredit S. A. contra Neil Gerardo Castillo Villalobos y Luzmilda Castillo Villalobos.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de abril del 2008.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 32070.—(41445).

A las siete horas, treinta minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, ahora con la rebaja del veinticinco por ciento de ley de la base, sea la suma de ocho millones doscientos veintiséis mil colones, remataré; vehículo placa 591738, categoría automóvil, carrocería station wagon o familiar, tracción 4x4, chasis y vin JMYORK9605J000307, capacidad 5 personas, año 2005, color plateado, número de motor 6G72RN2529, 2972 centímetros cúbicos, combustible gasolina, modelo K96WGRHEQL, 6 cilindros. Se remata por ordenarse así en expediente número 06-100585-0297-CI (5) que es proceso ejecutivo prendario del Banco de Costa Rica contra Giovanni Miguel Ospino Saumett.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de abril de 2008.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 32075.—(41446).

A las nueve horas, treinta minutos del once de junio de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de dos millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ocho mil doscientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito trece Peñas Blancas, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote Nº 46; al sur, lote Nº 44; al este, Francisco Vargas Sánchez, y al oeste, camino público. Mide: quinientos veinticuatro metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Héctor Martín Quesada Rodríguez contra Miguel Gerardo Porras Valverde. Expediente Nº 08-000038-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 25 de abril del 2008.—Lic. Luis Eduardo Mesén García, Juez.—Nº 32109.—(41447).

A las diez horas, treinta minutos del doce de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de diecisiete mil cuatrocientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil ciento quince cero cero cero, la cual es terreno para construir lote dos del bloque B, situada en el distrito primero Oriental, cantón primero, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con nueve metros; al sur, FECOSA; al este, lote tres, y al oeste, Víctor Hugo Méndez Durán. Mide: ciento ochenta y cinco metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Hugo Méndez Durán. Expediente Nº 08-000355-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de abril del año 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 32125.—(41448).

A las nueve horas, quince minutos del cinco de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de treinta y cinco mil setecientos veinticuatro punto ochenta unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 195.628-000, la cual es terreno lote 27, bloque DD terreno para construir, situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 08; al sur, calle pública; al este, lote 28, y al oeste, lote 26. Mide: ciento sesenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Edith Gabriela Sánchez Cortés, Nory Cortés Ramírez, Rafael Alberto Carvajal Ponce. Expediente Nº 08-000471-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de abril del año 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 32127.—(41449).

A las diez horas, cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinticinco millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil ochocientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir, con una casa, lote 29, situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 01 de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 28; al sur, Bernardo Víquez Chaverri; al este, Cafetalera Arguedas Barrantes S. A., y al oeste, calle pública, con un frente de siete metros y cuarenta centímetros. Mide: ciento treinta y cinco metros con veintiséis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Roberto Chaves Guevara. Expediente Nº 06-001662-0640-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de abril del año 2008.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(41492).

A las nueve horas del doce de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de un millón setecientos cuarenta mil colones; en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y cinco mil doscientos setenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, al sur, y al este, Alier Quesada Fallas, y al oeste, calle pública con once metros, seis centímetros. Mide: ciento veinticuatro metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Greddy Agustín Coto Cuadra. Expediente Nº 08-000375-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de abril del año 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(41493).

A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de junio del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 203 108-000, la cual es terreno para construir con 2 casas, situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 06 San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rafael Pedro Chacón Fonseca; al sur, calle pública con 20 metros de frente; al este, Arley Vargas Sociedad Anónima, y al oeste, Kattia Moreira Chaverri y William Bolaños Mesén. Mide: mil sesenta y seis metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Marvin Gerardo Arley Vargas. Expediente Nº 08-000169-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de abril del año 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(41689).

A las nueve horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, soportando condiciones bajo las citas 369-09761-01-0910-001, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta mil dólares o su equivalente en colones que deberán ser calculados conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera adeudada al momento de pago, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad Registro Público, partido de Alajuela, matrícula número 230908-000, que es terreno para construir lote 166. Situada en el cantón 01 Alajuela, distrito 05 Guácimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con avenida Coyotera; al sur, con zona verde; al este, con zona verde y otros, y al oeste, con lote 167. Mide: mil trescientos cincuenta metros con once decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 08-000499-0180-CI-2 de Carlos Alberto Ramírez Aguilar contra Jorge Eduardo Loría Agüero.—Juzgado Primero Civil de San José, 18 de abril del 2008.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—(41789).

A las diecisiete horas y veinte minutos del treinta de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de novecientos dieciocho mil trescientos sesenta y seis colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un prensa marca Lawton, hidráulica modelo dos cinco cero ton, número de serie tres cinco cero uno cuatro, accionado con motor trifásico de veintidós punto cinco kilowatts con tablero electrónico tanque aceite marca Anchor Hocking, número cero cero cero cuatro tres dos cuatro y dos bombas de presión. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cabral Fanciotti Juan Carlos, Díaz Jodar María Gladys. Expediente Nº 96-007759-0226-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(41804).

A las catorce horas cuarenta minutos del once de junio del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, y con la base de cuarenta y nueve millones trescientos treinta y cinco mil diecisiete colones, al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número sesenta y nueve mil treinta y cuatro-cero cero cero. Situada en el distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, este y oeste, con Julieta Huete Rojas, Alejandro Campbell Huete y Farnest Campbell Campbell; sur, carretera Braulio Carrillo. Mide: mil cuatrocientos seis metros con diez decímetros cuadrados. Su naturaleza es terreno construido con patio. Hipotecario de COOPEALIANZA R. L., contra José Luis Obando Ruiz. Expediente Nº 08-000520-182CI-4.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 32161.—(41867).

