BOLETÍN JUDICIAL Nº 136 DEL 14 DE JULIO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

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TRIBUNALES DE TRABAJO

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2006, de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-06, celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y Sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones de 2001 al 2007, expedientes de tránsito de 1997 a 1999, expedientes de violencia doméstica de 1997 al 2007, expedientes civiles de 1978 y 2004, expedientes laborales de 19804 a 2007 y expedientes de pensiones alimentarias de 1986 al 2007 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Isidro, Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

EXPEDIENTES CIVIL

REMESA:                   20361

AÑO:                           1978

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         2

ASUNTO:                   CIVIL (Interdictos)

REMESA:                   20362

AÑO:                           1980

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   CIVIL (Desahucio)

REMESA:                   20363

AÑO:                           1985

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         2

ASUNTO:                   CIVIL (Desahucio: 1, Ejecutivo Simple: 1)

REMESA:                   20364

AÑO:                           1989

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   CIVIL (Consig. Alquiler)

REMESA:                   C 30 H 90

AÑO:                           1990

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         28

ASUNTO:                   CIVIL (Actos Preparatorios 1, Consignación de Alquiler: 8, Ejecución Sentencia: 3, Desahucios: 12, Prevención de Desalojo: 1 Abreviados: 2, Interdicto 1)

REMESA:                   C 32 H 91

AÑO:                           1991

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         26

ASUNTO:                   CIVIL (Abreviados: 6, Desahucios: 10, Prevención de desalojo: 4, Matrimonio: 1, Prueba Anticipada: 1, Interdicto: 1, Consignación de Alquiler: 3.

REMESA:                   C 33 H 92

AÑO:                           1992

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         40

ASUNTO:                   CIVIL (Abreviados: 3, Consig. de Alquiler: 8, Ejec. Simples: 9, Prueba Anticipada: 1, Interdicto: 1, Prevención de Desalojo: 4, Desahucios: 14)

REMESA:                   C 31 H 93

AÑO:                           1993

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         29

ASUNTO:                   CIVIL (Actos Preparat. 1, Ejec. Simple: 1, Desahucio: 12, Interdicto: 4, Ejecución de Sentencia: 3, Abreviados: 4, Consig. de Alquiler: 3, Medidas Cautelares: 1)

REMESA:                   C 33 H 94

AÑO:                           1994

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         43

ASUNTO:                   CIVIL (Reconocimiento Judicial 2, Prev. de Desalojo: 4, Consig de Alquiler 11, Ejecución de Sent 2, Prueba Anticipada: 2, Interdictos: 2, Imcuplimiento Contractual: 2, Ejecutivo Simple: 5, Desahucios 10, Ejecutivos Hipotecarios: 3)

REMESA:                   C 32 H 95

AÑO:                           1995

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         41

ASUNTO:                   CIVIL (Desahucio: 19, Consig de Alquiler: 4, Ejecución de Sentencia 5, Prevención de Desalojo: 2, Actos Prep. 3, Ejecutivos Simples 2, Interdictos: 6)

REMESA:                   C 32 H 96

AÑO:                           1996

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         52

ASUNTO:                   CIVIL (Ejec de Sentencia: 4, Fijación de Alquiler: 3, consignación de Alquiler: 12, Desahucios 15, Ejecutivos Simples: 12, Interdictos: 2, Matrimonio: 1, Actos Preparatorios: 2, Prevención de Desalojo: 1.)

REMESA:                   C 40 H 97

AÑO:                           1997

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         30

ASUNTO:                   CIVIL (Desahucios: 5, Consignación de Alquiler. 3, Matrimonio: 1, Prevención de Desalojo: 1, Prueba Anticipada: 1, Abreviado: 1, Ejec. Simple 14, Interdictos: 4)

REMESA:                   C 16 H 98

AÑO:                           1998

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         35

ASUNTO:                   CIVIL (Desahucios: 13, Fij. de Alquiler: 2, Consig de Alquiler: 4, Interdictos: 2, Ejec Simples: 14, Ejec de Sentencia: 1)

REMESA:                   C 16 H 99

AÑO:                           1999

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         46

ASUNTO:                   CIVIL (Ejec Simples: 30, Consig. de Alquiler: 2, Desahucios: 9, Interdicto: 1, Matrimonio: 1, Prev. de Desalojo: 1, Actos Preparatorios: 2)

REMESA:                   C 17 H 00

AÑO:                           2000

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         12

ASUNTO:                   CIVIL (Consig. Alquiler: 1, Desahucio: 11)

REMESA:                   C 15 H 01

AÑO:                           2001

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         8

ASUNTO:                   CIVIL (Consignación de Alquiler: 2, Prevención de desalojo: 1, Actos Preparatorios: 1, Desahucios: 4).

REMESA:                   C 19 H 02

AÑO:                           2002

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         17

ASUNTO:                   CIVIL (Consig. Alquiler: 3, Ejec. Prendario: 1, Prev de Desalojo: 1, Desahucios: 12).

REMESA:                   C 20 H 03

AÑO:                           2003

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         18

ASUNTO:                   CIVIL (Consig. Alquiler: 4, Matrimonios: 3, Desahucios: 11)

REMESA:                   C 21 H 04

AÑO:                           2004

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         15

ASUNTO:                   CIVIL (Consig. Alquiler: 8, Matrimonio: 1, Desahucio: 6)

EXPEDIENTES LABORAL

REMESA:                   20365

AÑO:                           1980

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   LABORAL (Ordinario)

REMESA:                   20366

AÑO:                           1982

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   LABORAL (Ordinario)

REMESA:                   20367

AÑO:                           1989

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   LABORAL (Ordinario)

REMESA:                   L 12 H 90

AÑO:                           1990

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         17

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 7, Ordinarios: 10)

REMESA:                   L 12 H 91

AÑO:                           1991

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         14

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 1, Ordinarios: 13)

REMESA:                   L 12 H 92

AÑO:                           1992

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         11

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 2, Ordinarios: 9)

REMESA:                   L 11 H 93

AÑO:                           1993

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         8

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 4, Ordinarios: 4)

REMESA:                   L 11 H 94

AÑO:                           1994

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         13

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 1, Ordinarios: 12)

REMESA:                   L 11 H 95

AÑO:                           1995

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         20

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 5, Ordinarios: 15)

REMESA:                   L 11 H 96

AÑO:                           1996

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         23

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 7, Ordinarios: 16)

REMESA:                   L 8 H 97

AÑO:                           1997

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         20

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 7, Ordinarios: 13)

REMESA:                   L 3 H 98

AÑO:                           1998

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         16

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 5, Ordinarios: 11)

REMESA:                   L 2 H 99

AÑO:                           1999

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         20

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 3, Ordinarios: 17)

REMESA:                   L 9 H 00

AÑO:                           2000

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         12

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones)

REMESA:                   L 8 H 01

AÑO:                           2001

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         6

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 5, Infracción: 1)

REMESA:                   L 8 H 02

AÑO:                           2002

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         5

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones:)

REMESA:                   L 9 H 03

AÑO:                           2003

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         2

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones:)

REMESA:                   L 8 H 04

AÑO:                           2004

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         2

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones:)

REMESA:                   L 9 H 05

AÑO:                           2005

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         9

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 7, Infracción; 2)

REMESA:                   L 8 H 06

AÑO:                           2006

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         6

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones: 2, Infracción: 4)

REMESA:                   L 8 H 07

AÑO:                           2007

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         3

ASUNTO:                   LABORAL (Consignación de Prestaciones)

EXPEDIENTES DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

REMESA:                   V 8 H 97

AÑO:                           1997

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         2

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

REMESA:                   V 5 H 02

AÑO:                           2002

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         188

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

REMESA:                   V 5 H 03

AÑO:                           2003

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         171

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

REMESA:                   V 5 H 04

AÑO:                           2004

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         213

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

REMESA:                   V 5 H 05

AÑO:                           2005

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         151

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

REMESA:                   V 5 H 06

AÑO:                           2006

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         132

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

REMESA:                   V 5 H 07

AÑO:                           2007

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         104

ASUNTO:                   VIOLENCIA DOMESTICA

EXPEDIENTES DE PENSIONES ALIMENTARIAS

REMESA:                   20368

AÑO:                           1985

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivado (sin sentencia))

REMESA:                   Q 7 H 90

AÑO:                           1990

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         6

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 5 y Abandonados (sin sentencia): 1)

REMESA:                   Q 7 H 91

AÑO:                           1991

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         8

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 5 y Abandonados (sin sentencia): 3)

REMESA:                   Q 7 H 92

AÑO:                           1992

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         3

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia)

REMESA:                   Q 6 H 93

AÑO:                           1993

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         7

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 2, Desestimado (sin sentencia): 1 y Abandonados (sin sentencia): 4)

REMESA:                   Q 6 H 94

AÑO:                           1994

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         9

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 4, Desestimados (sin sentencia): 1 y Abandonados (sin sentencia): 4)

REMESA:                   Q 6 H 95

AÑO:                           1995

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         13

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 3, Abandonados (sin sentencia): 4 y Desestimados (sin sentencia): 6)

REMESA:                   Q 6 H 96

AÑO:                           1996

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         16

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 3, Desestimados (sin sentencia): 4 y Abandonados (sin sentencia): 9)

REMESA:                   Q 7 H 97

AÑO:                           1997

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         12

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados: 3, Desestimados: 2 y Abandonados: 7)

REMESA:                   Q 3 H 98

AÑO:                           1998

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         20

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 10, Desestimados (sin sentencia): 2 y Abandonados (sin sentencia): 8)

REMESA:                   Q 2 H 99

AÑO:                           1999

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         20

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 7, Desestimados (sin sentencia): 7 y Abandonados (sin sentencia): 6)

REMESA:                   Q 6 H 00

AÑO:                           2000

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         18

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 8, Desestimados (sin sentencia): 6 y Abandonados (sin sentencia): 4)

REMESA:                   Q 5 H 01

AÑO:                           2001

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         17

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 8, Desestimados (sin sentencia): 8 y Abandonados (sin sentencia): 1)

REMESA:                   Q 5 H 02

AÑO:                           2002

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         13

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 4, Desestimados (sin sentencia): 8 y Abandonados (sin sentencia): 1)

REMESA:                   Q 5 H 03

AÑO:                           2003

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         21

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 3, Desestimados (sin sentencia): 9 y Abandonados (sin sentencia): 9)

REMESA:                   Q 5 H 04

AÑO:                           2004

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         15

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia):4 y Desestimados (sin sentencia): 11)

REMESA:                   Q 5 H 05

AÑO:                           2005

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         12

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 7, Desestimados (sin sentencia): 4 y Abandonados (sin sentencia): 1)

REMESA:                   Q 5 H 06

AÑO:                           2006

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         9

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia): 4, Desestimados (sin sentencia): 3 y Abandonados (sin sentencia): 2)

REMESA:                   Q 5 H 07

AÑO:                           2007

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         7

ASUNTO:                   PENSIÓN ALIMENTARIA (Archivados (sin sentencia) 4, Desestimados (sin sentencia): 3)

EXPEDIENTES DE FALTAS Y CONTRAVENCIONES:

REMESA:                   G 24 H 99

AÑO:                           1999

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         1

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ARCHIVADO)

REMESA:                   G 19 H 00

AÑO:                           2000

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         6

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ARCHIVADOS)

REMESA:                   G 19 H 01

AÑO:                           2001

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         119

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (CONDENATORIAS: 10, ABSOLUTORIAS: 28, ARCHIVOS: 81)

REMESA:                   G 18 H 02

AÑO:                           2002

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         113

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ABSOLUTORIAS: 26, CONDENATORIAS: 5, ARCHIVOS: 82

REMESA:                   G 19 H 03

AÑO:                           2003

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         179

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ABSOLUTORIAS: 19, ARCHIVOS: 160.)

REMESA:                   G 16 H 04

AÑO:                           2004

PAQUETES:               3

EXPEDIENTES:         232

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ABSOLUTORIAS: 34, CONDENATORIAS: 6, ARCHIVOS: 192)

REMESA:                   G 9 H 05

AÑO:                           2005

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         144

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ABSOLUTORIAS: 19, ARCHIVOS; 125)

REMESA:                   G 6 H 06

AÑO:                           2006

PAQUETES:               2

EXPEDIENTES:         111

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ABSOLUTORIAS: 14, ARCHIVOS: 97)

REMESA:                   G 6 H 07

AÑO:                           2007

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         118

ASUNTO:                   FALTAS Y CONTRAVENCIONES (ABSOLUTORIAS: 17, ARCHIVOS: 101)

EXPEDIENTES DE TRÁNSITO

REMESA:                   G 20 H 96

AÑO:                           1996

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         64

ASUNTO:                   TRÁNSITO

REMESA:                   G 22 H 97

AÑO:                           1997

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         77

ASUNTO:                   TRÁNSITO

REMESA:                   G 18 H 98

AÑO:                           1998

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         74

ASUNTO:                   TRÁNSITO

REMESA:                   G 25 H 99

AÑO:                           1999

PAQUETES:               1

EXPEDIENTES:         90

ASUNTO:                   TRÁNSITO

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 6 de julio del 2010.

                                                                     Lic. Alfredo Jones León

(IN2010056785).                                               Director Ejecutivo

una PUBLICACIÓN

 Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—San José, a las nueve horas del cinco de julio del dos mil diez. En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirán:

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600654-491-TC-B

JENNY VALVERDE ZÚÑIGA

1-270-437

TSJ-3940

KMHVA21NPRU006995

10-600507-491-TC-C

LIDIA RAMÍREZ CORRALES

NO INDICA

775900

KMHVF21NPVU441134

10-600811-491-TC-C

JOSÉ CHINCHILLA CORDERO

NO INDICA

CL-64529

GNL620-912537

10-600235-491-TC-C

RAFAEL CAMPOS PORRAS

NO INDICA

679724

KMJRD37FPRU093452

10-600895-491-TC-C

JIMMY FRANCISCO MÉNDEZ GAMBOA

NO INDICA

CL-238706

JHFAF04H809000946

10-600964-491-TC-D

MARTÍNEZ QUESADA GUSTAVO ADOLFO

NO INDICA

804969

1NXAE09B7SZ251101

10-601028-491-TC-D

CARRERAS HERRERO ALEJANDRA

NO INDICA

120198

JDAG100S000625153

09-602172-491-TC-B

CORPORACIÓN DE SERVICIOS EN SEGURIDAD G Y G S. A. PRESIDENTE GUSTAVO ADOLFO GUTIÉRREZ PORRAS

3-101-255207

MOT-207851

9C2MD28998R100006

10-600955-491-TC-C

JOSÉ BORBÓN FALLAS

NO INDICA

CL-131232

BU600065396

10-601078-491-TC-B

JUAN ABAD AVILÉS GÓMEZ

6-169-939

CL-185782

WV1ZZZ9KZ2R530130

10-600793-491-TC-A

ERICK ÁNGEL JIMÉNEZ VARGAS

NO INDICA

646461

1HGEJ612XWL075772

10-600689-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE CARALUNA DE OCCIDENTE S. A.

NO INDICA

C-14198

JALFTR113F3515972

10-600825-491-TC-A

MARLENE BRENES ZÚÑIGA

NO INDICA

312460

1Y1SK5368PZ049402

10-601056-491-TC-D

BOLÍVAR TORRES NORMAN

5-0189-0986

464409

KMHJF31PNU354407

10-601056-491-TC-D

CALVO ÁLVAREZ MARÍA DEL CARMEN

1-0637-0819

264680

JS3TD02V5N4107315

10-600888-491-TC-D

COTO RAMOS RAQUEL

3-0375-0196

296969

1N4EB31P3NC734589

10-600888-491-TC-D

ÁLVAREZ TREJOS JOSÉ GERARDO

1-0798-0135

296969

1N4EB31P3NC734589

10-601068-491-TC-D

MADRIGAL SÁNCHEZ FIORELLA ALEJANDRA

1-1501-0128

535112

KMHVF21NPRU094852

10-600876-491-TC-D

FUENTES HERNÁNDEZ FABIÁN GUILLERMO

1-1112-0919

259567

1N4PB22SXJC763846

10-600552-491-TC-D

BARQUERO ALFARO LIDIA MARCELINA

7-0058-0409

804677

KMHVF31JPPU819304

09-602405-491-TC-C

PRISCIRLA ALVARADO MARENCO

NO INDICA

359091

NO INDICA

10-600951-491-TC-C

ELIZABETH ARANGO SIERRA

NO INDICA

747375

KL1TD61T78B215315

10-601023-491-TC-C

MARILYN PORRAS CHAVARRÍA

NO INDICA

668583

JT3YR36W5J0008672

09-602307-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE REDAL CONSULTORES S. A.

3-101-195861

200369

JN8HD16Y0JW018205

10-600537-491-TC-A

SILVIA ELENA RODRÍGUEZ RAMÍREZ

1-1274-613

388076

KMHVF31JPNU709630

10-600612-491-TC-D

ESTRADA MORA RODRIGO ENRIQUE

1-738-218

633346

8AD2AKFWU6G008429

10-600792-491-TC-D

MURILLO FONSECA SERGIO Y MURILLO FONSECA REPRESENTANTE LEGAL DE LA AMADITA DE SAN CARLOS S. A.

3-101-145655

808158

KMHJM81VP9U948818

10-600830-491-TC-B

JORGE ARTURO CAMPOS VALVERDE

1-415-309

203776

JAACH18E9J7807905

10-600938-491-TC-B

MARÍA JOSÉ CHINCHILLA SOTO

1-1384-539

674271

2CNBE18U4N6944580

09-602444-491-TC-B

MIA OZHI WU

CED RESIDENCIA 115600146436

629865

2T1AE09B6SC137687

10-601114-491-TC-B

OSWALDO MONTOYA CASANOVA

6-255-032

614258

JTDBT113700398984

10-600514-491-TC-B

SILVIA MARÍA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

1-717-152

595720

9BR53ZEC208589994

10-601051-491-TC-C

MAGALLY SUSANA MORA ACUÑA

NO INDICA

601481

KMHVA2INPTU136878

10-601035-491-TC-C

VIRGINIA MORA ÁVILA

NO INDICA

703225

JSAERA31S85250526

10-601086-491-TC-B

MARITZA RAMÍREZ TAYLOR

7-077-0389

481641

KMHJF31JPPU496647

10-600907-491-TC-C

ANA GRACE CABRERA JIMÉNEZ

NO INDICA

504871

KMHVF31JPNU656879

10-600759-491-TC-C

COMPRAS INTERNACIONALES COIN S. A. LIMITADA

NO INDICA

290544

1HGCD565XRA063925

10-600974-491-TC-B

LEONIDAS MIRANDA OROZCO

9-091-973

TSJ-3284

EL500030664

10-600938-491-TC-B

MARÍA JOSÉ CHINCHILLA SOTO

1-1384-539

674271

2CNBE18U4N6944580

10-601119-491-TC-C

AUTOS PERLA S. A.

NO INDICA

810211

KMHDN45D83U642271

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZÚ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-603289-0500-TC

MICHAEL FERENCZ FAINZILBER REP. LEGAL DE ON TIME S. A.

3-101-577986

MOT-266475

ME1FF43C992006696

09-603337-0500-TC

IVETTE MONTERO VALLEJO

5-263-623

TSJ-4982

KMHJF31JPRU712136

09-603836-0500-TC

JUAN SOTO RUIZ REP. LEGAL DE TUANIS RIDES S. A.

3-101-430303

749539

KMJWWH7HP1U346341

09-603944-0500-TC

MANUEL GÓMEZ CALVO APO. TRUSTCORP S. A.

3-101-149198

CL 218190

JN1CJUD22Z0083937

09-603198-0500-TC

JUAN SÁNCHEZ VILLEGAS APODE. DE QUITICOL S. A.

3-101-306666

546907

JHLRD78404C203885

09-603806-0500-TC

ADRIÁN ECHEVERRIA ALFARO

1-0400-0375

MOT 195089

LLCHPP20481000036

09-603806-0500-TC

GIOVANNI RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ

1-0557-0238

492126

KMHJF31JPPU460737

09-603846-0500-TC

MARVIN MUÑOZ FLORES

7-0074-0933

MOT 253397

MD2JBS4Z49FB01990

09-603948-0500-TC

CARMEN SALAZAR AYALES

1-0570-0387

587807

VF7JMKFVK97152012

09-603505-0500-TC

ROLANDO SALAZAR FONSECA, REPRESENTANTE DE LODOS INDUSTRIALES S. A.

3-101-040097

732221

KNAMB761386205494

09-603717-0500-TC

JORGE MAURICIO VARGAS MONTOYA

01-1157-0881

410592

2HGEH2364NH512911

09-602652-0500-TC

OLMAN ANTONIO SOLERA MATAMOROS, REPRESENTANTE DE AUTOREPUESTOS TOTO S. A.

3-101-361964

631384

KMHNN81WP2U080858

09-603128-0500-TC

FRANCHESCO SILGUERO GONZÁLEZ Y HÉCTOR MIGUEL SILGUERO VENEGAS REP. DE INHEC SILGUERO S. A.

3-101-505146

325579

KMHVA21NPSU062692

09-603251-0500-TC

JAVIER ALBERTO VAGNENKOS, REPRESENTANTE DE TRANSPORTES MÉDICOS S. A.

3-101-167933

CL 184966

8AC9036622A901320

10-600017-0500-TC

AMABILIA ROJAS CRUZ

6-152-901

280426

JAACH18E4J7824997

09-603616-0500-TC

ENRIQUE AGUILAR VINDAS

02-0497-0009

475476

KMHVF21JPNU572815

09-604009-0500-TC

YANY MARÍA MATARRITA FONSECA

06-0183-0898

TSJ 6610

KMHCG45GXYU077593

10-600246-0500-TC

DARÍO ALEJANDRO OLIVAS SOLANO

01-1201-0131

238368

1HGED3541LL006143

10-600439-0500-TC

ALFREDO PÉREZ ARRIETA

02-0323-0489

99135

K10128823

10-600447-0500-TC

ANDRÉS RESTREPO ISAZA Y CARLOS BONILLA AYUB REP. DE BRINSA DE COSTA RICA BCR S. A.

3-101-480091

CL 209773

JAANR55E67102107

09-603954-0500-TC

LIDY SOLEY GUTIÉRREZ

1-0956-0879

533864

VF1LA110227674708

09-604012-0500-TC

MARÍA ISABEL RAMÍREZ ARIAS

1-0942-0466

808063

KMJWWH7HP2U448221

10-600593-0500-TC

JAVIER ENRIQUE JIMÉNEZ GONZÁLEZ

01-0455-0988

727210

JM7BK326981385365

10-600484-0500-TC

NOEL EDMUNDO BUSTILLOS

3-101-255044

CL-201295

3N6CD12S5ZK852059

10-600488-0500-TC

JORGE ALEJANDRO VEGA MORA

1-1179-0297

MOT-240166

LXSYCKLY781124630

10-600500-0500-TC

CLARA LUZ AGUDELO ARANGO

4-3720-0784

449643

KMHJF31JPNU277618

09-603575-0500-TC

HUBERT CHAVES SALAS

3-101-299540

225188

KMHJF32M9RU703442

10-600137-0500-TC

TERESA PRADA TORRES REP. LEGAL DE GUIER Y CARBALLO S. A.

3-101-027398

CL-220273

KMJWVH7BPSU825520

10-600137-0500-TC

JOHANNA PADILLA ALCOCER

2.70126E+13

709035

KMHVF21NPTU395309

10-600121-0500-TC

ROBERTO CALDERÓN AGUILAR REP. LEGAL DE COSTA RICA RENT A CAR S. A.

3-101-018295

619090

KMHJM81BP6U243474

10-600087-0500-TC

GONZALO VARGAS ALFARO APO. DE ALQUILE CARRO ELEGANTE

3-101-022051

691698

JDA210G001048123

10-600206-0500-TC

WENCESLAO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ REP. DE COOPERATIVA MATADERO NACIONAL DE MONTECILLOS R. L.

3-004-075581

C 125850

SH683133

09-603702-0500-TC

RANDALL ÁLVAREZ GONZÁLEZ APO. DE TRANSPORTES RAGTIME Y FAMILIA S. A.

3-101-397587

409504

KMHVF31JPMU410883

09-603990-0500-TC

LUIS MATA SÁNCHEZ APO. DE HOMBRES DE REPUESTO S. A.

3-101-513811

CL 151062

9BD255229V8541797

10-600333-0500-TC

DIEGO MONTOYA SIERRA APODERADO DE DIEGO Y OCAMPO S. A.

3-101-265222

MOT 208335

MD2DMSZ28FC00050

10-600408-0500-TC

GERARDO SOTO BONILLA APODERADO DE TRANSPORTE G SS GESEY S. A.

3-101-345979

C 149564

XC026168

10-600482-0500-TC

MILTON CASTRO SERRANO

1-0670-0835

116407

DSFC11AJU00892

10-600603-0500-TC

MAZZA CATALDO

758-142083-001841

TSJ 2271

KMHVA21NPSU045725

09-603690-500-TC

HUBERT CHAVES SIBAJA APOD. DE AVAYA TELECOMUNICACIONES DE COSTA RICA

3-101-299540

457066

3N1EB31S1ZK108413

09-603741-0500-TC

EVELYN VEGA GOLFÍN

01-1027-0917

479193

IN4EB32A6PC728542

09-603749-0500-TC

HUGO ALVARENGA LAM Y SOFÍA HON CHENG, REP DE EAGLE TECHNOLOGIES S. A.

3-101-345952

696974

MA3FB31S180928978

10-600094-0500-TC

MARÍA VARGAS VARGAS

01-0347-0936

130294

JN1PB15S5DU-022456

10-600142-0500-TC

MOSHE DREZNER GOLDBERG

01-1018-0306

502590

9BD11975231009862

09-602991-0500-TC

ÁLVARO SAUMET MARTÍNEZ APODERADO DE INMOBILIARIA BORONILLA S. A.

