BOLETÍN JUDICIAL Nº 99 DEL 24 DE MAYO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL

SALA PRIMERA

SALA CONSTITUCIONAL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Citaciones

Avisos

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

CONCURSO ÚNICO CJ-11-2010

El Consejo de la Judicatura, el Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial y la Escuela Judicial, abren concurso para el Programa de Formación inicial para aspirantes a la judicatura (FIAJ). Concurso único CJ-11-2010 Juez(a) 1 Genérico.

 

Exámenes programados a partir del

Modalidad examen

Selección de candidatos

para participar en el FIAJ por parte de la Escuela Judicial

Fase Teórica-Práctica

Fase práctica

tutelada

28-06-2010

Escrito

30-07-2010

Del 30-08-2010 al 25-02-2011

Del 28-02-2011 al 28-08-2011

I.—Requisitos:

Generales:

ü Ser costarricense, ciudadano(a) en ejercicio

ü Presentar título de Bachiller de secundaria (original y fotocopia).

ü Presentar título de Licenciatura en Derecho (original y fotocopia).

ü Incorporado(a) al Colegio de Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con sus  obligaciones (original y fotocopia).

ü Presentar dos fotografías tamaño pasaporte. (indispensable)

ü Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

ü En caso de ser nombrado(a) aprobar los cursos institucionales de carácter obligatorio en materia de: Equidad de género, Accesibilidad, Servicio público de calidad, Hostigamiento sexual y Acoso psicológico en el trabajo y Sistema de gestión.

Específicos:

En caso de ser seleccionado(a), cursar y aprobar el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ) de la Escuela Judicial, como parte del proceso de formación y evaluación para el acceso a la plaza en concurso.

Redactar una carta (2.000-2.500 caracteres) en la que fundamente los motivos e intereses por recibir ésta capacitación profesional y su afinidad por la solución del conflicto social.

II.—Acerca de la inscripción:

    Inscripción electrónica: Es imprescindible que los oferentes se inscriban mediante el FORMULARIO ELECTRÓNICO en la dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm y para funcionarios(as) judiciales: intranet/personal/juecesyjuezas.htm para ello, es preciso completar todos los datos requeridos, de lo contrario la solicitud será desestimada.

    No remita su solicitud de participación por ningún otro medio de comunicación, ya que automáticamente queda inscrito(a) en línea.  Para estos efectos se habilitan las 24 horas hasta la fecha del cierre del concurso.

    Quienes participen por primera vez como aspirantes a la Judicatura, además de inscribirse electrónicamente, deben presentar la “Oferta de Servicios” en manuscrito y los atestados que se requieran, en la Sección Administrativa de la Carrera Judicial (4to. Piso, edificio del Organismo de Investigación Judicial (O.I.J.), de las 7:30 a. m. a las 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a las 4:30 p. m., de lunes a viernes, al cierre de éste concurso o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento.  No se dará trámite a las ofertas de servicios recibidas por fax o correo electrónico.  Dicho formulario y el temario se encuentran disponibles en la dirección electrónica mencionada en el punto “a)”; razón por la cual no se suministrarán por otro medio.

    Es requisito indispensable presentar nuevamente la oferta de servicios en el caso de aquellas personas que actualmente no se encuentran elegibles en la Carrera Judicial o que hubieran presentado dicha oferta en un período mayor a dos años.

III.—Condiciones del concurso:

a.   Relación entre las personas participantes y el Poder Judicial: La relación entre las personas participantes y el Poder Judicial, durante la realización del FIAJ es  contractual, no laboral. Las personas escogidas que laboren para el Poder Judicial, deberán tramitar un permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.

b.  Beneficios que le brinda el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ): Instrucción gratuita; entrega de materiales sin costo alguno; acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.  Éste subsidio no tiene carácter salarial.

     Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación del  Programa FIAJ en el rubro de “Cursos de Especialización y Programa de Formación General Básica de la Escuela Judicial”.

c.   Compromisos de la persona participante:

1.  Conocer y aceptar todas las condiciones del FIAJ y firmar el contrato de formación.

2.  Cumplir el calendario asignado: la fase teórico práctica del  30 de agosto de 2010 al 25 de febrero de 2011 y la práctica tutelada del 28 de febrero al 28 agosto de 2011.

3.  Realizar el Programa con resultados óptimos según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de la Judicatura.

4.  Aprobar cada uno de los módulos y talleres, asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.

5.  Durante la ejecución del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder Judicial.

6.  Durante los tres años siguientes a la aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser nombrado.

7.  El incumplimiento de los deberes asumidos por la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y pagar cualquier otro gasto generado a la institución.

8.  En caso de no aprobar el Programa o de retiro injustificado, deberá  pagar lo establecido en el punto 7 anterior.

9.  Rendir una garantía a satisfacción de la institución.

10.   Suscribir una póliza de seguro estudiantil que abarque todo el período de duración del FIAJ.

IV.—Criterios de selección:

    Para el Programa de Formación inicial serán seleccionados 25 candidatos.

    Los y las aspirantes serán seleccionadas por prelación de notas.

    Las personas que no sean seleccionadas para éste Programa, podrán continuar en el concurso a los efectos de obtener su elegibilidad en el sistema de carrera judicial, caso en el cual, de resultar nombradas en propiedad en la Judicatura, deberán aprobar el programa de formación que diseñe la Escuela Judicial.

V.—De los componentes por valorar:

    Examen: Los aspirantes deberán someterse a prueba de conocimientos sobre las materias específicas, ante el Tribunal Examinador.

    Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se someterán a una entrevista con por lo menos dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización  del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica del aspirante.

    Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados.

     Si posee experiencia laboral como Profesional en Derecho, externa al Poder Judicial, se deberá aportar lo siguiente:

v Abogado(a) litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como abogado(a) o notario(a).

v Empresa o institución: Constancia emitida por ésta que especifique:

1.      El o los puestos desempeñados.

2.      Requisitos y especialidad del o de los puestos profesionales.

3.      La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

4.      Si durante su permanencia solicitó o no, permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, señalar el período.

5.      El motivo de salida.

6.      Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior.  Se  podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

    Promedio académico: Para promediar éste componente, debe aportar la certificación de notas de la carrera universitaria.

    Publicaciones: La guía para la calificación de los participantes en la Carrera Judicial, contempla únicamente el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

    Docencia: Debe presentar constancia en papel membretado, emitida por la Universidad en la cual fue docente, donde especifique el nombre del curso, el cuatrimestre y el año en el cual se impartió. Y como facilitador(a), constancia de la Escuela Judicial, donde se indique la cantidad de horas, el curso y el año.

    Postgrado: Se reconocerán 2 puntos por la especialidad o por la aprobación del Programa de Formación General Básica para Jueces y Juezas o el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ), 3 puntos por la maestría y 5 puntos por el doctorado. El tope máximo en éste rubro es de 5 puntos, por lo que queda claro que no es acumulativo.

    Capacitación recibida: Los certificados de capacitación se reconocerán en Carrera Judicial, siempre que contengan la cantidad de horas establecida, sean impartidos por alguna institución de renombre, atinentes a la disciplina del Derecho y realizados luego de la incorporación al Colegio de Abogados de Costa Rica.

    Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección.  La información derivada de su participación en éste concurso, será utilizada por los órganos decisorios.

    Promedio final de elegibilidad:

     Para los candidatos seleccionados en el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):

Para poder ser considerados elegibles, deberán aprobar el FIAJ. En éste caso, el resultado obtenido en éste Programa se promediará con la nota de la prueba de conocimientos. Éste promedio se ponderará con los valores correspondientes a la entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, postgrado y cursos de capacitación.

Para los candidatos que no sean seleccionados en el FIAJ y por lo tanto continúan con el programa de ingreso a la Carrera Judicial:

Se ponderará el 100% de la nota de elegibilidad con el puntaje obtenido en la prueba de conocimientos, más los componentes de entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, postgrado y cursos de capacitación.

    Conclusión del concurso: El concurso se dará por finalizado conforme lo disponga el Consejo de la Judicatura.

VI.—De la sanción, solicitudes de exclusión y reprogramaciones.

    De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, no podrán participar en éste concurso, aquellas personas que fueron descalificadas en los concursos  CJ-19-2008 y CJ-02-2009.

     Asimismo, todos(as) aquellos(as) oferentes que se inscriban en el concurso y no se presenten a realizar el examen, serán descalificados de forma inmediata en éste acto, por lo que no podrán participar en el siguiente concurso. Ésta disposición aplica para aquellos participantes que no aprueben  el FIAJ o que no superen el 70% en su promedio final.

    Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso, excepto en casos muy calificados. El Consejo de la Judicatura valorará los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén debidamente justificados.  Para los candidatos seleccionados en el FIAJ, aplica lo establecido en el punto 7 del inciso c), apartado III de éste cartel.

    Reprogramación: La reprogramación de la prueba, sólo se podrá solicitar en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen y únicamente procede en casos muy calificados y debidamente justificados mediante documentos que acrediten su gestión ante el Tribunal Examinador. En el caso de incapacidades, las mismas deben ser emitidas por la C.C.S.S., o en su defecto por el médico de empresa de la Institución.  Los candidatos que soliciten reprogramación de la prueba, deberán de tener en cuenta que la selección para el FIAJ se realizará  a más tardar el 30 de julio de 2010.

     Salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador, no se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo. En los casos que ya se hubiera cambiado la cita inicial, salvo motivos de fuerza mayor, que será valorado por el Consejo de la Judicatura, no se dará trámite a solicitudes de reprogramación de examen.

VII.—De las notificaciones.

1.  Para todos los efectos, quienes ofertan deben señalar medio electrónico para atender notificaciones. En caso de no hacerlo o de no encontrarse en óptimas condiciones al momento de efectuar la comunicación, se exime de toda responsabilidad a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y a la Escuela Judicial y se tendrá por notificado en el término de 24  horas.

2.  Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado para recibir notificaciones, debe ser comunicado a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, para lo cual podrá utilizar el formulario de Actualización de Datos electrónico, dispuesto para estos efectos en las direcciones electrónicas mencionadas.

Consultas:

Escuela Judicial: a los teléfonos 2267-1541/2267-1533/2267-1527 o al correo electrónico escuelajudicialFIAJ@poder-judicial.go.cr.

Carrera Judicial: a los teléfonos 2295-3918/2295-3781 o a los correos electrónicos rcastaneda@poder-judicial.go.cr; sthomas@poder-judicial.go.cr; carrera-jud@poder-judicial.go.cr.

Este concurso vence el 28 de mayo del 2010

Para trámite personal hasta las 4:30 p. m. y para la inscripción por medio electrónico, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.

San José, 05 de mayo del 2010

                                                            MBA. Francisco Arroyo Meléndez

(IN2010040577)                                                           Jefe

UNA PUBLICACIÓN

AVISO

El Departamento de Gestión Humana invita a las personas interesadas en conformar lista de postulantes para nombrar interinamente, la siguiente clase de puesto:

Auxiliar de Servicios Generales 4*

(Chofer 3)

Consejo Superior

Requisitos:

Formación académica:

ü Conclusión estudios primarios

Requisito:

ü Licencia B-1

Experiencia:

ü Un año de experiencia en la conducción de vehículos.

Capacitación deseable:

ü Conocimientos en aspectos generales en mecánica y rutas nacionales.

*   Esta publicación se realiza de conformidad con el oficio 2498-10 de la Secretaría de la Corte.

Inscripciones:

ü Las personas interesadas que cumplan con todos los requisitos, deberán presentar la boleta de participación así como los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos solicitados, ya sea de manera personal ante la Sección de Reclutamiento y Selección, sita 3er. piso del edificio OIJ, I Circuito Judicial de San José, o bien, a la dirección electrónica: drodriguezv@poder-judicial.go.cr. (El archivo digital no podrá tener un peso mayor a los 3 mega bytes, caso contrario deberá remitir la información en varios correos electrónicos).

ü La boleta de participación, podrán obtenerla en la Sección de Reclutamiento y Selección o bien, en las siguientes direcciones electrónicas.

intranet/personal/avisos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/avisos.htm

ü No serán consideradas las solicitudes de participación que ingresen de manera extemporánea.

ü Para todos los efectos, las personas interesadas deben indicar el medio electrónico para recibir notificaciones. En el caso de no señalarlo, se exime de toda responsabilidad al Poder Judicial y se tendrá por notificado 24 horas después de emitida la comunicación. (Art. 11, Ley de Notificaciones Judiciales). Para los efectos indicados, esta oficina utilizará como principal medio el correo electrónico, por lo que será su obligación, verificar que exista espacio suficiente en el buzón, pues según lo establece el arts. 4º y 5º del (Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios Electrónicos de las Oficinas Judiciales) se dará por notificada la comunicación, una vez que se haya comprobado el ingreso del documento en el buzón del destinatario.

Para consultas, puede comunicarse con Danny Rodríguez Villegas o Gustavo Herrera Rodríguez, a los teléfonos 2295-3193 ó 2295-4876, (extensiones: 3193 ó 4876 respectivamente).

Las Oficinas Administrativas se encuentran autorizadas para remitir sus notificaciones y comunicaciones mediante correo electrónico. (Artículo 45, Ley de Notificaciones Judiciales).

El artículo 5º del Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales, responsabiliza a los Jefes, Coordinadores de Oficina o designados, de imprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar al destinatario.

