BOLETÍN
JUDICIAL Nº 129 DEL 05 DE
JULIO DEL 2010
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de
Cobro Administrativo.—San José, a las quince horas diez minutos del catorce de junio
de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar al señor Randal Eduardo Rodríguez Núñez, cédula de identidad Nº
3-355-788 en virtud de seguirse causa administrativa por daños ocasionados al
vehículo oficial placas 714523, notifíquese por medio de edicto la resolución,
dictada por esta Dirección que literalmente dice: “Se concede audiencia N°
2948-09 Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Trámite de Cobro
Administrativo. San José, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del
veinticuatro de setiembre de dos mil nueve. Procedimiento de Cobro
Administrativo, seguido por daños al vehículo propiedad del Poder Judicial,
placa 714523, año 2008, marca Kia. Antecedentes:
1) En Expediente administrativo Nº 431-V-08-(B), que se sigue en esta sede por
los daños ocasionados al vehículo propiedad del Poder Judicial, placa 714523,
se ha incorporado sentencia dictada, bajo
San
José, 21 de junio del 2010.
Alfredo
Jones León,
(IN2010052630) Director
ASUNTO: asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas
judiciales del cantón central de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que
las oficinas judiciales del cantón Central de Puntarenas, permanecerán cerradas
durante el día diecinueve de julio de dos mil diez, con las salvedades de
costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho
cantón.
San
José, 14 de junio del 2010.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins,
(IN2010052632) Subdirectora Ejecutiva
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del Cantón
Central de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que
el asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del
cantón Central de la provincia de Puntarenas, mediante resolución número 2054-2010, de las trece
horas y treinta y cinco minutos del
catorce del junio del dos mil diez, comprende a quienes laboran en las oficinas
judiciales de Jicaral y Cóbano.
San
José, 23 de junio del 2010.
MBA.
Ana Eugenia Romero Jenkins,
(IN2010053474) Subdirectora Ejecutiva
CONCURSO Nº 010-2010
El
Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad invita a las personas interesadas,
a participar en el concurso para la
siguiente clase de puesto:
Inspector General 2
Inspección Judicial
(Nombramiento por un período de 6 años)
Requisitos:
• Licenciatura
en Derecho
• Incorporado
al Colegio de Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con sus obligaciones.
• Haber
ejercido la profesión durante diez años, salvo que se trate de funcionarios
judiciales con práctica judicial mínima de cinco años
• Ser
costarricense en ejercicio de sus derechos ciudadanos
• Tener
al menos 35 años de edad
• Dominio
aceptable del manejo de paquetes informáticos básicos de oficina de uso
institucional
• Cumplir
con lo establecido por
Inscripciones:
Las personas interesadas que cumplan con
todos los requisitos, deberán presentar la boleta de participación
correspondiente junto con su currículum actualizado, con los atestados que lo
acrediten así como con fotografía reciente, en
Las solicitudes que ingresen de manera
extemporánea, no serán consideradas.
La boleta de participación podrán obtenerla
en las siguientes direcciones electrónicas:
Intranet/personal/concursos.htm
www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm
Observaciones
• Este
concurso se realiza de conformidad con el acuerdo de Corte Plena, sesión Nº
05-10 del 15 de febrero del año en curso, artículo X y el artículo 186 de
• Las
propuestas de los candidatos(as) a nombrar serán realizadas por
• Según
acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión N° 29-03 Artículo XXVI, se
dispuso que no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del
Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente El cargo
no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto
899-91 de
• La
persona que acepta someterse voluntariamente a un concurso, en el que deba
prestar servicio en un lugar distante a su domicilio legal, no le
corresponde el pago de zonaje, ya que se contó con su iniciativa propia, al
aceptar las condiciones y características de la ubicación geográfica del
puesto.
• Es
responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar una nómina valorar su
inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación
por escrito ante el Departamento de Personal. (Sesión del Consejo de Personal
N° 15-2003, Artículo V).
• Las
personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en
horarios alternos.
• Para
todos los efectos, los oferentes deben indicar en la solicitud de
participación, el medio electrónico para recibir notificaciones. En el caso de
no señalarlo, se exime de toda responsabilidad a
Periodo
de inscripción:
Inicia: 05 de julio
de 2010.
Finaliza: 9 de julio
de 2010.
Horario
de atención al público de 7:30 a. m a 12:00 m. d., y de 1:00 a 4:30 p. m.
San
José, 28 de junio del 2010.—Sección de Reclutamiento y Selección.—MBA. Maritza
Herrera Sánchez, Jefa.—Administración Humana.—MBA. José Luis Bermúdez Obando,
Jefe.—1 vez.—(IN2010053494).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción
de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y
AUTORIDADES DE
HACE SABER:
De
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de
San
José, 9 de junio del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra,
(IN2010052633) Secretario
PRIMERA PUBLICACIÓN
De
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81 de
San
José, 2 de junio del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2010052634) Secretario
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 81 de
San
José, 16 de junio del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2010052635) Secretario
Para los efectos del artículo 90, párrafo primero de
“Se
declara sin lugar la acción.”
San
José, 10 de junio del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2010052637) Secretario
Para los efectos del artículo 90, párrafo primero de
“Se
declara sin lugar la acción.”
San
José, 10 de junio del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2010052638) Secretario
Para los efectos del artículo 90, párrafo primero de
“Se
rechaza por el fondo la acción presentada.”
San
José, 10 de junio del 2010.
Gerardo
Madriz Piedra
(IN2010052639) Secretario
HACE SABER:
Que
en el Proceso Disciplinario Notarial Nº 07-000073-0627-NO, del Registro Publico
de
San
José, 10 de mayo del 2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia,
1 vez.—(IN2010052650). Juez
Que en el Proceso Disciplinario Notarial Nº 03-000514-0627-NO, de
Registro Público contra Rafael Ángel Guzmán Alfaro (cédula de identidad
1-485-951), el Tribunal de Notariado mediante resolución Nº 140-2003 de las
nueve horas cuarenta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil nueve,
dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de
suspensión en el ejercicio de la función
notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín
Judicial.
San
José, 3 de junio del 2010.
Lic.
José Daniel Durán Artavia,
1 vez.—(IN2010052651). Juez
PRIMERA PUBLICACIÓN
A las nueve horas del veintidós de julio del dos mil diez, en la
puerta exterior de este Despacho, soportando el gravamen de contrato prendario,
y con la base de veintiocho millones setecientos mil colones (¢28.700.000,00),
en el mejor postor remataré lo siguiente: el vehículo placa CB-002160, marca Bluebird, estilo TC 2000, serie 1BAAJCSA05F049769,
capacidad 53 personas, carrocería autobús, año 2005, color amarillo, tracción
sencilla, motor NV. En caso de que al primer remate no se presenten postores, a
efecto de llevar a cabo el segundo remate, con la base de veintiún millones
quinientos veinticinco mil colones (¢21.525.000,00), se señalan las nueve horas
del seis de agosto del dos mil diez. En el caso que al segundo remate no se
presenten postores, a efecto de llevar a cabo el tercer remate, con la base de
siete millones ciento setenta y cinco mil colones (¢7.175.000,00), se señalan
las nueve horas del veinte de agosto del dos mil diez. Se remata por ordenarse
así en proceso ordinario laboral de Mario Alberto Luna Gamboa contra Transportes
Unidos San Nicolás TRAUSANIC, Sociedad Anónima. Expediente N°
06-000089-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Cartago, 13 de
abril del 2010.—Lic. Mercedes Álvarez Chavarría,
Jueza.—RP2010182165.—(IN2010054622).
