BOLETÍN JUDICIAL DEL 14 DE SETIEMBRE DEL 2010

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SALA PRIMERA

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 01-2007, del 20 de abril del 2007, artículo II, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 35-07, del 15 de mayo del 2007, artículo XLVIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1990 al 2008 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Joaquín de Flores Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           A 12 H 90

Ampos:             107

Libros:              41

Año:                  1990-2008

Asunto:            Documentos Administrativos: 2 Ampos con Orden de giro, Boletas de levantamientos de 1990. 1 Ampo de boletas de levantamientos. 1 Ampo de conciliaciones bancarias de 1995. 1 ampo boletas de levantamiento de 1996, 1 ampo conciliación bancaria de 1996. 2 ampos de conciliaciones de 1997, 1 ampos de levantamientos de 1997. 1 ampo de conciliaciones bancarias de 1998.

1 ampo de copias de depósitos de 1998. 1 ampo de correspondencia de 1999, 1 ampo de conciliaciones bancarias de 1999, 1 ampo de copia de depósitos de 1999. 1 ampo de correspondencia del 2000, 1 ampo de conciliaciones bancarias del 2000, 1 ampo de copias de depósitos de 2000. 3 ampos de correspondencia del 2001, 1 ampo de circulares, 1 ampo de oficios del 2001.

1 ampo de conciliaciones bancarias, 1 ampo de copias de depósitos del 2001, 1 ampo de correo certificado del 2002, 1 ampo de correspondencia del 2002, 1 ampo de circulares del 2002, 1 ampo de oficios del 2002, 1 ampo de conciliaciones bancarias, 1 ampo de reportes de fax del 2002, 1 ampo de copias de depósitos del 2002, 3 ampos de correspondencia del 2003, 2 ampos de circulares del 2003.

2 ampos de conciliaciones bancarias del 2003, 1 ampo de control de vacaciones del 2003, 1 ampo de copia de resoluciones del 2003, 1 ampo de copia de depósitos del 2003, 1 ampo de entrega de cheques del 2003, 1 ampo de reportes de la contraloría del 2003, 2 ampos de correspondencia del 2004, 1 ampo de circulares del 2004, 1 ampo de oficios del 2004, 2 ampos de conciliaciones bancarias del 2004.

1 ampo de control de vacaciones del 2004, 1 ampo de copia de resoluciones, 1 ampo de copias de depósitos del 2004, 2 ampos de reportes del 2004, 1 ampo de copias de entrega de cheques del 2004, 1 ampo de reportes de la contraloría del 2004, 1 ampo de registro del notificador del 2004. 6 ampos de correspondencia del 2005, 1 ampo de informes del 2005, 3 ampos de circulares del 2005.

1 ampo de oficios del 2005, 1 ampo de conciliaciones bancarias del 2005, 1 ampo de control de caja del 2005,  1 ampo de reportes de fax del 2005, 1 ampo de control de vacaciones del 2005, 1 ampo de copias de cheques del 2005, 2 ampos de reportes del 2005, 1 ampo de solicitudes del 2005, 1 ampo de copias de cheques del 2005, 1 ampo de reportes de la contraloría del 2005, 1 ampo de registro del notificador del 2005, 1 ampo de correspondencia del 2006.

1 ampo de circulares del 2006, 2 ampos de reportes de fax del 2006, 1 ampo de control de vacaciones del 2006, 1 ampo de copias de resoluciones del 2006, 1 ampo de reportes de cuenta del 2006, 1 ampo de reportes del 2006, 1 ampo control de solicitudes del 2006, 1 ampo reporte de contraloría del 2006, 1 ampo registro del notificador del 2006. 4 ampos de correspondencia del 2007, 1 ampo de informes del 2007.

1 ampo de circulares del 2007, 1 ampo de oficios del 2007, 2 ampos de reportes de fax del 2007, 1 ampo de control de vacaciones del 2007, 1 ampo de reportes del 2007, 1 ampo de reportes de contraloría del 2007, 1 ampo de registro del notificar del 2007. 1 ampo de reportes de fax del 2008, 1 ampo de control de vacaciones del 2008, 1 ampo de reportes de fax del 2008, 1 ampo de registro del notificador del 2008.

1 libro de conciliaciones bancarias de 1992. 1 libro de conocimiento, 7 libros de entradas de 1993. 1 libro bancario de 1994. 1 libro de correo certificado de 1995. 2 libros bancarios de 1996. 3 libros de bancos de 1997. 2 libro de correspondencia de 1998,  1 libro de depósitos de 1998. 1 libro de bancos de 1999. 1 libro de bancos del 2000. 2 libros de banco del 2001. 1 libro de comisiones del 2002, 2 libros de bancos del 2002.

1 libro de conocimientos del 2002, 1 libro comisiones del 2003, 1 libro de bancos del 2003, 1 libro de comisiones del 2004, 1 libro de correo certificado del 2005. 2 libros de correo certificado del 2006, 2 libros de agendas de señalamientos del 2006, 2 libros de correo certificado del 2007, 1 libro de agenda de señalamientos del 2007, 2 libros de agendas de señalamientos del 2008, 1 libro de correo certificado del 2008.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de agosto del 2010.

                                                                          Lic. Alfredo Jones León,

(IN2010074388)                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 04-2006, del 11 de diciembre de 2006, artículo IV, aprobada por el Consejo Superior en Sesión Nº 06-07, del 25 de enero del 2007, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales de los años del 2000 al 2006 de la Fiscalía Adjunta de Alajuela, La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           P 29 A 00

Expedientes:    1734

Paquetes:         15

Año:                  2000

Asunto:            Penal varios: ( 42 Daños, 462 Hurto Simple, 18 asuntos varios, 72 estafas, 163 robo agravado, 751 robos simple, 85 Lesiones culposas, 76 hurto agravado, 26 abuso de autoridad, 7 alteraciones de señas y marcas, 3 usurpaciones, 2 agresión calificada, 2 agresión con arma, 14 agresiones, 3 apropiación irregular, 1 receptación, y 7 uso documento falso) . Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Remesa:           P 19 A 01

Expedientes:    1465

Paquetes:         12

Año:                  2001

Asunto:            Penal varios: ( 58 daños, 9 abuso de autoridad, 8 amenazas, 24 asuntos varios, 8 agresión con arma, 5 agresiones, 13 lesiones leves, 84 lesiones culposas, 12 hurto agravado, 394 hurto simple, 59 estafa, y 791 robo simple). Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Remesa:           P 17 A 02

Expedientes:    1653

Paquetes:         13

Año:                  2002

Asunto:            Varios ( 1056 robo simple, 280 hurto simple, 180 daños, 48 estafa, 29 lesiones, 16 amenazas, 12 hurto agravado, 9 agresiones, 2 uso de documento falso, 6 abuso de autoridad, 5 alteración de señas y marcas, 1 receptación , 9 asuntos varios) . Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Remesa:           P 11 A 03

Expedientes:    1827

Paquetes:         15

Año:                  2003

Asunto:            Penal varios: (983 robo simple, 597 hurto simple, 93 daños, 24 alteración se señas y marcas, 47 estafa, 26 lesiones leves-culposas, 28 amenazas, 12 agresiones, y 17 asuntos varios). Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Remesa:           P 10 a 04

Expedientes:    1415

Paquetes:         13

Año:                  2004

Asunto:            Penal varios: ( 731 robo simple, 431 hurto simple, 58 estafa, 84 daños, 37 hurto agravado, 10 lesiones culposas, 14 agresiones, 4 lesiones leves, 7 amenazas agravadas, 6 abuso de autoridad, 22 amenazas, 5 falsificación de señas y marcas, 2 uso de documento falso, 2 apropiación y retención indebida, y 2 extorsión) . Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Remesa:           P 12 A 05

Expedientes:    722

Paquetes:         6

Año:                  2005

Asunto:            Penal varios ( 50 estafa, 106 daños, 23 lesiones culposas, 25 hurto agravado, 21 asuntos varios, 457 hurto simple, 24 amenazas agravadas, 10 agresiones con arma, y 6 abuso de autoridad) . Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Remesa:           P 13 A 06

Expedientes:    1804

Paquetes:         15

Año:                  2006

Asunto:            Penal varios: (1011 robo simple, 649 hurto simple, 67 daños, 32 estafa, 16 hurto agravado, y 29 asuntos varios). Expedientes en donde la acción penal se encuentra prescrita.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de agosto del 2010.

                                                                          Lic. Alfredo Jones León,

(IN2010074389)                                                     Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2006, de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-06, celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de boletas de tránsito de 1999 al 2007 Juzgado de Tránsito del 1 Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:           G 45 S 99

Boletas:            69

Ampos:             1

Periodo:            1999

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 50 S 00

Boletas:            163

Ampos:             1

Periodo:            2000

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 49 S 01

Boletas:            99

Ampos:             1

Periodo:            2001

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 52 S 02

Boletas:            227

Ampos:             1

Periodo:            2002

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 39 S 03

Boletas:            5603

Ampos:             7

Periodo:            2003

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 34 S 04

Boletas:            50463

Ampos:             59

Periodo:            2004

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 30 S 05

Boletas:            3350

Ampos:             33

Periodo:            2005

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 16 S 06

Boletas:            3034

Ampos:             28

Periodo:            2006

Asunto:            Boletas de tránsito

Remesa:           G 10 S 07

Boletas:            2428

Ampos:             28

Periodo:            2007

Asunto:            Boletas de tránsito

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 27 de agosto del 2010.

                                                                          Lic. Alfredo Jones León,

(IN2010074390)                                                     Director Ejecutivo

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA

DEL PODER JUDICIAL

SEGUNDA PUBLICACIÓN

CONCURSO CJS-03-2010

El Consejo de la Judicatura y el Departamento de Personal del Poder Judicial abren concurso para integrar la lista de jueces y juezas suplentes categoría 5 en el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.

REQUISITOS GENERALES QUE DEBEN REUNIR LOS Y LAS ASPIRANTES:

ü Licenciatura en la carrera de Derecho (original y fotocopia del título).

ü Incorporado(a) al Colegio de Abogados de Costa Rica y encontrarse al día con sus obligaciones (original y fotocopia del título).

ü Bachiller de secundaria original y fotocopia del título (aquellas personas que no hayan presentado oferta en el Poder Judicial anteriormente).

ü Declaración jurada sobre incompatibilidad con el puesto (indispensable).

ü Haber ejercido la profesión durante diez años, salvo en los casos en que se trate de funcionarios judiciales con experiencia en la tramitación y resolución de asuntos jurisdiccionales, preferiblemente en la materia contencioso administrativa.

ü Ser costarricense por nacimiento o naturalización con domicilio en el país no menor de diez años, después de obtenida la carta respectiva.

ü Tener al menos 35 años de edad.

ü Un año de experiencia en supervisión de personal.

ü Conocimientos básicos en el manejo de paquetes informáticos de uso institucional.

ü Conocimiento en el manejo de las técnicas de oralidad.

ü Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

ü Las personas que resulten propuestas en el presente concurso, deberán de realizar los cursos desarrollados en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, Hostigamiento Sexual y Acoso Psicológico en el Trabajo y Sistema de Gestión.

INFORMACIÓN ADICIONAL:

a)  Las personas que participen en estos concursos deberán cumplir con todos los requisitos vigentes.

b)  Independientemente de las opciones que el oferente marque, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en la sesión del 03 de octubre del 2006, artículo II, las propuestas de nombramiento por parte de ese Consejo, se limitarán a tres por participante (incluidas las que ya ostente), salvo casos excepcionales y que por falta de oferentes, serán valorados por este Consejo al momento de conocer las propuestas de nombramiento de un despacho determinado.

c)  Para participar en este concurso no es requisito excluyente el no contar con un promedio de elegibilidad dentro de la Carrera Judicial, sin embargo, de conformidad con lo establecido en al artículo 53 de la Ampliación al Reglamento de Carrera Judicial, se le dará preferencia a quienes estén elegibles en ese sistema en la materia de que se trate. (Artículo 69 Ley de Carrera Judicial).

d)  Es imprescindible que los oferentes se inscriban mediante el FORMULARIO ELECTRÓNICO en la dirección www.poder-judicial.go.cr/personal/ juecesyjuezas.htm y para funcionarios judiciales intranet/personal/juecesyjuezas.htm. Para ello, es preciso completar todos los datos requeridos, de lo contrario la solicitud será desestimada.

e)  NO REMITA POR NINGÚN OTRO MEDIO DE COMUNICACIÓN SU SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN, YA QUE AUTOMÁTICAMENTE QUEDA INSCRITO(A) EN LÍNEA. Para estos efectos se habilitan las 24 horas hasta la fecha del cierre del concurso.

f)   Quienes participen por primera vez para un cargo dentro de la Carrera Judicial, además de inscribirse electrónicamente, deberán de presentar en manuscrito la “Oferta de Servicios” en la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, sita 4to. Piso, edificio del Organismo de Investigación Judicial (O.I.J.), de las 7:30 a.m. a las 12 m.d. y de 1:00 p.m. a las 4:30 p.m., de lunes a viernes, a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de cierre del concurso. No se dará trámite a las ofertas de servicios recibidas por fax o correo electrónico. Dicho formulario y la “Información General para el Ingreso a la Carrera Judicial”, se encuentra disponible en la dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/personal/juecesyjuezas.htm y para funcionarios judiciales: intranet/personal/juecesyjuezas.htm.

g)  Los atestados que se requieran, deben presentarse al cierre de este concurso, o a más tardar dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento.

h)  Es requisito indispensable para aquellas personas que actualmente no se encuentran elegibles en la Carrera Judicial y que hubieran presentado la oferta de servicios en un período mayor a dos años, presentarla nuevamente.

i)   El detalle de la experiencia laboral como Profesional en Derecho, externa al Poder Judicial, deberá acompañarse de una declaración jurada del desempeño como abogado(a) litigante. Si labora(ó) para una empresa o Institución, deberá aportar certificación o constancia emitida por esta, la cual debe de especificar: La fecha de rige y vence de los períodos laborados; el o los puestos desempeñados, requisitos y especialidad del puesto(s) profesional, si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario y en caso de que los haya disfrutado, señalar el período, el motivo de salida, si hubo o no pago de prestaciones y si existió, bajo que ley.

j)   Si se incurriere en alguna omisión o inexactitud con respecto a los requisitos o la documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).

k)  Quien solicite el cargo, debe conocer que por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad. (Acuerdo de Corte Plena del 04 de enero de 1999, Artículo VIII).

l)   El Consejo Superior en sesión N°29-03, artículo XXVI, celebrada el 29 de abril del 2003, dispuso que por política, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente. El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

m) Para todos los efectos, quienes ofertan deben señalar medio electrónico para atender notificaciones. De conformidad con lo estipulado en el artículo 13 del Reglamento de Notificaciones y Comunicaciones por medios electrónicos, la Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará como principal medio de notificación el correo electrónico que el oferente indique, por lo tanto, se deberá de estar atento en mantener ese medio en óptimas condiciones, por cuanto comprobada en la pantalla la entrega electrónica de la notificación (correo entregado), se dará por notificado el asunto.

n)  En caso de no señalar medio electrónico para notificaciones, o de no encontrarse en óptimas condiciones al momento de efectuar la comunicación, se exime de toda responsabilidad a la Sección Administrativa de la Carrera Judicial y se tendrá por notificado 24 horas después de dictada la resolución.

o)  Las listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.

Consultas y notificaciones a los teléfonos 2295-3941 y 2295-3781, fax 2295-3452 o a los correos electrónicos: amadriz@poder-judicial.go.cr y carrera-jud@poder-judicial.go.cr.

Este concurso vence el 24 de setiembre del 2010.

Para trámite personal hasta las 4:30 p.m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.

San José, 2 de setiembre del 2010.