3-101-303500

790519

JTDKL963600008528

09-602991-0500-TC

ANA UREÑA HERNÁNDEZ

1-0664-0723

410046

KMHVF21JPPU727285

09-603741-0500-TC

EVELYN VEGA GOLFÍN

01-1027-0917

479193

1N4EB32A6PC728542

10-600174-0500-TC

PATRICIA MARÍA URIBE BERMÚDEZ

01-0712-0450

TSJ 5453

KHVF31JPRU942129

10-600257-0500-TC

MARGARITA FABIOLA GÓMEZ VALERÍN

09-0103-0034

506710

VF1BB130F28016890

10-600336-0500-TC

ALEXIS ZÚÑIGA MADRIGAL

01-0695-0102

373809

KMXKPE1JPXU242737

10-09-603118-0500TC

SHERYS TACSAN RUIZ

01-6880107

CL-181308

VF1FCOJBF24201089

10-600128-0500-TC

MARTHA LEIVA RIVERA

RES270148062082814

497672

KMHVF14N3SU098044

09-603586-0500-TC

ROLANDO ALEMÁN HERRERA

01-1171-0886

423249

KMHVF31JPNU707926

09-602532-0500-TC

CARLOS FCO. COTO CALVO

01-288-636

528501

3NIEB31S9ZK117179

09-602872-0500-TC

FREDDY ALFONSO CASTRO MADRIGAL

01-865-276

423656

KPDRB5B91NP138657

09-602815-0500-TC

FRANCISCO LAY SOLANO

01-399-829

408942

WDB1704651F185956

10-600590-0500-TC

JOSÉ CAMPOS CAMPOS

5-0138-0672

MOT 238612

LLCLTP4088CK00098

10-600396-0500-TC

MANUEL ARIAS VALVERDE

1-0356-0623

SJB 8578

KN2FAD2A1WC08553

10-600147-0500-TC

JOSÉ UMAÑA DURAN

1-0632-0398

AB 1195

JALFSR112F3522551

09-603750-0500-TC

ANA SOLÍS VILLALOBOS

1-0624-0081

410655

KMHVF21JPMU467610

09-603750-0500-TC

HEY PETER MARIN VARGAS

1-0781-0145

SJB 9789

KMJRD37FPVU372319

09-603174-0500-TC

LAURA CASTRO ECHEVERRI APO. DE INVERSIONES LALEX DOS MIL CUATRO S. A.

3-101-428808

234185

WDB2020281F150185

10-600882-0500-TC

ROSA SOLÓRZANO PELLAS

7270579924

125771

WDB1231301A122326

10-600882-0500-TC

DAFNE ARROYO BRENES

1-969-291

579383

JA4LS31H2X9033445

10-600826-0500-TC

RAQUEL BASSAN MAHMAND APODERADA DE SERPENTINAS S. A.

28226665042

585516

KNHTS732257186707

09-603936-0500-TC

MAGDA URIBE SÁENZ APODERADA DE TORRE DEL TRIUNFO S. A.

3-101-439770

671526

JS3TD54V574112799

10-600606-0500-TC

WILLIAM SALOM BORGE Y SARA BORGE MUÑOZ, REP DE VILLA LAS MERCEDES S. A.

3-101-153594

632348

5KBRL38786B900318

10-600801-0500-TC

JORGE CARLOS ALONSO Y LUISA LIZETE ALONSO, REP DE IMPORTACIONES MUNDIALES CENTROAMERICANA S. A.

3-101-234345

648616

SALLSAA146A966538

10-600186-0500-TC

LUIGI SARDELLA

RES: 138000050109

674274

5GRGN23U63H103566

10-600288-0500-TC

BENJAMIN LOTRINGER LIEBERMAN REP LEGAL DE IMPORTADORA BELY COM S. A.

3-101-299195

CL-114107

FE304BA50268

09-602997-0500-TC

LUIS ALPÍZAR CHAVES REP LEGAL DE V Y L ALPRIMOS S. A.

3-101-364439

SJB-11371

JTFSK22P400004424

09-603927-0500-TC

LUIS ALFONSO MORA SIERRA

01-0581-0291

MOT 136534

LC6PAGA1660801225

-A15609-A157000

LUIS DIEGO CONDEGA CENTENO, REP DE REPARACIÓN E INSTALACIÓN DE VIDRIOS A DOMICILIO EMPRESA INDIVIDUAL R. L.

3-105-302385

465104

1N4EB32A4NC814428

10-600688-0500-TC

RODOLFO MADRIGAL CAVALLINI Y LAURA SOLÍS FERNÁNDEZ, REP DE MAYSOL S. A.

3-101-102867

661747

JN1FCAC11Z0003203

10-600778-0500-TC

ALEXANDER RAMER MESEN

1-1311-0308

807026

2CNBE13C336927085

10-600538-0500-TC

LEONEL CARRASCO TALAMANTES

98340005720

473293

3G2JB11F02S175615

10-600538-0500-TC

LUIS HERNÁNDEZ AGUERO

1-1250-612

MOT 053674

3ET005080

09-602245-0500-TC

LINNETTE LUCRECIA ZÚÑIGA TREJOS

01-1325-0942

MOT 168854

LC6PAGA1X60880592

10-600626-0500-TC

JAMES McCALLUM TAIT

748-0197148-0001554

225101

3N1BEAB13R004870

10-600871-0500-TC

RONALD ZURCHER GURDIÁN, EDGAR ZURCHER GURDIÁN Y HARRY ZURCHER ACUÑA, REP. DE LALAN S. A.

3-101-080178

606130

WDBA4633231X159617

10-600697-0500-TC

RICHARD ANTONIO VÁSQUEZ SANDÍ

01-1105-0550

702247

1N4AB41D9VC784116

10-600904-0500-TC

MARÍA DEL MILAGRO UMAÑA SÁENZ REP DE LAKOTA TRESCIENTOS S. A.

3-101-265868

457373

KNAFB121325117641

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE MORA, SAN JOSÉ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600079-240-TC

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

3-102-484752

660457

9BR53ZEC208657673

09-600138-240-TC

MICHAEL LABADIE

202847378

114635

BJ40-000921

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-611036-489-TC-A

INVERSIONES EUELY S A

3101144493

207483

JN8HD17Y9LW209803

10-600056-489-TC-A

MIRANDA CUESTA KARINA

110540953

551466

JN1CFAN16Z0082276

10-600210-489-TC-A

SANDÍ SOLÍS VÍCTOR HUGO DE LA TRINIDAD

107850733

C-133089

JHBFF1750H2S12744

10-600222-489-TC-A

JIMÉNEZ VALVERDE ARNALDO

112180623

CL-171881

1N6SD16S7MC347144

10-600323-489-TC-A

INMOBILIARIA PLATA Y MERCURIO DEL ESTE S. A.

3101222165

318383

LX805082687

10-000394-492-TC-A

CASTRO BADILLA RUSLAN

602160032

TSJ-3860

JTDBJ21E602006031

10-600687-489-TC-A

SÁNCHEZ MÉNDEZ JULIO

700260238

TSJ-4733

KMHVF14N9TU315355

10-600709-489-TC-A

MORA BONILLA SANDRA

302170908

325517

KMHVD32J2MU112794

10-600774-489-TC-A

SEQUEIRA MONTOYA BRUNO

101510338

TSJ-5018

KMHVF21NPRU078396

10-601002-489-TC-A

SABRITAS DE COSTA RICA S. R. L.

3102169101

CL-242249

JAANKR55E97102860

10-601254-489-TC-A

CRUZ CRUZ DANILO ALBERTO

135RE054517001999

282976

KMHVD12J9NU172383

10-601322-489-TC-A

CENTRO FERRETERO INDUSTRIAL ÁVILA S. A.

3101121532

CL-196259

4F4CR16A6TTM38136

10-601347-489-TC-A

ÁLVAREZ VALVERDE ANA MAYELA

103961475

346407

JDAG200S000558118

10-601357-489-TC-A

VILLALOBOS FERNÁNDEZ ARACELLY

601240897

TSJ-3677

KMHJF35F8YU988727

10-601579-489-TC-A

MATA CORDERO ROY

204560899

118788

LB11MC73122

10-601734-489-TC-A

MURILLO RODRÍGUEZ SERGIO JESÚS

109800932

MOT-217176

MD625GF5771F67795

10-601809-489-TC-A

SERVICIO DE CUIDO RESPONSABLE SECURE S. A.

3101077363

MOT-195864

4BE090648

10-601809-489-TC-A

COMPAÑÍA COMERCIAL SABORÍO Y CARRO S. A.

3101003758

639239

WAUZZZ8EX6A184591

10-602014-489-TC-A

IBARRA VARGAS SONIA

107040189

739154

JMYLNV96W8J002249

10-602034-489-TC-A

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL

2300042155

646764

JTDBT113000400641

10-604104-489-TC-A

MORENO ABARCA MARÍA RITA

103580503

TSJ-2842

KMHVF31NPWU432994

09-605362-489-TC

ABARCA MELÉNDEZ MARIO ALBERTO

1-0415-0334

TSJ-4745

KMHCG45C22U347372

10-600260-489-TC

EQUIPOS SOLANO SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-315292

CL-174477

KMJWVH7BPYU232220

10-600863-489-TC

BLANCO MOLINA FRANCISCO ARTURO

1-0660-0551

TSJ-2226

KNAFB1214Y5899201

10-601720-489-TC

MORA MASÍS JORGE ENRIQUE

1-0699-0234

735292

2S3TD03V6W6407265

10-601750-489-TC

AL ALBACEA DE LÓPEZ RIVAS ROLANDO

6-0130-0548

420484

KMHVF31JPPU756296

10-601877-489-TC

VINDAS ARIAS ANA LIGIA

1-0722-0390

TSJ-5939

KMHCG45CX4U531560

10-601912-489-TC

AGUERO VARGAS ALEXANDER

9-0050-0472

500363

JTDBT113200260642

10-602060-489-TC

FLORES AGUILAR MIGUEL ÁNGEL

1-0439-0833

TSJ-4309

3N1EB31S6ZK118483

10-602104-489-TC

 SÁNCHEZ MÉNDEZ JULIO

 7-0026-0238

 TSJ-4733

 KMHVF14N9TU315355

10-602715-489-TC

CAMPOS SANDOVAL WILLIAM JOSÉ

1-1152-0707

CL-212209

JN1AJUD22Z0037166

10-602719-489-TC

MARCHENA HERNÁNDEZ BIANCA PAMELA

7-0192-0492

 CL-176026

 1N6ND11S5KC403552

10-602852-489-TC

WILBER RAMÍREZ VINDAS

5-0258-0484

697122

 2S3TA02C7S6412381

09-608385-489-TC

MADRIGAL CAMACHO LUIS ALBERTO

3-0209-0056

TSJ-2941

 KMHVF21LPRU095410

09-608464-489-TC

ARICA SEMINARIO MANUEL

4.55123E+12

409977

KMHVF21JPPU858264

09-608464-489-TC

PIEDRA CHAVARRÍA RAÚL EUGENIO

1-0548-0102

214823

JN1HM05S3HX079641

09-610339-489-TC

BELA CONSULTORES S. A.

3-101-148701

CL-146420

 BU2110002294

09-610527-489-TC

HERNÁNDEZ SOTO HUGO ANTONIO DE LOS

3-0254-0769

TSJ-5525

KMHVF21NPRU062992

09-610882-489-TC

RADTEC COSTA RICA S. A.

3-101-160559

MOT-130243

9C2JC30404R300112

10-601721-489-TC-C

NÚÑEZ FERNÁNDEZ WENDY MARCELA

1-1095-531

674657

MALAB51HP7M986996

10-601293-489-TC-C

FONSECA PORTILLA MARISOL

1-768-986

TSJ-3268

1Y1SK5266SZ060814

09-610741-489-TC-C

CALDERÓN CHINCHILLA ALEXANDER V.

1-833-481

TSJ 4562

EL530247973

10-602128-489-TC-C

CHINCHILLA RIVERA DENIER ANT.

1-1257-111

497364

KMHJF31JPMU107777

10-601485-489-TC-C

RICHMOND SALAS CARLOS FRANC.

1-675-984

C 145105

C026684

10-604143-489-TC-C

CHACON ZÚÑIGA GILBERT GERARDO

1-478-905

TSJ 1303

JTDBT113500397204

10-602798-489-TC-C

TECPRO TECHNOLOGY S. A.

3101456194

MOT 276294

LALPCJF8993008380

10-601969-489-TC-C

VENEGAS PORTILLA GREIVIN ALB.

1-942-715

TSJ 4709

KNADC125236271051

10-601353-489-TC-C

MENDOZA MENDOZA SUSAN TATIANA

6-297-105

635909

3N1AB41D4TL005610

10-602056-489-TC-C

SERVICIOS INTERN. DE LOGÍSTICA S IL S. A.

3101314381

CL 224163

KMFZBN7BP8U340415

10-601923-489-TC-C

PORTONES RÚSTICOS MARIO FLORES S. A.

3101336176

CL 181050

JAACL11L7L7206440

10-601923-489-TC-C

CASTRO FERNÁNDEZ MARÍA ANTON.

1-1221-447

676565

JN1BCAC11Z0005035

10-602481-489-TC-C

SOLUCIONES TURÍSTICAS TURIVAL S. A.

3101436396

CL 158683

JAACL16E3N7208134

10-602526-489-TC-C

SERVICIOS DE RUTEO SERUSA S. A.

3-101319071

CL 217353

LKHTC3BG07AT07057

10-602041-489-TC-C

CASTILLO MEZA MANUEL SALVADOR

2.70123E+13

MOT 56475

3TS015344

10-602820-489-TC-C

INVERSIONES O A Z S. A.

3101143102

746954

JTEBY25J000063660

10-603160-489-TC-C

TALLER DE ENDEREZADO Y PINTURA NAVARRO DAVA S. A.

3101383284

CL 214765

T3U41000397

10-603952-489-TC-C

COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIONES DE SAN JOSÉ

3007092549

CL 193902

JTFED426000070463

10-604164-489-TC-C

SUR DEL SAUCE INT S. A.

3101212566

684880

JS3TD54V974112854

10-602624-489-TC-D

T T TRICOLOR CARRENTAL S. A.

3-101-105093

816957

3N1CC1AD3ZL161764

10-603900-489-TC-D

ANGELS ON THE MARS SEAS S. A.

3-101-471817

764332

WBACC0321VEK25195

10-604073-489-TC-D

BAU ART S. A.

3-101-382151

650250

JMYLRV76W7J000141

10-603758-489-TC-D

ALVARADO CALDERÓN SONIA MARGARITA

1-0346-0296

400081

KNAJA5525SA745346

10-603344-489-TC-D

EGGER FRANK EDWARN

45215529

CL 203611

5TBET34175S472906

10-603369-489-TC-D

FEANTRI S. A.

3-101-195890

759128

JN1BCAC11Z0016785

10-603439-489-TC-D

QUESADA FLORES MANUEL

1-0332-0022

TSJ 2014

JTDBJ41E40J001752

10-601565-489-TC-D

MORERA HERNÁNDEZ CINTHYA MARÍA

1-0801-0262

607551

WBACA5326RFG11990

10-602094-489-TC-D

VALVERDE PEREIRA CARLOS LUIS

1-0579-0846

CL 159947

4TARN81A9NZ040798

10-602207-489-TC-D

RAMÍREZ ARIAS MARCO AURELIO

5-0214-0538

680794

SALLNABE21A352664

10-601577-489-TC-D

MATERIALES EL LABRADOR S. A.

3-101-140664

CL 80392

9979041

09-607499-489-TC-D

MORA ZÚÑIGA JOSÉ ALBERTO

1-0812-0279

TSJ 2068

KMHCG45G3YU127234

10-602428-489-TC-D

GARITA BRENES MARVIN ALFREDO

1-0749-0580

C 29374

1FUEYCYB1HP306206

10-603826-489-TC-D

NOVA NOVA AIDA

8-0039-0923

392722

KMHVF31JPRU956122

10-602638-489-TC-D

GUTIÉRREZ SUÁREZ GINA PATRICIA

2-0534-0410

481940

KMJWWH7BPVU011902

10-603561-489-TC-D

SALAZAR MONTERO ANA GABRIELA

1-0499-0792

TSJ 4963

JTDBJ21E602011679

10-603593-489-TC-D

CAMIONES Y REMOLQUES S. A.

3-101-017832

192137

DL049VMJ400878

10-603593-489-TC-D

AGUILAR LÓPEZ LUIS

1-0472-0637

TSJ 5796

KNAFB1216X5762856

10-602683-489-TC-D

PROYECTO HABITACIONAL DE CORONADO NUMERO CUATRO S. A.

3-101-333429

350416

JSAFDA32VX4100001

10-603359-489-TC-D

AUTOTRANSPORTES MARTE S. A.

3-101-578488

745034

WAUZZZ4L99D000135

09-610330-489-TC-D

ROJAS LORIA YANELL GERMANIA

1-1462-0938

700202

K860VP018102

09-611109-489-TC-D

SERVICIOS CAISIVA S. A.

3-101-358344

527554

JSAFHX51S45150014

09-611109-489-TC-D

ROQUE - AIRD & ASOCIADOS S. A.

3-101-367118

MOT 140540

LAPACKLH350000205

10-600039-489-TC

IMPORTACIONES DE MAQUINARIA PESADA ROMO S. A.

3101277044

C-144932

1FUYSZYB8XLA23957

10-600114-489-TC

ANGULO Y MURILLO S. A.

3101309017

CL-172711

BU1010002247

10-600130-489-TC

ESPECIALISTAS EN ESTERILIZACIÓN Y ENVASE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

3101236355

CL-236496

MHYDN71V99J300001

10-600277-489-TC

MORA CASTILLO MANUEL DE JESÚS

1-0165-0991

205238

KMHJF31JPRU498021

10-600427-489-TC

ROBLES FALLAS ANABELIA

1-0373-0160

644336

8AJYZ59G203007051

10-600597-489-TC

GUZMÁN CAMPOS CLAUDIO

2-0763-607

12146

FALTA INFORMACIÓN

10-001042-648-PE

PAPIRO S. A.

310121033

CL-171390

VIN: KN3HNS8D1WK062040

10-601130-489-TC

MONTERO AGUILAR ÁLVARO

1-0440-0662

TSJ-4324

KMHVF21JPRU965913

10-601237-489-TC

CORRALES JIMÉNEZ GILBERTO

1-0669-0744

MOT-273263

LAEMNZ4009B930350

10-601237-489-TC

AVIMENDEZ S. A.

3101148192

CL-179947

9BD25521618703550

10-601305-489-TC

TRANSPORTES CHEMO S. A.

3101374165

PB-774

9BSKC4X2BP3462521

10-601305-489-TC

OFFROAD TOURS S. A.

3101359505

709147

JTFSK22P900004354

10-601320-489-TC

MENDOZA CAMPOS LILIANA CONSTANSA

CC51989768

CL-199178

KMFFD37APSU169920

10-601492-489-TC

QUINTA EL PARAÍSO DE RÍO ORO S. A.

3101288041

CL-228880

KN3HDP3362K864272

10-602115-489-TC

LADYCDOS S. A.

3101256345

CL-237772

KNCSE211287315078

10-602153-489-TC

STEWART MADRIGAL DAGO ALBERTO

1-0845-0179

TSJ-4266

KMHJF31LPRU630496

10-602241-489-TC

VARGAS PEREIRA HORACIO ALBERTO

2-0286-0299

CL-219658

VF3GBWJYB7J002709

10-602241-489-TC

SERVICIOS CENTROAMERICANOS S. A.

3101005862

659374

8AJYZ59G603010079

10-602341-489-TC

BADILLA MUÑOZ ANDREA MARCELA

1-0926-0616

277054

KMHVD12J3LU016899

10-602381-489-TC

VARGAS VARGAS WALTER

1-0824-0597

TSJ-5173

KMHCG45C33U470793

10-602453-489-TC

EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA S. A.

3101330005

MOT-272206

LYXPCML0390B00253

10-602453-489-TC

CORELLA HIDALGO MICHAEL ANDREY

11-266-0845

CL-175658

KNCHNS8D1YK097757

10-602594-489-TC

VIAJES TURÍSTICOS COSTA RICA S A

3101140963

HB-786

HZB30-0002013

10-602620-489-TC

COTO VARGAS ANA CATALINA

1-0873-0369

257534

JD1FG1104M4330605

10-602755-489-TC

LEITÓN CHINCHILLA MAURICIO ENRIQUE

11-1610-062

TSJ-925

JTDBT123700274289

10-602826-489-TC

VILLARREAL TORRES GELVER

5-0280-0509

145162

JDAG102S000629791

10-602844-489-TC

MORALES BADILLA ELADIO

6-0188-0941

C-13789

3.45305E+13

10-602959-489-TC

GÓMEZ SOTO ALEJANDRO

1-0623-0764

HB-1892

KMJRD37FPRU106567

10-603088-489-TC

GONZÁLEZ GÓMEZ MARCEDES

1-0347-0425

124133

LKJ5004532

10-603097-489-TC

CAFETALERA ALJAGUICA S. A.

3101068775

295342

SALLJGMM8WA773574

10-603242-489-TC

MONGE BLANCO JOSÉ

1-0336-0758

TSJ-2581

KMHVF24N5XU586554

10-603250-489-TC

CASTRO MARIN RAMÓN RENE

3-0325-0272

515644

4S2P4325548

10-603250-489-TC

REYES SANTIESTEBAN JORGE ANDRÉS

8-0075-0611

TSJ-2860

JTDBJ21EX02003617

10-603456-489-TC-F

SERVICIOS HIPOTECARIOS LA TORRE S. A.

3101301771

800808

KL1MJ61019C616583

10-603700-489-TC-F

HÉCTOR ORLANDO GUTIÉRREZ ORFILA

1-1365-0428

271716

1HGED4565LA072150

10-601223-489-TC-F

SANTAMARÍA ROJAS JORGE GERARDO

103530890

TSJ-5901

LLV2A3A1090103351

10-602756-489-TC-F

DIEN BRIZUELA RAFAEL

800000893

TSJ-3804

KMHVF24N3VU365886

10-601594-489-TC-F

VALVERDE MORALES MARIO ALBERTO

110180112

TSJ-6470

KMHVF21LPVU412871

10-602626-489-TC-F

ECOMMERCE GROUP SA

3101507489

708893

CS6A2U080766

10-602626-489-TC-F

ROJAS SALAS DELCIDIA

102870073

TSJ-6707

KMHCG45C32U273248

10-601674-489-TC-F-

GARNIER ARIAS CLAUDIA MARÍA

105290225

129172

AL250102223

10-601674-489-TC-F

INVERSIONES DAMASI DEL ESTE S A

3101190308

248265

WBAHA11000BA05790

10-600538-489-TC-F

CARRILLO CUBILLO ROY

502660859

TSJ-4589

KMHCG45C92U387741

10-600538-489-TC-F

SOLUCIONES EN CONCRETO SOLCO LTDA.

3102545406

CL-113626

TL720ME87125

09-610521-489-TC-F

SERVICIOS DE RUTEO SERUSA SA

3101319071

CL-215172

LKHTC3BG67AT00288

10-602768-489-TC-F

CHAVES ARAYA JOSÉ GERARDO

401300062

377220

JA3CU14X4LU032640

09-610358-489-TC-F

CANTILLO LEWIS GUILLERMO ENRIQUE

700570204

TSJ-1422

KMHVF31JPRU942222

10-601159-489-TCF-

CORPORACIÓN AMARI NARAN SA

3101315780

304267

JN1TAZR50Z0005447

10-600650-489-TC-F

MORALES BRIZUELA NANCY

107470553

160293

UU12105273

10-603553-489-TC-F

RODRÍGUEZ SÁNCHEZ JULIO JOSÉ

401910518

316278

JD1FG1301J4306206

10-601155-489-TCF

DELGADO MUÑOZ FRANCISCO

900750485

TSJ-4633

KMHVF21NPRU028262

09-604885-489-TCF

ROJAS PRADO VÍCTOR RUBÉN

106040315

MOT-258911

LXMPCJLE080104552

09-609904-489-TCF

ARCE CAMPOS ANTONIO VÍCTOR MANUEL

900340402

TSJ-3880

KMHVF21NPRU090995

10-601518-489-TC-F

SOCIEDAD RENTACAR CENTROAMERICANA

3101011098

809100

JDAJ210G001090275

09-608721-489-TC-F

ROJAS FLORES NORLAN PAUL

135RE00193100

MOT-68686

 MD061006291

09-609420-489-TC-F

HERNÁNDEZ QUIRÓS ENRIQUE

202430360

448347

KMHJW31MPSU003955

10-602655-489-TC-F

MONGE SALAS JORGE ALBERTO

104140784

TSJ-2307

KMHEN41MP3A755903

09-610078-489-TC-F

SERVIZAMORANOS SA

3101063204

CL-223678

LFWJ49A937HA08896

09-609107-489-TC-F

TORRES CARVAJAL WILFREDO

501360004

MOT-258376

LXSYCKLY681124621

10-600573-489-TC-F

RAMÍREZ CARBALLO GERARDO ALBERTO

107620919

303600

JN1GB22S1KU542645

09-609361-489-TC

ORO PLATA INTERNACIONAL S A

3101172435

MOT-89220

XF1259695889

10-601733-489-TC-F

CARTÍN GUTIÉRREZ WALTER JOSÉ

108630013

CL-216639

KMFZBN7BP7U238188

10-601653-489-TC-F

GONZÁLEZ ROMERO LILLIAM VIRGINIA

900270315

TSJ-769

KMHJF24MXWU732144

10-600876-489-TC-F

CÓRDOBA LOBO OSCAR ENRIQUE

103220079

TSJ-567

KMHVF21NPSU205654

10-601848-489-TC-F

YAHVE YIRE S. A.

