BOLETÍN JUDICIAL Nº 65 DEL 06 DE ABRIL DEL 2010
CIRCULAR Nº 021-10
ASUNTO: Impedimento para el ejercicio del notariado respecto de los servidores del Poder Judicial. Obligación de cesar en el ejercicio del notariado y depositar el tomo de protocolo. Se deja sin efecto la circular Nº 73-07.
A
TODOS LOS SERVIDORES QUE LABORAN EN EL PODER JUDICIAL
SE
LES HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior en sesión Nº 07-10 celebrada el 26 de enero de 2010, artículo
LXXI, de conformidad con el inciso f) del artículo 4º y los inciso b) y d) del
artículo 5, ambos numerales del Código Notarial, así como los artículos 9 y 244
de
a.- Todo servidor judicial que cuente con nombramiento en propiedad en cualquier puesto, está impedido para el ejercicio del notariado.
b.- Únicamente
magistrados y jueces suplentes, nombrados por períodos inferiores a tres meses,
pueden ejercer el notariado y una vez superado dicho plazo, deberán proceder al
depósito de su tomo de protocolo ante el Departamento de Archivo Notarial de
c.- Salvo
disposición expresa en contrario emitida por
d.- En razón de que las resoluciones aquí indicadas evidencian un viraje en el criterio jurisprudencial, que afecta directamente lo dispuesto en su oportunidad en circular Nº 73-07, se deja esta última sin efecto.
Por
los motivos expuestos, quienes no se
encuentren en el supuesto señalado en el punto b.- antes referido, deberán
presentar la solicitud de cese en sus funciones notariales ante
San José, 2 de febrero del 2010.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(IN2010025678) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 028-10
ASUNTO: Reiteración de los
incisos 38) y 53) del Reglamento del Sistema Automatizado de Depósitos y Pagos
Judiciales (S.D.J.), comunicado mediante circular Nº 89-08, publicada en el Boletín
Judicial Nº 101 del 27 de mayo del 2008, que tratan sobre el deber de
actualizar los expedientes en dicho sistema. Deber del despacho receptor de un
expediente, de completar la información que el despacho remitente hubiera
omitido indicar en el SDJ y de comunicar al Tribunal de
A LAS INSTITUCIONES, ABOGADOS, SERVIDORES
JUDICIALES Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 006-2010, celebrada el 21 de enero del año en curso, artículo LIX, dispuso reiterarles lo dispuesto en los incisos 38) y 53) del Reglamento del Sistema Automatizado de Depósitos y Pagos Judiciales (S.D.J.), comunicado en su oportunidad mediante circular Nº 89-08, publicada en el Boletín Judicial Nº 101 del 27 de mayo del 2008, que versan sobre el deber de actualización del contenido de los expedientes en el referido sistema y al efecto dicen:
“Artículo 38.—Control de cumplimiento. El cumplimiento de los pagos realizados por la parte obligada, en pensiones alimentarias, se llevará en el S.D.J., mediante la actualización de las fechas de aplicación de dicho pago. El Despacho Judicial velará por que dicha actualización se realice al día, a fin de que no se acumulen, evitando así que se produzcan atrasos en la entrega de Órdenes de Apremio.
En los procesos de pensión alimentaria, y a efecto del apremio corporal, los auxiliares judiciales deberán consultar en el S.D.J., los giros pagados por el Banco, así como, la existencia de depósitos pendientes de pago a favor del beneficiario.
Artículo 53.—Trámite en el despacho. Si los despachos judiciales involucrados en este tipo de transferencias son de diferentes circuitos, deben coordinar entre ellos a fin de que el expediente no se incluya en el S.D.J. del despacho destino. Si el expediente es de Pensiones Alimentarias, el Despacho Judicial debe adjuntar al expediente físico, un informe de las autorizaciones, actualizado y firmado”.
Asimismo,
el Consejo acordó que en la remisión de expedientes entre distintos despachos
judiciales, y con el fin de no retrasar el trámite, quien recibe tendrá el
deber de completar la información que el remitente hubiera omitido incluir en
el S.D.J., así como también de comunicar al Tribunal de
San José, 22 de febrero del 2010.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(IN2010025679) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 029-2010
ASUNTO: Reiteración de las
circulares Nº 24-2003 y Nº 75-2008, que tratan sobre el deber de las
autoridades judiciales que conocen materia penal, de comunicar a
A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El
Consejo Superior, en sesión Nº 006-2010, celebrada el 21 de enero del año en
curso, artículo LXXXIV, a solicitud del Colegio de Abogados, dispuso
reiterarles las circulares Nº 24-2003, publicada en el Boletín Judicial
Nº 67 del 4 de abril del 2003 y Nº 75-2008, publicada en el Boletín Judicial
Nº 105 del 2 de junio del 2008, que tratan sobre el deber de las autoridades
judiciales que conocen materia penal de comunicar a
“El Consejo Superior, en sesión Nº 15-03, celebrada el 4 de marzo de
2003, artículo LIX, a solicitud de
Además, deberán remitirse copia de las piezas procesales en que conste el abandono, a saber:
- La aceptación del cargo de defensor.
- Lugar señalado para oír notificaciones.
- Acta de notificación de la audiencia respectiva.
- Acta de la audiencia.
- Justificación del abogado y los recursos o gestiones realizadas por los profesionales, a efecto de lograr su restitución”.
“El Consejo Superior, en sesión Nº 26-08, celebrada el 10 de abril de 2008, artículo LXXXVIII, dispuso reiterarle a todas las autoridades judiciales del país, su obligación de hacer de conocimiento del Colegio de Abogados, las sentencias condenatorias que se dicten en contra de los profesionales en derecho. Lo anterior, tal y como había sido señalado mediante las Circulares números 50-97 y 83-03 publicadas en los Boletines Judiciales números 93 del 16 de mayo de 1997 y 169 del 31 de setiembre de 2003, respectivamente”.
San José, 22 de febrero del 2010.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(IN2010025680) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 30-10
ASUNTO: Deber de
A LOS JEFES DE LAS OFICINAS DEL PODER JUDICIAL
SE LES COMUNICA:
Que
el Consejo Superior, en sesión Nº 007-10, celebrada el 26 de enero del año en
curso, artículo LIV, en cumplimiento de las normas técnicas para la gestión y
control de las tecnologías de la información emitidas por
San José, 24 de febrero del 2010.
Silvia
Navarro Romanini,
1 vez.—(IN2010025681) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 31-2010
ASUNTO: Reiteración de
A LOS DESPACHOS Y SERVIDORES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
“El Consejo Superior en sesión Nº 29-2008, celebrada el 22 de abril del 2008, artículo LXI, dispuso comunicarles que el orden en que se conocerá de las gestiones o asuntos que se sometan a su consideración, es el siguiente:
1. La documentación que se reciba desde la segunda audiencia del jueves y hasta el lunes de la semana siguiente, se conocerá en la sesión del martes de la semana posterior.
2. La documentación que se reciba a partir del martes y hasta la primera audiencia del jueves, se conocerá en la sesión del jueves de la siguiente semana.
Lo anterior con excepción de los casos que sean verdaderamente urgentes y de naturaleza imprevisible”.
San José, 24 de febrero del 2010.
Lic.
Silvia Navarro Romanini,
1 vez.—(IN2010025682) Secretaria
General
TERCERA
PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE
HACE SABER:
Para
los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de
“Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula el
artículo 49 de
Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo
88 párrafo segundo de la ley de
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024843) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción.
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024844) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción planteada. Notifíquese”.
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024845) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción”
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024846) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción.
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024847) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción.
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024848) Secretario
Para los efectos del articulo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad interpuesta
en tanto se interprete conforme al Derecho de
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024849) Secretario
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de
“Se declara sin lugar la acción.
San José, 18 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024850) Secretario
PRIMERA
PUBLICACIÓN
Que en las acciones de inconstitucionalidad acumuladas que se
tramitan en los expedientes números 10-000965-0007-CO y 10-002791-0007-CO
promovidas por
San José, 12 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024851) Secretario
De acuerdo, con lo
dispuesto en el artículo 81 de
San José, 15 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024852) Secretario
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de
San José, 17 de marzo del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010024853) Secretario
Licenciado(a)
Eddy Herrera Chaves, Juez(a) del Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de
Resultando:
I.—El actor establece la presente demanda para que en sentencia dentro de un período laborado entre el dieciséis de mayo del año de mil novecientos noventa y cinco al veintinueve de abril del año dos mil cinco —nueve años, siete meses, trece días— y que con base en la estimación de derechos realizada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se condene a la sociedad aquí demandada al pago de los siguientes extremos legales: 1) noventa y seis días de vacaciones proporcionales, trescientos siete mil trescientos noventa y dos colones; 2) aguinaldo proporcional dos dozavos, dieciséis mil once colones; 3) preaviso, un mes, el que fue otorgado pero no cancelado, noventa y seis mil setenta y un colones; 4) doscientos cuatro punto cinco días de auxilio de cesantía, seiscientos cincuenta y tres mil doscientos ocho colones; 5) veinticuatro mil novecientos sesenta horas laboradas en jornada extraordinaria durante toda la relación laboral, catorce millones novecientos ochenta y cinco mil trescientos sesenta colones; 6) los daños y perjuicios; 7) los intereses legales sobre las sumas no pagadas; 8) las costas procesales y personales del proceso.
