BOLETÍN JUDICIAL Nº 61 DEL 29 DE MARZO DEL 2010
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
SE REPRODUCE POR ERROR EN EL ORIGINAL
CIRCULAR Nº 17-2010
DE: Alfredo Jones León, Director Ejecutivo
PARA: Autoridades Judiciales, Fiscalías, Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas del OIJ.
ASUNTO: Informe de decomiso de vehículos
FECHA: 9 de marzo del 2010.
Cuando se decomise o se dicte el comiso de un vehículo, se les recuerda la necesidad de informar a las Administraciones Regionales respectivas, con el objeto de mantener actualizado el inventario de vehículos y procedan oportunamente a rotularlos para facilitar su identificación.
Se deberá informar el número de expediente, el despacho que lo tiene a la orden, las partes, las características del vehículo (color, número de motor, de VIN, entre otras), así como el lugar donde se mantiene físicamente, sea en instalaciones del Poder Judicial o en las instalaciones de las Delegaciones de la Fuerza Pública o de Tránsito.
Se reitera que el decomiso de los vehículos constituye una medida excepcional ya
que, como lo ha dispuesto el Consejo Superior, se deben analizar
prioritariamente medidas alternativas como la figura del depositario judicial,
con el propósito de disminuir el riesgo y los costos asociados de mantener en
custodia bienes de terceros.
San José, 11 de
marzo del 2010.
Alfredo
Jones León,
1 vez.—(IN2010025677) Director
Ejecutivo
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas cincuenta minutos del tres de marzo del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-001095-0007-CO interpuesta por Ana Isabel Biamonte Pérez en su condición de Presidenta del Partido “El Puente y los Caminos de Mora”, para que se declare inconstitucional el artículo 41 del Código Electoral, Ley número 8765 del diecinueve de agosto del dos mil nueve, por considerar que infringe lo dispuesto en los artículos 1, 9, 33 y 95 de la Constitución Política, en cuanto limita la conformación de las juntas receptoras de votos a la representación de los partidos inscritos a escala nacional, lo cual afecta a los partidos cantonales, al no tomarlos en consideración. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 05 de marzo del 2010
Gerardo
Madriz Piedra
(25693) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas cincuenta minutos del ocho de marzo del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-000373-0007-CO interpuesta por Rodrigo Calvo Sánchez, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 22, 23, 24, 25 y el Transitorio XIII de la Ley de Protección al Trabajador número 7983, por estimarlos contrarios a los artículos 33, 41 y 129 de la Constitución Política. Las normas se impugnan por cuanto lo estipulado en el transitorio XIII resulta discriminatorio y contrario al artículo 33 de la Constitución Política. No es lógico que los trabajadores que se pensionen dentro de los diez años siguientes a la vigencia de la ley, puedan retirar la totalidad de los fondos acumulados en sus cuentas hasta ese momento y los que lo hagan posteriormente no, pues es una diferencia antojadiza. También se considera que el transitorio es inconstitucional por cuanto los fondos acumulados son individuales, conforme lo estipula el artículo 9, de la citada ley. Dicho artículo dispone que el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias será de capitalización individual y operará como un complemento de otros regímenes. Si se trata de un asunto individual no se puede bajo ninguna circunstancia, menoscabar la autonomía de la voluntad, para decidir si se retira o no la totalidad de lo acumulado. Los artículos 22, 23, 24 y 25 de la ley, lo que establecen son varias alternativas para escoger a la hora de pensionarse, pero todas destinadas al no retiro de la totalidad de lo acumulado, limitando así el derecho de cada persona que decida pensionarse, pues limita su derecho de decisión y provoca una discriminación entre las personas que se pensionen antes del 1 de marzo del 2010 y los que lo hagan posteriormente. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
San José, 09 de marzo del 2010
Gerardo
Madriz Piedra
(25695) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de
las nueve horas quince minutos del ocho de marzo del dos mil diez, se dio curso
a la acción de inconstitucionalidad número 10-001696-0007-CO interpuesta por
María Doris Gutiérrez Carrera para que se declare la inconstitucionalidad del
artículo 20 inciso d) del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja
Costarricense de Seguro Social, por estimarlo contrario a lo dispuesto en los
artículos 33 y 74 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto
violenta el artículo 33 de la Constitución Política, ya que produce una
situación de desigualdad frente a la familia con base en el matrimonio legal y
afecta los derechos patrimoniales de ésta, pues obligaría a la pareja a
mantenerse en una unión de hecho, para no perder el derecho, lo que fomenta ese
tipo de relaciones y en consecuencia provoca la lesión a los derechos señalados
en el artículo 571 del Código Civil, porque limita el derecho a heredar, así
como los demás derechos que señala el Código de Familia, incluyendo lo señalado
en el artículo 160, en cuanto a los alimentos. Dicha norma excede los límites
de razonabilidad y violenta otros derechos fundamentales, como la protección
constitucional al matrimonio como base de la familia. Aduce que la norma
también contraviene el artículo 74 de la Constitución Política, que establece
que el derecho de pensión es de carácter irrenunciable pues la norma restringe
el libre ejercicio del derecho a contraer matrimonio, por lo que tal situación
eliminaría de forma automática el derecho a la pensión, es decir, una renuncia
a dicho derecho. Afirma que ya esta Sala ha declarado inconstitucionales otras
normas que establecían ilegítimamente la caducidad del derecho de pensiones por
hecho de contraer matrimonio, y en ese sentido se cita el voto 08-016976.
