BOLETIN JUDICIAL Nº 219 DEL 12 DE NOVIEMBRE DEL 2008

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL

TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que en acción de inconstitucionalidad número 07528-08 promovida por Bárbara Alexis Campos Torres y Linda Victoria Campos en contra del artículo 48, inciso 7), del Código de Familia, se ha dictado el voto número 16099-08 de las ocho horas treinta y cuatro minutos del veintinueve de octubre de dos mil ocho, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase del artículo 48 inciso 7) del Código de Familia que indica “no podrá pedirse si no después de tres años de celebrado el matrimonio y”. Por conexidad, se declara inconstitucional el artículo 60 del Código de Familia, únicamente en cuanto dispone que la separación por mutuo consentimiento no podrá pedirse si no después de dos años de verificado el matrimonio. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe y las relaciones o situaciones jurídicas que se hubieran consolidado por prescripción, caducidad o en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta”.

Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de las normas aquí anuladas rigen a partir de la primera publicación de este aviso.

San José, 29 de octubre de 2008

                                                                                                                                                                                                          Gerardo Madriz Piedra

(104081)                                                                                                                                                                                                                           Secretario

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

Que dentro del Proceso de Inhabilitación por Morosidad al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos promovido por la Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Beatriz Peralta Quesada. Expediente Nº 08-000920-624-NO.—Res. Nº 1688-2008.—Dirección Nacional de Notariado.—San José, a las dieciséis horas trece minutos, del dieciséis de octubre del dos mil ocho. Proceso de inhabilitación por no pago de cuotas del Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, iniciado por la Dirección Nacional de Notariado, contra la notaria Beatriz Peralta Quesada, cédula de identidad número 1-992-271.

Resultando:

1º—De acuerdo con el estudio de cuotas al fondo de garantía de los notarios públicos, realizado el treinta de abril del dos mil ocho, la notaria Beatriz Peralta Quesada adeuda la suma de treinta y cinco mil ochenta colones, equivalentes a cinco cotizaciones (folio 1), al mes de abril, situación que se mantiene a la fecha, al tener cancelado cincuenta y cuatro cuotas a este mes. En atención a lo anterior, se dictó la prevención de pago número 95-08, de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del veintidós de mayo de dos mil ocho, y se confirió a la notaria el plazo de ocho días a efecto de que se pusiera al día en sus cotizaciones (folio 2).

2º—Según acta de notificación visible a folio seis, no se logró notificar a la notaria Beatriz Peralta Quesada, en las direcciones reportadas a este despacho como el lugar donde su ubica su oficina y su casa de habitación, por lo cual se le notificó por edicto y esta no se apersonó al proceso.

Considerando:

Único.—El no estar al día en el pago de las cuotas al Fondo de Garantía constituye un impedimento para el ejercicio del notariado; circunstancia que obliga a esta Dirección a inhabilitar a los notarios que se encuentren ante dicha situación y hasta tanto subsista el impedimento. Ver en ese sentido los artículos 4 inciso g), 13 inciso b) y 148 del Código Notarial. Dado que conforme al estudio de cuotas referido en el resultando primero, la notaria que aquí interesa se encuentra en deuda respecto del fondo de garantía de los notarios públicos, se decreta su inhabilitación, la cual se mantendrá indefinidamente hasta que la notaria proceda a ponerse al día en sus cotizaciones; en cuyo caso deberá comunicarlo a este Despacho, mediante nota dirigida a este expediente. Firme esta resolución, tome nota el Registro Nacional de Notarios, despáchense las comunicaciones respectivas y publíquese en el Boletín Judicial. Por tanto:

Se decreta la inhabilitación de la notaria pública Beatriz Peralta Quesada, cédula de identidad número 1-992-271, por el no pago de las cuotas al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos, misma que se mantendrá indefinidamente hasta que la notaria proceda a ponerse al día en sus cotizaciones; en cuyo caso deberá comunicarlo oportunamente a este Despacho, mediante nota dirigida a este expediente.

San José, 16 de octubre del 2008

                                                                                                                                                                                          Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno

(101101)                                                                                                                                                                                                                       Director a. í.

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las nueve horas cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones al tomo 403, asiento 11190, así como el plazo de convalidación al tomo 403, asiento 11190, con la base de diecinueve millones trescientos dos mil cuatrocientos treinta y un colones con tres céntimos; remataré: finca inscrita en el Registro Público, provincia de San José, matrícula cuatrocientos once mil quinientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situado en el distrito primero Aserrí, del cantón sexto Aserrí de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Arturo Porras Porras; al sur, con calle pública con un frente a ella de siete metros; al este y oeste, con José Luis Porras Porras. Mide: ciento cincuenta y cinco metros cuadrados con veintitrés decímetros. Hipotecario Nº 06-100170-0217-CI de Ricardo González Oreamuno contra Leoncio Francisco Chinchilla Ureña.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 21 de octubre del 2008.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—(104895).

A las ocho horas del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas 626187, marca Hyundai, carrocería sedán 2 puertas, estilo Accent, capacidad cinco personas, año dos mil uno, color gris, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 07-002289-184-CI-5, de Grupo Canafin S. A. contra Mauricio Segura Pochet.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de octubre del 2008.—Lic. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—1 vez.—(105144).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas y cero minutos del miércoles diez de diciembre del año dos mil ocho, y con la base de tres mil doscientos noventa y cinco con 47/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 241201, marca Renault, año 1995, Vin V F uno B cinco seis C K C uno uno cinco nueve uno cuatro uno ocho, cilindrada 1987 C C, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del martes trece de enero del año dos mil nueve, con la base de dos mil cuatrocientos setenta y uno con 61/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del miércoles veintiocho de enero del año dos mil nueve con la base de ochocientos veintitrés con 86/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Xiri Sociedad Anónima contra Óscar Fernando Contreras Zelada. Expediente Nº 08-003839-0370-CI-2.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 22 de octubre del 2008.—Lic. Lilliam Esquivel Esquivel, Jueza.—(105150).