II.—La sociedad aquí demandada debidamente notificada del proceso en su domicilio social, dentro del plazo conferido no la contestó en tiempo y forma, ni opuso a la misma excepciones.
III.—En los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley, no se observa en el iter de los mismos omisiones que provoquen indefensión a ninguna de las partes en la presente litis que ameriten la declaración de nulidades, esta sentencia no se dicta dentro del plazo legal, y;
Considerando:
I.—Hechos
probados: Para resolver la presente litis se tienen por acreditados los
siguientes hechos: a) El actor inició a trabajar en labores para la sociedad
aquí demandada como peón agrícola, sin precisar fecha pero a partir del mes de
marzo del año de mil novecientos noventa y nueve (ver fecha de constitución de
la sociedad aquí demandada en fotocopias certificada notarialmente visibles
entre los folios treinta al cuarenta inclusive y no controvertidos por el
representante legal de la demandada por la no contestación en el plazo
concedido del traslado que se le hiciera mediante resolución dictada por este
despacho a las diez horas, cincuenta minutos del veintiséis de mayo del año dos
mil cinco, visible a folio dieciséis y notificada en el domicilio social
mediante acta de las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del año dos
mil seis visible a folio cuarenta y cuatro); b) que las labores ejecutadas por
el actor fueron diversas siempre dentro de las propias de peón agrícola con un
horario no determinado, ni los días en que debía realizarlas al no tener
supervisión sobre éstas (ver misma prueba indicada en el aparte inmediato
anterior); c) que el actor devengaba un salario promedio mensual de noventa y
seis mil setenta y un colones mensuales (ver misma prueba ya indicada en el
aparte marcado con a) de esta sentencia pero en su hecho segundo, desglose de
salarios devengados expedidos por el Sistema de Facturación Institucional del
Departamento de Planillas de
II.—Hechos no probados: Ninguno de relevancia que amerite su análisis para resolver la presente litis.
III.—Sobre el fondo: Establece el artículo 468 del Código de Trabajo que si el demandado no contestare la demanda dentro del plazo concedido se tendrán por ciertos en sentencia los hechos en los que se funda la pretensión, salvo que del expediente existan pruebas fehacientes que los contradigan. En el presente proceso se reclaman el pago de horas laboradas en jornada extraordinaria desde el dieciséis de mayo del año de mil novecientos noventa y cinco al veintinueve de febrero del año dos mil cinco, según el horario de trabajo que se desarrolló semanalmente y que consecuencia de su determinación en ellas, se pretende la cancelación de las diferencias que resulten con base en la cantidad de dinero recibido y pagado al actor de los restantes extremos legales que fueron deducidos partiendo de la estimación de derechos que al efecto realizó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, adicionalmente, se pretende también el cobro de intereses legales sobre las sumas debidas, el pago de los daños y perjuicios, así como las costas procesales y personales de este asunto. Ahora bien, tal y como se ha expuesto en líneas anteriores inmediatas, se tendrán por ciertos los hechos en que se fundan las pretensiones en caso de que el demandado remiso y contumaz siendo debidamente notificado no ha dado contestación oportuna al traslado de los hechos en que se fundan las pretensiones, salvo que existan elementos de convicción dentro del proceso que las contradigan. En ese contexto de ideas se tienen no sólo elementos de convicción suficientes para discernir en varios de los hechos debatidos sino que también en su exposición son contradictorios, máxime que al contradictorio se hizo llegar a la testigo Adulia Piedra Piedra conocida como María (folios cuarenta y ocho, cuarenta y nueve) que por el contrario, a criterio de este juzgador, es complaciente a los intereses del actor, de forma que al noser contunde, falta a la verdad por contener —su testimonio— imprecisiones y vagedades que hacer dudar de su cristalinidad y veracidad, por consiguiente su diafanibilidad. En efecto, si la estimación de derechos que sobre el respecto levantó el Inspector del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social lo hace en función de sus labores como peón agrícola, la primera contradicción se aprecia en el hecho primero del escrito de demanda, hecho tercero, cuando en la especie se sostiene que su horario de trabajo desde las dieciocho horas —seis de la tarde— del día anterior a las seis horas del día siguiente, coincidiendo de manera complaciente con la testigo Piedra Piedra, con la diferencia de ésta última expuso que siempre lo había conocido como guarda de la finca, aspecto que no es creíble para este juzgador, en el tanto, según los usos y las costumbres rurales, este tipo de labores —las agrícolas— se inician casi siempre al alba de cada día y terminando por lo regular a las catorce o quince horas —dos o tres de la tarde— debido a razones muy obvias tales como cansancio físico, clima adverso como un Sol inclemente, lluvias constantes, entre otros factores climáticos y fisiológicos; sin perjuicio que en ocasiones, en tiempo de cosechas, las labores culminen al ocaso del día; empero ello no está acreditado. Otra de las contradicciones apreciadas en este proceso es el inicio de la relación laboral, de la cual se reprocha el punto de partida en fecha dieciséis de mayo del año de mil novecientos noventa y cinco, lo cual tampoco es conteste ni con la fecha de constitución de ésta, formalmente hablando, y el mismo testimonio recibido de Piedra Piedra, la cual declaró que tiene unos quince años de conocer al actor y que desde ese entonces labora para la misma empresa la que ha tenido el mismo nombre, lo que no es dable aceptar por la razón apuntada. En el estado de cosas actual, para los efectos de esta sentencia y de los elementos de convicción que constan dentro del proceso, se tiene acreditado, entonces y solo entonces que la relación laboral inició a partir del cuatro de marzo del año de mil novecientos noventa y nueve, momento en que quedó debidamente inscrita la escritura de constitución de la sociedad aquí demandada (fotocopia de la cédula jurídica visible a folio treinta y tres) y que su horario de trabajo según los usos y costumbres rurales, salvo prueba en contrarío fue la que se practica en las labores agrícolas, desde las seis de la mañana hasta las trece o catorce horas, de lunes a viernes con los días sábados de seis de la mañana hasta doce mediodía. Con ello es que no se tiene por acreditado el reclamo de horas laboradas en jornada extraordinaria en un total de veinticuatro mil novecientos sesenta según el período que expuso el actor en su escrito de demanda.
