BOLETÍN JUDICIAL Nº 159 DEL 17 DE AGOSTO DEL 2010

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2004 al 2008 de la Administración Regional del Primer Circuito Judicial de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:        A 8 A 04

Ampos:         200

Paquetes:      51

Carpetas:       255

Años:            2004 al 2008

Asunto:         Documentación administrativa: 2 ampos con boletas de combustible 2008, 24 ampos con correspondencia enviada y recibida ARICJA 2005 al 2007, 1 ampo ordenes de compra del 2004 al 2006, 7 ampos de copias de cheques entregados de Caja Chica del 2004 al 2007, 2 ampos de registro de asistencia 2007 a 2008, 7 ampos de control de correos interno no certificado del 2006 al 2007, 33 ampos de correspondencia certificada de asuntos varios del 2001 al 2008, 2 ampos de conciliaciones del año 2004, 20 ampos de correspondencia enviada y recibida SDJ del 2004 al 2007, 30 ampos de constancias de recibido de ordenes de citaciones y localizaciones del 2007 al 2008 y 72 ampos con actas de recibido de notificaciones de 2005 al 2008.

                       18 paquetes con 540 copias de cheques entregados de 2004, 10 paquetes con ordenes de giro del 2004, 20 paquetes de boletas de solicitud de fotocopias del 2007 al 2008, 3 paquetes de boletas atención médico de empresa año 2008.

                       65 carpetas copias de reintegros caja chica año 2001, 62 carpetas copias de reintegros Caja Chica año 2002, 63 carpetas copias de reintegros caja chica año 2003 y 65 carpetas copias de reintegros caja chica año 2004.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 7 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                              Lic. Alfredo Jones León

Exonerado.—(IN2010062255)                                                                                                                                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en acta Nº 03-2006 de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes laborales del año 2000 al 2007 del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          L 20 A 00

Expedientes:   2

Paquetes:        1

Año:                2000

Asunto:           Laboral: Infracción a la Ley Laboral 2.

Remesa:          L 20 A 01

Expedientes:   3

Paquetes:        1

Año:                2001

Asunto:           Laboral: Infracción a la Ley Laboral 3.

Remesa:          L 17 A 02

Expedientes:   57

Paquetes:        2

Año:                2002

Asunto:           Laboral: Consignación de prestaciones 27, infracción a la Ley Laboral 30.

Remesa:          L 15 A 03

Expedientes:   84

Paquetes:        3

Año:                2003

Asunto:           Laboral: Consignación de prestaciones 32, infracción a la Ley Laboral 52.

Remesa:          L 16 A 04

Expedientes:   93

Paquetes:        3

Año:                2004

Asunto:           Laboral: Consignación de prestaciones 39, infracción a la Ley Laboral 54.

Remesa:          L 12 A 05

Expedientes:   141

Paquetes:        5

Año:                2005

Asunto:           Laboral: Consignación de prestaciones 50, infracción a la Ley Laboral 91.

Remesa:          L 10 A 06

Expedientes:   93

Paquetes:        3

Año:                2006

Asunto:           Laboral: Consignación de prestaciones 46, infracción a la Ley Laboral 47.

Remesa:          L 9 A 07

Expedientes:   117

Paquetes:        4

Año:                2007

Asunto:           Laboral: Consignación de prestaciones 40, infracción a la Ley Laboral 77.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 7 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                              Lic. Alfredo Jones León

Exonerado.—(IN2010062257)                                                                                                                                                                      Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006, de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles del año 2000 al 2003 del Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          C 19 P 00

Expedientes:   52

Paquetes:        1

Año:                2000

Asunto:           Civil: Diligencia de cambio de nombre 6, ejecutivos prendarios 31, diligencia de medida precautoria 4, medida cautelar anticipada 1, embargo preventivo 3, diligencia de depósito judicial 3, diligencia de insania 2, consignación de pago 2.

Remesa:          C 16 P 01

Expedientes:   18

Paquetes:        1

Año:                2001

Asunto:           Civil: Ejecutivo prendario 8, diligencia cambio de nombre 9, desahucio por tolerancia 1.

Remesa:          C 12 P 02

Expedientes:   18

Paquetes:        1

Año:                2002

Asunto:           Civil: Diligencia cambio de nombre 13, ejecutivo prendario 1, prendario 1, solicitud de medidas cautelares 3.

Remesa:          C 6 P 03

Expedientes:   3

Paquetes:        1

Año:                2003

Asunto:           Civil: Diligencia cambio de nombre 2, medidas cautelares 1.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                              Lic. Alfredo Jones León

Exonerado.—(IN2010062699)                                                                                                                                                                      Director Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 03-2006, de fecha 1º de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles del año 2000 al 2003 del Juzgado Civil y Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                C 11 S 04

Expedientes:          17

Paquetes:               1

Año:                       2004

Asunto:                 Civil: 12 Desahucios, 5 Consignación

                                de alquiler.

Remesa:                L 2 S 07

Expedientes:          7

Paquetes:               1

Año:                       2007

Asunto:                 Laboral: 7 Infracción a la ley de trabajo.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                  Lic. Alfredo Jones León,

Exento.—(IN2010062700)                                                                                                                                                                             Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de pensión alimentaria del 2006 del Juzgado de Pensiones Alimentarias del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                Q 4 L 06

Expedientes:          160

Paquetes:               5

Año:                       2006

Asunto:                 Demanda de Pensión Alimentaria, 73

                                Desestimaciones, 34 Abandonadas, 53

                                Sin sentencia.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                  Lic. Alfredo Jones León,

Exento.—(IN2010062701)                                                                                                                                                                             Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2006 de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 11-06 celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de tránsito del año 1999 y 2007 del Juzgado Tránsito de Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                G 33 P 99

Expedientes:         1931

Paquetes:              20

Año:                      1999

Asunto:                 Expedientes de tránsito

Remesa:                G 34 P 99

Boletas:                 100

Paquetes:              1

Año:                      1999

Asunto:                 Boletas de tránsito (partes impersonales)

Remesa:                G 28 P 00

Boletas:                 556

Paquetes:              6

Año:                      2000

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con oposición y partes impersonales)

Remesa:                G 26 P 01

Boletas:                 544

Paquetes:              6

Año:                      2001

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con oposición)

Remesa:                G 23 P 02

Boletas:                 596

Paquetes:              6

Año:                      2002

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con oposición)

Remesa:                G 17 P 03

Boletas:                 600

Paquetes:              6

Año:                      2003

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con oposición)

Remesa:                G 15 P 04

Boletas:                 2527

Paquetes:              50

Año:                      2004

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con y sin oposición)

Remesa:                G 10 P 05

Boletas:                 1419

Paquetes:              5

Año:                      2005

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con y sin oposición)

Remesa:                G 6 P 06

Boletas:                 60

Paquetes:              1

Año:                      2006

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con oposición)

Remesa:                G 5 P 07

Boletas:                 75

Paquetes:              1

Año:                      2007

Asunto:                 Boletas de tránsito (infracciones con oposición)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                   Lic. Alfredo Jones León

(Exento).—(IN2010062702)                                                                                                                                                                          Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de lo contencioso administrativo del año 1987 a 1997 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del II Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:          20359

Despacho:      Tribunal Contencioso

Expedientes:   1

Paquetes:        1

Año:                1987

Asunto:          Contencioso Varios: separación de directores Expediente terminados y con sentencia

Remesa:          E 25 S 91

Despacho:      Tribunal Contencioso

Expedientes:   2

Paquetes:        1

Año:                1991

Asunto:          Contencioso Varios: tributario -Expedientes terminados y con sentencia

Remesa:          E 28 S 92

Despacho:  Tribunal Contencioso

Expediente:     2

Paquetes:        1

Año:                1992

Asunto:          Contencioso Varios: solicitud de prueba anticipada - Expedientes terminados y con sentencia

Remesa:          E 33 S 94

Despacho:      Tribunal Contencioso

Expedientes:   4

Paquetes:        1

Año:                1994

Asunto:          Contencioso Varios: tributario Expedientes terminados y con sentencia

Remesa:          E 42 S 95

Despacho:      Tribunal Contencioso

Expedientes:   91

Paquetes:        2

Año:                1995

Asunto:          Contencioso Varios: licitaciones 1 - tributario 90 - Expedientes terminados y con sentencia

Remesa:          E 33 S 96

Despacho:      Tribunal Contencioso

Expedientes:   17

Paquetes:        1

Año:                1996

Asunto:          Contencioso Varios: contencioso 1- ley de promoción competencia y defensa efectiva-consumidor 1- tributario 14 - solicitud de nulidad 1 - Expedientes terminados y con sentencia

Remesa:          E 27 S 97

Despacho:      Tribunal Contencioso

Expedientes:   23

Paquetes         1

Año:                1997

Asunto:          Contencioso Varios: arbitral 1- ley de promoción competencia y defensa efectiva-consumidor 1- licitaciones 2 - ordinario 1 - tributarios 18 - Expedientes terminados y con sentencia.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                   Lic. Alfredo Jones León

Exento.—(IN2010062703)                                                                                                                                                                             Director Ejecutivo

En vista de que no ha sido posible notificar a los particulares propietarios de los vehículos involucrados en colisiones, por desconocerse su paradero, según se cita a continuación, a solicitud de los despachos que se dirá:

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE DESAMPARADOS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

2010-600173-491-TC-A

JUAN LUIS UMAÑA ALPÍZAR

NO INDICA

C-137740

1M2AR13Y8FM001525

2010-601017-491-TC-A

CARLOS LUIS LOPEZ MORA

NO INDICA

518882

JDAJ102G000526762

2010-600137-491-TC-A

REPRESENTANTE LEGAL DE PARTES DE CENTROAMERICA R.C.S.A

NO INDICA

MOT-201076

LF3PCKD008D00033

2010-601171-491-TC-C

KINERET S.A.

3-101025306

640234

YVICZ595761289056

2010-601231-491-TC-C

INMOBILIARIA PARAISO DEL SOL S.A.

3-10483324

SJB-12266

9BSK4X2B093640234

2010-601031-491-TC-C

MARIO ACEVEDO AGUILAR

1-297-065

503934

KMHVF31JPMU471934

2010-600815-491-TC-C

JOSE RODRIGUEZ CESPEDES

1-531-857

563861

KMHPN81CP4U154460

2010-601171-491-TC-C

TRANSPORTES PRIVADO H Y L S.A..

3-101356776

510413

KMJRD37FPSU162061

2010-600362-491-TC-B

RUTH MARTY MARTÍNEZ JIMÉNEZ, PRESIDENTA DE INVERSIONES RUASA DEL SUR S.A.

3-101-152140

186095

JN1PB2418HU032323

2010-600338-491-TC-B

MARISOL BLANCO PAEZ, PRESIDENTE DE FRALEU DEL ESTE S.A.

3-101-177308

263706

KLAJF19W1VB172796

2010-601121-491-TC-A

ROBERTO ALFONSO HIDALGO HERNÁNDEZ

NO INDICA

804573

KMHVA21NPSU059722

2010-601279-491-TC-C

CRISTINA COVER LOPEZ

1-960-854

270853

JB3CU14A2NU05663

10-601364-491-TC

ROSIBEL SUAREZ VALLE

155803087504

209118

KMHVF31JPRU859968

10-601320-491-TC-D

MELVIN ALFREDO SAENZ BIOLLEY

NO INDICA

509492

VF32AKFWR3W033253

10-601104-491-TC-D

CAMACHO ELIZONDO JASON MARTIN

1-1092-0402

TSJ 2108

KMHJF31JPRU736224

10-600492-491-TC-D

HAMILTON EDWARD CLIVE

PASAPORTE 214213352

482846

KMHJF21JPNU350701

10-601372-491-TC-D

SERGIO CONSTANTINO HIDALGO CORRALES

1-659-411

SJB-010428

LH1150013510

2009-601195-491-TC-A

LUIS CASTRO PERALTA

NO INDICA

TSJ-565

KMHCG45C91U237093

2010-600157-491-TC-A

MARIA MONTSERRAT VARGAS SÁNCHEZ

1-649-044

TSJ-4870

KMHVF21NPVU501497

10-601184-491-TC-D

LOPEZ VARGAS ESTEBAN ALONSO

1-1154-0401

CL 191024

KNCSC0162TS123946

10-601176-491-TC-D

MORA RETANA MARCO TULIO

5-0152-0335

231563

1FMDU34X9SUA17949

10-601164-491-TC-D

SANCHEZ FALLAS LEITICIA

1-0489-0605

334588

JE3CU24A7NU016514

10-601000-491-TC-D

CARRANZA FUENTES CAMILO

8-0076-0615

207782

1N4PB21S2JC827637

2010-601178-491-TC-B

SERGIO SOTO SIBAJA

2-161-962

C-130583

1HSRDDR7NH452726

10-600788-491-TC-D

ROBLES ROBLES JACQUELINE

6-0236-04932

785272

KMHVF21NPRU130502

10-601243-491-TC-C

SIBAJA MONTES CINTHIA

6-173-469

241915

JN1PB21S9HU514215

10-601195-491-TC-C

ALEXANDER ARRIETA VILLALOBOS

1-508-293

341680

WBAAC110X0AB63054

10-600903-491-TC-C

ACUÑA VARGAS LUIS DIEGO

1-923-0006

494414

1N4AB41DXSC729993

2010-600698-491-TC-B

ESTEBAN FLORES CRUZ

1-1434-768

513793

JN1EB31P9MU024859

10-601135-491-TC-C

TOLENO SUAREZ PABLO ANTONIO

C-551382

CL-172702

JB7FL24D5KP047853

2010-601323-491-TC-C

MAGALY MORA ACUÑA

1-894-211

601481

KMHVA21NPTU136878

2010-600283-491-TC-C

ANDREA MARIA ARIAS CHACON

1-979-625

MOT-83453

1HD1BJL45VY041217

2010-600307-491-TC-C

LUZ MIRIAM AZOFEIFA CHAVEZ

1-677-294

211573

DSNCB1APU10227

2010-600095-491-TC-C

LOMBARDO JOSE SEQUEIRA BENAVIDES

C-119581

521859

2CNBJ18U2L6204339

2010-600263-491-TC-C

ALGAS COLON AC S.A.

3-101280525

581297

JTDBT113900360690

2010-600263-491-TC-C

JOHEL CANALES HERNANDEZ

135RE066291

MOT-130978

LC6PAGA1850805176

2010-601314-491-TC-B

WILSON RAMÍREZ RODRÍGUEZ

6-303-225

MOT-126072

9C2JC30404R300051

2010-601234-491-TC-B

EDUARDO ANTONIO FERNANDEZ ALPÍZAR

1-576-808

693643

KMHVA21NPTU132849

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y  DE MENOR CUANTÍA PURISCAL

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600084-241-TC

ALPIZAR CORDERO ALCIDES

1-0281-0847

778910

2CNBJ13C736949246

09-600272-241-TC

MONGE ROJAS PATRICIA

1-0468-0344

381713

JS4JC51C5J4205208

09-600184-241-TC

SALAZAR BADILLA JOSE MAURICIO

1-0988-0515

420585

JT2EL46BXN0237754

09-600035-241-TC

GRANADOS RAMOS JOSE IGNACIO

1-1058-0233

183757

JT2ST65L1H7073296

09-600276-241-TC

RIVERA ROJAS OLGA LIGIA

1-0643-0651

MOT 197837

LBPKE095870091641

09-600231-241-TC

PORRAS QUIROS RONALD MAURICIO

1-1167-0462

249983

KMHVD12J4LU017835

10-600096-241-TC

QUIROS RAMIREZ PORFIRIO

6-0116-0758

CL.200527

JAACL11L8R7202115

10-600021-241-TC

INVERSIONES AVENIDA DE LAS AMERICAS.S.A

3-101-214285

564953

VF32AN6AN3W064855

09-600094-241-TC

D.E.C DESARROLLO DE EMPRESAS COMERCIALES EL SOL DE C.A. S.A

3-101-213290

C-126477

JALK7A1U1N3201678

09-600312-0241-TC

JOSE ALONSO  ACUÑA FEOLI

1-1043-0928

296452

JT2EL46B2N0161110

09-600111-0241-TC

GILBERT SOLANO  AGUILAR

1-0614-0955

MOT.171884

LXMPCJLE470003948

09-600122-0241-TC

ANDREA  DEL MAR  MURILLO  FALLAS

1-0782-0972

277854

KPTE0B1BSVP122679

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO HATILLO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000112-0492-TC

MELENDEZ FERNANDEZ WALTER

5-0273-0236

393161

KMHJF31JPNU291916

10-000437-0492-TC

MORA VILLALOBOS KARINA

1-0971-0472

707255

KMHVF21LPTU286268

10-000503-0492-TC

GUILLEN QUIROS CARMEN CAROLINA

1-1071-0941

657034

RZN1850018464

10-000531-0492-TC

VINDAS GONZALEZ NUBIA

2-0334-0668

C 126169

1M2N179Y5CA075971

10-000604-0492-TC

COOPERATIVA DE EMPRESARIOS Y TRABAJADORES DE LOS MICROBUSES

Y TAXIS DE HEREDIA R.L.

3-004056214

SJB-003748

KL64510150

10-000604-0492-TC

GUIDO GARCIA JONNATHAN DAVID

1-0975-0700

SJB-008898

KMJRD37FPSU188442

10-000608-0492-TC

PIETRA DI BISMANTOVA S.A.

3-101-574609

C-153716

1M2AA13Y7PW026056

10-000625-0492-TC

AVILA GOMEZ JOSE EDUARDO

1-0578-0627

MOT 68652

JS1VX51L000500063

10-000644-0492-TC

PERNUDI MATAMOROS CHRISTIAN

1-11457-0049

MOT-245054

LBPKE30990025699

10-000646-0492-TC

CANDIA JUAREZ YESSENIA ANTONIETA

135-RE-014097

541148

JMYXRCU4W3U001628

10-000681-0492-TC

CABALLERO MORA LIGIA

1-0398-1248

371731

KMHJF22R1PU432542

10-000683-0492-TC

GARCIA VALLE ROCIO 

6-0260-0714

114488

B12350403

10-000683-0492-TC

GARCIA VALLE MARLEN JUANITA

6-0291-0219

114488

B12350403

10-000683-0492-TC

MIZPA INTERNACIONAL S.A

3-101-192921

C 135858

JAANKR66L37100051

10-000694-0492-TC

ALFARO ALVARADO ARTURO

4-0128-0700

217639

2S3TD03V5R6412252

10-000774-0492-TC

ASESORIA INDUSTRIAL DOS MIL CIEN S.A.

3-101-181837

CL-189677

KNCTB241237100631

10-000811-0492-TC

ROJAS DURAN RONALD ALBERTO

1-0776-0302

TSJ 5654

KMHJF24M6WU674758

10-000898-0492-TC

SEQUEIRA DIAZ DENNIS ALBERTO

1-1070-0365

MOT-110622

SH12A109827

10-000902-0492-TC

HERNANDEZ MATTEY HORTENSIA

1-1279-0074

451794

KMHVF31JPPU856140

10-000923-0492-TC

WOLVERTON MARLENE

201784296

419706

KMHJF31JPMU040884

10-000928-0492-TC

CLEVERNESS DEALS S.A.

3-101-480616

709242

KMHCG35C53U256530

10-000933-0492-TC

AVILES GOMEZ JUAN ABAD

6-0169-0939

CL 185782

WV1ZZZ9KZ2R530130

10-000952-0492-TC

GARRO MORA RAYMOND

1-0915-0443

683853

3VWBC81H2SM047014

10-000995-0492-TC

CHAVES GONZALEZ JOSE MARTIN

1-0412-0672

TSJ 5347

KMHVA21NPRU020628

10-001194-0492-TC

MORALES GONZALEZ JORGE

1-0501-0701

TSJ-001039

2T1BA02E7VC163787

10-001202-0492-TC

ARTAVIA MUÑOZ GERARDO

5-0145-0786

CL-003054

LN40014675

10-001282-0492-TC

SALAZAR CAMBRONERO GUILERMO

1-0455-0500

TSJ-005405

KMHVF21NPWU538329

10-000709-0492-TC

CUBILLO MORA IRIS ROSIBELL

1-0625-0631

430638

9BWCC05XX1P075457

10-602663-0489-TC

SANDI MIRANDA KARLA MARCELA

1-0803-0756

724154

3N1AB51D96L627355

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-604007-489-TC C

CONSTRUCTORA ARROYMA S.A.

3101303139

CL 180720

4SICL11L7M4218740

10-603802-489-TC

GODINEZ INNECKEN SERGIO GUST.

1-569-685

TSJ 5573

JTDBJ21E202002963

10-604485-489-TC

HERNANDEZ BRENES HUMBERTO

1-571-259

303812

JN8HD17Y8PW310210

10-604366-489-TC

RODRIGUEZ ALVARADO JUAN JOSE

2-390-644

AB 5219

1BAAHCPH43F211501

10-604500-489-TC

PORRAS ARIAS GERARDO

1-281-100

697520

SALLJGBF8JA012744

10-604662-489-TC

SANCHEZ MENA JOSE MARIA

1-360-545

SJB 11728

KMJWAH7JP8U0393

10-602447-489-TC

PIEDRA BEJARANO YOLANDA

2-373-599

TSJ 5265

JTDBJ21E104016017

10-604667-489-TC

MORALES BRENES LEONARDO

3-330-542

C 154865

2FUYDSEB2WA967678

10-604515-489-TC

SOLANO SEAS JUAN CARLOS

1-735-573

TSJ 4147

KMHVF24N6XU574543

10-604613-489-TC

MASIS FALLAS PAULA

1-950-863

706210

JS3TD54VX84103064

10-604780-489-TC

CALVO PEREZ ROLANDO

1-292-324

TSJ 338

KNADB2422X6714092

10-604525-489-TC

COMISION NACIONAL DE PREVENCION DE RIESGOS Y ATENCION

DE EMERGENCIAS

3007111111

34-322

8AJFR22G604504856

10-604465-489-TC

ARRIETA AGUERO JORGE LUIS

2-386-068

C 23534

JALFSR11FH3587306

10-604189-489-TC

PARDO MANUCCI LUIS MIGUEL

800480977

412649

4S2CY58V1R4345132

10-604189-489-TC

VILLALOBOS VILLALOBOS JAIME E.

4-138-823

TSJ 3329

KMHJF31JPRU648716

10-602379-489-TC

RAMIREZ CENTENO LUIS CONCEP.

112490772

808204

2S3TD52V616102145

10-1628-174-TR

UMAÑA SOLIS LUIS ALEJANDRO

1-488-591

TSJ 5623

KMHVF24N1XU578063

10-602762-489-TC

GONZALEZ BRENES RONALD

1-776-682

CL 224368

LGWCAC1768A070381

10-602762-489-TC

GONZALEZ SOLIS JOSE DIEGO

11046-089

564220

JDAJ102G000545878

10-603018-489-TC

JIMENEZ PACHECO EUGENIE

1-806-481

566305

JMYLRV76W4J000666

10-604111-489-TC

KINERET S.A.

3101025306

CL 234769

KNCSE211287274884

10-601373-489-TC

AF COMUNICACIONES I N C S.A.

3101243310

570457

VF32AKFWU3W062916

10-601373-489-TC C

BARQUERO BARRANTES CARLOS

4-091-768

CL 104984

WU90-0004761

10-604263-489-TC

ARRENDADORA K. S.A.

3101272742

645531

WBAFB71076LX73144

10-602825-489-TC

CORPORACION PIPASA S.A.

3101012933

CL 160883

JAATFR54HW7108949

10-603215-489-TC

AUTOTRANSPORTES MEPE S.A.

3101028117

LB 1529

NO INDICA

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-603215-489-TC

LOPEZ VARGAS JOSE ALBERTO

6-255-115

TSJ 6095

3N1EB31S8ZK107694

10-604279-489-TC-D

ROBLE REAL TRES S.A

3-101-155176

CL 224450

JN1CHGD22Z0730495

10-604399-489-TC-D

TRANSPORTES UNIDOS ALAJUELENSES S.A

3-101-004929

AB 3475

9BWHG82Z01R113376

10-604399-489-TC-D

CHACÓN CALDERÓN CARMEN MARÍA

1-0313-0326

TSJ 976

KMHVA21NPTU199047

10-604035-489-TC-D

ZÚÑIGA MADRIGAL JOSÉ MANUEL

1-0707-0744

TSJ 3514

KMHCG45G0YU031965

10-603866-489-TC-D

ACUÑA LÓPEZ PEDRO ÁNGEL

1-0970-0752

544877

KMJWWH7BPVU034061

10-603856-489-TC-D

ROSALES ROSALES TIBURCIO RUFINO

8-0059-0129

TSJ 3209

KMHVF31JPRU960096

10-602392-489-TC-D

BRENES ÁLVAREZ DOUGLAS ROBERTO

9-0073-0395

591149

KMHVA21NPVU243620

10-603977-489-TC-D

AUTO TRANSPORTES PAVAS S.A

3-101-054006

SJB 7896

3CEJ1X110Y5000001

10-604019-489-TC-D

INNOVAPLANT DE COSTA RICA S.A

3-101-143671

672295

JN1TG4E25Z0717607

10-604055-489-TC-D

MORA SÁNCHEZ MARCO TULIO

1-0866-0508

CL 92346

KMHPB11EPGU029025

10-604150-489-TC-D

LARED LTDA

3-102-016101

SJB 9133

9BM3840733B331283

10-604117-489-TC-D

OTAROLA JIMÉNEZ VERNY GEOVANNI

1-0852-0171

132650

JHMSR5334DS009634

10-601294-489-TC-D

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

3-007-042030

310-47

8AJFR22G104503100

10-602697-489-TC-D

VALVERDE CERROS OSCAR ALONSO

1-0830-0875

678404

SAX117071154

10-600904-489-TC-D

CARVAJAL SOTO EDUARDO

2-0268-0802

TSJ 1317

KMHCG45C52U282761

10-600904-489-TC-D

CONFERENCIA EPISCOPAL NACIONAL DE COSTA RICA

3-007-061729

605789

2CNBE13C816957230

10-602555-489-TC-D

HERRERA CERVANTES MARCOS DANIEL

1-1414-0242

151219

WDB1240261B542020

10-603617-489-TC-D

HALL BROOKS CLEON OMAR

1-0795-0838

687074

K860YP810562

10-603609-489-TC-D

MORA CHAVES ALEXANDER

1-0732-0210

TSJ 2377

1N4AB41D2TC774251

10-603788-489-TC-D

CALVO BERROCAL JEIMY GABRIELA

1-0994-0829

185808

JHMCB35400C108297

10-603497-489-TC-D

VELASQUEZ YANEZ IRMA SUYAPA

8-0083-0228

684419

KMHJM81VP7U668882

10-603454-489-TC-D

YACARINI FERNÁNDEZ ANTERO

8-0085-0347

700749

KMJFD37APSU231713

10-602290-489-TC-D

GARITA CALDERÓN BRYAN ANDRÉS

1-1344-0302

543356

KMHVD14N4SU040336

10-603531-489-TC-D

BADILLA RODRÍGUEZ VICTORIA

1-0950-0890

CL 197883

JAACL16E3L7223472

10-604190-489-TC-D

ALTAMIRANO JIMÉNEZ LUIS FERNANDO

1-0375-0236

MOT 91954

C5RE016446

10-604190-489-TC-D

ALTAMIRANO AGUERO LUIS FERNANDO

6-0243-0582

MOT 91954

C5RE016446

09-610330-489-TC-D

ROJAS LORÍA YANELL GERMANIA

1-1462-0938

700202

K860VP018102

10-603933-489-TC-D

MAIRENA HERNÁNDEZ MARIO ALBERTO

5-0045-0338

127387

EE970005070

09-611109-489-TC-D

SERVICIOS CAISIVA S.A

3-101-358344

527554

JSAFHX51S45150014

09-611109-489-TC-D

ROQUE - AIRD & ASOCIADOS S.A

3-101-367118

MOT 140540

LAPACKLH350000205

10-603822-489-TC-D

CARLOS LI Y COMPAÑÍA LIMITADA

3-102-005547

647016

WAUZZZ8E36A224039

10-603958-489-TC-D

MEGA REMESAS S.A

3-101-409329

CL 224227

KNCSE261587273902

10-604011-489-TC-D

SDC CONSTRUCCIONES CENTROAMERICANAS S.A

3-101-401821

CL 223382

MMBJRKB407D129006

10-604102-489-TC-D

CHAVARRÍA LEAL REBECA YAQUELINE

1-0954-0632

460747

KMHVF31JPNU668351

10-602472-489-TC-D

NIHON TOSHI INTERNACIONAL S .A

3-101-202872

238343

1FMDU34X7MUB15316

10-602420-489-TC-D

MOSQUERA BARJACOBA CRISTIAN

8-0073-0808

823068

LGKZ32G7589126481

10-603743-489-TC-D

HERNANDEZ VALENZUELA ELIZABETH

8-0055-0986

269432

AT1770000815

10-604407-489-TC-D

BUSETAS HEREDIANAS S.A

3-101-058765

HB 1943

9BWRF82W73R302302

10-603871-489-TC-D

ALBACEA DE QUIEN FUE EN VIDA FONSECA SOLANO DAVID

3-0364-0119

680309

2T1BR18E6WC064725

10-603871-489-TC-D

AXNREALTY S.A

3-101-259700

260790

9117211839

10-002675-174-TR-D

ASOCIACION ORATORIOS SALESIANOS DON BOSCO

3-002-051528

325977

JN1BCAP11Z0930407

10-604476-489-TC-D

JARAMILLO HERRERA JORGE MARIO

1-0949-0350

355212

NR

10-603477-489-TC-D

ZAVALETA MORA MARIA GABRIELA

1-0565-0256

722581

JTDBT923304016083

10-600039-489-TC

IMPORTACIONES DE MAQUINARIA PESADA ROMO S.A

3101277044

C-144932

1FUYSZYB8XLA23957

10-600366-489-TC

LOS PACHECOS S.A

3101377820

C-144496

1FUYDDYB0TP742083

10-600910-489-TC

RHOADES MARK ALAN

PAS-701210195

482846

KMHJF21JPNU350701

10-600910-489-TC

HAMILTON EDWARD CLIVE

PAS-214213352

482846

KMHJF21JPNU350701

10-601247-489-TC

REID WILLIAM ESTON SOMROW

7-0048-0272

TSJ-6244

KMHVF21NPRU090323

10-601928-489-TC

FRIENDS RENTA CAR, S.A

3101535347

630215

JTDBT113700403715

10-602241-489-TC

VARGAS PEREIRA HORACIO ALBERTO

2-0286-0299

CL-219658

VF3GBWJYB7J002709

10-602241-489-TC

SERVICIOS CENTROAMERICANOS  S. A

3101005862

659374

8AJYZ59G603010079

10-602251-489-TC

QUIRÓS MEZA ANA CECILIA

3-0150-0557

817912

JACW7914313

10-602429-489-TC

MURILLO JIMÉNEZ NIDIA

108310634

724703

WC739628

10-602453-489-TC

EL SEGUNDO CARRO NUEVO DE ERSTHSA S.A

3101330005

MOT-272206

LYXPCML0390B00253

10-602453-489-TC

CORELLA HIDALGO MICHAEL ANDREY

1-1266-0845

CL-175658

KNCHNS8D1YK097757

10-602493-489-TC

CALDERÓN CORDERO ALEJANDRO ANTONIO

1-0733-0807

TSJ-298

KMHVA21LPSU115601

10-602528-489-TC

BOLA#OS MARCHENA ADRIANA

1-1222-0141

790881

KNABA24329T636064

10-602533-489-TC

RAMÍREZ CASTRILLO OSCAR RICARDO

1-0883-0226

CL-154139

RN855174137

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL I CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-602591-489-TC

MORALES CHAVARRÍA ARLYN PATRICIA

5-0332-0828

502096

KMHJF31JPNU284412

10-602733-489-TC

SAENZ BARQUERO GUILLERMO DE LA TRINIDAD

1-0630-0525

513559

KMHJF31JPMU019572

10-602807-489-TC

BENAVIDES CHAVARRÍA FERNANDO CALIXTO

2-0197-0261

115208

LB11M-C72949

10-002973-174-TR

PROMOTORA DE DESARROLLO SAN MIGUEL S.A

3101048843

CL-190537

MM7UNY08100201685

10-603074-489-TC

SERVICIOS Y TRATAMIENTOS QUÍMICOS T Q S.A

3101449593

CL-187985

V118019337

10-603161-489-TC

AVENDAÑO HERNÁNDEZ JEFFRIE ESTEBAN

4-0185-0297

764874

1HGEJ116XPL047123

10-603270-489-TC

SOLANO AGUILAR ROSA ISELA

4-0150-0912

367781

KLY7T11YDPC020153

10-603465-489-TC

DISTRIBUIDORA ORDOÑEZ S.A.

