BOLETÍN JUDICIAL Nº 41 DEL 1º DE MARZO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 03-2006, del 1º de setiembre de 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 83-06, del 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica de los años 2006 al 2007 del Juzgado Especializado contra la Violencia Doméstica de Alajuela, La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            V 5 A 06

Expedientes:       2760

Paquetes:            38

Año:                   2006

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 1 A 07

Expedientes:       2485

Paquetes:            36

Año:                   2007

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

                                                                               Alfredo Jones León

(IN2010014009)                                                      Director Ejecutivo

JUZGADO NOTARIAL

Que en el proceso disciplinario notarial N° 03-001174-0627-NO, de Archivo Notarial contra Yashin Castrillo Fernández, (cédula de identidad Nº 1-612-575), este Juzgado mediante sentencia de las catorce horas, veinte minutos del veintinueve de mayo del dos mil siete, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 29 de enero del 2010.

                                                           Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010012090).

Al notario Fausto Briceño Jaén, cédula de identidad número 5-080-997, de domicilio ignorado, hace saber: Que en el proceso disciplinario notarial N° 09-001324-0627-NO interpuesto en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen: “Proceso disciplinario notarial. Expediente Nº 09-001324-0627-NO. Denunciante: Archivo Notarial. Denunciado: Fausto Briceño Jaén.—Juzgado Notarial.—San José, a las ocho horas, cuarenta y siete minutos del veinticinco de noviembre del dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Archivo Notarial contra Fausto Briceño Jaén, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada, (artículos 4º, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones de Santa Cruz, Guanacaste, quienes podrán notificarlo ya sea en su oficina y casa de habitación: Santa Cruz, Centro, 75 este del Correo. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Regístrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. Grace Hernández Herrera, Jueza”; “Proceso disciplinario notarial expediente Nº 09-001324-0627-NO Denunciante: Archivo Notarial. Denunciado: Fausto Briceño Jaén.—Juzgado Notarial.—San José, a las diez horas, veinticuatro minutos del veintinueve de enero del dos mil diez. Siendo fallidos los intentos por notificarle al notario Fausto Briceño Jaén, la resolución de las ocho horas cuarenta y siete minutos del veinticinco de noviembre del dos mil nueve en las direcciones que tiene reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el Colegio de Abogados, y como no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas que lo represente, esto según certificación de folio 8, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se hace saber a Fausto Briceño Jaén que se le denuncia por el supuesto otorgamiento de escrituras, en el período que va del diecinueve de marzo al dos de abril del dos mil nueve, encontrándose el mismo suspendido por parte de la Dirección Nacional de Notariado. Remítase oficio a la Jefatura de Defensores Públicos, para que le nombre un defensor público a Fausto Briceño Jaén. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez”.

San José, 29 de enero del 2010.

                                                           Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010012091)

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000354-0627-NO, de Registro Civil contra Asdrúbal Mena Bonilla, (cédula de identidad Nº 1-795-415), este Juzgado mediante resolución N° 895-2009 de las siete horas, treinta minutos del diez de noviembre del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, y se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura número cuarenta del tomo once de su protocolo. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 11 de enero del 2010.

                                                           Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010012092).

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000128-0627-NO, de Archivo Notarial contra la notaria Marlene Lobo Ávila, este Juzgado mediante resolución número 00713-2009 de las ocho horas del día siete de setiembre del año dos mil nueve, dispuso imponerle a la citada notaria Marlene Lobo Ávila (cédula de identidad Nº 1-706-350) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 27 de enero del 2010.

                                                           Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010012093).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Teresita Rodríguez Vásquez, quien fue mayor, con cédula de identidad número 2-249-945, se les hace saber que Enid Rodríguez Vásquez, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-271-798, vecina de Guadalupe, se apersonó en este despacho en calidad de hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Teresita Rodríguez Vásquez. Expediente Nº 09-002767-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Judicial de San José, 29 de enero del 2010.—MSc. Manuel Rodríguez Carrillo, Juez.—1 vez.—(IN2010014437).

Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias Nº 09-300179-0237-LA (51-09), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido Gerardo Vásquez Arias, quien en vida fue mayor, costarricense, operario, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la Nº 1-0374-0660; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Gerardina Bermudes Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 4 diciembre del 2009.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.––1 vez.––Exonerado.—(IN2010015116).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Hildebrando Bazan Bustamante, cédula Nº 8-085-365, fallecido el 03-12-2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones de trabajador fallecido bajo el Nº 10-000055-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000055-1021-LA. Por Maribel Ortíz Cambronero a favor de Francisco Hildebrando Bazan Bustamante.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 28 de enero del 2010.—Lic. Guiselle Gené Calderón, Jueza.––1 vez.––(IN2010015275).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros de la fallecida Flor de María Castillo Vallejos, quien en vida fue mayor, soltera, costarricense con cédula de identidad Nº 2-0264-0630, se consideren con derecho a los mismos para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 08-300018-0323-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Los Chiles, Alajuela, a las catorce horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil diez.—Lic. Shirley Montoya Montero, Jueza.––1 vez.––(IN2010015302).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Francisco Madrigal Esquivel, quien fue mayor, casado, vecino de Heredia, Mercedes Sur, urbanización Santa Inés, casa Nº 15 G, con cédula de identidad Nº 4-0115-0663, se les hace saber que Asoc. Solidarista de Empleados del IMAS, se apersonó en este Despacho en calidad de expatrono del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Francisco Madrigal Esquivel, expediente Nº 09-000789-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2010.—Lic. Manuel Rodríguez Carrillo, Juez.––1 vez.––(IN2010015345).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue mayor, casado, inspector, vecino de Cartago, cédula de identidad 3-181-172, se les hace saber que: María del Carmen Guevara Varela, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-194-682, vecina de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente 10-000079-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 4 de febrero del 2010.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(IN2010015387).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Greyvin Alberto Duarte Espinoza, fallecido el trece de diciembre del año dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 10-000018-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. A favor de Adriana Marcela Carballo Espinoza. Expediente Nº 10-000018-0945-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Liberia, 16 de febrero del año 2010.—Lic. Carlos Humberto Venegas Aviles, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010015451).

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

Se le hace saber a Mayela Murillo Alfaro, cédula 1-0509-0399 que se le otorga un plazo de diez días hábiles para que se manifieste sobre los términos de la Gestión de Despido establecida en su contra por el Ministerio de Educación Pública. Tiene acceso al expediente que se encuentra en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, en San Francisco de Dos Ríos.—Lic. César A. Soto Solís, Instructor.—1 vez.—(O.C. 8139).—Solicitud Nº 011-2010.—C-8520.—(IN2010015340).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las quince horas quince minutos, del trece de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 326-11080-01-0901-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de sesenta millones treinta mil seiscientos treinta y tres colones con setenta y seis céntimos, remataré: Finca inscrita en Propiedad, Partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 442.022-000, que es terreno para construir sito en San Rafael de Guatuso, distrito primero del cantón quince de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública y Tío Henry S.A.; al sur y este, Tío Henry S. A., y al oeste, calle pública y Tío Henry S. A. Mide: Mil ochocientos veinticinco metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuarenta y cinco millones veintidós mil novecientos setenta y cinco colones, con treinta y dos céntimos, se señalan las quince horas quince minutos, del veintisiete de mayo de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de quince millones siete mil seiscientos cincuenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, se señalan las quince horas quince minutos, del diez de junio del dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 10-100035-297-CI ejecución hipotecaria de Coocique R. L.  contra Olivier Ángel Acuña Miranda y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de febrero del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010157079.—(IN2010014931).

A las trece horas quince minutos del trece de mayo de dos mil diez; en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de diez millones de colones netos, remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número cuatrocientos veintiséis mil ciento setenta y nueve-cero cero cero, que se describe así: terreno para construir. Sito: en el distrito primero San Rafael, cantón quince Guatuso, de la provincia de Alajuela, colinda al norte, resto de Inversiones Vargas y Argüello S. A.; al sur, resto de Inversiones Vargas y Argüello S. A.; al este, resto de Inversiones Vargas y Argüello S. A.; y al oeste, calle pública con un frente de diez metros. Mide: doscientos veinticuatro metros con noventa y tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de siete millones quinientos mil colones netos, se señalan las trece horas quince minutos, del veintisiete de mayo de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones quinientos mil colones, se señalan las trece horas, quince minutos, del diez de junio del 2010. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100017-0297-CI que es Ejecutivo Hipotecario de Miguel Gerardo Serrano Alfaro contra Agrojusmar S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 de febrero del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010157141.—(IN2010014934).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las trece horas y cero minutos, del quince de abril del año dos mil diez y con la base de un millón ciento ochenta y cuatro mil ciento treinta y nueve colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 270690, marca Toyota, año 1992, vin JT2EL43B9N024264, cilindrada 1456 c. c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos, del treinta de abril del año dos mil diez, con la base de ochocientos ochenta y ocho mil ciento cuatro colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos, del diez de mayo del año dos mil diez, con la base de doscientos noventa y seis mil treinta y cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Suministros Permanentes de Computadoras, Súper Computadoras Ltda. contra Gustavo Adolfo Alfaro Sánchez. Exp. Nº 09-012162-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010157155.—(IN2010014935).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas, del quince de abril de dos mil diez, y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número C ciento cuarenta y seis mil seiscientos ochenta y seis, marca International, año 2000, vin 2 HSCHAER 5 YC 062783, cilindrada 4000 centímetros cúbicos, color verde, categoría Tractocamión (carga pesada). Para el segundo remate se señalan las once horas del veintinueve de abril de dos mil diez, con la base de seis millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas, del trece de mayo de dos mil diez, con la base de dos millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Melody Place S. A. contra Transportes Ortega y Muñoz. Exp. Nº 09-000460-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 5 de febrero del 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010157200.—(IN2010014936).

