BOLETÍN JUDICIAL Nº 155 DEL 11 DE AGOSTO DEL 2010
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
CIRCULAR
Nº 83-10
ASUNTO: Fijación de fechas para los debates
A LAS
AUTORIDADES PENALES DEL PAÍS
SE
LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº 46-2010, celebrada el
11 de mayo de 2010, artículos XLIX y L, conforme lo dispuesto por
Cuando
se compruebe que se han fijado dos debates a la misma hora y fecha y coincida
el abogado litigante u otro de los interesados, deberán analizar conjuntamente,
todas las variables que convergen en las situaciones particulares de cada
causa, por ejemplo: el término de las medidas cautelares, la proximidad de la
prescripción de la causa, el número de testigos, la dificultad para hacerlos
comparecer, la salud de testigos, peritos o imputados, así como muchas otras
que no se pueden prever; para decidir cuál de los juicios tendría prioridad en
una sana administración de justicia más eficiente.
San José, 28 de julio de 2010
Lic. Silvia Navarro
Romanini
1
vez.—(IN2010063669) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 99-10
ASUNTO: Reiteración de
A LAS
AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE
LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº 57-2010, celebrada
el 8 de junio de 2010, artículo XLVIII, dispuso reiterar
“El Consejo Superior, en
sesión Nº 40-06, celebrada el 06 de junio del año en curso, artículo XLIX,
dispuso comunicarles que para asegurar una eficiente prestación del servicio en
caso de que la afluencia del público o complejidad de sus trámites lo
justifique, se recomienda que cada despacho refuerce el personal dedicado a la
atención al público hasta una hora antes del cierre de cada audiencia, con el
fin de que todas las personas usuarias que hayan ingresado con anterioridad al
cierre y se encuentren a la espera de ser atendidas, efectivamente lo sean.
En el caso de que, pese a
que se haya tomado esta medida, personas que ingresaron con anterioridad,
permanezcan sin atender al momento del cierre, si es a la hora del almuerzo,
deberá el juez coordinador o tramitador, según corresponda, autorizar a un
servidor para que continúe brindando el servicio por el tiempo estrictamente
necesario, debiendo quien fue asignado, disfrutar de su hora de almuerzo, en
cuanto termine la labor.
Si se tratara del cierre de
la segunda audiencia, los jueces del despacho deben garantizar igualmente que
se brinde la atención a las personas que esperan recibir el servicio,
solicitando la colaboración a alguno de los servidores del despacho a efecto de
concluir con la atención de esos usuarios que ingresaron con anterioridad o
bien procediendo el juzgador(a) a brindarla, en el cumplimiento de las
responsabilidades inherentes a su puesto (Acuerdo de Corte Plena del 4 de enero
de 1999, artículo VIII).
Los despachos que utilizan
el sistema de atención por ficha respetarán para su entrega el horario de
oficina, de tal modo que no podrán negar su entrega y atención al usuario
conforme a las reglas anteriores.”
San José, 26 de julio de 2010
Lic. Silvia Navarro
Romanini
1
vez.—(IN2010063150) Secretaria
General
CIRCULAR Nº 100-10
ASUNTO: Control en la tramitación de las
solicitudes de vacaciones profilácticas
A LOS
JEFES Y JEFAS DE OFICINA DEL PAÍS EN LAS
QUE SE HAYA AUTORIZADO
VACACIONES
PROFILÁCTICAS A SUS
SERVIDORES
SE
LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior en sesión Nº 106-09, celebrada
el 24 de noviembre de 2009, artículo LXII, dispuso comunicarles que deberán
llevar el control necesario para la tramitación de las solicitudes de
vacaciones profilácticas de los funcionarios que se hayan hecho acreedores de
este derecho. Estas solicitudes deberán tramitarse conforme las normas
aprobadas por este Consejo en sesión Nº 66-1998, del 27 de agosto de 1998, artículo
XII, que literalmente indican:
“5.2.1.4 Es conveniente que
las vacaciones profilácticas se rijan por las siguientes normas:
a. Otorgar 10 días naturales al cumplir el trabajador seis meses
después de la fecha en que adquiere el derecho a las vacaciones ordinarias. La
fecha de derecho para este descanso extraordinario será invariable, salvo
disposición en contrario del Consejo Superior.
b. Cuando antes de sobrevenir la fecha de descanso extraordinario
el servidor resultare ascendido o trasladado en propiedad a otro puesto donde
no se dieren las condiciones riesgosas que originaron el disfrute, dejará de
ser acreedor de las mismas.
c. Siendo que este descanso extraordinario constituye una
prestación del patrono en aras de lograr la recuperación física del empleado, a
través de la separación temporal de sus labores habituales; cuando el servidor
al cumplir su derecho fuere ascendido, trasladado, suspendido o solicitare
permiso con o sin goce de salario, todo durante un
d. Período mínimo de 10 días, el mismo será considerado como las
vacaciones profilácticas. El cambio de puesto deberá operar hacia uno donde no
se presenten las condiciones de riesgo que dieron origen al otorgamiento de
esta prestación.
e. Si durante el disfrute de vacaciones profilácticas el servidor
se incapacitara, los días de incapacidad serán computados como parte del
período de profilaxis.
f. El disfrute de las vacaciones profilácticas no se puede
posponer, fraccionar o acumular con otros periodos.
g. El disfrute de las vacaciones profilácticas no es compensable
económicamente.
h. El jefe de oficina deberá efectuar el control necesario para que
se cumplan efectivamente estas normas.”
San José, 28 de julio de 2010
Lic. Silvia Navarro
Romanini
1 vez.—(IN2010063713) Secretaria
General
CIRCULAR
Nº 101-2010
ASUNTO: Garantizar a los actores procesales el
acceso irrestricto a los expedientes y sentencias.
A LAS
AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE
LES HACE SABER QUE;
El Consejo Superior, en sesión Nº 62-10, celebrada
el 24 de junio de los corrientes, artículo XLVIII, dispuso comunicarles que es
su obligación garantizar a los actores procesales el acceso irrestricto a los
expedientes y sentencias, cuando sean requeridas como instrumento para hacer
valer sus derechos.
En
los lugares donde no se cuente con equipo electrónico para la consulta directa
de las resoluciones, las Secretarías de los Tribunales brindarán ese servicio y
de presentarse algún inconveniente, deberán remitir al usuario a
San José, 29 de julio de 2010
Lic. Silvia Navarro
Romanini
1
vez.—(IN2010063712) Secretaria
General
AVISO Nº 16-10
ASUNTO: Traslado del disfrute del 8 de diciembre,
“Día del Servidor Judicial”.
A LAS
INSTITUCIONES, ABOGADOS, SERVIDORES
JUDICIALES DEL PAÍS Y
PÚBLICO EN GENERAL
SE
LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en sesión Nº 67-10 del 20 de
julio de 2010, artículo XXXIV, de conformidad con lo dispuesto por
San José, 26 de julio de 2010
Lic.
Silvia Navarro Romanini
1 vez.—(IN2010063148) Secretaria
General
segunda PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47
bis de
De
De
Civil
Varios:
Remesa: C
32 H 92
Expedientes: 1
Año: 1992
Paquetes: 1
Asunto: Civil
Varios: ejecución de sentencia
Remesa: C 30 H 93
Expedientes: 113
Año: 1993
Paquetes: 9
Asunto: Varios civil: 35 ejecutivos
simples, 2 ejecución de sentencia, 25 consignación de alquiler, 6 interdictos,
8 prevención de desalojo, 25 desahucios, 1 matrimonio civil, 1 entrega de carta
venta, 1 devolución de ahorros, 5 abreviados, 4 pruebas anticipadas.
