BOLETÍN JUDICIAL Nº 88 DEL 8 DE MAYO DEL 2009
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
tercera PUBLICACIÓN
Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran
en las oficinas judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de Guanacaste.
SE HACE SABER:
Que las oficinas
judiciales del cantón de Bagaces de la provincia de Guanacaste, permanecerán
cerradas durante el día cinco de junio de dos mil nueve, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
San José, 24 de abril
del dos mil nueve.
Luis
Barahona Cortés
(35402) Subdirector
HACE SABER:
Que en proceso disciplinario
número 02-001228-627-NO, establecido por Minor
Cubillo Díaz contra Carlos Luis Marín Barrantes, este Juzgado mediante
sentencia número 00510-2007 de las siete horas treinta y cinco minutos del
veintisiete de julio del dos mil siete, dispuso levantar la sanción impuesta al
licenciado Carlos Luis Marín Barrantes, cédula número 9-085-
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(34629) Juez
Que en proceso disciplinario número 00-000367-627-NO, establecido por el Link S. A. contra Álvaro Morera Fallas, este Juzgado por resolución de las quince horas del treinta de mayo del año dos mil ocho, dispuso levantar la suspensión impuesta al notario Álvaro Morera Fallas, cédula número 2-231-532, mediante sentencia número 00086-06 de las nueve horas once minutos del dos de marzo del dos mil seis, comunicada por edicto publicado en el Boletín Judicial Nº 204 del veinticinco de octubre del dos mil seis, a partir del diecinueve de junio del dos mil ocho.
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(34630) Jueza
A: José Luis Cascante
Vásquez, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-465-488, de demás
calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial Nº 08-00144-0627-NO
establecido en su contra por el Registro Publico de
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(36217) Juez
A la
notaria Ivonne Morales Monge, cédula de identidad número 1-550-447, de
domicilio ignorado, hace saber: Que en el proceso disciplinario notarial N° 06-000343-627-NO interpuesto en su contra por el Registro
Civil, se han dictado las resoluciones que dicen: “Res: 00375-08. Juzgado
Notarial. San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veintitrés de
septiembre del dos mil ocho. Proceso Disciplinario Notarial establecido por el
Registro Civil contra la notaria Ivonne Morales Monge, mayor, abogada y
notaria, de otras calidades que no constan en autos, representada por el
licenciado Didier Murillo Espinoza, en su condición de Defensor Público.
Resultando: 1.-... 2.-.... 3.-..... 4.-.. Considerando: I.- Hechos probados:
... II.- Sobre el fondo:... III.-… IV.-… Por tanto: Se declara con lugar el
presente proceso disciplinario notarial y se le impone a la notaria Ivonne
Morales Monge la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo
161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial. Comuníquese a
San José, 20 de abril
del 2009.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(36218) Jueza
Al notario público Reynaldo
Alban Méndez Alfaro, cédula de identidad número 1-698-148, de domicilio
ignorado, hace saber: Que en el proceso disciplinario notarial N° 04-000563-627-NO interpuesto en su contra por el
Registro Publico de
San José, 20 de abril
del 2009.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(36219) Jueza
Que en el proceso disciplinario notarial N° 06-000652-0627-NO de Registro Civil contra la notaria pública Ana Salas Víquez, cédula 2-456-175, este Juzgado mediante resolución N° 00007-09 de las diez horas cuarenta y cinco minutos del nueve de enero del dos mil nueve, dispuso imponerle a la notaria pública Ana Salas Víquez, la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril
del 2009.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(36220) Juez
Que en el proceso disciplinario notarial número proceso disciplinario notarial N° 06-000712-627-NO del Registro Civil contra la notaria pública Gabriela Alejandre Sáenz cédula 1-0942-0399, este Juzgado mediante resolución N° 00004-09 de las 07:30 horas del ocho de enero del año 2009, dispuso imponerle a la notaria Pública Gabriela Alejandre Sáenz, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 20 de abril
del 2009.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(36221) Juez
Que en el proceso disciplinario notarial N° 06-000630-627-NO de Archivo Notarial contra el notario público Mario Conejo Arias, cédula Nº 4-162-984, este Juzgado mediante resolución N° 00014-09 de las diez horas diez minutos del quince de enero del año dos mil nueve, dispuso imponerle al notario público Mario Conejo Arias, la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 17 de abril
del 2009.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(36222) Juez
Que en el proceso disciplinario notarial N° 00-000621-627-NO de Lidia Salazar Boza contra el notario Carlos Tames González, este Juzgado mediante resolución de las ocho horas del veintidós de de abril del año dos mil nueve dispuso levantar, a partir del día veinticuatro de marzo del año dos mil nueve, la sanción que le impuso este Despacho mediante resolución N° 00674 de las once horas cuarenta minutos del catorce de octubre del año dos mil tres.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(36223) Jueza
Adrián Alberto Quesada
Arias, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-1059-699, de demás
calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número
07-001127-0627-NO establecido en su contra por Archivo Notarial, se han dictado
las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial; San José, a las
diez horas del diecisiete de setiembre del dos mil siete. Se tiene por
establecido el presente proceso disciplinario notarial de Archivo Notarial
contra Adrián Alberto Quesada Arias a quién se confiere traslado por el plazo
de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos
denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los
efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic. Grace Hernández Herrera,
1 vez.—(36224) Jueza
Carlos Castillo Quijano,
mayor, notario público, cédula de identidad número 1-790-178, de demás
calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial Nº 07-001540-0627-NO
establecido en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que
literalmente dicen: “Juzgado Notarial; San José, a las siete horas con cuarenta
minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho. Se tiene por establecido el
presente proceso disciplinario notarial de Archivo Notarial contra Carlos
Castillo Quijano, a quién se confiere traslado por el plazo de ocho días.
Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer
la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo
153 del Código Notarial, se tiene como parte a
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic. Juan Federico Echandi Salas,
1 vez.—(36225) Juez
segunda PUBLICACIÓN
HACE SABER:
Que dentro del Proceso de
Inhabilitación, tramitado bajo el expediente N°
08-001249-0624-NO, establecido por Luis Marino Noreña S. contra la notaria Netzy Yanina Soto Rojas, mediante resolución dictada por
ésta Dirección a las once horas seis minutos del quince de abril del dos mil
nueve, se dispuso: “Vistas las actas de notificación de folios 6, 10, 12
vuelto, y 17 y ante el resultado
negativo en ellas consignado, agregado al hecho que dentro del reporte que
consta en el Registro Nacional de notarios no constan más direcciones y ante la
imposibilidad, de conformidad con lo establecido por
San José, 15 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
(34645) Director.
Que dentro del proceso de
inhabilitación, tramitado bajo el expediente N°
08-001534-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra
Roberto García Arias notario público, se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las nueve
horas cuarenta y un minutos del veintiuno de abril del dos mil nueve. Vistas
las actas de notificación de folios 6 y 9 con resultado negativo en ellas
consignado, agregado al hecho que dentro del reporte que consta en el Registro
Nacional de notarios solo constan esas direcciones, de conformidad con lo
establecido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
(36229) Director
Que dentro del Proceso
Disciplinario por la no presentación de índices notariales, tramitado bajo el
expediente número 08-001208-0624-NO, establecido por Dirección Nacional De
Notariado contra la notaria Ingrid Vargas Carrasco, mediante resolución dictada
el once de septiembre del dos mil ocho, se dispuso: “Dirección Nacional de
Notariado. San José, 11 de setiembre de 2008. Yo, Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno,
mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de
Director Nacional de Notariado a. í., de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial,
contra el (la) notario(a) Vargas Carrasco Ingrid, cédula 0105770371, con base
en los siguientes hechos y fundamentos de derecho: 1º—El artículo 27 del Código
Notarial, impone a los notarios público el deber de presentar los índices de
las escrituras autorizadas en su protocolo, dentro de los cinco días hábiles
posteriores al vencimiento de la quincena, es decir, después de los días quince
y el último de cada mes, gozando de un período de gracia de dos días, que
corresponde al sexto y sétimo día hábil posterior al vencimiento de cada
quincena y en caso de presentar el índice en esos dos días de gracia, la copia
del índice con el sello del Archivo Notarial debe presentarse a este despacho.
El incumplimiento a dicho deber legal se sanciona con un mes de suspensión por
cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial).
2º—De acuerdo con la información contenida en el oficio Nº DAN 1063-2008, del
22 de agosto del presente año, remitido por el Archivo Notarial, certificada
por esta Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, la
notaria Vargas Carrasco Ingrid, no ha presentado el índice correspondiente: 1
de la siguiente quincena: 1a-10-06. 3º—A efecto de garantizar el
debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 152 del Código
Notarial, se concede al(a la) notario(a) Vargas Carrasco Ingrid, el plazo de
ocho días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución, para
que acredite a esta Dirección mediante documento idóneo, haber cumplido con la
presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de que en caso de no
hacerlo, se procederá a la aplicación de la respectiva sanción disciplinaria.
Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo concedido, deberá la
notaria Vargas Carrasco Ingrid, indicar lugar dentro del perímetro de este
Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les
tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de
fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del
territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare
la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán iguales
consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro
del plazo de veinticuatro horas (artículos 39 y 41 de
San José, 22 de abril
del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
(36230) Director
Que dentro del Proceso
Disciplinario por la no presentación de índices notariales, tramitado bajo el
expediente número 08-001168-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de
Notariado contra la notaria Liindin del Carmen Picado
Picado, mediante resolución dictada el once de
setiembre del dos mil ocho, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San
José, 11 de septiembre de 2008. Yo, Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado
una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director
Nacional de Notariado a.i., de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso
disciplinario notarial, contra la notaria Picado Picado
Liindin del Carmen, cédula 0502630404, con base en
los siguientes hechos y fundamentos de derecho: 1º—El artículo 27 del Código
Notarial, impone a los notarios público el deber de presentar los índices de
las escrituras autorizadas en su protocolo, dentro de los cinco días hábiles
posteriores al vencimiento de la quincena, es decir, después de los días quince
y el último de cada mes, gozando de un período de gracia de dos días, que corresponde
al sexto y sétimo día hábil posterior al vencimiento de cada quincena y en caso
de presentar el índice en esos dos días de gracia, la copia del índice con el
sello del Archivo Notarial debe presentarse a este despacho. El incumplimiento
a dicho deber legal se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no
presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). 2º—De acuerdo con
la información contenida en el oficio Nº DAN 1063-2008, del 22 de agosto del
presente año, remitido por el Archivo Notarial, certificada por esta Dirección
y cuyo original se conserva en el archivo del despacho, la notaria Picado Picado Liindin del Carmen, no ha
presentado el índice correspondiente 1 de la siguiente quincena 1a-11-06.
3º—A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 152 del Código Notarial, se concede a la notaria Picado Picado Liindin del Carmen, el
plazo de ocho días hábiles posteriores a la notificación de la presente
resolución, para que acredite a esta Dirección mediante documento idóneo, haber
cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo apercibimiento de
que en caso de no hacerlo, se procederá a la aplicación de la respectiva
sanción disciplinaria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del mismo plazo
concedido, deberá la notaria Picado Picado Liindin del Carmen, indicar lugar dentro del perímetro de
este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se
dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de
señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar
instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el
medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho,
se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la
notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas (artículos 39 y
41 de
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
(36232) Director
Que dentro del proceso
disciplinario por la no presentación de índices notariales, tramitado bajo el
expediente número 08-001162-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado
contra la notaria Rafael Ángel Ortiz Fabrega,
mediante resolución dictada el once de septiembre del dos mil ocho, se
dispuso: “Dirección Nacional de
Notariado. San José, 11 de setiembre de 2008. Yo, Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno,
mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición
de Director Nacional de Notariado a. í., de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario
notarial, contra el (la) notario(a) Ortiz Fabrega
Rafael Ángel, cédula 0104410073, con base en los siguientes hechos y
fundamentos de derecho: 1º—El artículo 27 del Código Notarial, impone a los
notarios público el deber de presentar los índices de las escrituras
autorizadas en su protocolo, dentro de los cinco días hábiles posteriores al
vencimiento de la quincena, es decir, después de los días quince y el último de
cada mes, gozando de un período de gracia de dos días, que corresponde al sexto
y sétimo día hábil posterior al vencimiento de cada quincena y en caso de
presentar el índice en esos dos días de gracia, la copia del índice con el
sello del Archivo Notarial debe presentarse a este despacho. El incumplimiento
a dicho deber legal se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no
presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). 2º—De acuerdo con
la información contenida en el oficio Nº DAN 1063-2008, del 22 de agosto del
presente año, remitido por el Archivo Notarial, certificada por esta Dirección
y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, el notario Ortiz Fabrega Rafael Ángel, no ha presentado los índices
correspondientes: 1 de las siguientes quincenas: 2ª-05-06. 3º—A efecto de
garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo
152 del Código Notarial, se concede al notario Ortiz Fabrega
Rafael Ángel, el plazo de ocho días hábiles posteriores a la notificación de la
presente resolución, para que acredite a esta Dirección mediante documento
idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo
apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a la aplicación de la
respectiva sanción disciplinaria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del
mismo plazo concedido, deberá el notario Ortiz Fabrega
Rafael Ángel, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial,
donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por
notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto,
o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender
notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional;
bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación
por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las
señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de
veinticuatro horas (artículos 39 y 41 de
San José, 22 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
(36233) Director
Que dentro del Proceso
Disciplinario por la no presentación de índices notariales, tramitado bajo el
expediente número 08-001134-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de
Notariado contra la notaria Víctor Manuel Ledezma Varela, mediante resolución
dictada el once de septiembre del dos mil ocho, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José,
11 de setiembre de 2008. Yo, Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una
vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director
Nacional de Notariado a. í., de conformidad con lo dispuesto por los artículos
140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra el
notario Ledezma Varela Víctor Manuel, cédula 0600971029, con base en los
siguientes hechos y fundamentos de derecho: 1º—El artículo 27 del Código
Notarial, impone a los notarios público el deber de presentar los índices de
las escrituras autorizadas en su protocolo, dentro de los cinco días hábiles
posteriores al vencimiento de la quincena, es decir, después de los días quince
y el último de cada mes, gozando de un período de gracia de dos días, que
corresponde al sexto y sétimo día hábil posterior al vencimiento de cada
quincena y en caso de presentar el índice en esos dos días de gracia, la copia
del índice con el sello del Archivo Notarial debe presentarse a este despacho.
El incumplimiento a dicho deber legal se sanciona con un mes de suspensión por
cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial).
2º—De acuerdo con la información contenida en el oficio Nº DAN 1063-2008, del
22 de agosto del presente año, remitido por el Archivo Notarial, certificada
por esta Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, el
notario Ledezma Varela Víctor Manuel, no ha presentado los índices
correspondientes: 2 de las siguientes quincenas: 1a-09-06 / 2a-09-06.
3º—A efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 152 del Código Notarial, se concede al notario Ledezma Varela
Víctor Manuel, el plazo de ocho días hábiles posteriores a la notificación de
la presente resolución, para que acredite a esta Dirección mediante documento
idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo
apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a la aplicación de la
respectiva sanción disciplinaria. Señalamiento para notificaciones: dentro del
mismo plazo concedido, deberá el notario Ledezma Varela Víctor Manuel, indicar
lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente,
con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender notificaciones, el
cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento
de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas
al despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a
la notificación automática, dentro del plazo de veinticuatro horas (artículos
39 y 41 de
San José, 22 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
(36234) Director
Que dentro del Proceso
Disciplinario por la no presentación de índices notariales, tramitado bajo el
expediente número 08-001173-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de
Notariado contra la notaria Edwin Humberto Quesada Ramírez, mediante resolución
dictada el once de septiembre del dos mil ocho, se dispuso: “Dirección Nacional
de Notariado. San José, 11 de setiembre de 2008. Yo, Roy Arnoldo Jiménez
Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi
condición de Director Nacional de Notariado a. í., de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso
disciplinario notarial, contra el (la) notario(a) Quesada Ramírez Edwin
Humberto, cédula 0204450258, con base en los siguientes hechos y fundamentos de
derecho: 1º—El artículo 27 del Código Notarial, impone a los notarios público
el deber de presentar los índices de las escrituras autorizadas en su
protocolo, dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento de la
quincena, es decir, después de los días quince y el último de cada mes, gozando
de un período de gracia de dos días, que corresponde al sexto y sétimo día hábil
posterior al vencimiento de cada quincena y en caso de presentar el índice en
esos dos días de gracia, la copia del índice con el sello del Archivo Notarial
debe presentarse a este despacho. El incumplimiento a dicho deber legal se
sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del
artículo 143 del Código Notarial). 2º—De acuerdo con la información contenida
en el oficio Nº DAN 1063-2008, del 22 de agosto del presente año, remitido por
el Archivo Notarial, certificada por esta Dirección y cuyo original se conserva
en el Archivo del despacho, el notario Quesada Ramírez Edwin Humberto, no ha
presentado el índice correspondiente: 1 de la siguiente quincena 1ª-12-06. 3º—A
efecto de garantizar el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 152 del Código Notarial, se concede al notario Quesada Ramírez Edwin
Humberto, el plazo de ocho días hábiles posteriores a la notificación de la
presente resolución, para que acredite a esta Dirección mediante documento
idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo
apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a la aplicación de la
respectiva sanción disciplinaria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del
mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a)
Quesada Ramírez Edwin Humberto, indicar lugar dentro del perímetro de
este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se
dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de
señalar un número de fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar
instalado dentro del territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el
medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho,
se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación
automática, dentro del plazo de veinticuatro horas (artículos 39 y 41 de
San José, 22 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
(36235) Director
PRIMERA PUBLICACIÓN
HACE SABER:
Que dentro del Proceso
Disciplinario por la no presentación de índices notariales, tramitado bajo el
expediente número 08-001199-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado
contra la notaria María Josefina Sarria Piza,
mediante resolución dictada el once de setiembre del dos mil ocho, se dispuso:
“Dirección Nacional de Notariado. San José, 11 de setiembre de 2008. Yo, Roy
Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de
San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado a. í., de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial,
inicio proceso disciplinario notarial, contra el (la) notario(a) Sarria Piza María Josefina, cédula 0900460533, con base en los
siguientes hechos y fundamentos de derecho: Primero: El artículo 27 del Código
Notarial, impone a los notarios público el deber de presentar los índices de
las escrituras autorizadas en su protocolo, dentro de los cinco días hábiles
posteriores al vencimiento de la quincena, es decir, después de los días quince
y el último de cada mes, gozando de un período de gracia de dos días, que
corresponde al sexto y sétimo día hábil posterior al vencimiento de cada
quincena y en caso de presentar el índice en esos dos días de gracia, la copia
del índice con el sello del Archivo Notarial debe presentarse a este despacho.
