BOLETÍN JUDICIAL Nº 179 DEL 17 DE SETIEMBRE DEL 2008
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
CIRCULAR Nº 127-08
ASUNTO: Ampliación de la Circular Nº 110-08 sobre “Remisión de los testimonios de sentencia al Instituto Nacional de Criminología, vía correo electrónico.
A LAS AUTORIDADES PENALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 41-08, celebrada el 3 de junio del 2008, artículo LVI, dispuso ampliar lo establecido en la Circular 110-08, para que en adelante se lea:
“El Consejo Superior, en sesión Nº 41-08, celebrada el 3 de junio de 2008, artículo LVI, dispuso hacer de conocimiento de los despachos judiciales que tramitan materia penal, que cuando envíen testimonios de sentencia al Instituto Nacional de Criminología, podrán hacerlo vía correo electrónico, siempre y cuando se envíe también la impresión del testimonio en papel.
Para estos efectos, y entre tanto queda habilitado el SIAP (Sistema Integrado de Administración Penitenciaria) las comunicaciones pueden remitirse a la siguiente dirección: msibaja@mj.go.cr”
Asimismo, el Consejo Superior, en sesión Nº 50-08, celebrada el 3 de julio del 2008 artículo XXXIX, dispuso aclarar que las copias de la sentencia, también se deben remitir vía correo electrónico de la Oficina Centralizada de Información Penitenciaria, cuya dirección aparece en la lista de correos electrónicos oficiales del Poder Judicial.
San José, 03 de setiembre del 2008.
Lic. Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(86696) Secretaria General
CIRCULAR Nº 158-08
ASUNTO: Reiteración de la Circular Nº 122-07 “Plazo para la tramitación de los pasaportes diplomáticos y de servicio establecido por el Departamento de Pasaportes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”, publicado en el Boletín Judicial Nº 241-07 de 14 de diciembre del 2007.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 60-08, celebrada el 14 de agosto del 2008, artículo LXI, dispuso reiterar la Circular Nº 122-2007 “Plazo para la tramitación de los pasaportes diplomáticos y de servicio establecido por el Departamento de Pasaportes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”, publicada en el Boletín Judicial Nº 241 del 14 de diciembre 2007, que literalmente dice:
“El Consejo Superior, en sesión Nº 83-07, celebrada el 6 de noviembre del 2007, artículo LXIV, dispuso comunicarles que el plazo establecido por el Departamento de Pasaportes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para la tramitación de los pasaportes diplomáticos y de servicios es de 6 días hábiles para la tramitación de pasaportes nuevos y 3 días hábiles para solicitar la visa de salida.”
San José, 04 de setiembre del 2008.
Lic. Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(86700) Secretaria General
CIRCULAR Nº 163-08
ASUNTO: Vestimenta autorizada para el 12 de setiembre, con motivo de la celebración de nuestra independencia.
A LOS SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 66-08 de 3 de setiembre del 2008, artículo LXXIX, dispuso autorizar a los servidores judiciales del país, para que el 12 de setiembre en curso, en tanto no se tengan diligencias programadas que impliquen el uso de traje formal asistan a sus lugares de trabajo, si es su deseo, con traje típico, o con vestimenta que contenga los colores patrios (azul, blanco y rojo), a esos efectos se autoriza el uso de pantalones estilo casual sea “army” o “manta”. El atuendo que se use debe mantener el decoro requerido. No se autoriza el uso de jeans.
San José, 10 de setiembre del 2008.
Lic. Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(86704) Secretaria General
segunda PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Asesoría Legal.—San José, a las once horas del tres de setiembre de dos mil ocho. No habiendo sido posible localizar a Javier León Álvarez, cédula Nº 06-0183-0732 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haber aceptado el cargo conferido como perito sin dar razones de la no aceptación, notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 1585-08 Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. A las horas siete horas con cuarenta minutos del diecinueve de mayo de dos mil ocho. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Javier León Álvarez, mayor, costarricense, auxiliar perito, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el licenciado José Miguel González Molina, Juez Tramitador del Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José. Específicamente se le atribuye al señor León Álvarez, no haber aceptado el cargo conferido como perito sin dar razones de la no aceptación; lo anterior dentro del Proceso Sucesorio Nº 06-000469-0164-CI de quien en vida se llamó Kenneth Villanea Morales. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que disponen los artículos 29 y 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se le advierte de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, que debe señalar medio o lugar donde atender notificaciones futuras en este asunto, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese. Expediente Administrativo PE-98-08.
Lic. Alfredo Jones León
(84727). Director Ejecutivo
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Asesoría Legal.—San José, a las once horas del tres de setiembre de dos mil ocho. No habiendo sido posible localizar a Javier León Álvarez, cédula Nº 06-0183-0732, y en virtud de seguirse causa administrativa por no haber aceptado el cargo conferido como perito sin dar razones de la no aceptación, notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 2222-08. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. A las nueve horas del veintiuno de julio de dos mil ocho. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Javier León Álvarez, mayor, costarricense, auxiliar perito, cédula Nº 6-183-732, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el servidor Jairo Jiménez Sandoval, Asistente Judicial del Juzgado Civil de Cartago. Específicamente se le atribuye al señor León Álvarez, no haber aceptado el cargo conferido y no dio al despacho razones por las cuales no aceptó; lo anterior dentro del Proceso Sucesorio Nº 05-000506-640-CI de Aurora Ulloa Ly. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se le advierte de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, que debe señalar medio o lugar donde atender notificaciones futuras en este asunto, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.
Alfredo Jones León
(84728). Director Ejecutivo
segunda PUBLICACIÓN
A las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, y con la base de cuatro millones ochocientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: derecho a un sétimo de la finca del partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil cuatrocientos veintitrés-cero cero siete (14923-007), la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01, cantón 03 Santo Domingo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Elena Moreira Castro; al sur, José Humberto Zamora Bolaños; al este, Banco Nacional de Costa Rica, y al oeste, calle pública con 7 metros, 19 centímetros. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, inscrita a nombre de Helberto Moreria González. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Javier Umaña Álvarez contra Herberto Moreira González. Expediente Nº 01-000432-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 22 de agosto del 2008.—Lic. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—(85717).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Elan Mauricio Bermúdez Fallas, costarricense, casado una vez, vecino de Barra del Tortuguero, titular de la cédula de identidad número siete-ciento catorce- doscientos trece, se les emplaza así como a los que se consideren con igual o mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en su defensa. Publíquese el edicto por única vez. Diligencias de devolución del fondo de capitalización laboral y fondo complementario de pensiones obligatorio del trabajador fallecido Elan Mauricio Bermúdez Fallas. Expediente Nº 08-300079-0681-LA, Nº interno 090-08-2, gestionante Noelia Katiana Hernández Contis.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito de la Zona Atlántica, Guápiles, 11 de agosto del 2008.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—(85733).
Se cita y emplaza a los causahabientes de Mario Tencio Villalta, quien en vida fuera mayor, soltero, mensajero, vecino de La Maravilla de Juan Viñas, doscientos metros al sur del Bar Checo, portador de la cédula de identidad número 3-0197-1256, quien falleció el ocho de setiembre del año dos mil dos; para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen a estas Diligencias de devolución de cuotas de Trabajador Fallecido que depositará la Operadora de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, por devolución del fondo de capitalización laboral que pertenecían al causahabiente, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieran, se entregará el respectivo importe a quienes tengan derecho de conformidad con lo dispuesto por el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior en diligencias establecidas por Carmen Tencio Bejarano, expediente número 08-300011-0353-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Jiménez, Juan Viñas, 27 de agosto del 2008.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(85734).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fondo de capitalización laboral del aquí fallecido Alexis Amador Méndez, quien fue mayor, viudo, peón bananero, con cédula 1-0334-0595, vecino de Banacol, quien falleció el dieciséis de marzo del dos mil ocho, se consideren con derecho a las mismas para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 08-300048-934-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres, a las diez horas del veinticinco de agosto del dos mil ocho.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—1 vez.—(85735).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 08-300025-0239-LA (31-08), que es consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Gerardo Espinoza Chavarría, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, oficial de seguridad, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-0357-0285; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por su cónyuge supérstite Ruth Jácamo Badilla.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 21 de agosto del 2008.—Lic. Xinia Solís Pomares. Jueza.—1 vez.—(85736).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida Elena Díaz Morales quien fuera mayor, soltera, manufacturera, cédula de identidad número 1-1199-0077, vecina de San Miguel de Desamparados, quien falleció el 17 de enero de 2008, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo del fondo de capitalización laboral, tramitada en el expediente número 08-300089-0237-LA (100-2-08), gestionada por Vera Virginia Morales Ramos y Carlos Luis Díaz Sánchez, quien son mayores, casados entre sí, ama de casa y pensionado, respectivamente, cédulas de identidad números 1-0561-0662 y 1-0520-0685, respectivamente, ambos vecinos de la dirección mencionada supra, contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del BAC San José, S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 1º de agosto del 2008.—Lic. Cristian Martínez Hernández, Juez a. í.—1 vez.—(85737).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido, de quien en vida se llamo Ennoc Ramon Chavarría Trejos, quien en vida fuere mayor, costarricense, casado, portó la cédula de identidad número 1-274-033, y quien falleciere el día 11 de abril del 2003, y que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este Edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en devolución de Ahorros de trabajador fallecido, expediente Nº 08-300020-891-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(85738).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución fondo de capitalización laboral del fallecido Víctor Hugo Salazar Salazar, quien en vida fue mayor, casado, costarricense, vecino de San Joaquín de Colorado de Abangares, de la escuela 900 metros al suroeste, con cédula número 5-0141-1041, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersone ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo expediente número 08-300016-0403-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional de Abangares, tres de setiembre del dos mil ocho.—Lic. Marina Ruiz García, Jueza.—1 vez.—(86148).
segunda PUBLICACIÓN
A las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, remataré 26 piezas de madera desglosadas así:
Nº de piezas Especie (M3)Volumen Valor
26 Manú 0,41(m3) ¢41.672,40
Total (26 piezas) 0,41(m3) ¢41.672,40
Las piezas de madera se encuentran en Siquirres, Bajos del Tigre Sector oeste del andarivel sobre el río Pacuare (coordenadas 5868691220470). Se remata por haberse ordenado en el Exp. Nº 08-200904-486-PE. (Com.69-08-2008) por el delito de Infracción Ley Forestal, en contra de Álvaro Carazo y otro, en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Siquirres, 29 de agosto del 2008.—Lic. Patsy Mora Retana, Jueza.—(85710).
