BOLETÍN JUDICIAL Nº 24 DEL 4 DE FEBRERO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

tercera PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Liberia de la provincia de Guanacaste

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Liberia de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día cinco de marzo del dos mil diez, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 20 de enero del 2010

                                                          MBA Ana Eugenia Romero Jenkins

(IN2010006534)                                                   Subdirectora Ejecutiva

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión N° 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa de los años 1997 a 2007 de la Fiscalía de Buenos Aires. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      A 11 P 97

Ampos:        98

Paquetes:      57

Carpetas:      8

Año:             1997 a 2007

Asunto:        Documentación administrativa: 13 Ampos y 16 Paquetes con 2620 Orden de citaciones de 2002 a 2006, 24 Ampos y 3 Paquetes con 1940 Copias de sentencias de 2000 a 2006, 10 Ampos y 3 Paquetes con 920 Circulares de 1998 a 2006, 9 Ampos y 5 Paquetes con 1310 Informes mensual y trimestral de 2000 a 2005, 8 Ampos y 6 Paquetes con 1450 oficios de 1997 a 2006, 15 Ampos con Correspondencia certificada de 2000 a 2006, 4 Ampos con 620 nombramientos de 2002 a 2005, 20 Paquetes con Registros de asistencia 2000 a 2007, 6 Ampos con Boletín Judicial de 2000 a 2006, 4 Ampos con 450 Registros de reportes de fax de 2004 a 2005, 2 Ampos con Solicitudes del 2006, 2 Paquetes con Dictámenes médicos de 2000 a 2003, 2 Paquetes con Copias de boletas de transito de 2000 a 2006, 2 Ampos con registros de Incapacidades de 2003 a 2005, 1 Ampos con Copias de solicitud de dictámenes criminalísticos del 2004, 3 Carpetas con Control de viáticos de 2003 a 2006, 3 Carpetas con Control de copias de 2000 a 2003, 1 Paquete con Control de copias de facturas de 2006, 2 Carpetas con Actas de Inspección Judicial de 2000 a 2002.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

                                                                            Lic. Alfredo Jones León

(IN2010007601).                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión N° 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes del año 1975 al 2006 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Naranjo. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho:

Remesa:      20283

Expedientes: 1

Paquetes:      1

Año:             1975

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      20284

Expedientes: 4

Paquetes:      1

Año:             1976

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      20285

Expedientes: 1

Paquetes:      1

Año:             1980

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      20286

Expedientes: 1

Paquetes:      1

Año:             1983

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      20287

Expedientes: 2

Paquetes:      1

Año:             1987

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      20288

Expedientes: 1

Paquetes:      1

Año:             1989

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 10 A 90

Expedientes: 10

Paquetes:      1

Año:             1990

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 11 A 91

Expedientes: 1

Paquetes:      1

Año:             1991

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 11 A 92

Expedientes: 5

Paquetes:      1

Año:             1992

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 10 A 93

Expedientes: 3

Paquetes:      1

Año:             1993

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 10 A 94

Expedientes: 7

Paquetes:      1

Año:             1994

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 10 A 95

Expedientes: 3

Paquetes:      1

Año:             1995

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 10 A 96

Expedientes: 11

Paquetes:      1

Año:             1996

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 11 A 97

Expedientes: 9

Paquetes:      1

Año:             1997

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 6 A 98

Expedientes: 8

Paquetes:      1

Año:             1998

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 4 A 01

Expedientes: 20

Paquetes:      1

Año:             2001

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 4 A 02

Expedientes: 20

Paquetes:      1

Año:             2002

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 4 A 03

Expedientes: 6

Paquetes:      1

Año:             2003

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 4 A 04

Expedientes: 14

Paquetes:      1

Año:             2004

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 4 A 05

Expedientes: 14

Paquetes:      1

Año:             2005

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Remesa:      Q 2 A 06

Expedientes: 7

Paquetes:      1

Año:             2006

Asunto:        Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación  de este aviso.

                                                                            Lic. Alfredo Jones León

(IN2010007602).                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión N° 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa del año 1970 al 2007 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Naranjo. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho:

Remesa:      20278

Ampos:        120

Año:             1980 al 2007

Asunto:        Documentación Administrativa: 20 de Circulares. 12 de Registro de entrega al notificador de 1984 al 1996, 1 de Consecutivos de Oficios de 1995, 18 de Copiador de sentencia de 1981 al 2007, 9 de Conciliaciones bancarias de 1981 al 2003, 4 de Comprobantes de remision de copias de cheques de 1981 al 2001, 18 de Correspondecia de 1988 al 2006, 11 de Informes Mensuales de 1988 al 2006, 4 de Registro de asistencia de 2001 al 2006, 4 de Agenda de señalamiento de 1993 al 2007, 1 de Listado de partes de Transito de 1989, 3 de Comisiones de 1985 al 2007, 4 de Nombramientos de personal de 1980 al 2007, 1 de Control de vacaciones de 2002 al 2007, 10 de Comprobantes de depósitos judiciales cancelados de 1984 al 1993.

Remesa:      20279

Ampos:        23

Año:             1970 al 1979.

Asunto:        Documentación Administrativa: 1 de Copias de cheques entregados (Marzo 1970 al Diciembre 1971 00301 al 12357) de 1970 a 1971, 3 de Copias de cheques entregados (Enero a Junio 12358 al 24634, Julio a Setiembre 96751 al 100761, Octubre a Diciembre 003902 al 003965) de 1975, 7 de Copias de cheques entregados (Febrero a Agosto 100762 al 24674, Setiembre a Octubre 24676 al 24685, Noviembre a Diciembre 24686 al 24696) de 1976, 1 de Copias de cheques entregados (Junio a Diciembre 170250 al 213897) de 1977, 8 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 213923 al 040489, Setiembre a Diciembre 109680 al 109710) de 1978, 3 Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 261015 al 62716, Setiembre a Diciembre 261135 al 261179) de 1979,

Remesa:      20280

Ampos:        19

Año:             1981 al 1989

Asunto:        Documentación Administrativa: 1 de Copias de cheques entregados (Noviembre 1981 al Setiembre 1982 215749 al 162520, Noviembre 1981 al Junio 1982 93082 al 100636), 2 de Copia de cheques entregados (Junio 1983 al Enero 1984 130451 al 138213, Febrero al Agosto 0875341 al 234092) de 1983 al 1984, 3 de Copias de cheques entregados (Setiembre 1984 al Enero 1985 234249 al 0875343, Marzo a Julio 0995548 al 0927672, Agosto a Diciembre 0995549 al 1024468) de 1985, 2 de Copia de cheques entregados (Enero a Junio 1067269 al 1024469, Julio a Diciembre 1084313 al 1067270) de 1986, 5 de Copia de cheques entregados (Enero 1987 al Julio 1987 1084314 al 1141880, Agosto 1987 al Febrero 1988 1293633 al 1141881, Febrero a Julio 1293634 al 1353566, Agosto al Octubre 416350 al 416545, Diciembre 1440300 al 009720) de 1987 al 1988, 6 de Copias de cheques entregados (Abril 009722 al 009834, Mayo 009835 al 009938, Junio a Julio 009939 al 010148, Agosto a Octubre 010149 al 054368, Noviembre a Diciembre 054369 al 111080) de 1989.

Remesa:      20281

Cajas:            2

Año:             1979 al 2007

Asunto:        Documentación Administrativa: Reporte y Registro: Tarjetas de control del monto girado de Pensión Alimentaria.

Remesa:      20282

Libros:          13

Año:             1975 al 2006

Asunto:        Documentación Administrativa: 6 Libros de entrada de 1975 al 2001, 1 Libro de traspasos de fondos del Banco de Costa Rica de 1988 al 2005, 1 Libro de reincidencias en contravenciones y fechas ciertas de 2003 al 2006, 1 Libro de control de cheques mayores y menores del Banco de Costa Rica de 1986 al 1987, 1 Libro de Banco de 1994 al 1996, 3 Libros de caja de 1987 al 1994,

Remesa:      A 9 A90

Ampos:        47

Año:             1990 a 1999

Asunto:        Documentación Administrativa: 3 de Copia de cheques entregados (Enero a Abril 111081 al 111441, Abril a Agosto 111442 al 213973, Setiembre a Diciembre 258824 al 213974) de 1990, 6 de Copia de cheques entregados (Enero a Abril 228825 al 314142, Mayo a Junio 314143 al 314352, Junio a Agosto 314353 al 0355175, Setiembre a Octubre 0355176 al 0355430, Noviembre a Diciembre 0355431 al 0355688) de 1991, 4 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 0355699 al 541870, Setiembre a Diciembre 541871 al 620737) de 1992, 3 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 620738 al 680982, Setiembre a Diciembre 680983 al 746144) de 1993, 6 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 0805716 al 0909983, Setiembre a Diciembre 0909985 al 0994457 de 1994, 3 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 0994458 al 1150880, Setiembre a Diciembre 1150881 al 1220219 de 1995, 4 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 1220220 al 1302973, Setiembre a Diciembre 1302974 al 1436892 de 1996, 5 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 1436893 al 1697461, Setiembre a Diciembre 1697462 al 1758974 de 1997, 8 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 1758996 al 1898816, Setiembre a Diciembre 1898817 al 2035330 de 1998, 5 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 2035331 al 2089342, Setiembre a Diciembre 2089343 al 2295132) de 1999.

Remesa:      A 12 A 00

Ampos:        43

Año:             2000 al 2003

Asunto:        Documentación Administrativa: 12 de Copia de cheques entregados (Enero 2295133 al 2295370, Febrero 2295371 al 2295630, Marzo 2295631 al 2295891, Abril 2295892 al 2336949, Mayo 2336950 al 60601689, Junio 60601690 al 60601912, Julio 60601913 al 61063866, Agosto 61063867 al 61064134, Setiembre 610641360 al 61064377, Octubre 61064378 al 61064648, Noviembre 61064649 al 61064900, Diciembre 61064901 al 61065151) de 2000, 7 de Copia de cheques entregados (Enero 61065152 al 61065443, Mayo 61066110 al 65025410, Junio 65025411 al 65025649, Julio 65025650 al 65025872, Setiembre 65026119 al 65026339, Diciembre 65026842 al 65027140) de 2001, 12 de Copia de cheques entregados (Enero 65027141 al 65027382, Febrero 65027383 al 65027604, Marzo 65027605 al 71643127, Abril 71643128 al 71643377, Mayo 71643378 al 71643641, Junio 71643642 al 71643851, Julio 71643852 al 71644112, Agosto 71644113 al 71644335, Setiembre 71644336 al 71644569, Octubre 71644570 al 71644844, Noviembre 71644845 al 71645078, Diciembre 71645079 al 71645405) de 2002, 12 de Copia de cheques entregados (Enero 71645406 al 77484651, Febrero 77484652 al 77569359, Marzo 77569360 al 77569606, Abril 77569607 al 77569852, Mayo 77569853 al 79925239, Junio 79925241 al 79925470, Julio 79925471 al 79925731, Agosto 79925732 al 10000166, Setiembre 10000167 al 10000410, Octubre 10000411 al 10000694, Noviembre 10000695 al 10000921, Diciembre 10000922 al 10001255) de 2003,

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

                                                                            Lic. Alfredo Jones León

(IN2010007603).                                                     Director Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 01-2006 de fecha 15 de febrero del 2006, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 11-06 celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX.

De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 83-06 celebrada el 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV.

De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII.

De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 58-09, celebrada el 2 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes y boletas de los años 1990 al 2006, del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Santo Domingo. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:  G 19 H 90

                 Boletas: 691

                 Paquetes: 04

                 Año: 1990

                 Asunto: Boletas de tránsito.

Remesa:  G 22 H 93

                 Boletas: 136

                 Paquetes: 01

                 Año: 1993

                 Asunto: Boletas de tránsito.

Remesa:  G 7 H 03

                 Boletas: 75

                 Paquetes: 01

                 Año: 2003

                 Asunto: Boletas de tránsito.

Remesa:  G 4 H 04

                 Boletas: 974

                 Paquetes: 12

                 Año: 2004

                 Asunto: Boletas de tránsito.

Remesa:  G 3 H 05

                 Boletas: 120

                 Paquetes: 01

                 Año: 2005

                 Asunto: Boletas de tránsito.

Remesa:  G 14 H 01

                 Expedientes: 311

                 Paquetes: 4

                 Año: 2001

                 Asunto: Expedientes de faltas y contravenciones.

Remesa:  G 14 H 02

                 Expedientes: 300

                 Paquetes: 4

                 Año: 2002

                 Asunto: Expedientes de faltas y contravenciones.

Remesa:  G 8 H 03

                 Expedientes: 307

                 Paquetes: 5

                 Año: 2003

                 Asunto: Expedientes de faltas y contravenciones.

Remesa:  G 5 H 04

                 Expedientes: 355

                 Paquetes: 4

                 Año: 2004

                 Asunto: Expedientes de faltas y contravenciones.

                 Estado: *Todos terminados*.

Remesa:  G 4 H 05

                 Expedientes: 292

                 Paquetes: 5

                 Año: 2005

                 Asunto: Expedientes de faltas y contravenciones.

                 Estado: *Todos terminados.

Remesa:  G 2 H 06

                 Expedientes: 365

                 Paquetes: 5

                 Año: 2006

                 Asunto: Expedientes de faltas y contravenciones.

                 Estado: *Todos terminados.

Remesa:  G 19 H 96

                 Expedientes: 571

                 Paquetes: 11

                 Año: 1996

                 Asunto: Expedientes de tránsito.

Remesa:  G 20 H 97

                 Expedientes: 613

                 Paquetes: 09

                 Año: 1997

                 Asunto: Expedientes de tránsito.

Remesa:  G 16 H 98

                 Expedientes: 625

                 Paquetes: 10

                 Año: 1998

                 Asunto: Expedientes de tránsito.

Remesa:  V 3 H 02

                 Expedientes: 349

                 Paquetes: 5

                 Año: 2002

                 Asunto: Expedientes de violencia doméstica.

Remesa:  V 2 H 03

                 Expedientes: 376

                 Paquetes: 6

                 Año: 2003

                 Asunto: Expedientes de violencia doméstica.

Remesa:  V 2 H 04

                 Expedientes: 327

                 Paquetes: 5

                 Año: 2004

                 Asunto: Expedientes de violencia doméstica.

Remesa:  V 2 H 05

                 Expedientes: 288

                 Paquetes: 4

                 Año: 2005

                 Asunto: Expedientes de violencia doméstica.

Remesa:  V 2 H 06

                 Expedientes: 268

                 Paquetes: 4

                 Año: 2006

                 Asunto: Expedientes de violencia doméstica.

Remesa:  L 12 H 93

                 Expedientes: 33

                 Paquetes: 1

                 Año: 1993

                 Asunto: Expedientes de laboral (03 consignaciones, 30 ordinarios).

Remesa:  L 12 H 94

                 Expedientes: 36

                 Paquetes: 1

                 Año: 1994

                 Asunto: Expedientes de laboral (06 consignaciones, 01 infracción, 04 devoluciones de ahorros, 25 ordinarios).

Remesa:  L 12 H 95

                 Expedientes: 37

                 Paquetes: 1

                 Año: 1995

                 Asunto: Expedientes de laboral (26 ordinarios, 07 consignaciones, 01 infracciones, 03 devoluciones de ahorros).

Remesa:  L 12 H 96

                 Expedientes: 35

                 Paquetes: 1

                 Año: 1996

                 Asunto: Expedientes de laboral (19 ordinarios, 10 consignaciones, 02 infracciones, 04 devolución de ahorros).

Remesa:  C 28 H 93

                 Expedientes: 116

                 Paquetes: 2

                 Año: 1993

                 Asunto: Expedientes civiles (04 ejecución de sentencia, 25 desahucios, 34 ejecutivos, 08 interdictos, 08 prevención desalojo, 23 consignación de alquiler, 14 abreviados).

Remesa:  C 29 H 94

                 Expedientes: 117

                 Paquetes: 2

                 Año: 1994

                 Asunto: Expedientes civil (23 ejecutivos, 16 abreviados, 23 consignaciones, 37 desahucio, 02 ordinarios, 04 prevenciones desalojo, 05 interdictos, 05 ejecución de sentencia, 01 prendario, 01 medida cautelar).

Remesa:  C 28 H 95

                 Expedientes: 95

                 Paquetes: 2

                 Año: 1995

                 Asunto: Expedientes civil (35 ejecutivos, 04 ejecución de sentencia, 24 desahucios, 20 consignaciones, 05 abreviados, 07 prevención desalojo).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 22 de enero del 2010.

                                                                          Lic. Alfredo Jones León

(IN2010007599)                                                    Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 02-2008, de fecha 25 de junio del 2008, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 55-08, celebrada el 29 de julio del 2008, artículo LXII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1969 al 2006 del Departamento de Financiero Contable. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Documentos para destrucción, Subproceso de Ingresos.

Remesa:  20242

                 Cajas: 26

                 Período: 1969-2006

                 Asunto: Documentación administrativa: 1 caja con libros de caja cuentas 2972-6, 34377-3, 2985-8, 21092-5 de 1969. 1 caja con remisión de depósitos judiciales del BCR de 1995. 1 caja con remisión de depósitos judiciales del BCR de 1996. 1 caja con remisión de depósitos judiciales del BCR de 1997. 1 caja con copias de cheques de 1998. 1 caja con devolución de garantías, ejecución de garantías, oficios de garantías. 1 caja depósitos judiciales cancelados del 2002. 1 caja con correspondencia Cta. 20192-8, traslado de recursos Cta. 20192-8. 1 caja con copias de cheques de la Cta. 20192-8, envió de deducciones DGI.

                 1 caja con incapacidades CCSS. 1 caja con devolución de garantías, ejecución de garantías, consecutivo de oficios. 1 caja con cuentas por cobrar Tesoro Público, control de defunciones, expedientes en diversos procesos. 1 caja con incapacidades de la CCSS. 1 caja con correspondencia programa 823, documentación contable Cta. 20192-8. 1 caja con documentación contable, copias ordenes de giro 616631-6166900, Fondo Rotatorio Indemnizaciones, planillas deducciones Cta. 20192-8 de 2003. 1 caja con comprobantes de depósitos, cuentas 179-1,164815-2,222360-0, y 19459-6 de 2003-2006. 1 caja con correspondencia enviada y recibida, envió de deducciones a personal, casos de prueba Cta.20192-8.