Periodo de recepción de solicitudes:

Inicia:   24 de mayo 2010

Finaliza: 4 de junio 2010

Horario de atención al público de 7:30 a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

_______

CONCURSO Nº 15-2010

El Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a participar en el siguiente concurso:

Oficina y clase de puesto                             Número(s) de puesto

OFICINA DE TRAB. SOCIAL II CIRC. JUD. ZONA ATLÁNTICA

Perito en Trabajo Social (Perito Judicial 2)                           103368

OFICINA DE TRABAJO SOCIAL II CIRC. JUD. ZONA SUR

Perito en Trabajo Social (Perito Judicial 2)                           103082

OFICINA DE TRABAJO SOCIAL DE SANTA CRUZ

Perito en Trabajo Social (Perito Judicial 2)                            57143

DEPARTAMENTO DE TRABAJO SOCIAL Y PSICOLOGÍA

(SEDE CENTRAL)

Perito en Trabajo Social (Perito Judicial 2)                            23375

PERITO EN LOFOSCOPÍA (PERITO JUDICIAL 1)

Oficina                                                                       Número de puesto

ARCHIVO CRIMINAL                                                           34893

DELEGACIÓN REGIONAL DE SAN CARLOS                       84125

DELEGACIÓN REGIONAL DE CARTAGO                           84111

DELEGACIÓN REGIONAL DE LIBERIA                              54081

DELEGACIÓN REGIONAL DE LIMÓN                                84121

DELEGACIÓN REGIONAL POCOCÍ-GUÁCIMO                  84126

REQUISITOS

Perito en Trabajo Social

Perito Judicial 2

Formación Académica

ü Licenciatura Trabajo Social

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

Perito en Lofoscopía

(Perito Judicial 1)

Formación Académica

ü Bachiller Universitario Ciencias Criminológicas o Criminología, Física, Química o Biología

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio profesional respectivo cuando exista la entidad correspondiente

ü Incorporado al Colegio de Biólogos de Costa Rica

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo

ü Licencia de conducir B-1 al día

INSCRIPCIONES

v Las personas interesadas en participar que cumplan con todos los requisitos, deberán presentar la boleta de inscripción del concurso y la pueden obtener en las siguientes direcciones electrónicas:

intranet/personal/concursos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm

v El formulario electrónico de inscripción en el concurso será el único medio disponible para esos fines, por lo tanto, no se dará trámite a solicitudes que ingresen por algún otro medio (Circular 63-09 de la Secretaría General de la Corte).

NOTAS IMPORTANTES:

v Por tratarse de un concurso de antecedentes, no se realizarán exámenes ni se confeccionarán promedios, por lo cual las personas serán seleccionadas a través de una nómina. (Acuerdos del Consejo Superior, sesiones Nº 06-09 del 22 de enero de 2009, artículo XXXII, Nº 31-09 del 31 de marzo 2009, artículo LII y 108-09 del 1º de diciembre de 2009, artículo XCI).

v Al momento de confeccionar la nómina respectiva, la Sección de Reclutamiento y Selección incorporará dentro de las “observaciones”, el nombre de la persona que ha ocupado la plaza vacante en forma continua durante el último año, en el entendido de que los únicos motivos que interrumpen tal condición son:

1)  Ascensos por cualquier periodo, y

2)  Permisos sin goce de salario.

Lo anterior únicamente para efectos de referencia, según lo establecido por el Consejo Superior en la Circular Nº 43-09, inciso a).

v Respecto al requisito de experiencia, no es necesario que solicite constancias de tiempo servido en el Poder Judicial ante el Departamento de Gestión Humana, ya que dicha información será extraída de los sistemas informáticos que para tales efectos lleva este Departamento.

v Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.

v Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 Artículo XXVI, se dispuso que no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

v Por disposición de la Procuraduría General de la República, la persona que acepta someterse voluntariamente a un concurso, en el que deba prestarse servicio en un lugar distante a su domicilio legal, no le corresponde el pago de zonaje, ya que se contó con su iniciativa propia, al aceptar las condiciones y características de la ubicación geográfica del puesto.

v Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar una nómina valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Gestión Humana. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, Artículo V).

v Para consultas adicionales, puede comunicarse con Gustavo Herrera al numero 2295-4876 o con Danny Rodríguez al 2295-3193, de la Sección de Reclutamiento y Selección, (Extensiones: 4876 ó 3193), respectivamente.

Las Oficinas Administrativas se encuentran autorizadas para remitir sus notificaciones y comunicaciones mediante correo electrónico. (Artículo 45, Ley de Notificaciones Judiciales)

En atención al artículo 5º del “Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales”, se les recuerda a los Jefes, Coordinadores de Oficina o designados, su responsabilidad de imprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar a quienes no cuenten con correo electrónico o Intranet.

Periodo de inscripción:

Inicia:   24 de mayo 2010

Finaliza: 4 de junio 2010

Horario de atención al público:

7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

CONCURSO Nº 18-2010

El Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a participar en el concurso por antecedentes para las siguientes clases de puestos:

Auxiliar de Servicios Calificados 1

(Obrero especializado 1)

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

SECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN

43663

 

Auxiliar de Servicios Calificados 1

(Radio operador)

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

DELEGACIÓN REGIONAL DE ALAJUELA

359346, 359347

DELEGACIÓN REGIONAL DE LIMÓN

359353, 359354

 

Auxiliar de Servicios Calificados 2

(Obrero especializado 2)

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

SECCIÓN DE TRANSPORTES DE O.I.J

351919, 351918

UNIDAD DE TALLER MECÁNICO

96410, 43520, 43532

SECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIÓN

54354, 43664, 43660

ADMINISTRACIÓN REGIONAL II C.J.S.J

43668

ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE GRECIA

359198

ADMINIST. REG. CIUDAD JUD. SN JOAQUÍN DE FLORES

99677

ADMINISTRACIÓN REGIONAL I C.J. GUANACASTE

352596

ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE PUNTARENAS

350091

ADMINISTRACIÓN REGIONAL I C.J. ZONA ATLÁNTICA

352605

 

Auxiliar de Servicios Calificados 3

(Obrero especializado 3)

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

ADMINISTRACIÓN REGIONAL I C.J. ZONA SUR

43671

ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE TURRIALBA

350061

ADMINISTRACIÓN REGIONAL I C.J ZONA ATLÁNTICA

359167, 359168

 

Auxiliar de Servicios Calificados 4

(Obrero especializado 4)

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

ADMINISTRACIÓN REGIONAL I C.J ZONA SUR

352579

ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE GOLFITO

352583

ADMINIST. REG. CIUDAD JUD. SAN JOAQUÍN DE FLORES

350078

ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE SANTA CRUZ

352601

ADMINISTRACIÓN REGIONAL DE PUNTARENAS

352603

ADMINISTRACIÓN REGIONAL I C.J ZONA ATLÁNTICA

352606

ADMINISTRACIÓN REGIONAL II C.J. ZONA ATLÁNTICA

352607

 

Armero

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

SECRETARÍA GENERAL DEL OIJ

109800

 

Encargado de Transportes (Auxiliar Administrativo 2)

Oficina

Número (s) de Puesto (s)

SECCIÓN DE TRANSPORTES

60180

 

REQUISITOS

Auxiliar de Servicios Calificados 1

Obrero especializado 1

Formación Académica

ü Conclusión de Estudios de Enseñanza Básica (III año) y poseer capacitación específica en al menos una de las siguientes áreas: ebanistería, carpintería, pintura y rotulado o,

ü Conclusión de Estudios Primarios y poseer dos años de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: ebanistería, carpintería, pintura y rotulado

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto

Auxiliar de Servicios Calificados 1

(Operador de Radio)

ü Bachiller en Educación Media

ü Mínimo un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo

Auxiliar de Servicios Calificados 2

Obrero especializado 2

Formación Académica

ü Bachiller en Educación Media y Graduado de un Colegio Técnico Profesional en alguna de las áreas de: mecánica automotriz, ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería o,

ü Bachiller en Educación Media y poseer capacitación específica en al menos una de las siguientes áreas: mecánica automotriz, ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería o,

ü Bachiller en Educación Media y poseer dos años de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: mecánica automotriz, ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería o,

ü Conclusión de Estudios Primarios y poseer dos años de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: mecánica automotriz, ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto

Auxiliar de Servicios Calificados 3

Obrero especializado 3

(Administración Regional)

Formación Académica

ü Bachiller en Educación Media y Graduado de un Colegio Técnico Profesional en alguna de las áreas de: fontanería, cerrajería, electricidad, ebanistería, albañilería, pintura, metalmecánica. (preferiblemente en fontanería, electricidad y ebanistería), o

ü Bachiller en Educación Media y poseer capacitación específica en al menos tres de las siguientes áreas: fontanería, cerrajería, electricidad, ebanistería, albañilería, pintura, metalmecánica. (preferiblemente en fontanería, electricidad y ebanistería), o

ü Bachiller en Educación Media y poseer dos* años de experiencia comprobada en al menos tres de las siguientes áreas: fontanería, cerrajería, electricidad, ebanistería, albañilería, pintura, metalmecánica. (preferiblemente en fontanería, electricidad y ebanistería), o

ü Conclusión de Estudios Primarios y poseer dos años de experiencia comprobada en al menos tres de las siguientes áreas: fontanería, cerrajería, electricidad, ebanistería, albañilería, pintura, metalmecánica. (preferiblemente en fontanería, electricidad y ebanistería)

*   Los dos años de experiencia corresponden a la sumatoria del tiempo total en las tres áreas.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores de mantenimiento correctivo y preventivo de estructuras y edificios

Auxiliar de Servicios Calificados 4

Obrero especializado 4

Formación Académica

ü Bachiller en Educación Media y Graduado de un Colegio Técnico Profesional en alguna de las áreas de: ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería, o

ü Bachiller en Educación Media y poseer capacitación específica en al menos una de las siguientes áreas: ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería, o

ü Bachiller en Educación Media y poseer dos años de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería, pintura y albañilería, o

ü Conclusión de Estudios Primarios y poseer dos años de experiencia comprobada en al menos una de las siguientes áreas: ebanistería, estructuras metálicas, fontanería, sistemas eléctricos, cerrajería y albañilería

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto

ü Requiere un mínimo de seis meses de experiencia en supervisión de personal

Armero

Formación Académica

ü Conclusión de Estudios de Educación Diversificada

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto

Encargado de Transportes

(Auxiliar Administrativo 2)

Formación Académica

ü Técnico de Nivel Medio en la rama de Mecánica Automotriz, o

ü Bachiller en Educación Media y conocimientos en Mecánica Automotriz

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto

ü Requiere un mínimo de seis meses de experiencia en supervisión de personal

Otros requerimientos

ü Licencia B-1 al día.

INSCRIPCIONES

v Las personas interesadas en participar que cumplan con todos los requisitos, deberán completar el formulario electrónico de inscripción en el concurso, utilizando “Internet Explorer” a través de las siguientes direcciones:

intranet/personal/concursos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm

v El formulario electrónico de inscripción en el concurso será el único medio disponible para esos fines, por lo tanto, no se dará trámite a solicitudes que ingresen por algún otro medio (Circular 63-09 de la Secretaría General de la Corte).

NOTAS IMPORTANTES:

v Por tratarse de un concurso de antecedentes, no se realizarán exámenes ni se confeccionarán promedios, por lo cual las personas serán seleccionadas a través de una nómina. (Acuerdos del Consejo Superior, sesiones Nº 06-09 del 22 de enero de 2009, artículo XXXII, Nº 31-09 del 31 de marzo 2009, artículo LII y 108-09 del 1º de diciembre de 2009, artículo XCI).

v Al momento de confeccionar la nómina respectiva, la Sección de Reclutamiento y Selección incorporará dentro de las “observaciones”, el nombre de la persona que ha ocupado la plaza vacante en forma continua durante el último año, en el entendido de que los únicos motivos que interrumpen tal condición son:

1)  Ascensos por cualquier periodo, y

2)  Permisos sin goce de salario.

Lo anterior únicamente para efectos de referencia, según lo establecido por el Consejo Superior en la Circular Nº 10-10, punto 1.

Las personas que actualmente se encuentren en el registro de elegibles para la clase en concurso y que deseen ser consideradas en los puestos incluidos en la publicación, deberán inscribirse en él, es decir no serán incorporadas en la nómina en forma oficiosa, esto a la luz de lo establecido en la circular Nº 010-2010 del Consejo Superior y en el voto de la Sala Constitucional Nº 2010-001431 del 26 de enero del 2010.

v Respecto al requisito de experiencia, no es necesario que solicite constancias de tiempo servido en el Poder Judicial ante el Departamento de Gestión Humana, ya que dicha información será extraída de los sistemas informáticos que para tales efectos lleva este departamento.

v Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.

v Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 Artículo XXVI, se dispuso que no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

v Por disposición de la Procuraduría General de la República, la persona que acepta someterse voluntariamente a un concurso, en el que deba prestarse servicio en un lugar distante a su domicilio legal, no le corresponde el pago de zonaje, ya que se contó con su iniciativa propia, al aceptar las condiciones y características de la ubicación geográfica del puesto.

v Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar una nómina valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Gestión Humana. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, Artículo V).

v Para consultas adicionales, puede comunicarse con Gustavo Herrera al numero 2295-4876 o con Danny Rodríguez al 2295-3193, de la Sección de Reclutamiento y Selección, (Extensiones: 4876 ó 3193), respectivamente.

Las Oficinas Administrativas se encuentran autorizadas para remitir sus notificaciones y comunicaciones mediante correo electrónico. (Artículo 45, Ley de Notificaciones Judiciales)

En atención al artículo 5º del “Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales”, se les recuerda a los Jefes, Coordinadores de Oficina o designados, su responsabilidad de imprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar a quienes no cuenten con correo electrónico o Intranet.

Periodo de inscripción:

Inicia:   24 de mayo 2010

Finaliza: 4 de junio 2010

Horario de atención al público:

7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

CONCURSO Nº 19-2010

El Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a participar en el concurso para las siguientes clases:

ENCARGADO DE PRENSA DEL O.I.J.

OFICINA DE INFORMACIÓN Y PRENSA

43177

 

PROFESIONAL 2

(Prof. en Ciencias de la Comunicación Colectiva 2)

DEPARTAMENTO DE PRENSA Y COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL

359171

 

COORDINADOR DE UNIDAD 2

(Coordinador de Unidad Apoyo a la Capacitación)

UNIDAD DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL (Escuela Judicial)

108572

UNIDAD DE MATERIALES ESCRITOS (Escuela Judicial)

107763

 

REQUISITOS

Encargado de Prensa OIJ

Formación Académica

ü Licenciatura en Periodismo

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio de Periodistas de Costa Rica

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en supervisión de personal

Profesional en Ciencias de la Comunicación Colectiva 2

Profesional 2

Formación Académica

ü Licenciatura en Periodismo

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio de Periodistas de Costa Rica

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto

Coordinador de Unidad 2

Coordinador de Unidad (Apoyo a la Capacitación)

UNIDAD DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL

Formación Académica

ü Licenciatura en Cine y Televisión

ü O haber aprobado la totalidad de los siguientes cursos ofrecidos por el Instituto Nacional de Aprendizaje:

ü Técnicas básicas de producción.