A las catorce horas treinta minutos del veintidós de julio del dos mil
diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de anotaciones
judiciales; soportando hipoteca de primer grado a favor de Banco Nacional de
Costa Rica, inscrita al tomo: quinientos sesenta y nueve (569), asiento:
cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta y tres (45553), y con la base de
veintiocho millones ochocientos sesenta y nueve mil ciento dos colones
(¢28.869.102,00), remataré: la finca embargada dentro del expediente, inscrita
en el Registro Público de
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de los otros dineros provenientes de
devolución de prestaciones y dineros del fondo de capitalización laboral del
señor Olman Eladio Quirós Vásquez, quien fue mayor,
casado, laboró para la empresa CVG-Alunasa, vecino de
Esparsol, Esparza; portó la cédula número 6-134-452,
se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número
10-300024-0437-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía Esparza, Puntarenas, a 1as diez horas
diez minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diez.—Lic. Norma Araya
Sánchez, Jueza.—1 vez.—(IN2010052622).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de la devolución de ahorros de pensiones
complementarias en la operadora de pensiones complementarias de B/N Vital Banco
Nacional de Costa Rica y los ahorros que pudiera tener en
Se cita y emplaza a los causahabientes de Carlos Lewis Dunn, quien fue mayor, casado, laboraba como ayudante en Gas Zeta, cédula siete-cero cero cuarenta y seis-cero seiscientos noventa y ocho, vecino de Paso Ancho, quien falleció el quince de julio del dos mil cinco, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp. N° 10-300021-0250-LA (25-A-10).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 11 de junio del 2010.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—(IN2010052626).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Martín Gerardo Ballestero Fuentes, quien
fue mayor, masculino, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula de
identidad 3-0274-0343, falleció el día 17 de mayo de 2010, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias consignación de fondo de capitalización laboral, bajo el número
10-001126-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 10-001126-0173-LA. Promovido por Isabel Picado Vaglio, cédula de identidad 1-0846-
A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Gerardo Pizarro Gómez, quien fue operario de planta, vecino de Puntarenas, Barranca, con cédula de identidad 5-201-309, se les hace saber que: Floribeth Pizarro Gómez, cédula 4-163-773 y Xinia Pizarro Gómez, cédula 5-218-314, vecinas de Puntarenas, Barranca, se apersonó en este Despacho en calidad de sobrina y hermana del fallecido respectivamente, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Luis Gerardo Pizarro Gómez, expediente Nº 10-000011-643-LA-10.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Puntarenas, veintiocho de junio del dos mil diez.—Lic. Adriana Soto González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010053981).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las trece horas treinta minutos del veintitrés
de julio de dos mil diez en la puerta exterior de este Juzgado, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones y con la base de ochenta y cinco millones
sesenta y cinco mil colones netos remataré: Finca inscrita en el Registro
Público de
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre
trasladada citas 0357-00000651-01-0970-001; a las catorce horas y cero minutos
del diez de agosto de dos mil diez, y con la base de once millones setecientos
cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00336251-000, la cual es
terreno bloque F lote 1E, construir una casa. Situada en el distrito 09 Pavas,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de anotaciones y
gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once
horas del veintiuno de julio del dos mil diez y con la base de once millones colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno de
patio con una casa. Situada en el distrito tres, cantón tres, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Nelly Rojas Ávila; al sur, calle pública con
frente de dieciséis metros de frente; al este, Repuesto Senna;
y al oeste, María Alvarado y Wilbert Víquez. Mide:
doscientos cuarenta y tres mil con veintitrés decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las once horas del cuatro de agosto del dos mil diez,
con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once
horas del dieciocho de agosto del dos mil diez con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Hermes Gerardo Herrera Castro contra Maynor José
Gómez Rojas. Expediente Nº 09-100738-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia,
14 de mayo del año 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2010053853).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y
colisiones en la sumaria 07-607397-0489-TC a favor del Juzgado de Tránsito del
Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas y cero minutos del cuatro
de agosto del año dos mil diez, y con la base de cuatrocientos setenta y siete
mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número
475104, marca Hyundai, año 1992, Vin-KMHJF31JPNU337224, cilindrada 1468 c. c.,
color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del diecinueve de agosto del año dos mil diez, con la base
de trescientos cincuenta y siete mil setecientos cincuenta colones (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas y cero minutos del tres de setiembre del año dos mil diez con la base de
ciento diecinueve mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Marielos del Carmen Monestel
Jiménez. Expediente Nº 08-018449-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 9 de junio del año 2010.—Lic. Ricardo
Barrantes López, Juez.—RP2010181864.—(IN2010058874).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios en el mejor postor a las nueve
horas del dos de setiembre del dos mil diez y con la base de ochocientos
cincuenta y cinco mil colones remataré lo siguiente: Un vehículo placas número
MOT-239595 marca Mototek MT-150-13 modelo 2009 color
negra, de gasolina, con capacidad para 2 personas, para el segundo remate se
señalan las nueve horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez con la
base de seiscientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve
horas del cuatro de octubre del dos mil diez con la base de doscientos trece
mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Lo
anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Instacredit Sociedad Anónima contra Kenneth Alonso
Sánchez Barquero. Expediente Nº 09-005064-0346-CI-A.—Juzgado Civil de Menor
Cuantía de Cartago, 8 de junio del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano,
Juez.—RP2010181865.—(IN2010053875).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero
minutos del dieciséis de agosto de dos mil diez, y con la base de tres millones
ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo
placas número 598482, marca Mitsubishi, año 1994, Vin JA3AM54J3RY024251,
cilindrada 3000 c. c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate
se señalan las dieciséis horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de
dos mil diez, con la base de dos millones trescientos diez mil colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez
con la base de setecientos setenta mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Instacredit Sociedad Anónima contra Juan Carlos
Cerdas Serrano. Expediente Nº 10-000614-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
27 de abril del año 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—
RP2010181866.—(IN2010053876).
A las catorce horas del
veinte de julio de dos mil diez en la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soporta infracciones y
colisiones en la sumaria 07-000019-783-TR a las nueve horas y cero minutos del
diez de agosto del año dos mil diez, y con la base de un millón cuatrocientos
ochenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
número CL 205537, marca Nissan, año 1993, Vin-1N6SD16SXPC395158, cilindrada
2400 c. c., color vino, categoría carga liviana. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos
mil diez, con la base de un millón ciento diez mil colones (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para tercera subastase señalan las nueve horas y
cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil diez con la base de
trescientos setenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Instacredit S. A. contra Adalberto Zúñiga Cordero.