A las ocho horas del dieciséis de diciembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de novecientos cuarenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL 151017, marca Daewoo, categoría carga liviana, carrocería: panel, chasis: KLY7T11ZBVC032893, capacidad: dos personas, año 1998, color: blanco, tracción: sencilla, número de motor: F8CB584361, cilindrada: 796 c.c, marca motor: Daewoo, combustible: gasolina, cilindros: 03. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Instituto Nacional de Seguros contra Agencias de Aduana José L. Madrigal S. A. Expediente Nº 05-010904-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de octubre del 2008.—Lic. Sammy Ugalde Villalobos, Jueza.—Nº 71263.—(105157).

A las ocho horas del veinte de enero del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 439-17608-01-0001-001 y con la base de treinta y nueve mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 507455-000 la cual es terreno para construir. Situada, en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 3-C; al sur, lote 5-C; al este, calle uno pública y al oeste, Guido Hernández Rodríguez. Mide: ciento veintinueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Seguros contra Rebeca Calvo Ureña. Expediente Nº 07-013721-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de octubre del 2008.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 71264.—(105158).

En la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, con la base de siete mil cuatrocientos treinta y tres dólares con veintiocho centavos, remataré el vehículo placas 522482, marca Nissan, estilo Pathfinder SE, año dos mil tres, motor VQ35477072A, chasis JN1VDZR50Z0001269, propiedad de Inversiones El Palacio de Plata Sociedad Anónima, para lo cual se señala las nueve horas del dieciocho de diciembre del año dos mil ocho. Fracasado dicho remate con la rebaja del veinticinco por ciento sea la suma de cinco mil quinientos setenta y cuatro dólares con noventa y seis centavos a efectos de realizar el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de enero del año dos mil nueve y en caso de no existir oferentes con la base de un veinticinco por ciento de la base original sea la suma de mil ochocientos cincuenta y ocho dólares con treinta y dos centavos, celébrese tercer remate al ser las nueve horas treinta minutos del doce de febrero del año dos mil nueve. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecutivo prendario Nº 08-100573-0188-C.I. Interno 615-08 R2 establecido por Auto Mundial S. A.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 24 de octubre del 2008.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 71296.—(105159).

A las ocho horas con quince minutos del veinticinco de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de tres millones seiscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos sesenta y tres colones, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas SJB-010354, marca Hyundai, estilo Grace, carrocería microbús, motor Nº D4BFY003217, año 2000, color verde, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-000442-184-CI de Instacredit S. A. contra Carlos Eduardo Marín Valerín.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 7 de octubre del 2008.—MSC. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—Nº 71333.—(105160).

Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de dieciocho millones trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos nueve mil setecientos treinta y ocho cero-cero-cero la cual es terreno para construir, bloque A, lote 18. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote A-19; al sur, lote A-17; al este, lote A-13 y A-14 y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de enero del año dos mil nueve, con la base de trece millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero del año dos mi nueve con la base de cuatro millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Bernardo Vega Solano. Expediente Nº 08-000686-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de octubre del 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 71364.—(105161).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando serv-reserv-resref 00076060-000 a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil nueve, y con la base de cinco millones quinientos ochenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 076063-000 la cual es terreno lote 103, terreno solar con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 7.02 metros, lote 104; al sur, lote 102; al este, lote 104 y al oeste lote 102. Mide: ciento treinta y dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de febrero del año dos mil nueve, con la base de cuatro millones ciento ochenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de febrero del año dos mil nueve con la base de un millón trescientos noventa y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Óscar Alberto Fuertes Vásquez. Expediente Nº 08-001109-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de octubre del 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº 71377.—(105162).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y treinta minutos del catorce de enero del año dos mil nueve, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 161.727-001 y 002 la cual es terreno para construir lote 145 K. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Invu; al sur, Invu; al este, Invu y al oeste, calle pública. Mide: ciento tres metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil nueve, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil nueve con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Margarita Cruz Barrantes, Paulo Francisco Jarquín Roda. Expediente Nº 08-001232-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de octubre del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 71378.—(105163).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 del Sistema Financiero a las nueve horas quince minutos del trece de enero del dos mil nueve, y con la base de dos millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 347.159-001-002 la cual es terreno para construir lote número 11. Situada en el distrito 05 Venecia, cantón 01 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos María Mora Peralta; al sur, calle pública con frente de 10,43 metros; al este, lote 12 y al oeste, lote 10. Mide: ciento sesenta y un metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del veintiocho de enero del dos mil nueve, con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del doce de febrero del dos mil nueve con la base de setecientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Freddy Araya Solís, Lidieth Hernández Artavia. Expediente Nº 08-001401-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 9 de octubre del 2008.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza.—Nº 71380.—(105164).

A las nueve horas del diecisiete de diciembre del dos mil ocho, en la puerta exterior del edificio que ocupa este Juzgado, soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes, en la base de diez millones de colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Limón, matrícula Nº 70665-000, que es terreno de pasto con cuatro cabinas, restaurante y local comercial, situado en el distrito primero, Guápiles, cantón segundo, Pococí, provincia de Limón, que mide: setecientos nueve metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, y linda al norte, con Construcciones y Estructuras Metálicas Yaleca S. A.; al sur, con Misael Zavala Barrera y Propokodusa; al este, con calle pública con quince metros de frente y al oeste, con Wilberth Jiménez Chavarría. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario Nº 05-100168-0468 de William Jiménez Torres (cesionario) contra María Auxiliadora Campos Ramírez.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 29 de octubre del 2008.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—Nº 71402.—(105165).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando gravámenes de reservas y restricciones bajo las citas tomo: 299-11693-01-0987-001 a las ocho horas treinta minutos del primero de diciembre de dos mil ocho, y con la base de catorce millones novecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cuatro colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 029015-000 la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública 121 metros con 55 centímetros cuadrados; al sur, Jerónimo Juárez; al este, Jerónimo Juárez y al oeste, Oldemar Villalta. Mide: catorce mil ciento cincuenta y dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil ocho, con la base de catorce millones novecientos sesenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de enero de dos mil nueve con la base de cuatro millones novecientos ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa y un colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Aho. y Cred. Serv. Múltiples Alianza R. L. contra Modesto Rosales Briceño. Expediente Nº 08-000245-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 27 de octubre del 2008.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—Nº 71425.—(105166).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre del dos mil ocho, y con la base de tres millones setenta y seis mil treinta y tres colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 123973-000 la cual es terreno para construir lote 9 bloque D. Situada en el distrito 02 Cervantes, cantón 16 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 10 D; al sur, lote 8 D; al este, calle pública y al oeste, Juan Guillermo Brenes Castillo. Mide: ciento cincuenta y un metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del quince de diciembre del dos mil ocho, con la base de dos millones trescientos siete mil veinticinco colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del ocho de enero del dos mil nueve con la base de setecientos sesenta y nueve mil ocho colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Corrales Fernández, Rosa María Mairena Flores. Expediente Nº 08-001324-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de setiembre del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 71486.—(105167).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del año dos mil nueve, y con la base de dos millones setecientos ochenta y un mil setecientos cincuenta y cuatro colones con 54/100 céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 658221, marca Mitsubishi Montero Sportes, año 1998, Vin JA4LS21G1WP019651, cilindrada 2400 cc, color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de febrero del año dos mil nueve, con la base de dos millones ochenta y seis mil trescientos quince colones con 9/100 céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de febrero del año dos mil nueve con la base de seiscientos noventa y cinco mil cuatrocientos treinta y ocho colones con 63/100 céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de sociedad anónima Finauto Saficar contra Martín Chacón Cisneros. Expediente Nº 08-004071-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 7 de octubre del 2008.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 71608.—(105168).