                 1 caja con traslado de recursos Cta. 20192-8, cheques póliza de fidelidad, envió de deducciones DGI. 1 caja con certificaciones de cuentas por cobrar del 2004. 1 caja con correspondencia enviada y recibida a la Dirección Ejecutiva, certificaciones de cuentas por cobrar, envió de deducciones a Personal, 1 caja con represupuestación, 1 caja con auxiliares Cta. 217979-2, arreglos de pago cuentas por cobrar Fondo Rotatorio, documentos pendientes, 1 caja con documentos varios, 1 caja con Informe de Fondo Rotatorio, cuenta publicaciones, diligencias SICERE, interinos presupuesto. 1 caja con correspondencia enviada y recibida a la Dirección Ejecutiva, correspondencia enviada y recibida Cta. 20192-8, envíos a personal, 1 caja con expedientes cancelados.

Documentos para destrucción Subproceso de Presupuesto.

Remesa:  A 72 S 01

                 Paquetes: 63

                 Período: 2001-2006

                 Asunto: Documentación administrativa: 1 paquete análisis de presupuesto y control de mercancías, 1 paquete reservas refrendadas, 1 paquete reservas de crédito 100001 a la 100400, 1 paquete transferencias internas de recursos, 1 paquete correspondencia recibida, 1 paquete presupuesto y otros recursos del 2001. 1 paquete con nombramientos y vacaciones del 2003 al 2004. 2 paquetes con solicitudes de mercancía, 1 paquete diligencias varias de reservas, 1 paquete solicitudes de reservas, 1 paquete correspondencia enviada, 1 paquete correspondencia recibida, 2 paquetes reservas refrendadas, 1 paquete archivo (correspondencia enviada y recibida).

                 1 paquete documentos caducos, 1 paquete estudios de reservas sobregiradas, 2 paquetes certificaciones de contenido presupuestario, 1 paquete notas de abono y cargo del 2003. 3 paquetes certificaciones de contenido presupuestario, 1 paquete archivo (correspondencia enviada y recibida), 1 paquete reservas refrendadas 04-05-06, 1 paquete notas de abono y cargo, 1 paquete solicitud de mercancía, 1 paquete correspondencia enviada, 1 paquete solicitudes de reservas, 1 paquete reservas de recursos, 1 paquete correspondencia recibida, 2 paquetes documentos de caducos, 2 paquetes correos jefatura del 2004. 3 paquetes solicitudes de pedido, 2 paquetes órdenes de pedido.

                 2 paquetes documentos de caducos, 2 paquetes certificaciones de contenido presupuestario, 2 paquetes archivo (correspondencia enviada y recibida), 1 paquete correspondencia enviada, 2 paquetes correspondencia recibida, 2 paquetes notas de abono y cargo, 2 paquetes reservas de recursos, 1 paquete cambios de líneas y autorizaciones, 1 paquete ordenes de compra, 1 paquete solicitudes de reservas del 2005. 4 paquetes reservas de recursos, 1 paquete reservas de cierre, 1 paquete envíos de pedido del 2006.

Documentos para destrucción Subproceso de Egresos.

                 Remesa: A 73 S 94

                 Ampos: 152

                 Cajas: 6

                 Período: 1994-2006

                 Asunto: Documentación administrativa: 1 ampo con Acuerdo del Consejo Superior de 1994 a 1998. 1 ampo Manual del Sistema Pensiones Alimenticias 95-96, (avances conciliaciones de la cuentas corrientes y emisión de cheques para las Unidades Administrativas y Regionales y del Departamento Financiero Contable), 1 ampo Defensores Públicos, pagos de honorarios, consultas facturas, fotocopias de Reglamentos de Defensores Públicos de 1996. 1 ampo Traspasos por cambio despacho, 1 ampo Becados (97 y anterior, así indica el rótulo) de 1997. 1 ampo bitácora de investigación OIJ, 1 ampo estado de cuenta Banco Nacional.

                 1 ampo control servicios públicos CNFL, AC. Golf. Cioopealf, Coopeguan, Coopelesca, Coopesantos, Jasec, 1 ampo entradas de mercadería, 1 ampo correspondencia enviada y recibida de 1999. 1 ampo transferencias externas 03, 04, 05 y 06, 1 ampo proyecto desconcentración Unidad Administrativa Goicoechea (depósitos judiciales, conciliaciones), 1 ampo depósitos traspasos a Goicoechea, 2 ampos transferencias externas del 2000. 1 ampo ordenes de compra 104-174 II semestre, 1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra 13, 14, 15, 21, 26, 29, 30, 1 ampo Fondo Rotatorio planillas girados de noviembre y diciembre, 1 ampo correspondencia recibida.

                 1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra regionales 09, 31, 10, 27, 28, 11, 12, 32, 1 ampo Sistema depósitos judiciales, 1 ampo diligencias departamentos, 1 ampo diligencias regionales, 1 ampo ayuda económica viáticos, 1 ampo Fondo Rotatorio Envíos a firmas, 1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra Proveeduría, 1 ampo diligencias proveedores, 1 ampo Fondo Rotatorio devoluciones ordenes de compra, 1 ampo reservas abiertas 104 a 214, 1 ampo Fondo Rotatorio correspondencia enviada, 1 ampo notas de abono y cargo, 1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra Proveeduría, 1 ampo planillas giradas de enero a abril, 1 ampo Fondo Rotatorio reintegros en trámite.

                 1 ampo reservas Caja chica 106 a 199, 1 ampo correspondencia recibida, 1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra Proveeduría de 100701 a 101499, 1 ampo diligencias Departamentos, 1 ampo Fondo Rotatorio Unidad Regional Zona Sur, Proyecto de desconcentración Reintegros, 1 ampo documentación Dirección Ejecutiva-Banco de Costa Rica-Banco Nacional de Costa Rica, 1 ampo copias de facturas por pagos de agua y multas, 1 ampo Oficios varios de Regionales para control de facturas, 1 ampo Reservas 000 al 182, 1 ampo Subpartida Acuerdos Consejo Superior, 1 ampo copias Contratos, 1 ampo Reservas 814, 1 ampo Oficios Llamadas Internacionales, 1 ampo Diligencias Proveedores.

                 1 ampo Diligencias Departamentos, 1 ampo Fondo Rotatorio Reservas Abiertas Proveeduría 02, 03, 04, 16, 19, 20, 26, 99, 1 ampo Fondo Rotatorio Ordenes de compra Proveeduría de 10.0001 al 100700, 1 ampo Planillas Giradas Fondo Rotatorio de mayo a julio, 1 ampo Fondo Rotatorio Ordenes de compra Regionales 13, 14, 15, 21, 26, 29, 30, 1 ampo Correspondencia Recibida, 1 ampo correspondencia recibida, 3 ampos Fondo Rotatorio ordenes de compra Regionales 09,31, 10, 27, 28, 11, 12, 32, 1 ampo Reservas Caja Chica 202 a la 910, 1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra Regionales, 1 ampo Ordenes de compra por subpartidas 199 a 910 I Semestre.

                 1 ampo Oficios vacaciones proporcionales de enero a junio, 1 ampo Ordenes de compra por Subpartida 104 a 174 I Semestre, 1 ampo Oficios Vacaciones Proporcionales, 1 ampo Copias de Actas Confección Cheques, 1 ampo Diligencias Departamentos, 1 ampo Diligencias Becas, 1 ampo Reservas, (Becas 604) (Alquileres102), 1 ampo Oficios Llamadas Internacionales I Semestre, 1 Ampo Diligencias Proveedores, 1 ampo Recibos Teléfonos, 1 ampo Facturas de gobierno devueltas, 1 ampo Reservas 199 a 940, 1 ampo Fondo Rotatorio planillas giradas de Acuerdos de pago, 1 ampo Fondo Rotatorio transferencias, 1 ampo Fondo Rotatorio Ordenes de compra Regionales.

                 1 ampo conciliación compromisos de pagos de presupuesto, 1 ampo ordenes de compra de 199 a 910, 1 ampo correspondencia enviada del 2001. 1 ampo Acuerdos del Consejo Superior, 1 ampo Procedimiento y pagos para pensiones Alimentarias, 1 ampo consecutivo de oficios, 1 ampo correspondencia recibida, 1 ampo correspondencia recibida, 1 ampo ordenes de compra por subpartida 199 a 910, 1 ampo solicitudes de reserva de crédito especial, 1 ampo correspondencia recibida, gobierno acuerdos del consejo, 1 ampo traslado de interés promedio ponderado, 1 ampo diligencias regionales, 1 ampo diligencias departamentos, 1 ampo Traspasos de fondos, 1 ampo correspondencia recibida.

                 1 ampo recibos de teléfonos, 1 ampo diligencias departamentos, 1 ampo oficios llamadas internacionales, 1 ampo contratos menores, 1 ampo Reservas, 2 ampos consecutivo de oficios, 1 ampo diligencias departamentos, 1 ampo ordenes de compra por subpartida, 1 ampo solicitud de reserva crédito especial, 1 ampo Fondo Rotatorio devoluciones regionales, 1 ampo diligencias alquileres, 1 ampo diligencias departamento, 1 ampo ordenes de compra por subpartida, 1 ampo contrato y acuerdos para tramitar con orden de compra, 1 ampo reservas Dirección Ejecutiva, 1 ampo diligencias departamentos, 1 ampo reservas, 1 ampo orden de compra por subpartida, 1 ampo reservas contraloría, 1 ampo diligencias becas.

                 1 ampo diligencias proveedores, 1 ampo reservas 199 a 940 del 2002. 1 caja informes, arqueos de caja chica de enero a diciembre, 2 ampos traspasos, 1 ampo caducos, 1 ampo circulares enviadas, 1 ampo correspondencia enviada Dirección enviada, 1 caja contratos, adiestramientos, correos electrónicos y Proveedores del 2003. 1 ampo diligencias devoluciones, copias facturas gobiernos, 1 ampo Traspasos de Fondos, 1 ampo correos enviados y recibidos, 1 ampo ordenes de compra, alquileres de noviembre y diciembre, 1 ampo envíos para acuerdos de pago de 1700 a 1934, 1 ampo ordenes de compra por subpartidas 199-910, 1 ampo de reservas.

                 1 ampo ordenes de compra por subpartidas 000-182, 1 ampo envío para acuerdo de pago 786 a 1037, 1 ampo Ordenes de compra Alquileres, 1 ampo Reservas, 1 ampo Análisis Macroeconómico Costarricense, 1 ampo Control de Arqueos, Cajas Chicas Auxiliares, I Semestre, 1 ampo Traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por Planilla, Juzgado V Civil menor Cuantía, 1 ampo correspondencia enviada, 1 ampo Traspasos, 1 ampo Errores Sistemas de pagos, 1 ampo Traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por planilla Juzgado VI Civil menor Cuantía, 2 ampos traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por planilla Juzgado V Civil Menor Cuantía, 1 ampo Traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por Planilla Juzgado I Civil Menor Cuantía.

                 2 ampos Traspasos al Sistema Depósitos por Planilla Juzgado II Civil menor Cuantía, 2 ampo Traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por planilla Juzgado IV Civil menor Cuantía, 1 ampo Traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por Planilla Juzgado III Civil Menor Cuantía del 2004. 1 ampo Ordenes de compra por Subpartida 000-182, 2 ampos correspondencia enviada y recibida del Área de Diversos, 1 ampo correspondencia recibida, 1 ampo Diligencias Subpartidas 602, 609 y 814, 1 ampo correspondencia enviada del 2005. 1 caja consecutivos oficios enviados del 4265 al 6500, 1 caja consecutivos oficios enviados del 6501 al 8500, 1 caja consecutivos oficios enviados del 2001 al 4264, 1 caja consecutivo oficios enviados del 1 al 2000 del año 2006.

Documentos para destrucción Sección Central.

Remesa:  A 46 S 92

                 Libros: 3

                 Cajas: 35

                 Paquetes: 46

                 Período: 1992-2005

                 Asunto: Documentación administrativa: 1 caja listas de cheques anulados, proposiciones de nombramientos, clasificador del gasto, actas de nombramientos en propiedad de 1992. 1 caja con libros de Tesorería de la Alcaldía Mixta de Moravia, tomos Nos. 8, 9, 10, 11, 18, 19 y 20 de 1994. 1 caja libros de conocimientos, 1 caja libros de nombramientos en propiedad, 3 caja correspondencia enviada de 1996 a 1997. 1 caja correspondencia recibida de 1996 a 1997. 8 cajas correspondencia enviada, 1 caja correspondencia recibida de 1998. 2 cajas correspondencia enviada, 1 caja correspondencia recibida, 1 caja control de fotocopias, registros de asistencia de 1999.

                 1 libro de juramentaciones, 10 fotocopias de La Gaceta Nº 103 del viernes 28 de mayo 1999, de las páginas 24 a la 34 del año 1999. 3 cajas correspondencia enviada, 2 cajas correspondencia recibida, 1 paquete nombramientos en propiedad de 2000. 2 cajas correspondencia enviada, 1 caja correspondencia recibida, 1 caja agendas reuniones, registros de asistencia, 1 paquete copia oficio 5714-2001 y otros de Secretaría de la Corte, 1 paquete correspondencia enviada y recibida de la Empresa Servicios Técnicos Especializados (2001-2002-2003). 2 cajas correspondencia enviada, 2 cajas correspondencia recibida, 1 paquete calificaciones de desempeño de los servidores y servidoras de este Departamento del 2002.

                 1 caja correspondencia recibida, 1 paquete correspondencia enviada, 1 paquete registro de asistencia 1 paquete certificaciones de deudas, 2 paquetes correspondencia recibida, 1 libro de conocimiento, 1 libro de control de fotocopias, 1 paquete correspondencia enviada y recibida del 2003. 1 paquete solicitud oficial de fotocopias, 1 paquete correspondencia enviada, 1 paquete consecutivo de oficios, 2 paquetes certificaciones de deudas pendientes, 1 paquete de correos electrónicos, 1 paquete correspondencia recibida, 1 paquete proposiciones de nombramientos, 1 paquete informes de labores, 1 paquete pronunciamientos legales, 1 paquete registros de asistencia.

                 1 paquete control de fotocopias del 2004. 1 paquete control de consecutivo de oficios, 1 paquete correspondencia enviada y recibida, 1 paquete correos de la Secretaría de la Corte, 1 paquete informes de labores, 1 paquete informes varios, 1 paquete proposiciones de nombramientos, 3 paquetes de correspondencia recibida de plataforma y entrega a los Subprocesos, 6 paquetes de certificaciones de deudas pendientes, 2 paquetes de correos electrónicos de varios despachos, 1 paquete de correspondencia recibida, 1 paquete de correspondencia enviada, 1 paquete de consecutivo de oficios, 1 paquete oficios recibidos de Auditoría, 2 paquetes oficios recibidos de Dirección Ejecutiva por correo electrónico, 1 paquete registro de asistencia de enero a diciembre del 2005.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 22 de enero del 2010.

                                                                          Lic. Alfredo Jones León

(IN2010007600)                                                    Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 66-07, celebrada el 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes y documentación administrativa de los años 1982 a 2007 del Organismo de Investigación Judicial de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:   20274

                 Expedientes: 313

                 Años: 1983-1989

                 Asuntos: 85 expedientes de denuncias del 1983, 64 expedientes de denuncias del 1984, 45 expedientes de denuncias del 1985, 38 expedientes de denuncias del 1986, 35 expedientes de denuncias del 1987, 28 expedientes de denuncias del 1988, 18 expedientes de denuncias del 1989.

Remesa:   O 74 S 90

                 Expedientes: 559

                 Años: 1990-1998

                 Asuntos: 40 expedientes de denuncias del 1990, 56 expedientes de denuncias del 1991, 61 expedientes de denuncias del 1992, 47 expedientes de denuncias del 1993, 55 expedientes de denuncias del 1994, 60 expedientes de denuncias del 1995, 32 expedientes de denuncias del 1996, 28 expedientes de denuncias del 1997, 180 expedientes de denuncias del 1998.

Remesa:   O 32 S 99

                 Expedientes: 1282

                 Años: 1999

                 Asuntos: 1282 expedientes de denuncias de 1999.

Remesa:   20275

                 Ampos: 158

                 Años: 1983-2006

                 Asuntos: 18 ampos con remisión y control de detenidos del 1992 a 2005, 12 ampos de horas extras del 1990 a 2006, 16ampos de actas y control de decomiso del 1989 a 2006, 14 ampos  de control de denuncias del 1993 a 2000, 8ampos control de capturas del 1990 a 2002, 7 ampos control de circulares del 1989 a 2006, 8 ampos con registros y control de oficios del 1994 a 2006, 6 ampos de novedades del 1983 a 1997, 5 ampos  solicitudes de presentación del 1992 a 2006, 23, ampos, de informes policiales del 1991 a 1999, 3, ampos, informes de casos del 1999, 7, ampos, registro de plan de trabajo del 1996 a 1998, 7, ampos de control de mobiliario del 1999 a 2000, 4 ampos de dictámenes médicos del 1995 a 2003, 13 ampos de dejar sin efecto 1999 a 2001, 5 ampos control de fax 1997 a 2000, 2 ampos dictámenes criminalísticos del 1997 a 2003.