IV.—En
consecuencia, de conformidad con los artículos 27, 35 y 41 de
VI.—Costas:
Son las costas procesales y personales a cargo de la parte vencida fijándose
las segundas en un quince por ciento del total de la condenatoria (artículo 495
del Código de Trabajo). Se advierte a las partes que, esta sentencia admite el
recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado al término
de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se
deberán exponer, en forma verbal o escrita los motivos de hecho o de derecho en
que la parte recurrente apoya su disconformidad; bajo el apercibimiento de
declarar inatendible el recurso (artículos 500 y 501 incisos c) y d); Votos de
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Grace
Lorena Chaves Fuentes, cédula Nº 1-458-638, fallecida el día 09 de julio del
año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
laborales, Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones
Complementarias bajo el expediente Nº 10-000299-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Expediente Nº 10-000299-0173-LA. Promovido por Laura Tatiana, Grace
Alejandra y Gabriela, todas de apellidos Monge Chaves, a favor de los
causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del
Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo
Álvarez Desanti, Juez.––1 vez.––(IN2010025702).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Antonio Campos Castillo, cédula Nº 6-114-101, fallecido el día 16 de diciembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales bajo el expediente Nº 10-000061-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000061-0173-LA. Promovido por Marianela Calvo Araya a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.––1 vez.—(IN2010025703).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rolando Benamburg Guerrero, cédula Nº 1-414-749, fallecido el día 11 de setiembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales bajo el expediente Nº 09-003150-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 09-003150-0173-LA. Promovido por Transporte Internacional GASH S. A. a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.––1 vez.––(IN2010025704).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Zaida Obando Silva, cédula Nº 5-060-331, fallecida el día 22 de diciembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de aguinaldo proporcional y pensión del mes de diciembre del año 2009 bajo el expediente Nº 10-000011-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000011-0166-LA. Promovido por Gilberto Obando Silva a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.––1 vez.––(IN2010025705).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rubén Jiménez Jiménez, fallecido el dieciséis de enero del año dos mil diez, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 10-000017-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000017-1041-LA., Rubén Jiménez Jiménez, a favor de.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 16 de febrero del 2010.— Lic. Henry Piñar Alvarado, Juez.––1 vez.––(IN2010025706).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Gladys Gómez Pérez, fallecida el trece de octubre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 10-000001-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000001-1041-LA a favor de Yorjani y José Alonso ambos Gómez Pérez.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 11 de febrero del 2010.—Lic. Henry Pinar Alvarado, Juez.––1 vez.––(IN2010025707).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Jiménez Campos, fallecido el veintidós de diciembre del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 10-000032-1041-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000032-1041-LA. José Manuel Jiménez Campos a favor de Esperanza Campos Castro.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Pococí, 16 de febrero del 2010.—Lic. Henry Pinar Alvarado, Juez.––1 vez.—(IN2010025708).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Antonio Cruz Rodríguez, pasaporte Nº C1749070, fallecido el día 24 de diciembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales bajo el expediente Nº 10-000397-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000397-0173-LA. Promovido por Emerita Rodríguez Alaniz a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010025709).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Garro Flores, cédula 7-017-720, fallecido el día 12 de mayo del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Nº 10-000398-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000398-0173-LA. Promovido por Gemma del Carmen Garro Flores a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010025710).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Maritza Ugarte Portobanco, cédula de residencia N° 270-1518008085851, fallecida el día 14 de noviembre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de Fondo de Capitalización Laboral bajo el expediente Nº 10-000368-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el articulo 85 del Código de Trabajo Expediente N° 10-000368-0173-LA. Promovido por Germán Francisco Ow Valle a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010025711).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Evelyn Mariela Araya Méndez, cédula 1-957-506, fallecida el día 9 de julio del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales, Fondo de Capitalización Laboral y Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias bajo el expediente Nº 10-000156-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000156-0173-LA. Promovido por Hotel Camino Real S. A. a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2010—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010025712).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Felicia del Carmen Mungrillo Córdoba, cédula 2-393-291, fallecida el día 9 de noviembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones laborales bajo el expediente Nº 09-001584-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 09-001584-0173-LA. Promovido por Terramix S. A. a favor de los causahabientes de la fallecida.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010025713).
Con ocho días de término,
se cita y emplaza a los causahabientes que se consideren con derecho en las
presentes diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral de
Se cita y emplaza a todas aquellas personas que en condición de causahabientes de quien en vida se llamó Humberto Esteban Quirós Carvajal, quien fuera mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos cinco-cero novecientos noventa y seis, vecino de Pérez Zeledón, se crean con derecho a las sumas que deben depositar a este Juzgado como ahorros obligatorios del Fondo de Capitalización Laboral (Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y Fondo de Capitalización Laboral) en el Banco HSBC deben comparecer dentro de ocho días a partir de la publicación de este edicto a este Despacho, la suma que depositen lo distribuirá el suscrito Juez, de acuerdo con lo establecido por el artículo 85 reformado del Código de Trabajo. (Proceso por devolución de cuotas de trabajador fallecido N° 10-300058-0857-LA-8 Interno Nº. 58-10-3).—Juzgado Civil y Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 1º de marzo del 2010.—Lic. Ricardo Medina Gutiérrez, Juez.—1 vez.—(IN2010025715).
Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del cobro del Fondo de Capitalización Laboral y de Prestaciones del trabajador fallecido Jorge Burdock González, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad número 6-063-0237, vecino de Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-300049-1024-LA (1). El costo de la publicación de este edicto está exonerado por el principio de gratuidad.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, 25 de enero del 2010.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—(IN2010025716).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Ramón Alberto López Chavarría, quien fue mayor, casado, funcionario público, vecino de B° Corazón de Jesús de Liberia Guanacaste, de la escuela, 325 metros al oeste, casa N° H-11, con cédula de identidad número 0501320344, se les hace saber que: María Matilde Rodríguez Barrios, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 0501370186, vecina de B° Corazón de Jesús, de la escuela 325 metros al oeste, casa N° H-11, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial, libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente Nº 09-000247-0942-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Liberia, 18 de febrero del 2010.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza.—1 vez.—(IN2010025717).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Douglas Alfonso Bejarano Aguilar, mayor, soltero, soldador vecino de Cartago, cédula de identidad 3-359-286, fallecido el 21 de setiembre de 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación prestaciones bajo el número 10-000055-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000055-1023-LA. Promovido por Ana Gabriela Madriz Ortega.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 1º de febrero del 2010.—Lic. Jorge Chacón Cantillano, Juez.—1 vez.—(IN2010025718).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la fallecida Zeneida Delgado Soto, cédula de identidad 1-310-619, quien fuera mayor, de 65 años, casada, costarricense, ama de casa y vecina de Santa Ana, Lagos de Lindora, sector 3, casa 153, que se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación del este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso de consignación de cuotas de trabajador fallecido. Expediente 10-300011-0242-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Santa Ana, 22 de febrero de 2010.—Lic. José Bernal Rodríguez Marín, Juez.—1 vez.—(IN2010025719).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del
fallecido Rolando Benambur Guerrero, cédula de
identidad 1-414-749, quien fuera mayor, de 56 años, casado, costarricense,
transportista y vecino de Santa Ana, 400 oeste de Abastecedor
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario José Pinnock Johnson, cédula de identidad 7-091-118, fallecido el 30 de mayo del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 10-000112-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000112-1021-LA. Por Sheyla María Vásquez Ramírez a favor de Mario José Pinnock Johnson.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 19 de febrero del 2010.—Lic. Merlin Rocío Murillo Monge, Jueza.—1 vez.—(IN2010025721).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Paulo Alejandro Quirós Agüero, quien fue mayor, soltero en unión de hecho, vecino de Cartago, Residencial Las Garzas, con cédula de identidad número 1-1001-541, se les hace saber que María Jesús Valverde González, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 2-540-825, vecina de Cartago, Residencial Las Garzas, se apersonó en este despacho en calidad de conviviente del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Paulo Alejandro Quirós Agüero. Expediente Nº 10-000149-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 10 de marzo del 2010.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(IN2010025722).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes en las diligencias de solicitud devolución de ahorros de trabajador fallecido Benito Filemon Manzanares Granero, mayor de edad, nicaragüense, cédula residencia 0454280099, quien falleció el tres de diciembre del dos mil ocho, quien se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho das hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número 10-0003009-0375-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, 01 de marzo del 2010.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza.—1 vez.—(IN2010025723).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Emanuel Zumbado
Villalobos, cédula 2-576-474, fallecido el seis de febrero del dos mil diez,
vecino de Montecillos de Alajuela, laboraba para