ü Técnicas de Guión I y II

ü Apreciación de Audiovisual

ü Técnicas de Realización

ü Técnicas de Dirección de Cámaras

ü Técnicas de Sonido

ü Técnicas de Iluminación

ü Técnicas de Cámara

ü Técnicas de Edición

ü Técnicas de Edición no Lineal

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio Profesional cuando exista la entidad

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

ü Requiere un mínimo de seis meses de experiencia en supervisión de personal.

Capacitación

ü Conocimientos en educación para adultos y diseño de currículos.

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

Coordinador de Unidad 2

Coordinador de Unidad (Apoyo a la Capacitación)

UNIDAD DE MATERIALES ESCRITOS

Formación Académica

ü Licenciatura en Filología en lingüística española

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio Profesional de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

ü Requiere un mínimo de seis meses de experiencia en supervisión de personal.

Capacitación

ü Conocimientos en educación para adultos y diseño de currículos.

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

INSCRIPCIONES

v Las personas interesadas en participar que cumplan con todos los requisitos, deberán completar el formulario electrónico de inscripción en el concurso, utilizando “Internet Explorer” a través de las siguientes direcciones:

intranet/personal/concursos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm

v El formulario electrónico de inscripción en el concurso será el único medio disponible para esos fines, por lo tanto, no se dará trámite a solicitudes que ingresen por algún otro medio.

NOTAS IMPORTANTES:

v Por tratarse de un concurso de antecedentes, no se realizarán exámenes ni se confeccionarán promedios, por lo cual las personas serán seleccionadas a través de una nómina. (Acuerdos del Consejo Superior, sesiones Nº 06-09 del 22 de enero de 2009, artículo XXXII, Nº 31-09 del 31 de marzo 2009, artículo LII y 108-09 del 1º de diciembre de 2009, artículo XCI).

v Al momento de confeccionar la nómina respectiva, la Sección de Reclutamiento y Selección incorporará dentro de las “observaciones”, el nombre de la persona que ha ocupado la plaza vacante en forma continua durante el último año, en el entendido de que los únicos motivos que interrumpen tal condición son:

1)  Ascensos por cualquier periodo, y

2)  Permisos sin goce de salario.

Lo anterior únicamente para efectos de referencia, según lo establecido por el Consejo Superior en la Circular Nº 10-10, punto 1.

v Respecto al requisito de experiencia, no es necesario que solicite constancias de tiempo servido en el Poder Judicial ante el Departamento de Gestión Humana, ya que dicha información será extraída de los sistemas informáticos que para tales efectos lleva este departamento.

v Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.

v Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 Artículo XXVI, se dispuso que no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

v Por disposición de la Procuraduría General de la República, la persona que acepta someterse voluntariamente a un concurso, en el que deba prestarse servicio en un lugar distante a su domicilio legal, no le corresponde el pago de zonaje, ya que se contó con su iniciativa propia, al aceptar las condiciones y características de la ubicación geográfica del puesto.

v Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar una nómina valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Gestión Humana. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, Artículo V).

v Para consultas adicionales, puede comunicarse con Gustavo Herrera al numero 2295-4876 o con Danny Rodríguez al 2295-3193, de la Sección de Reclutamiento y Selección, (Extensiones: 4876 ó 3193), respectivamente.

Las Oficinas Administrativas se encuentran autorizadas para remitir sus notificaciones y comunicaciones mediante correo electrónico. (Artículo 45, Ley de Notificaciones Judiciales)

En atención al artículo 5º del “Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales”, se les recuerda a los Jefes, Coordinadores de Oficina o designados, su responsabilidad de imprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar a quienes no cuenten con correo electrónico o Intranet.

Periodo de inscripción:

Inicia:   24 de mayo 2010

Finaliza: 4 de junio 2010

Horario de atención al público:

7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

CONCURSO Nº 20-2010

El Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a participar en el concurso para las siguientes clases:

Oficina y Clase de puesto

Número(s) de Puesto

SECCIÓN DE PERICIAS FÍSICAS

Perito en Balística (Perito Judicial 1)

103210, 54322, 22898

Perito en Análisis Físicos (Perito Judicial 1)

100893

SECCIÓN DE INGENIERÍA FORENSE

Perito Topógrafo Bachiller (Perito Judicial 1)

107829

DEPARTAMENTO LABORATORIO DE CIENCIAS FORENSES

Biólogo (Perito Judicial 2)

359363

 

REQUISITOS

Perito en Balística

(Perito Judicial 1)

Formación Académica

ü Bachiller universitario Ciencias Criminológicas o Criminología, Física, Química, Laboratorista Químico, Biología o Ingenierías

Requisito Legal

Incorporado al Colegio profesional respectivo cuando exista la entidad correspondiente.

Incorporado al Colegio de Biólogos de Costa Rica.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

Capacitación deseable

ü Conocimiento en el manejo de armas de fuego.

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

ü Licencia de conducir B-1 al día.

ü Disponibilidad de trabajar jornada vespertina y la asignación de días libres y feriados distintos al sábado y domingo*

ü Disponibilidad para trabajar jornadas extraordinarias y trasladarse a diferentes partes del país*

*   Estos requerimientos son conforme a la sesión del Consejo Superior 56-08 del 31 de julio del 2008, artículo XL.

Perito en Análisis Físicos

(Perito Judicial 1)

Formación Académica

ü Bachiller universitario Ciencias Criminológicas o Criminología, Física, Química, Laboratorista, Químico, Biología o Ingenierías

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio profesional respectivo cuando exista la entidad correspondiente.

ü Incorporado al Colegio de Biólogos de Costa Rica.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

ü Licencia de conducir B-1 al día.

ü Disponibilidad de trabajar jornada vespertina y la asignación de días libres y feriados distintos al sábado y domingo*

ü Disponibilidad para trabajar jornadas extraordinarias y trasladarse a diferentes partes del país*

*   Estos requerimientos son conforme a la sesión del Consejo Superior 56-08 del 31 de julio del 2008, artículo XL.

Perito Topógrafo Bachiller

(Perito Judicial 1)

Formación Académica

ü Bachiller universitario en Topografía

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio de Ingenieros Topógrafos de Costa Rica.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de un año de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

Otros requerimientos

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

ü Manejo paquete informático “AUTOCAD”.

ü Licencia de conducir B-1 al día.

ü Disponibilidad de trabajar jornada vespertina y la asignación de días libres y feriados distintos al sábado y domingo*

ü Disponibilidad para trabajar jornadas extraordinarias y trasladarse a diferentes partes del país*

*   Estos requerimientos son conforme a la sesión del Consejo Superior 56-08 del 31 de julio del 2008, artículo XL.

Biólogo

Perito Judicial 2

Formación Académica

ü Licenciatura en Biología.

Requisito Legal

ü Incorporado al Colegio respectivo.

Experiencia

ü Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores relacionadas con el puesto.

Otros requerimientos

ü Disponibilidad de trabajar jornada vespertina y la asignación de días libres y feriados distintos al sábado y domingo*

ü Disponibilidad para trabajar jornadas extraordinarias y trasladarse a diferentes partes del país*

*   Estos requerimientos son conforme a la sesión del Consejo Superior 56-08 del 31 de julio del 2008, artículo XL.

INSCRIPCIONES

v Las personas interesadas que cumplan con todos los requisitos, deberán completar el formulario electrónico de inscripción en el concurso, utilizando el “Internet Explorer”, a través de las siguientes direcciones:

intranet/personal/concursos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm

v El formulario electrónico de inscripción en el concurso será el único medio disponible para esos fines, por lo tanto, no se dará trámite a solicitudes que ingresen por algún otro medio (Circular 63-09 de la Secretaría General de la Corte).

NOTAS IMPORTANTES:

v Por tratarse de un concurso de antecedentes, no se realizarán exámenes ni se confeccionarán promedios, por lo cual las personas serán seleccionadas a través de una nómina. (Acuerdos del Consejo Superior, sesiones Nº 06-09 del 22 de enero de 2009, artículo XXXII, Nº 31-09 del 31 de marzo 2009, artículo LII y 108-09 del 1º de diciembre de 2009, artículo XCI).

v Al momento de confeccionar la nómina respectiva, la Sección de Reclutamiento y Selección incorporará dentro de las “observaciones”, el nombre de la persona que ha ocupado la plaza vacante en forma continua durante el último año, en el entendido de que los únicos motivos que interrumpen tal condición son:

1)  Ascensos por cualquier periodo, y

2)  Permisos sin goce de salario.

Lo anterior únicamente para efectos de referencia, según lo establecido por el Consejo Superior en la Circular Nº 43-09, inciso a).

v Respecto al requisito de experiencia, no es necesario que solicite constancias de tiempo servido en el Poder Judicial ante el Departamento de Gestión Humana, ya que dicha información será extraída de los sistemas informáticos que para tales efectos lleva este departamento.

v Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.

v Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 Artículo XXVI, se dispuso que no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

v Por disposición de la Procuraduría General de la República, la persona que acepta someterse voluntariamente a un concurso, en el que deba prestarse servicio en un lugar distante a su domicilio legal, no le corresponde el pago de zonaje, ya que se contó con su iniciativa propia, al aceptar las condiciones y características de la ubicación geográfica del puesto.

v Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar una nómina valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Gestión Humana. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, Artículo V).

v Para consultas adicionales, puede comunicarse con Gustavo Herrera al numero 2295-4876 o con Danny Rodríguez al 2295-3193, de la Sección de Reclutamiento y Selección, (Extensiones: 4876 ó 3193), respectivamente.

Las Oficinas Administrativas se encuentran autorizadas para remitir sus notificaciones y comunicaciones mediante correo electrónico. (Artículo 45, Ley de Notificaciones Judiciales)

En atención al artículo 5º del “Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales”, se les recuerda a los Jefes, Coordinadores de Oficina o designados, su responsabilidad de imprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar a quienes no cuenten con correo electrónico o Intranet.

Periodo de inscripción:

Inicia:   24 de mayo 2010

Finaliza: 4 de junio 2010

Horario de atención al público:

7:30 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

San José, 17 de mayo del 2010.—Sección de Reclutamiento y Selección.—MBA Maritza Herrera Sánchez, Jefa.—Departamento de Gestión Humana.—MBA Francisco Arroyo Meléndez, Jefe.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010040764).

SALA PRIMERA

A la señora Georgina Sánchez Álvarez, de domicilio ignorado, se hace saber: Que en diligencias de exequátur promovidas por Enior Jiménez Mora, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia de divorcio dictada por la Corte Suprema del Estado de Nueva York, Condado de Rockland, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que represente a la señora Georgina Sánchez Álvarez. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las dieciséis horas diez minutos del veinticuatro de marzo de dos mil diez. De parte del Lic. Alberto Fernández López, se tiene por aceptado y jurado el cargo de curador que le fuera conferido y por señalado el casillero que refiere para atender futuras notificaciones de lo cual se toma nota. Con la finalidad de tener por comprobado el depósito de los honorarios del curador, se previene al promovente aportar una copia de la boleta de depósito judicial que al efecto emite la entidad bancaria. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula el señor Enior Jiménez Mora, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días a la señora Georgina Sánchez Álvarez, a quien se le previene que en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cual de ellos se utilizará como principal. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del Curador Lic. Alberto Fernández López, a quien se le recuerda acatar la prevención de indicar el número de cuenta cliente en colones en la que habrán de depositarse sus honorarios, y se le insta a pronunciarse sobre la procedencia de la homologación solicitada. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese a la señora Georgina Sánchez Álvarez la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Anabelle León Feoli, Presidenta”.—San José, 24 de marzo del 2010.—Francisco Bolaños Moreira, Notificador de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.—1 vez.—RP2010173041.—(IN2010039461).

SALA CONSTITUCIONAL

tercera PUBLICACIÓN

ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-002621-0007-CO interpuesta por Albino Hernández Altamirano para que se declare la inconstitucionalidad del actual artículo 7 y el anterior artículo 10 del Reglamento del Programa del Régimen No Contributivo de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, por estimarlos contrarios a los artículos 11, 33, 50.1, 51, 73, 74 y 177 de la Constitución Política, los artículos 22 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 16 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como a los principios de universalidad, generalidad, integridad y suficiencia de la protección, principios de razonabilidad y proporcionalidad, solidaridad y justicia social. Las normas se impugnan en cuanto establecen una prohibición de otorgar más de una pensión de este régimen dentro del mismo núcleo familiar, lo que provoca una situación discriminatoria sin justificación razonable y objetiva para los solicitantes de pensión de este programa de asistencia social que forman parte de un mismo grupo familiar. Refiere que esa prohibición vulnera los artículos 33, 50.1, 51, 73, 74 y 177 de la Constitución Política, los artículos 22 y 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, artículo 16 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ya que si en un mismo grupo familiar existen 2, 3, 4 o más personas con discapacidad o adultas mayores, en condición de pobreza extrema y alto riesgo social, y tan solo a una de ellas se le concedió una pensión del Régimen No Contributivo, entonces a las otras personas ya no se les podría otorgar el beneficio, pese a encontrarse en las mismas condiciones de invalidez o vejez, pobreza extrema y alto riesgo social. Aduce que para esto no existe ninguna justificación razonable y objetiva para que se prohíba otorgar más de una pensión del Régimen No Contributivo en un mismo grupo familiar, siempre y cuando se cumplan las condiciones reglamentarias requeridas para ello. Afirma que si existen personas dentro de un mismo núcleo familiar que poseen las condiciones de invalidez y de pobreza, se les debería otorgar la pensión a cada uno de ellos, para que así el Estado procure garantizarles una vida digna, máxime que el beneficio de pensión es individual, no grupal o familiar. La norma violenta los principios de universalidad, generalidad, integridad y suficiencia de la protección, así como los principios de razonabilidad, proporcionalidad, solidaridad y justicia social, por cuanto en materia de beneficios sociales no deben existir lineamientos reprochables y odiosos que restrinjan el número de beneficios dentro de un mismo grupo familiar, pues precisamente lo que pretendió el legislador con la creación de programas solidarios a favor de los sectores sociales más vulnerables como lo es el programa del Régimen No Contributivo de Pensiones, es brindar protección económica al mayor número posible de costarricenses y extranjeros, con problemas de discapacidad, invalidez, vejez, orfandad o indigencia, independientemente de si pertenecen o no al mismo grupo familiar. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. Asi se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 3 de mayo del 2010

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

(IN2010037984)                                                       Secretario

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las nueve horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 10-004048-0007-CO interpuesta por Juan Camilo Saldarriaga Jiménez y Matías Villagra Morales para que se declare inconstitucional el artículo 173 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica. La norma dispone: “Artículo 173. Todo estudiante universitario, sin necesidad de pertenecer a asociación alguna, tendrá el derecho de participar en las votaciones que se lleven a cabo para escoger representantes estudiantiles. Para ejercer la representación estudiantil de cualquier orden será requisito indispensable ser costarricense, estudiante regular y no ser funcionario universitari”. Los accionantes estiman que dicha disposición es contraria a los artículos 19, 25 y 33 de la Constitución Política. De conformidad con el artículo 19 de la Constitución Política, los extranjeros tienen los mismos deberes y derechos individuales y sociales que los costarricenses. La norma cuestionada, al propiciar un trato distinto entre unos y otros en lo que a puestos representativos a nivel estudiantil se refiere, no solo lesiona ese derecho sino también el principio de igualdad. Asimismo, al exigir la norma impugnada la nacionalidad costarricense para ejercer la representación estudiantil de cualquier orden, infringe simultáneamente la libertad de asociación y el principio democrático. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación del procedimiento correspondiente, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese.

