BOLETÍN
JUDICIAL Nº 79 DEL
24 DE ABRIL DEL 2009
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
CIRCULAR Nº 24-09
ASUNTO: Ampliación de la Circular 134-08, publicada en
el Boletín Judicial Nº 157-08 del 14 de agosto de 2008, que modifica la
Circular 96-08: “Indicaciones generales sobre los informes de labores que
rinden los jueces suplentes al Departamento de Planificación”.
A TODOS LOS JUECES Y JUEZAS
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión
Nº 52-08, celebrada el 17 de julio del 2008, artículo XXIX, dispuso ampliar el
texto de la circular 134-08, publicada en el Boletín Judicial Nº 157-08
del 14 de agosto de 2008, que modifica la circular 96-08, publicada en el Boletín
Judicial Nº 121-08 del 24 de junio de 2008, para que en adelante se lea de
la siguiente manera:
“El Consejo Superior
en sesión Nº 52-08, celebrada el 17 de julio en curso, artículo XXIX, dispuso
modificar el texto de la Circular 96-08, publicada en el Boletín Judicial
Nº 121-08 del 24 de junio de 2008, para que en adelante se lea:
“El Consejo Superior
en sesión Nº 44-05 del 9 de junio de 2005, artículo LXV, dispuso comunicar a
los jueces suplentes y supernumerarios, que cuando realicen sustituciones, aun
cuando se trate de un período corto, al finalizar el nombramiento, deben rendir
un informe de labores al Coordinador del despacho o directamente a la
Presidencia de la Corte con copia al Juez Coordinador, para el caso concreto de
los funcionarios supernumerarios.
Posteriormente,
en sesión Nº 09-08 de este Consejo, celebrada el 5 de febrero de 2008, artículo
LXIII, se aclaró que para aquellas oficinas en las que no existe la figura del
Juez Coordinador, el Suplente debe rendir el informe directamente al
Departamento de Planificación.
Los
acuerdos anteriores, fueron comunicados mediante las Circulares 66-2005 y
33-2008, publicadas en los Boletines Judiciales números 131 de 9 de julio de
2007 y 48 de 7 de marzo, respectivamente.
A fin de
darle cumplimiento a lo dispuesto, se les informa que para los casos que
corresponda, deberán rendir el citado informe por mes al Departamento de
Planificación, con base en el formato que se adjunta y que será instalado en
los equipos de cómputo de los despachos e incorporado en los formatos del Sistema
de Gestión.
INFORME DE LABORES DE
JUECES SUPLENTES
DESPACHO JUDICIAL:____CÓDIGO DE OFICINA: _______
Nombre de Juez Sustituido:___ CÓDIGO DEL JUEZ: _______
Nombre de Juez Suplente:________________________________
Período de
la Suplencia: _________________________________
Nº único de los casos asignados |
Materia y Tipo de asunto |
Estado de los casos asignados al
finalizar la suplencia (1) |
Trámite realizado (2) |
Motivo de término de los casos
salidos |
Observaciones |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
NOTA: En caso de requerir ampliar la información,
puede indicar lo que considere necesario, en hojas adicionales a este reporte
de labores efectuadas durante la suplencia.
________________ Sello de
la Oficina ______________________
Firma Juez Suplente Firma
Juez Coordinador (1)
(1) En esta casilla se debe indicar la etapa
procesal en que se encuentra el expediente, de acuerdo con la materia que se
tramita.
(2) Debe consignarse el trámite realizado ya sea:
providencias, autos, sentencias o audiencias realizadas, entre otros.
(1) En caso de que en el despacho haya solo un
puesto de Juez, que es precisamente al que se sustituye, en el espacio “Firma
del Juez Coordinador” firmará en su lugar el Asistente Judicial del Juzgado.”
Finalmente, se les
comunica, que según lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión Nº 47-08,
artículo LIV, en el caso concreto de los jueces supernumerarios, que se
encuentren asignados a cada Consejo de Administración, presentarán un único
informe tanto a la Presidencia de la Corte, como al Consejo de Administración
del lugar y al Departamento de Planificación.”
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32235) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 25-09
ASUNTO: Reiteración de la Circular Nº 60-08 sobre
“Recomendaciones para la entrega de vehículos decomisados a fin de
descongestionar el Depósito de Vehículos del Poder Judicial”, publicada en el Boletín
Judicial Nº 98-08 del 22 de mayo del 2008.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en
sesión Nº 86-08, celebrada el 13 de noviembre de 2008, artículo LXXXV, dispuso
reiterar la Circular Nº 60-08 sobre “Recomendaciones para la entrega de
vehículos decomisados a fin de descongestionar el Depósito de Vehículos del
Poder Judicial”, publicada en el Boletín Judicial Nº 98-08 del 22 de
mayo de 2008, cuyo texto literalmente dice:
“El Consejo Superior
en sesión Nº 27-2008, celebrada el 15 de abril del 2008, artículo XLVIII,
dispuso comunicar a los despachos judiciales, las siguientes recomendaciones
para la entrega de vehículos decomisados, a fin de descongestionar el Depósito
de Vehículos de San Pablo de Heredia:
1. Sobre los datos del expediente
Consignar en el
expediente los siguientes datos:
1.1. Informe de troquelado, ello como
pericia esencial para descartar o bien confirmar la alteración de las señas y
las marcas de los bienes, e iniciar el proceso penal o en su caso devolver el
bien al propietario o poseedor por parte del órgano investigador, o el comiso
en caso de corroborarse y atribuirse a una persona el delito.
1.2. Informe respectivo por parte de la policía
judicial en el que se señale:
1.2.1. Comprobación de si el vehículo decomisado
presenta denuncia de robo, de ser así, si este fue indemnizado por el INS, a
fin de determinar si será este el legitimado para retirar el bien recuperado.
1.2.2. Comprobación de la existencia física y
registral del vehículo que se intenta suplantar con un eventual vehículo gemelo
(alterado decomisado) y quien es su poseedor actual. Para cumplir con dicho
requisito es necesario efectuar un estudio histórico del asiento registral del
vehículo, donde se establezca la sucesión de traspasos reales del bien original
para determinar el último propietario legítimo del bien y, con esto, la
existencia o no del vehículo. Esto es importante corroborarlo, pues de no
poderse demostrar la existencia del bien que dio génesis a los asientos
registrales, recomendamos la cancelación del asiento registral. En ese sentido,
el OIJ deberá entrevistar a los poseedores según los traspasos para determinar
quien posee el vehículo original, no alterado, o si desapareció o cuando se le
perdió el rastro.
2. Sobre la entrega provisional del vehículo
2.1. Nombramiento de un depositario provisional:
En los casos en que sea posible, entregar el vehículo decomisado en depósito
provisional al poseedor de buena fe, a quien en su calidad de depositario
provisional le asistirían deberes jurídicos de custodia sobre el bien
entregado, debiendo presentar el vehículo cuando sea requerido por la autoridad
competente. Con lo anterior, se garantiza que el Depósito sólo se ocupe de
aquellos vehículos donde no pueda hacerse esta entrega, como excepción y no
como regla general, tal y como se aplica actualmente.
Con relación al
Depositario Provisional, es importante recordar lo ya señalado
jurisprudencialmente por el Tribunal de Casación Penal, con relación a que el comiso
no procede por cuestiones administrativas de inscripción registral. Es decir,
de acuerdo a la ley civil quien haya adquirido de buena fe un bien (cosa)
–vehículo alterado- tiene derecho a poseerlo, independientemente que,
posteriormente, no pueda continuar inscrita en el asiento registral en el que
estaba, por pertenecer a otro vehículo “original”, aún cuando este haya
desaparecido. En ese sentido, salvo que esta buena fe sea destruida con prueba
objetiva, o bien, se determine que el bien adquirido pertenece a otra persona
(legítimo poseedor primario despojado), cuando por el informe de troquelados se
sepa la verdadera identificación del vehículo y su propietario real, el
poseedor del vehículo, normalmente, a quien se le decomisa el vehículo, tiene
derecho de disponer de dicho vehículo como una cosa.
De tal
forma que, si desde un inicio mientras se asigna una fecha para realizar el
estudio de troquelados, o posteriormente a este y mientras se resuelve en
definitiva el caso, el vehículo fuese entregado, tal y como dispone la ley en
depósito provisional de manera inmediata, no habría la cogestión vehicular que
sufre dicho Depósito.
En ese
mismo sentido, debe procederse cuando el informe de troquelados indique que no
es posible identificar el vehículo decomisado, debiendo entregarse
provisionalmente a su poseedor. En ese caso, de comprobarse la inexistencia del
vehículo original, según informe del OIJ indicado en el punto I, debe
procederse a la cancelación del asiento registral que pretendía ocupar el
vehículo alterado. El interesado, como poseedor de buena fe de ese vehículo,
deberá plantear el procedimiento respectivo para lograr una nueva inscripción
del vehículo en otro asiento, ante el Registro Público, o plantear las acciones
legales en la vía jurisdiccional respectiva.
3. Sobre los casos de abandono del bien
3.1. Ordenar dentro de la sentencia resolución
que da fin a la causa la donación del bien, en caso de que pasen tres meses sin
que sea reclamado o retirado: Cuando no proceda el comiso y ningún
interesado acuda a solicitar la entrega del bien dentro de los tres meses de
finalizado el proceso (desestimación o sobreseimiento), se procederá a la
donación del vehículo, según lo dispone la Ley 6106. Lo anterior, dentro de la
misma sentencia o resolución que da fin a la causa, donde el Juez disponga
dentro del considerando y el por tanto, que de pasar tres meses sin retirar o
reclamar el bien, se procederá a su donación. Superado este término, el
personal auxiliar debe confeccionar los oficios para que sean firmados por el
Juez, a fin de iniciar los trámites inmediatos de donación, comunicando esto al
Departamento de Proveeduría y al Depósito de Vehículos.
4. Sobre la cancelación del asiento registral:
4.1. Ordenar la cancelación del asiento
registral: En la sentencia o resolución dictada por el Juzgado, deberá
ordenarse la cancelación del asiento registral, el cual ocupaba espuriamente el
vehículo alterado, esto para efectos de que no se perpetúe su falsa legalidad
registral, así como para evitar que en dicho asiento se inscriba otro vehículo
alterado de iguales características. De ahí la importancia del informe indicado
en el punto I, que establezca la existencia del vehículo original o verdadero
que ocupó dicho asiento alguna vez, pero que probablemente ya no exista, de ahí
que se valgan de esto las bandas que roban vehículos para saber en que asientos
registrales colocar los vehículos alterados.
Por ello la necesidad también de ir cancelando estos asientos, pues si
se dejan activos, serán utilizados una y otra vez, acrecentando las estafas a
los ciudadanos y el trabajo del Poder Judicial.
5. Sobre los casos en que proceda el comiso:
5.1. Una vez dispuesto el comiso, deberá seguirse
los pasos establecidos por la Ley Nº 6106 “Ley de Distribución de Bienes
Confiscados o Caídos en Comiso”, procediendo de inmediato a la donación del
vehículos para descongestionar rápidamente el Depósito.
Con relación a los
casos en los que procede ordenar el comiso, complementar con el criterio
emitido por la Comisión de Asuntos Penales, en informe Nº CAP.015-07 de 24 de
agosto del 2007, según la cual en resoluciones como el archivo fiscal,
desestimación, sobreseimiento provisional y definitivo, procede el comiso de
bienes, pues debe interpretarse este tipo resoluciones como aquellas que ponían
fin a un proceso determinado. Lo anterior por cuanto existía el criterio, que
el comiso en relación con la supra citada ley solamente procedía en caso de
sentencia, siendo que la gran mayoría de casos terminaban en desestimaciones
con un bien decomisado y sin que fuese reclamado, lo que obviamente, con tal
criterio, no se podía disponer del bien, saturándose las instalaciones del
Depósito ante la disyuntiva de que “el comiso solo mediante sentencia” y por
consiguiente había que devolver el bien a una parte que incluso ya no le
interesaba el mismo, fuera propietario registral, fuera poseedor de buena fe.”
San José, 14 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32236). Secretaria
General
CIRCULAR Nº 30-09
ASUNTO: Proyecto del Programa Nacional de Atención a
la Población Penal Juvenil.
A LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES
QUE TRAMITAN
MATERIA PENAL JUVENIL DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en
sesión Nº 13-09, celebrada el 17 de febrero último, artículo XLIII, a solicitud
de la Comisión de la Jurisdicción Penal, dispuso comunicar lo siguiente:
Según información
suministrada por funcionarios de la Dirección Nacional de Adaptación Social de
Ministerio de Justicia y Gracia, el Programa Nacional de Atención a la
Población Penal Juvenil, cuenta con los siguientes proyectos de atención: 1.
Atención Institucional (Centro de Formación Juvenil Zurquí y Centro Adulto
Joven) y 2. Atención Ambulatoria (Programa de Sanciones Alternativas).
En el
primer Proyecto se atiende a las personas condenadas con pena privativa de
libertad, quienes desde el momento de su ingreso al Centro Institucional
son introducidos en los programas de atención a jóvenes consumidores de
sustancias psicoactivas, el cual se compone de tres fases, a saber:
diagnóstico, motivacional y de tratamiento o terapéutica (ésta última opera con
quienes quieren hacer un cambio en sus vidas).
En el
Segundo Proyecto se atiende la población sancionada con una medida
alternativa, población que se atiende por medio de tratamiento
ambulatorio.
Según se
informó, el Ministerio de Justicia no cuenta con programas desintoxicación
en ninguno de los proyectos que atiende. Además la población con suspensión
del proceso a prueba y aquella a la que se le impone una medida cautelar no
forma parte de estos programas, pues la competencia del Ministerio
comprende únicamente a las personas jóvenes sobre las que ha recaído una
sentencia firme.
Los
operadores jurídicos de la materia penal juvenil deberán tomar en consideración
esta información a la hora de definir la situación jurídica de los imputados.
Se informa también que pueden consultar a los funcionarios que atienden estos
proyectos en los teléfonos: 2268-7528 y 2268-7526
San José, 13 de abril
de 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32237) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 34-09
ASUNTO: Procedimiento Evaluación Inicial del Desempeño
a Funcionarios que Administran Justicia y están en período de prueba.
A LOS JUECES Y JUEZAS
COORDINADORES
DE LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión
Nº 22-09, celebrada el 10 de marzo de 2009, artículo XXVIII, aprobó el
procedimiento planteado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial
para la evaluación inicial de los jueces y juezas en los períodos de prueba
tanto de un año cuanto de tres meses, que literalmente dice:
“PROCEDIMIENTO EVALUACIÓN
INICIAL DEL DESEMPEÑO
A FUNCIONARIOS QUE ADMINISTRAN JUSTICIA Y
QUE ESTÁN EN PERÍODO DE PRUEBA
I. Introducción.
El presente documento se elabora en acatamiento a lo dispuesto por el Consejo
de la Judicatura en las sesiones número CJ-13-2007, artículo XXVIII y
CJ-16-2008 del 10 de junio de 2008, artículo XIV, los cuales se citarán en el
apartado de Normativa, en los que se dispuso que la Sección Administrativa de
la Carrera Judicial, realice una propuesta de evaluación inicial del desempeño
durante el período de prueba a los funcionarios que administran justicia.
Se contemplan los aspectos a
evaluar a todos aquellos funcionarios que administran justicia y que de acuerdo
a lo estipulado en los artículos 33 y 34 del Estatuto de Servicio Judicial
deberán de cumplir con un período de prueba de un año para los casos de
iniciación y de tres meses para ascensos o traslados.
Por lo anterior, se ha
elaborado el presente procedimiento con el fin de someterlo a conocimiento del
Consejo de la Judicatura para lo que a bien estime resolver.
Objetivo: Definir las acciones necesarias que permitan efectuar la valoración
oportuna del desempeño durante el período de prueba de los funcionarios que
administran justicia.
Alcance:
1. El área de Trabajo Social de la Sección
Administrativa de la Carrera Judicial, valorará aspectos relacionados con el
ambiente laboral en que se ha desempeñado el funcionario, después de los
primeros seis meses de su función jurisdiccional, para los casos de primer
ingreso, sin perjuicio de adelantar esa evaluación a criterio del Consejo de la
Judicatura, cuando así se requiera, según las circunstancias. Para ello se
elaborará una guía de entrevista, la cual será utilizada en forma exclusiva por
el área de trabajo social de esta Sección.
2. Para la evaluación correspondiente a ascensos
y traslados cuyo período es de tres meses, se elaborará un instrumento que
contenga los aspectos sociolaborales de importancia, el cual debe ser aplicado
por el juez coordinador en cada despacho, o el superior inmediato al cumplirse
el mes dos. Asimismo, el Tribunal de la Inspección Judicial deberá efectuar la
valoración respectiva, cuyos resultados deberán ser enviados a la Sección
Administrativa de la Carrera Judicial. En aquellos en que la valoración no
pueda ser efectuada por el juez coordinador o superior, le corresponderá al
área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y al
Tribunal de la Inspección Judicial realizarla.
3. Los aspectos personales y los estadísticos que
puedan incidir o hayan incidido en la disciplina, deberán ser valorados por el
Tribunal de la Inspección Judicial y el Departamento de Planificación,
respectivamente, según lo disponga el Consejo de la Judicatura.
V. Responsable:
El desarrollo de esta labor estará a cargo de la Sección Administrativa de la
Carrera Judicial, en coordinación con el Área Social de la Unidad
Interdisciplinaria de esa Sección.
V. Normativa: Es importante
considerar para la aplicación de los instrumentos señalados y la elaboración
del presente procedimiento, la normativa vigente relacionada con la evaluación
del desempeño:
Ley
Orgánica del Poder Judicial:
Artículo 28.—Podrá ser destituido de su cargo, siguiendo el
procedimiento establecido y con la previa oportunidad de defensa, el servidor:
“…2.- Que por incorrecciones o fallas en el
ejercicio de su cargo o en su vida privada, que pueden afectar el buen servicio
o la imagen del Poder Judicial, se haya hecho acreedor a esa sanción.
3.- Que
hubiere llegado a perder alguna de las condiciones esenciales para el ejercicio
de su cargo, o incurra en alguna de las prohibidas para ello.
4.- Que
resultare incompetente o inadecuado para el desempeño de su cargo.
5.- Que
habitualmente ingiera bebidas alcohólicas de forma excesiva; consuma drogas no
autorizadas o tuviere trastornos graves de conducta, de forma tal que puedan
afectar el servicio.
Estatuto de Servicio
Judicial
“Artículo 10.—La calificación periódica
de servicios se hará anualmente por el Jefe de cada oficina judicial respecto
de los subalternos que laboren en ella, usando formularios especiales que el
Jefe del Departamento de Personal enviará a las diferentes oficinas en los
meses que él determine.”
“Artículo 33.—Para que un servidor judicial reciba la protección de esta
ley, deberá cumplir, satisfactoriamente, un período de prueba de un año, que se
contará a partir de la fecha en que se haga cargo de su puesto.”
“Artículo 34.—El período de prueba se regirá por las siguientes
disposiciones:
a) Se aplicará tanto en los casos de iniciación
de contrato como en los ascensos o traslados, pero en estos últimos casos será
de tres meses. (Reformado por Ley Nº 6593 de 6-8-81. La Gaceta
del 24-8-81).
b) Si se tratare de iniciación de contrato, el
Jefe de la Oficina podrá despedir al servidor durante el período de prueba;
pero deberá informar a la Corte Plena y al Departamento de Personal sobre los
motivos del despido. En casos especiales el informe podrá ser confidencial y se
rendirá directamente al Presidente de la Corte; y
c) Cuando se trate de ascenso o traslado, el
sustituto quedará sujeto dentro del período de prueba de tres meses, a la
eventualidad de que si aquél a quien sustituyó no fuere eficiente en el nuevo
cargo, el Jefe de la respectiva oficina deberá reintegrarlo a su puesto
anterior y así sucesivamente.
En estos casos el
término de servicio en el puesto superior se acumulará al del inferior, para la
obtención de los aumentos por tiempo servido.”
Acuerdos Consejo de
la Judicatura:
Sesión CJ-13-2007,
artículo XXVIII:
“Este Consejo estima
que si bien no existe un procedimiento para evaluar el desempeño de los jueces,
sería conveniente realizar una investigación en el campo socio-laboral,
disciplinario y estadístico, al menos a mitad del período de prueba que deben
cumplir los jueces según sea el caso, de un año para los de primer ingreso y de
tres meses en situaciones de ascensos y traslados. Lo anterior con el objeto de
constatar cual ha sido su desempeño en el despacho. De esa manera se
comprobaría si se ajusta a la idoneidad que exige el servicio público, por lo
que procede solicitar a la Unidad Interdisciplinaria que lleve un control de
los nombramientos de primer ingreso a la Carrera Judicial para efectuar la
investigación respectiva, que deberá comprender aspectos de rendimiento y
desempeño en el despacho mediante informes de Trabajo Social, del Tribunal de
la Inspección Judicial y el Departamento de Planificación.
Se
acuerda: 1) Acoger la propuesta
anterior. 2) Se ordena a la Unidad Interdisciplinaria mantener un control
estricto de los nombramientos en propiedad en cargos de judicatura y ponerlos en
conocimiento del área de Trabajo Social de esa Unidad, del Tribunal de la
Inspección Judicial y del Departamento de Planificación para que a mitad del
período de prueba que establece el Estatuto de Servicio Judicial se realice la
investigación correspondiente en cada campo y se rinda el informe respectivo a
este Consejo a fin de valorar el desempeño de ese funcionario en el cargo y si
es del caso tomar las medidas pertinentes.”
- 0 -
Sesión CJ-16-2008,
artículo XIV:
“…2) Solicitarle a la Unidad Interdisciplinaria una
propuesta de la estructura administrativa y demás requerimientos necesarios
para la labor de control durante el período de prueba de los jueces, a los
efectos de gestionar su aprobación ante los órganos competentes.”
VI. Procedimiento
a) Se utilizará un reporte informático denominado
“Reporte para Evaluación del desempeño”, mediante el cual se obtendrá el
listado mensual de nombramientos de los funcionarios que administran justicia,
será consultado por rangos de fecha. El
reporte en mención reflejará los datos sobre la condición del nombramiento,
nombre, número de cédula, puesto, historial, despacho y fecha de nombramiento.
Mediante este reporte se determina si el período de prueba corresponde a un
año, o bien a tres meses. Esta labor será ejecutada por el área de Trabajo
Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
b) Para los casos de jueces supernumerarios en
propiedad, adscritos a la Presidencia de la Corte para la atención de los
programas contra el Retraso Judicial y el de Equipos de Reducción del
Circulante, así como los designados bajo la responsabilidad de los Consejos de
Jueces de las Unidades Administrativas, le corresponderá a las personas
encargadas del seguimiento, informar a la
Sección Administrativa de la Carrera Judicial, acerca del período de
nombramiento, despacho, materia y cargo que ocupa el juez supernumerario. Esta
acción deberá realizarse en la misma fecha en que se lleva a cabo la
designación.
c) El área de Trabajo Social de la Sección
Administrativa de la Carrera Judicial, será la encargada de enviar una copia
del reporte informático citado en el inciso a) al Tribunal de la Inspección
Judicial. Por otra parte, se considera importante que para estos efectos,
también se haga del conocimiento de la Contraloría de Servicios del Poder
Judicial, órgano en el cual tanto la Trabajadora Social como el Tribunal de la
Inspección Judicial, podrán apoyarse para recabar la información que consideren
pertinente.
d) Una vez que la institución haya definido los
indicadores y parámetros para la Evaluación del Desempeño, se incluirán datos
cuantitativos sobre la labor del juez, previa aprobación del instrumento por
parte del Consejo de la Judicatura.
e) El área de Trabajo Social agendará según sea
el caso, las evaluaciones para su respectivo control, tomando en consideración
lo siguiente:
§ Cuando se trate de nombramientos por primera
vez, cuyo período de prueba es de un
año, se incluirá en agenda la fecha probable de evaluación, misma que será
efectuada por la Trabajadora Social de la Sección y el Tribunal de la
Inspección Judicial, quienes transcurridos los seis meses del nombramiento, se
desplazarán al despacho y efectuarán un trabajo de campo mediante la aplicación
de una guía de entrevista que se establecerá para estos efectos y realizará el
informe respectivo. Asimismo, el área de Trabajo Social de la Sección
Administrativa de la Carrera Judicial, formulará una consulta por escrito a la
Contraloría de Servicios de Poder Judicial, para determinar si cuenta con
registros relacionados con la gestión específica del funcionario evaluado.
§ Para los casos en que el período de prueba
corresponda a un ascenso o traslado (tres meses de labor), igualmente deberá de
incluirse en agenda la remisión al juez coordinador del despacho, de un
instrumento de evaluación exclusivo para estos efectos, con el fin de que en
acatamiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Estatuto de Servicio
Judicial, sea él quien ejecute dicha labor en apego estricto a los parámetros
que se hayan definido por el área de Trabajo Social de la Sección
Administrativa de la Carrera Judicial y que estarán contenidos en el
instrumento referido. Dicho documento será enviado a través de los medios de
comunicación autorizados por la Institución a los despachos correspondientes en
el segundo mes de trabajo del juez/a.
§ Para el caso anterior, una vez que el juez
coordinador realice la evaluación, deberá de devolver el formulario o
instrumento con las respuestas al área de Trabajo Social de la Sección Administrativa
de la Carrera Judicial en un término no mayor a tres días hábiles para que
el/la profesional a cargo efectúe la revisión que competa y emita sus
observaciones. El Tribunal de la Inspección Judicial, realizará también el
estudio respectivo.
b) El Tribunal de la Inspección Judicial y la
Contraloría de Servicios, deberán enviar los informes que a cada uno
corresponda, a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, a más tardar
en la tercera semana previa al vencimiento del periodo de prueba, para aquellos
casos en los que la valoración corresponda a un traslado o ascenso (tres meses)
y con un mes de antelación al vencimiento, cuando se trate de nombramientos por
primera vez. Dichos informes serán valorados
por el/la profesional en el área de Trabajo Social, quien previo al vencimiento
de los respectivos nombramientos, los pondrá en conocimiento de la jefatura de
la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, quien a su vez los someterá
al conocimiento del Consejo Superior, con copia al Consejo de la Judicatura.
c) Los documentos que se generen producto de las
evaluaciones serán archivados en un expediente que será custodiado por el área
de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
d) El área de Trabajo Social tendrá a su cargo el
control y seguimiento de las evaluaciones, razón por la cual deberá mantener
una comunicación estrecha con los encargados en el Tribunal de la Inspección
Judicial y la Contraloría de Servicios y el Departamento de Planificación.
VII. Instrumentos a
utilizar en la evaluación. El área de Trabajo Social utilizará como parte
del estudio socio-laboral una guía de entrevista, apoyada en la escala de
Likert, la cual consiste en un conjunto de ítems presentados en forma de
afirmaciones o juicios ante los cuales se pide la reacción de los sujetos. A
cada punto se le asigna un valor numérico, lo que permite obtener una
puntuación. Dicha herramienta será exclusiva para el trabajo de campo a
realizar.
La entrevista abordará la
dinámica laboral en la que se desenvuelve la persona en estudio, considerando
tanto al personal del despacho como a otras dependencias de la institución, con
el propósito de facilitar la obtención de información objetiva.
El instrumento a utilizar
será de uso exclusivo del Área de Trabajo Social de la Sección Administrativa
de la Carrera Judicial, por lo tanto, quedará prohibida su circulación y/o
aplicación para afectos ajenos al que se ha descrito en el presente
procedimiento.
De igual forma, se utilizará
un formulario para uso exclusivo de los jueces coordinadores, quienes serán
responsables de la aplicación del instrumento para aquellos casos en que el
período de prueba sea de tres meses, o bien se trate de traslados. El
formulario a utilizar igualmente se basa en la Escala de Likert y se hará la
observación de que su aplicación es de
uso exclusivo del superior jerárquico, quien deberá darle uso
confidencial, a fin de evitar acciones que puedan afectar la evaluación.
VIII. Instrumentos
(Ver anexos)
IX. Recursos
Necesarios:
Recurso Humano: Para la labor de apoyo a esta labor, es necesario
contar con un 1 auxiliar que se dedique a tiempo completo a la atención de las
funciones que se ejecutan en la Unidad Interdisciplinaria integrada por los
profesionales en Medicina, Psicología y Trabajo Social, quien tendrá a cargo todas las acciones
operativas, control y seguimiento que involucra el presente procedimiento.
Equipo y mobiliario:
1 Computadora
1 Estación de trabajo
1 Silla
El espacio físico ya se
encuentra contemplado en la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.”
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32238) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 35-09
ASUNTO: Política de atención a víctimas de violencia
doméstica que son empleadas(os) judiciales.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES,
JEFATURAS, SERVIDORAS
Y SERVIDORES JUDICIALES
SE LES HACE SABER QUE:
1.-) El Consejo
Superior, en sesión Nº 64-07, celebrada el 30 de agosto de 2007, artículo L,
aprobó la propuesta de política de atención a víctimas de violencia doméstica
empleadas(os) judiciales elaborada por el Departamento de personal a solicitud
de la Comisión de Género.
2.-) La Política parte de la
premisa de que la violencia en cualquiera de sus formas: física, emocional,
patrimonial o sexual, son formas indeseables de ejercicio del poder que tienen
graves consecuencias en la vida personal, social, familiar y laboral de quienes
la sufren, además de implicar un alto costo económico por el impacto que tiene
en la calidad de vida y el rendimiento laboral.
3.-) Define una serie de
áreas de trabajo en la que están involucradas, con responsabilidades
específicas, diversas instancias judiciales: Departamento de Trabajo Social y
Psicología, Servicio de Salud para Empleados(as) Judiciales, Prensa y
Comunicación Organizacional, Proceso de gestión de la capacitación del
Departamento de Personal y Escuela Judicial. La coordinación de la ejecución de
la política y del equipo de trabajo está a cargo de la Secretaría Técnica de
Género.
4.-) Durante el año y medio
que tiene la política de aprobada, se ha desarrollado una campaña información y
divulgación sobre la temática tanto con boletines en intranet como impresos
colocados en las pizarras informativas existentes en los distintos despachos
judiciales.
5.-) Se inició la atención
directa de las compañeras(os) judiciales en las oficinas del Departamento de
Trabajo Social y Psicología de todo el país, en el Área de Trabajo social y
Psicología del servicio de salud para empleados(as) judiciales, Oficina de
atención a la víctima del Ministerio Público y Área de Psicología del Servicio
de Salud de Goicoechea.
6.-) El Consejo Superior el
23 de abril del 2008, en la sesión 30 artículo LII, aprobó el protocolo
denominado “Lineamientos de atención y referencia a empleadas(os) judiciales
víctimas de violencia” donde se establece el procedimiento a seguir para que
las compañeras accedan a los servicios disponibles en la institución.
7.-) Se ha iniciado el
reporte estadístico independiente de los casos atendidos por violencia
doméstica en las instancias señaladas en el punto cinco, información que es
reportada trimestralmente a la Secretaría de Género.
8.-) Está por finalizarse el
diagnóstico sobre prevalencia y características de la violencia doméstica en
las empleadas judiciales cuyos resultados finales serán conocidos a corte
plazo. Para su elaboración se aplicó un cuestionario a 793 compañeras de todos
los circuitos judiciales y de los distintos ámbitos de acción institucional.
9.-) Se elaboró, junto con el
Subproceso de Capacitación del Departamento de Personal, un desplegable de
bolsillo llamado “El amor no debe doler” mismo que fue entregado a cada
funcionaria y funcionario que labora en la institución.
10.-) Se realizarán durante
este año dos talleres de sensibilización y capacitación dirigidos a compañeros
judiciales que abordará el tema del manejo del enojo.
Para las compañeras y
compañeros judiciales que sufren violencia doméstica les instamos a que acudan
a los siguientes lugares:
Las oficinas de Trabajo
Social y Psicología de todos los circuitos judiciales del país.
Área de Trabajo Social y Psicología del
Servicio de Salud para Empleados(as) Judiciales de San José. Teléfonos:
2295-3926, 2295-3927, 2295-3928.
La Oficina de Atención a
la Víctima del Ministerio Público. Teléfonos: 2295-4427, 2295-3565, 2295-4344,
2295-3271.
Área de Psicología de los
Tribunales de Goicoechea. Teléfono 2247-9321.
Las consultas pueden
ser realizadas en forma personal o telefónica.
San José, 24 de marzo
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32239) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 36-09
ASUNTO: Lineamientos a seguir para solicitar alguna
ayuda para disminuir los niveles de circulante.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en
sesión Nº 23-09 (Presupuesto 2010), celebrada el 11 de marzo del año en curso,
artículo VIII, conoció el informe de plazas extraordinarias Nº 027-PLA-CE-2009,
relacionado con la Unidad de Jueces conciliadores, que entre otros, aprobó la
recomendación 5.5 del informe, que literalmente dice:
“5.5. Que los despachos judiciales, antes de
solicitar alguna ayuda para disminuir los niveles de circulante, realicen las
diligencias respectivas a efecto de que el programa de Resolución Alternativa
de Conflictos los haya atendido así como el de Retraso Judicial”.
San José, 26 de marzo
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32240) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 37-09
ASUNTO: Ampliación de la Circular Nº 01-09 sobre el
“Uso de carátulas “color terracota” (rojo marrón), en los expedientes en los
que figure como parte una persona adulta mayor.”, publicada en el Boletín
Judicial Nº 12 del 19 de enero de 2009.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión
Nº 13-09, celebrada el 17 de febrero del año en curso, artículo LXIX, dispuso
ampliar la Circular Nº 01-09, publicada en el Boletín Judicial Nº 12 del
19 de enero del 2009, en el sentido de que el uso de las carátulas color
terracota (rojo marrón) para los expedientes en los que figura como una de las
partes un adulto mayor, es se utilizarán en todas las materias y no
solamente en las que se indican en esa circular.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32241) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 39-09
ASUNTO: Aclaración sobre el artículo 4 de la Ley Nº
8687 “Ley de Notificaciones Judiciales”
A LA OFICINA CENTRALIZADA DE
NOTIFICACIONES
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en
sesión Nº 22-09, celebrada el 10 de marzo de 2009, artículo LXIV, dispuso
aclarar a los notificadores de la Oficina Centralizada de Notificaciones, que
de conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 8687, no es necesario que acudan
a notificar a los despachos cuando se les solicite vía telefónica, por cuanto
el juez o el servidor que este designe están facultados para realizar dicho
trámite.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32243) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 40-09
ASUNTO: Aclaración de la Circular Nº 15-09 sobre el
“Traslado de los controles manuales de las oficinas judiciales a sistemas
informatizados.”
A LOS JEFES DE LAS OFICINAS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en
sesión Nº 22-09, celebrada el 10 de marzo del año en curso, artículo LVIII,
dispuso aclarar la Circular Nº 15-09 sobre el “Traslado de los controles
manuales de las oficinas judiciales a sistemas informatizados”, publicada en el
Boletín Judicial Nº 53 del 17 de marzo del 2009, en el sentido de que lo
que se autoriza es sustituir los registros manuales por informáticos,
utilizando para ello hojas electrónicas, principalmente las de Open Office.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32244) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 41-09
ASUNTO: Adición a la Circular Nº 16-09 “Lineamientos a
seguir para el nombramiento en propiedad en las plazas vacantes” publicada en
el Boletín Judicial Nº 39 del 25 de febrero de 2009.
A LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS
JUDICIALES
DEL PAÍS Y A LAS ASOCIACIONES GREMIALES
DEL PODER JUDICIAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en
sesión Nº 25-09, celebrada el 17 de marzo de 2009, artículo LX, dispuso
adicionar a los lineamientos establecidos en la Circular Nº 16-09 para los
nombramientos en plazas vacantes que, de conformidad con los artículos 33 y 34
inciso a) del Estatuto de Servicio Judicial, los servidores nombrados en
propiedad por primera vez deberán cumplir un período de prueba de un año a
partir de la fecha en que rige el nombramiento y los propietarios que pasen a
ocupar otras plazas cumplirán un período de prueba de tres meses, en ambos
casos en los puestos que están siendo nombrados.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32245) Secretaria
General
AVISO Nº 06-09
ASUNTO: Alcances de la resolución Nº 2008-013962,
dictada por la Sala Constitucional a las 9:31 horas del 19 de setiembre del
2008.