Asimismo, el inciso d) del artículo 20 del Reglamento de Invalidez, Vejez y
Muerte lesiona los principios de razonabilidad y proporcionalidad que integran
el bloque de constitucionalidad al establecer una sanción al derecho a contraer
matrimonio y propiciar relaciones de hecho que no son las que nuestro sistema
establece como base de la sociedad. Esta acción se admite por reunir los
requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus
artículos
San José, 09 de marzo del 2010
Gerardo
Madriz Piedra
(25696) Secretario
Se cita y emplaza a todos los interesados en la devolución de ahorros de Caja Costarricense de Seguro Social que establece el señor Freddy Villalobos Palma, cédula Nº 9-0050-0010, en su condición de cónyuge de la trabajadora fallecida Clara Virginia Ramírez Chacón, cédula de identidad Nº 1-0696-00856, para que dentro del término de ocho días contados a partir de la única publicación de este edicto, se apersonen en defensa de sus derechos, apercibiendo de que si no comparecieren dicho dinero serán distribuidos a quien corresponda según lo establece el artículo 85 del Código de Trabajo. Diligencias de devolución de ahorros de la Caja Costarricense de Seguro Social número 10-000174-0373-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia.—Lic. Luis Fernando Barrantes Aguilar, Juez.—1 vez.—(IN2010024773).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Enrique Francisco Moya Guarin, quien fue mayor, casado, mensajero, portó la cédula de identidad número 7-0050-0103 y falleció el cuatro de enero de dos mil diez. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 10-300007-0895-LA-8 de Enrique Moya Guarin.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 2 de marzo del 2010.—Lic. Osvaldo López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2010024808).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y al ser las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diez, y con la base de tres millones ciento sesenta y tres mil novecientos siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL 227601, marca General Motor, año 2003, Vin J8DB4B15037003803, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diez, con la base de dos millones trescientos setenta y dos mil novecientos treinta colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez, con la base de setecientos noventa mil novecientos setenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Marvin Gerardo Peraza Murillo contra Inversiones Roscu S. A. Expediente Nº 09-003271-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de febrero del año 2010.—Lic. Isaac Monge Segura, Juez.—RP2010162593.—(IN2010023759).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre localizada citas: 320-07511-01-0901-001 e hipoteca de primer grado citas 471-17184-01-0006-001; a las trece horas treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil diez, y con la base de cinco millones quinientos treinta y nueve mil trescientos seis colones con noventa céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 179799-000, la cual es terreno construido con una casa. Situada en el distrito 03 Buenos Aires, cantón 07 Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Miriam Rojas Pacheco; al sur, calle pública; al este, Hernando Ureña Brenes, y al oeste, Carlos Luis Zúñiga Alvarado. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas, treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil diez, con la base de cuatro millones ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta colones con dieciocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas, treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, con la base de un millón trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos veintiséis colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeservidores R. L. contra Alberto Céspedes García. Expediente Nº 08-029960-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2010.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—RP2010162617.—(IN2010023760).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de julio del dos mil diez, y con la base de cinco mil ciento noventa y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quince mil ochocientos cero cero uno cero cero tres cero cero cuatro, la cual es terreno construir con una casa, situada en el distrito Filadelfia, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Juan Ernesto Bonilla Sánchez; al este, calle pública, y al oeste, Kattia Cecilia Obando Rojas. Mide: setecientos once metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto del dos mil diez, con la base de tres mil ochocientos noventa y cuatro dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez, con la base de mil doscientos noventa y ocho dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Rodríguez Campos W y H S. A. contra Alice Rojas Rodríguez, Magaly y Obando Rojas, Yamid Liley Obando Rojas. Expediente Nº 09-002967-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de enero del año 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010162645.—(IN2010023762).
En la puerta exterior de este
Despacho, soportando servidumbre trasladada, pero libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos
mil diez, y con la base de catorce millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 00296772-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 11, San Sebastián, cantón 1 San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, lote
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios a las diez horas y quince minutos del siete de junio del dos mil diez, y con la base de seis mil ochocientos cincuenta y seis dólares con quince centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 705602, marca Chevrolet, año 2007, vin KL1MJ61497C225794, cilindrada 800 cc, color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diez, con la base de cinco mil ciento cuarenta y dos dólares con once centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintitrés de julio del dos mil diez, con la base de mil setecientos catorce dólares con tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Citi Trust de Costa Rica Sociedad Anónima contra Heleana Ureña Castillo, María Elena Castillo Obando. Expediente Nº 10-000067-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010023832).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas del veintiuno de junio del año dos mil diez, y con la base de dos millones novecientos cinco mil trescientos cuarenta y cinco colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 566049, marca Toyota, año 2004, Vin JDTBT113200338904, cilindrada 1497 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas del nueve de julio del año dos mil diez, con la base de dos millones ciento setenta y nueve mil nueve colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas quince minutos del cinco de agosto del año dos mil diez con la base de setecientos veintiséis mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Francisco Javier Arias Garro. Exp. 09-001559-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de marzo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010023833).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando una infracción boleta número 200821091 de sumaria 08-607213-0489-TC del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José a las once horas quince minutos del catorce de mayo del año dos mil diez, y con la base de siete mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares con diecisiete centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 695204, marca Chevrolet, año 2008, Vin KL1MD61428C338558, cilindrada 800 c.c. color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil diez, con la base de cinco mil quinientos noventa y ocho dólares con ochenta y siete centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del año dos mil diez con la base de mil ochocientos sesenta y seis dólares con veintinueve centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Stephanie Telles Chacón. Exp. 08-001598-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010023835).