Se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil ocho, con la base de setecientos mil colones para llevar a cabo primer remate, de no haber postores para llevar a cabo el segundo remate se señalan las trece horas con treinta minutos del once de diciembre del dos mil ocho, con una base de quinientos veinticinco mil colones, de no apersonarse rematantes se señala para el tercer remate las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil nueve y con la base de ciento setenta y cinco mil colones, libre de gravámenes en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 406505, marca Hyundai, estilo Excel, color dorado, automóvil. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Industrias Huetares S. A., representada por Randall Acuña Rosales contra Giovanni Hernández Rojas. Expediente Nº 08-001273-0375-CI.—Juzgado Convencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, 24 de octubre del 2008.—Lic. Juan Carlos Ramírez Brenes, Juez.—Nº 71662.—(105561).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil ocho y con la base de seis millones doscientos setenta y tres mil cero sesenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula ciento treinta y cinco mil doscientos sesenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 25. Situada en el distrito segundo, cantón segundo de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Narciso Espinoza Córdoba; al sur, calle pública con 13,59 metros; al este, con Jorge Henry Sánchez Valverde y al oeste, con Narciso Espinoza Córdoba. Mide: ciento setenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil ocho, con la base de cuatro millones setecientos cuatro mil setecientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil nueve con la base de un millón quinientos sesenta y ocho mil doscientos sesenta y seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario Nº 08-100258-642-CI actor Asociación Cristiana Habitacional para la Humanidad de C.R. contra Sandra Sevilla Vargas.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—Nº 71624.—(105169).

En la sala número uno; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, y con la base de tres millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 344505-000 la cual es terreno para construir, este lote es el número sesenta y tres del proyecto de lotificación llamado Ranchitos de Río Grande. Situada en el distrito 5 Concepción, cantón 5 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Inversiones San Fernando S. A. con línea férrea al pacífico en medio; al sur, resto de Inversiones San Fernando S. A.; al este, José Campos Murillo y al oeste, calle pública. Mide: mil ciento sesenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del quince de diciembre del dos mil ocho, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas quince minutos del quince de enero del dos mil nueve con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pan de Azúcar del Oeste contra Alfredo Rodríguez Cordero. Expediente Nº 08-001010-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 71628.—(105170).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando demanda penal y demanda ordinaria del Juzgado Primero Civil de Mayor Cuantía de San José a las nueve horas treinta minutos del trece de enero del año dos mil nueve, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 487289-000 la cual es terreno para construir con una casa y un galerón. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Yamileth Víquez Chacón; al sur, Tracprodesa S. A.; al este, calle pública con un frente de 13,56 metros y al oeste, Tracprodesa S. A. Mide: doscientos ochenta y ocho metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil nueve, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de febrero del año dos mil nueve con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Luis Fernando Morales Chavarría. Expediente Nº 08-001155-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(105396).

En la sala número 1; libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas treinta minutos del catorce de enero del dos mil nueve, y con la base de siete millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículos placas Nº 463549, marca Honda, año 1992, Vin JHMEG8555NS019383, cilindrada 1500 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº CL 208435, marca Isuzu, año 1997, Vin 1GGCS1445V8660956, cilindrada 2200, color verde, categoría carga liviana, y placas Nº C 027641, marca Freightliner, año 1984, Vin no indica, cilindrada 14004 c.c., color blanco, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil nueve, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de febrero del dos mil nueve con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Antonio Gómez Gómez contra Semilla y Mies S. A. Expediente Nº 08-000824-0164-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1 de octubre del 2008.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(105439).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas del veintiséis de enero del dos mil nueve, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y siete mil novecientos ochenta y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alexandro y Aida Lidia ambos Artavia Retana; al sur, María Rivera Pérez; al este, Alexandro y Aida Lidia ambos Artavia Retana y al oeste, calle pública. Mide: ciento veinte metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del nueve de febrero del dos mil nueve, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil nueve con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Antonio Gómez Gómez contra Marjorie Cecilia Artavia Retana. Expediente Nº 08-001176-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 22 de octubre del 2008.—Lic. Flory Tames Brenes, Jueza.—(105442).

A las diez horas del veintisiete de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Santa Cruz, Guanacaste, remataré soportando como base el avalúo de madera en troza de la Oficina del Minae Subregional de Santa Cruz-Carrillo, lo siguiente al mejor postor, con una base de ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos colones lo siguiente: madera en troza: 1. Especie Pochote diámetro 050, largo cinco metros, 1,25 metros cúbicos, con un daño porcentual de 5% 1,187 metros cúbicos. Se remata por estar ordenado así en el expediente Nº 08-000151-0412-PE, por infracción a la Ley forestal, contra César Angulo Cisneros, en perjuicio del Estado.—Juzgado Penal de Santa Cruz, Guanacaste.—Lic. Margarita Baltodano Pazos, Jueza.—(105500).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de enero del año dos mil nueve, y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 207.040-000 la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Herminio Ramírez Meza; al sur cooperativa Ujarrás Paraíso S. A.; al este calle pública y al oeste servidumbre. Mide: doscientos veinticinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de febrero del año dos mil nueve, con la base de quince millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de febrero del año dos mil nueve con la base de cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Édgar Guillermo León Vásquez, exp. 08-001512-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de octubre del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 71644.—(105558).

