BOLETÍN JUDICIAL Nº 118 DEL 18 DE JUNIO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.. 1

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL. 1

SALA CONSTITUCIONAL. 2

JUZGADO NOTARIAL. 2

TRIBUNALES DE TRABAJO.. 2

Remates. 2

Causahabientes. 2

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL. 2

Remates. 2

Convocatorias. 2

Títulos Supletorios. 2

Citaciones. 2

Avisos. 2

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones del 2001 al 2007, expedientes civiles del 2002 al 2004 y expedientes laborales del 1997 al 2007 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Escazú. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Civil Varios:

Remesa:            C 66 S 01

Expedientes:      108

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Civil Varios (Desahucio 78, Matrimonio 4, Consignación de Alquiler 22, Fijación de Alquiler 4).

Remesa:            C 68 S 02

Expedientes:      118

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Civil Varios (Desahucio 78, Prevención de Desalojo 2, Consignación de Alquiler 32, Fijación de Alquiler 6).

Remesa:            C 63 S 03

Expedientes:      92

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Civil Varios (Desahucio 58, Prevención de Desalojo 1, Consignación de Alquiler 27, Ejecutivo Prendario 1, Matrimonio Civil 5).

Remesa:            C 10 S 04

Expedientes:      110

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Civil Varios (Desahucio 74, Prevención de Desalojo 1, Consignación de Alquiler 27, Ejecutivo Prendario 4, Matrimonio Civil 4).

Laboral Varios:

Remesa:            L 25 S 97

Expedientes:      76

Paquetes:           2

Año:                   1997

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 4, Prestaciones Legales 9, Ordinario Laboral 63.)

Remesa:            L 18 S 98

Expedientes:      96

Paquetes:           2

Año:                   1998

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 21, Prestaciones Legales 15, Ordinario Laboral 60.)

Remesa:            L 15 S 99

Expedientes:      62

Paquetes:           2

Año:                   1999

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 21, Prestaciones Legales 6, Ordinarios Laboral 35.)

Remesa:            L 9 S 00

Expedientes:      15

Paquetes:           1

Año:                   2000

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 7, Prestaciones Legales 8.)

Remesa:            L 10 S 01

Expedientes:      10

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 5, Prestaciones Legales 5.)

Remesa:            L 10 S 02

Expedientes:      10

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Laboral Varios (Prestaciones Legales 10.)

Remesa:            L 9 S 03

Expedientes:      11

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 5, Prestaciones Legales 6.)

Remesa:            L 8 S 04

Expedientes:      6

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 2, Prestaciones Legales 4.)

Remesa:            L 7 S 05

Expedientes:      21

Paquetes:           1

Año:                   2005

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 7, Prestaciones Legales 14.)

Remesa:            L 6 S 06

Expedientes:      95

Paquetes:           1

Año:                   2006

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 87, Prestaciones Legales 8.)

Remesa:            L 1 S 07

Expedientes:      73

Paquetes:           2

Año:                   2007

Asunto:              Laboral Varios (Infracción a la Ley de Trabajo 66, Prestaciones Legales 7.)

Faltas y Contravenciones:

Remesa:            G 48 S 01

Expedientes:      690

Paquetes:           4

Año:                   2001

Asunto:              Contravenciones con sentencias absolutorias firmes y está archivado.

Remesa:            G 51 S 02

Expedientes:      588

Paquetes:           4

Año:                   2002

Asunto:              Contravenciones con sentencias absolutorias firmes y está archivado.

Remesa:            G 38 S 03

Expedientes:      630

Paquetes:           5

Año:                   2003

Asunto:              Contravenciones con sentencias absolutorias firmes y están archivados

Remesa:            G 32 S 04

Expedientes:      726

Paquetes:           6

Año:                   2004

Asunto:              Contravenciones con sentencias absolutorias firmes  y están archivados.

Remesa:            G 25 S 05

Expedientes:      686

Paquetes:           6

Año:                   2005

Asunto:              Contravenciones., con sentencias absolutorias firmes y están archivados

Remesa:            G 10 S 06

Expedientes:      678

Paquetes:           6

Año:                   2006

Asunto:              Contravenciones con sentencias absolutorias firmes y están archivados

Remesa:            G 4 S 07

Expedientes:      608

Paquetes:           6

Año:                   2007

Asunto:              Contravenciones con sentencias absolutorias firmes y están archivados

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010.

                                                                       Alfredo Jones León

(Exonerado).—(IN2010043415)                                 Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007 celebrada el 06 de agosto de 2007, articulo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 66-2007 celebrada el 06 de septiembre de 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa, Expedientes Policiales y de Denuncias del año 1999 al 2002 de la Delegación Regional de Osa, OIJ. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      O 9 P 99

Paquetes:      322

Ampos:        10

Año:             1999-2002

Asunto:        Documentación Administrativa: 3 paquetes con 54 Expedientes Policiales de 1999. 4 paquetes con 150 Expedientes de denuncias de 2000. 2 ampos (1 Circulares, 1 Correspondencia) de 2000. 15 paquetes con 355 Expedientes de denuncias de 2001. 6 ampos (2 Correspondencia, 1 Circulares, 1 Entrada de mercadería, 1 Tener a la orden, 1 Registro de detención) de 2001. 2 ampos (1 Correspondencia, 1 Circulares) de 2002.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010

                                                                 Lic. Alfredo Jones León

(Exonerado).—(IN2010043416)                              Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II,  aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1976 al 2008 del Archivo del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Juzgado de Tránsito:

Remesa:      20322

Libros:          27

Agendas:       9

Ampos:        123

Paquetes:      2

Año:             1976 a 2008

Asunto:        Documentación Administrativa: 3 Libros de conocimientos (1 del 2002, 1 del 2003 y 1 del  2005). 2 Libros de Multas fijas (1 de 1994 y 1 de 1995). 3 Libros de Ingresos (1 del 2002 al 2003, 1 del  2003 y 1 del 2003 al 2004). 3 Libros de Conocimientos (1 del 2003, 1 del 2002 y 1 del 2005). 5 Libros de Imputados y Lista de Documentos a Entregar (1 del 1993, 1 del 1995, 2 del 2005, 1 del 2005 al 2006). 5 Libros de entradas de Colisiones (1 del 1989 al 1993, 2 1993 al 1994, 1 1993-19994 y 1 del 1994). 1 Libro de Escritos del año 2006.

2 Libro de Actas uno del 2000 y uno del 2005-2006. 1 Libro de Ingresos de Otros Despachos de los años 1998 al 2002. 1 Libro de Control de Expedientes Pasados a Sistema del año 2003. 1 Libro de Control de Copias del año 2001. 1 Paquete con 7 Formularios de Solicitud Oficial Fotocopias (5 del año 2005 y 2 del 2006). 9 Agendas Judiciales (1 del año 2003, 1 del 2005, 1 del 2006 y 6 del 2007). 1 Paquete con 24 Revistas Judiciales años 1987 al 2005. 1 Ampo Circulares de los años 2006-2007. 3 Ampos Conductores Reincidentes, uno del 2005, uno del 2006, uno del 2007.

1 Ampo Consecutivos Colisiones, uno del año 2003. 5 Ampos Control de Boletas, tres del 2005, uno 2007 y uno del 2006. 7 Ampos Correo Certificado, uno del 2000, uno del 2001, uno del 2002, uno del 2003, uno del 2004, uno del 2005 y uno del 2007. 2 Ampos de Apelaciones, del año 2005. 1 Ampo de Control de Manifestación y Trámites, del año 2007. 4 Ampos de Correos Electrónico, dos del 2006 y dos del 2007. 6 Ampos de Oficios Administrativos, uno del 2004, tres del 2006 y dos del 2007. 2 Ampos Declaración, uno del 2006 y uno del 2007.

4 Ampos Devoluciones, tres del 2007 y uno del 2008. 2 Ampos Edictos, uno del 2007 y uno del 2009. 1 Ampo Envío a Copias y Archivo, uno del año 2007. 3 Ampos Escritos, uno de 2006 y dos del 2007. 5 Ampos Escritos No Agregados, uno del 2002, uno del 2003, uno del 2005 y dos del 2006. 3 Ampo Fax Enviados, uno del 2004, uno del 2006 y uno 2007. 1 Ampo Gravámenes, uno del 2002. 1 Ampo de Oficios de Incapacidades uno del año 2003. 2 Ampos Levantamiento Microfilm, dos del año 2004. 1 Ampo Levantamientos de Gravámenes, uno del 2006.

2 Ampos Listado Consecutivo de Infracciones, dos del año 2003. 3 Ampos Listados, tres del año 2007. 2 Ampos Notificación Art. 160 por Edicto, uno del 2005 y uno del 2006. 1 Ampo Oficios Recibidos, uno del año 2007. 2 Ampos Pizarra Informativa, uno del 2003 y uno del año 2006. 1 Ampo Proveeduría y Manifestación, uno del año 2007. 1 Ampo Reportes de Boleta de Citación, uno del año 1997. 14 Ampos Telegramas, uno del 2003 – 2004, tres del 2005, cinco del 2006, uno del 2007, dos del 2007 – 2008, dos del 2008. 5 Ampos de control de fallo de los licenciados, dos del 2006-2007 y tres del 2007.

1 Ampo de Archivos de Documentos que no Aparece Expediente, uno del año 2007. 1 Ampo de Asuntos de Tránsito, del año 1976. 4 Ampos de Control de Manifestación, tres del 2006 y uno del 2008. 1 Ampo Control Entrega de Expedientes, uno del año 2007. 1 Ampo de Copias, uno del año 2007. 1 Ampo de Copias Personales, uno del año 2008. 1 Ampo de Documentos Archivados Pizarra Informativa, del año 2007. 1 Ampo de Fotocopiado, uno del año 2006. 2 Ampos de Informes laborales y asistentes de juicio, dos del 2007. 1 Ampo de Control de Levantamientos, uno del año 2006.

1 Ampo de Entradas Infracciones, uno del año 1197 y uno del 1998. 1 Ampo de Control  de Infracciones, uno del año 1995. 2 Ampos de Control de Multas Fijas, uno del 1994 y uno del 1996. 1 Ampo de Lista de exp. Enviados de la Alcaldía de Faltas, del año 1993. 4 Ampos de Lista de Notificaciones, cuatro del año 2008. 1 Ampo de Listado Entregado por la OCN, uno del año 2007. 2 Ampos de Órdenes de Entrega de Placas, dos del año 2008. 7 Ampos Registro de Asistencia uno del 2000, uno del 2001, uno del 2002, uno del 2003, uno del 2004, uno del 2005 y uno del 2006. 2 Ampos Solicitud de Expedientes al Archivo, dos del año 2006. 1 Ampo de Solicitud de Requisiciones, uno del año 2006. 1 Ampo de Control de Trámite, uno del año 2006.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010.

                                                                 Lic. Alfredo Jones León

(IN2010043779).                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II,  aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1937 al 2008 del Juzgado de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      20344

Libros:         35

Agendas:      4

Ampos:        6

Cajas:           12

Año:             1937-2008

Asunto:        Documentación Administrativa: 12 Libros de Contabilidad de 1983-1997, 7 Libros de Control de Correspondencia Certificada de 1996-2006, 5 Libros de conocimiento de 1937-2004, 7 Libros de control de Comisiones recibidas de 1989-2007, 4 Libros de entradas de 1967-1998, 4 Agendas de señalamiento de 2005-2008. 2 ampos de Circulares de 1993-2008, 3 ampos de nombramiento de personal de 1996-2008, 1 ampo de registro de asistencia de 2002-2003. 2 cajas de ordenes de giro de 1998-2004, 1 caja de informes mensuales, trimestrales y anuales de 1998- 2001, 4 cajas de copias de cheques entregados de 1969-2004, 2 cajas de copias de sentencia de 1996-2008, 3 cajas de reportes y registros (control de boletas de seguridad, traspaso de fondos, entrega al notificador) de 1970-2008.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010

                                                                     Alfredo Jones León

(IN2010043780).                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2006, del 28 de junio del 2006, artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 50-06 del 11 de julio del 2006, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de documentos base de 1960 a 1999 del  Juzgado de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de Alajuela.  La documentación, se encuentra remesada y custodiada en este despacho.

Remesa:            20345

Documentos:     5,761

Cajas:                 4

Año:                   1960-1970

Asunto:              Documentos Base: Año 1960: pagares 18, recibos 115, facturas 52, cheques 4, planos 1, otros 103. Año 1961: pagares 57, cheques 8, facturas 38, recibos 96, planos 3, otros 94. Año 1962: cheques 16, pagares 12, recibos 75, facturas 60, planos 1, otros 150. Año 1963: cheques 6, pagares 21, facturas 19, recibos 82, planos 1, otros 120. Año 1964: pagares 60, recibos 75, cheques 2, facturas 15, otros 203. Año 1965: pagares 82, cheques 4, recibos 90, facturas 85, otros 74. Año 1966: pagares 96, cheques 3, recibos 58, facturas 69, otros 67. Año 1967: pagares 62, cheques 1, recibos 123, facturas 70, plano 1, otros 78. Año 1968: recibos 116, plano 5, pagares 90, cheques 3, facturas 56, otros 47. Año 1969: cheques 1, pagares 46, recibos 123, facturas 98, otros 61.  Año 1970: pagares 109, recibos 83, facturas 32, plano 4, otros 47. Año 1971:   facturas 25, pagares 96, recibos 6, otros 12, plano 1. Año 1972: pagares 116, recibos 72, facturas 39, cheque 1, otros 28. Año 1973: pagares 66, recibos 74, cheque 4, facturas 83, planos 5, otros 19. Año 1974: pagares 96, facturas 84, recibos 63, plano 1, otros 76. Año 1975: recibos 92, facturas 56, planos 8, pagares 60, cheques 12, otros 140. Año 1976: facturas 34, recibos 2, cheques 3, pagares 108, otros 13. Año 1977: pagares 78, recibos 69, facturas 105, cheques 24, planos 8, otros 107. Año 1978: pagares 95, recibos 120, facturas 53, plano 2. Año 1979: cheques 10, recibos 8, pagares 89, facturas 37, otros 70.

Remesa:            20346

Documentos:     2,564

Cajas:                 3

Año:                   1980-1989

Asunto:              Documentos Base: Año 1980: plano 1, recibos 96, facturas 150, pagares 84, otros 20. Año 1981: cheques 18, facturas 79, recibos 123, pagares 50, otros 110. Año 1982: facturas 39, cheques 2, pagares 67, recibos 84, cheque 1, otros 10. Año 1983: pagare 26, facturas 16, recibos 108, cheques 4, otros 27. Año 1984: cheques 3, planos 7, pagares 12, recibos 62, facturas 9, otros 11. Año 1985: recibos 28, cheques 10, facturas 31, pagares 43, otros 12. Año 1986: pagares 60, facturas 48, recibos 22, cheques 7, otros 24. Año 1987: pagares 117, recibos 70, planos 3, cheques 10, facturas 58, recibos 70, otros 24. Año 1988: pagares 74, facturas 59, recibos 82, planos 1, cheques 2, otros 127. Año 1989: pagares 49, recibos 72, facturas 58, cheques 8, planos 6, otros 170.

Remesa:            S 2 A 90

Documentos:     3,357

Cajas:                 3

Año:                   1990-1999

Asunto:              Documentos Base: Año 1990: pagares 54, letra de cambio 12, cheques 4, recibos 62, facturas 125, otros 71. Año 1991: cheques 2, letra de cambio 8, recibos 108, pagares 56, facturas 74, otros 166.  Año 1992: recibos 69, facturas 42, cheques 26, pagares 74, otros 125.  Año 1993: letra de cambio 8, pagares 124, recibos 36, cheques 3, facturas 92, otros 81. Año 1994: pagares 91, cheques 16, letras de cambio 2, recibos 23, facturas 78, otros 126. Año 1995: cheques 9, letra de cambio 3, pagares 120, facturas 72, recibos 98, otros 94. Año 1996: recibos 49, facturas 83, letra de cambio 10, cheques 1, pagares 50, otros 146.  Año 1997: pagares 62, facturas 65, cheques 14, recibos 41, letra de cambio 5, otros 23. Año 1998: pagares 74, letras de cambio 2, cheques 7, recibos 115, facturas 48, otros 102. Año 1999: pagares 62, recibos 33, facturas 74, cheques 3, letras de cambio 6, otros 128.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010

                                                                     Alfredo Jones León

(IN2010043781)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007, del 06 de agosto del 2007, artículo II,  aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 66-07, del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Quejas declaradas sin lugar del año 2004 al 2006 del Tribunal de la Inspección Judicial, San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            A 33 S 04

Expedientes:      128

Paquetes:           08

Año:                   2004.

Asunto:              Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano.

Remesa:            A 21 S 05

Expedientes:      868

Paquetes:           41

Año:                   2005.

Asunto:              Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano.

Remesa:            A 6 S 06

Expedientes:      727

Paquetes:           37

Año:                   2006.

Asunto:              Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010

                                                                     Alfredo Jones León

(IN2010043782)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2006, de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-06, celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y Sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09, celebrada el 02  de junio del 2009, artículo LV y la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en  Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes en el Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Rafael, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Faltas y Contravenciones:

Remesa:            G 2 H 07

Expedientes:      716

Paquetes:           7

Año:                   2007

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria

Remesa:            G 3 H 06

Expedientes:      658

Paquetes:           7

Año:                   2006

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria

Remesa:            G 5 H 05

Expedientes:      415

Paquetes:           4

Año:                   2005

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria

Remesa:            G 12 H 04

Expedientes:      448

Paquetes:           5

Año:                   2004

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria y condenatoria

Remesa:            G 15 H 03

Expedientes:      442

Paquetes:           4

Año:                   2003

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria y condenatoria

Remesa:            G 15 H 02

Expedientes:      310

Paquetes:           3

Año:                   2002

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria y condenatoria

Remesa:            G 15 H 01

Expedientes:      253

Paquetes:           3

Año:                   2001

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria y condenatoria

Remesa:            G 4 H 00

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   2000

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria y condenatoria

Remesa:            G 20 H 99

Expedientes:      33

Paquetes:           1

Año:                   1999

Asunto:              Faltas y Contravenciones. Archivado con absolutoria y condenatoria

Tránsito:

Remesa:            G 2 H 99

Expedientes:      345

Paquetes:           4

Año:                   1999

Asunto:              Expedientes de tránsito

Remesa:            G 4 H 98

Expedientes:      237

Paquetes:           3

Año:                   1998

Asunto:              Expedientes de tránsito

Remesa:            G 8 H 97

Expedientes:      199

Paquetes:           2

Año:                   1997

Asunto:              Expedientes de tránsito

Remesa:            G 7 H 96

Expedientes:      224

Paquetes:           3

Año:                   1996

Asunto:              Expedientes de tránsito

Violencia Doméstica:

Remesa:            V 2 H 07

Expedientes:      437

Paquetes:           4

Año:                   2007

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 3 H 06

Expedientes:      411

Paquetes:           4

Año:                   2006

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 3 H 05

Expedientes:      407

Paquetes:           4

Año:                   2005

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 3 H 04

Expedientes:      449

Paquetes:           5

Año:                   2004

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 3 H 03

Expedientes:      463

Paquetes:           5

Año:                   2003

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 4 H 02

Expedientes:      547

Paquetes:           6

Año:                   2002

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:            V 6 H 96

Expedientes:      12

Paquetes:           1

Año:                   1996

Asunto:              Expedientes de Violencia Doméstica

Boletas de Tránsito:

Remesa:            G 6 H 05

Boletas:              18

Paquetes:           1

Año:                   2005

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 13 H 04

Boletas:              331

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 16 H 03

Boletas:              10

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Boletas de Tránsito

Remesa:            G 16 H 01

Boletas:              2

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Boletas de Tránsito

Nota:  Desde el año 2005 NO se entregan las boletas de Tránsito al despacho, sino que las mismas son remitidas directamente al Consejo de Seguridad Vial.

Civil:

Remesa:            C 18 H 04

Expedientes:      31

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Civil: 27 desahucios, 3 consignaciones de alquiler, 1 consignación de pago

Remesa:            C 17 H 03

Expedientes:      44

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Civil: 41 desahucios, 2 prevenciones de desalojo, 1 consignación de alquiler

Remesa:            C 16 H 02

Expedientes:      46

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Civil: 35 desahucios, 9 consignaciones de alquiler, 2 fijaciones de alquiler (sumario)

Remesa:            C 12 H 01

Expedientes:      54

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Civil: 44 desahucios, 7 consignaciones de alquiler,  2 consignaciones de pago, 1 medida cautelar

Remesa:            C 14 H 00

Expedientes:      68

Paquetes:           1

Año:                   2000

Asunto:              Civil: 52 desahucios, 4 prevenciones de desalojo, 10 consignaciones de alquiler, 1 consignación de pago, 1 fijación de alquiler (sumario)

Remesa:            C 1 H 99

Expedientes:      96

Paquetes:           1

Año:                   1999

Asunto:              Civil: 54 desahucios, 3 prevenciones de desalojo, 5 interdictos, 8 consignaciones de alquiler, 1 ejecución de sentencia , 1 consignación de pago, 2 confesionales, 12 ejecutivos simples, 10 ejecutivos prendarios

Remesa:            C 2 H 98

Expedientes:      361

Paquetes:           4

Año:                   1998

Asunto:              Civil: 54 desahucios, 4 prevenciones de desalojo, 4 interdictos, 12 consignaciones de alquiler, 1 consignación de pago, 3 confesionales, 276 ejecutivos simples, 1 monitorio, 3 fijaciones de alquiler (sumario), 1 ejecutivo prendario, 1 ejecutivo hipotecario, 1 incidente de retención de bienes

Remesa:            C 36 H 97

Expedientes:      404

Paquetes:           4

Año:                   1997

Asunto:              Civil: 36 desahucios, 5 prevenciones de desalojo, 3 abreviados, 8 interdictos, 14 consignaciones de alquiler, 7 ejecuciones de sentencia, 1 prejuicio de posiciones y reconocimiento de documentos, 1 consignación de pago, 320 ejecutivos simples, 1 embargo preventivo, 5 fijaciones de alquiler (sumario), 1 medida cautelar, 1 ejecutivo prendario, 1 ejecutivo hipotecario

Remesa:            C 28 H 96

Expedientes:      171

Paquetes:           2

Año:                   1996

Asunto:              Civil: 40 desahucios, 7 prevenciones de desalojo, 4 abreviados, 6 interdictos, 15 consignaciones de alquiler, 3 ejecuciones de sentencia, 1 solicitud de matrimonio, 4 consignaciones de pago, 83 ejecutivos simples, 1 monitorio, 2 fijaciones de alquiler (sumario), 1 ejecutivo prendario, 2 ejecutivos hipotecarios, 1 consignación contractual de pago, 1 incidente de notificación de extinción de contrato de arrendamiento

Remesa:            C 29 H 95

Expedientes:      97

Paquetes:           1

Año:                   1995

Asunto:              Civil: 47 desahucios, 14 prevenciones de desalojo, 2 abreviados, 5 interdictos, 18 consignaciones de alquiler, 4 ejecuciones de sentencia, 1 prejuicio de posiciones y reconocimiento de documentos, 1 ejecutivo simple, 4 fijaciones de alquiler (sumario), 1 medida cautelar

Remesa:            C 30 H 94

Expedientes:      139

Paquetes:           1

Año:                   1994

Asunto:              Civil: 74 desahucios, 15 prevenciones de desalojo, 2 abreviados, 11 interdictos, 20  consignaciones de alquiler, 5 ejecuciones de sentencia, 7 prejuicio de posiciones y reconocimiento  de documentos, 1 consignación de pago, 2 fijaciones de alquiler, 1 incidente de requerimiento de reparación de inmueble, 1 incidente de visita de inmueble arrendado

Remesa:            C 29 H 93

Expedientes:      98

Paquetes:           1

Año:                   1993

Asunto:              Civil: 49 desahucios, 12 prevenciones de desalojo, 2 abreviados, 6 interdictos, 17 consignaciones de alquiler, 1 ejecución de sentencia, 3 solicitud de matrimonio, 1 prejuicio de posiciones y reconocimiento de documentos, 2 consignaciones de pago, 2 confesionales, 2 ejecutivos simples, 1 embargo preventivo

Remesa:            C 30 H 92

Expedientes:      90

Paquetes:           1

Año:                   1992

Asunto:              Civil: 56 desahucios, 10 prevenciones de desalojo, 5 abreviados, 5 interdictos, 8 consignaciones de alquiler, 1 ejecución de sentencia, 1 prejuicio de posiciones y reconocimiento de documentos, 1 ejecutivo simple, 1 monitorio, 1 embargo preventivo, 1 incumplimiento contractual

Remesa:            C 30 H 91

Expedientes:      50

Paquetes:           1

Año:                   1991

Asunto:              Civil: 23 desahucios, 3 prevenciones de desalojo, 4 abreviados, 2 interdictos, 12 consignaciones de alquiler, 3 ejecuciones de sentencia, 1 consignación de pago, 1 confesional, 1 incidente de beneficio de pobreza

Remesa:            C 29 H 90

Expedientes:      79

Paquetes:           1

Año:                   1990

Asunto:              Civil: 39 desahucios, 7 prevenciones de desalojo, 6 abreviados, 7 interdictos, 7 consignaciones de alquiler, 8 ejecuciones de sentencia, 1 ordinario, 1 solicitud de matrimonio, 1 prejuicio de posiciones y reconocimiento de documentos, 1 infracción a la ley de inquilinato, 1 solicitud de inspección judicial

Remesa:            20329

Expedientes:      11

Paquetes:           1

Año:                   1989

Asunto:              Civil: 1 desahucio, 1 abreviado, 4 consignaciones de alquiler, 1 consignación de pago, 3 ejecutivos simples, 1 embargo preventivo

Remesa:            20328

Expedientes:      4

Paquetes:           1

Año:                   1988

Asunto:              Civil: 1 desahucio, 3 consignaciones de alquiler

Remesa:            20327

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   1987

Asunto:              Civil: 1 ejecutivo simple

Remesa:            20326

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   1986

Asunto:              Civil: 1 ejecutivo simple

Remesa:            20325

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   1985

Asunto:              Civil: 1 consignaciones de alquiler

Remesa:            20324

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   1983

Asunto:              Civil: 1 interdicto

Remesa:            20323

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   1982

Asunto:              Civil: 1 prevención de desalojo

Laboral:

Remesa:            L 5 H 07

Expedientes:      10

Paquetes:           1

Año:                   2007

Asunto:              Laboral: 8 devoluciones de ahorro, 2 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 5 H 06

Expedientes:      7

Paquetes:           1

Año:                   2006

Asunto:              Laboral: 7 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 6 H 05

Expedientes:      11

Paquetes:           1

Año:                   2005

Asunto:              Laboral: 5 devoluciones de ahorro, 1 consignación de prestaciones, 5 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 5 H 04

Expedientes:      11

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Laboral: 6 devoluciones de ahorro, 4 consignaciones de prestaciones, 1 infracción a la ley de trabajo

Remesa:            L 6 H 03

Expedientes:      5

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Laboral: 2 devoluciones de ahorro, 3 consignaciones de prestaciones

Remesa:             L 6 H 02

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Laboral: 1 devolución de ahorro, 1 consignación de prestaciones, 1 infracción a la ley de trabajo

Remesa:            L 6 H 01

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Laboral: 3 devoluciones de ahorro

Remesa:            L 6 H 00

Expedientes:      9

Paquetes:           1

Año:                   2000

Asunto:              Laboral: 1 ordinario laboral, 2 devoluciones de ahorro, 3 consignaciones de prestaciones, 3 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 1 H 99

Expedientes:      20

Paquetes:           1

Año:                   1999

Asunto:              Laboral: 16 ordinarios laborales, 2 devoluciones de ahorro, 1 consignación de prestaciones, 1 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 2 H 98

Expedientes:      35

Paquetes:           1

Año:                   1998

Asunto:              Laboral: 31 ordinarios laborales, 1 devoluciones de ahorro, 1 consignación de prestaciones, 2 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 7 H 97

Expedientes:      47

Paquetes:           1

Año:                   1997

Asunto:              Laboral: 42 ordinarios laborales, 3 devoluciones de ahorro, 1 consignación de prestaciones, 1 infracción a la ley de trabajo

Remesa:            L 10 H 96

Expedientes:      43

Paquetes:           1

Año:                   1996

Asunto:              Laboral: 34 ordinarios laborales, 4 devoluciones de ahorro, 5 infracciones a la ley de trabajo

Remesa:            L 10 H 95

Expedientes:      40

Paquetes:           1

Año:                   1995

Asunto:              Laboral: 33 ordinarios laborales, 6 devoluciones de ahorro, 1 consignación de prestaciones

Remesa:            L10 H 94

Expedientes:      31

Paquetes:           1

Año:                   1994

Asunto:              Laboral: 27 ordinarios laborales, 2 devoluciones de ahorro, 2 consignaciones de prestaciones

Remesa:            L 10 H 93

Expedientes:      25

Paquetes:           1

Año:                   1993

Asunto:              Laboral: 19 ordinarios laborales, 4 devoluciones de ahorro, 2 consignaciones de prestaciones

Remesa:            L 11 H 92

Expedientes       47

Paquetes:           1

Año:                   1992

Asunto:              Laboral: 40 ordinarios laborales, 4 devoluciones de ahorro, 3 consignaciones de prestaciones

Remesa:            L 11 H 91

Expedientes:      31

Paquetes:           1

Año:                   1991

Asunto:              Laboral: 23 ordinarios laborales, 1 devolución de ahorro, 7 consignaciones de prestaciones

Remesa:            L 11 H 90

Expedientes:      36

Paquetes:           1

Año:                   1990

Asunto:              Laboral: 24 ordinarios laborales, 9 devoluciones de ahorro, 3 consignaciones de prestaciones

Remesa:            20330

Expedientes:      1

Paquetes:           1

Año:                   1989

Asunto:              Laboral: 1 devolución de ahorro

Pensiones Alimentarias:

Remesa:            Q 2 H 07

Expedientes:      37

Paquetes:           1

Año:                   2007

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 21 archivados sin sentencia, 13 abandonados sin sentencia, 3 desestimados

Remesa:            Q 2 H 06

Expedientes:      34

Paquetes:           1

Año:                   2006

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 17 archivados sin sentencia, 16 abandonados sin sentencia, 1 desestimado

Remesa:            Q 2 H 05

Expedientes:      27

Paquetes:           1

Año:                   2005

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 15 archivados sin sentencia, 8 abandonados sin sentencia, 4 desestimados

Remesa:            Q 2 H 04

Expedientes:      28

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 16 archivados sin sentencia, 8 abandonados sin sentencia, 4 desestimados

Remesa:            Q 2 H 03

Expedientes:      32

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Expedientes de Pensiones 17 archivados sin sentencia, 6 abandonados sin sentencia, 9 desestimados

Remesa:            Q 2 H 01

Expedientes:      44

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 29 archivados sin sentencia, 3 abandonados sin sentencia, 12 desestimados

Remesa:            Q 2 H 01

Expedientes:      19

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 17 archivados sin sentencia, 2 abandonados sin sentencia

Remesa:            Q 2 H 00

Expedientes:      10

Paquetes:           1

Año:                   2000

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 6 archivados sin sentencia, 3 abandonados sin sentencia, 1 desestimado

Remesa:            Q 1 H 99

Expedientes:      24

Paquetes:           1

Año:                   1999

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 11 archivados sin sentencia, 7 abandonados sin sentencia, 6 desestimados

Remesa:            Q 2 H 98

Expedientes:      21

Paquetes:           1

Año:                   1998

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 9 archivados sin sentencia, 4 abandonados sin sentencia, 8 desestimados

Remesa:            Q 6 H 97

Expedientes:      25

Paquetes:           1

Año:                   1997

Asunto:              Expedientes de Pensiones 9 archivados sin sentencia, 6 abandonados sin sentencia, 10 desestimados

Remesa:            Q 5 H 96

Expedientes:      12

Paquetes:           1

Año:                   1996

Asunto:              Expedientes de Pensiones 7 archivados sin sentencia, 1 abandonado sin sentencia, 4 desestimados

Remesa:            Q 5 H 95

Expedientes:      2

Paquetes:           1

Año:                   1995

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 1 archivado sin sentencia, 1 desestimado

Remesa:            Q 5 H 94

Expedientes:      5

Paquetes:           1

Año:                   1994

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 4 archivados sin sentencia, 1 desestimado

Remesa:            Q 5 H 93

Expedientes:      6

Paquetes:           1

Año:                   1993

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 3 archivados sin sentencia, 3 abandonados sin sentencia

Remesa:            Q 6 H 92

Expedientes:      5

Paquetes:           1

Año:                   1992

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 5 archivados sin sentencia

Remesa:            Q 6 H 91

Expedientes:      3

Paquetes:           1

Año:                   1991

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 2 archivados sin sentencia, 1 abandonado sin sentencia

Remesa:            Q 6 H 90

Expedientes:      8

Paquetes:           1

Año:                   1990

Asunto:              Expedientes de Pensiones: 7 archivados sin sentencia, 1 abandonado sin sentencia

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010.

                                                                     Alfredo Jones León

(IN2010043783)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de expedientes civiles de 1998 al 2003 y expedientes laborales de 1998 al 2007 del Juzgado Menor Cuantía de San Carlos. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Civil:

Remesa:            C 54 A 98

Expedientes:      726

Paquetes:           14

Año:                   1998

Asunto:              Civil: Ejecutivos Prendarios 11, Procesos Monitorios 6, Desahucios 50, Confesión Anticipada 7, Amenazas 1, Ejecución de Sentencia 3, Medida Cautelar 1, Interdictos 10, Colisión 2, Fijación de Alquileres 10, Hipotecario 33, Consignación de Alquileres 18, Ejecutivos Simples 574.

Remesa:            C 45 A 99

Expedientes:      101

Paquetes:           7

Año:                   1999

Asunto:              Civil: Ejecutivos Prendarios 4, Desahucio 44, Ejecución de Sentencia 5, Interdictos 7, Hipotecarios 22, Consignación de Alquileres 12, Actos Preparatorios 3, Fijación de Alquiler 1, Prevención de Desalojo 3.

Remesa:            C 38 A 00

Expedientes:      189

Paquetes:           6

Año:                   2000

Asunto:              Civil: Ejecutivo Prendario 2, Desahucio 86, Consignación de Alquileres 93, Fijación de Alquileres 8.

Remesa:            C 30 A 01

Expedientes:      75

Paquetes:           4

Año:                   2001

Asunto:              Civil: Ejecutivo Prendario 2, Desahucio 55, Consignación de Alquileres 16, Fijación de Alquileres 2.

Remesa:            C 25 A 02

Expedientes:      60

Paquetes:           2

Año:                   2002

Asunto:              Civil: Ejecutivo Prendario 5, Desahucio 41, Medida Cautelar 1, Fijación de Alquileres 2, Consignación de Alquileres 11.

Remesa:            C 24 A 03

Expedientes:      71

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Civil: Ejecutivo Prendario 4, Consignación de Alquileres 17, Medidas Cautelares 2, Desahucios 48.

Laboral:

Remesa:            L 16 A 98

Expedientes:      82

Paquetes:           1

Año:                   1998

Asunto:              Laboral: Ordinario Laboral 67, Infracción a la Ley de Trabajo 4, Consignación de prestaciones 11.

Remesa:            L 15 A 99

Expedientes:      137

Paquetes:           3

Año:                   1999

Asunto:              Laboral: Ordinarios 109, Infracción a la Ley de Trabajo 22, Consignación de Prestaciones 6.

Remesa:            L 18 A 00

Expedientes:      21

Paquetes:           1

Año:                   2000

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 11, Infracción a la Ley de Trabajo 10.

Remesa:            L 18 A 01

Expedientes:      55

Paquetes:           1

Año:                   2001

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 11, Infracción a la Ley de Trabajo 44.

Remesa:            L 15 A 02

Expedientes:      37

Paquetes:           1

Año:                   2002

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 8, Infracción a la Ley de Trabajo 29.

Remesa:            L 13 A 03

Expedientes:      62

Paquetes:           1

Año:                   2003

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 13, Infracción a la Ley de Trabajo 49.

Remesa:            L 14 A 04

Expedientes:      57

Paquetes:           1

Año:                   2004

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 13, Infracción a la Ley de Trabajo 44.

Remesa:            L 10 A 05

Expedientes:      39

Paquetes:           1

Año:                   2005

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 5, Infracción a la Ley de Trabajo 34.

Remesa:            L 8 A 06

Expedientes:      61

Paquetes:           1

Año:                   2006

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 13, Infracción a la Ley de Trabajo 48.

Remesa:            L 6 A 07

Expedientes:      32

Paquetes:           1

Año:                   2007

Asunto:              Laboral: Consignación de prestaciones 9, Infracción a la Ley de Trabajo 23.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 24 de mayo del 2010

                                                                     Alfredo Jones León

(IN2010043784)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en sesión 01-2007, de del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1993 al 2008 de la Unidad de Fraudes del Ministerio Público. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 54 S 93

Libros:         128

Ampos:       38

Carpetas:     18

Año:            1993-2008

Asunto:       Documentación Administrativa: 117 Libros de conocimientos Registros para conocimientos (8 de 1998, 9 de 1999, 11 del 2000, 11 de 2001, 19 del 2002, 17 del 2003, 9 del 2004, 20 del 2005 y 13 del 2006). 5 Libros de Entradas (1 de 1998, 1 de 1999, 1 del 2001, 1 del 2003 y 1 del 2006). 6 Libros de Registro de Asistencia (1 del 2000, 1 del 2006, 1 del 2007 y 3 del 2008).

                    16 Ampos con Reportes y Registros (Reporte Mensual 1 del 2000, 1 del 2002 y 1 del 2004. Listado de Notificaciones 1 del 2002. Documentos Enviados 2 del 2004, 1 del 2006 y 1 del 2007. Documentos Entregados 1 del 2005 y del 2997. Documentos Recibidos 1 del 2007 y 2 del 2008). 1 Ampo con Asuntos de Inspección Fiscal (Disciplinario) del 2008. 20 Ampos con Circulares (1 de 1998, 2 del 2002, 1 del 2003, 2 del 2005, 3 del 2006, 1 del 2007 y 10 del 2008). 1 Ampo con Informes Mensuales y Anuales del 2007.

                    2 Carpetas con Nombramientos de Personal (1 del 2005 y 1 del 2008). 1 Carpeta con Control de Vacaciones del 2008. 1 Carpeta con Control de Incapacidades del 2008. 1 Carpeta con Horas Extras del 2003. 11 Carpetas con Informes mensuales y anuales (1 del 2001, 2 del 2006, 7 del 2007 y 1 del 2009). 1 Carpeta con Boletas para copias del 2008. 1 Carpeta con Comisiones del 2000.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

                                                                                     Alfredo Jones León,

(IN2010045940)                                                            Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en sesión 01-2007, de del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2001 al 2008 de la Subunidad Administrativa Regional de Santa Cruz. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:     A 4 G 01

Libros:         4

Paquetes:     2

Ampos:       37

Cajas:          9

Año:            2001-2008

Asunto:       Documentación Administrativa: 4 Libros de entregas de Citas (2004-2005) y entrada de Fax (2005-2006).