En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas con treinta minutos del tres de octubre del dos mil ocho, remataré en el mejor postor con la base de seiscientos cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y un colones con sesenta céntimos, lo siguiente: Un total de 36 trozas de madera; 35 de la especie Laurel con un volumen de 12,57 metros cúbicos, y 1 de Lagarto con un volumen de 1,29 metros cúbicos, madera que se encuentra en buen estado y en depósito provisional de la Junta Educación del Colegio de Aguas Zarcas. Se remata por estar así ordenado en comisión número 98-1-08, expediente número 08-202090-306-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Rafael Soto López, en daño de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Rodríguez Solís, Juez.—(85712).
A las siete horas con cuarenta minutos del tres de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de un millón novecientos seis mil ciento once colones con cero céntimos; cinco trozas de madera de la especie Ceibo, seis trozas de madera de la especie Chilamate, dos trozas de madera de la especie Jobo, dos trozas de madera de la especie Cebo, una troza de madera de la especie Níspero y una troza de madera de la especie Canfín. Con un volumen total de cincuenta punto noventa y cuatro metros cúbicos, que se encuentra en depósito provisional del señor Edwin Rafael Villalobos Porras; en terrenos aledaños del Colegio de Boca de Arenal. Se remata por estar así ordenado en comisión número 97-3-08, expediente número 08-202091-306-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra ignorado, en daño de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de agosto del 2008.—Lic. Arturo Barrantes Conejo, Juez.—(85713).
A las siete horas con treinta minutos del seis de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la base de ciento cuarenta y ocho mil ochenta y siete colones con veintinueve céntimos; cuatro trozas de madera de la especie Plomillo, una troza de madera de la especie Guabo, cuatro trozas de madera de la especie Gavilán y una troza de madera de la especie Fruta Dorada. Con un volumen total de cuatro punto novecientos ocho metros cúbicos, que se encuentra en depósito provisional del señor Eladio Rojas González en la Finca de los Dabelis en medio de Veracruz y Quebrada Grande. Se remata por estar así ordenado en comisión número 100-3-08, expediente número 08-202008-306-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Eladio Rojas González, en daño de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de agosto del 2008.—Lic. Arturo Barrantes Conejo, Juez.—(85714).
En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas con cuarenta minutos del seis de octubre del dos mil ocho, remataré en el mejor postor con la base de veinticinco mil novecientos siete colones con setenta y ocho céntimos, lo siguiente: 1 block de la especie Gavilán, con grosor de 0,23 (m), ancho 0,26 (m), largo 2,53 (m), y 4 tablas de Gavilán, con grosor de 0,02 (m), un ancho de 0,26 (m) y de largo 2,53 (m), para un volumen de 0,20 metros cúbicos; misma que se encuentra en finca de Óscar Sirias Cordero, en Los Almendros de Cutris, San Carlos. Se remata por estar así ordenado en comisión número 101-1-08, expediente número 08-202007-306-PE, por infracción a la Ley Forestal contra Óscar Mario Sirias Sibaja, en daño de los recursos naturales. Publíquese.—Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Rodríguez Solís, Juez.—(85715).
A las ocho horas, treinta minutos del nueve de octubre de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, se rematará: 22 trozas de laurel, con un valor total de 103.387,20 colones, (ciento tres mil trescientos ochenta y siete colones con veinte céntimos) un volumen total de 2,38 metros cúbicos; así mismo 68 piezas de madera laurel y cedro, las cuales son 1.55986648 metros cúbicos para un total de 720.65754 pulgadas con un valor de 252.230,14 colones, (doscientos cincuenta y dos mil doscientos treinta colones con catorce céntimos). Así ordenado en proceso penal sumaria Nº 08-000811-0359-PE, por el delito de Inf. Ley Forestal contra Adrián Sánchez Jiménez y Vinicio Brenes Coto.—Juzgado Penal de Turrialba, 21 de agosto del 2008.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(85716).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando anotación de demanda ordinaria a las citas 573-86062-01-0001-001, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento once-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, situado en distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colindantes norte, Municipalidad de Pérez Zeledón; sur, lote dos camino de servidumbre, Doris Cartín, Víctor Julio y Luis Herrera; este, calle pública, Judith Morales Fallas y Las Montañas de San Antonio de Térraba S. A., y al oeste, Ángela Cruz Cruz y Judith Morales Fallas. Mide: mil ochocientos noventa y dos metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano SJ-0256590-1995. Propiedad de Rosey Mary Rivera Ruiz. Para el primer remate con la base de once millones setecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos trece colones con noventa y siete céntimos, se señalan las nueve horas del dieciséis de octubre de dos mil ocho; fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta, con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de ocho millones ochocientos veinticuatro mil sesenta colones con cuarenta y ocho céntimos, se señalan las nueve horas del seis de noviembre de dos mil ocho; y para celebrar el tercer remate con la base de dos millones novecientos cuarenta y un mil trescientos cincuenta y tres colones con cuarenta y nueve céntimos, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil ocho. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 08-100482-188-CI, interno 518-08-R-4 de Credecoop R. L. contra Rose Mary Rivera Ruiz.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 4 de setiembre de 2008.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 59211.—(86030).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con dos casas de habitación, situada en el distrito primero, cantón diecinueve de la provincia de San José. Linda: norte, Miguel Rivera Núñez; sur, lote dos, camino de servidumbre, Doris Cartín, Víctor Julio y Luis Herrera; este, calle pública y Judith Morales Fallas, y al oeste, Ángela Ruiz Cruz y Judith Morales Fallas. Mide: mil seiscientos cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano SJ-0889167-2003. La base del primer remate de once millones trescientos ochenta y tres mil doscientos veintiséis colones con veintiún céntimos para lo cual se señalan las diez horas del nueve de octubre de dos mil ocho. Fracasado dicho remate con la base rebajada de un veinticinco por ciento sea la suma de ocho millones quinientos treinta y siete mil cuatrocientos diecinueve colones con sesenta y seis céntimos a efectos de realizar el segundo remate, se señala para las nueve horas del treinta de octubre de dos mil ocho y en caso de no existir oferentes con la base de un veinticinco por ciento de la base original con la suma de dos millones ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos seis colones con cincuenta y cinco céntimos celébrese tercer remate al ser las catorce horas treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil ocho. La finca descrita pertenece a Ángela Ruiz Cruz, cédula Nº 2-209-219. Lo anterior se remata por estar ordenado así en demanda de ejecución hipotecaria Nº 08-100480-0188-CI, interno 516-08-R-2 de Credecoop R.L. contra Rose Mary Rivera Ruiz y Ángela Ruiz Cruz.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 22 de agosto de 2008.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 59212.—(86031).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones al tomo trescientos treinta y dos, asiento tres mil setecientos setenta y dos, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, matrícula número trescientos seis mil trescientos noventa-cero cero cero; que es terreno para agricultura con una casa, situado en distrito cuarto Rivas, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes: norte, Edelma Elizondo Castillo; sur, calle pública y lote de Lesmes Marín Córdoba; este, Minen, Lesmes Marín Córdoba, y al oeste, Ernestina Segura Calderón. Mide: mil seiscientos cuarenta y tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Eladio Calderón Valverde. Para el primer remate se señalan las diez horas, treinta minutos del treinta de octubre del año dos mil ocho, con la base de seis millones setecientos mil colones. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veinte de noviembre del año dos mil ocho, con la base de cinco millones veinticinco mil colones; y para el tercer remate se señalan las once horas del once de diciembre del año dos mil ocho, con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil colones. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 08-100498-0188 CI (interno 536-08 JB1) de Corporación Keo del Sur S. A., contra Eladio Calderón Valverde.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 28 de agosto de 2008.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 59227.—(86032).
A las once horas del diez de diciembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de setecientos cincuenta mil colones, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, sistema de Folio Real matrícula número doscientos cuarenta y un mil setecientos cincuenta y nueve cero cero cero que es terreno de pastos, situado en distrito sexto Platanares, cantón; diecinueve de Pérez Zeledón, provincia de San José. Lindantes: norte, calle pública; sur, servidumbre de paso en medio Diego Villalobos; este, María Rosa Montes y Ramón Villalobos, y al oeste, Francisco del Carmen Villalobos Ramírez. Mide: mil seiscientos veintiocho metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Jaime Villalobos Ramírez. Lo anterior se remata por estar así ordenado en ejecutivo simple Nº 07-100507-0188 CI (interno 543-07-M3) de María Isabel Quirós Jiménez contra: Jaime Villalobos Ramírez.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 1º de setiembre del 2008.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—Nº 59236.—(86033).
A las nueve horas, treinta minutos del veinte de octubre de dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y dos mil quinientos setenta y cinco colones, al mejor postor se rematará: finca del partido de San José, matrícula doscientos tres mil doscientos cuarenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, con los siguientes linderos: al norte, calle pública y Blanca Cordero F.; sur, María Fernández Salazar; este, Blanca Cordero F., y Antonio Ramírez, y al oeste, Isidro Claves. Para el segundo remate se señalan las nueve horas, treinta minutos del tres de noviembre de dos mil ocho, con la base de tres millones seiscientos sesenta y un mil novecientos treinta y un colones, con veintiocho céntimos (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas, treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil ocho con la base de un millón doscientos veinte mil seiscientos cuarenta y tres colones con setenta y dos céntimos (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 08-100135-197-CI de Antonio Murillo Solís contra José Francisco Zúñiga Cordero y Blanca Cordero Fernández.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 2 de setiembre de 2008.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—Nº 59264.—(86034).
Soportando servidumbre trasladada, sin más gravámenes hipotecarios, a las trece horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de once millones seiscientos treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca dada en garantía, inscrita al partido de Limón, matrícula 28080-000. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de ocho millones setecientos veintiséis mil novecientos siete colones con cuarenta y seis céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior), se señalan las trece horas, treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil ocho. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las trece horas, treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil ocho, esta vez con la base de dos millones novecientos ocho mil novecientos sesenta y nueve colones con quince céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). El bien a rematar se describe así: terreno para construir, situado en el distrito primero Guápiles, cantón segundo Pococí, de la provincia de Limón. Que mide: cuatrocientos sesenta y ocho metros con cuatro decímetros cuadrados. Linda: al norte, con René Mejía Soto; al sur, con Horacio Alfaro Vargas; al este, con Cecilia Villafuerte Villafuerte, al oeste, con, carretera con catorce metros y cincuenta y cinco centímetros. Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 08-000388-0930-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Harley Antonio Enríquez Brenes y Natalia Sirias Matarrita.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 13 de agosto del 2008.—Lic. Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 59278.—(86035).
