BOLETÍN JUDICIAL Nº 184 DEL 22 DE
SETIEMBRE DEL 2009
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
tercera PUBLICACIÓN
HACE
SABER:
Que dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el
expediente 09-001021-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado
contra el notario Junior Alonso Hernández Segura, mediante resolución de las
quince horas veintisiete minutos del quince de junio del año dos mil nueve, se
dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, quince horas veintisiete
minutos, del quince de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez
Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi
condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario
notarial, contra el notario Junior Alonso Hernández Segura, carné 10724, cédula
4-150-554, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El
Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de
Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar
quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo,
hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles
posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un
mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del
Código Notarial). 2º—Según información suministrada por el Archivo Notarial, el
notario Junior Alonso Hernández Segura, no ha presentado el(los) índice(s)
correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): II febrero 2007, I abril
2008, II julio 2008. tercero: De conformidad con lo resuelto por
San José, 3 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079681). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente 09-000908-0624-NO,
establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la notaria Gabriela
Castro Mora, mediante resolución de las nueve horas veinticinco minutos del
seis de julio del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de
Notariado. San José, nueve horas veinticinco minutos del seis de julio del año
dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y
notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado,
de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código
Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra la notaria Gabriela
Castro Mora, carné 12002, cédula 1-916-263, basándome en los siguientes hechos
y fundamentos de Derecho: 1º—El Código Notarial, y el Reglamento del Archivo
Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone a los notarios
públicos el deber de presentar quincenalmente los índices notariales, cuenten o
no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro
de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento. La no presentación del
índice se sanciona con un mes de suspensión por cada índice no presentado
(inciso j) del artículo 143 del Código Notarial). 2º—Según información
suministrada por el Archivo Notarial, el(la) notario(a) Gabriela Castro Mora,
no ha presentado el(los) índice(s) correspondiente(s) a la(s) siguiente(s)
quincena(s): I enero 2007, II enero 2007, I febrero 2007, II febrero 2007, I
marzo 2007, II marzo 2007, I abril 2007, II abril 2007, I mayo 2007, II mayo
2007, I junio 2007, II junio 2007, I julio 2007, II julio 2007, I agosto 2007,
II agosto 2007, I setiembre 2007, II setiembre 2007, I octubre 2007, II octubre
2007, I noviembre 2007, II noviembre 2007, I diciembre 2007, II diciembre 2007,
I enero 2008, II enero 2008, I febrero 2008, II febrero 2008, I marzo 2008, II
marzo 2008, I abril 2008, II abril 2008, I mayo 2008, II mayo 2008, I junio
2008, II junio 2008, I julio 2008, II julio 2008, I agosto 2008, II agosto
2008, I setiembre 2008, II setiembre 2008, I octubre 2008, II octubre 2008, I
noviembre 2008, II noviembre 2008, I diciembre 2008, II diciembre 2008, I enero
2009, II enero 2009, I febrero 2009, II febrero 2009, I marzo 2009, II marzo
2009, I abril 2009. 3º—De conformidad con lo resuelto por
San José, 3 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079682). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente
09-000895-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la
notaria Francisco José Chaves Torres, mediante
resolución de las catorce horas cuarenta y siete minutos del dieciséis de junio
del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José,
catorce horas cuarenta y siete minutos del dieciséis de junio del año dos mil nueve.
Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino
de San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad
con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio
proceso disciplinario notarial, contra el notario Francisco José Chaves Torres, carné 11402, cédula 1-979-171, basándome en
los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El Código Notarial, y el
Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales, impone
a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices
notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado
instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al
vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión
por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial).
2º—Según información suministrada por el Archivo Notarial, el(la) notario(a)
Francisco José Chaves Torres, no ha presentado
el(los) índice(s) correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): I enero
2007, II enero 2007, I febrero 2007, II febrero 2007, I marzo 2007, II marzo
2007, I abril 2007, II abril 2007, I mayo 2007, II mayo 2007, I junio 2007, II
junio 2007, I julio 2007, II julio 2007, I agosto 2007, II agosto 2007, I
setiembre 2007, II setiembre 2007, I octubre 2007, II octubre 2007, I noviembre
2007, II noviembre 2007, I diciembre 2007, II diciembre 2007, I enero 2008, II
enero 2008, I febrero 2008, II febrero 2008, I marzo 2008, II marzo 2008, I
abril 2008, II abril 2008, I mayo 2008, II mayo 2008, I junio 2008 y II junio
2008. 3º—De conformidad con lo resuelto por
San José, 3 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079683). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente
09-000884-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el
notario Federico Valerio De Ford, mediante resolución de las catorce horas
cincuenta y tres minutos del veintidós de junio del año dos mil nueve, se dispuso:
“Dirección Nacional de Notariado. San José, catorce horas cincuenta y tres
minutos del veintidós de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez
Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi
condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 140 y 150 del Código Notarial, inicio proceso disciplinario
notarial, contra el(la) notario(a) Federico Valerio De Ford, carné 6377, cédula
1-745-747, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El
Código Notarial, y el Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de
Índices Notariales, impone a los notarios públicos el deber de presentar
quincenalmente los índices notariales, cuenten o no con tomo de protocolo,
hayan o no autorizado instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles
posteriores al vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un
mes de suspensión por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del
Código Notarial). 2º—Según información suministrada por el Archivo Notarial, el
notario Federico Valerio De Ford, no ha presentado el(los) índice(s)
correspondiente(s) a la(s) siguiente(s) quincena(s): segunda de enero de 2007.