3101316493

CB-1807

1BAAGCSH8YF046273

10-601683-489-TC-F

CHAVES CAMBRONERO MARÍA INOCENCIA

601030998

793490

KMHVA21NPVU254308

09-606525-489-TC-F

ALFARO ROJAS RONALD ANTONIO

203750153

CL-211756

JN1CNUD22Z0010333

10-601168-489-TC-F

ALFARO SALAS JOHNNY

900410450

250062

JT2AE92E9J3106457

10-601743-489-TC-F

PÉREZ SALGADO LINDSAY SARAY

110090091

628042

JMYSTCS3A6U006123

10-602772-489-TC-F

MESEN RAMÍREZ ANDRÉS

304080833

MOT-164809

LF3PCJ7027B000079

10-602855-489-TC-F

MARIO ALBERTO ZÚÑIGA VEGA

30230744

TSJ-5476

KMHCG45C22U298254

09-6100092-489-TCF

ALBACEA DE ALVARADO GUZMÁN ALCAZAR

1-287-049

TSJ-855

KMHJF31JPRU811730

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-012642-0174-TR

MASER MANTENIMIENTO Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JAVIER TREJOS MONGE

3-101-294192

758619

9BD17158K85228811

08-013146-0174-TR

 DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES RAMÍREZ Y MONGE SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JOSÉ GERARDO RAMÍREZ CASTRO

3-101-085120

C 148906

TC061384

09-003173-0174-TR

ROJAS RODRÍGUEZ ALEXANDER GUILLERMO

109260311

MOT 218062

L4STCKDK572300725

 09-003173-0174-TR

ASESORES PUNTA DEL ESTE M&M SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR ESTEBAN BERNARDO MONTOYA MONTES

3-101-276495

LB 000461

JALCHR660P3000012

09-003999-0174-TR

 JIMÉNEZ ROJAS MÓNICA

112430163

535559

JT2EL56D9S0002099

 09-005697-0174-TR

MARABI INTERNACIONAL INC SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR LAURA FERNÁNDEZ DENGO

3-101-440910

637956

1FMEU73E36UB40373

09-005962-0174-TR

LOS TIGRES DE ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ERNESTO PINEDA LARIOS

 3-101-263616

CL 222328

JTFHK02P300003599

09-006144-0174-TR

SERVICIOS Y REPRESENTACIONES RADE D G E SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR DENNIS GUILLEN ELIZONDO

3-101-325051

463882

KMHSB81BP2U213822

09-006665-0174-TR

WONG YIP TING HO

800760701

TSJ 004910

KMHCH41GP2U285330

09-006665-0174-TR

MORA FAJARDO ERICK ALBERTO

111460456

246392

2HGED6345MH572910

09-006670-0174-TR

CAMPOS MIRANDA HENRY

41230224

6510

F.I.

 09-607602-0489-TC

SOCIEDAD RENTACAR CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR AMADEO QUIRÓS RAMOS DE ANAYA

 3-101-011098

772323

JTDBT933404034610

09-008357-0174-TR

CAMPOS RIVERA LUIS ALFREDO

800740173

515553

JT2EL31D9K0446451

09-008357-0174-TR

GARCÍA RODRÍGUEZ ANA YANCI

113640140

798708

KMHJF31JPRU746724

09-009643-0174-TR

MARTE ROJO ABC SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR CELIDETH CON MORALES

 3-101-312098

626452

JN1TESY61Z0558260

09-009760-0174-TR

AUTOS Y SERVICIOS CAAN SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR CARMEN RIVERA HERRERA

3-101-192986

762014

WAUZZZ8K89N004835

09-010154-0174-TR

CASTILLO ROJAS CARLOS ANTONIO

106230094

CL 174921

JAACL11L9M7230210

09-010204-0174-TR

LORENTE & GAMBOA LIMITADA, REPRESENTADA POR ALBERT LORENTE MARENCO

 3-102-136143

MOT 129090

9C2JD20104R520220

09-010337-0174-TR

D AMBROSIO D AMBROSIO EZIO

107370209

CL 132621

JDA000S8500054409

09-610371-0489-TC

 UMAÑA CHAVARRÍA MELVIN GERARDO

105070753

MOT 165428

LWBPCJ1F661A07240

 09-010425-0174-TR

 ALAN SÁNCHEZ RODOLFO

103020321

491522

2T1AE97A9LC057137

09-010534-0174-TR

TRANSVI SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR EDGAR VÍQUEZ HIDALGO

3-101-120819

SJB 012124

9BWRF82W68R835023

09-010692-0174-TR

VARGAS BRENES JOSÉ MANUEL

103810016

176267

KMHLF21J7JU458686

09-010840-0174-TR

ROSALES ROJAS RONALD ALBERTO

700840513

MOT 178540

LC6PCJG9370805996

09-011030-0174-TR

SALAZAR GONZÁLEZ DANIELA DE JESÚS

110620008

659162

1NXBA02E2TZ355520

09-011323-0174-TR

CILANTRO Y PEREJIL LIMITADA, REPRESENTADA POR GERARDO FERNÁNDEZ CORDERO

3-102-351593

C 139514

R680254

 09-011342-0174-TR

TIFFER CAMPOS ED JOSÉ

602480501

725241

SC728200

10-000023-0174-TR

SÁNCHEZ GAMBOA GUILLERMO

105020329

EE 015489

FJ4092575

10-000024-0174-TR

MORA BERMÚDEZ ROXANA DE LOS ÁNGELES

105830508

TSJ 006096

KMHVA21NPSU042570

10-000082-0174-TR

TRANSPORTES CALALO SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR CARLOS EDUARDO BRENES VEGA

3-101-220920

C 137295

1FUPCSZB5TH834737

 10-000086-0174-TR

COMPAÑÍA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL CRUZ VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-016469

321376

2C1MR2469R6757059

10-000110-0174-TR

BARQUERO CORDERO DIEGO ALFONSO

113660175

SJB 012160

1BAAHCSA2WF081572

10-000110-0174-TR

NÚÑEZ MONTERO NATALIE

107930224

444103

KMHVA21NPRU009628

 10-000128-0174-TR

OCONITRILLO VILLALTA MANUEL GERARDO

105200989

TSJ 001254

KMHCG45C02U283736

 10-000128-0174-TR

NARANJO CASTAÑO JUAN DIEGO

PAS: 70696082

455639

KMHVF21LPSU250113

10-000147-0174-TR

MORA RAMÍREZ MARCO ANTONIO

106380450

TSJ 005777

KMHJF31JPRU648978

10-000150-0174-TR

CASTRO CAMPOS ANA CRISTINA

114190651

526666

VF33ERHYM3Y014076

10-000151-0174-TR

 SANTAMARÍA HERNÁNDEZ WILLIAM ALBERTO

106610819

TSJ 004388

3N1BEAB13R005401

10-000151-0174-TR

TOSSO ROJAS MARÍA DE LOS ÁNGELES

103910323

312965

1N4EB32A7NC825956

10-000157-0174-TR

SABRITAS DE COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, REPRESENTADA POR ABELARDO BRU FONTICIELLA

3-102-169101

CL 242222

JAANKR55E97102854

10-000201-0174-TR

CORDERO CAMPOS SERGIO ANTONIO

106070601

752071

KMJFD37APSU196828

10-000206-0174-TR

CHENG LO YIN HO

800470409

698987

JS2ZC21SX75151053

10-000216-0174-TR

SANTAMARÍA HERNÁNDEZ WILLIAM ALBERTO

106610819

TSJ 004388

3N1BEAB13R005401

10-000225-0174-TR

MORA JIMÉNEZ MANUEL ANTONIO

101950302

TSJ 005998

JMYSNCY2A9U000518

10-000234-0174-TR

GOJI INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR MARVIN GÓMEZ GÓMEZ

3-101-147338

CL 195477

KMFVA17LP4C191611

10-000239-0174-TR

SP CORPORACIÓN DE BIENES MUEBLES SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ETIENE SOMOGYI PAUNCH

3-101-207134

490798

VF1BB10CF27320436

10-000241-0174-TR

SOLANO MEZA EDUARDO

301420904

TSJ 001716

3N1AB41D7XL098404

10-000241-0174-TR

LUMIVAGO SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR LUIS MIGUEL VALENZUELA GÓMEZ

3-101-176823

CL 144454

JA7FL25E4JP063173

10-000251-0174-TR

CARVAJAL MÉNDEZ MARÍA DE JESÚS

600700272

 C 028144

1XP6D29X7EN162601

10-000260-0174-TR

ROJAS ORTIZ JAIRO SEBASTIAN

112530201

338855

JN1TAZR50Z0006898

10-000308-0174-TR

ULLOA SALAZAR MARIAPAZ

112930200

459226

1J4FA49S22P733240

10-000308-0174-TR

LAURENT MORERA DENNIS FERNANDO GERARDO

601010352

TSJ 005926

KMHVA21NPVU276374

10-000323-0174-TR

SOLANO CERDAS RICARDO ALONSO

108980664

MOT 158603

5KMMSG2P277000135

10-000357-0174-TR

MOLINA BERNARDI ENRIQUE ALBERTO

106030185

27244

RH20B029368

10-000360-0174-TR

DAYEHEI SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR LUIS GUILLERMO HERRERA LÓPEZ

3-101-123105

CL 094868

KMHPB11APGU030205

 10-000367-0174-TR

MARIN BRENES NATHALIA MARÍA

304070419

788074

JMYSNCS3A8U006726

 10-000367-0174-TR

CONEJO AGUILAR VICTORIANO ANTONIO

105840219

342153

JT2EL31F0L0522030

10-600403-0489-TC

SÁNCHEZ CASTILLO RAFAEL ÁNGEL

105900495

C 135617

1FUYDSEB2TP672417

10-000413-0174-TR

MORA CHINCHILLA DENNYS ENRIQUE

900730010

C 130963

EHB22398

10-000420-0174-TR

OSES ARIAS MARÍA GABRIELA

109470305

614045

KMHVA21NPSU071844

10-000437-0174-TR

 HIDALGO QUIRÓS MARCELA PATRICIA

107590211

 C 127760

1FUYDCYB9LP380409

10-000488-0174-TR

ACOSTA CHAVES JORGE ESTEBAN

CR: 175143144011667

167461

JHMAK5433GS020045

10-000490-0174-TR

ROJAS ROJAS ALEXIS MAURICIO

111130601

MOT 130302

LC6PAGA1050803700

10-000524-0174-TR

MCCLAIN BRENDA SUE

PAS:711544375

231301

1G1AW51W7J6110876

10-000538-0174-TR

SOTELA MONTAGNÉ JOSÉ ENRIQUE

101480367

432724

1HGCG56701A500281

10-000557-0174-TR

ESTRADA ALVARADO SHARON GRICELA

111400537

CL 187283

JTFAY117602001020

10-000565-0174-TR

POLIMEROS METALICOS MASS SOCIEDAD ANÓNIMA REPRESENTADA POR MARÍA DEL PILAR SAN SILVESTRE SAN MARTIN

3-101-171757

CL 192045

9BG138CX03C415926

10-600584-0489-TC

GRANADOS OCONITRILLO ILEANA MARÍA DEL CARMEN

105350038

445730

JTDBT113800200588

 10-000593-0174-TR

AGUILAR RAMÍREZ JORGE ALBERTO

103850207

101617

JMBSNC15AEU405388

 10-000593-0174-TR

 SOLÓRZANO ROJAS JOSÉ MARTI

104000012

670714

VF1LMB50637029771

10-000638-0174-TR

SÁNCHEZ GAMBOA GUILLERMO

105020329

EE 015489

FJ4092575

10-000638-0174-TR

SÁENZ UREÑA CARLOS

102400876

446406

KMHJF34M4VU567129

10-600637-0489-TC

YAHVE YIRE SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR MARIO ALONSO MONTOYA CHAVARRÍA

 3-101-316493

CB 001807

1BAAGCSH8YF046273

10-000651-0174-TR

CAMPOS HERRERA JUAN ARTURO DE LA TRINIDAD

203460700

TSJ 001421

KMHJF31JPSU949458

10-600667-0491-TC

SEGURA DUARTE DANIEL ALONSO

114290998

146502

DSNC61AMU03075

10-000672-0174-TR

CONCHA VILLALOBOS LUIS GUSTAVO

106890333

239851

BBAB13500031

10-000698-0174-TR

ROBOZ STERN LUCIA EVA

800010180

420980

JTDBT113600142822

 10-000704-0174-TR

ORTIZ SANDÍ JOSÉ HUMBERTO

105120510

TSJ 005441

KMHVA21NPRU011421

10-000759-0174-TR

MARTÍNEZ ARAYA HAILEN VANESSA

206290641

390982

JT2SV16E7F0263185

10-000759-0174-TR

UGALDE ASTUA JORGE

104910218

TSJ 004204

KMHJF31JPRU688485

 10-000760-0174-TR

CAMPOS ULATE MANUEL EMILIO

203860730

464772

KLATF19Y1PB665190

 10-000768-0174-TR

 SÁNCHEZ MOYA CAROLINA DE LOS ÁNGELES

110400961

496289

KMHJF31JPNU344109

10-000769-0174-TR

RODRÍGUEZ CORRALES PAULINO FRANCISCO

105230053

235078

HZJ800002237

10-000787-0174-TR

INSTRUMENTACION MEDICA Y DENTAL DE CENTROAMERICA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR HUGO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ

3-101-120780

633380

VF33H9HYB6S012074

10-000791-0174-TR

GRUPO HOMI DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR HORACIO SOTO MORA

3-101-247372

CL 238027

F.I.

10-000805-0174-TR

CORDERO CHINCHILLA CARLOS ENRIQUE

202660164

TSJ 002472

KMHVF21NPRU003599

10-000840-0174-TR

AGRO INDUSTRIAL EL CASO SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JUDITH PANIAGUA MORA

3101037581

484060

KMHJW31MPSU002138

10-000843-0174-TR

SERVICIOS DE SALUD ARGUEDAS SARAVIA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JASON ARGUEDAS SARAVIA

3-101-426593

CL 237228

MPATFR77H9H502561

 10-000854-0174-TR

CAMPOS CASTRO MARÍA EMILIA

106950345

346583

KMHVF31JPNU713424

 10-000854-0174-TR

MORA DIAZ FERNANDO JULIO

107550351

236315

KLATF19Y1SB532405

10-000861-0174-TR

VEGA GÓMEZ JORGE ENRIQUE

103730648

TSJ 003943

KMHJF31JPRU714570

10-000863-0174-TR

UNO NUEVE DOS SIETE SIETE SIETE BMW SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ABEL CAMPOS BELLO

3-101-231985

CL 106991

1FTEF14Y7KNA91624

10-000878-0174-TR

VEGA CAMACHO JUAN MANUEL

302670412

55178

A54V0021456

10-000896-0174-TR

VEGA MADRIZ JORGE ARTURO DE JESÚS

106440893

195038

JHMEY3743JS002306

10-000898-0174-TR

MORALES ESPINOZA GERARDO

202830828

TSJ 003508

KMHCG45C92U332139

10-000901-0174-TR

FHIACHAIN UNA AINE

PAS:L046119

CL 217286

JN1CHGD22Z0744327

10-000901-0174-TR

 QUIRÓS ROJAS ORLANDO

104121129

427287

VF1B5640E23668890

10-000903-0174-TR

ROJAS RIOS JOSÉ RODOLFO

107090849

326362

JP3CG39V8MZ041048

10-000903-0174-TR

FORMULARIOS ESTANDARD COSTA RICA SA REPRESENTADA POR RICARDO CALDERÓN CAMPOS

 3-101-021096

CL 166727

JM7SRY02300112356

10-000932-0174-TR

HIDALGO SEVILLA JOSÉ ALBERTO

107490064

741242

3N1AB41D6VL032990

10-000938-0174-TR

SCHUMANN LEWIS MANFRED ALBERTO

108570592

TSJ 002490

KMHJF22R6RU500398

10-000954-0174-TR

MÉNDEZ MARIN HUGO ALBERTO

111210655

CL 128159

JH8303059

10-000954-0174-TR

ELIZONDO VALVERDE JESÚS ALBERTO

109600955

 CL 177044

1N6ND16S3JC302694

10-000993-0174-TR

HERRERA QUIRÓS SANDRA MARÍA

107580338

412014

KMHVF31JPRU950327

10-001004-0174-TR

 CHRYSODEIXIS SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JOHN CHEN GONZÁLEZ

3-101-537479

654146

JDAJ102G000516492

10-001008-0174-TR

BARQUERO SÁNCHEZ JOSÉ ALFREDO

106980924

SJB 012178

1BAAHCSA1WF081563

10-001045-0174-TR

JIMÉNEZ FUENTES CARLOS ALBERTO

302490639

709178

KMHDU41BP8U270440

 10-001047-0174-TR

ROJAS MORA CAROLINA DE LA MILAGROSA

107810549

MOT 205536

LD5TCJPA981100308

10-001064-0174-TR

INDUSTRIAL RAXXA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR EDUARDO ALFONSO ALBAN GAMBOA

3-101-207553

762983

HZJ800008992

10-001068-0174-TR

CHARPANTIER MIRANDA JOSÉ ÁNGEL RAMÓN

104270077

TSJ 000440

KMHVF24N4VU361183

10-001079-0174-TR

 ALMACEN LA AMISTAD S P SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JORGE VARGAS PAGAN

3-101-129571

CL 210053

8AFER10F96J458850

 10-001080-0174-TR

CORPORACIÓN VINGT SIX DE JUILLET SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ANA ELIZONDO MUÑOZ

3-101-476638

633540

JTEBK29J800014458

10-001116-0174-TR

SÁNCHEZ UGALDE BERNARDO

401250109

TSJ 006548

KMHVA21NPVU242765

10-001117-0174-TR

JIMÉNEZ PADILLA BONNIE VÍCTOR

103850685

TSJ 003642

1N4EB31F3RC817176

 10-001178-0174-TR

GUEVARA ZÚÑIGA RAFAEL JESÚS DE SAN MARTIN

105500113

451089

KMHJF31JPMU150680

10-001178-0174-TR

GODINEZ MORA MARÍA ISABEL

105070733

526043

KMHVF31JPNU612580

10-001200-0174-TR

AGUILAR GARITA KATTIA RAQUEL

108100947

627123

2T1AE00E4PC036064

10-001219-0174-TR

RODRÍGUEZ LORIA JESSICA PAOLA

113330267

810754

KMHVA21NPTU132627

10-001235-0174-TR

NARANJO ARIAS JOSÉ FRANCISCO

108210172

611187

1HGCM56706A500035

10-001244-0174-TR

ALVARADO MASIS LAURA TATIANA

109000538

C 138784

1HSRDALR9SH666247

10-001245-0174-TR

A G A IMPRESIONANTES S. A., REPRESENTADA POR ADRIÁN ACOSTA VARGAS

3-101-354540

MOT 139353

9C2KC08305R510073

10-001256-0174-TR

 BONILLA RODRÍGUEZ MIGUEL ÁNGEL

107880583

303566

KMHLD31J2JU187189

10-001280-0174-TR

 GOLOSINAS SUPER DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR CAMILO URIBE SALAZAR

 3-101-346865

CL 181859

KNCSD211517736505

10-001290-0174-TR

SOLANO ARRIETA RIMA

105040578

562202

JTDBT113700340213

10-001308-0174-TR

DISEÑOS ITALIANOS SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR MARÍA GUZMÁN PAREDES

3-101-101272

400110

3N1EB31S9ZK105534

10-001313-0174-TR

LAURENT MORERA DENNIS FERNANDO GERARDO

601010352

TSJ 005926

KMHVA21NPVU276374

10-001318-0174-TR

VARGAS MORALES SARA BEATRIZ

113330039

625150

JS3TD62V1X4121802

10-001324-0174-TR

RODRÍGUEZ DE LA PEÑA ROXANA MARÍA

106080507

289325

3G1SE543XWS105974

 10-001329-0174-TR

ÁVILA PÉREZ LEONARDO MANUEL

205420181

356393

F.I.

10-001347-0174-TR

ALPÍZAR ALFARO ROBERTO

203230395

220727

JT2AE92W2J3099943

10-001363-0174-TR

SALAZAR BEJARANO RONY

102690332

TSJ 004769

KMHVF21NPRU103815

10-001366-0174-TR

LANZONI MEJIA ILSE YENNY

106120742

297922

JT2AE92E3J3087260

 10-001370-0174-TR

GONZÁLEZ CABEZAS SONIA GRISELLA

105400804

259570

JT2AE94K1M3457094

10-001377-0174-TR

HERNÁNDEZ CUBERO MARIO EDUARDO

303280374

CL 085982

JAANKR552F 0411574

10-001378-0174-TR

VEGA MURILLO JORGE MARIO

106880970

435155

YV1VS37691F740238

10-001393-0174-TR

LABA ASESORIA Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ESTRELLA ALFARO RETANA

 3-101-167613

443598

KNAJA5265TA761127

10-001395-0174-TR

TRANSPORTES TURISTICOS GHIGO SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR GHISELLINI GONZÁLEZ TOMAS FRANCISCO

3-101-203418

SJB 007652

KMJRD37FPWU411848

10-001397-0174-TR

MANUFACTURAS DE PAPEL DE CENTROAMERICA MANPA SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR PEDRO CELESTINO JOARISTI ARGUEDAS

 3-101-228346

CL 176807

KMFGA17AP1C131027

10-001398-0174-TR

PRELAB SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR EDGAR SALGADO LEON

3-101-103543

 MOT 070835

C1KB195210

 10-001400-0174-TR

ARRENDADORA BANTEC SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR LIONEL PERALTA LIZANO

 3-101-090924

351340

KMJWWH7FPXU145853

 10-001404-0174-TR

RAMÍREZ GONZÁLEZ OTTO JESÚS

104820156

429529

KMXKNE1CP1U428056

 10-001417-0174-TR

SABAT PALMA HENRY JEYSSON

108500320

TSJ 005728

KMHCG45C52U302538

10-001418-0174-TR

MORA SANDOVAL XINIA MARÍA

600990306

441683

5F2CU08191KM48865

10-001422-0174-TR

BOGANTES BARBOZA OLGA MARTHA

108370617

MOT 217500

LF3PCN4056B005318

10-001442-0174-TR

SISTEMAS DE BELLEZA M K SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JOSÉ CADAVID RODRÍGUEZ

3-101-265955

559448

8AC9036723A907430

10-001466-0174-TR

MURILLO HERNÁNDEZ OLGER ARTURO

203900649

449538

2HGEH2340NH516274

 10-001466-0174-TR

 JIMÉNEZ GÓMEZ LAURA GABRIELA

111360210

CL 207077

JDA00V11800023950

10-001468-0174-TR

TECNICOS EN SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR ROBERTO ORTIZ VOLIO

3-101-133816

 MOT 127471

LC6PAGA1X40809356

10-001472-0174-TR

RAMÍREZ JIMÉNEZ JOHNNY ALEXANDER

603430345

MOT 245840

LXMTCJPM980008824

10-001473-0174-TR

MI PICAC CITO SOCIEDAD ANÓNIMA, REPRESENTADA POR JOSÉ PABLO ACUÑA LETT

3-101-284394

CL 187956

3GNEK13T62G283022

 10-001493-0174-TR

VILLALOBOS VILLALOBOS ANA FABIOLA

111720540

494768

JS3TX92V834150202

 

JUZGADO DE TRANSITO DE HATILLO, SAN JOSÉ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-001484-0492-TC

ZUMBADO SOTO RODOLFO

1-0672-0541

TSJ-002006

KMHCG45C52U276992

09-001484-0492-TC

CARBONI ALVARADO FIORELLA

1-0764-0382

414558

JS3TD21V5T4101265

09-002318-0492-TC

VARGAS NAVARRO LUCIA ELENA

1-0873-0711

781102

VC750311

09-002535-0492-TC

GUERRERO BRENES CATALINA

1-0886-0400

513965

VF32AKFWU3W033228

09-002645-0492-TC

EASTON COMMERCE S. A.

3-101-378080

567380

9BGRD48Z03G188651

10-000026-0492-TC

PROYECTOS AGROPECUAR IOS PARA LA EXPORTACION S .A.

3-101-085880

CL 171776

BU1010002234

10-000168-0492-TC

SERVICIOS DE SEÐALAM IENTO VIAL SOCIEDAD ANONI MA

3-101-080084

CL 123639

1N6HD16Y0KC310528

10-000291-0492-TC

DESANTI GONZÁLEZ ERNESTO LILLUS

1-1017-0940

616686

KMHCG45C81U225971

10-000291-0492-TC

IMPORTACIONES DE MAQUINARIA PESADA ROMO S. A.

3-101-277044

C 141010

1M1AA18Y3YW121390

10-000305-0492-TC

RETANA VARGAS JOSÉ MARIO

1-1219-0070

503960

1N4AB41D1SC743443

10-000363-0492-TC

CALDERÓN BARQUERO MARJORIE

1-1222-0868

564236

KNAFE222245024273

10-000400-0492-TC

REPRESENTANTE LEGAL DE V M TRANSPORTES DE VALORES S. A.

3-101-213699

CL-178747

JAANPR66LX7100014

10-000420-492-TC

CONEJO BEITA LILLIAM

6-0126-0060

575455

KMHVF21NPRU028775

10-000441-0492-TC

VILLALOBOS ESPINOZA JOSÉ RAFAEL

1-0660-0469

362072

KMHVF22J3LU209540

10-000465-0492-TC

MORUA PARRA GILBERT

1-0745-0807

417804

KMHVF31JPMU392664

10-000480-0492-TC

ZAPATA ODIO CHRISTIAN FRANCISCO

1-0962-0032

540427

1N4EB31B7MC763256

10-000515-0492-TC

DUMPEL FLORENCE MARÍA

NB1220704

135528

JT2AL35W8F0161062

10-000537-0492-TC

QUIRÓS VARGAS IRENE

1-0575-0563

815971

2S3TE52V226107079

10-000537-0492-TC

ROJAS SÁNCHEZ GERARDO

1-0430-0659

TSJ-4124

KMHVF21LPVU479040

10-000540-0492-TC

COTO JAEN EMANUEL

1-1001-0423

TSJ-002832

KMHJF31JPSU900043

10-000540-0492-TC

INVERSIONES RABRE DE CENTROAMERICA S. A.