A LOS JUECES DEL PAÍS QUE
TRAMITAN MATERIA LABORAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en
sesión Nº 13-09, celebrada el 17 de febrero del 2009, artículo LXXI, dispuso
comunicar a todos los jueces del país que tramitan materia laboral, los
alcances de la resolución Nº 2008-013962, dictada por la Sala Constitucional a
las 9:31 horas del 19 de setiembre del 2008, que es recurso de amparo contra el
Juzgado de Trabajo de Puntarenas. Dicha resolución en sus considerandos y parte
dispositiva, señala literalmente:
“(…) I.—Objeto del recurso. El recurrente alegó que desde
hace cuatro años se tramita, ante el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de
Puntarenas, el proceso por riesgo laboral Nº 04-000630-418-LA-2, contra el
Instituto Nacional de Seguros. Aseguró que, para el 18 de junio de 2008, fecha
de interposición del recurso de amparo, no se había dictado sentencia, dado que
la parte demandada no ha aportado una certificación reiteradamente solicitada
por la autoridad jurisdiccional, por lo que estima lesionado su derecho a una
justicia pronta y cumplida, tutelado por el artículo 41 de la Constitución
Política.
II.—Hechos probados. De relevancia para dirimir el
presente recurso de amparo, se tienen por acreditados los siguientes: 1) El 23
de noviembre del 2004, Ulises Arroyo Muñoz presentó, ante el Juzgado de
Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, una demanda por riesgo laboral contra
el Instituto Nacional de Seguros (ver informe a folio 13). 2) El 5 de julio
del 2005, una vez efectuado el traslado de la demanda y conferidas las
audiencias respectivas, el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas
admitió, para ante el Consejo Médico Forense, un recurso de apelación,
interpuesto por el amparado, en contra del dictamen rendido por la Sección de
Medicina del Trabajo (visible a folio 16 y ver informe a folio 13). 3) El 15
de agosto del 2006, el Consejo Médico Forense rindió el dictamen pertinente
(ver informe a folio 13). 4) El 11 de setiembre del 2006, el Juzgado de
Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas otorgó audiencia a las partes, por el
término de tres días, para que se refirieran al dictamen rendido por el Consejo
Médico Forense, asimismo le solicitó al Instituto Nacional de Seguros, que
presentara certificación de los días de incapacidad temporal otorgados al
recurrente por el accidente que originó la demanda (visible a folio 17). 5) El 20
de marzo del 2007, se remitió recordatorio al Instituto Nacional de Seguros
(visible a folio 18). 6) El 22 de junio del 2007, el Juzgado de Trabajo
de Mayor Cuantía de Puntarenas requirió al Consejo Médico Forense de Heredia
que ampliara el dictamen Médico presentado el 15 de agosto de 2006, en el
sentido que se consignaran los días de incapacidad temporal otorgados al actor
(visible a folio 19).7) El 31 de enero del 2008, el Juzgado recurrido
emitió un nuevo recordatorio, para que las autoridades del Instituto Nacional
de Seguros, certificaran el número de días otorgados por concepto de
incapacidad temporal (visible a folio 59). 8) El 6 de mayo del 2008, el
Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas volvió a remitir un
recordatorio a las autoridades del Instituto Nacional de Seguros, para que
cumpliera con lo solicitado (visible a folio 21). 9) El 5 de junio del 2008,
el Instituto Nacional de Seguros presentó la certificación solicitada (visible
a folio 22 y ver informe a folio 14). 10) A las 8:40 horas del 27 de junio
del 2008, se notificó a la autoridad recurrida, el auto inicial de este
proceso de amparo (visible a folio 29). 11) A las 13:05 horas del 27 de
junio del 2008, el Juzgado de Trabajo y de Mayor Cuantía de Puntarenas
confirió audiencia a las partes para que se refirieran a la certificación
presentada (visible a folio 23).
III.—Sobre el derecho a una justicia pronta y cumplida.
El artículo 41 de la Constitución Política estipula: “Ocurriendo a las leyes,
todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido
en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta,
cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes”. En igual
sentido, el artículo 8° de la Convención Americana de Derechos Humanos,
suscrita en San José el 22 de noviembre de 1969 indica: “Toda persona tiene
derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable,
por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con
anterioridad por la ley, en la substanciación de cualquier acusación penal
formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones
de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”. De lo anterior
se colige que la Administración de Justicia está obligada a resolver en un
plazo razonable los asuntos que le son planteados. El artículo 41 de la
Constitución Política –antes transcrito-, no ha constitucionalizado un derecho
a los plazos, sino el derecho fundamental de toda persona a que su causa sea
resuelta dentro de un plazo razonable, lo que ha de ser establecido en cada
caso concreto, atendiendo a la complejidad del asunto, la conducta de los
litigantes y de las autoridades, así como las particularidades de cada tipo de
proceso.
IV.—Caso concreto. En este asunto está plenamente
demostrado que, el 23 de noviembre de 2004, Ulises Arroyo Muñoz presentó, ante
el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, una demanda por riesgo
laboral, a la cual se le asignó el número de expediente 04-000630-418-LA-2. La
Jueza Coordinara del Despacho justificó el retraso para dictar sentencia, en el
hecho que el Consejo Médico Forense tardó más de un año para resolver el
recurso de apelación que el amparado presentó contra el dictamen rendido por la
Sección de Medicina del Trabajo, y en la renuencia de las autoridades del
Instituto Nacional de Seguros para aportar una certificación del número de días
otorgados por concepto de incapacidad temporal. Al respecto, este Tribunal
considera pertinente resaltar varios puntos. En primer lugar, si bien cierto el
recurso de apelación fue admitido desde el 5 de julio de 2005 y el Consejo
Médico Forense rindió su dictamen hasta el 15 de agosto de 2006, esto ocurrió 1
año, 10 meses y 17 días antes que se rindiera el informe ordenado por esta
Sala. De otra parte, tal y como lo afirma la autoridad recurrida, por 1 año,
8 meses y 25 días, el Instituto Nacional de Seguros se mostró reticente a
presentar la prueba solicitada mediante la resolución del 11 de setiembre de
2006, no obstante, le es exigible a la Jueza encargada, por su posición dentro
del proceso, las atribuciones y responsabilidades que implica su investidura,
una actitud más diligente. Resulta obvio que ante el incumplimiento de una
orden judicial, es responsabilidad del juez imponer su autoridad y, con los
instrumentos que el ordenamiento jurídico brinda, forzar el cumplimiento de sus
directrices. Así, por ejemplo, en el presente caso, ante la inercia de las
autoridades del Instituto Nacional de Seguros, entre las medidas que procedían
era el testimonio de piezas ante el Ministerio Público para la investigación
del delito de desobediencia a la autoridad. Sin embargo, la Jueza se limitó a
enviar recordatorios, el primero hasta el 20 de marzo de 2007, 6 meses y 9
días después de haber emitido la orden, el 31 de enero de 2008, luego de 10
meses y 11 días desde que se envió el primer recordatorio, y el 6 de mayo
de 2008, 3 meses y 4 días, después. Así, no es admisible que la autoridad
recurrida, en el presente asunto busque librarse de responsabilidad escudándose
en el actuar del Instituto, cuando, como se explicó, le es exigible una
conducta muchísimo más acuciosa como impulsor del proceso. Además es importante
tomar en cuenta que el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas emitió
la resolución mediante la cual puso en conocimiento de las partes la
certificación aportada, el propio día en el cual se notificó el auto inicial de
este proceso de amparo. Entre el 23 noviembre de 2004 y el 2 de julio de 2007,
fecha para en la cual la Jueza coordinadora del Juzgado de Trabajo de Mayor
Cuantía de Puntarenas rindió su informe sin que se hubiera dictado la
sentencia, se evidencia un lapso de 3 años, 7 meses y 9 días, término que,
desde todo punto de vista, resulta irrazonable, sobre todo si se toma en cuenta
la naturaleza laboral del proceso, al cual, por los intereses en juego, el
legislador, respondiendo al mandato contenido en el Título V de la Constitución
Política, decidió dotar de mecanismos flexibles, con el propósito de solventar
las controversias suscitadas en ese ámbito, y conseguir con ello, el
mantenimiento de la paz social. Por último, es importante destacar que la Jueza
Coordinadora del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, también
excusó el atraso en resolver, en el alto circulante del despacho, así como, en
la escasez de recursos. En la tramitación de los procesos, las autoridades
judiciales pueden enfrentarse a problemas de índole coyuntural, o también,
crónicos o estructurales. Los problemas coyunturales se presentan cuando, por
circunstancias ajenas al control de los Jueces, la cantidad de procesos que
manejan las oficinas se eleva de forma inusitada. Para la solución de problemas
de este tipo, se toman medidas transitorias, con el fin de poder hacer frente a
las vicisitudes. Paralelamente, ciertos problemas en la administración de
justicia se vuelven crónicos; ante estos, las medidas que se deben tomar son
más profundas y exigen, una reacción rápida, para que, con el avance del
tiempo, la situación de los usuarios del servicio público de administración de
justicia no se agrave, de manera progresiva. El caso de la jurisdicción laboral
es particular en nuestro país, pues, desde larga data se han reconocido los
serios problemas estructurales que sufre, no obstante, las autoridades
competentes no han tomado las disposiciones necesarias, para solucionarlos
definitivamente. Así las cosas, a partir de la argumentación esbozada, este
Tribunal Constitucional no considera que la justificación ofrecida por la Jueza
recurrida sea atendible, razón por la cual, se concluye que la dilación es
indebida, por lo que el recurso debe declararse con lugar.
V.—En
cuanto al proceder del Instituto Nacional de Seguros, esta Sala omite
pronunciamiento por cuanto la evaluación de su actuar y las consecuencias que
puede aparejar, son cuestiones que compete valorar al Juzgado de Trabajo de
Mayor Cuantía de Puntarenas, a la hora de determinar la condenatoria.
VI.—Corolario. En mérito de lo expuesto se impone
declarar con lugar el recurso, por lesión del derecho a una justicia pronta y
cumplida, tutelado por el artículo 41 de la Constitución Política. Por tanto:
Se declara
con lugar el recurso. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y
perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a la presente
declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso
administrativo. Notifíquese esta sentencia, a Luis Paulino Mora Mora, en su
condición de Presidente de la Corte Suprema de Justicia, y Presidente del
Consejo Superior del Poder Judicial.”
San José, 6 de marzo
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32246) Secretaria
General
AVISO Nº 13-09
ASUNTO: Aclaración de la Circular Nº 36-08 sobre el
“Procedimiento a seguir por los despachos judiciales, en el trámite de
comisiones al exterior y cálculo de viáticos para su diligenciamiento”.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En adición a la
Circular Nº 36-2008 de esta Secretaría, publicada en el Boletín Judicial
Nº 157 del 14 de agosto de 2008, y según lo comunicado por la licenciada Ana
Lucía Nassar Soto, Jefa del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, se puede acceder a los datos consulares que se indican en
esa circular, en forma actualizada, en la dirección electrónica de ese
Ministerio, http://www.rree.go.cr/servicioexterior/index.php.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32248) Secretaria
General
AVISO Nº 14-09
ASUNTO: Reapertura del Depósito de San Joaquín de
Flores.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES
DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en
sesión Nº 19-09, celebrada el 03 de marzo del año en curso, artículo LXXVI,
dispuso comunicarles que en virtud de que cerraron el Depósito de Vehículos de
Colima y mientras se firma un convenio con el Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se reabre el Depósito de San Joaquín de Flores sin restricción, a
partir de este momento y hasta nuevo aviso.
San José, 26 de marzo
del 2009.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(32249) Secretaria
General
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela
SE HACE SABER:
Que las oficinas
judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela, permanecerán
cerradas durante el día veintisiete de abril del dos mil nueve, con las
salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos
de dicho cantón.
San José, 01 de abril
del 2009.
Luis
Barahona Cortés,
(32251) Subdirector
Ejecutivo
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de Nandayure de la provincia de Guanacaste.
SE HACE SABER:
Que las oficinas
judiciales del cantón de Nandayure de la provincia de Guanacaste, permanecerán
cerradas durante el día quince de mayo del dos mil nueve, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
San José, 13 de abril
del 2009.
Luis
Barahona Cortés,
(32252) Subdirector
Ejecutivo
AVISOS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006 artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1929 a 1993 del Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.
Remesa: 20151
Documentos: 15581
Paquetes: 125
Año: 1929 - 1993
Asunto:
Documentos base en materia civil: 1 paquete con 5 documentos del año 1929
(Desglosar tipos documentales por año. 2 facturas, 3 recibos).
4 documentos del año 1948 (3 recibos,
1 oficio).
8 documentos del año 1954 (3
recibos, 5 oficios).
10
documentos del año 1961 (3 recibos, 2 cheques, 5 oficios).
3 documentos del año 1966 (1
plano, 2 testimonios).
2 documentos del año 1976 (1
pagaré, 1 testimonio).
1 documento del año 1977 (1
pagaré).
1 documento del año 1980 (1
oficio).
2 documentos del año 1981 (2
recibos).
22
documentos del año 1982 (1 pagaré, 4 recibos, 3 hipotecas, 3 cheques, 1
testimonial, 10 oficios).
15
documentos del año 1983 (1 pagaré, 3 facturas, 11 cheques).
10
documentos del año 1984 (2 pagarés, 1 facturas, 5 recibos, 2 cheques).
26
paquetes con 3109 documentos del año 1986 (61 letras de cambio, 263 pagarés,
1068 facturas, recibos 876, 160 prendas, 1 hipoteca, 102 cheques, 15 planos, 15
certificaciones, 45 testimonios, 55 contratos, 20 fotos, 5 dictámenes, 19
copias, 1 revista, 381 oficios, 1 telegrama, 4 traducciones, 1 llave, 5
poderes, 11 posiciones).
17
paquetes con 1683 documentos del año 1987 (66 letra, 103 pagarés, 438 facturas,
473 recibos, 86 prendas. 1 hipoteca, 121 cheques, 4 planos, 7 certificaciones,
50 testimonios, 38 contratos, 31 fotos, 1 dictamen, 10 copias, 100 oficios, 5
llaves, 2 poderes, 117 notas, 30 posiciones).
2
paquetes con 166 documentos del año 1988 (7 letras 1 pagaré, 112 facturas. 35
recibos, 1 plano, 3 testimonios, 1 revista, 6 oficios).
15
paquetes con 1977 documentos del año 1989 (164 letras, 97 pagarés, 433
facturas, 698 recibos, 75 prendas, 3 hipotecas, 70 cheques, 2 planos, 10
certificaciones, 40 testimonios, 41 contratos, 72 fotos, 3 dictámenes, 3
copias, 66 recibos, 3 revistas, 109 oficios, 9 llaves, 79 posiciones).
10
paquetes con 2176 documentos del año 1990 (Desglosar tipos documentales por
año. 102 letras de cambio, 65 pagarés, 297 facturas, recibos 572, prendas 69,
hipotecas 1, cheques 59, testimonios 43, contratos 30, 58 fotos, copias 46,
oficios 816, telegramas 1, traducciones 2, llaves 14, poderes 1).
13
paquetes con 2238 documentos del año 1991 (111 letras de cambio, 60 pagarés,
470 facturas, 235 recibos, 3 prendas, 55cheques, 14 planos, 40
certificaciones,16 testimonios 19 contratos, 34 fotografías, 23 copias, 429
recibos, 1 revista, 715 oficios, 4 llaves, 4 notas, 5 posiciones).
16
paquetes con 2234 documentos del año 1992 (196 letras de cambio, 65 pagarés,
571 facturas,887 recibos, 34 prendas, 5 hipotecas,95 cheques, 4 planos , 12
testimonios,39 contratos, 41 fotografías, 124 copias, 7 revistas, 92 oficio,1
poder 61 posiciones).
14
paquetes con 1915 documentos del año 1993 (265 letras, 64 pagarés, 280
facturas, 404 recibos, 58 prendas, 1 hipoteca, 76 cheques, 38 planos,27
testimonios,, 44 contratos, 104 fotografías, 8 dictámenes, 149 copias, 29
recibos, 363 oficios, 1 llave, 4 poderes).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces
más en el Boletín Judicial.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(32253) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006 artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1955 a 1993 del Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación se encuentra remesada y custodiada en este despacho.
Remesa: 20152
Documentos: 24339
Paquetes:
33
Año:
1955-1993
Asunto:
Documentos Base: 1 paquete con 48 documentos (cedula hipotecaria 2, del año
1955; cedula hipotecaria 2, del año 1957; carta 1, certificación 1, del año
1958; carta 1, certificado de propiedad 1, fotografías 3, oficios varios 1, del
año 1959; cedula hipotecaria 1, del año 1971; cheque 1, factura 12, recibos por
dinero 8, pagare 1, del año 1974; oficio 1, pliego de preguntas 1, del año
1972; pagare 2, recibos por dinero 7, pliegos de posiciones 2, del año 1975.
1
paquete con 56 documentos del año 1976 (bonos de deuda: 4 pagare: 7 recibos por
dinero: 28 periódico: 2 contrato: 3 pliego de posiciones: 2 facturas: 3, copias
varias: 6 cheque: 1).
1
paquete con 78 documentos del año 1977 (pagare: 6 facturas: 43 cheque: 2
contrato: 1 poder: 1 pliego de posiciones: 1 recibo por dinero: 3 prenda: 1
acciones: 20).
1
paquete con 49 documentos del año 1978 (cedula hipotecaria: 1 recibos: 3
oficios: 12 facturas: 25 letra de cambio: 1 pliego de posiciones: 1 libros de
actas: 6).
1
paquete con 216 documentos del año 1979 (recibo: 87 facturas: 37 pagare: 1
pliego de posiciones: 3 copias de documentos: 26 contrato: 1 oficios varios: 26
plano: 20 bonos de refundición: 2 oficios: 13).
1
paquete con 22 documentos del año 1980 (pagare: 2 prenda: 2 recibos: 4
testimonio de escritura: 1copias de documentos: 5 pliego de posiciones: 2
factura: 2 letra de cambio: 4).
2
paquetes con 2958 documentos del año 1981 (letras 86,
pagares 341, facturas 804, recibos por dinero 629, cheques 168, planos 3,
certificaciones 11, testimonio de escritura 6, contratos 16, fotos 5, dictamen
medico 3, copias 67, certificado prenda 122, oficios varios 443, confesiones
–posesiones 78, orden de compra 66, notas de crédito 7, cartas 13, notas debito
14, protocolo 1, casette ,1 deposito judicial 74).
1
paquete con 87 documentos del año 1982 (acciones: 1, pliego de posiciones: 2,
facturas: 35, cedula hipotecaria: 2, libro: 1, copias varias: 46.).
1
paquete con 105 documentos del año 1983 (acciones: 1, pliego de posiciones: 2,
facturas: 53, cedula hipotecaria: 2, libro: 1, copias varias: 46).
1
paquete con 121 documentos del año 1984 (acciones: 1, pliego de posiciones: 2,
facturas: 51, cedula hipotecaria: 2, libro: 1, copias varias: 64).
2
paquetes con 1997 documentos del año 1985 (letras 50, pagare 349, factura 450,
recibo dinero 753, prenda 139, hipoteca 4, cheque 196, planos 33, certificación
23).
2
paquetes con 3013 documentos del año 1986 (letras 25,
pagare 347, factura 750, recibo dinero 753, prenda 139, hipoteca 4, cheque 196,
planos 33, certificación 23, testimonios de escrituras 32, contrato 72, fotos
59, dictamen medico 8, mapas 2, copias de documentos- prueba 255, recibos
servicios público 63, oficios varios 224, telegramas 9, poder 1, certificado 4,
garantía de pago 2, constancia 5, timbres 7).
2
paquetes con 2325 documentos del año 1987 (letras 50,
pagare 789, factura 290, recibo dinero 571, prenda 73, hipoteca 4, cheque 107,
planos 27, certificación 1, testimonios de escrituras 12, contrato 33, fotos
14, negativo 1, dictamen medico 5, copias de documentos- prueba 63, recibos
servicios público 14, revistas 5 paginas de periódico, 1 recorte de periódico,
oficios varios 191, llaves 2, libros 4, depósitos 68).
2
paquetes con 3814 documentos del año 1988 (letras 91, prendas 69, hipotecas 41,
facturas 536, recibos 2144, cheques 86, planos 20, certificaciones 77, test.
esc 54, contratos 85, fotos 41, dictamen medico 5, copias de doctos 248,
recibos de servicios 24, varios 175, traducciones 46, llaves 2, pliegos de
posiciones 70).
2
paquetes con 1901 documentos del año 1989 (letras 72,
pagare 58, factura 659, recibo dinero 248, prenda 61, hipoteca 4, cheque 84,
planos 40, certificación 16, testimonios de escrituras 26, contrato 36, fotos
61, dictamen medico 1, copias de documentos- prueba 300, recibos servicios
público 16, revistas-libros 13, oficios varios 150, telegramas 2, certificados
a plazo ,8 pliego con posiciones 46).
3
paquetes con 2097 documentos del año 1990 (letras: 69, pagares: 54, facturas: 633,
recibos 470, prendas 50, hipotecas: 6, cheques: 46, planos: 8, certificaciones:
11, testimonios de escrituras: 11, contratos 29, fotos: 103, dictamen medico:
3, llaves: 2, copia de documentos-prueba: 42, recibos públicos: 12, oficios
varios: 445, telegramas: 1, traducciones: 1, copias de depósitos: 101).
3
paquetes con 1219 documentos del año 1991 (letras132 pagare 53 factura 287
recibo dinero 454 prenda 26 hipoteca 1 cheque 93 planos6 certificación 14,
testimonios de escrituras16 contrato 25 fotos 111 libros de actas 1).
3
paquetes con 1994 documentos del año 1992 (letras de cambio 139 prendas 15
hipotecas 5 facturas 346 recibos 788 cheques 96 planos 16 certificaciones 9
testimonios de escritura 2 contratos 107 fotos 200 dictamen medico 5 copias de
documentos 243 recibos de servicios públicos 23 revistas 3).
3
paquetes con 2239 documentos del año 1993 (letras de cambio 147 prendas 11
hipotecas 2 facturas 386 recibos 768 cheques 76 planos 16 certificaciones 9
testimonios de escritura 2 contratos 117 fotos 240 dictamen medico 5 copias de
documentos 323 recibos de servicios públicos 23 revistas 3 varios 76
traducciones 8 pliegos de posiciones 27).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces
más en el Boletín Judicial.
San José, 13 de abril
del 2009
Lic.
Alfredo Jones León,
(32254) Director
Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1937 al 2007 del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 20132
Ampos: 111 ampos
Cajas:
7 cajas
Año:
1937 - 2007
Asunto:
Documentación administrativa: Reportes y Registros: alfabético de demandados
del año 1997 al 1998; alfabético demandados de 1970 al 1973, alfabético de
demandados del año 1994 al 1995, alfabético de actores del año 1998 al 1999,
alfabético de actores del año 1994 al 1996, alfabético de actores del año 1997,
alfabético de actores del año 1958 al 1961, alfabético del año 1982 al 1986,
Conocimientos abril 1987, Conocimientos 1978-1980.
Conocimientos
1983-1985, correo 1993, correo 1991-1992, Traslados de fondo 1979, alfabético
actores 1949-1951, Comisiones 1977, Comisiones 1978-1984, Conocimientos 1985,
Conocimientos 1974-1981, Conocimientos 1970-1973, Edictos 1971-1973,
Conocimientos 1979, Conocimientos 1985, Edictos 1977, Registro de salida
1956-1958, Registro de salida 1950, alfabético 1953, Conocimientos 1967-1980,
Conocimientos 1979-1983, Conocimientos 1974-1983.
Verbales
1964-1979, General 1937, alfabético 1974-1976, Ampo escritos malos 1996,
Conocimientos 1980, Alfabético 1966, alfabético demandados 1998-1999,
alfabético actores 2000-2001, alfabético 1980-1982, alfabético 1989-1990,
Conocimientos 2000-2005, alfabético 1991-1991, alfabético demandados 2000-2002,
alfabético 1976-1978, Escritos malos 1989-2002, Orden de confección de cheques
1995-2005, Orden de giros 1979-1994, control de oficios 1979-1983.
Constancia
de giros 1981, escritos malos 1990, escritos malos 1993, escritos malos 1992,
orden de giros 1983, orden de giros 1987, escritos malos 1992, orden de giros
1983, orden de giros 1987, escritos malos 1992, escritos malos 1987-1999,
escritos malos 2001, solicitudes al archivo 2002, curriculum de peritos,
listados de notificador jun 2006-set 2006, solicitudes al archivo 1999,
conocimientos 2003, escritos malos 2005, escritos malos 2000, escritos malos
2005, recibidos financiero contable 1998-2000, verbales 1980.
Escritos
malos 2001, cuaderno de expedientes recibidos de archivo judicial 2001, reporte
de boletas 2001-2004, orden de giro 1994-1996, traslados de fondos 1997, orden de
giro 1997, orden de giro 1996, orden de giro 1997, sentencias 2001, orden de
giro 1992, 3 agendas 2007, 3 agendas 2005, 3 agendas 2004, conocimientos
1985-1987, edictos 2000, edictos 1995-1996, rol pasado a fallo juez 2000,
edictos 1995-2000, traslados de fondos 1994-1996, alfabético demandados 1991,
verbales 1980, reporte de orden de giro 1980, orden de giro 2002.
Traslados
de fondos 1999-2002, orden de giro 2003, orden de giro 1998, orden confección
de cheques 2000, sentencias 2005, sentencias 2005, registros de asistencia
enero a junio 2006, registro de asistencia de jun-dic 2006, escritos malos
2001, solicitudes al archivo judicial 2002, listados de notificador jun-set
2006, solicitud al archivo judicial 1999, conocimientos 2003, escritos malos
2005,escritos malos 2000, escritos malos 2005, alfabético demandado 1970-1973,
alfabético 1962-1966, alfabético 1970.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces
más en el Boletín Judicial.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(32255) Director
Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, del 01 de setiembre del 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, del 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles del año 2002 y 2003 del Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: C 21 S 02
Expedientes: 8
Paquetes:
1
Año:
2002
Asunto:
Civil varios: 4 Cambio de Nombre, 4 Embargo Preventivo
Remesa: C 22 S 02
Expedientes:
126
Paquetes:
4
Año:
2002
Asunto:
Ejecutivo Prendario
Remesa: C 14 S 03
Expedientes:
111
Paquetes:
3
Año:
2003
Asunto:
Ejecutivos Prendarios
Remesa: C 13 S 03
Expedientes:
2
Paquetes:
1
Año:
2003
Asunto:
Civil varios: 1 Cambio de Nombre, 1 Embargo Preventivo
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces
más en el Boletín Judicial.
San José, 13 de abril
del 2009
Lic.
Alfredo Jones León,
(32256) Director
Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá con la eliminación de documentos administrativos de 1962 a 2007 del Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.
Remesa: 20133
Libros:
23
Ampos:
11
Carpetas:
28
Paquetes:
4
Año:
1962 a 2007
Asunto:
Documentación administrativa: 1 Paquete con 10 libros del año 1985 a 2004 (1 libro
control de Edictos, 4 libros de Conocimiento, 1 libro de Comisiones, 1 libro de
Expedientes en Copias, 1 libro de comisiones, 2 libros de Comisiones de
Afuera).
1
Paquete con 11 ampos del año 1971 a 2001 (Copias de oficios enviadas,
Correspondencia recibida, Personería jurídica, Proposición de nombramientos,
Proposición de nombramientos y correspondencia a personal, Informe a estadística, Proposición de
nombramientos- oficios y correspondencia a la dirección ejecutiva, Recortes del
boletín judicial, Correspondencia,
Copias de oficios, Copias de facturas de proveeduría).
1
Paquete del año 1995, 1999 al 2007 (Registro de asistencia, 1 cuaderno de orden
de giro de la encargada de depósitos, 1 Agenda judicial, 1 libro de entradas
generales, Oficios de solicitud de vacaciones, Oficios de proposición de
nombramientos).
12
Libros de Entrada de los años 1962 a 1965 y 1997 a 1999.
1 Paquete con 28 carpetas del año 1988 a 1996 y 1998
a 2004 (1 Informe ingreso de asuntos nuevos ( reporte de diario), 2 Correspondencias
varias, 2 Correspondencia de las diversos departamentos del poder judicial, 1
Correspondencia del departamento de proveeduría, 3 Correspondencia del
departamento de la dirección ejecutiva, 1 Reporte de distribución de boletas, 2
Solicitudes a la biblioteca judicial, 1 Solicitudes departamento de
planificación, 2 Varios, 1 Oficios secretaria de la corte, 1 Correspondencia
del departamento personal, 1 Circulares de otras oficinas (recibidas), 1 Varios
del departamento de informática, 1 Oficios inspección judicial, 1 Circulares
correo electrónico, 1 Despacho, 1 Recibido de mercadería y oficios de la
proveeduría, 1 Correspondencia servicios generales, 1 Correspondencia del
departamento de personal, 1 Informe mensuales, 1Distribución de boletas, 1Correspondencia
del departamento de estadística).
Si algún interesado ostenta
un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá
hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles,
luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín
Judicial.
San José, 13 de abril
del 2009
Lic.
Alfredo Jones León,
(32257) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006 artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1969 a 1993 del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.
Remesa: 20135
Documentos: 42468
Cajas:
29
Libros:
2
Año:
1969 - 1993
Asunto:
Documentos base en materia civil: 1 Caja con 1623 documentos del año 1993 (2 cédulas
hipotecarias, 5 certificados, 67 certificados de prenda, 43 cheques, 32
contratos, 24 fotocopias, 1 diskette, 423 documentos varios, 331 facturas, 74
fotografías, 32 interrogatorios, 271 letras de cambio, 4 libros de diario, 2
llaves, 40 pagarés, 5 planos, 250 recibos, 16 testimonios de escritura, 1 video
casette).
2
Cajas con 1279 documentos del año 1992 (Letra 140, Pagaré 42, Cheque 43,
Contrato 20, Sobre Posiciones 47, Facturas 336, Recibos dinero 264, Depósito
Judicial 13, Prenda 58, Oficios 105, Testimonio de Escritura 10, Varios:108, Fotos 15, Certificaciones 15, Copias 21, Pagaré 42)
2
Cajas con 3571 Documentos del año 1991 (cheques 64, cédulas 2, certificación
100, contrato 16, depósitos 22, facturas 963, interrogatorio 23, letras de
cambio 133, oficios 1564, pagares 57, prendas 5, recibos 576 y testimonio de
escritura 126).
1
Caja con 3731 documentos del año 1990 (Certificado de prenda 56, cheques 282,
contratos 22, facturas 393, letras de cambio 143, carta venta 7, certificado de
deposito 1, certificado de prenda 127, certificación pagare 68, opción de
compra 1, recibos 292, testimonios 37, cedula hipotecaria 2, certificación de
deuda 6, certificado de prenda 56, carta venta 1 y documentos varios 2372).
1
Caja con 2137 documentos del año 1989 (99 certificados de prenda, 60 cheques,
11 constancias, 32 contratos, 487 facturas, 70 fotografías, 101
interrogatorios, 180 letras de cambio, 85 pagarés, 152 planos, 379 recibos, 14
testimonios de escritura, 465 documentos varios, 2 acciones).
2
Cajas con 2239 documentos del año 1988 (cheques 76, cédula hipotecaria 9,
facturas 838, contratos 17, pagares 93, planos 6, letras de cambio 86,
testimonio de escritura 23, pliego de posiciones 75, prendas 93, recibos 382,
documentos varios 541).
2
Cajas con 2009 documentos del año 1987 (Oficios varios 811, certificado de
prenda 82, cheque 43, contratos 27, depósito judicial 57, dictamen médico 3,
factura 447, interrogatorio 80, letra de cambio 46, llaves 65, pagaré 51, plano
42, prenda 2, recibos 210, testamento 4, testimonio de escritura 36,
traducciones 3).
2
Cajas con 2779 documentos del año 1986 (Letra 85, Pagaré 278, Cheque 130,
Contrato 47, Constancia 20, Sobre Posiciones 165, Facturas 707, Recibos dinero
26, Recibo 26, Depósito Judicial 44, Recibo dinero 436, Prenda 159, Oficios 63,
Testimonio de Escritura 38, Oficios Varios: 528, 1 Plano).
2
Cajas con 3713 documentos del año 1985 (Carta venta 7, certificado de deposito
1, certificado de prenda 127, certificación 34, cheques 127, contrato 8,
contrato de arrendamiento 44, contrato de cuenta 1, contrato privado 1,
contrato venta 1, convenio de arreglo 1, convenio privado 1, facturas 1120,
fotos 25, interrogatorio 149, letra de cambio 32, opción compra venta 1, pagaré
260, planos 11, recibos 755, testimonio de escritura 32, traducción 5, opción
de venta 2 y oficios varios 968, 1 libro).
2
Cajas con 3823 documento del año 1984 (Facturas 1077, posiciones 12, testimonio
escrito 1, cartas 25, telegramas 1, aumento de alquiler 1, cédulas 3,
certificaciones 15, cheques 172, comisión 1, comprobantes 12, constancia 11,
contrato 44, copias 238, cupones 24, depósitos 197, oficios 353, documentos 39,
escrito 2, escritura 18, informes 9, interrogatorios 49, letra de cambio 51,
llaves 7, memorandum 2, notas 12, notificaciones 3, pagare 120, planos 6, poder
1, prendas 98, recibos 1198, testimonio 16, ventas 5).
1
Caja con 2890 documentos del año 1983 (Facturas 550, anticipo de contrato 7,
carta venta 4, certificación 117, certificado de prenda 63, cheque 86, compra
venta 3, contrato 10, contrato de alquiler 1, contrato de arrendamiento 37,
contrato de compra 2, contrato de construcción 1, contrato servicio 3, contrato
privado 2, contrato de crédito 3, contrato de venta 4, contrato y venta 2,
declaración jurada 3, fotos 51, garantía de pago 1, interrogatorio 126, letras
de cambio 32 , opción de venta 1, pagaré 176, plano 8, recibos 615, testimonio
de escritura 25, traducción 4 y oficios varios 953).
1
Caja con 1758 documentos del año 1982 (Letras 16, Pagaré 176, Cheques 106,
Contrato 42, Constancias 6, Sobre Posiciones a absolver 131, Facturas 308,
Recibos dinero 209, Depósitos 19, Recibo 282, Recibo Dinero 24, Timbres 18,
Prenda 76, 10 libros de mayor contables Certificación 7, Testimonio de
Escritura 26, Oficios Varios 302).
2
Cajas con 2718 documentos del año 1981 (93 cheques, 215 constancias, 24
contratos, 10 escrituras, 465 facturas, 10 fotos, 111 letras de cambio, 362
pagarés, 3 planos, 99 perjuicios de posiciones, 148 certificados de prenda, 546
recibos, 69 testimonios de escritura, 18 traducciones, 5 libros de mayor
(contables) y 540 documentos varios).
1
Caja con 980 documentos del año 1980 (Oficios varios 122, certificado de prenda
63, cheque 34, contratos 59, depósito judicial 30, escritura pública 1, factura
176, interrogatorio 35, letra de cambio 71, pagaré 196, plano 9, recibos 141,
sobre cerrado 4, testimonio de escritura 8, traducciones 1).
2
Cajas con 3055 documentos del año 1979 (cheques 154, cédula hipotecaria 1,
facturas 643, contratos 25, pagares 635, planos 15, letras de cambio 107,
testimonio de escritura 34, llaves 7, pliego de posiciones 101, prendas 199,
recibos 835, documentos varios 289, 10 libros de mayor (contables).
2
Cajas con 2625 documentos del año 1978 (1 cédula hipotecaria, 6 certificaciones,
63 cheques, 19 contratos, 26 escrituras, 525 facturas, 16 fotos, 30 letras de
cambio, 743 pagarés, 13 planos, 106 perjuicio de confesión, 209 certificados de
prenda, 632 recibos, 267 documentos varios).
1
Caja con 1173 documentos del año 1977 (100 acciones, 2 certificados de prenda,
4 cheques, 575 facturas, 12 interrogatorios, 5 pagarés, 3 planos, 211 recibos,
1 testimonio de escritura, 145 fotocopias de documentos varios, 115 documentos
varios).
1
Caja con 2 libros del año 1976.
1
Caja con 365 documentos del año 1969 (pagaré 1 y acciones 364).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles,
luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín
Judicial.
