BOLETÍN JUDICIAL Nº 50 DEL 12 DE MARZO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Avisos

Causahabientes

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y el Departamento de Personal del Poder Judicial abren concurso para integrar listas de jueces y juezas suplentes para las categorías Juez 1, 2, 3, 4 y 5 en los siguientes Despachos:

JUEZ 1

TRIBUNAL PENAL DE SAN JOSÉ

CENTRO JUDICIAL DE INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES

JUZGADO DE TRÁNSITO I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO 1° CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

JUZGADO 3° CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

JUZGADO 5° CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

JUZGADO 6° CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ

TRIBUNAL DE FLAGRANCIA DE SAN JOSÉ

TRIBUNAL  DE CASACIÓN PENAL

TRIBUNAL PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL DE TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, DESAMPARADOS

TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE HATILLO

JUZGADO DE TRÁNSITO DE HATILLO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE HATILLO

JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ, DESAMPARADOS

JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE PAVAS

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE PAVAS

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE MORA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTIA DE PURISCAL

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE TURRUBARES

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE ASERRÍ

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE BUENOS AIRES

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE GOLFITO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE OSA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DEL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

JUZGADO CIVIL DE MENOR CUANTÍA  DEL I CIRCUITO JUDICIAL  ALAJUELA

JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE ATENAS

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN CARLOS

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN CARLOS

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE LOS CHILES

TRIBUNAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA, SAN RAMÓN

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE ALFARO RUÍZ

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE VALVERDE VEGA

TRIBUNAL DE CARTAGO

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL DE CARTAGO

JUZGADO DE TRÁNSITO DE CARTAGO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CARTAGO

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DE CARTAGO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE PARAÍSO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE TURRIALBA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TARRAZÚ, DOTA Y LÉON CORTÉS

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE HEREDIA

JUZGADO DE TRÁNSITO DE HEREDIA

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DE HEREDIA

JUZGADO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE HEREDIA

JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DE HEREDIA

TRIBUNAL DE HEREDIA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE SANTO DOMINGO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE SAN RAFAEL

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE SARAPIQUÍ

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL DE GUANACASTE

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DE GUANACASTE

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE LA CRUZ

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE BAGACES

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE CAÑAS

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS DE SANTA CRUZ

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE NANDAYURE

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE JICARAL

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE HOJANCHA

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DE PUNTARENAS

JUZGADO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DE PUNTARENAS

JUZGADO PRIMERO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS DE PUNTARENAS

JUZGADO SEGUNDO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS DE PUNTARENAS

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE CÓBANO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE ESPARZA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE MONTES DE ORO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE AGUIRRE

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE PARRITA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE GARABITO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE SAN MATEO

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE OROTINA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

TRIBUNAL DE TRABAJO DE MENOR CUANTÍA DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO CIVIL DE MENOR CUANTÍA DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE MATINA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y PENSIONES ALIMENTARIAS DE POCOCÍ

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA DE POCOCÍ

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE SIQUIRRES

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE GUÁCIMO

JUEZ 2

JUZGADO DE EJECUCIÓN DE LA PENA DE SAN JOSÉ

JUZGADO DE EJECUCIÓN DE LAS SANCIONES PENALES JUVENILES DE SAN JOSÉ

JUZGADO ESPECIALIZADO DE COBRO DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

JUZGADO DE EJECUCION DE LA PENA DE PUNTARENAS

JUEZ 3

CENTRO CONCILIACIÓN DEL PODER JUDICIAL (TODO EL PAÍS)

JUZGADO NOTARIAL

JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO PENAL JUVENIL DE SAN JOSÉ

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE SAN JOSÉ

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE SAN JOSÉ

JUZGADO TERCERO CIVIL DE SAN JOSÉ

JUZGADO QUINTO CIVIL DE SAN JOSÉ

JUZGADO SEXTO CIVIL DE SAN JOSÉ

JUZGADO PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO PENAL DE TURNO EXTRAORDINARIO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA DEL II CIRCUITO JUDICIAL S. J.

JUZGADO CIVIL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

JUZGADO PENAL DE PURISCAL

JUZGADO PENAL DE PAVAS

JUZGADO PENAL DE HATILLO

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DE HATILLO, SAN SEBASTIÁN Y ALAJUELITA

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, DESAMPARADOS

JUZGADO DE FAMILIA DEL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ, DESAMPARADOS

JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO DE FAMILIA Y PENAL JUVENIL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA DE BUENOS AIRES

JUZGADO PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO PENAL DE GOLFITO

JUZGADO PENAL DE OSA

JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y FAMILIA DE GOLFITO

JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

JUZGADO PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

JUZGADO CIVIL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

JUZGADO AGRARIO DEL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

JUZGADO PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN CARLOS

JUZGADO FAMILIA Y PENAL JUVENIL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN CARLOS

JUZGADO CIVIL Y DE TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN CARLOS

JUZGADO PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA, SAN RAMÓN

JUZGADO PENAL DE GRECIA

JUZGADO CIVIL, TRABAJO Y AGRARIO DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN RAMÓN

JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE GRECIA

JUZGADO DE FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE GRECIA

JUZGADO PENAL DE CARTAGO

JUZGADO PENAL DE LA UNIÓN

JUZGADO PENAL DE TURRIALBA

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DE CARTAGO

JUZGADO DE FAMILIA DE CARTAGO

JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DE TURRIALBA

JUZGADO DE FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE TURRIALBA

JUZGADO PENAL DE SAN JOAQUÍN DE FLORES

JUZGADO CIVIL DE HEREDIA

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DE HEREDIA

JUZGADO DE FAMILIA DE HEREDIA

JUZGADO PENAL DE CAÑAS

JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA I CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

JUZGADO DE FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA DE CAÑAS

JUZGADO PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE

JUZGADO PENAL DE SANTA CRUZ

JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE

JUZGADO FAMILIA, PENAL JUVENIL Y VIOLENCIA DOMÉSTICA II CIRCUITO JUDICIAL GUANACASTE

JUZGADO PENAL DE AGUIRRE Y PARRITA

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DE PUNTARENAS

JUZGADO CIVIL  Y AGRARIO DE PUNTARENAS

JUZGADO DE TRABAJO DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO CIVIL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO DE VIOLENCIA DOMÉSTICA DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO FAMILIA Y  PENAL JUVENIL DEL I CIRCUITOJUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUZGADO PENAL DE POCOCÍ - GUÁCIMO

JUZGADO PENAL DE SIQUIRRES

JUZGADO CIVIL DEL II CIRCUITO JUDICIAL  ZONA ATLÁNTICA

JUEZ 4

TRIBUNAL DE NOTARIADO

TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ (FLAGRANCIA)

TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA (FLAGRANCIA)

TRIBUNAL PENAL DE CARTAGO (FLAGRANCIA)

TRIBUNAL PENAL DE HEREDIA (FLAGRANCIA)

TRIBUNAL PENAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL PRIMERO CIVIL DE SAN JOSÉ

TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL DE SAN JOSÉ

TRIBUNAL DE FAMILIA DE SAN JOSÉ

TRIBUNAL PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL DE TRABAJO DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL AGRARIO DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, DESAMPARADOS

TRIBUNAL PENAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ, SEDE SUROESTE, HATILLO

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR, SEDE GOLFITO

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA SUR, SEDE OSA

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA, SAN CARLOS

TRIBUNAL DEL III CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELA, SAN RAMÓN

TRIBUNAL DE CARTAGO Y TURRIALBA

TRIBUNAL DE HEREDIA

TRIBUNAL DE HEREDIA, SEDE SARAPIQUÍ

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE, SEDE CAÑAS

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE (NICOYA Y SANTA CRUZ)

TRIBUNAL DE PUNTARENAS

TRIBUNAL DE PUNTARENAS, SEDE AGUIRRE Y PARRITA

TRIBUNAL DEL I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

TRIBUNAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

JUEZ 5

TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL DEL II CIRCUITO JUDICIAL SAN JOSÉ

Requisitos generales que deben reunir los y las aspirantes:

Ser costarricense, ciudadano(a) en ejercicio y del estado seglar.

Licenciatura en Derecho. 

Incorporado(a) al Colegio de Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con sus  obligaciones.

Es requisito indispensable que los oferentes que participen en las  materias de Conciliación, Notariado, Agrario y Penal Juvenil deberán de contar con lo siguiente:

Conciliación: Curso formal en materia de mecanismos de Resolución Alterna de Conflictos, como mínimo 80 horas.

Notariado: Posgrado en derecho notarial y registral reconocido por las autoridades educativas competentes.  Haber estado incorporado el Colegio de Abogados de Costa Rica al menos durante 2 años y con la misma antelación haber solicitado la habilitación para ejercer el cargo.

Agrario (juez 4): Ser abogado con experiencia de más de 5 años en la profesión y poseer título debidamente expedido o reconocido en Costa Rica.  Haber obtenido una especialización en Derecho Agrario o contar con experiencia no menor a 3 años en la enseñanza o en la práctica de esa rama del derecho.

Penal Juvenil. Se considerarán únicamente aquellos oferentes que tengan elegibilidad en esta materia.

Experiencia para la tramitación, resolución de asuntos judiciales y supervisión de personal.

Dominio aceptable del manejo de paquetes informáticos básicos de oficina de uso institucional.

Adicional a los requisitos básicos, la Ley Orgánica del Poder Judicial establece “tener al menos 30 años de edad” para la clase de Juez 4, y para la clase de Juez 5 “tener al menos 35 años de edad”.

Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

Las personas que resulten propuestas en el presente concurso, deberán de realizar los cursos desarrollados en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad,  Hostigamiento Sexual y Acoso Psicológico en el Trabajo y Sistema de Gestión.

Información adicional:

a)  Las personas que participen en estos concursos deberán cumplir con todos los requisitos vigentes.

b)  Independientemente de las opciones que el oferente marque, de conformidad con lo dispuesto por el  Consejo de la Judicatura en la sesión del 03 de octubre del 2006, artículo II, las propuestas de nombramiento  por parte de ese Consejo, se limitarán a tres por participante (incluyendo las que ya ostente), salvo casos excepcionales y que por falta de oferentes, serán valorados por este Consejo al momento de conocer las propuestas de nombramiento de un despacho determinado.

c)  Para participar en este concurso no es requisito excluyente el no contar con un promedio de elegibilidad dentro de la Carrera Judicial, sin embargo, de conformidad con lo establecido en al artículo 53 de la Ampliación al Reglamento de Carrera Judicial, se le dará preferencia a quienes estén elegibles en ese sistema en la materia de que se trate. (Artículo 69 Ley  de Carrera Judicial).

d)  Es imprescindible que los oferentes se inscriban mediante el FORMULARIO ELECTRÓNICO en la dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm y para funcionarios judiciales: intranet/personal/juecesyjuezas.htm. Para ello, es preciso completar todos los datos requeridos, de lo contrario la solicitud será desestimada.

e)  NO REMITA POR NINGÚN OTRO MEDIO DE COMUNICACIÓN SU SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN, YA QUE AUTOMÁTICAMENTE QUEDA INSCRITO(A) EN LINEA. Para estos efectos se habilitan las 24 horas hasta la fecha del cierre del concurso.

f)   Quienes participen por primera vez para un cargo dentro de la Carrera Judicial, además de inscribirse electrónicamente, deberán de presentar en manuscrito la “Oferta de Servicios” en la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, sita 4to. Piso, edificio del Organismo de Investigación Judicial (O.I.J.), de las 7:30 a. m. a las 12 m. d. y de 1:00 p. m. a las 4:30 p. m., de lunes a viernes, a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de cierre del concurso. No se dará trámite a las ofertas de servicios recibidas por fax o correo electrónico.  Dicho formulario y la “Información General para el Ingreso a la Carrera Judicial”, se encuentra disponible en la dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm y para funcionarios judiciales: intranet/personal/juecesyjuezas.htm.

g)  Los atestados que se requieran, deben presentarse al cierre de este concurso, o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento.

h)  Es requisito indispensable para aquellas personas que actualmente no se encuentran elegibles en la Carrera Judicial y que hubieran presentado la oferta de servicios  en un período mayor a dos años, presentarla nuevamente.

i)   El detalle de la experiencia laboral como Profesional en Derecho, externa al Poder Judicial, deberá acompañarse de una declaración jurada del desempeño como abogado(a) litigante. Si labora(ó) para una empresa o Institución, deberá aportar certificación o constancia emitida por esta, la cual debe de especificar:  La fecha de rige y vence de los períodos laborados; el o los puestos desempeñados, requisitos y especialidad del puesto(s) profesional, si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario y en caso de que los haya disfrutado, señalar el período, el motivo de salida, si hubo o no pago de prestaciones y si existió, bajo que ley.

j)   Quien oferta deberá presentar copia del título que le acredita como Bachiller de Secundaria. Según acuerdo del Consejo de la Judicatura, sesión N° CJ-32-03, celebrada el 21 de octubre del 2003, artículo VII.

k)  Si se incurriere en alguna omisión o inexactitud con respecto a los requisitos o la documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).

l)   Quien solicite el cargo, debe conocer que por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad.  (Acuerdo de Corte Plena del 04 de enero de 1999,  Artículo VIII).

m) El Consejo Superior en sesión N° 29-03, artículo XXVI, celebrada el 29 de abril del 2003, dispuso que por política, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente. El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

n)  Para todos los efectos, quienes ofertan deben señalar medio electrónico para atender notificaciones. De conformidad con lo estipulado en el artículo 13 del Reglamento de Notificaciones y Comunicaciones por medios electrónicos, la Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará como principal medio de notificación el correo electrónico que el oferente indique, por lo tanto, se deberá de estar atento en mantener ese medio en óptimas condiciones, por cuanto comprobada en la pantalla la entrega electrónica de la notificación (correo entregado), se dará por notificado el asunto.

o)  En caso de no señalar medio electrónico para notificaciones, o de no encontrarse en óptimas condiciones al momento de efectuar la comunicación, se exime de toda responsabilidad a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y se tendrá por notificado 24  horas después de dictada la resolución.

p)  Las listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.

Consultas y notificaciones a los teléfonos 2295-3941 y 2295-3781, fax 2295-3452 o a los correos electrónicos: lpalmae@poder-judicial.go.cr; amadriz@poder-judicial.go.cr y carrera-jud@poder-judicial.go.cr

Este concurso vence el 9 de abril del 2010. Para trámite personal hasta las 4:30 p. m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.

San José, 1º de marzo del 2010.—MBA. Francisco Arroyo Meléndez, Jefe Departamento de Personal.—Exonerado.—(IN2010019628).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; con una hipoteca donde figura como acreedor el Banco Nacional de Costa Rica, inscrita en las citas 0574-00052750-01-0002-001 a las trece horas con treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de noventa y un millones novecientos cincuenta mil colones exactos (¢91.950.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00121625-000, la cual es terreno para construir lote. Situada en el distrito 03 Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Martín Vallejos Arrieta; al sur, calle pública; al este, lote número dos de María Cecilia Espinoza Vallejos y al oeste, calle pública. Mide: 2446,55 metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas con treinta minutos del trece de mayo del año dos mil diez, con la base en sesenta y ocho millones novecientos sesenta y dos mil quinientos colones netos (¢68.692.500,00 rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez, con la base de veintidós millones novecientos ochenta y siete mil quinientos colones netos (¢22.987.500,00 un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Eduardo Ramos López contra Mefmal Sociedad Anónima. Expediente Nº 08-000189-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 23 de febrero del 2010.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.––(IN2010020036).

En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas cero minutos del treinta de abril de dos mil diez, y con la base de tres millones novecientos sesenta y seis mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placas 696686, marca Dodge, categoría automóvil, año 2002, color blanco, tracción 4x2, capacidad 7 personas, chasis 1B4GP24322B720432, de no haber postores; para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de mayo de dos mil diez, con la base de dos millones novecientos setenta y cuatro mil novecientos cincuenta colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil diez, con la base de novecientos noventa y un mil seiscientos cincuenta colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Daniel Picado Montero contra Édgar Adolfo Araya Mora y Eugenio Araya Mora. Expediente Nº 09-000227-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 18 de febrero del 2010.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.––(IN2010020037).

Avisos

Licenciado Luis Diego Bonilla Alvarado, juez del Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, a Cooperativa Agricultores de la Zona Sur R. L., representada por Martín Robles Robles, quien es mayor, casado una vez, administrador de empresas, vecino de barrio Córdoba Zapote, San José, de autos Bohío 200 metros sur, 150 metros al este. Se le hace saber que en demanda disolución de cooperativas, establecida por Instituto Nacional Fomento Cooperativo R. L. contra Cooperativa Agricultores de la Zona Sur R. L., se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito. Puntarenas, a las diez horas quince minutos del trece de abril del año dos mil nueve. De la presente demanda Ordinaria de Disolución de Cooperativa y documentos presentados por el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo se concede traslado por diez días a la demandada Producción y Comercializadora Agroforestal R. L. representada por el señor Martín Pizarro Álvarez en calidad de Gerente, a fin de que la contesten con arreglo al artículo 464 del Código de Trabajo; sea, de que en caso de que no acepten lo que pretende en la demanda, deberán exponer con claridad si rechazan los hechos por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren se tendrán por probados aquéllos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida; también deberán al contestar la demanda ofrecer la prueba que le interese con indicación en su caso del nombre y las generales de los testigos; así como los hechos que deberán ser examinados los mismos, sin interrogatorio formal. Se le previene a los demandados que una vez notificados, deberán separadamente por escrito señalar lugar y medio, (ya sea en estrados, por fax o cualquier otra forma que permita la seguridad del acto de comunicación) para atender sus notificaciones, apercibidos de que si no lo hacen, las resoluciones posteriores que se dicten quedarán notificadas con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas; Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho; o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Notifíquesele el presente proceso a la demandada Producción y Comercializadora Agroforestal R. L. a través de su apoderado generalísimo Martín Pizarro Álvarez personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación, o bien en el domicilio social de la demandada, lo cual se hará por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de Golfito. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.––1 vez.––(IN2010020042).

Licenciado Rusbel Alberto Herrera Medina, juez del Juzgado de Trabajo de Heredia, a DGM Limpieza S. A., cédula jurídica Nº 3101192248, se le hace saber que en demanda ordinaria laboral, establecida por Berta Torres Rojas contra DGM Limpieza S. A., se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: “Sentencia de primera instancia Nº 185 Juzgado de Trabajo de Heredia. A las nueve horas del veintisiete de febrero del año dos mil nueve. Ordinario laboral de Berta Martina Torres Rojas, mayor, casada, vecina de La Aurora de Heredia, cédula de identidad Nº 3-270-657, contra DGM Limpieza Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-0192248, representada por su presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma Gina Marcela Murillo Astúa, cédula de identidad Nº 1-933-294, vecina de Desamparados. Resultando I.- Con fundamento en los hechos que expone el actor en su demanda, solicita se condene a la empresa demandada al pago de los siguientes extremos: 1) Vacaciones cincuenta y siete mil ochocientos sesenta y seis colones con sesenta y seis céntimos, 2) aguinaldo diez mil trescientos treinta y tres colones con treinta y tres céntimos, 3) Preaviso ciento veinticuatro mil colones y 4) Cesantía doscientos cincuenta y cuatro mil ciento noventa y nueve colones con noventa y nueve céntimos, 5) Horas extras por cuanto laboraba cincuenta y cinco horas semanales en jornada mixta, a razón de trece horas extras por semana, para un total de dos mil ciento ochenta y cuatro horas extras para un total de dos millones doscientos treinta y dos mil cuatro y ocho colones. 6) Costas procesales y personales y 7) Los intereses presentes y futuros de las sumas que se le adeudan hasta la fecha de su total cancelación. II.- La representante de la sociedad accionada fue notificada en forma personal según constancia de notificación de folios 32 vuelto y 33, pero no contestó la demanda. III.- En los procedimientos se han observado las prescripciones legales y no se notan vicios capaces de generar nulidad o indefensión, y, Considerando I.-Hechos probados: de importancia para la resolución del asunto se tienen como demostrados los siguientes: 1).- Que la actora inició labores para empresa DGM Limpieza S. A. el veintidós de Agosto de dos mil tres en el puesto de miscelánea, ejecutaba sus labores en la empresa Bticino en Barreal de Heredia (ver hecho primero no controvertido y constancia de la Caja Costarricense del Seguro Social de folio 17,); 2).- Que la actora laboraba de lunes a viernes de siete de la mañana a doce medio día y de cinco de la tarde a diez de la noche, sábados de siete de la mañana a doce medio día. (ver demanda hecho segundo no controvertido); 3) Que la actora devengó un salario de ciento veinticuatro mil colones mensuales (ver demanda hecho segundo no controvertido), 4)- Que la relación laboral terminó en fecha treinta de diciembre del año dos mil seis cuando fue despedida con responsabilidad patronal por reorganización de personal (ver carta de despido de folio 8). III.-Hechos no probados: a) No se demostró que la actora recibiera algún pago por concepto de liquidación al momento de finalizar la relación laboral con responsabilidad patronal. IV.-Sobre el fondo del asunto y análisis de la prueba: la actora interpone demanda laboral con el fin de que se le cancelen los extremos laborales que le corresponden por su despido con responsabilidad patronal, así como el pago de horas extras. La parte demandada fue debidamente notificada mediante su representante en forma personal, del presente asunto conforme a la ley, sin embargo no contestó la demanda en tiempo, al no rendir contestación debida a la presente demanda por parte de la empresa accionada, es menester aplicar el artículo 468 del Código de Trabajo que dispone en lo que interesa: “Si el demandado no contestare la demanda o el reconvenido la reconvención, dentro del término que al respecto se les haya concedido, se tendrán por ciertos, en sentencia, los hechos que sirvan de fundamento a la acción, salvo que en el expediente existan pruebas fehacientes que los contradigan...”En el presente caso, la demanda no fue contestada en tiempo y no existen pruebas que contradigan el dicho de la actora, más bien la carta de despido aportada por la trabajadora demuestra que efectivamente el patrono demandado decidió poner fin a la relación de trabajo con responsabilidad patronal. Procede entonces, tener por ciertos los hechos en que se fundamenta la demanda. De seguido se resolverá sobre las pretensiones de la actora como sigue: A. En cuanto a las horas extraordinarias: La actora en su demanda refiere que laboraba de lunes a viernes de siete de la mañana a doce medio día y de cinco de la tarde a diez de la noche y los sábados de siete de la mañana a doce medio día. Es decir laboraba un total de cincuenta y cinco horas por semana. De acuerdo con el horario de trabajo vemos que efectivamente la jornada de la actora es una jornada mixta, (artículo 138 del Código de Trabajo), por ende su tiempo ordinario de trabajo no puede exceder de siete horas diarias y cuarenta y dos semanales. El tiempo laborado fuera del limite anterior corresponde a tiempo extraordinario y debe ser remunerado en un cincuenta por ciento más conforme lo dispone el articulo 139 del Código de Trabajo- Como quedó demostrado que la actora laboraba trece horas extras por semana, le corresponde el pago de un total de ciento sesenta y ocho semanas laboradas, un total de dos mil ciento ochenta y cuatro horas extras. Igualmente, se corrobora que la actora devengaba el salario mínimo para la categoría de trabajador no calificado de servicios vigente en el segundo semestre de dos mil seis, lo que quiere decir el patrono, ni siquiera pagaba esas horas como ordinarias sino que del todo no estaba reconociendo ningún monto por el tiempo extraordinario. En consecuencia, procede el reconocimiento de las dos mil ciento ochenta y cuatro horas extras a un salario de tiempo y medio, es decir la hora extra vale mil veintiún colones con noventa y siete céntimos, para un total por ese concepto de dos millones doscientos treinta y dos mil colones. Suma que deberá cancelar el patrono demandada y sobre la cual también pagará intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda hasta su efectivo pago. B. En cuanto al cálculo de extremos laborales producto del despido de la actora: Una vez reconocido el pago de horas extras en el punto anterior, tenemos que el salario completo de la actora (tiempo ordinario + tiempo extraordinario) para efectos de cálculo de prestaciones legales debe ser la suma de ciento ochenta y un mil quinientos veintiséis colones con sesenta y nueve céntimos. En consecuencia, con base en dicho monto le corresponden por su despido los siguientes extremos: Vacaciones proporcionales: cuatro días, la suma de veintisiete mil novecientos veintisiete colones con dieciocho céntimos, Aguinaldo proporcional: un doceavo, por la suma de quince mil ciento veintisiete colones con veintidós céntimos, Preaviso: un mes de salario por la suma de ciento ochenta y un mil quinientos veintiséis colones con sesenta y nueve céntimos. Auxilio de Cesantía: sesenta y uno punto cinco días de salario por la suma de cuatrocientos veintinueve mil trescientos ochenta colones con cuarenta y tres céntimos. Todo lo anterior por la suma de seiscientos cincuenta y tres mil novecientos sesenta y un colones con cincuenta y dos céntimos. Sin embargo la parte actora limitó estas pretensiones a la suma de cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y nueve colones con noventa y ocho céntimos y de acuerdo con la ley (artículos 452 del Código de Trabajo y 155 del Código Procesal Civil párrafo primero), no puede esta juzgadora reconocer más de lo pedido por lo que la empresa demandada deberá pagar por los conceptos liquidados en el punto B. la suma de cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y nueve colones con noventa y ocho céntimos. Por todo lo expuesto se declara con lugar la demanda ordinaria laboral de Berta Martina Torres Rojas contra DGM Limpieza Sociedad Anónima, se condena al patrono demandado a cancelar a la actora dos mil ciento ochenta y cuatro horas extraordinarias (2184) laboradas por la suma de dos millones doscientos treinta y dos mil colones, además deberá cancelar por concepto de prestaciones laborales por el despido de la actora la suma de cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y nueve colones con noventa y ocho céntimos. Todo lo anterior para un gran total de dos millones seiscientos setenta y ocho mil trescientos noventa y nueve colones con noventa céntimos. Sobre esta suma deberá la empresa demandada cancelar intereses legales a partir de la presentación de la demanda y hasta su efectivo pago conforme lo dispone el artículo 1163 del Código Civil. V. Costas. Se condena a la demandada al pago de ambas costas del proceso fijándose las personales en un quince por ciento del total de la condenatoria, artículos 494 y 495 del Código de Trabajo. Por tanto de conformidad con lo expuesto líneas arriba, y artículos 18, 28,29, 136, 138, 139,152, 179 y 468, del Código de Trabajo se resuelve: Se declara con lugar la demanda de Berta Martina Torres Rojas contra DGM Limpieza Sociedad Anónima, se condena al patrono demandado a cancelar a la actora dos mil ciento ochenta y cuatro horas extraordinarias (2184) laboradas por la suma de dos millones doscientos treinta y dos mil colones. Además deberá cancelar por concepto de prestaciones laborales por el despido de la actora los siguientes extremos: Vacaciones proporcionales: cuatro días, la suma de veintisiete mil novecientos veintisiete colones con dieciocho céntimos, Aguinaldo proporcional: un doceavo, por la suma de quince mil ciento veintisiete colones con veintidós céntimos, preaviso: un mes de salario por la suma de ciento ochenta y un mil quinientos veintiséis colones con sesenta y nueve céntimos, Auxilio de Cesantía: sesenta y uno punto cinco días de salario por la suma de cuatrocientos veintinueve mil trescientos ochenta colones con cuarenta y tres céntimos. Todo lo anterior por la suma de seiscientos cincuenta y tres mil novecientos sesenta y un colones con cincuenta y dos céntimos. Sin embargo la parte actora limitó estas pretensiones a la suma de cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y nueve colones con noventa y ocho céntimos y de acuerdo con la ley (artículos 452 del Código de Trabajo y 155 del Código Procesal Civil párrafo primero), no puede esta juzgadora reconocer más de lo pedido por lo que la empresa demandada deberá pagar por los conceptos liquidados en el punto B. la suma de cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y nueve colones con noventa y ocho céntimos. Todo lo anterior para un gran total de dos millones seiscientos setenta y ocho mil trescientos noventa y nueve colones con noventa céntimos. Sobre esta suma deberá la empresa demandada cancelar intereses legales a partir de la presentación de la demanda y hasta su efectivo pago conforme lo dispone el artículo 1163 del Código Civil. Se condena a la demandada al pago de ambas costas del proceso fijándose las personales en un quince por ciento del total de la condenatoria. Se advierte a las partes que el presente fallo admite recurso de apelación oponible ante esta Autoridad Judicial dentro del tercero día siguiente al recibo de la notificación, debidamente fundamentado los motivos de inconformidad, bajo apercibimiento de que en caso de omisión el recurso será rechazado de plano. Notifíquese este fallo a la empresa accionada en su domicilio social o en la persona de su representante en la dirección que consta en autos. Lic. Brenda Caridad Vargas, Jueza.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 10 de febrero del 2010.—Lic. Rusbel Alberto Herrera Medina, Juez.––1 vez.––(IN2010020043).