                                                               MBA. Saúl Arce Brenes

(IN2010073992).                                       Jefe a. í., Subproceso

                                                                  de Compras Menores

UNA PUBLICACIÓN

UNIDAD DE RECLUTAMIENTO

CONCURSO Nº 31-2010

El Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a participar en el concurso por antecedentes para las siguientes clases de puesto:

Profesional en Derecho 1 (Abogado Asistente 1)

Oficina

Nº de Puesto

SECRETARÍA DE LA CORTE

86291

113614

INSPECCIÓN JUDICIAL

43040

CENTRO ELECTRÓNICO DE DOCUMENTACIÓN JURISPRUDENCIAL

43154

43155

72795

 

Profesional en Derecho 2 (Abogado Asistente 2)

Oficina

Nº de Puesto

FISCALÍA GENERAL

352040

 

Requisitos:

Profesional en Derecho 1 y 2 (Abogado Asistente 1 y 2)

ü Bachiller en Educación Media.

ü Licenciatura en Derecho.

ü Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica.

ü Mínimo un año de experiencia en la tramitación de asuntos judiciales.

ü Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo.

Inscripciones:

ö Las personas interesadas que cumplan con todos los requisitos, deberán completar el formulario electrónico de inscripción en el concurso, utilizando el “Internet Explorer”, a través de las siguientes direcciones:

intranet/personal/concursos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm

ö El formulario electrónico de inscripción en el concurso será el único medio disponible para esos fines, por lo tanto, no se dará trámite a solicitudes que ingresen por algún otro medio.

Notas importantes:

ö Por tratarse de un concurso de antecedentes, no se realizarán exámenes ni se confeccionarán promedios, por lo cual las personas serán seleccionadas a través de una nómina. (Acuerdos del Consejo Superior, sesiones Nº 06-09 del 22 de enero de 2009, artículo XXXII, Nº 31-09 del 31 de marzo 2009, artículo LII y 108-09 del 01 de diciembre de 2009, artículo XCI).

ö Al momento de confeccionar la nómina respectiva, la Sección de Reclutamiento y Selección incorporará dentro de las “observaciones”, el nombre de la persona que ha ocupado la plaza vacante en forma continua durante el último año, en el entendido de que los únicos motivos que interrumpen tal condición son:

1)  Ascensos por cualquier periodo, y

2)  Permisos sin goce de salario.

Lo anterior únicamente para efectos de referencia, según lo establecido por el Consejo Superior en la Circular Nº 10-10, punto 1.

ö Respecto al requisito de experiencia, no es necesario que solicite constancias de tiempo servido en el Poder Judicial ante el Departamento de Gestión Humana, ya que dicha información será extraída de los sistemas informáticos que para tales efectos lleva este departamento.

ö Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.

ö Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 Artículo XXVI, se dispuso que no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

ö El pago de zonaje está sujeto a las disposiciones normativas vigentes en el Poder Judicial.

ö Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar una nómina valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Gestión Humana. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, Artículo V).

ö Para consultas adicionales, puede comunicarse con Gustavo Herrera o con Henry Artavia a los teléfonos 2295-3950 y 2295-4876, de la Sección de Reclutamiento y Selección, (Extensiones: 3950 ó 4876, respectivamente), o a los correos electrónicos gherrerar@poder-judicial.go.cr o hartavia@poder-judicial.go.cr

Las Oficinas Administrativas se encuentran autorizadas para remitir sus notificaciones y comunicaciones mediante correo electrónico. (Artículo 45, Ley de Notificaciones Judiciales).

En atención al Artículo 5 del “Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales”, se les recuerda a los Jefes, Coordinadores de Oficina o designados, su responsabilidad de imprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar a quienes no cuenten con correo electrónico o Intranet.

Período de inscripción:

Inicia: 14 de setiembre del 2010

Finaliza: 24 de setiembre del 2010

Horario de atención al público:

7:30 a.m a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m a 4:30 p.m

(no se incluyen días feriados)

San José, 7 de setiembre del 2010.—Sección Reclutamiento y Selección.—MBA. Maritza Herrera Sánchez, Jefa.—Administración Humana.—MBA. José Luis Bermúdez Obando, Jefe.––1 vez.––Exento.––(IN2010075145).

CONCURSO Nº 32-2010

El Departamento de Gestión Humana, con el fin de nombrar en propiedad puestos vacantes, invita a las personas interesadas a participar en el siguiente concurso:

Clases de puesto

Defensor Público

Defensor Público Supervisor *

 

Requisitos básicos

Defensor Público

ü  Licenciatura en Derecho

ü  Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica.

ü  Requiere un mínimo de dos años de experiencia en labores profesionales

ü  Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo (Deberá aportar fotocopia de cursos o bien, una declaración jurada a título personal mediante la cual se acredite el cumplimiento de los requisitos señalados).

ü  Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, directrices del Despacho y demás disposiciones vigentes. **

Defensor Público Supervisor*

ü  Licenciatura en Derecho

ü  Incorporado al Colegio de Abogados de Costa Rica

ü  Requiere un mínimo de tres años de experiencia en labores profesionales

ü  Requiere un mínimo de dos años de experiencia en supervisión de personal

ü  Manejo de los ambientes computadorizados y los sistemas de información existentes en el área de trabajo (Deberá aportar fotocopia de cursos o bien, una declaración jurada a título personal mediante la cual se acredite el cumplimiento de los requisitos señalados).

ü  Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, directrices del Despacho y demás disposiciones vigentes. **

*   La persona designada en esta plaza mantiene su puesto en propiedad. El nombramiento es por dos años, lo anterior de conformidad con el acuerdo del Consejo Superior sesión ordinaria Nº 96-95, celebrada el 05-12-95,  Artículo LXX.

** La Ley Orgánica del Poder Judicial la puede encontrar en la página www.poder-judicial.go.cr y para directrices del despacho y demás disposiciones acceder al link Defensa Pública.

Inscripciones

s   Las personas interesadas que cumplan con todos los requisitos, deberán presentar la “Boleta de Inscripción Concurso 32-2010” debidamente llena y deberá adjuntarle los atestados que acrediten que cuenta con los requisitos solicitados, en la recepción de la Sección de Reclutamiento y Selección, sita 3er piso, edificio O.I.J., I Circuito Judicial de San José, o hacerla llegar a los correos electrónicos: jarcec@poder-judicial.go.cr; fzamora@poder-judicial.go.cr.

s   Si cuenta con expediente en el Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial, deberá presentar la boleta de inscripción sin los atestados. Asimismo es responsabilidad de cada oferente constatar que los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para este concurso consten en su expediente personal.

s   No serán considerados por extemporáneos, los documentos en general y boletas de inscripción que ingresen después de la fecha de cierre del concurso (24 de setiembre del 2010).

s   Para todos los efectos, las personas interesadas deben indicar en la boleta de inscripción, el lugar o medio electrónico para recibir notificaciones. En el caso de no señalarlo, se exime de toda responsabilidad a la Sección de Reclutamiento y Selección y se tendrá por notificado 24 horas después de emitida la comunicación. (Art. 11, Ley de Notificaciones Judiciales). Para los efectos indicados, esta oficina utilizará como principal medio de comunicación el correo electrónico, por lo que será su obligación, verificar que exista espacio suficiente en el buzón pues según lo establece el Art. 4 de la Ley de Notificaciones se dará por notificada la comunicación, una vez que se haya comprobado el ingreso del documento en el buzón del destinatario.

s   Para actualizar los medios de notificación, ya sea direcciones de correo electrónico o número de fax, favor dirigir la información a la dirección electrónica jarcec@poder-judicial.go.cr.

s   La boleta de inscripción, podrán obtenerla en las siguientes direcciones electrónicas:

Intranet/personal/concursos.htm

www.poder-judicial.go.cr/personal/concursos.htm

Notas importantes:

1-  Puestos de Bolsa están sujetos a cambios de zona geográfica y materia según se determine por la Dirección de la Defensa Pública, de acuerdo a las necesidades Institucionales y del Servicio Público.

2-  Los puestos del Programa de Flagrancia están sujetos a cambios de zona geográfica y jornadas alternas de trabajo según las necesidades institucionales, actuales y futuras.

3-  En caso de que usted no labore para el Poder Judicial y con el fin de que le sea acreditada la experiencia en labores profesionales, debe presentar las constancias de tiempo servido de los trabajos desempeñados (original y fotocopia), ya sea de empresas públicas o privadas, las cuales deben incluir: fecha de ingreso, de salida (en caso de que ya no labore), puesto que ocupó en cada una de las empresas detallando tanto los requisitos como las funciones desempeñadas en ese cargo.

4-  En relación con la experiencia en supervisión de personal, deberá aportar la documentación respectiva,  acreditando que posee este requisito, ya sea a través de una certificación extendida por la jefatura inmediata o bien, una declaración jurada a título personal, en la cual deberá señalar el período y cargo desempeñado.

5-  Todos los puestos de este concurso están sujetos a disponibilidad.

Observaciones:

1-  El pago de zonaje está sujeto a las disposiciones normativas vigentes en el Poder Judicial.

2-  Según acuerdo tomado por el Consejo Superior en sesión Nº 29-03 Artículo XXVI, se dispuso que por política de ese Consejo, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente.

3-  El cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo, de conformidad con el voto 899-91 de la Sala Constitucional.

4-  Las personas nombradas a raíz de este concurso podrán estar sujetas a laborar en horarios alternos.

5-  Es responsabilidad de cada aspirante al momento de integrar la nómina, valorar su inclusión en la misma y en caso de desistir debe presentar una justificación por escrito ante el Departamento de Gestión Humana. (Sesión del Consejo de Personal Nº 15-2003, artículo V).

En atención al artículo 5º del “Manual de Procedimientos de las Comunicaciones por medios electrónicos de las Oficinas Judiciales”, se les recuerda a los Jefes, Coordinadores de oficina o designados, su responsabilidad reimprimir el contenido de esta comunicación y hacerlo llegar a quienes no cuenten con correo electrónico o intranet.

El artículo 6 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece la validez y eficacia de las comunicaciones por medios electrónicos.

Período de recepción de solicitudes

Inicia: 14 de setiembre del 2010

Finaliza: 24 de setiembre del 2010, hasta las 4:30 p.m.

Horario de atención al público:

De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m.d.

y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m. no se incluyen días feriados

San José, 7 de setiembre del 2010.—Sección Reclutamiento y Selección.—MBA. Maritza Herrera Sánchez, Jefa.—Administración Humana.—MBA. José Luis Bermúdez Obando, Jefe.––1 vez.––Exento.––(IN2010075142).

SALA PRIMERA

A la señora Yadira Liliana Olsen Acuña, de domicilio ignorado, se hace saber que en diligencias de exequátur promovidas por Sigifredo Gerardo Hernández Goñi, contra ella, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por el Tribunal Suprior de Nueva Jersey, División Familia, Conado de Passaic, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que represente a la señora Olsen Acuña. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “Sala Primera de la Corte Suprema de justicia. San José, a las siete horas cincuenta minutos del veintidós de julio del dos mil diez. De parte del Lic. Luis Gustavo Pereira León, se tiene por aceptado y jurado el cargo de curador que le fuera conferido y por señalado el fax que refiere para atender futuras notificaciones de lo cual se toma nota. Con la copia de la boleta que adjunta el promovente, se tiene por comprobado el depósito de los honorarios del curador. En consecuencia, acerca de la solicitud que formula el señor Sigifredo Gerardo Hernández Goñi, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días a la señora Yadira Liliana Olsen Acuña, a quien se le previene que en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cuál de ellos se utilizará como principal. Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tramítese el asunto con intervención del referido curador, a quien se le recuerda acatar la prevención de indicar el número de cuenta cliente en colones en la que habrán de depositarse sus honorarios, y se le insta a pronunciarse sobre la procedencia de la homologación solicitada. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese a la señora Yadira Liliana Olsen Acuña la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. Anabelle León Feolli, Presidenta.”

San José, 22 de julio del 2010.

1 vez.—RP2010194696                              Welesley Henry Martínez

(IN2010074219)                                                     Notificador a. í.

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido José Alberto Barquero Zúñiga, cédula de identidad número 1-1089-0018, quien fue mayor, y vecino de Desamparados, trabajó para Euromovilias y falleció el 22 de marzo del 2010, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número 10-300131-0217-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 29 de julio del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—(IN2010075087).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

A las nueve horas del cinco de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado y con la base de veintiocho trozas de madera de la especie pochote con una medida total de 17 1807 metros cúbicos con un valor de un millón quinientos sesenta y cuatro mil ochocientos dieciocho colones con ochenta y ocho céntimos. Lo anterior por existir en este despacho expediente Nº 10-000035-1111-PE, contra Adrián Alvarado Granados y otro, por el delito de infracción a la Ley Forestal, en perjuicio de los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de Golfito, Lic. Karol Delgado Rivera, Jueza.—(IN2010073876).

A las diez horas del cinco de noviembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas 0319-00005139-01-0002-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 0573-00084212-01-0005-001 y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del Banco actor, sea la base de treinta y cinco millones de colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad Partido de Alajuela Folio Real Matrícula Nº 157.661B000, que es terreno de repastos, plátano, charrales y montaña, sito en Cutris de San Carlos, distrito once del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, río San Carlos y Marco Vinicio Herrera Solís, al sur, Gerardo Antonio León Martínez; al este, calle pública con 529,68 metros, Marco Vinicio Herrera Solís, y al oeste, río San Carlos y Gerardo Antonio León Maltez. Mide: Ciento cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y tres metros con noventa y tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones, se señalan las diez horas del diecinueve de noviembre de dos mil diez. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones, se señalan las diez horas del tres de diciembre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente N° 10-100647-0297-CI. Ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Herrera Aragonés.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 17 de agosto del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010194590.—(IN2010074241).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando cargas y restricciones y servidumbre trasladada al tomo trescientos veintidós, asiento seis mil doscientos sesenta y uno, servidumbre sirviente al tomo trescientos cincuenta y cuatro, asiento dieciséis mil cuatrocientos noventa y seis; en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en propiedad partido de San José, folio real matrícula número cuatrocientos noventa y siete mil novecientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de pasto y montaña, situado en el distrito noveno Barú, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José, linda al norte, Ramiro Venegas; sur, Jesús Mora, Olga Godínez Mora y Edward Fonseca Godínez; este, Jean Diamanto Poulos, Gloria Quirós y calle pública; y al oeste, el Estado. Mide: ciento treinta y siete mil ciento cincuenta y dos metros nueve decímetros cuadrados. La finca descrita pertenece a Jonathan Allen Chapman. Para el primer remate se señalan las catorce horas del veintiocho de octubre del año dos mil diez, con la base de sesenta y siete mil ochocientos cuarenta dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las once horas del dieciocho de noviembre del año dos mil diez, con la base de cincuenta mil ochocientos ochenta dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil diez, con la base de dieciséis mil ochocientos setenta dólares exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de S. A. Ola Majesta contra Jonathan Allen Chapman, expediente 10-100197-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 25 de agosto del 2010.—Lic. Jorge Barboza Álvarez, Juez.—RP2010194591.—(IN2010074242).

A las ocho horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero soportando demandas ordinarias inscritas al tomo 424, asiento 05017, a favor del Juzgado Instrucción de Goicoechea y Moravia y una segunda demanda ordinaria inscrita al tomo 511, asiento 01295, a favor del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José y con la base de dieciocho millones novecientos veinticuatro mil ciento ochenta y seis colones con treinta y nueve céntimos, (base con el veinticinco por ciento por ser este el segundo remate) en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número 406119-000, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02 San Rafael, cantón 11 Coronado, colinda: al norte, con calle pública con 07.00 metros; al sur, con lote G-96; al este con lote G-99/100/101, y al oeste con lote G-103. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en ejecución de sentencia de Miguel Lizano Mena contra Luis Álvaro Vargas Cordero. Expediente Nº 00-000668-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía, San José, 19 de agosto del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—RP2010194625.—(IN2010074243).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez y con la base de un millón cuatrocientos cuarenta mil trescientos setenta y nueve colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 654947, marca Suzuki, año 1994, color verde, VIN2S3TD03V2R6411852, cilindrada 1600 c. c., categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil diez, con la base de un millón ochenta mil doscientos ochenta y cuatro colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil diez con la base de trescientos sesenta mil noventa y cuatro colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones González y Vargas de San José S. A. contra Franklin Humberto Chinchilla Ramírez. Exp. 09-000445-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 6 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010194639.—(IN2010074244).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del catorce de octubre de dos mil diez y con la base de treinta millones quinientos  mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta mil quinientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito tres San José, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y Luis Gerardo Alfaro; al sur, German Alfaro; al este, calle pública y Luis Gerardo Alfaro y al oeste, German Alfaro. Mide: mil setecientos cincuenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados, según plano A-cero siete tres cinco siete uno seis-mil novecientos noventa y ocho. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiocho de octubre de dos mil diez, con la base de veintidós millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del once de noviembre de dos mil diez con la base de siete millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Adonay Salazar Cubero contra Agrícola Los Chamelos Alfaro S. A. Expediente 10-000322-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 4 de agosto del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2010194668.—(IN2010074245).

