BOLETÍN JUDICIAL Nº 79 DEL 24 DE ABRIL DEL 2009

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR Nº 24-09

ASUNTO:  Ampliación de la Circular 134-08, publicada en el Boletín Judicial Nº 157-08 del 14 de agosto de 2008, que modifica la Circular 96-08: “Indicaciones generales sobre los informes de labores que rinden los jueces suplentes al Departamento de Planificación”.

A TODOS LOS JUECES Y JUEZAS DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 52-08, celebrada el 17 de julio del 2008, artículo XXIX, dispuso ampliar el texto de la circular 134-08, publicada en el Boletín Judicial Nº 157-08 del 14 de agosto de 2008, que modifica la circular 96-08, publicada en el Boletín Judicial Nº 121-08 del 24 de junio de 2008, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

“El Consejo Superior en sesión Nº 52-08, celebrada el 17 de julio en curso, artículo XXIX, dispuso modificar el texto de la Circular 96-08, publicada en el Boletín Judicial Nº 121-08 del 24 de junio de 2008, para que en adelante se lea:

“El Consejo Superior en sesión Nº 44-05 del 9 de junio de 2005, artículo LXV, dispuso comunicar a los jueces suplentes y supernumerarios, que cuando realicen sustituciones, aun cuando se trate de un período corto, al finalizar el nombramiento, deben rendir un informe de labores al Coordinador del despacho o directamente a la Presidencia de la Corte con copia al Juez Coordinador, para el caso concreto de los funcionarios supernumerarios.

Posteriormente, en sesión Nº 09-08 de este Consejo, celebrada el 5 de febrero de 2008, artículo LXIII, se aclaró que para aquellas oficinas en las que no existe la figura del Juez Coordinador, el Suplente debe rendir el informe directamente al Departamento de Planificación.

Los acuerdos anteriores, fueron comunicados mediante las Circulares 66-2005 y 33-2008, publicadas en los Boletines Judiciales números 131 de 9 de julio de 2007 y 48 de 7 de marzo, respectivamente.

A fin de darle cumplimiento a lo dispuesto, se les informa que para los casos que corresponda, deberán rendir el citado informe por mes al Departamento de Planificación, con base en el formato que se adjunta y que será instalado en los equipos de cómputo de los despachos e incorporado en los formatos del Sistema de Gestión.

INFORME DE LABORES DE JUECES SUPLENTES

DESPACHO JUDICIAL:____CÓDIGO DE OFICINA: _______

Nombre de Juez Sustituido:___ CÓDIGO DEL JUEZ: _______

Nombre de Juez Suplente:________________________________

Período de la Suplencia: _________________________________

Nº único de los casos asignados

Materia y Tipo de asunto

Estado de los casos asignados al finalizar la suplencia (1)

Trámite realizado (2)

Motivo de término de los casos salidos

Observaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NOTA: En caso de requerir ampliar la información, puede indicar lo que considere necesario, en hojas adicionales a este reporte de labores efectuadas durante la suplencia.

________________ Sello de la Oficina ______________________

Firma Juez Suplente                               Firma Juez Coordinador (1)

(1) En esta casilla se debe indicar la etapa procesal en que se encuentra el expediente, de acuerdo con la materia que se tramita.

(2) Debe consignarse el trámite realizado ya sea: providencias, autos, sentencias o audiencias realizadas, entre otros.

(1) En caso de que en el despacho haya solo un puesto de Juez, que es precisamente al que se sustituye, en el espacio “Firma del Juez Coordinador” firmará en su lugar el Asistente Judicial del Juzgado.”

Finalmente, se les comunica, que según lo dispuesto por el Consejo Superior en sesión Nº 47-08, artículo LIV, en el caso concreto de los jueces supernumerarios, que se encuentren asignados a cada Consejo de Administración, presentarán un único informe tanto a la Presidencia de la Corte, como al Consejo de Administración del lugar y al Departamento de Planificación.”

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32235)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 25-09

ASUNTO:    Reiteración de la Circular Nº 60-08 sobre “Recomendaciones para la entrega de vehículos decomisados a fin de descongestionar el Depósito de Vehículos del Poder Judicial”, publicada en el Boletín Judicial Nº 98-08 del 22 de mayo del 2008.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 86-08, celebrada el 13 de noviembre de 2008, artículo LXXXV, dispuso reiterar la Circular Nº 60-08 sobre “Recomendaciones para la entrega de vehículos decomisados a fin de descongestionar el Depósito de Vehículos del Poder Judicial”, publicada en el Boletín Judicial Nº 98-08 del 22 de mayo de 2008, cuyo texto literalmente dice:

“El Consejo Superior en sesión Nº 27-2008, celebrada el 15 de abril del 2008, artículo XLVIII, dispuso comunicar a los despachos judiciales, las siguientes recomendaciones para la entrega de vehículos decomisados, a fin de descongestionar el Depósito de Vehículos de San Pablo de Heredia:

1.  Sobre los datos del expediente

Consignar en el expediente los siguientes datos:

1.1.   Informe de troquelado, ello como pericia esencial para descartar o bien confirmar la alteración de las señas y las marcas de los bienes, e iniciar el proceso penal o en su caso devolver el bien al propietario o poseedor por parte del órgano investigador, o el comiso en caso de corroborarse y atribuirse a una persona el delito.

1.2.   Informe respectivo por parte de la policía judicial en el que se señale:

1.2.1.   Comprobación de si el vehículo decomisado presenta denuncia de robo, de ser así, si este fue indemnizado por el INS, a fin de determinar si será este el legitimado para retirar el bien recuperado.

1.2.2.   Comprobación de la existencia física y registral del vehículo que se intenta suplantar con un eventual vehículo gemelo (alterado decomisado) y quien es su poseedor actual. Para cumplir con dicho requisito es necesario efectuar un estudio histórico del asiento registral del vehículo, donde se establezca la sucesión de traspasos reales del bien original para determinar el último propietario legítimo del bien y, con esto, la existencia o no del vehículo. Esto es importante corroborarlo, pues de no poderse demostrar la existencia del bien que dio génesis a los asientos registrales, recomendamos la cancelación del asiento registral. En ese sentido, el OIJ deberá entrevistar a los poseedores según los traspasos para determinar quien posee el vehículo original, no alterado, o si desapareció o cuando se le perdió el rastro.

2.  Sobre la entrega provisional del vehículo

2.1.   Nombramiento de un depositario provisional: En los casos en que sea posible, entregar el vehículo decomisado en depósito provisional al poseedor de buena fe, a quien en su calidad de depositario provisional le asistirían deberes jurídicos de custodia sobre el bien entregado, debiendo presentar el vehículo cuando sea requerido por la autoridad competente. Con lo anterior, se garantiza que el Depósito sólo se ocupe de aquellos vehículos donde no pueda hacerse esta entrega, como excepción y no como regla general, tal y como se aplica actualmente.

Con relación al Depositario Provisional, es importante recordar lo ya señalado jurisprudencialmente por el Tribunal de Casación Penal, con relación a que el comiso no procede por cuestiones administrativas de inscripción registral. Es decir, de acuerdo a la ley civil quien haya adquirido de buena fe un bien (cosa) –vehículo alterado- tiene derecho a poseerlo, independientemente que, posteriormente, no pueda continuar inscrita en el asiento registral en el que estaba, por pertenecer a otro vehículo “original”, aún cuando este haya desaparecido. En ese sentido, salvo que esta buena fe sea destruida con prueba objetiva, o bien, se determine que el bien adquirido pertenece a otra persona (legítimo poseedor primario despojado), cuando por el informe de troquelados se sepa la verdadera identificación del vehículo y su propietario real, el poseedor del vehículo, normalmente, a quien se le decomisa el vehículo, tiene derecho de disponer de dicho vehículo como una cosa.

De tal forma que, si desde un inicio mientras se asigna una fecha para realizar el estudio de troquelados, o posteriormente a este y mientras se resuelve en definitiva el caso, el vehículo fuese entregado, tal y como dispone la ley en depósito provisional de manera inmediata, no habría la cogestión vehicular que sufre dicho Depósito.

En ese mismo sentido, debe procederse cuando el informe de troquelados indique que no es posible identificar el vehículo decomisado, debiendo entregarse provisionalmente a su poseedor. En ese caso, de comprobarse la inexistencia del vehículo original, según informe del OIJ indicado en el punto I, debe procederse a la cancelación del asiento registral que pretendía ocupar el vehículo alterado. El interesado, como poseedor de buena fe de ese vehículo, deberá plantear el procedimiento respectivo para lograr una nueva inscripción del vehículo en otro asiento, ante el Registro Público, o plantear las acciones legales en la vía jurisdiccional respectiva.

3.  Sobre los casos de abandono del bien

3.1.   Ordenar dentro de la sentencia resolución que da fin a la causa la donación del bien, en caso de que pasen tres meses sin que sea reclamado o retirado: Cuando no proceda el comiso y ningún interesado acuda a solicitar la entrega del bien dentro de los tres meses de finalizado el proceso (desestimación o sobreseimiento), se procederá a la donación del vehículo, según lo dispone la Ley 6106. Lo anterior, dentro de la misma sentencia o resolución que da fin a la causa, donde el Juez disponga dentro del considerando y el por tanto, que de pasar tres meses sin retirar o reclamar el bien, se procederá a su donación. Superado este término, el personal auxiliar debe confeccionar los oficios para que sean firmados por el Juez, a fin de iniciar los trámites inmediatos de donación, comunicando esto al Departamento de Proveeduría y al Depósito de Vehículos.

4.  Sobre la cancelación del asiento registral:

4.1.   Ordenar la cancelación del asiento registral: En la sentencia o resolución dictada por el Juzgado, deberá ordenarse la cancelación del asiento registral, el cual ocupaba espuriamente el vehículo alterado, esto para efectos de que no se perpetúe su falsa legalidad registral, así como para evitar que en dicho asiento se inscriba otro vehículo alterado de iguales características. De ahí la importancia del informe indicado en el punto I, que establezca la existencia del vehículo original o verdadero que ocupó dicho asiento alguna vez, pero que probablemente ya no exista, de ahí que se valgan de esto las bandas que roban vehículos para saber en que asientos registrales colocar los vehículos alterados.  Por ello la necesidad también de ir cancelando estos asientos, pues si se dejan activos, serán utilizados una y otra vez, acrecentando las estafas a los ciudadanos y el trabajo del Poder Judicial.

5.  Sobre los casos en que proceda el comiso:

5.1.   Una vez dispuesto el comiso, deberá seguirse los pasos establecidos por la Ley Nº 6106 “Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso”, procediendo de inmediato a la donación del vehículos para descongestionar rápidamente el Depósito.

Con relación a los casos en los que procede ordenar el comiso, complementar con el criterio emitido por la Comisión de Asuntos Penales, en informe Nº CAP.015-07 de 24 de agosto del 2007, según la cual en resoluciones como el archivo fiscal, desestimación, sobreseimiento provisional y definitivo, procede el comiso de bienes, pues debe interpretarse este tipo resoluciones como aquellas que ponían fin a un proceso determinado. Lo anterior por cuanto existía el criterio, que el comiso en relación con la supra citada ley solamente procedía en caso de sentencia, siendo que la gran mayoría de casos terminaban en desestimaciones con un bien decomisado y sin que fuese reclamado, lo que obviamente, con tal criterio, no se podía disponer del bien, saturándose las instalaciones del Depósito ante la disyuntiva de que “el comiso solo mediante sentencia” y por consiguiente había que devolver el bien a una parte que incluso ya no le interesaba el mismo, fuera propietario registral, fuera poseedor de buena fe.”

San José, 14 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32236).                                                Secretaria General

CIRCULAR Nº 30-09

ASUNTO:    Proyecto del Programa Nacional de Atención a la Población Penal Juvenil.

A LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES QUE TRAMITAN

MATERIA PENAL JUVENIL DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión Nº 13-09, celebrada el 17 de febrero último, artículo XLIII, a solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Penal, dispuso comunicar lo siguiente:

Según información suministrada por funcionarios de la Dirección Nacional de Adaptación Social de Ministerio de Justicia y Gracia, el Programa Nacional de Atención a la Población Penal Juvenil, cuenta con los siguientes proyectos de atención: 1. Atención Institucional (Centro de Formación Juvenil Zurquí y Centro Adulto Joven) y 2. Atención Ambulatoria (Programa de Sanciones Alternativas).

En el primer Proyecto se atiende a las personas condenadas con pena privativa de libertad, quienes desde el momento de su ingreso al Centro Institucional son introducidos en los programas de atención a jóvenes consumidores de sustancias psicoactivas, el cual se compone de tres fases, a saber: diagnóstico, motivacional y de tratamiento o terapéutica (ésta última opera con quienes quieren hacer un cambio en sus vidas).

En el Segundo Proyecto se atiende la población sancionada con una medida alternativa, población que se atiende por medio de tratamiento ambulatorio.

Según se informó, el Ministerio de Justicia no cuenta con programas desintoxicación en ninguno de los proyectos que atiende. Además la población con suspensión del proceso a prueba y aquella a la que se le impone una medida cautelar no forma parte de estos programas, pues la competencia del Ministerio comprende únicamente a las personas jóvenes sobre las que ha recaído una sentencia firme.

Los operadores jurídicos de la materia penal juvenil deberán tomar en consideración esta información a la hora de definir la situación jurídica de los imputados. Se informa también que pueden consultar a los funcionarios que atienden estos proyectos en los teléfonos: 2268-7528 y 2268-7526

San José, 13 de abril de 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32237)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 34-09

ASUNTO:  Procedimiento Evaluación Inicial del Desempeño a Funcionarios que Administran Justicia y están en período de prueba.

A LOS JUECES Y JUEZAS COORDINADORES

DE LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 22-09, celebrada el 10 de marzo de 2009, artículo XXVIII, aprobó el procedimiento planteado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial para la evaluación inicial de los jueces y juezas en los períodos de prueba tanto de un año cuanto de tres meses, que literalmente dice:

“PROCEDIMIENTO EVALUACIÓN INICIAL DEL DESEMPEÑO

A FUNCIONARIOS QUE ADMINISTRAN JUSTICIA Y

QUE ESTÁN EN PERÍODO DE PRUEBA

I. Introducción. El presente documento se elabora en acatamiento a lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en las sesiones número CJ-13-2007, artículo XXVIII y CJ-16-2008 del 10 de junio de 2008, artículo XIV, los cuales se citarán en el apartado de Normativa, en los que se dispuso que la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, realice una propuesta de evaluación inicial del desempeño durante el período de prueba a los funcionarios que administran justicia.

Se contemplan los aspectos a evaluar a todos aquellos funcionarios que administran justicia y que de acuerdo a lo estipulado en los artículos 33 y 34 del Estatuto de Servicio Judicial deberán de cumplir con un período de prueba de un año para los casos de iniciación y de tres meses para ascensos o traslados.

Por lo anterior, se ha elaborado el presente procedimiento con el fin de someterlo a conocimiento del Consejo de la Judicatura para lo que a bien estime resolver.

  Objetivo: Definir las acciones necesarias que permitan efectuar la valoración oportuna del desempeño durante el período de prueba de los funcionarios que administran justicia.

  Alcance:

1.  El área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, valorará aspectos relacionados con el ambiente laboral en que se ha desempeñado el funcionario, después de los primeros seis meses de su función jurisdiccional, para los casos de primer ingreso, sin perjuicio de adelantar esa evaluación a criterio del Consejo de la Judicatura, cuando así se requiera, según las circunstancias. Para ello se elaborará una guía de entrevista, la cual será utilizada en forma exclusiva por el área de trabajo social de esta Sección.

2.  Para la evaluación correspondiente a ascensos y traslados cuyo período es de tres meses, se elaborará un instrumento que contenga los aspectos sociolaborales de importancia, el cual debe ser aplicado por el juez coordinador en cada despacho, o el superior inmediato al cumplirse el mes dos. Asimismo, el Tribunal de la Inspección Judicial deberá efectuar la valoración respectiva, cuyos resultados deberán ser enviados a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial. En aquellos en que la valoración no pueda ser efectuada por el juez coordinador o superior, le corresponderá al área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y al Tribunal de la Inspección Judicial realizarla. 

3.  Los aspectos personales y los estadísticos que puedan incidir o hayan incidido en la disciplina, deberán ser valorados por el Tribunal de la Inspección Judicial y el Departamento de Planificación, respectivamente, según lo disponga el Consejo de la Judicatura.

V. Responsable: El desarrollo de esta labor estará a cargo de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, en coordinación con el Área Social de la Unidad Interdisciplinaria de esa Sección.

V. Normativa: Es importante considerar para la aplicación de los instrumentos señalados y la elaboración del presente procedimiento, la normativa vigente relacionada con la evaluación del desempeño:

Ley Orgánica del Poder Judicial:

Artículo 28.—Podrá ser destituido de su cargo, siguiendo el procedimiento establecido y con la previa oportunidad de defensa, el servidor:

“…2.-  Que por incorrecciones o fallas en el ejercicio de su cargo o en su vida privada, que pueden afectar el buen servicio o la imagen del Poder Judicial, se haya hecho acreedor a esa sanción.

 3.-   Que hubiere llegado a perder alguna de las condiciones esenciales para el ejercicio de su cargo, o incurra en alguna de las prohibidas para ello.

 4.-   Que resultare incompetente o inadecuado para el desempeño de su cargo.

 5.-   Que habitualmente ingiera bebidas alcohólicas de forma excesiva; consuma drogas no autorizadas o tuviere trastornos graves de conducta, de forma tal que puedan afectar el servicio.

Estatuto de Servicio Judicial

“Artículo 10.—La calificación periódica de servicios se hará anualmente por el Jefe de cada oficina judicial respecto de los subalternos que laboren en ella, usando formularios especiales que el Jefe del Departamento de Personal enviará a las diferentes oficinas en los meses que él determine.”

“Artículo 33.—Para que un servidor judicial reciba la protección de esta ley, deberá cumplir, satisfactoriamente, un período de prueba de un año, que se contará a partir de la fecha en que se haga cargo de su puesto.”

“Artículo 34.—El período de prueba se regirá por las siguientes disposiciones:

a)  Se aplicará tanto en los casos de iniciación de contrato como en los ascensos o traslados, pero en estos últimos casos será de tres meses. (Reformado por Ley Nº 6593 de 6-8-81. La Gaceta del 24-8-81).

b)  Si se tratare de iniciación de contrato, el Jefe de la Oficina podrá despedir al servidor durante el período de prueba; pero deberá informar a la Corte Plena y al Departamento de Personal sobre los motivos del despido. En casos especiales el informe podrá ser confidencial y se rendirá directamente al Presidente de la Corte; y

c)  Cuando se trate de ascenso o traslado, el sustituto quedará sujeto dentro del período de prueba de tres meses, a la eventualidad de que si aquél a quien sustituyó no fuere eficiente en el nuevo cargo, el Jefe de la respectiva oficina deberá reintegrarlo a su puesto anterior y así sucesivamente.

En estos casos el término de servicio en el puesto superior se acumulará al del inferior, para la obtención de los aumentos por tiempo servido.”

Acuerdos Consejo de la Judicatura:

Sesión CJ-13-2007, artículo XXVIII:

“Este Consejo estima que si bien no existe un procedimiento para evaluar el desempeño de los jueces, sería conveniente realizar una investigación en el campo socio-laboral, disciplinario y estadístico, al menos a mitad del período de prueba que deben cumplir los jueces según sea el caso, de un año para los de primer ingreso y de tres meses en situaciones de ascensos y traslados. Lo anterior con el objeto de constatar cual ha sido su desempeño en el despacho. De esa manera se comprobaría si se ajusta a la idoneidad que exige el servicio público, por lo que procede solicitar a la Unidad Interdisciplinaria que lleve un control de los nombramientos de primer ingreso a la Carrera Judicial para efectuar la investigación respectiva, que deberá comprender aspectos de rendimiento y desempeño en el despacho mediante informes de Trabajo Social, del Tribunal de la Inspección Judicial y el Departamento de Planificación.

Se acuerda: 1) Acoger la propuesta anterior. 2) Se ordena a la Unidad Interdisciplinaria mantener un control estricto de los nombramientos en propiedad en cargos de judicatura y ponerlos en conocimiento del área de Trabajo Social de esa Unidad, del Tribunal de la Inspección Judicial y del Departamento de Planificación para que a mitad del período de prueba que establece el Estatuto de Servicio Judicial se realice la investigación correspondiente en cada campo y se rinda el informe respectivo a este Consejo a fin de valorar el desempeño de ese funcionario en el cargo y si es del caso tomar las medidas pertinentes.”

- 0 -

Sesión CJ-16-2008, artículo XIV:

“…2)  Solicitarle a la Unidad Interdisciplinaria una propuesta de la estructura administrativa y demás requerimientos necesarios para la labor de control durante el período de prueba de los jueces, a los efectos de gestionar su aprobación ante los órganos competentes.”

VI. Procedimiento

a)  Se utilizará un reporte informático denominado “Reporte para Evaluación del desempeño”, mediante el cual se obtendrá el listado mensual de nombramientos de los funcionarios que administran justicia, será consultado por rangos de fecha.  El reporte en mención reflejará los datos sobre la condición del nombramiento, nombre, número de cédula, puesto, historial, despacho y fecha de nombramiento. Mediante este reporte se determina si el período de prueba corresponde a un año, o bien a tres meses. Esta labor será ejecutada por el área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

b)  Para los casos de jueces supernumerarios en propiedad, adscritos a la Presidencia de la Corte para la atención de los programas contra el Retraso Judicial y el de Equipos de Reducción del Circulante, así como los designados bajo la responsabilidad de los Consejos de Jueces de las Unidades Administrativas, le corresponderá a las personas encargadas del seguimiento, informar a  la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, acerca del período de nombramiento, despacho, materia y cargo que ocupa el juez supernumerario. Esta acción deberá realizarse en la misma fecha en que se lleva a cabo la designación.

c)  El área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, será la encargada de enviar una copia del reporte informático citado en el inciso a) al Tribunal de la Inspección Judicial. Por otra parte, se considera importante que para estos efectos, también se haga del conocimiento de la Contraloría de Servicios del Poder Judicial, órgano en el cual tanto la Trabajadora Social como el Tribunal de la Inspección Judicial, podrán apoyarse para recabar la información que consideren pertinente.

d)  Una vez que la institución haya definido los indicadores y parámetros para la Evaluación del Desempeño, se incluirán datos cuantitativos sobre la labor del juez, previa aprobación del instrumento por parte del Consejo de la Judicatura.

e)  El área de Trabajo Social agendará según sea el caso, las evaluaciones para su respectivo control, tomando en consideración lo siguiente:

§    Cuando se trate de nombramientos por primera vez, cuyo período de  prueba es de un año, se incluirá en agenda la fecha probable de evaluación, misma que será efectuada por la Trabajadora Social de la Sección y el Tribunal de la Inspección Judicial, quienes transcurridos los seis meses del nombramiento, se desplazarán al despacho y efectuarán un trabajo de campo mediante la aplicación de una guía de entrevista que se establecerá para estos efectos y realizará el informe respectivo. Asimismo, el área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, formulará una consulta por escrito a la Contraloría de Servicios de Poder Judicial, para determinar si cuenta con registros relacionados con la gestión específica del funcionario evaluado.

§    Para los casos en que el período de prueba corresponda a un ascenso o traslado (tres meses de labor), igualmente deberá de incluirse en agenda la remisión al juez coordinador del despacho, de un instrumento de evaluación exclusivo para estos efectos, con el fin de que en acatamiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Estatuto de Servicio Judicial, sea él quien ejecute dicha labor en apego estricto a los parámetros que se hayan definido por el área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y que estarán contenidos en el instrumento referido. Dicho documento será enviado a través de los medios de comunicación autorizados por la Institución a los despachos correspondientes en el segundo mes de trabajo del juez/a. 

§    Para el caso anterior, una vez que el juez coordinador realice la evaluación, deberá de devolver el formulario o instrumento con las respuestas al área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial en un término no mayor a tres días hábiles para que el/la profesional a cargo efectúe la revisión que competa y emita sus observaciones. El Tribunal de la Inspección Judicial, realizará también el estudio respectivo.

b)  El Tribunal de la Inspección Judicial y la Contraloría de Servicios, deberán enviar los informes que a cada uno corresponda, a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, a más tardar en la tercera semana previa al vencimiento del periodo de prueba, para aquellos casos en los que la valoración corresponda a un traslado o ascenso (tres meses) y con un mes de antelación al vencimiento, cuando se trate de nombramientos por primera vez.  Dichos informes serán valorados por el/la profesional en el área de Trabajo Social, quien previo al vencimiento de los respectivos nombramientos, los pondrá en conocimiento de la jefatura de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, quien a su vez los someterá al conocimiento del Consejo Superior, con copia al Consejo de la Judicatura.

c)  Los documentos que se generen producto de las evaluaciones serán archivados en un expediente que será custodiado por el área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

d)  El área de Trabajo Social tendrá a su cargo el control y seguimiento de las evaluaciones, razón por la cual deberá mantener una comunicación estrecha con los encargados en el Tribunal de la Inspección Judicial y la Contraloría de Servicios y el Departamento de Planificación.

VII. Instrumentos a utilizar en la evaluación. El área de Trabajo Social utilizará como parte del estudio socio-laboral una guía de entrevista, apoyada en la escala de Likert, la cual consiste en un conjunto de ítems presentados en forma de afirmaciones o juicios ante los cuales se pide la reacción de los sujetos. A cada punto se le asigna un valor numérico, lo que permite obtener una puntuación. Dicha herramienta será exclusiva para el trabajo de campo a realizar.

La entrevista abordará la dinámica laboral en la que se desenvuelve la persona en estudio, considerando tanto al personal del despacho como a otras dependencias de la institución, con el propósito de facilitar la obtención de información objetiva.

El instrumento a utilizar será de uso exclusivo del Área de Trabajo Social de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, por lo tanto, quedará prohibida su circulación y/o aplicación para afectos ajenos al que se ha descrito en el presente procedimiento.

De igual forma, se utilizará un formulario para uso exclusivo de los jueces coordinadores, quienes serán responsables de la aplicación del instrumento para aquellos casos en que el período de prueba sea de tres meses, o bien se trate de traslados. El formulario a utilizar igualmente se basa en la Escala de Likert y se hará la observación de que su aplicación es de  uso exclusivo del superior jerárquico, quien deberá darle uso confidencial, a fin de evitar acciones que puedan afectar la evaluación.

VIII. Instrumentos (Ver anexos)

IX. Recursos Necesarios:

Recurso Humano: Para la labor de apoyo a esta labor, es necesario contar con un 1 auxiliar que se dedique a tiempo completo a la atención de las funciones que se ejecutan en la Unidad Interdisciplinaria integrada por los profesionales en Medicina, Psicología y Trabajo Social,  quien tendrá a cargo todas las acciones operativas, control y seguimiento que involucra el presente procedimiento.

Equipo y mobiliario:

1 Computadora

1 Estación de trabajo

1 Silla

El espacio físico ya se encuentra contemplado en la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.”

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32238)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 35-09

ASUNTO:    Política de atención a víctimas de violencia doméstica que son empleadas(os) judiciales.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES, JEFATURAS, SERVIDORAS

Y SERVIDORES JUDICIALES

SE LES HACE SABER QUE:

1.-) El Consejo Superior, en sesión Nº 64-07, celebrada el 30 de agosto de 2007, artículo L, aprobó la propuesta de política de atención a víctimas de violencia doméstica empleadas(os) judiciales elaborada por el Departamento de personal a solicitud de la Comisión de Género.

2.-) La Política parte de la premisa de que la violencia en cualquiera de sus formas: física, emocional, patrimonial o sexual, son formas indeseables de ejercicio del poder que tienen graves consecuencias en la vida personal, social, familiar y laboral de quienes la sufren, además de implicar un alto costo económico por el impacto que tiene en la calidad de vida y el rendimiento laboral.

3.-) Define una serie de áreas de trabajo en la que están involucradas, con responsabilidades específicas, diversas instancias judiciales: Departamento de Trabajo Social y Psicología, Servicio de Salud para Empleados(as) Judiciales, Prensa y Comunicación Organizacional, Proceso de gestión de la capacitación del Departamento de Personal y Escuela Judicial. La coordinación de la ejecución de la política y del equipo de trabajo está a cargo de la Secretaría Técnica de Género.

4.-) Durante el año y medio que tiene la política de aprobada, se ha desarrollado una campaña información y divulgación sobre la temática tanto con boletines en intranet como impresos colocados en las pizarras informativas existentes en los distintos despachos judiciales.

5.-) Se inició la atención directa de las compañeras(os) judiciales en las oficinas del Departamento de Trabajo Social y Psicología de todo el país, en el Área de Trabajo social y Psicología del servicio de salud para empleados(as) judiciales, Oficina de atención a la víctima del Ministerio Público y Área de Psicología del Servicio de Salud de Goicoechea.

6.-) El Consejo Superior el 23 de abril del 2008, en la sesión 30 artículo LII, aprobó el protocolo denominado “Lineamientos de atención y referencia a empleadas(os) judiciales víctimas de violencia” donde se establece el procedimiento a seguir para que las compañeras accedan a los servicios disponibles en la institución.

7.-) Se ha iniciado el reporte estadístico independiente de los casos atendidos por violencia doméstica en las instancias señaladas en el punto cinco, información que es reportada trimestralmente a la Secretaría de Género.

8.-) Está por finalizarse el diagnóstico sobre prevalencia y características de la violencia doméstica en las empleadas judiciales cuyos resultados finales serán conocidos a corte plazo. Para su elaboración se aplicó un cuestionario a 793 compañeras de todos los circuitos judiciales y de los distintos ámbitos de acción institucional.

9.-) Se elaboró, junto con el Subproceso de Capacitación del Departamento de Personal, un desplegable de bolsillo llamado “El amor no debe doler” mismo que fue entregado a cada funcionaria y funcionario que labora en la institución.

10.-) Se realizarán durante este año dos talleres de sensibilización y capacitación dirigidos a compañeros judiciales que abordará el tema del manejo del enojo.

Para las compañeras y compañeros judiciales que sufren violencia doméstica les instamos a que acudan a los siguientes lugares:

Las oficinas de Trabajo Social y Psicología de todos los circuitos judiciales del país.

 Área de Trabajo Social y Psicología del Servicio de Salud para Empleados(as) Judiciales de San José. Teléfonos: 2295-3926, 2295-3927, 2295-3928.

La Oficina de Atención a la Víctima del Ministerio Público. Teléfonos: 2295-4427, 2295-3565, 2295-4344, 2295-3271.

Área de Psicología de los Tribunales de Goicoechea. Teléfono 2247-9321.

Las consultas pueden ser realizadas en forma personal o telefónica.

San José, 24 de marzo del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32239)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 36-09

ASUNTO:  Lineamientos a seguir para solicitar alguna ayuda para disminuir los niveles de circulante.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 23-09 (Presupuesto 2010), celebrada el 11 de marzo del año en curso, artículo VIII, conoció el informe de plazas extraordinarias Nº 027-PLA-CE-2009, relacionado con la Unidad de Jueces conciliadores, que entre otros, aprobó la recomendación 5.5 del informe, que literalmente dice:

“5.5.   Que los despachos judiciales, antes de solicitar alguna ayuda para disminuir los niveles de circulante, realicen las diligencias respectivas a efecto de que el programa de Resolución Alternativa de Conflictos los haya atendido así como el de Retraso Judicial”.

San José, 26 de marzo del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32240)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 37-09

ASUNTO:    Ampliación de la Circular Nº 01-09 sobre el “Uso de carátulas “color terracota” (rojo marrón), en los expedientes en los que figure como parte una persona adulta mayor.”, publicada en el Boletín Judicial Nº 12 del 19 de enero de 2009.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 13-09, celebrada el 17 de febrero del año en curso, artículo LXIX, dispuso ampliar la Circular Nº 01-09, publicada en el Boletín Judicial Nº 12 del 19 de enero del 2009, en el sentido de que el uso de las carátulas color terracota (rojo marrón) para los expedientes en los que figura como una de las partes un adulto mayor, es se utilizarán en todas las materias y no solamente en las que se indican en esa circular.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32241)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 39-09

ASUNTO:    Aclaración sobre el artículo 4 de la Ley Nº 8687 “Ley de Notificaciones Judiciales”

A LA OFICINA CENTRALIZADA DE NOTIFICACIONES

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 22-09, celebrada el 10 de marzo de 2009, artículo LXIV, dispuso aclarar a los notificadores de la Oficina Centralizada de Notificaciones, que de conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 8687, no es necesario que acudan a notificar a los despachos cuando se les solicite vía telefónica, por cuanto el juez o el servidor que este designe están facultados para realizar dicho trámite.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32243)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 40-09

ASUNTO:    Aclaración de la Circular Nº 15-09 sobre el “Traslado de los controles manuales de las oficinas judiciales a sistemas informatizados.”

A LOS JEFES DE LAS OFICINAS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 22-09, celebrada el 10 de marzo del año en curso, artículo LVIII, dispuso aclarar la Circular Nº 15-09 sobre el “Traslado de los controles manuales de las oficinas judiciales a sistemas informatizados”, publicada en el Boletín Judicial Nº 53 del 17 de marzo del 2009, en el sentido de que lo que se autoriza es sustituir los registros manuales por informáticos, utilizando para ello hojas electrónicas, principalmente las de Open Office.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32244)                                                 Secretaria General

CIRCULAR Nº 41-09

ASUNTO:  Adición a la Circular Nº 16-09 “Lineamientos a seguir para el nombramiento en propiedad en las plazas vacantes” publicada en el Boletín Judicial Nº 39 del 25 de febrero de 2009.

A LOS SERVIDORES Y SERVIDORAS JUDICIALES

DEL PAÍS Y A LAS ASOCIACIONES GREMIALES

DEL PODER JUDICIAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 25-09, celebrada el 17 de marzo de 2009, artículo LX, dispuso adicionar a los lineamientos establecidos en la Circular Nº 16-09 para los nombramientos en plazas vacantes que, de conformidad con los artículos 33 y 34 inciso a) del Estatuto de Servicio Judicial, los servidores nombrados en propiedad por primera vez deberán cumplir un período de prueba de un año a partir de la fecha en que rige el nombramiento y los propietarios que pasen a ocupar otras plazas cumplirán un período de prueba de tres meses, en ambos casos en los puestos que están siendo nombrados.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32245)                                                 Secretaria General

AVISO Nº 06-09

ASUNTO:  Alcances de la resolución Nº 2008-013962, dictada por la Sala Constitucional a las 9:31 horas del 19 de setiembre del 2008.

A LOS JUECES DEL PAÍS QUE TRAMITAN MATERIA LABORAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 13-09, celebrada el 17 de febrero del 2009, artículo LXXI, dispuso comunicar a todos los jueces del país que tramitan materia laboral, los alcances de la resolución Nº 2008-013962, dictada por la Sala Constitucional a las 9:31 horas del 19 de setiembre del 2008, que es recurso de amparo contra el Juzgado de Trabajo de Puntarenas. Dicha resolución en sus considerandos y parte dispositiva, señala literalmente:

“(…) I.—Objeto del recurso. El recurrente alegó que desde hace cuatro años se tramita, ante el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, el proceso por riesgo laboral Nº 04-000630-418-LA-2, contra el Instituto Nacional de Seguros. Aseguró que, para el 18 de junio de 2008, fecha de interposición del recurso de amparo, no se había dictado sentencia, dado que la parte demandada no ha aportado una certificación reiteradamente solicitada por la autoridad jurisdiccional, por lo que estima lesionado su derecho a una justicia pronta y cumplida, tutelado por el artículo 41 de la Constitución Política.