                    2 paquetes con Circulares Varias Recepción de Documentos (2004-2005), Actas de Entrega Recepción de Documentos (2003 al 2006).

                    37 ampos con Boletas de Combustible (2003 al 2007), Documentos Pizarra Informativa (2006), Oficios Varios Administración (2001 al 2006), Solicitud Pedidos de Materiales (2004-2005), Reportes de Mantenimientos Tecnofrío (2007), Correos Electrónicos Impresos Varios (2004), Reportes Saire Mantenimientos de Aire (2005 al 2007), Circulares Varias (2003 al 2007), Documentos Varios de Vehículos (2002 al 2005), Reportes de Fax (2008), Correspondencia Certificada (2004 al 2006), Facturas de Corroes de Costa Rica (2004 al 2007).

                    9 cajas con Circulares de Caja Chica Varias (2003-2004), Reintegro de Caja Chica (2003-2004), Copias de Viáticos (2004 al 2008), Movimientos en Línea SDJ (2003 al 2007), Estados de Cuentas Diario SDJ (2003 al 2007), Documentos errores SDJ (2004 al 2006), Lista de Notificaciones Impresas (2003 al 2007), Correos Certificados Notificaciones (2006).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

                                                                                     Alfredo Jones León,

(IN2010045941)                                                            Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en acta Nº 03-2006, del 1º de setiembre de 2006, artículo I, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 83-06, del 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Violencia Doméstica del año 2006 del Juzgado Penal de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         P 2 S 06

Expedientes:    1570

Paquetes:         20

Año:                2006

Asunto:           Varios penal: 461 Robos simples (51 sobreseimientos y 410 desestimaciones), 288 Hurtos simples (50 sobreseimientos y 238 desestimaciones), 152 Lesiones(15 sobreseimientos y 137 desestimaciones), 109 Infracción a la Ley de Arnas (92 sobreseimientos y 17 desestimaciones), 91 Desobediencia a la Autoridad (36 sobreseimientos y 55 desestimaciones), 80 Averiguar Muerte (desestimaciones), 63 Apropiación y Retención Indebida (30 sobreseimientos y 33 desestimaciones), 53 Estafa (11 sobreseimientos y 42 desestimaciones), 46 Agresión con Arma (34 sobreseimientos y 12 desestimaciones), 37 Daños (8 sobreseimientos y 29 desestimaciones), 22 Usurpación (2 sobreseimientos y 20 desestimaciones), 21 Infracción a la Ley Forestal (10 sobreseimientos y 11 desestimaciones).

                        20 Abandono de animales (10 sobreseimientos y 10 desestimaciones), 15 Amenazas (10 sobreseimientos y 5 desestimaciones), 10 Abuso de Autoridad (desestimaciones), 10 Infracción Ley derechos de autor (desestimaciones), 9 Receptación (2 sobreseimientos y 7 desestimaciones), 8 Violación de Domicilio (1 sobreseimientos y 7 desestimaciones), 8 Uso de documento Falso (1 sobreseimientos y 7 desestimaciones), 6 Alteración Señas y Marcas (1 sobreseimientos y 5 desestimaciones), 6 Permanencia de menores (5 sobreseimientos y 1desestimaciones), 6 Circulación de Moneda Falsa (2 sobreseimientos y 4 desestimaciones), 5 Favorecimiento Real (desestimaciones),.

                        4 Privación de libertad (1 sobreseimientos y 3 desestimaciones), 3 Falsedad ideológica (sobreseimientos), 3 Suicidio (2 sobreseimientos y 1 desestimaciones).

                        3 Ejercicio ilegal de la profesión (desestimaciones), 3 Falsificación de Documento (1 sobreseimientos y 2 desestimaciones), 3 Libramiento cheque sin Fondo (1 sobreseimientos y 2 desestimaciones), 2 Estelionato (4 desestimaciones).

                        2 Administración Fraudulenta (desestimaciones), 2 Accionamiento de Arma (desestimaciones), 2 Infracción a ley Código de Minería (desestimaciones), 2 Incumplimiento de deberes (desestimaciones), 1 Fabricación ilícita de Licor (desestimación), 1 Extorsión (desestimación), 1 Tacha de Vehículo (desestimación), 1 Defraudación fiscal (desestimación).

                        1 Infracción a ley Código Fiscal (desestimación), 1 Hallazgo (desestimación), 1 Asalto (desestimación), 1 Especulación (desestimación), 1 Alboroto (desestimación), 1 Fraude de Disimulación (desestimación), 1 Portación de ilegal de Arma (sobreseimientos), 1 Tendencia de Droga (sobreseimiento), 1 Sustracción de Menor (sobreseimiento), 1 Incumplimiento a la Patria Potestad (sobreseimiento), 1 Peculado (sobreseimiento). Expedientes con sentencias de sobreseimiento definitivo y Desestimaciones

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

                                                                                     Alfredo Jones León,

(IN2010045948)                                                            Director Ejecutivo

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Alvarado, de la provincia de Cartago.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Alvarado de la provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día veintiuno de junio del dos mil diez, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 26 de mayo del 2010.

                                                     MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins

(IN2010044733)                                       Subdirectora Ejecutiva

ASUNTO:  Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día veintinueve de junio del dos mil diez, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

San José, 27 de mayo del 2010.

                                                     MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins

Exonerado.—(IN2010045176)                  Subdirectora Ejecutiva

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1993 al 2008 del Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito de Nicoya, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Documentación de Tránsito:

Remesa:            A 2 G 93

Carpetas:           14

Ampos:              16

Año:                   1993 - 2008

Asunto:              Documentación Administrativa: Carpetas: (1 con copias de ejecutivo Prendario de 1993. 1 con copias de proceso ordinario de 1995. 1 con legajo de copias de procesos de desahucio de 1996. 1 con escrito de 10 folios de proceso ordinario de 1999. 1 con control de solicitudes del 2000. 1 con registro de asistencia del 2006, 1 con notas enviadas de 2006, 1 con notas recibidas del 006. 1 con registro de asistencia del 2007, 1 con notas enviadas del 2007, 1 con notas recibidas del 2006, 1 con control de boletas de citación del 2007. 1 con registro de asistencia del 2008, 1 con control de boletas de citación del 2008).

Ampos:              (1 con circulares del 2006, 1 con copiadores de sentencia de tránsito del 2006. 3 con lista de notificaciones a distribuir del 2007, 1 con circulares del 2007, 1 con lista de documentos a entregar del 2007, 1 con copiadores de sentencia de tránsito del 2007. 1 con circulares del 2008, 1 con copiadores de sentencia de ejecutivo simple del 2008, 1 con copiadores de sentencia de ordinario Laboral del 2008, 2 con copiadores de sentencia de Tránsito del 2008, 1 con lista de documentos a entregar del 2008, 2 lista de Notificaciones a Distribuir del 2008).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 31 de mayo del 2010.

                                                      Lic. Alfredo Jones León

(IN2010045935).                                           Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2006, de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-06, celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y Sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones del 2001 al 2007, expedientes de tránsito de 1996 a 1999, boletas de tránsito de 2002 al 2007, expedientes de violencia doméstica de 2002 al 2007, expedientes civiles de 2001 al 2005 y expedientes laborales de 1999 al 2007 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Garabito, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Boletas de Tránsito:

Remesa:        G 3 P 01

Boletas:          29

Ampos:          1

Año:               2001

Asunto:          Boletas de tránsito

Remesa:        G 3 P 02

Boletas:          101

Ampos:          2

Año:               2002

Asunto:          Boletas de tránsito

Remesa:        G 3 P 03

Boletas:          5612

Paquetes:        7

Año:               2003

Asunto:          Boletas de tránsito

Remesa:        G 13 P 04

Boletas:          9901

Paquetes:        6

Año:               2004

Asunto:          Boletas de tránsito

Remesa:        G 8 P 05

Boletas:          252

Ampos:          2

Año:               2005

Asunto:          Boletas de tránsito

Remesa:        G 4 P 06

Boletas:          393

Ampos:          4

Año:               2006

Asunto:          Boletas de tránsito

Remesa:        G 3 P 07

Boletas:          493

Paquetes:        7

Año:               2007

Asunto:          Boletas de tránsito

Faltas y Contravenciones:

Remesa:        G 25 P 01

Expedientes:   320

Paquetes:        3

Año:               2001

Asunto:          Faltas y Contravenciones.

Remesa:        G 22 P 02

Expedientes:   251

Paquetes:        2

Año:               2002

Asunto:          Faltas y Contravenciones.

Remesa:        G 16 P 03

Expedientes:   452

Paquetes:        3

Año:               2003

Asunto:          Faltas y Contravenciones.

Remesa:        G 14 P 04

Expedientes:   422

Paquetes:        4

Año:               2004

Asunto:          Faltas y Contravenciones. 81 desestimación, 5 conciliación, 274 archivados, 42 sentencia absolutoria, 10 sentencia condenatoria, 10 prescritos.

Remesa:        G 9 P 05

Expedientes:   417

Paquetes:        4

Año:               2005

Asunto:          Faltas y Contravenciones. 21 conciliación, 57 desestimación, 328 archivados, 11 prescritos.

Remesa:        G 5 P 06

Expedientes:   306

Paquetes:        4

Año:               2006

Asunto:          Faltas y Contravenciones. 22 conciliación, 161 archivados, sentencia absolutoria 36, prescritos 87

Remesa:        G 4 P 07

Expedientes:   230

Paquetes:        2

Año:               2007

Asunto:          Faltas y Contravenciones. 9 conciliación, 162 archivados, 18 sentencia absolutoria, 41 prescritos.

Tránsito:

Remesa:        G 50 P 96

Expedientes:   133

Paquetes:        2

Año:               1996

Asunto:          Expedientes de tránsito

Remesa:        G 48 P 97

Expedientes:   179

Paquetes:        3

Año:               1997

Asunto:          Expedientes de tránsito

Remesa:        G 38 P 98

Expedientes:   202

Paquetes:        3

Año:               1998

Asunto:          Expedientes de tránsito

Remesa:        G 32 P 99

Expedientes:   222

Paquetes:        3

Año:               1999

Asunto:          Expedientes de tránsito

Violencia Doméstica:

Remesa:        V 11 P 02

Expedientes:   161

Paquetes:        2

Año:               2002

Asunto:          Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:        V 8 P 03

Expedientes:   167

Paquetes:        2

Año:               2003

Asunto:          Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:        V 8 P 04

Expedientes:   251

Paquetes:        3

Año:               2004

Asunto:          Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:        V 8 P 05

Expedientes:   249

Paquetes:        2

Año:               2005

Asunto:          Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:        V 3 P 06

Expedientes:   224

Paquetes:        2

Año:               2006

Asunto:          Expedientes de Violencia Doméstica

Remesa:        V 3 P 07

Expedientes:   221

Paquetes:        2

Año:               2007

Asunto:          Expedientes de Violencia Doméstica

Civil:

Remesa:        C 14 P 01

Expedientes:     1

Paquetes:        1

Año:               2001

Asunto:          Civil: Desahucio

Remesa:        C 10 P 02

Expedientes:     12

Paquetes:        1

Año:               2002

Asunto           Civil: Desahucio 10, Consignación de Alquileres 2

Remesa:        C 3 P 03

Expedientes:   18

Paquetes:        1

Año:               2003

Asunto:          Civil: Desahucio 12, Consignación de Alquileres 6

Remesa:        C 4 P 04

Expedientes:   14

Paquetes:        1

Año:               2004

Asunto:          Civil: Desahucio 10, Consignación de Alquileres 4

Remesa:         C 1 P 05

Expedientes:   3

Paquetes:        1

Año:               2005

Asunto:          Civil: Desahucio

Laboral:

Remesa:         L 11 P 97

Expedientes:   33

Paquetes:        1

Año:               1997

Asunto:          Laboral: Ordinario Laboral

Remesa:         L 11 P 98

Expedientes:   18

Paquetes:        1

Año:               1998

Asunto:          Laboral: Ordinario Laboral

Remesa:         L 7 P 99

Expedientes:   12

Paquetes:        1

Año:               1999

Asunto:          Laboral: Ordinario Laboral

Los expedientes del 2000 al 2004 se incluyeron en eliminación pasada.

Remesa:         L 8 P 05

Expedientes:   16

Paquetes:        1

Año:               2005

Asunto:          Laboral: Consignación 2, Infracciones 14

Remesa:         L 3 P 06

Expedientes:   28

Paquetes:        1

Año:               2006

Asunto:          Laboral: Consignación 1, Infracciones 27

Remesa:         L 2 P 07

Expedientes:   18

Paquetes:        1

Año:               2007

Asunto:          Laboral: Consignación 1, Infracciones 17

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

 San José, 31 de mayo del 2010.

                                                                               Alfredo Jones León

(IN2010045937)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1994 al 2008 del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Garabito, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         A 2 P 94

Ampos:          92

Año:               2004-2008.

Asunto:          Documentación Administrativa: 7 ampos con Copiadores de Sentencia del 2004 al 2008. 6 ampos con Copias de Cheques con depósito de 1994 al 2000. 3 ampos con Copias de Cheques entregados del 2001 al 2004. 3 ampos con Correspondencia del 2005 al 2007. 3 ampos con Informes mensuales y anuales del 2004 al 2007. 1 ampos con Nombramientos de Personal del 2005.

6 ampos con Registro de Oficios despachados del 2000 al 2007. 2 ampos con Registros de Asistencia del 2005 al 2007. 43 ampos con Reportes y Registros del 2000 al 2008. 2 ampos con Arqueos Caja Chica del 2003 al 2004. 7 ampos con Circulares del 2000 al 2008. 3 ampos con Comisiones de 1998 y 2000 al 2005. 6 ampos con Control de Correo Certificado de 2001 al 2008.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 31 de mayo del 2010.

                                                                               Alfredo Jones León

(IN2010045938)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1955 al 2008 del Juzgado Penal Juvenil de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:         20347

Paquetes:         44

Libros:             13

Ampos:           35

Año:                1955 - 2008

Asunto:           Documentación Administrativa: 1 Paquete con un cuaderno de Señalamientos a juicio de1999. 9 Paquetes con Señalamientos a juicio (1 del 2000, 1 del 2002, 1 del 2003, 1 del 2004, 1 del 2006, 2 del 2007, 2 del 2008). 1 libro con Apelaciones y Casación ante el Tribunal de 2002. 4 ampos con Asuntos no entrados (1 de 1992, 1 de 1999 al 2000, 1 del 2002 al 2008, 1 del 2004). 4 Paquetes con Asuntos no entrados (1 de 1994, 1 de 1995, 1 de 1996 y 1 del 2000). 1 paquete con cuaderno de Control de asunto reentrados de 1997 a 1998. 1 paquete con Boletines judiciales del 2001.

1 paquete con dos cuadernos de Control de correo certificado de 1997 a 1998. 1 ampo con Circulares internas del 2002 al 2005. 1 libro de Control de Comisiones de 1990 a 1993. 6 libros de Control de conocimientos (1 de 1997 a 1998, 1 de 1994 a 1997, 1 de 1955 a 1967, 1 de 1997, 1 de 1998 a 1999 y 1 de 1967 a 1977). 1 paquete con dos cuadernos de Control de conocimientos uno de 1981 a 1985 y otro de 1977 a 1980. 1 libro de Control de conocimientos entregas a T.S. de 1998 a 1999. 1 ampo con Consecutivos Ordenes Libertas. De la 019343 a la 019472 del 2001 al 2002.

1 ampo con Consecutivos de remisión de detenidos. De la 024026 a la 024529 de 2001 al 2002. 1 ampo con Consecutivos Tener a la orden. De la 024910 a la 026210 de 2001 al 2002. 1 paquete con dos cuadernos de Control de evidencias de 1997. 1 paquete con siete cuadernos de Control de expedientes (1 del 2004 a 2005, 1 del 2000, 1 de 2001, 1 de 2006, 1 de 2006 a 207, 1 de 1996 a 1999 y 1 de 2001). 1 ampo con Copias de boletas entradas de archivo judicial de 2000 a 2003. 2 paquetes con Informes mensuales de depuración (1 del 2004 y 1 del 2007). 1 ampo con Informes mensuales de depuración de 2004 al 2008.

1 ampo con Documentos recibidos de 2001 al 2003. 1 ampo con Informe primer semestre registro de asistencia del 2004. 1 ampo con Informe mensual por delitos, trimestral, asistencia, labores mensuales, reos presos, sentencias dictadas de 1990 a 1999. 1 paquete con Informe por Auxiliar de 2001. 1 libro de Control de Informe sociales de 1996 a 1998. 1 ampo con Jurisprudencia Sala Cuarta de 1995 a 1999. 1 ampo con Lista de entrega de notificaciones de 2002. 3 paquetes con control de notificaciones (1 de 2002, 1 de 2004 y 1 de 2007). 1 ampo con Control de notificaciones recibidas de 2001 al 2002.

1 libro de Oficios de capturas y dejar sin efecto de 2001 al 2004. 2 paquetes con Oficio de Orden de captura (1 del 2003 y 1 del 2004). 1 ampo con Oficio de respuesta de localizaciones del 2001. 1 paquete con Oficios de resultado de debate del 2007. 1 ampo con Oficio de suministros de 1995. 1 paquete con Oficios de Trabajo Social del 2004. 3 paquetes con Oficios dejar sin efecto captura (1 del 2003, 1 del 2001 al 2004 y 1 del 2006. 1 paquete con un cuaderno de Oficios enviados de 1998, cuatro cuadernos con Oficios enviados (1 de 1998, 1 de 1995, 1 de 1994 y 1 de 1997), y dos cuadernos con Oficios recibidos (1 de 1997 y 1 de 1996). 2 paquetes con Oficios enviados (1 del 2003 al 2004 y 1 del 2004 al 2006).

3 ampos con Oficios enviados (1 de 2004, 1 de 2003 y 1 de 2003 al 2008). 1 ampo con Oficios enviados al deposito objetos, destrucción evidencias de 2001. 2 ampos con Oficios recibidos (1 de 1996 al 2003 y 1 de 2005 al 2007). 1 paquete con Oficios recibidos de 1997 al 2005. 1 paquete con Ordenes de libertad del Nº 3601 al 3525 y de la 80900 al 95350. De la 12950 a la 14450 del año 2008. 1 ampo con Proposición de nombramiento de 2004 al 2008. 1 ampo con Proposición de nombramiento y Registro de Asistencia de 1990 al 2002. 1 ampo con Proposición de nombramiento y vacaciones de 2001 al 2003. 1 ampo con Proposición de nombramiento, incapacidades y circulares varias de 1999 al 2004.

1 paquete con Recibidos Órdenes de Giro del 2000 al 2005. 2 ampos con Registro de asistencia (1 del 2002 al 2004 y 1 de 1999 al 2000). 1 ampo con Remisión de detenidos del Nº 143260 al 210373 del 2007. 3 ampos con Repuesta de habeas (1 de 1999 al 2000, 1 del 2000 al 2004 y 1 del 2007). 3 paquetes con Repuesta de localizaciones (1 del 2003, 1 del 2004 y 1 del 2003 al 2004). 1 paquete con Respuesta de oficios de l a Oficina Central de Notificaciones del 2003. 1 ampo con Jurisprudencia de sentencias del 2001 al 2002. 1 paquete con Tener a la orden Nº 8189 al 8199 y del 126052 al 150001 del 2001 al 2002. 1 libro de Turno por Auxiliares del 2001 al 2002. 1 libro de Control de vehículos del 2005.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 31 de mayo del 2010.

                                                                            Lic. Alfredo Jones León

(IN2010045939)                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 03-2006, de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión N° 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo Lili y Sesión N° 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 58-09, celebrada el 2 de junio del 2009, artículo LV y la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en Acta N° 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones del 2003 al 2007, expedientes de violencia doméstica de 2006 al 2007, expedientes civiles del 2004, expedientes laborales del 2007 y expedientes de pensión alimentaria del 2007 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Palmares, Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Materia Faltas y Contravenciones

Remesa:              G 16 A 03

Expedientes:         124

Paquetes:              02

Año:                     2003

Asunto:                Faltas y Contravenciones (05 Sentencia Condenatorias, 46 Sentencias Absolutoria, 73 Archivadas)

Remesa:              G 13 A 04

Expedientes:         292

Paquetes:              03

Año:                     2004

Asunto:                Faltas y Contravenciones (05 Sentencia Condenatorias, 106 Sentencias Absolutoria, 181 Archivadas)

Remesa:              G 13 A 05

Expedientes:         286

Paquetes:              03

Año:                     2005

Asunto:                Faltas y Contravenciones (82 Sentencias Absolutoria, 204 Archivadas)

Remesa:              G 9 A 06

Expedientes:         283

Paquetes:              03

Año:                     2006

Asunto:                Faltas y Contravenciones (73 Sentencias Absolutoria, 210 Archivadas)

Remesa:              G 4 A 07

Expedientes:         212

Paquetes:              02

Año:                     2007

Asunto:                Faltas y Contravenciones (195 Sentencias Absolutoria, 17 Archivadas)

Materia Violencia Doméstica

Remesa:              V 4 A 06

Expedientes:         76

Paquetes:              1

Año:                     2006

Asunto:                Violencia Doméstica

Remesa:              V 4 A 07

Expedientes:         213

Paquetes               2

Año:                     2007

Asunto:                Violencia Doméstica

Materia Laboral

Remesa:              L 7 A 07

Expedientes:         07

Paquetes:              01

Año:                     2007

Asunto:                Laboral varios (03 Infraccione a la Ley de Trabajo, 01 Consignación de Alquiler, 03 Devoluciones de Ahorros de trabajador fallecido)

Materia Civil

Remesa:              C1 A 04

Expedientes:         05

Paquetes:              1

Año:                     2004

Asunto:                Civiles varios (2 Consignación de Alquiler, 3 Desahucios)

Materia Pensión Alimentaria

Remesa:              Q 2 A 07

Expedientes:         18

Paquetes:              1

Año:                     2007

Asunto:                Pensión Alimentaria (Archivado y sin sentencia)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho hábiles, luego de la primera publicación de este aviso Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 31 de mayo del 2010.

                                                              Lic. Alfredo Jones León

(IN2010045972).                                                   Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta N° 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión N° 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1994 al 2008 de la Administración Regional de Nicoya, Guanacaste. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:      A 5 G 94

Paquete:                1

Ampos:                45

Carpetas:              41

Libretas:               16

Agenda:                1

Año:                     1994 al 2008

Asunto:                Documentación Administrativa: 1 paquete con tarjetas de auto que ordena girar del año 1996 al 2003.

1 libro de entrega de depósitos de 1997 a 1999. 1 libro de caja chica de 1994 al 2001. 1 libro de comisiones de 1995 a 1998. 1 libro de depósitos de 1999 al 2001. 1 libro de Suarn del 2001 al 2005. 1 libro de consecutivos de 1997 al 2007. 1 libro de órdenes de compra del 2000. 1 libro de actas de envío de fax del 2001. 1 libro con órdenes de compra del 2002.

1 ampo con mercadería recibida de 1999. 1 ampo con suministros del 2000, 3 ampos con oficios consecutivos del 2000. 1 ampo con comprobantes de mercadería entregada del 2002. 1 ampo con correspondencia certificada del 2004. 2 ampos con correo certificado del 2004. 1 ampo con consecutivos de oficios del 2004. 1 ampo con cierre de caja diario del 2006. 1 ampo con reportes de movimiento en línea del 2006. 1 ampo con consecutivos de oficios del 2006. 3 ampos con consecutivos de oficios del 2007. 12 ampos con orden de citación del 2007. 1 ampo con correspondencia certificada del 2007. 3 ampos con correo certificado del 2007. 1 ampo con copias de boletas de combustible del 2007. 7 ampos con correo certificado del 2008. 1 ampo con reportes de charlas del 2008. 1 ampo con solicitud de vehículo del 2008. 1 ampo con informe mensual del 2008. 1 ampo con reportes de remisión de copias de cheque del 2008.1 ampo con copias de boletas de combustible del 2008.

1 carpeta con autorización de gastos y órdenes de compra del 2000. 1 carpeta con consecutivos de oficios del 2001. 1 carpeta con mercadería recibida del 2001. 1 carpeta con oficios consecutivos del 200. 1 carpeta con órdenes de compra del 2003. 1 carpeta con autorizaciones de gastos del 2003. 1 carpeta con reportes de mercadería entregada a los despachos del 2004. 1 carpeta con reportes de entrega de artículos del 2004. 1 carpeta con órdenes de citación del 2005. 1 carpeta con consecutivos de oficios del 2006.

1 carpeta con circulares del 2006. 2 carpetas con entrega de comprobantes de materiales del 2006. 1 carpeta con informe trimestral del 2006. 1 carpeta con reportes de fax del 2006. 1 carpeta con reportes de boletas medicas del 2006. 1 carpeta con reporte de mercadería de proveeduría del 2006. 1 carpeta con reportes de boletas de pago de jubilaciones del 2006. 1 carpeta con autorización de gastos del 2006. 1 carpeta con reporte de presupuesto del 2007. 4 carpetas con consecutivos de oficios del 2007. 3 carpetas con circulares del 2007.

3 carpetas con correo certificado del 2007. 1 carpeta con facturas proformas del 2007. 1 carpeta con informe trimestral del 2007. 1 carpeta con reportes de boletas medicas del 2007. 1 carpeta con control de solicitudes del 2007. 1 carpeta con orden de compras y con autorización de gastos del 2007. 1 carpeta con control mensual de caja chica del 2007. 1 carpeta con informes de movimiento en línea S.D.J. del 2008. 2 carpetas con circulares del 2008. 1 carpeta con reporte de cotizaciones del 2008. 1 carpeta con reportes del S.D.J. del 2008.

4 libretas de control y servicio de mantenimiento del 2006. 6 libretas control y servicio de mantenimiento del 2007. 6 libretas control y servicio de mantenimiento del 2008. 1 agenda del 2008.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho hábiles, luego de la primera publicación de este aviso Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 31 de mayo 2010.

                                                              Lic. Alfredo Jones León

(IN2010045973).                                                   Director Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006, de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de violencia doméstica de 2000 al 2007, expedientes civiles de 2000 al 2005 y expedientes laborales del 2000 al 2007 del Juzgado Civil y Trabajo de Osa. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Civil

Remesa:         C 18 P 00

Expedientes:    5

Paquetes:         1

Año:                2000

Asunto:           4 Ejecutivo Prendario, 1 Cambio de Nombre.

Remesa:         C 15 P 01

Expedientes:    10

Paquetes:         1

Año:                2001

Asunto:           2 Cambio de nombre, 1 Desahucio, 4 Ejecutivo

                        Prendario, 3 Diligencia de Confesión.

Remesa:         C 11 P 02

Expedientes:    2

Paquetes:         1

Año:                2002

Asunto:           1 Desahucio, 1 Cambio de nombre.

Remesa:         C 5 P 03

Expedientes:    1

Paquetes:         1

Año:                2003

Asunto:           1 Cambio de nombre.

Remesa:         C 5 P 04

Expedientes:    1

Paquetes:         1

Año:                2004

Asunto:           1 Desahucio.

Remesa:         C 2 P 05

Expedientes:    1

Paquetes:         1

Año:                2005

Asunto:           1 Cambio de nombre.

Laboral

Remesa:         L 13 P 00

Expedientes:    4

Paquetes:         1

Año:                2000

Asunto:           4 Consignación de Prestaciones.

Remesa:         L 11 P 01

Expedientes:    6

Paquetes:         1

Año:                2001

Asunto:           5 Consignación de Prestaciones, 1 Disolución de

                        Cooperativas.

Remesa:         L 11 P 02

Expedientes:    5

Paquetes:         1

Año:                2002

Asunto:           3 Consignación de Prestaciones, 2 Conmutación de

                        Rentas.

Remesa:         L 10 P 03

Expedientes:    8

Paquetes:         1

Año:                2003

Asunto:           3 Conmutación de renta, 5 Consignación de

                        prestaciones.

Remesa:         L 13 P 04

Expedientes:    12

Paquetes:         1

Año:                2004

Asunto:           5 Conmutación de renta, 4 Disolución de

                        Cooperativas, 3 Consignación de prestaciones.

Remesa:         L 9 P 05

Expedientes:    2

Paquetes:         1

Año:                2005

Asunto:           2 Conmutación de renta, 3 Disolución de

                        Cooperativas, 1 Consignación de prestaciones.

Remesa:         L 4 P 06

Expedientes:    13

Paquetes:         1

Año:                2006

Asunto:           8 Conmutación de renta, 4 Consignación de

                        prestaciones, 1 Disolución de Cooperativas.

Remesa:         L 3 P 07

Expedientes:    4

Paquetes:         1

Año:                2007

Asunto:           1 Consignación de prestaciones, 3 Conmutación de

                        renta.

Violencia doméstica

Remesa:         V 13 P 00

Expedientes:    205

Paquetes:         1

Año:                2000

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 13 P 01

Expedientes:    227

Paquetes:         2

Año:                2001

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 12 P 02

Expedientes:    250

Paquetes:         3

Año:                2002

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 9 P 03

Expedientes:    250

Paquetes:         3

Año:                2003

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 9 P 04

Expedientes:    250

Paquetes:         3

Año:                2004

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 9 P 05

Expedientes:    350

Paquetes:         4

Año:                2005

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 4 P 06

Expedientes:    396

Paquetes:         4

Año:                2006

Asunto:           Violencia Doméstica.

Remesa:         V 4 P 07

Expedientes:    450

Paquetes:         5

Año:                2007

Asunto:           Violencia Doméstica.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 3 de junio del 2010.

                                                                               Alfredo Jones León,

Exonerado.—(IN2010046885)                                 Director Ejecutivo

Asunto: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del Cantón de Poás de la provincia de Alajuela.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón Poás, provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día veintinueve de junio de dos mil diez, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, 2 de junio del 2010.

                                                          MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,

Exonerado.—(IN2010046886)                      Subdirectora Ejecutiva

UNA PUBLICACIÓN

San José, a las catorce horas del tres de junio del dos mil diez. En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600476-491-TC-D

DURAN AGÜERO EMMA MILAGRO

1-0605-0804

CL 180991

JA7FL24W2MPO14505

10-600759-491-TC-C

CARLOS AZOFEIFA BARRANTES

1-1069-995

TSJ-2080

KMHVA21NPSU096387

09-602593-491-TC-C

MARIA LOPEZ CASCANTE

1-712-725

206058

BCAB13514839

10-600646-491-TC-B

MELINA ZUÑIGA PEREZ

1-1151-952

391314

KMHVF21NPRU068310

10-600418-491-TC-B

STEPHANIE MARIA MENDEZ AGUILAR

1-1371-565

MOT-227447

LAEMNZ4068B952237

2010-600373-491-TC-A

EDUARDO GERARDO MONTERO CHAVES

1-418-983

CL-230770

JAAS7206707

2010-600525-491-TC-A

SUSANA DE LOS ANGELES MATUTE RAMIREZ

1-1026-925

353388

JP3CU14XXKU006771

10-600698-491-TC-B

JOHANNA LEYDY CAMARGO JIMENEZ

117000659614

200712

BCAB13514441

10-600534-491-TC-B

JONATHAN GERARDO RIVERA CARRILLO

1-1187-428

CL-234083

1N6SD11S0VC329240

10-600728-491-TC-D

ELIZONDO PORRAS ADRIAN ESTEBAN

1-1048-0097

MOT 166487

LC6PCJK6X60810897

10-600492-491-TC-C

RHOADES MARK ALAN

701210195

482846

KMHJF21NPNU350701

10-600476-491-TC-D

PICADO TORRES MARIA GABRIELA REP.

LEG. DE DESAMPARADOS EL ROBLAR NUMERO DOS S. A.

3-101-426659

SJB 8176

KMJRD37FPSU240474

10-600416-491-TC-D

REP. LEG. DE BRINSA DE COSTA RICA BCR S. A.

3-101-480091

MOT 222577

ME1FE43C972003889

10-600855-491-TC-C

ARRENDADORA K S. A.

NO INDICA

CI-215475

JNICNUD22Z0010724

10-600528-491-TC-D

PEREZ QUESADA IVAN MIGUEL

1-0607-0883

TSJ- 2212

KMHDM41VP6U218432

10-600660-491-TC-D

CASCANTE HERNANDEZ VICTOR MARTIN

NO INDICA

428176

JTDBT113500116907

10-600793-491-TC-A

RAUL RODRIGUEZ MORALES

1-572-944

343893

JT2AE82EOH3520361

10-600878-491-TC-B

FRANZ PETER DIERMISSEN PICADO

1-1301-364

300752

JN1GB21B7LU504257

10-600854-491-TC-B

RAMON ENRIQUE SANTOS VANEGAS

C 751154

CL-169462

NO INDICA

10-600718-491-TC-B

YAMIL DEL MILAGRO NASRALAH VIQUEZ

1-611-103

179044

1HGBA5429GA044843

10-600782-491-TC-B

ALLAN MAURICIO VIQUEZ MOLINA

1-1189-805

CL-229376

1FTCR10U8RTA33593

10-600796-491-TC-D

MEJIA MEJIA TERESA

NO INDICA

361628

KMHVF31JPMU459117

10-600816-491-TC-D

ALVARADO PEREZ VIVIANA MARCELA

NO INDICA

755420

KMHVA21NPSU045057

10-600940-491-TC-D

HERNANDEZ JIRON RODRIGO

NO INDICA

113438

EE90-3012046

10-600888-491-TC-D

LARA HURTADO MARIA ISABEL

NO INDICA

149289

B12-404155

10-600693-491-TC-A

MARTHA RODRIGUEZ

135-RE024894001999

476300

KMHVA21NPRU006166

10-6000777-491-TC-A

MARIO ALBERTO GONZALEZ CAMPOS

2-293-763

TSJ-1036

JTDBJ21E104016289

10-600863-491-TC-C

CARLOS MANUEL CHINCHILLA PICADO

1-390-999

MOT-258667

9FNAEKNBX90003776

10-600991-491-TC-C

ALICIA BOZA GONZALEZ

9-092-425

604575

LA4MT31P7VP011284

10-600699-491-TC-C

AUTO MERCANTIL S. A.

3-101005624

SJB-6232

3,84089E+13

10-600831-491-TC-C

JOSE CAMBRONERO ARAYA

1-519-104

TSJ-3713

KMHJF31JPRU613098

10-600927-491-TC-C

ELSIE ALPIZAR CASTILLO

2-270-612

TSJ-3573

CE1000065668

10-600899-491-TC-C

TRANSTOUR JR S. A.

NO INDICA

810360

KPDFBDL81YP099872

10-600303-491-TC-C

TRANSPORTES SAN GABRIEL DE ASERRI S. A.

NO INDICA

CL-140704

BU960007900

10-600839-491-TC-C

ALEXANDER HERNANDEZ CASTILLO

NO INDICA

184213

BCAB13511391

10-600090-491-TC-B

ALEXANDER SANCHEZ ROMERO

1-716-358

309807

KMHVD12JXRU287998

09-602570-491-TC-D

GAMBOA VASQUEZ LUIS GUILLERMO

9-0054-0867

C 128830

JFUPACYB8NP523129

10-600910-491-TC-B

LIBERTH ANTONIO ARCE ORUE

1-920-984

141391

HJ30-001872

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZU

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-603289-0500-TC

MICHAEL FERENCZ FAINZILBER REP LEGAL DE ON TIME S. A.

3-101-577986

MOT-266475

ME1FF43C992006696

09-603337-0500-TC

IVETTE MONTERO VALLEJO

5-263-623

TSJ-4982

KMHJF31JPRU712136

09-603836-0500-TC

JUAN SOTO RUIZ REP LEGAL DE TUANIS RIDES S. A.

3-101-430303

749539

KMJWWH7HP1U346341

09-603944-0500-TC

MANUEL GOMEZ CALVO APO. TRUSTCORP S. A.

3-101-149198

CL 218190

JN1CJUD22Z0083937

09-603198-0500-TC

JUAN SANCHEZ VILLEGAS APODE. DE QUITICOL S. A.

3-101-306666

546907

JHLRD78404C203885

09-603806-0500-TC

ADRIAN ECHEVERRIA ALFARO

1-0400-0375

MOT 195089

LLCHPP20481000036

09-603806-0500-TC

GIOVANNI RODRIGUEZ RODRIGUEZ

1-0557-0238

492126

KMHJF31JPPU460737

09-603846-0500-TC

MARVIN MUÑOZ FLORES

7-0074-0933

MOT 253397

MD2JBS4Z49FB01990

09-603948-0500-TC

CARMEN SALAZAR AYALES

1-0570-0387

587807

VF7JMKFVK97152012

09-603505-0500-TC

ROLANDO SALAZAR FONSECA, REPRESENTANTE DE LODOS INDUSTRIALES S. A.

3-101-040097

732221

KNAMB761386205494

09-603717-0500-TC

JORGE MAURICIO VARGAS MONTOYA

01-1157-0881

410592

2HGEH2364NH512911

09-602652-0500-TC

OLMAN ANTONIO SOLERA MATAMOROS, REPRESENTANTE DE AUTOREPUESTOS TOTO S. A.

3-101-361964

631384

KMHNN81WP2U080858

09-603128-0500-TC

FRANCHESCO SILGUERO GONZALEZ Y HECTOR MIGUEL SILGUERO VENEGAS REP. DE INHEC SILGUERO S. A.

3-101-505146

325579

KMHVA21NPSU062692

09-603251-0500-TC

JAVIER ALBERTO VAGNENKOS, REPRESENTANTE DE TRANSPORTES MEDICOS S. A.

3-101-167933

CL 184966

8AC9036622A901320

10-600017-0500-TC

AMABILIA ROJAS CRUZ

6-152-901

280426

JAACH18E4J7824997

09-603616-0500-TC

ENRIQUE AGUILAR VINDAS

02-0497-0009

475476

KMHVF21JPNU572815

09-604009-0500-TC

YANY MARÍA MATARRITA FONSECA

06-0183-0898

TSJ 6610

KMHCG45GXYU077593

10-600246-0500-TC

DARIO ALEJANDRO OLIVAS SOLANO

01-1201-0131

238368

1HGED3541LL006143

10-600439-0500-TC

ALFREDO PÉREZ ARRIETA

02-0323-0489

99135

K10128823

10-600447-0500-TC

ANDRES RESTREPO ISAZA Y CARLOS BONILLA AYUB REP. DE BRINSA DE COSTA RICA BCR S. A.

3-101-480091

CL 209773

JAANR55E67102107

09-603954-0500-TC

LIDY SOLEY GUTIERREZ

1-0956-0879

533864

VF1LA110227674708

09-604012-0500-TC

MARIA ISABEL RAMIREZ ARIAS

1-0942-0466

808063

KMJWWH7HP2U448221

10-600593-0500-TC

JAVIER ENRIQUE JIMÉNEZ GONZÁLEZ

01-0455-0988

727210

JM7BK326981385365

10-600484-0500-TC

NOEL EDMUNDO BUSTILLOS

3-101-255044

CL-201295

3N6CD12S5ZK852059

10-600488-0500-TC

JORGE ALEJANDRO VEGA MORA

1-1179-0297

MOT-240166

LXSYCKLY781124630

10-600500-0500-TC

CLARA LUZ AGUDELO ARANGO

4-3720-0784

449643

KMHJF31JPNU277618

09-603575-0500-TC

HUBERT CHAVES SALAS

3-101-299540

225188

KMHJF32M9RU703442

10-600137-0500-TC

TERESA PRADA TORRES REP LEGAL DE GUIER Y CARBALLO S. A.

