BOLETÍN JUDICIAL Nº 162 DEL 20 DE AGOSTO DEL 2010

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN  EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA PRIMERA

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN  EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

Se hace del conocimiento del público en general que en los patios de la Delegación del Organismo de Investigación Judicial de Limón, se mantienen en custodia un total de 19 vehículos y 32 motocicletas, según se detalla a continuación:

 

Vehículo marca

Chasis número

Motor número

Estado

1.

Toyota, estilo corolla, tipo sedán, color blanco, con placa de circulación número 188342.

No visible

No visible

Chatarra

2.

Geo, Tracker, color rojo, con placa de circulación número 649724.

No visible

No visible

Chatarra

3.

Hyundai Excel, color gris, tipo sedán, con placa de circulación 387397.

No visible

No visible

Chatarra

4.

Hyundai Excel, color gris, tipo sedán, con placa de circulación número 409151.

No visible

No visible

Chatarra

5.

Hyundai Excel, color celeste, tipo sedán, con placa de circulación número 445901.

No visible

No visible

Chatarra

6.

Hyundai Excel, color rojo, tipo sedán, con placa de circulación número 288127.

No visible

No visible

Chatarra

7.

Vehículo marca Lada, modelo 2109, tipo sedán, color rojo, con placa de circulación número 132162.

No visible

No visible

Chatarra

8.

Hyundai, Excel, tipo sedán, color gris, con placa de circulación número 255205.

No visible

No visible

Chatarra

9.

Hyundai, Excel, color negro, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

10.

Hyundai, Elantra, color celeste, placa de circulación desconocida

No visible

No visible

Chatarra

11

Hyundai, modelo, desconocido, color dorado, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

12.

Hyundai, Excel, color rojo, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

 

 

Vehículo marca

Chasis número

Motor número

Estado

13.

Vehículo, color verde, marca y modelo ignorados, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

14.

Toyota, tipo pick up, color azul, modelo ignorado, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

15.

Hyundai, color café claro, modeo ignorado, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

16.

Hyundai, Excel, color azul, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

17.

Hyundai, color gris, modelo desconocido, con placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

18.

Vehículo, color azul-celeste, marca y modelo ignoradas, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

19.

Hyundai, modelo desconocido, color blanco, placa de circulación desconocida.

No visible

No visible

Chatarra

 

 

Motocicleta marca

Marco serie

Motor número

Estado

1.

HONDA, color roja.

XL125BR-

1021939

No visible

Deteriorado

2.

HONDA, color azul con blanco, con placa de circulación N° 485329.

No visible

No visible

Deteriorado

3.

Cuadraciclo color azul con blanco, marca desconocida, con placa de circulación N° 117138.

No visible

No visible

Deteriorado

4.

Scooter color gris, marca desconocida, con placa de circulación N° 264194.

No visible

No visible

Deteriorado

5.

Scooter color amarilla, marca desconocida, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

6.

Marco de motocicleta

No visible

No visible

Deteriorado

7.

YAMAHA, color negra, no tiene placa de circulación.

3TS-002136

No visible

Deteriorado

 

 

Motocicleta marca

Marco serie

Motor número

Estado

8.

Motocicleta marca ignorada, no tiene placa de circulación.

283AA000287-un-200R

No visible

Deteriorado

9.

YAMAHA color negra, no tiene placa de circulación, sin asiento.

No visible

No visible

Deteriorado

10.

YAMAHA, color azul con celeste, sin manivela y sin asiento, no tiene placa de circulación.

No visible

1-N23456

Deteriorado

11.

Motocicleta marca Vespa, Fórmula 50, color morada, asiento negro, con placa de circulación N° 212773.

No visible

No visible

Deteriorado

12.

YAMAHA color negra, sin manivela, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

13.

YAMAHA, color roja, asiento negro, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

14.

HONDA, color negra, marco amarillo, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

15.

HONDA, tanque color blanco, asiento negro, con placa de circulación N° 69931.

No visible

No visible

Deteriorado

16.

YAMAHA, con placa de circulación N° 82390.

No visible

No visible

Deteriorado

17.

HONDA, tipo cuadraciclo, color rojo, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

18.

HONDA, color blanco, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

19.

HONDA, color blanco, asiento azul, no tiene placa de circulación.

MD22-1304743

No visible

Deteriorado

20.

HONDA, demás características ignoradas, no tiene placa de circulación.

19033-KW-6700

No visible

Deteriorado

21.

HONDA, tanque color blanco, rojo y amarillo, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

22.

Marco de motocicleta color azul, sin asiento, marca desconocida.

No visible

No visible

Deteriorado

23.

SUZUKI, color roja con asiento negro, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

 

 

Motocicleta marca

Marco serie

Motor número

Estado

224.

BAJAI, con tanque color vino, asiento negro, con placa de circulación N° 126147.

No visible

No visible

Deteriorado

225.

Motocicleta con tanque color azul, asiento negro, marca desconocida, no tiene placa de circulación.

LJEPCJL218A000064

No visible

Deteriorado

226.

HONDA, tanque color negro, marco color azul, sin asiento, no tiene placa de circulación.

9C2KD010INR216678

No visible

Deteriorado

227.

Motocicleta color negra, marca desconocida, con placa de circulación N° 66094.

No visible

No visible

Deteriorado

228.

Motocicleta, tipo DT, tanque negro, asiento negro y celeste, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

229.

HONDA, tanque color gris, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

330.

SUZUKI, tanque color azul, asiento negro, no tiene placa de circulación.

LCGPAGA1370809090

No visible

Deteriorado

331.

YAMAHA, color negra, no tiene placa de circulación.

No visible

No visible

Deteriorado

332.

HONDA, color azul, con asiento color negro, con placa de circulación N° 133726.

No visible

No visible

Deteriorado

 

Se invita a las personas que estimen ser los propietarios de estos bienes muebles, para que en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente de esta publicación, se presenten al Departamento de Proveeduría del Poder Judicial sita en el 3° piso del edificio Anexo B ubicado en San José, Poder Judicial, calle 13, avenida 4, a hacer valer sus derechos. Deberán presentar el título de propiedad y documento de identidad vigentes. En caso de no presentarse dentro del plazo establecido, se procederá a la destrucción de estos bienes.

San José, 6 de agosto del 2010.

Alfredo Jones León

1 vez.—(IN2010066768)                                                                                                                                                                       Director Ejecutivo

SALA PRIMERA

CIRCULAR Nº 103-2010

ASUNTO:   Tabla de Plazos de Conservación de Documentos de la Sala Primera.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior, en sesión Nº 62-10, celebrada el 24 de junio de los corrientes, artículo XXXIX,  aprobó la siguiente Tabla de Plazos de Conservación de Documentos de la Sala Primera:

TABLA DE PLAZOS DE CONSERVACIÓN

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Tipo

documental

Original o copia

Contenido

Período de

Conservación

Observaciones

Oficina origen

Archivo Central

1

Correspondencia

O / C

En su mayoría se trata de copias remisiones de expedientes tanto de la que se queda como la que tiene el acuse. Los originales de los recibidos de expedientes en la Sala.

2

0

 

2

Proyectos de votación

O

Documentos originales de los proyectos que se llevan a votación para ser discutidos.

P

0

Las sentencias en cada expediente será el resultado final de estos proyectos.

3

Listas de votación

O

Se enlistan los expedientes que se llevan a la votación.

P

0

Automatizada a partir del año 2006.

4

Exequátur

O

Expedientes de solicitud de homologación de sentencias dictadas en el extranjero.

P

0

En el Archivo Judicial existen expedientes hasta el año 1999.

5

Cartas Rogatorias

O

Expedientes de Solicitud de Asistencia Judicial en procesos del extranjero (comisiones del extranjero)

 

 

 

5

Arbitrales

O

Requerimiento de un individuo que  ante un Tribunal arbitral privado para resolver sus controversias con la otra parte, en la Sala se revisa el Laudo dictado por el Tribunal

5

0

Existe uno que por haber dejado de existir la empresa gestora, y la cámara de Tribunal se quedó en la Sala Primera. Año 2002.

6

Recursos de revisión declarados con lugar

O

Recursos de revisión presentados contra las resoluciones firmes e procesos que producen cosa juzgada material

5

5

En el Archivo Judicial existen expedientes hasta el año 1999.

7

Recursos de Revisión declarados sin lugar

O

Recursos de revisión presentados contra las resoluciones firmes e procesos que producen cosa juzgada material declarados sin lugar.

5

0

En el Archivo Judicial existen expedientes hasta el año 1999.

8

Control de vacaciones

C

Solicitud de vacaciones por parte de los servidores de la secretaría de la Sala Primera

2

0

 

9

Registro de asistencia

O

Control de asistencia por parte de los servidores de la Secretaría de la Sala Primera.

1

0

 

10

Proposiciones de nombramientos

C

Proposiciones de nombramientos del personal de la Secretaría General de la Corte

P

p

Automatizados desde 2006.

11

Documentos oficina Magistrada León

O

Documentos personales y de las diferentes comisiones que preside.

p

p

 

12

Documentos oficina Magistrado Rivas

O

Documentos personales y de las diferentes comisiones que preside.

p

p

 

13

Documentos oficina Magistrado Solís

O

Documentos personales y de las diferentes comisiones que preside.

p

p

 

14

Documentos oficina Magistrado González

O

Documentos personales y de las diferentes comisiones que preside.

p

p

 

15

Documentos oficina Magistrada Escoto

O

Documentos personales y de las diferentes comisiones que preside.

p

p

 

 

San José, 9 de agosto del 2010.

                                                                                                                                                                                               Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—Exonerado.—(IN2010067196)                                                                                                                                    Secretaria General

SALA CONSTITUCIONAL

tercera PUBLICACIÓN

ASUNTO:        Acción de inconstitucionalidad a los Tribunales y Autoridades de la República.

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-00477 promovida por Maureen Patricia Ballestero Vargas en contra del artículo 262 del Código Electoral, se ha dictado el voto número 11352-10 de las quince horas con cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil diez, que en lo que interesa dice:

“Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase que indica: “... sin perjuicio de lo que establece el artículo 68 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República” contenida en el Código Electoral, Ley Nº 8765 de 19 de agosto de 2009, publicado en el Alcance 37 a La Gaceta Nº 171 del 2 de setiembre de 2009. Se le da un plazo de treinta y seis meses a la Asamblea Legislativa para que dicte la reforma parcial a la Constitución Política y la reforma a su Reglamento para incorporar el deber de probidad como una causal de cancelación de credencial y otras sanciones. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las situaciones jurídicas consolidadas. En lo demás, se declara sin lugar la demanda. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes y a la Asamblea Legislativa.

El Magistrado Armijo Sancho y Pacheco Salazar salvan el voto y declaran sin lugar la acción.

El Magistrado Cruz Castro y la Magistrada Calzada Miranda ponen nota.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 04 de agosto del 2010

                                                                       Gerardo Madriz Piedra

(IN2010064921)                                                        Secretario.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-10788 promovida por Brian Glen Hirsch en contra de los incisos a), c), ch), d) y el último párrafo del artículo 47 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, número 6043 del dos de marzo de mil novecientos setenta y siete y los incisos a), c), ch), d) del artículo 25 del Reglamento a dicha ley, emitido por Decreto Ejecutivo número 7841 del dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete, se ha dictado el voto número 11351-10 de las quince horas con cuatro minutos del veintinueve de junio de dos mil diez, que en lo que interesa dice:

“Se rechaza de plano la acción en cuanto se dirige contra los incisos c) y ch) y el último párrafo del artículo 47 de la Ley de la Zona Marítimo Terrestre número 6043 de dos de marzo de mil novecientos setenta y siete, y contra los incisos c), ch) y d) del artículo 25 del Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, Decreto ejecutivo número 7841 del dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y siete. Se declara sin lugar respecto del inciso a) de ambos artículos citados. Notifíquese.

La Magistrada Calzada salva el voto parcialmente y declara con lugar la acción en relación con el artículo 47 inciso a) de la Ley y 25 inciso a) de Reglamento.”

San José, 04 de agosto del 2010

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

(IN2010064922)                                                       Secretario.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-06121 promovida por Sebastián Mejía Monge en contra del artículo 18 del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, se ha dictado el voto número 12284-10 de las catorce horas con treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil diez, que en lo que interesa dice:

“Se rechaza de plano la acción”.

San José, 04 de agosto del 2010

                                                                    Gerardo Madriz Piedra

(IN2010064923)                                                     Secretario.

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 10-00477 promovida por Maureen Patricia Ballestero Vargas en contra del artículo 262 del Código Electoral, se ha dictado el voto número 11637-10 de las diez horas con treinta y un minutos del dos de julio de dos mil diez, que en lo que interesa dice:

“Se adiciona la sentencia Nº 2009-011352 de las quince horas cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil diez, con el fin de disponer que: Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase del artículo 262 que indica: “... sin perjuicio de lo que establece el artículo 68 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República.” contenida en el Código Electoral, Ley Nº 8765 de 19 de agosto de 2009, publicado en el Alcance 37 a La Gaceta Nº 171 del 2 de setiembre de 2009. Se le da un plazo de treinta y seis meses a la Asamblea Legislativa para que dicte la reforma parcial a la Constitución Política y la reforma a su Reglamento para incorporar el deber de probidad como una causal de cancelación de credencial y otras sanciones. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las situaciones jurídicas consolidadas. En lo demás, se declara sin lugar la demanda. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes y a la Asamblea Legislativa.

El Magistrado Armijo Sancho y Pacheco Salazar salvan el voto y declaran sin lugar la acción.

El Magistrado Cruz Castro y la Magistrada Calzada Miranda ponen nota.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 04 de agosto del 2010

                                                                      Gerardo Madriz Piedra

(IN2010064924)                                                       Secretario.