San José, 13 de abril
del 2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(32258) Director
Ejecutivo
HACE SABER:
En el proceso
disciplinario notarial N° 04-000287-0627-NO, de Adelita Mejías Morales contra
Roberto Andrés Oliva Astete, este Juzgado mediante resolución N° 705-07 de las
dieciséis horas quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete,
dispuso imponerle al notario público Roberto Andrés Oliva Astete, cédula de
identidad número 8-055-382, la corrección disciplinaria de dos meses de
suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales
después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 4 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27069) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 06-000367-0627-NO, de Registro Civil contra Carmen María Amador Pereira, este Juzgado mediante resolución N° 463-08, de las diez horas cuarenta y un minutos del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, dispuso imponerle a la notaria pública Carmen María Amador Pereira, cédula de identidad número 1-343-529, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 10 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27071) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 05-000667-0627-NO, de Registro Civil contra Ricardo Martínez Herrera y Kattia Lobo Cordero, este Juzgado mediante resolución N° de las diez horas veinte minutos del primero de abril del dos mil ocho, dispuso imponerle a los notarios públicos Ricardo Martínez Herrera, cédula número 4-148-339 y Kattia Lobo Cordero, cédula de identidad número 4-148-656, la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27073) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 05-001007-0627-NO, de Registro Civil contra Giovanny Ruiz Mata, este Juzgado mediante resolución N° de las ocho horas treinta y cinco minutos del tres de abril del dos mil ocho, dispuso imponerle al notario público Giovanny Ruiz Mata, cédula de identidad número 6-129-731, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27074) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 04-000931-0627-NO, de Registro Público contra Marco Vinicio Calvo Amador, este Juzgado mediante resolución N° de las quince horas con treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, dispuso imponerle al notario público Marco Vinicio Calvo Amador, cédula de identidad número 1-578-682 la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27075) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 05-001027-0627-NO, de Registro Civil contra Magaly Andrade Jiménez, este Juzgado mediante resolución N° de las nueve horas quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil ocho, dispuso imponerle a la notaria pública Magaly Andrade Jiménez, cédula de identidad número 3-324-104, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 17 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27076) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 05-000577-0627-NO, de Archivo Notarial contra Francisco José Rucavado Luque, este Juzgado mediante resolución N° de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, dispuso imponerle al notario público Francisco José Rucavado Luque, cédula de identidad número 1-695-535, la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de marzo del
2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27077) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 06-000677-0627-NO, de Registro Civil contra Douglas Mora Umaña y Rodrigo Bonilla Gamboa, este Juzgado mediante resolución N° de las diez horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho, dispuso imponerle a los notarios públicos Douglas Mora Umaña, cédula de identidad número 1-1006-794 y Rodrigo Bonilla Gamboa, cédula de identidad número 3-289-454 la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27078) Jueza
En el proceso disciplinario notarial N° 04-000897-0627-NO, de Ana María Sánchez Garro contra Hilda María Barrantes Delgado, este Juzgado mediante resolución N° de las once horas del primero de agosto del dos mil ocho, dispuso imponerle a la notaria pública Hilda María Barrantes Delgado, cédula de identidad número 1-516-756 la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente de la escritura que interesa a la quejosa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 18 de marzo
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(27079) Jueza
Avisa: Con base en el
reporte de cuotas pagadas remitido por la Operadora BN-Vital, con corte al día diez
de abril de dos mil nueve, los notarios (as) públicos (as), que se indican en
el listado adjunto, tienen cuotas atrasadas. En caso de que el interesado(a)
considere que existen inconsistencias en la información remitida por la
operadora, deberá gestionar directamente en las oficinas de BN-Vital. Por ser
requisito para el ejercicio del notariado, encontrarse al día en el pago de esa
garantía, esta Dirección procederá a tramitar los correspondientes procesos de
cese forzoso1 (artículos 13 y 140 del Código Notarial).
1. Abel Nicolas Chinchilla Mata Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106
Atraso 8
2. Abel Vladimir Chinchilla Bazan Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 64
Atraso 7
3. Abril Gordienko López Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 33 Atraso 6
4. Adalberto Flores Torres Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 66 Atraso
15
5. Adela Villegas Pérez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 100 Atraso
15
6. Adrián Eduardo Jiménez Palacios Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora
23 Atraso 43
7. Adrián Fernández Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
8. Adrián Hernández Araya Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso
10
9. Adrián Morales Loría Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 22 Atraso 58
10. Adrián Roberto Calvo Masís Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 43
Atraso 8
11. Adrián Tames Muñoz Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 101 Atraso 9
12. Adrián Torrealba Navas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
13. Adriana Céspedes Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso
14
14. Adriana Chavarría Flores Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 76 Atraso
8
15. Adriana Esquivel Castro Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 60 Atraso
36
16. Adriana Flores Arias Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9
17. Adriana Jiménez Calderón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
18. Adriana Pacheco Madrigal Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso
7
19. Adriana Padilla Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
20. Adriana Vanessa Chavarría Machado Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora
41 Atraso 46
21. Agustin Álvarez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
22. Aiby María Anchía Aguilar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 108
Atraso 5
23. Ailyn Blanco Coto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
24. Alan Masís Angulo Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 57 Atraso 7
25. Alba Iris Ortiz Recio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 81 Atraso 32
26. Alban Bonilla Sandí Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
27. Alban Gámez Rivera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
28. Alban Marchena Gómez Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso 10
29. Alban Morales Mena Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 80 Atraso 18
30. Albert Joseph Robinson Herman Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 67
Atraso 7
31. Alejandra Castro Peck Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
32. Alejandra María Ramírez Sutherland Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora
24 Atraso 36
33. Alejandra Mateo Fernández Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 1 Atraso
63
34. Alejandra Rodríguez Moya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
35. Alejandra Sandoval Quesada Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 24
Atraso 31
36. Alejandra Villalobos Meléndez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 13
Atraso 40
37. Alejandro Alons Román González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
38. Alejandro Fernández Alvarado Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 74
Atraso 37
39. Alejandro Jiménez Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 63 Atraso
50
40. Alejandro José Solano Vargas Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 1
Atraso 27
41. Alejandro Montero Vargas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 43 Atraso
26
42. Alejandro Villalobos Hernández Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 92
Atraso 10
43. Alejandro Wyllins Soto Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 39 Atraso 16
44. Alex Chavarría Castillo Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 8 Atraso 6
45. Alex Vargas Zeledón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
46. Alex Zamora Porras Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7
47. Alexander Gutiérrez Mena Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 107
Atraso 8
48. Alexander Murillo Rojas Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 96 Atraso
9
49. Alexander Ramírez Campos Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 2 Atraso
49
50. Alexander Villegas Hernández Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 38
Atraso 14
51. Alexandra Mena Porras Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 84 Atraso 11
52. Alexandra Morales Quesada Cuotas RNN 18 Cuotas Operadora 8 Atraso
10
53. Alexandro Vargas Vásquez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 102
Atraso 9
54. Alexis Gómez Guillén Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 108 Atraso 7
55. Alexis Salazar Torres Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 92 Atraso 21
56. Alfonso Augusto Angulo Mondragon Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
57. Alfonso José Jiménez Meza Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 65
Atraso 51
58. Alfonso Sánchez Bagnarello Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 67
Atraso 26
59. Alfredo Antonio García Vargas Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 108
Atraso 7
60. Alfredo Carazo Ramírez Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 86 Atraso 7
61. Alfredo Cordero Barquero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso
18
62. Alfredo Cordero Cordero Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 19 Atraso 9
63. Alfredo López Calleja Paris Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 82
Atraso 20
64. Alfredo Sánchez Rodríguez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 51 Atraso
10
65. Alicia González Chaves Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 105 Atraso
13
66. Alicia Maroto Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
67. Alicia Murcia López Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 76 Atraso 8
68. Allan Mora Guevara Cuotas RNN 83 Cuotas Operadora 15 Atraso 68
69. Allan Pérez Montes Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7
70. Allan Valverde Vargas Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8
71. Allen Uba Fallas Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7
72. Alma Monterrey Rogers Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 5 Atraso 11
73. Alonso Calvo Pardo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 43 Atraso 12
74. Alonso Picado Chacón Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 45 Atraso 10
75. Alvaro Arce Mora Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 71 Atraso 6
76. Alvaro Barboza Orozco Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 89 Atraso 9
77. Alvaro Bermúdez Barrios Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 33 Atraso 6
78. Alvaro Calvo Robles Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 64 Atraso 47
79. Alvaro Carvajal Fernández Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 2 Atraso
47
80. Alvaro Córdoba Díaz Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105 Atraso 7
81. Alvaro De Jesús Palma Vargas Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 68
Atraso 16
82. Alvaro Echeverría Murray Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 78 Atraso
39
83. Alvaro Echeverría Sáenz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 74 Atraso 39
84. Alvaro Enrique Arguedas Durán Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 47
Atraso 14
85. Alvaro Fernando López Báez Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 88
Atraso 16
86. Alvaro Guido Ortega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11
87. Alvaro José Meza Lazarus Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
88. Alvaro Retana Carmona Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 98 Atraso 14
89. Alvaro Rogelio Segura Ruiz Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 84
Atraso 28
90. Alvaro Rojas Jenkins Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 65 Atraso 48
91. Amy Matarrita Soto Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 19 Atraso 10
92. Ana Beatriz Arias Moreira Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 62 Atraso
24
93. Ana Belarmina Jiménez Gamboa Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 101
Atraso 16
94. Ana Bettina Chacón Jara Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106 Atraso
10
95. Ana Carolina Benavides Víquez Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 21
Atraso 14
96. Ana Catalina Lizano Picado Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63
Atraso 6
97. Ana Cecilia Angulo Zúñiga Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 99
Atraso 9
98. Ana Cecilia Araya Rojas Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 25 Atraso 9
99. Ana Cecilia Artavia Guadamuz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96
Atraso 17
100. Ana Cecilia Cruz Mejías Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 1 Atraso 16
101. Ana Cristina Monge Acuña Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 32 Atraso 11
102. Ana Cristina Murillo Caldera Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50
Atraso 6
103. Ana Esther Posada Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 3 Atraso
110
104. Ana Evelia Retana Vargas Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 46 Atraso 7
105. Ana Felicia Alfaro Vega Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 1 Atraso 31
106. Ana Gabriela Alfaro Jirón Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 69 Atraso 7
107. Ana Gabriela Quesada Ramírez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 40 Atraso
75
108. Ana Isabel Rodríguez Arguedas Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 97
Atraso 7
109. Ana Jetty Mora Sandoval Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 90 Atraso 28
110. Ana Karina Somarribas Sánchez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 42
Atraso 11
111. Ana Karine Niño Gutiérrez Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 35 Atraso 8
112. Ana Laura Valverde Fonseca Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 35 Atraso
16
113. Ana Ligia Loría Quesada Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9
114. Ana Lorena Araya Robles Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
115. Ana Lorena Céspedes Pineda Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 64 Atraso
49
116. Ana Lorena Orozco Jiménez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 100 Atraso
9
117. Ana Lucía Artavia Barquero Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 87 Atraso
9
118. Ana Marcela Saborio Mora Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 44 Atraso 13
119. Ana María Campos Guevara Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 56 Atraso 37
120. Ana María Parra Silva Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
121. Ana María Rojas Zamora Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 1 Atraso 36
122. Ana María Rosales Rosas Cuotas RNN 50 Cuotas Operadora 7 Atraso 43
123. Ana María Vargas Moya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
124. Ana Maríanella Hernández Brenes Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 92
Atraso 24
125. Ana Mercedes Ajoy Zeledón Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso
6
126. Ana Militza Salazar Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
127. Ana Patricia Arguedas Sánchez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 14
Atraso 42
128. Ana Patricia Azofeifa Rojas Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 48 Atraso
8
129. Ana Patricia García Salas Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 31 Atraso
35
130. Ana Rebeca Porras Mejías Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 63 Atraso
55
131. Ana Rosario Hernández Solano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 68
Atraso 45
132. Ana Ruth Ramírez Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 43 Atraso 70
133. Ana Teresa Vargas Olaso Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
134. Ana Virginia Coto Arias Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 1 Atraso 16
135. Ana Virginia Shedden Cerna Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 32 Atraso
24
136. Anabelle Porras Alan Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 2 Atraso 53
137. Anabelle Porras Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
138. Analive Azofeifa Monge Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 44 Atraso 11
139. Andrea Brenes Chavarría Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 40 Atraso 8
140. Andrea Carazo Campos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 53 Atraso 11
141. Andrea González Quesada Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7
142. Andrea Karolina Rojas Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 32 Atraso
9
143. Andrea María Dall Anesse Agüero Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 75
Atraso 6
144. Andrea Melissa Ruiz Juárez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 44 Atraso
9
145. Andrea Pignataro Borbón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
146. Andrea Ruiz Ramírez Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 59 Atraso 7
147. Andrea Saritza Ramírez Solano Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 100
Atraso 14
148. Andrea Víquez Rodríguez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 23 Atraso 33
149. Andres Fallas Padilla Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13
150. Andres Pérez González Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 100 Atraso 7
151. Ángel Garro Camacho Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 1 Atraso 42
152. Ángel Roberto Reyes Castillo Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 84
Atraso 20
153. Ángela Vanessa Zúñiga Solano Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 7 Atraso
28
154. Annabella Rohrmoser Zúñiga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
155. Annabelle Ortega Aguilar Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 8 Atraso
110
156. Annette Rojas Fernández Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 97 Atraso 11
157. Annia Murillo Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 88 Atraso 25
158. Antonia Medina Chavarría Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108 Atraso
6
159. Antonio Murillo Solórzano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso
9
160. Antonio Ruiz Rojas Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 71 Atraso 9
161. Antonio Vanderlucht Leal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso
10
162. Aracelly Espinoza Allan Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 36 Atraso 13
163. Ariana Azofeifa Vaglio Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 46 Atraso 9
164. Ariana Patricia Araya Yockchen Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 3
Atraso 38
165. Ario Alberto Piña Líos Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6
166. Arlenny Fernández Zúñiga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
167. Armando Fuentes Quesada Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60
168. Armando Moreno Arroyo Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 91 Atraso 7
169. Armando Sacasa Aguirre Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
170. Arnoldo Aguilar Quesada Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 24 Atraso 17
171. Arnoldo Segura Rodríguez Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 94 Atraso
13
172. Arnoldo Solano Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
173. Arnulfo Carmona Martínez Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 96 Atraso
21
174. Aron Mauricio Arias Artavia Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso
10
175. Arturo Alpízar Vargas Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 94 Atraso 7
176. Arturo Bonilla Merino Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 95 Atraso 11
177. Arturo González Montero Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6
178. Arturo Guevara Orozco Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 28 Atraso 74
179. Arturo Manuel Campos Aragon Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 71 Atraso
30
180. Arturo Montero Flores Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 53 Atraso 23
181. Asman Cephces Frew Davidson Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
182. Aurea Elena Padilla Gutiérrez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
183. Aurora Marcela Saravia Torres Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 57
Atraso 9
184. Azalea Villalobos Álvarez Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 70 Atraso
38
185. Belisario Solís Mata Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 87 Atraso 21
186. Bernal Castillo Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23
187. Bernal Monge Corrales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17
188. Bernal Monge Guevara Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 71 Atraso 21
189. Bernal Ulloa Flores Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
190. Bernardo Amador Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
191. Berny Alberto Arias Hidalgo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
192. Berta Ramírez Benavides Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 77 Atraso 41
193. Betsy Pilar Romero Meneses Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 56 Atraso
10
194. Betty María Marchena Marchena Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101
Atraso 12
195. Bismark Eduardo Rivas Loaiciga Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 54
Atraso 12
196. Bolivar González Espinoza Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso
9
197. Bolivar Villanueva Villalobos Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 92
Atraso 8
198. Boris Acosta Castro Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 85 Atraso 6
199. Carlomagno Gómez Marín Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 76 Atraso 37
200. Carlos A Mora Moya Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 54 Atraso 49
201. Carlos Alberto Arguedas Arias Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41
Atraso 10
202. Carlos Alberto Badilla Camacho Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 36
Atraso 25
203. Carlos Alberto Cerdas Rodríguez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 97
Atraso 21
204. Carlos Alberto Herrera Fuentes Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 52
Atraso 20
205. Carlos Alberto Morice Castro Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101
Atraso 8
206. Carlos Alberto Rivera Redondo Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 8
Atraso 12
207. Carlos Alberto Ulloa Bonilla Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 58
Atraso 48
208. Carlos Alberto Víquez Ramírez Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 86
Atraso 22
209. Carlos Alejandr Báez Astua Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
210. Carlos Antillon Morera Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 25 Atraso 6
211. Carlos Arturo Paniagua Gómez Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 78
Atraso 15
212. Carlos Arturo Teran Paris Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso
8
213. Carlos Augusto Arias Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
214. Carlos Chaverri Negrini Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
215. Carlos Cubillo Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28
216. Carlos Eduardo Blanco Fonseca Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50
Atraso 6
217. Carlos Eduardo Quesada Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 89
Atraso 24
218. Carlos Edwin Padilla Retana Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
219. Carlos Enrique Fernández Morales Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68
Atraso 8
220. Carlos Enrique Leiva Rojas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 49 Atraso
12
221. Carlos Enrique López Baltodano Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 99
Atraso 18
222. Carlos Enrique Soto Meléndez Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 4 Atraso
47
223. Carlos Fco. Soto Madrigal Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 1 Atraso 19
224. Carlos Francisc Camacho González Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 25
Atraso 23
225. Carlos Francisco Morales González Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 80
Atraso 10
226. Carlos Gerardo Flores Varela Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 81
Atraso 32
227. Carlos Gerardo Rodríguez Carmona Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 36
Atraso 12
228. Carlos Gutiérrez Font Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
229. Carlos Horacio Arguedas Orozco Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 60
Atraso 6
230. Carlos Humberto Cornejo Rojas Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51
Atraso 7
231. Carlos Humberto Mora Varela Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 36 Atraso
15
232. Carlos Jiménez Volio Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 108 Atraso 8
233. Carlos José Ruiz Espinoza Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 66 Atraso 6
234. Carlos Josue Morales Fallas Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 62 Atraso
12
235. Carlos Luis Alfaro Chavarría Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 30
Atraso 44
236. Carlos Luis Granados Barquero Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 38
Atraso 17
237. Carlos Luis Redondo Gutiérrez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 22
Atraso 42
238. Carlos Luis Rojas Montoya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso
13
239. Carlos Manuel Jiménez Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 61
Atraso 52
240. Carlos Manuel Monge Monge Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 82 Atraso
24
241. Carlos Manuel Monge Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
242. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 61
Atraso 34
243. Carlos Manuel Sanabria López Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 52
Atraso 61
244. Carlos Manuel Umaña Elizondo Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 70
Atraso 12
245. Carlos Mejías Bubaht Cuotas RNN 65 Cuotas Operadora 30 Atraso 35
246. Carlos Mora Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
247. Carlos Orozco Ramírez Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 9 Atraso 14
248. Carlos Ricardo Perera Salazar Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 45
Atraso 64
249. Carlos Roberto Chavarría Lavagni Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 29
Atraso 17
250. Carlos Roberto Rivera Ruiz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105
Atraso 6
251. Carlota Eugenia Chaves Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101
Atraso 12
252. Carlota Serrano Chavarría Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 23 Atraso
40
253. Carmen De Teramond Peralta Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 38 Atraso
11
254. Carmen Eugenia Marín Solano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108
Atraso 10
255. Carmen Lucía Romero Bonilla Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso
8
256. Carmen María Solís Miranda Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 38 Atraso
77
257. Carmen Víctoria Castro Torres Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 63
Atraso 9
258. Carolina Ávila Ramírez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 22 Atraso 39
259. Carolina E. Lazo. Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 22 Atraso 19
260. Carolina Muñoz Con Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6
261. Carolina Sevilla Víquez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 27 Atraso 84
262. Carolina Soto Monge Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6
263. Catalina González Ortega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
264. Catalina María Aguilar Hernández Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 46
Atraso 7
265. Catalina Rey Obando Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 33 Atraso 31
266. Catherine Delgado Cruz Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7
267. Cecil Anthony Ross Salazar Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso
6
268. Celimo Asdrúbal Sancho Rodríguez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58
Atraso 6
269. Cesar Antonio Hines Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 34
Atraso 79
270. Cesar Gómez Montoya Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 31 Atraso 38
271. Charles Everson Weeden Gamboa Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 81
Atraso 27
272. Christian Alons Merlos Cuaresma Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51
Atraso 7
273. Christian Álvarez Zamora Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 60 Atraso 6
274. Christian E. García Morales Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 57 Atraso
16
275. Christian Javie Badilla Vargas Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 52
Atraso 12
276. Christian Raul Chinchilla Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
277. Christian Rojas López Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60
278. Chung Lung Wu Lin Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 33 Atraso 23
279. Cincy Guisella Cubillo Nipote Cuotas RNN 11 Cuotas Operadora 5
Atraso 6
280. Cinthya González Alfaro Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 3 Atraso 83
281. Cinthya Morales Chacón Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 96 Atraso 15
282. Cinthya Morales Herra Cuotas RNN 13 Cuotas Operadora 5 Atraso 8
283. Clara Ledys Pérez Mattey Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 69 Atraso 7
284. Claricia Johnson Allen Cuotas RNN 12 Cuotas Operadora 9 Atraso 3
285. Clarita María Solano Villalobos Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 103
Atraso 12
286. Claudia Melissa Porras Acevedo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 1
Atraso 54
287. Claudia Saborio González Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 109 Atraso
9
288. Claudio Antonio Gómez Acuña Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 25 Atraso
30
289. Clemente Enriqu Centeno Madrigal Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 9
Atraso 8
290. Coronado Rivera Trejo Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 88 Atraso 21
291. Criseld Souset Morales Kirton Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 33
Atraso 25
292. Criselda Valverde Elizondo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
293. Crisia Lucía Segura Mora Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 1 Atraso 15
294. Cristhian Obando Díaz Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 8 Atraso 50
295. Cristina Alfaro Serdio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 67 Atraso 46
296. Cristina Anahi Naranjo Galloni Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96
Atraso 17
297. Cristina Córdoba Hidalgo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso
6
298. Cristina Cortés Cossio Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 44 Atraso 25
299. Cristina González Campos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 47 Atraso 17
300. Cristina Gutiérrez Chavez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7
301. Cristina Roper Williams Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105 Atraso 6
302. Cristina Ross López Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 1 Atraso 72
303. Cynthia Small Francis Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8
304. Cyntia Barrantes Vargas Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 12 Atraso 64
305. Dahianna Chacón Marín Cuotas RNN 97 Cuotas Operadora 2 Atraso 95
306. Damaris Villalta Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
307. Damian Ángel Alfaro Carvajal Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 97
Atraso 18
308. Dania Valverde Núñez Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 69 Atraso 13
309. Daniel Blumberg Umaña Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 17 Atraso 98
310. Daniel Eduardo González Mora Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 52
Atraso 12
311. Daniel Rodolfo Montero Carvajal Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98
Atraso 10
312. Daniel Valverde Schmidt Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 33 Atraso 11
313. Daniel Zeledón Gómez Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 57 Atraso 12
314. Danilo Alberto Valverde Monge Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106
Atraso 12
315. Danilo Durán Collado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
316. Danny González Chaves Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 86 Atraso 9
317. David Alberto Aguilar Gutiérrez Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 105
Atraso 9
318. David José Castillo Jiménez Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41 Atraso
10
319. David Ricardo Hernández Orozco Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 1
Atraso 31
320. David Spencer Soto Solano Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 2 Atraso 33
321. Deiber Porras Guerrero Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 19 Atraso 76
322. Delia Rodríguez Sáenz Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 9 Atraso 46
323. Delia Sing Benneth Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 13 Atraso 51
324. Denia Ángelina Cruz Morera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
325. Denis Campos González Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60
326. Denisse Gelber Lang Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 25 Atraso 63
327. Dennis Quirós Solano Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 41 Atraso 43
328. Deyanira Abarca Vásquez Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 12 Atraso 10
329. Deyanira Chinchilla Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 25 Atraso 16
330. Diego Alberto Delgadillo Rodríguez Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 30
Atraso 24
331. Diego Eduardo Vargas Sanabria Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
332. Diego Francisco González Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
333. Diego Hernando Álvarez Asch Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 48 Atraso
26
334. Dinorah Mora Barrantes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
335. Dioney Barrett Bryan Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 87 Atraso 9
336. Dionny María Rojas Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 15 Atraso
98
337. Domingo Rivera Cordero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 6 Atraso 107
338. Donald Picado Angulo Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 24 Atraso 12
339. Dora María Araya Rodríguez Cuotas RNN 45 Cuotas Operadora 29 Atraso
16
340. Dorca Enriquez Mora Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7
341. Doris Cecilia Monge Díaz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
342. Douglas Castro Peña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
343. Dunia Quesada Soto Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 99 Atraso 9
344. Dunia Sugey Aleman Orozco Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 66 Atraso 8
345. Dyanna Nelson Ulloa Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7
346. Dylana Arguedas Jiménez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7
347. Édgar Alonso Solís Carmona Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso
10
348. Édgar Antonio Nassar Guier Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111
Atraso 7
349. Édgar Barrantes Mora Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 45 Atraso 7
350. Édgar Luis Echegaray Castellanos Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 84
Atraso 19
351. Édgar Luis Prendas Matarrita Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 3 Atraso
52
352. Édgar Mauricio Hernández Araya Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 49
Atraso 12
353. Édgar Méndez Blanco Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 10 Atraso 108
354. Édgar Porras González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 35 Atraso 78
355. Édgar Ruiz Cordero Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 59 Atraso 55
356. Édgardo Ramón Picado Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 49 Atraso
64
357. Edin Zúñiga Bolaños Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 34 Atraso 14
358. Edita Caballero Núñez Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 94 Atraso 12
359. Eduardo Antonio Vilchez Hurtado Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 74
Atraso 6
360. Eduardo Baeza Castillo Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 12 Atraso 34
361. Eduardo Cerdas Fernández Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 2 Atraso 19
362. Eduardo Enrique Acuña Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90
Atraso 23
363. Eduardo García Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16
364. Eduardo Jiménez García Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 22 Atraso 7
365. Eduardo López Chasi Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso 6
366. Eduardo Peña Flores Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 1 Atraso 112
367. Eduardo Pérez Blanco Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 45 Atraso 70
368. Eduardo Vargas Mena Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 13 Atraso 38
369. Eduardo Zúñiga Guillén Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 72 Atraso 6
370. Eduviges Jiménez Quirós Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso
13
371. Edwin Antonio Salazar Villalobos Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 18
Atraso 100
372. Edwin Chavarría González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
373. Edwin Giovanni Canessa Aguilar Cuotas RNN 19 Cuotas Operadora 1
Atraso 18
374. Edwin Humberto Quesada Ramírez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 41 Atraso
14
375. Edwin Ricardo Arce González Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 11 Atraso
12
376. Edwin Rodrigo Masís Quirós Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 91 Atraso
9
377. Edwin Rodríguez Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
378. Efraim Arroyo Herrera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28
379. Eida María Víquez Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 93 Atraso
20
380. Elena Murillo Aguero Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso 6
381. Elga Bolaños Gutiérrez Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso 8
382. Eli Hernan Acuña Cubillo Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7
383. Eli Muñoz Jiménez Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 67 Atraso 40
384. Elia Martínez Alcocer Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 102 Atraso 7
385. Eliecer Campos Soto Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 68 Atraso 50
386. Eliseo Santana-Morales Valdes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
387. Elizabeth Solano Duhart Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 105 Atraso
10
388. Ellen Arauz Jaspers Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 10 Atraso 43
389. Ellyn María Ramírez Quesada Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso
6
390. Elsibel Figueroa Díaz Cuotas RNN 30 Cuotas Operadora 9 Atraso 21
391. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 76
Atraso 6
392. Emanuel Ureña Ortega Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 17 Atraso 19
393. Emilia María Brenes Blanco Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106
Atraso 12
394. Emilia María Salas Araya Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 76 Atraso
29
395. Emilio Díaz Balmaceda Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 106 Atraso 6
396. Emily Vargas Rivera Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 73 Atraso 27
397. Enrique Alberto Rizo Brown Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 36 Atraso
80
398. Enrique Alonso Vargas Alfaro Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 98
Atraso 11
399. Enrique Cano Chaves Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 98 Atraso 17
400. Enrique Curling Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso
12
401. Enrique José Rocha Núñez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
402. Enrique Pastrana Gutiérrez Cuotas RNN 70 Cuotas Operadora 59 Atraso
11
403. Enrique Vargas Peralta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
404. Enriqueta María Araya Umaña Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 16 Atraso
43
405. Erick Adrián Guerrero Alvarado Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94
Atraso 9
406. Erick Alberto Apuy Sabatini Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
407. Erick Barrios Sancho Cuotas RNN 68 Cuotas Operadora 55 Atraso 13
408. Erick Varela Vargas Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 20 Atraso 24
409. Ericka Amina James Brown Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 1 Atraso 16
410. Ericka Cuadra Bela Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 11 Atraso 18
411. Ericka María Esquivel Quirós Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 59
Atraso 7
412. Erika Esquivel Villalobos Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 80 Atraso 7
413. Erika Rojas Quesada Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 12 Atraso 64
414. Ernesto Alfaro Conde Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 1 Atraso 51
415. Ernesto Tulio Perlaza Rojas Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso
10
416. Errol Solís Mata Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 94 Atraso 19
417. Erwin Alan Seas Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 101 Atraso 5
418. Esperanza Reyes Sequeira Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 104 Atraso
8
419. Esteban Aguero Guier Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 18 Atraso 13
420. Esteban Carranza Vargas Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 33 Atraso 33
421. Esteban Cherigo Lobo Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 57 Atraso 7
422. Esteban Cubero Toruño Cuotas RNN 99 Cuotas Operadora 82 Atraso 17
423. Esteban De Jesu Solano Gamboa Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 3
Atraso 34
424. Esteban Helbert Rodríguez López Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105
Atraso 7
425. Esteban José Martínez Fuentes Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 90
Atraso 6
426. Eugenio Jiménez Hernández Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 100 Atraso
12
427. Eunice Paddyfoot Melone Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 100 Atraso 6
428. Evangely María Pérez Campos Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98
Atraso 6
429. Evelin Pereira González Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 1 Atraso 54
430. Evelyn Renee Lederman Apozdava Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 47
Atraso 11
431. Evelyn Aleman Blandon Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9
432. Evelyn García Valverde Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7
433. Evelyn Gómez Quirós Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 11 Atraso 24
434. Evelyn Hernández Dormond Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 3 Atraso 17
435. Evelyn Jiménez Hidalgo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 46 Atraso 10
436. Evelyn Solera Solís Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 32 Atraso 20
437. Ewald Acuña Blanco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12
438. Fabian Azofeifa Arce Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 45 Atraso 27
439. Fabio Alberto Jiménez Vargas Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 92
Atraso 26
440. Fabio Arias Soto Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 35 Atraso 7
441. Fabio Israel Hernández Flores Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
442. Fabiola Gamboa Ross Cuotas RNN 38 Cuotas Operadora 24 Atraso 14
443. Fabricio José Ruiz Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 3 Atraso
110
444. Fabrizio Fallas Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 20 Atraso 93
445. Fanny Víquez Arguedas Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso 10
446. Fausto Eduardo Gutiérrez Howell Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 32
Atraso 26
447. Federico Alvarado Orozco Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 95 Atraso
11
448. Federico Andres Acevedo Cornejo Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 48
Atraso 15
449. Federico Guzmán Brenes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
450. Federico José Sánchez Selva Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 65
Atraso 46
451. Federico José Solís Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97
Atraso 16
452. Federico Núñez Mata Cuotas RNN 50 Cuotas Operadora 39 Atraso 11
453. Federico Rodríguez Camacho Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 8 Atraso
18
454. Felicia Vargas Arroyo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6
455. Felipe Antonio Barbas Jiménez Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 1
Atraso 68
456. Ferdinand Von Herold Duarte Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 95
Atraso 17
457. Fernando Albert Gamboa Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
458. Fernando Álvarez Bustos Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 69 Atraso 39
459. Fernando Apuy Sirias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
460. Fernando Barquero Salazar Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 89 Atraso
26
461. Fernando Beirute Rodríguez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 25 Atraso
93
462. Fernando Berrocal Soto Cuotas RNN 10 Cuotas Operadora 1 Atraso 9
463. Fernando Gómez Concepcion Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 21 Atraso 7
464. Fernando José Solano Rojas Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 43 Atraso
6
465. Fernando José Valerio Sánchez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106
Atraso 10
466. Fernando Rodríguez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 4 Atraso
109
467. Fidelina Mena Corrales Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 63 Atraso 17
468. Filimon Ponce López Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 36 Atraso 28
469. Fiorella Bombardelli Cozza Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso
17
470. Fiorella Romero López Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 95 Atraso 8
471. Flor De María Méndez Elizondo Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso
7
472. Flora María Ramírez Camacho Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106
Atraso 8
473. Flora Patricia Cubas Chaves Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 34 Atraso
17
474. Flory Martínez Morum Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 101 Atraso 15
475. Francel Blanco Vega Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 37 Atraso 7
476. Francisco Alberto Campos Bautista Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 92
Atraso 11
477. Francisco Alons Morales Ayales Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 53
Atraso 8
478. Francisco Anton Obando Jiménez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 52
Atraso 9
479. Francisco Cordero Fallas Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 19 Atraso 7
480. Francisco Gdo Bolaños González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
481. Francisco H Gómez Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso
18
482. Francisco J. Venegas Áviles Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
483. Francisco Javier Cabezas Murillo Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 61
Atraso 6
484. Francisco Javier Marti Meneses Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 83
Atraso 13
485. Francisco José Lee Selva Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7
486. Francisco José Rojas Esquivel Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 77
Atraso 34
487. Francisco Pacheco Kitzing Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso
80
488. Francisco Salas Chaves Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 107 Atraso 10
489. Francisco Salinas Aleman Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9
490. Frank Roberto Brooks Johnson Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 94
Atraso 22
491. Franklin Ariel Montero Blanco Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 19
Atraso 12
492. Franklin Estivin Villalobos Montero Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 84
Atraso 6
493. Franklin Gerardo Murillo Vega Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 42
Atraso 6
494. Franklin Jiménez Madriz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 35 Atraso 78
495. Franklin López Ramírez Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 94 Atraso 11
496. Franklin Maxwell Brown Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 37 Atraso 58
497. Franklin Molina Ballard Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23
498. Fred Roberto Montoya Rodríguez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 107
Atraso 9
499. Freddy Alonso Alfaro Rojas Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 1 Atraso
32
500. Freddy Gerardo Golcher Carazo Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68
Atraso 8
501. Freddy Gmo Segura Salazar Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 42 Atraso
72
502. Freddy Jiménez Peña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
503. Freddy Porras Mora Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 99 Atraso 11
504. Fredy José González Chaves Cuotas RNN 11 Cuotas Operadora 1 Atraso
10
505. Frescia Benavides Ulate Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
506. Gabriel Andres Segura Corrales Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47
Atraso 9
507. Gabriel Serrano Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 10 Atraso
103
508. Gabriela Calderón Murillo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso
6
509. Gabriela Castro Mora Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 20 Atraso 75
510. Gabriela Corrales Fallas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 48 Atraso
65
511. Gabriela Coto Esquivel Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 65 Atraso 13
512. Gabriela Díaz Chanto Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6
513. Gabriela Martínez Gould Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso
11
514. Gabriela Quirós Zúñiga Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 81 Atraso 9
515. Gabriela Serrano Hernández Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 6 Atraso
43
516. Galina Morales Sánchez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 55 Atraso 9
517. Gaston Sancho Cubero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
518. Georgina Sánchez Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso
12
519. Georjana Esquivel Calvo Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 37 Atraso 9
520. Geovana Vargas Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
521. Geovanny Villegas Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso
7
522. Geovanny Yedisl Ramírez Arguedas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 52
Atraso 9
523. Gerardo Aguilar Sevilla Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7
524. Gerardo Alfredo Montero Pérez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98
Atraso 15
525. Gerardo Antonio Solís Esquivel Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 96
Atraso 10
526. Gerardo Arturo Delgado Soto Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 46 Atraso
26
527. Gerardo Badilla Valenciano Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 8 Atraso
12
528. Gerardo Castillo Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
529. Gerardo Chin Leal Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 82 Atraso 8
530. Gerardo Enrique González Morera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95
Atraso 18
531. Gerardo Fco. Morales Quesada Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 13
Atraso 71
532. Gerardo Machado Ramírez Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 97 Atraso 10
533. Gerardo Madrigal Campos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91 Atraso 22
534. Gerardo Martínez Castro Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 98 Atraso 20
535. Gerardo Moya Paniagua Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
536. Gerardo Ruin Céspedes Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 34 Atraso 8
