BOLETÍN JUDICIAL Nº 96 DEL 20 DE MAYO DEL 2009
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
TERCERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 43 S 02
Ampos: 431
Año:
2002 - 2006
Asunto:
Documentación Administrativa: 1 ampo con Registros de asistencia. (corresponde a doce meses), del año 2006.
186
ampos con Control de Correo Certificado (recibo y entrega de Periferia), del
año 2003 al 2006.
62
ampos con Control de Correo Certificado (recibo y entrega a Periferia) del año 2002 al 2003.
140
ampos con Control de Correo Certificado; entrega y recibo a las Unidad Ad,
Cartago, Goicoechea Alajuela, Heredia, Complejo San Joaquín de Flores, y I.
Circuito San José. San Carlos y San Ramón del año 2003 al 2006.
30
ampos con Control de Correo Certificado (entrega y recibido certificados y
telegramas a Correos de Costa Rica, corresponden 18 ampos a telegramas y 12
ampos a correspondencia certificada), del año 2003 al 2006.
12
ampos con Control de Correo Certificado. (Banco Nacional, Banco Costa Rica,
CCSS, Contraloría General República), del año 2002 al 2006.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 7 de mayo del
2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(39379) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: A 10 P 97
Paquetes:
142
Libros:
117
Año:
1997-2008
Asunto:
Documentación administrativa: 5 libros con Documentos varios del año
2
libros con documentos del año 1998 (1con Boletas de combustible y 1 de control
de casos entregados por el fiscal).
18
paquetes con documentos del año 1998 (1 con Correo remitido, 1 con Circulares
recibidas, 1 con 217 Copias informes de investigación Sin Indicios, 1 con 576
Copias de denuncias recibidas, 1 con Informes de estadística, 1 con 256 Copias
de informes de investigación Con Indicios, 1 con Nombramientos de personal, 10
con 256 Expedientes de denuncias, 1 con Correspondencia recibida, Entregas
ordenadas por el fiscal, Oficios de solicitudes de Unidad Administrativa de
Puntarenas, Oficios recibidos de Unidad Administrativa de Puntarenas, Facturas
y constancias de pagos por concepto de limpieza, Denuncias por extravío de
documentos 01-55).
1
paquete con Control de viáticos de
6
Libros con documentos del año
1
Libro de control de actas de reuniones de personal del año
1
paquete con Consultas - Liquidación DEA – CICAD de
27
paquetes con documentos del año 1999 (1 con Gestiones Unidad Administrativa:
Notas remitidas a
4
Libros con documentos del 1999 (1 de control de evidencias, 1 de control de
legajos entregados a los investigadores, 1 de control de notas e informes, 1 de
control de notas e informes, Libro de control de evidencias).
1
paquete con Jurisprudencia de
1
paquete con un Ampo de control de detenidos y capturas pendientes de
44
paquetes con documentos del año 2000 (12 con 361 Expedientes de denuncias, 3
con 81 Copias de informes de investigación Sin Indicios, 8 con 81 Expedientes
de denuncias de Archivo Fiscal, 4 con 321 Copias de informes de investigación
Con Indicios, 1 con Copias de actas de decomiso, 3 con 771 Copias de denuncias
recibidas, 1 con Correspondencia recibida, 1 con Correo No consecutivo, 1 con
Circulares recibidas, 1 con Actas de inspección, 1 con un Ampo de presentación
y capturas, 2 con Correspondencia enviada, 1 con Denuncias por extravío de documentos,
1 con Firmas de jueces, 1 paquete con un Ampo de estadísticas y supervisión, 1
paquete con Resultado de dictámenes, 1 con Asuntos de
1
paquete con un Ampo de Control de detenidos de
22
paquetes con documentos del año 2001 (1 con un Ampo de estadística y
supervisión de la dirección del O.I.J., 2 con
Correspondencia enviada, 1 con Actas de secuestro, 1 con Nombramientos,
solicitudes de vacaciones, asistencia y amonestaciones, 1 con Registro de
firmas de funcionarios, 1 con Capturas pendientes, 1 con Control de recibido y
entrega de pertenencias, 1 con Solicitud de Dictamen Criminalistico,
1 con Circulares, 1 con Capturas, localizaciones, presentaciones y citaciones,
1 con Viáticos y horas extras, 1 con Activos, equipo individual y vacaciones, 1
con Copias de actas de inspección, 3 con 58 Copias de Informes de Investigación
Con Indicios, 1 con Refundición de reseñas, 1 con Correo recibido, 1 con Copias
de reseñas, 1 con Ampo de gastos confidenciales, 1 con 198 Copias de denuncias
recibidas).
1
Libro de entrega de dictámenes Criminalistico a los
investigadores del año
22
paquetes con documentos del año 2002 (3 con 558 Copias de denuncias recibidas,
1 con 267 Copias de informes de investigación Con Indicios, 1 con Circulares, 1
con Inspecciones oculares, 1 con Ampo con 166 Copias de Informes de Archivo
Fiscal y Sin Indicios, 1 con Control de combustible, 2 con Correspondencia
enviada, 2 con Actas de reuniones, circulares y memorandums,
1 con Proveeduría, activos de oficina y equipo individual, 1 con Solicitud de
dictamen criminalistico, 1 con Varios casos
Psicotrópicos, 1 con Estadística, supervisión e informe individual, 1 con
Correo no consecutivo, 1 con Nombramiento y vacaciones, 1 con Correo recibido,
1 con Correo certificado interno, 1 con Visitas de supervisión, inspecciones y
resultados, 1 con Papeles varios. Pago de servicios de alimentación y temas de
reuniones).
1
libro con Control de viáticos, horas extra e informes trimestrales del año
3
libros con documentos del año
4
paquetes y 9 libros con documentos del año 2003 (2
paquetes con 246 Copias de informes de investigación Con Indicios, 1 paquete
con Correspondencia enviada, 1 paquete con un Ampo con 150 Copias de Informes
de Archivo Fiscal y Sin Indicios, 3 libros con 715 Copias de denuncias
recibidas, 1 libro con Capturas, 1 libro con Correspondencia enviada y recibida
vía intranet, 1 libro con Circulares, 1 libro con Control de asistencia, 1
libro con Comisiones. Diligencias menores, 1 libro con Inspecciones oculares).
9
libros con documentos del año
1
libro con Consecutivo de denuncias y únicos de
11
libros con documentos del año 2004 (3 con 903 Copias de denuncias recibidas, 1
con Control de reporte de asistencia, 1 con Control de combustible y
mantenimiento, 1 con Capturas, 3 con Correspondencia enviada y recibida vía
intranet, 1 con Circulares, 1 con Actas de: inspecciones oculares, de entrega y
de manifestaciones).
1
libro con Control de viáticos, horas extra e informes trimestrales del año
21
libros con documentos del año 2005 (6 con 1044 Copias de denuncias recibidas, 1
con Control de reporte de asistencia, 2 con Control de combustible y
mantenimiento, 1 con Capturas, 4 con Correspondencia enviada y recibida vía
intranet, 1 con Estadísticas, 1 con Control de movimiento de personal.
Nombramiento y vacaciones, 1 con Control de viáticos, horas extra e informes
trimestrales, 1 con Circulares, 3 con solicitudes y copias de recibidos de
dictamen de criminalistico).
2
libros con 2 con Actas de decomiso del año
32
libros con documentos del año 2006 (12 con 1253 Copias de denuncias recibidas,
1 con Control de reporte de asistencia, 1 con Control de combustible y
mantenimiento, 1 con Capturas, 6 con Correspondencia enviada y recibida vía
intranet, 1 con Estadísticas, 1 con Control de movimiento de personal.
Nombramiento y vacaciones, 1 con Control de viáticos, horas extra e informes
trimestrales, horas extra e informes trimestrales, 1 con Circulares, 1 con Memorandums, 2 con solicitudes y copias de recibidos de
dictamen de criminalistico, 2 con Comisiones.
Diligencias menores, 1 con Actas policiales. Entrega definitiva, entrega
provisional, hallazgo y perdida de pasaporte, 1 con Comprobantes de envió por
fax).
1
libro con Control de viáticos del año
7
libros con documentos del año 2007 (1 con Control de reporte de asistencia, 3
con Control de combustible y mantenimiento, 1 con Estadísticas, 1 con
Circulares, 1 con Correo recibido).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 7 de mayo del
2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(39380) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: P
Expedientes: 8
Paquetes:
1
Año:
1996
Asunto:
Penal varios: 1 estafa.-2 agresiones con arma.-1 desacato.-1 lesiones
culposas.-1 inf. Ley de derechos de autor.-1 tenencia de aportación ilícita de
armas.-1 violación de domicilio. (Expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo)
Remesa: P
Expedientes: 76
Paquetes:
5
Año:
1997
Asunto:
Penal varios: 13 apropiaciones indebidas.-12 desobediencias.-8 violaciones de
domicilio.-9 resistencias agravadas.-1 violación de sellos.-2 desacato.-1 daño agravado.-2
favorecimiento Real,1 amenaza agravada.-10 libram.cheques s/fondos.-1 contrabando.-3 falsos
testimonios.-1 infracción a la ley de patrimonio.-3 infrac.ley
vida silvestre.-2 receptaciones.-1 circulación moneda falsa.-3 abuso de
autoridad.-2 simulaciones de delito.-1 transporte ilegal de madera.-(29
expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo y 47 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 7
Paquetes:
1
Año:
1997
Asunto:
Penal: 7 usurpaciones-(expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo)
Remesa: P
Expedientes: 7
Paquetes:
1
Año:
1997
Asunto:
Penal: 7 lesiones-(expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo)
Remesa: P
Expedientes: 31
Paquetes:
1
Año:
1997
Asunto:
Penal: 31 querellas-(15 expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo
y 16 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 26
Paquetes:
2
Año:
1997
Asunto:
Penal: 26 agresiones c/arma-(13 expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo y 13 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 12
Paquetes:
1
Año:
1997
Asunto:
Penal: 2 hurtos agravados.-4 hurtos simples.-5 robo simple.-1 hurto de uso.- (7
expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo y 5 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 3
Paquetes:
1
Año:
1997
Asunto:
Penal: 3 estafas- (2 expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo y 1 absolutoria)
Remesa: P
Expedientes: 25
Paquetes:
2
Año:
1998
Asunto:
Penal: agresiones con arma- (25 expedientes con sentencias absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 10
Paquetes:
1
Año:
1998
Asunto:
Penal: 10 lesiones leves-(10 expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo)
Remesa: P
Expedientes: 26
Paquetes:
1
Año:
1998
Asunto:
Penal: 3 hurtos agravados.-15 robos simples.-8 hurto simple.- (15 expedientes
con sentencia de sobreseimiento definitivo y 11 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 4
Paquetes:
1
Año:
1998
Asunto:
Penal: estafas-(expedientes con sentencias absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 20
Paquetes:
1
Año:
1998
Asunto:
Penal: querellas-(10 expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo y 10 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 66
Paquetes:
3
Año:
1998
Asunto:
Penal varios: 11 receptaciones.-5 daños.-6 favorecimiento
real.-7 violaciones de domicilio.-5 desobediencias.-1 infrac.ley.marítimo
terrestre.-1 perjurio.-4 resistencias agravadas.-1 tent.suicidio.-3
desacatos.-7 abusos de autoridad.-6 infracciones a la ley forestal.-3
apropiaciones indebidas.-1 caza ilegal.-3 libram.cheques.-1
infracción a la ley de lotería.-1 hurto agravado. (36 expedientes con sentencia
de sobreseimiento definitivo y 30 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 67
Paquetes:
3
Año:
1999
Asunto:
Penal varios: 2 inf.ley.forest.-14 agresiones
c/arma.-8 desobediencia.-2 amenazas agravadas.-5 querellas.- 2 estafas.-2 abuso de
autoridad.-3 lesiones leves.-2 usurpaciones.-4 violaciones de domicilio.-1 resist.agravada.-8 robos simples.-3 hurto simple.-2
desacato.-3 retenciones indebidas.-2 inf.ley.vida
silvestre.-1 hurto agravado.-1 favorecimiento real.-1
daño.1 desacato.- (42 expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo y
25 absolutorias )
Remesa: P
Expedientes:
117
Paquetes:
5
Año:
2000
Asunto:
Penal varios: 11 hurtos simples.-20 agresiones con arma.-19 desobediencias.-4
estafas.-5 violaciones de domicilio.-3 lesiones culposas.-5 usurpaciones.-2
resistencias agravadas.-2 hurtos agravados.-3 robos simples.-6 inf.a la ley forestal.-17 querellas.-2 lesiones leves.-1
apropiación o retención indebida.-1 entorpecimiento a la ley.-3 daños.-1 inf.ley.derechos autor.-1 desacato.-1 inf.-ley.patrim.arqueológica.-3 receptación de cosas.-4 inf.ley silvestre.-1 sustracción de menor.-1 tala ilegal.-1
tentativa de estafa.- (75 expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo y 42 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 96
Paquetes:
4
Año:
2001
Asunto:
Penal varios:-16 agresiones con arma.-28 desobediencias.-12 querellas.-1 abuso de
autoridad.-5 estafas.-1 ejercicio ilegal de profesión.-6 lesiones leves.-2
usurpaciones.-3 libramientos de cheque s/fondos.-2 resist.agravadas.-7
hurtos simples.-1 potación ilegal de armas.-1 favorecimiento
real.1 robo agravado.-4 lesiones culposas.-1 desacato.-1 receptación.-3 inf.a la ley vida silvestre.-1 inf.ley
de armas.- (50 expedientes con
sentencia de sobreseimiento definitivo y 46 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 60
Paquetes:
3
Año:
2002
Asunto:
Penal varios:-8 querellas.-1 hurto de uso.-12 desobediencias.-1 inf.a la ley de armas.-3 receptaciones.-5 lesiones leves.-
2 portación ilegal armas.-1 ejercicio ilegal
profesión.-3 robo simple.-2 favorecimiento real.-6
agresiones con arma.-1 violación de sellos.-3 violaciones de domicilio.-2
amenazas agravadas.-1 abuso de autoridad.-2 portaciones
de armas ilícitas.4 hurto simple.-1 hurto agravado.-1 descuido de animales.-1
aprovechamiento ilegal. (25 expedientes con sentencia de sobreseimiento
definitivo y 35 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 56
Paquetes:
3
Año:
2003
Asunto:
Penal varios:- 13 querellas.-3 violaciones de domicilio.-1 usurpación.-3
lesiones leves.-9 desobediencia.-5 robos simples.-1 inf.ley
armas.-1 abuso de autoridad.-2 portaciones de arma
ilegal.-4 resistencias agravadas.-1 inf.ley forest.-5 agresiones con armas.-2 amenazas agravadas.-1
delito c/ambiente.-1 incumplimiento de deberes.-2 hurtos simples.-1 daño.-1
inadmisible. (40 expedientes con
sentencia de sobreseimiento definitivo y 16 absolutorias)
Remesa: P
Expedientes: 14
Paquetes:
1
Año:
2004
Asunto:
Penal varios: 1 agresión con arma.-1 aportación ilícita de arma.-6 querellas.-1
robo simple.-1 inf. ley vida silvestre.-1 resist. agravada.-2 portación ilícita de armas.-1 hurto agravado. (7 expedientes
con sentencia de sobreseimiento definitivo y 7 absolutorias).