En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios se señala a las ocho horas, treinta minutos del siete de octubre del dos mil ocho, y con la base de un millón cuatrocientos veintiocho mil quinientos setenta y un colones con cuarenta céntimos para cada una de las fincas, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1- finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 148, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con seis metros; al sur, Candelería La Maravilla Limitada; al este, lote 147, y al oeste, lote 149. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 2- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 149, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 148, y al oeste, con lote 150. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 3- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 150, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 149, y al oeste, con lote 151. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 4- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 151, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 150, y al oeste, con lote 152. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 5- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 152, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 151, y al oeste, con lote 153. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 6- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 153, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 152, y al oeste, con lote 154. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 7- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y seis - cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 154, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 153, y al oeste, con lote 155. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 8- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 155, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 154, y al oeste, con lote 156. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 9- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 156, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 155, y al oeste, con lote 157. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 10- Finca inscrita en el Registro Público del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 157, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 156, y al oeste, con lote 158. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 11- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 158, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este con lote 157, y al oeste, con lote 159. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 12- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 159, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 158, y al oeste, con lote 160. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 13- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 160, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 159, y al oeste, con lote 161. Mide: ciento veinte metros cuadrados. 14- Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 161, situada en el distrito doce Chacarita, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con seis metros; al sur, con Candelería La Maravilla Limitada; al este, con lote 160, y al oeste, con lote 162. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas, treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil ocho, con la base de un millón setenta y un mil cuatrocientos veintiocho colones con cincuenta y cinco céntimos, para cada una de las fincas (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas, treinta minutos del seis de noviembre del dos mil ocho, con la base de trescientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos para cada una de las fincas (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Wilberth Barrantes Fuentes contra Martín Gerardo Quirós Morales. Expediente Nº 08-100487-642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—Nº 59318.—(86036).
Desde la puerta exterior de este despacho, con la base de la hipoteca de segundo grado, sea la suma de siete millones cuatrocientos dieciocho mil ciento cuarenta y tres colones con noventa y cuatro céntimos, y libre de anotaciones judiciales, pero soportando hipoteca de primer grado en favor de la Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo y demanda ordinaria a favor del Juzgado de Familia de Liberia, según sumaria 06-400259-385-FA, remataré: finca inscrita en el Registro Público, provincia de San José, matrícula de Folio Real ciento catorce mil setenta y tres-cero cero cero, naturaleza lote 2, terreno para construir, sita en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con Claudia Peralta Zúñiga y Rodríguez Ramírez Angulo; al sur, con Julio César Jaén Contreras; al este, con Francisco Acevedo Vargas y otro, y al oeste, con calle pública con 17 metros, 55 centímetros. Mide: ochocientos noventa y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados, para tal efecto se señalan las catorce horas, diez minutos del siete de octubre de dos mil ocho (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas, diez minutos del veintiuno de octubre de dos mil ocho, con la base de cinco millones quinientos sesenta y tres mil seiscientos siete colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas, diez minutos del cinco de noviembre de dos mil ocho, con la base de un millón ochocientos cincuenta y cuatro mil quinientos treinta y cinco colones con noventa y ocho céntimos (un 25%). Se remata por ordenarse así dentro del proceso hipotecario ejecutivo Nº 04-000310-182CI (1) de Concentrados para Animales Granero Almosi S. A., contra Carmen María Briceño Carvajal.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 26 de agosto del 2008.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 59335.—(86037).
A las nueve horas del ocho de octubre del dos mil ocho libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de ochocientos mil colones, al mejor postor remataré: un buque P-dos mil seiscientos ochenta y tres; Capitán Eduardo, casco de madera, eslora diez metros, manga tres metros punto veinticinco metros, puntal u punto cuarenta y cinco metros, motor número siete cinco V uno cuatro uno cuatro. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 07-100049-642-CI-2 de José Enrique Cruz Zeledón contra José Tomas Espinoza Platero.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Antonio Víctor Tobal, Juez.—Nº 59392.—(86038).
A las nueve horas del primero de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladadas bajo las citas 321-03627-01-0901-001 y con la base del valor declarado en la certificación extendida por la Municipalidad de Grecia, visible a folio 118, sea la base de un millón doscientos mil colones netos, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 175.560-00, y que se describe así: terreno de repasto, sito en el distrito seis, Río Cuarto, del cantón tres, Grecia de la provincia de Alajuela. Mide: ciento setenta mil doscientos quince metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Linderos: norte, Río Cuarto y calle pública; sur, Álvaro Villalobos; este, sección B de Rodolfo Rodríguez, y al oeste, calle a la chanchera. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 07-100581-0297-CI (3C) que es ejecutivo simple de Rodrigo Arce Ulloa contra Agroindustrial Georgyana S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 14 de agosto del 2008.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—Nº 59423.—(86039).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes pero soportando anotación de demanda ordinaria visible a las citas tomo 574, asiento 13514, a las ocho horas del catorce de octubre del dos mil ocho, y con la base de doscientos mil novecientos dólares con ochenta y un centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero nueve dos nueve nueve ocho cero cero cero, la cual es terreno con varios edificios, situada en el distrito Nicoya, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Joanne Roquet Parra y Gabriel Díaz Díaz; al sur, Jesús Delgado, Santos y Gabriel Díaz Díaz; al este, río Nosara, y al oeste, Jesús Delgado y calle pública. Mide: veintiún mil veintisiete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de octubre del año dos mil ocho, con la base de ciento cincuenta mil seiscientos sesenta y siete dólares con once centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del once de noviembre del año dos mil ocho con la base de cincuenta mil doscientos veinticinco dólares con setenta centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Francia Catalina Quirós Mora. Expediente Nº 08-000180-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 26 de agosto del 2008.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 59444.—(86040).
En la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, a las nueve horas, treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil ocho y con la base de ciento trece millones, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, número doscientos cuarenta y un mil quinientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir, sito en distrito 03 San Rafael, cantón dos Escazú de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Mario García Golcher con 34,45 metros; sur, Elías Saborío Flores con 34,27 metros; este, Elías Saborío Flores con 20,15 metros, y al oeste, calle pública con 20,43 metros. Mide: seiscientos noventa y siete metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas, treinta minutos del seis de noviembre del dos mil ocho, con la base de ochenta y cuatro millones setecientos cincuenta mil colones (rebaja en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas, treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil ocho, con la base de veintiocho millones doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria Nº 08-100292-0295-CI del Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Pérez Fernández.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 27 de agosto del 2008.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 59461.—(86041).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones a las diez horas del catorce de octubre del año dos mil ocho, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dos nueve cero cuatro cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito primero, cantón Guanacaste, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Máximo Rojas; al sur, calle pública; al Candelaria Jiménez, y al oeste, Máximo Rojas. Mide: doscientos setenta y un mil setecientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil ocho, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del once de noviembre del dos mil ocho, con la base de cuatro millones novecientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Evencio Rojas Steller. Expediente Nº 08-000192-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 26 de agosto del año 2008.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 59483.—(86042).
En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes y anotaciones a las diez horas del quince de octubre del dos mil ocho, y con la base de ocho millones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seis cuatro cuatro cinco dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito sexto, cantón segundo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de veintinueve metros con cincuenta centímetros; al sur, Rita Sergia Aviles; al este, Rita Sergia Aviles, y al oeste, Rita Sergia Aviles. Mide: ochocientos veintidós metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintinueve de octubre del dos mil ocho, con la base de dos millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del doce de noviembre del dos mil ocho con la base de seis millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Hugo Gutiérrez García. Expediente Nº 08-000200-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 27 de agosto del año 2008.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 59484.—(86043).
A las nueve horas, cuarenta y cinco minutos del lunes seis de octubre del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de treinta y siete mil cincuenta dólares, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, sección Vehículos, placa número 607175, con las siguientes características: marca: Mercedes Benz, carrocería: sedán 4 puertas, capacidad: 5 personas, año: 2006, color: azul, motor número: 27292030118152, combustible: gasolina. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001059-183-CI/4 de Banco Bac San José S. A., contra Juan Pablo Rodríguez Robles.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 27 de agosto de 2008.—Msc. Xinia González Grajales, Jueza.—Nº 59500.—(86044).
A las diez horas del treinta de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento sesenta y cinco mil seiscientos treinta y tres colones con cuarenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil doscientos ochenta y cuatro guión cero cero uno, la cual es terreno con una casa lote 3D, situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, alameda pública; al sur, área comunal; al este, lote 4D, y al oeste, lote 2D. Mide: ciento veintiocho metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Jorge Moya Soto, Juan Rafael Moya Soto contra Blanca Nieves Cordero Villalobos. Expediente Nº 06-001498-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de setiembre del año 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 59517.—(86045).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, remataré el vehículo placa n. mot uno siete dos siete cuatro tres, marca: Honda, capacidad: dos pasajeros, año de fabricación: dos mil siete, número de chasis: nueve C dos N D cero siete cero cero seis R cinco dos cero cero dos uno, categoría: motocicleta, carrocería: motocicleta, número de Vin: nueve C dos N D cero siete cero cero seis R cinco dos cero cero dos uno, estilo: N X cuatro Falcon, número de serie: nueve C dos N D cero siete cero cero seis R cinco dos cero cero dos uno, color: azul, tracción: sencilla, número de motor: N D cero E seis cinco dos cero cero dos uno, marca de motor: Honda, cilindrada: trescientos noventa y siete centímetros cúbicos, cilindros: uno, combustible: gasolina. Para el primer remate con la base de un millón setecientos veintidós mil colones, se señalan las diez horas del trece de octubre de dos mil ocho; fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de un millón doscientos noventa y un mil quinientos colones, se señalan las diez horas del veintiocho de octubre de dos mil ocho; y para celebrar el tercer remate con la base de cuatrocientos treinta mil quinientos colones, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las diez horas del doce de noviembre de dos mil ocho. El vehículo descrito pertenece a Maikel Quirós Fernández. Lo anterior se remata por estar así ordenado en Prendario Nº 08-101577-0857-CI interno 1587-08-3 de El Punto Triple de Esperanza S. A., contra Maikel Quirós Fernández. Notifíquese.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, 13 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—Nº 59530.—(86046).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil ocho, y con la base de cincuenta y ocho mil cuatrocientos unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 192.413-000, la cual es terreno para construir, bloque A, lote seis, situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote siete A residencial Durango; al sur, lote cinco A urbanización Durango; al este, calle pública con frente de nueve metros, y al oeste, Lía Campos Calderón. Mide: ciento cincuenta metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil ocho, con la base de cuarenta y tres mil trescientas unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de noviembre del dos mil ocho con la base de catorce mil seiscientas unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Valverde Moreno, Melissa Isabel Córdoba Moncada. Expediente Nº 08-000751-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de agosto del año_2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 59531.—(86047).