A las once horas del cinco de noviembre del año dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, remataré libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de tres millones setecientos cincuenta mil seiscientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos, remataré: finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela, Folio Real Matrícula número 396.693-000, que es terreno para construir sito en Monterrey de San Carlos, distrito doce del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Cindy Victoria Rodríguez López, al sur, servidumbre de paso, al este, al Renacer La Esperanza Hoy S. A., y al oeste, Donald Hernández Cruz y Cilene Rodríguez López. Mide: trescientos ochenta y ocho metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones ochocientos doce mil novecientos noventa y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos, se señalan las once horas del diecinueve de noviembre del año dos mil diez. Para el tercer remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de novecientos treinta y siete mil seiscientos sesenta y seis colones con dieciocho céntimos, se señalan las once horas del tres de diciembre del año dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente 10-100593-297-CI ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Donald Hernández Cruz y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de agosto del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2010194697.—(IN2010074246).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas y cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil diez y con la base de tres millones cuatrocientos setenta y siete mil setecientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 709176, marca B.M.W 3181, año 1997, Vin WBACC0326VEK23345, cilindrada 1900 c. c., color blanco, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil diez, con la base de dos millones seiscientos ocho mil trescientos veinte colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez con la base de ochocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Florcar S. A., contra Promofast de Costa Rica. Exp. 10-016151-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—RP2010194747.—(IN2010074247).

A las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil diez en la puerta exterior libre de gravámenes hipotecarios, con base en la suma de cuarenta y cuatro millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve colones, en el mejor postor remataré: finca inscrita en Registro Público, partido de Guanacaste número registral ciento cincuenta y cuatro mil quinientos diez-cero cero cero, que es terreno para agricultura, sito en el distrito dos Santa Cecilia, del cantón décimo La Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Guillermo López y otros, sur, Rufino Quintanilla; este, quebrada y otro y al oeste, quebrada y otro. Mide: doscientos setenta y tres mil ochocientos veintisiete metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Pertenece a Bolton Asesores Sociedad Anónima. Otros gravámenes: Citas: 2009-00204619-01-0001-001 (Hipoteca). Citas: 09-00226959-01-0001-001 (Practicado Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de La Cruz, expediente 09-100037-0398-CI). Citas: 2009-00304323-01-0001-001 (Practicado Juzgado Contravencional de Bagaces, Guanacaste, expediente 09-10292-399-CI). Segundo remate: de no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil diez, con la base de treinta y tres millones setecientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve colones con veinticinco céntimos (rebajada de un 25% la base original). Tercer remate: de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintidós de noviembre del dos mil diez, con la base de once millones doscientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Luis Bolaños González, JG & Compañía Limitada y Bolton Asesores S. A., Exp. 10-000221-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 27 de agosto del 2010.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—RP2010194750.—(IN2010074248).

A las quince horas del cuatro de octubre del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones, al asiento once mil ochocientos sesenta y uno, consecutivo cero uno, secuencia ochocientos cuarenta y cuatro, subsecuencia cero cero uno, del tomo trescientos ochenta y seis; en el mejor postor y con la base de dos millones seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos doce colones con setenta y cinco céntimos, remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Alajuela, al sistema de folio real, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil trescientos treinta y cinco-cero cero cero, que es terreno lote-7C-1006, situada en el distrito tercero San José, cantón décimo tercero Upala, de la provincia de Alajuela, con una medida de setenta y dos mil dos metros con noventa y siete decímetros cuadrados; plano A-cero nueve dos nueve ocho tres cero-mil novecientos noventa, con linderos: norte, calle pública; sur, María Cecilia Alvarado; este, José Urtecho y oeste, Ballardo Martínez. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de dos millones veinticuatro mil quinientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y seis céntimos, se señalan las quince horas del veintiuno de octubre del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y tres colones con dieciocho céntimos y en ésta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta y al efecto se señalan las quince horas del ocho de noviembre del dos mil diez. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se remata por ordenarse así en expediente N° 10-100207-0927-CI (220-5-2010)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Manuel Bustos Arana.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 12 de agosto del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2010194752.—(IN2010074250).

A las quince horas del seis de octubre del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios con la base de ciento noventa mil dólares, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula folio real número ciento sesenta y cuatro mil seiscientos ochenta-cero cero cero, que es terreno para uso agrícola, sito en distrito segundo San Juan Grande del cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Carmen Alicia Castillo Calvo; al sur, con María Elena Castillo Calvo, al este, Adrenaline Ridesports S. A., y servidumbre agrícola que hacia la calle pública con un frente a ella de ocho metros y oeste Danilo Castillo Venegas. Mide: once mil doscientos veintisiete metros cuadrados, según plano P-1307517-2008 y con la base de sesenta y cinco mil dólares la finca del partido de Puntarenas Folio Real número ciento sesenta y cuatro mil seiscientos setenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para uso agrícola, sito en distrito segundo San Juan Grande del cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Carmen Alicia Castillo Calvo en medio servidumbre agrícola, al sur, con María Elena Castillo Calvo en parte y Ana María Calvo Araya, al este, calle pública con un frente de siete punto noventa y nueve metros y Ana María Calvo Araya y al oeste, Adrenaline Ridesports S. A. Mide catorce mil ciento noventa y seis metros cuadrados, según plano P-1307515-2008. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas del veintiuno de octubre del dos mil diez, con la base de ciento cuarenta y dos mil quinientos dólares y ciento veintitrés mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas del cuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de cuarenta y siete mil quinientos dólares y la suma de cuarenta y un mil doscientos cincuenta dólares. Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100336-642-CI-1 de sociedad anónima de Vehículos Automotores contra Grúas Plataforma Esparza S. A. y Adrenaline Ridesport S. A.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—RP2010194616.—(IN2010074256).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes hipotecarios a las catorce horas y treinta minutos del seis de octubre del año dos mil diez, y con la base de trece millones trescientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil seiscientos noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito siete Diriá, cantón tres Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 24.04 metros; al sur, Daysi Abarca Álvarez; al este Daysi Abarca Álvarez y al oeste Manuel Chavarría Chavarría. Mide: trescientos ochenta y cinco metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil diez, con la base de nueve millones novecientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del año dos mil diez con la base de tres millones trescientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Sonia Juárez Abarca. Expediente 10-000565-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2010074297).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y al ser las catorce horas del seis de octubre del dos mil diez, y con la base de cinco millones doscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 Fortuna, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 10,00; al sur, Ganad. Hrnos. Hidalgo Murillo S. A. otro; al este, lote 6; y al oeste, lote 9. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiuno de octubre del dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del cuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Eduardo Rodríguez Fonseca. Expediente 10-000209-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de abril del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2010074299).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones y plazo de convalidación (rectificación de medida); a las diez horas del seis de octubre del dos mil diez, y con la base de doscientos treinta y un mil cuatrocientos siete dólares americanos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y ocho mil novecientos cuarenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cinco Curubandé, cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte y sur, con Visajes Técnicos S. A.; al este, carretera interamericana con 64 metros con 32 centímetros lineales; y al oeste, Juana Baltodano Valle. Mide: nueve mil quinientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil diez, con la base de ciento setenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco dólares con veinticinco centavos americanos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del cuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de cincuenta y siete mil ochocientos cincuenta y un dólares con setenta y cinco centavos americanos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra James Sims Richard. Expediente Nº 10-000291-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de abril del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2010074301).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, servidumbre trasladada; a las nueve horas del seis de octubre del año en curso, y con la base de cuatro millones cuatrocientos dieciocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos trece mil ochocientos treinta y uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito nueve Pavas, cantón uno San José de la provincia de San José. Linda: al norte, acera con 2 metros de ancho; al sur, Banco Anglo Costarricense; al este 1260; y al oeste, 1262. Mide: ciento veintitrés metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de octubre del año en curso, con la base de tres millones trescientos trece mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas  del  cuatro      de noviembre del año en curso, con la base de un millón ciento cuatro mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alba Rosa Zúñiga Zúñiga, Walter Siliezar Herrera. Expediente: 10-000795-0638-CI.—Juzgado Civil del  Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de junio del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—(IN2010074303).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de cuatro millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y un mil catorce-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, callejón de acceso; al sur, Carlos Andrés Montero Brenes; al este, Félix Méndez Cubero; y al oeste, Ana Cristina Torres Villegas. Mide: doscientos ochenta y dos metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de tres millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil diez, con la base de un millón ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Patricia Cerdas Zúñiga, Jhonny López Quintana. Expediente: 10-000867-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010074304).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de sesenta y seis millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, lote 1A. Situada en el distrito San Roque, cantón Barva de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Jalce de Santa Bárbara S. A.; al sur, lote 2-A; al este, calle pública; y al oeste, José Salazar Araya. Mide: doscientos veinticuatro metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de cuarenta y nueve millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de noviembre del dos mil diez con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Flory Jiménez Vargas, Jonathan Salomón Cambronero, Roberth Alberto Arias Sancho. Expediente: 09-003460-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010074305).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y siete mil setecientos cuarenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote N-10-C. Situada en el distrito 02 San José, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, avenida segunda de la urbanización con 10 metros de frente; al sur, Antonio Orlich Alfaro; al este, José Antonio Orlich Alfaro; y al oeste, Sociedad Agrícola Los Josés S. A. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con quince decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil diez, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Grupo Comercial GCC & MGV Sociedad Anónima, Margarita González Valverde. Expediente: 10-000711-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010074307).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de seis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos treinta y ocho mil ciento diez-cero cero cero, la cual es terreno lote 8 para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Teresa Campos Mora; al sur, Teresa Campos Mora; al este, Teresa Campos Mora; y al oeste, calle pública. Mide: trescientos setenta metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del cinco de noviembre del dos mil diez con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jeison Valverde Fonseca. Expediente Nº 10-000881-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010074308).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de trece millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos dos mil seiscientos treinta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 7.28 metros de frente; al sur, Emilio Vargas León; al este, Xinia María Rojas Hernández; y al oeste, Xinia María Rojas Hernández. Mide: ciento veintiún metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de diez millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil diez, con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alfonso Gutiérrez Zamora. Expediente Nº 10-000779-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010074309).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de aguas pluviales; a las once horas del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de sesenta y cuatro mil seiscientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ochenta y un mil cuatrocientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno lote 5-C para construir. Situada en el distrito 01 San Joaquín, cantón 08 Flores de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cafetalera Sánchez Marín S. A.; al sur, calle; al este, lote 6-C; y al oeste, lote 4-C. Mide: doscientos noventa y un metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del cinco de noviembre del dos mil diez, con la base de dieciséis mil ciento cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Manrique José Madrigal Jiménez. Expediente: 10-000758-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010074311).

En la puerta exterior de Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando un único gravamen consistente en una servidumbre trasladada inscrita bajo las citas: 343-09971-01-0900-001; a las once horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de un millón setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos doce mil quinientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arnoldo Peraza Mora; al sur, calle pública con 8.7 metros; al este, María Felicia Jiménez Valverde; y al oeste María Felicia Jiménez Valverde. Mide: ciento veinte metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil diez, con la base de cuatrocientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ingrid Bonilla Jiménez. Expediente: 10-000742-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de mayo del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010074312).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y cuatro servidumbres de paso, a las nueve horas treinta minutos del once de octubre del año en curso, y con la base de cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos noventa y seis mil ciento cincuenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de patio, solar y una casa de habitación. Situada en el distrito cinco San Pedro, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marta Lorena Fajardo Fernández; al sur, Marta Lorena Fajardo Fernández; al este, calle pública con un frente de 8,89 metros lineales; y al oeste, Marcos Molina Palma. Mide: quinientos noventa y cuatro metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de octubre del año en curso, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de noviembre del año en curso con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Joaquín Fajardo Fernández. Expediente: 10-000463-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de abril del 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2010074314).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las trece horas treinta minutos del trece de octubre del año en curso, y con la base de once millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos sesenta y seis mil setecientos ochenta y ocho-ceo cero cero, la cual es terreno para construir  con una casa. Situada en el distrito tres Daniel Flores, cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José.  Colinda: al norte, calle pública y resto de Kauli  S.  A.; al sur, resto de Kauli  S. A.; al  este, calle pública; y al oeste, resto de Kauli     S. A. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de octubre del año en curso, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del diez de noviembre del año en curso con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Vita Martínez Rodríguez. Expediente: 10-000472-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010074315).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil diez, y con la base de seis millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos treinta y ocho mil ciento nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 7. Situada en el  distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Teresa Campos Mora; al sur, Teresa Campos Mora; al este, Teresa Campos Mora; y al oeste, calle pública. Mide: trescientos setenta y tres metros con cuarenta y un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil diez, con la base de cinco millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil diez, con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jeison Valverde Fonseca. Expediente: 10-000896-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de abril del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010074317).

En la puerta exterior de este despacho, libre gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres trasladadas y dos servidumbres sirvientes; a las nueve horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil diez, y con la base de ocho millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque D, lote 7-D. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 6-D; al noroeste, calle central con 7.50 metros; al sureste, lotes 25 y 26-D; y al suroeste, lote 8-D. Mide: ciento treinta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil diez, con la base de seis millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de noviembre del dos mil diez con la base de dos millones ciento cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Yanci Coronado Díaz. Expediente: 10-000916-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de abril del 2010.—Lic. Nancy Marín Monge, Jueza.—(IN2010074319).

A las nueve horas del cinco de octubre de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de veinticuatro  mil novecientos cincuenta dólares americanos, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veinticuatro mil novecientos cincuenta dólares americanos, sáquese a remate la finca del partido   de Alajuela, matrícula de folio real número ciento noventa y cuatro mil trescientos diecisiete-cero cero cero, que es terreno para construir, situada en distrito cero uno Alajuela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linda al norte, con Ramón Agüero Solé, María Imelada y Olga Zamora; al sur, con Bugambilia S. A.; este, calle sétima con un frente de seis metros; y al oeste, con Ramón Agüero Solís. Mide: ciento diecisiete metros con siete decímetros cuadrados, según plano catastrado A-cero cuatro cuatro siete-siete nueve nueve-mil novecientos ochenta y uno. En caso de no haber postores, para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de octubre de dos mil diez, con un rebajo del 25% de la base inicial, sea la suma de dieciocho mil  setecientos doce dólares americanos con cinco centavos, y para la  tercera subasta se señalan las nueve horas del veintisiete de   octubre del dos mil   diez, con la base de seis mil doscientos    treinta y siete dólares americanos con cinco centavos (25% de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100205-197-CI de 3-101-468977 S.A. contra María Eugenia Zamora Sánchez.—Juzgado Civil y Trabajo de Puriscal, 9 de  agosto  de  2010.—Msc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—(IN2010074354).

A las ocho horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por la suma de dos millones ciento veinte mil colones, con la base de diez millones ciento veinticinco mil doscientos colones fijada según el avalúo de folio cuarenta y seis, al mejor postor remataré: una finca del partido de Guanacaste, matrícula cero cero cero seis uno seis dos tres-cero cero cero, de naturaleza para construir con una casa y frutales, situada en distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste, con los siguientes linderos: al norte, camino público con 28 metros 88 centímetros; al sur, Francisco Jiménez Jiménez; este, calle pública con 7 metros y 21 centímetros; y al oeste, con Julián Villegas Enríquez. Mide: trescientos treinta y un metros con veintiséis decímetros cuadrados, propietario Piñar Segura Luis Antonio. Por haberse establecido así en ejecutivo simple número: 05-001906-0225-CI de Rena Ware de Costa Rica S. A. contra Piñar Segura Luis Antonio.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2010074364).