II.—Hechos probados. De relevancia para dirimir el presente recurso de amparo, se tienen por acreditados los siguientes: 1) El 23 de noviembre del 2004, Ulises Arroyo Muñoz presentó, ante el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, una demanda por riesgo laboral contra el Instituto Nacional de Seguros (ver informe a folio 13). 2) El 5 de julio del 2005, una vez efectuado el traslado de la demanda y conferidas las audiencias respectivas, el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas admitió, para ante el Consejo Médico Forense, un recurso de apelación, interpuesto por el amparado, en contra del dictamen rendido por la Sección de Medicina del Trabajo (visible a folio 16 y ver informe a folio 13). 3) El 15 de agosto del 2006, el Consejo Médico Forense rindió el dictamen pertinente (ver informe a folio 13). 4) El 11 de setiembre del 2006, el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas otorgó audiencia a las partes, por el término de tres días, para que se refirieran al dictamen rendido por el Consejo Médico Forense, asimismo le solicitó al Instituto Nacional de Seguros, que presentara certificación de los días de incapacidad temporal otorgados al recurrente por el accidente que originó la demanda (visible a folio 17). 5) El 20 de marzo del 2007, se remitió recordatorio al Instituto Nacional de Seguros (visible a folio 18). 6) El 22 de junio del 2007, el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas requirió al Consejo Médico Forense de Heredia que ampliara el dictamen Médico presentado el 15 de agosto de 2006, en el sentido que se consignaran los días de incapacidad temporal otorgados al actor (visible a folio 19).7) El 31 de enero del 2008, el Juzgado recurrido emitió un nuevo recordatorio, para que las autoridades del Instituto Nacional de Seguros, certificaran el número de días otorgados por concepto de incapacidad temporal (visible a folio 59). 8) El 6 de mayo del 2008, el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas volvió a remitir un recordatorio a las autoridades del Instituto Nacional de Seguros, para que cumpliera con lo solicitado (visible a folio 21). 9) El 5 de junio del 2008, el Instituto Nacional de Seguros presentó la certificación solicitada (visible a folio 22 y ver informe a folio 14). 10) A las 8:40 horas del 27 de junio del 2008, se notificó a la autoridad recurrida, el auto inicial de este proceso de amparo (visible a folio 29). 11) A las 13:05 horas del 27 de junio del 2008, el Juzgado de Trabajo y de Mayor Cuantía de Puntarenas confirió audiencia a las partes para que se refirieran a la certificación presentada (visible a folio 23).

III.—Sobre el derecho a una justicia pronta y cumplida. El artículo 41 de la Constitución Política estipula: “Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes”. En igual sentido, el artículo 8° de la Convención Americana de Derechos Humanos, suscrita en San José el 22 de noviembre de 1969 indica: “Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la substanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”. De lo anterior se colige que la Administración de Justicia está obligada a resolver en un plazo razonable los asuntos que le son planteados. El artículo 41 de la Constitución Política –antes transcrito-, no ha constitucionalizado un derecho a los plazos, sino el derecho fundamental de toda persona a que su causa sea resuelta dentro de un plazo razonable, lo que ha de ser establecido en cada caso concreto, atendiendo a la complejidad del asunto, la conducta de los litigantes y de las autoridades, así como las particularidades de cada tipo de proceso.

IV.—Caso concreto. En este asunto está plenamente demostrado que, el 23 de noviembre de 2004, Ulises Arroyo Muñoz presentó, ante el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, una demanda por riesgo laboral, a la cual se le asignó el número de expediente 04-000630-418-LA-2. La Jueza Coordinara del Despacho justificó el retraso para dictar sentencia, en el hecho que el Consejo Médico Forense tardó más de un año para resolver el recurso de apelación que el amparado presentó contra el dictamen rendido por la Sección de Medicina del Trabajo, y en la renuencia de las autoridades del Instituto Nacional de Seguros para aportar una certificación del número de días otorgados por concepto de incapacidad temporal. Al respecto, este Tribunal considera pertinente resaltar varios puntos. En primer lugar, si bien cierto el recurso de apelación fue admitido desde el 5 de julio de 2005 y el Consejo Médico Forense rindió su dictamen hasta el 15 de agosto de 2006, esto ocurrió 1 año, 10 meses y 17 días antes que se rindiera el informe ordenado por esta Sala. De otra parte, tal y como lo afirma la autoridad recurrida, por 1 año, 8 meses y 25 días, el Instituto Nacional de Seguros se mostró reticente a presentar la prueba solicitada mediante la resolución del 11 de setiembre de 2006, no obstante, le es exigible a la Jueza encargada, por su posición dentro del proceso, las atribuciones y responsabilidades que implica su investidura, una actitud más diligente. Resulta obvio que ante el incumplimiento de una orden judicial, es responsabilidad del juez imponer su autoridad y, con los instrumentos que el ordenamiento jurídico brinda, forzar el cumplimiento de sus directrices. Así, por ejemplo, en el presente caso, ante la inercia de las autoridades del Instituto Nacional de Seguros, entre las medidas que procedían era el testimonio de piezas ante el Ministerio Público para la investigación del delito de desobediencia a la autoridad. Sin embargo, la Jueza se limitó a enviar recordatorios, el primero hasta el 20 de marzo de 2007, 6 meses y 9 días después de haber emitido la orden, el 31 de enero de 2008, luego de 10 meses y 11 días desde que se envió el primer recordatorio, y el 6 de mayo de 2008, 3 meses y 4 días, después. Así, no es admisible que la autoridad recurrida, en el presente asunto busque librarse de responsabilidad escudándose en el actuar del Instituto, cuando, como se explicó, le es exigible una conducta muchísimo más acuciosa como impulsor del proceso. Además es importante tomar en cuenta que el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas emitió la resolución mediante la cual puso en conocimiento de las partes la certificación aportada, el propio día en el cual se notificó el auto inicial de este proceso de amparo. Entre el 23 noviembre de 2004 y el 2 de julio de 2007, fecha para en la cual la Jueza coordinadora del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas rindió su informe sin que se hubiera dictado la sentencia, se evidencia un lapso de 3 años, 7 meses y 9 días, término que, desde todo punto de vista, resulta irrazonable, sobre todo si se toma en cuenta la naturaleza laboral del proceso, al cual, por los intereses en juego, el legislador, respondiendo al mandato contenido en el Título V de la Constitución Política, decidió dotar de mecanismos flexibles, con el propósito de solventar las controversias suscitadas en ese ámbito, y conseguir con ello, el mantenimiento de la paz social. Por último, es importante destacar que la Jueza Coordinadora del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, también excusó el atraso en resolver, en el alto circulante del despacho, así como, en la escasez de recursos. En la tramitación de los procesos, las autoridades judiciales pueden enfrentarse a problemas de índole coyuntural, o también, crónicos o estructurales. Los problemas coyunturales se presentan cuando, por circunstancias ajenas al control de los Jueces, la cantidad de procesos que manejan las oficinas se eleva de forma inusitada. Para la solución de problemas de este tipo, se toman medidas transitorias, con el fin de poder hacer frente a las vicisitudes. Paralelamente, ciertos problemas en la administración de justicia se vuelven crónicos; ante estos, las medidas que se deben tomar son más profundas y exigen, una reacción rápida, para que, con el avance del tiempo, la situación de los usuarios del servicio público de administración de justicia no se agrave, de manera progresiva. El caso de la jurisdicción laboral es particular en nuestro país, pues, desde larga data se han reconocido los serios problemas estructurales que sufre, no obstante, las autoridades competentes no han tomado las disposiciones necesarias, para solucionarlos definitivamente. Así las cosas, a partir de la argumentación esbozada, este Tribunal Constitucional no considera que la justificación ofrecida por la Jueza recurrida sea atendible, razón por la cual, se concluye que la dilación es indebida, por lo que el recurso debe declararse con lugar.

V.—En cuanto al proceder del Instituto Nacional de Seguros, esta Sala omite pronunciamiento por cuanto la evaluación de su actuar y las consecuencias que puede aparejar, son cuestiones que compete valorar al Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, a la hora de determinar la condenatoria.

VI.—Corolario. En mérito de lo expuesto se impone declarar con lugar el recurso, por lesión del derecho a una justicia pronta y cumplida, tutelado por el artículo 41 de la Constitución Política. Por tanto:

Se declara con lugar el recurso. Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirvieron de base a la presente declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese esta sentencia, a Luis Paulino Mora Mora, en su condición de Presidente de la Corte Suprema de Justicia, y Presidente del Consejo Superior del Poder Judicial.”

San José, 6 de marzo del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32246)                                                 Secretaria General

AVISO Nº 13-09

ASUNTO:    Aclaración de la Circular Nº 36-08 sobre el “Procedimiento a seguir por los despachos judiciales, en el trámite de comisiones al exterior y cálculo de viáticos para su diligenciamiento”.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

En adición a la Circular Nº 36-2008 de esta Secretaría, publicada en el Boletín Judicial Nº 157 del 14 de agosto de 2008, y según lo comunicado por la licenciada Ana Lucía Nassar Soto, Jefa del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se puede acceder a los datos consulares que se indican en esa circular, en forma actualizada, en la dirección electrónica de ese Ministerio, http://www.rree.go.cr/servicioexterior/index.php.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32248)                                                 Secretaria General

AVISO Nº 14-09

ASUNTO:    Reapertura del Depósito de San Joaquín de Flores.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión Nº 19-09, celebrada el 03 de marzo del año en curso, artículo LXXVI, dispuso comunicarles que en virtud de que cerraron el Depósito de Vehículos de Colima y mientras se firma un convenio con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se reabre el Depósito de San Joaquín de Flores sin restricción, a partir de este momento y hasta nuevo aviso.

San José, 26 de marzo del 2009.

                                                                Lic. Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(32249)                                                 Secretaria General

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Grecia de la provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veintisiete de abril del dos mil nueve, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 01 de abril del 2009.

                                                                      Luis Barahona Cortés,

(32251)                                                            Subdirector Ejecutivo

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Nandayure de la provincia de Guanacaste.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Nandayure de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día quince de mayo del dos mil nueve, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                      Luis Barahona Cortés,

(32252)                                                            Subdirector Ejecutivo

AVISOS

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006 artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1929 a 1993 del Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.

Remesa:   20151

                 Documentos: 15581

                 Paquetes: 125

                 Año: 1929 - 1993

                 Asunto: Documentos base en materia civil: 1 paquete con 5 documentos del año 1929 (Desglosar tipos documentales por año. 2 facturas, 3 recibos).

                 4 documentos del año 1948 (3 recibos, 1 oficio).

                 8 documentos del año 1954 (3 recibos, 5 oficios).

                 10 documentos del año 1961 (3 recibos, 2 cheques, 5 oficios).

                 3 documentos del año 1966 (1 plano, 2 testimonios).

                 2 documentos del año 1976 (1 pagaré, 1 testimonio).

                 1 documento del año 1977 (1 pagaré).

                 1 documento del año 1980 (1 oficio).

                 2 documentos del año 1981 (2 recibos).

                 22 documentos del año 1982 (1 pagaré, 4 recibos, 3 hipotecas, 3 cheques, 1 testimonial, 10 oficios).

                 15 documentos del año 1983 (1 pagaré, 3 facturas, 11 cheques).

                 10 documentos del año 1984 (2 pagarés, 1 facturas, 5 recibos, 2 cheques).

                 26 paquetes con 3109 documentos del año 1986 (61 letras de cambio, 263 pagarés, 1068 facturas, recibos 876, 160 prendas, 1 hipoteca, 102 cheques, 15 planos, 15 certificaciones, 45 testimonios, 55 contratos, 20 fotos, 5 dictámenes, 19 copias, 1 revista, 381 oficios, 1 telegrama, 4 traducciones, 1 llave, 5 poderes, 11 posiciones).

                 17 paquetes con 1683 documentos del año 1987 (66 letra, 103 pagarés, 438 facturas, 473 recibos, 86 prendas. 1 hipoteca, 121 cheques, 4 planos, 7 certificaciones, 50 testimonios, 38 contratos, 31 fotos, 1 dictamen, 10 copias, 100 oficios, 5 llaves, 2 poderes, 117 notas, 30 posiciones).

                 2 paquetes con 166 documentos del año 1988 (7 letras 1 pagaré, 112 facturas. 35 recibos, 1 plano, 3 testimonios, 1 revista, 6 oficios).

                 15 paquetes con 1977 documentos del año 1989 (164 letras, 97 pagarés, 433 facturas, 698 recibos, 75 prendas, 3 hipotecas, 70 cheques, 2 planos, 10 certificaciones, 40 testimonios, 41 contratos, 72 fotos, 3 dictámenes, 3 copias, 66 recibos, 3 revistas, 109 oficios, 9 llaves, 79 posiciones).

                 10 paquetes con 2176 documentos del año 1990 (Desglosar tipos documentales por año. 102 letras de cambio, 65 pagarés, 297 facturas, recibos 572, prendas 69, hipotecas 1, cheques 59, testimonios 43, contratos 30, 58 fotos, copias 46, oficios 816, telegramas 1, traducciones 2, llaves 14, poderes 1).

                 13 paquetes con 2238 documentos del año 1991 (111 letras de cambio, 60 pagarés, 470 facturas, 235 recibos, 3 prendas, 55cheques, 14 planos, 40 certificaciones,16 testimonios 19 contratos, 34 fotografías, 23 copias, 429 recibos, 1 revista, 715 oficios, 4 llaves, 4 notas, 5 posiciones).

                 16 paquetes con 2234 documentos del año 1992 (196 letras de cambio, 65 pagarés, 571 facturas,887 recibos, 34 prendas, 5 hipotecas,95 cheques, 4 planos , 12 testimonios,39 contratos, 41 fotografías, 124 copias, 7 revistas, 92 oficio,1 poder 61 posiciones).

                 14 paquetes con 1915 documentos del año 1993 (265 letras, 64 pagarés, 280 facturas, 404 recibos, 58 prendas, 1 hipoteca, 76 cheques, 38 planos,27 testimonios,, 44 contratos, 104 fotografías, 8 dictámenes, 149 copias, 29 recibos, 363 oficios, 1 llave, 4 poderes).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León,

(32253)                                                               Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006 artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1955 a 1993 del Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación se encuentra remesada y custodiada en este despacho.

Remesa:   20152

                 Documentos: 24339

                 Paquetes: 33

                 Año: 1955-1993

                 Asunto: Documentos Base: 1 paquete con 48 documentos (cedula hipotecaria 2, del año 1955; cedula hipotecaria 2, del año 1957; carta 1, certificación 1, del año 1958; carta 1, certificado de propiedad 1, fotografías 3, oficios varios 1, del año 1959; cedula hipotecaria 1, del año 1971; cheque 1, factura 12, recibos por dinero 8, pagare 1, del año 1974; oficio 1, pliego de preguntas 1, del año 1972; pagare 2, recibos por dinero 7, pliegos de posiciones 2, del año 1975.

                 1 paquete con 56 documentos del año 1976 (bonos de deuda: 4 pagare: 7 recibos por dinero: 28 periódico: 2 contrato: 3 pliego de posiciones: 2 facturas: 3, copias varias: 6 cheque: 1).

                 1 paquete con 78 documentos del año 1977 (pagare: 6 facturas: 43 cheque: 2 contrato: 1 poder: 1 pliego de posiciones: 1 recibo por dinero: 3 prenda: 1 acciones: 20).

                 1 paquete con 49 documentos del año 1978 (cedula hipotecaria: 1 recibos: 3 oficios: 12 facturas: 25 letra de cambio: 1 pliego de posiciones: 1 libros de actas: 6).

                 1 paquete con 216 documentos del año 1979 (recibo: 87 facturas: 37 pagare: 1 pliego de posiciones: 3 copias de documentos: 26 contrato: 1 oficios varios: 26 plano: 20 bonos de refundición: 2 oficios: 13).

                 1 paquete con 22 documentos del año 1980 (pagare: 2 prenda: 2 recibos: 4 testimonio de escritura: 1copias de documentos: 5 pliego de posiciones: 2 factura: 2 letra de cambio: 4).

                 2 paquetes con 2958 documentos del año 1981 (letras 86, pagares 341, facturas 804, recibos por dinero 629, cheques 168, planos 3, certificaciones 11, testimonio de escritura 6, contratos 16, fotos 5, dictamen medico 3, copias 67, certificado prenda 122, oficios varios 443, confesiones –posesiones 78, orden de compra 66, notas de crédito 7, cartas 13, notas debito 14, protocolo 1, casette ,1 deposito judicial 74).

                 1 paquete con 87 documentos del año 1982 (acciones: 1, pliego de posiciones: 2, facturas: 35, cedula hipotecaria: 2, libro: 1, copias varias: 46.).

                 1 paquete con 105 documentos del año 1983 (acciones: 1, pliego de posiciones: 2, facturas: 53, cedula hipotecaria: 2, libro: 1, copias varias: 46).

                 1 paquete con 121 documentos del año 1984 (acciones: 1, pliego de posiciones: 2, facturas: 51, cedula hipotecaria: 2, libro: 1, copias varias: 64).

                 2 paquetes con 1997 documentos del año 1985 (letras 50, pagare 349, factura 450, recibo dinero 753, prenda 139, hipoteca 4, cheque 196, planos 33, certificación 23).

                 2 paquetes con 3013 documentos del año 1986 (letras 25, pagare 347, factura 750, recibo dinero 753, prenda 139, hipoteca 4, cheque 196, planos 33, certificación 23, testimonios de escrituras 32, contrato 72, fotos 59, dictamen medico 8, mapas 2, copias de documentos- prueba 255, recibos servicios público 63, oficios varios 224, telegramas 9, poder 1, certificado 4, garantía de pago 2, constancia 5, timbres 7).

                 2 paquetes con 2325 documentos del año 1987 (letras 50, pagare 789, factura 290, recibo dinero 571, prenda 73, hipoteca 4, cheque 107, planos 27, certificación 1, testimonios de escrituras 12, contrato 33, fotos 14, negativo 1, dictamen medico 5, copias de documentos- prueba 63, recibos servicios público 14, revistas 5 paginas de periódico, 1 recorte de periódico, oficios varios 191, llaves 2, libros 4, depósitos 68).

                 2 paquetes con 3814 documentos del año 1988 (letras 91, prendas 69, hipotecas 41, facturas 536, recibos 2144, cheques 86, planos 20, certificaciones 77, test. esc 54, contratos 85, fotos 41, dictamen medico 5, copias de doctos 248, recibos de servicios 24, varios 175, traducciones 46, llaves 2, pliegos de posiciones 70).

                 2 paquetes con 1901 documentos del año 1989 (letras 72, pagare 58, factura 659, recibo dinero 248, prenda 61, hipoteca 4, cheque 84, planos 40, certificación 16, testimonios de escrituras 26, contrato 36, fotos 61, dictamen medico 1, copias de documentos- prueba 300, recibos servicios público 16, revistas-libros 13, oficios varios 150, telegramas 2, certificados a plazo ,8 pliego con posiciones 46).

                 3 paquetes con 2097 documentos del año 1990 (letras: 69, pagares: 54, facturas: 633, recibos 470, prendas 50, hipotecas: 6, cheques: 46, planos: 8, certificaciones: 11, testimonios de escrituras: 11, contratos 29, fotos: 103, dictamen medico: 3, llaves: 2, copia de documentos-prueba: 42, recibos públicos: 12, oficios varios: 445, telegramas: 1, traducciones: 1, copias de depósitos: 101).

                 3 paquetes con 1219 documentos del año 1991 (letras132 pagare 53 factura 287 recibo dinero 454 prenda 26 hipoteca 1 cheque 93 planos6 certificación 14, testimonios de escrituras16 contrato 25 fotos 111 libros de actas 1).

                 3 paquetes con 1994 documentos del año 1992 (letras de cambio 139 prendas 15 hipotecas 5 facturas 346 recibos 788 cheques 96 planos 16 certificaciones 9 testimonios de escritura 2 contratos 107 fotos 200 dictamen medico 5 copias de documentos 243 recibos de servicios públicos 23 revistas 3).

                 3 paquetes con 2239 documentos del año 1993 (letras de cambio 147 prendas 11 hipotecas 2 facturas 386 recibos 768 cheques 76 planos 16 certificaciones 9 testimonios de escritura 2 contratos 117 fotos 240 dictamen medico 5 copias de documentos 323 recibos de servicios públicos 23 revistas 3 varios 76 traducciones 8 pliegos de posiciones 27).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 13 de abril del 2009

                                                                     Lic. Alfredo Jones León,

(32254)                                                              Director Ejecutivo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº  01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1937 al 2007 del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:   20132

                 Ampos: 111 ampos

                 Cajas: 7 cajas

                 Año: 1937 - 2007

                 Asunto: Documentación administrativa: Reportes y Registros: alfabético de demandados del año 1997 al 1998; alfabético demandados de 1970 al 1973, alfabético de demandados del año 1994 al 1995, alfabético de actores del año 1998 al 1999, alfabético de actores del año 1994 al 1996, alfabético de actores del año 1997, alfabético de actores del año 1958 al 1961, alfabético del año 1982 al 1986, Conocimientos abril 1987, Conocimientos 1978-1980.

                 Conocimientos 1983-1985, correo 1993, correo 1991-1992, Traslados de fondo 1979, alfabético actores 1949-1951, Comisiones 1977, Comisiones 1978-1984, Conocimientos 1985, Conocimientos 1974-1981, Conocimientos 1970-1973, Edictos 1971-1973, Conocimientos 1979, Conocimientos 1985, Edictos 1977, Registro de salida 1956-1958, Registro de salida 1950, alfabético 1953, Conocimientos 1967-1980, Conocimientos 1979-1983, Conocimientos 1974-1983.

                 Verbales 1964-1979, General 1937, alfabético 1974-1976, Ampo escritos malos 1996, Conocimientos 1980, Alfabético 1966, alfabético demandados 1998-1999, alfabético actores 2000-2001, alfabético 1980-1982, alfabético 1989-1990, Conocimientos 2000-2005, alfabético 1991-1991, alfabético demandados 2000-2002, alfabético 1976-1978, Escritos malos 1989-2002, Orden de confección de cheques 1995-2005, Orden de giros 1979-1994, control de oficios 1979-1983.

                 Constancia de giros 1981, escritos malos 1990, escritos malos 1993, escritos malos 1992, orden de giros 1983, orden de giros 1987, escritos malos 1992, orden de giros 1983, orden de giros 1987, escritos malos 1992, escritos malos 1987-1999, escritos malos 2001, solicitudes al archivo 2002, curriculum de peritos, listados de notificador jun 2006-set 2006, solicitudes al archivo 1999, conocimientos 2003, escritos malos 2005, escritos malos 2000, escritos malos 2005, recibidos financiero contable 1998-2000, verbales 1980.

                 Escritos malos 2001, cuaderno de expedientes recibidos de archivo judicial 2001, reporte de boletas 2001-2004, orden de giro 1994-1996, traslados de fondos 1997, orden de giro 1997, orden de giro 1996, orden de giro 1997, sentencias 2001, orden de giro 1992, 3 agendas 2007, 3 agendas 2005, 3 agendas 2004, conocimientos 1985-1987, edictos 2000, edictos 1995-1996, rol pasado a fallo juez 2000, edictos 1995-2000, traslados de fondos 1994-1996, alfabético demandados 1991, verbales 1980, reporte de orden de giro 1980, orden de giro 2002.

                 Traslados de fondos 1999-2002, orden de giro 2003, orden de giro 1998, orden confección de cheques 2000, sentencias 2005, sentencias 2005, registros de asistencia enero a junio 2006, registro de asistencia de jun-dic 2006, escritos malos 2001, solicitudes al archivo judicial 2002, listados de notificador jun-set 2006, solicitud al archivo judicial 1999, conocimientos 2003, escritos malos 2005,escritos malos 2000, escritos malos 2005, alfabético demandado 1970-1973, alfabético 1962-1966, alfabético 1970.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León,

(32255)                                                              Director Ejecutivo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006, del 01 de setiembre del 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, del 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles del año 2002 y 2003 del Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:   C 21 S 02

                 Expedientes: 8

                 Paquetes: 1

                 Año: 2002

                 Asunto: Civil varios: 4 Cambio de Nombre, 4 Embargo Preventivo

Remesa:   C 22 S 02

                 Expedientes: 126

                 Paquetes: 4

                 Año: 2002

                 Asunto: Ejecutivo Prendario

Remesa:   C 14 S 03

                 Expedientes: 111

                 Paquetes: 3

                 Año: 2003

                 Asunto: Ejecutivos Prendarios

Remesa:   C 13 S 03

                 Expedientes: 2

                 Paquetes: 1

                 Año: 2003

                 Asunto: Civil varios: 1 Cambio de Nombre, 1 Embargo Preventivo

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 13 de abril del 2009

                                                                     Lic. Alfredo Jones León,

(32256)                                                              Director Ejecutivo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá con la eliminación de documentos administrativos de 1962 a 2007 del Juzgado Cuarto Civil de Menor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.

Remesa:   20133

                 Libros: 23

                 Ampos: 11

                 Carpetas: 28

                 Paquetes: 4

                 Año: 1962 a 2007

                 Asunto: Documentación administrativa: 1 Paquete con 10 libros del año 1985 a 2004 (1 libro control de Edictos, 4 libros de Conocimiento, 1 libro de Comisiones, 1 libro de Expedientes en Copias, 1 libro de comisiones, 2 libros de Comisiones de Afuera).

                 1 Paquete con 11 ampos del año 1971 a 2001 (Copias de oficios enviadas, Correspondencia recibida, Personería jurídica, Proposición de nombramientos, Proposición de nombramientos y correspondencia a personal,  Informe a estadística, Proposición de nombramientos- oficios y correspondencia a la dirección ejecutiva, Recortes del boletín judicial, Correspondencia,  Copias de oficios, Copias de facturas de proveeduría).

                 1 Paquete del año 1995, 1999 al 2007 (Registro de asistencia, 1 cuaderno de orden de giro de la encargada de depósitos, 1 Agenda judicial, 1 libro de entradas generales, Oficios de solicitud de vacaciones, Oficios de proposición de nombramientos).

                 12 Libros de Entrada de los años 1962 a 1965 y 1997 a 1999.

                 1 Paquete con 28 carpetas del año 1988 a 1996 y 1998 a 2004 (1 Informe ingreso de asuntos nuevos ( reporte de diario), 2 Correspondencias varias, 2 Correspondencia de las diversos departamentos del poder judicial, 1 Correspondencia del departamento de proveeduría, 3 Correspondencia del departamento de la dirección ejecutiva, 1 Reporte de distribución de boletas, 2 Solicitudes a la biblioteca judicial, 1 Solicitudes departamento de planificación, 2 Varios, 1 Oficios secretaria de la corte, 1 Correspondencia del departamento personal, 1 Circulares de otras oficinas (recibidas), 1 Varios del departamento de informática, 1 Oficios inspección judicial, 1 Circulares correo electrónico, 1 Despacho, 1 Recibido de mercadería y oficios de la proveeduría, 1 Correspondencia servicios generales, 1 Correspondencia del departamento de personal, 1 Informe mensuales, 1Distribución de boletas, 1Correspondencia del departamento de estadística).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 13 de abril del 2009

                                                                     Lic. Alfredo Jones León,

(32257)                                                               Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006 artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1969 a 1993 del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.

Remesa:   20135

                 Documentos: 42468

                 Cajas: 29

                 Libros: 2

                 Año: 1969 - 1993

                 Asunto: Documentos base en materia civil: 1 Caja con 1623 documentos del año 1993 (2 cédulas hipotecarias, 5 certificados, 67 certificados de prenda, 43 cheques, 32 contratos, 24 fotocopias, 1 diskette, 423 documentos varios, 331 facturas, 74 fotografías, 32 interrogatorios, 271 letras de cambio, 4 libros de diario, 2 llaves, 40 pagarés, 5 planos, 250 recibos, 16 testimonios de escritura, 1 video casette).

                 2 Cajas con 1279 documentos del año 1992 (Letra 140, Pagaré 42, Cheque 43, Contrato 20, Sobre Posiciones 47, Facturas 336, Recibos dinero 264, Depósito Judicial 13, Prenda 58, Oficios 105, Testimonio de Escritura 10, Varios:108, Fotos 15, Certificaciones 15, Copias 21, Pagaré 42)

                 2 Cajas con 3571 Documentos del año 1991 (cheques 64, cédulas 2, certificación 100, contrato 16, depósitos 22, facturas 963, interrogatorio 23, letras de cambio 133, oficios 1564, pagares 57, prendas 5, recibos 576 y testimonio de escritura 126).

                 1 Caja con 3731 documentos del año 1990 (Certificado de prenda 56, cheques 282, contratos 22, facturas 393, letras de cambio 143, carta venta 7, certificado de deposito 1, certificado de prenda 127, certificación pagare 68, opción de compra 1, recibos 292, testimonios 37, cedula hipotecaria 2, certificación de deuda 6, certificado de prenda 56, carta venta 1 y documentos varios 2372).

                 1 Caja con 2137 documentos del año 1989 (99 certificados de prenda, 60 cheques, 11 constancias, 32 contratos, 487 facturas, 70 fotografías, 101 interrogatorios, 180 letras de cambio, 85 pagarés, 152 planos, 379 recibos, 14 testimonios de escritura, 465 documentos varios, 2 acciones).

                 2 Cajas con 2239 documentos del año 1988 (cheques 76, cédula hipotecaria 9, facturas 838, contratos 17, pagares 93, planos 6, letras de cambio 86, testimonio de escritura 23, pliego de posiciones 75, prendas 93, recibos 382, documentos varios 541).

                 2 Cajas con 2009 documentos del año 1987 (Oficios varios 811, certificado de prenda 82, cheque 43, contratos 27, depósito judicial 57, dictamen médico 3, factura 447, interrogatorio 80, letra de cambio 46, llaves 65, pagaré 51, plano 42, prenda 2, recibos 210, testamento 4, testimonio de escritura 36, traducciones 3).

                 2 Cajas con 2779 documentos del año 1986 (Letra 85, Pagaré 278, Cheque 130, Contrato 47, Constancia 20, Sobre Posiciones 165, Facturas 707, Recibos dinero 26, Recibo 26, Depósito Judicial 44, Recibo dinero 436, Prenda 159, Oficios 63, Testimonio de Escritura 38, Oficios Varios: 528, 1 Plano).

                 2 Cajas con 3713 documentos del año 1985 (Carta venta 7, certificado de deposito 1, certificado de prenda 127, certificación 34, cheques 127, contrato 8, contrato de arrendamiento 44, contrato de cuenta 1, contrato privado 1, contrato venta 1, convenio de arreglo 1, convenio privado 1, facturas 1120, fotos 25, interrogatorio 149, letra de cambio 32, opción compra venta 1, pagaré 260, planos 11, recibos 755, testimonio de escritura 32, traducción 5, opción de venta 2 y oficios varios 968, 1 libro).

                 2 Cajas con 3823 documento del año 1984 (Facturas 1077, posiciones 12, testimonio escrito 1, cartas 25, telegramas 1, aumento de alquiler 1, cédulas 3, certificaciones 15, cheques 172, comisión 1, comprobantes 12, constancia 11, contrato 44, copias 238, cupones 24, depósitos 197, oficios 353, documentos 39, escrito 2, escritura 18, informes 9, interrogatorios 49, letra de cambio 51, llaves 7, memorandum 2, notas 12, notificaciones 3, pagare 120, planos 6, poder 1, prendas 98, recibos 1198, testimonio 16, ventas 5).

                 1 Caja con 2890 documentos del año 1983 (Facturas 550, anticipo de contrato 7, carta venta 4, certificación 117, certificado de prenda 63, cheque 86, compra venta 3, contrato 10, contrato de alquiler 1, contrato de arrendamiento 37, contrato de compra 2, contrato de construcción 1, contrato servicio 3, contrato privado 2, contrato de crédito 3, contrato de venta 4, contrato y venta 2, declaración jurada 3, fotos 51, garantía de pago 1, interrogatorio 126, letras de cambio 32 , opción de venta 1, pagaré 176, plano 8, recibos 615, testimonio de escritura 25, traducción 4 y oficios varios 953).

                 1 Caja con 1758 documentos del año 1982 (Letras 16, Pagaré 176, Cheques 106, Contrato 42, Constancias 6, Sobre Posiciones a absolver 131, Facturas 308, Recibos dinero 209, Depósitos 19, Recibo 282, Recibo Dinero 24, Timbres 18, Prenda 76, 10 libros de mayor contables Certificación 7, Testimonio de Escritura 26, Oficios Varios 302).

                 2 Cajas con 2718 documentos del año 1981 (93 cheques, 215 constancias, 24 contratos, 10 escrituras, 465 facturas, 10 fotos, 111 letras de cambio, 362 pagarés, 3 planos, 99 perjuicios de posiciones, 148 certificados de prenda, 546 recibos, 69 testimonios de escritura, 18 traducciones, 5 libros de mayor (contables) y 540 documentos varios).

                 1 Caja con 980 documentos del año 1980 (Oficios varios 122, certificado de prenda 63, cheque 34, contratos 59, depósito judicial 30, escritura pública 1, factura 176, interrogatorio 35, letra de cambio 71, pagaré 196, plano 9, recibos 141, sobre cerrado 4, testimonio de escritura 8, traducciones 1).

                 2 Cajas con 3055 documentos del año 1979 (cheques 154, cédula hipotecaria 1, facturas 643, contratos 25, pagares 635, planos 15, letras de cambio 107, testimonio de escritura 34, llaves 7, pliego de posiciones 101, prendas 199, recibos 835, documentos varios 289, 10 libros de mayor (contables).

                 2 Cajas con 2625 documentos del año 1978 (1 cédula hipotecaria, 6 certificaciones, 63 cheques, 19 contratos, 26 escrituras, 525 facturas, 16 fotos, 30 letras de cambio, 743 pagarés, 13 planos, 106 perjuicio de confesión, 209 certificados de prenda, 632 recibos, 267 documentos varios).

                 1 Caja con 1173 documentos del año 1977 (100 acciones, 2 certificados de prenda, 4 cheques, 575 facturas, 12 interrogatorios, 5 pagarés, 3 planos, 211 recibos, 1 testimonio de escritura, 145 fotocopias de documentos varios, 115 documentos varios).

                 1 Caja con 2 libros del año 1976.

                 1 Caja con 365 documentos del año 1969 (pagaré 1 y acciones 364).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 13 de abril del 2009.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León,

(32258)                                                               Director Ejecutivo

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

En el proceso disciplinario notarial N° 04-000287-0627-NO, de Adelita Mejías Morales contra Roberto Andrés Oliva Astete, este Juzgado mediante resolución N° 705-07 de las dieciséis horas quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete, dispuso imponerle al notario público Roberto Andrés Oliva Astete, cédula de identidad número 8-055-382, la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 4 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27069)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 06-000367-0627-NO, de Registro Civil contra Carmen María Amador Pereira,  este Juzgado mediante resolución N° 463-08, de las diez horas cuarenta y un minutos del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, dispuso imponerle a la notaria pública Carmen María Amador Pereira, cédula de identidad número 1-343-529, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27071)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 05-000667-0627-NO, de Registro Civil contra Ricardo Martínez Herrera y Kattia Lobo Cordero, este Juzgado mediante resolución N° de las diez horas veinte minutos del primero de abril del dos mil ocho, dispuso imponerle a los notarios públicos Ricardo Martínez Herrera, cédula número 4-148-339 y Kattia Lobo Cordero, cédula de identidad número 4-148-656, la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 18 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27073)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 05-001007-0627-NO, de Registro Civil contra Giovanny Ruiz Mata, este Juzgado mediante resolución N° de las ocho horas treinta y cinco minutos del tres de abril del dos mil ocho, dispuso imponerle al notario público Giovanny Ruiz Mata, cédula de identidad número 6-129-731, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 18 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27074)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 04-000931-0627-NO, de Registro Público contra Marco Vinicio Calvo Amador, este Juzgado mediante resolución N° de las quince horas con treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, dispuso imponerle al notario público Marco Vinicio Calvo Amador, cédula de identidad número 1-578-682 la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 18 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27075)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 05-001027-0627-NO, de Registro Civil contra Magaly Andrade Jiménez, este Juzgado mediante resolución N° de las nueve horas quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil ocho, dispuso imponerle a la notaria pública Magaly Andrade Jiménez, cédula de identidad número 3-324-104, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 17 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27076)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 05-000577-0627-NO, de Archivo Notarial contra Francisco José Rucavado Luque, este Juzgado mediante resolución N° de las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil ocho, dispuso imponerle al notario público Francisco  José  Rucavado  Luque, cédula  de  identidad  número 1-695-535, la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 18 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27077)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 06-000677-0627-NO, de Registro Civil contra Douglas Mora Umaña y Rodrigo Bonilla Gamboa, este Juzgado mediante resolución N° de las diez horas del veinticuatro de julio del dos mil ocho, dispuso imponerle a los notarios públicos Douglas Mora Umaña, cédula de identidad número 1-1006-794 y Rodrigo Bonilla Gamboa, cédula de identidad número 3-289-454 la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 18 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27078)                                                         Jueza

En el proceso disciplinario notarial N° 04-000897-0627-NO, de Ana María Sánchez Garro contra Hilda María Barrantes Delgado, este Juzgado mediante resolución N° de las once horas del primero de agosto del dos mil ocho, dispuso imponerle a la notaria pública Hilda María Barrantes Delgado, cédula de identidad número 1-516-756 la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente de la escritura que interesa a la quejosa. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 18 de marzo del 2009

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(27079)                                                         Jueza

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Avisa: Con base en el reporte de cuotas pagadas remitido por la Operadora BN-Vital, con corte al día diez de abril de dos mil nueve, los notarios (as) públicos (as), que se indican en el listado adjunto, tienen cuotas atrasadas. En caso de que el interesado(a) considere que existen inconsistencias en la información remitida por la operadora, deberá gestionar directamente en las oficinas de BN-Vital. Por ser requisito para el ejercicio del notariado, encontrarse al día en el pago de esa garantía, esta Dirección procederá a tramitar los correspondientes procesos de cese forzoso1 (artículos 13 y 140 del Código Notarial).