537. Gerardo Vargas Rojas Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101 Atraso 8
538. German Eduardo Contreras Alvarado Cuotas RNN 25 Cuotas Operadora 1
Atraso 24
539. German Fabricio González Herra Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 4
Atraso 107
540. German González Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 34 Atraso
79
541. German Ignacio Pochet Ballester Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 42
Atraso 13
542. German Jesús Paniagua Cascante Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 77
Atraso 18
543. German Ortiz Castro Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 61 Atraso 8
544. Gilbert Alejand Monge Aguirre Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 104
Atraso 12
545. Gilbert Sánchez Guzmán Cuotas RNN 27 Cuotas Operadora 4 Atraso 23
546. Gilberth Quirós Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16
547. Gilberto Calvo Zúñiga Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 88 Atraso 19
548. Gina María Zúñiga Castro Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 96 Atraso 7
549. Gina Martínez Saborio Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 47 Atraso 22
550. Ginnette Lucía Henriquez Bolaños Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 43
Atraso 10
551. Gino Cappella Molina Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
552. Gino Corazzari Aguilar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
553. Gioconda Ureña Leal Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 62 Atraso 36
554. Giorgia Nella Tristan Orlich Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
555. Giorgianela Rivera Zúñiga Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7
556. Giovanni Barrantes Barrantes Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 92
Atraso 6
557. Giovanni Jiménez Chacón Cuotas RNN 9 Cuotas Operadora 1 Atraso 8
558. Giovanni Peraza Rodríguez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 107 Atraso
8
559. Giovanni Serrano Serrano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 27 Atraso
86
560. Giovanni Varela Dijeres Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 73 Atraso 40
561. Giselle García Bogantes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
562. Giselle Lawrence Mora Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 14 Atraso 22
563. Gladys Mercedes Jiménez Arias Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 103
Atraso 8
564. Gladys Vargas Serrano Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 22 Atraso 33
565. Glenda Rodríguez Carmona Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso
18
566. Gloria De Los A Cruz Cerna Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 41 Atraso
23
567. Gloria Estela Carrillo Ballestero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
568. Godofredy Miranda Medrano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso
10
569. Grace Delgado Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6
570. Grace Downing Trejos Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 8 Atraso 48
571. Gregory Richard Kearney Molina Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 73
Atraso 30
572. Greiman Herrera Espinoza Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 103 Atraso
11
573. Greivin Cortés Bolaños Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 27 Atraso 10
574. Greivin Jiménez Méndez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9
575. Greivin Ureña Fuentes Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 79 Atraso 7
576. Grethel Sánchez Cordero Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 95 Atraso 9
577. Grettel Morales Aguilar Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 63 Atraso 41
578. Guadalupe Solano Patiño Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 10 Atraso 70
579. Guerin Lacayo González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
580. Guido Alberto Morales Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
581. Guillermo Anton Mendoza Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 40 Atraso 13
582. Guillermo Barrantes Vega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso
16
583. Guillermo Chacón Muñoz Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 76 Atraso 9
584. Guillermo E Segura Amador Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 101 Atraso
7
585. Guillermo Fernández Arauz Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 28 Atraso
12
586. Guillermo Jarquín Núñez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 24 Atraso 32
587. Guillermo Jiménez Ramírez Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 63 Atraso 8
588. Guillermo José Herrera Martínez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98
Atraso 15
589. Guillermo Méndez Rodríguez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44 Atraso
17
590. Guillermo Moreira Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso
15
591. Guillermo Sáenz Fuentes Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 66 Atraso 6
592. Guillermo Solano Durán Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
593. Guiselle María Jara Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
594. Gustavo Adolfo Coto Calvo Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 97 Atraso
11
595. Gustavo Adolfo Montero Ureña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99
Atraso 14
596. Gustavo Adolfo Rojas Antillon Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 49
Atraso 10
597. Gustavo Adolfo Silesky Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
598. Gustavo Ávila Alfaro Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 33 Atraso 44
599. Gustavo Badilla Araya Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 26 Atraso 35
600. Gustavo Enrique Cabrera Vega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 68
Atraso 45
601. Hannia Lucrecia Ramírez Rojas Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 35
Atraso 8
602. Hannia Vargas Paniagua Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 74 Atraso 6
603. Haydee Cecilia Taylor Clark Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97
Atraso 16
604. Hazel Córdoba Soto Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 2 Atraso 116
605. Hazel Villalobos Villar Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101 Atraso 8
606. Héctor Enrique Segura Valverde Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51
Atraso 7
607. Héctor Ricardo Cisneros Quesada Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 40
Atraso 7
608. Heika Ines Castro Conejo Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 56 Atraso 28
609. Heleen Villalobos Brenes Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 79 Atraso 7
610. Helmuth Martín Ajun Murillo Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 74 Atraso
20
611. Helmuth Owen Cover Vargas Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 93 Atraso
7
612. Hendrix Gutiérrez Menocal Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 14 Atraso
44
613. Henry Alberto Salas Jiménez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso
6
614. Henry Barrantes Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14
615. Henry Carmona Sandí Cuotas RNN 9 Cuotas Operadora 1 Atraso 8
616. Henry Ledezma Avalos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28
617. Henry Manuel Palomo Palavicini Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 96
Atraso 16
618. Henry Morera Madrigal Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 29 Atraso 29
619. Henry Morera Oviedo Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 1 Atraso 79
620. Henry Odir Briones Castillo Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 81 Atraso
7
621. Herbert Antonio Ulloa Salas Cuotas RNN 12 Cuotas Operadora 1 Atraso
11
622. Hernan Fernando León Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101
Atraso 12
623. Hider Rojas Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
624. Hilda Víctoria Chaves León Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 6 Atraso
97
625. Hilda Yorleni Calvo López Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso
10
626. Hiram Estela Ardón Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
627. Howard Max Thompson Fennell Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 45 Atraso
12
628. Hubert Gerardo Vega Chaves Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 80 Atraso
31
629. Hubert May Cantillano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 2 Atraso 111
630. Hugo Alberto Vargas Acevedo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
631. Hugo Eduardo Peña Zúñiga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
632. Hugo Eladio Bermúdez Lobo Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 12 Atraso
22
633. Hugo Fernando Bonilla Campos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 70
Atraso 43
634. Hugo Gerardo Cavero Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso
12
635. Hugo Luis Levy Mena Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
636. Hugo Sánchez Castillo Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 78 Atraso 18
637. Hugo Soto Córdoba Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso 80
638. Humberto Céspedes Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso
18
639. Ignacio De Jesu Solano Araya Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 27
Atraso 9
640. Ileana Chavarría Cambronero Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 94
Atraso 14
641. Ileana Chaves Portilla Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 3 Atraso 17
642. Ileana Flores Sancho Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 77 Atraso 9
643. Ileana Hidalgo Somarribas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso
11
644. Ileana María Mateo Peralta Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 105
Atraso 11
645. Ileana María Rodríguez González Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 91
Atraso 25
646. Ileana Roblero Rodríguez Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 74 Atraso 14
647. Ilem Tatiana Rojas Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso
9
648. Iliana Chacón Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 25 Atraso 16
649. Imelda Arias Del Cid Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
650. Ingrid Aux. Oquendo Murillo Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 95
Atraso 17
651. Ingrid Vargas Carrasco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13
652. Irene Barrantes Marín Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 79 Atraso 24
653. Irinia María Elizondo Delgado Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 7
Atraso 45
654. Iris Lucía Valverde Usaga Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 48 Atraso 6
655. Isabel Pellecer Salas Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 36 Atraso 8
656. Isidro Rodríguez Gómez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 97 Atraso 14
657. Ivannia Schmidt Peralta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso
11
658. Iveth Emilia Quesada Ugalde Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 59 Atraso
27
659. Ivette González Chan Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 17 Atraso 47
660. Ivo Enrique Quesada Gatjens Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
661. Ivonne Calderón Monge Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 55 Atraso 40
662. Ivonne Morales Monge Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108 Atraso 6
663. Jafet Valverde Gamboa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13
664. Jaime Alvarado Víctoria Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 48 Atraso 8
665. Jaime Sánchez Sánchez Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 105 Atraso 9
666. Janel Barboza Orias Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 60 Atraso 18
667. Javier Clot Barrientos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
668. Javier Desanti Henderson Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso
11
669. Javier Francisco Chaverri Ross Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
670. Javier Solís Ordeñana Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 52 Atraso 17
671. Javier Vargas Pérez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 20 Atraso 36
672. Jeanin Alberto Desanti Picado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
673. Jeanneth Chinchilla Barrientos Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 47
Atraso 22
674. Jeannette Lizano Quesada Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 90 Atraso
10
675. Jeannette Mayel Badilla Madrigal Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 54
Atraso 25
676. Jeannette Mora García Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 102 Atraso 12
677. Jendry Pérez Quesada Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 86 Atraso 17
678. Jenner Alfaro Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14
679. Jennory Contreras Zamora Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 77 Atraso
32
680. Jenny María Azofeifa Salazar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
681. Jenny Mayela Alfaro Castillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91
Atraso 22
682. Jenny Ramírez Robles Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13
683. Jenny Valverde Jiménez Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 23 Atraso 9
684. Jenny Valverde Solano Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 44 Atraso 12
685. Jenny Villalobos Coto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
686. Jerry Calvo Torres Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 15 Atraso 43
687. Jesika Barrientos Paz Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 82 Atraso 10
688. Jessica Borbón Guevara Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 109 Atraso 9
689. Jessica Delgado Cedeño Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 18 Atraso 37
690. Jessica Oviedo Carrera Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 31 Atraso 25
691. Jessica Pérez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 55 Atraso 58
692. Jessie Murillo Moya Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6
693. Jesús Ahider Villafuerte Gutiérrez Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1
Atraso 57
694. Jesús Díaz Viales Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 95 Atraso 9
695. Jhonatan Gdo. Morales Herrera Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 61
Atraso 13
696. Jhonny Santamaria Hidalgo Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 74 Atraso
24
697. Jimmy León Madrigal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
698. Jimmy Rodríguez Montero Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 62 Atraso 10
699. Jimmy Sheridan Orias Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 94 Atraso 11
700. Joaquin B. Hernández Aguilar Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 58
Atraso 20
701. Joaquin Bdo Chaves Sandí Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 69 Atraso
47
702. Joaquin Soto González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 78 Atraso 35
703. Johann Roberto Alfaro Barrantes Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 38
Atraso 8
704. Johanna Bonilla Ulloa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
705. Johanny Retana Madriz Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 77 Atraso 33
706. Johel Sánchez Díaz Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 95 Atraso 6
707. Johnny Alexande Garbanzo Badilla Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 68
Atraso 12
708. Johnny Hernández González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
709. Johnny Vargas Céspedes Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 32 Atraso 32
710. Johnny Vargas Mejías Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 106 Atraso 11
711. Jorge Adrián Prado Salas Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 10 Atraso 54
712. Jorge Alberto Ramos Arrieta Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 1 Atraso
47
713. Jorge Alberto Vargas Zamora Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 20 Atraso
31
714. Jorge Andres García Pérez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9
715. Jorge Andres Oviedo Álvarez Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 1 Atraso
68
716. Jorge Antonio Áviles Sandoval Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 32
Atraso 11
717. Jorge Antonio Chavarría Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
718. Jorge Antonio Cortez Salinas Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 35 Atraso
73
719. Jorge Aquiles Brenes Martínez Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 36
Atraso 16
720. Jorge Arturo Alfaro Cortés Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 65 Atraso
43
721. Jorge Arturo Hidalgo Quirós Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
722. Jorge Arturo Vallejo Alfaro Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 73
Atraso 41
723. Jorge Augusto Porras Anchía Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
724. Jorge Cerdas Brenes Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 64 Atraso 44
725. Jorge Chaves Apestegui Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 22 Atraso 47
726. Jorge Eduardo Bustamante Chaves Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106
Atraso 9
727. Jorge Eduardo Castro Bolaños Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 73
Atraso 17
728. Jorge Eduardo Figueroa Vásquez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 3
Atraso 110
729. Jorge Eduardo Mora Bermúdez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
730. Jorge Eduardo Rodríguez Rodríguez Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 74
Atraso 7
731. Jorge Enrique Cardenas Vilchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 92
Atraso 21
732. Jorge Enrique Cerdas Joya Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso
6
733. Jorge Enrique Infante Rojas Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 68 Atraso
17
734. Jorge Enrique Monge Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 59
Atraso 54
735. Jorge Enrique Munich Ayub Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso 8
736. Jorge Enrique Salazar Vargas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 30
Atraso 39
737. Jorge Eugenio Porras Mora Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 45 Atraso
19
738. Jorge Fabio Sibaja Rodríguez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 80
Atraso 32
739. Jorge Fabricio Fernández Mayorga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
740. Jorge Federico Campos Calderón Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 1
Atraso 31
741. Jorge Francisco González Esquivel Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora
111 Atraso 7
742. Jorge Henry Vega Salazar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
743. Jorge Hernández Díaz Cuotas RNN 50 Cuotas Operadora 4 Atraso 46
744. Jorge Luis Alvarado Mondol Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 94 Atraso
6
745. Jorge Luis Corrales Fallas Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso
10
746. Jorge Luis Pinel Villalobos Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 59 Atraso
25
747. Jorge Manuel Herrera Zamora Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 83
Atraso 33
748. Jorge Montero Bejarano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 72 Atraso 41
749. Jorge Nery Carvajal Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
750. Jorge Roberto Segnini Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
751. Jorge Sánchez Tercero Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 24 Atraso 85
752. Jorge William Ávila Obando Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 94 Atraso
15
753. José Albertino Navarro López Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 21
Atraso 8
754. José Alberto Alfaro Jiménez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105
Atraso 7
755. José Alberto Brenes León Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 90 Atraso
27
756. José Alberto Fernández Hernández Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 27
Atraso 21
757. José Alberto Longhi Carvajal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
758. José Alberto Monterrosa Ordeñana Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112
Atraso 6
759. José Alberto Olivares López Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 75 Atraso
20
760. José Alberto Villalobos Salas Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 87
Atraso 8
761. José Alejandro Silva Yepez Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 41 Atraso
59
762. José Alexander Barrantes Castillo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48
Atraso 7
763. José Andres Corvetti Aguado Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 110
Atraso 8
764. José Andres Guevara Barboza Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 63 Atraso
11
765. José Ángel Ruiz Cabalceta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso
13
766. José Antonio Angulo Tam Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 82 Atraso 6
767. José Antonio Arguedas Maklouf Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
768. José Antonio Cerdas Zúñiga Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 69 Atraso
9
769. José Antonio Díaz Montero Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 1 Atraso 55
770. José Antonio Ortiz Mora Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 98 Atraso 18
771. José Antonio Revollo Blanco Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 87 Atraso
9
772. José Antonio Vindas Villalobos Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 32
Atraso 8
773. José Arguedas Solano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 70 Atraso 43
774. José Arnoldo Porras González Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso
10
775. José Arnoldo Valerio Rodríguez Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 97
Atraso 7
776. José Balbino Cruz Menjivar Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 92 Atraso
11
777. José Daniel León Núñez Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7
778. José Duarte Sibaja Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 14 Atraso 8
779. José Egerico Mora Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
780. José Enrique Porras Thames Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 83 Atraso
30
781. José Enrique Sánchez García Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 95
Atraso 16
782. José Enrique Santana Santana Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 47
Atraso 11
783. José Fabio Ramírez Carranza Cuotas RNN 18 Cuotas Operadora 12 Atraso
6
784. José Fernando León Artavia Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso
7
785. José Francisco Quijano Quirós Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 96
Atraso 7
786. José Freddy González León Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 65 Atraso
17
787. José Gabriel Riba Gutiérrez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 49 Atraso
15
788. José Gerardo Pacheco Guerrero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
789. José Gerardo Riba Bazo Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 90 Atraso 8
790. José Gilberto Funez Cruz Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 12 Atraso 10
791. José Gómez Hernández Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 47 Atraso 8
792. José Humberto Gutiérrez Hernández Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 6
Atraso 83
793. José Joaquin Arias Segura Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 104 Atraso
10
794. José Joaquin Herrera Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
795. José Joaquin Rojas Montoya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
796. José Joaquin Ureña Salazar Cuotas RNN 25 Cuotas Operadora 11 Atraso
14
797. José Luis Cerdas Sánchez Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 71 Atraso 13
798. José Luis Estrada Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 37 Atraso
76
799. José Luis Jiménez Castrillo Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 1 Atraso
13
800. José Luis Monge Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso
7
801. José Luis Moreno Rodríguez Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 92 Atraso
6
802. José Luis Ramos Castellon Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso
14
803. José Manuel Leiva Coto Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 45 Atraso 6
804. José Manuel Núñez González Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 79 Atraso
8
805. José María Carmona Fernández Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 50
Atraso 26
806. José María Penabad Bustamante Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 101
Atraso 7
807. José María Penabad López Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 19 Atraso 36
808. José Mario Pérez Fonseca Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso
9
809. José Mauricio Chaves Mesen Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
810. José Miguel Brenes Brenes Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 76 Atraso
35
811. José Miguel Cordero Chavarría Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 39
Atraso 19
812. José Miguel Jirón Chavarría Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
813. José Miguel Martínez Meléndez Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 104
Atraso 6
814. José Pablo González Madrigal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
815. José Pablo Masís Artavia Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso
13
816. José Pablo Valverde Marín Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 14 Atraso 6
817. José Paulo Brenes Lleras Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 41 Atraso
72
818. José Rafael Huertas Guillén Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 59 Atraso
13
819. José Rafael Mesen Obregon Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 46 Atraso 8
820. José Ramón Morales Mora Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1 Atraso 57
821. José Ramón Zúñiga Salazar Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 80 Atraso 9
822. José Roger Arellano Duarte Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 46 Atraso
43
823. José Rolando Castillo Aguilar Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 9
Atraso 32
824. José Sebastian Mesen Arias Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 19 Atraso
39
825. José Wálter Álvarez Peña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso
15
826. Joséf Yamin Díaz Díaz Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 27 Atraso 29
827. Joyce Chaverri González Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 92 Atraso 25
828. Juan Alberto Morgan Chamorro Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 42
Atraso 12
829. Juan Antonio Rescia Chinchilla Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 25
Atraso 49
830. Juan Antonio Ulate Carballo Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 27 Atraso
10
831. Juan Antonio Vargas Guillén Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 40
Atraso 73
832. Juan Antonio Vázquez Bendaña Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 65
Atraso 12
833. Juan Arturo Abdelnour Granados Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99
Atraso 14
834. Juan Carlos Araya Rojas Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 38 Atraso 41
835. Juan Carlos Ayala Montero Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 44 Atraso
29
836. Juan Carlos Bonilla Portocarrero Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 68
Atraso 12
837. Juan Carlos Camacho Sequeira Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso
12
838. Juan Carlos Campos Mayorga Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 32 Atraso
8
839. Juan Carlos Campos Salas Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 103 Atraso
8
840. Juan Carlos Chavarría Volio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 12
Atraso 101
841. Juan Carlos González Lavergne Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100
Atraso 13
842. Juan Carlos Gutiérrez Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
843. Juan Carlos Montes De Oca Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
844. Juan Carlos Mora Carrera Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 81 Atraso
28
845. Juan Carlos Murillo Fuentes Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 54
Atraso 61
846. Juan Carlos Padilla Chacón Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso
7
847. Juan Carlos Piñar Alvarado Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 46 Atraso
70
848. Juan De Dios Mora Díaz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7
849. Juan Diego González Ávila Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 88 Atraso
20
850. Juan Eduardo Flores Cerdas Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 22 Atraso
11
851. Juan Edwin Yockchen Mora Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 93 Atraso
25
852. Juan Esteban Blanco Arce Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 40 Atraso 8
853. Juan José Espinoza Campos Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 27 Atraso
89
854. Juan José Lao Martín Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13
855. Juan José Mena Hernández Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso
8
856. Juan Luis Guevara Villegas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso
23
857. Juan Luis Mora Cascante Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 94 Atraso 10
858. Juan Manuel Gómez Solera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
859. Juan Quirós Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
860. Juan Rafael Alvarado Cervantes Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 82
Atraso 12
861. Juan Rolando Rodríguez Paniagua Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 1
Atraso 52
862. Juan Vicente Durán Víquez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso
10
863. Juan Vicente Saborio Montero Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 47
Atraso 11
864. Juana Odili Altamirano Urrutia Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 68
Atraso 6
865. Judith Rocío Valle Tellez Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 1 Atraso 43
866. Julian Elizondo Aguilar Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 95 Atraso 21
867. Julio Alberto Corrales Campos Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 55
Atraso 55
868. Julio Alberto Ugarte Strunz Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 42
Atraso 72
869. Julio Antonio Franceschi Castillo Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 9
Atraso 32
870. Julio Antonio Morua Martínez Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 97
Atraso 9
871. Julio Armando Castellanos Villanueva Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora
39 Atraso 9
872. Julio German Camacho Cubillo Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 93
Atraso 17
873. Julio Sánchez Carvajal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
874. Julio Sandoval Alfaro Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 95 Atraso 8
875. Justino Alfonso Rodríguez Herrera Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 7
Atraso 105
876. Karina Andrea Verzola Madrigal Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 94
Atraso 8
877. Karina Carranza Chavarría Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 85 Atraso
21
878. Karina Quesada Blanco Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 74 Atraso 10
879. Karla Artiñano De Bedout Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 34 Atraso 45
880. Karla Beatriz Rodríguez Jiménez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106
Atraso 10
881. Karla Isabel Mora Caseres Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 19 Atraso
47
882. Karla Karina Amador Salas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 36 Atraso
77
883. Karla Marcela Duarte Arauz Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 44 Atraso
13
884. Karla Morales Muñoz Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 87 Atraso 6
885. Karla Rodríguez González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 49 Atraso
64
886. Karla Vanessa Guzmán Salazar Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 16
Atraso 73
887. Karol Cristina Guzmán Ramírez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 51
Atraso 10
888. Karol Tatiana Matamoros Corrales Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68
Atraso 8
889. Karolina Meléndez Gamboa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso
16
890. Karolina Molina Alpízar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso
11
891. Karoll Paola Sancho Oconitrillo Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70
Atraso 6
892. Katherine Álvarez Cubillo Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 34 Atraso
35
893. Katherine Benavides Rivera Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 46 Atraso
12
894. Kathia Quesada Campos Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 36 Atraso 19
895. Katia María Jiménez Pochet Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 24 Atraso
31
896. Katthya De La Peña Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
897. Kattia Brenes Morales Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 26 Atraso 6
898. Kattia Flores Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 48 Atraso 65
899. Kattia Hernández Chaves Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 42 Atraso 10
900. Kattia Lorena Molina Masís Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 101
Atraso 9
901. Kattia María Arias Arroyo Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 97 Atraso
6
902. Kattia Maritza Campos Castro Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 6 Atraso
43
903. Kattia Mora Cordero Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso 10
904. Kattia Morales Moreira Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 2 Atraso 6
905. Kattia Valverde Arias Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 98 Atraso 9
906. Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 33
Atraso 20
907. Katy Ávila Pérez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 41 Atraso 12
908. Keila Lugo Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 21 Atraso 20
909. Kenneth Maynard Fernández Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 76 Atraso
16
910. Kermith Ceciliano Moreira Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso
7
911. Krissel Vanessa Chacón Aguilar Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 55
Atraso 19
912. Krissia Loaiza Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13
913. Krysia Cover Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
914. Ladislao Wilber Calderón Pérez Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 67
Atraso 11
915. Laura Arias Guillén Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 68 Atraso 11
916. Laura Catalina Sequeira Alvarado Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 40
Atraso 11
917. Laura Chaves Lavagni Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
918. Laura Esquivel Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
919. Laura Gómez Martínez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 108 Atraso 7
920. Laura Jaen Chacón Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 1 Atraso 65
921. Laura María Rodríguez Méndez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47
Atraso 6
922. Laura María Vargas Herrera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
923. Laura Patricia Charpentier Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
924. Laureana Herrera Solano Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso 6
925. Laureano Castro Sancho Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso 6
926. Ledy Vitinia León González Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 38 Atraso
18
927. Lena Vanessa Rodríguez Aguirre Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 1
Atraso 20
928. Lenin Rojas López Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11
929. Lenny Shirley Granados Chinchilla Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 72
Atraso 10
930. León Felipe Ramos Santos Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 90 Atraso 6
931. León Montoya Hernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
932. Leónardo José Arcia Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 89
Atraso 24
933. Leónel Salas Araya Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 60 Atraso 47
934. Leslie Wilson Ching Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso 10
935. Letvia Ávila Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
936. Lexe Sancho Zumbado Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 65 Atraso 24
937. Libia Edith Canales Castro Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 4 Atraso
85
938. Libia María Mondol López Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 30 Atraso 7
939. Lidia Isabel Castro Segura Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 94 Atraso
14
940. Lidia Lizzeth Rojas Flores Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 55 Atraso
21
941. Ligia Alvarado Miranda Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 69 Atraso 46
942. Ligia María Arias Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101
Atraso 12
943. Ligia María Bermúdez Barquero Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63
Atraso 6
944. Ligia María Vázquez Bendaña Cuotas RNN 30 Cuotas Operadora 21 Atraso
9
945. Ligia Mayela Arce Quesada Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso
6
946. Ligia Zelenia Noboa Houed Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso
14
947. Liliana Patrici Padilla Grajales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
948. Lilliam Barrantes Sáenz Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 107 Atraso 8
949. Lilliam Soto Hines Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso 6
950. Lilliana Díaz Rosales Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 31 Atraso 25
951. Lilliana Hernández Vargas Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 2 Atraso 60
952. Lilliana Hurtado Matarrita Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 2 Atraso
27
953. Lilliana Larios Quesada Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 98 Atraso 20
954. Lilliana Salas Salazar Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 19 Atraso 14
955. Lilliana Zamora Bolaños Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8
956. Lillyana Guevara Sáenz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 76 Atraso 37
957. Lisandro Mora Herrera Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 84 Atraso 9
958. Liseth Elena Acosta Porras Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 36 Atraso
7
959. Lisidia María Villalobos Loría Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65
Atraso 7
960. Lissette Barboza Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14
961. Lizbeth Arias Sánchez Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 70 Atraso 10
962. Lizbeth Becerril Cambronero Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108
Atraso 6
963. Lizeth Genoveva León Gómez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44 Atraso
17
964. Lizeth Martínez Sánchez Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 41 Atraso 11
965. Lizeth Mata Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7
966. Lorena Calvo Solano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 10 Atraso 108
967. Lorena Ortiz Rodríguez Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 65 Atraso 12
968. Lorena Víquez Muñoz Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 96 Atraso 8
969. Lorlly Luna Rodríguez Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 25 Atraso 6
970. Lucía Azofeifa Azofeifa Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6
971. Lucía Viales Sotela Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 47 Atraso 20
972. Lucy Dayana Camacho Guzmán Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 94 Atraso
17
973. Ludin Fernando Martínez Williams Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 1
Atraso 59
974. Luis Adrián Quirós Carmona Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
975. Luis Alberto Azofeifa Saavedra Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 94 Atraso
11
976. Luis Alberto Miranda García Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 1 Atraso
13
977. Luis Alberto Rodríguez Espinoza Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106
Atraso 9
978. Luis Alberto Rojas Sevilla Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 1 Atraso
30
979. Luis Alberto Valverde Bermúdez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 84
Atraso 27
980. Luis Alberto Valverde Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
981. Luis Alberto Vargas Solís Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 39 Atraso
24
982. Luis Alejandro Chacón Alvarado Cuotas RNN 9 Cuotas Operadora 1
Atraso 8
983. Luis Alonso Madrigal Pacheco Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 54
Atraso 10
984. Luis Alonso Ortiz Zamora Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 78 Atraso 12
985. Luis Alonso Salas Ross Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
986. Luis Andres Bonilla Umaña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 88 Atraso
25
987. Luis Ángel Arroyo Soto Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 106 Atraso 6
988. Luis Ángel Rodríguez García Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 17
Atraso 96
989. Luis Antonio Murillo Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101
Atraso 12
990. Luis Antonio Ugalde Ramos Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 61 Atraso 8
991. Luis Araya Cerdas Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 41 Atraso 18
992. Luis Arturo Escalante Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
993. Luis Carlos Jiménez Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
994. Luis Carlos Rojas Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9
995. Luis Castillo Ralda Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 24 Atraso 67
996. Luis Diego Araya González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso
13
997. Luis Diego Campos Batista Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76 Atraso
10
998. Luis Diego Cerdas Cisneros Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 100
Atraso 12
999. Luis Diego Delgado Coronado Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso
6
1000. Luis Diego Pérez Chacón Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 57
Atraso 7
1001. Luis Diego Quesada Araya Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 52
Atraso 32
1002. Luis Diego Salazar Gonzalo Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 78
Atraso 8
1003. Luis Eduardo Echeverría Monturiol Cuotas RNN 35 Cuotas
Operadora 10 Atraso 25
1004. Luis Eduardo Solano Rojas Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 6
Atraso 10
1005. Luis Eduardo Vargas Rojas Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 45
Atraso 30
1006. Luis Federico Quesada Mora Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 3
Atraso 66
1007. Luis Felipe Martínez Obando Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 73
Atraso 12
1008. Luis Fernando Barrantes Aguilar Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora
16 Atraso 62
1009. Luis Fernando Carvajal Arias Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 65
Atraso 10
1010. Luis Fernando Esquivel Mora Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 45
Atraso 16
1011. Luis Fernando Zúñiga Portilla Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora
50 Atraso 24
1012. Luis Fishman Zonzinski Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 64
Atraso 12
1013. Luis Francisco Goldoni Vargas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora
96 Atraso 6
1014. Luis Francisco Huertas Rodríguez Cuotas RNN 95 Cuotas
Operadora 37 Atraso 58
1015. Luis Francisco Solórzano Víquez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora
101 Atraso 14
1016. Luis Gerardo Guerrero Jara Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
1017. Luis Guillermo Coto Cervantes Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora
108 Atraso 8
1018. Luis Humberto Arguello Rodríguez Cuotas RNN 53 Cuotas
Operadora 47 Atraso 6
1019. Luis Maríano Salazar Mora Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 103
Atraso 6
1020. Luis Maríno Castillo López Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 99
Atraso 13
1021. Luisa Beatriz Chavez Vite Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 88
Atraso 30
1022. Luisa Fernanda Calvo Montero Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 60
Atraso 22
1023. Lupita María Angulo Pérez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 77
Atraso 41
1024. Luz Argentina Bejarano Hernández Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 96 Atraso 17
1025. Luz Marína Murillo Calderón Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 50
Atraso 19
1026. Lydia Ardón Morales Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 12 Atraso
59
1027. Lydia Georgina Umaña Sánchez Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora
93 Atraso 12
1028. Magda Elena Azofeifa Chavarría Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora
49 Atraso 9
1029. Magda Violeta Reid Vargas Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 22
Atraso 22
1030. Manrique Lara Bolaños Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 105
Atraso 9
1031. Manrique Rodríguez Sáenz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91
Atraso 22
1032. Manuel Alberto Roldan Roboz Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora
106 Atraso 12
1033. Manuel Alberto Umaña Torres Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 97
Atraso 18
1034. Manuel Antonio Ballesteros Ortega Cuotas RNN 45 Cuotas
Operadora 28 Atraso 17
1035. Manuel Antonio Calderón Segura Cuotas RNN 12 Cuotas Operadora
6 Atraso 6
1036. Manuel Antonio Lobo Salazar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99
Atraso 14
1037. Manuel Barboza Arce Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 4 Atraso 60
1038. Manuel Emilio Montero Mora Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 97
Atraso 19
1039. Manuel Enrique Badilla Chavarría Cuotas RNN 46 Cuotas
Operadora 36 Atraso 10
1040. Manuel Enrique Jiménez Meza Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora
106 Atraso 10
1041. Manuel Enrique Leiva Chamorro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1042. Manuel Enrique Monge Romero Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 21
Atraso 7
1043. Manuel Enrique Núñez Lizano Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 8
Atraso 27
1044. Manuel Enrique Pérez Ureña Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 76
Atraso 6
1045. Manuel Enrique Zúñiga Urrutia Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1046. Manuel González Bonilla Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100
Atraso 8
1047. Manuel Mora Ulate Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76 Atraso 10
1048. Manuel Pérez Blanco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 75 Atraso
38
1049. Manuel Salas Raven Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 32 Atraso 26
1050. Manuel Solano Avendaño Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1051. Manuel Vicente Hernández Pandolfi Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora
36 Atraso 8
1052. Marcela Barquero Acosta Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 45
Atraso 11
1053. Marcela Beatriz Ulibarri Leiva Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora
26 Atraso 22
1054. Marcela Calderón Garbanzo Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 1
Atraso 94
1055. Marcela Gómez Masís Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 59 Atraso
31
1056. Marcela Gurdian Cedeño Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 20
Atraso 95
1057. Marcela Miranda Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1058. Marcela Ramírez Jara Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 3 Atraso
81
1059. Marcela Rodríguez Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1060. Marcela Sandí Ureña Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 49 Atraso
33
1061. Marcela Vargas Madrigal Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 71
Atraso 9
1062. Marcelo A Smith Hunter Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1063. Marcelo Roldán Sauma Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 33 Atraso
15
1064. Marcia Solano Castro Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso
6
1065. Marco Antonio Castillo Incera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
100 Atraso 13
1066. Marco Antonio Ramírez Corella Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora
26 Atraso 32
1067. Marco Aurelio Durán Jiménez Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 86
Atraso 31
1068. Marco Aurelio Zúñiga Angulo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
105 Atraso 8
1069. Marco Vinicio Escalante González Cuotas RNN 115 Cuotas
Operadora 106 Atraso 9
1070. Marco Vinicio Guillén Hidalgo Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora
35 Atraso 18
1071. Marco Vinicio Porras Araya Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 71
Atraso 8
1072. Marco Vinicio Solano Estrada Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
91 Atraso 22
1073. Marcos Alexande Piedra Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 105 Atraso 8
1074. Margarita Arias Formoso Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1075. María A. Gutiérrez Lazo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48
Atraso 7
1076. María Alejandra Brown Elizondo Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora
48 Atraso 10
1077. María Alejandra Campabadal Castro Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 102 Atraso 11
1078. María Alejandra Méndez Sáenz Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora
106 Atraso 8
1079. María Amalia Hidalgo Zamora Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 26
Atraso 36
1080. María Antonieta Ramírez Villegas Cuotas RNN 102 Cuotas
Operadora 95 Atraso 7
1081. María Aux Jiménez Rivas Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 52
Atraso 64
1082. María Burger Zimmer Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 52 Atraso 9
1083. María Cecilia Valverde Marín Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1084. María De Los An Jiménez Acuña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1085. María De Los Ángeles Solano López Cuotas RNN 106 Cuotas
Operadora 84 Atraso 22
1086. María Del C. Garita Araya Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76
Atraso 10
1087. María Del C. Vargas Vargas Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 1
Atraso 117
1088. María Del M Redondo Valle Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 45
Atraso 62
1089. María Del Milagro García Bolaños Cuotas RNN 115 Cuotas
Operadora 109 Atraso 6
1090. María Del R. Ramírez Azofeifa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
57 Atraso 56
1091. María Del Rocío Chaves Quirós Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora
43 Atraso 10
1092. María Del Rocío Serrano Serrano Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora
39 Atraso 16
1093. María Del Rocío Soto Arias Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 57
Atraso 19
1094. María Del Rocío Valverde Gallegos Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 103 Atraso 10
1095. María Del Rosar Muñoz González Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora
53 Atraso 2
1096. María Edith Altamirano Arauz Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58
Atraso 8
1097. María Emilia Fallas Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33
Atraso 80
1098. María Ester Vargas Mora Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 34
Atraso 17
1099. María Esther Campos Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1100. María Esther Quirós Valverde Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
101 Atraso 12
1101. María Eugenia González Solís Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora
72 Atraso 46
1102. María Eugenia Hidalgo Cubero Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora
64 Atraso 51
1103. María Eugenia Mata Porras Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 4
Atraso 113
1104. María Felicia Gómez Navarro Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 5
Atraso 56
1105. María Gabriela Fernández Hernández Cuotas RNN 106 Cuotas
Operadora 82 Atraso 24
1106. María Gabriela Flores Rosabal Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora
38 Atraso 28
1107. María Gabriela Hidalgo Hurtado Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora
81 Atraso 15
1108. María Gabriela Morales Peralta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1109. María Gabriela Rodríguez Méndez Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 106 Atraso 7
1110. María Gabriela Ruiz Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
105 Atraso 8
1111. María Gabriela Sánchez Arrieta Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora
5 Atraso 30
1112. María Gabriela Zeledón Ching Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora
106 Atraso 6
1113. María Ines Martínez Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
74 Atraso 39
1114. María Isabel Aguilar Cordero Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 80
Atraso 6
1115. María Isabel Albert Y Lorenzana Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora
37 Atraso