El incumplimiento a dicho deber legal se sanciona con un mes de suspensión por
cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial).
Segundo: De acuerdo con la información contenida en el oficio Nº DAN 1063-2008,
del 22 de agosto del presente año, remitido por el Archivo Notarial,
certificada por esta Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del
despacho, el(la) notario(a) Sarria Piza María
Josefina, no ha presentado el(los) índice(s) correspondiente(s): 2 de la(s)
siguiente(s) quincena(s): 2ª-04-06/ 1ª-07-06. Tercero: A efecto de garantizar
el debido proceso y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 152 del
Código Notarial, se concede al(a la) notario(a) Sarriá Piza
María Josefina, el plazo de ocho días hábiles posteriores a la notificación de
la presente resolución, para que acredite a esta Dirección mediante documento
idóneo, haber cumplido con la presentación de los índices señalados, bajo
apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se procederá a la aplicación de la
respectiva sanción disciplinaria. Señalamiento para notificaciones: Dentro del
mismo plazo concedido, deberá el(la) notario(a) Sarria Piza
María Josefina, indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial,
donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por
notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto,
o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de fax donde atender
notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional;
bajo apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación
por causas ajenas al despacho, se producirán iguales consecuencias a las
señaladas con respecto a la notificación automática, dentro del plazo de
veinticuatro horas (artículos 39 y 41 de
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
(36236) Director
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Que esta
Dirección, mediante resolución número 905-2008 dictada a las trece horas
cincuenta minutos del nueve de junio del dos mil ocho, dentro del proceso de
Inhabilitación, tramitado bajo expediente Nº 000218-0624-NO, dispuso decretar
inhabilitación a la notaria Silvia Mesen Vargas, cédula de identidad Nº
1-1028-0697, carné
San José, 15 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(34644) Director
Que dentro del expediente número 99-000023-0624-NO (Segunda quincena diciembre de 1998 ), establecido por el Archivo Nacional contra el notario Sigifredo Cordero Morera cédula de identidad número 1-782-918, esta Dirección mediante resolución de las ocho horas veinte minutos del dieciséis de abril del dos mil nueve, levantó a partir del veintinueve de octubre del dos mil dos la suspensión impuesta por este despacho en resolución de las diez horas del veinte de abril de mil novecientos noventa y nueve, misma que fue publicada en el Boletín Judicial número 96 del 19 de mayo de 1999.
San José, 16 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36237) Director
Que en proceso disciplinario por índices, tramitado bajo expediente número 99-000176-0624-NO, establecido por el Archivo Nacional contra Sigifredo Cordero Morera, cédula de identidad número 01-0782-0918, carné 6896, esta Dirección mediante resolución dictada a las diez horas treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil nueve, ordenó levantar a partir del veintinueve de octubre del dos mil dos, la suspensión impuesta por este Despacho mediante resolución dictada a las siete horas treinta minutos del veintiséis de abril de mil novecientos noventa y nueve y que fue publicada en el Boletín Judicial número 96 del diecinueve de mayo de ese mismo año. Exp. 99-000176-0624-NO.
San José, 16 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36245) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 20 de febrero
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36246) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36247) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36248) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36249) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36250) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36251) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36252) Director
Que en proceso
disciplinario por índices, promovido por
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36253) Director
Que dentro del expediente número 99-000002-0624-NO (I quincena diciembre de 1998), establecido por el Archivo Nacional contra el notario Sigifredo Cordero Morera, cédula de identidad número 1-782-918, esta Dirección mediante resolución de las ocho horas veinte minutes del dieciséis de abril del dos mil nueve levantó a partir del veintinueve de octubre del dos mil dos la suspensión impuesta por este Despacho en resolución de las diez horas del veinte de abril de mil novecientos noventa y nueve, misma que fue publicada en el Boletín Judicial número 96 del 19 de mayo de 1999.
San José, 16 de abril
del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36254) Director
Que en solicitud de
habilitación para el ejercicio de la función notarial, número
09-000245-0624-NO, esta Dirección, mediante resolución 453-2009, dictada a las
trece horas treinta y tres minutos del treinta y uno de marzo del dos mil
nueve, aprobó la solicitud formulada por
San José 21 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36255) Director
Que en solicitud de habilitación para el ejercicio de la función notarial, número 09-000271-0624-NO, esta Dirección, mediante resolución 495-2009, dictada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil nueve, aprobó la solicitud formulada por el licenciado Federico Webb Choiseul, cédula de identidad 1-616-577, carné 5551, tendente a su habilitación para el ejercicio de la función notarial, a partir del catorce de abril del 2009, momento en que fue debidamente notificado de la resolución invocada.
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36256) Director
Que en solicitud de habilitación para el ejercicio de la función notarial, número 09-000266-0624-NO, esta Dirección, mediante resolución 454-2009, dictada a las trece horas cincuenta y un minutos del treinta y uno de marzo del dos mil nueve, aprobó la solicitud formulada por el licenciado Filadelfo Silva Silva, cédula de identidad 5011500368, carné 7604, tendente a su habilitación para el ejercicio de la función notarial, a partir de la notificación de la presente resolución.
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36257) Director
Que en Solicitud de habilitación para el ejercicio de la función notarial, número 09-000140-0624-NO, esta Dirección, mediante resolución 458-2009, dictada a las diez horas veintitrés minutos del primero de abril del dos mil nueve, aprobó la solicitud formulada por la licenciada Estrella Lizano Gutiérrez, cédula de identidad 1-365-780, carné 8204, tendente a su habilitación para el ejercicio de la función notarial, a partir del primero de abril del 2009, momento en que fue debidamente notificado de la resolución invocada.
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36258) Director
Que en resolución número
441-2009, de las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del veintisiete de
marzo del dos mil nueve, en expediente 09-000124-0624-NO, se aprobó el cese
voluntario del notario Hugo Francisco Sánchez Campos, cédula: 1-931-765, carné
San José, 22 de abril del 2009.
Lic. Roy Arnoldo
Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36259) Director
Que en resolución
número 503-2009, dictada a las trece horas dieciséis minutos del quince de
abril del dos mil nueve, en expediente Nº 09-000278-0624-NO, se aprobó el cese
voluntario de la notaría: Elvira María Juárez Aguilar, cédula: 1-0921-0662,
carné
San José, 15 de abril del 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36260) Director
El notario cesado, Édgar Alonso Quesada Ulate, cédula Nº 205150595, carné 12070, solicita la devolución de sus cotizaciones al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 09-000364-0624-NO.
San José, 24 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36261) Director
La notaria cesada, Bethsy María Aiza Juárez, cédula 107780886, carné 7689, solicita la devolución de sus cotizaciones al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos. Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente Nº 09-000322-0624-NO.
San José, 24 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36262) Director
Que en resolución Nº 542-2009, de las once horas veinte minutos del veinte de abril, se dejó sin efecto la suspensión impuesta a la notaria Kattya Coto Picado, carné 10527, cédula de identidad 4-142-039, publicada en el Boletín Judicial Nº 49 del once de marzo, ambas fechas de dos mil nueve. Asimismo, en resolución del once de setiembre de dos mil ocho, modificada por la dictada a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil nueve, se impuso a la notaria Coto Picado, quince días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, por la presentación tardía de índices notariales, suspensión que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 161 del Código Notarial, empezará a regir al octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial. Expediente Nº 08-001088-624-NO.