A las catorce horas del dieciséis
de abril del dos mil diez, en la puerta de este juzgado en el mejor postor,
libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; y con la base de
ciento veintiséis millones trescientos noventa y nueve mil doscientos treinta y
cuatro colones céntimos exactos, remataré: la finca inscrita en el Registro
Público de la Propiedad, Partido de Partido de Puntarenas al Sistema de folio
real, matrícula número: ciento un mil cincuenta y ocho-cero cero cero que es terreno de pasto con una casa de habitación,
situada en el distrito primero de Tilarán, del cantón octavo de Tilarán, de la
provincia de Guanacaste, con una medida de diez mil metros cuadrados, con
linderos: norte: José Ángel Herrera Solórzano, sur: José Ángel Herrera
Solórzano, este: José Ángel Herrera Solórzano y oeste: calle publica con una
extensión de
A las diez horas treinta minutos del doce de abril del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de la hipoteca de primer grado vencida de diez millones setecientos sesenta y nueve mil setecientos veintidós colones con veintiún céntimos, remataré, la finca del Partido de Puntarenas, al Sistema de Folio Real, matrícula número: sesenta y cuatro mil seiscientos ochenta y tres-F-cero cero cero, que es finca filial primaria individualizada número siete apta para construcción que se destina a uso habitual la cual podrá tener una altura de dos pisos, situada en el distrito noveno de Monteverde, del cantón primero de la provincia de Puntarenas, con una medida de doscientos setenta y ocho metros con veintiocho decímetros cuadrados; con linderos: norte: finca filial ocho, sur: finca filial seis; este: acceso vehicular a este de ocho metros con doce centímetros lineales, y oeste: Carlos Muñoz Brenes. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil diez, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca sea la suma de ocho millones setenta y siete mil doscientos noventa y un colones con sesenta y cinco céntimos. Para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de mayo de dos mil diez, con veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca sea la suma de dos millones seiscientos noventa y dos mil cuatrocientos treinta colones con cincuenta y cinco céntimos. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 09-100102-0927-CI (225-4-09)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Nacional de Costa Rica contra Leonel Ángel Rodríguez Araya.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 4 de marzo del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2010163523.—(IN2010025502).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho; a las ocho horas y quince minutos del veinticinco de junio del año dos mil diez, y con la base de dos millones setecientos dieciocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 469571, marca Hyundai, año 2002, Vin KMHCH41 BP2U335774, cilindrada 1500 c.c, color celeste, categoría automóvil. para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del diecinueve de julio del año dos mil diez, con la base de dos millones treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del seis de agosto del año dos mil diez con la base de seiscientos setenta y nueve mil seiscientos catorce colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Citi Trust de Costa Rica Sociedad Anónima, Credi Q Inversiones CR S. A. contra Constructora Pérez Lacayo y Zúñiga S. A., Felipe Pérez Lacayo. Exp. 09-001388-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010023837).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada; a las ocho horas del ocho de julio del año dos mil diez, y con la base de diecinueve millones quinientos cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil quinientos sesenta y nueve-cero cero cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 03 La Garita, cantón 10 La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, ganadería La Cuesta S. A.; al sur, calle pública; al este, ganadería La Cuesta S. A. y al oeste, Héctor Martínez Martínez. Mide: veinte mil cuatrocientos sesenta y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintinueve de julio del año dos mil diez, con la base de catorce millones seiscientos cincuenta y siete mil novecientos dieciséis colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del trece de agosto del año dos mil diez con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y cinco mil novecientos setenta y dos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Gallo Más Gallo de Alajuela S. A., contra Kevzcha del Pacífíco S. A. Expediente 10-000125-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010024019).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando demanda penal citas 0572-00031024-01-0001-001; a las quince horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, y con la base de ciento cincuenta y cinco mil trescientos ochenta y ocho dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00384716-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública y otros; al este, Irene del Barco Hurtado y al oeste, calle pública y otros. Mide: mil ochocientos catorce metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil diez, con la base de ciento dieciséis mil quinientos cuarenta y un dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil diez con la base de treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y siete dólares con veintitrés centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Klasse Inc S. A. contra Caballería El Macho de Santa Ana S. A. Expediente Nº 09-005760-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.––RP2010162764.––(IN2010024269).
