BOLETÍN JUDICIAL Nº 168 DEL 1º DE SETIEMBRE DEL 2008
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas cuarenta minutos del ocho de agosto del dos mil ocho, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 08-010487-0007-CO, interpuesta por Andreína Vincenzi Guilá, para que se declare inconstitucional el inciso e) del artículo 7 del Código Notarial, por estimarlo contrario a los artículos 7, 33, 56 y 182 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto introduce una odiosa desigualdad y un parámetro discriminatorio en contra de los notarios públicos, que no existe para otros profesionales, restringiéndoles su derecho al trabajo y a la participación en igualdad de condiciones en cualquier tipo de contratación que promuevan las instituciones estatales descentralizadas y empresas públicas estructuradas como entidades privadas. Asimismo, limita sin justificación alguna y en forma discriminatoria, la participación de un grupo de notarios públicos en licitaciones de cualquier tipo, favoreciendo a otro grupo de los mismos profesionales. Finalmente restringe, sin ninguna razón objetiva, el derecho al trabajo de quienes son notarios. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91), esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 13 de agosto del 2008.
Gerardo Madriz Piedra
(79104) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas con catorce minutos del cinco de agosto del dos mil ocho, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 08-007435-0007-CO, interpuesta por Arnulfo Carmona Martínez, para que se declare inconstitucional el artículo 4, inciso e) del Código Notarial, por estimarlo contrario a los artículos 39 y 56 de la Constitución Política, así como al ordinal 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La norma se impugna en cuanto establece la potestad de la citada Dirección de decretar la inhabilitación profesional del notario que sea declarado en quiebra, concurso civil o interdicción, mientras no sea rehabilitado. Considera el accionante que la disposición impugnada es irrazonable, pues carece de toda justificación que se disponga la inhabilitación del Notario que no tiene solvencia económica. Establecer dicho impedimento, en adición a la declaratoria de insolvencia, equivale a una suerte de doble sanción, inhabilitándose al Notario por razones ajenas al ejercicio de su profesión. Además, opina que es absurdo pretender que pueda recuperar su solvencia privándolo de la única herramienta de trabajo de que dispone, que es su profesión. Señala que “No debe ni puede la Dirección de Notariado mantenerme inhabilitado indefinidamente por una situación completamente ajena al ejercicio de mi profesión como notario”. Una sanción como la que se pretende viola el derecho constitucional al ejercicio de la profesión, por la que previamente se ha cumplido a cabalidad con todos y cada uno de los requisitos necesarios exigidos para ejercerla. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo -claro está- que se trate de normas que se deba aplicar durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala, esta publicación no suspende la vigencia de la norma cuestionada en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 08 de agosto del 2008.
Gerardo Madriz Piedra
(79105) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad Nº 08000-07, promovida por Emilio Arana Puente en contra de los artículos 3, 4 y 6 del Reglamento Autónomo Municipal de Máquinas de la Municipalidad de Alfaro Ruiz, aprobado por el Concejo Municipal y publicado en La Gaceta Nº 132 del 10 de julio del 2006, se ha dictado el Voto Nº 11932-08 de las quince horas veintitrés minutos del treinta de julio del dos mil ocho, que en lo que interesa dice:
“Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anulan por inconstitucionales los artículos 3, 4 y 5 del Reglamento Autónomo Municipal de Máquinas de la Municipalidad de Alfaro Ruiz, aprobado por el Consejo Municipal y publicado en La Gaceta Nº 132 del diez de julio del dos mil seis. En lo demás se declara sin lugar. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese”.
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.
San José, 30 de julio del 2008.
Gerardo Madriz Piedra
(79106) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 14259-07 promovida por Mario Alberto Zamora Cruz contra Decreto 33837-G, se ha dictado el voto número 11924-08 de las quince horas quince minutos del treinta de julio de dos mil ocho, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin lugar la acción”.
San José, 30 de julio del 2008.
Gerardo Madriz Piedra
(79107) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en acción de inconstitucionalidad número 00272-03 promovida por Ciro Casas Zamora en contra de las normas que reformaron la Constitución Política, se ha dictado el voto número 12247-08 de las catorce horas treinta y cinco minutos del trece de agosto de dos mil ocho, que en lo que interesa dice:
“Por mayoría se rechaza de plano la acción”.
Los Magistrados Vargas Benavides y Cruz Castro salvan el voto, conceden legitimación al accionante y resuelven la acción por el fondo. El primero declara con lugar la acción con sus consecuencias; el segundo la declara sin lugar.
San José, 13 de agosto del 2008.
Gerardo Madriz Piedra,
(79108) Secretario
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 05271-07 promovida por Giovanni Castillo Díaz en contra del artículo 54 de la Ley de Asociaciones Solidaristas (6970), se ha dictado el voto número 12248-08 de las catorce horas treinta y seis minutos del trece de agosto de dos mil ocho, que en lo que interesa dice:
“Se declara sin lugar la acción”.
Los Magistrados Mora y Armijo salvan el voto y declaran con lugar la acción, con sus consecuencias.
San José, 13 de agosto del 2008.
Gerardo Madriz Piedra,
(79109) Secretario
SEGUNDA PUBLICACIÓN
HACE SABER:
Que dentro del Proceso de Inhabilitación por Pérdida de la Vigencia de la Función Notarial (no cuenta con oficina abierta al público), tramitado bajo el expediente Nº 07-1270-624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado de la notaria Hilda Marta Salas Castro, mediante la resolución de las ocho horas del veintisiete de mayo de dos mil ocho, se dispuso: “...Teniendo conocimiento este despacho que la licenciada Hilda Marta Salas Castro, no cuenta con oficina abierta al público en el lugar que señaló ante esta Dirección (folio 4), se ordena la apertura de este procedimiento para determinar si procede decretar su inhabilitación con fundamento en lo que ordena el artículo 13 del Código Notarial y en consecuencia, con la finalidad de garantizar el debido proceso Constitucional, se confiere audiencia por el plazo de ocho días a la notaria Hilda Marta Salas Castro cédula de identidad número 01-448-406, para que se apersone ante este despacho y si fuere del caso, demuestre que no le asiste falta de requisitos, condiciones o impedimentos para ser y ejercer como notaria pública a la luz de lo establecido por la relación de los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 13 del Código Notarial, aportando a la vez la prueba que estime pertinente, al tenor de los artículos 39 y 41 de la Constitución Política. Por no ser este un proceso disciplinario, no se formulan cargos, ya que el mismo no deriva de una falta de la notaria a sus deberes funcionales, sino que el mismo tiene origen en la aparente falta de requisitos y condiciones o la existencia de impedimentos para ser y ejercer como notaria pública, debido a que no cuenta con oficina abierta al público en el lugar que señaló ante esta Dirección. También se le hace ver que al contestar debe indicar a esta Dirección, lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se le previene que puede señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución a la licenciada Hilda Marta Salas Castro personalmente, por medio de la Policía de Proximidad de San Rafael de Heredia, en el lugar registrado ante esta Dirección como su oficina notarial...” y mediante resolución de las trece horas quince minutos del trece de agosto de dos mil ocho, se dispuso “...Vista el acta de notificación visible a folio nueve vuelto y de conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional mediante resolución 2005-07746 de las trece horas con veintitrés minutos del diecisiete de junio de dos mil cinco, se ordena notificar por edictos que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial la resolución de las ocho horas del veintisiete de mayo de dos mil ocho a la notaria Hilda Marta Salas Castro. Expídase el edicto correspondiente para su publicación. Notifíquese...”
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(78516) Director a. í.
Que dentro del Proceso de Inhabilitación de Inhabilitación por Morosidad al Fondo de Garantía Notarial, tramitado bajo el expediente Nº 08-000890-624-NO, se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Poder Judicial Dirección Nacional de Notariado Prevención de Pago por Mora al Fondo de Garantía Notarial Nº 89-08 Notario: Gerardo Sirias Sandoval Dirección Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas diez minutos del veintidós de mayo del dos mil ocho. Desprendiéndose del estudio de cuotas emitido por esta Dirección (con base en el reporte suministrado por BN-VITAL), en fecha veintiuno de mayo del 2008, que el licenciado Gerardo Sirias Sandoval, al mes de abril del presente año, se encuentra en estado de morosidad respecto al pago de ocho cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos situación que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Código Notarial, representa la pérdida de la vigencia de la función notarial, consecuentemente y en aras del debido proceso se previene al citado profesional que dentro del plazo de ocho días debe poner al día su obligación con el citado Fondo, en caso contrario se decretará su inhabilitación, sustentado en los artículos 4, 13, 143 (incisos g, b y a, respectivamente), y 140 párrafo primero del Código Notarial. También se le previene que debe señalar lugar dentro del perímetro o medio para notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el lugar o medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese en la oficina, personalmente o en la casa de habitación al licenciado Gerardo Sirias Sandoval en las direcciones reportadas en el Registro Nacional de Notarios, donde se registran: avenida 16 bis, calle 19, edificio1583, notificación que se efectuará por medio del notificador de este despacho. De no ser habido ahí y reportando su casa de habitación en Tibás, costado este Plaza Jardines de Tibás, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. De no ser localizable el denunciado en las direcciones aquí consignadas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, en concordancia con el numeral 241 de la Ley General de la Administración Pública, deberá notificarse al investigado este pronunciamiento por edicto, el cual deberá publicarse por tres veces consecutivas.