San José, 21 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36263) Director
Notifica al notario Filimón Ponce López que esta Dirección, en resolución número 572-2009, dictada a las trece horas veintiocho minutos del veintidós de abril del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas veintiocho minutos del veintidós de abril del dos mil nueve. Atendiendo a que dentro del presente proceso por la no presentación de índices, el notario Filimón Ponce López, a pesar de haber sido notificada de la resolución dictada el once de setiembre del dos mil ocho (ver folios 17-19), al dictado de ésta resolución no ha acreditado el haber presentado ante el Archivo Notarial el índice notarial objeto de este proceso, se dispone ejecutar la sanción de un mes impuesta en la resolución invocada, debiendo tenerse presente que la suspensión empezará a regir a partir del octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial y se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento (artículos 161 y 148 del Código Notarial). Notifíquese la presente resolución al notario Filimón Ponce López mediante publicación por una vez en el Boletín Judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse únicamente con el recurso de revocatoria dentro del plazo de cinco días contados a partir de su respectiva publicación en el Boletín Judicial. Una vez firme este pronunciamiento, expídanse los oficios de estilo, publíquese por una sola vez el aviso respectivo en el Boletín Judicial y archívese el expediente. Exp.08-001167-0624-NO
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36271) Director
Notifica a la notaria Anabelle Porras Alan y hace saber que esta Dirección, en resolución número 570-2009, dictada a las trece horas tres minutos del veintidós de abril del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado. San José, a las trece horas tres minutos del veintidós de abril del dos mil nueve. Atendiendo a que dentro del presente proceso por la no presentación de índices, la notaria Anabelle Porras Alan a pesar de haber sido notificada de la resolución dictada el once de setiembre del dos mil ocho (ver folios 18-22), al dictado de ésta resolución no ha acreditado el haber presentado ante el Archivo Notarial el índice notarial objeto de este proceso, se dispone ejecutar la sanción de un mes impuesta en la resolución invocada, debiendo tenerse presente que la suspensión empezará a regir a partir del octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial y se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento (artículos 161 y 148 del Código Notarial ). Notifíquese la presente resolución a la notaria Anabelle Porras Alan mediante publicación por una vez en el Boletín Judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse únicamente con el recurso de revocatoria dentro del plazo de cinco días contados a partir de su respectiva publicación en el Boletín Judicial. Una vez firme este pronunciamiento, expídanse los oficios de estilo, publíquese por una sola vez el aviso respectivo en el Boletín Judicial y archívese el expediente. Exp. Nº 08-001166-0624-NO.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36272) Director
Notifica al notario Melvin Alberto Villalobos Alfaro: Que esta Dirección, en resolución número 567-2009, dictada a las once horas veinticuatro minutos del veintidós de abril del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado. San José, a las once horas veinticuatro minutos del veintidós de abril del dos mil nueve. Atendiendo a que dentro del presente proceso por la no presentación de índices, el notario Melvin Alberto Villalobos Alfaro, a pesar de haber sido notificada de la resolución dictada el once de setiembre del dos mil ocho (ver folios 16-20), al dictado de ésta resolución no ha acreditado el haber presentado ante el Archivo Notarial la totalidad de los índices notariales objeto de este proceso, ya que según se desprende de la consulta electrónica efectuada en el sistema de acceso al Archivo Notarial-Index, únicamente fue presentado el índice correspondiente a la primera quincena de abril del dos mil seis, en razón de ello, se dispone ejecutar la sanción de tres meses impuesta en la resolución invocada, debiendo tenerse presente que la suspensión empezará a regir a partir del octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial y se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento (artículos 161 y 148 del Código Notarial). Notifíquese la presente resolución al notario Melvin Alberto Villalobos Alfaro mediante publicación por una vez en el Boletín Judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse únicamente con el recurso de revocatoria dentro del plazo de cinco días contados a partir de su respectiva publicación en el Boletín Judicial. Una vez firme este pronunciamiento, expídanse los oficios de estilo, publíquese por una sola vez el aviso respectivo en el Boletín Judicial y archívese el expediente. Exp.08-001206-0624-NO.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(36273) Director
Notifica a la notaria Jedry Pérez Quesada que esta Dirección, en resolución número 568-2009, dictada a las doce horas cuarenta y nueve minutos del veintidós de abril del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado. San José, a las doce horas cuarenta y nueve minutos del veintidós de abril del dos mil nueve. Atendiendo a que dentro del presente proceso por la no presentación de índices, la notaria Jendry Pérez Quesada a pesar de haber sido notificada de la resolución dictada el once de septiembre del dos mil ocho (ver folios 15-17), al dictado de ésta resolución no ha acreditado el haber presentado ante el Archivo Notarial el índice notarial objeto de este proceso, se dispone ejecutar la sanción de un mes impuesta en la resolución invocada, debiendo tenerse presente que la suspensión empezará a regir a partir del octavo día después de su publicación en el Boletín Judicial y se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el incumplimiento (artículos 161 y 148 del Código Notarial). Notifíquese la presente resolución a la notaria Jendry Pérez Quesada mediante publicación por una vez en el Boletín Judicial. Contra la presente resolución podrá interponerse únicamente con el recurso de revocatoria dentro del plazo de cinco días contados a partir de su respectiva publicación en el Boletín Judicial. Una vez firme este pronunciamiento, expídanse los oficios de estilo, publíquese por una sola vez el aviso respectivo en el Boletín Judicial y archívese el expediente. Exp. Nº 08-001169-0624-NO.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36274) Director
Que en solicitud de
habilitación para el ejercicio de la función notarial, número
09-000187-0624-NO, esta Dirección, mediante resolución 476-2009, dictada a las
diez horas veinticinco minutos del 3 de abril del 2009, aprobó la solicitud
formulada por
San José, 24 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36275) Director
Que esta Dirección,
mediante resolución número 387-2009 dictada a las trece horas treinta y nueve
minutos del trece de marzo del dos mil nueve, dentro del proceso de
Inhabilitación, tramitado bajo expediente Nº 07-000234-0624-NO, dispuso
decretar inhabilitación al notario Fernando Suñol
Prego, cédula de identidad Nº 1-599-306, carné
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno,
1 vez.—(36276) Director
primera publicación
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, a las quince horas del primero de julio del dos mil nueve y con la base total de dos millones noventa y cinco mil seiscientos ochenta colones, al mejor postor, remataré lo siguiente: l) lavadora marca Samnsung color blanco de 120 v 60 hz 550 w serie 14435DAPB00071J, modelo WT 13J7 en la suma de ciento ochenta y ocho mil colones. 2) lavadora marca Samnsung color gris, de 120 v 60 hz 426 w modelo WA11D3, en la suma de doscientos diez mil ciento ochenta colones. 3) cocina eléctrica, marca Frigidaire, color blanco, serie número VF63534673, modelo GLEF379DSJ en la suma de trescientos treinta y un mil colones. 4) cocina marca Atlas, color platino, serie número 200804-031177, modelo ACE30V4R2AGA1A, en la suma de ciento ochenta y cinco mil colones. 5) refrigeradora congelador marca Atlas, color blanco modelo AF28PWIETC en la suma de doscientos veinticinco mil colones. 6) refrigeradora congelador, marca Atlas, color negro platino, modelo AF28VXIDTA, en la suma de doscientos treinta y nueve mil colones. 7) refrigeradora congelador marca LG, color blanco, modelo GM393SC, en la suma de doscientos mil colones 8) refrigeradora congelador marca Atlas, color blanco, modelo AF37PWIETC en la suma de doscientos treinta y cinco mil colones. 9) refrigeradora congelador marca LG color blanco, modelo GM463SC en la suma de doscientos ochenta y dos mil quinientos colones. De no tenerse rematantes, para el segundo remate, se señalan las quince horas del veintiuno de julio del dos mil nueve, con la base total de un millón quinientos setenta y un mil setecientos sesenta colones, se rematarán los mismos bienes, con la rebaja del veinticinco por ciento. De no tenerse rematantes, para la tercera subasta se señalan las quince horas del cuatro de agosto del dos mil nueve en donde por la base total de quinientos veintitrés mil novecientos veinte colones (correspondiente al veinticinco por ciento de la base). Se remata por ordenarse así en juicio ordinario laboral número 01-300177-0641-LA(1) de Gerardo Calderón Pereira contra Almacén Artara.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 25 de febrero del 2009.—Lic. Fabrizio Garro Vargas, Juez.—Nº 103360.—(36368).
A los causahabientes de quien
en vida se llamó Edwin Gerardo Brenes Alvarado, quien fue mayor, casado una
vez, empleado público, vecino de
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fabio Enrique Mora Solís, fallecido el 14 de diciembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Nº 09-000170-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000170-1023-LA. Por a favor de Marley Vega Fuentes y José Ignacio Mora Vega.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 21 de abril del 2009.—Lic. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(36278).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Berni Enrique Álvarez Alvarado, quien fue mayor, casado, vigilante, vecino de Cartago, Caballo Blanco, frente al Salón Los Sombreros, casa color verde con verjas negras, cédula de identidad número 3-183-097, fallecido el 29 de marzo de 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 09-000167-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000167-1023-LA. Promovido por Ligia Brenes Montoya.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 21 de abril del 2009.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.—1 vez.—(36279).