A las quince horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de tres millones trescientos setenta y ocho mil setecientos sesenta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela, folio real matrícula Nº 438.845-000, que es terreno para construir sito en Monterrey de San Carlos, distrito doce del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Rosibel de los Ángeles y Miguel Miranda Pérez; al sur, Dunia Miranda Pérez, Gerardo Miranda Monge y María Cristina Pérez Morera; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Gerardo Miranda Monge y María Cristina Pérez Morera. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones quinientos treinta y cuatro mil setenta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos, se señalan las quince horas treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ochocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos noventa y un colones con sesenta y dos céntimos, se señalan las quince horas treinta minutos del diez de junio del dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 10-100130-297-CI ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica contra José Antonio Miranda Pérez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de febrero del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.––RP2010162837.––(IN2010024274).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre y acueducto de paso AyA; a las catorce horas del siete de julio del dos mil diez, y con la base de cincuenta y seis mil trescientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F- cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y tres- cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno finca filial c nueve apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 Alajuelita, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle; al sur, finca filial c veintiocho; al este, finca filial c diez y al oeste, finca filial c ocho. Mide; ciento cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiocho de julio del año dos mil diez, con la base de cuarenta y dos mil doscientos veinticinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del doce de agosto del año dos mil diez con la base de catorce mil setenta y cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Socorro del Carmen Trejos Navarrete. Expediente Nº 09-001371-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.––RP2010162861.––(IN2010024275).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del once de mayo del dos mil diez, y con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y siete mil seiscientos treinta y siete- cero cero cero la cual es terreno para construir con una edificación tipo galerón destinado a fines comerciales. Situada en el distrito 01 San Juan, cantón Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Aristides Alvarado Rodríguez; al sur, carretera Tibás-Moravia; al este, Edwin Javier Alvarado Vargas y al oeste, Aristides Alvarado Rojas. Mide: seiscientos setenta metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diez, con la base de ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de junio del año dos mil diez con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Simpático Edguillar Sociedad Anónima contra Gilberth Alvarado Vargas. Expediente Nº 10-000455-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 04 de marzo del 2010.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.––RP2010162934.––(IN2010024276).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas del nueve de junio de dos mil diez, y con la base de seis millones ochocientos treinta y seis mil setecientos treinta y cinco colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos seis mil trescientos sesenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno con una casa, lote tres. Situada en el distrito sétimo, cantón sétimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote dos-Ana Delia González Rojas; al sur, Agrícola Chaves Vargas S. A.; al este, servidumbre y al oeste, Digna Vargas. Mide: doscientos sesenta y ocho metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintitrés de junio de dos mil diez, con la base de cinco millones ciento veintisiete mil quinientos cincuenta y uno colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del siete de julio de dos mil diez con la base de un millón setecientos nueve mil ciento ochenta y tres colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Bernal Pereira Vargas. Expediente Nº 09-000497-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 03 de marzo del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.––(IN2010024389).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones anotadas al tomo 347, asiento 9730; a las quince horas del veinte de mayo del dos mil diez, y con la base de cien millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil ciento sesenta y uno-cero cero cero la cual es terreno agropecuario, charral y repastos con una casa. Situada en el distrito tercero, Macacona, cantón segundo, Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Eloisa Delgado Jiménez; al sur, Río Paires y calle pública; al este, Río Paires y al oeste, Rodrigo Salas. Mide: ochocientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del tres de junio del dos mil diez, con la base de setenta y cinco millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del diecisiete de junio del dos mil diez con la base de veinticinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gabriel Vásquez Sancho contra Ganadera Agrícola Candelillo Sociedad Anónima. Expediente 10-000026-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de febrero del 2010.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza.—RP2010162972.—(IN2010024647).
A las quince horas quince minutos
del veinte de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa
este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco
actor, sea la base de ochenta y ocho mil dólares moneda de los Estados Unidos
de Norteamérica, remataré: finca inscrita en propiedad partido de Heredia:
folio real matrícula número 122.889-000, que es terreno para construir con una
casa de habitación sito en San Vicente de Santo Domingo de Heredia, distrito
segundo del cantón tercero de la provincia de Heredia/ linda al norte: Luis
Garro Arguedas, al sur: Rosa María Garro Torres, al este: calle pública de
acceso restringido con
A las nueve horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando anotación de demanda de familia originada por este proceso y con la base de veinte millones cuatrocientos once mil trescientos colones 00/100, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y siete mil ochocientos sesenta cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero, Guadalupe, cantón octavo, Goicoechea. Colinda: al norte, lote 32; al sur, calle, con ocho metros sesenta centímetros; al este, Félix Hernández y al oeste, calle, con ocho metros cuarenta y siete centímetros. Mide: setenta y nueve metros con veintisiete decímetros cuadrados. En caso de no existir postores para esa fecha, se señalan las nueve horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil diez para llevar a cabo un segundo remate, que iniciará con un base de quince millones trescientos ocho mil cuatrocientos setenta y cinco colones 00/100 de fracasar esta segunda subasta, se dispone de las nueve horas treinta minutos del veintiuno de mayo siguiente, para efectuar una tercera almoneda, la cual iniciará con la base de cinco millones ciento dos mil ochocientos veinticinco colones 00/100. Se remata por ordenarse así en proceso divorcio de Heriberto Martín Chávez Loría contra Grettel María Montero Fernández, expediente 07-001972-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2010.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—RP2010163121.—(IN2010024655).