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 08-13516 promovida por Jorge Enrique Romero Pérez en contra del artículo 2 del Acuerdo Nº 92 de 18 de abril de 2008, se ha dictado el voto número 12299-10 de las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio del dos mil diez, que literalmente dice:

«Se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad. En consecuencia, se anula por inconstitucional el artículo 2°, del Acuerdo Nº 92 de 18 de abril de 2008, emitido por el Presidente de la República y el Ministro de la Presidencia y publicado en La Gaceta el 5 de mayo de 2008. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las relaciones o situaciones jurídicas que se hubieran consolidado por prescripción, caducidad o en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese al Presidente de la República, al Ministro de la Presidencia y al Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones.»

Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 párrafo segundo de la ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la(s) norma(s) aquí anulada(s) rige(n) a partir de la primera publicación de este aviso.

San José, 04 de agosto del 2010

                                                                    Gerardo Madriz Piedra

(IN2010064925)                                                     Secretario

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 04-03249-0007-CO promovida por Rodolfo Saborío Valverde en contra del artículo 60 del Código Electoral, se ha dictado el voto número 09340-10 de las catorce horas con treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil diez, que literalmente dice:

«Por unanimidad se declara con lugar la acción en cuanto al inciso a) del párrafo primero del artículo 60 del Código Electoral, Ley 1536 del 10 de diciembre de 1952. Así mismo, por conexidad se anula el inciso a) del artículo 67 del Código Electoral, Ley 8765 del 19 de agosto de 2009, cuyo texto dice: “Una asamblea distrital en cada distrito administrativo, formada por los electores de cada distrito afiliados al partido”. En cuanto a los demás extremos, se declara sin lugar la acción. Los Magistrados Armijo Sancho y Cruz Castro salvan el voto al estimar la inconstitucionalidad de la frase que contiene el inciso a) del párrafo primero del artículo 60 del Código Electoral, Ley 1536 del 10 de diciembre de 1952, en la que se establece: “la Asamblea de Cantón estará constituida por cinco delegados de cada distrito, por las respectivas Asambleas de Distrito. La Asamblea de Provincia estará integrada por cinco delegados de cada cantón electos por las respectivas asambleas cantonales”. De igual forma, por conexidad se declara la inconstitucionalidad del inciso b) y c) del artículo 67 del Código Electoral, Ley 8765 del 19 de agosto de 2009, cuyo texto establece: inciso b) “Una asamblea cantonal en cada cantón constituida por cinco delegados de cada distrito, electos por las respectivas asambleas de distrito”, inciso c) “Una asamblea provincial en cada provincia integrada por cinco delegados de cada una de las asambleas cantonales de la respectiva provincia”. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se dimensionan los efectos en el sentido de que la inconstitucionalidad declarada surge efectos a partir de la publicación íntegra de esta sentencia. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Comuníquese este pronunciamiento al Presidente de la Asamblea Legislativa, y al Tribunal Supremo de Elecciones. Notifíquese.

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 04 de agosto del 2010

                                                                 Gerardo Madriz Piedra

(IN2010064926)                                                  Secretario

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

Que en proceso disciplinario notarial Nº 09-000117-627-NO, de Regisrto Civil contra el notario Alejandro Delgadillo Solano, este Juzgado dictó la resolución Nº 00116-2010 de las once horas del día diecisiete de febrero del dos mil diez, la cual fue modificada por el Tribunal de Notariado por Voto Nº 175-2010 de las nueve horas, quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil diez, dispuso imponerle al notario Alejandro Delgadillo Solano, (cédula de identidad Nº 6-0130-0343) la corrección disciplinaria de un año de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 6 de agosto del 2010.

                                                         Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010067168).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 05-000560-0627-NO, de Antonio Miguel Figueroa Arce contra Carlos Villanueva Maydana  y  Alejandro  Carballo Zeulli, (cédula de identidad Nos. 1-0542-0463 y 3-0301-0349 respectivamente), este Juzgado mediante resolución de las trece horas, treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil diez, dispuso levantar a los notarios Carlos Villanueva Maydana y Alejandro Carballo Zeulli la corrección disciplinaria de suspensión en el ejercicio de la función notarial, impuesta en resolución Nº 790-2009 de las quince horas, tres minutos del veintiocho de setiembre del dos mil nueve, a partir del día diecisiete de julio del dos mil diez.

San José, 29 de julio del 2010.

                                                         Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010067169).

Que en proceso disciplinario notarial Nº 09-000058-627-NO. de Registro Civil contra la notaria María Rebeca Montero Vargas, este Juzgado mediante resolución número 122-JR-2010 de las catorce horas, diecinueve minutos del dieciocho de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle a la citada notaria María Rebeca Montero Vargas, (cédula de identidad Nº 2-0533-0337), la corrección disciplinaria de cinco meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de agosto del 2010.

                                                         Lic. José Daniel Durán Artavia

                                                                                  Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010067170).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 06-000008-627-NO, de Registro Público de la Propiedad de Bienes Muebles contra el notario Geovanny Víquez Arley, este Juzgado mediante resolución número 127-JR-2010 de las quince horas treinta y cuatro minutos del diecinueve de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Geovanny Víquez Arley (cédula de identidad 3-0336-0382) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de agosto del 2010.

                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

                                                                       Juez

1 vez.— Exonerado.—(IN2010067171).

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 08-000678-627-NO, de Registro Civil contra el notario Julián Elizondo Aguilar, este Juzgado mediante resolución número 114-2010 de las quince horas doce minutos del dieciséis de febrero del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario Julián Elizondo Aguilar (cédula de identidad Nº 6-0250-0318) la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de agosto del 2010

                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

                                                                       Juez

1 vez.— Exonerado.—(IN2010067172).                 

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 06-000898-627-NO, de Jorge Arturo Pizarro Pizarro contra el notario Luis Bernardo Echeverri Trujillo, este Juzgado mediante resolución número 136-F-2009 de las nueve horas veinte minutos del veintiséis de febrero del dos mil nueve, dispuso imponerle al citado notario  Luis  Bernardo  Echeverri  Trujillo  (cédula  de  identidad 8-0050-0839) la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 10 de agosto del 2010.

                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

                                                                       Juez

1 vez.— Exonerado.—(IN2010067173).                 

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 07-000605-0627-NO, de Luis Arnoldo Arrieta Castro contra Pablo Fernando Ramos Vargas (cédula de identidad Nº 1-786-764), este Juzgado mediante resolución Nº 162-2010 de las nueve horas cuarenta minutos del trece de mayo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación, en el Boletín Judicial.

San José, 27 de julio del 2010.

                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

                                                                       Juez

1 vez.—Exonerado.—(IN2010067174).                  

Que en el proceso disciplinario notarial Nº 06-000204-0627-NO, de Registro Civil contra Ernesto Chinchilla Vílchez (cédula de identidad Nº 1-524-875), este Juzgado mediante resolución Nº 208-2010 de las diez horas treinta y tres minutos del dieciséis de marzo del dos mil diez, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 26 de julio del 2010.

                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2010067175).                                       Juez

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Marvin Pavon Pavon, quien fue mayor de edad, soltero en unión de hecho, oficial de la Fuerza Pública, costarricense, vecino de Liberia, urbanización 25 de Julio, casa número 34, con cédula de identidad 0501700671, quien falleció el 24 de abril de 2010, se les hace saber que: Estela Barrantes Camacho, portador(a) de la cédula de identidad o documento de identidad 0502470364, vecino(a) de Liberia, urbanización 25 de Julio, casa número 34, se apersonó en este Despacho en calidad de compañera sentimental del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Marvin Pavon Pavon. Expediente 10-000074-0942-LA.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Liberia, 20 de julio del año 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010066813).

Con ocho días de plazo se convoca a los causahabientes de la fallecida Vanessa Sánchez Brenes conocida como Tatiana Sánchez Brenes, quien fuera mayor, casada, vecina de San Rafael Abajo de Desamparados, Urbanización Mónaco, alameda 3, casa número 5, cédula de identidad número uno-ochocientos ochenta y nueve-ochocientos doce, quien falleció el diez de junio del dos mil nueve, con el fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos en la presente diligencia de reclamo de Fondo de Capitalización Laboral y Extremos Laborales, expediente número 10-300155-0237-LA (164-4-10), gestionada por: Fabio Sánchez Murillo contra Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Popular Pensiones y Celaje Marino de Hermosa S. A., apercibidos de que de no hacerlo así en dicho lapso, contados los días a partir de la publicación de este edicto, los dineros pasarán a quien corresponda en derecho, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del 2010.—Lic. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—(IN201067398).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

segunda PUBLICACIÓN

A las nueve horas del ocho de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios, soportando anotación del tomo cero cero cero cuatro, asiento cuarenta y tres mil trescientos cuarenta y cinco, por deber marchamos del Instituto Nacional de Seguros y con la base de siete millones doscientos cincuenta y nueve mil quinientos treinta y uno con 95/100 colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Komatsu, estilo PC200-5c, categoría equipo especial, capacidad una persona, carrocería obras civiles, año 1991, color amarillo, combustible diesel. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Enrique Rojas Pineda, Constructora Monteverde S. A. Expediente Nº 01-001468-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de abril del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010066845).

En la puerta exterior de este Despacho Judicial; libre de gravámenes prendarios a las trece horas, treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil nueve y con la base de un millón noventa y dos mil ochocientos veintisiete colones con doce céntimos exactos, libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando del gravamen de habitación familiar; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía sea la finca partido de Heredia, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro derecho cero cero uno y cero cero dos, que es terreno para construir, sito en el distrito cuatro Ulloa, cantón Heredia de la provincia de Heredia. Linda: al norte, calle pública con seis metros; sur, lote treinta y cinco; este, lote cincuenta, y al oeste, lote cincuenta y dos. Mide: cien metros con cincuenta decímetros cuadrados, según plano catastrado H-cero tres seis tres seis cinco cero-mil novecientos noventa y seis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas, treinta minutos del primero de octubre del dos mil diez, con la base de ochocientos diecinueve mil seiscientos veinte colones con treinta y cuatro céntimos (base rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas, treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil diez, con la base de doscientos setenta y tres mil doscientos seis colones con setenta y ocho céntimos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Promotora de Vivienda contra Elías Antonio de la Trinidad Rojas Alfaro y Carmen María Bolaños Villalobos. Expediente Nº 10-000902-0373-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo de Heredia, diez horas, cincuenta y siete minutos del veintinueve de julio del dos mil diez.—Lic. Luis Fernando Barrantes Aguilar, Juez.—RP2010189824.—(IN2010067208).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada, remataré la finca inscrita al partido de San José, matrícula quinientos setenta y cuatro mil novecientos cuarenta-cero cero cero, plano SJ-0323619-1996, que es terreno para construir, sito en distrito segundo General Viejo, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Rafael Otilio Navarro Rojas; sur, Isabel Navarro Rojas; este, Isabel Navarro Rojas, y al oeste, calle pública con 15.00 metros de frente. Mide: ciento ochenta y tres metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el primer remate con la base de cinco millones trescientos treinta y dos mil novecientos treinta y seis colones con sesenta y cinco céntimos, se señalan las ocho horas del veintinueve de setiembre de dos mil diez. Fracasado dicho remate con la base rebajada de un veinticinco por ciento sea la suma de tres millones novecientos noventa y nueve mil setecientos dos colones con cuarenta y nueve céntimos a efectos de realizar el segundo remate se señalan las ocho horas del quince de octubre de dos mil diez y en caso de no existir oferentes, con la base de un veinticinco por ciento de la base original sea la suma de un millón trescientos treinta y tres mil doscientos treinta y cuatro colones con dieciséis céntimos celébrese tercer remate al ser las ocho horas del primero de noviembre de dos mil diez. La finca descrita pertenece a Jorge Antonio Quesada Robles. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario 09-103750-0857-CI interno 3787-09-1 de Coopealianza R. L. contra Jorge Antonio Quesada Robles.—Juzgado Civil y de Trabajo de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, 30 de julio de 2010.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—RP2010189833.—(IN2010067209).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones al tomo 556, asiento 9813, secuencia 01-002, 001; a las diez horas, treinta minutos del treinta setiembre del dos mil diez y con la base de dieciocho mil novecientos setenta y seis dólares con cuarenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula cuatrocientos sesenta y tres mil quinientos veintisiete cero cero cero, la cual es terreno para vivienda, lote 90.565, con una casa, situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flory Segura; al sur, Cristina Arias; al este, Álvaro Víquez, y al oeste, Cristina Arias. Mide: mil diecinueve metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez, con la base de catorce mil doscientos treinta y dos dólares con treinta y un centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil diez con la base de cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro colones con diez céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de German Arguedas Rivera contra William Madrigal Quirós. Exp. 09-100220-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 21 de junio del 2010.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—RP2010189834.—(IN2010067210).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales; a las quince horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil diez, y con la base de dos millones de dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00014799-000, la cual es terreno para sembrar, con una casa y otras edificaciones, situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Federico Solórzano Montiel y otro; al sur, calle pública y otro; al este, carretera Interamericana y otro, y al oeste, Daniel Alvarado Gallo. Mide: un millón doscientos setenta y cinco mil ochocientos setenta y cinco metros con diecinueve cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil diez, con la base de un millón quinientos mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil diez, con la base de quinientos mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hanzel Morales Ruiz contra Luxury Development S. A. Expediente 10-005857-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de marzo del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010189851.—(IN2010067211).