Licenciado Rúsbel Herrera Medina, Juez del Juzgado de Trabajo de Heredia; hace saber a Medrano Expres S. A., que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.Pub. Despido discriminatorio en su contra, bajo el expediente número 08-000630-0505-LA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Trabajo de Heredia. A las once horas y cincuenta y siete minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil nueve. De la anterior demanda ordinaria laboral y documentos aportados por Silvia Cristina León Alpízar, se concede traslado por el plazo de quince días, a Medrano Expres S. A. representada por Jesús Medrano Velasco y otros para que la conteste por escrito, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce estos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquellos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Asimismo, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Remítase mandamiento al señor jefe del departamento de Cuenta Individual y Custodia de Planillas de la CCSS, a efecto de que certifique el tiempo laborado, los salarios devengados, así como para cuáles patronos laboró la actora Silvia Cristina León Alpízar cédula 0112550034, durante el período de los seis meses anteriores a la conclusión de la relación laboral, sea de octubre del año dos mil siete al cinco de abril del año dos mil ocho. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su casa de habitación; en el domicilio real de este, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. La parte demandada se localiza en su domicilio social, San José barrio México, 100 metros al norte y 75 al oeste de la tienda Sorpresas. Lic. Brenda Caridad Vargas. Jueza. mbarrantesc. Lo anterior se ordena así en proceso OR.S.Pub. Despido discriminatorio de Silvia Cristina León Alpízar contra Medrano Expres S. A.; expediente N° 08-000630-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 10 de febrero del 2010.—Lic. Rúsbel Herrera Medina, Juez.—1 vez.—(IN2010020044).

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Henry Javier Dinarte Vega, quien fue vecino de barrio Las Palmas de Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, con cédula de identidad Nº 5-0161-0292, se les hace saber que: Emilce Vega Naranjo, portadora la cédula de identidad 5-0171-0272, vecina de Filadelfia de Carrillo, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente Nº 10-000001-0775-LA.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 01 de febrero del 2010.—Lic. Hannia Vega Bolaños, Jueza.––1 vez.––(IN2010019276).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hermenegildo Ramírez Ortiz, cédula de identidad Nº 5-0137-1022, fallecido el primero de setiembre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajador fallecido, bajo el expediente Nº 10-300016-0401-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-300010-0401-LA-3 a favor de Lenis Ester Ramírez Leiva, cédula de identidad Nº 5-275-317.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo, a las siete horas cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil diez.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.––1 vez.––(IN2010019620).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gerardo Antonio Gutiérrez Gutiérrez, cédula de identidad 01-0845-0139, quien fue mayor, casado, vecino de Santa Cruz, de la Municipalidad 600 metros al este y 25 metros al sur y falleció el 15 de agosto del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorros obligatorio, bajo el número 10-000018-1052-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000018-1052-LA. Promovido por Wendy Paola Pizarro Bonilla, mayor, portadora de la cédula de identidad número 05-0305-0331, vecina de Residencial Sagamar casa 8e. de Pollos La Negra 25 metros al sur y 175 metros al este, casa a mano derecha de cemento color terracota en favor de ella misma.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste, 16 de febrero del 2010.—Lic. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—1 vez.—(IN2010019622).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes de la fallecida María Luisa Salazar Morales, mayor, viuda, ama de casa, vecina de La Ribera de Belén, del Bar el Guapinol 100 norte y 100 sur 25 norte, cédula 4-065-195, fallecida en fecha 29 de diciembre del 2009; para que dentro del octavo día, se apersonen a estas diligencias de devolución de ahorros, promovidas por bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, los dineros pasarán a quien corresponda, conforme a derechos. Lo anterior de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000030-0926-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores.—Msc. Luis Rodrigo Campos Gamboa, Juez.—1 vez.—(IN2010019623).

Se emplaza a los interesados, para que dentro del término de ocho días se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos. Lo anterior por ordenarse así en diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido de quien en vida fue Hernán Madrigal Garro, de 74 años de edad, estado civil casado, oficio pensionado, vecino de Santiago de Puriscal, con cédula Nº 1-0240-0803, fallecido en fecha 14 de febrero de 2009 y bajo los apercibimientos de Ley si no lo hicieren. Diligencias de devolución de cuotas de trabajador fallecido Nº 10-300011-0241-LA de fallecido Hernán Madrigal Garro promovidas por Ibel Madrigal Rojas.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago, veintitrés de febrero del dos mil diez.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.––1 vez.––(IN2010019625).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes en diligencia de consignación de prestaciones de Daniel Enrique Rueda Badilla, fallecido el 22 de noviembre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante éste Despacho en las diligencias cobro de Fondo de Capitalización Laboral bajo el número de expediente 10-300071-1024-LA-l-(2), a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-300071-1024-LA-1- (2).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de febrero del 2010.—Lic. Nubia Bolívar Rueda, Jueza.––1 vez.––(IN2010019626).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Salas Alvarado, cédula 2-343-200, mayor, casado, trabajador de construcción, vecino de San Isidro de Atenas, de 49 años, fallecido el 03-02-2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 10-000006-0849-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000006-0849-LA. Por consignación de prestaciones laborales, a favor de Iris Hernández Mena.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Atenas, 24 de febrero del 2010.—Lic. María del Carmen Vargas González, Jueza.—1 vez.—(IN2010019627).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Luis Arturo Obando Fonseca, quien fuera mayor, soltero, trabajó en Colchones Selther, vecino de Dos Cercas de Desamparados, de la última parada de buses, cien metros al oeste y veinticinco al este, casa Nº 545, cédula de identidad número uno-mil ciento quince-doscientos sesenta y nueve, quien falleció el doce de noviembre del dos mil nueve, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente número 09-300228-0237-LA (247-1-09), gestionada por: Eidy Fonseca Montiel, conocida como Heidy Fonseca Montiel contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del BN Vital S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en Derecho, de conformidad con el articúlelas del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2010019983).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Andrés Mora Picado, quien fuera mayor, casado, laboró para una pizzería, vecino de Desamparados, San Rafael Abajo, 150 norte del centro educativo de atención prioritaria, entrada Barrio Los Ángeles, casa con muro de color marrón, calle sin salida, cédula de identidad número uno- quinientos ochenta y cinco-cuatrocientos veintinueve, quien falleció el cuatro de diciembre del dos mil nueve, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente Nº 10-300001-0237-LA (1-2-10), gestionada por Emily Sequeira Morales contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de febrero del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2010019984).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Juan Manuel Alvarado Barquero, quien fue mayor, casado, vecino de Cartago, con cédula de identidad Nº 3-197-1180, se les hace saber que Fanny Alvarado Camacho, portadora de la cédula de identidad Nº 3-355-309, vecina de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan Manuel Alvarado Barquero, expediente Nº 09-002510-0640-CI.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 9 de febrero del 2010.—Lic. María Marta Barrantes Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2010019985).

Con base en lo que establece el artículo 85 inciso d), del Código de Trabajo, con ocho días de término se cita y emplaza a los causahabientes que se consideren con derechos en la Consignación de Prestaciones del trabajador fallecido Edgar José Soto Vargas, quien en vida fue mayor, divorciado, costarricense, cédula seis-doscientos treinta y nueve- cuatrocientos veinticinco, que promueven María Jesús Rodríguez Serrano, mayor, costarricense, vecina del Roble de Puntarenas, del Bar Max, cincuenta metros al norte y veinticinco metros al oeste, casa Nº 616, portadora de la cédula número seis-doscientos ochenta y tres-cuatrocientos noventa y dos, en representación de los menores Edgar Andrey, Andrew Kaleb y Keren María todos de apellidos Soto Rodríguez y Jéssica de los Ángeles Rodríguez Álvarez, mayor, costarricense, vecina del Cocal de Puntarenas, frente al Taller Pinar, casa de cemento de color verde agua, portadora de la cédula número seis- trescientos treinta y uno- trescientos sesenta y tres, en representación de la menor Tamara de los Ángeles Soto Rodríguez, para que dentro del término indicado se apersonen al Despacho a hacer valer sus derechos. Diligencias de consignación de prestaciones, Edgar José Soto Vargas, Ac/ María Jesús Rodríguez Serrano y Jéssica de los Ángeles Rodríguez Álvarez. Exp. Nº 10-000008-643-LA-10.—Juzgado de Trabajo y de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Isaac Pizarro Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN201019986).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonia Mercedes Jiménez Leiva, quien fue mayor, viuda una vez, pensionada, cédula de identidad 3-053-5301, y falleció el 17 de agosto del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 10-000049-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000049-1023-LA. Promovido por Mercedes Cecilia Soto Jiménez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 29 de enero del 2010.—Lic. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2010019987).

Por medio de la presente me permito solicitarle se sirvan depositar en la cuenta corriente de este Despacho en el Banco de Costa Rica, número 100000010775-0, el monto que corresponda por concepto de prestaciones legales o cualquier otro dinero que hubiere a nombre del fallecido Henrry Javier Dinarte Vega, con cédula de identidad Nº 5-0161-0292, quien falleció el día 19 de noviembre del año 2009. Lo anterior, por haberse ordenado así en diligencias de consignación de prestaciones, promovidas por Emilce Vega Naranjo, con cédula de identidad número 5-0171-0272, expediente Nº 10-000001-0775-LA.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 1º de febrero del 2010.—Lic. Hannia Vega Bolaños, Jueza.—1 vez.—(IN2010019988).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Bustos Hernández Ariel, quien fue mayor, casado, vecino de Alajuelita, Concepción Arriba, de la iglesia Nazareno 200 metros sur, contiguo a pulpería Los Ángeles, casa portón rojo, con cédula de identidad Nº 135-RE-053125-00-1999, se les hace saber que: Arcia Requenque Yamileth, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 155810652211, vecina de Alajuelita, Concepción Arriba, de la iglesia Nazareno 200 metros sur, contiguo a pulpería Los Ángeles, casa portón rojo, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Bustos Hernández Ariel. Expediente Nº 09-300058-0251-LA.—Juzgado de Trabajo de Alajuelita, 03 de febrero del 2010.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza.––1 vez.––(IN2010019998).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales y cualquier otro dinero a que tenia derecho la trabajadora fallecida Yamilette María Rivera Madrigal quien fue mayor, casada, titular de la cédula de identidad Nº 1-0540-0286, vecina de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 09-000576-0679-LA establecido por Guillermo Marrochi Castañeda.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 22 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Segura Godínez, Jueza.––1 vez.––(IN2010019999).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales y cualquier otro dinero a que tenía derecho el trabajador fallecido Carlos Jiménez Morison, quien fue mayor, casado, titular de la cédula de identidad Nº 7-0052-0858, vecino de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 10-000050-0679-LA establecido por Lenet Headger Headger.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 22 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Segura Godínez, Jueza.––1 vez.––(IN2010020000).

Se cita y emplaza a los causahabientes del trabajador fallecido Braulio González González, quien fue mayor de edad, soltero, con cédula de identidad número cinco - cero ochenta y nueve - ciento treinta, de nacionalidad costarricense, jornalero, vecino de Limón, Estrada, en finca bananera Aproveco. Para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Se apersonen al proceso en resguardo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que así no lo hicieren, se ordenará el giro correspondiente prestaciones a quién o quienes corresponda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 09-300061-479-LA-l, por consignación de prestaciones laborales, promovido por Rigoberto González González, causante Braulio González González.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Matina, 22 de febrero del 2010.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.––1 vez.––(IN2010020001).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel González Coto, mayor, casado, inspector de puentes, vecino de Cartago, cédula de identidad Nº 3-181-172, laboró para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, fallecido el 22 de diciembre de 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 10-000198-0346-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000198-0346-CI. Promovida por María del Carmen Guevara Varela.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 18 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.––1 vez.––(IN2010020002).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Karen Sánchez Rodríguez, quien fue mayor, soltera, secretaria, portadora de la cédula de identidad Nº 3-0316-0034, vecina de Cartago y falleció el 30 de noviembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 10-000084-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000084-1023-LA. Promovido por José Joaquín Sánchez Sanabria y otro.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 24 de febrero del 2010.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.––1 vez.––(IN2010020003).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Quirós Jiménez, quien fue mayor, soltero, mecánico, con cédula de identidad 3-355-786, de último domicilio Agua Caliente de Cartago, y falleció el 21 de agosto del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el Nº 10-000086-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000086-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 25 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.—1 vez.—(IN2010020004).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Gerardo Chaves Soto, cédula 2-491-952, fallecido el día 19 de febrero del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral bajo el expediente Nº 10-000237-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000237-0173-LA. Promovido por Marcela Alejandra Valverde Picado a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010020005).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ulises Ernesto Hidalgo Castillo, cédula 6-125-590, fallecido el día 15 de enero del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Nº 10-000433-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000433-0173-LA. Promovido por Jacqueline Henderson Calderón a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010020006).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Joseph Tosi Olin, cédula 8-046-206, fallecido el día 2 de diciembre del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Nº 10-000145-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el articulo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000145-0173-LA. Promovido por Mary Patchen Comer a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Rosemary Zeledón Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(IN2010020007).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Muñoz Vargas, cédula 1-717-269, fallecido el día 15 de enero del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Nº 10-000221-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000221-0173-LA. Promovido por Zoila Rosa Rodríguez Angulo a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2010.—Lic. Rosemary Zeledón Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(IN2010020008).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María del Rocío Hernández Osorno, cédula 1-1099-934, fallecida el día 24 de agosto del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Laborales bajo el expediente Nº 10-000319-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000319-0173-LA. Promovido por BSDEV Internacional S. A., a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2010.—Lic. Rosemary Zeledón Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(IN2010020009).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juana Nicolás Murillo, cédula 8-044-083, fallecida el día 16 de enero del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Pensión y Aguinaldo Proporcional bajo el expediente Nº 10-000186-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000186-0173-LA. Promovido por Carlos Eddy Monterrey Nicolás a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de febrero del 2010.—Lic. Rosemary Zeledón Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(IN2010020010).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Obando Fonseca, cédula 1-371-798, fallecido el día 24 de diciembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral, Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, Ahorro Obligatorio y Prestaciones Laborales bajo el expediente Nº 10-000203-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000203-0173-LA. Promovido por Norma Fuentes Murillo a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010020011).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Eduardo Solís Jiménez, vecino de Turrialba, soltero, cédula 3-0434-0726 y fallecido el 24 de enero del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 10-000010-1007-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000010-1007-LA. Ronald Eduardo Solís Jiménez a favor de Ronald David Solís Araya.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Turrialba, 15 de febrero del 2010.—Lic. Cristian Martínez Fernández Juez.—1 vez.—(IN2010020012).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Ronald Garita Méndez, quien fue casado, vecino de Turrialba, con cédula de identidad número 3-253-488, se les hace saber que: Sonia Zamora Ovares, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad Nº 3-244-401, vecina de Turrialba, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente Nº 10-000047-1001-LA-l.—Juzgado de Trabajo de Turrialba, 5 de febrero del 2010.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2010020013).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Omar Desiderio Álvarez Mejía, cédula 4-081-437, fallecido el día 12 de junio del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral bajo el expediente Nº 10-000144-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000144-0173-LA. Promovido por Nidia Mayela Fallas Bogarín a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2010.—Lic. Rosemary Zeledón Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—(IN2010020014).

Se cita y emplaza a todos los causahabientes del trabajador fallecido José Emilio Delgado Villalobos, quien fue mayor de edad, divorciado, costarricense, nativo de San José, el veinte de enero de mil novecientos sesenta y siete, vecino de Jicaral, frente a Coopeguanacaste, portó la cédula de identidad número uno-cero novecientos sesenta-cero trescientos cincuenta y cinco (1-0960-0355), era trabajador de Coonaprosal Sucursal de Jicaral, y falleció el tres de setiembre del dos mil siete, en Jicaral centro, para que comparezcan ante este Despacho, dentro del plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hiciere, los dineros que se depositaren, pasarán a quien legalmente corresponda. Artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-300001-0435-LA. Diligencias de devolución de ahorros del trabajador José Emilio Delgado Villalobos, promovido por Rosa Villalobos Loría.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Jicaral, 12 de febrero del 2010.—Lic. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—(IN2010020015).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Mercedes Pizarro Angulo, cédula de identidad número 5-182-374, fallecida el treinta de setiembre del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajadora fallecida, bajo el expediente Nº 10-300009-0401-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-300009-0401-LA-3 a favor de Dinora Angulo Angulo, cédula de identidad número 5-0053-0080 y Gerardo Mercedes Pizarro Pizarro, cédula de identidad número 5-0059-0471.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo, 2 de febrero del 2010.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2010020016).

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

Se le hace saber a: Xiomara Buzano Álvarez, cédula Nº 1-0841-0551, que se le otorga un plazo de diez días hábiles para que se manifieste sobre los términos de la ampliación a la gestión de despido establecida en su contra por el Ministro de Educación Pública. Tiene acceso al expediente que se encuentra en la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Servicio Civil, en San Francisco de Dos Ríos.—Asesoría Jurídica.—Lic. Richard Fallas Arias, Instructor.—1 vez.—O. C. 8139.—Solicitud Nº 014-2010.—C-9350.—(IN2010019239).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones exactos cada una de las fincas que se dirán, en el mejor postor remataré lo siguiente: a) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y tres mil seiscientos uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote uno. Situada en el distrito primero Los Chiles, cantón Catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con frente de cuarenta y dos metros ochenta y nueve centímetros; al sur, calle pública con treinta y dos metros ocho centímetros; al este, Ukurikok S. A., y al oeste, Ukurikok S. A. Mide: dos mil ciento cincuenta y siete metros con once decímetros cuadrados. b) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y tres mil seiscientos tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Los Chiles, cantón Catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con veintidós metros treinta y seis centímetros; al sur, Ukurikok S. A.; al este, Ukurikok S. A., y al oeste, Ukurikok S. A. Mide: dos mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de diez millones trescientos doce mil quinientos colones exactos cada una de las fincas descritas (sea rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de tres millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos cada una de las fincas descritas (sea un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Mairon Alberto Campos Pasos. Expediente Nº 09-001888-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010159541.—(IN2010018780).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada, inscrita al tomo trescientos ochenta y siete, asiento once mil cuatrocientos veintiséis, secuencia cero uno, subsecuencias cero nueve uno cero y cero nueve uno uno, consecutivo cero cero uno, el derecho cero cero uno, y servidumbre trasladada inscrita al tomo trescientos ochenta y siete, asiento once mil cuatrocientos veintiséis, secuencia cero uno, subsecuencias cero nueve uno cero y cero nueve uno dos, consecutivo cero cero uno; el derecho cero cero dos, a las once horas y treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil diez, y con la base de cinco millones seiscientos setenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito diez, Volio, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Maritza Fernández Chacón; al sur, servidumbre de paso en medio y otro; al este, Cooperativa de Caficultores Ramonense, y al oeste, Everardo Muñoz Araya. Mide: doscientos trece metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de mayo de dos mil diez, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil diez con la base de un millón cuatrocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodolfo Sancho Sánchez contra Junnior Gerardo Solís Marín. Expediente Nº 09-000448-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de febrero del 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010159570.—(IN2010018783).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco HSBC Sociedad Anónima, por la suma de treinta y nueve millones novecientos cincuenta y seis mil ochenta y dos colones con setenta y tres céntimos, a las trece horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil diez, y con la base de treinta millones sesenta y cuatro mil quinientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y cinco mil ciento dieciocho por la submatrícula cero cero dos, que representa un derecho a un medio en la finca la cual es terreno para construir, lote 33, con una casa. Situada en el distrito octavo, Barranca, cantón primero, Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con avenida Sol; al sur, Ana Ugalde; al este, Edgar Mora Ugalde, y al oeste, con Alameda Spica. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de mayo del dos mil diez, con la base de veintidós millones quinientos cuarenta y ocho mil trescientos setenta y cinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil diez con la base de siete millones quinientos dieciséis mil ciento veinticinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Josué Cruz Mora contra Gilberto Sánchez Rosales. Expediente Nº 08-000349-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de febrero del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010159575.—(IN2010018784).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y cero minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de dieciocho mil setecientos ochenta y siete dólares con cuarenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré: lo siguiente: Vehículo, placas número 720355, marca Hyundai, año 2008, Vin KMJWAH 7 HP 8 U 021478, cilindrada 2500 cc, color negro, categoría microbus. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de catorce mil noventa dólares con sesenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro mil seiscientos noventa y seis dólares con ochenta y siete centavos ($4.696,87) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Mari Stela Delgado Alvarado. Expediente Nº 09-003286-0640.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010159601.—(IN2010018786).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las quince horas y quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de nueve mil doscientos cincuenta y tres dólares con veintiocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL dos dos tres ocho ocho seis, marca Hyundai, año 2008, Vin KMFZCN7BP8U324377, cilindrada 2600 c.c, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de seis mil novecientos treinta y nueve dólares con noventa y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de dos mil trescientos trece dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Juan Gabriel Madrigal Hernández. Expediente Nº 09-002723-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 10 de febrero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010159602.—(IN2010018787).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas quince minutos del cinco de abril del dos mil diez y con la base de quince mil setecientos ochenta y cuatro dólares en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo, placas número 674819, marca Citroen, año 2007, vin VF7JM8HZB97353424, cilindrada 1398 c.c. color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del veinte de abril del dos mil diez con la base de once mil ochocientos treinta y ocho dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del cinco de mayo del dos mil diez con la base de tres mil novecientos cuarenta y seis dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima, contra Claudia Elisa Cardona de Menjivar, Rafael Alberto Menjivar Recinos. Expediente Nº 09-002412-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de febrero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010159603.—(IN2010018788).

A las trece horas treinta minutos del seis de abril del dos mil diez, en la puerta exterior del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, remataré, libre de gravamen, y con la base de trece millones novecientos ochenta y ocho mil ochocientos cinco colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero doscientos treinta y cuatro mil seiscientos ochenta y cinco-cero cero cero (00234685-000) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Curridabat, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Hernández Vives; al sur, Rudecindo Cordero; al este, calle pública, y al oeste, Guillermo Lizano Seas. Mide: trescientos cinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de María Eugenia Herrera Fonseca contra Óscar Hernández Vives. Expediente Nº 03-000876-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del 2009.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—RP2010159606.—(IN2010018789).

En la puerta exterior del despacho; libre gravamen, a las nueve horas treinta minutos del nueve de abril del año dos mil diez , y con la base de doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo, placas número 275759, marca Hyundai, año 1991, vin KMHVD32J3MU113159, cilindrada 1500 c.c, color blanco, categoría automóvil. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil diez, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil diez, con la base de cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso prendario de Marco Tulio González Salas contra María José Arguedas Picado. Expediente Nº 09-100261-0241-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puriscal, 11 de febrero del 2010.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.—RP2010159635.—(IN2010018790).