A las diez horas y cuarenta minutos del cinco de diciembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1. número de bien SJB-siete mil novecientos veinticuatro, marca Volvo , estilo B siete R, peso neto cero, vacío cero, bruto once mil ochocientos sesenta, remolque cero, capacidad cuarenta y ocho, número de ejes cero, convertido N, longitud: cero, año fabricación dos mil uno, número de serie chasis y vin nueve B V R seis B cuatrocientos diez y E trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y tres color gris categoría transporte colectivo urbano, tracción sencilla, carrocería autobús, techo duro, tipo nueve B V R seis B cuatro, cabina desconocido, motor marca Volvo, número D siete B ciento diez mil novecientos cincuenta y nueve, cilindrada siete mil, cilindros seis, potencia cero KW, combustible diesel. 2. marca Volvo, estilo B siete R, peso neto cero, vacío cero, bruto once mil ochocientos sesenta, remolque cero, capacidad cuarenta y ocho número de ejes cero, convertido N, longitud cero, año fabricación dos mil uno, número de serie chasis y vin nueve B V R seis B cuatrocientos diez y E trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y dos color gris, categoría transporte colectivo urbano, tracción sencilla carrocería autobús techo duro. Tipo nueve B V R seis B cuatro, cabina desconocido. Motor marca Volvo, número D siete B ciento diez mil novecientos sesenta y dos, cilindrada siete mil, cilindros seis, potencia cero KW, combustible diesel. Tipo vehículo. Clase. SJB San José bus, código: San José bus, número de bien siete mil novecientos veinticinco. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Jaguar Expediciones S. A, Jorge Alberto Solano Jara. Exp. 02-018925-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2008.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—Nº 71646.—(105559).

A las diecisiete horas y veinte minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 360, asiento 16936 y con la base de cuatro millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y un mil doscientos noventa y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de solar para construir 41. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01, San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 40; al sur lote 42; al este resto destinado a calle pública y al oeste Gastón Kogan Kogan. Mide: ciento dieciocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de BCAC contra Dittel Samuda Federico, Esquivel Solís José Orlando, Jiménez Sandí José Jesús. Exp. 00-006904-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de setiembre del 2008.—Lic. Édgar Jesús Leal Gómez, Juez.—Nº 71654.—(105560).

A las nueve horas del tres de diciembre del año dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y anotaciones, con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de quince mil setecientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: tres vehículos con los siguientes números de placas: 317221, 281537 y CL 182678. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de David Livingstone Mac Kellar contra Costo Costa Rica Management & Rentals S. A., exp. 08-000051-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 31 de octubre del 2008.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—Nº 71664.—(105562).

A las diez horas y cuarenta minutos del diecinueve de enero del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuarenta y siete mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y tres mil ciento treinta-cero cero cero, la cual es terreno potrero y frutales. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de 19 metros, 79 centímetros; al sur río María Aguilar; al este Excavaciones y Movimientos de Tierra Laja Sociedad Anónima y al oeste María Auxiliadora, Lía Isabel Sánchez Arce y Rafael Hernández. Mide: tres mil sesenta metros, con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Jorge Arturo Ulloa Ledezma, exp. 03-004727-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de octubre del 2008.—Lic. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—Nº 71679.—(105563).

En la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las diez horas del veintidós de enero de dos mil nueve, y con la base de ocho millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público partido de Alajuela, Folio Real matrícula número doscientos treinta y seis quinientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situado en distrito 08 bolívar, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Linda al norte Óscar Elías González, sur calle pública, este Carlos Rodríguez y otros y oeste Mario Barrantes Alvarado. Mide trescientos cuarenta y cinco metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, plano A-cero ochocientos tres doscientos treinta y seis-mil novecientos ochenta y nueve. Para el segundo remate se señalan las diez horas del cinco de febrero de dos mil nueve, con la base de seis millones ciento cincuenta mil colones, (rebaja en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecinueve de febrero de dos mil nueve, con la base de dos millones cincuenta mil colones, (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria Nº 08-100272-0295-CI, de Edwin Campos González contra Carlos Luis Granados Zúñiga.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 26 de setiembre del 2008.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—Nº 71750.—(105564).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del catorce de enero del año dos mil nueve, y con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 132.892-000 la cual es terreno, para construir. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública con 7.25 metros; al sur Jesús Leonardo Morales Morales; al este Jesús Leonardo Morales Morales y al oeste Jesús Leonardo Morales Morales. Mide: ciento cincuenta y dos metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de enero del año dos mil nueve, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de febrero del año dos mil nueve con la base de setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra José Alberto Gómez Segura, exp. Nº 08-001382-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 09 de octubre del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—Nº 71763.—(105565).

A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones trescientos cincuenta mil colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Guanacaste matrícula ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito segundo del cantón octavo de provincia de Guanacaste. Linda al norte con Edin Vindas Pérez, al sur con calle pública con un frente de tres metros y Lisbeth Vindas Pérez, al este Municipalidad de Tilarán y oeste Edin Vindas Pérez y Lisbeth Vindas Pérez. Mide: ciento noventa y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 07-100793-642-CI-2 de Grupo Mutual contra Roy Vindas Pérez y otro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Carlos Jinesta Blanco, Juez.—Nº 71772.—(105566).