3101054543

CL-197307

FE639EA45877

10-603626-489-TC

SEGURA FALLAS RODRIGO

1-0496-0180

428546

KMHJF31JPRU657112

10-603642-489-TC

SALAS BONILLA RICARDO ANTONIO

1-0944-0388

246244

WBAHD21040BF31496

10-603929-489-TC

CONSORCIO WEGGA DE SAN JOSÉ S.A

3101306391

C-151291

LH287866

06-606961-489-TC

ROJAS CASTRO LUIS GUSTAVO

1-0982-0186

302126

JE3CU14A7MU044144

10-603085-489-TC-F

CHAVARRIA RODRIGUEZ DIGNA MARIA

700420394

643317

KMHVF21NPRU060372

10-604299-489-TC-F

ASESORIA COMERCIAL E INDUSTRIAL AMPISA SOCIED AD ANONIMA

3101115297

739607

JMY0NK9708J001149

10-602990-489-TC-F

DIAZ FALLAS ROGER ALBERTO

106100329

171340

KMHLF21JOHU147580

10-602945-489-TC-F

SOL MONTANA SOCIEDAD ANONIMA

3101298360

MOT -- 239341

1HFTE27U984700483

10-602685-489-TC-F

RODRIGUEZ GONZALEZ GERARDO

111560555

815008

KMHVA21NPTU207026

10-603819-489-TCF

VALVERDE UMADA CARLOS ROBERTO

201710089

689123

KMHJG25F61U247019

10-602910-489-TC-F

MORA SEGURA IVANIA MARIA

110530716

680492

KL1MD61457C242695

10-601393-489-TC-F

SCHURER JORDAN HANS PETER

1,17E+11

MOT -- 263497

ZD4VDD0088S001158

10-603533-489-TC-F

GRUPO E INVERSIONES OLMAHE SOCIEDAD ANONIMA

3101500945

CL -- 221336

KMFXKS7APTU052058

10-600702-489-TC-F

BAGELMENS DE COSTA R ICA LIMITADA

3102248127

CL -- 203687

JS4DA32T554131607

10-600702-489-TC-F

PILARTE LOPEZ SCARLETTE LISSETTE

800840670

 745632

SXA117151431

10-600518-489-TC-F

KERENYI SOCIEDAD AN ONIMA

3101245579

536770

SALLPAMW8TA336497

10-603075-489-TC-F

HERNANDEZ FLORES ALBERTO

401720178

CL—212639

1GCCS1947V8129574

10-603635-489-TC-F

INVERSIONES CAPITALES DE HOY SOCIEDAD ANONIMA

3101229244

230781

BBAB13003865

10-602895-489-TCF-

GRUPO INDUSTRIAL DOS MIL TREINTA Y SIETE RMA

SOCIEDAD ANONIMA

3101272322

741358

JS3JB43V884302820

10-600901-489-TC-F

VILCHEZ VARGAS MIGUEL ANTONIO

301550399

TSJ -- 001975

KMHJF31JPSU917958

10-602095-489-TC-F

AGENCIA DE VIAJES EXOTUR S A

3101096603

TUR 03000088

KM370004047

10-602479-489-TC-F

MORA CRUZ ANDREA TATIANA

114140041

680324

JDAL881K000003173

10-609811-489-TC-F

CASTILLO SOLANO LUIS ENRIQUE

111140952

181395

JT2AE88S0F0171066

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-001624-0174-TR

SOCIEDAD RENTACAR CENTROAMERICANA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR AMADEO QUIROS RAMOS

3101011098

729994

MR0YZ59G300063505

10-001641-0174-TR

BARRIOS SANCHEZ ORLANDO DE JESUS

600980807

 TSJ  004899

JTDBT113100091326

10-001670-0174-TR

CHAVES CAMPOS FERNANDO

111050167

530581

1N4EB32H6PC803558

10-001732-0174-TR

VARGAS GARCIA JUVENAL GAUDENCIO

900840888

549787

9BR53ZEC248542871

10-001752-0174-TR

PRESTIGE DENTAL EQUIPMENT SUPPLY SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR CHRISTIAN ALDECOBA VARELA

3101444961

CL  214529

MHYDN71V67J101422

10-001759-0174-TR

JIMENEZ SOTO CICELIO

102700398

TSJ  004328

JTDBJ41E40J001640

10-001769-0174-TR

PERALTA QUESADA LEDA BEATRIZ ,

112280607

611160

1FMYU02Z55KE39222

10-001778-0174-TR

TRANSBUS PLATINO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ALEJANDRO TENORIO GUTIERREZ

3101388999

210818

KLAJF19W1RB719681

10-001822-0174-TR

CONSULTORA DE PROYECTOS TURISTICOS Z M T SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR LIGIA FLORES GUEVARA

3101331319

MOT  108419

4VPC20433

10-001830-0174-TR

ARTURO BADILLA INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MARIA ORTEGA MENDEZ 

3101104625

CL  173426

MM7UNY0W100116470

10-001860-0174-TR

ARMIJO GUILLEN CARLOS ALBERTO

111270453

729433

JN1FCAC11Z0010913

10-001871-0174-TR

GUTIERREZ LEIVA MARITZA

107090978

296459

SALLPAMJ4WA388146

10-001874-0174-TR

VILLALOBOS GUTIERREZ JAVIER

401250955

TSJ  005220

JTDBT113300338989

10-001917-0174-TR

RODRIGUEZ ARRIETA FREDDY

700690927

 TSJ  003309

KMHVA21LPTU127611

10-001969-0174-TR

LOBO GONZALEZ VICTOR EDUARDO

108520809

TSJ 000994

KMHJF31JPRU665395

10-001973-0174-TR

MORA CASARES HENRY

502860018

319244

JN1PB22S3HU006496

10-001980-0174-TR

MORALES CALVO ZEIDY ROCIO DE LOS A

106880228

 TSJ  004015

KMHVA21LPTU197205

10-001991-0174-TR

CONSORCIO INTERAMERI CANO CARIBE DE EXPORTACIO N SOCIEDAD ANONIMA , REPRESENTADA POR JOSE LEON CHANG

3101053546

280441

3G1SE5430VS133202

10-002000-0174-TR

CHACON CAMPOS CARLOS MANUEL

108090505

TSJ  001102

JTDBJ21E504004713

10-002008-0174-TR

ASTUA CHACON ROGER ALBERTO

302160830

653900

1N4AB41D0VC792816

10-002024-0174-TR

ROQUE GUTIERREZ GABRIEL DAVID

205600947

C  152280

1FUYDSZB7WL887684

JUZGADO DE TRÁNSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-002039-0174-TR

CALVO ARIAS ALFONSO ENRIQUE

302920076

CL  212568

KL1BB05536C135401

10-002075-0174-TR

ALGAS COLON A C SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ELIECER GUTIERREZ CORONADO

3101280525

701257

JTDBT923471054482

10-002085-0174-TR

BLANCO FLORES ROXANA MARIA

106120313

406715

KMHVF21NPSU229299

10-002102-0174-TR

SANCHEZ GARAVITO JEANETTE LUCIA

CC39700279

568491

LGWFF2G515A078611

10-002117-0174-TR

BRIZUELA SOLIS GUILLERMO

107210162

MOT  150142

LWBPCJ1F261022301

10-002129-0174-TR

FALLAS ARCE ALVARO ALBERTO

111490856

525449

JT2AC52L0V0262052

10-002133-0174-TR

ZONTA ELIZONDO SANDRA MABEL

600910490

223513

XTA210600S3197626

10-002157-0174-TR

CORPORACION VILLA SOL DEL ESTE SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ROGER VILLALOBOS CRUZ

3101187958

429444

3VWRH09M11M079535

10-002169-0174-TR

MATA HERNANDEZ GERARDO

103280494

443986

JS3TD21V9W4101595

10-002186-0174-TR

SALAZAR MORALES JEFRY

701370946

CL  220338

JN1CJUD22Z0084349

10-002198-0174-TR

CHAVES CHAVES CYNTHIA VANESSA

502740701

699073

KMHVA21NPSU046969

10-002199-0174-TR

COMERCIALIZADORA SAROSA SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR WENDY ROJAS MADRIGAL

3101230902

CL  207040

9BD25521668760009

 10-002214-0174-TR

TRANSPORTES MARITO SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR MARIO HERRERA PEAL

3101204741

C 128678

1HSRDGUR2HH485744

10-002217-0174-TR

DISTRIBUIDORA OCTUBRE QUINCE SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR BERNARDO CHAVES BRAVO

3101162658

MOT  161402

ME1FE43B662005928

10-002220-0174-TR

INVERSIONES JESAN DE DESAMPARADOS SOCIEDAD ANONIMA, REPRESENTADA POR ELIECER LOBO MADRIGAL

3101177182

CL  237011

J27009985

10-002224-0174-TR

QUESADA JIMENEZ ANA PATRICIA

104010828

40861

F.I.

 10-002247-0174-TR

CHAVARRIA ZAMORA VERA VIOLETA

104860766

298098

SV110326147

 10-002247-0174-TR

MONESTEL VARGAS JULIA ISABEL

109070662

565126

3N1AB41D0VL035691

10-002249-0174-TR

HACIENDA EL CHIVERRAL LIMITADA, REPRESENTADA POR HERNAN PIEDRA ARROYO

3-102-149236

674939

2CNBJ1866S6931368

 10-002260-0174-TR

JIMENEZ RODRIGUEZ MARILYN

205770058

280432

JT2EL32H3H0072896

10-002265-0174-TR

PERAZA SOTO XIOMARA

104320462

447962

KMHVF31JPNU579263

10-002310-0174-TR

HERNANDEZ SIBAJA RODOLFO

104100261

594730

KMJWWH7JP4U605134

10-002323-0174-TR

RODRIGUEZ ZAMORA RAMON JESUS IVAN

400820872

293797

1FAPP15J3PW239458

10-002326-0174-TR

PRENDAS LOPEZ ALEXANDER DE LOS ANGELES

602620687

270726

AE1010196771

10-002369-0174-TR

PEREZ SANCHEZ JOSE FRANCISCO DE SAN RAMON

501030895

C  128861

JJ3100022

10-002378-0174-TR

ALFARO GURROLA SYLVIA VANESSA

110390832

679422

SJNFCAK177A205980

10-002380-0174-TR

FREDDY MARTINEZ BLANDON

CR27001894640109911

CL  142669

JM2UF3139J0397487

10-002391-0174-TR

SANCHEZ CABEZAS GERMAN MANRIQUE

205050542

SJB  009123

KMJRD37FPVU352747

10-003208-0174-TR

V.M. TRANSPORTES DE VALORES SOCIEDAD ANONIMA,

REPRESENTADA POR MEIKBOL LEANDRO CAMACHO

3101213699

CL  216271

RJ700008128

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZU

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-602498-0500-TC

YANANCY ROCÍO NOGUERA CALDERÓN

01-0722-0884

444651

JTDKW113403071402

10-600016-0500-TC

LILLIAM GONZÁLEZ RÍOS

RES: 155802561028

152725

KMHSF11KPKU344900

10-600829-0500-TC

ERICKA MOLINA SOLIS, REPRESENTANTE DE TRANSAMBUL S.A.

3-101-336067

CL 191744

8AC6906311A554250

10-600058-0500-TC

RICARDO ADOLFO MORA MADRIGAL

01-0874-0739

525209

WNYD21008296

10-600576-0500-TC

RAFAEL CASTRO RIVERA

1-0669-0525

TSJ-2197

KMHVA21NPVU292072

10-600667-0500-TC

MANUEL PORRAS JIMENEZ

2-150-309

TSJ-6221

JTDBJ21E802007780

09-602334-0500-TC

CIRILO FALLAS NAVAS

6-0055-0234

TSJ 6679

KMHCG45C83U461300

09-602334-0500-TC

EVELYN ELAINE HORTON

437692602

C 152880

1M1AA13Y9VW07442

09-602695-0500-TC

ANDRE GAMIER KRUSE APO. DE INVERSIONES 12995 S.A.

3-101-183364

MOT 164720

LC6PAGA1160874406

09-602991-0500-TC

ALVARO SAUMET MARTINEZ APO. INMOBILIARIA BORONILLA S, A,

3-101-303500

790519

JTDKL963600008528

09-602991-0500-TC

ANA UREÑA HERNANDEZ

1-664-0723

410046

KMHVF21JPPU727285

09-603174-0500-TC

LAURA CASTRO ECHEVERRI APO. INVERSIONES LALEX DOS

MIL CUATRO S. A.

3-101-428808

234185

WDB2020281F150185

09-603690-0500-TC

HUBERT CHAVES SIBAJA APO. DE AVAYA TELECOMUNICACIONES

DE COSTA RICA

3-101-299540

457066

3N1EB31S1ZK108413

09-603702-0500-TC

RANDALL ALVAREZ GONZALEZ AP TRANSPORTES RAGTIME Y FAMILIA S. A.

3-101-397587

409504

KMHVF31JPMU410883

09-603936-0500-TC

MAGDA URIBE SANEZ APO. DE TORRE DEL TRIUNFO S. A.

3-101-439770

671526

JS3TD54V574112799

09-603944-0500-TC

MANUEL GOMEZ CALVO APO. DE TRUSTCORP S. A.

3-101-149198

CL 218190

JN1CJUD22Z0083937

09-603948-0500-TC

CARMEN SALAZAR AYALES

1-0570-387

587807

VFJMKFVK97152012

09-603990-0500-TC

LUIS MATA SANCHEZ APO. DE HOMBRES DE REPUESTO S. A.

3-101-513811

CL 151062

9BD255229V8541797

10-600017-0500-TC

AMABILIA ROJAS CRUZ

6-0152-0901

280426

JAACH18E4J7824997

10-600087-0500-TC

GONZALO VARGAS ALFARO APO  ALQUILE CARRO ELEGANTE S. A.

3-101-022051

691698

JDA1210G001048123

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZU

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600147-0500-TC

JOSE UMAÑA DURAN

1-0632-0398

AB 1195

JALFSR112F3522551

10-600333-0500-TC

DIEGO MONTOYA SIERRA APO DIEGO Y OCAMPO S.A.

3-101-265222

MOT 208335

MD2DMS8Z28FC00050

10-600396-0500-TC

MANUEL ARIAS VALVERDE

1-356-0623

SJB 8578

KN2FAD2A1WC085530

10-600408-0500-TC

GERARDO SOTO BONILLA APO. DE TRANSPORTE G SS GESEY S A.

3-101-345976

C 149564

XC026168

10-600482-0500-TC

MILTON CASTRO SERRANO

1-0670-0835

116407

DSFC11AJU00892

10-600538-050-TC

LEONEL CARRASCO TALAMANTES

98340005720

473293

3G2JB11F02S175615

10-600538-0500-TC

LUIS HERNANDEZ AGUERO

1-1250-0612

MOT 053674

3ET005080

10-600590-0500-TC

JOSE CAMPOS CAMPOS

5-0138-0672

MOT 238612

LLCLTP4088CK00098

10-600603-0500-TC

MAZZA CATALDO

758-142083-001841

TSJ 2271

KMHVA21NPSU045725

10-600778-0500-TC

ALEXANDER RAMER MESEN

1-1311-0308

807026

2CNBE13C336927085

10-600530-0500-TC

NATALIA ZAMORA RODRIGUEZ

1-1130-0739

757403

KMHVA21NPSU110608

10-601271-0489-TC

DANIEL VARGAS JIMENEZ

1-01285-0436

387298

JN1PB21S7JU530046

10-600052-500-TC

LUIS GERMAN RAMIREZ

1,55804E+11

512377

KMHJF31JPNU333796

10-600060-500-TC

CARLOS ESPINOZA SALAS

02-417-0913

697838

1HGEJ6502TL030958

10-600172-500-TC

LUIS A. VARGASS ANGULO

06-136-438

CL-232349

YC398522

10-600172-500-TC

LUIS CASTRO TREJOS

01-1055-984

590069

JTEBY14R408002346

10-600437-500-TC

JORGE LUIS LEANDRO OBANDO

03-273-395

CL-220237

LKHNFIBG17AF02804

10-600486-500-TC

YADIRA  VARGAS CAICEDO

PA-CC-48649898

753720

KMHJM81V8U842171

10-600787-500-TC

DANIEL PEREDA DATOLLI

PA-04430031006

678336

JTDBJ21EX04014816

10-600966-500-TC

CARLOS E. HERNANDEZ VEGA

01-641-848

356582

JT2EL36Z9J0265904

09-603687-500-TC

DENNISS LACOMBE MARTINEZ

06-133-224

470365

JN1TBNT30Z0002088

10-600447-0500-TC

ANDRÉS RESTREPO ISAZA Y CARLOS ALBERTO BONILLA AYUB, REP. DE BRINSA DE COSTA RICA BCR S. A.

3-101-480091

CL 209773

JAANKR55E67102107

09-603861-0500-TC

JAIRO ALBERTO FUENTES CARBALLO

RES: 270-0214842-0116164

MOT 210923

L4STCKDKX72300557

09-602090-0500-TC

JORGE CARLOS ALONSO Y LUISA LIZETTE ALONSO, REP. IMPORTACIONES MUNDIALES CENTROAMERICANAS S. A.

3-101-234345

CL 223621

KMFZBN7BP8U340435

09-602237-0500-TC

HECTOR CAMPOS JIMÉNEZ

03-0289-0575

TSJ 1746

KMHDN55D11U022722

10-600697-0500-TC

RICHARD ANTONIO VASQUEZ SANDÍ

01-1105-0550

702247

VC784116

10-600904-0500-TC

MARIA DEL MILAGRO UMAÑA SAENZ, REP. DE LAKOTA TRESCIENTOS S.A.

3-101-265868

457373

KNAFB121325117641

09-601799-0500-TC

DAVID AVEN REP, DE DAIRY QUEEN S. A

3-101-315801

381790

WBAGF61070DG44442

09-602997-0500-TC

LUIS ALPIZAR CHAVES, REP, DE VYL ALPIMOS S. A

3-101-364439

SJB-11371

JTFSK22P400004424

09-603196-0500-TC

PETER HARRIS ROSEN

701639944

MOT-130128

1HD1BRL18WY014874

09-603289-0500-TC

MICHAEL FERENCZ FAINZILBEL, REP,DE ON TIME S. A

3-101-577986

MOT-266475

ME1FE43C992006696

09-603337-0500-TC

IVETTE MONTERO VALLEJO

5-0263-0623

TSJ-004982

KMHJF31JPRU712136

09-603476-0500-TC

VICTOR CHAVARRIA CALDERON

1-0830-0600

70389

NO INDICA

09-603575-0500-TC

HUBERT CHAVES SALAS,REP, DE AVAYA TELECOMUNICACIONES DE CR.S. A

3-101-299540

362393

KMHJF32M9RU703442

09-603836-0500-TC

JUAN SOTO RUIZ, REP, DE TUANIS RIDES S.A

3-101-430303

749539

KMJWWH7HP1U346341

09-603902-0500-TC

MELVIN ACUÑA BADILLA

1-0738-0632

MOT-213320

LC6PCJG9380811332

09-603954-0500-TC

LIDY SOLEY GUTIERREZ

1-0956-0879

533864

VF1LA110227674708

09-604012-0500-TC

MARIA ISABEL RAMIREZ ARIAS

1-0942-0466

808063

KMJWWH7HP2U448221

10-600121-0500-TC

ROBERTO CALDERON AGUILAR, REP, DE COSTA RICA RENT A CAR

3-101-018295

619090

KMHJM81BP6U243474

10-600129-0500-TC

FRED KUSHNER STEINBERG, REP, DE FRENER S.A

3-101-099836

CL-122517

KNCSB1111PS510122

10-600137-0500-TC

TERESA PRADA TORRES,REP, DE GUIER Y CARBALLO S. A

3-101-027398

CL-220273

KMJWVH7BPUS825520

10-600225-0500-TC

GUISELLE CRUZ NAVARRO,REP, DE FOMENTO CAPITALINO Z Y C S. A

3-101-212676

CL-156195

JAANKR66LV7100017

10-600288-0500-TC

BENJAMIN LATRINGER LIEBERMAN,REP, DE IMP BELY COM S. A

3-101-299195

CL-114107

FE304BA50268

10-600300-0500-TC

MINORTH SOLIS ULATE

1-1128-0013

450193

KMHVF31JPPU756290

10-600510-0500-TC

JOSUE BRENES VEGA

1-1211-0221

CL-169581

NO INDICA

10-600316-0500-TC

GRECE HIDALGO MADRIGAL

1-0525-0239

329584

JM7BJ10M100102286

10-600484-0500-TC

NOEL EDMUNDO BUSTILLOS, REP, DE INMOBILIARIA TAPANTI S. A

3-101-255044

CL-201295

3N6CD12S5ZK852059

10-600488-0500-TC

JORGE ALEJANDRO VEGA MORA

1-1179-0297

MOT-240166

LXSYCKLY781124630

10-600500-0500-TC

CLARA AGUDELO ARANGO

4-3720-784

449643

KMHJF31JPNU277618

10-600601-0500-TC

ROBERTO CALDERON AGUILAR,REP, DE COSTA RICA RENT A CAR S. A

3-101-018295

710325

8AD2AKFWU7G076874

10-600712-0500-TC

XINIA CHAVES MASIS

3-0265-0150

315026

KPBEA3D81RP007931

10-600760-0500-TC

WILBERT SANDOVAL SANTAMARIA

4-0134-0026

CL-140161

VZN1100009425

10-600772-0500-TC

CRISTIAN VADO RIOS

1-0858-0526

CL-143678

JM2UF3132K0797151

10-600776-0500-TC

RAUL MARIN ZAMORA, REP, DE ARRENDADORA INTERNACIONAL S. A

3-012-265763

CL-236019

MR0FZ29GX01552144

10-600804-0500-TC

FABIAN QUESADA CARVAJAL

1-0862-0735

682781

JHMEJ8541VS003240

10-600882-0500-TC

ROSA SOLORZANO PELLAS

7270579924

125771

WDB1231301A122326

10-600890-0500-TC

FRANCISCO GUILLEN CARMONA

1-0816-0573

391735

KLY3S11BDPC116361

JUZGADO DE TRÁNSITO DE PAVAS Y ESCAZU

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600903-0500-TC

RODOLFO CASTRO LACHNER,REP, DE INVERSIONES CAPITALES DE HOY S. A

3-101-229244

513033

KMHJF31JPNU291205

10-600907-0500-TC

LUIS ARTURO BOZA ABARCA,REP, DE INMOBILIARIA CAMINO GRIS S. A

3-101-285507

472473

WBAEV31062KL36392

10-600911-0500-TC

CARLOS ZUÑIGA PACHECO,REP, DE T.A MUDANZAS S.A

3-101-107743

C-142355

1HSRSAHR1VH416424

10-600927-0500-TC

LISSETTE ROJAS ESQUIVEL

1-0473-0556

766415

KMHJN81BP9U950892

10-600963-0500-TC

MARIO MURILLO SIBAJA,REP, DE CORP, EL GATO DE HEREDIA S.A

3-101-338920

747447

KMHVF31JPLU262857

10-600971-0500-TC

NOILYN BERROCAL ALVARADO

1-0956-0515

668966

JTDBJ21E202010402

10-600276-0500-TC-3

LEONIDAS EDUARDO ORELLANA,REP, DE PUBLICIDAD AGROPECUARIA CORPORACION LOV S.A

3-101-1272227

CL-170260

NO INDICA

10-600141-0500-TC-

SILVIA ALFARO ZAMORA

1-0575-0142

563203

KMHSB81VP3U556166

10-600221-0500-TC

MARIA ELENA JIMENEZ VEGA

1-0861-0633

482679

9BD15824024360661

10-600957-0500-TC

FERNAN GALLEGOS ECHEVERRIA

1-789-0347

115856

DSFC11AJU00891

10-600957-0500-TC

PETER ANDRE GARCIA APO. DE ARUSHA INTERNACIONAL SA

3-101-189011

MOT 159140

9C6KG01460009503

10-600639-0500-TC

MAX SOLANO SOLANO

1-0407-0163

CL 091486

9BWZZZ30ZGT139604

10-601147-0500-TC

YEINER MONTIEL CASASOLA

1-1017-0288

510156

JMYSNEA2A3Z000134

10-600490-0500-TC

LUIS ARIAS PULGARIN

1,17E+11

505482

WDC1631281X761075

10-600490-0500-TC

MIGUEL ELIZONDO GOMEZ

4-0119-0618

TSJ 000269

JTDBJ21E602001380

10-600831-500-TC

FLORA SOLORZANO SAEZ

02-172-326

448903

VFILA110525373647

10-600831-500-TC

JAVIER LOPEZ MONTERO

02-543-0097

413637

JSAFJB43V14100082

10-600643-500-TC

HORACIO RAMOS TORRES

08-061-686

TSJ-5580

KMHVF21NPVU411530

10-600539-500-TC

JESUS REYES SANTANA

02-555-646

423165

KMHVF31JPLU187483

10-600401-500-TC

EVELYN CHAPLIN MARQUEZ

3,25375E+11

561655

9BD17216243104225

10-600244-500-TC

INDIRA SOLANO VINDAS

01-488-399

CL-230256

4TANM92N5YZ647326

10-600236-500-TC

JORGE VILALOBOS RODRIGUEZ

06-132-905

555025

2T1BB02EOTC142287

10-600228-500-TC

EUGENIO MORA SOLANO

09-940-413

CL-130156

KMFHA17KPPU003273

10-600204-500-TC

MARIO MARIN SOLIS

01-1037-537

324859

KNAJA5525TA749107

10-600160-500-TC

JOSE MARTIN VARGAS MANTICA

PA-D063833

MOT-230066

9C2MD289X7R100157

10-600148-500-TC

DAMASO SALAZAR CONTRERAS

RE-135RE024640

757151

KMHVF21LPTU330655

10-600104-500-TC

MARCO CHARPENTIER RAMIREZ

01-556-009

511037

1GNDT13S922115271

09-604041-500-TC

DAVID BALLESTERO UMAÑA

01-680-185

C-150124

1H335046

09-603843-500-TC

GRACE SOJO ARAYA

01-316-385

797384

AT1510094780

09-603835-500-TC

WILLIAM MENESES CHAVERRI

07-48-1086

500053

KMHVA21NPSU027202

09-603835-500-TC

ADOLFO MESA MESA

RE-11700079485

CL-199501

MMBJNK7404D078232

09-603831-500-TC

DIDIER QUIROS ALPIZAR

02-451-629

CL-126693

IN6ND16SGC420056

09-603811-500-TC

DIEGO GAMBOA CORTES

01-920-617

735264

JF1SG5LW48G154167

09-603795-500-TC

TATIANA L. ROLDAN AGUILAR

01-883-307

670895

JTDBT933X0114371

09-603771-500-TC

EDGARDO MORALES AZOFEIFA

02-555-898

745583

1N4PB21S8JC795406

09-603759-500-TC

KERS HOUWELING

NR20FDH85

755473

SALFA24A58H084621

09-603739-500-TC

ERIC F.DE JESUS FAETH SALAS

01-577-899

TSJ-006625

KMHVA21INPTU213117

09-603719-500-TC

WILLIAM WRIGHT AYUB

PA-11240001272

749169

JN1FCACI1Z0016859

09-603586-500-TC

ROLANDO ALEMAN HERRERA

01-1171-0886

423249

KMHVF31JPNU707926

09-603578-500-TC

LUIS E. VASQUEZ UMAÑA

01-112-767

616941

1N4EB32A1MC778602

09-603578-500-TC

HERNNAN HEISE

PA-3212008008

649488

1J4GL48K76W278574

09-603499-500-TC

RANDAL ZUÑIGA BARBOZA

01-6430-633

435758

KNADC223216048968

09-603382-500-TC

ROYNER FERNANDEZ ARGUEDAS

01-1329-165

MOT-158633

LC6PCJD5360800586

09-603276-500-TC

ALEXANDER PALACIOS MENDOZA

01-1061-360

CL-117417

V5813336

09-603276-500-TC

RONDIE FLORES CEDEÑO

01-703-190

CL-193927

VF3GBWJYB96044831

09-603225-500-TC

ROY RONALD CHINCHILLA MONTES

01-511-526

MOT-248093

LLCLPS2E581119237

09-603126-500-TC

RUSSELA PHILLIPS ARAYA

R-425978861531

587735

2HGS15505H850134

09-603126-500-TC

MAURICIO ARROYO CASTILLO

01-1138-591

370255

2HGED6341MH514101

09-603000-500-TC

GILBERTO UMAÑA BARRANTES

01-5640437

385080

KMHJF31MPRU614869

09-602872-500-TC

FREDDY A. CASTRO MADRIGAL

01-865-276

423656

KPDRB5B91NP138657

09-602835-500-TC

MARIA MAYELA LOPEZ GARITA

01-515-504

MOT-237647

LALPCJF8583242689

09-602815-500-TC

FRANCISCO LAY SOLANO

01-399-829

408942

WDB1704651F185956

09-602600-500-TC

UWE KREUZULER

R-127600005030

578358

JDAJI02G000557314

09-602600-500-TC

ETENNE SAMOGYI PAUNCZ

08-0024-121

CL-183457

JNMC4E24Z0605695

09-602532-500-TC

CARLOS F. SOTO CALVO

01-288-636

528501

3N1EB31S9ZK117179

09-601939-500-TC

ROBERTO VASQUEZ LOPEZ

R-155801486315

409871

KMHVF31JPPU859541

08-6039-46-500-TC

ANA ESQUIVEL ALVARADO

01-501-593

429984

KMHJF31JPMU068160

09-608330-489-TC

MARIA PRISCILLA CARRANZA VARGAS

01-852-175

316292

1N4EB32A7MC816740

09-608330-489-TC

BRADLEY ALLAN COLEMAN

PA-71068692

672278

KNAJE551577321724

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE MORA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600107-240-TC

XINIA CAMPOS CASTRO

6-257-220

750705

BB200006478

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE TARRAZÚ

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600071-0243-TC

PAULINA LUCÍA QUIRÓS MOLINA

3-432-765

110796

WDB1231301A241743

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DE PEREZ ZELEDON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600275-0804TC

CESAR AUGUSTO ESQUIVEL FLORES

06-0291-0092

241186

1HGED355XLA015458

10-600275-0804TC

CALVO LÓPEZ MAYELA MARIA

01-0690-0109

MOT-83046

3ET009376

09-000021-0508-TP

DESARROLLO TURÍSTICO RÍO CAÑAS S.A. REP/ JENNER ZÚÑIGA ALVARADO

3-101-341163

697941

VC709376

10-600233-0804TC

AUTO TRANSPORTES MOPVALHE S.A. REP/ HUGO ALBERTO BLANCO SOLIS

3-101-088740

SJB-9825

9BM3840734B380280

10-600414-0804-TC

MARCELINO ASTUA FALLAS

01-0114-1978

558719

KMHNM81WP4U145486

10-600393-0804-TC

AUTOTRANSPORTE MOPVALHE S.A REP/ HUGO A. BLANCO SOLIS

3-101-088740

1-0492-0942

SJB 10102

93PB12B3P5C015572

10-600385-0804-TC

ESTOS SIN SON GALLETAS S.A REP/ ELADIO MONTOYA ARAUZ

3-101-569427

6-0344-0006

MOT 117718

9C2JCC30602R300082

09-601294-0804 TC

GRUPO EMPRESARIAL ALVE SOCIEDAD ANONIMA REP/ MILADIS ARGENTINA ALFARO VELAZQUEZ

220-110440-4771

587385

KMHJG34F2WU113106

10-600183-0804-TC

VARGAS NAVARRO MARIA SIDEY

01-0589-0518

809752

JS3TE21V3V4100731

10-600252-0804 TC

AGUERO DIAZ CARLOS

01-0730-0953

319829

JD2BF3106L6302722

10-600440-0804 TC

INVERSIONES ROMERO  ESPINOZA RO Y ES SOCIEDAD ANONIMA

3-101-402777

C 142154

1HSRDEMRXRH553245

10-600309-0804-TC

MINOR GERARDO RETANA JIMENEZ

01-1093-0686

163958

JS4JC51C8G4104673

10-000533-0804-TC

FREDDY CHANTO CASTILLO

01-0726-0999

271347

1N4EB32A2MC756401

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO SANTO DOMINGO DE HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

08-008388-0497-TR-3

BECFORD GONSALEZ JOHNNY

401450675

215550

JN1PB12S6EU102130

10-000019-497-TR-4

MIGUEL TEIXIDO DIOS, REPREST. DE COMPAÑÍA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL CRUZ VERDE S.A.

3-101-016469

CL-213371

KL1BB05546C134418

10-002874-497-TR-4

GUSTAVO SOLORZANO ALFARO

204990240

736808

1HGEJ6227VL064693

10-000004-497-TR-4

NATALIA RODRÍGUEZ ALFARO

111780133

519450

VF1BB10CF28325726

10-000149-497-TR-4

JOSÉ JOAQUÍN TREJOS OBANDO

1-0567-0118

CL-180120

JM2UF3131K0775867

10-000069-497-TR-4

ORTIZ DÍAZ Y ASOCIADOS S.A, REP/ JOSE ORTIZ PANIAGUA

1-0719-0073

CL-231932

J8BB4B154X7005780

10-000099-497-TR-4

EDUARDO PACHECO D AURIA, REPRET CIERTO MARRANO .COM S.A.

3-101-468707

CL-177816

JAATFR54H17102530

10-000614-497-TR-4

SAMUEL AVILES CASAYA NUMERO DE EDICTO

109470610

502588

KMHJF31JPRU626571

10-003154-497-TR-5

MARIA CRISTINA SOLANO RAMIREZ

1 0505 0625

373065

JTDBT113500027399

10-003166-497-TR-5

WILLIAM SEGURA ROJAS

2 0468 0489

MOT 234436

LJEPCML018A000436

10-000527-497-TR-2

KINERET S.A REPRESENTADA POR LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ

3-101-025306

641134

WBAFB71076LX61804

10-001267-497-TR-2

ANDREA CORAO GUTIERREZ

1-1127-0261

539171

KMHJF31KPVU638331

10-001187-497-TR-2

JONATHAN ESTEBAN RODRIGUEZ VALERIO

4-0173-0991

516845

KMHJF31JPMU016202

10-000162-497-TR-2

DENELIA VASQUEZ ACEVEDO

5-0228-0835

316063

1NXAE91A8MZ195468

09-006585-497-TR-2

J & E SUMINISTROS S.A REP/ JOSE ALBERTO ROJAS MONGE

1-0609-0905

718180

JMYHNP15W8A001061

09-006217-497-TR-2

SIMEI HERRERA CHAVARRÍA

1-1018-0284

767415

KMHDN45D33U563106

10-000032-497-TR-2

MARCO TULIO VIQUEZ SANDI

4-0108-0115

C 127721

2FUYDZYB8RA459823

09-005012-497-TR-2

JOSE ANDRES MEDRANO MELARA

8-0082-0859

451987

1HGES15702L500325

09-006642-497-TR-2

INVERSIONES D.E.N.O.T.S S.A. REP/MARCELO BONILLA CORTES

3-101-388533

MOT 213724

JKALEEA148A023140

09-004647-497-TR-2

DAVITRANS D V M INTERNACIONAL S.A. REP / INGRID MAYKELLY  BLANCO MONTERO

3-101-487700

C 129579

1FUPACYB7NH516408

09-006602-497-TR-2

ESTRUCTURAS INZA S.A, REP/ MAURICIO GOMEZ OROZCO

3 101 215232

C 151163

1M2AM99Y3WM004817

09-007312-497-TR-2

INVERSIONES AVENIDA DE LAS  AMERICAS, REP/  LORENZO CHONCHILLA QUESADA

3 101 214285

CL 198647

VF3GBWJYB96064247

09-005492-497-TR-2

INGRID MARIANA JIMENEZ CORRALES

1 1077 0509

742622

1HGEJ6225TL006675

09-007362-497-TR-2

TRANSLOGIST MG S.A, REP/ MAUREN  GOMEZ LOPEZ

3 101 441463

C 135514

IHSRDALR7SH610114

10-000582-497-TR-2

WALTER RODRIGUEZ PANIAGUA

1 1441 0403

432588

JM7BJ10M200203181

09-006707-497-TR-2

TRANSPORTES MONO S.A,REP/ RICARDO

3 101 262940

C 148521

1FUYSSEBXXLA44921

 

ORTIZ MENDIETA

 

 

 

10-001577-497-TR-2

LAURA VIRGINIA SANDI CORRALES

1 0979 0354

MOT 225994

LD5TCJPA481100233

09-007167-497-TR-2

ROBERTO ARAYA MORERA

4 0164 0772

162217

KMHJF31JPNU216001

10-000057-497-TR-2

FLOR DE MARIA GONZALEZ ALVAREZ

1 0531 0244

413863

KMHDN41DP1U029424

JUZGADO DE TRANSITO SANTO DOMINGO DE HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-001157-497-TR-2

JAIRO ANTONIO ROJAS VARGAS

1 1034 0436

438573

KMHJF31JPNU237622

10-001002-497-TR-2

RODNNEY  AGUILAR SALAZAR

1 1300 0765

CL 189781

1N6DD26YXWC349122

09-006087-497-TR-2

INMOBILIARIA ADIJES S.A REP/ ROSSETTE  KLEIMAN NEUMAN

3 101 140485

CL 164304

FE639EA02970

09-005377-497-TR-2

CENTRAL DE TRANSPOTES JIMENEZ ROJAS S.A.  REP/ JOSE FRANCISCO JIMENEZ RAMIREZ

3-101-182064

C 139988

1FUYDSEB4TP724095

09-006783-0497-TR-3

ARAGON HERRERA MARIA JOSE

503330966

795236

JN1BCAC11Z0033842

10-002303-0497-TR-3

LILLIANA GARRO MARTINEZ

401320366

728607

KMJWWH7HP1U336769

09-006648-0497-TR-3

IMPORTACIONES DE MAQUINARIA PESADA ROMO S.A. /CARLOS ROJAS MORALES

3101277044

C 144916

1FUYSZYB2XLA59014

10-002198-0497-TR-3

FERNANDEZ GOMEZ ALVARO

104120064

779078

KMHVA21NPVU251912

10-001938-0497-TR-3

ACOSTA GONZALEZ CINTHIA MARIA

110740250

MOT 262166

LYXPCML0390B00043

10-001493-0497-TR-3

CARRERA FIGUEROA WEDELL

502510544

520902

1FMFU18L73LA83802

10-001633-0497-TR-3

BLANCO RODRIGUEZ FLORIBERTA

202150220

789715

KMHJN81VP9U006915

09-006813-0497-TR-3

VEGA HERNANDEZ RICARDO

102530931

66187

B210A80685

10-000288-0497-TR3

INVERSIONES ENOS DEL ESTE S.A. /ROBERTO ARGUEDAS FLORES

3101443578

CL 146918

4SICL11L0L4215189

10-000503-0497-TR3

TRANSPORTES CAFA DEL ESTE S.A. HECTOR EDUARDO CAMPOS JIMENEZ

3101360636

SJB011016

LH1741006400

09-005405-497-TR-6

APLICACIONES ELECTROMECANICAS B Y D SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR FERNANDO SUAREZ URHAN

3-101-188118

CL 233568

SC313220

09-006060-497-TR-6

JORGE E. FERNANDEZ ASTUA

1-0417-0507

144062

BBAB13-002112

09-006775-497-TR-6

BERTHA RODRIGUEZ PUERTA

PAS. CC32485059

396613

3VWRH09M8YM097508

09-007400-497-TR-6

PEDRO BOLAÑOS SALVATIERRA

8-0043-0673

606779

KPTG0B1DS6P194092

10-000020-497-TR-6

JORGE F. VARGAS BENAVIDES

1-0547-0550

C 138223

JALK7A1U7P3200408

10-000445-497-TR-6

INDUSTRIAS CARNICAS DEL PACIFICO S.A. REP / JORGE LUIS AMADOR MEJIA

3-101-161400

CL 146269

JA7FM24S0LP005973

10-000665-497-TR-6

CARLOS VILLEGAS RAMIREZ

4-0097-0460

274477

KMHVF12J3NU540938

10-000715-497-TR-6

JOSE A. TRIGUEROS NUÑEZ

4-0153-0495

345316

KLAJF19Y1PB929057

10-000980-497-TR-6

DESARROLLOS CONTABLES ELIZONDO S.A REP/ JOSE A. ELIZONDO FALLAS

3-101-200422

184935

1N4PB22S5JC786838

10-000995-497-TR-6

PRISMAS GENERICOS DE BRONCE AÑEJADO P.G.B.A.S.A. REP/ JUAN CARLOS BONILLA PORTOCARRERO

3-101-422535

328273

WDB2020201F816949

10-001140-497-TR-6

ARMENGOL RIVAS ROJAS

RES.2701456008068

120079

KP61630906

10-001215-497-TR-6

AMADEO MARTINEZ AIZPITARTE

8-0045-0747

341856

KMPKR17BPXU323243

10-001395-497-TR-6

MAGALY DE LOS ANGELES  QUESADA CAMPOS

4-0206-0894

191653

BCAB13511275

10-001815-497-TR-6

DIANA GABRIELA CASTRO ROJAS

6-0325-0317

CL 181039

LN1710013376

10-001905-497-TR-6

TRANSPORTES DE  NAVIERAS

3-101-262261

687516

JMYLRV96W8J000261

 