1.     Abel Nicolas Chinchilla Mata Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106 Atraso 8

2.     Abel Vladimir Chinchilla Bazan Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 64 Atraso 7

3.     Abril Gordienko López Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 33 Atraso 6

4.     Adalberto Flores Torres Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 66 Atraso 15

5.     Adela Villegas Pérez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 100 Atraso 15

6.     Adrián Eduardo Jiménez Palacios Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 23 Atraso 43

7.     Adrián Fernández Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

8.     Adrián Hernández Araya Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso 10

9.     Adrián Morales Loría Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 22 Atraso 58

10.   Adrián Roberto Calvo Masís Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 43 Atraso 8

11.   Adrián Tames Muñoz Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 101 Atraso 9

12.   Adrián Torrealba Navas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

13.   Adriana Céspedes Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

14.   Adriana Chavarría Flores Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 76 Atraso 8

15.   Adriana Esquivel Castro Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 60 Atraso 36

16.   Adriana Flores Arias Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9

17.   Adriana Jiménez Calderón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

18.   Adriana Pacheco Madrigal Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7

19.   Adriana Padilla Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

20.   Adriana Vanessa Chavarría Machado Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 41 Atraso 46

21.   Agustin Álvarez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

22.   Aiby María Anchía Aguilar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 108 Atraso 5

23.   Ailyn Blanco Coto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

24.   Alan Masís Angulo Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 57 Atraso 7

25.   Alba Iris Ortiz Recio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 81 Atraso 32

26.   Alban Bonilla Sandí Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

27.   Alban Gámez Rivera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

28.   Alban Marchena Gómez Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso 10

29.   Alban Morales Mena Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 80 Atraso 18

30.   Albert Joseph Robinson Herman Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 67 Atraso 7

31.   Alejandra Castro Peck Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

32.   Alejandra María Ramírez Sutherland Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 24 Atraso 36

33.   Alejandra Mateo Fernández Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 1 Atraso 63

34.   Alejandra Rodríguez Moya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

35.   Alejandra Sandoval Quesada Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 24 Atraso 31

36.   Alejandra Villalobos Meléndez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 13 Atraso 40

37.   Alejandro Alons Román González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

38.   Alejandro Fernández Alvarado Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 74 Atraso 37

39.   Alejandro Jiménez Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 63 Atraso 50

40.   Alejandro José Solano Vargas Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 1 Atraso 27

41.   Alejandro Montero Vargas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 43 Atraso 26

42.   Alejandro Villalobos Hernández Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 92 Atraso 10

43.   Alejandro Wyllins Soto Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 39 Atraso 16

44.   Alex Chavarría Castillo Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 8 Atraso 6

45.   Alex Vargas Zeledón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

46.   Alex Zamora Porras Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7

47.   Alexander Gutiérrez Mena Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 107 Atraso 8

48.   Alexander Murillo Rojas Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 96 Atraso 9

49.   Alexander Ramírez Campos Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 2 Atraso 49

50.   Alexander Villegas Hernández Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 38 Atraso 14

51.   Alexandra Mena Porras Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 84 Atraso 11

52.   Alexandra Morales Quesada Cuotas RNN 18 Cuotas Operadora 8 Atraso 10

53.   Alexandro Vargas Vásquez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 102 Atraso 9

54.   Alexis Gómez Guillén Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 108 Atraso 7

55.   Alexis Salazar Torres Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 92 Atraso 21

56.   Alfonso Augusto Angulo Mondragon Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

57.   Alfonso José Jiménez Meza Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 65 Atraso 51

58.   Alfonso Sánchez Bagnarello Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 67 Atraso 26

59.   Alfredo Antonio García Vargas Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 108 Atraso 7

60.   Alfredo Carazo Ramírez Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 86 Atraso 7

61.   Alfredo Cordero Barquero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso 18

62.   Alfredo Cordero Cordero Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 19 Atraso 9

63.   Alfredo López Calleja Paris Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 82 Atraso 20

64.   Alfredo Sánchez Rodríguez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 51 Atraso 10

65.   Alicia González Chaves Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 105 Atraso 13

66.   Alicia Maroto Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

67.   Alicia Murcia López Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 76 Atraso 8

68.   Allan Mora Guevara Cuotas RNN 83 Cuotas Operadora 15 Atraso 68

69.   Allan Pérez Montes Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7

70.   Allan Valverde Vargas Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8

71.   Allen Uba Fallas Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

72.   Alma Monterrey Rogers Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 5 Atraso 11

73.   Alonso Calvo Pardo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 43 Atraso 12

74.   Alonso Picado Chacón Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 45 Atraso 10

75.   Alvaro Arce Mora Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 71 Atraso 6

76.   Alvaro Barboza Orozco Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 89 Atraso 9

77.   Alvaro Bermúdez Barrios Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 33 Atraso 6

78.   Alvaro Calvo Robles Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 64 Atraso 47

79.   Alvaro Carvajal Fernández Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 2 Atraso 47

80.   Alvaro Córdoba Díaz Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105 Atraso 7

81.   Alvaro De Jesús Palma Vargas Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 68 Atraso 16

82.   Alvaro Echeverría Murray Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 78 Atraso 39

83.   Alvaro Echeverría Sáenz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 74 Atraso 39

84.   Alvaro Enrique Arguedas Durán Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 47 Atraso 14

85.   Alvaro Fernando López Báez Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 88 Atraso 16

86.   Alvaro Guido Ortega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

87.   Alvaro José Meza Lazarus Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

88.   Alvaro Retana Carmona Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 98 Atraso 14

89.   Alvaro Rogelio Segura Ruiz Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 84 Atraso 28

90.   Alvaro Rojas Jenkins Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 65 Atraso 48

91.   Amy Matarrita Soto Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 19 Atraso 10

92.   Ana Beatriz Arias Moreira Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 62 Atraso 24

93.   Ana Belarmina Jiménez Gamboa Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 101 Atraso 16

94.   Ana Bettina Chacón Jara Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106 Atraso 10

95.   Ana Carolina Benavides Víquez Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 21 Atraso 14

96.   Ana Catalina Lizano Picado Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6

97.   Ana Cecilia Angulo Zúñiga Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 99 Atraso 9

98.   Ana Cecilia Araya Rojas Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 25 Atraso 9

99.   Ana Cecilia Artavia Guadamuz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

100. Ana Cecilia Cruz Mejías Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 1 Atraso 16

101. Ana Cristina Monge Acuña Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 32 Atraso 11

102. Ana Cristina Murillo Caldera Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6

103. Ana Esther Posada Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 3 Atraso 110

104. Ana Evelia Retana Vargas Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 46 Atraso 7

105. Ana Felicia Alfaro Vega Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 1 Atraso 31

106. Ana Gabriela Alfaro Jirón Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 69 Atraso 7

107. Ana Gabriela Quesada Ramírez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 40 Atraso 75

108. Ana Isabel Rodríguez Arguedas Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 97 Atraso 7

109. Ana Jetty Mora Sandoval Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 90 Atraso 28

110. Ana Karina Somarribas Sánchez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 42 Atraso 11

111. Ana Karine Niño Gutiérrez Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 35 Atraso 8

112. Ana Laura Valverde Fonseca Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 35 Atraso 16

113. Ana Ligia Loría Quesada Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9

114. Ana Lorena Araya Robles Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

115. Ana Lorena Céspedes Pineda Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 64 Atraso 49

116. Ana Lorena Orozco Jiménez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 100 Atraso 9

117. Ana Lucía Artavia Barquero Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 87 Atraso 9

118. Ana Marcela Saborio Mora Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 44 Atraso 13

119. Ana María Campos Guevara Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 56 Atraso 37

120. Ana María Parra Silva Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

121. Ana María Rojas Zamora Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 1 Atraso 36

122. Ana María Rosales Rosas Cuotas RNN 50 Cuotas Operadora 7 Atraso 43

123. Ana María Vargas Moya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

124. Ana Maríanella Hernández Brenes Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 92 Atraso 24

125. Ana Mercedes Ajoy Zeledón Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso 6

126. Ana Militza Salazar Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

127. Ana Patricia Arguedas Sánchez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 14 Atraso 42

128. Ana Patricia Azofeifa Rojas Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 48 Atraso 8

129. Ana Patricia García Salas Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 31 Atraso 35

130. Ana Rebeca Porras Mejías Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 63 Atraso 55

131. Ana Rosario Hernández Solano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 68 Atraso 45

132. Ana Ruth Ramírez Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 43 Atraso 70

133. Ana Teresa Vargas Olaso Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

134. Ana Virginia Coto Arias Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 1 Atraso 16

135. Ana Virginia Shedden Cerna Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 32 Atraso 24

136. Anabelle Porras Alan Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 2 Atraso 53

137. Anabelle Porras Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

138. Analive Azofeifa Monge Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 44 Atraso 11

139. Andrea Brenes Chavarría Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 40 Atraso 8

140. Andrea Carazo Campos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 53 Atraso 11

141. Andrea González Quesada Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7

142. Andrea Karolina Rojas Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 32 Atraso 9

143. Andrea María Dall Anesse Agüero Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 75 Atraso 6

144. Andrea Melissa Ruiz Juárez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 44 Atraso 9

145. Andrea Pignataro Borbón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

146. Andrea Ruiz Ramírez Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 59 Atraso 7

147. Andrea Saritza Ramírez Solano Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 100 Atraso 14

148. Andrea Víquez Rodríguez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 23 Atraso 33

149. Andres Fallas Padilla Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

150. Andres Pérez González Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 100 Atraso 7

151. Ángel Garro Camacho Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 1 Atraso 42

152. Ángel Roberto Reyes Castillo Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 84 Atraso 20

153. Ángela Vanessa Zúñiga Solano Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 7 Atraso 28

154. Annabella Rohrmoser Zúñiga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

155. Annabelle Ortega Aguilar Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 8 Atraso 110

156. Annette Rojas Fernández Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 97 Atraso 11

157. Annia Murillo Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 88 Atraso 25

158. Antonia Medina Chavarría Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108 Atraso 6

159. Antonio Murillo Solórzano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

160. Antonio Ruiz Rojas Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 71 Atraso 9

161. Antonio Vanderlucht Leal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

162. Aracelly Espinoza Allan Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 36 Atraso 13

163. Ariana Azofeifa Vaglio Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 46 Atraso 9

164. Ariana Patricia Araya Yockchen Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 3 Atraso 38

165. Ario Alberto Piña Líos Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

166. Arlenny Fernández Zúñiga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

167. Armando Fuentes Quesada Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60

168. Armando Moreno Arroyo Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 91 Atraso 7

169. Armando Sacasa Aguirre Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

170. Arnoldo Aguilar Quesada Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 24 Atraso 17

171. Arnoldo Segura Rodríguez Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 94 Atraso 13

172. Arnoldo Solano Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

173. Arnulfo Carmona Martínez Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 96 Atraso 21

174. Aron Mauricio Arias Artavia Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso 10

175. Arturo Alpízar Vargas Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 94 Atraso 7

176. Arturo Bonilla Merino Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 95 Atraso 11

177. Arturo González Montero Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

178. Arturo Guevara Orozco Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 28 Atraso 74

179. Arturo Manuel Campos Aragon Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 71 Atraso 30

180. Arturo Montero Flores Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 53 Atraso 23

181. Asman Cephces Frew Davidson Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

182. Aurea Elena Padilla Gutiérrez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

183. Aurora Marcela Saravia Torres Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 57 Atraso 9

184. Azalea Villalobos Álvarez Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 70 Atraso 38

185. Belisario Solís Mata Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 87 Atraso 21

186. Bernal Castillo Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

187. Bernal Monge Corrales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

188. Bernal Monge Guevara Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 71 Atraso 21

189. Bernal Ulloa Flores Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

190. Bernardo Amador Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

191. Berny Alberto Arias Hidalgo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

192. Berta Ramírez Benavides Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 77 Atraso 41

193. Betsy Pilar Romero Meneses Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 56 Atraso 10

194. Betty María Marchena Marchena Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

195. Bismark Eduardo Rivas Loaiciga Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 54 Atraso 12

196. Bolivar González Espinoza Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

197. Bolivar Villanueva Villalobos Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 92 Atraso 8

198. Boris Acosta Castro Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 85 Atraso 6

199. Carlomagno Gómez Marín Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 76 Atraso 37

200. Carlos A Mora Moya Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 54 Atraso 49

201. Carlos Alberto Arguedas Arias Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41 Atraso 10

202. Carlos Alberto Badilla Camacho Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 36 Atraso 25

203. Carlos Alberto Cerdas Rodríguez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 97 Atraso 21

204. Carlos Alberto Herrera Fuentes Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 52 Atraso 20

205. Carlos Alberto Morice Castro Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101 Atraso 8

206. Carlos Alberto Rivera Redondo Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 8 Atraso 12

207. Carlos Alberto Ulloa Bonilla Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 58 Atraso 48

208. Carlos Alberto Víquez Ramírez Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 86 Atraso 22

209. Carlos Alejandr Báez Astua Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

210. Carlos Antillon Morera Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 25 Atraso 6

211. Carlos Arturo Paniagua Gómez Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 78 Atraso 15

212. Carlos Arturo Teran Paris Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

213. Carlos Augusto Arias Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

214. Carlos Chaverri Negrini Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

215. Carlos Cubillo Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28

216. Carlos Eduardo Blanco Fonseca Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6

217. Carlos Eduardo Quesada Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 89 Atraso 24

218. Carlos Edwin Padilla Retana Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

219. Carlos Enrique Fernández Morales Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8

220. Carlos Enrique Leiva Rojas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 49 Atraso 12

221. Carlos Enrique López Baltodano Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 99 Atraso 18

222. Carlos Enrique Soto Meléndez Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 4 Atraso 47

223. Carlos Fco. Soto Madrigal Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 1 Atraso 19

224. Carlos Francisc Camacho González Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 25 Atraso 23

225. Carlos Francisco Morales González Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 80 Atraso 10

226. Carlos Gerardo Flores Varela Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 81 Atraso 32

227. Carlos Gerardo Rodríguez Carmona Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 36 Atraso 12

228. Carlos Gutiérrez Font Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

229. Carlos Horacio Arguedas Orozco Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 60 Atraso 6

230. Carlos Humberto Cornejo Rojas Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7

231. Carlos Humberto Mora Varela Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 36 Atraso 15

232. Carlos Jiménez Volio Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 108 Atraso 8

233. Carlos José Ruiz Espinoza Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 66 Atraso 6

234. Carlos Josue Morales Fallas Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 62 Atraso 12

235. Carlos Luis Alfaro Chavarría Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 30 Atraso 44

236. Carlos Luis Granados Barquero Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 38 Atraso 17

237. Carlos Luis Redondo Gutiérrez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 22 Atraso 42

238. Carlos Luis Rojas Montoya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

239. Carlos Manuel Jiménez Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 61 Atraso 52

240. Carlos Manuel Monge Monge Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 82 Atraso 24

241. Carlos Manuel Monge Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

242. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 61 Atraso 34

243. Carlos Manuel Sanabria López Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 52 Atraso 61

244. Carlos Manuel Umaña Elizondo Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 70 Atraso 12

245. Carlos Mejías Bubaht Cuotas RNN 65 Cuotas Operadora 30 Atraso 35

246. Carlos Mora Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

247. Carlos Orozco Ramírez Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 9 Atraso 14

248. Carlos Ricardo Perera Salazar Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 45 Atraso 64

249. Carlos Roberto Chavarría Lavagni Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 29 Atraso 17

250. Carlos Roberto Rivera Ruiz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105 Atraso 6

251. Carlota Eugenia Chaves Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

252. Carlota Serrano Chavarría Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 23 Atraso 40

253. Carmen De Teramond Peralta Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 38 Atraso 11

254. Carmen Eugenia Marín Solano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso 10

255. Carmen Lucía Romero Bonilla Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso 8

256. Carmen María Solís Miranda Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 38 Atraso 77

257. Carmen Víctoria Castro Torres Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 63 Atraso 9

258. Carolina Ávila Ramírez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 22 Atraso 39

259. Carolina E. Lazo. Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 22 Atraso 19

260. Carolina Muñoz Con Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6

261. Carolina Sevilla Víquez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 27 Atraso 84

262. Carolina Soto Monge Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6

263. Catalina González Ortega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

264. Catalina María Aguilar Hernández Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 46 Atraso 7

265. Catalina Rey Obando Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 33 Atraso 31

266. Catherine Delgado Cruz Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

267. Cecil Anthony Ross Salazar Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6

268. Celimo Asdrúbal Sancho Rodríguez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58 Atraso 6

269. Cesar Antonio Hines Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 34 Atraso 79

270. Cesar Gómez Montoya Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 31 Atraso 38

271. Charles Everson Weeden Gamboa Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 81 Atraso 27

272. Christian Alons Merlos Cuaresma Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7

273. Christian Álvarez Zamora Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 60 Atraso 6

274. Christian E. García Morales Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 57 Atraso 16

275. Christian Javie Badilla Vargas Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 52 Atraso 12

276. Christian Raul Chinchilla Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

277. Christian Rojas López Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60

278. Chung Lung Wu Lin Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 33 Atraso 23

279. Cincy Guisella Cubillo Nipote Cuotas RNN 11 Cuotas Operadora 5 Atraso 6

280. Cinthya González Alfaro Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 3 Atraso 83

281. Cinthya Morales Chacón Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 96 Atraso 15

282. Cinthya Morales Herra Cuotas RNN 13 Cuotas Operadora 5 Atraso 8

283. Clara Ledys Pérez Mattey Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 69 Atraso 7

284. Claricia Johnson Allen Cuotas RNN 12 Cuotas Operadora 9 Atraso 3

285. Clarita María Solano Villalobos Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 103 Atraso 12

286. Claudia Melissa Porras Acevedo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 1 Atraso 54

287. Claudia Saborio González Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 109 Atraso 9

288. Claudio Antonio Gómez Acuña Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 25 Atraso 30

289. Clemente Enriqu Centeno Madrigal Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 9 Atraso 8

290. Coronado Rivera Trejo Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 88 Atraso 21

291. Criseld Souset Morales Kirton Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 33 Atraso 25

292. Criselda Valverde Elizondo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

293. Crisia Lucía Segura Mora Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 1 Atraso 15

294. Cristhian Obando Díaz Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 8 Atraso 50

295. Cristina Alfaro Serdio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 67 Atraso 46

296. Cristina Anahi Naranjo Galloni Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

297. Cristina Córdoba Hidalgo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

298. Cristina Cortés Cossio Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 44 Atraso 25

299. Cristina González Campos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 47 Atraso 17

300. Cristina Gutiérrez Chavez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

301. Cristina Roper Williams Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105 Atraso 6

302. Cristina Ross López Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 1 Atraso 72

303. Cynthia Small Francis Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

304. Cyntia Barrantes Vargas Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 12 Atraso 64

305. Dahianna Chacón Marín Cuotas RNN 97 Cuotas Operadora 2 Atraso 95

306. Damaris Villalta Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

307. Damian Ángel Alfaro Carvajal Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 97 Atraso 18

308. Dania Valverde Núñez Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 69 Atraso 13

309. Daniel Blumberg Umaña Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 17 Atraso 98

310. Daniel Eduardo González Mora Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 52 Atraso 12

311. Daniel Rodolfo Montero Carvajal Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso 10

312. Daniel Valverde Schmidt Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 33 Atraso 11

313. Daniel Zeledón Gómez Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 57 Atraso 12

314. Danilo Alberto Valverde Monge Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106 Atraso 12

315. Danilo Durán Collado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

316. Danny González Chaves Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 86 Atraso 9

317. David Alberto Aguilar Gutiérrez Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 105 Atraso 9

318. David José Castillo Jiménez Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41 Atraso 10

319. David Ricardo Hernández Orozco Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 1 Atraso 31

320. David Spencer Soto Solano Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 2 Atraso 33

321. Deiber Porras Guerrero Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 19 Atraso 76

322. Delia Rodríguez Sáenz Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 9 Atraso 46

323. Delia Sing Benneth Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 13 Atraso 51

324. Denia Ángelina Cruz Morera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

325. Denis Campos González Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60

326. Denisse Gelber Lang Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 25 Atraso 63

327. Dennis Quirós Solano Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 41 Atraso 43

328. Deyanira Abarca Vásquez Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 12 Atraso 10

329. Deyanira Chinchilla Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 25 Atraso 16

330. Diego Alberto Delgadillo Rodríguez Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 30 Atraso 24

331. Diego Eduardo Vargas Sanabria Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

332. Diego Francisco González Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

333. Diego Hernando Álvarez Asch Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 48 Atraso 26

334. Dinorah Mora Barrantes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

335. Dioney Barrett Bryan Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 87 Atraso 9

336. Dionny María Rojas Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 15 Atraso 98

337. Domingo Rivera Cordero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 6 Atraso 107

338. Donald Picado Angulo Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 24 Atraso 12

339. Dora María Araya Rodríguez Cuotas RNN 45 Cuotas Operadora 29 Atraso 16

340. Dorca Enriquez Mora Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7

341. Doris Cecilia Monge Díaz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

342. Douglas Castro Peña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

343. Dunia Quesada Soto Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 99 Atraso 9

344. Dunia Sugey Aleman Orozco Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 66 Atraso 8

345. Dyanna Nelson Ulloa Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7

346. Dylana Arguedas Jiménez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

347. Édgar Alonso Solís Carmona Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso 10

348. Édgar Antonio Nassar Guier Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7

349. Édgar Barrantes Mora Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 45 Atraso 7

350. Édgar Luis Echegaray Castellanos Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 84 Atraso 19

351. Édgar Luis Prendas Matarrita Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 3 Atraso 52

352. Édgar Mauricio Hernández Araya Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 49 Atraso 12

353. Édgar Méndez Blanco Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 10 Atraso 108

354. Édgar Porras González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 35 Atraso 78

355. Édgar Ruiz Cordero Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 59 Atraso 55

356. Édgardo Ramón Picado Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 49 Atraso 64