3-101-468715

C- 024667

376032-12-469785

10-000574-0492-TC

VINDAS VINDAS LEONARDO

1-0734-0858

405913

KMHVD14N2TU178166

10-000577-0492-TC

VILLALTA UMAÑA HENRY

1-1044-0624

C-133127

1FUPYSYBXHH282887

10-000585-0492-TC

SÁNCHEZ RODRÍGUEZ SONIA

3-0238-0628

C-146517

IM2AA07Y7RW004453

10-000613-0492-TC

RODRÍGUEZ LÓPEZ JORGE

1-1041-0050

761222

EL530188147

10-000743-0492-TC

UREÑA BLANCO CARLOS LUIS

1-0534-0683

393941

KMHVF21JPPU854921

10-000745-0492-TC

RODRÍGUEZ ALVARADO JOSEPH

1-0836-0946

556439

KMHCG35C11U086471

10-000757-0492-TC

CAREL INVERSIONES CENTROAMERICANAS RESPONSABILIDAD LTDA

3-102-172629

CL-108075

TL720M-E65619

10-000761-0492-TC

RIVAS AMATE MARIO MANUEL

1-07000-0088

314144

KPHLD11J0KU328243

10-000787-0492-TC

MATOS SÁNCHEZ ANDRÉS

1-1069-0969

567676

1N4GB32AXMC720691

10-000831-0492-TC

DISTRUBUIDORA GOMARS H S. A.

3-101-082549

MOT 279252

LC6PCJD5290800566

10-000956-0492-TC

CHACON TORRES MARIBEL

1-0563-0870

207230

JN8HD1648JW002477

10-600481-0492-TC

CHAVARRÍA MELÉNDEZ RONULFO

1-0534-0550

TSJ 4109

JKMHCG45C21U201407

10-602899-0489-TC

OROZCO GONZÁLEZ HUGO ANTONIO

1-0270-0327

85509

FALTA INFORMACIÓN

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ACOSTA, SAN JOSÉ

10-600011-247-TC

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

4-000-001902

61-752

1FDWF37F62EA39942

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PÉREZ ZELEDÓN

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600254-804-TC

AZUL CORAL S. A.

3-101-386976

C-136028

1FUYDZYB2TH855251

10-600281-804-TC

ANA LUCIA RAMÍREZ QUESADA

1-1089-0205

C-143708

1FUPBSEB2VL714841

10-600326-804-TC

ADQUISICIONES PACIFIC TRANS LIMITADA

3-102-567232

C-137152

2FUYDDYB9TA842275

10-600278-0804-TC

HANNIA MAYELA CHINCHILLA BERROCAL

1-0446-0184

C-129111

1HSRDARR7LH232837

10-600322-0804 TC

LUZ MARINA GONZÀLEZ JIMÈNEZ

01-0429-0056

554837

2S3TE02V2V6402397

10-600226-0804 TC

RICARDO BERMÙDEZ MARIN

01-0554-0780

TSJ 0053

JDAJ102G000555798

10-600137-804 TC

ROJAS CHACÓN GEINER STEVEN

2-0583-0543

CL-163098

JM2UF6123H0162893

10-600374-804 TC

UMAÑA CAMPOS VICTORINA

2-0190-0486

CL-166069

1FTCR10A5NUB97975

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONALY DE MENOR CUANTÍA DE SAN MATEO, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-600400-313-TC

JOSÉ CELADA MORENO

8-0049-0090

554040

NO INDICA

08-600429-313-TC

IGNACIO MONGE PUIG

1-0486-0428

SJB-10932

NO INDICA

08-600425-313-TC

LUIS HUMBERTO ALFARO PICADO

2-0598-0945

C-151129

NO INDICA

08-600394-313-TC

GERARDINA MARÍA DIAZ GARITA

1-0372-0336

124561

NO INDICA

08-600410-313-TC

DANIEL GARRET KING

PAS 037333408

616147

NO INDICA

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ATENAS, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-000056-0851-TR

NATALIA ALVARADO OROZCO

111570058

717934

VF1CM6AH37K567129

10-000070-0851-TR

LUIS EMILIO BARRANTES ALVARADO

203190940

272488

JN1GB21B5LU500532

10-000125-0851-TR

LETERAGO S. A. REPRESENTANTE RODOLFO WEHE KYNAST

3-101-364297

634142

JS3TX92V264200385

10-000129-0851-TR

JON FAHL

PASAPORTE 157203194

95834

1.1602E+13

10-000131-0851-TR

GAUDY ARIAS RODRÍGUEZ

205130074

762608

JN1FCAC11Z0018846

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE ALFARO RUIZ, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600175-0311-TC

CT CONSULTORES S. A.

3-101-151398

CL 196641

3N6CD13S2ZK017485

10-600054-0311-TC

JUAN CARLOS FONSECA SCHMIDT

1-0831-0033

MOT-062786

4JH016601

 

JUZGADO DE TRANSITO DE SAN CARLOS, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600101-0742-TC

PROMOTORA GUINZA S. A.

3-101-128384

194537

JS3TD02V7P4106217

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE GRECIA, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-000960-0899-TC

EMPRESA TUPELO R.S. S. A. REPRESENTANTE LEGAL ITZEL CARDENAS CORDERO

1-1074-793

775794

NO INDICA

10-000340-0899-TR

HELLEN VANESSA GARCÍA BRENES

2-0600-0118

599715

NO INDICA

10-000435-0899-TR

MANUEL ÁNGEL GRANADOS CALDERÓN

2-456-837

198307

NO INDICA

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GUATUSO, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-600038-0324TC

TRANSPORTES EL REY JESÚS S. A. REPRESENTADO POR ALONSO CAMACHO CALVO

3-101-458074

C-150252

1FUYSDYB2XP958139

08-600038-0324TC

DUNIA MENA CALDERÓN

1-944-473

345185

KMHVD12JXNU152921

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE SAN RAMÓN, ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000018-0495-TR

EMILCE SALAS RODRÍGUEZ

900800269

602467

KMHVF21NPSU234003

09-002475-0495-TR

JORGE LUIS MURILLO PÉREZ

204790534

399635

KMHVF31JPMU540382

09-002084-0495-TR

VÍCTOR HUGO SALAZAR HERNÁNDEZ REPRESENTANTE LEGAL DE AUTO TRANSPORTE PARA SOCIOS SAN JORGE S. A.

401420082

665989

KMHJF24M4VU543438

09-001808-0495-TR

DAVID ESTRADA KOPPER REPRESENTANTE LEGAL DE INMUEBLES DAVALEXCLA S. A.

108670256

C 134665

IMIAAA13YXXW098468

09-002118-0495-TR

CHING YI YANNG REPRESENTANTE LEGAL DE LEOPARDO DORADO S. A.

M14299056

CL 192287

4TANL42N8VZ264384

10-000364-0495-TR

KATTIA SUSANA ENRIQUEZ OREAMUNO REPRESENTANTE LEGAL DE ARRENDAMIENTO ARROBA PUNTO COM. S. A.

107760317

811991

KMHJM81BDAU170021

10-000417-0495-TR

RAFAEL ARAYA MORERA

103910888

C 148713

2FUYDDYB9RA591847.

10-000592-0495-TR

LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ REPRESENTANTE ELGAL DE KINERET S. A.

203690282

565606

JTEBY25J900020354

09-002353-0495-TR

OSVALDO MONTOYA CASANOVA REPRESENTANTE LEGAL DE SEGURIDAD PROFESIONAL DORADO S. A.

602550032

571309

JS3TL52V454101697

10-000117-0495-TR

ALEJANDRO DURANGO VELILLA

117000490426

593994

3N1BB41D7XL002257

09-002232-0495-TR

LESLIE WILSON CHING REPRESENTANTE LEGAL DE LORE INVERSIONES DE COSTA RICA S. A.

1 07150487

AB 3766

KMJRD37FPYU477392

09-002097-0495-TR

RAMÓN DE MENDIOLA SÁNCHEZ REPRESENTANTE LEGAL DE EMBOTELLADORA CENTRO AMERICA L.M

1 0679 0993

 CL 132658

JAATFR16HR7100977

09-002335-0495-TR

LILIANA VALVERDE MORA REPRESENTANTE LEGAL DE ALBERGUE EL PARQUE DE ESCAZÚ S:A.

NO INDICA

559907

2CNBJ13C3X6916119

09-001954-0495-TR

ALCIRA SOTO BARRANTES

1-958-551

704254

JJTEBY25J7,,,576761010

10-000235-0495-TR

GIANFRANCO MARIO DUINA

PS. 209320655

MOT-128927

9C6KG01440002178

09-001960-0495-TR

CARLOS ESQUIVEL VINCENT , APODERADO 3101-484813 S. A.

1-0559-788

458393

KMHJF31JPNU218238

10-000406-0495-TR

KAREN ALEXADRA CHACON SALAS

113530806

364258

KNJBT0K1K6165592

10-000107-0495-TR

GEORGE SCHWARZENBACH APODERADO DE ONE GREEN CAR S. A.

P-046204892

569871

JN1VZR50Z0200257

09-002467-0495-TR

YENNER ZÚÑIGA ALVARADO

110040315

CL-243493

1N6DD26S3WC35116

09-002217-0495-TR

FLORA ARROYO ÁLVAREZ

2-255-533

283935

JS3JC51C7G7G4120920

09-002235-0495-TR

ALEJANDRA FERNÁNDEZ REDONDO, APODERADO DE SERVICIOS INTEGRALES LOS QUATRO S. A.

3-272-649

CL-196092

KMFXXKS7APTU044441

09-002035-0495-TR

LUIS FELIPE VILLEGA ARAYA

1-701-552

480128

KNAJA523525142403

09-002035-0495-TR

JUNIOR BADILLA RAMÍREZ

5-339-657

MOT-184250

LXMPCJLE770003880

09-001438-0495-TR

CARLOS IVAN MORALES CEDEÑO

R. 2801061164746

CL-183906

FE639EA43053

09-002263-0495-TR

JAIME ESQUIVEL RODRÍGUEZ

2-456-826

TA-1416

JTDBJ21E702010637

09-002027-0495-TR

FEDERICO QUIRÓS NOLTENIUS , APODERADO DE GRUPO Q PRODUCTOS AUTOMOTRICES S. A.

P-CO-369113

CL-194289

JAATFR54H47100189

09-001150-0495-TR

PABLO ELIZONDO HUERTA , APODERADO DE O REPRESENTANTE DE LA EMPRESA BIMBO DE COSTA RICA S. A.

P-380000054

CL-225733

MPATFR54H8H502840

09-001777-0495-TR

EDDIE MADRIGAL VILLEGAS , APODERADO DE COMPAÑÍA INTERACION DE PRODUCTOS UNIVERSALES ALIMENTOS LIMITADA

1-680-251

C-142660

J8DH6A122T310024010-

10-000097-0495-TR

EVELIO CAMBRONERO LEITÓN

6-0094-401

182973

1N4PB21S7C761358

10-000332-0495-TR

CARLOS LUIS CHAVES SOLANO, PRESIDENTE DE “YOCA DE COSTA RICA S. A.”

3-101-098768

CL-166146

BU2110006606

10-000627-0495-TR

PABLO CASTILLO SERRANO

6-0089-0310

288874

JT2AE92EXK3273363

10-000421-0495-TR

JOHN ANDREAS DICK, PRESIDENTE DE “FREE CLOCK S. A.”

3-101-466003

578362

IGNDX03E3VD160787

09-002000-0495-TR

ÁNGEL GIOVANNI JIMÉNEZ ZÚÑIGA

2-0488-0968

463999

KMHJF31JPMU059328

10-000162-0495-TR

HÉCTOR MANUEL CALDERÓN, GERENTE DE “TRANSPORTES MAXX DEL CARIBE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”

3-102-469855

C-148401

1FUYDDYB2XLA07539

09-001066-0495-TR

LORENA BALLESTERO SOLANO

1-0588-0254

653427

JT2EL46B0N0229615

10-000519-0495-TR

MARCOS VINICIO VILLALOBOS MORALES

2-0482-0501

CL-226659

VC381960

09-002326-0495-TR

ELSA MARÍA FLORES MONTERO

1-0419-1156

467219

JTDBZ21E300008145

10-000017-0495-TR

MIGUEL ÁNGEL ARAYA FERNÁNDEZ

2-0295-0463

601047

RC759041

10-000025-0495-TR

SERGIO ANTONIO MENESES AMADOR

1-0727-0379

CL-168810

JT4RN13S0K6008336

09-002297-0495-TR

OLGER LÓPEZ SÁNCHEZ

203150949

C 148258

1FUY3MDB3XLA02262

09-002445-0495-TR

ELIBERTO ZÚÑIGA LEDEZMA

204110041

518753

KMHVF31JPPU898182

09-002285-495-TR

ÁLVARO UGALDE VÍQUEZ

400900976

754343

2S3TD52V726100292

09-001577-0495-TR

ALLAN CEDEÑO MATARRITA. REPRESENTANTE LEGAL DE IMPORADORA ALMACEMA S. A.

3101151768

CL 194355

KMFGA17LP3C171844

09-002087-0495-TR

GEN RUN WANG

1627000312

CL 102799

LN65-0102925

10-000655-0495-TR

DORIS VALERIO BOGANTES

204170200

112965

B12350867

10-000663-0495-TR

PABLO ELIZONDO HUERTA, REPRESENTANTE LEGAL DE BIMBO DECOSTA RICA .S. A.

3101148887

CL 225736

MPATFR54H8H507144

09-001805-0495-TR

JENNY CHINCHILLA GARRO, REPRESENTANTE LEGAL DE ASOCIACION DE MUJERES CAMPESINAS DE PIRRIS

3002100942

623337

LH1748005115

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-005293-0497-TR-3

CUESTA DEL AGUA CHIRRIPÓ S.A,REPRESA,HENRYH WEINSTOK MENDELIANO

3-101-230761

CL 231359

LETYEAA1X8HN04620

09-005958-0497-TR-3

BEITA FUENTES FARIS

603320372

726381

KMHJF35F2YU917040

10-001023-0497-TR-3

OVIEDOARIAS EMANUEL ENRIQUE

113100154

695990

1HGEG8551NL007969

10-001480-0497-TR

LUIS A. ACOSTA RAMOS

4-0163-0661

502443

NO INDICADO

09-001515-0497-TR

DORIS GÓMEZ GRANADOS

8-0047-0208

508946

JTDBT123605047212

09-003545-0497-TR

COMERCIAL BELEN TRES CBT S. A. REP/LUIS ALBERTO FALLAS RETANA

3-101-329267

769167

JHLRD1760YC017499

09-003875-0497-TR

RONALD CHACON VILLEGAS

4-0120-0507

233074

L042VJJ012464

09-005400-0497-TR

BIMBO DE COSTA RICA S. A.

3-101-148887

725243

JTDBT933001168452

09-005565-0497-TR

ELKIN PÉREZ AMEZQUITA

RES.117000628818

145407

KMHLD11J2HU036450

09-006100-0497-TR

TOM BOSSERMAN

RES. 11534

108933

1HD1CGP111K152103

09-006200-0497-TR

GEORGANELA LEON MADRIGAL

2-0345-0556

194763

WBAHD210X02894320

09-007000-0497-TR

ALEJANDRA EDUARTE MADRIGAL

1-1125-0954

CL 059681

61605

09-007400-0497-TR

PEDRO BOLAÑOS SALVATIERRA

8-0043-0673

606799

KPTG0B1DS6P194092

10-000555-0497-TR

JOHNNY BEJARANO GÓMEZ

1-0777-0832

254454

EB13506430

10-000555-0497-TR

SERVICIOS DE MICROBUSES ALAJUELA-SAN JOSÉ LTDA. REP/GIL VARGAS SÁNCHEZ

3-102-073015

AB 003189

9BM3820691B282014

10-001155-0497-TR

RICARDO DAVILA LÓPEZ

RES.1000475576

406665

KMHVF21JPNU614426

10-001490-0497-TR

NATALIA ARIAS LIZANO

1-1341-0105

599952

JT2EL43A5M0028478

10-001600-0497-TR

CARLOS BENITEZ LOVEMAN

PASAPORTE

651508

KL1TD51Y56B581826

10-001645-0497-TR

MELISSA GÓMEZ MEJIA

1-1109-0487

175636

1HGCA5530JA009434

10-001810-0497-TR

DANIEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ

9-0058-0028

MOT 180346

9FNAEKKC570013724

10-002020-0497-TR

MARÍA ESTER ARCE ALPÍZAR

4-0133-0048

MOT 161216

9FNAEKKC770003714

10-001205-0497-TR

JOSÉ A. PÉREZ SOLANO

1-1111-0709

C 141662

4V1WDBRH8RN682257

10-000241-497-TR-1

CORPORACIÓN VALU GHO S. A. REP/OSCAR LUGO HOYOS

3 101 585384

CL 153713

BU1400100690

10-000581-497-TR-1

JOSÉ MANUEL RETANA ROJAS

1 0379 0374

182129

2B4FK21C8FR114168

10-000906-497-TR-1

LIZBETH CAMBRONERO ANCHIA

2 0383 0959

434494

JM7BJ10M200203079

10-001161-497-TR-1

LILLIAM TORRES RODRÍGUEZ

1 0502 0195

CL 160738

BU1000110255

10-001491-497-TR-1

NACIONAL AUTOMOTRIZ NASA S. A., REP/MARIANO GUARDIA CAÑAS

3 101 048537

331492

1B4HS28Y0XF540858

10-001636-497-TR-1

MARCO VINICIO CARBALLO VEGA

1 0496 0937

CL 180172

FE639EA42166

10-001946-497-TR-1

TRANSPORTES FRANAR S. A., REP/ JAVIER REYNA DOBLES

3 101 402483

C 144345

2HSFMAHRXXC083180

10-002006-497-TR-1

PROYECTOS LOAGUIZ S. A., REP/ MARÍA LÓPEZ TORRES

3 101 221861

CL 124605

BU840007192

10-002106-497-TR-1

AGREGADOS PARA CONCRETO S. A., REP/JOSÉ MENA BRENES

3 101 118991

C 134603

1M2AA14Y9RW036685

10-002696-497-TR-1

VITALIANO NÚÑEZ CAMPOS

2 0156 0619

TH 295

KMHDM41VP6U255518

10-002811-497-TR-1

MARJORIE MOREIRA HERRERA

2 0465 0625

526301

KMHJF31JPMU056932

 

 

JUZGADO DE TRANSITO SANTO DOMINGO DE HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-001234-0373-TC

GIOVANNA ABARCA GUZMÁN

1-0713-0357

651879

JT2AC52L3V0237176

09-001544-0373-TC

RONNY MADRIGAL SOLANO

1-0455-0630

521975

2CNBJ1866S6919348

09-000854-0373-TC

MARLENE MESEN ESCOBAR REPRESENTANTE LEGAL DE GRUPO LOS CINCUENTA B Y M S. A.

1-0447-0967 / 3-101-40946

659589

1N4EB31F6RC890641

09-002005-0373-TC

MARÍA JIMENA SOLÍS VARGAS

1-1418-0720

754362

KL1MJ61498C481550

 

 

JUZGADO DE CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SAN RAFAEL, HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-001346-0375-TC

HELLEN VARGAS PHILLIPS

1-718-411

114842

JS3TD21V4T4104352

09-002233-0375-TC

LUIS E. RIVERA SOTO REPRESENTANTE DE ARIEL DEL SUR L.E.R.S.S.A.

4-194-583

771740

2CNBE1868V6910353

09-001346-0375-TC

ROBERT ELDON NESS REPRESENTANTE DE LIG DE PUNTA DOMINICAL S. A.

PASAPORTE 131469704

634527

8AJYZ59G903004325

 

 

JUZGADO DE CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE SAN ISIDRO, HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-000915-373-TC

RICARDO MÉNDEZ SALAZAR

1-0632-0138

769354

JTEAK29J300003086

09-600106-374-TC

TIROL TICO S. A.

3-101-101717

CL 189538

JTFWE72690004898

09-005734-497-TR

ARISTIDES FONSECA REYES

5-182-0097

431742

KMHJF31JPPU411498

09-600295-374-TC

CINTIA PATRICIA VALVERDE CASCANTE

1-810-938

791807

2CNBJ18U4P6925963

 

 

 

 

 

10-600081-374-TC

JACKELINNE MELISSA ARGUELLO RAMÍREZ

2-0608-0297

159143

EL400016440

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

100008060496TR

MELANIA QUESADA RUIZ

304360264

533266

KNAJC523845202793

100006220496TR

CARLOS QUIRÓS ARCE

302490578

525490

KMHJF31JPRU624379

100012740496TR

CLARA MARÍA MORA SERRANO

302480266

132484

JT3YR26V5E5037583

100007730496TR

MANUEL MONTERO CHINCHILLA

302620466

381001

KMHVF31JPRU936054

090046010496TR

WENDY ACUÑA MATAMOROS

110570586

363352

3VWSH29M2YM082869

090041850496TR

HUGO PARAMO CANO

113093676

616340

KMHJF24M4WU736254

090041850496TR

DARLY DAYAN CAMACHO BARRANTES

111350599

616340

KMHJF24M4WU736254

100005880496TR

ADELICIO JIMÉNEZ SANDÍ

104600067

332963

JA4GJ41S1KJ009400

100002200496TR

CINDY FIGUEROA NAVARRO

304210032

338547

KMHJF31JPRU852495

100014120496TR

MARÍA IGNACIA JIMÉNEZ MENA

80790984

159298

1NXAQE87G1HZ409566

100018080496TR

JOSÉ FRANCISCO LEITÓN CERDAS

302590277

380261

NO INDICA

100016700496TR

GRACE ACOSTA CORDERO

102420626

TSJ 303

KMHCG45G1YU079541

100010460496TR

ALINA SOLANGE QUIRÓS MORA

109600945

592317

KMHVA21NPSU062574

100016080496TR

MARÍA DE LOS ÁNGELES NAVARRO MADRIZ

3348991

858857

1N4AB41D1SC777222

100015240496TR

DEYDALIA VARGAS GARITA

302550583

381492

JMYSNCK4AYU000690

090037570496TR

LOREE LOUDON CARROLL

PAS 1175000711

227993

WDB12313012303922

100004560496TR

MARIELA BUSTAMANTE MORA

106480006

270273

AE1010185783

100013400496TR

DAGOBERTO CALDERÓN MONTOYA

302200882

CL 161915

JAACL11L2M7203379

100013400496TR

ALFONSO JOSÉ VARGAS RODRÍGUEZ

304190061

209685

1N4PB22S3JC812384

100013400496TR

MARCO TULIO ROJAS TAMES

302730962

253207

3N1BEAB13T015438

100012710496TR

RAFAEL EDUARDO CORDERO SIBAJA

107100180

703809

JN1FCAC11Z0005515

100002890496TR

LEDA BENAMBUR VILLALOBOS

104080161

310570

JM7BA116300231504

100011060496TR

CARLOMAGNO DELGADO VALVERDE

105570784

CL 166697

1N6SD11S4PC378573

100013520496TR

YORLENI MAYELA FERRETO ARTAVIA

204710398

134451

WDB1240201A074229

100010890496TR

INVERSIONES PAMIR S. A. REPRESENTADO POR EDGAR CESPEDES MURILLO

3101184826

MOT 220362

LAEMNZ4058B951659

100015790496TR

KINERET S. A. REPRESENTADO POR LUIS ALFONSO BARBOZA LEPIZ

3101025306

MOT 256406

WB10218019ZT34497

100010830496TR

ARRENDADORA CAFSA S. A. REPRESENTADO POR AMADEO QUIRÓS DE ANAY

3101286181

CL 231050

JTFHK02P100004217

100009960496TR

TRANSACCIONES FERRETERAS DE COSTA RICA SA, REPRESENTADO POR MARCO HERNÁNDEZ BALLESTERO

3101068701

CL 150930

JAATFR54HV9105471

090047030496TR

CASTILLO NÚÑEZ SA, REPRESENTADO POR MARIO CASTILLO NÚÑEZ

3101104681

 C 140578

2FUY3EDB6TA666462

090045210496TR

DISTRIBUIDORA LA FLORIDA SA REPRESENTADA POR JOHN ROSS NICOLSON

3101295868

C 140153

1HTSDAAN9WH507506

100002100496TR

CORPORACIÓN MACROTECNICA S. A., REPRESENTADA POR LUIS HERNÁNDEZ MORA

310183191

422955

1N4EB31F8RC865739

100012580496TR

SERVICIOS LABORALES DE OROTINA REPRESENTADA POR EDDY MURIAS HERNÁNDEZ

3101168455

CL 242990

LETECAD168HP09792

100011140496TR

V.M TRANSPORTES DE VALORES S. A.

3101213699

C137396

FB2WES10433

100014700496TR

EMPRESA CONSTRUCTORA CALDERÓN Y COMPAÑÍA LIMITADA , REPRESENTADA POR LUIS GUILLERMO CALDERÓN COTO

3102021279

CL 158267

1N6SD11S5NC368079

100012960496TR

BENAIA DE GUANACASTE SA, REPRESENTADA POR GEOVANNY HIDALGO RODRÍGUEZ

3101499074

C 149120

1M3AA15K9WW001274

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRIALBA, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000082-1008-TR

EMPRESA TENCIO Y MORA LTDA REPRESENTADA POR RAMÓN ARNOLDO SOLANO MONTENEGRO

3-102-012252 / 3-0184-010

CB 1620

KMJTA18VP1C900017

10-000209-1008-TR

IVANNIA MORA MADRIZ

3-0307-0124

770334

JMY0NK9708J001685

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE JIMÉNEZ, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600030-353-TC

RIGOBERTO REDONDO OTAROLA

3-0251-0591

374984

KMHJF31JPNU324669

10-600030-353-TC

MARVIN M. CERDAS BADILLA

1-0521-0317

374984

KMHJF31JPNU324669

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-601545- 607- TC- 3

LEOPARDO DORADO S. A.

3-101-223286

CL-193615

4T4VL85N8XZ7410615

09-601810- 607- TC- 3

INFORPA S. A.

3-101-191212

CL-218219

LN1660039299

09-601834- 607- TC- 3

JOSÉ LUIS LÓPEZ MESEN

6-246-071

C-143656

IFUPCXB5YLB57954

09-601680- 607- TC- 3

LEON MAGNO VILLAFUERTE RAMÍREZ

5-231-235

190912

1N4PB22S5JC815643

09-601881- 607- TC- 3

FALIAR INC. LTDA.