TRANSNAVI S.A. REP/ GERARDO

 

 

 

 

HERNÁNDEZ ALVARADO

 

 

 

10-001910-497-TR-6

JUAN GABRIEL SOLANO CARVAJAL

1-1245-0431

203451

HC854344

10-002125-497-TR-6

NOGUI PANIAGUA FERNÁNDEZ

1-1081-0489

688849

KMHVA21NPRU011663

10-002230-497-TR-6

JORGE M. ALVARADO DAVILA

2-613-229

562624

KMHVA21NPSU049012

10-002250-497-TR-6

FLAMA ROSA S.A.REP/ ANA MERCEDES MATAMOROS AGÜERO

3-101-341252

802925

KNAJC521895893256

10-002405-497-TR-6

SERGIO ULLOA RAMIREZ

1-0603-0215

CL 100125

V76-04852

10-002525-497-TR-6

LUIS ANTONIO ROMERO DOLMOS

RES.15580913826

TH 121

KMHJF31JPSU914731

10-002390-497-TR-6

MARIA GABRIELA SOTO MARIN

1-0903-0951

430313

KMHDN41DP1U116527

10-002773-0497-TR-3

JUAN PABLO DELGADO ALVAREZ

108820569

690855

3N1AB41D7VL025286

10-000733-0497-TR-3

INVERSIONES AVENIDA LAS AMERICAS S.A/LORENZO MANUEL CHINCHILLA QUESADA

3101214285

C 141743

JALFSR33L67000009

09-007041-497-TR-1

BAXTER EXPORT COSTA RICA S.R.L. REPRESENTADA POR JORGE ANTONIO LEON PINILLOS

3-102-273707

783218

JTDBR42E50J010516

10-000966-497-TR-1

MAINOR ROJAS VILLALOBOS

2-0473-0577

C 145629

1FV6HLBA4YHF33659

10-001161-497-TR-1

KINERET S. A. REPRESENTADA POR LUIS ALONSO BARBOZA LEPIZ

3-101-025306

CL 215218

JHFCY417906000039

10-002061-497-TR-1

JOSÉ ELÍAS ARAYA ALFARO

4-0148-0731

TH 684

KMHVF21JPRU929886

10-002086-497-TR-1

TRANSLOGISTIC MG S.A. REPRESENTADA POR MAUREN PATRICIA GOMEZ CALVO

3-101-441463

C 141469

1HSRDALR1TH276227

10-002241-497-TR-1

XINIA AGUILAR LOPEZ CARVAJAL

2-0342-0919

595315

JT2EL43S4R0395291

10-002441-497-TR-1

PARTES Y SERVICIOS ELECTROMECÁNICOS ING S. A. REPRESENTADA POR JORGE RAMÍREZ CORDERO

3-101-427209

CL 196560

JAANKR55E47100721

10-002771-497-TR-1

KARLA YESENIA SEGURA MOLINA

1-0922-0539

350955

KNAJA5525RA718644

10-002811-497-TR-1

RANDALLE CASTRO GUIER

2-0658-0479

C 154552

JW3701508

10-003086-497-TR-1

LIZBETH CALVO ZAMORA

4-0171-0761

512122

3N1AB41D5WL044520

10-002648-0497-TR3

GONZALEZ ARAUZ WILLIAM JESES

112030425

592095

SC506413

10-001728-497-TR-3

SOCIEDAD AUTOS CER S.A / EDUARDO BENAVIDES CARBALLO

3101104282

416190

KNAJA5525PA703470

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y  DE MENOR CUANTÍA DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000426-0373-TR

ILEANA DIAZ ARCE SAUMA

1-470-0997

CL 209931

9BD27824462481640

10-000267-0373-TC

NIDIA MARIA CHAVEZ MOLINA

2-247-0964

113796

EE970000218

10-000346-0373-TC

ADOLFO COTO ARIAS

1-0740-0013

373841

KPDAB6E81SP005079

09-002092-0373-TC

ANGIE MADRIGAL SALAS

1-1199-0889

MOT 220294

LBPKE130780015509

10-000045-0373-TC

COMERCIALIZADORA SNTA BARBARA S.A/ REP. RAFAEL ROMAN PICADO

3-101-270250

MOT 122238

9C2JC30603R300130

10-000541-0373-TC

JHONNY MATARRITA JIMÉNEZ

6-0274-0294

C-134517

2FUYDZYB3PA494296

09-001838-0373-TC

LUIS BOGANTES BOGANTES

4-0145-0663

AP-000241

JTDBJ21E204010954

10-000363-0373-TC

JASON GUEVARA ARAYA

4-0175-0872

394240

KMHJF21JPNU290060

10-000165-0373-TC

LIGIA LÓPEZ GRANADOS

1-0499-0692

342786

JT2EL46B8M0071247

10-002285-0497-TR

JOSÉ  ARAYA ALPIZAR

2-0328-0951

515377

JDAL701S001055992

09-000345-0373-TC

MERCEDES PAGES  MADRIGAL

1-0397-1198

129712

LKJ8002855

10-000450-0373-TC

INVERSIONES AVENIDAS LAS AMERICAS S.A REP/ OLGA FALLAS RAMIREZ.

3-101-214285

CL 207661

KNCWF032267105133

09-001950-0373-TC

CARLOS MEDINA CALDERON

1-0588-0263

TSJ-005195

KMHJF31JPRU640527

09-002000-0373-TC

ALIGAL S.A REP/ ALBERTO GALLEGOS BORBON

3-101-100219

387875

JDA000F7300507560

10-000293-0373-TC

LUIS BONILLA CRUZ

4-0139-0431

TSJ-6321

VF3GJWJYB3J520051

08-001035-0373-TC

CARLOS  MURILLO CARVAJAL

1-0486-0233

391239

2S3TA01C3L6402451

10-000072-0373-TC

TOY YARIS S.A REP/ LUIS MENA VILCHEZ

3-101-443326

641524

JTDBT933X01049100

10-000547-0373-TC

MARVIN JAEN GUZMÁN

6-0191-0127

638343

8AD2AWJYU6G008161

10-000482-0373-TC

CRISTÍAN VALDELOMAR MORA

1-0850-0356

152288

JAACH15L0G5410316

10-000515-0373-TC

YESSENIA ARAYA CORRALES

1-1098-0221

418763

2C1MR2463P6720893

10-000150-0373-TC

KINERET S.A REP/ LUIS BARBOZA LEPIZ

3-101-025306

575039

2HKYF18454H528172

09-001878-0373-TC

KINERET S.A REP/ LUIS BARBOZA LEPIZ

3-101-025306

652983

WBAFB710466LX77104

10-000586-0373-TC

LUIS ANGEL LÓPEZ RUIZ

6-0195-0416

455991

KMHVF21NPRU033733

09-001145-0373-TC

RENT ACAR SANTOS S.A REP/ GERARDO SUAREZ SANTOS

3-101-016717

399819

JDAJ100G000530459

09-001724-0373-TC

DEPOSITO IRAZÚ LOS HEREDIANOS S.A REP/ ASDRUBAL HERRERA ESQUIVEL

3-101-215441

CL 179961

NU41H4000130

10-000264-0373-TC

XIOMARA VEGA QUESADA

1-0365-0785

588185

JA3ED59G6RZ013365

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE UPALA. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600012-322-TC

MARIA LUISA URBINA RIVAS

CEDULA DE RESIDENCIA 270155059088596 N

CL 117899

JN6MD06YXCW106182

09-600012-322-TC

MUNICIPALIDAD DE UPALA

NO INDICA

SM 4245

8AJFR22GX04505606

10-600018-322-TC

WILLIAM PERALTA GARCIA

6-211-170

550584

KMHVF21NPRU049829

10-600018-322-TC

ERNESTO VINICIO MORERA BARRANTES

NO INDICA

CL 142537

JAANPR58LS7101285

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL ZARCERO. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600117-0311-TC

HENRY ROBERT H

1-0111-2563

263076

SALHV1248KA378003

10-600090-0311-TC

ROBERTH VASQUEZ RODRIGUEZ

01-0784-0766

CL- 224066

1N6ND11S5KC320462

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE POÁS. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600057-0314-TC

MARTA EUGENIA SOLÍS SOLÍS

2-269-980

677639

JS3TD94V074201977

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ALFARO RUIZ. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600080-0311-TC

LUIS FERNANDO ARRIOLA BRENES

1-1178-0417

592540

43CF34B4PE064089

 

 

 

 

 

JUZGADO TRANSITO DE GRECIA. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000337-0899-TR

RODRIGO ESPINOZA CASTRO

7-0071-0018

804622

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE GUATUSO. ALAJUELA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

2010-600026-0324 TC

ELIUD FRANCISCO QUESADA MALE

01-548-031

CL-136382

JT4RN50R4G0156797

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTÍA TURRIALBA, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000087-1008-TR

JOSE UMAÑA CAMPOS

3-0218-0583

CL 059145

PL620146983

09-000430-1008-TR

FOMENTO CAPITALIZANO Z Y C S. A REPRESENTADA POR  GUILLESE CRUZ NAVARRO

3101212676/1-0901-0112

C-136567

JAANPR66L37100370

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y MENOR CUANTIA JIMENEZ, CARTAGO

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600007-0353-TC

LLORLENY BONILLA VEGA CONOCIDA COMO YORLENY

303060596

TC 000330

2S3TE02V6W6403330

10-600014-0353-TC

EDWIM BARRANTES JIMÉNEZ

502210833

529375

1N4AB41D4VC717505

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE GARABITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600080-0445-TC

MARTA ELENA OBANDO MURILLO

8-0057-0765

456294

KMHVD14N7TU199577

09-600475-0445-TC

LEANDRO GABINO MURILLO MONGE

1-0751-0470

321503

1N4EB31P8NC783447

09-600449-0445-TC

HEYCO HC INGENIERÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA

3-101-308568

CL 199441

FE639EA46339

10-600027-0445-TC

KATHIA GISELLE RUIZ CASTRO

1-0769-0246

246907

JN1BBAB14Z0010278

10-600211-0445-TC

MIGUEL ANGEL MORERA UREÑA

5-0203-0383

456947

KMHJF31JPMU090548

09-600456-0445-TC

JOSÉ MANUEL VÁSQUEZ VÁSQUEZ

1-0914-0241

TP 000278

JTDBJ21E004012251

10-600211-0445-TC

IRELA GARITA MARTÍNEZ

1-0964-0621

CL 237154

1C391183

09-600446-0445-TC

ELIZABETH DEL CARMEN REYES ROJAS

CÉDULA DE RESIDENCIA 270142094077036

MOT 190817

LC6PAGA1770838186

09-600458-0445-TC

CLARA INES ROJAS ALONSO

CÉDULA DE RESIDENCIA 117000399321

749789

KMHVA21NPVU257894

10-600089-0445-TC

GRETTEL VANESSA MORA CHAVARRÍA

1-0944-0262

341019

JHMEG8556PS056185

10-600009-0445-TC

JESÚS ANTONIO ABARCA FERNÁNDEZ

1-0472-0945

611013

JMY0NV460WJ001369

10-600079-0445-TC

JOSÉ CAMBRONERO ÁLVAREZ

2-0430-0903

649267

EL440062570

10-600125-0445-TC

LARSON LARRY JOHN

JP117451

819751

KL1MJ61039C566026

10-600186-0445-TC

JOSUE ÁLVAREZ SALAZAR

1-0902-0164

317755

JT2EL43A8N0208071

09-600472-0445-TC

ÁLVARO MUÑOZ RAMOS

CEDULA DE RESIDENCIA 117000460631

789401

KMHVF21LPTU332299

10-600204-0445-TC

JESÚS RAÚL PEÑA CHAVES

6-0171-0404

CL232500

KNCWF032287269891

10-600014-0445-TC

BERNAL HERRERA BENAVIDES

2-0447-0248

MOT 081440

DX200G001273

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10- 600774- 607- TC- 1

TRANSACCIONES ROJAS DE ALAJUELA S.A

 3-101-191144

 C-146569

 2FUYDSEB3WA904671

 10- 600762- 607- TC- 1

TECHINT S.A DE CAPITAL VARIABLE

 3-12395701

 CL-205618

 JN1CHGD22Z0742123

 10- 600527- 607- TC- 1

DARÍO RODRÍGUEZ CASTILLO

 7-262-838

 C-145781

 2FUYDSEB3WA831673

 10- 600209- 607- TC- 1

JORGE ENRIQUE SALAZAR ALVARADO

 6-305-275

142059

 BBAB13001561

 10- 600691- 607- TC- 2

JAVIER RODRÍGUEZ CID

 9-076-119

427138

 KMHF31JPMU134401

 10- 600853- 607- TC- 2

RODRIGO RODRÍGUEZ HERRERA

 2-163-239

415777

 KMHVF31JPMU516566

 10- 600492- 607- TC- 2

ANGELA MORALES RAMIREZ

 2-294-592

477255

 KMHJF31JPNU203662

 10- 600763- 607- TC- 2

TRANSPORTES METROPOLITANOS S.A

 3-101-030928

 SJB-3908

 9BM345211GB7394

 10- 600784- 607- TC- 2

COOPEPUERTO R.L

 3-004-332925

 SJB-8742

 KMJHD17AP2C011773

 10- 600056- 607- TC- 2

ADRIANA LUCIA SOTO KUHN

 8-054-769

 MOT-166257

 9C2MC35005R20032

 09- 601794- 607- TC- 2

INVERSIONES MÉRIDA INTERNACIONAL S.A

 3-101-148405

 CL-234045

 8AJFZ29GX06009022

 09- 601946- 607- TC- 2

INVERSIONES JI & MO DE MIRAMAR S.A

 3-101-475129

442080

 JD2BF3106L6302283

 10- 600205- 607- TC- 3

HENRY JIMÉNEZ MADRIGAL

 2-437-049

 CL-138221

 1GCCS1940SK151222

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO AGUIRRE Y PARRITA, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600377-0443-TC

BOLCO DE ATENAS S. A.

3-101-271431

C 153829

J866676

10-600024-0443-TC

JEISON ANTONIO QUIROS HIDALGO

EDWIN SALAZAR PORRAS

112770200

203990256

442173

TSJ 5349

KMHJF31JPRU605236 KMHVF21NPSU137365

09-600460-0443-TC

PICKUP TRUCK PLANET S. A.

3-101-513719

786069

2TIBR12E5XC210185

09-600499-0443-TC

NIDIA SANCHEZ VARGAS

1-374-311

CL 164953

RZN1680003705

09-600326-0443-TC

 GREIVIN UREÑA CALDERON Y

ERICKA ROOCKS

1-1404-619

127600005528

740616

327581

KHMVA21NPVU261431 JAABLO1E4M9806037

09-600029-0443-TC

FOUNTAIN HILL AVENTU RELAND S. A.

3-101-429297

384860

KMJFD37APRU145191

08-600348-0443-TC

DELGADILLO LAGUNA  PRAXEDE DEL CARMEN

135RE031978001

322112

KPARB5CP1NP136384

JUZGADO DE TRANSITO AGUIRRE Y PARRITA, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600329-0443-TC

AUTO TRANSPORTES HUVA S. A.

JOHAN ANDRES ARAYA AZOFEIFA

3-101-086014

6-331-278

CB 13-06

MOT 201530

38408911110426 LAEMNZ4678GA00020

09-600490-0443-TC

JUAN SERRANO RETANA

102470904

TP--655

JDAJ102G000562406

09-600201-443-TC

PALMAS Y FOLLAJES DE COSTA RICA S. A.

3101398138

C 141562

1FUWZLYB4NL411293

09-600433-443-TC

RODRIGO DE JESUS JIMENEZ MURILLO

108950370

MOT 168842

LY4YBCLC06A050021

09-600458-443-TC

UNIQUE TOURS S. A.

3101458617

SJB 9641

KMJRD37FP2K534114

09-600398-443-TC

NICIDA CONEJO MORA

502640335

263463

EL310202476

09-600427-443-TC

ARRENDADORA K. S. A.

3101272742

CL 214073

8AJCR32G600004325

09-600094-443-TC

ARRENDADORA AMERICANA DE EQUIPOS ACESA S. A.

3101295545

C 027875

DMM6856S2953

09-600273-443-TC

DALORSO VARGAS JOCKSELINE

603450244

CL 203485

KNCSD0122VS321187

09-600267-443-TC

NETE SERVICIOS MULTIPLES S. A.

3101294828

CL 226918

LKHTC3BG28AT00595

09-600427-0443-TC

ARRENDADORA K.S.A

3101272742

CL-214073

8AJCR32G600004325

09-600094-0443-TC

ARRENDADORA K.S.A

3101272742

CL-214073

8AJCR32G600004325

09-6000049-0443-TC

RENE BERMUDEZ ESQUIVEL

105730791

CL-143784

NO INDICA

09-600450-0443-TC

TELEFONIA VEMA S.A

3101339288

629204

JDAJ102G000579088

09-600377-0443-TC

BOLCO DE ATENAS S.A.

CONSORCIO DE LICORES P Y G S.A.

3-101-506280

3-101-271431

C 153829

CL 125726

J866676

JN6HD16Y8PX426656

09-600448-0443-TC

INGENIERIA Y ARQUITECTURA COMPUTARIZADA LIMITADA

3-102-138891

CL 203297

JN1CNUD22Z0006933

10-600024-0443-TC

JEISON ANTONIO QUIROS HIDALGO

EDWIN SALAZAR PORRAS

112770200

203990256

442173

TSJ 5349

KMHJF31JPRU605236
KMHVF21NPSU137365

09-600460-0443-TC

PICKUP TRUCK PLANET S.A.

3-101-513719

786069

2TIBR12E5XC210185

09-600201-443-TC

PALMAS Y FOLLAJES DE COSTA RICA S.A.

3101398138

C 141562

1FUWZLYB4NL411293

09-600433-443-TC

RODRIGO DE JESUS JIMENEZ MURILLO

108950370

MOT 168842

LY4YBCLC06A050021

09-600458-443-TC

UNIQUE TOURS S. A.

3101458617

SJB 9641

KMJRD37FP2K534114

09-600092-0443-TC

BROWN REID MARK ANTHONY

7-0132-0563

780134

1P4GH2433RX254969

09-600064-0443-TC

WILBEERTH GERARDO VALVERDE NAVARRO

DAMARIS ARIAS RAMIREZ

303370011

601960923

575526

608253

KMHVF21NPRU025746

KMHVF21LPTU296555

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO GOLFITO, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600118-0439-TC

JACQUELINE DE LOS ANGELES ARCE LÓPEZ

4-169-204

536019

KMHJF31JPMU017064

09-000012-1100-TR

GUILLERMO JIMÉNEZ ROBLES

1-309-768

734271

KMHVF31JPPU780405

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BUENOS AIRES, PUNTARENAS

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600083-0444-TC-4

JUAN DIEGO PACHECO MURILLO

2-0323-0027

370323

JT3GN86R2VOO20959

 

 

 

 

 

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE NICOYA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-0000180-0768-TR

HENRY BARRANTES CORDERO

2-437-925

658023

V450VJ000671

 

 

 

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-000428-0783-TR

SONIA APARECIDA SOUZA FRANCA

PASAPORTE CO521043

747406

NO INDICA

10-000296-0783-TR

GABRIELA ARAYA ARAYA

205670309

817835

NO INDICA

10-000125-0783-TR

CLEMENTE ARGUEDAS HERNANDEZ

203690387

578010

NO INDICA

10-000221-0783-TR

EVER CLAUDIO NAVARRO RAMIREZ

109650901

269032

NO INDICA

09-000920-0783-TR

MI PLAMITA DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA

3-101-459686

CL 219836

NO INDICA

10-000236-0783-TR

ONE ORANGE CAR SOCIEDAD ANONIMA

3-101-531168

538577

NO INDICA

08-001006-0783-TR

MARIA DE LOS ANGELES FALLAS OBANDO

6-0266-0803

CL 207557

NO INDICA

 

 

 

 

 

JUZGADO DE MENOR CUANTÍA Y TRÁNSITO DE LIBERIA, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000203-0764-TR

SERVICIOS TECNICOS JAIRO S.A

3101480105

CL 143451

1GCCS144XSK171937

10-000201-0764-TR

TRANSPORTES TRANSPUMA S.A

3101350657

CL 225192

MHYDN71V58J101574

10-000222-0764-TR

ONE GOLD CAR S.A

3101590982

598684

JDAJ102G000569962

10-000203-0764-TR

ALEJANDRO JOSE MURILLO CAMACHO

01-0815-0299

789333

KMHWF25S8YA300174

10-000241-0764-TR

LUIS MIGUEL FONSECA ESPINOZA

05-0374-0933

435270

KMHVF31JPNU662583

09-000497-0764-TR

JUAN CARLOS ZUÑIGA MERCADO

2,70133E+14

436097

KMHVF31JPRU933072

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE BAGACES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600006-0399-TR

CONSTRUCTORA GRUPO INTERNACIONAL Y DESARROLLO DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANONIMA REPRESENTADA POR JUAN JOSÉ BOLAÑOS ROMÁN

3-101-157891

C 149849

NO INDICA

JUZGADO CONTRAVENCIONAL Y DE MENOR CUANTÍA DE CARRILLO , GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600078-0401-TR

IDANIA MATILDE GUZMÁN CASTRO

7-0131-0090

451130

KMHBF21DPNU493349

10-600146-0401-TR

MARCOS EDUARDO GUEVARA DUARTE

5-0131-0696

CL 214382

JN1CNUD22Z0010672

09-600092-0401-TR

AGROTRANSPORTES PESANA S.A REPRESENTADA POR PEDRO SALAZAR NAPURI

3-101-158405

C 29102

1FUEYDYB5DP222342

10-600033-0401-TR

ANA ROSA ROSALES GONZÁLEZ

5-0271-0823

579950

1Y1SK5360PZ027555

09-600096-0401-TR

SANDRINE BOLZER

PASAPORTE 04IF67803

601272

JS3TD21V1T4107080

JUZGADO CONTRAVENCIONAL DE ABANGARES, GUANACASTE

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-600039-0403 TR

RODRIGUEZ JIMENEZ MELVIN

01-1109-0779

624217

JT111V19500072176

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO DEL II CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

10-000534-0499-TR

INVERSIONES INMOVILIAROS CYR. S.A

3101263786

CL-199923

1FMZU77K14UA69530

10-000537-0499-TR

SERVICIOS GENERALES CAMILIN S.A

3101360510

367139

KMHVF31JPMU447453

10-000537-0499-TR

INVERSIONES H.I.M.A ORIENTAL LTDA

3102165233

CL-133515

FE434EA76134

10-000550-0499-TR

EMILCE PARAJELES JIMENEZ

102990746

CL-176982

JTFAY117502000117

10-000603-0499-TR

IMPORTACIONES MAQUINARIA PESADA ROMO S.A

3101277044

C-144745

4VG7DARH7WN750029

10-000626-0499-TR

ALONSO ROMAN LORIA

109530857

650351

2HGEJ6524VH565985

10-000646-0499-TR

WALTER ALVARADO ARIAS

302880537

628947

1N4AB1D8VC771261

10-000658-0499-TR

PIÑERA CARIBE S. A

3101290916

CL-187588

JTFNY047706000149

10-000668-0499-TR

KENNI JARQUIN ULATE

103190377

151614

JT2AE82E2H3457361

10-000673-0499-TR

CORPORACION SEGOTRE DE CUACIMO S.A

3101221987

C-148282

YC051750

10-000696-0499-TR

MARIO A. HERNANDEZ CHAMORRO

700780636

CL-106151

JAATFR54FK7100024

10-000724-0499-TR

MARIO A. HERNANDEZ CHAMORRO

700780636

CL-133870

JAATFR54FR7100265

10-000733-0499-TR

ALONSO ALVAREZ BUSTOS

109130527

C-135775

1FUYDCYB7NH519403

10-000754-0499-TR

BERNARDO NAVARRO SOJO

303070384

CL-224848

LETYECG207HN09514

10-0000767-0499-TR

HORTENCIA HERNANDEZ MATTEY

101270074

451794

KMHVF31JPPU856140

10-000831-0499-TR

ALEXANDER RAMIREZ GONZALEZ

204870770

C-134005

1HSRDJWR3GHB15477

10-000846-0499-TR

JOSE H. SOLANO NAVARRO

900680011

MOT-077429

4BE045213

10-000885-0499-TR

WALTER HERNANDEZ MEJIA 

401260641

CL-211017

JDA00V11900015068

10-000896-0499-TR

ERNEST CH. WITTINGHAN TYNDALE   

700310830

TL-000275

JDAJ210G001087409

10-000979-0499-TR

EDUARDO MENDEZ CORDERO

700760274

CL-156790

FE659FA03368

10-000992-0499-TR

VIDAL  OBANDO  CORDERO  

700810734

C-126197

1HSRDGTR7KH694096

10-000995-0499-TR

OLIVIER RAMIREZ RETANA

700570255

159066

JB7FJ43S5KJ010936

 

 

 

 

 

JUZGADO DE TRANSITO LIMON

N° EXPEDIENTE

PROPIETARIO

N° CEDULA

N° PLACA

N° CHASIS

09-600529-498-TR

LA CASA DE LA MADERA DE LIMON S.A.

3-101-158490

C-151104

4VG7DARF2WN738675

10-600411-498-TR

AISSA ALMAR INATLAN SOL C.R. S.A.

3-101-518252

CL-231228

JN1CJUD22Z0089760

10-600417-498-TR

LAO HO MUY SAN NG

8-045-450

TL-394

KMHJF21JPRU620926

10-600453-498-TR

CALDERON ARAYA MARIANELA

3-377-041

C-137921

1HSRDEMR3RH507370

10-600453-498-TR

CALDERON ARAYA ESTEBAN

3-402-582

C-137921

1HSRDEMR3RH507370

10-600472-498-TR

CRUZ CARDENAS ANDREA

1-915-093

C-133924

1FUYDZYBH864732

10-600483-498-TR

INVERSIONES AVA. DE LAS AMERICAS S.A.

3-101-214285

447711

K MHDM41BP2U272712

10-600536-498-TR

VASQUEZ SOTO MARIA EUGENIA

5-140-1093

CL-202490

JN1CJUD22Z0720569

10-600585-498-TR

DECAPROM  SOCIEDAD ANONIMA

3-101-322440

818871

KJWAH7JP8U051084

10-600586-498-TR

CIP DANZAS DEL SOL  S.A.

3-101-345263

CL-227456

JN1CUD22Z0088888

10-600618-498-TR

AGUILAR MONGE CARLOS

1-370-273

394742

KMJFD37APTU290630

10-600632-498-TR

RIVERA RIVERA LUIS GERARDO

1-966-323

515136

JT2EL46B5N0181819

10-600726-498-TR

TRANSPORTES HIDALCHI S.A.

3-101-242708

C-153667

S95TVA16784

10-600-730-498-TR

ARAYA MORERA ALBERTO

3-244-420

C-138159

2FUYDZYB0PA473213

 

Se hace del conocimiento de estas personas, que de conformidad con lo establecido en el artículo 160 de la Ley de Tránsito, tienen derecho a comparecer al Despacho Judicial dentro del término de ocho días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a manifestar si desean constituirse como parte o no del proceso, con la advertencia de que no hacerlo, se entenderá que renuncian a ese derecho y los trámites continuarán hasta sentencia. Publíquese.

San José, cinco de agosto del dos mil diez.

                                                                                                                                                                                                            Alfredo Jones León

1 vez.—(IN2010065901).                                                                                                                                                                                  Director Ejecutivo

JUZGADO NOTARIAL

Hace saber a German Eugenio Calderón Lobo, mayor, notario público, cédula de identidad número 4-149-125, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 09-001208-627-NO establecido en su contra por Fernando Ugalde Sandoval, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Notarial; Primer Circuito Judicial de San José, a las  quince horas del trece de noviembre de dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Fernando Ugalde Sandoval contra German Eugenio Calderón Lobo, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho dias. Dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional, y ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, sea que no señalar telefax, según lo dispuso la Circular N° 169-08, acordada en sesión N° 65-08 del 2 de setiembre del 2008. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a la Oficina Central de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de Heredia (O.C.N.), quienes podrán notificarlo en: 1. San Francisco de Heredia del Hipermás un kilómetro al oeste, costado este del Condominio San Agustín. 2. Heredia avenida 2, calle 6 y 8. En caso de que no sea habido por la O.C.N, se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael, quienes podrán notificarlo en su casa de habitación en Heredia, San Rafael Los Ángeles, 150 metros oeste de la plaza. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y el Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Licda. Grace Hernández Herrera, Jueza. Juzgado Notarial. San José a las trece horas diez minutos del siete de junio del dos mil diez. En razón de que no ha sido notificada la existencia del presente proceso al denunciado(a) German Eugenio Calderón Lobo, y conforme a la información expedida por el Registro Civil (folio 47), se ordena notificar al denunciado la resolución dictada al ser las quince horas del trece de noviembre del dos mil nueve, por medio de la Delegado Policial de San Rafael de Heredia, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación San Rafael de Heredia, los Ángeles, de la plaza de deportes 150 metros este. Lic. José Daniel Duran Artavia. Juez Tramitador. Juzgado Notarial. San José a las diez horas treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil diez. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado German Eugenio Calderón Lobo, la resolución dictada a las a las quince horas del trece de noviembre de dos mil nueve en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 20, 21, 41 y 55), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 22), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente y la de las trece horas diez minutos del siete de junio del dos mil diez, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son no haber inscrito la escritura número 774 del tomo 5 de las dieciséis horas del diecisiete de agosto de mil novecientos noventa y nueve. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado German Eugenio Calderón Lobo, cédula de identidad 4-149-125. Notifíquese.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064527).                                                                                                                                                                                            Juez

A la notaria Lic. Jacqueline Mata Pizarro, cédula 1-0824-0123, se hace saber: que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 08-00130-0627-NO interpuesto por Archivo Notarial, se ha dictado la resolución que dice: “Sentencia de Primera Instancia N° 00046-2010. Juzgado Notarial. San José, a las diez horas treinta y tres minutos del veintiuno de enero del dos mil diez. Proceso Disciplinario Notarial establecido por el Archivo Notarial contra la Licenciada Jacqueline Mata Pizarro, quien es mayor, cédula de identidad número 1-0824-0123, demás calidades ignoradas en autos. Interviene como parte la Dirección Nacional de Notariado, por expresa disposición de los artículos 24 inciso k) y 153 del Código Notarial. Participaron como Defensores Públicos..., los licenciados Roberto Montero García y Gustavo Gómez Valerio. Resultando: 1) (...) 2) (...) 3) (...) 4 (...) Considerando: I.—Hechos probados: (...) II.—Sobre el fondo: (...) III.—(...) IV.—De la Sanción a Imponer (...) Por tanto: Se declara con lugar el presente proceso disciplinario establecido por el Archivo Notarial contra la notaria Jacqueline Mata Pizarro, cédula de identidad número uno- cero ochocientos veinticuatro-cero ciento veintitrés. Se impone a la citada profesional, la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, deberá comunicarse a la Dirección Nacional de Notariado, el Registro Nacional, el Archivo Notarial y el Registro Civil. M.Sc. Everardo Chaves Ortiz. Juez” y “Juzgado Notarial. San José, a las trece horas cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil diez. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 263 del Código Procesal Civil, se dispone notificarle a la Lic. Jacqueline Mata Pizarro la presente resolución: Sentencia de Primera Instancia Nº 046-2010 de las diez horas treinta y tres minutos del veintiuno de enero del dos mil diez, por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Notifíquese. Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza”. Juzgado Notarial.

San José, 16 de marzo del 2010.

                                                                                                                                                                                       Lic. Jeannette Ruiz Herradora

1 vez.—(IN2010064528).                                                                                                                                                                                          Jueza

Hace saber a Alexandro Vargas Vásquez, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-856-167, domicilio ignorado: Que en proceso disciplinario notarial número 05-001118-0627-NO, establecido en su contra por Archivo Notarial, se han dictado las resoluciones que dicen: Sentencia de Primera Instancia N° 486-JR-2010. Juzgado Notarial. San José, a las trece horas quince minutos del dieciséis de junio dos mil diez. Proceso Disciplinario Notarial seguido por el Archivo Notarial contra Alexandro Vargas Vásquez, mayor, abogado y notario, cédula de identidad número uno - ochocientos cincuenta y seis - ciento sesenta y siete. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—...; y Considerando: I.—Hechos probados: a) ... b) ... c)... II.—Sobre el Fondo:... III.—... Por tanto: Se declara con lugar el presente proceso disciplinario notarial establecido por el Archivo Notarial contra Alexandro Vargas Vásquez, a quien se le impone la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, la cual empezará a regir ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de acuerdo con el artículo 161 ibídem. Firme esta resolución, deberá comunicarse a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro Nacional, al Archivo Notarial y al Registro Civil. Confecciónese y publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza. Juzgado Notarial. San José a las trece horas cincuenta minutos del veintidós de julio del dos mil diez. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil; notifíquese al notario Alexandro Vargas Vásquez, la sentencia número 486-JR-2010 de las trece horas quince minutos del dieciséis de junio del dos mil diez, así como la presente resolución, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Visto el memorial de folios 56 al 58, presentado por la Licenciada Francini Cortés Segura, Defensora Pública, de previo a resolver lo que en derecho corresponde, se le previene a la misma aportar dentro del tercer día a éste Despacho; la sustitución donde pueda actuar a nombre del Licenciado Sergio González León o bien el documento idóneo que la acredite como Defensora Pública designada de la parte denunciada, lo anterior debido a que no consta en autos dicha sustitución o ningún otro apersonamiento.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064529).                                                                                                                                                                        Juez Tramitador

Hace saber a Dunnia Monge Torres, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-0725-564, domicilio ignorado: Que en proceso disciplinario notarial número 07-000299-627-NO, establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que dicen: “Resolución N° 434-JR-2010. Juzgado Notarial, San José, a las dieciséis horas cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil diez. Proceso Disciplinario Notarial establecido por Registro Civil contra la notaria Dunnia Monge Torres, mayor, abogada y notaria, de otras calidades que no constan en autos, representado por el licenciado Roberto Montero Garcia, en su condición de Defensor Público. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—...; y Considerando: I.—Hechos probados: a) ... b) ... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Se declara con lugar el proceso disciplinario establecido por el Registro Civil contra Dunnia Monge Torres a quien de conformidad con lo establecido en el artículo 144 e) se el impone la sanción de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. La sanción regirá ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, deberá comunicarse a la Dirección Nacional de Notariado, el Registro Nacional, el Archivo Notarial y el Registro Civil. Confecciónese y Publíquese el edicto respectivo en el Boletín Judicial. Lic. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez Tramitador. Juzgado Notarial, San José a las quince horas del veinte de julio del dos mil diez. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil; notifíquese a Dunnia Monge Torres, la sentencia número 434-JR-2010 a las dieciséis horas cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil diez, así como la presente resolución, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial.

