BOLETÍN JUDICIAL Nº 24 DEL 4 DE
FEBRERO DEL 2010
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
tercera PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Liberia de la provincia de Guanacaste
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Liberia de la provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día cinco de marzo del dos mil diez, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
San José, 20 de enero del 2010
MBA
Ana Eugenia Romero Jenkins
(IN2010006534) Subdirectora
Ejecutiva
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional
para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007,
celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo
Superior en Sesión N° 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII,
se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa
de los años
Remesa: A 11 P 97
Ampos: 98
Paquetes: 57
Carpetas: 8
Año:
Asunto: Documentación
administrativa: 13 Ampos y 16 Paquetes con 2620 Orden de citaciones de
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2010007601). Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión N° 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes del año 1975 al 2006 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Naranjo. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho:
Remesa: 20283
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1975
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: 20284
Expedientes: 4
Paquetes: 1
Año: 1976
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: 20285
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1980
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: 20286
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1983
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: 20287
Expedientes: 2
Paquetes: 1
Año: 1987
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: 20288
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1989
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 10
Paquetes: 1
Año: 1990
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1991
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 5
Paquetes: 1
Año: 1992
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 3
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 11
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 9
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 1998
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 20
Paquetes: 1
Año: 2001
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 20
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 6
Paquetes: 1
Año: 2003
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2004
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 14
Paquetes: 1
Año: 2005
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Remesa: Q
Expedientes: 7
Paquetes: 1
Año: 2006
Asunto: Pensiones Alimentarias (Archivadas y sin sentencia)
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2010007602). Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión N° 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentación administrativa del año 1970 al 2007 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Naranjo. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho:
Remesa: 20278
Ampos: 120
Año: 1980 al 2007
Asunto: Documentación Administrativa: 20 de Circulares. 12 de Registro de entrega al notificador de 1984 al 1996, 1 de Consecutivos de Oficios de 1995, 18 de Copiador de sentencia de 1981 al 2007, 9 de Conciliaciones bancarias de 1981 al 2003, 4 de Comprobantes de remision de copias de cheques de 1981 al 2001, 18 de Correspondecia de 1988 al 2006, 11 de Informes Mensuales de 1988 al 2006, 4 de Registro de asistencia de 2001 al 2006, 4 de Agenda de señalamiento de 1993 al 2007, 1 de Listado de partes de Transito de 1989, 3 de Comisiones de 1985 al 2007, 4 de Nombramientos de personal de 1980 al 2007, 1 de Control de vacaciones de 2002 al 2007, 10 de Comprobantes de depósitos judiciales cancelados de 1984 al 1993.
Remesa: 20279
Ampos: 23
Año: 1970 al 1979.
Asunto: Documentación
Administrativa: 1 de Copias de cheques entregados (Marzo 1970 al Diciembre 1971
00301 al 12357) de
Remesa: 20280
Ampos: 19
Año: 1981 al 1989
Asunto: Documentación Administrativa: 1 de Copias de cheques entregados (Noviembre 1981 al Setiembre 1982 215749 al 162520, Noviembre 1981 al Junio 1982 93082 al 100636), 2 de Copia de cheques entregados (Junio 1983 al Enero 1984 130451 al 138213, Febrero al Agosto 0875341 al 234092) de 1983 al 1984, 3 de Copias de cheques entregados (Setiembre 1984 al Enero 1985 234249 al 0875343, Marzo a Julio 0995548 al 0927672, Agosto a Diciembre 0995549 al 1024468) de 1985, 2 de Copia de cheques entregados (Enero a Junio 1067269 al 1024469, Julio a Diciembre 1084313 al 1067270) de 1986, 5 de Copia de cheques entregados (Enero 1987 al Julio 1987 1084314 al 1141880, Agosto 1987 al Febrero 1988 1293633 al 1141881, Febrero a Julio 1293634 al 1353566, Agosto al Octubre 416350 al 416545, Diciembre 1440300 al 009720) de 1987 al 1988, 6 de Copias de cheques entregados (Abril 009722 al 009834, Mayo 009835 al 009938, Junio a Julio 009939 al 010148, Agosto a Octubre 010149 al 054368, Noviembre a Diciembre 054369 al 111080) de 1989.
Remesa: 20281
Cajas: 2
Año: 1979 al 2007
Asunto: Documentación Administrativa: Reporte y Registro: Tarjetas de control del monto girado de Pensión Alimentaria.
Remesa: 20282
Libros: 13
Año: 1975 al 2006
Asunto: Documentación Administrativa: 6 Libros de entrada de 1975 al 2001, 1 Libro de traspasos de fondos del Banco de Costa Rica de 1988 al 2005, 1 Libro de reincidencias en contravenciones y fechas ciertas de 2003 al 2006, 1 Libro de control de cheques mayores y menores del Banco de Costa Rica de 1986 al 1987, 1 Libro de Banco de 1994 al 1996, 3 Libros de caja de 1987 al 1994,
Remesa: A 9 A90
Ampos: 47
Año:
Asunto: Documentación Administrativa: 3 de Copia de cheques entregados (Enero a Abril 111081 al 111441, Abril a Agosto 111442 al 213973, Setiembre a Diciembre 258824 al 213974) de 1990, 6 de Copia de cheques entregados (Enero a Abril 228825 al 314142, Mayo a Junio 314143 al 314352, Junio a Agosto 314353 al 0355175, Setiembre a Octubre 0355176 al 0355430, Noviembre a Diciembre 0355431 al 0355688) de 1991, 4 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 0355699 al 541870, Setiembre a Diciembre 541871 al 620737) de 1992, 3 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 620738 al 680982, Setiembre a Diciembre 680983 al 746144) de 1993, 6 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 0805716 al 0909983, Setiembre a Diciembre 0909985 al 0994457 de 1994, 3 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 0994458 al 1150880, Setiembre a Diciembre 1150881 al 1220219 de 1995, 4 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 1220220 al 1302973, Setiembre a Diciembre 1302974 al 1436892 de 1996, 5 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 1436893 al 1697461, Setiembre a Diciembre 1697462 al 1758974 de 1997, 8 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 1758996 al 1898816, Setiembre a Diciembre 1898817 al 2035330 de 1998, 5 de Copia de cheques entregados (Enero a Agosto 2035331 al 2089342, Setiembre a Diciembre 2089343 al 2295132) de 1999.
Remesa: A
Ampos: 43
Año: 2000 al 2003
Asunto: Documentación Administrativa: 12 de Copia de cheques entregados (Enero 2295133 al 2295370, Febrero 2295371 al 2295630, Marzo 2295631 al 2295891, Abril 2295892 al 2336949, Mayo 2336950 al 60601689, Junio 60601690 al 60601912, Julio 60601913 al 61063866, Agosto 61063867 al 61064134, Setiembre 610641360 al 61064377, Octubre 61064378 al 61064648, Noviembre 61064649 al 61064900, Diciembre 61064901 al 61065151) de 2000, 7 de Copia de cheques entregados (Enero 61065152 al 61065443, Mayo 61066110 al 65025410, Junio 65025411 al 65025649, Julio 65025650 al 65025872, Setiembre 65026119 al 65026339, Diciembre 65026842 al 65027140) de 2001, 12 de Copia de cheques entregados (Enero 65027141 al 65027382, Febrero 65027383 al 65027604, Marzo 65027605 al 71643127, Abril 71643128 al 71643377, Mayo 71643378 al 71643641, Junio 71643642 al 71643851, Julio 71643852 al 71644112, Agosto 71644113 al 71644335, Setiembre 71644336 al 71644569, Octubre 71644570 al 71644844, Noviembre 71644845 al 71645078, Diciembre 71645079 al 71645405) de 2002, 12 de Copia de cheques entregados (Enero 71645406 al 77484651, Febrero 77484652 al 77569359, Marzo 77569360 al 77569606, Abril 77569607 al 77569852, Mayo 77569853 al 79925239, Junio 79925241 al 79925470, Julio 79925471 al 79925731, Agosto 79925732 al 10000166, Setiembre 10000167 al 10000410, Octubre 10000411 al 10000694, Noviembre 10000695 al 10000921, Diciembre 10000922 al 10001255) de 2003,
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2010007603). Director Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 01-2006 de fecha 15 de febrero del
2006, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 11-06
celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX.
De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y
el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 83-06 celebrada el 2 de noviembre
del 2006, artículo XLIV.
De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y
el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre
del 2006, artículo LIII.
De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y
el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 58-09, celebrada el 2 de junio del
2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
expedientes y boletas de los años 1990 al 2006, del Juzgado Contravencional de
Menor Cuantía de Santo Domingo. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Remesa: G 19 H 90
Boletas: 691
Paquetes: 04
Año: 1990
Asunto: Boletas de tránsito.
Remesa: G 22 H 93
Boletas: 136
Paquetes: 01
Año: 1993
Asunto: Boletas de tránsito.
Remesa: G 7 H 03
Boletas: 75
Paquetes: 01
Año: 2003
Asunto: Boletas de tránsito.
Remesa: G 4 H 04
Boletas: 974
Paquetes: 12
Año: 2004
Asunto: Boletas de tránsito.
Remesa: G 3 H 05
Boletas: 120
Paquetes: 01
Año: 2005
Asunto: Boletas de tránsito.
Remesa: G 14 H 01
Expedientes: 311
Paquetes: 4
Año: 2001
Asunto: Expedientes de faltas y
contravenciones.
Remesa: G 14 H 02
Expedientes: 300
Paquetes: 4
Año: 2002
Asunto: Expedientes de faltas y
contravenciones.
Remesa: G 8 H 03
Expedientes: 307
Paquetes: 5
Año: 2003
Asunto: Expedientes de faltas y
contravenciones.
Remesa: G 5 H 04
Expedientes: 355
Paquetes: 4
Año: 2004
Asunto: Expedientes de faltas y
contravenciones.
Estado: *Todos terminados*.
Remesa: G 4 H 05
Expedientes: 292
Paquetes: 5
Año: 2005
Asunto: Expedientes de faltas y
contravenciones.
Estado: *Todos terminados.
Remesa: G 2 H 06
Expedientes: 365
Paquetes: 5
Año: 2006
Asunto: Expedientes de faltas y
contravenciones.
Estado: *Todos terminados.
Remesa: G 19 H 96
Expedientes: 571
Paquetes: 11
Año: 1996
Asunto: Expedientes de
tránsito.
Remesa: G 20 H 97
Expedientes: 613
Paquetes: 09
Año: 1997
Asunto: Expedientes de
tránsito.
Remesa: G 16 H 98
Expedientes: 625
Paquetes: 10
Año: 1998
Asunto: Expedientes de
tránsito.
Remesa: V 3 H 02
Expedientes: 349
Paquetes: 5
Año: 2002
Asunto: Expedientes de
violencia doméstica.
Remesa: V 2 H 03
Expedientes: 376
Paquetes: 6
Año: 2003
Asunto: Expedientes de
violencia doméstica.
Remesa: V 2 H 04
Expedientes: 327
Paquetes: 5
Año: 2004
Asunto: Expedientes de
violencia doméstica.
Remesa: V 2 H 05
Expedientes: 288
Paquetes: 4
Año: 2005
Asunto: Expedientes de
violencia doméstica.
Remesa: V 2 H 06
Expedientes: 268
Paquetes: 4
Año: 2006
Asunto: Expedientes de
violencia doméstica.
Remesa: L 12 H 93
Expedientes: 33
Paquetes: 1
Año: 1993
Asunto: Expedientes de laboral
(03 consignaciones, 30 ordinarios).
Remesa: L 12 H 94
Expedientes: 36
Paquetes: 1
Año: 1994
Asunto: Expedientes de laboral
(06 consignaciones, 01 infracción, 04 devoluciones de ahorros, 25 ordinarios).
Remesa: L 12 H 95
Expedientes: 37
Paquetes: 1
Año: 1995
Asunto: Expedientes de laboral
(26 ordinarios, 07 consignaciones, 01 infracciones, 03 devoluciones de
ahorros).
Remesa: L 12 H 96
Expedientes: 35
Paquetes: 1
Año: 1996
Asunto: Expedientes de laboral
(19 ordinarios, 10 consignaciones, 02 infracciones, 04 devolución de ahorros).
Remesa: C 28 H 93
Expedientes: 116
Paquetes: 2
Año: 1993
Asunto: Expedientes civiles (04
ejecución de sentencia, 25 desahucios, 34 ejecutivos, 08 interdictos, 08
prevención desalojo, 23 consignación de alquiler, 14 abreviados).
Remesa: C 29 H 94
Expedientes: 117
Paquetes: 2
Año: 1994
Asunto: Expedientes civil (23
ejecutivos, 16 abreviados, 23 consignaciones, 37 desahucio, 02 ordinarios, 04
prevenciones desalojo, 05 interdictos, 05 ejecución de sentencia, 01 prendario,
01 medida cautelar).
Remesa: C 28 H 95
Expedientes: 95
Paquetes: 2
Año: 1995
Asunto: Expedientes civil (35
ejecutivos, 04 ejecución de sentencia, 24 desahucios, 20 consignaciones, 05 abreviados,
07 prevención desalojo).
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso.
San José, 22 de enero del 2010.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2010007599) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y
Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 02-2008, de fecha 25 de junio del
2008, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 55-08,
celebrada el 29 de julio del 2008, artículo LXII, se hace del conocimiento de
las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá
a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1969 al 2006 del
Departamento de Financiero Contable. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
Documentos para destrucción, Subproceso de
Ingresos.
Remesa: 20242
Cajas: 26
Período: 1969-2006
Asunto: Documentación
administrativa: 1 caja con libros de caja cuentas 2972-6, 34377-3, 2985-8,
21092-5 de 1969. 1 caja con remisión de depósitos judiciales del BCR de 1995. 1
caja con remisión de depósitos judiciales del BCR de 1996. 1 caja con remisión
de depósitos judiciales del BCR de 1997. 1 caja con copias de cheques de 1998.
1 caja con devolución de garantías, ejecución de garantías, oficios de garantías.
1 caja depósitos judiciales cancelados del 2002. 1 caja con correspondencia
Cta. 20192-8, traslado de recursos Cta. 20192-8. 1 caja con copias de cheques
de la Cta. 20192-8, envió de deducciones DGI.
1 caja con incapacidades CCSS.
1 caja con devolución de garantías, ejecución de garantías, consecutivo de
oficios. 1 caja con cuentas por cobrar Tesoro Público, control de defunciones,
expedientes en diversos procesos. 1 caja con incapacidades de la CCSS. 1 caja
con correspondencia programa 823, documentación contable Cta. 20192-8. 1 caja
con documentación contable, copias ordenes de giro 616631-6166900, Fondo
Rotatorio Indemnizaciones, planillas deducciones Cta. 20192-8 de 2003. 1 caja
con comprobantes de depósitos, cuentas 179-1,164815-2,222360-0, y 19459-6 de
2003-2006. 1 caja con correspondencia enviada y recibida, envió de deducciones
a personal, casos de prueba Cta.20192-8.