Remesa: C 32 H 94
Expedientes: 145
Año: 1994
Paquetes: 12
Asunto: Civil Varios: 29 ejecutivos simples,
7 ejecución de sentencia, 3 ordinarios, 27 consignación de alquiler, 1 fijación
de alquiler, 2 ejecutivos prendarios, 6 actos preparatorios, 11 prevenciones de
desalojo, 1 monitorio, 52 desahucios, 4 abreviados, 2 medidas cautelares
Remesa: C 31 H 95
Expedientes: 167
Año: 1995
Paquetes: 10
Asunto: Civil Varios: 49 ejecutivos
simples, 8 ejecución de sentencia, 32 consignación de alquiler, 3 fijaciones de
alquiler, 5 interdictos, 1 ejecutivo prendario, 5 actos preparatorios, 17
prevención de desalojo, 44 desahucios, 1 matrimonio civil, 1 devolución de
alquiler, 1 diligencias preventivas de pago completo y oportuno.
Remesa: C 31 H 96
Expedientes: 218
Año: 1996
Paquetes: 13
Asunto: Civil Varios: 90 ejecutivos
simples, 15 ejecución de sentencia, 34 consignación de alquiler, 4 fijaciones
de alquiler, 3 interdictos, 2 ejecutivo prendario, 2 actos preparatorios, 7
prevención de desalojo, 1 monitorio, 47 desahucios, 5 fechas ciertas, 1
incidente de deserción, 1 incidente de beneficio de pobreza, 1 restablecimiento
de derecho de arriendo, 1 matrimonio civil, 1 devolución de deposito, 2
abreviados, 1 ejecutivo hipotecario
Remesa: C 39 H 97
Expedientes: 148
Año: 1997
Paquetes: 12
Asunto: Civil Varios: 61 ejecutivos
simples, 7 ejecución de sentencia, 30 consignación de alquiler, 3 fijaciones de
alquiler, 4 fechas ciertas, 5 interdictos, 1 ejecutivo prendario, 4 actos
preparatorios, 2 prevención de desalojo, 2 monitorio, 28 desahucios, 1
abreviados
Remesa: C 15 H 98
Expedientes: 125
Año: 1998
Paquetes: 6
Asunto: Civil Varios: 48 ejecutivos
simples, 8 ejecución de sentencia, 22 consignación de
alquiler, 2 fijaciones de alquiler, 5 interdictos, 40 desahucios
Remesa: C 15 H 99
Expedientes: 42
Año: 1999
Paquetes: 5
Asunto: Civil Varios: 1 ejecución de
sentencia, 19 consignación de alquiler, 1 interdicto,
2 prevenciones de desalojo, 19 desahucios
Remesa: C 16 H 00
Expedientes: 56
Año: 2000
Paquetes: 3
Asunto: Civil Varios: 17 consignaciones
de alquiler, 1 ejecutivo prendario, 38 desahucios,
Remesa: C 14 H 01
Expedientes: 60
Año: 2001
Paquetes: 2
Asunto: Civil Varios: 14 consignaciones
de alquiler, 46 desahucios
Remesa: C 18 H 02
Expedientes: 40
Año: 2002
Paquetes: 4
Asunto: Civil Varios: 5 consignación de alquiler, 2 ejecutivos prendarios, 2 prevenciones
de desalojo, 31 desahucios
Remesa: C 19 H 03
Expedientes: 36
Año: 2003
Paquetes: 2
Asunto: Civil Varios: 9 consignaciones
de alquiler, 27 desahucios
Remesa: C 20 H 04
Expedientes: 24
Año: 2004
Paquetes: 2
Asunto: Civil Varios: 2 fijaciones de
alquiler, 22 desahucios
Remesa: C 18 H 05
Expedientes: 4
Año: 2005
Paquetes: 1
Asunto: Civil Varios: 2 consignación de
alquiler, 1 incidente de cobro de alquiler, 1 incidente de cobro alquiler
absoluto.
Pensiones Alimentarias:
Remesa: Q 5 H 91
Expedientes: 2
Año: 1991
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 7 H 93
Expedientes: 8
Año: 1993
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 7 H 94
Expedientes: 10
Año: 1994
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 7 H 95
Expedientes: 12
Año: 1995
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 7 H 96
Expedientes: 27
Año: 1996
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 8 H 97
Expedientes: 29
Año: 1997
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 5 H 98
Expedientes: 39
Año: 1998
Paquetes: 2
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 5 H 99
Expedientes: 30
Año: 1999
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 5 H 00
Expedientes: 32
Año: 2000
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin sentencia,
abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 01
Expedientes: 37
Año: 2001
Paquetes: 2
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 02
Expedientes: 37
Año: 2002
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 03
Expedientes: 45
Año: 2003
Paquetes: 2
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 04
Expedientes: 36
Año: 2004
Paquetes: 2
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 05
Expedientes: 32
Año: 2005
Paquetes: 2
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 06
Expedientes: 37
Año: 2006
Paquetes: 1
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Remesa: Q 4 H 07
Expedientes: 45
Año: 2007
Paquetes: 2
Asunto: Pensión
Alimentaria
Observaciones: Los anteriores expedientes son sin
sentencia, abandonados, y desestimados.
Faltas y
Contravenciones:
Remesa: G 5 H 07
Expedientes: 457
Año: 2007
Paquetes: 5
Asunto: Faltas
y contravenciones
Observaciones: Los anteriores expedientes cuentan con
sentencia por sobreseimiento o sentencia con absolutoria en firme.
Laboral Varios:
Remesa: L
10 H 92
Expedientes: 1
Año: 1992
Paquetes: 1
Asunto: Laboral
Varios: 1 ordinario
Remesa: L 9 H 97
Expedientes: 31
Año: 1997
Paquetes: 1
Asunto: Laboral Varios: 18 ordinarios,
9 Consignaciones, 4 infracciones
Remesa: L 8 H 98
Expedientes: 17
Año: 1998
Paquetes: 1
Asunto: Laboral Varios: 6 ordinarios, 11
consignaciones
Remesa: L 9 H 99
Expedientes: 21
Año: 1999
Paquetes: 1
Asunto: Laboral Varios: 6 ordinarios, 15
consignaciones
Remesa: L 8 H 00
Expedientes: 16
Año: 2000
Paquetes: 1
Asunto: Laboral Varios: 14
consignaciones, 2 infracciones
Remesa: L 7 H 01
Expedientes: 11
Año: 2001
Paquetes: 1
Asunto: Laboral Varios: 9
consignaciones, 2 infracciones
Remesa: L 7 H 02
Expedientes: 6
Año: 2002
Paquetes: 1
Asunto: Laboral Varios: 4
consignaciones, 2 infracciones
Remesa: L 8 H 03
Expedientes: 7
Año: 2003
Paquetes: 1
Asunto: materia laboral, 6
consignaciones, 1 infracción
Remesa: L 7 H 04
Expedientes: 17
Año: 2004
Paquetes: 1
Asunto: Materia laboral, 5 consignaciones,
12 infracciones
Remesa: L 8 H 05
Expedientes: 32
Año: 2005
Paquetes: 1
Asunto: Materia laboral, 11
consignaciones, 21 infracciones
Remesa: L 7 H 06
Expedientes: 30
Año: 2006
Paquetes: 1
Asunto: Materia laboral, 12
consignaciones, 18 infracciones
Remesa: L 7 H 07
Expedientes: 13
Año: 2007
Paquetes: 1
Asunto: Materia laboral, 6
consignaciones, 7 infracciones
Tránsito Varios:
Remesa: 20356
Expedientes: 2
Año: 1977
Paquetes: 1
Asunto: Tránsito
Remesa: 20357
Expedientes: 2
Año: 1982
Paquetes: 1
Asunto: Tránsito
Remesa: 20358
Expedientes: 1
Año: 1983
Paquetes: 1
Asunto: Tránsito
Remesa: G
6 H 92
Expedientes: 19
Año: 1992
Paquetes: 1
Asunto: Tránsito
Remesa: G 20 H 97
Expedientes: 8
Año: 1997
Paquetes: 1
Asunto: Tránsito
Remesa: G
23 H 99
Expedientes: 658
Año: 1999
Paquetes: 7
Asunto: Tránsito
Violencia Doméstica:
Remesa: V 4 H 07
Expedientes: 264
Año: 2007
Paquetes: 3
Asunto: Violencia
Doméstica
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
Alfredo
Jones León
Exonerado.—(IN20100622592694) Director Ejecutivo
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: O 9 P 93
Paquetes 142
Ampos: 614
Año: 1993-2008
Asunto: Documentación Administrativa y
Expedientes de denuncias: 1 paquete con 6 Expedientes de denuncias de 1993. 1
Paquete con 3 Expedientes de denuncias de 1994. 1 Paquete con 3 Expedientes de
denuncias de 1995. 1 Paquete con 27 Expedientes de denuncias de 1996. 2
Paquetes con 140 Expedientes de denuncias de 1997. 11 Paquete con 1127
Expedientes de denuncias de 1998. 8 Paquetes con 879 Expedientes de Denuncias
de 1999. 9 Paquetes con 985 Expedientes de Denuncias de 2000. 12 Paquetes con
1211 Expedientes de Denuncias de 2001.
12 Paquetes con 1210 Expedientes de
Denuncias de 2002. 7 Paquetes con 692 Expedientes de Denuncias de 2003. 9
Paquetes con 964 Expedientes de Denuncias de 2004. 7 Paquetes con 899
Expedientes de Denuncias de 2005. 3 Paquetes con 175 Expedientes Policiales de
1997. 10 Paquetes con 1140 Expedientes Policiales de 1998. 9 Paquetes con 1050
Expedientes Policiales de 1999. 12 Paquetes con 1233 Expedientes Policiales de
2000. 13 Paquetes con 1110 Expedientes Policiales de 2001. 14 Paquetes con 1401
Expedientes Policiales de 2002.
7 Ampos (5 Informes de investigación, 1
Capturas, 1 Boletas de libertad) de 1995. 2 Ampos (1 Informes Policial, 1
Capturas) de 1996. 4 Ampos (3 Reporte y Registro, 1 Solicitud de allanamiento)
de 1997. 4 Ampos (1 Capturas, 1 Estadísticas, 1 Consecutivo de oficio, 1
Registro de detención) de 1998. 50 Ampos (1 Acta de decomiso, 19 Consecutivo de
oficios, 7 Informe de investigación, 4 Correspondencia, 1 Dictamen
criminalístico, 1 Copia de certificado de Defunción, 4 Circulares, 2 Viáticos,
3 Copias de denuncias, 4 Reportes de Combustible, 2 Tener a la orden, 1
Registro de detención, 1 Estadísticas) de 1999.
67 Ampos (2 Correspondencia, 3 Viáticos,
1 Entrada de mercadería, 3 Control de detenidos, 3 Estadísticas, 7 Copias de
informe policial, 18 Consecutivo de oficios, 5 Copias de denuncias, 1 Registro
de denuncias, 1 Registro y Reportes, 1 Resoluciones, 2 Acta de secuestro, 3
Circulares, 3 Dictamen criminalístico, 2 Orden de libertad, 2 Tener a la orden,
6 Informe de investigación, 1 Capturas, 1 Control de asignación de denuncias, 1
Horas extras, 1 Registro de detención) del 2000. 62 Ampos (3 Dictamen
criminalístico, 12 Copias de informe policial,
16 Consecutivo de oficios, 3 Circulares,
8 Copias de denuncias, 1 Copias de certificado de defunción, 2 Estadísticas, 1
Orden de libertad, 1 Copias de remisión, 2 Correspondencia, 1 Resoluciones, 2
Capturas, 1 Reporte de combustible, 1 Bitácora y alimentación de detenidos, 1
Entrada de mercadería, 1 Acta de secuestro, 1 Reporte y Registro, 2 Reintegro
de dinero, 1 Horas extras, 1 Registro de detención, 1 Tener a la orden) del
2001.
74 Ampos (3 Circulares, 1 Copias de
certificado de defunción, 3 Capturas, 3 Dictamen criminalístico, 22 Consecutivo
de oficios, 6 Copias de denuncias, 3 Correspondencias, 16 Informe de
investigación, 1 Reporte y Registro, 1 Ordenes de libertad, 1 Horas extras, 2
Registro de detención, 2 Remisión de detenidos, 1 Resoluciones, 1 Viáticos, 2
Estadísticas, 1 Entrada de mercadería, 2 Reintegro de dinero, 1 Registro de
combustible, 2 Bitácora y alimentación de detenidos) del 2002.
68 Ampos (21 Consecutivo de oficios, 4
Dictamen criminalístico, 2 Circulares, 2 Acta de secuestro, 3 Viáticos, 3
Correspondencia, 5 Copias de denuncias, 5 Informe de investigación, 1
Resoluciones, 2 Control de asignación de denuncias, 1 Bitácora y alimentación
de detenidos, 1 Control de asistencia, 2 Reporte de combustible, 4 Registro y
Reportes, 2 Estadísticas, 1 Registro de practicas judiciales, 1 Reintegro de
dinero, 1 Remisión de detenidos, 1 Tener a la orden, 1 Orden de libertad, 1
Registro de detención, 1 Capturas, 2 Registro de asistencia, 1 Boletas de
vacaciones) del 2003.
89 Ampos (2 Control de asignación de
denuncias, 10 Informe de investigación, 1 Giras de personal, 2 Acta de
secuestro, 4 Circulares, 3 Viáticos, 2 Bitácora y alimentación de detenidos, 20
Consecutivo de oficios, 4 Resoluciones, 9 Copia de denuncias, 3 Legajos de
investigación, 1 Control de detenidos, 5 Reportes y Registros, 4
Correspondencia, 1 Orden de libertad, 2 Estadísticas, 2 Orden de remisión , 1
Registro de detención, 6 Dictamen criminalístico, 2 Nombramiento de personal, 1
Capturas, 2 Reporte de combustible, 1 Registro de asistencia, 1 Boletas de
vacaciones) del 2004.
63 Ampos (1 Orden de remisión, 3
Estadísticas, 8 Informes de investigación, 1 Control de giras, 1 Bitácoras y
alimentación de detenidos, 1 Horas extras, 2 Reintegro de dinero, 3 Viáticos, 2
Registro de detención, 2 Tener a la orden, 4 Circulares, 1 Orden de libertad, 5
Correspondencia, 5 Copias de denuncias, 8 Reportes y Registros, 1 Dictamen
criminalístico, 13 Consecutivo de oficios, 1 Capturas, 1 Boletas de vacaciones)
del 2005.
70 Ampos (18 Informe de investigación, 3
Reporte y Registros, 2 Estadísticas, 6 Copias de denuncias, 2 Correspondencia,
1 Nombramiento de personal, 15 Consecutivo de oficios, 2 Comisiones, 3
Circulares, 1 Horas extras, 1 Registro de oficios despachados, 1 Acta de
secuestro, 1 Registro de practicas judiciales, 5 Reintegro de dinero, 2 Control
de giras, 1 Bitácora y alimentación de detenidos, 1 Capturas, 1 Orden de
remisión, 1 Tener a la orden, 1 Orden de libertad, Viáticos 1, 1 Boletas de
vacaciones) del 2006.
50 Ampos (5 Circulares, 12 Consecutivo
de oficios, 1 Nombramiento de personal, 1 Registro de asistencia, 6 Copias de
denuncias, 12 Registro de oficios despachados, 4 Correspondencia, 1 Bitácora y
alimentación de detenidos, 1 Control de asignación de denuncias, 1 Orden de
libertad, 1 Tener a la orden, 1 Copias de Certificado de defunción, 1 Orden de
remisión, 1 Control de giras, 1 Viáticos, 1 Boletas de vacaciones) del 2007. 4
Ampos (1 Circulares, 1 Registro de asistencia, 1 Viáticos, 1 Boletas de
vacaciones) del 2008.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
Lic. Alfredo Jones León
Director Ejecutivo
Exonerado.—(IN2010062694).