                                                                                                                                                                                     Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010064530).                                                                                                                                                                        Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 05-001109-627-NO, de Registro Civil contra la notaria María Mercedes Usuga Serna, este Juzgado mediante resolución Nº 125-JR-2010 a las once horas veintidós minutos del diecinueve de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario María Mercedes Usuga Serna (cédula de identidad Nº 4200187540003626) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 22 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                               José Daniel Durán Artavia

1 vez.––(IN2010064557)                                                                                                                                                                                             Juez

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 07-001350-0627-NO, de Registro Civil contra el notario Alexis Cervantes Barrantes, este Juzgado mediante resolución Nº 00194-2010 de las ocho horas del doce de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Alexis Cervantes Barrantes (cédula de identidad Nº 7-0061-0706) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 15 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                       Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.––(IN2010064559)                                                                                                                                                                                             Juez

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 03-001133-627-NO, de Natalia Catalina Rodríguez Castro, contra la notaria María Marcela Jiménez Retana, este Juzgado mediante resolución Nº 00192-08 a las catorce horas cinco minutos del veintidós de mayo del dos mil ocho, dispuso imponerle a la citada notaria María Marcela Jiménez Retana (cédula de identidad Nº 2-0412-0358) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 07 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                       Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.––(IN2010064560)                                                                                                                                                                                             Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000732-627-NO, de Registro Nacional Propiedad de Bienes Inmuebles contra el notario Miguel Eduardo Cervantes Mora, el Tribunal de Notariado mediante resolución número 79-2010, a las nueve horas cuarenta minutos del cuatro de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Miguel Eduardo Cervantes Mora (cédula de identidad 1-0660-0484) la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 8 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                       Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064561)                                                                                                                                                                                              Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-001403-627-NO, de Registro Civil contra el notario Omar Rolando Brenes Arroyo, este Juzgado mediante resolución número 0280-2010 a las once horas del dieciséis de abril del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Omar Rolando Brenes Arroyo (cédula de identidad 1-0630-0826) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 7 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                       Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064567)                                                                                                                                                                                              Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 06-000943-627-NO, de Registro Civil contra el notario Luis Diego Chaves Solís, este Juzgado mediante resolución número 00057-09 a las quince horas treinta minutos del treinta de enero del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario Luis Diego Chaves Solís (cédula de identidad 1-1005-0781) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 7 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064568)                                                                                                                                                                                              Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000873-627-NO, de Registro Civil contra el notario Bernal Navarro Segura, este Juzgado mediante resolución número 437-2010 a las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Bernal Navarro Segura (cédula de identidad 1-0745-0625) la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 7 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064569)                                                                                                                                                                                              Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000095-627-NO, de Registro Civil contra el notario Walter Vargas Barrantes, este Juzgado mediante resolución número 0346-2010 a las once horas treinta y tres minutos del veintinueve del abril del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Walter Vargas Barrantes (cédula de identidad 6-0105-01167) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 9 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064570)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-001246-627-NO, de Registro Nacional Dirección de Registros Registrales contra el notario Maryam Lía Aguilar Jiménez, este Juzgado mediante resolución número 402-2010  a las diez horas del veintiuno de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Maryam Lía Aguilar Jiménez, (cédula de identidad 1-01016-0372) la corrección disciplinaria de tres años un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 7 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064572)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 09-00849-627-NO, de Registro Civil contra el notario Aida Gabriela Araya Salas, este Juzgado mediante resolución número 444-JR-2010 a las catorce horas cincuenta y cuatro minutos  del veintiocho de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Aida Gabriela Araya Salas (cédula de identidad 1-0672-0844) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial

San José, 7 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064582)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-001176-627-NO, de Registro Nacional Dirección de Servicios Registrales contra el notario Alberto Jiménez Picado, este Juzgado mediante resolución número 426-2010 a las quince horas veinte minutos del veintiséis de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Alberto Jiménez Picado (cédula de identidad 1-0603-0312) la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 7 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064583)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000363-627-NO, de Registro Civil contra el notario Andrea Fernández Bonilla, este Juzgado mediante resolución número 413-2010 a las nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Andrea Fernández Bonilla (cédula de identidad 1-0791-0571) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 6 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064584)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-000075-627-NO, de Registro Civil contra el notario Diego Oporto Mejía, este Juzgado mediante resolución número 0314-2010 a las trece horas treinta y tres minutos del diecinueve de abril del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Diego Oporto Mejía (cédula de identidad 5-0169-0999) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la  función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 9 de julio del 2010

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064586)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-001410-0627-NO, de Registro Civil contra la notaria Deyanira Chinchilla Mora, este Juzgado mediante resolución número 00216-2010 de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria Deyanira Chinchilla Mora (cédula de identidad 1-0458-0046) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 15 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064603)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-001660-0627-NO, de Registro Civil contra el notario Harry Flores Castillo, este Juzgado mediante resolución número 00180-2010 de las siete horas cuarenta minutos del nueve de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Harry Flores Castillo (cédula de identidad 1-0657-0517) la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 15 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064604)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000754-627-NO, de Registro Civil contra el notario Michael Bejarano Loáiciga, este Juzgado mediante resolución número 0432-2010, a las quine horas treinta y tres minutos del jueves veintisiete de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Michael Bejarano Loáiciga (cédula de identidad 1-0993-0492) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 8 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064605)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000850-627-NO, de contra la notaria Aída Gabriela Araya Cascante, este Juzgado mediante resolución número 382-2010, a las nueve horas veinticinco minutos del trece de abril del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria Aída Gabriela Araya Cascante (cédula de identidad 1-0672-0844) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064606)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-000505-627-NO, de Registro Civil contra el notario Francisco González Morales, este Juzgado mediante resolución número 0429-2010, a las diez horas treinta y tres minutos del jueves veintisiete de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Francisco González Morales (cédula de identidad 1-0760-0084) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 8 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064607)                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-001153-627-NO, de Registro Civil contra el notario Francisco González Moralez, este Juzgado mediante resolución Nº 409-2010 a las diez horas del veinticuatro de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Francisco González Moralez, cédula de identidad Nº 1-0760-0084, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 7 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064609)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 09-000815-0627-NO, de Registro Civil contra la notaria Wendy María Garita Ortiz, este Juzgado mediante resolución Nº 0267-2010 a las once horas treinta y tres minutos del doce de abril del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria Wendy María Garita Ortiz, cédula de identidad Nº 1-0807-0068, la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 8 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064611)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-000249-627-NO, de Registro Civil contra el notario Harry Flores Castillo, este Juzgado mediante resolución Nº 449-JR-2010 a las diez horas diecisiete minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Harry Flores Castillo, cédula de identidad Nº 1-0657-0517), la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064675)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 07-001193-627-NO, de Registro Civil contra Rodolfo Arroyo Porras, este Juzgado mediante resolución Nº 0228-2010 a las dieciséis horas catorce minutos del diecinueve de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Rodolfo Arroyo Porras, cédula de identidad Nº 2-0274-0123, la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 9 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064676)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 07-000329-627-NO, de Registro Civil contra Patricia Benavides Chaverri, cédula de identidad Nº 4-0130-0675, este Juzgado mediante resolución Nº 467-JR-2010 de las ocho horas veinte minutos del ocho de junio del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 27 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064678)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en proceso disciplinario notarial número 08-000519-627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Fernanda María Morales Mora (cédula de identidad Nº 7-0150-0098), este Juzgado mediante resolución Nº 482-JR-2010 de las diez horas, cuarenta y cinco minutos del quince de junio del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de la publicación.

San José, 28 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                                                                                                                                                                       Juez

1 vez.—(IN2010064680).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 06-001037-627-NO, de Irma Liliana Ureña Fallas contra el notario Roberto Ulate Gonzalez, este Juzgado mediante resolución número 0869-2009 a las diez horas, treinta y tres minutos del treinta de octubre del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario Roberto Ulate Gonzalez (cédula de identidad Nº 6-0174-0937) la corrección disciplinaria de seis meses, y hasta la inscripción final de la escritura nùmero noventa y uno del tomo cuatro de su protocolo de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 5 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                                                                                                                                                                       Juez

1 vez.—(IN2010064686).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 07-001330-0627-NO, de Registro Civil contra la notaria María Isabel Bonilla Arroyo, este Juzgado mediante resolución número 00230-2010 de las nueve horas, cincuenta minutos del veintidós de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria María Isabel Bonilla Arroyo, (cédula de identidad Nº 1-1070-803) la corrección disciplinaria de un mes suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 15 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                                                                                                                                                                       Juez

1 vez.—(IN2010064687).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 07-000030-0627-NO, de Registro Civil contra la notaria Juana Odilí Altamirano Urrutia, este Juzgado mediante resolución número 00156-2010 de las once horas, treinta minutos del dos de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria Juana Odilí Altamirano Urrutia, (cédula de identidad Nº 8-0089-0428) la corrección disciplinaria de un mes suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                                                                                                                                                                       Juez

1 vez.—(IN2010064688).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 03-001010-0627-NO, de Carmen Masís Prado contra la notaria Johanna Bonilla Ulloa, cédula de identidad número 1-0674-0433, este Juzgado mediante resolución de las nueve horas, veintidós minutos del cuatro de diciembre del dos mil nueve, ordenó cumplir con la comunicación de limitación de la sanción a la citada notaria por la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, misma que fue cumplida desde el dieciséis de julio del dos mil ocho y hasta el día dieciséis de enero del dos mil nueve.

San José, 4 de diciembre del 2009.

                                                                                                                                                                                       Lic. Grace Hernández Herrera

                                                                                                                                                                                                                                     Jueza

1 vez.—(IN2010064689).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-000030-0627-NO, de Registro Civil contra el notario Fernando Moroney Hernández, este Juzgado mediante resolución número 00285-2010 de las dieciséis horas del dieciséis de abril del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Fernando Moroney Hernández (cédula de identidad 8-0070-0602) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de junio del 2010.

                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010064690).                             Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 04-001010-0627-NO, de Rafael Hernández Ceciliano contra el notario Christian García Morales, este Juzgado mediante resolución número 0086-2010 de las trece horas del día nueve de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Christian García Morales (cédula de identidad 5-0105-0346) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta que el notario deposite la suma de cincuenta y nueve mil quinientos colones en la cuenta corriente de este Juzgado Nº 001-0210811-9 del Banco de Costa Rica. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial..

San José, 11 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                     Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010064692).                                                                                                                                                                                   Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-000630-0627-NO, de Registro de Bienes Inmuebles contra el notario William Arias González, este Juzgado mediante resolución número 0141-2010 de las ocho horas treinta y tres minutos del veinticinco de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario William Arias González (cédula de identidad 5-0204-0031) la corrección disciplinaria de diez años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 11 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                     Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010064693).                                                                                                                                                                                   Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 06-000560-0627-NO, de Registro Nacional Sección de Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles contra el notario Adolfo Álvarez Medina, este Juzgado mediante resolución número 750-2009 de las diez horas treinta y ocho minutos del diecisiete de setiembre del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario Adolfo Álvarez Medina (cédula de identidad 6-0088-0860) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                     Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010064694).                                                                                                                                                                                   Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-000170-0627-NO, de Registro Civil contra el notario Ricardo Guevara Duarte, este Juzgado mediante resolución número 00282-2010 de las trece horas del dieciséis de abril del dos mil dos diez, dispuso imponerle al citado notario Ricardo Guevara Duarte (cédula de identidad 1-0895-0403) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de junio del 2010.

                                                                                                                                                                                     Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010064695).                                                                                                                                                                                   Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-000090-0627-NO, de Registro Civil contra el notario Fernando Erick Moroney Hernández, este Juzgado mediante resolución número 00283-2010 de las catorce horas del dieciséis de abril del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Fernando Erick Moroney Hernández cédula de identidad 8-0070-0602 la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, diez de junio del dos mil diez.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064696)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 07-000080-0627-NO, de Registro Civil contra el notario Harold Cortés Enríquez, este Juzgado mediante resolución número 00162-2010 de las trece horas y veinte minutos del dos de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Harold Cortés Enríquez cédula de identidad 5-0285-0893 la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, diez de junio del dos mil diez.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064697)                                                                                                                                                                                                        Juez

Que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000050-627-NO, de Archivo Nacional contra el notario Ronald Vargas Corrales, este Juzgado mediante resolución número 00435-2010, a las siete horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Ronald Vargas Corrales (cédula de identidad 1-0692-0982) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 5 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064728)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial N° 09-000110-627-NO, de Registro Nacional contra la notaria Rita María Salazar Rodríguez, este Juzgado mediante resolución número 00340-2010, a las trece horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de abril del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria Rita María Salazar Rodríguez (cédula de identidad 2-0481-0289) la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 5 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                      Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064729)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

Que en el proceso disciplinario notarial N° 08-001151-627-NO, de Registro Civil contra el notario Francisco González Morales, este Juzgado mediante resolución número 00287-2010, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Francisco González Morales (cédula de identidad 1-0760-0084) la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción regirá al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 5 de julio del 2010.

                                                                                                                                                                                                 Lic. José Daniel Durán Artavia

1 vez.—(IN2010064730)                                                                                                                                                                                    Juez Tramitador

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Expediente Nº 08-001650-0173-LA.—Proceso: Ordinario Laboral.—Actor: María Marlene Mejía Juárez.—Demandado: Vilma Valerín Delgado.—Sentencia N° 212-09.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José.—Goicoechea, a las diez horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil nueve.

Proceso ordinario establecido por María Marlene Mejía Juárez, soltera, ama de casa, pasaporte C1440444, vecina de barrio Pinto, San Pedro de Montes de Oca, contra Vilma Valerín Delgado, vecina de Curridabat.

Resultando:

1º—Manifiesta la accionante que laboró para la demandada como servidora doméstica del veinticuatro de mayo al trece de setiembre, ambas fechas del dos mil ocho. Que lo hacía de lunes a sábado de siete y treinta de la mañana a cinco de la tarde, devengando un salario de veinte mil colones por semana, más almuerzo únicamente como salario en especie. Que la relación laboral finalizó por despido injustificado, sin que se le haya cancelado monto alguno. Que en ese momento tenía tres meses de embarazo y no estaba asegurada. Que por lo expuesto solicita que en sentencia se condene a la demandada a pagarle vacaciones y aguinaldo, ambos de toda la relación laboral; preaviso de despido, auxilio de cesantía; los salarios dejados de percibir hasta completar los ocho meses de embarazo, la indemnización correspondiente al pre y post parto, ambas costas del proceso y los intereses sobre dichos extremos.

2º—Debidamente notificada que fue la accionada no contestó la demanda.

3º—Se dicta este fallo sin que se observen defectos u omisiones que puedan ocasionar nulidad o indefensión; y

Considerando:

I.—Sobre hechos probados: De importancia para la correcta resolución de esta litis, se tienen los siguientes: a) Que la actora laboró para la demandada como servidora doméstica del veinticuatro de mayo al trece de setiembre, ambas fechas del dos mil ocho. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José (Demanda de folios 1 fte. y vto.); b) Que por sus labores devengaba un salario de veinte mil colones por semana y recibía únicamente el almuerzo como salario en especie (misma prueba); c) Que la relación de trabajo finalizó por despido injustificado, sin que se le pagara monto alguno por concepto de los extremos petitorios (misma probanza); d) Que para el momento del despido la trabajadora tenía tres meses de embarazo y no se encontraba asegurada (demanda citada).

II.—Sobre el fondo del asunto: Siendo que la accionada no contestó la demanda, a pesar de que se le notificó en su casa de habitación el traslado de la misma conforme se desprende del acta de notificación de las ocho horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil ocho visible a folio 6 fte., procede la suscrita a resolver el asunto conforme a los dictados de los numerales 468 y 493 del Código de Trabajo y artículo sexto de la Ley Nº 4284 del 16 de diciembre de 1968, que creó el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía, sea dictando una sentencia estimatoria con fundamento en la prueba constante en autos, la cual está constituida en este caso por el dicho de la actora, por cuanto es clara la normativa en establecer que si el accionado no se apersona a rechazar lo afirmado por el actor entonces el dicho de este último se debe tener por cierto con la salvedad de que exista prueba en autos que lo contradiga. Con base en ello y para el caso que nos ocupa, se tiene por demostrado que la actora laboró para la demandada como servidora doméstica del veinticuatro de mayo al trece de setiembre, ambas fechas del dos mil ocho. Que por sus labores devengaba un salario de veinte mil colones por semana, recibiendo por concepto de salario en especie únicamente el almuerzo. Que la relación de trabajo finalizó por despido injustificado, sin que se le pagara monto alguno por concepto de los extremos petitorios. Asimismo que para el momento del despido la trabajadora tenía tres meses de embarazo y no había sido asegurada. Con base en esta recreación de hechos y tomando en consideración que la relación de trabajo que vinculó a las partes tuvo una duración de tres meses veinte días, se debe acoger esta demanda por resultar procedente, condenándose a Vilma Valerín Delgado a pagarle a María Marlene Mejía Juárez por concepto de cuatro punto cincuenta y siete días de vacaciones: quince mil ciento ochenta y un colones; por tres punto sesenta y seis doceavos de aguinaldo: treinta mil trescientos noventa y seis colones; por quince días de preaviso: cuarenta y nueve mil ochocientos veintinueve colones; por catorce días de cesantía: cuarenta y seis mil quinientos siete colones; por cinco meses de salario correspondiente al tiempo que le faltaba para alcanzar los ocho meses de embarazo: cuatrocientos noventa y ocho mil doscientos noventa y cinco colones y por cuatro meses de subsidio de pre y post parto que le corresponden a la empleadora en su totalidad por no tenerla asegurada: trescientos noventa y ocho mil seiscientos treinta y seis colones, para un total de un millón treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro colones. Sobre la condenatoria se conceden intereses al tipo fijado por el Banco Nacional de Costa Rica para los depósitos a seis meses plazo desde la fecha de despido, trece de setiembre del dos mil ocho, hasta su efectivo pago. Se deja constando que para efectos de cálculos el salario se incrementó en un quince por ciento por concepto de salario en especie. (Artículos 29, 94, 94 bis, 102, 104 incisos b y f, 494 y concordantes del Código de Trabajo, Reformas de la Ley de Protección al Trabajador, disposiciones de la Ley de Aguinaldo en la empresa privada y numeral 1163 del Código Civil y sus reformas.)

III.—Sobre costas: Son ambas costas a cargo de la demandada, fijándose las personales en un quince por ciento del total de la condenatoria, sea la suma de ciento cincuenta y cinco mil ochocientos veintiséis colones. Por tanto,

De conformidad con lo expuesto, citas de ley, se declara con lugar la presente demanda y se condena a Vilma Valerín Delgado a pagarle a María Marlene Mejía Juárez por concepto de cuatro punto cincuenta y siete días de vacaciones: quince mil ciento ochenta y un colones; por tres punto sesenta y seis doceavos de aguinaldo: treinta mil trescientos noventa y seis colones; por quince días de preaviso: cuarenta y nueve mil ochocientos veintinueve colones; por catorce días de cesantía: cuarenta y seis mil quinientos siete colones; por cinco meses de salario correspondiente al tiempo que le faltaba para alcanzar los ocho meses de embarazo: cuatrocientos noventa y ocho mil doscientos noventa y cinco colones y por cuatro meses de subsidio de pre y post parto que le corresponden a la empleadora en su totalidad por no tenerla asegurada: trescientos noventa y ocho mil seiscientos treinta y seis colones, para un total de un millón treinta y ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro colones. Asimismo se le condena a pagar ambas costas, fijándose las personales en un quince por ciento del total de la condenatoria, equivalente a ciento cincuenta y cinco mil ochocientos veintiséis colones. Sobre la condenatoria se conceden intereses al tipo fijado por el Banco Nacional de Costa Rica para los depósitos a seis meses plazo desde la fecha de despido, trece de setiembre del dos mil ocho, hasta su efectivo pago. Se deja constando que para efectos de cálculos el salario se incrementó en un quince por ciento por concepto de salario en especie. Notifíquese esta sentencia a la demandada personalmente o por medio de cédula de notificación y copias de ley en su casa de habitación a través de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito Judicial.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Sandra Aguilar Piedra, Jueza.—1 vez.—(IN2010065167).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Marlon Dávila Brenes, cédula de identidad cinco-doscientos cincuenta y tres-ciento dieciséis, quien fue mayor, costarricense, casado, técnico en equipos médicos, y falleció el cuatro de junio del dos mil diez, se consideren con derecho en este asunto, se apersonen ante el Despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2010-300060-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, 27 de julio del 2010.—MSc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2010064714).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Guillermo Madrigal Loaiza, cédula de identidad Nº 1-368-980, quien fue mayor, casado, chofer, laboró para el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados y falleció el catorce de abril de dos mil diez, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 10-300089-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de junio del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.––1 vez.––(IN2010065027).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adolfo Solano Murillo, fallecido el 16 de julio del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el Nº 10-000394-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 10-000394-1021-LA. Por a favor de Silvia Elena Ramírez Moreira.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 29 de julio del 2010.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.––1 vez.––(IN2010065035).

Con el término de ocho días, se cita y emplaza a los causahabientes del fallecido Gerardo Alcides Mora Pereira, quien fue mayor, casado, costarricense, con cédula de identidad Nº 05-0235-0542, vecino de Pijije de Bagaces, Guanacaste, para que se apersonen en diligencias de devolución de fondo de capitalización laboral, promovidas por María Cristina Castillo Briceño, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren las sumas que ingresen por este concepto, será entregados a quien derecho tenga de ellos. Expediente Nº 10-300009-0399-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces, 21 de junio del 2010.—Lic. Bernardo Goldstein Rosales, Juez.––1 vez.––Exonerado.––(IN2010065149).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes en las diligencias de solicitud devolución de ahorros de trabajadora fallecida Vera Luz Sánchez Cortés, mayor de edad, costarricense, cédula 4-151-949, quien falleció el veintidós de junio del dos mil nueve, quien se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable lapso de ocho das hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente número 10-000999-0375-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad confío establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Rafael de Heredia, 30 de julio del 2010.—Lic. Juan Carlos Ramírez Brenes, Juez.—1 vez.—(IN2010065160).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gustavo Adolfo Bermúdez Murillo, quien fue mayor, cédula de identidad 1-824-085, casado, informático, vecino de Cartago, falleció 24 de abril de 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones bajo el número 10-000318-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 10-000318-1023-LA. Promovido por Erika Cordero Jiménez.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 26 de julio del 2010.—Lic. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(IN2010065163).

 Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Marco Tulio Lizano Calderón, cédula de identidad uno-cero seiscientos dieciocho-cero ochocientos veinte, quien fue mayor, costarricense, casado, maestro, y falleció el veintiséis de mayo del dos mil diez, se consideren con derecho en este asunto se apersonen ante el despacho dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, en las diligencias aquí establecidas bajo el expediente 2010-300042-0216-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Hatillo, 19 de julio del 2010.—Lic. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2010065191).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo; 0402, asiento; 4583, secuencia; 01-0900-001; a las quince horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, y con la base de once millones cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cuatro mil seiscientos dos cero cero cero la cual es terreno 01 San Isidro. Situada en el distrito primero San Isidro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Noe Vega; al sur, calle pública con 45.29 metros de frente; al este, Walter Vargas Chinchilla, y al oeste, Walter Vargas Chinchilla. Mide: cuatro mil quinientos dieciséis metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, con la base de ocho millones doscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil diez con la base de dos millones setecientos sesenta y ocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Clara Rosa Arias Flores, Omar Hidalgo Mena contra Walter Hernán Vargas Chinchilla. Expediente Nº 10-100378-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Zur, Pérez Zeledón, 09 de junio del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010189140.—(IN2010065481).

A las once horas del veintitrés de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando servidumbre y condiciones bajo el tomo 304 y asiento 7191, con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de un millón de colones netos (¢1.000.000,00), remataré: Finca del partido de Limón matrícula de folio real número 106-630-000, que se describe así: Lote primero, terreno para construir, Sito: en el distrito primero Guápiles, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, y este, María, Carlos y José Sánchez, y al sur, y oeste, calle pública. Mide: Setecientos cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de setecientos cincuenta mil colones netos (¢750.000,00), se señalan las: once horas del siete de octubre de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de doscientos cincuenta mil colones netos (¢250.000,00), se señalan las once horas del veintidós de octubre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100443-0297-CI (5B) que es ejecutivo hipotecario de Uriaz Zúñiga Segura contra Flor María Barquero Vásquez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de junio de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010189152.—(IN2010065482).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del dos de setiembre del año dos mil diez, y con la base de ¢13,238,929,76, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil dos cero cero cero la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 17 metros con 26 centímetros; al sur, José Ambrosio Acuña Chavarría; al este, José De Los Santos Morales Morales, y al oeste, José Santos Morales Morales Villareal y Tomasa del Carmen Padilla. Mide: dos mil doscientos setenta y siete metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, con la base de ¢9.929.197,32 colones(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del catorce de octubre del año dos mil diez con la base de ¢3.309.732,44 colones(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R. L. contra Fernando Antonio Leiva Castillo. Expediente Nº 10-100384-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 29 de junio del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010189049.—(IN2010065483).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre del año dos mil diez, y con la base de la hipoteca de primer grado, sea la suma de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta mil novecientos sesenta y cuatro-cero cero cero la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito decimoprimero El Páramo, cantón decimonoveno Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Vicente Chacón; al sur, Marta Lidia Gamboa; al este, calle pública, y al oeste, Carlos Manuel Gamboa. Mide: doscientos treinta y siete metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil diez con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R. L., contra Óscar Adrián Mora Zamora. Expediente Nº 09-100915-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de julio del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010189057.—(IN2010065485).

A las ocho horas del treinta de setiembre de dos mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando demanda penal, bajo el tomo 2010 y asiento 87503, y advertencia administrativa dentro de expediente 09-45 R1. Con la base de doce millones de colones netos (¢12.000.000,00), remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número 135.562-002, que se describe así: Terreno de charral, Sito: en el distrito 07, Fortuna, cantón décimo San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Elí Oviedo; al sur, Elí Oviedo Araya; al este, Isolina Hidalgo, y al oeste, Eduardo Quesada. Mide: Seis mil novecientos ochenta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de nueve millones de colones netos (¢9.000.000,00), se señalan las: ocho horas del quince de octubre de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de tres millones de colones netos (¢3.000.000,00), se señalan las: ocho horas del veintinueve de octubre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100500-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Movilizacionez Avalanche S. A., contra Rolando Oviedo Quesada.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 07 de julio de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010189101.—(IN2010065486).

A las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de ocho millones de colones netos (¢8.000.000,00), remataré: Finca del partido de Alajuela matrícula de Folio Real número 246.297-000, que se describe así: Terreno de potrero con una casa, sito: en el distrito sexto, Río Cuarto, cantón tres, Gracia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Efrén Luna; sur, Lirias Murillo; este, calle pública y Marjorie Murillo Chacón; y al oeste, Orlando Javier Rojas González y Marjorie Murillo Chacón. Mide: Mil cuatrocientos ocho metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones de colones netos (¢6.000.000,00), se señalan las: ocho horas treinta minutos del quince de octubre de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de dos millones de colones netos (¢2.000.000,00), se señalan las: ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100569-0297-CI (5B) que es ejecutivo hipotecario de Víctor Manuel Chacón Delgado contra Juver Alberto Murillo Chacón y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 09 de julio del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010189103.—(IN2010065487).

A las ocho horas treinta minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil diez libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada y de paso, con la base de sesenta y cuatro mil dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula Folio Real número ciento veinticinco mil seiscientos cuarenta y nueve-cero cero cero, que es terreno de potrero, sito en distrito uno Miramar, cantón cuarto Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con quebrada; al sur, con Felipe Jiménez Palma; al este, con servidumbre agrícola y Aniceto Méndez Blanco, y al oeste, con quebrada. Mide veinte mil trescientos setenta y tres metros con treinta y un decímetros cuadrados, según plano P-cero setenta y cinco mil veintidós cero tres dos mil uno. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil diez, con la base de cuarenta y ocho mil dólares en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil diez, con la base de dieciséis mil dólares en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria 10-100397-642-CI-3 de Rolando Segura Campos contra Luis Gerardo Álvarez Segura.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2010189261.—(IN2010065488).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones tomo: 325; asiento 14361; reservas y restricciones tomo: 337; asiento: 9390; a las nueve horas y cero minutos del primero de octubre del año dos mil diez, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00183664-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Sociedad Agrícola Koradhi Sociedad Anónima; al este, Sociedad Agrícola Koradhi Sociedad Anónima, y al oeste, Obdulio Rojas Rojas. Mide: ciento seis mil trescientos cincuenta metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diez, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil diez con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Claudio Zumbando Arias contra Marcos Vinicio Solís Retana. Expediente Nº 10-000201-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010189262.—(IN2010065489).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas con treinta minutos del once de octubre del año dos mil diez, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento nueve mil trescientos ochenta y uno-cero cero cero (109381-000) la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, provincia Cartago. Colinda: al norte noreste Armando Monge Vega; al sur, noroeste, Edwin Salazar Porras; al este, sureste, calle pública con siete metros con ochenta y cinco centímetros, y al oeste suroeste Manuel Granados Masis. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas con treinta minutos del veintiséis de octubre del año dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas con treinta minutos del nueve de noviembre del año dos mil diez con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra María Sofía Ramírez Guillén. Expediente Nº 10-001789-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 26 de julio del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010189280.—(IN2010065490).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del primero de setiembre del año dos mil diez, y con la base de treinta y dos mil quinientas unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa Nº 26. Situada en el distrito Mata Redonda, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 27; al sur, lote 25; al este, calle pública, y al oeste, lotes 34 y 33. Mide: ciento treinta y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diez, con la base de veinticuatro mil trescientos setenta y cinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil diez con la base de ocho mil ciento veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sheyla Flor Calderón Zúñiga. Expediente Nº 09-932653-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de julio del 2010.—Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2010189303.—(IN2010065491).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas del siete de setiembre del año dos mil diez, y con la base de quince millones de colones en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 49045-001-003-004 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ely Monge Sánchez; sur, Carlos Madrigal Monge; al este, calle publica con 10.28 metros, y al oeste, Bolívar Madrigal Monge. Mide: trescientos veintiocho metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas del ocho de octubre del año dos mil diez con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asocia. Solid. Emple. de Mutual Cartago de Ahor., y Pre. contra Cecilia María Sanabria Zúñiga, Jorge Manuel Monge Sanabria. Expediente Nº 10-001129-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010189322.—(IN2010065492).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y cero minutos del diez de enero de dos mil once, y con la base de dieciséis millones seiscientos trece mil doscientos cuarenta y cuatro colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 167361-000 la cual es terreno para construir con una casa, lote 24. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 23 con construcción inmediata; al sur, lote 25 sin construcción inmediata; al este, calle pública con frente de 7.0 metros, y al oeste, lote 26 sin construcción inmediata. Mide: ciento treinta y tres metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil once, con la base de doce millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos treinta y tres colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil once con la base de cuatro millones ciento cincuenta y tres mil trescientos once colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roger Enrique Díaz Chinchilla. Expediente Nº 10-001197-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de julio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010289323.—(IN2010065493).

En la sala número libre de gravámenes prendarios; libre de gravámenes prendarios a las ocho horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 374315, marcas Mitsubishi, año 1996, chasis V240000345. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil diez, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de diciembre del año dos mil diez con la base de un millón ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial) se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa S. A. contra Francisco José Calderón Boza. Exp. Nº 08-007337-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del año 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010189062.—(IN2010065507).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del dos de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuatro millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula Nº 00193357-000 la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, camino publico con 51,69 metros de frente; al sur, Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Limitada; al este, Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Limitada, y al oeste, Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal Limitada. Mide: Tres mil metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del ocho de octubre del dos mil diez con la base de un millón cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Julio Carrillo Obando contra Servicios y Alquileres de Maquinaria Tajo Guayabal. Exp. Nº 10-000197-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 21 de julio del 2010.—Lic. Adolfo Reynholds Quirós, Juez.—RP2010189342.—(IN2010065849).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las catorce horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil diez, y con la base de un millón quinientos cuarenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas setecientos cincuenta mil quinientos cincuenta marca Nissan, categoría automóvil, capacidad cinco personas, color celeste, tracción 4x2 combustible gasolina, sedan cuatro puertas, modelo Sentra, cilindros 4. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, con la base de un millón ciento cincuenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diez con la base de trescientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ana Grace Barrantes Zamora contra Mauricio Barrantes Núñez. Expediente Nº 10-000284-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 7 de julio del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010189399.—(IN2010065850).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las diez horas treinta minutos del primero de setiembre de dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos dieciséis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 779676, Hyundai, Accent GL, 5 personas, rojo, sedán 4 puertas, gasolina, motor no indica. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez, con la base de un millón ochocientos ochenta y siete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil diez con la base de seiscientos veintinueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mivarpa I.V.U. S. A. contra Oscarlina Torrentes Vargas. Expediente Nº 10-000248-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 21 de junio del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010189400.—(IN2010065851).

A las nueve horas con treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de la oficina que ocupa este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de ciento catorce mil dólares, en el mejor postor rematare: Primero: Buque PG-ocho mil setecientos cuarenta y nueve, eslora diez punto cero tres metros, manga dos mil ochenta y cinco, puntal uno punto treinta, peso bruto siete punto cuarenta toneladas, peso neto tres punto sesenta toneladas, año de construcción dos mil seis, nombre: Tropical Tours, casco fibra de vidrio, motores marca Evinrude números cinco millones ciento veintitrés mil setecientos siete y cinco millones ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y nueve. Segundo: Buque clase PG-siete mil ciento catorce, eslora quince punto veinte metros, manga dos punto setenta metros, puntal uno punto veintisiete metros, peso bruto once punto treinta y dos toneladas, peso neto seis, sesenta toneladas, año de construcción mil novecientos noventa y seis nombre Don Isidro, casco fibra de vidrio motor marca Perkins numero: tres siete uno uno cuatro seis cero cero a uno. Tercero: buque clase PG-ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco, eslora: quince punto veinte metros, manga dos punto setenta metros, puntal uno punto veintisiete metros, peso bruto diez punto cuarenta y dos, peso neto cuatro punto sesenta y nueve toneladas, año de construcción dos mil uno, nombre Don Isidro II, casco fibra de vidrio, motor marca Perkins, número. C tres siete uno uno cuatro G cero Ali. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso prendario N° 07-100046-0422-CI de James Columbus Bebber Jr. contra Marvin Castro Caballero y Edwin Castro Vásquez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 22 julio del 2010.—Lic. Jeudy Lineth Briceño Gómez, Jueza.—RP2010189406.—(IN2010065852).

A las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y con la base de trescientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré: vehículo placa CL 135289, marca Toyota, estilo Hilux, categoría carga liviana, serie Nº JT4RN01P5L7029476, carrocería: caja abierta, o campu, año 1990, color vino, capacidad 3 personas, motor Nº 299754422R, combustible: gasolina, cilindrada 2366 cm², cilindros: 4. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del treinta de setiembre del dos diez, con la base de doscientos sesenta y dos mil quinientos colones con 00/100 (rebaja de un 25%); y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecinueve de octubre del dos mil diez, con la base de ochenta y siete mil quinientos colones con 00/100 (un 25% de la base inicial). Se previene al deudor indicado que deberá presentar dicho vehículo a la hora y fecha del remate ante este Despacho, a fin de inspeccionarlo y de que los posibles postores lo analicen. Ejecutivo Prendario Nº 10-100096-0441-CI, de: Marcos Méndez Alpízar, contra: Fernando Solís Valverde.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 7 de julio del 2010.—Lic. Adolfo Hernández Masís, Juez.—RP2010189414.—(IN2010065853).

A las quince horas del veintidós de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento (25%) de un millón cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintidós colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo placas CL ciento cuarenta y cinco mil novecientos noventa y ocho, marca Toyota, categoría carga liviana, carrocería campu, estilo Hilux, capacidad para cuatro personas, año mil novecientos ochenta y nueve, color gris, combustible gasolina. Se remate por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario expediente Nº 05-000339-182-CI-3 de Vacheron Constantin S. A. contra Enrique José Cortés Castillo y otro.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 27 de julio del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010189416.—(IN2010065854).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; y al ser las diez horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil diez, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y dos mil seiscientos catorce-triple cero, la cual es terreno de repasto, situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ganadería La Antigua S. A.; al sur, Ganadería La Antigua S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Ganadería La Antigua S. A. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil diez, con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ulises Rojas Saborío contra Dixinia María Solís Chavarría. Expediente Nº 10-000603-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de abril del año 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—RP2010189458.—(IN2010065855).