A las nueve horas del cinco de mayo del año dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, soportando servidumbre trasladada inscrito al tomo 370, asiento 496, y con la base de un millón de colones, remataré: finca del partido de Alajuela matrícula de folio real número cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos noventa y tres-cero cero cero, que se describe como terreno de solar, ubicada en el distrito primero Quesada, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela, lindante al norte con Óscar Gerardo Vindas Mora; al sur, con Francisco Salas Alfaro, al este, con calle pública y al oeste, con Jorge Eduardo Campos Pérez, mide trescientos noventa y tres metros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Óscar Gerardo Vindas Mora, en caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de setecientos cincuenta mil colones, se señalan las: nueve horas del veinte de mayo del año dos mil diez, en la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o sea la suma de doscientos cincuenta mil colones, se señalan las: nueve horas del cuatro de junio del año dos mil diez. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Golden Arenal Ivestments S. A. contra Óscar Gerardo Vindas Mora. Exp: 09-101603-0317 CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 9 de marzo del 2010.—Lic. Lidianeth Sandí Blanco, Jueza.—RP2010163128.—(IN2010024656).
A las ocho horas del diecinueve de abril del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y con la base de tres millones veintiún mil novecientos cuatro colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote dos, situada en el distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte lote tres; al sur, lote uno; al este calle pública nueve metros cuarenta y seis centímetros y al oeste, Agropecuaria Palmira S. A. Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra César Fabricio Picado Angulo. Expediente 05-001068-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 1º de marzo del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010163138.—(IN2010024657).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas y cero minutos del seis de mayo del año 2010, y con la base de cuarenta y cinco mil novecientos diecinueve unidades de desarrollo en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 40011-000 cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Santa Bárbara, cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste calle pública con veinte metros de frente; al noroeste casas contiguas números diecinueve y veinte; al sureste, calle pública con trece metros y noventa y ocho centímetros de frente y al suroeste, casa contigua número 2. Mide: doscientos setenta y cuatro metros y sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil diez, con la base de treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve punto veinticinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de marzo del año dos mil diez con la base de once mil cuatrocientos setenta y nueve punto setenta y cinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Odilie Álvarez Gutiérrez. Expediente 09-022144-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de marzo del 2010.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—Nº 2010163158.—(IN2010024658).
A las ocho horas del diez de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de tres millones de colones, sáquese a remate el vehículo placas setecientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y cinco, para lo que se señalan las ocho horas del diez de mayo de dos mil diez. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinticuatro de mayo de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del treinta y uno de mayo de dos mil diez, con la base de doscientos cincuenta mil colones (25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 09-100178-197- de Maquinaria Transportes y Movimientos M.T.M. S. A.—Juzgado Civil y Trabajo de Puriscal, 9 de marzo del 2010.—Lic. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—(IN2010024691).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diez, y con la base de dos millones ciento setenta y un mil cuatrocientos setenta y ocho colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 535883, marca Isuzu, año 1998, vin 4S2CK58D5W4373794, cilindrada 2200 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de un millón seiscientos veintiocho mil seiscientos nueve colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, con la base de quinientos cuarenta y dos mil ochocientos sesenta y nueve colones con setenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fundación Promotora de Vivienda contra Pedro José Dávila Álvarez. Exp. Nº 08-025768-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010024724).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada citas 0346-00010417-01-0918-001; servidumbre trasladada citas 0346-00010417-01-919-001; servidumbre trasladada citas 0346-0001417-01-920-001; servidumbre trasladada citas 0346-00010417-01-0921-001; servidumbre trasladada 0346-00010417-01-0922-001; a las catorce horas y treinta minutos del veinte de julio del año dos mil diez, y con la base de tres millones cincuenta y dos mil novecientos doce colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00504579-000, la cual es terreno para construir lote 101. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lotes 85 y 84; al sur, avenida 5; al este, lote 100; y al oeste, lotes 102 y 103. Mide: ciento cincuenta y dos metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de dos millones doscientos ochenta y nueve mil seiscientos ochenta y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del año dos mil diez con la base de setecientos sesenta y tres mil doscientos veintiocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Promotora de Vivienda contra Rosa Montero Arroyo. Exp. Nº 09-100104-0217-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010024725).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada
anotada al tomo 298 y asiento
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del catorce de abril del año dos mil diez, y con la base de cien mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Publicó, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00193436-000 la cual es terreno de cultivos. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lote de Libros y Trextos Rodrial S. A sucesores de Isidro Rodríguez Montero; al sur, Lote de Libros y Trextos Rodrial S. A., sucesores de Jacinto Rodríguez Montero y sucesores de Mardoqueo Rodríguez Montero; al este, Allan Delgado Maroto, Sigifredo Zúñiga Vargas e Iván Zúñiga Vargas, y al oeste, Libros y Textos Rodrial S. A., y calle pública. Mide: cinco mil quinientos cuarenta y dos metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, con la base de senta y cinco mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil diez con la base de veinticinco mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Simpático Edguillar S. A., contra Libros y Textos Rodrial Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-032859-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010024763).