A las once horas del dos de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diecisiete millones cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número uno cuatro ocho ocho tres cero-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 12 m; al sur, Ronald Solano Rodríguez, Gonzalo Gómez Solano, Yerrys de Cartago S. R. L.; al este, Municipalidad de Oreamuno, y al oeste, María Aguilar Calvo. Mide: trescientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Alexis Rivera Gómez, Eduardo Leiva Rodríguez, Leonardo Leiva Rodríguez. Expediente Nº 97-100735-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de agosto del año_2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 59532.—(86048).
En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones pero soportando gravamen de reservas y restricciones bajo las citas: tomo 295, asiento 11410 a las nueve horas, treinta minutos del dos de octubre de dos mil ocho, y con la base de cuatro millones catorce mil trescientos cincuenta y ocho colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 024744-000, la cual es terreno solar con una casa, situada en el distrito San Antonio, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jaris Sánchez Chavarría; al sur, Modesto Gutiérrez Rojas y calle pública con 32 metros de frente; al este, Julia Gutiérrez Rojas, y al oeste, Modesto Gutiérrez Rojas. Mide: novecientos siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas, treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil ocho, con la base de tres millones diez mil setecientos sesenta y ocho colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas, treinta minutos del treinta de octubre de dos mil ocho con la base de un millón tres mil quinientos ochenta y nueve colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Bruno Fonseca Gutiérrez. Expediente Nº 08-000193-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 29 de agosto del año 2008.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—(86149).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas quince minutos del primero de octubre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de doce mil seiscientos once con 05/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-doscientos veintidós mil quinientos treinta, marca Peugeot, año dos mil ocho, color blanco, cilindro cuatro, combustible diesel, modelo 170C 1.9. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Xiri Sociedad Anónima contra Odontomédica Mercantil O M Sociedad Anónima. Expediente 08-000456-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de agosto del 2008.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—(86112).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas treinta minutos del treinta de setiembre del año en curso, y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero setenta y dos mil quinientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote treinta y cinco. Situada en el distrito segundo La Cuesta, cantón décimo Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Luis Ángel Arias Fallas; al este, Geovanny Mitre Reyes y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para e1 segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del catorce de octubre del año en curso, con la base de tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiocho de octubre del año en curso con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ivonne Carmen García Tiffer, Leonidas Caballero Rivera c.c. Caballero Ríos. Expediente Nº 08-001306-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(86209).
A las diez horas del nueve de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Santa Cruz, Guanacaste, remataré soportando como base el avalúo de madera en troza de la Oficina del Minae Subregional de Santa Cruz-Carrillo, lo siguiente al mejor postor, con una base de quinientos cincuenta nueve mil ciento cinco colones con cinco centavo lo siguiente: Madera en Troza: 1.- especie Guanacaste diámetro 045, altura 1,50, volumen 0,239. 2.- especie Guanacaste diámetro 0,45, altura 2.00, volumen 0,318. 3.-especie Guanacaste, diámetro 0,45, altura 2.00, volumen 0,318. 4.- especie Guanacaste, diámetro 0,45, altura 2.00, volumen 0,318. 5.- especie Guanacaste, diámetro 0,45, altura 2.00, volumen 0, 318. 6.- especie Guanacaste, diámetro 0,45, altura 2.00, volumen 0,318. 7.- especie Guanacaste, diámetro 0,50, altura 2.00, volumen 0,393. 8.- especie Guanacaste, diámetro 0,50 altura 2.00, volumen 0,393. 9.- especie Guanacaste, diámetro 0,50, altura 2.00 volumen 0,393. 10.- especie Guanacaste, diámetro 0,55, altura 3.00, altura 0,713. 11.-especie Guanacaste, diámetro 0,30, altura 2,00, volumen 0,141, para un total de 3,861 m3. Y por la base de seiscientos cuarenta y ocho mil setecientos cuatro colones neto. La madera en tabla y block: 1. especie Guanacaste block, Largo 3.00, Ancho 0,70, Grueso 0,20, volumen 0,42. 2. especie Guanacaste block , Largo 3.00, Ancho 0,70, Grueso 0,20, volumen 0,42. 3. especie Guanacaste Tabla, Largo 2.00, Ancho 0,50, Grueso 0,20, volumen 0,20. 4.- especie Guanacaste Tabla, Largo 2.00, Ancho 0,40, Grueso 0,20, volumen 0,20. 5.- especie Guanacaste Tabla, Largo 2.00, Ancho 0,40, Grueso 0,20, volumen 0,20. 6. especie Guanacaste Tabla, Largo 2.00, Ancho 0,40, Grueso 0,25, volumen 0,20. 7.- especie Guanacaste Tabla, Largo 2.00, Ancho 0,40, Grueso, 0,25, volumen 0,20. 8.- especie Guanacaste Tabla, Largo 2.00, Ancho 0,40, Grueso 0,25, volumen 0,20. 9.- especie Guanacaste, Largo 2.00, Ancho 0,40, Grueso, 0,25, volumen 0,20; para un total de 2,24 M3. Se remata por estar ordenado así en el expediente 08-001052-0412-PE, por Infracción a la Ley Forestal, contra: José Molina Matarrita, en perjuicio de El Estado.—Juzgado Penal de Santa Cruz, Guanacaste.—Lic. Margarita Baltodano Pazos, Jueza.—(86413).
A las ocho horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, soportando hipoteca de primer grado ya vencida a favor del señor Edgar Porras Rojas, con la base de treinta y cinco millones de colones, remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de folio real número doscientos cuarenta y un mil quinientos dos-cero cero cero que se describe así: Terreno de campo Ferial con un redondel, salón comunal y oficinas administrativas. Sito: en el distrito primero, Guatuso, cantón décimo quinto de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, Carvajal y Villalobos; al sur, Carvajal y Villalobos S. A.; al este, C.N.P., y al oeste, calle pública y Carvajal y Villalobos. Mide: quince mil cuatrocientos noventa y dos metros con quince decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones, se señalan las: ocho horas treinta minutos del seis de noviembre del dos mil ocho. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ocho millones setecientos cincuenta mil colones, se señalan las: ocho horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil ocho. Se remata por ordenarse así en expediente número 08-100352-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Villalobos y Carvajal S. A., contra Asociación de Ganaderos de Guatuso.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 21 de agosto del 2008.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 59592.—(86832).
En la puerta exterior de este despacho, con la base de dos millones colones y libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número: 287439-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 35 I; al sur, lote 33 I; al este, calle Las Guarias, y al oeste, Guadalupe Serrano Ramírez. Mide: noventa y siete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil ocho (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil ocho, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de noviembre del año dos mil ocho, con la base de quinientos mil colones (un 25% de la base inicial). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jenny Vanessa Calderón Bolaños y Vilma Bolaños Chaves. Expediente Nº 08-001227-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03 de setiembre del 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 59611.—(86833).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales a las nueve horas del siete de octubre del dos mil ocho, y con la, base de setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, del partido de Guanacaste, matrícula número setenta y dos mil novecientos ochenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir. Sita en el distrito, sexto del cantón noveno de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, Marta Campos Campos; al sur, calle pública con un frente de ocho metros cuarenta y cuatro centímetros; al este, Félix Campos Campos, y al oeste, Matilde Campos Campos. Mide: ciento ochenta y dos metros con cuatro decímetros cuadrados, para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiuno de octubre del dos mil ocho, con la base de quinientos veinticinco mil colones (rebaja en un veinticinco por cierto), y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cuatro de noviembre del dos mil ocho, con la base de ciento setenta y cinco mil colones (un veinticinco por cierto de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecario de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Carmen Matilde Campos Campos. Expediente 08-100024-0435-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, 27 de mayo del 2008.—Lic. Esther Orías Obando, Jueza.—Nº 59622.—(86834).
En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones, pero soportando gravámenes de reservas y restricciones de bajo las citas, tomo: 349, asiento: 04002, a las ocho horas treinta minutos del dos de octubre de dos mil ocho, y con la base de catorce millones setecientos sesenta y un mil doscientos veintidós colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 152175-000 la cual es terreno para construir, con jardín, frutales, área de juegos y una oficina. Situada en el distrito Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública y Asociación de Desarrollo Integral de Paquera de Puntarenas; al sur, Custodio Gómez Gómez y Rafael Quesada Santamaría, ambos en parte; al este, calle pública, Asociación de Desarrollo Integral de Paquera de Puntarenas y Servicentro Paquera S. A., y al oeste, calle pública. Mide: cuatro mil ciento ochenta y siete metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil ocho, con la base de once millones setenta mil novecientos diecisiete colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil ocho con la base de tres millones seiscientos noventa mil trescientos cinco colones con cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centro Agrícola Cantonal de Puntarenas contra Asoc. Desarrollo Integral de Paquera, Puntarenas. Expediente Nº 08-000191-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 29 de agosto del 2008.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 59624.—(86835).
A las catorce horas del nueve de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del edificio que ocupa este juzgado, libre de gravámenes, sea la base de diecisiete millones ochocientos dieciséis mil cuarenta y nueve colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula número 85533-000, que es terreno para construir con una casa. Situado en el distrito primero, Guápiles, cantón segundo, Pococí, provincia de Limón, que mide quinientos veintidós metros con doce decímetros cuadrados, y linda: al norte, con calle pública con un frente de veinte metros; al sur, este, y al oeste, con Finca Aguas Claras, Hermanos Madrigal S. A. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario. Expediente Nº 05-100282-0345-CI, de Banco Nacional de Costa Rica contra sucesión de Roxana Yamileth Salazar González.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 01 de agosto del 2008.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—Nº 59629.—(86836).
A las ocho horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones pero soportando servidumbre trasladada, y con la base de treinta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 204544-000, la cual es terreno para construir y sembrado de café. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca. Colinda: al norte, con La Lita S. A.; al sur, con La Lita S. A.; al este, con La Lita S. A., y al oeste, con Humberto Trejos y otro en parte. Mide: quinientos setenta metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Soluciones Doradas J y J S. A., contra Álvaro Trejos Fonseca. Expediente Nº 06-000706-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de julio del 2008.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 59725.—(86837).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del doce de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de ciento cuarenta y un mil novecientos ochenta dólares, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de San José, matrícula 047982-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el cantón primero, distrito cuarto Catedral de la provincia de San José. Linda: al norte, con Compañía de Bienes Raíces S.A.; al sur, con avenida catorce con nueve metros y noventa y dos centímetros de frente a ella; al este, con frente a calle quinta, con diecisiete metros y cincuenta y tres centímetros de frente a ella, y al oeste, con Jorge Valverde. Mide: ciento ochenta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 08-000602-0180-CI de Flor de María Loría Núñez contra Edwin Martín De La T Sáenz Madrigal.—Juzgado Primero Civil de San José, 02 de setiembre del 2008.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 59765.—(86838).