A las ocho horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación y con la base de doscientos treinta y cinco millones quinientos ochenta y cuatro mil setecientos diecisiete colones con sesenta y cinco céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Heredia, matrícula Folio Real número diecinueve mil doscientos diecinueve cero cero cero, que es terreno para construir, sito en distrito cinco, Santo Tomás, del cantón tercero Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Linda: al norte, con Alicia Chacón Ramírez; al sur, con José Raúl Sánchez Cercas; al este, con calle pública con ocho metros y Ezequiel Bolaños Bolaños; y al oeste, con Rafael Zamora Rodríguez y Yolanda Chacón Ramírez. Mide: seis mil trescientos noventa y cinco metros con un decímetro cuadrado, según plano catastrado Nº H-0097101-1993. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil diez, con la base de ciento setenta y seis millones seiscientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y ocho colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de noviembre del dos mil diez, con la base de cincuenta y ocho millones ochocientos noventa y seis mil ciento setenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos, (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100144-642-CI-3 de Banco Nacional de Costa Rica, contra Mónica Soto Víquez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2010074408).

A las ocho horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes prendarios; y con la base de veinte mil quinientos dólares exactos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, remataré, el vehículo placas setecientos un mil seiscientos ochenta y cinco, que se describe así: marca: Daihatsu, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno cuatro puertas, tracción: 4x4, chasis J D A J dos uno cero G cero cero uno cero cinco uno ocho tres cuatro, uso: particular, capacidad: cinco personas, año: dos mil ocho, peso bruto: mil setecientos veinte kg, peso neto: mil ciento setenta kg, color: gris, con motor número uno nueve dos cinco uno seis ocho. En caso de que en el primer remate no hubieren postores, para realizar un segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base del vehículo dado en garantía, sea la suma de quince mil trescientos setenta y cinco dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original del vehículo dado en garantía sea la suma de cinco mil ciento veinticinco dólares moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil diez. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original del vehículo. Se rematan por ordenarse así en expediente N° 10-100219-0927-CI (232-5-2010)-B, proceso de ejecución prendaria interpuesto por Banco de Costa Rica contra Eduardo Palavicini Aguilar.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste.—12 de agosto del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2010074412).

A las quince horas del treinta de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0345-00013511-01-0901-001; y con la base de ciento veintisiete mil dólares, remataré: la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela folio real matrícula número 207.939-000, y que se describe así: terreno con una casa tacotales otros, sito en Los Chiles, distrito primero de Los Chiles, cantón catorce de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, río Sabogal camino público 1.359,94 metros; al sur, Hernández Campos y sucesores otro; al este, Antonio Salas Ledezma; y al oeste, río Frío. Mide: dos millones novecientos noventa y dos mil quinientos setenta y cuatro metros con un decímetro cuadrado. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de noventa y cinco mil doscientos cincuenta dólares, se señalan las quince horas del quince de octubre del dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de treinta y un mil setecientos cincuenta dólares, se señalan las quince horas del veintinueve de octubre de dos mil diez. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-100510-0297-CI que es ejecución hipotecaria de Punto de Equilibrio S. A. contra Read Cheblid Nasreddine Nasreddine.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2010074429).

A las dieciocho horas cuarenta minutos del diecinueve de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios, y con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de siete millones seiscientos treinta un mil novecientos dos colones con noventa y un céntimos, al mejor postor, remataré, un vehículo placas CL 203843, marca Kia, categoría carga liviana, estilo Bongo III, capacidad 3 personas, año 2005, color verde, motor número D4BH4019363, chasis número KN3HNP6D24K029517. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo prendario número 06-024711-0170-CA, del Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bryan Elizondo Ledezma.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 23 de agosto del 2010.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2010074451).

En la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, se sacarán a remate las siguientes fincas inscritas en el Registro Público: Primer finca: del partido de Guanacaste, número registral ciento cinco mil quinientos sesenta y tres-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa, sito en el distrito primero (Liberia), del cantón primero (Liberia) de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Eurocostarricese S. A.; al sur, Eurocostarricese S. A.; al este Elías Baldioceda Rojas; y al oeste calle pública con un frente a ella de trece metros. Mide: trescientos setenta y cinco metros con once decímetros cuadrados. Pertenece a J G Y Compañía. Soporta reservas y restricciones (citas 0319-00016669-01-0901-001 y 031900016697-01-0901-001): a) En primer remate, se subastará con la base de sesenta y siete millones de colones; b) De no haber postores en el primero, para llevarse a cabo el segundo remate, la base será de cincuenta millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25% la base original). Publíquese el edicto de ley a cargo de la parte interesada; c) De no apersonarse rematantes al segundo, para el tercer remate, la base será de dieciséis millones seiscientos cincuenta mil colones (un 25% de la base original) Publíquese el edicto de ley a cargo de la parte interesada. Segunda finca: del partido de Guanacaste, número registral ciento cinco mil trescientos cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno para construir con plantel de concreto, sito en el distrito primero (Liberia), del cantón primero (Liberia) de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Eurocostarricese S. A.; al sur, residenciales El Sitio S. A.; al este Elías Baldioceda Rojas; y al oeste calle pública con un frente a ella de trece metros con cincuenta y dos centímetros lineales. Mide: trescientos ochenta y seis metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Pertenece a Wendolyn Adele Heston. Soporta reservas y restricciones (citas 0319-00016669-01-0901-001): a) En primer remate, se subastará con la base de veinte millones de colones; b) De no haber postores en el primero, para llevarse a cabo el segundo remate, la base será de quince millones de colones (rebajada en un 25% la base original). Publíquese el edicto de ley a cargo de la parte interesada; c) De no apersonarse rematantes al segundo, para el tercer remate, la base será de cinco millones de colones (un 25% de la base original). Para verificar la subasta de ambas fincas, en el orden indicado (primero la finca uno y luego la segunda finca), se señalan las siguientes fechas: Primer remate: trece horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil diez. Segundo remate: trece horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil diez. Tercer remate: trece horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil diez. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Bolton Asesores S. A. y otros. Expediente Nº 10-100156-0927-CI.—Juzgado Agrario de Liberia, 23 de agosto del 2010.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—RP2010194812.—(IN2010074691).

A las trece horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) al asiento ochenta y siete mil ochocientos ochenta y cinco, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero seis, subsecuencia cero cero uno, del tomo quinientos setenta y tres; y con la base de veintitrés millones trescientos noventa y seis mil noventa y dos colones con sesenta y seis céntimos, remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de Folio Real, matrícula número: veinticinco mil cuatrocientos ochenta y nueve-A-cero cero cero, que es terreno para construir, situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste, con una medida de cuatrocientos veinte metros con noventa y dos decímetros cuadrados; plano G-cero siete siete tres siete nueve nueve-mil novecientos ochenta y ocho. Con linderos: al norte, Marina Mora Jiménez y otros; al sur, Félix Luna Luna; al este, calle pública con trece metros con cuarenta y cuatro centímetros; y al oeste, Dolores Canales. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%), de la base de la finca, sea con la suma de diecisiete millones quinientos cuarenta y siete mil sesenta y nueve colones cuarenta y nueve céntimos, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de cinco millones ochocientos cuarenta y nueve mil veintitrés colones con dieciséis céntimos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil diez. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se rematan por ordenarse así en Expediente N° 10-100209-0927-CI (222-5-2010)-B, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Evelyn Fajardo Mora.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 19 de agosto del 2010.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—RP2010194819.—(IN2010074692).

A las nueve horas del once de octubre del dos mil diez, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de treinta y tres millones cuarenta y dos mil ochocientos veintiséis colones con cuarenta y siete céntimos, sáquese a remate el bien dado en garantía sea la finca inscrita al partido de San José, matrícula cero cero cero siete dos ocho cuatro tres cero cero seis; para tal efecto se señalan las nueve horas del once de octubre del dos mil diez. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario 05-000167-183-CI de Banco Elca S. A. contra Inversiones Sotegary S. A., Freddy Vargas Monge y Andrés Vargas Gómez.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 24 de agosto del dos mil diez.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.—RP2010194878.—(IN2010074694).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del primero de octubre del dos mil diez, y con la base de dieciséis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00181678 000 cero cero cero la cual es terreno para recreo. Situada en el distrito 11 Turrúcares, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ambade S. A. 23 m 66 cm; al sur, calle privada 23 m 50 cm; al este, lote 159 con 58 m 20 cm; y al oeste, lote 157 con 62 m 63 cm. Mide: mil trescientos cincuenta y tres metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil diez, con la base de doce mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil diez con la base de cuatro mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Elca Sociedad Anónima contra Eliette Cortés Esquivel, Randall Francisco Lizado Muñoz. Expediente Nº 10-002806-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010194879.—(IN2010074695).

A las quince horas quince minutos del treinta de setiembre del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 0400-00002040-01-0969-002 y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida sea la suma de doce millones de colones, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 447.048-000, y que se describe así: terreno para construir, sito en distrito trece Peñas Blancas, cantón dos San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Aracelly Alvarado Sánchez, Ángela María Castro García; al sur y este, Aracely Alvarado Sánchez; y al oeste, calle pública con 45.54 metros. Mide: cuatro mil metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de nueve millones de colones, se señalan las quince horas quince minutos del quince de octubre del dos mil diez. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sean las bases de tres millones de colones, se señalan las quince horas quince minutos del veintinueve de octubre del dos mil diez. Se rematan por ordenarse así en expediente número 10-100579-0297-CI que es ejecución hipotecaria de Francisco Calvo Lumbi contra Roy Martínez Aragón.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 9 de agosto del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2010194880.—(IN2010074696).

En la puerta exterior de este Despacho, 1) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 126779-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, río Birrís; al sur, calle pública con veinte metros cero cuatro centímetros de frente; al este, Corporación Hortícola Nacional; y al oeste, Nicandro Vega Gómez. Mide: siete mil quinientos cincuenta y cuatro metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial); 2) libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, con la base de siete millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 126780-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, río Birrís; al sur, calle pública con diecinueve metros noventa y cinco centímetros de frente y Nicandro Vega Gómez; al este, Nicandro Vega Gómez; y al oeste, Corporación Hortícola Nacional. Mide: siete mil quinientos cincuenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial); y 3) libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 2 servidumbres trasladadas, con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 417455-000 la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 03 Tapezco, cantón 11 Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 48 m 33 cm; al sur, Luis de Jesús Huertas Rodríguez; al este, Ademar Araya Castro; y al oeste, Luis de Jesús Huertas Rodríguez. Mide: seis mil novecientos ochenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del diez de enero del dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil once. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de febrero del dos mil once. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso .ejecución hipotecaria de Inversiones Anaco Sociedad Anónima contra Corporación Hortícola Nacional representada por Giovanni Masís. Expediente Nº 10-001453-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de .agosto del 2010.—Lic. Marvin Arce Portuguez, Juez.—RP2010194924.—(IN2010074698).

A las diez horas quince minutos del primero de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada inscrita a las citas: 0397-00017227-01-0902-001, servidumbre de paso a las citas: 0457-00011179-01-0009-001, arrendamiento de finca citas: 0563-00011563-01-0001-001 y demanda ordinaria citas: 0574-00047669-01-001-001 y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de ciento cincuenta y siete mil quinientos dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 481142-000 la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 02 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de servidumbre con un frente de catorce metros con dos centímetros; al sur, Microservicios Limitada S. A.; al este, lote cuatro; y al oeste, lote seis. Mide: doscientos treinta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Banex S. A. contra Condominios Fresses Diecisiete Q S. A., Tammy Tinoco Camacho. Expediente Nº 03-000823-0180-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—RP2010194942.—(IN2010074699).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de Leyes, 7052, 7208, del Sistema Financiero de la Vivienda, según tomo 444, asiento 1287 y afectación de habitación familiar a tomo 444, asiento 1287, y con la base de un millón setecientos catorce mil ciento cincuenta y dos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticinco mil quinientos dieciséis-cero cero cero la cual es terreno inculto. Situada en el distrito seis San Isidro, cantón uno Alajuela, de la provincia de. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur, Olman Picado y otro, al este, lote seis; y al oeste, calle pública y otro. Mide: ciento ochenta metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para lo cual se señalan las once horas del cuatro de octubre del dos mil diez. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciocho de octubre del dos mil diez, con la base de un millón doscientos ochenta y cinco mil seiscientos catorce colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del nueve de noviembre del dos mil diez, con la base de cuatrocientos veintiocho mil quinientos treinta y ocho colones (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Macedonio Aquiles Oviedo Ramírez. Expediente Nº 10-000844-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del 2010.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—RP2010194953.—(IN2010074700).

A las nueve horas del seis de octubre del dos mil diez con una base de ocho millones de colones. A las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil diez el segundo remate con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de seis millones de colones. Y a las diez horas del cuatro de noviembre del dos mil diez el tercer remate con el 25% de la base original, sea la suma de dos millones de colones, en la puerta exterior de este despacho remataré en el mejor postor libre de gravámenes hipotecarios, lo siguiente: finca inscrita en la Sección de Propiedad, partido de Limón, matrícula número ciento once mil cuatrocientos sesenta-cero cero cero terreno de solar. Está situada en el distrito y cantón primeros de la Provincia de Limón. Linda: al norte, con Albis Steller Steller; al sur, con calle pública con un frente de quince metros veintiún centímetros lineales; al este Gabriel Campos Sánchez; y al oeste Albis Steller Steller. Mide: trescientos cuarenta y ocho metros siete decímetros cuadrados. Lo anterior por ordenarse así en ejecución hipotecaria número 10-000026-0678-CI-1 establecida por Banco Nacional de Costa Rica contra Efraín Enrique Campos Sánchez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial, Limón, 31 de agosto del 2010.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—RP2010194960.—(IN2010074701).