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Gerardo López Elizondo, cédula 9-054-075, fallecido el veintitrés de noviembre del dos mil ocho, vecino de Villa Bonita de Alajuela, casado, pensionado, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 10-000135-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000135-1022-LA, fallecido Luis Gerardo López Elizondo, gestionante Roxana Soto Soto.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del 2010.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010025725).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Danilo Alberto Arias Brenes, fallecido el siete de diciembre del dos mil nueve, quien en vida portó la cédula de identidad 2-0520-0074, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 10-000124-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000124-1022-LA. Por Jessica Dyan Álvarez Medina a favor de Danilo Alberto Arias Brenes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del 2010.—Lic. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—1 vez.—(IN2010025726).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Milton Gerardo Zárate Arguedas, quien fue mayor, divorciado, Técnico en Ciencias Médicas, vecino de San Pedro de Barva de Heredia, 300 metros noreste del CICAFE, con cédula de identidad número 4-111-945, se les hace saber que: Rosalía Romero Obando, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 3-310-971, vecina de San Pedro de Barva de Heredia, 300 metros noreste del CICAFE, se apersonó en este despacho en calidad de madre de los menores beneficiarios Milton Josué y Marco Vinicio ambos hijos del trabajador fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Milton Gerardo Zárate Arguedas. Expediente número 10-000097-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de marzo del 2010.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2010025727).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Manuel Gerardo Hernández Zárate, quien fue mayor, casado, peón agrícola, vecino de Puente Salas de Barva de Heredia, cédula 04-0088-0744, se les hace saber que Flora Esquivel Delgado portadora de la cédula 04-0094-0125, vecina de Puente Salas de Barva de Heredia, se apersonó en este despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Manuel Gerardo Hernández Zarate. Nº 09-000737-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de marzo de 2010.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2010025728).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heinner García Gómez con cédula de identidad Nº 5-284-511, fallecido el 03 de octubre del 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias por consignación de prestaciones bajo el número 10-000030-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000030-0874-LA. Promovido por Mary Sol López Zúñiga.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Nicoya, 16 de marzo del 2010.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez.—1 vez.—(IN2010025729).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho, soportando colisión a la orden del Juzgado de Tránsito de Hatillo, bajo la sumaria Nº 082573492 TC, boleta 080208037, para el primer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de mayo del dos mil diez, y con la base de novecientos quince mil trescientos noventa y un colones con nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 662844, marca Daewoo, año 1999, Vin KLATA5260XB307795, cilindrada 1600 c.c, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil diez, con la base de seiscientos ochenta y seis mil quinientos cuarenta y tres colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del tres de junio del dos mil diez, con la base de doscientos veintiocho mil ochocientos cuarenta y siete colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima Finauto Saficar contra Anayelena Rodríguez Arce. Expediente Nº 08-029921-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010163449.—(IN2010024881).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de abril del dos mil diez, y con la base de treinta y siete mil quinientos noventa y nueve dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 746510, marca Mazda, año 2008, Vin JM 3 TB 28 A 580135963, cilindrada 3726 cc, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del once de mayo del dos mil diez, con la base de veintiocho mil ciento noventa y nueve dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de mayo del dos mil diez, con la base de nueve mil trescientos noventa y nueve dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Expotrans Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-003260-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163455.—(IN2010024882).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas del diecinueve de abril del dos mil diez, y con la base de quince mil seiscientos setenta dólares, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 646379, marca Honda, estilo FIT, año 2007, Vin 93HGD17407Z501058, cilindrada 1339 c.c., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del cuatro de mayo del dos mil diez, con la base de once mil setecientos cincuenta y dos dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del diecinueve de mayo del dos mil diez, con la base de tres mil novecientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Douglas Enrique Mora Arias. Expediente Nº 09-003275-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163457.—(IN2010024883).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando compromisos ref: 00103548-000; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, y con la base de diecinueve millones cincuenta mil cuatrocientos setenta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00107566-000 la cual es terreno para construir con una casa, lote 8-A. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 9 A; al sur, calle; al este, calle pública, y al oeste, lote 7 A. Mide: ciento sesenta y ocho metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de mayo del año dos mil diez, con la base de catorce millones doscientos ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de cuatro millones setecientos sesenta y dos mil seiscientos dieciocho colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Lesmes Octavio Brenes Villegas. Exp. Nº 09-003270-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163458.—(IN2010024884).
A las nueve horas del siete de mayo del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, rebaja la base en un 25% sea la suma de con la base de cinco millones quinientos veintiséis mil quinientos setenta colones con ochenta y tres céntimos, al mejor postor remataré: finca del Partido de Puntarenas, matrícula cero ochenta mil ochocientos ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno de solar con una casa, sito en distrito uno Espíritu Santo, cantón dos Esparza de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública con dieciocho punto ochenta y cinco metros; al sur y este, con Ignacia Elizondo Elizondo, y al oeste, con Antonio Calderón Herrera. Mide quinientos treinta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario N° 07-101092-0642-CI-3 de Banco Nacional de Costa Rica contra Magaly María Vargas Gómez y otro.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 24 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010163459.—(IN2010024885).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y quince minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de treinta y un mil setecientas unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00223788-000 la cual es terreno construir lote 4 bloque b. Situada en el distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marta Centeno; al sur, lote Nº 3; al este, Violeta Pérez, y al oeste, calle con 11-01. Mide: doscientos ochenta metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de veintitrés mil setecientas setenta y cinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de siete mil novecientas veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Alfredo Picado Valenzuela. Exp. Nº 09-003306-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163474.—(IN2010024886).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, y con la base de seis millones trescientos ochenta y cinco mil ochocientos veintisiete colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero tres cinco seis nueve seis tres cero cero cero la cual es terreno para construir lote 167 Alam 3. Situada en el distrito 10 Damas, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa 168; al sur, casa 166; al este, casa 174, y al oeste, alameda tres. Mide: ochenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez, con la base de cuatro millones setecientos ochenta y nueve mil trescientos setenta colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del año dos mil diez con la base de un millón quinientos noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con noventa y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ruth Crawford Daniels, Yorleni Crawford Daniels. Exp. Nº 10-000120-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de marzo del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163475.—(IN2010024887).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil diez, y con la base de cinco millones de colones cada uno de los inmuebles que se dirán, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número dieciocho mil novecientos setenta, submatrícula cero veintitrés que representa un derecho a doscientos diez colones con setenta y tres céntimos proporcional a tres mil setecientos cincuenta colones en la finca la cual es terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito segundo, Zaragoza, cantón sétimo. Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada y otros; al sur, al este y al oeste, Calixto Pacheco. Mide: doscientos sesenta y nueve mil setenta y cuatro metros con noventa y seis decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y cuatro, submatrícula cero ochenta y siete que representa un derecho a doscientos sesenta y cinco colones con ochenta y un céntimos proporcional a cuatro mil cien colones en la finca la cual es terreno de pastos y montes. Situada en el distrito segundo, Zaragoza, cantón sétimo, Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lomillo o cima; al sur, quebrada de López; al este, Josefa Silvestra Vargas, y al oeste, Domingo Rodríguez y otros. Mide: Doscientos noventa mil cuatrocientos setenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de junio del dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones para cada uno de los inmuebles dados en garantía (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diez con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones para cada uno de los inmuebles dados en garantía (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Vilma Vargas Solano contra Ana María Alvarado Castillo, Susana Rojas Alvarado. Exp. Nº 10-000020-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 25 de febrero del 2010.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Jueza.—RP2010163484.—(IN2010024888).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos en las citas trescientos veintisiete-cero cero quinientos ochenta y cinco, se rematará al mejor postor la finca del Partido de Puntarenas, Folio Real ciento veintinueve mil setecientos cincuenta y tres-cero cero, con las siguientes bases y en las fechas que se detallan: 1) Diez millones quinientos mil colones, remate que se celebrará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil diez. Para el segundo remate con la base en la suma de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones (rebaja del veinticinco por ciento de la base) se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil diez. Para el tercer remate con la base en la suma de dos millones seiscientos veinticinco mil colones, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil diez, que es terreno para agricultura, sito en distrito tres Guaycará, cantón sétimo, Golfito de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Mario Valverde Fernández y Víctor Hugo Valverde; al sur, con lote A-213; al este, con servidumbre de canal en medio con calle pública de 119 m 13 cm, y al oeste, con calle pública con 169 m 13 cm. Mide sesenta y cinco mil novecientos setenta y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Propiedad de Carlos Reyes Mayorga Cruz. Con plano P-0849580-2003. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 09-100281-920-CI-1 del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Reyes Mayorga Cruz.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 19 de febrero del 2010.—Lic. Raúl Antonio Buendía Ureña, Juez.—RP2010163512.—(IN2010024889).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y condiciones ref: 4846; a las diez horas quince minutos del veintiséis de abril del dos mil diez y con la base de diez millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 60183-000 la cual es terreno para construir, E395. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, INVU. Mide: doscientos cincuenta metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del once de mayo del dos mil diez, con la base de ocho millones cien mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del veintiséis de mayo del dos mil diez con la base de dos millones setecientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Erick Chévez Rodríguez. Exp. 09-003151-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163514.—(IN2010024890).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones IDA y servidumbre de acueductos y de paso de A y A; a las once horas y quince minutos del diecinueve de abril del dos mil diez, y con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Freddy Sandí Azofeifa; al sur, Freddy Sandí Azofeifa; al este, Freddí Sandí Azofeifa y al oeste, Freddí Sandí Azofeifa. Mide: trescientos ochenta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de mayo del dos mil diez, con la base de dos millones quinientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de ochocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Diego Jesús Marín Delgado. Exp. 09-003148-0640.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de febrero del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010163515.—(IN2010024891).
A las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base dada por el perito de un millón cincuenta mil colones, pero soportando contrato prendario de primer grado a favor de Instacredit S. A., por la suma de un millón quinientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 533559, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedán cuatro puertas, año 1995, capacidad cinco personas. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica, contra Manuel Francisco Quirós Hernández, Mauricio Gonzalo Quirós Hernández, Ricardo Francisco Quirós Hernández. Exp. 08-000472-0346-CI-F.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 15 de marzo del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—RP2010163516.—(IN2010024892).