1116. María Isabel Picado Godinez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 40
Atraso 15
1117. María Isabel Rodríguez Vega Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 2
Atraso 62
1118. María Jesús Ugalde Zamora Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44
Atraso 17
1119. María José Chaves Cavallini Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 46
Atraso 18
1120. María José Funez Lira Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 14 Atraso
42
1121. María José González Barrantes Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora
102 Atraso 6
1122. María José Lizano Povedano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112
Atraso 6
1123. María Joséfina Sarria Piza Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 14
Atraso 103
1124. María Lineth Saborio Chaverri Cuotas RNN 30 Cuotas Operadora 1
Atraso 29
1125. María Lordes Villa Vargas Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 49
Atraso 8
1126. María Lorna Ballestero Muñoz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1127. María Lourdes Cuadra Solís Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 88
Atraso 12
1128. María Lourdes González Gamboa Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora
31 Atraso 8
1129. María Luisa Castro Zamora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 72
Atraso 41
1130. María Marlene Perera García Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 72
Atraso 6
1131. María Mercedes González Jiménez Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora
35 Atraso 12
1132. María Mercedes Usuga Serna Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104
Atraso 7
1133. María Teresa Núñez Torres Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 40
Atraso 7
1134. María Vanessa Aguilar Obando Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 19
Atraso 10
1135. María Víctoria Sandoval Núñez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1136. María Vita Monge Granados Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47
Atraso 6
1137. Maríana Otilia Corea Erazo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112
Atraso 6
1138. Maríanela Esquivel Salazar Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 5
Atraso 32
1139. Maríanela Moya Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1140. Maríanela Vargas Carvajal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 47
Atraso 66
1141. Maríanella Díaz Obando Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 48
Atraso 18
1142. Maríano Jiménez Umaña Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 5 Atraso
9
1143. Maribel Castillo Masís Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1144. Maricela Meléndez Miranda Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 46
Atraso 26
1145. Maricela Segura Hernández Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 51
Atraso 64
1146. Maricruz P Uba Loaiza Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 33
Atraso 75
1147. Mariela Castro Vargas Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 8 Atraso
8
1148. Mariela Chacón Salas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 3 Atraso
99
1149. Mariela Estrada Díaz Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 82 Atraso
26
1150. Marielena Azofeifa Cascante Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora
102 Atraso 6
1151. Marilu Quirós Álvarez Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 72 Atraso
6
1152. Marilyn Yalile James Pinnock Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 29
Atraso 7
1153. Marínette Hoffmann Brenes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
1154. Mario Alberto Brenes Arroyo Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 70
Atraso 8
1155. Mario Alberto Montoya Murillo Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora
11 Atraso 12
1156. Mario Alberto Saborio Valverde Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora
47 Atraso 10
1157. Mario Alberto Solano Campos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1158. Mario Alberto Solórzano Sandoval Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 105 Atraso 8
1159. Mario Alberto Umaña Mora Cuotas RNN 10 Cuotas Operadora 4
Atraso 6
1160. Mario Alberto Zamora Cruz Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 40
Atraso 18
1161. Mario Alexander Sánchez Maroto Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora
1 Atraso 13
1162. Mario Alonso Arias Aguero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
1163. Mario Antonio Ayala Torres Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 69
Atraso 49
1164. Mario Antonio Gutiérrez Quintero Cuotas RNN 115 Cuotas
Operadora 90 Atraso 25
1165. Mario Antonio Sáenz Pucci Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 93
Atraso 13
1166. Mario Araya Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1167. Mario Cisneros Herrera Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 104
Atraso 12
1168. Mario Cortés Parrales Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 32 Atraso
9
1169. Mario Eduardo Salazar Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1170. Mario Enrique Acuña Jara Cuotas RNN 7 Cuotas Operadora 1
Atraso 6
1171. Mario Enrique Pacheco Carranza Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1172. Mario Estrada Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 80
Atraso 33
1173. Mario Gerardo González Álvarez Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora
2 Atraso 15
1174. Mario Gerardo Villalobos Chavarría Cuotas RNN 38 Cuotas
Operadora 4 Atraso 34
1175. Mario Humberto Zarate Sánchez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora
107 Atraso 9
1176. Mario José Fonseca Solera Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 75
Atraso 9
1177. Mario Marvin Rojas Arauz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104
Atraso 7
1178. Mario Medina Martínez Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 78
Atraso 24
1179. Mario Montero Mora Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 65 Atraso
50
1180. Mario Peña Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso
10
1181. Marisa Corrales Madrigal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 51
Atraso 62
1182. Marisol Chacón Sánchez Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 5 Atraso
44
1183. Maritza Cordero Madriz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 13
Atraso 98
1184. Maritza Ingrid Sanabria Miranda Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora
76 Atraso 10
1185. Maritza Matarrita Álvarez Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 90
Atraso 13
1186. Marjorie Morales Acosta Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105
Atraso 7
1187. Marjorie Otoya Chaves Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 116
Atraso 2
1188. Marleny Mendoza Elizondo Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 50
Atraso 10
1189. Marta Arabela Arauz Mora Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 86
Atraso 19
1190. Marta Elena Fonseca Aguilar Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 92
Atraso 22
1191. Marta Eugenia Carballo Avendaño Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora
1 Atraso 50
1192. Marta Eugenia Ramírez Fonseca Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 72
Atraso 10
1193. Marta Gamboa Chinchilla Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 7
Atraso 27
1194. Marta María Vinocour Fornieri Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora
57 Atraso 9
1195. Martha Eugenia Pacheco Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1196. Martín José Alvarado Alvarado Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora
94 Atraso 12
1197. Marvin Alberto Hernández Córdoba Cuotas RNN 118 Cuotas
Operadora 86 Atraso 32
1198. Marvin Homer Chamorro Trejos Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora
98 Atraso 8
1199. Marvin Wiernik Lipiec Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 60 Atraso
12
1200. Mary Flor Barrientos Bonilla Cuotas RNN 99 Cuotas Operadora 93
Atraso 6
1201. Maryam Lia Aguilar Jiménez Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 55
Atraso 16
1202. Maura Gómez Brenes Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60
1203. Maureen Cecilia Baldizon Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1204. Maureen Masís Mora Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 101 Atraso
7
1205. Maureen Meneses Castro Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 25
Atraso 51
1206. Mauren Marcela Rojas Bejarano Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 9
Atraso 7
1207. Mauricio Alberto Granados Chacón Cuotas RNN 58 Cuotas
Operadora 49 Atraso 9
1208. Mauricio Alfaro Conde Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7
1209. Mauricio Alvarado Delgadillo Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 11
Atraso 11
1210. Mauricio Bolaños Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
1211. Mauricio Calderón Solís Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 58
Atraso 11
1212. Mauricio Castro Méndez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1213. Mauricio Del Valle Hernández Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 44
Atraso 11
1214. Mauricio Dobles Montealegre Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
103 Atraso 10
1215. Mauricio José Jiménez Bodan Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora
104 Atraso 5
1216. Mauricio Martínez Parada Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 104
Atraso 14
1217. Mauricio Pinto Monturiol Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 39
Atraso 34
1218. Mauricio Rodríguez Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 93
Atraso 20
1219. Mauro Chaves Mora Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 33 Atraso 6
1220. Mauro Gerardo Sojo Romero Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 1
Atraso 55
1221. Max Vargas Pérez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 19 Atraso 94
1222. Maxwell García Barquero Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 36
Atraso 8
1223. Maycol Alejandro Borbón Elizondo Cuotas RNN 89 Cuotas
Operadora 79 Atraso 10
1224. Maykol Vinicio Lara Herrera Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 54
Atraso 9
1225. Maylin Chinchilla Vargas Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 3
Atraso 23
1226. Maynor Barrantes Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
1227. Melania Jirón Estrada Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 36 Atraso
15
1228. Melba Jiménez Olaso Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 60 Atraso
18
1229. Melba Tatiana Rojas Bianchini Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora
27 Atraso 7
1230. Melissa Villalobos Pérez Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 59
Atraso 7
1231. Melvin Acedo Canton Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 77 Atraso
11
1232. Melvin Alberto Villalobos Alfaro Cuotas RNN 37 Cuotas
Operadora 2 Atraso 35
1233. Melvin Arias Pizarro Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 56 Atraso
10
1234. Melvin Lobo Palacio Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 73 Atraso
11
1235. Meylin Gutiérrez Méndez Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 22
Atraso 9
1236. Michael Vásquez López Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 13 Atraso
59
1237. Miguel Alberto Calvo Venegas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 37
Atraso 24
1238. Miguel Alonso Vilchez Camacho Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora
61 Atraso 21
1239. Miguel Ángel Alpízar Brenes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1240. Miguel Ángel Campos Hidalgo Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44
Atraso 17
1241. Miguel Ángel González Morales Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora
27 Atraso 6
1242. Miguel Ángel Jiménez Calderón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
101 Atraso 12
1243. Miguel Ángel Larios Ugalde Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 101
Atraso 6
1244. Miguel Ángel Ortega Bastos Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 79
Atraso 7
1245. Miguel Ángel Ortiz Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97
Atraso 16
1246. Miguel Ángel Quirós Miranda Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 1
Atraso 55
1247. Miguel Ángel Rojas Pacheco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97
Atraso 16
1248. Miguel Antonio Montero Arguedas Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 83 Atraso 30
1249. Miguel Casafont Seco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 71 Atraso
42
1250. Miguel Garos Alvarado Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 30 Atraso
60
1251. Miguel Gerardo Bravo Loría Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 22
Atraso 18
1252. Miguel Roberto Evila Salazar Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 48
Atraso 10
1253. Mildaines Fonseca Díaz Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 11
Atraso 45
1254. Mildred Ariani Morales Castrejon Cuotas RNN 76 Cuotas
Operadora 21 Atraso 55
1255. Mildred Mayela Soto Fallas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 22
Atraso 91
1256. Milena Alfaro Maykall Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1257. Milena Garita Salas Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 47 Atraso 8
1258. Milena Lobo Chaves Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 27 Atraso 10
1259. Milena Rosa Peña Salas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1260. Milenia Vargas Rivera Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 82 Atraso
9
1261. Milton Rojas Zamora Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 39 Atraso
15
1262. Milton Rolando Marín Castro Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 45
Atraso 8
1263. Minor Badilla Toruño Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 94 Atraso
13
1264. Minor Francisco Rojas Bolaños Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora
79 Atraso 6
1265. Minor Gerardo Álvarez López Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 64
Atraso 17
1266. Minor Gómez Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso
12
1267. Minor Zamora Castellon Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 77
Atraso 7
1268. Miriam Acuña Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91
Atraso 22
1269. Miriam Elisa Chacón Navarro Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 98
Atraso 8
1270. Modesto Mendoza Moraga Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 46
Atraso 6
1271. Moisés Arturo Galera Lippi Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 1
Atraso 70
1272. Moisés Eduardo Bedoya Arce Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 48
Atraso 10
1273. Mónica Antoniet López Solano Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 39
Atraso 21
1274. Mónica Campos Ávila Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 5 Atraso 16
1275. Mónica De Los A Romero Chacón Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora
36 Atraso 12
1276. Mónica Fernández Mayorga Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 70
Atraso 23
1277. Mónica Paniagua Chacón Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 15
Atraso 59
1278. Mónica Romero Piedra Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41 Atraso
10
1279. Mylene Rocío Arroyo Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1280. Nancy Isabel Álvarez Benavides Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
77 Atraso 36
1281. Nancy Rojo Vargas Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 57 Atraso 53
1282. Nancy Vásquez Hidalgo Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 35 Atraso
11
1283. Natalia Camacho Arguello Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 63
Atraso 8
1284. Natalia Sarmiento Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 83
Atraso 30
1285. Nayudell Murillo Chavarría Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1286. Neftali Francis Fernández Morales Cuotas RNN 89 Cuotas
Operadora 29 Atraso 60
1287. Nelson Gerardo Palacio Díaz Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 94
Atraso 8
1288. Nelson Jiménez Benavides Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 9
Atraso 51
1289. Nelson Lobo Muñoz Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 52 Atraso 14
1290. Nelson Ricardo Cascante Arce Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 18
Atraso 33
1291. Néstor Eduardo Guillén Espinoza Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora
34 Atraso 8
1292. Néstor Espinoza Angulo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 29
Atraso 27
1293. Nicolas Saborio Cubillo Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 73
Atraso 18
1294. Nidia Murillo Jiménez Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 38 Atraso
29
1295. Noel Ibo Campos Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100
Atraso 13
1296. Noelia Solórzano Cedeño Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 86
Atraso 19
1297. Norma Julieta Vargas Montero Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 43
Atraso 12
1298. Norma Quintero Ureña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
1299. Norma Vargas Duarte Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso
7
1300. Norman Coto Kikut Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 44 Atraso 32
1301. Norman Lizano Ortiz Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 46 Atraso
16
1302. Nuria Chang Fonseca Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso
8
1303. Octavio Alejand Rivera Jiménez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora
97 Atraso 15
1304. Odra Vanessa Alvarado Mejia Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 21
Atraso 32
1305. Oky María Campos Rodríguez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 17
Atraso 36
1306. Olga Hernández Cordero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
1307. Olga Libia Sandoval Ugalde Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1308. Olga Marta Corrales Sánchez Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 2
Atraso 56
1309. Olga Patricia Fernández Sibaja Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora
82 Atraso 13
1310. Olger Mario Castro Castro Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 55
Atraso 25
1311. Oliva María Fernández Vásquez Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora
45 Atraso 6
1312. Oliver Quirós Pérez Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 78 Atraso 6
1313. Olman Yorly Soto Vanegas Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65
Atraso 7
1314. Omar Cascante Araya Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 63 Atraso
21
1315. Oriadna Cristna Navarro Masís Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora
82 Atraso 16
1316. Orietta María Ruiz Padilla Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1317. Orlando Abellan Cisneros Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 98
Atraso 20
1318. Orlando Antonio Quirós Díaz Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 30
Atraso 26
1319. Orlando Gerardo Báez Molina Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 1
Atraso 40
1320. Orlando González Zamora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 75
Atraso 38
1321. Orlando Zamora Alfaro Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 83 Atraso
7
1322. Óscar Armando Vanegas Evora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 58
Atraso 55
1323. Óscar Carrillo Baltodano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 107
Atraso 11
1324. Óscar Eduardo Núñez Calvo Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 75
Atraso 9
1325. Óscar Eduardo Ugalde López Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 2
Atraso 98
1326. Óscar Enrique Murillo Mora Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 95
Atraso 9
1327. Óscar Enrique Rodríguez Cascante Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 83 Atraso 30
1328. Óscar Giovanni Muñoz Jiménez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora
111 Atraso 7
1329. Óscar Guillermo Espinoza Sing Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1330. Óscar Humberto Segnini Saborio Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora
7 Atraso 10
1331. Óscar Mario Pacheco Murillo Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 52
Atraso 6
1332. Óscar Pérez Carpio Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 99 Atraso
11
1333. Óscar Sanabria Núñez Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 7 Atraso
40
1334. Óscar Vinicio Solano Méndez Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 52
Atraso 20
1335. Osman González Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso
14
1336. Osvaldo R Segura Esquivel Cuotas RNN 99 Cuotas Operadora 89
Atraso 10
1337. Otoniel Díaz Flores Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 100 Atraso
18
1338. Otto Federico Rivera Valle Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 102
Atraso 8
1339. Pablo Andres Esquivel Chaverri Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora
94 Atraso 15
1340. Pablo Arias González Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 25 Atraso
7
1341. Pablo Gurdian Bond Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 103 Atraso
9
1342. Pablo Rodríguez Solano Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 93
Atraso 15
1343. Pamela Andrea Meza Soto Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50
Atraso 6
1344. Patricia Halabi Chryssopulos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1345. Patricia Méndez Gómez Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 30 Atraso
46
1346. Paul Rodolfo Montero Matamoros Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora
91 Atraso 9
1347. Paulino Ugarte Bustos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 65
Atraso 48
1348. Pedro Daniel Suárez Baltodano Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora
80 Atraso 16
1349. Pedro Farrier Brais Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 89 Atraso
27
1350. Pedro José Beirute Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
101 Atraso 12
1351. Perla Cheves Romero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso
7
1352. Priscila Jiménez Soto Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 45
Atraso 73
1353. Priscilla González Seravalli Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora
66 Atraso 42
1354. Priscilla Salas Salguero Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 84
Atraso 6
1355. Rafael Agustin Corrales Chavarría Cuotas RNN 69 Cuotas
Operadora 63 Atraso 6
1356. Rafael Alberto Carrillo Delgado Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora
10 Atraso 6
1357. Rafael Alberto Herrera García Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
105 Atraso 8
1358. Rafael Ángel Arias Cordero Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 98
Atraso 13
1359. Rafael Ángel Arroyo Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
102 Atraso 11
1360. Rafael Ángel Calderón Pacheco Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 1
Atraso 20
1361. Rafael Ángel Carballo Campos Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 61
Atraso 25
1362. Rafael Ángel Cascante Sojo Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 23
Atraso 48
1363. Rafael Ángel Fallas Solórzano Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora
33 Atraso 9
1364. Rafael Ángel García Salas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1365. Rafael Ángel Guzmán Alfaro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1366. Rafael Ángel Quesada Vargas Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 22
Atraso 10
1367. Rafael Ángel Vilchez Sánchez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora
99 Atraso 16
1368. Rafael Antonio Arroniz Castillo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora
38 Atraso 18
1369. Rafael Antonio Rojas Montoya Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora
42 Atraso 74
1370. Rafael Eduardo Méndez Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1371. Rafael Eliecer Cascante Arias Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora
50 Atraso 19
1372. Rafael Elpidio Porras Venegas Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora
103 Atraso 12
1373. Rafael Ortega Telleria Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 24
Atraso 10
1374. Rafael Saturnin Campos Quirós Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 5
Atraso 32
1375. Ralph Charpentier Delgado Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 97
Atraso 10
1376. Ramiro Castro Alfaro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
1377. Ramiro Salvador Arauz Montero Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora
86 Atraso 17
1378. Ramón Francisco Zumbado Retana Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora
90 Atraso 8
1379. Ramón Guillermo Fallas Mora Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94
Atraso 9
1380. Randall Alberto Marín Orozco Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora
94 Atraso 9
1381. Randall de Jesús Villalobos Hernández Cuotas RNN 82 Cuotas
Operadora 64 Atraso 18
1382. Randall Gabriel Luna Jiménez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora
94 Atraso 17
1383. Randall González Valverde Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1384. Randall Masís Ureña Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 50 Atraso 8
1385. Randall Piedra Fallas Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 70 Atraso
12
1386. Randall Salas Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1387. Randall Vargas Pérez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105
Atraso 7
1388. Randall Viales Padilla Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1389. Raquel Reyes Arias Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 53 Atraso 16
1390. Raul Alberto Espinoza Ortega Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora
102 Atraso 6
1391. Raul Alexander Camacho Alfaro Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora
85 Atraso 10
1392. Raul Álvarez Muñoz Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 103 Atraso
12
1393. Raul Antonio Segnini Zamora Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 75
Atraso 43
1394. Raul Escalante Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso
23
1395. Raul Francisco Araya Arias Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 109
Atraso 7
1396. Raymond Mora Molina Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 81 Atraso
14
1397. Rebeca Abarca Sánchez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 28 Atraso
25
1398. Rebeca González Monge Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 87 Atraso
8
1399. Rebeca González Salazar Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 3
Atraso 99
1400. Rebeca Viviana Varela Escobar Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 4
Atraso 28
1401. Renato Ortiz Álvarez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1402. Reynaldo Vosman Roldan Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 86
Atraso 27
1403. Reyner Muñoz Piedra Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 9 Atraso
99
1404. Ricardo Alberto Araya Lara Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1405. Ricardo Alberto Jiménez González Cuotas RNN 117 Cuotas
Operadora 105 Atraso 12
1406. Ricardo Ananias Loaiza Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1407. Ricardo Antonio Ureña Ureña Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora
104 Atraso 11
1408. Ricardo Guevara Duarte Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 78
Atraso 30
1409. Ricardo Guevara Muñoz Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 6 Atraso
90
1410. Ricardo Jiménez Villalobos Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 107
Atraso 7
1411. Ricardo Marín Vargas Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 105 Atraso
11
1412. Ricardo Moyano Sanclemente Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 58
Atraso 23
1413. Ricardo Redondo Hernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85
Atraso 28
1414. Ricardo Rodríguez Blandon Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
1415. Ricardo Suárez Badilla Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 101
Atraso 6
1416. Ricardo Torres Artavia Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 85
Atraso 15
1417. Ricardo Urbina Paniagua Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 105
Atraso 10
1418. Ricardo Zúñiga Ureña Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 14 Atraso
14
1419. Rigoberto Cubillo Mena Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 75
Atraso 9
1420. Rigoberto Rojas Benavides Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
1421. Rigoberto Salazar Arce Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 71
Atraso 31
1422. Rita Alvarado Salas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 90 Atraso
12
1423. Rita Esmeralda Hernández González Cuotas RNN 117 Cuotas
Operadora 27 Atraso 90
1424. Rita Felicia Cubillo Jiménez Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 58
Atraso 9
1425. Rita Patricia Calderón Alfaro Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora
69 Atraso 15
1426. Robert Alberto Araya Sánchez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 16
Atraso 45
1427. Robert Alexander Coto Quirós Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora
103 Atraso 6
1428. Roberto Antonio Álvarez Blanco Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora
50 Atraso 8
1429. Roberto Ariel Oliva Molina Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 93
Atraso 21
1430. Roberto Avendaño Sancho Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 30
Atraso 5
1431. Roberto Campos Sánchez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 9
Atraso 103
1432. Roberto Carmiol Arguedas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
1433. Roberto Cordero Cordero Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 73
Atraso 7
1434. Roberto Enrique Mc Lean Pérez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora
54 Atraso 10
1435. Roberto Gómez Jiménez Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 90
Atraso 13
1436. Roberto José Araya Lao Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 73
Atraso 7
1437. Roberto Oliva Astete Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 94 Atraso
20
1438. Roberto Portela López Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 38 Atraso
46
1439. Roberto Valverde Pérez Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 88
Atraso 6
1440. Rodney Montalban Rivera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1441. Rodolfo Alexander Price Chinchilla Cuotas RNN 93 Cuotas
Operadora 1 Atraso 92
1442. Rodolfo Álvarez Bolaños Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 62
Atraso 51
1443. Rodolfo Araya Rodríguez Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 47
Atraso 24
1444. Rodolfo Camacho Rojas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 53 Atraso
16
1445. Rodolfo Cervantes Barrantes Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora
103 Atraso 7
1446. Rodolfo Eduardo Lizano Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
98 Atraso 15
1447. Rodolfo Fernández Herrera Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 87
Atraso 7
1448. Rodolfo Freer Campos Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 100
Atraso 6
1449. Rodolfo Golfin Leandro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 63
Atraso 50
1450. Rodolfo Javier Gutiérrez Arias Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora
1 Atraso 59
1451. Rodolfo Quirós Robles Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 90
Atraso 10
1452. Rodolfo Solís Herrera Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 43 Atraso
6
1453. Rodrigo Alberto Bonilla Gamboa Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora
69 Atraso 9
1454. Rodrigo Alcazar Hernández Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 34
Atraso 8
1455. Rodrigo Alfaro Ramos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 89 Atraso
24
1456. Rodrigo Arturo Chavarría Zamora Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora
30 Atraso 6
1457. Rodrigo Chacón Corella Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 110
Atraso 8
1458. Rodrigo Gerardo Arauz Figueroa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1459. Rodrigo Julian Mora Cortés Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 81
Atraso 22
1460. Rodrigo Rojas Brenes Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 97 Atraso
17
1461. Rodrigo Rosales Arce Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 57 Atraso 9
1462. Rodrigo Sandoval Villalobos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58
Atraso 6
1463. Rodrigo Ureña Quirós Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 9 Atraso 7
1464. Rodrigo Vargas Vargas Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 97
Atraso 21
1465. Rogelio Alberto Acuña Altamirano Cuotas RNN 104 Cuotas
Operadora 96 Atraso 8
1466. Rogelio Pol Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 94 Atraso 19
1467. Roger Ajun Pérez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10
1468. Roger Bravo Álvarez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 95 Atraso
20
1469. Roger Fidel Granados Venegas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora
82 Atraso 20
1470. Roger Guillermo Hernández Soto Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora
46 Atraso 46
1471. Roger Mora Calderón Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 54 Atraso
12
1472. Roland Antonio García Navarro Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora
70 Atraso 6
1473. Rolando Álvarez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
1474. Rolando Araya Vindas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 24 Atraso
37
1475. Rolando Castro Salas Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 37 Atraso
78
1476. Rolando Eliecer Gómez Alpízar Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora
31 Atraso 24
1477. Rolando Madrigal Gutiérrez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 5
Atraso 56
1478. Rolando Sánchez Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso
9
1479. Rolando Tellini Duarte Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1480. Román Alberto Fallas Cordero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1481. Románo Salazar Gigli Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 63 Atraso
50
1482. Romel Orane Anglin Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso
80
1483. Ronal Castillo Molina Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 22 Atraso
7
1484. Ronald Avalos Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso
17
1485. Ronald Chacón Chaverri Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 50 Atraso
9
1486. Ronald Eduardo Mora Olmedo Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 55
Atraso 9
1487. Ronald Eduardo Morales Rodríguez Cuotas RNN 102 Cuotas
Operadora 88 Atraso 14
1488. Ronald Freddy Zúñiga Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
1489. Ronald González Aguilar Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 99
Atraso 6
1490. Ronny Quirós Astorga Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso
10
1491. Rosa María Corrales Villalobos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora
58 Atraso 6
1492. Rosa María Herrera León Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105
Atraso 6
1493. Rosa María Masís Martínez Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 74
Atraso 28
1494. Rosa Nelly Rivera Meza Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 40
Atraso 8
1495. Rosa Patricia Arguedas Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
104 Atraso 9
1496. Rosa Patricia Sánchez Gómez Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 30
Atraso 6
1497. Rosalina Bastos Alvarado Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 100
Atraso 6
1498. Rosanna Sudasassi Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100
Atraso 13
1499. Rosaura Ángelica Abarca Amador Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora
37 Atraso 11
1500. Rosaura Guadamuz Leal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1501. Rosaura María Brenes Navarro Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 14
Atraso 61
1502. Rose Mary Sanabria Fonseca Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58
Atraso 6
1503. Rosibel Aguilar Brenes Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 61
Atraso 28
1504. Rosibel Cubero Paniagua Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41
Atraso 10
1505. Roxana Hernández Ballestero Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 43
Atraso 21
1506. Roxana Jiménez Libby Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 61 Atraso
52
1507. Roxana Quirós Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90
Atraso 23
1508. Roxana Sanabria Castillo Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 109
Atraso 6
1509. Roxana Villalobos Montoya Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 28
Atraso 58
1510. Roy Gerardo Ramírez Monge Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 39
Atraso 10
1511. Roy Harold Elizondo Durán Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 75
Atraso 23
1512. Roy Solís Calvo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso 10
1513. Roy Thompson Chacón Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 64 Atraso
11
1514. Royner Alberto Barrientos Alfaro Cuotas RNN 53 Cuotas
Operadora 41 Atraso 12
1515. Royran Gerardo Arias Navarro Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 36
Atraso 13
1516. Rubén Zamora Castro Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 17 Atraso 6
1517. Ruth Bonilla Toledo Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 76 Atraso
32
1518. Ruth Marína Sánchez Arias Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44
Atraso 7
1519. Ruth Mary Salas Cedeño Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 47
Atraso 14
1520. Sandra Arauz Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 68 Atraso
45
1521. Sandra Ligia Hoffman Altamirano Cuotas RNN 109 Cuotas
Operadora 88 Atraso 21
1522. Sandra Maykall Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 41 Atraso
72
1523. Sandra Rechnitzer Oconitrillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
15 Atraso 98
1524. Santiago Herrera Quirós Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 38
Atraso 20
1525. Sara María Alfaro Araya Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 3
Atraso 58
1526. Sara Montero Castrillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96
Atraso 17
1527. Sara Vianney Castillo Salazar Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora
68 Atraso 8
1528. Sarita Castillo Saborio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98
Atraso 15
1529. Saul López López Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 32 Atraso 16
1530. Saul Mauricio González Vargas Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora
85 Atraso 10
1531. Saul Peraza Solórzano Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 71
Atraso 37
1532. Seanny Johanna Jiménez Alfaro Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora
47 Atraso 9
1533. Selenia Guzmán Ruiz Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 55 Atraso 9
1534. Selma Alarcon Fonseca Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 21 Atraso
8
1535. Sergio Alberto Alvarado Delgado Cuotas RNN 117 Cuotas
Operadora 106 Atraso 11
1536. Sergio Badilla Montoya Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112
Atraso 6
1537. Sergio Cortés Rosabal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 78
Atraso 35
1538. Sergio Echandi Casal Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 72 Atraso
12
1539. Sergio Eduardo Víquez Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
95 Atraso 18
1540. Sergio Fco. Solano Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1541. Sergio Gamboa Vargas Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 53 Atraso
13
1542. Sergio Ivan Alfaro Salas Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 85
Atraso 6
1543. Sergio Rodríguez Garita Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1544. Sheila Recio Rojas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 62 Atraso 7
1545. Shirley Ávila Cortés Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 53 Atraso
7
1546. Shirley Valverde Quirós Cuotas RNN 121 Cuotas Operadora 80
Atraso 41
1547. Shirley Vega Bolaños Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 32 Atraso
21
1548. Silvia Carvajal Castro Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 47
Atraso 8
1549. Silvia Elena Barrantes Solís Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70
Atraso 6
1550. Silvia Elena Chaves Quesada Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 51
Atraso 62
1551. Silvia Elena Vega Fernández Cuotas RNN 38 Cuotas Operadora 28
Atraso 10
1552. Silvia María Madrigal Córdoba Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora
107 Atraso 9
1553. Silvia María Mena Porras Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 78
Atraso 35
1554. Silvia María Zeledón Jiménez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora
105 Atraso 6
1555. Sinai Solano Ramírez Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 23 Atraso
6
1556. Sindy Marcelle Monteil Vidal Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 64
Atraso 9
1557. Sindy Vanessa Martínez Piñar Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 1
Atraso 65
1558. Sixta Mirna Ramos Molina Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 88
Atraso 26
1559. Sonia María Barrantes Delgado Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora
33 Atraso 81
1560. Sonia Rebeca Montealegre Pérez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora
42 Atraso 14
1561. Stella Santamaria Jiménez Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 30
Atraso 11
1562. Susana Barahona Vega Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 69 Atraso
15
1563. Susy Bibiana Moreno Amador Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 10
Atraso 12
1564. Sylvia Eugenia Muñoz Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
106 Atraso 7
1565. Sylvia Guiselle Cruz González Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora
60 Atraso 49
1566. Sylvia Vázquez Álvarez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 102
Atraso 7
1567. Szrem Helena Guzmán Vargas Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70
Atraso 6
1568. Tatiana Aguilar Orozco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1569. Tatiana María Rodríguez Castro Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora
4 Atraso 104
1570. Tatiana Martínez Salas Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 93
Atraso 10
1571. Tatiana Moncada Rojas Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 1 Atraso
32
1572. Teresa María Campos Valenciano Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora
60 Atraso 43
1573. Teresa Mora Villalta Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 6 Atraso
89
1574. Teresa Solís Bermúdez Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 43 Atraso
5
1575. Teresita Monge Díaz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 93 Atraso
20
1576. Teresita Quirós Paniagua Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 1
Atraso 117
1577. Thanva Vindell Moreno Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 66 Atraso
16
1578. Trinidad Carrillo Díaz Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 75
Atraso 7
1579. Ubaldo García Ruiz Cuotas RNN 65 Cuotas Operadora 34 Atraso 31
1580. Ulises Alberto Obregon Aleman Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora
88 Atraso 7
1581. Ulises Dixon Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107
Atraso 6
1582. Ulrika Kvist Duarte Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 92 Atraso
9
1583. Valentín Barrantes Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1584. Vanessa Cubillo Arguedas Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 41
Atraso 8
1585. Vanessa Jiménez Jiménez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58
Atraso 6
1586. Vanessa Molina Incera Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106
Atraso 8
1587. Vanessa Zúñiga Mora Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 96 Atraso
6
1588. Veralicia Gutiérrez Ruiz Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 58
Atraso 11
1589. Veronica Álvarez Murillo Cuotas RNN 11 Cuotas Operadora 5
Atraso 6
1590. Vicente Aurelio Lines Fournier Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
90 Atraso 23
1591. Víctor Alcides Reyes Vargas Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1
Atraso 57
1592. Víctor Gamboa Campos Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 76 Atraso
24
1593. Víctor Gerardo Zaratte Leyton Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora
110 Atraso 8
1594. Víctor Hugo González Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97
Atraso 16
1595. Víctor Hugo Maffioli Alvarado Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora
100 Atraso 8
1596. Víctor Julio Pérez Cascante Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
102 Atraso 11
1597. Víctor Julio Rivas Tinoco Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106
Atraso 12
1598. Víctor Manuel Blanco Alvarado Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1
Atraso 57
1599. Víctor Manuel Carvajal Ramírez Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora
70 Atraso 10
1600. Víctor Manuel González Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
103 Atraso 10
1601. Víctor Manuel Guillén Elizondo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
4 Atraso 109
1602. Víctor Manuel López Calderón Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora
103 Atraso 14
1603. Víctor Manuel Ramírez Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
107 Atraso 6
1604. Víctor Manuel Rodríguez Rescia Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora
72 Atraso 12
1605. Víctor Manuel Rojas Aguilar Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 81
Atraso 12
1606. Víctor Solís Castillo Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 90
Atraso 15
1607. Víctoria Eug. Herra Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1608. Víctoria J. Blanco Moraga Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50
Atraso 6
1609. Vidal Castillo Elizondo Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 88
Atraso 17
1610. Violeta Patiño López Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 27 Atraso
79
1611. Virginia Benavides Herrera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106
Atraso 7
1612. Virginia Calvo Gamboa Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101
Atraso 8
1613. Virginia Hernández Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102
Atraso 11
1614. Virgita Gamboa Muñoz Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 97 Atraso
6
1615. Viriam Fumero Paniagua Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 87
Atraso 7
1616. Vivian María Artavia Granados Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
103 Atraso 10
1617. Viviana Marcela Sandí Segura Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 42
Atraso 13
1618. Viviana Navarro Miranda Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 102
Atraso 9
1619. Vladimir Quesada Arce Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 41
Atraso 68
1620. Vladimir Rodríguez Castro Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 82
Atraso 8
1621. Wady Flores Acuña Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94 Atraso 9
1622. Wady Vega Solís Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 48 Atraso 13
1623. Waldir Valerin Telles Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7
1624. Wallace Cover Draeseke Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108
Atraso 6
1625. Wálter Ballestero Umaña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 18
Atraso 95
1626. Wálter Fabio Chaves Olivares Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora
100 Atraso 13
1627. Wálter Gerardo Gómez Rodríguez Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora
22 Atraso 6
1628. Wálter Jara Aguilar Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 24 Atraso 9
1629. Wálter Navarro Guadamuz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1630. Wálter Rodríguez Rodríguez Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 25
Atraso 53
1631. Warner Céspedes Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
1632. Warner Ruiz Juárez Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 2 Atraso 46
1633. Wayner Hernández Méndez Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68
Atraso 8
1634. Weeinen Fong Leung Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 81 Atraso 6
1635. Wendy María Garita Ortiz Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 59
Atraso 10
1636. Wernck María Rojas Salazar Cuotas RNN 25 Cuotas Operadora 14
Atraso 11
1637. Werner Segura Cordero Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 89
Atraso 25
1638. Wilber Crawford Sharpe Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 9 Atraso
60
1639. Wilfred David Solís Moya Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 96
Atraso 19
1640. William Alfredo Chinchilla Sánchez Cuotas RNN 34 Cuotas
Operadora 21 Atraso 13
1641. William Buckley Buckley Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1642. William Castro Badilla Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 23
Atraso 32
1643. William Elizondo Manzanares Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 70
Atraso 16
1644. William Gerardo Rodríguez Umaña Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 104 Atraso 9
1645. William Guido Quijano Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 47 Atraso
12
1646. William José Calvo Calvo Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 45
Atraso 17
1647. William Mora Guevara Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 102
Atraso 10
1648. William Quesada Ramírez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 28
Atraso 81
1649. William Ramírez Ramírez Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 95
Atraso 19
1650. William Santamaria Monge Cuotas RNN 97 Cuotas Operadora 86
Atraso 11
1651. Williams Castro Ponce Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90
Atraso 23
1652. Willy Curling Rutishsauser Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49
Atraso 6
1653. Wilma Yaluz Charpentier Morales Cuotas RNN 113 Cuotas
Operadora 107 Atraso 6
1654. Wilson Melvin Vega Elizondo Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 48
Atraso 36
1655. Wiston Morales Mayorga Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100
Atraso 8
1656. Xinia Mata Castro Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 36 Atraso 15
1657. Xochitl Camacho Medina Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 55
Atraso 6
1658. Yadira Sibaja González Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100
Atraso 8
1659. Yalile Villalobos Zamora Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100
Atraso 8
1660. Yamileth Murillo Rodríguez Cuotas RNN 18 Cuotas Operadora 1
Atraso 17
1661. Yamileth Rodríguez Murillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99
Atraso 14
1662. Yanick Estupiñan Cruz Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso
10
1663. Yannory Triunfo Otoya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105
Atraso 8
1664. Yashin Francisc Castrillo Fernández Cuotas RNN 60 Cuotas
Operadora 53 Atraso 7
1665. Yashir Daniel Wabe Arroyo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 46
Atraso 10
1666. Yazmin Delgado Sánchez Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 1 Atraso
94
1667. Yeimy Elizondo Valerio Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 8 Atraso
13
1668. Yency Villalobos Vindas Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 1
Atraso 25
1669. Yensi Salazar Jiménez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104
Atraso 7
1670. Yensi Salazar Matamoros Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 52
Atraso 12
1671. Yesenia Hidalgo Solano Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 27
Atraso 31
1672. Yesenia María Arce Gómez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 103
Atraso 6
1673. Yesenia Villalobos Leiton Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 83
Atraso 6
1674. Yessenia Álvarez Ramírez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 99
Atraso 10
1675. Yessenia López Chaves Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 93
Atraso 7
1676. Yolanda Calderón Sandí Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 60
Atraso 22
1677. Yolanda Rosibel Araya Jara Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104
Atraso 9
1678. Yorleni Díaz Berrocal Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 36 Atraso
6
1679. Yorleny Del P Quesada Monestel Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora
72 Atraso 8
1680. Yorleny Murillo Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103
Atraso 10
1681. Yuri Alonso Ramírez Acon Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 101
Atraso 11
1682. Yuribeth Méndez Castro Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 81
Atraso 14
1683. Yurly Alguera Martínez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 46
Atraso 7
1684. Zedy Guevara Contreras Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 59
Atraso 54
1685. Zeily María Navarro Rivera Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 1
Atraso 15
1686. Zulay Cerdas Espinoza Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 18 Atraso
8
San
José, 14 de abril del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(32342). Director
Hace saber que el notario cesado Guillermo Guilarte Corrales, cédula 107210961, carné 16091, solicita la devolución de sus cotizaciones al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 09-000284-0624-NO.