San José, 05 de mayo del 2010.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2010037985)                                                             Secretario

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones de habitación familiar y limitaciones de las leyes 7052 y 7208 del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda; a las diez horas con treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil diez, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº ciento nueve mil trescientos ochenta y uno-cero cero cero (109381-000) la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito San Francisco, cantón Cartago, provincia Cartago. Colinda: al norte noreste, Armando Monge Vega; al sur noroeste, Edwin Salazar Porras; al este sureste, calle pública con siete metros con ochenta y cinco centímetros y al oeste suroeste, Manuel Granados Masís. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del once de agosto del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil diez con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Sofía Ramírez Guillen. Expediente Nº 10-001789-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de abril del 2010.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—RP2010173183.—(IN2010040009).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando demanda ordinaria citas 2009-00037899-01-0001-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diez, y con la base de cuarenta y dos millones  de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 028646-000 la cual es terreno de tacotal con una casa. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; Juan Carlos Gutiérrez Blanco, Aider Moreno Navarro, Artemida Blanco Blanco y Fausto Edwin Díaz Enriquez; al sur, Omar Vargas Delgado y calle pública; al este, Artemida Blanco Blanco y Fausto Edwin Díaz Enriquez; y al oeste, calle pública, Aider Moreno Navarro y Omar Vargas Delgado. Mide: cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de julio del dos mil diez, con la base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil diez con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Jiménez y otros contra Ricardo Manuel Vargas Mejía. Expediente Nº 08-026239-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del año 2010.—Lic. Eillen Chávez Mora, Jueza—RP2010173185.—(IN2010040010).

A las ocho horas treinta minutos del treinta de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de las oficinas que ocupan este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, con la base de dos millones seiscientos nueve mil colones, sáquese a remate el bien pignorado, sea el vehículo placas seis ocho uno siete seis seis, (681766) marca Honda, Estilo Civil Cx, categoría: automóvil, carrocería: Sedán dos puertas, capacidad: cinco pasajeros, color: negro, chasis, vin y serie número: uno HGEJ ocho uno cuatro dos WL cero cero cero cinco seis dos, motor número: D uno seis y ocho tres cinco cero uno uno, combustible: gasolina, cilindros: cuatro, tracción: sencilla, cilindrada: mil seiscientos centímetros cúbicos. (Primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de agosto del dos mil diez, con la base de un millón novecientos cincuenta y seis mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil diez, con la base de seiscientos cincuenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos, (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso de ejecución prendaria 10-000151-0504-CI de Inversiones González Vargas de San José José S. A. contra sucesión de Wayner Ariel Torres Avendaño.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 23 de abril del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—RP2010173187.—(IN2010040011).

A las trece horas quince minutos del primero de julio del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones y con la base de diez millones de colones, remataré el vehículo placas CL 213616, marca: Hyundai, estilo: HD65, capacidad: 3 personas, año: 2006, color: blanco, tracción: 4x2, chasis: KMFVA17LP6C031955, carrocería: ganadero, motor: D4AL5267636. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de siete millones quinientos mil colones, se señalan las: trece horas quince minutos del veintidós de julio de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento dé la base original, sea la base de dos millones quinientos mil colones, se señalan las trece horas quince minutos del seis de agosto de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100148-0297 Cl, que es ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Danny Daniel Rodríguez Esquivel.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 3 de noviembre del 2009.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010173195.—(IN2010040012).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas y cero minutos del dieciocho de junio del año 2010, y con la base de veinticinco millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 447910-000 la cual es terreno para construir lote 1. Situada el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, resto de Banco Improsa S. A.; al este, Banco Improsa S. A. y al oeste, calle pública. Mide: mil setenta y tres metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil diez, con la base de diecinueve millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de julio del 2010 con la base de seis millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Adrián Castillo Mc Gregor. Expediente Nº 09-021712-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de abril del año 2010.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—RP2010173198.—(IN2010040013).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas del cuatro de agosto del dos mil diez, y con la base de dieciocho mil trescientos treinta y siete unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 517826-000 la cual es terreno para construir bloque C-lote Nº C 33. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública; al noroeste, casa número 34 C urbanización Girasol; al sureste, casa numero 32 C urbanización Girasol y al suroeste, INVU patio de casa. Mide: ciento veintiún metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del diecinueve de agosto del dos mil diez, con la base de trece mil setecientos cincuenta y dos con setenta y cinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del tres de setiembre del dos mil diez con la base de cuatro mil quinientos ochenta y cuatro con veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristina Quesada Mora, Olga Yanira Mora Retana, Volney Ricardo Fallas Porras. Expediente Nº 09-932796-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 7 de abril del año 2010.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2010173212.—(IN2010040014).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de julio de dos mil diez, y con la base de dieciocho mil doscientos sesenta y cinco dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 730588, marca Hyundai, año 2008, vin KMHJM81VP8U787325, cilindrada 2000 cc color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil diez, con la base de trece mil seiscientos noventa y nueve dólares con veintisiete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan, las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de agosto de dos mil diez con la base de cuatro mil quinientos sesenta y seis dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Paúl Leonardo Pérez Marquina. Expediente Nº 10-000669-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010173287.—(IN2010040015).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de julio de dos mil diez, y con la base de diez mil trescientos treinta y nueve dólares con ochenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 716979, marca Chevrolet, año 2008, vin KL1TD51Y88B100017, cilindrada 1500 cc, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de agosto del dos mil diez, con la base de siete mil setecientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil diez con la base de dos mil quinientos ochenta y cuatro dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en7 la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Julio César Rodríguez Chaves. Expediente 10-000670-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de abril del año 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010173288.—(IN2010040016).

En la Puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones a las nueve horas del cinco de julio del dos mil diez, y con la base de quinientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº CL-123959, marca Nissan, año 1986, vin no se indica, cilindrada 2389 cc, color blanco, categoría carga liviana, combustible gasolina, capacidad 2 personas, motor Z24677725. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil diez, con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del doce de agosto del dos mil diez con la base de ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Arturo Arana García contra Jeannette García Ramírez, Manuel Esteban Jiménez Sánchez. Expediente 09-002696-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de mayo del año 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—RP2010173340.—(IN2010040017).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil diez, y con la base de siete millones doscientos dieciséis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 692771, marca Honda, año 1994, vin JHMEG8559RS018355, cilindrada 1500 cc, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil diez, con la base de cinco millones cuatrocientos doce mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diez con la base de un millón ochocientos cuatro mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Corporación Hermanas G.G de Curridabat S. A. contra Mario Enrique Rodríguez Madrigal. Expediente Nº 10-000208-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de abril del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010173343.—(IN2010040018).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; soportando medianería, reservas, restricciones y sin más gravámenes; a las trece horas treinta minutos del once de junio del año dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 21822-001 y 002 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 89; al sur, acera 1 no; al este, lote 112, y al oeste, lote 114. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del dos de julio del año dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de julio del año dos mil diez con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Crooks Thompson contra Gerardo Morales Correra, Jeffry Morales Valverde. Expediente Nº 09-000513-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de marzo del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010170865.—(IN2010036900).

En la puerta exterior de este despacho a las ocho horas treinta minutos del primero de julio de dos mil diez libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento setenta y seis millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta mil ciento cincuenta y uno-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Desamparados cantón tercero Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y otros; al sur, Juan Bautista y Filomena Fernández; al este, Alberto Alfonso Bravo, y al oeste, Betina Monge Morales. Mide: mil ciento ochenta y seis metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil diez, con la base de ciento treinta y dos millones doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diez con la base de cuarenta y cuatro millones setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Grupo JMG Sito & Asociados Sociedad Anónima, Luis Ángel Matamoros Arroyo. Expediente Nº 10-000121-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 23 de abril del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010170912.—(IN2010036901).

A las ocho horas treinta minutos del diez de junio del dos mil diez, con una base de tres millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos siete colones con sesenta y un céntimos el primer remate. A las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diez, el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de dos millones quinientos noventa y un mil setecientos cinco colones con setenta y un céntimos. Y a las ocho horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de ochocientos sesenta y tres mil novecientos un colones con noventa céntimos, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, Partido de Limón, matrícula número cero cero cero cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y uno-cero cero cero, de naturaleza terreno para construir lote 59-C. Está situada en el distrito y cantón primeros de la Provincia de Limón. Linda al norte con alameda 42 norte, sur, este y oeste con el Instituto Mixto de Ayuda Social. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en Ejecución Hipotecaria número 10-000094-0678-CI-3 establecida por Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin Brown Pomier y otro.—Juzgado Civil de Mayor, 22 de abril del 2010.—Lic. Jorge Quirós Jiménez, Juez.—RP2010172078.—(IN2010039471).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, prohibiciones y dos demandadas ordinarias inscritas al tomo 2009, asiento 00077924 y al tomo 2009, asiento 00114312; a las catorce horas del veintiséis de julio del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00069496-000, la cual es terreno con un taller mecánico. Situada en el distrito primero, Siquirres, cantón tercero, Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con un frente de 40 metros 64 centímetros; al sur calle pública y Claudio Carr Carr, ambos en parte; al este Claudio Carr Carr y al oeste calle pública con un frente de 57 metros 24 centímetros. Mide: mil quinientos sesenta y dos metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del once de agosto del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintiséis de agosto del dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Leslie Arnoldo Thomas Quirós. Expediente Nº 10-000210-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2010172108.—(IN2010039472).

A las nueve horas quince minutos del doce de agosto de 2010, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, de las formas que se dirán y con las bases que se indican, remataré las siguientes fincas del partido de Alajuela: 1º—Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de veintitrés millones de colones, la finca número 208.254-002-003-004, que es terreno con una casa sito en La Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: Manuel Villegas, al sur: Ganadera Hermanos Hidalgo Murillo S. A., al este: Rafael Gómez, y al oeste: Calle pública. Mide: Ciento noventa y dos metros con ocho decímetros cuadrados. 2º—Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de treinta y siete millones de colones, la finca número 327.357-000 que es lote 14 terreno de pastos sito en La Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: Lote 19 Agropecuaria Río Fortuna de Pilo S. A., al sur: Servidumbre de paso con 10 metros, lote 13 Agropecuaria Río Fortuna de Pilo S. A., al este: Colegio Agropecuario de La Fortuna, y al oeste: Servidumbre de paso con 5 metros y lote 15 Agropecuaria Río Fortuna de Pilo S. A. Mide: seis mil novecientos un metros con treinta y siete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones para la finca número 208.254-002-003-004, y la base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones para la finca número 327.357-000, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiséis de agosto de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones para la finca número 208.254-002-003-004, y la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones para la finca número 327.357-000, se señalan las: nueve horas quince minutos del nueve de setiembre de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 10-100343-297-CI ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Dosel Natural RMS S. A. y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 6 de mayo del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010173062.—(IN2010039473).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada tomo: 265; asiento:6733; plazo convalidación tomo: 568; asiento: 58381; a las diez horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil diez, y con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00141980-000,  la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Teresa González Mora; al sur, Juan Rafael Flores Saborío; al este, calle pública, y al oeste, Hortencia Zúñiga Saborío. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diez, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diez, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asesoría Administrativa Grupo Brilesh S. A., Industrial Alfamar S. A., Olman Alfaro Quirós contra María Teresa González Mora. Expediente Nº 09-028089-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010173094.—(IN2010039475).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas 0266-00006733-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil diez, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00172336-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Teresa González Mora; al sur, Francisco Ortiz Oreamuno; al este, calle pública y al oeste, Hortensia Zúñiga. Mide: trescientos setenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil diez, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez, con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Muan Sociedad Anónima, Rafcarm CC Sociedad Anónima Rusther MLJ Sociedad Anónima contra María Teresa González Mora. Expediente Nº 10-000291-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de abril del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010173095.—(IN2010039476).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a las catorce horas del siete de julio de dos mil diez, y con la base de sesenta millones setecientos sesenta y nueve mil novecientos setenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y nueve mil seiscientos uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero San José, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mario Araya Alfaro; al sur, Mario Quesada Núñez; al este, Quírico Quesada Porras y al oeste, calle pública con un frente de veintitrés metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Mide: seiscientos catorce metros con cuatro decímetros cuadrados, plano número A-setecientos treinta y seis mil siete-dos mil uno. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiocho de julio de dos mil diez, con la base de cuarenta y cinco millones quinientos setenta y siete mil cuatrocientos ochenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del once de agosto de dos mil diez, con la base de quince millones ciento noventa y dos mil cuatrocientos noventa y tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Ángel Alfaro Loría y Las Maravillas del Lirium S. A. Expediente Nº 09-100681-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 6 de mayo del 2010.—Lic. Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010173102.—(IN2010039477).