Remesa:   20276

                 Paquetes: 567

                 Años: 1987-2007

                 Asuntos: 52 paquetes oficios despachados y recibidos del 1987 a 1999, 3 paquetes  de actas y control de decomiso del 1989 a 2006, 6 paquetes  control de capturas del 1990 a 2002, 7 paquetes de control de circulares del 1989 a 2006, 19 paquetes con registros y control de oficios del 1994 a 2006, 14 paquetes  solicitudes de presentación del 1992 a 2006, 11 paquetes de horas extras del 1990 a 2006, 1 paquete de arqueo caja chica del 1994 a 2001, 1 paquete de despacho y recibido de mercadería del 1995 a 2005, 7 paquetes con incapacidades del 1989 a 2006, 14 paquetes control de alcoholemias del 1991 a 2006, 14 paquetes de correspondencia certificada del 1993 a 2006, 15 paquetes con control y actas de inspecciones del 1994 a 2003, 20 paquetes con solicitudes del 1995 a 2007, 25 paquetes control de combustible del 1994 a 2006,

                 4 paquetes con informes de detenidos del 1993 a 2001, 13 paquetes con expedientes de vehículos del 1994 a 2003, 6 paquetes control de facturas del 1994 a 2003,

                 2 paquetes con registro de firmas del 1998 a 2006, 3 paquetes con informes semanales trimestral y semestral del 1992 a 2005, 20 paquetes con boletas de atención medica del 1994 a 2006, 4 paquetes de reposición de nombramientos del 1993 a 2006, 3 paquetes de inventario de objetos decomisados del 1988 a 1995, 9 paquetes con copiadores de sentencia del 1990 a 2006, 13 paquetes con registro de asistencia del 1994 a 2006, 4 paquetes con solicitudes de dictamen criminalísticos del 1995 a 2005, 2 paquetes con solicitudes de vacaciones del 1997 a 2006, 5 paquetes con certificados médicos del 1993 a 2002, 4 paquetes con actas de reconocimiento del 1990 a 2003, 5 paquetes con actas de entrega del 1994 a 2005, 3 paquetes con actas de hallazgo del 1997 a 1998, 11 paquetes con actas de notificación del 1997 a 2001, 40 paquetes con ordenes de remisiones del 1998 a 2006, 54 paquetes con tener a la orden del 1994 a 2006, 13 paquetes con ordenes de libertad del 1996 a 2006, 6 paquetes con ordenes de poner a la orden del 1993 a 2006, 6 paquetes con comisiones del 1997 a 2006, 3 paquetes con registro de dejar sin efecto del 1993 a 1996, 3 paquetes con reintegro de dinero del 1994 a 1999, 4 paquetes con juramentaciones del 1999 a 2003, 11 paquetes con control de diligencias menores del 1990 a 2006, 9 paquetes con distribución de denuncias del 1997 a 2006, 4 paquetes actas de visita del 1997 a 2005, 3 paquetes con registro de equipo individual del 1997 a 2003, 6 paquetes control de evidencias del 1992 a 2006, 10 paquetes con actas de reunión del 1994 a 2002, 7 paquetes con constancias de incapacidad del 1990 a 2006, 7 paquetes con inventarios de denuncias del 1991 a 2004, 4 paquetes con inventario general del 2000 a 2002, 2 paquetes con registro de roll de guardia del 1999 a 2002, 10 paquetes con registro de correos del 1994 a 2006, 11 paquetes con reportes de expedientes administrativos del 2000 a 2003, 11 paquetes con libretas de control de vehiculo del 1998 a 2007, 6 paquetes con boletas con orden para combustible del 1999 a 2007, 8 paquetes con registro de tramite de permiso del 2000 a 2004

                 2 paquetes con registro de alimentación de detenidos del 1995 a 2006, 3 paquetes con gastos confidenciales del 1999 a 2004, 4 paquetes con boletas de autorización horas extras del 1997 a 2005

Remesa:   20277

                 Libros: 140

                 Años: 1982-2006

                 Asuntos: 7 libros de actas y control de decomiso del 1989 a 2006, 8 libros control de capturas del 1990 a 2002, 12 libros control de circulares del 1989 a 2006, 2 libros  solicitudes de presentación del 1992 a 2006, 6 libros con remisión y control de detenidos del 1992 a 2005, 2 libros  de horas extras del 1990 a 2006, 8 libros de control de denuncias del 1993 a 2000, 3 libro control de cassette 1998 a 2001, 1 libro de informes laborales del 1998 a 2006, 1 libro registro de reseñas del 1994, 8 libro de conocimiento del 1982 a 1999, 2 libro control de equipo del 1996 a 2002,

                 4 libro control evidencias del 1996 a 1999, 2 libro control de reos presos del 1990 a 1993, 2 libro de entradas del 1993 a 2001, 2 libro control de rollos fotográficos del 1999 a 2001, 3 libro control de casos recibidos 1999 a 2002,6 libro ordenes capturas del 1992 a 1996, 8 libro control de giras del 1993 a 2006, 10 libro control de boletas de combustible del 1989 a 1995, 3 libro control de informes del 1995 a 1996, 11 libro control de actas de secuestro del 1998 a 2006, 13 libro de practicas del 1997 a 2005, 2 libros con incapacidades del 1989 a 2006, 13 libros control de alcoholemias del 1991 a 2006, 1 libro  de correspondencia certificada del 1993 a 2006,

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. Lic. Alfredo Jones León Director Ejecutivo.

San José, 22 de enero del 2010

                                                                               Alfredo Jones León,

(IN2010007604)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta N Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa de los años 1999 a 2007 de la Unidad Administrativa de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:   A 13 P 99

                 Ampos: 57

                 Año: 1999-2007

                 Asunto: 1 de Reportes y Registros (Contrataciones Varias). 2 de Circulares de 2001 al 2005, 2 de Oficios Recibidos y Enviados 2002, 2 de Informes Mensuales y Anuales de 2002, 1 de Oficios (Acuerdos) del 2002, 1 de Entradas de Mercadería del 2002, 1 de Control de Citas del 2002, 1 de Correspondencia del 2003, 2 de Consecutivo de Oficios del 2003, 2 de Reportes y Registros 2003, 1 de Boletas de Combustible del 2004, 1 de Informes Mensuales y Anuales del 2004, 1 de Correspondencia del 2004, 1 de Entrada de Mercadería del 2005, 2 de Reportes y Registros de 2005 al 2006, 1 de Circular de 2005, 1 de Correspondencia del 2005.

                 1 de Registro de Asistencia del 2005, 1 de Orden de compra de 2005, 2 de Reportes y Registros del 2005, 1 de Consecutivo de Oficios del 2005, 1 de Horas Extras del 2006, 1 de Reportes y Registros (Salas de Juicio) del 2006, 4 de Consecutivo de Oficios 2006, 3 de Correspondencia de 2006, 1 de Correo Electrónico de 2006, 2 de Auditoria Interna de 2006, 1 de Financiero Contable de 2006 , 1 de Dirección Ejecutiva de 2006, 3 de Reportes y Registro (Hojas de Delincuencia, Autorización de Gastos y Presupuesto) de 2006, 2 de Informes Mensuales y Anuales del 2006, 3 de Circulares del 2006, 1 de Registro de Asistencia del 2006, 3 de Entrada de Mercadería del 2006, 1 de Boletas de Combustible del 2006, 1 de Nombramientos de Personal del 2006, 1 de Orden de Compra del 2006 al 2007.

Remesa:   A 1 P 07

                 Ampos: 42

                 Año: 2007

                 Asunto: 33 de Reportes y Registro (Oficina de Cit., Pres. y Localización) del 2007, 2 de Reportes y Registros (Proveeduría y Oficinas de Edificio Central) del 2007, 1 de Registro de Asistencia del 2007, 1 de Horas Extras del 2007, 1 de Boletas de Combustible del 2007, 2 de Reportes y Registro (Salas de Juicio y Oficinas Región Costa Pacifica) del 2007, 1 de Control de Correo Certificado del 2007, 1 de Circulares del 2007.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 22 de enero del 2010.

                                                                           Lic. Alfredo Jones León,

(IN2010007605)                                                      Director Ejecutivo

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

A: Marjorie Martínez Arauz, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 9-075-948, de demás calidades ignoradas; que en proceso disciplinario notarial número 06-000033-0627-NO establecido en su contra por Centro Herediano de Investigación Zoocriadero La Ardilla S. A., se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial.—San José, a las catorce horas del catorce de julio del año dos mil seis. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Centro Herediano de Investigación Zoocriadero La Ardilla S. A. contra los notarios públicos Cindy Villalobos Valverde, Marjorie Martínez Arauz, Gricelda de la Trinidad Valverde Elizondo, Guillerno Cornejo Chacón y David López García, a quienes se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo deben informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estimen de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículos 153, párrafo 3° del Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional, bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifiquese esta resolución a la parte denunciada por medio de cédula y copias, personalmente o en su casa de habitación, quienes se localizan así: Cindy Villalobos Valverde en Guapiles, 100 metros al norte de almacén 3-R; Marjorie Martínez Arauz en Guapiles, Pococí, frente a la fiscalía; Gricelda de la Trinidad Valverde Elizondo, en Guapiles costado oeste iglesia, edificio Olmareli; Guillermo Cornejo Chacón en ciudadela Rodrigo Facio en Goicoechea, de la Cruz Roja 300 metros al este o bien Ciudadeda Rodrigo Facio, Ipís, casa Nº 98 y David López García en Guápiles, Pococí, frente a la esquina norte del Instituto Nacional de Seguros o bien 50 metros sur y 50 oeste de súper Coopeurgua 3. Para que le notifique esta resolución a los notarios Villalobos Valverde, Martínez Arauz, Valverde Elizondo y López García, se comisiona por exhorto al Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, para que notifique al notario Cornejo Chacón se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Previo a notificar a las demás partes, se le concede el plazo de tres días a la parte denunciante, para que aporte seis juegos de fotocopias de folios 1 al 19; cuatro del folio 27 al 38 y dos del 44 al 57 en el entendido de que mientras no lo haga, no se le atenderán las futuras gestiones, (art. 136 Código Procesal Civil). En caso de no ser notificada la parte denunciada y de conformidad con lo dispuesto por el transitorio IV, en relación al inciso e) del artículo 3º y el i) del numeral 24, todos del Código Notarial, se remitirá oficio a la Dirección Nacional de Notariado, para que certifique la dirección actualizada de la oficina abierta al público que tenga reportada en esa entidad, y de ser posible, aquella de la casa de habitación. Asimismo de conformidad con lo dispuesto por el numeral 153, párrafo IV del citado Código, se remitirá mandamiento a la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste; comuniqúese. Licenciada Grace Hernández Herrera, Jueza” y “Juzgado Notarial.—San José, a las quince horas del primero de diciembre de dos mil nueve. Vistas las constancias de notificación de folios 201 y 215, mediante las cuales se indica que no ha sido posible localizar a la Licenciada Marjorie Martínez Arauz, en las direcciones constantes en autos, y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 177), de conformidad con lo establecido en el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional la resolución dictada a las catorce horas del catorce de julio de dos mil seis, así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son porque supuestamente autenticó unas firmas presuntamente falsas. Conforme lo dispone el citado numeral, remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza”.

San José, 1º de diciembre del 2009.

                                                      Lic. Grace Hernández Herrera

                                                                            Jueza

1 vez.—(IN2010001172).

Al notario Lic. Mauricio Marenco Chase, cédula de identidad número 1-0628-0836, de domicilio ignorado, que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000423-0627-NO interpuesto en su contra por Miguel Alberto Calvo Venegas, se han dictado las resoluciones que dicen: “Proceso disciplinario notarial N° 08-000423-0627-NO de Miguel Alberto Calvo Venegas contra Rafael Ángel Morales Soto, María Eugenia Murillo Hidalgo y Mauricio Marenco Chase. Juzgado Notarial.—San José, a las once horas del veintinueve de julio del dos mil ocho. De la anterior demanda disciplinaria notarial y acción resarcitoria establecidas por Miguel Alberto Calvo Venegas, se confiere traslado a los notarios públicos: Rafael Ángel Morales Soto, María Eugenia Murillo Hidalgo y Mauricio Marenco Chase, por el plazo de ocho días. Con respecto de los hechos expondrán, con claridad, si los rechazan por inexactos o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestarán las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen. En la misma oportunidad ofrecerán las pruebas que estimen de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado deberá referirse respecto de la presente demanda y aportar la prueba que considere pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículo 153, párrafo 3° del Código Notarial, en relación con el ordinal 185 del Código Procesal Civil y los numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese a la parte demandada la presente resolución por cédula y copias, personalmente o en su casa de habitación, lo cual se hará así: a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Heredia, para que notifique al notario Rafael Ángel Morales; lo ubican personalmente en San Antonio de Belén, de la soda La Paz Paz 100 metros oeste, altos de la litografía Romero; también para que notifique al notario Mauricio Marenco Chase, personalmente en su oficina La Ribera de Belén, de la Firestone un kilómetro y medio hacia Belén, contiguo al bar Guapinol, calle a mano derecha, hasta el fondo, en las instalaciones centrales de Pipasa; y a la notaría María Eugenia Murillo Hidalgo personalmente en su oficina: La Ribera de Belén, de la Firestone un kilómetro y medio hacia Belén, contiguo al bar Guapinol, calle a mano derecha, hasta el fondo, en las instalaciones centrales de Pipasa. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Previo a notificar a las demás partes y como requisito necesario para ese efecto, se le concede el plazo de tres días a la parte denunciante, para que aporte cuatro fotocopias de folios 47 al 50, en el entendido de que mientras no lo haga, no se le atenderán las futuras gestiones, (art. 136 Código Procesal Civil). Licenciada Grace Hernández Herrera, Jueza. “Juzgado Notarial.—Primer Circuito Judicial de San José, al ser las siete horas, cincuenta minutos del veinte de marzo del año dos mil nueve. En atención a la nueva ley de notificaciones vigente, se readecúa este proceso así: Se le informa a las partes, que dentro del plazo de ocho días, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada, (artículos 4º, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución al notario Mauricio Marenco Chase, personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a la Oficina Central de Notificaciones de Heredia, quienes podrán notificarlo en su domicilio: Belén, Heredia, 200 metros al norte de la iglesia. Licda. Grace Hernández Herrera. Jueza.” y “Juzgado Notarial.—San José, a las siete horas, treinta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle al notario Lic. Mauricio Marenco Chase, la resolución de las once horas del veintinueve de julio de dos mil ocho, en las direcciones por el reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folios 14 y 15, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuniqúese a la Imprenta Nacional. Se hace saber al notario Lic. Mauricio Marenco Chase que se le denuncia por supuesta falta de inscripción de un instrumento publico. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público al denunciado Mauricio Marenco Chase. Notifíquese. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza”.

San José, 30 de noviembre del 2009.

                                                      Lic. Grace Hernández Herrera

                                                                            Jueza

1 vez.—(IN2010001175).

Al notario Lic. Minor Gómez Goicoechea, cédula de identidad número 1-0628-0836, de domicilio ignorado, hace saber: Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000322-0627-NO interpuesto en su contra por María Elena Castro Rodríguez, se han dictado las resoluciones que dicen: “Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000322-0627-NO. de: María Elena Castro Rodríguez contra: Karla María Vásquez Rojas y Minor Gómez Goicoechea. Juzgado Notarial; San José, a las catorce horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de María Elena Castro Rodríguez contra Karla María Vásquez Rojas y Minor Gómez Goicoechea, a quienes se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro, del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la licenciada Karla María Vásquez Rojas, personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Palmares, quienes. Podrán notificarla en: Alajuela, Rincón Grande de Zaragoza, Palmares, 50 norte de la Iglesia. Y al Licenciado Minor Gómez Goicoechea, notifíquese en: San José, de la entrada principal al Hospital Blanco Cervantes, 300 oeste y 25 norte Bufete Vargas y Gómez Asociados. Para tal efecto se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San Jose. En caso de no ser posible localizarlo en esa dirección se comisiona a la Oficina Centralizada De Notificaciones Del Segundo Circuito Judicial de San José, por ser habido en: 1) San Pedro, el Higuerón 800 sur. 2) San José, San Pedro frente a la farmacia UCR, Corporación Asuntos Jurídicos Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio De Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Lic. Grace Hernández Herrera. Jueza.-scm “ y “Juzgado Notarial. San José, a las trece horas cinco minutos del treinta de Noviembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle al notario Lic. Minor Gómez Goicoechea, la resolución de las catorce horas del veinticinco de mayo de dos mil nueve en las direcciones por el reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folios 41 A 45, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se hace saber al notario Lic. Minor Gómez Goicoechea que se le denuncia por supuesta falta de inscripción de un instrumento publico. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público al denunciado Minor Gómez Goicoechea. Notifíquese.

San José, 30 de noviembre de 2009.

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(IN2010001176)                                           Jueza

A la notaria, Lic. Criseld Morales Kirton, cédula de identidad número 1-1066-0711, de domicilio ignorado, hace saber: Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000122-0627 interpuesto en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que dicen: Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000122-627-NO de Registro Civil contra la notaria pública Criseld Morales Kirton. Juzgado Notarial; Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas treinta minutos del catorce de abril del año dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Registro Civil contra la notaria pública Criseld Morales Kirton, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio N° DC-0583-2009 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona al juzgado de Menor Cuantía de Desamparados quienes podrán notificarla personalmente o en su domicilio: Urbanización Nuestra Señora Esperanza, casa 11 d esquinera. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo; remita copia literal certificada del poder en que así conste. Lic. Juan Federico Echandi Salas, Juez. w / “Proceso Disciplinario Notarial Exp. Nº 09-000122-0627-NO Denunciante: Registro Civil Denunciado: Lic. Criseld Morales Kirton Juzgado Notarial, San José a las catorce horas treinta y un minutos del cuatro de Setiembre dos mil nueve. Siendo que en autos consta oficio donde el Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados indica que la dirección de la denunciada NO se encuentra dentro de su Perímetro Judicial se ordena comisionar a la Policía De Proximidad De Damas De Desamparados a efecto de notificar el auto de traslado de la denuncia a la notaria Licda. Criseld Morales Kirton dirección que a continuación se indica: San Jose, San Lorenzo De Damas De Desamparados, Urbanizacion Nuestra Señora de la Esperanza, del Super La Esperanza, 100 sur; casa Nº 11-D esquinera. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza”. y “Proceso Disciplinario Notarial Expediente: 09-000122-0627-NO Denunciante: Registro Civil Denunciado: Lic. Criseld Morales Kirton. Juzgado Notarial. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la notaria Lic. Criseld Morales Kirton, la resolución de las nueve horas treinta minutos del catorce de abril del año dos mil nueve en las direcciones por el reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folios 36 a 41, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del articulo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de Edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se hace saber a la notaria Lic. Criseld Morales Kirton que se le denuncia por supuesta presentación extemporánea de un matrimonio para inscripción. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público a la denunciada Lic. Criseld Morales Kirton. Notifíquese.

San José, 30 de noviembre del 2009.