3º—De conformidad con lo resuelto por
San José, 3 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079684). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario (índices), tramitado bajo el expediente
09-001170-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el
notario Gisela Chacón Vargas, mediante resolución de las nueve horas siete
minutos del veintidós de junio del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección
Nacional de Notariado. San José, nueve horas siete minutos, del veintidós de
junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una
vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición de Director Nacional
de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 140 y 150 del
Código Notarial, inicio proceso disciplinario notarial, contra la notaria
Gisela Chacón Vargas, carné 14158, cédula: 01-0937-0191, basándome en los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El Código Notarial, y el
Reglamento del Archivo Notarial para la presentación de Índices Notariales,
impone a los notarios públicos el deber de presentar quincenalmente los índices
notariales, cuenten o no con tomo de protocolo, hayan o no autorizado
instrumentos públicos, dentro de los cinco días hábiles posteriores al
vencimiento. La no presentación del índice se sanciona con un mes de suspensión
por cada índice no presentado (inciso j) del artículo 143 del Código Notarial).
2º—Según información suministrada por el Archivo Notarial, certificada por esta
Dirección y cuyo original se conserva en el Archivo del despacho, la notaria
Gisela Chacón Vargas, no ha presentado los índices correspondientes a las
siguientes quincenas: segunda de febrero del 2007, primera de mayo, segunda de
mayo, primera de junio, segunda de junio, primera de julio, segunda de julio,
primera de agosto, segunda de agosto, segunda de setiembre, primera de octubre,
segunda de octubre, primera de noviembre, segunda de noviembre, primera de
diciembre y segunda de diciembre del 2008 y primera de enero, segunda de enero,
primera de febrero, segunda de febrero y primera de abril del 2009. 3º—De
conformidad con lo resuelto por
San José, 4 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079685). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
08-001583-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la
notaria Gabriela Calderón Murillo, mediante resolución de las ocho horas
treinta minutos del doce de enero del dos mil nueve, se dispuso: “Dirección
Nacional de Notariado. San José, a las ocho horas treinta minutos del doce de
enero del dos mil nueve. Desprendiéndose de la prueba que consta a folio 1, en
donde se identifica que la notaria Gabriela Calderón Murillo ejerce un cargo
público, se inicia este proceso, a efecto de determinar si en atención a la
situación apuntada, a la citada notaria le asiste impedimento legal para el
ejercicio del notariado y por ende resulta procedente dictar su cese forzoso
para el ejercicio del notariado (artículos 4 y 13 del Código Notarial). Se
confiere audiencia por el plazo de ocho días a la notaria Gabriela Calderón
Murillo, cédula de identidad 01-0812-0004, carné 7676, para que se apersone
ante este despacho ejerciendo su derecho de defensa y aporte la prueba que
estime pertinente, indicando lugar dentro del perímetro de este Circuito
Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por
notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto,
o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079686). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
08-001543-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la
notaria Alejandra Mateo Fernández, mediante resolución de las trece horas cinco
minutos del siete de enero del año dos mil nueve, se dispuso: “Dirección
Nacional de Notariado. San José, a las trece horas cinco minutos del siete de
enero del año dos mil nueve. Desprendiéndose de la prueba que consta a folios
1, 2, que la notaria Alejandra Mateo Fernández, fue suspendida por el Colegio
de Abogados, se inicia este proceso, a efecto de determinar si en atención a la
situación apuntada, al citado notario le asiste impedimento legal para el
ejercicio del notariado y por ende resulta procedente dictar su cese forzoso
para el ejercicio del notariado (artículos 4 y 13 del Código Notarial). Se
confiere audiencia por el plazo de ocho días a la notaria Alejandra Mateo
Fernández, número de cédula 01-969-838, para que se apersone ante este despacho
ejerciendo su derecho de defensa y aporte la prueba que estime pertinente,
indicando lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender
futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán por notificadas con el
solo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el
lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente
(artículos 2, 6º y 12 de
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079687). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
08-001540-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra la
notaria María Gabriela Flores Rosabal, mediante
resolución de las diez horas quince minutos del siete de enero del año dos mil
nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, a las diez horas
quince minutos del siete de enero del año dos mil nueve. Desprendiéndose de la
prueba que consta a folios 1, 2, que la notaria María Gabriela Flores Rosabal, fue suspendida por el Colegio de Abogados, se
inicia este proceso, a efecto de determinar si en atención a la situación
apuntada, al citado notario le asiste impedimento legal para el ejercicio del
notariado y por ende resulta procedente dictar su cese forzoso para el
ejercicio del notariado (artículos 4 y 13 del Código Notarial). Se confiere
audiencia por el plazo de ocho días a la notaria María Gabriela Flores Rosabal, número de cédula 1-1044-0866, para que se apersone
ante este despacho ejerciendo su derecho de defensa y aporte la prueba que
estime pertinente, indicando lugar dentro del perímetro de este Circuito
Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores que se dicten, se le tendrán
por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas; igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto, o inexistente (artículos 2, 6 y 12 de
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079688). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
09-000624-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el
notario Rafael Saturnin Campos Quirós, mediante resolución
de las nueve horas veintinueve minutos del cuatro de mayo del año dos mil
nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, nueve horas
veintinueve minutos del cuatro de mayo del año dos mil nueve. Roy Arnoldo
Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José,
en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 4, 9, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso
de cese forzoso, contra el(la) notario(a) Rafael Saturnin
Campos Quirós, cédula: 401220370, carné: 14888, basándome en los siguientes
hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El Código Notarial obliga a todos los
notarios a cotizar para el Fondo de garantía (párrafo 3ero. Artículo 9º);
establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las
cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4) y obliga a esta Dirección a
decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus
cotizaciones a ese fondo (inciso b) del artículo 13), cese que se mantendrá
hasta que el(la) notario(a) cancele las cuotas
atrasadas. 2º—Según información suministrada por
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079689). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
09-000644-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el
notario Romano Salazar Gigli, mediante resolución de
las ocho horas cuarenta y nueve minutos del veintinueve de abril del año dos
mil nueve, se dispuso: “Dirección Nacional de Notariado. San José, ocho horas
cuarenta y nueve minutos del veintinueve de abril del año dos mil nueve. Roy
Arnoldo Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de
San José, en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 4, 9, 13 y 140 del Código Notarial, inicio
proceso de cese forzoso, contra el(la) notario(a) Romano Salazar Gigli, cédula: 106890806, carné: 6587, basándome en los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El Código Notarial obliga a
todos los notarios a cotizar para el Fondo de garantía (párrafo 3ero. Artículo
9); establece como causa impeditiva para ejercer el notariado el no pago de las
cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4º) y obliga a esta Dirección a
decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no estén al día en sus
cotizaciones a ese Fondo (inciso b) del artículo 13), cese que se mantendrá
hasta que la notaria cancele las cuotas atrasadas. 2º—Según información
suministrada por
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079690). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
09-001419-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el
notario Johnny Gerardo Quirós Burgos, mediante resolución de las catorce horas
veintinueve minutos del dieciocho de junio del año dos mil nueve, se dispuso:
“Dirección Nacional de Notariado. San José, catorce horas veintinueve minutos
del dieciocho de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo Jiménez Oreamuno,
mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José, en mi condición
de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 4, 9, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso de cese forzoso,
contra el(la) notario(a) Johnny Gerardo Quirós Burgos, cédula: 103951128,
carné: 2095, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de Derecho: 1º—El
Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el Fondo de garantía
(párrafo 3ero. Art. 9); establece como causa impeditiva para ejercer el
notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g) artículo 4) y
obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos notarios que no
estén al día en sus cotizaciones a ese Fondo (inciso b) del art.