1 caja con traslado de recursos
Cta. 20192-8, cheques póliza de fidelidad, envió de deducciones DGI. 1 caja con
certificaciones de cuentas por cobrar del 2004. 1 caja con correspondencia
enviada y recibida a la Dirección Ejecutiva, certificaciones de cuentas por
cobrar, envió de deducciones a Personal, 1 caja con represupuestación, 1 caja
con auxiliares Cta. 217979-2, arreglos de pago cuentas por cobrar Fondo
Rotatorio, documentos pendientes, 1 caja con documentos varios, 1 caja con
Informe de Fondo Rotatorio, cuenta publicaciones, diligencias SICERE, interinos
presupuesto. 1 caja con correspondencia enviada y recibida a la Dirección Ejecutiva,
correspondencia enviada y recibida Cta. 20192-8, envíos a personal, 1 caja con
expedientes cancelados.
Documentos para destrucción Subproceso de
Presupuesto.
Remesa: A 72 S 01
Paquetes: 63
Período: 2001-2006
Asunto: Documentación
administrativa: 1 paquete análisis de presupuesto y control de mercancías, 1
paquete reservas refrendadas, 1 paquete reservas de crédito
1 paquete documentos caducos, 1
paquete estudios de reservas sobregiradas, 2 paquetes certificaciones de
contenido presupuestario, 1 paquete notas de abono y cargo del 2003. 3 paquetes
certificaciones de contenido presupuestario, 1 paquete archivo (correspondencia
enviada y recibida), 1 paquete reservas refrendadas 04-05-06, 1 paquete notas
de abono y cargo, 1 paquete solicitud de mercancía, 1 paquete correspondencia
enviada, 1 paquete solicitudes de reservas, 1 paquete reservas de recursos, 1
paquete correspondencia recibida, 2 paquetes documentos de caducos, 2 paquetes
correos jefatura del 2004. 3 paquetes solicitudes de pedido, 2 paquetes órdenes
de pedido.
2 paquetes documentos de
caducos, 2 paquetes certificaciones de contenido presupuestario, 2 paquetes
archivo (correspondencia enviada y recibida), 1 paquete correspondencia
enviada, 2 paquetes correspondencia recibida, 2 paquetes notas de abono y
cargo, 2 paquetes reservas de recursos, 1 paquete cambios de líneas y
autorizaciones, 1 paquete ordenes de compra, 1 paquete solicitudes de reservas
del 2005. 4 paquetes reservas de recursos, 1 paquete reservas de cierre, 1
paquete envíos de pedido del 2006.
Documentos para destrucción Subproceso de
Egresos.
Remesa: A 73 S 94
Ampos: 152
Cajas: 6
Período: 1994-2006
Asunto: Documentación
administrativa: 1 ampo con Acuerdo del Consejo Superior de
1 ampo control servicios
públicos CNFL, AC. Golf. Cioopealf, Coopeguan, Coopelesca, Coopesantos, Jasec,
1 ampo entradas de mercadería, 1 ampo correspondencia enviada y recibida de
1999. 1 ampo transferencias externas 03, 04, 05 y 06, 1 ampo proyecto
desconcentración Unidad Administrativa Goicoechea (depósitos judiciales,
conciliaciones), 1 ampo depósitos traspasos a Goicoechea, 2 ampos
transferencias externas del 2000. 1 ampo ordenes de compra 104-174 II semestre,
1 ampo Fondo Rotatorio ordenes de compra 13, 14, 15, 21, 26, 29, 30, 1 ampo Fondo
Rotatorio planillas girados de noviembre y diciembre, 1 ampo correspondencia
recibida.
1 ampo Fondo Rotatorio ordenes
de compra regionales 09, 31, 10, 27, 28, 11, 12, 32, 1 ampo Sistema depósitos
judiciales, 1 ampo diligencias departamentos, 1 ampo diligencias regionales, 1
ampo ayuda económica viáticos, 1 ampo Fondo Rotatorio Envíos a firmas, 1 ampo
Fondo Rotatorio ordenes de compra Proveeduría, 1 ampo diligencias proveedores,
1 ampo Fondo Rotatorio devoluciones ordenes de compra, 1 ampo reservas abiertas
1 ampo reservas Caja chica
1 ampo Diligencias
Departamentos, 1 ampo Fondo Rotatorio Reservas Abiertas Proveeduría 02, 03, 04,
16, 19, 20, 26, 99, 1 ampo Fondo Rotatorio Ordenes de compra Proveeduría de
10.0001 al 100700, 1 ampo Planillas Giradas Fondo Rotatorio de mayo a julio, 1
ampo Fondo Rotatorio Ordenes de compra Regionales 13, 14, 15, 21, 26, 29, 30, 1
ampo Correspondencia Recibida, 1 ampo correspondencia recibida, 3 ampos Fondo
Rotatorio ordenes de compra Regionales 09,31, 10, 27, 28, 11, 12, 32, 1 ampo
Reservas Caja Chica
1 ampo Oficios vacaciones
proporcionales de enero a junio, 1 ampo Ordenes de compra por Subpartida
1 ampo conciliación compromisos
de pagos de presupuesto, 1 ampo ordenes de compra de
1 ampo recibos de teléfonos, 1
ampo diligencias departamentos, 1 ampo oficios llamadas internacionales, 1 ampo
contratos menores, 1 ampo Reservas, 2 ampos consecutivo de oficios, 1 ampo
diligencias departamentos, 1 ampo ordenes de compra por subpartida, 1 ampo
solicitud de reserva crédito especial, 1 ampo Fondo Rotatorio devoluciones
regionales, 1 ampo diligencias alquileres, 1 ampo diligencias departamento, 1
ampo ordenes de compra por subpartida, 1 ampo contrato y acuerdos para tramitar
con orden de compra, 1 ampo reservas Dirección Ejecutiva, 1 ampo diligencias
departamentos, 1 ampo reservas, 1 ampo orden de compra por subpartida, 1 ampo
reservas contraloría, 1 ampo diligencias becas.
1 ampo diligencias proveedores,
1 ampo reservas
1 ampo ordenes de compra por
subpartidas 000-182, 1 ampo envío para acuerdo de pago
2 ampos Traspasos al Sistema
Depósitos por Planilla Juzgado II Civil menor Cuantía, 2 ampo Traspasos al
Sistema Depósitos Judiciales por planilla Juzgado IV Civil menor Cuantía, 1
ampo Traspasos al Sistema Depósitos Judiciales por Planilla Juzgado III Civil
Menor Cuantía del 2004. 1 ampo Ordenes de compra por Subpartida 000-182, 2
ampos correspondencia enviada y recibida del Área de Diversos, 1 ampo
correspondencia recibida, 1 ampo Diligencias Subpartidas 602, 609 y 814, 1 ampo
correspondencia enviada del 2005. 1 caja consecutivos oficios enviados del 4265
al 6500, 1 caja consecutivos oficios enviados del 6501 al 8500, 1 caja
consecutivos oficios enviados del 2001 al 4264, 1 caja consecutivo oficios
enviados del 1 al 2000 del año 2006.
Documentos para destrucción Sección Central.
Remesa: A 46 S 92
Libros: 3
Cajas: 35
Paquetes: 46
Período: 1992-2005
Asunto: Documentación
administrativa: 1 caja listas de cheques anulados, proposiciones de
nombramientos, clasificador del gasto, actas de nombramientos en propiedad de
1992. 1 caja con libros de Tesorería de la Alcaldía Mixta de Moravia, tomos
Nos. 8, 9, 10, 11, 18, 19 y 20 de 1994. 1 caja libros de conocimientos, 1 caja
libros de nombramientos en propiedad, 3 caja correspondencia enviada de
1 libro de juramentaciones, 10
fotocopias de La Gaceta Nº 103 del viernes 28 de mayo 1999, de las
páginas
1 caja correspondencia recibida,
1 paquete correspondencia enviada, 1 paquete registro de asistencia 1 paquete
certificaciones de deudas, 2 paquetes correspondencia recibida, 1 libro de
conocimiento, 1 libro de control de fotocopias, 1 paquete correspondencia
enviada y recibida del 2003. 1 paquete solicitud oficial de fotocopias, 1
paquete correspondencia enviada, 1 paquete consecutivo de oficios, 2 paquetes
certificaciones de deudas pendientes, 1 paquete de correos electrónicos, 1
paquete correspondencia recibida, 1 paquete proposiciones de nombramientos, 1
paquete informes de labores, 1 paquete pronunciamientos legales, 1 paquete
registros de asistencia.
1 paquete control de fotocopias
del 2004. 1 paquete control de consecutivo de oficios, 1 paquete
correspondencia enviada y recibida, 1 paquete correos de la Secretaría de la
Corte, 1 paquete informes de labores, 1 paquete informes varios, 1 paquete
proposiciones de nombramientos, 3 paquetes de correspondencia recibida de
plataforma y entrega a los Subprocesos, 6 paquetes de certificaciones de deudas
pendientes, 2 paquetes de correos electrónicos de varios despachos, 1 paquete
de correspondencia recibida, 1 paquete de correspondencia enviada, 1 paquete de
consecutivo de oficios, 1 paquete oficios recibidos de Auditoría, 2 paquetes oficios
recibidos de Dirección Ejecutiva por correo electrónico, 1 paquete registro de
asistencia de enero a diciembre del 2005.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
primera publicación de este aviso.
San José, 22 de enero del 2010.
Lic.
Alfredo Jones León
(IN2010007600) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en
Acta Nº 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo I, aprobada por el
Consejo Superior en Sesión Nº 66-07, celebrada el 06 de setiembre del 2007,
artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
expedientes y documentación administrativa de los años
Remesa: 20274
Expedientes: 313
Años: 1983-1989
Asuntos: 85 expedientes de denuncias del 1983, 64 expedientes de denuncias del 1984, 45 expedientes de denuncias del 1985, 38 expedientes de denuncias del 1986, 35 expedientes de denuncias del 1987, 28 expedientes de denuncias del 1988, 18 expedientes de denuncias del 1989.
Remesa: O 74 S 90
Expedientes: 559
Años: 1990-1998
Asuntos: 40 expedientes de denuncias del 1990, 56 expedientes de denuncias del 1991, 61 expedientes de denuncias del 1992, 47 expedientes de denuncias del 1993, 55 expedientes de denuncias del 1994, 60 expedientes de denuncias del 1995, 32 expedientes de denuncias del 1996, 28 expedientes de denuncias del 1997, 180 expedientes de denuncias del 1998.
Remesa: O 32 S 99
Expedientes: 1282
Años: 1999
Asuntos: 1282 expedientes de denuncias de 1999.
Remesa: 20275
Ampos: 158
Años: 1983-2006
Asuntos:
18 ampos con remisión y control de detenidos del
Remesa: 20276
Paquetes: 567
Años: 1987-2007
Asuntos:
52 paquetes oficios despachados y recibidos del
4
paquetes con informes de detenidos del
2
paquetes con registro de firmas del
2
paquetes con registro de alimentación de detenidos del
Remesa: 20277
Libros: 140
Años: 1982-2006
Asuntos:
7 libros de actas y control de decomiso del
4
libro control evidencias del
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial. Lic. Alfredo Jones León Director Ejecutivo.
San José, 22 de enero del 2010
Alfredo
Jones León,
(IN2010007604) Director
Ejecutivo
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en
Acta N Nº 01-2007, celebrada el 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por
el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, celebrada el 15 de mayo del 2007,
artículo XLVIII., se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
documentación administrativa de los años
Remesa: A 13 P 99
Ampos: 57
Año: 1999-2007
Asunto: 1 de Reportes y Registros (Contrataciones Varias). 2 de Circulares de 2001 al 2005, 2 de Oficios Recibidos y Enviados 2002, 2 de Informes Mensuales y Anuales de 2002, 1 de Oficios (Acuerdos) del 2002, 1 de Entradas de Mercadería del 2002, 1 de Control de Citas del 2002, 1 de Correspondencia del 2003, 2 de Consecutivo de Oficios del 2003, 2 de Reportes y Registros 2003, 1 de Boletas de Combustible del 2004, 1 de Informes Mensuales y Anuales del 2004, 1 de Correspondencia del 2004, 1 de Entrada de Mercadería del 2005, 2 de Reportes y Registros de 2005 al 2006, 1 de Circular de 2005, 1 de Correspondencia del 2005.
1 de Registro de Asistencia del 2005, 1 de Orden de compra de 2005, 2 de Reportes y Registros del 2005, 1 de Consecutivo de Oficios del 2005, 1 de Horas Extras del 2006, 1 de Reportes y Registros (Salas de Juicio) del 2006, 4 de Consecutivo de Oficios 2006, 3 de Correspondencia de 2006, 1 de Correo Electrónico de 2006, 2 de Auditoria Interna de 2006, 1 de Financiero Contable de 2006 , 1 de Dirección Ejecutiva de 2006, 3 de Reportes y Registro (Hojas de Delincuencia, Autorización de Gastos y Presupuesto) de 2006, 2 de Informes Mensuales y Anuales del 2006, 3 de Circulares del 2006, 1 de Registro de Asistencia del 2006, 3 de Entrada de Mercadería del 2006, 1 de Boletas de Combustible del 2006, 1 de Nombramientos de Personal del 2006, 1 de Orden de Compra del 2006 al 2007.
Remesa: A 1 P 07
Ampos: 42
Año: 2007
Asunto: 33 de Reportes y Registro (Oficina de Cit., Pres. y Localización) del 2007, 2 de Reportes y Registros (Proveeduría y Oficinas de Edificio Central) del 2007, 1 de Registro de Asistencia del 2007, 1 de Horas Extras del 2007, 1 de Boletas de Combustible del 2007, 2 de Reportes y Registro (Salas de Juicio y Oficinas Región Costa Pacifica) del 2007, 1 de Control de Correo Certificado del 2007, 1 de Circulares del 2007.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.
San José, 22 de enero del 2010.
Lic.
Alfredo Jones León,
(IN2010007605) Director
Ejecutivo
HACE
SABER
A: Marjorie Martínez Arauz, mayor, notaria
pública, cédula de identidad número 9-075-948, de demás calidades ignoradas;
que en proceso disciplinario notarial número 06-000033-0627-NO establecido en
su contra por Centro Herediano de Investigación Zoocriadero La Ardilla S. A.,
se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial.—San
José, a las catorce horas del catorce de julio del año dos mil seis. Se tiene
por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Centro Herediano
de Investigación Zoocriadero La Ardilla S. A. contra los notarios públicos
Cindy Villalobos Valverde, Marjorie Martínez Arauz, Gricelda de la Trinidad
Valverde Elizondo, Guillerno Cornejo Chacón y David López García, a quienes se
confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo deben informar
respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estimen
de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene
como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo
señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba
que considere pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben
indicar lugar dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender
futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el
lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículos 153, párrafo 3° del
Código Notarial, en relación con el artículo 185 del Código Procesal Civil y
los numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996,
publicada en La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se
les previene que pueden señalar un número de facsímil donde atender
notificaciones, el cual deberá estar instalado dentro del territorio nacional,
bajo el apercibimiento de que si el medio escogido, imposibilitare la
notificación por causas ajenas al Despacho, se producirán iguales consecuencias
a las señaladas con respecto a la notificación automática, dentro de las
veinticuatro horas. Notifiquese esta resolución a la parte denunciada por medio
de cédula y copias, personalmente o en su casa de habitación, quienes se
localizan así: Cindy Villalobos Valverde en Guapiles,
San José, 1º de diciembre del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
Jueza
1 vez.—(IN2010001172).