A las ocho horas del treinta de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de las oficinas que ocupan este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando anotación según citas al tomo cero ochocientos (0800) asiento cuatro mil trescientos ochenta y tres (4383), sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cero cero cero cuarenta y seis mil siete cero cero cero (00046007-000), de naturaleza: Terreno para construir Nº 220, situada en distrito primero Jacó cantón once Garabito de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, lote diecinueve; sur, lote doscientos veintiuno; este, Consorcio Interran, y al oeste, calle pública con treinta metros de frente. Mide: mil novecientos cincuenta metros cuadrados según plano catastrado P-cuatro cuatro dos cinco uno cero-mil novecientos ochenta y uno. Para tal efecto se señalan las ocho horas del treinta de abril de dos mil diez.- (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del catorce de mayo del dos mil diez, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del veintiocho de mayo de dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso de ejecución hipotecaria Nº 09-000903-0504-CI de Corporación Hermanos Cortés Arias S. A., contra sucesión de Manuel Sosa Camacho.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 17 de febrero del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—(IN2010024764).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal inscrita al tomo 2009 asiento 301044, bajo la sumaria número 08-201948-431-PE a las once horas treinta minutos del dieciséis de abril del año dos mil diez, y con la base de un millón doscientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 745974, marca Nissan, año 2001, Vin 3N1BB51D31L121405, cilindrada 2000 c.c., color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del treinta de abril del año dos mil diez, con la base de novecientos treinta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del catorce de mayo del año dos mil diez con la base de trescientos diez mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Jorge Luis Mosquera Soto. Expediente Nº 10-000025-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 22 de febrero del 2010.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—(IN2010024789).
A las nueve horas del veintitrés de
abril de dos mil diez, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este
juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base rebajada en un
veinticinco por ciento, sea la suma de un millón seiscientos noventa mil
quinientos ochenta y nueve colones con veinticinco céntimos, en el mejor postor
remataré: Un vehículo marca Hyundai, modelo 1993, estilo Mighty,
04 cilindros, combustible diesel, cubicaje
A las ocho horas treinta minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de tres millones trescientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 119454-000, la cual es terreno para construir número 10-II. Situada en el distrito 01 Tres Ríos, cantón 03 La Unión. Colinda: al norte, con lote veintiuno-II; al sur, con calle pública; al este, con lote once-II, y al oeste, con lote nueve-II. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Luis Bernal Conejo Morales, contra Óscar Rolando Chaves Porras. Expediente Nº 04-000652-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 11 de febrero del 2010.—M.Sc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(IN2010024810).
En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado por la suma de cincuenta y un mil setecientos dólares a favor del Banco Nacional de Costa Rica, a las diez horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil diez, y con la base de veintidós millones seiscientos setenta y siete mil seis colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y ocho mil doscientos sesenta y siete submatrícula cero cero dos, la cual representa un derecho a la mitad en la finca y la cual es terreno para construir. Situada en el distrito quinto San Francisco, cantón primero Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Coto y Compañía; al sur, calle pública con frente de diecinueve metros; al este, Coto y Compañía, y al oeste, calle pública con un frente de diecinueve metros con catorce centímetros. Mide: trescientos noventa y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil diez, con la base de diecisiete millones siete mil setecientos cincuenta y cuatro colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil diez con la base de cinco millones seiscientos sesenta y nueve mil doscientos cincuenta y un colones con cincuenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Juan Carlos Angulo Beltrán contra Mayela Socorro Peña. Expediente Nº 08-000049-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 11 de febrero del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010163236.—(IN2010024868).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, y con la base de diez millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 145.711-000 la cual es terreno lote 51-G, terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 50; al sur, lote 52; al este, alameda, y al oeste, lote 42. Mide: noventa y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de mayo del año dos mil diez, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diez con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Hellen Molina Hernández. Expediente Nº 09-003290-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163247.—(IN2010024869).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del nueve de junio de dos mil diez, y con la base de diecisiete millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintiocho mil seiscientos cuarenta y siete-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito sétimo, cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso a fincas; al sur, Jovito Vega Villalobos y Rolando Quesada Arroyo; al este, Zulay Vega Rodríguez, y al oeste, Jovito Vega Villalobos. Mide: quinientos noventa y dos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintitrés de junio de dos mil diez, con la base de trece millones cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del siete de julio de dos mil diez con la base de cuatro millones trescientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPAVEGRA R. L., contra María Lourdes Ramírez Pacheco. Expediente Nº 09-000218-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 02 de marzo del 2010.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza.—RP2010163257.—(IN2010024870).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada al tomo doscientos noventa y siete, asiento seis mil novecientos sesenta y tres, secuencia cero uno subsecuencias novecientos uno, novecientos tres y novecientos cinco y demanda ordinaria al tomo dos mil nueve, asiento ciento setenta y seis mil seiscientos ochenta y dos, a las nueve horas del nueve de junio de dos mil diez, y con la base de once millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos trece mil trescientos veintidós-cero cero cero la cual es terreno de patio, taller y zona verde. Situada en el distrito tercero Buenos Aires, cantón sétimo Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ocho punto veinte centímetros; al sur, AYRO de Palmares S. A.; al este, Marco Antonio Pérez Vásquez, y al oeste, Amancio Solórzano Murillo y Vilma Fonseca Umaña. Mide: doscientos diez metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil diez, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del siete de julio de dos mil diez con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPAVEGRA R. L. contra Gerardo Martín Hidalgo Chacón. Expediente Nº 09-000165-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de febrero del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010163258.—(IN2010024871).