13), cese que se mantendrá hasta que el(la) notario(a)
cancele las cuotas atrasadas. 2º—Según información suministrada por
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079691). Director
Que
dentro del Proceso Disciplinario de Índices, tramitado bajo el expediente
09-001428-0624-NO, establecido por Dirección Nacional de Notariado contra el
notario Juan Bernal Ríos Robles, mediante resolución de las nueve horas
cincuenta y siete minutos del veintidós de junio del año dos mil nueve, se
dispuso: “ Dirección Nacional de Notariado. San José, nueve horas cincuenta y
siete minutos, del veintidós de junio del año dos mil nueve. Roy Arnoldo
Jiménez Oreamuno, mayor, casado una vez, abogado y notario, vecino de San José,
en mi condición de Director Nacional de Notariado, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 4, 9, 13 y 140 del Código Notarial, inicio proceso
de cese forzoso, contra el(la) notario(a) Juan Bernal Ríos Robles, cédula:
105440293, carné: 3217, basándome en los siguientes hechos y fundamentos de
Derecho: 1º—El Código Notarial obliga a todos los notarios a cotizar para el
Fondo de garantía (párrafo 3, Artículo 9º); establece como causa impeditiva
para ejercer el notariado el no pago de las cuotas a dicho fondo (inciso g)
artículo 4º) y obliga a esta Dirección a decretar el cese forzoso de aquellos
notarios que no estén al día en sus cotizaciones a ese Fondo (inciso b) del
artículo 13), cese que se mantendrá hasta que el(la) notario(a) cancele las
cuotas atrasadas. 2º—Según información suministrada por
San José, 2 de setiembre del 2009
Lic. Roy Jiménez Oreamuno
(IN2009079692). Director
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida María Aneida Fonseca Durán, cédula de identidad Nº 1-374-561, quien fue mayor, soltera, miscelánea y laboró para IAFA y falleció el tres de julio del dos mil nueve, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 09-300093-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 10 de agosto del 2009.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez—(IN2009080616).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Alfredo Retana Barrientos, quien fue mayor, soltero, vecino de Guadalupe, con cédula de identidad número 1-1094283. Se les hace saber que: Alfredo Retana Robleto y Rosa María Barrientos Herra, cédulas 1-421-598 y 1-499-574 respectivamente, vecinos de Guadalupe, se apersonaron en este Despacho en calidad de padres del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho. En las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Alfredo Retana Barrientos, expediente número 09-001995-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de setiembre del 2009.—Lic. José Vicente Quirós Carvajal, Juez.—1 vez.—(IN2009080883).
Con ocho días de plazo se
convoca a los causahabientes del fallecido Jonathan Mora Chavarría, quien fuera
mayor, soltero, laboraba para Euromobilia cédula de
identidad número uno-mil doscientos uno-novecientos, vecino de San Juan de Dios
de Desamparados, calle Porras,
Se cita y emplaza a los que en
carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Errol Daniel Sibaja Montero, cédula de identidad
1-0676-0301, quien fuera mayor, de 43 años de edad, costarricense, oficinista,
vecino de Santa Ana, de
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas quince minutos del
veintiséis de octubre del año dos mil nueve (primer remate), y con la base de
treinta y dos millones de colones (¢32,000.000), en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós
mil novecientos cuarenta y nueve-cero cero cero la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San
Diego, cantón 03
A las nueve horas treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, con la base de dos millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 566192 marca Nissan, categoría automóvil sedan 4 puertas, estilo Sentra Limited, capacidad cinco personas, color negro, año 1994. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Juan Luis Ramírez Núñez contra Susana María Vega Murillo. Expediente Nº 06-002292-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 02 de setiembre del 2009.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2009129604.—(IN2009080618).