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 47 bis de
Remesa: O
Ampos: 52
Año: 2005-2008
Asunto: 01 de estadísticas 2005, 01 de
estadísticas 2007, 02 de tener a la orden 2005, 01 de tener a la orden 2006, 01
de tener a la orden 2007, 02 de actas secuestro 2005 al 2007, 04 de horas extras
2007, 05 de horas extra 2008, 04 de remisiones de detenidos 2007, 01 de
expedientes de vehículos 2007, 02 de estadísticas 2002, 2003, 2004, 2005, 01 de
viáticos 2007, 01 de viáticos y alimentación de detenidos 2007, 01 de
alimentación de detenidos 2008, 02 de viáticos 2008, 02 de correspondencia
enviada y recibida 2007, 03 de libertades, 01 de circulares 2007, 01 de
circulares 2008, 06 de diligencias menores 2007, 5 de diligencias menores 2008,
01 de boletas de fuleo 2007 y 1 de nombramientos del
2006, 2007 y 2008.
Remesa: O
Expedientes: 622
Paquetes: 05
Año: 1999
Asunto: Expedientes policiales con
informes del año 1999.
Remesa: O
Expedientes: 778
Paquetes: 6
Año: 2000
Asunto: Expedientes Policiales con
informes del año 2000.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y
desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
Lic.
Alfredo Jones León
Director
Ejecutivo
Exonerado.—(IN2010062695).
PRIMERA PUBLICACIÓN
ASUNTO: Acción De Inconstitucionalidad
A
LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE
HACE
SABER:
Que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita en el expediente número 10-009115-0007-CO interpuesta por Luis Fishman Zonzinsky y otros contra
el Acuerdo Legislativo número 6430-10-11 tomado en la sesión plenaria número 39
del primero de julio del dos mil diez, se ha dictado la resolución que
literalmente dice: “Sala Constitucional de
San José, 22 de julio del 2010
Evelyn
Araya Rodríguez
(IN2010062930) Secretaria
a. í
A los causahabientes de quien en vida se llamó Alex Brljevich Camacho, quien fue mayor, soltero, vecino de San José, con cédula de identidad número 06-0231-0874, se les hace saber que: Nora María Camacho Camacho, portadora de la cédula de identidad número 05-0149-0520, vecina de Liberia, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Alex Brljevich Camacho, expediente Nº 10-000920-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del año 2010.—M.Sc. Rónald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2010063078).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis David Talavera Franco, quien fue mayor, casado, vecino de Tibás, con cédula de identidad número 01-0369-0844, se les hace saber que: Grace Ramírez Rodríguez, portadora de la cédula de identidad número 01-0343-0790, vecina de Tibás, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, quien laboró para el Instituto Costarricense de Electricidad, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Luis David Talavera Franco, expediente Nº 10-000928-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del año 2010.—M.Sc. Rónald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2010063083).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Rodrigo Alejandro Aragón Quesada, quien fue mayor, casado, vecino de Coronado, con cédula de identidad número 08-0059-0017, se les hace saber que: Elena Anatolievna Kharin Kharina, portadora de la cédula de identidad número 08-0085-0317, vecina de Coronado, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rodrigo Alejandro Aragón Quesada, expediente Nº 10-000922-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de julio del año 2010.—M.Sc. Rónald Cruz Álvarez, Juez.—1 vez.—(IN2010063084).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Ney Fallas Navarro, quien fue mayor, casado, cédula de identidad 3-0222-0130, vecino San José, Santa María de Dota y fallecido el 6 de octubre del año 2009, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 10-000125-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 10-000125-1023-LA. Promovido por Lisbeth Camacho Gamboa.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 8 de julio del 2010.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2010063539).
segunda PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del primero de setiembre del año
dos mil diez, y con la base de un millón cincuenta mil colones exactos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento diez mil setecientos ochenta y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir con un casa. Situada
en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle pública con
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil diez, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Con la base de cincuenta y cuatro millones de colones, finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos ochenta y uno-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito uno, Naranjo, cantón seis, Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, sur, y este, Banco Impresa S. A., y al oeste, calle pública con cuarenta y cuatro metros setenta centímetros. Mide: cuatro mil ciento sesenta y seis metros cuadrados. 2) con la base de sesenta y un millones de colones. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cinco mil novecientos sesenta-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno, Naranjo, cantón seis, Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, y sur, Banco Improsa S. A.; al este, Juan Félix Méndez Acuña y en parte Banco Improsa S. A., y al oeste, Banco Improsa y calle pública. Mide: cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil diez, con la base de cuarenta millones quinientos mil colones para la finca matrícula cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos ochenta y uno-cero cero cero, y con la base de cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil colones para la finca matrícula cuatrocientos cincuenta y cinco mil novecientos sesenta-cero cero cero (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez con la base de trece millones quinientos mil colones para la finca matrícula cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos ochenta y uno-cero cero cero, y con la base de quince millones doscientos cincuenta mil colones para la finca matrícula cuatrocientos cincuenta y cinco mil novecientos sesenta-cero cero cero (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Allan Francisco Alfaro Espinoza. Expediente Nº 10-000205-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 21 de julio del 2010.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—RP2010187930.—(IN2010063723).
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de
agosto del año dos mil diez, y con la base de setenta millones de colones, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca que se describe así, inscrita en
el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cero cero
ciento treinta y dos mil setecientos noventa y cuatro cero cero
cero la cual es terreno de frutales, repastos y
tacotal. Situada en el distrito 05 San Jerónimo cantón Esparza, de
En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y .gravámenes prendarios; a las once horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil diez, y con la base de trece mil trescientos cuarenta y seis dólares exactos (moneda de los Estados Unidos de América), en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 675915, Nissan Almera SG, 2007, 05 personas, color dorado, motor QG16423546, gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, con la base de diez mil nueve dólares con cincuenta centavos (moneda de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diez, con la base de tres mil trescientos treinta y seis dólares con cincuenta centavos (moneda de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Fiorella Piccolo Johanning, Raúl Emilio Hernández Martínez. Expediente Nº 10-000353-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 09 de julio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010188001.—(IN2010063725).
En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las nueve horas del catorce de setiembre de dos mil diez, y con la base de diecisiete mil cuatrocientos sesenta y cinco dólares con setenta y cinco centavos, (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo setecientos cincuenta y dos mil setecientos cinco. Para el segundo remate, marca Skoda, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año dos mil ocho, color negro combustible gasolina, tracción sencilla, cilindrada 1984 se señalan las nueve horas del veintinueve de setiembre de dos mil diez , con la base de trece mil noventa y nueve dólares con treinta y dos centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del trece de octubre de dos mil diez con la base de cuatro mil trescientos sesenta y seis dólares con cuarenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos de América) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Marvin Enrique Fernández Alvarado. Expediente Nº 10-000351-0295-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Grecia, 08 de julio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010188002.—(IN2010063726).
En la sala número uno; libre de gravámenes y anotaciones a las quince horas y cero minutos del veinte de setiembre de dos mil diez, y con la base de dos mil trescientos sesenta dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 308466, marca Hyundai, estilo: Elantra, año 1998, Vin Nº indica, cilindrada 1600 c.c., color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil diez, con la base de un mil setecientos setenta dólares con veintiún centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil diez con la base de quinientos noventa dólares con siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Jeannette Angulo Esquivel, Jorge Francisco Quintana Cavallini. Expediente Nº 08-002992-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de julio del 2010.—Lic. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—RP2010188003.—(IN2010063727).