3-101-027398

CL-220273

KMJWVH7BPSU825520

10-600137-0500-TC

JOHANNA PADILLA ALCOCER

27012582864586

709035

KMHVF21NPTU395309

10-600121-0500-TC

ROBERTO CALDERON AGUILAR REP LEGAL DE COSTA RICA RENT A A CAR S. A.

3-101-018295

619090

KMHJM81BP6U243474

10-600087-0500-TC

GONZALO VARGAS ALFARO APO. DE ALQUILE CARRO ELEGANTE

3-101-022051

691698

JDA210G001048123

10-600206-0500-TC

WENCESLAO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ REP. DE COOPERATIVA MATADERO NACIONAL DE MONTECILLOS R.L.

3-004-075581

C 125850

SH683133

09-603702-0500-TC

RANDALL ALVAREZ GONZALEZ APO. DE TRANSPORTES RAGTIME Y FAMILIA S,A,

3-101-397587

409504

KMHVF31JPMU410883

09-603990-0500-TC

LUIS MATA SANCHEZ APO. DE HOMBRES DE REPUESTO S. A.

3-101-513811

CL 151062

9BD255229V8541797

10-600333-0500-TC

DIEGO MONTOYA SIERRA APODERADO DE DIEGO Y OCAMPO S. A.

3-101-265222

MOT 208335

MD2DMSZ28FC00050

10-600408-0500-TC

GERARDO SOTO BONILLA APODERADO DE TRANSPORTE G SS GESEY S. A.

3-101-345979

C 149564

XC026168

10-600482-0500-TC

MILTON CASTRO SERRANO

1-0670-0835

116407

DSFC11AJU00892

10-600603-0500-TC

MAZZA CATALDO

758-142083-001841

TSJ 2271

KMHVA21NPSU045725

09-603690-500-TC

HUBERT CHAVES SIBAJA APOD. DE AVAYA TELECOMUNICACIONES DE COSTA RICA

3-101-299540

457066

3N1EB31S1ZK108413

09-603741-0500-TC

EVELYN VEGA GOLFIN

01-1027-0917

479193

IN4EB32A6PC728542

09-603749-0500-TC

HUGO ALVARENGA LAM Y SOFIA HON CHENG, REP DE EAGLE TECHNOLOGIES S. A.

3-101-345952

696974

MA3FB31S180928978

10-600094-0500-TC

MARIA VARGAS VARGAS

01-0347-0936

130294

JN1PB15S5DU-022456

10-600142-0500-TC

MOSHE DREZNER GOLDBERG

01-1018-0306

502590

9BD11975231009862

09-602991-0500-TC

ALVARO SAUMET MARTINEZ APODERADO DE INMOBILIARIA BORONILLA S. A.

3-101-303500

790519

JTDKL963600008528

09-602991-0500-TC

ANA UREÑA HERNANDEZ

1-0664-0723

410046

KMHVF21JPPU727285

09-603741-0500-TC

EVELYN VEGA GOLFIN

01-1027-0917

479193

1N4EB32A6PC728542

10-600174-0500-TC

PATRICIA MARÍA URIBE BERMUDEZ

01-0712-0450

TSJ 5453

KHVF31JPRU942129

10-600257-0500-TC

MARGARITA FABIOLA GOMEZ VALERIN

09-0103-0034

506710

VF1BB130F28016890

10-600336-0500-TC

ALEXIS ZÚÑIGA MADRIGAL

01-0695-0102

373809

KMXKPE1JPXU242737

10-09-603118-0500TC

SHERYS TACSAN RUIZ

01-6880107

CL-181308

VF1FCOJBF24201089

10-600128-0500-TC

MARTHA LEIVA RIVERA

RES270148062082814

497672

KMHVF14N3SU098044

09-603586-0500-TC

ROLANDO ALEMAN HERRERA

01-1171-0886

423249

KMHVF31JPNU707926

09-602532-0500-TC

CARLOS FCO.COTOCALVO

01-288-636

528501

3NIEB31S9ZK117179

09-602872-0500-TC

FREDDY ALFONSO CASTRO MADRIGAL

01-865-276

423656

KPDRB5B91NP138657

09-602815-0500-TC

FRANCISCO LAY SOLANO

01-399-829

408942

WDB1704651F185956

10-600590-0500-TC

JOSE CAMPOS CAMPOS

5-0138-0672

MOT 238612

LLCLTP4088CK00098

10-600396-0500-TC

MANUEL ARIAS VALVERDE

1-0356-0623

SJB 8578

KN2FAD2A1WC08553

10-600147-0500-TC

JOSE UMAÑA DURAN

1-0632-0398

AB 1195

JALFSR112F3522551

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600036-489-TC-A

SAENZ VILLEGAS ESTER CRISTINA

107260517

369639

JTDBT113900028149

10-600241-489-TC-A

IMPROSA SERVICIOS INTERNACIONALES S. A.

3101289909

750479

KMHDU41BP8U460674

10-600279-489-TC-A

CORPORACION MATCO S. A.

3101173178

MOT-199945

9C2KC08106R510038

10-600424-489-TC-A

MELO MEZA CONSUELO FERNANDA

16212692K

383966

JDAG301G0W0502239

10-600509-489-TC-A

MORA PORRAS ADRIAN DAVID

112170313

750756

KMHBT51DP8U759917

10-600721-489-TC-A

CALDERON FERNANDEZ ANA FELICIA

104040232

320702

EL530361130

10-600834-489-TC-A

VEGA PROTTI WILLIAM

105020345

CL-121853

FE434EA67538

10-601199-489-TC-A

TRANSVI S. A.

3101120819

SJB-11927

9BWRF82WX8R834232

10-601367-489-TC-A

ARIAS GONZALEZ ALVARO

501850812

306731

JDAG203S000512777

10-601434-489-TC-A

ARRIETA MELENDEZ ILEANA

105600326

339953

AE1113081541

10-601608-489-TC-A

BERMUDEZ VARGAS RIGOBERTO

203170476

554865

KMHJF31JPNU177699

10-601608-489-TC-A

PRADO CARVAJAL DUESMI GUILQUIN

700480696

TSJ-5000

KMHVF21LPSU231463

10-601804-489-TC-A

DIAZ MORERA JORGE MARIO

108130201

735039

KN2FAD2A1WC085546

10-601990-489-TC-A

POVEDA CESPEDES JAVIER A.

104500721

BM-20813

440772534

10-602039-489-TC-A

DESECHOS CLASIFICADOS DECLASA S. A.

3101264786

C-148116

4V5JC2HE3YN868046

10-603148-489-TC-A

GUTIERREZ SOTO JOHNNY

602400141

637783

JMYLRV76W6J000490

09-607010-489-TC-A

SEGURA BOLAÑOS MARICELA

205120042

C-153773

1FUYDSZB7YLG31485

09-607646-489-TC-A

PROYECTOS TURBINA S. A.

3101166812

CL-156451

1N6ND06S5EC375971

09-608722-489-TC-A

LOPEZ GOMEZ HENRY

502360284

513855

KMHVA21NPTU201868

09-609853-489-TC-A

SUMI EXPRESS S. A.

3101318837

MOT-270699

LWBPCJ1F291014140

09-609913-489-TC-A

TORRES GAITAN ALEJANDRO

1,55805E+11

TSJ-3460

KMHCG45C62U368340

09-610198-489-TC-A

VEINTEMILLAS VASQUEZ DEBORAH CRISTINA

800810968

511981

KMHJF31JPNU355314

09-610822-489-TC-A

T R M U TALLER DE RECTIFICACION DE MOTORES LA UNION S. A.

3101268396

MOT-259985

C5JR111415

10-600245-489-TC

CHRISTIAN ARIAS URPI

2-0536-0833

570644

JN1TBNT30Z0024497

10-602558-489-TC

ESPINOZA GARCÍA EDMUNDO JORGE

5-0136-0918

TSJ-2944

1N4EB31P9RC886303

10-600309-489-TC

BADILLA RUMOROSO GERARDO ARTURO

1-0827-0687

TSJ-5444

EL530388746

10-601028-489-TC

ARGUEDAS ALPIZAR JORGE ALBERTO

1-0725-0273

TSJ-3179

KMHCG45C91U173458

10-601850-489-TC

SOTO GONZÁLEZ ARACELLY

1-0979-0019

545910

JN1EB31P9RU305762

10-602068-489-TC

HOME BUILDING SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-263639

672318

JN1BCAC11Z0004190

10-601902-489-TC

SMITH WEST MELVIN ALEXANDER

7-0129-0119

338786

1Y1SK5383RZ070873

10-601964-489-TC

SONIA MAYELA CAMPOS ALVARADO

9-0017-0338

245604

JN8HD17Y0MW018868

09-609674-489-TC

NAVARRO MARTÍNEZ JESÚS

3-0096-0549

TSJ-2186

JTDBJ21E104004871

10-600324-489-TC

MADRIGAL DÍAZ MARIEL

1-0723-0068

799610

JTMBD33V005222496

10-601936-489-TC

DE LA FUENTE ORTIZ HERMANN

1-1035-0396

538227

KMHJF31JPNU289293

10-602215-489-TC

KWOK CHING KWAN

8-0060-0772

347144

KNAJA5535RA722215

10-600888-489-TC

VALENCIANO VARGAS PAULA VICTORIA

1-1084-0942

629021

JMYLNV76W6J001168

10-600978-489-TC

GARITA ARRIETA ANIBAL ELICIO

9-0050-0797

TSJ-754

KMHCG45G8YU103107

09-610069-489-TC

ANGULO PALOMINO LUIS ANTONIO

1,604E+11

793939

KNAFB2422XA904823

09-611054-489-TC

CALVO VARELA MELISSA RAQUEL

1-1228-0938

451651

KMHVF21NPVU449924

09-610254-489-TC

ROCHA CALERO RUTH DEL CARMEN

1,55809E+11

177476

LKJ5006327

10-602313-489-TC

AL ALBACEA DE ALVAREZ ZAMORA JOSÉ LUIS

9-0046-0891

CL-116424

BU960002134

10-600988-489-TC

MORALES ALVARADO LUIS

1-0249-0902

749961

KMHVA21NPTU174687

10-600041-489-TC

JIMÉNEZ MORA CARLOS MANUEL

1-0264-0498

CL-114934

JAATFR10FM7100032

09-607687-489-TC

COMPAÑIA DE INVESTIGACIONES Y SEGURIDAD TACTICA COINSETA S. A.

3-101-185933

MOT-256814

9C2ND07009R520015

09-607687-489-TC

VARGAS MOLINA GABELO

1-0801-0201

211377

JHMAG4310FS015234

10-603101-489-TC-C

SURTRADING COMPANY S.T.C.S. A.

3101311315

509858

KMHSC81DP3U335055

10-600466-489-TC-C

BUCKNOR CONSULTORES Y ASOC. S. A.

3101231446

C 028816

RH575034

10-600350-489-TC C

BRINSA DE COSTA RICA BCR S. A.

3101480091

CL 207251

JAANKR55E67101505

10-600350-489-TC C

SAENZ FORERO RODOLFO

1-236-274

519961

KNAJA553525161014

10-600405-489-TC C

CARCHERI PAGES EMILIA

1-364-686

CL 111193

CD21530097

10-601255-489-TC C

FERNANDEZ PEÑA ERICK

C1137043

C 12850

FF175S12225

10-601255-489-TC C

NUÑEZ FERNANDEZ JORGE ALBERTO

1-326-761

TSJ-6527

KMHVF31NPSU124938

10-601711-489-TC C

RAMIREZ GUERRERO LORENA

1-812-923

140232

EE90-0301990

10-601977-489-TC C

SANCHEZ GONZALEZ JORGE

1270000522

161486

JN1PB15S5GU190215

10-602618-489-TC C

ZUÑIGA SANCHEZ JOSE MANUEL

1-797-037

346805

J81RF7772G8440276

09-609570-489-TC C

QUESADA KAVER GRAVIN MANUEL

1-557-660

TSJ-2462

JTDBJ21E404011930

10-601937-489-TC C

TELEMATICA CENTROAMERIC. CANSAC S. A.

3101424739

CL 211142

8AJEZ39G002504712

10-601937-489-TC C

RIVERA GOMEZ JORGE HUMBERTO

1-482-448

TSJ 3405

KMHCH41GP1U192584

10-602108-489-TC C

SOLIS HERRERA NELSON MAURICIO

11026-431

MOT156295

LXMPCJLE260021783

10-602746-489-TC C

SANCHEZ PERLAZA SHEILA MARITZA

11317-744

438883

VF32CRFNF1W048561

10-602061-489-TC C

QUESADA CORRALES MARICEL EUGEN

2-448-228

23300

JF10AB2AL0G004727

10-601988-489-TC C

PEREZ SANCHEZ GRETTEL MARIA

1-939-528

800585

KMHVA21NPTU129295

10-601450-489-TC C

AVILA ALFARO CARLOS ENRIQUE

2-488-511

CL 233880

1FTPX14505NA40921

10-602349-489-TC C

REISCHFLEGER LEON RICARDO

7-074-382

470539

KMHJF31JPNU299528

10-600581-489-TC C

CORPORAC. TURISTICA KWANYING S. A.

3101262512

217027

JHMEE2753KS001959

09-608922-489-TC C

SANABRIA SANABRIA AGNES MA.

1-370-889

TSJ-2042

KMHVF31JPRU937746

10-60531-489-TC C

OBANDO MARTINEZ ELIZABETH

6-130-500

685867

NC731238

10-602605-489-TC C

AJU CALVO OCK SAN FERNANDO

113300479

CL 192835

JN1CNUD22Z0001747

10-600561-489-TC C

METALSERVICON S. A.

3101315852

519557

KMHVA21NPRU011684

10-601871-489-TC C

SOLUCIONES Y ESTRATEGIA ISO S. A.

3101337657

735071

SALFA28B47H033418

10-601460-489-TC C

AGUERO SALAZAR LUIS ALEXANDER

1-715-643

TSJ-5872

KMHVA21LPXU427080

10-602103-489-TC C

DIST. DE PROD. DENTALES ORTHO LIN S. A.

3101132013

MOT-138319

MH2S1X2AA4K15

09-610150-489-TC C

CALDERON UMAÑA JOSE FRANCISCO

1-685-542

TSJ-4400

KMHCG45C52U288706

09-602712-489-TC C

HERNANDEZ RODRIGUEZ SONIA IRENE

1,192E+11

392893

JT2AC52L6T0145458

10-601580-489-TC C

POVEDA CALVO HELBERTH DAVID

1-847-777

806086

KMHVF21NPSU181740

09-608480-489-TC C

TRANSPORTES CESSA DE C.R. S. A.

3101464692

CL-120523

JAANKR58EN7101394

10-601953-489-TC C

3101533769 S. A.

3101533769

CL 234728

MM7UN356X8W677278

09-610911-489-TC C

SALAZAR RODRIGUEZ FABIO

1-625-883

TSJ-5468

KMHVF31NPXU534187

09-610637-489-TC C

GRUPO INDUST. DOS MIL TREINTA Y SIETE RMA S. A.

3101272322

499269

JDAJ102G000527222

09-611014-489-TC C

BLANCO RODRIGUEZ WILLIAM

2-273-699

CL 124782

JAACR16L1G0724842

10-601245-489-TC C

GIRON CORTES NORBEL

8-050-389

695477

JTDKW923305066452

10-602240-489-TC-D

ELETE CREATIVE S. A.

3-101-225029

CL 209682

KNCWF032267132587

10-601133-489-TC-D

PICADO ROJAS JUAN GERARDO

1-0911-0838

CL 128710

RN615009321

10-602697-489-TC-D

VALVERDE CERROS OSCAR ALONSO

1-0830-0875

678404

SAX117071154

10-602457-489-TC-D

CORAL INDIGO S. A.

3-101-503469

691652

JTEHC05J004042815

10-600884-489-TC-D

COMPAÑÍA BANACOLONO S. A.

3-101-271364

C 145450

1C080640

09-611129-489-TC-D

CORPORACION PIPASA S. A.

3-101-012933

CL 171502

LN1450040171

10-601441-489-TC-D

MONTERO BUSTAMANTE FRANKLIN

1-0359-0635

TSJ 5392

KMHCG45CX2U353131

10-602152-489-TC-D

COMERCIALIZADORA PORRAS S. A.

3-101-178067

LB 411

FD164S10376

10-602192-489-TC-D

JUMEX COSTA RICA S. A.

3-101-498648

CL 227531

JHFAF03H809000804

10-601946-489-TC-D

PRODUCTOS GUTIS S. A.

3-101-007830

CL 182498

VF1FC0EBF23933342

10-601950-489-TC-D

ROMERO MORALES VÍCTOR

1-0550-0894

773211

KMHVF31JPPU661417

10-601875-489-TC-D

NIETO SOLERA FELIPE

1-0476-0837

TSJ 2390

KMHVA21NPSU082137

10-601875-489-TC-D

ROBLES FONSECA DANIEL EUTIQUIO

1-0400-0805

TSJ 2603

KNADC223236249219

10-601985-489-TC-D

ROJAS CRUZ AMABILINA

6-0152-0901

280426

JAACH18E4J7824997

10-602074-489-TC-D

PACHECO CHINCHILLA MARCO VINICIO

1-0865-0257

TSJ 3159

KMHVA21NPVU262845

10-601934-489-TC-D

GALEANO CALDERÓN EDISON

1-1082-0798

357992

no registra

10-601667-489-TC-D

LOS PACHECOS S. A.

3-101-377820

C 139107

1FUYACXB5PP425975

10-601747-489-TC-D

PREGO MOTOR DE COSTA RICA S. A.

3-101-102108

611969

JTEHH20V306140541

10-601954-489-TC-D

OBREGON VENEGAS FRANCISCO JAVIER

5-0361-0603

813348

KMHVA21NPSU026394

10-601416-489-TC-D

FERNÁNDEZ CASERES INGRID

1-0541-0539

709855

XC720054

10-601601-489-TC-D

CAMACHO ESQUIVEL RONALD

1-1026-0514

709108

4S2X4327857

10-602270-489-TC-D

VEGA VARGAS JOSÉ PABLO

1-1052-0777

324447

1N4GB22S3KC785110

10-602260-489-TC-D

ARCE CAMPOS ANTONIO VÍCTOR MANUEL

9-0034-0402

TSJ 3880

KMHVF21NPRU090995

10-602260-489-TC-D

ROJAS MEDINA DEYANIRA JEANNETTE

1-0630-0446

TSJ 3161

KMHCG45C02U319425

10-601359-489-TC-D

MOLINA MADRIGAL RONNY

5-0302-0337

C 143896

1FUYDCXB3SP533737

10-601162-489-TC-D

TRANSPORTES OPTIMA DOS DOCE S.R.L.

3-102-578554

C 154148

1FUYSSEB9XPA06394

10-602114-489-TC-D

ESPINOZA MONTENEGRO ÁLVARO DE LOS ÁNGELES

6-0275-0114

MOT 161551

MD625GF5961E00191

09-610751-489-TC-D

MORA JIMÉNEZ ALEXANDER

1-0571-0534

MOT 148084

LWBPCJ1F851A40139

10-601942-489-TC-D

TRANSPORTES A SU PUERTA S. A.

3-101-373822

C 139657

JAAN1R71R47100201

10-602585-489-TC-D

EMPRESA DE TRANSPORTES ZELEDON HERMANOS S. A.

3-101-004409

C 20164

R686ST18528

10-601309-489-TC-D

BOOTH TORRES JESAFIN MONIKTA

1-1303-0717

701248

1HGEJ6571TL041558

10-601657-489-TC-D

INVERSIONES ZETA EQUIS S. A.

3-101-159935

255270

JS3TD03VXS4108373

10-601962-489-TC-D

CARBALLO MIRANDA JUAN CARLOS

1-0614-0276

265630

JT3YR22WXG5008601

10-600043-489-TC

ROPASA DE SAN JOSÉ S. A.

3101194550

510344

2CNBJ136XW6912478

10-600247-489-TC

CORRALES GÓMEZ NORA CECILIA DEL CARMEN

6-0176-0692

243779

KMHVF31NPSU150815

10-600277-489-TC

MORA CASTILLO MANUEL DE JESÚS

1-0165-0991

205238

KMHJF31JPRU498021

10-600366-489-TC

LOS PACHECOS S. A.

3101377820

C-144496

1FUYDDYB0TP742083

10-600411-489-TC

COB BARBOZA JOSÉ ANTONIO

1-0850-016

CL-190703

5TEHN72N13Z184620

10-600437-489-TC

CASTRO AZOFEIFA MARIA DE LOS ANGELES

1-0823-0966

TSJ-4006

KMHVF31JPRU930811

10-600452-489-TC

UREÑA PRADO JORGE LUIS

9-0011-0134

TSJ-2563

KMHVF21LPXU577318

10-600677-489-TC

AVILA MADRIGAL CYNTIA

1-0763-0193

168949

JAACH15L4G5418466

10-600727-489-TC

CORDERO RAMÍREZ RUTH MARIA

7-0055-0270

TSJ-3107

KMHVA21NPTU171771

10-600767-489-TC

CAMPOS BOGANTES FRANCISCO JAVIER

3-0273-0621

TSJ-3029

KMHVF21JPRU933895

10-60910-489-TC

HAMILTON EDWARD CLIVE

214213352

482846

KMHJF21JPNU350701

10-600910-489-TC

RHOADES MARK ALAN

701210195

482846

KMHJF21JPNU350701

10-601330-489-TC

VALVERDE VALVERDE MARLENE

1-0621-0264

229660

JT2AE86S0G0190284

10-601350-489-TC

JIMÉNEZ BONILLA VICTOR MANUEL

1-0586-0383

TSJ-2475

KMHVA21NPSU058622

10-601355-489-TC

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VARGAS MEJIAS S. A.

3101203897

MOT-262045

9C2MD28948R100320

10-601397-489-TC

ESPINOZA ESQUIVEL KENNETH

6-0283-0151

CL-58217

FALTA INFORMACION

10-601397-489-TC

DHL (COSTA RICA) S. A.

3101009758

CL-189093

LH1721030011


10-601432-489-TC


INVERSIONES DORVIC LIMITADA


310290888


114162


9BD146000H3253694

10-602188-489-TC

RAMÍREZ ROJAS ROY FRANCISCO

1-0853-0327

619352

KMHVF14N1TU315186

10-602291-489-TC

CONFERENCIA EPISCOPAL NACIONAL DE COSTA RICA

3007061729

367414

JTDBT113700020910

10-602291-489-TC

BARBOZA CARPIO HUGO GERARDO

3-0184-0968

TSJ-4749

KMHVF21NPSU240497

10-602291-489-TC

QUIRÓS RODRÍGUEZ DIANA

1-0800-0818

215015

DSNCB1ARU02236

10-2364-648-PE

VARGAS VEGA ABDENAGO

1-0464-0990

CL-181321

JTFAH107611500022

10-2364-648-PE

INVERSIONES FAMILIARES CAÑAS Y DÍAZ S. A.

3101125967

518299

1N4EB31P1RC822708

10-602385-489-TC

ARRIENDA COMERCIAL DEL TROCAR S. A.

3101420221

CL-205949

KMFZBN7BP6U110189

10-602385-489-TC

ENRIQUEZ HERRERA OSCAR

4-0155-0783

MOT-151815

LC6PCJG9460808632

10-602405-489-TC

SOLIS MONGE ISAURO

1-0340-0237

445505

1FMDU34X8SUA75177

09-603635-500-TC

HERCULES MARINO S. A.

3101226391

CL-188288

1N6SD16SXSC469199

09-609141-489-TC

WACKENHUT S. A.

3101062907

542829

JTDBT113500324270


09-609223-489-TC


ARAYA VARGAS JAVIER

2-0172-0583

AB-4066

9BM6642314C083777

09-609514-489-TC

3101530563 S. A.

3101530563

581371

JTEBY17R108002395

09-610500-489-TC

MAURO ELECTROMERCADO S. A.

3101108037

CL-195124

V11820487

09-610510-489-TC

DELGADO CECILIANO EDGAR ALEXIS

1-0533-0624

CL-230030

JMYJNP15V8A003429

09-610644-489-TC

ADITA B & R CONSULTORES ESPECIALIZADOS S. A.

3101435784

CL-183226

KMFWVH7HP1U305542

09-610659-489-TC

JIMÉNEZ PÉREZ MARIA EUGENIA

1-0344-0283

TSJ-2911

KMHVA21NPVU255927

09-610699-489-TC

ACONCAR S. A.

3101290594

753455

WBAVC31080PY50766

09-610719-489-TC

AIRE ACONDICIONADO FERNANDO CAMPOS Y COMPAÑÍA S. A.

3101216069

397814

KNHTP7362RS763953

09-610734-489-TC

ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

3002045185

MOT-229354

LWBPCJ1F981006843

09-610776-489-TC

MULTISA S. A.

3101158262

CL-176355

VF1FC0EAF22095299

09-611194-489-TC

NCR NAEX COSTA RICA S. A.

3101354035

CL-129217

9BD146000P8306153

10-601773-489-TC-F

LOPEZ PEREZ GERARDO

600830644

157455

JT2EL31DXH0113071

10-602567-489-TC-F

TRANSPORTES DELDU S. A.

3101118213

GB-1333

9BM6642312B315547

10-601818-489-TC-F

TRANSPORTES CESSA DE C R S. A.

3101464692

MOT-226181

L5DPCKB207ZL00220

09-606163-489-TC-F

MIRANDA DUARTE ODILIE

075RE0851999

204416

JF2AN52B8HD436327

09-606163-489-TC-F

ALFARO SALAZAR CARLOS LUIS

203780282

204416

JF2AN52B8HD436327

10-600317-489-TC-F

SOLANO CALVO FERNANDO

301430931

630388

KMHDN45D31U142449

08-610270-489-TC-F

RAMIREZ VAZQUEZ LUIS GUILLERMO

107750110

553863

KMHJF31JPNU335764

09-609973-489-TC-F

INMOBILIARIA BITONTO, SR LIMITADA

3102542013

674075

JMYLNV76W7J001231

10-600240-489-TC-F

ING

184000445

CL-240122

PC301484

09-600271-489-TC-F

ORTIZ ROSALES EYLEEN MARIA

112910812

604584

KMHVA21NPSU090480

10-601753-489-TC-F

INDUSTRIAS DE MAIZ S. A

3101005627

798439

JTMBD33V405224347

10-601582-489-TC-F

SEQUEIRA GUZMAN HEIDEL

110060037

392265

3G2JB54T8YS168798

10-001259-174-TR-F

MENDEZ QUIROS FREDDY

302400867

TSJ-5652

KMHVF24NXVU408281

10-001259-174-TR-F

SOLANO JIMENEZ ALBERTO

302810901

CL-125897

1N6ND16S7JC311558

09-610459-TC-F

MARIN LORIA ADELAIDA

202881326

316379

1NXAE92E6KZ022773

10-600382-489-TC-F

DIAZ ZUÑIGA NICASIO GERARDO DE L

302770440

MOT-140324

LE6PCJLL743013061

10-600230-489-TC-F

RIVERA JIMENEZ VIRGINIA IVONNE

103180927

TSJ-1664

KMHCG45G6YU057034

10-600856-489-TC-F

AMORETTI OROZCO LUIS HECTOR

502550403

202438

JDAL201S000044203

09-610396-489-TC-F

LOPEZ CASTRO HUMBERTO

501540277

TSJ-3658

KMHVF11LPSU242996

10-601612-489-TC-F

MYERS FRANCIS MICHAEL ROBERTO

700900204

426992

KMHJF31JPNU324101

09-610581-489-TC-F

ROJAS QUIROS WILLIAM

601400331

603080

2CNBJ13CXX6909653

10-6011-47-489-TC-F

AUTO MERCANTIL S A

3101005624

SJB-6225

38408911110299

10-600248-489-TC-F

ARAGON CALZADA VERONICA

110460434

345305

KMHJF31JPRU743415

09-607450-489-TC-F

FALLAS CERDAS JORGE ENRIQUE

105200684

MOT-202144

LWBPCJ1F271095394

10-601890-489-TC-F

JORGE ALBERTO TORRES SEGURA

104240342

MOT-186029

LLCLPS2E371B888

10-601001-489-TC-F

UNIVERSAL DE TORNILLAS Y HERRAMIENTAS

3101277795

CL-211785

LETYECG276HN09394

10-601001-489-TC-F

PROPIAUTO UNO DEL NORTE S. A.

3101214841

564222

JDAJ102G000549655

09-608805-489-TC-F

ACUÑA SOLIS VINICIO

204560068

C-133721

1FUYDSEB5TP622580

09-609092-489-TC-F

INGRID BEJARANO CHINCHILLA

110730286

553391

1N4EB32FXPC797246

10-601633-489-TC-F

VILLEGAS CALDERON LUIS JAVIER

700740988

235909

1HGED3549KA073809

10-601633-489-TC-F

NUÑEZ FONSECA SARAY

111030173

TSJ-1531

KMHJF23R4SU808688

10-601423-489-TC-F

INMOBILIARIA HARSELZ IN DE CRSA

3101306615

489983

JA4MT31P3WP013227

10-602572-489-TC-F

SOLANO NUÑEZ VICTOR MANUEL

301610358

TSJ-4361

KMHJF34M1WU649

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-011968-0174-TR

DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL RAMIREZ & RAMIREZ E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR EDGAR RAMIREZ RAMIREZ

3-101-402079

761104

8AJZZ62G300001524

08-012220-0174-TR

SOLANO RUIZ CARLOS ARNOLDO

602240098

649275

8AJZZ62G800001180

08-012378-0174-TR

MOLINA RIOS AMED JOSE

800700673

556900

VF37BNFZP1P005014

08-012378-0174-TR

NARANJO CASTAÑO JUAN DIEGO

CR117000047925

352818

KMHJF21JPNU251593

09-001390-0174-TR

 TELECOMUNICACIONES Y REDES T E DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR GIOVANNI ALBERTO VARGAS MEZA

3-101-287428

CL 180682

VF35BWJZE60337845

09-003196-0174-TR

EL PICUZARO SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTA POR JORGE VILLALOBOS VARGAS

3-101-160713

693312

KMJWWH7HP3U532970

09-004359-0174-TR

 RODRIGUEZ TENORIO RONALD

105720148

TSJ 003869

KMHCG45C01U243378

09-005129-0174-TR

GELI GENERAL Y LIMPIEZA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR ELIZABETH FUENTES BARRANTES

3-101-322140

CL 223277

KL1BB05578C153368

09-005161-0174-TR

COTO MUÑOZ ALVARO ENRIQUE

107080393

369242

KNAJA5535RA724126

09-005249-0174-TR

 BIENES E INVERSIONES ALVAREZ & KEYLA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR DOUGLAS ALVAREZ ARCE

3-101-383655

737317

KMHJW24M9VU081832

09-005249-0174-TR

CORPORACION AGRARIA SHIRLEY DE SAN JOSE S. A. REPRESENTADA POR JEANNETTE RIVERA ZAMORA

3-101-218000

185139

3BAMB13M007123

09-005350-0174-TR

CARAS ALTAS ANDREW

PAS: 704755517

398831

KMXKPE1JPYU242471

09-005706-0174-TR

GUTIERREZ BOGANTES YOHNNY

602630347

TSJ 002470

KMHCG41BPXU001344

09-005767-0174-TR

HERNANDEZ CORDOBA ELIECER EDUARDO

109850753

209034

JN1PB12S9EU135817

09-005820-0174-TR

 ZAMORA PRADO JOSE PABLO

111090310

465869

KMHCH41GP2U285449

09-006034-0174-TR

ARRENDADORA BANTEC SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR OSCAR ARIAS UGALDE

3-101-090924

C 131031

LKD210K00022

09-006167-0174-TR

 ABDELNOUR SOLANO JEANNETTE

600650381

684180

JHLRE48307C206970

09-006167-0174-TR

SHIVA GANESH SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR EUGENE ELEUTHERE POLLOCK

3-101-322117

680432

4S4WX82D774404108

09-006618-0174-TR

RAMIREZ BOLAÑOS JOSE ANGEL

104980931

228749

WFOLXXGKALKC37054

09-007170-0174-TR

TRANSPORTES CESSA DE C R SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR RICARDO CESPEDES SABORIO

3-101-464692

442378

SALLDHM68WA145518

09-007272-0174-TR

ARAYA RAMIREZ DANIEL ALONSO

112920922

MOT 066940

3J1060890

09-007478-0174-TR

 LEIVA VARGAS SINDY ALEXANDRA

109050451

750309

JTDBT933001250438

09-007598-0174-TR

 GUZMAN ARGUEDAS LUIS ARMANDO

108450465

438307

KMHVF21JPMU508320

09-007815-0174-TR

VICEVIA S A N E SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR ADRIAN MONTERO ZELEDON

3-101-337847

601708

60D815A

09-007861-0174-TR

CHAVES ZAMORA JAVIER

103250859

110394

LKJ5004019

09-008255-0174-TR

PORRAS RAMIREZ WILLIAM

302290933

TSJ 003698

KMHVF21NPRU015167

09-008412-0174-TR

QUESADA MURILLO LUIS GUILLERMO

602530399

MOT 255676

LXMPCJLA580022698

09-608513-0489-TC

ELILAMO SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR ELIECER UREÑA QUIROS

3-101-283926

603336

1N4AB41D7XC722233

09-009064-0174-TR

PASTORA FLORES JUAN CARLOS

PAS: C835528

752888

KMHVA21NPSU074105

09-009133-0174-TR

ACUÑA SOLIS MARCELA MARIA

205510172

773482

KL1MJ61089C561856

09-009174-0174-TR

SERVITRANSPORTES ALMAR SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR ALEXANDER VIVES ARRIETA

3-101-341835

C 145835

RH600582

09-009375-0174-TR

LOGISTICA Y TRANSPORTES FERRETEROS L.T.F. SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR FEDERICO HERNANDEZ SOLANO

3-101-279078

CL 202106

KMJWVH7BP5U623038

09-009501-0174-TR

MAHON SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR SADIE VALVERDE VEGA

3-101-049196

587986

KMHCF35G02U207899

09-009527-0174-TR

NAPOLEON BRITO ALEGRE POMA

1588700118

144622

JDAG102S000629370

09-609590-0489-TC

 MUÑOZ LOBO MAURICIO ANTONIO

106780499

CL 185295

MMBONK6402D004114

09-009678-0174-TR

N.S. DE SAN PABLO CATORCEFOURTEEN SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR RUTH CARRANZA BONILLA

3-101-398801

459916

JDAL701S001045789

09-009693-0174-TR

JUAREZ EDDY JAVIER

135RE8393001999

CL 159822

JAACL11L8J7231411

09-009709-0174-TR

CAMPOS GAMBOA KAROL ELENA

110990772

MOT 163466

LD5TCJPA671100166

09-009740-0174-TR

HEEP SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR EDWIN AGUZZI VALVERDE

3-101-398249

CL 197387

VF3GBWJYB96054356

09-609843-0489-TC

CREMRICA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR EDUARDO BALAREZO ARANA

3-101-118245

CL 114983

YN920000326

09-009875-0174-TR

GREMAR DE CASTILLA SOCIEDAD ANONIMAN REPRESENTADA POR GERARDO SANCHEZ ALPIZAR

3-101-373879

800045

KNDJC733755393676

09-010063-0174-TR

 CAMPOS DELGADO MANUEL GERARDO

106060701

284003

KLY3S11BDPC145024

09-010191-0174-TR

 SANCHEZ MADRIGAL HAZEL YANORY DE FATIMA

105300410

543810

3N1AB41D1XL078312

09-010200-0174-TR

MASIS MASIS ALBA IRIS

103000322

MOT 251338

LJEPCML088A000420

09-010264-0174-TR

ARIAS UMAÑA HERBERT

104800766

MOT 161906

LF3PCG3A57B000062

09-010273-0174-TR

MAXIMON HOLDING COMPANY SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR KATHERINE LAWSON

3-101-349544

271087

SALLJGMM4VA720521

09-010308-0174-TR

D & PL SEMILLAS LIMITADA REPRESENTADA POR BRYAN W. CORKAL

3-102-208485

CL 229680

1GCDT13EX88118947

09-010379-0174-TR

MORERA VARGAS DANIEL

108480491

756039

1HGFA16508L501472

09-010404-0174-TR

EL GUEPARDO DE SEIS CILINDROS SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JOSE PABLO ZUÑIGA MIRANDA

3-101-518537

429827

WBAFA51080LH89578

09-010429-0174-TR

MARTINEZ ZELEDON WENCESLAO ALFONSO

102420406

CL 125884

JM2UF211XH0614774

09-010458-0174-TR

RAPPACCIOLI NAVAS JUAN CARLOS

800620944

635134

WDB1680331J188195

09-010599-0174-TR

MENDEZ SOLANO RODRIGO JOSE

113360519

685967

WDBEB28E0PB960802

09-010657-0174-TR

URIBE JIMENEZ JULIA MARCELA

107880753

372428

KMHVF21NPRU128706

09-010657-0174-TR

TRANSPORTES TRANSPUMA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA

POR MARIN WILLE LOCHNER

3-101-350657

CL 225192

MHYDN71V58J101574

09-010694-0174-TR

RODRIGUEZ SANCHO RONALD RAFAEL

105260813

442437

KMXKPE1CP1U437803

09-010694-0174-TR

CAMARENO AGUILAR GABY JOHANNA

108120351

202885

1HGCA5524JA182896

09-010698-0174-TR

CASTILLO CAMPOS JUAN VICENTE

104300402

213256

KMHLF31J9HU191485

09-010753-0174-TR

VERDURAS DE EXPORTACION VERDUREX SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADO POR FRANCISCO LACAYO CASTRO

3-101-373162

790515

1HGEJ8144WL116801

09-010754-0174-TR

COSMOTEK SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JACOBO MURILLO SUBIROS

3-101-110792

396995

JA4MT31P4VP009511

09-010771-0174-TR

BARQUERO CORDERO DIEGO ALFONSO

113660175

SJB 012160

1BAAHCSA2WF081572

09-010815-0174-TR

FONSECA WILLE EVELYN MARIA

110310186

440484

1HGES15501L502166

09-010877-0174-TR

ASOCIACION IGLESIA PRESBITERIANA DE COREANOS REPRESENTADA POR JEONG SE HONN

3-002-105344

516794

KMXKPE1CP3U458366

09-010893-0174-TR

SOFI I N C SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR ALVARO ESPINOZA DELGADO

3-101-388772

217512

4S2CG58Z5M4320300

09-011083-0174-TR

INVERSIONES RSHHJ DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JADWITZA CANO LORIA

3-101-403837

493411

KMXKRS1BP2U455836

09-011119-0174-TR

COMEFEX CR SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR LUIS PROAÑO RECALDE

3-101-335697

273606

JM7BA116300211493

09-011159-0174-TR

CLUBES DE VIAJES PUNTO COM SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR AUGUSTO CESAR QUESADA ARROYO

3-101-472484

MOT 199860

LBPKE095270112998

09-011178-0174-TR

C R COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR CARLOS ALBERTO RUIZ HERRERA

3-101-048363

409547

JACUBS69DY7100025

09-011216-0174-TR

 COSTEÑA INC SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA ISSUFO ALI

3-101-284514

CL 180567

V11817515

09-011303-0174-TR

TRANZUM TRANSPORTES ZUMBADO LIMITADA REPRESENTADA POR VICTOR ZUMBADO VILLALOBOS

3-102-443879

491050

WBAAY710X3CJ71178

09-011309-0174-TR

R A D SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JUAN RAMON UREÑA CHAVES

3-101-216502

MOT 240558

FR3YCD3048D000092

08-012754-0174-TR

SEGURA LOPEZ CARLOS ELIER

900920925

MOT 89779

MD221006717

10-000044-0174-TR

PORRAS MARTINEZ MARICELA ENRIQUETA

105580079

572938

KL1JD51605K076202

09-002991-0174-TR

CARDENAS VELEZ JHON MARLEN

070COL000581702

226236

BEAB13013265

09-003479-0174-TR

 CHINCHILLA NUÑEZ JULIA

600690595

119407

XTA210400J0127503

09-603490-0489-TC

AUTOMOTORES EL SOTANO DE SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR AUED JAIKEL MARIANNE PATRICIA

3101304448

602501

VF1LMB50632053862

09-003572-0174-TR

SANDOVAL MORALES NELSIE

301760610

634096

JT2AE04B9R0082561

09-004702-0174-TR

AGUILAR MATA JOSE ANTONIO

302930342

792949

JMYSTCY4A9U001413

09-004978-0174-TR

CHAVES ARAYA JOSE GERARDO DE LA TRINIDAD

401300062

390960

KMHVD12J2PU236184

09-004980-0174-TR

JARA MEOÑO JOSE PABLO

108520750

432929

KMHVF31JPMU520543

09-004980-0174-TR

 FYESA CONSULTORES SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JOSE FRANCISCO ARCE RODRIGUEZ

3-101-157393

699851

JM7CR10F170105449

09-005046-0174-TR

LEON SOLIS ROSA MARIA

301650887

678889

BN13-200169

09-006106-0174-TR

 AHEDO CUBERO KARLA SARA

108050406

501525

3VWFA81H4VM002314

09-006177-0174-TR

CORTES MORA NELSON

108580425

557502

1N4AB41D8XC717686

09-006177-0174-TR

 TORREFACTORA COBRUCITO SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JOSE E. CRUZ CAMPOS

3-101-138980

CL 161209

1N6SD11S0PC347160

09-006524-0174-TR

 FANTASIA ROJAS ARROYO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MAURICIO ROJAS CALDERON

3-101-311375

210768

1HGCA5546KA012283

09-606874-0489-TC

OREAMUNO CANIZAL IVAN DE JESUS

206440417

780613

TC530734

09-606874-0489-TC

 AUTOS CORCOBADO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA

3-101-129230

CL 199414

JN1ANUD22Z0001285

09-006978-0174-TR

RODRIGUEZ LOPEZ JORGE CHRISTIAN

110410050

224335

JHMEC4531HS022384

09-006978-0174-TR

TRANSPORTES MACA HERMANOS SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR GUIDO AGUILAR ROMERO

3-101-382784

545237

2T1BR12E4WC013586

09-007088-0174-TR

CHINCHILLA CORRALES LIGIA

201400205

404107

KMHJF32M9RU638544

09-007088-0174-TR

VARGAS RETANA ALEXANDER

110420012

MOT 020675

1T9015329

09-007198-0174-TR

VINDAS VINDAS ANA CECILIA

103240762

58922

BJ40001827

09-007497-0174-TR

 IMPORTACIONES EL NAZARENO C.E.R. SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR FRANCISCA ESPINOZA REVILLA

3-101-462355

CL 183011

JAANKR55E27100010

09-008046-0174-TR

CADET WINIKER CAMILLE FRANCHESCA

109740809

650452

JS3TA74V074110561

09-008077-0174-TR

EL SAPO FELIZ SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LUIS ARCE MONTES

3-101-414794

599112

VF1LMB50630244212

09-608328-0489-TC

GARCIA PALMA WAGNER ENRIQUE

602430626

553544

JN8HD17Y3SW049612

09-008358-0174-TR

SERVICIO DE MICROBUSES ALAJUELA SAN JOSE LIMITADA, REPRESENTADA POR GIL BENEDICTO VARGAS SANCHEZ

3-102-073015

AB 001764

9BM382020NB950666

09-008487-0174-TR

CORPORACIONES INTERNACIONALES DE COSTA RICA CICR SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GERARDO JASPER SALAS

3-101-197797

CL 191589

VF35BWJZE3G504515

09-008487-0174-TR

LILLIANA TERCERA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LIZBETH SALAS SANCHEZ

3-101-164202

CL 170450

1GCCS1444X8101189

09-008544-0174-TR

 PIEDRA ANYELL MARTA EUGENIA

700980627

546507

F.I.