En la puerta del Despacho, libre de gravámenes prendarios a las once horas y quince minutos del veintisiete de abril del dos mil diez, y con la base de un millón ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número TSJ 05106, marca Hyundai, año 1995, Vin KMHVF 21 NPSU 262111, cilindrada 1500 cc, color rojo, categoría taxi. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adán Zúñiga Berrocal, Enrique Zúñiga Martínez, Mayra Cecilia Martínez Fernández, Ricardo Zúñiga Berrocal. Exp. 01-002778-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 09 de marzo del 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP2010163517.—(IN2010024893).
En la puerta exterior de este Juzgado libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones al tomo 0314 asiento 00010783-01-0901-001, así como servidumbre trasladada al tomo 0314 asiento 00010783-01-0902-001, a las ocho horas treinta minutos de cuatro de mayo del dos mil diez, y con la base de la hipoteca de segundo grado vencida, sea la suma de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero noventa y un mil ciento cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura con dos casas. Situada en el distrito dos San Juan Grande, cantón dos Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda. Al norte, con calle pública con un frente de cuarenta coma cincuenta metros; al sur, con Dimas Venegas Arroyo; al este, Vianney Campos Venegas y al oeste, Digna Silvia Venegas Porras. Mide: mil setecientos cincuenta y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil diez, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de junio del dos mil diez, con la base de quinientos mi colones (un veinticinco por ciento de la base inicial) Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Alejandro Daniel García Peña contra José Miguel Calvo Chaves y otra. Exp. 09-100103-0642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 24 de febrero del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2010024927).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones y colisiones sumaria 09-06 a las once horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil diez, y con la base de tres mil novecientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 443871, marca Honda, año 2001, Vin 1HGCG55701A500036, cilindrada 2254 cc, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil diez, con la base de dos mil novecientos cincuenta y seis dólares con noventa y uno centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil diez con la base de novecientos ochenta y cinco dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Manuel Francisco Bermúdez Mena. Exp.: 09-000531-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010025149).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las catorce horas y cero minutos del primero de julio del año dos mil diez, y con la base de diez mil ciento noventa dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 611294, marca Ford, año 2005, Vin 9BFBT09N758246959, cilindrada 1600 cc, color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de julio del año dos mil diez, con la base de siete mil seiscientos cuarenta y tres dólares con veintiuno centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de agosto del año dos mil diez con la base de dos mil quinientos cuarenta y siete dólares con setenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Maritza Ingrid Sanabria Miranda. Exp. 09-000518-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010025151).
En la puerta de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, citas 295-13923-01-0901-001 a las quince horas y cero minutos del veintisiete de julio del dos mil diez, y con la base de noventa y siete mil ciento treinta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 30388-F-000 la cual es terreno filial secundaria cinco dos de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte filial secundaria cinco- uno y área común libre del condominio E; al sur quebrada; al este, filial secundaria cinco-uno y área común libre del condominio E y al oeste área común libre calle interna del condominio general para acceso vehicular y peatonal y finca filial secundaria seis-uno. Mide: cuatrocientos cuarenta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Situada en el distrito, cantón, de la provincia de. Colinda: al norte; al sur; al este y al oeste. Mide: cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del once de agosto del dos mil diez, con la base de setenta y dos mil ochocientos cuarenta y nueve dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez con la base de veinticuatro mil doscientos ochenta y tres dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra César Gamaliel Valadez García. Exp. 08-023734-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010025152).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios a las once horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil diez y con la base de siete mil ochocientos sesenta y siete dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 493539, marca Mitsubishi, año 2003, Vin JMYSNCS3A2U009343, cilindrada 1584 cc, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil diez, con la base de cinco mil novecientos dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez con la base de mil novecientos sesenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Guillermo Herrera Hernández y Guillermo Herrera Varela. Exp. 09-005512-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010025153).
En la puerta exterior de
este Despacho, soportando reservas y restricciones la finca 113439-000 y
reservas y restricciones, servidumbre sirviente la finca 96697-000, sin más
gravámenes hipotecarios; a las diez horas del trece de mayo del dos mil diez, y
con la base de tres millones ciento cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y
siete colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca uno inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 113439-000 la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Guácimo, cantón
sexto, Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al
sur, Carmelo Chana Holnes;
al este, Carmelo Chana Holnes
y al oeste, Carmelo Chana Holnes.
Mide: trescientos noventa y siete metros con setenta decímetros cuadrados.
Finca dos: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 96697-000 la cual es
terreno para construir lote L-222. Situada en el distrito primero, Guácimo,
cantón sexto, Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle
pública con quince metros; al sur, lote L-221; al este, lote L-220 y al oeste
lote L-225 y 224. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las diez horas del veintiocho de mayo del dos mil diez, con la base de
dos millones trescientos sesenta y siete mil ciento ochenta y cinco colones con
setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las diez horas del dieciséis de junio del dos mil diez con
la base de setecientos ochenta y nueve mil sesenta y un colones con noventa
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Marvin Chana Holmes. Exp. 10-000088-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando uso de faja de terreno, condiciones, reservas y sin
más gravámenes; a las trece horas treinta minutos del cuatro de junio del dos
mil diez, y con la base de tres millones setecientos setenta y cuatro mil
cuatrocientos cuarenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula Nº 42138-000 la cual es terreno con una
casa de habitación y solar. Situada en el distrito primero, cantón sexto, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Juan Jiménez Abarca; al sur, Jovel Ruiz Ulate; al este, calle
pública con 40.03 y al oeste, Jovel Ruiz Ulate. Mide: mil ochocientos ochenta y nueve metros con
sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece
horas treinta minutos del cuatro de junio del dos mil diez, con la base de dos
millones ochocientos treinta mil ochocientos treinta y siete colones con
cuarenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de julio
del dos mil diez con la base de novecientos cuarenta y tres mil seiscientos
doce colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Édgar Vinicio
Fuentes Arce. Expediente Nº 10-000113-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas del veintidós de abril de dos mil diez, y con la base de cuarenta y un mil doscientos veinte dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 624533, marca Ford, año 2006, Vin 1FMEU73E06UA73232, cilindrada 4000 cc, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas del once de mayo de dos mil diez, con la base de treinta mil novecientos quince dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil diez con la base de diez mil trescientos cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Abner Cortés Villegas. Expediente Nº 09-000606-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de octubre del 2009.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.––(IN2010025207).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y quince minutos del veintiuno de abril del año dos mil diez, y con la base de treinta y dos mil trescientos cuatro dólares moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 645239, marca Jeep, año 2006, Vin 1J4GS48K26C316927, cilindrada 3700 c.c, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de mayo del año dos mil diez, con la base de veinticuatro mil doscientos veintiocho dólares moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintiséis de mayo del año dos mil diez con la base de ocho mil setenta y seis dólares moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Maricel Calderón Pérez, Walter Francisco Mora Itube. Expediente Nº 09-002832-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.––(IN2010025210).
A las once horas quince minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez, en la puerta, exterior de este despacho, libre de gravamen hipotecario y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y cinco-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 5 G; al sur, lote 7 G; al este, calle pública con frente de 10 metros y al oeste, lote 19 G. Mide: doscientos veinticuatro metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Catalina Hidalgo Orozco, Fernando Eduardo González Mata. Expediente 08-000673-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010163518.—(IN2010IN201025500).
A las ocho horas treinta
minutos del veintitrés de abril del dos mil diez, en la puerta de este juzgado
en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales;
y con la base de nueve millones seiscientos cincuenta y seis mil cuarenta y
nueve colones con setenta y cinco céntimos remataré, la finca inscrita en el
Registro Público de
En la puerta exterior de este despacho judicial, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil diez, y con la base de quince millones de colones (¢15.000.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Publico, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número veintinueve mil seiscientos treinta-cero cero cuatro, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hnos. Fonseca Gorgonio Zúñiga y otros, al sur, Feliciano y Jesús Carrillo, al este, quebrada y Félix Ángel Guevara y al oeste: Feliciano Carrillo Laguna Gregorio Z. Mide: dos millones doscientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del doce de agosto de dos mil diez, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (¢11.250.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta de agosto de dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (¢3.750.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria, establecido por Óscar Palma Rodríguez contra Bonnie Patricia Torres Rosales. Expediente Nº 09-000786-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 8 de marzo del 2010.—Lic. Xinia Solís Pomares, Jueza—RP2010163535.—(IN2010025503).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, a las quince horas del quince de junio del año dos mil diez, y con la base de cuatro mil seiscientos cincuenta y un dólares con veintiséis centavos de dólar, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número C-134148, marca International, año 1994, Vin 1HSRKALR6RH597257; cilindrada 11100 cc., color anaranjado, categoría carga pesada, Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del primero de julio del año dos mil diez, con la base de tres mil cuatrocientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y cinco centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas quince minutos del diecinueve de julio del año dos mil diez, con la base de mil ciento sesenta y dos dólares con ochenta y un centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Art Atlantic Trailer Sociedad Anónima, contra Adita Fallas Zúñiga. Expediente Nº 09-002807-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de marzo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010163553.—(IN2010025504).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas con treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil diez, y con la base de cuarenta millones ciento veintidós mil ochocientos ochenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y tres mil novecientos setenta y siete- derechos cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno para construir bloque E lote 19. Situada en el distrito sexto, Guadalupe, cantón primero, Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 20; al sur, lote 18; al este, lote 38 y al oeste calle pública con frente de 8 metros. Mide: ciento treinta y cinco metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas con treinta minutos del doce de mayo de dos mil diez, con la base de treinta millones noventa y dos mil ciento sesenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas con treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil diez con la base de diez millones treinta mil setecientos veintidós colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ethel Meneses Sánchez y Federico Domian Sanabria. Expediente Nº 10-000041-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 2 de marzo del 2010.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—RP2010163558.—(IN2010025505).