3-102-290260

CL-228660

MNTVCUD40Z0003709

09-601881- 607- TC- 3

JULIO BOLAÑOS ALPÍZAR

2-397-042

C-146120

2FUPCSB1WA907349

09-601635- 607- TC- 3

ESTEBAN MORERA PEREIRA

2-518-274

CL-87373

YN570037782

10-600821- 607- TC- 3

MICHAEL ROBERT CALDWELL

PA 38121493

SJB-12456

JN1TG4E25Z0700945

09-601623- 607- TC- 3

GABRIELA MÉNDEZ RODRÍGUEZ

1-816-852

338811

1NXAE91A0NZ332274

09-601166- 607- TC- 3

AGENCIA DE VIAJES POLO S. A.

3-101-018018

SJB-1535

.-.-.-.-.-.-

09-601298- 607- TC- 3

MARICHIEN GUTH CASTRO

1-309-967

CL-228367

MMBJNKB509D054252

10-600538- 607- TC- 3

INVERSARO OFM S. A.

3-101-515869

750047

1FMUEU73E08UA83343

10-600096- 607- TC- 3

PATRICIA DEL CARMEN ESQUIVEL ROJAS

3-303-993

411439

KMHJF31JPMU021261

10-600244- 607- TC- 3

RICARDO PÉREZ GAMBOA

1-655-579

C-137048

2XKADR9X4KM21838

09-601980- 607- TC- 3

COMERCIAL HLS S. A.

3-101-572448

C-147619

2FUYDSEB3TA626056

09-601695- 607- TC- 3

NAPIZU S. A.

3-101-372813

49081

35900330A

09-601659- 607- TC- 3

VÍCTOR CANALES HERRERA

6-095-257

TP-659

KMHWP81HP2U425512

10-600740- 607- TC- 3

RODY FERNÁNDEZ JIMÉNEZ

2-520-964

CL-183793

1N6DD26S7WC352880

10-600381- 607- TC- 2

JUEGOS ESPECIALES TRANSPORTADOS S. A.

3-101-074920

SR-2966

.-.-.-.-

10-600080- 607- TC- 2

RAMÓN ALEJANDRO MUNGUIA LEZAMA

135RE0028840011999

429306

KMHVD14N7VU284664

10-600113- 607- TC- 2

DISTRIBUIDORA LA FLORIDA S. A.

3-101-295868

C-135897

3HTMMAAR83N570903

10-600267- 607- TC- 2

BIMBO DE COSTA RICA S. A.

3-101-148887

CL-184522

JAANKR55E27100722

10-600372- 607- TC- 2

RONALD ÁLVAREZ ÁLVAREZ

1-718-576

431906

SB153SBN00E058523

10-600318- 607- TC- 2

ILSE SÁNCHEZ CHAVARRÍA

6-274-564

712792

KMHDN45D82U461833

10-600378- 607- TC- 2

LUIS VILLALOBOS QUIRÓS

6-280-646

386756

JD2FF3109L6301159

10-600363- 607- TC- 2

FJ CORPORACIÓN DE TRANSPORTE PARA SERVICIOS Y PROMOCION LTDA

3-102-437156

CL-177823

BU1010002555

10-600145- 607- TC- 1

OTTO CONTRERAS CALONGUE

420-181877003824

631210

KPTG0B1DS6P209977

10-600245- 607- TC- 1

HERMANOS ROA MASIS S. A.

3-101-417313

692214

KNAFG254277059470

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE COTO BRUS, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600022-441-TC

REPRESENTANTE LEGAL DE TRANSPORTES PEDRO SÁNCHEZ S. A.

3-101041727

C-153693

JHDFB4JGSXXX11430

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CÓBANO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600033-436-TC

MARÍA CATALINA GUZMÁN VILLALOBOS

6-0265-0798

483756

NO INDICA

09-600028-436-TC

MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ HERNÁNDEZ

1-0623-0051

CL-20984

NO INDICA

09-600088-436-TC

RANDALL SÁNCHEZ ÁLVAREZ

6-0244-0182

C 142274

NO INDICA

09-60082-436-TC

LUIS ALONSO ARAUJO CASTILLO

2-0288-0281

CL 2018

NO INDICA

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600009-0445-TC

FERNANDO ANTONIO MUÑOZ MORA

1-0490-0510

443130

JN1CA21D7ST083776

10-600181-0445-TC

NORMAN ALBERTO RAMÍREZ CHACON

2-0334-0484

C135265

1FUYDSEBOTP684288

09-600442-0445-TC

LUIS MORALES JIMÉNEZ

6-0255-0592

TP 000113

JTDBJ21E404012804

09-600316-0445-TC

PABLO BORBÓN VARGAS

6-0364-0360

MOT 233818

LC6PCJB8680810089

09-600439-0445-TC

LUIS ARTURO GONZÁLEZ CASTRO

2-0359-0296

CL 223385

JAAN1R71L87100004

10-600041-0445-TC

MODESTO MATARRITA LÓPEZ

5-0167-0259

362198

KMHVF21JPPU900128

09-600461-0445-TC

BERNAL GERARDO FALLAS ROJAS

1-0871-0159

197234

JT2AL31H0D0135169

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GOLFITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-600224-0439-TC

STEFANIA CHACON SOLANO REPRESENTANTE DE BARRANTES CHACON LIMITADA

9-077-087

669991

4S2CK58D1Y4354159

09-600015-0439-TC

HUMBERTO TRUEBA ROJAS

8-046-213

EXP511

JAANKR58EL7100276

09-000036-1100-TR

ÁLVARO COTO OROZCO

3-076-331

330217

JSAFTA03VX4100007

09-000060-1100-TR

SANDRA ROJAS RAMÍREZ

6-160-825

709657

JS3TD03V2S4108433

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE OSA, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600041-442-TC

YORLENY MASIS ESPINOZA

6-0272-0101

312619

VSEETW01V01204404

10-600001-442-TC

HAIBEN JOSIP ALVARADO RAMÍREZ

1-1065-0245

313405

KMHVF22J7LU230407

10-600046-442-TC

FREDDY FERNÁNDEZ ESPINOZA

6-0203-0655

CL 158364

JM2UF313XK0716770

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONALY DE MENOR CUANTÍA DE BUENOS AIRES, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600017-0444-TC-3

RIGOBERTO OROZCO MORALES

9-0050-0811

565938

JT2BC52L8T0183035

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NICOYA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000157-0768-TR

LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ

2-369-282

C 153867

FH 217GA00072

10-000059-0768-TR

OSVALDO MANUEL HIGALDO HERRERA

1-667-402

SJB 009311

9BYC28S1S4C000046

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000194-0783-TR

TORRES E INGENIEROS SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-139624

CL-237351

JN1AJUD22Z0040004

10-000194-0783-TR

MONTERO POVEDA SANTIAGO

1-0588-0548

197036

JF1AM43B2EB473865

09-000919-0783-TR

LUIS EMILIO CALDERÓN MONTERO

2-0353-0484

154778

EL310039643

09-001022-0783-TR

ROGELIO ANICETO SUÁREZ GONZÁLEZ

6-0056-0965

691683

KMJFD37APSU216350

09-001008-0783-TR

MARCO TULIO ARAYA VARGAS PRESIDENTE DE CARNICERIA DON CARNES SOCIEDAD ANÓNIMA

5-0162-0480 / 3-101-100289

163202

NO INDICA

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CARRILLO , GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600167-0401-TR

MANUEL HUMBERTO BANAVENTE CARVAJAL

1-1044-0551

213840

LO42THJ004388

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA LA CRUZ, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600013-398-TC

ELVIRA BONILLA BONILLA

5-137-227

CL-222982

1N6ND16S5HC317482

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE CAÑAS, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600137-402-TC

ROGER CABEZAS GARITA REPRESENTANTE DE INVERSIONES RAYLI S. A.

NO INDICA

CL 177241

3N6GD128XZK002705

09-600117-402-TC

LILLIANA LIZANO MORALES

NO INDICA

128748

KP1556043

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600166-0403-TR

ALVARADO QUIRÓS HÉCTOR LUIS

7-0085-0534

C-133166

1FUPBCYB2SL571094

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE BAGACES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

 

10-600017-0399-TR

ALISSTTE GUIERREZ REYES

6-239-929

CL 218203

NO INDICA

10-600002-0399-TR

DANCING TURTLE S. A. REPRESENTADA POR PAUL WILLIAM RIENDEAU

3-101-400101 / PASAPORTE 057152704

389627

NO INDICA

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE LIMÓN

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600066-498-TR

AS. HNAS.OBLATAS DE LA PROVIDENCIA

3-002-061485

215611

JB7F43EXJJ001626

10-600102-498-TR

SALAS MONTERROSA DILANA

7-164-607

C-216904

LKHCC1AH46AN00003

10-600127-498-TR

MUÑOZ RODRÍGUEZ MAURICIO

3-322-082

CL-119229

JAABL14S6E0737946

10-600246-498-TR

LÓPEZ GONZÁLEZ JOSÉ

5-321-639

554893

1N4EB32A9NC738141

10-600301-498-TR

ON FUNG JOSÉ MARCOS

7-088-340

583869

LX80-0011901

10-600313-498-TR

BIMBO DE COSTA RICA S. A.

3-101-148887

CL-240631

JHFCF43H609000767

10-600313-498-TR

CARMONA VALVERDE CARLOS

1-620-578

C-146645

WC037235

10-60328-498-TR

HALL STERLING DOREAN

7-035-068

CL-169891

NO INDICADO

10-600367-498-TR

RODRÍGUEZ NOVOA ALFONSO

1-461-945

TL-246

1NXBA02E4VZ523855

10-600420-498-TR

CHAVES VALVERDE ANA MARÍA

1-461-751

454822

KMHJF24M0VU445135

10-600421-498-TR

ORTIZ DURAN SEIDY

1-606-981

421238

KMHJF31JPMU013612

10-600423-498-TR

MARIN SEQUEIRA JUSTINA

.2701515220

330355

KMHVF21JPRU938104

10-600461-498-TR

3101557832 SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-557832

CL-143312

JT4RN13P7K0002810

10-600491-498-TR

TRANS. JOMA CARIBEÑOS S. A.

3-101-379458

C-153990

1FUPCDZB9YPB36255

10-600531-498-TR

MORA VARGAS ANA ISABEL

9-029-536

115586

KMHLA21FPHU237345

10-600540-498-TR

MARTÍNEZ GUADAMUZ CARLA

7-137-423

433046

KMHVF31JPMU501329

10-600541-498-TR

SUPERVISIONES DE C.R. LMTDA.

3-102-167978

579860

JS3JB43V654160429

10-600594-498-TR

CASTRO BARQUERO ALEXANDER

3-294-639

C-12469

CMB86F00111

10-600601-498-TR

HIDALGO PADILLA JORGE

4-143-284

C-137874

1FUYSDYB5VP686957

10-600613-498-TR

VIDAL ROJAS JORGE ARTURO

1-759-952

C-135445

1FUYDZYB8SP875802

10-600640-498-TR

PEREA ANDA CLAUDIA

8-050-901

797509

KL1TD51Y38B144376

10-600655-498-TR

MULTISERVICIOS VICMA TUR S. A.

3-101-403452

C-137505

1HSRKALR6TH221018

10-600696-498-TR

RAMÍREZ ALVARADO ARELIS

2-540-059

C-143787

JALC5B1U5M3000106

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLÁNTICA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-001800-0499-TR

JHON JAIRO PALACIO BOTERO

71616043

CL-180999

3N6CD13Y5ZK003780

09-001915-0499-TR

RAFAEL FERNÁNDEZ VEGA

5-194-893

94795

ST90744830

10-000282-0499-TR

LEOPARDO DORADO S. A.

3101223286

CL-243305

5TEVL52N03Z243122

10-000418-0499-TR

RECICLADORA SANTA ROSA S. A.

3101232030

CL-148008

V11807591

10-000440-0499-TR

KINERET SOCIEDAD ANÓNIMA

3101025306

CL-236971

JHFUJ11H000002555

10-000494-0499-TR

CARLOS M. FERNÁNDEZ MURILLO

2-587-040

CL-170430

1N6SD11S1LC335495

10-000524-0499-TR

MARCO VARGAS CAMACHO

4-134-290

139832

DL047WHJ400135

10-000532-0499-TR

ALEXANDER BRENES PAZ

7-147-215

358997

NO INDICADO

10-000536-0499-TR

MAYRA NAVARRO VILLEGAS

5-259-786

212536

JA7FJ23E8JJ009418

10-000545-0499-TR

GENNI RODRÍGUEZ VARELA

2-491-883

C-130799

1FUYDCYBXKH356077

10-000576-0499-TR

REPUESTOS PARA EQUIPO PESADO FM S. A.

3101218926

CL-230203

LETYEAA168HN03013

10-000577-0499-TR

FREDDY SOLANO SALAS

3-354-811

492244

KMJFD37APSU177423

10-000632-0499-TR

FRANZ CASTRO PARAJELES

7-135-101

C-140174

826165

10-000642-0499-TR

HAROLD RAFAEL UREÑA AGUERO

7-145-496

CL-109023

YN920000119

10-000645-0499-TR

RICARDO FONSECA ARROYO

7-0070-981

MOT-077875

JD041200929

10-000656-0499-TR

UNITED TECHNICIANS S. A.

3101382705

C-150113

SH695460

10-000603-0499-TR

WALTER VILLALOBOS RODRÍGUEZ

3-394-750

623237

1NXBR12E3XZ288446

10-000603-0499-TR

IMPORTACIONES DE MAQUINARIA PESADA ROMO S. A.

3101277044

C-144745

4VG7DARH7WN750029

10-000683-0499-TR

EDIN GUIDO MORALES

5-255-836

480855

KMHJF31JPNU337495

10-000601-0499-TR

NORMAN HERNÁNDEZ ALFARO

1-921-842

MOT-232792

FR3PCJ7068B000241

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA DE BRIBRI, LIMÓN

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CÉDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600095-0478-TC

MADRIGAL RETANA CARLOS LUIS

6-090-258

TL-177

EL530195941

 

Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tienen derecho a comparecer al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia. Publíquese.

                                                                                                                                                                                              Alfredo Jones León

1 vez.—(IN2010056315).                                                                                                                                           Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las quince horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 09-016147-0007-CO, interpuesta por Édgar Marín Carvajal, en su condición de presidente de la Cámara Costarricense de Restaurantes y Afines; Guillermo Sanabria Ramírez, como presidente de la Cámara de Patentados de Costa Rica, y Daniel Richmond Obando, en su condición de representante de la Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas, para que se declaren inconstitucionales los artículos cuanto 83 y 132 de la Ley sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos, Nº 6683 del catorce de octubre de mil novecientos ochenta y dos; 48, 49, 50, 51 y 56 del Decreto Ejecutivo Nº 24611-J del cuatro de setiembre de mil novecientos noventa y nueve, “Reglamento a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos”; y 1º del Decreto Nº 23485-J del cinco de julio de mil novecientos noventa y cuatro, por estimarlos contrarios al Principio de Reserva de Ley y el Principio de Legalidad, la libertad de trabajo y de comercio y el Convenio de Berna. Las normas se impugnan en cuanto afirman que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Derechos de Autor, es el autor el que goza de todas las prerrogativas para la explotación de la obra y la fijación de los límites de su reproducción, obviamente con la intermediación de las personas físicas y jurídicas con las cuales ha contratado. Bajo ese entendido, consideran inconstitucional el artículo 83 de la Ley de Derechos de Autor, por cuanto se otorga la potestad al productor, y no al autor de la obra, de otorgar al usuario una autorización para proceder directamente a la radiodifusión o cualquier otra forma de comunicación no interactiva, con el consecuente pago de una remuneración única y equitativa. De esa forma, reza la norma, el productor o su representante recaudarán la suma pagada por los usuarios, y la repartirán a los artistas, en la proporción contractualmente convenida con ellos. Así, estiman que la definición de comunicación “interactiva” es ambigua, lo cual roza con la relación usuario-autor en que debe estar definida la cuantificación y utilización de la obra, por lo que cualquier otra forma de cobro resulta inconstitucional. La interpretación del concepto de comunicación pública ha derivado en una controversia literal del supuesto cobro sobre derechos de autor. En consecuencia, el problema se cierne en torno a la concepción de mandato que en derecho civil se contempla en el capítulo de los poderes y, que incluye tanto al especial como al generalísimo. Los derechos patrimoniales le conciernen al autor exclusivamente, por lo que, en el tanto exista una concesión para que una representación los abstraiga, las condiciones contractuales deben estar debidamente definidas en cuanto a los límites de actuación, así como en lo atinente al posible cobro y distribución de esos derechos. Las normas, además violentan el principio de legalidad al convenir tanto una figura, como un cobro que resultan atípicos en lo que a la recolección de los derechos patrimoniales de los autores y compositores se refiere, ya que el productor debería tener representación mandataria para ejercer ese supuesto cobro, lo cual evidencia una actuación inconstitucional contra los patentados en virtud de que la decisión de este tipo de movimientos tiene que estar debidamente demostrada a través de autoridad competente, como indica el Convenio de Berna. Por su parte, el artículo 132 de la Ley de Derechos de Autor señala que “Las sociedades nacionales o extranjeras, legalmente constituidas para la defensa de titulares de derechos de autor y conexos, serán considerados como mandatarios de sus asociados y representados, para todos los fines de derecho, por el simple acto de afiliación a ellas, salvo disposición expresa en contrario, pudiendo actuar, administrativa o judicialmente, en defensa de los intereses morales y patrimoniales de sus afiliados…”. En este caso, se aduce que la norma es excesiva por cuanto limita la contratación, e impone una formalidad ilegítima que coarta lo preceptuado en la normativa civil. Estiman que es evidentemente inconstitucional que a ese tipo de asociaciones de gestión colectiva que están definidas vía reglamentaria, se les apareje un mandato con una simple afiliación. Son dos definiciones totalmente diferentes, ya que los presupuestos de afiliación únicamente les conceden a los autores o compositores incorporados un grado de defensa a sus intereses como gremio y, no una cesión de sus derechos patrimoniales o la administración y control de éstos. Esta figura, acusan, es totalmente atípica, ya que afiliación por mandato no es compatible con la legislación civil ni con la propia Ley de Derechos de Autor. Advierten también, que el Poder Ejecutivo violentó el principio jerárquico al dar concesiones vía reglamentaria a las sociedades de gestión colectiva para establecer tarifas y conceder licencias, con lo cual se violenta el principio de reserva de ley. No se puede concebir que exista una iniciativa tan espontánea y arbitraria que haga que una organización por el simple convenio de afiliación, el que es además totalmente informal, pueda establecer cobros a través del empleo de figuras como la imposición del “salario mínimo”, que es utilizado únicamente en la administración tributaria en el reclamo de las multas o pago de impuestos a nivel institucional. Señalan por otro lado, violación al principio de legalidad y a las libertades de comercio y trabajo. Ahora bien, en lo que atañe a los artículos 48, 49, 50, 51 y 56 del Decreto Ejecutivo Nº 24611 del cuatro de setiembre de mil novecientos noventa y nueve, “Reglamento a la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos”, dicen que son contrarios al principio de legalidad. Consideran que la definición de licencia utilizada por el Reglamento, resulta atípica para justificar un cobro irreal. Una licencia, concierne a un permiso, autorización, consentimiento, venia, concesión o facultad, que obviamente debe estar amparada por una regulación legal emitida por la Asamblea Legislativa. Por principio legal, una licencia debe tener la fuerza normativa necesaria para obligar al administrado, atribución que atañe a la Ley, pero que en este caso, se otorgó por una norma de menor rango - que es el Reglamento - y que ha permitido la violación de los derechos fundamentales de los afiliados, pues con ello se permite la imposición de un cobro en abstracto, que es inconstitucional. Las sociedades de gestión colectiva están definidas como agrupaciones que defienden los intereses de sus afiliados. Sin embargo, esta normativa ha permitido que esas organizaciones impongan tarifas y concedan licencias que no están advertidas en ninguna norma legal. Refieren que la tarifa no es más que la imposición de un impuesto donde el hecho generador es la simple actividad de escuchar música; y no la utilización de un repertorio, como así lo imponen la Ley de Derechos de Autor y normas internacionales como las contenidas en el Convenio de Berna. El Reglamento, además, impone inconstitucionalmente la capacidad de crear una tarifa o impuesto, lo que es opuesto al principio de reserva de ley que jurisprudencialmente ha desarrollado que esta facultad es imperiosa de la ley. Al existir un impuesto, se puede crear la licencia de repertorio musical, que no es más que un aditivo de contraposición al principio de reserva de ley. Las sociedades de gestión colectiva operan con la creación de una licencia que se otorga con la firma de un contrato previo por suma determinada sin que se indique qué repertorio se ha utilizado; con lo que, se ha transfigurado totalmente el derecho patrimonial del derecho de autor al concebir un combo musical en abstracto, como figura predeterminada para el cobro a manera de tarifa. Esa invasión de poderes, que históricamente se ha virtualizado en el “poder del rey sobre sus súbditos”, se ha anclado en el sistema democrático en forma sigilosa vía decreto en la cual la propia Constitución Política ha creado su remedio desde la creación de la Ley de Jurisdicción Constitucional para reprimir ese abuso de poder. Si bien es cierto, la legislación internacional le da protección a los intereses morales y patrimoniales de los autores, es también cierto que cada legislación interna debe adecuarse a que la reproducción de esos intereses económicos, tenga una relación satisfactoria con la posible utilización de las obras por parte de usuarios en su beneficio. Finalmente, estiman que el artículo primero del Decreto Nº 23485-J del cinco de julio de mil novecientos noventa y cuatro, Reglamento al artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, es inconstitucional, ya que definió el concepto obligatorio de “autoridad”, como las autoridades de policía del artículo 50. La Ley de Protección a los Derechos de Autor número 8686 del veintiuno de noviembre del dos mil ocho, que fue parte piramidal de la aprobación del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica, estableció que cualquier controversia entre autor o compositor y usuario, se debía dirimir en los tribunales de justicia, órgano que ocuparía el verdadero concepto de autoridad. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. A lo antes expuesto, se indica a las partes que por medio de la resolución Nº 009376-2010 de las de las quince horas con seis minutos del veintiséis de mayo del dos mil diez, la presente acción fue rechazada de manera parcial en cuanto a los artículos 70 bis inciso b) de la Ley de Procedimientos de Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual, Nº 8039 del doce de octubre del dos mil, y 2º del Decreto Nº 23485-J del cinco de julio de mil novecientos noventa y cuatro, Reglamento al artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos; y en lo que atañe al artículo 50 de la Ley sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos, Nº 6683 del catorce de octubre de mil novecientos ochenta y dos, se reservó el dictado de la sentencia de esta acción hasta tanto no sea resuelta la acción que bajo expediente Nº 08-002550-0007-CO se tramita ante esta Sala.

San José, 22 de junio del 2010.

                                                                         Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2010054187)                                  Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas cuarenta minutos del once de junio del dos mil diez, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad Nº 10-006121-0007-CO, interpuesta por Sebastián Mejía Monge, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 18 inciso c) del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, por estimarlo contrario a los artículos 11, 21, 33, 50 y 73 de la Constitución Política, a los principios de universalidad, solidaridad, equidad, solidaridad social y el interés superior del menor, así como al artículo 43 del Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo. La norma se impugna en cuanto exige que el asegurado haya cotizado un mínimo de 12 cuotas durante los últimos 24 meses anteriores a la muerte para el otorgamiento del beneficio de pensión, lo cual resulta irracional y desproporcionado, pues la muerte es un hecho incierto, por lo que no se puede saber a ciencia cierta cuando va a morir un ser humano. En ese sentido, aún cuando se hayan aportado al sistema las cuotas necesarias, si éstas no fueron aportadas dentro de los 24 meses anteriores a la muerte del asegurado, sus beneficiarios no pueden obtener el beneficio de pensión, lo que contraviene los principios de universalidad, solidaridad, equidad y solidaridad social, y desprotege el interés superior del menor. Además, el Estado debe procurar la protección especial de los menores y de las personas adultas mayores, con el fin de que éstos puedan disfrutar de una mejor calidad de vida. Se considera que las personas que aportan al sistema de pensiones, se les debe otorgar una pensión de acuerdo con los montos con los que ha contribuido, sin que se impongan limitaciones como la dispuesta en la norma impugnada. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (Resoluciones Nos. 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 16 de junio del 2010.

                                                                         Gerardo Madriz Piedra

Exonerado.—(IN2010054188)                                  Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Erlyn Hayder Cerdas Rodríguez, cédula de identidad 5-0342-0450, fallecido el diecinueve de diciembre de dos mil seis, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajador fallecido, bajo el expediente 10-300034-0401-LA-l, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 10-300034-0401-LA-l a favor de Dinamart Rodríguez Torres, cédula de identidad 5-0156-0357.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo, a las trece horas cuarenta minutos del quince de junio de dos mil diez.—Lic. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—(IN2010056344).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Orlando Víquez Cubero, quien fue mayor, soltero, mensajero, vecino de Tierra Blanca de Cartago, con cédula de identidad 3-124-283, se les hace saber que: Martina Guzmán Víquez, portadora de la cédula de identidad 3-150-676, vecina de Tierra Blanca de Cartago, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Orlando Víquez Cubero, expediente 10-000409-0641-LA.—Juzgado Contravencional Cartago, 17 de junio del 2010.—Lic. Adrián Pérez Carpio, Juez.—1 vez.—(IN2010056345).

Con ocho días de término, se emplaza a los causahabientes del trabajador Marvin Gerardo Hernández Campos, quien fuera mayor, casado, peón agrícola, vecino de Los Ángeles de Tilarán y con cédula de identidad cinco-cero doscientos veinticinco-cero novecientos ochenta y seis, para que dentro de dicho término se apersonen a hacer valer sus derechos en las diligencias de devolución de ahorro laboral de trabajador fallecido, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, el dinero se entregará a quien corresponda, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. 10-300020-0404-LA-4.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, 29 de junio del 2010.—Lic. Cinthia Sáenz Valerio, Jueza.—1 vez.—(IN2010056346).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales pero soportando reservas de ley de caminos al tomo 310 asiento 2557 consecutivo 01 secuencia 0002 subsecuencia 001; a las diez horas y quince minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil diez, y con la base de treinta y dos mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos veinte-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos Cantillo; al sur, calle pública con sesenta y cinco punto cuarenta y cinco metros; al este, Carlos Cantillo, y al oeste, Carlos Cantillo y servidumbre agrícola con setenta y uno punto ochenta metros. Mide: cinco mil trescientos veintiocho metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del doce de octubre del año dos mil diez, con la base de veinticuatro mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del veintiocho de octubre del año dos mil diez con la base de ocho mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de FFSV Farsuva Sociedad Anónima contra Andrea Patricia Espinoza Morales. Expediente Nº 09-002818-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010183425.—(IN2010056601).