09-008837-0174-TR

MAROTO SOTO DEIVIN

205850382

406399

1N4EB32A2NC780957

09-008837-0174-TR

REPRESENTACIONES J A MONGE SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JOSE ANTONIO MONGE FALLAS

3-101-247386

CL 166157

JMZUF8UE200721086

09-008860-0174-TR

SERVILLANTAS JAR C O L O N SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JORGE ARAYA RETANA

3-101-534063

CL 175094

BU2110007393

09-008985-0174-TR

VALVERDE JIMENEZ IRZA YORLENY

107500326

423872

KMHVF31JPMU442082

09-008985-0174-TR

COLE DE LEON VITZAH ALEXANDRA

601840062

182602

JT2AL32G1E0211408

09-009157-0174-TR

SIERCKE JINESTA ELLY

104000766

TSJ 001634

KMHVF24N0VU372570

09-009157-0174-TR

ARAYA COTO MARIA ZELMIRA

302840307

311315

2HGED6341MH592412

09-009189-0174-TR

 ROYES FLORES HILDA

111000413

728813

KMHCG45CX1U249964

09-009189-0174-TR

INVERSORA NICOA S Y M SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR MOISES SOTO BALLESTERO

3-101-063028

EXP 000266

E140001647

09-009198-0174-TR

VEGA ARAYA HELEN REBECA

108860264

178813

JF1KA73A8JB716353

09-009205-0174-TR

CORDERO CAMPOS CELIA PATRICIA

106870977

685528

JSAERA31S75251391

09-009206-0174-TR

ALVARADO ARRONES YULSIN MACIEL

113620118

660883

WC739233

09-009227-0174-TR

ACARREOS LA HORA CERO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALFREDO JIMENEZ ARGUEDAS

3-101-332351

C 143351

4V4ND4RJ0YN237748

09-009697-0174-TR

CHAVEZ MUÑOZ AIDE SALVADORA

CR270147583081877

MOT 211928

LBPKE104080002656

09-009755-0174-TR

RAMIREZ GONZALEZ BERNAL

103930494

518716

3N1EB31S9ZK116453

09-009798-0174-TR

PORRAS ALVAREZ JOSE ALBERTO

205880376

MOT 228836

LC6PCJB8180807438

09-009899-0174-TR

IKER NORTIS SOCIEDAD ANONIMA., REPRESENTADA POR JOHNNY BERMUDEZ MANTLE

3-101-473436

771702

WBACB3326RFE17767

09-010028-0174-TR

MENDEZ VARGAS ALEXANDER

108720809

MOT 212675

L4STCKDK772300385

09-010056-0174-TR

FRUTIVERDU SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MARIA DE LOS ANGELES MENESES LOPEZ

3-101-134109

CL 186835

J8DC4B1K0P7009391

09-010066-0174-TR

SALAZAR ARIAS MELISSA MARIA

603480998

479629

JT2EL46B4N0141828

09-010245-0174-TR

CORDERO CASTRO AUREA FELICIA

104140396

444665

KMHDM41BP2U268834

09-010388-0174-TR

RAMIREZ MUÑOZ JORGE LUIS

103330993

TSJ 003399

JTDBT113200020295

09-010389-0174-TR

CALDERON CHINCHILLA ALEXANDER VIDAL

108330481

TSJ 004562

EL530247973

09-010419-0174-TR

FIGUEROA HUAMAN IVAN MICHAEL

CR45502065390003

CL 200742

1N6DD26SXWC306637

09-010606-0174-TR

SERRANO ROMERO OLDEMAR DE JESUS

900830082

319646

1N4PB22S2JC785579

09-010650-0174-TR

TRANSPORTES GALIANO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JUAN MONGE MONGE

3-101-314310

C 139410

1XPCDR9X4RD342450

09-010691-0174-TR

GARRO ROJAS OSCAR LUIS

601450838

CL 089634

FB300A000758

09-010729-0174-TR

KRISOL IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA SOCIEDAD ANONIMA

3-101-205864

CL 133043

JAATFR10FR7100312

09-010788-0174-TR

BLANCO FLORES ROXANA MARIA

106120313

591718

KL1TD51Y25B396423

09-010788-0174-TR

ROMAN ALVAREZ CARLOS LUIS

105400383

376561

KMHJF31JPRU765569

09-010857-0174-TR

BLANCO JIMENEZ ENAR IMELDA

202060371

531363

JN8AR05S3TW053091

09-010879-0174-TR

 LA CASA DEL AUDIFONO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JOSE P. SANCHEZ CERDAS

3-101-307248

788327

4C677275

09-010894-0174-TR

BALMACEDA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALEJANDRA BALMACEDA ARIAS

3-101-337186

736969

3N1AB41D0TL001649

09-010975-0174-TR

FERNANDEZ OTAROLA ADRIAN RODRIGO

108050617

238889

3G1JC5243SS803236

09-011016-0174-TR

HACIENDA EL CHIVERRAL LIMITADA, REPRESENTADA POR HERNAN JOSE PIEDRA ABARCA

3-102-149236

674939

2CNBJ1866S6931368

09-011068-0174-TR

IMPORTADORA MULTIMARCAS R Y B SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR VIRGINIA BEJARANO ABARCA

3-101-303344

417202

JDAJ102G000504777

09-011074-0174-TR

ASESORIAS Y MANTENIMIENTO TECNICO RIAR SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR GLENDA GUTIERREZ GONZALEZ

3-101-213184

CL 174782

4S1CL11L0M4214108

09-011079-0174-TR

QUIROS CORDERO NORBERTO

104740553

330992

KMHCF21DPSU429831

09-011147-0174-TR

ESTRADA MORA RODRIGO ENRIQUE

107380218

775800

EL420456490

09-011217-0174-TR

ARCE VILLALTA XINIA MARIA

106180429

688631

JM7BK346571351354

09-011336-0174-TR

ABARCA CALDERON MARITZA ANABELLE

104830756

536876

1HGEJ8140WL087099

09-011337-0174-TR

GARCIA CASALVOLONE PAOLA

113200625

473626

JDAM101S000507406

09-011337-0174-TR

TORRES QUESADA MARTA EUGENIA

104800155

501791

JN1CFAN16Z0057774

09-011414-0174-TR

KOROVKOVA NATALIA

1N1482032

625708

9BD19240163040940

09-011444-0174-TR

ESQUIVEL VALVERDE MINOR EDUARDO

106210344

TSJ 000649

KMHVF24N8VU365303

JUZGADO DE TRANSITO DE HATILLO, SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-002188-0492-TC

MATA CORDERO ROY

2-0456-0899

118788

LB11MC73122

09-002322-0492-TC

GAMBOA SOLIS ALEXANDER

108870378

547754

2HGES15504H750032

09-002322-0492-TC

DIAZ UREÑA ELVIS

 

583823

KMHVA21NPRU011692

09-002322-0492-TC

GOMEZ MENDOZA HORACIO

 

TSJ-000799

KMHVF21NPRU093343

09-002508-0492-TC

MURILLO PEREZ WILLIAM ROBERTO

1-1179-0247

150474

1HGED3554LA062436

09-002563-0492-TC

UREÑA BLANCO HECTOR

1-0457-0116

TSJ 3462

JTDBJ21E604004719

09-002564-0492-TC

BUSTAMANTE MADRIGAL FREDDY

1-1146-0366

163527

KMHLF31J9HU137135

09-002610-0492-TC

GARCIA PORRAS BERNAN

1-0529-0304

CL 229117

J37010724

10-000013-0492-TC

CASCO PORRAS TATIANA ISABEL

1-0610-0900

648779

SXA167015678

10-000019-0492-TC

JIMENEZ MORA ALFREDO JESUS

1-0469-0974

TSJ 5138

KMHVA21LPTU161124

10-000081-0492-TC

ALQUILERES TURISTICOS DE JACO

3101069101

124021

KMHLF21FPHU322272

10-000126-0492-TC

ALQUILERES TURISTICOS DE JACO

3-101-069101

124021

KMHLF21FPHU322272

10-000146-0492-TC

MORA CHAVES ALEXANDER

1-0732-0210

TSJ 2377

1N4AB411D2TC774251

10-000184-0492-TC

TATUM DAWNS de LOGON

8-0088-0675

TSJ-005117

JTDBJ41E0J000428

10-000209-0492-TC

ARIAS PEREZ JONATHAN ORLANDO

110340346

803737

KMHVF21NPTU329557

10-000233-0492-TC

EDUARTE VEGA NOYLIN ROCIO

1-1040-0824

286250

FB13613274

10-000244-0492-TC

MARIN BRBOZ JAZMIN

109070074

350396

KMHVF21NPRU029492

10-000244-0492-TC

GRANADOS ROJAS FRANKLIN

701570066

807628

KMHVA21LPTU122880

10-000261-0492-TC

HERMANOS ANGULO GUZMAN S. A.

3-101-333238

CL 45900

LB120006100

10-000294-0492-TC

MENESES FERNANDEZ CARLOS

108140612

331028

2T1AE04E9PC001868

10-000294-0492-TC

MELENDEZ ESPINOZA CLAUDIA

135RE069490001999

MOT-121707

DFFBJM40440

10-000322-0492-TC

VILLALOBOS

 

 

 

10-000345-0492-TC

REPRESENTANTE LEGAL DE MASTER TEC DE C.R.S. A.

3-101-266437

360661

KMPKR17BPXU289353

10-000389-0492-TC

GUTIERREZ VALENCIA ROBERTO

109390144

268078

JN1GB22S9KU013444

10-000391-0492-TC

VARGAS SOLANO MARIO ALBERTO

1-0816-0728

152585

WBAAC110803571165

10-000421-0492-TC

PEREZ LOPEZ FERNANDO ANTONIO

1,17001E+11

607912

KMJRD37FPRU066321

10-000445-0492-TC

REPRESENTANTE LEGAL DE 3101570701 S. A.

3 101-570701

CL-242011

KNCSE26458K335284

10-000520-0492-TC

SOLANO BERMUDEZ FANNY ANGELIMY

1-0991-0486

770061

KMHVF21NPRU038826

10-000559-0492-TC

ZENG HAN XIANGPING

8-0083-0634

CL-239341

1C381419

10-000561-0492-TC

VARGAS MAYORGA NIXY

1-0877-0127

119249

LB11M-C74428

10-000607-0492-TC

CHINCHILLA VALVERDE MIGUEL

1-1082-0684

MOT 122481

DJVBKA34947

10-000623-0492-TC

ESTEBAN HERNANDEZ STERLING

1790936047

349968

KS3JC51C9H4179985

10-000667-0492-TC

LUNA LEAL INGRID

1-0814-0510

385125

KMHJF31JPMU046006

10-000733-0492-TC

CASTRO MARCHENA MARIO

1-0483-0628

356331

NO INDICA

10-600763-0492-TC

HIDALGO ALFARO REINA CECILIA

1-0481-0497

717269

2T1AE04B5SC071107

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TARRAZÚ, DOTA Y LEÓN CORTÉS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600008-0243-TC-2

WILBERT PORRAS AMADOR

1-549-343

445506

KMJHF31JPMU058590

10-600009-0243-TC-3

COOPERATIVA DE TRANSPORTES DE ESPECIALES Y ESTUDIANTES R.L.

3-004-102086

SJB 4729

JADBE2200M9200105

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PÉREZ ZELEDÓN

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600090-804 TC

KAREN BARRANTES NAVARRO

1-1055-0222

533368

1N4EB31F0RC847591

10-600185-804 TC

MADRIGAL CASTILLO ERICA 

1-1088-460

621400

KMHCF35G31U102126

10-600027-804 TC

CONSTRUCTORA HERMANOS BRENES S. A.REP/HUGO ERNESTO BRENES GONZALEZ.

3-101-172938

CL 242391

MPATFS85H9H505841

09-601146-804 TC

ALBA NIDIA RUIZ BEITA

1-503-423

C 137394

1XKWDB9XXSJ637120

10-600328-804-TC

WENDY MAGALY SOLIS NAVARRO

1-1181-159

437680

2CIMR2463L6003033

09-601312-804-TC

LUZ MARINA VARGAS RAMIREZ

1-588-993

CL 79803

RN28043866

09-601356-804-TC

IVANNIA CASCANTE MORA

1-1001-450

663127

KMHVF11LPRU085942

10-600184-804-TC

OMER RODRIGUEZ CARVAJAL

2-179-204

192193

KMHLF21J1JU350001

09-601328-0804 TC

LORIA JIMENEZ MARIA DE LOS ANGELES

02-0418-0595

460048

KMHVF21NPRU002374

10-600150-0804-TC

BLANCO FONSECA MILENY

01-1197-0949

708599

VZN1300184516

10-60103-0804 TC

VENEGAS MORA OLGER

01-0401-0690

TSJ 5679

JTDBJ21E20211405

10-600094-0804-TC

CHAVES CHAVES MARIA DE LOS ANGELES

09-0045-0161

389619

KMHVF31JPNU563062

10-600118-0804 TC

CONSORCIO DE INVERSIONES Y DESARROLLOS CEDEÑO CASTRO S. A. REP JOSE ALEXANDER CEDEÑO FONSECA

01-0941-0456

CL 219742

8AJFZ29G306040533

10-600153-0804 TC

SUAREZ RODRIGUEZ JAVIER GERARDO

05-0234-0849

448209

KMHVF31JPNU606688

10-600007-0804 TC

TRASPORTES GALIANO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR JUAN BERNANDO MONGE MONGE

01-0688-0329

C 132650

1HSRKLRR4NH449959

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-001160-0494-TRA

JORGE LUIS MOLINA ALCAZAR

202760807

TA-1310

KMHVF24N4VU388626

10-001113-0494-TRF

FRANKLIN MORALES NUÑEZ

203710415

TA-837

KMHVF21NPRU038278

10-001018-0494-TRF

ZAYDA MARIA ARROYO ROJAS

202830527

TA-350

KNAFB121015095175

09-002742-0494-TRF

JASON JOSE GOMEZ BARRANTES

205690230

515611

JTDKW113200186873

10-001112-0494-TRS

PATRICIA MARIA MONGE VILLALOBOS

204240044

725876

KMJRD37FPVU386739

10-001157-0494-TRS

PRETECMA S. A.

3101133479

CL-189563

JN1AHGD22Z0030338

10-000964-0494-TRA

MESETA SAXIO S. A.

3101303816

489060

SXV200377906

10-000947-0494-TRS

JOSE FRANCISCO PICADO CESPEDES

302920184

CL-128744

1N6ND11S8HC316916

10-001103-0494-TRF

TABERA ESCOL & ASOCIADOS S. A.

3101193836

CL-209093

KNCSE211267151200

10-001031-0494-TRP

ANC CAR S. A.

3101013775

770588

JTFSK22P700006488

10-001031-0494-TRP

ANA MARIA CASTRO CONEJO

104710312

559614

VF1BB130F29838960

10-001036-0494-TRP

TRANSPORTES ALAJUELA TURRUCARES LA GARITA S. A.

3101126945

PB-1083

9BM6642311B248812

10-000821-0494-TRS

MARIO GONZALEZ LEITON

107740235

156920

JN8HD17Y3LW217718

10-000181-0494-TRF

ALBERTO JOSE ROJAS BERNINI

113080681

CL-198174

JN1CNUD22Z0737804

09-004106-0494-TRV

NETE SERVICIOS MULTI PLES S. A.

3101294828

536270

MA3ECA11S00995521

10-000940-0494-TRP

JORGE EDUARDO GUEVARA LIZANO

203380679

775245

KMHJN81BP9U950336

08-004667-0305-PEP

CARMEN JULIA REYES TORRES

203570810

MOT-186351

LX8PCM8067F000124

10-000951-0494-TRP

MIGUEL ESQUIVEL CAMPOS

202880592

AB-3592

KMJRD37FP1K502574

10-001021-0494-TRP

RAMIRO ALFARO VEGA

202070433

727664

KMJRD37FPTU297858

10-001061-0494-TRP

ANA ISABEL CRUZ SIBAJA

900270027

C-142697

1FUYSSEBXYPG06360

10-001207-0494-TRS

ALAN CARVAJAL ROJAS

205060462

532967

1NAAB42D4TC516313

09-003936-0494-TRV

GLOBAL INTERNACIONAL DE ALAJUELA S. A.

3101136316

CL-173438

4TARN81A1RZ311245

10-001223-0494-TRF

LARRY HANS ARROYO ARRIETA

401340454

407516

KMHVF31JPNU587672

10-000781-0494-TRS

AGROPECUARIA JVC DE CARRILLOS S. A.

3101267059

EE-26393

210383

10-000989-0494-TRA

ZUÑIGA Y PEÑA Z Y P SOLUCIONES S. A.

3101434877

CL-218704

1FTWW31P95EB90154

10-001029-0494-TRA

ORVI DE SAN JOSE S. A.

3101162410

CL-192718

MMBJNK7403D033936

10-000819-0494-TRV

LAW NETWORK SERVICIOS FIDUCIARIOS S. A.

3101424294

CL-231936

JHFUJ10H400001488

09-004367-0494-TRV

JOSE FRANCISCO GONZALEZ FLORES

203380732

TA-980

KMHVF21NPSU173527

09-003776-0494-TRV

GUST GEORG GUSTAV

3240066043

405252

KMPKR17BPYU347813

09-003444-0494-TRV

TRANSPORTES MADECO S. A.

3101234771

C-133744

1M1AA13YXRW039522

09-003389-0494-TRV

WOLTER DANIES NORMA SOPHIA

74265477276

CL-142299

1N6ND11S4KC351573

09-003299-0494-TRV

CIELOS ABIERTOS S. A.

3101407131

CL-218985

8AJDR22GX04004884

09-003229-0494-TRV

VIALEY CAMPOS ALFARO

204820351

159001

1HGAD7438FA001245

09-003204-0494-TRV

POLARIZADOS JG DE COSTA RICA

3101219753

97933

VC120051176

09-003154-0494-TRV

CINTHYA MARIELA ARROYO FALLAS

109600368

MOT-157207

LC6PCJK61260805838

09-003043-0494-TRV

ORLANDO PORRAS DURAN

103340517

TA-1061

JTDBJ21E104015210

09-002993-0494-TRV

MARCIAL VANEGAS JIMENEZ

501800282

MOT-94388

SH41A103671

09-002955-0494-TRV

ROBERT GRISALES HENAO

1,75191E+14

705039

1Y1SK5264TZ017705

09-002900-0494-TRV

MARLE QUESADA JIMENEZ

107210557

AB-3870

LH1748006628

09-004099-0494-TRF

LUIS GUSTAVO RAMIREZ MORA

110580729

205155

2HGED6357KH556620

10-001061-0494-TRP

ANA ISABEL CRUZ SIBAJA

900270027

C-142697

1FUYSSEBXYPG06360

10-001242-0494-TRS

TRANSPORTES ALEXANDER RODRIGUEZ GONZALEZ LIMITADA

3102186727

C-151124

1FVABTAK72HJ87357

09-004073-0494-TRS

GLORIANA BERMUDEZ SANCHEZ

108240640

669162

JDAJ210G001030997

10-000941-0494-TRS

COMERCIALIZADORA DE PISOS VINILICOS S. A.

3101091695

CL-117595

JAATFR54HN7103548

10-001099-0494-TRA

MICROBUSES RAPIDOS HEREDIANOS S. A.

3101070526

HB-716

FD194S-10092

10-000962-0494-TRS

ROY SAENZ AGUILAR

303230868

165526

1N4PB22S2HC786189

10-001287-0494-TRS

LUZANIA ROSALES MORALES

502420630

254714

KMHVD12J1LU020823

10-000881-0494-TRS

QUINTAS ROSARIO S. A.

3101184812

C-127046

2FUYDCYB4NV481480

10-000989-0494-TRA

ELIZABETH ALFARO SALAS

900530012

231286

2CNBJ18U4L6231994

09-002115-0494-TRF

JESSICA MARIA HERNANDEZ HERNANDEZ

112830245

MOT-256303

L6UAAJA2X9A059060

10-001247-0494-TRS

ELADIO ANTONIO MORALES CRUZ

203740571

TA-1219

KMHJF21RPYU975713

10-001164-0494-TRA

MONICA JIMENEZ BERMUDEZ

1115002794

752307

8AD3DRHY476052128

10-001298-0494-TRF

ELIECER MONTOYA DELGADO

105380735

560318

2T1AE04E7PC002324

10-001368-0494-TRF

GERARDO CUBERO GOMEZ

202260882

TA-659

KMHCG45C91U183990

10-001388-0494-TRF

LIGIA MELISSA MORERA MORALES

111510427

CL-199905

1GCD14KXKE241628

10-001383-0494-TRF

RIGOBERTO RODRIGUEZ HERNANDEZ

203770617

TA-763

AE1113051220

10-000226-0494-TRF

EL SORPRENDENTE HOMBRE ARAÑA

3101486559

755388

1J8GN28928W263350

10-001253-0494-TRF

ELIZABETH PEREZ HERRERA

108240154

CL-119200

1N6ND06Y3FC335510

10-001036-0494-TRP

AUTOTRANSPORTES SAN JOSE SAN CARLOS SA

3101072026

AB-2305

9BM664231VC086937

09-004384-0494-TRS

ADRIAN ARAYA MONTERO

401180431

783172

WC754097

10-001010-0494-TRV

MUNDO BIZARRO FIGURAS COLECCIONABLES SA

3101405794

498180

3N1JH01S6ZL090402

10-001519-0494-TRF

GRUPO GUARDIA S. A.

3101310992

CL-205867

98AJFR22G104505025

10-001322-0494-TRS

LUIS ANTONIO HERRERA ALPIZAR

205520184

C-147859

MKB213N55461

10-001427-0494-TRS

TRANSPORTES TURRUCARES LA GARITA S. A.

3101126945

PB-1083

9BM6642311B248812

10-001209-0494-TRA

DORIS RIOS CORTES

202770658

TA-1136

KMHCG45G5YU070180

10-001507-0494-TRS

CARLOS EMILIO MORERA ARRIETA

108290812

TA-1189

JM7BA116300238446

10-001533-0494-TRS

DAVID ALBERTO GONZALEZ GARCIA

110690057

588060

1HGCM55605A500349

10-001419-0494-TRA

OLMAN ENRIQUE ARIAS ROJAS

501910453

TA-1264

KMHJW35F5YU159341

10-001007-0494-TRV

OVIDIO CAMPOS GONZALEZ

501730614

C-150535

YH233211

10-000538-0494-TRV

MARIO FERNANDEZ BEJARANO

105480415

729201

2HGEH2349NH519853

10-001224-0494-TRA

MOVIMIENTOS DE TIERRA Y ACARREOS DEL VALLE S. A.

3101165191

C-17918

RS785173761

10-001417-0494-TRS

DISTRIBUIDORA CERVANTES S. A.

3101142641

CL-210403

JDA00V11600021645

10-001429-0494-TRA

SANDI UREÑA HERNAN

104260422

C-146209

J17701672

10-001434-0494-TRA

RIGOBERTO QUIROS VARGAS

2035810147

222255

JT2AE92E3J3022344

10-001294-0494-TRA

TRANSPORTES DELDU S. A.

3101118213

SJB-6639

9BM664231VC087491

09-002794-0494-TRV

ALFREDO SOLORZANO CARVAJAL

202780077

TA-718

3N1EB31SXZK111178

09-003941-0494-TRV

RAFAEL GERARDO ARCE LOAIZA

900990694

C-140855

1FUPDDYB9TH701084

10-001620-0494-TRA

ARNULFO CALVO MURILLO

107930355

686494

JMY5RC56A7U000905

10-001563-0494-TRS

JUAN VICENTE CHAVES CESPEDES

203670483

CL-242663

RN1106056534

10-001554-0494-TRF

JOSE FRANCISCO MOLINA RODRIGUEZ

203050552

675099

KMHJG34F1WU099747

10-001310-0494-TRV

3101598244 S. A.

3101598244

611020

KMHVF11LPTU348447

10-001319-0494-TRA

JORGE LUIS MASIS ELIZONDO

203180060

TA-910

JTDBJ21E002000239

10-001190-0494-TRV

ERICKA PATRICIA BONILLA MORALES

108920304

C-141936

4V52AEHD5SR474129

10-001127-0494-TRS

VIAGEN COSTA AZUL S. A.

3101244941

SJB-72058

NO INDICA

10-001549-0494-TRF

MARIA GERARDA MURILLO SANCHEZ

202800887

MOT-92673

MD031011806

09-004078-0494-TRS

VICTOR MANUEL SORIANO DAVILA

135RE01559001999

MOT-152369

LC6PAGA1160844211

10-001629-0494-TRF

ADRIANA TERESA RODRIGUEZ ESPINOZA

701120012

647759

2T1AE91A9MC109800

10-001489-0494-TRA

TRANSPRICI S. A.

3101503057

737585

KMHVA21LPTU158161

10-001371-0494-TRP

MONICA ROMERO CASTRO

110190464

520553

KMHJF31JPPU537754

10-001111-0494-TRP

GILDA GRIMANESA RUIS DIAZ

108600625

718549

JHLRD1744XC057551

09-003458-0494-TRA

ARRENDADORA COMERCIAL AT S. A.

3101013037

CL-146881

KLY7T11ZBTCO26741

10-001503-0494-TRF

SUNSET KISS S. A.

3101465845

390013

VF32ANFZWYW019085

10-001429-0494-TRA

CARLOS FRANCISCO PAL GOMEZ

114360295

589830

KMHVF14N2TU327041

10-001623-0494-TRS

JOSE MIGUEL GONZALEZ C AMPOS

204060444

TA-544

KMHJF35FXYU963277

10-001482-0494-TRS

JAVIER MONTAGNE FERNANDEZ

114590220

725550

9BD17218763208850

10-001112-0494-TRS

JAROL CUERO HARDING

1,17E+11

727084

2CNBJ13C3Y6952197

09-000572-0494-TRA

GERMAN HERNANDEZ ALVARADO

203310701

AB-3535

LH1541002509

09-000762-0494-TRA

JESUS MARIA UGALDE RAMOS

203330577

CL-221042

LHA12Z2D57A005394

09-000762-0494-TRA

HACIENDA SIERPE S. A.

3101030428

CL-190224

FE519BA40219

09-001097-0494-TRA

DAISY AMORES ALFARO

201760779

15857

LB31051136

09-002894-0494-TRA

FRANCISCO EDUARDO PORRAS PINTO

106880539

CL-240642

1FTEX18L7WNA01468

09-003002-0494-TRA

MAURICIO ALONSO MONTALBAN VARGAS

110360440

240386

1HGED3540KA102761

10-000603-0494-TRA

RODRIGO SALAZAR UGALDE

203110271

TA-932

1N4AB41D9SC748406

09-000723-0494-TRA

FLOR MARIA HERNANDEZ CHAVES

203830459

MOT-88348

KMYONF100CS004526

10-000853-0494-TRA

YALILE CHAN JIMENEZ

105670078

253670

1HGED3552LA029550

10-000858-0494-TRA

NUEVO MIUNDO LUMINOSO LTDA

3102533294

787837

1JAGW58N1XC617596

10-001169-0494-TRA

JORGE LUIS MOLINA ALCAZAR

202760807

TA-1310

KMHVF24N4VU3886626

10-000955-0494-TRV

CHANCT CHUNCT HUI

M10473059

360109

KMJWWH7BPVU025541

10-000118-0494-TRV

YANCY JOSETT PEREZ MARENCO

109670699

732071

CK24VU038818

10-000794-0494-TRV

ANDRES FABIAN HERRERA MIRANDA

503200278

573369

JN1CFAN16ZOO87975

10-000574-0494-TRV

ALICIA GUILLEN DELGADO

102050682

365698

KMHJF21RPYU978120

10-000824-0494-TRV

FANENG WU

6,26171E+14

MOT-167141

LF3PCG3A77B000127

09-004202-0494-TRV

VICTOR MANUELJIMENEZ AVILA

204720403

377373

KMHJW31MPSU011865

09-003921-0494-TRV

DORIS RIOS CORTES

202770658

TA-1136

KMHCG45G5YU070180

09-003916-0494-TRV

PATRICIA TORRES GIUTTA

106130547

153615

JDAG100S000722734

09-003660-0494-TRV

ROBERT WADDINGTON

1,84E+11

CL-219374

MM7UNYOW370639293

09-003600-0494-TRV

MARCO ANTONIO AGUERO FERNANDEZ

502320671

172791

1NA4PB21S5HC761871

09-002749-0494-TRV

BERACA F Y L S. A.

3101545357

C-27045

2WKPDCJH8HK918082

09-002353-0494-TRV

JIMMY GERARDO VALVERDE ANCHIA

105800053

236816

1HGBA5437GA118401

10-001546-0494-TRV

KAISER S. A.

3101068385

CL-184268

1FTCR14U0RTA64489

09-001923-0494-TRS

ADRIAN GONZALEZ GONZALEZ

112160441

C-149254

2FUY3MDB2SA869759

09-004178-0494-TRP

DISTRIBUIDORA CENTRO AMERICANA DE BEBIDAS D C B S. A.

3101257243

C-135537

1HTSDAAN8SH635410

09-004288-0494-TRP

ARRENDADORA VECEN S. A.

3101222129

C-28041

1M2N187Y3JA019811

10-000013-0494-TRP

JOSE ENRIQUE MACHADO GONZALEZ

701070279

CL-167093

JAANKR66LX7100025

10-000028-0494-TRP

GABRIEL JIMENEZ RODRIGUEZ

106640459

117682

BN13001947

10-000119-0494-TRP

JOVITA RODRIGUEZ MATAMOROS

202490336

727950

JS3TD62V8X4111400

10-000570-0494-TRP

RODRIGO SALAZAR UGALDE

203110271

TA-932

1N4AB41D9SC748406

10-000675-0494-TRP

MINOR RICARDO GOMEZ HERNANDEZ

401540622

391839

KLY7T11YDNCO10612

10-000585-0494-TRP

MARICEL DEL SOCORRO MENDEZ VARGAS

203520156

630374

1Y1SK5368PZ025701

10-000825-0494-TRP

LUIS RAMIREZ VIQUEZ

205980152

TA-1118

KMHVF24NOVU382399

10-001326-0494-TRP

PEMMARAJU S. A.

3101554006

786424

WDC1648861A326611

10-000010-0494-TRF

TAXIS UNIDOS AEROPUERTO INTERNACIONAL JUAN SANTAMARIA S. A.

3101024938

614345

JTDBJ21E102007023

10-000020-0494-TRF

GOOMBA PROPERTIES S. A.

3101392290

667279

KMJWWH7HPXU182417

10-000102-0305-PEF

DELFIN VARGAS QUESADA

600500288

TA-878

JTDBJ21E802007049

10-000181-0494-TRF

ALBERTO JOSE ROJAS BERNINI

113080681

CL-198174

JN1CNUD22Z0737804

10-001408-0494-TRF

MARIA RITA GRANADOS GOMEZ

301810813

421797

KMHJF31JONU172561

10-000968-0494-TRF

ALEXANDER LARA SERRANO

205750491

326473

1HGED3557ML052358

10-000988-0494-TRF

MICHELL LLANA BETHENCOURT

3,15182E+13

454809

KMHJF31JPMU134127

10-000993-0494-TRF

MAINOR GERARDO UMAÑA BARRANTES

204990093

582526

S2S3TE02V1T6404428

10-001093-0494-TRF

FABRICIO CHAVARRIA SALAS

401820589

783408

JTDBT1234Y0076295

09-001113-0494-TRV

EDWIN ALTAMIRANO BARRANTES

106500920

391138

JN1GB22S1KU006035

09-002681-0494-TRS

DIEGO ALFARO FUENTES

111190928

671075

2T1BR12E5WC012981

10-000064-0494-TRS

JUAN RAMON GONDREZ MORALES

601430282

426257

KMHJF31JPMU033284

10-000240-0494-TRS

JAB GARDEN S. A.

3101540422

CL-214215

FE83PEA01637

10-000636-0494-TRS

PABLO MAURICIO ROJAS SOTO

110340471

123143

WBADA7106D9215645

10-000836-0494-TRS

MARIA ISABEL MURILLO VASQUEZ

203190155

621810

KMJRD37FPVU339258

10-000891-0494-TRS

PROTECCION AUTOMOTRIZ S. A.

3101576665

802547

VF3WCN6AK8E001978

10-000977-0494-TRS

GUILLERMO RAMIREZ VARELA

202380398

TA-636

1NXBA02EXTZ495797

10-000992-0494-TRS

MARLENE CRUZ JIMENEZ

203930131

TA-462

JTDBJ21E102003702

10-001365-0494-TRV

RONALD MARIO VEGA JIMENEZ

203870092

363022

1Y1SK5363RZ091365

10-001070-0494-TRV

ROXANA MARIA UREÑA AGUILAR

108040847

315753

KMHVA11JPPU069051

10-001399-0494-TRA

MADERO INDUSTRIAL MADIN S. A.

3101266486

C-147761

781143

10-001641-0494-TRA

TRANSPORTES AGROCOMERCIALES S. A.

3101259925

348096

1FMCU24XXNUD42670

10-001646-0494-TRA

MARVIN GERARDO ARIAS ROJAS

203580007

TA-383

KMHVA21NPRU002476

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE POAS, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600091-0314-TC

AZABACHE I.V CORPORACION S. A.

3-101-438697

784186

JHLRD1762WC088524

09-600104-0314-TC

CINDY AVILES CANTILLANO

2-566-076

CL 147093

1N6ND11S7GC452193

08-600141-0314-TC

CAMPRE CAMIONES PARA LA RECOLECCION S. A.

3-101-411486

CL 143427

1M2K189C37M034711

08-600074-0314-TC

SERGIO ENRIQUE GONZALEZ

4-215-425

CL 178048

JT4VN13D5H5090851

09-600083-0314-TC

REPRESENTANTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRICIDAD

4000042139

1035574

JHDGH1JMU7XX11910

09-600023-0314-TC

REPRESENTANTE DE LA EMPRESA SCOTIA LEASING COSTA RICA S. A.