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Rafael González Camacho, quien fuera mayor, soltero, oficial de seguridad, vecino de los Guidos de Desamparados, casa Cuba, sector siete, casa cinco A, cédula de identidad número dos-doscientos treinta- doscientos cincuenta y nueve, quien falleció el cuatro de mayo el dos mil siete, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente Nº 09-300054-0237-LA (58-1-09), gestionada por: Verónica González Gómez contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Desamparados, 3 de abril del 2009.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—(36280).
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes del fallecido José Luis Barrantes Alvarado, quien
fuera mayor, viudo, chofer oficial de la embajada de España, vecino de Calle
Fallas de Desamparados, Monte Claro, Tica Linda, segunda etapa, casa Nº
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Norman Luna Mora, quien fuera mayor, soltero, operador de grúa, vecino de Fátima de Desamparados, del Depósito de Fátima, doscientos metros al este y cincuenta al sur, cédula de identidad número uno- ochocientos cuarenta y cuatro-doscientos noventa y seis, quien falleció el tres de noviembre del dos mil ocho, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente Nº 09-300055-0237-LA (59-2-09), gestionada por: Sonia Mayela Porras Carrasquilla contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias IBP Pensiones, Sociedad Anónima, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 16 de abril del 2009.—Lic. Hellen Mora Salazar, Jueza.—1 vez.—(36282).
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes de la fallecida Xinia
Cordero Jiménez, quien fuera mayor, soltera, miscelánea, vecina de Higuito de
Desamparados, cédula de identidad número siete-cero setenta y seis-doscientos
setenta y ocho, quien falleció el veintinueve de setiembre del dos mil siete, a
fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de
reclamo de dineros del fondo de capitalización laboral, expediente Nº
09-300033-237-LA (36-4-09), gestionada por: Jonathan Guillermo Bolívar Cordero
contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias de
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes de la fallecida Francisca Hernández Hernández quien fuera mayor, viuda, ama de casa, pensionada
(pensión que percibía la causante de la muerte de su esposo José Feliberto Corrales Sánchez, cédula de identidad número
1-0140-7290), cédula de identidad Nº 1-0168-0416, vecina de Barrio Fátima de
San Antonio de Desamparados,
Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Grettel Emilia Sancho Ugalde, cédula Nº 1-0902-0413, quien fuera mayor de edad, ama de casa, vecina de Repunta, seiscientos metros sur oeste del Salón Mi Choza, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente 09-300041-0188-LA (35-09-JC3), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 17 de marzo del 2009.—Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—(36285).
Se cita y se emplaza a los que
en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del
fallecido Wilfredo Carrillo Pérez, quien fuera mayor de edad, casado,
extensionista (técnico 4), vecino de Barrio Sagrada Familia de Pérez Zeledón,
portó la cédula de identidad Nº 5-180-546 y falleció el día veintidós de marzo
del año dos mil nueve; se consideren con derecho a las mismas, para que dentro
del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias aquí establecidas
bajo el expediente N° 09-300062-0188-LA interno
068-09 JC-
Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones, y ahorros legales de la fallecida Estrella Montes Fernández, cédula número 6-107-292, quien fuera mayor de edad, soltera, dependiente comercial, vecina de Palmar Norte, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 07-300132-0188-LA (148-07-Y3), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 21 de enero del 2009.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—(36688).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido consignación de prestaciones y reclamo de los extremos laborales del trabajador fallecido Carlos Luis Varela Marín, cédula de identidad 1-620-478, quien fue mayor, laboró para ICE, falleció el veintidós de agosto del dos mil ocho, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09-300004-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 23 de marzo del 2009.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(36689).
Se cita y emplaza a los causahabientes de las diligencia de cobro capitalización laboral de trabajador fallecido William Brenes León, cédula de identidad 6-129-491 que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen, ante este despacho en el expediente Nº 08-300316-0432-LA- 1, de diligencia de cobro de capitalización laboral de trabajador fallecido, haciendo valer sus derechos, conforme a lo dispuesto por el articulo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y Menor Cuantía de Puntarenas, 01 de abril del 2009.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—(36690).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Soto Eduarte, fallecido el 10 de abril del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 09-000155-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 09-000155-1021-LA. Por María Teresa Eduarte Montoya a favor de Miguel Ángel Soto Eduarte.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 22 de abril del 2009.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(36731).
segunda publicación
A las quince horas del
veintisiete de mayo de dos mil nueve, desde la puerta exterior de este Juzgado,
libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de dos
millones quinientos sesenta mil colones exactos, remataré: Vehículo marca
Toyota, modelo dos mil dos, motor número uno ZZ cinco cuatro cero cinco siete
dos ocho, estilo Corolla CE, color dorado, combustible gasolina, carrocería
Sedan cuatro puertas, capacidad para cinco personas, placas quinientos ochenta
y tres mil setecientos veintiuno. Se remata así por ordenarse dentro del
proceso prendario 07-002338-182 CI (6) de José Francisco Barrantes Campos
contra CN Comercializadora Nacazcol S. A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José,
15 de abril del 2009.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—(35926).
En la puerta exterior de este
despacho; soportando anotación de embargo practicado a favor del Banco Bac San José S. A. antes Recaudadora Costa Rica Recsa inscrito al tomo 2007, asiento 154075 y anotación de
embargo practicado a favor del Banco
HSBC Costa Rica S. A., antes Banco Banex S. A., inscrito al tomo 2006,
asiento
A las trece horas cuarenta
minutos del veintinueve de mayo del año dos mil nueve, en la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando, servidumbre
trasladada y con la base de veinticuatro mil setecientos setenta dólares con
cincuenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 183886-000, la cual es terreno para construir
lote 10. Situada en el distrito cero cuatro, San Francisco, cantón cero seis,
San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 9; al sur, lote
11; al este, calle pública con
A las quince horas treinta
minutos del nueve julio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, remataré lo
siguiente: 1) Una impresora marca Heidelberg Kord 64,
placa (397), serie 353351, motor Bauknert R N-45471.
Mide 46 por
A las nueve horas quince minutos del veinticinco de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes y con la base de un millón quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matricula número 090138-000, la cual es de una naturaleza de terreno para construir con una casa número seis, bloque F. Situada en el distrito 01, Golfito, cantón 07 Golfito. Colinda: al norte, con lote F-5; al sur, con calle pública; al este, con calle pública, y al oeste, con lote F-7. Mide: doscientos veinticinco metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Imelda Flores Durán contra Alba Nuria Atencio Hurtado. Expediente Nº 08-000457-181 CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 01 de abril del 2009.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—Nº 103076.—(36002).
A las ocho horas treinta
minutos del cuatro de junio del dos mil nueve, libre de gravámenes
hipotecarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la
base de setenta y dos mil quinientos dólares al mejor postor remataré: finca
del partido de Puntarenas, matrícula cero cero cero cincuenta y cuatro mil setecientos veinticinco-cero
cero cero, que es terreno con una casa lote 1, sita
en distrito primero, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al
norte, con carretera Alberto Echandi con
En la puerta exterior de este
despacho; soportando servidumbre trasladada y sin más gravámenes a las diez horas
treinta minutos del tres de junio del dos mil nueve y con la base de dos
millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 38526-000, la cual es terreno de agricultura N
109. Situada en el distrito tercero, cantón sexto, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Miguel Carmona; al sur, Narciso Rojas; al este, Quebrada
Santa Cecilia, y al oeste, calle. Mide: ochocientos catorce metros con sesenta
y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil nueve, con la base de un
millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de
julio del dos mil nueve con la base de quinientos mil colones (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Edith López Prado contra Etelvino Rojas Hernández.
Exp. Nº 09-000123-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de
A las nueve horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones y soportando colisión según sumaria 08-606195-489-TC del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y sin sujeción a la base por tratarse de tercera subasta según artículo 655 del Código Procesal Civil, al mejor postor remataré: Un vehículo marca Honda, estilo automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, color celeste, combustible gasolina, año mil novecientos ochenta y seis, capacidad cinco personas, cilindrada mil ochocientos veintinueve centímetros cúbicos, placas: dos dos cero siete siete cinco, propiedad de Ramírez Soto Dixon. Por haberse establecido así en ejecutivo simple Nº 02-000709-225-CI de Elena Adita Chavarría Vargas contra Jhonny Gerardo Alvarado Medina, Daniel Gadea Fernández y Dixon Alberto Ramírez Soto.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 16 de abril del 2009.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—Nº 103143.—(36005).