A las catorce horas cuarenta y cinco minutos, del veinticinco de marzo del dos mil diez, en este Juzgado, soportando hipoteca de primer grado, a favor de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, por la suma original de noventa y nueve mil quinientos dólares y con la base de cincuenta y un millones novecientos cuatro mil ciento setenta y cinco colones, que corresponde al valor declarado del inmueble ante la Municipalidad del cantón de Flores, Heredia, en el mejor postor remataré: finca del partido de Heredia, matrícula número ciento ochenta y dos mil doscientos ochenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en el distrito uno San Joaquín, del cantón ocho Flores de Heredia. Linda: norte, avenida pública dos; sur, lote 2 G; este, lote 18 G; y oeste, calle pública uno. Mide: Doscientos setenta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así en ejecutivo simple 08-000534-185-CI de Olman Piedra Solano contra Byron Zamora Casasola.—Juzgado Sexto Civil de San José, 1º de febrero del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—RP2010157207.—(IN2010014938).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las diez horas quince minutos del dieciséis de marzo del año dos mil diez, y con la base de cuarenta y tres mil setecientos treinta y cuatro dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 218691, marca Chevrolet, año 2007, Vin 3GNFK12377G271488, cilindrada 5300 c.c, color plateado, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del año dos mil diez, con la base de treinta y dos mil ochocientos con 5/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de abril del año dos mil diez con la base de diez mil novecientos treinta y tres con 5/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A., contra Mónica de los Ángeles Araya Esquivel. Expediente Nº 09-001817-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010015349).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando infracciones/ colisiones sumaria número 08-0014130494-TR a las siete horas y treinta minutos del diez de marzo del año dos mil diez y con la base de un millón novecientos diez mil trescientos cincuenta y cuatro colones exactos al mejor postor se rematará lo siguiente: Vehículo placas número CL 159177, marca Nissan, año 1999, Vin 3N1CD11S7ZK000707, cilindrada 2389 c. c., color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil diez, con la base de un millón cuatrocientos treinta y dos mil setecientos sesenta y cinco colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil diez con la base de cuatrocientos setenta y siete mil quinientos ochenta y ocho colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Mainor Carrillo Orozco. Expediente Nº 08-029924-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2009.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010016080).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada con citas 0299-00002896-01; a las catorce horas del siete de abril del presente año, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos mil novecientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 3. Situada en el distrito Alfaro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con diez metros; al sur, José María Badilla Araya; al este, Carmen Lidia y María Emelina ambas Badilla Araya; y al oeste, lote 2 de María Emelina Badilla Araya. Mide: trescientos sesenta y un metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintidós de abril del presente año, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del siete de mayo del presente año con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Menher de Occidente S. A. contra María Emelina Badilla Araya. Exp. Nº 10-000047-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 9 de febrero del 2010.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—RP2010157201.—(IN2010014937).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del año dos mil diez, y con la base de doscientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y ocho colones con ochenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 412044, marca Hyundai, año 1991, vin KMHJF31JPMU106832, cilindrada 1468 c.c., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de abril del año dos mil diez, con la base de ciento noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez con la base de sesenta y seis mil ciento cincuenta y nueve colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Esprocapital S. A. contra Marcela Rodríguez Salas. Exp. Nº 09-002579-0370-CI-3.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 9 de febrero del 2010.—Lic. Mariela Porras Retana, Jueza.—(IN2010015287).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las diez horas quince minutos del dieciséis de marzo del año dos mil diez, y con la base de cuarenta y tres mil setecientos treinta y cuatro dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 218691, marca Chevrolet, año 2007, Vin 3GNFK12377G271488, cilindrada 5300 c.c, color plateado, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del año dos mil diez, con la base de treinta y dos mil ochocientos con 5/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de abril del año dos mil diez con la base de diez mil novecientos treinta y tres con 5/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A., contra Mónica de los Ángeles Araya Esquivel. Expediente Nº 09-001817-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de setiembre del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010015349).

A las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y dos mil novecientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote dos, situada en el distrito 01 Atenas, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alice Ramos Zúñiga; al sur, Jilma Corella Ramos; al este, calle pública con 19 metros de frente en medio de Alice Ramos Zúñiga, y al oeste, Iván Pérez Escobar. Mide: setecientos noventa y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alice Ramos Zúñiga contra José Miguel García Urbina. Expediente Nº 01-002490-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del año 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010015382).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones, a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez y con la base de dos millones doscientos diecisiete mil ciento setenta y cuatro colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 669989, marca Nissan, año 1999, Vin 1N4AB41D1XC714953, cilindrada 1600, color gris, categoría automóvil, tracción sencilla, capacidad 5 personas, estilo Sentra GXE. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos sesenta y dos mil ochocientos ochenta colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez, con la base de quinientos cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y tres colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Esprocapital Sociedad Anónima contra Ana Cecilia Orias Galagarza. Expediente Nº 08-001438-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de febrero de 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010015409).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y cero minutos del veintidós de marzo del año dos mil diez, y con la base de ochenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 571762-000, la cual es terreno de solar, un taller, dos casas una bodega y patio, situada en el distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 16,60 metros; al sur, calle pública con 20,56 metros; al este, Rodolfo Castro Fernández y Johnny Vega Calvo, y al oeste, Eresda Inversiones S. A. y Andrés Chavarría Chavarría. Mide: mil quinientos once metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de abril del dos mil diez, con la base de sesenta mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos veintiuno de abril del año dos mil diez, con la base de veinte mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexander Rojas Aguilar y Automotores Contemporáneos S. A. Expediente Nº 09-016341-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de enero del año 2010.—Lic. Floryzul Porras López, Jueza.—(IN2010015444).

A las siete horas, treinta minutos del trece de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, remataré las siguientes fincas inscritas en Propiedad, partido de Alajuela de la forma en que se dirá y con sus respectivas bases: 1) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando demanda de divorcio bajo el tomo 2009 y asiento 314053, reservas y restricciones bajo el tomo 367, asiento 1215, con la base de veinte millones de colones netos, remataré la finca número 271.607-000, que es terreno de repastos y montaña, sito en Fortuna, distrito siete del cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Dignora Vargas Rojas; al sur, Heriberto Quesada y Manuel Solano y otro; al este, calle pública, y al oeste: Dignora Vargas Rojas, y al suroeste: Álvaro Cordero Rojas, Manuel Solano Salas y Carlos Luis González todos en parte. Mide: diez mil seiscientos trece metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando demanda de divorcio bajo el tomo 2009 y asiento 314053, reservas y restricciones bajo el tomo 312, asiento 2771, con la base de veinticinco millones de colones netos remataré la finca número 312.861-000, que es terreno para construir lote 44, sito en Fortuna, distrito siete, del cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y sur, con lote 43 de Guido Cordero Chavarría; al este, Gerardo Varela Santamaría, y al oeste, camino público. Mide: Dos mil trescientos veinticinco metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de quince millones de colones netos por la primera finca y dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones netos por la segunda finca, se señalan las siete horas, treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones de colones netos por la primera finca y seis millones doscientos cincuenta mil colones netos por la segunda finca, se señalan las siete horas, treinta minutos del diez de junio de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100003-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Guido Cordero Chavarría.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 28 de enero del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010157363.—(IN2010015536).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y medianería, a las diez horas del cinco de abril del dos mil diez, con la base de cinco millones quinientos noventa y siete mil ochenta y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y medianería; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea la(s) finca(s) del partido de Puntarenas, matrícula folio real número ciento veinte mil doscientos cuarenta-cero cero cero, sito en distrito ocho Barranca, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas, cuya naturaleza es bloque I terreno con una casa lote Nº 38. Linda: al norte, destinado a calle pública; al sur, con lote 41 I; al este, con lote 37 I, y al oeste, con lote 39-I. Mide: ciento treinta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados, según plano P-cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos treinta y nueve-mil novecientos noventa y siete. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de cuatro millones ciento noventa y siete mil ochocientos dieciséis colones con cuarenta y un céntimos rebajada en un 25%. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del once de mayo del dos mil diez, con la base de un millón trescientos noventa y nueve mil doscientos setenta y dos colones con trece céntimos, (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario expediente Nº 09-100513-0642-CI-3 de Coopealianza R. L. contra Ania María Ruiz Aguirre.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía y Agrario de Puntarenas.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010157396.—(IN2010015537).