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del uno de febrero
de dos mil once, y con la base de setenta y dos mil novecientos noventa y ocho
con setenta y seis dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil cuatrocientos
veintisiete cero cero cero
la cual es terreno para construir lote 48-H. Situada en el distrito 02 San
Diego, cantón 03
En la puerta exterior de despacho; libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de febrero del dos mil once, y con la base de ochenta y
seis mil cuarenta y ocho dólares con doce centavos moneda de curso legal de los
Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real matrícula número doscientos cuatro mil trescientos
treinta cero cero uno, cero cero
dos la cual es terreno para construir, lote Nº 5. Situada en el distrito tres
San Juan, cantón tres
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; soportando servidumbre de acueducto bajo las
citas:0426-00013213-01-0007-001 y servicios líneas eléctricas y de paso; a las
once horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, y con
la base de diecisiete millones once mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
470160 000 cero cero cero
la cual es terreno potrero lote 41-4. Situada en el distrito 05 Cascajal,
cantón 11 Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública con un frente de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas y quince minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil diez, y con la base de veintisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y un mil ochocientos cuarenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir lote ciento treinta y siete. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 138; al sur, lote 136; al este, calle cuarta de la urbanización y al oeste, lote 130. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del doce de octubre del año dos mil diez, con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiocho de octubre del año dos mil diez con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Óscar Acuña Valerín y Óscar Acuña Williams. Expediente Nº 09-003058-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 17 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010188028.—(IN2010063731).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil diez, y con la base de cuatro millones ochocientos seis mil trescientos treinta y tres colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 137447-001-002 la cual es terreno para construir con una casa, lote 6-E. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote trece-E; al sur, calle pública con ocho metros de frente; al este, lote cinco, y al oeste, lote siete-E. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diez, con la base de tres millones seiscientos cuatro mil setecientos cincuenta colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diez con la base de un millón doscientos un mil quinientos ochenta y tres colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mónica Dittel Araya y William Gómez Morales. Expediente Nº 10-001169-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010188030.—(IN2010063732).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diez, y con la base de dieciocho millones novecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno siete tres cero cuatro dos cero cero cero la cual es terreno para construir lote 20. Situada en el distrito 04 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Urbanización El Atardecer Limitada; al sur, lote 19; al este, Urbanización El Atardecer Limitada, y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y nueve meros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diez, con la base de catorce millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil diez con la base de cuatro millones setecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Cristela Camacho Rojas. Expediente Nº 10-000482-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 07 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010188031.—(IN2010063733).
A las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando Condiciones IDA bajo las citas 0370-00019769-01-0945-001, reservas y restricciones bajo las citas 0370-00019769-01-0946-001 e hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal bajo las citas 575-20502-01-0001-001 y con la base de la hipoteca de segundo grado a favor de la actora, sea la base de siete millones ochocientos cuarenta mil colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real Matrícula número 235.587-000 que es terreno para agricultura con una casa sito en Buena Vista de Guatuso, distrito segundo del cantón quince de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Río Brazo y otro; al sur, calle pública y otro; al este, José Luis Villegas Espinoza, y al oeste, Mireya Mora Castro y Rodrigo Zúñiga. Mide: noventa mil setecientos cincuenta y cinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de cinco millones ochocientos ochenta mil colones, se señalan las: catorce horas cuarenta y cinco minutos del siete de octubre de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de un millón novecientos sesenta mil colones, se señalan las: catorce horas cuarenta y cinco minutos el veintidós de octubre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en Expediente Nº 10-100060-0297-CI ejecución hipotecaria de Agropecuaria José Ángel Pérez Arrieta S. A., contra Rodrigo Zúñiga Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 30 de junio del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010188056.—(IN2010063734).
A las catorce horas treinta minutos del veintitrés de
setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este
Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y
anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora,
sea la base de once millones cuatrocientos mil colones, remataré: finca
inscrita en propiedad Partido de Alajuela Folio Real matrícula número
340.227-000, que es terreno de plantas ornamentales sito en
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes, hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil diez, y con la base de catorce millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula, número 179840-000 la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 3-F; al sur, lote 5-F; al este, calle, y al oeste, zona destinada a parque. Mide: ciento ochenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de setiembre del dos mil diez, con la base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diez con la base de tres millones seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Evelio Vargas Quirós contra Lilliana Mayela Muñoz Esquivel. Expediente Nº 10-000160-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 27 de junio del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010188071.—(IN2010063736).
En la puerta exterior de este despacho; libre de
gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de
setiembre del año dos mil diez, y con la base de treinta millones novecientos
veinticinco mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con sesenta céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número cuatrocientos treinta y un mil sesenta y dos cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12
Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de servidumbre
con un frente a ella de
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez, y con la base de siete millones ciento setenta mil trescientos cuarenta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 054288-000 la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Nobeth Montiel Guevara; al este, Nobeth Montiel Guevara, y al oeste, Nobeth Montiel Guevara. Mide: seiscientos cincuenta y cuatro metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, con la base de cinco millones trescientos setenta y siete mil setecientos cincuenta y siete colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez con la base de un millón setecientos noventa y dos mil quinientos ochenta y cinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Aho. y Cred. Serv. Múltiples Alianza R. L., contra Danilo Montiel Guevara. Expediente Nº 10-000147-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 07 de julio del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010188116.—(IN2010063738).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del siete de setiembre del dos mil diez, y con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil seiscientos quince colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número GB-001517, marca Hyundai, año 2000, Vin KMJRD37FPYU461129, cilindrada 2.500, color verde, categoría transporte colectivo. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de un millón setecientos ochenta y un mil setecientos doce colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cinco de octubre del dos mil diez con la base de quinientos noventa y tres mil novecientos tres colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa Aho. y Cred. Serv. Múltiples Alianza R. L., contra Ronald Alberto Centeno Espinoza. Expediente Nº 10-000150-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 21 de julio del 2010.—Lic. Adolfo Reynholds Quirós, Juez.—RP2010188117.—(IN2010063739).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diez, y con la base de cuatro millones trescientos setenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00604082-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cinthia Montero Jiménez; al sur, servidumbre de paso en medio Sergio Navarro Valverde; al este, Cinthia Montero Jiménez y Sergio Navarro Valverde, y al oeste, Efraín Zamora Navarro. Mide: cuatrocientos quince metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de tres millones doscientos ochenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez con la base de un millón noventa y tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Antonio Badilla Araya contra Juan Pablo Piedra Carrión. Expediente Nº 10-001061-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de mayo del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010188140.—(IN2010063740).
En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y. gravámenes prendarios; a las quince horas del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas setecientos cincuenta mil setecientos cuarenta y seis, marca, Hyundai, estilo Santa Fe, automóvil, año 2003, color rojo, chasis KM8SB12B83U528823, motor ilegible, cilindrada 2400 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintidós de setiembre de dos mil diez, con la base de dos millones ciento cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del seis de octubre de dos mil diez, con la base de setecientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Aborga de Costa Rica S. A., contra Martín Pérez Rodríguez. Expediente Nº 10-000141-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 01 de julio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010188212.—(IN2010063741).
En la puerta exterior de este despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las diez horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil diez, y con la base de treinta y nueve millones setecientos veinticuatro mil doscientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y dos mil setecientos doce-cero cero cero la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada en el distrito uno, cantón siete Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Barrios; al sur, Jorge Arias; al este, quebrada 1/2 Ramón Araya, y al oeste, calle pública 1/2 Sixto Rodríguez. Mide: quinientos nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, con la base de veintinueve millones setecientos noventa y tres mil ciento sesenta y cuatro colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diez, con la base de nueve millones novecientos treinta y un mil cincuenta y cuatro colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Aborga de Costa Rica S. A., contra Almacén García y Alvarado S. A. Expediente Nº 10-000138-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 03 de julio del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010188213.—(IN2010063742).