A las catorce horas quince minutos del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior de este despacho, soportando infracción de tránsito según sumaria 06-3644-174-TR, y con la base incluyendo la rebaja del veinticinco por ciento sea la suma trescientos cuarenta y ocho mil ciento cuarenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas doscientos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y siete, marca Hyundai, estilo Excel G.L., año mil novecientos noventa y uno, color plateado, chasis número KMHVF21JPMU423865. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Instacredit S. A., contra Marlon Daniel Salas Alvarado. Expediente Nº 07-000444-0185-CI.—Juzgado Sexto Civil de San José, 14 de octubre del 2008.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—Nº 71890.—(106253).

A las nueve horas del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones de la Ley de Tierras y Colonización y Ley General de Caminos inscritas bajo las citas 356-09007-01-0900-001, y con la base de la hipoteca de primer grado vencida, sea la suma de quinientos veinte mil colones, en el mejor postor remataré:  finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, al partido de Alajuela, matrícula doscientos dieciocho mil ochocientos cincuenta y cinco-cero cero cero, que es terreno de potrero. Sito en San Rafael, distrito primero de Guatuso, cantón quince de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Juan de Dios Solano Soto; al sur, Juan de Dios Solano Soto; al este, calle pública con ochenta y nueve metros, y al oeste, Juan de Dios Solano Soto. Mide: catorce mil treinta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano A-0474727-1982. Propiedad del demandado Rodrigo Zúñiga Rojas. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso en ejecutivo hipotecario, expediente Nº 07-000174-0298 AG establecido por Banco Interfin S. A., contra Rodrigo Zúñiga Rojas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 13 de octubre del 2008.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—(106384).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Luis Gerardo Campos Retana, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas del veintisiete de noviembre del dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 07-000922-0346-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de octubre del 2008.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—Nº 72026.—(106251).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Crespó Villavicencio, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil ocho, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 03-000183-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 16 de octubre del 2008.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—Nº 72188.—(106252).

Se cita a todos los interesados en al sucesión de quien en vida se llamó Rafael Solano Montes, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Cerbatana de Puriscal, cédula de identidad número 1-688-716, a una junta que se verificará en este despacho, a las trece horas treinta minutos: del veinticuatro de noviembre de dos mil ocho, a efecto de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesión Nº 08-100025-197-CI.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 08 de octubre del dos mil ocho.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—Nº 72222.—(106810).

Títulos Supletorios

Alba María Bogantes Sierra, mayor, casada dos veces, del hogar, con cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y tres- setecientos treinta y siete y vecina de Alajuela de Rincón de Salas Grecia, trescientos metros oeste, ciento cincuenta norte del Polideportivo. Establece actividad judicial no contenciosa de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno con lote para construir, situado en Puerto Jiménez de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Florencio Sáenz Prado; al sur y este, Óscar Solano Soto y al oeste, calle pública con veinte metros de frente. Mide: novecientos noventa y nueve metros noventa y un decímetros cuadrados, según plano catastrado bajo el número P-nueve seis cero siete nueve siete-dos mil cuatro, por medio de compra al señor Florencio Sáenz Prado, quien ha sido poseedor originario del terreno por más de veinte años; ambas posesiones lo han sido durante todo este tiempo en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe, y a título de dueños, estiman la finca en la suma de quinientos mil colones. Con un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente 08-100087-0422-CI.—Juzgado Civil de Golfito, Puntarenas, 05 de agosto del 2008.—Lic. Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—(106313).

Avisos

PRIMERA PUBLICACIÓN

Licenciada Laura Rodríguez Villalobos, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Maikel Alvarado Sandoval, en su carácter personal, quien es mayor, vecino de desconocido, cédula 0112700781, se le hace saber que en demanda depósito judicial, establecida contra Kimberly Sánchez Bermúdez y Maikel Alvarado Sandoval, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las trece horas y ocho minutos del catorce de marzo del año dos mil seis. De las presentes diligencias de depósito de los menores Mikel Steven y Jefferson Stht ambos de apellidos Alvarado Sánchez, promovidas por Pani, se confiere traslado por tres días a los señores Kimberly Sánchez Bermúdez y Maikel Alvarado Sandoval, y a la Procuraduría General de la República, a quienes se les previene que deberán señalar medio y lugar este último dentro del perímetro judicial de este despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente conforme lo indican los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales. Notifíquesele esta resolución a los señores A Kimberly Sánchez Bermúdez por medio de la Comandancia de Heredia, ya que se puede localizar en Guararí y para notificar a Maikel Alvarado Sandoval, se comisiona la Delegación de la Reforma, en forma personal o por medio de cédula de notificación en su casa de habitación; para tal efecto se comisiona. Por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Notifíquese a la Procuraduría General de la República por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Juez.—Juzgado de Familia de Heredia, 2 de octubre del 2008.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-13060.—(105485).

unA PUBLICACIÓN

Se avisa que en este despacho en el expediente Nº 08-001207-0292-FA, los señores Nuria María Espinoza Castro y Rafael Ulises Aguilar Quirós solicitan se apruebe la adopción de la menor Jennifer Paola Muñoz Cubero. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Leandro Solano, Juez.—1 vez.—(105153).

José Joaquín Murillo Montero, Notificador del Juzgado de Familia de Grecia, al señor Ferney Arturo Patiño Zapata hace saber: que en reconocimiento de hijo de mujer casada, Nº 08-400652-687-FA promovidas por Olman Gerardo Alvarado Zúñiga padres registrales Ferney Arturo Patiño Zapata y otra, se encuentra la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Grecia, a las once horas del día veinte de octubre de dos mil ocho. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada que presenta el señor Olman Gerardo Alvarado Zúñiga a favor del niño Olman Josué Patiño Villalobos, a las que se da curso por la vía no contenciosa por el plazo de tres días al Patronato Nacional de la Infancia que se tiene como interviniente, lo mismo que a los padres registrales de la citada persona menor de edad los señores Ana Paula Villalobos Castro y Ferney Arturo Patiño Zapata. Desprendiéndose de los autos que la citada madre registral ya se apersonó al presente asunto sin mostrar oposición alguna con el trámite, se les tiene por apersonada en legal forma. Notifíquese esta resolución a los citados padres registrales de manera personal o bien en sus casas de habitación, a quienes se les apercibe que en el acto mismo de ser notificados o bien separadamente por escrito, deben señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de este despacho donde atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que ante su omisión las posteriores resoluciones se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas posteriores a su dictado, y a don Ferney Arturo Patiño Zapata, desconociéndose el paradero actual del padre registral de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. A fin de que rindan declaración se cita a los testigos Dennis Alvarado Zúñiga y Kattia Morales Castro, quienes para tales efectos deberán apersonarse en este despacho, al ser las nueve horas del catorce de enero del dos mil nueve.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—Nº 71390.—(105196).