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 7 de mayo del
2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(39382) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: P 11 S 96
Despacho: Antiguo Juzgado
Instrucción
Expedientes:
2321
Paquetes:
32
Año:
1996
Asuntos:
Penal varios: abandono de menor 1 - abuso de autoridad 29 - abusos deshonestos
29- administración fraudulenta 2 -agresión 5 -agresión calificada 1- agresión
con arma 118 - allanamiento ilegal 4- alteración de sellos 1- alteración de
señas y marcas 1-amenazas 7- amenazas agravadas 27 - apropiación o retención
indebida 615- atípico 33 -atropello 2 -averiguar desaparición 2 averiguar
muerte 124 -circulación de moneda falsa 23 -coacción 3 -cohecho 2 Cohecho
propio 1-colisión 3 -comercio ilegal de pieles y productos de animales 1-
concusion1 -consumo droga 2-corrupción agravada 5 -creación peligro transporte
terrestre 1-daños 39 -denuncia calumniosa 6 -desobediencia 22 -difamación de
Persona jurídica 1- nombramientos ilegales en concurso material 1-ejercicio
ilegal de la profesión 8 -encubrimiento 1- estafa 65 -estafa mediante cheque 24
Estelionato 10 -estupro 6 -evasión 54- extorsión 3- falsedad ideológica 8 -
falsificación 14- falsificación de señas y marcas 5-falso testimonio 4- favorecimiento real 3 -fraude de simulación 2 -golpes
1-homicidio culposo 15 hurto agravado 24- hurto de uso y daños 1-hurto menor
3-hurto simple 65 incendio 3 -incumplimiento contractual 5 -incumplimiento de
deberes 4 inf. ley monopolios i.n.s.
1-infr. ley armas 3 -infra. ley derechos autor 4 infrac. ley tributaria 1- infracción a la ley de armas 6
-infracción a la ley de Conservación de la flora y fauna silvestre 13
-infracción a la ley de derechos de autor 6 -infracción a la ley de
psicotrópicos 15 -infracción monopolio seguros injurias 1- lesiones 6 -lesiones
con arma de fuego 1-lesiones culposas 283 lesiones graves 4 -lesiones leves 8
-lesiones levísimas 1-libramiento cheque sin fondos 87 -ofrecimiento de
testigos falsos 1 -patrocinio infiel 1-peculado 3 penalidad de corruptor 2
-perdida de objetos 1-perjuicio 2 -aportación arma prohibida 23- potación ilegal
de arma permitida 3 -prevaricato 1-privación de libertad 11 -propagación de
enfermedad 1-querella 2 -rapto 3 -rapto de menor 1- rapto impropio
1-reaceptación 40 -resistencia 7 -resistencia agravada 9 --robo 25 robo
agravado 46 -robo con fuerzas sobre las cosas 3- robo de vehiculo 5 robo simple
39 -robo simple con fuerza 1- robo simple con fuerza sobre las personas
1-secuestro 3 -suicidio 2 -sustracción de documentos 1- sustracción de incapaz
1-sustracción de menor 18 -tenencia de droga 31 tenencia y fabricación de
ganzúas y otros instrumentos 2 -tentativa de estafa 5 tentativa de homicidio 3
-tentativa de robo 1-tentativa de robo agravado 3 tentativa de robo simple 2
-tentativa de suicidio 2 -tentativa de violación 4 tentativa de violación
calificada 1-tentativa de violación y abusos deshonestos tentativa suicidio 1
-trafico de drogas 3 -trafico de influencias 1- uso de documento falso 3
-usurpación 34 -venta droga 3 -violación 22 -violación custodia cosas 1-
violación de sellos 3- -violación domicilio 59 - Expedientes con sentencias
absolutorias Unipersonales firmes.
Remesa: P 166 S 97
Despacho: Juzgado de
Instrucción
Expedientes:
1918
Paquetes:
17
Año:
1997
Asunto
Penal varios: abandono de incapaz 3 - abuso de autoridad 29 – abusos
deshonestos 1- administración fraudulenta 1- agresión 21-agresión calificada 5- agresión con arma
113- agresión con objeto contundente 1 - allanamiento ilegal 1- alteración de
documentos 1- amenazas 30- amenazas agravadas 15 –amenazas con arma 3- atípico
83 -auto lesiones 8 -averiguar muerte 103 -circulación de moneda falsa 24
-coacción 5 -colisión 1-consumo de droga en lugares de acceso publica 2
-corrupción de menores 2- daños 69 -daños agravados 1- defraudación fiscal 3
-denuncia calumniosa 2 -desacato 4 -desaparición 36- desobediencia a la
autoridad 36 -difamacion1 -diligencia menor 1 -entrada a previo ajeno 1- estafa
41 estafa mediante cheque 7 - estelionato 3 - estupro 5 - evasión 32 -extravió
de documentos 1- falsedad ideológica 5 -falsificación de documentos 21 –falsificación
de señas y marcas 1- falso testimonio 9 -favorecimiento
real 2 -fraude de entrega 1-fraude de simulación 2 -hallazgo de restos óseos 1
-homicidio 1 – homicidio calificado 1-homicidio culposo 8 - hurto agravado 20
-hurto de uso 3 -hurto simple 98 -incendio 7 - incumplimiento contractual 4
-incumplimiento de deberes 2 incumplimiento del deber alimentario 1- infracción
a la ley de transito 1- infracción a la ley de armas 15 -infracción a la ley de
derechos de autor 2 - infracción a la ley de licores 1- infracción a la ley de
lotería 2 -infracción a la ley de psicotrópicos 1- infracción a la ley forestal
2 - injurias y calumnias 2 –intervenciones telefónicas ilegales 1- lesiones 39
- lesiones con arma blanca 2 - lesiones con arma de fuego 1- lesiones culposas
305 - lesiones graves 1- lesiones leves 8 libramiento de cheque sin fondos 61 -
mal praxis 2 -malversación de fondos molestias 1- nombramiento ilegal 1 -
ocultación del impedimento 1-ocultamiento , supresión y destrucción de
documento 1- ofrecimiento fraudulento de efectos de crédito 1- peculado 1-
penalidad del corruptor 2 -aportación de arma prohibida 15 prevaricato 2
-privación de libertad 4 -quiebra 1- rapto 3 -reaceptación 17 - resistencia a
la autoridad 6 -resistencia agravada 1- retención indebida 275 robo 40 -robo
agravado 39 -robo simple con fuerza sobre las cosas 9 robo simple con violencia
sobre las personas 2 -secuestro 3 -superposición de horarios administrativos 1-
sustracción de menor 21 -tenencia de droga 40 tentativa de agresión 1- tentativa
de estafa 2 -tentativa de homicidio 5 tentativa de hurto simple 2 -tentativa de
incendio 1- tentativa de robo 4 tentativa de robo agravado 2 - tentativa de
robo simple con fuerza sobre las cosas 4 - tentativa de secuestro 1- tentativa
de suicidio 9 -tentativa de violación 3 trafico de droga 1-uso de documento
falso 7 - usurpación 24 -venta de droga venta de lotería ilegales 1- violación
6 - violación de correspondencia 1-violación de domicilio 27 -violación de
sellos 1- violencia domestica 1. Expedientes con sentencias absolutorias
Unipersonales firmes.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 7 de mayo del
2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(39383) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: 20160
Libros: 12
Agendas:
12
Ampos:
13
Cheques:
10716
Años:
1988 al 2007
Asunto:
Documentación administrativa: 12 Libros de Diario Contables del año 1988 al
2004 (Tomo 5 de
12
Agendas de señalamientos de juicios del año 1994, 1997 al 2007.
1
ampo con Correspondencia Certificada del año 1999 al 2006.
3
ampos con Proposiciones de Nombramientos del año 1998 al 2007.
1
ampo con Informes Trimestrales del año 2003 al 2007.
4
ampos con Informes Mensuales del año 2003 al 2007.
2
ampos con Conciliaciones Bancarias del año 1996 al 2003.
2
ampos con Reportes de Caja Chica del año 2005 al 2007.
3
paquetes con 187 Copias de Cheques con depósito del año 1984.
4
paquetes con 389 Copias de Cheques con depósito del año 1985.
5
paquetes con 440 Copias de Cheques con depósito del año 1986.
4
paquetes con 465 Copias de Cheques con depósito del año 1987.
4
paquetes con 564 Copias de Cheques con depósito del año 1988.
1
paquete con 501 Copias de Cheques con depósito del año 1989.
4
paquetes con 632 Copias de Cheques con depósito del año 1990.
4
paquetes con 688 Copias de Cheques con depósito del año 1991.
5
paquetes con 733 Copias de Cheques con depósito del año 1992.
2
paquetes con 465 Copias de Cheques con depósito del año 1993.
3
paquetes con 838 Copias de Cheques con depósito del año 1994.
4
paquetes con 1175 Copias de Cheques con depósito del año 1995.
2
paquetes con 1153 Copias de Cheques con depósito del año 1996.
11
paquetes con 1351 Copias de Cheques con depósito del año 1997.
12
paquetes con 1135 Copias de Cheques con depósito del año 1998.
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 7 de mayo del
2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(39388) Director
Ejecutivo
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
FALTAS
Y CONTRAVENCIONES
Remesa: G
Expedientes: 145
Paquetes:
3
Año:
2001
Asunto:
Faltas y Contravenciones
Remesa: G
Expedientes: 140
Paquetes:
2
Año:
2002
Asunto:
Faltas y Contravenciones
Remesa: G
Expedientes: 242
Paquetes:
5
Año:
2003
Asunto:
Faltas y Contravenciones
VIOLENCIA
DOMÉSTICA
Remesa: V
Expedientes: 146
Paquetes:
3
Año:
2002
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V
Expedientes: 226
Paquetes:
5
Año:
2003
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V
Expedientes: 189
Paquetes:
4
Año:
2004
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V
Expedientes: 138
Paquetes:
3
Año: 2005
Asunto:
Violencia Doméstica
Remesa: V
Expedientes: 170
Paquetes: 4
Año: 2006
Asunto:
Violencia Doméstica
BOLETAS
DE TRÁNSITO
Remesa: 20153
Boletas: 125
Paquetes: 1
Año: 1985
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: 20154
Boletas: 211
Paquetes: 1
Año: 1986
Asunto: Boletas
de Tránsito
Las Boletas de
Tránsito de 1987 al 2003 fueron eliminadas en el despacho el 09-11-2006.
Remesa: G
Boletas: 1059
Paquetes: 8
Año: 2004
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G
Boletas: 232
Paquetes: 2
Año: 2005
Asunto: Boletas
de Tránsito
Remesa: G
Boletas: 217
Paquetes: 5
Año: 2006
Asunto: Boletas
de Tránsito
Si algún interesado
ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos,
deberá hacerlo saber a
San José, 7 de mayo del
2009.
Lic.
Alfredo Jones León,
(39389) Director
Ejecutivo.
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Consulta judicial.
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE
HACE SABER:
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de
“Se evacua la consulta formulada en el sentido
de que el artículo 205 párrafo segundo del Código Penal es inconstitucional. En
consecuencia, se anula dicha norma del ordenamiento jurídico. Esta declaratoria
tiene efecto declarativo y retroactivo a la fecha de vigencia de la norma
anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este
pronunciamiento en el Diario Oficial
Se hace saber que de
conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la ley de
San José, 30 de abril
del 2009.