En la puerta exterior del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, a las trece horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil diez, soportando servidumbre traslada según citas número cero trescientos dieciocho-cero cero cero cero dos mil quinientos treinta y seis-cero uno-cero cero cero dos-cero cero uno y con la base de trescientos cinco mil doscientos ochenta dólares, en el mejor postor remataré la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cero cero uno tres cuatro cinco dos cinco-cero cero cero, que es terreno de pastos, lote tercero situada en el distrito primero de Parrita, del cantón de Parrita, de la provincia de Puntarenas, que colinda al norte, con calle pública; al sur, con Hacienda Nambi Ltda. y Olman Vargas Castillo; al este, con Álvaro Fallas Gamboa; y al oeste, con calle pública y Hacienda Nambi Ltda., con una medida de ciento treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del quince de abril del dos mil diez, con la base de doscientos veintiocho mil novecientos sesenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil diez con la base de setenta y seis mil trescientos veinte dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Integron Investment Company S. A., representada por el señor David Keith Marcil en contra de Ridge Valley Asta Corporation S. A., cédula jurídica número 3-101-500413, representada por el señor Adam Sax, pasaporte número JP930005. Exp. Nº 09-100188-425-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita.—Lic. Marlen Baltodano Hernández, Jueza.—RP201015704.—(IN2010015538).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y quince minutos del siete de abril del año dos mil diez, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 156.057-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San José, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Lidia Pottinguer, Ronald Morales otros; al sur, Luis Ángel Campos y Jaime Alfaro; al este, calle pública y Luis Ángel Campos y al oeste, Ligia Artavia. Mide: doscientos setenta y siete metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del siete de mayo del año dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eduardo Chavarría Bravo, Jacqueline Chavarría Ruiz. Exp. 09-002479-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de enero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº RP2010157410.—(IN201015539).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y condiciones, a las once horas del cinco de abril del dos mil diez, y con la base de cuarenta y ocho millones quinientos ochenta mil setecientos ochenta y ocho colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero trescientos cincuenta y nueve mil novecientos diez-cero cero cero, la cual es lote sesenta y ocho terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cuatro Coyolar, cantón nueve Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte con lote sesenta y nueve; al sur con lote sesenta y siete; al este con calle pública con quince punto cinco metros de frente y al oeste con servidumbre de paso con quince punto cincuenta y ocho metros de frente. Mide: setecientos veinte metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de treinta y seis millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos noventa y un colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del once de mayo del dos mil diez con la base de doce millones ciento cuarenta y cinco mil ciento noventa y siete colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Eddy Perera García y otra. Exp. 09-100767-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 17 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—Nº RP2010157469.—(IN2010015541).

A las diez horas del ocho de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal, plazo de convalidación, (Ley de Informaciones Posesorias) y Reservas a la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; con la base de trece millones ochenta mil colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Guanacaste, Folio Real matrícula número ciento cincuenta y seis mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero que es terreno de solar, situado en distrito tres Sardinal, del cantón cinco, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, cementerio de playas del Coco; sur, Luis Román Trigo y Rolando Espinoza Hernández, ambos en parte; este, servidumbre de paso con 3.50 metros de ancho y Corporación de Desarrollo Urbanístico Playas del Coco S. A ambos en parte; oeste, Guillermo Quesada Hernández; mide: veinte mil veinticuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, según plano catastral: G-uno cero ocho ocho cero siete uno-dos mil seis. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintidós de abril de dos mil diez, con la base de nueve millones ochocientos diez mil colones (suma que contiene la rebaja del 25%). y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del seis de mayo de dos mil diez, con la base de tres millones doscientos setenta mil colones (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 09-100229-0295-CI, de Allen Mora Alfaro contra Melvin Alfaro Acuña.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía Grecia, 9 de febrero del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—Nº RP2010157522.—(IN2010015543).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del veintitrés de marzo del año dos mil diez, y con la base de once millones ciento ochenta y seis mil quinientos cincuenta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos, vehículo placas 592737, y con la base de nueve millones seiscientos trece mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones con treinta y ocho céntimos, vehículo placa 639882, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículos placas número 592737, marca Peugeot, año 2005, vin VF3GJWJYB3J520080, cilindrada 1868 c.c., color rojo, categoría automóvil y placas número 639882, marca Hyundai, año 2006, vin KMHCN41CP6U036588, cilindrada 1600 c.c., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de abril del año dos mil diez, con la base de ocho millones trescientos ochenta y nueve mil novecientos quince colones con noventa y seis céntimos (vehículo placa 592737) y con la base de siete millones doscientos diez mil ochenta y cuatro colones con tres céntimos (vehículo placa 639882) ambos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez con la base de dos millones setecientos noventa y seis mil seiscientos treinta y ocho colones con sesenta y cinco céntimos (vehículo placa 592737) y con la base de dos millones cuatrocientos tres mil trescientos sesenta y un colones con treinta y cuatro céntimos (vehículo placa 639882) ambos con rebaja de (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eric Javier Monge Cruz, Lindsay María Villalta Carballo. Exp. Nº 09-029442-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de febrero del 2010.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2010157551.—(IN2010015545).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil diez, y con la base de veinticuatro millones seiscientos veintitrés mil cuatrocientos sesenta colones con un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y tres mil quinientos uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cuarto Piedades Norte, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Laureano Rafael Calvo Rodríguez; al sur, Manuel Gómez Umaña; al este, calle pública con ocho metros; y al oeste, Laureano Rafael Calvo Rodríguez. Mide: ciento veinticuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil diez, con la base de dieciocho millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos noventa y cinco colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil diez con la base de seis millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y cinco colones con dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Mariano Gómez Morales. Expediente Nº 09-000256-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de febrero del 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010157608.—(IN2010015548).

A las catorce horas quince minutos del trece de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, de la manera que se indica y con las bases que se dirán, remataré: 1) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 408-19887-01-0156-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de nueve millones cuatrocientos mil colones, la finca del partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 291.765-000, que es terreno para la agricultura lote 108, Asentamiento Coopezamora, sita en Los Ángeles de San Ramón, distrito ocho del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, río San Rafael; al sur, calle; al este, río San Rafael y en parte Fernando Chacón Bogantes; y al oeste, Fernando Chacón Bogantes. Mide: veinticuatro mil ochocientos veintiséis metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas de la Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, bajo las citas 408-19887-01-0156-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de diez millones seiscientos mil colones, la finca del partido de Alajuela, Folio Real, matrícula Nº 291.827-000, que es que es terreno para la agricultura lote 103, Asentamiento Coopezamora, sita en Los Ángeles de San Ramón, distrito ocho del cantón dos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y este, calle; al sur, Fernando Chacón Bogantes; y al oeste, Fernando Chacón Bogantes y en parte río San Rafael. Mide: veintiséis mil setecientos noventa y seis metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de siete millones cincuenta mil colones para la finca Nº 291.765-000, y la base de siete millones novecientos cincuenta mil colones para la finca Nº 291.827-000, se señalan las catorce horas quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones trescientos cincuenta mil colones para la finca Nº 291.765-000 y la base de dos millones seiscientos cincuenta mil colones para la finca número 291.827-000, se señalan las catorce horas quince minutos del diez de junio de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 10-100106-297-CI ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando Chacón Bogantes.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de  Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de febrero del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Juez.—RP2010157612.—(IN2010015549).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando plazo de convalidación (Ley de Localización de Derechos Indivisos) y demanda ordinaria; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo del año dos mil diez, y con la base de veintidós millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y seis mil doscientos setenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública a Real de Pereira con un frente a ella de 28.77 metros; al sur, Rosa Jiménez Corrales; al este, servidumbre de paso con frente ella de 154.92 metros en medio de ella Sonia Cecilia y Marta, todas Delgado Espinoza; y al oeste, calle pública con frente a ella de 151.23 metros. Mide: seis mil ciento cincuenta y un metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de abril del año dos mil diez, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de abril del año dos mil diez con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Amanda Dos Mil Ocho Sociedad Anónima contra Ana Marcela Jiménez Delgado. Exp. Nº 09-000692-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 25 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010015650).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez, y con la base de dieciocho mil novecientos ochenta y cinco con 17/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 710961, marca Nissan, año 2008, vin JN1BCAC11Z0009435, cilindrada 1598 c.c., color dorado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del siete de abril del año dos mil diez, con la base de catorce mil doscientos treinta y ocho con 87/100 dólares rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril del año dos mil diez, con la base de cuatro mil setecientos cuarenta y seis con 29/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Citibank de Costa Rica S. A. contra Pedro Miguel Medina Guevara. Exp. Nº 09-000401-0504-C.I.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2010015657).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil diez, y con la base de dos millones cuatrocientos noventa y ocho mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil treinta y seis-cero cero uno y cero cero dos (96036-001, 002) la cual es terreno lote 14 bloque I, construir una casa, situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago, provincia Cartago. Colinda: al norte, calle; al sur, Policromía Sociedad Anónima; al este, Policromía Sociedad Anónima, y al oeste, Policromía Sociedad Anónima. Mide: ciento treinta y un metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del catorce de abril del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y tres mil ochocientos setenta y cinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil diez, con la base de seiscientos veinticuatro mil seiscientos veinticinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Cristian Aguilar Monge e Ivannia Ruiz Aguilar. Expediente Nº 09-005171-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 26 de enero del año 2010.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—RP2010157667.—(IN2010015858).

A las catorce horas del veinticinco de marzo del dos mil diez, en este Juzgado con la base de la Hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago, sea la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré: finca del partido de Limón, matrícula número 070602-000, que es terreno con una casa de habitación, lote dos, sito en el distrito 01 Guápiles del cantón 02 Pococí de la provincia de Limón. Linda: norte, Juan Badilla Castro; sur, calle pública; este, Juan Carlos Cubillo Cubillo, y al oeste, Jeanneth Cubillo Cubillo. Mide: cuatrocientos cincuenta y siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así expediente Nº 94-000659-185-CI, ejecutivo simple de Neklesa y Compañía S. A. contra Jorge Cubillo Cubillo.—Juzgado Sexto Civil de San José, 27 de enero del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—RP2010157766.—(IN2010015862).