A las nueve horas del nueve de agosto del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes, y con la base de doscientos cincuenta mil colones para cada uno de los derechos indicados, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 118351-002 y 003, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás. Colinda:: al norte, con Isabel Masís Durán; al sur, con Buenaventura Masís Durán; al este, con sucesión de Juana Durán Rodríguez, y al oeste, con calle pública 8, 73 metros. Mide: doscientos veintitrés metros con diecinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso Leila Gamboa Hernández contra Luis Eduardo Masís Marín y Juan Carlos Masís Marín. Expediente Nº 04-000028-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 03 de junio del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2010183426.—(IN2010056602).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones visibles al tomo trescientos veintiuno, asiento once mil ciento treinta y uno, consecutivo cero uno, secuencia cero nueve cero uno, subsecuencia cero cero uno; a las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y un mil ochocientos ochenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de cultivos anuales. Situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lilliam Bustos Mendoza; al sur, Lilliam Bustos Mendoza; al este, Mauren Vallejos Bustos, y al oeste, Lilliam Bustos Mendoza. Mide: setecientos dieciocho metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diez de setiembre del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil diez con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Óscar Palma Rodríguez contra José Jerónimo Rodríguez Picado. Expediente Nº 10-000302-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 24 de junio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2010183458.—(IN2010056603).

En la puerta externa de este despacho, soportando hipoteca de primer grado, inscrita al tomo dos mil nueve, asiento ciento cuarenta y dos mil ochenta y ocho, a favor de la Compañía Palma Tica S. A., por la suma de nueve mil cuatrocientos cincuenta y tres dólares con setenta centavos, a las ocho horas del veintisiete de agosto del año dos mil diez, y con la base de veinticinco mil cuatrocientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, del partido de Puntarenas, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-cero cero cero dieciséis mil ciento noventa y ocho-cero cero cero, el cual se describe como número uno-quince, destinada a local comercia, segunda etapa, compuesta de baño y local sin paredes, Situado en el distrito primero Quepos, cantón sexto Aguirre de la Provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con área común restringida destinada a tercera etapa; al sur, y al este, con área común, y al oeste, con filial uno-catorce de la segunda etapa. Mide doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del trece de setiembre del año dos mil diez, con la base de diecinueve mil cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintinueve de setiembre del año dos mil diez, con la base de seis mil trescientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en ejecución hipotecaria, actor: Essential Management Limitada contra Solive A I S de Quepos S. A. Expediente Nº 09-100143-0425-1-CI.—Juzgado Civil y de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, 15 de junio del 2010.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—RP2010183471.—(IN2010056604).

A las nueve horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios pero soporta servidumbre y con la base de cuarenta y nueve millones novecientos treinta y dos mil seiscientos sesenta y tres colones con veintinueve céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Alajuela, matrícula Folio Real número cuatrocientos cincuenta y cinco mil setecientos ochenta y tres-cero cero cero, que es terreno de café y construcción con dos casa, sito en distrito tercero “Buenos Aires” del cantón sétimo “Palmares” de la provincia de Alajuela. Linda: al noreste, con Venilda Erigida Rosalia, Francisca, Diego, Víctor Julio todos Mora Sancho; al noroeste, con Abisai Rodríguez; al sureste,. Benedicto Castro y Omar Carvajal, y suroeste servidumbre con frente y ocho metros cuadrados. Mide: cuatrocientos treinta y ocho metros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil diez, con la base de treinta y siete millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos noventa y siete colones con cuarenta y siete colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diez, con la base de doce millones cuatrocientos ochenta y tres mil ciento sesenta y cinco colones con ochenta y tres céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100012-642-CI-1 de Banco Nacional de Costa Rica contra María Gabriela Castro Sánchez.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2010183483.—(IN2010056605).

A Las diez horas del treinta de julio del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada y con la base de diecisiete millones quinientos cincuenta y nueve mil ciento ochenta y tres colones con veinte y siete céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento un mil trescientos setenta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en distrito octavo del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al noreste; sureste, y suroeste con Albertina Parajeles Hernández; al noroeste, con calle pública con quince metros de frente. Mide: quinientos noventa metros con ocho decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciséis de agosto del dos mil diez, con la base de trece millones ciento sesenta y nueve mil trescientos ochenta y siete colones con cuarenta y seis céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del treinta y uno de agosto del dos mil diez, con la base de cuatro millones trescientos ochenta y nueve mil setecientos noventa y cinco colones con ochenta y dos céntimos, (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100065-642-CI de Banco Nacional de Costa Rica contra Paulo Castro González.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2010183484.—(IN2010056606).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y soportando plazo de convalidación (rectificación de medida); a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto del año dos mil diez, y con la base de trescientos treinta y seis mil ciento cincuenta y seis dólares con ochenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y seis mil doscientos diecisiete-B-cero cero cero, la cual es terreno de hortalizas y frutales con una casa. Situada en el distrito Uruca, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río San Joaquín y Anastacio Robles; al sur, Carretera a Villa Colón; al este, Playa de Río San Juan y Río San Juan, y al oeste, Anastacio Robles y Blanca Rosa Mora. Mide: cinco mil ochocientos ochenta y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de doscientos cincuenta y dos mil ciento diecisiete dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del dos de setiembre del año dos mil diez con la base de ochenta y cuatro mil treinta y nueve dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra George Brian Webb Vásquez. Expediente Nº 09-002518-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010183522.—(IN2010056607).

En la puerta exterior de este despacho; .soportando hipoteca de primer grado y servidumbre trasladada a las nueve horas treinta minutos del tres de agosto del dos mil diez, y con la base de cuatro millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil novecientos cincuenta y nueve-cero cero tres y cero cero cuatro (126959-003 y 004) la cual es terreno para construir con una casa lote 7. Situada en el distrito San Isidro, cantón San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, para construir con una casa lote 7; al sur, calle pública con 22.70 metros de frente; al este, calle pública con 48.00 metros de frente, y al oeste, Cooperativa Isidreña de Ahorro y Crédito R. L. Mide: doscientos treinta y seis con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas del diecinueve de agosto del dos mil diez, con la base de tres millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercer remate, se señalan las catorce horas del siete de setiembre del dos mil diez, con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Marcos Vinicio Solís Retana. Expediente Nº 09-002362-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de enero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.—RP2010183523.—(IN2010056608).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando ocho servidumbres trasladadas, a las nueve horas y quince minutos del cuatro de agosto del año dos mil diez, y con la base de sesenta y nueve millones ciento noventa y cuatro mil quinientos veintidós con 99/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos quince mil novecientos sesenta y cinco-cero cero cero (415965-000) la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Venecia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, El Abanico S. A.; al sur, calle pública con 37 metros 71 centímetros; al este, Transportes Herrera Quesada de Caños de Venecia S. A., y al oeste, Transportes Herrera Quesada de Caños de Venecia S. A. Mide: dos mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de agosto del año dos mil diez, con la base de cincuenta y un millones ochocientos noventa y cinco mil ochocientos noventa y dos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil diez, con la base de diecisiete millones doscientos noventa y ocho mil seiscientos treinta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional Costa Rica contra Maribel Rodríguez Sánchez. Expediente Nº 09-000392-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de diciembre del 2009.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010183525.—(IN2010056609).

A las trece horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, y limitaciones, con la base once millones ciento cincuenta mil novecientos colones, sáquese a remate el (los) bien (es) dado (s) en garantía sea la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos sesenta y tres mil novecientos noventa y tres-cero cero cero, que es terreno de agricultura, sito en el distrito ocho Los Ángeles, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, con calle de uso público; sur, calle pública; este, calle pública, y al oeste, Río La Esperanza. Mide: dos mil doscientos treinta metros con dieciocho decímetros cuadrados, según plano catastrado número A-seis siete seis tres cinco cero-dos mil uno. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario Nº 03-100470-0295-CI, de José Luis Vargas Vargas contra Irma Mayela Quesada Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 23 de junio de 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010183563.—(IN2010056611).

A las trece horas quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones soportando servidumbre de paso bajo las citas 2009-00146721-01-0002-001, y con la base de seis millones de colones, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, Folio Real matrícula número 199.302-000, y que se describe así: Terreno de cultivos, sito en distrito cuarto Aguas Zarcas, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Añoranzas Soto Valverde S. A.; sur, David Alfaro Mata; este, Luis Armando Sibaja Porras, y al oeste, Melvin Alpízar Conejo. Mide: quince mil setecientos diecinueve metros con cinco decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuatro millones quinientos mil colones, se señalan las trece horas quince minutos del dos de setiembre de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón quinientos mil colones, se señalan las trece horas quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente número 10-100397-0297-CI que es ejecutivo hipotecario del La Casa de Xinia S. A., contra Luis Armando Sibaja Porras.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de junio del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010183566.—(IN2010056612).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del tres de agosto del año dos mil diez, y con la base de veinte mil unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos sesenta y cuatro mil seiscientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Miguel cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Israel Mora Mora; al sur, calle pública con un frente de 8,00 metros; al este, Luis Felipe Chavarría Barahona y Yang Chiu Lai, y al oeste, Luis Felipe Chavarría Barahona y Yang Chiu Lai. Mide: ciento veintidós metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de quince mil unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil diez con la base de cinco mil unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gabriel Gilberto Fonseca Picado, Yahaira Elena Piedra Solano. Expediente Nº 10-008105-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de mayo del 2010.—Adriana Castro Rivera, Jueza.—RP2010183604.—(IN2010056613).

En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las catorce horas del cinco de agosto de dos mil diez, y con la base de diez millones setenta y un mil trescientos setenta y tres colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 652579, Peugeot, 407 SW, automóvil, Station Wagon o familiar, color gris, motor 10DYVH4000109. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del diecinueve de agosto de dos mil diez, con la base de siete millones quinientos cincuenta y tres mil quinientos treinta colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del dos de setiembre de dos mil diez con la base de dos millones quinientos diecisiete mil ochocientos cuarenta y tres colones con cuarenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando Hueda Poltronieri, Hernán Alberto Sánchez Alvarado. Expediente Nº 10-000297-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 15 de junio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010183626.—(IN2010056614).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y cero minutos del seis de setiembre del año dos mil diez, y con la base de ciento cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número F-treinta mil ciento dieciséis-cero cero cero, la cual es finca filial uno de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Filial 2; al sur, zona verde; al este, calle, y al oeste, J.L.T.M Inversiones S. A. Mide: doscientos trece metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil diez, con la base de ciento quince mil setecientos catorce dólares con quince centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil diez con la base de treinta y ocho mil quinientos setenta y un dólares con treinta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Condominio Puruses Segunda Etapa Uno A Sociedad Anónima, Luis Antonio Méndez Sáenz. Expediente Nº 10-000834-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2010183631.—(IN2010056615).

A las diez horas del trece de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libre de gravámenes y anotaciones, y con la base del valor tributario, sea la suma de doce millones setecientos noventa mil trescientos ochenta y ocho colones, al mejor postor remataré: Finca del partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número ciento treinta y seis mil ochocientos treinta y dos-cero cero cero, que se describe como terreno de repastos, sito en el distrito quinto Venecia, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, con calle pública y Humberto Gutiérrez; al sur, con calle pública, Humberto Gutiérrez y lotes 2 y 3; al este, con Eladio Herrera, y al oeste, con Río Guayabo y Humberto Gutiérrez. Mide doce mil doscientos noventa y ocho metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. La referida propiedad pertenece a Álvaro Rojas Vargas. Se remata por haberse ordenado en proceso ejecutivo simple de la Caja Costarricense de Seguro Social contra Álvaro Rojas Vargas. Expediente 06-100740-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 09 de junio del 2010.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—RP2010183658.—(IN2010056618).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones a las once horas treinta minutos del trece de octubre del año dos mil diez y con la base de veinte millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 172915-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 11 Quebradilla, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Eugenia Yanory Pereira Solano; al sur, calle pública con 11.98 metros; al este, Eugenia Yanory Pereira Solano, y al oeste, Dulia María Pereira Solano. Mide: trescientos cincuenta y un metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del primero de noviembre del año dos mil diez, con la base de quince millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil diez con la base de cinco millones ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gerardo Enrique Quesada Brenes, Marielos Lidieth Quesada Ureña. Expediente Nº 10-001229-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2010056720).

A las trece horas treinta minutos del once de agosto del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, anotada al tomo cero trescientos veintiuno, asiento cero cero cero cero cuatro mil cuatrocientos ochenta y dos, secuencia cero uno subsecuencia cero novecientos uno secuencia cero cero uno, en un mismo acto y con la base de ocho mil trescientos treinta y tres dólares y treinta y tres centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, remataré, las fincas inscritas en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Guanacaste al sistema de Folio Real Matrículas números 1) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir lote 5, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide doscientos metros cuadrados, según plano G-0477618-1998; con linderos: norte, Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Lorena Cerdas Guido y Lidia Quirós Ramírez, y al oeste, Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; 2) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno para construir tote 6, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477619-1998; con linderos: norte, Resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Manuel Salvador Umaña Obregón, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; 3) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir lote 7, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477620-1998; con linderos: norte, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Hilda María Ramírez Briceño, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima 4) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir lote 11, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477596-1998; con linderos: norte, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Mirna Salguera Marín, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; 5) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir lote 12, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477578-1998; con linderos: norte, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Rodrigo Alonso Porras Briceño, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; 6) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir lote 13, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según piano G-0477597-1998; con linderos: norte, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, José Mauricio Matamoros Chaves, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; 7) Ciento nueve mil seiscientos cuarenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir Sote 14, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477584-1998; con linderos: norte, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Kattia Ramírez Corea, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; 8) Ciento nueve mil seiscientos cincuenta-cero cero cero, que es terreno para construir lote 15, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477585-1998; con linderos: norte, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima; sur, calle pública con diez metros; este, Edwin Martín Bastos Brenes, y al oeste, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima 9) Ciento nueve mil seiscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, que es terreno para construir lote 18, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477589-1998; con linderos: norte, Calle pública con diez metros; sur, Miguel Ángel Herrera Segura; este, resto de Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima, y al oeste, Lil Hannia Estupiñan Duarte; 10) Ciento nueve mil setecientos setenta y uno-cero cero cero, que es terreno para construir lote 19, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477591-1998; con linderos: norte, calle pública con diez metros de frente; sur, Edwin Martín Bastos Brenes; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega Sociedad Anónima, y al oeste, Xinia María Mena Obregón; 11) Ciento trece mil ciento ochenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477593-1998; con linderos: norte, destinado a calle pública con diez metros; sur, José Mauricio Matamoros Chaves; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A., y al oeste, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A; 12) Ciento diez mil ciento ochenta y seis-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477593-1998; con linderos: norte, destinado a calle pública con diez metros; sur, José Mauricio Matamoros Chaves; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A., y al oeste, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A; 13) Ciento diez mil ciento ochenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, de! cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según piano G-0477592-1998; con linderos: norte, destinado a calle pública con diez metros; sur, Rodrigo Alonso Porras; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A., y al oeste, Marvin Antonio Chaves Rojas; 14) Ciento diez mil ciento ochenta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en d distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477599-1998; con linderos: norte, destinado a calle pública con diez metros; sur, Mirna Salguera Marín; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S, A., y al oeste, María Del Carmen Monestel Fernández; 15) Ciento diez mil ciento ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el Detrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477595-1998; con linderos: norte, destinado a calle pública con diez metros; sur, Gerardo Ortega Sancho; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A., y al oeste, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A; 16) Ciento trece mil ciento ochenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir lote 27, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según piano G-0477617-1998; con linderos: norte, calle pública con diez metros; sur, lote L 6; este, Nelson Estrada Alvarado, y al oeste, lote L 26; 17) Ciento diez mil doscientos ochenta y dos-cero cero cero, que es lote Nº 1, terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según piano G-0477609-1998; con linderos: norte, calle pública con diez metros de frente; sur, lote L-5; este, lotes L-l y L-2, y al oeste, lote L-27; 18) Ciento diez mil doscientos ochenta y tres- cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477615-1998; con linderos: norte, Francisco Sánchez Delgado; sur, lote L-30; este, calle pública con diez metros de frente, y al oeste, Carlos Vargas; 19) Ciento siete mil novecientos treinta y ocho-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados, según plano G-0477613-1998; con linderos: norte, resto destinado a calle pública con diez metros veinticinco centímetros de frente; sur, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A.; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A., y al oeste, lote 7; 20) Ciento siete mil novecientos treinta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y siete decímetros cuadrados, según plano G-0477612-1998; con linderos: norte, calle pública; sur, Urbanizadora Multinacional Chorotega; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega, y al oeste, Urbanizadora Multinacional Chorotega; 21) Ciento siete mil novecientos cuarenta-cero cero cero, que es terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros cuadrados, según plano G-0477608-1998; con linderos: norte, calle pública; sur, Urbanizadora Multinacional Chorotega SA; este, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A., y al oeste, Urbanizadora Multinacional Chorotega S. A.; 22) Ciento trece mil ciento noventa-cero cero cero, que es terreno para construir lote L-47, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: doscientos metros con tres decímetros cuadrados, según plano G-0477579-1998; con linderos: norte, lote L-41; sur, calle pública con 10.25 metros; este, Guillermina Briceño Cruz, y al oeste, Maylin Arias Espinoza; 23) Ciento trece mil ciento ochenta y cuatro-cero cero cero, que es terreno para construir lote 49-L, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: ciento noventa y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados, según plano G-0477603-1998; con linderos: norte, lote 43-L; sur, calle pública con 10.20 metros; este, lote L-50, y al oeste, Guillermo Briceño Cruz; 24) Ciento diez mil doscientos ochenta y siete-cero cero cero, que es lote Nº 6, terreno para construir, situado en el distrito primero Cañas, del cantón sexto de la provincia de Guanacaste. Mide: ciento noventa y dos metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según plano G-0477602-1998; con linderos: norte, lote L-54; sur, calle pública con 10,00 metros de frente; este, Aurelio Morales Umaña, y al oeste, Zona Prevista para parque. Para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original de las fincas dada en garantía hipotecaría, sea con la suma de seis mil doscientos cincuenta dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, para cada una de las fincas, se señalan las diez horas del veintisiete de agosto del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de las fincas dadas en garantía hipotecaría, sea con la suma de dos mil ochenta y tres dólares treinta y tres centavos moneda de curso legal de los Estado Unidos de América, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las diez horas del catorce de setiembre del dos mil diez. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria. Expediente Nº 09-100082-0389-CI (86-4-2009)-B. Proceso de ejecución hipotecario de Babelo Gerardo Sánchez Sánchez contra Orlando Murillo Elizondo.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 21 de junio del 2010.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—(IN2010056730).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendario; a las once horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil diez, y con la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil quinientos dieciséis colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número CL 186326, marca Nissan, año 2003, Vin JN1CDUD22Z0020303, cilindrada 2389 c.c., color rojo, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diez, con la base de cuatro millones ciento catorce mil ochocientos ochenta y siete colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro once horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil diez, con la base de un millón trescientos setenta y un mil seiscientos veintinueve colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credimóvil S. A., contra Dara Saray Guzmán Pérez. Expediente Nº 10-000204-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de junio del 2010.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(IN2010056731).

En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del tres de agosto del dos mil diez y con la base de doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta mil seiscientos treinta derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa en mal estado en el construida. Situada en el distrito Concepción, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Garardo Campos Sánchez; al sur, María de los Ángeles Campos Sánchez; al este, Jefrey Campos Sánchez, y al oeste, José Antonio Araya Jiménez. Mide: ciento cincuenta metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del dieciocho de agosto del dos mil diez, con la base de ciento cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del tres de setiembre del dos mil diez, con la base de cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Melody Place Sociedad Anónima contra Jendry Vanessa Rodríguez Núñez, Yefrey Alberto Campos Sánchez. Expediente Nº 10-000513-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de junio del 2010.—Lic. José Francisco Molina Salas, Juez.—(IN2010056877).

En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las trece horas con treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa setecientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y uno, marca Nissan, estilo Sentra, año 1998, color gris, chasis WC701779, motor ilegible, cilindrada 1600 c.c. combustible gasolina, capacidad 5 personas. Para el segundo remate se señalan las trece horas con treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil diez, con la base de un millón novecientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas con treinta minutos del dos de setiembre de dos mil diez, con la base de seiscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ana Grace Barrantes Zamora contra Daysi Núñez Avendaño, y Fabio Soto Salazar. Expediente Nº 10-000283-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 15 de junio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010183704.—(IN2010057070).

En la puerta exterior de este despacho remataré al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, la finca del partido de Puntarenas, matrícula cincuenta y tres mil novecientos sesenta y tres-cero cero cero, con las siguientes bases: 1) Cinco millones ciento noventa mil colones, remate que se celebrará a las ocho horas del veintiséis de agosto de dos mil diez. 2) Con la base en la suma de tres millones ochocientos noventa y dos mil quinientos colones (rebaja del veinticinco por ciento de la base), se señalan las ocho horas del diez de setiembre de dos mil diez. 3) Con la base en la suma de un millón doscientos noventa y siete mil quinientos colones se señalan las ocho horas del veintiocho de setiembre de dos mil diez. El inmueble se describe así: Terreno para construir con una casa de habitación de madera, de dos plantas, con un área edificada de setenta y siete metros cincuenta y dos decímetros cuadrados, situado en el distrito uno Golfito, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Asociación Acueducto de Golfo; al sur, con Eduardo Maltez Maltez; al este, con calle pública con seis metros con noventa y nueve centímetros de frente, y al oeste, con calle pública con siete metros sesenta centímetros de frente. Mide ciento sesenta metros con un decímetro cuadrado. Posee plano número P-0603200-1985. Propiedad de Yolanda Barrientos Barrantes. Expediente Nº 10-100118-920-CI-1 de Banco de Costa Rica contra Yolanda Barrientos Barrantes.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Sede Corredores, Ciudad Neily, 14 de junio de 2010.—Lic. Olga Sandí Torres, Jueza.—RP2010183705.—(IN2010057071).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del nueve de agosto del año dos mil diez, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00118977-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Antonio Contreras Quesada; al sur, Antonio Contreras Quesada; al este, Antonio Contreras Quesada, y al oeste, calle pública. Mide: quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil diez, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil diez con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Leda María Mendoza Villegas contra El Kalacin S.A. Expediente Nº 10-000291-0944-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Liberia, 16 de junio del 2010.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—RP2010183707.—(IN2010057072).

A las nueve horas del treinta de julio de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, soportando reservas y restricciones, según citas 0372-00009188-0902-001 y con la base de treinta y dos millones novecientos mil colones, remataré: el fundo hipotecado inscrito al partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos treinta y siete mil-triple cero, que es terreno de potrero, sito en el distrito dos, Buena Vista, cantón quince, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, y al sur, calle pública y Héctor Manuel López Quesada; al este, Leticia López Luna, Jorge Mario Alfaro Guzmán y Héctor Manuel López Quesada, y al oeste, Lidier López Luna, Jorge Mario Alfaro Guzmán y Maribel Quesada Loria; el cual mide cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta metros con veintiún decímetros cuadrados, plano A-0818016-1989, propiedad de María del Rosario López Quesada. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de veinticuatro millones seiscientos setenta y cinco mil colones, se señalan las nueve horas del dieciséis de agosto de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de ocho millones doscientos veinticinco mil colones, se señalan las nueve horas del veintisiete de agosto de dos mil diez. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Manuel López Quesada. Expediente Nº 10-000108-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 04 de junio del 2010.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—RP2010183709.—(IN2010057073).

A las once horas del doce de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, con la base de cinco millones de colones, remataré; vehículo placas número CL doscientos cinco mil doscientos treinta y cuatro, marca Mitsubishi, año 2006, estilo: L200 GLX TDI, carrocería: caja abierta o cam-pu, capacidad: 5 personas, motor: 4D56BZ6754. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones, se señalan las: once horas del veintiséis de agosto de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón doscientos cincuenta mil colones, se señalan las: once horas del nueve de setiembre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100214-0297-CI que es ejecutivo prendario de Alberto Vásquez Carranza contra Gabriel Sacida Quirós.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de mayo de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010183711.—(IN2010057074).

A las diecisiete horas veinte minutos del veintinueve de julio de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones y colisiones boleta 9800123828, Sumaria 98020283174TB del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Moravia, y con la base de: un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 244697, marca Dewoo, estilo Racer GTI, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería Sedan 4 puertas, año 1995, tracción sencilla, año 1995, chasis KLATF19T19T1SB552605. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Elvira Rodríguez Vargas, La Peña Juan Félix Rodríguez de. Expediente Nº 01-004562-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 08 de junio del 2010.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—RP2010183717.—(IN2010057075).

A las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; y con la base de cuatro millones setecientos cincuenta y siete mil doscientos quince colones veintiún céntimos, remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste al sistema de Folio Real matrícula número setenta mil ochocientos setenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos, terreno para construir con una casa lote 20, situado en el distrito primero Tilarán, del cantón octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Mide ciento ochenta y cinco metros con dieciocho decímetros cuadrados, según plano G-cero siete ocho nueve cero nueve nueve-mil novecientos ochenta y ocho; con Linderos: noreste, lote 21; suroeste, lote 19; sureste, resto destinado a calle pública de ocho metros, y noroeste, Constructora Guajira S. A. Para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria, sea con la suma de tres millones quinientos sesenta y siete mil novecientos once colones cuarenta y un céntimos, se señalan las diez horas del primero de setiembre del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca dada en garantía hipotecaria, sea con la suma de un millón ciento ochenta y nueve mil trescientos tres colones ochenta céntimos y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta. Se remata por ordenarse así en Expediente Nº 10-100173-0927-CI (185-4-2010)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples Alianza de Pérez Zeledón Responsabilidad Limitada (COOPEALIANZA R. L.) contra Xinia Ordóñez Martínez y José Félix Cabezas Rodríguez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 24 de junio del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2010183740.—(IN2010057076).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo: 391, asiento: 6.499, secuencia: 01-0846-002; a las ocho horas treinta minutos del seis de agosto del dos mil diez, y con la base de dos millones doscientos mil colones exactos, (la parte actora en el presente proceso cobra las hipotecas de primer y segundo grado) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y seis mil cuatrocientos diez- derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno: lote N-88 para construir con una casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 89 y 90 en parte; al sur, lote N-87; al este, calle pública con siete metros de frente, y al oeste, lote N-91, y otro en parte. Mide: ciento once metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de setiembre del dos mil diez con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R. L., contra María Eugenia Chavarría García, Víctor Manuel Hernández Castro. Expediente Nº 10-000325-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 14 de junio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2010183741.—(IN2010057077).