Gerardo
Madriz Piedra,
(38614) Secretario
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Para los efectos del
artículo 90, párrafo primero de
“Se evacua la consulta
en el sentido de que el límite temporal establecido en el artículo 36 del
Código Procesal Penal para conciliar en el proceso penal, no resulta contrario
a las normas y principios constitucionales.
San José, 7 de mayo de
2009.
Gerardo
Madriz Piedra
(39954) Secretario
TERCERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE
HACE SABER:
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de
“Se declara con lugar la acción de
inconstitucionalidad. En consecuencia, se anulan por inconstitucionales los
artículos 7° de
Se hace saber que de conformidad
con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la ley de
San José, 30 de abril
del 2009.
Gerardo
Madriz Piedra,
(38615) Secretario
Para
los efectos del artículo 90 párrafo primero de
“Se rechaza de plano la acción número
07-000843-0007-CO. En cuanto a la acción acumulada número 07-002277, se declara
sin lugar la acción”.
San José, 30 de abril
del 2009.
Gerardo
Madriz Piedra,
(38616) Secretario
HACE SABER A:
Oscar Alberto Parini Segura, mayor, notario público, cédula de identidad
número 1-453-219, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario
notarial número 08-000328-627-NO establecido en su contra por Alejandra
Brizuela Soto, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado
Notarial.—San José, a las trece horas, treinta minutos
del trece de mayo del dos mil ocho. Visto el artículo 138 del Código Notarial,
el cual establece: es competencia de este Juzgado ejercer el régimen
disciplinario de los notarios públicos y hacer efectiva la responsabilidad
civil por sus faltas, y analizados los puntos e) y f) de la pretensión del
actor, donde solicita que este Despacho expida mandamiento al Registro Público
y declare la nulidad del poder denunciado objeto de esta denuncia, lo propio es
rechazar de plano esas solicitudes, remitiéndose al quejoso a la vía
correspondiente, pues este despacho solo tiene competencia disciplinaria, que
no comprenden los puntos solicitados. Se tiene por establecido el presente
proceso disciplinario notarial de Mario Alcides Montero Atencio
contra Óscar Alberto Parini
Segura, a quién se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese
plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de
descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código
Notarial, se tiene como parte a
San José, 30 de marzo
del 2009
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(39983) Juez
Que
en proceso disciplinario número 04-001270-627-NO, establecido por Dirección
Nacional de Notariado contra Maximiliano Arias Sancho, cédula número 2-516-261,
este Juzgado mediante sentencia número 00493-08 de las diez horas, cuarenta y
dos minutos del primero de diciembre del dos mil ocho, dispuso imponerle al
licenciado Arias Sancho, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en
el ejercicio del notariado. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(39984) Juez
Que
en proceso disciplinario número 06-000038-627-NO, establecido por Dirección
Nacional de Notariado contra Carl Uriah Wolfe
Walters, cédula número 7-022-876, este Juzgado mediante sentencia número
00329-08 de las dieciséis horas, veinte minutos del veinticinco de agosto del
dos mil ocho, dispuso imponerle al licenciado Carl Uriah
Wolfe Walters, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio del notariado. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(39985) Juez
Jerry
Calvo Torres, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-895-676, de
demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número
06-000088-627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se ha dictado la
número 00242-08 que en lo conducente dice: “Juzgado Notarial. San José, a las
trece horas treinta y cinco minutos del diecinueve de junio del dos mil ocho.
Proceso Disciplinario Notarial establecido por el Rodrigo Fallas Vargas, en la
condición de Oficial Mayor del Departamento Civil del Registro Civil contra el
licenciado Jerry Calvo Torres, mayor, abogado y notario, demás calidades no
indicadas. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... 4º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo... III.—... IV.—... V.—... Por tanto: Se declara con lugar el presente proceso
disciplinario notarial establecido por el Registro Civil contra el licenciado
Jerry Calvo Torres. Se impone al citado notario, la corrección disciplinaria de
un mes de suspensión en el ejercicio del notariado. Una vez firme esta
resolución, comuníquese a
San José, 27 de marzo
del 2009
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(39986) Juez
Que
en proceso disciplinario número 03-001299-627-NO, establecido por Registro
Nacional contra Gustavo Adolfo Ortiz Barrionuevo, cédula número 1-525-577, este
Juzgado mediante sentencia número 00075-07 de las nueve horas, treinta minutos
del quince de febrero del dos mil siete, dispuso imponerle al licenciado Ortiz
Barrionuevo, la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el
ejercicio del notariado. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 21 de abril
del 2009
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(39988). Jueza
Que
en proceso disciplinario número 04-000089-627-NO, establecido por Registro
Civil contra Carolina Morales García, cédula número 1-1042-408, este Juzgado
mediante sentencia número 00039-08 de las once horas, treinta minutos del seis
de febrero del dos mil ocho, dispuso imponerle a la licenciada Morales García,
la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio del
notariado. Rige ocho días naturales después de la publicación.
San José, 22 de abril
del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(39989) Jueza
Que
en proceso disciplinario número 03-001258-627-NO, establecido por Víctor Hugo
Méndez Barboza contra Jorge Valverde Segura, cédula
número 1-420-079, este Juzgado mediante sentencia número 00253-06 de las trece
horas, cincuenta y cinco minutos del cuatro de julio del dos mil seis, dispuso
imponerle al licenciado Valverde Segura, la corrección disciplinaria de un mes
de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual se mantendrá
vigente hasta la inscripción del testimonio de la escritura ciento tres del
tomo tercero de su protocolo. Rige ocho días naturales después de la
publicación.
San José, 04 de marzo
del 2009.
Lic.
Juan Federico Echandi Salas
1 vez.—(39990) Juez
Al
notario Alexandro Vargas Vásquez, cédula de identidad número 1-856-167, de
domicilio ignorado, hace saber: Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000073-627-NO interpuesto en su contra por el Archivo
Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen: “Juzgado Notarial.—San José, a las ocho horas, diez minutos del veinte de
febrero del año dos mil ocho. Se tiene por establecido el presente proceso
disciplinario notarial de Archivo Notarial contra el notario Alexandro Vargas
Vásquez, a quien(es) se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de
ese plazo debe(n) informar respecto de los hechos denunciados en el oficio N° DAN-0239-2008 y ofrecer la prueba de descargo que
estime(n) de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial,
se tiene como parte a
San José, 29 de abril
del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(39992) Jueza
A
la notaria Lorlly Luna Rodríguez, cédula de identidad
número 1-1041-181, de domicilio ignorado, hace saber: que en el proceso
disciplinario notarial N° 08-000843-627-NO
interpuesto en su contra por el Archivo Notarial, se han dictado las
resoluciones que dicen: Juzgado Notarial; San José, a las nueve horas, cuarenta
minutos del seis de octubre del año dos mil ocho. Se tiene por establecido el
presente proceso disciplinario notarial N°
08-000843-627-NO de Archivo Notarial contra la notaria pública Lorlly Luna Rodríguez, a quien se confiere traslado por el
plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos
denunciados en el oficio N° DAN-RP-1158-2008
y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del
artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a
San José, 29 de abril
del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(39993) Jueza
PRIMERA PUBLICACIÓN
HACE
SABER:
Que
dentro del proceso de cese forzoso, tramitado bajo el expediente N° 09-000301-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de
Notariado contra la notaria María Isabel Vargas Rodríguez, se dictó la
resolución que literalmente dice: “Dirección Nacional de Notariado.—San José, a
las diez horas, cincuenta y cinco minutos del diecisiete de abril del año dos
mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y
notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 13 y 140 del Código
Notarial, inicio proceso de cese forzoso, contra el (la) María Isabel Vargas
Rodríguez; cédula 203870838; carné 2178, basándome en los siguientes hechos y
fundamentos de derecho: Primero: Desprendiéndose de la prueba que consta a
folios 1 y 2, que la notaria María Isabel Vargas Rodríguez, fue suspendido por
el Colegio de Abogados, se inicia este proceso, a efecto de determinar si en
atención a la situación apuntada, a la citada notaria le asiste impedimento
legal para el ejercicio del notariado y por ende resulta procedente dictar su
cese forzoso para el ejercicio del notariado (artículos 4 y 13 del Código
Notarial). Segundo: Se confiere audiencia por el plazo de ocho días a la
notaria, para que se apersone ante este despacho ejerciendo su derecho de
defensa y aporte la prueba que estime pertinente. Dentro del mismo plazo
concedido deberá la notaria, indicar lugar dentro del perímetro de este
Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se les
tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto, o inexistente, con la posibilidad de señalar un número de
fax donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del
territorio nacional; bajo apercibimiento de que si el medio escogido,
imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, se producirán
iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación
automática, dentro del plazo de veinticuatro horas. Notifíquese esta resolución
a la notaria María Isabel Vargas Rodríguez, en la dirección que reportó a este
despacho como el lugar donde se ubica su oficina notarial, a saber: calle 38, avenidas
3 y 5, casa Nº 317, única dirección reportada. En caso de no prosperar la
diligencia en ninguna de las direcciones indicadas, procédase a notificar por
edicto (Voto Nº 8197-99 de
San
José, 12 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
(39976). Director
Que
dentro del proceso de inhabilitación, tramitado bajo el expediente N° 08-001516-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de
Notariado contra el notario Daniel Láscaris Víquez, se ordenó notificar la resolución que literalmente
dice: “Dirección Nacional de Notariado.—San José, a las catorce horas, treinta
minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil ocho. Desprendiéndose de la
prueba que consta a folios 1, 2 y 3, que el notario Daniel Láscaris
Víquez, fue suspendido por el Colegio de Abogados, se
inicia este proceso, a efecto de determinar si en atención a la situación
apuntada, al citado notario le asiste impedimento legal para el ejercicio del
notariado y por ende resulta procedente dictar su cese forzoso para el
ejercicio del notariado (artículos 4 y 13 del Código Notarial). Se confiere
audiencia por el plazo de ocho días al notario Daniel Láscaris
Víquez, cédula de identidad 01-0472-0730, carné 2368,
para que se apersone ante este despacho ejerciendo su derecho de defensa y
aporte la prueba que estime pertinente, indicando lugar dentro del perímetro de
este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se
dicten, se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro
horas; igual consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de
San José, 06 de mayo
del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
(39977) Director
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECTRIZ Nº 01-2009
Dirección Nacional de
Notariado.—San José, a las once horas, diez minutos,
del ocho de mayo de abril de dos mil nueve.
Actualmente los notarios
públicos entregan al Archivo Judicial para su custodia, los expedientes de
procesos de actividad judicial no contenciosa utilizando para tal efecto,
diversas formas, por ello, esta Dirección en coordinación con
INSTRUCTIVO PARA
NOTARIALES EN EL ARCHIVO JUDICIAL
Este Instructivo se
ajusta a lo dispuesto por el Código Notarial para la actividad no contenciosa,
los pronunciamientos de
La carátula y contratapa: Deben confeccionarse en cartulina gruesa, la
información que debe contener la carátula debe estar impresa y será la
siguiente:
a) Número de expediente (4 dígitos) Ejemplo:
0001, 0002...
b) Año de inicio (4 dígitos) Ejemplo: 2008,
2009...
c) Tipo de proceso que se tramita
d) Nombre completo del Notario
e) Número de carné
f) Nombre completo del (de la) causante y de los
solicitantes
g) Fecha de inicio
h) Fecha de conclusión
i) Reserva de espacio en la parte inferior, para
consignar el número de remesa y archivo. Ver ejemplo de carátula.
El índice: Después de la carátula se incorporará el índice
como primer folio; en éste se indicará cada actuación, con el folio en el cual
se encuentra. Ver ejemplo de índice en anexo.
La foliatura: Cada hoja o página que vayan conformando el
expediente, ya sean originales, certificaciones o copias simples, deben llevar
en la esquina superior derecha, el sello blanco del notario y el número
respectivo de foliatura.
La conformación del expediente:
Los folios que forman el expediente
deben colocarse entre la carátula y la contratapa; se sujetarán con un amarre o
cosido similar a los expedientes judiciales, no deben utilizarse prensas,
grapas o goma.
Al tratarse de actuaciones
notariales fuera del protocolo, el notario deberá utilizar su papel de
seguridad; salvo que se trate de documentos privados.
En caso de que no se pudiera
agregar al expediente, el original de un documento, se adjuntará copia
certificada de éste, con indicación del motivo que impide contar con el
original. Cuando se trate de documentos certificados por alguna institución, se
recomienda adherir con goma al reverso del mismo o en el extremo izquierdo la
boleta de timbres, a fin de que no se desprenda y pueda perderse.
Concluido el proceso, el
notario entregará de inmediato, ya sea personalmente o por medio de
tercero autorizado, el expediente original al Archivo Judicial;
incluso si le hubiere sobrevenido una suspensión o cese forzoso o, si existen
documentos inscribibles. Lo anterior, sin perjuicio de que si el notario estima
que en un tiempo prudencial operará la inscripción, retrase la entrega, adjunte
copia certificada del documento inscrito y en ese momento deposite el
expediente. No procederá el envío por correo o encomienda. El Archivo
Judicial acusará recibo del expediente. En caso de que deban inscribirse bienes
muebles o inmuebles. Ver ejemplo de autorización en anexo.