A las catorce horas, treinta minutos del primero de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, con la base de un millón ochocientos quince mil colones, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, en el mejor postor remataré: vehículo placas número seiscientos treinta y dos mil novecientos sesenta y siete, marca Nissan, estilo Sentra, modelo mil novecientos noventa y siete, color gris, carrocería sedan cuatro puertas, combustible gasolina, cilindrada mil seiscientos c.c., capacidad cinco personas. Para el segundo remate se señalan las catorce horas, treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez, con la base de un millón trescientos sesenta y un mil doscientos cincuenta colones, (suma que contiene la rebaja del 25%). Y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas, treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil diez, con la base de cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones, (suma que corresponde al 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 08-100483-0295-CI de Marco Antonio Rodríguez Esquivel contra Jason Guevara Rodríguez.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 23 de junio de 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010189476.—(IN2010065856).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones con citas 337-16926-01-0900-001, a las nueve horas del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 50014-000, la cual es terreno de charrales. situada en el distrito 4 Quebrada Honda cantón 2 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Geovanny Robles Villarevia y otros; al sur, Eliécer Bonilla y otros; al este, Geovanny Robles Villarevia y otros, y al oeste, Nazario Reyes Reyes. Mide: dos mil noventa y nueve metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintidós de setiembre de dos mil diez, con la base de tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del seis de octubre de dos mil diez, con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Álvaro Quesada Cubillo contra Calixto Gómez Hernández, Emelda Leticia Rodríguez Rodríguez. Expediente Nº 09-000372-0873-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Nicoya, 26 de julio del año 2010.—Lic. Erick Azofeifa Fernández, Juez.—RP2010189478.—(IN2010065857).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado en favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal; a las diez horas del veintisiete de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuatro millones setecientos trece mil cuatrocientos setenta y tres colones con sesenta y siete céntimos (¢4.713.473,67), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil ochocientos sesenta-cero-cero-cero, la cual es terreno para construir: bloque A: lote: 41, situada en el distrito 09 Dulce Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 7 metros; al sur, Linda Vista S. A.; al este, lote 42, y al oeste, lote 40. Mide: ciento veintiún metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del doce de octubre del dos mil diez, con la base de tres millones quinientos treinta y cinco mil ciento cinco colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiocho de octubre del dos mil diez, con la base de un millón ciento setenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho colones con cuarenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Henry Alberto Araya Zúñiga. Expediente Nº 09-000798-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de junio del año 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2010189500.—(IN2010065858).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas, cuarenta y cinco minutos del primero de setiembre del dos mil diez, y con la base de diez millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 130592-000, la cual es terreno lote 127 terreno para construir con una casa de dos plantas, situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública la Cuesta; al sur, calle pública los almendros; al este, lote ciento veintiocho, y al oeste, Miguel Ángel Pizarro Sequeira. Mide: ciento cincuenta y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas, cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas, cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, con la base de dos millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eddy Jesús Acuña Rivera contra Marco Antonio Hidalgo Araya. Expediente Nº 10-000203-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de junio del año 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010189522.—(IN2010065859).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diez, y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 532845-000, la cual es terreno para construir lote veinticuatro, situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 25; al sur, lote 23; al este, calle pública con 7,00 metros, y al oeste, Municipalidad de Goicoechea. Mide: ciento veintiséis metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de quince millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil diez, con la base de cinco millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de k base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Freddy Ramos Corea, Grettel Amador Rojas. Expediente Nº 10-005966-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de julio del año 2010.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2010189535.—(IN2010065860).

A las diez horas, treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil diez, el primer remate con una base de cuatro millones ciento ochenta mil novecientos ochenta y un colones con veintiún céntimos, a las diez horas del veintitrés de setiembre del dos mil diez, el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de tres millones ciento treinta y cinco mil setecientos treinta y cinco colones con noventa y un céntimos y a las diez horas del siete de octubre del dos mil diez, el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de un millón cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y cinco colones con treinta céntimos; en la puerta exterior de este Despacho remataré en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones de citas 0386-00006851-01-0981-001, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número cero cero ciento veintiún mil doscientos cincuenta y nueve-cero cero cero, terreno para agricultura, distrito cuatro Matama, cantón primero de la provincia de Limón. Linda: al norte, con Gregoria Sosa Sosa e IDA; al sur, con Gregorio Sosa Sosa; al este, con calle pública, y al oeste, con el IDA. Mide: mil setecientos un metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 10-000236-0678-CI-2 establecida por el Banco Popular contra Virgilio Henry Wright Coltas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, Limón, 21 de julio del 2010.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—RP2010189554.—(IN2010065861).

A las nueve horas, treinta minutos del seis de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho judicial, con la base de diez millones de colones sáquese a primer remate el bien hipotecado sea la finca inscrita el Registro Público de la Propiedad matrícula 7-00048172-000, que es terreno para construir con una casa, situada en el distrito uno, cantón uno de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con acera tres; al sur, con acera dos; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: noventa metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. A las nueve horas, treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil diez, se llevará a cabo el segundo remate sobre dicha propiedad y con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de: siete millones quinientos mil colones. Y a las nueve horas, treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, se realizará el tercer remate, con el 25% de la base original sea la suma de: dos millones quinientos mil colones. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de ejecución hipotecaria número 10-100801-473-CI establecido por Municipalidad de Limón contra Hodgson Pérez Cardel.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón.—Lic. Mario García Araya, Juez.—RP2010189555.—(IN2010065862).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las catorce horas del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de veinticinco millones setecientos veintisiete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca sin inscribir, del partido de Guanacaste, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito tercero, Veintisiete de Abril, cantón tercero, Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Víctor Pizarro Barrantes; al sur, calle pública con un frente a ella de 284 metros, 47 centímetros; al este, quebrada Isla Verde, y al oeste, Julio Matarrita Baltodano. Mide: ochenta y nueve mil quinientos veintisiete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Según plano G-415797-1980, de fecha 19-12-1980. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintidós de setiembre de dos mil diez, con la base de diecinueve millones doscientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del seis de octubre de dos mil diez, con la base de seis millones cuatrocientos treinta y un mil setecientos cincuenta colones, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Y S de Sarchí Limitada contra Carlos Luis Rodríguez Arias y Jenny Marita Rodríguez Arroyo. Expediente Nº 10-000321-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 30 de junio de 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010189580.—(IN2010065863).

En la puerta exterior de este despacho, a las nueve horas del veintisiete de agosto del dos mil diez. Soportando gravámenes prohibiciones artículo dieciséis, (Ley siete mil quinientos noventa y nueve) bajo las citas de inscripción cuatrocientos ochenta y ocho -cero cinco mil ciento veinticuatro-cero uno-cero cero setenta y seis-cero cero uno, respectivamente y con la base de cinco millones seiscientos cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta y seis colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil setecientos dieciocho-cero cero-cero, propiedad de Teresa Ordóñez Valle, cédula de identidad número seis-cero ciento veintitrés-cero doscientos veintisiete, dicho inmueble es terreno para agricultura, lote noventa y dos mil doscientos cincuenta, situado en el distrito primero (Parrita), cantón noveno (Parrita), de la provincia de Puntarenas. Linda al norte: con calle pública; al sur: Martín Bolívar; al este: Guiselle Díaz y; oeste: con Ana González. Mide: ciento ochenta metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, proporción medida. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del trece de setiembre del dos mil diez, con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos noventa y dos colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las nueve horas del veintinueve de setiembre del dos mil diez con la base de un millón cuatrocientos catorce mil novecientos sesenta y cinco colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el Proceso de Ejecución Hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Pérez Zeledón R. L., en contra de Karen Yahaira Ordóñez Valle. Expediente Nº 08-100135-425-1-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 30 de junio del 2010.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—RP2010189853.—(IN2010066723).

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las dieciocho horas y cuarenta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes y soportados boleta 9600434006 sumaria CSV-SET 1997 del Juzgado de Tránsito del II Circuito Judicial de San José y sin sujeción a base en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Nisan, estilo, Pulsar NX, capacidad cinco personas, carrocería Sedan 2 puertas, placa 153964, número de chasis JN1MN24SOEM029107, año 1984, color negro, número de motor E15240977, combustible gasolina cuatro cilindros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra David Alberto Rivera Vargas, Estercita Vargas Cruz. Expediente Nº 98-020903-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de agosto del 2010.—Lic. Nydia Piedra Ramírez, Jueza.—(IN2010065138).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales para todos los bienes muebles, a las ocho horas y cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil diez, y con la base de treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) escritorio de madera cenízaro, con seis gavetas, mide 2 metros de largo, 0.75 cm de ancho y 1 metro de alto. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 2) biblioteca de madera con 5 divisiones. Mide: 2 metros de alto, 1 metro de ancho y 0.50 cm. de fondo. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 3) mesa auxiliar de madera, cenízaro con una gaveta. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez y con la base de cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4) computadora marca Samsung, color negra, código DEK, modelo ANISV5PNKX13M, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 5) C.P.U., marca UMC, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil diez, con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 6) impresora marca Canon, color blanco, modelo Multipass F 10, serie L.Z.K. 08983, únicamente funciona el escáner, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de doce mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 7) fax marca Panasonic, color negro, modelo KX-FT-71, serie S.J.A.W.124061, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de quince mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 8) archivador de metal, tipo Legal con 4 gavetas, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de quince mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 9) aspiradora eléctrica, marca Shopvac, 20 Hp, color negro, capacidad 10 galones se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil diez, con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de treinta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 10) soldador eléctrico, marca Hobart, modelo TR.250, serie 90W503702 con sus respectivos cables, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, y con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 11) compresor portátil con tanque y demás accesorios, marca Ingensoll-Rand, modelo 4000, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de cincuenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 12) equipo de acetileno, compuesto por 1 cilindro de oxígeno y cilindro de acetileno, en su respectiva base y sus respectivos marcadores y accesorios, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de trece mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 13) refrigerador marca Atlas, color crema, 705 pies cúbicos, modelo M-095227, serie 054272089, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de treinta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 14) compresor portátil con tanque y demás accesorios, marca Ingensoll-Rand, modelo 4000, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 15) tecle manual, con capacidad de 1 tonelada se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 16) mostrador para despacho con estructura de metal, sobre de madera en cenízaro con sus respectivas divisiones, 1.90 mts de largo 50 cm de ancho y 1 m de alto, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 17) marco de metal para soporte de tecle, color verde oscuro, hoy rojo con 4 patas de metal o hierro de unos 3 mts de alto, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de treinta y seis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 18) armarios de metal, marca perfiles ranuradoras, dos puertas de 2 mts de alto 1 metro de ancho y 50 cm de fondo a dieciocho mil colones cada uno, son dos según la constitución de prenda, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de veintisiete mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez con la base de nueve mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de cuarenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 19) lector de microfichas marca 3M, modelo 436AG, serie 010895, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez con la base de once mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 20) mesa de computadora en metal y sobre de madera, mide 1.50 metros de largo, 62.5 metros de ancho y 1 metro de alto, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de nueve mil trescientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez con la base de tres mil ciento veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 21) escritorio en escuadra, de estructura de metal sobre melamina, con tres gavetas, color amarillo-beige, marca perfiles ranurados, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 22) escritorio, estructura de metal, sobre melamina, con 6 gavetas, color café, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 23) escritorio estructura de metal sobre melamina, con tres gavetas, color beige, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de quince mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Y con la base de treinta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 24) central telefónica, marca Panasonic, modelo 308, tres troncales, 8 extensiones con sus respectivos teléfonos, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Hebel Solano Zavala contra Agromotores Agromosa Sociedad Anónima. Expediente: 09-022715-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla,  Jueza.—(IN2010065161).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de primer grado citas tomo: 0536, asiento: 00013169 y servidumbre trasladada citas tomo: 0407, asiento: 00003299, con la base de diecisiete millones quinientos treinta y cinco mil setecientos veinticinco colones, sáquese a remate el(los) inmueble(s) Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00 411 389-cero cero cero, la cual es terreno lote 3 terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ania Blanco Campos; al sur, servidumbre de paso con 13,40; al este, lote cuatro, y al oeste, lote dos. Mide: doscientos doce metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0990055. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil diez. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil diez, con la base de trece millones ciento cincuenta y un mil setecientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil diez, con la base de cuatro millones trescientos ochenta y tres mil novecientos treinta y un colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Ferretería Rodríguez y Esquivel contra Alfonso Rojas Sánchez. Expediente Nº 09-100331-0188-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 30 de junio del 2010.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—RP2010189054.—(IN2010065484).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las quince horas del catorce de setiembre de dos mil diez, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el sistema  de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil seiscientos veinticinco-cero cero tres, la cual es terreno de café y pastos, situada en Santiago de Palmares distrito cuatro, cantón sétimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada en medio y otros; al sur, calle en medio y otro; al este, sucesión de Domingo Alvarado, y al oeste, sucesión de José María Hidalgo. Mide: ciento treinta y ocho mil ciento treinta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, plano no se indica. Para el segundo remate se señalan las quince horas del veintinueve de setiembre de dos mil diez, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del trece de octubre de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Tulio Alfaro Bolaños contra Cafetos Montaña Verde Limitada. Expediente Nº 10-000249-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 26 de julio de 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010189581.—(IN2010065864).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando serv. y condic. mediante las citas 0298-3508-01-0901-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre de dos mil diez, y con la base de nueve mil novecientos catorce punto sesenta y dos unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil doscientos veintisiete cero cero cero, la cual es terreno de potrero con una casa, situada en el distrito Santa Cruz, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carlos Serrano Calvo, Guido Zúñiga Vargas y Roberto Cásasela Alfaro; al sur, César Vargas Sánchez; al este, Roberto Casasola Alfaro y Noé Zúñiga Gamboa, y al oeste, Roberto Cásasela Alfaro y Noé Zúñiga Gamboa en medio. Mide: mil doscientos ochenta y siete metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del primero de noviembre de dos mil diez, con la base de siete mil cuatrocientos treinta y cinco punto noventa y siete unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diez, con la base de dos mil cuatrocientos setenta y ocho punto sesenta y seis unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yetty Vargas Pacheco. Expediente Nº 10-000694-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de agosto del año 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2010189590.—(IN2010065865).

A las nueve horas del tres de setiembre del año dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y dos mil doscientos setenta y siete colones (¢55.892.277,00), se rematará la finca inscrita en propiedad, partido de San José, matrícula número trescientos noventa y nueve mil ochocientos siete-cero cero cero (399807- 000), que es terreno de potrero y para construir, situado en el distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes: al norte, Eucaret S. A.; al sur, calle pública; al este, Eucarret S. A.; y al oeste, Carlos Fernández Vega. Mide doscientos seis metros cuadrados. La finca descrita pertenece a Walter Núñez Retana. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso de ejecución de sentencia. Expediente número 03-400337-0196-FA, interno 343-3-03, de Grethel Chaverri Martínez, contra Walter Núñez Retana.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 6 de agosto del 2010.—Dra. Shirley Víquez Vargas, Jueza.—(IN2010065936).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando un gravamen de denuncia penal a la orden del Juzgado Penal de Heredia; a las once horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil diez, y con la base de trescientos cincuenta y tres mil novecientos dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas quinientos treinta y seis mil veintitrés (536023), marca Hyundai, año 1993, color verde, Vin KMHVF31JPPU860115, cilindrada 1468 c.c, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil diez, con la base de doscientos sesenta y cinco mil cuatrocientos veintiséis colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil diez con la base de ochenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de ABC Collections Sociedad Anónima contra Félix Omar Flores Sánchez. Expediente Nº 09-003393-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 28 de julio del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010065973).

A las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito y con la base de un millón ciento sesenta y seis mil cuarenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas quinientos setenta y un mil trescientos once, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, estilo Accent, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cinco, blanco, motor G4EKS398080, chasis KMHVA21NPSU043004, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Vacheron Constantin S. A. contra Efraín Loaiza Brenes. Expediente 06-000970-182CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 14 de junio de 20100.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010189626.—(IN2010065981).

A las catorce horas del dieciséis de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales e infracciones a la Ley de Tránsito y sin sujeción a base, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas quinientos setenta y un mil seiscientos treinta y nueve, marca Suzuki, categoría automóvil, carrocería Station Wagon o familiar, estilo Sidekick, capacidad para cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, rojo, motor G16R146023, chasis 2S3TD03VXR6410397, combustible gasolina. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de actor: Vacheron Constantin S. A., contra Gerardo González Fuentes. Expediente 06-001483-0182-CI-1.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 30 de julio de 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010189627.—(IN2010065982).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condición resolutoria tomo y servidumbre trasladada: 378, asiento: 3336; a las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, y con la base de dieciocho millones trescientos cincuenta y cinco mil ciento noventa y dos colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil doscientos sesenta y cinco cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 26. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 29; al este, calle pública, y al oeste, lote 25. Mide: ciento veintiocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de setiembre del año dos mil diez, con la base de trece millones setecientos sesenta y seis mil trescientos noventa y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil diez con la base de cuatro millones quinientos ochenta y ocho mil setecientos noventa y ocho colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Julieta María Gutiérrez Mora. Expediente Nº 10-001444-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de junio del 2010.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—RP2010189630.—(IN2010065983).

En la puerta exterior de este despacho soportando servidumbre trasladada citas 0219-00000836-01-0901-001, servidumbre sirviente citas 0399-00018320-01-0004-001, servidumbre de paso citas 0413-00012033-01-0002-001, a las ocho horas treinta minutos del seis de octubre del año dos mil diez, con la base de cuatrocientos cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 505950-000, la cual es terreno de montaña y repastos apto para construir. Situada en el distrito 02 San Antonio, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Agropecuaria Londres S. A., Ganadería Caragral Limitada, ICE, servidumbre de paso a San Antonio y Palmichal, Álvaro Riba Zeledón en medio Teoludo Salazar Chacón en medio río Agres e Inversiones de San José S. A.; al sur, Inversiones Inverjop de San José S. A., Ganadería Caragral Limitada, Mari Malar, en medio camino para servidumbre de paso y Uriel Badilla Rojas; al este, Agrolondres S. A., y al oeste, Miguel Retana Jaén. Mide: novecientos cuarenta y tres mil novecientos noventa y un metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de trescientos treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diez con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo, soportando servidumbre trasladada citas 0219-00000836-01-0901-001, servidumbre sirviente citas 0399-00018320-01-0004-001, servidumbre de paso citas 0413-00012033-01-0002-001, a las ocho horas treinta minutos del seis de octubre del año dos mil diez con la base de doscientos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 505949-000, la cual es terreno de repastos, bosque. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Río Tabarcia, Ganadera Carabral Ltda., La Marmari S. A., Marilama, camino a Lourdes Ortiper; al sur, camino en medio Marilmar S. A., y Grupo Auténtico de San José S. A.; al este, Grupo Auténtico de San José S. A., y Malmari S. A., Ganadera Caragral Ltda., Ortiper S. A., y Flight Over The Peninsula OFCR Ltada., y al oeste, Marimalar S. A., camino a Londres en medio, Malmari S. A., Ortiper S. A., y Flight Over The Peninsula OFCR Ltada. Mide: quinientos veintinueve mil cuatrocientos cuarenta y dos metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diez con la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Industrial Tech Developments S. A., Inversiones Pietro S. A., contra Álvaro Riba Zeledón, Grupo Auténtico de San José S. A. Expediente Nº 09-005776-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de mayo del 2010.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—RP2010189678.—(IN2010065984).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil diez, y con la base de dos millones ochocientos veinte mil ochocientos treinta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00115038-000, la cual es terreno bloque B, lote 26, terreno para construir. Situada en el distrito 03 Macacona, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Víctor Manuel Peraza Solórzano; al sur, Víctor Manuel Peraza Solórzano; al este, calle pública con frente de 10 metros, y al oeste, Víctor Manuel Peraza Solórzano. Mide: ciento ochenta y siete metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de setiembre de dos mil diez, con la base de dos millones ciento quince mil seiscientos veintisiete colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil diez, con la base de setecientos cinco mil doscientos nueve colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica-Canadá contra Angie Alfaro Ovares. Expediente Nº 09-007106-1044-CJ. Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010189679.—(IN2010065985).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del treinta setiembre del dos mil diez, y con la base de cuatro millones ciento cincuenta y dos mil quinientos noventa y dos colones con cincuenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 050224-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Bolsón, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Luis Paulino Fonseca Ortega; al sur, Delia Fonseca y calle pública con 14,67 metros de frente ambos en parte; al este, Luis Paulino Fonseca Ortega y José Antonio Soto Lara ambos en parte, y al oeste, Luis Mariano Soto Lara y Delia Fonseca Ortega ambos en parte. Mide: cinco mil ciento cinco metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil diez, con la base de tres millones ciento catorce mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez con la base de un millón treinta y ocho mil ciento cuarenta y ocho colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Aho. y Cred. Serv. Múltiples Alianza R. L., contra Rodrigo Ríos Fonseca. Expediente Nº 10-000151-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 03 de agosto del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010189727.—(IN2010065986).

A las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez. Libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones servidumbre de paso y con la base de veintidós millones ochocientos mil colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Guanacaste, matrícula Folio Real número ciento setenta y un mil trescientos cuarenta-cero cero cero, que es terreno para construir lote ocho-E, sito en distrito primero Bagaces del cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, este, y oeste, con Servicios profesionales del Pacífico Educa S. A., y al sur, calle pública con un frente a ella de cincuenta metros. Mide cuatro mil ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano G uno cero ocho cero ocho dos uno- dos mil seis. Y la y con la base de treinta y cuatro millones de colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Guanacaste, matrícula Folio Real número ciento setenta y un mil trescientos cuarenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir lote 11 E, sito en distrito primero Bagaces del cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, y oeste, con Servicios profesionales del Pacifico Educa S. A., y al sur, calle pública con un frente a ella de cincuenta metros, y este, con Lidia Céspedes Rojas. Mide cinco mil cuatrocientos diez metros con tres decímetros cuadrados. Plano G uno cero siete nueve ocho siete cuatro-dos mil seis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil diez, con la base de diecisiete millones cien mil colones y la base de veinticinco millones quinientos mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil diez, con la base de cinco millones setecientos mil colones y con la base de ocho millones quinientos mil colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100142-642-CI-1 de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonardo Palma Céspedes.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2010189728.—(IN2010065987).

A las trece horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa éste despacho, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando: reservas y restricciones bajo las citas: 0386-00017628-01-0971-002, condiciones bajo las citas 0394-00011519-01-0902-001 y limitaciones bajo las citas 0394-00011519-01-0903-001 y con la base de ¢1.500.000,00, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 253.151-000, que se describe así: Terreno para vivienda Nº 70, sita en distrito dos Buena Vista, del cantón quince Guatuso, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, lote 71; al sur, lote 69; al este, lote 66, y al oeste, calle pública. Mide: setecientos dos metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en ordinario laboral de Wilber Reyes Bojorge contra Asociación Pequeños Agricultores de Río Celeste, expediente Nº 05-300058-0297-LA.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 29 de julio de 2010.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—RP2010189739.—(IN2010065988).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil once, y con la base de nueve millones trescientos sesenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor rematará lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos tres mil ochocientos veinte cero cero cero la cual es terreno de agricultura con una casa lote 3. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ester Herrera, acequia en medio; al sur, carretera con 12.95 metros; al este, Alexis Vega, y al oeste, lote segundo. Mide: doscientos cincuenta y tres metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil once, con la base de siete millones veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil once con la base de dos millones trescientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso  ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Walter Eduardo Rodríguez Mora. Expediente Nº 10-001746-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010066015).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres, servidumbres dominantes, dos servidumbres sirvientes y una servidumbre trasladada y al ser las trece horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil diez, y con la base de tres millones ciento veinte mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos dieciséis mil trescientos cuarenta y ocho-triple cero, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 3, San Rafael, cantón 8, Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Geovany Alvarado Gerardo Luna Segura; al sur: José Luis Zamora; al este: Río Cabuya y al oeste: calle pública, Gerardo Luna Segura. Mide: cinco mil ochocientos cuarenta y ocho metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diez, con la base de dos millones trescientos cuarenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de octubre del año dos mil diez con la base de setecientos ochenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Dubilia Solórzano Solórzano contra Luis Gerardo Luna Segura. Expediente Nº 10-000832-0638-CI.—Juzgado Civil del I Circuito Judicial de Alajuela, 6 de abril del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—1 vez.—(IN2010066087).

A las trece horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de un millón ochocientos setenta y cinco mil trescientos setenta y cinco colones exactos, (para cada una de las fincas que se detallan) en el mejor postor remataré lo siguiente: fincas, del Partido de Guanacaste, inscritas en el Registro Público al Sistema de Folio Real Mecanizado, matrículas números cero cero cero cuarenta y dos mil sesenta-cero cero cero (00042060-000), cero cero cero cuarenta y dos mil cincuenta y seis-cero cero cero (00042056-000) y cero cero cero cuarenta y dos mil cincuenta y ocho-cero cero cero (00042058-000) las cuales son terrenos dedicados a la reforestación y sometidos al régimen forestal (42060-000: Lote 4-59, 42056-000. Lote 4-57 y 42058-000. Lote 4-58.) Situadas en el distrito Santa Cecilia, cantón La Cruz, de la provincia de Guanacaste, colindan de la siguiente forma: finca 00042060-000, al norte: lote destinado a camino, con 40.00 metros de frente; al sur: Hacienda Las Brumas S. A; al este: lote 4-58 y; al oeste: lotes 4-60, 4-61, 4-62, 4-63 y 4-64. Finca 00042056-000, al norte: lote destinado a camino, con 87.00 metros de frente; al oeste: lote 4-58 y; al sureste: Hacienda Las Brumas S. A. Finca 00042058-000, al norte: lote destinado a camino con 40.00 metros de frente; al sur: Hacienda Las Brumas S. A; al este: lote 4-57 y Hacienda Las Brumas S. S. y; al oeste: lote 4-59. Miden: finca 00042060, diez mil dos metros cuadrados; finca 00042056-000, diez mil dos metros cuadrados; finca 00042058-000, diez mil dos metros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple número 00-005984-0170-CA de Caja Costarricense de Seguro Social contra José Humberto Brenes Jenkins, Univisión de Costa Rica. Expediente Nº 00-005984-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de julio del 2010.—Lic. Gustavo O. Irias Obando, Juez.—(IN2010066103).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada tomo: 325 asiento: 17031; reservas y restricciones al tomo: 325, asiento 17031, servidumbre de paso 434 asiento 10904; a las nueve horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil diez, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil cuatrocientos noventa y dos-cero cero cero la cual es terreno de Mora. Situada en el distrito 02 San Isidro, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre en medio Joaquín Fonseca Fallas; al sur, Joaquín Fonseca Fallas; al este, servidumbre en medio Joaquín Fonseca Fallas, y al oeste, Joaquín Fonseca Fallas. Mide: nueve mil novecientos setenta y siete metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de setiembre del año dos mil diez, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil diez con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberth Mauricio Camacho Rodríguez, Xinia María Calvo Ortega. Expediente Nº 10-001514-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de junio del 2010.—Lic. Andrea Latiff Brenes, Jueza.—(IN2010066182).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil diez, y con la base de un millón de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecisiete mil setecientos catorce-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en el distrito octavo del cantón primero de la provincia de Puntarenas, mide: setecientos ochenta y nueve metros treinta y nueve decímetros cuadrados, y linda al norte, calle pública, con un frente a ella de quince metros lineales; al sur, con Municipalidad de Puntarenas; al este, con Gerardo Araujo Castillo; y oeste, con lote dos. De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%), de no apersonarse rematantes para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil diez, con la base de doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carmen González Alfaro contra Autos Filadelfia S. A., expediente 08-100499-642-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 9 de julio del 2010.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010190128.—(IN2010066651).

En la puerta exterior de este Despacho Judicial; libre de gravámenes prendarios a las diez horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diez y con la base de un millón cuarenta y seis mil quinientos noventa y tres colones en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número placas 735786, marca Toyota, modelo 1994, categoría automóvil, color verde, chasis 1NXAE04B3RZ178357, cilindrada mil seiscientos centímetros cúbicos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del  dos mil diez, con la base de setecientos ochenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (base rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de  octubre del dos mil diez, con la base de doscientos sesenta y un mil seiscientos cuarenta y ocho colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A., contra Luis Fernando Rojas Murillo. Expediente N° 10-000114-0373-CI-I.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, 5 de agosto del 2010.—Lic. Luis Fernando Barrantes Aguilar, Juez.—(IN2010066658).

A las diez horas del primero de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de un millón trescientos mil colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00076964, derecho 000, que es terreno para construir número 723; sito en el distrito 8, Barranca; cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte: IMAS; al sur: Roxana Leal Barrantes; al este: calle pública; y al oeste: calle pública. Mide: doscientos veintisiete metros con trece decímetros cuadrados. Plano número P-0031111-1992. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de novecientos setenta y cinco mil colones, llévese a cabo una segunda almoneda, la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de trescientos veinticinco mil colones, celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las diez horas del cuatro de octubre del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo contra Anthony Solís Villegas. Expediente Nº 10-101099-0432-CI-3.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las quince horas diez minutos del veintinueve de junio del dos mil diez.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—RP2010189877.—(IN2010066757).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil diez, y con la base de once millones ochocientos sesenta y tres mil setecientos ochenta y siete colones con treinta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y dos mil ochocientos sesenta y cinco cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote 4, bloque A. Situada en el distrito 1, Paraíso, cantón 2, Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda al norte: lote 3; al sur: lote 5; al este: calle pública con 7.02 metros; y al oeste: lote 6. Mide: ciento setenta metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez, con la base de ocho millones ochocientos noventa y siete mil ochocientos cuarenta colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil diez con la base de dos millones novecientos sesenta y cinco mil novecientos cuarenta y seis colones con ochenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago, contra Sandra Luna Martínez, Sterphanie Georgina Vaglio Luna. Expediente Nº 10-000902-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 27 de mayo del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010190076.—(IN2010066758).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, y servidumbre de vista y luz natural; a las quince horas y quince minutos del uno de setiembre de dos mil diez, y con la base de ochenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y nueve mil seiscientos treinta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación de dos pisos de altura. Situada en el distrito 1, El Carmen; cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda al norte: avenida siete, con un frente de 8.56 metros; al sur: APSE; al este: Gagur S. A. y al oeste: APSE. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con treinta y nueve decímetros cuadrados; para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez, con la base de sesenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del cuatro de octubre de dos mil diez, con la base de veinte mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Luis Diego Vargas Chinchilla Expediente Nº 10-000960-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de junio del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010190085.—(IN2010066759).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del primero de setiembre del dos mil diez, y con la base de seis millones doscientos veintisiete mil seiscientos treinta y seis colones con un céntimo, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00390541-001 y 002, la cual es terreno para construir lote 27. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Luis Peña Castro; al sur, alameda pública; al este, lote 28; y al oeste, lote 26. Mide: ochenta y ocho metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diez, con la base de cuatro millones seiscientos setenta mil setecientos veintisiete colones con un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las, catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil diez con la base de un millón quinientos cincuenta y seis mil novecientos nueve colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ivannia Soto Cordero, Róger Murillo Chavarría. Expediente Nº 10-000780-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de junio del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez Juez.—RP2010190115.—(IN2010066760).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando concesiones (tomo 302, asiento 8504) y prohibiciones (tomo 482, asiento 10441); a las nueve horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil diez, y con la base de un millón cuatrocientos mil dólares, en el mejor postor remataré la siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 119045-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Óscar León Guzmán; al sur, Laureano Sandí Campos y Roberto Brown Hernández; al este, calle pública, y al oeste, calle pública con 41 metros 09 centímetros. Mide: cuatrocientos diez mil seiscientos treinta y dos metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil diez, con la base de un millón cincuenta mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil diez, con la base de trescientos cincuenta mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución de cédulas hipotecarias de Banco Nacional de Costa Rica contra Centercom Industrial S. A, Chía Hsun Huang Wang y Urbanización Industrial W L del Caribe S. A. Expediente Nº 10-004939-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de julio del 2010.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—(IN2010067198).

A las dieciocho horas veinte minutos del primero de septiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de diez millones de colones al mejor postor remataré: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta mil ochocientos cincuenta y dos cero cero cero, la cual es terreno lote Nº 3 para construir. Situada en el distrito uno San Pedro, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, y sur, Constructora Bim S. A.; al este, Fruta Tica S. A., y al oeste, calle pública con frente de once metros. Mide: doscientos setenta metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Eulalia Vives Rodríguez y Luis Alberto Tacsan Ruiz. Expediente Nº 04-008996-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobros del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2010067368).

A las ocho horas del tres de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, libres de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones inscritas bajo las citas 360-02771-01-0948-001, y con la base de diecinueve millones doscientos veintiún mil cuatrocientos siete colones veinticinco céntimos, remataré el fundo hipotecado, inscrito al partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos veinte mil trescientos quince-cero cero cero, que es lote 72 de agricultura, sito en Buena Vista, distrito dos de Guatuso, cantón quince de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Quebrada La Plata; al sur, camino público; al este, lote 73, y al oeste, lote 71. Mide ciento veinte mil doscientos cuarenta metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano catastrado A-0608765-1985. Propiedad de la demandada Sherly Ocampo Hernández. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de catorce millones cuatrocientos dieciséis mil cincuenta y cinco colones cuarenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas del veinte de setiembre de dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatro millones ochocientos cinco mil trescientos cincuenta y un colones ochenta céntimos, se señalan las ocho horas del primero de octubre de dos mil diez. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución hipotecaria de Fundación Proagroin contra Sherly Ocampo Hernández. Expediente Nº 10-000102-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de junio de 2010.—Lic. Marco A. Bolaños Rojas, Juez.—RP2010190205.—(IN2010067373).

A las ocho horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diez, en la puerta principal de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios y con la base de setecientos cuarenta mil quinientos diecinueve colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré el vehículo placas Mot-177041, tracción sencilla, marca Suzuki, capacidad para dos personas, año 2007, chasis LC6PCJK6970801559, color gris. Para el segundo remate, y con la base de quinientos cincuenta y cinco mil trescientos noventa colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de setiembre del año en curso y para el tercer remate con la base de ciento ochenta y cinco mil ciento treinta colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año en curso. Lo anterior por ordenarse así en ejecutivo prendario 10-100049-0310-CI, de Asociación Solidarista de Empleados Montacargas Odio S. A., contra Álvaro Guido Miranda.—Juzgado Contravencional de Naranjo, 23 de julio del 2010.—Lic. Victoria Miranda Mora, Jueza.—RP2010190036.—(IN2010067374).

En la puerta exterior de este despacho; soporta servidumbre trasladada citas 292-19628-01-0002-001 a las dieciséis horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil diez, y con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento veinticuatro colones con 94/100 céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 373848-001 y 002 la cual es terreno de caña y café. Situada en el distrito 07 Puente de Piedra, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Inmobiliaria La Lidia S. A.; al sur, calle pública con 20.55 metros de frente; al este, calle pública con 11.46 metros de frente, y al oeste, Inmobiliaria La Lidia S. A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diez, con la base de cuatro millones noventa y dos mil ochocientos cuarenta y tres colones con 71/100 céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del seis de octubre del dos mil diez, con la base de un millón trescientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y uno colones con 24/100 céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Roy Alberto Vega Rojas. Expediente Nº 08-028000-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010190049.—(IN2010067375).