En la puerta exterior de este
Despacho Judicial; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, cuyas citas son, tomo: 0318, folio:
00008507, consecutivo: 01, secuencia: 0002 y subsecuencia: 001 y servidumbre de
acueducto, citas al tomo: 0412, folio: 00019487, consecutivo: 01, secuencia:
0001 y subsecuencia: 001; a las diez horas del cinco de octubre de dos mil
nueve, y con la base de setecientos noventa y cinco mil dólares, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 00153368-000, la cual es terreno de potrero, situada en el distrito dos
Cañas Dulces, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Agrícola Ganadera El Cerro de Cañas Dulces S. A., Luis Angulo
Alvarado, Ana Yanci de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas treinta minutos del tres de febrero del año dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 484184, marca Toyota, año 2003, Vin JTDBT113700251032, cilindrada 1497 c.c., color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas de dieciocho de febrero del año dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo del año dos mil diez con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Alberto Ramírez Castro contra Laura María Soto Hernández. Expediente Nº 09-000309-0373-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 04 de agosto del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2009129632.—(IN2009080621).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones a las trece horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil nueve, y con la base de dieciséis millones veintitrés mil seiscientos catorce colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas matrícula Folio Real número cincuenta y dos mil trescientos doce-cero cero cero, que es terreno con una casa, sito en distrito primero, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con lote quince; al sur, con lote trece; al este, con calle pública con un frente a ella de ocho metros y un centímetro, y al oeste, con Ofelia Guevara Barahona. Mide: Ciento sesenta y un metros con noventa cinco decímetros cuadrados, según plano P-Quinientos setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta-mil novecientos ochenta y cinco. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil nueve, con la base de doce millones diecisiete mil setecientos diez colones con sesenta y siete céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, con la base cuatro millones cinco mil novecientos tres colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario. Expediente Nº 09-100459-0642-CI actor Banco Nacional de Costa Rica contra Viviana Gutiérrez Durán y otro.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 01 de setiembre del 2009.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2009129639.—(IN2009080622).
En la puerta exterior de este
despacho; soportando servidumbre trasladada al tomo 318, asiento
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con treinta minutos del veintitrés de octubre de dos mil nueve, y con la base de cinco millones quinientos mil colones sin céntimos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil seiscientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 18_C. Situada en el distrito dos, Cartago Occidental, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Línea férrea con nueve metros; al sur, calle pública con nueve metros; al este, lote 19-C y al oeste, lote 17-C. Mide: ciento diez metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del seis de noviembre de dos mil nueve, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones sin céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil nueve con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones sin céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yamileth Bustamante Lara. Expediente Nº 09-000197-0341-CI-B.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 18 de agosto del 2009.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—RP2009129673.—(IN2009080624).
A las nueve horas del trece de
octubre de dos mil nueve, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este
juzgado, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión a favor del
juzgado de tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José según sumaria
número 98-611148-174-TC, y con la base primitiva rebajada en un veinticinco por
ciento sea la suma de un millón doscientos setenta y tres mil ciento
veinticinco colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Geo, estilo Tracker, 04 cilindros, combustible gasolina,
cubicaje
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las diez
horas y treinta minutos del treinta de octubre del año dos mil nueve, y con la
base de veintiséis millones seiscientos mil doscientos sesenta y seis colones
con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 00107269-000 la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San
Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Teodorico Zamora; al sur,
Sofía Villalobos Benavidez; al este, calle pública
con
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil nueve, y con la base de dos millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas matrícula Folio Real número cincuenta y nueve mil trescientos ochenta y siete-cero cero cero, que es terreno con una casa lote 36, sito en distrito primero, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con alameda; al sur, con calle pública; al este, con lote 37, y al oeste, con Chaguite S. A. Mide: Ciento ochenta y seis metros con cinco decímetros cuadrados, según plano P-ochocientos dos mil quinientos treinta y tres-mil novecientos ochenta y nueve. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de noviembre del dos mil nueve, con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil nueve, con la base de setecientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario. Expediente Nº 09-100523-0642-CI, actor Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Rosa María Ruiz Pinel.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 01 de setiembre del 2009.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2009129742.—(IN2009080629).
A las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil nueve, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de dos millones doscientos veintinueve mil trescientos nueve colones (base para el remate establecida en la prenda de primer grado), en el mejor postor remataré: Un vehículo placas SJB 008463, marca Hyundai, categoría transporte colectivo interurbano, carrocería microbus tracción sencilla, chasis KMJGD17EPVC105780, uso particular, estilo Chorus, capacidad 25 personas, año 1997, color azul, número de motor HEV027809, combustible diesel, marca de motor Hyundai, modelo no indicado. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente Nº 03-001482-185-CI. Ejecutivo prendario de Grupo Canafin S. A., contra Dennis Rivas Madrigal.—Juzgado Sexto Civil de San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—RP2009129769.—(IN2009080630).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del siete de octubre del año dos mil nueve, y con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil novecientos setenta y ocho cero cero cero (216978-000), la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, en parte Carlos Coto Torres, servidumbre de paso en medio Paula López Pérez y Carlos Coto Torres; al sur, Margarita Mejía Campos; al este, Margarita Mejía Campos, y al oeste, Margarita Mejía Campos. Mide: cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintiséis de octubre del año dos mil nueve, con la base de un millón doce mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del once de noviembre del año dos mil nueve con la base de trescientos treinta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Jorge Luis Coto Mejía. Expediente Nº 09-002875-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 07 de agosto del 2009.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—Nº RP2009129779.—(IN2009080632).