A las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, desde la puerta exterior de este juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de quinientos mil colones en el mejor postor remataré: vehículo placas ciento sesenta y tres mil seiscientos setenta y nueve, marca Honda, estilo Civic, año 1984, gasolina, color vino, motor número EW11543507. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario número 2005-001432-221-CI de Edwin Jiménez Pérez contra Mauricio Monge Cordero.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 20 de julio del 2010.—Lic. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza.—(IN2010064722).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando dos denuncias penales a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil diez, y con la base de siete millones novecientos sesenta y cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 643426, marca Hyundai, año 2003, Vin KMJRD37FP3K556224, cilindrada 2476 cc, color verde, categoría microbús. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de setiembre del año dos mil diez, con la base de cinco millones novecientos setenta y tres mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del año dos mil diez con la base de un millón novecientos noventa y un mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Luis Rojas Quirós contra Empresa Multiservicios Señor de Luren S. A. Expediente Nº 10-000222-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010064916).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando ambos inmuebles reservas y restricciones al tomo doscientos ochenta y siete, asiento setecientos ochenta y nueve; a las diez horas del veinticuatro de agosto de dos mil diez, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) con la base de catorce millones trescientos mil colones, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta mil setecientos setenta y siete-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito siete, Puente de Piedra, cantón tres, Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marta Rodríguez Molina; al sur, y al oeste, Carlos Manuel Rojas Corella y Thania Rodríguez Alfaro; al este, calle pública. Mide: ciento ochenta y dos metros con veintisiete decímetros cuadrados. 2) Con la base de dieciocho millones quinientos mil colones, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta mil setecientos ochenta y dos-cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa de habitación y callejón de acceso. Situada en el distrito siete, Puente de Piedra, cantón tres, Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Dagoberto Rojas Trejos; al sur, Mario Antonio Rojas Bolaños; al este, Dagoberto Rojas Trejos y calle pública con tres metros y cuarenta y seis centímetros, y al oeste, Abel Sánchez Rojas. Mide: doscientos cincuenta y un metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del nueve de setiembre de dos mil diez, con la base de diez millones setecientos veinticinco mil colones, para la finca matrícula trescientos sesenta mil setecientos setenta y siete-cero cero cero, y con la base de trece millones ochocientos setenta y cinco mil colones, para la finca matrícula trescientos sesenta mil setecientos ochenta y dos-cero cero cero (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veinticuatro de setiembre de dos mil diez con la base de tres millones quinientos setenta y cinco mil colones, para la finca matrícula trescientos sesenta mil setecientos setenta y siete-cero cero cero, y con la base de cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones, para la finca matrícula trescientos sesenta mil setecientos ochenta y dos-cero cero cero (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Diógenes Prendas Gutiérrez. Expediente Nº 10-000176-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 27 de julio del 2010.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010188839.—(IN2010064981).
A las ocho horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil diez, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, con la base de cinco millones quinientos mil colones, al mejor postor remataré: un vehículo placas tres dos nueve nueve dos cuatro, marca Toyota, estilo Land Cruiser J ocho, categoría automóvil, capacidad cinco personas, carrocería Station Wagon o familiar, tracción cuatro por cuatro, chasis J T uno uno uno T J ocho cero cero siete cero cero cero tres seis, año de fabricación mil novecientos noventa, color gris motor: marca Toyota, combustible: diesel, cilindros; seis. Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 09-100845-642-CI-I de actor: Óscar Alberto Jiménez Sánchez contra Nidia María Mayela Cruz Chaves.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2010188940.—(IN2010064984).
En la puerta exterior de este despacho; a las ocho horas
del veinticinco de agosto del año dos mil diez, y con la base de diez millones
de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 29805-000 la cual es terreno de cocotal. Situada
en el distrito tercero, Cariari cantón segundo,
Pococí de la provincia de Limón. Colinda: norte, Cocotales de Costa Rica S. A.;
sur, calle pública; este, Cocotales de Costa Rica S. A., y al oeste, Cocotales
de Costa Rica S. A. Mide: cincuenta y cuatro mil cincuenta metros con noventa
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del
nueve de setiembre del año dos mil diez, con la base de siete millones
quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas del primero de octubre del año dos
mil diez con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por
ciento de la base inicial) Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria Banco Nacional de Costa Rica
contra Heriberto Chinchilla Trejos. Expediente Nº 10-000148-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
A las nueve horas cero minutos del veinticuatro de agosto
del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales y con la base de cuarenta y
dos mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos
veintidós-cero cero cero la cual es terreno para
construir lote 10-C. Situada en el distrito Mata de Plátano, cantón Goicoechea,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones al tomo 377 y
asiento
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y soportando infracción por colisión según sumaria 08-7546-174-TR, a las catorce horas cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, y con la base de catorce mil doscientos sesenta y siete dólares con 01/100 centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 648542, marca Suzuki Aerio, año 2006, Vin JSAERA31S65251850, cilindrada 1600 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de setiembre del 2010, con la base de diez mil setecientos dólares con 26/100 centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diez con la base de tres mil quinientos sesenta y seis con 75/100 centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Rodrigo Eugenio Durán Soto. Expediente Nº 08-010497-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del 2010.—Lic. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—(IN2010064120).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando seis servidumbres de paso y una
servidumbre de paso agrícola, a las nueve horas del veintiséis de agosto de dos
mil diez, con la base de veinticinco millones ciento veinte mil cuatrocientos
colones, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil doscientos noventa
y siete-cero cero cero, la cual es terreno de teca.
Situada en el distrito once, Cóbano, cantón primero,
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, sur y oeste;
Sociedad Agrícola Las Delicias de
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil diez, y con la base de tres millones de colones, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, matrícula Folio Real número ciento cincuenta mil ciento ocho-cero cero cero, cuya naturaleza es terreno para construir con una casa N° 1094; sito distrito ocho Barranca, cantón primero Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con calle pública y acera en medio con un frente de ocho metros; al sur, con lote 1104; al este, con lote 1093; y al oeste, con lote 1095. Mide: ciento ochenta y un metros con treinta y seis decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Grupo Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Sergio Eduardo Campos Ledezma. Expediente N 09-100738-0642-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2010065200).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas:
0366-00001841-01-0853-001, reservas y restricciones, citas:
0366-00001841-01-0868-001, condiciones, citas: 0366-00001841-01-0918-001,
condiciones, citas: 0366-00001841-01-0919-002, condiciones, citas:
0366-00001841-01-0920-001, reservas y restricciones, citas;
0366-00001841-01-0955-001; a las dieciséis horas del veintiséis de agosto del
dos mil diez, y con la base de ochenta y siete millones trescientos cincuenta y
ocho mil quinientos cuarenta y cinco colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número ciento veintiséis mil quinientos setenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
la agricultura. Situada en el distrito 01, Buenos Aires, cantón Buenos Aires, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Miguel Altamirano Mora; al sur,
calle pública; al este, Maderas y Materiales Buenos Aires S. A.; y al oeste,
Corporación Inversiones Esterillos S. A. Mide: quince mil un metros cuadrados.
Situada en el distrito, cantón, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, al sur, al este y al oeste. Mide: cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, con la base de sesenta y cinco
millones quinientos dieciocho mil novecientos ocho colones con setenta y cinco
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las once horas del siete de octubre del dos mil diez con la base de
veintiún millones ochocientos treinta y nueve mil seiscientos treinta y seis
colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRO. Hosti.Sex.Y/O Laboral de Carlos Luis Montero Solórzano
contra Phillips Groff Rodney Wayne, Phillips R Y L S.