San José, dos de abril
del dos mil nueve.
Lic. Roy Arnoldo
Jiménez Oreamuno
1 vez.—(32345) Director
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las ocho horas treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil nueve, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, remataré al mejor postor, libre de gravámenes prendarios y con la base dada por el perito, sea la suma de nueve millones ciento setenta y seis mil trescientos ochenta y tres colones con doce céntimos, lo siguiente: terreno con casa de habitación situada en el distrito 01 de la provincia de Limón matrçicula numero 018942-000. Colinda: al norte, con acera; al sur, con acera; al este, con INVU, y al oeste, con zona verde, mide setenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en Proceso Ordinario Laboral número 05-000047-0679-LA-3 establecido por Jessi López Lindo contra Victoria Estrada Cash.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de marzo del 2009.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—(32259).
No habiendo podido notificar la sentencia número 145-09 dictada a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero de dos mil nueve, a la accionada Ligia Pérez Villalobos y con la finalidad de no causar indefensión al reclamante, se ordena notificar la sentencia supra citada por medio de edicto, la cual en lo que interesa dice; Resultando 1º—…, 2º—..., 3º—…, Hechos Probados 1º—…, Fondo del asunto…., Por tanto…. En virtud de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, así como de los artículos 221 y 317 del Código Procesal Civil, artículos 18, 28, 29, 30, 83, 84, 464, 468, 494 y 495 del Código de Trabajo, se declara con lugar el presente proceso ordinario laboral interpuesto por Raquel de los Ángeles Olivas Rivas contra Ligia Pérez Villalobos. Se condena a la parte accionada al pago de los siguientes rubros: l) Por concepto de cuatro días de vacaciones la suma de trece mil trescientos treinta y dos colones, 2) Por concepto de aguinaldo cuatro doceavos lo que equivale a la suma de treinta y tres mil trescientos treinta y tres colones, 3) Por concepto de preaviso una semana lo que equivale a la suma de veinticinco mil colones, 4) Por concepto de cesantía siete días de salario lo que equivale a la suma de veintitrés mil trescientos treinta y tres colones, para un total de noventa y cuatro mil novecientos noventa y ocho. En cuanto al pago de intereses que pide la actora, se condena a la parte demandada al pago de réditos, únicamente en cuanto a los montos concedidos por concepto de preaviso y el auxilio de cesantía, los cuales se computarán a partir del momento en que finalizó la relación laboral, sea el veinticuatro de setiembre del dos mil ocho, (artículos 706, 702 del Código Civil, 15, 28 y 29 del Código de Trabajo). Conforme lo dispuesto en el numeral 221 del Código Procesal Civil; 494 y 495 del Código de Trabajo, se condena a la demandada al pago de las costas procesales y personales de esta acción, fijándose las personales en un quince por ciento del monto liquidado. Jorge Zúñiga Jaén, Juez. Expediente Nº 08-300124-0443-LA de Raquel de los Ángeles Olivas Rivas contra Ligia Pérez Villalobos.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía Aguirre y Parrita, Quepos.—Lic. Mario Bustamantes Bustamantes, Juez.—1 vez.—(32260).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sigifredo Antonio Maroto Vargas, fallecido el 18-02-2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones laborales bajo el Nº 09-000136-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000136-1021-LA. Por a favor de licenciada María Angélica Fallas Carvajal.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 1º de abril del 2009.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(32079).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Josefa Segura Martínez, mayor, viuda, pensionada, portó la cédula de identidad número 0201110796, vecina de Montecillos de Alajuela, fallecida el veintiuno de mayo de dos mil ocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el exp. 09-000067-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 09-000067-1022-LA de Josefa Segura Martínez a favor de Gerardo Benavides Segura.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de febrero del 2009.—Lic. Tatiana Murillo Jara, Jueza.—(32082).
Se cita y emplaza a los causahabientes de Rafael Ángel Madrigal Ceciliano, quien fue mayor, casado, técnico, cédula uno-cuatrocientos veintiséis-setecientos ochenta y uno, vecino de Curridabat, quien falleció el catorce de julio del dos mil ocho, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Expediente Nº 09-300004-0250-LA (6-09).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastian, 31 de marzo del 2009.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(32085).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Orlando Alfonso Thompson Dennis, quien fue mayor, soltero, ayudante de mecánico, portó la cédula de identidad número 7-0051-0475 y falleció el veintitrés de noviembre del dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones Nº 09-300021-0895-LA (1) de Orlando Thompson Smith.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Unión, 20 de marzo del 2009.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—(32261).
Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, que tenía derecho la trabajadora fallecida Judy Leony Bryan Mc. Leod, quien fue mayor, soltera, titular de la cédula de identidad número 7-049-781, vecina de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 08-00541-679-LA-2 establecido por Ada Bryan Mc. Leod.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de marzo del 2009.—Lic. Giselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(32262).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víquez Campos Elsa Juanita, quien fue mayor, soltera, 50 años, Licenciada en Planificación, vecina de Heredia, con cédula de identidad número 4-117-047, y falleció el 01 de setiembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 09-000075-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 09-000075-1021-LA a favor de Daisy Campos Barrantes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 20 de febrero del 2009.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(32263).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Ana Lucía Brenes Soto, quien fue mayor, soltera, miscelánea, portó la cédula de identidad número 3-0270-0503 y falleció el tres de marzo de dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 06-300004-0350-LA (06-09) de Ana Lucía Brenes Soto.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alvarado, 13 de abril de 2009.—Lic. Gissela González Sáenz, Jueza.—1 vez.—(32264).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Raymundo Matilde Morales Concepción se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 08-300011-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, 13 de marzo del 2009.—Lic. Marvin Duran Fernandez, Juez.—1 vez.—(32265).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Balta María de la Trinidad López Contreras, quien fue mayor de edad, costarricense, educadora, casada una vez, vecina de Bagaces, Ciudadela San Gerardo, con cédula Nº 05-0166-0643, se les hace saber que: Sergio Núñez Rojas, quién es mayor, viudo una vez, agricultor, portador de la cédula Nº 0501640480, vecino de Bagaces, Ciudadela San Gerardo, casa Nº 30-C, se apersonó en este despacho en calidad de conyugué supérstite de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersone en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecido Balta María de la Trinidad López Contreras, expediente número 08-000215-0942-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Liberia, 24 de marzo del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—(32266).
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido
Andrés Garay Murieribo se consideren con derecho a las mismas, para que dentro
del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí
establecidas bajo el número 09-300007-0478-LA, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por el articulo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado de Trabajo de Bribrí,
Talamanca, 13 de abril del 2009.—Inel Gibbons Gómez, Asistente Judicial.—1
vez.—(32267).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de devolución de prestaciones y dineros del fondo de capitalización laboral del señor Pedro Luis Castillo Pérez, quien fue mayor, soltero, laboró para la empresa de Servicio de Enderezado y Pintura S. A., vecino de Esparza, Marañonal, portó la cédula número 6-0351-0192, se consideren con derecho a las mismas, que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09-300013-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Puntarenas, 24 de marzo del 2009.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—(32268).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de devolución de prestaciones y dineros del fondo de capitalización laboral del señor Luis Gonzaga Cubero González, quien fue mayor, divorciado, laboró como guarda en el Restaurante Tábaris en Esparza, portó la cédula numero 6-0066-0539, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09- 300011-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Puntarenas, 10 de marzo del 2009.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—(32269).
Por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial se cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Florencio Medina Estrada, mayor, unión libre, vecino de San José, cédula de residencia 202-130354-0001; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas por María Teresa Rosales, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 09-000369-926-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Flores, 27 de marzo del 2009.—Msc. Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(32270).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Orlando Alfonso Thomson Dennis, quien fue mayor, soltero, ayudante de mecánico, vecino de Tres Ríos, Cartago, Urbanización Margarita, con cédula Nº 7-0051-0475, se les hace saber que: Rita Rosana Davis Smith, portadora de la cédula Nº 7-0124-0034, vecina de Tres Ríos, Cartago, Urbanización Margarita, se apersonó en este despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consagración de prestaciones del trabajador fallecido Orlando Alfonso Thomson Dennis, expediente Nº 09-000143-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de marzo del 2009.—Lic. Fabrizio Garro Vargas, Juez.—1 vez.—(32271).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 09-300014-0239-LA (18-09), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José Manuel Davila Oviedo, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, comerciante, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue el número 4-0094-0734; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Nuria María Marín Arias.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 27 de marzo del 2009.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(32272).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 09-300003-0239-LA (03-09), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José Clementino Díaz Rosales, quien en vida fue mayor, costarricense, divorciado, barbero, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 5-0075-0011; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Juana María Orozco Manzanares.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 25 de marzo del 2009.—Lic. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—1 vez.—(32273).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida fuese llamado Luis Manuel González Poveda, costarricense, cédula de identidad número 1-1333-0183, y quien falleciere el día veintidós de febrero de dos mil nueve, y que se consideren con derecho a las mismas, con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en Devolución de Ahorros de trabajador fallecido, expediente 09-300016-0891-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 23 de marzo de 2009.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(32274).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Ronald Solano Soto, quien fuera mayor, soltero, técnico en control de red, vecino de Desamparados, cincuenta metros al este y cincuenta al norte del Cuerpo de Bomberos, cédula de identidad número uno-mil sesenta y dos-doscientos treinta y tres, quien falleció el diecisiete de febrero del dos mil nueve, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral y extremos laborales, expediente número 09-300051-0237-LA (55-1-09), gestionada por Áurea María Soto Zamora contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital, Sociedad Anónima, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Desamparados, 27 de marzo de 2009.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—(32275).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Sandra Patricia Mora Delgado, mayor, de treinta y siete años de edad, identificación cédula de identidad número 1-0815-0258, para dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda. Consignación de prestaciones legales número: 09-300023-0917-LA-(32-09), de Sandra Patricia Mora Delgado promovida por Carlos Gustavo Sibaja Meza.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Escazú, 20 de marzo del 2009.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(32276).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Emmanuel Centeno Madrigal, mayor, de cuarenta y nueve años de edad, cédula de identidad número 1-0540-0991, para dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda. Consignación de prestaciones legales número 09-300022-0917-LA de Emmanuel Centeno Madrigal promovida por Karla Vanessa Arias Artavia.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía, Escazú, 20 de marzo del 2009.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(32277).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida María Isabel Calvo Campos, quien fue mayor, casada, educadora, costarricense, cédula Nº 1-0662-0704, vecina de San Pablo de León Cortés, barrio Montes de Oro; se consideren con derecho de las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas, bajo el número de expediente 2009-300005-0243-LA-4, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 23 de marzo del 2009.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—(32278).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Alcides Bermúdez Monge, quien fue mayor, casado, chofer de bus, costarricense, cédula número 1-0513-0404, vecino de San Marcos de Tarrazú; se consideren con derecho de las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas, bajo el número de expediente 2009-300007-0243-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés; San Marcos de Tarrazú, 23 de marzo del 2009.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—(32279).
Se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido Álvaro Villalobos Cambronero, de cincuenta y ocho años, casado, laboró para el Ministerio de Justicia y Gracia, vecino de Carrillos, Bajos de Poás, cédula de identidad Nº 2-0272-0556, quien falleció el veintiuno de junio del dos mil ocho, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en Consignación de prestaciones de trabajador fallecido y devolución de las cuotas correspondientes a Álvaro Villalobos Cambronero. Expediente Nº 08-300024-0314-LA-8, que se tramita en este despacho judicial, bajo apercibimiento que si no lo hacen, se entregará el importe a quienes de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas tengan derecho. Publíquese.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Poás, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Cristian Martínez Hernández, Juez.—1 vez.—(32348).
Se emplaza a los que con carácter de causahabientes del trabajador fallecido Alexander Castro Robles, quien fue mayor, soltero, vecino de Bajo Rodríguez de San Ramón, frente a la soda La Amistad, cédula de identidad número dos-quinientos treinta y uno-setecientos ochenta y cuatro, se consideren con derecho a las prestaciones económicas del occiso, para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren dentro de ese lapso las prestaciones económicas pasarán a quien corresponda (artículo 85 del Código de Trabajo). Exp. 09-300010-0297-LA (3A), Consignación de prestaciones legales de trabajador fallecido, causante: Alexander Castro Robles.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 19 de enero del 2009.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(32402).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Diego Nájera Vargas, quien fue mayor, casado, administrador, portó la cédula de identidad número 3-0202-0294 y falleció el diez de octubre de dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 09-300023-0895-LA-2 de Luis Diego Nájera Vargas.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 27 de marzo de 2009.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—(32844).
segunda publicación
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando advertencia administrativa del expediente 08-756-BI, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número ciento veintiséis mil cuatrocientos sesenta y cinco-cero cero cero; que es terreno con una casa, situado en distrito primero Quepos, cantón seis Aguirre de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, este, y oeste, Asociación por Desarrollo del Cantón de Aguirre; sur, calle pública con frente a ella de diez metros. Mide: doscientos metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Pablo Quesada Grajal. Para el primer remate se señalan las diez horas del cuatro de junio del año dos mil nueve con la base de seis millones ciento ochenta y siete mil ochenta y cinco colones cincuenta y cinco céntimos. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticinco de junio del año dos mil nueve con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta mil trescientos catorce colones con dieciséis céntimos; y para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintitrés de julio del año dos mil nueve con la base de un millón quinientos cuarenta y seis mil setecientos setenta y un colones con treinta y ocho céntimos. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100207-0188-CI (Interno 218-09-JB1) de Banco Popular contra Pablo Quesada Grajal.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 26 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 100701.—(32363).
En la puerta exterior de este despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ocho millones de colones, seis millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y dos millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cero seis ocho uno dos-cero cero cero, la cual es terreno de potrero y frutales. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cameron Clethbert Ebanks y Noé Cruz Castro; al sur, Alexis Gerardo Ballestero Alfaro; al este, calle pública con 76m de frente y Noé Cruz Castro, y al oeste, Río Sucio. Mide: cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados y 2) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de un millón novecientos ocho mil seiscientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos; un millón cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos setenta colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y cuatrocientos setenta y siete mil ciento cincuenta y seis colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cinco seis ocho cinco siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cameron Clethbert Ebanks; al sur, Noé Cruz Castro; al este, calle pública con 21,25m de frente, y al oeste, Noé Cruz Castro. Mide: mil trescientos noventa y cuatro metros con trece decímetros cuadrados. A las diez horas del doce de mayo del dos mil nueve, para el segundo remate se señalan las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve y para la tercera subasta se señalan las diez horas del once de junio del dos mil nueve. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Holcim de Costa Rica S. A. y Afines contra Noe Cruz Castro. Expediente Nº 09-000295-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 100708.—(32364).
En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbres y condiciones, limitaciones de leyes 7052, 7208 sistema financiero a las quince horas y quince minutos del seis de mayo del año dos mil nueve, y con la base de seis millones doscientos veintitrés mil ciento sesenta y cinco con 08/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Sonia Eduvilia Rodríguez Araya; al sur, Ana Gabriela Vargas Paniagua; al este, calle pública con un frente de 10 metros, y al oeste, IDA. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de mayo del año dos mil nueve, con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos setenta y tres con 81/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del nueve de junio del año dos mil nueve con la base de un millón quinientos cincuenta y cinco mil setecientos noventa y uno con 27/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Flora Edith Álvarez Bonilla. Expediente Nº 08-001616-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 03 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(32409).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0269-00000849-01-0002-001, limitaciones de las leyes Nº 7052 y 7208 a favor del Banco Hipotecario la Vivienda a las catorce horas del veinte de mayo del dos mil nueve y con la base de trescientos cincuenta y dos mil quinientos siete colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cuatrocientos diecisiete mil novecientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir Lote 209-H. Situada en el distrito siete, Patarra, cantón tres, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte avenida primera con ocho metros de frente; al sur Compañía Maron del Norte S. A.; al este lote 210-H y al oeste lote 208-H. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del ocho de junio del dos mil nueve, con la base de doscientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta colones con noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas del veintitrés de junio del dos mil nueve con la base de ochenta y ocho mil ciento veintiséis colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra María Cristina García González. Exp. Nº 09-000714-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2009.—MSc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(31750).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve y con la base de ciento sesenta y cinco mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y siete mil ochocientos seis-cero cero ocho, que es terreno para uso agrícola sito en distrito primero Jacó, cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con lote cinco; al sur y este, con Richard Clements Garson y al oeste, con Villa El Kilómetros S. A. y servidumbre en medio, mide: ochocientos metros cuadrados, según plano P-ochocientos veinticinco mil trescientos setenta y cinco-dos mil dos. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil nueve, con la base de ciento veinticuatro mil doscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil nueve, con la base de cuarenta y un mil cuatrocientos dólares (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Kuhlman Enterprises Ltda; contra Fivehippies Ltda. Exp. Nº 09-100111-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(31811).
En la puerta exterior de este despacho; las cuatro fincas libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil nueve, y con la base de por la finca 500339-000 la base será dos millones quinientos mil colones, por la finca 500340-000 la base será dos millones quinientos mil colones, por la finca 500341-000 la base será dos millones quinientos mil colones, por la finca 500342-000 la base será dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 500339-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con siete metros; al sur, lote 1-D; al este, lote 5-A, y al oeste, Esquivel González S. A. Mide: ciento once metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 500340-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con metros; al sur, lote 1-D; al este, lote 6-A, y al oeste, lote 4-A. Mide: ciento quince metros con seis decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 500341-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con veintiún metros con noventa y siete centímetros cuadrados; al sur, lote 1-D; al este, lote 5-A, y al oeste, Esquivel González S. A. Mide: ciento quince metros con seis decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección Propiedad bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 500342-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con diez metros con treinta y un centímetros; al sur, lote de facilidades comunales y parte con el lote 14-B; al este, lote 2-B, y al oeste, calle pública. Mide: ciento quince metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil nueve, con la base de por la finca 500339-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, por la finca 500340-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, por la finca 500341-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, por la finca 500342-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de julio del año dos mil nueve con la base de por la finca 500339-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones, por la finca 500340-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones, por la finca 500341-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones, por la finca 500342-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María De Los Ángeles Rojas Montero contra Carlos Alberto Esquivel Jiménez y Traesqui S. A. Expediente Nº 09-000409-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 100728.—(32365).
A las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones judiciales, pero soportando hipoteca de grado superior y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 106.952-000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rodolfo Tassier Palavicini; al sur, calle pública con 13 metros 18 cm; al este, calle pública con 08 metros 40 cm, y al oeste, Rodrigo Cordero Rojas. Mide: ciento cincuenta y siete metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve, con la base de un millón quinientos mil colones, y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de junio del dos mil nueve, con la base de quinientos mil colones. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Multiservicios Roluferma S. A., contra Carlos Durán Hidalgo, Erick Mauricio Durán Hidalgo. Expediente Nº 08-001663-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 01 de abril del 2009.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—Nº 100750.—(32366).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada a las quince horas y treinta minutos del trece de mayo del año dos mil nueve, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y nueve mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 15, bloque 25 con una casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 5; al sur, SOGECO S. A.; al este, lote 16, y al oeste, lote 14. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de junio del año dos mil nueve, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de julio del año dos mil nueve con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Pradera Sociedad Anónima contra Gilberth Alberto Rojas Ruiz. Expediente Nº 09-000252-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Nº 100757.—(32367).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas del cinco de junio del dos mil nueve, y con la base de setecientos treinta y nueve mil trescientos noventa y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 635324, marca Hyundai, año 1993, Vin 1500cc, cilindrada 1500cc, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecinueve de junio del dos mil nueve, con la base de quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y siete colones con 75/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del tres de julio del dos mil nueve con la base de ciento ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y nueve colones con 25/100 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de ABC Collections S. A., contra Domingo Jiménez Patiño. Expediente Nº 09-000124-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 31 de marzo del 2009.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—Nº 100824.—(32368).
A las nueve horas del trece de mayo de dos mil nueve, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de seis mil ciento nueve dólares con treinta centavos, o su equivalente en colones que deberá de ser calculado conforme el valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera al momento del pago, en el mejor postor remataré: Un vehículo, marca Kia, estilo Sportage Grand, modelo 1997, tracción doble, chasis KNAJA5265VA780557, categoría automóvil, carrocería familiar stationwagon, color azul, capacidad 05 pasajeros, placas número 343030. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 05-001175-0180-CI de Vehículos Internacionales (VEINSA) S. A., contra Angélica Badilla Hidalgo.—Juzgado Primero Civil de San José, 12 de marzo del 2009.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 100857.—(32369).
En el Juzgado Civil de Trabajo y Agrario de San Ramón, a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, y con la base de setenta mil dólares cada una y libre de gravámenes, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil ochocientos diecisiete cero cero uno la cual es lote 14-4 terreno para sembrar. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 14-3 y 14-5; al sur, servidumbre de paso con catorce metros de ancho con una salida a calle pública camino viejo a la Barca con un frente a ella de doscientos seis metros y doce centímetros; al este, lote 14-3, y al oeste, servidumbre agrícola de diez metros de ancho con un frente a ella de veintisiete metros y tres centímetros y en parte con finca de Consorcio M Y T Sociedad Anónima. Mide: veinte mil metros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil ochocientos diecisiete cero cero dos la cual es Lote 14-4 terreno para sembrar. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 14-3 y 14-5; al sur, servidumbre de paso con catorce metros de ancho con una salida a calle pública camino viejo a la Barca con un frente a ella de doscientos seis metros y doce centímetros; al este, lote 14-3, y al oeste, servidumbre agrícola de diez metros de ancho con un frente a ella de veintisiete metros y tres centímetros y en parte con finca de Consorcio M Y T Sociedad Anónima. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil nueve, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares (rebaja en un veinticinco por ciento) cada una y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil nueve con la base de diecisiete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial) cada una. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Joaquín Sánchez Alvarado contra Inversiones Zuraya S. A. Expediente Nº 08-000389-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 09 de febrero del 2009.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—Nº 100866.—(32370).
En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada citas 376-17862-01-0900-001 a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, y con la base de un millón trescientos sesenta mil noventa y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 499020-000 la cual es terreno para construir, lote 11 I. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda 6 con un frente de 6 metros; al sur, I.N.V.U.; al este, I.N.V.U., y al oeste, I.N.V.U. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil nueve, con la base de un millón veinte mil setenta y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil nueve con la base de trescientos cuarenta mil veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Construcción y Vivienda R. L., contra Sabas Gerardo López Rosales Expediente Nº 08 000669-0169-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 100905.—(32372).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes a las ocho horas y treinta minutos del once de mayo del año dos mil nueve, con la base de siete millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 214495, marca Nissan Frontier XE, año 2002, Vin 1N6DD26S82C350453, cilindrada 2400 cc, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio del año dos mil nueve con la base de un millón ochocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fundación para el Desarrollo de Base, FUNDEBASE contra Abner Cortés Villegas. Expediente Nº 08-023779-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 100966.—(32373).
A las catorce horas treinta minutos del cinco de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este juzgado, soportando anotación del Banco Popular y Desarrollo Comunal inscrita al tomo 576 folio 46838, se celebrarán los siguiente remates al mejor postor: 1: con la base de un millón cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos cincuenta colones, la finca del partido de Alajuela número trece mil cuarenta y nueve-cero dos cinco, que es terreno de agricultura y montaña, sito en el distrito seis San Juan del cantón seis Naranjo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Guadalupe Cordero; sur, calle pública quebrada y otro; este, Quebrada medio y otro, y al oeste, Suc Torino Morales. Mide: cuatrocientos cincuenta mil setecientos ochenta y siete metros con noventa y dos cincuenta cuadrados, plano catastral: A-cero cuatro uno nueve seis ocho nueve. 2: En caso de que el remate indicado no se rematara el bien, la segunda subasta, con la base de un millón ciento veinticuatro mil ciento treinta y siete colones con cincuenta céntimos se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de junio del año dos mil nueve, 3: Si a este segundo remate tampoco se presentaran ofertas, la tercera se celebrará se celebrará con la base de trescientos setenta y cuatro mil setecientos doce colones con cincuenta céntimos, a las catorce horas treinta minutos del tres de julio del dos mil nueve. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 08-100452-0295-CI, de Ana Lucía Cubero González contra Elizabeth River Vargas, Juan José Rivera Chinchilla y Rosa Ángel Rivera Vargas.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 26 de marzo del 2009.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—Nº 100970.—(32374).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando boleta de infracción Nº 2007292498, sumaria Nº 08-001855-0174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas, del dos de junio del dos mil nueve y con la base de treinta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número siete cero dos uno cinco nueve, marca Toyota, año 2008, Vin JTEBY25J100057351, cilindrada 2.982 cc., color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas del diecisiete de junio del dos mil nueve, con la base de veintidós mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas del dos de julio del dos mil nueve, con la base de siete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Raúl Alejandro Alvarado Chaves y Raúl Francisco Alvarado Calvo. Expediente Nº 09-000515-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(32708).
A las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de nueve mil trescientos cincuenta y siete dólares con setenta y cinco centavos (correspondientes a la rebaja del veinticinco por ciento), en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas quinientos cincuenta y tres mil novecientos dieciséis, marca Suzuki, carrocería familiar, capacidad cinco personas, año dos mil cuatro, color gris, motor M13A1350792, chasis SAFHX 51S45171051, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 08-000199-184-CI, de Banco BAC de San José contra Luis Rodolfo Cerdas Ross.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 13 de abril del 2009.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(32709).
A las nueve horas del ocho de mayo de dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón novecientos veinticuatro mil ochocientos treinta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 343968, marca Kía, estilo Sportage MRI, año 1993. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Roberto Jiménez Rosabal contra Lucía Navarro Corella, Luis Concepción Ramírez Centeno. Expediente Nº 06-019194-0170-CA.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de abril del 2009.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—(32854).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las trece horas treinta minutos del siete de mayo del año dos mil nueve, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil setecientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote dos. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con siete metros con cincuenta centímetros; al sur, Berta Loáiciga; al este, lote uno de Alberto Centeno Ruiz, y al oeste, Alberto Centeno Ruiz. Mide: ciento cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de mayo del año dos mil nueve, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil nueve, con la base de quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael Rivas Arroliga. Expediente Nº 09-000358-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(32883).
A las once horas del once de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones y servidumbre trasladada y con la base de quinientos treinta mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cincuenta y tres mil doscientos tres-cero cero cero. Que es terreno: construir con una casa Nº 539. Sito: distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Linderos: norte, calle pública; sur, este, y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ochenta y nueve metros con setenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 03-017809-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra María del Carmen Rojas Gómez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de marzo del 2009.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 101135.—(32946).
A las ocho horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones doscientos cuarenta y nueve mil doscientos colones al mejor postor se rematará: finca del partido de San José matrícula cuatrocientos diecisiete mil ciento cincuenta y seis-derecho cero cero dos, que es terreno con una casa de habitación. Linda: al norte, quebrada en medio, Amparo Quesada Torres, calle pública con un frente de 11,17 metros, Juan Arias Aguilar; sur, Deusdedit Mora Zúñiga; este, INVU, y al oeste, Deusdedit Mora Zúñiga. Mide: cuatro mil seiscientos noventa y cuatro con diez metros cuadrados según el plano catastrado número SJ-cuatro nueve tres cero ocho nueve-ochenta y tres. Lo anterior por ordenarse así dentro de ordinario Nº 96-100767-0197-CI., de Alicia Berrocal Ramírez contra Sonia Mora Madrigal.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 15 de abril del 2009.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—Nº 101141.—(32948).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de primer grado vencida, sea la suma de trescientos sesenta y cinco mil dólares; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea el inmueble del partido de Alajuela, matrícula Nº 00411226-000, cuya naturaleza es terreno de café. Situada: en el distrito de San Pedro, del cantón de Poás, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Hacienda La Hilda Sociedad Anónima; al sur, Fidel Herrera Murillo; al este, río Poás; al oeste, calle pública. Mide: cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y un metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano Nº A-0777410-2002. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil nueve. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil nueve, con la base de doscientos setenta y tres mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de julio del dos mil nueve, con la base de noventa y un mil doscientos cincuenta dólares (un 25%). Publíquese dos veces, en días consecutivos en el Diario Oficial (Artículo 21.5 Ley Cobro Judicial). Expediente Nº 09-100010-0314-CI. Proceso de ejecución hipotecaria de la Municipalidad del cantón de Poás c/ El Real V H Ltda.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Poás, 15 de abril del 2009.—Lic. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—(33094).
Se señalan las nueve horas del quince de mayo del dos mil nueve, para celebrar la junta de reconocimiento de créditos dispuesta por nuestro ordenamiento conforme a los numerales 904, 909 y 910 del Código de Comercio, así como el numeral 792 del Código Procesal Civil, la junta se verificará en este despacho. Publíquese el edicto correspondiente en el Boletín Judicial por una vez y con ocho días de anticipación, a la fecha señalada. Quiebra de Mercados Casuales de Costa Rica S. A. Expediente Nº 04-000391-183-CI.—Juzgado Concursal del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Gilda María Gatgens Gómez, Jueza.—1 vez.—Nº 100889.—(32371).
Se convoca a todos los accionistas de la sociedad Centro Educativo Bosque Verde S.C. Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento noventa y cinco mil quince, para que se apersonen en el domicilio social de la compañía “Centro Educativo Bosque Verde S.C. S. A., sito en Ciudad Quesada, San Carlos, 50 metros norte de la plaza del barrio del Carmen a las diez horas del once de mayo del dos mil nueve. Lo anterior con el fin de efectuar una junta de conformidad con lo establecido en los numerales 159, 160, 161 y 166 del Código de Comercio, y 819 del Código Procesal Civil. El orden del día será el que se indica a continuación: 1) Dicha asamblea deberá de celebrarse en el domicilio social de la compañía, ubicado en Ciudad Quesada, San Carlos, 50 metros norte de la plaza del barrio del Carmen, que es la casa de habitación del señor Manuel Emilio Hidalgo Orozco, representante del citado centro educativo, por lo que deberá éste mantener abiertos los portones y puertas de acceso a su casa de habitación, a la hora y fecha que se señale para la celebración de la referida Asamblea. 2) El orden del día deberá necesaria e ineludiblemente de contener la siguiente relación de asuntos: A) Informe y justificación del presidente sobre las transferencias y el manejo de fondos de los dineros de la compañía Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A (Green Forest School) en el mes de julio del año 2007, hacia la cuenta Nº 900216 a nombre de María Cecilia Arroyo Bolaños en Coocique R. L., B) Con vista del resultado del informe pedido en el punto A) del orden del día, dar un voto de confianza al Presidente o proceder en forma inmediata a la revocatoria de su nombramiento, y proceder a la elección de nuevos miembros de la junta directiva y el fiscal. C) Aprobación de la eliminación de la cuenta Nº 900216 a nombre de María Cecilia Arroyo Bolaños en Coocique R. L., para uso de la operación de la compañía Centro Educativo Bosque Verde S.C. S A, (Green Forest School). D) Cambio del domicilio social de la sociedad Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) a la dirección de operación comercial de la misma, en las instalaciones de Green Forest School, un kilómetro y medio al norte del Hospital de San Carlos, Barrio Cedral. E) Nombramiento de Administrador con poderes generales de administración de la institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). F) Ordenar y mantener la custodia de los libros legales de Actas de Asamblea, de Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, en las instalaciones de la institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A, (Green Forest School) ubicadas un kilómetro y medio al norte del Hospital de San Carlos, Barrio Cedral. G) Solicitar la realización de una auditoría externa, a fin de que examine todos los registros contables de la empresa, para lo cual se abrirá por un plazo no mayor de quince días hábiles, una oferta pública, a despachos y/o firmas de contadores públicos autorizados, a fin de escuchar ofertas, y escoger en el plazo de ocho días hábiles, después de finalizada la recepción de ofertas, la opción más adecuada para la compañía Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School). Dicha escogencia será potestad exclusiva de la asamblea de accionistas. H) A fin de realizar dicha auditoría deberá el presidente de la compañía, señor Manuel Emilio Hidalgo Orozco, poner a disposición de la firma y/o contador elegido los Estados Financieros (Balance de situación, estados de resultados, estados de cambios en la posición financiera base efectivo) con sus respectivos auxiliares de cuenta por cobrar, cuentas por pagar, inventarios, activos fijos, gastos, ingresos, de octubre 2006 a setiembre 2007 inclusive. I) Informe a la Asamblea de Accionistas de los nombres de las personas autorizadas a firmar en la cuenta Nº 7690-2 del Banco de Costa Rica, recientemente abierta. J) Brindar el detalle y comprobante de los cheques girados a partir del 12 de julio del año 2007, al día en que se celebre la asamblea, de la cuenta Nº 7690-2 del Banco de Costa Rica, a nombre de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). K) Brindar el detalle de movimientos y estados de cuenta de la cuenta Nº 7690-2 del Banco de Costa Rica, a nombre de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). L) Brindar el detalle de movimientos y estados de cuenta de la cuenta Nº 900216 a nombre de María Cecilia Arroyo Bolaños en Coocique R. L., a partir del mes de febrero del año 2007 y hasta la fecha en que ella tiene esta cuenta a disposición de la compañía, según nota con fecha del 15 de julio del año 2007, notificada a los accionistas. M) Brindar el detalle de los ingresos por mensualidad, recibidos directamente en las cuentas bancarias citadas arriba, de cada padre de familia de los alumnos de la Institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). N) Brindar el detalle de los ingresos por mensualidad recibidos en las oficinas administrativas de la escuela, y sus respectivos depósitos, a partir del 12 de julio del año 2007, a la fecha en que se celebre la Asamblea solicitada. O) Brindar el detalle de los ingresos por venta de soda propiedad de la Escuela Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) el respectivo cierre de caja diario y el depósito en el banco, a partir del 12 de julio del 2007, a la fecha en que se celebre la Asamblea. P) Entregar copia de la planilla interna de la empresa Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) del mes de julio, agosto y setiembre inclusive del año 2007. Q) Entregar copia de la planilla de la Caja Costarricense de Seguro Social, y de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional, de los meses de julio, agosto y setiembre del año 2007, de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School). R) Entregar una copia de los Informes académicos de la señora Msc. Nydia Durán, de los meses de julio, agosto y setiembre inclusive del 2007, Directora de la Institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School) y S) Entregar un informe detallado de los ingresos y gastos provenientes del convenio comercial suscrito entre Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) y Centro Cultural Costarricense Norteamericano. Adicionalmente, se tratarán aspectos relativos a la modificación de las cláusulas de administración y domicilio. Convocatoria judicial de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Bosque Verde S.C. S. A. Expediente Nº 07-100754-0297-CI, establecido por Kutris Consultores J.P.L. Sociedad Anónima contra Centro Educativo Bosque Verde S.C. Sociedad Anónima.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(33054).
Se convoca a todos los interesados a la junta que se llevará a cabo en este Despacho a las catorce horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio de quien en vida se llamó Gustavo Adolfo Quesada Oviedo, quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de Pénjamo de Florencia, 150 metros antes del supermercado, cédula de identidad Nº 2-439-225. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de marzo del 2009.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 101254.—(33245).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gabriel Valerio Campos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del diecinueve de mayo de dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-100349-0341-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 03 de abril del 2009.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—Nº 101258.—(33246).