A las nueve horas del nueve de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de tres millones doscientos treinta y cinco mil cuatrocientos dos colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Hyundai, estilo: Tiburón, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2001, carrocería: sedan 2 puertas, color: negro, chasis: KMHJG25F61U236442, combustible: gasolina, placas: 591643. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 08-000393-0181-CI de COOPEALINZA R. L., contra Gerardo Jeremías Jiménez Hidalgo.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 9 de abril del 2008.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 32162.—(41868).

A las nueve horas del veintisiete de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando habitación familiar al tomo 443 y asiento 00358 y con la base de cuarenta y tres mil dólares al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real mecanizado, matrícula número doscientos sesenta y siete mil quinientos veinticuatro cero cero cero. Que es terreno: con una casa. Sitio: distrito dos San Antonio, cantón Escazú de la provincia de San José. Linderos: norte, Idalie Azofeifa Flores; sur, calle pública; al este, Alexa e Idalie Azofeifa Flores, Municipalidad de Escazú, y al oeste, Alexa Azofeifa Flores. Mide: setecientos treinta y ocho metros con veinte decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 08-004355-0170-CA de Banco de Costa Rica contra Lilliam Virginia Marín Sandí y Reyner Arahon Corrales Azofeifa.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de abril del 2008.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—Nº 32173.—(41869).

A las ocho horas del día dieciocho de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de nueve mil treinta y tres dólares con sesenta y cuatro centavos moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 422295, marca Volkswagen, estilo Jetta GL, carrocería sedan 4 puertas, motor número AEG603992, año 2001, color azul, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 08-000529-184-CI de Scotianbank de Costa Rica S. A., contra Jewison Francisco Bennette Grant.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de abril del 2008.—Lic. Francis Porras León, Juez.—Nº 32176.—(41870).

A las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diez de junio del dos mil ocho, en este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de cinco mil setecientos cincuenta y cinco dólares, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 528914, marca Audi, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis WAUZZZ8E23A267573, uso particular, estilo A-4, capacidad 5 personas, año 2003, color negro; número de motor BFB016823, combustible gasolina. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 08-00521-0185-CI ejecutivo prendario de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Alejandro Montero Vargas.—Juzgado Sexto Civil de San José, 15 de abril del 2008.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 32177.—(41871).

A las nueve horas del veintiuno de julio de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de siete mil novecientos cincuenta y tres dólares con cincuenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca: Caterpillar, estilo: 226, categoría: equipo especial genérico, capacidad: 1 persona, año: 1999, carrocería: civil cabina cerrada 1 acceso, color: amarillo, chasis: 5FZ00802, combustible: diesel, placas: EE 023678. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. expediente Nº 08-000454-0181-CI de Atlantic Tractor S. A. contra Constructora Ramírez y Marín S. A. y otro.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de abril de 2008.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 32183.—(41872).

A las nueve horas con treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, con la base de nueve millones cuatrocientos doce mil setecientos ocho colones, en el mejor postor remataré la finca partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número veinticinco mil doscientos cuarenta y uno-cero cero cero, naturaleza, terreno de café, pasto y una casa. Situada en el distrito primero, San Vito, cantón octavo, Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Linda: norte, Aris Barberie Piccinini; sur, Río Java Quebrada, y Liliano Consumí; este, Aris Barberie Piccinini, y al oeste, yurro en medio y Cooperativa Paso Danta R. L. Mide: cuarenta y siete mil sesenta y tres metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Con plano P-0020353-1976. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo simple número 05-100090-424-CI-2 (98-05-2) de Marvin Alvarado Vega, contra Heriberto Rojas Blanco.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 11 de abril del 2008.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 32186.—(41873).

A las ocho horas y treinta minutos del seis de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 300, asiento 19490, demanda penal anotada al tomo 568, asiento 98871 y plazo de convalidación (rectificación de medida), inscrito mediante las citas 567-14202-01-0016-001 y con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y cuatro mil seiscientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de café y repastos. Situada en el distrito 05 Piedades, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros, Enrique Alpízar, Quebrada La Cruz; al sur, calle pública, camino de tierra con 176,35 metros; al este, condominios Americanos Montaña y Sol, y al oeste, Alberto Mora Aguilar. Mide: doscientos veintisiete mil cuarenta y seis metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Rodrigo José Fumero Vargas contra Desarrollo Santa Ana Sociedad Anónima. Expediente Nº 07-000734-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de abril del 2008.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—Nº 32224.—(41874).

A las nueve horas del dieciocho de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones de colones, lo siguiente: finca inscrita en la sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero cuarenta mil setecientos treinta y cinco-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir lote 14 D, está situada en el distrito y cantón primero de la provincia de Limón. Linda: al norte, con calle pública; sur, con urbanización Siglo Veintiuno Sociedad Anónima; este, con lote 13 D, y al oeste, con lote dieciséis D. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-000311-0678-CI-3 establecido por Corporación Limonense El Pizote Sociedad Anónima contra Dennis Hylton Hayle.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 21 de abril del 2008.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 32232.—(41875).

A las nueve horas del veintinueve de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y de anotaciones judiciales y con la base de ochocientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y cuatro colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré: vehículo marca nissan, estilo: sentra, motor número GA16791460P, combustible: gasolina, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, cilindros: cuatro, color: azul, tracción: sencilla, año modelo: 2000, capacidad: cinco personas, número de placas: 347867. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente número 08-001135-0222-CI-5. Proceso ejecutivo prendario de Inversiones González y Vargas de San José S. A. contra Rosa María Rivera Ramírez.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José, 24 de abril del 2008.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—Nº 32257.—(41876).