A las diez horas del diez de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reserva de caminos públicos y con la base de dos millones de colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 91049-000, que es terreno para construir. Sito en el distrito 01, Miramar; cantón 04, Montes de Oro; Miramar, de la provincia de Puntarenas, número de plano P-0250594-1995. Linda al norte con: Ramón Olivares Orozco; al sur: Danilo Esquivel Pérez; este: Ramón Olivares Orozco; y al oeste: calle pública, con 19 metros, 17 cts. Mide: mil ciento ochenta y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados: de resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base, sea la suma de un millón quinientos mil colones, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las nueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasada esta segunda subasta y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de quinientos mil colones; celébrese el tercer y último remate en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las nueve horas del once de octubre del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela contra Johnny Villegas Núñez. Expediente Nº 10-101177-0432-CI-1.—Juzgado Civil y Menor Cuantía de Puntarenas, a las siete horas cuarenta minutos del veintidós de julio del dos mil diez.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—RP2010189878.—(IN2010067212).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las once horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diez, y con la base de veintinueve mil trescientos noventa y un dólares con ochenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número siete uno tres uno dos uno, marca Honda, año 2008, Vin JHLRE48508C200267, cilindrada 2354 c.c, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de veintidós mil cuarenta y tres dólares con noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de siete mil trescientos cuarenta y siete dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Manuel Enrique Morales Arias. Expediente Nº 10-000451-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de mayo del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010189911.—(IN2010067213).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, bajo las citas 336-18151-01-0901-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil diez, y con la base de cuatro millones cuatrocientos veintiún mil setecientos siete colones con setenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 315607-000 la cual es terreno lote 10, terreno para construir. Situada en el distrito Tacares, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda al noreste: calle pública, con 10 metros y Randal Cortés Cerdas, ambos en parte; al noroeste: lote 11-E y Randal Cortes Cerdas, ambos en parte; al sureste: lote 09-E y Randal Cortés Cerdas ambos en parte; y al suroeste: Elio Rojas Herrera y Randal Cortés Cerdas, ambos en parte. Mide: ciento noventa y cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil diez, con la base de tres millones trescientos dieciséis mil doscientos ochenta colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de un millón ciento cinco mil cuatrocientos veintiséis colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Gazel Oviedo Soto. Expediente Nº 09-018834-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de julio del 2010.—Lic. Jéssica Jiménez Ramírez, Jueza.—RP2010189985.—(IN2010067214).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando seis servidumbres trasladadas a las quince horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil diez, y con la base de tres millones setecientos dos mil ciento seis colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintiséis mil veintisiete cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 06, San Isidro, cantón 01, de la provincia de Alajuela. Colinda al norte: lote 54, Asociación Pro Vivienda La Rotonda; al sur: lote 52, Asociación Pro Vivienda La Rotonda; al este: resto destinado a calle; y al oeste: Benigno Ocampo González. Mide: ciento veinte metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil diez, con la base de dos millones setecientos setenta y seis mil quinientos ochenta colones con veintidós céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diez, y con la base de novecientos veinticinco mil quinientos veintiséis colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Greivin Arias Ramírez, Teresa Ramírez Jarquín, Wilberth Arias Ramírez. Expediente Nº 10-000624-0307-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 9 de agosto del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—RP2010190010.—(IN2010067215).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, a las nueve horas y cero minutos del diez de enero del dos mil once y con la base de siete millones ciento veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 108577-000, la cual es terreno de patio, con una casa de habitación. Situada en el distrito 03, Tobosi, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda al norte: calle pública, con frente de 10 metros, 61 centímetros; al sur: Jorge Brenes Navarro; al este: futura ampliación vial de calle pública con frente de 17 metros, 38 centímetros; y al oeste: Alcides Ramírez Ramírez. Mide: ciento setenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados; para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil once, con la base de cinco millones trescientos cuarenta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de febrero de dos mil once, con la base de un millón setecientos ochenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yessenia María Barahona Morales contra María Isolina Soledad Ramírez Ramírez. Expediente Nº 10-001230-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de julio del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2010190023.—(IN2010067216).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, y con la base de un millón ochocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 573020, marca Toyota, estilo Corolla, año 1993, chasis 1NXAE04E6PZ093438, motor 4AF358886. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez, con la base de un millón trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil diez, con la base de cuatrocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Alexander Salas González contra Hilda Eugenia Nuñez Arce. Expediente Nº 10-000395-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 3 de agosto del 2010.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez.—RP2010189032.—(IN2010067217).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando condiciones, reservas y restricciones, sáquese a remate la finca de San José, matrícula 579650-001 y 002. Naturaleza: terreno de cafetal, situada: distrito 08 Cajón; cantón 19, Pérez Zeledón de la provincia de San José. Linderos norte y oeste: Víctor Salazar Vargas, sur: Víctor Salazar Vargas y servidumbre de paso de parte; este: quebrada. Mide: mil setecientos cuarenta y nueve metros con tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0765372-2002. Primer remate; para tal fin se señalan las 8:00 horas del 6 de setiembre de 2010, con la base de 6.184.687,99 colones; segundo remate: para tal fin se señalan las 8:00 horas del 22 de setiembre de 2010, con la base de 4.638.516 colones, (base inicial menos el 25 por ciento); tercer remate para tal fin se señalan las 8:00 horas del 7 de octubre de 2010, con la base de 1.546.171,99 colones (el 25 por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado en expediente Nº 10-100066-423-CI-2, hipotecario. Actor: Banco Popular y de Desarrollo Comunal. Demandados: Randall Salazar González y otros.—Juzgado Civil de Osa, a las 8:00 horas del 28 de julio de 2010.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—RP2010190043.—(IN2010067218).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas quince minutos del siete de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuarenta y cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y seis colones con sesenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 90273-000, la cual es terreno para construir con una casa 16-K. Situada en el distrito 02 San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda al norte: lote 15-K; al sur: lote 17-K; al este: calle 6 de la urbanización y al oeste: Promociones Pizarro S. A. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del veintidós de setiembre del dos mil diez, con la base de treinta y tres millones seiscientos cincuenta y seis mil novecientos veintidós colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del seis de octubre del dos mil diez, con la base de once millones doscientos dieciocho mil novecientos setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Rónald Bernardo Solís Godínez. Expediente Nº 10-001124-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de junio del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010190114.—(IN2010067219).

En la puerta exterior de este despacho; soportando dos servidumbres trasladadas e hipoteca de primero y segundo grado y al ser las nueve horas del treinta y uno de agosto del año dos mil diez, y con la base de tres millones cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cuatro-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 06-San Francisco Dos Ríos, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 27-1; al este, Yu Ling y otro y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del catorce de setiembre del año dos mil diez, con la base de dos millones quinientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintinueve de setiembre del año dos mil diez con la base de ochocientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Carlos Bruno Martínez contra Francine Mayela Picado Quirós. Expediente Nº 09-001467-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010067726).

A las ocho horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil diez, desde la puerta exterior de este Juzgado, en el mejor postor remataré: 1) Veintidós mesas de madera color café para computadora, en regular estado de conservación. Se valora cada una en doce mil colones para un total de doscientos sesenta y cuatro mil colones; 2) Veinte silla secretariales giratorias en tapiz color azul, en buen estado de conservación. Se valora cada una en la suma de quince mil colones para un total de trescientos treinta mil colones; 3) Cuarenta y un pupitres en madera y aluminio, en regular estado de conservación. Se valora cada uno en diez mil colones para un total de cuatrocientos diez mil colones; 4) Dos muebles tipo escritorio en madera color café, en regular estado. Se valora cada uno en diez mil colones para un total de veinte mil colones; 5) Dos escritorios en madera color café, en regular estado. Se valora cada uno en la suma de diez mil colones para un total de veinte mil colones; 6) Cinco pizarras acrílicas de tamaño mediano, en buen estado. Se valora cada una en la suma de diez mil colones para un total de cincuenta mil colones; 7) Cinco impresoras, tres de ellas marca Epson modelos L.X. 300, C-G3 Y C-G7, una marca Canon Pixma M.P.-190 y otra marca Canon IP1800, un monitor gris marca intecl, dos teclados con adaptador marca Link modelo 2640 T.,  valorado en conjunto en la suma de sesenta mil colones; 8) Un teléfono pequeño blanco, marca General Electric, usado. Valorado en cinco mil colones; 9) Una sierra, marca SKIL de 1300 waft. Se valora en la suma de diez mil colones; 10) Un pega tornillos de color amarillo, marca Vikingo. Valorado en la suma de cinco mil colones; 11) Dos muebles estilo biblioteca con tres divisiones, forrado en fórmica, color blanco con sobre en color café, en regular estado de conservación. Se valora cada uno en diez mil colones para un total de veinte mil colones; 12) Una refrigeradora color blanco, marca Atlas, modelo AM22. Se valora en la suma de treinta mil colones netos; 13) Un horno de microondas pequeño, marca Teltar. Se valora en la suma de quince mil colones; 14) Un percolador marca Hamilton Beead de 20 tazas. Valorado en la suma de cinco mil colones; 15) Un cofeemaker color negro, marca Telstar en regular estado. Valorado en la suma cinco mil colones netos; 16) Un escritorio pequeño usado, en regular estado de conservación. Se valora en la suma de diez mil colones; 17) Tres azafates plásticos usados. Valorados en la suma de mil quinientos colones; 18) Un extintor grande, marca Bukeye, color rojo. Se valora en la suma de cinco mil colones; 19) Tres aires acondicionados con su control remoto, marca Telstar. Se valora cada uno en la suma de veinticinco mil colones para un total de setenta y cinco mil colones; 20) Una mesa para computadora en color gris, en regular estado de conservación. Se valora en doce mil colones; 21) Una silla giratoria estilo ejecutiva de color negro, en regular estado. Se valora en cinco mil colones; 22) Ocho libros nuevos para el estudio del idioma ingles Interchange, cada uno con un CD. Se valora en la suma de cuarenta mil colones; 23) Seis dispensadores para papel y cinco para jabón líquido. Cada uno se valora en la suma de dos mil colones para un total de veintidós mil colones; 24) Un mueble tipo locker de cuatro cajones. Se valora en la suma de diez mil colones. Lo anterior por haberse ordenado así en Desahucio número 2009-000050-221-CI de ILEJI S. A., contra The English Institute S. A.—Juzgado Segundo Civil de Menor Cuantía de San José, 04 de agosto de 2010.—Lic. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza.—(IN2010067731).

A las diez horas del primero de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios y anotaciones, y con la base de quinientos cuarenta y cinco mil colones, remataré: 1) Sierra cinta, marca Quijote, serie 35E01X944, 2) Sierra cinta, marca Quijote, serie 35E02X966, 3) Torno para madera, marca Quijote, serie 184TCEL702. En caso de salir fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatrocientos ocho mil setecientos cincuenta colones, se señalan las nueve horas del diecisiete de setiembre del dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de ciento treinta y seis mil doscientos cincuenta colones, se señalan las nueve horas treinta minutos; del cinco de octubre del dos mil diez. La referida maquinaria pertenece a Gilbert Segura Gamboa. Lo anterior por estar así ordenado en proceso de ejecución prendaria de Óscar Brealey Myers contra Gilbert Segura Gamboa. Expediente Nº 09-101025-0317-CI.—Juzgado de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 06 de julio del 2010.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—RP2010190555.—(IN2010067741).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las 15/30 07/10/2010, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 238844 000 cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda al norte: Zulia Mora Argüello; al sur: Dora Emilia Gamboa Mata; al este: calle pública con 9 mts 76 cts y; al oeste Pablo Gutiérrez Gutiérrez, Quebrada. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con noventa y un decímetros cuadrados; para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez, con la base de catorce millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil diez, con la base de siete millones trescientos treinta y tres mil trescientos treinta y tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria y de Desarrollo Comunal Banco Popular contra Fabiola Cervantes Rivera, Rafael Ángel Mena Jiménez. Expediente 10-100008-0188.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de julio del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010190141.—(IN2010067220).

En la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor, remataré lo siguiente: primera finca, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez y con la base de cinco millones ochenta y seis mil nueve colones con setenta y cuatro céntimos, remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y nueve mil doscientos treinta y ocho cero cero cero, la cual es terreno de charrales, lote 3-18. Situada en el distrito tercero, Daniel Flores, cantón decimonoveno, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda al norte: lote 3-17; al sur: lote 3-17; al este: lote 3-1 y; al oeste: calle con 10,00. Mide: ciento noventa y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil diez, con la base de tres millones ochocientos catorce mil quinientos seis colones con seis céntimos (rebajada en un 25%) y; para el tercer remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de un millón doscientos setenta y un mil quinientos dos con dos céntimos, (un 25% de la base original). Segunda finca: libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diez y con la base de diez millones ochocientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y dos colones con veintiún céntimos, remataré la finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ocho mil doscientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, San Isidro de El General, cantón decimonoveno, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda al norte: Flory Ramírez Obando y otros; al sur: Mireya Fallas Román; al este: calle pública y; al oeste: Ramón Mena Navarro. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil diez, con la base de ocho millones ciento sesenta y cuatro mil setecientos ochenta y seis con cinco céntimos (rebajada en un 25%) y; para el tercer remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de dos millones setecientos veintiún mil quinientos noventa y cinco colones con cinco céntimos, (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Xinia Ramírez Obando y Sergio Emilio del Carmen Segura Fallas. Expediente Nº 10-000428-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 4 de agosto del 2010.—Lic. Ricardo Cerdas Monge, Juez.—RP2010190143.—(IN2010067221)

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de setiembre del dos mil diez, y con la base de cincuenta y tres millones noventa y seis mil trescientos cuarenta y siete colones con noventa y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos mil novecientos sesenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa lote 60. Situada en el distrito tercero, Daniel Flores, cantón decimonoveno, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda al norte: INVU; al sur: calle pública; al este: INVU y; al oeste; INVU. Mide: ciento cuarenta y siete metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, con la base de treinta y nueve millones ochocientos veintidós mil doscientos treinta y un colones con setenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez, con la base de trece millones doscientos setenta y cuatro mil ochenta y seis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Inversiones Hugsa S. A y Sara Gómez Gómez. Expediente Nº 10-100082-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de julio del 2010.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—RP2010190145.—(IN2010067222).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente, inscrito al tomo 339, asiento l0304, consecutivo 1, secuencia 0001, subsecuencia 001, a las catorce horas y quince minutos del ocho de noviembre del dos mil diez, y con la base de trece millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil ciento cincuenta y siete, F, cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno finca filial setenta y siete, de una planta destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito San Francisco, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda al norte: con Elizabeth Saxe Ivancovich; al sur: alameda cuatro; al este: filial setenta y seis y al oeste: finca filial setenta y ocho. Mide: noventa y un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diez, con la base de diez millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del nueve de diciembre de dos mil diez, con la base de tres millones trescientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Daniel Esteban Calderón Arce y Lidia María Barrantes Quirós. Expediente Nº 10-001242-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010190147.—(IN2010067223).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de octubre del dos mil diez, y con la base de dos millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 725437, marca Hyundai, año 1995, Vin KMJRD37FPSU191236, cilindrada 2500, color plateado, categoría Grace. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre del dos mil diez, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del treinta de noviembre del dos mil diez con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marlon Enrique Arce Zúñiga contra Blas Antonio Baltodano Ramírez. Expediente Nº 09-002569-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de julio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—RP2010190148.—(IN2010067224).