San José, 18 de agosto del 2008
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(78517) Director a. í.
Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, ahorros obligatorios y cualquier otro dinero a que tenía derecho la trabajadora fallecida Margarita Mercedes Smith Samuels, quien fue mayor, soltera, titular de la cédula de residencia número 280-182353-006064, vecina de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 08-000274-679-LA-2 establecido por Loretta Samuels Shaw.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 7 de agosto del 2008.—Lic. Víctor Hugo Medina Morales, Juez.—1 vez.—(79171).
segunda PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de medianería, reservas y restricciones, a las nueve horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho y con la base de tres millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y ocho mil ochocientos diecisiete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote dos mil dieciséis, terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito décimo Hatillo, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote dos mil diecisiete; al sur, lote dos mil quince; al este, alameda trece, y al oeste, lote dos mil veintitrés. Mide: noventa y siete metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del primero de octubre del dos mil ocho, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del quince de octubre del dos mil ocho, con la base de ochocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jenny María Arrieta García y Luis Eduardo Apu Apu. Exp. Nº 08-001126-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2008.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—Nº 55285.—(79601).
A las ocho horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base de dos millones sesenta y nueve mil setecientos un colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 92328-001-002, la cual es terreno para construir lote 21-A. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas. Colinda: al noreste, con INVU; al noroeste, con lote veinte A; al sureste, con lote veintidós A; y al suroeste, con resto destinado a calle. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erick Cortés Casares y otra. Expediente Nº 07-000554-181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de julio del 2008.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—Nº 55332.—(79602).
A las ocho horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas de Ley de Aguas, reservas de Ley de Caminos y con la base de tres millones novecientos setenta y tres mil cien colones con cuarenta y seis céntimos, lo siguiente: Finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero sesenta y un mil novecientos ochenta y uno-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir proyecto Limón 034 mapa 272-Lote 300. Está situada en el distrito primero y cantón quinto, de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Orlando Álvarez Álvarez; al sur, con Emerita Chamorro Camacho; al este, con calle pública, y al oeste, con Andy Chamorro Camacho. Mide: doscientos cincuenta y un metros con veintiún decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 08-000242-0678-CI-3, establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Mayron Rowe Valverde.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 22 de julio del 2008.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—Nº 55377.—(79603).
A las once horas del primero de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; y con la base de un millón trescientos ochenta y tres mil trescientos setenta y tres colones con dieciocho céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº seis cinco cuatro nueve siete uno, marca Hyundai, estilo Elantra GL, capacidad cinco personas, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o familiar, tracción sencilla, chasis KMHJW24M5VU078524, color gris, año mil novecientos noventa y siete. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Créditos y Descuentos CR S. A., contra José Miguel Salazar Ureña. Expediente Nº 08-000829-0222-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José, 29 de julio del 2008.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(79772).
En la sala número uno; soportando infracciones-colisiones, boleta: 2007395979, sumaria 08-600589-607-TC-2 a las diez horas del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, y con la base de un millón quinientos sesenta y seis mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 642199, marca Toyota, año 1995, Vin JT2EL55D8S0076566, cilindrada 1500 c. c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dos de octubre del dos mil ocho, con la base de un millón ciento setenta y cuatro mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil ocho con la base de trescientos noventa y un mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Gabriel Vindas Lara. Expediente Nº 08-002986-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2008.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(79773).
A las ocho horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de tres millones quinientos mil colones al mejor postor se rematará: con la base de tres millones quinientos mil colones, setenta cerdos híbridos, en total (treinta y cinco hembras y treinta y cinco machos), color rojizo, de cinco meses de edad. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil ocho, con el rebajo del veinticinco por ciento de la base sea dos millones seiscientos veinticinco mil colones y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil ocho con un veinticinco por ciento de la base inicial sea la suma de ochocientos setenta y cinco mil colones. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo prendario Nº 08-100131-197-CI de Carlos Mesén Aguilar contra Tony Mauricio Mora Rivera.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 14 de agosto del 2008.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—Nº 55408.—(80060).
En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil ocho y con la base de veintidós millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Folio Real matrícula cuatrocientos treinta y dos mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de rastrojo. Situada en el distrito segundo Zaragoza, cantón sétimo Palmares de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Inmobiliaria Rodríguez Vargas Sociedad Anónima; al sur y oeste, María Cleofe Rojas Vásquez; al este, calle pública con un frente de treinta y cuatro punto cincuenta metros. Mide: tres mil setecientos sesenta y siete metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del uno de octubre de dos mil ocho, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones netos (rebajada en un veinticinco por ciento) y libre de gravámenes hipotecarios para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil ocho, con la base de cinco millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Isabel Rodríguez Vásquez contra Constructora Ramírez y Bin Ltda. Expediente Nº 08-000282-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de agosto del 2008.—Lic. Luis Eduardo Mesén García, Juez.—Nº 55428.—(80061).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada a las once horas del veintitrés de setiembre del dos mil ocho y con la base de diecinueve millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dos cinco cero cero dos cero-cero cero cero, la cual es terreno con patio, zona verde y casa. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alberto Zamora Fonseca; al sur, Alberto Zamora Fonseca; al este, Alver Noah Peña, y al oeste, calle con 15,52 m. Mide: doscientos sesenta y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del ocho de octubre del dos mil ocho, con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintitrés de octubre del dos mil ocho con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Desiree María Aguilar Alvarado y Lidia Alvarado González. Expediente Nº 08-000995-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de agosto del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 55519.—(80063).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho, y con la base de seis millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y ocho mil trescientos veinticuatro según submatrículas cero cero uno-cero cero dos-cero cero cinco- cero cero seis, que en su totalidad se describe como: Terreno para construir con una casa Ñ veintiséis. Situada en el distrito tercero, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jesús Bonilla Salas; al este, calle pública, y al oeste, Ana Cartín Agüero. Mide: ciento cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del uno de octubre del dos mil ocho, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del quince de octubre del dos mil ocho, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gustavo Adolfo Angulo Vargas. Expediente Nº 08-000197-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de agosto del 2008.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—Nº 55520.—(80064).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada al tomo 305, asiento 13174 a las nueve horas del diecinueve de setiembre del año dos mil ocho, y con la base de dieciséis millones ochocientos treinta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Turrialba, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 5; al sur, con María de los Ángeles González Murillo y Julián Pérez Fumero; al este, con María de los Ángeles González Murillo y Julián Pérez Fumero, y al oeste, faja de terreno a calle con diez metros de frente. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del seis de octubre del año dos mil ocho, con la base de doce millones seiscientos veintidós mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiuno de octubre del año en curso con la base de cuatro millones doscientos siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamos contra Gerardo Antonio Venegas González. Expediente Nº 08-000135-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 07 de agosto del 2008.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—Nº 55671.—(80065).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales a las nueve horas del primero de octubre del año dos mil ocho, y con la base de dieciocho mil setecientos noventa y dos unidades de desarrollo, los cuales equivalían para la constitución de la obligación a la suma de ocho millones trescientos noventa y siete mil diecisiete colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito segundo San Miguel, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al oeste, servidumbre de paso con diez metros de frente; al noreste, Javier Delgado Chacón; al noroeste, y sureste, con Luis Alberto Jiménez Marín. Mide: ciento veintitrés metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciséis de octubre del año en curso, con la base de catorce mil noventa y cuatro unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta y uno de octubre del año en curso con la base de cuatro mil seiscientos noventa y ocho unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Davia Luz Miranda Tapia, Maikol Steven Méndez Salazar, Marvin Gerardo Hurtado Paisana y Natanael Mata Segura. Expediente Nº 08-000173-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 19 de agosto del 2008.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—Nº 55535.—(80066).
A las nueve horas del veinticinco de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y un mil ochocientos veinticuatro guión cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 14 m 297 mm; al sur, Luis Guillermo Roldán Piedra; al este, José Román Piedra, y al oeste, calle pública 12m 40cm. Mide: Ciento sesenta y tres metros con doce decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Giselle Moya Cortés contra Magda Calderón Mata y Mario Calderón Mata. Expediente Nº 03-000030-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de julio del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 55585.—(80067).