En la puerta exterior de este despacho; soportando condiciones ref: 2857-003-001, inscrita en las citas: 0329-00014021-01-0901-001, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas con treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil diez, y con la base de seis millones veintisiete mil cuatrocientos veintisiete colones con treinta y nueve céntimos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil ciento cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, paraíso, cantón dos, paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Otárola Murillo; al sur, Amelia Morales Morales; al este, Amelia Morales Morales y al oeste, calle pública. Mide: doscientos dieciocho metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil diez, con la base de cuatro millones quinientos veinte mil quinientos setenta colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del primero de junio de dos mil diez con la base de un millón quinientos seis mil ochocientos cincuenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernarda Cordero Morales. Expediente Nº 10-000076-0341-CI-1.—Juzgado Civil y de Trabajo de Turrialba, 2 de marzo del 2010.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—RP2010163560.—(IN2010025506).
En la puerta exterior de este despacho soportando soporta servidumbre trasladada citas 0325-00016963-01-0004-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil diez, y con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00465186-000, la cual es terreno para construir con una casa bloque D, lote 6. Situada en el distrito San Felipe, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote; al sur, Imas; al este, Imas y al oeste, calle pública. Mide: setenta y siete metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil con la base de dos millones sesenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil diez, con la base de seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos; (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gerkim G & K Sociedad Anónima contra Hilda Mora Rojas, exp: 09-029552-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de diciembre del 2009.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010163568.—(IN2010025507).
A las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 93772-000, la cual es terreno para construir con un edificio destinado a comercio. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Paraíso Industrial S. A.; al sur, avenida Escocía con 7 metros; al este, lote 10 y al oeste, lote 8. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Alex Mata Segura, contra Sergio Adrián Quirós Morales. Exp: 07-100809-0188-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de marzo del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010163605.—(IN2010025508).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre
trasladada; a las nueve horas y quince minutos del diez de mayo del año dos mil
diez, y con la base de treinta y tres millones novecientos setenta y dos mil
seiscientos sesenta y nueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
00196863-000, la cual es terreno para construir, bloque K. Situada en el
distrito 03 San Juan, cantón 03
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veintidós de abril del año dos mil diez, y con la base de veinticuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 217.952-000, la cual es terreno con frutales y casa. Situada en el distrito 02 Mastate, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hermanas Chacón Chacón; al sur, Raúl Serrano y Daysi Bar Vargas; al este, calle pública con 18m 07 cm y al oeste, Daysi Bar Vargas. Mide: tres mil cuatrocientos sesenta y seis metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de mayo del año dos mil diez, con la base de dieciocho millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del año dos mil diez con la base de seis millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Helmer Facey Maxacel Exp: 10-000070-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de febrero del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010163653.—(IN2010025510).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta
minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez y con la base de ciento
cuarenta y nueve mil cuatrocientos setenta y siete dólares con setenta y ocho
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número F cero cero cero cero dos ocho nueve
cuatro-cero cero cero, la cual es terreno destinado a
Habitación, Finca Filial Nº 7, Apartamentos. Situada
en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Casa de Guarda, Área Común, Parque, otro; al sur, calle
pública; al este, lote Nº 11 y Nº
14 de
En la puerta exterior de
este despacho; soportando servidumbre trasladada y sin más gravámenes; a las
diez horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil diez, y con la
base de once millones setecientos noventa y cuatro mil novecientos setenta y
siete colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 28080-000 la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito primer Guápiles,
cantón segundo Pococí, de la provincia de limón.
Colinda: al norte, René Mejía Soto; al sur, Horacio Alfaro Vargas; al este,
Cecilia Villafuente Villafuente
y al oeste, carretera con 14 m 55 cm. Mide: cuatrocientos sesenta y ocho metros
con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez, con la base de ocho
millones ochocientos cuarenta y seis mil doscientos treinta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil diez con la base de
dos millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos cuarenta y cuatro
colones con cuarenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Harley Antonio Enriquez
Brenes, Natalia Sirias Matarrita, exp:
10-000075-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de
este despacho; soportando servidumbre trasladada, demanda ordinaria inscrita al
tomo 545, asiento 9924 y sin más gravámenes; a las nueve horas treinta minutos
del ocho de junio del dos mil diez, y con la base de dos millones ochocientos
mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número 76733-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Arabela Umaña
Sánchez y línea férrea; al sur, Municipalidad de Pococí;
al este, calle pública con un frente de 12 metros y al oeste, Marielos Valverde Salazar. Mide: doscientos cuarenta metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos
del veinticuatro de junio del dos mil diez, con la base de dos millones cien
mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de julio del dos mil diez
con la base de setecientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Olman Díaz Palacios. Exp: 10-000159-0930-CI.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de
A las quince horas del diecinueve de mayo de dos mil diez, desde la puerta exterior de este juzgado; soportando servidumbre trasladada, libre de anotaciones judiciales, con la base de doscientos mil dólares; remataré: finca inscrita en el partido de Heredia, folio real, matrícula cero setenta y un mil trescientos tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situado en el distrito cuatro, Ulloa, cantón 01, Heredia de la provincia de Heredia. Colinda al norte, con calle, al sur, con río Los Bermúdez, al este con lote 1 F y al oeste con lote 3 F. Mide: ochocientos treinta y ocho metros con veintisiete decímetros cuadrados. Hipotecario 04-000305-182- CI-(7) de Corporación Internacional Jomo S. A., contra Siglas SI SI S.A.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 10 de marzo del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2010025566).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso; a las diez horas y cero minutos del veintidós de abril del dos mil diez, y con la base de cincuenta y dos millones seiscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 152.885-003 y 004, la cual es terreno para construir bloque D, lote 20, situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, avenida tercera; al sur, lote 21-D; al este, calle dos, y al oeste, lote 19-D. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de mayo del dos mil diez, con la base de treinta y nueve millones quinientos un mil trescientos sesenta y cuatro colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de mayo del dos mil diez, con la base de trece millones ciento sesenta y siete mil ciento veintiún colones con treinta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica) S. A. (antes Banco Banex) contra Randall Gerardo Murillo Reyes, Tatiana Morales Bustos. Expediente Nº 09-001509-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 22 de marzo del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(IN2010025655).