                                                              Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(IN2010001177)                                           Jueza

A la notaria, licenciada Isabel Pellecer Salas, cédula de identidad número 1-0952-0201, de domicilio ignorado, hace saber: que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000861-0627-NO interpuesto en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen: proceso disciplinario notarial N° 09-000861-627-NO de Archivo Notarial contra la notaria pública Isabel Pellecer Salas. Juzgado Notarial; Primer Circuito Judicial de San José; a las siete horas treinta minutos del once de agosto del año dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial del Archivo Notarial contra la notaria pública Isabel Pellecer Salas, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio N° DAN-RP-0854-2009 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, este deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su domicilio, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Pavas, quienes podrán notificarla en su domicilio: Pavas, Santa Catalina, final Boulevard, 25 norte y 75 oeste N° 17. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza”. y “Juzgado Notarial. San José, a las trece horas cincuenta y seis minutos del primero de diciembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la notaria licenciada Isabel Pellecer Salas, la resolución de las siete horas treinta minutos del once de agosto del dos mil nueve en las direcciones por ella reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folios 22, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se hace saber a la notaria licenciada Isabel Pellecer Salas que se le denuncia por supuesta omisión de firma en instrumento público. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público a la denunciada licenciada Isabel Pellecer Salas. Notifíquese.

San José, 1º de diciembre del 2009.

                                                 Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(IN2010001178).                                        Jueza

Al notario, licenciado Mauricio Alpízar Jara, cédula de identidad número 1-0776-0795, de domicilio ignorado, hace saber: que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000373-0627-NO interpuesto en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen: “Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000373-0627-NO. de: Archivo Notarial. Contra: Mauricio Alpízar Jara. Juzgado Notarial; San José, a las nueve horas del primero de junio del dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Archivo Notarial contra Mauricio Alpízar Jara, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en oficio DAN-RP-0038-2009 de fecha 5 de marzo del dos mil nueve y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado dentro del territorio. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires, Puntarenas quienes podrán notificarlo en: Puntarenas, Buenos Aires del parque costado suroeste 150 al sur 2° piso de foto Méndez. 2) Puntarenas, Buenos Aires del Gallo Gollo, 100 al este y 75 al sur, casa esquinera a mano izquierda. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Lic. Grace Hernández Herrera. Jueza. scm” y “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas cuarenta y tres minutos del primero de diciembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle al notario licenciado Mauricio Alpízar Jara, la resolución de las nueve horas del primero de junio del año dos mil nueve en las direcciones por él reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folios 14 y 15, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se hace saber al notario Lic. Mauricio Alpízar Jara que se le denuncia por supuesta omisión de firmas en instrumentos públicos. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público al denunciado Lic. Mauricio Alpízar Jara. Notifíquese

San José, 1º de diciembre del 2009.

                                                 Lic. Grace Hernández Herrera

1 vez.—(IN2010001180).                                        Jueza

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las diez horas del veintidós de marzo de dos mil diez; en la puerta exterior de este despacho, soportando hipotecas de primer grado y gravamen judicial y con la base de trescientos dieciocho mil veinticinco colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cuatrocientos setenta y nueve mil doscientos sesenta y cinco-cero cero dos la cual es terreno con una casa sector, letras lote B-41, Urbanización Los Guidos. Situada en el distrito sétimo Patarrá, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote B-32; al sur, calle pública; al este, lote-B 40, y al oeste, INVU. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de María del Rosario Flores Olivas contra Rosa Valle Bejarano. Expediente Nº 09-000482-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2010.—Lic. Amadita Barrantes Delgado, Jueza.—(IN2010008010).

Causahabientes

Con ocho días de plazo, se cita y emplaza a todos los causahabientes y demás interesados en las diligencias número 09-300090-0216-LA, que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Ronny Javier Sojo Chacón, quien en vida fue mayor, costarricense, casado dos veces, investigador del Organismo de Investigación Judicial, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-0743-0684,con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren e1 dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Karol Vanessa Solano Hidalgo.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, San Sebastián, 20 de enero del 2010.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2010007786).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Argentina Chacón Molina, cédula 2-259-066, mayor, divorciada, vecina del Barrio San José de Alajuela, laboraba para el Hospital San Rafael de Alajuela , fallecido el doce de diciembre del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 09-000881-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 09-000881-1022-LA. gestionante Norman Lilliam Chacón Molina, fallecida Argentina Chacón  Molina.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de enero del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007994).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abraham Heriberto Díaz, cédula de residencia 155804293732, quien fue mayor, unión de hecho, vecino de Pilas de Alajuela y laboró para La Barrela S. A., fallecido el 16 de octubre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones bajo el número 10-000033-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000033-1022-LA. Gestionante Sonia Vanessa Díaz Herrera, fallecido Abraham Heriberto Díaz.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de enero del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007995).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Aurelio Ruiz Castillo, cédula 5-070-309, mayor, casado, vecino de Alajuela, Loma Linda en Ciruelas, fallecido el diez de enero del dos mil tres, laboraba para Almacenes El Gollo en Alajuela, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones, bajo el número 10-000019-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000019-1022-LA. Gestionante Eugenia Úrsula Núñez Rosales, fallecido Marcos Aurelio Ruiz Castillo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007996).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido José Luis Bustos Ortiz, cédula Nº 2-353-322, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela, laboraba para Riteve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 10-000025-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000025-1022-LA. Gestionante María Lorenza Bustos Ortiz, fallecido José Luis Bustos Ortiz.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del año 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007997).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes Randall José López Peña, cédula de identidad número 5-268-597, fallecido el veintitrés de diciembre del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajador fallecido, bajo el expediente número 10-300004-0401-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente número 10-300004-0401-LA-0 a favor de Yira Recio Viales, cédula de identidad número 5-285-918.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo, a las trece horas del diecisiete de noviembre del dos mil nueve.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2010007998).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Esteban Alexander Barrantes García, quien fuera mayor, soltero, vecino de Los Guidos de Desamparados, cédula de identidad número uno-mil ciento setenta y nueve-seiscientos ochenta y ocho, quien falleció el veinticuatro de setiembre del dos mil ocho, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente número 09-300097-0237-LA (105-4-09), gestionada por: Maritza Isabel García Rodríguez contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica BCR Pensiones S. A. apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de enero del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2010007999).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ana Yanci Ramírez Vega, quien fue mayor, casada, vecina de Santa Lucía de Barva, Heredia, 25 metros oeste del Salón Italia, con cédula de identidad Nº 4-143-359, se les hace saber que: Agustín Oliva Ojeda, portador de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 8-089-083, vecino de Santa Lucía de Barva, Heredia, 25 metros oeste del Salón Italia, se apersonó en este despacho en calidad de cónyuge supérstite de la fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Ana Yanci Ramírez Vega. Expediente Nº 09-000791-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 5 de enero del 2010.—Lic. Ingrid Ileana Gregory Wang, Jueza.—1 vez.—(IN2010008000).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Manuel Gerardo Hernández Zárate, quien fue mayor, casado, peón agrícola, vecino de Puente Salas, Barva de Heredia, del Tanque Vega, 600 metros al noroeste, con cédula de identidad Nº 4-095-252, se les hace saber que: Flora Esquivel Delgado, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 4-094-125, vecina de Puente Salas, Barva de Heredia, del Tanque Vega, 600 metros al noroeste, y Freddy Hernández Esquivel, portador de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 4-148-344, vecino de Puente Salas, Barva de Heredia, del Tanque Vega, 600 metros al noroeste, se apersonó en este despacho en calidad de hijo del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Manuel Gerardo Hernández Zárate. Expediente Nº 09-000737-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 7 de enero del 2010.—Lic. Silvia Palma Elizondo, Jueza.—1 vez.—(IN2010008001).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Víctor Julio Rodríguez Durán, quien fue mayor, casado y técnico mecánico de precisión, vecino de Heredia, con cédula de identidad Nº 1-418-320, se les hace saber que: Hospira Costa Rica Limitada, portadora de la cédula jurídica Nº 3-012-453013, vecina de San José, se apersonó en este despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Víctor Julio Rodríguez Durán. Expediente Nº 09-000819-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 6 de enero del 2010.—Lic. Ingrid Ileana Gregory Wang, Jueza.—1 vez.—(IN2010008002).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Carlos Enrique Castrillo Ruiz quien en vida fue mayor, casado, cédula de identidad 602350652, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09-300088-0319-LA-8, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo, apercibidos de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien así lo demuestre.—Juzgado Contravencional de Palmares, 7 de enero del 2010.—Lic. Ivannia Quesada Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2010008006).

Con ocho días de término, contados desde la publicación de este edicto, se cita y emplaza a los que tuvieron derecho como causahabientes de quien en vida fue Ronulfo Rodríguez Román; mayor, cédula dos- doscientos veintisiete-novecientos treinta y ocho, soltero, costarricense; pensionado, vecino de San Miguel de San Roque de Grecia, frente a la plaza de deportes, para que se presenten a este Juzgado en reclamo de sus derechos, caso contrario el dinero pasará a quien corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así en Consignación de Prestaciones Laborales de Trabajador Fallecido número de expediente 10-300003-0900-LA, promovido por Carmen Dulcelina Rodríguez Arias.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 14 de enero del 2010.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—1 vez.—(IN2010008007).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones anotadas bajo las citas 297-00010497-01-0921-002 y por la suma de dos millones novecientos sesenta y un mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 0009444-002 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Quebrada Honda, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jeannette Obando Silva; al sur, Alejandrina Silva Silva; al este, calle pública con frente de 40.38 metros, y al oeste, Alejandrina Silva Silva. Mide: tres mil novecientos cuarenta y ocho metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso desahucio de María Elena Monge Sojo contra Jeannette Obando Silva. Expediente Nº 06-000663-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de diciembre del 2009.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—RP2010152438.—(IN2010007575).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del dos mil diez, y con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas número seis siete ocho cuatro seis dos, marca Audi, año 2007, Vin WAUZZZ8E87A201101, cilindrada 3123 c.c., color amarillo, categoría automóvil - A4. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril del dos mil diez, con la base de cuarenta mil novecientos noventa y ocho dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil diez, con la base de trece mil seiscientos sesenta y seis dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Andrés Navarrete Rodríguez e Inmobiliaria Corvera de Asturias S. A. Expediente Nº 09-003016-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2010007650).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las diez horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil diez, y con la base de mil sesenta y seis dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor, rematare lo siguiente: Vehículo placas Nº 615245, marca Chevrolet, año 2006, Vin KL1MD61426C063593, cilindrada 800 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diez, con la base de setecientos noventa y nueve dólares con setenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de abril del dos mil diez, con la base de doscientos sesenta y seis dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Jorge Arturo Valverde Jiménez. Expediente Nº 09-015621-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2009.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010007651).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y dos cero-cero-cero, que es terreno para construir. Ubicado: en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Mide: mil quinientos veintiún metros cuadrados. Colinda: el norte, con Ana Yancy Beita Reyes, Dignora Navarro Jiménez e Ibo Chacón Montero, todos en parte; sur, Jorge Mata Valverde y Kenia María Chacón ambos en parte; este, servidumbre de paso con un frente a ella de tres metros y Kenia María Chacon Montero ambos en parte, y al oeste, con Jorge Mata Valverde, plano Nº SJ-1112586-2006. Para el primer remate, con la base de veinte millones ochocientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y seis colones con ochenta y tres céntimos, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez, fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta, con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de quince millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con doce céntimos, a efectos de realizar el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil diez, y en caso de no existir oferentes con la base de un veinticinco por ciento de la base original sea la suma de cinco millones doscientos dieciséis mil ciento sesenta y un colones con setenta céntimos, se señalan las nueve horas del veintinueve de abril del dos mil diez. La finca descrita pertenece a Modesto Suazo Cerna. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100252-0188-CI (270-09-R2), establecido por Scotiabank contra Óscar Fernando Chacón Montero y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 12 de enero del 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2010007652).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez, y con la base de dos mil seiscientos seis dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas número quinientos nueve mil cuatrocientos cincuenta, marca Peugeot, año dos mil tres, Vin VF tres dos AN seis AD tres W cero tres tres cuatro nueve dos, cilindrada mil quinientos ochenta y siete c.c., color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil diez, con la base de mil novecientos cincuenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil diez, con la base de seiscientos cincuenta y un dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Gerardo Ruiz Matarrita. Expediente Nº 09-002212-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 19 de enero del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2010007653).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de entrada, citas: 311-14736-01-0901-001, a las quince horas y treinta minutos del seis de abril del dos mil diez, y con la base de cuarenta y cuatro mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 236736-000, la cual es terreno para construir con una casa, lote 16-F. Situada: en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 14-F; al sur, Monarca S. A., parte-dest av 8 con 11 metros; al este, lote 15-F, y al oeste, lote 17-F. Mide: doscientos seis metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil diez, con la base de treinta y tres mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil diez, con la base de once mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Faviana del Oeste S.A., y Lawrence Fonseca Hernández. Expediente Nº 08-029932-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del 2009.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2010007655).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones y colisiones, boleta Nº 200788956, sumaria 086011670500TC, del Juzgado de Tránsito de Pavas a las quince horas, cero minutos del doce de abril del dos mil diez, y con la base de dos mil novecientos ochenta y dos dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 554091, marca Suzuki, año 2004, Vin JS3DA32V654130049, cilindrada 1300 c. c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas, cero minutos del veintisiete de abril del dos mil diez, con la base de dos mil doscientos treinta y siete dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas, cero minutos del doce de mayo del dos mil diez con la base de setecientos cuarenta y cinco dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Edgar Yimy Peña Rincón. Expediente Nº 08-016232-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de noviembre del año 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(IN2010007656).

En la sala número en la puerta exterior de esta Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil diez, y con la base de ochenta y dos millones ochocientos cuarenta y un mil treinta v dos colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 230316-000, la cual es terreno inculto con una casa, situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, rotonda de calle pública con 9 metros y otro; al sur, José Luis Avendaño Jiménez; al este, rotando de la calle pública y otro, y al oeste, rotonda calle pública y otro. Mide: seiscientos cincuenta y cinco metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de mayo del dos mil diez, con la base de sesenta y dos millones ciento treinta mil setecientos setenta y cuatro colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil diez con la base de veinte millones setecientos diez mil doscientos cincuenta y ocho colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra María Isabel Serrano Mora. Expediente Nº 09-001857-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del año 2009.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2010007658).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil diez, y con la base de cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 389904, marca Nissan, año 2001, Vin JN1TAZR50Z0020879, cilindrada 3274 c. c., color dorado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de junio del dos mil diez, con la base de tres mil trescientos sesenta y dos dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil diez, con la base de mil ciento veinte dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Edgar Gerardo Marín Esquivel. Expediente Nº 09-000516-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de diciembre del año 2009.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010007660).

A las catorce horas del cuatro de marzo del dos mil diez, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintisiete mil novecientos setenta y nueve dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor rematare: la finca del partido de San José, matrícula 086180-000, que es terreno para construir con dos casas, situado en el distrito cuatro Catedral, de la provincia de San José. Linda: al norte, Alfredo Bready; sur, avenida 18; este, Irma de Armijo, y al oeste, Francisco Chávez. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 07-002213-0185 CI ejecutivo hipotecario de Tucan Holding S. A. contra La Casa del Azulejo y El Piso Cerámico S. A.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de enero del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(IN2010007664).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales a las catorce horas y cero minutos del seis de abril del dos mil diez, y con la base de dos millones ciento cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y nueve colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 558471, marca Skoda, año 2004, Vin TMBPD16Y543945343, cilindrada 1390 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de abril del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos dieciocho mil doscientos treinta y seis colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de mayo del dos mil diez con la base de quinientos treinta y nueve mil cuatrocientos doce colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Minor Castillo Barboza. Expediente Nº 08-029930-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del año 2009.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2010007667).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las, nueve horas, treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil diez, y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 620736, marca Geo, año 1990, Vin 2CNBJ18U5L6223824, cilindrada 1600 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas, treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil diez, con la base de novecientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del quince de abril del dos mil diez, con la base de trescientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Franklin Montero Alfaro contra Eladio Villalobos Aragón. Expediente Nº 08-001534-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de setiembre del año 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2010007717).

A las ocho horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbres de paso a citas 0306-00002256-01-0001-001 y 0413-00000790-01-0001-001 y servidumbre trasladada a citas 0306-00002256-01-0901-002 y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 004666698 000, la cual es terreno césped destinado a tumba, situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Camposanto La Piedad S. A.; al sur, Camposanto La Piedad S. A.; al este, Camposanto La Piedad S. A., y al oeste, Camposanto La Piedad S. A. Mide: un metro con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Sea Servicios Múltiples de Costa Rica S. A. contra Marco Antonio Moya Pacheco. expediente Nº 06-000023-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2010.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—(IN2010007722).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones reservas del ley de aguas, caminos públicos y ley del IDA, a las nueve horas del nueve de marzo del dos mil diez, y con la base de siete millones quinientos mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil trescientos setenta y cinco-cero cero cero. Que es terreno para construir parcela M-01. Sito en distrito dos Pitahaya, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle con sesenta y seis metros; al sur, y este, con Parcela M-02, y al oeste, con área de protección. Mide: Siete mil setecientos setenta y nueve metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas del nueve de marzo del dos mil diez. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil diez, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario. Expediente Nº 09-100721-0642-CI de Banco de Costa Rica contra Luis Enrique Mora Ureña.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 12 de enero del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2010007743).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo del año dos mil diez, y con la base de tres millones de colones y dos millones de colones respectivamente, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos seis-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro Carrillos, cantón ocho Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Floribeth Villalobos Murillo; al sur, José Arias Valverde; al este, Heydee Arias Villalobos y servidumbre de paso, y al oeste, María Emilia y Lillian Chaverri Sáenz. Mide: quinientos ochenta y nueve metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos once mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito cuatro Carrillos, cantón ocho Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 6 m y 66 cm y Floribeth Villalobos Murillo; al sur, José Arias Valverde; al este, Laura Jiménez Arias, María Emilia y Lilliam Chaverri Sáenz, y al oeste, José Antonio y Juan Miguel Jiménez Arias. Mide: ciento noventa y tres metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones y un millón quinientos mil colones respectivamente (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de abril del año dos mil diez con la base de setecientos cincuenta mil colones y quinientos mil colones respectivamente (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Julio Enrique Aguilar Gutiérrez contra Haydee Arias Villalobos, Juan Miguel Jiménez Arias. Expediente Nº 09-002439-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de enero del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2010152485.—(IN2010008015).