3-101-134446

699763

JTDBT933401177056

08-600178-0314-TC

ALONSO DANIEL VASQUEZ ALVARADO

2-586-694

MOT-162068

LC6PAGA1060870203

08-600129-0314-TC

ELOY ESPINOZA CAMACHO

9-0069-0393

CL 207192

KNCSE261567133897

09-600009-0314-TC

VICTOR HUGO FONSECA MARTINEZ

1-0735-0786

51131

KE20-1914891

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONALY DE MENOR CUANTÍA DE SAN MATEO, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600340-313-TC

HAROL EDO. HERRERA SANCHEZ

3-0376-0991

171164

NO INDICA

09-600270-313-TC

ELIZABETH SEGURA GAMBOA

1-1175-0070

302884

NO INDICA

09-600195-313-TC

MARIA CARVAJAL MENDEZ

6-0070-0272

C-28144

NO INDICA

09-600129-313-TC

FERNANDO SALAZAR NAVARRETE

1-0335-0598

140372

NO INDICA

09-600131-313-TC

DAVID BEITA VIQUEZ

6-0233-0069

248757

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE ALFARO RUIZ, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600204-0311-TC

ROXANA MARIA HERRERA ALVARADO

02-0357-491

354114

JN1TAZR50Z0011049

10-600050-0311-TC

JAIRO ZAMORA ARCE

02-0544-0178

693722

JDAM301S001064960

09-600196-0311-TC

MAI LIN QUIAN

800870554

738078

IHGEJ814XTL037595

10-600041-0311-TC

MARIA ESTELA DELGADO ALVARADO

01-1028-0871

720355

KMJWAH7HP8U021478

08-600102-0311-TC

LUIS ROBERTO ACOSTA CHAVES

02-0621-0269

744566

RC817669

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE GRECIA, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000275-0899-TR

FRANCISCO ESTEBAN RIEGER BRENES

2-588-843

CL 060154

NO INDICA

10-000167-0899-TR

GRACIELA MARIA BOLAÑOS HIDALGO

2-477-650

TA 000040

NO INDICA

10-000163-0899-TR

AVICOLA DOS MIL S. A.

3-101-229272

CL 216529

NO INDICA

10-000042-0899-TC

GUILLERMO SIBAJA PORRAS

9-0044-0776

149420

NO INDICA

10-000166-0899-TR

AUTOS CORCOBADO INTERNACIONAL S. A.

3-101-129230

691780

NO INDICA

10-000166-0899-TR

VICENTE DEL SOCORRO BONILLA RODRIGUEZ

2-0410-0649

645472

NO INDICA

10-000200-0899-TR

RAFAEL ESPINOZA PEREZ

2-284-1353

567322

NO INDICA

10-000316-0899-TR

DIEGO ARMANDO ALFARO PEREZ

2-612-891

407271

NO INDICA

10-000204-0899-TR

COMERCIAL SANTA MARIA VEINTIOCHO S. A. REP. GUIDO ROJAS CAVICCHIOLI

NO INDICA

MOT 119277

NO INDICA

10-000282-0899-TR

DEVELOPP HITTIP S. A. REP DANIELA BORRASE MOLINA

NO INDICA

534882

NO INDICA

10-000312-0899-TR

GUILLERMO JOSE MORENO GUEVARA

9-0065-0761

MOT 162074

NO INDICA

10-000238-0899-TR

CANASTA MACHINE LIMITADA REP CESAR CARDOZO

3-102-548202

CL 168000

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE GUATUSO, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

2010-600005-0324-TC

ROCIO CAMPOS GUZMAN

02-406-078

619303

KL1MJ61436C102474

2010-600005-0324-TC

RAFAEL GUILLERMO NUÑEZ OVIEDO

04-123-010

343959

JT3YR22W7G5003596

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE SAN CARLOS, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600113-0742-TC

LUIS EMILIO JIMENEZ GONZALEZ

2-540-745

196695

JT5ST62K9H7070709

10-600032-0742-TC

EDGAR MORA MORA

6-202-811

CL 226568

PC 306361

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-004506-497-TR-1

JACK RONAL SALLING

220657438

715369

KNAFB161X15046947

09-007376-497-TR-1

DESECHOS CLASIFICADOS DECLASA S. A. REPRESENTADA POR CARLOS ANGULO ZAMORA

3-101-264786

C 27831

1M3K131K0JT004354

10-000061-497-TR-1

CONSTRUCTORA DIGITAL S. A. REPRESENTADA POR PEDRO JIMMY ROQUE AMADOR

3-101-269322

MOT 205867

LC6PAGA1570859389

10-000161-497-TR-1

GUIDO BRAVO ALFARO

9-0057-0014

MOT 130538

JSAAK47A052115238

10-001201-497-TR-1

DISTRIBUIDORA SOLANO Y ULATE S. A. REPRESENTADA POR FELIX ULATE BRENES

3-101-041871

CL 158549

BU1400100863

10-001246-497-TR-1

INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMÉRICAS S. A. REPRESENTADA POR LORENZO MANUEL CHINCHILLA QUESADA

3-101-214285

AB 004159

9BM3840736B445129

10-001716-497-TR-1

INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMÉRICAS S. A. REPRESENTADA POR LORENZO MANUEL CHINCHILLA QUESADA

3-101-214285

629311

JS3TD54V764106209

10-002151-497-TR-1

KEVIN CHAVES SOTO

9-0111-0088

814741

K990YP040875

09-004707-497-TR-2

LA L COMERCIAL S. A. REPRESENTADA POR MAURICIO RODRÍGUEZ MONTERO

3-101-187535

MOT 253570

LC6PCJK6280818527

09-002562-497-TR-2

MARÍA ELENA UMAÑA RODRÍGUEZ

6-0265-0626

683659

VF33BRFJL6S012322

09-004607-497-TR-2

HUGO ALBERTO REYES ESPINAL

C620266

538383

9BR53ZEC248536389

09-006692-497-TR-2

BRYAN GIOVANNI GONZÁLEZ AGUILERA

1-1258-0302

CL 232781

JAATFS16HM7100815

09-006762-497-TR-2

MARITZA HERNÁNDEZ JIMÉNEZ

1-0679-0544

045213

FALTA INFORMACIÓN

09-007112-497-TR-2

MARCELA BALTODANO CHAMORRO

5-0184-0564

CL 096891

9BGTE80JHHC134871

09-007117-497-TR-2

MARÍA ROSA VENEGAS RODRÍGUEZ

4-0056-0870

425060

KMHJF31JPNU313880

09-007237-497-TR-2

ALVARO MONTERO JIMÉNEZ

1-0240-0730

MOT 232391

9FNATEKWX89000126

09-007257-497-TR-2

VICTOR MANUEL MARÍN MORENO

6-0116-0192

313981

JT2EL31GXH0133931

09-007337-497-TR-2

XINIA MARÍA CALDERÓN VÍQUEZ

4-0136-0063

423538

KMHJF31JPNU324793

10-000912-497-TR-2

FERNANDO MADRIGAL ALVAREZ

1-0364-0327

703145

JN1EB31PXNU122932

10-000937-497-TR-2

LUIS DIEGO UGARTE ACUÑA

1-0860-0751

247910

WBACD71070AT00165

10-001127-497-TR-2

MARVIN ANTONIO PORRAS CHAVES

1-0723-0077

792584

JM1BJ2216Y0203512

10-001357-497-TR-2

CHRISTIAN MIGUEL BLANCO UMAÑA

1-0933-0201

323989

KMHVD12JXLU012932

10-001457-497-TR-2

MELVIN RODRIGO RAMIREZ QUESADA

5-0244-0304

532406

PC796818

09-003073-497-TR-3

CORPORACIÓN CR WATERSONN S. A. REPRESENTADA POR GUISELA LIPIEC GOLDBERG

3-101-160678

MOT 261680

LC6PAGA1X90802589

09-005398-497-TR-3

FRANCISCO GERÓNIMO DUARTE MARTÍNEZ

135RE012372

300410

1Y1SK5160LZ021929

09-005883-497-TR-3

SERVICIO DE MICROBUSES ALAJUELA SAN JOSÉ LIMITADA REPRESENTADA POR GIL BENEDICTOVARGAS SÁNCHEZ

3-102-073015

AB 003328

9BM3820692B296755

09-006768-497-TR-3

IVAN ALFARO NAVARRO

1-0509-0795

PB 000956

LH1147005811

09-007128-497-TR-3

TRANSPORTES CESSA DE C R S. A. REPRESENTADA POR RICARDO CÉSPEDES SABORIO

3-101-146492

CL 239071

KL1BB05579C800742

09-007318-497-TR-3

CINDY RAQUEL ROMERO MURILLO

1-1047-0578

506243

9BD17156232237338

09-007393-497-TR-3

BELLA ALEXANDRA VARGAS PÉREZ

1-0814-0982

721593

KL1MD61488C396822

10-000033-497-TR-3

CARS & CARS S. A. REPRESENTADA POR JOSE MANUEL DURÁN GRANDE

3-101-343749

652241

8AJYZ59G703008812

10-000093-497-TR-3

SEVIANI RAMÍREZ SOLÍS

1-0709-0735

MOT 100848

DX200G019565

10-000728-497-TR-3

ALVARO ENRIQUE MONTES ROMÁN

1-0948-0708

320195

EL530329861

10-001028-497-TR-3

ROSIBEL COTO CERDAS

1-0433-0601

707916

KMJRD37FPSU156916

10-001133-497-TR-3

MANUEL MONTIEL LÓPEZ

7-0118-0707

372723

KMHVF31JPMU450338

10-002003-497-TR-3

MANRIQUE CHACÓN CHAVES

4-0139-0200

TH 000639

KMHJF35F8YU032969

10-002113-497-TR-3

JUAN CARLOS PERALTA JIMÉNEZ

1,5018E+13

519475

935CHRHYP3J502043

09-004534-497-TR-4

GABRIELA CAMPOS ARIAS

2-0475-0645

CL 126110

JM2UF1139J0301894

09-004994-497-TR-4

SABRITAS DE COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA REPRESENTADA POR MAX CASTRO MAVROS

3-102-169101

CL 242226

JAANKR55E97102853

09-006014-497-TR-4

DAGOBERTO CASCANTE AZOFEIFA

1-0286-0004

TH 000638

KMHVA21NPRU002968

09-006154-497-TR-4

INVERSIONES COMERCIALES EL PUNTO COMERCIAL PERFECTO S. A. REPRESENTADA POR MARCO ANTONIO GARRO MASIS

3-101-408043

CL 210616

KMJWVH7BP6U714367

09-006474-497-TR-4

EDUARDO ANTONIO DE JESÚS ESCALANTE RAMÍREZ

1-0573-0878

TH 000145

KMHCH41VP6U670912

09-006579-497-TR-4

JULIO EL PEQUEÑO SATAMONTES TRES S. A. REPRESENTADA POR CRISTIAN CHAVES VARGAS

3-101-332877

740669

WBAVH31048A053608

09-006579-497-TR-4

MANUEL ENRIQUE CARBALLO SOLANO

1-1275-0601

543046

4A3AK34Y5SE158384

09-007234-497-TR-4

GERARDO HERNÁNDEZ COLES

3-0210-0628

472898

KMHJF31JPNU242515

10-000109-497-TR-4

CARLOS LUIS ESQUIVEL ARROYO

2-0197-0615

CL 196445

1C312665

10-000699-497-TR-4

JAVIER LORÍA ROCHA

1-0723-0126

384900

KMHJW31MPSU001370

10-001009-497-TR-4

GILBERT ISAAC VALVERDE ARCE

1-0505-0706

204748

JT2AL31G8G0422044

09-002766-175-PE-6

ACARREOS LA HORA CERO S. A. REPRESENTADA POR ALFREDO JIMÉNEZ ARGUEDAS

3-101-332351

C 136058

4VG7DBJH8WN746699

09-005375-497-TR-6

DIDIER JORHANNY MIRANDA GONZÁLEZ

2-0540-0329

672067

KL1JD51607K488171

09-005975-497-TR-6

BLANCA AZOFEIFA CALDERÓN

1-0509-0043

244780

JT2KP61G1E6652903

09-006760-497-TR-6

ANA GUISELLE VARGAS SALAZAR

1-04620-113

281707

1N4PB21S9JC750183

09-007050-497-TR-6

INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMÉRICAS S. A. REPRESENTADA POR LORENZO MANUEL CHINCHLLA QUESADA

3-101-214285

607426

JM7CR10F160100758

09-007135-497-TR-6

JULIO EL PEQUEÑO SALTAMONTES UNO A S. A.REPRESENTADA POR CRISTIAN CHAVES VARGAS

3-101-325153

C 137938

1FUEYBYB5FP257762

09-007160-497-TR-6

ROBERTO CALZADA TRANTER

1-0940-0024

CL 161793

JB7FL24W9MP024080

09-007215-497-TR-6

JUAN CARLOS GARCÍA JARQUÍN

11295148

232590

JN1PB25S8JU019536

09-007460-497-TR-6

ALEXIS DUARTE FERNÁNDEZ

6-0102-0352

242609

JT2AE83E0F3136270

10-000230-497-TR-6

MARGARITA RUIZ CALVO

3-0148-0842

271442

JP3CU14A0NU019223

10-000165-497-TR-6

JOHANNA ARGUEDAS OROZCO

1-1067-0656

726514

KMHJF35F4YU899740

10-000170-497-TR-6

MELISSA GUTIÉRREZ ABARCA

1-1137-0408

MOT 147582

LC6PCJG9160804926

10-000285-497-TR-6

JORGE ARTURO CHAVARRÍA ARIAS

1-0458-0935

606686

JN8AR05Y8TW029986

10-000660-497-TR-6

SOLUCIONES INTEGRALES DE IMPORTACIÓN S. A. REPRESENTADA POR RONALD LEONARDO MORA RAMÍREZ

3-101-338409

MOT 198070

LWBPCJ1F471082842

10-000710-497-TR-6

VANDER JOSEPH LÓPEZ HERNÁNDEZ

1-0992-0940

499485

JTDBT113005033467

10-000725-497-TR-6

INVERSIONES JOCY DE COSTA RICA S. A. REPRESENTADA POR JOHNNY GONZÁLEZ MÉNDEZ

3-101-246690

CL 202208

JS4DA32V454130434

10-000890-497-TR-6

JOSE MANUEL QUESADA UGALDE

1-0133-0565

CL 147853

JM2UF6141L0905397

10-000950-497-TR-6

JAVIER FRANCISCO VEGA SÁENZ

1-0950-0015

502285

JDAJ102G000527445

10-001440-497-TR-6

LUIS FERNANDO ARGUEDAS ZAMORA

1-1008-0121

423530

2CNBJ18U0L6213797

10-001485-497-TR-6

CARLOS BENIGNO VARGAS CALVO

2-0546-0797

C 130115

YV5L07FA3GA033707

10-001880-497-TR-6

MARÍA DEL CARMEN ALFARO RODRÍGUEZ

4-0106-0741

116475

BN13001617

09-007423-0497-TR-3

CICLO SAN NICOLAS S. A.,REPRES,JUAN LUIS CASAVOLONE FERNANDEZ

CED JURI3101089100

CL 223399

JHFAFO4H509000564

10-000653-0497-TR-3

 OSCAR M HERNANDEZ ARAYA

203720878

145276

DSNC61AMU01534

09-006808-497-TR-3

CIERZO S. A.,REPRESEN,GUILLERMO ADOLOFO CARRILLO QUIROS

3101202380

587644

IN4AB41D2TC711201

09-003556-497-TR-1

LUZ EIDA JIMENEZ ARAYA

2 0419 0886

TH 652

3N1AB41D7VL038071

09-006301-497-TR-1

ADRIANA AGUILAR CASTRO

1 0744 0574

248658

ST1910041387

10-000206-497-TR-1

MARIA JOSE BOLAÑOS BARRANTES

1 1008 0387

227965

JD1FG1108L4324885

10-001426-497-TR-1

INVERSIONES MONTIVAN S. A./REP MARCO MONTOYA IVANKOVICH

3 101 194220

654765

KMHNM81XP7U215649

10-001516-497-TR-1

JAMES FORREST MICHAEL

125-02153860001625

756928

CS6A3U006736

10-001686-497-TR-1

TRANS SILES S. A., REP/WILLIAN SILES NAVARRO

3 101 285343

CL 178448

JTFAD426400056287

10-001746-497-TR-1

MARVIN BOLAÑOS MATAMOROS

4 0119 0252

381181

KMJWWH7BPXU185829

10-001776-497-TR-1

REAL ALMAPA S. A.,REP/ALVARO JIMENEZ GUIDO

3 101 326688

CL 240301

MPATFR54H9H500763

10-000596-497-TR-1

MIRAVASTOS S. A.,REP/IRIS TORRES CASCANTE

3 101 233235

241121

WBACA01000AC29426

10-001926-497-TR-1

MIRIAM LEON TRIGUEROS

2 0180 0504

521597

JSAFHY51S45150050

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE SARAPIQUI, HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-600672-0377-TC

MARLENI ARAYA ULATE

4-148-937

MOT 033033

XL1001316344

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

100000970496TR

MORALES ELIZONDO BERNAL

105790556

474206

KMHJF21JPPU586838

090045970496TR

JESUS CASCANTE MENDOZA

500750155

274802

JN1GB22S8KU001320

090046640496TR

ERLING MAGALLY LOPEZ PEREIRA

303540341

TSJ 4714

KMHVF14NXSU191921

100004120496TR

ODILIE ROMERO COLLADO

900780297

CL 88330

EH40032462

090047220496TR

ORLANDO SANCHEZ SOLANO

106920280

429252

KMHJF21JPMU023963

100002180496TR

MARIA MATA BARAHONA

107440188

554926

JA3AD59G5SZ001034

100002180496TR

LUIS CARLOS VEGA MARTINEZ

135RE065183

737600

JM7BK326681391091

100001790496TR

MINOR BLANCO ZUÑIGA

104960940

TC 158

KMHVA21NPRU000668

100001440496TR

JEANNETTE VILLALOBOS MORA

108810985

637733

KMHJF24M2TU231423

090043010496TR

JUAN CARLOS CORRALES HERNANDEZ

401120646

254135

KMHVE32J7MU066523

090045290496TR

MINOR ROJAS VILLALOBOS

204730577

C 145629

1FV6HLBA4YHF33659

090043290496TR

GONZALO AGUILAR CRUZ

700180709

TC180

KMHJF31JPSU916259

090047770496TR

GENTER MONDEL FERNANDEZ CASTILLO

106720079

CL 221358

KL1BB05538C153335

090022160496TR

ADRIAN CAMPOS TREJOS

302660265

341561

JT172SC1100221087

090011580496TR

ABEL VALERIO HERNANDEZ

105090284

262906

1NXAE91A5NZ375539

100003910496TR

VILLALOBOS ZAMORA MANFRED

109450402

782674

3VWSE69M62M055827

100005590496TR

CALVO PEREZ LISANDRO

202700509

SJB 9687

LH1140030315

090047090496TR

LUIS GUTIERREZ MUÑOZ

800810319

570337

KMHCF35G01U129168

100006370496TR

CEDEÑO MONGE GUSTAVO

106290724

326715

JA3CB20COPU050430

100002840496TR

ESTRADA ESPINOZA ANA CRISTINA

105090437

722249

NO INDICA

100010240496TR

GERARDINA MAYELA MARTINEZ BONILLA

302590189

308026

KMXMSEISPVU028584

100003930496TR

FERNANDO ANTONIO FALLAS VALVERDE

303480880

MOT 195655

LC6PCJD5670800924

100004910496TR

I.R.S INVERSIONES EL REY SALOMON S. A. REPRESENTADO POR MARIA DE LOS ANGELES SALAS LUNA

3101230801

C 11060

SBR3723468714

100004670496TR

TRANSPORTES MARITO S. A. REPRESENTADO POR MARIO RODOLFO HERRERA PEATE

3101204741

C 128678

1HSRDGUR2HH485744

100001400496TR

AUTO TRANSPORTES LOS SANTOS S.R.L REPRESENTADA POR ROLANDO BARBOZA MESEN

3102031244

SJB 6497

9BSKC4X2BV3467674

090107790174TR

ASESORIA LEGAL FIORE S. A. REPRESENTADA POR OSCAR GOMEZ ULLOA

3101160638

452242

KMHJF34M1TU203652

090045540496TR

PANIAGUA Y ASOCIADOS Y SUCESORES PAAYS S. A. REPRESENTADA POR FELIX ANGEL PANIAGUA CUBERO

3101300065

561349

JTEBK29J200007991

100003080496TR

DISTRIBUIDORA JJ LAMUGE S. A., REPRESENTADA POR JORGE ISAAC JIMÉNEZ LAMUGUE

3101217833

CL 207607

JHFUF117700002075

090040250496TR

AUTOS CORBADO INTERNACIONAL S. A. NOE GERARDO SOLANO HERRERA

3101129230

572074

JMY0RK9708J001103

100005820496TR

QC CASA DEL CAMION SA, REPRESENTADA POR KAREN QUESADA CALDERON

3101241977

CL 150901

JT4RN81P6K5023470

090036860496TR

RAVENTOS Y LOPEZ SA, REPRESENTADA POR JUAN GREGORIO LOPEZ LOPEZ

3101207241

CL 188758

KNCSD211237841198

090047250496TR

MANUEL TORRES MATA

102240483

419362

JT2AE92E6K3283968

090008090496TR

OTTO CALDERON QUIROS

301190483

CB 934

D0822EHA45276

100007100496TR

JOSE MIGUEL QUIROS LEITON

302340752

CL 47586

FALTA INFORMACIÓN

100009320496TR

JAQUELINE FALLAS QUESADA

303590642

EE 14150

EXP70ST-12379

100009890496TR

MARCOS REYES SALINA

304340965

515040

1N4EB32A6NC788205

100006840496TR

OSCAR WILLIAM URBINA

1,55803E+11

785172

KMHVF31JPRU937819

100013910496TR

WILBER IVAN MONTOYA RODRIGUEZ

C379591

C 151156

1FUYSDYB5WL827499

100004360496TR

JUDITH PACHECO TREJOS

302290636

CL 230368

JB7FL24D8HP112865

100007220496TR

LEIDY ARIAS LEMAITRE

106420090

114176

EE903012886

100011180496TR

ALONSO ALVAREZ LEITON

401970984

573842

2HGEH2369SH510258

100007780496TR

JORGE LUIS ARGUELLO BRIZUELA

302100418

799158

KMHJF21JPNU248034

100006690496TR

LESTER CHAVARRIA LOPEZ

106810625

104444

BJ70-0002445

100011000496TR

MARCO VINICIO SALAZAR RUIZ

111640009

324062

KMHVA21NPRU009004

100014280496TR

VICTOR CEDEÑO CHACON

107850814

296299

EE905034774

100014280496TR

DANIELA RODRIGUEZ MONGE

304580782

560507

1N4EB32AXNC727455

100013280496TR

MARILYN QUIROS HERNANDEZ

111470204

496550

KMHJF31JPNU338427

090047730496TR

STEVEN MORRISON

PA- 601037

MOT 270415

LZSJCML05A5100578

100006580496TR

DISTRIBUIDORA FERRETERA ARSA S. A. REPRESENTADA POR MANEL SALAS PORRAS

3101360451

CL 176546

BU1010002503

090018150496TR

FOMERNTO AGRICOLA DEL ATLANTICO, REPRESENTADO POR ALVARO HERNANDEZ RODRIGUEZ

3101016015

C 027384

JH547958

100005220496TR

INVERSIONES AVISO DEL ESTE S. A., REPRESENTADA POR ADRIAN AVILA SOLIS

3101181509

188365

JT2EL31G5H0112422

100007540496TR

JARA GOMEZ Y ASOCIADOS S. A. REPRESENTADA POR OLGA MARIA JARA GOMEZ

3101518632

726700

AE920268959

100001850496TR

GRUPO HOMI DE COSTA RICA S. A. REPRESENTADO POR HORACIO SOTO MORA

3101247372

CL 238027

1N6AD06W68C442406

100009750496TR

PRECISION Y LUBRICA AUTOMOTRIZ S. A. REPRESENTADO POR MEDIO JORGE GURDIAN HURTADO

3101046462

308954

1GNCS13W4W2255834

100012670496TR

CAÑADA DEL BOSQUE REPRESENTADO POR LUIS DIEGO MORALES GARITA

3101423333

MOT 184377

LXMPCJLE470003898

100010870496TR

CONSTRUCTORA HERMANOS BRENES S. A. POR MEDIO DE SU REPRESENTANTE LEGAL HUGO ERNESTO BRENES GONZALEZ

3101172938

C 138098

2M2AM20Y3MC001504

100010990496TR

TRANSPORTES MELINA DEL ATLANTICO S. A. REPRESENTADO POR PEDRO PEREZ HERNADEZ

3101258646

379495

SALLPAMJ4XA418629

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTIA TURRIALBA, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-000511-1008-TR

COLONO DE TURRIALBA S. A. REPRESENTADA POR EDUARDO DE VRIES DE LOS SANTOS

3-101-490968 PASAP. 1723449

177845

JAATFR54HY7123018

10-000116-1008-TR

MARTIN COTO MONTERO

3-0411-0656

672124

EL420268079

10-000113-1008-TR

JOSE MORA SANCHEZ

3-0227-0567

C 148077

TC049659

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE JIMENEZ, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-003105-0496-TR

AUTOTRANSPORTES CACHI S. A. REP VICTOR MANUEL ARAYA ARRIETA

3-0143-0464

CB 739

35509814133694

08-600027-0353-TC

PEDRO FERNANDEZ GARRO

9-0089-0060

204746

JABRT6973G4117904

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600311-607-TC-1

MERISI PLATERO CARRILLO

5-147-047

777537

KMHVF21NPSU222720

10-600121-607-TC-1

ADIR LORÍA MOLINA

2-550-170

436148

KMHVF31JPMU501546

10-600497-607-TC-1

MARÍA MÉNDEZ MÉNDEZ

6-353-837

372997

IHGEJ6520YL500485

10-600497-607-TC-1

CARNES EL BUEN GUSTO S. A.

3-101-290373

273733

WDB2020231F595846

10-600536-607-TC-1

INVERSIONES SHINJI JAPONES S. A.

3-101-315166

PB-1206

1BAADCSA8PF055457

10-600536-607-TC-1

CARLOS BOLAÑOS CHAVES

6-367-943

666560

1N4AB41D1VC775961

09-600736-607-TC-1

OSCAR CHAVARRI SÁNCHEZ

4-096-897

TP-522

KMXKPS1BP3U460584

09-600775-607-TC-1

CONSTRUCTORA CARIBE S. A.

3-101-011417

C-133418

1FUYDDYB2TH709614

09-601534-607-TC-1

MERCONTACTO S. A.

3-101-182952

496963

KMHNM81WP2U060332

09-601897-607-TC-1

JUAN DE DIOS ARGUELLO OVIEDO

9-010-909

CL-92091

KMHPB11APGU028697

10-600320-607-TC-1

TEXTOS EDUCATIVOS S. A.

3-101-030430

CL-214723

JHFCF43H809000155

10-600338-607-TC-1

ARACELLY NUÑEZ MOYA

5-200-300

333743

KZN1850058078

10-600431-607-TC-1

DERIFISH DE COSTA RICA S. A.

3-101-236196

C-138875

1M2N179C3DA083508

10-600377-607-TC-1

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

0977100176

MI-25-113

VSKAYG260U0577292

10-600049-607-TC-1

SABRITAS DE COSTA RICA S. A.

3-102-169101

CL-242952

JAANKR66E97100052

09-601969-607-TC-1

JORGE RUIZ FERNÁNDEZ

1-768-068

628487

9BFUE13F568713257

09-601954-607-TC-1

CARLOS JIMÉNEZ VALVERDE

1-276-597

788645

KMHCG45C62U382416

09-601739-607-TC-1

LUCRECIA LEON MORALES

2-458-570

363340

KMHVD12J7PU200183

09-601195-607-TC-2

LEON FERNÁNDEZ MADRIGAL

1-918-233

CL-163664

JB7FL55E0JP058539

09-601610-607-TC-2

FRANCISCO AGÜERO CASTRO

1-633-557

169083

JT2EL31G2H0070727

10-600357-607-TC-2

JULIO SOLANO QUESADA

3-312-594

591696

IYISK5264SZ038407

09-601418-607-TC-2

GANADERIA COMERCIAL RAMABER S. A.

3-101-262313

404667

2CNBJ1369T6925721

09-601898-607-TC2

LUIS JARA SOLIS

1-680-090

493544

WDB2030611A063538

08-601771-607-TC-3

PINA DE EBRO S. A.

3-101-314890

118033

EE97-0001462

09-601277-607-TC-3

HILDA FLORES VASQUEZ

5-211-036

CL-231732

1FTCR14A2RPB96314

08-601129-607-TC-3

AUTOS CER S. A.

3-101-104282

656628

JMY0RK9707J000238

10-600454-607-TC-3

EMILIA ESPINOZA LOBO

6-281-827

CL-189757

1N6SD16S7TC376321

09-601223-607-TC-3

MARÍA ARIAS FLORES

6-024-233

116089

DSFC11AJU00822

10-600451-607-TC-3

DANIE RODRÍGUEZ SUAREZ

6-311-936

536047

TC727516

10-600156-607-TC-3

FABIO MUÑOZ GRANADOS

2-191-369

TP-466

KMHJF31JPRU712307

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE AGUIRRE Y PARRITA, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600427-0443-TC

ARRENDADORA K.S. A.

3101272742

CL-214073

8AJCR32G600004325

09-600094-0443-TC

ARRENDADORA K.S. A.

3101272742

CL-214073

8AJCR32G600004325

09-6000049-0443-TC

RENE BERMUDEZ ESQUIVEL

105730791

CL-143784

NO INDICA

09-600450-0443-TC

TELEFONIA VEMA S. A.

3101339288

629204

JDAJ102G000579088

09-600377-0443-TC

BOLCO DE ATENAS S. A. Y CONSORCIO DE LICORES P Y G S. A.

3-101-506280 Y 3-101-271431

C 153829 Y CL 125726

J866676 JN6HD16Y8PX426656

09-600448-0443-TC

INGENIERIA Y ARQUITECTURA COMPUTARIZADA LIMITADA

3-102-138891

CL 203297

JN1CNUD22Z0006933

10-600024-0443-TC

JEISON ANTONIO QUIROS HIDALGO Y EDWIN SALAZAR PORRAS

112770200 Y 203990256

442173 Y TSJ 5349

KMHJF31JPRU605236 KMHVF21NPSU137365

09-600460-0443-TC

PICKUP TRUCK PLANET S. A.

3-101-513719

786069

2TIBR12E5XC210185

09-600201-443-TC

PALMAS Y FOLLAJES DE COSTA RICA S. A.

3101398138

C 141562

1FUWZLYB4NL411293

09-600433-443-TC

RODRIGO DE JESUS JIMENEZ MURILLO

108950370

MOT 168842

LY4YBCLC06A050021

09-600458-443-TC

UNIQUE TOURS S. A.

3101458617

SJB 9641

KMJRD37FP2K534114

09-600092-0443-TC

BROWN REID MARK ANTHONY

7-0132-0563

780134

1P4GH2433RX254969

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600022-441-TC

JORGE LUIS MARIN BADILLA

6-161-162

TP-815

JDAJ210G001083319

09-600142-441-TC

MARIO ESPINOZA LEZCANO

9-0079-0317

587065

KMJRD37FPXU439174

09-600156-441-TC

JOSE ALEXANDER VARGAS ROMERO

1-778-0575

764921

JTDBZ43E609030452

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600457-0445-TC

LONNY ANTONIO JIMENEZ DEL CASTILLO

1-0870-0324

287234

JA4MR51M8SJ028593

09-600403-0445-TC

TRANSPORTES GONZALEZ Y VILLEGAS LIMITADA

3-102-010686

AB 03262

9BWRF82W02R200192

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE GOLFITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600136-0439-TC-4

MARIO ALBERTO PALACIOS MORENO

135RE015207001999

SJB 010943

KMJRD37FPXU420448

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTIA DE OSA, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600003-442-TC

CABLE PERFIL F.G.S. A. REP. GIUSEPPE PESENTI

3101226254

497372

KMJWWH7JP2U429569

10-600035-442-TC

JUAN LUIS SOTO PEREZ

06-0106-0095

509438

KMHJF31JPPU488292

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE CARRILLO, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600114-0401-TR

JAQUELINE HERNANDEZ URBINA

012-RE000425-01-1999

145366

BBAB13001940

09-600132-0401-TR

FRANCISCO AGUILAR MORA

3-0203-0884

CL 138545

JAABL14A0G0774596

10-600032-0401-TR

MIREYA CHINCHILLA MESEN

1-0291-0252

449442

1Y1SK5367RZ027703

09-600385-0401-TR

HECTOR GUTIERREZ MARIN

7-0078-0282

MOT 191458

LLCLP230171271484

09-600437-0401-TR

PIEDRAS LOCAS S. A. REPRESENTADA POR JOSE LUIS JIMENEZ CORDOBA

3-101-067402

CL 110664

BU880005583

09-600396-0401-TR

CORPORACION CASVIQ SOCIEDAD ANONIMA

REP GIOVANNA REBECA VIQUEZ SOSA

1-0738-0066

C 138382

1M1AA13Y9P´W026175

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NICOYA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000108-0768-TR

MARVIN CASTAÑEDA GOMEZ

5-254-364

408061

1N4GB21S3KC735762

10-000124-0768-TR

DELFIN BARRANTES ROJAS

5-213-922

471487

KMHJF31JPRU669884

10-000149-0768-TR

RAFAEL ANTONIO MONGE ROJAS REPRESENTANTE LEGAL DE FUNDACION INCIENSA

1-616-130 / 3006078153

599242

KMHNM81WP5U173370

10-000057-0768-TR

PABLO JOSE SOLIS MARTIN

1-814-348

321788

KNHTP7362PS737030

09-000612-0768-TR

ALFREDO FARRIER BRAIZ

5-146-776

100298

LH61B0000565

10-000172-0768-TR

GERMAN EDUARDO DEL CARMEN FALLAS GONZALEZ

6-217-726

CL 204664

JY7012223

09-000524-0768-TR

ARELIS TATIANA ALVAREZ ARTAVIA

3-357-273

740206

JMYLYV78W1J000632

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE LIBERIA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-000234-0764-TR

JAIME MANUEL OTERO CARMONA

7-057-015

181491

JHMED9367JS002699

09-000555-0764-TR

LAURA MELISSA BALTODANO MARCHENA

5-340-498

717901

AE1020104962

10-000242-0764-TR

ALBERT PEREIRA DURAN

3-3015-955

416096

KMHVF21JPPU814554

10-000283-0764-TR

KENNA CABRERA JIMENEZ

2-514-793

596938

JM1BJ2220X0159563

10-000115-0764-TR

ANA CAROLINA CORONADO VILLARREAL

5-213-464

123037

BJ40-047578

10-000036-0764-TR

ALEX CRISTIAN MATARRITA MATARRITA

5-277-596

350224

KMHVF21JPMU444296

10-000172-0764-TR

SARA ETHEL ABARCA CAMARENO

6-144-535

600365

2T1AE04B1SC088065

09-000340-0764-TR

FERNANDEZ VAGLIO CONSTRUCTORA S. A.

3101064465

CL 1987911

NO INDICA

10-000115-0764-TR

NATURAL SEA AQUARIUM LTDA

3102388993

309061

KMXKPE1CPWU0263780

10-000028-0764-TR

INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMÉRICAS S. A.

3101214285

CL 200046

MMBJNK7404D069974

09-001000-0764-TR

TRANSPORTES LA PAMPA LIMITADA

3102010961

GB 1472

9BWRF82W34R07050

09-001087-0764-TR

ALUSA INGENIERIA CENTROAMERICA

3101477205

778795

JTDBT933501267591

 

 

 

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-001470-0783-TR

BIMBO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA REP PABLO ELIZONDO HUERTAS

3-101-148887

CL 225523

JHFAF03H809000480

09-000833-0783-TR

THE GOOD EARTH AT THE COAST T.C.E.C SOCIEDAD ANONIMA REP WILLIAM VILLALLOBOS HERRERA

3-101-388359

059137

BJ40001776

09-000984-0783-TR

ODALIA MARTINEZ LORIA

7-0034-0299

384045

KMHJF31LPRU759305

09-000729-0783-TR

ECO SERVICIOS AMBIENTALES GAEA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR FEDERICO DE FARIAS CASTRO

3-101-459216

282228

2S3TD03VXV6407056

09-000877-0783-TR

CORPORACION CENTROAMERICANA DE SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA REPRESENTADA POR BAYARDO PAGOADA FIGUEROA

3-110-051464

MI 31000007

HZJ750026048

09-000973-0783-TR

BIMBO DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR PABLO ELIZONDO HUERTAS

3-101148887

CL 242326

JHFAF04H209000733

09-001021-0783-TR

JOSE RODRIGUEZ CHAVARRIA

5-0190-0780

159203

BLB13M000630

09-000494-0783-TR

AUTO MERCANTIL SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR ECKART PUSCHENDORE ZIMMER SAALFELD

3-101-005624

CB 001830

9BM3820693B319997

09-000992-0783-TR

ROSAURA LEAL JAEN

5-0205-0762

739642

SC723690

09-001026-0783-TR

MARIA DANUZCA GARCIA CORTES

1-0649-0993

355931

NO INDICA

09-000772-0783-TR

PIEDAD CECILIA VARGAS CALDERON

CARNE REFUGIADA 070COL000206802

612136

KMHVA21NPTU158960

09-000400-0783-TR

MEREIDI VILLARREAL SANTANA

5-229-0186

CL 217056

KMFXKS7BPVU080662

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600169-0403-TR

QUIROS CHAVES MARIA EUGENIA

02-0311-0770

C-130797

J8BK7A1NXM3200223

08-600152-0403-TR

VICENTI CASTILLO LEONARDO

01-1221-0981

247665

1N4EB32AOMC724353

09-600157-0403-TR

CLAUDIO ANTONIO SANCHEZ MADRIGAL

03-0264-0718

573451

2HGEJ2227RH525421

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE BAGACES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600017-0399-TR

ALEXANDER ORTIZ CESPEDES

01-0836-0428

CL 163235

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE LIMON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600589-498-TR

RODRIGUEZ PANIAGUA ALBERTO

2-369-134

764165

KMHJW24MXVU057569

09-601409-498-TR

RIVAS CAMPOS GRACIELA

2-292-1085

350585

JN1PB2114HU032372

09-601447-498-TR

GARRO FERNANDEZ MAYNOR

7-089-268

CL-160647

JAANKR55EX7100167

09-601524-498-TR

DISCAR SOCIEDAD ANONIMA

3-101-010067

SJB-10502

KL5UM52FE6K000037

10-600029-498-TR

ALVAREZ SOTO LIGIA

2-341-814

C-142927

1FUY3MDB0XLA86802

10-600116-498-TR

ORTIZ MAXWELL FRANCISCO

7-082-028

97960

HB11526569

10-600131-498-TR

REYES REYES MIGUEL

6-088-218

TL-406

KMHVF21NPSU145948

10-600136-498-TR

FERNANDO CASCANTE VALVERDE

1-484-286

TL- 402

JTDBT113700398015

10-600171-498-TR

PERALTA GOMEZ NALLYD

7-110-145

C-139892

1FUEYCYB9CH211573

10-600223-498-TR

RAMIREZ GUTIERREZ ANA

PA:23628347

C-141768

XC057578

10-600275-498-TR

REDONDO SOLANO ANA

3-225-937

636928

KMJWWH7BPVU003179

10-600278-498-TR

RAMIREZ JIMENEZ LORENA

1-602-769

471854

JHMGD17502S211533

10-600309-498-TR

QUIROS MENA MAYDILEINE

7-101-050

C-137965

1HSRKCAR0PH522419

10-600315-498-TR

ASOCIACION COSTA RICA GRAMEEN

3-002-438586

643674

2CNBJ13C836913680

10-600373-498-TR

MORALES CHAVARRIA OSCAR

1-1149-662

405950

KMHVF31JPMU488936

10-600476-498-TR

FONSECA RUIZ ISABEL

7-021-248

TL-496

KMHCG45C91U152240

10-600490-498-TR

SOLANO DURAN ANA

1-552-863

770940

JA4MT31H9YP800775

10-600524-498-TR

SALAZAR MENOCAL DANIEL

7-076-744

TL-503

KMHVA21LPTU151617

10-600604-498-TR

ARAYA CEDEÑO ROGER

1-874-388

C-143599

2HSFBAER1SC028832

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUATIA DE BRIBRI, LIMON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600006-0478-TC

ROJAS AVILA WILBERT

6-112-816

179037

JT2AL32V0H3676375

 

 

 

 

 

 

Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la ley de tránsito, tienen derecho a comparecer al despacho judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia.