En la puerta exterior de este despacho; soportando reservas y restricciones inscritas bajo las citas: 267-15985-01-0901-001, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con treinta minutos del catorce de abril de dos mil diez, y con la base de cincuenta y ocho mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres, Daniel Flores, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Miguel Fonseca Cambronero; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, José Miguel Fonseca Cambronero. Mide: mil treinta metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil diez, con la base de cuarenta y tres mil quinientos dólares moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del doce de mayo de dos mil diez con la base de catorce mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Compañía Agropecuaria La Pradera S. A., contra FITA del General Ltda., José Rafael Fonseca Valerio. Expediente Nº 10-000031-0341-CI*1.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 15 de febrero del 2010.—Lic. Olman Zumbado Brenes, Juez.—RP2010163286.—(IN2010024872).
En la puerta exterior de este despacho;
libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del
diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de siete millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil doscientos noventa y
uno-cero-cero-uno y cero-cero-dos, la cual es terreno con una casa. Situada en
el distrito 02 Merced, cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Carlos Hoppe Seriba;
al sur, Guillermo Montiel; al este, Guillermo Montiel, y al oeste, calle
pública
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de anotaciones y soportando gravamen de reservas y
restricciones inscrita bajo las citas 0348-00008258-01-0908-
A las ocho horas treinta minutos del trece de abril de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios e infracciones a la Ley de Tránsito y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo placas C 136189, marca Freightliner, carrocería cabezal o tracto camión, capacidad dos personas, año 1993, color rojo, combustible diesel. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 08-000451-0184-CI, de Agrosuperior S. A. contra Transportes Tejanos S. A. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Agro Superior S. A. contra Transportes Tejanos S. A. Expediente Nº 08-000451-0184-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de marzo de 2010.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—(IN2010025544).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Carlos Enrique Garita Porras, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del seis de mayo del año dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-000008-0848-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de marzo del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2010163682.—(IN2010025514).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Elver Camacho Chaves, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del siete de mayo del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-002769-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 5 de marzo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2010025538).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000109-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luis Gutiérrez Monge quien es mayor, casado, vecino de Santa María de Dota, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 103000677, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rodrigo Ureña Navarro; al sur, Rita Patricia Naranjo Retana; al este, calle pública y al oeste, calle pública. Mide: trece mil setecientos veintisiete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1382803-2009.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones.- Que adquirió dicho inmueble por mediante escritura pública de compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en trabajo agrícola, siembra de árboles, café, recolección de frutos y mantenimiento general del inmueble y las plantaciones Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Gutiérrez Monge. Exp. Nº 09-000109-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 2 de marzo de 2010.—Lic. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—RP2010162880.—(IN2010024285).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Luis Ángel Núñez Araya, cédula número cinco-ciento veintisiete-cero cero dos, mayor casado una vez, agricultor, vecino de Río Negro de Cóbano de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de repastos y charral con una casa de habitación, sito en Río Negro de Cóbano del cantón de Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Río Negro; al sur, con Quebrada en medio y Carlos Luis Sancho Jiménez; al este, con Río Negro, quebrada en medio y Orlando Arroyo Araya y al oeste, con calle pública, Amadeo Fernández Corrales y Luis Blanco Benavides. Mide: cincuenta y tres mil seiscientos cincuenta y dos metros con veintiséis decímetros cuadrados, según plano catastrado P-siete tres cuatro uno cinco cinco-dos mil uno. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 09-160160-642-AG-3 de Luis Ángel Núñez Araya.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2010162892.—(IN2010024286).
Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Yesenia Núñez Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santa Elena de Monteverde, cédula de identidad número uno-novecientos seis-ochocientos veintinueve, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno actualmente de pastos, situada en distrito tercero del cantón primero, Chomes, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Pablo Guillermo Núñez Rodríguez; al sur, con Tito Núñez Rodríguez; al este, con calle pública y con un frente de ciento treinta y dos metros con veintisiete centímetros, y al oeste, con Bryan Guzmán Madrigal. Mide cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-un millón doscientos setenta y cinco mil ciento setenta y nueve-dos mil ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 09-160054-0642-AG-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 4 de enero del 2010.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2010162973.—(IN2010024659).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Ester Arce Salazar, quien fuera mayor, casada una vez, auxiliar de dietética, vecina de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, cédula de identidad siete- cero treinta y ocho - doscientos cuarenta y ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002991-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—1 vez.—RP2010162807.—(IN2010024292).