A las ocho horas, treinta minutos del treinta de mayo del dos mil ocho, en la puerta de este Juzgado, en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al asiento nueve mil seiscientos cuarenta y nueve, secuencia cero novecientos veinte, del tomo trescientos sesenta y nueve, en el mejor postor y con la base de cuatro millones quinientos sesenta y seis mil novecientos setenta y nueve colones cinco céntimos, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, a Folio Real matrícula número sesenta y dos mil seiscientos ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa lote tres-F, situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, calle pública con un frente de nueve metros lineales; sur  Desarrollo Urbanístico Chorotega lote veintiséis-F; este, Joaquín Arguedas, y al oeste, Desarrollo Urbanístico Chorotega lote dos-F, y una medida de ciento noventa y ocho metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 08-100090-0389-CI (94-5-2008)-B, proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elena Guevara Aragón.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 11 de abril del 2008.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—Nº 32281.—(41877).

A las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de cuatro millones ciento cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y un mil seiscientos diez cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito segundo Cartago Occidental, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Fernando Romero Gómez y María Quesada Valerín; al sur, Porfirio Hernández Rodríguez; al este, calle pública con doce metros setecientos ocho mil milímetros, y al oeste, Edy Quesada Brenes. Mide: doscientos veintiocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Angélica Granados Leitón. Expediente Nº 08-000533-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,15 de abril del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 32291.—(41878).

A las diez horas del diez de junio del dos mil ocho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y un colones con dos céntimos, al mejor postor remataré: finca del partido de Puntarenas, matrícula cero sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en distrito uno Puntarenas, del cantón uno de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con lote tres; al sur, con lote uno; al este, con Corporación Saborío Villalobos, y al oeste, con calle pública con trece metros, ochocientos dos metros. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 08-100098-0642-CI-4 de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Pedro Martín Ramos Carballo y otra.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 15 de abril del 2008.—Lic. Luis E. Araya Ugalde, Juez.—Nº 32294.—(41879).

A las diecisiete horas y cero minutos del once de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 292-11920-01-0903-001 y con la base de seis millones doscientos setenta y un mil novecientos veinte colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil ochocientos setenta y siete mil cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa y un apartamento, situada en el distrito Zapote, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, INVU con 18,85 metros; al este, calle pública, y al oeste, INVU con 16,39 metros. Mide: doscientos ocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ingrid Solano Reinhardt, Mauricio Solano Reinhardt. Expediente Nº 03-005388-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de abril del 2008.—Lic. Edgar Jesús Leal Gómez, Juez.—Nº 32315.—(41880).

A las quince horas, treinta minutos del cinco de junio de dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, y con la base de dos millones seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, número cuatrocientos veinte mil cuatrocientos noventa-cero cero cero, terreno para construir sito en distrito sétimo Santa Eulalia, cantón quinto Atenas de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente a ella de ocho metros setenta y seis decímetros cuadrados; al sur, con resto reservado; este Héctor Giovanni Castillo Cruz, y al oeste, Margarita Umaña Tercero. Mide: doscientos veintitrés metros con noventa y seis decímetros cuadrados, plano A-un millón cincuenta y seis mil seiscientos setenta y cuatro-dos mil seis. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 08-100166-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ruth Margarita Mendoza Aguilar.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 23 de abril del 2008.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 32330.—(41881).

A las nueve horas del primero de julio del dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando infracción por colisión bajo la sumaria 07-10274-174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: un vehículo marca Ford, modelo 1993, estilo trescientos cincuenta XLT, seis cilindros, combustible diesel, cubicaje siete mil trescientos centímetros cúbicos, chasis número 1FDKF37M3PNB 12253, color blanco, capacidad dos pasajeros, placas número 567539. Se advierte que el citado automotor está gravado al tomo 0013, asiento 011359 citas que corresponden a cambio de características de bien mueble. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 07-001181-0180-CI-7 de Serrano Retana Víctor Manuel contra Soporte Vital de Costa Rica S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 24 de abril del 2008.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 32331.—(41882).

A las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base dada en la hipoteca de primer grado sea la suma de ocho millones quinientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Cartago, matrícula número 115900-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el cantón tercero La Unión, distrito tercero San Juan de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con lote diecinueve-b; al sur, con lote veintiuno-b; al este, con lote veintinueve-b, y al oeste, con calle pública. Mide: noventa y tres metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 08-000560-0180-CI de Minas Brillante S. A. contra Rafael Vargas Aguilar.—Juzgado Primero Civil de San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 32333.—(41883).

A las ocho horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior que ocupa este despacho, libre de gravámenes hipotecarios con la base de cuatro millones cuatrocientos trece mil seiscientos veintinueve colones exactos, remataré la finca del partido de Heredia inscrita bajo la matrícula número 129144-000, naturaleza construir con una casa lote 24 L. Sito en San Antonio de Belén. Linderos: norte, lote 25 L; sur, lote 23 L; este, calle con 6 metros y 58 centímetros, y al oeste, lote 27 L. Mide: ciento treinta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior por haber sido ordenado así en ejecutivo número 07-000798-0376-CI de Municipalidad de Belén contra Cristian Miguel Quesada Segura.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de San Joaquín.—Lic. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—Nº 32352.—(41884).