En la puerta exterior de este despacho; soportando libre de gravámenes pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas treinta minutos del siete de abril del dos mil diez, y con la base de treinta y ocho millones ochocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos ochenta y seis colones con 92/100, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero cero cinco uno cinco dos nueve cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Finca Filial veintiuno del Bloque C; al sur, Finca Filial diecinueve del Bloque C; al este, zona de protección río, y al oeste, calles seis. Mide: ciento cuarenta y un metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de veintinueve millones ciento treinta y dos mil seiscientos quince colones con 19/100 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil diez con la base de nueve millones setecientos diez mil ochocientos setenta y un colones con 73/100 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Arturo Barboza Garro. Expediente Nº 09-002872-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de enero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010159645.—(IN2010018791).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, y con la base de treinta y cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 208.347-000, la cual es terreno para construir lote 31-F. Situada en el distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, avenida 1 pública con un frente de 7.00 metros; al sur, lote 13-F de Urbanización Siglo 20 S. A.; al este, lote 30-F de Urbanización Siglo 20 S.A., y al oeste, lote 32-f. de Urbanización Siglo 20 S. A. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de veintiséis millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de ocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación de Empleados de Scotiabank de C.R.Y AF, contra Viviana Arce Sandoval. Expediente Nº 09-001449-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—(IN2010018863).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso a las citas 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre ecológica y limitaciones a las citas 2009-00187867-01-0005-001 y 2009-00187867-01-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, Sistema de Folio Real matrícula Nº 168816-000; que es terreno para construir lote 9, situado en distrito cuarto, Bahía” Ballena, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: Norte, calle pública y Souleaorquidea Puesta del Sol Veinte Limitada; sur, calle pública; este, calle pública y oeste, calle pública. Mide: ochocientos seis metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleaorquidea Vista del Amanecer Catorce Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-525511. Para el primer remate se señalan las 08:00 horas del 13 de abril de 2010 con la base de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares, moneda de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 08:00 horas del 28 de abril de 2010 con la base de treinta y dos mil ochocientos doce dólares con cincuenta centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 08:00 horas del 12 de mayo de 2010 con la base de diez mil novecientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario exp. Nº 09-100133-423-CI-3, de Blue Horizon Corporation S. A., cédula jurídica Nº 3-101561691. Contra: Souleaorquidea Vista del Amanecer Catorce Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-525511.—Juzgado Civil de Osa, 09 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.––(IN201019122).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso a las citas 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre ecológica y limitaciones a las citas 2009-00187867-01-0005-001 y 2 009-00187867-01-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, Sistema de Folio Real matrícula número 168817-000; que es terreno para construir lote 15, situado en distrito cuarto, Bahía Ballena, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Residencias Soulea Sociedad Anónima; sur, Souleaorquidea Paisaje Soleado Doce Limitada; este, Agropecuaria Sibaja Sociedad Anónima y oeste, calle pública y Souleaorquidea Paisaje Soleado Doce Limitada. Mide: mil setecientos veintiocho metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleacasa de La Montaña Quince Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-525509. Para el primer remate se señalan las 10:00 horas del 12 de abril de 2010 con la base de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares, moneda de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 10:00 horas del 27 de abril de 2010 con la base de treinta y dos mil ochocientos doce dólares con cincuenta centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte, América; y para el tercer remate se señalan las 10:00 horas del 11 de mayo de 2010 con la base de diez mil novecientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente Nº 09-100136-423-CI-3, de Blue Horizon Corporation S. A., cédula jurídica Nº 3-101-561691. Contra: Souleacasa de la Montaña Quince Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-525509.—Juzgado Civil de Osa, 09 de febrero de 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.––(IN2010019125).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando servidumbre de paso a las citas 2009-00187867-01-0002-001, servidumbre de acueducto a las citas 2009-00187867-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso a las citas 2009-00187867-01-0004-001, servidumbre ecológica y limitaciones a las citas 2009-00187867-01-0005-001 y 2009-00187867-01-0067-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, Sistema de Folio Real matrícula Nº 168813-000; que es terreno con una casa y jardín lote 4, situado en distrito cuarto, Bahía Ballena, cantón quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, calle pública y Souleacasa del Mar Uno Limitada; sur, Residencias Soulea Sociedad Anónima; este, Souleaorquidea Cano Vista Cuatro Limitada y oeste, Agropecuaria Sibaja Sociedad Anónima y Souleacasa del Mar Uno Limitada. Mide: setecientos treinta y cuatro metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Souleaorquidea Cano Vista Cuatro Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-484879. Para el primer remate se señalan las 09:00 horas del 12 de abril de 2010 con la base de cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con cuarenta y dos centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 08:00 horas del 27 de abril de 2010 con la base de treinta y cuatro mil cero setenta y seis dólares con cincuenta y siete centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 08:00 horas del 11 de mayo de 2010 con la base de once mil trescientos cincuenta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos, moneda de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente Nº 09-100139-423-CI-3, de Blue Horizon Corporation S. A., cédula jurídica Nº 3-101561691. Contra: Souleaorquidea Cano Vista Cuatro Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-484879.—Juzgado Civil de Osa, 09 de febrero del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.––(IN2010019126).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando reservas Ley de Caminos, citas: 0320-00000324-01-0914-001, a las diez horas y cero minutos del siete de junio del dos mil diez, y con la base de treinta y tres mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00014642B000, la cual es terreno para la agricultura. Situada: en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Cleto Arias Mata; al sur, Evelyn Reid Clark; al este, Elizabeth Vargas y Colorado Lumber, y al oeste, Edwin Alvarado y Gilbert Umaña. Mide: dos millones setecientos diecinueve mil quinientos cuarenta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil diez, con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del siete de julio del dos mil diez, con la base de ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora Ivonne Veintitrés S. A., contra Inmobiliaria Nuevo Sol S. A., representado por Álvaro Rossi Lara. Expediente Nº 09-000397-0164-CI.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del 2009.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010159664.—(IN2010019277).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada, citas: 314-6718-01-0002-001, a las diez horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 436933-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 02 Guaitil, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto reservado de Virgilio Monge Badilla; al sur, calle pública con un frente de 28 metros 59 centímetros; al este, calle pública con un frente a ella de 37 metros 40 centímetros, y al oeste, Temporalidades de la Arquidiócesis de San José. Mide: mil setecientos cincuenta y dos metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de agosto del dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil diez, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Claudio Esquivel Monge contra Óscar Arias Segura. Expediente Nº 09-005762-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de enero del 2010.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—RP2010159698.—(IN2010019278).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matricula número 061.872-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 01 Barva, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Eida Chavarría Villegas; al sur, calle pública; al este, Iris Hernández, y al oeste, calle pública. Mide: ciento seis metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil diez, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Hilda Rosa Ureña Hidalgo. Expediente Nº 09-001162-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de febrero del año 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010159719.—(IN2010019279).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de dos millones quinientos mil colones netos, remataré: finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número 364697-000, que se describe así: lote 1 terreno de cultivos, sito: en el distrito trece Peñas Blancas, cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Daniel Hidalgo Rodríguez; al sur, Misael Hidalgo Chaves; al este, calle pública con un frente de 12 metros, y al oeste, yurro en medio Misael Hidalgo Chaves. Mide: setecientos doce metros con veintisiete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones netos, se señalan las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seiscientos veinticinco mil colones netos, se señalan las ocho horas, cuarenta y cinco minutos del diez de junio de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100013-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Reiner Andrés Hidalgo Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 28 de enero de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010159736.—(IN2010019280).

A las ocho horas, treinta minutos del trece de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando hipoteca de primer grado a favor del banco actor bajo las citas 576-42734-01-0002-001, servidumbre trasladada bajo las citas 330-12399-01-0902-001, y con la base de la hipoteca de segundo grado a favor del banco actor, sea la base de trece millones ochocientos tres mil setecientos noventa y un colones con noventa y cuatro céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela Folio Real matrícula número 317.388-001-002, que es terreno de patio con una casa de habitación sito en La Tigra de San Carlos, distrito ocho del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Edwin Steller Barrantes y Javier Quirós Bolaños; al sur, servidumbre de paso; al este, Edwin Steller Barrantes y Germán Campos Montero, y al oeste, calle pública y Javier Quirós Bolaños. Mide: dos mil trescientos setenta y un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diez millones trescientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y tres colones con noventa y seis céntimos, se señalan las ocho horas, treinta minutos del veintisiete de mayo de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil novecientos cuarenta y siete colones con noventa y ocho céntimos, se señalan las ocho horas, treinta minutos del diez de junio de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 10-100045-297-CI ejecución hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Germán Sandí Murillo y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 2 de febrero de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010159742.—(IN2010019281).

A las quince horas del ocho de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de tres millones de colones, en el mejor postor remataré: vehículo placas número CL doscientos veintiún mil doscientos ochenta, marca Isuzu, categoría: carga liviana, modelo NPR, año mil novecientos ochenta y ocho, color blanco, carrocería caja cerrada o furgón, chasis J J siete cero cero cero cuatro ocho seis, combustible diesel, capacidad tres personas, cuatro cilindros, motor no visible. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintidós de abril de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones, (suma que contiene la rebaja del 25%) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del seis de mayo de dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 09-100698-0295-CI, de José Abad Arias Rojas, contra Edwin Alfonso Chaves Prendas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 02 de febrero de 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2010159762.—(IN2010019282).

A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil diez, en la puerta exterior de este juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando reservas y restricciones, cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos treinta y cinco, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno; reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero  novecientos treinta y seis, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno; reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos treinta y siete, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno; reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos treinta y ocho, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos treinta y nueve, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos cuarenta, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, secuencia cero novecientos cuarenta, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos cuarenta y uno, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos cuarenta y dos, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, reservas y restricciones, asiento cuatro mil cuatrocientos sesenta y dos, consecutivo cero uno, secuencia, cero novecientos cuarenta y tres, subsecuencia cero cero dos, al tomo trescientos cincuenta y uno, reservas y restricciones, asiento diecinueve mil setenta y uno, consecutivo cero uno, secuencia cero ochocientos, subsecuencia cero cero uno, al tomo trescientos sesenta y dos. Plazo de convalidación, asiento cincuenta y tres mil treinta y uno, consecutivo cero uno, secuencia cero veinticinco, subsecuencia cero cero uno, al tomo quinientos sesenta y ocho. Plazo de convalidación, asiento cincuenta y tres mil treinta y uno, consecutivo cero uno, secuencia cero veintiséis, subsecuencia cero cero uno, al tomo quinientos sesenta y ocho, decreto de embargo, asiento cero nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero uno, subsecuencia cero cero uno, del tomo cero ochocientos, y con la base de doscientos ochenta y cuatro mil trescientos setenta y un dólares con ochenta y cuatro centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al sistema de Folio Real matrícula número ciento sesenta y un mil cuatrocientos ochenta y uno-cero cero cero, terreno para construir y de pasto, situado en el distrito sétimo Arenal, del cantón octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste, mide diez mil doscientos cincuenta y cinco metros con dieciséis decímetros cuadrados, según plano G-1138153-2007, con linderos: norte, Vista del Arenal S. A.; sur, calle pública; este, calle pública, y al oeste, calle pública y Luis Barrientos Herrera. Para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original sea con la suma de doscientos trece mil doscientos setenta y ocho dólares ochenta y ocho centavos, de la finca dada en garantía hipotecaria, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de mayo del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original sea con la suma de setenta y un mil noventa y dos dólares noventa y sies centavos, de la finca dada en garantía hipotecaria, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de junio del dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 09-100038-0389-CI-(39-4-2009)-B, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Nacional de Costa Rica contra Jacob Wesley Harvey, Mirador del Lago Arenal Sociedad Anónima y Thomas Forbes Carter.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 16 de febrero del 2010.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—RP2010159779.—(IN2010019283).

A las nueve horas del ocho de abril del dos mil diez el primer remate con una base de cinco millones de colones. A las nueve horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil diez el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones. Y a las nueve horas treinta del seis de mayo del dos mil diez el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de un millón doscientos cincuenta mil colones; en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número ochenta y cinco mil seiscientos setenta cero cero cero, terreno para construir, sito en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Urbanización Siglo Veinte; sur, con Urbanización Siglo veinte; este, con Urbanización Siglo Veinte, y al oeste, con calle pública. Mide: ciento treinta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 09-000472-0678-CI-1 establecida por Sociedad Guido y Samudio S. A., contra Alexander Zumbado Calvo.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de  Limón, 17 de febrero del 2010.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2010159780.—(IN2010019284).

A las nueve horas treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo doscientos noventa y tres, asiento diecinueve mil novecientos cincuenta y seis consecutivo, cero cero uno y servidumbre trasladada inscrita al tomo trescientos dos, asiento dieciocho mil ochocientos setenta y dos consecutivo cero uno y con la base de ocho millones ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos dieciséis colones con seis céntimos, sáquese a remate la finca del partido de San José matrícula Folio Real cuatrocientos sesenta y ocho mil seiscientos setenta y ocho-cero cero cero que es terreno lote 6 G terreno para construir, sito en distrito dos San Miguel, cantón tres Desamparados. Linda: al norte, con lote 7 G; al sur, lote 5 G; al este, con calle pública, y al oeste, con lote 11 G. Mide ciento veinte metros con diecisiete decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-cero cuatro cinco nueve siete ocho nueve-mil novecientos noventa y siete, para lo que se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de abril del año en curso. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de abril del año dos mil diez, con la base de seis millones seiscientos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil diez con la base de dos millones doscientos dieciocho mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base inicial). Lo anterior, por haberse ordenado así en juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100042-197-CI de Plinio Jiménez Valverde contra Danilo Acuña Zúñiga.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, 22 de febrero de 2010.—MSc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—RP2010159798.—(IN2010019285).

En la puerta exterior de este despacho; en el mejor postor remataré lo siguiente finca Nº 1 inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil trescientos cuarenta y siete-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y servidumbre de paso; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil diez, y con la base de veintiocho mil dólares la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito Bahía Ballena, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Municipalidad de Osa; al este, Ismero Ltda., y Comercial Muji Ltda., y al oeste, Ismero Ltda., y Comercial Muji Ltda. Mide: mil setecientos ochenta y un metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de mayo del año dos mil diez, con la base de veintiún mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de siete mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Finca Nº 2 inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil trescientos cuarenta y seis-cero cero cero, libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y servidumbre de paso; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil diez, y con la base de veintiocho mil dólares la cual es terreno de solar, lote primero. Situada en el distrito Bahía Ballena, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Municipalidad de Osa; al este, Ismero Ltda., y Comercial Muji Ltda., y al oeste, Ismero Ltda., y comercial Muji Ltda. Mide: mil setecientos setenta y nueve metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de mayo del año dos mil diez, con la base de veintiún mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de siete mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Araya Cisneros contra Locos Por El Fútbol Sociedad Anónima, Vidal Céspedes Salas. Expediente Nº 09-001607-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2010159803.—(IN2010019286).

A las once horas del quince de abril del año dos mil diez, desde la puerta exterior que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios, pero soportando, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta mil colones, al mejor postor se rematará: vehículo placa 239734, marca Nissan, año 1995, categoría automóvil, para cinco personas, color celeste, cuatro puertas, tracción sencilla, motor GA14588743B combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiséis de abril del año dos mil diez, con la base de un millón ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del once de mayo del año en curso, con la base, de trescientos sesenta y dos mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por haberse ordenado así en proceso de ejecución prendaria de David Miranda Herrera contra Sandra Morales Madriz, expediente Nº 09-100085-0351-CI (105-2-09).—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Paraíso, 12 de enero de 2010.—Lic. Mariela Porras Retana, Jueza.—RP2010159877.—(IN2010019287).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de abril de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de doce millones cuatrocientos dieciséis mil colones, remataré: la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 389.787-000, y que se describe así: Terreno de agricultura con una casa, sito Fortuna distrito siete de San Carlos, cantón décimo de la provincia de Alajuela, linderos: norte, calle pública con un frente a ella de 7,66 metros lineales y Francisco José Campos Barrantes, ambos en parte; sur, Mario Alberto Vargas Alvarado y Francisco José Campos Barrantes en parte; este, Francisco José Campos Barrantes, y oeste, Mario Alberto Vargas Alvarado. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de nueve millones trescientos doce mil colones, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de abril de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones ciento cuatro mil colones, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de mayo de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100956-0297-CI que es ejecución hipotecaria del Karlina Rodríguez González contra Uriel Francisco Campos Barrantes y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de enero de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010159913.—(IN2010019288).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de seis millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 618895, marca Honda, año 1997, Vin 2HGEJ864XVH553903, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Daniel García Ortiz contra Nataly Menani Jiménez. Expediente Nº 10-006063-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010159915.—(IN2010019289).

A las ocho horas con quince minutos del seis de abril del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales con la base de dos millones quinientos setenta y cinco mil colones, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas C 133761, marca International estilo COF9670, carrocería cabezal o tracto camión, motor número: SI número, año 1989, color blanco, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario Nº 06-001130-184-CI de Asociación Solidarista Empleados contra Claudio Casanova Briceño.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de febrero del 2010.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—RP2010160019.—(IN2010019293).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del diecinueve de agosto del año dos mil diez, y con la base de dieciocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia. Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil doscientos cincuenta y siete-cero cero cero la cual es terreno de patio y jardín con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Moisés Matamoros Venegas; al este, Graciela Sánchez Barrantes, y al oeste, Graciela Sánchez Barrantes. Mide: ciento noventa y cuatro metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre del año dos mil diez, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil diez con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Luis Ángel Montañez Vargas. Expediente Nº 10-000231-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010160027.—(IN2010019294).

A las nueve horas del veintitrés de abril de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, para el primer remate, con la base de seiscientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y ocho colones treinta y tres céntimos remataré: Finca de matrícula cuatrocientos once mil ciento sesenta y cuatro-cero cero cero del partido de Alajuela, el cual se describe así: Terreno para construir, sito en el distrito ocho La Tigra, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Mide: 142 metros con 26 decímetros cuadrados. Linda: al norte, calle pública; sur, este y oeste, José Campos. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original sea la suma de quinientos nueve mil seiscientos noventa y un colones veinticinco céntimos se señalan las nueve horas del diez de mayo de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ciento sesenta y nueve mil ochocientos noventa y siete colones ocho céntimos se señalan las nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de ejecución hipotecaria 10-100116-0317-CI-1 de COOCIQUE R. L., contra Wayner Campos Cubero y otro.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San Carlos, 17 de febrero del 2010.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—RP2010160040.—(IN2010019295).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando medianería y servidumbre trasladada a las once horas treinta minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, y con la base de dieciocho millones de colones (¢18,000.000), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veinte mil trescientos noventa y tres guión cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre pública; al sur, Otilia Rodríguez Jaén, casa 470; al este, casa 481, Carlos Araya, y al oeste, parqueo público. Mide: ciento dieciséis metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de trece millones quinientos mil colones (¢13,500.000) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro millones quinientos mil colones (¢4,500.000) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Katia Joanna Guerrero Arroyo, Yira Patricia Guerrero Arroyo. Expediente Nº 09-002473-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010150055.—(IN2010019296).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones cuatrocientos treinta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cinco mil quinientos ochenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa lote setenta y tres. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote cuarenta y seis; al sur, calle pública; al este, lote setenta y cuatro, y al oeste, lote setenta y dos. Mide: ciento quince metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones quinientos setenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diez con la base de un millón ochocientos cincuenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso   ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guillermo Ramírez Morales. Expediente Nº 09-000967-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de setiembre del 2009.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2010160083.—(IN2010019297).

En la puerta exterior de este despacho; soportando los siguientes gravámenes: una servidumbre trasladada, dos servidumbres dominantes y una servidumbre sirviente: a las diez horas del día veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de diecisiete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 22-A. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, Fabio Ruiz Hidalgo, y al oeste, calle 2 con 7.50 metros. Mide: ciento doce metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del día trece de mayo del año dos mil diez, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del día veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Betzy Carolina Palma Jefferson. Expediente Nº 09-002035-0638.—CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de octubre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160084.—(IN2010019298).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando soportado dos servidumbres trasladadas; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil diez, y con la base de veintiséis mil setecientos veinte dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 35 A. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Abdenago Muñoz; al este, lote 36 A y al oeste, lote 34 A. Mide: ciento veinte metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil diez, con la base de veinte mil cuarenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de seis mil seiscientos ochenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Allan Mauricio Zamora Quesada. Expediente Nº 09-002338-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de setiembre del 2009.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160085.—(IN2010019299).

En la puerta exterior de este despacho; soportando libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y treinta minutos del treinta de abril del año dos mil diez, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos once mil quinientos ochenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres Tobosi, cantón ocho El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, sur y este, Eric Zacar Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y nueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil diez, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Monge Alfaro. Expediente Nº 09-000320-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2010160087.—(IN2010019300).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil diez, y con la base de quince millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa lote número 859. Situada en el distrito Cinco Esquinas, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 858; al sur, acera 9; al este, lote 839, y al oeste, alameda 18. Mide: ciento ocho metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil diez, con la base de once millones ochocientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de tres millones novecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Fernando Antonio Luna Ramírez. Expediente Nº 09-001575-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160088.—(IN2010019301).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del treinta de abril del año dos mil diez, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y ocho mil doscientos cuarenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno zona verde bastión con una casa. Situada en el distrito San Isidro de le General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 40 metros con 5 centímetros lineales; al sur, Reiner Alexander Hernández Acuña; al este, quebrada en medio, y al oeste, Reiner Alexander Hernández Acuña. Mide: novecientos un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de mayo del año dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de mayo del año dos mil diez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lourdes Patricia Valverde Sandí. Expediente Nº 09-002362-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de octubre del 2009.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160089.—(IN2010019302).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y treinta minutos del día veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento cuarenta y un mil novecientos setenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir lote 23-B. Situada en el distrito 02 San Vicente, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Azofeifa e Hilda Chang Wong; al sur, calle pública-C y otra: al este, AS.PRO.VIV. Yurusti Sto Domingo Heredia, y al oeste, Elías Arias Quesada. Mide: doscientos dos metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del día trece de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Alberto Dávila Alvarado, María Del Rosario Arce Loaiza. Expediente Nº 09-002055-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160090.—(IN2010019303).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones cuatrocientos ochenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos dieciocho mil trescientos noventa y siete-cero cero cero la cual es terreno de repasto y montaña, lote 6. Situada en el distrito Sarapiquí, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Vianey Morera Solano; al sur, lote 5 de Benito Alfaro Vargas; al este, quebrada planta en medio de lote 1 de Lorena Alfaro Vargas, y al oeste, calle pública con un frente de 95 metros. Mide: quince mil trescientos treinta y cuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones seiscientos trece mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de un millón ochocientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Román Sánchez Guzmán. Expediente Nº 09-001780-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010190091.—(IN2010019304).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de ocho millones cien mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y ocho mil novecientos cuarenta y nueve-cero cero uno-cero dos, la cual es terreno para construir, bloque C, lote 15 C. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda con 6 metros; al sur, lote 6 C; al este, lote 16 C, y al oeste, lote 14 C. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del trece de mayo del año dos mil diez, con la base de seis millones setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de dos millones veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra German Loria Barboza, María Etelvina Torres Montero. Expediente Nº 09-002012-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160092.—(IN2010019305).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de veintitrés millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cinco mil doscientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Asunción, cantón Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Julio Padilla Padilla; al sur, Benjamín Zumbado Murillo, calle pública con 3.15 metros de frente; al este, Junta de Educación de la Escuela Manuel del Pilar Zumbado, y al oeste, Miguel Zumbado, Benjamín Zumbado Murillo. Mide: doscientos ochenta y siete metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del trece de mayo del año dos mil diez, con la base de diecisiete millones cuatrocientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de cinco millones ochocientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Benjamín Zumbado Murillo, Gery Alayster Soto Chaves, Maureen Patricia Zumbado Cerdas. Expediente Nº 09-001921-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160093.—(IN2010019306).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base cinco millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil seiscientos cuarenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 04 metros 34 centímetros; al sur, Ramiro Meléndez con 04 metros 34cm; al este, Ronny Recio con 12 metros 07 cm, y al oeste, María Teresa Jiménez-otro 12 metros 07cm. Mide: cuarenta y tres metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil diez, con la base de tres millones novecientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de un millón trescientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Sugey Gutiérrez Manzanares. Expediente Nº 09-001507-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160094.—(IN2010019307).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas de ley de aguas y reservas de ley de caminos; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de abril del año dos mil diez, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Curubande, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Josefa Cerdas Cerdas; al sur, calle pública con un frente de 25,02 metros; al este, calle pública con un frente de 14,98 metros y al oeste, Lino Rodríguez Cerdas. Mide: trescientos cincuenta y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de mayo del año dos mil diez con la base de un millón quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marta Haydee Castro Espinoza. Expediente Nº 09-001782-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de setiembre del 2009.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160096.—(IN2010019308).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada, a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, y con la base de veintiocho millones doscientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil ochocientos veinticuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno Desamparados, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública: al sur, Maritz Díaz Benavides; al este, calle pública, y al oeste, Sociedad Díaz Asociados e hijos de Desamparados. S. A. Mide: ciento dos metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diez de mayo del año dos mil diez con la base de veintiún millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diez con la base de siete millones sesenta y dos mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Miguel Fidel Castro Espinoza. Expediente Nº 09-000861-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de setiembre de 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160097.—(IN2010019309).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones; a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones sesenta y un mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y seis mil seiscientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa y breñones. Situada en el distrito Baru, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Didimo Vargas y Carmen Fallas; al sur, calle pública; al este, Didimo Vargas y Carmen Fallas, y al oeste, Isabel Picado Jiménez. Mide: seiscientos ochenta y siete metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones doscientos noventa y cinco mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diez con la base de un millón setecientos sesenta y cinco mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adriana Patricia Gamboa Mora. Expediente Nº 09-002087-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de setiembre del 2009.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160099.—(IN2010019310).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada y medianería; a las once horas y cero minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de dieciocho millones trescientos treinta y nueve mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dos mil cuatrocientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa 64-193. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, cíe la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, alameda 4 con 6.48 metros y al oeste, INVU. Mide: ciento veinte metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil diez, con la base de trece millones setecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro millones quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Anny González Chaves, Luis Daniel González Chaves. Expediente Nº 09-001978-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160100.—(IN2010019311).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones; a las quince horas treinta minutos del veintisiete de abril del año en curso, y con la base de quince millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y cinco mil cuatrocientos sesenta y dos-cero cero cuatro-cero cero cinco, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito uno Liberia, cantón uno Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Sixto Alvarado Rodríguez; al sur, Miguel Ángel Contreras Coronado; al este, Adina Alvarado Rivas, y al oeste, calle pública con 8 metros 39 centímetros. Mide: ciento setenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del once de mayo del año en curso, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de mayo del año en curso con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Evelyn Teresa Soto Bustos, Flora Emilia Meléndez Villegas, Jaime Eduardo Lozano Vargas, Marco Antonio Peña Guido. Expediente Nº 09-001980-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de enero del 2010.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160101.—(IN2010019312).