A las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil diez. En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando servidumbre trasladada y compromisos en las citas cero cero cero doce mil cuatrocientos treinta y uno, se rematará al mejor postor las siguientes fincas: partido de Guanacaste, folio real noventa y dos mil doscientos noventa y cuatro-cero cero cero, con la base de un millón seiscientos noventa y ocho mil seiscientos treinta colones con diez céntimos, que es terreno para construir, sito en distrito primero, cantón sétimo, Abangares, de Guanacaste. Linda: al norte y este, con Francis Salazar Campos; al sur, con Guadalupe Loría Anchía y oeste calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Propiedad de Guadalupe Loría Anchía. Con plano G- 992388-91, remate que se celebrará a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil diez. Para el segundo remate con la base en la suma de un millón doscientos setenta y tres mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base) se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil diez. Para el tercer remate con la base en la suma de cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y siete colones con cincuenta y tres céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil diez. 2) Partido de Guanacaste, folio real noventa y un mil setecientos veintisiete-cero cero cero, con la base de un millón seiscientos noventa y ocho mil seiscientos treinta colones con diez céntimos, que es terreno para construir, sito en distrito primero, cantón sétimo, Abangares, de Guanacaste. Linda al norte, con Guadalupe Loría Anchía; sur y este, Francis Salazar Campos y oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Propiedad de Guadalupe Loría Anchía. Con plano G-992387-91, remate que se celebrará a las nueve horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil diez. Para el segundo remate con la base en la suma un millón doscientos setenta y tres mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos (rebaja del veinticinco por ciento de la base) se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil diez. Para el tercer remate con la base en la suma de cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y siete colones con cincuenta y tres céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo hipotecario número 10-100007-920-CI-1 del Banco Nacional de Costa Rica contra Guadalupe Loría Anchía.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 18 de febrero del 2010.—Lic. Raúl Antonio Buendia Ureña, Juez.––RP2010163828.––(IN2010026025).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del año dos mil diez, y con la base de treinta y siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 202193-000, la cual es terreno para construir lote 5 bloque 6. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida 2 con 8 metros; al sur, Banco Impresa S. A.; al este, Banco Improsa S. A. y al oeste, lote 4 Bloque 6. Mide: ciento ochenta metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del año dos mil diez, con la base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo del año dos mil diez con la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra William Sandoval Cambronero. Expediente Nº 09-002747-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de marzo del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.––RP2010163985.––(IN2010026045).
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las diez horas del treinta de abril del dos
mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones y con la base de
un millón quinientos veinte mil colones, sáquese a remate el bien dado en
garantía, sea
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas del cuatro de
mayo del dos mil diez, y con la base de tres millones quinientos mil colones,
al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Guanacaste matricula folió real número cincuenta y cinco mil
ochocientos sesenta y siete-cero cero cero, que es
terreno para construir sito en el distrito primero Cañas, cantón seis Cañas de
la provincia de Guanacaste. Linda: al norte y este, con Fredy Milanes Acosta;
al sur, con Franklin Ramírez Mena; y al oeste, con calle pública con diecisiete
metros con cuarenta centímetros. Mide: doscientos sesenta metros con
veintisiete decímetros cuadrados, según plano G-seiscientos mil cuatrocientos treinta
y seis-mil novecientos ochenta y cinco. Para el segundo remate se señalan las
diez horas del veinticinco de mayo del dos mil diez, con la base de dos
millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un 25%). De no
apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del
quince de junio del dos mil diez, con la base de ochocientos setenta y cinco
mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por
ordenarse así en proceso hipotecario expediente número 10-100081-0642-CI-3 de
Grupo Mutual Alajuela
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y con la base de mil millón quinientos mil colones, a las once horas treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil diez, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 666730, marca Honda, año 1992, Vin 2HGEH2342NH520116, carrocería sedan 2 puertas, color rojo, categoría automóvil, capacidad cinco personas. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de mayo del año dos mil diez, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del tres de junio del año dos mil diez con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Martín Alberto Camacho Badilla contra Seidy Navarro Cordero expediente número 10-000588-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 2 de marzo del año 2010.—Lic. Flory Tames Brenes, Jueza.—RP2010163941.—(IN2010026032).
A las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Crédito Agrícola de Cartago por la suma de dos millones quinientos mil colones y sin sujeción a base, al mejor postor se rematará: Finca del partido de Alajuela, matricula trescientos cincuenta y seis mil doscientos treinta y seis-cero cero cero, que es, terreno para construir. Linda: al norte, con quebrada en medio y Róger Agüero Marín; al sur, con camino público con un frente de cuarenta y nueve metros sesenta y tres centímetros; al este, con Fernando Garita Jiménez; y al oeste, con Blanca Garita Jiménez. Mide: mil ochocientos noventa metros con veinte decímetros cuadrados según el plano catastrado número A-cero seis tres seis siete ocho cuatro-dos mil. Lo anterior, por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo simple expediente número 07-100032-197-CI de Centro Agrícola de Puriscal contra Juan Carlos Zumbado Garita.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 12 de marzo de 2010.—M.Sc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—RP2010163952.—(IN2010026033).
A las dieciséis horas del veinte de mayo de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de nueve millones seiscientos ochenta mil colones, remataré: Finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 293.456-000 que es terreno para construir sito en Florencia de San Carlos, distrito dos del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al noreste, calle pública con frente de 9.12 metros lineales, Enid Eugenia González Gutiérrez y lote segregado de Xinia Ma. González Gutiérrez; al noroeste, Verónica Isabel Solano Corella; al sureste, Vilma Oviedo Alfaro, Enid Eugenia González Gutiérrez y lote segregado de Xinia Ma. González Gutiérrez; y al suroeste, Garce Oviedo Alfaro, Enid Eugenia González Gutiérrez y lote segregado de Xinia Ma. González Gutiérrez. Mide: dos mil cuatrocientos sesenta y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de siete millones doscientos sesenta mil colones, se señalan las: dieciséis horas del tres de junio de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones cuatrocientos veinte mil colones, se señalan las: dieciséis horas del diecisiete de junio de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100183-297-CI ejecución hipotecaria de Entidad Arce y Araya e Hijos S. A. contra Rodolfo González Gutiérrez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. Ciudad Quesada, 9 de marzo del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010163966.—(IN2010026034).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del cinco de mayo del año dos mil diez y con la base de trece millones quinientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y siete cero cero uno y cero cero dos de la cual es terreno con una casa, patio y jardín. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Digna Valverde Cruz, Roxana Madrigal Mora; al sur, resto reservado de Miguel Ángel Valverde Cruz; al este, Roxana Madrigal Mora y Calle Pública con 10.48 metros y al oeste resto reservado de Miguel Valverde Cruz. Mide: seiscientos cuarenta y un metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecinueve de mayo del año dos mil diez, con la base de diez millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dos junio del año dos mil diez con la base de tres millones trescientos ochenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Bonilla Abarca, Rosita Rojas Vindas expediente Nº 09-002139-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de octubre del 2009.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2010163984.—(IN2010026044).
A las ocho horas treinta
minutos del primero de junio del dos mil diez, en la puerta exterior de este
juzgado, con la base de setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor
se rematara, el bien inmueble, matrícula 00111030-000, que es terreno para
construir, situado en el distrito tercero Carrandi,
cantón quinto Matina, de la provincia de Limón. Linda: al norte, calle pública;
sur, Virginia Valerín Sánchez; este, Jahaira Esmeralda Ulloa Umaña;
oeste, con servidumbre de paso. Mide: trescientos quince metros con veintiún
decímetros cuadrados, plano: L-0130084-1993, antecedente dominio de
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada a citas 0402-00004583-01-0900-001, 0402-00004583-01-0907-001, y 0402-00004583-01-0908-001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, Partido de San José, bajo el sistema de Folio Real matrícula número seiscientos cuatro mil ochocientos veinte cero cero cero, que es terreno para construir, sito en el distrito primero San Isidro, cantón diecinueve, Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colindantes norte, resto de Wálter Vargas Chinchilla; sur, calle pública con catorce metros; este y oeste, resto de Wálter Vargas Chinchilla. Mide: mil tres metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Plano SJ-1187941-2007. La finca descrita pertenece a Gerald Salazar Barrientes. Para el primer remate con la base de ocho millones de colones, se señalan las catorce horas del veintidós de abril del dos mil diez; fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de seis millones de colones, se señalan las catorce horas del trece de mayo del dos mil diez; y para celebrar el tercer remate con la base de dos millones de colones, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de junio del dos mil diez. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 10-100021-188-CI Interno 27-10-JB4 de Jonnathan Jesús Ortiz Rodríguez contra Gerald Salazar Barrientos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón, 03 de marzo del 2010.—Lic. Karla Patricia Argüello Soto, Jueza.—RP2010164303.—(IN201026545).
En la puerta exterior de este despacho; a las trece horas con treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil diez, y con la base de doscientos cincuenta mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 083870-000, la cual es terreno para construir con una casa y una cabina, situada en el distrito Quepos, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Juke del Mar de Quepos S. A.; al sur, Juke del Mar de Quepos S. A.; al este, Juke del Mar de Quepos S. A., y al oeste, con calle pública con cuatro metros y sesenta y tres centímetros. Mide: setecientos ochenta y tres metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del treinta de abril del dos mil diez, con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas con treinta minutos del catorce de mayo del dos mil diez, con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Quintavalle Matteo. Expediente Nº 08-007736-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 3 de marzo del año 2010.—Lic. Ernesto Súarez Chavarría, Juez.—(IN2010026747).