A las ocho horas del ocho de octubre del año dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa éste despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de consorcio cooperativo de Vivienda Coocique R. L inscrita bajo las citas 458-12250-01-0001-001, sean la base de un millón seiscientos treinta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos colones, remataré: Finca del partido de Alajuela matricula real número doscientos noventa y dos mil doscientos setenta y tres cero cero cero, y que se describe así: Terreno para construir. Sito en Aguas Zarcas, distrito cuarto del cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Mide: Ciento cincuenta metros con catorce decímetros cuadrados. Linda: al norte, Juan Rafael Mora Mesén; al sur, calle pública con diez metros con ocho decímetros; al este, Juan Rafael Mora Mesén, y al oeste, Juan Rafael Mora Mesén. Se remata por haberse ordenado así en expediente número 07-100677-0317-CI, que es ejecutivo simple del Banco Nacional de Costa Rica en contra de Carlos Alberto Solís Morera y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 19 de agosto del 2008.—Lic. Marco Vinicio Lizano Oviedo, Juez.—Nº 59823.—(86839).
A las diez horas treinta minutos del nueve de octubre del año en curso, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y demanda penal y con la base de quince millones novecientos ochenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y cuatro mil ciento siete-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 19 J. Situada en el distrito tercero Asunción, cantón siete Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 72 J y 73 J, Fraccionamientos Doña Rosa S. A.; al sur, calle pública con 18 metros de frente; al este, Yassiri Hussai, y al oeste, Khan Mohammed Aslam. Mide: quinientos cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo contra Maximiliano Aníbal Navarro Alfaro. Expediente Nº 06-000101-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 59840.—(86840).
En la puerta exterior de este despacho, a las trece horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil ocho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento setenta y cinco mil dólares estadounidenses, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real Matrícula número cero sesenta y tres mil trescientos doce-cero cero cero, terreno con un Hotel y Jardines. Situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Inversiones Aguas Azules y Profundas, al sur con Desarrollos de Payas Manuel Antonio S. A.; al este, con Inversiones Aguas Azules y Profundas, y al oeste, con calle pública con quince metros lineales. Mide: trescientos metros cuadrados, y con la base de ciento setenta y cinco mil dólares estadounidense, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número la finca número cero setenta y siete mil ciento cuatro-cero cero cero, que es terreno con un Hotel y Jardines. Situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre) de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Desarrollos de Payas Manuel Antonio S. A.; al sur, con Inversiones Aguas Azules y Profundas; al este, con Desarrollos de Payas Manuel Antonio S. A., y al oeste, con calle pública con once metros y cuarenta y cinco centímetros lineales e Inversiones Aguas Azules y Profundas. Mide: Trescientos noventa y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, propiedades del accionado Dos Cucharas de Manuel Antonio S. A. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil ocho, con la base para cada una de las propiedades por la suma de ciento treinta y un mil doscientos cincuenta dólares estadounidense (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las trece horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil ocho con la base para cada una de las propiedades por la suma de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares estadounidenses (Un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso ejecución hipotecaria de Dos Conejos Blancos S. A., en contra de Dos Cucharas de Manuel Antonio S. A. Expediente Nº 08-100085-425-3-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 29 de agosto del 2008.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—Nº 59856.—(86841).
A las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintiséis mil ciento cincuenta y seis dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil quinientos ocho guión cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Luis Álvarez Montenegro; al sur, servidumbre de paso en medio de otro; al este, Ana Felicia Solano Jiménez, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos treinta y tres metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mileydi Campos Marta contra Adrián Rodríguez Álvarez y Ana Felicia Solano Jiménez. Expediente 07-000666-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 59887.—(86842).
A las trece horas con treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil ocho, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré: El vehículo placas número seiscientos veinte mil trescientos noventa, marca Hyundai, estilo Accent L, modelo mil novecientos noventa y cinco, color verde, carrocería Sedan dos puertas, chasis número K M H V D uno cuatro N siete S U cero cinco uno tres uno cinco, motor número no visible, combustible gasolina, cilindrada mil quinientos c.c. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de ejecución de sentencia, Nº 07-100180-0295-CI, de Olivier Vargas Calvo contra Francisco Parajeles Vásquez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 18 de agosto del 2008.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 59889.—(86843).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rafael Joaquín Coronado Porras c.c. Cantillo Porras, con cédula de identidad número uno-ciento setenta y seis-ochocientos cincuenta y uno, quien en vida fue mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de Río Oro de Santa Ana, a una junta que se verificará en este juzgado a las diez horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 06-100106-0242-CI, promovido por Carlos Alberto Cantillo Solís.—Juzgado Civil y de Menor Cuantía de Santa Ana.—Lic. Cindy Quesada Chavarría, Jueza.—1 vez.—(86117).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Blanca Solórzano Villalobos, quien fuera mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de San Juan de San Ramón, cédula de identidad 2-114-452, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas del nueve de octubre del dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 07-000397-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 09 de setiembre del 2008.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 59808.—(86830).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Blanca Rosa Barahona Quesada, a una junta que se verificará en este juzgado a las catorce horas del nueve de octubre del dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos; y, 2) mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes, avalúo de los mismos y reclamos contra la sucesión. Expediente Nº 04-100442-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de agosto del 2008.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº 59860.—(86831).
Josefa Teresa Segura Piedra, mayor, viuda, oficio del hogar, cédula número nueve-cero ochenta-ochocientos treinta y nueve, vecina de San Ramón de río Claro Golfito, Puntarenas 100 metros sur y 50 este de ferretería Pachicha. Establece actividad judicial no contenciosa de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno para construir sito en centro río Claro, distrito tercero Guaycará del cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas, que linda al norte, con calle pública; al sur, calle pública; al este, con calle pública y al oeste, con Freddy Pérez Vidaurre (colindante actual) con una cabidad de trescientos veinte metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Según plano número P-seiscientos noventa y nueve mil setecientos sesenta y siete-ochenta y siete. Adquirió el inmueble por compra que le hiciera al señor Gerardo Jiménez Segura realizada a las diez horas del veintiséis de julio de mil novecientos ochenta y ocho, ha ejercido posesión durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y a título de dueña. Estima la finca en la suma de trescientos mil colones. Con un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente Nº 08-1000-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito, Puntarenas, 13 de agosto del 2008.—Lic. Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—Nº 59072.—(85331).
Amado Isidro Delgado Berrocal, mayor, viudo una vez, en unión libre, agricultor, vecino de Heredia, Puerto Viejo de Sarapiquí, en el Jardín de Zapote, cédula de identidad número cinco-ciento dieciocho-ochocientos noventa y uno, promueve diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: terreno de cultivos. Ubicado en El Jardín, distrito primero Puerto Viejo, cantón décimo Sarapiquí, provincia de Heredia. Mide: cuatro hectáreas cuatro mil setenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Linda: norte, Mauricio Serrano Porras; sur, Juan Carlos Solano Artavia; este, calle pública con una medida lineal frontal de ciento quince metros con veintitrés centímetros lineales y oeste, Charada Sociedad Anónima. Graficado en el plano catastrado número H-un millón doscientos veintiún mil ciento noventa y nueve-dos mil ocho (H-1221199-2008). Inmueble estimado en setecientos mil colones. No tiene cargas reales. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes contado a partir de su publicación se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Expediente Nº 08-160095-0507-AG. Número interno 114-2-08.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 28 de agosto del 2008.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 59160.—(85332).
Luis Fernando Badilla Castro, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Puriscal, Cortezal de Barbacoas, doscientos metros al oeste de la escuela, cédula de identidad número uno-ochocientos setenta y seis- trescientos cincuenta y seis, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, inscribir a su nombre las fincas que se describen así: 1) terreno para construir, sita en distrito tercero Barbacoas del cantón cuarto Puriscal de la provincia de San José, con una medida de doscientos cincuenta y ocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, lindante al noroeste, servidumbre de paso; al sureste, con Margarita Monge Campos; al suroeste, con Fernando Badilla Castro y al noreste, con Magally Díaz Gómez, de conformidad con el plano catastrado número SJ-1197971-2008 y 2) terreno para construir, sita en distrito tercero Barbacoas del cantón cuarto Puriscal de la provincia de San José, con una medida de doscientos noventa y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados, lindante al noroeste, servidumbre de paso; al sureste, con Margarita Monge Campos; al suroeste, con Delio Díaz Gutiérrez y al noreste, con Luis Fernando Badilla Castro, de conformidad con el plano catastrado número SJ- 1197965-2008. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 08-100092-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 16 de julio del 2008.—Lic. Priscilla Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—Nº 59174.—(85333).
Eduardo Araya Garro, mayor, casado una vez, comerciante y vecino de Javillos de Florencia de San Carlos, 400 metros al norte del puente de Javillos, cédula Nº 2-252-016, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Publico de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por donación que le hiciera su esposa Teresa Zúñiga Martínez, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula Nº 2-316-464, de su misma dirección. Dicho terreno se describe así: terreno de potrero, sito en Javillos, Florencia, distrito segundo del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al noreste, con calle pública con un frente a ella de 177 metros con cincuenta centímetros lineales; al sur, bosque de protección en medio playón con río Javillos; al este, con Carlos Vargas Jiménez, y al oeste, Eduardo Araya Garro. Mide: cinco mil cuatrocientos veintiséis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-1097219-2006 de fecha 11 de setiembre del 2006. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 06-100984-0297-CI (5). Información posesoria promueve Eduardo Araya Garro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de febrero de 2007.—Lic. Eladio Sánchez Guerrero, Juez.—1 vez.—Nº 59254.—(86049).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000089-0699-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alicia Marlene Hidalgo Mora, quien es mayor, casada, vecina de Pavas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-0217-0273, miscelánea, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para construcción con siembros de café, situada en el distrito 6º Dulce Nombre, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Orlando Solano Carpió; al sur, Alexandra Cervantes Hidalgo; al este, calle pública, y al oeste, Más x Menos. Mide: doscientos noventa y tres metros cero cuatro decímetros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatrocientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble originariamente, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en vivir en el inmueble que se pretende titular a además ha sembrado café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Alicia Marlene Hidalgo Mora. Expediente Nº 07-000089-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 14 de agosto del año 2008.—Lic. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—Nº 59384.—(86050).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000122-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de I M G Construcción Activa S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta noventa diecinueve, apoderado generalísimos sin límite de suma Iván Martín Chavarría Pizarro, cédula Nº 1-872-461, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situada en el distrito cuarto, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Taromax GL Sociedad Anónima; al sur, calle pública con frente de veinticinco metros lineales; al este, Taromax GL Sociedad Anónima, y al oeste, Taromax Sociedad Anónima. Mide: mil setecientos setenta y dos metros con noventa y un decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, mantenimiento de rondas, cercas y colaboración con la comunidad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por I M G Construcción Activa S. A. Expediente Nº 08-000122-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 25 de febrero del año 2008.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—Nº 59485.—(86051).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000134-0640-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rodrigo José Serrano Mora, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San Martín de Irazú, Pacayas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-354-877, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno con una casa y solar, situada en el distrito 1º Pacayas, cantón 6º Alvarado de la provincia de Cartago. Colinda: al norte y oeste, Héctor Cruz Jiménez; al sur y este, calle pública con un frente a esta de sesenta y cuatro metros centímetros. Mide: 825,48 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de casa, jardines, cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Rodrigo José Serrano Mora. Expediente Nº 08-000134-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de agosto del año 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 59514.—(86052).