En la puerta exterior de este Despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando reservas y restricciones a las citas trescientos veintinueve-quince mil ochocientos veintidós, así como limitaciones de Leyes 7052, 7208 del Sistema Financiero de Vivienda a las citas cuatrocientos noventa y seis-mil seiscientos tres, la finca del partido de San José número quinientos mil novecientos treinta-cero cero cero, con las siguientes bases y en las fechas que se detallan: 1) Dos millones quinientos cincuenta mil colones remate que se celebrará a las diez horas del veintiocho de junio de dos mil diez. 2) Un millón novecientos doce mil quinientos colones (rebaja del veinticinco por ciento de ley) se señalan las diez horas del veinte de julio de dos mil diez. 3) Con la base en la suma de seiscientos treinta y siete mil quinientos colones se señalan las diez horas del cinco de agosto de dos mil diez. El inmueble se describe así: terreno para construir con una casa, situado en el distrito uno, San Isidro de El General, cantón diecinueve, Pérez Zeledón de la provincia de San José. Linda al norte, con calle pública con 20 metros 30 centímetros; al sur, con Enrique Mora Fonseca; al este, con María Isabel Leitón Monestel y al oeste, con Carlos Arroyo Pérez. Mide: quinientos sesenta y cuatro metros con veinticinco decímetros cuadrados. Posee plano Nº SJ-0462461-1998. Propiedad de Guilber Ruiz Campos. Expediente Nº 09-100220-920-CI-l de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Santo c.c. Sandra Álvarez Gómez y otro.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 27 de abril del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—RP2010173120.—(IN2010039478).

En la puerta exterior de este Despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, la finca del partido de Puntarenas número treinta y un mil setecientos setenta-cero cero cero, con las siguientes bases y en las fechas que se detallan: 1) cuatro millones de colones, remate que se celebrará a las diez horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil diez. 2) Con la base en la suma de tres millones de colones (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil diez. 3) Con la base en la suma de un millón de colones se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de julio de dos mil diez. El inmueble se describe así: terreno para agricultura, situado en el distrito tres Potrero Grande, cantón tres Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle y Enrique Alfaro; al sur, con Claudio Beita; al este, con calle y al oeste, con Marcial Blanco. Mide: quinientos sesenta y tres metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Posee plano Nº P-0325673-1978. Propiedad de Blanca Rosa Rojas Pitti. Expediente 09-100264-920-CI-l de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Johanna Rojas Méndez y otra.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 9 de abril del 2010.—Lic. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—RP2010173122.—(IN2010039479).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil diez, y con la base de doscientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 354 319 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Lorenzo, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Luis Ricardo Naranjo Blanco; al sur, calle pública; al este, Luis Ricardo Naranjo Blanco y al oeste, Hidrocal S .A. Mide: ciento noventa y seis metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil diez, con la base de ciento setenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil diez, con la base de cincuenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Elí García Padilla contra Miguel Ángel Madrigal Padilla. Expediente Nº 09-000943-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de abril del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010173126.—(IN2010039480).

A las ocho horas del diez de junio del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Asociación Solidarista de Empleados del Instituto de Desarrollo Agrario, así como prohibiciones del artículo 16 de 7599, y con la base de seis millones novecientos cincuenta y ocho mil ochocientos sesenta y cinco colones con 70/100, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento catorce mil doscientos tres guión cero cero dos y que se describe así: terreno para agricultura titulación Coto Brus lote 41-69-1, situado en el distrito tercero (Potrero Grande), cantón tercero (Buenos Aires), provincia sexta (Puntarenas), linda al norte, calle pública; sur, río Coto Brus; este, José Leiva, y oeste, Carlos Vargas y calle pública. Mide: ochenta y siete mil ciento treinta metros con doce decímetros cuadrados; cuenta con plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número P-quinientos sesenta y dos mil setecientos cuatro guión mil novecientos noventa y nueve. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinticuatro de junio del dos diez, con la base de cinco millones doscientos diecinueve mil ciento cuarenta y nueve colones con 27/100 (rebaja de un 25%); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, con la base de un millón setecientos treinta y nueve mil setecientos dieciséis colones con 43/100, (un 25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en Juicio Monitorio Nº 08-100031-441-CI de Evelio Araya Segura, contra Andrea Ríos Leiva y otra.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 7 de abril del 2010.—Lic. Eida Shirlenia Pérez Ríos, Jueza.—RP2010173152.—(IN2010039481).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 651903, marca BMW, año 1992, vin WBABF3310NEF37670, cilindrada 2500 cc, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de agosto del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Dicama S. A. contra José Ángel Segura Vargas. Expediente Nº 09-011797-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010172968.—(IN2010039482).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del treinta de junio del dos mil diez, y con la base de seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00079708-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Filadelfia, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Santos Cheves Canales; al sur, calle pública con diez metros y treinta centímetros; al este, lote 9 y al oeste, lote 7. Mide: ciento ochenta y cinco metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil diez, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mil diez, con la base de un millón quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Aho. y Créd. Serv. Múltiples Alianza R. L. contra Marisol Gutiérrez Ruiz. Expediente Nº 10-000092-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 5 de mayo del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010172935.—(IN2010039483).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las once horas y treinta minutos del primero de julio de dos mil diez y con la base de un millón setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres El Carmen, cantón uno Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote F- tres y F-cuatro; al sur, calle pública; al este, lote F-catorce y al oeste, lote F-dieciséis. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil diez, con la base de un millón doscientos setenta y cinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil diez, con la base de cuatrocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra María de los Ángeles Montoya Raabe. Expediente 09-000299-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 29 de abril del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2010172983.—(IN2010039484)

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil diez, y con la base de dieciocho mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecinueve mil trescientos treinta y dos- cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito sexto San Rafael, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Rodríguez Ledezma; al sur, Mercedes Badilla Barrantes; al este, servidumbre de paso en medio Zenen Ruiz Morales y al oeste, Municipalidad de San Ramón. Mide: ciento cuarenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de junio de dos mil diez, con la base de trece mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil diez, con la base de cuatro mil quinientos dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Elieth Vargas Vásquez contra Valles y Castillos Rojos y Azules S. A. Expediente Nº 09-000366-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 29 de abril del 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.–RP2010172712.––(IN2010039485).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las diez horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diez, y con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y dos mil ochocientos cincuenta y cuatro colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 82155-001 y 002 la cual es terreno para construir lote 4. Situada en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Adriano Mesén Bermúdez; al sur, lote 3 de Esmeralda Peraza Castro; al este, calle pública con nueve metros de frente y al oeste, lote 2 de Esmeralda Peraza Castro. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil diez, con la base de tres millones ciento ochenta y nueve mil seiscientos cuarenta y un colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, con la base de un millón sesenta y tres mil doscientos trece colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Jorge Córdoba García, Marlene Rebeca Oviedo Sibaja. Expediente Nº 10-000161-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de abril del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.–RP2010172746.––(IN2010039486).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, remataré la finca inscrita en propiedad, partido de San José, Sistema de Folio Real matrícula número doscientos setenta mil trescientos sesenta y dos- cero cero cero; que es terreno para construir con una casa, situado en distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve de la provincia de San José. Lindantes: norte; sur y este, Salomón Zelckowis Rosemberg y oeste, calle pública con diez metros tres centímetros. Mide: cuatrocientos ocho metros cinco decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Heriberto Robles Morera. Para el primer remate se señalan las dieciséis horas del diecisiete de junio del dos mil diez, con la base de diecisiete millones trescientos setenta y cinco mil setenta y nueve colones cinco céntimos. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, con la base de trece millones treinta y un mil trescientos nueve colones veintiocho céntimos; y para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de agosto del dos mi diez, con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y nueve colones setenta y seis céntimos. Lo anterior se remata por estar así ordenado en hipotecario Nº 10-100190-0188-CI (Interno 211-2010 R1) de Banco Nacional contra Heriberto Robles Morera.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 22 de abril del 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.–RP2010172730.––(IN2010039487).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones, a las diez horas del diecisiete de junio del dos mil diez, y con la base de sesenta y siete millones cuatrocientos nueve mil novecientos ochenta y cuatro colones con treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero setenta y un mil noventa y seis- cero cero tres, cero cero cuatro, la cual es lote 345, terreno para construir, con una casa de habitación. Situada en el distrito ocho Barranca, cantón uno Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública; al sur, con IMAS; al este, con calle pública y al oeste, con calle pública. Mide: trescientos cuarenta y seis metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del primero de julio del dos mil diez, con la base de cincuenta millones cuatrocientos nueve mil novecientos ochenta y cuatro colones con treinta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintitrés de julio de dos mil diez, con la base de dieciséis millones ochocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos noventa y seis colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Sara Barrios Oporta conocida como López Barrios. Expediente Nº 10-100143-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 28 de abril del 2010.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.–RP2010172774.––(IN2010039488).

A las ocho horas quince minutos del veinticuatro de junio de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 306-2142-01-0901-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de cinco millones trescientos cincuenta y ocho mil colones, remataré las siguientes fincas: 1) Finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula Nº 438.828-000, que es terreno para construir sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte y oeste, Róger y Rodolfo González Gutiérrez y lote de Henry Oviedo Rodríguez; al sur, Róger y Rodolfo González Gutiérrez y María Guiselle Camacho Lara y al este, calle pública con un frente de 25 metros lineales. Mide: trescientos noventa y cuatro metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula Nº 456.273-000 que es terreno para construir sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente a ella de 12 metros, 50 centímetros lineales y un ancho de 7 metros lineales; al sur y este, resto de Gilberto Valladares Alfaro y Rodolfo González Gutiérrez y al oeste, Juan José Alvarado Rodríguez y lote de Henry Oviedo Rodríguez. Mide: trescientos un metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuatro millones dieciocho mil quinientos colones, se señalan las  ocho horas quince minutos del ocho de julio de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón trescientos treinta y nueve mil quinientos colones, se señalan las ocho horas quince minutos del veintinueve de julio de dos mil diez. Ambas fincas saldrán a remate con la misma base ya que la segunda finca se segregó de la primera soportando los mismos gravámenes que la finca madre. Se rematan por ordenarse así en expediente Nº 10-100101-297-CI ejecución hipotecaria del Grupo G.HER S. A. contra Gilberto Celin Valladares Alfaro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 04 de marzo del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.–RP2010172717.––(IN2010039489).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos mil diez, y con la base de cinco millones ochocientos veintisiete mil ochocientos sesenta y siete colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 94274-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Aquilino Chavarría Ruiz; al sur, calle pública con un frente de 30.51 metros lineales; al este, Miguel Ángel Rosales Acosta y al oeste, Aquilino Chavarría Ruiz. Mide: setecientos sesenta y seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del ocho de julio del dos mil diez, con la base de cuatro millones trescientos setenta mil novecientos colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintidós de julio del dos mil diez con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos sesenta y seis colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Aho. y Cred. Serv. Múltiples Alianza R. L. contra Ángel Fonseca Fonseca, Mario Alberto Fonseca Orias, Isolina Orias Toruño. Expediente 10-000107-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 26 de abril del 2010.—Lic. Allan Octavio Montero Valerio, Juez.–RP2010172934.––(IN2010039490).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de la hipoteca vencida la suma de un millón de colones, sáquese a subasta pública la finca inscrita en el Registro Publico, Sección de Bienes Inmuebles, partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y dos mil trescientos sesenta y siete- cero cero cero, que es terreno de café, sito en distrito noveno Brunka, cantón tres Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, Zenon Rojas Azofeifa; sur, Róger Rojas Blanco; este, calle pública y oeste, Róger Rojas Blanco. Mide: siete mil novecientos once metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Plano: P-969034-2004. Para el primer remate se señalan las ocho horas del veinticinco de junio del año dos mil diez. Fracasado dicho remate con la base rebajada de un veinticinco por ciento sea la suma de setecientos cincuenta mil colones a efectos de realizar el segundo remate se señala para las ocho horas del doce de julio del año dos mil diez y en caso de no existir oferentes con la base de un veinticinco por ciento de la base original sea doscientos cincuenta mil colones celébrese tercer remate al ser las ocho horas del veintisiete de julio de dos mil diez. La finca descrita pertenece a Gerardo Álvaro Saldaña Arauz. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario Nº 09-101714-0857-CI interno 1730-09-5 de Desqueber S. A. contra Gerardo Álvaro Saldaña Arauz.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, 24 de marzo del 2010.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.––RP2010172879.––(IN2010039491).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios  a las quince horas del trece de octubre del dos mil diez, y con la base de cuarenta y seis mil novecientos treinta y dos dólares con tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número seiscientos treinta y dos mil trescientos trece, marca Audi, año 2005, Vin WAUZZZ4F95N080812, cilindrada 2976 c.c, color beige, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintisiete de octubre del dos mil diez, con la base de treinta y cinco mil ciento noventa y nueve dólares con dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas del diez de noviembre del año dos mil diez con la base de once mil setecientos treinta y tres dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Corp. de Abuela Bakery Sociedad Anónima, Ligia Karina Alfaro Hidalgo. Expediente Nº 09-000926-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.––RP2010172761.––(IN2010039492).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y al ser las catorce horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil diez, y con la base de tres millones ciento nueve mil trescientos sesenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil sesenta y cuatro-triple cero,  la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 08-Barranca, cantón 01-Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Julieta Sánchez Murillo; al sur, Betina González Vargas; al este, Ceciliano Rojas Rodríguez y al oeste, calle pública con un frente a ella de diez metros y ochenta y tres centímetros. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, con la base de dos millones trescientos treinta y dos mil veinticuatro colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil diez, con la base de setecientos setenta y siete mil trescientos cuarenta y un colones con sesenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopemex R. L. contra Eric Antonio Valverde Medina. Expediente Nº 09-003490-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.–RP2010172931.––(IN2010039493).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las trece horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez, y con la base de diez mil doscientos sesenta y ocho dólares con cuarenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 606235, marca Peugeot Berlina 206 XT, año 2005, Vin VF32AKFWU5W014560, cilindrada 1360 cc, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de agosto del dos mil diez, con la base de siete mil setecientos un dólares con treinta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de dos mil quinientos sesenta y siete dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Charles Elliot Aguilar Esquivel. Expediente Nº 08-029914-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del 2010.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.––RP2010172763.––(IN2010039494).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del siete de julio del año dos mil diez, y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil cuatrocientos noventa y nueve-cero cero cero la cual es terreno de pastos lote 2. Situada en el distrito Jesús, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jardines de L sara S. A.; al sur, Jardines de L sara S. A.; al este, Jardines de L sara S. A., y al oeste, calle pública. Mide: tres mil cuatrocientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintiocho de julio del año dos mil diez, con la base de quince millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del doce de agosto del año dos mil diez con la base de cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abonos Agro S. A., contra Jardines de L’ Sara Sociedad Anónima, Proveedora de Materiales de Construcción Promaco S. Expediente Nº 09-001335-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de febrero del 2010.—Lic. Isaac Monge Segura, Juez.—RP2010172853.—(IN2010039495).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada al tomo 304-21217-01-0901-001; a las nueve horas del ocho de junio del dos mil diez, y con la base de trece millones seiscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y nueve mil cuarenta y dos cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero, cantón quinto, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Sandra Zamora Castro; al sur, con calle pública con frente de 7.89 metros; al este, con Dagoberto Méndez Redondo, y al oeste, con Randall Martínez. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintitrés de junio del dos mil diez, con la base de diez millones doscientos setenta mil ochocientos setenta y tres colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del ocho de julio del dos mil diez, con la base de tres millones cuatrocientos veintitrés mil seiscientos veinticuatro colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Xinia Mora Quesada. Expediente Nº 10-000008-0341-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 06 de abril del 2010.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—RP2010172922.—(IN2010039496).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; y al ser las quince horas y treinta minutos del trece de octubre del año dos mil diez, y con la base de doce mil novecientos once dólares con veinte centavos, moneda de curso legal de los EE.UU, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 213835, marca Toyota, año 2007, Vin 8AJCR32GX00003937, cilindrada 2494 c.c, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil diez, con la base de nueve mil seiscientos ochenta y tres dólares con cuarenta centavos, moneda de curso legal de los EE.UU (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil diez con la base de tres mil doscientos veintisiete dólares con ochenta centavos, moneda de curso legal de los EE.UU (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Eric Ureña Solís. Expediente Nº 10-000635-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de abril del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—RP2010172202.—(IN2010039497).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, y con la base de nueve mil quinientos dieciocho dólares con noventa y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 681 720 marca KIA, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2007, color negro Vin KNABA24327T409452, cilindrada **1086 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de octubre del año dos mil diez, con la base de siete mil ciento treinta y nueve dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de noviembre del año dos mil diez con la base de dos mil trescientos setenta y nueve dólares con setenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Luis Diego Montoya Molina. Expediente Nº 09-001106-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 07 de abril del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010172205.—(IN2010039498).