Al notario Lic. Mauricio Marenco Chase,
cédula de identidad número 1-0628-0836, de domicilio ignorado, que en el
proceso disciplinario notarial N° 08-000423-0627-NO interpuesto en su contra
por Miguel Alberto Calvo Venegas, se han dictado las resoluciones que dicen:
“Proceso disciplinario notarial N° 08-000423-0627-NO de Miguel Alberto Calvo
Venegas contra Rafael Ángel Morales Soto, María Eugenia Murillo Hidalgo y
Mauricio Marenco Chase. Juzgado Notarial.—San José, a las once horas del
veintinueve de julio del dos mil ocho. De la anterior demanda disciplinaria
notarial y acción resarcitoria establecidas por Miguel Alberto Calvo Venegas,
se confiere traslado a los notarios públicos: Rafael Ángel Morales Soto, María
Eugenia Murillo Hidalgo y Mauricio Marenco Chase, por el plazo de ocho días.
Con respecto de los hechos expondrán, con claridad, si los rechazan por
inexactos o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones;
también manifestarán las razones que tengan para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoyen. En la misma oportunidad ofrecerán las pruebas que
estimen de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de
ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse.
Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado deberá
referirse respecto de la presente demanda y aportar la prueba que considere
pertinente. Asimismo, se les previene que en ese plazo, deben indicar lugar
dentro del perímetro de este Circuito Judicial, donde atender futuras
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores que se dicten, se les tendrán por notificadas con el
sólo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el
lugar fuere impreciso, incierto, o inexistente (Artículo 153, párrafo 3° del
Código Notarial, en relación con el ordinal 185 del Código Procesal Civil y los
numerales 2º, 6º y 12 de la Ley Nº 7637 del 21 de octubre de 1996, publicada en
La Gaceta Nº 211 del 4 de noviembre de 1996). También se les previene
que pueden señalar un número de facsímil donde atender notificaciones, el cual
deberá estar instalado dentro del territorio nacional; bajo el apercibimiento
de que si el medio escogido, imposibilitare la notificación por causas ajenas
al Despacho, se producirán iguales consecuencias a las señaladas con respecto a
la notificación automática, dentro de las veinticuatro horas. Notifíquese a la
parte demandada la presente resolución por cédula y copias, personalmente o en
su casa de habitación, lo cual se hará así: a la Oficina Centralizada de
Notificaciones de Heredia, para que notifique al notario Rafael Ángel Morales;
lo ubican personalmente en San Antonio de Belén, de la soda La Paz Paz
San José, 30 de noviembre del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
Jueza
1 vez.—(IN2010001175).
Al notario Lic. Minor Gómez Goicoechea, cédula de identidad número
1-0628-0836, de domicilio ignorado, hace saber: Que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 09-000322-0627-NO interpuesto en su contra por María Elena Castro
Rodríguez, se han dictado las resoluciones que dicen: “Proceso Disciplinario
Notarial N° 09-000322-0627-NO. de: María Elena Castro Rodríguez contra: Karla
María Vásquez Rojas y Minor Gómez Goicoechea. Juzgado Notarial; San José, a las
catorce horas del veinticinco de mayo del dos mil nueve. Se tiene por
establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de María Elena Castro
Rodríguez contra Karla María Vásquez Rojas y Minor Gómez Goicoechea, a quienes
se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe
informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que
estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se
tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro, del
plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la
prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del
plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea:
Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que,
mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s)
señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le
tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología
de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de
estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada
parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro
medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59
de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la
Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la
licenciada Karla María Vásquez Rojas, personalmente o mediante cédula y copias
de ley, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía
de Palmares, quienes. Podrán notificarla en: Alajuela, Rincón Grande de
Zaragoza, Palmares, 50 norte de la Iglesia. Y al Licenciado Minor Gómez
Goicoechea, notifíquese en: San José, de la entrada principal al Hospital
Blanco Cervantes, 300 oeste y 25 norte Bufete Vargas y Gómez Asociados. Para
tal efecto se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer
Circuito Judicial de San Jose. En caso de no ser posible localizarlo en esa
dirección se comisiona a la Oficina Centralizada De Notificaciones Del Segundo
Circuito Judicial de San José, por ser habido en: 1) San Pedro, el Higuerón 800
sur. 2) San José, San Pedro frente a la farmacia UCR, Corporación Asuntos
Jurídicos Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el
denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio De Abogados.
Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a
la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que
certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En
caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste.
Lic. Grace Hernández Herrera. Jueza.-scm “ y “Juzgado Notarial. San José, a las
trece horas cinco minutos del treinta de Noviembre del dos mil nueve. Siendo
fallidos los intentos por notificarle al notario Lic. Minor Gómez Goicoechea,
la resolución de las catorce horas del veinticinco de mayo de dos mil nueve en
las direcciones por el reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el
Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de
Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folios
San José, 30 de noviembre de 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(IN2010001176) Jueza
A la notaria, Lic. Criseld Morales Kirton, cédula de identidad
número 1-1066-0711, de domicilio ignorado, hace saber: Que en el Proceso
Disciplinario Notarial N° 09-000122-0627 interpuesto en su contra por Registro
Civil, se han dictado las resoluciones que dicen: Proceso Disciplinario
Notarial N° 09-000122-627-NO de Registro Civil contra la notaria pública
Criseld Morales Kirton. Juzgado Notarial; Primer Circuito Judicial de San José,
a las nueve horas treinta minutos del catorce de abril del año dos mil nueve.
Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Registro
Civil contra la notaria pública Criseld Morales Kirton, a quien se confiere
traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo debe informar respecto
de los hechos denunciados en el oficio N° DC-0583-2009 y ofrecer la prueba de
descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código
Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que
dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y
aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que
dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones,
ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de
que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por
el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se
dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera
simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios
distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma
expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será
esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico,
la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste
deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le
previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente
detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá
necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales
consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de
señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos
se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del
Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los
Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de
cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la
notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso
restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de
realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la
notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada.
(artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29
de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada,
personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona al
juzgado de Menor Cuantía de Desamparados quienes podrán notificarla
personalmente o en su domicilio: Urbanización Nuestra Señora Esperanza, casa 11
d esquinera. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por
el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados.
Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a
la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que
certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En
caso de tenerlo; remita copia literal certificada del poder en que así conste.
Lic. Juan Federico Echandi Salas, Juez. w / “Proceso Disciplinario Notarial
Exp. Nº 09-000122-0627-NO Denunciante: Registro Civil Denunciado: Lic. Criseld
Morales Kirton Juzgado Notarial, San José a las catorce horas treinta y un
minutos del cuatro de Setiembre dos mil nueve. Siendo que en autos consta
oficio donde el Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados indica que la
dirección de la denunciada NO se encuentra dentro de su Perímetro Judicial se
ordena comisionar a la Policía De Proximidad De Damas De Desamparados a efecto
de notificar el auto de traslado de la denuncia a la notaria Licda. Criseld
Morales Kirton dirección que a continuación se indica: San Jose, San Lorenzo De
Damas De Desamparados, Urbanizacion Nuestra Señora de la Esperanza, del Super
La Esperanza, 100 sur; casa Nº 11-D esquinera. Lic. Grace Hernández Herrera,
Jueza”. y “Proceso Disciplinario Notarial Expediente: 09-000122-0627-NO
Denunciante: Registro Civil Denunciado: Lic. Criseld Morales Kirton. Juzgado
Notarial. San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta de
noviembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la
notaria Lic. Criseld Morales Kirton, la resolución de las nueve horas treinta
minutos del catorce de abril del año dos mil nueve en las direcciones por el
reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados, y
como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo
represente, esto según certificación de folios
San José, 30 de noviembre del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(IN2010001177) Jueza
A la notaria, licenciada Isabel Pellecer
Salas, cédula de identidad número 1-0952-0201, de domicilio ignorado, hace saber:
que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000861-0627-NO interpuesto en su
contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen: proceso
disciplinario notarial N° 09-000861-627-NO de Archivo Notarial contra la
notaria pública Isabel Pellecer Salas. Juzgado Notarial; Primer Circuito
Judicial de San José; a las siete horas treinta minutos del once de agosto del
año dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario
notarial del Archivo Notarial contra la notaria pública Isabel Pellecer Salas,
a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese plazo
debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio N°
DAN-RP-0854-2009 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para
los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la
Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe
referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere
pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben
indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico,
fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o
si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por
la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán
automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo
y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales
para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de
ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la
que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de
correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la
Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, este deberá de estar
instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte,
que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio
autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en
estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas
respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace
saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta,
en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de
San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este
Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59
de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la
parte denunciada, personalmente o en su domicilio, mediante cédula y copias de
ley, para lo cual se comisiona al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de
Pavas, quienes podrán notificarla en su domicilio: Pavas, Santa Catalina, final
Boulevard, 25 norte y 75 oeste N° 17. Obténgase, por medio de intranet, las
direcciones reportadas por la denunciada en la Dirección Nacional de Notariado
y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código
Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del
Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado
inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada
del poder en que así conste. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza”. y “Juzgado
Notarial. San José, a las trece horas cincuenta y seis minutos del primero de
diciembre del dos mil nueve. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la
notaria licenciada Isabel Pellecer Salas, la resolución de las siete horas
treinta minutos del once de agosto del dos mil nueve en las direcciones por
ella reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados,
y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que
lo represente, esto según certificación de folios 22, de conformidad con lo
dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone
notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se
publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se hace saber a la notaria licenciada Isabel Pellecer Salas que se le
denuncia por supuesta omisión de firma en instrumento público. Remítase oficio
a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público a
la denunciada licenciada Isabel Pellecer Salas. Notifíquese.
San José, 1º de diciembre del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1 vez.—(IN2010001178). Jueza
Al notario, licenciado Mauricio Alpízar Jara,
cédula de identidad número 1-0776-0795, de domicilio ignorado, hace saber: que
en el proceso disciplinario notarial N° 09-000373-0627-NO interpuesto en su
contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen:
“Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000373-0627-NO. de: Archivo Notarial.
Contra: Mauricio Alpízar Jara. Juzgado Notarial; San José, a las nueve horas
del primero de junio del dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente
proceso disciplinario notarial de Archivo Notarial contra Mauricio Alpízar
Jara, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. Dentro de ese
plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en oficio DAN-RP-0038-2009
de fecha 5 de marzo del dos mil nueve y ofrecer la prueba de descargo que
estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se
tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del
plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la
prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del
plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea:
correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que,
mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los)
medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten
se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como
máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o
iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa,
cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta
autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la
cuenta de correo deberá acreditada por el Departamento de Tecnología de la
Información del Poder. En caso de señalar fax este deberá de estar instalado
dentro del territorio. Asimismo se le previene a cada parte, que si no
escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado
para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no
lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la
parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la
Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José
(tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito
Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la
citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona
encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de
la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta
N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la
parte denunciada, personalmente o mediante cédula y copias de ley, para lo cual
se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires,
Puntarenas quienes podrán notificarlo en: Puntarenas, Buenos Aires del parque
costado suroeste 150 al sur 2° piso de foto Méndez. 2) Puntarenas, Buenos Aires
del Gallo Gollo, 100 al este y 75 al sur, casa esquinera a mano izquierda.
Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado
en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al
numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la
Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique
si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. Lic. Grace
Hernández Herrera. Jueza. scm” y “Juzgado Notarial. San José, a las diez horas
cuarenta y tres minutos del primero de diciembre del dos mil nueve. Siendo
fallidos los intentos por notificarle al notario licenciado Mauricio Alpízar
Jara, la resolución de las nueve horas del primero de junio del año dos mil
nueve en las direcciones por él reportadas en la Dirección Nacional de
Notariado, el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el
Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de
folios 14 y 15, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo
153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la
presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín
Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se hace saber al notario Lic.
Mauricio Alpízar Jara que se le denuncia por supuesta omisión de firmas en
instrumentos públicos. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos,
para que le nombre un defensor público al denunciado Lic. Mauricio Alpízar
Jara. Notifíquese
San José, 1º de diciembre del 2009.
Lic.
Grace Hernández Herrera
1
vez.—(IN2010001180). Jueza
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las diez horas del veintidós de marzo de dos mil diez; en la puerta exterior de este despacho, soportando hipotecas de primer grado y gravamen judicial y con la base de trescientos dieciocho mil veinticinco colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cuatrocientos setenta y nueve mil doscientos sesenta y cinco-cero cero dos la cual es terreno con una casa sector, letras lote B-41, Urbanización Los Guidos. Situada en el distrito sétimo Patarrá, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote B-32; al sur, calle pública; al este, lote-B 40, y al oeste, INVU. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de María del Rosario Flores Olivas contra Rosa Valle Bejarano. Expediente Nº 09-000482-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2010.—Lic. Amadita Barrantes Delgado, Jueza.—(IN2010008010).