En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil ocho y con la base de diez millones seiscientos setenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 438956-000 la cual es terreno para construir, bloque C, lote veintidós, con una casa. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 23 C; al sur, lote 21 C; al este, calle pública con seis metros, y al oeste, lotes 43 y 44 C. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil ocho, con la base de ocho millones dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del año dos mil ocho con la base de dos millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rodrigo Muñoz Rodríguez. Expediente Nº 08-001113-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de agosto del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 55614.—(80069).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas del veintidós de setiembre del año dos mil ocho, y con la base de seis millones ochenta y un mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil ciento noventa y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir lote cuarenta y siete H. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón uno de Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, sureste y suroeste, Lotificadora del Pacifico S. A.; sur, lote sesenta y siete C, y noroeste, resto destinado a calle. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del seis de octubre del año dos mil ocho, con la base de cuatro millones quinientos sesenta mil setecientos cincuenta (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veinte de octubre del año dos mil ocho con la base de un millón quinientos veinte mil doscientos cincuenta (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Nilton Rodríguez Araya. Expediente Nº 08-001347-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2008.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—Nº 55679.—(80071).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las once horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil ocho, y con la base de seis millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa mil sesenta y seis-cero cero tres cero cero cuatro, la cual es terreno en lote once con una casa. Situada en el distrito uno de Liberia, cantón uno de Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veinte metros; al sur, lote doce A; al este, calle pública con un frente de diez metros, y al oeste, lote diez A. Mide: doscientos tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del seis de octubre del año dos mil ocho, con la base de cuatro millones ochocientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil ocho con la base de un millón seiscientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Amanda Vanessa Orozco Solera y Santos Edwin Díaz Córdoba. Expediente Nº 08-001337-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2008.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—Nº 55680.—(80072).
A las nueve horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes, con la rebaja del veinticinco por ciento sobre la base primitiva sea la suma de veinticinco millones seiscientos once mil novecientos trece colones con once céntimos, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Cartago, matrícula número 201379-000, que es terreno para construir bloque KK lote 57, situado en el distrito primero Tejar, cantón octavo Guarco, de la provincia de Cartago, que mide: ciento cincuenta y tres metros con treinta y seis decímetros cuadrados, y linda: al norte, con lote 58; al sur, con lote 56; al este, con calle pública, y al oeste, con Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario, Nº 08-000125-0930-CI de: Banco Nacional de Costa Rica, contra Bufete Jurídico del Norte Ruiz y Ruiz S. A.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 14 de agosto del 2008.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—Nº 55682.—(80073).
A las nueve horas del nueve de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, no obstante se advierte que el derecho 001 de la finca hipotecada soporta en las citas 568-94468-01-0002-001 embargo por hipoteca legal por concepto de impuestos municipales, y con la base dada en la cédula hipotecaria de primer grado sea la suma de dos millones cien mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de San José matrícula número 376974 derechos 001 y 002, que son terrenos para construir bloque 29 N 11. Situados en el cantón San José, distrito Pavas de la provincia de San José. Lindan: al norte, con Sogeco S. A.; al sur, con lote 24; al este, con lote 12, y al oeste, con lote 10. Miden: ochenta y siete metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 07-001277-0180-CI-3 de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados R. L., contra Álvarez Jerez María Horacia y Solís Guevara Alex.—Juzgado Primero Civil de San José, 08 de agosto del 2008.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 55683.—(80074).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las once horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil ocho, y con la base de cuatro millones treinta y cinco mil doscientos veintitrés colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección, de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 139.468-001 y 002 la cual es terreno de pasto porc 1 numero-B. Situada en el distrito 01 Cervantes, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, parcela A; al sur, Marvin Masís; al este, cale pública con 51.83 metros, y al oeste, calle pública con 16.11 metros. Mide: quinientos cuarenta y cinco metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil ocho, con la base de tres millones veintiséis mil cuatrocientos diecisiete colones con ochenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil ocho con la base de un millón ocho mil ochocientos cinco colones con noventa y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eli Alexis Obando Masís y María Cecilia Ulloa Solano. Expediente Nº 08-001062-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de agosto del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 55708.—(80075).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las once horas del diecisiete de octubre del año dos mil ocho, (primer remate), y con la base de tres millones novecientos sesenta y seis mil colones (¢3.966.000), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y ocho guión cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ganadera El Guarial S. A.; al sur, Ganadera El Guarial S. A.; al este, José María Ugalde Herrera, y al oeste, calle pública con un frente de diez metros; al noreste, Ganadera El Guarial S. A.; noroeste, Ganadera El Guarial S. A.; sureste, José María Ugalde Herrera, y al suroeste, con calle pública con un frente de diez metros. Mide: ciento noventa y ocho metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del cuatro de noviembre del año dos mil ocho, con la base de dos millones novecientos setenta y cuatro mil quinientos colones (¢2.974.500) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil ocho con la base de novecientos noventa y un mil quinientos colones (¢991.500) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronny Alberto Méndez Azofeifa. Expediente Nº 08-001140-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 55709.—(80076).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres de acueductos y paso de A y A, a las nueve horas del quince de octubre del dos mil ocho y con la base de treinta y cinco millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-047495-000 la cual es terreno Finca Filial treinta a terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial treinta y seis A; al sur, área común libre de acceso vehicular; al este, finca filial veintinueve A, y al oeste. Finca filial treinta y uno A, treinta y dos A treinta y tres A en parte. Mide: ciento ochenta y dos metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del treinta y uno de octubre del dos mil ocho, con la base de veintiséis millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del catorce de noviembre del dos mil ocho con la base de ocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eduardo Alberto Esquivel Chavarría. Expediente Nº 08-001116-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de agosto del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 55710.—(80077).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las catorce horas treinta minutos del siete de octubre de dos mil ocho, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón ochocientos dieciocho mil setecientos noventa y siete colones exactos, en el mejor postor remataré: Un vehículo placas 671246, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan dos puertas, chasis KMHCF35G2YU011049, uso particular, estilo Accent L, capacidad 5 personas, año 2000, color azul, número de motor ilegible. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 08-000343-0185-CI. Ejecutivo prendario de Ehmo S. A., contra Walter Antonio Salazar Garita.—Juzgado Sexto Civil de San José, 08 de agosto de 2008.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(80116).
A las ocho horas y veinte minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones cuatrocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número ciento doce mil doscientos setenta y cinco- cero cero uno, cero cero dos. Que es terreno: para construir lote veintiuno B. Sitio: distrito Corredores, cantón Corredores de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte lote veintiuno B bloque B, sur calle pública, este lote veintiuno A bloque A, y oeste lotes dieciocho y veinte bloque B. mide: ciento sesenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 05-016348-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, contra Cecilia Vargas Elizondo, Marco Vinicio Barrientos Fernández.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de agosto del año 2008.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—(80118).
A las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de quince millones ochocientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticinco mil quinientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote treinta y siete. Situada en el distrito Santa Rosa, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote treinta y ocho; al sur lote treinta y seis; al este resto destinado a calle y al oeste Rocío Hidalgo. Mide: ciento sesenta y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Auto Mercantil Sociedad Anónima contra Víctor Manuel Rodríguez Zúñiga. Expediente Nº 01-002027-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de julio del 2008.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(80119).
A las once horas del dieciocho de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando denuncia del OIJ, sumaria número 06-14165-042-PE, anotada al tomo 0005, asiento 008683 y con la base de cuatro millones de colones, remataré el vehículo placas número cuatrocientos ochenta mil ochocientos cuarenta y cinco, marca, Nissan, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, estilo Almera XG-L, capacidad 5 personas, año 2002, color blanco, el vehículo descrito pertenece a José Enrique Sandi Rojas. Lo anterior se remata por estar así ordenado en prendario Nº 07-100130-188-CI interno 140-07-Y-3, de Coopealianza R. L., contra José Enrique Sandi Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 22 de julio 2008.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—(80123).
A las catorce horas del treinta de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de dos millones seiscientos sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y tres mil novecientos ochenta-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle privada al resto de la finca; al sur resto de la finca madre; al este resto de la finca madre y al oeste calle pública a Ocotal. Mide: cuatrocientos sesenta y un metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra María Ester Masís Segura, Samy Castillo Solano, la finca pertenece a Samy Castillo Solano. Expediente Nº 02-001994-0638-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 18 de julio del año 2008.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—(80141).