A. Inv. Internacionales. Expediente Nº
05-300063-0188-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de
En la puerta exterior de este Despacho, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación por
rectificación de medida, inscrito al tomo: 577, asiento 92741, secuencia
Celso Natan Lumbi
Obando, quien es mayor, soltero, guarda civil, vecino de San Rafael de Yolillal de Upala, Alajuela,
Leyla Ninozca López Rodríguez,
mayor, casada una vez, educadora, vecina de ciudadela León Trece, Tibás, San
José, casa Nº 211, cédula de identidad número 8-071-172, solicita se levante
información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público
de
Manuel Salvador Barrios Villarreal, mayor, soltero,
agricultor, vecino de Villa Nueva de San José de Upala, Alajuela, ciento
cincuenta metros sur del salón comunal, de nacionalidad nicaragüense, con
cédula de residencia permanente Nº 155807715604, solicita se levante
información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público
de
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 07-000666-0388-CI donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Erick Leiva Marchena quien es mayor, soltero, vecino de
Lagunilla de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número cinco-trescientos nueve-doscientos setenta y ocho, profesión estudiante,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el
expediente N° 09-000678-0930-CI donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Eduardo Acuña Moreno quien es mayor, estado civil
soltero, vecino de Siquirres, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 7-0093-0406, profesión guarda de seguridad, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
Nº 2008-100118-0216-CI donde se promueven diligencias de información posesoria
por parte de Ricardo Erazo Vásquez, quien es mayor, casado una vez,
comerciante, salvadoreño, vecino de Alajuelita, pasaporte salvadoreño: C cero
dos nueve siete ocho seis siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de
Se hace saber que ante este despacho se tramita el
expediente Nº 09-000237-0298-AG donde se promueven diligencias de información
posesoria por parte de José Santos Paladino Paladino,
mayor de edad, casado una vez, vecino de Santa Clara de Delicias de Upala,
cédula de identidad número ocho-cero sesenta y dos-novecientos ochenta y uno,
promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro
Público de
Luis Pérez Elizondo, mayor, cédula de identidad Nº
5-126-920, casado una vez, ganadero, vecino de San Rafael de Guatuso, Alajuela,
Se cita y se emplaza a todos los interesados en el
sucesorio de María de los Ángeles Acuña Vásquez, cédula uno-cuatrocientos
veintiuno-ciento cincuenta y cuatro, mayor de edad, del hogar, quien era vecina
de
Por el término de treinta días se emplaza a los interesados en la sucesión de Álvaro Murillo Agüero, quien fue mayor, casado una vez, ebanista, cédula número dos-dos cuatro cinco-seis cuatro nueve, y vecino de Alajuela, y María Carmen Guzmán Vargas, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número dos-ciento noventa y uno-ciento sesenta y cuatro, vecina de Alajuela, para que dentro de este término a partir de la publicación del edicto, comparezcan ante el suscrito notario a hacer valer sus derechos y aquellos que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho término, la herencia pasará a quienes corresponda.—San José, veintisiete de junio del dos mil diez.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—RP2010187391.—(IN2010062962).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Lilliam Fernández Rivera, quien fuera mayor, viudo, constructor, vecino de Cartago, cédula Nº 03-0188-0370. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000728-0346 CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 23 de julio del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—1 vez.—RP2010187475.—(IN2010062963).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida fuera Édgar de Jesús Cruz Cruz, mayor,
soltero, profesor, vecino de Alajuela, Villa Bonita, lotes Sánchez, setenta y
cinco metros al este de la pulpería
Se cita y emplaza a herederos y demás interesados en la
sucesión ab intestato de
quien en vida se llamó Gabriela Yadira Pérez
Figueroa, quien en vida fue mayor, soltera, cédula uno-cero nueve siete
cuatro-cero nueve seis ocho, vecina de urbanización
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Margarita Yanira Vargas Arce, a las trece horas del doce de febrero del dos mil diez, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Margarita Arce Porras, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa, cédula 5-090-741. Se cita y emplaza a todos los interesados dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Daniel Aguilar González, San José, Centro Torres del Campo, cuarto piso, Bufete Aguilar y Asociados.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(IN2010063665).
Hace saber que en este Despacho, Luis Alberto Mejía Tenorio, mayor, soltero, nicaragüense, pasaporte Nº C825553 y Jennifer Heredis Galeano Canales, mayor, soltera, nicaragüense, pasaporte 135-RE-009261-00-1999. Ambos vecinos de Paso Ancho, han establecido diligencias de cambio de nombre a favor de su hija Neftalí de Los Ángeles Mejía Galeano quien es menor de edad nacida el nueve de setiembre de dos mil ocho para que el futuro se llame Angie de Los Ángeles Mejía Galeano. Con quince días de término a partir de la publicación de este edicto, cítese a las personas con derecho que tengan objeción para que se presenten a este Despacho para lo que corresponda. Expediente Nº 09-000100-0673-NA Diligencias de cambio de nombre de Neftalí de Los Ángeles Mejía Galeano.—Juzgado Sexto Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de abril de 2009.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—RP2010187444.—(IN2010062980).
Se hace saber al señor Alexánder
Díaz Díaz, cédula número 1-668-116, que en proceso Nº
09-400191-637-FA, abreviado de divorcio, se dictó sentencia de las catorce
horas con dieciocho minutos del dieciocho de junio del año dos mil diez, que en
su parte dispositiva dice: De conformidad con lo anterior y las citas legales
mencionadas, se resuelve, a) se declara disuelto el vínculo legal que une a Alexánder de
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del señor Dennis Gerardo Salas Cordero, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de él, dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso insania de Dennis Gerardo Salas Cordero que promueve Carlos Manuel Salas González, bajo el expediente Nº 10-000346-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1 de julio del 2010.—Lic. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2010063048).
Se avisa que en este Despacho los señores Gerardo Gustavo
Guzmán Salazar y María Isabel Fernández Gamboa, solicitan se apruebe la
adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor de edad Yuliana Meseses Arronis. Se concede a todos los interesados directos el
plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la
misma. Expediente Nº 10-000292-0673-NA.—Juzgado de
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente Nº 10-000192-0688-FA, los señores Allan Gerardo Chaves Mora y Ana Ruth del Socorro Herrera Arroyo, solicitan se apruebe la adopción del menor Keylor Jodany González Calderón. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de junio del 2010.—Lic. Ruth Mayela Morera Barboza, Jueza.—1 vez.—(IN2010063089).
Licenciada Viria Artavia Quesada, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José; hace saber a Juan Francisco Ruiz Hernández, se
le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, establecida por Andrea
del Carmen González Amen contra Juan Francisco Ruiz Hernández, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: de la anterior
demanda de suspensión patria potestad, establecida por el accionante,
Andrea del Carmen González Amen, se confiere traslado al accionado Juan
Francisco Ruiz Hernández por el plazo perentorio de diez días, para que se
oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo
de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los
fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda,
deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene
como parte al Patronato Nacional de
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días, contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Isabel Ureña Marín, quien es mayor, viuda, vecina Colonia 15 de Setiembre, portadora de la cédula de identidad Nº 1-160-054. Expediente Nº 2009-000025-0181-Cl.—Juzgado de Familia de Hatillo, al ser las once horas del once de junio de 2009.—Lic Irma Mercedes Páez Sibaja, Jueza.—1 vez.—(IN2010063105).