Reapertura: Cuando se requiera un expediente de jurisdicción
voluntaria tramitado en sede notarial y depositado en
el Archivo Judicial para una reapertura, el mismo deberá solicitarse por
escrito a
Cuando se trate de un
expediente tramitado en sede judicial, el notario debe anteponer a la carátula judicial
la que conformará en sede notarial, sin eliminar la judicial.
En caso de que un abogado,
notario o interesado legítimo, requiera consultar un expediente notarial
concluido, deberá hacerlo directamente en las instalaciones del Archivo
Judicial.
Para ver imagen
solo en Boletín Judicial impreso o en
formato PDF
EJEMPLO DE ÍNDICE DE
ACTUACIONES
-Índice de actuaciones..................................................................... 1
-Solicitud
de apertura de Proceso Sucesorio................................... 2
-Inventario
de bienes...................................................................... 3
-Certificación
de Defunción............................................................ 4
-Certificación
de matrimonio del causante...................................... 5
-Certificaciones
de nacimiento.................................................... 6-9
-Certificación
de Propiedad Inmueble..................................... 10-11
-Copia
de cédulas de identidad de solicitantes........................ 12-17
-Acto
inicial de apertura del proceso sucesorio............................ 18
-Edicto.......................................................................................... 19
-Nombramiento
del perito, aceptación del cargo..................... 20-21
-Informe
del avalúo y cancelación de los honorarios............... 22-25
-Cancelación
y publicación de edicto...................................... 26-27
-Declaratoria
de herederos....................................................... 28-29
-Cesión
de derechos, aceptación de la cesión realizada y
acuerdos tomados.................................................................. 30-34
-Copia
instrumento público que adjudica bienes.................... 35-36
-Acto
dando por finalizado el proceso......................................... 37
FORMATO PARA QUE
NOTARIO AUTORICE A OTRA PERSONA PARA
ARCHIVO JUDICIAL
AUTORIZACIÓN PARA
DE EXPEDIENTES NOTARIALES
Yo _______________,
notario(a) con carné número ________, autorizo al señor(a) _______________,
portador(a) de la cédula de identidad número ______________, para que en mi
nombre entregue el Expediente Notarial número ____________, asunto
_________________, partes _____________________, el cual consta de _______
folios y se encuentra debidamente sellado y foliado.
Firmamos de conformidad a las
_____horas del _______ del año _______
_______________________ _____________________
Servidor
(a) Archivo Judicial Autorizado
(a)
El expediente que no se
ajuste con requisitos que señala este instructivo, no será recibido por Archivo
Judicial.
Rige: La presente
directriz empezará a regir ocho días después de su publicación en el Boletín
Judicial. Publíquese por una vez.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39910) Director
En
resolución de las 9:34 horas del 07 de mayo de 2009, dictada dentro del proceso
disciplinario por la no presentación de índices, tramitado en expediente número
07-000969-0624-NO, contra el notario Randall Álvarez Hernández, cédula de
identidad número 1-810-866, carné
San José, 08 de mayo
del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39911). Director
Notifica
al notario Alexander Sánchez Mora, cédula de identidad número 1-723-391, carné
6015, que: en proceso de cese forzoso iniciado por esta Dirección y tramitado
en el expediente 08-001530-624-NO, se dictó la resolución número 498-2009, de
las ocho horas, cincuenta y seis minutos del quince de abril de dos mil nueve,
en la cual se dispuso decretar su cese forzoso como notario público, por haber
sido suspendido como abogado, mismo que se mantendrá por todo el tiempo que
subsista la causa que lo origina. Contra la citada resolución caben los
recursos de revocatoria y apelación subsidiaria. Se advierte que el cese
decretado adquirirá firmeza, cinco días después de esta publicación.
San José, 08 de mayo
del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39913). Director
Que
en resolución de las 11:19 horas, del primero de abril, modificada por la
dictada a las 13:47 horas, del veintitrés de abril, ambas fechas del dos mil
nueve, dispuso decretar el cese voluntario del notario Juan Antonio Vásquez Bendaña, cédula de identidad número 9-360-569, carné
San
José, 12 de mayo de 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39923). Director
Notifica
a la notaria Emilia Ramírez Vásquez, cédula de identidad número 01-433-871,
carné 1497, que en proceso de cese forzoso iniciado por esta Dirección y
tramitado en el expediente 08-1515-0624, se dictó la resolución número
540-2009, de las diez horas, doce minutos, del veinte de abril del dos mil
nueve, en la cual se dispuso decretar su cese forzoso como notario público, por
estar suspendido por el Colegio de Abogados. Contra la citada resolución caben
los recursos de revocatoria y apelación subsidiaria, mismos que deberán
interponerse dentro de los cinco días posteriores a esta publicación.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39924). Director
Notifica
al notario Ignacio Gil Jiménez, cédula de identidad número 01-685-116, carné 6040,
que: en proceso de cese forzoso iniciado por esta Dirección y tramitado en el
expediente 08-1533-0624, se dictó la resolución número 475-2009, de las quince
horas, cinco minutos del dos de abril dos mil nueve, en la cual se dispuso
decretar su cese forzoso como notario público, por estar suspendido por el
Colegio de Abogados. Contra la citada resolución caben los recursos de
revocatoria y apelación subsidiaria, mismos que deberán interponerse dentro de
los cinco días posteriores a esta publicación.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39926). Director
Notifica
al notario Rolando Castro Salas, cédula de identidad número 01-679-151, carné
4983, que: en proceso de cese forzoso iniciado por esta Dirección y tramitado
en el expediente 08-1532-0624, se dictó la resolución número 505-2009, de las
quince horas, dieciséis minutos del quince de abril dos mil nueve, en la cual
se dispuso decretar su cese forzoso como notario público, por estar suspendido
por el Colegio de Abogados. Contra la citada resolución caben los recursos de
revocatoria y apelación subsidiaria, mismos que deberán interponerse dentro de
los cinco días posteriores a esta publicación.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39928) Director
Notifica
al notario Alexander Sánchez Mora, cédula de identidad número 01-723-391, carné
6015, que: en proceso de cese forzoso iniciado por esta Dirección y tramitado
en el expediente Nº 08-001530-624-NO, se dictó la resolución número 498-2009,
de las ocho horas, cincuenta y seis minutos del quince de abril dos mil nueve,
en la cual se dispuso decretar su cese forzoso como notario público, por estar
suspendido por el Colegio de Abogados. Contra la citada resolución caben los
recursos de revocatoria y apelación subsidiaria, mismos que deberán
interponerse dentro de los cinco días posteriores a esta publicación.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39929). Director
Notifica
al notario Óscar Santos Basso, cédula de identidad
número 08-570-082, carné 3901, que: en proceso de cese forzoso iniciado por
esta Dirección y tramitado en el expediente 08-1526-0624, se dictó la
resolución número 541-2009, de las diez horas, quince minutos del veinte de
abril dos mil nueve, en la cual se dispuso decretar su cese forzoso como
notario público, por estar suspendido por el Colegio de Abogados. Contra la
citada resolución caben los recursos de revocatoria y apelación subsidiaria,
mismos que deberán interponerse dentro de los cinco días posteriores a esta
publicación.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39931). Director
Notifica
a la notaria Rossy Bell Armas Romero, cédula de
identidad número 01-525-298, carné 3351, que: en proceso de cese forzoso
iniciado por esta Dirección y tramitado en el expediente 08-1521-0624, se dictó
la resolución número 504-2009, de las catorce horas, cuarenta y seis minutos
del quince de abril dos mil nueve, en la cual se dispuso decretar su cese
forzoso como notaria pública, por estar suspendido por el Colegio de Abogados.
Contra la citada resolución caben los recursos de revocatoria y apelación
subsidiaria, mismos que deberán interponerse dentro de los cinco días
posteriores a esta publicación.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39932). Director
Que
esta Dirección, mediante resolución número 452-2009, dictada a las diez horas,
treinta y nueve minutos, del treinta y uno de marzo del dos mil nueve, dentro
del proceso de cese forzoso, tramitado bajo expediente Nº 07-001545-0624-NO,
dispuso decretar cese forzoso al notario Orlando González Zamora, cédula de
identidad Nº 02-354-895 carné
San
José, 06 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39933). Director
Que
esta Dirección, mediante resolución número 493-2009 dictada a las trece horas,
treinta y dos minutos, del catorce de abril del dos mil nueve, dentro del
proceso de cese forzoso, tramitado bajo expediente Nº 08-001574-0624-NO,
dispuso decretar cese forzoso al notario Oscar Enrique Pessoa Arias, cédula de
identidad Nº 01-481-951, carné
San
José, 06 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39937). Director
Que
esta Dirección, mediante resolución número 444-2009, dictada a las once horas,
treinta y cinco minutos, del treinta de marzo del dos mil nueve, dentro del
proceso de cese forzoso, tramitado bajo expediente Nº 08-001587-0624-NO,
dispuso decretar cese forzoso al notario Randall Enrique Obando Araya, cédula
de identidad Nº 01-707-164, carné
San
José, 06 de mayo del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39941) Director
Que
esta Dirección, mediante resolución número 407-2009 dictada a las ocho horas,
veintitrés minutos, del diecinueve de marzo del dos mil nueve, dentro del
proceso de cese forzoso, tramitado bajo expediente Nº 08-001600-0624-NO,
dispuso decretar cese forzoso al notario Óscar Luis Gutiérrez Porras, cédula de
identidad Nº 01-592-705, carné
San
José, 06 de mayo del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39942) Director
Que
la notaria cesada Jackeline Hernández Córdoba, cédula
Nº 204810787, carné 10347, solicita la devolución de sus cotizaciones al Fondo
de Garantía de los Notarios Públicos. Por el plazo de quince días, contado a
partir de esta publicación, se cita a los interesados para que formulen ante
este despacho, las oposiciones debidamente fundadas que tengan a la gestión
presentada. Expediente N° 09-000550-0624-NO.
San
José, 24 de abril del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39950). Director
Que
la notaria cesada Cindy Giovanna Campos Obaldía, cédula 107930509, carné 7358, solicita la
devolución de sus cotizaciones al Fondo de Garantía de los Notarios Públicos.
Por el plazo de quince días, contado a partir de esta publicación, se cita a
los interesados para que formulen ante este despacho, las oposiciones
debidamente fundadas que tengan a la gestión presentada. Expediente N° 09-000713-0624-NO.
San
José, 05 de mayo del 2009
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39953). Director
Notifica
al notario Roy Martín Chacón Sanabria y hace saber: que esta Dirección,
mediante resolución dictada a las diez horas, treinta minutos, del siete de
mayo del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado.—San José, a las diez horas, treinta minutos, del siete de
mayo del dos mil nueve. Atendiendo a que en la publicación de la suspensión
impuesta al notario Roy Martín Chacón Sanabria, realizada en el Boletín
Judicial Nº 246, del diecinueve de diciembre del dos mil ocho, se indicó
erróneamente que ésta se mantendría por treinta y cuatro meses, se aclara que,
de conformidad con lo establecido por el artículo 148 del Código Notarial,
dicha suspensión se mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal
de presentar en el Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este
proceso y lo acredite así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a
terceros de buena fe, amparados a la publicidad registral, la suspensión
indefinida aquí indicada, se aplicará a partir del octavo día natural después
de la publicación del aviso en el Boletín
Judicial; reanudándose entonces en esa fecha y cuando corresponda la
contabilización de la suspensión inicialmente impuesta. Remítanse las
comunicaciones respectivas y publíquese el aviso en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 07-000991-0624-NO.
San
José, 08 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39956). Director
Notifica
al notario Shi Lee Wang Li y hace saber que esta Dirección, mediante resolución
dictada a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve,
dispuso: Dirección Nacional de Notariado.—San José, a
las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve. Atendiendo
a que en la publicación de la suspensión impuesta al notario Shi Lee Wang Li,
realizada en el Boletín Judicial Nº
191, del tres de octubre del dos mil ocho, se indicó erróneamente que ésta se
mantendría por cuarenta y dos meses, se aclara que, de conformidad con lo
establecido por el artículo 148 del Código Notarial, dicha suspensión se
mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal de presentar en el
Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este proceso y lo acredite
así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a terceros de buena fe,
amparados a la publicidad registral, la suspensión indefinida aquí indicada, se
aplicará a partir del octavo día natural después de la publicación del aviso en
el Boletín Judicial; reanudándose
entonces en esa fecha y cuando corresponda la contabilización de la suspensión
inicialmente impuesta. Remítanse las comunicaciones respectivas y publíquese el
aviso en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 07-001305-0624-NO.
San
José, 08 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39958). Director
Notifica
al notario José Miguel Álvarez González y hace saber que esta Dirección,
mediante resolución dictada a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo
del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado.—San
José, a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve.