A las diez horas con treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil nueve, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de ocho millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas número CL ciento ochenta y ocho mil doscientos noventa, marca Toyota, estilo Dyna, modelo dos mil tres, color blanco, carrocería furgón, chasis número JTFNY047406000156, motor 1703493, combustible diesel, cilindrada 3661 c.c., capacidad tres personas. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del diez de noviembre del dos mil nueve, con la base de seis millones ciento cincuenta mil colones, (suma que contiene la rebaja del 25%) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil nueve, con la base de dos millones cincuenta mil colones, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en ejecución de sentencia Nº 07-100008-0295-CI, de Silvia Elena Suárez Jiménez contra Randal Elizondo Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 20 de agosto del 2009.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—RP2009129791.—(IN2009080633).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil nueve y con la base de treinta y seis mil veintidós dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero uno cero tres tres cuatro cero-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 04-C, con una casa. Situada en el distrito 39 Potrero Cerrado, cantón 07 Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote Nº 5-C; al sur, lote Nº 3-C; al este, servidumbre de aguas con 06m ancho, y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve, con la base de veintisiete mil dieciséis dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veinte noviembre del año dos mil nueve con la base de nueve mil cinco dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Salas Araya contra Guillermo Enrique Molina Garita. Expediente Nº 09-001116-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de agosto del 2009.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—RP2009129794.—(IN2009080634).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando medianería y
servidumbre trasladada; a las diez horas y quince minutos del nueve de octubre
del año dos mil nueve, y con la base de ocho millones colones, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
85569-000 la cual es terreno para construir con una casa L.66-12. Situada en el
distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, lote 77-11; al sur, alameda Topacio; al este, lote 65-10, y
al oeste, lote 67-14. Mide: ciento veinte metros con treinta decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos
del veintisiete de octubre del año dos mil nueve, con la base de seis millones
colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las diez horas y quince minutos del doce de noviembre del año dos mil
nueve con la base de dos millones colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
A las nueve horas quince minutos del lunes diecinueve de octubre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción a la ley de tránsito a la orden del Juzgado de Tránsito de Alajuela y anotación de embargo practicado a favor del Juzgado Primero Civil de Menor Cuantía de San José, inscrito al tomo 0011, asiento 00064250 y sin sujeción de base en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos treinta y siete, marca Dacia, categoría automóvil, carrocería sedan de cuatro puertas, uso particular, combustible de gasolina, tracción sencilla, estilo Supernova, capacidad para cinco personas, año dos mil dos, color rojo, peso bruto mil cuatrocientos kilogramos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 04-000361-183-CI de Banco Elca S. A., contra Hernando Valverde Coronado.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 03 de setiembre del 2009.—Msc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—RP2009129825.—(IN2009080636).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del dos de noviembre del año dos mil nueve, y con la base de treinta millones treinta y un mil quinientos cincuenta y cinco colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil doscientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública, con un frente de quince metros; al sur, resto de Gregorio de Jesús Aguilar Guido; al este, resto de Gregorio de Jesús Aguilar Guido, y al oeste, resto de Gregorio de Jesús Aguilar Guido. Mide: mil quinientos sesenta y tres metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecisiete de noviembre del año dos mil nueve, con la base de veintidós millones quinientos veintitrés mil seiscientos sesenta y seis colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cuatro de diciembre del año dos mil nueve, con la base de siete millones quinientos siete mil ochocientos ochenta y ocho colones con setenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Desarrollos Agroindustriales Ninive S. A., Freddy Humberto de Jesús Zúñiga Jiménez. Expediente Nº 09-000490-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 28 de agosto del 2009.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2009129838.—(IN2009080637).
En la sala número uno; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación a las ocho horas del cinco de octubre del año dos mil nueve, y con la base de quince millones doscientos setenta y cinco mil trescientos treinta y tres colones con 53/100 céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 199061-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 San Antonio, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Ramón Rivera Bermúdez; al sur, calle pública; al este, Rafael Ángel Meneses Arguedas, y al oeste, Fulvia Amador Amador. Mide: trescientos veintitrés metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiuno de octubre del año dos mil nueve, con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y seis mil quinientos colones con 15/100 céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de noviembre del año dos mil nueve con la base de tres millones ochocientos dieciocho mil ochocientos treinta y tres colones con 38/100 céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopenae R. L., contra Herbert Delgado Arguedas y Vilma Mercedes Rivera Castro. Exp. Nº 08-007348-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio del 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—RP2009129837.—(IN2009080638).
A las nueve horas y cuarenta
minutos del cinco de octubre del año dos mil nueve, en la puerta exterior de
este despacho, soportando servidumbre dominante inscritas al tomo 370, asiento
18655 y con la base de un millón quinientos cincuenta y tres mil trescientos
setenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta mil
cuarenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, la
cual es terreno para construir lote 6-A. Situada en el distrito 09 Pavas,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y quince minutos del veintiocho de octubre del dos mil nueve, y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil doscientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote Nº A-12 con una casa. Situada: en el distrito Paraíso, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Vera Virginia Solano; al sur, Vera Virginia Solano; al este, calle, y al oeste, INVU. Mide: ciento sesenta metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del doce de noviembre del dos mil nueve, con la base de nueve millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del primero de diciembre del dos mil nueve, con la base de tres millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades Don Jerónimo Sociedad Anónima contra Santos Enrique Gómez Víquez. Expediente Nº 09-001038-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de junio del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2009080886).