Con ocho días de plazo, se cita y emplaza a todos los causahabientes y demás interesados en las diligencias número 09-300090-0216-LA, que es consignación de prestaciones del trabajador fallecido: Ronny Javier Sojo Chacón, quien en vida fue mayor, costarricense, casado dos veces, investigador del Organismo de Investigación Judicial, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-0743-0684,con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren e1 dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Karol Vanessa Solano Hidalgo.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, San Sebastián, 20 de enero del 2010.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2010007786).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Argentina Chacón Molina, cédula 2-259-066, mayor, divorciada, vecina del Barrio San José de Alajuela, laboraba para el Hospital San Rafael de Alajuela , fallecido el doce de diciembre del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 09-000881-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 09-000881-1022-LA. gestionante Norman Lilliam Chacón Molina, fallecida Argentina Chacón Molina.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de enero del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007994).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abraham Heriberto Díaz, cédula de residencia 155804293732, quien fue mayor, unión de hecho, vecino de Pilas de Alajuela y laboró para La Barrela S. A., fallecido el 16 de octubre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones bajo el número 10-000033-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000033-1022-LA. Gestionante Sonia Vanessa Díaz Herrera, fallecido Abraham Heriberto Díaz.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de enero del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007995).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Aurelio Ruiz Castillo, cédula 5-070-309, mayor, casado, vecino de Alajuela, Loma Linda en Ciruelas, fallecido el diez de enero del dos mil tres, laboraba para Almacenes El Gollo en Alajuela, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Consignación de Prestaciones, bajo el número 10-000019-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000019-1022-LA. Gestionante Eugenia Úrsula Núñez Rosales, fallecido Marcos Aurelio Ruiz Castillo.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007996).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido José Luis Bustos Ortiz, cédula Nº 2-353-322, mayor, soltero, vecino de El Coyol de Alajuela, laboraba para Riteve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 10-000025-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000025-1022-LA. Gestionante María Lorenza Bustos Ortiz, fallecido José Luis Bustos Ortiz.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del año 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010007997).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes Randall José López Peña,
cédula de identidad número 5-268-597, fallecido el veintitrés de diciembre del
dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajador
fallecido, bajo el expediente número 10-300004-0401-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente número
10-300004-0401-LA-
Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Esteban Alexander Barrantes García, quien fuera mayor, soltero, vecino de Los Guidos de Desamparados, cédula de identidad número uno-mil ciento setenta y nueve-seiscientos ochenta y ocho, quien falleció el veinticuatro de setiembre del dos mil ocho, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente número 09-300097-0237-LA (105-4-09), gestionada por: Maritza Isabel García Rodríguez contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco de Costa Rica BCR Pensiones S. A. apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de enero del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2010007999).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Ana Yanci Ramírez Vega, quien fue
mayor, casada, vecina de Santa Lucía de Barva, Heredia,
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Manuel Gerardo Hernández Zárate, quien
fue mayor, casado, peón agrícola, vecino de Puente Salas, Barva de Heredia, del
Tanque Vega,
A los causahabientes de quien en vida se llamó Víctor Julio Rodríguez Durán, quien fue mayor, casado y técnico mecánico de precisión, vecino de Heredia, con cédula de identidad Nº 1-418-320, se les hace saber que: Hospira Costa Rica Limitada, portadora de la cédula jurídica Nº 3-012-453013, vecina de San José, se apersonó en este despacho en calidad de patrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Víctor Julio Rodríguez Durán. Expediente Nº 09-000819-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 6 de enero del 2010.—Lic. Ingrid Ileana Gregory Wang, Jueza.—1 vez.—(IN2010008002).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y
ahorros legales del fallecido Carlos Enrique Castrillo Ruiz quien en vida fue
mayor, casado, cédula de identidad 602350652, se consideren con derecho a las
mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho,
en las diligencias aquí establecidas bajo el número 09-300088-0319-LA-
Con ocho días de término, contados desde la publicación de este edicto, se cita y emplaza a los que tuvieron derecho como causahabientes de quien en vida fue Ronulfo Rodríguez Román; mayor, cédula dos- doscientos veintisiete-novecientos treinta y ocho, soltero, costarricense; pensionado, vecino de San Miguel de San Roque de Grecia, frente a la plaza de deportes, para que se presenten a este Juzgado en reclamo de sus derechos, caso contrario el dinero pasará a quien corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así en Consignación de Prestaciones Laborales de Trabajador Fallecido número de expediente 10-300003-0900-LA, promovido por Carmen Dulcelina Rodríguez Arias.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 14 de enero del 2010.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—1 vez.—(IN2010008007).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A
las nueve horas del dieciocho de febrero del dos mil diez, en la puerta
exterior de este despacho, libre de gravámenes, pero soportando reservas y
restricciones anotadas bajo las citas 297-00010497-01-0921-002 y por la suma de
dos millones novecientos sesenta y un mil colones, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
0009444-002 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Quebrada
Honda, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Jeannette Obando Silva; al sur, Alejandrina Silva Silva; al este, calle pública
con frente de
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del dos mil diez, y con la base de cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas número seis siete ocho cuatro seis dos, marca Audi, año 2007, Vin WAUZZZ8E87A201101, cilindrada 3123 c.c., color amarillo, categoría automóvil - A4. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril del dos mil diez, con la base de cuarenta mil novecientos noventa y ocho dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil diez, con la base de trece mil seiscientos sesenta y seis dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Andrés Navarrete Rodríguez e Inmobiliaria Corvera de Asturias S. A. Expediente Nº 09-003016-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2010007650).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las diez horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil diez, y con la base de mil sesenta y seis dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor, rematare lo siguiente: Vehículo placas Nº 615245, marca Chevrolet, año 2006, Vin KL1MD61426C063593, cilindrada 800 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil diez, con la base de setecientos noventa y nueve dólares con setenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de abril del dos mil diez, con la base de doscientos sesenta y seis dólares con cincuenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Jorge Arturo Valverde Jiménez. Expediente Nº 09-015621-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2009.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010007651).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de San José, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y dos cero-cero-cero, que es terreno para construir. Ubicado: en el distrito tercero Daniel Flores, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Mide: mil quinientos veintiún metros cuadrados. Colinda: el norte, con Ana Yancy Beita Reyes, Dignora Navarro Jiménez e Ibo Chacón Montero, todos en parte; sur, Jorge Mata Valverde y Kenia María Chacón ambos en parte; este, servidumbre de paso con un frente a ella de tres metros y Kenia María Chacon Montero ambos en parte, y al oeste, con Jorge Mata Valverde, plano Nº SJ-1112586-2006. Para el primer remate, con la base de veinte millones ochocientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y seis colones con ochenta y tres céntimos, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez, fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta, con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de quince millones seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con doce céntimos, a efectos de realizar el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil diez, y en caso de no existir oferentes con la base de un veinticinco por ciento de la base original sea la suma de cinco millones doscientos dieciséis mil ciento sesenta y un colones con setenta céntimos, se señalan las nueve horas del veintinueve de abril del dos mil diez. La finca descrita pertenece a Modesto Suazo Cerna. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 09-100252-0188-CI (270-09-R2), establecido por Scotiabank contra Óscar Fernando Chacón Montero y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 12 de enero del 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2010007652).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez, y con la base de dos mil seiscientos seis dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas número quinientos nueve mil cuatrocientos cincuenta, marca Peugeot, año dos mil tres, Vin VF tres dos AN seis AD tres W cero tres tres cuatro nueve dos, cilindrada mil quinientos ochenta y siete c.c., color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil diez, con la base de mil novecientos cincuenta y cinco dólares con cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil diez, con la base de seiscientos cincuenta y un dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Gerardo Ruiz Matarrita. Expediente Nº 09-002212-0640-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 19 de enero del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2010007653).
En la
puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando
servidumbre de entrada, citas: 311-14736-01-0901-
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones y colisiones, boleta Nº 200788956, sumaria 086011670500TC, del Juzgado de Tránsito de Pavas a las quince horas, cero minutos del doce de abril del dos mil diez, y con la base de dos mil novecientos ochenta y dos dólares con noventa y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 554091, marca Suzuki, año 2004, Vin JS3DA32V654130049, cilindrada 1300 c. c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas, cero minutos del veintisiete de abril del dos mil diez, con la base de dos mil doscientos treinta y siete dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas, cero minutos del doce de mayo del dos mil diez con la base de setecientos cuarenta y cinco dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Edgar Yimy Peña Rincón. Expediente Nº 08-016232-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de noviembre del año 2009.—Lic. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.—(IN2010007656).
En la
sala número en la puerta exterior de esta Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada a las ocho horas y cero
minutos del diecinueve de abril del dos mil diez, y con la base de ochenta y
dos millones ochocientos cuarenta y un mil treinta v dos colones con quince
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número 230316-000, la cual es terreno inculto con una
casa, situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón 08 Goicoechea, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, rotonda de calle pública con
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil diez, y con la base de cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 389904, marca Nissan, año 2001, Vin JN1TAZR50Z0020879, cilindrada 3274 c. c., color dorado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del once de junio del dos mil diez, con la base de tres mil trescientos sesenta y dos dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil diez, con la base de mil ciento veinte dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Edgar Gerardo Marín Esquivel. Expediente Nº 09-000516-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de diciembre del año 2009.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010007660).
A las catorce horas del cuatro de marzo del dos mil diez, en este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintisiete mil novecientos setenta y nueve dólares con cincuenta centavos, en el mejor postor rematare: la finca del partido de San José, matrícula 086180-000, que es terreno para construir con dos casas, situado en el distrito cuatro Catedral, de la provincia de San José. Linda: al norte, Alfredo Bready; sur, avenida 18; este, Irma de Armijo, y al oeste, Francisco Chávez. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso, expediente Nº 07-002213-0185 CI ejecutivo hipotecario de Tucan Holding S. A. contra La Casa del Azulejo y El Piso Cerámico S. A.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 4 de enero del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(IN2010007664).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales a las catorce horas y cero minutos del seis de abril del dos mil diez, y con la base de dos millones ciento cincuenta y siete mil seiscientos cuarenta y nueve colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 558471, marca Skoda, año 2004, Vin TMBPD16Y543945343, cilindrada 1390 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de abril del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos dieciocho mil doscientos treinta y seis colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de mayo del dos mil diez con la base de quinientos treinta y nueve mil cuatrocientos doce colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Minor Castillo Barboza. Expediente Nº 08-029930-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del año 2009.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2010007667).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las, nueve horas, treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil diez, y con la base de un millón doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 620736, marca Geo, año 1990, Vin 2CNBJ18U5L6223824, cilindrada 1600 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas, treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil diez, con la base de novecientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del quince de abril del dos mil diez, con la base de trescientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Franklin Montero Alfaro contra Eladio Villalobos Aragón. Expediente Nº 08-001534-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 17 de setiembre del año 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2010007717).
A las ocho horas y cero minutos del cinco de marzo del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbres de paso a citas 0306-00002256-01-0001-001 y 0413-00000790-01-0001-001 y servidumbre trasladada a citas 0306-00002256-01-0901-002 y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 004666698 000, la cual es terreno césped destinado a tumba, situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Camposanto La Piedad S. A.; al sur, Camposanto La Piedad S. A.; al este, Camposanto La Piedad S. A., y al oeste, Camposanto La Piedad S. A. Mide: un metro con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Sea Servicios Múltiples de Costa Rica S. A. contra Marco Antonio Moya Pacheco. expediente Nº 06-000023-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2010.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—(IN2010007722).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones reservas del ley de aguas, caminos públicos y ley del IDA, a las nueve horas del nueve de marzo del dos mil diez, y con la base de siete millones quinientos mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil trescientos setenta y cinco-cero cero cero. Que es terreno para construir parcela M-01. Sito en distrito dos Pitahaya, cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle con sesenta y seis metros; al sur, y este, con Parcela M-02, y al oeste, con área de protección. Mide: Siete mil setecientos setenta y nueve metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas del nueve de marzo del dos mil diez. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veinticinco de marzo del dos mil diez, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario. Expediente Nº 09-100721-0642-CI de Banco de Costa Rica contra Luis Enrique Mora Ureña.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 12 de enero del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2010007743).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo del año dos mil diez, y con
la base de tres millones de colones y dos millones de colones respectivamente,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos seis-cero
cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuatro
Carrillos, cantón ocho Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Floribeth Villalobos Murillo; al sur, José Arias Valverde; al este, Heydee
Arias Villalobos y servidumbre de paso, y al oeste, María Emilia y Lillian
Chaverri Sáenz. Mide: quinientos ochenta y nueve metros con sesenta y nueve
decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos once mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero la cual es
terreno de café con una casa. Situada en el distrito cuatro Carrillos, cantón
ocho Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
A las
trece horas quince minutos del veinticinco de marzo de dos mil diez, en la
puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libres de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbres
trasladadas inscritas a los tomos: 302 y 394, asientos: 14013 y 11673, y con la
base de cuarenta y cinco millones quinientos cuarenta y seis mil novecientos
cincuenta y nueve colones treinta y dos céntimos, remataré la finca inscrita en
propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 415.916-000, y que se
describe así: Terreno para construir, sito en Venecia distrito quinto de San
Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle
pública con un frente de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las ocho horas y cero minutos del veintidós de febrero del año dos mil diez, y con la base de diez mil novecientos cincuenta y tres dólares con dos centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 620988, marca Toyota Corolla XEI, año 2006, Vin 9BR53ZEC208615529, cilindrada 1794 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil diez, con la base de ocho mil doscientos catorce dólares con setenta y seis centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez con la base de dos mil setecientos treinta y ocho dólares con veinticinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de HSBC de Costa Rica S. A., contra Rodrigo Quesada Vargas. Expediente Nº 08-000488-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de diciembre del 2009.—lic. Jessica Vargas Barboza, Jueza.—RP2010152561.—(IN2010008017).
En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones; a las catorce horas del veinte de abril del dos mil diez, y con la base de cuatro millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 48134-000, la cual es terreno solar con un galerón en el construido. Situada en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Martín Elizondo Durán; al sur, calle pública con un frente a ella de dieciséis punto veintinueve metros; al este, Mario Elizondo Durán, y al oeste, calle pública con un frente a ella de diez metros. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados y la finca partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 91160-000, la cual es para construir. Situada en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Miguel Espinoza; al sur, Mario Elizondo Durán; al este, Mario Elizondo Durán, y al oeste, calle pública Mide: ciento cuarenta y tres metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del cinco de mayo del dos mil diez, con la base de tres millones doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veinte de mayo del dos mil diez con la base de un millón setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecaria de Sonia Segura Muñoz contra Marlene Gómez Solís. Expediente Nº 09-000666-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de enero del 2010.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2010152585.—(IN2010008018).
A las
ocho horas y quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez, en la
puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones judiciales pero soportando servidumbres trasladadas y con la base
de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero uno
nueve tres uno cinco ocho-ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir
con una casa. Situada en el distrito 3º San Juan, cantón 03 La Unión, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Richmond Guillén; al sur,
Vicente Richmond Guillen; al este, Antonio y Rigoberto Richmond Barahona, y al
oeste, calle pública con
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y cero minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL ciento ochenta y siete mil quinientos veinticuatro, marca Isuzu, año mil novecientos noventa y tres, Vin JALB4B1K1P7001389, cilindrada tres mil novecientos centímetros cúbicos, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de abril del año dos mil diez, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del tres de mayo del año dos mil diez con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Geovanny Garro Rodríguez. Expediente Nº 09-002839-0346-CI (D).—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 19 de enero del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2010152638.—(IN2010008020).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del veinticinco de febrero del año dos mil diez, y con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos ochenta cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Adoración Mejía Mata, Municipalidad de Oreamuno; al sur, Adoración Mejía Mata; al este, calle, y al oeste, Carmen Mejía Carpio. Mide: trescientos trece metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del dieciséis de marzo del año dos mil diez, con la base de un millón trescientos doce mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del treinta y uno de marzo del año dos mil diez con la base de cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Cindy Chinchilla Ramírez, Vanessa Chinchilla Ramírez. Expediente Nº 09-001228-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 6 de enero del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—RP2010152639.—(IN2010008021).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de diecisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 4261-000, la cual es terreno de potrero con un edificio. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hacienda Cartago S. A.; al sur, calle; al este, María Rosalina y Alfredo Rodríguez, y al oeste, Hacienda Cartago S. A. Mide: ocho mil ochocientos cuarenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Transportes Miguel Ortega Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-000717-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de enero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010152640.—(IN2010008022).