Atendiendo a que en la publicación de la suspensión impuesta al notario José
Miguel Álvarez González, realizada en el Boletín
Judicial Nº 41, del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se indicó
erróneamente que ésta se mantendría por un mes, se aclara que, de conformidad
con lo establecido por el artículo 148 del Código Notarial, dicha suspensión se
mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal de presentar en el
Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este proceso y lo acredite
así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a terceros de buena fe,
amparados a la publicidad registral, la suspensión indefinida aquí indicada, se
aplicará a partir del octavo día natural después de la publicación del aviso en
el Boletín Judicial; reanudándose
entonces en esa fecha y cuando corresponda la contabilización de la suspensión
inicialmente impuesta. Remítanse las comunicaciones respectivas y publíquese el
aviso en el Boletín Judicial. Expediente
Nº 08-001056-0624-NO.
San
José, 08 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39960). Director
Notifica
a la notaria Lorena Altamirano Atencio y hace saber:
que esta Dirección, mediante resolución dictada a las diez horas, treinta
minutos del siete de mayo del dos mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de
Notariado.—San José, a las diez horas, treinta minutos
del siete de mayo del dos mil nueve. Atendiendo a que en la publicación de la
suspensión impuesta a la notaria Lorena Altamirano Atencio,
realizada en el Boletín Judicial Nº
41, del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se indicó erróneamente que
ésta se mantendría por tres meses, se aclara que, de conformidad con lo
establecido por el artículo 148 del Código Notarial, dicha suspensión se
mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal de presentar en el
Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este proceso y lo acredite
así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a terceros de buena fe,
amparados a la publicidad registral, la suspensión indefinida aquí indicada, se
aplicará a partir del octavo día natural después de la publicación del aviso en
el Boletín Judicial; reanudándose
entonces en esa fecha y cuando corresponda la contabilización de la suspensión
inicialmente impuesta. Remítanse las comunicaciones respectivas y publíquese el
aviso en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 08-001060-0624-NO.
San
José, 08 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39961). Director
Notifica
al notario José Nery Murillo Ramírez y hace saber: que esta Dirección, mediante
resolución dictada a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos
mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado.—San
José, a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve.
Atendiendo a que en la publicación de la suspensión impuesta al notario José
Nery Murillo Ramírez, realizada en el Boletín
Judicial Nº 41, del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se indicó
erróneamente que ésta se mantendría por un mes, se aclara que, de conformidad
con lo establecido por el artículo 148 del Código Notarial, dicha suspensión se
mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal de presentar en el
Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este proceso y lo acredite
así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a terceros de buena fe,
amparados a la publicidad registral, la suspensión indefinida aquí indicada, se
aplicará a partir del octavo día natural después de la publicación del aviso en
el Boletín Judicial; reanudándose
entonces en esa fecha y cuando corresponda la contabilización de la suspensión
inicialmente impuesta. Remítanse las comunicaciones respectivas y publíquese el
aviso en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 08-001143-0624-NO.
San
José, 8 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39962). Director
Notifica
al notario Max Rojas Guitart y hace saber: que esta Dirección, mediante
resolución dictada a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos
mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado.—San
José, a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve.
Atendiendo a que en la publicación de la suspensión impuesta al notario Max
Rojas Guitart, realizada en el Boletín
Judicial Nº 13, del veinte de enero del dos mil nueve, se indicó
erróneamente que ésta se mantendría por ochenta y seis meses, se aclara que, de
conformidad con lo establecido por el artículo 148 del Código Notarial, dicha
suspensión se mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal de
presentar en el Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este proceso
y lo acredite así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a terceros de
buena fe, amparados a la publicidad registral, la suspensión indefinida aquí
indicada, se aplicará a partir del octavo día natural después de la publicación
del aviso en el Boletín Judicial;
reanudándose entonces en esa fecha y cuando corresponda la contabilización de
la suspensión inicialmente impuesta. Remítanse las comunicaciones respectivas y
publíquese el aviso en el Boletín
Judicial. Expediente Nº 07-001285-0624-NO.
San
José, 08 de mayo del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39965) Director
Notifica
al notario Jorge Cerdas Brenes y hace saber: que esta Dirección, mediante
resolución dictada a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos
mil nueve, dispuso: Dirección Nacional de Notariado.—San
José, a las diez horas, treinta minutos del siete de mayo del dos mil nueve.
Atendiendo a que en la publicación de la suspensión impuesta al notario Jorge
Cerdas Brenes, realizada en el Boletín
Judicial Nº 41, del veintisiete de febrero del dos mil nueve, se indicó
erróneamente que ésta se mantendría por un mes, se aclara que, de conformidad
con lo establecido por el artículo 148 del Código Notarial, dicha suspensión se
mantendrá hasta tanto el notario cumpla con su deber legal de presentar en el
Archivo Notarial, los índices notariales objeto de este proceso y lo acredite
así a este despacho. A fin de no causar perjuicios a terceros de buena fe,
amparados a la publicidad registral, la suspensión indefinida aquí indicada, se
aplicará a partir del octavo día natural después de la publicación del aviso en
el Boletín Judicial; reanudándose
entonces en esa fecha y cuando corresponda la contabilización de la suspensión
inicialmente impuesta. Remítanse las comunicaciones respectivas y publíquese el
aviso en el Boletín Judicial.
Expediente Nº 08-001080-0624-NO.
San
José, 08 de mayo del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39966) Director
Que
en proceso disciplinario por índices promovido por
San
José, 27 de abril del 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39967) Director
Que
en proceso disciplinario por índices promovido por
San
José, 07 de mayo del 2009.
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39968) Director
Que
en proceso disciplinario por índices promovido por
San
José, 07 de mayo del 2009
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39969). Director
En
resolución número 418-2009, dictada a las dieciséis horas doce minutos del
veinte de marzo del dos mil nueve, se redujo la suspensión a un mes, mismo que
descontó durante el periodo del 27 de diciembre del 2008 al 27 de enero del
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39970). Director
En
resolución número 2008-981, dictada a las nueve horas, cuarenta minutos, del
veintiuno de noviembre del dos mil ocho, se decretó el cese forzoso por de Deybi Montoya Solórzano, notaria pública, portadora de la
cédula de identidad número 7-0093-0452, carné 11536, inhabilitación que regirá
a partir del 23 de enero del 2009 fecha en que adquirió firmeza dicha
resolución y se mantendrá durante todo el tiempo que subsista el impedimento
para el ejercicio del notariado. (Expediente 08-000033-624-NO).
Lic.
Roy Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39971). Director
En
resolución número 586-2009, dictada a las siete horas, treinta y ocho minutos del
veintitrés de abril del dos mil nueve, se decretó el cese forzoso por de
Marcelo Leal Mejías, notario público, portador de la cédula de identidad número
1-1050-0251, carné 13076, inhabilitación que regirá a partir del 4 de mayo del
2009 fecha en que adquirió firmeza dicha resolución y se mantendrá durante todo
el tiempo que subsista el impedimento para el ejercicio del notariado.
(Expediente 09-000225-624-NO).
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39973) Director
Que en resolución número 648-2009, de las catorce horas, dieciocho minutos del treinta de abril de dos mil nueve, se aprobó la solicitud de cese voluntario de la notaria pública Carla Cristina Murillo Solano, cédula de identidad número 01-0900-0721, dicho cese rige a partir del dieciséis de febrero de dos mil ocho. Expediente: 08-0001347-0624-NO.
San
José, 30 de abril del 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39974) Director
Que
en proceso disciplinario por índices promovido por
San
José, 29 de abril del 2009.
Lic.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno
1 vez.—(39975) Director
segunda publicación
En la puerta exterior de este
Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios pero soportando dos
servidumbres de paso, a las nueve horas del dieciséis de junio de dos mil nueve
y con la base de dos millones cien mil colones, en la puerta exterior de este
despacho remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público Partido
de Alajuela Folios Real número cuatrocientos cuarenta y cuatro mil quinientos
trece-cero cero cero, la cual es terreno para
construir lote número 4, situada en distrito cuarto cantón diez de la provincia
de Alajuela. Linderos: al norte y sur, con Félix Agapito Barrantes Kiewit; este, Fernando Morales Solís; oeste, servidumbre de
paso con un frente a ella de ocho metros cuarenta centímetros lineales. Mide:
ciento ochenta y seis metros con setenta decímetros cuadrados, plano
A-1023631-2005. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del treinta
de junio de dos mil nueve, con la base de un millón quinientos setenta y cinco
mil colones (rebaja en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las nueve
horas del veintiuno de julio de dos mil nueve, con la base de quinientos
veinticinco mil colones (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en ejecución hipotecaria Nº 09-100101-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela
En la puerta exterior de este despacho, a las catorce horas treinta minutos del primero de junio del dos mil nueve, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento cincuenta mil dólares en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real Matrícula número ciento treinta y dos mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero propiedad de Primo Corporation Limitada, dicho inmueble es terreno para construir con una casa, situado en el distrito primero Jacó, cantón once Garabito, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Sociedad Agropecuaria El Tremendal San Ramón S. A; al sur, con calle pública con veintiocho punto diez metros de frente y Richards Clements; al este, con Sociedad Agropecuaria El Tremendal San Ramón S. A, y al oeste, con Villa Bale de Playa Hermosa. Mide: cinco mil novecientos setenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil nueve con la base de ciento doce mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las catorce horas treinta minutos del primero de julio del dos mil nueve con la base de treinta y siete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Timothy Jay Vande Vegte y Primo Corporation Limitada, expediente Nº 09-100050-425-4-CI.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 06 de mayo del 2009.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—(39880)
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las quince horas del ocho de junio
de dos mil nueve, y con la base de tres millones ciento cuarenta y nueve mil
setecientos ochenta y cuatro colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público; Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintinueve mil
setecientos setenta y tres cero cero cero, la cual es terreno con 2 casas. Situada en el
distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Consuelo Esquivel Chaves; al sur, calle pública avenida 13 con
A las diez horas y cero
minutos del uno de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este
despacho, soportando sumaria 06-2498-166-LA bajo las citas 2006-279858-001,
sumaria 06-2534-166-LA bajo las citas 2006-301200-001, sumaria 06-2635-166-LA
bajo las citas 2007-053446-001, todas del Juzgado de Trabajo del II Circuito
Judicial de San José, boleta 200394641 sumaria 03-609498-489-TC Juzgado
Tránsito I Circuito San José, boleta 2003171690 sumaria 03601740491-TC Juzgado
de Tránsito de Desamparados, boleta 205402320 sumaria 06-600531-491-TC Juzgado
de Tránsito Desamparados, sumaria 2004-0602499-491-TC Juzgado de Tránsito de
Desamparados, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de
diecisiete millones novecientos veinticinco mil colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: vehículo placas SJB 008552, marca Volkswagen, categoría
transporte colectivo interurbano, serie 9BWRF82W72R204854, carrocería autobús,
tracción sencilla, chasis 9BWRF82W72R204854, techo duro, capacidad 51 personas,
año 2002, color verde, peso bruto
En la puerta exterior de este despacho, soportando servidumbre traslada al tomo 280 y asiento 01551 y libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas del primero de junio del dos mil nueve y con la base de cuarenta y tres millones quinientos noventa y cuatro mil doscientos cinco colones con ochenta y tres céntimos al mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad bajo el Sistema de Folio Real matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos ochenta cero cero cero, la cual es terreno para construir con dos apartamentos. Situada en el distrito seis San Francisco de Dos Ríos, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: norte, Sociedad Urbanizadora Sancho Ltda.; sur, Anna y Olga María Escalante; Este, Juan Chávez, y oeste, calle pública con once punto sesenta y cuatro metros de frente. Mide: trescientos veintiún metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciséis de junio del dos mil nueve, con la base de treinta y dos millones seiscientos noventa y cinco mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del primero de julio del dos mil nueve con la base de diez millones ochocientos noventa y ocho mil quinientos cincuenta y un colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexander Corrales Flores. Expediente Nº 09-007585-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea.-15 de abril del año 2009.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(39948)
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportado limitaciones del
Instituto de Desarrollo Agrario, bajo las citas 0424-00007022-01-0184-
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos
del nueve de junio del dos mil nueve y
con la base de cincuenta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 102641000 la cual es
terreno de pasto. Situada en el distrito 01 Guápiles,
cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Germán Cruz Jiménez; al sur, María Idali
Fallas Araya; al este, Río Toro Amarillo, y al oeste, calle pública. Mide:
cuarenta y un mil novecientos nueve metros con sesenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del
veinticuatro de junio del dos mil nueve, con la base de cuarenta y un mil
doscientos cincuenta dólares
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan
las ocho horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil nueve con la base
de trece mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Y libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta
minutos del nueve de junio del dos mil nueve con la base de doscientos cuarenta
y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 066279-000 la cual es terreno de topografía
plana dedicada a la piscicultura con una casa oficina bodega, bocatoma canales
conducción 24 estanques. Situada en el distrito 01 Guápiles,
cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, María Idalie Fallas Araya; al sur, Río
Blanco en parte Carlana S. A.; al este, Río Toro
Amarillo brazo seco en medio Carlana S. A., y al
oeste, calle pública. Mide: ciento treinta y dos ciento setenta y cinco metros
con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan
las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil nueve, con
la base de ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta dólares (rebaja de
un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas
treinta minutos del nueve de julio del dos mil nueve, con la base de sesenta y
un mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Corporación Irasa S.A.;
Veredas de
A las ocho horas y veinte minutos del nueve de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y sin sujeción de base, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placa trescientos cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro, marca Hyundai, estilo Excel GS, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y uno, color rojo, carrocería Sedan, motor G4DJ4093153, cilindrada mil cuatrocientos sesenta y ocho, Hyundai. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jenny María Alpízar Guzmán y Rafael Valerio Carmona. Expediente Nº 01-016106-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de abril del 2009.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—(40013).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas y veinte minutos
del dos de junio del año dos mil nueve, y con la base de cincuenta y nueve
millones cuatrocientos setenta mil novecientos setenta y dos colones con quince
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 00048032-000, la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito Corredor, cantón Corredores, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada,
a las once horas y quince minutos del once de junio del dos mil nueve, y con la
base de treinta y cinco mil dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta y
cuatro mil quinientos cincuenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno solar con una casa. Situada:
en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Carlos Acevedo; al sur, lote 64; al este, calle con
Desde la puerta exterior de
este despacho, con la base de ochenta y un mil ciento sesenta dólares con
setenta y seis centavos moneda de los Estados Unidos de América, soportando
demanda penal según sumaria número 07-006120-042-PE; sáquese a remate el bien
dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula a Folio Real
número cuatro nueve dos seis nueve nueve guión cero cero cero (492699-000) naturaleza
terreno para construir. Sita distrito 03 San Rafael, Cantón 02 Escazú de
A las ocho horas y cuarenta minutos del uno de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la base de un millón cuatrocientos setenta y cinco mil doscientos noventa y ocho colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas 198343, marca Nissan, estilo Sunny, capacidad 5 personas, carrocería Sedan 4 puertas, color blanco, año 1990, chasis número LB11M-D12720, número de motor E13-302691, marca Nissan, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cámara Nacional de Transportes de Taxi R. L., Morales Cruz Carlos Humberto, Morales Cruz Eladio y Morales Cruz Walter Francisco. Expediente Nº 95-011780-0228-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de abril del 2009.—Lic. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—(40061).