En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones, anotada al tomo trescientos noventa y siete, asiento cero cinco mil novecientos noventa y siete, a las catorce horas y cero minutos del siete de abril del año dos mil diez, y con la base de un millón trescientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil trescientos cuarenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno lote 51, terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inmobiliaria Guaitil S. A.; al sur, Inmobiliaria Guaitil S. A.; al este, Juan Félix Pizarro González, y al oeste, calle pública con frente de 9.69 metros. Mide: ciento setenta y ocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, con la base de un millón cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de mayo del año dos mil diez con la base de trescientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Clara María Hernández Elizondo. Expediente Nº 08-001129-0638-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de enero del 2010.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—RP2010160102.—(IN2010019313).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de abril del año dos mil diez, y con la base de once millones novecientos catorce mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y un mil ciento ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Brisas, cantón Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, camino viejo abandonado con ancho de catorce metros lineales y frente de quince metros trece centímetros lineales en medio urbano Rodríguez Céspedes; al sur, calle pública con un frente de veinte metro quince centímetros lineales y ancho de nueve metros setenta nuevo centímetros lineales; al este, resto de Rubén Gerardo Rodríguez Campos, y al oeste, Jorge Rodríguez Rodríguez. Mide: doscientos sesenta y cuatro metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de ocho millones novecientos treinta y cinco mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo del año dos mil diez con la base de dos millones novecientos setenta y ocho mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Greivin Rodríguez Quesada. Expediente Nº 09-002124-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de setiembre del 2010.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160104.—(IN2010019314).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando y soportando reservas y restricciones, sin más gravámenes hipotecarios; a las diez horas del diecinueve de abril del dos mil diez, y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 24370-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero, Siquirres, cantón tercero, Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 10; al sur, calle pública; al este, lote 11 y al oeste, lote 7. Mide: doscientos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del cuatro de mayo del dos mil diez, con la base de tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecinueve de mayo del dos mil diez con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Douglas Cubillo Ortiz. Expediente Nº 10-000056-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 4 de febrero del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.––RP2010160140.––(IN2010019320).

En 1a puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo 391, asiento 6344; servidumbre de paso inscrita al tomo 425, asiento 18843; servidumbre de paso al tomo 426, asiento 8202; a las ocho horas treinta minutos del veinte de mayo de dos mil diez y con la base de dos millones doscientos cincuenta y dos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y nueve mil ciento veintidós-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito sétimo, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, servidumbre de paso en medio de Bernal Rivera Chaves y Milaidy Núñez Barboza; al este, Luis Ángel Núñez y al oeste, Botica El Águila de Oro, servidumbre de paso y Erick Iván Cruz y Lidieth Soto todos en parte. Mide: mil dieciocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de junio de dos mil diez con la base de un millón seiscientos ochenta y nueve mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil diez con la base de quinientos sesenta y tres mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Mar de La Inocencia S. A. contra Orgánicos SR Los Nacientes S. A. Expediente Nº 08-000176-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de febrero del 2010.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza.—RP2010160189.––(IN2010019321).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil diez, y con la base de doce millones novecientos treinta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecinueve mil noventa y dos, derechos cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito tercero San Juan, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga Araya Mora; al sur, Carlos Luis Castro Cruz; al este, Agustín Chaves Mora y al oeste, calle pública con un frente de diez metros. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil diez, con la base de nueve millones seiscientos noventa y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de julio de dos mil diez con la base de tres millones doscientos treinta y dos mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Antonio Chinchilla Chacón, Gilberto Antonio Zavala Porras, Rosa María Zavala Porras. Expediente Nº 10-000014-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de febrero del 2010.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza.––RP2010160204.—(IN2010019322).

A las ocho horas del once de mayo del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, se rematará el vehículo placas número C ciento veinticinco mil ochocientos noventa y dos, marca Internacional, estilo COF nueve seis siete cero, carga pesada, color beige, año 1984, serie y vin no indica, chasis uno HSRDJWR siete EHB dos cuatro tres tres nueve, número de motor uno uno uno nueve cuatro siete uno trece, combustible diesel, tracción 4x4, carrocería ganadero, cilindrada catorce mil cuatro centímetros cúbicos. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil diez. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del diez de julio del dos mil diez, esta vez con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución prendaria Nº 10-100028-0477-CI (28-10). De Marcos Hugo Araya Atencio contra Compañía de Carnes Procesadas Rojas Rodríguez R.L.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, Guápiles, 23 de febrero del 2010.—Lic. Marvin Gerardo Arce Castro, Juez.––RP2010160209.––(IN2010019323).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarlos pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso; a las once horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil diez, y con la base de veintitrés millones quinientos mil colones (¢23 500 000), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00507441-000, la cual es terreno para construir: bloque B: lote 4. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3-B; al sur, lote 5-B; al este, servidumbre de paso y al oeste, calle uno pública. Mide: ciento veinticinco metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de diecisiete millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base, de cinco millones ochocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de Lámbase inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Manuel Enrique Hernández Valdes. Expediente Nº 09-002148-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.––RP2010160236.––(IN2010019324).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios: a las catorce horas y cincuenta y dos minutos del siete de mayo del dos mil diez, y con la base de tres millones trescientos treinta y seis mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 479196-000, la cual es terreno para construir con una casa sector 1, lote 77. En el distrito Patarrá, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 78; al Invu; al este, calle pública y al lote 134, ciento treinta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo se señalan las catorce horas y cincuenta y dos minutos del veinticinco de mayo del año dos mil diez, con la base de dos millones quinientos dos mil seiscientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cincuenta y dos minutos del ocho de junio del año dos mil diez con la base de ochocientos treinta y cuatro mil doscientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ricardo Raúl Leiva contra Jannete Amira Obando Dávila. Exp. 08-016226-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de noviembre del 2009.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010019250).

En la puerta exterior de este despacho, libre gravámenes prendarios remataré el vehículo placas C ciento treinta y ocho mil ciento treinta y nueve, marca Nissan, categoría carga pesada, estilo camión, año 1997, color blanco, motor FE6205264D, propiedad de Inversiones Reyco San Isidoro S. A., cédula jurídica 3-101-244188. Para el primer remate se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de abril del año dos mil diez con la base de cinco millones de colones. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintinueve de abril del año dos mil diez con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones; y para el tercera remate se señalan las nueve horas del veinte de mayo del año dos mil diez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones. Lo anterior se remata por estar así ordenado en prendario Nº 09-100305-0188-CI (interno 329-09-R1)  de  Compañía  Galletas  Pozuelo  contra  Reyes y Compañía S. A.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 8 de febrero del 2010.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—(IN2010019269).

A las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil diez con una base de tres millones ciento noventa y dos mil doscientos cincuenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos, a las ocho horas del doce de mayo del dos mil diez, el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de dos millones trescientos noventa y cuatro mil ciento noventa y cuatro colones con cinco céntimos y a las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil diez, el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de setecientos noventa y ocho mil sesenta y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal con citas de inscripción tomo 0556, asiento 00001516. secuencia 01-0003-001, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero cero cero treinta y cinco mil doscientos veintisiete derechos cero cero uno y cero cero dos, de naturaleza para construir con una casa. Esta situada en el distrito y cantón primeros de la provincia de limón. Linda al norte, con Hugo Ernesto Brenes González; sur, con resto destinado a calle; este, con lote cinco y oeste, con lote siete. Mide: ciento sesenta y seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 09-000553-0678-CI-3 establecida por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Karla García Cajina y otros.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 22 de febrero del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—RP2010159951.—(IN2010019290).

En la puerta exterior de este despacho; soportando libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones del Instituto de Desarrollo Agrario y reservas y restricciones; a las once horas treinta minutos del ocho de julio del año en curso, y con la base de trece millones ciento ochenta y tres mil setecientos setenta y cinco colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y cinco mil quinientos noventa-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura Nº 13. Situada en el distrito dos Buena Vista, cantón quince Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río brazo y otro; al sur, calle publica y otro; al este, lote 12 y al oeste lote 14. Mide: noventa y dos mil novecientos cincuenta y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veintinueve de julio del año en curso, con la base de nueve millones ochocientos ochenta y siete mil ochocientos treinta y un colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del trece de agosto del año en curso con la base de tres millones doscientos noventa y cinco mil novecientos cuarenta y tres colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Asociación de Pequeños Agricultores de Colonia Naranjeña. Exp. 09-003085-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de febrero del 2010.—Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—RP2010160017 y RP2010160069.—(IN2010019291).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y al ser las once horas del diecinueve de julio del año dos mil diez, y con la base de vehículos descritos con las letras: A) Doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil cincuenta colones, B) Doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil cincuenta colones, C) Doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil cincuenta colones, D) Doce millones cuatrocientos cincuenta y un mil cincuenta colones, E) Seis millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochocientos setenta y siete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) Vehículos placas número EE 023606, marca Masey Ferguson, año 2005, Vin 2904181679, cilindrada 4100 c.c, color rojo, categoría equipo especial genérico, B) placas número EE 023605, marca Masey Ferguson, año 2005, Vin 2904181682, cilindrada 4100 c.c., color rojo, categoría motocicleta, C) placas número EE 023604, marca Masey Ferguson, año 2005, Vin 2904181681, cilindrada 4100 c.c, color rojo, categoría equipo especial genérico, placas número D) EE 023603, marca Masey Ferguson, año 2005, Vin 2904181680, cilindrada 4100 c.c, color rojo, categoría equipo especial genérico y E) Vehículo sin inscribir, que es una cavadora, marca Falc, modelo 2200, serie: 92157. Para el segundo remate se señalan las once horas del tres de agosto del año dos mil diez, con la base de vehículos descritos con las letras: A) Nueve millones trescientos treinta y ocho mil doscientos ochenta y ocho colones, B) Nueve millones trescientos treinta y ocho mil doscientos ochenta y ocho colones, C) Nueve millones trescientos treinta y ocho  mil  doscientos ochenta y ocho colones, D) nueve millones trescientos treinta y ocho mil doscientos ochenta y ocho colones, E) Cuatro millones ochocientos treinta y cinco mil ciento cincuenta y ocho colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del diecisiete de agosto del año dos mil diez con la base de vehículos descritos con las letras: A) Tres millones ciento doce mil setecientos sesenta y dos colones, B) Tres millones ciento doce mil setecientos sesenta y dos colones, C) Tres millones ciento doce mil setecientos sesenta y dos colones, D) Tres millones ciento doce mil setecientos sesenta y dos colones, E) Un millón seiscientos once mil setecientos diecinueve colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Asociación de Pequeños Agricultores de Colonia Naranjeña. Expediente 09-003086-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de febrero del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—RP2010160018.—(IN2010019292).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del veintisiete de abril del año dos mil diez, y con la base de diez millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil novecientos setenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Buenos Aires, cantón tres Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Municipalidad de Buenos Aires de Puntarenas; al sur, calle pública con un frente de diez metros y ocho centímetros lineales; al este, Municipalidad de Buenos Aires de Puntarenas, y al oeste, Municipalidad de Buenos Aires de Puntarenas. Mide: ciento ochenta y dos metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de siete millones setecientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de mayo del año dos mil diez con la base de dos millones quinientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Vianney Moscoso Morera. Exp. Nº 09-000949-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de setiembre del 2009.—Lic. Adrián Hilje Castillo, Juez.—RP2010160105.—(IN2010019315).

A las catorce horas del ocho de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada con la base de once millones trescientos setenta mil colones en el mejor postor remataré: Finca del Partido de San José, Folio, Real Matrícula número cuatrocientos treinta y un mil seiscientos cincuenta-cero cero uno-cero cero dos, que es terreno con para construir, lote 44 denominado lote 2-F, situado en el distrito uno, San Isidro del General, del cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linda norte; calle pública; sur, Municipalidad de Pérez Zeledón; este, Municipalidad de Pérez Zeledón, oeste, Municipalidad de Pérez Zeledón. Mide: Ciento cincuenta y nueve metros, con treinta y nueve decímetros cuadrados, según plano catastral: SJ-cero ciento cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y cinco-mil novecientos noventa y tres. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintidós de abril de dos mil diez, con la base de ocho millones quinientos veintisiete mil quinientos colones (suma que contiene la rebaja del 25%). Y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del seis de mayo de dos mil diez, con la base de dos millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos colones, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 09-100563-0295-CI, de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Silvia Mora Castro y José Fidel Gutiérrez Alfaro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 1º de febrero del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010160106.—(IN2010019316).

En la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas del nueve de abril del dos mil diez y con la base de veintisiete millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca del Partido de Alajuela, matrícula de folio real número 155327-000, descrita así: Terreno de café, sito en el distrito siete Sabanilla del cantón primero de la provincia de Alajuela, cuya medida es de once mil noventa y siete metros veintiséis decímetros cuadrados. Con los siguientes linderos: Noreste, Gonzalo Soto; sur, camino con cuarenta y seis metros con treinta y tres centímetros lineales de frente; noroeste, río Caracha; suroeste, Mercedes Arias. En caso de resultar fracasado el primer remate se llevará a cabo el segundo remate, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones, (corresponde a la rebaja del veinticinco por ciento de la base original), se señalan las diez horas del veintiséis de abril del dos mil diez. En la eventualidad que no se realicen posturas, para llevar a cabo la tercera subasta, y con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones, (que equivale a un veinticinco por ciento de la base original), se señalan las diez horas del once de mayo del dos mil diez. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Iris María Alpízar Aguilar contra El Real V.H. Limitada. Exp. Nº 10-000002-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de febrero del 2010.—Lic. María Carolina Hurtado García, Jueza.—RP2010160107.—(IN2010019317).

A las catorce horas del veintiséis de abril del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre gravámenes hipotecarios y con la base de catorce millones de colones (¢14.000.000), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y un mil quinientos setenta-cero-cero-cero, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Miriam y Blanca Nieves Pereira; al sur, María Ester Navarro y otro; al este, Freedy Correa y otros, y al oeste, calle pública y otros. Mide: Mil doscientos treinta y seis metros con noventa decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra María Ester Navarro Muñoz. Exp. Nº 05-001893-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010160125.—(IN2010019318).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del diez de mayo del dos mil diez y con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil novecientos setenta y ocho cero cero cero (216978-000) la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 02 Cot, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, en parte Carlos Coto Torres, servidumbre de paso en medio Paula López Pérez y Carlos Coto Torres; al sur, Margarita Mejía Campos; al este, Margarita Mejía Campos, y al oeste, Margarita Mejía Campos. Mide: Cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veinticinco de mayo del dos mil diez, con la base de un millón doce mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del nueve de junio del dos mil diez con la base de trescientos treinta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier Sociedad Anónima contra Jorge Luis Coto Mejía. Exp. Nº 09-002875-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 17 de febrero del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—RP2010160127.—(IN2010019319).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y quince minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de ciento veintidós mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00195677-000, la cual es terreno lote 76 bloque KK terreno para construir. Situada en el distrito 01 Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 77; al sur, lote 75; al este, calle pública; y al oeste, Otoniel Martínez Ortega. Mide: doscientos diecinueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de noventa y un mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las quince horas y quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de treinta mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra L. Emery Jesse. Exp. Nº 09-002866-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010160237.—(IN2010019325).

En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones inscrito al tomo 0343 asiento 1779 secuencia 001; en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) A las nueve horas del cuatro de junio del año dos mil diez, y con la base de seis millones novecientos sesenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos dieciocho mil setecientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Servicios Técnicos Corval S. A.; al sur, calle pública con 22,32 metros; al este, Milton González Cambronero, y al oeste, Maritza Pérez Talayera. Mide: ochocientos setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintidós de junio del año dos mil diez, con la base de cinco millones doscientos veinte mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del siete de julio del año dos mil diez con la base de un millón setecientos cuarenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) A las nueve horas del cuatro de junio del año dos mil diez y con la base de cuatro millones ciento cuarenta y cinco mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos seis mil doscientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13 Peñas Blancas, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Frejada de Peñas Blancas S. A.; al sur, calle pública; al este, Frejada De Peñas Blancas S. A., y al oeste, Frejada de Peñas Blancas S. A. Mide: quinientos dieciocho metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas quince minutos del veintidós de junio del año dos mil diez, con la base de tres millones ciento nueve mil doscientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas quince minutos del siete de julio del año dos mil diez con la base de un millón treinta y seis mil cuatrocientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Plásticos Modernos S. A., contra Servicios Técnicos Corval Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-000720-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de enero del año 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010019637).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, y con la base de ciento sesenta mil dólares americanos, en el mejor postor rematare lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matricula número cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno de café y caña de azúcar. Situada en el distrito San Rafael Arriba, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mario Fallas Segura; al sur, Mario Fallas Segura; al este, calle pública con un frente de 27,21 cm y al oeste, Mario Fallas Segura. Mide: dos mil quinientos dos metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de ciento veinte mil dólares americanos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de cuarenta mil dólares americanos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Alexandra Zamora Bolaños, Desarrollo Diseño y Construcción (DEDICO) S. A., Harold Porras Zamora. Expediente Nº 09-001960-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2010019638).

A las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho. libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, sáquese a remate el(los) bien(es) embargado(s) en autos, los cuales se indican a continuación: 1-) Máquina impresora original color gris marca Heindelberg Einrarben eléctrica. con motor serie 768/6-122 sin marca ni serie visible, se ignora su estado pues está en proceso de reparación, con la base de dos millones de colones exactos. 2-) Máquina impresora Heindelberg Einfarben eléctrica Quik-Machine Einfarbern eléctrica, color negro 115 motor KOR110/677R. Esta máquina no está trabajando pero según me informa un empleado de este pequeño taller la misma se encuentra en buen estado de uso y funcionamientos, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos. 3-) Una guillotina marca Wohlenberg Hannover tipo A 105 Masch Nº 304 Krause año de fabricación 1949 eléctrica, en color azul en buen estado de uso y funcionamiento, y con la base de quinientos mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Grupo Nación GNSA contra Comunicación Gráfica de San José S. A. Expediente Nº 05-000237-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de de San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—(IN2010019667).

A las diez horas y quince minutos del doce de mayo del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios pero soportando plazo de convalidación, limitaciones de leyes 7052 y 7208 y con la base de diecinueve millones trescientos cuarenta y dos mil trescientos cincuenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cincuenta y cinco seiscientos sesenta y cuatro-cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres (155664-001, 002 y 003, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Ismael Lépiz Brenes y Mario Aguilar González; al sur, Álvaro y Libia Aguilar González; al este, Libia Aguilar González, y al oeste, calle pública con 4 metros 4 centímetros cuadrados. Mide: ochenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Vanessa Aguilar Elizondo contra Francisco No Aguilar González, Francisco Aguilar González, Johnny Aguilar González, María Elena Del Rosario Ramírez Monge. Expediente Nº 06-002427-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 04 de marzo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010019807).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas del trece de abril de dos mil diez, y con la base de ciento tres mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 368094-000 la cual es terreno para construir con una casa, lote Nº 320-M. Situada en el distrito 08 San Rafael, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte casa y lote Nº 319-M y calle pública; al sur, casas Nº 351, 352, 353 y 355; al este Donato Alfaro Madrigal y al oeste, casa Nº 322-M y calle pública. Mide: cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintinueve de abril de dos mil diez, con la base de setenta y siete mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecisiete de mayo de dos mil diez con la base de veinticinco mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Rafael Montoya Montoya. Expediente Nº 09-005812-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 02 de febrero del 2010.—Lic. Kembly Díaz Espinoza, Jueza.––(IN2010019982).

A las siete horas con treinta minutos del siete de abril del dos mil diez, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, ubicado 400 metros este del Hospital de Upala, contiguo al PANI de Upala, remataré con la base de doscientos noventa y ocho mil setecientos treinta y cuatro colones con treinta céntimos: veintitrés piezas de la especie Cucaracho, con un volumen total de uno punto cero dieciocho metros cúbicos y treinta y cuatro piezas de la especie Dorada, con un volumen total de cero punto seiscientos sesenta y cinco metros cúbicos, que se encuentran en depósito provisional en la finca del encartado Dago Uber Vargas Sánchez, sita en Pejibaye de Guatuso. Se remata por estar así ordenado en comisión Nº 13-A-10 expediente Nº 10-200116-630-PF, por infracción a la Ley Forestal, contra Dago Uber Vargas Sánchez, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza.––(IN2010020038).

A las siete horas con treinta minutos del cinco de abril de dos mil diez, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, remataré con la base de ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos, cuatro trozas de madera de la especie Tamarindo, con un volumen total de uno punto noventa y siete metros cúbicos, misma que se encuentra en la finca del imputado Fabio Castillo Hernández en Llano Bonito de Guatuso, misma que está en buen estado. Se remata por estar así ordenado en comisión Nº 08-B-10, expediente Nº 10-200110-630-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Fabio Castillo Hernández, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza Penal.—(IN2010020039).

A las ocho horas del cinco de abril de dos mil diez, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, remataré con la base de doscientos treinta y nueve mil treinta y dos colones con ochenta céntimos, setenta piezas de madera de la especie Laurel, con un volumen total de dos punto ochenta y uno metros cúbicos, misma que se encuentra en depósito provisional en la finca del imputado Miguel Ángel Alvarado Arce, en Cote, Pejibaye de Guatuso, 300 m norte de la pulpería La Amapola. Se remata por estar así ordenado en comisión Nº 12-B-10, expediente Nº 10-200075-630-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Miguel Ángel Alvarado Arce, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza Penal.—(IN2010020040).

A las siete horas treinta minutos del doce de abril de dos mil diez, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Upala, remataré con la base de un millón trescientos veintitrés mil ochocientos veintinueve colones; cuarenta piezas de madera de la especie Guácimo, treinta piezas de madera de Aguacatillo, treinta y cuatro piezas de madera de la especie Laurel, siete piezas de madera de la especie Cedro, seis piezas de madera de la especie Gavilán, ciento setenta y dos piezas de madera de la especie Barbéchele, siete piezas de madera de la especie Areno y siete piezas de madera de la especie Laurel Negro, con un volumen total de veintisiete punto cuarenta y tres metros cúbicos; misma que se encuentra en propiedad del señor Luis Murillo Ocampo, ubicada en Santa Clara de Upala, del cementerio kilómetro y medio al oeste. Se remata por estar así ordenado en comisión número 14-B-10, expediente número 10-000233-559-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra ignorado, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Upala.—Lic. Maribeth Mora Gamboa, Jueza.—(IN2010020041).

A las ocho horas treinta minutos del nueve de abril de dos mil diez, desde la puerta exterior de este Juzgado; soportando hipoteca de primer grado a favor de la Vivienda Mutual Ahorro y Préstamo, según citas de inscripción al tomo trescientos ochenta y uno (381) asiento nueve mil quinientos cuarenta y cinco (9545), subsecuencia 0007-001, e hipoteca de grado segundo, a favor de Banco Hipotecario de La Vivienda (BANHVI), según citas de inscripción al tomo trescientos ochenta y uno (0381), asiento nueve mil quinientos cuarenta y cinco, subsecuencia 0008-001, en el caso del gravamen de primer grado, y soportando anotaciones judiciales, según citas de inscripción al tomo 0477 asiento 12653, y 545, asiento 11446, con la base seis millones novecientos ochenta y cinco mil ciento veintiocho colones, (¢6.985.128,00), remataré: la finca inscrita en el Registro Público a Folio Real matrícula número trescientos ochenta y cinco mil quinientos setenta y cinco submatrícula cero cero uno y cero cero dos, (385575-001 y 002), la cual es terreno de naturaleza: terreno con una casa lote 23-E, situada en distrito dos, San Miguel, tercero Desamparados, de la provincia de San José, linda: al norte, lote 24-E, sur, lote 22-E., este, Cofimal S. A. y otro y oeste, calle pública con ocho metros, mide: ciento veinte metros con veintiséis decímetros cuadrados, según plano SJ-0828631-1990. Abreviado Nº 06-100135-0217-CI de Teresa Salas Molina contra Pedro V. Corrales Azofeifa.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 16 de febrero del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—(IN2010020050).