En la puerta exterior de este Despacho libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052 y 7208, a las nueve horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil diez, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y un mil trescientos veintinueve -cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito siete granja, cantón siete Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda al norte, al sur y oeste: Marco Tulio Sancho Campos, Morera y Araya S. A. y; al este: calle pública, con diez metros lineales. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados, plano A-690908-2001. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil diez, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil diez, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda contra Jenny Segura Vargas y Manuel Ángel Granados Calderón. Expediente Nº 10-000363-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 9 de julio del 2010.—Lic Emi Lorena Guevara Guevara, Juez.—RP2010190152.—(IN2010067225).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando faja terrestre, sin más gravámenes hipotecarios, a las nueve horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil diez, y con la base de cien mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 124165-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda al norte: calle pública; al sur: Asdrúbal Mora Rojas; al este: Rafael Hernández González y; al oeste Asdrúbal Mora Rojas. Mide: diez mil novecientos ochenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil diez, con la base de setenta y cinco mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil diez con la base de veinticinco mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda, que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Edwin Velasco Montaño contra Rojuncar del Caribe S. A. Expediente Nº 10-000378-0930-CI.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 8 de julio del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—RP2010190156.—(IN2010067226).

En la puerta exterior de este Despacho Judicial, a las nueve horas del veintiuno de setiembre de dos mil diez, y con la base de cinco millones ciento sesenta y cinco mil ciento cuarenta y nueve colones con ochenta y cuatro céntimos, (¢5.165.149,84), libre de gravámenes hipotecarios (el banco actor en el presente proceso, las hipotecas de primer y segundo grado), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil seiscientos noventa y uno-cero cero cero (160691-000), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, Tilarán, cantón ocho Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda al norte: Dinorah Alfaro; al sur: Dinorah Alfaro; al este: Mario Alfaro Hernández y; al oeste: Dinorah Alfaro y servidumbre de paso. Mide: trescientos noventa y un metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del ocho de octubre de dos mil diez, con la base de tres millones ochocientos setenta y tres mil ochocientos sesenta y dos colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y; para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintisiete de octubre de dos mil diez, con la base de un millón doscientos noventa y un mil doscientos ochenta y siete colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria, establecido por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Patricia Barrantes Alfaro, expediente N° 09-000165-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 15 de junio de 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda Jueza.—RP2010190233.—(IN2010067227).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, y con la base de sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 157279-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 06 Puraba, cantón 04 Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Álvaro Arias Chavarria; al sur, calle publica con 23.36 metros de frente; al este, Álvaro Arias Chavarría y al oeste, Álvaro Arias Chavarría. Mide: seiscientos diez metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diez, con la base de cuarenta y ocho mil trescientos sesenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez con la base de dieciséis mil ciento veinte dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sueños del Gato Dorado S. A. contra Norberto Juan de Jesús Camacho Chaverri. Expediente Nº 10-011110-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.––RP2010190235.––(IN2010067228).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios pero soportando una servidumbre sirviente y cinco servidumbres trasladadas; a las once horas del nueve de setiembre de dos mil diez, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos setenta y siete mil seiscientos cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto San Roque, cantón tercero Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 33 metros 72 centímetros de frente; al sur, Sueños Suarza S. A., destinado a zona de protección de río Agualote; al este, lote 3-M, y al oeste, Sueños Suarza S. A., destinado a zona de protección de río Agualote. Mide: mil doscientos treinta y seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veinticuatro de setiembre de dos mil diez, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del ocho de octubre de dos mil diez, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronald Ugalde Hidalgo contra Óscar William Barrantes Rodríguez. Expediente Nº 10-000347-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 01 de julio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.––RP2010190257.––(IN2010067229).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotécanos; a las diez horas y treinta minutos del dos de febrero de dos mil once, y con la base de doce millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela. Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta mil ciento quince-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01, Alajuela, cantón 01, Alajuela, de pública con frente de 6.09 metros; al este, lote 2 D y al oeste, Marjorie, Luis y Ronald Chavarría Miranda. Mide: ochenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil once, con la base de nueve millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil once con la base de tres millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Cántaro de Agua S. A. contra Marianella Agüero Alfaro. Expediente Nº 10-000185-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de julio del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.––RP2010190265.––(IN2010067230).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del uno de noviembre de dos mil diez, y con la base de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00151040-003, 151040-004, 151040-005 y 151040-006 (todos los derechos con las mismas características), la cual es terreno para construir con una edificación, en parte de dos plantas. Situada en el distrito 03 Hospital, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida doce; al sur, Cecilia Garita Porras; al este, calle 18 con 20.87 y al oeste, Jesús Jiménez. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diez, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de diciembre de dos mil diez con la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Arcaleon Sociedad Anónima contra Círculo Hermanas Torres Ramírez Sociedad Anónima, Cynthia Kathia Torres Ramírez, Gian Carlo Torres Ramírez, Hazel María Torres Ramírez y Mario Alberto Torres Ramírez. Expediente Nº 10-006015-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de mayo del 2010.—Lic. Jéssica Viviana Vargas Barboza, Jueza.––RP2010190266.––(IN2010067231).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 334, asiento 11837 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos anotada al tomo 509, asiento 8986; a las catorce horas del veintiocho de setiembre del dos mil diez, y con la base de cincuenta y cinco millones trescientos treinta y seis mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y cinco mil trescientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa lote quince C. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Victoria Zúñiga; al este, lote 14-C y al oeste, lote 16-C. Mide: doscientos setenta y ocho metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintisiete de octubre del dos mil diez, con la base de cuarenta y un millones quinientos dos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintitrés de noviembre del dos mil diez con la base de trece millones ochocientos treinta y cuatro mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Capitales de Construcción de Coronado S. A., Maureen Barrientos Delgado. Expediente Nº 09-931015-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 30 de julio del 2010.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.––RP2010190315.––(IN2010067232).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes, a las quince horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil diez, y con la base de trece mil ochocientos seis dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 648663, marca KIA CERATO LX, año 2007, Vin KNAFE222275331566, cilindrada 1599 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de diez mil trescientos cincuenta y cuatro dólares con cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de diciembre del dos mil diez con la base de tres mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con cinco centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A., contra Armando Alberto Aiguesvives, Franchessca María Aiguesvives Loáiciga. Expediente Nº 08-003643-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.––RP2010190335.––(IN2010067233).

A las ocho horas treinta minutos del diez de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, remataré al mejor postor, soportando el presente gravamen hipotecario, lo siguiente: la finca inscrita en propiedad partido de Puntarenas matrícula número noventa y ocho mil seiscientos catorce-cero cero cero, que es terreno para la agricultura, sito en distrito primero Corredor, cantón décimo Corredores de Puntarenas. Linda: norte, Gerardo Hernández Flor, servidumbre de paso de siete metros de ancho; sur, Compañía Bananera de Costa Rica; este, Jorge Badilla Cruz y oeste, Silvina Beita Elizondo. Mide: veinticuatro mil once metros con dos decímetros cuadrados; con la base en la suma de treinta y cinco millones doscientos noventa y dos mil ochocientos setenta y cuatro colones con dieciséis céntimos. Para la segunda subasta se sacará la finca descrita con la base en la suma de veintiséis millones cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, (base rebajada en un veinticinco por ciento), para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diez. Para la tercera subasta el bien será rematado en la suma de ocho millones ochocientos veintitrés mil colones con doscientos dieciocho colones con cincuenta y cuatro céntimos, (el veinticinco por ciento de la base primitiva) para lo cual se señalan las ocho horas treinta minutos del once de octubre del dos mil diez. Lo anterior se remata por estar ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 10-000005-419-AG (interno 05-1-10) establecido por Juan Elías Espinoza Araya, contra Enrique Beita Elizondo.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, Corredores, 04 de agosto del 2010.—Lic. Juan Gutiérrez Villalobos, Juez.––RP2010190346.––(IN2010067234).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil diez, y con la base de un millón ochenta y cuatro mil quince colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 334511, marca Hyundai Accent, año 1996, chasis KMHVD14N6TU129343, cilindrada 1495 c c, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil diez, con la base de ochocientos trece mil once colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez con la base de doscientos setenta y un mil tres colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de EHMO S. A., contra Jonathan Mora Sánchez. Expediente Nº 10-016235-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010067388).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del ocho de setiembre del año dos mil diez, y con la base de tres millones ciento treinta y tres mil trescientos setenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 573333, marca Mitsubishi categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2000, color negro, Vin JA3AY11A5YU015929, cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil diez, con la base de dos millones trescientos cincuenta mil veintinueve colones con ochenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del año dos mil diez con la base de setecientos ochenta y tres mil trescientos cuarenta y tres colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ehmo S. A., contra José Núñez Cartagena. Expediente Nº 10-000686-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 03 de mayo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010067389).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del siete de setiembre del dos mil diez, y con la base de un millón, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno siete cuatro nueve cinco cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 loc comercial. Situada en el distrito Desamparados, cantón Alajuela, de la provincia de. Colinda: al norte, Howard Pinto Pinto; al sur, Malaquías Campos Oses; al este, Howard Pinto Pinto, y al oeste, calle pública 8 m. Mide: ciento setenta y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados porción medida. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintidós de setiembre del dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del siete de octubre del dos mil diez con la base de doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Heriberto Muñoz Delgado contra Luis Fernando Soto Villalobos. Expediente Nº 10-000433-0638-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de julio del 2010.—MSC. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(IN2010067392).

A las ocho horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, soportando prenda de primer y segundo grado, y con la base de tres millones de colones, al mejor postor se rematará: vehículo placas seiscientos catorce mil novecientos cuarenta y siete, marca Nissan, categoría automóvil, serie y Vin 3N1AB41D2VL006421, carrocería sedán 4 puertas, tracción sencilla, capacidad cinco personas, año 1997, color verde, motor GA16734166S, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina, marca Nissan, modelo GXE, cilindros cuatro. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diez, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez, con la base de setecientos cincuenta mil colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo prendario Nº 10-100172-0197-CI de José Alberto Ramírez Castro contra José Gómez Sáenz.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 28 de junio de 2010.—Msc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—(IN2010067567).

A las diez horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones de colones al mejor postor se rematará: finca del partido de San José matrícula número setenta y seis mil ochocientos noventa y seis-cero cero uno y cero cero tres, que son terreno de café sitas en distrito primero Aserrí, cantón seis Aserrí. Linda: al norte, con José Morales; al sur, con Luis Ceciliano Quirós; al este, con Luis Ceciliano Quirós, y al oeste, calle en medio, ambas mide ciento ochenta y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados según plano catastrado número SJ-cero seis siete dos ocho uno dos-mil novecientos ochenta y siete, para lo que se señalan las diez horas treinta minutos del seis de setiembre del año en curso. Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil diez, con la base de tres millones de colones (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez con la base de un millón de colones (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100174-197-CI de José Alberto Ramírez Castro contra Vernor Arias Zamora.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, 09 de julio del 2010.—Msc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—(IN2010067568).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de noventa y dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Secciónale Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número uno ocho tres siete cero seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 10 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Elizabeth P Vivas; al sur, Carlos Manuel Chaves Soto; al este, Rodolfo Dorsan Trejos, y al oeste, calle Los Negritos. Mide: trescientos diez metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, con la base de sesenta y nueve mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil diez con la base de veintitrés mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Christian Marcos Antonio Joneliukstis Molina. Expediente Nº 10-000519-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 07 de junio del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—(IN2010067570).