Se avisa a los señores Airaluti
Miranda Espinoza, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1366-501; Rafael
Edilberto Barón López, colombiano, pasaporte Nº CC 79940574; ambos mayores y
con demás calidades y domicilio desconocidos, son representados por la curadora
procesal Licenciada Andreína Vicenzi
Guilá, hace saber que existe proceso Nº
09-000295-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad Dylan Javier Barón Miranda, establecido por el Patronato Nacional de
Se avisa, a los señores Magaly Mata Arias, mayor,
costarricense, cédula de identidad Nº 1-975-067 y Numei
Xie, mayor, de nacionalidad china, documento de
identidad Nº PG 06786782, con demás calidades y domicilio desconocidos, son
representados por el curador procesal, Licenciado Marcelo Gamboa Venegas, hace
saber que existe proceso Nº 10-000021-0673-NA de declaratoria judicial de
abandono de la persona menor de edad Tiffany Kristal Xie Mata, establecido por
el Patronato Nacional de
Se avisa, a la señora Elena Victoria López López, mayor, cocinera, nicaragüense, cédula de residencia
Nº 00200796500, representada por el curador procesal licenciado Heberto José
Noguera González, hace saber que existe proceso Nº 09-000420-673-NA de
declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Fabián Alejandro
López López, establecido por el Patronato Nacional de
Licenciado Gustavo Ramírez Redondo, Juez Instructor del
Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea; hace saber a Viva Nosara S. A., que en
este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en su contra, bajo
el expediente número 09-017224-1012-CJ, donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria
en contra de Viva Nosara S. A., representada por
Rafael Bogantes Granados; a quien(es) se le(s) previene que en el primer
escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de
Lic. Cynthia Rodríguez, Murillo
Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Luis Guillermo Acuña
Méndez, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra,
bajo el expediente número 08-001353-0364-FA donde se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: sentencia de primera instancia N° 1872-08. Juzgado de
Familia de Heredia. A las diez horas y diecisiete minutos del cuatro de
diciembre del dos mil ocho. Proceso divorcio establecido por Elena María
González Atkinson, mayor, casada, administradora de empresas, portadora de la
cédula de identidad número 0900910174, vecina de San Antonio de Belén contra
Luis Guillermo Acuña Méndez, mayor, casado, comerciante, portador de la cédula
de identidad número 0105550588, vecino de San Antonio de Belén. Se tuvo como
parte al Patronato Nacional de
Licenciado Rosnny Arce Jiménez,
Juez del Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José; hace saber a Sun
Chen Hwei Chin y Huang Pei
Chen, que en este Despacho se interpuso proceso ordinario en su contra, bajo el
expediente número 09-000136-1084-CI, donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: “Expediente: 09-000136-0184-CI proceso ordinario actor:
Manuel Enrique Ramírez Barboza demandado: Sun Chen Hwei Chin y Huang Pei Chen.
Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, a las once horas cuarenta
minutos del doce de agosto del dos mil nueve. De la anterior demanda ordinaria
que promueve Manuel Enrique Ramírez Barboza, se
confiere traslado por el plazo perentorio de treinta días a Sun Chen Hwei Chin y Huang Pei Chen.
Artículo 295 del Código Procesal Civil. Con respecto de los hechos de la
demanda expondrán con claridad si los rechazan por inexactos o si los admiten
como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestarán con
claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que
se apoyen. En la misma oportunidad ofrecerán las pruebas que estimen
pertinentes, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos, y los hechos a que deberá de referirse cada uno de éstos. Artículos
305, 354 y 357 ibídem. Se les previene, al igual que a los interesados que en
el primer escrito que presente debe señalar medio, fax, correo electrónico
habilitado, casillero o estrados, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas
con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual
consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por
causas ajenas al despacho, según la nueva Ley de Notificaciones 8687, artículos
11, 19, 20 y 34; artículos del Código Procesal Civil, que corresponden a la
nueva numeración suscitada con ocasión de la promulgación de
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 10-000270-0688-FA, los señores Rodrigo Antonio Gutiérrez Arias y Seidy Arce González, solicitan se apruebe la adopción de la persona menor de edad Juan Pablo Madrigal Roque. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 19 de julio del 2010.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010063537).
Se avisa que en este Despacho en el expediente número 10-000195-0687-FA el (los) señor(es) Flor María Alfaro Varela solicitan se apruebe la adopción del menor Yeilin Vanessa Ruiz Mendieta. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Grecia, 6 de mayo del 2010.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010063600).
El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José hace saber a Suany Blanco Hernández, ciudadano cubano, casado en primeras nupcias, ocupación y domicilios desconocidos, que en este Despacho, con el expediente número 09-000973-187-FA, se conoce el Proceso Abreviado de Divorcio planteado por Yolanda María Mora Ortega, en el que se dictó la resolución que dice: “Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José. A las catorce horas tres minutos del siete de julio del dos mil diez. De la demanda abreviada de divorcio planteada por Yolanda María Mora Ortega se confiere traslado por el plazo de diez días a Suany Blanco Hernández para que en la persona de su curador procesal licenciado Douglas Murillo Murillo la conteste conforme lo dispuesto en el artículo 305 del Código Procesal Civil. Con relación a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Publíquese esta resolución en el Boletín Judicial. El edicto de estilo se pone a disposición del actor para que procure su publicación. Expediente Nº 09-000793-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez .—1 vez.—Exonerado.—(IN2010063601).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del treinta de julio del dos mil diez, esta Notaría declara abierto el proceso de localización de derecho indiviso de María Cecilia Ugalde Rodríguez, quien es mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, San Carlos, Dulce Nombre, portadora de la cédula de identidad número dos-dos cinco seis-cero nueve seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Manuel Hernández Ceciliano, con oficina en San Antonio de Escazú, con teléfono número dos dos ocho ocho-uno uno nueve ocho.—San José, tres de agosto del dos mil diez.—Lic. Manuel Hernández Ceciliano, Notario.—1 vez.—(IN2010063682).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso
de cambio de nombre promovido por Moisés Solís Lezcano
mayor, casado una vez, electricista, vecino de barrio Los Ángeles de Pérez
Zeledón, cédula de identidad número 0109730494, en representación del menor de
nombre Julián Andrés Solís Hecker menor, sin
ocupación, nacido en San Isidro de El General, Pérez Zeledón el cinco de junio
del dos mil nueve, cita de inscripción número 01-2058-045-0089; encaminadas a
solicitar la autorización para cambiar el nombre de dicho menor, por el de
Julián Caleth mismos apellidos. Se emplaza a los
interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a
hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente Nº 10-100089-0188-CI.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de
Ante este Juzgado han comparecido los señores Miriam
Garita Salas, de sesenta y dos años de edad, divorciada de Jorge Alberto Ávila
Guardado, fallecido el 27 de diciembre de 2009, ama de casa, cédula de
identidad número tres-ciento setenta y tres-ciento cuarenta y tres, nacida en
Turrialba,
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Didier Alexánder Méndez Poveda, mayor, soltero, empleado de
mantenimiento de zonas verdes, cédula de identidad número 0304160654, vecino de
Tierra Blanca de Cartago,
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Lelis del Carmen Talavera Rodríguez y William de Jesús Valle Valle mayores de edad, ella viuda y el soltero, ella ama de casa y el albañil, vecinos de Liberia Barrio el Jícaro del primer play cien metros este y cien metros norte, casa G-14, cédula de identidad y pasaporte respectivamente 9-0085-0425, CO802439. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Expediente Nº 10-000518-0938-FA.—Juzgado de Familia de Liberia, 26 de julio del 2010.—MSC. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—(IN2010063647).
Han comparecido ante este despacho solicitando contraer
matrimonio civil los contrayentes Abraham Kaleb Pérez
Gómez, mayor, soltero, auxiliar de bóveda, cédula de identidad número
3-444-452, vecino de Cartago, Llanos de Santa Lucía Paraíso, del Estadio
Ante esta notaría se apersonan Jhonatan Venegas Morales, con cédula de identidad número cinco-cero trescientos cuarenta y tres-cero ciento treinta y cinco, y Daniella Mora Gamboa, con cédula de identidad número uno-mil ciento treinta-cero cero treinta y ocho, solicitan unirse en matrimonio civil. Se publica este edicto para oír oposiciones a la realización del matrimonio solicitado, dentro de los nueve días hábiles a partir de la primera y única publicación en el Boletín Judicial del Poder Judicial. Notificaciones al fax; 2219-6186.—San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Róger Emilio Quirós Valverde, Notario.—1 vez.—RP2010188206.—(IN2010063756).