Expediente Nº 08-020417-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 11 de junio del año 2010.—Lic. Ricardo
Barrantes López, Juez.—RP2010181873.—(IN2010053878).
En la puerta exterior de
este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y
colisiones en la sumaria 856-2-
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las
catorce horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil
diez, y con la base de treinta y seis millones novecientos setenta y tres mil
quinientos sesenta y un colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
00208408-000 la cual es terreno para construir lote 10-H. Situada en el
distrito 02 San Diego, cantón 03
En la puerta exterior de
este Despacho; soportando hipoteca de primer grado a las citas: 549-2083,
reservas y restricciones a las citas: 352-6500-01-0900-001 y
352-6500-01-0901-001, y servidumbre de paso a las citas: 518-7641; a las quince
horas y cero minutos del doce de agosto del año dos mil diez, y con la base de
seis mil ciento veinte dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y cuatro mil
quinientos setenta y seis cero cero cero la cual es terreno de uso agrícola. Situada en el
distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Víctor Hugo Vega Quirós; al sur, Ólger Fonseca Romero y Álvaro Barboza
Solís; al este, calle pública con
En la puerta exterior de
este Despacho, se rematará libre de gravámenes hipotecarios, y anotaciones
judiciales, soportando condiciones inscritas al tomo 0320, asiento 00015036,
consecutivo 01, secuencia 0901, subsecuencia 006 y servidumbre de acueducto y
de paso inscrita al tomo 0566, asiento 00000056, consecutivo 01, secuencia
0001, subsecuencia 001, sáquese a pública subasta la finca inscrita en
Propiedad, partido de San José matrícula número doscientos setenta y dos mil
novecientos cincuenta derechos cero cero uno y cero cero dos; que es terreno de breñón,
montaña, pasto con una casa, ubicado en el distrito primero, San Isidro de El
General, del cantón decimonoveno, Pérez Zeledón de la provincia de San José.
Mide: cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento cuarenta y tres metros con
cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Colinda: al norte, con: Eliécer
Godínez Picado y Karol Hurtado Chinchilla; al sur, Gabriel Venegas Mora, Karol
Hurtado Chinchilla; al este, calle pública, Karol Hurtado Chinchilla; y al
oeste, Eliécer Godínez Picado. Plano catastrado número SJ-1077042-2006. Para el
primer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintinueve de
julio del año dos mil diez, con la base de setenta mil dólares. Para el segundo
remate se señalan las catorce horas del diecinueve de agosto del año dos mil
diez, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares, y para el tercer
remate se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de setiembre del año
dos mil diez, con la base de diecisiete mil quinientos dólares. La finca
descrita pertenece a Ademar Altamirano Monge. Lo anterior se remata por estar
así ordenado en hipotecario Nº 10-100248-0188-CI (274-10 R3) establecido por
Diógenes León Badilla contra Ademar Altamirano Monge
y otra.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 3 de junio de 2010.—Lic. José
Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010181908.—(IN2010053882).
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, sáquese
pública a subasta prenda en primer grado sobre el vehículo placa setecientos
tres mil ciento diecisiete. Para el primer remate con la base de un millón
setecientos once mil colones, se señalan las quince horas treinta minutos del
veintinueve de julio del año dos mil diez; fracasado dicho remate y para
celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento
sea la suma de un millón doscientos ochenta y tres mil doscientos cincuenta
colones se señalan las diez horas del diecinueve de agosto del año dos mil diez;
y para celebrar el tercer remate con la base de cuatrocientos veintisiete mil
setecientos cincuenta colones, sea el veinticinco por ciento de la base
original, se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de setiembre del
año dos mil diez. Lo anterior se remata por estar así ordenado en prendario Nº
09-101016-188-CI interno 1081-09-R2 de 3-102-507556 contra Eduardo Arguedas Chaverri.—Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón,
7 de mayo de 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010181913.—(IN2010053883).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del cinco de agosto del año dos mil diez, y con la base de seis
millones ciento dieciocho mil ciento doce colones con ochenta y ocho céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de San José, Sección de Propiedad, el Sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos ochenta y uno
cero cero cero la cual es
terreno para construir con una casa, y un taller de enderezado y pintura.
Situada en el distrito 06 Platanares, cantón 19, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Gabriel Acuña Abarca y Gerardo Vargas Borges ambos en parte;
al sur, Asociación Cristina de las Asambleas de Dios de Costa Rica; al este,
calle pública con
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero
minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de treinta y seis
mil cien dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número 102778-000 la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 157; al sur, lote
182; al este, lote 158; y al oeste calle pública. Mide: ciento dieciséis metros
con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil diez,
con la base de veintisiete mil setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y cero minutos del seis de octubre de dos mil diez con la base de nueve mil
veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar Danilo Palma Gómez contra María
Custodia Murillo Hernández. Expediente Nº 10-001101-0640-CI.—Juzgado Civil
de Cartago, 22 de junio del año 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez,
Juez.—RP2010181919.—(IN2010053885).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas del veinte
de julio del dos mil diez, y con la base de cuatro millones seiscientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número ciento cuarenta mil novecientos veinticuatro-cero
cero cero la cual es terreno para construir lote 9.
Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, al sur, al este Aera; y
al oeste, INVU. Mide: ciento veintiocho metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del cuatro de agosto del dos mil diez, con la
base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez con la base de un
millón ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Amalia Rivas Méndez contra Alice Aurora Campos Arrieta. Expediente Nº
09-002972-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 23 de junio del 2010.—Lic.
Jorge Martínez Guevara, Juez.—RP2010181944.—(IN2010053886).
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta
minutos del seis de agosto del año dos mil diez, y con la base de treinta
millones cuatrocientos cuarenta mil setecientos veintiún colón con cero
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de
Folio Real, matrícula número F cero cero cero catorce mil seiscientos ochenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno local comercial 10 en construcción.
Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte y noreste, área común de acera y otro; al sur y
suroeste, área común; al este y sureste, local 11; y al oeste y noroeste, local
9. Mide: cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del veinte de agosto del año dos mil diez, con la base de
veintidós millones ochocientos treinta mil quinientos cuarenta colones con
setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de
setiembre del año dos mil diez con la base de siete millones seiscientos diez
mil ciento ochenta colones con cero céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Comercial
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veinte de
julio de dos mil diez, y con la base de siete millones quinientos mil colones,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número trescientos noventa y cuatro mil ochocientos nueve-cero
cero cero, la cual es terreno para construir lote
nueve bloque H. Situada en el distrito cuatro, Piedades Norte, cantón segundo,
San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote ocho bloque H;
al sur, lote diez bloque H; al este, Arnoldo Bogantes Araya; y al oeste calle
pública con doce metros. Mide: trescientos cinco metros con treinta y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del tres
de agosto de dos mil diez, con la base de cinco millones seiscientos
veinticinco mil colones (rebajada en un .veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las diez horas del diecisiete de agosto de dos mil
diez con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Fidala
Comercial S. A. contra Grunerlokka de Costa Rica S.
A. Expediente Nº 10-000154-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 2 de junio del año
2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas,
Juez.—RP2010181981.—(IN2010053888).