En la puerta exterior de este despacho soportando libre de gravámenes prendarios, soportando infracciones y colisiones sumaria 08-004633-0494-TR a las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil diez, y con la base de dos millones cincuenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 413655, marca Nissan, año 1993, Vin JN1EB31P2PU218329, cilindrada 1600 c.c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil diez, con la base de un millón quinientos cuarenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil diez con la base de quinientos trece mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra Willy Lozano Alvarado. Expediente Nº 09-020467-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2010067714).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas y treinta minutos del siete de setiembre del año dos mil diez, y con la base de seiscientos treinta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré b siguiente: Vehículo placas número MOT-202341, marca United Motors, año 2007, Vin L5DPCKB297ZL00300 cilindrada 150 c.c., color rojo, categoría motocicleta. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil diez, con la base de cuatrocientos setenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil diez con la base de ciento cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit contra Karol Vargas Rojas. Expediente Nº 09-031255-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—(IN2010067717).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendario; a las nueve horas del seis de setiembre del año dos mil diez, y con la base de quinientos noventa y un mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas MOT-245619, marca Katana, estilo AX100, año 2008, color azul, carrocería motocicleta. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de setiembre del año dos mil diez con la base de cuatrocientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del seis de octubre del año dos mil diez, con la base de ciento cuarenta y siete mil setecientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Adrián Fallas Araya. Expediente Nº 10-002429-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 09 de junio del 2010.—Lic. Ana Catalina Arroyo Varela, Jueza.—(IN2010067718).

En la puerta exterior de este despacho: libre de gravámenes prendario, pero soportando demandada contravencional. Expediente Nº 09-600157-443-TC del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Aguirre y Parrita e infracciones sumarias: 08-600446-443-TC y 09-600053-443-TC a favor del Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Aguirre y Parrita, a las nueve horas treinta minutos del seis de setiembre del año dos mil diez y con la base de un millón setecientos treinta y tres mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 700428, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, carrocería: Sedan cuatro puertas, año: mil novecientos noventa y cinco, tracción: sencilla, color: rojo, combustible: gasolina, chasis: SC siete cuatro seis cuatro siete uno, capacidad: cinco pasajeros. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil diez, con la base de un millón doscientos noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de octubre del año dos mil diez con la base de cuatrocientos treinta y tres mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Zenia Arias Carrillo. Expediente Nº 10-000256-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 07 de julio del 2010.—Lic. José Rolando Villalobos Méndez, Juez.—(IN2010067719).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas y treinta minutos del seis de setiembre del año dos mil diez, libre de gravámenes prendarios pero soportando denuncia penal sumaria 09-000054-622-PE del Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José y Infracción por Colisión sumaria 08-11091-174-TR del Juzgado de Tránsito del II Circuito Judicial de San José; con la base de quinientos veintiún mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número seiscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y tres, marca Hyundai, año mil novecientos noventa y cinco, Vin KMHVF21NPSU170844, cilindrada mil quinientos centímetros cúbicos, color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil diez, con la base de trescientos noventa mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil diez con la base de ciento treinta mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Marjorie Eugenia Solano Aguilar. Expediente Nº 10-000254-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 07 de julio del 2010.—Lic. Guillermo Guevara Solano, Juez.—(IN2010067722).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecario y anotaciones judiciales, soportando reservas, restricciones y condiciones, sáquese a pública subasta la finca inscrita en Propiedad, partido de Puntarenas, sistema de Folio Real matrícula número 153010-000; que es terreno de potrero, situado en distrito segundo, Palmar, cantón Quinto, Osa de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Desarrolladora Amigos de Minessota S. A., con calle publica en medio con 102.19 metros de frente, sur, este, y oeste, Desarrolladora Amigos de Minessota. Mide: Cinco mil trescientos ochenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Plano número P-1107689-2006. Para el primer remate se señalan las 8:00 horas del 7 de setiembre de 2010 con la base de ciento quince mil trescientos cuarenta y un dólares con noventa y dos centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Para el segundo remate se señalan las 8:00 horas del 23 de setiembre de 2010 con la base de ochenta y seis mil quinientos seis dólares con cuarenta y cuatro centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América; y para el tercer remate se señalan las 8:00 horas del 8 de octubre de 2010 con la base de veintiocho mil ochocientos treinta y cinco dólares con cuarenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norte América. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso hipotecario expediente número 09-100112-423-CI-1, de Banco Nacional de Costa Rica contra Richard Stanley Danielson.—Juzgado Civil de Osa, 20 de julio de 2010.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—RP2010190374.—(IN2010067742).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de diez mil seiscientos cincuenta y dos dólares con veinticuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 674385 marca B.M.W, año 2002, color negro Vin WBAAL31090AY44038 cilindrada 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, con la base de siete mil novecientos ochenta y nueve dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del ocho de octubre de dos mil diez con la base de dos mil seiscientos sesenta y tres dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Florida Gas y Aceite Sociedad Anónima, Miriam Victoria Tacsan Ruiz. Expediente Nº 10-000412-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 04 de junio del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP20101900522.—(IN2010067743).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de treinta y siete millones setecientos noventa y siete mil doscientos treinta y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ochenta y seis mil trescientos uno- cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 05 Delicias, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Domingo Amoreti Cuadra; al sur, calle publica con un frente de quinientos noventa y dos metros cincuenta centímetros lineales; al este, Junta de Educación de Santa Clara y Gregoria Mairena González, y al oeste, calle pública con un frente de doscientos dieciocho metros setenta y cinco centímetros lineales. Mide: ciento nueve mil quinientos veinte metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, con la base de veintiocho millones trescientos cuarenta y siete mil novecientos veintiséis colones con sesenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre de dos mil diez con la base de nueve millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos ocho colones con ochenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Yanior Noe Murillo Castro. Expediente Nº 10-000892-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de mayo del 2010.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—RP2010190524.—(IN2010067744).

En la puerta exterior de este despacho: libre de gravámenes hipotecarios: a las once horas treinta minutos del seis de setiembre del año en curso, y con la base de cuatro millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos diecinueve mil trescientos cuarenta y seis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote uno con una vivienda. Situada en el distrito primero San Pedro, cantón octavo Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Gerardo Betancour Murillo; al sur, Carlos Gerardo Betancour Murillo; al este, calle pública con ocho metros de frente, y al oeste, Carlos Gerardo Betancour Murillo. Mide: ciento noventa y nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once  horas  treinta minutos del veintiuno de setiembre del año en curso, con la base de tres millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del cinco de octubre del año en curso con la base de un millón de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jeison Brenes Cabezas, Yajhaira Chavarría Vega. Expediente Nº 10-000767-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de junio del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2010067976).

En la puerta exterior de la oficina que ocupa este juzgado, libre de gravámenes prendarios sáquese a remate el vehículo placas CL-119126, marca Toyota, estilo Hilux, peso neto 1400, kilogramos, peso bruto dos mil cuatrocientos ochenta kilogramos, capacidad dos personas, año fabricación mil novecientos ochenta y nueve, número de serie JT4RN01P5K7004172, chasis número RN 101004172, color: rojo, categoría carga liviana, tracción 4x4, carrocería caja abierta o cam-pu, tipo RN01LP, Vin: JT4RN01P5K7004172, motor número 270061822R, marca: Toyota. Para la subasta se señalan las ocho horas (8.00: de la mañana) del seis de setiembre del dos mil diez, con la base dada por el perito, sea la suma de dos millones setecientos cincuenta mil colones. En caso de no haber postores, se señala para el segundo remate las ocho horas (8.00: de la mañana) del veintidós de setiembre del dos mil diez, con la base de dos millones sesenta y dos mil quinientos colones, que incluye el rebajo del 25% de la base original. En caso de no haber postores para este segundo remate, señala nuevamente para un tercer remate, las ocho horas del seis de octubre del dos mil diez, con la base de seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones, 25% de la base. Lo anterior se subasta por haberse ordenado así en proceso laboral Nº 07-300001-0439-LA de Roque Domínguez Valdelomar contra Marvin Solís Blanco.—Juzgado Contravencional M. Cuantía, Golfito, Puntarenas.—Lic. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—(IN2010067977).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del siete de setiembre de dos mil diez, y con la base de dos millones ochocientos veintiún mil novecientos noventa y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículos y placas número cinco cuatro cero seis siete seis, marca Toyota Yaris, año 2004, Vin JTDBT113700318700, cilindrada 1497 c.c., color beige, categoría automóvil y el placas siete siete ocho uno dos seis marca Toyota Tercel DX, año 1994, Vin JT2EL43TXR0421353, cilindrada 1500 c.c. color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diez, con la base de dos millones ciento dieciséis mil cuatrocientos noventa y cuatro colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diez con la base de setecientos cinco mil cuatrocientos noventa y ocho colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A., contra Ligia María Bazo Castro y María Fernanda Albarracin Mora. Expediente Nº 10-001000-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 08 de junio del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2010067985).

En la puerta exterior de éste despacho, a las ocho horas treinta minutos del dos de setiembre de dos mil diez, y con la base de un millón doscientos ocho mil trescientos diez colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 729477, marca Toyota, estilo Tercel, año 1995, color blanco, chasis EL530063034, motor marca Toyota, cilindrada 1500 c.c., para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de setiembres de dos mil diez, con la base de novecientos seis mil doscientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercer subasta se señalan las ocho horas treinta minutos de cuatro de octubre de dos mil diez, con la base de trescientos dos mil setenta y siete colones con cincuenta céntimos (sea el veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso prendario de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A., en contra de Jonathan Abarca Vásquez. Expediente Nº 10-100245-0895-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 05 de julio del 2010.—Lic. Marlen Solís Porras, Jueza.—(IN2010067986).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada, a las ocho horas y quince minutos del dos de setiembre del dos mil diez, y con la base de treinta y cinco mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F catorce mil doscientos cuarenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno local de comercio 1.- Situada en el distrito Heredia, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial 2; al sur, área común acera; al este, área común acera; y al oeste, acera común. Mide: cuarenta metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del dieciséis de setiembre del dos mil diez, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas quince minutos del treinta de setiembre del dos mil diez, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Chih-Liang Lin. Expediente: 09-002242-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 9 de agosto del 2010.— Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010068093).

A las catorce horas quince minutos del dos de setiembre de dos mil diez, en este despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas 396-09510-01-0800-001, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida, sea la suma de un millón doscientos sesenta mil colones, en el mejor postor rematare: la finca del partido de San José, matrícula 397465-000, que es terreno destinado a la agricultura, pasto, café y caña con un galerón, situado en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José, linda al norte, con Flores Ticas S. A.; al sur con Flores Ticas S. A., al este, con Flores Ticas S. A.; y al oeste, con calle pública con 125.50 metros. Mide: treinta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco metros cuadrados. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso. Expediente: 02-0001079-185-CI, ejecutivo hipotecario de Aníbal Godínez Picado contra Flores Ticas S. A.—Juzgado Sexto Civil de San José, 30 de junio del 2010.—Lic. Luis Ureña Monge, Juez.—(IN2010068114).

A las diecisiete horas y veinte minutos del tres de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando limitaciones Leyes 7052 y 7208 y con la base de un millón novecientos treinta y tres mil quinientos setenta y nueve colones, en el mejor postor, rematare: finca inscrita en el Registro Público, al sistema de folio real mecanizado, matrícula número 116125-001 y 002. Que es terreno para construir lote 80. Sitio: distrito 02 Palmira, cantón 05 Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, INVU; sur, alameda; este, INVU; y oeste, INVU. Mide: ciento setenta y seis metros con cuatro decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo hipotecario número 06-000344-0170-CA de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, contra Luis Fernando Quesada Sánchez y Xinia López Gómez.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 2 de julio del 2010.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—(IN2010068117).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del primero de setiembre de dos mil diez, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos tres mil doscientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno cultivado de café con una casa. Situada en el distrito seis San Juan, cantón seis Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rodrigo Chacón Rojas; al sur, calle pública; al este Consisa S. A.; y al oeste, Empresa Agrícola María Rosaura S. A. Mide: mil doscientos veintinueve metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diez, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil diez, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Darling Lisbeth Anchía Moya. Expediente: 10-000319-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 22 de junio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2010068179).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las trece horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil diez, y con la base de tres millones trece mil novecientos noventa colones con noventa y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 87576-001 y 002 la cual es terreno para construir lote B-43. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Elegia del Sol S. A.; al sur, Elegia del Sol S. A.; al este, calle pública con un frente de nueve metros y al oeste, Elegia del Sol S. A. Mide: ciento setenta y un metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de dos millones doscientos sesenta mil cuatrocientos noventa y tres colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil diez con la base de setecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos noventa y siete colones con setenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Orlando Leandro Rodríguez, Yassil Amana Gómez Castillo. Expediente Nº 10-000360-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de junio del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.––RP2010190875.––(IN2010068385).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y al ser las once horas del seis de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuatro millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL 144763, marca Isuzu, año 1991, Vin no indica, cilindrada 3856 c.c, color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de tres millones seiscientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del cinco de octubre del dos mil diez con la base de un millón doscientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Maribel Campos Vega contra Cristian Francisco Arrieta González. Expediente Nº 09-000527-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de abril del 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.––RP2010190989.––(IN2010068386).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando soportando embargo preventivo citas tomo 2009, asiento 256837 a las diez horas y treinta minutos del seis de setiembre del año mil diez, y con la base de ocho millones doscientos veintiséis mil setecientos cuarenta y un colones con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 352778, marca Mitsubishi, año 2000, chasis JMB0NV430YJ000103, cilindrada 2972 c.c, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de seis millones ciento setenta mil cincuenta y seis colones con siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil diez con la base de dos millones cincuenta y seis mil seiscientos ochenta y cinco colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Autos Fofis S. A., Ivannia María Jaramillo Herrera. Expediente Nº 09-031274-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010190864.—(IN2010068390).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando embargo preventivo citas tomo 2009, asiento 256837 a las once horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil diez, y con la base de seis millones setecientos siete mil trescientos veintitrés colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 629746, marca Toyota, año 2006, chasis JTDBT113X00404020, cilindrada 1497 c.c, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil diez, con la base de cinco millones treinta mil cuatrocientos noventa y dos colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil diez con la base de un millón seiscientos setenta y seis mil ochocientos treinta colones con noventa y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Autos Fofis S. A., Ivannia María Jaramillo Herrera. Expediente Nº 09-031276-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2010190865.—(IN2010068391).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios, pero soportando denuncia penal; a las trece horas con treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil diez, y con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL doscientos cuarenta y un mil trescientos diecinueve, marca NISSAN XE, capacidad 3 personas, año 1995, color negro, chasis SC334187, motor KA24964437, gasolina, 2400 c.c. Para el segundo remate se señalan las trece horas con treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil diez, con la base de un millón doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas con treinta minutos del ocho de octubre del dos mil diez, con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Automotores Okala M Y R. S.A. contra José Daniel Armijo Arguedas. Expediente Nº 10-000253-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 9 de julio del 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2010190973.—(IN2010068392).