A las nueve horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, soportando reservas, restricciones, anotaciones hipotecarias al tomo 544, asiento 04599, secuencia 001 y al tomo 562, asiento 17656, secuencia 001 y sin más gravámenes y sin sujeción de base, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 301349-000 la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito segundo Mercedes, cantón cuarto Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Isidro Parra Mena; al sur, Delio Mora y Virgilio Valverde; al este, calle pública; y al oeste, calle pública. Mide: treinta y ocho mil metros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Esteban Rojas Carranza contra Delio Mora Fernández. Expediente Nº 06-100177-0468-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,  19 de julio de 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2010194975.—(IN2010074702).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diez, y con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y siete mil setecientos treinta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir, bloque S, 1 de 17. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, avenida Laurel; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: noventa metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil diez, con la base de un millón noventa y dos mil ochocientos cincuenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez con la base de trescientos sesenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Kathia Gioconda Soto Barahona. Expediente Nº 09-936317-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 28 de julio del 2010.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—RP2010194983.—(IN2010074703).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las trece horas treinta minutos del once de octubre del dos mil diez, y con la base de dieciocho mil doscientos veintiséis dólares con cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 689657, marca Peugeot, estilo Berlina 407 STCF, año: dos mil seis, color azul, Vin VF36D3FZH6L000788. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil diez, con la base de trece mil seiscientos sesenta y nueve dólares cincuenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de noviembre del dos mil diez con la base de cuatro mil quinientos cincuenta y seis dólares cincuenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Ricardo José Ruiz Corrales. Expediente Nº 10-000587-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 5 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010195038.—(IN2010074705).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando obligaciones, prohibiciones, servidumbre trasladada, a las quince horas treinta minutos del catorce de octubre del dos mil diez, y con la base de doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y un dólares con treinta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos diez mil ochocientos cincuenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir lote 32-P. Situada en el distrito 01, Curridabat, cantón 18, Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 33-P con 23.27 m; al sur, lote 31-P con 20.97 m; al este, Urbanizadora La Laguna S. A. 12.00 m; y al oeste, calle pública con 12.22 m. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez, con la base de ciento setenta y cinco mil doscientos treinta y ocho dólares con cuarenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil diez con la base de cincuenta y ocho mil cuatrocientos doce dólares con ochenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra William Giovanni Umanzor Flores. Expediente Nº 09-003433-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del 2010.—Lic. Luis Fernando Guillén Zumbado, Juez.—RP2010195040.—(IN2010074706).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las trece horas y treinta minutos del primero de febrero del dos mil once y con la base de noventa y siete mil setecientos dos con noventa y nueve dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y seis mil ciento cincuenta y uno cero cero cero la cual es terreno lote 149 A, terreno para construir. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, parque número 5, Municipalidad de Barva; al sur, avenida pública tercera; al este, lote 150; y al oeste, lote 148. Mide: doscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil once, con la base de setenta y tres mil doscientos setenta y siete con veinticuatro dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del primero de marzo del dos mil once con la base de veinticuatro mil cuatrocientos veinticinco con setenta y cinco dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra 3-101-474711 Sociedad Anónima, José Miguel Salazar Vargas. Expediente Nº 10-001234-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de julio de 2010.—Lic. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2010195044.—(IN2010074707).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil diez, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y tres mil doscientos ochenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 37 con una casa. Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Rogelio Cascante Zúñiga; al sur, calle pública; al este, lote 38; y al oeste, lote 36. Mide: ciento sesenta y dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de diciembre del dos mil diez, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del doce de enero del dos mil once con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abonos Agro S. A. contra Distribuidora Internacional Ramírez & Ramírez e Hi. Expediente Nº 10-002057-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia,  27 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010195045.—(IN2010074708).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, a las nueve horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil diez, y con la base de cuarenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos treinta cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle; al sur, Orlando Marín Guerrero; al este, el Estado, carretera interamericana; y al oeste, Zulay Araya Villalobos. Mide: mil noventa y ocho metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil diez, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil diez con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abonos Agro Sociedad Anónima contra 3-101-460316 Sociedad Anónima, 3-101-472619 Sociedad Anónima, Ferretería y Materiales Barú Sociedad Anónima y Cerros Verdes Chirripó Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-001361-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010195046.—(IN2010074709).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y serv. y condiciones; se remata: 1) Con la base de ciento cincuenta y seis mil dólares exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y servidumbres y condiciones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil -cero cero cero, la cual es terreno filial tres destinada a uso habitacional totalmente construida, situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío; al sur, vacío; al este, área común, y al oeste, vacío. Mide: ciento ochenta y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. 2) Con la base de cuatro mil dólares exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y servidumbres y condiciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil seis-cero cero cero la cual es terreno filiar nueve destinada a parqueo vehicular totalmente construida. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre; al sur, filial ocho; al este, zona común; y al oeste, circulación vehicular. Mide: quince metros con doce decímetros cuadrados. 3) Con la base de cuatro mil dólares exactos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y servidumbres y condiciones; sáquese a remate el  bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil siete-cero cero cero la cual es terreno filiar diez destinada a parqueo vehicular totalmente construida. Situada en el distrito San Rafael, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, zona común; al sur, filial once; al este, circulación vehicular; y al oeste, zona común. Mide: quince metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas y quince minutos del treinta de setiembre del dos mil diez (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del veinte de octubre del dos mil diez. 1) Con la base de ciento diecisiete mil dólares exactos la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil-cero cero cero. 2) Con la base de tres mil dólares exactos la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil seis-cero cero cero. 3) Con la base de tres mil dólares exactos la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil siete-cero cero cero, (rebajadas en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del nueve de noviembre del dos mil diez. 1) Con la base de treinta y nueve mil dólares exactos la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil-cero cero cero. 2) Con la base de setecientos cincuenta dólares exactos la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil seis-cero cero cero. 3) Con la base de setecientos cincuenta mil dólares exactos la finca del partido de San José, matrícula número F veintiséis mil siete-cero cero cero (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC Costa Rica S. A. (Banco Banex S. A.) contra Corporación Provec de Costa Rica S.A., Importaciones M Y H de Centroamérica S. A., Marco Antonio Murillo Henson. Expediente Nº 10-000422-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de mayo del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010075110).

A las quince horas del veintinueve de setiembre de dos mil diez, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, anotaciones judiciales pero soportando infracciones a la Ley de Tránsito, y con la base de un millón trescientos treinta y cinco mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: El vehículo placas quinientos setenta y cinco mil novecientos cuarenta y cuatro, marca Hyundai, modelo 1994, estilo Accent, color gris, combustible gasolina, carrocería sedan cuatro puertas, capacidad para cinco personas, motor G4EKR150329. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario. Expediente Nº 06-001443-182-CI-3. Vacheron Constantin S. A. contra Karla Patricia Barilla Orozco.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía, San José, 28 de julio del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2010195361.—(IN2010075584).

A las diez horas del veintiocho de setiembre del dos mil diez. En la puerta exterior de este Despacho soportando una hipoteca en primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal por un monto de veintinueve millones trescientos treinta y dos mil colones, con la base de treinta y un millones noventa y nueve mil ciento veintiocho colones, al mejor postor remataré: Una finca número de Folio Real uno nueve nueve cuatro tres cinco del partido de San José, cantón San José, distrito San Sebastián, cuyos linderos son: norte, calle pública c/12 m 13 cm; sur: Urbanización Musmani Ureña Ltda. c/12 m 1c; este, calle pub c/24 m 06 cm; oeste, Urb. Musmani Ureña Ltda. c/21m 74 cm, mide: doscientos setenta y cuatro metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, plano catastrado número SJ uno nueve tres cuatro- uno nueve siete uno. Por haberse establecido así en desahucio N° 08-002355-225CI de Camlar S. A., contra Laboratorio Clínico Jimelab S. A.—Juzgado Sexto Civil de Menor Cuantía de San José, 19 de agosto del 2010.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—RP2010195493.—(IN2010075592).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso citas 0546-00003377-01-0004-001; a las quince horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil diez, y con la base de cinco millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula 00562990-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Iris María Cruz Angulo; al sur, Condominio La Ronda, con servidumbre de paso en medio de 3 metros de ancho; al este, Alicia Montero Murillo; y al oeste, Condominio La Ronda, con servidumbre de paso en medio de 3 metros de ancho. Mide: ciento setenta y seis metros con setenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil diez, con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil diez, con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eddy Jesús Acuña Rivera, Máximo Perera Vásquez contra Hari Alberto Cruz Ángulo. Expediente 09-005803-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2010.—Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—(IN2010075728).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez, y con la base de tres millones seiscientos ocho mil quinientos setenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 679758, marca Nissan, año 2002, vin 3N1AB51A82L726894, cilindrada 2500 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil diez, con la base de dos millones setecientos seis mil cuatrocientos treinta y dos colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez, con la base de novecientos dos mil ciento cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A., contra Marco Vinicio Mora Zúñiga. Expediente: 08-002119-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2010075731).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diez, y con la base de seiscientos ochenta y tres mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 626890, marca Hyundai Accent, año 1995, vin KMHVF14NXSU153279, cilindrada 1500 c.c., color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil diez, con la base de quinientos doce mil ochocientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil diez con la base de ciento setenta mil novecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Gabriel Arnoldo Donaire García. Expediente Nº 08-002109-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2010075733).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre del dos mil diez, y con la base de un millón seiscientos setenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Volkswagen, placas 669892, estilo jetta gl, año 2002, blanco, 2000 c.c, gasolina, sedan 4 puertas. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del dos mil diez, con la base de ochocientos treinta y cinco mil setecientos veintidós colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de octubre del dos mil diez con la base de cuatrocientos diecisiete mil ochocientos sesenta y un colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin Sociedad Anónima contra Allan Alemán Ávila. Expediente Nº 10-000550-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 11 de agosto del 2010.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2010075734).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas y restricciones inscritas en las citas 320-00005370-01-0901-005 y en las citas 367-00005406-01-0913-001; libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales de todo tipo, a las ocho horas del treinta de setiembre del año dos mil diez, y con la base de dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 32772-014, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 03 Potrero Grande, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Bolívar Cruz Suárez; al sur, con Adrián Castro y Saúl Fernández; al este, con Eladio Bejarano; y al oeste, con Adrián Castro. Mide: un millón quinientos setenta y dos mil doscientos noventa y nueve metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del siete de octubre del dos mil diez, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del catorce de octubre del dos mil diez con la base de seiscientos veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Emanuel Gutiérrez López, contra Nuria Concepción Barrantes. Expediente número: 10-100052-1046-CI (58-10). Notifíquese.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, 12 de agosto del 2010.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—RP2010194897.—(IN2010074697).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil diez, y con la base de dieciocho mil dólares  exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de San José, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 314836-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, zonas verdes de la Municipalidad de San José; al sur, calle pública con 10 m 47 cm; al este, Los Socios S. A.; y al oeste, José Borrase Sanou. Mide: doscientos veintiocho metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diez, con la base de trece mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil diez, con la base de cuatro mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Veraguas S. A., contra Pinino S. A. Expediente número 10-009617-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010074821).

A las ocho horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, en la puerta de este Juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios soportando demanda ordinaria al asiento doce mil quinientos ochenta y siete, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero uno, subsecuencia cero cero uno del tomo quinientos diecisiete, en el mejor postor y con la base de ciento treinta mil quinientos noventa y cinco dólares con trece centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, remataré la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de folio real, matrícula número: cuarenta y cinco mil novecientos setenta y seis-cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distrito primero Juntas, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste, con una medida de diecisiete mil quinientos veinticinco metros con ochenta y un decímetros cuadrados; plano G-cero siete siete cero tres dos cinco- dos mil dos, con linderos: norte, calle pública con treinta y tres metros con setenta centímetros; sur: Silvio Segnini Meckbel; este, Caja Costarricense de Seguro Social, calle pública con diecinueve metros, Marco Tulio Gamboa Badilla, José Otilio Segnini, Alberto Morera Baltodano, Trinidad Trejos Chavarría y Elizabeth Ramírez Esquivel; oeste, Municipalidad de Abangares y Enoc García Zamora. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de noventa y siete mil novecientos cuarenta y seis dólares con treinta y cuatro centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de treinta y dos mil seiscientos cuarenta y ocho dólares con setenta y ocho centavos moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diez. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se rematan por ordenarse así en Expediente N° 10-100172-0927-CI (184-5-2010)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Aldesa Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, Sociedad Administradora de Fondo de Inversión Inmobiliaria de Renta y Plusvalía contra Inversiones Carseg Sociedad Anónima, y CJE Consultoría y Fiduciaria Sociedad Anónima.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 12 de agosto del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—(IN2010075038).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando plazo de convalidación citas tomo 471, asiento 15552 ; a las once horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil diez, y con la base de treinta y dos mil quinientos treinta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 349058-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San José, cantón Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Julia Rojas Mora; al sur, Sergio Brenes Núñez; al este, Only Ricardo Rojas Amores; y al oeste, calle publica con un frente 10.00 metros. Mide: doscientos treinta y ocho metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil diez, con la base de veinticuatro mil cuatrocientos dos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del uno de noviembre del dos mil diez con la base de ocho mil ciento treinta y cuatro dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Salas Araya contra Vera Violeta Soto Soto. Exp: 09-032371-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio del 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2010195197.—(IN2010075040).

En la puerta exterior de este Despacho; libre  de  gravámenes  prendarios,  pero  soportando infracciones boletas 080355420; a las tres horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil diez, y con la base de un millón cuatrocientos trece mil ochocientos setenta y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Chevrolet, placas 665162, año 2001, color plateado, vin 2C1MR522016711772, cilindrada 1300 cc, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las tres horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil diez, con la base de un millón sesenta mil cuatrocientos siete colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las tres horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez, con la base de trescientos cincuenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Antonio Sáenz Elizondo contra María Isabel Mora Muñoz, Mónica Andrea Sánchez González. Expediente: 10-005740-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010195234.—(IN2010075041).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; soportando infracciones y colisiones bajo las sumarias: 09-02010-375-tc; 10-000471-0497-tr; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil diez, y con la base de ochocientos treinta y dos mil cuatrocientos doce colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 660730, marca: Toyota, vin: 2T1AE04B5SC093480, color: champagne, año 1995, categoría: automóvil, cilindrada: 1800 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil diez, con la base de seiscientos veinticuatro mil trescientos nueve colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil diez con la base de doscientos ocho mil ciento tres colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Antonio Sáenz Elizondo contra Jonathan Pérez Ugalde. Expediente: 10-007846-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—RP2010195235.—(IN2010075042).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del veinte de octubre del dos mil diez, y con la base de diecisiete millones doscientos cinco mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 160064-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Chepin de Sámara S. A.; al sur, María Amada Castillo Alvarado; al este, calle pública con un frente de 33 metros 10 centímetros; y al oeste, calle pública con un frente de 32 metros 99 centímetros. Mide: tres mil quinientos diecinueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del tres de noviembre del dos mil diez, con la base de doce millones novecientos tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil diez con la base de cuatro millones trescientos un mil doscientos cincuenta (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Radio Nicoya Sociedad Anónima contra Didier Antonio Carrillo Carrillo. Expediente: 10-000229-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 31 de agosto del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(IN2010075043).

A las ocho horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes y anotaciones, y con la base dada por el perito sea la suma de veintidós millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número 157255-000, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, provincia de Heredia. Colinda: al norte, con calle pública con 15 metros de frente; al sur, con Amel de América Internacional S. A.; este, con Fred Hamblem Maas; y al oeste, con Sandra Gómez Villalobos. Mide: doscientos setenta y ocho metros con treinta decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple Financiera Trisan S.A., contra Mayela Vargas Soto. Expediente Nº 03-000213-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de agosto del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(IN2010075069).

A las diez horas del doce de noviembre del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones y con la base de sesenta mil dólares, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matrícula folio real número doce mil doscientos nueve-cero cero cero, que es terreno de pastos con una casa, sito en distrito cuarto Lepanto del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle; al sur, con Otto Aguirre; al este, Josefa López; y oeste, calle. Mide: ciento cincuenta y ocho mil ochenta y ocho metros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del veinticinco de noviembre del dos mil diez, con la base de cuarenta y cinco mil dólares (rebajada en un 25%), de no apersonarse rematantes para el tercer remate, se señalan las diez horas del diez de diciembre del dos mil diez, con la base de quince mil dólares (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario: 10-100481-642-CI-1 de Marco Hidalgo Chinchilla contra Agropecuaria Orias S. A.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2010075080).