A las nueve horas del treinta de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este local que ocupa este despacho, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de trece millones cuatrocientos cuatro mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Veintiocho cobijas (tipo edredones) de 2.00 x 2.40 m. diferentes colores, marca Súper Blankete con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de trece mil colones (¢13.000,00) total trescientos sesenta y cuatro mil colones (¢364.000,00). Ciento doce camisas marca Emegic, de diferentes colores y tallas. Todas con sus respectivos estuches. Valorada cada una en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: cuatrocientos cuarenta y ocho mil colones (¢448.000,00). Cuarenta y cuatro camisas marcas Sailor, Gasolime y Ficlum America, diferentes tallas y colores, con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: ciento setenta y seis mil colones (¢176.000,00). Ocho camisas marca Psulimo, diferentes tallas y colores, con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: treinta y dos mil colones (¢32.000,00). Doscientos cincuenta y cinco camisas de punto, marca Lacoste, diferentes tallas y colores con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de ocho mil colones (¢8.000,00) total: dos millones cuarenta mil colones (¢2.040.000,00). Diez camisas marca Gasolime. Diferentes colores y tallas, con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de tres mil colones (¢3.000,00) total: treinta mil colones (¢30.000,00). Cinco camisas marca Demo, diferentes colores y tallas, con sus respectivos estuches. Valorada cada una en la suma de tres mil colones (¢3.000,00) total: quince mil colones (¢15.000,00). Trece camisas marca Wslkes Sport, diferentes colores y tallas, con sus respectivos estuches. Valorada cada una en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: cincuenta y dos mil colones (¢52.000,00). Diecisiete camisas tipos sport deportivas con su respectivo estuche, diferentes colores y tallas. Valorada cada una en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: sesenta y ocho mil colones (¢68.000,00). Seis camisas marca Demo, color blancas, en diferentes tallas, con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de tres mil colones (¢3.000,00) total: dieciocho mil colones (¢18.000,00). Cuarenta y seis camisas (tipo camisetas de punto) marca Lot, diferentes colores y tallas, con su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de tres mil quinientos colones (¢3.500,00) total: ciento sesenta y un mil colones (¢161.000,00). Veinte Jackets de mezclilla, color azul, marca Ocean Bay para hombre, diferentes tallas. Valorada cada una en la suma de cinco mil colones (¢5.000,00) total: cien mil colones (¢100.000,00). Cincuenta y tres camisas marca Mackt, diferentes colores y tallas en su estuche. Valorada cada una en la suma de tres mil quinientos colones (¢3.500,00) total: ciento ochenta y cinco mil quinientos colones (¢185.500,00). Diez jackets de mujer de mezclilla marca Pvrs, diferentes tallas color azul. Valorada cada una en la suma de cinco mil colones (¢5.000,00) total: cincuenta mil colones (¢50.000,00). Doscientos pantalones de mezclilla, marca Omeil, color azul, diferentes tallas. Valorado cada uno en la suma de siete mil quinientos colones (¢7.500,00) total: un millón quinientos mil colones (¢1.500.000,00). Diez pantalones de mezclilla, marca Omeil, color azul, diferentes tallas. Valorado cada uno en suma de siete mil quinientos colones (¢7.500,00) total: setenta y cinco mil colones (¢75.000,00). Ciento veinticuatro camisas marca Tourist, diferentes colores y tallas, con su estuche. Valorada cada una en la suma de cuatro mil quinientos colones (¢4.500,00) total: quinientos cincuenta y ocho mil colones (¢558.000,00). Veintisiete camisas marca Quik silver, diferentes colores y tallas, con su estuche. Valorado cada uno en la suma de ocho mil colones (¢8.000,00) total: doscientos dieciséis mil colones (¢216.000,00). Nueve coches para niños marcas C8T, diferentes colores, de plástico. Valorado cada uno en la suma de seis mil colones (¢6.000,00) total: cincuenta y cuatro mil colones (¢54.000,00). Tres camisas marca Kambroy, diferentes tallas y colores, con su estuche. valorado cada uno en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: doce mil colones (¢12.000,00). Una valija marca Jhon y Hill, color negra. Valorada en la suma de sesenta mil colones (¢60.000,00). Cincuenta y uno pantalones para hombre y niño, marca Jeson Demo diferentes colores y tallas. Valorado cada uno en la suma de seis mil quinientos colones (¢6.500,00) total: cincuenta y ocho mil quinientos colones (¢58.500,00). Nueve camisas marca Quit Jean, diferentes colores y tallas, con su estuche. Valorado cada uno en la suma de seis mil quinientos colones (¢6.500,00) total: cincuenta y ocho mil quinientos colones (¢58.500,00). Una camisa marca Emegie, con su estuche. Valorada en la suma de cinco mil colones (¢5.000,00) total: cinco mil colones (¢5.000,00). Tres camisas marca Diesel, diferentes tallas y colores, en su estuche. Valoradas en la suma de tres mil quinientos colones (¢3.500,00) total: diez mil quinientos colones (¢10.500,00). Veintiuno pantalones marca Quit Jeans, para hombre, diferentes colores y tallas. Valorado cada uno en la suma de siete mil colones (¢7.000,00) total: ciento cuarenta y siete mil colones (¢147.000,00). Dieciocho Fuststion-3 (Play Station) con su respectiva caja. Valorado cada uno en la suma de seis mil colones (¢6.000,00) total: ciento ocho mil colones (¢108.000,00). Tres Cyber Leopax Kim, diferentes colores, en su respectiva caja. Valorado cada uno en la suma de cinco mil colones (¢5.000,00) total: quince mil colones (¢15.000,00). Doscientos pantalones de corduroy, marca Rocco Broroco y Miss Sister, para hombre y mujer, diferentes colores y tallas. Valorado cada uno en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: ochocientos mil colones (¢800.000,00). Ochenta pantalones de corduroy, marca Rocco Broroco y Miss Sister, para hombre y mujer, diferentes colores y tallas. Valorado cada uno en la suma de cuatro mil colones (¢4.000,00) total: trescientos veinte mil colones (¢320.000,00). Treinta y dos automóviles de juguete de control remoto, estilo auto monstruo tracker, diferentes colores, en su respectiva caja. Valorado cada uno en la suma de seis mil colones (¢6.000,00) total: ciento noventa y dos mil colones (¢192.000,00). Veintiún automóviles de juguete de control remoto, tipo remolque en su respectiva caja, diferentes colores. Valorado cada uno en la suma de seis mil quinientos colones (¢6.500,00) total: ciento treinta y seis mil quinientos colones (¢136.500,00). Setenta y dos camisetas con cuello, marca Lacaste, diferentes tallas, en su respectivo estuche. Valorada cada una en la suma de ocho mil colones (¢8.000,00) total: quinientos setenta y seis mil quinientos colones (¢576.500,00). Ciento ochenta y seis camisas de tela, para hombre, diferentes tallas, colores y marcas. Valorada cada una en la suma de tres mil colones (¢3.000,00) total: quinientos cincuenta y ocho mil colones (¢558.000,00). Doscientos veinticuatro pantalones de mezclilla, color azul, diferentes tallas y marcas. Valorado cada uno en la suma de seis mil colones (¢6.000,00) total: un millón trescientos cuarenta y cuatro mil colones (¢1.344.000,00). Cincuenta y siete pantalones para hombre de Armi, diferentes tallas y colores. Valorado cada uno en la suma de seis mil quinientos colones (¢6.500,00) total: trescientos setenta mil quinientos colones (¢370.500,00). Trescientos treinta y siete pantalones de mezclilla para mujer, color azul, diferentes tallas y marcas. Valorado cada uno en la suma de cinco mil colones (¢5.000,00) total: un millón seiscientos ochenta y cinco mil colones (¢1.685.000,00). Doscientos seis pantalones de mezclilla para hombre, de color azul, diferentes tallas y marcas. Valorado cada uno en la suma de seis mil colones (¢6.000,00) total: un millón doscientos sesenta y seis mil colones (¢1.266.000,00). Quince coches para bebé, con sobre para el sol, y ruedas, color azul, sin marca visible. Valorado cada uno en la suma de veinticinco mil colones (¢25.000,00) total: trescientos setenta y cinco mil colones (¢375.000,00). Treinta y cuatro muñecas marca Barbie, con sus respectivos estuches. Valorado cada uno en la suma de tres mil quinientos colones (¢3.500,00) total: ciento diecinueve mil colones (¢119.000,00). Seis maletas para viaje, de lona y plástico, sin marca visible (grandes). Valorada cada una en la suma de veinte mil colones (¢20.000,00) total: ciento veinte mil colones (¢120.000,00). Doscientos sesenta y siete camisas de tela, para hombre, diferentes tallas, colores y marcas. Valorada cada una en la suma de tres mil colones (¢3.000,00) total: ochocientos un mil colones (¢801.000,00). Ciento cuarenta camisetas con cuello, marca Lacoste, diferentes tallas, colores y marcas, para hombre, con su estuche. Valorada cada una en la suma de ocho mil colones (¢8.000,00) total: un millón ciento veinte mil colones (¢1.120.000,00). Ciento treinta y cuatro pantalones, para hombre, diferentes tallas, colores y marcas. Valorado cada uno en la suma de cinco mil quinientos colones (¢5.500,00) total: setecientos treinta y siete mil colones (¢737.000.00). Veinticinco juegos de sábanas marca Calfot, con estuche de plástico, diferentes colores. Valorado cada uno en la suma de cinco mil colones (¢5.000,00) total: ciento veinticinco mil colones (¢125.000,00). Una cobija marca Pel Intima Deluxe, con estuche de plástico, diferentes colores. Valorada en la suma de trece mil colones (¢13.000,00) total: trece mil colones (¢13.000,00). Tres estuches tipo valija, con un cubre cama, marca Surt Dram. Valorado en la suma de catorce mil colones (¢14.000,00) total: cuarenta y dos mil colones (¢42.000,00). Ciento cuatro móviles, tipo juguetes para bebé de cuna sin marca visibles, diferentes colores. Valorado cada uno en la suma de tres mil (¢3.000,00) total: trescientos doce mil colones (¢312.000,00). Se remata por ordenarse así en proceso desahucio de Juno S. A. contra José Balmore Amaya Guevara. Expediente Nº 04-103091-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto del año 2008.—Lic. María del Rocío Berrocal Vega, Jueza.—(80145).