A las quince horas del seis de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando medianería y servs y medianería, pero libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de dieciséis millones ciento setenta y tres mil trescientos treinta y tres colones con veintinueve céntimos, en el mejor postor remataré: finca del partido de Puntarenas, folio real matrícula número cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, situado en el distrito octavo Barranca, del cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, linda: norte, avenida 5 bis, sur, lote 1326, este, calle 7, y oeste, lote 1254, mide: doscientos noventa y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados, número catastral: P- 0525275-1983. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veinte de abril de dos mil diez, con la base de doce millones ciento treinta mil colones, (suma que contiene la rebaja del 25%) y para la tercera subasta se señalan las quince horas del cuatro de mayo de dos mil diez, con la base de cuatro millones cuarenta y tres mil trescientos treinta y tres colones con veintinueve céntimos, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 09-100560-0295-CI, de Juan Carlos Morales Corrales y otra, contra Berta Ortega Álvarez y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 5 de febrero del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2010016193).

A las nueve horas del lunes veintidós de marzo del dos mil diez, desde la puerta exterior de este Juzgado, ubre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, inscrita la tomo 0377, asiento 14102 y con la base de siete millones seiscientos cuarenta y nueve mil trescientos nueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, matrícula de Folio Real número 447150-000, que se describe así: para construir. Mide: ciento veintiún metros con seis decímetros cuadrados, ubicada en el distrito Patarrá, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Linderos: norte, con Inés Trinidad Sandoval Lizano; al sur, con calle pública con 7,30 metros: al este, con Dahiana Venesa Molina Sandoval, y al oeste, con calle pública con un frente de 21,85 metros. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 07-002009-183-CI de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R. L. (Coopeservidores R. L.) contra José Antonio Fonseca Salazar.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, 15 de febrero de 2010.—Lic. Manuel Briceño López, Juez.—RP2010157937.—(IN2010016280).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando faja de terreno, reservas, restricciones y sin más gravámenes; a las diez horas, treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil diez, y con la base de cinco millones seiscientos cincuenta y ocho mil seiscientos diecinueve colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 100507-000, la cual es terreno para construir lote 168, situada en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 10,00 metros; al sur, Víctor Manuel Segura Céspedes; al este, lote 169, y al oeste, lote 167. Mide: doscientos tres metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas, treinta minutos del doce de abril del dos mil diez, con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y tres mil novecientos sesenta y cuatro colones con setenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas, treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil diez, con la base de un millón cuatrocientos catorce mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Giovanny Delgado Madrigal. expediente Nº 09-000723-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de diciembre del año 2009.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010158002.—(IN2010016283).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del dieciocho de marzo del dos mil diez (primer remate) y con la base de veinticinco mil ochocientos setenta y un dolores, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiún mil veintitrés-cero cero cero, (121023-000), la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01 Guápiles, cantón Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Víctor Manuel Lobo Chávez; al sur, María de los Ángeles y Víctor Manuel Lobo Chávez; al este, Víctor Manuel Lobo Chávez, y al oeste, Víctor Manuel Lobo Chávez. Mide: mil setecientos noventa y cinco metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas, treinta minutos del siete de abril del dos mil diez, con la base de diecinueve mil cuatrocientos tres con 25/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas, treinta minutos del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de seis mil cuatrocientos sesenta y siete con 75/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones El Dorado Siglo Nuevo S. A. contra Anarabella Cárdenas Matarrita. Expediente Nº 09-002085-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de octubre del año 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2010158086.—(IN2010016288).

A las ocho horas treinta minutos del martes dieciséis de marzo del dos mil diez, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción a la Ley de Tránsito a la orden del Juzgado de Tránsito del Primero Circuito Judicial de San José y con la base de seis mil trece dólares con treinta y cinco centavos (U.S.A.$6,013.35), en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número trescientos veintiún mil ochocientos cuarenta y ocho, marca Honda, categoría automóvil, carrocería sedan de cuatro puertas, tracción sencilla, chasis JHMEK4560WS003709, uso particular, estilo Civic VTI, cinco personas, año noventa y nueve, color azul, motor B16A21603033, cuatro cilindros, mil quinientos noventa y cinco centímetros cúbicos. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 07-001010-0183-CI-1 de Franz Amrhein & CO. S.A. contra Inversiones Centroamericana Gallego I.C.G. S.A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 9 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.––(IN2010016519).

A las nueve horas del dieciséis de marzo de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios y con la base de tres mil ochocientos diecinueve dólares con trece centavos, al mejor postor remataré: un vehículo marca Honda, estilo Accord 201, año 1993 capacidad 5 personas, color gris, carrocería sedán cuatro puertas, chasis JHMCB tres seis cuatro cero cero C dos dos ocho cinco uno seis, motor F dos cero A cinco tres cinco cero cero siete uno seis, cuatro cilindros, cilindrada: mil novecientos noventa y siete c.c., combustible gasolina, placa uno seis cuatro nueve tres cinco. Por haberse establecido así en ejecutivo prendario Nº 08-000847-225-CI de Franz Amrhein & CO S. A. contra Luis Mauricio Zúñiga López.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.––(IN2010016521).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Delfín Oconitrillo Vega´, quien fue mayor, casado una vez, operario de construcción, vecino de Barrio Mercedes de Atenas, cédula de identidad Nº 2-255-202, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de marzo del año en curso, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 03-001382-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de enero del 2010.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—1 vez.—(IN2010015037).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Luis Gerardo López Ruiz, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas del veintisiete de abril del año dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 09-000387-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—(IN2010015406).

Se convoca a todos los acreedores de Hotelera Amón Sociedad Anónima, a la junta en la que se discutirá la propuesta formulada por la promovente, la misma se llevará a cabo el próximo veintitrés de abril a las nueve horas, en este despacho, deberán los acreedores legalizantes aportar cédula de identidad, certificación de personería reciente en caso de personas jurídicas y si se dispone otorgar carta poder deberá cumplir los requisitos del numeral 912 del Código de Comercio. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial con ocho días al menos a la fecha de la junta. Expediente Nº 09-000092-0180-CI.—Juzgado Concursal del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Gilda María Gatgens Gómez, Jueza.—1 vez.—RP2010157845.—(IN2010015870).

Se convoca a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Manuel Aragón Monge, quien fuera mayor de edad, divorciado una vez, agricultor, vecino de San Ramón Sur de Pérez Zeledón, cien metros al norte del Restaurante de Papá de Páramo, con cédula número 1-0780-0926, a fin de que comparezcan a este Despacho Judicial a las ocho horas treinta minutos del treinta de abril del año dos mil diez, a efectos de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Proceso sucesorio N° 09-100739-0188-CI interno 790-09-JC4.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 9 de febrero del 2010.—Lic. Mandy Avellan Sánchez, Juez.—1 vez.—RP2010157898.—(IN2010016298).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Isaac Sánchez Campos, a una junta que se verificará en este juzgado a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 09-000280-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de enero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—1 vez.—RP2010158075.—(IN2010016299).

Títulos Supletorios

Abel Sánchez Villarreal, mayor, en unión libre, mecánico, cédula de identidad número seis-ciento sesenta y uno-quinientos cuarenta y seis, vecino de Golfito, Pueblo Civil, Barrio Imas, San Andrés, casa siete, inscribe a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno de montaña y tacotal con 15 hectáreas de tacotal y el resto de montaña. Situado: Río Coto, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Mide: cincuenta hectáreas seis mil ciento trece metros con sesenta decímetros cuadrados. Linda: norte, Luis Fernando Sánchez Villarreal y en parte Agustín Corrales González; sur, Zona de Protección de Manglar; este, Carlos Villalobos Chavarría y en parte servidumbre de paso; y oeste, Zona de Protección de Manglar y Heriberto Araya Araya. Plano catastrado número P-695515-2001. Se estima las presentes diligencias en la suma de un millón de colones y el inmueble en la suma de diez millones de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Expediente Nº 09-000288-419-AG (325-2-09). Promueve: Abel Sánchez Villarreal.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.—(IN2010015327).

2 v. 1.