357. Edin Zúñiga Bolaños Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 34 Atraso 14

358. Edita Caballero Núñez Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 94 Atraso 12

359. Eduardo Antonio Vilchez Hurtado Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 74 Atraso 6

360. Eduardo Baeza Castillo Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 12 Atraso 34

361. Eduardo Cerdas Fernández Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 2 Atraso 19

362. Eduardo Enrique Acuña Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

363. Eduardo García Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

364. Eduardo Jiménez García Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 22 Atraso 7

365. Eduardo López Chasi Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso 6

366. Eduardo Peña Flores Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 1 Atraso 112

367. Eduardo Pérez Blanco Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 45 Atraso 70

368. Eduardo Vargas Mena Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 13 Atraso 38

369. Eduardo Zúñiga Guillén Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 72 Atraso 6

370. Eduviges Jiménez Quirós Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

371. Edwin Antonio Salazar Villalobos Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 18 Atraso 100

372. Edwin Chavarría González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

373. Edwin Giovanni Canessa Aguilar Cuotas RNN 19 Cuotas Operadora 1 Atraso 18

374. Edwin Humberto Quesada Ramírez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 41 Atraso 14

375. Edwin Ricardo Arce González Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 11 Atraso 12

376. Edwin Rodrigo Masís Quirós Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 91 Atraso 9

377. Edwin Rodríguez Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

378. Efraim Arroyo Herrera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28

379. Eida María Víquez Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 93 Atraso 20

380. Elena Murillo Aguero Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso 6

381. Elga Bolaños Gutiérrez Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso 8

382. Eli Hernan Acuña Cubillo Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7

383. Eli Muñoz Jiménez Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 67 Atraso 40

384. Elia Martínez Alcocer Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 102 Atraso 7

385. Eliecer Campos Soto Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 68 Atraso 50

386. Eliseo Santana-Morales Valdes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

387. Elizabeth Solano Duhart Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 105 Atraso 10

388. Ellen Arauz Jaspers Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 10 Atraso 43

389. Ellyn María Ramírez Quesada Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso 6

390. Elsibel Figueroa Díaz Cuotas RNN 30 Cuotas Operadora 9 Atraso 21

391. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 76 Atraso 6

392. Emanuel Ureña Ortega Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 17 Atraso 19

393. Emilia María Brenes Blanco Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106 Atraso 12

394. Emilia María Salas Araya Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 76 Atraso 29

395. Emilio Díaz Balmaceda Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 106 Atraso 6

396. Emily Vargas Rivera Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 73 Atraso 27

397. Enrique Alberto Rizo Brown Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 36 Atraso 80

398. Enrique Alonso Vargas Alfaro Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 98 Atraso 11

399. Enrique Cano Chaves Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 98 Atraso 17

400. Enrique Curling Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

401. Enrique José Rocha Núñez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

402. Enrique Pastrana Gutiérrez Cuotas RNN 70 Cuotas Operadora 59 Atraso 11

403. Enrique Vargas Peralta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

404. Enriqueta María Araya Umaña Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 16 Atraso 43

405. Erick Adrián Guerrero Alvarado Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94 Atraso 9

406. Erick Alberto Apuy Sabatini Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

407. Erick Barrios Sancho Cuotas RNN 68 Cuotas Operadora 55 Atraso 13

408. Erick Varela Vargas Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 20 Atraso 24

409. Ericka Amina James Brown Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 1 Atraso 16

410. Ericka Cuadra Bela Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 11 Atraso 18

411. Ericka María Esquivel Quirós Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 59 Atraso 7

412. Erika Esquivel Villalobos Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 80 Atraso 7

413. Erika Rojas Quesada Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 12 Atraso 64

414. Ernesto Alfaro Conde Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 1 Atraso 51

415. Ernesto Tulio Perlaza Rojas Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso 10

416. Errol Solís Mata Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 94 Atraso 19

417. Erwin Alan Seas Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 101 Atraso 5

418. Esperanza Reyes Sequeira Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 104 Atraso 8

419. Esteban Aguero Guier Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 18 Atraso 13

420. Esteban Carranza Vargas Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 33 Atraso 33

421. Esteban Cherigo Lobo Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 57 Atraso 7

422. Esteban Cubero Toruño Cuotas RNN 99 Cuotas Operadora 82 Atraso 17

423. Esteban De Jesu Solano Gamboa Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 3 Atraso 34

424. Esteban Helbert Rodríguez López Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105 Atraso 7

425. Esteban José Martínez Fuentes Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 90 Atraso 6

426. Eugenio Jiménez Hernández Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 100 Atraso 12

427. Eunice Paddyfoot Melone Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 100 Atraso 6

428. Evangely María Pérez Campos Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso 6

429. Evelin Pereira González Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 1 Atraso 54

430. Evelyn Renee Lederman Apozdava Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 47 Atraso 11

431. Evelyn Aleman Blandon Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9

432. Evelyn García Valverde Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7

433. Evelyn Gómez Quirós Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 11 Atraso 24

434. Evelyn Hernández Dormond Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 3 Atraso 17

435. Evelyn Jiménez Hidalgo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 46 Atraso 10

436. Evelyn Solera Solís Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 32 Atraso 20

437. Ewald Acuña Blanco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

438. Fabian Azofeifa Arce Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 45 Atraso 27

439. Fabio Alberto Jiménez Vargas Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 92 Atraso 26

440. Fabio Arias Soto Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 35 Atraso 7

441. Fabio Israel Hernández Flores Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

442. Fabiola Gamboa Ross Cuotas RNN 38 Cuotas Operadora 24 Atraso 14

443. Fabricio José Ruiz Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 3 Atraso 110

444. Fabrizio Fallas Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 20 Atraso 93

445. Fanny Víquez Arguedas Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso 10

446. Fausto Eduardo Gutiérrez Howell Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 32 Atraso 26

447. Federico Alvarado Orozco Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 95 Atraso 11

448. Federico Andres Acevedo Cornejo Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 48 Atraso 15

449. Federico Guzmán Brenes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

450. Federico José Sánchez Selva Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 65 Atraso 46

451. Federico José Solís Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

452. Federico Núñez Mata Cuotas RNN 50 Cuotas Operadora 39 Atraso 11

453. Federico Rodríguez Camacho Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 8 Atraso 18

454. Felicia Vargas Arroyo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

455. Felipe Antonio Barbas Jiménez Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 1 Atraso 68

456. Ferdinand Von Herold Duarte Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 95 Atraso 17

457. Fernando Albert Gamboa Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

458. Fernando Álvarez Bustos Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 69 Atraso 39

459. Fernando Apuy Sirias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

460. Fernando Barquero Salazar Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 89 Atraso 26

461. Fernando Beirute Rodríguez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 25 Atraso 93

462. Fernando Berrocal Soto Cuotas RNN 10 Cuotas Operadora 1 Atraso 9

463. Fernando Gómez Concepcion Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 21 Atraso 7

464. Fernando José Solano Rojas Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 43 Atraso 6

465. Fernando José Valerio Sánchez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106 Atraso 10

466. Fernando Rodríguez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 4 Atraso 109

467. Fidelina Mena Corrales Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 63 Atraso 17

468. Filimon Ponce López Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 36 Atraso 28

469. Fiorella Bombardelli Cozza Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

470. Fiorella Romero López Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 95 Atraso 8

471. Flor De María Méndez Elizondo Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7

472. Flora María Ramírez Camacho Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106 Atraso 8

473. Flora Patricia Cubas Chaves Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 34 Atraso 17

474. Flory Martínez Morum Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 101 Atraso 15

475. Francel Blanco Vega Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 37 Atraso 7

476. Francisco Alberto Campos Bautista Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 92 Atraso 11

477. Francisco Alons Morales Ayales Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 53 Atraso 8

478. Francisco Anton Obando Jiménez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 52 Atraso 9

479. Francisco Cordero Fallas Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 19 Atraso 7

480. Francisco Gdo Bolaños González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

481. Francisco H Gómez Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso 18

482. Francisco J. Venegas Áviles Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

483. Francisco Javier Cabezas Murillo Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 61 Atraso 6

484. Francisco Javier Marti Meneses Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 83 Atraso 13

485. Francisco José Lee Selva Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

486. Francisco José Rojas Esquivel Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 77 Atraso 34

487. Francisco Pacheco Kitzing Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso 80

488. Francisco Salas Chaves Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 107 Atraso 10

489. Francisco Salinas Aleman Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9

490. Frank Roberto Brooks Johnson Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 94 Atraso 22

491. Franklin Ariel Montero Blanco Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 19 Atraso 12

492. Franklin Estivin Villalobos Montero Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 84 Atraso 6

493. Franklin Gerardo Murillo Vega Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 42 Atraso 6

494. Franklin Jiménez Madriz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 35 Atraso 78

495. Franklin López Ramírez Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 94 Atraso 11

496. Franklin Maxwell Brown Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 37 Atraso 58

497. Franklin Molina Ballard Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

498. Fred Roberto Montoya Rodríguez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 107 Atraso 9

499. Freddy Alonso Alfaro Rojas Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 1 Atraso 32

500. Freddy Gerardo Golcher Carazo Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8

501. Freddy Gmo Segura Salazar Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 42 Atraso 72

502. Freddy Jiménez Peña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

503. Freddy Porras Mora Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 99 Atraso 11

504. Fredy José González Chaves Cuotas RNN 11 Cuotas Operadora 1 Atraso 10

505. Frescia Benavides Ulate Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

506. Gabriel Andres Segura Corrales Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9

507. Gabriel Serrano Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 10 Atraso 103

508. Gabriela Calderón Murillo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

509. Gabriela Castro Mora Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 20 Atraso 75

510. Gabriela Corrales Fallas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 48 Atraso 65

511. Gabriela Coto Esquivel Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 65 Atraso 13

512. Gabriela Díaz Chanto Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6

513. Gabriela Martínez Gould Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

514. Gabriela Quirós Zúñiga Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 81 Atraso 9

515. Gabriela Serrano Hernández Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 6 Atraso 43

516. Galina Morales Sánchez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 55 Atraso 9

517. Gaston Sancho Cubero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

518. Georgina Sánchez Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

519. Georjana Esquivel Calvo Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 37 Atraso 9

520. Geovana Vargas Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

521. Geovanny Villegas Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

522. Geovanny Yedisl Ramírez Arguedas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 52 Atraso 9

523. Gerardo Aguilar Sevilla Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7

524. Gerardo Alfredo Montero Pérez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso 15

525. Gerardo Antonio Solís Esquivel Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 96 Atraso 10

526. Gerardo Arturo Delgado Soto Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 46 Atraso 26

527. Gerardo Badilla Valenciano Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 8 Atraso 12

528. Gerardo Castillo Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

529. Gerardo Chin Leal Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 82 Atraso 8

530. Gerardo Enrique González Morera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso 18

531. Gerardo Fco. Morales Quesada Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 13 Atraso 71

532. Gerardo Machado Ramírez Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 97 Atraso 10

533. Gerardo Madrigal Campos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91 Atraso 22

534. Gerardo Martínez Castro Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 98 Atraso 20

535. Gerardo Moya Paniagua Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

536. Gerardo Ruin Céspedes Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 34 Atraso 8

537. Gerardo Vargas Rojas Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101 Atraso 8

538. German Eduardo Contreras Alvarado Cuotas RNN 25 Cuotas Operadora 1 Atraso 24

539. German Fabricio González Herra Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 4 Atraso 107

540. German González Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 34 Atraso 79

541. German Ignacio Pochet Ballester Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 42 Atraso 13

542. German Jesús Paniagua Cascante Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 77 Atraso 18

543. German Ortiz Castro Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 61 Atraso 8

544. Gilbert Alejand Monge Aguirre Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 104 Atraso 12

545. Gilbert Sánchez Guzmán Cuotas RNN 27 Cuotas Operadora 4 Atraso 23

546. Gilberth Quirós Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

547. Gilberto Calvo Zúñiga Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 88 Atraso 19

548. Gina María Zúñiga Castro Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 96 Atraso 7

549. Gina Martínez Saborio Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 47 Atraso 22

550. Ginnette Lucía Henriquez Bolaños Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 43 Atraso 10

551. Gino Cappella Molina Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

552. Gino Corazzari Aguilar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

553. Gioconda Ureña Leal Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 62 Atraso 36

554. Giorgia Nella Tristan Orlich Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

555. Giorgianela Rivera Zúñiga Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7

556. Giovanni Barrantes Barrantes Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 92 Atraso 6

557. Giovanni Jiménez Chacón Cuotas RNN 9 Cuotas Operadora 1 Atraso 8

558. Giovanni Peraza Rodríguez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 107 Atraso 8

559. Giovanni Serrano Serrano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 27 Atraso 86

560. Giovanni Varela Dijeres Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 73 Atraso 40

561. Giselle García Bogantes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

562. Giselle Lawrence Mora Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 14 Atraso 22

563. Gladys Mercedes Jiménez Arias Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 103 Atraso 8

564. Gladys Vargas Serrano Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 22 Atraso 33

565. Glenda Rodríguez Carmona Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso 18

566. Gloria De Los A Cruz Cerna Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 41 Atraso 23

567. Gloria Estela Carrillo Ballestero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

568. Godofredy Miranda Medrano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

569. Grace Delgado Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

570. Grace Downing Trejos Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 8 Atraso 48

571. Gregory Richard Kearney Molina Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 73 Atraso 30

572. Greiman Herrera Espinoza Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 103 Atraso 11

573. Greivin Cortés Bolaños Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 27 Atraso 10

574. Greivin Jiménez Méndez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9

575. Greivin Ureña Fuentes Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 79 Atraso 7

576. Grethel Sánchez Cordero Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 95 Atraso 9

577. Grettel Morales Aguilar Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 63 Atraso 41

578. Guadalupe Solano Patiño Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 10 Atraso 70

579. Guerin Lacayo González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

580. Guido Alberto Morales Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

581. Guillermo Anton Mendoza Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 40 Atraso 13

582. Guillermo Barrantes Vega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

583. Guillermo Chacón Muñoz Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 76 Atraso 9

584. Guillermo E Segura Amador Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 101 Atraso 7

585. Guillermo Fernández Arauz Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 28 Atraso 12

586. Guillermo Jarquín Núñez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 24 Atraso 32

587. Guillermo Jiménez Ramírez Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 63 Atraso 8

588. Guillermo José Herrera Martínez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso 15

589. Guillermo Méndez Rodríguez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44 Atraso 17

590. Guillermo Moreira Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso 15

591. Guillermo Sáenz Fuentes Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 66 Atraso 6

592. Guillermo Solano Durán Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

593. Guiselle María Jara Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

594. Gustavo Adolfo Coto Calvo Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 97 Atraso 11

595. Gustavo Adolfo Montero Ureña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

596. Gustavo Adolfo Rojas Antillon Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 49 Atraso 10

597. Gustavo Adolfo Silesky Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

598. Gustavo Ávila Alfaro Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 33 Atraso 44

599. Gustavo Badilla Araya Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 26 Atraso 35

600. Gustavo Enrique Cabrera Vega Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 68 Atraso 45

601. Hannia Lucrecia Ramírez Rojas Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 35 Atraso 8

602. Hannia Vargas Paniagua Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 74 Atraso 6

603. Haydee Cecilia Taylor Clark Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

604. Hazel Córdoba Soto Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 2 Atraso 116

605. Hazel Villalobos Villar Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101 Atraso 8

606. Héctor Enrique Segura Valverde Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7

607. Héctor Ricardo Cisneros Quesada Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 40 Atraso 7

608. Heika Ines Castro Conejo Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 56 Atraso 28

609. Heleen Villalobos Brenes Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 79 Atraso 7

610. Helmuth Martín Ajun Murillo Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 74 Atraso 20

611. Helmuth Owen Cover Vargas Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 93 Atraso 7

612. Hendrix Gutiérrez Menocal Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 14 Atraso 44

613. Henry Alberto Salas Jiménez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso 6

614. Henry Barrantes Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

615. Henry Carmona Sandí Cuotas RNN 9 Cuotas Operadora 1 Atraso 8

616. Henry Ledezma Avalos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28

617. Henry Manuel Palomo Palavicini Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 96 Atraso 16

618. Henry Morera Madrigal Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 29 Atraso 29

619. Henry Morera Oviedo Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 1 Atraso 79

620. Henry Odir Briones Castillo Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 81 Atraso 7

621. Herbert Antonio Ulloa Salas Cuotas RNN 12 Cuotas Operadora 1 Atraso 11

622. Hernan Fernando León Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

623. Hider Rojas Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

624. Hilda Víctoria Chaves León Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 6 Atraso 97

625. Hilda Yorleni Calvo López Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso 10

626. Hiram Estela Ardón Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

627. Howard Max Thompson Fennell Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 45 Atraso 12

628. Hubert Gerardo Vega Chaves Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 80 Atraso 31

629. Hubert May Cantillano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 2 Atraso 111

630. Hugo Alberto Vargas Acevedo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

631. Hugo Eduardo Peña Zúñiga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

632. Hugo Eladio Bermúdez Lobo Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 12 Atraso 22

633. Hugo Fernando Bonilla Campos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 70 Atraso 43

634. Hugo Gerardo Cavero Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

635. Hugo Luis Levy Mena Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

636. Hugo Sánchez Castillo Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 78 Atraso 18

637. Hugo Soto Córdoba Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso 80

638. Humberto Céspedes Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso 18

639. Ignacio De Jesu Solano Araya Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 27 Atraso 9

640. Ileana Chavarría Cambronero Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 94 Atraso 14

641. Ileana Chaves Portilla Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 3 Atraso 17

642. Ileana Flores Sancho Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 77 Atraso 9

643. Ileana Hidalgo Somarribas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

644. Ileana María Mateo Peralta Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 105 Atraso 11

645. Ileana María Rodríguez González Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 91 Atraso 25

646. Ileana Roblero Rodríguez Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 74 Atraso 14

647. Ilem Tatiana Rojas Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

648. Iliana Chacón Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 25 Atraso 16

649. Imelda Arias Del Cid Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

650. Ingrid Aux. Oquendo Murillo Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 95 Atraso 17

651. Ingrid Vargas Carrasco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

652. Irene Barrantes Marín Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 79 Atraso 24

653. Irinia María Elizondo Delgado Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 7 Atraso 45

654. Iris Lucía Valverde Usaga Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 48 Atraso 6

655. Isabel Pellecer Salas Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 36 Atraso 8

656. Isidro Rodríguez Gómez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 97 Atraso 14

657. Ivannia Schmidt Peralta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

658. Iveth Emilia Quesada Ugalde Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 59 Atraso 27

659. Ivette González Chan Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 17 Atraso 47

660. Ivo Enrique Quesada Gatjens Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

661. Ivonne Calderón Monge Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 55 Atraso 40

662. Ivonne Morales Monge Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108 Atraso 6

663. Jafet Valverde Gamboa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

664. Jaime Alvarado Víctoria Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 48 Atraso 8

665. Jaime Sánchez Sánchez Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 105 Atraso 9

666. Janel Barboza Orias Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 60 Atraso 18

667. Javier Clot Barrientos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

668. Javier Desanti Henderson Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

669. Javier Francisco Chaverri Ross Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

670. Javier Solís Ordeñana Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 52 Atraso 17

671. Javier Vargas Pérez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 20 Atraso 36

672. Jeanin Alberto Desanti Picado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

673. Jeanneth Chinchilla Barrientos Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 47 Atraso 22

674. Jeannette Lizano Quesada Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 90 Atraso 10

675. Jeannette Mayel Badilla Madrigal Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 54 Atraso 25

676. Jeannette Mora García Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 102 Atraso 12

677. Jendry Pérez Quesada Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 86 Atraso 17

678. Jenner Alfaro Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

679. Jennory Contreras Zamora Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 77 Atraso 32

680. Jenny María Azofeifa Salazar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

681. Jenny Mayela Alfaro Castillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91 Atraso 22

682. Jenny Ramírez Robles Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

683. Jenny Valverde Jiménez Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 23 Atraso 9

684. Jenny Valverde Solano Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 44 Atraso 12

685. Jenny Villalobos Coto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

686. Jerry Calvo Torres Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 15 Atraso 43

687. Jesika Barrientos Paz Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 82 Atraso 10

688. Jessica Borbón Guevara Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 109 Atraso 9

689. Jessica Delgado Cedeño Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 18 Atraso 37

690. Jessica Oviedo Carrera Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 31 Atraso 25

691. Jessica Pérez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 55 Atraso 58

692. Jessie Murillo Moya Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6

693. Jesús Ahider Villafuerte Gutiérrez Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1 Atraso 57

694. Jesús Díaz Viales Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 95 Atraso 9

695. Jhonatan Gdo. Morales Herrera Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 61 Atraso 13

696. Jhonny Santamaria Hidalgo Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 74 Atraso 24

697. Jimmy León Madrigal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

698. Jimmy Rodríguez Montero Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 62 Atraso 10

699. Jimmy Sheridan Orias Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 94 Atraso 11

700. Joaquin B. Hernández Aguilar Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 58 Atraso 20

701. Joaquin Bdo Chaves Sandí Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 69 Atraso 47

702. Joaquin Soto González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 78 Atraso 35

703. Johann Roberto Alfaro Barrantes Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 38 Atraso 8

704. Johanna Bonilla Ulloa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

705. Johanny Retana Madriz Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 77 Atraso 33

706. Johel Sánchez Díaz Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 95 Atraso 6

707. Johnny Alexande Garbanzo Badilla Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 68 Atraso 12

708. Johnny Hernández González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

709. Johnny Vargas Céspedes Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 32 Atraso 32

710. Johnny Vargas Mejías Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 106 Atraso 11

711. Jorge Adrián Prado Salas Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 10 Atraso 54

712. Jorge Alberto Ramos Arrieta Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 1 Atraso 47

713. Jorge Alberto Vargas Zamora Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 20 Atraso 31

714. Jorge Andres García Pérez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9

715. Jorge Andres Oviedo Álvarez Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 1 Atraso 68

716. Jorge Antonio Áviles Sandoval Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 32 Atraso 11

717. Jorge Antonio Chavarría Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

718. Jorge Antonio Cortez Salinas Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 35 Atraso 73

719. Jorge Aquiles Brenes Martínez Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 36 Atraso 16

720. Jorge Arturo Alfaro Cortés Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 65 Atraso 43

721. Jorge Arturo Hidalgo Quirós Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

722. Jorge Arturo Vallejo Alfaro Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 73 Atraso 41

723. Jorge Augusto Porras Anchía Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

724. Jorge Cerdas Brenes Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 64 Atraso 44

725. Jorge Chaves Apestegui Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 22 Atraso 47

726. Jorge Eduardo Bustamante Chaves Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9

727. Jorge Eduardo Castro Bolaños Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 73 Atraso 17

728. Jorge Eduardo Figueroa Vásquez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 3 Atraso 110

729. Jorge Eduardo Mora Bermúdez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

730. Jorge Eduardo Rodríguez Rodríguez Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 74 Atraso 7

731. Jorge Enrique Cardenas Vilchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 92 Atraso 21

732. Jorge Enrique Cerdas Joya Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso 6

733. Jorge Enrique Infante Rojas Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 68 Atraso 17

734. Jorge Enrique Monge Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 59 Atraso 54

735. Jorge Enrique Munich Ayub Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso 8

736. Jorge Enrique Salazar Vargas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 30 Atraso 39

737. Jorge Eugenio Porras Mora Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 45 Atraso 19

738. Jorge Fabio Sibaja Rodríguez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 80 Atraso 32

739. Jorge Fabricio Fernández Mayorga Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

740. Jorge Federico Campos Calderón Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 1 Atraso 31

741. Jorge Francisco González Esquivel Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7

742. Jorge Henry Vega Salazar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

743. Jorge Hernández Díaz Cuotas RNN 50 Cuotas Operadora 4 Atraso 46

744. Jorge Luis Alvarado Mondol Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 94 Atraso 6

745. Jorge Luis Corrales Fallas Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso 10

746. Jorge Luis Pinel Villalobos Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 59 Atraso 25

747. Jorge Manuel Herrera Zamora Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 83 Atraso 33

748. Jorge Montero Bejarano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 72 Atraso 41

749. Jorge Nery Carvajal Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

750. Jorge Roberto Segnini Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

751. Jorge Sánchez Tercero Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 24 Atraso 85

752. Jorge William Ávila Obando Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 94 Atraso 15

753. José Albertino Navarro López Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 21 Atraso 8

754. José Alberto Alfaro Jiménez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105 Atraso 7

755. José Alberto Brenes León Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 90 Atraso 27

756. José Alberto Fernández Hernández Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 27 Atraso 21

757. José Alberto Longhi Carvajal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

758. José Alberto Monterrosa Ordeñana Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

759. José Alberto Olivares López Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 75 Atraso 20

760. José Alberto Villalobos Salas Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 87 Atraso 8

761. José Alejandro Silva Yepez Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 41 Atraso 59

762. José Alexander Barrantes Castillo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

763. José Andres Corvetti Aguado Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 110 Atraso 8

764. José Andres Guevara Barboza Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 63 Atraso 11

765. José Ángel Ruiz Cabalceta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

766. José Antonio Angulo Tam Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 82 Atraso 6

767. José Antonio Arguedas Maklouf Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

768. José Antonio Cerdas Zúñiga Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 69 Atraso 9

769. José Antonio Díaz Montero Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 1 Atraso 55

770. José Antonio Ortiz Mora Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 98 Atraso 18

771. José Antonio Revollo Blanco Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 87 Atraso 9

772. José Antonio Vindas Villalobos Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 32 Atraso 8

773. José Arguedas Solano Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 70 Atraso 43

774. José Arnoldo Porras González Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso 10

775. José Arnoldo Valerio Rodríguez Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 97 Atraso 7

776. José Balbino Cruz Menjivar Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 92 Atraso 11

777. José Daniel León Núñez Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7

778. José Duarte Sibaja Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 14 Atraso 8

779. José Egerico Mora Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

780. José Enrique Porras Thames Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 83 Atraso 30

781. José Enrique Sánchez García Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 95 Atraso 16

782. José Enrique Santana Santana Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 47 Atraso 11

783. José Fabio Ramírez Carranza Cuotas RNN 18 Cuotas Operadora 12 Atraso 6

784. José Fernando León Artavia Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7

785. José Francisco Quijano Quirós Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 96 Atraso 7

786. José Freddy González León Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 65 Atraso 17

787. José Gabriel Riba Gutiérrez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 49 Atraso 15

788. José Gerardo Pacheco Guerrero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

789. José Gerardo Riba Bazo Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 90 Atraso 8

790. José Gilberto Funez Cruz Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 12 Atraso 10

791. José Gómez Hernández Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 47 Atraso 8

792. José Humberto Gutiérrez Hernández Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 6 Atraso 83

793. José Joaquin Arias Segura Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 104 Atraso 10

794. José Joaquin Herrera Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

795. José Joaquin Rojas Montoya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

796. José Joaquin Ureña Salazar Cuotas RNN 25 Cuotas Operadora 11 Atraso 14

797. José Luis Cerdas Sánchez Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 71 Atraso 13

798. José Luis Estrada Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 37 Atraso 76

799. José Luis Jiménez Castrillo Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 1 Atraso 13

800. José Luis Monge Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

801. José Luis Moreno Rodríguez Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 92 Atraso 6

802. José Luis Ramos Castellon Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

803. José Manuel Leiva Coto Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 45 Atraso 6

804. José Manuel Núñez González Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 79 Atraso 8

805. José María Carmona Fernández Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 50 Atraso 26

806. José María Penabad Bustamante Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 101 Atraso 7

807. José María Penabad López Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 19 Atraso 36

808. José Mario Pérez Fonseca Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

809. José Mauricio Chaves Mesen Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

810. José Miguel Brenes Brenes Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 76 Atraso 35

811. José Miguel Cordero Chavarría Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 39 Atraso 19

812. José Miguel Jirón Chavarría Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

813. José Miguel Martínez Meléndez Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 104 Atraso 6

814. José Pablo González Madrigal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

815. José Pablo Masís Artavia Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

816. José Pablo Valverde Marín Cuotas RNN 20 Cuotas Operadora 14 Atraso 6

817. José Paulo Brenes Lleras Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 41 Atraso 72

818. José Rafael Huertas Guillén Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 59 Atraso 13

819. José Rafael Mesen Obregon Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 46 Atraso 8

820. José Ramón Morales Mora Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1 Atraso 57

821. José Ramón Zúñiga Salazar Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 80 Atraso 9

822. José Roger Arellano Duarte Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 46 Atraso 43

823. José Rolando Castillo Aguilar Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 9 Atraso 32

824. José Sebastian Mesen Arias Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 19 Atraso 39

825. José Wálter Álvarez Peña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso 15

826. Joséf Yamin Díaz Díaz Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 27 Atraso 29

827. Joyce Chaverri González Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 92 Atraso 25

828. Juan Alberto Morgan Chamorro Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 42 Atraso 12

829. Juan Antonio Rescia Chinchilla Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 25 Atraso 49

830. Juan Antonio Ulate Carballo Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 27 Atraso 10

831. Juan Antonio Vargas Guillén Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 40 Atraso 73

832. Juan Antonio Vázquez Bendaña Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 65 Atraso 12

833. Juan Arturo Abdelnour Granados Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

834. Juan Carlos Araya Rojas Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 38 Atraso 41

835. Juan Carlos Ayala Montero Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 44 Atraso 29

836. Juan Carlos Bonilla Portocarrero Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 68 Atraso 12

837. Juan Carlos Camacho Sequeira Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

838. Juan Carlos Campos Mayorga Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 32 Atraso 8

839. Juan Carlos Campos Salas Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 103 Atraso 8

840. Juan Carlos Chavarría Volio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 12 Atraso 101

841. Juan Carlos González Lavergne Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

842. Juan Carlos Gutiérrez Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

843. Juan Carlos Montes De Oca Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

844. Juan Carlos Mora Carrera Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 81 Atraso 28

845. Juan Carlos Murillo Fuentes Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 54 Atraso 61

846. Juan Carlos Padilla Chacón Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 51 Atraso 7

847. Juan Carlos Piñar Alvarado Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 46 Atraso 70

848. Juan De Dios Mora Díaz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7

849. Juan Diego González Ávila Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 88 Atraso 20

850. Juan Eduardo Flores Cerdas Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 22 Atraso 11

851. Juan Edwin Yockchen Mora Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 93 Atraso 25

852. Juan Esteban Blanco Arce Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 40 Atraso 8

853. Juan José Espinoza Campos Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 27 Atraso 89

854. Juan José Lao Martín Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

855. Juan José Mena Hernández Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

856. Juan Luis Guevara Villegas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

857. Juan Luis Mora Cascante Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 94 Atraso 10

858. Juan Manuel Gómez Solera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

859. Juan Quirós Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

860. Juan Rafael Alvarado Cervantes Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 82 Atraso 12

861. Juan Rolando Rodríguez Paniagua Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 1 Atraso 52

862. Juan Vicente Durán Víquez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

863. Juan Vicente Saborio Montero Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 47 Atraso 11

864. Juana Odili Altamirano Urrutia Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 68 Atraso 6

865. Judith Rocío Valle Tellez Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 1 Atraso 43

866. Julian Elizondo Aguilar Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 95 Atraso 21

867. Julio Alberto Corrales Campos Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 55 Atraso 55

868. Julio Alberto Ugarte Strunz Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 42 Atraso 72

869. Julio Antonio Franceschi Castillo Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 9 Atraso 32

870. Julio Antonio Morua Martínez Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 97 Atraso 9

871. Julio Armando Castellanos Villanueva Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 39 Atraso 9

872. Julio German Camacho Cubillo Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 93 Atraso 17

873. Julio Sánchez Carvajal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

874. Julio Sandoval Alfaro Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 95 Atraso 8

875. Justino Alfonso Rodríguez Herrera Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 7 Atraso 105

876. Karina Andrea Verzola Madrigal Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 94 Atraso 8

877. Karina Carranza Chavarría Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 85 Atraso 21

878. Karina Quesada Blanco Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 74 Atraso 10

879. Karla Artiñano De Bedout Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 34 Atraso 45

880. Karla Beatriz Rodríguez Jiménez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106 Atraso 10

881. Karla Isabel Mora Caseres Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 19 Atraso 47

882. Karla Karina Amador Salas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 36 Atraso 77

883. Karla Marcela Duarte Arauz Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 44 Atraso 13

884. Karla Morales Muñoz Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 87 Atraso 6

885. Karla Rodríguez González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 49 Atraso 64

886. Karla Vanessa Guzmán Salazar Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 16 Atraso 73

887. Karol Cristina Guzmán Ramírez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 51 Atraso 10

888. Karol Tatiana Matamoros Corrales Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8

889. Karolina Meléndez Gamboa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

890. Karolina Molina Alpízar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

891. Karoll Paola Sancho Oconitrillo Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6

892. Katherine Álvarez Cubillo Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 34 Atraso 35

893. Katherine Benavides Rivera Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 46 Atraso 12

894. Kathia Quesada Campos Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 36 Atraso 19

895. Katia María Jiménez Pochet Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 24 Atraso 31

896. Katthya De La Peña Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

897. Kattia Brenes Morales Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 26 Atraso 6

898. Kattia Flores Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 48 Atraso 65

899. Kattia Hernández Chaves Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 42 Atraso 10

900. Kattia Lorena Molina Masís Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 101 Atraso 9

901. Kattia María Arias Arroyo Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 97 Atraso 6

902. Kattia Maritza Campos Castro Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 6 Atraso 43

903. Kattia Mora Cordero Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso 10

904. Kattia Morales Moreira Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 2 Atraso 6

905. Kattia Valverde Arias Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 98 Atraso 9

906. Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 33 Atraso 20

907. Katy Ávila Pérez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 41 Atraso 12

908. Keila Lugo Mora Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 21 Atraso 20

909. Kenneth Maynard Fernández Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 76 Atraso 16

910. Kermith Ceciliano Moreira Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

911. Krissel Vanessa Chacón Aguilar Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 55 Atraso 19

912. Krissia Loaiza Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

913. Krysia Cover Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

914. Ladislao Wilber Calderón Pérez Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 67 Atraso 11

915. Laura Arias Guillén Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 68 Atraso 11

916. Laura Catalina Sequeira Alvarado Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 40 Atraso 11

917. Laura Chaves Lavagni Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

918. Laura Esquivel Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

919. Laura Gómez Martínez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 108 Atraso 7

920. Laura Jaen Chacón Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 1 Atraso 65

921. Laura María Rodríguez Méndez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso 6

922. Laura María Vargas Herrera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

923. Laura Patricia Charpentier Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

924. Laureana Herrera Solano Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso 6

925. Laureano Castro Sancho Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 98 Atraso 6

926. Ledy Vitinia León González Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 38 Atraso 18

927. Lena Vanessa Rodríguez Aguirre Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 1 Atraso 20

928. Lenin Rojas López Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

929. Lenny Shirley Granados Chinchilla Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 72 Atraso 10

930. León Felipe Ramos Santos Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 90 Atraso 6

931. León Montoya Hernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

932. Leónardo José Arcia Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 89 Atraso 24

933. Leónel Salas Araya Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 60 Atraso 47

934. Leslie Wilson Ching Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso 10

935. Letvia Ávila Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

936. Lexe Sancho Zumbado Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 65 Atraso 24

937. Libia Edith Canales Castro Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 4 Atraso 85

938. Libia María Mondol López Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 30 Atraso 7

939. Lidia Isabel Castro Segura Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 94 Atraso 14

940. Lidia Lizzeth Rojas Flores Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 55 Atraso 21

941. Ligia Alvarado Miranda Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 69 Atraso 46

942. Ligia María Arias Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

943. Ligia María Bermúdez Barquero Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6

944. Ligia María Vázquez Bendaña Cuotas RNN 30 Cuotas Operadora 21 Atraso 9

945. Ligia Mayela Arce Quesada Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

946. Ligia Zelenia Noboa Houed Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

947. Liliana Patrici Padilla Grajales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

948. Lilliam Barrantes Sáenz Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 107 Atraso 8

949. Lilliam Soto Hines Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso 6

950. Lilliana Díaz Rosales Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 31 Atraso 25

951. Lilliana Hernández Vargas Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 2 Atraso 60

952. Lilliana Hurtado Matarrita Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 2 Atraso 27

953. Lilliana Larios Quesada Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 98 Atraso 20

954. Lilliana Salas Salazar Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 19 Atraso 14

955. Lilliana Zamora Bolaños Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

956. Lillyana Guevara Sáenz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 76 Atraso 37

957. Lisandro Mora Herrera Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 84 Atraso 9

958. Liseth Elena Acosta Porras Cuotas RNN 43 Cuotas Operadora 36 Atraso 7

959. Lisidia María Villalobos Loría Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7

960. Lissette Barboza Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

961. Lizbeth Arias Sánchez Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 70 Atraso 10

962. Lizbeth Becerril Cambronero Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108 Atraso 6

963. Lizeth Genoveva León Gómez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44 Atraso 17

964. Lizeth Martínez Sánchez Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 41 Atraso 11

965. Lizeth Mata Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

966. Lorena Calvo Solano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 10 Atraso 108

967. Lorena Ortiz Rodríguez Cuotas RNN 77 Cuotas Operadora 65 Atraso 12

968. Lorena Víquez Muñoz Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 96 Atraso 8

969. Lorlly Luna Rodríguez Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 25 Atraso 6

970. Lucía Azofeifa Azofeifa Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6

971. Lucía Viales Sotela Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 47 Atraso 20

972. Lucy Dayana Camacho Guzmán Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 94 Atraso 17

973. Ludin Fernando Martínez Williams Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 1 Atraso 59

974. Luis Adrián Quirós Carmona Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

975. Luis Alberto Azofeifa Saavedra Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 94 Atraso 11

976. Luis Alberto Miranda García Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 1 Atraso 13

977. Luis Alberto Rodríguez Espinoza Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9

978. Luis Alberto Rojas Sevilla Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 1 Atraso 30

979. Luis Alberto Valverde Bermúdez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 84 Atraso 27

980. Luis Alberto Valverde Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

981. Luis Alberto Vargas Solís Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 39 Atraso 24

982. Luis Alejandro Chacón Alvarado Cuotas RNN 9 Cuotas Operadora 1 Atraso 8

983. Luis Alonso Madrigal Pacheco Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 54 Atraso 10

984. Luis Alonso Ortiz Zamora Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 78 Atraso 12

985. Luis Alonso Salas Ross Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

986. Luis Andres Bonilla Umaña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 88 Atraso 25

987. Luis Ángel Arroyo Soto Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 106 Atraso 6

988. Luis Ángel Rodríguez García Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 17 Atraso 96

989. Luis Antonio Murillo Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

990. Luis Antonio Ugalde Ramos Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 61 Atraso 8

991. Luis Araya Cerdas Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 41 Atraso 18

992. Luis Arturo Escalante Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

993. Luis Carlos Jiménez Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

994. Luis Carlos Rojas Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

995. Luis Castillo Ralda Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 24 Atraso 67

996. Luis Diego Araya González Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

997. Luis Diego Campos Batista Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76 Atraso 10

998. Luis Diego Cerdas Cisneros Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 100 Atraso 12

999. Luis Diego Delgado Coronado Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6

1000.       Luis Diego Pérez Chacón Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 57 Atraso 7

1001.       Luis Diego Quesada Araya Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 52 Atraso 32

1002.       Luis Diego Salazar Gonzalo Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 78 Atraso 8

1003.       Luis Eduardo Echeverría Monturiol Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 10 Atraso 25

1004.       Luis Eduardo Solano Rojas Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 6 Atraso 10

1005.       Luis Eduardo Vargas Rojas Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 45 Atraso 30

1006.       Luis Federico Quesada Mora Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 3 Atraso 66

1007.       Luis Felipe Martínez Obando Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 73 Atraso 12

1008.       Luis Fernando Barrantes Aguilar Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 16 Atraso 62

1009.       Luis Fernando Carvajal Arias Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 65 Atraso 10

1010.       Luis Fernando Esquivel Mora Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 45 Atraso 16

1011.       Luis Fernando Zúñiga Portilla Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 50 Atraso 24

1012.       Luis Fishman Zonzinski Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 64 Atraso 12

1013.       Luis Francisco Goldoni Vargas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 96 Atraso 6

1014.       Luis Francisco Huertas Rodríguez Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 37 Atraso 58

1015.       Luis Francisco Solórzano Víquez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 101 Atraso 14

1016.       Luis Gerardo Guerrero Jara Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1017.       Luis Guillermo Coto Cervantes Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 108 Atraso 8

1018.       Luis Humberto Arguello Rodríguez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso 6

1019.       Luis Maríano Salazar Mora Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 103 Atraso 6

1020.       Luis Maríno Castillo López Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 99 Atraso 13

1021.       Luisa Beatriz Chavez Vite Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 88 Atraso 30

1022.       Luisa Fernanda Calvo Montero Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 60 Atraso 22

1023.       Lupita María Angulo Pérez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 77 Atraso 41

1024.       Luz Argentina Bejarano Hernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

1025.       Luz Marína Murillo Calderón Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 50 Atraso 19

1026.       Lydia Ardón Morales Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 12 Atraso 59

1027.       Lydia Georgina Umaña Sánchez Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 93 Atraso 12

1028.       Magda Elena Azofeifa Chavarría Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 49 Atraso 9

1029.       Magda Violeta Reid Vargas Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 22 Atraso 22

1030.       Manrique Lara Bolaños Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 105 Atraso 9

1031.       Manrique Rodríguez Sáenz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91 Atraso 22

1032.       Manuel Alberto Roldan Roboz Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106 Atraso 12

1033.       Manuel Alberto Umaña Torres Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 97 Atraso 18

1034.       Manuel Antonio Ballesteros Ortega Cuotas RNN 45 Cuotas Operadora 28 Atraso 17

1035.       Manuel Antonio Calderón Segura Cuotas RNN 12 Cuotas Operadora 6 Atraso 6

1036.       Manuel Antonio Lobo Salazar Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

1037.       Manuel Barboza Arce Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 4 Atraso 60

1038.       Manuel Emilio Montero Mora Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 97 Atraso 19

1039.       Manuel Enrique Badilla Chavarría Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 36 Atraso 10

1040.       Manuel Enrique Jiménez Meza Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 106 Atraso 10

1041.       Manuel Enrique Leiva Chamorro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1042.       Manuel Enrique Monge Romero Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 21 Atraso 7

1043.       Manuel Enrique Núñez Lizano Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 8 Atraso 27

1044.       Manuel Enrique Pérez Ureña Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 76 Atraso 6

1045.       Manuel Enrique Zúñiga Urrutia Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1046.       Manuel González Bonilla Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

1047.       Manuel Mora Ulate Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76 Atraso 10

1048.       Manuel Pérez Blanco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 75 Atraso 38

1049.       Manuel Salas Raven Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 32 Atraso 26

1050.       Manuel Solano Avendaño Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1051.       Manuel Vicente Hernández Pandolfi Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 36 Atraso 8

1052.       Marcela Barquero Acosta Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 45 Atraso 11

1053.       Marcela Beatriz Ulibarri Leiva Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 26 Atraso 22

1054.       Marcela Calderón Garbanzo Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 1 Atraso 94

1055.       Marcela Gómez Masís Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 59 Atraso 31

1056.       Marcela Gurdian Cedeño Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 20 Atraso 95

1057.       Marcela Miranda Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1058.       Marcela Ramírez Jara Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 3 Atraso 81

1059.       Marcela Rodríguez Chaves Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1060.       Marcela Sandí Ureña Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 49 Atraso 33

1061.       Marcela Vargas Madrigal Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 71 Atraso 9

1062.       Marcelo A Smith Hunter Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1063.       Marcelo Roldán Sauma Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 33 Atraso 15

1064.       Marcia Solano Castro Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso 6

1065.       Marco Antonio Castillo Incera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

1066.       Marco Antonio Ramírez Corella Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 26 Atraso 32

1067.       Marco Aurelio Durán Jiménez Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 86 Atraso 31

1068.       Marco Aurelio Zúñiga Angulo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1069.       Marco Vinicio Escalante González Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 106 Atraso 9

1070.       Marco Vinicio Guillén Hidalgo Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 35 Atraso 18

1071.       Marco Vinicio Porras Araya Cuotas RNN 79 Cuotas Operadora 71 Atraso 8

1072.       Marco Vinicio Solano Estrada Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91 Atraso 22

1073.       Marcos Alexande Piedra Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1074.       Margarita Arias Formoso Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1075.       María A. Gutiérrez Lazo Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 48 Atraso 7

1076.       María Alejandra Brown Elizondo Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 48 Atraso 10

1077.       María Alejandra Campabadal Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1078.       María Alejandra Méndez Sáenz Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106 Atraso 8

1079.       María Amalia Hidalgo Zamora Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 26 Atraso 36

1080.       María Antonieta Ramírez Villegas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 95 Atraso 7

1081.       María Aux Jiménez Rivas Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 52 Atraso 64

1082.       María Burger Zimmer Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 52 Atraso 9

1083.       María Cecilia Valverde Marín Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1084.       María De Los An Jiménez Acuña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1085.       María De Los Ángeles Solano López Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 84 Atraso 22

1086.       María Del C. Garita Araya Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76 Atraso 10

1087.       María Del C. Vargas Vargas Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 1 Atraso 117

1088.       María Del M Redondo Valle Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 45 Atraso 62

1089.       María Del Milagro García Bolaños Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 109 Atraso 6

1090.       María Del R. Ramírez Azofeifa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 57 Atraso 56

1091.       María Del Rocío Chaves Quirós Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 43 Atraso 10

1092.       María Del Rocío Serrano Serrano Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 39 Atraso 16

1093.       María Del Rocío Soto Arias Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 57 Atraso 19

1094.       María Del Rocío Valverde Gallegos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1095.       María Del Rosar Muñoz González Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 53 Atraso 2

1096.       María Edith Altamirano Arauz Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 58 Atraso 8

1097.       María Emilia Fallas Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso 80

1098.       María Ester Vargas Mora Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 34 Atraso 17

1099.       María Esther Campos Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1100.       María Esther Quirós Valverde Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

1101.       María Eugenia González Solís Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 72 Atraso 46

1102.       María Eugenia Hidalgo Cubero Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 64 Atraso 51

1103.       María Eugenia Mata Porras Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 4 Atraso 113

1104.       María Felicia Gómez Navarro Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 5 Atraso 56

1105.       María Gabriela Fernández Hernández Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 82 Atraso 24

1106.       María Gabriela Flores Rosabal Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 38 Atraso 28

1107.       María Gabriela Hidalgo Hurtado Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 81 Atraso 15

1108.       María Gabriela Morales Peralta Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1109.       María Gabriela Rodríguez Méndez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1110.       María Gabriela Ruiz Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1111.       María Gabriela Sánchez Arrieta Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 5 Atraso 30

1112.       María Gabriela Zeledón Ching Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 106 Atraso 6

1113.       María Ines Martínez Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 74 Atraso 39

1114.       María Isabel Aguilar Cordero Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 80 Atraso 6

1115.       María Isabel Albert Y Lorenzana Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 37 Atraso

1116.       María Isabel Picado Godinez Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 40 Atraso 15

1117.       María Isabel Rodríguez Vega Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 2 Atraso 62

1118.       María Jesús Ugalde Zamora Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44 Atraso 17

1119.       María José Chaves Cavallini Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 46 Atraso 18

1120.       María José Funez Lira Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 14 Atraso 42

1121.       María José González Barrantes Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso 6

1122.       María José Lizano Povedano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

1123.       María Joséfina Sarria Piza Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 14 Atraso 103

1124.       María Lineth Saborio Chaverri Cuotas RNN 30 Cuotas Operadora 1 Atraso 29

1125.       María Lordes Villa Vargas Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 49 Atraso 8

1126.       María Lorna Ballestero Muñoz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1127.       María Lourdes Cuadra Solís Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 88 Atraso 12

1128.       María Lourdes González Gamboa Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 31 Atraso 8

1129.       María Luisa Castro Zamora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 72 Atraso 41

1130.       María Marlene Perera García Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 72 Atraso 6

1131.       María Mercedes González Jiménez Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 35 Atraso 12

1132.       María Mercedes Usuga Serna Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7

1133.       María Teresa Núñez Torres Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 40 Atraso 7

1134.       María Vanessa Aguilar Obando Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 19 Atraso 10

1135.       María Víctoria Sandoval Núñez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1136.       María Vita Monge Granados Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 47 Atraso 6

1137.       Maríana Otilia Corea Erazo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

1138.       Maríanela Esquivel Salazar Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 5 Atraso 32

1139.       Maríanela Moya Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1140.       Maríanela Vargas Carvajal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 47 Atraso 66

1141.       Maríanella Díaz Obando Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 48 Atraso 18

1142.       Maríano Jiménez Umaña Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 5 Atraso 9

1143.       Maribel Castillo Masís Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1144.       Maricela Meléndez Miranda Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 46 Atraso 26

1145.       Maricela Segura Hernández Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 51 Atraso 64

1146.       Maricruz P Uba Loaiza Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 33 Atraso 75

1147.       Mariela Castro Vargas Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 8 Atraso 8

1148.       Mariela Chacón Salas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 3 Atraso 99

1149.       Mariela Estrada Díaz Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 82 Atraso 26

1150.       Marielena Azofeifa Cascante Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso 6

1151.       Marilu Quirós Álvarez Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 72 Atraso 6

1152.       Marilyn Yalile James Pinnock Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 29 Atraso 7

1153.       Marínette Hoffmann Brenes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1154.       Mario Alberto Brenes Arroyo Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 70 Atraso 8

1155.       Mario Alberto Montoya Murillo Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 11 Atraso 12

1156.       Mario Alberto Saborio Valverde Cuotas RNN 57 Cuotas Operadora 47 Atraso 10

1157.       Mario Alberto Solano Campos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1158.       Mario Alberto Solórzano Sandoval Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1159.       Mario Alberto Umaña Mora Cuotas RNN 10 Cuotas Operadora 4 Atraso 6

1160.       Mario Alberto Zamora Cruz Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 40 Atraso 18

1161.       Mario Alexander Sánchez Maroto Cuotas RNN 14 Cuotas Operadora 1 Atraso 13

1162.       Mario Alonso Arias Aguero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1163.       Mario Antonio Ayala Torres Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 69 Atraso 49

1164.       Mario Antonio Gutiérrez Quintero Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 90 Atraso 25

1165.       Mario Antonio Sáenz Pucci Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 93 Atraso 13

1166.       Mario Araya Villalobos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1167.       Mario Cisneros Herrera Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 104 Atraso 12

1168.       Mario Cortés Parrales Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 32 Atraso 9

1169.       Mario Eduardo Salazar Camacho Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1170.       Mario Enrique Acuña Jara Cuotas RNN 7 Cuotas Operadora 1 Atraso 6

1171.       Mario Enrique Pacheco Carranza Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1172.       Mario Estrada Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 80 Atraso 33

1173.       Mario Gerardo González Álvarez Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 2 Atraso 15

1174.       Mario Gerardo Villalobos Chavarría Cuotas RNN 38 Cuotas Operadora 4 Atraso 34

1175.       Mario Humberto Zarate Sánchez Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 107 Atraso 9

1176.       Mario José Fonseca Solera Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 75 Atraso 9

1177.       Mario Marvin Rojas Arauz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7

1178.       Mario Medina Martínez Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 78 Atraso 24

1179.       Mario Montero Mora Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 65 Atraso 50

1180.       Mario Peña Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1181.       Marisa Corrales Madrigal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 51 Atraso 62

1182.       Marisol Chacón Sánchez Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 5 Atraso 44

1183.       Maritza Cordero Madriz Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 13 Atraso 98

1184.       Maritza Ingrid Sanabria Miranda Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 76 Atraso 10

1185.       Maritza Matarrita Álvarez Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 90 Atraso 13

1186.       Marjorie Morales Acosta Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105 Atraso 7

1187.       Marjorie Otoya Chaves Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 116 Atraso 2

1188.       Marleny Mendoza Elizondo Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 50 Atraso 10

1189.       Marta Arabela Arauz Mora Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 86 Atraso 19

1190.       Marta Elena Fonseca Aguilar Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 92 Atraso 22

1191.       Marta Eugenia Carballo Avendaño Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 1 Atraso 50

1192.       Marta Eugenia Ramírez Fonseca Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 72 Atraso 10

1193.       Marta Gamboa Chinchilla Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 7 Atraso 27

1194.       Marta María Vinocour Fornieri Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 57 Atraso 9

1195.       Martha Eugenia Pacheco Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1196.       Martín José Alvarado Alvarado Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 94 Atraso 12

1197.       Marvin Alberto Hernández Córdoba Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 86 Atraso 32

1198.       Marvin Homer Chamorro Trejos Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 98 Atraso 8

1199.       Marvin Wiernik Lipiec Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 60 Atraso 12

1200.       Mary Flor Barrientos Bonilla Cuotas RNN 99 Cuotas Operadora 93 Atraso 6

1201.       Maryam Lia Aguilar Jiménez Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 55 Atraso 16

1202.       Maura Gómez Brenes Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 1 Atraso 60

1203.       Maureen Cecilia Baldizon Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1204.       Maureen Masís Mora Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 101 Atraso 7

1205.       Maureen Meneses Castro Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 25 Atraso 51

1206.       Mauren Marcela Rojas Bejarano Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 9 Atraso 7

1207.       Mauricio Alberto Granados Chacón Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 49 Atraso 9

1208.       Mauricio Alfaro Conde Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7

1209.       Mauricio Alvarado Delgadillo Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 11 Atraso 11

1210.       Mauricio Bolaños Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1211.       Mauricio Calderón Solís Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 58 Atraso 11