A las ocho horas del martes catorce de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de quinientos noventa y dos mil doscientos setenta y cinco colones netos, remátese la madera decomisada en esta causa la cual se describe así: 1) Una troza de madera de la especie María, con un diámetro de 40 centímetros, 2.60 metros de largo y un volumen de 0.31 metros cúbicos. 2) Una troza de la especie María, con un diámetro de 50 centímetros y 2.34 metros de largo, con un volumen de 0.65 metros cúbicos. 3) Una troza de la especie María de 38 centímetros de diámetro, 2.52 metros de largo, con un volumen de 0.28 metros cúbicos. 4) Una troza de la especie María de 40 centímetros de diámetro, con 1.80 metros de largo, con un volumen de 0.23 metros cúbicos. 5) Una troza de la especie María de 45 centímetros de diámetro, por 2.80 metros de largo, con un volumen de 0.44 metros cúbicos. 6) Una troza de la especie María de 50 centímetros de diámetro, por 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.66 metros cúbicos. 7) Una troza de la especie María de 45 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.53 metros cúbicos. 8) Una troza de la especie María con un diámetro de 40 centímetros por 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.42 metros cúbicos. 9) Una troza de la especie María de 40 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo con un volumen de 0.42 metros cúbicos. 10) Una troza de la especie María de 40 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo con un volumen de 0.42 metros cúbicos. 11) Una troza de la especie María de 35 centímetros de diámetro por 2.00 metros de largo, con un volumen de 0.19 metros cúbicos. 12) Una troza de la especie María de 47 centímetros de diámetro por 7.00 metros de largo, con un volumen de 1.21 metros cúbicos. 13) Una troza de la especie María de 34 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.30 metros cúbicos. 14) Una troza de la especie María de 42 centímetros de diámetros por 2.80 metros cúbicos con un volumen de 0.38 metros cúbicos. 15) Una troza de la especie María de 41 centímetros de diámetro por 3.40 metros de largo, con un volumen de 0.44 metros cúbicos. 16) Una troza de la especie María de 45 centímetros de diámetro por 3.35 metros de largo con un volumen de 0.53 metros cúbicos. 17) Una troza de la especie María con un diámetro de 45 centímetros, por 2.80 metros de largo, con un volumen de 0.44 metros cúbicos. 18) Una troza de la especie María con un diámetro de 25 centímetros de diámetro de 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.16 metros cúbicos. 19) Una troza de la especie María de 28 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.20 metros cúbicos. 20) Una troza de la especie María de 34 centímetros de diámetro por 3.35 metros de largo, con un volumen de 0.30 metros cúbicos. 21) Una troza de la especie María de 27 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo, con un volumen de 0.19 metros cúbicos. 22) Una troza de la especie María de 30 centímetros de diámetro por 3.35 metros de largo, con un volumen de 0.23 metros cúbicos. 23) Una troza de la especie María de 32 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo con un volumen de 0.27 metros cúbicos. 24) Una troza de la especie María de 33 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo con un volumen de 0.28 metros cúbicos. 25) Una troza de la especie María de 46 centímetros de diámetro por 3.36 metros de largo con un volumen de 0.55 metros cúbicos. 26) Una troza de la especie amarillón de 55 centímetros de diámetro por 2.60 metros de largo, con un volumen de 0.61 metros cúbicos. 27) Una troza de la especie amarillón de 60 centímetros de diámetro por 4.00 metros de largo, con un volumen de 1.13 metros cúbicos. 28) Una troza de la especie amarillón de 40 centímetros de diámetro por 2.00 metros de largo, con un volumen de 0.25 metros cúbicos. Se hace la observación que las trozas de la especie amarillón presentan alto grado de deterioro en el centro, por lo que se aplicó un 50 por ciento de depreciación. Producto forestal que se encuentra bajo custodia en finca del señor Arnulfo Rodríguez Castillo, sita en La Chanchera de Sabalito de Coto Brus, un kilómetro al este del Beneficio Volcafé. Por haberse ordenado así en la resolución de las quince horas con diez minutos del veinte de agosto dos mil ocho, dentro de la causa penal número 08-000461-636-PE (Comisión Penal número 119-08-2E) por Infracción a la Ley Forestal, contra Arnulfo Rodríguez Castillo y otros en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Corredores.—Lic. Luis Guillermo Araya Vallejos, Juez.—(80201).
A las once horas del diecinueve de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales y con la base de catorce millones seiscientos veinticuatro mil veinte colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-veintiún mil cuatrocientos cincuenta y cinco cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno filial número 1, casa de habitación de una planta en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al sur, Heliconias Residencial S. A., con lote número 13-A; al este, área común, y al oeste, área común. Mide: cuarenta y cuatro metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María del Milagro Rodríguez Segura, Mario García Badilla. Expediente 07-001201-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de julio de 2008.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—(80302).
A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre y obligaciones al tomo 324, asiento 18049, servidumbre trasladada al tomo 387, asiento 13665 y con la base ciento treinta y tres mil cuatrocientos treinta y seis dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número 583898-000 del partido de San José, que se describe así: naturaleza lote dos, terreno para construir, mide ciento cuarenta y nueve metros con setenta decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linderos: al norte, con Brocato Azul del Norte S. A.; al sur, con calle pública; al este, con Hilda Rojas Incera, y al oeste, con Brocato Plateado del Este S. A. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 08-000548-0183-CI de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Rubén Enrique Parrales Aburto, cédula 2701931740111218 y Vistas del Oriente Bolonyr S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 04 de agosto del 2008.—MSc. Xinia González Grajales, Jueza.—Nº 55810.—(80543).
A las nueve horas quince minutos del 26 de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de tres millones quinientos mil colones, remataré: Finca del partido de Guanacaste, matrícula de Folio Real número cero cincuenta y un mil novecientos treinta y ocho-cero cero dos, que se describe así: Terreno para construir. Sito: en el distrito primero, Cañas, cantón sexto, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de ocho metros con cincuenta centímetros lineales; al sur, con resto de José Ángel Mora Carmona; al este, con lote A diez, y al oeste, con lote A ocho. Mide: doscientos doce metros con cincuenta decímetros cuadrados de terreno. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones seiscientos veinticinco mil colones, se señalan las nueve horas del 10 de octubre del dos mil ocho. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ochocientos setenta y cinco mil colones, se señalan las: ocho horas del 24 de octubre del dos mil ocho. Se remata por ordenarse así en expediente número 08-100309-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Inmobiliaria Las Brisas del Miravalles Sociedad Anónima contra Milena Chaverri Ortiz.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de agosto del 2008.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—Nº 55825.—(80544).
A las ocho horas del tres de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, tomo: 342, asiento: 31136 y por un monto de cinco millones novecientos cincuenta y nueve mil ochocientos colones en el mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de San José, Folio Real número trescientos quince mil ochocientos cincuenta y tres-cero cero cero. Que es terreno de breñón, con una casa. Situado en el distrito quinto San Pedro, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linda: norte, Adelaida Ortiz Hidalgo y Nelgita Calderón Ortiz; al sur, Jerson Calderón Valverde; al este, calle pública, al oeste, río La Unión. Mide: ocho mil novecientos noventa y seis metros con un decímetros cuadrados. Lo anterior en ejecutivo simple Nº 06-101370-0857-CI-5 Nº Interno 1393-06-1 de Gabino Ceciliano Badilla contra Anerjita Calderón Ortiz.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro, 07 de agosto del 2008.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—Nº 55837.—(80545).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochenta y cinco-cero cero cero, que es terreno para construir. Situado en el distrito primero, San Isidro, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes: norte, Flor María Jiménez Mora; sur, calle pública; este, Margarita Moya Coto y al oeste, Flor María Jiménez Moya. Mide: doscientos sesenta y dos metros con setenta y tres decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a María de los Ángeles Arroyo Badilla, cédula 1-0542-0432, para el primer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil ocho, con la base de doce mil dólares. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de octubre del año dos mil ocho, con la base de nueve mil dólares y para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de noviembre del año dos mil ocho, con la base de tres mil dólares. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 08-1003191-188-CI Interno 422-08-R3 de Yessenia Montero Fallas contra María de los Ángeles A. Badilla.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 30 julio del 2008.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 55839.—(80546).