A las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base dada por el perito de tres millones novecientos veintisiete mil doscientos cuarenta y dos colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 190065-001, la cual es terreno situada en el distrito Tirrases, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 1400; al sur, Finsa; al este, lotes 1-3-4-5-6-7, y al oeste, Jorge Portilla. Mide: mil ciento noventa y tres metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso desahucio de Ólger Solano Arce contra Noemi Cecilia Portilla Monge. Expediente Nº 04-000055-0346-CI-E.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 15 de abril del 2008.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—Nº 32364.—(41885).

A las once horas del cinco de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios y con la base de veintiún millones ochocientos sesenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco-cero cero cero, que es terreno para construir con tres locales comerciales, situado en Carrillo Bajo de Poás, distrito cuatro, cantón ocho de la provincia de Alajuela. Mide: trescientos sesenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Linda: al norte, con William Leandro Castro; sur, calle pública con veinte metros, cincuenta y cuatro centímetros; este, calle pública con diecisiete metros, ochenta centímetros, y al oeste, Marco Tulio Solórzano Solórzano, plano A-novecientos ochenta y dos mil doscientos cuarenta y uno-mil novecientos noventa y uno. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 08-100141-0295-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra Asociación de Desarrollo Integral de Carrillos de Poás Alajuela.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 15 de abril del 2008.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº 32372.—(41886).

A las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando gravamen de reservas y restricciones y con la base de un millón seiscientos sesenta y ocho mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil novecientos cuarenta y seis-cero cero cuatro, la cual es terreno de solar con una casa, situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, en parte Jovel Víquez; al sur, calle pública; al este, Emilio Solís Ulate y María Elena Arguedas Segura, y al oeste, calle pública. Mide: trescientos treinta y tres metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Miguel Antonio González Solís contra Ana Lorena Duarte González. Expediente Nº 07-002117-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de abril del año 2008.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—Nº 32428.—(41887).

A las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón doscientos sesenta y seis mil ciento ochenta y dos colones al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número cuatrocientos veinticinco mil trescientos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es lote siete terreno para construir. Situada en el distrito cero cuatro Mata de Plátano, cantón cero ocho Goicoechea, de la provincia San José. Colinda: al este, con Edgar Pacheco Solís; al noreste, con lote ocho; al noroeste, con calle primera de la urbanización, y al suroeste, con lote seis. Mide: ciento cincuenta y un metros noventa y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Johnny Herrera Valverde y otra. Expediente número 05-001262-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 1º de abril del 2008.—Lic. Francis Porras León, Juez.—Nº 32447.—(41888).

A las ocho horas quince minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando embargo al tomo 505, asiento 6896, a favor de la Municipalidad de San Isidro de Heredia, que es hipoteca legal preferente, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Municipal y con la base de ciento quince mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil quinientos veinte-cero cero cero, la cual es terreno de potrero, situada en el distrito segundo, San José, cantón sexto, San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Hugo Fonseca Are; al sur carretera San José, Guápiles; al este, Jorge Luis León Villalobos, y al oeste, calle pública. Mide: mil setecientos cuarenta y ocho metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Lilliam Vargas Cubero contra Inversiones Orcu de San José. Expediente Nº 00-000296-0180-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de abril del 2008.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(42213).

A las ocho horas con quince minutos del primero de julio del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y seis colones con diez céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 456173, modelo Hyundai, estilo Galloper II TUR, serie número KMXKRS1U428112, con capacidad para nueve personas, año 2001, color gris, combustible diesel. Se rematará por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001729-184-CI de Credi Q Inversiones de Costa Rica S. A. contra Olga Sáenz Carbonell.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, de 6 de mayo del 2008.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(42416).

 las siete horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, quien para dicha fecha ya estará funcionando en el cantón de Upala para dicha diligencia, remataré con la base de treinta mil cuatrocientos ochenta y un colones; una troza de madera de la especie Botaramal, con un volumen total de uno punto uno metros cúbicos, que se encuentra en depositario provisional al señor Rubén Herrera Zúñiga. Se remata por estar así ordenado en comisión número 10-A-08, expediente número 08-000345-559-PE, por infracción a la Ley Forestal contra Rubén Herrera Zúñiga, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala, Ciudad Quesada, 28 de abril del 2008.—Lic. Andrés Saborío Cascante, Juez.—(42419).

A las siete horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, quien para dicha fecha ya estará funcionando en el cantón de Upala para dicha diligencia, remataré con la base de doscientos setenta y nueve mil setecientos veintinueve colones con cuarenta y seis céntimos; ciento sesenta y tres piezas de madera aserrada de la especie Espavel con un volumen total de cuatro punto cero cuatro metros cúbicos, que se encuentra decomisada en el Comando de Upala, en Llano Azul de Upala. Se remata por estar así ordenado en comisión número 04-A-08, expediente número 08-000296-559-PE, por infracción a la Ley Forestal contra William Castillo Gutiérrez, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala, Ciudad Quesada, 28 de abril del 2008.—Lic. Andrés Saborío Cascante, Juez.—(42421).