A las once horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado y plazo de convalidación y con la base de cinco mil ochocientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y siete mil treinta y tres-cero cero cero (397 033-000) la cual es terreno cultivado con una casa de habitación. Situada en el distrito Tambor, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 9.73 metros; al sur, Álvaro Portuguez Arroyo; al este, Teresa Mora Arrieta, y al oeste, Álvaro Portuguez Arroyo. Mide: cuatrocientos catorce metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora Jeans Internacional S. A., contra Denise Sandoval Alfaro. Expediente Nº 07-002106-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de abril del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010172291.—(IN2010039499).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y al ser las catorce horas y treinta minutos del treinta de agosto del año dos mil diez, y con la base de once millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro-triple cero la cual es terreno con una casa y tres apartamentos. Situada en el distrito, 02 San José, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada El Tigre; al sur, calle pública; al este, Francisco Alfaro Fernández, y al oeste, Francisco Alfaro Fernández. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de setiembre del año dos mil diez, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil diez con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria La Alegría RR S. A., Cultivos Agrícolas Los Olivos de Heredia S. A., contra Alba Nidia Zamora Carrillo. Expediente Nº 09-002975-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—RP2010172143.—(IN2010039500).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del primero de julio del dos mil diez, y con la base de ciento treinta y dos millones doscientos setenta y dos mil sesenta y cuatro colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula, número cuatrocientos noventa y siete mil doscientos cuarenta y uno-cero cero cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito sexto, Brasil, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marta Virginia y Jorge Martín Morales Morales; al sur, Fausto Morales Porras; al este, qQuebrada San Marcos, y al oeste, calle pública con cincuenta metros ochenta y tres centímetros lineales. Mide: siete mil metros con un decímetro cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintitrés de julio del dos mil diez, con la base de noventa y nueve millones doscientos cuatro mil cuarenta y ocho colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil diez con la base de treinta y tres millones sesenta y ocho mil dieciséis colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hans Esteban Morales Mora, MARYHANSKSR S. A. Expediente Nº 09-000761-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 19 de abril del 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2010172158.—(IN2010039501).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diez, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 207047, marca Nissan, año 1988, Vin no indicado, estilo Pathfinder, color blanco, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o Familiar, número de motor VG30113590W. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil diez con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mateo Óscar Obando Álvarez contra María Leonor Gallo Vargas. Expediente Nº 09-000734-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 07 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2010172321.—(IN2010039502).

En la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de prendarios y con la base dada por el perito sea la suma de quinientos mil colones, en el mejor postor remataré: Un vehículo marca Isuzu, modelo 1994, estilo Trooper, cilindros 06, combustible gasolina, cubicaje 3200 centímetros cúbicos, chasis número JACDH58V0R7925727, motor 202261, color rojo, capacidad cinco pasajeros, placas número 579612. Para el primer remate se señalan las nueve horas del veintiuno de julio próximo entrante (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del cuatro de agosto próximo entrante, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones, (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del dieciocho de agosto próximo entrante, con la base de ciento veinticinco mil colones (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Dotzert Robert y Dotzert Kimberly Alisen Mary. Expediente Nº 07-001508-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 21 de abril de 2010.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—RP2010172201.—(IN2010039503).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre trasladada citas 0337-00006461-01-0919-001; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del año dos mil diez, y con la base de cincuenta y ocho mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00308173-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 5; al sur, Urge S. A.; al este, Mun. de San José áreas comunales, y al oeste, Urge S. A. Mide: doscientos cincuenta y tres metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de cuarenta y tres mil setecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del año dos mil diez con la base de catorce mil quinientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S. CH. S. A., contra Cerámica Diseño e Ilusión S. A. Expediente Nº 09-016305-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010172218.—(IN2010039504).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios: a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil diez, con la base de seiscientos setenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 498568, marca Hyundai, color negro, año 1991, categoría automóvil, cilindrada 1500 c.c, Vin KMHJF31JPMU149317. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil diez, con la base de quinientos cuatro mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil diez con la base de ciento sesenta y ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alco Capital S. A., contra Alicia Chavarría Zúñiga. Expediente Nº 09-029157-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de mayo del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010172089.—(IN2010039505).

A las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil diez, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de sesenta y ocho mil cuatrocientos dólares, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de Cartago, matrícula 204961-000, que es terreno para construir lote once-A. Situada en el cantón Unión, distrito San Diego de la provincia de Cartago. Linda: al norte, con lote diez A Urbanizadora Siglo Veinte S. A.; al sur, con lote doce-A de Urbanizadora Siglo Veinte S. A.; al este, con Urbanizadora Siglo Veinte S. A., y al oeste, con calle pública con frente 7.00 metros lineales. Mide ciento cuarenta metros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario Nº 07-002035-0180-CI de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Deborah Rebeca Williams Brown.—Juzgado Primero Civil de San José, 19 de abril del 2010.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—RP2010172204.—(IN2010039506).

En la puerta exterior de este despacho; a las diez horas treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil diez, soportando reservas y restricciones según citas tres cuatro cinco-uno nueve dos dos uno-cero uno-cero nueve cero cero-cero cero uno, y con la base de cuatro millones ciento sesenta y tres mil ochocientos veintiocho colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero-cuatro nueve dos cero tres-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: con Vera Rou Arau; al sur, con Gustavo Rojas Alvarado; al este, con José Manuel Solano Martínez, y al oeste, con calle pública con 10,20 metros de frente. Mide: doscientos treinta y un metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del dos de julio del año dos mil diez, con la base de tres millones ciento veintidós mil ochocientos setenta y uno con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil diez con la base de un millón cuarenta mil novecientos cincuenta y siete colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Córdoba Tejada y Leydi Barboza Chaves. Expediente Nº 08-100150-425-2-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 27 de abril del 2010.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—RP2010172318.—(IN2010039507).

En la puerta externa de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil diez, y con la base de ocho millones ciento sesenta mil ciento veintisiete colones con treinta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero cero sesenta y tres mil ochocientos sesenta y siete-cero cero cero, la cual se describe como terreno para construir con una vivienda. Situada en el distrito primero (Quepos), cantón sexto (Aguirre), de la provincia Puntarenas. Linda: al norte, con Corporación Internacional Las Cacatúas S. A.; al sur, con Mildret Barquero Solano; al este, con William Torner Torner, y al oeste, con calle pública con frente de treinta y ocho metros con cincuenta y cuatro centímetros, mide mil trescientos cuarenta y cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del dos de julio del año dos mil diez, con la base de seis millones ciento veinte mil noventa y cinco colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil diez, con la base de dos millones cuarenta y mil treinta y un colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria, actor: Banco Nacional de Costa Rica, contra de Erick Asch Vargas en su doble condición sea personal y como representante de Servicios Turísticos Cerro Coronado S. A., y Tatiana García Varela. Expediente Nº 10-100070-0425-1-CI.—Juzgado Civil y de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, 26 de abril del 2010.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—RP2010172316.—(IN2010039508).

En la puerta externa de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diez, y con la base de treinta y un millones cuatrocientos noventa y nueve mil setecientos trece colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero cero ciento sesenta y tres mil novecientos uno-cero cero cero, el cual es terreno para construir con una casa. Situado en el distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Daniel Blanco Quesada; al sur, con Rita Blanco Quesada y Jeannette Blanco Quesada; al este, con calle pública con frente de 8,28 metros, y al oeste, con Aurelio Cerdas Vargas, quebrada en medio. Mide ochocientos treinta metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de julio del año dos mil diez, con la base de veintitrés millones seiscientos veinticuatro mil setecientos ochenta y cuatro colones con ochenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil diez, con la base de siete millones ochocientos setenta y cuatro mil novecientos veintiocho colones con veintisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria, actor: Banco Nacional de Costa Rica, contra Francisco Blanco Quesada. Expediente Nº 10-100007-0425-2-CI.—Juzgado Civil y de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, 29 de abril del 2010.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—RP2010172317.—(IN2010039509).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones visibles al tomo trescientos setenta, asiento setecientos treinta y nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero nueve cero cero, subsecuencia cero cero uno y servidumbre trasladada visible al tomo trescientos setenta, asiento setecientos treinta y nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero nueve cero uno, subsecuencia cero cero uno; a las diez horas treinta minutos del catorce de junio del año dos mil diez, y con la base de ciento cincuenta mil ciento cincuenta y cinco dólares con cuarenta y tres centavos, moneda de los Estados Unidos de America, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-cero cero cero setenta y un mil ciento veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno Finca filial uno situada en el primer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito quinto Samara, cantón dos Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte área común y filial dos; al sur área común; al este área común y al oeste área común y filial dos. Mide: setenta y siete metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de junio del año dos mil diez, con la base de ciento doce mil seiscientos dieciséis dólares con cincuenta y siete centavos, moneda de los Estados Unidos de America (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiuno de julio del año dos mil diez, con la base de treinta y siete mil quinientos treinta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos, moneda de los Estados Unidos de America (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alfredo Monge Fallas, Playa San Dona S. A. Expediente Nº 10-000040-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 30 de abril del 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2010172157.—(IN201039510).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil diez, con la base de dieciséis millones trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro colones con once céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas matrícula Folio Real número setenta y tres mil trescientos ochenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir con un local comercial compuesto de galerón, bodega y dormitorio con parqueo, sito en distrito cinco Paquera, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública a Río Grande y al sur, este, y al oeste, con Ganadera El Guarial S. A. Mide ciento ochenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados, según plano P-0970943-1991. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, con la base de doce millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil diez, con la base de cuatro millones ochenta y seis mil noventa y tres colones con cincuenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario Expediente Nº 09-100782-0642-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Lidieth Luna Lizano.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 21 de abril del 2010.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—RP2010172176.—(IN2010039511).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre de paso citas 0471-00006951-01-0001-001; para ambas fincas se señala a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de octubre dedos mil diez, y para cada finca por separado la base de seis mil seiscientos sesenta y ocho dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Sección de. Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 88263-000 la cual es terreno potrero, cacao y montaña lote 41. Situada en el distrito 02 Pacuarito, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 40; al sur, lote 42; al este, quebrada, y al oeste, servidumbre con un frente 25 m 61 cm de frente y resto de servidumbre de Desarrollo O.G.L S. A. Mide: nueve mil trescientos sesenta y dos metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 85459-000 la cual es terreno lote 2 terreno de potrero. Situada en el distrito 02 Pacuarito, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Desarrollos O.G.L Sociedad Anónima; al sur, Desarrollos O.G.L Sociedad Anónima; al este, Desarrollos O.G.L Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública. Mide: cuatro mil seiscientos cuarenta y siete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, para ambas fincas se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diez, para cada finca por separado la base de cinco mil un dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta para ambas fincas se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diez para cada finca por separado la base de mil seiscientos sesenta y siete dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Multivalores I.M. S. A., contra Dennis Crephead Brown, Rosibel Centeno Barrantes. Expediente Nº 09-022343-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010172025.—(IN2010039512).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social;; a las quince horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil diez, y con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00165651-000 la cual es terreno lote diez-C terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 11-C con 20,00 metros; al sur, lote 8-C con 20,00 metros; al este, calle pública número uno con 15,00 metros, y al oeste, lotes 3-C y 4-C con 15,00 metros. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil diez, con la base de tres millones ciento ochenta y siete mil trescientos noventa y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil diez con la base de un millón sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Ricardo Madriz Mora. Expediente Nº 09-003073-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de abril del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010172004.—(IN2010039513).