A las ocho horas con treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y seis colones con diez céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 456173, modelo Hyundai, estilo Galloper II Tur, serie número KMXKRS1BP1U428112, con capacidad para nueve personas, año 2001, color gris, combustible diesel. Se rematara por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001729-184-CI de Credi Q Inversiones Costa Rica S. A., contra Olga Sáenz Carbonell.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de julio del 2008.—MSc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—Nº 55847.—(80547).
A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de un millón cuatrocientos treinta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número CL-149845, con las siguientes características: automóvil marca Kía, estilo Ceres, año 1997, color blanco, combustible diesel, capacidad 3 personas, motor número SC019174. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 08-000382-0183-CI de Fiduciaria Cuscatlán S. A., contra Marcela Cerdas Salazar.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 05 de agosto del 2008.—Msc. Xinia González Grajales, Jueza.—Nº 55848.—(80548).
A las nueve horas del quince de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de quinientos treinta y nueve mil ciento setenta y nueve colones con treinta y tres céntimos, al mejor postor remataré: vehículo placas número: trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos setenta y ocho, marca: Hyundai, estilo: Excel GLSI, año: mil novecientos noventa y dos, capacidad: cinco personas, carrocería:s cuatro puertas, color: gris, cabina: sencilla, motor marca: Hyundai, combustible: gasolina, cilindrada: mil quinientos centímetros cúbicos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Marcela Martínez Umaña. Expediente Nº 2006-000586-0223-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San José, 06 de agosto del 2008.—Lic. Francis Porras León, Juez.—Nº 55849.—(80549).
A las nueve horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de dos millones dieciséis mil cuarenta colones con ochenta y siete céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 136064, marca Mercedes Benz, estilo 230 E, carrocería Sedan 4 puertas, motor número 10298212012165, año 1985, color blanco, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 08-000163-184-CI de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Gaudy Cárdena Matarrita.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de agosto del 2008.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—Nº 55879.—(80550).
En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor de Banco de Costa Rica, anotación de embargo a favor de gestionadora de Créditos J S Sociedad Anónima inscrita al tomo 575, asiento 84295 y donación a favor de Warren Alonso, María Noelia, Pamela y Daniel todos de apellidos Mesén Cascante, inscrita al tomo 575, asiento 71812, a las catorce horas del diecinueve de setiembre del año dos mil ocho y con la base de un millón setecientos cuarenta y siete mil quinientos cuatro colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y nueve mil ciento ochenta siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote G-14. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 861 m; al sur, Óscar Guillermo Vargas Herrera; al este, calle pública con 14 m y al oeste, Agrícola Los Joses Lote 13. Mide: ciento cuarenta y dos metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del seis de octubre del año dos mil ocho, con la base de un millón trescientos diez mil seiscientos veintiocho colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintiuno de octubre del año dos mil ocho, con la base de cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos setenta y seis colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Guillermo Enrique Mesén Venegas. Expediente Nº 08-003582-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2008.—Lic. María del Rocío Berrocal Vega, Jueza.—Nº 55888.—(80551).
A las trece treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, reservas y restricciones, y prohibiciones con la base de noventa mil dólares, en el mejor postor remataré la finca matrícula de Folio Real de la provincia de Puntarenas número cero veinte mil novecientos setenta y ocho-cero cero cero, sita en el distrito cero dos Savegre del cantón Aguirre de la provincia de Puntarenas, que es terreno sembrado de árboles de Teca, mide cuarenta y un mil novecientos cincuenta y cuatro metros con ochenta y un decímetros cuadrados, colinda al norte Sol Brillante S. A.; al sur, calle pública con frente de doscientos diecinueve metros con cincuenta y tres decímetros lineales; este, con Sol Brillante S. A.; oeste con calle pública con un frente de ciento noventa y seis metros con noventa y un decímetros lineales. Que es propiedad de Wandering Breeze Limitada cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil setecientos treinta y nueve. Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso hipotecario número 08-100074-425-1-C.I. de Sincro Sinto S. A. contra Wandering Breeze Limitada.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—Nº 55911.—(80552).
A las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada y practicado 471-11463-01-0002-001 y con la base de tres millones doscientos quince mil cuatrocientos ochenta y un colones con cinco céntimos, lo siguiente: Finca inscrita en la Sección de Propiedad, Partido de Limón, matrícula número cero treinta y nueve mil setecientos sesenta y ocho-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir lote número dieciocho. Está situada en el distrito y cantón primero de la provincia de Limón. Colinda al norte, con calle pública; sur, con servidumbre de paso; este, INVU, y oeste, con calle pública. Mide: ciento tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso Ejecutivo Hipotecario establecido por Japdeva contra Frank Mc Kenzie Peterkin.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 14 de agosto del 2008.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—Nº 55957.—(80553).
En la sala número 1; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 361, asiento 06523 y servidumbre de paso al tomo 550, asiento 02278 a las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil ocho y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 412748-000, la cual es terreno apto para urbanizar. Situada en el distrito 07 Sabanilla, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 97.19 metros de frente; al sur, Bojorges L Y L S. A.; al este, Río Carachay Bojorges L Y L S. A., y al oeste, Bojorges L Y L S. A. Mide: diez mil cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del siete de octubre del dos mil ocho, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintidós de octubre del dos mil ocho con la base de un millón quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sky Blue Kite S. A., contra Ecodesarrollo La Costa S. A. Expediente Nº 08-002479-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2008.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—(80592).
En la puerta exterior de este despacho, a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil ocho, sin sujeción a base y libre de gravámenes y anotaciones, al mejor postor remataré: tractor agrícola marca Massey Ferguson, color rojo, negro y blanco, año mil novecientos noventa y dos, motor marca Perkins número LF tres uno dos cero cuatro U cinco uno ocho siete ocho WA cuatro cero ocho uno, placa número EE cero uno seis uno siete ocho, chasis número cinco tres siete siete A uno nueve uno uno cinco, cilindros cuatro, cilindrada tres mil ochocientos sesenta c. c., el cual se encuentra en la finca del deudor sito en La Cuesta de Corredores, Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, Mario Mohedano; sur, Alberto Espinoza; este, Ofelia Mohedano, oeste, Leda Gómez. Lo anterior por haberse ordenado así en expediente número 02-000065-0419-AG (81-3-02) del Banco Nacional de Costa Rica c/ Orlando Gustavino Corella y otros.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, Ciudad Neily, 11 de agosto del 2008.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—(80621).
A las diez horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil ocho, en la puerta exterior que ocupa este despacho, libre de hipotecas y con la base de diecisiete millones cincuenta y ocho mil seiscientos cuarenta y nueve colones exactos, se ordena sacar a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número 060483-000, naturaleza zona verde con una casa, sito en Santo Domingo de Santa Bárbara. Linderos: Norte, calle pública; sur, Gerardo Alfaro Rodríguez y Hugo Ramírez Víquez; este, Norman Alfaro Rojas; oeste, calle pública. Mide: mil ciento diecisiete metros con diez decímetros cuadrados. Lo anterior por haber sido ordenado así en ejecutivo número 05-001486-0376-CI de Municipalidad de Santa Bárbara contra Soledad Rojas Arias.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de San Joaquín.—Lic. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza.—(80688).