Se convoca a los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue Fernando Cisneros Cisneros, mayor, casado una vez, agricultor, cédula Nº 9-039-275, vecino de Limón, a una junta que tendrá lugar en este Despacho a las diez horas del cuatro de junio del dos mil nueve, para los fines del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 97-100309-0462-CI-2.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 31 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 101294.—(33247).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000373-039l-AG/4, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Ángel Padilla Villegas quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Lázaro de Nicoya, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-071-052, profesión ganadero, José María Espinoza Espinoza quien es mayor, estado civil viudo una vez, vecino de La Virginia de Nicoya, portador de la cédula de identidad número 5-084-291, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito primero (Nicoya), cantón segundo (Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y cinco metros con treinta y tres centímetros lineales; al sur Ilda Bermúdez Morales y Florentino Gutiérrez Fajardo, ambos en partes; al este calle pública con un frente a ella de quinientos noventa y cinco metros con noventa y cinco centímetros lineales y Mariano Rodríguez Lobo y al oeste con calle pública con un frente a ella de mil cincuenta y seis metros con treinta y cuatro centímetros lineales. Mide: cuarenta hectáreas cinco mil trescientos sesenta y tres metros con treinta y seis decímetros cuadrados, según datos del plano número 5-1234578-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en práctica de la agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Ángel Padilla Villegas Expediente 07-000373-0391-AG/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 23 de marzo del 2009.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 100671.—(31683).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 08-000278-0296-CI, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria por parte de Inés Cruz Steller, quien es
mayor, estado civil casada una vez, vecina de Calle León de Santiago de San
Ramón, Alajuela, 75 metros sur de la escuela, portadora de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 02-0227-0513, profesión ama de casa, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno sin inscribir, con una casa de habitación. Situada en el distrito
Santiago, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
David León Molina y quebrada en medio; al sur, calle pública con un frente de
veintidós metros y siete decímetros; al este, Elías Gerardo Murillo Corrales y
al oeste, Fabián Castro Chavarría. Mide: 546 metros y 32 decímetros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en limpieza, cercado y cuido del terreno. Que
no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Inés Cruz Steller. Expediente 08-000278-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de marzo del 2009.—Lic. Tatiana
Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—(32101).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000278-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Juan Osvaldo Ramírez Sandí, quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de San José, Aserrí, 50 metros al norte de la Iglesia Mormona, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 6-273-276, profesión ingeniero de sistemas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para reforestar. Situada: en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y dos metros con setenta centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta y ocho metros con setenta y ocho decímetros lineales; al este, Arnoldo Sandí Suazo y al oeste, Arnoldo Sandí Suazo. Mide: tres mil nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que me hiciera mi padre Germán Gerardo Ramírez Vargas, portador de la cédula de identidad Nº 6-113-233, en el año dos mil siete, traspasándome su posesión de más de diez años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, cercas, agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juan Osvaldo Ramírez Sandí. Expediente Nº 08-000278-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 6 de marzo del 2009.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 100684.—(32375).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000075-0993-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Román Chavarría Álvarez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Las Quebradas de Santiago, Palmares de Alajuela, frente al templo católico, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 0202040263, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito Santiago, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Flor María Chavarría Chavarría; al sur, Olga María Chavarría Chavarría; al este, calle pública con un frente a esta de seis metros y diecisiete centímetros lineales y al oeste, María Silvina Castrillo Obregón. Mide: ciento treinta y nueve metros con treinta y dos decímetros lineales cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por medio de posesión derivada y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en deslindar y cercar el terreno, reparar las cercas, limpiar la maleza, cultivar el terreno y los demás actos posesorios inherentes a la naturaleza del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Román Chavarría Álvarez. Expediente Nº 08-000075-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 4 de marzo del 2009.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 100706.—(32376).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000530-0386-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de María Lourdes Martínez Lacayo, quien es mayor, soltera, ama de casa, vecina de Bagaces, setecientos metros al este de Coopebagatzí R.L., cédula de identidad número cinco-doscientos sesenta y uno-setecientos cincuenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir. Situada: en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María de Los Ángeles Briceño Gutiérrez; al sur, Claudia López Zúñiga; al este, calle pública con un frente a ella de ocho metros cincuenta y nueve centímetros lineales, y al oeste, Banco Nacional de Costa Rica. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera la señora Susana Solano Castro, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y uno-ochocientos diecinueve, vecina de Bagaces, en fecha veintitrés de enero del dos mil nueve, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por María Lourdes Martínez Lacayo. Expediente Nº 08-000530-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 13 de marzo del 2009.—Lic. Deyanira de La Trinidad Abarca Vásquez, Jueza.—1 vez.—Nº 100723.—(32377).
Se le hace saber a todas las partes e interesados que en este Juzgado se tramita proceso de Información Posesoria promovido por Leda Carvajal Oviedo, con cédula Nº 1-429-347, vecina de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 50 metros norte Oficinas Centrales de Coopealianza. A efecto de inscribir a su nombre el inmueble que se describe así: 1) Que es terreno con una casa de habitación en mal estado y frutales. Ubicado: en el distrito segundo Palmar, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Mide: mil ciento noventa y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Linderos: norte, Felito Varela Mendoza y Clauver Huertas Buves; sur, frente de 48.15 metros lineales a calle pública; este, frente de 48.15 metros lineales a calle pública, y oeste, frente de 41.47 metros lineales a servidumbre de paso y María Cecilia Mendoza Mendoza. Plano Nº P-1276485-2008. Se cita con el término de un mes a todos los que se consideren con derecho para que presenten sus alegaciones correspondientes en este despacho, dentro del expediente Nº 08-100059-423-CI-1.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, 23 de marzo del 2009.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—Nº 100892.—(32378).
Se hace saber que ante Juzgado Agrario de Cartago, se tramita el expediente Nº 07-001677-0640-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte Minor Salazar Salazar, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-doscientos treinta y ocho-seiscientos noventa y siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Sita: en Villa Mils, distrito once Páramo y tres Orosi, del cantón diecinueve de Pérez Zeledón, de la provincia uno San José y tres Cartago. Linda: norte, Carretera Interamericana Sur, ruta dos con una medida lineal de frente a calle pública principal de setecientos noventa y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados; sur, calle pública antiguo camino a San Isidro de El General con una medida lineal de frente a camino público de ochocientos ochenta y un metros con noventa y ocho decímetros cuadrados; sureste, calle pública antiguo camino a San Isidro de El General con una medida lineal de frente a camino público de doscientos setenta y cuatro metros con trece decímetros cuadrados; al suroeste, calle pública antiguo camino a San Isidro de El General con una medida lineal de frente a camino público de doscientos sesenta y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Mide: diecinueve hectáreas con dos mil ochocientos treinta y seis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano catastro número C-uno dos cero tres cinco seis cinco. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que está información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y continua, que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cuido de la propiedad y la cosecha de productos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, según se constata en el Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto que dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho ha hacer valer sus derechos. Es todo.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Rafael Agustín Corrales Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 100911.—(32379).
Isidro Arce Vega, mayor de edad, casado una vez, vecino de Desamparados, del BAC San José, 75 metros al este, cédula de identidad número cuatro-cero ochenta y ocho-setecientos cincuenta y uno, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de potrero. Situado: en Sardinal, distrito tercero Sardinal, del cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Leda Lucía Hernández; sur, Leda Lucía Hernández; este, Leda Lucía Hernández, y oeste, Antonio Díza Rodríguez, Luis Alberto Apú Gallo, Martha Oviedo Salazar y calle pública. Según plano catastrado número G-un millón doscientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro-2007, mide de extensión treinta y tres mil seiscientos dos metros con noventa y un decímetros. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por compra verbal, a Julia Gallo Gallo. Estima el inmueble y la diligencia en la suma de cinco millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Isidro Arce Vega. Expediente Nº 08-000019-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 23 de enero del 2009.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 100915.—(32380).
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000707-0388-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Juana María García Ordóñez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de la Comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la Escuela Pública, doscientos metros norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero doscientos noventa-cero cuatrocientos cincuenta y cuatro, profesión ama de casa, y Miguel Ángel García Ordóñez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la Escuela Pública, doscientos metros norte, portador de la cédula de identidad número cinco-cero doscientos cincuenta y uno-cero novecientos cuarenta y ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada: en el distrito segundo Palmira, cantón quinto Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de diez metros nueve centímetros lineales; al sur, Hilaria Mora Ruiz; al este, Alba Espinoza Palma, y al oeste, María Isabel Suárez Vallejos. Mide: trescientos seis metros cuadrados con cincuenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº G-584310-1999 de fecha 17 de setiembre de 1999. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre señor Jesús García García, mayor, casado una vez, agricultor, pensionado, vecino de Comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la Iglesia Católica trescientos metros al este, con cédula de identidad número cinco-cero ciento veintisiete-cero seiscientos ochenta y cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la reparación de cercas, limpieza del terreno, rondas, siembra de arboletes frutales y plantas ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juana María García Ordóñez y otro. Expediente Nº 07-000707-0388-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, 29 de setiembre del 2008.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 100918.—(32381).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Sergio Valverde Alpizar, quien en vida fue mayor, casado una vez, misceláneo, agricultor, portador de la cédula de identidad uno-cero ciento sesenta y uno-cero novecientos setenta y seis, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasaría quien corresponda. Exp. Nº 09-100040-0891-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 18 de marzo del 2009.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—Nº 100338.—(31684).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Misael Sibaja Artavia, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Barrio San Martín de Ciudad Quesada, San Carlos, ciento veinticinco metros sur de la antigua Pulpería El Marino en calle Man, cédula 2-135-978, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Misael Sibaja Artavia. Notaría pública del Lic. Ronald Córdoba Artavia, (4139), domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, cincuenta metros sur de los Tribunales de Justicia, segundo piso del edificio Farrier.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las diecisiete horas del día quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 100408.—(31685).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Etelvina Artavia Carvajal, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Barrio San Martín de Ciudad Quesada, San Carlos, ciento veinticinco metros sur de la antigua pulpería El Marino en Calle Man, cédula 2-135-978, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Etelvina Artavia Carvajal. Notaría Pública del Lic. Ronald Córdoba Artavia, (4139), domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, cincuenta metros sur de los Tribunales de Justicia, segundo piso del edificio Farrier.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las once horas del día quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Ronald Córdoba Artavia.—1 vez.—Nº 100409.—(31686).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Arbinio Antonio Rebustillo, quien fuera de nacionalidad norteamericano, mayor, casado una vez, pensionado, pasaporte número cero cuatro tres seis cuatro dos tres ocho siete, vecino de Miami, Florida, Estados Unidos de América. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000612-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—Nº 100424.—(31687).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Lidieth Murillo Rodríguez, mayor de edad, viuda de sus únicas nupcias, ama de casa, vecina de San Francisco de Guadalupe, Goicoechea, veinticinco metros norte de la Guardia Rural, titular de la cédula de identidad número uno-doscientos noventa y nueve-trescientos sesenta y dos, a las trece horas del ocho de marzo de dos mil siete y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos Luís Flores Moya, mayor de edad, casado una vez, pintor, vecino de San Francisco de Guadalupe, Goicoechea, titular de la cédula número uno-doscientos setenta-trescientos ochenta y tres, fallecido el veintitrés de julio de dos mil seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Gladys Marín Villalobos. Avenida diez entre calles once y trece, Bufete Alfaro y Asociados. Teléfono 2257-3019.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 100439.—(31688).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Felipe Solano Loaiza, quien fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de Cartago, con cédula de identidad Nº 300970892. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000475-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 100450.—(31689).
Se cita y emplaza a todos los posibles interesados en la sucesión del señor Cantalicio Barrantes Alfaro, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número cinco-cero treinta y tres-cuatrocientos cuarenta cuatro, vecino en sus últimos días de Tirrases de Curridabat, de la Escuela América, cincuenta metros este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio extrajudicial que se ha abierto ante la notaría del notario Alfredo Andreoli González, sita en la siguiente dirección: San José, Escazú, Centro de Negocios Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, Bufete Zürcher Odio & Raven, lugar en donde se deberán presentar los posibles interesados en el plazo antes dicho. Escritura número veintiséis-ciento veinticuatro, otorgada en San José, a las ocho horas del trece de abril del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 100522.—(31690).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Oldemar Ramón Novarro Jara, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Desamparados, cédula tres-cero ciento treinta-cero ciento nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones. Expediente número 2009-007, San José, 5591 Ench. Lourdes, San Pedro de Montes de Oca, 100 noreste de la Universidad Fidelitas, fax 2224-6373.—San José, veintisiete de marzo del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 100564.—(31691).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Freddy Villalobos Camronero, Yendry Villalobos Montero, Ricardo Alonso Villalobos Montero, a las once horas del diecinueve de enero de dos mil nueve comprobado el fallecimiento ante esta notaría declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Roxana Montero Acuña. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Francisco Chaves, ubicada en Zapote, Frente al Archivo Nacional, edificio Tax and Labor. Teléfono 2280-9922.—Lic. Francisco Salas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 100570.—(31692).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Cecilia Fonseca Calvo, quien fuera mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San José, León Trece, portadora de la cédula número 3-200-1401. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001133-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de marzo del 2009.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Nº 100575.—(31693).
Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ronald Alberto Rodríguez Ramírez, quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula 1-0902-0124, vecino de San Vicente de Santo Domingo de Heredia, del Domingueño, 75 metros este, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 08-000243-504-CI-II.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 2 de setiembre del 2008.—Lic. Karina Quesada Blanco, Jueza.—1 vez.—Nº 100584.—(31694).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la señora Edna Geraldine Smothers, único apellido en razón de su nacionalidad, quien fuera mayor, viuda de su único matrimonio, ama de casa, ciudadana estadounidense, portadora del carné de seguro social de su país número cinco cuatro dos-dos ocho-siete nueve cero cero, quien tuvo su domicilio en Yahima, Estado de Washington, Estados Unidos de América, quien falleciera el día cinco de marzo de mil novecientos noventa y siete; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legitimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2009-8889. Notaría del licenciado José Germán Zamora Leal, sito 125 metros norte de Radio Cultural, Nicoya, Guanacaste. Teléfono: 2686-7569, Fax: 2686-4885. Póngase a disposición del interesado.—Lic. José Germán Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 100601.—(31695).
Se hace saber que en esta notaría, se tramita sucesorio notarial de Jorge Masís Núñez, quien en vida fue mayor, casado una vez, farmacéutico, cédula uno-ciento cuarenta y cinco-novecientos dieciocho, vecino de Moravia, Residencial Los Colegios, quinientos metros este del Colegio de Ingenieros Agrónomos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente dos mil nueve-cero cero cero uno. Notaría del Lic. David Alberto Aguilar Gutiérrez, San José, avenidas diez y doce, calle once, número diez cincuenta y cuatro, CPCJ Abogados.—Lic. David Alberto Aguilar Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 100609.—(31696).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesaos en la sucesión de quien fue Lulú Chaverri Solano, viuda una vez, ama de casa, vecina de Cartago, cédula uno-ciento tres-mil quinientos noventa y nueve, dentro de término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan, a mi despacho situado en Cartago, calle ocho avenida primera para hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Lulú Chaverri Solano, expediente número 09-001.—Cartago, 31 de marzo del 2009.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 100628.—(31697).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eladio Fernández Aguilar, quién fue mayor, casado y vecino de Barranca Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-100205-0432 CI-1.—Juzgado Menor Cuantía de Puntarenas, 9 de marzo del 2009.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Nº 100652.—(31698).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Domingo Torres Vallejos, quién fue mayor, casado una vez, nacionalidad costarricense, con cédula de identidad 6-038-235 y vecino de Barranca, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibido de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-100332-432-CI-4.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 30 de marzo del 2009.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Nº 100653.—(31699).
Los señores Gabriel Gallegos Valdés, Gabriel Augusto, Carlos Roberto, Fernando y Enrique todos de apellidos Gallegos Ramírez, como únicos y universales herederos, han solicitado la tramitación en sede notarial de la sucesión de quien en vida fue, Julia Ramírez Rodríguez. Se convoca a los interesados para que dentro del término de treinta días concurran a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil.—San José, 2 de abril del dos mil nueve.—Lic. Virgilio Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 100662.—(31700).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien fue Roberto Navarro Camacho, soltero, agricultor, vecino de Cartago, cédula tres-ciento veintiséis-novecientos veinte, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan, a mi despacho situado en Cartago, calle ocho, avenida primera, para hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Roberto Navarro Camacho Expediente número: 09-002.—Cartago, 1 de abril del 2009.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 100629.—(31701).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gilbert González Castro, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, quien tuvo domicilio en Escazú, 250 metros sur y 100 metros oeste de la antigua fábrica de Muñecas, cédula de identidad dos-doscientos veintiséis-seiscientos setenta y cinco. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en esta sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000036-183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 23 de marzo de 2009.—Lic. Osvaldo López Zamora, Notario.—1 vez.—(31747).
Se hace saber a todos cuantos consideren tener interés, que en mi notaría, sita en el Parque Empresarial Forum II, Edificio A, cuarto piso, Santa Ana, se tramita la sucesión notarial legítima de quien en vida fuera Pierfrancesco Munari, de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor de edad, divorciado, economista, vecino, al momento de su muerte de Frankfunrt, Alemania, con pasaporte italiano número B368653. Se advierte a esas personas que cuentan con el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, publicación que se hará en el Boletín Judicial por una sola vez. Se advierte que en caso de que tales interesados no se apersonaren, el patrimonio del causante o herencia pasará a quien corresponda. San José, treinta y uno de marzo del dos mil nueve. Gino Cappella Molina, albacea provisional.—San José, 13 de abril del 2009.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—(31754).
Por escritura número uno, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las nueve horas del veintiocho de febrero del año dos mil ocho, y visible al folio uno frente y vuelto del tomo número cincuenta y cinco de mi protocolo, se solicitó apertura del proceso sucesorio extrajudicial de: Leonarda Josefa Espinoza Rodríguez, cédula número seis-cero cincuenta y cuatro-quinientos cincuenta y uno. Se cita a los interesados y herederos a apersonarse en las oficinas de dicha profesional ubicada en Ciudad Quesada, altos del Súper Granada, a hacer valer sus derechos.—Ciudad Quesada, trece de abril del año dos mil nueve.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 100422.—(31925).
En mi notaría se inicia proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fue Manuel Méndez Ramírez, se nombra albacea propietaria a la señora Dunia Méndez Arguedas. Cita y emplaza a terceros interesados para que en el plazo de treinta días se apersonen a esta notaría para hacer valer sus derechos.—San José, 20 de marzo del 2009.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 100640.—(32040).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marco Tulio López Valverde, quien fuera mayor, divorciado, ingeniero de sistema, vecino de San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad Nº 01-0408-0033. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-000818-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 27 de marzo del 2009.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(32105).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Adilia Rojas Vega, quien fuera mayor, casada una vez, ocupaciones del hogar, con cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y cuatro-doscientos cincuenta y seis, vecina de Heredia, Mercedes Sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000529-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(32214).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio notarial de Hilda Cedeño Segura, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número nueve-cero cuarenta y cinco-cuatrocientos veintiuno, vecina de Barranca, ciento setenta y cinco metros oeste del Bar Ego. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, citen herederos, legatarios, acreedores y a todo aquel que crea tener derecho dentro del presente sucesorio, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2008. Notaría de Elga Bolaños Gutiérrez, contiguo al Restaurante La Casona de Puntarenas Centro.—Puntarenas, 16 de abril del 2009.—Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 100686.—(32382).
Ante la notaría de la Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, con oficina en la ciudad de Esparza de Puntarenas, setenta y cinco metros al norte de la Escuela Arturo Torres, bajo expediente notarial Nº 06-401035-421-FA-4 (Notarial), se tramita en sede notarial el sucesorio de la señora Josefa Muñoz González, cédula Nº 6-026-053, donde se citan a herederos, legatarios, acreedores y a todo aquel que crea tener derecho dentro del presente sucesorio, a efectos de que se apersonen a mi oficina a legalizar sus créditos y derechos.—Esparza, 5 de diciembre del 2008.—Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 100685.—(32383).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Aida Valenciano Carvajal y Marcos Salvador Arias Valenciano, a las diecisiete horas del trece de abril del dos mil nueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos Arias Aguilar, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Santa Ana centro, setecientos metros este de pulpería La Guaria, cédula número uno-ciento diecinueve-siete mil cuatrocientos setenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Lic. José Ramón Sibaja Montero, notario público con oficina en Santa Ana, San José, quinientos metros oeste de panadería Musmanni.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 100689.—(32384).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Bertilda Céspedes Blanco, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de Goicoechea, con cédula Nº 1-197-481, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2009. Notaría del Bufete del Lic. Manuel E. Zúñiga Urrutia, sita 100 metros oeste y 125 norte de Radio Columbia, Zapote.—Lic. Manuel E. Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—Nº 100712.—(32385).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Mercedez Muñoz Mata, quien fuera mayor, casada una vez, del hogar, vecina del Barrio Santa Cruz de Buenos Aires de Puntarenas, 75 metros al norte del Templo Católico, con cédula de identidad Nº 1-0247-0731, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en el Edificio Garrido de Buenos Aires de Puntarenas, frente a Importadora Monge, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo antes indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 1707-2008 sucesorio. Albacea provisional: José Luis Chacón Muñoz. Publíquese.—Buenos Aires de Puntarenas, 17 de julio del 2008.—Lic. Víctor Garrido Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 100741.—(32386).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio de Jesús López Vega, quien fuera mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número cinco- ciento dieciocho-novecientos cincuenta y cuatro, vecino de Bello de Horizonte de La Cruz. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000163-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 31 de marzo del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 100748.—(32387).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados a la sucesión ad intestada en sede notarial, de quien en vida se llamó Gladys Espinoza Sequeira, quien fue mayor, soltera, del hogar, quien portó el número de cédula cinco-cero ochenta y dos-doscientos dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiendo de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque.—Nicoya, Guanacaste, a las catorce horas diez minutos del catorce de abril del dos mil nueve.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 100814.—(32388).
Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados a la sucesión ad intestada en sede notarial, de quien en vida se llamó Juan Bautista Espinoza Vidaurre, quien fue mayor, soltero, agricultor, quien portó el número de cédula cinco-cero treinta-mil ciento ochenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiendo de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque.—Nicoya, Guanacaste, a las catorce horas del catorce de abril del dos mil nueve.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 100816.—(32389).
Ante esta notaría, se inicia la apertura del proceso sucesorio extrajudicial de María Luisa Beita Reyes, quien fue mayor, cédula número seis-cero cero ochenta y nueve-cero ciento veintisiete, quien falleció el trece de noviembre del año dos mil. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo 946 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en dicha sucesión, para que comparezcan y se apersonen si así lo consideran oportuno, en el término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante la notaría del Lic. Jimmy Meza Lázarus, Bufete Econojuris Abogados, sita en San José, costado norte de la iglesia de Fátima en Los Yoses.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Jimmy Meza Lázarus, Notario.—1 vez.—Nº 100836.—(32390).
Cítese a todos los herederos, acreedores e interesados en la sucesión de Richard Alfred Watson Smith quien en vida fue mayor, viudo, pensionado, cédula 7-013-227, vecino de Limón; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 05-000461-678-CI-2 de Richard Alfred Watson Smith, gestiona: Gilbert Watson Ellis.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de setiembre del 2005.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—Nº 100901.—(32391).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de Álvaro Sancho Castro, quien fuera
mayor, de estado civil casado dos veces, economista, vecino de Salitral de
Santa Ana, de la bomba de los hermanos Montes, un kilómetro al sur, Villa
Melida, con cédula de identidad número 1-184-754. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 09-000048-184-CI.—Juzgado
Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de abril del 2009.—Lic. José
Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—Nº
100938.—(32392).
Se cita a todos los interesados en la sucesión de Faustino Amador Astúa, mayor, casado una vez, agricultor, vecina de Calle Uno, El Bosque, Guácimo, cédula de identidad número uno-ciento setenta y cinco- novecientos doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2009. Notaría del Licenciado Gustavo Armando Edwards Valerín, situada en Guácimo, Limón, cien metros este de la Clínica de la CCSS.—Lic. Gustavo A. Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—Nº 100964.—(32393).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Adolfo Antonio Mora Villalta, quien fuera mayor, soltero, quien portó la cédula de identidad 1-0315-0641, cuyo último domicilio fue San Josecito de Alajuelita, del Liceo 200 metros sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará quien corresponda. Expediente Nº 09-100023-0251-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Juez.—1 vez.—Nº 100973.—(32394).
Se hace saber que en
este despacho se tramita proceso sucesorio notarial de Ezequiel Rodríguez
Alvarado, quien fuera mayor, casado, pintor, vecino de San Sebastián, cédula de
identidad 1-183-316. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento de aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente sucesorio notarial Nº 02-2009. Bufete del Lic. Rafael
Ángel Guzmán Alfaro, Notario, sito en calles 11-13, avenida 12, casa Nº 1160
San José.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic.
Rafael Ángel Guzmán Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº
100975.—(32395).
Se hace saber que en este despacho se tramitan las diligencias de exequátur de Margarita Rosenda Del Socorro Coto Garro cc. Margarita C.Nila, fue costarricense por nacimiento y portó la cédula 3-0042-4781 y naturalizada estadounidense, con número de pasaporte 155108508. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000168-0004-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03 de abril del 2009.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 100974.—(32400).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Aida Herrera Herrera, quien fuera mayor, viuda, ama de casa vecina de San Juan de Poás de Alajuela, cédula de identidad Nº dos-ciento cuarenta-seiscientos cincuenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000323-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(32700).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de María Rosa Bejarano Murillo c.c. María Rosa Bejarano Castillo, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Villa Esperanza de Pavas, San José y portadora de la cédula de identidad número uno-cero cero noventa y cuatro-dos mil trescientos cuarenta y uno, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-002557-0224-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 03 de abril del 2009.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(32703).
Se cita a todos los interesados de la sucesión de Amelia Mahanna Cubillo, quien fue mayor de edad, casada una vez, vecina de Heredia, cédula de identidad número uno-ochocientos cuarenta y uno-cero treinta y ocho, para que dentro de los treinta días posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante la oficina del suscrito notario, ubicada en Heredia, calle central, avenidas primera y tercera, 50 metros al sur de la Cruz Roja, teléfono 2237-2711, fax 2261-1162, en defensa de sus derechos, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, 16 de abril del 2009.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(32718).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria del menor Jean Carlos Castañeda Sandi, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 09-000024-0776-FA. Proceso tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 6 de febrero del 2009.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—(O. C. Nº 300082).—(Solicitud Nº 27303).—C-4590.—(32229).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
MSC. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a quien tuviere un interés legítimo, se le hace saber que en el Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, en proceso de declaratoria de insania, expediente número 08-400403-924-FA (NI. 406-08), promovido por Guadalupe Brizuela Ovares, se dictó la sentencia número ciento cincuenta y tres-cero nueve, de las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil nueve, que literalmente dice: Por Tanto: En virtud de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, y de conformidad con los artículos 819 inciso 4), 831, 847 y siguientes del Código Procesal Civil y 230 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la presente diligencia de insania. Se declara en estado de incapacidad a Marco Aurelio Herrera Brizuela y se nombra como su curadora legítima a su madre Guadalupe Brizuela Ovares, a quien se le previene que dentro del tercero día, deberá comparecer a aceptar y jurar el cargo conferido. Asimismo, dentro de los treinta días siguientes a la notificación de esta resolución deberá presentar el inventarío de bienes del insano, además del presupuesto de gastos correspondiente, mismo que presentará cada año. Inscríbase esta resolución en la Sección Personas del Registro Civil, artículo 232 Código de Familia, 466 inciso 1 Código Civil, 63 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. Son los gastos de este proceso a cargo del patrimonio de la incapaz según reza el artículo 853 del Código Procesal Civil. Publíquese esta resolución en el Boletín Judicial de conformidad con lo que establece el memorial 23 párrafo final del Código de Familia. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de marzo del 2009.—Lic. Karla Porras Arce, Jueza.—1 vez.—(31100).
Se hace saber que Rita Susana Blandón Loáisiga, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Rafael de Escazú, Residencial Trejos Montealegre, del Vivero Exótica seiscientos metros al este, San José, cédula de identidad número 8-0079-0508, ha promovido diligencias de cambio de nombre con el objeto de que este Juzgado autorice la modificación de que sea Susana Blandón Loáisiga. Quienes tengan que hacer alguna objeción al cambio de nombre pretendido, deberán hacerlo dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente número 09-000036-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 100044.—(31538).
Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Atlántida Nemesia Montero Rodríguez, conocida como Atlántida Nemesia Montero Rodríguez, mayor, divorciada, con cédula de identidad seis-trescientos veintinueve-doscientos ocho, vecina de Barranca de Puntarenas, solicita la autorización para cambiarse el nombre de Atlántida Nemesia Montero Rodríguez por el de Atlántida Anaí Montero Rodríguez. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—Nº 100210.—(31539).
Lic. Luis Alberto Ureña Monge,
Juez Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, hace saber: a la sociedad
Corporación Kral S. A., representada por el señor Alberto Arturo Trejos Leiva y
contra este en su doble condición, que dentro del expediente numero
07-001407-0185-CI proceso ordinario de Zaida Campos Mora y Ana Beatriz Campos
Mora contra Alberto Arturo Trejos Leiva y Corporación Trejos Leiva, se dictó la
resolución que dice: sentencia de primera instancia Nº 11-09. Juzgado Sexto
Civil de Mayor Cuantía de San José, a las once horas treinta y cinco minutos
del diez de febrero del dos mil nueve. Proceso ordinario promovido por Zaida
María Campos Mora, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa, vecina de
San José, con cédula de identidad uno-quinientos treinta y nueve-ochocientos
cuarenta y Ana Beatriz Campos Mora, mayor de edad, casada una vez, ama de casa,
con cédula de identidad uno-setecientos veintinueve-cuatrocientos treinta y
tres, contra Alberto Arturo Trejos Leiva, mayor de edad, divorciado una vez,
industrial, con cédula de identidad uno-cuatrocientos dieciocho-cero treinta y
nueve y Corporación Kral Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento veintinueve mil setecientos ochenta y uno, representada por el señor
Trejos Leiva. Interviene además la licenciada Rosario Salazar Delgado como
apoderada especial judicial de las actoras. Resultando: primero... Segundo...
Tercero... Considerando: Primero... Segundo... Tercero... Cuarto... Quinto...
Sexto... Por tanto: Se declara confeso en rebeldía a Alberto Trejos Leiva, en
su condición personal y como representante de la compañía Corporación Kral S.
A. de los hechos que comprenden las preguntas de la 1 a 11, 13 y 15 del
interrogatorio escrito agregado a 1089 a 1092. Se rechazan las preguntas 12 y
14 de ese interrogatorio. Se declara con lugar la demanda ordinaria promovida
por Zaida María Campos Mora y Ana Beatriz Campos Mora contra Alberto Arturo
Trejos Leiva y Corporación Kral Sociedad Anónima. Se dispone que deberá la
parte demandada reintegrarle a las actoras, la suma de siete millones
doscientos mil colones que en forma ilegítima se apropió, monto se distribuirá
por partes iguales entre ellas. Igualmente deberá cancelar los intereses que
esa suma hubiere generado desde el veinticinco de de junio del dos mil seis al
veinticinco de julio del dos mil siete, liquidados en la suma de dos millones
ciento sesenta mil colones, así como los que se generen hasta la total
cancelación de la deuda, calculados al treinta por ciento anual. Deberá
cancelar además el demandado las costas personales y procesales causadas en
este asunto.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía
de San José, 20 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—1 vez.—Nº 100213.—(31540).
Se hace saber que ante este despacho se tramita la adopción de la menor Kimberly Smith Castro promovidas por Irma Lucía Fuentes Castro, mayor, divorciada, del hogar, costarricense, cédula 3-271-710 y vecina de Palmar Sur, 150 metros al oeste de la Escuela Central de Palmar Sur. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta. Expediente 09-400019-0423-FA-1.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, 27 de febrero del 2009.—Lic. Mario Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 100234.—(31541).
Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez de Familia de Pérez Zeledón, hace saber que: en el Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, se tramita el expediente Nº 07-400503-919-F.A, interno Nº 508-4-07 que es proceso abreviado de divorcio actor Luis Ángel Mata Mena, mayor, casado, constructor, vecino de Calle Hickory, ciudad de Dayton, Estado de Ohio, Estados Unidos de América, con cédula de identidad número 1-955-465, contra Marjorie Isabel Mora Alvarado, mayor, casada dos veces, de oficios del hogar, con cédula de identidad número 1-766-685, representada por el Curador Procesal, licenciado Francisco Porras Jiménez, en el cual se dicto la sentencia de primera instancia número 141-09, dictada a las once horas del doce de marzo del dos mil nueve, cuya parte dispositiva dice “Conforme a lo expuesto y normativa citada, se declara con lugar, la demanda de divorcio, por la causal de separación de hecho por un termino no menor de tres años, incoada por el apoderado especial judicial de la actora Yamileth Mena Ureña apoderada especialísima de Luis Ángel Mata Mena contra Marjorie Isabel Mora Alvarado, en consecuencia, se declara disuelto el matrimonio entre las partes. Al tenor del ordinal 56 del Código de Familia, y siendo que los menores hijos de las partes, han permanecido al lado de sus abuelos maternos se les confiere a estos provisionalmente la guarda, crianza y educación de dichos menores, siendo la patria potestad compartida de ambos padres. En cuanto al derecho alimentario, siendo que en la minoridad de los hijos es irrenunciable y que son los progenitores los obligados a sufragar todos aquellos extremos indispensables para su desarrollo integral, por lo que acuda la actora al proceso autónomo alimentario, en donde se analizará la fijación de la cuota alimentaria a favor de sus menores nietos. En cuanto a la eximente del derecho alimentario recíproco, no habiéndose acreditado algunas de las circunstancias enunciadas en el ordinal 173 del Código de Familia, se mantiene dicho derecho, no obstante, de existir proceso autónomo de alimentos, estése a lo que se resuelva en el mismo. En enguanto a los bienes gananciales que pudieran existir entre las partes, siendo que fue un punto que no se examinó en este proceso, se le otorga el derecho de cincuenta por ciento en abstracto a cada uno de ellos, lo cual lo deberán ventilar en proceso de ejecución de sentencia correspondiente. Firme esta sentencia, se ordena inscribir mediante ejecutoria, en la Sección de Matrimonios del Registro Civil, al tomo: cuatrocientos catorce, folio: cuatrocientos cincuenta y nueve, asiento: novecientos dieciocho, de la provincia de San José. Notifíquese. No habiendo ejercido oposición la parte demandada, se resuelve sin especial condenatoria en costas. (Artículo 222 del Código Procesal Civil). De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar la parte dispositiva de esta Sentencia con los datos necesarios para identificar el proceso en el Boletín Judicial, La Gaceta. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 17 de marzo del 2009.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1 vez.—Nº 100339.—(31702).
Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez del Juzgado Civil de Pérez Zeledón, al señor Alexis c.c. Alexander Monge Nájera cédula 6-137-143, hace saber que en proceso hipotecario número 08-100314-0188-CI (Interno 342-08-R1) establecido por San Isidro Derivates Trading S. A., contra Alexisi c.c. Alexander Monge Nájera, se encuentran las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Civil de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las once horas diez minutos del diecinueve de mayo del año dos mil ocho. Se tiene por establecido el presente proceso hipotecario contra Alexis c.c. Alexander Monge Najera a quien (es) se le (s) previene que en el primer escrito que presente (n) debe de señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este despacho, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga (n), las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrá (n) por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso o incierto o inexistente (artículo 12 de La Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta Nº 211 del cuatro de noviembre del mismo año). Libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas de Ley de Aguas y Caminos Públicos al tomo cuatrocientos trece, asiento trece mil cuatrocientos setenta y nueve, y con la base de seis mil doscientos cuarenta y dos dólares sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real Matrícula número quinientos treinta y dos mil cincuenta y nueve-cero cero cero, para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de agosto del año dos mil ocho. Publíquese el edicto. Por medio de mandamiento dirigido al Registro Público de la Propiedad Sección Inmuebles se ordena anotar el establecimiento de la presente demanda al margen de inscripción de la referida finca. Acerca de la liquidación de intereses presentada por la parte actora, se confiere audiencia a la parte contraria, por el plazo de tres días. Notifíquese al demandado personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación por medio de la O.C.N de esta ciudad, para lo cual debe la parte actora coordinar dicha diligencia con la O.C.N a fin de aportar el medio de transportes los gastos que la diligencia requiera. Notifíquese. F. Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez. ” “Juzgado Civil de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las diez horas veinte minutos del veintitrés de marzo del año dos mil nueve. Como se solicita, nuevamente libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas de Ley de Aguas y Caminos Públicos al tomo cuatrocientos trece, asiento trece mil cuatrocientos setenta y nueve, y con la base de seis mil doscientos cuarenta y dos dólares sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos treinta y dos mil cincuenta y nueve-cero cero cero, para lo cual se señalan las ocho horas del catorce de mayo del año dos mil nueve. Publíquese el edicto. Se ordena notificar al demandado el presente auto y el auto inicial de las once horas diez minutos del diecinueve de mayo del año dos mil ocho, por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 23 de marzo del 2009.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 100364.—(31703).