Convocatorias

Se convoca a todos los herederos y demás interesados en la sucesión de Blanca Elia Esquivel Vargas y José Antonio Marín Azofeifa, a una junta que se verificará en este Juzgado a las catorce horas del veintitrés de setiembre del dos mil diez. Dicha junta es para conocer sobre los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número 08-000560-0164-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía de San José, 5 de agosto del 2010.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2010190835.—(IN2010068095).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Roy Isidro Monge Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 08-000568-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 3 de agosto del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—1 vez.—RP2010190742.—(IN2010068101).

Títulos Supletorios

Paula Prado Narváez, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad número seis-cero ochenta y tres-setecientos veintinueve y vecina de Palmar Norte, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el inmueble que se describe así: terreno para construir, con una casa en mal estado, sita en la provincia de Puntarenas, cantón quinto, distrito segundo, San Francisco de Tinoco. Mide: setecientos cincuenta mil metros cuadrados. Linderos: norte, Ramón Miranda Miranda; sur, Isabel Marchena Marchena, este, con carretera Interamericana, con un frente a ella de veinticinco metros, y al oeste, con Gerardo Castillo Alvarado. Estimó en la suma de doscientos cincuenta mil colones exactos. Se cita con el término de un mes a todos los que se consideren con derecho para que presenten sus alegaciones correspondientes en este Juzgado.—Juzgado Civil de Osa, Ciudad Cortés, a las siete horas, cincuenta minutos del 13 de junio del 2001.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—RP2010189847.—(IN2010067235).

Se hace saber: que en el proceso de diligencias de información posesoria, expediente Nº 10-000280-0388-CI, promovidas por María Julia Miranda Céspedes, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula Nº 4-0118-0127; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: naturaleza: terreno para construir, situado en Sardinal, distrito 3º Sardinal, cantón 5º Carrillo y provincia 5ª Guanacaste, plano catastral G-1398419-2010, medida: 301 m2. Linderos: norte, calle pública con un frente a ella de diez metros, dieciocho centímetros; sur y este, Jorge Carraciolo, y al oeste, Julio Jara Gamboa. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de ¢ 3.000.000,00. Indica también que la finca la adquirió por compraventa que le hizo José Caraciolo Ampié Abarca, cédula Nº 5-0034-0421 hace aproximadamente tres años y cinco meses y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas y rondas que rondean la propiedad. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 21 de abril de 2010 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 5). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5º de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 8 de julio de 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010189872.—(IN2010067236).

Se hace saber: que ante este Depacho se tramita expediente 10-000446-0930-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Pablo Antonio Cordero Valverde, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino(a) de Guácimo, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe 3-201-533, profesión armador de construcción, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno patio con una casa allí construida, situada en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con veintinueve metros con cuarenta y nueve centímetros lineales; al sur, Luis Segura Segura; al este, Juan de Dios González González, y al oeste, calle pública con diecisiete metros con cincuenta y tres centímetros lineales. Mide: 537,39 cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de 3000000 colones. Que adquirió dicho inmueble compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Pablo Antonio Cordero Valverde. Expediente Nº 10-000446-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 28 de julio del año 2010.—Lic. Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2010189874.—(IN2010067237).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000021-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Cecilia Martínez Bustos y otros, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Liberia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 5-310-774, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno agricultura. Situada en el distrito segundo, cantón dos, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Walter Martínez Medrano; al sur, servidumbre agrícola de siete metros; al este, Pedro Romero Díaz; y al oeste, Walter Medrano Díaz. Mide: ocho mil seiscientos noventa y seis metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones netos. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y cuido. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Cecilia Martínez Bustos. Expediente: 10-000021-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 6 de julio del 2010.—Lic. Olidony Palacios Badilla, Juez.—1 vez.—RP2010189896.—(IN2010067238).

Se hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 09-000641-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alcibiades Mora Vega, quien es mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Barrio Moracia de Liberia, costado este de la plaza, cédula identidad cinco-ciento treinta y dos-quinientos ochenta y ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para construir. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quebrada Lajas; al sur y oeste; Consuelo Trujillo Gamboa; y al este, calle pública con un frente a ella de cincuenta y un metros ochenta y siete centímetros lineales. Mide: ochocientos treinta y cuatro metros cuadrados, según plano catastrado número G-un millón trescientos treinta y cinco mil once-dos mil nueve, de fecha catorce de abril del dos mil nueve. Indica el promovente que estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compra venta que le hiciera a Guillermina Rivas Cortés, mayor de edad, soltera, administradora del hogar, cédula de identidad cinco- ciento ochenta tres-cuatrocientos once, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Alcibiades Mora Vega. Expediente: 09-000641-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 23 de julio del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—1 vez.—RP2010189902.—(IN2010067239).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por López Arias Sofía, mayor, casada un vez, ama de casa, cédula de identidad cero noventa y nueve-cuatrocientos veintidós, vecina de Pueblo Nuevo de Parrita, Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito Pueblo Nuevo en el distrito primero Parrita, cantón nueve Parrita de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública con un frente a ella de setenta y dos metros sesenta y cuatro centímetros; al sur, con calle pública con un frente con una medida frente a ella de sesenta y cuatro metros con diez centímetros; al este, con Óscar Mora Delgado; y al oeste, con calle pública con un frente a ella de cuarenta y un metros con cuarenta y cinco centímetros. Mide: dos mil quinientos noventa y seis metros con veinticuatro decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-ocho siete tres ocho tres cuatro-dos mil tres. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre él ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión directa, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria. Exp.: 10-100140-642-CI-2, promovente López Arias Sofía.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010189934.—(IN2010067240).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000703-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Santo Ruiz Ruiz, quien es mayor, soltera, del hogar cédula 5-0151-0205; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: naturaleza: terreno para construir. Situado en: Villareal, distrito 09 Tamarindo, cantón 03 Santa Cruz y provincia 05 Guanacaste. Plano Catastral: G-1066708-2006. Medida: 383,79 m2, Linderos: norte, calle pública, 23,84 metros lineales frente a ella, sur y este, María Santos Ruiz Ruiz; y oeste, Jeanatte Rosales Zamora y Gerardo Rosales Ovando. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el .Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de cuatrocientos mil colones. Indica también que la finca la de forma originaria el 4 de enero de 1994 y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas perimetrales y chapeas periódicas. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 13 de octubre de 2006 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 3). Por tal razón y de conformidad con el artículo, 5 de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Santo Ruiz Ruiz. Expediente: 06-000703-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de junio del 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010189971.—(IN2010067241).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Finca Victoria S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil setenta y ocho representada por Forrest Eastman Meeks, nacionalidad estadounidense, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de siete mil seiscientos uno Scout Camp, Hatila Road Wilmington, North Carolin, con pasaporte de su país número cero ocho nueve dos siete nueve cinco siete seis, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de potrero, sito en Cotos, distrito tercero Naranjito del cantón sexto Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle EB medio y Victory Villas F.L.J.S.A; al sur y al este, con río Cotos, y al oeste, con calle pública en medio Victory Villas F.L.J. S. A. Mide: catorce mil trescientos treinta y seis metros exactos, según plano catastrado número P-uno tres cuatro dos siete cinco ocho-dos mil nueve. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de Posesión Derivada, el inmueble lo estima en la suma de cinco millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende a inscribir deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes   contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 09-100207-425-CI-3.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.—1 vez.—RP2010189977.—(IN2010067242).

Se hace saber: Que ante este Despacho, se tramita el expediente Nº 09-000065-0504-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Silvana Finizio Araya, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Heredia, Residencial La Herediana, del Liceo Manuel Benavides 100 norte 100 oeste, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0608-0973, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Heredia, cantón 1 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Maximiliano Gutiérrez León; al sur, calle pública con 11.37 metros lineales; al este, Darío Finizio Gallone; y al oeste, Wendy Rodríguez Fernández. Mide: doscientos cuarenta y siete metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por justo titulo traslativo de la posesión del señor Darío Finizio Araya, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cuido de maleza, limpieza, esta debidamente cerrado o delimitado, he impedido a vecinos y extraños que lo utilicen como botadero de basura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Silvana Finizio Araya. Exp. Nº 09-000065-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1º de julio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—RP2010190006.—(IN2010067243).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Juan Carlos Calvo Cabezas, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Salinas de Puntarenas, cédula tres-trescientos veintitrés-seiscientos treinta y seis, para que titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno de cultivo y construcciones varias, sito en Salinas distrito segundo San Juan Grande, del cantón segundo de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública; al sur, este y oeste, con Instituto de Desarrollo Agrario con una medida de once hectáreas cuatro mil seiscientos sesenta y dos metros dieciséis decímetros cuadrados, según plano catastrado número P-164807-94. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción y ha un titulo de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueño, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión originaria el inmueble lo estima en la suma de diez millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicarlo de este edicto. Información posesoria Nº 09-160130-642-AG-1 de Juan Carlos Calvo Cabezas.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2010190057.—(IN2010067244).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Zamora Durán Gerardo, cédula dos-trescientos veintiocho-doscientos treinta y siete, casado dos veces, vecino de Salinas de Esparza de Puntarenas, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del partido de Puntarenas, que es terreno para construir, sito en Salinas de Esparza, Puntarenas, distrito segundo San Juan Grande, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte y este, con José Francisco Guerrero Montero y Ángela Rojas Castro; oeste, con Urpiana Montero Montero; sur, calle pública con cuarenta y un metros sesenta y un milímetros lineales, mide: mil ciento diecinueve con setenta y tres metros cuadrados, según plano catastrado número P-cuatrocientos ochenta y nueve mil setenta y nueve-mil novecientos noventa y ocho. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de posesión derivada, el inmueble lo estima en la suma de siete millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria Nº 10-1000429-642-CI-1.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010190058.—(IN2010067245).

Citaciones

Ante esta notaría, se presentó Carlota Lachaud, mayor de edad, viuda de sus primeras nupcias, ama de casa, vecina de Carrillos Altos de Alajuela, con cédula de identidad número uno-mil ciento ocho-ochocientos once, para solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial de quien fue su cónyuge Alain Michel Pierre Lachaud. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Alain (nombre) Michel (nombre) Pierre (nombre) Lachaud (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad francesa, nacido en la ciudad de París, Francia el siete de junio de mil novecientos cuarenta y nueve, quien en vida fue mayor, casado en primeras nupcias con Erayda Carlota Murillo Montenegro, empresario rentista, vecino de Carrillos Altos de Alajuela, con pasaporte francés número cero tres-KE tres tres dos cuatro tres, quien falleció el diez de mayo de dos mil diez, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio extrajudicial a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. (Expediente número cero uno-dos mil diez-CDA. Notaría del Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, sita en Llorente de Flores, Heredia, trescientos metros al noreste de la Firestone).—Heredia, nueve de agosto de dos mil diez.—Lic. Carlos Darío Angulo Ruiz, Notario.—1 vez.—(IN2010066831).

Se cita y emplaza a todos los interesados, acreedores, legatarios en la sucesión de quien en vida fue Roy Gerardo Mayorga Núñez, quien fue mayor, divorciado una vez, comerciante, con cédula seis-ciento treinta y uno-ciento uno, vecino San Isidro de El General, barrio El Prado, ciento veinticinco metros al este de la Universidad Latina para que dentro de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a la oficina del notario Kenneth Muñoz Linkimer, ubicada en San Isidro de El General, calle del comercio, bufete Muñoz Linkimer, frente a la óptica Visión, altos del almacén de cosméticos, a reclamar sus derechos, apercibiendo a las que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro de Pérez Zeledón, 6 de agosto del año 2010.—Lic. Kenneth Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—RP2010189844.—(IN2010067252).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera Rafael Ángel Valverde Barrantes, mayor, educador, jubilado, casado una vez, cédula Nº 1-286-530, vecino de barrio Los Monges de Pérez Zeledón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100947-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 1º de junio del año 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—RP2010189854.—(IN2010067253).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien fuera José Gabriel de La T Corrales Morales, vecino de Morazán de San Isidro de Pérez Zeledón, quien fuera de nacionalidad costarricense, agricultor, casado una vez, y con cédula de identidad Nº 1-0639-0677. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100360-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de junio del año 2010.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—RP2010189855.—(IN2010067254).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Christian Mauricio Porras Portuguez, mayor, casado una vez, operador de maquinaria pesada, cédula de identidad número uno-novecientos veintisiete-cero cuarenta y dos, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 10-100060-1046-CI (66-10) de Christian Mauricio Porras Portuguez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 28 de julio del 2010.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—RP2010189856.—(IN2010067255).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Óscar Gazel Sauma, quien fue mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José Barrio México, cédula de identidad 2-0155-0471. Para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2010-SN. Notaría Consorcio Jurídico La Sabana, Lic. Nuria Solís Sáenz, notaría pública, ubicada en San José, Sabana Oeste, 100 metros al oeste de Canal Siete, edificio esquinero, segundo piso.—Lic. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—RP2010189871.—(IN2010067256).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Fausto Antonio Araya Madrigal, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, de mi mismo vecindario, con cédula de identidad número tres-ciento cincuenta y cuatro-ochocientos setenta y siete. Para que en el plazo de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los interesados que si no se presentan en dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 002-2010. Lic. Jorge A. Castro Ortiz, ubicado 25 metros al oeste de los Tribunales de Limón.—Limón, 19 de julio del 2010.—Lic. Jorge A. Castro Ortiz, Notario.—1 vez.—RP2010189925.—(IN2010067257).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Gerardo Fermín Vargas Varela, mayor, soltero, agricultor, vecino de San Juan de San Ramón de Alajuela, de la Guardia Rural, trescientos cincuenta metros al norte y doscientos al oeste, cédula de identidad número 5-0135-0144, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechas, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará quien corresponda. Sucesión Extrajudicial que se tramita como Actividad Judicial No Contenciosa ante el notario público Eddy Guevara Mora, con oficina en Río Cuarto de Grecia, 300 metros al noroeste del Ebais.—Lic. Eddy Guevara Mora, Notario.—1 vez.—RP2010189932.—(IN2010067258).