A las trece horas quince minutos del veinticinco de marzo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbres trasladadas inscritas a los tomos: 302 y 394, asientos: 14013 y 11673, y con la base de cuarenta y cinco millones quinientos cuarenta y seis mil novecientos cincuenta y nueve colones treinta y dos céntimos, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 415.916-000, y que se describe así: Terreno para construir, sito en Venecia distrito quinto de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con un frente de 34,50 metros lineales; sur, Guido Arroyo y Compañía S. A.; este, lote 9, y al oeste, lote 7. Mide: dos mil veinticinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de treinta y cuatro millones ciento sesenta mil doscientos diecinueve colones cuarenta y nueve céntimos, se señalan las: trece horas quince minutos del quince de abril de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de once millones trescientos ochenta y seis mil setecientos treinta y nueve colones ochenta y tres céntimos, se señalan las trece horas quince minutos del veintinueve de abril de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100872-0297 CI que es ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Randall Rojas Piedra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 26 de enero del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010152532.—(IN2010008016).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las ocho horas y cero minutos del veintidós de febrero del año dos mil diez, y con la base de diez mil novecientos cincuenta y tres dólares con dos centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 620988, marca Toyota Corolla XEI, año 2006, Vin 9BR53ZEC208615529, cilindrada 1794 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil diez, con la base de ocho mil doscientos catorce dólares con setenta y seis centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez con la base de dos mil setecientos treinta y ocho dólares con veinticinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de HSBC de Costa Rica S. A., contra Rodrigo Quesada Vargas. Expediente Nº 08-000488-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de diciembre del 2009.—lic. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—RP2010152561.—(IN2010008017).

En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones; a las catorce horas del veinte de abril del dos mil diez, y con la base de cuatro millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 48134-000, la cual es terreno solar con un galerón en el construido. Situada en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Martín Elizondo Durán; al sur, calle pública con un frente a ella de dieciséis punto veintinueve metros; al este, Mario Elizondo Durán, y al oeste, calle pública con un frente a ella de diez metros. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados y la finca partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 91160-000, la cual es para construir. Situada en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Miguel Espinoza; al sur, Mario Elizondo Durán; al este, Mario Elizondo Durán, y al oeste, calle pública Mide: ciento cuarenta y tres metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del cinco de mayo del dos mil diez, con la base de tres millones doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veinte de mayo del dos mil diez con la base de un millón setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecaria de Sonia Segura Muñoz contra Marlene Gómez Solís. Expediente Nº 09-000666-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de enero del 2010.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2010152585.—(IN2010008018).

A las ocho horas y quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbres trasladadas y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero uno nueve tres uno cinco ocho-ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3º San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Richmond Guillén; al sur, Vicente Richmond Guillen; al este, Antonio y Rigoberto Richmond Barahona, y al oeste, calle pública con 10.90 m. Mide: cuatrocientos cincuenta y un metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Piedra y Navarro S. A., contra Sigifredo Ramón Richmond Guillén. Expediente 08-000235-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de enero de 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010152636.—(IN2010008019).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y cero minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL ciento ochenta y siete mil quinientos veinticuatro, marca Isuzu, año mil novecientos noventa y tres, Vin JALB4B1K1P7001389, cilindrada tres mil novecientos centímetros cúbicos, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de abril del año dos mil diez, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil diez con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Geovanny Garro Rodríguez. Expediente Nº 09-002839-0346-CI (D).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 19 de enero del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2010152638.—(IN2010008020).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del veinticinco de febrero del año dos mil diez, y con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Adoración Mejía Mata, Municipalidad de Oreamuno; al sur, Adoración Mejía Mata; al este, calle, y al oeste, Carmen Mejía Carpio. Mide: trescientos trece metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del dieciséis de marzo del año dos mil diez, con la base de un millón trescientos doce mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del treinta y uno de marzo del año dos mil diez con la base de cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Cindy Chinchilla Ramírez, Vanessa Chinchilla Ramírez. Expediente Nº 09-001228-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 6 de enero del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—RP2010152639.—(IN2010008021).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de diecisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 4261-000, la cual es terreno de potrero con un edificio. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hacienda Cartago S. A.; al sur, calle; al este, María Rosalina y Alfredo Rodríguez, y al oeste, Hacienda Cartago S. A. Mide: ocho mil ochocientos cuarenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Transportes Miguel Ortega Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-000717-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de enero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010152640.—(IN2010008022).

A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil diez, en la puerta de este juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pera soportando reservas de ley de caminos inscritas al asiento ocho mil ciento ochenta y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno del tomo cuatrocientos sesenta y seis, y con la base de siete millones de colones, remataré la finca del partido de Guanacaste, al sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil doscientos cuarenta-cero cero cero, que es terreno para construir situado en el distrito tercero, Sardinal del cantón quinto de Carrillo de la provincia de Guanacaste, con una medida de ciento veintiún metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, con linderos: norte, Miguel Ángel Salas Madriz; sur, Marvin Canales Rodríguez; este, calle pública con ocho metros, y al oeste, Marvin Canales Rodríguez. Para el segundo remate con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil diez. Para el tercer remate que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca sea con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de abril de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 09-100142-0927-CI (269-4-09)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco de Costa Rica contra Hermes Mauricio Boza Torres y Yira Nísida Chavarría Canales.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2010152670.—(IN2010008023).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del cinco de abril del año dos mil diez (primer remate), y con la base de catorce millones novecientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y siete colones con setenta y un céntimos (¢14.957.937,71), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y seis mil setecientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 20 B; al sur, lote 18 B; al este, calle pública, y al oeste, lote 9 B. Mide: ciento diecinueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de once millones doscientos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con veintiocho céntimos (¢11.218.453,28) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de tres millones setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con cuarenta y dos céntimos (¢3.739.484,42) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Vanessa Sánchez Cordero. Expediente Nº 09-002110-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010152674.—(IN2010008024).

En la puerta exterior de este despacho judicial; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del ano dos mil diez y con la base de un millón de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo, placas número 439376, marca Nissan, modelo 1993, categoría automóvil, carrocería Sedan dos puertas, color blanco, Vin 1N4EB32H6PC742566, cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de mayo del año dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (base rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caracas Petrol S. A., contra Hans Garro Herrera. Expediente Nº 09-001533-373-CI-II.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 07 de diciembre del 2009.—Lic. Marlene Solís Blanco, Jueza.—RP2010152680.—(IN2010008025).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de quince mil ochocientos ochenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas número CL 198343, marca Mitsubishi, año 2004, Vin MMBJNK7404D056359, cilindrada 2477 c.c., color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de once mil novecientos diez colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de tres mil novecientos setenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Robert Coto Rodríguez. Expediente Nº 09-001766-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de enero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010152730.—(IN2010008026).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las catorce horas y treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de dieciocho mil novecientos treinta y siete dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 213560, marca Toyota, año dos mil seis, Vin 8AJER32G704006554, cilindrada 2494 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, con la base de catorce mil doscientos dos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de abril del año dos mil diez con la base de cuatro mil setecientos treinta y cuatro dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Óscar Roberto Vega Castro. Expediente Nº 09-002563-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 08 de enero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010152731.—(IN2010008027).

En la puerta exterior de este juzgado, a las ocho horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil diez, remataré los siguientes bienes, ambos libre de anotaciones pero soportando hipoteca de primer grado y servidumbre, 1) con la base de nueve millones de colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público partido de Alajuela, Folio Real número doscientos ochenta y dos mil novecientos noventa y tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, situada en distrito uno Sarchí, norte cantón doce Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Linda hoy, al norte, con lote 35; sur, lotes 31, 32 y 33; este, lote 56, y al oeste, calle pública con once metros. Mide: doscientos noventa y nueve metros con nueve decímetros cuadrados, plano A-cero ciento ochenta y cinco mil ochocientos treinta y dos, mil novecientos noventa y cuatro 2) Con la base de nueve millones de colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Folio Real número doscientos ochenta y dos mil novecientos noventa y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en distrito uno Sarchí Norte cantón doce Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Linda hoy, al norte, con lote 34; sur calle pública con 14 metros 07 centímetros; este, lote 32, y al oeste, calle pública con 18 metros. Mide: doscientos setenta metros con un decímetro cuadrados, plano A-cero ciento ochenta y cinco mil ochocientos treinta y tres-mil novecientos noventa y cuatro. 1) De la primera finca, para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil diez, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones (rebaja en un 25%). 2) De la segunda finca para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil diez con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones (rebaja en un 25%). 1) De la primera finca para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base inicial. 2) De la segunda finca para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria Nº 09-100524-0295-CI, de Carlos Eduardo Sánchez Sánchez contra Mario Salas Alfaro y Jennifer Alvarado Argüello.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 3 de diciembre del 2009.—Lic. José Antonio Madrigal Soto, Juez.—RP2010152744.—(IN2010008029).

En la puerta exterior de este despacho; soportando libre de gravámenes hipotecarios pero soportando anotaciones de servidumbres trasladadas; a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil diez, y con la base de ciento noventa mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F veinticinco mil novecientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno filial cuatro de dos plantas, destinadas a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito San Rafael cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de Acceso; al sur, lote, 184; al este, Filial tres, y al oeste, filial cinco. Mide: doscientos treinta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del once de marzo del año dos mil diez, con la base de ciento cuarenta y dos mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del año dos mil diez con la base de cuarenta y siete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A., contra Mónica De Los Ángeles Araya Esquivel, Sociedad Condominio Ferrol Cuatro Sancazu S. A. Expediente Nº 09-001818-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010008166).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas del veintitrés de febrero del año dos mil diez, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número C 028092, marca Freightliner, año 1987, Vin no indica, cilindrada catorce mil cuatro centímetros cúbicos, color blanco, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de marzo del año dos mil diez, con la base de un millón noventa y tres mil ochocientos cuarenta y ocho colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticinco de marzo del año dos mil diez con la base de trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos dieciséis colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Menher de Occidente S. A., contra Albán Castro Hidalgo. Expediente Nº 10-000004-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de enero del 2010.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—RP2010152983.—(IN2010008274).

A las diecisiete horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de setenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 150391-000 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Duarte; al sur, lote 9; al este, calle en medio Lorena Sandí, y al oeste, Sertra Ltda. Mide: doscientos diecinueve metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Guiselle Molina Salas y Sigifredo Fumero Loría. Expediente Nº 06-010579-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de enero de 2010.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—(IN2010008520).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y de anotaciones a las ocho horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil diez y con la base de un millón quinientos noventa y siete mil ciento veinte colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos treinta y uno, marca Hyundai, año 1994, Vin KMHVF21LPRU122378, color rojo, categoría automóvil, propiedad de Sandra Emilia Madrigal López. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil diez, con la base de un millón ciento noventa y siete mil ochocientos cuarenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diez con la base de trescientos noventa y nueve mil doscientos ochenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sandra Barrantes Murillo contra Sandra Madrigal López. Expediente Nº 09-100409-0374-CI.—Juzgado Contravencional de San Isidro de Heredia, 8 de enero de 2010.—Lic. Agnes Chaverri Fonseca, Jueza.—(IN2010008586).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, a las catorce horas del doce de agosto del dos mil diez, y con la base de cincuenta y ocho mil trescientos veintiocho dólares con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil quinientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote N-I-54. Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida pública N-2; al sur, Cafetalera Los Cedros S. A.; al este, lote I 55; y al oeste, lote I 53. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diez, con la base de cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y seis dólares con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez con la base de catorce mil quinientos ochenta y dos dólares con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sergio Rolando Venegas Solano. Expediente Nº 09-002952-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010008196).

En la puerta exterior de este despacho; soportando un único gravamen consistente en reservas y restricciones; a las 11:30 a. m. del día 28 de abril del año 2010, y con la base de seis mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil cuatrocientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 5. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 metros; al sur, calle pública; al este, lote 4, y al oeste, lotes 6 y 7. Mide: doscientos noventa y un metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las 11:30 a. m. del día 12 de mayo del año 2010, con la base de cuatro mil ochocientos setenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 11:30 a. m. del día veintiséis de mayo del año 2010 con la base de mil seiscientos veinticinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Asociación Cristiana Habitacional para la Humanidad contra Eduardo Castrellón González. Expediente Nº 09-001732-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—(IN2010008212).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre de paso; a las nueve horas y treinta minutos del uno de marzo del año dos mil diez, y con la base de seis mil ciento ocho dólares con treinta y cinco centavos más el bono del Banco Hipotecario de la Vivienda, sea la suma de dos millones setecientos cuarenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y cinco-cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir, lote 4. Situada en el distrito La Suiza, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5 Carmen Ramírez; al este, María Eugenia Núñez Jiménez, y al oeste, calle pública con un frente de 10,00 metros. Mide: doscientos ochenta y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diez, con la base de cuatro mil quinientos ochenta y un dólares con veintiséis dólares más el bono del Banco Hipotecario de la Vivienda, sea la suma de dos millones cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de abril del año dos mil diez con la base de mil quinientos veintisiete dólares con ocho centavos más el bono del Banco Hipotecario de la Vivienda, sea la suma de seiscientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Cristiana Habitacional para La Humanidad contra Juan Carlos Mora Hernández, María Priscila Ulate Romero. Expediente Nº 09-001733-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de agosto del 2009.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010008214).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas: 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas: 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas a las citas: 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre de ecología y limitaciones a las citas: 2009-00187867-01-0005-001 y 2009-0018767-001-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número 168815-000; que es terreno para construir lote 8, situado en distrito cuarto, Bahía, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, resto reservado destinado a servidumbre de paso Souleacasa Perlas Marinas Tres Limitada; sur, calle pública y Souleaorquídea Paisaje Soleado Doce Limitada; este, calle pública resto reservado destinado a servidumbre de paso Souleacasa Perlas Marinas Tres Limitada, y al oeste, calle pública Residencias Soulea S. A. Mide: mil trescientos ochenta y nueve metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleaorquídea Puesta del Sol Veinte Limitada., cédula jurídica número 3-102-496018. Para el primer remate se señalan las 09:00 horas del 01 de marzo de 2010 con la base de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 09:00 horas del 15 de marzo de 2010 con la base de treinta y cuatro mil setenta y seis dólares con cincuenta y siete centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 10:00 horas del 05 de abril de 2010 con la base de once mil trescientos cincuenta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente número 09-100134-423-CI-1, de Blue Horizon Corporation S. A.; cédula jurídica 3-101-561691, contra Souleaorquídea Puesta del Sol Veinte Limitada, cédula jurídica 3-102-496018.—Juzgado Civil de Osa, 04 de enero del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—(IN2010008218).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas: 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas: 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas a las citas: 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre de ecología y limitaciones a las citas: 2009-00187867-01-0005-001 y 2009-0018767-001-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, Partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número 168818-000; que es terreno para construir lote 17, situado en distrito cuarto, Bahía, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, calle pública; sur, Agropecuaria Sibaja S. A.; este, Souleaorquídea Paisaje Soleado Doce Limitada, y al oeste, Agropecuaria Sibaja S. A. Mide: Mil novecientos setenta metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleaorquidea Del Pacífico Diecisiete Limitada, cédula jurídica número 3-102-5255510. Para el primer remate se señalan las 13:30 horas del 01 de marzo de 2010 con la base de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 13:30 horas del 15 de marzo de 2010 con la base de treinta y dos mil ochocientos doce dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 13:30 horas del 05 de abril de 2010 con la base de diez mil novecientos treinta y siete dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente número 09-100137-423-CI-1, de Blue Horizon Corporation S. A.; cédula jurídica 3-101-561691, contra Souleaorquidea del Pacífico Diecisiete Limitada, cédula jurídica 3-102-525510.—Juzgado Civil de Osa, 18 de enero del 2010.—Lic. Olga Sandí Torres, Jueza.—(IN2010008220).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, remataré el vehículo marca; Mitsubishi, estilo; Canter, serie; FG53PCA00059, carrocería; plataforma, categoría; carga liviana, número de motor; 4D34M02037, año; 2008, combustible; diesel; capacidad; tres personas, color; blanco, tracción; cuatro por cuatro, placa: CL 235328, que se encuentra inscrito al tomo 2008, asiento: 00308388, secuencia: 002. Para el primer remate con la base del saldo veintidós mil ochocientos veintisiete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica se señalan las ocho horas del once de marzo del dos mil diez, fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento de ley, sea la suma de diecisiete mil ciento veinte dólares con veinticinco centavos de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las diez horas del primero de abril del dos mil diez; y para celebrar el tercer remate con la base de cinco mil setecientos seis dólares con setenta y cinco centavos de los Estados Unidos de Norteamérica, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las ocho horas del veintidós de abril del dos mil diez. El vehículo descrito pertenece a Chaves Cordero Jorge Luis. Lo anterior se remata por estar así ordenado en el proceso prendario Nº 09-100880-188-CI Interno (939-09 R3) establecido por Auto Mundial S. A., contra Jorge Luis Chaves Cordero.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 05 de enero del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010152790.—(IN2010008261).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y restricciones a las citas:

 

310-00002457-01-0901-001

310-00002457-01-0918-001

310-00002457-01-0916-001

310-00002457-01-0919-001

310-00002457-01-0917-001

 

 

Condiciones y reservas a las citas:

 

376-00007980-01-0909-001

376-00007980-0911-001

376-00007980-01-0910-001

376-00007980-01-0912-001

 

Sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número 153010-000; que es terreno de potrero, situado en distrito segundo, Palmar, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Desarrolladora Amigos de Minessota S. A., con calle pública en medio con 102.19 metros de frente; sur, Desarrolladora Amigos de Minessota S. A.; este, Desarrolladora Amigos de Minessota, y al oeste, Desarrolladora Amigos de Minessota. Mide: Cinco mil trescientos ochenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Richard Stanley Danielson, pasaporte número 305542236. Para el primer remate se señalan las 08:00 horas del 10 de marzo de 2010 con la base de ciento veintiséis mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 08:00 horas del 24 de marzo de 2010 con la base de noventa y cuatro mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 08:00 horas del 14 de abril de 2010 con la base de treinta y un mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente número 09-100112-423-CI-1, de Banco Nacional de Costa Rica; cédula jurídica 4-000-001021 contra Richard Stanley Danielson, pasaporte número 305542236.—Juzgado Civil de Osa, 13 de enero del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—RP2010152805.—(IN2010008262).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y quince minutos del veinte de julio del año dos mil diez, y con la base de cincuenta y tres millones cuatrocientos veinte mil cuatrocientos cincuenta y un colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil diecisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir lote número 48 bloque C con una casa. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote número 47 bloque C Viviendas del Sur S. A.; al sur, lote número 59 bloque C Viviendas del Sur S. A.; al este, Flor León Villalobos, y al oeste, calle pública número uno con 6 metros de frente. Mide: ciento sesenta y siete metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de cuarenta millones sesenta y cinco mil trescientos treinta y ocho colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto del año dos mil diez con la base de trece millones trescientos cincuenta y cinco mil ciento doce colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Corea Detlef Alexander Vonna Appun. Expediente Nº 09-002958-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 08 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010152808.—(IN2010008263).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de cinco millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil cien derecho cero cero cuatro la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito primero Cartago Oriental, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Héctor Redondo; al sur, Francisco Chávez Garita; al este, calle pública, y al oeste, Rafael Araya Piedra. Mide: mil trescientos ochenta y tres metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del año dos mil diez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Santa Lucía de La Lima Limitada contra Inversiones Vargas y Vargas Monge Limitada. Expediente Nº 09-002575-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010152826.—(IN2010008264).