A las ocho horas treinta minutos del cinco de agosto del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravamen hipotecario y con la base de treinta y siete millones doscientos sesenta y tres mil trescientos noventa y seis colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil seiscientos veinticuatro cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno lote 36 para construir. Situada en el distrito 01, Alajuela, cantón 01, Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, primera etapa de la urbanización; al sur, avenida 10M; al este, lote 37, y al oeste, lote 35. Mide: doscientos treinta y nueve metros con ochenta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Kasey Michael Campos Brooks contra La Torre Legal S. A. Expediente Nº 04-001268-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de junio del 2010.—Lic. Fernando Guillén Zumbado, Juez.—RP2010183743.—(IN2010057078).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las ocho horas treinta minutos del once de agosto del dos mil diez, y con la base de seis millones cuatrocientos siete mil trescientos cuarenta y dos colones con cuarenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y nueve mil doscientos cincuenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito y cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sur y oeste, María Simona Pérez Pérez; y al este, calle pública con 10 m 22 cm. Mide: doscientos sesenta metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez, con la base de cuatro millones ochocientos cinco mil quinientos seis colones con ochenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de setiembre del dos mil diez con la base de un millón seiscientos un mil ochocientos treinta y cinco colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Zulema Acevedo Paniagua contra Flor de María Umaña Pérez. Expediente Nº 10-000228-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 08 de junio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2010183763.—(IN2010057079).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil diez, y con la base de sesenta millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F cero cero cero treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno finca filial once, edificio B, planta baja destinada uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, área común libre (jardín); al sur, área común libre patio; al este, área común libre, y al oeste, filial 12. Mide: sesenta y seis metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil diez, con la base de cuarenta y cinco millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez con la base de quince millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Reyner Zamora Murillo contra Proget Arena Costalari S. A. Expediente Nº 10-000251-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 17 de junio del 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—RP2010183769.—(IN2010057080).

En la puerta exterior de este despacho judicial; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas visibles al tomo 390, asiento 3415, secuencia 01, sub-secuencia 901 y consecutivo 001, servidumbre de acueducto, citas visibles al tomo 464, asiento 5993, secuencia 01, sub- secuencia 0007 y consecutivo 001 y, servidumbre de paso, citas visibles a tomo 464, asiento 5993, secuencia 01, sub- secuencia 0010 y consecutivo 001, a las nueve horas del veinte de setiembre de dos mil diez, y con la base de cuarenta y dos millones de colones (¢42.000.000.00), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Sección de Bienes Inmuebles, partido de Alajuela, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 409990-000, la cual es lote 1, terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alvaragui Sociedad R Ltd.; al sur, servidumbre de paso; al este, Alvaragui Sociedad R Ltd., y al oeste, Alvaragui Sociedad de Responsabilidad R Ltd. Mide: 3 074.82 decímetros cuadrados. Y, Finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Sección de Bienes Inmuebles, partido de Alajuela, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 344979-000, la cual es lote 1, terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, sur y este, con Alvaragui Sociedad de Responsabilidad Limitada y, al oeste, con calle pública con un frente de 16 metros lineales. Mide: 591.13 decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del seis de octubre de dos mil diez, con la base de treinta y un millones quinientos mil colones (¢31.500.000) (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de octubre de dos mil diez, con la base de diez millones quinientos mil colones (¢10.500.000) (un 25% de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se rematan así por ordenarse en proceso ejecución hipotecaria, establecido por Reyner Zamora Murillo contra Linda Fruta S. A. Expediente Nº 10-000250-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 14 de junio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2010183770.—(IN2010057081).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil diez, y con la base de diez mil doscientos veintiséis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas seis seis dos nueve cinco cuatro, marca Chevrolet, año 2006, color anaranjado, categoría automóvil, Vin KL1TD51Y16B014724, cilindra 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil diez, con la base de siete mil seiscientos sesenta y nueve dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de agosto de dos mil diez con la base de dos mil quinientos cincuenta y seis dólares cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Ronald González Marrochi. Expediente Nº 10-000627-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de abril del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—(IN2010057133).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las nueve horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diez, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos catorce mil quinientos ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de café con dos casas de habitación. Situada en el distrito cinco Rodríguez, cantón doce Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Leticia Herrera Herrera; al sur, Javier Alvarado Rodríguez; al este, calle pública con frente de 16 metros 66 centímetros; y al oeste, calle pública con frente de 35 metros 43 centímetros. Mide: once mil ochocientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil diez, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil diez con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Heriberto Ramírez Morales contra Jorge Patricio Herrera Chacón. Expediente Nº 10-000290-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 12 de junio del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2010057172).

A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y anotaciones, con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré: el vehículo placas 678332, marca Chevrolet, estilo Tracker, categoría automóvil, capacidad cinco personas, carrocería Sedan 4 puertas, tracción 4x4, color blanco, propietario Hugo Corella Agüero, cédula de identidad número 4-141-100. Se remata por haberse así ordenado en ejecución de acuerdo laboral de Yerlin Vanessa Martínez Madrigal contra Hugo Corella Agüero.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, San Marcos de Tarrazú, 22 de junio del 2010.—Lic. Garnier A. Vargas Barboza, Juez.—(IN2010057286).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las diecisiete horas del diecisiete de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de treinta y dos mil cuatrocientos ochenta unidades de desarrollo, en el mejor postor, remataré: finca inscrita en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrícula trescientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y nueve cero cero cero, que es terreno: para construir lote nueve C con una casa. Sitio: distrito cuarto Patalillo, cantón once Coronado de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública con siete metros de frente, sur, casa número diez C contiguo de bloques de concreto de Estaticia Sociedad Anónima, este, casa ocho C contiguo de Bloques de Concreto de Estaticia Sociedad Anónima, y oeste casa 17-C contiguo a Bloque de Concreto de Estaticia Sociedad Anónima, noreste, calle pública con siete metros, noroeste, lote 8 C de Estaticia Sociedad Anónima, sureste, lote C de Estaticia Sociedad Anónima; suroeste, lote 17 C de Estaticia Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Nacional de Costa Rica contra Karol Auxiliadora Aguilar Gutiérrez. Expediente 07-026538-0170-CA.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de junio 2010.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Juez.—(IN2010056772).

A las trece horas treinta minutos del doce de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Prho reserv conref: 3029 127 001 inscrita bajo las citas 0329-00015266-01-0901-006 y con la base de catorce millones quinientos sesenta y siete mil ochocientos cinco colones con veintisiete céntimos, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela folio real matrícula 426.913-000, y que se describe así: terreno inculto con árboles, sito en distrito ocho, la Tigra, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela, linderos: norte, Ganadera Campos y Rojas de la Tigra S. A., sur, Roy Arias Orozco y Ganadera Campos y Rojas de la Tigra S. A., este, calle pública con 20,00 metros lineales y Ganadera Campos y Rojas y oeste, Ganadera Campos y Rojas de la Tigra S. A. Mide: dos mil metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diez millones novecientos veinticinco mil ochocientos cincuenta y tres colones con noventa y cinco céntimos señalan las: trece horas treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones seiscientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y un colones con treinta y un céntimos, se señalan las trece horas treinta minutos el nueve de setiembre de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente 10-100030-0297 CI, que es ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada, Coocique R. L. contra Esaul Gamboa Esquive c.c. Saúl y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de mayo de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2010056777).

A las quince horas del doce de agosto de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones inscrita bajo las citas 312-00002771-01-0901-069, servidumbre de paso bajo las citas 0544-00005397-01-005-001, y con la base de seis millones cincuenta y siete mil quinientos noventa y un colones con veintinueve céntimos, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela folio real matrícula 429.154-001 y 002, y que se describe así: terreno para construir, sito en distrito siete La Fortuna, cantón diez San Carlos, de la provincia de Alajuela, linderos: norte y sur, Eliomar Pérez Arrieta, este, servidumbre de paso con un frente de 10,66 metros lineales y oeste, María Eugenia Quirós Zúñiga, mide: doscientos trece metros con setenta y seis decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cuatro millones quinientos cuarenta y tres mil ciento noventa y tres colones con cuarenta y seis céntimos, se señalan las quince horas del veintiséis de agosto de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón quinientos catorce mil trescientos noventa y siete colones con ochenta y dos céntimos, se señalan las quince horas del nueve de setiembre de dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente 009-100965-0297-CI, que es ejecutivo hipotecario del Consorcio Cooperativo de Vivienda Concoocique R. L., contra Juan Luis Reyes Ruiz y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de mayo de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—(IN2010056778).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del tres de agosto del año dos mil diez, y con la base de sesenta y cuatro millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula doscientos treinta mil seiscientos ochenta y ocho cero cero cero la cual es terreno figura irregular con una casa. Situada en el distrito Tirrases, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros 40 centímetros; al sur, José Luis Monge Carvajal; al este, José Luis Monge Carvajal y al oeste, José Ramón Lobo Villalobos y Finsa. Mide: doscientos noventa y cuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de cuarenta y ocho millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil diez con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Consorcio Don Mariano WCC S A, Repuestos La Colina S. A. Expediente 10-011506-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 1º de junio del 2010.—Lic. Adriana Castro R., Jueza.—(IN2010056796).

A las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes pero soportando demandas ordinarias inscritas al tomo 424 asiento 05017 a favor del Juzgado Instrucción de Goicoechea y Moravia y una segunda demanda ordinaria inscrita al tomo 511 asiento 01295 a favor del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de veinticinco millones doscientos treinta y dos mil doscientos cuarenta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos, (base dada por el perito) en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 406119-000, la cual es terreno para construir con 1 casa, situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 11 Coronado. Colinda: al norte, con calles pública con 07.00 metros; al sur, con lote G-96; al este, con lote G-99/100/101, y al oeste, con lote G-103. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en ejecución de sentencia de Miguel Lizano Mena contra Luis Álvaro Vargas Cordero. Expediente Nº 00-000668-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de junio del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2010183785.—(IN2010057082).

En la puerta exterior de este despacho; soportando anotación visible al tomo dos mil nueve, asiento doscientos treinta y dos mil seiscientos cuarenta consecutivo cero cero uno; reservas y restricciones visibles al tomo trescientos cuarenta y uno, asiento doce mil seiscientos veintisiete, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno; hipoteca de primer grado visible al tomo quinientos sesenta y uno, asiento siete mil cuatrocientos ochenta, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno e hipoteca de segundo grado visible al tomo quinientos sesenta y ocho, asiento cuarenta y siete mil quinientos cuatro, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero uno, subsecuencia cero cero uno; a las diez horas treinta minutos del veinte de agosto del dos mil diez, y con la base de tres millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y un mil seiscientos dieciséis-cero cero cero la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Sardinal, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Norma Acevedo Méndez; al sur, Iglesia Cristiana Asamblea de Dios; al este, Carlos Calderón Valerín, y al oeste, calle pública. Mide: quinientos cuarenta y dos metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del seis de setiembre del dos mil diez, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil diez con la base de ochocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Francisco Corrales Molina. Expediente Nº 10-000268-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Liberia, 24 de junio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2010183807.—(IN2010057083).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado inscrita al tomo quinientos sesenta y nueve, asiento sesenta y nueve mil ochocientos noventa y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero uno, subsecuencia cero cero uno; a las diez horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil diez, y con la base de veintiséis mil dólares moneda de curso legal de Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos diecinueve mil trescientos ochenta y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa Nº 4. Situada en el distrito primero San Juan, cantón trece Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Extra S. A.; al sur, calle pública, avenida central con 10 metros; al este, T.R Ingenieros Arquitectos S. A., lote 3, y al oeste, T.R Ingenieros Arquitectos S. A., lote 5. Mide: trescientos metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del trece de setiembre del dos mil diez, con la base de diecinueve mil quinientos dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintinueve de setiembre del dos mil diez, con la base de seis mil quinientos dólares, moneda de curso legal en Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Tarjett de Costa Rica S. A. Expediente Nº 10-000294-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 24 de junio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2010183808.—(IN2010057084).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones y limitaciones bajo las citas tomo: 296 asiento: 6446, servidumbre de paso de agua, citas: tomo: 457 asiento: 3945, servidumbre de paso, citas: tomo: 549, asiento: 18319, servidumbre de acueducto, citas: tomo: 549, asiento: 18319, servidumbre de líneas eléctricas y de paso, citas: tomo: 549, asiento: 18319, servidumbre de paso, citas: tomo: 550, asiento: 4745 y libre de anotaciones; a las siete horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuarenta y ocho millones trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 143472-000 la cual es terreno de montaña y potrero. Situada en el distrito Samara, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Corporación La Nueva Cita S. A., en medio servidumbre de paso agrícola con 7 metros de ancho; al sur, Corporación La Nueva Cita S. A., en medio servidumbre de paso agrícola; al este, Docui S. A., y al oeste, Corporación La Nueva Cita S. A. Mide: cinco mil sesenta y ocho metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, con la base de treinta y seis millones doscientos noventa y dos mil ochenta y siete colones con noventa y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez, con la base de doce millones noventa y siete mil trescientos sesenta y dos colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Aho. y Créd. Serv. Múltiples Alianza R. L, contra Jeffrey Paul Hunsaker sucesión de, Marco SBN II Sociedad Anónima. Expediente Nº 09-000263-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 05 de julio del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010183809.—(IN2010057085).

A las nueve horas treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil diez, con una base de dos millones cuatrocientos noventa y tres mil cuatrocientos cincuenta colones con setenta y nueve céntimos. A las nueve horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil diez, el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original, sea la suma de un millón ochocientos setenta mil ochenta y ocho colones con nueve céntimos. Y a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez, el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de seiscientos veintitrés mil trescientos sesenta y dos colones con setenta céntimos, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, lo siguiente: Finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número cero cero cero sesenta y nueve mil doscientos noventa y siete-cero cero cero de naturaleza terreno para construir. Está situada en el distrito y cantón primeros de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Guillermo Elon Cordero; sur, con Orlando Quirós y Sonia María Zumbado; este, con calle pública, y al oeste, con Fernando Quirós Román. Mide: setecientos sesenta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 09-000609-0678-CI-3 establecida por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Howard Sosa Ballestero y otra.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de junio del 2010.—Lic. Jorge Quirós Jiménez, Juez.—RP2010183872.—(IN2010057086).

A las diez horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil diez, el primer remate con una base de cuatro millones ochocientos noventa y ocho mil sesenta y cinco colones. A las diez horas del nueve de setiembre del dos mil diez, el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original, sea la suma de tres millones seiscientos setenta y tres mil quinientos cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos, a las diez horas del veinticuatro de setiembre del dos mil diez, el tercer remate con el 25% de la base original sea la suma de un millón doscientos veinticuatro mil quinientos dieciséis colones con veinticinco céntimos; en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, servidumbre trasladada bajo citas 0307-00012097-01-0901-001, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número doscientos cuarenta y ocho mil trescientos veintiséis cero cero cero, terreno para construir con una casa de habitación, sito en el distrito cuatro de Tirrases, cantón dieciocho de Curridabat de la provincia de San José. Linda: al norte, con calle pública con un frente de 7 metros; al sur, Rafael Berrocal Sandoval; al este, con Francisco Valverde, y al oeste, con Francisco Valverde Garro. Mide ciento cinco metros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 10-000146-0678-CI-1 establecida por el Instituto Nacional de Seguros contra Edgar Sánchez Gamboa.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Limón, 18 de junio del 2010.—Lic. Jorge Quirós Jiménez, Juez.—RP2010183873.—(IN2010057087).

En la puerta exterior de este despacho; soportando servidumbre trasladada, citas: tomo: 296, asiento: 10074, consecutivo: 01, secuencia: 0903, subsecuencia: 001, a las quince horas y treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diez, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 226944-000, la cual es terreno para construir con la mitad de 1 casa. Situada en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María José Artavia Contreras y Erick Artavia Contreras; al sur, Hilda Zúñiga Guerrero; al este, calle con cuatro metros sesenta centímetros, y al oeste, Claudio Alpízar. Mide: ciento ochenta y seis metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del año dos mil diez, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Cántaro de Agua S. A., contra Alexander Eduardo Artavia Gutiérrez y Ricardo Antonio Artavia Gutiérrez. Expediente Nº 08-023750-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2010.—Lic. Jéssica Vargas Barboza, Jueza.—RP2010183875.—(IN2010057088).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del año dos mil diez, y con la base de siete millones setecientos once mil ciento veinticinco colones ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número C-147229, marca Freightliner, año 1996, Vin 1 FUY 3 MCB 2 TP 701173, cilindrada 10800 cc, color rojo, categoría tractocamión (carga pesada). Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de setiembre del año dos mil diez, con la base de cinco millones setecientos ochenta y tres mil trescientos cuarenta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, con la base de un millón novecientos veintisiete mil setecientos ochenta y un colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Brunca Sociedad Anónima contra Karol Adriana Durán Brenes, Lidier Chinchilla Vargas, Transportes D Y M Intercontinentales de Centroamérica. Expediente Nº 09-000078-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de mayo del 2010.—Lic. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza.—RP2010183876.—(IN2010057089).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las once horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil diez, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 385593-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 San Antonio cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 16 m; al sur, Jorge Arias Chinchilla; al este, Jorge Arias Chinchilla, y al oeste, Irene Barquero Méndez. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil diez, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Celenia Ulloa Mena, Néstor Leonel Estrada Ruiz. Expediente Nº 09-027746-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 04 de mayo del 2010.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2010183877.—(IN2010057090).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas con treinta minutos del diez de agosto de dos mil diez, y con la base de veintinueve millones novecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos catorce mil novecientos treinta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2- San José, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 7.69 metros de frente; al sur, Glaber Limitada; al este, lote seis de Glaber Limitada, y al oeste, lote ocho de Glaber Limitada. Mide: ciento setenta y seis metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil diez, con la base de veintidós millones cuatrocientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil diez, con la base de siete millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Erick José Arias Pérez. Expediente Nº 10-000207-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 16 de junio del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010183901.—(IN2010057091).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 2 servidumbres de paso; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 211247-00 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Mireya Ramírez Rivas; al sur, Mireya Ramírez Rivas; al este, Otto Montero Masís, y al oeste, servidumbre de paso con 12 metros 25 centímetros. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del doce de octubre de dos mil diez, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de octubre de dos mil diez, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto Varela Ramírez. Expediente Nº 10-001168-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010183923.—(IN2010057092).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 4 servidumbres de paso; a las ocho horas y quince minutos del dieciocho de octubre de dos mil diez, y con la base de treinta y nueve millones ciento setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 218192-000 la cual es terreno de solar lote 13. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Banco Citibank de Costa Rica S. A.; al sur, Banco Citibank de Costa Rica S. A.; al este, Banco Citibank de Costa Rica S. A., y al oeste, carretera nacional con 7,04 metros de frente. Mide: doscientos once metros con treinta y dos centímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil diez, con la base de veintinueve millones trescientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diez, con la base de nueve millones setecientos noventa y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ligia Rojas Vega. Expediente Nº 10-001348-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010183924.—(IN2010057093).

En la puerta exterior de este despacho; a las quince horas del veinte de agosto del dos mil diez, y con la base de setecientos quince mil colones, al mejor postor se rematará lo siguiente: vehículo placa número trescientos sesenta y siete mil seiscientos veinticuatro, marca Hyundai, estilo Excel GL, capacidad cinco personas, color rojo, año mil novecientos noventa y dos, carrocería sedan 4 puertas, motor G4DJN491660, combustible gasolina, propiedad de Luis Enrique Sibaja Alfaro, soportando demanda del Juzgado de Familia de Desamparados, al tomo dos mil siete y asiento noventa y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve. Para el segundo remate se señalan las quince horas del tres de setiembre del dos mil diez, con la base de quinientos treinta y seis mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para el tercer remate se señalan las quince horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de ciento setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones, por ordenarse así en proceso de ejecución de sentencia, de Danilo Alberto Chinchilla Borbón, contra Ronald López Mora y Luis Enrique Sibaja Alfaro. Expediente Nº 06-100357-0237-CI (382-2-06).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 23 de junio del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—(IN2010057152).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil diez, y con la base de veinticuatro millones trescientos cincuenta mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y dos mil cuatrocientos diez-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote tercero. Situada en el distrito tres Veintisiete de Abril, cantón tres Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 10,43 metros; al sur, Alicia Ruiz Ruiz; al este, Óscar Guevara Arias; y al oeste, Óscar Guevara Arias. Mide: trescientos veinte metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil diez, con la base de dieciocho millones doscientos sesenta y dos mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, con la base de seis millones ochenta y siete mil seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Extrusiones de Aluminio S. A. contra Eric Reinaldo Villafuerte Viales. Expediente Nº 09-100706-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 27 de abril del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2010057776).

Convocatorias

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza de Familia de Cartago, hace saber al señor David Pérez Pérez, de vecindario desconocido, que en este Despacho se tramita proceso de medidas de protección formulado por el Patronato Nacional de la Infancia a favor del menor de edad Josué David Pérez Astúa, señalando para la audiencia las ocho horas treinta minutos del diecinueve de julio del año en curso. Expediente Nº 09-001804-338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 7 de junio del 2010.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010056814).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Daniel Hernández Chaves, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del once de agosto del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 08-001198-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de mayo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—RP2010184003.—(IN2010057686).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de María Luisa Arroyo Sánchez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente. N° 08-001010-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,15 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—(IN2010057811).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 08-000268-0390-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Luz María Badilla Morera, quien es mayor, estado civil casada una vez, de oficios domésticos, vecina de El Golfo de Lepanto de Puntarenas, de la escuela trescientos metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06-097-1007, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto Lepanto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con quince metros con noventa y siete centímetros lineales; al sur, Ganadera Bamo S. A.; al este, Ganadera Bamo S. A.; y al oeste, Ganadera Bamo S. A. Mide: diez mil cincuenta metros, con sesenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en El Golfo de Lepanto Puntarenas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luz María Badilla Morera. Exp. Nº 08-000268-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 24 de febrero del 2010.—Lic. Heriberto Díaz Montero, Juez.—1 vez.—RP2010182980.—(IN2010055844).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Villalobos Barrantes Yirlania, casada una vez, educadora, cédula de identidad seis- cero doscientos cuarenta y cuatro - cero setecientos treinta y seis, Barrio del Veinte de Noviembre cien metros al oeste de la entrada al barrio del Veinte Noviembre, Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito en San Isidro en el distrito primero Puntarenas, cantón primero Puntarenas, de la provincia seis de Puntarenas. Linda: al norte, calle pública con una medida de frente cinco metros con noventa y cinco centímetros; sur, Aldebarán S.A.; al este, calle pública con una medida de frente con diez metros con noventa y cuatro metros; y oeste con Josefina Alvarado Álvarez, mide sesenta y dos metros cuadrados y setenta y dos decímetros, según plano catastrado número P-nueve cinco cero cero cero seis- noventa y uno. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 10-100084-642-CI-1 de Villalobos Barrantes Yirlania.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010182987.—(IN2010055845).

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 08-000010-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Rodolfo Gutiérrez Gutiérrez, quien es mayor, soltero, vecino de La Libertad de Sardinal de Carrillo, Guanacaste, portador de la cédula de identidad número cinco- doscientos setenta y ocho- setecientos ochenta y seis, ayudante de electricista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero, cantón quinto, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Luis Enrique Soto; al sur, calle pública con cuarenta y cuatro metros veintisiete centímetros lineales frente a ella; al este, Lidieth Gutiérrez Gutiérrez; y al oeste, Rodrigo Obregón. Mide: mil doscientos dos metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por su progenitura sea esta la señora María Sirza Gutiérrez Gutiérrez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en cercado, siembra de árboles frutales y demás atributos del domonio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Rodolfo Gutiérrez Gutiérrez. Exp. Nº 08-000010-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de abril del 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010183068.—(IN2010055846).

Plantaciones de Naranja del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y tres mil quinientos cuarenta y cuatro, domiciliada en San Rafael de Escazú, San José, ciento veinticinco metros al oeste del Restaurante Tony Romas, representada por su Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, señor Carl Edward Odio Trejos, mayor, casado una vez, administrador de empresas, vecino de San Rafael de Escazú, San José, ciento veinticinco metros al oeste del Restaurante Tony Romas, cédula número nueve-cero noventa y dos-cero treinta y dos, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a nombre de su representada en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de cítricos, sito en Medio Queso, distrito primero Los Chiles, cantón catorce Los Chiles de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: Al norte, calle pública con un frente a ella de setecientos noventa y siete metros con sesenta y ocho centímetros lineales y Junta de Educación de la Escuela El Cachito; al sur, Plantaciones de Naranja del Norte Sociedad Anónima y Serapio Romero Romero; al este, Junta de Educación de la Escuela El Cachito, calle pública con un frente a ella de doscientos cincuenta y un metros con cincuenta centímetros lineales y Serapio Romero Romero, y al oeste, Plantaciones de Naranja del Norte Sociedad Anónima. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1387595-2009 de fecha 26 de noviembre de 2009, una superficie de trece hectáreas nueve mil seiscientos nueve metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el representante de la sociedad titulante, que lo adquirió su representada por compraventa que le hiciera al señor Juan Guillermo Rojas Castillo, mayor, soltero, agricultor, vecino de los Chiles, Alajuela, un kilómetro al este de la Delegación, cédula número dos-trescientos veinticinco-doscientos cuarenta y uno, en fecha tres de junio de dos mil nueve, mediante testimonio de escritura número 50, otorgada ante el notario Edgar Quirós Cavallini, con quien no le une parentesco alguno al representante de la promovente y quien le transmitió los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. El inmueble fue estimado en la suma de seis millones novecientos ochenta mil cuatrocientos cincuenta colones y en la misma suma se estiman las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Exp. Nº 10-000112-0298-AG, promovida por Plantaciones de Naranja del Norte S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 28 de junio del 2010.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—(IN2010055928).