A las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones novecientos quince mil cuatrocientos ocho colones exactos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el registro público, partido de San José, matrícula de Folio Real número trescientos sesenta y seis mil trescientos treinta y cinco-cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir con una casa de habitación lote 226, situado en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia San José. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Linderos: al sur, con calle pública; al norte, con lotes 239 y 240; al este, con lote 227, y al oeste, con lote 225. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso abreviado Nº 06-100011-257-CI de Manuel Eduardo Soto Molina contra Ana Victoria Salazar Ugalde.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 3 de marzo de 2008.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—(42452).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las nueve horas, quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base cuatro mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número 217573-000 del partido de San José, que se describe así: naturaleza para construir con una casa. Mide: doscientos cincuenta y tres metros con diecinueve centímetros cuadrados, ubicada en el distrito 03 Anselmo Llorente, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos: al norte, con calle con 11 m, 85 cm; al sur, con Hommer Jay Owen; al este, con lote b, y al oeste, con calle pública con 24 metros, 11 cm. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-002498-0183-CI de Propiedades de la Unión Magdalena S. A. contra Elbert Teodoro Quirós Padilla 1-812-295 y Ana María Lobato.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 18 de abril del dos mil ocho.—Lic. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.—Nº 32498.—(42504).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y por haberse cancelado la hipoteca de primer grado, sáquese a remate con la base de la hipoteca en segundo grado, sea la suma de un millón ochocientos sesenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en la sección Propiedad del Registro Público, partido de Limón, matrícula 047636-000, que es terreno para agricultura lote 147, situada en el cantón Limón, distrito Limón de la provincia de Limón. Linda: al norte, con lote 146; al sur, con Linda 82; al este, con calle pública, y al oeste, con lote 82. Mide: diez mil quinientos setenta y siete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 07-002225-0180-CI de José Pérez Villalobos contra Gabriel Martínez Williams.—Juzgado Primero Civil, San José, 2 de abril de 2008.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 32539.—(42505).

A las diecisiete horas cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ochocientos ochenta y nueve mil quinientos cuarenta y ocho colones, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento dos mil quinientos sesenta y tres cero cero cero, que es terreno para construir lote 13 bloque A, sito: distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Constructora Nuevo Hogar S. A.; sur, lote 14 bloque A; este, calle pública, y al oeste, Constructora Nuevo Hogar S. A. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 07-016268-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Teresa Figueroa Granados.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de marzo del 2008.—Lic. Edgar Jesús Leal Gómez, Juez.—Nº 32580.—(42508).

A las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes y anotaciones, y con la bases que se indicarán: 1) central telefónica marca Panasonic, modelo KX-TA 308 BX, por la suma de doscientos cincuenta mil colones. 2) computadora marca Compaq, modelo Presario 8702, por la suma de ochenta mil colones, 3) Impresora marca Hewllet Packard, modelo Pro 1170 C, por la suma de cincuenta mil colones. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario número 01-009530-0170-CA, del Caja Costarricense de Seguro Social contra Mario Madrigal Solís.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1º de abril del año 2008.—Lic. Cristhian Mora Acosta, Juez.—Nº 32596.—(42509).

A las diez horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, infracciones y colisiones, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 541.583, marca Mercury, categoría automóvil, estilo Villager, capacidad 7 personas, año 1995, color verde, tracción sencilla, chasis 4M2DV11W0SDJ44441, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Coto y Compañía Sociedad Anónima contra Lubricentro S P Solano Mata Sociedad Anónima. Expediente Nº 08-000002-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de abril del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 32753.—(42520).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Brenes Palma, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, cédula número uno-doscientos cincuenta y cuatro-ciento uno, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas, treinta minutos del cuatro de junio del dos mil ocho, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 03-000077-182 CI (7). Sucesión de Jorge Brenes Palma.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 32718.—(42501).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Alberto Justo Ramos Del Pino, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas del diez de junio del año dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 929 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 97-100089-0290-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de abril del año 2008.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—Nº 32732.—(42502).

Manuel Arias Castro, portador  de  la  cédula de identidad número 1-412-736, en mi calidad de albacea provisional de la sucesión del señor Eliseo Arias Fallas, convoco a la celebración de la junta de herederos del causante, a celebrarse el día treinta de mayo del año dos mil ocho, a las dos de la tarde, en presencia del Licenciado Jorge Eugenio Porras Mora, en el Bufete Calvo Mora, en Barrio Luján, avenidas catorce y dieciséis, calle veintiuno, para conocer el proyecto de cuenta participación, conforme al artículo 929 del Código Procesal Civil; y debidamente autorizados por el Juzgado Civil, Trabajo y familia de Hatillo, en el auto dictado a las quince horas del siete de agosto del año dos mil siete, procederemos a tomar los acuerdos correspondientes para lograr la terminación de este proceso sucesorio. Es todo.—San José, siete de mayo del año dos mil ocho.—Licenciado Jorge Eugenio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 32631.—(42538).

A las ocho horas, treinta minutos del dos de junio del dos mil ocho, se convoca a los herederos e interesados en la sucesión de Ramón Diego Guzmán Chaverri, a una junta a celebrarse ante este despacho judicial, para que en la misma sea elegido un representante ad-hoc, quien podrá ser o no heredero o interesado. Se hace la advertencia que la junta se celebrará si concurrieren dos o más interesados, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro a la junta, el juez hará el nombramiento que corresponda en persona idónea. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de avalúo por expropiación promovidas por el Instituto Costarricense de Electricidad contra Gabriela Zumbado Moya, José Luis Núñez Bello y sucesión de Ramón Diego Guzmán Chaverri. Expediente Nº 06-001289-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito San José, 15 de abril del dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Huertas Durán, Juez.—1 vez.—(42565).

A las ocho horas del veintiocho de mayo del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios y con la base de trescientos tres mil ochocientos diecisiete colones con cincuenta céntimos, por tratarse de segunda almoneda, al mejor postor remataré: un vehículo marca Isuzu, estilo: Trooper II, modelo: mil novecientos ochenta y seis, combustible: gasolina, color: rojo, cilindros: cuatro, pasajeros: nueve, carrocería: station wagon o familiar, motor: tres cero siete dos siete seis, chasis: JAACH18LXG5442220, cilindraje: dos mil doscientos cincuenta y cuatro c. c., placas: uno seis dos cuatro ocho nueve. Por haberse establecido así en ejecutivo prendario Nº 07-000481-0182-CI de Corporación Familiar Baher del Este S. A., contra Hernández Mora Carlos Luis.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 29 de abril del 2008.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(42578).