1212.       Mauricio Castro Méndez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1213.       Mauricio Del Valle Hernández Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 44 Atraso 11

1214.       Mauricio Dobles Montealegre Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1215.       Mauricio José Jiménez Bodan Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 104 Atraso 5

1216.       Mauricio Martínez Parada Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 104 Atraso 14

1217.       Mauricio Pinto Monturiol Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 39 Atraso 34

1218.       Mauricio Rodríguez Montero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 93 Atraso 20

1219.       Mauro Chaves Mora Cuotas RNN 39 Cuotas Operadora 33 Atraso 6

1220.       Mauro Gerardo Sojo Romero Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 1 Atraso 55

1221.       Max Vargas Pérez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 19 Atraso 94

1222.       Maxwell García Barquero Cuotas RNN 44 Cuotas Operadora 36 Atraso 8

1223.       Maycol Alejandro Borbón Elizondo Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 79 Atraso 10

1224.       Maykol Vinicio Lara Herrera Cuotas RNN 63 Cuotas Operadora 54 Atraso 9

1225.       Maylin Chinchilla Vargas Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 3 Atraso 23

1226.       Maynor Barrantes Castro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1227.       Melania Jirón Estrada Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 36 Atraso 15

1228.       Melba Jiménez Olaso Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 60 Atraso 18

1229.       Melba Tatiana Rojas Bianchini Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 27 Atraso 7

1230.       Melissa Villalobos Pérez Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 59 Atraso 7

1231.       Melvin Acedo Canton Cuotas RNN 88 Cuotas Operadora 77 Atraso 11

1232.       Melvin Alberto Villalobos Alfaro Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 2 Atraso 35

1233.       Melvin Arias Pizarro Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 56 Atraso 10

1234.       Melvin Lobo Palacio Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 73 Atraso 11

1235.       Meylin Gutiérrez Méndez Cuotas RNN 31 Cuotas Operadora 22 Atraso 9

1236.       Michael Vásquez López Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 13 Atraso 59

1237.       Miguel Alberto Calvo Venegas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 37 Atraso 24

1238.       Miguel Alonso Vilchez Camacho Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 61 Atraso 21

1239.       Miguel Ángel Alpízar Brenes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1240.       Miguel Ángel Campos Hidalgo Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 44 Atraso 17

1241.       Miguel Ángel González Morales Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 27 Atraso 6

1242.       Miguel Ángel Jiménez Calderón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

1243.       Miguel Ángel Larios Ugalde Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 101 Atraso 6

1244.       Miguel Ángel Ortega Bastos Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 79 Atraso 7

1245.       Miguel Ángel Ortiz Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

1246.       Miguel Ángel Quirós Miranda Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 1 Atraso 55

1247.       Miguel Ángel Rojas Pacheco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

1248.       Miguel Antonio Montero Arguedas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 83 Atraso 30

1249.       Miguel Casafont Seco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 71 Atraso 42

1250.       Miguel Garos Alvarado Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 30 Atraso 60

1251.       Miguel Gerardo Bravo Loría Cuotas RNN 40 Cuotas Operadora 22 Atraso 18

1252.       Miguel Roberto Evila Salazar Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 48 Atraso 10

1253.       Mildaines Fonseca Díaz Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 11 Atraso 45

1254.       Mildred Ariani Morales Castrejon Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 21 Atraso 55

1255.       Mildred Mayela Soto Fallas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 22 Atraso 91

1256.       Milena Alfaro Maykall Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1257.       Milena Garita Salas Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 47 Atraso 8

1258.       Milena Lobo Chaves Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 27 Atraso 10

1259.       Milena Rosa Peña Salas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1260.       Milenia Vargas Rivera Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 82 Atraso 9

1261.       Milton Rojas Zamora Cuotas RNN 54 Cuotas Operadora 39 Atraso 15

1262.       Milton Rolando Marín Castro Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 45 Atraso 8

1263.       Minor Badilla Toruño Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 94 Atraso 13

1264.       Minor Francisco Rojas Bolaños Cuotas RNN 85 Cuotas Operadora 79 Atraso 6

1265.       Minor Gerardo Álvarez López Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 64 Atraso 17

1266.       Minor Gómez Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

1267.       Minor Zamora Castellon Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 77 Atraso 7

1268.       Miriam Acuña Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 91 Atraso 22

1269.       Miriam Elisa Chacón Navarro Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 98 Atraso 8

1270.       Modesto Mendoza Moraga Cuotas RNN 52 Cuotas Operadora 46 Atraso 6

1271.       Moisés Arturo Galera Lippi Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 1 Atraso 70

1272.       Moisés Eduardo Bedoya Arce Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 48 Atraso 10

1273.       Mónica Antoniet López Solano Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 39 Atraso 21

1274.       Mónica Campos Ávila Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 5 Atraso 16

1275.       Mónica De Los A Romero Chacón Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 36 Atraso 12

1276.       Mónica Fernández Mayorga Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 70 Atraso 23

1277.       Mónica Paniagua Chacón Cuotas RNN 74 Cuotas Operadora 15 Atraso 59

1278.       Mónica Romero Piedra Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41 Atraso 10

1279.       Mylene Rocío Arroyo Sánchez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1280.       Nancy Isabel Álvarez Benavides Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 77 Atraso 36

1281.       Nancy Rojo Vargas Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 57 Atraso 53

1282.       Nancy Vásquez Hidalgo Cuotas RNN 46 Cuotas Operadora 35 Atraso 11

1283.       Natalia Camacho Arguello Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 63 Atraso 8

1284.       Natalia Sarmiento Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 83 Atraso 30

1285.       Nayudell Murillo Chavarría Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1286.       Neftali Francis Fernández Morales Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 29 Atraso 60

1287.       Nelson Gerardo Palacio Díaz Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 94 Atraso 8

1288.       Nelson Jiménez Benavides Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 9 Atraso 51

1289.       Nelson Lobo Muñoz Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 52 Atraso 14

1290.       Nelson Ricardo Cascante Arce Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 18 Atraso 33

1291.       Néstor Eduardo Guillén Espinoza Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 34 Atraso 8

1292.       Néstor Espinoza Angulo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 29 Atraso 27

1293.       Nicolas Saborio Cubillo Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 73 Atraso 18

1294.       Nidia Murillo Jiménez Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 38 Atraso 29

1295.       Noel Ibo Campos Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

1296.       Noelia Solórzano Cedeño Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 86 Atraso 19

1297.       Norma Julieta Vargas Montero Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 43 Atraso 12

1298.       Norma Quintero Ureña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1299.       Norma Vargas Duarte Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1300.       Norman Coto Kikut Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 44 Atraso 32

1301.       Norman Lizano Ortiz Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 46 Atraso 16

1302.       Nuria Chang Fonseca Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1303.       Octavio Alejand Rivera Jiménez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 97 Atraso 15

1304.       Odra Vanessa Alvarado Mejia Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 21 Atraso 32

1305.       Oky María Campos Rodríguez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 17 Atraso 36

1306.       Olga Hernández Cordero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1307.       Olga Libia Sandoval Ugalde Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1308.       Olga Marta Corrales Sánchez Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 2 Atraso 56

1309.       Olga Patricia Fernández Sibaja Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 82 Atraso 13

1310.       Olger Mario Castro Castro Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 55 Atraso 25

1311.       Oliva María Fernández Vásquez Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 45 Atraso 6

1312.       Oliver Quirós Pérez Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 78 Atraso 6

1313.       Olman Yorly Soto Vanegas Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 65 Atraso 7

1314.       Omar Cascante Araya Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 63 Atraso 21

1315.       Oriadna Cristna Navarro Masís Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 82 Atraso 16

1316.       Orietta María Ruiz Padilla Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1317.       Orlando Abellan Cisneros Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 98 Atraso 20

1318.       Orlando Antonio Quirós Díaz Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 30 Atraso 26

1319.       Orlando Gerardo Báez Molina Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 1 Atraso 40

1320.       Orlando González Zamora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 75 Atraso 38

1321.       Orlando Zamora Alfaro Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 83 Atraso 7

1322.       Óscar Armando Vanegas Evora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 58 Atraso 55

1323.       Óscar Carrillo Baltodano Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 107 Atraso 11

1324.       Óscar Eduardo Núñez Calvo Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 75 Atraso 9

1325.       Óscar Eduardo Ugalde López Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 2 Atraso 98

1326.       Óscar Enrique Murillo Mora Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 95 Atraso 9

1327.       Óscar Enrique Rodríguez Cascante Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 83 Atraso 30

1328.       Óscar Giovanni Muñoz Jiménez Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 111 Atraso 7

1329.       Óscar Guillermo Espinoza Sing Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1330.       Óscar Humberto Segnini Saborio Cuotas RNN 17 Cuotas Operadora 7 Atraso 10

1331.       Óscar Mario Pacheco Murillo Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 52 Atraso 6

1332.       Óscar Pérez Carpio Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 99 Atraso 11

1333.       Óscar Sanabria Núñez Cuotas RNN 47 Cuotas Operadora 7 Atraso 40

1334.       Óscar Vinicio Solano Méndez Cuotas RNN 72 Cuotas Operadora 52 Atraso 20

1335.       Osman González Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

1336.       Osvaldo R Segura Esquivel Cuotas RNN 99 Cuotas Operadora 89 Atraso 10

1337.       Otoniel Díaz Flores Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 100 Atraso 18

1338.       Otto Federico Rivera Valle Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 102 Atraso 8

1339.       Pablo Andres Esquivel Chaverri Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 94 Atraso 15

1340.       Pablo Arias González Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 25 Atraso 7

1341.       Pablo Gurdian Bond Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 103 Atraso 9

1342.       Pablo Rodríguez Solano Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 93 Atraso 15

1343.       Pamela Andrea Meza Soto Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6

1344.       Patricia Halabi Chryssopulos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1345.       Patricia Méndez Gómez Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 30 Atraso 46

1346.       Paul Rodolfo Montero Matamoros Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 91 Atraso 9

1347.       Paulino Ugarte Bustos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 65 Atraso 48

1348.       Pedro Daniel Suárez Baltodano Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 80 Atraso 16

1349.       Pedro Farrier Brais Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 89 Atraso 27

1350.       Pedro José Beirute Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 101 Atraso 12

1351.       Perla Cheves Romero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1352.       Priscila Jiménez Soto Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 45 Atraso 73

1353.       Priscilla González Seravalli Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 66 Atraso 42

1354.       Priscilla Salas Salguero Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 84 Atraso 6

1355.       Rafael Agustin Corrales Chavarría Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 63 Atraso 6

1356.       Rafael Alberto Carrillo Delgado Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 10 Atraso 6

1357.       Rafael Alberto Herrera García Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1358.       Rafael Ángel Arias Cordero Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 98 Atraso 13

1359.       Rafael Ángel Arroyo Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1360.       Rafael Ángel Calderón Pacheco Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 1 Atraso 20

1361.       Rafael Ángel Carballo Campos Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 61 Atraso 25

1362.       Rafael Ángel Cascante Sojo Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 23 Atraso 48

1363.       Rafael Ángel Fallas Solórzano Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 33 Atraso 9

1364.       Rafael Ángel García Salas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1365.       Rafael Ángel Guzmán Alfaro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1366.       Rafael Ángel Quesada Vargas Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 22 Atraso 10

1367.       Rafael Ángel Vilchez Sánchez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 99 Atraso 16

1368.       Rafael Antonio Arroniz Castillo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 38 Atraso 18

1369.       Rafael Antonio Rojas Montoya Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 42 Atraso 74

1370.       Rafael Eduardo Méndez Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1371.       Rafael Eliecer Cascante Arias Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 50 Atraso 19

1372.       Rafael Elpidio Porras Venegas Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 103 Atraso 12

1373.       Rafael Ortega Telleria Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 24 Atraso 10

1374.       Rafael Saturnin Campos Quirós Cuotas RNN 37 Cuotas Operadora 5 Atraso 32

1375.       Ralph Charpentier Delgado Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 97 Atraso 10

1376.       Ramiro Castro Alfaro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1377.       Ramiro Salvador Arauz Montero Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 86 Atraso 17

1378.       Ramón Francisco Zumbado Retana Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 90 Atraso 8

1379.       Ramón Guillermo Fallas Mora Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94 Atraso 9

1380.       Randall Alberto Marín Orozco Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94 Atraso 9

1381.       Randall de Jesús Villalobos Hernández Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 64 Atraso 18

1382.       Randall Gabriel Luna Jiménez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 94 Atraso 17

1383.       Randall González Valverde Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1384.       Randall Masís Ureña Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 50 Atraso 8

1385.       Randall Piedra Fallas Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 70 Atraso 12

1386.       Randall Salas Alvarado Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1387.       Randall Vargas Pérez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 105 Atraso 7

1388.       Randall Viales Padilla Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1389.       Raquel Reyes Arias Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 53 Atraso 16

1390.       Raul Alberto Espinoza Ortega Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 102 Atraso 6

1391.       Raul Alexander Camacho Alfaro Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 85 Atraso 10

1392.       Raul Álvarez Muñoz Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 103 Atraso 12

1393.       Raul Antonio Segnini Zamora Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 75 Atraso 43

1394.       Raul Escalante Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

1395.       Raul Francisco Araya Arias Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 109 Atraso 7

1396.       Raymond Mora Molina Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 81 Atraso 14

1397.       Rebeca Abarca Sánchez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 28 Atraso 25

1398.       Rebeca González Monge Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 87 Atraso 8

1399.       Rebeca González Salazar Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 3 Atraso 99

1400.       Rebeca Viviana Varela Escobar Cuotas RNN 32 Cuotas Operadora 4 Atraso 28

1401.       Renato Ortiz Álvarez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1402.       Reynaldo Vosman Roldan Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 86 Atraso 27

1403.       Reyner Muñoz Piedra Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 9 Atraso 99

1404.       Ricardo Alberto Araya Lara Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1405.       Ricardo Alberto Jiménez González Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 105 Atraso 12

1406.       Ricardo Ananias Loaiza Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1407.       Ricardo Antonio Ureña Ureña Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 104 Atraso 11

1408.       Ricardo Guevara Duarte Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 78 Atraso 30

1409.       Ricardo Guevara Muñoz Cuotas RNN 96 Cuotas Operadora 6 Atraso 90

1410.       Ricardo Jiménez Villalobos Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 107 Atraso 7

1411.       Ricardo Marín Vargas Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 105 Atraso 11

1412.       Ricardo Moyano Sanclemente Cuotas RNN 81 Cuotas Operadora 58 Atraso 23

1413.       Ricardo Redondo Hernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 85 Atraso 28

1414.       Ricardo Rodríguez Blandon Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1415.       Ricardo Suárez Badilla Cuotas RNN 107 Cuotas Operadora 101 Atraso 6

1416.       Ricardo Torres Artavia Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 85 Atraso 15

1417.       Ricardo Urbina Paniagua Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 105 Atraso 10

1418.       Ricardo Zúñiga Ureña Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 14 Atraso 14

1419.       Rigoberto Cubillo Mena Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 75 Atraso 9

1420.       Rigoberto Rojas Benavides Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1421.       Rigoberto Salazar Arce Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 71 Atraso 31

1422.       Rita Alvarado Salas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 90 Atraso 12

1423.       Rita Esmeralda Hernández González Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 27 Atraso 90

1424.       Rita Felicia Cubillo Jiménez Cuotas RNN 67 Cuotas Operadora 58 Atraso 9

1425.       Rita Patricia Calderón Alfaro Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 69 Atraso 15

1426.       Robert Alberto Araya Sánchez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 16 Atraso 45

1427.       Robert Alexander Coto Quirós Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 103 Atraso 6

1428.       Roberto Antonio Álvarez Blanco Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 50 Atraso 8

1429.       Roberto Ariel Oliva Molina Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 93 Atraso 21

1430.       Roberto Avendaño Sancho Cuotas RNN 35 Cuotas Operadora 30 Atraso 5

1431.       Roberto Campos Sánchez Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 9 Atraso 103

1432.       Roberto Carmiol Arguedas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1433.       Roberto Cordero Cordero Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 73 Atraso 7

1434.       Roberto Enrique Mc Lean Pérez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 54 Atraso 10

1435.       Roberto Gómez Jiménez Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 90 Atraso 13

1436.       Roberto José Araya Lao Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 73 Atraso 7

1437.       Roberto Oliva Astete Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 94 Atraso 20

1438.       Roberto Portela López Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 38 Atraso 46

1439.       Roberto Valverde Pérez Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 88 Atraso 6

1440.       Rodney Montalban Rivera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1441.       Rodolfo Alexander Price Chinchilla Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 1 Atraso 92

1442.       Rodolfo Álvarez Bolaños Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 62 Atraso 51

1443.       Rodolfo Araya Rodríguez Cuotas RNN 71 Cuotas Operadora 47 Atraso 24

1444.       Rodolfo Camacho Rojas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 53 Atraso 16

1445.       Rodolfo Cervantes Barrantes Cuotas RNN 110 Cuotas Operadora 103 Atraso 7

1446.       Rodolfo Eduardo Lizano Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso 15

1447.       Rodolfo Fernández Herrera Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 87 Atraso 7

1448.       Rodolfo Freer Campos Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 100 Atraso 6

1449.       Rodolfo Golfin Leandro Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 63 Atraso 50

1450.       Rodolfo Javier Gutiérrez Arias Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 1 Atraso 59

1451.       Rodolfo Quirós Robles Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 90 Atraso 10

1452.       Rodolfo Solís Herrera Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 43 Atraso 6

1453.       Rodrigo Alberto Bonilla Gamboa Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 69 Atraso 9

1454.       Rodrigo Alcazar Hernández Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 34 Atraso 8

1455.       Rodrigo Alfaro Ramos Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 89 Atraso 24

1456.       Rodrigo Arturo Chavarría Zamora Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 30 Atraso 6

1457.       Rodrigo Chacón Corella Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 110 Atraso 8

1458.       Rodrigo Gerardo Arauz Figueroa Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1459.       Rodrigo Julian Mora Cortés Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 81 Atraso 22

1460.       Rodrigo Rojas Brenes Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 97 Atraso 17

1461.       Rodrigo Rosales Arce Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 57 Atraso 9

1462.       Rodrigo Sandoval Villalobos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58 Atraso 6

1463.       Rodrigo Ureña Quirós Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 9 Atraso 7

1464.       Rodrigo Vargas Vargas Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 97 Atraso 21

1465.       Rogelio Alberto Acuña Altamirano Cuotas RNN 104 Cuotas Operadora 96 Atraso 8

1466.       Rogelio Pol Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 94 Atraso 19

1467.       Roger Ajun Pérez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1468.       Roger Bravo Álvarez Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 95 Atraso 20

1469.       Roger Fidel Granados Venegas Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 82 Atraso 20

1470.       Roger Guillermo Hernández Soto Cuotas RNN 92 Cuotas Operadora 46 Atraso 46

1471.       Roger Mora Calderón Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 54 Atraso 12

1472.       Roland Antonio García Navarro Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6

1473.       Rolando Álvarez Araya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1474.       Rolando Araya Vindas Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 24 Atraso 37

1475.       Rolando Castro Salas Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 37 Atraso 78

1476.       Rolando Eliecer Gómez Alpízar Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 31 Atraso 24

1477.       Rolando Madrigal Gutiérrez Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 5 Atraso 56

1478.       Rolando Sánchez Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1479.       Rolando Tellini Duarte Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1480.       Román Alberto Fallas Cordero Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1481.       Románo Salazar Gigli Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 63 Atraso 50

1482.       Romel Orane Anglin Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 33 Atraso 80

1483.       Ronal Castillo Molina Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 22 Atraso 7

1484.       Ronald Avalos Monge Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

1485.       Ronald Chacón Chaverri Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 50 Atraso 9

1486.       Ronald Eduardo Mora Olmedo Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 55 Atraso 9

1487.       Ronald Eduardo Morales Rodríguez Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 88 Atraso 14

1488.       Ronald Freddy Zúñiga Rojas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1489.       Ronald González Aguilar Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 99 Atraso 6

1490.       Ronny Quirós Astorga Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 98 Atraso 10

1491.       Rosa María Corrales Villalobos Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58 Atraso 6

1492.       Rosa María Herrera León Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105 Atraso 6

1493.       Rosa María Masís Martínez Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 74 Atraso 28

1494.       Rosa Nelly Rivera Meza Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 40 Atraso 8

1495.       Rosa Patricia Arguedas Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1496.       Rosa Patricia Sánchez Gómez Cuotas RNN 36 Cuotas Operadora 30 Atraso 6

1497.       Rosalina Bastos Alvarado Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 100 Atraso 6

1498.       Rosanna Sudasassi Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

1499.       Rosaura Ángelica Abarca Amador Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 37 Atraso 11

1500.       Rosaura Guadamuz Leal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1501.       Rosaura María Brenes Navarro Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 14 Atraso 61

1502.       Rose Mary Sanabria Fonseca Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58 Atraso 6

1503.       Rosibel Aguilar Brenes Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 61 Atraso 28

1504.       Rosibel Cubero Paniagua Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 41 Atraso 10

1505.       Roxana Hernández Ballestero Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 43 Atraso 21

1506.       Roxana Jiménez Libby Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 61 Atraso 52

1507.       Roxana Quirós Fernández Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

1508.       Roxana Sanabria Castillo Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 109 Atraso 6

1509.       Roxana Villalobos Montoya Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 28 Atraso 58

1510.       Roy Gerardo Ramírez Monge Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 39 Atraso 10

1511.       Roy Harold Elizondo Durán Cuotas RNN 98 Cuotas Operadora 75 Atraso 23

1512.       Roy Solís Calvo Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 108 Atraso 10

1513.       Roy Thompson Chacón Cuotas RNN 75 Cuotas Operadora 64 Atraso 11

1514.       Royner Alberto Barrientos Alfaro Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 41 Atraso 12

1515.       Royran Gerardo Arias Navarro Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 36 Atraso 13

1516.       Rubén Zamora Castro Cuotas RNN 23 Cuotas Operadora 17 Atraso 6

1517.       Ruth Bonilla Toledo Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 76 Atraso 32

1518.       Ruth Marína Sánchez Arias Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 44 Atraso 7

1519.       Ruth Mary Salas Cedeño Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 47 Atraso 14

1520.       Sandra Arauz Chacón Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 68 Atraso 45

1521.       Sandra Ligia Hoffman Altamirano Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 88 Atraso 21

1522.       Sandra Maykall Mora Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 41 Atraso 72

1523.       Sandra Rechnitzer Oconitrillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 15 Atraso 98

1524.       Santiago Herrera Quirós Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 38 Atraso 20

1525.       Sara María Alfaro Araya Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 3 Atraso 58

1526.       Sara Montero Castrillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 96 Atraso 17

1527.       Sara Vianney Castillo Salazar Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8

1528.       Sarita Castillo Saborio Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 98 Atraso 15

1529.       Saul López López Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 32 Atraso 16

1530.       Saul Mauricio González Vargas Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 85 Atraso 10

1531.       Saul Peraza Solórzano Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 71 Atraso 37

1532.       Seanny Johanna Jiménez Alfaro Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 47 Atraso 9

1533.       Selenia Guzmán Ruiz Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 55 Atraso 9

1534.       Selma Alarcon Fonseca Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 21 Atraso 8

1535.       Sergio Alberto Alvarado Delgado Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 106 Atraso 11

1536.       Sergio Badilla Montoya Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 112 Atraso 6

1537.       Sergio Cortés Rosabal Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 78 Atraso 35

1538.       Sergio Echandi Casal Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 72 Atraso 12

1539.       Sergio Eduardo Víquez Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 95 Atraso 18

1540.       Sergio Fco. Solano Céspedes Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1541.       Sergio Gamboa Vargas Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 53 Atraso 13

1542.       Sergio Ivan Alfaro Salas Cuotas RNN 91 Cuotas Operadora 85 Atraso 6

1543.       Sergio Rodríguez Garita Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1544.       Sheila Recio Rojas Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 62 Atraso 7

1545.       Shirley Ávila Cortés Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 53 Atraso 7

1546.       Shirley Valverde Quirós Cuotas RNN 121 Cuotas Operadora 80 Atraso 41

1547.       Shirley Vega Bolaños Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 32 Atraso 21

1548.       Silvia Carvajal Castro Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 47 Atraso 8

1549.       Silvia Elena Barrantes Solís Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6

1550.       Silvia Elena Chaves Quesada Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 51 Atraso 62

1551.       Silvia Elena Vega Fernández Cuotas RNN 38 Cuotas Operadora 28 Atraso 10

1552.       Silvia María Madrigal Córdoba Cuotas RNN 116 Cuotas Operadora 107 Atraso 9

1553.       Silvia María Mena Porras Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 78 Atraso 35

1554.       Silvia María Zeledón Jiménez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 105 Atraso 6

1555.       Sinai Solano Ramírez Cuotas RNN 29 Cuotas Operadora 23 Atraso 6

1556.       Sindy Marcelle Monteil Vidal Cuotas RNN 73 Cuotas Operadora 64 Atraso 9

1557.       Sindy Vanessa Martínez Piñar Cuotas RNN 66 Cuotas Operadora 1 Atraso 65

1558.       Sixta Mirna Ramos Molina Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 88 Atraso 26

1559.       Sonia María Barrantes Delgado Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 33 Atraso 81

1560.       Sonia Rebeca Montealegre Pérez Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 42 Atraso 14

1561.       Stella Santamaria Jiménez Cuotas RNN 41 Cuotas Operadora 30 Atraso 11

1562.       Susana Barahona Vega Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 69 Atraso 15

1563.       Susy Bibiana Moreno Amador Cuotas RNN 22 Cuotas Operadora 10 Atraso 12

1564.       Sylvia Eugenia Muñoz Rodríguez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1565.       Sylvia Guiselle Cruz González Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 60 Atraso 49

1566.       Sylvia Vázquez Álvarez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 102 Atraso 7

1567.       Szrem Helena Guzmán Vargas Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 70 Atraso 6

1568.       Tatiana Aguilar Orozco Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1569.       Tatiana María Rodríguez Castro Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 4 Atraso 104

1570.       Tatiana Martínez Salas Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 93 Atraso 10

1571.       Tatiana Moncada Rojas Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 1 Atraso 32

1572.       Teresa María Campos Valenciano Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 60 Atraso 43

1573.       Teresa Mora Villalta Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 6 Atraso 89

1574.       Teresa Solís Bermúdez Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 43 Atraso 5

1575.       Teresita Monge Díaz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 93 Atraso 20

1576.       Teresita Quirós Paniagua Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 1 Atraso 117

1577.       Thanva Vindell Moreno Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 66 Atraso 16

1578.       Trinidad Carrillo Díaz Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 75 Atraso 7

1579.       Ubaldo García Ruiz Cuotas RNN 65 Cuotas Operadora 34 Atraso 31

1580.       Ulises Alberto Obregon Aleman Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 88 Atraso 7

1581.       Ulises Dixon Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1582.       Ulrika Kvist Duarte Cuotas RNN 101 Cuotas Operadora 92 Atraso 9

1583.       Valentín Barrantes Ramírez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1584.       Vanessa Cubillo Arguedas Cuotas RNN 49 Cuotas Operadora 41 Atraso 8

1585.       Vanessa Jiménez Jiménez Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 58 Atraso 6

1586.       Vanessa Molina Incera Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 106 Atraso 8

1587.       Vanessa Zúñiga Mora Cuotas RNN 102 Cuotas Operadora 96 Atraso 6

1588.       Veralicia Gutiérrez Ruiz Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 58 Atraso 11

1589.       Veronica Álvarez Murillo Cuotas RNN 11 Cuotas Operadora 5 Atraso 6

1590.       Vicente Aurelio Lines Fournier Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

1591.       Víctor Alcides Reyes Vargas Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1 Atraso 57

1592.       Víctor Gamboa Campos Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 76 Atraso 24

1593.       Víctor Gerardo Zaratte Leyton Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 110 Atraso 8

1594.       Víctor Hugo González Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 97 Atraso 16

1595.       Víctor Hugo Maffioli Alvarado Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

1596.       Víctor Julio Pérez Cascante Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1597.       Víctor Julio Rivas Tinoco Cuotas RNN 118 Cuotas Operadora 106 Atraso 12

1598.       Víctor Manuel Blanco Alvarado Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 1 Atraso 57

1599.       Víctor Manuel Carvajal Ramírez Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 70 Atraso 10

1600.       Víctor Manuel González Jiménez Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1601.       Víctor Manuel Guillén Elizondo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 4 Atraso 109

1602.       Víctor Manuel López Calderón Cuotas RNN 117 Cuotas Operadora 103 Atraso 14

1603.       Víctor Manuel Ramírez Calvo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1604.       Víctor Manuel Rodríguez Rescia Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 72 Atraso 12

1605.       Víctor Manuel Rojas Aguilar Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 81 Atraso 12

1606.       Víctor Solís Castillo Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 90 Atraso 15

1607.       Víctoria Eug. Herra Soto Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1608.       Víctoria J. Blanco Moraga Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 50 Atraso 6

1609.       Vidal Castillo Elizondo Cuotas RNN 105 Cuotas Operadora 88 Atraso 17

1610.       Violeta Patiño López Cuotas RNN 106 Cuotas Operadora 27 Atraso 79

1611.       Virginia Benavides Herrera Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 106 Atraso 7

1612.       Virginia Calvo Gamboa Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 101 Atraso 8

1613.       Virginia Hernández Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 102 Atraso 11

1614.       Virgita Gamboa Muñoz Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 97 Atraso 6

1615.       Viriam Fumero Paniagua Cuotas RNN 94 Cuotas Operadora 87 Atraso 7

1616.       Vivian María Artavia Granados Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1617.       Viviana Marcela Sandí Segura Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 42 Atraso 13

1618.       Viviana Navarro Miranda Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 102 Atraso 9

1619.       Vladimir Quesada Arce Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 41 Atraso 68

1620.       Vladimir Rodríguez Castro Cuotas RNN 90 Cuotas Operadora 82 Atraso 8

1621.       Wady Flores Acuña Cuotas RNN 103 Cuotas Operadora 94 Atraso 9

1622.       Wady Vega Solís Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 48 Atraso 13

1623.       Waldir Valerin Telles Cuotas RNN 8 Cuotas Operadora 1 Atraso 7

1624.       Wallace Cover Draeseke Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 108 Atraso 6

1625.       Wálter Ballestero Umaña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 18 Atraso 95

1626.       Wálter Fabio Chaves Olivares Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 100 Atraso 13

1627.       Wálter Gerardo Gómez Rodríguez Cuotas RNN 28 Cuotas Operadora 22 Atraso 6

1628.       Wálter Jara Aguilar Cuotas RNN 33 Cuotas Operadora 24 Atraso 9

1629.       Wálter Navarro Guadamuz Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1630.       Wálter Rodríguez Rodríguez Cuotas RNN 78 Cuotas Operadora 25 Atraso 53

1631.       Warner Céspedes Arias Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1632.       Warner Ruiz Juárez Cuotas RNN 48 Cuotas Operadora 2 Atraso 46

1633.       Wayner Hernández Méndez Cuotas RNN 76 Cuotas Operadora 68 Atraso 8

1634.       Weeinen Fong Leung Cuotas RNN 87 Cuotas Operadora 81 Atraso 6

1635.       Wendy María Garita Ortiz Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 59 Atraso 10

1636.       Wernck María Rojas Salazar Cuotas RNN 25 Cuotas Operadora 14 Atraso 11

1637.       Werner Segura Cordero Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 89 Atraso 25

1638.       Wilber Crawford Sharpe Cuotas RNN 69 Cuotas Operadora 9 Atraso 60

1639.       Wilfred David Solís Moya Cuotas RNN 115 Cuotas Operadora 96 Atraso 19

1640.       William Alfredo Chinchilla Sánchez Cuotas RNN 34 Cuotas Operadora 21 Atraso 13

1641.       William Buckley Buckley Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1642.       William Castro Badilla Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 23 Atraso 32

1643.       William Elizondo Manzanares Cuotas RNN 86 Cuotas Operadora 70 Atraso 16

1644.       William Gerardo Rodríguez Umaña Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1645.       William Guido Quijano Cuotas RNN 59 Cuotas Operadora 47 Atraso 12

1646.       William José Calvo Calvo Cuotas RNN 62 Cuotas Operadora 45 Atraso 17

1647.       William Mora Guevara Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 102 Atraso 10

1648.       William Quesada Ramírez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 28 Atraso 81

1649.       William Ramírez Ramírez Cuotas RNN 114 Cuotas Operadora 95 Atraso 19

1650.       William Santamaria Monge Cuotas RNN 97 Cuotas Operadora 86 Atraso 11

1651.       Williams Castro Ponce Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 90 Atraso 23

1652.       Willy Curling Rutishsauser Cuotas RNN 55 Cuotas Operadora 49 Atraso 6

1653.       Wilma Yaluz Charpentier Morales Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 107 Atraso 6

1654.       Wilson Melvin Vega Elizondo Cuotas RNN 84 Cuotas Operadora 48 Atraso 36

1655.       Wiston Morales Mayorga Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

1656.       Xinia Mata Castro Cuotas RNN 51 Cuotas Operadora 36 Atraso 15

1657.       Xochitl Camacho Medina Cuotas RNN 61 Cuotas Operadora 55 Atraso 6

1658.       Yadira Sibaja González Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

1659.       Yalile Villalobos Zamora Cuotas RNN 108 Cuotas Operadora 100 Atraso 8

1660.       Yamileth Murillo Rodríguez Cuotas RNN 18 Cuotas Operadora 1 Atraso 17

1661.       Yamileth Rodríguez Murillo Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 99 Atraso 14

1662.       Yanick Estupiñan Cruz Cuotas RNN 93 Cuotas Operadora 83 Atraso 10

1663.       Yannory Triunfo Otoya Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 105 Atraso 8

1664.       Yashin Francisc Castrillo Fernández Cuotas RNN 60 Cuotas Operadora 53 Atraso 7

1665.       Yashir Daniel Wabe Arroyo Cuotas RNN 56 Cuotas Operadora 46 Atraso 10

1666.       Yazmin Delgado Sánchez Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 1 Atraso 94

1667.       Yeimy Elizondo Valerio Cuotas RNN 21 Cuotas Operadora 8 Atraso 13

1668.       Yency Villalobos Vindas Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 1 Atraso 25

1669.       Yensi Salazar Jiménez Cuotas RNN 111 Cuotas Operadora 104 Atraso 7

1670.       Yensi Salazar Matamoros Cuotas RNN 64 Cuotas Operadora 52 Atraso 12

1671.       Yesenia Hidalgo Solano Cuotas RNN 58 Cuotas Operadora 27 Atraso 31

1672.       Yesenia María Arce Gómez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 103 Atraso 6

1673.       Yesenia Villalobos Leiton Cuotas RNN 89 Cuotas Operadora 83 Atraso 6

1674.       Yessenia Álvarez Ramírez Cuotas RNN 109 Cuotas Operadora 99 Atraso 10

1675.       Yessenia López Chaves Cuotas RNN 100 Cuotas Operadora 93 Atraso 7

1676.       Yolanda Calderón Sandí Cuotas RNN 82 Cuotas Operadora 60 Atraso 22

1677.       Yolanda Rosibel Araya Jara Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 104 Atraso 9

1678.       Yorleni Díaz Berrocal Cuotas RNN 42 Cuotas Operadora 36 Atraso 6

1679.       Yorleny Del P Quesada Monestel Cuotas RNN 80 Cuotas Operadora 72 Atraso 8

1680.       Yorleny Murillo Vargas Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 103 Atraso 10

1681.       Yuri Alonso Ramírez Acon Cuotas RNN 112 Cuotas Operadora 101 Atraso 11

1682.       Yuribeth Méndez Castro Cuotas RNN 95 Cuotas Operadora 81 Atraso 14

1683.       Yurly Alguera Martínez Cuotas RNN 53 Cuotas Operadora 46 Atraso 7

1684.       Zedy Guevara Contreras Cuotas RNN 113 Cuotas Operadora 59 Atraso 54

1685.       Zeily María Navarro Rivera Cuotas RNN 16 Cuotas Operadora 1 Atraso 15

1686.       Zulay Cerdas Espinoza Cuotas RNN 26 Cuotas Operadora 18 Atraso 8

San José, 14 de abril del 2009.

                                                 Lic. Roy Jiménez Oreamuno,

1 vez.—(32342).                                                   Director

Hace saber que el notario cesado Guillermo Guilarte Corrales, cédula 107210961, carné 16091, solicita la devolución de sus cotizaciones al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 09-000284-0624-NO.

San José, dos de abril del dos mil nueve.

Lic. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno

1 vez.—(32345)                                                  Director

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las ocho horas treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil nueve, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, remataré al mejor postor, libre de gravámenes prendarios y con la base dada por el perito, sea la suma de nueve millones ciento setenta y seis mil trescientos ochenta y tres colones con doce céntimos, lo siguiente: terreno con casa de habitación situada en el distrito 01 de la provincia de Limón matrçicula numero 018942-000. Colinda: al norte, con acera; al sur, con acera; al este, con INVU, y al oeste, con zona verde, mide setenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en Proceso Ordinario Laboral número 05-000047-0679-LA-3 establecido por Jessi López Lindo contra Victoria Estrada Cash.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de marzo del 2009.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.—(32259).