A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil diez, en la puerta de este juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pera soportando reservas de ley de caminos inscritas al asiento ocho mil ciento ochenta y tres, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno del tomo cuatrocientos sesenta y seis, y con la base de siete millones de colones, remataré la finca del partido de Guanacaste, al sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil doscientos cuarenta-cero cero cero, que es terreno para construir situado en el distrito tercero, Sardinal del cantón quinto de Carrillo de la provincia de Guanacaste, con una medida de ciento veintiún metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, con linderos: norte, Miguel Ángel Salas Madriz; sur, Marvin Canales Rodríguez; este, calle pública con ocho metros, y al oeste, Marvin Canales Rodríguez. Para el segundo remate con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil diez. Para el tercer remate que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca sea con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de abril de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 09-100142-0927-CI (269-4-09)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco de Costa Rica contra Hermes Mauricio Boza Torres y Yira Nísida Chavarría Canales.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2010152670.—(IN2010008023).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del cinco de abril del año dos mil diez (primer remate), y con la base de catorce millones novecientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y siete colones con setenta y un céntimos (¢14.957.937,71), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y seis mil setecientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 20 B; al sur, lote 18 B; al este, calle pública, y al oeste, lote 9 B. Mide: ciento diecinueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de once millones doscientos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con veintiocho céntimos (¢11.218.453,28) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de tres millones setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con cuarenta y dos céntimos (¢3.739.484,42) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Vanessa Sánchez Cordero. Expediente Nº 09-002110-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010152674.—(IN2010008024).
En la puerta exterior de este despacho judicial; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del ano dos mil diez y con la base de un millón de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo, placas número 439376, marca Nissan, modelo 1993, categoría automóvil, carrocería Sedan dos puertas, color blanco, Vin 1N4EB32H6PC742566, cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de mayo del año dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (base rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil nueve, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caracas Petrol S. A., contra Hans Garro Herrera. Expediente Nº 09-001533-373-CI-II.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 07 de diciembre del 2009.—Lic. Marlene Solís Blanco, Jueza.—RP2010152680.—(IN2010008025).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de quince mil ochocientos ochenta dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas número CL 198343, marca Mitsubishi, año 2004, Vin MMBJNK7404D056359, cilindrada 2477 c.c., color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de once mil novecientos diez colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de tres mil novecientos setenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Robert Coto Rodríguez. Expediente Nº 09-001766-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de enero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010152730.—(IN2010008026).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las catorce horas y treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de dieciocho mil novecientos treinta y siete dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 213560, marca Toyota, año dos mil seis, Vin 8AJER32G704006554, cilindrada 2494 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, con la base de catorce mil doscientos dos dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de abril del año dos mil diez con la base de cuatro mil setecientos treinta y cuatro dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Óscar Roberto Vega Castro. Expediente Nº 09-002563-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 08 de enero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010152731.—(IN2010008027).
En la
puerta exterior de este juzgado, a las ocho horas treinta minutos del dos de
marzo de dos mil diez, remataré los siguientes bienes, ambos libre de
anotaciones pero soportando hipoteca de primer grado y servidumbre, 1) con la
base de nueve millones de colones en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público partido de Alajuela, Folio Real número
doscientos ochenta y dos mil novecientos noventa y tres-cero cero uno y cero
cero dos, la cual es terreno para construir, situada en distrito uno Sarchí,
norte cantón doce Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Linda hoy, al
norte, con lote 35; sur, lotes 31, 32 y 33; este, lote 56, y al oeste, calle
pública con once metros. Mide: doscientos noventa y nueve metros con nueve
decímetros cuadrados, plano A-cero ciento ochenta y cinco mil ochocientos
treinta y dos, mil novecientos noventa y cuatro 2) Con la base de nueve
millones de colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en
el Registro Público, partido de Alajuela, Folio Real número doscientos ochenta
y dos mil novecientos noventa y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es
terreno para construir. Situada en distrito uno Sarchí Norte cantón doce
Valverde Vega de la provincia de Alajuela. Linda hoy, al norte, con lote 34;
sur calle pública con
En la puerta exterior de este despacho; soportando libre de gravámenes hipotecarios pero soportando anotaciones de servidumbres trasladadas; a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil diez, y con la base de ciento noventa mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F veinticinco mil novecientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno filial cuatro de dos plantas, destinadas a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito San Rafael cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de Acceso; al sur, lote, 184; al este, Filial tres, y al oeste, filial cinco. Mide: doscientos treinta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del once de marzo del año dos mil diez, con la base de ciento cuarenta y dos mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de marzo del año dos mil diez con la base de cuarenta y siete mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A., contra Mónica De Los Ángeles Araya Esquivel, Sociedad Condominio Ferrol Cuatro Sancazu S. A. Expediente Nº 09-001818-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 01 de setiembre del 2009.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010008166).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas del veintitrés de febrero del año dos mil diez, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número C 028092, marca Freightliner, año 1987, Vin no indica, cilindrada catorce mil cuatro centímetros cúbicos, color blanco, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de marzo del año dos mil diez, con la base de un millón noventa y tres mil ochocientos cuarenta y ocho colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticinco de marzo del año dos mil diez con la base de trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos dieciséis colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Menher de Occidente S. A., contra Albán Castro Hidalgo. Expediente Nº 10-000004-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 14 de enero del 2010.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—RP2010152983.—(IN2010008274).
A las diecisiete horas y cero minutos del dieciséis de febrero del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de setenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 150391-000 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Duarte; al sur, lote 9; al este, calle en medio Lorena Sandí, y al oeste, Sertra Ltda. Mide: doscientos diecinueve metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Guiselle Molina Salas y Sigifredo Fumero Loría. Expediente Nº 06-010579-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de enero de 2010.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—(IN2010008520).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y de anotaciones a las ocho horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil diez y con la base de un millón quinientos noventa y siete mil ciento veinte colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos treinta y uno, marca Hyundai, año 1994, Vin KMHVF21LPRU122378, color rojo, categoría automóvil, propiedad de Sandra Emilia Madrigal López. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil diez, con la base de un millón ciento noventa y siete mil ochocientos cuarenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diez con la base de trescientos noventa y nueve mil doscientos ochenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sandra Barrantes Murillo contra Sandra Madrigal López. Expediente Nº 09-100409-0374-CI.—Juzgado Contravencional de San Isidro de Heredia, 8 de enero de 2010.—Lic. Agnes Chaverri Fonseca, Jueza.—(IN2010008586).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, a las catorce horas del doce de agosto del dos mil diez, y con la base de cincuenta y ocho mil trescientos veintiocho dólares con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y tres mil quinientos treinta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote N-I-54. Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida pública N-2; al sur, Cafetalera Los Cedros S. A.; al este, lote I 55; y al oeste, lote I 53. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de agosto del dos mil diez, con la base de cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y seis dólares con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez con la base de catorce mil quinientos ochenta y dos dólares con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sergio Rolando Venegas Solano. Expediente Nº 09-002952-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010008196).
En la puerta exterior de este despacho;
soportando un único gravamen consistente en reservas y restricciones; a las
11:30 a. m. del día 28 de abril del año 2010, y con la base de seis mil
quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil cuatrocientos
veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 5. Situada en
el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
En la puerta exterior de este despacho; libre
de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre de paso; a las nueve horas y
treinta minutos del uno de marzo del año dos mil diez, y con la base de seis
mil ciento ocho dólares con treinta y cinco centavos más el bono del Banco
Hipotecario de la Vivienda, sea la suma de dos millones setecientos cuarenta y
cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil ochocientos
cincuenta y cinco-cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para
construir, lote 4. Situada en el distrito La Suiza, cantón Turrialba, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 5 Carmen Ramírez;
al este, María Eugenia Núñez Jiménez, y al oeste, calle pública con un frente
de
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas: 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas: 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas a las citas: 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre de ecología y limitaciones a las citas: 2009-00187867-01-0005-001 y 2009-0018767-001-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número 168815-000; que es terreno para construir lote 8, situado en distrito cuarto, Bahía, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, resto reservado destinado a servidumbre de paso Souleacasa Perlas Marinas Tres Limitada; sur, calle pública y Souleaorquídea Paisaje Soleado Doce Limitada; este, calle pública resto reservado destinado a servidumbre de paso Souleacasa Perlas Marinas Tres Limitada, y al oeste, calle pública Residencias Soulea S. A. Mide: mil trescientos ochenta y nueve metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleaorquídea Puesta del Sol Veinte Limitada., cédula jurídica número 3-102-496018. Para el primer remate se señalan las 09:00 horas del 01 de marzo de 2010 con la base de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 09:00 horas del 15 de marzo de 2010 con la base de treinta y cuatro mil setenta y seis dólares con cincuenta y siete centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 10:00 horas del 05 de abril de 2010 con la base de once mil trescientos cincuenta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente número 09-100134-423-CI-1, de Blue Horizon Corporation S. A.; cédula jurídica 3-101-561691, contra Souleaorquídea Puesta del Sol Veinte Limitada, cédula jurídica 3-102-496018.—Juzgado Civil de Osa, 04 de enero del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—(IN2010008218).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas: 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas: 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas a las citas: 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre de ecología y limitaciones a las citas: 2009-00187867-01-0005-001 y 2009-0018767-001-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, Partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número 168818-000; que es terreno para construir lote 17, situado en distrito cuarto, Bahía, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, calle pública; sur, Agropecuaria Sibaja S. A.; este, Souleaorquídea Paisaje Soleado Doce Limitada, y al oeste, Agropecuaria Sibaja S. A. Mide: Mil novecientos setenta metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleaorquidea Del Pacífico Diecisiete Limitada, cédula jurídica número 3-102-5255510. Para el primer remate se señalan las 13:30 horas del 01 de marzo de 2010 con la base de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 13:30 horas del 15 de marzo de 2010 con la base de treinta y dos mil ochocientos doce dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 13:30 horas del 05 de abril de 2010 con la base de diez mil novecientos treinta y siete dólares con cinco centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente número 09-100137-423-CI-1, de Blue Horizon Corporation S. A.; cédula jurídica 3-101-561691, contra Souleaorquidea del Pacífico Diecisiete Limitada, cédula jurídica 3-102-525510.—Juzgado Civil de Osa, 18 de enero del 2010.—Lic. Olga Sandí Torres, Jueza.—(IN2010008220).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, remataré el vehículo marca; Mitsubishi, estilo; Canter, serie; FG53PCA00059, carrocería; plataforma, categoría; carga liviana, número de motor; 4D34M02037, año; 2008, combustible; diesel; capacidad; tres personas, color; blanco, tracción; cuatro por cuatro, placa: CL 235328, que se encuentra inscrito al tomo 2008, asiento: 00308388, secuencia: 002. Para el primer remate con la base del saldo veintidós mil ochocientos veintisiete dólares de los Estados Unidos de Norteamérica se señalan las ocho horas del once de marzo del dos mil diez, fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento de ley, sea la suma de diecisiete mil ciento veinte dólares con veinticinco centavos de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las diez horas del primero de abril del dos mil diez; y para celebrar el tercer remate con la base de cinco mil setecientos seis dólares con setenta y cinco centavos de los Estados Unidos de Norteamérica, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las ocho horas del veintidós de abril del dos mil diez. El vehículo descrito pertenece a Chaves Cordero Jorge Luis. Lo anterior se remata por estar así ordenado en el proceso prendario Nº 09-100880-188-CI Interno (939-09 R3) establecido por Auto Mundial S. A., contra Jorge Luis Chaves Cordero.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 05 de enero del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010152790.—(IN2010008261).
En la puerta exterior de este despacho, libre
de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando reservas y
restricciones a las citas:
310-00002457-01-0901-001 |
310-00002457-01-0918-001 |
310-00002457-01-0916-001 |
310-00002457-01-0919-001 |
310-00002457-01-0917-001 |
|
Condiciones y reservas a las citas:
376-00007980-01-0909-001 |
376-00007980-0911-001 |
376-00007980-01-0910-001 |
376-00007980-01-0912-001 |
Sáquese a pública subasta la finca inscrita
en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número
153010-000; que es terreno de potrero, situado en distrito segundo, Palmar,
cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte,
Desarrolladora Amigos de Minessota S. A., con calle pública en medio con
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero
soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y quince minutos del
veinte de julio del año dos mil diez, y con la base de cincuenta y tres
millones cuatrocientos veinte mil cuatrocientos cincuenta y un colones con
sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil
diecisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir lote número 48
bloque C con una casa. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote número 47 bloque C Viviendas
del Sur S. A.; al sur, lote número 59 bloque C Viviendas del Sur S. A.; al
este, Flor León Villalobos, y al oeste, calle pública número uno con
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de cinco millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y un mil cien derecho cero cero cuatro la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito primero Cartago Oriental, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Héctor Redondo; al sur, Francisco Chávez Garita; al este, calle pública, y al oeste, Rafael Araya Piedra. Mide: mil trescientos ochenta y tres metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del año dos mil diez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Santa Lucía de La Lima Limitada contra Inversiones Vargas y Vargas Monge Limitada. Expediente Nº 09-002575-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010152826.—(IN2010008264).
A las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil diez,
en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libres
de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre
trasladada bajo las citas 0323-00008863-01-0901-001 y con la base de nueve
millones ochocientos cuarenta y dos mil colones, remataré la finca inscrita en
propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 445.471-000, y que se
describe así: terreno para construir lote 16, sito en distrito tercero, San
Juan; cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle
pública con
A las ocho horas treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales y con la base dada por el perito de dos millones quinientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C 145302, marca International, estilo 9400, categoría carga pesada, capacidad 3 personas, año 1991, carrocería cabezal o tracto camión, tracción 6x4, Chasis 2HSFHX5R4MC048027, color blanco, motor marca Caterpillar, cilindrada 14004 c.c., cilindros 06, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple. Expediente Nº 07-000946-0181-CI de Tractomotriz S. A., contra Corporación Internacional Solano Sánchez S. A., y otra.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de enero de 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2010152874.—(IN2010008266).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil diez, y con la base de setenta y dos mil ciento cuarenta y seis dólares con ochenta y tres centavos moneda en curso de los Estados Unidos de Norte América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número EE-026489, marca Caterpillar, año 2007, Vin CAT0420ELHLS03757, cilindrada 4400 c.c., color amarillo, categoría equipo especial obras civiles. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil diez, con la base de cincuenta y cuatro mil ciento diez dólares con trece centavos moneda en curso de los Estados Unidos de Norte América (rebajada en un veinticinco por ciento), para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de mayo del dos mil diez con la base de dieciocho mil treinta y seis dólares con setenta centavos moneda en curso de los Estados Unidos de Norte América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A., de Capital Variable contra Bilt Grupo Constructor S. A., Manuel Emilio Hernández Benavidez. Expediente Nº 09-000701-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de enero del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010152875.—(IN2010008267).
A las
siete horas cuarenta y cinco minutos del ocho de abril del dos mil diez, en la
puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de
gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre
trasladadas bajo los tomos 403 y asientos 5461 y con la base de la hipoteca de
primer grado a favor del banco actor, sea la base de cuatro millones de colones
netos, remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número
455.038-000, que se describe así: Terreno para construir, sito: en el distrito
nueve, Palmera, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con
A las once horas del veinticinco de marzo del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de tres millones ochocientos treinta y seis mil cuatrocientos dieciocho colones cincuenta céntimos, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 396.693-000, y que se describe así: Terreno para construir, sito en Monterrey distrito doce de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Cindy Victoria Rodríguez López; sur, servidumbre de paso; este, Al Remacer La Esperanza Hoy S. A., y oeste, Donald Hernández Cruz y Cilene Rodríguez López. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones ochocientos setenta y siete mil trescientos trece colones ochenta y ocho céntimos, se señalan las once horas del quince de abril de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de novecientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro colones sesenta y dos céntimos, se señalan las once horas del veintinueve de abril de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100867-0297 CI que es ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Donald Hernández Cruz y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 08 de enero de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010152913.—(IN2010008269).