A las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0323-00008863-01-0901-001 y con la base de nueve millones ochocientos cuarenta y dos mil colones, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 445.471-000, y que se describe así: terreno para construir lote 16, sito en distrito tercero, San Juan; cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública con 7.6 metros; sur, lote 28; este, lote 17, y al oeste, lote 15. Mide: ciento cincuenta y dos metros con siete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de siete millones trescientos ochenta y un mil quinientos colones, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones cuatrocientos sesenta mil quinientos colones, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente número 09-100736-0297-CI, que es hipotecario de Coocique R. L., contra Alexia Karina Morera Chaves.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 07 de enero de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010152857.—(IN2010008265).

A las ocho horas treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base dada por el perito de dos millones quinientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C 145302, marca International, estilo 9400, categoría carga pesada, capacidad 3 personas, año 1991, carrocería cabezal o tracto camión, tracción 6x4, Chasis 2HSFHX5R4MC048027, color blanco, motor marca Caterpillar, cilindrada 14004 c.c., cilindros 06, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple. Expediente Nº 07-000946-0181-CI de Tractomotriz S. A., contra Corporación Internacional Solano Sánchez S. A., y otra.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de enero de 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2010152874.—(IN2010008266).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil diez,  y con la base de setenta y dos mil ciento cuarenta y seis dólares con ochenta y tres centavos moneda en curso de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número EE-026489, marca Caterpillar, año 2007, Vin CAT0420ELHLS03757, cilindrada 4400 c.c., color amarillo, categoría equipo especial obras civiles. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil diez, con la base de cincuenta y cuatro mil ciento diez dólares con trece centavos moneda en curso de los Estados Unidos de Norte América (rebajada en un veinticinco por ciento), para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de mayo del dos mil diez con la base de dieciocho mil treinta y seis dólares con setenta centavos moneda en curso de los Estados Unidos de Norte América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A., de Capital Variable contra Bilt Grupo Constructor S. A., Manuel Emilio Hernández Benavidez. Expediente Nº 09-000701-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de enero del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010152875.—(IN2010008267).

A las siete horas cuarenta y cinco minutos del ocho de abril del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladadas bajo los tomos 403 y asientos 5461 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de cuatro millones de colones netos, remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número 455.038-000, que se describe así: Terreno para construir, sito: en el distrito nueve, Palmera, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 20 metros y 23 centímetros lineales de frente; al sur, y al este, Rolando Pérez Orias, y oeste, servidumbre de paso con 23 metros y 18 centímetros lineales de frente. Mide: trescientos ochenta metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de tres millones de colones netos, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de abril de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón de colones netos, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del seis de mayo de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100862-0297-CI (5C) que es ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Socorro Quesada López y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 08 de enero del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010152887.—(IN2010008268).

A las once horas del veinticinco de marzo del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de tres millones ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos dieciocho colones cincuenta céntimos, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 396.693-000, y que se describe así: Terreno para construir, sito en Monterrey distrito doce de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Cindy Victoria Rodríguez López; sur, servidumbre de paso; este, Al Remacer La Esperanza Hoy S. A., y oeste, Donald Hernández Cruz y Cilene Rodríguez López. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones ochocientos setenta y siete mil trescientos trece colones ochenta y ocho céntimos, se señalan las once horas del quince de abril de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de novecientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro colones sesenta y dos céntimos, se señalan las once horas del veintinueve de abril de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100867-0297 CI que es ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Donald Hernández Cruz y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 08 de enero de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010152913.—(IN2010008269).

En la puerta exterior de este juzgado; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas del nueve de marzo del dos mil diez, y con la base de la hipoteca de segundo grado por estar vencida, sea la suma de veintidós millones trescientos veintiocho mil setecientos sesenta y siete colones, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, reservas y restricciones con citas 0314-00010783-01-0901-001 y servidumbre trasladada con citas 0314-00010783-01-0902-001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero cincuenta mil quinientos noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro Lepanto, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, y este, con Ganadera Cugat S. A.; al sur, con calle pública con 20 metros, al oeste, con Román Venegas Soto. Mide: cuatrocientos diez metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veinticinco de marzo del dos mil diez, con la base de dieciséis millones setecientos cuarenta y seis mil quinientos setenta y cinco colones con veinticinco céntimos (rebajada de un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas del diecinueve de abril del dos mil diez con la base de cinco millones quinientos ochenta y dos mil ciento noventa y un colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de 3-101-473340 S. A., contra Olga Diana Murillo Blanco y otra. Expediente Nº 09-100661-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 05 de enero del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010152925.—(IN2010008270).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada citas 0572-00056041-01-0004-001; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil quinientos veintiocho cero cero cero, la cual es terreno solar. Situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 10 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lidieth Loaiza Chinchilla; al sur, calle pública; al este, Consorcio Comercial Autofisa S. A., y al oeste, Óscar Ortiz Chinchilla. Mide: dos mil cincuenta y nueve metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de un millón novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Fernando Vargas Vargas contra Asociación de Iglesias Bíblicas Costarricenses. Expediente Nº 09-000633-0164-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de enero del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010152930.—(IN2010008271).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de diecisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero ciento noventa mil cuatrocientos dieciocho-cero-cero-cero la cual es terreno para construir bloque F lote 3 con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7,51 metros; al sur, Constructora Mena S. A.; al este, lote 4-F, y al oeste, lotes 1-F y 2-F. Mide: ciento treinta y tres metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de abril del año dos mil diez con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Miguel Ángel Ortega Villalta. Expediente Nº 09-000708-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de mayo del 2009.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010152944.—(IN2010008272).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 0380-00009397-01-0900-001, y servidumbre de paso citas: 2009-00065832-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil diez, y con la base de noventa mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00126363-000 la cual es terreno con cultivos. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Macadamia Hils S. A.; al sur, Porcina Cuatro Ases S. A.; al este, Equipos Solvar S. A., y otro Río Toro Amarillo, y al oeste, Quebrada Danta Macadamia Hils S. A., Gerardo Solano Fuentes, Finca V Entuira S. A., Rodrigo Álvarez Reina, Alfredo Cordero, María Ester Cantero, Gustavo O. Solano Cubero, Mario Ceciliano Brevo y calle pública. Mide: un millón doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez, con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de abril del año dos mil diez con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Peter Hans Beger contra Macadamia Hillis Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-027919-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del 2009.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—RP2010152966.—(IN2010008273).

A las ocho horas y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil ciento once-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo, San Juan Grande, cantón segundo Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Emilio Mayorga; al sur, calle pública con veintisiete metros de frente; al este, Danilo Castillo y al oeste, Oviedo Soto Segura. Mide: dos mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Gas Zeta de Costa Rica S. A., contra Edwin Delgado Salguero y Jorge Luna Campos. Expediente Nº 02-002235-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2010152989.—(IN2010008275).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de marzo del año dos mil diez, y con la base de cuatrocientos cincuenta millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y un colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y seis mil ochocientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir con locales comerciales. Situada en el distrito trece, cantón central, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Inst. Ind De Inv. y cult Plan Medic S. A; al sur, Puertas Victoria S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Ernesto Sanarrusia Vargas. Mide: cinco mil nueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez, con la base de trescientos treinta y siete millones ochocientos treinta y nueve mil quinientos ochenta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del año dos mil diez con la base de ciento doce millones seiscientos trece mil ciento noventa y cinco colones con treinta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cerro Escondido Inversiones Sociedad Anónima, Hikoy Sociedad Anónima, Yi Hui Li Zhang. Expediente  10-000023-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del 2010.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2010008513).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación; a las quince horas quince minutos del ocho de marzo del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74222-000 la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juvenal Fernández Sea lote 20; al sur, Isaac Rivera Portuguez sea lote 22; al este, Rafael Bonilla, y al oeste, Municipalidad de Paraíso. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas quince minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas quince minutos del siete de abril del dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Fernando Rojas Álvarez. Expediente Nº 09-001124-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de enero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2010008518).

En la puerta exterior de este despacho; soportando condiciones y sin más gravámenes; a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil diez, y con la base de dos millones ciento cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 121829-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Oldemar Prieto Prieto; al este, Jesús Hidalgo Prado, y al oeste, Jesús Hidalgo Prado. Mide: trescientos cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos diecinueve mil ciento treinta colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez con la base de quinientos treinta y nueve mil setecientos diez colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Para La Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Jonathan Jason Jiménez Vásquez. Expediente Nº 09-000603-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de noviembre 2009.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—(IN2010008632).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada y obligaciones al tomo 310 y asiento 08934 a las once horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil diez y con la base de cincuenta dos millones de colones al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito nueve Pavas, cantón uno San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Urbanizadora Rohrmoser S. A.; sur, Edgar Robles; este, resto reservado para calle, y al oeste, Urbanizadora Rohrmoser S. A. Mide: doscientos ochenta un metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez con la base de treinta y nueve millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez con la base de trece millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Roberto Luis Perea Anda. Carpeta electrónica número 09-002038-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de octubre del 2009.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2010008993).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios al mejor postor remataré: 1. Al ser las ocho horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil diez y con la base de ochenta y tres millones novecientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve colones con cero céntimos finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil veinte-cero cero cero la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, yurro en medio otros; sur, María Isabel Vargas Vargas; este, río Itiquis, y al oeste, carretera con ciento sesenta y cuatro metros setenta y siete centímetros. Mide: cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil diez con la base de sesenta y dos millones novecientos noventa y un mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez con la base de veinte millones novecientos noventa y siete mil doscientos veintidós colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2. Al ser las ocho horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil diez y con la base de ochenta y un millones once mil ciento once colones con cero céntimos la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil seiscientos ocho cero cero cero la cual es terreno de café, caña de azúcar, potrero con casa. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Adrián Sánchez; sur, Clemencia Ramírez; este, río Itiquis, y al oeste, calle pública y otro. Mide: cuarenta y un mil doscientos treinta y cinco metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil diez con la base de sesenta millones setecientos cincuenta y ocho mil trescientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez con la base de veinte millones doscientos cincuenta y dos mil setecientos setenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra El Real VH Ltda. Carpeta electrónica 08-007366-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2010008994).

En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones al tomo 271 y asiento 03122, tomo: 335 asiento: 13862 y servidumbre de paso al tomo 442 y asiento 04373 y demanda penal al tomo 577 y asiento 69352 y libres de gravámenes hipotecarios al mejor postor remataré las siguientes fincas: 1. A las nueve horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil diez y con la base de cien millones de colones finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y tres mil quinientos diecisiete cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito trece Pocosol, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, servidumbre de paso con un frente de cuarenta y cinco punto diecinueve metros lineales; sur, río San Carlos; este, Alexander Rojas Echeverría, y oeste, Nelson Leitón Miranda. Mide: mil cuatrocientos treinta y seis metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez con la base de setenta y cinco millones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez con la base de veinticinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2. A las nueve horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil diez con la base de cien millones de colones la finca inscrita en el Registro Público partido de Alajuela Sección de Propiedad bajo el sistema de Folio Real matrícula número trescientos noventa y ocho mil cuarenta y nueve cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito trece Pocosol, cantón San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, servidumbre de paso con cuarenta y seis metros dieciséis centímetros; sur, río San Carlos; este, y al oeste, Lotificaciones Ilse S. A. Mide: mil cuatrocientos cuarenta metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez con la base de setenta y cinco millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez con la base de veinticinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se rematan por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Pedro José Urrutia Urrutia, Tropic Fresh CA S. A. Carpeta electrónica número 08-007144-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de octubre del 2009.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2010008996).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000366-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Óscar Mauricio Pérez Víquez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Santa Rosa de Santa Cruz, Guanacaste, del Puente doscientos metros oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-uno uno cero nueve-nueve seis ocho, profesión agente de ventas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Paraíso en el distrito tercero (Veintisiete de Abril), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y este, Wilmar Gutiérrez Baltodano; al sur, Adrián Pérez Víquez, y al oeste, calle pública con diecisiete metros con trece centímetros lineales de frente. Mide: quinientos cuarenta metros cuadrados. Plano catastrado número: G-uno tres tres cuatro siete siete ocho-dos cero cero nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciere la señora Yessenia Gutiérrez Ordóñez, mayor, soltera, del hogar, vecina de Playa Junquillal de Paraíso de Santa Cruz, Guanacaste cuatrocientos metros oeste del Cementerio, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos tres - novecientos ochenta y tres, quien no es mi pariente, en el cual le traspasa su derecho de posesión por más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, y mantenimiento de cercos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Óscar Mauricio Pérez Víquez. Expediente Nº 09-000366-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 30 de setiembre del 2009.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2010152015.—(IN2010007169).

Antonia Belén Sánchez, mayor, soltera, agricultora, cédula número uno-trescientos cuarenta-setecientos treinta y cinco, y vecina de San Miguel de Villa Briceño, Golfito, Puntarenas; establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de potreros, situado en San Miguel, del distrito tercero Guaycará, cantón sétimo de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Isidro José Valverde Mora; sur, calle pública con un frente lineal de ciento setenta y siete metros con cincuenta y un centímetros; este, Isidro José Valverde Mora y calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y siete metros con cincuenta y seis centímetros, oeste, Rafael Durán Sánchez. Plano catastrado Nº P-1196639-2008, con una medida de ocho hectáreas con ocho mil setecientos veintiséis metros con cero decímetros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de tres millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Exp. N° 09-000158-419-AG (interno 185-1-09).—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 18 de enero del 2010.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—RP2010152056.—(IN2010007170).

José Guillermo Badilla Rivera, mayor, casado una vez, agricultor, cédula uno-setecientos veintiocho-doscientos veintinueve, vecino de San Miguel de Páramo de Pérez Zeledón, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de repastos, ubicado en el distrito diez Río Nuevo, del cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José, con una medida de ciento ochenta y nueve mil trescientos sesenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-722694-2001. Linda: al norte, José Hidalgo Quesada en medio de quebrada sin nombre; sur, Berta Quesada Cruz; este, calle pública con un frente a ella de setecientos sesenta y ocho metros con once centímetros; y oeste, Berta Quesada Cruz. La finca la obtuvo por medio de compra que le hiciera a María Lía Rivera Venegas. Sobre el inmueble no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Exp. N° 09-160205-0188-AG (interno 241-09-JC).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152235.—(IN2010007578).

José Alberto Solís Zamora, mayor, casado una vez, chofer, vecino de Porvenir de Ciudad Quesada, 50 metros sur de la escuela, cédula 2-343-559, solicita se, levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra que le hiciere a Bertalina Solís Zamora, mayor, casado; cédula 2-205-538, vecina de Los Chiles, con quien la liga parentesco de sobrino - tía, en enero de 1994. Dicho terreno se describe así: Terreno para construir, sito en Los Chiles, distrito primero de Los Chiles, cantón catorce de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública con frente de 21,83 metros; al sur, calle pública con 12,15 metros de frente; al este, Eduardo Báez Ramírez y Concepción Lazo Sequeira, y al oeste, Freddy Quirós Vargas. Mide: seiscientos ochenta y un metros cuadrados, según el plano catastrado número A-1345734-2009 de fecha 26 de mayo de 2009. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de un millón de colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir” de la publicación este edicto. Expediente N° 09-100661-0297-CI. Información posesoria promueve José Alberto Solís Zamora.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 3 de noviembre de 2009.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2010152293.—(IN2010007579).

Se  hace  saber:  Que en este Despacho Inmobiliaria J al Cuadrado S. A., cédula jurídica número: 3-101-317428, representada por el señor Jorge Eduardo Rivera Pérez; cédula de residencia número: 184000234416, mayor, ciudadano estadounidense, casado una vez, empresario, vecino de Guachiprelin de Escazú, promueve diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca sin inscribir que se describe así: Lote de terreno para construir, cantón siete, Mora, distrito uno, Colón, de la provincia de San José, cuyos linderos actuales son los siguientes: al norte, y al este, con Quebrada Chorro del Padre; al sur, con calle pública con 7 metros de frente y al oeste, con Inmobiliaria J al Cuadrado S. A. Mide trescientos cuarenta y tres metros cuadrados según plano inscrito en la  Oficina de Catastro bajo el número SJ-1356765-2009. Esta información fue estimada en la suma de cinco millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados para que se presenten a reclamar sus derechos. Exp. Nº 09-000173-0185-CI: información posesoria promueve inmobiliaria J al Cuadrado S. A., representada por Jorge: Eduardo Rivera Pérez.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—1 vez.—RP2010152341.—(IN2010007580).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000236-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Jiménez Cordero, quien es mayor, estado civil casado segundas nupcias, vecino de Liberia, Barrio Imas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero cincuenta y seis-ochocientos noventa y cuatro, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ángel Jiménez Cordero; al sur, Miguel Ángel Jiménez Cordero; al este, Miguel Ángel Jiménez Cordero, y al oeste, servidumbre agrícola con un frente de doscientos treinta y siete metros con ochenta centímetros. Mide: dos hectáreas seis mil trescientos treinta y un metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión decenal, y hasta la fecha lo ha mantenido-en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en manterlo limpio y bien cuidado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por. Exp. Nº 09-000236-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 22 de julio del 2009.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(IN2010007776).