Avisos

No habiendo podido notificar la sentencia número 145-09 dictada a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero de dos mil nueve, a la accionada Ligia Pérez Villalobos y con la finalidad de no causar indefensión al reclamante, se ordena notificar la sentencia supra citada por medio de edicto, la cual en lo que interesa dice; Resultando 1º—…, 2º—..., 3º—…, Hechos Probados 1º—…, Fondo del asunto…., Por tanto…. En virtud de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, así como de los artículos 221 y 317 del Código Procesal Civil, artículos 18, 28, 29, 30, 83, 84, 464, 468, 494 y 495 del Código de Trabajo, se declara con lugar el presente proceso ordinario laboral interpuesto por Raquel de los Ángeles Olivas Rivas contra Ligia Pérez Villalobos. Se condena a la parte accionada al pago de los siguientes rubros: l) Por concepto de cuatro días de vacaciones la suma de trece mil trescientos treinta y dos colones, 2) Por concepto de aguinaldo cuatro doceavos lo que equivale a la suma de treinta y tres mil trescientos treinta y tres colones, 3) Por concepto de preaviso una semana lo que equivale a la suma de veinticinco mil colones, 4) Por concepto de cesantía siete días de salario lo que equivale a la suma de veintitrés mil trescientos treinta y tres colones, para un total de noventa y cuatro mil novecientos noventa y ocho. En cuanto al pago de intereses que pide la actora, se condena a la parte demandada al pago de réditos, únicamente en cuanto a los montos concedidos por concepto de preaviso y el auxilio de cesantía, los cuales se computarán a partir del momento en que finalizó la relación laboral, sea el veinticuatro de setiembre del dos mil ocho, (artículos 706, 702 del Código Civil, 15, 28 y 29 del Código de Trabajo). Conforme lo dispuesto en el numeral 221 del Código Procesal Civil; 494 y 495 del Código de Trabajo, se condena a la demandada al pago de las costas procesales y personales de esta acción, fijándose las personales en un quince por ciento del monto liquidado. Jorge Zúñiga Jaén, Juez. Expediente Nº 08-300124-0443-LA de Raquel de los Ángeles Olivas Rivas contra Ligia Pérez Villalobos.—Juzgado  Contravencional de Menor Cuantía Aguirre y Parrita, Quepos.—Lic. Mario Bustamantes Bustamantes, Juez.—1 vez.—(32260).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sigifredo Antonio Maroto Vargas, fallecido el 18-02-2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones laborales bajo el Nº 09-000136-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000136-1021-LA. Por a favor de licenciada María Angélica Fallas Carvajal.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 1º de abril del 2009.—Lic. Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—(32079).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Josefa Segura Martínez, mayor, viuda, pensionada, portó la cédula de identidad número 0201110796, vecina de Montecillos de Alajuela, fallecida el veintiuno de mayo de dos mil ocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el exp. 09-000067-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 09-000067-1022-LA de Josefa Segura Martínez a favor de Gerardo Benavides Segura.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de febrero del 2009.—Lic. Tatiana Murillo Jara, Jueza.—(32082).

Se cita y emplaza a los causahabientes de Rafael Ángel Madrigal Ceciliano, quien fue mayor, casado, técnico, cédula uno-cuatrocientos veintiséis-setecientos ochenta y uno, vecino de Curridabat, quien falleció el catorce de julio del dos mil ocho, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Expediente Nº 09-300004-0250-LA (6-09).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastian, 31 de marzo del 2009.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(32085).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Orlando Alfonso Thompson Dennis, quien fue mayor, soltero, ayudante de mecánico, portó la cédula de identidad número 7-0051-0475 y falleció el veintitrés de noviembre del dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones Nº 09-300021-0895-LA (1) de Orlando Thompson Smith.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Unión, 20 de marzo del 2009.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—(32261).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales, que tenía derecho la trabajadora fallecida Judy Leony Bryan Mc. Leod, quien fue mayor, soltera, titular de la cédula de identidad número 7-049-781, vecina de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere, los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 08-00541-679-LA-2 establecido por Ada Bryan Mc. Leod.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 20 de marzo del 2009.—Lic. Giselle Gené Calderón, Jueza.—1 vez.—(32262).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víquez Campos Elsa Juanita, quien fue mayor, soltera, 50 años, Licenciada en Planificación, vecina de Heredia, con cédula de identidad número 4-117-047, y falleció el 01 de setiembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 09-000075-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 09-000075-1021-LA a favor de Daisy Campos Barrantes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 20 de febrero del 2009.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(32263).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ana Lucía Brenes Soto, quien fue mayor, soltera, miscelánea, portó la cédula de identidad número 3-0270-0503 y falleció el tres de marzo de dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 06-300004-0350-LA (06-09) de Ana Lucía Brenes Soto.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alvarado, 13 de abril de 2009.—Lic. Gissela González Sáenz, Jueza.—1 vez.—(32264).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Raymundo Matilde Morales Concepción se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 08-300011-0478-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, 13 de marzo del 2009.—Lic. Marvin Duran Fernandez, Juez.—1 vez.—(32265).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Balta María de la Trinidad López Contreras, quien fue mayor de edad, costarricense, educadora, casada una vez, vecina de Bagaces, Ciudadela San Gerardo, con cédula Nº 05-0166-0643, se les hace saber que: Sergio Núñez Rojas, quién es mayor, viudo una vez, agricultor, portador de la cédula Nº 0501640480, vecino de Bagaces, Ciudadela San Gerardo, casa Nº 30-C, se apersonó en este despacho en calidad de conyugué supérstite de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersone en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecido Balta María de la Trinidad López Contreras, expediente número 08-000215-0942-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Liberia, 24 de marzo del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—(32266).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabiente de las prestaciones y ahorro legales del fallecido Andrés Garay Murieribo se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09-300007-0478-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el articulo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín  Judicial.—Juzgado de Trabajo de Bribrí, Talamanca, 13 de abril del 2009.—Inel Gibbons Gómez, Asistente Judicial.—1 vez.—(32267).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de devolución de prestaciones y dineros del fondo de capitalización laboral del señor Pedro Luis Castillo Pérez, quien fue mayor, soltero, laboró para la empresa de Servicio de Enderezado y Pintura S. A., vecino de Esparza, Marañonal, portó la cédula número 6-0351-0192, se consideren con derecho a las mismas, que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09-300013-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Puntarenas, 24 de marzo del 2009.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—(32268).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de devolución de prestaciones y dineros del fondo de capitalización laboral del señor Luis Gonzaga Cubero González, quien fue mayor, divorciado, laboró como guarda en el Restaurante Tábaris en Esparza, portó la cédula numero 6-0066-0539, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09- 300011-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, Puntarenas, 10 de marzo del 2009.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—(32269).

Por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial se cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido Florencio Medina Estrada, mayor, unión libre, vecino de San José, cédula de residencia 202-130354-0001; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas por María Teresa Rosales, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 09-000369-926-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Flores, 27 de marzo del 2009.—Msc. Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(32270).

A los causahabientes de quién  en vida se llamó Orlando Alfonso Thomson Dennis, quien fue mayor, soltero, ayudante de mecánico, vecino de Tres Ríos, Cartago, Urbanización Margarita, con cédula Nº 7-0051-0475, se les hace saber que: Rita Rosana Davis Smith, portadora de la cédula Nº 7-0124-0034, vecina de Tres Ríos, Cartago, Urbanización Margarita, se apersonó en este despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consagración de prestaciones del trabajador fallecido Orlando Alfonso Thomson Dennis, expediente Nº 09-000143-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de marzo del 2009.—Lic. Fabrizio Garro Vargas, Juez.—1 vez.—(32271).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 09-300014-0239-LA (18-09), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José Manuel Davila Oviedo, quien en vida fue mayor, costarricense, casado, comerciante, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue el número 4-0094-0734; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Nuria María Marín Arias.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 27 de marzo del 2009.—Lic. Peggy Corrales Chaves, Jueza.—1 vez.—(32272).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 09-300003-0239-LA (03-09), que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: José Clementino Díaz Rosales, quien en vida fue mayor, costarricense, divorciado, barbero, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 5-0075-0011; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por  haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Juana María Orozco Manzanares.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 25 de marzo del 2009.—Lic. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—1 vez.—(32273).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de trabajador fallecido de quien en vida fuese llamado Luis Manuel González Poveda, costarricense, cédula de identidad número 1-1333-0183, y quien falleciere el día veintidós de febrero de dos mil nueve, y que se consideren con derecho a las mismas, con el fin que se apersonen dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, a este Despacho a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en Devolución de Ahorros de trabajador fallecido, expediente 09-300016-0891-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 23 de marzo de 2009.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(32274).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Ronald Solano Soto, quien fuera mayor, soltero, técnico en control de red, vecino de Desamparados, cincuenta metros al este y cincuenta al norte del Cuerpo de Bomberos, cédula de identidad número uno-mil sesenta y dos-doscientos treinta y tres, quien falleció el diecisiete de febrero del dos mil nueve, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de fondo de capitalización laboral y extremos laborales, expediente número 09-300051-0237-LA (55-1-09), gestionada por Áurea María Soto Zamora contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias BN Vital, Sociedad Anónima, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Desamparados, 27 de marzo de 2009.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—(32275).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Sandra Patricia Mora Delgado, mayor, de treinta y siete años de edad, identificación cédula de identidad número 1-0815-0258, para dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda. Consignación de prestaciones legales número: 09-300023-0917-LA-(32-09), de Sandra Patricia Mora Delgado promovida por Carlos Gustavo Sibaja Meza.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Escazú, 20 de marzo del 2009.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(32276).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de Emmanuel Centeno Madrigal, mayor, de cuarenta y nueve años de edad, cédula de identidad número 1-0540-0991, para dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la fecha de la publicación de este edicto, se apersonen ante este juzgado a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren las prestaciones legales se le girará a quién legalmente corresponda. Consignación de prestaciones legales número 09-300022-0917-LA de Emmanuel Centeno Madrigal promovida por Karla Vanessa Arias Artavia.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía, Escazú, 20 de marzo del 2009.—Lic. Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—(32277).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida María Isabel Calvo Campos, quien fue mayor, casada, educadora, costarricense, cédula Nº 1-0662-0704, vecina de San Pablo de León Cortés, barrio Montes de Oro; se consideren con derecho de las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas, bajo el número de expediente 2009-300005-0243-LA-4, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 23 de marzo del 2009.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—(32278).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Alcides Bermúdez Monge, quien fue mayor, casado, chofer de bus, costarricense, cédula número 1-0513-0404, vecino de San Marcos de Tarrazú; se consideren con derecho de las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas, bajo el número de expediente 2009-300007-0243-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés; San Marcos de Tarrazú, 23 de marzo del 2009.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—1 vez.—(32279).

Se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido Álvaro Villalobos Cambronero, de cincuenta y ocho años, casado, laboró para el Ministerio de Justicia y Gracia, vecino de Carrillos, Bajos de Poás, cédula de identidad Nº 2-0272-0556, quien falleció el veintiuno de junio del dos mil ocho, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en Consignación de prestaciones de trabajador fallecido y devolución de las cuotas correspondientes a Álvaro Villalobos Cambronero. Expediente Nº 08-300024-0314-LA-8, que se tramita en este despacho judicial, bajo apercibimiento que si no lo hacen, se entregará el importe a quienes de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas tengan derecho. Publíquese.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Poás, 9 de diciembre del 2008.—Lic. Cristian Martínez Hernández, Juez.—1 vez.—(32348).

Se emplaza a los que con carácter de causahabientes del trabajador fallecido Alexander Castro Robles, quien fue mayor, soltero, vecino de Bajo Rodríguez de San Ramón, frente a la soda La Amistad, cédula de identidad número dos-quinientos treinta y uno-setecientos ochenta y cuatro, se consideren con derecho a las prestaciones económicas del occiso, para que dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren dentro de ese lapso las prestaciones económicas pasarán a quien corresponda (artículo 85 del Código de Trabajo). Exp. 09-300010-0297-LA (3A), Consignación de prestaciones legales de trabajador fallecido, causante: Alexander Castro Robles.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 19 de enero del 2009.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(32402).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Diego Nájera Vargas, quien fue mayor, casado, administrador, portó la cédula de identidad número 3-0202-0294 y falleció el diez de octubre de dos mil ocho. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de consignación de prestaciones número 09-300023-0895-LA-2 de Luis Diego Nájera Vargas.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 27 de marzo de 2009.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—(32844).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda publicación

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando advertencia administrativa del expediente 08-756-BI, remataré la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número ciento veintiséis mil cuatrocientos sesenta y cinco-cero cero cero; que es terreno con una casa, situado en distrito primero Quepos, cantón seis Aguirre de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, este, y oeste, Asociación por Desarrollo del Cantón de Aguirre; sur, calle pública con frente a ella de diez metros. Mide: doscientos metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Pablo Quesada Grajal. Para el primer remate se señalan las diez horas del cuatro de junio del año dos mil nueve con la base de seis millones ciento ochenta y siete mil ochenta y cinco colones cincuenta y cinco céntimos. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticinco de junio del año dos mil nueve con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta mil trescientos catorce colones con dieciséis céntimos; y para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintitrés de julio del año dos mil nueve con la base de un millón quinientos cuarenta y seis mil setecientos setenta y un colones con treinta y ocho céntimos. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100207-0188-CI (Interno 218-09-JB1) de Banco Popular contra Pablo Quesada Grajal.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 26 de marzo del 2009.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—Nº 100701.—(32363).

En la puerta exterior de este despacho; 1) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de ocho millones de colones, seis millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y dos millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cero seis ocho uno dos-cero cero cero, la cual es terreno de potrero y frutales. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cameron Clethbert Ebanks y Noé Cruz Castro; al sur, Alexis Gerardo Ballestero Alfaro; al este, calle pública con 76m de frente y Noé Cruz Castro, y al oeste, Río Sucio. Mide: cuarenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados y 2) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de un millón novecientos ocho mil seiscientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos; un millón cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos setenta colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y cuatrocientos setenta y siete mil ciento cincuenta y seis colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno cinco seis ocho cinco siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cameron Clethbert Ebanks; al sur, Noé Cruz Castro; al este, calle pública con 21,25m de frente, y al oeste, Noé Cruz Castro. Mide: mil trescientos noventa y cuatro metros con trece decímetros cuadrados. A las diez horas del doce de mayo del dos mil nueve, para el segundo remate se señalan las diez horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve y para la tercera subasta se señalan las diez horas del once de junio del dos mil nueve. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Holcim de Costa Rica S. A. y Afines contra Noe Cruz Castro. Expediente Nº 09-000295-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—Nº 100708.—(32364).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbres y condiciones, limitaciones de leyes 7052, 7208 sistema financiero a las quince horas y quince minutos del seis de mayo del año dos mil nueve, y con la base de seis millones doscientos veintitrés mil ciento sesenta y cinco con 08/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos siete mil ochocientos setenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Sonia Eduvilia Rodríguez Araya; al sur, Ana Gabriela Vargas Paniagua; al este, calle pública con un frente de 10 metros, y al oeste, IDA. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de mayo del año dos mil nueve, con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos setenta y tres con 81/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del nueve de junio del año dos mil nueve con la base de un millón quinientos cincuenta y cinco mil setecientos noventa y uno con 27/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Flora Edith Álvarez Bonilla. Expediente Nº 08-001616-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 03 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(32409).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0269-00000849-01-0002-001, limitaciones de las leyes Nº 7052 y 7208 a favor del Banco Hipotecario la Vivienda a las catorce horas del veinte de mayo del dos mil nueve y con la base de trescientos cincuenta y dos mil quinientos siete colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cuatrocientos diecisiete mil novecientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir Lote 209-H. Situada en el distrito siete, Patarra, cantón tres, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte avenida primera con ocho metros de frente; al sur Compañía Maron del Norte S. A.; al este lote 210-H y al oeste lote 208-H. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del ocho de junio del dos mil nueve, con la base de doscientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta colones con noventa y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas del veintitrés de junio del dos mil nueve con la base de ochenta y ocho mil ciento veintiséis colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra María Cristina García González. Exp. Nº 09-000714-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2009.—MSc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(31750).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve y con la base de ciento sesenta y cinco mil seiscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y siete mil ochocientos seis-cero cero ocho, que es terreno para uso agrícola sito en distrito primero Jacó, cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con lote cinco; al sur y este, con Richard Clements Garson y al oeste, con Villa El Kilómetros S. A. y servidumbre en medio, mide: ochocientos metros cuadrados, según plano P-ochocientos veinticinco mil trescientos setenta y cinco-dos mil dos. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil nueve, con la base de ciento veinticuatro mil doscientos dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil nueve, con la base de cuarenta y un mil cuatrocientos dólares (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Kuhlman Enterprises Ltda; contra Fivehippies Ltda. Exp. Nº 09-100111-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(31811).

En la puerta exterior de este despacho; las cuatro fincas libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil nueve, y con la base de por la finca 500339-000 la base será dos millones quinientos mil colones, por la finca 500340-000 la base será dos millones quinientos mil colones, por la finca 500341-000 la base será dos millones quinientos mil colones, por la finca 500342-000 la base será dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 500339-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con siete metros; al sur, lote 1-D; al este, lote 5-A, y al oeste, Esquivel González S. A. Mide: ciento once metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 500340-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con metros; al sur, lote 1-D; al este, lote 6-A, y al oeste, lote 4-A. Mide: ciento quince metros con seis decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 500341-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con veintiún metros con noventa y siete centímetros cuadrados; al sur, lote 1-D; al este, lote 5-A, y al oeste, Esquivel González S. A. Mide: ciento quince metros con seis decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección Propiedad bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 500342-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con diez metros con treinta y un centímetros; al sur, lote de facilidades comunales y parte con el lote 14-B; al este, lote 2-B, y al oeste, calle pública. Mide: ciento quince metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil nueve, con la base de por la finca 500339-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, por la finca 500340-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, por la finca 500341-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones, por la finca 500342-000 la base será un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de julio del año dos mil nueve con la base de por la finca 500339-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones, por la finca 500340-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones, por la finca 500341-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones, por la finca 500342-000 la base será seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María De Los Ángeles Rojas Montero contra Carlos Alberto Esquivel Jiménez y Traesqui S. A. Expediente Nº 09-000409-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 31 de marzo del 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 100728.—(32365).

A las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones judiciales, pero soportando hipoteca de grado superior y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 106.952-000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rodolfo Tassier Palavicini; al sur, calle pública con 13 metros 18 cm; al este, calle pública con 08 metros 40 cm, y al oeste, Rodrigo Cordero Rojas. Mide: ciento cincuenta y siete metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del dos de junio del dos mil nueve, con la base de un millón quinientos mil colones, y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de junio del dos mil nueve, con la base de quinientos mil colones. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Multiservicios Roluferma S. A., contra Carlos Durán Hidalgo, Erick Mauricio Durán Hidalgo. Expediente Nº 08-001663-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 01 de abril del 2009.—Lic. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—Nº 100750.—(32366).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada a las quince horas y treinta minutos del trece de mayo del año dos mil nueve, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y nueve mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 15, bloque 25 con una casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 5; al sur, SOGECO S. A.; al este, lote 16, y al oeste, lote 14. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de junio del año dos mil nueve, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de julio del año dos mil nueve con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Pradera Sociedad Anónima contra Gilberth Alberto Rojas Ruiz. Expediente Nº 09-000252-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Nº 100757.—(32367).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas del cinco de junio del dos mil nueve, y con la base de setecientos treinta y nueve mil trescientos noventa y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 635324, marca Hyundai, año 1993, Vin 1500cc, cilindrada 1500cc, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas del diecinueve de junio del dos mil nueve, con la base de quinientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y siete colones con 75/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del tres de julio del dos mil nueve con la base de ciento ochenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y nueve colones con 25/100 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de ABC Collections S. A., contra Domingo Jiménez Patiño. Expediente Nº 09-000124-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 31 de marzo del 2009.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—Nº 100824.—(32368).

A las nueve horas del trece de mayo de dos mil nueve, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de seis mil ciento nueve dólares con treinta centavos, o su equivalente en colones que deberá de ser calculado conforme el valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera al momento del pago, en el mejor postor remataré: Un vehículo, marca Kia, estilo Sportage Grand, modelo 1997, tracción doble, chasis KNAJA5265VA780557, categoría automóvil, carrocería familiar stationwagon, color azul, capacidad 05 pasajeros, placas número 343030. Se ordena el remate en ejecutivo prendario Nº 05-001175-0180-CI de Vehículos Internacionales (VEINSA) S. A., contra Angélica Badilla Hidalgo.—Juzgado Primero Civil de San José, 12 de marzo del 2009.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—Nº 100857.—(32369).

En el Juzgado Civil de Trabajo y Agrario de San Ramón, a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, y con la base de setenta mil dólares cada una y libre de gravámenes, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil ochocientos diecisiete cero cero uno la cual es lote 14-4 terreno para sembrar. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 14-3 y 14-5; al sur, servidumbre de paso con catorce metros de ancho con una salida a calle pública camino viejo a la Barca con un frente a ella de doscientos seis metros y doce centímetros; al este, lote 14-3, y al oeste, servidumbre agrícola de diez metros de ancho con un frente a ella de veintisiete metros y tres centímetros y en parte con finca de Consorcio M Y T Sociedad Anónima. Mide: veinte mil metros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil ochocientos diecisiete cero cero dos la cual es Lote 14-4 terreno para sembrar. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 14-3 y 14-5; al sur, servidumbre de paso con catorce metros de ancho con una salida a calle pública camino viejo a la Barca con un frente a ella de doscientos seis metros y doce centímetros; al este, lote 14-3, y al oeste, servidumbre agrícola de diez metros de ancho con un  frente a ella de veintisiete metros y tres centímetros  y en parte  con finca de  Consorcio M Y T Sociedad Anónima. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil nueve, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares (rebaja en un veinticinco por ciento) cada una y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil nueve con la base de diecisiete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial) cada una. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Joaquín Sánchez Alvarado contra Inversiones Zuraya S. A. Expediente Nº 08-000389-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 09 de febrero del 2009.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—Nº 100866.—(32370).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada citas 376-17862-01-0900-001 a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, y con la base de un millón trescientos sesenta mil noventa y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 499020-000 la cual es terreno para construir, lote 11 I. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda 6 con un frente de 6 metros; al sur, I.N.V.U.; al este, I.N.V.U., y al oeste, I.N.V.U. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil nueve, con la base de un millón veinte mil setenta y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil nueve con la base de trescientos cuarenta mil veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Construcción y Vivienda R. L., contra Sabas Gerardo López Rosales Expediente Nº 08 000669-0169-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 100905.—(32372).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes a las ocho horas y treinta minutos del once de mayo del año dos mil nueve, con la base de siete millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 214495, marca Nissan Frontier XE, año 2002, Vin 1N6DD26S82C350453, cilindrada 2400 cc, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil nueve, con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio del año dos mil nueve con la base de un millón ochocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fundación para el Desarrollo de Base, FUNDEBASE contra Abner Cortés Villegas. Expediente Nº 08-023779-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—Nº 100966.—(32373).

A las catorce horas treinta minutos del cinco de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este juzgado, soportando anotación del Banco Popular y Desarrollo Comunal inscrita al tomo 576 folio 46838, se celebrarán los siguiente remates al mejor postor: 1: con la base de un millón cuatrocientos noventa y ocho mil ochocientos cincuenta colones, la finca del partido de Alajuela número trece mil cuarenta y nueve-cero dos cinco, que es terreno de agricultura y montaña, sito en el distrito seis San Juan del cantón seis Naranjo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Guadalupe Cordero; sur, calle pública quebrada y otro; este, Quebrada medio y otro, y al oeste, Suc Torino Morales. Mide: cuatrocientos cincuenta mil setecientos ochenta y siete metros con noventa y dos cincuenta cuadrados, plano catastral: A-cero cuatro uno nueve seis ocho nueve. 2: En caso de que el remate indicado no se rematara el bien, la segunda subasta, con la base de un millón ciento veinticuatro mil ciento treinta y siete colones con cincuenta céntimos se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de junio del año dos mil nueve, 3: Si a este segundo remate tampoco se presentaran ofertas, la tercera se celebrará se celebrará con la base de trescientos setenta y cuatro mil setecientos doce colones con cincuenta céntimos, a las catorce horas treinta minutos del tres de julio del dos mil nueve. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 08-100452-0295-CI, de Ana Lucía Cubero González contra Elizabeth River Vargas, Juan José Rivera Chinchilla y Rosa Ángel Rivera Vargas.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 26 de marzo del 2009.—Lic. Pedro Ubau Hernández, Juez.—Nº 100970.—(32374).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando boleta de infracción Nº 2007292498, sumaria Nº 08-001855-0174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas, del dos de junio del dos mil nueve y con la base de treinta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número siete cero dos uno cinco nueve, marca Toyota, año 2008, Vin JTEBY25J100057351, cilindrada 2.982 cc., color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas del diecisiete de junio del dos mil nueve, con la base de veintidós mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas del dos de julio del dos mil nueve, con la base de siete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Raúl Alejandro Alvarado Chaves y Raúl Francisco Alvarado Calvo. Expediente Nº 09-000515-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(32708).

A las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de nueve mil trescientos cincuenta y siete dólares con setenta y cinco centavos (correspondientes a la rebaja del veinticinco por ciento), en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas quinientos cincuenta y tres mil novecientos dieciséis, marca Suzuki, carrocería familiar, capacidad cinco personas, año dos mil cuatro, color gris, motor M13A1350792, chasis SAFHX 51S45171051, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 08-000199-184-CI, de Banco BAC de San José contra Luis Rodolfo Cerdas Ross.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 13 de abril del 2009.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(32709).

A las nueve horas del ocho de mayo de dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón novecientos veinticuatro mil ochocientos treinta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 343968, marca Kía, estilo Sportage MRI, año 1993. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Roberto Jiménez Rosabal contra Lucía Navarro Corella, Luis Concepción Ramírez Centeno. Expediente Nº 06-019194-0170-CA.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de abril del 2009.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—(32854).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las trece horas treinta minutos del siete de mayo del año dos mil nueve, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil setecientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote dos. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con siete metros con cincuenta centímetros; al sur, Berta Loáiciga; al este, lote uno de Alberto Centeno Ruiz, y al oeste, Alberto Centeno Ruiz. Mide: ciento cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de mayo del año dos mil nueve, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil nueve, con la base de quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael Rivas Arroliga. Expediente Nº 09-000358-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(32883).

A las once horas del once de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones y servidumbre trasladada y con la base de quinientos treinta mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número cincuenta y tres mil doscientos tres-cero cero cero. Que es terreno: construir con una casa Nº 539. Sito: distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Linderos: norte, calle pública; sur, este, y al oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ochenta y nueve metros con setenta y un decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 03-017809-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra María del Carmen Rojas Gómez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de marzo del 2009.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—Nº 101135.—(32946).

A las ocho horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones doscientos cuarenta y nueve mil doscientos colones al mejor postor se rematará: finca del partido de San José matrícula cuatrocientos diecisiete mil ciento cincuenta y seis-derecho cero cero dos, que es terreno con una casa de habitación. Linda: al norte, quebrada en medio, Amparo Quesada Torres, calle pública con un frente de 11,17 metros, Juan Arias Aguilar; sur, Deusdedit Mora Zúñiga; este, INVU, y al oeste, Deusdedit Mora Zúñiga. Mide: cuatro mil seiscientos noventa y cuatro con diez metros cuadrados según el plano catastrado número SJ-cuatro nueve tres cero ocho nueve-ochenta y tres. Lo anterior por ordenarse así dentro de ordinario Nº 96-100767-0197-CI., de Alicia Berrocal Ramírez contra Sonia Mora Madrigal.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 15 de abril del 2009.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—Nº 101141.—(32948).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de primer grado vencida, sea la suma de trescientos sesenta y cinco mil dólares; sáquese a remate el(los) bien(es) dado(s) en garantía, sea el inmueble del partido de Alajuela, matrícula Nº 00411226-000, cuya naturaleza es terreno de café. Situada: en el distrito de San Pedro, del cantón de Poás, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con Hacienda La Hilda Sociedad Anónima; al sur, Fidel Herrera Murillo; al este, río Poás; al oeste, calle pública. Mide: cincuenta y nueve mil ochocientos ochenta y un metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano Nº A-0777410-2002. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil nueve. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil nueve, con la base de doscientos setenta y tres mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de julio del dos mil nueve, con la base de noventa y un mil doscientos cincuenta dólares (un 25%). Publíquese dos veces, en días consecutivos en el Diario Oficial (Artículo 21.5 Ley Cobro Judicial). Expediente Nº 09-100010-0314-CI. Proceso de ejecución hipotecaria de la Municipalidad del cantón de Poás c/ El Real V H Ltda.—Juzgado Contravencional de M. Cuantía de Poás, 15 de abril del 2009.—Lic. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—(33094).

Convocatorias

Se señalan las nueve horas del quince de mayo del dos mil nueve, para celebrar la junta de reconocimiento de créditos dispuesta por nuestro ordenamiento conforme a los numerales 904, 909 y 910 del Código de Comercio, así como el numeral 792 del Código Procesal Civil, la junta se verificará en este despacho. Publíquese el edicto correspondiente en el Boletín Judicial por una vez y con ocho días de anticipación, a la fecha señalada. Quiebra de Mercados Casuales de Costa Rica S. A. Expediente Nº 04-000391-183-CI.—Juzgado Concursal del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Gilda María Gatgens Gómez, Jueza.—1 vez.—Nº 100889.—(32371).

Se convoca a todos los accionistas de la sociedad Centro Educativo Bosque Verde S.C. Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento noventa y cinco mil quince, para que se apersonen en el domicilio social de la compañía “Centro Educativo Bosque Verde S.C. S. A., sito en Ciudad Quesada, San Carlos, 50 metros norte de la plaza del barrio del Carmen a las diez horas del once de mayo del dos mil nueve. Lo anterior con el fin de efectuar una junta de conformidad con lo establecido en los numerales 159, 160, 161 y 166 del Código de Comercio, y 819 del Código Procesal Civil. El orden del día será el que se indica a continuación: 1) Dicha asamblea deberá de celebrarse en el domicilio social de la compañía, ubicado en Ciudad Quesada, San Carlos, 50 metros norte de la plaza del barrio del Carmen, que es la casa de habitación del señor Manuel Emilio Hidalgo Orozco, representante del citado centro educativo, por lo que deberá éste mantener abiertos los portones y puertas de acceso a su casa de habitación, a la hora y fecha que se señale para la celebración de la referida Asamblea.  2) El orden del día deberá necesaria e ineludiblemente de contener la siguiente relación de asuntos: A) Informe y justificación del presidente sobre las transferencias y el manejo de fondos de los dineros de la compañía Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A (Green Forest School) en el mes de julio del año 2007, hacia la cuenta Nº 900216 a nombre de María Cecilia Arroyo Bolaños en Coocique R. L., B) Con vista del resultado del informe pedido en el punto A) del orden del día, dar un voto de confianza al Presidente o proceder en forma inmediata a la revocatoria de su nombramiento, y proceder a la elección de nuevos miembros de la junta directiva y el fiscal. C) Aprobación de la eliminación de la cuenta Nº 900216 a nombre de María Cecilia Arroyo Bolaños en Coocique R. L., para uso de la operación de la compañía Centro Educativo Bosque Verde S.C. S A, (Green Forest School). D) Cambio del domicilio social de la sociedad Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) a la dirección de operación comercial de la misma, en las instalaciones de Green Forest School, un kilómetro y medio al norte del Hospital de San Carlos, Barrio Cedral. E) Nombramiento de Administrador con poderes generales de administración de la institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). F) Ordenar y mantener la custodia de los libros legales de Actas de Asamblea, de Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, en las instalaciones de la institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A, (Green Forest School) ubicadas un kilómetro y medio al norte del Hospital de San Carlos, Barrio Cedral. G) Solicitar la realización de una auditoría externa, a fin de que examine todos los registros contables de la empresa, para lo cual se abrirá por un plazo no mayor de quince días hábiles, una oferta pública, a despachos y/o firmas de contadores públicos autorizados, a fin de escuchar ofertas, y escoger en el plazo de ocho días hábiles, después de finalizada la recepción de ofertas, la opción más adecuada para la compañía Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School). Dicha escogencia será potestad exclusiva de la asamblea de accionistas. H) A fin de realizar dicha auditoría deberá el presidente de la compañía, señor Manuel Emilio Hidalgo Orozco, poner a disposición de la firma y/o contador elegido los Estados Financieros (Balance de situación, estados de resultados, estados de cambios en la posición financiera base efectivo) con sus respectivos auxiliares de cuenta por cobrar, cuentas por pagar, inventarios, activos fijos, gastos, ingresos, de octubre 2006 a setiembre 2007 inclusive. I) Informe a la Asamblea de Accionistas de los nombres de las personas autorizadas a firmar en la cuenta Nº 7690-2 del Banco de Costa Rica, recientemente abierta. J) Brindar el detalle y comprobante de los cheques girados a partir del 12 de julio del año 2007, al día en que se celebre la asamblea, de la cuenta Nº 7690-2 del Banco de Costa Rica, a nombre de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). K) Brindar el detalle de movimientos y estados de cuenta de la cuenta Nº 7690-2 del Banco de Costa Rica, a nombre de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). L) Brindar el detalle de movimientos y estados de cuenta de la cuenta Nº 900216 a nombre de María Cecilia Arroyo Bolaños en Coocique R. L., a partir del mes de febrero del año 2007 y hasta la fecha en que ella tiene esta cuenta a disposición de la compañía, según nota con fecha del 15 de julio del año 2007, notificada a los accionistas. M) Brindar el detalle de los ingresos por mensualidad, recibidos directamente en las cuentas bancarias citadas arriba, de cada padre de familia de los alumnos de la Institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School). N) Brindar el detalle de los ingresos por mensualidad recibidos en las oficinas administrativas de la escuela, y sus respectivos depósitos, a partir del 12 de julio del año 2007, a la fecha en que se celebre la Asamblea solicitada. O) Brindar el detalle de los ingresos por venta de soda propiedad de la Escuela Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) el respectivo cierre de caja diario y el depósito en el banco, a partir del 12 de julio del 2007, a la fecha en que se celebre la Asamblea. P) Entregar copia de la planilla interna de la empresa Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) del mes de julio, agosto y setiembre inclusive del año 2007. Q) Entregar copia de la planilla de la Caja Costarricense de Seguro Social, y de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional, de los meses de julio, agosto y setiembre del año 2007, de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School). R) Entregar una copia de los Informes académicos de la señora Msc. Nydia Durán, de los meses de julio, agosto y setiembre inclusive del 2007, Directora de la Institución Green Forest School, propiedad de Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A. (Green Forest School) y S) Entregar un informe detallado de los ingresos y gastos provenientes del convenio comercial suscrito entre Centro Educativo Bosque Verde S.C S. A., (Green Forest School) y Centro Cultural Costarricense Norteamericano. Adicionalmente, se tratarán aspectos relativos a la modificación de las cláusulas de administración y domicilio. Convocatoria judicial de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Bosque Verde S.C. S. A. Expediente Nº 07-100754-0297-CI, establecido por Kutris Consultores J.P.L. Sociedad Anónima contra Centro Educativo Bosque Verde S.C. Sociedad Anónima.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(33054).

Se convoca a todos los interesados a la junta que se llevará a cabo en este Despacho a las catorce horas del veintiuno de mayo del dos mil nueve. Lo anterior para conocer sobre lo indicado en el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesorio de quien en vida se llamó Gustavo Adolfo Quesada Oviedo, quien fue mayor, casado una vez, chofer, vecino de Pénjamo de Florencia, 150 metros antes del supermercado, cédula de identidad Nº 2-439-225. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de marzo del 2009.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—Nº 101254.—(33245).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gabriel Valerio Campos, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del diecinueve de mayo de dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-100349-0341-AG.—Juzgado Agrario de Turrialba, 03 de abril del 2009.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—Nº 101258.—(33246).