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por María Belma Pizarro Canales, mayor, casada una vez, educadora, vecina de Sardinal de Carrillo, portadora de la cédula de identidad 0501590637, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su hijo menor Ulises Arias Pizarro por el de Kevin Arias Pizarro mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 07-000854-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 14 de mayo del 2008.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—Nº 71495.—(105197).

Se hace saber a Jan Von Konigsmark Jirout, mayor, casado una vez, suizo, portador del documento de identidad PAS-42427, que en este despacho se tramita el proceso abreviado de divorcio y declaratoria de hijo extramatrimonial N° 07-400364-637-FA interpuesto, por Cecilia Chaves Torres en su contra, en el cual se ha dictado a las catorce horas del treinta de junio de dos mil ocho la sentencia N° 275-2008, que en su parte dispositiva literalmente dice: se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio por la causal de separación de hecho y sin lugar la de declaratoria de extramatrimonialidad de la joven Natali Elena Von Konigsmark Chaves, interpuesta, por Cecilia de los Ángeles Chaves Torres contra Jan Von Konigsmark. En consecuencia, a) se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, lo cual se hará constar en el Registro de Matrimonios de la provincia de San José, en el tomo doscientos treinta y nueve, folio doscientos ochenta y seis, asiento quinientos setenta y dos, una vez que esta sentencia adquiera firmeza; b) se declara preliminarmente la inexistencia de bienes gananciales que distribuir, todo sin perjuicio de que, de constatarse alguno en el patrimonio de una de las partes, la otra pueda acudir a la fase de ejecución de este fallo para hacer efectivo su derecho a participar en el cincuenta por ciento de su valor neto; c) se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas; d) de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, reformado por el 19 de la Ley de Notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales, publíquese la parte dispositiva de esta sentencia con los datos necesarios para garantizar la identificación del proceso por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional.—Juzgado de Familia de Desamparados, 1 de setiembre de 2008.—Luis Héctor Amoretti Orozco, Juez.—1 vez.—Nº 71620.—(105198).

Se avisa al señor Eddy Baltodano Mora, mayor, costarricense, cédula de identidad Nº 5-296-347, representado por el curador procesal Licenciado Jorge Rodríguez Rodríguez, hace saber que existe proceso Nº 08-000395-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor María Fernanda Baltodano Vega establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Eddy Baltodano Mora y Laura Vega Marín, se ha dictado la resolución de las catorce horas diez minutos del trece de agosto del dos mil ocho, al que se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de octubre 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-2860.—(105486).

Se avisa a la señora Alicia Picado Guevara, mayor, casada, ama de casa, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 08-000415-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, representada por la Licenciada Patricia Mesén Arroyo, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Marjorie y Dayana ambas Godínez Picado. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre de 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1660.—(105487).

Se avisa a los señores Julio Cesar Romero Durán, casado y Rosibel Navarro Ortiz, soltera, ambos mayores y de domicilio desconocido, cédula de identidad 1-724-878 y 1-781-856 respectivamente, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 08-000073-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada María Elena Roig Vargas, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Víctor, Andrés Geovanni y Jabes Emanuel todos Romero Navarro. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia, Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre del 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1960.—(105488).

Se avisa a la señora Linda Evelyn González Ramírez, mayor, costarricense, soltera, de domicilio desconocido, cédula de identidad número 1-1204-710, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 08-000306-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada María Elena Roig Vargas, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Adrián y Alejandra ambos González Ramírez. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia, Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre 2008.—Lic. Yerma Campos, Jueza.—1 vez.— (Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1810.—(105489).

Se avisa al señor Luis Guillermo Carvajal Vargas, mayor, casado, cédula de identidad número dos-cuatrocientos cincuenta y dos-ciento sesenta y cinco, de domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 08-000414-673-NA-4, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Representante legal la Licenciada Patricia Mesén Arroyo, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Luis Ángel y Marisol ambos de apellidos Carvajal Fernández. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de octubre del 2008.—Lic. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1960.—(105490).

Se avisa al señor Luis Manuel Briceño Mayorga, mayor, soltero, nicaragüense, albañil, cédula de residencia Nº 270-191232-110673, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 07-000338-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Representado por la Licenciada María Elena Roig Vargas, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Singuer Manuel Briceño Luna, Kenia Patricia, Jennifer y Mileydy todas Luna Martínez. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia,  Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre 2008.—Lic. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1960.—(105491).

Se avisa a la señora María Gabriela Delgado Ortiz, mayor, casada, cédula 1-958-120 de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 08-000493-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Ashly Dayana y Byron Alonso ambos Cascante Delgado. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre de 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1660.—(105492).

Se avisa a la señora Wendy Susana Madrigal Solano, mayor soltera, cédula número 1-1096-481, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 08-000511-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato  Nacional  de  la Infancia, representada por la Licenciada Ana Virginia Quirós Tenorio, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Bryan Jesús Madrigal Solano. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1810.—(105493).

Licenciada Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia, San Carlos, hace saber, que en proceso de declaratoria judicial de estado de abandono, expediente Nº 08-400520-924 (NI.525-08), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Francela María Víquez Rojas, se dictó la resolución que literalmente dice: Traslado: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las trece horas del doce de setiembre del dos mil ocho. Mediante memorial de folio 44 frente, por parte del Lic. Cristian Vargas Araya, se tiene por aceptado el cargo conferido en el auto de las diez horas veinte minutos del dos de setiembre del año en curso. En virtud de lo anterior, así se resuelve: de la presente demanda de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono presentada por el Patronato Nacional de la Infancia contra Francela María Víquez Rojas, se confiere audiencia por el plazo de cinco días a dicha demandada, por medio de su curador procesal Lic. Cristian Vargas Araya, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo, si es del caso. Se le previene a la demandada que debe señalar lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad en donde atender sus notificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones que se dicten posteriormente se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas (Artículo 185 del Código Procesal Civil). Por medio de edicto, que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Notifíquese esta resolución a la demandada Víquez Rojas por medio de su curador procesal y de edicto. Asimismo, se decreta el depósito judicial provisional del menor Roberth Emilio Víquez Rojas en el hogar de la señora Maribel Rojas Rojas, a quien se le previene que deberá apersonarse a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar el cargo conferido, en ello se ordena notificar la presente resolución a la citada señora, lo cual se hará por medio del notificador del circuito. Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia, Ciudad Quesada, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.— (Solicitud Nº 2675-Pani).—C-4810.—( (105494).