En la puerta exterior de este despacho, a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de junio del año dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de siete mil quinientos setenta y un dólares con cero tres centavos en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento treinta y un mil quinientos veintidós-cero cero cero propiedad del demandado Karl Albert Willi Brandes, dicho inmueble es terreno para construir con una casa, situado en el distrito tercero (Naranjito), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con quebrada Gallega; al sur, con calle pública con seis punto treinta metros; al este, con Karl Alberto Willi Brandes, y al oeste, con Vinicio Gamboa Salazar. Mide mil novecientos noventa metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de julio del ano dos mil diez con la base de cinco mil seiscientos setenta y ocho dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las ocho horas treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diez con la base de mil ochocientos noventa y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, contra de Karl Albert Willi Brandes, Expediente Nº 10-100073-0425-4-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 20 de abril del 2010.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—RP2010171947.—(IN2010039514).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas restricciones en el mejor postor a las once horas del cinco de julio del dos mil diez, y con la base de un millón trescientos tres mil seiscientos veinticuatro colones setenta y dos céntimos, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil doscientos setenta y dos cero cero cero la cual es terreno inculto. Situada en el distrito tercero potrero cerrado, cantón sétimo Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con Enrique Masís Gómez; al sur, con Marvin Antonio Carpio Solano; al este, con camino público con 20 metros 4 centímetros, y al oeste, con Guillermo Brenes Redondo. Mide: doscientos veintitrés metros once decímetros cuadrados, para el segundo remate se señalan las once horas del veinte de julio del dos mil diez con la base de novecientos setenta y siete mil setecientos dieciocho colones cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del cuatro de agosto del dos mil diez con la base de trescientos veinticinco mil novecientos seis colones dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque de gerencia o certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Antonio Masís Gómez y José Rafael Guzmán Rivera. Expediente Nº 09-002494-0640-CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 24 de marzo del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—RP2010172043.—(IN2010039515).

En la puerta exterior de este despacho; a las quince horas del once de junio del dos mil diez, se realizará el remate, soportando servidumbre trasladada al tomo trescientos setenta y siete y asiento mil seiscientos cincuenta y tres, en el mejor postor se rematará lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, matrícula número trescientos setenta mil cuatrocientos setenta y cinco-cero cero dos, partido de San José, sita en el distrito dos, cantón tres, naturaleza: construir uno, casa bloque AF lote once. Mide: setenta y cinco metros con setenta decímetros cuadrados proporción medida. Linda: al norte, con calle pública; al sur, con INVU; al este, INVU, y al oeste, con INVU. La base del remate será la suma de la hipoteca de primer grado vencida de trescientos treinta y dos mil trescientos veinte colones netos. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veinticinco de junio del dos mil diez, con la base de doscientos cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta colones y para el tercer remate se señalan las quince horas del nueve de julio del dos mil diez, con la base de ochenta y tres mil ochenta colones, y por ordenarse así en proceso de desahucio, de Víctor Ignacio Víquez Rojas, contra María Del Rocío Fonseca Aguilar. Expediente Nº 06-100030-0237-CI (33-1-06).—Juzgado de Menor Cuantía de Desamparados, 28 de abril del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—(IN2010039636).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas 0299-00016115-01-0901-001; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil diez, y con la base de doscientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00062662-000 la cual es terreno para construir con una casa lote 59-B. Situada en el distrito 04 Cachí, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública; al sur Hda. Cachí; al este callejón de Hda. Cachí y al oeste Francisco Casasola. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil diez, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil diez con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Rojas Hernández contra Hernán Masís Leitón. Expediente Nº 10-000448-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010173158.—(IN2010040008).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil diez, y con la base de ocho millones doscientos veintitrés mil setecientos dieciocho colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL 195249, marca Ford, año 2002, Vin 1FTRX18L12KB75139, cilindrada 5400 c. c., color azul, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de julio de dos mil diez, con la base de seis millones ciento sesenta y siete mil setecientos ochenta y nueve colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil diez con la base de dos millones cincuenta y cinco mil novecientos veintinueve colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Corporación Hermanas G. G. de Curridabat S. A. contra Jairo Enrique Rodríguez Céspedes. Expediente Nº 10-000218-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010173344.—(IN2010040019).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil diez, y con la base de diez millones quinientos diecinueve mil seiscientos cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y siete-cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa lote 116. Situada en el distrito 03 Jesús, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con 20.07 m; al sur lote 115; al este alameda pública con 09.64m y al oeste lote 102 y 103. Mide: doscientos diez metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del primero de julio del año dos mil diez, con la base de siete millones ochocientos ochenta y nueve mil setecientos tres colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de julio del año dos mil diez con la base de dos millones seiscientos veintinueve mil novecientos un colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicoop R. L. contra Ángel Edén Sánchez Escalante, María Quirós Montoya. Expediente Nº 09-100737-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 26 de abril del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010173352.—(IN2010040020).

A las ocho horas y cero minutos del seis de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho; soportando gravamen hipotecario inscrito al tomo 0572, asiento 46968, secuencia 01-0001-001, por la suma de cuatro millones de colones exactos, a favor del banco Nacional de Costa Rica, y con la base de tres millones ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil novecientos ochenta y seis-cero cero cero (156986-000) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Liberia, cantón primero, Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Roberto Martínez Martínez; al sur Marlen Ortiz Ortiz; al este Selmira Rodríguez Rodríguez y al oeste calle publica, con un frente a ella de nueve metros con cuarenta y cuatro centímetros lineales. Mide: ciento veinticinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil diez, con la base de dos millones trescientos trece mil setecientos cincuenta exactos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil diez con la base de setecientos setenta y un mil doscientos cincuenta exactos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria Antares S. A. contra Marta Verónica Ortiz Ortiz. Expediente 10-000022-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 18 de marzo del 2010.—Lic. Xinia Teresa Solís Pomares, Jueza.—RP2010173356.—(IN2010040021).

A las once horas del primero de julio de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor del actor, sea la base de quince millones de colones, remataré: finca inscrita en Propiedad Partido de Guanacaste Folio Real Matrícula número 174.448-000, que es terreno de potrero sito en Bejuco de Nandayure, distrito seis del cantón nueve de la Provincia de Guanacaste. Linda al norte: Guillermo Chaves Segura, Lotes 3 y 4 en medio servidumbre agrícola a salir a calle pública, al sur: Bosque Puerto Carrillo S. A., al este: Guillermo Chaves Segura, lote 7, y al oeste: lote 9 de Juan Gerardo Lagos Lagos. Mide: Cinco mil catorce metros con diecinueve decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de once millones doscientos cincuenta mil colones, se señalan las: once horas del veintidós de julio de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones, se señalan las once horas del seis de agosto de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 10-100362-297-CI ejecución hipotecaria de Jorge Rojas Porras contra Juan Gerardo Lagos Lagos.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos; Ciudad Quesada, 30 de abril del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010173367.—(IN2010040022).

En la puerta exterior de este Despacho Judicial; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil diez y con la base de un millón quinientos setenta y siete mil doscientos ochenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número placas 461878, marca Toyota, modelo 1993, categoría automóvil, color café, vin 2T1AE04E4PC025656, cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diez, con la base de un millón ciento ochenta y dos mil novecientos sesenta y seis colones con setenta y cuatro céntimos (base rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, con la base de trescientos noventa y cuatro mil trescientos veintidós colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Daniel Marcelo Solís Argüello contra Gerardo Sanabria Fernández. Expediente Nº 10-000474-0373-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 3 de mayo del 2010.—Lic. Luis Fernando Barrantes Aguilar, Juez.—RP2010173432.—(IN2010040024).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones de leyes 7052-7208 del Sist. Financiero, y servidumbre, medianería y al ser las quince horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, y con la base de tres millones colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintisiete mil seiscientos treinta-triple cero la cual es terreno lote 136 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01- San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte acera 2; al sur lote 75 y 75; al este lote 135 y al oeste alameda primera. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del primero de octubre del año dos mil diez con la base de setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María del Pilar Obregón Montero, María Emilia Montero Artavia. Expediente 10-000181-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de abril del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—RP2010173481.—(IN2010040025).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de julio de dos mil diez, y con la base de dieciséis millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F00008030-000 la cual es terreno Condominio Patricia, casa 14 uso habitacional. Situada en el distrito 14 uso habitacional, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Consorcio Hispano Vivienda y Paz S. A.; al sur área común privativa; al este casa 15 y al oeste casa 13. Mide: setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil diez, con la base de doce millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil diez con la base de cuatro millones cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Bautista Benavides Ramírez. Expediente Nº 10-000593-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de abril del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010173488.—(IN2010040027).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del catorce de junio del año dos mil diez, y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ocho tres seis ocho ocho-cero cero cero la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito Cabo Velas, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Sidar Benedith López y Melva Benedith López; al sur Guillermo Alfaro Arias y fin de servidumbre de paso que tiene seis metros de ancho y una longitud de cincuenta y un metros con diecinueve centímetros, Irlanda Marchena Marchena, José Rodríguez Rodríguez y Elizabeth Vallejos Vallejos; Al este Mayela Leal Osando, Danny Canales Castillo, Rosa María Gutiérrez Gutiérrez, Omar Brenes Araya, Edtith Jaén López y Yamileth Álvarez Arroyo y al oeste Max López Leal, Yenny López Leal, y con un frente a servidumbre de paso de veintinueve metros y sesenta y nueve centímetros. Mide: siete mil quinientos sesenta metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintinueve de junio del año dos mil diez, con la base de quince millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del catorce de julio del año dos mil diez con la base de cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Comaco de Huacas S. A. contra Inversiones Turísticas Punta de Diamante S. A. Expediente Nº 10-000010-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 23 de abril del 2010.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza—RP2010173489.—(IN2010040028).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones; pero soportando hipoteca de primer grado y demanda penal; a las once horas del siete de julio de dos mil diez, y con la base de tres millones ochocientos sesenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, matrícula número noventa y tres mil seiscientos noventa y ocho-cero cero cero; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno San Isidro, cantón seis San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote 10; al sur lote 12; al este porción destinada a calle pública y al oeste lote 9. Mide: setecientos cuarenta y cuatro metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintiocho de julio de dos mil diez, con la base de dos millones ochocientos noventa y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del once de agosto de dos mil diez con la base de novecientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Minas Brillantes S. A. contra Edgar Gerardo López Vega. Expediente Nº 09-100687-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 5 de mayo del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010173500.—(IN2010040029).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones hipotecarias; pero soportando hipoteca de primer grado; a las nueve horas con treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil diez, y con la base de dos millones doscientos sesenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil quinientos setenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito cuarto Catedral, cantón primero San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Carmen Paniagua y Daisy Zúñiga Rivera; al sur calle pública con un frente de 6,02 metros; al este Marietta Hernández Picado, y al oeste María Quesada Solís. Mide: ciento dieciocho metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del primero de julio de dos mil diez, con la base de un millón seiscientos noventa y seis mil quinientos colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del veintidós de julio de dos mil diez, con la base de quinientos sesenta y cinco mil quinientos colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel Serrano Retana, contra Estrella Chinchilla Ramírez. Expediente Nº 09-100686-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 16 de abril del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2010173502.—(IN2010040030).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando anotación por rectificación de medidas pero libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de junio del dos mil diez, y con la base de cuatro millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticuatro mil quinientos veintinueve-cero cero cero la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Rosalina Sánchez Espinoza; al sur Juan Rafael Zamora; al este Tranquilina Sánchez y otro y al oeste Juan Zacarías y zanja en medio. Mide: mil setenta y dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del ocho de julio del dos mil diez, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del veintidós de julio del dos mil diez con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Anrame Sociedad Anónima contra Arley Ramírez Ugalde. Expediente Nº 09-002808-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 9 de diciembre del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN20100400148).

A las diecisiete horas cuarenta minutos del doce de julio del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, en el mejor postor remataré lo siguiente: una refrigeradora Mongomey Ward, modelo 46658, blanca de 32 pulgadas, con la base de treinta mil colones; dos lámparas de araña de 19 luces con la base de setenta y cinco mil colones; un estante de madera medio antiguo de 2.20 x 1.50 m con 7 divisiones y 2 gavetas con la base de treinta y siete mil quinientos colones; un fax Panasonic, gris oscuro, número 6DC-RE0246898 con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Instituto Costarricense de Turismo contra Pequeño Hotel S. A. Expediente Nº 01-001205-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de abril del 2010.—Lic. Sonia Patricia Abarca García, Jueza.—O. C. Nº 12852.—Solicitud Nº 20308.—C-23810.—(IN2010040204).

En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones de leyes 7052; 7208 del Sistema Financiero, a las quince horas del ocho de junio de dos mil diez, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y un mil doscientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno lote 51 para construir con una casa. Situada en el distrito dos Cinco Esquinas, cantón trece Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, lote 45; al este, lote 50, y al oeste, lote 52. Mide: setenta y nueve metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintidós de junio de de dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del seis de julio de dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA contra Ericka Eugenia López Batista. Expediente Nº 10-100038-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 19 de marzo del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2010173532.—(IN2010040490).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando colisiones a las once horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil diez, y con la base de setecientos ochenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas GL 108355, marca Toyota Hilux, color rojo, año 1989, carga liviana, capacidad para dos personas, combustible gasolina, cilindrada 2237 c.c. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diez, con la base de quinientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diez con la base de ciento noventa y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Luis Gerardo Valverde Valverde contra  Edgar Otárola Cambronero. Expediente 04-002578-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de marzo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010173595.—(IN2010040495).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada y embargo practicado pero libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del ocho de junio del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos tres mil ciento ochenta-cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 16 bloque f; al sur, lote 18 bloque f; al este, calle pública con seis metros cincuenta decímetros, y al oeste, lote 24 f. Mide: ciento cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del veintitrés de junio del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del siete de julio del dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Efraín Solano Ulate contra Rafael Ángel Chaves Mora. Expediente Nº 09-002703-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 09 de diciembre del 2009.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010173596.—(IN2010040496).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil diez, y con la base de novecientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y tres mil setecientos setenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito quinto Sabana Redonda, cantón octavo Póas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Seidy Rojas; al sur, Bernardo Calderón Vásquez; al este, quebrada sin nombre, y al oeste, calle pública con un frente de quince metros con cuarenta centímetros. Mide: setecientos un metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Plano catastrado: número A-trescientos cuarenta y cuatro mil ochocientos noventa y tres-mil novecientos noventa y seis. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil diez, con la base de seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil diez, con la base de doscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional contra José Santiago Rojas Rojas, Pabel Rojas Rojas, Salvadora Rojas Herrera, Siforiano Rojas Herrera. Expediente Nº 09-100380-0900-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 7 de mayo del 2010.—Lic. Edwin Vásquez Macalacad, Juez.—RP2010173699.—(IN2010040501).