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del
veintisiete de octubre del dos mil nueve, y con la base de doce millones de
colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número quinientos cinco mil doscientos cuarenta y
tres-cero cero cero, la cual es terreno para
construir con una casa, lote 8, bloque A. Situada: en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 11; al este, lotes 9 y 10, y al oeste,
reserva del INVU. Mide: doscientos cuarenta metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del once de noviembre del dos mil nueve, con la base de nueve millones
de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de
noviembre del dos mil nueve, con la base de tres millones de colones (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de
En la puerta exterior de este
despacho, libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada, a
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de octubre del dos
mil nueve, y con la base de seis millones quinientos mil colones, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos cinco mil cuatrocientos sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con un a casa, lote 6. Situada: en
el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las ocho horas del seis de octubre del dos mil nueve, y con la base de seis mil cuatrocientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 144145-000, la cual es terreno con dos casas de habitación. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de diez metros cero dos centímetros; al sur, Miguel Rodríguez Soto; al este, Virginia Ortiz Cervantes y al oeste, Reynaldo y María Cestina Méndez Alfaro. Mide: doscientos cinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del diecinueve de noviembre del año dos mil nueve, con la base de cuatro mil ochocientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del siete de diciembre del año dos mil nueve con la base de mil seiscientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Consulois Sociedad Anónima contra Siria Gabriela Rojas Méndez. Expediente Nº 08-020390-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(IN2009080895).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes y anotaciones judiciales, a las diez horas y
treinta minutos del trece de octubre del 2009, y con la base de veintiocho mil
novecientos ochenta y seis dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos cincuenta y ocho mil trescientos catorce cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno con cuatro
apartamentos. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de
la provincia de San José. Colinda: al noreste, Juan Bautista Arroyo Núñez; al
noroeste, Edgardo Guillermo, Marybelle y Leticia
Ramírez Carballo; al sureste, Alejandro Mora Monge y al suroeste, calle pública
con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando prohibiciones artículo 16, Ley 7599 inscritas en las citas 493-16237; a las diez horas del dos de octubre de dos mil nueve, y con la base de quince millones ciento ochenta y siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00583551-000, la cual es terreno agrícola. Situada en el distrito 03 Llano Bonito, cantón 20 León Cortés, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Bautista Quirós Jiménez; al sur, Juan Bautista Quirós Jiménez; al este, servidumbre agrícola compartida en medio de Juan Bautista Quirós Jiménez y al oeste, Juan Bautista Quirós Jiménez. Mide: cinco mil dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del veinte de octubre de dos mil nueve, con la base de once millones trescientos noventa mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de noviembre de dos mil nueve con la base de tres millones setecientos noventa y seis mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edward Marino González Vergara. Expediente Nº 09-010918-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de agosto del 2009.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza.—(IN2009080908).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del seis de octubre del año dos mil nueve, y con la base de un millón cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y uno con 5/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 672937, marca Toyota, estilo Corolla, año 1992, Vin 1NXAE91A2NZ348010, cilindrada 1600 c. c., color vino, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de octubre del año dos mil nueve, con la base de setecientos ochenta y cuatro mil veintiuno con 2/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve con la base de doscientos sesenta y un mil trescientos cuarenta con 4/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Pigargo S. A., contra Amada Núñez Sánchez. Exp.: 08-004906-0370-CI-6.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 18 de agosto del 2009.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2009080925).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las quince horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil nueve, y con la base de dos millones doscientos cincuenta y nueve mil trescientos seis colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 459693, marca Isuzu, año 1996, Vin 4S2CK58V9T4341905, cilindrada 3200 c. c., color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil nueve, con la base de un millón seiscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve con la base de quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos veintiséis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Canafin contra José Luis Wueso Jirón. Exp.: 08-014892-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de marzo del 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(IN2009080952).
En la puerta exterior de este
despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del
dos de octubre del año dos mil nueve, y con la base de doscientos cincuenta mil
colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número trescientos cinco mil doscientos ochenta y
cinco-cero cero cero, la cual es terreno de solar
para construir. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Óscar Cedeño
Seas; al sur, Manuel Cascante González; al este, Óscar Cedeño
Seas, y al oeste, calle pública con
En la puerta exterior de este despacho; soportando serv. Cond. reserref: 0011181c000, a las ocho horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil nueve, y con la base de dos millones seiscientos noventa y dos mil novecientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 54924-000, la cual es terreno lote 420 con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, avenida Vela; al sur, INVU; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ochenta y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil nueve, con la base de dos millones diecinueve mil seiscientos setenta y cinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de noviembre del año dos mil nueve con la base de seiscientos setenta y tres mil doscientos veinticinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, contra Cristian Agüero Reid. Expediente Nº 09-008602-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de agosto del 2009.—Lic. Floryzul Porras López, Juez.—(IN2009081162).
En la puerta exterior de este
despacho; soportando reservas y restricciones y sin más gravámenes, a las diez horas
treinta minutos del siete de octubre del dos mil nueve, y con la base de veinte
millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 195948-000, la cual es terreno de
potrero con una casa. Situada en el distrito segundo
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las nueve horas del nueve de octubre del dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales soportando infracción por colisión boleta 2004506806 Sumaria 05-6069-174-TR tramitada ante el Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José, infracción por colisión boleta 2008452473 Sumaria 09-606144-0489-TC tramitada ante el Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José y con la base de tres millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas TSJ 005687 marca Hyundai, carrocería sedán de cuatro puertas, tracción sencilla, chasis KMHVF31JPRU943916, número de motor G4DJR198900, combustible gasolina, estilo Excel GL, capacidad 5 personas, año 1994, color rojo de cuatro cilindros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Nicolás Martín Obando Castillo contra Ramón Azofeifa Calderón. Exp.: 07-000742-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2009.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—RP2009129936.—(IN2009080939).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos
del siete de octubre del dos mil nueve, y con la base de ocho millones
doscientos cincuenta y un mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 75113-000
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Paquera,
cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Luis Arias
Garita; al sur, Gerardo Lobo Villalobos; al este, calle pública con un frente
de
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones; a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre
del dos mil nueve y con la base de catorce millones cuatrocientos mil colones,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cero cero uno tres cuatro seis
uno cuatro-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno con una casa. Situada en el distrito 03 Santiago, cantón 05 San Rafael,
de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Mario Alberto Chaverri; al sur, Eloy Cambronera Rodríguez; al este,
alameda con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y treinta minutos del quince de octubre del año dos mil nueve, y con la base de seis millones exactos colones céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 431126, marca Land Rover, año 2001, Vin SALLTGM941A710373, cilindrada 2500 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de octubre del año dos mil nueve, con la base de cuatro millones quinientos mil exactos colones céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil nueve con la base de un millón quinientos mil exactos colones céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Inmobiliaria Laikeck del Sur S. A. Exp.: 09-005501-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2009.—Lic. Gloria Gutiérrez Berrocal, Jueza—(IN2009080954).