Publíquese.

San José, 3 de junio del 2010

                                                                                                                                                                                            Lic. Alfredo Jones León

1 vez.—(IN2010047701)                                                                                                                                                         Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 10-004480-0007-CO, interpuesta por Erick Barrios Sancho y Olga Morera Arrieta, para que se declaren inconstitucionales los Decretos Ejecutivos Nos. 35687-MTSS, publicado en La Gaceta Nº 3 del 6 de enero del 2010, y 35717-MTSS, publicado en La Gaceta Nº 21 del 1º de febrero del 2010, por estimarlos contrarios a los artículos 1º, 7º, 9º, 10, 11, 20, 25, 28, 33, 34, 39, 41, 45, 48, 74, 105, 140.3 y 188 de la Constitución Política. Resumen de alegatos de los accionantes. 1. Sobre la infracción de los principios de legalidad, división de poderes, razonabilidad y proporcionalidad, interdicción de la arbitrariedad y reserva de ley. El artículo 2º de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal señala que goza de autonomía; su artículo 14 que la orientación de la política general del Banco está a cargo de un órgano colegiado denominado Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras (en adelante, Asamblea), la que cuenta con un Directorio Nacional, una Comisión Permanente de la Mujer y un Comité de Vigilancia y que el Banco cuenta con una Junta Directiva, encargada de definir la política general del Banco. La Asamblea está integrada por 290 delegados designados de la forma señalada por el indicado artículo 14, siendo competencia de la Asamblea, según el inciso c) del numeral 14 bis LOBPDC, acreditar el ingreso de nuevos representantes, así como designar a los integrantes del Directorio Nacional, de la Comisión Permanente de la Mujer, del Comité de Vigilancia y de cuatro de los miembros de la Junta Directiva Nacional, según los artículos 14 y 15. Sobre el procedimiento para integrar la Asamblea, en el Decreto Nº 30.853-MP del 26 de noviembre del 2002, se dispuso en forma acertada que la reglamentación correspondía al Banco, lo que es contradictorio con los Decretos impugnados Nos. 35.687-MTSS y 37.717-MTSS, que reglamentan el proceso de integración de la Asamblea, extralimitándose en el uso de su potestad de reglamentaria, ya que por esta vía no es posible desaplicar y menos sustituir el artículo 14 bis de la Ley Orgánica del Banco Popular, ya que en virtud del principio de reserva de ley, solamente mediante ley formal, es posible regular el ámbito de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Los decretos ejecutivos impugnados introducen restricciones a los derechos y garantías fundamentales sin encontrar sustento en una disposición o regla de carácter superior, lo que provoca la inconstitucionalidad alegada por contravenir el régimen de libertades públicas consagrado en los numerales 1, 20 y 28 constitucionales y 7 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El artículo 7º del Decreto Nº 35.687-MTSS impugnado, violenta el inciso c) del artículo 14 de la Ley Orgánica del Banco Popular. Si bien el Poder Ejecutivo es competente para emitir reglamentos, los mismos deben respetar las normas de rango superior, motivo por el cual aunque no se considera viciado el reglamento en cuanto al sujeto que lo emitió, sí resulta contrario a las normas constitucionales invocadas, incluyendo la autonomía del Banco Popular y la independencia de las entidades que integran los Sectores, que resultan limitadas en su actuar de manera ilegítima. 2. Violación al debido proceso. Los decretos impugnados constituyen una vulneración del debido proceso constitucional, ya que por medio del nuevo reglamento, los accionantes fueron destituidos como miembros de la comisión, sin comunicación ni explicación alguna sobre las causales de esa acción inconstitucional, ya que sin justa causa, todos los miembros de la Comisión fueron destituidos unilateralmente a partir de la promulgación del Decreto Nº 35.687-MTSS. 3. Los artículos 7º y 7 bis del Decreto Ejecutivo Nº 35.717 violentan los numerales 25, 28, 33, 39, 41, 140. 3 y 188 de la Constitución, los principios de razonabilidad y proporcionalidad. El Banco Popular goza de autonomía, fue creado con fundamento en el numeral 188 de la Carta Magna. Si bien el Decreto Nº 35.678-MTSS pretende reglamentar el artículo 14 bis c) LOBPDC, normativa que establece que la acreditación de nuevos representantes a la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras es competencia de ese órgano, el reglamento, extralimitándose en la competencia conferida en punto a reglamentar lo indicado en ese inciso (que consiste en establecer criterios y requisitos para acreditar asambleístas) encargó esa tarea a una Comisión cuyos integrantes son en algunos casos directamente nombrados por cada sector, y en otros, por órganos públicos que no representan al sector, limitándose el papel de los órganos de la Asamblea, de tal forma que de modo alguno la Asamblea o sus órganos realizan la acreditación, que queda en manos de la Comisión, como se desprende del artículo 39 del Reglamento. La promulgación del segundo decreto impugnado (35717-MTSS), pretendió subsanar algunos de los errores más graves, pero vino a empeorar las cosas, al asignar competencias al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que le atañen por ley exclusivamente a la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal. El artículo 7 bis incorporado indica que “…Los representantes de cada sector ante la comisión deberán ser delegados o delegadas de la Asamblea de Trabajadores… En el caso de que un sector no nombre en tiempo y forma su único representante ante la Comisión, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social lo nombrará provisionalmente…” lo cual es ilegal e inconstitucional porque el MTSS no tiene designado por ley realizar estos nombramientos, mucho menos cuando la competencia funcional le corresponde por ley a otro órgano, la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del BPDC). Este proceder ilegítimo es contrario al principio de autonomía funcional del Banco Popular al tenor de los artículos 188 Constitucional y 2º de su Ley Orgánica. Además, las disposiciones del Reglamento que regulan el procedimiento para celebrar las asambleas o para dictar los actos administrativos para designar los representantes ante la Comisión de los Sectores que a la vigencia del Decreto Nº 35.717 no habían nombrado su representante para el período 2010-2014, contienen los siguientes vicios de constitucionalidad: a) Encarga en ciertos casos (artículo 7 bis incisos a), e), g), h), i), j)) al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a convocar a los sectores ahí señalados, competencia violatoria de la autonomía que detenta el Banco al tenor de los artículos 188 Constitucional y 2 LOBPDC, pues la competencia del Ejecutivo en esta materia, tal y como lo indican los artículos 26 y siguientes LGAP, es de dirección y coordinación, no la de emitir actos propios de la administración activa. b) El Poder Ejecutivo tiene competencia para dictar reglamentos ejecutivos, pero reglamentar una ley yendo más allá de lo que ella preceptúa viola el artículo 140 3. constitucional y la ley que indebidamente pretenda reglamentar, como sucede en el caso del inciso b) del artículo 7 bis del Reglamento impugnado, pues da al Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad potestad de designar al representante del Sector Comunal en la Comisión de interés sin que la ley indique tal competencia, lo que viola una vez más lo señalado por el artículo 28 de la Constitución (reserva de ley y división de poderes), pues es una indebida intromisión del Poder Ejecutivo en las decisiones de personas de derecho privado que integran ese sector. Además es evidente la violación a la autonomía del Banco Popular consagrada por los numerales 188 constitucional y 2 LBPDC, pues el Poder Ejecutivo ordena a un órgano público integrado por dos Ministros y nombrado íntegramente por el Poder Ejecutivo a designar un integrante de un órgano colegiado del Banco Popular. Además, según el penúltimo párrafo del artículo 7 bis dicho, si tal órgano público no designare al “representante” Comunal en tiempo (tiempo que el reglamento no indica, salvedad hecha para el período 2010-2014) el nombramiento lo hará directamente el Ministro de Trabajo y Seguridad Social. c) De los artículos 136 y 137 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se desprenden las funciones de ese ente público no estatal, que se rige por el principio de legalidad. Como no tiene asignadas por ley funciones de designar al representante del Sector Cooperativas Tradicionales en la Comisión de interés, es clara la violación del artículo 7 bis d) del Reglamento a los artículos 140.3 y 28 constitucionales, pues implica otra intromisión del Poder Ejecutivo en las decisiones de las personas de derecho privado que integran ese sector, por lo que dicha norma es inconstitucional. Además, según el penúltimo párrafo del artículo 7 bis si el Conacoop no designare al “representante” (entrecomillado, pues es evidente que el nombrado por ese órgano público no es representante de las entidades privadas que conforman ese de Cooperativas Tradicionales) en tiempo (tiempo que el reglamento no indica, salvedad hecha para el período 2010-2014, omisión que también viola los principios de razonabilidad y el artículo 16.1 LGAP) el nombramiento lo hará directamente el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, es evidente que basta el deseo del Poder Ejecutivo para que el representante de este Sector sea nombrado por el Ministro, ello en clara violación de las normas apuntadas. d) El artículo 7 bis incisos a), e), g), h), i), j) indican que la convocatoria que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social hará a los Sectores ahí señalados será mediante un diario que no es La Gaceta, lo que viola los numerales 240, 241 y 242 LGAP y genera indefensión a gran cantidad de integrantes de Sectores, lo que viola los artículos 39 y 41 de la Constitución Política. e) Es evidente que el plazo de 7 días hábiles señalado en Transitorio al Decreto Ejecutivo Nº 35.717-MTSS para que el Ministerio convoque a los Sectores que faltan por designar su representante ante la Comisión de interés es irracionalmente reducido, si se tiene en cuenta que el aviso debe publicarse en La Gaceta y que la publicación debe llevarse a cabo tres veces; debiéndose considerar además, que hay Asambleas que son concurridas por cientos de personas, lo que obliga a arrendar un local. f) Los decretos impugnados violan el principio de razonabilidad y el numeral 16.1 LGAP, al no señalar fecha de corte para considerar las personas que tienen derecho a participar en las Asambleas señaladas en el artículo 7 bis incisos a), e), g), h), i), j) del Decreto Nº 35.687 que sea necesario celebrar; esto es, si se trata de las que califican para ello al momento de la publicación, tantos días antes de la celebración de la Asamblea, o al día de la Asamblea, imprecisión que puede ser fuente de nulidades en detrimento del procedimiento y por ende, de la integración de la Asamblea, el Directorio, las Comisiones de la Asamblea y la Junta Directiva. g) Los decretos impugnados violan el principio de razonabilidad y el numeral 16 1. LGAP, al no señalar el competente para determinar la validez del documento que pretenda acreditar a un representante de las personas indicadas en el artículo 7 bis incisos a), e), g), h), i), j) del Decreto Nº 35.687. h) Tampoco regulan el quórum para que las Asambleas señaladas en el artículo 7 bis incisos a), e), g), h), i), j) del Decreto Nº 35.687 puedan celebrarse, por ello los incisos dichos también violentan el principio de razonabilidad y el numeral 16 1. LGAP. i) El artículo 7 bis incisos a), e), g), h), i), j) del Decreto Nº 35.687 es omiso en cuanto a señalar quién preside tales asambleas, no siendo posible afirmar que sean quienes presidan las asambleas de organizaciones de artesanos, de organizaciones magisteriales, de Confederaciones Sindicales, de Sindicatos y de Asociaciones Solidaristas, por lo que esos incisos también violentan el principio de razonabilidad y el numeral 16 1. LGAP. j) Alegan que también es omiso el artículo 7 bis en cuanto a señalar si las designaciones que se realicen en esas reuniones son recurribles, por quién y ante quién, debiendo indicarse que no es aplicable al caso el artículo 38 de ese Reglamento, pues se refiere a actos emitidos luego de la integración de la Comisión, no antes. Tal omisión violenta también el principio de razonabilidad y el numeral 16 1. LGAP. k) A tenor del penúltimo párrafo del artículo 7 bis del Decreto Nº 35687-MTSS, si los Sectores indicados en los incisos a), e), g), h), i), j) de ese artículo no designaren a su respectivo representante en tiempo (tiempo que el reglamento no indica, salvedad hecha para el período 2010-2014, omisión que también viola el principio de razonabilidad y el artículo 16. 1 LGAP) el Reglamento no dice que el Ministerio está obligado a realizar nueva convocatoria para designar al representante que corresponda, motivo por el cual es suficiente que el Ministerio no realice la nueva convocatoria , para que el designado por el Ministro ejerza todo el período. l) La circunstancia de que según los incisos b), c) y d) del artículo 7 bis los representantes de los Sectores Comunal, Cooperativas Tradicionales y Cooperativas de Autogestión sean designados por órganos públicos y no por Asambleas de los Sectores como sucede en el caso de los demás Sectores, además de violentar el numeral 28 de la Carta Fundamental viola su artículo 33, pues da trato desigual a iguales; a unos Sectores les permite que nombren su representante y otros Sectores no se los permite. 4. La emisión de los Decretos Ejecutivos Nos. 35.687-MTSS y 35.717-MTSS viola los artículos 39 y 41 constitucionales y 361 2. de la Ley General de la Administración Pública. No se confirió audiencia a las personas que integran los sectores, lo que violenta tanto lo dispuesto por los artículos constitucionales citados como el artículo 361 2. LGAP (Sala Constitucional Votos 459-91, 3550-92, 4702-93 y 2000-3917). Tampoco se dio audiencia al Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Según los numerales 39 y 41 supraindicados, en concordancia con el artículo 361 1. LGAP, y siendo el Banco Popular una entidad descentralizada, como lo señaló la Procuraduría General de la República en oficio C-184-2009, la emisión de los Decretos indicados debió ser precedida de audiencia al Banco, lo que no se llevó a cabo, omisión que implica nulidad del Reglamento. Nótese que de la aplicación de los citados decretos se dejó sin efecto el nombramiento de los suscritos en la comisión de integración de la Asamblea, con lo cual se vulnera el debido proceso. 5. Inconstitucionalidad del artículo 4º del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS. La norma viola los principios de razonabilidad y proporcionalidad, el principio democrático, de soberanía popular, de interdicción de la arbitrariedad y el derecho a ser elegido, al limitar irracionalmente la reelección como delegado a la asamblea. El artículo 14 LOBPDC párrafo final indica que: “Los miembros de la Asamblea permanecerán en sus cargos cuatro años y podrán ser reelegidos o reelegidas por otro período igual…” Aplicando el principio de no distinguir donde la ley no lo hace, debe concluirse que la persona puede ser reelecta tanto en períodos seguidos como no seguidos. Sin embargo, contrario a lo anterior el artículo 4º del Reglamento impugnado impide tanto el derecho de las personas de ser reelectas en ese cargo, como la de los electores de reelegirlas, pues mientras lo permite a quien al momento de la reelección detente el cargo, lo impide a quien lo haya ejercido durante un período anterior, y aún a quienes hayan ejercido parte del período anterior a la reelección, pero a ese momento no sean asambleístas, como por ejemplo, haberse visto obligados a renunciar por causas atendibles. Por ello el artículo 4º viola los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad, pues carece de sentido permitir una reelección sucesiva pero prohibirla alternativamente, ello en contra de lo que sobre el particular han señalado todas las Constituciones de Costa Rica, tal y como se detalla en el Voto Nº 2003-02771 de la Sala Constitucional. El artículo 4º violenta el principio democrático, pues impide ejercer el derecho de elegir y ser electo más allá de lo que la Constitución señala; el principio de soberanía popular, ya que las limitaciones exceden las convenidas por el pueblo y plasmadas en la Constitución; el principio de interdicción de la arbitrariedad, pues la norma implica una excesiva e innecesaria limitación de un derecho fundamental, todo lo que redunda en violación al derecho de elección. Así, el reglamento en su artículo 4º, provoca una limitación ilegítima del derecho fundamental de reelección como delegado del Banco Popular, como garantía constitucional de los derechos políticos de los costarricenses en el ejercicio del derecho de elección (artículos 93 a 95 de la Constitución Política), consagrado además, en el artículo 23 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (derecho a elegir y ser elegidos en condiciones de igualdad y libertad dentro del marco de un sistema democrático). La interpretación antojadiza que limita la reelección violenta no solo el fuero humano de ser elegido en condiciones de igualdad -discriminándonos por haber ejercido antes esa posición como delegado-, sino el de todos los electores de los diversos sectores que conforman el Banco Popular, de elegir o reelegir a sus candidatos idóneos en elecciones democráticas, debidamente reglamentadas por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal, conforme lo dispone el artículo 14 bis inciso c) de la LOBPDC, y garanticen la libre expresión de la voluntad de los electores, en este caso, la libre voluntad de reelegir a los delegados, en condiciones de igualdad. 6. Sobre la vulneración al principio de doble instancia. Con la promulgación del Reglamento impugnado, no es posible apelar las decisiones de la citada Comisión, ya que bajo el argumento que se trata de un órgano de carácter electoral, los numerales 8 y 14 del Reglamento señalan que contra las decisiones de la Comisión solamente cabe “reconsideración”, con lo cual se violenta el principio de la doble instancia reconocido por la Convención Americana de Derechos Humanos. Lo mismo sucede con los artículos 15 y 16 del reglamento impugnado, ya que en la forma en que está redactado no es posible recurrir el acto administrativo que indica cuántos copropietarios detentan un Sector, ni tampoco el acto que señala el número de delegados asignados al Sector, lo cual contraviene el bloque de constitucionalidad. 7. El artículo 9º del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS violenta el artículo 188 de la Constitución Política, el 2 de la Ley Orgánica del Banco Popular y el 136 e) LGAP, pues encarga al Ministerio de Trabajo fiscalizar a la comisión indicada en su artículo 7º. El artículo 9º señala que ese Ministerio fiscalizará a la Comisión en su condición de rector del Sector trabajo y dada su natural relación con las organizaciones sociales, disposición violatoria de la autonomía que detenta el Banco, pues la competencia del Poder Ejecutivo en esta materia, como lo indican los artículos 26 y siguientes LGAP, es de dirección y coordinación, no de fiscalización, también se viola el artículo 136 e) de la Ley General de la Administración Pública, pues el enunciado del artículo 9º citado no es motivado, ya que afirmar que la norma obedece a la natural relación del Ministerio de Trabajo con las organizaciones sociales, sin fundamentar porqué se considera que existe la supuesta natural relación y por qué esa supuesta natural relación legitima la emisión de tal norma. 8. El artículo 12 del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS violenta lo dispuesto en los numerales 39 y 41 de la Constitución Política y los artículos 240 y 241 de la Ley General de la Administración Pública. La publicación a que se refiere el numeral 12 debe hacerse en el Diario Oficial, pues es acto emitido por órgano perteneciente a entidad pública, y tal y como lo indica el artículo 240 LGAP, disposición que no hace otra cosa que desarrollar los principios del debido proceso plasmados en los numerales 39 y 41 de la Carta Fundamental, motivo por el cual ese artículo reglamentario violenta las disposiciones constitucionales y legales citados. 9. El artículo 14 del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS vulnera los principios de razonabilidad y proporcionalidad constitucionales, y el artículo 16.1 de la Ley General de la Administración Pública, pues no especifica el plazo ahí conferido a la comisión. El artículo 14 del Reglamento no señala plazo concreto a la Comisión indicada en su artículo 7º para que lleve a cabo lo ahí señalado, pues indica que será el prudencial. No es razonable ni proporcional, dado lo subjetivo del mismo, que complicaría el disciplinar a los integrantes de la Comisión si se toman un plazo que perjudique la celeridad que el proceso exige; todo lo que implica que también se está ante violación del artículo 16 1. de la Ley General de la Administración Pública. Lo anterior causa grave perjuicio al Banco Popular, pues permite que una Comisión, se integre sin mayor participación de los órganos de la Administración Superior del Banco Popular, retrase sus asuntos injustificadamente. 10. Los artículos 16 y 42 del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS violan los principios democráticos, de soberanía popular, de interdicción de la arbitrariedad y derecho a la elección al exigir que los delegados pertenezcan al sector que representan. Según los artículos 16 y 42 a) del Reglamento, quien represente a un Sector debe ser afiliado al mismo, lo que atenta contra el derecho de los copropietarios de hacerse representar por quien consideren idóneo, aunque no sea afiliado a su sector, violentándose así los principios democrático, de soberanía popular, de interdicción de la arbitrariedad y el derecho fundamental a la elección. 11. Los artículos 27, 28, 35 y 36 del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS violentan el artículo 28 de la Constitución Política al indicar que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social conocerá las apelaciones de las resoluciones de los sectores. Según los artículos 27, 28, 35 y 36 del Reglamento, las resoluciones de los sectores ahí indicados son apelables ante el Ministerio de Trabajo, lo que violenta la independencia de las entidades que los conforman, siendo lo procedente que el asunto se resuelva en el seno de los sectores, evidentemente sin perjuicio de someter el asunto a sede judicial. Ello afecta el principio de libertad y autonomía del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ya que se permite la intromisión del Poder Ejecutivo en las decisiones legalmente designadas a personas de derecho privado como lo son los sectores que conforman el Banco. Por ende, estos artículos son inconstitucionales. 12. El artículo 29 del Decreto Ejecutivo Nº 35687-MTSS viola los artículos 39, 41 y 42 constitucionales, pues señalan que la Federación de Colegios Profesionales conoce en apelación sus propios fallos. El numeral 29 del citado reglamento preceptúa que el nombramiento de los representantes del sector profesional corresponde a la Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Costa Rica a través de una asamblea que convocará en coordinación con la comisión. Asimismo, que las impugnaciones de los afiliados y afiliadas sobre la designación de los delegados y delegadas propietarias y suplentes serán resueltas en primera instancia por la asamblea sectorial y la apelación por la Federación de Colegios Profesionales Universitarios de Costa Rica. Es evidente el vicio, por cuanto la apelación del acto dictado por la Federación de Colegios Profesionales de Costa Rica no puede ser conocido por ella. Si bien la posibilidad de recurrir los actos de las Asambleas de los Sectores no impide que los interesados recurran a los Tribunales Comunes, es violatorio del debido proceso que el artículo 29 del Reglamento indique que el acto ahí señalado es a cargo de la Federación, quien también conoce de la eventual revocatoria y apelación, con lo cual también se violentan los artículos 39, 41 y 42 de la Carta Magna. 13. El artículo 42 a) del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS violenta el numeral 14 LOBPDC, pues indica que un delegado pierde su credencial por dejar de representar al sector que lo eligió. Si bien los delegados son nombrados por las entidades que integran los sectores, ello obedece al afán de facilitar su elección. Sin embargo, los delegados en el seno de la Asamblea -órgano representativo de los trabajadores, artículo 14 párrafo 2 de la Ley Orgánica del Banco Popular- deben actuar a favor de los intereses de todos los trabajadores y no solo del sector que lo designó. Por ello el hecho de que un sector considere que una determinada persona lo ha dejado de representar, no puede ser causal de su remoción; pues el derecho de esa persona a permanecer en el cargo durante los cuatro años indicados en el artículo 14 LOBPDC, solamente puede cesar de mediar su propia voluntad, sobrevenir motivo que le impida proseguir en el cargo, como insania, o bien, por razones netamente disciplinarias, por lo que el artículo 42 inciso a) del Reglamento viola el ordenamiento jurídico. 14. El artículo 23 del Decreto Ejecutivo Nº 35.687-MTSS viola los principios de razonabilidad y proporcionalidad pues contiene un sistema de suplencias que puede implicar la desintegración de la asamblea. El artículo 40 señala que la Asamblea se tiene integrada cuando las 290 personas estén designadas, y como el artículo 23 indica que el suplente solamente fungirá por dos meses, entendiéndose también que los otros suplentes que ese mismo artículo señala solamente fungen en el tanto exista el suplido, lo anterior implicará la desintegración de la Asamblea, en grave perjuicio del Banco Popular y todos los sectores que le conforman. Por ello el sistema de suplencias establecido por el artículo 23 viola los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Así se informa que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. En atención a que la acreditación de delegados y delegadas a la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal para el cuatrienio 2010-2014, es un proceso complejo que involucra la participación de muchas organizaciones de trabajadores de todo el país, que se está llevando a cabo con fundamento en el Reglamento impugnado, en aplicación analógica del párrafo segundo del numeral 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, las normas cuestionadas deben seguirse aplicando en el proceso de acreditación que se realiza actualmente, a fin de evitar graves dislocaciones de la seguridad, la justicia o la paz sociales en el funcionamiento del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, sin perjuicio del dimensionamiento que haga esta Sala al resolver en definitiva la acción.

San José, 26 de mayo del 2010.

                                                               Gerardo Madriz Piedra

(IN2010046861)                                                           Secretario

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil diez, se dio curso  a la acción de inconstitucionalidad número 10-006476-0007-CO interpuesta por  Carlos Quesada Moncada y José Miguel Cisneros Guislan quienes actúan en su condición de Presidente y Secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma de Camposanto la Piedad, Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-143545 para que se declare inconstitucional el artículo 27 del Reglamento General de Cementerios, Decreto Ejecutivo N° 32833-S del 3 de agosto del 2005. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República. La norma se impugna en cuanto dispone: “Artículo 27. Deberá contemplarse un número no menor del 5% del total de los nichos para indigentes y contingencias.” Manifiestan los accionantes que la norma lesiona los artículos 45, 46 y 140 inciso 3) de la Constitución Política. El Reglamento General de Cementerios es un reglamento ejecutivo que desarrolla el contenido de varios artículos de la Ley General de Salud. Sin embargo, ni esos artículos ni cualquier otro de la Ley de Salud, autorizan al Poder Ejecutivo para desarrollar las limitaciones al derecho de propiedad y libre empresa que establece el artículo 27 impugnado. La limitación impuesta por el artículo 27 es materia de reserva de ley, por tratarse de limitaciones a derechos fundamentales. Adicionalmente, al haber excedido este reglamento los límites de la potestad reglamentaria ha violado el artículo 140 inciso 3) de la Constitución Política. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 26 de mayo del 2010

                                                                        Gerardo Madriz Piedra

(IN2010046862)                                                         Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-006789-0007-CO interpuesta por Alberto Soto Víquez, para que se declare inconstitucional el artículo 271, párrafo 2) in fine del Código Procesal Penal, por estimarlo contrario a lo dispuesto en los artículos 41 y 33 de la Constitución Política, así como a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. La norma se impugna en cuanto establece que una persona que haya sido sometida a prisión preventiva y luego es sobreseída o absuelta, puede ser indemnizada por el Estado, siempre y cuando, se de una plena demostración de inocencia. Afirma el accionante que la norma impugnada contiene una exigencia inusual y que, de hecho, constituye una verdadera excepción a la regla, toda vez que la mayoría de los casos se resuelven en aplicación de in dubio pro reo y no por certeza de inocencia.  Se introduce una discriminación arbitraria e irracional, violentando de manera flagrante el principio pro homine. El derecho a la tutela judicial efectiva no puede encontrar excepciones fundadas en privilegios irracionales, ya que, dentro de un Estado de Derecho, éste ha de ser el primero en dar el ejemplo y responder por sus actos.  Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 2 de junio del 2010

                                                                        Gerardo Madriz Piedra

(IN2010046863)                                                         Secretario

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Que en proceso disciplinario número 06-000611-627-NO, establecido por Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles contra la notaria Eliette Pérez Méndez, cédula Nº 3-305-615, este Juzgado mediante sentencia número 531-JR-2009 de las 10:00 horas del 3 de junio del 2009, la cual fue modificada mediante voto número 107-2010, de las 9:15 del 25 de marzo del 2010, dispuso imponerle tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la citada profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                               Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010048107).                                        Juez

Que en proceso disciplinario número 08-000771-627-NO, establecido por Archivo Notarial contra la notaria Laura María Angulo Villagra, cédula Nº 5-278-334, el Tribunal Notarial mediante voto número 62-2010 de las 9:10 horas del 25 de febrero del 2010, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, a la citada profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                               Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010048125)                                         Juez

Que en proceso disciplinario número 04-000961-0627-NO, establecido por Registro Público contra el notario público Dagoberto Madrigal Mesén, cédula de identidad número 1-732-121, este Juzgado mediante sentencia número 488-2008 de las 16:20 horas del 28 de noviembre del 2008, la cual fue modificada por voto número 39-2010 de las 9:45 horas del 12 de febrero del 2010, dispuso imponerle tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                               Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010048126).                                        Juez

Que en proceso disciplinario Nº 06-000331-627-NO, establecido por Registro Civil contra el notario Erick Elías Miranda Picado, cédula Nº 1-1024-837, este Juzgado mediante sentencia Nº 362-2008 de las 13:10 horas del 10 de setiembre del 2008, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                                  Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.––(IN2010048127)                                                    Juez

Que en proceso disciplinario Nº 05-000261-627-NO, establecido por Archivo Notarial contra el notario Douglas Ricardo Avendaño Chaverri, cédula Nº 4-129-290, este Juzgado mediante sentencia Nº 81-2010 de las 13:00 horas del 8 de febrero del 2010, dispuso imponerle tres días de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                                  Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.––(IN2010048129)                                                    Juez

Que en proceso disciplinario Nº 07-000261-627-NO, establecido por Archivo Notarial contra el notario Raymond Mora Molina, cédula Nº 1-740-391, este Juzgado mediante sentencia Nº 489-2009 de las 8:05 horas del 21 de mayo del 2009, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                                  Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.––(IN2010048130)                                                    Juez

Que en proceso disciplinario Nº 06-000031-627-NO, establecido por Alberto Barboza Alfaro contra el notario Andrés Quesada Meneses, cédula Nº 3-268-728, este Juzgado mediante sentencia Nº 188-2010 de las 16:00 horas del 10 de marzo del 2010, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                               Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010048134)                                              Juez

Que en proceso disciplinario Nº 07-001351-0627-NO, establecido por Registro Civil contra el notario público Alexander Quesada Venegas, cédula de identidad Nº 1-536-681, este Juzgado mediante sentencia Nº 235-2009 de las 15:30 horas del 12 de marzo del 2009, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                               Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010048135)                                              Juez

Que en proceso disciplinario Nº 07-001402-0627-NO, establecido por Registro Civil contra la notaria pública Oky María Campos Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-866-666, este Juzgado mediante sentencia Nº 273-2010 de las 15:30 horas del 13 de abril del 2010, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                               Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010048137)                                              Juez

Que en proceso disciplinario Nº 03-001351-0627-NO, establecido por Registro Civil contra el notario público Roberto Antonio Sobrado Zamora, cédula de identidad Nº 1-631-316, este Juzgado mediante sentencia Nº 3-2009 de las 14:50 horas del 7 de enero del 2009, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                               Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010048138)                                              Juez

Que en proceso disciplinario Nº 07-001402-0627-NO, establecido por Registro Civil contra la notaria pública Oky María Campos Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-866-666, este Juzgado mediante sentencia Nº 273-2010 de las 15:30 horas del 13 de abril del 2010, dispuso imponerle un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, al citado profesional. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 25 de mayo del 2010.

                                                               Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010048139)                                              Juez

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las diez horas del once de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de dos mil quinientos sesenta y siete dólares con noventa y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: central telefónica marca Siemens, modelo Hicom, serie 118-E, equiparada con un teléfono Optiset estándar y Optiset Confort cero uno, sistema de control de llamadas Sacet. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac. y Reinstal. de Edwin Jiménez Sancho contra Asociación Caravanas de Buena Voluntad. Exp.: 95-000006-0214-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 09 de junio del 2010.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—(IN2010048639).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Zúñiga Zúñiga, cédula 6-182-559, fallecido el día 29 de mayo del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral bajo el expediente Nº 10-000912-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 10-000912-0173-LA. Promovido por Irma Yamileth Romero Torres a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de mayo del 2010.—Lic. Arnoldo Álvarez Desanti, Juez.—1 vez.—(IN2010047745).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes del fallecido Leonel Arroyo Chaves, quien fuera mayor, casado, vecino de Desamparados, del Colegio de Gravilias, ciento cincuenta metros, casa 840 de color amarillo, con verjas rojas, cédula de identidad número seis-cero sesenta y ocho-ochocientos setenta y dos, quien falleció el veintiocho de marzo del dos mil diez, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral, expediente Nº 10-300127-0237-LA (133-2-10), gestionada por Margarita García Hernández contra Operadora de Planes de Pensiones del Popular Pensiones y Operadora de Planes de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social, apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 7 de junio del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—(IN2010047973).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes dería Eugenia Ruiz Gómez, cédula de identidad número 5-0209-0806, fallecida el veintinueve de abril de dos mil diez, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajadora fallecida, bajo el expediente Nº 10-300030-0401-LA-3, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-300030-0401-LA-3 a favor de María Eugenia Ruiz Gómez, cédula de identidad número 5-0216-0599.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo, 24 de mayo del 2010.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2010047976).

Se cita y emplaza a los causahabientes de Roque Francisco Ramírez Castro, quien fue mayor, cédula seis-ciento diecinueve-trescientos noventa y dos, vecino de San Sebastián, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp. Nº 10-300020-0250-LA-5 (24-C-10).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 2 de junio del 2010.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2010048651).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Ivette Ortega González, quien fue mayor, divorciada, miscelánea, vecina de Barrio Los Ángeles, San Joaquín de Flores, con cédula de identidad número 1-541-919, se les hace saber que: Aida Kattiana González Ortega, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 04-179-818, vecina de Barrio Los Ángeles, San Joaquín de Flores, se apersonó en este Despacho en calidad de hija y responsable de los menores Yaudieth y Ronny ambos de apellidos González Ortega, hijos del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida Ivette Ortega González, expediente número 10-000292-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 27 de mayo del 2010.—Lic. Rúsbel Alberto Herrera Medina, Juez.—1 vez.—(IN2010048652).

Se emplaza a todos los que en concepto de causahabientes, se consideren con derecho a recibir las prestaciones legales y cualquier otro dinero a que tenía derecho la trabajadora fallecida Surlet Minerver Nedhaw Bowen conocida como Shurlet Minerva Needham Brown, quien fue mayor, casada, titular de la cédula de identidad número 9-0086-0304, vecina de Limón, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en defensa de sus derechos, apercibidos que si así no lo hiciere los dineros que se depositen pasarán a quien legalmente corresponda. Expediente número 08-000404-0679-LA establecido por Marcia Patricia Jones Medhaw.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de mayo del 2010.—Lic. Luis Jorge Gutiérrez Peña, Juez.—1 vez.—(IN2010048653).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Franklin González Valle, cédula de identidad número uno cinco cinco ocho cero ocho tres uno ocho tres tres tres, quien fue mayor, nicaragüense, masculino, soltero, guarda de seguridad, y falleció el dieciocho de enero del dos mil diez, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente Nº 2010-300026-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese el edicto de Ley una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, a las quince horas del once de mayo del dos mil diez.—MSc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.––1 vez.––(IN2010048654).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Delia Guevara Obando, cédula Nº 5-245-773, fallecida el 02 de marzo del 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias por consignación de prestaciones bajo el Nº 10-000056-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000056-0874-LA. Promovida por Marisel Guevara Obando.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Nicoya, 2 de junio del 2010.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez.––1 vez.––(IN2010048655).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Corrales Moya, cédula de identidad Nº 2-254-808, fallecido el 22 de diciembre del año 2000, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias bajo el Nº 10-000068-0692-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000068-0692-LA., establecido por María Leticia Fernández Fernández.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 02 de junio del 2010.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.––1 vez.––(IN2010048656).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del doce de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0312-00002771-01-0034-001, reservas Ley Aguas, bajo las citas 0312-00002771-01-0035-001, limitaciones de leyes 7052, 7208, Sistema Financiero D, bajo las citas 0485-00002441-01-0001-001, habitación familiar bajo las citas 0485-00002441-01-0002-001, con la base de nueve millones ciento ochenta y cinco mil seiscientos quince colones con setenta y cinco céntimos, remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número 306.735-000, que se describe así: terreno para construir. Sito: en el distrito siete, Fortuna, cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, calle pública, al sur y oeste, Rigoberto Vega Vargas; y al este, Luis Gustavo Rojas García. Mide: trescientos setenta y tres metros con noventa y siete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones ochocientos noventa y nueve mil doscientos once colones con ochenta y dos céntimos, se señalan las nueve horas del veintiséis de agosto del dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del  veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones doscientos noventa y seis mil cuatrocientos tres colones con noventa y tres céntimos, se señalan las nueve horas del nueve de setiembre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 09-100857-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Popular contra Yadira Vega Sandoval y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 5 de mayo del 2010.—Lic. Shirley Montoya Montero, Juez.—RP2010178084.—(IN2010047997).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil diez y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas CL 192347, marca Isuzu, estilo NPR camión, carga liviana, 3 personas, vin JALB4B1H0K7007035. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Shirley Vega Morales contra Grupo Alfaro & Rodríguez S. A. Expediente Nº 10-000118-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 20 de mayo del año 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010179189.—(IN2010048002).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y soportando gravamen de reservas y restricciones inscrita bajo las citas 0348-00008258-01-0908-001, a las quince horas treinta minutos del dos de julio de dos mil diez y con la base de ciento veinte mil dólares sin centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cincuenta y siete mil ochocientos tres-cero cero cero,  la cual es terreno de naturaleza finca filial número veintitrés ubicada en el primer nivel destinada a apartamento para uso habitacional y recreacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con área común libre (parque); al sur, con finca filial veintiuno, al este, con acceso parque; y oeste con área común libre (parque). Mide: ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil diez, con la base de noventa mil dólares sin centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil diez, con la base de treinta mil dólares sin centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Condominio Horizontal Vertical Residencial Dolce Vita contra Apertura Italiana S. A. Expediente Nº 09-000418-388- CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, 14 de mayo del 2010.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—RP2010178202.—(IN2010048003).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones a las ocho horas del cuatro de agosto del dos mil diez y con la base de quinientos treinta y siete mil seiscientos cincuenta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos remataré: finca inscrita en el partido de Guanacaste, Folio Real, matrícula número 00158416-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 04 Abangares, cantón 07 de la Provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública de 25 metros; al sur, Juan Evangelista López Ruiz; al este, Juan Evangelista López Ruiz; y al oeste, calle pública con 10 metros. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciocho de agosto del dos mil diez, con la base de cuatrocientos tres mil doscientos cuarenta y un colones con noventa y dos céntimos (rebajada en un 25%). de no apersonarse rematantes; para el tercer remate, se señalan las ocho horas del primero de setiembre del dos mil diez, con la base de ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos trece colones con noventa y siete céntimos (un 25%). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados Deintaco S. A. contra Kattia Lisbeth Vásquez Jiménez. Expediente Nº 10-100030-0403-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares, Las Juntas, 21 de mayo del 2010.—Lic. Corina Marchena Fennell, Jueza.—(IN2010048087).