A las diecisiete horas del quince de noviembre del dos mil diez, libre de gravámenes hipotecarios, en la puerta exterior de este Despacho, y con la base de seis millones novecientos ochenta y nueve mil seiscientos treinta y cuatro colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00081189, derechos 003 y 004 la cual es terreno para construir lote 72-G. Situada en el distrito 03, San Francisco, cantón 0l, Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 71-G; al sur, lote 73-G; al este, calle R; y al oeste, lote 12-G. Mide: ochenta metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Instituto Nacional de Seguros contra Carlos Chinchilla Rojas, Silvia Corrales Solís. Expediente Nº 04-003300-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de agosto del 2010.—Lic. Mauricio Vega Camacho, Juez.—(IN2010075191).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas del cinco de octubre del dos mil diez, y con la base de un millón seiscientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y seis mil seiscientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 11. Situada en el distrito cuarto Santa Rosa, cantón octavo Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al sur, lote 10; al este, lote 4; al oeste, lote 10; y al noreste, lote 12. Mide: ciento setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de un millón doscientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del nueve de noviembre del dos mil diez con la base de cuatrocientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cristian Mauricio Rodríguez Varela. Expediente Nº 10-001355-0638-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de agosto del 2010.—MSC. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(IN2010075267).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones y servidumbre de acueducto y paso de vía, a las ocho horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil diez, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciséis mil setecientos sesenta y cinco-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 18 metros lineales; al sur, Pablo Rivas Espinoza; al este, Pablo Rivas Espinoza; y al oeste, Ladislao Ramírez Villavicencio. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de noviembre del dos mil diez con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Fernando Chavarría Guevara, Yendry Patricia Araya López. Expediente Nº 10-000840-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de abril del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2010075268).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas del cinco de octubre del dos mil diez y con la base de tres millones setecientos cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento trece mil trescientos veintinueve cero cero cero según plano catastrado G-419506-1997 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Santa Cruz, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inmobiliaria Guaitil Sociedad Anónima; al sur, Inmobiliaria Guaitil Sociedad Anónima; al este, calle pública con un frente a la misma de nueve metros; y al oeste, Sidar Vega Pizarro. Mide: ciento ochenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de dos millones ochocientos cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del ocho de octubre del dos mil diez con la base de novecientos treinta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamos contra Geiner Ovidio Jiménez Rodríguez. Expediente Nº 09-000069-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 2 de setiembre del 2010.—Lic. Alejandra Pérez Cordero, Jueza.—(IN2010075269).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 0570-00061246-01-0002-001, a las catorce horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil diez, y con la base de tres millones cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 571258 000 cero cero cero la cual es terreno lote 7 con una casa. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote seis; al sur, lote ocho; al este, calle pública con una frente a ella de 6.50 metros; y al oeste, Colinas Alta Vista S. A. Mide: ciento veintinueve metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil diez, con la base de dos millones trescientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil diez con la base de setecientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elisa María Agüero Chinchilla contra Jorge Antonio Rodríguez Hernández. Expediente Nº 10-012094-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2010.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2010075273).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y libre de anotaciones judiciales de todo tipo, soportando reservas y restricciones inscritas en las citas 0398-00010269-01-0813-001; a las diez horas del catorce de octubre del año dos mil diez, y con la base de cinco millones doscientos veintidós mil ciento veinticuatro colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 142852-000 la cual es terreno de para construir. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con quince metros diecisiete centímetros de frente; al sur, Fernando Chavarría Cordero; al este, con resto de Hernán Morales Rojas, y al oeste, Heriberto Morales Granados. Mide: Quinientos ochenta y siete metros con veinticuatro decímetros cuadrados; para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiuno de octubre del año dos mil diez, con la base de tres millones novecientos dieciséis mil quinientos noventa y tres colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiocho de octubre del año dos mil diez, con la base de un millón trescientos cinco mil quinientos treinta y un colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Manuel Morales Granados. Expediente Nº 10-100069-1046-CI (75-10).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—RP2010195326.—(IN2010075583).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) inscrito en las citas 2009-317985-01-0003-001, así como condiciones inscritas en las citas 400-02402-01-0835-001; libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales de todo tipo, a las ocho horas treinta minutos del treinta de setiembre del año dos mil diez, y con la base de tres millones ciento noventa y siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 169015-000 la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 08 Biolley, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Adolfo Solano; al este, con Marvin Zumbado Ulloa; y al oeste, con Juan Ramón Carvajal Carvajal y Adolfo Solano Flores. Mide: sesenta y cuatro mil cincuenta y cuatro metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del siete de octubre del año dos mil diez, con la base de dos millones trescientos noventa y siete mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce octubre del año dos mil diez con la base de setecientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Fabián Calderón  Bustamante, contra Nuria Concepción Barrantes y otra. Expediente Nº 10-100054-1046-CI (60-10).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 26 de abril del 2010.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—RP2010195362.—(IN2010075585).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y de anotaciones judiciales de todo tipo, a las nueve horas del treinta de setiembre del dos mil diez, y con la base de dos millones cuarenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 79104-000 la cual es terreno para agricultura, Proyec Kamankaua Agricultura lote 2. Situada en el distrito 05 Pilas, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con parcela 3; al este, con parcela 1; y al oeste, con calle pública. Mide: ciento cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y ocho metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del siete de octubre del dos mil diez, con la base de un millón quinientos treinta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del catorce de octubre del dos mil diez con la base de quinientos diez mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Juanita Calderón Bustamante, contra Alcides Brenes Villareal. Expediente Nº 10-100066-1046-CI (72-10).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 12 de agosto del 2010.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—RP2010195363.—(IN2010075586).

A las nueve horas del doce de noviembre del dos mil diez. Libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dieciséis millones ciento noventa y seis mil setecientos tres colones once céntimos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula Folio Real número ciento dieciocho mil ciento cuarenta-cero cero cero, que es lote c 30 terreno para construir, sito en distrito doce Chacarita del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, con Construcciones Costa Vera en parte destinado a Alameda Tucán con frente de ocho metros; al sur, con lote C 6; este, lote C 29, y oeste, lote C 3. Mide doscientos ocho metros cuadrados, plano P- cinco cuatro ocho uno cuatro cinco-mil novecientos noventa y nueve. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del veinticinco de noviembre del dos mil diez, con la base de doce millones ciento cuarenta y siete mil quinientos veintisiete colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del diez de diciembre del dos mil diez, con la base de cuatro millones cuarenta y nueve mil ciento setenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100279-642-CI-3 de Banco Popular contra Leticia Guevara Gómez.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2010195470.—(IN2010075587).

A las trece horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho libre de gravámenes hipotecarios y con la base de dos millones de colones, monto correspondiente a hipoteca vencida de primer grado, inscrita bajo las citas 0567-00021297-01-0001-001, cuyo acreedor es Wilbert Rafael Barrantes Fuentes, sáquese a remate el bien citado en garantía, sea la Finca del Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula Nº 00067368 derecho 000, que es terreno para construir; sito en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas; linda: al norte, calle pública con 14 m 62 cm; al sur, Israel Mora Mora, al este, María Luisa Rojas Cardas, y al oeste, calle pública con 12 m, 4 cm. Mide: doscientos veintidós metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano Nº P-0782140-1988. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de un millón quinientos mil colones, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las trece horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de quinientos mil colones celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Esparza contra Maribel Bogantes Mora. Exp. Nº 10-100069-437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 27 de julio del 2010.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—RP2010195485.—(IN2010075588).

A las once horas del primero de octubre del dos mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, soportando servidumbre de oleoducto y de paso de Recope, hipoteca de primer grado, cuyo acreedor es el Instituto Nacional de Seguros, inscrita bajo las citas 0516-00004727-01-0002-001, y embargos practicados inscritos bajo las citas 0539-00002447-01-0001-001, 0541-00013654-01-0001-001, 0542-00012545-01-0001-001, 0567-00066438-01-0001-001, 0573-00084509-01-0001-001, 0577-00068301-01-0001-001 y con la base de veinticuatro millones ciento treinta seis mil quinientos cuarenta y siete colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la Finca del Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio, Real matrícula Nº 00119544 derecho 000, que es terreno de repastos; sito en el distrito 03 Macacona, cantón 02 Esparza, de la Provincia de Puntarenas; linda: al norte, carretera nacional con frente a ella de 18.72 metros lineales; al sur, Carlos Luis Rodríguez Arroyo; al este, Carlos Luis Rodríguez Arroyo, y al oeste, lote 9, mide: mil metros con seis decímetros cuadrados. Plano Nº P-070343-2001. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de dieciocho millones ciento dos mil cuatrocientos diez colones con veinticinco céntimos, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las once horas del quince de octubre del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones treinta y cuatro mil ciento treinta y seis colones con setenta y cinco céntimos celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las once horas del veintinueve de octubre del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso Ejecución Hipotecaria de Municipalidad de Esparza contra Roberto Alfaro Martínez. Expediente Nº 10-100058-437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 26 de julio 2010.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—RP2010195486.—(IN2010075589).

A las nueve horas del primero de octubre del dos mil diez en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarlos pero soportando anotación Judicial de embargo practicado inscrito bajo las citas 0554-00004023-01-0001-001 y con la base de quinientos veintiún mil quinientos treinta y un colones, monto correspondiente a hipoteca vencida de primer grado, inscrita bajo las citas 0408-00016155-01-0052-001, cuyo acreedor es el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la Finca del Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real Matrícula Nº 00085079 derecho 000, que es lote cuatro Nº cinco, bloque D, terreno para construir; sito en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Plano Nº P-0156159-1993. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de trescientos noventa y un mil ciento cuarenta y ocho colones con veinticinco céntimos, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las nueve horas del quince de octubre del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ciento treinta mil trescientos ochenta y dos colones con setenta y cinco céntimos celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las nueve horas del veintinueve de octubre del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Esparza contra Shirley Martínez Varela, Expediente Nº 10-100066-437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, 26 de julio del 2010.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—RP2010195488.—(IN2010075590).

A las diez horas del primero de octubre del dos mil diez, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de quinientos cuarenta y un mil ochocientos diecisiete colones, monto correspondiente a Hipoteca vencida de primer grado, inscrita bajo las citas 0409-00003013-01-0024-001, cuyo acreedor es el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Puntarenas, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 00113572 derecho 000, que es lote seis, bloque F, terreno para construir; sito en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, INVU; al sur, Alameda, Pública; al este, INVU, y al oeste, INVU. Mide: ciento veintisiete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano número P-0156244-1993. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de cuatrocientos seis mil trescientos sesenta y dos colones con setenta y cinco céntimos, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las diez horas del quince de octubre del dos mil diez. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de ciento treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con veinticinco céntimos, celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las diez horas del veintinueve de octubre del dos mil diez. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Esparza contra Maribel Porras Rojas. Expediente número 10-100055-437-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Esparza, a las nueve horas, diez minutos del veintitrés de julio del dos mil diez.—Lic. Norma Araya Sánchez, Jueza.—RP2010195490.—(IN2010075591).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y quince minutos del veinticinco de octubre del año dos mil diez, y con la base de veinticinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil diecisiete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. colinda: al norte, Sara Vargas Vega; al sur, calle pública con 14 metros; al este, Carlos Luis Rojas Chinchilla y al oeste, Óscar Vargas Vega. Mide: ciento noventa y cuatro metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de noviembre del año dos mil diez, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de noviembre del año dos mil diez con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Carvajal Solano S. A. contra Ana Lorena Campos González. Expediente 09-001528-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2010195500.—(IN2010075593).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del veintiséis de octubre de dos mil diez,  y con la base de treinta millones de colones (Base del grado superior vencido) en el mejor postor remataré lo siguiente finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintidós mil doscientos ochenta-cero cero cero la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Édgar Mora; al sur, calle pública; al este, Jorge Rodríguez y al oeste, Flora Losillla. Mide: quinientos setenta y seis metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del nueve de noviembre de dos mil diez, con la base de veintidós millones quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintitrés de noviembre de dos mil diez con la base de siete millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bolívar Brenes Chavarría contra Instituto de Servicios Educativos Isesa S. A., expediente 10-000332-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 1º de setiembre del 2010.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—RP2010195515.—(IN2010075594).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del treinta de setiembre del dos mil diez, y con la base de cincuenta y cinco millones ochocientos un mil quinientos sesenta y cinco colones con noventa y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 162300-000 la cual es terreno de bosque y teca.-Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, quebra las Delicias; al sur, calle pública con 120.81 metros; al este, Célimo y Clau Cruz Sibaja y al oeste, Célimo y Clau Cruz Sibaja. Mide: once mil setecientos veinte metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del catorce de octubre del dos mil diez, con la base de cuarenta y un millones ochocientos cincuenta y un mil ciento setenta y cuatro colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintiocho de octubre del dos mil diez con la base de trece millones novecientos cincuenta mil trescientos noventa y un colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Nuria Cruz Chaves. Expediente 10-000201-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 1º de agosto del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2010195561.—(IN2010075595).

A las catorce horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil diez. Libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de doscientos sesenta y un mil cuatrocientos noventa y cinco dólares con veintidós centavos, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de San José Folio Real número F-cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y ocho-cero cero cero, que es terreno finca filial número seis, sito en distrito primero “Curridabat” del cantón dieciocho “Curridabat” de la provincia de San José. Linda al noreste, con Filial siete, al noroeste con González Taurel Limitada e Inmobiliaria Madreselva S. A., al sureste avenida primera y Finca Filial Cinco y suroeste Inmobiliaria Madreselva S. A. Mide doscientos noventa y seis metros con un decímetro cuadrado, según plano S-J uno dos cero ocho cinco siete siete-dos mil siete. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diez, con la base de ciento noventa y seis mil ciento veintiún dólares con cuarenta y dos centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diez, con la base de sesenta y cinco mil trescientos setenta y tres dólares con ochenta centavos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10100241-642-CI-2 de Banco Nacional de Costa Rica contra Lilliam Chaves Arroyo.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—RP2010195569.—(IN2010075596).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, se rematan los siguientes bienes; 1) con la base de cincuenta y tres mil dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil trescientos sesenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Guápiles, cantón de Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública con doce metros; al sur Carlos Luis Araya Moreira; al este Asociación Solidarista de Empleados Mensuales de Bandeco Guápiles y al oeste, Asociación Solidarista de Empleados mensuales de Bandeco Guápiles. Mide: doscientos noventa y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciocho de octubre del dos mil diez, con la base de treinta y nueve mil setecientos cincuenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil diez con la base de trece mil doscientos cincuenta dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) A las catorce horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, con la base de veintiocho mil dólares en el mejor postor remataré lo siguiente bien: La finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecisiete mil ciento sesenta y seis-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cero uno Guápiles, cantón de Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Seguros Zurquí SRL; al sur, calle pública con frente de once metros lineales; al este, Seguros Zurquí SRL y al oeste, Seguros Zurquí SRL. Mide: doscientos dos metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dieciocho de octubre del dos mil diez, con la base de veintiún mil dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil diez con la base de siete mil dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de A S S Tres Amigas Limitada contra Interprise Corporation T.H.S. Sociedad Anónima. Expediente  10-000708-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 3 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2010075675).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diez, y con la base de un millón ciento cuarenta y siete mil ciento cincuenta y siete colones con quince céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas CL-98909, marca: Nissan, estilo: D21, año: 1987, chasis: KFGD21200503, motor: Z20557383, 1952 c.c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil diez, con la base de ochocientos sesenta mil trescientos sesenta y siete colones con ochenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil diez, con la base de doscientos ochenta y seis mil setecientos ochenta y nueve colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Francisco Barrantes Campos contra Hannia Jiménez Jiménez. Expediente: 10-000404-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 3 de agosto del 2010.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2010075812).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuatrocientos cuatro mil veinte colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 472904, marca Dodge, estilo Raider, año 1988, chasis JB7FJ43E1JJ013390, color rojo, motor G54BJV2293, 1600 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de octubre del dos mil diez, con la base de trescientos tres mil quince colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil diez con la base de ciento un mil cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Marco Antonio Rodríguez Esquivel contra Cristian Ernesto Calderón Brenes. Expediente Nº 10-000379-1117-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Grecia, 30 de julio del 2010.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza.—(IN2010075813).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios a las once horas y cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil diez, y con la base de noventa y ocho mil treinta y seis dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº EE 024931, marca Caterpillar, año 2005, Vin CAT0320CCRAW00380, cilindrada 6400 c.c, color amarillo, categoría equipo especial obras civiles. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil diez, con la base de setenta y tres mil quinientos veintisiete dólares con diecinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del primero de noviembre de dos mil diez con la base de veinticuatro mil quinientos nueve dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A., de C.V. contra Julio Humberto Jiménez Arguedas. Expediente Nº 09-012897-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del 2010.—Lic. Jéssica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(IN2010075921).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil diez, y con la base de un millón ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas Nº 667906, marca Isuzu Rodeo, año 1994, Vin , cilindrada , color azul, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de octubre del dos mil diez, con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del primero de noviembre del dos mil diez con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Farronato Onorio contra Bucchi Ezio. Expediente Nº 10-000378-0944-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Liberia, 20 de agosto del 2010.—Lic. Mónica Fallas Mesén, Jueza.—1 vez.—RP2010195832.—(IN2010076002).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil diez, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos noventa y seis mil seiscientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote Nº 16. Situada en el distrito San José, cantón Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Omar Rodríguez González; al este, lote 17; y al oeste, lote 15. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintidós de octubre del dos mil diez, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil diez, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Unión Magdalena S. A., contra Mehibi Yamileth Mora Ovares. Expediente: 09-000539-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—(IN2010076044).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diez, y con la base de cuatro mil quinientos treinta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 456122, marca Kia Sportage Wagon, año 2002, Vin KNAJA526515095547, cilindrada 1998 cc, color verde, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de octubre del dos mil diez, con la base de tres mil cuatrocientos un dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil diez con la base de mil ciento treinta y tres dólares con ochenta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Enrique Chryssopulos Álvarez, Ericka Hernández Calvo. Exp. Nº 09-005330-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2010.—Lic. Ana Elsy Campos Barboza, Jueza.—(IN201076281).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Rodríguez Héctor Manuel, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil diez, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 09-001543-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de junio del 2010.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—RP2010190747.—(IN2010068097).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Erick Giovanni González Cambronero, quien fue mayor, casado una vez, profesor, vecino de Miramar de Puntarenas, cédula de identidad número 6-233-204, a una junta que se verificará a las trece horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil diez, para conocer de los extremos del artículo 926 del Código Procesal Civil. Lo anterior por haberse ordenado así en sucesorio Nº 04-100135-438-CI-1.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, 25 de agosto del 2010.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—1 vez.—RP2010195826.—(IN2010076237).