A las nueve horas y cuarenta minutos del nueve de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 161995, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería Sedan cuatro puertas, capacidad 5 personas año 1986, color blanco, motor número G4AJG169246, cilindrada 1469 c.c., combustible gasolina, chasis KMHLA21J3GUO97321. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de BPDC contra Chassoul Monge Jonny. Expediente Nº 94-015012-0227-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de abril del 2009.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—(40062).
En la puerta exterior de este
despacho; libres de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del quince de
junio del dos mil nueve, y con la base de diecinueve millones novecientos cinco
mil seiscientos treinta y dos colones con diecinueve céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cero cero tres uno ocho uno uno
seis-cero cero cero la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela, de
A las nueve horas cuarenta minutos del tres de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1- Un compresor marca Quisi, modelo QTS-Tres, serie número uno cero tres ocho ocho seis uno, con una base de doscientos veinticinco mil colones, 2- Una máquina soldadora, marca Century, modelo uno uno cero uno uno-novecientos cuarenta y uno, serie número E tres siete cero-dos cinco ocho, con la base de cuarenta y cinco mil colones, 3- Una esmeriladora, marca Bosch, modelo GWS dos cero-dos tres cero, sin otra identificación visible, con una base de treinta mil colones, 4- Una máquina para soldar con acetileno, marca Victo, serie número cero dos cuatro cero nueve-cero uno, sin otra identificación visible, con la base de cien mil colones, 5- Una desarmadora de llantas marca Jordy, serie número dos cuatro cero nueve-cero dos sin otra identificación visible, con una base de cien mil colones. Se rematan por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rolando Antonio Solano Miranda y William Miranda Coto. Expediente Nº 03-011442-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Alejandro Cubero Lizano, Juez.—(40085).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas quince minutos del veinticuatro de junio del dos mil nueve, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil quinientos-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, San Antonio, cantón sétimo, Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Estudios González Asociados Ega S. A.; al sur, Estudios González Asociados Ega S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Rosalba Solano Moya. Mide: doscientos seis metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del ocho de julio del dos mil nueve, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del veintidós de julio del dos mil nueve con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de German Solano Murillo contra Estudios González Asociados Ega Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-000124-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de marzo del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(40099).
A las ocho horas y treinta
minutos del tres de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre
trasladada y con la base de dos millones doscientos sesenta y cinco mil
doscientos uno con 55/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil
novecientos veintiséis-cero cero cero la cual es lote
A las ocho horas del doce de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladadas y con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y nueve mil doscientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote primero. Situada en el distrito San José, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, calle pública con quince metros; al noroeste y suroeste. con Sergio Morales Monge; al sureste, Junta de Educación de calle Rodríguez e Irma Rodríguez Chacón. Mide: ochocientos setenta y cinco metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Ruiz Rodríguez. Expediente Nº 05-001339-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de abril del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—(40101).
Libre de gravámenes
hipotecarios, a las nueve horas del dos de junio del dos mil nueve, en la puerta
exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de cuarenta mil dólares
moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor, se rematará la
finca dada en garantía, inscrita al partido de Limón matrícula 112116-000. En
el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda
subasta pero con la base de treinta mil dólares moneda de los Estados Unidos de
América, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se
señalan las nueve horas del diecisiete de junio del dos mil nueve. De ser
fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera
subasta se señalan las nueve horas del dos de julio del dos mil nueve, esta vez
con la base de diez mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, (es
decir un veinticinco por ciento de la base original). El bien a rematar se
describe así: Terreno para construir y pasto lote B, situado en el distrito
sexto, Alegría, cantón tercero, Siquirres, de la provincia de Limón, que mide:
treinta y cuatro mil ciento ochenta y un metros con noventa decímetros
cuadrados, y linda: al norte, con Guillermo Enrique González Herrera; al sur,
con Guillermo Enrique González Herrera; al este, con calle pública, y al oeste,
con G.L.C. Sacon S. A. Se
advierte además que de conformidad con el artículo 25 de
A las nueve horas treinta minutos del tres de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y con la base de quince millones cincuenta y nueve mil con 2/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil cuarenta y tres-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Carmen Ramírez, y al oeste, José Ramón Vargas. Mide: trescientos ocho tres metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Jesús Chavarría Portuguez contra Vilma Solís González. Expediente Nº 03-000729-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de abril del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Nº 105591.—(40157).
A las diez horas del tres de junio del ano dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbres trasladadas y con la base de cuarenta y seis mil doscientos veintiuno con 29/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F quince mil novecientos setenta-cero cero uno y cero cero dos (F 15970-001 y 002), la cual es terreno unidad número ocho ubicada en la planta baja destinada a uso habitacional, tres dormitorios un baño completo, sala, comedor, cocina y área de pilas. Situada en el distrito sexto Santa Rosa, cantón tercero Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con filial nueve; al sur, filial siete; al este, área común de acceso vehicular en medio de área común de parqueo y de acceso peatonal, y al oeste, Rafael Ángel Zamora Rodríguez en medio área común de patio. Mide: ochenta y tres metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Finadesa S. A., contra Arturo Benjamín Hilton Richards, CEQSA del Este S. A., CEQSA Tratamiento de Aguas Industriales S. A. Expediente Nº 01-001417-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 05 de mayo del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—Nº 105673.—(40161).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes a las nueve horas treinta minutos del cinco de
junio del dos mil nueve, y con la base de trescientos cuatro mil seiscientos
cincuenta y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo
placas numero 609810, marca Hyundai, año 1994, cilindrada 155 c.c., color beige, categoría automóvil. Para el segundo
remate se señalan las nueve horas del veintiséis de junio del dos mil nueve,
con la base de doscientos veintiocho mil cuatrocientos noventa y dos colones
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas del diez de julio del dos mil nueve con la base de setenta y
seis mil ciento sesenta y cuatro colones (un Veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Credimóvil Sociedad Anónima contra Maritza de
A las trece horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, con base en el artículo 655 del Código Procesal Civil en la suma de ciento cuarenta y seis mil sesenta y tres dólares con cuarenta centavos, al mejor postor remataré: Propiedad del partido de Puntarenas Folio Real matrícula treinta y un mil setecientos ochenta y tres-cero cero cero. Situada en distrito primero, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con avenida dos con diez metros con setenta y cuatro centímetros; sur, Ministerio de Hacienda; este, Canadá Dry of Costa Rica, y al oeste, con Jessie Diermissen Salazar. Mide trescientos sesenta y un metros con cincuenta decímetros cuadrados. Lo anterior por estar ordenado así en ejecutivo hipotecario 06-000396-181-CI-2 de Mirian Picado Blanco contra Vianney Medina Jiménez.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Jesús Alberto Ramírez Campos, Juez.—Nº 105844.—(40175).
A las ocho horas quince
minutos del dos de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes prendarios, e infracciones a
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones a las citas 334-17597-01-0901-001 y plazo de convalidación a las citas 572-64700-01-0002-001, remataré la finca inscrita en propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número doscientos veintidós mil seiscientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, situado en distrito siete Pejibaye, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José, colindantes norte; sur; y este; con calle pública; y oeste, Manuel Cascante Picado. Mide: treinta y dos mil ochocientos cuarenta metros con dos decímetros cuadrados, plano SJ-1174737-2007. La finca descrita pertenece a Bosques de Osa S. A. para el primer remate con la base de diez mil dólares, se señalan las catorce horas del veinticinco de junio de dos mil nueve; fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de siete mil quinientos dólares, se señalan las once horas del veintitrés de julio de dos mil nueve; y para celebrar el tercer remate con la base de dos mil quinientos dólares, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las once horas del trece de agosto de dos mil nueve. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario N° 09-100257-188-CI interno 275-09-R-4 de Carlos Manuel Duarte Valverde contra Bosques de Osa S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 23 de abril del 2009.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—Nº 105669.—(40159).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones remataré la finca inscrita en el Registro Público, Sección de Bienes Inmuebles, partido de San José, matrícula número quinientos cuarenta y cinco mil doscientos veintinueve cero cero cero, situado en distrito sexto, Platanares, cantón; diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José, lindantes: norte, Edwin Quirós Valverde; sur, calle pública; este, Gilberto Leiva Martínez y Vieney Leiva Sánchez; y oeste, Edwin Quirós Valverde. Mide: dos mil quinientos cuarenta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados, plano SJ-0760498-2001. Para lo cual se señala las once horas del dieciocho de junio del año dos mil nueve. Fracasado dicho remate con la base rebajada de un veinticinco por ciento sea la suma de un millón quinientos mil colones a efectos de realizar el segundo remate se señala para las nueve horas treinta minutos del nueve de julio del año dos mil nueve y en caso de no existir oferentes con la base de un veinticinco por ciento de la base original quinientos mil colones celébrese tercer remate al ser las nueve horas del seis de agosto del año dos mil nueve, la finca descrita pertenece a Maribel Umaña Piedra. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario N° 09-100210-188-CI interno 221-09-JB3 de Edwin Quirós Valverde contra: Maribel Umaña Piedra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 28 de abril del 2009.—Lic. Jeudy Briceño Gómez, Jueza.—Nº 105671.—(40160).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las nueve horas del cinco de agosto del dos mil nueve y con la base de cuatro millones quinientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y seis mil diez-cero cero cero, la cual es terreno para construir, situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste, colinda: al norte, avenida segunda; al sur, Betsabé Rodríguez Torres; al este, calle quinta y al oeste, Eser Guadamuz Leal. Mide: doscientos ochenta y tres metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de agosto del dos mil nueve, con la base de tres millones cuatrocientos cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil nueve, con la base de un millón ciento treinta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L contra Eli Rodríguez Torres. Exp. 09-000240-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 6 de mayo del 2009.—Lic. Deyanira Abarca Vásquez, Jueza.—Nº 105698.—(40162).