Hernán Gerardo Elizondo Sibaja, mayor, soltero, peón de campo, vecino de Esquipulas de Aguas Zarcas, San Carlos, 500 metros al norte de la escuela, con cédula de identidad Nº 2-559-521, solicita se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por donación que le hiciera su padre el señor Federico Elizondo Castro, quien posee cédula de identidad Nº 2-259-377, donación que se hiciera mediante escritura pública número ciento setenta y nueve otorgada ante la Notaría Pública Evelyn Loaiza Blanco. Dicho terreno se describe así: terreno para construir. Sito: en Pitalito de Aguas Zarcas, distrito cuarto del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Ana Lidia Alvarado Carranza; sur, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros lineales; este, Lizeth María Elizondo Sibaja y al oeste, María Cecilia Quesada Villalobos. Mide: mil ciento noventa metros con ochenta decímetros cuadrados, según el plano catastrado Nº A- 605.864-2000, de fecha 14 de enero del año 2000. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y no tiene condueños. Las diligencias fueron estimadas en la suma de quinientos mil colones y en un millón de colones se estimó el fundo a titular. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente Nº 09-100528-0297-CI(5). Información posesoria de Hernán Gerardo Elizondo Sibaja.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 04 de enero de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.––1 vez.––RP2010152534.––(IN2010008031).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000025-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Junior de Jesús Salas Camacho, quien es mayor, estado civil soltero, agricultor, vecino de Río Frío de Sarapiquí de Heredia, Las Vegas seiscientos metros este de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-mil doscientos cincuenta y cuatro-setecientos setenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca uno: ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno repasto y agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Standard Fruit Company; al sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros con cincuenta y nueve centímetros lineales; al este, Mariano Álvarez Reyes y al oeste, Feliciano Vargas Morales. Mide: seis mil ciento cuarenta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número H-un millón ciento treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho-dos mil siete. Lo estima en dos millones de colones. Finca dos: ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno montaña y agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Víctor Zamora Delgado; al sur, Yesenia Fonseca Rodríguez; al este, calle pública con un frente a ella de doscientos treinta y tres metros con cuarenta y ocho centímetros lineales y al oeste, Gilberto Jiménez Sánchez. Mide: dos hectáreas dos mil setecientos sesenta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número H-Un millón doscientos cuarenta y tres mil trescientos veintisiete-dos mil siete. Lo estima en tres millones de colones. Finca tres: ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno montaña y agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Bellaterra Retreat Sociedad Anónima; al sur, Fidelino González Chacón, Marco Aurelio Solano Arroyo, Grace Rocío Solano Méndez, Víctor Julio Rodríguez Vásquez y Domingo Rodríguez Araya; al este, Rigoberto González Navarro y calle pública con un frente a ella de quince metros con cincuenta y cuatro centímetros lineales y al oeste, río Sucio. Mide: cinco hectáreas cuatro mil quinientos noventa y nueve metros cuadrados, bajo el plano catastrado número H-Un millón ciento treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete-dos mil siete. Lo estima en cuatro millones de colones, Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Junior de Jesús Salas Camacho. Expediente Nº 09-000025-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 07 de enero del 2010.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.––1 vez.––RP2010152579.––(IN2010008032).

Hazel Hernández Hernández, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos ochenta y seis-setecientos veinte, solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno para construir, situado en Bajillo de Matapalo de Abangares, distrito primero Las Juntas, del cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste, con una medida de trescientos ochenta y un metros cuadrados, linda: norte, Teresa Zamora Venegas; sur y oeste, Arecelly Zamora Venegas; y este, con parte de Teresa Zamora Venegas y calle pública de dieciocho metros cuarenta centímetros. Sobre el inmueble no existen condueños ni cargas reales, la titulante es la única dueña, y la estima en la suma de trescientos cincuenta mil colones. La titulante lo adquirió por medio de donación que le hiciera el señor Rafael Zamora Soto, mediante escritura número setenta y dos-ocho el veintinueve de abril del dos mil nueve. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria (Expediente Nº 09-100106-0927-CI (229-4-2009)-A.—Juzgado Civil de Cañas, 18 de noviembre del 2008.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—RP2010151649.—(IN2010008206).

Citaciones

Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quien en vida fuera José Humberto Mena Acosta, mayor, soltero, pensionado, vecino de San Pedro de Santa Bárbara, Heredia, con cédula cinco-cero noventa y tres-cuatrocientos siete, para que manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 09-001940-0926-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Flores, San Joaquín, 18 de diciembre del 2009.—MSc. Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2010007221).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de María Auxiliadora Arrieta Tencio, quien fue mayor, viuda, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula de identidad 3-132-842, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100325-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 14 de enero del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2010007321).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Belma Sequeira Obando, quien fuera soltera, ama de casa, vecina de barrio San Martín de Nicoya, con cédula número 5-089-858. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000484-0873-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Nicoya.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152215.—(IN2010007539).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Flora Isabel Rojas Zamora; quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Juan de San Ramón de Alajuela, cédula 2-341-934. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000452-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152232.—(IN2010007540).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Odilio Rodríguez Jiménez, quien fuera mayor, casado una vez, constructor, cédula de identidad número uno-cero dos ocho nueve-cero cinco cuatro seis, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón, exactamente barrio Morazán frente al taller mecánico Mesén, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina del notario Eduardo Rojas Arroyo, ubicadas en San Isidro de Pérez Zeledón, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Es todo en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del veintidós de enero del año dos mil diez.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152239.—(IN2010007541).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Fernando Rodríguez Madrigal y Lliam Sáurez Solano, quienes fueran mayores, cónyuges entre sí, costarricenses, vecinos de Alajuelita, portadores de la cédula de identidad: uno-doscientos cuarenta y tres-ciento doce y uno-doscientos sesenta y nueve-doscientos noventa y seis respectivamente. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2009-100092-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 20 de noviembre del 2009.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—RP2010152247.—(IN2010007542).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Lourdes Obando Jiménez, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Desamparados, cédula Nº 1-0326-0658, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2010.—San José, 25 de enero del 2010.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2010152251.—(IN2010007543).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ernesto Jiménez Delgado, quien fue mayor, casado una vez, guarda, vecino del barrio El Veinte de Noviembre de Puntarenas, con cédula de identidad número 2-084-1821, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-101910-0432-CI-4.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las diez horas, cincuenta minutos del ocho de enero del dos mil diez.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—RP2010152289.—(IN2010007544).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Umaña Calvo, quien fue mayor, soltero, pintor, con cédula número uno-seiscientos cuarenta y cuatro-setecientos veintisiete, vecino de Orotina en el INVU, quien falleció el veintitrés de enero del dos mil siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos y se aperciben a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 09-100167-0315-CI-5.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 30 de octubre del 2009.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—1 vez.—RP2010152313.—(IN2010007545).

Se cita y emplaza a todos los interesados en proceso sucesorio testamentario en sede notarial de Jacobo Loeb Smit, conocido como Jack Loeb Smit, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Lomas de Ayarco, Curridabat, ciudadano holandés, con cédula de residencia en Costa Rica número uno cinco dos ocho cero cero cero dos cero siete dos cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº 09-0001-3933-3934-SU. Ingrid Reischfleger Montero, Carlos Alberto Mora Moya, Notarios Públicos, San José, Barrio Francisco Peralta, calle treinta y tres, avenidas ocho y diez, número ochocientos sesenta y siete.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero y Lic. Carlos Alberto Mora Moya, Notarios.—1 vez.—RP2010152324.—(IN2010007546).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Paulina Castillo Castillo, quien fuera mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Zaragoza de Palmares, trescientos metros sur y seiscientos suroeste del parque de Zaragoza, portadora de la cédula de identidad Nº 05-0102-0699. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000484-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—RP2010152333.—(IN2010007547).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Alberto Hidalgo Aparicio, quien fuera mayor, viudo, vecino de Paso Ancho, portador de la cédula de identidad, uno-trescientos noventa-mil ciento treinta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2009-000154-0185-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 5 de noviembre del 2009.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—RP2010152335.—(IN2010007548).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Teresa Soto Víquez, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula número 2-157-827, vecina de San Pedro de Poás, Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José, avenida 10 bis, calle 21, número 1080, bufete Campos & Aguilar, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Exp. 0001-2010-D.C.S.—San José, veinticinco de enero del 2010.—Lic. Francisco José Campos Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152377.—(IN2010007549).

Comprobada la defunción del señor Plinio Vargas Chavarría, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez vecino de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número 4-060-520, ocurrida el día catorce de setiembre del año dos mil nueve, se declara abierto su proceso sucesorio. Se nombra, albacea provisional a Hilda Ángela Tencio Céspedes, mayor de edad, ama de casa, viuda, vecina actualmente de San Rafael de Heredia, calle Lobo, del Ebais, doscientos cincuenta metros norte, cédula de identidad número uno-ciento ochenta y nueve-ciento cincuenta y siete, teniéndose a su vez por aceptado formalmente el cargo y como tal se le tiene para todos los efectos legales pertinentes, investida del mismo. Artículo 548 del Código Civil. En consecuencia se le recuerda a la albacea su obligación de presentar un plan de administración del sucesorio y el presupuesto gastos indispensables para la tramitación del proceso, dentro del plazo de quince días, con indicación de la forma en que a su parecer, pueda conseguirse los fondos para cubrirlo, tal y como lo establece el numeral 922 ibidem, por el mismo plazo, deberá presentar inventario de todos los bienes de la sucesión. Lo anterior bajo el apercibimiento de que en caso de incumplimiento y aún de oficio, podrá ser removida del cargo. La albacea deberá incluir en el inventario únicamente los bienes que hubieren pertenecido al causante, absteniéndose de incluir bienes que pertenecen a terceras personas, físicas o jurídicas. Es conveniente recordar que desde vieja data nuestra jurisprudencia patria ha indicado que no es posible confundir los patrimonios del causante con el patrimonio de sus sociedades, ambos son independientes, aunque el causante sea el propietario de todas las acciones. Por lo que no procedería incluir dentro del inventario sucesorio bienes de las sociedades aunque el causante sea el dueño de la totalidad de las acciones de esas sociedades. (Del Tribunal Superior Primero Civil de San José. Voto número 1824-L, de las 8:00 horas del 11 de diciembre de 1991). Se emplaza a los herederos, legatarios, hacedores, y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que podrán tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Publíquese el edicto de ley. Se dispensa de tener como parte a la Procuraduría General de la República, según opinión jurídica OJ cero uno cero-dos mil dos, y circular de la Dirección Nacional de Notariado. Exp. Nº 02-2009, proceso sucesorio notarial promueve Hilda Ángela Tencio Céspedes y otros. Causante Plinio Vargas Chavarría.—San José, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152381.—(IN2010007550).

Que ante esta notaría se tramita sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Felipe Martínez Montiel de nacionalidad nicaragüense con cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero tres cero cuatro siete seis tres seis. Figura como albacea provisional la señora Ana Luisa Zambrana Zambrana conocida como Ana Luisa López Zambrana con cédula de identidad número seis-ciento cinco-trescientos veintitrés. Cualquier interesado al presente sucesorio se le concede el plazo de treinta días para que se apersone ante esta notaría ha hacer valer sus derechos.—Ciudad Cortés, trece de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152383.—(IN2010007551).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Dilia Carvajal Miranda, quien fuera mayor, casada, ama de casa, vecina de San Rafael de Heredia, portadora de la cédula de identidad número 400550888. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002054-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de noviembre del 2009.—Lic. Ólger Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152393.—(IN2010007552).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Miguel Ángel Rojas Arce, cédula Nº 1-161-657, quien fue mayor, agricultor, casado dos veces, vecino de Ciudad Quesada, barrio La Esperanza, del súper La Esperanza, 25 metros al sur. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100759-0297-CI (3B), causante: Miguel Ángel Rojas Arce.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 02 de noviembre del 2009.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.––1 vez.––RP2010152420.––(IN2010007556).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Fernando Baltodano Valverde, quien fuera mayor, divorciado dos veces, Oncólogo, vecino de El Cacao de Alajuela, cédula de identidad Nº 2-211-903. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-003334-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.––1 vez.––RP2010152442.––(IN2010007557).

Por escritura pública número cincuenta y dos de las once horas del veintitrés de enero del dos mil diez, del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito Notario Abel Nicolás Chinchilla Mata, se abre el sucesorio notarial del quien en vida fuera Hernán Mora Ureña, mayor, viudo una vez, agricultor, cédula de identidad número uno-cero cero sesenta y cuatro-dos mil seiscientos tres. El suscrito Notario cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de esta acta se apersonen a mi oficina profesional, en defensa de sus derechos, sita en San José, avenida diez bis, calles diecinueve y veintiuno frente al parqueo El Trébol, bajo el apercibimiento de Ley si lo omitieren.—San José, 23 de enero del 2010.—Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.––1 vez.––RP2010152456.––(IN2010007558).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Roiner Ríos Castañeda, quien fuera mayor, soltero, bodeguero, con cédula de identidad que exhibía número: cinco-doscientos setenta y ocho- novecientos ochenta y cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000453-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.––1 vez.––RP2010152457.––(IN2010007559).

Se cita a todos los herederos e interesados en el sucesorio en sede notarial ab-intestato de quien en vida fuera Miguel Alberto Morales Naranjo, cédula Nº 1-0529-0525, mayor, casado una vez, vecino del cruce de Desamparados, San José, para que dentro del término de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de la Lic. Giseis Cheves Romero, sita en Desamparados, urbanización Monte Claro, del puente 100 sur, Nº F8.—Lic. Giseis Cheves Romero, Notaria.––1 vez.––(IN2010007731).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Rosa Valerio Bolaños, mayor, cédula cuatro-cero sesenta y cinco-cero noventa y cuatro, soltera, del hogar, vecina de San Luis de Santo Domingo de Heredia, del Abastecedor El Trébol trescientos metros al oeste, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en San José, quinientos metros al norte de la Toyota en Paseo Colón, edificio a mano derecha, tercer timbre, tercer piso a reclamar sus derechos; y se apercibe que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2009. Notaría de la Lic. Karla Monturiol Méndez.—Lic. Karla Monturiol Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2010007761).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ernesto Mejía Retana, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Zapote, cédula de identidad número 1-0165-0108. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 10-000003-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, trece de enero del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2010008014).

Habiéndose comprobado la defunción de quien en vida fue: Clarisa Sibaja González, mayor, casada una vez, vecina de Goicoechea, Guadalupe, del hogar, con cédula: uno-uno siete siete-cero cinco tres, se abre su juicio sucesorio Ab Intestato, y por el término de treinta días a partir de su publicación, se cita y emplaza a todos los herederos, interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en esta sucesión, para que dentro del término dicho, se apersonen ante esta notaría en la provincia de San José, ciudad de Moravia, La Trinidad, Urbanización Santa Rosa, de la Licorera Las Rosas, cien oeste veinticinco sur y cincuenta oeste, mano derecha; en resguardo a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieran, la herencia pasará a quien corresponda legalmente. Sucesión extrajudicial y notarial número: cero uno-dos mil diez RGJ.—Moravia, 20 de enero del 2010.—Lic. Rafael Gutiérrez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010152562.—(IN2010008037).

Se avisa que ante la notaría del Lic. Fernando Murillo Marchini a solicitud de la señora Adelina Láscarez González, portadora de la cédula cinco-cero cero noventa y seis-seiscientos ochenta, se promueve proceso de adopción de persona mayor de edad de Mario Alberto López Láscarez, portador de la cédula uno-mil doscientos setenta y tres-seiscientos setenta y tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a formular oposiciones y hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Fernando Murillo Marchini, Dirección de la oficina: San José, San Pedro de Montes de Oca, avenida segunda, calles uno y tres. Exp. Nº 0001-2009.—San José, 26 de enero del 2010.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—RP2010152629.—(IN2010008044).

Avisos

A: Carlos José Leitón Umaña se le hace saber que en diligencias de declaratoria de ausencia de Carlos José Leitón Umaña, establecidas por Esmay Cynthia Barker Blair, expediente número 09-100222-0217-CI-3 se ha dictado la resolución que literalmente dice así: “Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica-Limón. A las diez horas treinta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil nueve. Arróguese este despacho el conocimiento del presente asunto. Se tiene por cumplida prevención hecha, se resuelve lo siguiente: Por presentado el anterior proceso de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de ausencia de Carlos José Leitón Umaña, portador de la cédula de identidad número siete-cero cuarenta y cuatro-trescientos diez y de paradero actual ignorado. Publíquese un edicto en el Boletín Judicial por tres veces con intervalos de un mes, a efecto de que los que tuvieren noticias del ausente los comuniquen a este Tribunal. Asimismo hágase dicha publicación en un periódico de circulación nacional. A fin de recibir prueba testimonial ofrecida se señalan las catorce horas del veinticuatro de febrero del dos mil diez”. Notifíquese. Licenciado José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 09-100222-0217-CI-3 de Carlos José Leitón Umaña, gestiona Esmay Cynthia Barker Blair.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 3 de diciembre del 2009.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—RP2010151999.—(IN2010007174).

3 v. 1 alt.

Se hace saber que en este Despacho Rónald Salas Fernández, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Pavas, Carrizal de Alajuela, cédula de identidad Nº 2-417-575, ha promovido diligencias de reposición de título a fin de que se le reponga el certificado de depósito Nº 100-301-803301075111, por la suma de doce millones de colones y un cupón de intereses por la cantidad de ciento cuarenta mil colones. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Exp. Nº 09-003422-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del 2009.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—Nº RP2010151637.—(IN20106381).

3 v. 3.

PUBLICACIÓN de una vez

Por este medio, se hace saber que en este Despacho, bajo el expediente número 09-001404-0187-FA, se tramitan las diligencias de declaratoria de insania de Carmen María Salazar Esquivel, mayor, viuda, pensionada, vecina de Los Anonos, San José, cédula Nº 1-0149-00861. De conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, se le otorga el plazo de quince días a todas aquellas que tengan interés en la insania y consecuente curatela que se pide, para que se apersonen y hagan valer sus derechos o bien manifieste su oposición, debiendo con ello señalar lugar o medio para atender sus notificaciones dentro del perímetro judicial de San José. Expediente número 09-001404-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2010151963.—(IN2010007172).