Títulos Supletorios

José Manuel Jiménez Marín, quien es mayor, casado una vez, oficial de seguridad, cédula de identidad Nº 2-402-415, vecino de San Juan de Florencia, San Carlos, 300 metros sur de la iglesia católica, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de La Propiedad la finca que le pertenece por compra que le hizo al señor Cosme Leise Jiménez Barrantes, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad Nº 2-187-131, vecino de San Juan de Florencia, San Carlos, de la iglesia católica 1 kilómetro al sur. Dicho inmueble se describe así: terreno con una casa de habitación, una galera y árboles frutales, destinado a finca de recreación sito en San Juan de Florencia, distrito segundo del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte: Ángel Solís González; oeste, Víctor Solís González y Julio César Lazo Paniagua; sur, Ana Beatris Jiménez Marín,  y al este, calle pública con una medida de setenta y nueve metros con diez centímetros lineales. Mide: seis mil doscientos diez metros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños y fue estimado en la suma de un millón quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. Se aportó el plano catastrado Nº A-123845-2007 de fecha 10 de setiembre del año 2007. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por José Manuel Jiménez Marín. Expediente Nº 08-100136-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de marzo del año 2008.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—1 vez.—Nº 31911.—(41450).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 06-000228-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Ángela Duarte Duarte, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Comunidad de Carrillo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero setenta y cinco- quinientos sesenta y dos, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público, de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Comunidad en el distrito segundo Palmira, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Pedro Rolando Martínez García; al sur, con calle pública con un frente a ella de diecisiete metros con cuarenta y cuatro decímetros lineales; al este, con Hedilberto Hernández Martínez, y al oeste, con María del Socorro Hernández Martínez. Mide: doscientos noventa metros con doce decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciere la hija Ana Isabel Duarte Duarte, hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, mantenimiento de rondas y cercos y construcción de casas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por María Ángela Duarte Duarte. Expediente Nº 06-000228-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de abril del 2008.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 31915.—(41451).

Anadilia Araya Salazar, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número dos-cuatrocientos ochenta y tres-doscientos doce, vecina de Aguas Zarcas de San Carlos, Urbanización El Caporal, setenta y cinco metros al oeste del Súper Luz, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra que le hiciere a Guillermo Claudio Araya Mejías, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número dos-doscientos catorce-novecientos ochenta, vecino de Aguas Zarcas, Urbanización Capotal 75 metros al sur del Súper Luz el día doce de agosto del dos mil cuatro. Dicho inmueble se describe así: terreno con una casa, sito en el distrito cuarto Aguas Zarcas, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: la norte, calle pública con un frente a ella de veinticinco metros lineales; al sur, Beatriz Salazar Araya; este, Rubén Carlos Salazar Araya, y al oeste, en medio quebrada Luis Guillermo Jiménez Serrano. Mide: novecientos cincuenta y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y condueños y fue estimado en la suma de doscientos mil colones al igual que las presentes diligencias. Se aportó el plano catastrado Nº 2-941827-2004 de fecha 9 de agosto del 2004. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria promovida por Anadilia Araya Salazar. Expediente Nº 07-100153-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de abril del 2008.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—1 vez.—Nº 31927.—(41452).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-000009-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de San Juanillo Properties Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos veinticuatro mil setecientos setenta y seis, la cual es representada por el señor Chen Azenkot de un único apellidos por su nacionalidad israelí, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Juanillo de Santa Cruz, Guanacaste, del cruce de Ostional, cincuenta metros al oeste, portador del pasaporte número ocho cero cinco ocho tres cuatro ocho, profesión comerciante, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de pastos. Situada en Jazminal el distrito sexto Cuajiniquil, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público con un frente del trescientos veinte punto doce metros; al sur, Álvaro Cubillo Aguirre; al este, Anselma Vega Prendas y camino público con un frente a él de trescientos treinta y ocho punto noventa y tres metros, y al oeste, José Alberto Cabezas Álvarez. Mide: diecinueve hectáreas siete mil ciento cuarenta y seis metros con setenta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-uno cero tres cuatro cinco dos cero-dos mil cinco de fecha quince de noviembre de dos mil cinco. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera el señor Melvin Porras Solano, mayor, divorciado una vez, taxista, cédula de identidad nueve - cero setenta y cuatro - quinientos veintidós, vecino de barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, doscientos metros al este y doscientos metros al norte del Servicentro San Martín y con quién no le liga ningún parentesco, adquirió la sociedad promovente el inmueble en fecha del diez de julio del año dos mil siete, trasmitiendo su anterior dueño su posesión de más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapia, cercado, rondeado y en general asistencia de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por San Juanillo Properties Sociedad Anónima. Expediente Nº 08-000009-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 10 de abril del 2008.—Lic. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Nº 32038.—(41453).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita expediente Nº 08-000154-0386-CI diligencias de información posesoria por parte de Gabyale Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos setenta y dos mil trescientos treinta y cinco, representada por Enny Mary Cordero Rivera, mayor de edad, divorciada una vez, vecina de San José, Curridabat, Granadilla, Urbanización Eucaliptos, cédula de identidad número uno-quinientos setenta-trescientos veintisiete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir. Situada en el distrito y cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Ugarte Huertas; al sur, calle pública con un frente a ella de veinte metros lineales; al este, Greivin Ugarte Moraga, y al oeste, Berta Gutiérrez Gutiérrez. Mide: ochocientos veintinueve metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados según plano catastrado G-un millón doscientos treinta y tres mil ciento setenta y tres-dos mil siete de fecha veintinueve de agosto del dos mil siete. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de María Catalina Quintanilla Quintanilla, mayor de edad, ama de casa, casada una vez, vecina de Liberia, cédula de identidad nueve-cero diez-seiscientos ochenta y dos mediante venta en fecha veinticinco de agosto del dos mil seis, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Gabyale Sociedad Anónima. Expediente Nº 08-000154-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 23 de abril del año 2008.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 32077.—(41454).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-001527-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lidieth Sánchez Romero, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Estrella de El Guarco, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 03-0204-0519, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno tacotal. Situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Arley Artur; al sur, quebrada Domian; al este, calle pública y con Lidieth Sánchez Romero, Dora Emilia Cerdas Sánchez y Rocío Cerdas Sánchez, y al oeste, quebrada Domian. Mide: treinta y seis mil ochenta y ocho con setenta y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de setecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión directa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido del inmueble, mantenimiento de cercas y chapea del tacotal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lidieth Sánchez Romero. Expediente Nº 07-001527-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 17 de abril del 2008.—Lic. Carlos Picado Vargas, Juez.—1 vez.—(41826).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovido por Inversiones y Finanzas de Puntarenas, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil setecientos ochenta y cuatro, representada por Dinorah Ugalde Arias, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de San Isidro de Montes de Oro, cédula número seis-ciento veinticinco-seiscientos veintiuno, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno con una casa, patio y jardín, sito en el distrito tercero, cantón cuarto, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte y oeste, Dinorah Ugalde Arias; al sur, con Efraín Ugalde Arias, y al este, con calle pública con doce punto veintiséis metros. Mide: trescientos cincuenta y cuatro mil diez metros cuadrados, según plano catastrado P-uno cero siete tres cero dos cuatro-dos mil seis. Que ha mantenido la posesión en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 08-100269-642-CI-2 de Inversiones y Finanzas de Puntarenas.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—1 vez.—Nº 32415.—(41890).