A las trece horas
treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil diez, en la puerta exterior
de este despacho libre de gravámenes hipotecarios limitaciones de leyes setenta
cincuenta y dos y setenta y dos cero ocho sistema financiero remataré: con la
base de quinientos sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco colones con
setenta céntimos finca inscrita en propiedad, partido de Guanacaste, Folio Real
número cincuenta y un mil setecientos setenta y nueve-cero cero uno-cero cero
dos, que es terreno para construir. Sito en
En la puerta exterior de
este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del dos de
setiembre del dos mil diez, y con la base de veintitrés millones cuatrocientos
setenta mil setecientos cuatro colones con noventa y tres céntimos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
45124-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el
distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
calle con veinte metros con doce centímetros; al sur, Edith Guevara con
dieciséis metros; al este, calle pública con dieciséis metros; y al oeste, Juan
Quirós Rodríguez. Mide: trescientos veintiún metros con noventa y dos
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del
veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de diecisiete millones
seiscientos tres mil veintiocho colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce
horas del seis de octubre del dos mil diez con la base de cinco millones
ochocientos sesenta y siete mil seiscientos setenta y seis colones con
veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le
informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo
segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Roberto Gerardo Vega Mora,
Zelmira Chavarría Padilla. Expediente Nº 10-000376-0930-CI.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de julio del dos mil diez, y con la base de dos millones cuarenta y siete mil ochocientos diecinueve colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 364175, marca Volkswagen, año 2000, Vin 3VWSH29M9YM067687, cilindrada 1984 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de agosto del dos mil diez, con la base de un millón quinientos treinta y cinco mil ochocientos sesenta y cuatro colones con noventa y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil diez con la base de quinientos once mil novecientos cincuenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica, Sociedad Anónima contra José Pablo Mena Bonilla. Expediente Nº 10-000609-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de abril del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(IN2010054136).
PRIMERA PUBLICACION
En
la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios a las diez
horas del nueve de agosto del dos mil diez, y con la base de veintidós millones
seiscientos veintiún mil novecientos treinta y cinco colones con cincuenta y un
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Uno: una tolva de recibo
con escotilla manual construida en hierro negro, capacidad estimada de
trescientos kilogramos. Dos: un elevador de recibo de seis punto veinticinco
metros de altura, faja de seis pulgadas de huacales,
no tiene reductor, tiene dos niveles de reducción, faja-polea y cadena-piñón,
motor eléctrico trifásico de tres HP, mil setecientos RPM. Tres: un elevador de
recibo de ocho punto veinticinco metros de altura con una faja de huacales de seis pulgadas, no tiene reductor, tiene dos
niveles de reducción, faja-polea y cadena-piñón, motor eléctrico, trifásico de
tres HP y mil setecientos RPM. Cuatro: dos prelimpiadoras,
de extracción, de basura con aire forzado, los ductos de salida de hierro negro
de diecinueve por diecinueve centímetros y de nueve metros de longitud. Cinco:
dos ciclones de las prelimpiadoras de tres punto de
cuatro metros de altura y construidos en hierro negro. Seis: una banda
transportadora de caucho de seis pulgadas con motor eléctrico y reductor de
tres punto setenta y cuatro metros de longitud. Siete: una clasificadora de
tipo zaranda reciprocante, con succión de basura con
aire forzado. Ocho: un sistema de extracción de polvo, se compone de dos
ciclones, cada uno con su respectivo abanico, motor y ducto de PVC, con un
ciclón de cinco punto cuatro metros de altura aproximadamente y otro de cuatro
punto siete metros aproximadamente. Nueve: un elevador de ocho y medio metros
de altura de seis huacales, no tiene reductor, tiene
dos niveles de reducción faja polea y cadena piñón, motor eléctrico trifásico
de tres HP y mil setecientos RPM que alimenta la tolva del grano limpio. Diez:
una tolva de acopio de grano limpio construida de hierro negro, para enfarde y
traspaso de grano hacia la selección manual, tiene una abertura de descarga
controlada con chumacera, con capacidad de trescientos quintales. Once: una
banda transportadora de hule de sesenta centímetros de ancho sobre rodillos con
una longitud de diez metros, banda para la selección manual de frijoles. Doce:
un sistema de empaque que se compone de los siguientes equipos: A. Un elevador
de ocho punto cinco metros de huacales y faja de seis
pulgadas; B. Una tolva de ciento cincuenta quintales aproximadamente; C. Una
empacadora volumétrica para novecientos gramos; D. Una banda de transporte de
bolsas; E. Un sistema de resistencias eléctricas para sellado de bolsas
plásticas. Trece: un panel de control marca Siemens. Catorce: una silla
giratoria color gris con brazos. Quince: un mueble de madera para computadora,
modular, de melamina. Dieciséis: un escritorio ejecutivo de madera, seis
gavetas con placa Bolpro cero cincuenta y dos.
Diecisiete: una silla de espera de madera, tapicería vinil
color vino. Dieciocho: un archivo de cuatro gavetas, marca Leogar.
Diecinueve: un mueble de madera color gris. Veinte: una máquina de escribir
eléctrica, marca Smith Corona, modelo cuatro A cinco A S L cinco cero cero. Veintiuno: un escritorio café, de madera, estilo
secretarial, de tres gavetas. Veintidós: una mesa de rodines,
placa Unacoop R. L. mil cuatrocientos setenta y
siete, regular. Veintitrés: una sumadora Texax Instrument modelo T uno cinco cero cuatro cinco S. V.,
serie uno tres uno ocho cuatro tres cero. Veinticuatro: una silla giratoria de vinil café Unacoop cero noventa y
siete. Veinticinco: una silla giratoria color gris con brazos. Veintiséis: Un
archivo de cuatro gavetas horizontales, uno vertical y un llavín B-tres cuatro
ocho, caja fuerte color negro. Veintisiete: una sumadora Texas Instrument modelo T uno cinco cero tres S. V. Veintiocho:
una biblioteca de metal de cinco niveles, marca Metalin,
puertas corredizas de vidrio. Veintinueve: dos sillas giratorias sin brazos
color gris con rodines. Treinta: un escritorio
secretarial de metal con dos gavetas color blanco con negro. Treinta y uno: un
escritorio secretarial de fórmica, color café, tres gavetas. Treinta y dos: un
ventilador de pie marca Power Air SF-dieciséis.