A las nueve horas del dos de julio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diecinueve millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil ochocientos treinta y dos, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Filadelfia, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 16; al sur, calle pública, con un frente a ella de once metros con veinticinco centímetros; al este, lote 21, y al oeste, Galeano Gómez S. A. Mide: doscientos setenta y cinco metros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil seiscientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Filadelfia, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Flor Marpia Pizarro Angulo; al sur, Luis Rodríguez Arias; al este, Elías Bonilla Angulo, y al oeste, calle pública, con un frente a ella de catorce metros con sesenta y cinco centímetros. Mide: trescientos veintiún metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil nueve, con la base de catorce millones quinientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de agosto del dos mil nueve con la base de cuatro millones ochocientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Informática de Centro América RMYAS S. A., Jerónimo Córdoba Granados, María del Rosario Villegas Ríos, María Mayela Cascante Angulo, Maritza Cascante Cubillo. Expediente Nº 09-000092-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 24 de abril del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—Nº 103145.—(36006).
En la sala número en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas y cero minutos del dos de julio de dos mil nueve, y con la base de un millón seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y nueve mil seiscientos setenta y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir, con una casa. Situada en el distrito primero, Filadelfia, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jenny Pizarro Angulo; al sur, Joaquín Camacho Loaiciga; al este, calle pública, con un frente a ella de cincuenta y tres metros con ochenta y tres centímetros lineales, y al oeste, Ramón Heriberto Guido Guido. Mide: ciento setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil nueve, con la base de un millón doscientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil nueve con la base de cuatrocientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Iván Zúñiga Cubillo, Ivannia Zúñiga Guido. Expediente Nº 09-000009-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 17 de abril del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—Nº 103147.—(36007).
A las nueve horas y cero minutos del uno de julio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cuarenta y cinco millones quinientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta con 43/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y un mil novecientos catorce-cero cero cero, la cual es terreno de potero. Situada en el distrito primero, Santa Cruz, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, carretera a Santa Cruz-Filadelfia, con un frente a ella de doscientos cinco metros con cincuenta y siete centímetros lineales; al sur, Julián Castellón Duarte; al este, camino público a Los Churucos, con un frente a ella de doscientos veinticuatro metros lineales, y al oeste, Julián Castellón Duarte. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil nueve, con la base de ciento nueve millones ciento ochenta mil ochenta y siete con 82/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil nueve con la base de treinta y seis millones trescientos noventa y tres mil trescientos sesenta y dos con 6/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aserradero Santa Cruz Sociedad Anónima, Edwin Tromp Oudhol. Expediente Nº 09-000241-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 17 de abril del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—Nº 103148.—(36008).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del seis de agosto del año dos mil nueve, y con la base de setenta y tres mil doscientos cuarenta y cinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y nueve mil seiscientos noventa y tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote setenta y ocho. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Servicios Fiduciarios del Foro S. A.; al sur, avenida central pública; al este, lote número setenta y siete, y al oeste, lote número setenta y nueve. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticinco de agosto del año dos mil nueve, con la base de cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y tres con 75/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de setiembre del año dos mil nueve con la base de dieciocho mil trescientos once dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Gloria Elena Montoya Osorio, Jesús Antonio López Hoyos. Expediente Nº 09-000363-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Nº 103210.—(36009).
A las diecisiete horas del nueve de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y soportando infracciones/ colisiones boleta 9600409820 sumaria: CSV-SET-1997, y con la base de un millón ciento setenta y ocho mil trescientos noventa y seis colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: 212516, marca Subaru, estilo: DL, capacidad cinco personas, carrocería familiar Station Wagon, año 1988, color rojo, chasis JF1AN42B4JB424711, peso bruto 1480 kgrms, peso neto 1050 kgrms, número de motor: 565811, marca del motor Subaru, cilindrada 1781 c.c., potencia 65.00 kW, cilindros 04, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Díaz Chinchilla Carlos Mauricio, Díaz Quesada Carlos Guillermo y Solano Ramírez Hernán. Expediente Nº 96-003092-0226-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de abril del 2009.—Lic. Édgar Jesús Leal Gómez, Juez.—(36306).
A las ocho horas quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de nueve mil ciento cuarenta y tres dólares con setenta y dos centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Toyota, motor Nº 1ZZ4574277, placas 663177, carga liviana, año 2007, color gris, chasis 9BR53ZEC208644021, capacidad 5 personas, estilo Corolla XE, combustible gasolina, peso 1630 kgs, cilindrada 94 c.c. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 08-000468-0184-CI-0 de Banco HSBC (Costa Rica) S. A., contra Paúl Alejandro Anchía Zamora y otro.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de abril del 2009.—Lic. José Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(36309).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil nueve, con la base de diez mil diez dólares (para cada uno de los automotores), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículos placas Nº 571726, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170212, cilindrada **1300 c.c, color gris, categoría automóvil, placas Nº 571723, marca Suzuki, año 2005, Vin JS4FHY51S55170230, cilindrada **1300 c.c., color rojo, categoría automóvil, placas Nº 571724, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170219, cilindrada **1300 c.c., color rojo, categoría automóvil, placas Nº 571737, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170220, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571736, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170216, cilindrada **1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, placas Nº 571725, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170215, cilindrada **1300 c.c., color gris, categoría automóvil, placas Nº 571706, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170213, cilindrada “1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, placas Nº 571732, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51555170223, cilindrada **1300 c.c., color amarillo, categoría automóvil, soportando colisiones el vehículo placas Nº 571731, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170235, cilindrada “1300 c.c., color amarillo, categoría automóvil, soportando colisiones el vehículo placas Nº 571735, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170214, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, libre de gravámenes los vehículos placas Nº 571734, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51S55170217, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571733, marca Suzuki, año 2005, Vin JSAFHY51555170210, cilindrada **1300 c.c., color amarillo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de octubre del año dos mil nueve, con la base de siete mil quinientos siete con 5/100 dólares (para cada uno de los automotores) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre del año dos mil nueve con la base de dos mil quinientos dos con 5/100 dólares (para cada uno de los automotores) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y libre de gravámenes prendarios a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil nueve, con la base de diez mil ochocientos cincuenta dólares (para cada uno de los automotores), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículos placas Nº 571727, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160319, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571728, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160353, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571729, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160331, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571708, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160364, cilindrada **1300 c.c., color rojo, categoría automóvil, placas Nº 571710, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160333, cilindrada **1300 c.c., color rojo, categoría automóvil, placas Nº 571711, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160368, cilindrada **1300 c.c., color gris, categoría automóvil, placas Nº 571716, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160346, cilindrada **1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, placas Nº 571720, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160329, cilindrada **1300 c.c., color gris, categoría automóvil, placas Nº 571721, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160320, cilindrada **1300 c.c., color gris, categoría automóvil, placas Nº 571722, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160350, cilindrada **1300 c.c., color gris, categoría automóvil, placas Nº 571730, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160369, cilindrada “1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571709, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160351, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, soportando denuncia el vehículo placas Nº 571712, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160355, cilindrada **1300 c.c., color gris, categoría automóvil, libre de gravámenes los vehículos placas Nº 571713, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160391, cilindrada **1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, placas Nº 571714, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160378, cilindrada **1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, placas Nº 571715, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160370, cilindrada **1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, soportando demanda el vehículo placas Nº 571707, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160404, cilindrada **1300 c.c., color rojo, categoría automóvil, soportando colisión y denuncia de Fiscalía el vehículo placas Nº 571719, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160375, cilindrada “1300 c.c., color azul, categoría automóvil, libre de gravámenes los vehículos placas Nº 571717, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160332, cilindrada “1300 c.c., color blanco, categoría automóvil, placas Nº 571718, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160389, cilindrada **1300 c.c., color azul, categoría automóvil, placas Nº 571739, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160394, cilindrada “1300 c.c., color rojo, categoría automóvil, placas Nº 571738, marca Suzuki, año 2005, Vin JS3JB43VX54160491, cilindrada “1300 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de octubre del año dos mil nueve, con la base de ocho mil ciento treinta y siete con 5/100 dólares (para cada uno de los automotores) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre del año dos mil nueve con la base de dos mil setecientos doce con 5/100 dólares (para cada uno de los automotores) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos de Trabajo Sociedad Anónima Vetrasa contra TT Tricolor Carrental Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-000234-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(36351).
A las ocho horas treinta
minutos del veinte de mayo de dos mil nueve, en la puerta exterior de este
despacho, libre de anotaciones, soportando servidumbre trasladada cuyas citas
son tomo 366, asiento 1135-010937-001, medianería cuyas citas son
1135-01-938-001 y con la base de doce millones setecientos setenta y dos mil
setecientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y tres
mil trescientos dos-cero cero, cero la cual es terreno construido con una casa
de habitación y un apartamento. Plano SJ-0635568-1986. Situada en el distrito
10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
acera 1, norte
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del año dos mil nueve, y con la base de setenta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de dos pisos y solar. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte Moraima Delgado Chacón; al sur resto de Misael Delgado Chacón; al este calle pública a Higuito y al oeste resto de Misael Delgado Chacón. Mide: quinientos veintidós metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del dos de julio del año dos mil nueve, con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio del año dos mil nueve con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Bernan Delgado Siles. Exp. 09-000292-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de marzo del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Nº 103441.—(36366).