En la puerta exterior de este despacho; soportando libre de gravámenes de prendario, a las once horas del seis de abril del año dos mil diez, y con la base de novecientos noventa y un mil trescientos seis colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 803253, marca Nissan, estilo dos cero cero SX, color verde, categoría automóvil, capacidad cinco personas, modelo 1995, chasis: uno N cuatro AB cuatro dos dos C cinco cero nueve uno cero uno, carrocería Sedan dos puertas, tracción sencilla, motor GA uno seis nueve nueve seis nueve cero seis Z, cilindros cuatro, tracción sencilla, combustible gasolina, mil novecientos centímetros cúbicos. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintidós de abril del año dos mil diez, con la base de setecientos cuarenta y tres mil cuatrocientos ochenta colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del once de mayo del año dos mil diez con la base de doscientos cuarenta y siete mil ochocientos veintiséis colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Molino Monte Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Jimmy Mehibi Naranjo Mora, Yamileth Mora Ovares. Expediente Nº 10-000204-0346-CI-F.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 12 de febrero del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—RP2010160283.—(IN2010020197).

A las catorce horas del ocho de abril del dos mil diez, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré: un vehículo placas CL 157.597, marca Mazda, categoría carga liviana, carrocería Cam-Pu tracción sencilla, chasis JM2UF1236M0162116, uso particular, estilo B2200, capacidad dos personas, año 1991 color gris, número de motor F2561033, combustible gasolina, marca de motor Mazda. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso Expediente Nº 01-000020-185-CI Ejecutivo prendario de Banco ELCA S. A., contra Inversiones C.B.C. S. A., y otra.—Juzgado Sexto Civil de San José, 5 de enero del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—RP2010160307.—(IN2010020199).

A las nueve horas del jueves ocho de abril del dos mil diez (primer remate), en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes, y con la base de cuarenta y dos millones seiscientos treinta y seis mil novecientos cincuenta colones (¢42.636.950), de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del jueves veintidós de abril del dos mil diez, con la base de treinta y un millones novecientos setenta y siete mil setecientos doce colones con cinco céntimos (¢31.977.712,5) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del jueves seis de mayo del dos mil diez, con la base de diez millones seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos treinta y siete colones con cinco céntimos (¢10.659.237,5) (un 25% de la base original), en el mejor postor remataré lo siguiente: Placa número: doscientos noventa y tres. Tolva para recirculación de aguas de color azul con una capacidad dos metros cúbicos de fabricación nacional: responde por setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones. Placa número catorce. Bomba motor seis H.P. serie BP-cero cinco color azul. Responde por doscientos diecisiete mil quinientos setenta y dos colones. Placa número quince. Bomba para agua; entrada cuatro pulgadas, salida tres pulgadas, marca Armstrong color azul. Responde por ciento ocho mil setecientos ochenta y seis colones. Placa número dieciséis: Bomba para agua; entrada dos pulgadas, salida una pulgada, marca Siemens serie tres mil uno, modelo una por dos por seis. Responde por setenta y dos mil quinientos veinticuatro colones. Placa número diecisiete: Bomba para agua; entrada cinco pulgadas, salida cuatro pulgadas, modelo BM diez, capacidad cincuenta FF/H de fabricación nacional por Talleres Industriales Quesada Hermanos, serie ciento treinta y cinco. Responde por doscientos diecisiete mil quinientos setenta y dos colones. Placa número dieciocho: Bomba para agua, entrada cuatro pulgadas, salida tres pulgadas color azul. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número diecinueve: Bomba para agua, entrada seis pulgadas, salida cinco pulgadas color azul. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número veinte. Caja reductora para Guardiola cuarenta y cinco FF ocho punto tres H.P color gris. Responde por Trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número veintiuno. Caja reductora para Guardiola cuarenta/uno marca Holiroyd color verde, modelo ochocientos veintinueve para Guardiola número uno. Responde por Quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número veintidós: Canoa para transporte de cascarilla, de fabricación nacional color azul. Responde por cuatrocientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y cinco colones. Placa número veinticinco: Compresor de tres H.P doscientos veinte V, ciento veinticinco LP marca Campell Hausfeld color azul. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número veintiséis: Convertidor de veinticinco H.P marca Phasemaster modelo cinco-trescientos veintiséis-siete-mil cien color azul. Responde por cuatrocientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y cinco colones. Placa número veintisiete: Convertidor de sesenta H.P doscientos cuarenta y modelo trescientos sesenta y cuatro-T serie novecientos doce millones ciento veinte mil cuatrocientos diecisiete R-uno, color azul. Responde por setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones. Placa número: veintiocho Convertidor de cuarenta H.P color azul para uso en área chancado. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número: treinta. Criba de dos punto cinco M con sifón y transmisión de fabricación nacional, color azul con capacidad veinte FF/H. Responde por setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones. Placa número: treinta y dos. Criba de tres punto cero M con sifón y transmisión color azul con capacidad veinte FF/H de fabricación nacional. Responde por ochocientos setenta mil doscientos noventa colones. Placa número: treinta y tres. Despulpador de café primera modelo DC-veinticuatro, color azul con capacidad quince FF/H serie ciento dieciocho. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número: treinta y cuatro. Despulpador de café primera, modelo DC-veinticuatro color azul con capacidad quince FF/H serie ciento diecinueve. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número treinta y cinco: Despulpador de café primera, modelo DC-veinticuatro color azul con capacidad quince FF/H serie ciento veinte. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número treinta y seis: Despulpador de café primera, modelo DC-veinticuatro color azul con capacidad quince FF/H serie ciento veintiuno. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número treinta y siete: Despulpador de café primera, modelo DC-veinticuatro color azul con capacidad quince FF/H serie ciento veintidós. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número treinta y ocho: Despulpador de café primera, modelo DC-veinticuatro color azul con capacidad quince FF/H serie ciento veintitrés. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número treinta y nueve. Elevador de Cargilones de siete punto cero M con motor dos H.P fabricación nacional color azul Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número cuarenta: Elevador de granos húmedo fabricación nacional color azul ocho metros altura. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número cuarenta y uno: Elevador de grano seco siete metros de altura color azul fabricación nacional. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número cuarenta y dos: Equipo de soldadura de oxiacetileno grande marca Víctor con cortador y boquillas, mangueras, relojes, reguladores, tanque de oxígeno y de acetileno. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número cincuenta y uno: Maquina cosedora de sacos marca Siruba modelo dos A-tres serie un millón cuatrocientos ocho mil trescientos veinticinco. Responde por ciento ocho mil setecientos ochenta y seis colones. Placa número cincuenta y tres: Medidor de humedad marca Sinar modelo A.P sesenta serie cero cero cero seis mil cuatrocientos dieciocho. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número cincuenta y cinco: Motor eléctrico diez H.P mil setecientos cincuenta RPM, doscientos cuarenta V color azul para uso de Guardiola número dos. Responde por setenta y dos mil quinientos veinticuatro colones. Placa número: cincuenta y seis. Motor eléctrico diez H.P mil setecientos veinticinco RPM, doscientos cuarenta V marca Baldor, serie treinta y siete A cero doce cincuenta, modelo N tres mil setecientos catorce T color gris. Responde por sesenta y dos mil quinientos veinticuatro colones. Placa número: cincuenta y siete: Motor eléctrico quince H.P mil novecientos RPM, doscientos cuarenta V color azul. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número: cincuenta y ocho. Motor eléctrico veinticinco H.P mil setecientos setenta RPM, doscientos cuarenta V serie número A dos mil veintitrés color azul para uso separadora verde. Responde por doscientos diecisiete mil quinientos setenta y dos colones. Placa número sesenta y uno. Motor eléctrico treinta H.P mil setecientos sesenta RPM doscientos cuarenta V TEFC marca Lincon modelo TF cuatro mil quinientos ochenta y uno serie tres millones quinientos treinta y seis mil doscientos cinco. Responde por doscientos cincuenta y tres mil ochocientos treinta y cinco colones. Placa número ochenta y cuatro: Motor eléctrico uno punto dos H.P reducción de veinticinco a uno marca Simee color gris. Responde por ciento un mil quinientos treinta y cuatro colones. Placa número ochenta y cinco: Motor eléctrico cero punto seis H.P reducción de cuarenta a uno marca semee modelo MV ciento quince color azul para uso en tornillo alimentador brincona. Responde por setenta y dos mil quinientos veinticuatro colones. Placa número ochenta y seis: Motor eléctrico MC uno punto cinco H.P reducción de cuarenta a uno marca simee ubicado en extractor de peladora de gusano. Responde por ciento ocho mil setecientos ochenta y seis colones. Motor eléctrico para Guardiola cuarenta y cinco FF tres punto tres KW tres H.P marca simee color azul modelo uno Last cerp seis-cuarenta y cuatro A veintinueve. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número: ochenta y ocho. Motor eléctrico dos punto dos KW doscientos veinte V marca Siemens para uso en elevador de café seco. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número: sesenta y dos. Motor eléctrico de siete punto cinco H.P mil setecientos cuarenta RPM marca us eléctrical color azul para uso en separadora. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número ochenta y nueve: Oreadora de cascada marca Oliver capacidad setenta FF/H color azul fabricación nacional. Responde por un millón cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos ochenta y tres colones. Placa número noventa y cuatro: Romana de carátula y plataforma marca Bailar capacidad doscientos kilogramos. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número noventa y cinco: Romana marca Toledo de dial y plataforma, capacidad ciento quince KG modelo dos mil ciento ochenta y uno serie veinticinco mil ochocientos noventa y tres, hecho en USA. Responde por cuatrocientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y cinco colones. Placa número noventa y siete: Secadora estática de quince fanegas color azul, alimentada con temperatura horno colectivo. Responde por doscientos noventa mil cero noventa y siete colones. Placa número ciento uno: Separadora de café cincuenta FF/hora color azul, fabricación nacional. Responde por quinientos ochenta mil ciento noventa y tres colones. Placa número: noventa y ocho: Secadora tipo Guardiola, capacidad treinta FF color gris fabricación nacional para Guardiola, número uno. Responde por tres millones seiscientos veintisiete mil doscientos ocho colones. Placa número noventa y nueve: Secadora tipo Guardiola capacidad cuarenta y cinco FF color gris fabricación nacional para Guardiola número dos. Responde por cinco millones setenta y seis mil seiscientos noventa y un colones. Placa número cien: Secadora tipo Guardiola capacidad sesenta y cinco FF color gris con tolva marca Marcus Masón color azul serie mil quinientos cuarenta y cinco. Responde por cinco millones ochocientos un mil novecientos treinta y dos colones. Placa número ciento dos: Banco de transformadores tres transformadores y accesorios de medición Cutler Hammer. Responde por un millón ochenta y siete mil ochocientos sesenta y dos colones. Placa número ciento tres: Separadora de café grande capacidad cuarenta y cinco FF hora color azul. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número ciento cuatro: Sifón espumador de paso continuo color azul, longitud cinco metros con cinco despedradores. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número ciento diez: Tolva abastecedora Guardiola número uno capacidad treinta FF fabricación nacional color azul. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número ciento once: Tolva abastecedora Guardiola número dos capacidad cuarenta y cinco FF fabricación nacional color azul. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número ciento doce: Tolva abastecedora Guardiola número tres capacidad sesenta FF fabricación nacional color azul. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa ciento trece: Tolva escurridera fabricación nacional color azul capacidad doscientos cincuenta FF. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número trescientos treinta y siete: Caño de lavado sistema Colombiano con canal, doce metros longitud capacidad setenta y cinco FF/H fabricación nacional, color azul con cinco cuellos de ganso reguladores y ciclo de repaso. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número uno: Abanico para cascarilla fabricación nacional color gris, alimenta cascarilla a horno colectivo. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número dos: Abanico motor diez H.P capacidad sesenta FF marca Sukup, fabricación MFG company, hecho en USA serie diecisiete mil setecientos sesenta y nueve, para quince mil metros cúbicos de aires, color gris. Responde por doscientos noventa mil cero noventa y siete colones. Placa número tres: Abanico para once mil metros cúbicos por minuto, fabricación nacional, color gris. Responde por setenta y dos mil quinientos veinticuatro colones. Placa número ciento catorce: Tolva escurridera elevada para camiones, fabricación nacional, color azul. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número: ciento diecinueve: Tornillo para transporte de braza en seco, fabricación nacional, longitud, quince metros. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y seis colones. Placa número ciento veintiuno: Transformador Monofásico Convencional. Responde por un millón cuatrocientos cincuenta mil cuatrocientos ochenta y tres colones. Placa número ciento cuarenta y cuatro: Caja reductora para sesenta y cinco FF marca Bonfiglioli para Guardiola número tres. Responde por setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones. Placa ciento cuarenta y seis: Caja reductora de setenta/uno para Guardiola número cuatro marca Holroyd fabricación Inglesa. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Bomba sumergible para recirculación marca Goulds modelo tres mil ochocientos ochenta y ocho D tres. Responde por trescientos noventa y ocho mil ochocientos ochenta y tres colones. Placa número ciento cincuenta y seis: Bomba sumergible para recirculación marca Goulds modelo tres mil ochocientos ochenta y ocho D tres. Responde por trescientos veintiséis mil trescientos cincuenta y nueve colones. Placa número ciento cincuenta y siete: Transportador de broza del chanqueador, fabricación nacional. Doce metros de longitud. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número ciento sesenta y uno: Bomba sumergible para impulsor inatascable marca Goulds, modelo tres mil ochocientos ochenta y tres D tres. Responde por quinientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un colones. Placa número ciento sesenta y dos. Pechero de hule completo con mesa. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número trescientos sesenta y cinco: Bomba sumergible, marca Goulds modelo cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos treinta. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número sesenta y tres: Motor eléctrico diez H.P mil setecientos cincuenta RPM marca Kohl Bach, color azul, modelo M tres mil trescientos trece T serie B/doscientos veinte motor Chancador segunda. Responde por ciento ocho mil setecientos ochenta y seis colones. Placa número setenta y tres: Motor reductor dos punto cuatro H.P cien RPM marca Simee B/doscientos veinte. Responde por doscientos diecisiete mil quinientos setenta y tres colones. Placa número setenta y cuatro: Motor reductor dos punto cuatro H.P cien RPM marca Simee B/doscientos veinte. Responde por doscientos diecisiete mil quinientos setenta y dos colones. Placa número setenta y cinco: Motor Trifásico quince H.P doscientos veinticuatro color azul, marca Kohl Back. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número setenta y seis: Motor Trifásico diez H.P mil ochocientos RPM marca CGE color azul. Responde por ciento ocho mil setecientos ochenta y seis colones. Placa número setenta y ocho: Motor reductor dos H.P ochenta y ocho RPM, doscientos veinte/doscientos cuarenta, marca Leroy Isomer, color azul. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Placa número setenta y nueve: Motor reductor tres H.P mil setecientos cincuenta RPM color azul. Responde por ciento ochenta y un mil trescientos diez colones. Placa número ochenta: Motor reductor cinco H.P mil setecientos cincuenta RPM color azul. Responde por trescientos sesenta y dos mil seiscientos veintiún colones. Placa número ochenta y uno: Motor reductor uno punto cinco H.P mil setecientos cincuenta RPM marca Bonfiglioli, color azul, para tornillo descarga tolva escurrido. Responde por setenta y dos mil quinientos veinticuatro colones. Placa número ochenta y tres: Motor reductor uno punto setenta y cinco H.P, ciento quince RPM marca Sitie, color azul, conducto extracción braza chancadores primera. Responde por ciento cuarenta y cinco mil cero cuarenta y ocho colones. Se remata por ordenarse así en ejecutivo prendario de Instituto Nacional de Fomento Cooperativo contra Cooperativa de Caficultores y Servicios Múltiples. Expediente Nº 07-005346-0170-CA.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2010.—Lic. Edgar Calvo Solano, Juez.—RP2010160319.—(IN2010020200).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de veintiún millones novecientos setenta y tres mil ochocientos cincuenta colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 20.600-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 06 Guadalupe, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública, Juan Monge Calderón; al sur, Juan Monge Calderón; al este, Juan Monge Calderón, Leonor Vargas, y al oeste, Juan Monge Calderón y Alfredo Martín. Mide: setecientos tres metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de dieciséis millones cuatrocientos ochenta mil trescientos ochenta y siete colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de cinco millones cuatrocientos noventa y tres mil cuatrocientos sesenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de German Guerrero Esquivel contra Víctor Manuel Rojas Cerdas. Expediente Nº 09-001692-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 02 de febrero del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010160386.—(IN2010020202).

A las ocho horas treinta minutos del siete de abril del dos mil diez en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de un millón doscientos ochenta mil colones (monto de la hipoteca de primer grado vencida) al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número diez mil ciento cincuenta y nueve-cero cero siete, la cual es café, ca/a plátanos con una casa, situada en el distrito 06 Frailes, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Gabriela Bonilla Mena y otro; al sur, con calle en medio Fidel Quesada y otros; al este, con Cipriano Garro y otro, y al oeste, con Desiderio Fallas. Mide: diez mil cuatrocientos ochenta y tres metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Beneficio Palmichal S. A., contra José Manuel Calvo Morales y otros. Expediente Nº 04-000242-0184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—RP2010160393.—(IN2010020204).

En la puerta exterior de este despacho; soportando consistiendo los gravámenes que pesan sobre el mismo; a las diez horas treinta minutos del ocho de abril del año dos mil diez, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y tres mil ciento catorce-cero cero cero, la cual es terreno construir lote N-60. Situada en el distrito Roxana, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, María Patricia Granados Villalobos; al sur, María Patricia Granados Villalobos; al este, María Patricia Granados Villalobos, y al oeste, calle pública con un frente a ella de 15 metros 85 centímetros lineales. Mide: trescientos treinta y siete metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del seis de mayo del año dos mil diez con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria Marino Chaves Fernández contra Randall Jiménez Coto, Yesenia Arce Abarca. Expediente Nº 09-000495-0930-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 26 de febrero del 2010.—Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.—RP2010160409.—(IN2010020206).

A las ocho horas con treinta minutos del seis de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de dos millones novecientos treinta y un mil cincuenta y un colones con veintisiete céntimos, en el mejor postor remataré: vehículo placas número setecientos treinta y cuatro mil ciento cincuenta y nueve, marca Nissan, estilo Sentra, modelo mil novecientos noventa y seis, color verde, carrocería sedan cuatro puertas, chasis número T C siete seis ocho siete nueve cuatro, motor G A uno seis ocho cinco tres nueve cinco siete L, combustible gasolina, cilindrada mil seiscientos c.c., capacidad cinco personas. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del veinte de abril de dos mil diez, con la base de dos millones ciento noventa y ocho mil doscientos ochenta y ocho colones con cuarenta céntimos, (suma que contiene la rebaja del 25%). Y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil diez, con la base de setecientos treinta y dos mil setecientos sesenta y dos colones con ochenta y siete céntimos, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 09-100166-0295-CI, de Joyel De Oro J & O S. A., contra Sindy Vanesa Bernard Pizarro.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 4 de febrero de 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2010160536.—(IN2010020212).

A las nueve horas treinta minutos del ocho de abril del dos mil diez, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de tres millones quinientos veintidós mil ciento setenta y cuatro colones, en el mejor postor remataré: Vehículo placas setecientos mil ciento setenta y dos, marca: Mitsubishi, modelo: LS, categoría: automóvil, año dos mil, color: blanco, carrocería: todo terreno cuatro puertas, chasis: K nueve seis cero Y P cero cero siete siete seis seis, combustible: gasolina, capacidad: cinco personas, seis cilindros, motor: seis G siete dos J N dos cuatro tres nueve. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de dos millones seiscientos cuarenta y un mil seiscientos treinta colones con cinco céntimos, (suma que contiene la rebaja del 25%). y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil diez, con la base de ochocientos ochenta mil quinientos cuarenta y tres colones con cinco céntimos, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 09-100701-0295-CI, de Jesús Antonio Barrantes Alfaro, contra Alejandro Elizondo León.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 27 de enero del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010160537.—(IN2010020213).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes a las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil diez, y con la base de trescientos doce mil doscientos cincuenta y siete dólares con siete centavos, en el mejor postor remataré la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero uno cero cero cinco uno nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito primero de Quepos, del cantón de Aguirre de la Provincia de Puntarenas que colinda: al norte, con calle pública con un frente de 31 metros, Margarita Blanck Dixon; al sur, con Mil Ríos S. A.; al este, con Federico Ramírez Muñoz, y al oeste, con El Aguilar Loca S.A.A. con una medida de seis mil novecientos veinticinco metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil diez, con la base de doscientos treinta y cuatro mil ciento noventa y dos dólares con ochenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil diez con la base de setenta y ocho mil sesenta y cuatro dólares con veintiséis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Robert Allel Kropinski y Mayamar Resort Del Caribe S.A. Expediente Nº 09-100158-425-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, 5 de marzo del 2010.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—(IN2010020306).

En la puerta exterior de este despacho, a las nueve horas del seis de abril del dos mil diez libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de nueve millones trescientos cincuenta y nueve mil trescientos setenta y nueve colones con veintidós céntimos en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y siete mil setecientos diez-cero cero cero, propiedad del señor Francisco Elpidio Sandí León, dicho inmueble es Terreno para construir, situado en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Flor Herrera Chaves; al sur, con Víctor Zúñiga Artola; al este, con calle pública con diecinueve punto cero tres metros y al oeste, con Flor Herrera Chaves. Mide: seiscientos quince metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de abril del dos mil diez con la base de siete millones diecinueve mil quinientos treinta y cinco colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las nueve horas del seis de mayo del dos mil diez con la base de dos millones trescientos treinta y nueve mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con veintidós céntimos (Un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra Francisco Elpidio Sandí León. Expediente Nº 10-100004-425-4-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 25 de febrero del 2010.—Lic. José Vicente Quirós Carvajal, Juez.—(IN2010020308).

A las ocho horas quince minutos del siete de abril del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios y judiciales y con la base de seiscientos sesenta y un mil quinientos cincuenta y seis colones, al mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas MOT 156558, marca Yingang, estilo motocicleta, carrocería motocicleta, motor número YG156FMI250039807, año 2006, color azul, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario número 07-001061-0184-CI de Instacredit S. A., contra Franklin Jiménez Morales.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 17 de febrero del 2010.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2010020659).

En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada, sin más gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del ocho de abril del dos mil diez, y con la base de cuatro millones cuarenta y un mil setecientos cincuenta y dos colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 99381-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero, La Rita, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ocho metros; al sur, Marjorie Rivers Torres; al este, Marjorie Rivers Torres, y al oeste, William Vargas Benavides. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de abril del dos mil diez, con la base de tres millones treinta y un mil trescientos catorce colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diez de mayo del dos mil diez con la base de un millón diez mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Carmen Eugenia Leandro Rivers, Michael Rene Moreno Rodríguez. Expediente Nº 09-000726-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de enero del 2010.—Lic. Martha Chaves Chaves, Jueza.—RP2010160587.—(IN2010020677).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las quince horas del cinco de abril del año dos mil diez, y con la base de veintiséis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 154095-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Marlon Solano Murillo; al sur, Willy Solano Murillo; al este, Alfredo Hidalgo Miranda, y al oeste, calle pública. Mide: seiscientos un metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de diecinueve millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del cinco de mayo del año dos mil diez con la base de seis millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Lynett Solano Murillo. Expediente Nº 09-003039-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010160594.—(IN2010020679).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas quince minutos del cinco de abril del año dos mil diez y con la base de novecientos cinco mil novecientos treinta y seis colones, en el mejor postor rematare lo siguiente: vehículo placas número siete, seis, ocho, cero, cero, siete, marca: Nissan, estilo: Sentra Limited Edition, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, color: verde, carrocería: Sedan cuatro puertas, año: mil novecientos noventa y cuatro, chasis número RC ocho seis cinco ocho nueve uno, motor número: GA uno seis nueve dos nueve cero cero cero Z, combustible: gasolina. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, con la base de seiscientos setenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y dos colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del tres de mayo del año dos mil diez, con la base de doscientos veintiséis mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones exactos (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A., contra Procesos Cárnicos Industriales PROCAINSA S. A., y Wady Espinoza Hernández. Expediente Nº 10-100019-0895-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 03 de febrero del 2010.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—RP2010160707.—(IN2010020685).

En la sala número; soportando demanda por lesiones culposas bajo el expediente número 08-002271-0175-PE tramitado en la Fiscalía Adjunta de Heredia y sin más gravámenes a las diez horas treinta minutos del seis de abril del dos mil diez, y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y dos mil trece colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas c- 147684, marca Kenworth, año 1994, Vin 1XKADB9X2RJ635107, color negro, categoría carga pesada. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de dos millones quinientos ochenta y nueve mil nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de mayo del año dos mil diez con la base de ochocientos sesenta y tres mil tres colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cabezales Río Blanco S. A., contra Semillas y Mies S. A. Expediente Nº 09-000291-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de enero del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010160779.—(IN2010020687).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre de trasladada; a las quince horas del siete de abril del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero seis tres dos cero nueve cero cero cero, lote 707 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Cachi, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hacienda Cachi S. A.; al sur, camino privado de Hacienda Cachi S. A.; al este, lote 706 de Claudio Sandoval Caortes y al oeste, lote 708 de Manuel de Jesús Obando V. Mide: trescientos veintisiete metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintidós de abril del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del siete de mayo del dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Cindy Vanessa Masís Valerín, Danny Eduardo Arce Moya. Expediente Nº 09-002819-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de enero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010160805.—(IN2010020689).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Vargas Mora, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Guápiles, Pococí, y portador de la cédula de identidad 1-0227-0242; a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del once de mayo del dos mil diez, para conocer acerca de les extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 09-000443-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de febrero del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010160428.—(IN2010020239).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las once horas del siete de mayo del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 07-160043-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero del 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020265).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las trece horas treinta minutos del siete de mayo del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160210-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero del 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020267).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las once horas del nueve de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160180-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero del 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020269).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de abril del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160206-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero del 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020270).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 08-160196-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020272).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 08-160213-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020273).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las nueve horas del treinta de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160172-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020275).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las diez horas del treinta de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160178-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020276).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las ocho horas del siete de mayo del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160218-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero del 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010020278).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 09-160188-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—(IN2010020280).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 06-160355-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—(IN2010020282).