Treinta y tres: un escritorio secretarial color café marca Bolpro
número sesenta y nueve, tres gavetas. Treinta y cinco: un escritorio ejecutivo
seis gavetas, de fórmica color café, placa Unacoop
número ciento dieciocho. Treinta y seis: una silla de madera con brazos,
tapicería de vinil, color vino. Treinta y siete: una
calculadora Texas Instrument cinco cero cuatro cinco
SU, serie uno tres uno siete siete dos cinco cuatro
T-cero nueve nueve seis D. Treinta y ocho: una
refrigeradora Atlas Milenium serie uno ocho seis ocho
nueve cero, modelo C uno cero Sawa uno D, color
blanco. Treinta y nueve: un microondas marca Atlas, serie dos siete nueve cinco
cinco dos, modelo MW seis cinco siete dos W cuatro
cero cero cero cero. Cuarenta: una plantilla eléctrica de dos discos marca
Atlas. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinticuatro de
agosto del dos mil diez, con la base de dieciséis millones novecientos sesenta
y seis mil cuatrocientos cincuenta y un colones con sesenta y tres céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas del ocho de setiembre del dos mil diez con la base de cinco
millones seiscientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y tres colones
con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
del Banco Nacional de Costa Rica contra Consorcio de Comercialización
Cooperativa, R. L. Expediente Nº 08-007387-1012-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 4 de mayo
del 2010 .—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(IN2010053970).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las quince horas del veintiuno de julio del año en curso, y con
la base de treinta mil trescientos cinco dólares moneda de los Estados Unidos
de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 724286,
marca Hyundai, año 2008, Vin KMHSH81WP8U290154, cilindrada 110 c.c., color beige, categoría automóvil. Para el segundo
remate se señalan las quince horas del cinco de agosto del año en curso, con la
base de veintidós mil setecientos veintiocho dólares con setenta y cinco
centavos moneda de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del
diecinueve de agosto del año en curso con la base de siete mil quinientos
setenta y seis dólares con veinticinco centavos moneda de los Estados Unidos de
América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Jhonny Zuñiga Patiño. Expediente
Nº 09-002492-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
23 de febrero del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010054144).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las quince horas quince minutos del veintitrés de agosto del dos mil diez, y con la base de dieciséis mil ochocientos setenta y nueve dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 754984, marca Toyota, categoría automóvil, Vin JTMBD33V205168344. Para el segundo remate se señalan las quince horas quince minutos del siete de setiembre del dos mil diez, con la base de doce mil seiscientos cincuenta y nueve dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas quince minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez con la base de cuatro mil doscientos diecinueve dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa, Sociedad Anónima contra Sharleen Marín Reyes. Expediente Nº 10-001045-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de junio del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2010054147).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil diez, y con la base de siete mil ochocientos cuarenta y siete dólares con cuarenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo matrícula 612269, marca Toyota. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del doce de octubre del dos mil diez, con la base de cinco mil ochocientos ochenta y cinco dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiocho de octubre del dos mil diez con la base de mil novecientos sesenta y un dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa, Sociedad Anónima contra Lavacar Lubricentro Luis Alberto Tellez e Hijos S., Michael Joseph Mattey Rojas. Expediente Nº 10-001115-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de junio del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2010054149).
A las diecisiete horas y
cero minutos del seis de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes prendarios y sin sujeción a base, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas 339542, marca Hyundai, categoría
automóvil, carrocería sedan, cuatro puertas, año 1995, capacidad 5 personas,
color verde, peso bruto
En la puerta exterior de
este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta
minutos del veintinueve de julio del dos mil diez, y con la base de treinta y
ocho millones setenta y siete mil setecientos noventa y cuatro colones con
treinta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 00182702-000 la cual es terreno para construir
lote cinco. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote seis; al sur, Rafael Maroto
Arias; al este, Rafael Maroto Arias; y al oeste, calle pública frente a la que
mide
En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada citas 0187-00005283-01-0901-001, servidumbre trasladada citas 0267-00005909-01-0901-001, servidumbre trasladada citas 0306-00008173-01-0903-001; a las trece horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil diez, y con la base de cuarenta y cinco millones ochocientos quince mil seiscientos ochenta y siete colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00176618-000 la cual es terreno para uso agrícola. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, urbanización el Atardecer Limitada destinado a servidumbre agrícola; al sur, lote 25; al este, urbanización el Atardecer Limitada; y al oeste, urbanización el Atardecer Limitada destinado a servidumbre agrícola. Mide: cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del nueve de agosto del dos mil diez, con la base de treinta y cuatro millones trescientos sesenta y un mil setecientos sesenta y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y tres mil novecientos veintiún colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Erika de los Ángeles Hernández Calderón, Randall Arnoldo Gerardo Rodríguez Rojas. Expediente Nº 09-005694-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010054170).
A las nueve horas treinta
minutos del veintidós de julio del dos mil diez con una base de diecisiete
millones quinientos mil colones, a las ocho horas treinta minutos del seis de
agosto del dos mil diez el segundo remate con una rebaja del 25% de la base
original sea la suma de trece millones ciento veinticinco mil colones. Y a las
nueve horas del veinte de agosto del dos mil diez el tercer remate con el 25%
de la base original, sea la suma de cuatro millones trescientos setenta y cinco
mil colones, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor
libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones, lo siguiente: finca
inscrita en
A las nueve del
veintitrés de julio del dos mil diez, desde la puerta exterior de este Juzgado,
se rematará lo siguiente: finca inscrita en el partido de San José matrícula de
folio real cuatrocientos veintitrés mil seiscientos nueve (423609), terreno que
se describe así: terreno para construir con una casa, ubicado en distrito
Primero Aserrí, cantón Sexto Aserrí,
de la provincia de San José, cuya área según el plano es de trescientos sesenta
y tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Linda: al Norte, con lote
7 de Carmen María Castro Corrales; al sur, con calle pública; al este, con
Manuel Fonseca Castro; y al oeste, con destinado a calle, según plano
catastrado Nº SJ-0086116-1992, que comprende los derechos 002, 003, 004, 005,
006, 007, 008 y 009, los cuales de encuentran libres de gravámenes hipotecarios
y anotaciones judiciales, con la base de (¢28.611.400,00). Lo anterior por
haberse ordenado así dentro del proceso abreviado N° 05-100446-0217-CI de Myesa Mensajes y Encomiendas S. A. contra Raúl Castro
Corrales y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
San José, Desamparados, 17 de junio del 2010.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—RP2010182275.—(IN2010054626).
En la puerta exterior de
este despacho, libre de gravámenes a las nueve horas y cero minutos del
veintiuno de julio del dos mil diez, y con la base de nueve millones colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 328954-000 la cual es terreno para construir una
casa. Situada en el Distrito Aserrí, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Francisco Valverde Chinchilla; al sur, Luis Cerdas Chacón; al este, calle
pública con
En la puerta exterior de
este Despacho Judicial, libre de gravámenes prendarios a las ocho horas treinta
minutos del diecinueve de julio del dos mil diez y con la base de un millón
cuarenta y seis mil quinientos noventa y tres colones en el mejor postor remataré
lo siguiente: vehículo placas número 735786, marca Toyota, modelo 1994,
categoría automóvil, color verde, chasis 1NXAE04B3RZ178357, cilindrada mil
seiscientos centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto
del dos mil diez, con la base de setecientos ochenta y cuatro mil novecientos
cuarenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (base rebajada en un
25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve
horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez, con la base de
doscientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta y ocho colones con veinticinco
céntimos (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S.
A. contra Luis Fernando Rojas Murillo. Expediente Nº 10-000114-0373-CI-I.—Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, a las diez
horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diez.—Lic. Luis
Fernando Barrantes Aguilar, Juez.—(IN2010054670).