Se cita a todos los herederos, presuntos herederos y legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de José Joaquín Castillo Álvarez, quien fuera mayor, viudo una vez, oficinista, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, con cédula numero cinco-cero diez-seiscientos setenta y nueve, para que dentro del término de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, situada en San José, Boulevard Ricardo Jiménez, casa número 230, contiguo al Inamu, entre avenidas dos y seis. Sucesión Notarial.— Dr. Mario A. Muñoz Quesada, Notario.—1 vez.—RP2010189974.—(IN2010067259).

Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio de sucesión legítima o “Ab Intestato” de quien en vida se llamó Rafael Antonio Chaves Chaves, quien fue casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número tres-ciento treinta y ocho-cuatrocientos ochenta y siete, vecino de Tucurrique de Jiménez, Cartago, ciento cincuenta metros oeste del Concejo Municipal; se emplaza a todos los interesados por el plazo de treinta días, para que se apersonen al proceso mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa en la vía Notarial, Expediente 02-2010, ante el notario público Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, con oficina en Tucurrique de Jiménez, Cartago, 25 metros al oeste de la oficina del Ministerio de Agricultura y Ganadería.—Tucurrique, 19 de julio del 2010.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—RP2010189976.—(IN2010067260).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Esteban Hernández Molina, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Lourdes de Cirrí de Naranjo, cédula Nº 2-159-694, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda, sin perjuicio de terceros con mejor derecho. Expediente Nº 10-100052-0310-CI.—Juzgado Contravencional de Naranjo, 14 de mayo del 2010.—Lic. Tatiana Rodríguez Castro, Jueza.—1 vez.—RP2010189983.—(IN2010067261).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Roberto de la Trinidad Carballo Delgado, quien al momento de su fallecimiento era mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de Cuatro Millas de Cairo de Siquirres, Limón, cincuenta metros este de la escuela de la localidad, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero treinta y ocho-cero quinientos sesenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a redamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presenta dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 02-2010, Notaría de la Lic. Kathya Pérez González, notaria pública. El original fue retirado por Roberto Carballo Mora, a las 6:00 horas del diez de agosto de dos mil diez. Para recibir notificaciones: 2768-7547.—Lic. Lic. Kathya Pérez González, Notaria.—1 vez.—RP2010189991.—(IN2010067262).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Rafael Sibaja Rodríguez, quien fue pensionado, cédula nueve-cero diecinueve-trescientos noventa y cuatro y Herminia Jiménez Delgado, conocida como Anita Jiménez Delgado, quien fue ama de casa, cédula dos-cero noventa y cuatro-doscientos cuarenta y siete, ambos mayores, casados una vez y vecinos de San José, Goicoechea, Guadalupe, Barrio Pilar, de la antigua Pulpería La Cartaginesa ciento cincuenta metros este y cincuenta al sur; para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0002-2010-SN. Notaria pública Lizeth Mata Serrano, oficina San José Goicoechea Calle Blancos, Montelimar, Bomba Shell 100 norte y 75 este.—San José, 10 de agosto del 2010.—Lic. Lizeth Mata Serrano, Notaria.—1 vez.—RP2010190012.—(IN2010067263).

Se comunica a los interesados en el sucesorio notarial del causante Omar Caamaño Sáenz, mayor, casado dos veces, pensionado, vecino de Alajuela, Barrio San José, setenta y cinco metros al sur del Súper Marligab, con cédula de identidad seis-cero cuarenta y dos-doscientos cuarenta y uno, quien falleció en fecha veintiuno de setiembre del año dos mil siete, presentado por la promovente Ana Teresa Zamora Alfaro, mayor, viuda una vez, ejecutiva del hogar, vecina de Alajuela, Barrio San José, setenta y cinco metros al sur del Súper Marligab, calle al basurero, con cédula de identidad dos-doscientos cuarenta-quinientos setenta y nueve, proceso que se desarrolla ante la notaria Rita Gerardina Díaz Amador, con oficina abierta en San Pedro de Montes de Oca trescientos metros al sur y trescientos metros al este del Banco Nacional.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—RP2010190101.—(IN2010067269).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Gerardo Mora Badilla, quien fuera mayor, divorciado tres veces, empresario, vecino de Sabana Sur. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000118-0184-CI.—Juzgado Quinto Civil de San José, 22 de julio del 2010.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2010190130.—(IN201067270).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Odilio Alexis Padilla Monge, a las trece horas del veinticinco de junio del año dos mil diez, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue: Francisco Padilla Hernández; mayor, casado una vez, comerciante, vecino de La Guácima, Alajuela, cien metros oeste de Ottos Bar, quien portaba cédula de identidad número: uno-cero cincuenta y cinco-tres mil quinientos dieciséis, falleció en el Hospital México San José el día siete de setiembre de mil novecientos ochenta y uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Jaime Jesús Flores Cerdas, Río Segundo de Alajuela, teléfono y fax 2430-3092.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—RP2010190149.—(IN2010067271).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Jorge Emilio Campos Vargas, cédula 2-214-966, quien en vida fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Ciudad Quesada, cincuenta metros al norte de Electro Beyco, San Carlos. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 10-100581-0297-CI, causante: Jorge Emilio Campos Vargas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 29 de julio del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2010190166.—(IN201067272).

Yo, Celina Alvarado Badilla, notaria pública con oficina en San José, avenida tres, calles dos y cuatro, Edificio Herdocia, oficina ciento cuatro, hago constar que se ha iniciado proceso sucerio notarial de quien en vida fue Jesús Mora Méndez, cédula uno-tres siete cuatro-cuatro nueve dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el término de treinta días a partir de la presente publicación se presente en mi notaría a hacer valer sus intereses.—San José, cinco de agosto del dos mil diez.—Lic. Celina Alvarado Badilla, Notaria.—1 vez.—RP2010190183.—(IN2010067273).

Avisos

segunda PUBLICACIÓN

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Aminta García López, mayor, casada una vez, cédula de residencia Nº 155808841901, encaminado a solicitar la ausencia de Carlos Luis Vega Mejía, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número 4-070-096, en el cual se ha designado como curador a la señora Inés Aminta García López. Expediente 09-001661-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de julio del 2010.—MSc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—(IN2010066338).

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se informa que dentro del expediente Nº 05-000521-0678-CI-2, que es proceso ejecutivo simple establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social contra Servicios Agrícola Mario Torres Madrigal S. A., se dictó la resolución que dice: “Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, a las diez horas cincuenta minutos del veintiocho de febrero del dos mil ocho. Aceptado el cargo de curador, se resuelve: con base en el documento presentado, por la suma de un millón cuatrocientos diez mil sesenta y cuatro colones, (suma que incluye cuotas obreras, patronales, Ley de Protección al Trabajador e intereses) se despacha ejecución contra Servicios Agrícolas Mario Torres Madrigal Sociedad Anónima, representada por su presidente señor Mario Torres Madrigal, y en este asunto por la curadora licenciada Norma Sotela Leiva a quien (es) se le(s) concede el plazo improrrogable de cinco días, para que se oponga(n) a la demanda o manifieste(n) su conformidad con la misma. Al contestar negativamente, deberá(n) ofrecer las pruebas que tuviere(n), con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que se referirá cada uno. Por la suma indicada más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes del (os) demandado(s), el cual se hace recaer en lo que se indica. Asimismo se le(s) previene Que deberá(n) señalar lugar y medio dentro del perímetro judicial de este circuito, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si lo omitiere, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese el presente auto a la licenciada Norma Sotela Leiva, en su condición de curadora en el lugar señalado. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil notifíquese este auto por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Confecciónese edicto y entréguese copia para su publicación. Notifíquese. Licenciado Johnny Mora Hamblin, juez”. Lo anterior ordenado así en Ejecutivo Simple Nº 05-000521-0678-CI-2 establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social contra Servicios Agrícolas Mario Torres Madrigal S. A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 26 de mayo del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.––O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37621.––C-119870.––(IN2010067401).

Se informa que dentro del expediente Nº 07-000400-0678-CI-2, que es proceso ejecutivo simple establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social contra Servicios Agrícola Mario Torres S. A., se dictó la resolución que dice: “Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, a las ocho horas veinte minutos del dieciocho de julio del dos mil siete. Con base en el documento presentado, por la suma de setecientos catorce mil quinientos noventa colones, (suma que incluye cuotas obreras, patronales, Ley de Protección al Trabajador, intereses y multas) se despacha ejecución contra Servicios Agrícolas Mario Torres Madrigal Sociedad Anónima, representada por su presidente señor Mario Torres Madrigal, a quien (es) se le(s) concede el plazo improrrogable de cinco días, para que se oponga(n) a la demanda o manifieste(n) su conformidad con la misma. Al contestar negativamente, deberá(n) ofrecer las pruebas que tuviere(n), con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y los hechos a que se referirá cada uno. Por la suma indicada más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes del (os) demandado(s), el cual se hace recaer en lo que se indica. Asimismo se le(s) previene que deberá(n) señalar lugar y medio dentro del perímetro judicial de este circuito, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que si lo omitiere, o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o ya no existiere las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Confecciónese mandamiento de anotación de decreto de embargo sobre los vehículos placas EE-014379, MOT-074726, MOT-074727, el cual queda a disposición de la parte actora para su diligenciamiento. Vista la anterior certificación de la personería legal de la sociedad demandada que aporta la parte actora en la que indica que el nombramiento personeros se encuentra vencido, se le previene aportar personería de la accionada donde conste sus actuales representantes, el cargo que ostentan y la vigencia de los mismos. Notifíquese. Lic. Christian Quesada Vargas, juez. Lo anterior ordenado así en ejecutivo simple Nº 07-000400-0678-CI-2 establecido por la Caja Costarricense de Seguro Social contra Servicios Agrícolas Mario Torres Madrigal S. A.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 02 de junio del 2010.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.––O. C. Nº 2112.—Solicitud Nº 37621.––C-119870.––(IN2010067403).

Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza del Juzgado Civil de Cartago; hace saber a los socios e interesados, que en este Despacho se interpuso un proceso Disolución y Liquidación de Sociedad Anónima, bajo el expediente número 07-002068-0640-CI donde se dictó la resolución que literalmente dicen: Cumplidas las prevenciones hechas en autos y acorde con lo solicitado, a tenor de lo dispuesto por el artículo del 542 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, tramítese las presentes diligencias de Liquidación de Santuario Pentecostal Enmanuel S. A., promovidas por Daniel Carrasquillo Sánchez. A tenor de lo establecido por los numerales 173 y 546 del Código Procesal Civil, se ordena notificar esta resolución a los socios que conforman la citada sociedad y demás interesados a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días. Notifíqueseles por medio de edicto que se publicará por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Expídase el edicto de ley. Asimismo se les previene a los interesados que en el primer escrito que presenten deben señalar medio y lugar, éste último dentro del Circuito Judicial de este Despacho donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga(n), las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al c despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o inexistente artículos 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 del 21 de octubre de mil novecientos noventa y seis. Comuníquese. Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso Disolución y Liquidación de Sociedad Anónima de Daniel Carrasquillo Sánchez. Expediente Nº 07-002068-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de noviembre del 2008.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.—RP20100190073.—(IN2010067282).

                                                                                                 2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Licenciado(a) María del Rocío Quesada Zamora, Juez(a) del Juzgado de Familia de Golfito, a Carlos Andrés Osorio Betancou, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, colombiano, cédula o pasaporte ignorado, de vecindario desconocido y a Irene Melissa Badilla Guevara, quien es mayor, costarricense, de oficio ignorado, cédula Nº 1-123-257, se le hace saber que en demanda depósito judicial, establecida contra Betancou Carlos Osorio, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Civil y de Familia de Golfito, Puntarenas, a las nueve horas, cinco minutos del diecisiete de noviembre del dos mil cuatro. Con intervención del Patronato Nacional de la Infancia y de la Procuraduría General de la República. Se tiene por establecida la presente actividad judicial no contenciosa de depósito de persona menor de edad. Por el plazo de tres días se confiere audiencia a las instituciones mencionadas y a la señora Irene Melissa Badilla Guevara y Carlos Andrés Osorio Betancou, para que se pronuncien sobre las presentes diligencias. Para que represente los interese de la menor Paulette Vanessa Osorio Badilla, se nombra depositaría judicial a la señora Irene Guevara Esquivel, a quien se le previene comparecer dentro del tercero día aceptar y jurar el cargo. Para que notifique a la Procuraduría General de la República, se hará por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José, asimismo previo a notificar a la señora Irene Melissa Badilla Guevara y al señor Carlos Andrés Osorio Betancou, solicítese a la oficina del Registro de la Propiedad, sección personas y a la Dirección General de Migración y Extranjería que se sirvan certificar si dichos señores aparecen con apoderado inscrito así como los movimientos migratorios de los mismos. Expediente Nº 04-100109-0422-FA depósito judicial de persona menor.—Juzgado de Familia de Golfito.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos y Lic. María del Rocío Quesada Zamora, Jueces.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010066773).