En la
puerta exterior de este juzgado; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce
horas del nueve de marzo del dos mil diez, y con la base de la hipoteca de
segundo grado por estar vencida, sea la suma de veintidós millones trescientos
veintiocho mil setecientos sesenta y siete colones, soportando hipoteca de
primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, reservas y
restricciones con citas 0314-00010783-01-0901-001 y servidumbre trasladada con
citas 0314-00010783-01-0902-001; en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero
cincuenta mil quinientos noventa y dos-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito cuatro Lepanto, cantón uno Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, y este, con Ganadera Cugat S. A.;
al sur, con calle pública con
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada citas 0572-00056041-01-0004-001; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil quinientos veintiocho cero cero cero, la cual es terreno solar. Situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 10 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lidieth Loaiza Chinchilla; al sur, calle pública; al este, Consorcio Comercial Autofisa S. A., y al oeste, Óscar Ortiz Chinchilla. Mide: dos mil cincuenta y nueve metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de un millón novecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Francisco Fernando Vargas Vargas contra Asociación de Iglesias Bíblicas Costarricenses. Expediente Nº 09-000633-0164-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de enero del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010152930.—(IN2010008271).
En la
puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente; a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de diecisiete
millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cero cero ciento noventa mil
cuatrocientos dieciocho-cero-cero-cero la cual es terreno para construir bloque
F lote 3 con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 San Francisco,
cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública
con un frente de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 0380-00009397-01-0900-001, y servidumbre de paso citas: 2009-00065832-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil diez, y con la base de noventa mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00126363-000 la cual es terreno con cultivos. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Macadamia Hils S. A.; al sur, Porcina Cuatro Ases S. A.; al este, Equipos Solvar S. A., y otro Río Toro Amarillo, y al oeste, Quebrada Danta Macadamia Hils S. A., Gerardo Solano Fuentes, Finca V Entuira S. A., Rodrigo Álvarez Reina, Alfredo Cordero, María Ester Cantero, Gustavo O. Solano Cubero, Mario Ceciliano Brevo y calle pública. Mide: un millón doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez, con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de abril del año dos mil diez con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Peter Hans Beger contra Macadamia Hillis Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-027919-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del 2009.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—RP2010152966.—(IN2010008273).
A las ocho horas y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil ciento once-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito segundo, San Juan Grande, cantón segundo Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Emilio Mayorga; al sur, calle pública con veintisiete metros de frente; al este, Danilo Castillo y al oeste, Oviedo Soto Segura. Mide: dos mil setecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Gas Zeta de Costa Rica S. A., contra Edwin Delgado Salguero y Jorge Luna Campos. Expediente Nº 02-002235-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2010152989.—(IN2010008275).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de marzo del año dos mil diez, y con la base de cuatrocientos cincuenta millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y un colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y seis mil ochocientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir con locales comerciales. Situada en el distrito trece, cantón central, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Inst. Ind De Inv. y cult Plan Medic S. A; al sur, Puertas Victoria S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Ernesto Sanarrusia Vargas. Mide: cinco mil nueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez, con la base de trescientos treinta y siete millones ochocientos treinta y nueve mil quinientos ochenta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del año dos mil diez con la base de ciento doce millones seiscientos trece mil ciento noventa y cinco colones con treinta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cerro Escondido Inversiones Sociedad Anónima, Hikoy Sociedad Anónima, Yi Hui Li Zhang. Expediente 10-000023-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del 2010.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2010008513).
En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación; a las quince horas quince minutos del ocho de marzo del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 74222-000 la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 02 Santiago, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Juvenal Fernández Sea lote 20; al sur, Isaac Rivera Portuguez sea lote 22; al este, Rafael Bonilla, y al oeste, Municipalidad de Paraíso. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas quince minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas quince minutos del siete de abril del dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Fernando Rojas Álvarez. Expediente Nº 09-001124-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de enero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2010008518).
En la puerta exterior de este despacho; soportando condiciones y sin más gravámenes; a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil diez, y con la base de dos millones ciento cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 121829-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Oldemar Prieto Prieto; al este, Jesús Hidalgo Prado, y al oeste, Jesús Hidalgo Prado. Mide: trescientos cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos diecinueve mil ciento treinta colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil diez con la base de quinientos treinta y nueve mil setecientos diez colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Para La Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Jonathan Jason Jiménez Vásquez. Expediente Nº 09-000603-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de noviembre 2009.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—(IN2010008632).
En la
puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada y
obligaciones al tomo 310 y asiento
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios al mejor postor remataré: 1. Al ser las ocho horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil diez y con la base de ochenta y tres millones novecientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y nueve colones con cero céntimos finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil veinte-cero cero cero la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, yurro en medio otros; sur, María Isabel Vargas Vargas; este, río Itiquis, y al oeste, carretera con ciento sesenta y cuatro metros setenta y siete centímetros. Mide: cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil diez con la base de sesenta y dos millones novecientos noventa y un mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez con la base de veinte millones novecientos noventa y siete mil doscientos veintidós colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2. Al ser las ocho horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil diez y con la base de ochenta y un millones once mil ciento once colones con cero céntimos la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo sistema de Folio Real, matrícula número noventa y ocho mil seiscientos ocho cero cero cero la cual es terreno de café, caña de azúcar, potrero con casa. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Adrián Sánchez; sur, Clemencia Ramírez; este, río Itiquis, y al oeste, calle pública y otro. Mide: cuarenta y un mil doscientos treinta y cinco metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil diez con la base de sesenta millones setecientos cincuenta y ocho mil trescientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez con la base de veinte millones doscientos cincuenta y dos mil setecientos setenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra El Real VH Ltda. Carpeta electrónica 08-007366-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2010008994).
En la
puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones al tomo
271 y asiento 03122, tomo: 335 asiento: 13862 y servidumbre de paso al tomo 442
y asiento 04373 y demanda penal al tomo 577 y asiento 69352 y libres de
gravámenes hipotecarios al mejor postor remataré las siguientes fincas:
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000366-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Óscar Mauricio Pérez Víquez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Santa Rosa de Santa Cruz, Guanacaste, del Puente doscientos metros oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-uno uno cero nueve-nueve seis ocho, profesión agente de ventas, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Paraíso en el distrito tercero (Veintisiete de Abril), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y este, Wilmar Gutiérrez Baltodano; al sur, Adrián Pérez Víquez, y al oeste, calle pública con diecisiete metros con trece centímetros lineales de frente. Mide: quinientos cuarenta metros cuadrados. Plano catastrado número: G-uno tres tres cuatro siete siete ocho-dos cero cero nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hiciere la señora Yessenia Gutiérrez Ordóñez, mayor, soltera, del hogar, vecina de Playa Junquillal de Paraíso de Santa Cruz, Guanacaste cuatrocientos metros oeste del Cementerio, portador de la cédula de identidad número cinco-trescientos tres - novecientos ochenta y tres, quien no es mi pariente, en el cual le traspasa su derecho de posesión por más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, y mantenimiento de cercos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Óscar Mauricio Pérez Víquez. Expediente Nº 09-000366-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 30 de setiembre del 2009.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2010152015.—(IN2010007169).
Antonia Belén Sánchez, mayor, soltera, agricultora, cédula número uno-trescientos cuarenta-setecientos treinta y cinco, y vecina de San Miguel de Villa Briceño, Golfito, Puntarenas; establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: Terreno de potreros, situado en San Miguel, del distrito tercero Guaycará, cantón sétimo de Golfito, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Isidro José Valverde Mora; sur, calle pública con un frente lineal de ciento setenta y siete metros con cincuenta y un centímetros; este, Isidro José Valverde Mora y calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y siete metros con cincuenta y seis centímetros, oeste, Rafael Durán Sánchez. Plano catastrado Nº P-1196639-2008, con una medida de ocho hectáreas con ocho mil setecientos veintiséis metros con cero decímetros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de tres millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Exp. N° 09-000158-419-AG (interno 185-1-09).—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 18 de enero del 2010.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—1 vez.—RP2010152056.—(IN2010007170).
José Guillermo Badilla Rivera, mayor, casado una vez, agricultor, cédula uno-setecientos veintiocho-doscientos veintinueve, vecino de San Miguel de Páramo de Pérez Zeledón, establece diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de repastos, ubicado en el distrito diez Río Nuevo, del cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José, con una medida de ciento ochenta y nueve mil trescientos sesenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-722694-2001. Linda: al norte, José Hidalgo Quesada en medio de quebrada sin nombre; sur, Berta Quesada Cruz; este, calle pública con un frente a ella de setecientos sesenta y ocho metros con once centímetros; y oeste, Berta Quesada Cruz. La finca la obtuvo por medio de compra que le hiciera a María Lía Rivera Venegas. Sobre el inmueble no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Exp. N° 09-160205-0188-AG (interno 241-09-JC).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152235.—(IN2010007578).
José
Alberto Solís Zamora, mayor, casado una vez, chofer, vecino de Porvenir de
Ciudad Quesada,
Se hace
saber: Que en este Despacho
Inmobiliaria J al Cuadrado S. A., cédula jurídica número: 3-101-317428,
representada por el señor Jorge Eduardo Rivera Pérez; cédula de residencia
número: 184000234416, mayor, ciudadano estadounidense, casado una vez,
empresario, vecino de Guachiprelin de Escazú, promueve diligencias de
información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad la finca sin inscribir que se describe así: Lote de terreno para construir,
cantón siete, Mora, distrito uno, Colón, de la provincia de San José, cuyos
linderos actuales son los siguientes: al norte, y al este, con Quebrada Chorro
del Padre; al sur, con calle pública con
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000236-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Jiménez Cordero, quien es mayor, estado civil casado segundas nupcias, vecino de Liberia, Barrio Imas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero cincuenta y seis-ochocientos noventa y cuatro, profesión empresario, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito primero, cantón primero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ángel Jiménez Cordero; al sur, Miguel Ángel Jiménez Cordero; al este, Miguel Ángel Jiménez Cordero, y al oeste, servidumbre agrícola con un frente de doscientos treinta y siete metros con ochenta centímetros. Mide: dos hectáreas seis mil trescientos treinta y un metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión decenal, y hasta la fecha lo ha mantenido-en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en manterlo limpio y bien cuidado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por. Exp. Nº 09-000236-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 22 de julio del 2009.—Lic. Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—(IN2010007776).
Hernán Gerardo Elizondo Sibaja, mayor, soltero, peón de campo,
vecino de Esquipulas de Aguas Zarcas, San Carlos,
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000025-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Junior de Jesús Salas Camacho, quien es mayor, estado civil soltero, agricultor, vecino de Río Frío de Sarapiquí de Heredia, Las Vegas seiscientos metros este de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-mil doscientos cincuenta y cuatro-setecientos setenta y nueve, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca uno: ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno repasto y agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Standard Fruit Company; al sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta y cuatro metros con cincuenta y nueve centímetros lineales; al este, Mariano Álvarez Reyes y al oeste, Feliciano Vargas Morales. Mide: seis mil ciento cuarenta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número H-un millón ciento treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho-dos mil siete. Lo estima en dos millones de colones. Finca dos: ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno montaña y agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Víctor Zamora Delgado; al sur, Yesenia Fonseca Rodríguez; al este, calle pública con un frente a ella de doscientos treinta y tres metros con cuarenta y ocho centímetros lineales y al oeste, Gilberto Jiménez Sánchez. Mide: dos hectáreas dos mil setecientos sesenta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número H-Un millón doscientos cuarenta y tres mil trescientos veintisiete-dos mil siete. Lo estima en tres millones de colones. Finca tres: ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno montaña y agricultura. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Bellaterra Retreat Sociedad Anónima; al sur, Fidelino González Chacón, Marco Aurelio Solano Arroyo, Grace Rocío Solano Méndez, Víctor Julio Rodríguez Vásquez y Domingo Rodríguez Araya; al este, Rigoberto González Navarro y calle pública con un frente a ella de quince metros con cincuenta y cuatro centímetros lineales y al oeste, río Sucio. Mide: cinco hectáreas cuatro mil quinientos noventa y nueve metros cuadrados, bajo el plano catastrado número H-Un millón ciento treinta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete-dos mil siete. Lo estima en cuatro millones de colones, Indica el promovente que sobre los inmuebles a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Junior de Jesús Salas Camacho. Expediente Nº 09-000025-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 07 de enero del 2010.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.––1 vez.––RP2010152579.––(IN2010008032).
Hazel Hernández Hernández, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos ochenta y seis-setecientos veinte, solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno para construir, situado en Bajillo de Matapalo de Abangares, distrito primero Las Juntas, del cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste, con una medida de trescientos ochenta y un metros cuadrados, linda: norte, Teresa Zamora Venegas; sur y oeste, Arecelly Zamora Venegas; y este, con parte de Teresa Zamora Venegas y calle pública de dieciocho metros cuarenta centímetros. Sobre el inmueble no existen condueños ni cargas reales, la titulante es la única dueña, y la estima en la suma de trescientos cincuenta mil colones. La titulante lo adquirió por medio de donación que le hiciera el señor Rafael Zamora Soto, mediante escritura número setenta y dos-ocho el veintinueve de abril del dos mil nueve. Con un mes de término cito a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria (Expediente Nº 09-100106-0927-CI (229-4-2009)-A.—Juzgado Civil de Cañas, 18 de noviembre del 2008.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—RP2010151649.—(IN2010008206).