A las nueve horas del
diecisiete junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de la oficina que
ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base dada por el
perito rebajada un veinticinco por ciento sea la suma de un millón trescientos
ochenta y siete mil quinientos colones, en el mejor postor remataré: un
vehículo marca Hyundai, modelo 1992, estilo Elantra
GLSI, 04 cilindros, combustible gasolina, cubicaje
A las once horas quince minutos del veintiocho de mayo de dos mil nueve, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones. con la base de seis millones cuatrocientos mil colones netos, remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número doscientos cincuenta y cinco mil quinientos noventa y seis-cero cero uno y cero cero dos, que se describe así: terreno con una casa, sito: en el distrito primero Quesada, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela, colinda al norte: Rafael María Abarca Soto, al sur: José Manuel Alvarado Sánchez, al este: José Manuel Alvarado Sánchez; y oeste: calle pública. Mide: ciento noventa y tres metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatro millones ochocientos mil colones netos, se señalan las diez horas treinta minutos del once de junio de dos mil nueve. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón seiscientos mil colones, se señalan las ocho horas quince minutos del veinticinco de junio de dos mil nueve. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100184-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Juan Carlos Alvarado Chaves y otra. Publicar dos veces consecutivas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 15 de abril del 2009.—Lic. Michael Monge Siles, Juez.—Nº 103361.—(36369).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de Ley de
Aguas y Ley de Caminos Públicos a las diez horas treinta minutos del veintiocho
de mayo del dos mil nueve, y con la base de tres millones noventa y ocho mil
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 038287-000 la cual es terreno lote número
noventa y seis-veinte, terreno para la agricultura. Situada en el distrito 02
Volcán, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte Marcos Mejías; al sur calle con un frente total de
A las diez horas y cero minutos del veintitrés de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de tres millones veintiún mil novecientos cuatro colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 2. Situada en el distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote tres; al sur lote 1; al este calle pública 9m 46cm y al oeste Agropecuaria Palmira S. A. mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra César Fabricio Picado Angulo, expediente: 05-001068-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de abril del dos mil nueve.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 103439.—(36371).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones a las nueve horas del dos de junio de dos mil nueve, y con la base de cuarenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno de agricultura, repastos y lechería con una casa. Situada en el distrito sexto, Dos Ríos, cantón trece, Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte río Cucaracha; al sur Río Azul; al este río Cucaracha y al oeste Abel González Ruiz. Mide: quinientos setenta y tres mil setecientos sesenta y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecisiete de junio de dos mil nueve, con la base de treinta mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dos de julio de dos mil nueve con la base de diez mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Los Claveles de Santa Cruz S. A. contra Pedro José Loáiciga Chavarría. Exp. 08-000032-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 13 de abril del 2009.—Lic. Ronald Cruz Álvarez, Juez.—Nº 103511.—(36373).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas cuarenta y cinco
minutos del primero de julio del año dos mil nueve, y con la base de doscientos
cincuenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil doscientos
sesenta y cuatro-cero cero cero (148 264-000) la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Dubon
S. A.; al sur, Dubon S. A.; al este, Dubon S. A., y al oeste, calle pública con
A las nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho al mejor postor remataré, soportando hipoteca de primer grado, condiciones y limitaciones, reservas y restricciones al tomo: 0311, asiento: 00006493, la finca del partido de Puntarenas matrícula ciento dos trescientos noventa y nueve-cero cero cero, la cual se describe así: terreno para vivienda, lote 245, con casa, situado en el distrito primero, Corredor, cantón décimo, Corredores, de la provincia Puntarenas. Linda: al norte, Elmer Carrillo Bojorge; sur, calle privada con veintinueve punto noventa y siete metros; este, Dora Jiménez Zúñiga y Ángel Valverde González, y al oeste, Eudelio Rosales Rosales. Posee plano P-cero tres seis seis dos cinco siete-mil novecientos noventa y seis. Mide: setecientos setenta y siete metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Propiedad de Adelina Elizondo Navarro, con las siguientes bases: 1) Un millón quinientos mil colones, remate que se celebrará a las nueve horas del veintisiete de mayo del dos mil nueve. 2) Con la base en la suma de un millón ciento veinticinco mil colones (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las nueve horas del once de junio del dos mil nueve. 3) Con la base en la suma de trescientos setenta y cinco mil colones se señalan las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil nueve. Expediente Nº 09-100063-920-CI-2. Actor: Jorge Venegas Valverde, contra Adelina del Carmen Elizondo Navarro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, 27 de marzo del 2009.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—(36703).
A las ocho horas con treinta
minutos del martes dieciséis de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior
del Juzgado Penal de Corredores, Puntarenas, sobre la base de setecientos
ochenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro colones netos, remátese la
madera decomisada en esta causa la cual se describe así: 1) Veintisiete trozas
de madera de la especie Melina, con un volumen de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero soportando servidumbre trasladada a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del año dos mil nueve, y con la base de nueve mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número tres ocho ocho nueve cinco ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 17. Situada en el distrito San Rafael, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 09; al sur, alameda pública; al este, lote 16 y al oeste, lote 18. Mide: ciento diecinueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del diez de junio del año dos mil nueve, con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del dieciocho de junio del año dos mil nueve con la base de dos mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de William Rodríguez Herrera contra Humberto Guzmán Miranda. Expediente 09-000219-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(36983).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Julio Rodríguez Salazar, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas con treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 01-000463-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 24 de febrero del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(36653).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Claudio Castillo Campos, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de mayo del año dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 90-100717-0337-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de abril del 2009.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—Nº 103713.—(36754).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Istvan Mezofi, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 02-002384-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de marzo del 2009.—Lic. Carlos Fernando Lucas Bonilla, Juez.—1 vez.—(37024).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
07-100164-0389-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de
Pedro Gamboa Elizondo, mayor,
casado una vez, comerciante, cédula uno-quinientos ochenta y cuatro-trescientos
quince, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su
nombre en el Registro Público de
Guido Mata Zúñiga, mayor,
casado una vez, agricultor, cédula uno-doscientos treinta y tres-ochocientos
noventa y uno, vecino de San Cayetano de Río Nuevo de Pérez Zeledón, establece
diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro
Público de
Sergio Porras Cascante, mayor,
casado una vez, agricultor, cédula uno-trescientos cincuenta y
cuatro-quinientos treinta y cinco, vecino de Platanillo de Barú
de Pérez Zeledón, establece diligencias de información posesoria para inscribir
a su nombre en el Registro Público de
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente Nº 07-000780-0386-CI, donde se promueven
diligencias de rectificación de medida por parte de Gonzalo José Dobles Acuña,
quien es mayor, estado civil casado una vez, educador, pensionado, cédula de
identidad uno-quinientos veinticuatro-trescientos sesenta y cuatro, vecino de
Liberia, Guanacaste, en barrio
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente Nº 04-000545-0504-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Marco Antonio Villalobos
Vindas quien es mayor, casado una vez, servidor público, cédula de identidad
número dos-trescientos setenta-cuatrocientos cuarenta y cuatro, vecino de
Se cita a todos los herederos
e interesados y desconocidos en la sucesión
de quien en vida fue
Cándida Zapata Duarte, cédula
número 6-024-184, soltera, oficios del
hogar y vecina de barrio Cieneguita de la provincia de Limón; para que dentro
del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos que si así
no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por
ordenarse en sucesorio número 09-000010-0678-CI-l de Cándida Zapata Duarte.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito
Judicial de
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Humberto Umaña Ledezma, quien fuera mayor, casado, jubilado, vecino del INVU Las Cañas número 3, Alajuela, cédula de identidad número 02-0182-0045. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda Expediente Nº 06-000304-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de setiembre del 2008.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—Nº 103265.—(36384).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Teresa Oviedo Vindas, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, cédula 4-054-537, vecina de Zapote. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella papará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000029-0183-CI de María Teresa Oviedo Vindas.—Juzgado Cuarto Civil de San José.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—Nº 103267.—(36385).