A las siete horas con
treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil diez, en la puerta exterior
del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, remataré con la
base de un millón dieciséis mil ciento treinta colones con noventa y ocho
céntimos; once trozas de madera de la especie tamarindo con un volumen de
quince punto noventa y cinco metros cúbicos, ochenta y un piezas de madera de
la especie tostado y ciento cincuenta y cinco piezas de madera de la especie
tamarindo con un volumen total de seis punto treinta y dos metros cúbicos que
se encuentra en depósito provisional de
Se
convoca a herederos legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión
de Carmen Chinchilla Quesada conocida como Gloria Chinchilla Quesada, quien fue
mayor, casada una vez, de oficios del hogar, cédula Nº 1-474-856 y Elí Ceciliano Valverde conocido como Eterle
Ceciliano Valverde, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula Nº
1-483-857, ambos vecinos de los Reyes de Pérez Zeledón, a fin de que
comparezcan a este despacho judicial a las ocho horas treinta minutos del
veintiocho de julio del dos mil diez, a efectos de conocer los extremos del
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 09-100162-0188-CI interno
173-09 JB3. Sucesorio de Carmen Chinchilla Quesada y Elí
Ceciliano Valverde.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 24 del 2010.—Lic.
Jorge Barboza Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2010053978).
A efecto de llevar a cabo la junta de interesados en este proceso, se
convoca a los mismos para que comparezcan a este Despacho a las nueve horas del
diecinueve de julio del dos mil diez. Para conocer de los extremos del artículo
926 del Código Procesal Civil, Expediente Nº 07-100146-0422-CI. Proceso
sucesorio de Claudio César Camacho Torres promueve María Cecilia Sáenz Reys.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 10
de junio del 2010.—Lic. Jeudy Lineth
Briceño Gómez, Jueza.—1 vez.—RP2010182152.—(IN2010054638).
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces
consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela
testamentaria de la persona menor de edad Yerly Dayana Mora Salazar, ya por haber sido nombrados en
testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten
dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente Nº 10-000240-0673-NA.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 8 de junio del
2010.—Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—O. C. Nº
31677.—Solicitud Nº 33521.—C-4810.—(IN2010052172).
3 v. 2.
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de
nombre promovido por Ronald Alberto Núñez Molina, mayor, casado, mecánico,
vecino de
Se avisa, a la señora Ana Live Rojas Rojas, mayor, soltera, cédula de identidad número
1-891-029, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por la
curadora procesal licenciada Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, hace saber que
existe proceso N° 10-000014-673-NA de declaratoria judicial de abandono de la
persona menor de edad Jéssica María Rojas Rojas, establecido por el Patronato Nacional de
Se avisa a la señora Joselyn Yolanda Gómez Zúñiga, mayor de edad, soltera,
costarricense, cédula 1-1421-225 y demás calidades desconocidas, que en este
juzgado, se tramita el expediente 09-000512-673-NA, correspondiente a
diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de
Se avisa a la señora Luz
Mildred Ramírez Gómez, mayor, divorciada, operaria, cédula número 1-905-037, de
domicilio y demás calidades desconocidas, representado por la curadora procesal
Licenciada María Isabel Alfaro Portuguez, hace saber
que existe proceso N° 10-000080-673-NA de declaratoria judicial de abandono de
las personas menores María Fernanda, Randall Steven, Joseph y Karen Tatiana
todos González Ramírez establecido por el Patronato Nacional de
Lic. Giselle Viales
Flores, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
Lic. Patricia Cordero
García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, hace saber a Qiu Hongbin, que en este Despacho
se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el
expediente número 09-001164-0338-FA-(4) donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado de Familia de Cartago. A las catorce horas y cuatro
minutos del nueve de julio del dos mil nueve. Se tiene por establecido el
presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Luis Francisco
Rojas Martínez y Jesús Andrés Qiu Rojas, planteado
por Patronato Nacional de
Colegio de Abogados de
Costa Rica.—Vigésima octava lista parcial de abogados (as) suspendidos (as) por
morosidad.—Con fundamento en el artículo N° 33 de
La lista parcial de morosidad se publica con base en
el corte realizado por el Departamento de Contabilidad, a las quince horas del
21 de mayo de 2010.
13087 Abarca Guzmán Jessica 9792 López Elizondo Steve
7862 Achong Ching Yamileth 3314 Madrigal Rangel Elvia María
6134 Alvarado Badilla Celina 1684 Madrigal Rojas Rafael Ángel
6911 Alvarado Cubillo Randall Fco. 12499 Mendoza Oviedo Alwin
9492 Araya Vargas Liseth 11329 Monge Rodríguez Ana Catalina
3847 Campos Mayorga Luis Fdo. 3047 Monge Vega Juan Carlos
8148 Cardona Campos Lizbeth 1439 Morales Valverde Gerardo Rodrigo
6805 Cascante Vázquez José Luis 5466 Murillo Fallas Ana Caridad
8851 Castillo Rojas Gerardo 16408 Navarro Alvarado Mario
6571 Chacón Madrigal María del Rocío 6679 Peña
Zúñiga Hugo Eduardo
1939 Chavarría Arroyo Norma 11096 Peñaranda Monge Vera Violeta
7477 Cubillo Mena Rigoberto 14193 Piedra Sandí Jessica
16733 D’ambrosio Mauro 16983 Quesada Mora Elizabeth
15283 Egea Alvarado Zeanny 8152 Quirós Sanabria Alberto
16931 Espinosa Villarreal Federico José 6497 Ramírez
Granados Laura María
12902 Fallas Solórzano Rafael Ángel 11290 Ramírez Villegas María Antonieta
7993 Fernández López Alejandra 17136 Ríos Solís Manuel de Jesús
6790 Fernández Zúñiga Arlene 11510 Rivera Mora Roger
1253 Fuenzalida Puelma Hernán Luis 18745 Rodríguez
Badilla Yaxiry
14372 Funez Lira María José 8504 Rojas Espinoza Floricel
15300 García Alexandre Antonio José 16288 Rosales Briceño Modesto
16649 García Chaves Alberto 13596 Ruiz Rodríguez José Luis
5918 González Cabezas Dinia María 8313 Saborío Calderón Jenny
13817 González González Isabel Cristina 12545 Sáenz
Montero José Manuel
16466 Guerrero Delgado Paula 14315 Sandoval Villalobos Rodrigo
11155 Guevara Duarte Ricardo Alberto 1476 Sarquis Dejuk Nasser
14170 Herrera Quirós Paola 14316 Segnini
Saborío Oscar Humberto
6986 Hidalgo Cubero María Eugenia 8470 Sudasassi Chacón Rosanna
3669 Hylton Theodine
Rita Sylvia 14846 Ugarte Chévez
Carlos Alberto
4576 Jiménez Bolaños Pilar María 14848 Ulloa Vargas Carmela
9055 Jiménez Mora Franklin 14862 Villalta Solano Javier
17126 Jiménez Sierra Marseneth 10074 Villegas Hernández Ericka
3713 Johanning Quesada Rodrigo 6701 Zúñiga González José Alberto
14748 Lee Selva Francisco José
Esta
lista de abogados (as) corresponde a los(as) que adeudan más de seis cuotas de
colegiatura y la suspensión rige a partir del día siguiente de la publicación
en el Boletín Judicial.