A las catorce horas quince minutos del diecisiete de setiembre del dos mil ocho, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y soportando infracción de tránsito bajo la sumaria número 07-61441-0489-TR, con la base de nueve millones ciento sesenta y ocho mil ciento nueve colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas CL-197411, marca Chevrolet, categoría carga liviana, carrocería caja abierta o cam-pu, chasis 9BG138BC04C422266, uso particular, estilo S 10, capacidad cinco personas, año 2004, color gris, número de motor 40704165308. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 07-002223-0185-CI. Ejecutivo prendario de Scotiabank S. A., contra Sócrates Darío Bueno Santana.—Juzgado Sexto Civil de San José, 17 de julio del 2008.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(80754).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José María Quintero Bustavino, con cédula número ocho-cero cuarenta y seis-seiscientos veinticinco, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Cuesta, a una junta que se verificará en este juzgado a las trece horas con treinta minutos del primero de octubre del dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 07-100019-424-CI-1, promovido por Alberta Morantes Madrid.—Juzgado Civil y de Trabajo de Corredores, Ciudad Neily, 13 de agosto del 2008.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—1 vez.—Nº 55892.—(80542).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000309-0296-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de José Luis Orozco Flores quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-391-1426, profesión comerciante y Juvenal Villalobos Corrales quien es mayor, estado civil casado una vez vecino de Naranjo de Alajuela, portador de la cédula 2-217-636, profesión comerciante a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 08 Ángeles, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernardo Calvo Pérez; al sur, calle pública con un frente de ciento setenta y siete metros con veintiséis centímetros; al este, Bernardo Calvo Pérez y Luis Ángel Díaz Prado y al oeste, Bernardo Calvo Pérez y calle pública con un frente de cuarenta y cinco metros con sesenta y un centímetros lineales. Mide: once mil ochocientos treinta y dos metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra que le hicieron al señor Luis Ángel Díaz Prado y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en actividades recreativas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por José Luis Orozco Flores. Exp. 07-000309-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 12 de agosto del 2008.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 55467.—(80079).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 08-000032-0699-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Nelly Umaña Castillo, quien es mayor, viuda, ama de casa, vecina de Cervantes de Alvarado, Cartago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-120-248, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 02 Cervantes, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Eduardo Umaña Castillo; al sur, con José Joaquín Orozco Calderón y Nelly Umaña Castillo, ambos en parte; al este, con calle pública con un frente de treinta y cuatro metros con dieciséis decímetros y al oeste, con Nelly Umaña Castillo. Mide: dos mil doscientos cuarenta y dos metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación verbal que le hizo su hermano Aquiles Umaña Castillo y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión sobre el inmueble han consistido en cercado, limpieza y siembra de productos de estación, así como su cuido y actualmente se encuentra sembrado de chile. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de Información Posesoria, promovida por Nelly Umaña Castillo. Expediente: 08-000032-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 06 de agosto del 2008.—Lic. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—Nº 55568.—(80080).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 07-100028-217-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos Enrique Mora Barboza, quien es mayor, casado una vez, vecino de Tarbaca, cédula 1-0490-0294, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir, ubicado en Aserrí, distrito segundo Tarbaca del cantón sexto de la provincia de San José, cuya área según el plano es de novecientos setenta y cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Colinda al norte, con calle pública con una extensión de treinta y seis metros con ochenta y cinco centímetros lineales; al sur, con Odilia Barboza Porras y Natalia Ortega Montero; al este, con Elia Castro Valverde y Natalia Ortega Montero; y al oeste, con: Juan Carlos Mora Fallas y Odilia Barboza Porras. Se cita y emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Exp. 07-100028-0217-CI, Información Posesoria promovida por Carlos Enrique Mora Barboza.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 11 de agosto del 2008.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº 55613.—(80081).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000969-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Walter Angulo Robledo, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Fortuna de Bagaces del Súper Barú, cincuenta metros norte, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-doscientos setenta y cuatro-novecientos veintiuno, profesión operador de planta eléctrica, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo, cantón cuarto, la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jerónimo Rojas Montes; al sur, calle pública, con un frente de catorce metros con veintiún centímetros lineales; al este, Crisanto González Rojas, y al oeste, Aurora González Rojas, y Nelly Jiménez Rodríguez. Mide: trescientos setenta y ocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta, mediante escritura número doscientos diecisiete-cuatro, de José Luis González Rojas, quien es mayor, soltero, fabricantes de postes, vecino de Fortuna de Bagaces, barrio Miravalles, ciento cincuenta norte de la plaza, cédula de identidad cinco-ciento veintinueve-novecientos setenta y cuatro y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenerlo limpio, chapeado y bien cuidado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Walter Angulo Robledo. Exp. 07-000969-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 17 de diciembre del 2007.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 55621.—(80082).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 00-001646-0638-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Claver Salazar Campos, mayor, casado una vez, vecino de Los Bajos del Toro Amarillo de Alajuela, cédula número 2-451-158, agricultor y Jorge Antonio Salazar Campos, mayor, casado una vez, vecino de Los Bajos del Toro Amarillo, Alajuela, cédula número 2-438-015, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos que se describen así: 1) Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de bosques para la producción de servicios ambientales con aproximadamente tres hectáreas de potrero. Situada en Cerro Congo, en el distrito 06 Río Cuarto y 14 Sarapiquí, cantón 03 Grecia y 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Antolín Chaves Peraza y el Estado; al sur, el Estado; al suroeste, Jorge Antonio Salazar Campos y Claves Salazar Campos, y al este, Leonel González Rojas y el Estado. Mide: novecientos treinta y un mil ciento cuarenta y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado número A-785100-2002 de fecha veintiséis de abril del año dos mil dos. 2) Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de bosques para la producción de servicios ambientales, con aproximadamente catorce hectáreas de potrero y una casa vieja. Situada en Cerro Congo, en el distrito 06 Río Cuarto y 14 Sarapiquí, cantón 03 Grecia y 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al Noreste, Jorge Antonio Salazar Campos y Claves Salazar Campos; al sur, Quebrada Gata en medio de Melvin Cubero González y Guillermo Cubero González; al oeste, sucesión de Héctor Hernández Mejía, Juan José Sobrado Chaves y servidumbre de paso y al este, quebrada Ten Fe en medio de el Estado. Mide: ciento treinta hectáreas novecientos sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número A-785101-2002 de fecha veintiséis de abril del año dos mil dos. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Claver Salazar Campos y Jorge Antonio Salazar Campos. Exp. 00-001646-0638-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de febrero del año 2008.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—Nº 55627.—(80083).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-000050-0296-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Miguel Ángel Morales Orozco, quien es mayor, soltero, vecino de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 6-136-624, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito quinto Piedades Sur, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de 172.32 metros; al sur, este y oeste, con Miguel Ángel Morales Orozco. Mide: diez mil seiscientos noventa y un metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra y mejora de los cultivos, mantenimiento, explotación y construcción de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Miguel Ángel Morales Orozco. Expediente Nº 06-000050-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 01 de julio del 2008.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 55684.—(80084).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Rafael Ángel Chinchilla Cordero, quien fue mayor, casado dos veces, agricultor, costarricense, cédula número 9-041-266 y vecino de San Miguel de Sabalito, Coto Brus, 100 metros norte del Salón del Reino de los Testigos de Jehová, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de este término, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente número 08-100047-0441-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 07 de agosto del 2008.—Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—1 vez.—Nº 55082.—(79612).
Se cita a todos los presuntos herederos, legatarios y demás interesados dentro del juicio sucesorio de Adela Piedades Méndez Montero, quien fue mayor, casada una vez, oficios domésticos, quien fue portadora de la cédula de identidad número dos-doscientos seis-ciento treinta y uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 07-100384-0389-CI (413-4-2007), proceso sucesorio de Adela Piedades Méndez Montero.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 19 de agosto del 2008.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 55102.—(79613).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Manuel de Mendiola Bengoechea, quien fuera mayor, cédula de identidad 1-227-623, casado, industrial, vecino de Curridabat. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 07-002l51-0182-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de abril del año 2008.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 55105.—(79614).
Se emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fue María Lourdes Siles Gutiérrez, mayor, viuda, del hogar, cédula de identidad número uno-cero uno cinco dos-cero dos dos cero, vecina de Escazú del Colegio Pilar cuatrocientos metros al sur, casa a mano derecha, para que en el plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Bufete Siles López, situado en San Francisco de dos Ríos, de la Farmacia La Pacífica, quinientos metros al este y veinticinco metros al norte, en defensa de sus derechos. Sucesión Notarial.—Lic. Ligia María López Alvarado, Notaría.—1 vez.—Nº 55108.—(79615).
Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Hua Ha Zhegn Wu quién fue mayor, divorciado, cédula de residencia número 115600144327, vecino de Pavas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000650-182-CI (2).—Juzgado Tercero Civil de San José, 04 de agosto 2008.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 55111.—(79616).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ramón Antonio Esquivel Miranda, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Banderas de Pocosol, cédula 2-518-644, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentaren dentro del plazo indicado la posible herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de Ramón Antonio Esquivel Miranda promovido por María Isabel Miranda Ramírez y otro. Exp. Nº 08-100621-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 08 de agosto del 2008.—Lic. Viviana Salas Hernández, Jueza.—1 vez.—Nº 55115.—(79617).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Elsa Soto Soto, quien fuera mayor, viuda una vez, de oficios domésticos, vecina de Heredia, Urbanización Cedri, casa 8-11, cédula 2-157-691, falleció el 12 de julio del año 2008. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-001083-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de agosto del 2008.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—Nº 55153.—(79618).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Ángel Castillo Castro, quien fuera mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Peñas Blancas, General, Pérez Zeledón, portador de la cédula 2-237-104, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. N° 08-160029-188-AG (Interno 456-08-JC-4).—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 01 de agosto de 2008.—Lic. Wilbert Álvarez Li, Juez.—1 vez.—Nº 55175.—(79619).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Omar Rojas Quesada, quien fuera, mayor, casado, de oficio agente aduanero, con cédula de identidad dos-dos dos nueve-uno uno ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-100073-0216-CI.—Juzgado Civil, Familia y Trabajo de Hatillo, a las 14 horas 30 minutos del 08 de agosto del 2008.—Lic. Dalia Núñez Alfaro, Jueza.—1 vez.—Nº 55228.—(79620).