Se convoca a los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fue Fernando Cisneros Cisneros, mayor, casado una vez, agricultor, cédula Nº 9-039-275, vecino de Limón, a una junta que tendrá lugar en este Despacho a las diez horas del cuatro de junio del dos mil nueve, para los fines del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 97-100309-0462-CI-2.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 31 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Mora Hamblin, Juez.—Nº 101294.—(33247).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000373-039l-AG/4, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Ángel Padilla Villegas quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Lázaro de Nicoya, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-071-052, profesión ganadero, José María Espinoza Espinoza quien es mayor, estado civil viudo una vez, vecino de La Virginia de Nicoya, portador de la cédula de identidad número 5-084-291, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito primero (Nicoya), cantón segundo (Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y cinco metros con treinta y tres centímetros lineales; al sur Ilda Bermúdez Morales y Florentino Gutiérrez Fajardo, ambos en partes; al este calle pública con un frente a ella de quinientos noventa y cinco metros con noventa y cinco centímetros lineales y Mariano Rodríguez Lobo y al oeste con calle pública con un frente a ella de mil cincuenta y seis metros con treinta y cuatro centímetros lineales. Mide: cuarenta hectáreas cinco mil trescientos sesenta y tres metros con treinta y seis decímetros cuadrados, según datos del plano número 5-1234578-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en práctica de la agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Ángel Padilla Villegas Expediente 07-000373-0391-AG/4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz,  23 de marzo del 2009.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 100671.—(31683).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000278-0296-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Inés Cruz Steller, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Calle León de Santiago de San Ramón, Alajuela, 75 metros sur de la escuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-0227-0513, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno sin inscribir, con una casa de habitación. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, David León Molina y quebrada en medio; al sur, calle pública con un frente de veintidós metros y siete decímetros; al este, Elías Gerardo Murillo Corrales y al oeste, Fabián Castro Chavarría. Mide: 546 metros y 32 decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, cercado y cuido del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Inés Cruz Steller. Expediente 08-000278-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de marzo del 2009.—Lic. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—(32101).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000278-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Juan Osvaldo Ramírez Sandí, quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de San José, Aserrí, 50 metros al norte de la Iglesia Mormona, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 6-273-276, profesión ingeniero de sistemas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para reforestar. Situada: en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de treinta y dos metros con setenta centímetros lineales; al sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta y ocho metros con setenta y ocho decímetros lineales; al este, Arnoldo Sandí Suazo y al oeste, Arnoldo Sandí Suazo. Mide: tres mil nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que me hiciera mi padre Germán Gerardo Ramírez Vargas, portador de la cédula de identidad Nº 6-113-233, en el año dos mil siete, traspasándome su posesión de más de diez años y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, cercas, agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juan Osvaldo Ramírez Sandí. Expediente Nº 08-000278-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 6 de marzo del 2009.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº 100684.—(32375).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000075-0993-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Román Chavarría Álvarez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Las Quebradas de Santiago, Palmares de Alajuela, frente al templo católico, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 0202040263, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito Santiago, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Flor María Chavarría Chavarría; al sur, Olga María Chavarría Chavarría; al este, calle pública con un frente a esta de seis metros y diecisiete centímetros lineales y al oeste, María Silvina Castrillo Obregón. Mide: ciento treinta y nueve metros con treinta y dos decímetros lineales cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por medio de posesión derivada y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en deslindar y cercar el terreno, reparar las cercas, limpiar la maleza, cultivar el terreno y los demás actos posesorios inherentes a la naturaleza del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Román Chavarría Álvarez. Expediente Nº 08-000075-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 4 de marzo del 2009.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—Nº 100706.—(32376).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000530-0386-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de María Lourdes Martínez Lacayo, quien es mayor, soltera, ama de casa, vecina de Bagaces, setecientos metros al este de Coopebagatzí R.L., cédula de identidad número cinco-doscientos sesenta y uno-setecientos cincuenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir. Situada: en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María de Los Ángeles Briceño Gutiérrez; al sur, Claudia López Zúñiga; al este, calle pública con un frente a ella de ocho metros cincuenta y nueve centímetros lineales, y al oeste, Banco Nacional de Costa Rica. Mide: doscientos treinta y nueve metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciera la señora Susana Solano Castro, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y uno-ochocientos diecinueve, vecina de Bagaces, en fecha veintitrés de enero del dos mil nueve, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por María Lourdes Martínez Lacayo. Expediente Nº 08-000530-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 13 de marzo del 2009.—Lic. Deyanira de La Trinidad Abarca Vásquez, Jueza.—1 vez.—Nº 100723.—(32377).

Se le hace saber a todas las partes e interesados que en este Juzgado se tramita proceso de Información Posesoria promovido por Leda Carvajal Oviedo, con cédula Nº 1-429-347, vecina de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 50 metros norte Oficinas Centrales de Coopealianza. A efecto de inscribir a su nombre el inmueble que se describe así: 1) Que es terreno con una casa de habitación en mal estado y frutales. Ubicado: en el distrito segundo Palmar, cantón quinto Osa, de la provincia de Puntarenas. Mide: mil ciento noventa y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Linderos: norte, Felito Varela Mendoza y Clauver Huertas Buves; sur, frente de 48.15 metros lineales a calle pública; este, frente de 48.15 metros lineales a calle pública, y oeste, frente de 41.47 metros lineales a servidumbre de paso y María Cecilia Mendoza Mendoza. Plano Nº P-1276485-2008. Se cita con el término de un mes a todos los que se consideren con derecho para que presenten sus alegaciones correspondientes en este despacho, dentro del expediente Nº 08-100059-423-CI-1.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, 23 de marzo del 2009.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—Nº 100892.—(32378).

Se hace saber que ante Juzgado Agrario de Cartago, se tramita el expediente Nº 07-001677-0640-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte Minor Salazar Salazar, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-doscientos treinta y ocho-seiscientos noventa y siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Sita: en Villa Mils, distrito once Páramo y tres Orosi, del cantón diecinueve de Pérez Zeledón, de la provincia uno San José y tres Cartago. Linda: norte, Carretera Interamericana Sur, ruta dos con una medida lineal de frente a calle pública principal de setecientos noventa y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados; sur, calle pública antiguo camino a San Isidro de El General con una medida lineal de frente a camino público de ochocientos ochenta y un metros con noventa y ocho decímetros cuadrados; sureste, calle pública antiguo camino a San Isidro de El General con una medida lineal de frente a camino público de doscientos setenta y cuatro metros con trece decímetros cuadrados; al suroeste, calle pública antiguo camino a San Isidro de El General con una medida lineal de frente a camino público de doscientos sesenta y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Mide: diecinueve hectáreas con dos mil ochocientos treinta y seis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano catastro número C-uno dos cero tres cinco seis cinco. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que está información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y continua, que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cuido de la propiedad y la cosecha de productos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, según se constata en el Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto que dentro del plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho ha hacer valer sus derechos. Es todo.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Rafael Agustín Corrales Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 100911.—(32379).

Isidro Arce Vega, mayor de edad, casado una vez, vecino de Desamparados, del BAC San José, 75 metros al este, cédula de identidad número cuatro-cero ochenta y ocho-setecientos cincuenta y uno, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de potrero. Situado: en Sardinal, distrito tercero Sardinal, del cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Leda Lucía Hernández; sur, Leda Lucía Hernández; este, Leda Lucía Hernández, y oeste, Antonio Díza Rodríguez, Luis Alberto Apú Gallo, Martha Oviedo Salazar y calle pública. Según plano catastrado número G-un millón doscientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro-2007, mide de extensión treinta y tres mil seiscientos dos metros con noventa y un decímetros. Manifiesta que no se pretende evadir con estas diligencias las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el inmueble. Lo adquirió por compra verbal, a Julia Gallo Gallo. Estima el inmueble y la diligencia en la suma de cinco millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todos los interesados para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Isidro Arce Vega. Expediente Nº 08-000019-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 23 de enero del 2009.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 100915.—(32380).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 07-000707-0388-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Juana María García Ordóñez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de la Comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la Escuela Pública, doscientos metros norte, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero doscientos noventa-cero cuatrocientos cincuenta y cuatro, profesión ama de casa, y Miguel Ángel García Ordóñez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la Escuela Pública, doscientos metros norte, portador de la cédula de identidad número cinco-cero doscientos cincuenta y uno-cero novecientos cuarenta y ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada: en el distrito segundo Palmira, cantón quinto Carrillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de diez metros nueve centímetros lineales; al sur, Hilaria Mora Ruiz; al este, Alba Espinoza Palma, y al oeste, María Isabel Suárez Vallejos. Mide: trescientos seis metros cuadrados con cincuenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº G-584310-1999 de fecha 17 de setiembre de 1999. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre señor Jesús García García, mayor, casado una vez, agricultor, pensionado, vecino de Comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la Iglesia Católica trescientos metros al este, con cédula de identidad número cinco-cero ciento veintisiete-cero seiscientos ochenta y cuatro, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la reparación de cercas, limpieza del terreno, rondas, siembra de arboletes frutales y plantas ornamentales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Juana María García Ordóñez y otro. Expediente Nº 07-000707-0388-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, 29 de setiembre del 2008.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—Nº 100918.—(32381).

Citaciones

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Sergio Valverde Alpizar, quien en vida fue mayor, casado una vez, misceláneo, agricultor, portador de la cédula de identidad uno-cero ciento sesenta y uno-cero novecientos setenta y seis, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasaría quien corresponda. Exp. Nº 09-100040-0891-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 18 de marzo del 2009.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—Nº 100338.—(31684).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Misael Sibaja Artavia, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Barrio San Martín de Ciudad Quesada, San Carlos, ciento veinticinco metros sur de la antigua Pulpería El Marino en calle Man, cédula 2-135-978, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Misael Sibaja Artavia. Notaría pública del Lic. Ronald Córdoba Artavia, (4139), domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, cincuenta metros sur de los Tribunales de Justicia, segundo piso del edificio Farrier.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las diecisiete horas del día quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 100408.—(31685).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Etelvina Artavia Carvajal, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Barrio San Martín de Ciudad Quesada, San Carlos, ciento veinticinco metros sur de la antigua pulpería El Marino en Calle Man, cédula 2-135-978, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio de Etelvina Artavia Carvajal. Notaría Pública del Lic. Ronald Córdoba Artavia, (4139), domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, cincuenta metros sur de los Tribunales de Justicia, segundo piso del edificio Farrier.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las once horas del día quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Ronald Córdoba Artavia.—1 vez.—Nº 100409.—(31686).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Arbinio Antonio Rebustillo, quien fuera de nacionalidad norteamericano, mayor, casado una vez, pensionado, pasaporte número cero cuatro tres seis cuatro dos tres ocho siete, vecino de Miami, Florida, Estados Unidos de América. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000612-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—Nº 100424.—(31687).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Lidieth Murillo Rodríguez, mayor de edad, viuda de sus únicas nupcias, ama de casa, vecina de San Francisco de Guadalupe, Goicoechea, veinticinco metros norte de la Guardia Rural, titular de la cédula de identidad número uno-doscientos noventa y nueve-trescientos sesenta y dos, a las trece horas del ocho de marzo de dos mil siete y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos Luís Flores Moya, mayor de edad, casado una vez, pintor, vecino de San Francisco de Guadalupe, Goicoechea, titular de la cédula número uno-doscientos setenta-trescientos ochenta y tres, fallecido el veintitrés de julio de dos mil seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Gladys Marín Villalobos. Avenida diez entre calles once y trece, Bufete Alfaro y Asociados. Teléfono 2257-3019.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 100439.—(31688).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Felipe Solano Loaiza, quien fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de Cartago, con cédula de identidad Nº 300970892. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000475-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de marzo del 2009.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—Nº 100450.—(31689).

Se cita y emplaza a todos los posibles interesados en la sucesión del señor Cantalicio Barrantes Alfaro, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número cinco-cero treinta y tres-cuatrocientos cuarenta cuatro, vecino en sus últimos días de Tirrases de Curridabat, de la Escuela América, cincuenta metros este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a hacer valer sus derechos dentro del proceso sucesorio extrajudicial que se ha abierto ante la notaría del notario Alfredo Andreoli González, sita en la siguiente dirección: San José, Escazú, Centro de Negocios Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, Bufete Zürcher Odio & Raven, lugar en donde se deberán presentar los posibles interesados en el plazo antes dicho. Escritura número veintiséis-ciento veinticuatro, otorgada en San José, a las ocho horas del trece de abril del dos mil nueve.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 100522.—(31690).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Oldemar Ramón Novarro Jara, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Desamparados, cédula tres-cero ciento treinta-cero ciento nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo deben señalar lugar o medio para que reciban sus notificaciones. Expediente número 2009-007, San José, 5591 Ench. Lourdes, San Pedro de Montes de Oca, 100 noreste de la Universidad Fidelitas, fax 2224-6373.—San José, veintisiete de marzo del dos mil nueve.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 100564.—(31691).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Freddy Villalobos Camronero, Yendry Villalobos Montero, Ricardo Alonso Villalobos Montero, a las once horas del diecinueve de enero de dos mil nueve comprobado el fallecimiento ante esta notaría declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Roxana Montero Acuña. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Francisco Chaves, ubicada en Zapote, Frente al Archivo Nacional, edificio Tax and Labor. Teléfono 2280-9922.—Lic. Francisco Salas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 100570.—(31692).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Cecilia Fonseca Calvo, quien fuera mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de San José, León Trece, portadora de la cédula número 3-200-1401. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001133-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de marzo del 2009.—Lic. Yuri López Casal, Juez.—1 vez.—Nº 100575.—(31693).

Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ronald Alberto Rodríguez Ramírez, quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula 1-0902-0124, vecino de San Vicente de Santo Domingo de Heredia, del Domingueño, 75 metros este, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 08-000243-504-CI-II.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 2 de setiembre del 2008.—Lic. Karina Quesada Blanco, Jueza.—1 vez.—Nº 100584.—(31694).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la señora Edna Geraldine Smothers, único apellido en razón de su nacionalidad, quien fuera mayor, viuda de su único matrimonio, ama de casa, ciudadana estadounidense, portadora del carné de seguro social de su país número cinco cuatro dos-dos ocho-siete nueve cero cero, quien tuvo su domicilio en Yahima, Estado de Washington, Estados Unidos de América, quien falleciera el día cinco de marzo de mil novecientos noventa y siete; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legitimo en la sucesión, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2009-8889. Notaría del licenciado José Germán Zamora Leal, sito 125 metros norte de Radio Cultural, Nicoya, Guanacaste. Teléfono: 2686-7569, Fax: 2686-4885. Póngase a disposición del interesado.—Lic. José Germán Zamora Leal, Notario.—1 vez.—Nº 100601.—(31695).

Se hace saber que en esta notaría, se tramita sucesorio notarial de Jorge Masís Núñez, quien en vida fue mayor, casado una vez, farmacéutico, cédula uno-ciento cuarenta y cinco-novecientos dieciocho, vecino de Moravia, Residencial Los Colegios, quinientos metros este del Colegio de Ingenieros Agrónomos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente dos mil nueve-cero cero cero uno. Notaría del Lic. David Alberto Aguilar Gutiérrez, San José, avenidas diez y doce, calle once, número diez cincuenta y cuatro, CPCJ Abogados.—Lic. David Alberto Aguilar Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 100609.—(31696).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesaos en la sucesión de quien fue Lulú Chaverri Solano, viuda una vez, ama de casa, vecina de Cartago, cédula uno-ciento tres-mil quinientos noventa y nueve, dentro de término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan, a mi despacho situado en Cartago, calle ocho avenida primera para hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Lulú Chaverri Solano, expediente número 09-001.—Cartago, 31 de marzo del 2009.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 100628.—(31697).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eladio Fernández Aguilar, quién fue mayor, casado y vecino de Barranca Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-100205-0432 CI-1.—Juzgado Menor Cuantía de Puntarenas, 9 de marzo del 2009.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Nº 100652.—(31698).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Domingo Torres Vallejos, quién fue mayor, casado una vez, nacionalidad costarricense, con cédula de identidad 6-038-235 y vecino de Barranca, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibido de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-100332-432-CI-4.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 30 de marzo del 2009.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Nº 100653.—(31699).

Los señores Gabriel Gallegos Valdés, Gabriel Augusto, Carlos Roberto, Fernando y Enrique todos de apellidos Gallegos Ramírez, como únicos y universales herederos, han solicitado la tramitación en sede notarial de la sucesión de quien en vida fue, Julia Ramírez Rodríguez. Se convoca a los interesados para que dentro del término de treinta días concurran a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil.—San José, 2 de abril del dos mil nueve.—Lic. Virgilio Calvo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 100662.—(31700).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien fue Roberto Navarro Camacho, soltero, agricultor, vecino de Cartago, cédula tres-ciento veintiséis-novecientos veinte, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan, a mi despacho situado en Cartago, calle ocho, avenida primera, para hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se apersonan dentro de ese término, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Roberto Navarro Camacho Expediente número: 09-002.—Cartago, 1 de abril del 2009.—Lic. Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 100629.—(31701).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gilbert González Castro, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, quien tuvo domicilio en Escazú, 250 metros sur y 100 metros oeste de la antigua fábrica de Muñecas, cédula de identidad dos-doscientos veintiséis-seiscientos setenta y cinco. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en esta sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000036-183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 23 de marzo de 2009.—Lic. Osvaldo López Zamora, Notario.—1 vez.—(31747).

Se hace saber a todos cuantos consideren tener interés, que en mi notaría, sita en el Parque Empresarial Forum II, Edificio A, cuarto piso, Santa Ana, se tramita la sucesión notarial legítima de quien en vida fuera Pierfrancesco Munari, de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor de edad, divorciado, economista, vecino, al momento de su muerte de Frankfunrt, Alemania, con pasaporte italiano número B368653. Se advierte a esas personas que cuentan con el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, publicación que se hará en el Boletín Judicial por una sola vez. Se advierte que en caso de que tales interesados no se apersonaren, el patrimonio del causante o herencia pasará a quien corresponda. San José, treinta y uno de marzo del dos mil nueve. Gino Cappella Molina, albacea provisional.—San José, 13 de abril del 2009.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—(31754).

Por escritura número uno, otorgada ante la notaria Sheila Elena Chaves Berrocal, a las nueve horas del veintiocho de febrero del año dos mil ocho, y visible al folio uno frente y vuelto del tomo número cincuenta y cinco de mi protocolo, se solicitó apertura del proceso sucesorio extrajudicial de: Leonarda Josefa Espinoza Rodríguez, cédula número seis-cero cincuenta y cuatro-quinientos cincuenta y uno. Se cita a los interesados y herederos a apersonarse en las oficinas de dicha profesional ubicada en Ciudad Quesada, altos del Súper Granada, a hacer valer sus derechos.—Ciudad Quesada, trece de abril del año dos mil nueve.—Lic. Sheila Elena Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 100422.—(31925).

En mi notaría se inicia proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fue Manuel Méndez Ramírez, se nombra albacea propietaria a la señora Dunia Méndez Arguedas. Cita y emplaza a terceros interesados para que en el plazo de treinta días se apersonen a esta notaría para hacer valer sus derechos.—San José, 20 de marzo del 2009.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 100640.—(32040).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marco Tulio López Valverde, quien fuera mayor, divorciado, ingeniero de sistema, vecino de San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad Nº 01-0408-0033. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-000818-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 27 de marzo del 2009.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—(32105).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Adilia Rojas Vega, quien fuera mayor, casada una vez, ocupaciones del hogar, con cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y cuatro-doscientos cincuenta y seis, vecina de Heredia, Mercedes Sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000529-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(32214).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio notarial de Hilda Cedeño Segura, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número nueve-cero cuarenta y cinco-cuatrocientos veintiuno, vecina de Barranca, ciento setenta y cinco metros oeste del Bar Ego. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, citen herederos, legatarios, acreedores y a todo aquel que crea tener derecho dentro del presente sucesorio, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2008. Notaría de Elga Bolaños Gutiérrez, contiguo al Restaurante La Casona de Puntarenas Centro.—Puntarenas, 16 de abril del 2009.—Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 100686.—(32382).

Ante la notaría de la Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, con oficina en la ciudad de Esparza de Puntarenas, setenta y cinco metros al norte de la Escuela Arturo Torres, bajo expediente notarial Nº 06-401035-421-FA-4 (Notarial), se tramita en sede notarial el sucesorio de la señora Josefa Muñoz González, cédula Nº 6-026-053, donde se citan a herederos, legatarios, acreedores y a todo aquel que crea tener derecho dentro del presente sucesorio, a efectos de que se apersonen a mi oficina a legalizar sus créditos y derechos.—Esparza, 5 de diciembre del 2008.—Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 100685.—(32383).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Aida Valenciano Carvajal y Marcos Salvador Arias Valenciano, a las diecisiete horas del trece de abril del dos mil nueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Carlos Arias Aguilar, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Santa Ana centro, setecientos metros este de pulpería La Guaria, cédula número uno-ciento diecinueve-siete mil cuatrocientos setenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Lic. José Ramón Sibaja Montero, notario público con oficina en Santa Ana, San José, quinientos metros oeste de panadería Musmanni.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 100689.—(32384).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Bertilda Céspedes Blanco, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de Goicoechea, con cédula Nº 1-197-481, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2009. Notaría del Bufete del Lic. Manuel E. Zúñiga Urrutia, sita 100 metros oeste y 125 norte de Radio Columbia, Zapote.—Lic. Manuel E. Zúñiga Urrutia, Notario.—1 vez.—Nº 100712.—(32385).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Mercedez Muñoz Mata, quien fuera mayor, casada una vez, del hogar, vecina del Barrio Santa Cruz de Buenos Aires de Puntarenas, 75 metros al norte del Templo Católico, con cédula de identidad Nº 1-0247-0731, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de de este edicto, se apersonen ante esta notaría, situada en el Edificio Garrido de Buenos Aires de Puntarenas, frente a Importadora Monge, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo antes indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 1707-2008 sucesorio. Albacea provisional: José Luis Chacón Muñoz. Publíquese.—Buenos Aires de Puntarenas, 17 de julio del 2008.—Lic. Víctor Garrido Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 100741.—(32386).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio de Jesús López Vega, quien fuera mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número cinco- ciento dieciocho-novecientos cincuenta y cuatro, vecino de Bello de Horizonte de La Cruz. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000163-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 31 de marzo del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Nº 100748.—(32387).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados a la sucesión ad intestada en sede notarial, de quien en vida se llamó Gladys Espinoza Sequeira, quien fue mayor, soltera, del hogar, quien portó el número de cédula cinco-cero ochenta y dos-doscientos dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiendo de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque.—Nicoya, Guanacaste, a las catorce horas diez minutos del catorce de abril del dos mil nueve.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 100814.—(32388).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados a la sucesión ad intestada en sede notarial, de quien en vida se llamó Juan Bautista Espinoza Vidaurre, quien fue mayor, soltero, agricultor, quien portó el número de cédula cinco-cero treinta-mil ciento ochenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibiendo de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Notaría del Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al sur del parque.—Nicoya, Guanacaste, a las catorce horas del catorce de abril del dos mil nueve.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 100816.—(32389).

Ante esta notaría, se inicia la apertura del proceso sucesorio extrajudicial de María Luisa Beita Reyes, quien fue mayor, cédula número seis-cero cero ochenta y nueve-cero ciento veintisiete, quien falleció el trece de noviembre del año dos mil. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo 946 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en dicha sucesión, para que comparezcan y se apersonen si así lo consideran oportuno, en el término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, ante la notaría del Lic. Jimmy Meza Lázarus, Bufete Econojuris Abogados, sita en San José, costado norte de la iglesia de Fátima en Los Yoses.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Jimmy Meza Lázarus, Notario.—1 vez.—Nº 100836.—(32390).

Cítese a todos los herederos, acreedores e interesados en la sucesión de Richard Alfred Watson Smith quien en vida fue mayor, viudo, pensionado, cédula 7-013-227, vecino de Limón; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 05-000461-678-CI-2 de Richard Alfred Watson Smith, gestiona: Gilbert Watson Ellis.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de setiembre del  2005.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—Nº 100901.—(32391).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Álvaro Sancho Castro, quien fuera mayor, de estado civil casado dos veces, economista, vecino de Salitral de Santa Ana, de la bomba de los hermanos Montes, un kilómetro al sur, Villa Melida, con cédula de identidad número 1-184-754. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000048-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de abril del 2009.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—Nº 100938.—(32392).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de Faustino Amador Astúa, mayor, casado una vez, agricultor, vecina de Calle Uno, El Bosque, Guácimo, cédula de identidad número uno-ciento setenta y cinco- novecientos doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2009. Notaría del Licenciado Gustavo Armando Edwards Valerín, situada en Guácimo, Limón, cien metros este de la Clínica de la CCSS.—Lic. Gustavo A. Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—Nº 100964.—(32393).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Adolfo Antonio Mora Villalta, quien fuera mayor, soltero, quien portó la cédula de identidad 1-0315-0641, cuyo último domicilio fue San Josecito de Alajuelita, del Liceo 200 metros sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará quien corresponda. Expediente Nº 09-100023-0251-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Juez.—1 vez.—Nº 100973.—(32394).

Se hace saber que en este despacho se tramita proceso sucesorio notarial de Ezequiel Rodríguez Alvarado, quien fuera mayor, casado, pintor, vecino de San Sebastián, cédula de identidad 1-183-316. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial Nº 02-2009. Bufete del Lic. Rafael Ángel Guzmán Alfaro, Notario, sito en calles 11-13, avenida 12, casa Nº 1160 San José.—San José, 17 de abril del 2009.—Lic. Rafael Ángel Guzmán Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 100975.—(32395).

Se hace saber que en este despacho se tramitan las diligencias de exequátur de Margarita Rosenda Del Socorro Coto Garro cc. Margarita C.Nila, fue costarricense por nacimiento y portó la cédula 3-0042-4781 y naturalizada estadounidense, con número de pasaporte 155108508. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000168-0004-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 03 de abril del 2009.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 100974.—(32400).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Aida Herrera Herrera, quien fuera mayor, viuda, ama de casa vecina de San Juan de Poás de Alajuela, cédula de identidad Nº dos-ciento cuarenta-seiscientos cincuenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000323-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(32700).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de María Rosa Bejarano Murillo c.c. María Rosa Bejarano Castillo, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Villa Esperanza de Pavas, San José y portadora de la cédula de identidad número uno-cero cero noventa y cuatro-dos mil trescientos cuarenta y uno, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-002557-0224-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 03 de abril del 2009.—Lic. Gustavo Barrantes Morales, Juez.—1 vez.—(32703).

Se cita a todos los interesados de la sucesión de Amelia Mahanna Cubillo, quien fue mayor de edad, casada una vez, vecina de Heredia, cédula de identidad número uno-ochocientos cuarenta y uno-cero treinta y ocho, para que dentro de los treinta días posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante la oficina del suscrito notario, ubicada en Heredia, calle central, avenidas primera y tercera, 50 metros al sur de la Cruz Roja, teléfono 2237-2711, fax 2261-1162, en defensa de sus derechos, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda.—Heredia, 16 de abril del 2009.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(32718).

Avisos

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria del menor Jean Carlos Castañeda Sandi, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 09-000024-0776-FA. Proceso tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 6 de febrero del 2009.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—(O. C. Nº 300082).—(Solicitud Nº 27303).—C-4590.—(32229).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

MSC. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a quien tuviere un interés legítimo, se le hace saber que en el Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, en proceso de declaratoria de insania, expediente número 08-400403-924-FA (NI. 406-08), promovido por Guadalupe Brizuela Ovares, se dictó la sentencia número ciento cincuenta y tres-cero nueve, de las dieciséis horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil nueve, que literalmente dice: Por Tanto: En virtud de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, y de conformidad con los artículos 819 inciso 4), 831, 847 y siguientes del Código Procesal Civil y 230 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la presente diligencia de insania. Se declara en estado de incapacidad a Marco Aurelio Herrera Brizuela y se nombra como su curadora legítima a su madre Guadalupe Brizuela Ovares, a quien se le previene que dentro del tercero día, deberá comparecer a aceptar y jurar el cargo conferido. Asimismo, dentro de los treinta días siguientes a la notificación de esta resolución deberá presentar el inventarío de bienes del insano, además del presupuesto de gastos correspondiente, mismo que presentará cada año. Inscríbase esta resolución en la Sección Personas del Registro Civil, artículo 232 Código de Familia, 466 inciso 1 Código Civil, 63 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. Son los gastos de este proceso a cargo del patrimonio de la incapaz según reza el artículo 853 del Código Procesal Civil. Publíquese esta resolución en el Boletín Judicial de conformidad con lo que establece el memorial 23 párrafo final del Código de Familia. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 23 de marzo del 2009.—Lic. Karla Porras Arce, Jueza.—1 vez.—(31100).

Se hace saber que Rita Susana Blandón Loáisiga, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Rafael de Escazú, Residencial Trejos Montealegre, del Vivero Exótica seiscientos metros al este, San José, cédula de identidad número 8-0079-0508, ha promovido diligencias de cambio de nombre con el objeto de que este Juzgado autorice la modificación de que sea Susana Blandón Loáisiga. Quienes tengan que hacer alguna objeción al cambio de nombre pretendido, deberán hacerlo dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente número 09-000036-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 05 de marzo del 2009.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Nº 100044.—(31538).

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Atlántida Nemesia Montero Rodríguez, conocida como Atlántida Nemesia Montero Rodríguez, mayor, divorciada, con cédula de identidad seis-trescientos veintinueve-doscientos ocho, vecina de Barranca de Puntarenas, solicita la autorización para cambiarse el nombre de Atlántida Nemesia Montero Rodríguez por el de Atlántida Anaí Montero Rodríguez. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—Nº 100210.—(31539).

Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, hace saber: a la sociedad Corporación Kral S. A., representada por el señor Alberto Arturo Trejos Leiva y contra este en su doble condición, que dentro del expediente numero 07-001407-0185-CI proceso ordinario de Zaida Campos Mora y Ana Beatriz Campos Mora contra Alberto Arturo Trejos Leiva y Corporación Trejos Leiva, se dictó la resolución que dice: sentencia de primera instancia Nº 11-09. Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las once horas treinta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil nueve. Proceso ordinario promovido por Zaida María Campos Mora, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa, vecina de San José, con cédula de identidad uno-quinientos treinta y nueve-ochocientos cuarenta y Ana Beatriz Campos Mora, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad uno-setecientos veintinueve-cuatrocientos treinta y tres, contra Alberto Arturo Trejos Leiva, mayor de edad, divorciado una vez, industrial, con cédula de identidad uno-cuatrocientos dieciocho-cero treinta y nueve y Corporación Kral Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintinueve mil setecientos ochenta y uno, representada por el señor Trejos Leiva. Interviene además la licenciada Rosario Salazar Delgado como apoderada especial judicial de las actoras. Resultando: primero... Segundo... Tercero... Considerando: Primero... Segundo... Tercero... Cuarto... Quinto... Sexto... Por tanto: Se declara confeso en rebeldía a Alberto Trejos Leiva, en su condición personal y como representante de la compañía Corporación Kral S. A. de los hechos que comprenden las preguntas de la 1 a 11, 13 y 15 del interrogatorio escrito agregado a 1089 a 1092. Se rechazan las preguntas 12 y 14 de ese interrogatorio. Se declara con lugar la demanda ordinaria promovida por Zaida María Campos Mora y Ana Beatriz Campos Mora contra Alberto Arturo Trejos Leiva y Corporación Kral Sociedad Anónima. Se dispone que deberá la parte demandada reintegrarle a las actoras, la suma de siete millones doscientos mil colones que en forma ilegítima se apropió, monto se distribuirá por partes iguales entre ellas. Igualmente deberá cancelar los intereses que esa suma hubiere generado desde el veinticinco de de junio del dos mil seis al veinticinco de julio del dos mil siete, liquidados en la suma de dos millones ciento sesenta mil colones, así como los que se generen hasta la total cancelación de la deuda, calculados al treinta por ciento anual. Deberá cancelar además el demandado las costas personales y procesales causadas en este asunto.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de marzo del 2009.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—1 vez.—Nº 100213.—(31540).

Se hace saber que ante este despacho se tramita la adopción de la menor Kimberly Smith Castro promovidas por Irma Lucía Fuentes Castro, mayor, divorciada, del hogar, costarricense, cédula 3-271-710 y vecina de Palmar Sur, 150 metros al oeste de la Escuela Central de Palmar Sur. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta. Expediente 09-400019-0423-FA-1.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, 27 de febrero del 2009.—Lic. Mario Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 100234.—(31541).

Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez de Familia de Pérez Zeledón, hace saber que: en el Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, se tramita el expediente Nº 07-400503-919-F.A, interno Nº 508-4-07 que es proceso abreviado de divorcio actor Luis Ángel Mata Mena, mayor, casado, constructor, vecino de Calle Hickory, ciudad de Dayton, Estado de Ohio, Estados Unidos de América, con cédula de identidad número 1-955-465, contra Marjorie Isabel Mora Alvarado, mayor, casada dos veces, de oficios del hogar, con cédula de identidad número 1-766-685, representada por el Curador Procesal, licenciado Francisco Porras Jiménez, en el cual se dicto la sentencia de primera instancia número 141-09, dictada a las once horas del doce de marzo del dos mil nueve, cuya parte dispositiva dice “Conforme a lo expuesto y normativa citada, se declara con lugar, la demanda de divorcio, por la causal de separación de hecho por un termino no menor de tres años, incoada por el apoderado especial judicial de la actora Yamileth Mena Ureña apoderada especialísima de Luis Ángel Mata Mena contra Marjorie Isabel Mora Alvarado, en consecuencia, se declara disuelto el matrimonio entre las partes. Al tenor del ordinal 56 del Código de Familia, y siendo que los menores hijos de las partes, han permanecido al lado de sus abuelos maternos se les confiere a estos provisionalmente la guarda, crianza y educación de dichos menores, siendo la patria potestad compartida de ambos padres. En cuanto al derecho alimentario, siendo que en la minoridad de los hijos es irrenunciable y que son los progenitores los obligados a sufragar todos aquellos extremos indispensables para su desarrollo integral, por lo que acuda la actora al proceso autónomo alimentario, en donde se analizará la fijación de la cuota alimentaria a favor de sus menores nietos. En cuanto a la eximente del derecho alimentario recíproco, no habiéndose acreditado algunas de las circunstancias enunciadas en el ordinal 173 del Código de Familia, se mantiene dicho derecho, no obstante, de existir proceso autónomo de alimentos, estése a lo que se resuelva en el mismo. En enguanto a los bienes gananciales que pudieran existir entre las partes, siendo que fue un punto que no se examinó en este proceso, se le otorga el derecho de cincuenta por ciento en abstracto a cada uno de ellos, lo cual lo deberán ventilar en proceso de ejecución de sentencia correspondiente. Firme esta sentencia, se ordena inscribir mediante ejecutoria, en la Sección de Matrimonios del Registro Civil, al tomo: cuatrocientos catorce, folio: cuatrocientos cincuenta y nueve, asiento: novecientos dieciocho, de la provincia de San José. Notifíquese. No habiendo ejercido oposición la parte demandada, se resuelve sin especial condenatoria en costas. (Artículo 222 del Código Procesal Civil). De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar la parte dispositiva de esta Sentencia con los datos necesarios para identificar el proceso en el Boletín Judicial, La Gaceta. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 17 de marzo del 2009.—Lic. Manuel Rodríguez Arroyo, Juez.—1 vez.—Nº 100339.—(31702).

Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez del Juzgado Civil de Pérez Zeledón, al señor Alexis c.c. Alexander Monge Nájera cédula 6-137-143, hace saber que en proceso hipotecario número 08-100314-0188-CI (Interno 342-08-R1) establecido por San Isidro Derivates Trading S. A., contra Alexisi c.c. Alexander Monge Nájera, se encuentran las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Civil de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las once horas diez minutos del diecinueve de mayo del año dos mil ocho. Se tiene por establecido el presente proceso hipotecario contra Alexis c.c. Alexander Monge Najera a quien (es) se le (s) previene que en el primer escrito que presente (n) debe de señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este despacho, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga (n), las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrá (n) por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso o incierto o inexistente (artículo 12 de La Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y seis, publicada en La Gaceta Nº 211 del cuatro de noviembre del mismo año). Libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas de Ley de Aguas y Caminos Públicos al tomo cuatrocientos trece, asiento trece mil cuatrocientos setenta y nueve, y con la base de seis mil doscientos cuarenta y dos dólares sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real Matrícula número quinientos treinta y dos mil cincuenta y nueve-cero cero cero, para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de agosto del año dos mil ocho. Publíquese el edicto. Por medio de mandamiento dirigido al Registro Público de la Propiedad Sección Inmuebles se ordena anotar el establecimiento de la presente demanda al margen de inscripción de la referida finca. Acerca de la liquidación de intereses presentada por la parte actora, se confiere audiencia a la parte contraria, por el plazo de tres días. Notifíquese al demandado personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación por medio de la O.C.N de esta ciudad, para lo cual debe la parte actora coordinar dicha diligencia con la O.C.N a fin de aportar el medio de transportes los gastos que la diligencia requiera. Notifíquese. F. Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez. ” “Juzgado Civil de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las diez horas veinte minutos del veintitrés de marzo del año dos mil nueve. Como se solicita, nuevamente libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas de Ley de Aguas y Caminos Públicos al tomo cuatrocientos trece, asiento trece mil cuatrocientos setenta y nueve, y con la base de seis mil doscientos cuarenta y dos dólares sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos treinta y dos mil cincuenta y nueve-cero cero cero, para lo cual se señalan las ocho horas del catorce de mayo del año dos mil nueve. Publíquese el edicto. Se ordena notificar al demandado el presente auto y el auto inicial de las once horas diez minutos del diecinueve de mayo del año dos mil ocho, por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 23 de marzo del 2009.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 100364.—(31703).