Licenciada Mitzi Calderón Goldenberg, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas, hace saber: que en declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de patria potestad y depósito judicial establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Cristina Acevedo Ruiz, que se tramita en este Despacho con el número de expediente Nº 10-400294-421 FA (6), se encuentra la resolución que en lo que interesa dice: Juzgado de Familia y Penal Juvenil de Puntarenas, a las siete horas diez minutos del veintiséis de julio de dos mil diez. Se tiene por aceptado el cargo de curador procesal ad-litem, por parte del licenciado Rafael Alberto López Campos en representación de los demandados ausentes, y para notificaciones señala el número de fax 2446-6917. Asimismo, se tiene por establecido el presente proceso declaratoria judicial de estado de abandono, pérdida de la patria potestad y solicitud de depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Cristina Acevedo Ruiz, a quien por resultar ausente se les concede audiencia por el plazo de cinco días, por medio de su curador procesal ad-litem, el licenciado Rafael Alberto López Campos, con el fin de que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al curador procesal ad-litem, que si no contesta dentro del plazo, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la depositaria judicial Leda María Acevedo Ruiz personalmente o en su casa de habitación, ubicada en el barrio Veinte de Noviembre de Puntarenas, del antiguo Consejo Nacional de Producción 100 metros al oeste y 25 metros al sur, para lo cual se ordena desglosar atento mandamiento a la Delegación Policial de Fray Casiano de Madrid. De igual manera, notifíquese personalmente o en su oficina, por medio del Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, Alajuela, al licenciado Rafael López Campos, por ser habido el mismo en Atenas centro, bufete López y López, 50 metros sur de los Tribunales de Justicia. Teniendo como asidero legal el artículo 263 del Código Procesal Civil, se ordena la publicación del auto de traslado de la presente demanda por una sola vez en el Boletín Judicial, (artículo 118 y 121, ambos del Código de Familia). Notifíquese.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Atenas, Alajuela.—Msc. Mitzi Eugenia Calderón Goldenberg, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33565.—C-5400.—(IN2010066774).

Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza del Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a los señores Olga María Torres Montiel y Leonel Carranza Chaves, se hace saber, que en proceso de depósito judicial de menor, expediente número 10-400470-924FA (NI. 479-10), promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las catorce horas, dieciséis minutos del cinco de julio del dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso de depósito judicial de menor, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, a favor de la menor de edad Rosa Fabiola Carranza Torres, del cual se confiere audiencia por el plazo de cinco días hábiles a los padres registrales Olga María Torres Montiel y Leonel Carranza Chávez, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca las pruebas de descargo. Se le previene a las partes que de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 deben indicar medio (fax de línea exclusiva, correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, estrados en caso de no contar con los otros medios señalados) donde atender sus futuras notificaciones bajo apercibimiento de que mientras no lo hagan o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las resoluciones que se dicten posteriormente se le tendrán por notificadas en el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Asimismo y de conformidad con reiteradas circulares del Consejo Superior, en especial la circular número 169-09, se hace menester por parte de este Despacho, el prevenir a las partes, que en caso de que se señale como medio de notificación un fax, este debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no puede ser utilizado como teléfono, y en caso de señalarse un medio electrónico, el mismo deberá contar con la respectiva autorización de cuenta conforme el artículo 39 de la Ley mencionada. Notifíquese esta resolución a la madre registral por medio de comisión dirigida a la Delegación de la Fuerza Pública de Boca Arenal, San Carlos y al padre registral, por medio de un edicto, que se publicará por única vez en el Boletín Judicial, el cual queda en la secretaría del Despacho a disposición del ente promovente para que procedan a diligenciarlo. Asimismo de conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el depósito judicial provisional de la menor Rosa Fabiola Carranza Torres, en el Patronato Nacional de la Infancia, razón por la cual se le previene a su representante legal que deberá comparecer a este Despacho dentro del tercer día hábil, a aceptar el cargo que se les ha conferido. Notifíquese.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 5 de julio del 2010.—Lic. Jessica Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010066775).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las menores de edad Alba Luz Días López, Tannia Josefa y Marisol ambos de apellidos Martínez Díaz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles que se contarán a partir de la publicación el edicto ordenado, en fecha cinco de julio del dos mil diez. Expediente: Nº 10-400471-924-FA (NI. 480-10).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010066776).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores de edad Joseling del Carmen y Yader Antonio ambos de apellidos Rivas González, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la publicación el edicto ordenado, en fecha veintiuno de junio del dos mil diez. Expediente: Nº 10-400437-924-FA (NI. 446-10).—Juzgado de Familia del Segundo Circuito judicial de Alajuela, San Carlos.—Msc. Betty Arrieta Barrantes, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010066777).

Lic. Mariela Porras Retana, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a, que en este Despacho se interpuso un proceso reconoc. hijo mujer casada, establecido por Sebastian Vega Herrera, en donde se ha ordenado notificar por medio de edicto al señor Sidney Olger Vega, bajo el expediente número 10-001221-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y diecinueve minutos del primero de julio del dos mil diez. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Sebastian Vega Herrera a favor de la menor Valeria Vega Herrera. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días, a quien se ordena notificar en el casillero 403 de éstos Tribunales, quedando las copias en el despacho para su retiro. De los autos se observa que se encuentran debidamente apersonada la madre de la menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Con la finalidad de recibir el testimonio de Karol Tatiana Rodríguez y Gina Ledezma Gómez, se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de agosto del dos mil diez. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. -Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Asimismo y siendo que el padre registral de la menor Sidney Olgar Vega, es de paradero desconocido, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 85 párrafo 4) del Código de Familia, se ordena notificarle por edicto, el cual se ordena expedir y que da a disposición de la parte a din de que sea debidamente publicado en el Boletín Judicial o un diario de circulación nacional. Notifíquese. Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso reconoc. hijo mujer casada. Expediente N° 10-001221-0364-FA. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación. De conformidad con la circular Nº 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio del 2009.—Juzgado de Familia de Heredia, 23 de junio del 2010.—Lic. Mariela Porras Retana, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010066819).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número   10-000435-0938-FA, la señora María Ruth Zumbado Zumbado, solicita se apruebe la adopción simple del menor Javier Enrique Ordóñez Cardona. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Liberia, 25 de junio del 2010.— Lic. Olidony Palacios Badilla, Juez.—1 vez.—(IN2010067207).

Se avisa al señor Mark Andrew Taylor, mayor, de nacionalidad británica, pasaporte N° 650664317, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 10-000299-0673-NA, correspondiente al proceso de solicitud de permiso de salida del país de la persona menor de edad Marco Loan Taylor Espinal, promovidas por María De Los Ángeles Espinal Ovalle, donde se solicita que se apruebe dichas diligencias, para tal efecto se concede el plazo de tres días para que manifieste su conformidad o se oponga a las mismas.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—RP2010189868.—(IN2010067279).

Se hace saber a Mark Andrew Taylor, portador del pasaporte número seis-cinco-cero-seis-seis-cuatro-tres-I-siete y sin domicilio conocido, que, en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de suspensión de patria potestad, expediente número 2010-000613-186-FA, interpuesto por María de los Ángeles Espinoza Ovalle, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para, su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de julio del 2010.—Lic. Valeria Arce I., Jueza.—1 vez.—RP2010189869.—(IN2010067280).

Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a los señores Enrique Madrigal Sibaja, mayor, divorciado, agente de ventas, vecino de Barrio San Antonio, Ciudad Quesada, de Repuestos Masisa, casa metida, color blanco, cédula Nº 2-458-460, y a Rosibel Rojas Jiménez, mayor, vecina de Barrio San Antonio, Ciudad Quesada, de Repuestos Masisa, casa metida, color blanco, se les hace saber: que dentro de ejecución hipotecaria Nº 09-100688-0297 CI, de CONCOOCIQUE R. L., contra Enrique Madrigal Sibaja, se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Ejecutivo hipotecario. Expediente Nº 09-100688-0297 CI (2). Actor: Consorcio Cooperativo de Vivienda CONCOOCIQUE R. L. Demandado: Enrique Madrigal Sibaja. Por establecida. Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos. Ciudad Quesada, a las diez horas cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso de ejecución hipotecaria contra Enrique Madrigal Sibaja, a quien (es) se le(s) previene señalar medio donde oír notificaciones, ya que de no hacerlo así, se tendrá(n) por notificado(s) las resoluciones que se dicten con el solo transcurso de veinticuatro horas, el mismo efecto se producirá si el medio escogido imposibilitara la notificación por causas ajenas al Despaché (artículo 11 de la Ley de Notificaciones Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales). De conformidad con los artículo 21.4, 21.5 y 25 de la Ley de Cobro Judicial. Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0301 -00012200-01-0901 -001 y con la base de ¢8.760.000,00, remataré la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 421.064-000, para la realización de las subastas se señalan las: 09:00 horas del 25 de marzo próximo. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢6.570.000,00, se señalan las: 9:00 horas del 15 de abril próximo. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ¢2.190.000,00, se señalan las: 9:00 horas del 29 de abril próximo. Redáctese y publíquese el edicto de ley por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Remítase mandamiento de anotación de la presente demanda al Registro de la Propiedad de Bienes Inmuebles. De la liquidación de intereses presentada por la parte actora en el escrito inicial, se confiere audiencia por tres días al demandado, bajo apercibimiento de que su silencio podrá tenerse como aprobación a la misma (artículo 693 del Código Procesal Civil). Notifíquese la presente resolución al demandado Enrique Madrigal Sibaja, y a la beneficiaria del patrimonio familiar Rosibel Rojas Jiménez, personalmente o por medio de cédula de notificación y copias de ley en su casa de habitación, sita en San Antonio, Ciudad Quesada, de Repuestos Masisa, casa mediata, color blanco, trámite que se verificará por medio de la Oficina de Notificaciones Local. Asimismo, se ordena notificar del presente proceso al Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI), por medio de cédula de notificación y copias de Ley en sus oficinas centrales, para lo cual se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Segundo Circuito Judicial, San José. Notifíquese. Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez. Ejecutivo hipotecario. Expediente Nº 09-100688-0297 CI (2). Actor: Consorcio Cooperativo de Vivienda CONCOOCIQUE R. L. Demandado: Enrique Madrigal Sibaja. Se nombra curador. Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, a las diez horas cincuenta minutos del veinte de julio de dos mil diez. Constando en autos el deposito de honorarios correspondiente, a fin que represente al demandado Enrique Madrigal Sibaja y a la beneficiaria del patrimonio familiar Rosibel Rojas Jiménez, se nombra como curador a Mario Alberto Acosta Gutiérrez, cédula: 0203930082, quien puede ser localizado a los teléfonos: 2460-33-64, 8384-33-84, al fax: 2460-01-68 o al correo: mariopio@racsa.co.cr , y a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días se presente a aceptar el cargo. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda. Quedan las copias del proceso a disposición del curador dentro del expediente. Notifíquese por medio de edicto al demandado Enrique Madrigal Sibaja y a la beneficiaría del patrimonio familiar Rosibel Rojas Jiménez, la presente resolución así como la de las 10:05 horas del 24/11/2009, expídase y publíquese el edicto de ley. Notifíquese.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de julio del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2010189978.—(IN2010067281).

Se avisa a los señores William Gerardo Gómez Alvarado, mayor, costarricense, cédula de identidad Nº 1-566-470 y Guillermo Ramírez Escanellas, mayor, puertoriqueño, pasaporte Nº P 156258760, con demás calidades y domicilio desconocidos, son representados por el curador procesal licenciado Marcel Siles López, hace saber que existe proceso Nº 10-000007-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Wílmer Jesús Gómez Muñoz y Sebastián Alfonso Ramírez Muñoz establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de William Gerardo Gómez Alvarado, Guillermo Ramírez Escanellas y Edith María Muñoz Cascante, se ha dictado la resolución de las diez horas del trece de enero del dos mil diez, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Lic. Yadira Montero González, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de agosto del 2010.—Yerma Campos Calvo, Jueza.––1 vez.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 33573.––C-4820.––(IN2010067405).

Edictos Matrimoniales

En la notaría del Lic. Luis Alberto Palma León, ubicada en Tibás del periódico La Nación 300 metros este,100 sur, 50 oeste y 25 norte, se llevará a cabo el matrimonio de los señores María Isabel Orrego Escobar, cédula 8-088-752 y Luis Antonio Navarro Carreño, de nacionalidad colombiana, el día 24 de agosto del año en curso, a las catorce horas.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—RP2010189823.—(IN2010067029).

Ante esta notaría, han comparecido Horacio Levi Barrantes Salazar, cédula número 7-164-797, hijo de Víctor Eliécer Barrantes Guido y Elizabeth Salazar Mora y Kristen Ann (nombre) Perdigao (apellido) un solo apellido por razón de nacionalidad estadounidense, pasaporte número 456301020, hija de Eduard R Perdigao y Deborah Ann Golden, el primero vecino de La Esperanza de Piedades Norte de San Ramón de Alajuela y la segunda vecina de 27 Madoc St. Apt No. 1 Newton, MA 02459, manifestando interés en contraer matrimonio civil. Dentro del plazo de 8 días después de esta publicación, se informa a todos aquellos interesados que tuvieran objeciones que hacer. Notaría, San Ramón Alajuela, 175 metros al norte de la Cañera.—San Ramón, Alajuela, 9 de agosto del 2010—Lic. Mª del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—RP2010189852.—(IN2010067284).