Se hace saber que en este despacho se tramitan diligencia de cambio de nombre de Dolores Arce Arroyo c.c. José Alberto, cédula de identidad número dos-cuatrocientos veintiuno-trescientos cincuenta y cinco, con el objeto de que se autorice la modificación de su nombre en el sentido de que sea llamado José Alberto Arce Arroyo, para que en plazo de quince días, a partir de su publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos mediante escrito, donde expondrán las razones de su inconformidad y los fundamentos de su oposición. Diligencias de cambio de nombre promovidas Dolores Arce Arroyo c.c. José Alberto. Expediente Nº 08-100344-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 04 de agosto del 2008.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—Nº 100423.—(31704).
Se hace saber que en este despacho se tramita el presente proceso actividad judicial no contenciosa de diligencias de declaratoria de insania, expediente Nº 09-000363-186-F.A-1, promovidas por Gabriel Milgram Szuster, figura como presunta insana: Greiza Szuster Wolfovitz, mayor, viuda una vez, cédula de identidad número ocho-cero cero diecisiete-trescientos noventa y dos, vecina de San José centro, se le avisa a cualquier persona que tenga interés en las presentes diligencias, que dentro del quinto día deberán de apersonarse a este Despacho a hacer valer sus derechos, después de publicado el presente edicto.—Juzgado Primero de Familia de San José, 26 de marzo del 2009.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Nº 100418.—(31705).
Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Flora Elieth Araya Morera, mayor, casada, operaria, vecina de Moravia, cédula de identidad número 01-1160-0664; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Flora Elieth Araya Morera, por el de Flor Edith mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 09-000014-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del 2009.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 100509.—(31706).
Se convoca por medio de este edicto a las personas que tengan interés en el proceso de insania, establecida por Eduardo Gerardo Solís Chaves, en favor de los presuntos insanos; Ramón Luis y Hannia Patricia, ambos Solís Chaves, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, a fin de que se presenten a encargarse de ellos dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Ramón Luis Solís Chaves y Hannia Patricia Solís Chaves. Expediente número 08-001891-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 30 de marzo del 2009.—Lic. Lourdes Espinach Rueda, Jueza.—1 vez.—Nº 100511.—(31707).
Lic. Karol Vindas Calderón Jueza del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de San José; hace saber a Wálter Eduardo Calderón Zúñiga, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 08-001655-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: de la anterior demanda de divorcio establecida por el accionante María Alexandra c.c. María Alejandra Quirós Campos se confiere traslado al accionado Wálter Eduardo Calderón Zúñiga por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este circuito. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. A fin de nombrar curador procesal al demandado, debe la actora Quirós Campos, depositar en la cuenta automatizada de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, dentro del plazo de ocho días la suma de cuarenta mil colones, lo cual corresponde a los honorarios fijos del profesional a nombrar. Previo a realizar el depósito ordenado, debe la señora Quirós Campos, presentarse a este Despacho a retirar el carnet respectivo. Una vez efectuado el depósito deberá comunicarse al despacho por escrito mediante la comprobación del mismo. Se previene a la actora aportar certificación de la Dirección General de Migración y Extranjería de entradas y salidas del país del demandado y certificación del Registro Público, sección personas, si el demandado tiene apoderado inscrito que lo represente. Remítase oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, a fin de que certifiquen si el demandado aparece reportado en planillas con domicilio inscrito y al Registro Civil remitirnos cuenta cedular del mismo. Previo notificar al ente estatal se le previene a la señora Quirós Campos aporte un juego de copias de todo el expediente, lo anterior dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento no se atenderán futuras gestiones. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de María Alexandra c.c. María Alejandra Quirós Campos contra Wálter Eduardo Calderón Zúñiga. Expediente Nº 08-001655-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del 2009.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Nº 100549.—(31708).
Lic. Yuri López Casal, Jueza del Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José; hace saber a Carlos Vargas Solís, que en este Despacho se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José, a las trece horas y treinta y nueve minutos del treinta y uno de marzo del dos mil nueve. Por el plazo de ocho días se confiere audiencia al abogado Carlos Vargas Solís acerca del proyecto de cuenta partición presentado. Dado que se ha intentado de modo exhaustivo su notificación personal y el resultado ha sido el fracaso, notifíqueselo por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial al abogado Carlos Vargas Solís acerca de la presente resolución. Lo anterior se ordena así en proceso sucesorio de Mayra Vargas Guevara. Expediente Nº 99-001508-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de abril del 2009.—Lic. Yuri López Casal, Jueza.—1 vez.—Nº 100635.—(31709).
Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la cúratela de la señora Bettina Robles Jiménez portadora de la cédula 1-196-029, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contado a partir de esta publicación. Diligencias de insania número 09-400258-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 23 de marzo del 2009.—Lic. César Alberto Jara Benavides, Juez.—1 vez.—Nº 100588.—(31710).
Carlos Loría Núñez, Notificador del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, hace saber: que dentro de la ejecución de sentencia 07-100740-642-CIDE: Santos Umaña Rodríguez c\ Luis Diego Solís Araya. Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas a las quince horas del trece de setiembre del dos mil siete. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución de sentencia interpuesto por Santos Umaña Rodríguez en contra de Luis Diego Solís Araya a quien se previene que en el primer escrito que formule deberá indicar medio y lugar para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de este despacho, bajo el apercibimiento que mientras no lo haga o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación, las futuras resoluciones quedarán por bien notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. De la relación de daños y perjuicios reclamada por la parte actora se confiere audiencia a la contraria por diez días. Se decreta embargo por la suma prudencial de tres millones doscientos noventa y dos mil quinientos setenta y cinco colones notifíquese esta resolución a la parte demandado Luis Diego Solís Araya personalmente o en su casa de habitación quien puede ser habida en Pavas, de Plaza Pavas, 100 sur y 25 metros este para dicha diligencia se comisiona al delegado de la guardia civil de Pavas, San José. Asimismo, notifíquese al tercer interesado Geovanni Leitón Campos previo a notificar a dicho interesado aporte la parte Actora la dirección del mismo. Previo a nombrar juez ejecutor deposite la suma quince mil colones en la cuenta corriente de este despacho número 07-100740-642-CI-1. Asimismo se decreta embargo sobre el vehículo placas 20474. Una vez efectuado el depósito se nombrara juez ejecutor y se expedirá la orden de captura. Expídase oficio al Juzgado de Tránsito de este circuito para que proceda a hacer el traspaso del gravamen impuesto al vehículo placas C 129768, en sumaria número 06-601744-607-TC-3. Notifíquese. Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez ejecución de sentencia 07-100740-642-C de: Santos Umaña Rodríguez c\ Luis Diego Solís Araya. Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, a las quince horas del treinta de marzo del dos mil nueve. Se tiene por hechas sus manifestaciones y como lo solicita el actor/ Santos Umaña Rodríguez: Notifíquese al tercer interesado/ Geovanni Leitón Campos, la resolución dictada a las quince horas del trece de setiembre del dos mil siete y de la presente por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—(31718).
El suscrito licenciado Osvaldo
López Mora, Juez del Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, procede
a notificar al acreedor de segundo grado Carlos Durán Salazar, pasaporte 384628
que en el proceso que se dirá, se dictó las resoluciones que literalmente
dicen:” proceso ejecutivo hipotecario Nº 08-000162-183-CI de Scotiabank de
Costa Rica S. A., contra Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos. Juzgado Cuarto
Civil de Mayor Cuantía, San José, a las once horas del dos de mayo del dos mil
ocho. Se tiene por establecido el anterior proceso hipotecario en contra de
Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos cédula numero 1-630-743, a quien (es) se le
(s) previene señalar lugar dentro del perímetro judicial de San José para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si el lugar señalado
fuere incierto, impreciso o no existiere las resoluciones que se dicten se le
(s) tendrán por notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas. Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada inscrita al tomo 371 asiento 11193 y demanda penal
inscrita al tomo 572 asiento 72018 y con la base de ciento dos mil setecientos
veintiséis colares con veintinueve centavos, moneda de los Estados Unidos de América,
sáquese a remate el bien dado en garantía, para llevar a cabo la subasta
pública se señalan las once horas del lunes nueve de junio del dos mil ocho.
Publíquese el edicto de ley. Expídase mandamiento de anotación sobre la finca
del partido de San José, matrícula F29888-000, comuníquese a la entidad
respectiva. De la liquidación de intereses presentada por la parte actora se le
confiere audiencia a la parte demandada por el plazo de tres días a fin de que
manifieste (n) lo que estime (n) pertinente. Notifíquese la presente acción a
los demandados Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación en Curridabat, Hacienda Vieja,
25 metros sur del minisuper Hacienda Vieja para lo cual se comisiona Oficina
Centralizada del Segundo Circuito Judicial de San José. No ha lugar a tener por
demandada a la sociedad Inversiones Quinta Valle S. A., toda vez que la misma
no consintió la hipoteca. Notifíquesele a ésta sociedad en su condición de
Tercera Poseedora, a la cual se le confiere el plazo de diez días, para que
pague la obligación o abandone el bien a la ejecución. Notifíquesele en su
domicilio social o en la persona de su representante, el señor Matteo
Quintavalle, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
domicilia social en Puntarenas, Quepos, frente al Banco de Costa Rica, contiguo
a la Joyería Quesada, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Aguirre y Parrita. A fin de ordenar la notificación del
Acreedor de Segundo Grado Carlos Durán Salazar, demuéstrese en forma legal que
el mismo no tiene apoderado suficiente en Costa Rica. Lo anterior, según lo
estableciendo en el artículo 665 del Código Procesal civil, MSC. Ana Isabel
Montealegre Bejarano, Jueza.” y la resolución que dice:” Proceso ejecutivo
hipotecario Nº 08-000162-183-CI de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra
Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos. Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San
José, a las once horas dieciséis minutos del tres de marzo del dos mil nueve.
Se anula el remate celebrado a las nueve horas del veintisiete de enero de dos
mil nueve (folio 134), toda vez que no transcurrió en el plazo de notificación
de ocho días establecido en el artículo 650 del Código Procesal Civil, entre el
auto que ordena el remate al tercer poseedor del bien subastado y la fecha de
celebración de la subasta. En vista de lo anterior y conforme lo solicita la
parte actora, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada inscrita al tomo 371 asiento 11193 y demanda penal inscrita al tomo
572 asiento 72018 y con la base de ciento dos mil setecientos veintiséis
dólares con veintinueve centavos, moneda de los Estados Unidos de América,
sáquese a remate el bien dado en garantía, para llevar a cabo la subasta
pública se señalan las nueve horas quince minutos del día lunes trece de abril
del dos mil nueve.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 30 de marzo del
2009.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(31749).
Lic. Lorena Mclaren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Leonardo Baltodano Espinoza, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 08-000792-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y dieciséis minutos del veintinueve de octubre del dos mil ocho. Proceso divorcio establecido por Mildres Bustos Cascante, mayor, casada, ama de casa, portador(a) de la cédula de identidad número 0800640884, vecino(a) de Alajuela contra Leonardo Baltodano Espinoza, mayor, casado, sastre, portador(a) de la cédula de identidad número 0202851395, vecino(a) de Siquirres. Resultando: 1, 2, 3, Considerando: I.—Confeso en rebeldía: II.—Hechos probados: II.—Sobre el fondo: 1, 2, 3, 4. III.—Costas: IV.—Fundamento legal: Por tanto. Razones dichas y artículos citados, se declara con lugar el abreviado de divorcio establecido por Mildres Bustos Cascante contra Leonardo Espinoza Baltodano declarando: 1. Disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes con base a la casual de separación de hecho por más de tres años. 2. Que se exonera a las partes de la obligación de cobrarse pensión alimentaria entre sí, dada la cantidad de años que han vivido sin requerir de tal auxilio. 3. Que no existen bienes con vocación ganancial pero que de existir alguno de éstos, adquirido durante su convivencia común cada uno adquiere un derecho de participación en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes constatados en el patrimonio del otro. De existir estos bienes se liquidarán por el trámite de ejecución de fallo. 4. Que no existiendo hijos menores de edad se omite pronunciamiento sobre guarda, crianza, educación y patria potestad por resultar innecesario. 5.- Firme esta sentencia, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote el divorcio al margen del asiento número cuatrocientos cincuenta y cinco, tomo ciento cinco de la Sección de Matrimonios de la provincia de Alajuela. Notifíquese al rebelde personalmente o en su casa de habitación por medio de la autoridad administrativa que corresponda. Por innecesario se hace pronunciamiento a cerca de la pretensión accesorias costas: No existiendo cónyuge culpable, se pronuncia el despacho sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Mildres Bustos Cascante contra Leonardo Baltodano Espinoza. Expediente N° 08-000792-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de abril del 2009.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—(32208).
Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a la señora Karla Guevara Fernández, hace saber, que en Proceso de Declaratoria Judicial de estado de abandono, expediente número 08-400466-924 NI. 470-08, Promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Karla Guevara Fernández, se dictó la sentencia que literalmente dice: “Por tanto: en virtud de los argumentos expuestos y citas de ley se declara con lugar el proceso especial de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción, extinción de patria potestad y depósito judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karla Guevara Fernández, declarando: 1º—En estado de abandono a la menor Ruby Rebeca Guevara Fernández por parte de su progenitora. 2º—Dado que la señora Guevara Fernández, no ha sabido ejercer su rol materno, se hace menester el extingue a la accionada el ejercicio de patria potestad sobre su hija Ruby Rebeca Guevara Fernández, quedando la menor en estado de adoptabilidad. 3º—Siendo que la menor Guevara Fernández, desde muy corta edad, convive en el hogar de los señores Erwing Oporta Oporta y Rosa González Oporta, quienes ha atendido al menor en todas sus demandas materiales, afectivas y espirituales junto con el resto de miembros de su familia, por lo que se ordena el depósito judicial del precitado menor en el hogar de los señores Oporta Oporta y González Oporta, quedando dichos señores facultados de momento para representar legalmente a la menor y continuar con la atención que siempre le ha prodigado. Asimismo, se les advierte a los señores Oporta Oporta y González Oporta, que deberán comparecer dentro del octavo día, después de la firmeza de la presente sentencia a este despacho a aceptar el cargo conferido. En el evento de que este depósito tenga que cesar, el Patronato Nacional de la Infancia, es el encargado de asumir lo que corresponda en protección de los derechos de la menor. 4º—Firme este fallo, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote al margen del tomo número dos mil seis, folio doscientos cincuenta y nueve, asiento quinientos dieciocho de la sección de nacimientos de la provincia de San José. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de la parte dispositiva, por una sola vez en el Boletín Judicial, quedando el edicto respectivo en este Despacho a la orden de la parte promovente. Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia San Carlos, Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de febrero del 2009.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 300082).—(Solicitud Nº 27303).—C-5780.—(32230).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las menores Angie Tatiana Jiménez Núñez y Leslie Karina Jiménez Núñez, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de tres días hábiles que se contaran a partir de la publicación el edicto ordenado en fecha cinco de marzo del dos mil nueve. Expediente número 09-400099-924-FA (NI. 100-09).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—MSc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-2040.—(32231).
Licenciado Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristhian Montanaro Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, privado de libertad, vecino de San Rafael de Alajuela, cédula 0205170001 y Yessica Bravo González, de calidades y domicilio desconocidos se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Patronato Nacional de la Infancia de Heredia contra Cristhian Montanaro Jiménez y Yessica Bravo González, se ordena notificarle por edicto, la sentencia a Yessica Bravo González que en lo conducente dice: sin número. Juzgado de Familia de Heredia, a las quince, horas del dieciocho de noviembre del dos mil dos. Proceso suspensión patria potestad, establecido por Patronato Nacional de la Infancia de Heredia, contra Cristhian Montanaro Jiménez y Yessica Bravo González. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política, 1, 2, 5, 6, 8, 115, 141, 143, 159 y 169 del Código de Familia, 3 de la Convención de los Derechos de los Niños y 105 del Código de la Niñez y Adolescencia, se declara con lugar la presente demanda abreviada de suspensión de patria potestad interpuesto por Patronato Nacional de la Infancia contra Yessica Bravo González y Cristhian Montanaro Jiménez, a quienes se les suspende la patria potestad que sobre la menor Allison Amanda Montanaro Bravo tiene. Se nombra depositaría judicial de dicha menor a la señora María Edith Bravo González, quien, deberá de velar por las necesidades y cuido de dicha menor. Inscríbase este fallo al margen del asiento seiscientos diez, tomo mil seiscientos treinta y uno del Partido de San José. Notifíquese esta sentencia a los rebeldes conforme lo estipula la Ley. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Juzgado de Familia de Heredia.— Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-4760.—(32232).
Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber que en este despacho, el Patronato Nacional de la Infancia interpuso proceso contencioso para declarar en estado judicial de abandono a la persona menor de edad María José Mejías Duarte, contra los señores José Mejías Ulate y María Duarte Briceño, expediente número 05-000495-0364-FA, donde se dictó la sentencia de primera instancia a las trece horas cuarenta y tres minutos del diecinueve de febrero del dos mil nueve, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Se acoge la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara judicialmente en estado de abandono a la menor María José Mejías Duarte por parte de sus progenitores, señora María Duarte Briceño y José Mejías Ulate, a quien, de conformidad con el inciso 3) del artículo 158 del Código de Familia, además se le retira los atributos de la patria potestad sobre su hija menor. La citada menor se pone bajo custodia de los señores Gabriel Aguilar Orozco y María de los Ángeles Mejías Ulate, quienes han dado sobradas muestras de interés por satisfacer las necesidades de la niña. Los depositarios judiciales recién nombrados deberán comparecer a este despacho a aceptar el cargo. Se encomienda al Patronato Nacional de la Infancia que gestione la adopción de la persona menor de edad o promueva su tutela, así como también le corresponderá su representación legal. Expediente Nº 05-000495-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 10 de marzo del 2009.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-3740.—(32233).
Lic. Mauricio Chacón Jiménez,
Juez de Familia de Heredia, hace saber a Juan Carlos Rodríguez Solano que en el
expediente 05-000349-0364-FA, que es proceso abreviado de suspensión de patria
potestad establecido en su contra por el Patronato Nacional de la Infancia, en
sentencia número 273-2009, pronunciada a las diez horas del cuatro de febrero
de dos mil nueve, se dispuso: “Por tanto: declaro con lugar la demanda
presentada por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Juan Carlos
Rodríguez Solano. En consecuencia, suspendo los derechos derivados de la patria
potestad que tiene el señor Juan Carlos Rodríguez Solano sobre sus hijas Vesna
Lien y Nataly Agnes, ambas con apellidos Rodríguez Gamboa. Esta suspensión la
decreto por el plazo de un año, con el fin de que el padre enmiende su conducta
y asuma las responsabilidades que tiene para con sus hijas y en tal sentido, lo
prevengo para que en este mismo proceso y antes de que se venza el plazo aquí
dispuesto, solicite ser rehabilitado en el ejercicio de la autoridad parental.
Obviamente deberá aportar prueba para demostrar el cambio en su conducta. Si no
presenta esta gestión, al vencimiento del año, quedará privado definitivamente
de los derechos derivados de la autoridad parental. Ratifico a las señoritas
Melanie Ginnette Gamboa Alvarado y Angely Gamboa Alvarado como depositarías
judiciales de las niñas. Ellas ya aceptaron el cargo de forma anticipada.
Prevengo a la representante legal del Patronato Nacional de la Infancia que ha
promovido este proceso que a la firmeza de esta sentencia, inicie las
diligencias para el nombramiento de tutora para las niñas, bajo apercibimiento
de que en caso de no hacerlo, su omisión se denunciará administrativa y/o
penalmente. Condeno al demandado Juan Carlos Rodríguez Solano al pago de las
costas personales y procesales que se hubieran producido en este proceso.
Notifíquese el fallo al demandado Juan Carlos Rodríguez Solano mediante la
publicación de un edicto, por una sola vez, en el Boletín Judicial o en
un diario de circulación nacional. El plazo para recurrir comenzará a correr
tres días después de aquél en que se haga la publicación. Mediante ejecutoria
que se expedirá a solicitud del interesado, anótese el fallo en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, al margen de los asientos de nacimiento de las
niñas Vesna Lien y Nataly Agnes. Las citas son las siguientes: Provincia de
Heredia, tomos doscientos cuarenta y dos y doscientos sesenta, páginas sesenta
y dos y doscientos trece, asientos ciento veinticuatro y cuatrocientos
veintiséis. Gírense los honorarios al curador procesal una vez firme la
sentencia.” Nota: Publíquese este edicto por una vez en el Boletín Judicial
o en un diario de circulación nacional.—Juzgado de
Familia de Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—O.
C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-6290.—(32234).
Se hace saber a Luciana Montilla, mayor, casada, dominicana, portadora del pasaporte Nº P1801434, que en este despacho se tramita el proceso abreviado de divorcio Nº 08-401395-637-FA, interpuesto por Roy Francisco Espinoza González en su contra, y que se le otorgó traslado por diez días, para oponer excepciones y contestar la demanda. De hacerlo, debe referirse a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Además, debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno. Por último, debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este Juzgado para recibir notificaciones futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o inexistente o permaneciere cerrado, las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.—Juzgado de Familia de Desamparados, 30 de marzo del 2009.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(32343).
Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber que en proceso no contencioso de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Aramis Pérez García intervinientes Jorge Aníbal Pares Tafuni y Ana Graciela Zumbado Villalobos, que se tramita en este despacho, expediente número: 08-400694-421-F.A.(4), se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del veintiséis de agosto del dos mil ocho. Se tienen por establecidas las presentes diligencias no contenciosas de reconocimiento de hijo de mujer casada, promovidas por Aramis Pérez García a favor del menor Asís Josué Pares Zumbado. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días conforme a lo establecido en el artículo 85 del Código de Familia y 110 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Notifíquese en forma personal o en el lugar señalado al señor Jorge Aníbal Pares Tafuni, que es el padre registral de la menor, sea este Cerro Plano de Monteverde, frente al hotel el establo, casa de madera de dos plantas, así como, a la madre del menor Ana Graciela Zumbado Villalobos, sita en Esparza de Puntarenas, 75 metros al sur de las CCSS. Para lo cual se ordena desglosar atento mandamiento al delegado policial de Monteverde así como al Delegado Policial de Esparza. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 19 de marzo del 2009.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—Nº 100683.—(32396).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Elizabeth Villaverde Pereira promovido por Meyer Solano Conejo. Expediente número 09-000027-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—Nº 100822.—(32397).
Se avisa que en este despacho los señores Ana Patricia Robles Sánchez y Félix Antonio Mena Jiménez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Jefry Josué Obando Gutiérrez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 09-000124-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 30 de marzo del 2009.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 100845.—(32398).
Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Erlyn María Vindas Barquero, mayor, soltera, comerciante, vecina de San Josecito de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número 04-0187-0462; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Erlyn María, por el de Evelyn María mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 08-001808-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—Nº 100899.—(32399).
Mauricio Chacón Jiménez, Juez de Familia de Heredia, hace saber al señor Carlos De La Vega Cums, de nacionalidad cubana y titular del pasaporte número DI66071013785, que en el expediente número 07-000594-0364-FA, que es proceso especial de declaratoria judicial de abandono establecido por Víctor Manuel Boza Cordero y Myrna Cecilia Arias Céspedes en contra de Carlos De La Vega Cums y Marianella Badilla Monge, se pronunció la sentencia número 751-2009, a las quince horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil nueve. Su parte dispositiva establece: “Por tanto: se acoge la demanda planteada por el señor Víctor Manuel Boza Cordero y la señora Myrna Cecilia Arias Céspedes. Se declara judicialmente en estado de abandono a la niña Maríapaula de los Ángeles De La Vega Badilla por parte de sus progenitores, señores Carlos De La Vega Cums y Marianella Badilla Monge a quienes, además, se les retira los atributos de la patria potestad sobre su menor hija. La niña se pone bajo custodia del señor Boza Cordero y de la señora Arias Céspedes, quienes deberán comparecer a este Juzgado para aceptar bajo juramento el cargo de depositarios judiciales. Mientras la niña no sea adoptada, su representación legal le corresponderá al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta sentencia al demandado Carlos de la Vega Cums mediante la publicación de la parte dispositiva, por una vez, en el Boletín Judicial o en un Diario de circulación nacional. El plazo para recurrir comenzará a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación, de forma tal que la sentencia no adquirirá firmeza mientras esto no suceda. Una vez firme el fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de San José, al tomo mil novecientos sesenta y nueve, página cuatrocientos setenta, asiento novecientos treinta y nueve.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—(32694).
Se avisa al señor Michael Ray
Wilbur que en este despacho, mediante expediente 2008-001023-186-FA, se tramita
el proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada, promovido por José Fabio
Torres Murillo, figuran como interesados Sofía Del Río Fabres y Michael Ray
Wilbur, y que dictó sentencia N° 500-2009 de las catorce horas del quince de
abril del dos mil nueve, que en su parte dispositiva literalmente dice: Por
tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 85,
88, 89 y 90 del Código de Familia, 99, 153, 155 y 317 del Código Procesal
Civil, el presente proceso promovido por José Fabio Torres Murillo, se falla de
la siguiente forma: 1- Se acoge la solicitud planteada. 2) En tal razón las
menores Isabela y Carolina, ambas de apellidos Wilbur Del Río, llevarán los
apellidos Torres Del Río. Se ordena inscribir esta resolución, una vez firme,
en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de San José, al
tomo dos mil diecinueve, folio trescientos ochenta y seis, asiento setecientos
setenta y dos y al tomo dos mil dieciocho, folio doscientos sesenta y siete,
asiento quinientos treinta y tres. 3) Se resuelve este asunto sin especial
condenatoria en costas. 4) Se ordena notificar esta sentencia mediante
publicación de edicto, en el Boletín Judicial, al señor Michael Ray
Wilbur.—Juzgado Primero de Familia de San José,
16 de abril del 2009.—M.Sc. Rolando Soto Castro, Juez.—1 vez.—(32702).
Se avisa al señor Antonio Eduardo Arguedas Aguilar, mayor, casado, jardinero, cédula de identidad número 1-352-402, y de domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 08-000507-673-NA, correspondiente a proceso especial de protección establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de: protección a favor de la persona menor de edad Franklin Alejandro Arguedas Quirós. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de diciembre del 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-2040.—(32744).
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a la señora Rosa Amelia Almendarez Almendarez, mayor, nicaragüense, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso de declaratoria de estado de abandono número 07-400701-0932-FA 5 de Patronato Nacional de la Infancia, contra Rosa Amelia Almendarez Almendarez, se encuentra sentencia que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Guápiles, a las dieciséis horas y veintiún minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil nueve. Resultando: I.—..., II.—..., III.—...; Considerando: I.—...; II.—...; III.—... IV...V...VI; Por tanto: En base a lo anteriormente anotado y las citas de ley mencionadas se resuelve: se declara con lugar la demanda interpuesta por el Patronato Nacional de la Infancia, consecuentemente se declara: en estado de abandono a la persona menor de edad Bryan Jhair Almendarez Almendarez, por parte de su progenitura Rosa Amelia Almendarez, para quien se da por terminado el ejercicio de la patria potestad, sobre dicha persona menor de edad. Se nombra depositarios judiciales de manera provisional del menor Bryan Jhair Almendarez Almendarez, a los depositarios señores Víctor Paguagua Ayestas y Mirna Del Socorro Bautista Vargas, a quienes se les previene que dentro del término de ocho días debe de comparecer a este despacho y aceptar el cargo conferido. Firme la resolución inscríbase al margen de las citas de nacimiento en el Registro Civil, Sección de Nacimiento de la provincia de San José, al tomo mil ochocientos tres (1803), folio ciento setenta y seis(176), asiento trescientos cincuenta y uno(351). Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, al ser las once horas y diecinueve minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil nueve. Siendo que la demandada Rosa Amelia Almendarez Almendarez, es de domicilio desconocido, de conformidad con los artículos 2º y 4º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras comunicaciones Judiciales, 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar a dicho demandado la sentencia dictada en este proceso a las dieciséis horas y veintiún minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil nueve, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Publíquese el edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 31 de marzo del 2009.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-7990.—(32745).
Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, perdida de la patria potestad y solicitud de depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Ana Lorena González Rodríguez y Felipe Guzmán Leitón el segundo representado por su curadora procesal, la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, que se tramita en este despacho, bajo el expediente número 07-400810-421-F.A.(4), se encuentra la sentencia número 243-09, que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las quince horas con treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil nueve. Resultando:... Considerando:... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 55 de la Constitución Política; 6º, inciso f) de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, 115, 117, 118, 119 y 160 del Código de Familia, 1, 103, 104, 222, 423, inciso 10 y siguientes del Código Procesal Civil, se declara con lugar estas diligencias especiales de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción y deposito judicial promovidos por Patronato Nacional de la Infancia contra Ana Lorena González Rodríguez y Felipe Guzmán Leitón quedando establecido lo siguiente: se procede entonces a declarar al menor Mauro Fabricio Guzmán González en estado de abandono con fines de adopción, con perdida de la patria potestad por parte de sus padres la aquí demandada Ana Lorena González Rodríguez y su padre Felipe Guzmán Leitón y en deposito judicial del menor Mauro Fabricio Guzmán González con la señora Katty Alvarado Brenes. La depositaría del menor deberá velar porque el mismo cuente con las mejores oportunidades para su desarrollo, a fin de que pueda tener un futuro que le llegue a permitir valerse de manera digna con ayuda de otras personas, firme esta resolución expídase la ejecutoría correspondiente, inscríbase en el registro civil, que el menor Mauro Fabricio Guzmán González nació el 23 de julio del año dos mil uno, y aparece inscrito en la Sección de Nacimientos de la provincia de Puntarenas al tomo cuatrocientos sesenta y siete, página trescientos cuarenta y tres, asiento seiscientos ochenta y cinco, se resuelve sin especial condena en costas.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 30 de marzo de 2009.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—C-4420.—(32746).
Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, perdida de la patria potestad y solicitud de depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra María de los Ángeles García Zúñiga, representado por su curadora procesal la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 09-400248-421 FA (2m), se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil De Puntarenas, a las trece horas con cinco minutos del veinte de marzo del dos mil nueve. Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal, por parte de la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández en representación de la accionada ausente María de los Ángeles García Zúñiga, se resuelve presentada en forma la solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial de la persona menor de edad Anthonny Josué García Zúñiga, se confiere audiencia por el plazo de cinco días a las partes interesadas a saber Mercedes Suárez Reyes, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo si es el caso. (Artículo 121 del Código de Familia). A la accionada ausente María de los Ángeles García Zúñiga. se le notificará por medio de su curadora procesal la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández vía fax al 2661-3004, para notificar a la depositaría judicial la señora Mercedes Suárez Reyes, para lo cual se ordena desglosar atento mandamiento al Delegado Policial de Barranca, por ella habida en los Almendros de Barranca, Puntarenas, casa 239, tercera alameda, casa color verde agua. Se le hace saber a la representante del Patronato Nacional de la Infancia, que el edicto queda a su disposición para su retiro y debido diligenciamiento. Hágase saber.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-4590.—(32747).
Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Meysel Quirós Salazar, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 09-400173-421-F.A.(5), se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las siete horas con cincuenta minutos del once de marzo de dos mil nueve. Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal por parte de la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, en representación de la accionada ausente, de esa forma: se tiene por establecido el presente proceso declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Meysel Quirós Salazar, a quienes se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo debe de señalar medio y lugar, este último dentro del perímetro judicial de este despacho, donde atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, conforme lo indican los artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Asimismo, se nombra como Depositarios Judiciales Provisionales de la persona menor de edad Frissia María Quirós Salazar. A los señores Luis Alfredo Díaz Torres y Nidia Montero Rodríguez, mismos que deberá presentarse a estrados judiciales a fin de aceptar el cargo conferido. Notifíqueseles la presente resolución con el funcionario respectivo de este despacho por ser habidos en el barrio del Carmen de Puntarenas, 100 metros sur y 50 metros oeste del Rosalía Palacios. Molifiqúese esta resolución a la demandada Meysel Quirós Salazar, personalmente sita en barrio El Carmen de Puntarenas, del restaurante Yan Yan, 200 metros norte y 25 metros oeste, casa del INVU Nº 3; así como, por medio su curadora procesal la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, diligencia que se realizará por medio del notificador de este despacho. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 18 de marzo de 2009.—Lic. Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-5950.—(32748).
Se hace saber: que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Danny José Quiros Cerdas, mayor, soltero, bachiller en sociología, vecino de Río Segundo de Alajuela, cédula de identidad número 01-1157-0969; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Danny, por el de Daniel mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 09-000257-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(32830).
Edwin Gerardo Bermúdez Vargas y Glenda María Amador Bermúdez, cédula por su orden 1-950-705 y 1-1267-263; vecinos de Patarra de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente 09-400404-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 27 de marzo del 2009.—Lic. Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 100502.—(31711).
Ante esta notaría, han comparecido, Ivannia de Los Ángeles Brizuela Román, miscelánea, vecina de San José, San Cayetano, cien metros al este y setenta y cinco al sur de la iglesia católica, quien nació el 22 de julio de 1980 y es hija de Manuel Antonio Brizuela Vargas y Ana Isabel Román Jiménez, y José Heberto Jarquín Rostran, nicaragüense, asistente de diseño, con pasaporte Nº C1113701 vecino de San José, San Cayetano, cien metros al este y veinticinco sur, de la iglesia católica, quien dice nació en 7 de febrero de 1984 en el Departamento de Boaó, Nicaragua y es hijo de José Toribio Jarquín Valle y Dulce María Rostran Araúz, ambos nicaragüenses, ambos mayores, solteros y me han manifestando interés de contraer matrimonio civil, dentro del plazo de ocho días después de esta publicación, se informa a todos aquellos interesados que tuvieren objeciones que hacerlo saber vía fax al número 2286-0469.—San José, 16 de abril de 2009.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 100647.—(31712).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Alicia Espinoza Álvarez, hija de Franklin Espinoza Jiménez, nacido en Puntarenas, el 23 de mayo del año 1963, con Carlos Manuel Segura Vargas, cédula de identidad Nº 1-400-1109 mayor, técnico en electrónica, hijo de Manuel Segura Ovares y Alicia Vargas Céspedes, nacido en San José, el 25 de noviembre del año 1951, con 57 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 09-000790-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de abril del 2009 .—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(32224).
A este despacho han comparecido Kattya Aguilar Serrano y Ronald Ramírez Rivera, 28 años y 37 años, nativos de Cartago el 16-08-80 y 24-03-72, cédulas 3-0368-0155 y 3-0317-0775, vecinos de Cervantes de Alvarado, hijos de Ana Rosa Serrano R., y José Aguilar C., y de Juan Ramírez y Soledad Rivera, por su orden solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá comunicarlo a este juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 09-100009-0350-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Alvarado, 15 de abril del 2009.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—Nº 100963.—(32401).
Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil nueve, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran la resolución que literalmente dice así: Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de marzo del dos mil nueve. Notifíquese al señor Representante legal de Transcesa S. A., cédula de jurídica Nº 3-10107-33-53, propietario del vehículo placas SJB-10106, marca Daewoo, con chasis KL5UM52FE4K000001, que de conformidad con lo establecido por el artículo 161 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no, en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria 08-611966-489-TC, causa seguida contra Gloriana Diez Carvajal y Benjamín Herrera Marín. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—(32075).
Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas veintidós minutos del dieciséis de abril del dos mil nueve, de la constancia, que en la presente sumaria se encuentran la resolución que literalmente dice así Juzgado de Tránsito I Circuito Judicial de San José, a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil nueve. Notifíquese al señor: Rep. Legal de Transportes AVH del Caribe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-214316, propietaria del vehículo placas C-139605, marca Freightliner Cabezal, con chasis 2FUPAXYB6KV347383, que de conformidad con lo establecido por el artículo 161 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria 08-610456-489-TC, causa seguida contra Alfonso Murillo Berrocal y Jonathan Obando Marín.—Juzgado de Tránsito de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—(32701).