Por el plazo de treinta días a partir de la publicación del presente edicto, se cita y se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en rendir oposición a las presentes diligencias sucesorias de quien en vida fuera José Humberto Mena Acosta, mayor, soltero, pensionado, vecino de San Pedro de Santa Bárbara, Heredia, con cédula cinco-cero noventa y tres-cuatrocientos siete, para que manifiesten lo que crean pertinentes dentro del referido plazo, bajo apercibimiento de que en caso de omitirlo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 09-001940-0926-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Flores, San Joaquín, 18 de diciembre del 2009.—MSc. Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2010007221).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de María Auxiliadora Arrieta Tencio, quien fue mayor, viuda, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula de identidad 3-132-842, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100325-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 14 de enero del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2010007321).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Belma Sequeira Obando, quien fuera soltera, ama de casa, vecina de barrio San Martín de Nicoya, con cédula número 5-089-858. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000484-0873-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Nicoya.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152215.—(IN2010007539).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Flora Isabel Rojas Zamora; quien fuera mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Juan de San Ramón de Alajuela, cédula 2-341-934. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000452-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152232.—(IN2010007540).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Odilio Rodríguez Jiménez, quien fuera mayor, casado una vez, constructor, cédula de identidad número uno-cero dos ocho nueve-cero cinco cuatro seis, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón, exactamente barrio Morazán frente al taller mecánico Mesén, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina del notario Eduardo Rojas Arroyo, ubicadas en San Isidro de Pérez Zeledón, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Es todo en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, a las catorce horas del veintidós de enero del año dos mil diez.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152239.—(IN2010007541).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Fernando Rodríguez Madrigal y Lliam Sáurez Solano, quienes fueran mayores, cónyuges entre sí, costarricenses, vecinos de Alajuelita, portadores de la cédula de identidad: uno-doscientos cuarenta y tres-ciento doce y uno-doscientos sesenta y nueve-doscientos noventa y seis respectivamente. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2009-100092-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 20 de noviembre del 2009.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—RP2010152247.—(IN2010007542).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Lourdes Obando Jiménez, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Desamparados, cédula Nº 1-0326-0658, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2010.—San José, 25 de enero del 2010.—Lic. Ricardo Vargas Villegas, Notario.—1 vez.—RP2010152251.—(IN2010007543).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ernesto Jiménez Delgado, quien fue mayor, casado una vez, guarda, vecino del barrio El Veinte de Noviembre de Puntarenas, con cédula de identidad número 2-084-1821, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-101910-0432-CI-4.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las diez horas, cincuenta minutos del ocho de enero del dos mil diez.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—RP2010152289.—(IN2010007544).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Umaña Calvo, quien fue mayor, soltero, pintor, con cédula número uno-seiscientos cuarenta y cuatro-setecientos veintisiete, vecino de Orotina en el INVU, quien falleció el veintitrés de enero del dos mil siete, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos y se aperciben a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda, expediente Nº 09-100167-0315-CI-5.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 30 de octubre del 2009.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza.—1 vez.—RP2010152313.—(IN2010007545).
Se cita y emplaza a todos los interesados en proceso sucesorio testamentario en sede notarial de Jacobo Loeb Smit, conocido como Jack Loeb Smit, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Lomas de Ayarco, Curridabat, ciudadano holandés, con cédula de residencia en Costa Rica número uno cinco dos ocho cero cero cero dos cero siete dos cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº 09-0001-3933-3934-SU. Ingrid Reischfleger Montero, Carlos Alberto Mora Moya, Notarios Públicos, San José, Barrio Francisco Peralta, calle treinta y tres, avenidas ocho y diez, número ochocientos sesenta y siete.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero y Lic. Carlos Alberto Mora Moya, Notarios.—1 vez.—RP2010152324.—(IN2010007546).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Paulina Castillo Castillo, quien fuera mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Zaragoza de Palmares, trescientos metros sur y seiscientos suroeste del parque de Zaragoza, portadora de la cédula de identidad Nº 05-0102-0699. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000484-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—RP2010152333.—(IN2010007547).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Alberto Hidalgo Aparicio, quien fuera mayor, viudo, vecino de Paso Ancho, portador de la cédula de identidad, uno-trescientos noventa-mil ciento treinta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2009-000154-0185-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 5 de noviembre del 2009.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—RP2010152335.—(IN2010007548).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Teresa Soto Víquez, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula número 2-157-827, vecina de San Pedro de Poás, Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José, avenida 10 bis, calle 21, número 1080, bufete Campos & Aguilar, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Exp. 0001-2010-D.C.S.—San José, veinticinco de enero del 2010.—Lic. Francisco José Campos Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152377.—(IN2010007549).
Comprobada la defunción del señor Plinio Vargas Chavarría, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez vecino de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número 4-060-520, ocurrida el día catorce de setiembre del año dos mil nueve, se declara abierto su proceso sucesorio. Se nombra, albacea provisional a Hilda Ángela Tencio Céspedes, mayor de edad, ama de casa, viuda, vecina actualmente de San Rafael de Heredia, calle Lobo, del Ebais, doscientos cincuenta metros norte, cédula de identidad número uno-ciento ochenta y nueve-ciento cincuenta y siete, teniéndose a su vez por aceptado formalmente el cargo y como tal se le tiene para todos los efectos legales pertinentes, investida del mismo. Artículo 548 del Código Civil. En consecuencia se le recuerda a la albacea su obligación de presentar un plan de administración del sucesorio y el presupuesto gastos indispensables para la tramitación del proceso, dentro del plazo de quince días, con indicación de la forma en que a su parecer, pueda conseguirse los fondos para cubrirlo, tal y como lo establece el numeral 922 ibidem, por el mismo plazo, deberá presentar inventario de todos los bienes de la sucesión. Lo anterior bajo el apercibimiento de que en caso de incumplimiento y aún de oficio, podrá ser removida del cargo. La albacea deberá incluir en el inventario únicamente los bienes que hubieren pertenecido al causante, absteniéndose de incluir bienes que pertenecen a terceras personas, físicas o jurídicas. Es conveniente recordar que desde vieja data nuestra jurisprudencia patria ha indicado que no es posible confundir los patrimonios del causante con el patrimonio de sus sociedades, ambos son independientes, aunque el causante sea el propietario de todas las acciones. Por lo que no procedería incluir dentro del inventario sucesorio bienes de las sociedades aunque el causante sea el dueño de la totalidad de las acciones de esas sociedades. (Del Tribunal Superior Primero Civil de San José. Voto número 1824-L, de las 8:00 horas del 11 de diciembre de 1991). Se emplaza a los herederos, legatarios, hacedores, y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que podrán tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Publíquese el edicto de ley. Se dispensa de tener como parte a la Procuraduría General de la República, según opinión jurídica OJ cero uno cero-dos mil dos, y circular de la Dirección Nacional de Notariado. Exp. Nº 02-2009, proceso sucesorio notarial promueve Hilda Ángela Tencio Céspedes y otros. Causante Plinio Vargas Chavarría.—San José, 23 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152381.—(IN2010007550).
Que ante esta notaría se tramita sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Felipe Martínez Montiel de nacionalidad nicaragüense con cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero tres cero cuatro siete seis tres seis. Figura como albacea provisional la señora Ana Luisa Zambrana Zambrana conocida como Ana Luisa López Zambrana con cédula de identidad número seis-ciento cinco-trescientos veintitrés. Cualquier interesado al presente sucesorio se le concede el plazo de treinta días para que se apersone ante esta notaría ha hacer valer sus derechos.—Ciudad Cortés, trece de diciembre del dos mil nueve.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº RP2010152383.—(IN2010007551).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Dilia Carvajal Miranda, quien fuera mayor, casada, ama de casa, vecina de San Rafael de Heredia, portadora de la cédula de identidad número 400550888. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002054-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de noviembre del 2009.—Lic. Ólger Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—Nº RP2010152393.—(IN2010007552).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Miguel Ángel
Rojas Arce, cédula Nº 1-161-657, quien fue mayor, agricultor, casado dos veces,
vecino de Ciudad Quesada, barrio La Esperanza, del súper La Esperanza,
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Fernando Baltodano Valverde, quien fuera mayor, divorciado dos veces, Oncólogo, vecino de El Cacao de Alajuela, cédula de identidad Nº 2-211-903. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-003334-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de enero del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.––1 vez.––RP2010152442.––(IN2010007557).
Por escritura pública número cincuenta y dos de las once horas del veintitrés de enero del dos mil diez, del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito Notario Abel Nicolás Chinchilla Mata, se abre el sucesorio notarial del quien en vida fuera Hernán Mora Ureña, mayor, viudo una vez, agricultor, cédula de identidad número uno-cero cero sesenta y cuatro-dos mil seiscientos tres. El suscrito Notario cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de esta acta se apersonen a mi oficina profesional, en defensa de sus derechos, sita en San José, avenida diez bis, calles diecinueve y veintiuno frente al parqueo El Trébol, bajo el apercibimiento de Ley si lo omitieren.—San José, 23 de enero del 2010.—Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.––1 vez.––RP2010152456.––(IN2010007558).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Roiner Ríos Castañeda, quien fuera mayor, soltero, bodeguero, con cédula de identidad que exhibía número: cinco-doscientos setenta y ocho- novecientos ochenta y cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000453-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.––1 vez.––RP2010152457.––(IN2010007559).
Se cita a todos los herederos e interesados en el sucesorio en sede notarial ab-intestato de quien en vida fuera Miguel Alberto Morales Naranjo, cédula Nº 1-0529-0525, mayor, casado una vez, vecino del cruce de Desamparados, San José, para que dentro del término de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de la Lic. Giseis Cheves Romero, sita en Desamparados, urbanización Monte Claro, del puente 100 sur, Nº F8.—Lic. Giseis Cheves Romero, Notaria.––1 vez.––(IN2010007731).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ana Rosa Valerio Bolaños, mayor, cédula cuatro-cero sesenta y cinco-cero noventa y cuatro, soltera, del hogar, vecina de San Luis de Santo Domingo de Heredia, del Abastecedor El Trébol trescientos metros al oeste, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría ubicada en San José, quinientos metros al norte de la Toyota en Paseo Colón, edificio a mano derecha, tercer timbre, tercer piso a reclamar sus derechos; y se apercibe que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2009. Notaría de la Lic. Karla Monturiol Méndez.—Lic. Karla Monturiol Méndez, Notaria.—1 vez.—(IN2010007761).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ernesto Mejía Retana, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Zapote, cédula de identidad número 1-0165-0108. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 10-000003-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, trece de enero del dos mil diez.—Lic. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2010008014).
Habiéndose comprobado la defunción de quien en vida fue: Clarisa Sibaja González, mayor, casada una vez, vecina de Goicoechea, Guadalupe, del hogar, con cédula: uno-uno siete siete-cero cinco tres, se abre su juicio sucesorio Ab Intestato, y por el término de treinta días a partir de su publicación, se cita y emplaza a todos los herederos, interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en esta sucesión, para que dentro del término dicho, se apersonen ante esta notaría en la provincia de San José, ciudad de Moravia, La Trinidad, Urbanización Santa Rosa, de la Licorera Las Rosas, cien oeste veinticinco sur y cincuenta oeste, mano derecha; en resguardo a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieran, la herencia pasará a quien corresponda legalmente. Sucesión extrajudicial y notarial número: cero uno-dos mil diez RGJ.—Moravia, 20 de enero del 2010.—Lic. Rafael Gutiérrez Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010152562.—(IN2010008037).
Se avisa que ante la notaría del Lic. Fernando Murillo Marchini a solicitud de la señora Adelina Láscarez González, portadora de la cédula cinco-cero cero noventa y seis-seiscientos ochenta, se promueve proceso de adopción de persona mayor de edad de Mario Alberto López Láscarez, portador de la cédula uno-mil doscientos setenta y tres-seiscientos setenta y tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a formular oposiciones y hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Fernando Murillo Marchini, Dirección de la oficina: San José, San Pedro de Montes de Oca, avenida segunda, calles uno y tres. Exp. Nº 0001-2009.—San José, 26 de enero del 2010.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—RP2010152629.—(IN2010008044).
A: Carlos José Leitón Umaña se le hace saber que en diligencias de declaratoria de ausencia de Carlos José Leitón Umaña, establecidas por Esmay Cynthia Barker Blair, expediente número 09-100222-0217-CI-3 se ha dictado la resolución que literalmente dice así: “Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica-Limón. A las diez horas treinta y cinco minutos del tres de diciembre del dos mil nueve. Arróguese este despacho el conocimiento del presente asunto. Se tiene por cumplida prevención hecha, se resuelve lo siguiente: Por presentado el anterior proceso de actividad judicial no contenciosa de declaratoria de ausencia de Carlos José Leitón Umaña, portador de la cédula de identidad número siete-cero cuarenta y cuatro-trescientos diez y de paradero actual ignorado. Publíquese un edicto en el Boletín Judicial por tres veces con intervalos de un mes, a efecto de que los que tuvieren noticias del ausente los comuniquen a este Tribunal. Asimismo hágase dicha publicación en un periódico de circulación nacional. A fin de recibir prueba testimonial ofrecida se señalan las catorce horas del veinticuatro de febrero del dos mil diez”. Notifíquese. Licenciado José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 09-100222-0217-CI-3 de Carlos José Leitón Umaña, gestiona Esmay Cynthia Barker Blair.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica Limón, 3 de diciembre del 2009.—Lic. José Aníbal Abarca Gutiérrez, Juez.—RP2010151999.—(IN2010007174).
3 v. 1
alt.
Se hace
saber que en este Despacho Rónald Salas Fernández, mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de Pavas, Carrizal de Alajuela, cédula de identidad Nº
2-417-
3 v. 3.
PUBLICACIÓN de una vez
Por este medio, se hace saber que en este Despacho, bajo el expediente número 09-001404-0187-FA, se tramitan las diligencias de declaratoria de insania de Carmen María Salazar Esquivel, mayor, viuda, pensionada, vecina de Los Anonos, San José, cédula Nº 1-0149-00861. De conformidad con el artículo 236 del Código de Familia, se le otorga el plazo de quince días a todas aquellas que tengan interés en la insania y consecuente curatela que se pide, para que se apersonen y hagan valer sus derechos o bien manifieste su oposición, debiendo con ello señalar lugar o medio para atender sus notificaciones dentro del perímetro judicial de San José. Expediente número 09-001404-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de diciembre del 2009.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2010151963.—(IN2010007172).
Se convoca por medio de edicto a las personas a quienes les corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Juan Pablo Ramírez Quirós, quien es mayor, soltero, sin oficio, vecino de Mercedes Norte de Puriscal, cédula de identidad número 1-1447-365. Expediente Nº 09-100158-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 20 de agosto del 2009.—Lic. Ángela Keiko Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—RP2010151964.—(IN2010007173).
Se le hace saber al señor Diego Albeiro Rojas Ochoa, ciudadano colombiano, mayor, casado, pasaporte de su país PCC98496799, de domicilio desconocido, que en este despacho, se ha instaurado proceso de abreviado de divorcio, promovido por Karolina Valverde González, en su contra, expediente número 06-001228-186-FA. Se ha dictado la sentencia 1544-2007, de las catorce horas quince minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete, que en el por tanto: Acorde con lo expuesto y en virtud de los artículos del Código de Familia y artículos del Código procesal civil citados, se acoge la demanda interpuesta por la parte actora en los siguientes extremos: 1) Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a los señores Karolina Valverde González y Luis Diego Albeiro Rojas Ochoa; por la causal de separación de hecho. 2) No se comprobó en este proceso la existencia de bienes gananciales. Sin embargo, se hace saber a las partes que por ser un imperativo legal, de surgir algún otro bien susceptible de repartición, cada cónyuge adquiere el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes constantes en el patrimonio del otro. Liquidación que se hará en la etapa de ejecución de sentencia. 3) Se resuelve sin especial condena en costas. 4) Para efectos registrales inscríbase el presente divorcio al margen del tomo 431, folio 481 y asiento 961 de la Sección de Matrimonios del Partido de San José; una vez gestionada la ejecutoria por parte de los interesados. 5) Publíquese el edicto de ley, según art. 263 del Código Procesal Civil.—Juzgado Primero de Familia de San José, 27 de noviembre del 2007.—Lic. Yudy Campos Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—RP2010152042.—(IN2010007175).