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Cecilia Brenes Brenes, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000020-0341-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 1º de marzo del 2010.—Lic. Wilberth Herrera Delgado, Juez.—1 vez.—RP2010162809.—(IN2010024293).
Se cita y emplaza a todos los
interesados en la sucesión de María Salomé Gómez Álvarez, quien en vida fue
mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
tres-ciento setenta y cinco- doscientos cincuenta y ocho, vecina de Cartago,
San Rafael de Oreamuno, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de esta publicación comparezca en reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo la herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº
2010-02. Notaría del Bufete de la Lic. Vanessa
Pacheco Gómez, Cartago de la esquina noreste de los Tribunales de Justicia
Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Austelina Vargas Hernández, quien fuera soltera, ama de casa, vecina de San Francisco de Piedades Sur de San Ramón, cédula Nº 2-135-393. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000085-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 5 de marzo del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—RP2010162903.—(IN2010024295).
Mediante acta de apertura otorgada, ante esta notaría, por Rolando Araya Castro, mayor, casado una vez, contador privado, vecino de Esparza Puntarenas, Marañonal ciento cincuenta metros al sur de la plaza de fútbol, cédula dos- cuatro tres cuatro- cuatro cinco ocho, a las once horas del trece de marzo del año dos mil diez y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alfredo Araya Picado, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, portaba la cédula dos-uno cero nueve-nueve cinco tres, era vecino de Esparza Puntarenas, Marañonal, frente al costado oeste del parque. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciada Katherine Benavides Rivera, Esparza Puntarenas, doscientos metros al sur y cien al oeste de la Municipalidad Teléfono dos seis tres seis-seis dos-dos cinco.—Lic. Katherine Benavides Rivera, Notaria.—1 vez.—RP2010162911.—(IN2010024296).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Víctor Manuel Murillo Chaverri quien en vida fue mayor, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad número cinco-cero noventa y ocho-ochocientos ochenta y siete, vecino de Canalete Upala de la provincia de Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso que no lo hicieren, la herencia pasará a quienes en derecho corresponda. Expediente número uno-dos mil diez. Sucesorio en sede notarial de Víctor Manuel Murillo Chaverri.—San José, 2 de marzo del 2010.—Lic. María de los Ángeles Solano López, Notaria.–1 vez.––RP2010162943.––(IN2010024297).
Se avisa que en este despacho se tramita el expediente Nº 09-400062-0422-FA (63-09), en el cual los señores José Gerardo Jiménez López y Annete López Guido, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Jonathan de Jesús Chaves Herrera. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad, y se indicarán las pruebas en que se fundamenta la misma. Publíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Golfito.—Lic. Jeudy Lineth Briceño Gómez, Jueza.—1 vez.—RP2010162833.—(IN2010024300).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente Nº 08-001664-0364-FA, los señores Rofolfo Wong Segura y Zoraida Chaves Porras, solicitan se apruebe la adopción conjunta del menor Andrés Gerardo Robles Bolívar. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 08_de febrero del 2010.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez.––1 vez.––(IN2010024411).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil
los contrayentes Kimberly Pastora Méndez Marín, mayor, soltera, ama de casa,
vecina de Potrero Cerrado,
Han comparecido ante este despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Erick Mauricio Álvarez
Castro, mayor de edad, soltero, enderezado y pintura, cédula de identidad número
0205780524, vecino de El Raicero de Grecia, calle El
Llano,
Por requerirse en causa penal 08-001983-0058-PE seguida contra Adrián Gerardo Aguilar Pereira por el delito lesiones culposas en perjuicio de Eduardo José Ramos Ulloa, favor proceder con las gestiones pertinentes a la publicación por edicto de la comunicación al co demandado civil Franklin Lorenzo Brown Maxwell, cédula de identidad número 7-047-0957 de la resolución en donde se da traslado de la acción civil resarcitoria de las quince horas y cincuenta y cuatro minutos del veintiséis de enero del año dos mil diez. “Se da traslado de la acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta de Cartago, al ser las quince horas y cincuenta y cuatro minutos del veintiséis de enero del año dos mil diez. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Eduardo José Ramos Ulloa, a darle traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del (la) actor (a) civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Lic. Manuel Rivera Solano, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2010024831).
Por requerirse en causa penal 08-003154-0345-PE seguida contra Danny Alberto Sánchez Loaiza y otro por el delito homicidio culposo en perjuicio de Ricardo Segura Granados favor proceder con las gestiones pertinentes a la publicación por edicto de la comunicación al co demandado civil Dagoberto Masís Prado, cédula de identidad 9-075-475 de la resolución en donde se da traslado de la acción civil resarcitoria de las trece horas y veintiuno minutos del cinco de diciembre del año dos mil ocho. “Se da traslado de la acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta de Cartago, al ser las trece horas y veintiuno minutos del cinco de diciembre del año dos mil ocho. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Beatriz Segura Meza, Cecilia Isabel Meza Brenes, Ricardo Segura Meza, a darle traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del (la) actor(a) civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de este despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Lic. Manuel Rivera Solano, Fiscal.—1 vez.—(IN2010024837).