Miguel Cambronero Martínez, mayor, casado una vez, electricista, vecino de barrio Los Ángeles de Cañas, cédula número seis-ciento treinta y ocho-trescientos diecisiete; solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno para construir con una casa de habitación, situado en Cañas, distrito primero, Caras, del cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste, con una medida de sesenta y siete metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Dicho terreno tiene los siguiente linderos: norte y oeste, con Miguel Cambronero Martínez; sur, con calle pública con un frente de cuatro metros con sesenta y cinco centímetros, y al este, con Roberto Cambronero Martínez. Sobre el inmueble no existen cargas reales, ni condueños, se encuentra libre de gravámenes hipotecarios, el titulante es la única dueña lo estima en la suma de setecientos mil colones. El titulante lo adquirió por medio de venta que le hiciera a la señora Gloria Martínez Chavarría, portadora de la cédula de número seis-cero treinta y cuatro-quinientos ochenta y dos, hace más de quince años. Con un de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria (expediente Nº 08-100102-0389-CI (107-4-08).—Juzgado Civil de Cañas, 19 de junio del 2008.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—Nº 59525.—(86053).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000421-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Wilfrido Gutiérrez Cisneros, quien es mayor, estado civil casado por primera vez, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, barrio Buenos Aires, setenta y cinco metros este de Palí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento veintiséis-cuatrocientos sesenta y tres, profesión oficinista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. situada en Lagunilla, en el distrito primero, Santa Cruz, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gamaliel Gutiérrez Cisneros y Maritza Gutiérrez Cisneros, ambos en parte; al sur, Yamileth Arroyo Gutiérrez; Manuel Arroyo Gutiérrez, Leonel Vallejo Bustos, Félix Moraga Ángulo y Marvin Pizarro Noguera, todos en parte; al este, calle pública con un frente a ella de diecinueve metros con ochenta y dos centímetros lineales, y al oeste, quebrada Lima. Mide: seis mil treinta y siete metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble en el mes de marzo de dos mil ocho, por donación que le hicieran sus padres Eida Cisneros Duran y Juan Gutiérrez Ortiz; ambos mayores, casados pero separados de hecho, ella ama de casa y portador de la cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y tres-setecientos veintidós; él agricultor y portador de la cédula de identidad número cinco-cero treinta y seis-cero dieciséis; ambos vecinos de Lagunilla de Santa Cruz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado de la propiedad, limpieza de la misma y mantenimiento en forma general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Wilfrido Gutiérrez Cisneros. Expediente Nº 08-000421-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 24 de julio del año 2008.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—(86152).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000426-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Floribeth Matarrita Gutiérrez, quien es mayor, estado civil soltera pero en unión de hecho, vecina de Arado de Santa Cruz, ciento veinticinco metros sur del Liceo Experimental Bilingüe, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-trescientos veinticuatro-setecientos veintisiete, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situada en El Manchón de Arado, en el distrito primero, Santa Cruz, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Víctor Ulises Matarrita Cabalceta; al sur, calle pública con un frente a la misma de diez metros con cincuenta y cinco centímetros lineales; al este, Víctor Ulises Matarrita Cabalceta, y al oeste, Moisés Castillo Díaz. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros, cero nueve decímetros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera el día cinco de junio de dos mil ocho, su padre, Víctor Ulises Matarrita Cabalceta, quien es mayor, soltero pero en unión de hecho, trabajador en construcción, portador de la cédula de identidad número cinco-ciento diecisiete-cuatrocientos treinta y nueve, vecino de Arado de santa Cruz, ciento setenta y cinco metros este del teléfono público, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar la propiedad, limpieza de la misma y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Floribeth Matarrita Gutiérrez. Expediente Nº 08-000426-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 24 de julio del año 2008.—Lic. Rónald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(86154).
Se cita y emplaza a todos los interesados: Abel, Jorge, Ana Cecilia, Matilde, Fernando, Javier, Gerardo, Jackeline, Carlos, William, Nelson, todos de apellido Vega Gómez, y a terceros de igual o mejor derecho en la sucesión de quien en vida fue Abel Vega Mata, cédula uno-ciento sesenta y tres-seiscientos sesenta y siete, pensionado, viudo, vecino de La Aurora de Heredia, del Centro Comercial doscientos metros este, casa veintiocho; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2008-TA.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(85662).
Ante la notaría del Licenciado Carlos González Campos, se inicio el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Nelson Herrera Pérez, Albacea Provisional Nelson Andrés Herrera Rojas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados para que dentro del plazo de treinta días, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en el plazo, aquella pasará a quien corresponda. Asimismo se les advierte que deberán señalar lugar o medio para las notificaciones bajo el apercibimiento que si no lo hicieren o el lugar fuere incierto, el fax no estuviere funcionando, las resoluciones se le tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Para el debido apersonamiento señalo la dirección de mi notaría ubicada en San José de Alajuela, costado norte de la Iglesia Católica del lugar. Exp. N° 00001-2008.—Lic. Carlos González Campos, Notario.—1 vez.—(85706).
Ante la notaría del Licenciado Carlos González Campos, se inicióel proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Teresa Vargas Esquivel, albacea provisional Carlos Enrique Vargas Esquivel. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados para que dentro del plazo de treinta días, se apersonen a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo, aquella pasará a quien corresponda. Asimismo se les advierte que deberán señalar lugar o medio para las notificaciones bajo el apercibimiento que si no lo hicieren o el lugar fuere incierto, el fax no estuviere funcionando, las resoluciones se le tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Para el debido apersonamiento señalo la dirección de mi notaría ubicada en San José de Alajuela, costado norte de la Iglesia Católica del lugar. Exp. Nº 000002-2008.—Lic. Carlos González Campos, Notario.—1 vez.—(85709).
A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue Alice de las Piedades Aguilar Salas, cédula uno-doscientos ochenta y cinco-cero cincuenta y nueve, quien fue soltera, oficios domésticos, vecina de Santa Ana, Piedades, cien sur cincuenta oeste del Abastecedor Río Oro; les informo que en la oficina del suscrito notario se han presentado como herederos: Sandra Atiliana, Damaris de Los Ángeles, Yamileth todas Aguilar Salas y Alba de Los Ángeles Viales Aguilar, Mario Ovidio Lobo Aguilar, solicitando la tramitación en sede notarial del sucesorio de la causante indicada. Cualquier heredero o interesado deberá apersonarse a mi oficina, sita en Ciudad Colón, cien norte, ochocientos oeste del Rancho El Higuerón, dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del edicto, para hacer valer sus derechos. (Expediente Nº 3-2008).—Ciudad Colón, dieciocho de agosto del dos mil ocho.—Lic. Alcides Araya Campos, Notario.—1 vez.—Nº 59208.—(86054).
En esta notaría, por solicitud de América Quirós Sánchez, cédula número 1-245-753, se abre la sucesión de quien fue quien Eli Porras Ramírez, quien fue mayor, casado una vez, vecino de San Francisco de Dos Ríos, constructor, cédula 1-267-784. Se cita y se emplaza a todos los interesados, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho, una calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 144-08, pudiéndose apersonarse en mi oficina en San José, avenida 6, calles 21 y 25, casa 2194.—Lic. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 59257.—(86055).
Licenciado José Francisco Fallas González. Notario Público de Guápiles. En esta notaría al ser las diez horas del seis de setiembre de dos mil ocho. Vista la solicitud de apertura del sucesorio de quién en vida fue Miguel Ángel Ramírez Fallas, hecha por los señores Ana Lorena, Mario Alberto, Luis Javier, José Enrique, José Miguel y Marvin Rolando, todos de apellidos Ramírez Masís y Florinda Masís Ortega; en escritura número doscientos diecinueve, iniciada en el folio ochenta y cinco frente del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las ocho horas con cuarenta minutos del cinco de setiembre de dos mil ocho, testimonio que se adjunta al expediente correspondiente. En virtud de que dicha solicitud cumple con los requisitos de ley, y llenadas las formalidades del caso se declara abierto el sucesorio de quién en vida fue Miguel Ángel Ramírez Fallas, costarricense, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número siete-cero treinta y dos-cero noventa, vecino de El Molino, Jiménez. Pococí, de la escuela trescientos metros al oeste. Se nombra como albacea al señor José Miguel Ramírez Masís, quién ha aceptado el cargo. Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores, en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasara a quién corresponda. Publíquese la presente en el Boletín Judicial. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 129, siguientes y concordantes del Código Notarial. Notifíquese. Lic. José Francisco Fallas González. Notario Público. Carné 13177. Oficina abierta en Guápiles, Pococí, del bar Montecarlo, setenta y cinco metros al sur. Fax. 2710-0165. Sucesorio notarial de Miguel Ángel Ramírez Fallas, expediente Nº 0001-2008.—Lic. José Francisco Fallas González, Notario.—1 vez.—Nº 59280.—(86056).
Se hace saber que ante esta notaría se tramita el proceso suscrito notarial de Vera María Quesada Valverde, mayor, soltera, pensionada, vecina de San José y portadora de la cédula número 1-339-004, expediente cero uno-dos mil ocho y el proceso sucesorio de Rosa María Quesada Valverde, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Desamparados y portadora de la cédula 1-339-005, expediente cero dos-dos mil ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos lo interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derecho, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apresan dentro del plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente Nº 01-2008 y 02-2008. Goicoechea de Tribunales de Justicia 100 metros al oeste y 75 metros al sur.—Lic. Carlos Villalobos Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 59287.—(86057).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión del señor Carlos Luis Ureña Castillo, quien fuera casado, comerciante, con cédula 1-357-051, vecino de Cartago, La Unión, 125 metros al norte de la Iglesia de Concepción, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este Edicto se apersonen a esta Notaría situada en Cartago, La Unión, San Juan. Villas de Ayarco, 200 sur y 50 este de Supermercado Pasoca, a hacer valer sus derechos; con el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0003-2008.—Cartago, 6 de setiembre del 2008.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 59349.—(86058).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Virginia Castillo Obando y Samuel Castro Deliyore, quienes fueron mayores, casados y vecinos de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no Lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 08-101092-0432-CI 1.—Juzgado Menor Cuantía de Puntarenas, 25 de agosto del 2008.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Nº 59387.—(86059).