En la puerta exterior de este despacho; soportando hipoteca de segundo grado sita: cero quinientos setenta y siete-cero cero cero setenta y seis mil cuatrocientos noventa y tres-cero uno-cero cero cero uno, por el monto de sesenta y cuatro millones doscientos mil colones, que inicia: veintisiete de octubre de dos mil ocho. Y vence: veintisiete de octubre de dos mil nueve; a las catorce horas del tres de setiembre de dos mil diez, y con la base de treinta y seis millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecinueve mil doscientos veinticuatro derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito noveno Tamarindo, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Nidia Álvarez Duarte, Dunia Vallejos Jaén y Maritza Arias todo en parte; al sur, con Clara Álvarez Duarte; Edelmira Duarte Obando, Maribelda Villareal Duarte y Sonia Soto Rodríguez; al este, con María Eugenia Sequeira Vargas, y al oeste, con camino público y Maritza Arias Delgado. Mide: nueve mil novecientos veintisiete metros con veintisiete decímetros cuadrados, según plano catastrado G-uno uno uno cero cero cuatro nueve-dos mil seis. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiuno de setiembre de dos mil diez, con la base de veintisiete millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del seis de octubre de dos mil diez, con la base de nueve millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Antonio Soto Castillo, María León Angulo, Miguel Ángel Monge Chinchilla, Óscar Alberto Campos González contra Ángel Uriel Villarreal Duartes. Expediente Nº 09-000300-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 09 de julio del 2010.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2010190098.—(IN2010067376).

A las nueve horas quince minutos del treinta de agosto del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de anotaciones y gravámenes, pero soportando denuncia por lesiones culposas según asiento 000023430, tomo 2009 y con la base de cinco mil ochocientos veinticuatro dólares con cuarenta y nueve centavos o su equivalente en colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo marca Nissan Máxima 30 G, 5 personas, año 1996, placas 248.809, color gris, motor número VQ30195610A. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-000651-181-CI de Vehículos Internacionales Veinsa S. A., contra Priscilla Pacheco Jiménez.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de agosto del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(IN2010067490).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Johnny Enrique Araya Hidalgo, quien fuera mayor, casado una vez, electricista, vecino de Limón, 500 metros al sur y 50 al oeste de la escuela primaria y portaba la cédula de identidad número 03-0311-0015, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 09-000429-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de junio del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2010186749.—(IN2010061550).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marjorie Sanabria Coto, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 06-001388-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de agosto del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2010189988.—(IN2010066761).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de María Lidia Angulo Víquez, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 07-000554-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de agosto del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2010189879.—(IN2010066762).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Ronald Recio Rodríguez, quien fue mayor, casado pero separado de hecho, vecino de Tabarcia de Mora, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y seis-setecientos cincuenta y uno, a una junta que se verificará en este despacho a las trece horas treinta minutos del diez de setiembre de dos mil diez, a efecto de conocer los extremos del artículo 929 del Código Procesal Civil. Sucesión Nº 07-100188-197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 22 de junio de 2010.—MSC. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—(IN2010066838).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Aureliano Carvajal Calderón quien fuera mayor, casado una vez, oficial de seguridad bancaria, vecino de León XIII, Tibás, cédula de identidad número 6-150-569 a una junta que se verificará en este Juzgado a las diez horas, treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 08-000078-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2010.—Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—(IN2010067197).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Solano Guillén, quien fuera mayor, casado una vez, profesor, vecino de Hatillo Dos, portador de la cédula de identidad uno-ciento sesenta y uno-cero sesenta y ocho, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 2006-100191-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, 24 de junio del 2010.—MSC. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2010067203).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de María Elsa Madrigal Arroyo, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 09-100207-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 26 de julio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2010190136.—(IN2010067371).

Se cita a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Jesús Solís Elizondo, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Puriscal, frente a la Comtrasuli, cédula Nº 1-154-345, a una junta que se verificará en este despacho a las ocho horas treinta minutos del diez de setiembre de dos mil diez, a efecto de conocer los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesión Nº 08-100001-0197-CI.—Juzgado Civil de Trabajo y Familia de Puriscal, 05 de agosto de 2010.—MSC. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—RP2010190226.—(IN2010067372).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Víctor Manuel Herra Barrantes, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas treinta minutos del catorce de setiembre del año en curso, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 09-000631-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del 2010.—MSc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(IN2010067421).

Títulos Supletorios

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por la Empresa Fransocari S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos seis mil setecientos veintiséis, en representación de la señora Sonia Gerardina Quesada Mata, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Santa Elena de Monteverde de Puntarenas, en Caballeriza El Rodeo, cédula seis-doscientos veintisiete-cuatrocientos setenta y nueve , para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito Santa Elena distrito noveno, Monteverde cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública con un frente de catorce metros con cuarenta y dos centímetros lineales; al sur, con Rafael Ángel Cruz Arguedas; y este u oeste, con Franklin Arce Brenes. Mide cuatrocientos ochenta y siete metros con once decímetros cuadrados según plano catastrado número P-uno dos seis cero cero tres uno - dos mil ocho. Segunda finca para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno con una casa, una oficina y una caballeriza, sito Santa Elena distrito noveno Monteverde cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte y sur, con Carlos Arce Brenes; este, con calle pública con un frente a ella de cincuenta y ocho metros con setenta y cuatro centímetros lineales; oeste, con Miguel Arguedas Jiménez y Carlos Arce Brenes. Mide mil setecientos ochenta metros noventa y cinco decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-uno dos cuatro cinco dos dos seis-dos mil ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de cuatro millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº exp. Nº 10-100259-642-CI. Información posesoria de Fransocari S. A.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2010188546.—(IN2010064640).

Zayda Campos Badilla, cédula Nº 2-303-323, ama de casa, y Gerardo Ulate Calderón, cédula Nº 4-100-492, comerciante, ambos mayores, casado una vez y vecinos de Naranjo, promueven información posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el inmueble sin inscribir que se describe así: terreno de café, situado en Naranjo de Alajuela, colinda al norte, Gerardo Corrales; sur, Nicolás Valenciano Alvarado; este, Nicolás Valenciano Alvarado; y oeste, servidumbre en medio con Carlos y Jorge Rojas Rodríguez. Mide cuatro mil quinientos treinta y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados (4533.85), según plano catastrado número A-450489-1997. Se emplaza a todos los interesados para que dentro del término de un mes a partir de la publicación de este edicto, se apersonen dentro de este proceso a hacer valer sus derechos. Información Posesoria. Exp. Nº 06-000088-815-AG.—Juzgado Mixto Civil, Laboral y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 19 de enero del 2010.—Lic. Carlos González Mora, Juez.—1 vez.—RP2010188547.—(IN2010064641).

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 10-000085-0391-AG-4 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Arnulfo Solano González, quien es mayor, casado una vez, vecino de Jicaral de Lepanto, Puntarenas, 600 metros sur del Banco Nacional, portador de la cédula de identidad número 6-085-0268, oficinista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es cultivos anuales y árboles frutales. Situada en Jicaral, distrito cuarto Lepanto, cantón primero Puntarenas, provincia de Puntarenas. Colinda al norte, con Diego Reyes Reyes; sur, calle pública con un frente de sesenta y dos metros ochenta y un centímetros lineales; este, Diego Reyes Reyes; y oeste, Arnulfo Solano González. Mide un mil trescientos setenta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1393247-09. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra a Diego Reyes Reyes en enero de dos mil diez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado, chapeas y asistencia en general Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por José Arnulfo Solano González. Exp. Nº 10-000085-0391-AG-4.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 7 de julio del 2010.—Lic. José Wálter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010188569.—(IN2010064642).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000003-0815-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Aracelly Sánchez Rojas, quien es mayor, casada en terceras nupcias, contadora, vecina de Monte Claro de Desamparados de San José, casa número 5-D, portadora de la cédula número 2-283-1381, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de árboles frutales, café y tacotal. Situada en el distrito: Segundo Jesús, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gerardo González González y Flor Carranza Bolaños; al sur, A.A. Román G. S. A; al este, calle pública con un frente de sesenta y siete metros con veintiséis centímetros lineales y al oeste, quebrada en medio de Carlos Fallas. El terreno a titular mide cinco hectáreas con nueve mil ciento ochenta y ocho metros con veinte decímetros cuadrados, según datos del plano A-407638-80 del 13 de octubre de 1980. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Aracelly Sánchez Rojas. Exp.: 10-000003-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de marzo del 2010.—Lic. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—RP2010188637.—(IN2010064643).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-001344-0164-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Junta de Educación Escuela La Aldea Sarapiquí, Heredia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Puerto Viejo, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Jorge Sibaja González, ahora Dinorah Vega Brenes; al este, calle pública y al oeste, Olivier Villegas López ahora Víctor Pérez Ramírez. Mide: seis mil trescientos veintiun metros cuadrados noventa y siete centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir seis mil trescientos veintiuno metros cuadrados noventa y siete centímetros no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en proveer al inmueble del servicio eléctrico y del acueducto, de tapias, aceras, malla tipo ciclón en los costados que colindan con las personas físicas ya indicadas y con la calle pública mencionada por más de diez años en forma ininterrumpida. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Junta de Educación Escuela La Aldea Sarapiquí, Heredia. Exp.: 06-001344-0164-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de mayo del 2010.—Siria Carmona Castro, Jueza.—1 vez.—RP2010188665.—(IN2010064644).

Eunice Tencio Gutiérrez, mayor, casada, de oficios domésticos, cédula 7-0128-0337, vecina de Limón, cuba Creeck, 150 metros al oeste de la escuela del lugar; promueve diligencias de Información Posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el siguiente inmueble: Terreno para construir, sito en el distrito tercero Carrandí, cantón quinto Matina, de la provincia de Limón. Mide: doscientos setenta y seis metros cuadrados. Linderos: al norte y oeste, con Blanca Rosa Gutiérrez Prendas; al sur, con calle pública con un frente de once metros con cincuenta centímetros y al este, con Marilim Jiménez Sandí. El inmueble está libre de gravámenes, no existen codueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de cincuenta mil colones. Llámese a todos los interesados en las presentes Diligencias de Información Posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este Despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren. Expediente 09-000575-0678-CI-2.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 08 de abril del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—RP2010188684.—(IN2010064645).

Sarita Campos Murillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad uno-novecientos noventa y dos-quinientos cuarenta y uno, vecina de Tuetal Sur de Alajuela, de la Pulpería La Reina del Sur, cien metros al norte, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriban a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, las fincas sin inscribir que le pertenecen y que se describen así: Primera finca: terreno pastos, árboles frutales y en parte de montaña, sito en San Pedro, distrito Once, Cutris, cantón Diez, San Carlos de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Agrícola Hermanos Vargas Arguello S.R.L S. A. y en parte con Sandro Alfaro Arias; al sur, Sarita Campos Murillo y en parte con Mauricio Montoya Rojas; al este, Sandro Arias Alfaro; y al oeste, calle pública con un frente a ella de setenta y nueve metros con cero cuatro centímetros lineales. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-770150-2002 de fecha diecinueve de febrero del dos mil dos, una superficie de veinte mil cuatrocientos siete metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Segunda finca: terreno pastos, árboles frutales y en parte de montaña con una casita de madera, sito en San Pedro, distrito Once, Cutris, cantón Diez, San Carlos de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte y al este, Sarita Campos Murillo; al sur, Mauricio Montoya Rojas; y al oeste, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con treinta y un centímetros lineales. Mide de acuerdo al plano catastral aportado número A-770151-2002 de fecha diecinueve de febrero de dos mil dos, una superficie de cuatro mil cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Los inmuebles antes descritos, manifiesta el titulante que los adquirió por donación que le hiciera su conviviente Virgilio Arias Ávila, mayor, casado una vez pero separado de hecho, empresario, vecino de Tuetal Sur de Alajuela, de la Pulpería La Reina del Sur, cien metros al norte, cédula número dos-doscientos noventa y siete-ciento treinta y seis, hace dos años y ratificada en fecha veintiséis de mayo del dos mil diez, mediante testimonio de escritura número cuarenta y cinco-cinco, otorgada ante la notaria Ivannia Vargas Solís y quien le transmitió los derechos posesorios ejercidos sobre los fundos en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Los inmuebles fueron estimados en la suma de setecientos cincuenta mil colones cada uno y en la suma de un millón de colones se estiman las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria. Expediente Nº 10-000093-0298-AG, promovida por Sarita Campos Murillo.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de  Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de julio del 2010.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.— (IN2010064907).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000089-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Didier Rodríguez Segura quien es mayor, soltero, vecino de Palmares, portador de la cédula de identidad Nº 2-293-627, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de café. Situada en el distrito tres Buenos Aires, cantón siete Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Grande; al sur, Rogelio Rodríguez Segura; al este, río Grande y al oeste, Vidal Quesada Rojas. Mide: dieciocho mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-1347127-2009. Indica el promovente que estima el inmueble en la suma de dos millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Didier Rodríguez Segura. Expediente Nº 09-000089-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 17 de junio del 2010.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.––1 vez.––(IN2010065018).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000053-0993-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Omar Pérez Rodríguez quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Rafael de San Ramón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-dos cinco dos-cuatro uno uno, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura y pastos. Situada en el distrito sexto, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Teresina Pérez Rodríguez, Ulises Pérez Rodríguez; al sur, María Eugenia Pérez Rodríguez, Omar Pérez Rodríguez; al este, Teresina Pérez Rodríguez y al oeste, Omar Pérez Rodríguez. Mide: cuatro mil novecientos sesenta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº A-1398239-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años años. Que No existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cerrar el terreno, limpiarlo y el cultivo de maíz y frijoles. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Omar Pérez Rodríguez. Expediente Nº 10-000053-0993-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 18 de junio del 2010.—Lic. Carlos Eduardo González Mora, Juez.––1 vez.––(IN2010065022).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovido por Edwin Vargas Carranza, cédula número dos-doscientos trece-cuatrocientos noventa y siete, mayor, pensionado, vecino de Sabana Norte de San José, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de repastos para construir, sito en el distrito primero, Jaco, cantón primero once, Garabito, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte y este con Orlando Rodríguez Castillo; al sur, con calle pública con un frente de ciento treinta y cuatro metros y al oeste, con calle pública con un frente de doscientos cincuenta y nueve metros con setenta y seis centímetros. Mide: una hectárea quinientos noventa y seis metros con treinta y siete decímetros cuadrados, según plano catastrado P-cuatro seis cero tres dos ocho-mil novecientos noventa y siete. Que ha mantenido la posesión en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 08-100061-445-CI-2.—Juzgado Civil de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.––1 vez.––RP2010188773.––(IN2010065049).

Se hace saber: que en el proceso de diligencias de información posesoria, expediente Nº 09-000464-0388-CI, promovidas por Gerardo de Jesús Ávila Díaz, quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula 5-258-411; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: Naturaleza: terreno para construir, Situado en: Poblado Libertad, Distrito 03 Sardinal, Cantón 05 Carrillo y Provincia 05 Guanacaste, Plano Catastral: G-1152852-2007, Medida: 1500.34 m2. Linderos: norte, calle pública con un frente a ella de diecisiete metros con setenta y siete centímetros lineales; sur, Carmen García Gutiérrez; este y oeste, Yamileth Bustos Bustos. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de ¢5.000.000,00. Indica también que la finca la adquirió por compraventa que le hizo Martín Núñez Gómez, cédula 6-0162-0332, hace aproximadamente un año y que desde ese entonces lo he poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de único poseedor y dueño. Que sus actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas perimetrales, limpieza del terreno, rondas y siembra de plantas de ornato. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 01 de setiembre de 2009 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 8). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para-que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 06 de julio de 2010.—César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010188785.—(IN2010065050).

Haydeé Córdoba Solano, de nacionalidad costarricense, mayor, divorciada una vez, inspectora de salud, vecina de Limón, Barrio Santa Eduviges 50 metros al oeste y 75 metros al norte del Ebais, con cédula de identidad número 7-076-276; promueve Diligencias de Información Posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el siguiente inmueble: Terreno para construir, sito en Distrito y Cantón Primeros de la Provincia de Limón. Mide trescientos noventa y un metros con ochenta y dos centímetros cuadrados. Linda: al norte, con Randolph Adolphus Francis Francis, el cual se indica en el plano como Albert Lindo Lindo; al sur, con Carlos Martínez Cordero; al este, con Juan Alvarado Luna y servidumbre, y al oeste, con Alberto Miranda Meneses. El inmueble está libre de gravámenes, no existen codueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de dos millones de colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de información posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren. Expediente 09-000346-0678-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de abril del 2010.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2010188836.—0(IN2010065051).

Lorenzo Duarte Duarte, mayor, casado una vez, jornalero, vecino de Beverly de Limón, carretera a Santa Rosa, 500 metros al norte de la Pulpería la única, cédula de identidad 5-115-855, promueve diligencias de información posesoria para inscribir en el registro respectivo el siguiente inmueble: Terreno para construir con dos casa, ubicado en Beverly, Distrito Tercero, cantón primero de la provincia de Limón. Mide: tres mil novecientos sesenta y cuatro metros con once decímetros cuadrados, según plano catastrado L-90142-92. Linda al Noreste: con calle pública con un frente a ella de veintiocho metros con once decímetros cuadrados, al suroeste y noroeste, con Víctor Granados Sandoval; al noreste y sureste, con José Francisco Tijerino Hernández. Fue estimado el inmueble en la suma de dos millones de colones. No existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de edicto sé apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 09-000345-678-CI(B-1).—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de mayo del 2010.—Lic. José María Machado Ramírez, Juez.—1 vez.—RP2010188837.—(IN2010065052).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000234-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Abelardo González Herrera quien es mayor, casado una vez, vecino de Tierras Morenas de Tilarán, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y siete-ciento noventa y tres, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, que es terreno de pasto. Situada en el distrito Sexto, Tierras Morenas; cantón Octavo, Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Ganadera Tiaras Morenas Sociedad Anónima; al sur, Julia y Ana Cortés Santamaría; al este, Víctor Ruiz Céspedes y quebrada lisa en parte; y al oeste, Abelardo González Herrera, quebrada lisa en parte y quebrada china en parte. Mide: ciento veintiocho mil cuarenta y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado número G-un millón ciento ochenta y cuatro mil setecientos noventa-dos mil siete, de fecha quince de junio del dos mil siete a nombre del titulante. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble y las diligencias en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta que le hizo el señor Edgar López Brenes, con cédula de identidad número cinco-cero cincuenta y cuatro-doscientos noventa y ocho, constituida en escritura pública número treinta y tres doce-doce, otorgada el día nueve de octubre del dos mil ocho, visible al folio ochenta y siete vuelto a ochenta y ocho frente, del tomo doce del protocolo de la notaria Ana Isabel Paniagua Lacayo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en utilización del terreno para pastoreo de ganado, limpieza de carriles y reparación de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovido por Abelardo González Herrera. Expediente Nº 08-000234-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 17 de marzo del 2009.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—RP2010188856.—(IN2010065053).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000799-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Xinia Campos Rosales quien es mayor, estado civil casada una vez y separada de hecho, vecina de cinco-ciento treinta y cinco-quinientos ochenta y uno, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento treinta y seis-quinientos ochenta y uno, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de naturaleza para construir. Situada en el distrito tercero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Leonel Gutiérrez Gutiérrez; al sur, con calle pública con un frente a la misma que mide de dieciocho metros con setenta centímetros lineales; al este, con Leonel Gutiérrez Gutiérrez; y al oeste, con William Zúñiga Leal. Mide: ochocientos cincuenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ochocientos cincuenta y siete mil doscientos cuarenta colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas de malezas, siembro de frutales, cuido de cercas y demarcación de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Xinia Campos Rosales. Expediente Nº 07-000799-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 7 de setiembre del 2009.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—RP2010188993.—(IN2010065054).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000402-0930-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Lilliam Cordero Hernández, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Duacari de Guácimo, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-0088-0447, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito quinto, cantón sexto de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, Elizabeth Mendoza Suárez; al suroeste, Urbelina Jiménez; al este, servidumbre de paso de cuatro metros de ancho; y al noroeste, Omar Carranza Picado. Mide: mil treinta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Lilliam Cordero Hernández. Expediente: 10-000402-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 19 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2010189184.—(IN2010065494).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Hermanos Anchía Sociedad Anónima, representada por Rafael Ángel Anchía Villegas, cédula de personería jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y nueve-once, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de repastos, situado en el distrito primero Miramar, cantón cuarto Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Fernando, Enrique, Juan José, Rafael Ángel, Mario, Vilma, Analía, Ortensia, Olga, y Leticia todos de apellidos Anchía Villegas, así como con Marcela, Francisco, e Ileana Anchía Villalobos, y Minor Arguedas Rojas, María Josefina y Rafael Ángel Anchía Carvajal, Cristobalina, Felicita y Elías Vargas Alfaro, en medio quebrada Cobuyal, Domingo Montero Rodríguez, Félix García Ramírez; al sur con calle pública; al este, con río Seco; y al oeste, con José Luis Solano Valverde y Agropecuaria Llanos de Naranjo Sociedad Anónima. Mide: doscientos veintiséis hectáreas quinientos veintinueve metros cuadrados, según plano catastrado Nº P-1421105 del 2010. Se ha mantenido en forma quieta, pública pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Las presentes diligencias no tienen por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Nº 01-100795-642-CI-2, de Hermanos Anchía Sociedad Anónima.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 26 de julio del 2010.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010189148.—(IN2010065495).

Se hace saber que en el proceso de diligencias de información posesoria, expediente N° 10-000042-0388-CI, promovidas por Cristina Briceño Chavarría, quien es mayor, soltera, profesora, cédula 5-0315-0522; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: naturaleza: terreno para construir, situado en Guaitil, distrito 07 Diriá, cantón 03 Santa Cruz y provincia 05 Guanacaste, Plano Catastral: G-326422-1996. Medida: 743,32 m2, Linderos: norte, Flora Briceño Villafuerte; sur, Marí Rosa Camareno Sánchez; este, Sonia Camareno Sánchez; y oeste, calle pública con un frente a ella de dieciséis metros con dieciséis centímetros lineales. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existenten cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de ¢1.000.000,00. Indica también que la finca la adquirió por donación que le hizo su madre Higinia Chavarría Chavarría, cédula 9-052-553, hace aproximadamente treinta años y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en el mantenimiento de la propiedad, limpieza de su maleza, levantamiento y reparación de cercas perimetrales. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 25 de enero del 2010 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 4). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 15 de junio del 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010189088.—(IN2010065496).

Katia Lorena Montoya Salas, de nacionalidad costarricense, soltera, de oficios del hogar, vecina de Limón, con cédula de identidad Nº 7-182-215, promueve diligencias de Información Posesoria, para inscribir en el Registro Público, Sección de Propiedad, el siguiente inmueble: Terreno para construir. Sito: en distrito y cantón primeros, de la provincia de Limón. Mide: seiscientos nueve metros cuadrados. Linda: al norte, con calle pública con un frente de 14,77 metros; al sur, con Henry Dalea Brown; este, con Isaías Cabrera Avellán y el Instituto de Desarrollo Agrario, y al oeste, con Marcelino Muñoz Varela. El inmueble está libre de gravámenes, no existen codueños, ni cargas reales, y fue estimado en la suma de un millón de colones. Llámese a todos los interesados en las presentes diligencias de Información Posesoria, para que dentro del plazo de un mes se apersonen en este despacho en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de ley si lo omitieren. Expediente Nº 09-000450-0678-CI-3.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 3 de mayo del 2010.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—RP2010189098.—(IN2010065497).

Édgar Murillo Castro, mayor, casado una vez, agricultor, vecino del Parque de Los Chiles, Alajuela, de la entrada hacia Medio Queso cien metros sur, costarricense, cédula de identidad número dos-dos seis cero-ocho tres cinco, solicita se levante Información Posesoria, y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por posesión absoluta desde hace más de diez años. Dicho terreno se describe así: Terreno con casa de habitación. Sito: en El Parque de Los Chiles, distrito primero de Los Chiles, cantón catorce, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Francisco Murillo Escobar (Actual colindante Óscar Chavarría Murillo); sur, Héctor Oporta Dávila (Actual colindante Daniel Jiménez y Norberto Oporta Dávila; este, Norberto Oporta Dávila; oeste, calle pública con un frente de setenta y seis metros con cuarenta centímetros lineales. Mide: tres mil quinientos trece metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados, según el plano catastrado Nº A-879161-2003 de fecha ocho de setiembre del dos mil tres. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y condueños. El inmueble fue estimado en la suma de un millón quinientos mil colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 10-100049-0297 CI. Información Posesoria, promueve: Édgar Murillo Castro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de junio del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2010189224.—(IN2010065498).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-000193-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de José Alberto Cabezas Álvarez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Jazminal de Cuajiniquil de Santa Cruz, de la Escuela ochocientos metros al suroeste, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-uno cinco ocho-dos cero nueve, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos y bosque. Situada: en el distrito sexto, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de ochocientos setenta y dos metros con noventa y tres centímetros lineales; al sur, Rancho Río Montaña Sociedad Anónima, Germán Gerardo y Shirlene Cabezas Rojas; al este, calle pública con un frente de ochocientos setenta y dos metros con noventa y tres centímetros lineales, y al oeste, Álvaro Cubillo Aguirre e Ivonne Estela Cubillo Nipote. Mide: treinta y siete hectáreas nueve mil seiscientos setenta y cuatro metros con veintidós decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº G-1171815-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación de su padre Fernando Cabezas Sánchez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en constitución de cercas con postes vivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por José Alberto Cabezas Álvarez. Expediente Nº 08-000193-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 23 de julio del 2010.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010189278.—(IN2010065499).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente Nº 09-001806-0504-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Pedro Luis Picado Jiménez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de La Virgen de Sarapiquí, Heredia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 2-0668-0119, profesión chofer, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito segundo, cantón décimo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Luis Alberto Picado Jiménez; al sur, calle pública y Ronal Picado Jiménez; al este, Geyner Chávez Castro, y al oeste, Pedro Luis Picado Jiménez. Mide: trescientos setenta y dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio, y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapeas, construcción de una donde vivo y cuidado de los mismos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Pedro Luis Picado Jiménez. Expediente Nº 09-001806-0504-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Heredia, 4 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—RP2010189308.—(IN2010065500).

Kattia López González, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad número seis-doscientos ochenta y ocho-seiscientos cinco, vecina de Corozal de Lepanto de Puntarenas, promueve diligencias de información posesoria a fin de inscribir el inmueble que se describe así: Terreno sin inscribir, para construir, sito en Corozal del distrito cuarto Lepanto, del cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Carmen Agüero Arroyo; al sur, con calle pública con una medida de frente a ella de cuarenta metros con cuarenta y dos centímetros lineales; al este, con Inversiones María del Rosario Sociedad Anónima; y al oeste, con Carmen Agüero Arroyo. Mide: novecientos ochenta y ocho metros con setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-quinientos cuatro mil trescientos veintiuno-noventa y ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña. Las presentes diligencias no tiene objeto de evadir las consecuencias legales de juicio sucesorio. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Juzgado dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto. Diligencias de información posesoria Nº 99-100330-417-CI-1.—Juzgado Primero Civil y de Trabajo de Puntarenas, 7 de diciembre de 1999.—Lic. Ulfrán Corrales Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2010065796).

Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 10-000102-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Pedro Ulises Villegas Jiménez, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Balsal de Belén de Nosarita de Nicoya, portador de la cédula de identidad número 05-0243-0960, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es sembrado de café. Situada en el distrito sétimo (Belén de Nosarita), cantón segundo (Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Mardoqueo Villegas Jiménez en parte con Benedicto Céspedes Vargas y Pedro Ulises Villegas Jiménez; al sur, con el Pedro Ulises Villegas Jiménez; al este, Benedicto Céspedes Vargas y el promovente; y al oeste, Pedro Ulises Villegas Jiménez y servidumbre de paso en medio. Mide: cuarenta y tres mil ochocientos sesenta y seis metros con noventa decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 5-1293881-08. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal de su padre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y cinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeas, rondas, mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Pedro Ulises Villegas Jiménez. Exp. Nº 10-000102-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 26 de julio del 2010.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—RP2010189437.—(IN2010065866).

Víctor Salazar Chávez, mayor, soltero, comerciante, vecino de Santa Gertrudes, El Bosque, Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, un kilómetro al norte de la Escuela del Bosque, cédula de identidad número cinco-ciento sesenta y cuatro-ochocientos treinta. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de agricultura, sito en La Orquídea distrito trece Peñas Blancas, del cantón dos San Ramón, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: Al norte, Quebrada Piedra en medio Víctor Salazar Chávez; al sur, calle pública con un frente a ella de ciento cuarenta y cinco metros con noventa y tres centímetros lineales y Antonio Israel Jarquín Jarquín; al este, Quebrada Piedra en medio Víctor Salazar Chávez; y al oeste, calle pública con un frente a ella de setenta y cuatro metros con treinta y nueve centímetros lineales. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-763315-2002 de fecha diecisiete de enero del dos mil dos, una superficie de una hectárea mil ciento quince metros con noventa y siete decímetros cuadrados, a nombre de Jorge Arturo Solís Torres. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante por venta que le hiciera el señor Jorge Arturo Solís Torres, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de La Fortuna de San Carlos, en el restaurante La Choza de Laurel, cédula de identidad número dos-doscientos noventa y ocho-ochocientos cincuenta y cuatro, mediante escritura pública número treinta y nueve, otorgada ante la notaria Denia Vásquez Pacheco en fecha ocho de abril del dos mil ocho, de quien no es pariente, y quien le transmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña por un período mayor a diez años. Valora el terreno en la suma de dos millones de colones, y en igual suma las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria Nº 09-000186-0298-AG, establecida por Víctor Salazar Chávez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 5 de marzo del 2010.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—RP2010189510.—(IN2010065867).

Juan Urrutia Martínez, nicaragüense, mayor, soltero, agricultor, cédula de residencia 025 RE-001018-00-1999, vecino de San Ramón, Peñas Blancas, San Isidro, ochocientos metros al norte de la antigua panadería, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Publico de la Propiedad sin perjuicio de terceros de mejor o igual derecho, la finca que le pertenece por compra venta que hiciera José Varela Rojas, cédula 1-650-964, vecino de San ramón, Peñas Blancas, San isidro, ochocientos metros al norte de la antigua panadería, en fecha 12 de julio del 2008, mediante escritura número ochenta y nueve. Dicho terreno se describe así: Terreno para construir. Sito: distrito 13, Peñas Blancas, cantón 2, San Ramón, Alajuela. Linda: al norte, Isidro Urrutia Ruiz; sur, José Varela Rojas; este, Zeneida Obando Cruz, y al oeste, servidumbre de paso en un frente de once metros lineales. Mide: doscientos cincuenta metros con treinta y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado número A-941265-2004 de fecha 05 de agosto del 2004. El terreno a titular se encuentra libre de gravámenes y no tiene condueños. Las diligencias fueron estimadas en la suma de un quinientos mil colones y en igual suma se estimó el fundo a titular. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación este edicto.—Expediente Nº 08-100329-0297-CI (5). Información posesoria promueve Juan Urrutia Martínez.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 10 de octubre del 2008.—Lic. Francis Porras León, Juez.—1 vez.—RP2010189740.—(IN2010065989).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº 08-100020-0642-CI-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Chavarría Rodríguez quien es mayor, casado una vez, educador, vecino de San Pedro de Jicaral, quinientos metros al oeste del Salón El Mango, cédula de identidad número seis-ciento setenta y cuatro-ciento treinta y tres, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Guanacaste, Puntarenas. Colinda: al norte, Wenceslao Núñez Torres y Gardenia Blanca Lejana S. A.; al sur, Guillermo Ramos Madrigal y calle pública con un frente de doscientos cincuenta y tres metros con sesenta y siete centímetros lineales; al este, Fernando Núñez Jiménez, Guillermo Ramos Madrigal, Gardenia Blanca lejana S. A., y al oeste, Fernando Núñez Jiménez y Wenceslao Núñez Torres. Mide: ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y siete metros con ochenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-987018-2005. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de tres años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Ángel Chavarría Rodríguez. Expediente Nº 08-100020-0642-CI.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 09 de abril del 2010.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010189756.—(IN2010065990).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente Nº 06-160089-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eduardo Serrano Rodríguez quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Guápiles centro, cincuenta metros sur de la Soda La Soley, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-trescientos setenta y cuatro-quinientos veintisiete, profesión ingeniero agrónomo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es montaña. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Jorge Hernández Rodríguez; al sur, Juan Vicente Valverde Brizuela; al este, calle pública con ciento un metros cuarenta centímetros lineales, y al oeste, quebrada afluente al Río Blanquito. Mide: seis hectáreas cuatro mil quinientos veintisiete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-uno tres uno siete cero ocho cinco-dos mil nueve. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eduardo Serrano Rodríguez. Expediente Nº 06-160089-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 27 de mayo del 2010.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—(IN2010065991).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000208-1006-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos Roberto Ortiz Zúñiga, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Cartago, Turrialba, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-192-791, profesión misceláneo, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, los terreno que se describen así: primera finca: finca cuya naturaleza es terreno café. Situada en el distrito Juan Viñas, cantón Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al noroeste, Gerardo Gilberto Rojas Royo; al sureste Mario Jiménez Quesada y calle pública; al noreste, calle pública; y al suroeste, Ramón Solano Calvo. Mide: veintiocho mil setecientos noventa y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-460164-1997. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del terreno de potrero, café y caña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Segunda finca: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero, café y caña. Situada en el distrito Juan Viñas, cantón Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hacienda Juan Viñas S. A.; al oeste, Ramón Solano Calvo; y al este, Rosa Solano Calvo. Mide: diez mil ochocientos noventa y ocho metros cuadrados con ochenta y cinco decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-460166-1997. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del terreno de potrero, café y caña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Roberto Ortiz Zúñiga. Expediente: 10-000208-1006-CI.—Juzgado Agrario de Turrialba, 21 de julio del 2010.—Lic. Olman Zumbado Brenes, Juez.—1 vez.—(IN2010065992).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000026-0699-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Henry Mena Camacho, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Guadalupe de Tarrazú, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-777-027, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero con una casa y montaña. Situada en el distrito segundo San Lorenzo, cantón quinto Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Francisco Blanco Monge y Carlos Luis Fernández Abarca; al sur quebrada; al este Henry Mena Camacho; y al oeste Gerardo Mena Camacho, Elidio Mena Camacho, Virgilio Jiménez Fallas y Mileydy Blanco Mena. Mide: treinta y dos mil quinientos siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-un millón trescientos treinta y tres mil cincuenta y tres-cero dos mil nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima en cinco millones de colones el inmueble y doscientos mil colones las diligencias. Que adquirió dicho inmueble por venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinticinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de yuca, ñampí, maíz, banano, frijol y caña, conservación de montaña y construcción de cercas. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Henry Mena Camacho. Expediente: 10-000026-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 9 de julio del 2010.—Lic. Rebeca Salazar Alcócer, Jueza.—1 vez.—(IN2010065993).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000151-0699-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Riley  Edward Jackson, quien es mayor, pensionado, estadounidense, divorciado una vez, vecino de San Marcos de Tarrazú, El Rodeo, portador del pasaporte de su país que exhibe el número 701797611, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es bosque, charral y dos casas. Situada en el distrito 01 San Marcos, cantón 05 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, con Dagoberto Navarro Umaña y servidumbre agrícola en medio de Dagoberto Navarro Umaña; al sur, con Centro Agrícola Cantonal de Tarrazú; al este con calle pública y al oeste con Vianney Parra Vargas. Mide: veintinueve mil doscientos veintinueve metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1274547-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera en escritura pública al señor Abilio Naranjo Barrantes desde el año mil novecientos noventa y uno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del bosque, charral y construcción de dos casas de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovida por Riley Edward Jackson. Expediente: 09-000151-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 15 de junio del 2010.—Lic. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2010065994).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada, ante esta notaría, por Marcos Antonio Ramos Ramos; Crescencio Celestino Ramos Gómez e Isidra del Socorro Ramos Chavarría y Miriam de los Ángeles Ramos Chavarría, a las diez horas del dos de agosto del año dos mil diez comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Concepción Abad Ramos Chavarría, mayor, soltera, agricultora, con cédula de identidad ocho-cero cero cuarenta y tres-cero seiscientos sesenta y cinco, vecina de Birmania de Upala un kilómetro hacia Upala desde el Puesto de la Policía, falleció en Dos Ríos de Upala, Alajuela, el día dieciocho de marzo del dos mil diez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Buck Ronald Calvo Canales. Liberia Guanacaste, cincuenta metros al oeste de antiguo Almacén Suma. Teléfono 2666-7875 y fax 2666-5147. El original fue retirado por Miriam Ramos Chavarría a las once horas y diez minutos del dos de agosto del dos mil diez.—Lic. Buck Ronald Calvo Canales, Notario.—1 vez.—(IN2010064012).