A las trece horas treinta minutos del siete de julio del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; y con la base de catorce millones ochocientos cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y tres colones con setenta y ocho céntimos, remataré: la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real matrícula número treinta y nueve mil cincuenta y tres-cero cero cero, terreno para construir con una casa, situado en el distrito primero de Tilarán del cantón octavo de Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Linderos: al norte, Gerardo Murillo Ulate: al sur, calle pública con trece metros dieciséis centímetros; al este, calle pública; y al oeste, Oliver Carranza Méndez. Para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria, sea con la suma de once millones ciento treinta y nueve mil trescientos cuarenta y siete colones ochenta y cuatro céntimos; se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria, sea con la suma de tres millones setecientos trece mil ciento quince colones noventa y cuatro céntimos y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil diez. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria. Se rematan por ordenarse así en Expediente N° 10-100100-0927-CI (105-4-2010)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro José Alvarado Álvarez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 19 de mayo del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2010048144).

En la puerta exterior de este Despacho; a las ocho horas quince minutos del cinco de julio del dos mil diez y con la base de cuatro millones setecientos cincuenta y cinco mil setecientos un colón con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 451918, marca Chevrolet, año 2001, vin 1GNDT13W31K175743, cilindrada 4300, color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintisiete de julio del dos mil diez, con la base de tres millones ciento ochenta y ocho mil novecientos veinticinco con veinte céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del doce de agosto del dos mil diez, con la base de un millón ciento ochenta y ocho mil novecientos veinticinco colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Máxima Capitales S. A. contra Cegato Tracy S. A. y otro. Expediente Nº 08-000577-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de mayo del año 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—(IN2010048169).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del veintiséis de octubre del año en curso, y con la base de trece mil quinientos treinta y siete dólares con sesenta y cinco centavos de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 516302, marca Nissan, año 2003, Vin JN1VDZR50Z0011399,  cilindrada 3498 c. c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas del nueve de noviembre del año en curso, con la base con la base de diez mil ciento cincuenta y tres dólares con veintitrés centavos de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del veintitrés de noviembre del año en curso, con la base de tres mil trescientos ochenta y cuatro dólares con cuarenta y dos centavos de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Jefry Madrigal Leal. Expediente Nº 10-000633-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de mayo del año 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2010178231.—(IN2010048299).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez y con la base de ciento treinta y siete mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F-cuarenta y cuatro mil ochocientos doce-cero cero cero, la cual es finca filial 17 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de 2 pisos, situada en el distrito San Rafael, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial 16; al sur, área de parqueo y área común libre de área recreativa; al este, José Manuel Rodríguez, área común libre de área recreativa, y al oeste, acceso vehicular. Mide: doscientos sesenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil diez, con la base de ciento tres mil ciento veinticinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diez, con la base de treinta y cuatro mil trescientos setenta y cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Flora Ibett Alvarado Herrera. Expediente Nº 10-001127-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de mayo del año 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2010178232.—(IN2010048300).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando obligaciones, prohibiciones, servidumbre trasladada; a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil diez, y con la base de doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y un dólares con treinta centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diez mil ochocientos cincuenta y dos cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 32-P, situada en el distrito 01, Curridabat, cantón 18, Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 33-P con 23, 27 metros; al sur, lote 31-P con 20, 97 metros; al este, urbanizadora La Laguna S. A. 12, 00 metros, y al oeste, calle pública con 12,22 metros. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del primero de noviembre del dos mil diez, con la base de ciento setenta y cinco mil doscientos treinta y ocho dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del quince de noviembre del dos mil diez, con la base de cincuenta y ocho mil cuatrocientos doce dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra William Giovanni Umanzor Flores. Expediente Nº 09-003433-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del año 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—RP2010178233.—(IN2010048301).

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del veinte de julio del dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, soportando gravámenes servidumbre trasladadas citas: 0306-00004241-01-0901-006 y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número setenta y ocho mil quinientos sesenta y dos-cero cero cero, que es terreno de árboles y una casa, sito: distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Linderos: norte, Manuel Montoya y otros; sur, Silvia María Salazar; este, Silvia María Salazar, y al oeste, calle con 10 metros, 38 cm. Mide: mil trescientos setenta y ocho metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 97-006386-0170-CA de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alpízar Quesada.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de mayo del año 2010.—Lic. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—RP2010178239.—(IN2010048302).

Al ser las ocho horas, treinta minutos del primero de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, y con la base de tres millones ochocientos ochenta y tres mil colones, en el mejor postor remataré: la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y cuatro mil setecientos veinticinco-cero cero cero, que es terreno para construir, localizada en distrito 04 Carrillos, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con frente de ocho metros con dieciséis centímetros; sur, Rafael María Sánchez Alvarado; este, calle pública con un frente de diecisiete metros, y al oeste, Rafael María Sánchez Alvarado. Mide: ciento treinta y tres metros con siete decímetros cuadrados, plano A-0731910-2001. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 07-100113-0295-CI, de Banco Popular contra Darwin Mora Vargas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 17 de mayo de 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010178241.—(IN2010048303).

A las trece horas con treinta minutos del primero de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cero sesenta y un mil cero veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote 9; al sur lote 7; al este calle pública; y al oeste Lila Álvarez. Mide: doscientos diecinueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Distribuidora Agrocomercial S. A. contra Fernando Vargas Casanova y otros. Exp. 06-100052-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 10 de mayo del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—Nº RP2010178257.—(IN2010048304).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas, quince minutos, del veintiséis de julio del dos mil diez, y con la base de cincuenta y cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 60503-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 03 Capellades, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 18 metros, 50 centímetros Rafael y Ronald Aguilar Álvarez; al sur, Inmobiliaria de Capellades Empresa Individual de Responsabilidad Limitada; al este, calle pública e Inmobiliaria de Capellades Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, y al oeste, calle pública e Inmobiliaria de Capellades Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Mide: dos mil setecientos ochenta y siete metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas, quince minutos del doce de agosto del dos mil diez, con la base de cuarenta y un millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas, quince minutos, del veintisiete de agosto del dos mil diez, con la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Impresmo Sociedad Anónima contra Inmobiliaria Capelladas Empresa Individual R. L. Expediente Nº 10-000679-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de mayo del año 2010.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—RP2010178275.—(IN2010048305).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil diez, y con la base de cuatro millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 121655-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Margarita Arias Chinchilla; al sur, Lidieth Valverde Rojas; al este, servidumbre de paso; y al oeste, Francisco González Tafaya. Mide: doscientos setenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del seis de agosto del dos mil diez, con la base de tres millones doscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez con la base de un millón setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodrigo Castro Barquero. Exp. Nº 10-000203-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de abril del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010178277.—(IN2010048306).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con cita 319-15154-01-0001-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) con cita 2009-206775-01-0010-001; a las nueve horas con treinta minutos del veinte de julio de dos mil diez, y con la base de ciento noventa y ocho millones cuatrocientos sesenta y tres mil trescientos ochenta y seis colones con veintiséis céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil once-cero cero cero, la cual es terreno de café y potrero. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alicia Gamboa Cabrera, servidumbre de paso con 6 metros de ancho con 88,80 metros lineales; al sur, Carmen Rosa y Vera Alicia López Muñoz y Hermelinda Navarro Madrigal; al este, Carmen Rosa y Vera Alicia López Muñoz y Hermelinda Navarro Madrigal; y al oeste, calle pública con 8.08 metros de frente, Hermelinda Navarro Calderón y Rosa Jiménez Naranjo. Mide: ocho mil novecientos setenta metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del tres de agosto de dos mil diez, con la base de ciento cuarenta y ocho millones ochocientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y nueve colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil diez con la base de cuarenta y nueve millones seiscientos quince mil ochocientos cuarenta y seis colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin Pérez Arguedas. Exp. Nº 10-000203-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 2 de junio del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010178281.—(IN2010048307).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, inscrita al tomo 308, asiento 3799; a las once horas del veinte de julio de dos mil diez, y con la base de cincuenta y nueve millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento once mil seiscientos noventa y ocho-cero cero cero, la cual es terreno de pastos con un galerón. Situada en el distrito cuarto del cantón sexto de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con trescientos ocho metros con doce centímetros; al sur, calle pública con ciento cuarenta y tres metros con veinte centímetros; al este, Nacira Campos Arce; y al oeste, Leticia Solano. Mide: setenta y ocho mil cuatrocientos diecisiete metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del tres de agosto de dos mil diez, con la base de cuarenta y cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del diecisiete de agosto de dos mil diez con la base de catorce millones ochocientos setenta y cinco mil colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Andrés Campos Benavides. Exp. Nº 10-000182-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 3 de junio del 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010178282.—(IN2010048308).

A las nueve horas del siete de julio del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada, con citas de inscripción 345-17388-01-0906-001, 369-07305-01-0912-001, e hipoteca de primer grado por la suma de cinco millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos colones, según citas de inscripción 549-12512-01-0001-001, con la base de nueve millones setecientos diecinueve mil novecientos doce colones con setenta y ocho céntimos en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Cartago, a Folio Real, matrícula número ciento seis mil quinientos treinta y uno, secuencia cero cero uno, que es terreno para construir bloque K21, situada en el distrito primero Turrialba, del cantón quinto Turrialba, de la provincia de Cartago, colindante al norte, con lote 22K; al sur, lote 20K; al este, lote 8K; y al oeste, alameda sétima. Mide ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Plano de catastro C-0563137-1984, propietario Armando Morales González, cédula de identidad 3-186-942. Anotaciones sobre la finca no hay. Se remata por haberse así ordenado en Ejecutivo Simple de Carlos Eduardo Huertas Umaña contra Armando Morales González.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortes San Marcos, 20 de mayo del 2010.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—RP2010178319.—(IN2010048310).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince minutos del uno de setiembre de dos mil diez, y con la base de veinticinco millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y cuatro mil doscientos uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Juan, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Murillo y Vindas Sociedad Anónima; al sur, Francisco Segura Alvarado y José Alfonso Mora Quirós; al este, calle con cuatro metros, seis centímetros, José Alfonso Mora Quirós y Mariano Rodríguez Ugalde; y al oeste, Murillo y Vindas Sociedad Anónima. Mide: mil trescientos noventa y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez, con la base de diecinueve millones trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de octubre de dos mil diez con la base de seis millones cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Joshua López Solano. Exp. Nº 10-000913-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 2 de junio del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010178329.—(IN2010048311).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales; servidumbre de cloaca; a las nueve horas y quince minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de once millones treinta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita, en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero cero uno nueve tres cuatro nueve cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno filial número cincuenta y seis b, planta alta destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial 55 B; al sur, filial 57 B; al este, filial 75 B y al oeste, vacío. Mide: cuarenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, con la base de ocho millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del ocho de octubre de dos mil diez con la base de dos millones setecientos cincuenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gladys Lorena Vargas Ulloa, José Mercedes González Vargas, Luis Alberto González Vargas. Expediente Nº 10-000912-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 02 de junio del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.––RP2010178330.––(IN2010048312).

A las catorce horas del doce de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, pero soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco HSBC (Costa Rica) S. A., bajo el tomo 573 y asiento 84852. Con la base de hipoteca de segundo grado ya vencida a favor del actor, sea la suma de siete millones trescientos cincuenta mil colones netos, remataré: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real Nº 192576-000, que se describe así: terreno para construir, sito: en el distrito primero San Rafael, cantón quince, Guatuso, de la provincia de Alajuela, colinda al norte, Sulay Solano; sur y oeste, calle pública y al este, Mariana Santos. Mide: seiscientos trece metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones quinientos doce mil quinientos colones netos, se señalan las catorce horas del veintiséis de agosto de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón ochocientos treinta y siete mil quinientos colones netos, se señalan las catorce horas del nueve de setiembre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 10-100342-0297-CI (5C) que es ejecutivo hipotecario de Martín Guillén Dávila contra Glam Río Celeste S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 14 de mayo del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.––RP2010178399.––(IN2010048313).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 0295-00000711-01-0901-001, servidumbre de entrada en favor de todos los lotes a pie, a caballo y con carretas y servidumbre  de paso del tubo de cañería a favor de la finca del señor Rafael Cañas; a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil diez, y con la base de setenta y siete millones catorce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 569931-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 05 Piedades, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre y Milagro Acosta; al sur, René Quesada Barquero; al este, Inversora Familiar Hernández Ramírez S. A. y al oeste, calle pública con un frente de 42.40 metros. Mide: dos mil ochocientos veintinueve metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del año dos mil diez , con la base de cincuenta y siete millones setecientos sesenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil diez con la base de diecinueve millones doscientos cincuenta y tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gustavo Ramírez Calvo contra Milagro Acosta Herrera. Expediente Nº 09-018232-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2010.—Lic. Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—RP2010178421.––(IN2010048314).

A las catorce horas treinta minutos de veintiuno de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de veintiún millones ciento setenta y nueve mil ochocientos colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré: finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y siete mil trescientos treinta y tres-cero cero cero que es terreno para construir situado en el distrito uno Liberia, del cantón uno Liberia de la provincia de Guanacaste. Linda: norte, Luis Alberto Rivas Muñoz; sur, Luis Alberto Rivas Muñoz; este, calle pública frente de 20,01 metros y oeste, Luis Alberto Rivas Muñoz. Mide: mil metros cuadrados, según plano Catastral: G-uno uno dos ocho uno ocho dos-dos mil siete. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil diez, con la base de quince millones ochocientos ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con once céntimos (suma que contiene la rebaja del 25%). Y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez, con la base de cinco millones doscientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta colones con cuatro céntimos (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 10-100019-0295-CI, de SERVICOOP R.L. contra la demandada Judith Álvarez Rivas.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 20 de mayo del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.––RP2010178440.––(IN2010048315).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 80028-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito quinto, Cariari, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, en parte Miguel Azofeifa Fonseca con un frente de 3 metros 28 centímetros; al sur, Juan Badilla Navarro; al este, Gerardo Aguilar Gómez y calle pública con frente de 8 metros 11 centímetros y al oeste, José Margarito Montiel Rangel. Mide: cuatrocientos ochenta y seis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del once de agosto del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiséis de agosto del dos mil diez con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arturo Chávez Bustamante contra Rafael Ángel Corella Villegas. Expediente Nº 10-000230-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.––RP2010178480.––(IN2010048316).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de oleoducto y de paso de Recope; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil diez, y con la base de dieciocho millones seiscientos cincuenta y tres mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00205180-000, la cual es terreno para construir bloque F Lote 20. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Tomates y Chiles Frescos de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada; al sur, lote 19 F; al este, Tomates y Chiles Frescos de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada y al oeste, calle pública. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diez, con la base de trece millones novecientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre de dos mil diez con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Manuel Brizuela Leandro, Walter Manuel Brizuela Calvo. Exp.: 10-000659-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de mayo del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010178488.—(IN2010048317).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de paso; a las nueve horas y treinta minutos el veintiuno de julio del dos mil diez, y con la base de doscientos cincuenta millones de colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil veinticuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Chacarita, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Construcciones Costa Vera S. A., al sur, Construcciones Costa Vera S. A. y calle pública con 21.41 m. al este, Construcciones Costa Vera S. A. y El Chagüite; y al oeste, El Chagüite. Mide: cuarenta y ocho mil doscientos setenta y dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de agosto del dos mil diez, con la base de ciento ochenta y siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez con la base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Creaciones Invermol del Norte S. A., Salvalex del Sur S. A. representadas por Salvador Albaladejo Martínez. Expediente Nº 09-002293-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2010048647).

En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas con cincuenta minutos del veintitrés de julio del dos mil diez, remataré en el mejor postor con la base de ochenta y seis mil ochocientos sesenta colones con sesenta céntimos, lo siguiente: 1 troza de madera de la especie Tamarindo con un diámetro aproximado de 38 centímetros, un largo aproximado de 5 metros y un volumen de 0.56 metros cúbicos; así como 1 troza de la especie Piedrilla de aproximadamente 42 centímetros de diámetro por 11 metros de largo y un volumen de 1.52 metros cúbicos; se encuentran en depósito provisional de la Escaleras de los Chiles, tres kilómetros este de la escuela de Cristo Rey, en finca del señor Francisco Peña Peña. Se remata por estar así ordenado en comisión número 49-1-10, expediente número 10-200312-801-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Luis Francisco Peña Peña, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 2 de junio del 2010.—Lic. Cindy Williams Víquez, Jueza.—(IN2010048660).

En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas con treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil diez, remataré en el mejor postor con la base de doscientos treinta y ocho mil novecientos ochenta y tres colones con doce céntimos, lo siguiente: 204 piezas de madera procesada de la especie Cocobolo y 122 piezas de madera procesada de la especie Tostado, todas con diferentes diámetros y largos para un total de 326 piezas de madera procesada, con un volumen total de 2.9077 metros cúbicos; así como 2 trozas de madera de la especie Cocobolo con diámetros y largos diferentes y un volumen de 1.0353 metros cúbicos; se encuentran en depósito provisional de la escuela de Bella Vista de Cutris, costado norte de la plaza de deportes. Se remata por estar así ordenado en comisión número 46-1-10, expediente número 10-201264-306-PE, por infracción a la Ley Forestal, en contra de ignorado, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 2 de junio del 2010.—Lic. Cindy Williams Víquez, Jueza.—(IN2010048662).

En la puerta exterior del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a las siete horas con treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil diez, remataré en el mejor postor con la base de trescientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuatro colones con cero céntimos, lo siguiente: 1 troza de madera de la especie Camíbar con un diámetro aproximado de 60 centímetros, un largo aproximado de 23 metros y un volumen de 6.5031 metros cúbicos; así como 2 de la especie Chancho Cebo de aproximadamente 60 centímetros de diámetro por 3 metros de largo y un volumen de 0.8482 metros cúbicos; se encuentran en depósito provisional de la Junta de Educación de la escuela Veracruz, en Veracruz de Los Chiles. Se remata por estar así ordenado en comisión número 40-1-2010, expediente número 10-200217-801-PE, por infracción a la Ley Forestal, contra Adán Domínguez Mairena, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 2 de junio del 2010.—Lic. Cindy Williams Víquez, Jueza.—(IN2010048663).

En la puerta exterior de este despacho; soportando plazo de convalidación citas 0536-00001093-01-0003-001; a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de julio del año dos mil diez, y con la base de treinta mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00547611-000 la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 04 San Rafael Arriba, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Cecilia Hidalgo Arias, Comercial El Boyero S. A; al sur, calle pública con un frente de 37 metros y 42 centímetros y Comercial El Boyero S. A.; al este, calle pública con un frente de 22.39 metros lineales; y al oeste, con María Elena Segura Fallas. Mide: quinientos diecinueve metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil diez, con la base de veintidós mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil diez con la base de siete mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mónica María Boza Segura contra Rolter Finanzas MTJ S. A. Expediente Nº 09-100130-0237-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del año 2010.—Lic. Jéssica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(IN2010048675).

A las ocho horas del cinco de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando limitaciones según leyes 7052 y 7208, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de un millón de colones con 00/100, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad del partido de San José, matrícula folio real número cuatrocientos setenta y seis mil cuatrocientos sesenta y uno guión cero cero uno y cero cero dos (476461-001 y 002) y que se describe así: terreno para construir con una casa, situado en el distrito ocho (Cajón), cantón diecinueve (Pérez Zeledón), provincia primera (San José). Linda: al norte, Carlos Fallas Chinchilla; al sur, servidumbre en medio lote 5; al este, Augusto Corrales Blanco; y al oeste, lotes 1, 2 y 3. Mide: trescientos setenta y dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados; cuenta con plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número SJ-cero trescientos cincuenta y ocho mil quinientos catorce guión mil novecientos noventa y seis. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del diecinueve de agosto del dos diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones con 00/100 (rebaja de un 25%); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del dos de setiembre del dos mil diez, con la base de doscientos cincuenta mil colones con 00/100 (un 25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en juicio monitorio hipotecario número 10-100075-441-CI del Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo, contra José Francisco Chavarría Moya y otra.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 24 de mayo del 2010.—Lic. Adolfo Hernández Masís, Juez.—(IN2010048679).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las nueve horas y treinta minutos del cinco de agosto del año dos mil diez, y con la base de quinientos cincuenta y dos mil seiscientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos veintidós, marca Chevrolet, año mil novecientos noventa y nueve, Vin no indica, cilindrada dos mil doscientos centímetros cúbicos, color beige, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del año dos mil diez, con la base de cuatrocientos catorce mil quinientos diez colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de setiembre del año dos mil diez con la base de ciento treinta y ocho mil cuatrocientos veinte colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credimóvil Sociedad Anónima contra Freddy Álvarez Sánchez. Expediente Nº  10-000331-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 31 de mayo del año 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2010048729).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diez, y con las bases que se dirán 1) De doce millones trescientos treinta y cinco mil novecientos setenta y siete colones con ocho céntimos; para un centro de maquinado vertical, marca Leasdwll, modelo V cuarenta, serie LISIH cero tres seis tres, máximo peso quinientos libras, velocidad de sesenta a seis mil revoluciones por minuto, cuenta con control mecánico de veinticuatro herramientas, fabricada en Taiwan en el año mil novecientos noventa y nueve, área de trabajo mil doscientos milímetros por quinientos milímetros, 2) con la base de diez millones trescientos cuatro mil setecientos ochenta y siete colones con setenta y dos céntimos para la un centro de maquinado vertical, marca Leadwell, especial para altas producciones de materiales, serie número L dos sie cero uno nueve dos, modelo MCV-OP, fabricada en Taiwan año de fabricación mil novecientos noventa y cuatro, 3) con la base de doce millones quinientos ochenta mil quinientos noventa y nueve colones con sesenta y ocho céntimos, un torno CNS, marca Leawell, modelo LTC-veinte, con sus accesorios estándar, fabricado en Taiwan, año de fabricación mil novecientos noventa y cuatro; 4) y con la base de ocho millones novecientos setenta y ocho mil setecientos treinta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, para una máquina fresadora CNC, marca Militronics, fabricada en Estados Unidos, modelo VKM,-cuatro serie, número siete mil novecientos cuarenta y seis, se puede operar manualmente o automáticamente, cantidad de ejes tres (opcional cuatro) fabricada en el año dos mil cuatro en el mejor postor remataré los bienes indicados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez, con la base de 1) nueve millones doscientos cincuenta y un mil novecientos ochenta y dos colones con ochenta y un céntimos para la primera maquinaria 2) siete millones setecientos veintiocho mil quinientos noventa colones con setenta y nueve céntimos para la segunda maquinaria 3) nueve millones cuatrocientos treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y nueve colones con setenta y seis céntimos para la tercer maquinaria y seis millones setecientos treinta y tres mil novecientos setenta y seis colones con setenta y dos céntimos para la cuarta maquinaria (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de setiembre de dos mil diez con las bases de 1) tres millones ochenta y tres mil novecientos noventa y cuatro colones con veintisiete céntimos para la primera maquinaria 2) dos millones quinientos setenta mil ciento noventa y seis colones con noventa y tres céntimos para la segunda 3) tres millones ciento cuarenta y cinco mil ciento cuarenta y nueve mil noventa y dos céntimos para la tercera y 4) dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho colones con noventa céntimos para la cuarta maquinaria (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Costarricense para Orga. de Desa. ACORDE contra Abdenango c. c. Abdenago Abarca Morales, Moldes Industriales A y C Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-000137-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de mayo del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(IN2010048732).

En la sala número puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez, y con la base de noventa mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 14107-000 la cual es terreno local N-20 dest para uso comercial. Situada: en el distrito 03 Pozos , cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al sur, área común; al este, local N-21 y 24 y 25; y al oeste, local 19. Mide: ciento treinta y seis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil diez, con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez con la base de veintidós mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Costarricense para Organización de Desarrollo contra Carbamar S. A., Gabriela Cruz Espinoza, Materiales Siglo Veintiuno S. A. Expediente Nº 08-001270-0640-CI.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del año 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2010048733).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil diez, y con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00165656-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, zona de protección con 26.14 metros; al sur, lote 2-D con 24.00 metros; al este, lote 21-D con 8.75 metros; y al oeste, calle pública número uno con 10.00 metros. Mide: doscientos treinta y siete metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil diez, con la base de sesenta y un mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del seis de setiembre de dos mil diez con la base de veinte mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Novecientos Cuarenta y Uno-Treinta y Dos S. A. contra María del Rocío Villalta Ortiz. Expediente Nº 09-031461-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del año 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010178536.—(IN2010048780).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y servidumbre de paso; a las nueve horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, y con la base de diez millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 406684-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Rafael Ángel Murcia Carrillo; y al oeste, Rafael Rojas Rodríguez y otro. Mide: trecientos cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de octubre de dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Antonio Oviedo Hernández contra Inversiones Castro La Costeña S. A. Expediente Nº 10-010933-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del año 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010178537.—(IN2010048781).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas del ocho de julio de dos mil diez, y con la base de quince millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y dos mil ochocientos tres cero cero cero la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 02-Santiago, cantón 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 38 metros; al sur, quebrada en medio Juan Cruz Benavides; al este, Rafael Álvarez Cruz; y al oeste, Grace María Álvarez Araya. Mide: diez mil setecientos nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintinueve de julio de dos mil diez, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del doce de agosto de dos mil diez con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones La Corona Ramonense Sociedad Anónima contra Sociedad Eco Desarrollos de La Bajura S. A. Expediente Nº 10-000168-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de mayo del año 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010178567.—(IN2010048782).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diez, y con la base de seis millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00097786-000 la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con siete metros setenta centímetros; al sur, Temporalidades de La Arquidiócesis de San José de Costa Rica; al este, Temporalidades de La Arquidiócesis de San José de Costa Rica; y al oeste, Virginia Aguilar Solano. Mide: ciento ochenta y tres metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de setiembre de dos mil diez con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Rojas Hernández contra Josefa María Sanabria Vega. Expediente Nº 10-000867-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de mayo del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010178627.—(IN2010048783).

A las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil diez, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de la cédula hipotecaria de primer grado, sea la suma de cuarenta mil dólares o su equivalente en colones, que deberá ser calculado conforme al valor comercial efectivo que tenga la moneda extranjera al momento del pago, en el mejor postor remataré: Finca inscrita en la Sección Propiedad del Registro Público, partido de Alajuela, matrícula 330881-000, que es terreno para construir, lote N° 56, situado en el cantón Alajuela, distrito La Guácima de provincia de Alajuela. Linda: al norte, con área de juegos infantiles y área comunal de la Municipalidad de Alajuela; al sur, con lote N 62; al este, con Federico Arguedas; y al oeste, calle pública y lote N 57. Mide: dos mil doscientos cuarenta y dos metros con setenta decímetros cuadrados. Se ordena el remate en ejecutivo hipotecario N° 2004-000809-0180-CI-4 de Banco Lafise S. A. contra Trópico Húmedo S. A.—Juzgado Primero Civil de San José, 12 mayo  del 2010.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—RP2010178629.—(IN2010048785).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada tomo: 322; asiento: 4147; a las quince horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00526345-000 la cual es terreno para construir con una casa lote 10, bloque A. Situada en el distrito 01 San Isidro, cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 9; al sur, lote 11; al este, calle pública; y al oeste, Stein S. A. Mide: ciento ochenta metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil diez, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil diez con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Carlos Rojas Mora, William Venegas Jiménez contra Mencio Ángel Uriel Villareal Duartes. Expediente Nº 10-005966-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del año 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010178635.—(IN2010048786).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil diez, y con la base de setecientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas MOT 224709, Marca Katana, año 2008, Vin LXMPCJLA580022622, cilindrada 124 c. c., color negra, categoría motocicleta. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, con la base de quinientos setenta mil colones exactos(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de octubre del año dos mil diez con la base de ciento noventa mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra Freddy Quirós Díaz. Expediente Nº 09-031251-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del año 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010178646.—(IN2010048787).

A las nueve horas quince minutos del veintiséis de julio del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes, con la base de tres millones quinientos diez mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo marca: Nissan, estilo: Terrano II SE, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1997, carrocería: station wagon o familiar, color: azul, chasis: VSKTBUR20U0272223, combustible: gasolina, placas: 253103. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-000500-0181-CI de Vacheron Constantin S. A. contra Manuel García Jiménez.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 27 de mayo del 2010.—MSc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2010178665.—(IN2010048788).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, condiciones y prohibiciones con las citas: 320-15794-01-0901-001, 320-15794-01-0902-001, 320-15794-01-0903-001; a las ocho horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil diez, y con la base de veinte millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y tres mil cuatrocientos treinta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01-Parrita, cantón 09-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Guiselle, Virginia y Johny Arias Brenes, Empresa Familiar Marín y Marín S. A., Gerardo Córdoba Desarrollos Empresariales Rodex S. A. y Ofelia Murillo Salazar; al sur, Ofelia Murillo Salazar; al este, Ofelia Salazar Murillo; y al oeste, calle pública con frente de 50 metros. Mide: diez mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil diez, con la base de quince millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil diez con la base de cinco millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Henry Madrigal Víquez contra S. G. Wind and Sunset of Flag Beach S. A. Expediente Nº 10-000187-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito  Judicial de Alajuela, San Ramón, 2 de junio del año 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010178681.—(IN2010048789).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando servidumbre sirviente, servidumbre dominante y medianería; a las ocho horas treinta minutos del ocho de julio del año dos mil diez y con la base de seis millones ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos veintisiete colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuarenta y siete mil quinientos cincuenta y tres-cero cero uno cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa N 657. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda Asención Esquivel; al sur, INVU; al este, medianería e INVU; y al oeste, calle Doctor Carlos Durán. Mide: ciento veintisiete metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de julio del año dos mil diez, con la base de cinco millones ciento cincuenta y seis mil ciento veinte colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del trece de agosto del año dos mil diez con la base de un millón setecientos dieciocho mil setecientos seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Francisco Vásquez Elizondo, Marta María Díaz Contreras. Expediente Nº 09-002084-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de junio del año 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—RP2010178698.—(IN2010048790).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca en primer grado por cuarenta y cinco millones de colones citas 575-00067563-01-0009-001, plazo de convalidación (rectificación  de medidas) citas 0575-00067563-01-0014-001; a las once horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil diez, y con la base de seis millones trescientos ochenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00207660-000 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el Distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 7; al noroeste, calle pública con 10 metros de frente; al sureste, lote 20; y al suroeste, lote 5. Mide: doscientos noventa y dos metros con  treinta y cinco  decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil diez, con la base de cuatro millones setecientos ochenta y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil diez con la base de un millón quinientos noventa y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento  de  la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ivannia Martínez Alvarado contra Karla Jesús Espinoza Mora. Expediente Nº 09-018121-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del año 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010178709.—(IN2010048791).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones pero soportando hipoteca de primer grado y servidumbre trasladada; a las once horas del tres de agosto de dos mil diez, y con la base de nueve millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos mil ochocientos diecisiete-cero cero cero la cual es terreno para construir hoy con una casa de habitación. Situada en el distrito cinco Ipís, cantón ocho Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3-B; al sur, lote 5-B; al este, lote 15-B; y al oeste, calle pública con 08,12 metros. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del diecisiete de agosto de dos mil diez, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del treinta y uno de agosto de dos mil diez con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sky-Blue Kite S. A. contra Luis Fernando Rodríguez Morales. Expediente Nº 10-000267-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 2 de junio del año 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010178710.—(IN2010048792).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil diez, y con la base de cuatrocientos noventa y seis millones ochocientos setenta y dos mil ciento treinta y seis colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela matrícula número ciento setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres-cero cero cero la cual es terreno con un patio beneficio de café. Situada en el distrito segundo Sarchí Sur, cantón décimo segundo (Valverde Vega), de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Trojas; al sur, calle pública Junta Educación Rincón Alpízar; al este, Luis Arturo Zamora y plaza de deportes; y al oeste, Guido Peralta Rodríguez, plaza deportes. Mide: cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y tres metros con cincuenta decímetros cuadrados, no se indica plano. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil diez, con la base de trescientos setenta y dos millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ciento dos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez con la base de ciento veinticuatro millones doscientos dieciocho mil treinta y cuatro colones (un veinticinco por ciento de la base inicial. Libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil diez con la base de once millones de colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela matrícula número cuatro mil quinientos diecisiete-cero cero cero la cual es terreno de pastos y montes. Situada en el distrito segundo Sarchí Sur, cantón duodécimo (Valverde Vega), de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Félix González; al sur, Félix González, Sucesión de José Salazar en medio Félix González; al este, Félix González, y al oeste, Sucesión de Rogelio Barrantes. Mide: Sesenta y nueve mil ochocientos ochenta y nueve metros con sesenta decímetros cuadrados, plano no indica. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil diez, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, a las once horas treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil diez con la base quinientos mil colones la finca del partido de Alajuela número trescientos nueve mil trescientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito segundo Sarchí Sur, cantón duodécimo (Valverde Vega), de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Betalia y Belfort Alfaro Jiménez; al sur, Beneficiadora Sarchí Industrial Sociedad Anónima; al este, acequia en medio Giselle Zamora Alvarado; y al oeste, Río Trojas. Mide: Quince mil cuatrocientos dieciocho metros con cuarenta y tres decímetros, según plano catastrado A-tres tres tres siete cuatro cinco-mil novecientos noventa y seis. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de agosto de dos mil diez, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez con la base de ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Valverde Vega contra Beneficiadora Sarchí Industrial S. A. Expediente Nº 09-100245-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 18 de mayo del año 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010178715.—(IN2010048793).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de julio del año dos mil diez, y con la base de cuatro millones trescientos sesenta y nueve mil trescientos cincuenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos quince mil seiscientos doce-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa trece contigua de residencial Cococri; al sur, casa quince contigua de residencial Cocori; al este, lote veintitrés destinado a calle; al oeste, Ana Vita Mora Segura, Víctor Murillo; al noroeste, Ana Vita Segura y Víctor Murillo Mottogar; y al suroeste, calle pública con un frente de ocho metros. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de tres millones doscientos setenta y siete mil diecinueve colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del año dos mil diez con la base de un millón noventa y dos mil trescientos treinta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Oldemar Jirón Hernández. Expediente Nº 09-935560-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de mayo del año 2010.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—RP2010178728.—(IN2010048794).

A las ocho horas con treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, con la base de ochenta y cinco mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos, en el mejor postor remataré: Finca del partido de San José, folio real matrícula número cero treinta mil seiscientos treinta y cuatro-f-cero cero cero, que es finca filial doce de tres plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situado en distrito primer San Pedro, del cantón quince Montes de Oca, de la Provincia de San José. Linda: al norte, calle, al sur, finca filial diecisiete; al este, finca filial once; y al oeste finca filial trece. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Número catastral: SJ-0746390-2001. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del doce de agosto de dos mil diez, con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos, (suma que contiene la rebaja del 25%). Y para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil diez, con la base de veintiún mil doscientos cincuenta dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario número 09-100646-0295-CI, de Bodegas Calle Blancos S. A., contra Métrica y Asociados S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 21 de mayo de 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010178757.—(IN2010048795).

A las diecisiete horas y cero minutos del trece de agosto del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00151144-000 la cual es terreno para construir lote 8 bloque I. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago , de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Coto y Compañía Limitada; al sur, Coto y Compañía Limitada; al este, Coto y Compañía Limitada; y al oeste, calle pública número 6, con un frente de 7 metros. Mide: ciento veintinueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Caja Costarricense de Seguro Social contra Carlos Alberto Cervantes Cantillo. Expediente Nº 01-013028-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 12 de mayo del año 2010.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—RP2010178799.—(IN2010048796).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y dos cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote 53-S terrero para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, INVU lote 20; al sur, calle dos con 6.85 metros; al este, INVU lote 52; y al oeste, INVU lote 54. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil diez con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Deydalia Pérez Mora, Jorge Humberto Núñez Solano, Luis Alberto Redondo Núñez. Expediente Nº 10-000069-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de mayo del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010178848.—(IN2010048797).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes soportando servidumbre de paso; a las diez horas cuarenta y cinco minutos del primero de julio del dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil quinientos nueve-cero cero cero (132509-000), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Danilo Sanabria Vargas y Juan Luis Villegas; al sur, Flora Valerio Vindas; al este, Maribel Calvo Valerio, y al oeste, servidumbre de paso con 12 metros de frente. Mide: ciento noventa metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del quince de julio del dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de julio del dos mil diez con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo FIDALA Comercial Sociedad Anónima contra Inversiones Solano López. S. A. Expediente Nº 09-002219-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de junio de 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2010049586).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diez, y con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa setecientos cuarenta y seis mil novecientos cincuenta y siete, marca GEO, categoría automóvil, estilo Tracker, capacidad 4 personas, año 1995, color morado, carrocería todo terreno, dos puertas, tracción 4x2, chasis 2CNBE18U9S6910713, motor G16S122158, cilindrada 1600 c. c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diez, con la base de un millón doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil diez con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Oguie Santore S. A., contra Giovanny Araya Salas. Expediente Nº 10-000154-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 31 de mayo del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010179097.—(IN2010048245).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando cinco servidumbres dominantes, cuatro servidumbres sirvientes y dos servidumbres trasladadas; a las once horas y cero minutos del veintidós de julio del año dos mil diez, y con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos dieciséis mil ciento treinta y ocho-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir lote 23. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 18 metros 50 centímetros de frente; al sur, lote 24; al este, lote 1 y al oeste, calle pública con 7 metros 71 centímetros de frente. Mide: ciento cuarenta metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de agosto del año dos mil diez, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil diez con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivenda de Ahorro y Préstamo contra Fátima del Rosario Salinas García, Luis Antonio Sánchez García. Expediente Nº 10-000441-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.––(IN2010049217).