Se hace saber: que en este
Despacho se tramita las diligencias de Carta Rogatoria del proceso sucesorio de
Anthony Fong de único apellido en razón su
nacionalidad, ciudadano estadounidense, quien fue mayor, soltero, pasaporte de
su país 217868536, fallecido el primero de enero del año dos mil siete en New York, Estados Unidos de América. Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Comisión número 08-2008
diligencia de carta rogatoria del proceso sucesión de Anthony Fong, seguida ante el Tribunal Sucesorio del estado de
Nueva York, condado de Kings, Estados Unidos de América. Procedencia de
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Jorge Camacho Mena,
quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de
identidad número uno-trescientos setenta y uno-cuatrocientos siete y Gerardina Navarro Camacho, quien fuera mayor, casada una
vez, ama de casa, vecina de Cartago, San Isidro de El Guarco, portadora de la
cédula número tres-ciento setenta y siete-ochocientos tres, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente Nº 2009-01. Notaría del Bufete de
Se cita y emplaza a todos los
presuntos herederos, legatarios y demás interesados dentro del juicio sucesorio
legítimo de Guillermino Pérez Villalobos, quien fue
mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número
cinco-cero ochenta-doscientos noventa y ocho, vecino de Abangares, Guanacaste,
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Antonio Tencio Cordero, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número tres-ciento cincuenta y cinco-ochocientos noventa y siete, hijo de Aníval Tencio Picado y Felicitas Cordero Figueroa, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2009. Notaría del Bufete Lic. Catalina González Ortega.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 103357.—(36389).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo Alfredo Alfaro Rodríguez, quien fue mayor de edad, casado una vez, mecánico, cédula número dos-cuatrocientos cuarenta y dos-quinientos ochenta y cuatro, vecino de Santa Gertrudis de Grecia, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente Nº 09-100087-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 3 de abril del 2009.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—Nº 103394.—(36390).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Roxana Chávez Soto, cédula Nº 6-188-692, quien fue mayor, casada, comerciante y vecina de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100351-0432 CI 3.—Juzgado de Menor Cuantía de Puntarenas, a las ocho horas treinta minutos del quince de abril del dos mil nueve.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—Nº 103425.—(36391).
Lic. Olman
Alberto Rivera Valverde, abogado y notario público autorizado con oficina en
San Juan Norte, distrito sétimo, cantón primero, de la provincia de Cartago,
frente a
Se cita a todos los herederos
e interesados y desconocidos en la sucesión de quien en vida fue Lacelle Kelly Sinclair, mayor, soltero, titular de la
cédula de identidad Nº 7-024-602, vecino de la provincia de Limón, para que
dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, apercibidos
que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior
por ordenarse en sucesorio Nº 09-000049-0678-CI-1, de Lacelle
Kelly Sinclair.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fernando César Aguilar Flores, quien fue mayor, casado, con cédula de residencia doscientos setenta-uno cinco siete cero seis ocho nueve cero dos cero tres, y vecino de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 05-100374-0432-CI-4.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 6 de noviembre del 2008.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—1 vez.—Nº 103492.—(36395).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Sibaja Fernández, mayor, casado una vez, no tenía número de cédula inscrito, vecino de Toledo de Acosta, un kilómetro al este de la escuela; y Elicia Amador Cascante, mayor, casada una vez, con cédula número uno-cero cuarenta y cinco-tres mil sesenta y tres, vecina de Toledo de Acosta, un kilómetro al este de la escuela, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio expediente número 09-100004-0247-CI de José Sibaja Fernández y Elicia Amador Cascante.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Acosta, San Ignacio, 20 de abril del 2009.—Lic. Marvin José Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—(36467).
En esta notaría se ha
presentado diligencias de apertura de proceso sucesorio notarial de quien en
vida fuera el señor Juan Nájera Solano, cédula de identidad número 3-102-329.
Se hace de conocimiento para que cualquier tercero que tenga mejor o igual
derecho sobre la masa de bienes dejada por el causante se apersone dentro de
los siguientes treinta días, contados después de esta publicación a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quienes
corresponda. Quienes pretendan hacer valer sus derechos lo pueden hacer en la
siguiente dirección: Sel Abogados, Rohrmoser, de la esquina sureste de
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría y comprobado el fallecimiento respectivo, se declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera la causante Estela Marina Vargas Vega, quien fuese mayor, pensionada, portadora de la cédula de identidad seis-cero cero cinco dos-cero cinco seis nueve, casada una vez separada de hecho, y su último domicilio conocido fue la ciudad de Puntarenas, Punta Morales, frente al Bar Playa Blanca. Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rolando Guardiola Arroyo, con oficina abierta en San José, Barrio Luján, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos. Teléfonos 22-80-90-71.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—(36660).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eli Quesada Hernández, cédula 2-210-805, quien fuera mayor, casado, vecino de Sarchí de Valverde Vega; para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100012-0321-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Valverde Vega, Sarchí, 23 de febrero del 2009.—Lic. Nuria Rodríguez Gonzalo, Jueza.—1 vez.—(36702).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Luz María Villegas Zumbado, quien fuera mayor, casada una vez, psicóloga, vecina de Desamparados centro, con cédula Nº 1-888-181. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000418-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de marzo del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(36719).
segundA PUBLICACIÓN
Lic. Laura Rodríguez
Villalobos, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Grettel Vargas Bolaños, Guillermo Martín Loría Villalobos, que en este despacho se interpuso un
proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente Nº
06-000018-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y treinta y tres minutos del
tres de julio del dos mil seis. De las presentes diligencias de depósito de la
menor Hilary Sandra Loría
Vargas, promovidas por PANI, se confiere traslado por tres días a los señores:
Sandra Loría Villalobos y Kenth
Ulloa González, al Patronato Nacional de
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Diego David Sandí Alvarado, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 08-001139-0292-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y cincuenta y seis minutos del trece de agosto del dos mil ocho.—Lic. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—(O. C. Nº 30082).—(Solicitud Nº 27311).—C-4590.—(35854).
publicación de una vez
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Ana Luisa Agüero Jiménez, presunto insano Paulo Alejandro Quirós Agüero. Expediente Nº 09-000274-0640-CI.—Juzgado de Familia de Cartago, 27 de marzo del 2009.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 103356.—(36397).
Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Wagner Alberto Vargas Duarte, mayor, abogado, vecino de Los Colegios de Moravia, cédula de identidad Nº 0109800253, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Wagner Alberto, por el de José Alberto mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 09-000117-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de marzo del 2009.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—Nº 103436.—(36398).
El Juzgado Quinto Civil de
Mayor Cuantía de San José, hace saber a los interesados en general, que en este
despacho se tramita el expediente Nº 08-000540-184-CI, que es proceso
diligencias de disolución de
Se hace saber a Francisco Rene Molina Torres, mayor, casado, Nicaragüense portador de la cédula de residencia número R27012552264406, que en este despacho se tramita el proceso abreviado de divorcio Nº 08-400896-637-FA interpuesto por María Maryorie del Carmen Solórzano Cárdenas en su contra y que mediante resolución de las trece horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil ocho, se le confirió traslado por diez días, para oponer excepciones y contestar la demanda. De hacerlo, debe referirse a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Además, debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno. Por último, debe señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de este Juzgado para recibir notificaciones futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o inexistente o permaneciere cerrado, las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.—Juzgado de Familia de Desamparados, 03 de marzo del 2009.—Lic. César Jara Benavides, Juez.—1 vez.—(36684).
Lic. Mitzi
E. Calderón Goldenberg Jueza del Juzgado de Familia y
Penal Juvenil de Puntarenas, hace saber: Glenda Estrella Chavarría Chavarría y Luis Eduardo Muñoz Solano, que en diligencia de
depósito judicial por Patronato Nacional de
Lic. Mitzi
Calderón Goldenberg, Jueza Penal Juvenil y de Familia
de Puntarenas, hace
saber que en expediente número 08-400153-421-FA-3. Proceso sumario de
declaratoria judicial de estado de abandono con perdida de la patria potestad y
deposito judicial con fines de adopción promovido por el Patronato Nacional de
Ante este Juzgado han
comparecido los señores Deybi Arroyo García y
Catherine Rojas Villalobos, ambos mayores, solteros, vecinos de
Han comparecido a este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil Víctor Adrián Ramírez Picado y Hellen Dahiana Campos Mora, el primero de treinta y tres años de edad, divorciado, vecino de Paraíso, operario en construcción, hijo de Mireya Ramírez Picado, y portador de la cédula Nº 9-0092-0385; la segunda de veintisiete años de edad, divorciada, ama de casa, vecina de Paraíso, hija de Douglas Campos Guzmán y de Rita Mora Loaiza, y portadora de la cédula Nº 3-0375-0212. Si alguna persona tiene conocimiento de que exista impedimento alguno para que dicho matrimonio se realice, deberá comunicarlo ante este despacho dentro de los siguientes ocho días naturales posteriores a la publicación de este edicto. Diligencias de matrimonio civil. Expediente Nº 09-100013-0351-CI. (22-3-09).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Paraíso, 22 de abril del 2009.—Lic. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—Nº 103369.—(36400).
Han comparecido a esta notaría, solicitando contraer matrimonio civil Aaron Michael de único apellido Dyer en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte de su país cuatro cuatro siete cuatro cuatro seis cuatro dos cinco, y Gerlyn de los Ángeles Jiménez Elizondo, costarricense, cédula número uno-mil setenta y dos-quinientos setenta y siete. Si alguna persona tiene conocimiento de impedimento legal alguno para la realización de este acto, deberá comunicarlo a esta notaría, con oficina abierta en San Isidro, Pérez Zeledón, frente al costado oeste del parque, altos de Farmacia Miravalles, dentro de los ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín Judicial. Se publica este edicto para los efectos de ley.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiocho de abril del dos mil nueve.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 103254.—(36401).