Se convoca a los miembros o socios de la Cámara Nacional de Productores de Plátano, cédula jurídica 3-002-14462 a una junta que se llevará a cabo en este despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las ocho horas del nueve de julio del año dos mil diez. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario número 06-160025-465-AG del Consejo Nacional de la Producción contra Cámara Nacional de Productores de Plátano.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 4 de febrero de 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—(IN2010020292).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 09-000240-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Liana Lisbeth Sánchez Baltodano quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Nicoya, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número: 05-0297-0756, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Santos Pedro Zúñiga Zúñiga; al sur; con Santos Pedro Zúñiga Zúñiga. Al este, con Oliverio Paniagua Barrantes y al oeste. Mide: doscientos treinta y seis metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que hizo al señor Santos Pedro Zúñiga Zúñiga, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en: que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Liana Lisbeth Sánchez Baltodano. Expediente Nº 09-000240-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 5 de octubre del 2009.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—RP2010159518.—(IN2010018794).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente número 10-000005-0391-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Ramón Vásquez Espinoza, quien es mayor, casado, agricultor, vecino de Naranjal de Belén de Nicoya, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-uno seis cinco-tres ocho siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno dedicado a repastos. Situada en el distrito sétimo, cantón segundo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Wagner Vásquez Espinoza; al sur calle pública con un frente de ochenta y seis metros con sesenta y tres centímetros lineales; al este Wagner Vásquez Espinoza e Idalie Pérez Hernández y al oeste. Mide: veinticuatro mil veintisiete metros con noventa y tres decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número G-986000-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de ocupación originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas y limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Ramón Vásquez Espinoza. Expediente Nº 10-000005-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 2 de febrero del 2010.—Lic. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—RP2010159566.—(IN2010018795).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 08-001706-0638-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lizanías Rodríguez Madriz, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Atenas, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 2-279-060, profesión constructor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa de habitación. Situada en el distrito primero, cantón quinto, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Oscar Mario y Gerardo Gonzalo Loría Pacheco, Carlos Alberto Arce Arguedas y Analia Bolaños Espinoza; al sur, Salón Multiusos de los Olivos; al este, quebrada Matías; y al oeste, calle pública con un frente a ella de ocho metros lineales. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de una venta de la señora Analía Salas González, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido y mejoras a la vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lizanías Rodríguez Madriz. Expediente Nº 08-001706-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de enero del 2009.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2010159611.—(IN2010018796).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000288-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Wendy Aguirre López, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Playas del Coco, Guanacaste, Urbanización Las Palmas, de Internet Dos Mil, setenta y cinco metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-ochocientos treinta y cinco-quinientos ochenta y ocho, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero (Sardinal), cantón quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y al sur: con Greivin Soto García; al este con Ligia García Méndez, y Armando García Méndez y al oeste con calle pública con un frente a la misma de veinte metros con dos centímetros lineales. Mide: cuatrocientos treinta y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano catastrado número: G-cero novecientos veintidós mil setecientos veinte-dos mil cuatro. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones trescientos ochenta y siete mil ciento setenta y siete colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra al señor Roque García Romano, quien es mayor, casado una vez, jornalero, cédula de identidad número: cinco-ciento ochenta y uno-ciento tres, vecino de Playas del Coco, Guanacaste, por medio de la escritura número uno, otorgada a las diecisiete horas del día dieciocho de diciembre de dos mil tres, visible al folio uno frente, Apartado mil ciento veinte-mil siete del tomo segundo del protocolo de la notaría pública, Licenciada Lourdes Ríos Rodríguez, quien ha poseído esta propiedad de la cual se segrega mi lote que solicito inscribir a mi nombre por más de veinte años, persona con la cual no me liga parentesco alguno, siendo la causa de adquisición la compra venta mercantil, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la tenencia de la tierra, primero por parte del señor Roque García Romano, desde su fecha de adquisición y anteriormente a esta por su anterior dueño por mas de veinte años, dedicándose a potrero o repastos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Wendy Aguirre López. Expediente Nº 07-000288-0387-AG.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2010159782.—(IN2010019327).

Carlos Quirós Madrigal, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Ramón de Alajuela, doscientos metros al sur y cincuenta metros al este de Correos de Costa Rica, cédula de identidad número seis-ciento seis-novecientos once. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de repastos, sito en el Porvenir, distrito cuarto San Jorge, del cantón catorce Los Chiles de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte: Bosque de La Garita Internacional Sociedad Anónima, al sur: Robert Willis Haas, y Elizabeth Picado Flores, al este: calle pública, con un frente a la misma de quinientos treinta y cinco metros con cero nueve centímetros lineales, y al oeste: Bosque de La Garita Internacional Sociedad Anónima. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1336471-2009 de fecha veinte de abril del dos mil nueve, una superficie de ciento ochenta y dos mil trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados, a nombre de Carlos Quirós Madrigal. El inmueble antes descrito indica el titulante lo adquirió por posesión originaria, en fecha diez de febrero del año mil novecientos setenta y dos, ejerciendo posesión sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción ya título de dueña por un período mayor a treinta y siete años. Valora el terreno en la suma de diez millones de colones, y en igual suma se estimaron las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria Nº 09-000247-0298-AG, establecida por Carlos Quirós Madrigal.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 2 de febrero de 2010.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez—1 vez.—RP2010159851.—(IN2010019328).

Marcela Quirós González, mayor, soltera, administradora de empresas, vecina de San Ramón de Alajuela, 300 metros al sur y 50 metros al oeste de las Oficinas de Correos de Costa Rica, cédula Nº 1-904-950, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de repastos, sito en Coyol de El Amparo, distrito tres de Los Chiles, cantón catorce, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Marcos Miller Yoder y Gabriel Zambrano Beltrán; al sur, Gilberto García Araya y Macario Carlos Villalobos Vega, y final de camino público con frente al mismo de catorce metros lineales con cero dos centímetros lineales; al este, Quebrada Grande en parte, Marcela Quirós González y Río Purgatorio; y al oeste, Marcos Miller Yoder y calle pública con un frente a ella de cuatrocientos noventa y tres metros con cincuenta y ocho centímetros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-987616-2005 de fecha doce de abril de dos mil cinco, una superficie de ciento veintiún hectáreas mil doscientos cuarenta y dos metros cincuenta decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió la titulante por posesión derivada mediante contrato privado de compraventa de la posesión decenal al señor Fabio Vargas Vargas, mayor, casado una vez, ganadero, cédula Nº 2-193-742, vecino de Palmares de Alajuela, frente al costado sur del Templo Parroquial del lugar, en fecha siete de febrero de dos mil cinco, con quien no tiene parentesco y quien le transmitió la posesión por él ejercida a título de dueño de manera pacífica, pública e ininterrumpida por más de diez años; compraventa ratificada en escritura pública número doscientos treinta suscrita ante la notaria pública Julia María Zeledón Cruz en fecha cinco de octubre de dos mil nueve. El fundo fue estimado en la suma de quince millones de colones y las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de diez millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Exp. Nº 09-000245-0298 AG promovida por Marcela Quirós González.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 11 de enero del 2010.—Lic. Marco Ant. Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—RP2010159852.—(IN2010019329).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 09-000192-0944-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Adalberto Meza Venegas, quien es mayor de edad, casado dos veces, profesor pensionado, cédula cinco- cero sesenta y siete- trescientos setenta y tres, vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, Barrio Independencia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir. Situada en el distrito y cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de once metros diez centímetros lineales; al sur, y este, Daisy Meza Venegas; y al oeste, Ana Teresa Venegas Guzmán. Mide: doscientos veintitrés metros con noventa decímetros cuadrados según plano catastrado número G-setecientos trece mil ochocientos treinta y tres- dos mil uno de fecha catorce de junio del dos mil uno. Indica el promovente que estima dicho inmueble en la suma de cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble desde hace más de treinta años (posesión decenal), y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Adalberto Meza Venegas. Exp. Nº 09-000192-0944-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 25 de setiembre del 2009.—Lic. Deyanira Abarca Vásquez, Jueza.—1 vez.—RP2010159895.—(IN2010019330).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 07-000137-0815-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte 101-485635 S. A., cédula jurídica 101-485635, inscrita en el Registro Público al tomo 1268, folio 284, asiento 429, representada por Rodrigo Vásquez Vásquez, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de agricultura y café. Situada en el distrito siete La Granja, cantón siete Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, promovente y Margarita Rojas Sandoval; al sur, Margarita Rojas Sandoval; al este, promoverte; y al oeste, Margarita Rojas Sandoval, Rodolfo Vásquez Vargas y Leonel Vásquez Vargas. Mide: seis mil setecientos setenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-1392165-2009. Indica el promovente que estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones doscientos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Francisco Vásquez Vásquez. Expediente Nº 07-000137-0815-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—1 vez.—RP2010159909.—(IN2010019331).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000298-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Junta de Educación Escuela Talolinga, cédula jurídica número vigente 03-008-115227, representada por José Otoniel Toruño Acosta, portador de la cédula de identidad Nº 5-140-1489, profesión profesor pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno frutales. Situada en el Distrito tercero San Antonio, cantón segundo Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Georgina Duarte Duarte y Salón Comunal de Talolinga; al sur, Florentino Morales Muñoz; al este, calle pública; y al oeste, Feliciano Duarte Duarte. Mide: 6.998,58 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble a título gratuito, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en darle el mantenimiento necesario en limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Junta de Educación Escuela Talolinga. Exp. Nº 09-000298-0390-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de diciembre del 2009.—Lic. Nancy Allen Umaña, Jueza.—1 vez.—RP2010159945.—(IN2010019332).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el expediente Nº 08-000489-0391-AG-4, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Silvano Valladares Gutiérrez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Venado de Veintisiete de Abril, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-200-815, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno potrero, situada en el distrito tercero (27 de Abril), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Silvano Valladares Gutiérrez; al sur, río Venado; al este, Silvano Valladares Gutiérrez y calle pública con un frente a ella de ciento sesenta y nueve metros con doce centímetros lineales, y al oeste, Porfirio Guevara Chavarría. Mide: Dos hectáreas mil doscientos noventa y nueve metros con veintiún decímetros lineales cuadrados, según datos del plano catastrado número G-1149442-07. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de hecho de su madre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, rondas, levantamiento de cercos y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Silvano Valladares Gutiérrez. Expediente Nº 08-000489-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 18 de mayo del 2009.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010160034.—(IN2010019333).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el expediente Nº 08-000048-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Julio Antonio Barboza Sánchez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Cipreses de Curridabat, San José cincuenta metros oeste del Mini Súper El Centro, portado de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-cuatrocientos noventa y cinco-setecientos ocho, profesión contador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno, que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y este, Leonel Gutiérrez Gutiérrez; al sur, con calle pública con un frente a la misma de veinte centímetros lineales, y al oeste, Xinia Campos Rosales. Mide: ochocientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón doscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de una compra venta que le hizo a la señora Lisbeth Bustos Villafuerte con quien no le liga parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en los que se derivan del mantenimiento con respecto a chapeas de malezas, cuidado de cercas, demarcación de linderos y alcantarillado a la entrada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Julio Antonio Barboza Sánchez. Expediente Nº 08-000048-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 27 de enero del 2010.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2010160035.—(IN2010019334).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000279-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Agropecuaria Los Jilgueros S. A, cédula jurídica número 3-101-355128, representada por Rafael Ángel Barrientos Alfaro, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Nandayure, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 02-300-675, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito cuarto, y segundo (San Pablo y Santa Rita), cantón noveno (Nandayure), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de setecientos ochenta y seis metros con ochenta y siete centímetros lineales; al sur, Agropecuaria Los Jilgueros; al este, calle pública con un frente a ella de cuatrocientos setenta y tres metros con sesenta y seis centímetros lineales y al oeste, calle pública con un frente a ella de setecientos cuarenta y cuatro metros con veinte centímetros lineales. Mide: cincuenta y un hectáreas mil quinientos treinta y dos metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número G-970825-05. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veintidós millones de colones. Que adquirió dicho inmueble compra venta del hermano del representante de la sociedad promovente, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, cercado, mantenimiento de la construcción. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Agropecuaria Los Jilgueros S. A. Exp. 09-000279-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 9 de febrero del 2010.—Lic. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010160042.—(IN2010019335).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000308-0391-AG-4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Esteban López Espinoza, quien es mayor, soltero, jornalero, vecino de Arado de Santa Cruz, cédula 5-139-1430 y María Eugenia López Espinoza, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Arado de Santa Cruz, cédula 5-112-743, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca de repastos y tacotal. Ubicada en Arado, distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, provincia de Guanacaste. Colinda al norte, con Antonio Navarrete Río, Olman Briceño Cabalceta y quebrada en medio, sur, Antonio Navarrete Río, Arancibia Guevara Rosales y María Elena Martínez Guevara y Quebrada Fortuna, este, con calle pública con un frente de un mil cincuenta y cinco metros dos centímetros lineales. Mide setenta y nueve hectáreas cuatro mil ciento cincuenta y siete metros treinta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su padre Bernardino López Cabalceta hace más de doce años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en actividad agrícola de cultivos y repastos y construcción de cercas y linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Esteban López Espinoza. Exp. 07-000308-0391-AG-4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 5 de octubre del 2009.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Nº RP2010160176.—(IN201019336).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000018-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Humberto Jiménez Agüero, quien es mayor, estado civil casado, comerciante, vecino de Colorado, San Gerardo, Pococí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 1-0477-0783, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito Colorado, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: norte, calle pública con quinientos quince metros con setenta y nueve centímetros lineales; sur, María Guerrero Valverde; este, Gerardo Acevedo Morales, Olman Cerdas Jiménez y oeste, calle pública con seiscientos cincuenta y cuatro metros con cincuenta y dos centímetros lineales. Mide: treinta y tres hectáreas mil ciento sesenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº L-1371042-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes. Que no existen condueños. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Humberto Jiménez Agüero. Expediente Nº 10-000018-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 23 de febrero del 2010.—Lic. Silvia E. Sánchez B., Jueza.––1 vez.––RP2010160210.––(IN2010019337).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000063-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gabimarc S. A., cédula jurídica Nº 3-101-143073 representada por su presidente Miguel Elizondo Blanco, quien es mayor, casado, empresario, vecino de La Trinidad de Copey de Dota, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 3-208-583, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de montaña. Situada en el distrito 03 Copey, cantón 17 Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Selva Verde Sociedad Anónima, Carlos Enrique Valerio Gutiérrez, Elizabeth de León Azofeifa y con quebrada en parte; al sur, con Humberto Gamboa Robles, Amparo Tarín Vives, con el río Blanco y en parte con quebrada; al este, con Selva Verde Sociedad Anónima, Carlos Enrique Valerio Gutiérrez, Elizabeth de León Azofeifa, Gabimarc Sociedad Anónima y con servidumbre de paso y al oeste con César Vindas Otárola. Mide: cuarenta y dos hectáreas seis mil ochenta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº SJ-1278047-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones doscientos sesenta mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación del señor Eladio Elizondo Blanco, mediante escritura pública otorgada el veintisiete de enero de dos mil nueve, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años, sumando la posesión ejercida por los anteriores trasmitentes años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar, hacer carriles, senderos, rondas, chapias y mantenimiento, protección de recursos naturales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovida por Gabimarc S. A. Expediente Nº 09-000063-0689-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 23 de febrero del 2010.—Lic. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.––1 vez.––RP2010160233.––(IN2010019338).

Citaciones

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión del señor Guillermo Castro Echeverría, quien en vida fue mayor, casado una vez, con cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y cinco-ciento setenta, vecino de Curridabat, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este Edicto se apersonen ante la Notaría del Licenciado Alexis Gómez Guillén situada en San José, Sabanilla de Montes de Oca, Apartamentos Portobello, número uno, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que si no lo hace, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 15 de febrero de 2010.—Lic. Alexis Gómez Guillén, Notario.—1 vez.—RP2010159521.—(IN2010018804).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Wiston Ramón Flores Herrera, quien fueron mayor, de estado civil soltero, chofer, nacionalidad nicaragüense, vecino de San José, centro Barrio los Ángeles, de Distribuidora DIPO doscientos metros oeste, calle ocho avenida dieciocho, con cédula de residencia número: 135-RE-041565-00-1999. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000224-184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 13 de enero del 2010.—1 vez.—RP2010159553.—(IN2010018805).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Bernardo Benavides Porras, quien fue mayor, soltero, vecino de Guadalupe, con cédula de identidad número 7-0017-0172. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000046-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2010159567.—(IN2010018806).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elías  Bermúdez Mesén, quien fue mayor, casado una vez, pintor de carrocería, cédula de identidad número tres-ciento sesenta y cinco-ciento setenta y nueve, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2010. Notaría de la Lic. Mariselle Verdesia Meneses.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—RP2010159609.—(IN2010018807).

Mediante acta de apertura otorgada a las diez horas del veinte de febrero del dos mil diez y comprobado el fallecimiento respectivo, se declara abierto el proceso sucesorio testamentario de Carmen Segura Solano, quien fuese mayor, del hogar, viuda una vez, cédula uno-cero ciento veinte-cero ochocientos cincuenta y nueve, siendo su último domicilio conocido la ciudad de San José, cantón Central, distrito Hospital, Barrio Don Bosco, calle veinticuatro, avenidas seis y ocho, casa número seiscientos sesenta y dos. Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, y se apercibe a todos aquellos que presuntamente consideren tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Notaría de la Lic. Hellen Fabiola Saborío Soto, con oficina abierta en San José, Barrio Luján, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos. Teléfono 2225-2467. Expediente número cero cero cero uno-dos mil diez.—Lic. Hellen Fabiola Saborío Soto, Notaria.—1 vez.—RP2010159617.—(IN2010018808).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores yen generala todos los interesados en la sucesión de Jorge Enrique Villalobos Chaves, quien fue mayor, casado una vez, oficinista, vecino de Heredia, San Isidro, 150 metros oeste de Farmacia El Labrador, cédula 1-466-243, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, acudan a la oficina del Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, sita en San José, avenida 4, calles 36 y 38, edificio Florcar, segundo piso, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0003-2010.—San José, 1º de marzo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—RP2010159646.—(IN2010018809).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Rosaura Sibaja Solano, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Hatillo número Dos, del liceo Roberto Brenes Mesén 300 metros al este, titular de la cédula de identidad número: 1-087-4932; para que dentro del plazo de treinta días naturales a partir de la publicación de este edicto acudan a la oficina de licenciado Carlos Manuel Sánchez Leitón, sita en San José, barrio Don Bosco, de Purdy Motor S. A. 200 metros sur, y 50 metros oeste, altos de Florcar S. A. a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2010.—San José, 2 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº RP2010159647.—(IN2010018810).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en proceso sucesorio de quien en vida fue Olga Amiguetti Luján, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santo Domingo de Heredia, cuatrocientos metros al norte del cementerio, portadora de la cédula de identidad número uno-doscientos ochenta-trescientos doce, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría del licenciado Juan Carlos Segares Lutz, ubicada en Guachipelín de Escazú, Centro Comercial Plaza Mundo, tercer piso, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda, asimismo deben señalar lugar donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se les tendrá por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 0001-2010. Promovente: Hernán Eduardo Cordero Sandoval. Causante: Olga Amighetti Luján.—San José, diecinueve de febrero del dos mil diez.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº RP2010159655.—(IN2010018811).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veinticinco de noviembre del año dos mil seis, se ha abierto el proceso sucesorio en sede notarial conforme lo establecido en el artículo novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y ciento veintinueve del Código Notarial, proceso a nombre de quien en vida fue la señora Julieta Mac Adam García, mayor, soltera, pensionada, vecina de San José, Colonia Kennedy, San Sebastián, frente a la plaza de deportes, casa número sesenta y tres, quien era portadora de la cédula de identidad número: uno-ciento cincuenta y ocho-cero cincuenta. Se cita y emplaza a posibles herederos a presentarse en esta notaría, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto, para hacer valer sus derechos. Licenciado Andrés Mora Carli Notario Público. Bufete Mora Carli & Sancho. Teléfonos 2291-7155 y 2296-9402.—San José, dieciséis de diciembre del dos mil nueve.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(IN2010018862).

A quien interese, se hace saber que en la notaría de la Lic. Sulay Estrada Zúñiga ubicada en San José, San Pedro, La Granja, del Banco Nacional de Costa Rica un kilómetro al sur, se ha abierto la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Luis Fernando Castillo Montoya, cédula 3-163-9068. Se cita a todos los interesados para que en el plazo de 30 días a partir de esta publicación comparezcan hacer valer sus derechos o bien, pasará a quien corresponde.—San José, 14 de mayo del 2009.—Lic. Sulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(IN2010019055).

A quien interese, se hace saber que en la notaría de la Lic. Adriana Castillo Guzmán, ubicada en San José, Hatillo Uno, de la escuela Manuela Belgrano, cincuenta al oeste, casa dos cinco dos, se ha abierto la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Esperanza Mendoza Barrantes, cédula Nº 1-190-427. Se cita a todo interesado para que en el plazo de 30 días a partir de esta publicación, comparezca hacer valer sus derechos o bien, pasará a quien corresponde.—San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(IN2010019056).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Randall Mauricio Venegas Mena, quien fuera mayor, soltero, trabajador de hotel, cédula Nº 2-557-825, vecino de Los Ángeles de Atenas. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000152-0848-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, 19 de noviembre del 2009.—Lic. María del Carmen Vargas González, Jueza.––1 vez.––(IN2010019075).

Moisés Fachler Grunspan, notario público con oficina en el centro de San José, calle 38, a venidas 3 y 5, Nº 374, bufete Fachler y Asociados, edificio Gefen, teléfono 2257-3355, cito y emplazo a todos los herederos, acreedores y demás interesados en la mortual de quien fue Carlos Abundio Padilla Portuguez, cédula Nº 1-163-373, la cual se tramita en mi notaría, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto se apersonen en mi Despacho, dirección dicha a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 3 de marzo de 2010.—Lic. Moisés Fachler Grunspan, Notario.––1 vez.––(IN2010019077).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedora y en general, a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Miriam Porras Gómez, mayor, soltera, ama de casa, costarricense con cédula número uno-cero uno nueve ocho-cero cero ocho seis, vecina de Concepción de Alajuelita San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella (herencia) pasará a quien corresponda. Expediente notarial número WG-cero uno-dos mil diez, Notaria licenciado Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, en San José, Condominio Las Américas, nivel mezanine, oficina número nueve, costado sur del Banco de Costa Rica en avenida segunda.—San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.––1 vez.––(IN2010019085).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de René Escalante González, quien fuera mayor, casado, vecino de Coronado, portador de la cédula número 1-471-265. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000726-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 6 de enero del 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—1 vez.—(IN2010019106).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, e interesados en la mortual de Ana María Zúñiga Morales, quien en vida fue mayor, viuda una vez, pensionada, vecina de Bello Horizonte, Escazú, de la Distribuidora Bello Horizonte un kilómetro al sur, cédula de identidad Nº 1-200-363 y Gregorio Harding Villanueva, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino del mismo domicilio de la anterior, cédula de identidad 9-035-863 con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos, y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000162-0183-CI proceso sucesorio acumulado de Ana María Zúñiga Morales y Gregorio Harding Villanueva.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 4 de marzo de 2010.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—1 vez.—(IN2010019264).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Edgar Eduardo Calvo Aguilar, quien fuera mayor, casado tres veces, empresario, vecino de Sarapiquí y portador de la cédula 1-606-997, el cual falleció el día 2 de noviembre del año dos mil nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002734-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—RP2010159676.—(IN2010019339).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de Norma Quesada Chacón, mayor, vecina de San José, Barrio Naciones Unidas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quién corresponda.—Juzgado Civil de Menor Cuantía, San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Alejandra Montero Villegas, Jueza.—1 vez.—RP2010159677.—(IN2010019340).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de Luis Ángel Castillo Castro, quien fue mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula de identidad 2-0237-0104, quien era vecino del Centro de Palmares, para que dentro del plazo de treinta días, se apersonen en este Despacho, a hacer valer sus derechos, y se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 09-100056-00319-CI-8, juicio sucesorio de Luis Angel Castillo Castro, albacea provisional Rosa Hidalgo Loría.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Palmares, 18 de febrero del 2010.—Lic. Ivannia Quesada Quirós, Jueza.—1 vez.—RP2010159688.—(IN2010019341).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Róger Alfonso Vásquez Cubero, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número 02-0474-0678. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000007-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 24 de febrero del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—RP2010159702.—(IN2010019342).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Jorge Vicente Vega Godínez, Nº 1-344-408, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso que no lo hicieren, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente 01-2010. Notaría en Cartago, Tejar.—Cartago, 3 de marzo del 2010.—Lic. Luis Diego Pérez Chacón, Notario.—1 vez.—RP2010159704.—(IN2010019343).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María de la Trinidad Hernández Quirós, quien fuera mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, cédula uno-doscientos cincuenta y siete-seiscientos veinticinco, vecina de San José, Hatillo Dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2010-100007-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 01 de marzo del 2010.—M.Sc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—RP2010159789.—(IN2010019344).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue William de Jesús Córdoba Gutiérrez, mayor, soltero, contador, cédula de identidad nueve-cero setenta y ocho-cuatrocientos cuarenta y uno, vecino de Cartago, El Carmen, doscientos metros al norte de la Iglesia de San Esteban, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2010. Notaría de la Lic. Elizabeth María Campos Solano, notaria pública. Sita: Cartago, El Carmen, del Asilo de Ancianos, 400 metros al norte y 150 metros al oeste.—Cartago, tres de marzo del dos mil diez.—Lic. Elizabeth María Campos Solano, Notaria.—1 vez.—RP2010159791.—(IN2010019345).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Julián Gómez Gómez, mayor, viudo, vecino de Liberia, cédula ocho-cero sesenta y cinco-doscientos setenta y siete, cuya defunción se produjo el día seis de noviembre de mil novecientos noventa y tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener derecho, que si no se presentan dentro del término dado, la herencia pasará a quienes corresponda. Lo anterior, en proceso sucesorio en sede notarial, expediente Nº 01-2010-SN. En la notaría del licenciado Jimmy Rodríguez Montero, en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de Bomberos, doscientos metros al sur y setenta y cinco metros al este. Al fax 2665-2997.—Lic. Jimmy Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—RP2010159795.—(IN2010019346).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Jefry Antonio Martínez Espinoza, quien fue mayor, casado una vez, costarricense, de oficio electromecánico, vecino de Bagaces, Guanacaste, El Salto, doscientos metros oeste del puente peatonal, cédula 05-0329-0508, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº 09-000418-0418-CI (209-09).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 16 de setiembre del 2009.—Lic. Marina Ruiz García, Jueza.—1 vez.—RP2010159796.—(IN2010019347).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Guillermo Valle Alani, quien en vida era mayor, costarricense, soltero, agricultor, cinco-cero noventa y cuatro-trescientos quince, vecino de Las Huaquitas de Pijije de Bagaces, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener derecho, que si no se presentan dentro del término dado, la herencia pasará a quienes corresponda. Lo anterior, en proceso sucesorio en sede notarial, expediente Nº 02-2009-SN. En la notaría del licenciado Jimmy Rodríguez Montero, en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de Bomberos, doscientos metros al sur y veinticinco metros al este. Al fax 2665-0403.—Lic. Jimmy Rodríguez Montero, Notario.—1 vez.—RP2010159797.—(IN2010019348).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Evelina Sancho Cubero, quien vida fue mayor, casada una vez, con domicilio a su fenecimiento en San Ramón, Alajuela, cédula dos-uno dos cero-uno cero cero, fallecida el treinta de noviembre dos mil siete, para que a partir de treinta días, a partir de la presente publicación, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-00001-11134-NO. Proceso sucesorio de Evelina Sancho Cubero. Notaría Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, San Ramón, Alajuela, doscientos metros norte y veinticinco este, esquina noreste del parque, oficina Nº 1.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2010159804.—(IN2010019349).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marta Denia Cubero Fonseca, quien en vida fue mayor, divorciada una vez, con domicilio a su fenecimiento en San Ramón, Alajuela, cédula dos-tres nueve nueve-dos cinco cinco, fallecida el diecisiete de junio dos mil ocho, para que a partir de treinta días, a partir de la presente publicación, comparezcan ante esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-00002-11134-NO. Proceso sucesorio de María Denia Cubero Fonseca. Notaría Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, San Ramón, Alajuela, doscientos metros norte y veinticinco este, esquina noreste del parque, oficina Nº 1.—Lic. Jorge Antonio Arias Barrantes, Notario.—1 vez.—RP2010159805.—(IN2010019350).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Pedro Gerardo Álvarez Reyes, quien fuera mayor de edad, chofer, cédula Nº 2-0380-0830, casado una vez, vecino de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto; comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 05-002094-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2010159829.—(IN2010019351).