A las dieciocho horas y veinte minutos del cinco de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y con la base de novecientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público, al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula número trescientos cuatro mil setecientos sesenta y nueve-cero cero cero. Que es terreno: para construir con una casa. Sito: distrito 03 Calle Blancos, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública con 4 metros cincuenta y dos centímetros de frente; sur, Betty Chaves Bonilla; este, lote 4L-L y oeste, lote 6L-L. Mide: setenta y cinco metros con diecisiete decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario Nº 96-002416-0227-CA, de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernández Masís Miguel Ángel, Jiménez Calvo Vilma, Masís Rojas Jorge William, Masís Zúñiga Vera.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de mayo del 2010.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.––RP2010178944.––(IN2010049239).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y quince minutos del cinco de julio de dos mil diez, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y seis mil trescientos treinta y siete- cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ronald Corrales; al sur, calle pública lastreada con nueve coma cincuenta y nueve metros de frente; al este, Óscar Sáenz Salas; y al oeste, Yeanneth Ramírez Barquero. Mide: doscientos cincuenta y siete metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Marco Delio Vargas Araya, Marco Vinicio Vargas Flores, Olga Marta Flores Arauz. Expediente Nº 10-000644-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de abril del año 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010178865.—(IN2010049240).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando prenda en primer grado a favor de Auto Fácil de Costa Rica S. A., a las diez horas treinta minutos del siete de julio del año dos mil diez, y con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 658336, marca Nissan, año 1994, Vin 1N4EB31P8RC888818, cilindrada 1600 c. c., color vino, categoría automóvil. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil diez, con la base de ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso prendario de Jorge Saúl Marín Hidalgo contra Luis Fernando Jiménez Céspedes. Expediente Nº 10-100039-0241-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puriscal, 23 de abril del 2010.—Lic. Adriana Jara Benavides, Jueza.—RP2010179016.—(IN2010049241).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con citas; tomo doscientos noventa y uno, asiento cuatro mil doscientos noventa y tres, y servidumbre sirviente con citas: tomo trescientos setenta y cinco, asiento mil trescientos treinta y cuatro; a las once horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos dieciocho mil trescientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno lote ciento treinta y ocho, terreno para construir. Situada en el distrito trece, Peñas Blancas, cantón segundo, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste y noroeste, Luis Diego Chacón Herrera; al sureste, calle pública con un frente de doce metros, y al suroeste, lote ciento treinta y nueve. Mide: seiscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil diez con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brayan Alberto Arrieta Rizo contra Guillermo Pérez Céspedes. Expediente Nº 10-000029-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 04 de junio del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.––RP2010179036.––(IN2010049242).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando infracción a las once horas y quince minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, y con la base de cinco millones trescientos cincuenta y cuatro mil seiscientos veintidós con 76/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 543509, marca Mitsubishi, año 1996, Vin 4A3AK343TE356611, cilindrada 2000 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del trece de agosto del año dos mil diez, con la base de cuatro millones quince mil novecientos sesenta y siete con 07/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del treinta de agosto del dos mil diez con la base de un millón trescientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco con 69/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Estructuras Torres HT Sociedad Anónima, Henry Torres Meza. Expediente Nº 09-001176-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de_abril del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.––RP2010179042.––(IN2010049243).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil diez, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 211073-012, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública, Bernarda Virginia Ramírez y Esvin Sánchez Pérez; al sur, Óscar Bernardo Sánchez y Municipalidad de Oreamuno; al este, Óscar Sánchez y Municipalidad de Oreamuno y al oeste, Gerardo Hernán Sánchez Ramírez, Edwin Mora Rojas. Mide: diecisiete mil quinientos catorce metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil diez, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto de dos mil diez con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Valladares Guevara y otra contra Randall Rafael Sánchez Pérez. Expediente Nº 09-100082-0351-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de abril del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010179062.––(IN2010049244).

A las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo: 371, asiento: 6860, secuencia: 01-0951-001 y al tomo 376, asiento 15763, secuencia 01-0905-001 y con la base de quinientos cincuenta y siete mil ochocientos cuarenta colones exactos (monto que corresponde a la hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, la misma se encuentra vencida) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintidós mil novecientos cuarenta y dos-derechos cero cero uno, la cual es terreno para construir N. 6-B con una casa. Situada en el distrito tercero Santiago, cantón quinto San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 7-B; al sur, calle pública; al este, alameda, y al oeste, lote 5-B. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Antonio Larios Corrales. Expediente Nº 07-000871-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 27 de mayo del 2010.—Lic. José Luis Camareno Castro, Juez.—RP2010179099.—(IN2010049246).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladada; a las diez horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil diez, y con la base de nueve millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número tres mil setecientos cincuenta-F-cero cero cero, la cual es terreno apto gama 1-2 destinado a habitación. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común; al sur, área común; al este, área común 1-1 y al oeste, área común. Mide: sesenta y seis metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil diez, con la base de siete millones cuatrocientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil diez con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Franklin Corrales Gamboa y Wálter Sanabria Marotto. Expediente Nº 10-001390-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de junio del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—(IN2010049335).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; y al ser las trece horas treinta minutos del siete de julio del año dos mil diez, y con la base de ocho millones quinientos mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintiséis mil quinientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Upala, cantón 13 Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Evaudilio Rojas Vargas; al sur, servidumbre de paso; al este, Evaudilio Rojas Vargas; y al oeste, Evaudilio Rojas Vargas. Mide: doscientos cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de julio del año dos mil diez, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del doce de agosto del año dos mil diez con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yerlin Lorena Ortiz Sáenz. Expediente Nº 09-002479-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de junio del año 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—(IN2010049337).

A las ocho horas treinta minutos del siete de julio del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, con las bases que se dirán, sáquese a remate los bienes inmuebles dados en garantía: 1) Con la base de cuatrocientos setenta y cinco mil colones, libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil doscientos setenta y nueve-cero cero uno y cero cero dos. El cual es terreno para construir, lote uno. Situada en el distrito primero Puerto Viejo, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Franklin Chaves Soto; al sur, calle pública con un frente de diez metros cuarenta y un centímetros; al este, calle pública con un frente de veinticinco metros ochenta y nueve centímetros, y al oeste, Sergio Arturo Álvarez Jiménez e Isabel Segura Segura. Mide: doscientos setenta y tres metros con diecinueve decímetros cuadrados. 2) Con la base de cuatrocientos setenta y cinco mil colones, libre de gravámenes hipotecarios, la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y dos mil doscientos ochenta-cero cero uno y cero cero dos. El cual es terreno para construir lote dos. Situada en el distrito primero Puerto Viejo, cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Franklin Chaves Soto; al sur, calle pública con un frente de diez metros cuarenta y un centímetros; al este, calle pública con un frente de veintiséis metros veintiún centímetros, y al oeste, Palmitas Verdes S.R.L. Mide: doscientos setenta y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Mutual Heredia de Ahorro y Préstamo contra Isabel Segura Segura, Sergio Arturo Álvarez Jiménez. Expediente 05-001472-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010049541).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diez, y con la base de dos millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 798254, marca Mitsubishi, año 2000, Vin JA4MT31H3YP020027, cilindrada 3000 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil diez, con la base de un millón setecientos sesenta y ocho mil ochocientos sesenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil diez con la base de quinientos ochenta y nueve mil seiscientos veintitrés colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A. contra Ana Lucía Rodríguez Aguilar. Expediente Nº 10-000484-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de abril del año 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2010049604).

En la puerta exterior de este despacho, soportando contrato prendario en primer grado a favor de Banco BAC San José S. A., a las nueve horas, treinta minutos del veinte de agosto de dos mil diez, y con la base de nueve mil noventa dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 610287, marca Chevrolet, estilo Aveo, año 2005, color gris, chasis KL1TD51Y15B468289, motor número F15S3094734K, motor marca Chevrolet, cilindrada 1500 c.c., para el segundo remate se señalan las nueve horas, treinta minutos del siete de setiembre de dos mil diez, con la base de seis mil ochocientos diecisiete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercer subasta se señalan las ocho horas, treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil diez, con la base de dos mil doscientos setenta y dos dólares cincuenta centavos (sea el veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso prendario de Banco BAC San José S. A. en contra de Norman Leonel Alfaro Del Valle y Rita Patricia Mesén Arrieta. Expediente Nº 10-100105-0895-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 2 de junio del 2010.—Lic. Rolando Villalobos Méndez, Juez.—(IN2010049605).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del siete de julio del año dos mil diez, y con la base de nueve mil trescientos cuarenta y cuatro dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 555178, marca suzuki, año 2004, Vin JSAEHA62S45103250, cilindrada 1000 c. c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de julio del año dos mil diez, con la base de siete mil ocho dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del diez de agosto del año dos mil diez con la base de dos mil trescientos treinta y seis dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Rodrigo Arnoldo Sandoval Sandoval, Rodrigo Sandoval Villalobos. Expediente Nº 09-003018-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de enero del año 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—(IN2010049610).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del cinco de julio del dos mil diez, y con la base de de treinta y ocho mil sesenta y ocho dólares con ochenta y siete centavos moneda de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 42013-F-000, la cual es terreno finca filial doce identificada como doce, ubicada en el tercer nivel del edificio destinado a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito tercero San Rafael, cantón segundo Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial trece; al sur, área común libre; al este, filial once, y al oeste, área común libre. Mide: sesenta metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintisiete julio del dos mil diez, con la base de veintiocho mil quinientos cincuenta y un dólares con sesenta y tres centavos moneda de los Estados unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del doce de agosto del dos mil diez con la base de nueve mil quinientos diecisiete dólares con veintiún centavos moneda de los Estados unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Partido de San José, matrícula número 42050-F-000, la cual es terreno finca filial cuarenta y nueve, identificada como E-doce ubicada en el primer nivel del edificio destinado a uso de estacionamiento, para uso exclusivo de la filial doce en proceso de construcción. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial E-trece; al sur, filial E-ocho; al este, área común libre, y al oeste, Compañía de Urbanizaciones Comerciales S. A. Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados. Con la base de cuatro mil novecientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos, moneda de los Estados Unidos de América libre de gravámenes hipotecarios. Para tal efecto se señalan las nueve horas del cinco de julio del dos mil diez, (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintisiete julio del dos mil diez, con la base de tres mil setecientos cuarenta dólares con sesenta y un centavos moneda de los Estados unidos de América (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del doce de agosto del dos mil diez, con la base de mil doscientos cuarenta y seis dólares con ochenta y siete centavos moneda de los Estados Unidos de América. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Pietro D’onghia, Propiedades Vanzaghello Inc. S. A. Expediente Nº 10-000105-0341-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Turrialba, 26 de mayo del 2010.—Lic. Francisco Javier Bonilla Rojas, Juez.—(IN2010049701).

A las diez horas del dos de julio del dos mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando Reservas y Restricciones y con la base de un millón ochocientos trece mil ciento noventa colones con sesenta y un céntimos, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00110099, derecho 000, que es terreno para construir; sito en el distrito 03 Macacona, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública con un frente a ella de 15 metros 45 centímetros lineales; al sur, Raquel María y María Isabel Soto Sequeira; al este, Rafael Sánchez Arroyo; y al oeste, Juan Bautista Vargas Benavides. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano número P-0414206-1997. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de un millón trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos noventa y dos colones con noventa y seis céntimos llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas del veintiséis de julio del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatrocientos cincuenta y tres mil doscientos noventa y siete colones con sesenta y cinco céntimos celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las diez horas del once de agosto del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de la Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Ferreto Rodríguez Luis Emilio y otra. Expediente número 10-100660-432-CI-3.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las nueve horas treinta minutos del tres de mayo del tres de mayo del dos mil diez.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2010049953).

Convocatorias

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Manuel Morales Pérez, para que se apersonen a una junta de herederos que se llevará a cabo en este despacho, al ser las nueve horas del cinco de julio del dos mil diez. Expediente Nº 08-00588-0432-CI-1.—Juzgado Menor Cuantía de Puntarenas, 2 de junio del 2010.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—RP2010179233.—(IN2010049709).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Alejandro César Martínez Sáenz, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veintiocho de setiembre del año dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 08-001571-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—(IN2010050021).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que el señor Otto Mauricio Chinchilla López, mayor, soltero, chofer, vecino de Aserrí, Salitrillos, final de calle Guinealillo, cédula Nº 1-1063-256, ha establecido diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre la finca sin inscribir que se describe así: naturaleza: terreno con una casa de habitación, y una bodega, sito en distrito sétimo Salitrillos, cantón sexto Aserrí, de la provincia de San José. Linda: al norte, calle pública con diez metros sesenta y tres centímetros lineales; suroeste, Celso Corrales Fallas y Bernol Zamora Solanos; este, Felicia María Mora Chinchilla; y oeste, calle pública a Lagunillas de Aserrí. Mide: mil setecientos cinco metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-1344795-2009 de fecha 3 de junio del 2009. Se cita a los interesados para que dentro de un mes a partir de la publicación se presenten a reclamar sus derechos. Exp. Nº 09-100211-217-CI. Información posesoria promovida por Otto Mauricio Chinchilla López.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Desamparados, 10 de mayo del 2010.—Lic. Cristian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2010178419.—(IN2010048324).

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 09-160043-0642-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Ángel González Blanco, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Herradura, Urbanización Valle Escondido, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 05-0152-0188, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es arboleda maderable. Situada en el distrito cuarto (Lepanto), cantón primero (Puntarenas), de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de de cuatrocientos cincuenta y dos metros con setenta centímetros lineales; al sur, Río San Juan; al este, con Gripino Núñez Alburola; y al oeste, con Ademar Jiménez Castro. Mide: Once hectáreas siete mil ciento setenta y siete metros con cuarenta y un decímetro cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-896944-2003. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ochenta millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal de su madre Zelmira Blanco Rojas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles maderables y especies nativas de la zona. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Angel González Blanco. Exp. Nº 09-160043-0642-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 15 de marzo del 2010.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010178466.—(IN2010048325).

Citaciones

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Antonio Bolaños Rojas, quien fuera mayor, casado tres veces, vecino de Grecia, empresario, cédula número dos-ciento cincuenta y uno-seiscientos trece. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000175-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 2 de junio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2010178046.—(IN201048013).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Pedro Corrales Delgado, quien fue mayor, viudo, pensionado, vecino de Pavas, cédula de identidad número 1-0050-7950. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000074-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 3 de mayo del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2010178060.—(IN2010048014).

Por única vez se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Benedicto Zúñiga Chacón, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, costarricense, cédula 2-123-345, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100213-0297-CI. Sucesorio judicial de Benedicto Zúñiga Chacón.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 31 de mayo del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2010178100.—(IN2010048015).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Saúl Monge Castro, quien fue mayor, casado una vez, peón agrícola, vecino de Aserrí, cédula de identidad Nº 3-0109-0022, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 10-100094-0217-CI. Sucesión de Saúl Monge Castro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 21 de mayo del 2010.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2010178152.—(IN2010048022).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Dagoberto Novo Jiménez, quien fuera mayor, soltero, vecino de Liberia, Guanacaste, Barrio Buenos Aires, cédula de identidad cinco- trescientos cuarenta y cinco ciento ochenta y siete. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000140-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 28 de mayo del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—1 vez.—RP2010178156.—(IN2010048023).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Inocente Mojica Acuña, quien fuera mayor, casado dos veces, pensionado, cédula de identidad número 0500188358, vecino de Filadelfia de Carrillo, doscientos metros sur de la Caja Costarricense de Seguro Social. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000219-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de mayo del 2010.—Lic. José Tomás Jiménez Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2010178157.—(IN2010048024).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión abintestato en sede notarial de quien en vida fue Sandra Yorleny Oporto Hernández, mayor, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero dos ocho uno-cero cero cuatro ocho, bartender, soltera, vecina de Liberia, Guanacaste, barrio Guaria dos. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero cero uno-dos mil diez, notaría del bufete de la licenciada Johanna María Moreno Bustos.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.––1 vez.––RP2010178158.––(IN2010048025).

A las nueve horas del catorce de mayo del año dos mil diez, se declaró abierto el proceso sucesorio sin testamento de Rafaela Claudina González González, quien en vida tuvo la cédula de identidad Nº 4-0038-0767, fue soltera, hija de Juan María González y de Ester González, y murió a los noventa y cuatro años el día veinticuatro de marzo del año dos diez, en sede notarial ante la notaría del Lic. Néstor Solís Bonilla, expediente Nº 01-2010, con oficina abierta en la ciudad de San José, Barrio Los Yoses, avenida diez bis con calle treinta y siete, teléfono 25-24-26-47, Fax 22-80-70-95. Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha de esta publicación, comparezcan, mediante apersonamiento en la citada notaría, concertando cita previa a los teléfonos dichos, o por medio de fax, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, a las once horas del catorce de mayo del año dos mil diez.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.––1 vez.––RP2010178178.––(IN2010048026).

Se convoca y emplaza a todos los interesados herederos, acreedores y terceros de buena fe, en el sucesorio de quien en vida se llamó Marco Tulio Rodríguez Herrera, cédula de identidad número dos-cero doscientos diecinueve-cero seiscientos noventa, costarricense, divorciado una vez y vecino de Grecia de Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días siguientes y contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría pública de la licenciada Susana Waterhouse Soto, ubicada en Patarrá de Desamparados, San José, de la escuela Guatuso, quinientos metros este y ciento cincuenta metros sur, teléfonos: 2276-8843 y 8847-0740, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que sino se presentan en dicho plazo, aquella pasará a quienes corresponda en derecho. Sucesorio en sede notarial de Marco Tulio Rodríguez Herrera. Expediente Nº 0001-2010.—Patarrá de Desamparados, San José, 3 de junio del 2010.—Lic. Susana Waterhouse Soto, Notaria.––1 vez.––RP2010178183.––(IN2010048027).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Cristobalina Díaz Rivas, quien fuera casada una vez, vecina de Cañas Dulces de Liberia, Finca El Pital, cédula de identidad Nº 5-400-343. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000772-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 20 de mayo del 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—(IN2010048284).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Guillermo Quirós Arias, quien fuera mayor, divorciado, peón agrícola, vecino de Roxana de Pococí, frente al Ebais, y portaba la cédula de identidad Nº 03-0208-0871. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000211-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 3 de junio del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—(IN2010048294).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión ab intestada de Juan Varela Marín, mayor, soltero, agricultor, con cédula de identidad número cinco-cero cincuenta y ocho-quinientos ochenta y cinco, cuyo último domicilio fue en La Alegría de Siquirres, Portón Iberia, Limón, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este sucesión en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que sino se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria: Teresita Chaves Castillo. Expediente número cero cero cinco-dos mil diez. Que se tramita ante esta notaría, sita en el distrito Guápiles de Pococí, Limón, cincuenta metros sur de Pali.—Guápiles, al ser las diez horas del veintitrés de marzo del dos mil diez.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1 vez.—RP2010178242.—(IN2010048326).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Flor María Solano González, quien fuera mayor, cédula de  identidad Nº 03-0323-0766, ama de casa, casada una vez, vecina de Llanos de Santa Lucía, Paraíso de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002426-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de mayo del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2010178256.—(IN2010048327).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Joaquín Chacón Chacón conocido como Chacón Bolaños, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San Antonio de Coronado, cédula de identidad Nº 3-129-135. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000167-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de mayo del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2010178260.—(IN2010048328).

Se cita a todos los presuntos herederos, legatarios y demás interesados dentro del juicio sucesorio testamentario de Gilma María Salazar Fernández, quien fue mayor, soltera, profesora pensionada, quien portó la cédula de identidad Nº cinco-cero ciento treinta y nueve-cero mil doscientos veinticinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100124-0927-CI (133-5-2010)-A, proceso Sucesorio Testamentario de Gilma María Salazar Fernández.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 27 de mayo del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—RP2010178553.—(IN2010048811).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ramón Alberto Arce Carazo, quien fuera mayor, vecino de Palmares, con cédula de identidad 2-433-402. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los, interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000179-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela San Ramón, 26 de mayo del año 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—RP2010178580.—(IN2010048812).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Nautilio Ernesto Arguedas Arguedas, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de El Carmen de Guadalupe, cincuenta oeste de la Farmacia Leiza, cédula cuatro-cero sesenta y ocho-cuatrocientos treinta y cuatro, quien falleció el día dieciséis de abril del año dos mil diez, por tal motivo el suscrito Óscar Pauly Laspiur, abogado y notario público con oficina en San José, Guadalupe El Carmen, Mata de Plátano, costado oeste de la Plaza de Deportes, casa de dos plantas, color terracota, emplazo desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Judicial y por un plazo de treinta días, para que se apersonen en mi notaría a hacer valer sus derechos. Expediente cero uno-dos mil diez.—San José, veinte de mayo del dos mil diez.—Lic. Óscar Pauly Laspiur, Notario.—1 vez.—RP2010178622.—(IN2010048813).

Sucesión ab intestato de Thelma María Lacayo Cabrera, Hernán Vega Miranda, Notario público, con carné Nº mil trescientos cuatro, con oficina abierta en San José, Barrio Luján, calle veintiuna, avenidas diez bis y doce, casa mil noventa y tres, hace saber que en esta notaría, a solicitud del señor Arturo Barzuna Ulloa, quien es mayor de edad, viudo una vez, Odontólogo, vecino de San José, La Uruca, Barrio Cristal, de canal seis, cien metros al norte, cien metros al oeste y cien metros al oeste y con cédula de identidad Nº uno-cero trescientos sesenta y siete-cero doscientos veintisiete, actuando en su condición de albacea propietario y quien aceptó el cargo; se tramita bajo el expediente Nº 0001-2010, la sucesión ab-intestato de quien en vida fuera su esposa, la señora Thelma María Lacayo Cabrera, quien fue mayor de edad, casada una vez, de oficios de hogar, vecina de San José y portadora de la cédula de identidad Nº ocho-cero cero sesenta y tres-cero quinientos diecisiete, fallecida el día doce de febrero del año mil novecientos ochenta y nueve. Por este medio se declara abierto el proceso sucesorio extrajudicial y en sede notarial. Se cita y emplaza a herederos e interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha de publicación en el Boletín Judicial, se apersonen en el expediente indicado y en la oficina de esta notaría en la dirección mencionada, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del plazo estipulado, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, diez de junio de dos mil diez.—Lic. Hernán Vega Miranda, Notario.—1 vez.—RP2010178640.—(IN2010048814).

Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio Nº 10-100022-0239-CI-3 (30-10) de Concepción Rodríguez Coto, quien en vida fue mayor, costarricense, casada una vez, oficios del hogar y pensionada, vecina de Hatillo 4, cédula de identidad 1-0268-0122; para que dentro del mismo plazo se apersonen ante esta Juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 31 de mayo del 2010.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—RP2010178656.—(IN2010048815).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Rosa Ortiz Vega, quien fuera mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Limón, costarricense, portadora de la cédula de identidad 7-0079-0624, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100919-473-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, siete de abril del dos mil diez.—Lic. Mario García Araya, Juez.—1 vez.—RP2010178677.—(IN2010048816).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rigoberto Robles Robleto, quien fuera mayor, casado una vez, cédula de identidad 7-0056-0887, vecino de Alajuela Centro. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho, a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000005-0164-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de mayo del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—RP2010178713.—(IN2010048817).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Lorenzo Baltodano Alemán, quien fuera mayor, casado, agricultor, vecino de Nambí de Nicoya, con cédula Nº 5-035-732. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000342-0873-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Nicoya, 16 de diciembre del 2008.—Lic. Nedyn Barrantes Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2010178722.—(IN2010048818).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la sucesión extrajudicial ab intestato, del señor Carlos Manuel Chavarría Rodríguez, quien en vida fuera mayor de edad, casado una vez, empresario, cédula de identidad Nº uno-cuatrocientos diez-mil cuatrocientos sesenta, vecino de San José, Llorente de Tibás, doscientos metros este, doscientos metros sur y quince metros este del Edificio La Nación, a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la notaría del suscrito, sita en San José, calle treinta y ocho, avenidas siete y nueve, trescientos setenta y cinco metros norte del Bufete Gómez y Asociados, teléfono: 2256-8022, bajo el apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, nueve de junio del dos mil diez.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2010178746.—(IN2010048819).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Guillermo Ugalde Ugalde c.c. Ugalde Herrera, quien fuera casado una vez, vecino de San Juan de Poás y con cédula de identidad 2-095-093. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001255-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de mayo del año 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez—RP2010178753.—(IN2010048820).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luz Mariana conocida como Luz Marina Solano Rojas, quien fuera mayor, casada una vez, administradora del hogar, cédula de identidad 2-177-524, vecina de Palmares de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000178-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 2 de junio del año 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—RP2010178781.—(IN2010048821).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Mercedes Álvarez Solano, mayor, casada una vez, de oficios domésticos, cédula uno-doscientos ocho-ochocientos catorce, vecina de Hatillo Centro, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2010-002. Notaría del Bufete Castillo Montoya.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—RP2010178785.—(IN2010048822).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Edwin Rodríguez Arce, quien fue mayor, divorciado una vez, talabartero, cédula uno-ciento setenta y ocho-seiscientos treinta y siete, vecino de San Rafael de Moravia, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0012-10. Notaría del Bufete del Lic. Alejandro Villegas Ramírez.— Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—RP2010178793.—(IN2010048823).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de quien en vida fue Isidro Delgado Córdoba, mayor, soltero, guarda, con cédula uno-cero trescientos cincuenta-cero cero cuarenta y nueve, vecino de Concepción Arriba de Alajuelita, San José, Lotes Paz, frente a la pulpería el Chino, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la presente publicación, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Expediente 0001-2010.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010178805.—(IN2010048824).

Se cita y emplaza a todas aquellas personas interesadas en la sucesión de quien en vida fue Flora Madrigal Agüero, mayor de edad, del hogar, soltera, vecina de, Alajuelita, San Felipe, La Aurora, Urbanización Corina Rodríguez, avenida 2, casa 109, cédula Nº 1-0427-0968, para que dentro del plazo legal de treinta días, contados a partir de esta publicación, comparezca ante esta notaría, sita en San José, avenida 6, calle 13, casa 1321, a hacer valer su derecho, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quién corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso sucesorio en sede notarial de Flora Madrigal Agüero, promovido por Zulema Madrigal Agüero. Expediente 0001-2009. Dado a las ocho horas del día 4 de mayo del 2010.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—RP2010178806.—(IN2010048825).

En esta notaría se tramita proceso sucesorio de quien en vida fue el señor Malaquiel Zúñiga Umaña, cédula uno-cero cero siete-nueve seis cinco tres, mayor, viudo de Eloísa Mora Rojas, vecino de Chirraca de Acosta, se convoca a todos los interesados en la sucesión.—10 de junio del 2010.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2010178837.—(IN2010048826).

En esta notaría se tramita proceso sucesorio de quien en vida fue el señor Ramón Mora Mora, cédula uno-uno seis cinco-nueve cero ocho, mayor, casado una vez, vecino de Palmichal de Acosta, se convoca a todos los interesados en la sucesión.—10 de junio del 2010.—Lic. Vera Teresita Ramírez Marín, Notaria.—1 vez.—RP2010178838.—(IN2010048827).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Clara Rosa Elizondo Ureña, ama de casa, siendo su último domicilio en San José, Tarrazú, San Marcos, costado sur del parque, cédula Nº 1-0252-0758. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-10. Notario público: Manuel Gomis Muñoz, con oficina profesional en San José, Rohrmoser, de la casa de Óscar Arias, 100 metros al norte y 75 al este, fax número 2232-1006.—San José, 23 de abril del año 2010.—Lic. Manuel Gomis Muñoz, Notario.—1 vez.—(IN2010049160).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, hace saber que ante mi notaría, situada en Alajuela, de Auto Repuestos Gigantes, trescientos metros al norte y diez metros al este, se ha presentado el señor Álvaro Duait Solera Porras, mayor, casado una vez, agente de ventas, vecino de Alajuela, urbanización Gregorio José Ramírez, casa Nº setecientos nueve, cédula de identidad Nº uno-mil cincuenta y siete-doscientos treinta y cinco, a fin de que se haga constar que solicita la tramitación del sucesorio extrajudicial ad intestato de quien en vida fuera Álvaro Solera Venegas, mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino de Alajuela, urbanización Gregorio José Ramírez, casa Nº setecientos nueve, cédula de identidad Nº dos-doscientos dieciséis-ciento treinta y cinco, acepta la herencia y se nombra albacea a la señora Jeannette Marchena Gómez, quien deja formado el inventario. En consecuencia, se cita a los interesados para que dentro de treinta días concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría. Expediente 004-2010.—Alajuela, once de junio de dos mil diez.—Lic. Víctor Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—(IN2010049198).

A solicitud del albacea y herederos testamentarios de la señora Ruth Duarte Gómez, mayor, divorciada en primeras nupcias, educadora pensionada, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cuarenta y cuatro-trescientos setenta y nueve, vecina de Desamparados, Calle Fallas, de la iglesia católica cien metros al este y veinticinco metros al sur, urbanización Joaquín García Monge, casa Nº tres, se avisa que se ha iniciado el tramite su sucesión, y que los herederos han aceptado la herencia. Cualquier persona que tenga interés en este sucesorio deberá apersonarse en las oficinas de la notaria pública Lic. Vanessa Vega Álvarez dentro de los treinta días siguientes de la publicación de este aviso, para lo que en derecho corresponda. Lic. Vanessa Vega Álvarez notaria pública con oficina abierta en San José, Escazú, a la par del Centro Comercial Boulevard, edificios KPMG.—Lic. Vanessa Vega Álvarez, Notaria.—1 vez.—(IN2010049220).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Socorro Garita Víquez, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, cédula 3-085-153, vecina de La Flor. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000110-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 20 de enero del año 2010.—Lic. Rebeca Salazar Alcocer, Jueza.—1 vez.—RP2010178870.—(IN2010049252).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y otros interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Gladys Maroto Hernández, quien fue mayor, viuda, de oficios domésticos, vecina de Hacienda Vieja de Orotina, cien metros oeste de la plaza de deportes, con cédula de identidad Nº dos-ciento cincuenta y uno-seiscientos cuarenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del edicto, se apersonen a este proceso en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de tercero de mejor derecho. Expediente 0001-2010. Notaría pública en Orotina, diagonal al Banco de Costa Rica.—Orotina, a las once horas del treinta de mayo del dos mil diez.—Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—RP2010178889.—(IN2010049253).

Ante esta notaría ubicada en El Roble de Alajuela, 100 metros este de Hogares Crea, se tramita la sucesión de quien en vida fue Gilberto Villalobos González, se cita y emplaza por el plazo de treinta días a partir de la publicación del edicto a todas aquellas personas que sean interesados a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho, que si no se apersonan parará a quien corresponda. De conformidad con lo establecido en los artículos 917, 945 del Código Procesal Civil y artículo 129 del Código Notarial.—Alajuela, 11 de junio del 2010.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2010178896.—(IN2010049254).

De acuerdo a lo establecido en los artículos 917, 945 del Código Procesal Civil, artículo 129 del Código Notarial, se informa y cita a todos aquellos interesados, que esta notaría ha iniciado en sede notarial, la sucesión de Venancio Segundo María Chacón Ramírez para que al término de 30 días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho, que si no se apersonan pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada en El Roble de Alajuela, frente a Pollos Nelsy.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—RP2010178897.—(IN2010049255).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Óscar Barzuna Thompson, quien en vida fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de Barrio La Granja, San Pedro, San José, cédula de identidad 1-1045-488, con el fin de que se apersonen dentro del plazo de treinta días a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento de que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000089-183-CI, sucesión de Óscar Barzuna Thompson.—Juzgado Cuarto Civil de San José, a las dieciséis horas veinte minutos del diez de mayo del dos mil diez.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—RP2010178920.—(IN2010049256).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Evelio Barrantes Zamora, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, cédula Nº 6-050-743 y vecino de Linda Vista un kilómetro al norte de la escuela, de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de este término, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. Nº 09-100085-0441-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 20 de julio del 2009.—Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—1 vez.—RP2010178925.—(IN2010049257).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alfredo Fuentes Solano, quien fuera mayor, soltero, agricultor, vecino de San Juan Norte, cédula 3-0116-0960. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000115-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 14 de mayo del 2010.—Lic. Ingrid Fuentes Leiva, Jueza.—1 vez.—RP2010178926.—(IN2010049258).

Se hace saber: que ante esta notaría se continuará con la tramitación del proceso sucesorio de Juan Dolores Pérez Lobo, quien fuera mayor, casado, pensionado, cédula de identidad cuatro-cero dos siete-nueve nueve cuatro cuatro y Blanca Rosa Herra Alvarado, mayor, viuda, del hogar, cédula de identidad Nº dos-cero cero nueve ocho-cero siete cero cero, ambos vecinos de Montes de Oca. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-0001-NO.—Diez de junio del dos mil diez.—Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010178931.—(IN2010049259).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rosa María Leal Ramírez, quien fuera mayor, viuda una vez, del hogar, con cédula de identidad en su orden dos-ciento ochenta y cinco-trescientos cuarenta y tres, quien fue vecina de Barbilla de Bataan de Matina de Limón de la escuela trescientos metros al este, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión expediente Nº 10-160010-465-AG (A1) de Rosa María Leal Ramírez gestionante María Victoria Leal Ramírez.—Juzgado Agrario de Limón, 24 de mayo del 2010.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—RP2010178949.—(IN2010049260).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Shirley María Rodríguez Marín, quien fue mayor, soltera, con cédula Nº dos-cuatrocientos cinco-doscientos noventa y seis, vecina de Orotina, Barrio San Rafael, quien falleció el quince de setiembre del dos mil seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a. partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este Despacho a hacer valer sus derechos y se aperciben a los que crean tener la calidades de herederos, que si no se presentan dentro de ese término la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100057-0315-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Orotina, 26 de mayo del 2010.—Lic. Mariela Porras Retana, Jueza.—1 vez.—RP2010178990.—(IN2010049261).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Ligia Obando Bustos, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad Nº cinco-ciento diecisiete-ciento noventa y dos, vecina de Belén de Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, con oficina ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, con teléfono 2688-8661 y el fax 2688-8682.—Filadelfia, 5 de junio del 2010.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010179044.—(IN2010049262).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Pablo Alemán Navarro, mayor, soltero, agricultor, con cédula de identidad Nº cinco-ciento diecinueve-trescientos ochenta y dos, vecino de Filadelfia de Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, con oficina ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, con teléfono 2688-8661 y el fax 2688-8682.—Filadelfia, 5 de junio del 2010.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—RP2010179045.—(IN2010049263).

Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión del señor Óscar Chaves Cascante, quien fue mayor de edad, casado una vez, vecino de Cartago, Paraíso, Cachí, 200 sur de la clínica y portó la cédula de identidad Nº tres-ciento cincuenta y cinco, doscientos treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante Despacho a hacer valer sus derechos y se apercibe, a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de dicho término aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 09-002427-0640-CI (interno 118-2-09), juicio sucesorio de Óscar Chaves Cascante.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Paraíso, nueve de febrero del dos mil nueve.—Lic. Gerardo Barillas Solís, Juez.—1 vez.—RP2010179063.—(IN2010049264).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de David Josué Rodríguez Castro, mayor, soltero, con cédula de identidad Nº uno- uno cuatro nueve uno-cero uno siete cero, vecino de San José, Curridabat, Sánchez, con domicilio de la Casa de Doña Lela dos kilómetros al sur urbanización La Itaba, casa Nº treinta y seis F, quien fue estudiante hasta su deceso el día cero cero de abril del año dos mil diez; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2010.—San José, nueve horas del once de junio de dos mil diez.—Lic. Edgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1 vez.—RP2010179108.—(IN2010049265).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Mario Alfredo Quesada Meneses, quien fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de urbanización Carrez, Cartago, cédula Nº 3-198-963. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-002938-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de febrero del año 2010.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—1 vez.—RP2010179113.—(IN2010049266).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Roberto Acuña Salazar, mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Eléctrico, vecino de San Antonio de Coronado, Residencial La Coralia, frente a la cancha de básquet, casa Nº quinientos catorce, con Nº de cédula dos-cero doscientos ochenta y seis-mil trescientos nueve, a fin de que dentro del plazo de treinta días concurran ante la notaría del Lic. Rodrigo Aguilar Sandoval, sita en San José, avenida primera, a hacer valer sus derechos. El sucesorio del causante se tramita bajo el expediente cero cero uno-dos mil diez. Se les apercibe a los interesados que en caso de no apersonarse dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda, albacea provisional: Lilliam Cortez Rivera, conocida como Lilliam De La O Cortez.—Lic. Rodrigo Aguilar Sandoval, Notario.—1 vez.—RP2010179142.—(IN2010049267).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de Isidro Gerardo Alfaro Araya, quien fue soltero, obrero, vecino de Buena Vista de San Pablo de Barva de Heredia, con cédula cuatro-ciento cincuenta y uno-seiscientos tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 10-2010. Sucesorio notarial de Isidro Gerardo Alfaro Araya. Bufete de Rafael Ángel Rodríguez Chaverri, Heredia, 100 metros al sur y 25 al este del Banco de Costa Rica, calles uno y tres, avenida ocho.—Veinte de mayo del año dos mi diez.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Ch., Notario.—1 vez.—1 vez.—(IN2010049327).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Orlando Brenes Carvajal quien fue mayor, casado, cédula de identidad seis-cero treinta y tres- cuatrocientos once, vecino de San José, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Sucesión de Orlando Brenes Carvajal. Expediente Nº 08-000631-182-CI (7).—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de setiembre del 2009.—Lic. Javier Miranda Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2010049535).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial del menor José Andrey Delgado Calderón, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires, dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las diez horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil diez. Expediente Nº 10-400045-1046-FA (58-10).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 5 de mayo del 2010.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33509.—C-4810.—(IN2010047278).

3 v. 2.

Lic. Patricia Cordero García, Jueza de Familia de Cartago, hace saber a la señora Marta Jiménez Cheves, de calidades y vecindario desconocido que en este Despacho el Patronato Nacional de la Infancia tramita proceso de medidas de protección en Sede Judicial en su contra y a favor de los menores de edad María José y Allan ambos de apellidos Jiménez Cheves. Asimismo se le hace saber que la audiencia oral se llevará a cabo a las ocho horas del quince de junio del dos mil diez. Exp. Nº 10-000032-00338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 19 de mayo del 2010.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33507.––C-5410.––(IN2010047234).

                                                                                                              3 v. 1.

Se avisa al señor Alexis Rojas Díaz, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad 1-1354-350 y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 10-000154-673 NA, correspondiente diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las persona menor de edad Yaroth Rojas Mora. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2010.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33507.—C-1810.—(IN2010047057).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Jonathan Flores Espinoza, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Exp. Nº 10-000193-0687-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia de Grecia, a las ocho horas y siete minutos del treinta de abril del año dos mil diez.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2010047722).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor de edad Harold Antonio Barillas Barillas, para que se apersonen a este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado en fecha treinta de abril del dos mil diez. Expediente Nº 10-400303-924-FA (NI.309-10).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—MSc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2010047724).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores de edad Justin Jesús Alvarado Ramírez, Jordan Alvarado Reyes y Yarleen Dayana Ramírez Reyes, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado en fecha treinta de abril del año dos mil diez. Expediente: Nº 10-400293-924-FA (NI.299-10).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito judicial de Alajuela, San Carlos.—MSc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2010047726).

Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a los señores Segundo Pineda García y María Elsa Urrutia Rodríguez, se le hace saber que en el Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, en proceso de depósito judicial de menor, expediente Nº 09-400912-924-FA (NI. 928-09), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la sentencia número doscientos cincuenta-dos mil diez, de las catorce horas del dieciséis de abril del dos mil diez, que literalmente dice: por tanto: de conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés superior de las personas menores de edad, se accede a la solicitud planteada por lo que se ordena el depósito judicial del adolescente José Adán Pineda Urrutia, se mantenga en el hogar del señor Javier de Jesús Pineda Urrutia, por lo que se le previene a dicho señor, que deberá comparecer a este Despacho, dentro del octavo día después de la firmeza de la presente sentencia, a aceptar el cargo conferido. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por los principios que informan la materia. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos, Ciudad Quesada, 30 de abril del 2010.—Lic. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.––1 vez.––C-exonerado.—(IN2010047728).