Por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rodrigo Bonilla Gamboa y el Licenciado José Vindas Villalobos, actuando de forma connotariado número ciento dos, otorgada a las diecinueve horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho. La señora Virginia Vargas Vargas, mayor de edad, pensionada, viuda una vez, portadora de la cédula de identidad numero: uno-cuatrocientos ocho-mil setenta y ocho, vecina de San José, Hatillo Ocho, setenta y cinco metros al norte de la guardería solicita en sede notarial la apertura del sucesorio de quien en vida fue Andrés Moya Solano, quien en vida fue casado una vez, comerciante, costarricense, portador de la cedula de identidad número tres-ciento sesenta y ocho-setecientos cincuenta y dos, se convoca a los interesados para que se apersonen ante esta notaría situada en Hatillo Ocho costado sureste de la plaza de deportes de Hatillo Ocho contiguo a la Licorera Los Ángeles para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso con advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 59430.—(86061).
Por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rodrigo Bonilla Gamboa y el Licenciado José Vindas Villalobos actuando de forma connotariado número noventa y ocho, otorgada a las dieciocho horas del veinte de febrero del dos mil ocho. La señora Perlina Elizabeth Reid Granados, mayor de edad, educadora, viuda una vez, portadora de la cédula de identidad numero siete-cero treinta y ocho-setecientos ochenta y cuatro, solicita en sede notarial la apertura del sucesorio de quien en vida fue Darril Aurelio Pryce Grant, quien en vida fue casado una vez, comerciante, costarricense, portador de la cedula de identidad número siete-cero treinta y tres-trescientos, se convoca a los interesados para que se apersonen ante esta notaria situada en Hatillo Ocho costado sureste de la plaza de deportes de Hatillo Ocho contiguo a la Licorera Los Ángeles para que dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso con advertencia de que si no lo hacen los bienes pasaran a los que legalmente correspondan.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 59431.—(86062).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Alberto Badilla Arias, quien fuera mayor, casado, jubilado con cédula de identidad 2-110-363 y vecino de Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que sí no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 02-100216-473-CI-D.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de julio del 2005.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.—1 vez.—Nº 59434.—(86063).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Hernán Erasmo Alvarado Guerrero, quien fuera mayor de edad, casado una vez, vecino de Tibás, cédula de identidad número 6-0039-0424. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. Nº 07-000694-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de abril del año 2008.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 59441.—(86064).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Rafael Montoya Montoya, quien fuera mayor, casado dos veces, vecino de San Rafael de Alajuela, Residencial Paso de Las Garzas, casa trescientos veinte, cédula 5-172-750. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000033-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del año 2008.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—1 vez.—Nº 59495.—(86065).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Adela Barrantes Bolaños, quien fuera mayor, casada una vez, cédula Nº 4-028-1307, vecina de Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia, del antiguo Bar Las Tejitas 100 metros al este, falleció el 15 de abril de 1998. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-001243-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de setiembre del año 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 59507.—(86066).
Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio de Orlando Cano Montiel, quien fue mayor, soltero, peón agrícola, con cédula de identidad uno-ochocientos veintisiete-ciento seis, vecino de Roxanita, La Rita, Pococí, Limón, para que comparezcan dentro de treinta días contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que con su omisión la herencia pasará a quien legalmente corresponda, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho. Proceso sucesorio de Orlando Cano Montiel. Expediente Nº 08-100600-0681-CI Nº interno 616-08-4.—Juzgado de Menor Cuantía de Pococi, Guápiles, 11 de agosto del 2006.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 59508.—(86067).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis de Jesús Montoya Ramírez, quien fue mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Los Lagos de Heredia, cédula uno- ciento ochenta y siete- quinientos, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi notaría sita en Heredia, avenida cuatro, calles dos y cuatro, a fin de hacer valer sus derechos.— Heredia, 10 de setiembre de 2008.—Lic. Carlos C. Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(86108).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Chavarría Garita, quien fuera mayor, casado, vecino de Tibás, cédula 1-216-612 y de Celina Jiménez Murillo, viuda, ama de casa, vecina de Tibás, cédula 2-201-094. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000467-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2008.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—(86218).
segunda PUBLICACIÓN
Licenciado Mauricio Chacón Jiménez, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Luis Gerardo Ramírez Salazar, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, con domicilio desconocido, cédula 4-160-980 y a Marlen Virginia Artola Rodríguez, en su carácter personal, quien es mayor, casada, con domicilio desconocido, cédula 1-886-427, se le hace saber que en demanda depósito judicial, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en las diez horas veinticinco minutos del dieciséis de octubre del dos mil siete (traslado): Visto el recurso de revocatoria que contra la resolución de las siete horas y cuarenta y ocho minutos del veinticuatro de julio del año dos mil siete, de folio 102, interpone la Institución actora en escrito de fecha seis de agosto del año dos mil siete, de folios 104 y 105, tome en cuenta la recurrente que si bien es cierto, existe el impulso procesal de oficio, este no opera en el caso, pues con el mismo, no se llena incuria de las partes, sino que va en otro sentido aparte de la aquí inconformidad, o sea, que cuando la parte no actúa exenta la posibilidad de que el juez resuelva de oficio llevando el caso a otra etapa procesal, o en su defecto aplicar la sanción del caso por el transcurso del tiempo en los procesos que sea permitido, y aquí opero el impulso de oficio al descuido del Patronato Nacional de la Infancia, primero en cumplir desde un inicio con el requisito advertido, y segundo cuando no cumplió con lo prevenido en el plazo de ley. También es cierto que opera la ausencia de ritualismos, pero aquí no se ha procedido con un ritulismo, lo que opero es la prevención del cumplimiento de un requisito porque se encuentra plenamente identificado en el numeral 290 inciso 6, aplicable por integración dadas en el numeral 4, ambos del Código Procesal Civil, y no en es un requisito novedoso, sino que opera desde vieja data, para cada vez y en todos los procesos y diligencias que se ofrezca la prueba testimonial. Con la prevención no se esta restringiendo los medios probatorios, sino, se está ordenando que se cumpla con los requisitos establecidos en las normas procesales que nos rigen y sobre la dilación del proceso, aparte del volumen de trabajo que se mantiene en los despachos judiciales, debe quedar claro que el entablar demandas o gestiones con divorcio al cumplimiento de lo que; expresamente dispone nuestro ordenamiento jurídico, procesalmente hablando, es claro que contribuyo a la dilación del proceso, pues es donde se debe hacer las prevenciones del caso, por lo que la preocupación que externa la parte recurrente, debió haberla valorado previo a presentar su gestión en forma defectuosa, amparada precisamente en lo que ahora pretende aclararle al Despacho. Ahora bien, siendo que cumplió con lo prevenido y para efectos de proteger los intereses de las personas menores de edad sobre lo que versa este asunto, se revoca la resolución atacada y en su lugar se resuelve. De las presentes diligencias de depósito del menor Bryan Alexander Ramírez Artola, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a los señores Marlen Artola Rodríguez y Luis Gerardo Ramírez Salazar y a la Procuraduría General de la República, a quienes se les previene que deberán señalar medio y lugar este último dentro del perímetro judicial de este despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho; o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente conforme lo indican los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. De conformidad con lo dispuesto en los numerales 161 del Código de Familia, artículo 242 del Código Procesal Civil y Código de la Niñez y la Adolescencia, como medida cautelar, se ordena el depósito provisional del menor Bryan Ramírez Artola, en el lugar de sus abuelos paternos los señores Mayela Salazar Rodríguez y José Luis Ramírez Sánchez, a quienes se les confiere el plazo de tres días para que se a jurar y aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se removerá de su cargo y se resolverá lo que en derecho corresponda. Notifíquesele esta resolución a los señores Marlen Artola Rodríguez y Luis Gerardo Ramírez Salazar en forma personal o por medio de cédula de notificación en su casa de habitación. Asimismo, se ordena notificar a las partes interesadas, por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Para notificar al ente aludido, se comisiona a la Oficina Centralizadas de Notificaciones del I Circuito Judicial de San José. Por su parte, se ordena enviar oficios al Instituto Costarricense de Electricidad, a la Caja Costarricense de Seguro Social, al Registro Civil, a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia y a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, para que nos indiquen una posible dirección en donde puedan ser localizados los señores Marlen Artola Rodríguez y Luis Gerardo Ramírez Salazar. Asimismo, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil siete para recibir el testimonio de Flora Marín Zamora y Silvia Rojas Esquivel. Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—(Solicitud Nº 2653-PANI).—C-92970.—(85541).
Alba Iris Jarquín Alemán, mayor, casada, de oficios del hogar, vecina de Guayabo de Mora, cédula Nº 8-083-826, promueve ante este despacho diligencias de nombramiento de tutor para la menor Yorleny Alemán Jiménez, de quince años de edad, nacida el dieciséis de octubre de mil novecientos noventa y dos, vecina de Guayabo de Mora, hija de Antonia Alemán Jiménez. Se convoca a todas aquellas personas con derecho a esta tutela para que en el plazo de quince días, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, se apersonen a los autos en defensa de sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 09 de abril del 2008.—Lic. Ana I. Fallas Aguilar, Jueza.—(Solicitud Nº 2653-PANI).—C-4070.—(85542).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Elmer Joseph Ocampo Castro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 08-000235-0688-FA. Clase de asunto depósito judicial, a las nueve horas y veintiocho minutos del 19 de mayo del 2008.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 02 de setiembre del 2008.—Lic. Ruth Mayela Morera Barboza, Jueza.—(Solicitud Nº 2653-PANI).—C-3170.—(85543).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor María Fernanda León Madrigal, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 08-001299-0364-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 23 de julio del 2008.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—(Solicitud Nº 2653-PANI).—C-3170.—(85544).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Priscila Esquivel Miranda, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 08-001135-0364-FA. Clase de asunto depósito judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Vanessa Mayela Esquivel Miranda.—Juzgado de Familia de Heredia, 25 de junio del 2008.—Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—(Solicitud Nº 2653-PANI).—C-3170.—(85545).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las menores Yerlin Estefany y Adis Johana ambas de apellidos Obando Ríos, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, a las nueve horas y cuarenta y seis minutos del 21 de julio del 2008. Expediente Nº 08-001227-0364-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Heredia, 11 de agosto del 2008.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—(Solicitud Nº 2653-PANI).—C-3170.—(85546).
unA PUBLICACIÓN
El Colegio de Abogados de Costa Rica, informa que en sesión de Junta Directiva Nº 08-06 de fecha 6 de marzo del 2006, y ratificada el 13 de marzo de 2006, se acordó realizar la publicación de los (as) abogados (as), que han cancelado las cuotas pendientes de colegiatura con sus respectivas multas. Por lo cual los (as) siguientes abogados (as) quedan habilitados para el ejercicio de la profesión. Dicha lista tiene corte al 1º de setiembre de 2008.