Títulos Supletorios

Deivir Montoya Jiménez, mayor, soltero, agricultor, vecino de La Tigra de San Carlos de Alajuela, de la guardia rural un kilómetro al norte, cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta y uno-quinientos treinta y cinco. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de pastos, sito en La Tigra, distrito ocho La Tigra, del cantón quince Guatuso de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Deivir Montoya Jiménez; al sur, Deivir Montoya Jiménez; al sureste, Fausto Montoya Villegas, Gabriel Montoya Villegas y Luis Ángel Montoya Rojas, y al oeste, calle pública con un frente a ella de ochenta y nueve metros con setenta y ocho centímetros lineales, Margarita Campos Araya, Carlos Campos Araya, Deivir Montoya Jiménez y Mileth Campos Araya. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1324361-2009 de fecha diecinueve de febrero del dos mil nueve, a nombre de Deivir Montoya Jiménez, una superficie de cuatro hectáreas dos mil doscientos ochenta y seis metros cuadrados. El inmueble antes descrito indica el titulante lo adquirió el titulante por donación que le hiciera su padre Aníbal Montoya Villegas, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Tigra de San Carlos de Alajuela, de la guardia rural, un kilómetro al norte, cédula de identidad número dos-ciento setenta y cinco-novecientos setenta y tres, en el mes de febrero del dos mil nueve, traspaso que se materializó según escritura pública número ciento ochenta y tres-cuatro otorgada ante la notaria Mayling Quirós Barquero en fecha veintiuno de agosto del dos mil nueve, quien le transmitiera su posesión ejercida sobre el fundo a titular en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño por más de setenta años. Valora el terreno en la suma de quince millones de colones, y en igual monto se estimaron las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria Nº 10-000058-0298AG, establecida por Deivir Montoya Jiménez.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 27 de julio del 2010.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Juez.—1 vez.—RP2010194002.—(IN2010073175).

Fidel Vega Alfaro, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de La Tigra de San Carlos, quinientos metros al suroeste de la iglesia católica de La Tigra de San Carlos, cédula de identidad número dos-doscientos veinticinco-setecientos sesenta y uno. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno con una casa de habitación y empacadora de ornamentales, sito en Calle Concepción, distrito Ocho, La Tigra, Cantón Diez, San Carlos, de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Claudia Salas Porras; al sur, calle pública con un frente a ella de cuarenta metros con cero ocho centímetros lineales; al este, calle pública .con un frente a ella de treinta y tres metros con veintisiete centímetros lineales, y al oeste, Vilma Rojas Valverde. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado Nº 2-1184365-2007 de fecha catorce de junio de dos mil siete, una superficie de mil seiscientos setenta y un metros con catorce decímetros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante por compra que le hiciera al señor Carlos Enrique Ugalde Cordero, quien es mayor, divorciado una vez, chofer, cédula de identidad número dos-trescientos cuarenta y tres-trescientos sesenta y ocho, vecino de La Tigra de San Carlos, quinientos metros al norte de la guardia rural, en fecha tres de marzo de dos mil siete, mediante testimonio de escritura ciento sesenta y dos-cinco, otorgada ante la notaria Mayling Quirós Barquero, con quien no le une parentesco alguno y quien le transmitió la posesión que ha ejercido sobre el mismo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño por un período mayor a diez años. Valora el terreno en la suma de ocho millones trescientos cincuenta y cinco mil setecientos colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria Nº 10-000118-0298 AG establecida por Fidel Vega Alfaro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de agosto del 2010.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—RP2010194004.—(IN2010073176).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 10-000145-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Wilfrido, mayor, casado una vez, contador público, vecino de Barrio Corobicí de Santa Cruz, con cédula de identidad 05-0167-0130, Franklin, mayor, soltero, agricultor, vecino de Santa Cruz centro, cédula de identidad 05-0098-0156, Casimiro, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad 05-0136-0082, mecánico automotriz, Ramón Jacinto, mayor, soltero, agricultor, con cédula de identidad 02-0129-0995, Pablo, mayor, casado en segundas nupcias, agricultor, con cédula de identidad 05-0141-0313, Rosibel, mayor, casada una vez, de oficios del hogar, con cédula de identidad 05-0141-0313, Luz Marina, mayor, viuda, ama de casa, con cédula de identidad 05-0092-0924, Flora, mayor, casada una vez separada de hecho, de oficios del hogar, con cédula de identidad 05-0186-0596 todos de apellidos Pizarro Matarrita, y Eibeth, mayor, casada una vez, licenciada en enfermería, con cédula de identidad 05-0268-0751, todos vecinos de Santa Cruz a fin de inscribir dos décimas al primero, y una décima para cada uno de los siguientes a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de charral. Situada en el distrito tercero (27 de Abril), cantón tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Julio Batista; al sur, en parte con Jesús Vargas Solís y Florencio Ruiz Ruiz y quebrada Zapote de Mico en medio; al este, con calle pública con un frente a ella de ochocientos veintiocho metros con seis centímetros lineales y al oeste, en parte con Julio Batista, Florencio Ruiz Ruiz y quebrada Zapote de Mico en medio. Mide: ciento una hectáreas con tres mil ochocientos ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado G-1391711-09. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cincuenta millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a la señora Paula Matarrita Matarrita, y la promovente Eibeth Morales Pizarro por donación de Higinia Pizarro Matarrita, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en rondas, chapeas, levantamiento de cercas, y mantenimiento en general. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Casimiro Pizarro Matarrita y otros. Expediente 10-000145-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 20 de agosto del 2010.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010194527.—(IN2010074251).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 10-000074-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Alberto Bolaños Villalobos quien es mayor, casado una vez, vecino de Santo Domingo de Heredia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno ochocientos veintidós-seiscientos treinta y uno, profesión Licenciado en Contaduría Pública, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de naturaleza para construir. Situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con calle pública un frente a la misma que mide 11,75 centímetros lineales; al sur, Juana Molina Vallejos; al este, Leonardo Molina Jaén y al oeste, Orlando Rodríguez Molina. Mide: setecientos dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de chapeas de malezas, siembro de frutales, cuidados de cercas, y demarcación de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jorge Alberto Bolaños Villalobos. Expediente 10-000074-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 10 de marzo del 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010194528.—(IN2010074252).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 10-000150-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Vital Flora Moreno Navarro quien es mayor, divorciada una vez, vecina de Esterones de Sámara de Nicoya, portadora de la cédula de identidad número 05-0065-0871, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es charral. Situada en el distrito quinto (Sámara), cantón Segundo (Nicoya), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, actualmente con Pedro José Pérez Moreno; al sur, con Edaysi Palma Buitrago; al este, actualmente con Pedro José Pérez Moreno y al oeste, con Inmobiliaria Luna de Escazú S. A., y servidumbre de paso. Mide: siete mil novecientos noventa y cinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1083497-06. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón y doscientos mil colones cada una respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de monte, arreglo de cercas y demarcación de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Vital Flora Moreno Navarro. Expediente 10-000150-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 11 de agosto del 2010.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010194531.—(IN2010074253).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 07-000307-0391-AG-3 donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edwin Pizarro Pizarro quien es mayor, casado, auxiliar judicial, vecino de Barrio Buenos Aires de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento setenta y cinco-ciento noventa y ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de cultivos y potrero. Situada en el distrito primero, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juan Félix Pizarro González; al sur, Marco Aurelio Pizarro Pizarro; al este, Cipriana Moraga Gutiérrez y al oeste, calle pública con un frente de setenta y cuatro metros con cuarenta centímetros lineales. Mide: dieciséis mil novecientos treinta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Número de plano G-772259-2002, de fecha 28 de febrero, 2002. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación de su madre Leandra Lizano Barrantes, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pastos, algodón, sorgo y potrero para la ganadería. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edwin Pizarro Pizarro. Expediente 07-000307-0391-AG-3.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 12 de noviembre del 2009.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010194570.—(IN2010074254).

Finca Guachipelín de Bella Vista S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta, representada por Alexander Arguedas Vindas, mayor, casado una vez, comerciante, cédula uno-novecientos uno-quinientos cuarenta, vecino de Barrio Sinaí, frente al Bar Mi Oficina, Pérez Zeledón, establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a nombre de su representada en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de solar, ubicado en el distrito tres Daniel Flores, del cantón diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José, con una medida de mil quinientos cincuenta y siete metros cuadrados, según plano catastrado SJ-1323822-2009. Linda al norte, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con setenta y tres centímetros; sur, Antonio Rubén Sánchez Chacón; este, Avícola Peñas Blancas S. A.; y oeste, Júpiter Marval de Buenos Aires S. A. La finca la obtuvo por medio de venta que le hiciera Avícola Peñas Blancas S. A. Sobre el inmueble no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no lo verifican. Expediente N° 09-160217-0188AG (Interno 255-09-JC).—Juzgado Agrario de Pérez Zeledón, 17 de febrero del 2010.—Lic. Juan Carlos Castillo López, Juez.—1 vez.—RP2010194587.—(IN2010074255).

Florencio Rodríguez Hidalgo, mayor, casado una vez, ganadero, vecino de Los Ángeles de Alfaro Ruiz, Alajuela, frente a la iglesia católica, cédula Nº 2-153-128, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de montaña y repastos, sito en San José de La Montaña, Quesada, distrito primero de San Carlos, cantón diez de la provincia de Alajuela. Con los siguientes linderos: al norte, río Peje; al sur, Humberto Rodríguez González y Florencio Rodríguez Hidalgo; al este, Alba María Rodríguez Saborío, y al oeste, Florencio Rodríguez Hidalgo y Humberto Rodríguez González. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1349656-2009 de fecha once de junio de dos mil nueve, una superficie de diez hectáreas siete mil cuatrocientos cuatro metros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante por compra realizada a su hermano Olivier Rodríguez Hidalgo, mayor, casado una vez, ganadero, vecino de Grecia, Alajuela, costado oeste de la Estación de Bomberos, cédula Nº 2-202-028, quien le trasmitió la posesión ejercida sobre el inmueble en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño por más de quince años, mediante escritura pública número once-cincuenta y nueve, otorgada ante el notario público Javier Alfaro Blanco, en fecha diecinueve de agosto de dos mil nueve. El fundo fue estimado en la suma de tres millones de colones y las presentes diligencias fueron estimadas en la suma de un millón de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria expediente Nº 10-000014 0298 AG, promovida por Florencio Rodríguez Hidalgo.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de febrero de 2010.—Lic. Marco Ant. Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—RP2010194626.—(IN2010074257).

William Contreras Mora, mayor, casado, agricultor, portador de cédula 1-603-897, vecino de Guayacan de Siquirres, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir ante el Registro Público el siguiente inmueble: terreno de pasto en su totalidad, situado en Guayacan distrito primero Siquirres y cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. La finca mide dieciocho hectáreas mil seiscientos cuarenta y ocho metros con un decímetro. Linda: al norte, con quebrada La Mona con un frente a ella de doscientos setenta y siete metros con treinta y nueve centímetros y con quebrada Quebrador con frente a ella de doscientos sesenta y nueve metros con dos centímetros; sur, con Freddy Soto Sojo; este, Francisco Nájera Molina, y al oeste, Uriel Navarro Umaña; fue aportado el plano L-791136-1989. Fue estimado el inmueble en la suma de cinco millones de colones. No existen gravámenes ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del término de un mes contado a partir de la publicación del edicto, se apersonen a este Despacho en defensa de sus derechos. Expediente Nº 09-160112-465-ag(A2).—Juzgado Agrario de Limón, 24 de marzo del dos mil diez.—Lic. Wilberth Álvarez Li, Juez.—1 vez.—RP2010194637.—(IN2010074258).

Sirlene Rojas Rojas, mayor, soltera hoy en unión de hecho, administradora, vecina de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, urbanización Selva Verde, antepenúltima casa a mano derecha, al final del bulevar, cédula Nº 2-589-773, solicita se levante información posesoria y se ordene rectificar la medida que consta en el Registro Público de la Propiedad, de la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, matrícula de Folio Real número doscientos veintisiete mil setecientos seis-cero cero cero. Dicho terreno se describe así: terreno de bosque, sito en La Tigra, distrito octavo del cantón décimo, San Carlos de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Víctor Manuel Garro Cascante, Adrián Segura; al sur, Joaquín Zamora; al este, Ricardo Salmerón, Lidia Vásquez, Lourdes Vargas, Luz Calderón y Faza Familia Zamora Arrieta S. A., y al oeste, servidumbre de paso con 4 metros de ancho. Mide: doscientos veinte metros con veinte decímetros cuadrados, según el Registro Público, y según el plano 2-1371142-2009 de fecha 9 de setiembre de 2009, cuenta con una cabida de mil quinientos sesenta metros cuadrados. El terreno cuya medida se pretende rectificar soporta reservas y restricciones inscritas al tomo 365, asiento 12473, consecutivo 01, secuencia 0900, subsecuencia 001. Servidumbre de paso inscrita al tomo 564, asiento 5188, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001. Servidumbre de paso inscrita al tomo 570, asiento 12306, consecutivo 01, secuencia 0002, subsecuencia 001. Servidumbre de paso inscrita al tomo 570, asiento 18626, consecutivo 01, secuencia 0004, subsecuencia 001. Servidumbre de paso inscrita al tomo 571, asiento 55141, consecutivo 01, secuencia 0002, subsecuencia 001 y servidumbre de paso inscrita al tomo 572, asiento 90344, consecutivo 01, secuencia 0002, subsecuencia 00. El inmueble fue estimado en la suma de dos millones de colones al igual que las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la rectificación solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 10-100679-0297 CI. Información posesoria para rectificación de medida, promueve Sirlene Rojas Rojas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de agosto de 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2010194646.—(IN2010074259).

Juan Ramón Campos Porras, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Piedades de Barbacoas de Puriscal, cédula uno-seis uno tres-nueve uno cero, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: terreno para construir, distrito cuarto Grifo Alto, del cantón cuarto Puriscal, de la provincia de San José. Linda: al norte, con calle pública; sur, calle pública; este, con calle pública, y al oeste, con Alfonso Espinoza Obando y Lidieth Brenes Castillo. Mide: mil ochocientos cuarenta y seis metros cuadrados según plano catastrado número SJ uno tres nueve uno tres uno ocho-dos mil nueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 10-100199-197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 27 de julio de 2010.—Msc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—RP2010194650.—(IN2010074260).

Se hace saber que en el proceso de diligencias de información posesoria, expediente 09-000463-0388-CI, promovidas por Superveterinaria Liberia Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-105432, con domicilio en Liberia, Guanacaste, representada por Víctor Manuel Arias Villegas, en su calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo, quien es mayor, casado, comerciante, cédula de identidad 5-183-346; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: naturaleza: terreno para construir, situado en Santa Cruz, distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz y provincia 5ª Guanacaste, plano catastral: G-1270038-2008. Medida: 213,24 m2. Linderos: norte, calle pública con un frente a la misma de ocho metros con tres centímetros lineales; sur, Elda María Ramos Gutiérrez; este, Magdaleno Peraza Méndez, y al oeste, Inversiones Gulag. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de ¢ 2.000.000,00. Indica también que la finca la adquirió por compra que le hizo la señora Agueda Albertina Chaves de La O, cédula Nº 1-480-852 hace aproximadamente un mes y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública y pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en sembrarle árboles frutales, aprovechar sus cosechas, mantenerlo limpio y cercarlo. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación registral de fecha 31 de agosto de 2009 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 14). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5º de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 28 de junio de 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010194687.—(IN2010074261).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000179-0388-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Dispositivos Inteligentes con Ordenadores Matemati, quien es mayor, soltero, vecino de Cartago avenida primera, calles diecinueve y veintiuno, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-doscientos veintiocho-quinientos setenta y cuatro, profesión Ingeniero en mantenimiento, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir, situada en el distrito tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de dieciséis metros; al sur, Municipalidad de Carrillo; al este, Teodora Obando López, y al oeste, calle pública con un frente ella de cincuenta y seis metros con treinta centímetros lineales. Mide: seiscientos ochenta y un metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener el lugar con árboles frutales y además de mantenerlo limpio, construcción de alambres de púas una cerca alrededor del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Dispositivos Inteligentes con Ordenadores Matemati. Expediente Nº 10-000179-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 7 de mayo del año 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010194688.—(IN2010074262).