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000168-0341-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María de los Ángeles Vega Chaves, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Turrialba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-170-777, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de café. Situada en el distrito segundo La Suiza, cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Antonio Araya Abarca, Irma Araya Brenes, Marvin Castillo Araya; al sur, quebrada sin nombre; al este, Irma Araya Brenes, Marvin Castillo Araya, Eugenio Abarca Loaiza y Wilberth Cruz Álvarez; y al oeste, quebrada sin nombre en medio de Danilo Hidalgo Paniagua, Francisco Araya Abarca y Antonio Araya Abarca. Mide: una hectárea seis mil novecientos sesenta y tres metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra en el año 2008, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento general del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por María de los Ángeles Vega Chaves. Exp. Nº 09-000168-0341-CI.—Juzgado Agrario de Turrialba, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2010157094.—(IN2010014946).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000010-0391-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jesús María Porras Chaves quien es mayor, divorciado una vez, vecino de Grecia de la Shell doscientos metros al este, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-doscientos dieciséis-trescientos setenta y cinco, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Antonio Vargas Castro; al sur, Inversiones Paveletskaya S. A.; al este, calle pública con un frente de quinientos sesenta y siete metros con sesenta y cuatro centímetros lineales y al oeste, Quebrada Zapote. Mide: ciento sesenta y tres mil seiscientos noventa metros cuadrados, bajo el plano catastrado número 6-1324307-09. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapeas y general asistencia de la Propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jesús María Porras Chaves. Exp. 10-000010-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 8 de febrero del 2010.—Lic. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010157307.—(IN2010014951).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-001130-1028-CA donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Junta de Educación de la escuela El Carmen de Ciudad Quesada, representada por Mayela Patricia Rodríguez Salazar, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Cedral de Ciudad Quesada de San Carlos, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-514-227, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno zona verde con comedor, aulas y canchas. Situada en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Colegio Técnico Agroindustrial; al sur, Carlos Alfaro Moya; al este, Reinaldo Cerdas Saborío y al oeste, calle pública. Mide: 3 727,19 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la edificación de las instalaciones del Centro Educativo de la escuela El Carmen de Ciudad Quesada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Junta Educativa de la escuela El Carmen de Ciudad Quesada. Exp. 09-001130-1028-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de noviembre del 2009.—Lic. Nancy Allen Umaña, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010157322.—(IN2010014952).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 03-000437-0640-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Fluka Sociedad Anónima, representada por Charbel Boutros Makhlouf, con único apellido en razón de su nacionalidad, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San José, con cédula de residencia número ciento veinticinco-noventa y tres mil treinta-cuatrocientos cincuenta y dos, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de potrero y montes. Situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Zona de Protección y Jorge Mata Acuña; al sur, Fluka Sociedad Anónima; al este, Zona de Protección; y al oeste, camino público. Mide: dos hectáreas siete mil cuatrocientos veintidós metros con dos decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número C-3-1007877-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de forma derivada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cerca del terreno, siembra de árboles de ciprés, corta de zacate. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Boutros Makhlouf Charbel. Expediente Nº 03-000437-0640-CI.—Juzgado Agrario de Cartago, 2 de diciembre del 2009.—Lic. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—(IN2010015331).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000491-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de compañía 3-101-581233, cédula que exhibe número tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil doscientos treinta y tres, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, este y oeste, Wilmar Gutiérrez Baltodano. Mide: doscientas sesenta metros con veinticinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Wilmar Gutiérrez Baltodano y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza, mantenimiento de cercos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por compañía 3-101-581233. Expediente Nº 09-000491-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 20 de enero del año 2010.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2010157512.—(IN2010015553).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000291-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gilmar Arturo Hernández Rodríguez, quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de de Santa Cruz, 150 metros al sur de la plaza Las Tecas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco doscientos diez seiscientos ochenta y seis, profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Alcides Hernández Rodríguez, en medio futura ampliación vial con un frente de veintiséis metros con setenta y dos centímetros lineales; al sur, Yolanda Hernández Rodríguez; al este, Alcides Hernández Rodríguez, y al oeste, calle pública con un frente a la misma de catorce metros con catorce centímetros lineales. Mide: trescientos setenta y tres metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento a la casa, cercas, chapeas periódicas, siembra de arboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Gilmar Arturo Hernández Rodríguez. Expediente Nº 08-000291-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 8 de mayo del año 2008.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—RP2010157514.—(IN2010015554).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-000289-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Odette Cabalceta Castillo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Arado de Santa Cruz, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-cero noventa y ocho-quinientos cuatro, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Elena Rodríguez Díaz; al sur, Ulises Martínez Gutiérrez; al este, Junta de Educación escuela Benito Juárez García de Arado y al oeste, calle pública con un frente a la misma de dieciséis metros con cincuenta cinco centímetros lineales. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hizo el señor Facundo Cabalceta Angulo quien fue el padre y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento a la casa, cercas, chapeas periódicas y limpieza en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Odette Cabalceta Castillo. Expediente Nº 08-000289-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Santa Cruz, 12 de marzo del 2009.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.––1 vez.––RP2010157515.––(IN2010015555).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-000257-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Delaney Barrantes Matarrita, quien es mayor, estado civil soltero en estado de unión libre, vecino de Santa Cruz Guanacaste, sito Arado, del CEN 100 metros al sur y 50 metros al oeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco- doscientos ochenta y siete-cuatrocientos cuarenta y tres, profesión ayudante de construcción, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Arado en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rita Briceño Salazar; al sur, servidumbre de paso con un frente a la misma de once metros veintiocho centímetros lineales; al este, José Barrantes Barrantes y al oeste, Aracelly Matarrita Rodríguez. Mide: doscientos veinticuatro metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle mantenimiento a las cercas, chapeas periódicas y limpieza en general del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Delaney Barrantes Matarrita. Expediente Nº 08-000257-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Santa Cruz, 25 de setiembre del 2008.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.––1 vez.––RP2010157516.––(IN2010015556).

Citaciones

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de José Francisco Sibaja González, quien fue mayor, soltero en unión libre, transportista, vecino de Desamparados, San Juan de Dios, 75 metros sur y 25 este de la fábrica Pipasa, cédula de identidad 1-281-274, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 10-100001-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 28 de enero del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—Nº RP2010156912.—(IN2010014598).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Enrique Masís Gamboa, quien fue mayor, costarricense, casado dos veces, con cédula número uno-cuatrocientos catorce-mil ciento dos, quien fue vecino de la ciudad de Santa Ana del Departamento de Santa Ana, República de El Salvador, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la condición de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010. Notaría del Bufete del licenciado Rodney Zamora Rojas, Gravilias de Desamparados diagonal a la entrada de El Porvenir, tel. 2250-1232, 8394-2710. Fax 2251-9277.—Desamparados, 15 de febrero del 2010.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº RP2010156916.—(IN2010014599).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Mario Ángel Salas Salas, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número siete-cero treinta y siete-setecientos sesenta y ocho, vecino de Orotina, Invu, costado oeste de la plaza de deportes, casa número ciento ochenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2010.—Lic. Erick Castro León, Notario.—1 vez.—Nº RP2010156956.—(IN2010014600).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Víctor Ávila Madrigal, mayor, costarricense, soltero, portador del número de cédula uno-ciento dos-nueve mil novecientos setenta y siete, quien fue vecino de Golfito el Invu kilómetro tres, casa número ochenta y cinco, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2009-007. Notaría de Camilo Diego Cedeño Castro, diagonal a la Policía de Proximidad de Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas.—Lic. Camilo Diego Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—Nº RP2010156962.—(IN2010014601).

Ante mí, licenciado Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura número 365 de fecha 17 de febrero del año 2010, visible al folio 152 frente, del tomo dieciocho, otorgada a las 10 horas, se tiene abierto ante esta notaría el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María Teresa Rivera Aguilar, quien era mayor, viuda una vez, taxista, vecina del mismo lugar, cédula tres cero noventa ciento noventa y cuatro, quien falleció el primero del febrero del año dos mil seis. Se invita a terceros con algún derecho, para que hagan valer su derechos ante esta notaría, sita diagonal al liceo Castro Madriz, barrio Córdoba.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—Nº RP2010156989.—(IN2010014602).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Lillian Annette Iverson Burton, quien fue mayor, viuda de su único matrimonio, de oficios de su hogar, vecina de Barrio Francisco Peralta, de la Casa Italia, cien metros al oeste y setenta y cinco al sur, casa número ochocientos cincuenta y dos, ciudadana estadounidense, portadora de la cédula de residencia número ciento ochenta y cuatro-cero cero cero seiscientos siete mil diez y anteriormente ciento setenta y cinco-treinta y ocho mil trescientos cincuenta y siete-tres mil doscientos ochenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, en mi notaria sita en San José, Barrio Rohrmoser, del Parque de La Amistad, seiscientos metros al oeste y cincuenta al sur, edificio Phoenicia, segundo piso. Expediente número cero cero cero uno-dos mil diez.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Rebeca González Monge, Notaria.—1 vez.—RP2010157030.—(IN2010014953).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue José Marcos Bustos Contreras, quien fuese mayor, casado en segundas nupcias, comerciante, vecino de Guanacaste, Santa Cruz, Cartagena, cédula de identidad número cinco-cero treinta y tres-cero sesenta, para que dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil diez, notaría del licenciado Allan Valverde Vargas, ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, casa número ochocientos treinta y siete.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010157031.—(IN2010014954).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 917, 945 del Código Procesal Civil y artículo 129 del Código Notarial, se cita y emplaza a todos aquellos interesados, herederos y legatarios ojie en esta Notaría se ha iniciado en sede notarial la sucesión de Jorge Humberto Bermúdez Mora, quien fue mayor, casada una vez, pensionado, cédula número uno-trescientos-doscientos setenta, vecino de San José, Hatillo, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada en Guadalupe, Goicoechea cien metros al sur y veinticinco al oeste.—Lic. Franklin González Cubero, Notario.—1 vez.—RP2010157068.—(IN2010014958).

Se cita y emplaza a los interesados en sucesión de Luis Humberto Castro Serrano, cédula tres-doscientos cincuenta y tres-ciento ochenta, para que dentro de treinta días a partir de esta publicación, reclamen sus derechos. Si no se presentan dentro del plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente  uno-dos mil diez en sede notarial.—Lic. Clarita María Solano Villalobos, Notaria.—1 vez.—RP2010157092.—(IN2010014959).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Lidia Fallas Cartín, quien fuera mayor, viuda vecina de Turrialba y Rafael Ángel Fallas Cartín, quien fuera mayor divorciado, vecino de Turrialba. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000204-0341-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 24 de setiembre del año 2009.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2010157099.—(IN2010014960).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Óscar Phillips Phillips, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Cañas, Guanacaste, cédula número siete-cero veintinueve-seiscientos veintinueve, para que dentro de plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que se consideran tener calidad herederos, y que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil diez.—Lic. Asman Frew Davidson, Notario.—1 vez.—RP2010157122.—(IN2010014961).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Myriam Ruiz Medina, mayor, soltera, pensionado, vecina de Limón, barrio Pacuare Viejo, cédula número ocho-cero cuatro seis-ocho seis cuatro, para que dentro de plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que se consideran tener calidad herederos, y que si no se presenten dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente números cero nueve-cero nueve-cero cuatro. Notaría del Bufete de Osman Frew Davidson.—Lic. Osman Frew Davidson, Notario.––1 vez.––RP2010157123.––(IN2010014962).