A las ocho horas del ocho de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) un cepillador de veinticuatro pulgadas, cinco HP, doscientos veinte voltios, sesenta Hz, un f, marca Holytek, código HP veinticuatro pulgadas, serie tres mil quinientos ochenta y siete, con la base de un millón veintiocho mil seiscientos veintisiete colones con treinta céntimos. B) un trompo cinco HP, doscientos veinte voltios, eje inclinable, marca Holytek, código HS seiscientos veinticinco TS, serie cero veinte mil trescientos veintitrés, con la base de un millón noventa mil novecientos sesenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos. C) cuatro colectores, polvo dos HP, doscientos veinte voltios, un f, código DC-ciento uno, marca Holytek, serie cero uno siete dos tres cinco, cero uno siete dos tres seis, cero uno siete dos tres siete y cero uno siete dos tres ocho, con la base de noventa y tres mil quinientos once colones con cincuenta y siete céntimos, cada uno. D) un escopio, un HP, doscientos veinte voltios, marca Holytek, sesenta Hz, un f, código CT-mil novecientos trece, serie tres cero siete cero tres uno tres cuatro cuatro, con la base de trescientos once mil setecientos cinco mil colones con veintitrés céntimos. E) un alimentador de un HP, cuatro rodines, cuatro velocidades, código APO-cuarenta y cuatro, serie cero tres tres nueve seis, con la base de ciento ochenta y siete mil veintitrés colones con catorce céntimos. F) una canteadora, dieciséis pulgadas, cinco HP, doscientos veinte voltios, un f, código HJ ciento sesenta y ocho L, marca Holytek, serie JL uno seis ocho cero cero cero cinco siete-cero tres, con la base de un millón noventa mil novecientos sesenta y ocho colones con treinta y cinco céntimos. G) una sierra de mesa, doce pulgadas, 5HP, doscientos veinte voltios, un f) código TBS trescientos, marca Holytek, serie tres cero uno cinco seis cinco, con la base de setecientos dieciséis mil novecientos veintidós colones con cinco céntimos. H) una lijadora de tambor, treinta y siete pulgadas, siete punto cinco HP, doscientos veinte voltios, un f) código SL-tres siete dos cuatro V, marca Holytek, serie S-uno dos dos dos, con la base de un millón ochocientos setenta mil doscientos treinta y un colones con cuarenta y cuatro céntimos. I) una lijadora, de disco de doce pulgadas, banda seis pulgadas, código SBD-seiscientos doce C, marca Holytek, serie uno uno nueve dos dos cinco nueve, con la base de trescientos setenta y cuatro mil cuarenta y seis colones con veintinueve céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Flor Imelda Cantillo Cantillo. Exp: 06-100703-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 07 de mayo del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—Nº 105911.—(40479).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada a las catorce horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil nueve y con la base de setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 285792-000, la cual es terreno lote 113, P, construir, situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José, colinda: al norte, Fraccionamientos Urbanos S. A.; al sur, lote 112; al este, calle 2da con 11.00; y al oeste, Fraccionamiento Urbano S. A. Mide: doscientos treinta metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil nueve, con la base de quinientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil nueve, con la base de ciento setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, contra José Fabio Solano Cascante. Exp. 08-011051-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 16 de febrero del 2009.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—Nº 106146.—(40486).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las trece horas treinta minutos,
del ocho de junio de dos mil nueve y con la base de dos millones ochocientos
cuarenta y nueve mil setecientos noventa y dos colones, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
396114-001 y 002, la cual es terreno con una casa lote 9-F, situada en el
distrito 04 Mata de Plátano, cantón Goicoechea, de la provincia de San José,
colinda: al norte, lote 10 y al sur, alameda con
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes a las trece horas treinta minutos, del nueve de
junio del dos mil nueve y con la base de tres millones quinientos mil colones,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número TL-384, marca
Toyota, año 2006, Vin JTBD21E404011958, color rojo, categoría automóvil. Para
el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de
junio del dos mil nueve, con la base de dos millones seiscientos veinticinco
mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta
se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de julio del dos mil
nueve, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Anthony Ortega Zamora contra
Gerardo Manuel Badilla Castillo. Exp.
09-000061-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de
Al ser las trece horas treinta
minutos, del cuatro de junio de dos mil nueve, en la puerta exterior de este
Juzgado, libre de anotaciones, pero soportando tres hipotecas y con la base de
quince millones doscientos setenta y nueve mil novecientos noventa colones, en
el mejor postor remataré: la finca del partido de San José, matrícula número
cuatrocientos ochenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho-cero cero cero, que es terreno con una casa y una construcción,
situado en distrito 01, Curridabat, del cantón 18 Curridabat, de la provincia
de San José, linda al norte, Ana Lorena Madrigal; sur, calle pública con
A las nueve horas del cuatro
de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este
Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones bajo citas
0383-00017175-01-0901-001 y anotación de decreto de embargo al tomo 563,
asiento
A las nueve horas del dos de junio del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón novecientos ochenta y un mil noventa y cinco colones cuarenta y tres céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas doscientos veintinueve mil ochocientos ochenta y seis, marca: Nissan, estilo: Pathfinder, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, año: mil novecientos noventa, chasis número: J N ocho H D uno siete y cuatro L W dos uno cero cuatro cinco cuatro, motor número: V G tres cero seis cero cinco nueve seis seis W, color: rojo, tracción: doble. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario número 04-001324-184-CI de Vehículos Internacionales S. A., contra Jéssica Montero Mata y Carlos Alberto Quirós Castillo.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, 28 de abril del 2009.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—(40798).
A las nueve horas y veinte
minutos del primero de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón
doscientos ochenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dos mil ochocientos
treinta y cinco cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón
Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Giselle Martínez; al
sur, Walter Manuel Pineda Morán; al este, Telma Quirós Morales y al oeste,
calle pública con frente a la misma de
A las diez horas y veinte
minutos del uno de junio del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cinco millones
doscientos nueve mil colones, en el mejor postor, remataré: Finca inscrita en
el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número
cuatrocientos noventa y siete mil doscientos cuarenta y cinco-cero cero cero. Que es terreno: para construir con una casa. Sito:
Distrito dos San Josecito, Cantón diez Alajuelita, de
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Alberto Marín Orozco, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Santa Ana, cédula número uno-quinientos cincuenta-setecientos cuarenta y cuatro, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos, del veintitrés de junio de dos mil nueve, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-000683-182-CI (3). Sucesión de José Alberto Marín Orozco.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 22 de abril del 2009.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 105933.—(40496).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ricardo Cubero González, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del tres de julio del año dos mil nueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 08-002031-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 05 de mayo del 2009.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—Nº 105996.—(40497).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Eugenio García Carrillo, quien fue mayor, casado tres veces, vecino de Escazú, cédula número uno-ciento tres-novecientos sesenta y ocho, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del dos de junio del dos mil nueve, para conocer los extremos a que se refiere el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 05-000401-182-CI (6). Sucesión de Eugenio García Carrillo.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 05 de diciembre del 2007.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—Nº 106119.—(40498).
Se convoca a los socios o miembros de Fundación Universidad de San José, a una junta que se verificará en este despacho a las catorce horas y veinte minutos, del veintitrés de junio del año dos mil nueve, para que de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos sesenta y seis del Código Procesal Civil, elijan representante. En caso de no asistir ningún miembro a la junta, el Juzgado hará recaer el nombramiento en persona idónea. Proceso ejecutivo simple de el Estado contra Fundación Universidad de San José. Expediente Nº 06-014148-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las veinte horas y cuarenta y cuatro minutos, del veintisiete de abril del dos mil nueve.—Lic. Sammy Ugalde Villalobos, Juez.—1 vez.—(O. P. Nº 93035).—(Solicitud Nº 2040).—C-10520.—(40958).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 09-000023-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Carlos Segundo Murillo Chaves quien es mayor, casado, vecino de
San Rafael de Poás de Aajuela,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-266-905,
agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Félix Antonio Amador
Altamirano, mayor, soltero, agricultor, vecino de Buenos Aires, de la escuela
María Eugenia Rodríguez Marín,
mayor, casada una vez, comerciante,
vecina de Santa María de Pocosol, contiguo a la pulpería Los Almendros, cédula
2-349-561, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su
nombre en el Registro Público de
Oney
Quirós Vargas, cédula número 1-0732-0191, mayor, casado una vez, divorciado y
en unión libre, empresario, y vecino de Pérez Zeledón, Barrio Montserrat,
doscientos cincuenta metros al oeste de la carretera Interamericana, promueve
diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre ante el
Registro Público
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 09-000018-1002-AG donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Francisco Aguilar Núñez quien es mayor, estado civil viudo una
vez, vecino de El Carmen de Santa Cruz de Turrialba, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número tres-cero noventa y nueve-ochocientos treinta
y cuatro, profesión agricultor, a fin de rectificar la medida del terreno
inscrito en el Registro Público Partido de Cartago, matrícula cincuenta y un
mil setecientos cincuenta y cinco-cero cero cero,
inscrito a su nombre, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la
provincia de Cartago, la cual es terreno café y charral.
Situada en el distrito cuarto, cantón quinto, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Peter Jonathan Jara García y Francisco Aguilar Pereira; al
sur, Mauren Adriana López Araya; al este calle
pública con un frente de cuarenta y nueve metros con veinticinco centímetros, y
al oeste, Río Aquiares. Mide: según el Registro tres
mil novecientos ochenta metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, pero
real y verdaderamente mide en su materialidad veintinueve mil quinientos
cincuenta metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas de ninguna naturaleza o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de novecientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble de sus padres
Nicolás Aguilar Guzmán y Josefa Núñez Alfaro, mediante escritura pública, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en trabajarlo y darle mantenimiento a los
linderos y asistencia del café. Que no ha inscrito mediante el amparo de
Concreto Asfáltico Nacional S.
A., cédula jurídica número 3-101-00865 representada por Gavridge
Pérez Porras, mayor, casado dos veces, abogado, vecino Heredia, cédula número
4-133-976, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su
nombre ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 08-000203-039l-AG-4 donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Jonás Alberto Galagarza Cabalceta c. c. Alberto Álvarez Cabalceta,
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Santa Cruz, Guanacaste,
portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-248-170,
profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de
Se hace saber que ante este
despacho se tramita el expediente N° 09-000016-1002-AG donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Vera Delgado Núñez quien es mayor, estado civil casada, vecina de
Barrio Echandi, Juan Viñas de Jiménez de Cartago,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-231-897,
profesión ama de casa, a fin de rectificar la medida de la finca inscrita en el
Registro Público de
Se hace saber que ante este despacho
se tramita el expediente N° 08-000066-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Carretera y Construcciones Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y siete,
representada por Rafael Ángel Solís Zamora quien es mayor, casado una vez ,
vecino de Santiago oeste de
Andrey Molina Quesada, mayor de edad, casado una vez, guía turístico, cédula número 2-525-724, vecino de Grecia, establece diligencias de información posesoria, de la finca que se describe así: terreno para construir, sito en distrito sétimo Puente de Piedra, del cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Linderos: al noroeste, calle pública con catorce metros catorce centímetros lineales; al noreste, Luis Amado Hidalgo Brenes; al suroeste, Luz Marina Hidalgo Brenes, y al sureste, Ana Lía Hidalgo Brenes, y mide ciento cincuenta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados, según plano catastrado A-866239-2003, y se estimó el bien en la suma de cincuenta mil colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria N° 09-100074-0295-CI, promovidas por Andrey Molina Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 19 de marzo del 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(40274)
Ana Lía Hidalgo Brenes, cédula número dos-ciento setenta y cinco-novecientos dieciséis establece diligencias de información posesoria de la finca que se describe así: terreno para construir, situado en el distrito siete, Puente Piedra, cantón tercero Grecia de la provincia de Alajuela. Mide ciento cincuenta y dos metros con diecisiete decímetros cuadrados. Linderos: noreste, Luis Amado Hidalgo Brenes; noroeste, Andrey Molina Quesada; sureste, calle pública con once metros con treinta y un centímetros lineales; suroeste, Luz Marina Hidalgo Brenes en parte y Jovel Hidalgo Brenes, en parte. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria Nº 09-100075-0295-CI, promovidas por Ana Lía Hidalgo Brenes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 26 de marzo de 2009.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—(40275).
Luis Amado Hidalgo Brenes cédula 2-273-074, mayor de edad, soltero, comerciante, vecino de Puente Piedra de Grecia, establece diligencias de información posesoria, de la finca que se describe así: terreno para construir, sito en distrito sétimo Puente Piedra, del cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, calle pública con veinticuatro metros seis centímetros lineales; noreste, calle pública con nueve metros y noventa y tres centímetros lineales; sureste, calle pública con veintisiete metros con noventa y dos centímetros lineales, y al suroeste, Ana Lía Hidalgo Brenes y Andrey Molina Quesada. Mide cuatrocientos veintidós metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado A-866241-2003, y se estimó el bien en la suma de quinientos mil colones. Con treinta días de término contados a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeron con derecho alguno para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Ordenado así en información posesoria N° 09-100076-0295-CI, promovidas por Luis Amado Hidalgo Brenes.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 16 de abril del 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(40276)
Aurora Chacón Fernández,
mayor, soltera, del hogar, cédula dos-trescientos ochenta y
cuatro-cuatrocientos cincuenta y tres, vecina de Jabillo
de Potrero Grande de Buenos Aires de Puntarenas, establece diligencias de
información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de
Mario Bonilla Bonilla, mayor, casado una vez, comerciante, cédula uno-quinientos
veintidós-cuatrocientos treinta y dos, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón,
establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el
Registro Público de
El Bufete Hernández González,
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ulises Molina Serrano,
quien en vida fue casado una vez, vecino de San José de Alajuela, del
Supermercado Mega Súper cien metros oeste, con cédula número
dos-doscientos-ciento ochenta y siete, fallecido el día dieciocho de noviembre
del dos mil seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, quedando
debidamente apercibidos aquellos que consideren tener la calidad de herederos,
que si no se presentan dentro de este término, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 0002-2009. Notaría del Bufete Hernández, ubicada
cien metros oeste de
El Bufete Hernández González,
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Walter Fonseca Rojas,
quien en vida fue casado una vez, profesor, vecino de Alajuela, al costado sur
de
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de Víctor Manuel Venegas Murillo, quien fuera mayor,
casado una vez, comerciante, vecino de Heredia
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Bienvenido Miranda Zamora, quien fue mayor de edad, viudo una vez, portador de la cédula de identidad número 3-082-385, costarricense, vecino de Colina de Limón, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2009, sucesorio notarial de Bienvenido Miranda Zamora Bufete Rodríguez y Asociados, avenida, cuarta, calles quinta y sétima. Edificio Bazar Roma, Segundo Piso.—Cartago, 11 de mayo 2009.—Lic. Marcela Rodríguez Masís, Notaria.—1 vez.—(40097).