Plantaciones de Naranja del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-393544, domiciliada en San José, San Rafael de Escazú, 125 metros al oeste del Restaurante Tony Romas, edificio color anaranjado, representada por su apoderado generalísimo señor Carlos Edward Odio Trejos, mayor, casado una vez, administrador de empresas, cédula 9-092-032, vecino de San José, San Rafael de Escazú, 125 metros al oeste del Restaurante Tony Romas, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de cítricos, sito en El Combate, Medio Queso de Los Chiles, distrito primero de Los Chiles, cantón catorce de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos, al noroeste, Plantaciones de Naranja del Norte S. A., al noreste, Plantaciones de Naranja del Norte S. A., al sureste, Plantaciones de Naranja del Norte S. A. y río Combate en parte, y al suroeste, Plantaciones de Naranja del Norte S. A. y quebrada en medio. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado Nº A-1386222-2009 de fecha veinte de noviembre de dos mil nueve, una superficie de diecinueve hectáreas tres mil setecientos ochenta y seis metros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió la sociedad titulante por compraventa que le hiciera al señor Pablo Murillo Montano, cédula 2-289-160, mayor, soltero, agricultor, vecino de El Combate de Los Chiles, Alajuela, tres kilómetros al norte de la iglesia, quien le traspasó y cedió los derechos de posesión ejercidos sobre dicho inmueble por él por más de diez años, en forma quieta, pública, pacífica como dueño y demás suscriptores legales, mediante escritura pública número treinta y nueve-seis, de fecha veinticuatro de febrero de dos mil nueve, otorgada ante el notario Edgar Quirós Cavalini. Las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de nueve millones seiscientos ochenta y nueve mil trescientos colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Exp. Nº 10-000111-0298-AG promovida por Plantaciones de Naranja del Norte S. A.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de junio del 2010.—Lic. Marco A. Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2010055929).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Blanco Chan Ivonne, cédula de identidad uno-setecientos setenta y cuatro-cuatrocientos treinta y cinco, mayor, soltera, periodista, vecina de Mercedes Norte de Heredia, Residencial San Claretiano, casa número tres E, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, con una casa de habitación, sito en Chomes, distrito tres Chomes cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Waddy Cordero Blanco, al este calle pública; al sur, calle pública, y al oeste, con Sara Cordero Blanco. Mide doscientos sesenta y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-seis tres cinco dos dos uno-dos mil. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria expediente Nº 10-100102-642-CI-2 de Blanco Chan Ivonne.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2010055972).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 09-000057-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Vicente Jiménez Mora, quien es mayor, casado, vecino de Grifo Alto de Puriscal, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 1-290-079 y cuya profesión es la agricultura, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de pastos, situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente lineal de ciento ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados; al sur, Emilio Jiménez Porras y Vicente Jiménez Mora; al este, Eduardo Jiménez Porras y Vicente Jiménez Mora y al oeste, Diego Jiménez Porras y con la Quebrada “El Guapinol”. Mide: veinticuatro mil ochocientos nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado SJ-1321710-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra que le hizo al señor Didimo Gómez Delgado, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño por más de quince años, que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la explotación de unas poquitas vacas para el consumo de la familia, tanto de la leche como de sus derivados; asimismo dedica al inmueble las chapeas y arreglo de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Vicente Jiménez Mora. Exp. 09-000057-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de abril del 2010.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2010056031).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 10-160038-0188-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Álvaro Gamboa Flores quien es mayor, casado una vez, vecino de La Esperanza de San Pedro de Pérez Zeledón, seiscientos metros al este de la escuela del lugar, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe uno-trescientos setenta y cinco-novecientos cincuenta y dos, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en Santa Cecilia, el distrito nueve Brunka, cantón tres Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ángel Beita Vargas, yurro en medio de Instituto de Desarrollo Agrario; al sur, yurro en medio de Instituto de Desarrollo Agrario; al este, yurro en medio de Instituto de Desarrollo Agrario y al oeste, calle pública con un frente a ella de noventa y tres metros con noventa y cinco centímetros. Mide: cincuenta y ocho mil ciento noventa y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado P-1301855-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra hecha a María Idileth Garro Castillo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de dos años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y conservación del bosque, repastos para ganado, reparación de cercas, mantenimiento y limpieza de los carriles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Gamboa Flores. Exp. 10-160038-0188-AG.—Juzgado Agrario del I Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de junio del 2010.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—(IN2010056032).

Azarias Morales Guerrero, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Gerardo de Pocosol, San Carlos, Alajuela, cédula de identidad 2-269-590, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, las fincas: finca A: que le pertenece por compra privada que le hiciere a la señora María de los Ángeles Arroyo Cruz, mayor, casada una vez, oficios domésticos, cédula de identidad 6-191-254, vecina de La Luisa de Pocosol, de quien no lo liga ningún parentesco, el 23 de octubre de 1990. Dicho terreno se describe así: terreno para construir con una casa de habitación y potrero, sito en distrito trece, Pocosol, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda al norte: Blanca Lidia Ruiz Baenz, sur: Azarias Morales Guerrero y Diego Badilla Umaña, al este: Ronald Saborío Molina y al oeste: calle pública al plomo y Azarias Morales Guerrero. Mide: una hectárea, tres mil cuatrocientos cuarenta y tres con setenta y cinco decímetros cuadrados, según el plano catastrado A-602218-85 de fecha 19 de setiembre de 1985. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de doscientos mil colones. Finca B: que le pertenece por compra privada que le hiciere a la señora María Cruz Matamoros, mayor, casada dos veces, oficios domésticos, cédula de identidad 6-075-768, vecina de Esquipulas de Palmares, Alajuela, 200 metros oeste de la escuela, de quien no lo liga ningún parentesco, el 05 de febrero de 1991. Dicho terreno se describe así: terreno para construir con una casa de habitación y potrero, sito en distrito trece, Pocosol, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Azarias Morales Guerrero y Gerardo Morales Guerrero, sur, Juan Elías Hernández Rojas y Diego Badilla Umaña, al este: Diego Badilla Umaña, Azarias Morales Guerrero y Gerardo Morales Guerrero y al oeste: calle pública a San Gerardo de Pocosol con un frente de treinta y dos metros sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Mide: dos mil setecientos cincuenta y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados, según el plano catastrado A-611399-2000 de fecha 23 de febrero del 2000. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de novecientos mil colones y las presentes diligencias de ambos inmuebles en la suma de dos millones cien mil colones. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto. Expediente N° 10-100205-0297 CI (2C). Información posesoria promueve Azarias Morales Guerrero.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 1º de mayo del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010183267.—(IN2010056215).

Citaciones

Por única vez, se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Omar Bejarano Monge, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula Nº 9-035-550, vecino de Santa Rosa de Pocosol, al costado oeste del parque, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100393-0297-CI. Sucesorio judicial del causante Omar Bejarano Monge.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de junio del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2010182511.—(IN2010054918).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Hermógenes Calderón Araya, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, cédula Nº 3-0101-0484, vecino de Barrio El Carmen, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001176-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 7 de mayo del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—1 vez.—RP2010182538.—(IN2010054919).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Rosa Virginia Loría Meneses, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, cédula Nº 0301600342, vecina de Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-004748-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 11 de marzo del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—RP2010182539.—(IN2010054920).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Emilia Fernández Sánchez, quien es vida fue: mayor, viuda, empresaria, con cédula número: uno-cero ciento sesenta y cinco-cero quinientos veintisiete, vecina de San Antonio de Desamparados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—RP2010182557.—(IN2010054921).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Guerrero Ramos, quien fuera casado, jornalero, vecino de Cascajal Orotina, y con cédula de identidad Nº 2-0070-8256. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados. a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000006-0848-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de mayo del 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—1 vez.—RP2010182586.—(IN2010054922).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Cecilia González Murillo, quien fue mayor, soltera, profesora, cédula número dos-doscientos treinta-doscientos cuarenta y nueve, vecina de Zarcero de Alfaro Ruiz, veinticinco metros norte del parque, fallecida el día treinta de mayo del dos mil diez, de lo cual el suscrito notario da fe con vista en el certificado de defunción del Registro Civil, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apersonen los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente Nº 0006-10. Notaría del Bufete Calderón Pacheco.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—(IN2010054962).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Mauricio Retana Chacón, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad Nº 1-0869-0057. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000333-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de junio del 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2010055190).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Bailon Ramírez Arias, quien fue, mayor, viudo, agricultor, con cédula de identidad Nº 3-091-532, vecino de Atenas, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010. Notaría del Bufete Marvin José Villagra López.—San José, 18 de junio del 2010.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1 vez.—(IN2010055246).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan José Fernández Marson, quien fue mayor, casado, doctor de medicina, con cédula de identidad Nº 1-312-886. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000334-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de junio del 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2010182704.—(IN2010055329).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera Johel Cascante Picado, agricultor, casado una vez, vecino de Paraíso de Pejivaye, Pérez Zeledón, tres kilómetros al oeste del beneficio Santa Cruz, portador de la cédula de identidad número uno-doscientos veintiséis-setecientos noventa y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-100279-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 14 de junio del 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—RP2010182709.—(IN2010055330).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo Herrera Calvo, quien fue mayor, casado una vez, técnico en electrónica, vecino de Desamparados, cédula de identidad 1-0159-0742 y Dina Hurtado Hurtado, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Desamparados, cédula de identidad 8-0042-0935, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 10-100070-0217-CI. Sucesión de Rodrigo Herrera Calvo y Dina Hurtado Hurtado.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 24 de junio del 2010.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010182721.—(IN2010055331).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Cirza Duarte Duarte, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 05-0050-0881, vecina de La Unión, Cartago. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-100019-0349-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 21 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010182724.—(IN2010055332).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de José Luis Ordóñez Zúñiga, quien en vida fuera, mayor, casado dos veces, agricultor, costarricense, vecino de Llanos del Cortés de Bagaces, un kilómetro al norte de la escuela, cédula de identidad número cinco-ciento veintitrés-trescientos setenta y nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000231-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 28 de octubre del 2010.—Lic. Elizabeth Leiva Vásquez, Jueza.—1 vez.—Nº RP2010182733.—(IN2010055333).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Manuel Ángel Cortés Segura, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, portó la cédula de identidad número cinco-cero sesenta y uno-cuatrocientos ochenta y ocho, y vecino de Coronado de Osa, Puntarenas, frente al Ebais. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100070-0442-CI-3.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Osa, Ciudad Cortés, a las siete horas, quince minutos del diecisiete de junio de dos mil diez.—Lic. Jeannette Navarro Chavarría, Jueza.—1 vez.—RP2010182959.—(IN2010055851).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Mario León Masís, quien fuera mayor, comerciante, casado una vez, vecino de Orotina, cédula de identidad Nº 2-139-390. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001421-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de junio del año 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—RP2010182984.—(IN2010055852).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Sergio Solano Sevilla, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número 1-433-0686, vecino del barrio Veinte de Noviembre, 300 metros al este del salón Jiménez, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que de no atender este llamado dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente Nº 001-2010. Notaría de la Licenciada Yadira Correa Martínez, situada en residencial Los Corales, casa 44, San Isidro, Puntarenas.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—RP2010182986.—(IN2010055853).

Se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en la sucesión de Mayra María Herrera Villalobos, quien en vida fue mayor de edad, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número uno-tres cuatro nueve-cinco seis seis, vecina de San José, Goicoechea, Ipís, cien metros sur y veinticinco oeste del Palí, del cruce de Coronado, casa dieciocho H, para que dentro del término de treinta días naturales a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San José, avenida segunda, condominio Las Américas, primer piso, oficina número tres, a fin de hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo en el plazo establecido la herencia pasará a quien corresponda, según el acta de apertura de proceso sucesorio levantada ante el suscrito notario público. Expediente Nº 0001-2010.—San José, dieciocho de junio 2010.—Lic. Francisco Javier Vega Guzmán, Notario.—1 vez.—RP2010182990.—(IN2010055854).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Bolaños Morera, mayor, soltero, célibe, sacerdote católico, vecino de Pital de San Carlos, en la casa Cural, con cédula de identidad número dos-ciento ochenta y seis-doscientos cincuenta y cuatro; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 2010-0003-AJNC. Notaría de la Licenciada Evelyn Loaiza Blanco, Ciudad Quesada, San Carlos, barrio Baltazar Quesada, veinticinco metros al norte, cien metros al oeste y veinticinco metros al norte del abastecedor El Vicero.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—RP2010182997.—(IN2010055855).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Alonso Josué Meléndez Arroyo y Mario Andrés Arroyo Alvarado, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 10-000908-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de mayo del año 2010.—Lic. Agustín Díaz Delgado, Juez.—Exonerado.—(IN2010055442).

3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Donald Yarince Morales Rivera y Cristopher Manuel Morales Rivera, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 10-000910-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de mayo del 2010.—Lic. Agustín Díaz Delgado, Juez.—O. C. Nº 31677-Solicitud Nº 33531.—C-7820.—(IN2010055441).

3 v. 1.

Se hace saber: que en este Despacho Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-46008 representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma William Stoker Jonathan, mayor, casado, cédula de identidad 706346910, vecino de San José, Escazú, Guachipelín, Torre HSBC, ha promovido diligencias a fin de que se le repongan cédulas hipotecarias. Se concede un término de un mes a partir de la última publicación de este edicto, a todos los interesados, a fin de que se presenten en defensa de sus derechos. Por ordenarse así en diligencias de reposición de título. Exp. N° 10-000116-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 19 de mayo del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(IN2010056261).

3 v. 1.

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Ángela Calvo Aguilar mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de La Unión de Cartago, cédula de identidad 1-1056-0309; encaminado a solicitar la ausencia de Jonathan Heriberto Arroyo Zamora, mayor casado una vez, cédula de identidad 1-1035-0769. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. 08-001447-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de noviembre del 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº RP2010183310.—(IN2010056234).

3 v. 1. Alt.

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por José Alexis Zamora Quirós, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Heredia, cédula de identidad número cuatro-ciento uno-trescientos noventa y dos; encaminado a solicitar la ausencia de Priscila Zamora Trejos, mayor, soltera, bióloga marina, vecina de Heredia, cédula de identidad número uno-mil setenta y uno-ochocientos tres. Y se ha dictado la resolución que literalmente dice: Juzgado Civil de Heredia, a las nueve horas y cincuenta y un minutos del cuatro de junio del año dos mil diez. Se tienen por establecido el presente proceso de declaratoria de ausencia promovido por Flor Emilia Trejos Bonilla. Llámese a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de la demanda, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, en el entendido de que si no hubiere noticias del ausente ni oposición de algún interesado, el juez declarará la ausencia, previa demostración de ella conforme con lo dicho en el artículo 71 del Código Civil y el párrafo 1) del ordinal 872 del Código Procesal Civil. Expídase el edicto de citación a los interesados en las presentes diligencias, el cual, se deberá de publicar en el Boletín Judicial por tres veces con intervalos de un mes, y en un periódico de circulación nacional. Podrá hacerse por medio de la radio. Se le previene a los posibles interesados que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se le(s) tendrá(n) por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Lic. Jorge Martínez Guevara. Juez. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente 09-000182-0182-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2010056316).

     3 v. 1. Alt.

Máster Ramón Zamora Montes, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a José Agustín Bustamante Villan, en su carácter personal, cédula Nº 0013484163, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Asyoli María Alvarado Sánchez contra José Agustín Bustamante Villan, expediente Nº 08-002013-0165-FA se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Nº 320-2010. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas treinta y tres minutos del seis de mayo del dos mil diez. Proceso divorcio, establecido por Asyoli María Alvarado Sánchez, cédula Nº 0107330873 contra José Agustín Bustamante Villan, cédula Nº 0013484163. Resultando: I.—…, II.—..., III.—..., Considerando: I.—..., II.—..., III.—..., IV.—…., Por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1º, 2º, 5º, 6º, 8º, 11, 34, 41, 42, 48, inciso 5) y 57 del Código de Familia; con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Asyoli María Alvarado Sánchez contra José Agustín Bustamante Villan se declara la disolución del matrimonio que une a actora y demandado. En otro orden de ideas, no existe pretensión de bienes, sin embargo por haber quedado demostrado en la sentencia firme de separación judicial que el demandado hizo abandono malicioso de su hogar se declara que la actora conserva el derecho de pedir pensión alimentaria a su favor. Costas. Se condena al demandado al pago de ambas costas de este proceso. Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al margen del tomo: cuatrocientos veintiséis, folio: noventa y cuatro: asiento: ciento ochenta y ocho, del libro de matrimonios de la provincia de San José. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—MSc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—(IN2010055385).

Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Javier Ernesto Del Campo Tula, en su carácter personal, quien es mayor, argentino, divorciado, vecino de desconocido, cédula Nº 405-173555-000995, se le hace saber que en demanda declaratoria paternidad, establecida por Teresa Gutiérrez Campos contra Javier Ernesto Del Campo Tula, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia Nº 030-10. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, al ser las dieciséis horas y diecisiete minutos del día veintidós de enero del año dos mil diez. Proceso de declaratoria de paternidad, establecido por Teresa Gutiérrez Campos, mayor, soltera, ama de casa, vecina de La Guácima de Alajuela, portadora de la cédula de identidad número 2-567-450, en contra de Javier Ernesto Del Campo Tula, argentino, mayor, divorciado, sin domicilio conocido, portador de la cédula de residencia 940517355500099. Se ha tenido como parte además al Patronato Nacional de la Infancia, de igual manera intervienen el Licenciado Randall Salas Alvarado, como curador procesal del demandado. Resultando:..., I.—..., II.—..., III.—…, Considerando:..., I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., IV.—Sobre las excepciones:...; Por tanto: Conforme con lo expuesto, y artículos 1º, 2º, 4º, 91, 96, 97, 98, 98 bis y 155 del Código de Familia, 99, 134, 148, 155, 221, 317, 318 del Código Procesal Civil, 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, y Voto número 1975-94 de la Sala Constitucional, se rechaza la excepción de falta de derecho opuesta por el curador procesal del demandado, consecuentemente se declara con lugar la demanda de investigación de paternidad establecida por Teresa Gutiérrez Campos, en su condición de madre en el ejercicio de la patria potestad de la niña Valeria Gutiérrez Campos, en contra de Javier Ernesto Del Campo Tula, y se declara: a) Que el señor Javier Ernesto Del Campo Tula es el padre de la niña Valeria Gutiérrez Campos, b) Que en razón de lo anterior, la niña Valeria Gutiérrez Campos deberá ostentar el apellido Del Campo como apellido paterno; c) Que la niña Valeria Gutiérrez Campos tienen derecho a suceder ab intestato al señor Javier Ernesto Del Campo Tula; d) Que la niña Valeria Gutiérrez Campos tiene derecho de recibir alimentos por parte de su padre Javier Ernesto Del Campo Tula, en el monto que se establezca en la vía alimentaria. Este derecho, por imperativo legal, es retroactivo al día veintiocho de setiembre del año dos mil uno, fecha en la que se presenta la demanda a estrados judiciales. La liquidación deberá hacerse en el proceso alimentario correspondiente, mediante el trámite de ejecución de sentencia; e) Que ambos progenitores ejercerán en forma compartida la patria potestad sobre la niña Valeria Gutiérrez Campos; f) Que el demandado Del Campo Tula deberá reembolsar a la actora los gastos de embarazo y maternidad en que ésta haya incurrido en razón de la gestación y nacimiento de la niña Valeria Gutiérrez Campos, lo cual tendrá que realizar la actora en el proceso de ejecución correspondiente; g) Una vez firme el fallo, confecciónese la ejecutoria de ley para su inscripción en el Registro Civil, con el fin de que se modifiquen los apellidos de la niña Valeria Gutiérrez Campos para que en adelante se les consigne el apellido Del Campo como apellido paterno y el nombre de Javier Ernesto Del Campo Tula, como su padre, todo ello al margen del tomo ochocientos uno (801), folio trescientos veintiuno (321), asiento seiscientos cuarenta y uno (641), del libro de Nacimientos de la Provincia de Alajuela; h) Se condena en ambas costas a la parte vencida. Notifíquese. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2010055411).

Yessenia Amador Álvarez, Notificadora del Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Cañas, hace saber al señor Eduardo Antonio López Solano, mayor, soltero, técnico en producción, vecino de Cañas, con cédula cinco-doscientos ochenta y cuatro-setecientos sesenta y tres, antiguamente vecino de Cañas, Guanacaste, barrio Unión de la pulpería Magaly veinticinco metros al oeste, con actual domicilio desconocido, que en expediente 01-100591-389-CI (616-2-2001) proceso de ejecutivo simple establecido por el Banco Nacional de Costa Rica, domiciliado en San José, con cédula jurídica 4-000-001021, representado por su apoderado general sin límite de suma Osman Alí Quesada Córdoba, mayor, casado una vez, contador privado, portador de la cédula de identidad cinco-doscientos siete-seiscientos quince, vecino de Cañas, Guanacaste contra Ruth de los Ángeles Rodríguez Rojas, Rudy Vega Murillo, Mavi Murillo López y Eduardo Antonio López Solano, se encuentra la resolución que literalmente dice: Juzgado Civil Cañas, a las catorce horas del dos de octubre del dos mil uno. Con base en el documento presentando por el Banco Nacional de Costa Rica hasta por la suma de novecientos noventa mil setecientos catorce colones con cincuenta y siete céntimos, que comprende a capital e intereses presentados, se despacha ejecución contra Ruth de los Ángeles Rodríguez Rojas, Rudy Vega Murillo, Mavi Murillo López y Eduardo Antonio López Solano, a quienes se les concede el plazo improrrogable de cinco días, para que se oponga a la demanda o manifiesten su conformidad con la misma. Al contestar negativamente, deberán ofrecer las pruebas que tuvieren, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que se referirán cada uno. Por la suma indicada más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes de los demandados, el cual se hace recaer en los que se indican. Comuníquese. Se previene a los demandados señalar medio o lugar para recibir notificaciones, apercibidos de que si no lo hicieren, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho o si el lugar señalado en esta Ciudad permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente, las resoluciones futuras quedarán notificadas con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, (artículos 6 y 12 de la Ley de 7637, publicada en La Gaceta 211 de fecha 4 de noviembre de 1996). El embargo se hace recaer sobre la finca inscrita al partido de Guanacaste folio real matrícula número: cero treinta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho-cero cero uno, que por tratarse de un derecho téngase por practicado, expídase el mandamiento de estilo; así también el embargo se hace recaer sobre los salarios que perciben los demandados para Aquacorporación Internacional S. A. y Ministerio de Educación, para lo cual se ordena expedir los oficios de estilo. Asimismo, a fin de que se proceda a notificar en forma personal o por medio de cédula de notificación en sus domicilios a los demandados practíquese por medio de la Delegación de Policía de esta ciudad por ser habidos en las siguiente direcciones: a Rodríguez Rojas Ruth de los Ángeles y López Solano Eduardo Antonio: en esta ciudad en barrio Unión de la pulpería de Magaly veinticinco metros al oeste; Vega Murillo Rudy; en esta ciudad en barrio Pedregal, casa 16 y Mavi Murillo López; en esta ciudad barrio San Martín de la pulpería Magaly veinticinco metros al este. Notifíquese.—Lic. Ulfran Corrales Jiménez, Juez.—Juzgado Civil de Cañas, 1º de junio de 2010.—Yessenia Amador Álvarez, Notificadora.—1 vez.—Nº RP2010182599.—(IN2010056038).

Se hace saber a Carlos Andrés Osorio Betancur, portador del pasaporte número PCC15439930 y sin domicilio conocido, que en este despacho se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 09-401263-637-FA, interpuesto por Irene Melissa Badilla Guevara, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado de Familia de Desamparados, 22 de junio de 2010.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010056314).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante esta notaría, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Arthur Dale (nombres) Roberts II (apellido), con único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado una vez, pensionado, pasaporte de su país 711546848, y Roxana Lorena Fonseca Retana, mayor, soltera, ama de casa, cédula 3-362-678, ambos vecinos de San José, Pérez Zeledón, General Viejo, un kilómetro sur de la escuela de Miraflores. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante esta notaría, ubicada en San José, Pérez Zeledón, cincuenta metros norte de Coopenae, contiguo a Instituto de Inglés, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Notificaciones al fax 2772 1952.—Pérez Zeledón, 1º de julio del 2010.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº RP2010183337.—(IN2010056235).

Edictos en lo Penal

Fiscalía Adjunta de Pococí, a las siete horas del dieciocho de junio del dos mil diez. Lic. Óscar Quirós Soto, Fiscal Auxiliar de Pococí, hace saber que: en la causa 09-001485-0485-PE, seguida contra Jan Gerardo Blaauw y Linder Raner Ugarte Cruz, por el delito de lesiones culposas, se encuentra la resolución que literalmente dice: traslado de acción civil resarcitoria, Fiscalía Adjunta de Pococí, a las siete horas del nueve de octubre del dos mil nueve. Habiéndose agotado todas las vías para localizar al tercero civil demandado Jan Gerardo Blaauw. Se ordena notificar por edicto, tres veces consecutivas la resolución de las siete horas del nueve de octubre del dos mil nueve, en la cual se ordena dar traslado de la acción civil resarcitoria al tercero civil demandado Jan Gerardo Blaauw, esto de la causa 09-001485-0485-PE, contra Jan Gerardo Blaauw y Linder Raner Ugarte Cruz, por lesiones culposas en perjuicio de Gladys Zory Guerrero Mora y Víctor Manuel Ramírez Guerrero. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Óscar Quirós Soto, Fiscal de Pococí.—(IN2010055971).

3 v. 3.