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Marco Luigi Rolfo Dragone, que en este Despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 09-000808-0338-FA(4) donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Resultando 1. 2. 3. Considerando I. II. Por tanto, Razones dadas, artículos 48 y siguientes del Código de Familia, artículos 155, 221, 420 y siguientes del Código Procesal Civil, se declara con lugar este proceso abreviado de divorcio y al efecto se disuelve el vínculo matrimonial que une a Daisy Olivia Martínez Rojas y Marco Luigi Rolfo Dragone con fundamento en la causal de sevicia en la que incurrió el señor Rolfo Dragone, se declara al señor Rolfo cónyuge culpable. Se omite pronunciamiento sobre la pretensión subsidiaria de separación judicial por haberse acogido la pretensión principal. Sobre alimentos: pierde el señor Rolfo Dragone el derecho a ser alimentado por la señora Martínez Rojas, mantiene la señora Martínez el derecho a ser alimentada por el señor Rolfo Dragone. Sobre menores de edad: no hay hijos menores de edad procreados en este matrimonio. Sobre derecho de ganancialidad: ambos mantienen el derecho a participar en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes que en un futuro puedan aparecer inscritos en el patrimonio del otro que hubieran sido adquiridos a título oneroso durante la convivencia matrimonial. Sobre daño moral: se condena al accionado a indemnizarle a la señora Martínez Rojas el pago de dos millones de colones por el daño moral por él causado. Sobre costas: se condena al accionado al pago de ambas costas del proceso. Firme este fallo inscríbase en el Registro Civil, matrimonios de Cartago, tomo ciento veintidós, asiento doscientos noventa y uno. Notifíquese. Licenciada Patricia Cordero García, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Daisy Olivia Martínez Rojas contra Marco Luigi Rolfo Dragone; expediente N° 09-000808-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 20 de enero del 2010.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010152074.—(IN2010007176).
Se hace saber a Luis Guillermo Jara Solís, quien es mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número 2-471-272 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 2008-000936-186-FA-4, interpuesto por María del Rocío Delgado Muñoz, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del 2010.—Lic. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—(IN2010007226).
Se avisa a Diego Fernando Reyes Salazar, mayor, casado, colombiano, con pasaporte número P18608729, demás calidades en autos desconocidas, representado por su curadora procesal, Licenciada Norma Sheyla Sotela Leiva, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 08-000565-0673-NA establecido por la Licenciada Kattia Vanessa Hernández Méndez en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 10-2010. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas del once de enero del dos mil diez. Resultando: I.—... II.—... III.—... Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: De acuerdo con lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5º, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1º, 2º, 5º, 8º, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se rechaza la excepción de falta de derecho, así como la excepción sine actione agit. Se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de menor de edad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Diego Fernando Reyes Salazar y Candy Castro Leitón, declarando en esta vía judicial el estado de abandono del menor Randy Reyes Castro, con la consecuente pérdida de los derechos de Patria Potestad que ostentaban los aquí demandados Diego Fernando Reyes Salazar y Candy Castro Leitón. Se ordena el depósito del menor de edad en la señora Roxana Gueruth Ballestero Rodríguez, por lo que se le previene presentarse en el plazo de ocho días, aceptar el cargo conferido. Una vez firme la sentencia expídase ejecutoria ante el Registro Civil, para su anotación al margen del menor Randy Reyes Castro, en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al tomo mil ochocientos setenta y dos, folio doscientos treinta y cinco, asiento cuatrocientos setenta. Se falla este asunto sin una especial condena en costas para la vencida. En virtud de haberse incoado la demanda en contra de una persona de domicilio desconocido, publíquese un aviso en el Boletín Judicial que contenga un extracto del contenido de esta resolución, publicación que debe ser diligenciada por la entidad actora. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero 2010.—Lic. Yadira Montero González, Jueza.—1 vez.—(IN2010007234).
Se avisa a William Gerardo Hernández Monge, mayor, cédula número uno-setecientos ochenta y tres-ochocientos veinte, con oficio y domicilio desconocidos, siendo representado en este proceso por el Licenciado Jorge Ramos Rojas, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la Licenciada Karina Peralta Guevara, expediente Nº 07-000428-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 447-2009, Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas del treinta de noviembre del dos mil nueve. Resultando: I.—... II.—... III.—... Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de las personas menores de edad Reiner Steven Onil Onil, Warren Josué Hernández Onil y Yorseth Yancel Vargas Onil. Se extingue a su madre Yorleny Onil Onil y sus padres José Ángel Vargas Marín y William Gerardo Hernández Monge el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de los niños Reiner Steven Onil Onil, Warren Josué Hernández Onil y Yorseth Yancel Vargas Onil, con el ente actor, debiendo el representante legal apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, Reiner Steven Onil Onil al tomo mil seiscientos treinta y seis, folio setenta y ocho, asiento ciento cincuenta y seis, Warren Josué Hernández Onil al tomo mil setecientos dos, folio sesenta y tres, asiento ciento veinticinco, Yorseth Yancel Vargas Onil al tomo mil ochocientos cuarenta, folio ciento ochenta y siete, asiento trescientos setenta y tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de diciembre de 2009.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010007236).
Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Darling Raquel Espinoza Ruiz, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 09-001258-0292-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y seis minutos del diecinueve de noviembre de dos mil nueve. De las presentes diligencias de depósito del menor Keiner José Espinoza Ruiz, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a la señora Darling Raquel Espinoza Ruiz y a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a la parte lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Por medio de edicto, que se publicará por una vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Para notificar a la señora Darling Raquel Espinoza Ruiz, por medio de edicto. Como medida provisional se le concede el depósito provisional del menor Keiner José Espinoza Ruiz, en el hogar de la señora Teófila del Socorro Herrera Gutiérrez, quien deberá en el plazo de tres días, presentarse ante este despacho a aceptar el cargo conferido. Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato Nacional de la Infancia. Expediente Nº 09-001258-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de noviembre del año 2009.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2010007238).
Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza del Juzgado de Familia de Grecia, a la señora Maritza Benavides Hernández, representada por el curador procesal Lic. Carlos Eduardo Chaverri Negrini, hace saber que mediante sumaria tramitada en este Despacho bajo el expediente Nº 09-400374-687-FA, se encuentra la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Grecia, a las nueve horas del trece de enero del dos mil diez. Acerca de la demanda de declaración de abandono establecida por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, se da traslado a la señora Maritza Benavídez Hernández por medio de su curador procesal Carlos Eduardo Chaverri Negrini, por el plazo de cinco días, quien al contestar expondrá con claridad si rechaza los hechos por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones; también manifestará con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En esta oportunidad ofrecerá su prueba, con indicación en su caso del nombre y datos generales de los testigos; ocasión en la que además. Podrá oponer las excepciones tanto previas como de fondo que estime pertinentes. Se le advierte además que en su primer escrito deberá señalar alguno de los medios autorizados por la ley para atender notificaciones futuras, entre lo que cuentan el fax, correo electrónico oficial, o bien estrados; de los cuales deberá elegir únicamente dos e indicar de manera expresa cuál de ellos utilizará como principal. En caso de incumplir con lo aquí prevenido, las resoluciones siguientes se le tendrán por notificadas de manera automática (artículos 34 y 36 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687). Notifíquese esta resolución a la demandada Maritza Benavides Hernández por medio de su curador procesal Lic. Carlos Eduardo Chaverri Negrini al fax: 2283-8910. Publíquese el edicto correspondiente, el cual queda a disposición de la parte promotora para su debido diligenciamiento (artículos 121 y 122 del Código de Familia).” Comuníquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—(IN2010007239).
Se avisa a la señora Alejandra Mayela Areas Arias, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad 01-1096-326 y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 09-000554-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Marta Yoselyn Areas Arias. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2009.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010007243).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Santiago Rodríguez Campos, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Esperanza Campos Chacón. Expediente Nº 09-003167-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2010.—Lic. Frania Rojas Vindas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010007281).
Se avisa al señor José Mora Trejos, mayor, casado, número de cédula Nº 6-187-661, costarricense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 09-000523-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores: Ericka Lorena, Martha Isabel, Yahaira Johana todos Mora Sibaja. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2010.—Lic. Yadira González Montero, Jueza.—1 vez.—(IN2010007333).
Se avisa, al señor Guillermo Ricardo Martínez Rodríguez, mayor, cubano, documento de identidad número DI560403003420, representado por el curador procesal Licenciado Jorge Isaac Solano Aguilar, hace saber que existe proceso Nº 09-000226-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Enriqueta Martínez Fallas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representada por la licenciada Olga Myriam Boza Fernández en contra de Guillermo Ricardo Martínez Rodríguez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas, cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre de 2009.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010007337).
Se hace saber a Rodolfo Sotela Wedel, portador de la cédula de identidad número uno cero novecientos treinta y nueve cero trescientos ochenta y seis y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 2008-001115-186-FA, interpuesto por Catherine Andrea Calvo, dentro del cual se le otorgó traslado por el plazo diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas, diez minutos veinticinco de enero de 2010.—Lic. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—RP2010152470.—(IN2010007581).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Clementina Martir Salguera Centeno mayor, viuda, ama de casa, vecina de San Joaquín de San Antonio de Belén, cédula de identidad número 0501160029; encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Clementina Martir Salguera Centeno, por el de Marta mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Exp. 09-002497-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de noviembre del 2009.—Lic. Ólger Pérez Gómez, Juez.—1 vez.—(IN2010007779).
William Jeffrey Herrera Calderón y Haydee Martínez Céspedes conocida como Grettel, cédula por su orden: 1-974-282 y 1-923-821; vecinos de barrio la Cruz de Higuito de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Exp. Nº 10-400062-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 21 de enero del 2010.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2010152273.—(IN2010007582).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio
civil los contrayentes José David Chaves Vega, mayor, soltero, técnico en
electricidad industrial, cédula de identidad número 1-1269-715, vecino de
Cartago, del Asilo de la Vejez
Orlando Alexánder Alfaro Venegas y Rebeca Isabel Rodríguez Trejos, cédula por su orden: 5-309-111 y 1-1134-243; vecinos de San Antonio de Desamparados y San Rafael Abajo de Desamparados, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Exp. Nº 10-400055-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, diez horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil diez.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2010152373.—(IN2010007584).
Ante esta notaría, se presentaron el día de hoy para contraer matrimonio los señores Wagner Antonio Vásquez Gutiérrez, mayor, costarricense, soltero, comerciante, vecino de Naranjo, setecientos metros al sur de la Unidad Sanitaria, cédula dos-seiscientos sesenta y ocho- novecientos diecisiete, edad diecinueve años, nacido en Grecia, con padres José Antonio Vásquez Collado y Lorena Gutiérrez Jiménez, ambos de nacionalidad costarricenses, se encuentran ambos fallecidos y Erika Araya Zamora, mayor, costarricense, soltera, dependiente, vecina de Naranjo setecientos metros al sur de la Unidad Sanitaria, con edad veintiuno años, lugar de nacimiento Grecia, cédula dos-seiscientos cincuenta-trescientos setenta y siete, con madre Edwin Araya Ávila, Flora Zamora Núñez, ambos vecinos de Valverde Vega y de nacionalidad ambos costarricenses. Lo presente se publica para que terceros interesados en término de ley oponga cualquier objeción. Comunicarlo en Sarchí Norte doscientos metros al norte del Beneficio La Eva.—Valverde Vega, veintidós de enero del dos mil diez.—Lic. María Alejandra Conejo Corrales, Notaria.—1 vez.—RP2010152449.—(IN2010007585).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los
contrayentes Dixmar Pérez Pérez, mayor, soltero, cajero, cédula de identidad
número 3-425-848, vecino de Cartago del EBAIS de Cot
Han comparecido ante esta notaría Tarín Gutiérrez Montero, mayor, soltera, psicóloga, cédula de identidad 5-0289-0833, nacida el 6 de octubre de 1975, en Nicoya provincia de Guanacaste, hija de Julio César Gutiérrez Morales y Flory Teresa Montero Alpízar, ambos costarricenses; y Thomas Liebig, de único apellido en razón de su nacionalidad alemana, mayor, divorciado de primeras nupcias, empresario, pasaporte de su país C2WM26KJ8, nacido el 3 de junio de 1968, en Neubrandenburg Alemania, hijo de Wolfgang Liebig y Monika Liebig, ambos de nacionalidad alemana, expresando su deseo de contraer matrimonio civil. Se concede el plazo de ocho días naturales a partir de la publicación de este edicto para formular oposiciones, de acuerdo con los artículos 25 y siguientes del Código de Familia y 835 y siguientes del Código Procesal Civil. Las oposiciones deben formularse ante esta notaría, en San José, avenida segunda, calle primera, edificio Las Arcadas, piso tres, oficina 10.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010152597.—(IN2010008048).
El suscrito Rodrigo Meza Vallejos, notario público con oficina en San José, avisa que los señores: Carlos Manuel Rosales González, mayor, cédula de identidad Nº 5-0248-0006, nacido en Guanacaste, el día 9 de junio del año 1968, hijo de Fidencio Rosales y Emelina González, todos de nacionalidad costarricense; y Golda Indira Vásquez Sánchez, pasaporte de su país Nº C830778, nacida en Nicaragua, hija de Pablo Emilio Vásquez Espinoza y Vilma Sánchez Moneada, todos de nacionalidad nicaragüense, han manifestado al suscrito notario su deseo de contraer matrimonio civil. Oposiciones por medio del fax: 2285-7090, dentro del plazo de ocho días naturales, contados a partir de la publicación del edicto.—San José, 26 de enero del 2010.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—RP2010152776.—(IN2010008049).
Han comparecido ante mi notaría pública, solicitando contraer matrimonio civil, los señores: Yerlin Tatiana Araya Sánchez, mayor de edad, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 2-513-665, y Ronald Gilberto Vargas Córdoba, ambos vecinos de Santa Bárbara de Heredia, quienes manifiestan que son hijos por su orden de Edwin Araya Bastos y Aracelly Sánchez Gutiérrez y de Gerardo Vargas Sánchez y Lorena Córdoba Delgado, todos de nacionalidad costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá de manifestarlo en el término de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto.—Heredia, 28 de enero del 2010.—Lic. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Notaria.—1 vez.—(IN2010008158).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Eduardo Antonio Quirós
Carpio, mayor, soltero, dependiente, cédula de identidad Nº 3-382-932, vecino
de Cartago,
Se le comunica al señor José Manuel Fonseca
Alvarado, cédula Nº 1-703-479, con domicilio desconocido y paradero ignorado,
que en proceso penal Nº 08-007089-497-TR, contra Martín Horvil Elizondo Zepeda,
por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de Marleisa Pizarro Angulo, se
le tiene como tercero demandado civil, se ordena comunicarle por este medio de
conformidad con el artículo 192 del Código Procesal Penal. Lo anterior por
requerirse así en la causa penal Nº 08-007089-497-TR.—Fiscalía de Heredia,
27 de enero del 2010.—Lic. Valesska Mora Zamora, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010007704).