Se hace saber que en este despacho, se tramita el proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fue Rafael Ángel Rubí González, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, uno-cuatrocientos noventa y tres-cuatrocientos noventa y nueve, vecino de Biolley, Buenos Aires, Puntarenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente cero tres-dos mil ocho, que se lleva en la oficina del Lic. Miguel Jiménez Calderón, sita en Alajuela, del Banco Popular, 75 metros Este, frente Floristería Chubascos.—Alajuela, 21 de agosto del 2008.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 55257.—(79621).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ronald Recio Rodríguez, quien fue mayor, casado, separado de hecho, comerciante, vecino de Tabarcia de Mora, cédula Nº 5-136-751, hijo de Jenaro Recio Mairena y de Nelly Rodríguez Morera, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 07-100188-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 14 de noviembre del 2007.—Lic. Ana I. Fallas Aguilar, Jueza.—1 vez.—Nº 55311.—(79627).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Bautista Muñoz Ureña, quien fuera mayor, portador de la cédula de identidad número tres-cero cero noventa y dos-cero trescientos sesenta y cuatro, casado una vez, comerciante, vecino de Liberia, Guanacaste, Barrio Los Cerros, ciento cincuenta metros al oeste del Estadio Municipal, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación, se apersonen a esta notaría, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que sino lo hacen dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2008. Notaría del Bufete de la Lic. Johanna María Moreno Bustos.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 55365.—(79628).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eladio Rodríguez Coronado, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Liberia, Barrio Los Ángeles, de la oficina de Correos, doscientos veinticinco metros al norte, portador de la cédula de identidad número cinco-cero cero cincuenta y ocho-cero seiscientos veintisiete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación, se apersonen a esta notaría, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que sino lo hacen dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2008. Notaría del Bufete de la Lic. Johanna María Moreno Bustos.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 55368.—(79629).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Amancio Mora Mora, quien fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad Nº 1-107-4921, vecino de Aserrí, Barrio Santa Teresita, Ciudadela María Auxiliadora, casa número cientos cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-100100-0217-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aserrí, 17 de junio del 2008.—Lic. Garnier Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—(79636).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Judith Villegas Vargas, mayor costarricense, soltera, ama de casa, vecina de Liberia, Guanacaste, con cédula de identidad Nº 5-0095-0323 y Marcos Luis Guillén Villegas, quien fuera mayor de edad, soltero, educador, vecino de Liberia, Guanacaste, con cédula Nº 5-0117-0478. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000265-0944-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Liberia, 03 de junio del 2008.—Lic. Karla Vanessa Porras Arce, Jueza.—1 vez.—(79735).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por María Rosa Alfaro Alfaro, a las nueve horas del veintiséis de febrero del dos mil siete, comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Antonia de Jesús Alfaro Alfaro, soltera, del hogar, vecina de Cañas, Guanacaste, Barrio San Martín, de la entrada doscientos metros oeste, con cédula de identidad número seis- cero diecisiete- seis mil setecientos ochenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, en Cañas, Guanacaste, del Banco Nacional cien metros norte y veinticinco metros oeste, teléfono 2669-0850.—Lic. Ester Cecilia Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—Nº 55527.—(79861).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio testamentario de la causante Josefa Arroyo Solano, quien fuera mayor de edad, viuda de primeras nupcias, del hogar, vecina de Liberia, Barrio San Roque, 200 metros al norte del salón Los Amigos, costarricense, portadora de la cédula de identidad Nº 3-0092-0081, y quien falleciera el día 15 de mayo del 2007. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000278-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 6 de mayo del 2008.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—Nº 55413.—(80085).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Romero Rowe Tucker, quien fue mayor, casado, obrero, vecino de Desamparados, cédula de identidad Nº 7-063-297, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 03-001139-164-CI. Sucesión de Romero Rowe Tucker.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 7 de junio del 2005.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—1 vez.—Nº 55443.—(80086).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Emilce Retana Fallas, quien fuera mayor, casada en segundas nupcias, vecina del Quince de San Sebastián, portadora de la cédula de identidad número seis - cero treinta y ocho - cuatrocientos seis. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valor sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-100019-216.—Juzgado Civil de Hatillo, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—1 vez.—Nº 55455.—(80087).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Flor Ivette Calvo Morales, a las quince horas del día primero de agosto del año dos mil ocho y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Aniceto Barquero Calvo, mayor, pensionado, portador de la cédula de identidad número seis-cero ochenta y ocho-setecientos treinta y seis, con último domicilio en la urbanización Guararí Carao, lote once. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Juanita Cercone Cabezas, ubicada en Pavas, setenta metros al oeste de la escuela Carlos Sanabria, teléfono 2220-3323.—Lic. Juanita Cercone Cabezas, Notaria.—1 vez.—Nº 55481.—(80088).
Lic. Viria María Artavia Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hace saber a Gregory Keith Gornell, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 07-001935-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince y diecinueve minutos del doce de junio de dos mil ocho. De la anterior demanda de Divorcio establecida por el accionante Audrey Reece Blanco se confiere traslado al accionado Gregory Keith Gornell por medio de su curador procesal, licenciada Ligia López Alvarado, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución al demandado Gregory Keith Gornell por medio de su curador procesal, licenciada Ligia López Alvarado al lugar señalado. Publíquese el edicto de ley, mismo que queda a la orden de la parte interesada. Lo anterior se ordena así en proceso Divorcio de Audrey Reece Blanco contra Gregory Keith Gornell. Expediente N° 07-001935-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de junio del 2008.—Lic. Viria María Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(79686).
Lic. Lorena McLaren Quirós, Jueza; del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a José Jaime Gómez Munguia, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 07-002040-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las diez horas y tres minutos del veintinueve de julio de dos mil ocho. De la anterior demanda de divorcio abreviado establecida por la accionante Vanessa del Carmen Sánchez Sánchez se confiere traslado a la accionado José Jaime Gómez Munguia, a quien se le notificará por conducto del Lic. Luis Paulino Calderón, quien se encuentra debidamente apersonado al proceso y contestó la presente acción, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese esta resolución al demandado José Jaime Gómez Munguia por conducto de su Curador Procesal, Lic. Luis Paulino Siles Calderón. Publíquese en el Boletín Judicial un edicto de la presente resolución. Para notificar a la parte demandada, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Alajuela. Lic. Lorena McLaren Quirós, Jueza. Lo anterior por ordenarse así en proceso divorcio de Vanessa del Carmen Sánchez Sánchez contra José Jaime Gómez Munguia; expediente Nº 07-002040-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2008.— Lic. Lorena McLaren Quirós, Jueza.—1 vez.—(79766).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 08-000274-0292-FA, los señores Walter Vargas Gutiérrez y Ligia Quesada Campos, solicitan se apruebe la adopción del menor Jonathan Josué Naranjo Alfaro. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de agosto del año 2008.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Nº 55407.—(80100).
Se avisa que en este Despacho los señores Moreno Gambirasio y Agnese Nespoli, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de edad María de los Ángeles Cordero Anchía. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 08-000396-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 18 de agosto de 2008.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 55729.—(80101).
Se avisa que en este Despacho los señores Álvaro Carotti y Anna Rana, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional, de la persona menor de edad Rosaura Vargas Villalobos. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 08-000398-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 18 de agosto de 2008.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 55730.—(80102).
Se avisa que en este despacho los señores Pietro Bruzzo y Susana Usai, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de edad Luz Clarita Jiménez Vega. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 08-000397-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 18 de agosto de 2008.—Licda. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº 55732.—(80103).
Ante esta notaría, se han presentado solicitando matrimonio civil, Matthew Bailey (nombre) Mc Dermott (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltero, analista de sistemas, vecino de Guanacaste, Playa Hermosa, Condominio Hermosa del Mar, con pasaporte de su país número cero uno seis cinco tres cero tres tres seis y Marta Luiza (nombre) Borkowska (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad polaca, mayor, soltera, estudiante, vecina de de Guanacaste, Playa Hermosa, Condominio Hermosa del Mar, con pasaporte de su país número AS cuatro cero nueve dos dos uno cuatro, el primero, hijo de Arthur Lawrence McDermott y Carolyn Brooks McDermott y la segunda, hija de Jerzy Lech Borkowski y Halina Borkowska. Si alguien conociere impedimento legal para que los solicitantes contraigan matrimonio deberá hacerlo saber al suscrito conforme la ley.—San José, 20 de agosto del 2008.—Lic. Rafael Medaglia Araya, Notario.—1 vez.—Nº 55471.—(80104).
Lic. Catalina Vindas Aguilar, Jueza del juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas treinta minutos del catorce de agosto del dos mil ocho, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran las resoluciones que literalmente dicen así Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas treinta minutos del catorce de agosto del dos mil ocho. Notifíquese al señor: Representante Legal de Transportes Turísticos R Y B S. A., cédula jurídica 3-101-148918, en su calidad propietario registral del vehículo placa 711584, marca Nissan con chasis JN1BCAC11Z0009339, que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria 08-604170-489-TC causa seguida contra Fabiola Gamboa Ross y otro. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2008.—Lic. Catalina Vindas Aguilar, Jueza.—1 vez.—Nº 55597.—(80068).