Se cita y emplaza a los posibles interesados en el sucesorio ab-intestato de quien en vida fue Hernán Campos Vega, a efecto en el plazo de treinta días contabilizados a partir de la publicación del presente edicto se apersonen a mi oficina, situada en el cantón de Palmares, provincia de Alajuela cincuenta metros al norte de la esquina noreste del parque, a hacer valer sus derechos. De no presentarse reclamo alguno la herencia pasará a quienes corresponda según la normativa legal.—Palmares, 16 de febrero del 2010.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.––1 vez.––RP2010157135.––(IN2010014963).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fernando Bermúdez Sibaja, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Coronado, cédula número uno-trescientos diecisiete-seiscientos noventa y siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 000-9. Notaría del bufete 855, Lic. Norma Vargas Duarte, avs. 8 y 10, calle 25 contiguo al MINAE.—San José, 18 de enero 2010.—Lic. Norma Vargas Duarte, Notaria.––1 vez.––RP2010157142.––(IN2010014964).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Lorenzo Ledezma Ledezma cc Ramón Ledezma Ledezma, quien fuera mayor, casado una vez, ebanista, vecino de Heredia, urbanización Bernardo Benavides, cédula de identidad número seis-cero treinta y cuatro-doscientos veintitrés. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001451-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 07 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.––1 vez.––RP2010157160.––(IN2010014965).

El suscrito notario, informa a los herederos y cualquier interesado que ante su notaría se procedió a dar apertura al sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Gloria Céspedes Peña, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos dos-quinientos setenta y seis. Se da aviso a quienes tengan interés que deberán apersonarse ante su notaría, situada, en esta capital, Barrio Dent, de la Librería Internacional, cien metros oeste y cien norte, Bufete Interlex S. A. a hacer valer sus pretensiones o manifestar lo que a bien consideren.—San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010157170.—(IN2010014966).

Por escritura otorgada el día veintisiete de noviembre de dos mil nueve ante el suscrito notario público compareció Eugenio Roberto Richards Pecou, cédula siete-cero noventa-quinientos sesenta y nueve, a solicitar la apertura del sucesorio ab intestato de Elsa Marcelina Pecow Sablo, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, vecina de Limón, barrio Roosevelt, cincuenta metros norte de1 Gimnasio Eddy Bermúdez, cédula siete-cero veinticinco-doscientos sesenta y nueve. Por el término de treinta días a partir de su publicación se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores en general y a todos los interesados en la presente sucesión, para que dentro de este término se apersonen ante mi despacho ubicado en Limón, veinticinco metros oeste de los Tribunales de Justicia, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quién legalmente corresponda. Sucesión extrajudicial notarial. Exp. Nº RGC-001-2009. Bufete Roberto Gourzong Cerdas.—Limón, veintisiete de noviembre del 2009.—Lic. Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010157176.—(IN2010014967).

Por escritura otorgada el día trece de marzo de dos mil ocho ante la suscrita notaría pública, compareció Amalia Meléndez Marín, a solicitar la apertura del sucesorio ab intestato de Maximina Marín Araya, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, costarricense, de igual vecindario que el suyo, cédula cinco-cero sesenta y ocho-ochocientos noventa y cuatro. Por el término de treinta días a partir de su publicación se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores en general y a todos los interesados en la presente Sucesión, para que dentro de este término se apersonen ante mi despacho ubicado en Limón, veinticinco metros oeste de los Tribunales de Justicia, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Sucesión extrajudicial-Notarial. Exp. NTCR-001-2008. Bufete Thelma Curling Rodríguez.—Limón, veintidós de abril del 2009.—Lic. Thelma Curling Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010157178.—(IN2010014968).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Óscar Rafael Madrigal Monge, con cédula de identidad número uno-cuatrocientos ochenta y siete-ciento siete, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezca a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quién corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil diez. Lic. Geovanny Víquez Arley, domiciliado en Curridabat, diagonal al Indoor Club.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Geovanny Víquez Arley, Notario.—1 vez.—RP2010157209.—(IN2010014969).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Froilán Bolaños Rojas, quien fue mayor de edad, divorciado, ingeniero civil, vecino de Grecia, cédula número dos-doscientos noventa y seis-cero veintiocho, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100001-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 28 de enero del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2010157232.—(IN2010014970).

El día 27 de enero del 2010, compareció ante esta notaría, la señora Mayela Brenes Cirilo Ana María, mayor, cédula de identidad número cuatro-uno dos nueve-seis tres seis, para solicitar la apertura y tramitación del proceso sucesorio en sede notarial Nº 001-2010, de quien en vida fue Cascante Castro Luis Olman, mayor, cédula de identidad número uno-tres tres seis-ocho cinco seis.—Lic. Óscar José Porras Cascante, Notario.—1 vez.—RP2010157284.—(IN2010014971).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Idalie del Carmen Madrigal Elizondo, cédula Nº 1-375-762, quien en vida fue casada una vez, ama de casa, vecina de Coopa Buena de Agua Buena, Coto Brus, Puntarenas, Barrio Zamorali, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar su derechos, y se aperciban los que creen tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010. Sucesión de Idalie del Carmen Madrigal Elizondo. Notaría de la Lic. Ana Vita Ureña Valverde.—Lic. Ana Vita Ureña Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2010157297.—(IN2010014972).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Alfredo Chavarría Núñez, quien fuera mayor, viudo, maestro de obras, cédula de identidad número cuatro-ciento catorce-cuatrocientos cuarenta y tres, vecino de San Bosco de Santa Bárbara de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-003137-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 13 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—RP2010157305.—(IN2010014973).

En esta notaría, sita en avenidas veintitrés bis y veinticinco, número dos mil trescientos setenta y cinco, se tramita proceso sucesorio testamentario de Alexis Montero Campos, quien fue mayor, casado una vez, contador público, vecino de esta ciudad, cédula número uno-doscientos quince-cero dieciocho, fallecido el día treinta y uno de enero pasado. Se confiere el término de treinta días, a partir de la presente publicado, así ordenado por el artículo novecientos diecisiete del Código Procesal Civil a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que sino se presentan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, diecisiete de febrero del dos mil diez.—Lic. Rogelio Fernández Moreno, Notario.—1 vez.—RP2010157321.—(IN2010014974).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión legítima en sede notarial de Anita María Morales Sequeira, quien en vida fue mayor de edad, soltera, de oficios domésticos, vecina de San José, Montes de Oca, Lourdes, del Palí, doscientos metros este, portadora de la cédula de identidad número uno*ciento cuarenta y seis-ciento diecinueve, quien falleció el día cinco de octubre del dos mil nueve, en San José, Montes de Oca, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Curridabat, quinientos metros sur y veinticinco este de la Heladería Pops, Bufete Picado & León. Teléfono: 22247312, fax: 2234-7232 ó 2224-8036. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que sino se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero uno-dos mil diez. Notaría de la Lic. Pía Picado González.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—RP2010157327.—(IN2010014975).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión legítima en sede notarial de William Jay, ciudadano del Reino Unido, con cédula de Residente Pensionado en Costa Rica número uno ocho dos seis cero cero cero dos nueve dos tres cero, y pasaporte de su país número siete cero cinco cuatro dos uno cero seis seis, soltero, pensionado, quien falleció el día diez de mayo de dos mil nueve en Sámara Nicoya Guanacaste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José Curridabat quinientos metros sur y veinticinco este de la heladería Pops, Bufete Picado & León. Teléfono 22247312, fax 2234-7232 ó 2224-8036. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero dos-dos mil diez.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—RP2010157329.—(IN2010014976).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gilber Blanco Araya, quien fue mayor, casado una vez, de oficio agricultor, vecino de Zarcero de Alfaro Ruiz, cédula dos-ciento noventa-setecientos cuarenta y siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 09-100544-0295-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alfaro Ruiz, dos de diciembre del dos mil nueve.—MSc. Nubia Villalobos Chacón, Jueza.—1 vez.—(IN2010015029).