El Huerto del Edén S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-tres
cero dos ocho nueve seis, representada por Jesús Espinoza Vargas, mayor,
soltero, comerciante, cédula seis-ciento cuarenta y ocho-ciento doce, vecino de
Buenos Aires de Puntarenas, cien metros al sur del puente, establece
diligencias de Información Posesoria para inscribir a nombre de su representada
en el Registro Público de
Cruz Alberto Blanco Badilla, mayor, casado una vez, trabajador de Pindeco, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, Ceibo, Las Parcelas, cédula de identidad número seis-doscientos sesenta y cinco-cero cincuenta y seis, solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir, situado en Ceibo de Buenos Aires, Puntarenas, distrito primero del cantón tercero, con los siguientes linderos: norte, Carretera Interamericana con un frente de veintidós metros con sesenta y un centímetros cuadrados; al sur, Coopeagri R.L., al este, con Emelia Montoya González y al oeste, Víctor Leonel Arrieta Jiménez. Mide: seiscientos noventa y cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado P-1288238-2008. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez anos. Estima el fundo en la suma de cien mil colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información Posesoria, expediente número 09-160157-0188-AG (30-09) establecidas por Cruz Alberto Blanco Badilla.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 27 de enero del 2010.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—RP2010163341.—(IN2010024898).
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente Nº
10-000001-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de José Alberto Fernández Madrigal quien es mayor, casado una vez, vecino
de Buenos Aires de Palmares, portador de la cédula de identidad 2-384-675,
comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente l0-000027-0391-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Jesús María Porras Chaves quien es mayor, estado civil divorciado, vecino de
Grecia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 6-0216-0375, profesión
comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Agropecuaria Coro Seac Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos un mil novecientos noventa y dos, domiciliada en Palmares,
Rincón de Zaragoza, de
Se hace saber que ante este
Despacho se tramita el expediente Nº
09-000340-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Santos Secundino Acosta Acosta quien es
mayor, estado civil casado una vez, agricultor, vecino de Santa Teresita de Nosara de Nicoya-Guanacaste, tres kilómetros al este de la
plaza de deportes, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
05-0138-0709, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de
Se cita y emplaza a todos las interesadas en la sucesión de Petrona Rodríguez Morales, conocida como Petronita Chavarría Rodríguez, pensionada, divorciada una vez, cédula ocho-cero diecisiete-seiscientos ochenta y ocho, vecina de San Francisca de Dos Ríos de San José, del restaurante Tierras Colombianas doscientos metros al sur, doscientos metros al oeste y doscientos metros al norte, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010.—Lic. Grigory Antonio Chaves Chaverri, Notario.—1 vez.—(IN2010025190).
Se cita y emplaza a todos los interesadas en la sucesión de Pedro Luis Rodríguez Rodríguez, pensionado, casado una vez, comerciante, vecino de El Porvenir de Desamparados, frente al salón comunal, casa número nueve, cédula ocho-cero dieciséis-cuatrocientos noventa, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a las que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2010.—Lic. Grigory Antonio Chaves Chaverri, Notario.—1 vez.—(IN2010025191).
Ante esta notaría, se ha establecido proceso sucesorio notarial del señor Ramón Viales Solano, quien fuera casado una vez, pensionado, vecino de Quepos, cédula nueve-cero cero siete-setecientos noventa y cuatro. Por el término de ley, se cita a herederos o interesados para que concurran a hacer valer sus derechos.—Puntarenas, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. William Mora Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010025219).
Ante esta notaría, se ha establecido proceso sucesorio notarial del señor José María González Chaverri, quien fuera casado una vez, agricultor, vecino de Barranca de Puntarenas, portador de la cédula de identidad uno-cero ciento setenta y ocho-cero dos ciento setenta y dos. Por el término de ley, se cita a herederos o interesados para que concurran a hacer valer sus derechos.—Puntarenas, veintidós de marzo del dos mil diez.—Lic. William Mora Rojas, Notario.—1 vez.—(IN2010025220).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Helia Bernarda Lizano Vargas, quien fuera mayor, vecina de Heredia, portadora de la cédula número cuatro-cero cuatro cinco-dos nueve cuatro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000362-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de marzo del año 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2010025230).
Se hace saber que ante el notario Emilio Arias Rodríguez, se tramita la sucesión de María de los Ángeles Ocampo Solano, quien en vida fue mayor, casada una vez, maestra pensionada, vecina de Barrio Escalante calle veintinueve, avenidas siete y nueve, casa número setecientos veintitrés, cédula de identidad uno-ciento setenta-setecientos treinta y dos. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Para estos efectos, se hace saber que la notaría se encuentra situada en San José, barrio Escalante, ciento setenta y cinco metros sur del parque de Francia, Consulex S. A. Despacho del Licenciado Emilio Arias Rodríguez. Expediente número 0001-2010.—San José, a las ocho horas del veintidós de marzo de dos mil ocho.—Lic. Emilio Arias Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2010025261).
Por única vez se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Amalia Portuguez Quesada, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 2-151-048, vecina de San Rafael de Río Cuarto de Grecia, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100930-0297 CI Sucesorio judicial de la causante Amalia Portuguez Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de enero de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2010025290).
Se cita y emplaza a todos
los herederos y demás interesados en la sucesión de Juan Arronis
Cervantes, quien fue mayor, casado, agricultor, cédula de identidad 3-056-8606,
vecino de
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Raúl Ramírez Araya conocido como Genonimo Raúl Ramírez Araya, mayor, casado una vez, contador privado, con cédula de identidad uno-trescientos ochenta y seis-novecientos trece, vecino de Heredia Los Lagos, del salón comunal setenta y cinco metros al este, casa setenta y uno-A para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero dos-dos mil diez.—Lic. Ana Marlen Guillén Godínez, Notaria.—1 vez.—RP2010163543.—(IN2010025516).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Fortunata de los Ángeles Rodríguez Castro, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número seis-cero noventa y ocho-mil trescientos noventa y tres, vecina de Sardinal de Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Roberto Paniagua Vargas, con oficina ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, con teléfono 2688-8661 y el fax 2688-8682.—Filadelfia, 18 de marzo del 2010.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010163556.—(IN2010025517).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Enrique Mena Monge, quien fue mayor, viudo una vez, vecino de Montes de Oca, San Pedro, con cédula de identidad número uno-trescientos treinta y siete-trescientos veinticinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión Nº 09-000587-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 8 de setiembre del 2009.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—RP2010163572.—(IN2010025518).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Raúl Evelio Aguilar Villalobos, mayor, casado una vez, pensionado, vecino del Roble de Puntarenas, cédula Nº 6-068-036, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio Nº 09-100843-642-CI. P/María Ramona Matarrita Obando.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.––1 vez.––RP2010163573.––(IN2010025519).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Tobías Calvo López, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Montes de Oro de Cañas, Guanacaste, portador en vida de la cédula de identidad Nº 2-0108-0879, para que dentro de treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, bajo apercibimiento a los que crean tener derecho de la herencia de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Lo anterior dentro del expediente numero 09-100302-402-CI, sucesión de Tobías Calvo López.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 14 de diciembre del 2009.—Lic. Carolina Quirós Jiménez, Jueza.––1 vez.––RP2010163575.––(IN2010025520).
Se convoca a todos los
interesados en la sucesión de Rosalía Vicenta Gómez Gómez,
mayor, divorciada, con cédula número ocho-cero sesenta y cinco-novecientos
treinta y ocho, vecina de
Se emplaza a todos los interesados, herederos o acreedores en la sucesión de Celia Hernández Chavarria, quien fue mayor, costarricense, portó la cédula de identidad número seis-ciento tres-seiscientos ochenta y ocho y vecina de Palmar Norte de Osa, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100161-0442-CI-(4).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía Osa, Ciudad Cortés, 1º de febrero del 2010.—Lic. Cecilia Jiménez Vargas, Jueza.––1 vez.––RP2010163588.––(IN2010025522).
Se
hace saber que, en este Despacho bajo el número único 08-400896-637-FA,
Abreviado de Divorcio, promovido por María Marjorie del Carmen Solórzano
Cárdenas, cédula 6-162-063 contra Francisco René Molina Torres documento de
identidad R27012552264406 se ha dictado a las catorce horas del veinte de
agosto de dos mil nueve la sentencia número 494-2009, que literalmente dice en
su parte dispositiva: “Por tanto, con base en lo expuesto, normas de derecho
citadas, se falla: a) Se declara con lugar la presente demanda de divorcio. Se
disuelve el vínculo matrimonial existente entre el señor Francisco René Molina
Torres y la señora María Marjorie del Carmen Solórzano Cárdenas por la causal
de separación de hecho de los cónyuges por un término no menor de tres años.
Una vez firme esta sentencia, comuníquese al Registro Civil para que haga la
anotación respectiva en