Leonardo Salas Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, cédula número dos-ciento noventa y nueve-trescientos cincuenta y siete, vecino de Santa Rita de Florencia, San Carlos, Alajuela, dos kilómetros al norte del Templo Católico, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre, en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de agricultura y charral, sito en Santa Rita de Florencia, distrito dos de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, José Olivier Álvarez Salas, Óscar Arias Pérez, Sigifredo Herrera Herrera y quebrada sin nombre en medio, al sur, María Luisa Barboza Cascante, Carmen María Montero Barrantes y quebrada sin nombre en medio; al este, Estela Gamboa Rojas y en parte quebrada, y al oeste, Carlos Bogarín Rodríguez, Eduardo Rodríguez González quebrada Santa Rita en medio y Zoraida González Rodríguez. Mide de acuerdo al plano catastral aportado Nº A-1121524-2006 de fecha doce de diciembre de dos mil seis, una superficie de ocho hectáreas nueve mil quinientos ochenta metros siete decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito manifiesta el titulante que lo adquirió, una parte por venta que le hicieran los señores Juan Rafael Guerrero Oviedo, cédula Nº 2-259-379 y Luis Ángel Guerrero Oviedo, cédula Nº 2-247-445, mediante escritura pública Nº 78 ante el notario Juan María Vásquez Artavia, en fecha tres de enero de mil novecientos setenta, con quien no tiene parentesco, y la otra mitad la adquirió por venta que le hiciera su hermano Carlos Luis Salas Rojas, cédula 2-196-597, mediante escritura pública Nº 157 ante el notario Luis Gerardo Valenciano Salazar, en fecha tres de setiembre de mil novecientos noventa y siete, quienes le transmitieron la posesión ejercida por ellos en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño por más de treinta y siete años. El fundo fue estimado en la suma de un millón de colones y las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de cien mil colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 08-000030-0298-AG promovida por Leonardo Salas Rojas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 4 de abril del 2008.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Nº 32456.—(41891).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Eugenio Pérez Garro, cédula número uno-seiscientos ochenta y siete-trescientos treinta y ocho, soltero, comerciante, vecino de Vargas Araya, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de agricultura y pasto de ganado, sito en distrito segundo “Savegre” del cantón sexto de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, y este, calle pública; al sur, con Fortuneto Campos Brenes y Rosibell Carmona Navarrete, y al oeste, con Asociación de Agricultores de Matapalo. Mide: dos hectáreas ochocientos setenta y un mil metros cuadrados con ochenta y seis decímetros, según plano catastrado número P-siete dos siete ocho nueve tres-dos mil uno. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de quinientos mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 06-1600-642-CI-2.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—1 vez.—(42454).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada a las diez horas del nueve de abril del año dos mil ocho, ante esta notaría, la señora Sandra Vásquez Núñez, mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, portadora de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y dos-ciento noventa y siete, solicita la tramitación en sede notarial del proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera su madre Graciela Núñez Salazar, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Alajuela, con cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y cinco-seiscientos treinta y ocho, fallecida el día ocho de abril del año mil novecientos noventa y cuatro. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sita en San José, de la entrada oeste del Centro Comercial del Sur, ciento setenta y cinco metros al oeste, segunda planta, oficina número cinco. Teléfono dos doscientos veintiséis-cincuenta y cuatro setenta y cinco. Actividad judicial no contenciosa. Expediente número cero cero cero uno-dos mil ocho.—Lic. Yency Villalobos Vindas, Notaria.—1 vez.—(33639).