Lic. Alicia María González Chaves, notaria pública con oficina abierta en la ciudad de Puerto Jiménez, Golfito, hace saber: que a las diez horas del veinticinco de noviembre del año dos mil nueve, en mi notaría, bajo el expediente número 0004-2009, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial, de quien en vida fue Blanca Rosa Benavides Alvarado, cédula dos-ciento ochenta y seis-ochocientos sesenta y siete. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina del suscrito notario, situada en Puerto Jiménez, Golfito, 75 metros oeste de la sucursal del Banco Nacional de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta Notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Alicia María González Chaves, Notaria.—1 vez.—RP2010159835.—(IN2010019352).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ignacia López Cuadra, quien en vida fue mayor, viuda, cédula Nº 8-017-526, vecina de Barrio Luján, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-000223-0223-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 23 de febrero de 2010.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2010159880.—(IN2010019353).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Idalí Jiménez Arias, quien fuera mayor, casada una vez, cédula uno-ciento cuarenta y cuatro-setecientos noventa y nueve, ama de casa, vecina de Concepción de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 1990-100004-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 16 de febrero del 2010.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—RP2010159887.—(IN2010019354).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Matilde Dionicia Díaz Navarro, mayor, de oficios domésticos, cédula de identidad número cinco-cero cincuenta y tres-cero setenta y uno y de Hilario Zúñiga Gómez, mayor, pensionado, cédula de identidad número cinco-cero treinta y cinco-cuatrocientos tres, quienes en únicas nupcias fueran casados entre sí y vecinos de Cariari, Pococí, provincia de Limón, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún derecho que hacer valer, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil diez. Notaría del licenciado Baudilio Morales Monroy, notario número quince mil ochocientos cuarenta y cinco. Oficina situada en San José, avenida doce, calles trece y quince, número trece sesenta y uno.—San José, veintidós de febrero del dos mil diez.—Lic. Baudilio Morales Monroy, Notario.—1 vez.—Nº RP2010159896.—(IN2010019355).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Ángel Valverde Salazar, quien fue mayor, costarricense, casado dos veces, comerciante, vecino de Manuel Antonio de Quepos, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos veintidós-ochocientos setenta y nueve, fallecido el día trece de mayo del dos mil ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de heredero que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 09-100003-425-4-CI, sucesorio de Luis Ángel Valverde Salazar. Albacea provisional: Flor de María Álvarez Álvarez.—Juzgado Civil de Aguirre y Parrita, Quepos, 9 de octubre del 2009.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—Nº RP2010159898.—(IN2010019356).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Antonio Salas Fernández, quien fuera mayor, casado una vez, cédula dos-ciento once-novecientos sesenta y uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000027-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 22 de febrero del 2010.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—1 vez.—Nº RP2010159899.—(IN2010019357).

Ante esta notaría, se ha presentado el señor Jorge Vargas Protti, portador de la cédula de identidad número seis-cero noventa y nueve-trescientos veintiocho, para solicitar a la suscrita notaria la apertura extrajudicial del sucesorio intestado de quien en vida fue Jorge Luis Ramón Vargas Flores, mayor, viudo, pensionado, con cédula número nueve-cero veinticinco-novecientos setenta y nueve, vecino de Puntarenas. En virtud de lo anterior, se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Miramar, cien metros norte de la Clínica del Seguro Social, a reclamar y hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-10. Sucesión de Jorge Luis Ramón Vargas Flores, tramitado por Jorge Vargas Protti.—Miramar, 3 de marzo del 2010.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010159907.—(IN2010019358).

Se cita y emplaza a todos los interesados, acreedores, legatarios en la sucesión de quien en vida fue Marvin Córdoba Montero, quien fue mayor, soltero, agricultor, cédula uno-cuatrocientos noventa y cinco-seiscientos sesenta y dos, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, cuatrocientos metros al sur del Bar El Rancho, para que dentro de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina del notario Kenneth Muñoz Linkimer, ubicada en San Isidro de El General, calle del comercio, bufete Muñoz Linkimer, frente a la Óptica Visión, altos del almacén de cosméticos, a reclamar sus derechos, apercibiendo a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de febrero del 2010.—Lic. Kenneth Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—Nº RP2010159946.—(IN2010019359).

Se cita y emplaza a todos los interesados, acreedores, legatarios en la sucesión de quien en vida fue Olivia Alfaro Morales, quien fue mayor, soltera, ama de casa, cédula número uno-trescientos ochenta y dos-seiscientos treinta y tres, vecina de el Estado de California de los Estados Unidos de Norte América, mil quinientos sesenta y dos, West Ave H cuatro, Lancaster Ca. nueve tres cinco tres cuatro, para que dentro de treinta días naturales, contado, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina del notario Kenneth Muñoz Linkimer, ubicada en San Isidro de El General, calle del comercio, bufete Muñoz Linkimer, frente a la Óptica Visión, altos del almacén de cosméticos, a reclamar sus derechos, apercibiendo a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro de Pérez Zeledón, 2 de febrero del 2010.—Lic. Kenneth Muñoz Linkimer, Notario.––1 vez.––RP2010159947.––(IN2010019360).

En la notaría del Lic. Jorge Isaac Ortiz Álvarez, sita en calles 8 y 10, avenida 1, Cartago. Exp. 03-2009, fax 551-9441 y teléfono 551-0926. Se emplaza los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el sucesorio de Hernán Camacho Arrieta y quien fue mayor, casado una vez, agricultor y vecino de Higuito de El Guarco, Cartago, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación comparezcan ante este notario a hacer valer sus derechos, se advierte a quienes crean tener derechos que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—28 de octubre del 2009.—Lic. Jorge Isaac Ortiz Álvarez, Notario.––1 vez.––RP2010159958.––(IN2010019361).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Amalia Loaiza Guevara, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Heredia, cédula número cuatro-cero setenta y dos-cero sesenta y tres, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría bufete Rodríguez, 300 sur y 20 este Tribunales de Justicia de Heredia.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.––1 vez.––RP2010159998.––(IN2010019362).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Miguel Eduardo Medina Gamboa, quien fuera mayor, casado una vez, separado de hecho, comerciante, vecino de Concepción Arriba de Alajuelita, quien portó la cédula de identidad Nº 1-0685-117. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100145-0251-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Alajuelita, 19 de febrero del 2010.—Lic. Marlene Solís Blanco, Jueza.––1 vez.––RP2010160033.––(IN2010019363).

Por única vez, se cita y emplaza a herederos y demás partes interesadas en el sucesorio de quien en vida se llamó Sergia Gutiérrez Gutiérrez, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula número cinco-cero cuarenta y cinco-novecientos noventa y siete, vecina de San Pedro de Santa Cruz, Guanacaste, a fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos o la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del bufete del licenciado José Ángel Ruiz Cabalceta notario público de Santa Cruz, Guanacaste.—Santa Cruz, 24 de febrero del 2010.—Lic. José Ángel Ruiz Cabalceta, Notario.––1 vez.––RP2010160036.––(IN2010019364).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Irma Villarreal Obando, quien fuera mayor, soltera, vecina de Liberia, administradora del hogar, cédula de identidad Nº 5-218-750. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000451-0386-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Liberia, 22 de octubre del 2009.—Lic. Mariela Cortés García, Jueza.—1 vez.––RP2010160080.––(IN2010019365).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elizabeth Fontela Fontela, quien fue mayor, soltera, oficios del hogar, cédula número seis-cero ciento treinta y ocho-cero novecientos setenta y uno y vecina de Ciudad Neily, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y que se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2010. Notaría Lic. Luis Gerardo Guerrero Jara.—Lic. Luis Gerardo Guerrero Jara, Notario.––1 vez.––RP2010160098.––(IN2010019366).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rosa Centeno Centeno, mayor, soltero, pensionado, vecino de Puntarenas, Jacó Pueblo Nuevo, frente al Hotel El Patio de Las Lapas, cédula de identidad número nueve-cero cuatro dos-siete ocho tres, para que dentro del plazo de treinta días y contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 001-2010 sucesorio de Rosa Centeno Centeno.—Lic. Irene Aguilar Monge, Notaria.––1 vez.––RP2010160117.––(IN2010019367).

Se hace saber: Que ante la notaría del licenciado Roberto Marín Segura, notario público con oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue José Chacón Rojas, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Paso Ancho, urbanización Saborío, de la Licorera Ros, setenta y cinco metros al sur, casa seis cinco, cédula de identidad número uno-cuatro cuatro cero-siete seis seis, y Carmen Aguilar Salazar, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Paso Ancho, urbanización Saborío, de la Licorera Ros, setenta y cinco metros al sur, casa seis cinco, cédula de identidad número uno-cuatro nueve dos-siete cero uno. Por este medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del termino de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho notario a hacer valer sus derechos, advertido de que si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia, 4 de marzo del 2010.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—RP2010160144.—(IN2010019368).

Se hace saber: Que ante la notaría del licenciado Roberto Marín Segura, notario público con oficina en Paracito de Santo Domingo de Heredia, cien metros norte de la iglesia católica, se tramita el proceso sucesorio, de quien en vida fue María de los Ángeles Camacho Rodríguez, quien era mayor, casada una vez, educadora, vecina de Alajuela, San Rafael, de la Escuela Enrique Pinto, cien metros al oeste y doscientos al suroeste, cédula de identidad número uno-cuatro dos cinco-tres uno cero. Por este medio se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante dicho notario a hacer valer sus derechos, advertido de que si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien se apersone y legalmente corresponda.—Heredia, 01 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—RP2010160145.—(IN2010019369).

Se hace saber que ante el notario licenciado Ángel Valdivia Sing, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Manuel Ballestero Fernández, mayor, portador de la cédula de identidad número uno-ciento noventa y seis-doscientos setenta y nueve, casado una vez, maestro de obras y vecino de Moravia, Jardines, veinticinco metros al este del Salón Comunal, casa siete V, quien murió el pasado veintitrés de abril del año mil novecientos noventa y nueve, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones, al tomo: cuatrocientos veintitrés; folio: cuatrocientos cincuenta y uno; asiento: novecientos uno; de la provincia de San José y por este medio se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contaran a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en la Ciudad de San Juan de Tibás, del Burger King cien metros sur, edificio Sing, segunda planta, a las nueve horas del cuatro de marzo del año dos mil diez.—San José, 4 de marzo de 2010.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2010160182.—(IN2010019370).

Se hace saber que ante el notario licenciado Ángel Valdivia Sing, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Margarita Harley Zeledón, quien fue, mayor, portadora de la cédula de identidad número uno-ciento setenta y dos-setecientos doce, soltera, ama de casa y vecina de Moravia, Jardines, veinticinco metros al este del salón comunal, casa siete V, quien murió el pasado tres de enero del año dos mil diez, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones, al tomo: cuatrocientos noventa y seis; y por este medio se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contaran a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en la ciudad de San Juan de Tibás, del Burger King cien metros sur, edificio Sing, segunda planta, a las ocho horas del dos de marzo del año dos mil diez.—San José, 2 de marzo de 2010.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—RP2010160184.—(IN2010019371).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera Esmeralda Guzmán Chaves, mayor, casada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 02-0187-0342. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 99-100154-0316-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de febrero del 2010.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—1 vez.—RP2010160201.—(IN2010019372).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Ramona Ríos Ríos, quien fue mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Desamparados, cédula de identidad 3-0030-3266, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 09-100312-0217-CI. Sucesión de Ramona Ríos Ríos.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 14 de enero del 2010.—Lic. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2010160207.—(IN2010019373).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Manuel Antonio Céspedes Cruz, quien fue mayor, divorciado, cédula número dos-doscientos cuarenta y seis-novecientos sesenta y cinco, vecino de barrio México; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 08-000699-182 CI (6). Sucesión de Manuel Antonio Céspedes Cruz.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía San José, 3 de octubre del 2008.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2010019629).

Avisos

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por María de los Ángeles Aguilera Barquero, mayor, vecina de Atenas, cédula de identidad número 2-491-849; encaminado a solicitar la ausencia de Tomás Barquero Solera; mayor, nacido en San Mateo, cédula de identidad número 2-107-181. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. 09-000582-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de agosto del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—(IN2010019089).

3 v. 1 Alt.

Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza del Juzgado Civil de Cartago; hace saber a María Gabriela Lépiz Coronado, cédula 1-914-512 en su calidad de acreedora de segundo grado en la finca del partido de San José, matrícula quinientos siete mil cuatrocientos cuarenta y uno-cero cero cero, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en contra de Manuel Enrique Hernández Valdés, bajo el expediente número 09-002148-0640-CI donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Cartago, a las dieciséis horas y siete minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria planteado por Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo en contra de Manuel Enrique Hernández Valdés; a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Con la base de veintitrés millones quinientos mil colones (¢23.500.000) y libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número cero cero quinientos siete mil cuatrocientos cuarenta y uno-cero cero cero. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de diciembre del año dos mil nueve (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del doce de enero del año dos mil diez, con la base de diecisiete millones seiscientos veinticinco mil colones (¢17.625.000) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de enero del año dos mil diez, con la base de cinco millones ochocientos setenta y cinco mil colones (¢5.875.000) (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado. Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción de la finca dada en garantía. Al tenor de los artículos 173 del Código Procesal Civil y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza a la acreedora de segundo grado sea María Gabriela Lépiz Coronado; para que se apersone a los autos en defensa de sus derechos. De conformidad con lo solicitado y acreditado en el documento que sustenta la presente demanda, la existencia clara de un domicilio fijado por la parte demandada para atender notificaciones, se ordena notificarle esta resolución en el domicilio contractual, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículos 19 y 22 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José. Para notificar al acreedor de segundo grado sea María Gabriela Lépiz Coronado se comisiona a Juzgado Contravencional, Civil y Menor Cuantía de Escazú. Apórtese la suma de quinientos colones (¢500), por concepto de timbres del Colegio de Abogados en el escrito inicial; bajo el apercibimiento de que en su omisión no le serán atendidas sus futuras gestiones. Se tiene por otorgado el poder especial judicial a la Licenciada Ana Patricia Madriz Granados por la parte actora, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. Lic. Magaly Salas Álvarez. Jueza. Juzgado Civil de Cartago, a las nueve horas y treinta y dos minutos del cinco de febrero del año dos mil diez. Se tienen por hechas las manifestaciones que hace la actora a folio treinta y dos. Por otra parte, siendo procedente lo solicitado a folio treinta y tres, se ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a remate libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, el bien dado en garantía sea la finca del partido de San José matrícula de Folio Real número quinientos siete mil cuatrocientos cuarenta y uno-cero cero cero; y para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de abril del año dos mil diez, la base será la misma fijada en autos, sea la suma de veintitrés millones quinientos mil colones exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de abril del año dos mil diez, con la base de diecisiete millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Ahora bien, se ordena notificar esta resolución así como el auto de las dieciséis horas y siete minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil nueve y todo lo actuado al accionado Manuel Enrique Hernández Valdés personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, sita en San José, Guadalupe, Goicoechea, del Hipermás 100 metros al norte, mano derecha, casa número 7, color zapote; para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea. Expídase la comisión de interés. Por último, vista el acta de notificación de folio treinta en la que se demuestra que la acreedora de segundo grado María Gabriela Lépiz Coronado no fue hallada en el domicilio indicado por la actora, y siendo procedente la solicitud de folio treinta y tres, de conformidad con lo que establece el numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, se ordena notificarle esta resolución así como el auto de las dieciséis horas y siete minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil nueve y todo lo actuado; por medio de un edicto el cual se publicará en el Boletín Judicial o bien en un diario de circulación nacional. Inclúyase los datos necesarios para la identificación de este proceso. Expídase el edicto de notificación. Hágase saber. Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Manuel Enrique Hernández Valdés; (expediente Nº 09-002148-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 5 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010160234.—(IN2010019379).

2. v. 1.

Se avisa, al señor Esteban José Fallas Chaverri, mayor, cédula de identidad número 1-835-614, demás calidades y domicilio desconocido, es representado por la curadora procesal licenciada Sharon Chinchilla Villalta, hace saber que existe proceso N° 09-401141-0637-FA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Steven Fallas Madrigal establecido por María de los Ángeles Acosta Carrillo en contra de Esteban José Fallas Chaverri, se ha dictado la resolución de las trece horas del veintidós de octubre del dos mil nueve, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del 2010.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010159138.—(IN2010018425).

A, Yao Tang Chen, se le hace saber que en proceso ejecutivo hipotecario N° 08-000400-0678-CI-3, establecido por Banco Nacional de Costa Rica contra Yao Tang Chen, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, a las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil ocho. Se tiene por establecida la presente ejecución hipotecaria por parte del Banco Nacional de Costa Rica contra Yao Tang Chen a quien se le previene que en el acto de ser notificado de este auto o separadamente y por escrito deberá señalar medio donde atender notificaciones, bajo apercibimientos que si así no lo hicieren las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o ya no existiere. (Artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales). Sáquese a primer remate el bien hipotecado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599, y para verificar la subasta pública se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil ocho, el primer remate con una base de cuarenta y tres millones novecientos setenta y seis mil ciento dos colones con cuarenta y nueve céntimos, a las nueve horas del doce de noviembre del dos mil ocho, el segundo remate con una base rebajada del 25% de la base original sea la suma de treinta y dos millones novecientos ochenta y dos mil setenta y seis colones con ochenta y siete céntimos. Y a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil ocho, el tercer remate con el 25% de la base original sea la suma de diez millones novecientos noventa y cuatro mil veinticinco colones con sesenta y dos céntimos.  Confecciónese el edicto y entréguese copia para su publicación. De la liquidación de intereses presentada se confiere audiencia al demandado por el plazo de tres días. Confecciónese mandamiento de anotación de demanda al margen de la finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, matrícula 077048-000, el cual queda a disposición de la parte actora para su diligenciamiento. Para notificar al demandado Yao Tang Chen, personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación sita en Limón centro, contiguo a la Óptica Swavi por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de Limón. Se tiene por establecido el cargo de curador por parte de la licenciada Sheyla Sotela Leiva, notifíquesele la resolución de las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil ocho, así como la presente. Aceptado el cargo de curador se resuelve: de conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquesele al demandado Yao Tang Chen, tanto el auto de traslado de las nueve horas del veinticinco de agosto del dos mil ocho, así como la presente por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o un diario de circulación nacional. Notifíquese.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 5 de enero del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—RP2010159510.—(IN2010018812).

Lic. María Margoth Castro Salazar, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Marlene Peña Medal, en su carácter personal, número de documento de identidad, oficio y domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda investigación de paternidad, establecida por Silvio Calderón Peña contra Marlene Peña Medal, se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 046-2010 que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las catorce horas y seis minutos del quince de febrero del año dos mil diez. Proceso investigación paternidad, presentado por la Lic. Liseth Carvajal Sanders, mayor, casada una vez, abogada, cédula 1-763-150, vecina de Guápiles, en representación del actor Silvio Calderón Peña, mayor, soltero en unión libre, nicaragüense, vecino de Siquirres, cédula de residencia 02700135334071635 contra Marlene Peña Medal, mayor, documento de identidad, estado civil, oficio y domicilio desconocidos, representada por el Curador Procesal Lic. Roberto Montealegre Quijano, mayor, casado, abogado, vecino de San José. Interviene la Representante Legal de la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: I…, II…, III... Considerando: I.—… II.—… III.—… IV... por tanto, razones expuestas y normativa citada, se declara con lugar el proceso especial de filiación de investigación de paternidad, establecido por Silvio Calderón Peña, contra Marlene Peña Medal, a quien se declara como el padre biológico del menor José Adrián Peña Medal, en consecuencia, el menor tiene derecho a llevar el apellido de su progenitor, siendo en lo sucesivo su filiación Calderón Peña, a sucederle abintestato y a ser alimentado. Firme esta sentencia, mediante ejecutoria, inscríbase en el Registro Civil, al margen de las citas de Nacimiento del menor, al tomo: mil quinientos ochenta y seis. Página: trescientos setenta: asiento: setecientos treinta y nueve, de la provincia de San José. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Siendo que la demandada carece de domicilio conocido, se ordena la publicación de la sentencia por medio de edicto. Asimismo se rechaza la excepción de falta de derecho, toda vez que al actor le asiste el derecho por ser el padre del menor. En cuanto a la solicitud del actor de modificar la guarda y crianza del menor, estableciéndosela a su padre, se rechaza la misma, toda vez que ese trámite corresponde a otro proceso. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí.—Lic. Margoth Castro Salazar, Jueza.—1 vez.—RP2010159626.—(IN2010018813).

El Juzgado Sexto Civil de San José, al señor Andrzej Braiter, hace saber que dentro del proceso abreviado 06-000590-0183-CI de Felipe Ramón Gómez Domínguez contra Andrzej Braiter el cual es tramitado ante el Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José y el cual se encuentra ante este despacho en apelación, se encuentra la resolución que dice: sentencia de segunda instancia número 004-09. Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las trece horas cincuenta minutos del veintisiete de enero del dos mil nueve. Proceso abreviado número 2006-00590-0183-CI (Verbal 02-2009) promovido por Felipe Ramón Gómez Domínguez, mayor de edad, casado, técnico en refrigeración, vecino de Tres Ríos de Cartago, portador de la cédula de residencia 155800483525, contra, Andrezej Braiter de solo un apellido en razón de su nacionalidad polaca, pasaporte número 00178771D. Interviene el Licenciado Gerardo Velasco Avendaño. Resultando:…Considerando Único:....Segundo: sobre el fondo del asunto: ….Por tanto: En lo apelado, se confirma la sentencia recurrida. Previa copia de estilo vuelva  el expediente a su oficina de origen. Expediente Nº 06-000590-183-CI (verbal 2-09).—Juzgado Sexto Civil de San José, 19 de febrero del 2010.—Lic. Kattya Araya Jácome,Jueza.—1 vez.—(IN2010019076).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 09-002195-0292-FA los señores Cristina Gutiérrez Sori y Ezequiel Gustavo Ruiz, solicitan se apruebe la adopción conjunta de los menores Santos, Jeison y Erika Paola todos Vargas Rodríguez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de febrero del 2010.—Lic. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—(IN2010019098).

Se avisa a Catalina Fonseca Vargas, cédula número uno-mil ochenta y nueve-doscientos treinta y nueve, de oficio y domicilio desconocidos, siendo representada en este proceso por el licenciado Heberto José Noguera González, que en este despacho se dictó dentro del proceso de declaratoria judicial de abandono, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia. Representada por el licenciado Milton Gutiérrez Quesada, expediente Nº 09-000314-673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia Nº 62-2010, Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas del diecinueve de febrero del dos mil diez. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Freddy Fonseca Vargas. Se extingue a su madre Catalina Fonseca Vargas el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial del niño Freddy Fonseca Vargas en el hogar de Kattia María Azofeifa Araya, quien deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo mil ochocientos veintidós, folio cuatrocientos ochenta y dos, asiento novecientos sesenta y tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia, Primer Circuito Judicial de San José, 19 de febrero del 2010.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.––1 vez.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33431.––C-5400.––(IN2010019213).