Por escritura número sesenta y
uno a las diecinueve horas del veintiuno horas de abril del dos mil nueve de
esta notaría se apersonaron Aracelly Vargas Jiménez,
mayor, en unión de hecho, con cédula de identidad número seis-cero ciento
sesenta y cuatro-cero quinientos cincuenta, administradora del hogar, vecina de
El Jobo,
Por escritura número sesenta y
dos a las diecinueve horas veinte minutos del veintiuno de abril del dos mil
nueve ante esta notaría se apersonó Daniel Cabezas Jiménez, mayor, soltero,
pescador, de nacionalidad costarricense, vecino del Jobo de
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Materna Castro Castro, quien fuera mayor, viuda, comerciante, costarricense, vecina de Paso Ancho, portadora de la cédula de identidad uno-ciento veintinueve-trescientos nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2009-100028-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 14 de abril del 2009.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—Nº 105672.—(40190).
Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Miguel Ángel Mata Villalobos, quien fue costarricense, mayor de edad, divorciado de primeras nupcias, portador de la cédula de identidad tres-cero noventa y dos-doscientos setenta y ocho, vecino de Urbanización Villa del Sol, Cartago, para que dentro de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se hacen dentro del término indicado la herencia pasará a quien corresponda, expediente 001-2009. Sucesorio notarial de Miguel Ángel Mata Villalobos. Bufete Rodríguez y Asociados, avenida cuatro, calles cinco y siete Cartago, altos edificio bazar Roma.—Cartago, 12 de mayo del 2009.—Lic. Marcela Rodríguez Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 105682.—(40191).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Miguel Gerardo Solís Monge, mayor, casado una vez, con cédula número uno-seiscientos cincuenta y ocho-setecientos setenta y ocho, quien fue vecino de San Ignacio de Acosta, barrio El Puente, Chirraca frente al cruce con Agua Blanca, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio expediente número 09-100006-0247-CI de Miguel Gerardo Solís Monge.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Acosta, San Ignacio, 08 de mayo del 2009.—Lic. Marvin José Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—Nº 105705.—(40192).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de Francisco Arias Badilla,
quien fuera mayor, divorciado una vez, agricultor, vecino de Guácimo, calle el
2 detrás del taller del MOPT y portaba la cédula de identidad 202680215. Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 09-000045-0930-CI.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Ignacio Cerceño Cerceño, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula número seis-cero treinta y uno-ochocientos diecinueve, vecino de barrio de Pueblo Nuevo de Coto, dos kilómetros al noroeste, frente al bar Cañalito, cantón de Corredores, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio Nº 08-100105-920-CI-2, promovido por Estanilada Concepción Concepción.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 14 de octubre del 2008.—Lic. William Calderón Navarro, Juez.—1 vez.—Nº 105751.—(40194).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Emilio Jacinto c. c. Rafael Emilio Castillo Castillo, quien fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad 1-429-022, vecino de San Ramón de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000308-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de abril del 2009.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—Nº 105760.—(40195).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados del causante que en vida fue el señor Pedro de Jesús Ortiz Ortiz, mayor de edad, agricultor, casado en segundas nupcias, cédula de identidad número cinco-cero treinta y ocho-ochocientos seis, con domicilio en Filadelfia, Carrillo de la iglesia católica trescientos veinticinco metros sur, a comparecer ante esta notaría dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, advirtiendo que de no hacerlo, la herencia se repartirá como en derecho corresponde. La oficina está ubicada en Liberia, de la esquina noroeste del mercado municipal, dos cientos cincuenta metros norte.—Lic. Zedy Guevara Contreras, Notaria.—1 vez.—Nº 105794.—(40196).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Osvaldo Vargas López, quien fuera mayor, casado una vez, abogado, vecino de San Ramón de Alajuela, cédula de identidad 2-319-705. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000155-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de abril del 2009.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—Nº 105801.—(40197)
Se cita y emplaza a todos los
interesados en el proceso sucesorio notarial Ab intestato de Susan María Eustace Eustace,
conocida como Victoria Greene Greene, quien fuera ama
de casa, soltera, con cédula siete-cero doce-novecientos tres, con domicilio en
barrio Bella Vista, cien metros oeste del Blue Bar, provincia de Limón; para
que dentro del plazo de treinta días contados desde la publicación de este
edicto, se apersonen a esta notaría situada en los altos del Complejo Ofiplaza, calle 4 avenidas 5 y 6, cantón y distrito
primeros de Limón; apartado postal 202-7300 Limón, o facsímil 2758-
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rafael Fallas Hernández, mayor, casado una vez, con cédula número uno-doscientos tres-quinientos setenta y dos, quien fue vecino de Ortiga de Acosta, cien metros al oeste del salón comunal, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio expediente Nº 09-100005-0247-CI de Rafael Fallas Hernández.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Acosta, San Ignacio, 30 de abril del 2009.—Lic. Marvin José Jarquín Sancho, Juez.—1 vez.—Nº 105809.—(40199).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio que promueve María Dolores Oviedo Camacho, de quien en vida fuera Bernardita Camacho Solís, mayor, soltera, vecina de San Pedro de Barva, cédula 9-0021-0784, ama de casa. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer vales sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001494-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 28 de enero del 2009.—Lic. Kathya Campos Marín, Jueza.—1 vez.—Nº 105825.—(40200).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Graciela Camacho Solís, quien fuera mayor, casada, vecina de San Pedro de Barva de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001496-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 13 de abril del 2009.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—1 vez.—Nº 105826.—(40201).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Manuel Camacho Solís, quien fuera mayor, soltero, agricultor, cédula cuatro-cero cuarenta y siete-quinientos diecinueve, vecino de San Pedro de Barva de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-000572-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 06 de noviembre del 2008.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—Nº 105827.—(40202)
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Eugenia Vargas Aguilar, quien fue mayor, viuda casada una vez, ama de casa cédula de identidad N° 1-0129-236 con su último domicilio en San José, barrio Carit y Manuel Antonio Mora Quirós, quien fue, mayor, casado una vez, zapatero cédula de identidad N° 1-411-653, con su último domicilio en San José, barrio Carit, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos, de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2009-000064-220-CI-0.—Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía, San José, 27 de abril del 2009.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza.—1 vez.—Nº 105836.—(40203).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Beatriz Inés Altamirano Guevara a las 12 horas
del 26 de noviembre de 2008, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto
el proceso sucesorio ab intestato
de quien en vida fuera Robustiano Altamirano Altamirano,
mayor, viudo, carpintero, vecino de San José, portador de la cédula número
cinco-uno uno ocho-nueve tres ocho, fallecido el once de febrero de dos mil. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fernando Julio Rivera Solera, mayor, casado una vez, auxiliar de enfermería, cédula uno-trescientos noventa y cuatro-doscientos tres, vecino de San José, Tibás, para que dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2009. Lic. Douglas Hernández Zamora, San José, Tibás, del Perimercado de Jardines de Tibás cien metros sur y doscientos cincuenta al oeste casa once E, teléfono 8391-1080 Telefax 2297-2862.—Lic. Douglas Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—(40272).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Armando Burgos Artavia, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Guadalupe, cédula de identidad uno-ciento setenta y seis-setecientos noventa y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000792-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de enero del 2009.—Lic. José Miguel González Molina, Juez.—1 vez.—(40935).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
El suscrito Rodrigo Brenes
Vargas, Juez del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, notifica a
Yu Lin Mein, pasaporte
número 75-637491, las resoluciones que se encuentran en el proceso ordinario Nº
07-002084-0181-CI, de Óscar Fernández Leiva contra Yu Lin
Mein, las que dicen literalmente: Juzgado Segundo
Civil de Mayor Cuantía. San José a las catorce horas del siete de octubre del
dos mil ocho. De la anterior demanda ordinaria que promueve Óscar Fernández
Leiva, se confiere traslado por el plazo perentorio de treinta días a Yu Lin Mein. Artículo 295 del Código
Procesal Civil. Con respecto de los hechos de la demanda expondrá(n) con
claridad si los rechaza(n) por inexactos o si los admite(n) como ciertos o con
variantes o rectificaciones; también manifestará(n) con claridad las razones
que tenga(n) para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye(n). En
la misma oportunidad ofrecerá(n) las pruebas que estime(n) pertinentes, con
indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los
hechos a que deberá de referirse cada uno de éstos. Artículos 305, 354 y 357
ibídem. Asimismo se le(s) previene que deben señalar casa u oficina dentro del
perímetro judicial de San José o medio empleado donde atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que si lo omitiere(n), o si el lugar señalado fuere
incierto, o impreciso, o ya no existiere, las resoluciones posteriores quedarán
por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas igualmente si el medio escogido imposibilitare la notificación por
causas ajenas al Despacho. Notifíquesele esta resolución al demandado
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación.
Previo a llevar a cabo dicha notificación y vistas las manifestaciones de la
parte actora, apórtese certificación actualizada de los movimientos migratorios
del demandado, toda vez que la aportada en autos data del año dos mil seis. De
igual forma apórtese certificación del Registro de Personas que indique si el
accionado tiene apoderado. Msc. Rodrigo Brenes
Vargas, Juez. Juzgado Segundo Civil de San José, a las once horas cuarenta
minutos del veintiséis de enero del año dos mil nueve. Habiéndose depositado la
suma prudencial fijada para el nombramiento de curador se nombra como tal a Dalays Castiblanco Vargas, quien
puede ser localizada en los teléfonos 2236-2713, 2225-2827 y al fax 2225-4151;
a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este
Despacho dentro del plazo de tres días, para aceptar el cargo conferido. Si no
comparece en ese plazo, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su
reposición. Msc. Rodrigo Brenes Vargas. Juez. Juzgado
Segundo Civil de San José, a las diez horas del veintisiete de marzo del año
dos mil nueve. Por parte de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que en este despacho se tramita diligencia no contenciosa de declaratoria de ausencia de Maritza Zobeida Morales Ceciliano, quien fuera mayor de edad, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Las Juntas de Pacuar de Pérez Zeledón, portadora de la cédula de identidad número 1-784-865, haciendo del conocimiento de la ausencia y de quienes consideren tener interés en este asunto a apersonarse al proceso en defensa de sus derechos, lo que deberá hacerse contados tres meses a partir de la publicación de este aviso, expediente Nº 04-100221-0188-CI, interno 228-04 R-2, promovido por Scott Kelly Grider.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 19 de marzo del año 2009.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº 105319.—(39665)
Licenciada Cindy
Fumero Molina, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José, hace saber que en proceso abreviado de divorcio establecido por
Casilda Beatriz Chacón Torres contra Saad Hussein Ali
representado por su curador procesal
Se hace saber que ante este
despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Jerónima Maritza
Eras Pineda, mayor, vecina de San Ramón de Tres Ríos, de
Se avisa que en este despacho
los señores Jesús Manuel Vives Bonilla y Carmen Patricia Gómez Quirós,
solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Jonathan
Jesús Vives Gómez. Se concede a todos los interesados directos el plazo de
cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los
motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente 09-000140-0673-NA.—Juzgado de
Se avisa a Guillermo Cervantes
Rotge, mayor, casado, arquitecto, de nacionalidad
mexicana, pasaporte número P-cero tres tres cinco
cero cero seis seis tres
cinco tres, domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Despacho se
tramita suspensión de patria potestad establecida en su contra por Verónica
Bonilla Quirós, para que en sentencia se declare la suspensión de la patria
potestad que el señor Guillermo Cervantes Rotge
ejerce sobre la menor María De
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del señor Francisco Rojas Chinchilla, cédula número 2-178-087, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Cecilia Monge Sánchez. Expediente Nº 09-000515-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de abril del 2009.—Lic. Irma Mercedes Páez Sibaja, Jueza.—1 vez.—(40010).
Lic. Ramón Zamora Montes, Juez
del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de San José, hace saber que en
este despacho se interpuso un proceso reconocimiento hijo mujer casada,
establecido por Walter Pérez Coronado, donde son interesados los señores
Elizardo Peláez Simón y Sirleen Zúñiga Víquez, bajo el expediente número 08-000940-0186-FA donde
se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del II
Circuito Judicial de San José. A las quince horas y treinta y cuatro minutos
del uno de octubre de dos mil ocho.- Se tienen por establecidas las presentes
diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Walter
Pérez Coronado a favor de la menor Kristen Adriana
Peláez Zúñiga. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de
Se avisa que en este despacho
los señores Sergio Roberto Tapia Soto y Karla Franciny
León Carvajal, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de
la persona menor de edad María José Navarro Ávila. Se concede a todos los
interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 09-0000170-0673-NA.—Juzgado de
Se convoca por medio de este edicto a las personas que tengan interés en la insania de Mariela cc Marietta Viquez Porras, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Miguel Ángel Elizondo Porras.-Expediente número 09-000153-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de abril del 2009.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—Nº 105741.—(40205).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Virginia Calvo Navarro. Expediente número 09-000030-0675-FA-G.—Juzgado de Familia de Turrialba, 22 de abril del 2009.—Lic. María Margoth Castro Salazar, Jueza.—1 vez.—Nº 105789.—(40206).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de María Auxiliadora Arias Calderón, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania que promueve Urbano Arias Quesada. Expediente número 09-000088-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 04 de febrero del 2009.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº 105791.—(40207).