Avisos

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Kenneth Guzmán Cruz, Notificador del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en Proceso Abreviado de Presunción de Muerte, N° 2005-100082-0216-CI, promovido por Mercedes Mayela Sandí Retana, cédula uno- quinientos ocho- ochocientos siete, a favor del presunto muerto Eduardo Aguirre Ureña, cédula dos- doscientos sesenta y uno-cero setenta y ocho, se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: Sentencia de Primera Instancia, N° 12-2008. “Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo, a las quince horas del veintidós de enero del dos mil ocho....Resultando...Se dio audiencia a la Procuraduría General de la República...Considerando..., Por tanto: razones expuestas y artículos de ley mencionados: se acogen las presentes diligencias y por lo tanto se declara la presunción de muerte del señor Eduardo Aguirre Ureña. En consecuencia, se entregan en posesión definitiva sus bienes, sin necesidad de fianza a sus herederos presuntivos, en este caso a su esposa Mercedes Mayela Sandí Retana, quedando cancelada la garantía dada para la posesión provisional de los bienes. Se ordena transcribir lo resuelto al Registro Civil de las Personas, para su inscripción. Publíquese esta declaración por tres veces en el Boletín Judicial, con intervalos de quince días, y en un periódico de circulación nacional. Se rechaza la pretensión de autorización de venta de bienes que estén a nombre del presunto fallecido, para ello debe acudir la interesada al respectivo proceso sucesorio, ya sea en vía notarial o judicial. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo de Hatillo.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(41489).

Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez del Juzgado Civil de Cartago; hace saber a Kinling Yan, que en este Despacho se interpuso un proceso Ejecutivo Hipotecario en su contra, bajo el expediente número 07-000271--0640-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Cartago, a las diez horas y dieciséis minutos del veintidós de febrero del dos mil siete. Se tiene por establecido el presente proceso Ejecutivo Hipotecario en contra de Kinling Yan; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta N° 211 del cuatro de noviembre, de mil novecientos noventa y seis). Con la base de ciento cuarenta y dos mil trescientos cuarenta y cinco Unidades de Desarrollo o su equivalente en colones a la fecha del remate; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea la(s) finca(s) del partido de Cartago, matrícula número 53.988-000. Se le previene a la parte actora presentar certificación de valor de la Unidad de Desarrollo para el día del remate. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil siete. Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se da audiencia por tres días al (los) demandado(as). Expídase el mandamiento de Anotación de la Demanda. Se les recuerda a las partes que en la actualidad tienen la posibilidad de conciliar en cualquier momento del proceso (Ley N° 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, razón por la que el despacho esta en la mejor disposición de señalar para esos efectos si así se solicita. Notifíquese esta resolución al (los) demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, artículo 2 ibídem. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial. Se tiene por autorizado al licenciado Fernando Solano Martínez, a fin de que participe en nombre de su representada en la subasta del bien dado en garantía. Notifíquese. Lic. Karol Solano Ramírez, Juez” y la “Juzgado Civil de Cartago, a las diez horas y once minutos del dos de abril del año dos mil ocho. Habiéndose depositado la suma prudencial fijada para responder en forma provisional a los honorarios de curador, se nombra como tal al licenciado Ricardo Moreno Navarro; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio y lugar, éste último dentro del perímetro judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis. La parte, interesada puede localizarlo al teléfono 2270-1713, 2270-2650, o al 8884-4696. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo anterior se ordena así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica, contra Kinling Yan. Expediente Nº 07-000271-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 02 de abril del 2008.—Lic. Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 32126.—(41486).

2 v. 2..

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes presentes en este Despacho Lucy Isabel Ballestero Alvarado, mayor, soltera, vendedora, cédula de identidad número 0304170701, vecina de Calle Blancos El Encanto, tercera etapa, casa 12-E, hija de Ricardo Ballestero Calvo y Fressy Alvarado Vindas, con 21 años de edad, y Pablo Antonio Guevara Montero, mayor, soltero, ebanista, cédula de identidad número 0111460734, vecino de Calle Blancos El Encanto, tercera etapa, casa 12-E, hijo de Carmen María Guevara Montero, con 25 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 08-001031-0165-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de mayo del año 2008.—Lic. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—(42275).

Han comparecido ante este Despacho Guido Gerardo Espinoza Picado, quien es mayor de edad, soltero, veintiocho años de edad, técnico en Construcción en Mantenimiento 2, nativo de Centro Central Alajuela; vecino de Cañas, Barrio Santa Isabel arriba, 125 metros sur del puente de hamaca, portador de la cédula de identidad número 2-0544-0112, hijo de Rafael Gerardo Espinoza González, costarricense, empleado del ICE y Marlene Picado Vargas, costarricense y ama de casa y Flor María Ramírez Palacios, soltera, de treinta y un años de edad, ama de casa, nativa de Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste; vecina de Barrio Santa Isabel arriba, 125 metros sur del puente de hamaca, cédula de identidad 5-0295-0961, hija de Guillermo Ramírez Sibaja, pensionado, costarricense y Virginia Palacios Sibaja, fallecida, costarricense. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice, está en la obligación de manifestarlo ante el Juzgado Civil y de Familia de Cañas, Guanacaste dentro del plazo de ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Juzgado Civil de Cañas, 25 de abril del 2008.—Lic. Ana C. Fernández Acuña, Jueza.—1 vez—(42384).