Se hace saber que en este despacho se tramitan diligencia de cambio de nombre de Dolores Arce Arroyo c.c. José Alberto, cédula de identidad número dos-cuatrocientos veintiuno-trescientos cincuenta y cinco, con el objeto de que se autorice la modificación de su nombre en el sentido de que sea llamado José Alberto Arce Arroyo, para que en plazo de quince días, a partir de su publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos mediante escrito, donde expondrán las razones de su inconformidad y los fundamentos de su oposición. Diligencias de cambio de nombre promovidas Dolores Arce Arroyo c.c. José Alberto. Expediente Nº 08-100344-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 04 de agosto del 2008.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—Nº 100423.—(31704).

Se hace saber que en este despacho se tramita el presente proceso actividad judicial no contenciosa de diligencias de declaratoria de insania, expediente Nº 09-000363-186-F.A-1, promovidas por Gabriel Milgram Szuster, figura como presunta insana: Greiza Szuster Wolfovitz, mayor, viuda una vez, cédula de identidad número ocho-cero cero diecisiete-trescientos noventa y dos, vecina de San José centro, se le avisa a cualquier persona que tenga interés en las presentes diligencias, que dentro del quinto día deberán de apersonarse a este Despacho a hacer valer sus derechos, después de publicado el presente edicto.—Juzgado Primero de Familia de San José, 26 de marzo del 2009.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—Nº 100418.—(31705).

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Flora Elieth Araya Morera, mayor, casada, operaria, vecina de Moravia, cédula de identidad número 01-1160-0664; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Flora Elieth Araya Morera, por el de Flor Edith mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 09-000014-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del 2009.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 100509.—(31706).

Se convoca por medio de este edicto a las personas que tengan interés en el proceso de insania, establecida por Eduardo Gerardo Solís Chaves, en favor de los presuntos insanos; Ramón Luis y Hannia Patricia, ambos Solís Chaves, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, a fin de que se presenten a encargarse de ellos dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Ramón Luis Solís Chaves y Hannia Patricia Solís Chaves. Expediente número 08-001891-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 30 de marzo del 2009.—Lic. Lourdes Espinach Rueda, Jueza.—1 vez.—Nº 100511.—(31707).

Lic. Karol Vindas Calderón Jueza del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de San José; hace saber a Wálter Eduardo Calderón Zúñiga, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 08-001655-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: de la anterior demanda de divorcio establecida por el accionante María Alexandra c.c. María Alejandra Quirós Campos se confiere traslado al accionado Wálter Eduardo Calderón Zúñiga por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este circuito. Asimismo, se previene a las partes que deben señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este circuito judicial donde atender futuras notificaciones, apercibidos de que si lo omitieren, o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. A fin de nombrar curador procesal al demandado, debe la actora Quirós Campos, depositar en la cuenta automatizada de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, dentro del plazo de ocho días la suma de cuarenta mil colones, lo cual corresponde a los honorarios fijos del profesional a nombrar. Previo a realizar el depósito ordenado, debe la señora Quirós Campos, presentarse a este Despacho a retirar el carnet respectivo. Una vez efectuado el depósito deberá comunicarse al despacho por escrito mediante la comprobación del mismo. Se previene a la actora aportar certificación de la Dirección General de Migración y Extranjería de entradas y salidas del país del demandado y certificación del Registro Público, sección personas, si el demandado tiene apoderado inscrito que lo represente. Remítase oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, a fin de que certifiquen si el demandado aparece reportado en planillas con domicilio inscrito y al Registro Civil remitirnos cuenta cedular del mismo. Previo notificar al ente estatal se le previene a la señora Quirós Campos aporte un juego de copias de todo el expediente, lo anterior dentro del plazo de tres días, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento no se atenderán futuras gestiones. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de María Alexandra c.c. María Alejandra Quirós Campos contra Wálter Eduardo Calderón Zúñiga. Expediente Nº 08-001655-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del 2009.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Nº 100549.—(31708).

Lic. Yuri López Casal, Jueza del Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José; hace saber a Carlos Vargas Solís, que en este Despacho se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José, a las trece horas y treinta y nueve minutos del treinta y uno de marzo del dos mil nueve. Por el plazo de ocho días se confiere audiencia al abogado Carlos Vargas Solís acerca del proyecto de cuenta partición presentado. Dado que se ha intentado de modo exhaustivo su notificación personal y el resultado ha sido el fracaso, notifíqueselo por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial al abogado Carlos Vargas Solís acerca de la presente resolución. Lo anterior se ordena así en proceso sucesorio de Mayra Vargas Guevara. Expediente Nº 99-001508-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de abril del 2009.—Lic. Yuri López Casal, Jueza.—1 vez.—Nº 100635.—(31709).

Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la cúratela de la señora Bettina Robles Jiménez portadora de la cédula 1-196-029, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contado a partir de esta publicación. Diligencias de insania número 09-400258-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 23 de marzo del 2009.—Lic. César Alberto Jara Benavides, Juez.—1 vez.—Nº 100588.—(31710).

Carlos Loría Núñez, Notificador del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, hace saber: que dentro de la ejecución de sentencia 07-100740-642-CIDE: Santos Umaña Rodríguez c\ Luis Diego Solís Araya. Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas a las quince horas del trece de setiembre del dos mil siete. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución de sentencia interpuesto por Santos Umaña Rodríguez en contra de Luis Diego Solís Araya a quien se previene que en el primer escrito que formule deberá indicar medio y lugar para atender notificaciones dentro del perímetro judicial de este despacho, bajo el apercibimiento que mientras no lo haga o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere, o si el medio escogido imposibilitare la práctica de la notificación, las futuras resoluciones quedarán por bien notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. De la relación de daños y perjuicios reclamada por la parte actora se confiere audiencia a la contraria por diez días. Se decreta embargo por la suma prudencial de tres millones doscientos noventa y dos mil quinientos setenta y cinco colones notifíquese esta resolución a la parte demandado Luis Diego Solís Araya personalmente o en su casa de habitación quien puede ser habida en Pavas, de Plaza Pavas, 100 sur y 25 metros este para dicha diligencia se comisiona al delegado de la guardia civil de Pavas, San José. Asimismo, notifíquese al tercer interesado Geovanni Leitón Campos previo a notificar a dicho interesado aporte la parte Actora la dirección del mismo. Previo a nombrar juez ejecutor deposite la suma quince mil colones en la cuenta corriente de este despacho número 07-100740-642-CI-1. Asimismo se decreta embargo sobre el vehículo placas 20474. Una vez efectuado el depósito se nombrara juez ejecutor y se expedirá la orden de captura. Expídase oficio al Juzgado de Tránsito de este circuito para que proceda a hacer el traspaso del gravamen impuesto al vehículo placas C 129768, en sumaria número 06-601744-607-TC-3. Notifíquese. Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez ejecución de sentencia 07-100740-642-C de: Santos Umaña Rodríguez c\ Luis Diego Solís Araya. Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, a las quince horas del treinta de marzo del dos mil nueve. Se tiene por hechas sus manifestaciones y como lo solicita el actor/ Santos Umaña Rodríguez: Notifíquese al tercer interesado/ Geovanni Leitón Campos, la resolución dictada a las quince horas del trece de setiembre del dos mil siete y de la presente por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—(31718).

El suscrito licenciado Osvaldo López Mora, Juez del Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, procede a notificar al acreedor de segundo grado Carlos Durán Salazar, pasaporte 384628 que en el proceso que se dirá, se dictó las resoluciones que literalmente dicen:” proceso ejecutivo hipotecario Nº 08-000162-183-CI de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos. Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las once horas del dos de mayo del dos mil ocho. Se tiene por establecido el anterior proceso hipotecario en contra de Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos cédula numero 1-630-743, a quien (es) se le (s) previene señalar lugar dentro del perímetro judicial de San José para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere las resoluciones que se dicten se le (s) tendrán por notificadas por el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 371 asiento 11193 y demanda penal inscrita al tomo 572 asiento 72018 y con la base de ciento dos mil setecientos veintiséis colares con veintinueve centavos, moneda de los Estados Unidos de América, sáquese a remate el bien dado en garantía, para llevar a cabo la subasta pública se señalan las once horas del lunes nueve de junio del dos mil ocho. Publíquese el edicto de ley. Expídase mandamiento de anotación sobre la finca del partido de San José, matrícula F29888-000, comuníquese a la entidad respectiva. De la liquidación de intereses presentada por la parte actora se le confiere audiencia a la parte demandada por el plazo de tres días a fin de que manifieste (n) lo que estime (n) pertinente. Notifíquese la presente acción a los demandados Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación en Curridabat, Hacienda Vieja, 25 metros sur del minisuper Hacienda Vieja para lo cual se comisiona Oficina Centralizada del Segundo Circuito Judicial de San José. No ha lugar a tener por demandada a la sociedad Inversiones Quinta Valle S. A., toda vez que la misma no consintió la hipoteca. Notifíquesele a ésta sociedad en su condición de Tercera Poseedora, a la cual se le confiere el plazo de diez días, para que pague la obligación o abandone el bien a la ejecución. Notifíquesele en su domicilio social o en la persona de su representante, el señor Matteo Quintavalle, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su domicilia social en Puntarenas, Quepos, frente al Banco de Costa Rica, contiguo a la Joyería Quesada, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita. A fin de ordenar la notificación del Acreedor de Segundo Grado Carlos Durán Salazar, demuéstrese en forma legal que el mismo no tiene apoderado suficiente en Costa Rica. Lo anterior, según lo estableciendo en el artículo 665 del Código Procesal civil, MSC. Ana Isabel Montealegre Bejarano, Jueza.” y la resolución que dice:” Proceso ejecutivo hipotecario Nº 08-000162-183-CI de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Gustavo Adolfo Bolaños Villalobos. Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las once horas dieciséis minutos del tres de marzo del dos mil nueve. Se anula el remate celebrado a las nueve horas del veintisiete de enero de dos mil nueve (folio 134), toda vez que no transcurrió en el plazo de notificación de ocho días establecido en el artículo 650 del Código Procesal Civil, entre el auto que ordena el remate al tercer poseedor del bien subastado y la fecha de celebración de la subasta. En vista de lo anterior y conforme lo solicita la parte actora, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 371 asiento 11193 y demanda penal inscrita al tomo 572 asiento 72018 y con la base de ciento dos mil setecientos veintiséis dólares con veintinueve centavos, moneda de los Estados Unidos de América, sáquese a remate el bien dado en garantía, para llevar a cabo la subasta pública se señalan las nueve horas quince minutos del día lunes trece de abril del dos mil nueve.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 30 de marzo del 2009.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(31749).

Lic. Lorena Mclaren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Leonardo Baltodano Espinoza, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 08-000792-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y dieciséis minutos del veintinueve de octubre del dos mil ocho. Proceso divorcio establecido por Mildres Bustos Cascante, mayor, casada, ama de casa, portador(a) de la cédula de identidad número 0800640884, vecino(a) de Alajuela contra Leonardo Baltodano Espinoza, mayor, casado, sastre, portador(a) de la cédula de identidad número 0202851395, vecino(a) de Siquirres. Resultando: 1, 2, 3, Considerando: I.—Confeso en rebeldía: II.—Hechos probados: II.—Sobre el fondo: 1, 2, 3, 4. III.—Costas: IV.—Fundamento legal: Por tanto. Razones dichas y artículos citados, se declara con lugar el abreviado de divorcio establecido por Mildres Bustos Cascante contra Leonardo Espinoza Baltodano declarando: 1. Disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes con base a la casual de separación de hecho por más de tres años. 2. Que se exonera a las partes de la obligación de cobrarse pensión alimentaria entre sí, dada la cantidad de años que han vivido sin requerir de tal auxilio. 3. Que no existen bienes con vocación ganancial pero que de existir alguno de éstos, adquirido durante su convivencia común cada uno adquiere un derecho de participación en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes constatados en el patrimonio del otro. De existir estos bienes se liquidarán por el trámite de ejecución de fallo. 4. Que no existiendo hijos menores de edad se omite pronunciamiento sobre guarda, crianza, educación y patria potestad por resultar innecesario. 5.- Firme esta sentencia, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote el divorcio al margen del asiento número cuatrocientos cincuenta y cinco, tomo ciento cinco de la Sección de Matrimonios de la provincia de Alajuela. Notifíquese al rebelde personalmente o en su casa de habitación por medio de la autoridad administrativa que corresponda. Por innecesario se hace pronunciamiento a cerca de la pretensión accesorias costas: No existiendo cónyuge culpable, se pronuncia el despacho sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Mildres Bustos Cascante contra Leonardo Baltodano Espinoza. Expediente N° 08-000792-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de abril del 2009.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—(32208).

Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a la señora Karla Guevara Fernández, hace saber, que en Proceso de Declaratoria Judicial de estado de abandono, expediente número 08-400466-924 NI. 470-08, Promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Karla Guevara Fernández, se dictó la sentencia que literalmente dice: “Por tanto: en virtud de los argumentos expuestos y citas de ley se declara con lugar el proceso especial de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción, extinción de patria potestad y depósito judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karla Guevara Fernández, declarando: 1º—En estado de abandono a la menor Ruby Rebeca Guevara Fernández por parte de su progenitora. 2º—Dado que la señora Guevara Fernández, no ha sabido ejercer su rol materno, se hace menester el extingue a la accionada el ejercicio de patria potestad sobre su hija Ruby Rebeca Guevara Fernández, quedando la menor en estado de adoptabilidad. 3º—Siendo que la menor Guevara Fernández, desde muy corta edad, convive en el hogar de los señores Erwing Oporta Oporta y Rosa González Oporta, quienes ha atendido al menor en todas sus demandas materiales, afectivas y espirituales junto con el resto de miembros de su familia, por lo que se ordena el depósito judicial del precitado menor en el hogar de los señores Oporta Oporta y González Oporta, quedando dichos señores facultados de momento para representar legalmente a la menor y continuar con la atención que siempre le ha prodigado. Asimismo, se les advierte a los señores Oporta Oporta y González Oporta, que deberán comparecer dentro del octavo día, después de la firmeza de la presente sentencia a este despacho a aceptar el cargo conferido. En el evento de que este depósito tenga que cesar, el Patronato Nacional de la Infancia, es el encargado de asumir lo que corresponda en protección de los derechos de la menor. 4º—Firme este fallo, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote al margen del tomo número dos mil seis, folio doscientos cincuenta y nueve, asiento quinientos dieciocho de la sección de nacimientos de la provincia de San José. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil y en virtud que el presente proceso es contra una persona ausente, representada por un curador procesal, lo procedente es ordenar la publicación de la parte dispositiva, por una sola vez en el Boletín Judicial, quedando el edicto respectivo en este Despacho a la orden de la parte promovente. Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia San Carlos, Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de febrero del 2009.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 300082).—(Solicitud Nº 27303).—C-5780.—(32230).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las menores Angie Tatiana Jiménez Núñez y Leslie Karina Jiménez Núñez, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de tres días hábiles que se contaran a partir de la publicación el edicto ordenado en fecha cinco de marzo del dos mil nueve. Expediente número 09-400099-924-FA (NI. 100-09).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—MSc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-2040.—(32231).

Licenciado Carlos E. Valverde Granados, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Cristhian Montanaro Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, privado de libertad, vecino de San Rafael de Alajuela, cédula 0205170001 y Yessica Bravo González, de calidades y domicilio desconocidos se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Patronato Nacional de la Infancia de Heredia contra Cristhian Montanaro Jiménez y Yessica Bravo González, se ordena notificarle por edicto, la sentencia a Yessica Bravo González que en lo conducente dice: sin número. Juzgado de Familia de Heredia, a las quince, horas del dieciocho de noviembre del dos mil dos. Proceso suspensión patria potestad, establecido por Patronato Nacional de la Infancia de Heredia, contra Cristhian Montanaro Jiménez y Yessica Bravo González. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política, 1, 2, 5, 6, 8, 115, 141, 143, 159 y 169 del Código de Familia, 3 de la Convención de los Derechos de los Niños y 105 del Código de la Niñez y Adolescencia, se declara con lugar la presente demanda abreviada de suspensión de patria potestad interpuesto por Patronato Nacional de la Infancia contra Yessica Bravo González y Cristhian Montanaro Jiménez, a quienes se les suspende la patria potestad que sobre la menor Allison Amanda Montanaro Bravo tiene. Se nombra depositaría judicial de dicha menor a la señora María Edith Bravo González, quien, deberá de velar por las necesidades y cuido de dicha menor. Inscríbase este fallo al margen del asiento seiscientos diez, tomo mil seiscientos treinta y uno del Partido de San José. Notifíquese esta sentencia a los rebeldes conforme lo estipula la Ley. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—Juzgado de Familia de Heredia.— Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-4760.—(32232).

Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber que en este despacho, el Patronato Nacional de la Infancia interpuso proceso contencioso para declarar en estado judicial de abandono a la persona menor de edad María José Mejías Duarte, contra los señores José Mejías Ulate y María Duarte Briceño, expediente número 05-000495-0364-FA, donde se dictó la sentencia de primera instancia a las trece horas cuarenta y tres minutos del diecinueve de febrero del dos mil nueve, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Se acoge la solicitud planteada por el Patronato Nacional de la Infancia y se declara judicialmente en estado de abandono a la menor María José Mejías Duarte por parte de sus progenitores, señora María Duarte Briceño y José Mejías Ulate, a quien, de conformidad con el inciso 3) del artículo 158 del Código de Familia, además se le retira los atributos de la patria potestad sobre su hija menor. La citada menor se pone bajo custodia de los señores Gabriel Aguilar Orozco y María de los Ángeles Mejías Ulate, quienes han dado sobradas muestras de interés por satisfacer las necesidades de la niña. Los depositarios judiciales recién nombrados deberán comparecer a este despacho a aceptar el cargo. Se encomienda al Patronato Nacional de la Infancia que gestione la adopción de la persona menor de edad o promueva su tutela, así como también le corresponderá su representación legal. Expediente Nº 05-000495-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 10 de marzo del 2009.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-3740.—(32233).

Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez de Familia de Heredia, hace saber a Juan Carlos Rodríguez Solano que en el expediente 05-000349-0364-FA, que es proceso abreviado de suspensión de patria potestad establecido en su contra por el Patronato Nacional de la Infancia, en sentencia número 273-2009, pronunciada a las diez horas del cuatro de febrero de dos mil nueve, se dispuso: “Por tanto: declaro con lugar la demanda presentada por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Juan Carlos Rodríguez Solano. En consecuencia, suspendo los derechos derivados de la patria potestad que tiene el señor Juan Carlos Rodríguez Solano sobre sus hijas Vesna Lien y Nataly Agnes, ambas con apellidos Rodríguez Gamboa. Esta suspensión la decreto por el plazo de un año, con el fin de que el padre enmiende su conducta y asuma las responsabilidades que tiene para con sus hijas y en tal sentido, lo prevengo para que en este mismo proceso y antes de que se venza el plazo aquí dispuesto, solicite ser rehabilitado en el ejercicio de la autoridad parental. Obviamente deberá aportar prueba para demostrar el cambio en su conducta. Si no presenta esta gestión, al vencimiento del año, quedará privado definitivamente de los derechos derivados de la autoridad parental. Ratifico a las señoritas Melanie Ginnette Gamboa Alvarado y Angely Gamboa Alvarado como depositarías judiciales de las niñas. Ellas ya aceptaron el cargo de forma anticipada. Prevengo a la representante legal del Patronato Nacional de la Infancia que ha promovido este proceso que a la firmeza de esta sentencia, inicie las diligencias para el nombramiento de tutora para las niñas, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, su omisión se denunciará administrativa y/o penalmente. Condeno al demandado Juan Carlos Rodríguez Solano al pago de las costas personales y procesales que se hubieran producido en este proceso. Notifíquese el fallo al demandado Juan Carlos Rodríguez Solano mediante la publicación de un edicto, por una sola vez, en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. El plazo para recurrir comenzará a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Mediante ejecutoria que se expedirá a solicitud del interesado, anótese el fallo en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, al margen de los asientos de nacimiento de las niñas Vesna Lien y Nataly Agnes. Las citas son las siguientes: Provincia de Heredia, tomos doscientos cuarenta y dos y doscientos sesenta, páginas sesenta y dos y doscientos trece, asientos ciento veinticuatro y cuatrocientos veintiséis. Gírense los honorarios al curador procesal una vez firme la sentencia.” Nota: Publíquese este edicto por una vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—O. C. Nº 30082.—(Solicitud Nº 27303).—C-6290.—(32234).

Se hace saber a Luciana Montilla, mayor, casada, dominicana, portadora del pasaporte Nº P1801434, que en este despacho se tramita el proceso abreviado de divorcio Nº 08-401395-637-FA, interpuesto por Roy Francisco Espinoza González en su contra, y que se le otorgó traslado por diez días, para oponer excepciones y contestar la demanda. De hacerlo, debe referirse a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Además, debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno. Por último, debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este Juzgado para recibir notificaciones futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o inexistente o permaneciere cerrado, las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.—Juzgado de Familia de Desamparados, 30 de marzo del 2009.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—(32343).

Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber que en proceso no contencioso de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Aramis Pérez García intervinientes Jorge Aníbal Pares Tafuni y Ana Graciela Zumbado Villalobos, que se tramita en este despacho, expediente número: 08-400694-421-F.A.(4), se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, a las ocho horas con treinta y cinco minutos del veintiséis de agosto del dos mil ocho. Se tienen por establecidas las presentes diligencias no contenciosas de reconocimiento de hijo de mujer casada, promovidas por Aramis Pérez García a favor del menor Asís Josué Pares Zumbado. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días conforme a lo establecido en el artículo 85 del Código de Familia y 110 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Notifíquese en forma personal o en el lugar señalado al señor Jorge Aníbal Pares Tafuni, que es el padre registral de la menor, sea este Cerro Plano de Monteverde, frente al hotel el establo, casa de madera de dos plantas, así como, a la madre del menor Ana Graciela Zumbado Villalobos, sita en Esparza de Puntarenas, 75 metros al sur de las CCSS. Para lo cual se ordena desglosar atento mandamiento al delegado policial de Monteverde así como al Delegado Policial de Esparza. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 19 de marzo del 2009.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—Nº 100683.—(32396).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Elizabeth Villaverde Pereira promovido por Meyer Solano Conejo. Expediente número 09-000027-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2009.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—Nº 100822.—(32397).

Se avisa que en este despacho los señores Ana Patricia Robles Sánchez y Félix Antonio Mena Jiménez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Jefry Josué Obando Gutiérrez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 09-000124-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 30 de marzo del 2009.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Nº 100845.—(32398).

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Erlyn María Vindas Barquero, mayor, soltera, comerciante, vecina de San Josecito de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número 04-0187-0462; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Erlyn María, por el de Evelyn María mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 08-001808-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—Nº 100899.—(32399).

Mauricio Chacón Jiménez, Juez de Familia de Heredia, hace saber al señor Carlos De La Vega Cums, de nacionalidad cubana y titular del pasaporte número DI66071013785, que en el expediente número 07-000594-0364-FA, que es proceso especial de declaratoria judicial de abandono establecido por Víctor Manuel Boza Cordero y Myrna Cecilia Arias Céspedes en contra de Carlos De La Vega Cums y Marianella Badilla Monge, se pronunció la sentencia número 751-2009, a las quince horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil nueve. Su parte dispositiva establece: “Por tanto: se acoge la demanda planteada por el señor Víctor Manuel Boza Cordero y la señora Myrna Cecilia Arias Céspedes. Se declara judicialmente en estado de abandono a la niña Maríapaula de los Ángeles De La Vega Badilla por parte de sus progenitores, señores Carlos De La Vega Cums y Marianella Badilla Monge a quienes, además, se les retira los atributos de la patria potestad sobre su menor hija. La niña se pone bajo custodia del señor Boza Cordero y de la señora Arias Céspedes, quienes deberán comparecer a este Juzgado para aceptar bajo juramento el cargo de depositarios judiciales. Mientras la niña no sea adoptada, su representación legal le corresponderá al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta sentencia al demandado Carlos de la Vega Cums mediante la publicación de la parte dispositiva, por una vez, en el Boletín Judicial o en un Diario de circulación nacional. El plazo para recurrir comenzará a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación, de forma tal que la sentencia no adquirirá firmeza mientras esto no suceda. Una vez firme el fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Sección de Nacimientos, provincia de San José, al tomo mil novecientos sesenta y nueve, página cuatrocientos setenta, asiento novecientos treinta y nueve.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—(32694).

Se avisa al señor Michael Ray Wilbur que en este despacho, mediante expediente 2008-001023-186-FA, se tramita el proceso de reconocimiento de hijo de mujer casada, promovido por José Fabio Torres Murillo, figuran como interesados Sofía Del Río Fabres y Michael Ray Wilbur, y que dictó sentencia N° 500-2009 de las catorce horas del quince de abril del dos mil nueve, que en su parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 85, 88, 89 y 90 del Código de Familia, 99, 153, 155 y 317 del Código Procesal Civil, el presente proceso promovido por José Fabio Torres Murillo, se falla de la siguiente forma: 1- Se acoge la solicitud planteada. 2) En tal razón las menores Isabela y Carolina, ambas de apellidos Wilbur Del Río, llevarán los apellidos Torres Del Río. Se ordena inscribir esta resolución, una vez firme, en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de San José, al tomo dos mil diecinueve, folio trescientos ochenta y seis, asiento setecientos setenta y dos y al tomo dos mil dieciocho, folio doscientos sesenta y siete, asiento quinientos treinta y tres. 3) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. 4) Se ordena notificar esta sentencia mediante publicación de edicto, en el Boletín Judicial, al señor Michael Ray Wilbur.—Juzgado Primero de Familia de San José, 16 de abril del 2009.—M.Sc. Rolando Soto Castro, Juez.—1 vez.—(32702).

Se avisa al señor Antonio Eduardo Arguedas Aguilar, mayor, casado, jardinero, cédula de identidad número 1-352-402, y de domicilio desconocido, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 08-000507-673-NA, correspondiente a proceso especial de protección establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de: protección a favor de la persona menor de edad Franklin Alejandro Arguedas Quirós. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de diciembre del 2008.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-2040.—(32744).

Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a la señora Rosa Amelia Almendarez Almendarez, mayor, nicaragüense, demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso de declaratoria de estado de abandono número 07-400701-0932-FA 5 de Patronato Nacional de la Infancia, contra Rosa Amelia Almendarez Almendarez, se encuentra sentencia que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Guápiles, a las dieciséis horas y veintiún minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil nueve. Resultando: I.—..., II.—..., III.—...; Considerando: I.—...; II.—...; III.—... IV...V...VI; Por tanto: En base a lo anteriormente anotado y las citas de ley mencionadas se resuelve: se declara con lugar la demanda interpuesta por el Patronato Nacional de la Infancia, consecuentemente se declara: en estado de abandono a la persona menor de edad Bryan Jhair Almendarez Almendarez, por parte de su progenitura Rosa Amelia Almendarez, para quien se da por terminado el ejercicio de la patria potestad, sobre dicha persona menor de edad. Se nombra depositarios judiciales de manera provisional del menor Bryan Jhair Almendarez Almendarez, a los depositarios señores Víctor Paguagua Ayestas y Mirna Del Socorro Bautista Vargas, a quienes se les previene que dentro del término de ocho días debe de comparecer a este despacho y aceptar el cargo conferido. Firme la resolución inscríbase al margen de las citas de nacimiento en el Registro Civil, Sección de Nacimiento de la provincia de San José, al tomo mil ochocientos tres (1803), folio ciento setenta y seis(176), asiento trescientos cincuenta y uno(351). Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, al ser las once horas y diecinueve minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil nueve. Siendo que la demandada Rosa Amelia Almendarez Almendarez, es de domicilio desconocido, de conformidad con los artículos 2º y 4º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras comunicaciones Judiciales, 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar a dicho demandado la sentencia dictada en este proceso a las dieciséis horas y veintiún minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil nueve, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Publíquese el edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 31 de marzo del 2009.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-7990.—(32745).

Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, perdida de la patria potestad y solicitud de depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Ana Lorena González Rodríguez y Felipe Guzmán Leitón el segundo representado por su curadora procesal, la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, que se tramita en este despacho, bajo el expediente número 07-400810-421-F.A.(4), se encuentra la sentencia número 243-09, que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las quince horas con treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil nueve. Resultando:... Considerando:... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 55 de la Constitución Política; 6º, inciso f) de la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, 115, 117, 118, 119 y 160 del Código de Familia, 1, 103, 104, 222, 423, inciso 10 y siguientes del Código Procesal Civil, se declara con lugar estas diligencias especiales de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción y deposito judicial promovidos por Patronato Nacional de la Infancia contra Ana Lorena González Rodríguez y Felipe Guzmán Leitón quedando establecido lo siguiente: se procede entonces a declarar al menor Mauro Fabricio Guzmán González en estado de abandono con fines de adopción, con perdida de la patria potestad por parte de sus padres la aquí demandada Ana Lorena González Rodríguez y su padre Felipe Guzmán Leitón y en deposito judicial del menor Mauro Fabricio Guzmán González con la señora Katty Alvarado Brenes. La depositaría del menor deberá velar porque el mismo cuente con las mejores oportunidades para su desarrollo, a fin de que pueda tener un futuro que le llegue a permitir valerse de manera digna con ayuda de otras personas, firme esta resolución expídase la ejecutoría correspondiente, inscríbase en el registro civil, que el menor Mauro Fabricio Guzmán González nació el 23 de julio del año dos mil uno, y aparece inscrito en la Sección de Nacimientos de la provincia de Puntarenas al tomo cuatrocientos sesenta y siete, página trescientos cuarenta y tres, asiento seiscientos ochenta y cinco, se resuelve sin especial condena en costas.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 30 de marzo de 2009.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—C-4420.—(32746).

Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, perdida de la patria potestad y solicitud de depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra María de los Ángeles García Zúñiga, representado por su curadora procesal la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 09-400248-421 FA (2m), se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil De Puntarenas, a las trece horas con cinco minutos del veinte de marzo del dos mil nueve. Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal, por parte de la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández en representación de la accionada ausente María de los Ángeles García Zúñiga, se resuelve presentada en forma la solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial de la persona menor de edad Anthonny Josué García Zúñiga, se confiere audiencia por el plazo de cinco días a las partes interesadas a saber Mercedes Suárez Reyes, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo si es el caso. (Artículo 121 del Código de Familia). A la accionada ausente María de los Ángeles García Zúñiga. se le notificará por medio de su curadora procesal la Licenciada Yorleny Carvajal Hernández vía fax al 2661-3004, para notificar a la depositaría judicial la señora Mercedes Suárez Reyes, para lo cual se ordena desglosar atento mandamiento al Delegado Policial de Barranca, por ella habida en los Almendros de Barranca, Puntarenas, casa 239, tercera alameda, casa color verde agua. Se le hace saber a la representante del Patronato Nacional de la Infancia, que el edicto queda a su disposición para su retiro y debido diligenciamiento. Hágase saber.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas.—Lic. Karina Víquez Hernández, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-4590.—(32747).

Carlos Li Piñar, notificador del Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en proceso de solicitud de declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Meysel Quirós Salazar, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 09-400173-421-F.A.(5), se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las siete horas con cincuenta minutos del once de marzo de dos mil nueve. Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal por parte de la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, en representación de la accionada ausente, de esa forma: se tiene por establecido el presente proceso declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Meysel Quirós Salazar, a quienes se le concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo debe de señalar medio y lugar, este último dentro del perímetro judicial de este despacho, donde atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, conforme lo indican los artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Asimismo, se nombra como Depositarios Judiciales Provisionales de la persona menor de edad Frissia María Quirós Salazar. A los señores Luis Alfredo Díaz Torres y Nidia Montero Rodríguez, mismos que deberá presentarse a estrados judiciales a fin de aceptar el cargo conferido. Notifíqueseles la presente resolución con el funcionario respectivo de este despacho por ser habidos en el barrio del Carmen de Puntarenas, 100 metros sur y 50 metros oeste del Rosalía Palacios. Molifiqúese esta resolución a la demandada Meysel Quirós Salazar, personalmente sita en barrio El Carmen de Puntarenas, del restaurante Yan Yan, 200 metros norte y 25 metros oeste, casa del INVU Nº 3; así como, por medio su curadora procesal la licenciada Yorleny Carvajal Hernández, diligencia que se realizará por medio del notificador de este despacho. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 18 de marzo de 2009.—Lic. Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27305).—C-5950.—(32748).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Danny José Quiros Cerdas, mayor, soltero, bachiller en sociología, vecino de Río Segundo de Alajuela, cédula de identidad número 01-1157-0969; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Danny, por el de Daniel mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 09-000257-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de marzo del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—(32830).

Edictos Matrimoniales

Edwin Gerardo Bermúdez Vargas y Glenda María Amador Bermúdez, cédula por su orden 1-950-705 y 1-1267-263; vecinos de Patarra de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente 09-400404-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 27 de marzo del 2009.—Lic. Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—Nº 100502.—(31711).

Ante esta notaría, han comparecido, Ivannia de Los Ángeles Brizuela Román, miscelánea, vecina de San José, San Cayetano, cien metros al este y setenta y cinco al sur de la iglesia católica, quien nació el 22 de julio de 1980 y es hija de Manuel Antonio Brizuela Vargas y Ana Isabel Román Jiménez, y José Heberto Jarquín Rostran, nicaragüense, asistente de diseño, con pasaporte Nº C1113701 vecino de San José, San Cayetano, cien metros al este y veinticinco sur, de la iglesia católica, quien dice nació en 7 de febrero de 1984 en el Departamento de Boaó, Nicaragua y es hijo de José Toribio Jarquín Valle y Dulce María Rostran Araúz, ambos nicaragüenses, ambos mayores, solteros y me han manifestando interés de contraer matrimonio civil, dentro del plazo de ocho días después de esta publicación, se informa a todos aquellos interesados que tuvieren objeciones que hacerlo saber vía fax al número 2286-0469.—San José, 16 de abril de 2009.—Lic. Ana María Avendaño Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 100647.—(31712).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, Alicia Espinoza Álvarez, hija de Franklin Espinoza Jiménez, nacido en Puntarenas, el 23 de mayo del año 1963, con Carlos Manuel Segura Vargas, cédula de identidad Nº 1-400-1109 mayor, técnico en electrónica, hijo de Manuel Segura Ovares y Alicia Vargas Céspedes, nacido en San José, el 25 de noviembre del año 1951, con 57 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente 09-000790-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de abril del 2009 .—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(32224).

A este despacho han comparecido Kattya Aguilar Serrano y Ronald Ramírez Rivera, 28 años y 37 años, nativos de Cartago el 16-08-80 y 24-03-72, cédulas 3-0368-0155 y 3-0317-0775, vecinos de Cervantes de Alvarado, hijos de Ana Rosa Serrano R., y José Aguilar C., y de Juan Ramírez y Soledad Rivera, por su orden solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá comunicarlo a este juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 09-100009-0350-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Alvarado, 15 de abril del 2009.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—Nº 100963.—(32401).

Edictos en lo Penal

Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil nueve, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran la resolución que literalmente dice así: Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de marzo del dos mil nueve. Notifíquese al señor Representante legal de Transcesa S. A., cédula de jurídica Nº 3-10107-33-53, propietario del vehículo placas SJB-10106, marca Daewoo, con chasis KL5UM52FE4K000001, que de conformidad con lo establecido por el artículo 161 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no, en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria 08-611966-489-TC, causa seguida contra Gloriana Diez Carvajal y Benjamín Herrera Marín. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—(32075).

Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas veintidós minutos del dieciséis de abril del dos mil nueve, de la constancia, que en la presente sumaria se encuentran la resolución que literalmente dice así Juzgado de Tránsito I Circuito Judicial de San José, a las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil nueve. Notifíquese al señor: Rep. Legal de Transportes AVH del Caribe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-214316, propietaria del vehículo placas C-139605, marca Freightliner Cabezal, con chasis 2FUPAXYB6KV347383, que de conformidad con lo establecido por el artículo 161 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria 08-610456-489-TC, causa seguida contra Alfonso Murillo Berrocal y Jonathan Obando Marín.—Juzgado de Tránsito de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—(32701).