En la sala número 1; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal a favor del Juzgado Penal de Pococí y Guácimo, bajo la sumaria 07-005522-042-PE, a las nueve horas del seis de octubre del dos mil nueve, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 674933, marca, año 1997, Vin 1HGEJ712XVL038967, cilindrada 1600 cc, color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecinueve de noviembre del dos mil nueve, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del siete de diciembre del dos mil nueve con la base de quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Canafin contra César Andrés Garro Torres, Siannce Dorada S. A. Exp.: 08-002149-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(IN2009080957).
A las catorce horas del siete
de octubre de dos mil nueve, en la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes prendarios, anotaciones judiciales pero soportando infracciones a
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 08-000289-0296-CI donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Edwin Alberto Fernández Garro quien fue mayor, casado una vez, mecánico dental, vecino de Acosta, cédula de identidad 1-0753-0562, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000051-0181-CI. Sucesión de Edwin Alberto Fernández Garro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 31 de agosto del 2009.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2009129782.—(IN2009080659).
Se hace saber que en este
despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Marín Vásquez, quien fuera
mayor, de estado civil casado una vez, agricultor, vecino de San José, Cuidad
Colón, Urbanización El Cristóbal, de la entrada principal
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Otoniel Mesén Miranda, cédula número 2-209-968 vecino de Marsella,
Venecia de San Carlos para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho situado
en San José, Sabanilla de Montes de Oca, residencial
primera publicación
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor de edad Angélica de los Ángeles Céspedes Madrigal, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 09-400373-421-(1) Diligencias de tutela.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 11 de mayo del 2009.—Lic. Mitzi Calderón Goldenberg, Jueza.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 29093.—C-4590.—(IN2009080928).
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de los menor de edad Keilyn Vanessa Ruiz Casco y Steven Josué Ruiz Casco, por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 09-400729-421-3Z. Diligencias de nombramiento de tutor.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, 26 de agosto del 2009.—Lic. Mitzi Calderón Goldenberg, Jueza.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 29095.—C-4080.—(IN2009080929).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
A quien interese, se hace
saber: que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Gerardo Antonio
Alvarado Leal contra Caja Costarricense de Seguro Social. El objeto del proceso
es para que en sentencia se declare con lugar la presente demanda ordinaria
Contenciosa, con lugar el derecho de nuestro hijo a ser indemnizado, por todos
los hechos descritos y por la actuación oficiosa del Hospital de Alajuela en su
contra; por todos los daños y perjuicios causados. Que se condene a
Se convoca a quienes, de conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, les corresponda la curatela de Antonia Melina Hernández Jiménez, portadora de la cédula 1-154-525, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contado a partir de esta publicación. Diligencias de insania Nº 09-400612-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez—RP2009129515.—(IN2009080482).
Msc. Frania Emilia Rojas Vindas Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso insania de la señora Olga María Arce Guzmán, bajo el expediente número 08-001742-0165-FA donde se dictó la sentencia Nº 611-09 que literalmente dice: a las trece horas treinta minutos del trece de agosto del año dos mil nueve. Diligencias de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania promovidas por Grace Maritza Arce Rodríguez, mayor, casada, costarricense, enfermera, portadora de la cédula de identidad 9-024-860 y vecina de Tibás en favor de Olga María Arce Guzmán, mayor, soltera, costarricense, discapacitada, portadora de la cédula de identidad 1-388-1004 y vecina de Tibás. Resultando: I.— II.— Considerando; I.—Sobre los hechos probados: II.—Sobre el fondo, III.—Sobre el caso que nos ocupa. Por tanto; Con base en lo expuesto, normas y jurisprudencia citadas, se procede declarar insana a la señora Olga María Arce Guzmán y se designa como su curadora definitiva a la promovente Grace Maritza Arce Rodríguez. La curadora deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga inscritos a su nombre la insana, por lo que se le solicita a la curadora que aporte las certificaciones registrales de bienes muebles e inmuebles actualizadas. Para ello se le otorga al curador designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo, asimismo deberá indicar el estado de las propiedades a nombre de la insana y si estas se encuentran en uso. El curador deberá indicar si la insana recibe alguna pensión y rendir las cuentas anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Asimismo deberá aportar constancia del lugar donde actualmente se encuentra la insana.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2009.—Lic. Frania Emilia Rojas Vindas, Jueza.—1 vez—RP2009129560.—(IN2009080483).
Se hace saber que, en este
Despacho, María del Rocío Valverde Gallegos, mayor, casada dos veces, terapeuta
física y abogada, vecina de Tres Ríos, cédula uno-seiscientos veintiuno-ciento
sesenta y cinco, en su condición de presidenta de
Msc.
Marilenne Herra Alfaro,
Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace
saber que en expediente N° 08-001811-0165-FA
declaratoria de hijos extramatrimonial e investigación de paternidad actora: Yerardin Polanco Calvo, demandados: Dimitru
Iuga y Cristian Eriberto
Madriz Suárez, se dictó sentencia Nº 467-2009 de las once siete horas y treinta
minutos del veintiséis de junio del año dos mil nueve, que dice: Proceso
especial de filiación: declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de
paternidad establecido por Yerardin Polanco Calvo,
mayor, casada, vecina de Purral de Guadalupe, cédula
de identidad número uno-mil doscientos setenta y ocho-seiscientos cincuenta y
tres, contra Dimitru Iuga,
quien es mayor, casado, de nacionalidad rumana, de oficio y domicilio
desconocido, con pasaporte Nº P-06252205 y Cristian Eriberto
Madriz Suárez, mayor, divorciado, comerciante, vecino de Purral
de Guadalupe, cédula de identidad número uno-novecientos sesenta y cinco-ciento
sesenta y tres. Figura como parte el Patronato Nacional de
Hace saber que en este despacho el señor Kenneth Alexánder Maduro Herrera, mayor, cédula de identidad 1-0666-555, divorciado una vez, administrador de empresas, vecino de San José centro, ha establecido diligencias de cambio de nombre para en lo futuro llamarse Alexánder Maduro Herrera. Con quince días de término a partir de la publicación de este edicto, cítese a las personas con derecho que tengan objeción para que se presenten a este despacho para lo que corresponda. Expediente 09-000107-185-CI Proceso de cambio de nombre de Alexánder Maduro Herrera.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de julio del 2009.—Lic. Luis Ureña Monge.—1 vez.—RP2009129670.—(IN2009080660).
Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Lordin Vanessa Mora Jiménez mayor, soltera, estudiante, vecina de Santo Domingo del Roble de Santa Bárbara de Heredia, cédula de identidad número 0402120095; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Lordin Vanessa, por el de Alina María mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente 09-001662-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de setiembre del 2009.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—RP2009129841.—(IN2009080661).
M.Sc.
Frania Emilia Rojas Vindas Jueza del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a los
interesados, que en este despacho se interpuso un proceso insania
de María Esther Jones Campbell bajo el expediente número 08-000075-0165-FA
donde se dictó la sentencia que literalmente dice: sentencia número 577-
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la señora Gabriela Pérez Pérez, mayor, viuda, vecina de Gravilias de Desamparados, cédula de identidad 5-037-567, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contando a partir de esta publicación. Proceso de insania de Gabriela Pérez Pérez, expediente número 09-400869-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. César Alberto Jara Benavides, Juez.—1 vez.—(IN2009080663).
Juzgado de Familia y Penal
Juvenil de Puntarenas, hace saber: que en diligencias no contenciosas de
reconocimiento de hijo de mujer casada, promovidas por Maximiliano Caravaca
Picado a favor del menor Jadriela Nicole Quiang Quirós. De las mismas se confiere audiencia al
Patronato Nacional de
Se hace saber que ante este despacho se tramita la adopción del menor Alexei Gerardo Montes García, promovidas por Rigoberto Montes Cordero, mayor, viudo, costarricense, cédula Nº 1-267-555, y vecino de Palmar Sur. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta. Expediente Nº 09-400037-0423-FA-1.—Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Ciudad Cortés, a las 10:40 horas del 17 de agosto del 2009.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. 31042.—Solicitud Nº 29097.—C-1700.—(IN2009080926).
M.Sc.
Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, San Carlos, al señor Jorge Luis García García, se le hace saber, que en el Juzgado Penal Juvenil y
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, en
proceso de depósito judicial de menor, expediente Nº 07-401039-300-FA (NI.
1056-07), promovido por el Patronato Nacional de
El Lic. Juan Carlos Sánchez
García, Juez de Familia de Corredores, hace saber a: Karla Vanessa
Fernández Navarro y Frank Rojas Coronado, domicilio ignorado a quienes se les
ha ordenado notificarle por medio de edicto, artículo 4 de
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil David Fernández Leiva, mayor, soltero, costarricense, técnico en refrigeración, cédula de identidad número uno-mil doscientos veintitrés- trescientos doce, hijo de Guillermo Fernández Vargas y de María Nella Leiva Robert, nacido en San José, el treinta de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, con veinticuatro años de edad, y Laura Socorro Gutiérrez Salazar, mayor, soltera, costarricense, ama de casa, cédula de identidad número cinco-trescientos sesenta y nueve-ciento veintiuno, hija de Mario Gutiérrez Gutiérrez y de María Rosa Salazar Marín, nacida en Liberia, Guanacaste, el catorce de agosto de mil novecientos ochenta y ocho, actualmente con veintiún años de edad; ambos contrayentes son vecinos de San Blas, de la escuela cien metros norte y veinticinco metros oeste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. N° 09-100229-401-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, Guanacaste, 26 de agosto del 2009.—Lic. Heilim Badilla Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2009080607).
Para el día veintidós de setiembre del dos mil nueve, los señores Evelio Mata Chinchilla, costarricense con cédula uno-trescientos setenta-mil, y Alexandra Socorro Escorcia Duarte de nacionalidad nicaragüense con pasaporte número C uno cinco siete dos tres seis cinco, han decidido contraer matrimonio civil ante este notario en San Ramón de Alajuela. Se cita y emplaza a cualquier parte interesa a hacer valer sus derechos al fax 2445-1141.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2009129680.—(IN2009080664).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, David Gerardo Rodríguez Calderón, menor de edad, soltero, peón en construcción, tarjeta de identidad de menor número 3-469-706, vecino de Cartago urbanización Florens detrás de la iglesia Dulce Nombre casa color celeste, hijo de Kattia Guiselle Calderón Barahona y Martín Rodríguez Quesada, nacido en Cartago, el 08/04/1993, con 16 años de edad, y Cinthya Paola González Quirós, menor de edad, soltera, ama de casa, tarjeta de identidad de menor número 3-465-423, vecina de Cartago urbanización Florens, detrás de la iglesia de Dulce Nombre, casa color celeste, hija de Olga Marta Quirós Calderón, y Rafael González Pérez, nacida en Cartago, el 04/10/1992, actualmente con 16 años de edad. Tenemos una niña de un mes y dos semanas. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. 09-001581-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 10 de setiembre del 2009.—Lic. María de los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—RP2009129691.—(IN2009080665).
Han comparecido ante este
Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Jéssica María Corrales Hernández y José Pablo Brenes
Villegas, ambos mayores, solteros, ama de casa y ayudante de tipógrafo, por su
orden, costarricenses, con cédulas de identidad N°
6-0369-0115 y 1-1095-0737, respectivamente, vecinos de Coyolar de Orotina,