Por escritura otorgada ante la notoria Grace Morales Vargas, número ciento treinta y tres, de las once horas del veinticuatro de julio del dos mil diez, se solicitó apertura del proceso sucesorio extrajudicial de: Cristofer Arturo Castro Rodríguez, cédula número dos-seiscientos cuarenta y ocho-quinientos treinta y cinco. Se cita a los interesados y herederos a apersonarse en la oficina de dicha profesional ubicada en Ciudad Quesada, contiguo a Sistemas de Oficina, callejón Aquiles Hidalgo, fax dos cuatro seis cero-cero nueve-seis cero.—Ciudad Quesada, veintiséis de julio del dos mil diez.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.––1 vez.––(IN2010064578).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Carlos Luis Chavarría Chavarría, quien fuera mayor, casado dos veces, pensionado, cédula de identidad número 2-0154-0034. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-002165-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de mayo del 2010.—MSc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2010064580).

Dafne Elizondo Reyes, notaria pública de San José, avenida 10, calles 17 y 19, bufete 1771 hace saber que ante su Notaría se tramita el proceso testamentario en sede notarial de quien en vida se llamó Susana Soto Medaglia, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad 1-351-210 y Carlos Luis Maroto Vega, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad 1-307-414, ambos vecinos de San José, Barrio México, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2010.—San José, a las 11:00 horas del 26 de marzo del 2010.—Lic. Dafne Elizondo Reyes, Notaria.—1 vez.—RP201018500.—(IN2010064646).

Ante la notaria Lic. Audrys Esquivel Jiménez, ubicada en Santa Ana, del Súper Castrito, cincuenta metros al oeste y ciento setenta y cinco al norte, bajo el expediente cero siete - dos mil diez, se tramita sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Odilie Tasies Molina, mayor, cédula de identidad número siete - cero diez - nueve mil cuatrocientos treinta y siete, viuda una vez, ama de casa, vecina de Santa Ana, por lo que se emplaza por el plazo de treinta días a partir de su publicación a herederos, acreedores y cualquier interesado a comparecer ante la notaría indicada, transcurrido el plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Santa Ana, veinte de julio del dos mil diez.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010188524.—(IN2010064647).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Carmen Paniagua Fernández, quien fue mayor, soltera, pensionada, vecina de Llorente de Tibás, con cédula de identidad número 1-0092-0608. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000473-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2010188549.—(IN2010064648).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Lorena Torres Muñoz, quien fuera mayor, divorciada una vez, vecina de Moravia, portadora de la cédula de identidad uno-quinientos cuarenta y nueve-setecientos setenta y cinco. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001073-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del 2009.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—RP2010188551.—(IN2010064649).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elena Barrantes Solano, quien fue mayor, viuda, vecina de San José Centro, cédula de identidad número 25.520, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 10-000042-0222-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de San José, 19 de julio del 2010.—Lic. Luis Salas Muñoz, Juez.—1 vez.—RP2010188565.—(IN2010064650).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Juana Mejía Motero, a las nueve horas del treinta y uno de julio del dos mil diez, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue Otilio Roberto Vásquez Villegas c.c. Odilio Vásquez Villegas, quien era mayor, casado una vez, pensionado, cédula número cuatro-cero setenta y uno-doscientos ocho, vecino de San Miguel de Sarapiquí, Alajuela, setenta y cinco metros sur del cementerio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero cuatro-dos mil diez, Notaría de la Licenciada Zoila Araya Moreno, La Virgen de Sarapiquí, Heredia, costado sur del Banco Nacional, teléfono 2761-1611.—La Virgen de Sarapiquí, a las diez horas del primero de agosto del dos mil diez.—Lic. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—RP2010188567.—(IN2010064651).

A las 14:00 horas del 02 de agosto de 2010 esta Notaría declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de Ramón Báez Henríquez, mayor, casado una vez, comerciante, ciudadano nicaragüense, cédula de residencia número R155800526624; y falleció en fecha 11 de enero del 2010. Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación del edicto de Ley comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derechos a la herencia, que de no presentarse en el plazo ante esta Notaría, ubicada en Guácimo, Limón, costado sur de la Escuela Manuel Mª Gutiérrez, la herencia pasará a quien corresponda.—Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—RP2010188581.—(IN2010064652).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Daniel Ruiz Villegas, quien fuera mayor, soltero, pensionado, cédula número uno-cuatrocientos noventa y cinco-novecientos sesenta y siete, vecino de San José, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se apersonan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Exp. 10-100057-0216-CI.—Juzgado Contravencional Menor Cuantía de San Sebastián, 27 de junio del 2010.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—RP2010188644.—(IN2010064653).

Con treinta días de término, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de José Segura Calderón, quien fuera mayor, casado una vez, carpintero, vecino de San Gabriel de Aserrí, con cédula de identidad 1-156-654, a efecto de que se apersonen a esta notaría y hagan valer sus derechos, en el entendido de que en caso de no verificarlo así, la herencia pasará a manos de quien corresponda. Oficina del Notario Público Mauricio Monge Monge, Vuelta de Jorco, Aserrí, frente al Súper Jorco.—San José, 21 de junio del 2010.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario.—1 vez.—RP2010188654.—(IN2010064654).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alfredo De Las Piedades Guevara Mora, mayor, casado dos veces, vecino de San José, Desamparados, Casa Cuba, del Higuerón, trescientos metros al sur y setenta y cinco metros al este, cédula de identidad número uno-quinientos sesenta y seis-novecientos sesenta, gestionado por Dominga Ingermina Corea Hernández, y funge como albacea provisional Dominga Ingermina Corea Hernández, quien es mayor, casada una vez, vecina de San José, Desamparados, Casa Cuba, del Higuerón, trescientos metros al sur y setenta y cinco metros al este, cédula de residencia número uno-cinco-cinco-ocho-cero-ocho-tres-dos-seis-dos-dos-siete. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-100181-0237-CI (197-2-10).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José,  26 de mayo del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—RP2010188657.—(IN2010064655).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Saborío Alfaro, quien fuera mayor, soltero, pensionado, cédula de identidad desconocida, quien falleció el 18 de junio del año 1957. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-002246-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de mayo del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—1 vez.—RP2010188703.—(IN2010064656).

Se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó German Miranda Víquez, mayor casado una vez, topógrafo, vecino de Mercedes Norte de Heredia, cédula de identidad cuatro-cero setenta y tres-doscientos veinticinco, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio notarial a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº 001-2010.—Heredia, 14 de julio del 2010.—Lic. Tatiana Camacho Acosta, Notaria.—1 vez.—RP2010188722.—(IN2010064657).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eleida Alvarado Guerrero, mayor, casada una vez, costarricense, ama de casa, vecina de Puerto Jiménez, Cañaza, portadora de la cédula de identidad número seis-doscientos diez-quinientos ochenta y siete; para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a reclamar sus derechos en esta notaría, ubicada en la ciudad de San José, Hatillo Ocho, de la escuela Jorge Debravo, trescientos oeste y cincuenta sur, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0003-2010.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—RP2010188731.—(IN2010064658).

De acuerdo a lo establecido en los artículos novecientos diecisiete y novecientos cuarenta y cinco y siguientes y concordantes del Código Procesal Civil vigente, y el artículo número ciento veintinueve de Código Notarial vigente, se informa y se cita a todos aquellos interesados, herederos, legatarios acreedores, que en esta notaría se ha iniciado en sede notarial, la sucesión del señor Patrocinio Chaves Rojas, quien en vida fue mayor de edad, viudo, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad número cuatro-cero cero once-tres mil ochocientos cincuenta y ocho, para que en el término de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento los que crean tener derecho a la herencia, de que sino se presentan, en este plazo, aquella pasara a quien corresponda. La notaría esta ubicada en la ciudad de San José, avenida doce entre calles trece y quince, casa número un mil trescientos sesenta y uno, telefax número veintidós veintidós-cincuenta cuarenta y nueve.—San José, diez de junio del dos mil diez.—Lic. Francisco Hernández Quirós, Notario.—1 vez.—RP2010188738.—(IN2010064659).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Alonso Villaverde Delgado, quien fuera mayor, costarricense, ingeniero de sistemas, casado una vez, cédula de identidad numero 1-855-020, vecino de San Pablo de Heredia, del costado suroeste de la iglesia antigua 100 metros oeste y 50 al sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-001715-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de julio del año 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—(IN2010064726).

A los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue señor Manuel Antonio Villalobos Vargas, mayor de edad, divorciado una vez, comerciante, cédula de identidad número cuatro-cero sesenta y cuatro-novecientos treinta, fallecimiento el día dieciocho de agosto del dos mil cinco, a solicitud de sus hijos Adrián, mayor de edad, soltero, administrador de empresas, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos cuatro-seiscientos cincuenta y uno; Alejandra, mayor de edad, pensionada, divorciada una vez, cédula de identidad número uno-quinientos cuarenta y cuatro-ciento veintiocho; Javier, mayor de edad, casado una vez, ingeniero civil, cédula de identidad número uno-seiscientos catorce-ciento ochenta y ocho; Carlos, mayor de edad, divorciado una vez, veterinario, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos-doscientos cincuenta y cuatro y Manuel Francisco, mayor de edad, casado dos veces, empresario, cédula de identidad número uno-quinientos-ciento trece, todos hermanos de apellidos Villalobos Cordero y vecinos de San Francisco de Coronado, finca Los Alpes; las cuales solicitan se abra proceso sucesorio notarial como herederos legítimos de su padre, la tramitación en esta sede notarial del sucesorio de dicha señora. En consecuencia cualquier otro heredero o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación del presente aviso, para hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia procederá a quien legalmente corresponde teléfonos 2258 0660.—San José, 4 de junio del 2010.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.––1 vez.––RP2010188747.––(IN2010065055).

Se cita y emplaza para que en esta Notaría, situada en la ciudad de San Ramón de Alajuela, frente a la bomba Chury, a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los posibles interesados para que en el plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho, que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, en el proceso sucesorio ab-intestato de quien en vida se llamó José Ángel Campos Ugalde, y fue soltero, empresario, vecino de San Ramón de Alajuela, y con cédula número cinco-ciento tres-seiscientos veinticinco. Artículo 917 del Código Procesal Civil.—San Ramón, Alajuela, veintisiete de julio del dos mil diez.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.––RP2010188751.––(IN2010065056).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Lizbeth María Hernández Navarro, quien fue mayor de edad, divorciada de sus únicas nupcias, de oficios del hogar, con cédula de identidad Nº 1-559-516, vecina de San José, para que dentro del plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente aviso, se apersonen a la oficina del suscrito Notario, situada en San José, calle 2, avenidas 10 y 12, Edificio Mora Garro, segundo piso, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren en tiempo y forma, la herencia pasará a quien por derecho corresponda. Expediente Nº 0003-2010, sucesión extrajudicial de Lizbeth María Hernández Navarro.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—RP2010188761.—(IN2010065057).

En fecha de hoy se ha iniciado en esta notaría la sucesión ab intestato de quien fuera María del Rosario Ibarra Segura, mayor, soltera, empleada pública, vecina de San Juan de Tibás, cédula 1-633-827. Albacea provisional Alejandro Antonio Ibarra Segura. Se cita a todos los interesados para que en el término de treinta días, contados a partir de esta publicación, se apersonen a este Despacho en resguardo de sus derechos e intereses. Oficina situada en San José, calle 07, entre avenidas 0 y 01, frente al costado oeste del Hotel Balmoral segundo piso, número 31 N tel: 2222-03-30.—San José, 28 de julio de 2010.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2010188778.—(IN2010065058).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Yolanda Astúa Hernández, quien fuera mayor, ama de casa, viuda una vez, vecina de San Juan de Tibás, cédula de identidad uno-doscientos treinta y cuatro-trescientos cincuenta y tres. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000415-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Arnoldo Víquez Esquivel, Juez.—1 vez.—RP2010188820.—(IN2010065059).

Se cita a todos lo herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Nora Orozco Cedeño quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 9-030-636, vecina de Limón centro y Fernando Yee Chan, quien en vida fue mayor, viudo una vez, comerciante, vecino de Limón centro, con cédula de identidad número 8-053-761, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 10-000171-0678-CI-3 de Nora Orozco Cedeño y Fernando Yee Chan gestiona Meyleen Yee Urbina c.c. Meyllin Yee Urbina.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 16 de junio del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—RP2010188838.—(IN2010065060).

Ante mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura número 305 de fecha 30 de julio del año 2010, visible al folio 141 frente, del tomo diecinueve, otorgada a las 16 horas, se abre proceso sucesorio en sede notarial de la señora Ana Eugenia Hernández Michel quien era mayor, casada una vez, taxista, vecina del mismo lugar, cédula seis cero seis cuatro cero nueve siete. Se invita a terceros y acreedores hacer valer sus derechos, sita trescientos metros noreste de Mac Donald’s Parque de la Paz, con el Licenciado Miguel Enrique Zamora Azofeifa, San José.—San José, 30 de julio del 2010.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—RP2010188863.—(IN2010065061).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Evelio Chinchilla Quesada, mayor, casado una vez, mecánico, costarricense, vecino de Sabalito, Coto Brus, con cédula número seis-cero sesenta y cinco-trescientos cuarenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 10-100149-920-CI-l promovido por Aurora Rosales Quirós.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 21 de julio del 2010.—Lic. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—RP2010188934.—(IN2010065062).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Lucía María de los Ángeles, María Elena del Carmen y José Esteban todos Viales Sotela y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Jesús Sotela Sotela, mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad cinco-cero cero cinco cuatro-cero tres seis cero, vecina de Liberia, Guanacaste. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Carmen Mayela Rojas Castro Notaria Pública con oficina en Liberia, Guanacaste, Barrio Los Cerros, Frente al Parque Rodolfo Salazar, teléfono 2221-3696.—Lic. Carmen Mayela Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010188935.—(IN2010065063).

Mediante acta de apertura otorgada por esta Notaría por María Angélica, María Crisanta, Mercedes del Socorro, Ana Eugenia, Mayra María, Carmen de los Ángeles, Rosa María, José Arturo, José Antonio, José Andrés, José, José Alejandro, Jorge Enrique, Rafael Eduardo todos Araya Canales, a las quince horas del veintidós de julio del dos mil diez, y comprobado el fallecimiento declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida se llamó Ramona Carolina Canales Canales conocida como Rosa Canales Canales, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad cinco-cero cero tres cinco-cero cero tres tres, vecina de Liberia, Guanacaste. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de su publicación, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic Carmen Mayela Rojas Castro, oficina en Liberia, Guanacaste, Barrio Los Cerros frente al Parque Rodolfo Salazar, teléfono 2221-3696.—Lic. Carmen Mayela Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010188936.—(IN2010065064).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Julita Chaves Marín, quien fue mayor, divorciada, ama de casa, cédula 2-193-775, vecina de Gamonales de Ciudad Quesada, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentaren dentro del plazo indicado la posible herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de Julita Chaves Marín promovido por Ana María Sáenz Chaves. Expediente Nº 10-100109-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de marzo del 2010.—Lic. William Álvarez Villegas, Juez.—1 vez.—RP2010188952.—(IN2010065065).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión número 10-000122-0180-CI de Irma Áviles Gamez, quien fue mayor, casada, ama de casa, vecina de San Antonio de Escazú, cédula número 8-0045-0148, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil, San José, 22 de julio del 2010.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2010188979.—(IN2010065066).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Celia Rodríguez Rodríguez, quien fuera mayor, ama de casa, soltera en unión de hecho, con cédula de identidad numero cinco-cero veinticinco-seis mil doscientos veinticuatro, vecina de 27 de Abril de Santa Cruz. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 08-000243-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 14 de mayo del 2009.—Lic. Rodrigo Calvo Sánchez, Juez.—1 vez.—RP2010188992.—(IN2010065067).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de Ronald de Jesús Varela Brenes, mayor, soltero, comerciante, vecino de Barrio Luján, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quién corresponda.—Juzgado Civil de Menor Cuantía, San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Rose Mary Lawrence Mora, Jueza.—1 vez.—RP2010189029.—(IN2010065068).

Acta de apertura de proceso testamentario ab intestato de Erundina Azofeifa Flores, quien en vida fue casada una vez, cédula 1-187-396, vecina de Escazú 50 norte de la antigua guardia rural San Antonio de Escazú, promovido por María Inés Cascante Azofeifa y otros. Por medio de la presente cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados para que dentro de un plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda, todo en conformidad con lo dispuesto en los artículos 915, 916, 917 del Código Procesal Civil y los artículos 129 y siguientes del Código Notarial, ante la notaría pública de la Lic. Celenia Godínez Prado, oficina situada en Santa Ana, centro del salón de actos de la Escuela Andrés Bello López, cincuenta metros sur.—Lic. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—RP2010189048.—(IN2010065069).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen Víquez Gómez, quien fuera mayor de edad, casada una vez, empleada doméstica, vecina de Cartago de la Basílica un kilómetro al norte, 150 metros al oeste y 50 metros al norte de la subestación eléctrica de la JASEP, San Blas, cédula de identidad 3-158-247. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-003472-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 9 de julio del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—1 vez.—(IN2010065170).

Se cita a todos lo herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Ramón Gonzalo Oses Jiménez conocido como Pedro Oses Jiménez quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número 2-040-8227, vecino de Limón, Santa Marta de Bataán, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos. Se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 10-000145-0678-CI-3 de Ramón Gonzalo Oses Jiménez, gestiona Rogelio Jiménez Jiménez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 2 de julio del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.—1 vez.—(IN2010065201).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Porras Ortega Moisés, mayor, divorciado, vecino de Jacó, Garabito, Quebrada Ganado, Puntarenas, cédula de identidad siete-cero veinte-setecientos veintitrés. Para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio Expediente: 10-100312-642-CI, de Porras Ortega Moisés.— Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—(IN2010065478).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Mayra Del Socorro Méndez González, cédula seis-cero ochenta y siete-cero quince, mayor, soltera, administradora del hogar, vecina de Residencial Salas Vindas de Ciudad Neily. Para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 10-100122-920-CI-1, promovido por Shirley Aguilar Méndez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, Ciudad Neily, 19 de julio del 2010.—Lic. Yamileth Tejada Solano, Jueza.—1 vez.—RP2010189160.—(IN2010065501).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de Mario Francisco Morera Vargas, cédula de identidad número: 6-101-078, fallecido en Hospital Neily, el día 6 de febrero del 2003, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 01-2010.—Lic. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—RP2010189168.—(IN2010065502).

Se hace saber que en esta notaría, situada en San Marcos de Tarrazú, San José, doscientos metros al norte del Banco Nacional de Costa Rica, se tramita el proceso sucesorio de quien fuera Gerardina Blanco Mora, quien era mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número uno-trescientos veintisiete-ciento veintiocho, vecina de Guadalupe de Tarrazú. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 2010-01.—Lic. Ricardo Arnoldo Valverde Céspedes, Notario.—1 vez.—RP2010189183.—(IN2010065503).

En mi notaría, esquina noroeste Templo Parroquial, 200 norte y 50 este, centro San Ramón, Alajuela, por escritura cero ochenta y seis-cero cinco, de las diez horas del treinta de agosto del dos mil diez, se abre y tramita sucesorio ab intestato, sede notarial, de la causante María de los Ángeles Baltodano Baltodano, mayor, casada una vez, separada de hecho, ama de casa, costarricense, con cédula de identidad número seis-cero cero ocho ocho-cero cuatro cero dos, de Bello Horizonte, Cóbano, Puntarenas. Por única vez, se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y en general a todo quien pueda resultar interesado o crea tener derechos en la presente sucesión extrajudicial ab intestato, a fin que concurra a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días, contados a partir de esta publicación, en esta notaría, bajo el apercibimiento que de no hacerlo dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda. También se autoriza venta de un lote, de bienes inventariados, para pago de deudas y gastos sucesorios y de escritura.—San Ramón, Alajuela, 4 de agosto del 2010.—Lic. Miguel Ángel Campos Hidalgo, Notario.—1 vez.—RP2010189186.—(IN2010065504).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de María Eugenia Bolaños Saborío, quien fuera portadora de la cédula de identidad Nº 04-0151-0481. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000215-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 9 de julio del 2010.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—1 vez.—RP2010189151.—(IN2010065505).

Ante esta notaría, conforme al numeral 819 del C.P.C. y 129 del Código Notarial, se realizó apertura del sucesorio Nº 02-2008 de Fermina Quirós Robles, quien fue mayor, del hogar, casada, vecina de Hatillo, cédula Nº 1-248-332. Se cita a terceros e interesados, para que dentro del plazo de treinta días, se apersonen a hacer valer sus derechos, ante esta notaría sita en Alajuelita, contiguo a la Delegación Delta 10, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—3 de julio del 2010.—Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010189058.—(IN2010065506).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Carlos Moya Valverde, quien fue mayor, soltero en unión de hecho, técnico en equipos a gas, vecino de Barrio Baltazar Quesada, Ciudad Quesada de San Carlos, 25 metros al oeste del Súper El Vicero, y con cédula de identidad Nº 2-321-284. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100526-0297-CI (5A). Causante: Carlos Moya Valverde.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 9 de julio del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2010189109.—(IN2010065508).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Daisy Gómez Marín, mayor, casada una vez, vecina de San José, con cédula de identidad número uno-dos dos cinco-cuatro ocho cero, para que dentro del plazo del treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2010-01. Notaría del Bufete Mil Novecientos Cuarenta y Cinco, calle 15, avenidas 12-14, casa 1216.—Lic. Salvador H. Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—RP2010189212.—(IN2010065509).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Alba de los Ángeles Arias Pérez, quien fuera mayor, soltera, oficio del hogar, cédula de identidad Nº 6-0144-0786, vecina de Concepción de Alajuelita. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100100-0251-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Alajuelita, 8 de julio de 2010.—Lic. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010189226.—(IN2010065510).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Narciso Hidalgo Gómez, quien fuera mayor, cédula de identidad Nº 1-0260-0491, casado de único matrimonio, pensionado, vecino de San Antonio de Belén, residencial Belén, casa número 23. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001000-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de mayo del año 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—RP2010189229.—(IN2010065511).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Nelly Flores Vargas, quien fue mayor, de estado civil soltera, del hogar, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, con cédula de identidad número uno-ciento sesenta y ocho-trescientos setenta y seis. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresiponda. Expediente N° 10-000109-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 23 de junio del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—RP2010189233.—(IN2010065512).

Notaría del licenciado Luis Alberto Matamoros Gamboa, San José, a las ocho horas del tres de agosto del año dos mil diez. Comprobado el fallecimiento de María Edith Vargas Ramírez, quien fue mayor, casada una vez, estudiante de Derecho, cédula de identidad Nº 2-330-103, vecina de San José, La Pacífica. Se declara abierto su proceso sucesorio. Se tiene por aceptado el cargo de albacea provisional hecho por Élida Ramírez Valverde, mayor, viuda, modista, cédula Nº 2-169-245, vecina de San José, Tirrases de Curridabat. Se cita a todos los interesados a hacer valer sus derechos dentro de un plazo de treinta días. Publíquese el edicto de Ley. Expediente número 001-2010.—Licenciado Luis Alberto Matamoros Gamboa, Notario.—1 vez.—RP2010189239.—(IN2010065513).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Virginia Arrieta Murillo, quien fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Bagaces centro, setenta y cinco metros al sur de la Cruz Roja, cédula número cinco-ciento veinticuatro-ciento noventa y ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000216-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 22 de setiembre del año 2009.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—RP2010189241.—(IN2010065514).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Óscar Monge Bartels, quien fue mayor, soltero, agricultor, vecino de Ojo de Agua de Vuelta de Jorco de Aserrí, cédula número uno-cuatrocientos cincuenta y uno-trescientos ocho, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-100254-217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 19 de diciembre del 2006.—Lic. Yendry Rojas Pérez, Jueza a.í.—1 vez.—RP2010189243.—(IN2010065515).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Teresita Chinchilla Segura, Jenny María Navarro Chinchilla, Ivette María Navarro Chinchilla, Rafael Eduardo Navarro Chinchilla y Eric Manuel Navarro Chinchilla, a las catorce horas del veinticuatro de julio del año dos mil diez. Comprobado el fellecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Manuel Francisco Navarro Bermúdez, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, Montes de Oca, doscientos metros oeste del Perimercados, Vargas Araya, cédula de identidad número uno-doscientos treinta y cuatro-ochocientos veintisiete, fallecido el día veinticinco de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. José Fabián Salazar Solís, ubicada en Alajuela, Zarcero de Alfaro Ruiz, altos del antiguo cine, frente al parque. Teléfono 2463-3713. Proceso sucesorio notarial Nº 002-2010.—Lic. José Fabián Salazar Solís, Notario.—1 vez.—RP2010189248.—(IN2010065516).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodolfo Madriz Arguedas, cédula de identidad Nº 6-031-578, quien fue mayor, vecino de barrio Córdoba, La Luisa de Zapote. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en esta sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100739-0432-CI.—Juzgado Tercero Civil de Menor Cuantía de San José.—Lic. Ericka Robleto Artola, Jueza.—1 vez.—RP2010189258.—(IN2010065517).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Antonio Molise Molise, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula número 8-0079-0124 y vecino de Escazú, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Proceso sucesorio número 10-100112-0917-CI (122-2010) de Antonio Molise Molise promovido por Karen Virginia Camacho Cedeño.—Juzgado Contravenoional y de Menor Cuantía de Escazú, 30 de julio del 2010.—Lic. María Mayela González Carranza, Jueza.—1 vez.—RP2010189276.—(IN2010065518).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rodrigo Madrigal Chinchilla, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número uno-ciento veintinueve-doscientos ochenta y nueve, vecino de San Antonio de Escazú. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000088-183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 23 de julio del 2010.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—1 vez.—RP2010189277.—(IN2010065519).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marcelino Chaves Valverde, quien fue mayor, divorciado una vez, pensionado, vecino de Chacarita de Puntarenas, Barrio Veinte de Noviembre, con cédula de identidad número 2-139-870, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 09-101556-0432-CI-4.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 16 de abril del 2010.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—1 vez.—RP2010189279.—(IN2010065520).

Ante esta notaría, se ha solicitado la apertura de la sucesión extrajudicial del señor Víctor Manuel Soto Sibaja, quien fue mayor, casado tres veces, vecino de Alajuela, de la Clínica Marcial Rodríguez doscientos metros al sur, portador de la cédula de identidad número dos-cero ciento cuarenta y seis-cero doscientos noventa y siete, quien falleció el día seis de junio del año dos mil diez. Se emplaza a los herederos y demás interesados a que se apersonen en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, a ésta notaría, situada en San José, Barrio Amón, del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, INVU, cien metros al oeste, Condominio Travancor, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no se hiciera dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de mejor e igual derecho. Expediente Nº 01-2010.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—RP2010189284.—(IN2010065521).

Ante la notaría del Licenciado Francisco Lí González, carné profesional 1141, se tienen por iniciadas diligencias de proceso sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Eduardo Sánchez Solano, cédula Nº 3-0127-0118. Se emplaza a los interesados para que, dentro del término de un mes a partir de la publicación del presente edicto, se apersonen ante la notaría del suscrito, sito en San José, Goicoechea, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos veinticinco metros este y cincuenta metros norte, Edificio HyR, segunda planta, número dos, para hacer valer sus derechos. Es todo.—San José, veinte de julio del dos mil diez.—Lic. Francisco Lí González, Notario.—1 vez.—RP2010189294.—(IN2010065522).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafael Ángel Ramírez Suárez, mayor, divorciado, agricultor, con cédula dos-doscientos sesenta y nueve-quinientos tres y vecino de Berlin de San Rafael de San Ramón de Alajuela, y María Mercedes Ramírez Suárez, mayor, casada una vez, ama de casa con cédula numero uno-cuatrocientos treinta y ocho-doscientos cuarenta y seis y vecina de Berlin de San Rafael de San Ramón de Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 05-08-2010-10. Notaría del Bufete del Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, abogado y notario, oficina ubicada en San Ramón de Alajuela, cien metros oeste del Mercado Municipal.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010189296.—(IN2010065523).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Alfredo Castro Arroyo, mayor, viudo, agricultor, con cédula dos- ciento cuarenta y seis-quinientos sesenta y nueve y vecino de Santiago de San Ramón de Alajuela, doscientos metros sur de la Delegación de la G.A.R., para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 06-08-2010-11. Notaría del Bufete del Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, abogado y notario, oficina ubicada en San Ramón de Alajuela, cien metros oeste del Mercado Municipal.—Lic. Carlos Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—RP2010189297.—(IN2010065524).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Rubén Jiménez Jiménez, quien fuera Rubén Jiménez Jiménez, cédula de identidad número 7-0047-0785. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000736-0681-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pococí, 02 de julio del año 2010.—Lic. Henry Pinar Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2010189424.—(IN2010065871).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Blasa Micaela López Carvajal, quien fuera mayor, casada, ama de casa, vecina de Cariari, Pococí. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000313-0930-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de junio del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2010189425.—(IN2010065872).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, y demás interesados en la sucesión notarial de quien fue Marco Alberto Vargas Vargas, cédula uno cero dos ocho ocho cero uno dos seis, mayor, casado, oficinista, vecino de San José, El Alto de Guadalupe, del Bar La Unión, doscientos norte y cien este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría situada en San José, avenida diez, calles once y trece, número once cuarenta y uno, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que en caso de que no lo hicieran, la herencia pasará a quien corresponda. Asimismo, deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro de San José, donde atender notificaciones. Lo anterior dentro del proceso sucesorio notarial de Marco Alberto Vargas Vargas, expediente Nº 0002-2010.—San José, 3 de agosto del 2010.—Lic Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—RP2010189430.—(IN2010065873).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Andy Reynaldo Watson Taylor, quien fuera mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad 8-0064-0055, Limón, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100924-0473-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de junio del 2010.—Lic. Diana Chanto Villalobos, Jueza.—1 vez.—RP2010189466.—(IN2010065874).

Se hace saber que en ésta notaría se tramita el proceso sucesorio de Rodrigo Lara González, mayor, casado, empresario, cédula 1-306-346, vecino de Paso Canoas. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que en caso contrario, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010 ava emu. Notaría de los Licenciados, Alejandro Vargas Alfaro y Edison Moya Umaña, sita en San José, avenidas 12 y 14, calle 15, casa 1266, fax 2240-8504, teléfono 2223-5476.—San José, 5 de agosto del 2010.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—RP2010189473.—(IN2010065875).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de Roberto Chacón Méndez, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula uno-trescientos ochenta y cinco-ciento cinco y residente de San José, fallecido el día nueve de febrero del dos mil nueve, según certificación del Registro Civil, Sección Defunciones, al tomo: cuatrocientos ochenta y nueve; folio: treinta y cuatro; asiento: sesenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan hacer valer sus derechos en la tramitación notarial de su mortual, la cual se tramita ante la notaría del Licenciando Marco Vinicio Solano Estrada, sita en Escazú, Guachipelín, Urbanización Prados del Convento, expediente Nº cero cero uno-dos mil diez. Se establece para oír notificaciones el fax: veintidós cincuenta y ocho-cero cero cuatro_cuatro.—San José, 6 de agosto 2010.—Lic. Marco Vinicio Solano Estrada, Notario.—1 vez.—RP2010189481.—(IN2010065876).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de Luis Marín Alfaro, viudo una vez, agricultor, cédula dos-ciento cuarenta-seiscientos tres, vecino de Cañuela de Naranjo, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0003-2010. Mario Enrique Acuña Jara, Notario público con oficina en Naranjo centro, contiguo a oficinas del ICE.—Naranjo, tres de enero del dos mil nueve.—Lic. Mario Enrique Acuña Jara, Notario.—1 vez.—RP2010189524.—(IN2010065877).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión y comprobación de testamento abierto de Mercedes Arias Vargas, quien fue mayor, viuda, del hogar, con cédula de identidad Nº 1-177-339, vecina de Tibás, La Florida, ciento cincuenta metros norte del Palí, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, ubicada en San Antonio de Coronado, Urbanización Venecia, casa 111-E, a reclamar sus derechos que consideren le asisten y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, 4 de agosto del 2010.—Lic. Judith Valle Téllez, Notaria.—1 vez.—RP2010189558.—(IN2010065878).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Florencia Hortencia Marín Pérez, quien fue mayor, soltera, ama de casa con cédula de identidad número 02-0186-0664, vecina de León Trece. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001115-0165-FA.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del II Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de junio del año 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2010189579.—(IN2010065879).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Virginia Sequeira Sánchez, quien es mayor de edad, viuda de su primer matrimonio, ama de casa, vecina de Barrio Luján, de los bomberos setenta y cinco este y trescientos norte, casa catorce catorce, con cédula de identidad número uno-ciento noventa-quinientos treinta y uno, a las nueve horas del veintitrés de junio de dos mil diez y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato, de quien en vida fuera Mario Iván Barboza Mena, quien era mayor de edad, casado una vez en primera nupcias, ebanista, vecino de San José, Barrio Luján, de los bomberos setenta y cinco este y trescientos norte, casa catorce, portador de la cédula de identidad número uno-ciento ochenta y dos-setecientos veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Mary Ann Drake Rodríguez, con oficina abierta en Santo Domingo de Heredia, del Inbio Parque, diez este y cien sur. Teléfonos 2244-3101  ó  8885-0536.—San José, a las trece horas treinta, del veinticinco de junio de dos mil diez.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—RP2010189503.—(IN2010065883).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Edwin Rojas Rodríguez, quien fuera mayor, casado una vez, cédula 3-131-926, vecino de Moravia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000160-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2009.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—(IN2010065916).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión número 10-000102-0180-CI de César Enrique Ramírez Castro, mayor, soltero, vecino de San José, distrito Merced, cédula número 1-0284-0983, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil, San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2010065939).

El suscrito notario con oficina en la ciudad de Grecia, treinta metros este iglesia Las Mercedes, emplazo a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Mayra Salazar Rodríguez, mayor, divorciada, ama de casa, con cedula de identidad número dos-doscientos doce-seiscientos treinta y tres, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Grecia, 3 de agosto del 2010.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—(IN2010065954).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Eduardo Aguirre Ureña, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Ipís, cédula de identidad dos-doscientos sesenta y uno-cero setenta y ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-000161-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2009.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—(IN2010065956).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Valero Marín Garrido, quien fue mayor, viudo, pensionado, de nacionalidad española, vecino de Guadalupe de Goicoechea con cédula de residencia número 726-51884-1932.- Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-001002-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2010189607.—(IN2010065996).

Daniel Gamboa Pereira, notario público domiciliado en Turrialba, setenta y cinco metros al sur del Cuerpo de Bomberos. Convoco a todos los interesados para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina a hacer valer sus derechos, en el proceso sucesorio de quien en vida fue Édgar Masís Vargas, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cimarrón de Santa Teresita de Turrialba, Cartago, cédula tres-ciento noventa-mil trescientos. Expediente Nº 02-2010.—Turrialba, 07 de agosto del 2010.—Lic. Daniel Gamboa Pereira, Notario.—1 vez.—RP2010189615.—(IN2010065997).

Se hace saber: que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael Aguilar López; quien fuera mayor, casado una vez, pensionado; cédula de identidad Nº 1-204-747, vecino de Río Segundo de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Nº 10-001651-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—1 vez.—RP2010189661.—(IN2010065998).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del día veinte de julio del 2010 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Melvin Juan Aguilar Solís, quien fue mayor, casado, vecino de Santa Ana, con cédula uno-trescientos cuarenta y siete-cero trece. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic Carlos Luis Guerrero Salazar con oficina abierta en Santa Ana, San José, trescientos cincuenta metros oeste, cien metros norte y veinticinco metros oeste de la Panadería Musmani, teléfono veintidós ochenta y dos-ochenta y siete-dieciséis.—Lic. Carlos Luis Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—RP2010189687.—(IN2010065999).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Édgar Zumbado Varela, quien en vida fue mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, con cédula de identidad número cuatro-cero cero sesenta y cinco-cero setecientos sesenta y cinco, vecino de Heredia, San Joaquín de Flores, cien metros al norte de Autos Los Amigos, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la presente publicación, se apersonen a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2010.—Lic. Andreína Vincenzi Guilá, Notaria.—1 vez.—RP2010189695.—(IN2010066000).