Comuníquese al
Consejo Superior de
Nota: Se les avisa a
todos (as) agremiados (as) que se encuentren con más de 6 cuotas pendientes que
se estarán notificando por correo certificado, a la dirección reportada al
Colegio con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 33 de
La suscrita notaria
Viviana Navarro Miranda, al ser las ocho horas del 23 de junio del 2010,
declarada la apertura de la adopción simple entre Konyel
Picado Hidalgo, Yaseth Méndez Hidalgo, adoptados y el
adoptante Roy Seas Segura, constatada la notificación a las partes se ordena la
publicación del edicto de ley en
Se convoca por medio de
este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo
236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro
del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Alpízar Alfaro
Margarita de los Ángeles, promueve Alfaro Jiménez Ibette.
Expediente Nº 09-000655-932-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Chanita Palacios Bejarano, mayor, costarricense, soltera,
dependiente comercial, cédula de identidad número seis-cero trescientos noventa
y siete-cero seiscientos sesenta y cuatro, encaminadas a solicitar la
autorización para cambiarse el nombre de Chanita
Palacios Bejarano por el de Roxana Palacios Bejarano mismos apellidos. Se
emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al
proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de
omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 10-400029-425-CI.—Juzgado
Civil de Aguirre y Parrita.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1
vez.—RP2010181273.—(IN2010052823).
Se hace saber que ante
este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Feliciano
Avelino Moreno Vargas, mayor, soltero, nicaragüense, soldador, con cédula de
residencia uno cinco cinco ocho cero ocho nueve tres
uno ocho tres cinco y Mayling Ruiz Molina, mayor,
soltera, ama de casa, pasaporte D uno uno cinco cero
tres tres, vecinos de Concepción Abajo, barrio Las
Vegas, encaminadas a solicitar la autorización para cambiar el nombre de su
hija menor Cristel Guiselle Moreno Ruiz por el de Gema
Guadalupe mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en el proceso, a
efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos,
bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código
Civil. Expediente Nº 2010-000061-0180-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia
de Hatillo.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2010053084).
Por el término de quince
días se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso cambio de nombre
promovido por Montiel Alfaro María del Carmen, mayor, soltera, comerciante,
cédula de identidad seis-cero ciento cuarenta y ocho-cero quinientos cinco,
vecino de Chacarita Tres, casa número veinticinco, contiguo al antiguo Taller
Viales, para que se apersonen a hacer sus reclamos. Cambio de nombre.
Expediente Nº 10-100231-642-CI-3 establecida por Montiel Alfaro María del
Carmen.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 31 de mayo del 2010.—Lic.
Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2010053085).
Lic. César Jara
Benavides, Juez de Familia de Desamparados, hace saber a quien interese, que en
este Despacho dentro del proceso de diligencias de insania
número 07-401224-637-FA promovido por Regina Segura Ortega se ha dictado la
sentencia número 84-2009, la cual en lo que interesa dice: expediente Nº
07-401224-637-FA. Insania, promovente:
Regina Segura Ortega y otros. Presunto insano: Andrés Corrales Segura.
Sentencia de primera instancia número 84-2009. Juzgado de Familia de Desamparados,
a las quince horas del dos de febrero del dos mil nueve. Diligencias de
actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania
promovidas por Regina Segura Ortega, mayor, casada, ama de casa, cédula de
identidad 1-154-528; Humberto Corrales Segura, mayor, viudo, politólogo, cédula
de identidad 1-331-616; Yadira Corrales Segura,
mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 1-341-453; Elean
Corrales Segura, mayor, casado, agricultor, cédula de identidad 1-374-009; Lilliam Corrales Segura, mayor, viuda, ama de casa, cédula
de identidad 1-386-866; Elizabeth Corrales Segura, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad 1-410-201; María Auxilio Corrales Segura, mayor, casada,
profesora, cédula de identidad 1-430-663; Gladis Nery Corrales Segura, mayor,
casada, profesora, cédula de identidad 1-529-543; Rafael Andrés Corrales
Segura, mayor, divorciado, comerciante, cédula de identidad 9-077-238 y Flory María Corrales Segura, mayor, casada, profesora,
cédula de identidad 1-592-704; en favor de Andrés Corrales Corrales,
mayor, casado, agricultor, vecino de Aserrí, cédula
de identidad 1-152-773. Figura el Licenciado Leonardo Madrigal Moraga, cédula
de identidad 1-662-264, como curador procesal del presunto insano. Resultando:
I... II... III... Considerando: I… II... Por tanto: con base en lo expuesto, y
normas citadas, se falla: se declara insano al señor Andrés Corrales Corrales, y se designa como su curador definitivo al señor
Humberto Corrales Segura, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de
ocho días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante
memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en
el despacho compareciendo el curador designado en forma personal. Se advierte
al curador, que el cargo no le permite disponer de bienes que pertenezcan
actualmente o llegaren a formar parte del patrimonio de Andrés Corrales Corrales, sino únicamente administrarlos. Igualmente, el
cargo lo obliga a procurar la estabilidad y el desarrollo integral del señor
Corrales Corrales, lo que implica velar por su salud
física y emocional. Del mismo modo, no le está permitido emplear el dinero o
los bienes que pertenezcan a su padre para la satisfacción de necesidades que
no sean personales de dicha persona y útiles para la satisfacción de sus
cuidados básicos. Una vez aceptado el cargo de curador, se otorga el plazo de
treinta días al mismo para que presente inventario de bienes y rentas de la
persona insana. Se le hace ver al curador que deberá rendir garantía de la
administración que establecen los artículos 199, 201, 203, 204 y concordantes
del Código de Familia, la cual se fijará una vez que se haya presentado el
inventario de bienes y rentas del insano. El curador deberá rendir las cuentas
anuales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo
que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Publíquese
un extracto de la parte dispositiva de este fallo en el Boletín Judicial.
Firme este fallo, inscríbase en el Registro Público, Sección de Personas y en
el Registro Civil mediante ejecutoria. Los gastos del procedimiento son a cargo
del patrimonio de la insana.—Juzgado de Familia de Desamparados, 16 de
febrero del 2009.—Lic. César Jara Benavides, Juez.—1 vez.—RP2010181500.—(IN2010053174).