Nombre de abogado Carné Habilitado
Fuentes García Alba Elena 4305 04/08/2008
Guillén Herrera José Aparecio 7454 27/08/2008
Hernández Yujanson Giselle 14383 01/09/2008
Jiménez Acuña Álvaro 4180 01/09/2008
Jiménez Méndez Greivin 15338 05/08/2008
Li Ruiz Xiani 10089 27/08/2008
Villalobos Hernández Randall 11566 01/09/2008
Comuníquese al Consejo Superior de la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado.
Lic. Gilberto Corella Quesada, Presidente.—MSc. María del Rocío Cerdas Quesada, Tesorera.—Lic. Yorleny Sequeira Ruiz, Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº 6689).—C-13220.—(85188).
Se avisa que en este despacho bajo el expediente 08-001273-0338-FA (4), los señores Edwin Reyes Odio y Lucía Villalobos Chacón, solicitan se apruebe la adopción conjunta de los menores Kevin David y Marco Vinicio ambos Brenes Hernández. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 20 de agosto del 2008.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 59245.—(86068).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la cúratela de Olga Quirós Cubero, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Lidia María Gómez Quirós. Expediente número 08-001189-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 26 de agosto del año 2008.—Lic. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Nº 59289.—(86069).
Se convoca por medio de este edicto, a las personas interesadas en la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días hábiles, contando a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Asociación de Atención Integral de la Persona Adulta Mayor San Cayetano, representada por la señora Flory Ortiz Chang, a favor de la persona adulta mayor señora América Herrera Herrera. Expediente número 08-400991-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 59380.—(86070).
Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber al señor Vaysell Llado Diez, ciudadano cubano, casado una vez, con pasaporte número C335034, de demás calidades desconocidas. Que en este despacho se tramita el proceso bajo el número único 07-001142-187-FA, que es proceso Especial de Filiación de declaratoria de hijo extramatrimonial promovido por Lillian Vanessa de León Quesada contra Vaysell Llado Diez. Se le emplaza al señor Vaysell Llado Diez por el plazo de diez días a efecto de que se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 1º de agosto del 2008.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Nº 59411.—(86071).
Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez del Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, a Maisha Pacífica S. A., apoderado generalísimo Alan Richard Nelson, hace saber: que en este despacho se tramita el expediente número 05-000073-419-AG (81-1-05) que es ordinario de Faustino Félix Rangel Rojas, contra Maisha Pacífica S. A., en la cual se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, a las catorce horas del once de julio de dos mil cinco. De la anterior demanda ordinaria establecida Faustino Félix Rangel Rojas, contra Maisha Pacífica S. A; por medio de su representante legal; se confiere traslado por le plazo de quince días al demandado, para que la conteste. Debe referirse a los hechos de la demanda uno a uno, manifestando si los reconoce como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones. Si así no lo hiciere se podrán tener por probados aquellos hechos sobre los cuales no haya dado contestación en la forma especifica debida. Si no está conforme con los términos de la demanda o con sus pretensiones, expondrá las circunstancias y razones en que funda su oposición, siguiendo el mismo orden de la demanda. En el mismo acto de la contestación deberá oponer todas las excepciones que estime conveniente, ofrecer y aportar la prueba que sustente su contestación. Asimismo se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar medio idóneo y lugar, éste ultimo dentro del circuito judicial del despacho donde atender notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificados con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilita la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciera cerrado, fuere impreso, incierto, o inexacto (artículos 6º y 12 Ley de Notificaciones vigente). Se le advierte a la parte demandada si no contesta la demanda en el plazo otorgado se procederá de oficio o a petición de parte a declarar su rebeldía, lo que no implicará necesariamente admisión de los hechos de la demanda. Si se apersona después de dicha declaratoria tomará el proceso en el estado en que se encuentre. Para que se notifique esta resolución al accionado Maisha Pacífica S. A; localizable en su domicilio social por medio de su representante legal en San José, avenida 10, calle 17 bis, costado sur, contiguo a los Tribunales de Justicia, del restaurante Alpino, 75 metros sur, contiguo a la Dirección de Notariado, se ordena comisionar a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial. Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, a las quince horas, quince minutos del diecisiete de octubre del año dos mil siete. Vista la certificaciones de Migración y Extranjería visibles de folios 45 y 46, así como el acta de notificación de folio 27, en la cual no fue posible la notificación la sociedad demandada en su domicilio social, con el fin de evitar indefecciones a la citada parte, así como posibles nulidades procesales, es procedente, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 262 del Código Procesal Civil dotar a dicha parte de un representante legal o curador para el proceso que defienda sus intereses, por lo cual, se oye por el plazo de tres días a la Procuraduría, General de la República sobre la anterior solicitud de nombramiento de curador formulada por la parte actora. Notifíquese a la Procuraduría General por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. De previo a nombrar curador, deberá la parte actora depositar a la cuenta de este Despacho, en el Banco de Costa Rica número 124362-4, la suma de doscientos treinta y siete mil quinientos colones, por concepto de honorarios del profesional a designar. Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, a las nueve horas, nueve minutos del tres de junio del año dos mil ocho. Hecho el depósito de ley respectivo, se designa como curador de la sociedad Maisha Pacífica S. A. a la Licenciada Marviodal Saavedra Ramírez; quien puede ser localizada al fax: 2732-2686; a la cual se le concede el plazo de tres días para aceptar. el cargo conferido. Notifíquese. Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, a las diez horas, diez minutos del veintitrés de junio del año dos mil ocho. Por parte de la Lic. Marbiodal Saavedra Ramírez se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal de la demandada Maisha Pacífica S. A. Publíquese el edicto de Ley en el Boletín Judicial. Se le hace ver a la curadora que el plazo para contestar la demanda comenzará a correr a partir de la publicación del edicto”.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, 23 de junio del 2008.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—Nº 59465.—(86072).
Se avisa que en este despacho en el expediente número 07-002390-0364-FA la señora Laura María Molina Ulloa y Róger Humberto Rodríguez Alvarado, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Justin Josué Ortega García. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 14 de julio del año 2008.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—(86199).
Han comparecido en este despacho solicitando contraer matrimonio civil, Alfredo Azriel Gonzáles, mayor, soltero, comerciante, estadounidense, con pasaporte 425115635, vecino de 165 Country Road 226 Iuka Ms, Estados Unidos y Linda Michelle Agüero Rojas, mayor, soltera, del hogar, costarricense, con cedula de identidad 1-1256-0818, vecina de Barrio El Pocito de Pérez Zeledón, segunda entrada al fondo a la derecha. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para la realización de este acto, deberá comunicarlo a este despacho dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, Bufete Benavides & Asociados, localizado en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros oeste y cincuenta norte oficinas centrales de Coopealianza R.L.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría.—1 vez.—Nº 59228.—(86073).
Ante mi notaría, han comparecido los señores: Juan Carlos de Jesús Garrido Guzmán, mayor, divorciado, costarricense, contratista, portador de la cédula de identidad número 1-0714-0925, hijo de Francia Garrido Guzmán, costarricense y de padre desconocido según Registro Civil, vecino de San Pablo de Turrubares, Alajuela; y Lilia Irene Huayllasco Guzmán, conocida como Lilia Irene Martínez en razón de su nacionalidad norteamericana y anterior matrimonio, divorciada, con pasaporte de los Estados Unidos de Norteamérica número 057344852, vecina de San Francisco, California, hija de Yalile María Guzmán García nacida en Costa Rica y José Pastor Huayllasco Montalba, nacido en Perú, ambos nacionalizados en Estados Unidos de Norteamérica y vecinos de San Francisco, California; quienes me solicitan realizar su matrimonio civil. Se pone en conocimiento de las partes que tengan interés en manifestarse con relación a esta petición o que conozcan de impedimento para realizar este matrimonio en la oficina de la suscrita Notaria, ubicada en San José, Barrio México, cien metros al norte de la Defensoría de los Habitantes de la República, número 2080, o al fax: 2255-1594.—San José, 29 de agosto del dos mil ocho.—Lic. Sharon Marcela Esquivel Morales, Notaria.—1 vez.—(86115).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil, Francisco Molina Sequeira, mayor, soltero, de oficio vendedor ambulante, de setenta años de edad, de nacionalidad costarricense, vecino de Alajuelita, con cédula de identidad Nº 8-035-454 y Mauren Mora Arguedas, mayor, soltera, de cincuenta y tres años de edad, de nacionalidad costarricense, de oficio vendedora ambulante, vecina de Alajuelita, cédula de identidad Nº 1-449-892. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para la realización de este acto, deberá comunicarlo a este despacho, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Expediente Nº 08-100106-0251-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita, 2 de setiembre de 2008.—Lic. Karla Argüello Soto, Jueza.—1 vez.—(86208).
Lic. Luis Fernando Oses Arias, Fiscal del Ministerio Público, se le hace saber a: en vista de que no se ha podido notificar al señor Óscar Antonio Cruz Campos, cédula 6-245-140, quien aparece como dueño registral del vehículo marca Toyota, estilo T100, placas 183135, dos puertas, color azul, chasis JT4VD10A4P0015779, por desconocerse su paradero, que en la causa: 07-001679-219-PE seguida contra los imputados: Dennis Castillo González y Roberto Jiménez Villalobos, por el delito: Tenencia de Droga para el Transporte, en perjuicio de la salud pública, se dictó la resolución que en lo conducente dice: Ministerio Público, Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, al ser las trece horas del 1º de setiembre del 2008. En vista de que no se ha podido notificar al señor Óscar Antonio Cruz Campos, cédula 6-245-140, quien aparece como dueño registral del vehículo marca Toyota, estilo T100, placas 183135, dos puertas, color azul, chasis JT4VD10A4P0015779, por desconocerse su paradero. En consecuencia, al tenor del artículo 162 del Código Procesal Penal, notifíquese al mismo por medio de edicto, con la advertencia de que cuenta con un plazo de ocho días a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, para que se apersone o indique su deseo o no, de constituirse como parte interesada en esta causa, y que en caso de emisión, se entenderá que está renunciando a este derecho, corriendo el costo del mismo por el Poder Judicial.—Fiscalía de Pérez Zeledón.—Lic. Luis Fernando Oses Arias, Fiscal.—1 vez.—(85639).