Se convoca por medio de edicto a las personas a quienes les corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Juan Pablo Ramírez Quirós, quien es mayor, soltero, sin oficio, vecino de Mercedes Norte de Puriscal, cédula de identidad número 1-1447-365. Expediente Nº 09-100158-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 20 de agosto del 2009.—Lic. Ángela Keiko Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—RP2010151964.—(IN2010007173).

Se le hace saber al señor Diego Albeiro Rojas Ochoa, ciudadano colombiano, mayor, casado, pasaporte de su país PCC98496799, de domicilio desconocido, que en este despacho, se ha instaurado proceso de abreviado de divorcio, promovido por Karolina Valverde González, en su contra, expediente número 06-001228-186-FA. Se ha dictado la sentencia 1544-2007, de las catorce horas quince minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete, que en el por tanto: Acorde con lo expuesto y en virtud de los artículos del Código de Familia y artículos del Código procesal civil citados, se acoge la demanda interpuesta por la parte actora en los siguientes extremos: 1) Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a los señores Karolina Valverde González y Luis Diego Albeiro Rojas Ochoa; por la causal de separación de hecho. 2) No se comprobó en este proceso la existencia de bienes gananciales. Sin embargo, se hace saber a las partes que por ser un imperativo legal, de surgir algún otro bien susceptible de repartición, cada cónyuge adquiere el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes constantes en el patrimonio del otro. Liquidación que se hará en la etapa de ejecución de sentencia. 3) Se resuelve sin especial condena en costas. 4) Para efectos registrales inscríbase el presente divorcio al margen del tomo 431, folio 481 y asiento 961 de la Sección de Matrimonios del Partido de San José; una vez gestionada la ejecutoria por parte de los interesados. 5) Publíquese el edicto de ley, según art. 263 del Código Procesal Civil.—Juzgado Primero de Familia de San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—RP2010152042.—(IN2010007175).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Marco Luigi Rolfo Dragone, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 09-000808-0338-FA(4) donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Resultando 1. 2. 3. Considerando I. II. Por tanto, Razones dadas, artículos 48 y siguientes del Código de Familia, artículos 155, 221, 420 y siguientes del Código Procesal Civil, se declara con lugar este proceso abreviado de divorcio y al efecto se disuelve el vínculo matrimonial que une a Daisy Olivia Martínez Rojas y Marco Luigi Rolfo Dragone con fundamento en la causal de sevicia en la que incurrió el señor Rolfo Dragone, se declara al señor Rolfo cónyuge culpable. Se omite pronunciamiento sobre la pretensión subsidiaria de separación judicial por haberse acogido la pretensión principal. Sobre alimentos: pierde el señor Rolfo Dragone el derecho a ser alimentado por la señora Martínez Rojas, mantiene la señora Martínez el derecho a ser alimentada por el señor Rolfo Dragone. Sobre menores de edad: no hay hijos menores de edad procreados en este matrimonio. Sobre derecho de ganancialidad: ambos mantienen el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes que en un futuro puedan aparecer inscritos en el patrimonio del otro que hubieran sido adquiridos a título oneroso durante la convivencia matrimonial. Sobre daño moral: se condena al accionado a indemnizarle a la señora Martínez Rojas el pago de dos millones de colones por el daño moral por él causado. Sobre costas: se condena al accionado al pago de ambas costas del proceso. Firme este fallo inscríbase en el Registro Civil, matrimonios de Cartago, tomo ciento veintidós, asiento doscientos noventa y uno. Notifíquese. Licenciada Patricia Cordero García, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Daisy Olivia Martínez Rojas contra Marco Luigi Rolfo Dragone; expediente N° 09-000808-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 20 de enero del 2010.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010152074.—(IN2010007176).

Se hace saber a Luis Guillermo Jara Solís, quien es mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número 2-471-272 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 2008-000936-186-FA-4, interpuesto por María del Rocío Delgado Muñoz, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del 2010.—Lic. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2010007226).

Se avisa a Diego Fernando Reyes Salazar, mayor, casado, colombiano, con pasaporte número P18608729, demás calidades en autos desconocidas, representado por su curadora procesal, Licenciada Norma Sheyla Sotela Leiva, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 08-000565-0673-NA establecido por la Licenciada Kattia Vanessa Hernández Méndez en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 10-2010. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas del once de enero del dos mil diez. Resultando: I.—... II.—... III.—... Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: De acuerdo con lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5º, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1º, 2º, 5º, 8º, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se rechaza la excepción de falta de derecho, así como la excepción sine actione agit. Se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Diego Fernando Reyes Salazar y Candy Castro Leitón, declarando en esta vía judicial el estado de abandono del menor Randy Reyes Castro, con la consecuente pérdida de los derechos de Patria Potestad que ostentaban los aquí demandados Diego Fernando Reyes Salazar y Candy Castro Leitón. Se ordena el depósito del menor de edad en la señora Roxana Gueruth Ballestero Rodríguez, por lo que se le previene presentarse en el plazo de ocho días, aceptar el cargo conferido. Una vez firme la sentencia expídase ejecutoria ante el Registro Civil, para su anotación al margen del menor Randy Reyes Castro, en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al tomo mil ochocientos setenta y dos, folio doscientos treinta y cinco, asiento cuatrocientos setenta. Se falla este asunto sin una especial condena en costas para la vencida. En virtud de haberse incoado la demanda en contra de una persona de domicilio desconocido, publíquese un aviso en el Boletín Judicial que contenga un extracto del contenido de esta resolución, publicación que debe ser diligenciada por la entidad actora. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero 2010.—Lic. Yadira Montero González, Jueza.—1 vez.—(IN2010007234).

Se avisa a William Gerardo Hernández Monge, mayor, cédula número uno-setecientos ochenta y tres-ochocientos veinte, con oficio y domicilio desconocidos, siendo representado en este proceso por el Licenciado Jorge Ramos Rojas, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada Karina Peralta Guevara, expediente Nº 07-000428-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 447-2009, Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas del treinta de noviembre del dos mil nueve. Resultando: I.—... II.—... III.—... Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Reiner Steven Onil Onil, Warren Josué Hernández Onil y Yorseth Yancel Vargas Onil. Se extingue a su madre Yorleny Onil Onil y sus padres José Ángel Vargas Marín y William Gerardo Hernández Monge el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de los niños Reiner Steven Onil Onil, Warren Josué Hernández Onil y Yorseth Yancel Vargas Onil, con el ente actor, debiendo el representante legal apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, Reiner Steven Onil Onil al tomo mil seiscientos treinta y seis, folio setenta y ocho, asiento ciento cincuenta y seis, Warren Josué Hernández Onil al tomo mil setecientos dos, folio sesenta y tres, asiento ciento veinticinco, Yorseth Yancel Vargas Onil al tomo mil ochocientos cuarenta, folio ciento ochenta y siete, asiento trescientos setenta y tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de diciembre de 2009.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010007236).

Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Darling Raquel Espinoza Ruiz, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 09-001258-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y seis minutos del diecinueve de noviembre de dos mil nueve. De las presentes diligencias de depósito del menor Keiner José Espinoza Ruiz, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a la señora Darling Raquel Espinoza Ruiz y a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a la parte lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Por medio de edicto, que se publicará por una vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Para notificar a la señora Darling Raquel Espinoza Ruiz, por medio de edicto. Como medida provisional se le concede el depósito provisional del menor Keiner José Espinoza Ruiz, en el hogar de la señora Teófila del Socorro Herrera Gutiérrez, quien deberá en el plazo de tres días, presentarse ante este despacho a aceptar el cargo conferido. Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Nº 09-001258-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de noviembre del año 2009.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2010007238).

Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado de Familia de Grecia, a la señora Maritza Benavides Hernández, representada por el curador procesal Lic. Carlos Eduardo Chaverri Negrini, hace saber que mediante sumaria tramitada en este Despacho bajo el expediente Nº 09-400374-687-FA, se encuentra la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Grecia, a las nueve horas del trece de enero del dos mil diez. Acerca de la demanda de declaración de abandono establecida por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, se da traslado a la señora Maritza Benavídez Hernández por medio de su curador procesal Carlos Eduardo Chaverri Negrini, por el plazo de cinco días, quien al contestar expondrá con claridad si rechaza los hechos por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones; también manifestará con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En esta oportunidad ofrecerá su prueba, con indicación en su caso del nombre y datos generales de los testigos; ocasión en la que además. Podrá oponer las excepciones tanto previas como de fondo que estime pertinentes. Se le advierte además que en su primer escrito deberá señalar alguno de los medios autorizados por la ley para atender notificaciones futuras, entre lo que cuentan el fax, correo electrónico oficial, o bien estrados; de los cuales deberá elegir únicamente dos e indicar de manera expresa cuál de ellos utilizará como principal. En caso de incumplir con lo aquí prevenido, las resoluciones siguientes se le tendrán por notificadas de manera automática (artículos 34 y 36 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687). Notifíquese esta resolución a la demandada Maritza Benavides Hernández por medio de su curador procesal Lic. Carlos Eduardo Chaverri Negrini al fax: 2283-8910. Publíquese el edicto correspondiente, el cual queda a disposición de la parte promotora para su debido diligenciamiento (artículos 121 y 122 del Código de Familia).” Comuníquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2010007239).

Se avisa a la señora Alejandra Mayela Areas Arias, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad 01-1096-326 y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 09-000554-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Marta Yoselyn Areas Arias. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2009.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010007243).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Santiago Rodríguez Campos, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Esperanza Campos Chacón. Expediente Nº 09-003167-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2010.—Lic. Frania Rojas Vindas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010007281).

Se avisa al señor José Mora Trejos, mayor, casado, número de cédula Nº 6-187-661, costarricense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 09-000523-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores: Ericka Lorena, Martha Isabel, Yahaira Johana todos Mora Sibaja. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2010.—Lic. Yadira González Montero, Jueza.—1 vez.—(IN2010007333).

Se avisa, al señor Guillermo Ricardo Martínez Rodríguez, mayor, cubano, documento de identidad número DI560403003420, representado por el curador procesal Licenciado Jorge Isaac Solano Aguilar, hace saber que existe proceso Nº 09-000226-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Enriqueta Martínez Fallas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representada por la licenciada Olga Myriam Boza Fernández en contra de Guillermo Ricardo Martínez Rodríguez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas, cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre de 2009.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010007337).

Se hace saber a Rodolfo Sotela Wedel, portador de la cédula de identidad número uno cero novecientos treinta y nueve cero trescientos ochenta y seis y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 2008-001115-186-FA, interpuesto por Catherine Andrea Calvo, dentro del cual se le otorgó traslado por el plazo diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas, diez minutos veinticinco de enero de 2010.—Lic. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—RP2010152470.—(IN2010007581).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Clementina Martir Salguera Centeno mayor, viuda, ama de casa, vecina de San Joaquín de San Antonio de Belén, cédula de identidad número 0501160029; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Clementina Martir Salguera Centeno, por el de Marta mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 09-002497-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de noviembre del 2009.—Lic. Ólger Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—(IN2010007779).

Edictos Matrimoniales

William Jeffrey Herrera Calderón y Haydee Martínez Céspedes conocida como Grettel, cédula por su orden: 1-974-282 y 1-923-821; vecinos de barrio la Cruz de Higuito de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Exp. Nº 10-400062-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 21 de enero del 2010.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2010152273.—(IN2010007582).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José David Chaves Vega, mayor, soltero, técnico en electricidad industrial, cédula de identidad número 1-1269-715, vecino de Cartago, del Asilo de la Vejez 100 metros norte y 300 metros oeste, casa color rosado, hijo de Roxana Vega Romero y Víctor Antonio Chaves Sánchez, nacido en San José el 18/02/1986, con 23 años de edad, y Adriana María Abarca Vega, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0304350518, vecina de Cartago 300 metros oeste de la plaza de deportes de Cocorí, casa 990 color amarillo, hija de María Isabel Vega Víquez y Eliécer Abarca Monge, nacida en Cartago, el 26/03/1989, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio) Exp. Nº 09-002092-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de noviembre del 2009.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—RP2010152308.—(IN2010007583).

Orlando Alexánder Alfaro Venegas y Rebeca Isabel Rodríguez Trejos, cédula por su orden: 5-309-111 y 1-1134-243; vecinos de San Antonio de Desamparados y San Rafael Abajo de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Exp. Nº 10-400055-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, diez horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil diez.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2010152373.—(IN2010007584).

Ante esta notaría, se presentaron el día de hoy para contraer matrimonio los señores Wagner Antonio Vásquez Gutiérrez, mayor, costarricense, soltero, comerciante, vecino de Naranjo, setecientos metros al sur de la Unidad Sanitaria, cédula dos-seiscientos sesenta y ocho- novecientos diecisiete, edad diecinueve años, nacido en Grecia, con padres José Antonio Vásquez Collado y Lorena Gutiérrez Jiménez, ambos de nacionalidad costarricenses, se encuentran ambos fallecidos y Erika Araya Zamora, mayor, costarricense, soltera, dependiente, vecina de Naranjo setecientos metros al sur de la Unidad Sanitaria, con edad veintiuno años, lugar de nacimiento Grecia, cédula dos-seiscientos cincuenta-trescientos setenta y siete, con madre Edwin Araya Ávila, Flora Zamora Núñez, ambos vecinos de Valverde Vega y de nacionalidad ambos costarricenses. Lo presente se publica para que terceros interesados en término de ley oponga cualquier objeción. Comunicarlo en Sarchí Norte doscientos metros al norte del Beneficio La Eva.—Valverde Vega, veintidós de enero del dos mil diez.—Lic. María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2010152449.—(IN2010007585).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Dixmar Pérez Pérez, mayor, soltero, cajero, cédula de identidad número 3-425-848, vecino de Cartago del EBAIS de Cot 300 metros y 125 metros norte, casa color blanco, hijo de María Edith Pérez Rivera y Manuel Antonio Pérez Pérez, nacido en Cartago, el 31/01/1988, con 21 años de edad, y Ángela Valeria López Méndez, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 3-459-187, vecina de Cartago, costado suroeste del cementerio de Cot urbanización Aquitaba, casa color papaya, hija de Annia Méndez Fernández y Freddy Enrique López Ramírez, nacida en Cartago, el 19/11/1991, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio) Exp. 10-000103-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 21 de enero del 2010.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152540.—(IN2010008047).

Han comparecido ante esta notaría Tarín Gutiérrez Montero, mayor, soltera, psicóloga, cédula de identidad 5-0289-0833, nacida el 6 de octubre de 1975, en Nicoya provincia de Guanacaste, hija de Julio César Gutiérrez Morales y Flory Teresa Montero Alpízar, ambos costarricenses; y Thomas Liebig, de único apellido en razón de su nacionalidad alemana, mayor, divorciado de primeras nupcias, empresario, pasaporte de su país C2WM26KJ8, nacido el 3 de junio de 1968, en Neubrandenburg Alemania, hijo de Wolfgang Liebig y Monika Liebig, ambos de nacionalidad alemana, expresando su deseo de contraer matrimonio civil. Se concede el plazo de ocho días naturales a partir de la publicación de este edicto para formular oposiciones, de acuerdo con los artículos 25 y siguientes del Código de Familia y 835 y siguientes del Código Procesal Civil. Las oposiciones deben formularse ante esta notaría, en San José, avenida segunda, calle primera, edificio Las Arcadas, piso tres, oficina 10.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010152597.—(IN2010008048).

El suscrito Rodrigo Meza Vallejos, notario público con oficina en San José, avisa que los señores: Carlos Manuel Rosales González, mayor, cédula de identidad Nº 5-0248-0006, nacido en Guanacaste, el día 9 de junio del año 1968, hijo de Fidencio Rosales y Emelina González, todos de nacionalidad costarricense; y Golda Indira Vásquez Sánchez, pasaporte de su país Nº C830778, nacida en Nicaragua, hija de Pablo Emilio Vásquez Espinoza y Vilma Sánchez Moneada, todos de nacionalidad nicaragüense, han manifestado al suscrito notario su deseo de contraer matrimonio civil. Oposiciones por medio del fax: 2285-7090, dentro del plazo de ocho días naturales, contados a partir de la publicación del edicto.—San José, 26 de enero del 2010.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2010152776.—(IN2010008049).

Han comparecido ante mi notaría pública, solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Yerlin Tatiana Araya Sánchez, mayor de edad, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 2-513-665, y Ronald Gilberto Vargas Córdoba, ambos vecinos de Santa Bárbara de Heredia, quienes manifiestan que son hijos por su orden de Edwin Araya Bastos y Aracelly Sánchez Gutiérrez y de Gerardo Vargas Sánchez y Lorena Córdoba Delgado, todos de nacionalidad costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá de manifestarlo en el término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto.—Heredia, 28 de enero del 2010.—Lic. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Notaria.—1 vez.—(IN2010008158).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Eduardo Antonio Quirós Carpio, mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad Nº 3-382-932, vecino de Cartago, 175 metros suroeste de la rural de Ochomogo, casa color papaya verjas negras, hijo de Ana Carpio Maroto y Gerardo Rubén Quirós Valverde, nacido en Cartago, el 09/09/1982, con 27 años de edad y Ana Griselda Marcia Mora, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº 3-436-579, vecina de Cartago, 75 metros oeste de la iglesia católica de Llanos de Santa Lucía Paraíso, casa color rosada con verjas negras, hija de Zulay Mora Delgado y Alexis Marcia Araya, nacida en Cartago, el 15/05/1989, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 10-000145-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 28 de enero del 2010.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.––1 vez.––RP2010152943.––(IN2010008310).

Edictos en lo Penal

Se le comunica al señor José Manuel Fonseca Alvarado, cédula Nº 1-703-479, con domicilio desconocido y paradero ignorado, que en proceso penal Nº 08-007089-497-TR, contra Martín Horvil Elizondo Zepeda, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Marleisa Pizarro Angulo, se le tiene como tercero demandado civil, se ordena comunicarle por este medio de conformidad con el artículo 192 del Código Procesal Penal. Lo anterior por requerirse así en la causa penal Nº 08-007089-497-TR.—Fiscalía de Heredia, 27 de enero del 2010.—Lic. Valesska Mora Zamora, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010007704).