Licenciada Andrea Pérez Quirós, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia, San Carlos, hace saber, que en proceso de declaratoria judicial de estado de abandono y depósito judicial de menor, expediente Nº 08-400466-924 (NI.470-08), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Karla Guevara Fernández, se dictó la resolución que literalmente dice: Traslado Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las ocho horas del veintitrés de setiembre del dos mil ocho. Vista la manifestación de folio 49 frente, por parte del Lic. Douglas Murillo Murillo, se tiene por aceptado el cargo conferido mediante resolución de las catorce horas del doce de setiembre del año en curso. En virtud de lo anterior, así se resuelve: de la presente demanda de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono y depósito judicial de menor presentada por el Patronato Nacional de la Infancia contra Karla Guevara Fernández, se confiere audiencia por el plazo de cinco días a dicha demandada, por medio de su curador procesal Lic. Douglas Murillo Murillo, para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca  las pruebas de descargo, si es del caso. Se le previene a la accionada debe señalar lugar dentro del perímetro judicial de esta ciudad en donde atender sus notificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, las resoluciones que se dicten posteriormente se les tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas (Artículo 185 del Código Procesal Civil). Por medio de edicto, que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de su publicación del edicto ordenado. Notifíquese esta resolución a la demanda Karla Guevara Fernández, por medio de su curador procesal y de edicto. Asimismo, se decreta el Depósito Judicial Provisional de la menor Ruby Rebeca Guevara Fernández en el hogar de los señores Rosa González Oporta y Erwing Oporta Oporta, se le previene a dichos señores que deberán apersonarse a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar el cargo conferido, en razón de lo anterior, se ordena notificar la presente resolución a ambos depositarios, por medio de comisión a la autoridad correspondiente. Expídase. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de setiembre del 2008.—Lic. Andrea Pérez Quirós, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-5110.—(105495).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Roxanna Melisa Ledezma Arce, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de tres días hábiles que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado en fecha veintidós de octubre del año dos mil ocho. Expediente Nº 08-400791-924-FA (NI.800-08).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—Lic. Andrea Pérez Quirós, Jueza.—1 vez.— (Solicitud Nº 2675-Pani).—C-1060.—(105496).

Licenciada Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber: que en este despacho se interpuso un proceso no contencioso de Depósito Judicial a favor de la persona menor de edad Génesis Juliana de la Cruz Suárez, expediente número 06-000026-0364-FA donde se dictó la sentencia de primera instancia número 1143-08 dictada a las once horas cuarenta minutos del veintisiete de agosto del dos mil ocho, cuya parte dispositiva literalmente dice: de conformidad con lo expuesto y artículo 161 del Código de Familia 1, 153, 155 y 222 del Código Procesal Civil, se declara con lugar las diligencias de depósito de menor de edad promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia contra Teodoro de la Cruz R. y Ana Gioconda Suárez Mena en los términos que de seguido se pasa a enunciar: a. Se ordena depositar judicialmente a la menor Génesis Juliana de la Cruz Suárez en el hogar de su abuela materna, la señora Ana Cecilia Mena Cedeño. b. Una vez firme la presente sentencia expídase la ejecutoria correspondiente. Publíquese el edicto de ley al tenor de lo dispuesto en el artículo 263 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Expediente 06-000026-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de setiembre del 2008.—Lic. Girlany Alpízar Murillo, Jueza.—1 vez.—(Solicitud Nº 2675-Pani).—C-2410.—(105497).

A quien interese se le hace saber que en este despacho, el Estado ha interpuesto proceso ordinario de lesividad contra Constructora Rafael Herrera Ltda. Pretende la parte actora con la presente acción, que en sentencia se declare: 1. Nulo el reconocimiento de la proscripción de la deuda del patrono Constructora Rafael Herrera Ltda. que se realizó mediante los oficios AL-DESAF-219-2003 del 10 de noviembre del 2003 y AL-DESAF-075-2005 de 27 de setiembre de 2005, emitidos por la Unidad de Asesoría Legal de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares y las resoluciones AT-062-03 de las doce horas del 10 de noviembre de 2003 y AT-044-06 de las doce horas del 14 de marzo de 2006, ambas emitidas por el Área de Tesorería de la Dirección General de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares. 2. Que se declare plenamente exigible el pago de los períodos declarados prescritos en las resoluciones cuya nulidad se solicita, cuya cancelación deberá efectuarse dentro del proceso de intervención judicial, o bien, caso de no poderse realizar en esa vía , en ejecución de sentencia. 3. Que las sumas adeudadas deberán ser indexadas, y generarán intereses hasta efectivo pago. 4. Que sean a cargo de la parte demandada el pago de las costas procesales y personales, así como los intereses correspondientes sobre esos extremos. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse en autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del término de ocho días que se contarán desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos, (artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Expediente Nº 07-001159-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 10 de octubre del 2008.—Lic. Siria Carmona Castro, Jueza.—1 vez.—(105498).

Edictos Matrimoniales

Se hace saber que en la notaría de José Ant. Umanzor Rodríguez ubicada en avenida 6, calles 10 y 12, S. J., teléfono 8393-5285, se realizará matrimonio el día 15-11-2008 de María Ivannia Acosta, nicaragüense, cédula 135-RE-028234-00-1999, hija de Ángela Acosta; y Marlon Tomás Gómez Pérez, costarricense, cédula 1-0768-0259, hijo de Roberto Gómez H., y Rosa Pérez A.—San José, 03 de noviembre del 2008.—Lic. José Antonio Umanzor Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 71455.—(105200).