Se avisa, al señor Yenier Chaves Cabrera, mayor, documento de identidad Nº DI 81061009824, de nacionalidad cubana, demás calidades y domicilio desconocido, quien es representado por el curador procesal licenciado Fabio Delgado Hernández, hace saber que existe proceso Nº 09-000415-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Félix Ángel Chávez Vega establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Yenier Chaves Cabrera y Thania Karolina Vega Nicolaza, se ha dictado la resolución de las catorce horas del diez de setiembre del dos mil nueve, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso, seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.––1 vez.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33431.––C-3800.––(IN2010019214).

Licenciado Víctor Manuel Lizano Campos, Juez del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Corredores, hace saber que en el proceso abreviado establecido por Ervin Monge Cascante contra Rigoberto González González, presentado por su curador procesal la Licenciada Marviodal Saavedra Ramírez que se tramita en este despacho, bajo el expediente número 08-100041-0440-CI, se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, a las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil ocho. De la anterior demanda abreviado que promueve Ervin Monge Cascante se le confiere traslado por el plazo perentorio de diez días a Rigoberto González González, quien deberá contestar los hecho uno por uno y en forma de categórica si los acepta como ciertos, los rechaza por inexactos o bien los admite con variaciones o ratificaciones; también manifestará con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En el mismo escrito ofrecerá las pruebas que estime pertinentes, con la indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que deberá referirse cada uno de estos (artículos 305, 354 y 357 Ibidem). Asimismo se le previene que deberá señalar medio y lugar dentro del perímetro judicial de Ciudad Neily donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas del despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Artículo 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones Judiciales. Notifíquese esta resolución a la parte demandada Rigoberto González González, por medio de la delegación policial de Matina, por ser localizable en Matina, Limón, en el poblado de Saborío en la finca Turquesa Dorada, en el cuadrante, distrito Canandi. (Artículos 288, 289, 290, 291, 292, 295, 304, 307, 308, 420, 421, 422, 423, del Código Procesal Civil). Lic. Víctor Manuel Lizano Campo, Juez y Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, a las quince horas del dieciséis de noviembre del dos mil nueve, se reserva el anterior escrito de la contestación que formula el curardor procesal del accionado González González Rigoberto, para conocerse oportunamente, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar el auto traslado de las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil nueve y la presente resolución al demandado Rigoberto González González, por medio de edicto que se publicará en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Corredores, 2 de febrero del 2010.—Lic. Víctor Manuel Lizano Campos, Juez.—1 vez.—RP2010159752.—(IN2010019374).

Se avisa que en este despacho en el expediente número 09-400764-421-FA (2), de los señores Norman Enrique de Jesús Chinchilla y Olga Marta Gerarda Núñez Vásquez, solicita se apruebe la adopción conjunta (por nacionales, con cambio de apellido) de las menores Patricia Hotson Hernández y Tomasa Hotson Hernández. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 09-400764-421-F.A. (2).—Juzgado de Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, 5 de febrero del 2010.—Lic. Hernán Gamboa Chaves, Juez.—1 vez.—RP2010160070.—(IN2010019375).

Se hace saber a José Fernando González Ayala, mayor, casado una vez, comerciante, cubano, pasaporte PC 040642 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de nulidad de matrimonio, expediente número 2009-000754-186-FA, interpuesto por María Yolanda Flores Madrigal, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2009.—Lic. Andrea Ramírez Solano, Jueza.—1 vez.—RP2010159876.—(IN2010019376).

Licenciado Álvaro Ramírez Largaespada, Juez del Juzgado de Familia de Santa Cruz, a Sor María Santana Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, de nacionalidad colombiana, portadora del pasaporte de su país PC-43564171, demás calidades y domicilio desconocidos se le hace saber que en demanda de divorcio, establecida por Wander Chavarría Rosales contra Sor María Santana Jiménez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Nº 147-2008.—Juzgado de Familia, Violencia Doméstica y Penal Juvenil de Santa Cruz, a las dieciséis horas del veintisiete de junio del año dos mil ocho. Proceso divorcio, establecido por Wander Chavarría Rosales, mayor, casado una vez, dependiente comercial, vecino de Veintisiete de Abril, Santa Cruz, cédula Nº 05-0315-0415 contra Sor María Santana Jiménez, mayor, casada una vez, de nacionalidad colombiana, portadora del pasaporte de su país PC-43564171, demás calidades y domicilio desconocidos. Resultando:..., Considerando:...; Por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 11, 34 y 48 del Código de Familia; se declara sin lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Wander Chavarría Rosales contra Sor María Santana Jiménez. Las costas del proceso son a cargo de la parte actora. Lic. Marilene Herra Alfaro, Jueza. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Santa Cruz.—Lic. Álvaro Ramírez Largaespada, Juez.—1 vez.—RP2010159878.—(IN2010019377).

Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber a Carmen Gliceria Hernández Almirall, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente Nº 09-001950-0165-FA, donde se pretende se declare en sentencia el divorcio entre el señor Carlos Alberto Vargas Duarte y Carmen Gliseria Hernández Almiral. A dicha demandada se el dio traslado correspondiente mediante resolución de las horas minutos del y se ordenó la publicación del presente edicto. Se le indica a su vez la obligación de señalar medio donde atender notificaciones futuras. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Carlos Alberto Vargas Duarte contra Carmen Gliceria Hernández Almirall. Expediente Nº 09-001950-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2010.—Lic. Frania Rojas Vindas, Jueza.—1 vez.—RP2010159941.—(IN2010019378).

Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza del Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber que en este Despacho se interpuso un proceso disolución de asociaciones de la Asociación María Argentina de Goicoechea, bajo el expediente Nº 07-001552-0164-CI donde se dictó, la sentencia de las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil siete cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: Se admite como prueba para mejor resolver la documental visible a folios ciento setenta y cuatro a ciento ochenta y dos. Se declaran parcialmente con lugar las presentes diligencias de disolución. Se declara disuelta la Asociación María Argentina de Goicoechea, cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento once mil trescientas sesenta y cuatro. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia por una vez en el Boletín Judicial y en un diario de circulación nacional. Una vez firme esta resolución y a solicitud de interesado, expídase la ejecutoria respectiva al Registro Nacional, Sección de Asociaciones, dentro del expediente tres mil ochocientos veinte, para cancelar la inscripción del tomo trescientos ochenta, asiento trece mil ciento sesenta y uno y subsecuentes movimientos registrales. Se nombra como Junta Liquidadora a: José Francisco Fernández Carballo, cédula de identidad uno-quinientos noventa y seis-trescientos catorce; Gustavo Carballo Arias, cédula de identidad uno-ochocientos cuarenta y tres-quinientos uno; Freddy Álvarez Castillo, cédula de identidad seis-ciento ochenta y uno-novecientos setenta y seis, quienes se les concede, a partir de la firmeza de esta resolución, el plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido y jurar su fiel cumplimiento mediante escrito o acta, apercibido que en su omisión será removido y sustituido por otra persona. La Junta Liquidadora, previa publicación del edicto en la forma dicha, una vez pagadas la deudas de la Asociación disuelta, si las hubiere, tramitadas las anotaciones que pesan sobre el bien inscrito a nombre de la Asociación, traspasará las zonas verdes, comunales y de uso público a la Municipalidad de Goicoechea, y el remanente de terreno o de bienes lo distribuirá entre los siguientes asociados: José Francisco Fernández Carballo, cédula uno-quinientos noventa y seis-trescientos catorce; Gustavo Carballo Arias, cédula uno-ochocientos cuarenta y tres-quinientos uno; Freddy Álvarez Castillo, cédula seis-ciento ochenta y uno-novecientos setenta y seis; Isabel Cano Martínez, cédula cinco-doscientos treinta y uno-trescientos treinta y ocho; Roxana Ávila Acosta, cédula uno-ochocientos setenta y nueve-cuatrocientos ochenta; Adelaida Hidalgo Salmerón, cédula tres-trescientos seis-cuatrocientos cincuenta y seis; Yahangir Navarrete Cubillo, cédula cinco-quinientos sesenta y tres-ciento cincuenta y dos; José Palacios Palacios, cédula seis-cero ochenta-setecientos cuarenta y cinco; Norma Vargas Alfaro, cédula dos-trescientos seis-cuatrocientos noventa y nueve; Sonia Molina Salazar, cédula seis-doscientos uno-cero veintiséis; Tamasi Moya Alvarado, cédula tres-doscientos cuarenta y dos-quinientos sesenta; Antonia Gaitán Murillo, cédula dos-cuatrocientos sesenta y uno-cero sesenta y ocho; Bernardita Marín Calderón, cédula uno-cuatrocientos noventa y seis-doscientos dieciséis; Juan Elizondo Altamirano, cédula seis-doscientos treinta y cinco-novecientos ochenta; Juana Rodríguez Bello, identificación ocho cero cero cinco ocho cero tres nueve cero; Luis Fernández Barboza, cédula uno-setecientos cuarenta y uno-cero cincuenta y cuatro; Alvaro Zúñiga Zúñiga, cédula nueve-cero cincuenta-ochocientos noventa y ocho; Rafael Méndez Chavarría, cédula uno-ochocientos uno-ochocientos treinta y cuatro; Kathia Jiménez Marín, cédula uno-setecientos noventa y tres-cuatrocientos veintiuno; Maritza Fernández Alvarado, cédula tres-doscientos ochenta y cuatro-trescientos; Jhon Villalobos Arrieta, cédula uno-seiscientos ochenta y seis-cero noventa y ocho; Juan Morales Fernández, cédula tres-doscientos ochenta y cuatro-ciento cuarenta y cinco; José Arguedas Méndez, cédula seis-doscientos cincuenta y cinco-ciento cincuenta; Noemí Zambrana Soto, cédula cinco-doscientos cuarenta y tres-ciento cuarenta y cinco; Marilyn Mora Salazar, cédula uno-seiscientos diecisiete-cero cuarenta y cuatro; Isabel Madrigal Esquivel, cédula uno-cuatrocientos noventa y ocho-doscientos setenta y tres; Virginia Delgado Delgado, cédula seis-ciento cincuenta y seis-doscientos sesenta y uno; Ana Cañas Picado, cédula tres-ciento ochenta y tres-trescientos setenta y ocho; Óscar Mora Campos, cédula uno-novecientos cincuenta y uno-trescientos doce; María de los Ángeles Ángulo Garita, cédula uno-trescientos setenta y uno-seiscientos veintiuno; Floribeth Zúñiga Hidalgo, cédula uno-seiscientos ochenta y siete-trescientos once; Juan Carlos Casco Menjivar, identificación dos dos cero uno uno siete uno seis cero-cinco cinco siete uno; Marcos Murillo Salguera, cédula dos-quinientos siete-cuatrocientos cincuenta y ocho; Natividad Menjivar Ortega, identificación dos dos cero uno uno siete uno cuatro siete-cinco cinco cinco ocho; María Baltodano Torres, cédula cinco-ciento treinta y ocho-quinientos cuarenta y nueve; María Serrano Estrada, cédula uno-cuatrocientos treinta y dos-novecientos setenta y seis; Vita María Gutiérrez Vallejo, cédula cinco-ciento noventa y cuatro-cuatrocientos ochenta y uno; Haydee Segura Campos, cédula dos-ciento ochenta y tres-cero noventa y ocho; Ruth Vallejos Rosales, cédula cinco-doscientos sesenta y cuatro-doscientos veintiséis; Grace Rodríguez Solís, cédula siete-ciento seis-cero catorce; Martha Solano Carmona, cédula nueve-cero cincuenta y siete-novecientos veintiocho; Gerardo Navarrete Cubillo, cédula cinco-ciento noventa y dos-cuatrocientos veintisiete; Carmen Alfaro Arias, cédula de identidad dos-doscientos sesenta y uno-trescientos noventa y seis; Isabel Muñoz Carrillo, cédula seis-doscientos dieciocho-seiscientos tres; Lucía Chávez Canales, identificación ocho cero cero ocho tres cero ocho cero nueve; Luis Enoc López, identificación uno cinco cinco ocho cero cero cero seis tres cinco dos ocho; Felipe López Ramírez, identificación dos dos cero uno uno ocho uno ocho seis cinco siete cero siete; Lucitania Cascante Barrantes, cédula cinco-ciento cincuenta y cuatro-seiscientos cincuenta y dos; Margarita Pérez Barrantes, cédula dos-cuatrocientos noventa y cuatro-setecientos cincuenta y nueve; Carlos Umaña Bermúdez, cédula uno-setecientos setenta y nueve-cero setenta y cuatro; Anabelle Soto Quirós, cédula uno-setecientos ochenta y tres-cero sesenta y cuatro; Rocío Quirós Rodríguez, cédula siete-cero ochenta y cuatro-ciento treinta y ocho; Damaris Leandro Solano, cédula nueve-cero sesenta y dos-doscientos cuarenta y seis; Rocío Sánchez Murillo, cédula uno-quinientos ochenta y tres-ochocientos ochenta y nueve; Edy Cañas Picado, cédula dos-cuatrocientos setenta y siete-doscientos sesenta y seis; Milton Vargas Loáciga, cédula uno-doscientos sesenta y nueve-cuatrocientos treinta y dos; Grace Ardón Marín, cédula uno-trescientos nueve-ciento sesenta; Emilio Chávez Araya, cédula uno-cuatrocientos cuarenta y uno-trescientos setenta; Óscar Fernández Barboza, cédula uno-setecientos sesenta y cinco-seiscientos cuarenta y cuatro; Errol Arroyo Montenegro, cédula uno-ochocientos tres-quinientos setenta y cinco; Yaritza Rocha Rodríguez, identificación uno tres cinco RE cero uno cinco nueve siete dos-cero cero; Silvia Porras Arias, cédula uno-mil seiscientos sesenta y nueve-ochocientos veintinueve; Victoriano Rodríguez Méndez, cédula uno-doscientos cincuenta y ocho-ciento sesenta y ocho; Manuel Altamirano Ordóñez, cédula tres-cero sesenta y tres-ciento veinticinco; Ronny Álvarez Chávez, cédula dos-trescientos ochenta-cero sesenta y seis; Teresa Badilla Amador, cédula cinco-ciento sesenta y siete-ochocientos treinta y cuatro; Carlos Robles Cascante, cédula uno-setecientos cincuenta y tres-trescientos ochenta y cuatro; y Yadira Hernández Mejías, cédula dos-cuatrocientos treinta y seis-ciento cincuenta y seis. Para realizar sus labores observará las facultades y deberes que establecen los artículos doscientos catorce y doscientos dieciséis ambos del Código de Comercio. Los honorarios totales para la Junta Liquidadora se fijan en abstracto, en un cinco por ciento del valor neto de los bienes por liquidar. Magda Díaz Bolaños, Jueza.” Lo anterior se ordena así en proceso disolución de asociaciones de José Francisco y otros Fernández Carballo contra Asociación María Argentina de Goicoechea. Expediente Nº 07-001552-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de febrero del 2010.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2010160072.—(IN2010019380).

Se avisa al señor Ronald Altamirano Muñoz, mayor de edad, casado, cédula 1-992-415 y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 10-000052-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Dwyne Alberto Altamirano Sossa. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de febrero del dos mil diez.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33433.—C-1600.—(IN2010019393).

Se avisa, al señor Guillermo Ricardo Martínez Rodríguez, mayor, cubano, documento de identidad número DI560403003420, representado por el curador procesal Licenciado Alejandro Fernández Carrillo, hace saber que existe proceso Nº 09-000226-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Enriqueta Martínez Fallas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, representada por la licenciada Olga Myriam Boza Fernández en contra de Guillermo Ricardo Martínez Rodríguez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas, cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil nueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del dos mil diez.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33433.—C-4020.—(IN2010019394).

Se avisa que en este despacho bajo el expediente número 10-000327-0364-FA, los señores Francisco Zumbado Arias y Adriana Cecilia Carballo Núñez, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la menor Angélica del Carmen Altamirano Cortez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 26 de febrero del 2010.—Lic. Laura Rodríguez Villalobos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010019635).

Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Reinaldo Henry Rose, que en este despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 09-001404-0165-FA, donde se dictó la resolución que literalmente dicen: De la anterior demanda de suspensión patria potestad establecida por el accionante Karla Xiomara López Morales, se confiere traslado al accionado Reinaldo Henry Rose por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorio de actuaciones del despacho. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley. en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Karla Xiomara López Morales contra Reinaldo Henry Rose. Expediente Nº 09-001404-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2010.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2010020146).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría, licenciado Cristian Pérez Quirós, carné 11248, a las quince horas del 30 de marzo del año 2010, ante el suscrito notario se procederá a celebrar el matrimonio civil de Rodrigo Vega Moreno, soltero, pasaporte C C 79943021, de nacionalidad colombiana, ingeniero industrial, vecino de Poás de Aserrí del salón El Ambiente 300 metros sur, hijo de Fernando Vega Álvarez y Martha Moreno Eastman, ambos de nacionalidad colombiana; y Karen Virginia Gamboa Cascante, soltera, cédula de identidad 1-1261-649, auxiliar de contabilidad; del mismo domicilio del primer compareciente, hija de Gorge Gamboa Badilla y Julia Noelia Cascante Rodríguez. Por lo que de conformidad con los numerales 25, 26, 27 del Código de Familia, se cita a cualquier interesado que conozca de algún impedimento legal para la celebración de este acto, comparezca ante el suscrito notario y los exponga, en la dirección San José, Hatillo, 15 de Setiembre, del centro de nutrición 100 metros al este, altos de clínica dental.—San José, 22 de febrero del 2010.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—(IN2010018317).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Elvis Alejandro Mora Rodríguez, mayor, soltero, ayudante en construcción, cédula de identidad 3-406-831, vecino de Cartago, costado norte de la plaza de deportes de Santa Rosa de Oreamuno, casa color verde, hijo de Virginia Rodríguez Gómez y José Evelio Mora Montenegro, nacido en Cartago, el 24/10/1985, con 24 años de edad, y María Isabel Valverde Sanabria, mayor, soltera, ama de casa , cédula de identidad número 3-440-824, vecina de Cartago 250 metros al sur de la iglesia de San Gerardo de Oreamuno, hija de Laura Sanabria Rivera, y José Ángel Valverde Granados, nacida en Cartago, el 31/10/1989, actualmente con 20 años de edad. Tienen un hijo de nombre José Alejandro Mora Valverde de 11 meses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente Nº 10-000359-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 26 de febrero del 2010.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—RP2010159372.—(IN2010018815).

Ante esta notaría, comparecen Henrik Pedersen, quien manifiesta ser mayor de edad, soltero, ingeniero, de nacionalidad Danesa, portador del pasaporte de su país número dos cero cero tres ocho seis cero dos cinco y de la cédula temporal de residencia costarricense número 120800003319 y vecino de Pozos de Santa Ana, del Restaurante Baccus ciento cincuenta metros al este, quinientos metros al norte y ciento cincuenta metros al oeste, Condominio Balcones de Santa Ana casa número uno y Nancy Margarita Alvarado Fariña, quien manifiesta ser mayor de edad, soltera, ingeniera, de nacionalidad española, portadora del pasaporte de su país XD dos tres uno dos tres dos, y de la cédula temporal de residencia costarricense número 186200082715 y vecina del mismo vecindario, y que tienen dos hijas en común hoy menores de edad Arantxa Safia Pedersen Alvarado, nacida en Costa Rica el 11 de setiembre del 2007, debidamente inscrita en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José número de cédula uno-dos mil cuatro-cero cuatrocientos cincuenta y cinco del Registro Civil de Costa Rica, y Simone Zoe Pedersen Alvarado, nacida en Costa Rica el veintitrés de noviembre del dos mil nueve, debidamente inscrita en el Registro de nacimientos de la provincia de San José, número de cédula uno-dos mil setenta y dos-cero quinientos noventa y seis, del Registro Civil de Costa Rica, manifiestan que se encuentran en libertad de estado para contraer matrimonio, por lo que me solicitan y manifiestan su intención de contraer matrimonio. Se otorga el plazo de ley a partir de esta publicación para terceros que manifiesten su oposición al mismo. Tél-fax 2215-1091.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—RP2010159416.—(IN2010018816).

Jonathan Camacho Pérez y Sara Sofía Mairena López, cédula por su orden: 1-1303-683 y 1-1331-392; vecinos de Guatuso de Patarrá, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente Nº 10-400210-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, trece horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil diez.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—RP2010159577.—(IN2010018817).

Por este medio yo, Marvin Homer Chamorro Trejos, notario público con oficina abierta en San Antonio de Escazú, hago constar que los señores Evan (nombre) Marquisse (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, pasaporte Nº 096040963, y Marilyn Salazar Molina, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1298-675, han decidido contraer matrimonio civil, el día 25 de marzo del 2010, en mi notaría, con fundamento en el artículo 25 del Código de Familia. Lo anterior con el fin de que se enteren por si existe oposición. Notificaciones al fax 2228-1344.—Lic. Marvin Homer Chamorro Trejos, Notario.—1 vez.—RP2010159637.—(IN2010018818).

Se hace constar que ante esta notaría han solicitado contraer matrimonio el señor Yong (nombre) Lin (apellido único en razón de su nacionalidad) mayor, Estados Unidos, divorciado de su primer matrimonio, comerciante, con pasaporte 217660135, y María Auxiliadora Vargas  Campos,  mayor,  soltera,  comerciante,  costarricense,  cédula Nº 2-0415-0136, Quienes tengan alguna objeción al respecto lo podrán comunicar al correo electrónico xmelendez@abogados.or.cr, o al fax 2221-2696, del despacho de la suscrita notaría.—San José, 1º de marzo del dos mil diez.—Lic. Xinia Meléndez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010159649.—(IN2010018819).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Carolina Rojas Fernández, mayor, soltera, ama de casa; cédula de identidad número 2-603-406, vecina de Poás de Carrizal de Alajuela, calle nueva 150 metros norte, teléfono 2483-0771, hija de María Eugenia Fernández Villalobos y Gerardo Rojas Carvajal, ambos padres costarricenses, nacida en Hospital Central de Alajuela, el 10 de enero de 1985, con 25 años de edad, y Milton Alberto Zúñiga Delgado, mayor, soltero, operador telefónico, cédula de identidad número 1-1076-121, vecino de Poás de Carrizal de Alajuela, calle nueva 150 metros norte, teléfono 2483-0771, hijo de Otto Antonio Zúñiga Hernández y Julieta Delgado Quirós, ambos padres costarricenses, nacido en Uruca, Central San José, el 24 de julio de 1980, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. 10-000314-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de febrero del 2010.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2010018864).

Carlos Luis Castro Méndez y Roxana Cascante Azofeifa, cédula por su orden: Nº 6-149-344 y Nº 1-854-205; vecinos de Linda Vista de Río Azul, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Expediente Nº 10-400137-637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, diez horas del primero de marzo del dos mil diez.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.––1 vez.––RP2010159659.––(IN2010019381).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Douglas Roberto Monge Solís, mayor de edad, divorciado de Maribel Rocío Mata Morales, chofer, portador de la cédula de identidad Nº 1-891-950, hijo de Manuel Antonio Monge Quesada, y Maricela Solís Mora, nacido en Hospital Central, San José, el 13 de julio de 1974, con treinta y cinco años de edad, y Patricia Marcela Murillo Quirós, mayor, divorciada de Denis Mauricio Fonseca Vargas, estudiante, hija de Carlos Alberto Murillo Chavarría y de Ana Lina Quirós Quirós, nacida en Hospital Central, San José, el 10 de enero de 1979, actualmente con treinta y un años de edad, cédula de identidad Nº 1-1024-0098, ambos son vecinos de San Sebastián. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio) 2010-400059-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 29 de enero del 2010.—Lic. Alinne Solano Ramírez, Jueza.––1 vez.––RP2010159735.––(IN2010019382).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Carolina Camacho Navarro, mayor, de 33 años de edad, cédula Nº 1-938-963, costarricense, soltera, de oficio jefa de tienda, vecina de La Trinidad de Moravia, urbanización Villa Margarita, casa 10-F, nacida en Hospital Central, San José, el 15 de mayo de mil novecientos setenta y seis, hija de Carlos Camacho García y Sonia Navarro Brenes, ambos costarricenses, vecinos de La Trinidad de Moravia, y Gustavo Marín Monge, mayor, de 27 años de edad, cédula de identidad Nº 1-1142-146, costarricense, soltero, de oficio asistente de cajas, vecino de Moravia, 400 metros este del Banco de Costa Rica, nacido en Carmen, Central, San José, el 09 de junio de mil novecientos ochenta y dos, hijo de Manuel Marín Montero y Ana Lucía Monge Guzmán, ambos costarricenses, vecinos de Moravia. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Solicitud de matrimonio, expediente Nº 09-001823-165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Montelimar, 22 de julio del 2009.—Lic. Marilenne Herra Alfaro, Jueza.––1 vez.––RP2010160064.––(IN2010019383).

Se han presentado ante este despacho a solicitar unión mediante matrimonio civil los señores Jéssica María Rivera Córdoba, cédula número, 1-1032-521, divorciada, edad 30 años, ama de casa, y Reyner Antonio Martínez Alemán, cédula número 1-1199-0096, soltero, edad 26 años, stiward y ambos vecinos de Higuito de Desamparados. Los mismos han solicitado contraer matrimonio. Si alguna persona está interesada en oponerse a esta unión, puede hacerlo ante este Tribunal, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto.—Juzgado de Familia de Desamparados, 01 de marzo de 2010.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—(IN2010019808).