Se cita y emplaza a todos los interesados, presuntos herederos y legatarios, en la sucesión de la señora Marta Muñoz Chaves, costarricense, quien en vida fue mayor, casada, ama de casa, quien anteriormente portaba cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y seis-setecientos cincuenta y siete, quien fuera vecina de Heredia, San Joaquín de Flores, seiscientos metros al este de la venta de autos El Amigo, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer sus derechos, se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que sino se presentan dentro del dicho plazo, ha herencia pasará a quien corresponda. Expediente Notarial número 01-2010-MVA. Notaría del Licenciado Mario Alberto Vargas Arias, con oficina en San José, Curridabat, 300 metros al este y 150 al noreste del Registro Nacional.—San José, 18 de febrero de 2010.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—(IN2010015056).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Alex Pérez Montero, quien en vida fue mayor, casado, operador, portador de cédula de identidad uno-cero quinientos ochenta- cero ciento setenta y nueve, quien murió el veintidós de julio del año mil novecientos noventa y nueve, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derecho, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 09-000224-0183-CI, sucesión de Alex Pérez Montero.—Juzgado Cuarto    Civil de San José, ocho de enero del dos mil diez.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—(IN2010015400).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Alexander de la Trinidad Chacón Arce, quien fuera mayor, casado, vecino de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, cédula número uno-seiscientos noventa y nueve-cero cincuenta. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000271-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010015407).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Manuel González Villegas, quien fue mayor, de estado civil soltero, vecino de San José, Barrio Luján, con cédula de identidad número uno-mil trescientos treinta y tres-ciento ochenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000202-222-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José, 30 de noviembre del 2009.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez.—1 vez.—RP2010157360.—(IN2010015558).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Alcázar Obando, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Quepos, de la Iglesia, setenta y cinco metros al este, cédula de identidad número siete-cero veintiuno-trescientos cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2010. Notaría Bufete Ramírez Gómez.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—RP2010157372.—(IN2010015559).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Josefa Cambronero Méndez, quien fue mayor, casada, ama de casa, costarricense, con cédula de identidad Nº 6-0129-0042, y vecina últimamente de Puntarenas, Barrio Corazón de Jesús, lote 53, fallecida el día diecisiete de julio del dos mil ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibido de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100192-0432-CI-1.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las ocho horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil diez.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—RP2010157394.—(IN2010015560).

Avisos

Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, al señor Fidel Carmenate Torres, hace saber que en Proceso Monitorio establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Fidel Carmenate Torres, mediante resolución de las diez horas cuarenta minutos del primero de febrero de dos mil diez, se ha ordenado por medio de edicto notificarle el auto inicial que en lo que interesa dice: Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, a las catorce horas treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil ocho. Con base en el documento presentado, se tiene por admitida la demanda en este proceso monitorio establecida por Banco Nacional de Costa Rica representado por Erick Gerardo Ureña Chavarría y como apoderado especial judicial al licenciado Jorge Luis Quesada Hidalgo contra Fidel Carménate Torres a quien se le ordena que dentro el plazo de quince días, debe pagar a la entidad actora la suma de cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos cincuenta y siete colones con ochenta y siete céntimos de capital, y los intereses inóratenos liquidados en la demanda los cuales van del siete de agosto de dos mil ocho al veinticuatro de noviembre del mismo año, calculados al veintitrés por ciento anual, los cuales se aprueban en la suma de treinta y cuatro mil ciento doce colones noventa y un céntimos, así como también deberá pagar el demandado los intereses futuros hasta la efectiva cancelación de la deuda y las costas procesales y personales en este asunto. Dentro del mismo plazo podrán oponerse las excepciones procesales y materiales previstas en la citada ley. Para ese efecto, deberán proponer la prueba útil, admisible y pertinente, bajo el apercibimiento de calificar de infundada la oposición a la demanda en los términos previstos en los artículos 5.1 y 5.4 de la Ley de Cobro Judicial. Constituyendo el documento base título ejecutivo y hasta por la suma total de quinientos treinta y un mil setenta y ocho colones con sesenta y un céntimos más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo sobre los bienes del demandado, el cual se hace recaer sobre las cuentas comentes y de ahorros que posee en los Bancos del Sistema Bancario Nacional. Hágase la comunicación correspondiente. Asimismo se le (s) previene a los (los) demandados, que deben señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este circuito, para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren o si el medio escogido imposibilitara la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuera impreciso, incierto o inexistente, se les tendrán por notificados automáticamente. (Artículos 2, 5, 6, 7 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales). Notifíquese al demandado personalmente o en su casa de habitación, por medio de la Guardia Civil de Monterrey de San Carlos. Lic. Ernesto Torres Torres, Juez. Por aceptado cargo. Juzgado Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, a las diez horas cuarenta minutos del primero de febrero de dos mil diez. Por parte de la señora Ericka María Montano Vega se tiene por aceptado el carro de Curadora Procesal para la representación del demandado Fidel Carménate Torres, asimismo por señalado medio para atender notificaciones Futuras. Notifíquese al demandado el auto inicial por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta.- Oportunamente se resolverá en cuanto a la excepción interpuesta por dicha curadora. Proceso Monitorio del Banco Nacional de Costa Rica contra Fidel Carmenate Torres, asimismo por señalado medio para atender notificaciones futuras. Notifíquese al demandado el auto inicial por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta. Oportunamente se resolverá en cuanto a la excepción interpuesta por dicha curadora. Proceso Monitorio del Banco Nacional de Costa Rica contra Fidel Carmenate Torres. Expediente Nº 08-101357-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.––1 vez.––RP2010157081.––(IN2010014977).

Se convoca a las personas a quienes podría corresponder la curatela de Flor de María Sandoval Muñoz, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a mostrar su interés en el proceso de declaratoria de insania, expediente Nº 07-000475-187-FA, promovido por María de los Ángeles Muñoz Jiménez, lo anterior en un plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.––1 vez.––RP2010157313.––(IN2010014978).

Se convoca por medio de edicto a las personas a quienes les corresponda la curatela, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Antonio Mora Madrigal, quien es mayor, viudo, agricultor, cédula Nº 1-105-3400, vecino de Santiago de Puriscal. Expediente Nº 09-100207-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 17 de febrero del 2010.—MSC. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.––1 vez.––(IN2010015047).

Se avisa a Sary Bejarano Palacios, mayor, de oficio y domicilio desconocidos, siendo representada en este proceso por el licenciado Carlos Quesada Montero, mayor, abogado, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por Guido Álvarez Rosas y Shorly Wright Wright, expediente Nº 08-000344-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia Nº 45-2010, Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas del diez de febrero del dos mil diez. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Verónica Montezuma Bejarano. Se extingue a sus padre Natanael Montezuma García y Sary Bejarano Palacios el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la niña Natanael Montezuma García y Sary Bejarano Palacios en el hogar de los señores Guido Álvarez Rosas y Shorly Wright Wright, quienes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de Puntarenas, al tomo cuatrocientos setenta y ocho, folio setenta y siete, asiento ciento cincuenta y cuatro. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2010.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.––1 vez.––(IN2010015277).

Licenciada Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Yolima C. C. Yolima Terán Narváez Teherán Narváez, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 09-000888-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: “Expediente: 09-000888-0364-FA. Proceso: Declaratoria judicial de abandono. Actor: PANI. Demandado: Yolima Terán Narváez cc Yolima Teherán Narváez. Juzgado de Familia de Heredia. A las trece horas y dieciséis minutos del seis de mayo del año dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono y depósito judicial del menor Oliver Teherán Narváez, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Yolima Terán Narváez c. c. Yolima Teherán Narváez, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo debe señalar medio donde atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si fuere impreciso, incierto o inexistente, conforme lo indican los artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada Yolima c.c. Yolima Terán Narváez Teherán Narváez personalmente o en su casa de habitación. De acuerdo a la solicitud de nombramiento de curador, se resuelve: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada señora Terán Narváez c c Teherán Narváez, aporte la parte promovente certificación del Registro Público, Sección Personas, en donde conste si la demandada posee o no apoderado inscrito, deberá aportarse además certificación de movimientos migratorios respecto de dicha demandada, expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Seguridad Pública. Por medio de oficio, pídase a la Empresa Servicios Públicos de Heredia, a la Compañía Nacional de Fuerza y Luz y al Instituto Costarricense de Electricidad, se sirvan informar al Despacho si la demandada Terán Narváez c c Teherán Narváez, aparece como abonado de alguno de los servicios prestados por dichas instituciones y la dirección que ha reportado como su domicilio. Pídase por medio de oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, Sección Planillas, informen si la demandada aparece en planillas y la dirección que se reporta como su domicilio, al Registro Civil, se le solicita remitir certificación de la cuenta cedular de dicha señora y la dirección reportada como su domicilio. A fin de recibirle declaración a los testigos William Morales Bolaños y a Mardoqueo Pacheco Ramírez, se señalan las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil nueve, dichos testigos serán interrogados sobre su conocimiento o desconocimiento del paradero de la demandada. Asimismo, como medida cautelar se ordena el depósito provisional del menor Oliver Teherán Narváez en el hogar de la señora Roxana Rodríguez Jiménez, a quien se le previene comparecer dentro del término de tres días a aceptar y jurar el cargo, deberá la entidad actora apersonar dentro del término indicado a la señora Rodríguez Jiménez a fin de que acepte el cargo, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se revocará su nombramiento y se nombrará a otra persona. Notifíquese Lic. Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza”. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de contra Yolima c. c. Yolima Terán Narváez Teherán Narváez; Expediente N° 09-000888-0364-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia de Heredia, 2 de febrero del 2010.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2010015524).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes presentes en este despacho Juan Pablo Arroyo Rivera, mayor, costarricense, soltero, comerciante, cédula de identidad Nº 01-0875-0672, vecino de Barrio Los Cipreses, distrito San Juanillo, cantón Naranjo, del albergue de don Trinidad Jarquín, 300 metros al norte en casa color verde de alto, hijo de Dagoberto Arroyo Salazar y Olga Marta Rivera Montoya, nacido en Hospital Central San José, el 7 de marzo de 1974, con 35 años de edad, y Marlene Patricia Steller Campos, mayor, costarricense, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad Nº 02-0471-0278, vecina de barrio Los Olivos, distrito San Pedro Cantón San Ramón, hija de Miguel Ángel Steller Porras y Evelia Campos Salas, nacida en centro San Ramón Alajuela, el 13 de octubre de 1969, actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir cíe la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 10-000079-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Arturo Alpízar Mora, Juez.—1 vez.––(IN2010015051).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José Luis Gómez Rivera, mayor de edad, soltero, mensajero, cédula de identidad Nº 03-0425-0796, vecino de San Rafael de Oreamuno de la pulpería El Churuco, 125 metros oeste y 200 metros norte, contiguo a la pulpería El Rey, casa color terracota, con verjas negras de una planta, hijo de Elizabeth Rivera Solano y José Rafael Gómez Álvarez, nacido en Cartago, el 07/02/1988, con 22 años de edad, y Indiana María Ramírez Cabezas, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº 07-0206-0901, vecina de San Rafael de Oreamuno de la pulpería El Churuco, 125 metros oeste y 200 metros norte contiguo a la pulpería El Rey, casa color terracota con verjas negras de una planta, hija de Jorlene Tatiana Cabezas Sánchez y Rafael Ángel Ramírez Sanabria, nacida en Limón, el 22/09/1991, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Solicitud de Matrimonio. Expediente Nº 10-000217-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 8 de febrero del 2010.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.––1 vez.—(IN2010015326).