Se avisa al señor Juan
Fernando Cortés Bedoya, mayor, casado una vez, de nacionalidad colombiana,
portador del pasaporte número P-siete uno seis siete siete
uno siete ocho y sin domicilio conocido, que dentro del proceso diligencias
reconocimiento hijo mujer casada que se tramita en su contra en este Juzgado,
se dictó
Se avisa a la señora Yancy María Brenes Ramírez, mayor, casada, costarricense,
cédula de identidad número 1-1078-734 y con demás calidades y domicilio
desconocidos, son representado por el curador procesal Licenciado Mariano
Solórzano Olivares, hace saber que existe proceso N° 09-000535-0673-NA de
declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Mery Raquel y
Francis Yahaira ambos Brenes Ramírez establecido por
el Patronato Nacional de
Se avisa a la señora
Susy Cristina Mora Mejías, mayor de edad, cédula de identidad 1-1428-0012 y
demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº
10-000154-673-NA, correspondiente diligencias de depósito judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de
Se avisa a la señora
Rosa Quesada Gutiérrez, mayor, costarricense, vecina de Guanacaste y de
domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el
expediente Nº 10-000193-673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas
de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de
Se avisa a la señora
Marjorie Rocío Robles González, mayor de edad, cédula 1-1138-382, soltera y
demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº
10-000217-673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial,
promovidas por el Patronato Nacional de
Se avisa que en este
Despacho los señores Omar Antonio Medrano Rojas e Irene Patricia Jiménez Solís,
solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Jesús
Enrique Solís Solís. Se concede a todos los
interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente Nº 10-000265-0673-NA.—Juzgado
de
Licenciada Ángela
Jiménez Chacón, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a James Edward Hill,
se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Carol Vanessa Sandí Ríos contra James Edward Hill, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las quince horas y treinta minutos del ocho de marzo del
dos mil diez. De la anterior demanda de divorcio establecida por la accionante Carol Vanessa Sandí
Ríos se confiere traslado al accionado James Edward Hill por el plazo
perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su
conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer
excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad
las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se
apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno,
manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de
Licenciada Ruth Mayela Morera Barboza, Jueza del
Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, hace
saber a Anais Argeñales Mora, que en este Despacho se
interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el
expediente número 09-000412-0688-FA donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de la menor María Paula García Argeñales,
planteado por Mario Ramón García Jiménez contra Anais Argeñales
Mora, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones,
se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad
con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir menores
involucrados en este proceso se tiene como parte al representante legal del
Patronato Nacional de
Se hace saber a Rolando
Rojas Romero, portador del pasaporte número PCC 94468454 y sin domicilio
conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso suspensión de
patria potestad, expediente número 2009-001006-186-FA, interpuesto por Astrid
Lorena Mora Castro, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para
contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el
nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada
uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones,
apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta
la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza
por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También
debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que
se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado
Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio
del 2010.—Lic. Girlany Alpízar
Murillo, Juez.—1 vez.—(IN2010053524).
Se hace saber que en proceso
número 08-4001241-637-FA, abreviado de divorcio, tramitado ante el Juzgado de
Familia de Desamparados, se dictó sentencia N° 260-10, de las ocho horas con
treinta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diez, cuya parte
dispositiva literalmente dice: de conformidad con lo anterior y las citas
legales mencionadas, se resuelve: a) Se declara disuelto el vínculo legal que
une a Jéssica Amalia Cedeño
Arguedas y Shi Tung Lin Lin,
conocido como Tom Lin Chen,
a tal efecto deberá expedirse ejecutoria para que sea inscrita ante el Registro
Civil, en
Se hace saber que, en
este Despacho bajo el número único 07-001322-338-FA, declaratoria de insania, promovido por María Mercedes Fernández Rivera
cédula 1-298-676 en favor de María Luisa Fernández Rivera, cédula 1-228-216 se
ha dictado a las diez horas del dieciséis de junio del dos mil diez la
sentencia número 302-2010, que literalmente dice en su parte dispositiva: Por
tanto: con base en lo expuesto y normas citadas, se falla: procede declarar
insana a la señora María Luisa Fernández Rivera y se designa como su curador
definitivo al señor Carlos Fernández Godínez, debe don Carlos aceptar el cargo
dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá
hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho,
o por acta en el despacho compareciendo el curador designado en forma personal.
El curador deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga
inscritos a su nombre la insana, para cumplir con este requisito se le otorga
al curador designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo.
Debiéndose en el mismo acto indicar las rentas, que a partir de esta
resolución, cancelaran las personas físicas o jurídicas que se encuentren
haciendo disfrute del derecho de usufructo de la insana. Tome en cuenta el
curador que lo ordenado no es un informe sobre la existencia o no de alquileres,
sino la debida administración de los usufructos de la insana, mediante el cobro
de un monto monetario a aquellos que en ese momento se encuentren haciendo uso
del mismo. El curador deberá indicar si la insana recibe alguna pensión y
rendir las cuentas trimestrales con los documentos justificativos del caso,
esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del
Código de Familia. Lo anterior, so pena de ser removido del cargo en caso de
incumplimiento. De conformidad con el artículo 1278 del Código Civil, dese por
terminado poder generalísimo sin límite de suma otorgado al señor Carlos
Fernández Godínez por la insana. Esta sentencia deberá ser publicada una vez en
el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de
Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de la insana.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24 de junio del
2010.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1
vez.—RP2010181690.—(IN2010053572).
German Alfaro
Abarca, mayor, casado por segunda vez, agricultor, vecino de Los Reyes de San
Vito Coto Brus, Puntarenas, cédula de identidad 1-518-802, promueve diligencias
de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de
Marlene Navarro Jiménez, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula
uno-cuatrocientos cincuenta y nueve-quinientos diez, vecina de Mollejones de
Platanares de Pérez Zeledón, establece diligencias de información posesoria
para inscribir a su nombre en el Registro Público de
Se cita a todos los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el
proceso sucesorio de Clara María Verdesia Solano,
quien en vida fuera mayor, casada dos veces, promotora de inversiones, vecina
de San José, ciudadela Calderón Muñoz, detrás de
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Teodulo Leiva
Rodríguez, quien fuera mayor de edad, viudo una vez, comerciante, portador de
la cédula número 1-274-326, vecino de Pueblo Nuevo de Rivas de Pérez Zeledón,
para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la
herencia pasará a quien corresponda. Exp. Nº 05-100342-0188 CI (Interno 356-05
R1).—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 19 de febrero del 2009.—Lic. José
Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—Nº RP2010181357.—(IN2010053162).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
Luz Annia Gamboa Barrantes, quien en vida fue mayor,
casada una vez, ama de casa, cédula de identidad 2-417-306, vecina de Santa
Rita de Florencia, San Carlos, del quebrador
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Fabio Javier
Segura Sanabria, a las diecinueve horas del catorce de mayo de dos mil diez y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Erick Bernal
Segura Ramírez, quien fuera mayor de edad, soltero, estudiante, vecino de Santo
Domingo de Heredia, cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y
cinco-ciento siete, fallecido el día quince de setiembre de mil novecientos
noventa y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Barrio Tournón, detrás del Ministerio de Trabajo. Teléfono
2284-6078.—Lic. Roy Daniel Rodríguez Zárate, Notario.—1 vez.—Nº
RP2010181366.—(IN2010053164).
A1
ser las 9:00 horas del 21 de junio del 2010, me solicitaron ante esta notaría,
contraer matrimonio civil Jorge Arturo Espinoza Molina, cédula Nº 4-0167-0742,
vecino de Heredia, de la escuela José Ramón Hernández Badilla
Lic. Giselle
Carrillo Obando, Fiscal de
2 v. 2.
Lic. Giselle Carrillo Obando, Fiscal de
2 v. 2.