Se emplaza a los interesados en el sucesión de quien en vida se llamó Orlindo Solano Meza, cédula 3-0132-0979, mayor, soltero, vecino de San Rafael de Montes de Oca, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso se apersonen al proceso en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Notaria, Ana Graciela Alvarenga Jiménez con oficina abierta en San José, Barrio La Granja, de la estación El Higuerón, 400 metros sur, 100 este, 100 sur y 75 este.—San José, 1º de agosto de 2010.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—RP2010189722.—(IN2010066001).

En mi notaría, ubicada en Golfito, Pueblo Civil doscientos metros al norte de la Tienda Luis, a las ocho horas del trece de junio del dos mil diez, otorgué acta de apertura de sucesorio en cede notarial de la causante María Analibia Araya Monge, mayor, soltera, ama de casa, cédula cinco-ciento sesenta y cinco-cuatrocientos dos y vecina de Golfito, Puntarenas, en La Mona de Golfito, Residencial Daniel Herrera, casa número C veinte, que falleció el día quince de mayo del dos mil cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº cero diez-cero cero cinco-N-NZC-cero cuatro. Notaría del Bufete Zapata Castro.—Lic. Noemis M. Zapata Castro, Notaria.—1 vez.—RP2010189724.—(IN2010066002).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Benilda Núñez Camacho, mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula dos-uno nueve tres-dos ocho nueve, vecina de Tambor de Alajuela, muerte acaecida el día cinco de febrero del dos mil nueve y el señor Danilo López Rodríguez, quien a su muerte era mayor, casado una vez, agricultor, cédula dos-uno seis seis-siete ocho dos, vecino del mismo lugar, muerte acaecida el diecisiete de julio dos mil dos; para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante mi notaría, ubicada en la ciudad de Alajuela, 200 oeste y 75 norte de los Tribunales, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien legalmente corresponda. Expediente Nº 05-2010.—Alajuela, agosto 2010.—Lic. Henry A. Núñez Arias, Notario.—1 vez.—RP2010189737.—(IN2010066003).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio acumulado de Ricardo Zamora Durán, quien fue mayor, portador de la cédula de identidad 1-183-996, soltero, pensionado, vecino de Pavas y Claudio Zamora Durán, quien fue mayor, portador de la cédula de identidad 1-101-9433, soltero, pensionado, vecino de Pavas. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000091-0185-CI. Sucesorio de Ricardo y Claudio Zamora Durán.—Juzgado Sexto Civil San José, 11 de junio del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—1 vez.—RP2010189738.—(IN2010066004).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Nazario Naranjo Navarro, mayor, casado una vez, vecino de San José, Desamparados, Linda Vista de Patarrá, detrás de la iglesia católica, cédula de identidad número uno-doscientos sesenta y cuatro-cuatrocientos sesenta y cinco, gestionado por Marta Valverde Díaz, y funge como albacea provisional Marta Valverde Díaz, quien es mayor, viuda de sus primeras nupcias, del hogar, vecina de San José, Desamparados, Linda Vista de Patarrá, detrás de la iglesia católica, cédula número uno-doscientos noventa y siete-cuatrocientos ochenta y cuatro. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100019-0236-CI (162-4-10).—Juzgado de Menor Cuantía Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 30 de abril del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—1 vez.—RP2010189770.—(IN2010066005).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Werner Maximiliano André García quien fue mayor, costarricense, divorciado, comerciante, vecino de San Rafael Arriba de Desamparados, cédula de identidad 1-0564-0319, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-100028-0217-CI sucesión de Werner Maximiliano André García.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 8 de abril del 2008.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2010189788.—(IN2010066006).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María Elena Cordero Arias, quien fuera mayor, vecina de El Alto de Guadalupe, soltera, cédula 1-0621-0405. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000426-0164-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de San José, 29 de junio del 2010.—Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2010189796.—(IN2010066007).

El suscrito notario hace saber, que ante su notaría se apersonó Carlos Luis Mora Méndez, portador de la cédula de identidad número uno-cero siete dos seis-cero cero siete uno, y solicita la apertura y tramitación de proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fue María Cecilia Méndez Soto, casada una vez, pensionada, portadora de la cédula de identidad número uno-cero dos ocho seis-cero tres cero tres, y vecina de San Isidro de Coronado. A los efectos del artículo 945, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante esta notaría en San José, San Isidro de Coronado, 25 metros este de la Cruz Roja, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2010.—San José, 5 de agosto de 2010.—Lic. Carlos Alvarado Sojo, Notario.—1 vez.—RP2010189797.—(IN2010066008).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Luis Valerio Morales, quien fuera mayor, casado, técnico en farmacia, cédula uno-cuatrocientos sesenta y cinco-novecientos cincuenta. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2010-000087-0182-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 21 de julio del 2010.—MSC. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—RP2010189809.—(IN2010066009).

Avisos

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Ángela Calvo Aguilar mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de La Unión de Cartago, cédula de identidad 1-1056-0309; encaminado a solicitar la ausencia de Jonathan Heriberto Arroyo Zamora, mayor casado una vez, cédula de identidad 1-1035-0769. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Exp. 08-001447-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de noviembre del 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—Nº RP2010183310.—(IN2010056234).

3 v. 2 Alt.

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por José Alexis Zamora Quirós, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Heredia, cédula de identidad número cuatro-ciento uno-trescientos noventa y dos; encaminado a solicitar la ausencia de Priscila Zamora Trejos, mayor, soltera, bióloga marina, vecina de Heredia, cédula de identidad número uno-mil setenta y uno-ochocientos tres. Y se ha dictado la resolución que literalmente dice: Juzgado Civil de Heredia, a las nueve horas y cincuenta y un minutos del cuatro de junio del año dos mil diez. Se tienen por establecido el presente proceso de declaratoria de ausencia promovido por Flor Emilia Trejos Bonilla. Llámese a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de la demanda, se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, en el entendido de que si no hubiere noticias del ausente ni oposición de algún interesado, el juez declarará la ausencia, previa demostración de ella conforme con lo dicho en el artículo 71 del Código Civil y el párrafo 1) del ordinal 872 del Código Procesal Civil. Expídase el edicto de citación a los interesados en las presentes diligencias, el cual, se deberá de publicar en el Boletín Judicial por tres veces con intervalos de un mes, y en un periódico de circulación nacional. Podrá hacerse por medio de la radio. Se le previene a los posibles interesados que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se le(s) tendrá(n) por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Lic. Jorge Martínez Guevara. Juez. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de tres meses contados a partir de la última publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Expediente 09-000182-0182-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2010056316).

                                                                                        3 v. 2. Alt.

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela del menor José Pablo de la O Cruz, ya por corresponderles la tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 10-000500-0938-FA. Proceso tutela. Promovente: Ana Giny de la O Cruz.—Juzgado de Familia de Liberia, 28 de julio del 2010.—MSc. Eddy Rodríguez Chávez, Juez.––(IN2010065026).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber a Desiderio Leal Carmona, portador de la cédula de identidad número seis-cero ciento nueve-cero ciento setenta y nueve y sin domicilio conocido, que en este Despacho, se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 2009-000919-186-FA, interpuesto por Yanira Valderramos Jiménez, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de julio del 2010.—Lic. Valeria Arce I., Jueza.—1 vez.—RP2010188612.—(IN2010064660).

Se avisa al señor Rafael Ángel Naranjo Picado, mayor de edad, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1796-837, divorciado y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 10-000043-673-NA, correspondiente a diligencias de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Esther Sofía Naranjo Rodríguez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de marzo del 2010.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33563.—C-2020.—(IN2010064677).

Se avisa al señor Israel Morales Rojas, mayor de edad, soltero, ayudante de electricista, portador de la cédula de identidad número 6-119-535, de domicilio y demás calidades desconocidas que en este Juzgado, se tramita el expediente 08-000051-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Loretto Emmanuel Mayorga Morales. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33563.—C-2220.—(IN2010064679).

Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, hace saber que en proceso de divorcio, bajo el expediente N° 09-001041-0165-FA, establecido por Mónica Sánchez Montero contra Jonathon Morey Bradley. Dentro de dicho proceso, se dictó sentencia a las ocho horas y veinte minutos del tres de mayo del dos mil diez, que en lo contundente dice: proceso divorcio, establecido por Mónica Sánchez Montero, mayor, casada una vez, relacionista pública, portador de la cédula de identidad 01-0964-0786, vecina de Barrio Esquivel Bonilla... Resultando: 1º— 2… 3º—... Considerando: I.— Hechos Probados: a. b. c. d. e... II.—Sobre el Fondo... III.—Costas:... IV.—Fundamento Legal:... Por tanto: razones dichas y artículos citados, procede rechazar las excepciones de caducidad, al estar el presente asunto presentado en tiempo y forma, ya que la causal invocada es una causal remedio y no sanción que busca dar solución a una relación matrimonial que no cumple como los fines para la cual fue establecida, se tienen más de tres años de separadas las partes sin que haya mediado reconciliación ni justificación de trabajo, salud o estudio, para la separación de hecho, falta de derecho por existir presupuestos de fondo y materiales suficientes para que la acción prospere, falta de legitimación por que la actora en su condición de cónyuge se encuentra facultada para interponer la demanda en su nombre y en contra del demandado y la genérica sine actione agit por no existir como tal en nuestra legislación como excepción y declarar parcialmente con lugar el abreviado de divorcio establecido por Monica Sánchez Montero contra Morey Brandal Jonathon declarando: 1º—Disuelto el vínculo matrimonial que une a las partes en base a la casual de separación de hecho por más de tres años. 2º—Que se exime a -ambas partes de la obligación alimentaria entre sí existente. 3º—Que habiéndose constatado que las partes adquirieron la finca inscrita bajo el sistema de folio real al sistema de folio real 4-182281-001 derecho inscrito a nombre de la señora Sánchez Montero y 002 inscrita a nombre del señor Brandal Jonathon Morey y siendo el derecho a gananciales un derecho personal y un derecho real, como pretende que lo sea la actora y en razón de ello no es posible acceder a su pretensión de que el bien en su totalidad se inscriba a su nombre se resuelve que si bien es cierto cada parte tiene derecho de participar en el cincuenta por ciento del valor neto que se constata en el patrimonio del otro al estar esta propiedad en dos derechos este cincuenta por ciento del valor neto se encuentra compensado. De ahí que ambos continúan en copropiedad y deben resolver este asunto conforme a lo dispuesto en los artículos 273 y 274 Código Civil. Aclarando eso sí que el señor Morey debe pagarle a la señora Sánchez Montero el cincuenta por ciento de todos los gastos por impuestos municipales y territoriales en que ha incurrido desde la compra del terreno hasta su liquidación. Así mismo cada cónyuge tiene derecho de participar en el cincuenta por ciento del valor neto de cualquiera otro bien constatado en el patrimonio del otro cónyuge. Liquidación que se efectuará mediante el trámite de ejecución de sentencia. 4º—Firme esta sentencia, expídase ejecutoria al Registro Civil para que se anote el divorcio al margen del asiento número 942, tomo 430 de la Sección de Matrimonios de la provincia de San José. Hágase saber. Lic. Lorena María Mc Laren Quirós. Jueza. Expediente N° 09-001041-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2010.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010064966).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Norma Lía Jiménez Sánchez quien es mayor, vecina de Hatillo, portador de la cédula Nº 1-1494-721. Expediente Nº 2010-400354-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, al ser las diez horas cinco minutos del veintiuno de julio de dos mil diez.—Lic. María Elena Garita Meneses, Jueza.––1 vez.––(IN2010065020).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela del señor Max Gerardo Salazar González, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Lennin Solano González. Expediente Nº 09-001273-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de julio del 2010.—Msc. Johanna Escobar Vega, Jueza.––1 vez.––(IN2010065024).

El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José hace saber a Gilberth Segura Fuentes, mayor, costarricense, casado, ebanista, de domicilio desconocido, cédula de identidad número 3-0281-0738, que en este despacho y con el expediente número 08-001111-0187-FA, se tramita el proceso abreviado de divorcio planteado por Cristina Ross López, en el que se dictó la resolución que dice: “Juzgado Segundo de Familia Primer Circuito Judicial de San José. A las quince horas veintidós minutos del cinco de julio de dos mil diez. De la demanda abreviada de divorcio planteada por Cristina Ross López se confiere traslado por el plazo de diez días a Gilberth Segura Fuentes para que en la persona de su curador procesal licenciado Alberto Fernández López para que la conteste conforme lo dispuesto en el artículo 305 del Código Procesal Civil. Con relación a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. A través de edicto publíquese esta resolución en el Boletín Judicial por una única ocasión. Los memoriales presentados por el curador procesal licenciado Fernández López y la actora se conocerán oportunamente. Expediente Nº 08-001111-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia, 05 de julio del 2010.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2010188744.—(IN2010065070).

Se hace saber que, en este despacho bajo el número único 09-400258-637-FA, diligencias de declaratoria de insania, promovido por Ajenny Ramírez Robles cédula 1-387-230 en favor de Bettina Robles Jiménez cédula 1-196-029 se ha dictado a las diez horas del veinticinco de junio de dos mil diez la sentencia número 314-2009, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: Con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: procede Por tanto, declarar insana a la señora Bettina Robles Jiménez, y se designa como su curador definitivo a la señora Jenny Ramírez Robles, debe la curadora aceptar el cargo dentro del plazo de cinco días una vez firme este fallo, la aceptación la podrá hacer mediante memorial debidamente autenticado por un profesional en derecho, o por acta en el despacho compareciendo el curador designado en forma personal. El curador deberá presentar un inventario y avalúo de los bienes que tenga inscritos a su nombre la insana, para cumplir con este requisito se le otorga al curador designado el plazo de treinta días, una vez aceptado el cargo. debiéndose en el mismo acto indicar plazo para la cancelación del monto de catorce mil dólares que le es adeudado a doña Bettina por su nieta y forma en que éste se hará. El curador deberá indicar si la insana recibe alguna pensión y rendir las cuentas trimestrales con los documentos justificativos del caso, esto de conformidad con lo que establecen los artículos 215, 218 y 221 del Código de Familia. Lo anterior, so pena de ser removido del cargo en caso de incumplimiento. Una vez que la curadora presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su administración. La garantía se pude rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado- Esta sentencia deberá ser publicada una vez en el Boletín Judicial y se inscribirá en el Registro Público, Sección de Personas. Los gastos del procedimiento son a cargo del patrimonio de la insana. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 26 de julio de 2010.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—RP2010188791.—(IN2010065071).

Se avisa que en este despacho bajo el expediente número 06-001565-0364-FA, los señores Myrna Cecilia Arias Céspedes y Víctor Manuel Boza Cordero, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la menor María Paula Badilla Monge. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 07 de abril del 2010.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.—1 vez.—(IN2010065151).

Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, se le hace saber que en proceso de insania, establecido por Gerardo Hidalgo Arias, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: N° 352-2010. Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas once minutos del veintiuno de junio del dos mil diez. Proceso insania establecido por Gerardo Hidalgo Arias, mayor, casado una vez, mecánico, vecino de Alajuela, cédula 2-336-799.—Resultando: I... II... III... Considerando: I... II... III... IV... V... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 847, 828, 829, 851 y 852 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, 233, 236, 237, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, se declara con lugar el presente proceso de actividad judicial no contenciosa de insania, incoado por Gerardo Hidalgo Arias, se falla de la siguiente forma: a) se declara el estado de interdicción de la señora Mercedes Arias Solera. b) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de Propiedad Inmueble, así como en el Registro Civil, al tomo número ciento veintisiete (0127), folio o página número trescientos noventa y cuatro (394), asiento número setecientos ochenta y siete (0787), Sección de Nacimientos, provincia de Alajuela. c) Se nombra como curador de la incapaz, a su hijo Gerardo Hidalgo Arias, a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día, o a exponer el motivo de excusa que tuviere. d) El curador designado deberá levantar un inventario de todos los bienes de la inhábil en el plazo de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo. e) Con el fin de que el curador represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que esta se halle interesada se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. f) El curador designado deberá rendir fianza, la cual se fijará una vez que acepte el cargo conferido. g) El cargo de curador lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación del curador cuidar a la incapaz en sus asuntos personales. h) Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio de la inhábil. i). Publíquese la parte dispositiva de la sentencia en el Boletín Judicial (artículo 263 Código Procesal Civil). Hágase saber. Notifíquese.—Juzgado de Familia del I Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2010065223).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 09-001970-0292-FA el señor William Rodríguez Quesada solicita se apruebe la adopción individual del joven Ricardo Rodolfo Castro. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de diciembre del 2009.—Lic. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—(IN2010065224).

 De la solicitud de adopción individual de menor de edad Brandon Emilio Díaz González promovido por Gerardo Enrique Mejías Monge y Soley María Pérez Arias, se da aviso a todas aquellas personas que con interés contrario a la adopción se apersonen formulando sus oposiciones mediante escrito, dentro del plazo de cinco días en el cual expondrán los motivos de inconformidad con indicación expresa de las pruebas en que fundamentan su oposición. Expediente N° 10-400489-924-FA (NI. 498-10). Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de San Carlos, Ciudad Quesada, 8 de julio del 2010.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—RP2010189102.—(IN2010065527).

Gabriel Bejarano Bermúdez, Notificador del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en proceso especial de filiación número Nº 2009-400145-216-FA establecido por Tatiana Mejía Castillo contra Braulio Gabriel Justavino y Guillermo López López, se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: “Juzgado de Familia de Hatillo. A las trece horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil diez. Se tiene por establecido por parte de Raquel del Carmen Duarte Jiménez, el presente proceso especial de filiación, declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad en contra de Braulio Gabriel Justavino y Luis Guillermo López López, respectivamente a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la contesten, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, dicha entidad será notificada de la presente resolución por medio del notificador del Despacho en la Sucursal del Patronato en Hatillo Dos. Se les previene a las partes el señalamiento de medio, o estrados, correo electrónico, casilleros donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, artículos 19, 34 de la nueva Ley de Notificaciones. Por no constar actualmente este Despacho con el Sistema Informático, ni con casilleros, se les hace saber a las partes que por el momento no deben señalar correo electrónico, ni casilleros. Notifíquese esta resolución al demandado Braulio Gabriel Justavino por medio de edicto y expídase oficio a la Defensa Pública de Hatillo, a fin de que sirvan designarle un curador procesal que vele por sus intereses. Por medio de la Policía de Proximidad de Alajuelita, notifíquese al codemandado Guillermo López López, personalmente o en su casa de habitación, en la siguiente dirección: Alajuelita, Concepción Abajo, de la escuela de Concepción ciento veinticinco metros al sur, casa H3. Notifíquese.—Juzgado Civil y Trabajo de Hatillo, 29 de julio del 2010.—Gabriel Bejarano Bermúdez, Notificador.—1 vez.—(IN2010065752).

Que en este Despacho ha interpuesto proceso ordinario de Eliseo Dávila Torres contra Caja Costarricense de Seguro Social, Hospital Doctor Rafael Ángel Calderón Guardia. El objeto del proceso es para que en sentencia se declare nulidad de todo lo actuado por las instituciones demandadas y el procedimiento seguido en contra del actor. Que se deje sin efecto la sanción disciplinaria y responsabilidad patrimonial. Declárese la Investigación Administrativa sin lugar y se archive el mismo sin que medie sanción de ninguna naturaleza. Además se indemnice como corresponda económicamente en todos los aspectos el perjuicio personal que han sido lesionados o violados por las partes demandadas. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse a los autos como terceros legitimados pasivamente o coadyuvantes dentro del plazo de ocho días que se contará desde la última publicación de este aviso, apercibidos de que si no lo hacen, no tendrán derecho a ninguna notificación y tomarán el proceso en el estado en que se encuentre al momento de apersonarse, sin que tengan derecho a retroacción de plazos. (Artículos 12, 39, 43 y 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Expediente Nº 07-001514-0163-CA.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de Goicoechea, San José, 9 de agosto del 2010.—Lic. Siria Carmona Castro, Jueza.—1 vez.—(IN2010065779).

Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza, Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, hace saber que en este Despacho se tramita proceso de ejecución hipotecaria de Martha Ledezma Calvo contra Mario Arguedas Badilla, expediente número 10-100077-437-CI, donde se pretende ejecutar una de las cédulas hipotecarias de primer grado; de las cinco que conforman la totalidad de la obligación por la cual fueron constituidas, la cual tiene como consecutivo el número dos. Lo anterior para que quienes resulten ser los acreedores hipotecarios de primer grado de las restantes cuatro cédulas, se apersonen a este proceso en el plazo de ocho días hacer vales sus derechos, conforme lo ordena el numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial, por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Martha Ledezma Calvo contra Mario Arguedas Badilla. Expediente Nº 10-100077-437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 27 de julio del 2010.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—1 vez.—RP2010189463.—(IN2010065880).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Ramón Corrales Trejos, en favor de Dagoberto Corrales Trejos. Expediente número 10-000604-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de mayo del 2010.—Lic. Agustín Díaz Delgado, Juez.—1 vez.—(IN2010065948).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 09-001462-0338-FA el señor Iván Jirón Beirute, solicita se apruebe la adopción de hijo de cónyuge de la menor de edad Ana Paula Chacón Rosabal. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 21 de octubre del 2009.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2010066010).

Se convoca por medio de este edicto a las personas interesadas a quienes corresponda la curatela del señor Teodolindo Villegas Cambronero, mayor, viudo una vez, sin oficio, cédula de identidad número dos-cero quinientos sesenta y cuatro-cero quinientos noventa y seis, vecino de la Fortuna de San Carlos, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de él dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de declaratoria de insania promovido por Heiberth Villegas Ávila. Expediente: 08-000774-386CI (NI. 125-09).—Juzgado de Familia y Penal Juvenil de San Carlos.—MSC. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2010066011).

Licenciado  Mario  Murillo  Chaves,  Juez del Juzgado de Familia de Grecia, a Víctor Hugo Delgado Barrios, en su carácter personal, quien es mayor, casado, domicilio desconocido, cédula número 1-628-007, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Gloria María Rodríguez Zúñiga, contra Víctor Hugo Delgado Barrios, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 335-10. Juzgado de Familia de Grecia, a las dieciséis horas y veintitrés minutos del diecisiete de junio del dos mil diez. Proceso divorcio establecido por Gloria María Rodríguez Zúñiga, mayor, casada, vecina de Grecia, cédula 02-0412-0818, contra Víctor Hugo Delgado Barrios. Resultando: I.-..., II..., III.... Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Sobre el fondo:..., Por Tanto: se acoge la demanda de divorcio y se decreta la disolución del vínculo matrimonial que unía a Víctor Hugo Delgado Barrios y Gloria María Rodríguez Zúñiga, por la causal de separación de hecho por más de tres años. Se exime a ambas partes del deber de cancelar pensión alimentaria en forma recíproca. Sin especial condenatoria en costas. Firme esta resolución se inscribirá esta sentencia en el Registro Civil, provincia de San José, sección de matrimonios, al tomo trescientos veinticuatro, folio trescientos cuarenta y seis, asiento seiscientos noventa y uno. Notifíquese esta resolución por medio de un edicto al demandado ausente, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional (Artículo 264 CPC). Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves.—1 vez.—(IN2010066012).

Se hace saber a Qiu Shaoding Jiu, portador de la cédula de residencia número 1636462601937 y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita el expediente número 10-400566-637-FA, que corresponde a una solicitud de autorización de reconocimiento de hijo de mujer casada a favor de Yahir Adriel Shaoding Fallas, planteada por Orlando Badilla Álvarez, portador de la cédula de identidad número 2-404-053 y vecino de Frailes de Desamparados y que se la ha otorgado audiencia por tres días para manifestar lo que tuviere a bien y para señalar medio donde atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado de Familia de Desamparados, 9 de junio del 2010.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—RP2010189649.—(IN2010066013).

Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 y artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial Nº 8624, hace saber que dentro del ejecutivo hipotecario expediente Nº 08-100499-0642-CI, establecido por Carmen González Alfaro contra Autos Filadelfia S. A., se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Juzgado Civil de Mayor Cuantía y Agrario de Puntarenas, a las trece horas del nueve de julio del dos mil diez. Se tienen por hechas las manifestaciones del Lic. Gerardo Valle en cuanto a su renuncia como apoderado especial judicial de la parte actora, en cuanto al pago de sus honorarios, acuda a la vía legal correspondiente hacer valer sus derechos. Se rechaza la liquidación de intereses de folio 120 presentada por el Lic. Gerardo Valle por cuanto fue presentada de forma conjunta con su renuncia, lo que limita su actuar para presentarla. En otro orden de cosas se tiene por otorgado poder especial judicial por parte de la actora a folio 122 a favor del Lic. Claudio Miranda Martínez y vistas sus manifestaciones se resuelve: Con la base de un millón de colones y libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecisiete mil setecientos catorce-cero cero cero, que es terreno para construir, sito en el distrito octavo del cantón primero de la provincia de Puntarenas, mide: setecientos ochenta y nueve metros treinta y nueve decímetros cuadrados y linda: al norte, calle pública, con un frente a ella de quince metros lineales; al sur, con Municipalidad de Puntarenas; al este, con Gerardo Araujo Castillo; y oeste, con lote dos. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de setiembre del dos mil diez. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil diez, con la base de doscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Al tenor de los artículos 173 del Código Procesal Civil y 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial, se concede el plazo de ocho días, a la acreedora María Vanessa Padilla Oconitrillo para que se apersone a los autos en defensa de sus derechos. Siendo que la acreedora María Vanessa Padilla Oconitrillo, no pudo ser habida en la dirección indicada en el escrito inicial, de conformidad, con el ordinal 21.4 de la Ley de Cobro Judicial Nº 8624, se ordena notificar por medio de un edicto, el cual deberá publicarse por una sola vez en el Boletín Judicial o en periódico de circulación nacional. Queda el mismo a disposición de la parte actora para su debido diligenciamiento.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010190129.—(IN2010066650).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Elías Guillermo Muñoz Valerio, mayor, de cuarenta y ocho años, soltero, oficial de seguridad, cédula Nº 1-0565-0950, costarricense, nació en Hospital Central San José, el día doce de noviembre de mil novecientos sesenta y uno, vecino de San Sebastián, Paso Ancho, hijo Jorge Elías Muñoz Solano, de nacionalidad costarricense, y Zeneida Valerio Chacón, de nacionalidad costarricense; y Flor Estrella Soto Ulloa, mayor, soltera, de cuarenta y un años, miscelánea, cédula Nº 1-0731-0921, nació en Hospital Central San José, el día doce de octubre de mil novecientos sesenta y ocho, vecina de Hatillo 2, hija de Rafael Soto Umaña, de nacionalidad costarricense, y Liliam Ulloa Maroto, de nacionalidad costarricense. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 2010-400421-0216-FA.—Juzgado de Familia de Hatillo, 30 de julio del 2010.—Lic. María Elena Garita Meneses, Jueza.––1 vez.—RP2010188787.––(IN2010065072).

Ante esta Notaría han comparecido, César David Calderón Castillo, cédula de identidad Nº 3-425-682, hijo de Marvin Ronald Calderón Quesada y Olga Emilia Castillo Corrales; Adriana Vanessa Solano Redondo, cédula de identidad Nº 3-430-945, hija de Rafael Francisco Solano Castillo y Ana Daisy Redondo Vega, manifestando interés de contraer matrimonio civil dentro del plazo de 08 días, después de esta publicación se informa a todos aquellos interesados que tuvieran objeciones que hacer.—Cervantes, 03 de agosto del 2010.—Lic. Salvador Brenes Coto, Notario.––1 vez.––RP2010188873.––(IN2010065073).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Carlos Manuel Jiménez Chaves, mayor, soltero, agente de ventas, cédula de identidad Nº 0401970373, vecino de San Rafael de Heredia, del centro comercial Manolos 150 metros al sur, casa de color azul con blanco, con portón negro, hijo de Dagoberto Jiménez Vásquez y Carmen Chaves Solís, nacido en Heredia, el 11 de febrero de 1988, con 22 años de edad, y Sharon Camacho García, mayor, soltera, operaria, cédula de identidad Nº 0401950549, vecino de San Rafael de Heredia, calle Paniagua, de la clínica 200 metros al oeste, casa Nº 13, de color beige, hija de Yency Camacho García y no recuerdo el nombre de mi padre, nacida en Heredia, el 02 de agosto de 1987, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 10-001674-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 04 de agosto del 2010.—Lic. Carlos E. Valverde Granados, Juez.––1 vez.––(IN2010065192).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José Antonio Soto Artavia, mayor, divorciado, profesor docente, cédula de identidad número 2-364-241, vecino de Villa Rica Coyol de Alajuela, hijo de Carlos Enrique Soto Morales y Ligia Artavia Fernández, nacido en Alajuela Centro, el 3 de setiembre de 1961, con 48 años de edad, y Thaise Elena Castillo Arrieta, mayor, divorciada, dedicada a la repostería, cédula de identidad número 7-134-490, vecina de Villa Rica Coyol de Alajuela, hija de Luis Gerardo Castillo Salas y Nuria Arrieta Rodríguez, nacida en Limón Centro, el 14 de noviembre de 1979, actualmente con 30 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto (Solicitud de matrimonio). Exp. Nº 10-001471-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de agosto del 2010.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—(IN2010065763).

A este Despacho han comparecido Keilyn Paola Zúñiga Méndez y Marco Josué Row Aguilar, menor de edad y mayor, cédula de menor 3-0469-0381 y 3-00443-0764, peón agrícola y ama de casa, vecinos de Pacayas solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Exp. Nº 10-100079-0350-CI.—Juzgado Civil de Alvarado, Pacayas, 5 de agosto del 2010.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—(IN2010065765).

Han comparecido al Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los señores Rosa María Calderón Acosta, costarricense, nativa de La Cruz, el 14 de setiembre de mil novecientos sesenta y dos, de cuarenta y siete años, unión libre ama de casa, cédula de identidad cinco-cero doscientos cuatro- cero doscientos noventa y cinco, vecina de Los Ángeles de Santa Cecilia, de la escuela 100 metros al norte carretera a Pitilla, casa de madera sin pintar, hija de Cristóbal Calderón Calderón, vecino de Cuajiniquil y de Leonor Acosta Acevedo la cual se encuentra fallecida. Y el señor Juan Marcial Cabrera Fernández, costarricense, nativo de La Garita de La Cruz, el 26 de junio de mil novecientos sesenta y seis, de cuarenta y cuatro años de edad, unión libre, agricultor, cuidador, cédula de identidad cinco-cero doscientos treinta y tres-cero seiscientos cincuenta y tres, vecino de Los Ángeles de Santa Cecilia, de la escuela 100 metros al norte carretera a Pitilla, casa de madera sin pintar, hijo de Luis Cabrera Palacios, el cual se encuentra fallecido y Antonia Fernández Fernández, vecina de Los Ángeles de Santa Cecilia. La persona que tenga conocimiento de algun impedimento para la celebración de este matrimonio deberá comunicarlo a este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente Nº 10-100042-0398-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de La Cruz Guanacaste, 2 de julio del 2010.—Lic. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—(IN2010065816).

A este Despacho han comparecido María Alejandra Guillén Brenes y Alex David Calvo Morales, mayores, cédulas 3-0454-0382 y 3-0400-0102, ama de casa y agricultor, vecinos de Pacayas, solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente: 10-100080-0350-CI.—Juzgado Civil de Alvarado, Pacayas, 5 de agosto del 2010.— Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—RP2010189744.—(IN2010066014).

Edictos en lo Penal

Expediente: 08-000579-597-PE. Imputado: José María Gutiérrez Piña. Ofendido: la seguridad común. Delito: portación ilegal de arma permitida. Se declara la extinción de la acción penal y se solicita el dictado de sentencia de sobreseimiento definitivo por prescripción. Por tanto: de conformidad con lo expuesto y artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 1 a 6, 30 inciso e), 31, 32, 33, 311 inciso d), 312 y 313 todos del Código Procesal Penal, se declara la extinción de la Acción Penal y se dicta a favor de José María Gutiérrez Piña, una Sentencia de Sobreseimiento Definitivo de la causa que se le venía siguiendo por el delito de portación ilegal de arma permitida, cometido en daño de la seguridad común. Se dicta esta resolución sin especial mención en costas, siendo los gastos del proceso a cargo del Estado. Una vez firme se ordena el archivo de la causa. Sobre el comiso: el artículo 110 del Código Penal establece que “El delito produce la pérdida en favor del Estado de los instrumentos con que se cometió y de las cosas o valores provenientes de su realización, o que constituyan para el agente un provecho derivado del mismo delito salvo el derecho que sobre ellos tengan el ofendido o terceros.” Coincidentemente, el artículo 120 del Reglamento a la Ley de armas y explosivos (Decreto Ejecutivo N° 25120-SP), dispone que “Aquellas armas permitidas con las que se ejecute algún delito según lo dispuesto en el artículo 110 del Código Penal, produce la pérdida en favor del Estado.” En este caso, con base al oficio 4211-DCAE-2008, del 20 de noviembre del 2008, quedó acreditado que, para el 10 de junio del año 2008, el imputado José María Gutiérrez Piña no tenía vigente permiso de portación de armas de fuego expedido por el Departamento de Control de Armas y Explosivos de la Dirección General de Armamento del Ministerio de Seguridad Pública y que la pistola marca Bryco Arms, serie 1253725, modelo 38, calibre 380 auto acp, está inscrita a nombre de Chen Jian Jun con cédula de residencia número 026191285005251. Si bien esta arma de fuego constituye precisamente el objeto con que se cometió el delito de Tenencia Ilegal de Arma Permitida, tipificado por el artículo 88 de la Ley de Armas y Explosivos, también existe un tercero a quien le repercute directamente la decisión que tome esta Juzgadora por ende, se ordena publicar hasta por tres veces en el Diario Oficial Boletín Judicial lo acordado en esta resolución respecto al destino del arma, posterior a la última publicación se otorga el plazo improrrogable de un mes a fin que se reclame la misma ante este despacho judicial y se aporten los documentos idóneos, caso contrario de no haber reclamo alguno por parte del señor Chen Jian Jun con cédula de residencia número 026191285005251 se ordena el comiso de dicha arma de fuego. Comuníquese al Arsenal Nacional para los efectos de los artículos 122 del Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos (Decretos Ejecutivo Nº 25120-sp). Notifíquese.—Yolanda Alvarado Vargas, Jueza.—(IN2010063614).

                                                                                                3 v. 3.

publicación de una vez

Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas cincuenta y cinco minutos del tres de agosto dos mil diez, deja constancia, que en la presente sumaria se encuentran la resolución que literalmente dice así Juzgado de Transito Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas con quince minutos del veintiséis de julio del dos mil diez. Notifíquese al señor: Rep. Legal de Valle Atlántico S. A. cédula jurídica Nº 3-101-172810, propietaria registral del vehículo placas C-129346, marca Mercedez Benz, con chasis 37623552849565, que de conformidad con lo establecido por el artículo 161 de la Ley de Tránsito vigente, tienen derecho a comparecer dentro del término de ocho días hábiles siguientes a manifestar si desea constituirse como parte o no en este proceso, con la advertencia que de no hacerlo se entenderá que renuncia al mismo y los trámites continuarán hasta sentencia. Notifíquese. Sumaria 10-603093-489-TC causa seguida contra Jiménez Zamora Juan y Soto Arce Harold. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial y en cualquier diario de circulación nacional.—Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José.—Lic. Ricardo Baltodano Reyes, Juez.—1 vez.—(IN2010064106)

Por requerirse en sumaria penal Nº 09-000667-276-PE 1375-2-09, en contra de: Luis Carlos Araya Vindas, por el delito de: lesiones culposas, en perjuicio de: Luis Torres Mora, le solicito publicar la siguiente resolución: “Fiscalía de Desamparados, al ser las catorce y quince horas del veintitrés de julio del año dos mil diez, se ordena dar traslado de la Acción Civil Resarcitoria establecida por Luis Alfredo Torres Mora, en contra del segundo civilmente responsable: Van Der Hoogt Briceño Mac Donald, cédula Nº 6-228-0898, de conformidad con lo estipulado en el artículo 115 del Código Procesal Penal, esto para que si a bien lo tiene se oponga el demandado o interponga las excepciones que estime convenientes, cuya resolución de fondo se reservará para la publicación de esta resolución en el Boletín Judicial.—Ministerio Público, Fiscalía de Desamparados, 23 julio del 2010.—Lic. Yadira Fonseca Jiménez, Fiscal Auxiliar.––1 vez.––(IN2010065159).