Edictos en lo Penal

Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza de Tránsito de Puriscal, a Inversiones Ramsés del Oriente por medio de su representante, al señor Alex Fabián Solano Mata, quien es mayor, costarricense, con cédula número 3-311-714, de domicilio desconocido en la actualidad, hace saber que en el expediente Nº 08-600238-241-TC, que es causa seguida contra Albin Hidalgo Chavarría y Roberto Naranjo Soto, por colisión, se ordena notificar por medio de edicto al señor Inversiones Ramsés del Oriente, por medio de su representante, al señor Alex Fabián Solano Mata, como propietario registral del vehículo placas SJB-5905, marca Mercedes Benz, a quien se le previene que en el acto de ser notificado deberá presentarse en este Despacho dentro del plazo de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, con el fin de constituirse como parte en las presentes diligencias, de no hacerlo, estará renunciando a este derecho (artículo 161 de la Ley de Tránsito por vías terrestres). Expediente Nº 08-600238-241-TC, contra Albin Hidalgo Chavarría y Roberto Naranjo Soto. Ofendido: la seguridad vial.—Juzgado de Tránsito de Puriscal.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.—1 vez.—(IN2010014444).

Lic. Ana Gabriela Montealegre Tomás, Fiscal Auxiliar, de la Fiscalía Adjunta de Narcotráfico, del Ministerio Público, al señor Fernando Antonio Espinoza Rosario, como apoderado generalísimo de la sociedad anónima Inversiones Bartolo FER S. A., en su calidad de Tercero de Buena Fe, se le hace saber que en la sumaria 09-000483-622-PE, por el delito de posesión de droga para la venta, seguido contra Marco Tulio Araya Solís, en perjuicio de la salud pública se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Comunicación por edictos, Fiscalía Adjunta de Narcotráfico, al ser las once horas con cinco minutos, del dieciséis de febrero de 2010. En vista de que en la presente investigación no se ha logrado ubicar y traer al proceso al señor Fernando Antonio Espinoza Rosario, como apoderado generalísimo de la Sociedad Anónima Inversiones Bartolo FER S. A., es que se procede a comunicarle la presente resolución por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial confeccionándose el edicto de estilo, a fin de cumplir con lo establecido en cuanto a bienes decomisados, en causas por posesión de droga para la venta, se previene al señor Fernando Antonio Espinoza Rosario, como apoderado generalísimo de la Sociedad Anónima Inversiones Bartolo FER S. A., que en la Fiscalía Adjunta de Narcotráfico se tramita la causa penal número 09-000483-622-PE contra Marco Tulio Araya Solís, por el Delito de Posesión de Droga para la venta en perjuicio de la Salud Pública, así mismo, se le indica que en dicha investigación se decomisó el arma marca Ranger, tipo revolver modelo 102, serie 03673D, calibre.38SPL, la cual quedó en custodia de este despacho. De la misma forma y dado que dicha arma está registrada a nombre de Inversiones Bartolo FER S. A. y por ser el señor Fernando Antonio Espinoza Rosario, apoderado generalísimo de la Sociedad Anónima Inversiones Bartolo FER S. A., de acuerdo a lo establecido por el artículo 93 de la Ley Nº 8204 se le comunica la posibilidad de apersonarse al proceso y que pueda hacer valer sus derechos como tercero de buena fe, demostrando interés jurídico legítimo sobre el bien descrito. Se le informa que el Ministerio Público de acuerdo a lo estipulado en los artículos 87, 89, 90, 91 de la Ley Nº 8204 sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no autorizado, Legitimación de Capitales y actividades Conexas, tiene interés en el comiso del bien, esto como consecuencia civil del hecho punible. Comuníquese. Causa 09-000483-622-PE, imputado Marco Tulio Araya Solís, ofendido la salud pública, posesión de droga para la venta.—Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Narcotráfico, 16 de febrero del 2010.—Lic. Ana Gabriela Montealegre Tomás, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2010014643).

Lic. Paula Aragón Gómez, Fiscal Auxiliar de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público, al señor Magiel Danilo Perry Baltodano, costarricense, cédula de identidad Nº 7-0149-0990, se le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria Nº 08-002727-0648-PE, en perjuicio de Miguel Alvarado Zumbado, contra Magiel Danilo Perry Baltodano, por el delito de hurto simple, se han dictado los autos que literalmente dicen: Notificación por edicto: Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público. San José, a las dieciséis horas con cinco minutos del once de febrero del dos mil diez. Siendo que en la causa penal Nº 08-006767-0648-PE, seguida por el delito de hurto simple, en perjuicio de Miguel Alvarado Zumbado, contra Magiel Danilo Perry Baltodano, se ha formulado la acción civil resarcitoria, donde al demandado civil Magiel Danilo Perry Baltodano, a quien pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarle de ella, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Lic. Paula Aragón Gómez, Fiscal Auxiliar de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público. Traslado de acción civil resarcitoria. Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público, San José, a las dieciséis horas con cinco minutos del once de febrero del dos mil diez. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal se da traslado al demandado civil del contenido de la acción civil que ejerce el ofendido y actor civil. Causa: 08-002727-0648-PE, por lesiones.—Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público.—Lic. Paula Aragón Gómez, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2010014644).

Lic. Jessenia Chavarría González, Fiscal Auxiliar de Liberia, Inversiones y Transportes Araya y Rojas DJAP Sociedad Anónima, representada por Julio Araya Peñaranda, cédula de identidad Nº 4-143-714 y María de los Ángeles Peñaranda Rodríguez, cédula de identidad Nº 4-092-0382, de domicilios desconocidos, hace saber: Que en este despacho se tramita el expediente Nº 07-003863-647-PE, contra Marvin Anchía Alvarado, por lesiones culposas, en perjuicio de Yessel Antonio López Delgado, en donde se ha resuelto comunicarle lo que literalmente dice: “Fiscalía de Liberia, a las ocho horas con treinta minutos, del doce de febrero del dos mil diez. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se da traslado de la acción civil resarcitoria planteada por la Oficina de la Defensa Civil de la Víctima, contra Marvin Anchía Alvarado. Comuníquese. Lic. Jessenia Chavarría González, Fiscal Auxiliar de Liberia”.—Fiscalía de Liberia, Guanacaste, 12 de febrero del 2010.—Lic. Jessenia Chavarría González, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2010014645).

Lic. Jorge Porras Leiva, Fiscal Auxiliar de Puntarenas, a señor Douglas Parker Lawrence, mayor, pasaporte Nº JF356533, en su condición de codemandado civil, se le hace saber: que en el legajo de acción civil resarcitoria número 07-601649-607-TC en perjuicio de William Laverde Salas, por el delito de lesiones culposas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Fiscalía Adjunta de Puntarenas, al ser las quince horas del catorce de enero del dos mil diez. De conformidad con los artículos 43 y 115 del Código Procesal Penal, procede el suscrito representante del Ministerio Pública a dar traslado del contenido de la acción civil resarcitoria interpuesta, por el representante del actor civil William Laverde Salas, al codemando civil Douglas Parker Lawrence . Pudiendo el interviniente oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan la oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese: causa Nº 07-601385-607-TC, imputado William Eugene Glay, ofendido William Laverde Salas.—Ministerio Público, Unidad de Delitos contra la Vida, Fiscalía Adjunta de Puntarenas, 15 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Porras Leiva, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2010015031).

Lic. Jorge Porras Leiva, Fiscal Auxiliar de Puntarenas, a la señora Ingrid María Bran Duarte, mayor, cédula 5-307-652, en su condición de codemandado civil, se le hace saber, que en el legajo de acción civil resarcitoria Nº 06-601740-607-TC en perjuicio de Stephany Caruzo Vega, por el delito de lesiones culposas se ha dictado la resolución que literalmente dice: Fiscalía Adjunta de Puntarenas, al ser las ocho del ocho de enero del dos mil diez. De conformidad con los artículos 43 y 115 del Código Procesal Penal, procede el suscrito representante del Ministerio Público a dar traslado del contenido de la acción civil resarcitoria interpuesta, por la representante del actora civil Stephany Caruzo Vega, a la codemandada civil Ingrid María Bran Duarte. Pudiendo el interviniente oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan, la oposición se pondrá e conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese causa Nº 06-601740-607-TC imputado José David Badilla Morales, ofendido Stephany Caruzo Vega.—Ministerio Público, Unidad de Delitos Contra la Vida, Fiscalía Adjunta de Puntarenas, 15 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Porras Leiva, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2010015276).