En la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, a las diez horas con treinta minutos del diez de junio del dos mil diez, y con la base de ocho millones novecientos setenta y nueve mil quinientos setenta y dos colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de zona verde con una casa. Situada: en el distrito sétimo Puente de Piedra, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte; al sur, y al este, con José Guillermo Guerrero Vega, y al oeste, calle pública con 10 metros lineales de frente. Mide: ciento noventa y nueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas con treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diez, con la base de seis millones setecientos treinta y cuatro mil seiscientos setenta y nueve colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas con treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos noventa y tres colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopegrecia R.L., contra María Rosa Rivera Rivera. Expediente 10-000061-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 5 de abril del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010173713.—(IN2010040502).

En la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, a las ocho horas treinta minutos del diez de junio del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil novecientos sesenta y seis cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno con una casa y patio. Situada: en el distrito primero, cantón tres, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Waldir Rodríguez Jiménez; al sur, calle pública; al este, Waldir Rodríguez Jiménez, y al oeste, Virginia Vargas Navarro. Mide: ciento veintitrés metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de julio del dos mil diez, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carmen Fallas Saborío contra Madeleine Rodríguez Jiménez. Expediente Nº 10-000058-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 26 de marzo del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2010173716.—(IN2010040503).

A las dieciocho horas del tres de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cinco mil quinientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir una casa. Situada: en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 3 metros 19 centímetros; al sur, Edwin Alberto Acuña Martínez; al este, Transportes Linaza S. A., y al oeste, calle pública con 28 metros 99 centímetros. Mide: doscientos cincuenta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Edwin Alberto Acuña Martínez. Expediente Nº 02-000508-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 28 de abril del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—RP2010173728.—(IN2010040504).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, visibles al tomo: trescientos treinta y tres, asiento: ocho mil setecientos sesenta y uno, consecutivo: cero uno, secuencia: cero cero cero dos, subsecuencia: cero cero uno, a las diez horas treinta minutos del nueve de julio del dos mil diez, y con la base de veinticinco mil cuatrocientos unidades de desarrollo, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil trescientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, avenida primera; al sur, Fernando García García; al este, Leticia Villareal Ramírez, y al oeste, Leticia Duarte. Mide: ciento setenta y tres metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del tres de agosto del dos mil diez, con la base de diecinueve mil cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil diez, con la base de seis mil trescientos cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Felipe Soto Villarreal. Expediente Nº 10-000191-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 3 de mayo del 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2010173736.—(IN2010040505).

En la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del treinta de julio del año dos mil diez, y con la base de cincuenta y seis millones setecientos cincuenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas: siete seis tres cinco cuatro cero, marca: Mercedes Benz, estilo CLS trescientos cincuenta, modelo: CLS trescientos cincuenta, peso bruto: mil seiscientos cuatro kilogramos, capacidad cinco personas, año: dos mil ocho, color: negro, categoría: Automóvil, carrocería: Sedán cuatro puertas, número de chasis: WDD dos uno nueve tres cinco seis uno A uno dos cinco cero cinco dos, motor: Mercedes Benz, número: dos siete dos nueve seis cuatro tres cero siete seis dos cuatro nueve ocho, tracción sencilla, cilindrada: tres mil cuatrocientos noventa y ocho centímetros cúbicos, cilindros: seis, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil diez, con la base de cuarenta y dos millones quinientos sesenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil diez con la base de catorce millones ciento ochenta y ocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Vivian Keith Aguilar. Exp. Nº 09-005051-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 5 de mayo del 2010.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—(IN2010040610).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil diez, y con la base de 4.500.000,00, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 702492, marca Suzuki, categoría Automóvil chasis JS3TD62V5X4113797, año 1999, color dorado, cilindraje 2500 cc. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil diez, con la base de 3.375.000,00 (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil diez con la base de 1.125.000,00 (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Soluciones Hipotecarias Alvi Dieciocho S. A., contra Iliana María Carrillo Carrillo. Exp. Nº 10-000099-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de mayo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010040715).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y reservas y restricciones; a las quince horas treinta minutos del siete de junio del dos mil diez, y con la base de veintinueve millones setecientos setenta y un mil seiscientos ocho colones con dieciséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº doscientos noventa mil quinientos setenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 5-a. Situada en el distrito San Antonio, cantón uno Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 6 A; al sur, lote 4 A; al este, Noé Morera Barquero; y al oeste, calle pública con un frente de 9 metros. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil diez, con la base de veintidós millones trescientos veintiocho mil setecientos seis colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil diez con la base de siete millones cuatrocientos cuarenta y dos mil novecientos dos colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Gerardo Mesén Castro. Expediente Nº 09-000297-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del año 2009.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2010041235).

A las ocho horas treinta minutos del siete de junio de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de doscientos trece mil trescientos treinta y tres dólares americanos con treinta y tres centavos de dólar, sáquese a remate: inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil doscientos cincuenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir, situada en el, distrito cuarto Los Ángeles, cantón cinco San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: norte, calle pública con frente de ocho metros; al sur, lote 25 F; este, lote 20 F B; y al oeste, lote 21 F. Mide seiscientos cincuenta y seis metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado H-cero cuatro seis seis nueve cero cero cero-mil novecientos noventa y ocho. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil diez, con la base de ciento sesenta mil dólares americanos (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil diez con la base de cincuenta y tres mil trescientos treinta y tres dolares americanos con treinta y tres centavos de dólar (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100036-0197-CI de 3-101-468955 S. A., contra Francini Calderón Lobo.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 16 de marzo del 2010.—Msc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—(IN2010041259).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rosa Amelia Espinoza Matarrita, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del primero de julio del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-100076-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 23 de abril del año 2010.—Lic. Allan Octavio Montero Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2010040839).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Claudio Escobar Mora, mayor, casado, mecánico, cédula de identidad uno-doscientos ochenta-seiscientos noventa y seis, vecino de San Sebastián, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de ese término, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 10-100021-0250-CI (26-C-10).—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de San Sebastián, 22 de abril del 2010.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—RP2010172071.—(IN2010039537).

Que por solicitud en mi notaría: proceso sucesorio notarial número 02-2009, se inició proceso sucesorio notarial AB intestato del señor: Néstor Guido Zamora Esquivel, cédula de identidad 4-100-913, bajo el expediente Nº 02-2009, se cita a herederos, legatarios, acreedores, o cualquier interesado hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de su publicación a la siguiente dirección: San José, calle 17, avenidas 2 y 4, sobre Boulevard Ricardo Jiménez Oreamuno, casa 233, en la notaría del Lic. Andrés González López, con un horario de atención de 8:00 a.m., a 11:00 a.m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.—San José, 29 de diciembre del 2009.—Lic. Andrés González López, Notario.—1 vez.—RP2010172112.—(IN2010039538).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Arturo Navarrete Meneses, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Moravia, portador de la cédula de identidad número 7-081-583. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir, de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000194-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de abril del año 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2010172186.—(IN2010039539).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de Olman Humberto Boza Quesada, quien en vida fuera mayor, casado una vez, vecino de San Diego de la Unión, Cartago, de la Plaza de Deportes, seiscientos metros al sur y cien al este, Calle Mesén, de oficios chofer de bus, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos trece-setecientos siete, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la única publicación de este edicto, se apersonen en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número cero uno-dos mil diez, notaría Hidalgo Segura Yamileth, ubicada en avenida treinta, calle siete, frente a Editorama.—San José, dieciséis de abril de dos mil diez.—Lic. Yamileth Hidalgo Segura, Notaria.—1 vez.—RP2010172206.—(IN2010039541).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión acumulada de Santos José Solano Solano, quien fue mayor, costarricense, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número cinco-cero cero treinta y cuatro-novecientos noventa y nueve, y Juana Martínez Martínez, quien fue mayor, costarricense, viuda, ejecutiva del hogar, cédula de identidad número ocho-cero cero treinta y nueve-cero setecientos noventa y ocho, ambos vecinos de Aguirre, de la sucursal del seguro 25 metros al sur, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100076-0425-2-CI, sucesorio acumulado de Santos José Solano Solano y Juana Martínez Martínez, Albacea Provisional José Manuel Solano Martínez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 4 de mayo del 2010.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—RP2010172310.—(IN2010039542).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan De Dios Delgado Soto, quien fuera mayor, casado, comerciante, vecino de Alajuelita, portador de la cédula de identidad nueve-cero dieciocho-doscientos cuarenta y ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100006-0216.—Juzgado Civil de Hatillo, veintidós de marzo del dos mil diez.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—RP2010172312.—(IN2010039543).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue Manuela Quirós Villalobos, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número uno-ciento noventa y nueve-seis mil novecientos sesenta y cuatro, vecina de Escazú del Banco Nacional, cien metros oeste y veinticinco metros al sur, quien falleció el día veinte de octubre de mil novecientos noventa, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0003-2010. Notaría Pública ubicada en Escazú Centro, costado noreste de la Iglesia Católica cincuenta metros este, Edificio La Fe, segunda planta, fax 2228-0019.—San José, Escazú, 7 de mayo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010172306.—(IN2010039544).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Luis Madrigal Salazar, mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad número uno- ciento catorce-mil novecientos cuarenta y tres, vecino de Escazú, Santa Teresita, del Salón Comunal, doscientos cincuenta metros al este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010. Notaría Pública ubicada en Escazú Centro, costado noreste de la Iglesia Católica cincuenta metros este, Edificio La Fe, segunda planta.—San José, Escazú, 3 de mayo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010172307.—(IN2010039545).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue: Isabel Casimira Quirós Villalobos, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número uno-cero cincuenta y ocho-seis mil cuarenta y cinco, vecina de Escazú, del Banco Nacional cien metros oeste y veinticinco metros al sur, quien falleció el día quince de setiembre del año mil novecientos noventa y dos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2010. Notaría Pública ubicada en Escazú centro, costado noreste de la Iglesia Católica, cincuenta metros este, Edificio La Fe, segunda planta, fax 2228-0019.—San José, Escazú 7 de mayo del 2010.—Lic. Carlos Manuel Segura Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010172308.—(IN2010039546).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Manuel Sánchez Hernández, quien fuera mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de San Rafael de Heredia, cédula 4-052-496. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002327-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de marzo del año 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—RP2010172304.—(IN2010039547).

Avisos

Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José a las nueve horas del dieciséis de diciembre del dos mil nueve. Siendo esta la hora y fecha señalada para llevar a cabo la junta extraordinaria solamente están presentes, el Lic. Jorge Figueroa Vásquez, con carné Nº 7685, y el accionista Alberto Góngora Rohde con cédula de identidad Nº 8-050-816, en el acto el señor Alberto Góngora Rohde: solicita al juzgado y éste y en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Final S. A., quien a su vez es la dueña del 50% del capital social de la sociedad denominada Volgo S. A., a fin de que dicha sociedad se disuelva y se proceda a su liquidación de ley conforme al Código de Comercio, y en su momento procesal oportuno, se proceda a la venta judicial del inmueble propiedad de Volgo S. A., y a fin de que se cancelen honorarios de abogado y del ingeniero en ese mismo sentido se nombre perito a fin de valorar el inmueble de cita. Es todo leída el acta la ratifican y firman.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José.—MSc. Ricardo Álvarez Torres, Juez.—(IN2010038394).

3 v. 2.

A quien interese, se hace saber que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Alvaro Fernández Ángulo contra María Aurora Rojas Cedeño, La Caja Costarricense de Seguro Social y Cristian De Jesús Rojas Alvarado. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare: a) el reconocimiento de la unión de hecho del actor y la demandada (María Aurora Rojas Cedeño) por más de dieciséis años, b) que el actor adquiere el derecho de recibir la devolución de los bienes que introdujo dentro del término de la sociedad de hecho por la unión de hecho, c) que se declare nula la donación de la finca del partido de Cartago, matrícula Nº 91.782-000, que el señor Alvaro Fernández Ángulo le hiciera a la señora María Aurora Rojas Cedeño por haber incurrido la señora Rojas Cedeño en manipulación y en ofensas graves en contra de Fernández Ángulo y que este es el legítimo dueño de dicha finca, o si por haberla traspasado, se pague a Fernández Ángulo el precio de la misma, d) que se declare que el actor tiene derecho a la mitad de la finca del partido de Cartago Nº 055451-000, que se adquirió dentro de la sociedad de hecho por la unión de hecho que tenía la demandada (María Aurora Rojas Cedeño) y el actor. Que se le pague al actor las mejoras que le hizo el actor a la casa por el valor de ¢3.5000.00, e) que son ambas costas a cargo de la demandada. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-001544-0640-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 8 de marzo del año 2010.—Lic. Siria Carmona Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2010040838).

Edictos en lo Penal

Lic. Jenny Aguilar Brenes, Fiscal Auxiliar de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público, a los señores Douglas Antonio Pérez Romero, nicaragüense indocumentado y Alberto José Obando Hurtado, pasaporte C1538426, le hace saber: que en el legajo de Acción Civil Resarcitoria, número 08-002745-0648-PE, en perjuicio de Yensy Pamela Aguilar Vargas y otro contra Douglas Antonio Pérez Romero y Alberto José Obando Hurtado, por el delito de Agresión con Armas, se han dictado los autos que literalmente dicen: Notificación por edicto: Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público; San José, a las ocho horas cuatro minutos del diez de mayo de dos mil diez. Siendo que en la causa penal 08-002745-0648-PE seguida por Agresión con Armas en perjuicio de Yensy Pamela Aguilar Vargas y otro contra Douglas Antonio Pérez Romero y Alberto José Obando Hurtado, se ha formulado la Acción Civil Resarcitoria, donde al demandado civil Douglas Antonio Pérez Romero y Alberto José Obando Hurtado, a quien pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarle de ella, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Lic. Jenny Aguilar Brenes, Fiscal Auxiliar de la Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Publico. Traslado de Acción Civil Resarcitoria. Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público; San José, a las ocho horas cuatro minutos del diez de mayo de dos mil diez. De conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal se da traslado al codemandado civil del contenido de la Acción Civil que ejerce el ofendido y actor civil. Causa: 08-002745-0648-PE. Por: Agresión con Armas.—Unidad de Trámite Rápido del Ministerio Público.—Lic. Jenny Aguilar Brenes.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010040615).