Ante esta notaría, comparecen Daniel Alejandro Mendoza Garza, mayor, soltero, licenciado en Economía, de nacionalidad mexicana, nacido en Monterrey, Nuevo León, Estados Unidos Mexicanos, portador del pasaporte de su país número 04190015583, vecino de INCAE, casa Nº 122, La Garita de Alajuela; y Alejandra Patricia Montesinos Aguirre, mayor, soltera, Licenciada en Educación y Psicología, de nacionalidad mexicana, nacida en Monterrey, Nuevo León, Estados Unidos Mexicanos, portadora del pasaporte número 06190059344, del mismo vecindario que el señor Mendoza Garza; y manifiestan que se encuentran en libertad de estado para contraer matrimonio, por lo que me solicitan y manifiestan sin intención de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que deseen manifestar su oposición mismo. Tel-Fax 2221-4350.—Lic. Alfonso Murillo Berrocal, Notario.—1 vez.—Nº 71476.—(105201).

Ante esta notaría, han comparecido Jeison Eli Ballesteros Chavarría, cédula 2-610-172, chofer, y Nubia Rocío Moreno Cardozo, colombiana, pasaporte Nº CC 52837302, profesional en Comercio Internacional, ambos, mayores, solteros, vecinos de Escazú, manifestando interés de contraer matrimonio civil. Dentro del plazo de ocho días después de esta publicación, se informa a todos aquellos interesados que tuvieren objeciones que hacerlo saber al teléfono 2226-4289, fax 2286-0469.—San José, 04 de noviembre del 2008.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 71543.—(105202).

Edictos en lo Penal

Licenciada Marianela Pereira Segura Fiscal Auxiliar en el Ministerio Público del Tercer Circuito Judicial de Hatillo al señor Carlos Alberto Guillén Aguilar documento de identidad Nº 1-0578-0115, mayor se le hace saber: que en el legajo de acción civil resarcitoria número 08-000290-492-TC de Sheila Dina Cabrera Morales contra: Rodolfo Thomas Hidalgo por el delito de lesiones culposas se ha dictado la resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto Ministerio Público de Hatillo, de las diez horas con cincuenta minutos del día veintisiete de octubre del dos mil ocho. En vista que la Co-demandado Civil Carlos Alberto Guillén Aguilar es de domicilio desconocido y con el fin de no causarle atraso en la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial.  De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, cualquier intervención podrá oponerse a la participación del Actor Civil planteando las excepciones que corresponde. Confecciónese oficio de estilo. Expediente 08-000290-492-TC.—Ministerio Público del Tercer Circuito Judicial de Hatillo.—Lic. Marianela Pereira Segura, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(104840).

Licenciada Mariana Ramón Fernández, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público, Fiscalía de Atenas, a la señora Yilka Tiziana Hidalgo Bonilla, cédula 7-158-947, se le hace saber que en el legajo de acción civil expediente 07-000163-851-TR por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Marcelo Suárez Ramírez, se ha dictado una resolución que literalmente dice: se pone en conocimiento y se da traslado a la acción civil resarcitoria. Fiscalía de Atenas, a las quince horas y cuarenta y dos minutos del ocho de abril del dos mil ocho, de conformidad con los artículos 114, 115 del Código Procesal Penal se da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria a la demandada civil Yilka Tiziana Hidalgo, por el término de cinco días para lo que a bien tenga a manifestar en defensa de sus derechos, por medio de edicto que se publicará solo una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Fiscalía de Atenas. Ministerio Público.—Lic. Mariana Ramón Fernández, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(104842).

Licenciada Marlen Vega Mac Milty, Fiscal Auxiliar del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, al demandado civil Óscar Gerardo Rodríguez Molina, cédula de identidad 2-277-643, con domicilio en Alajuela, San Rafael de Poás, del templo católico 100 metros al sur y 50 metros al este, en razón de ser el propietario registral del vehículo 458336, se le hace saber que dentro del proceso penal por lesiones culposas contra Elber Mongrillo Ruiz, otro en perjuicio de Víctor Manuel Marín Marín y dentro del expediente 07-200500-306 PE (963-07-7) se le dictó la resolución que dice: se comunica acción civil. Ciudad Quesada, a las diez horas diez minutos del cuatro de agosto del año dos mil ocho. Por el término de cinco días y de conformidad con lo que establece el artículo 115 del Código Procesal Penal, se comunica a los demandados civiles Elber Mongrillo Ruiz, Oscar Gerardo Rodríguez Molina, Marvin Porras Delgado, y Heilyn Porras Chaves que el ofendido Víctor Marín Marín delegó el ejercicio de la acción civil resarcitoria en la oficina de defensa civil de la víctima del Ministerio Público. En el acto se le previene para que en el término de cinco días señale lugar para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de esta ciudad, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo quedarán notificados de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas (artículo 12 de la Ley de Notificaciones). Comuníquese.—Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Marlen Vega Mac Milty, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(104859).

Lic. Marianela Pereira Segura Fiscal Auxiliar en el Ministerio Público del Tercer Circuito Judicial de Hatillo a la señora Gladis Thompson Capella documento de identidad 7-022-463, mayor se le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria número 07-001752-492-TC de Sonia Vargas Rojas contra Raúl Ramírez Mena por el delito de lesiones culposas se ha dictado la resolución que literalmente dice: Comunicación por edicto Ministerio Público de Hatillo. De las ocho horas con cincuenta minutos del día treinta de octubre del dos mil ocho. En vista que la Co-demandado civil Gladis Thompson Capella es de domicilio desconocido y con el fin de no causarle atraso en la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicara tres veces en el Boletín Judicial. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, cualquier intervención podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que corresponde. Confecciónese el oficio de estilo. Causa Nº 07-001752-492-TC. Imputado: Raúl Ramírez Mena. Ofendida: Sonia Vargas Rojas. Delito: Lesiones culposas.—Ministerio Público, Fiscalía de Hatillo, 04 de noviembre del 2008.—Lic. Marianela Pereira Segura, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(105394).