Se hace saber: que en el proceso de diligencias de información posesoria, expediente Nº 08-000352-0388-CI, promovidas por Guadalupe Rodríguez Alguera, quien es mayor, soltera en unión libre, ama de casa, cédula de residencia Nº 012-RE-000287-00-1999; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: Naturaleza: terreno de solar en el cual se encuentran dos casas, situado en: barrio La Chorrera, Playas del Coco, distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo y provincia 5ª Guanacaste, plano catastral: G-1126910-2007. Medida: 181,20 m2. Linderos: norte, María Cecilia López Gutiérrez; sur, calle pública con un frente a ella de siete metros con treinta y cuatro centímetros lineales; este, Mario Rodríguez Alcócer, y al oeste, Lorenza Canales Angulo. Indica la promotora que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de ¢ 2.000.000,00. Indica también que la finca la adquirió por donación que le hizo su compañero Rafael Adolfo Castañeda Canales, cédula Nº 5-230-407, hace aproximadamente cuatro años y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de única poseedora y dueña. Que sus actos de posesión han consistido en habilitar las dos casas y el mantenerlo limpio, le he construido un muro de block alrededor del mismo. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 26 de noviembre del 2007 no aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 4). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5º de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 29 de junio de 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2010194694.—(IN2010074263).

Liley Yenori Torres Mora, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, costarricense, cédula cinco-dos tres cero-tres siete nueve, vecina de Santa Elena de Monte Verde, Puntarenas, cuatrocientos cincuenta metros oeste del hotel Miramontes; solicita información posesoria a fin de inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno con una casa, árboles frutales, zonas verdes y jardines, situada en Los Ángeles, distrito cero tres San Juan, del cantón cero siete, Abangares, de la provincia de Guanacaste, con una medida de seis mil cincuenta y ocho metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, plano G-siete cero ocho nueve cero cuatro-dos cero cero uno. Linda: norte, Rodríguez Salas Sociedad Anónima; sur y oeste, Rigoberto Torres Mora, y al este, calle pública con ciento cuarenta y cinco punto cero siete metros lineales. Sobre el inmueble no pesan gravámenes hipotecarios, embargos ni anotaciones pendientes de inscripción, no tiene ni precarios ni condueños, la titulante es la única dueña, y lo estima en la suma de cuatro millones de colones exactos. La titulante la adquirió m medio de compraventa que le hiciera su padre Antonio Torres Artavia, traspasándole los derechos decenales adquiridos y la posesión ejercida por más de treinta años. El inmueble lo adquirió hace más de diez años. Con un mes de término se cita a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria (Expediente Nº 10-100086-0927-CI (91-4-2010)-B.—Juzgado Civil de Cañas, 19 de julio del 2010.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2010074350).

Keria Eidar S. A. cédula jurídica 3-101-482523, representada por su apoderado generalísimo José Gerardo Chavarría Ferrare, quien es mayor, empresario, vecino de Heredia, cédula de identidad 2-328-448, inscribe a nombre de su representada ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: terreno de potrero, situado Punta Mono Congo del distrito primero, Golfito del cantón sétimo, Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: diecinueve hectáreas nueve mil setenta y nueve decímetros cuadrados. Linda: al norte, Zona Marítimo Terrestre; al sur, Pronel Group S. A., Amazon Horned Frog S. A.; al este, Porfirio Guerra Granda, Amazon Horned Frog S. A. y servidumbre; y al oeste, Ana Isabel Jara Mora y Pronel Group S. A. Plano catastrado número P-1340527-2009. Se estima las diligencias en la suma de un millón de colones y el inmueble en la suma de quinientos setenta y un mil quinientos treinta y dos dólares. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Expediente Nº 07-000186-419-AG (240-2-07). Promueve Keria Eibar S. A.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2010074466).

Se hace saber que la señora Felicia Hidalgo Mena, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina de Salitral de San Gabriel de Aserrí, calle Santa Teresita, cien metros norte de la calle principal, cédula 1-579-165, ha establecido diligencias de información posesoria para inscribir a su nombre la finca sin inscribir que se describe asi: naturaleza: terreno para construir, sito: provincia primera, San José, cantón tercero, Desamparados, distrito sexto, Frailes, linda al norte, Gilberth Navarro Picado; sur, calle pública; este, Marta Lilliam Navarro Hernández; y oeste, calle pública, mide: ciento cincuenta y ocho metros según plano catastrado SJ-1338208-2002 de fecha 27 de abril del 2009. Se cita a los interesados para que dentro de un mes a partir de la publicación se presenten a reclamar sus derechos. Expediente 10-100093-217-CI. Información posesoria promovida por Felicia Hidalgo Mena.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 6 de agosto del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2010194892.—(IN2010074713).

Félix Caballero Castillo, mayor, casado una vez, agricultor, de nacionalidad panameño, documento de residente permanente número uno cinco nueve uno cero cero uno cinco seis siete cero cuatro, vecino de Santa Rosa de Laurel, inscribe a su nombre ante el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno de potrero, montaña y con una casa de habitación. Situado: Santa Rosa, distrito cuarto: Laurel, Cantón décimo: Corredores de la Provincia de Puntarenas. Mide trescientos veinte mil setecientos veintitrés metros. Linda: norte, Ólger Díaz Vargas y Diego Cedeño Arauz; sur: Arnoldo Sequeira Sequeira y río La Vaca; este, Evelio Acevedo Acevedo y río La Vaca; oeste, Diego Cedeño Arauz y calle pública con un frente lineal a ella de doscientos cincuenta y un metros con sesenta y cinco centímetros y Arnoldo Ramírez Sequeira. Plano Catastrado número P-1392612-2009. Se estima las presentes diligencias en la suma de un millón quinientos mil colones y el inmueble en la suma de un millón de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el Registro. Exp. 10-000080-419-AG (92-2-10) Promueve: Félix Caballero Castillo.—Juzgado Agrario de la Zona Sur.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2010194912.—(IN2010074714).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000462-0386-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Socorro Martínez Galeano, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de comunidad de Carrillo, Guanacaste, de la soda Nubia, 150 metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 8-057-614, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito primero, Liberia, cantón primero Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rosa Elena Martínez Galeano; al sur, Élia de Jesús Martínez Galeano; al este, calle pública, con veinticinco metros y quince centímetros lineales; y al oeste, Atilano Bustos Chinchilla. Mide: seiscientos ochenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble de Ramón Guido Guido, mediante escritura número cuarenta y uno del protocolo treinta y cinco de la notaria Leda María Peña Martínez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar; limpiar el terreno y realizar mejoras a la casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Socorro Martínez Galeano. Expediente: 10-000462-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 20 de agosto del 2010.—Lic. Julia Madrigal Jiménez, Jueza.—1 vez.—RP2010194937.—(IN2010074715).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 10-000476-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Irineo de los Ángeles Alvarado Ramírez quien es mayor, estado civil soltero, constructor, vecino de Guápiles, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-023-391, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno frutales. Situada en el distrito primero, Guápiles, cantón segundo, Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, antes con José Ángel Hernández Vega, ahora Delia Hernández Sánchez; al sur, antes Eva Arias Pereira, ahora Claudio Quirós Arias y antigua línea férrea con cuatro metros cinco decímetros lineales; al este, antes Leticia Zúñiga Villalobos, ahora Socorro Silva Acevedo; y al oeste, antes Norman Navarro Jaén, ahora Rosalía Vásquez Fernández, Rolando Mora Camacho, Shirley Alfaro Valerio y Noemi Salas Jaén. Mide: dos mil cuatrocientos setenta y ocho metros con catorce metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de forma originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Irineo de los Ángeles Alvarado Ramírez. Expediente Nº 10-000476-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 20 de agosto del 2010.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—RP2010194965.—(IN2010074716).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000249-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Iván Vargas Jiménez quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Buenos Aires, Palmares, Alajuela, de la Bizcochera Palmareña cien metros al norte, portador de la cédula de identidad número cinco-doscientos-doscientos diecinueve, Juan Marcos Fernández Madrigal quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Buenos Aires, Palmares, Alajuela, de Delicias de Occidente cien metros al este y doscientos metros al norte, portador de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos cuarenta y siete-ciento noventa y ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, las cuales son terrenos de pastos. Finca número uno: situada en el distrito Cuarto, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de mil cuarenta y nueve metros con veintinueve centímetros lineales; al sur, Cinco son Suficientes S. A. y Rigoberto González Azofeifa; al este, Pedro Quirós Vargas; y al oeste, calle pública con un frente de seiscientos cincuenta y nueve metros ton veintidós centímetros lineales. Mide: setenta y tres hectáreas nueve mil setecientos noventa metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número P-1118939-2006. Finca número dos: situada en el distrito Cuarto, cantón Primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Nelson Cordero Cordero; al sur, Cinco son Suficientes y Blanca Flor del Carmen Villegas Sandoval; al este, calle pública con un frente de seiscientos veintinueve metros con cuarenta y cuatro centímetros lineales; y al oeste, calle pública con un frente de cuatrocientos sesenta y ocho metros con tres centímetros lineales. Mide: veintiocho hectáreas tres mil veintiocho metros con ochenta y un decímetros cuadrados, bajo el plano catastrado número P-1122175-2006. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dichos inmuebles en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas y chapeas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Iván Vargas Jiménez y Juan Marcos Fernández Madrigal.—Expediente Nº 09-000249-0391-AG.—Juzgado Agrario de Santa Cruz, 26 de agosto del 2010.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—RP2010195013.—(IN2010074717).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-100142-0927-CI (152-5-10)-A, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación Cristiana de las Asambleas de Dios, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuarenta y cinco mil sesenta y tres (3-002-045063) representada por Ricardo Antonio Castillo Medina, mayor, casado una vez, pastor evangélico, portador de la cédula de identidad numero cinco-cero doscientos dos-cero ochocientos cuarenta y seis (5-0202-0846), vecino de Santo Domingo de Heredia, con el fin de inscribir a nombre de su representada en el Registro Público de la Propiedad la finca que se describe así: terreno de pastos, situado en Colorado, distrito cuarto Colorado, cantón sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste. Mide: mil doscientos un metros cuadrados con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Linderos: al norte, Rosa Marietta Miranda Tenorio; al sur, Ricardo González Sandoval y calle pública con un frente de dieciséis metros setenta y nueve centímetros lineales; al este, Cruz Tenorio Calvo y Ricardo González Sandoval; y al oeste, Elisenia Tenorio Montiel y Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, con plano catastrado G-uno dos seis cuatro nueve cero nueve-dos mil ocho (G-1264909-2008). Indica el titulante que sobre el inmueble no hay condueños ni cargas reales, que es el único dueño, y lo estima en la suma de seis millones de colones. El titulante lo adquirió por medio de compra y venta que le hiciera a la señora Rosa Marietta Miranda Tenorio. Con un mes de término se cita y emplaza a todos los que se crean con derecho al inmueble a fin de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria promovidas por Asociación Cristiana de las Asambleas de Dios. Expediente Nº 10-100142-0927-CI (152-5-10)-A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 7 de julio del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—RP2010195006.—(IN2010074718).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000093-0699-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Teodoro Picado Quirós quien es mayor, divorciado, médico, vecino de San José, Hotel Corobicí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 3-113-073, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de potrero. Situada en el distrito 1° Paraíso, cantón 01 Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con DAPICA Sociedad Anónima, acequia Río Páez, Ernesto Meza Soto; al sur, con DAPICA Sociedad Anónima, Jaime Alvarado Avendaño, quebrada Pollo; al este, con Shirley, Hernán, Luis Alonso y Gilberto, todos de apellidos Solano Fonseca; y al oeste, con DAPICA Sociedad Anónima. Mide: veinticuatro mil ochocientos diez metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-1308666-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble de su padre desde el año 1949, pero no posee título, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 60 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuidar y conservar la finca, mantener una parte el potrero y actualmente a sembrar camote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de información posesoria, promovida por Teodoro Picado Quirós. Expediente Nº 09-000093-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 26 de agosto del 2010.—Lic. Edgar Eduber Calvo Solano, Juez.—1 vez.—(IN2010074768).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000517-0388-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eugenio Jesús Moraga Carmona, quien es mayor, casado una vez, vecino de Santa Ana de Belén de Carrillo, un kilómetro hacia el este del parque central, cédula número cinco-cero sesenta y cuatro-ciento treinta y ocho, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de cultivos. Situada en Santa Ana el distrito: cuarto (Belén), cantón: quinto (Carrillo), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noroeste, Socorro Faustino Mendoza Contreras; al suroeste, calle pública con un frente de treinta y cuatro metros cincuenta y un centímetros; al noreste, María Benigna Carmona Carmona, Floricel Lara Barrantes, Randall Ortiz Carmona y Arnulfo Brenes Gamboa y al suroeste, Socorro Faustino Mendoza Contreras y Margoth de los Ángeles indica Jesús Mendoza Chaves. Mide: seis mil noventa metros cuadrados, tal como lo el plano catastrado Nº G-1322065-2009, a nombre de Eugenio de Moraga Carmona, fechado el diez de febrero del dos mil nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por venta que le hizo Jorge Manuel Paniagua Mendoza el tres de febrero de mil novecientos noventa y dos, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpiar el terreno, sembrar árboles frutales, cercarlo, sembrar maíz, frijoles. Que si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eugenio Jesús Moraga Carmona. Expediente Nº 09-000517-0388-CI.—Juzgado Agrario de Liberia, 11 de agosto del 2010.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.––1 vez.––(IN2010074771).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 10-000157-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Olga María Cambronero Arias quien es mayor, estado civil soltera, vecina de La Guácima, Alajuela diez metros al este y cincuenta metros al sur del bar Jamaica, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-doscientos cuarenta y seis-doscientos veintiuno, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en el distrito Guácimo, cantón Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte, María Josefa Cambronero Arias; al sur, Adela Cambronero Arias; al este, calle pública con un frente a ella de ciento trece metros con dieciséis centímetros lineales y al oeste, río Hogar. Mide: dos hectáreas nueve mil quinientos treinta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº 7-1385727-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información. promovida por Olga María Cambronero Arias. Expediente Nº 10-000157-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 11 de agosto del 2010.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.––1 vez.––RP2010195056.––(IN2010075044).

Asociación de Desarrollo Integral de Buena Vista de San Carlos, cédula jurídica Nº 3-002-66.352, domiciliada en Buena Vista de San Carlos, representada por Wilberth Méndez Quesada, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Buena Vista de San Carlos, cédula Nº 2-430-598, solicita se levante información posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por posesión originaria desde hace más de treinta años. Lo ha poseído desde el año 1978. Dicho inmueble se describe así: terreno dedicado a cementerio, sito en distinto tercero, Buena Vista, del cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Mide: mil quinientos noventa y tres metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Linderos: norte, Carlos Enrique Mejías Ugalde y Joel González Quesada; sur, José Luis Miranda Guzmán; este, calle pública con un frente a ella de 42 metros con 28 centímetros y oeste, calle pública con un frente a ella de 42 metros con 28 centímetros lineales, según plano catastrado Nº A-1258617-2008 de fecha 29 de mayo del 2008. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales y fue estimado en la suma de seis millones de colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes plazo a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Buena Vista de San Carlos. Expediente Nº 08-100492-0297-CI (3A).—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 12 de abril del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.––1 vez.––RP2010195187.––(IN2010075045).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000248-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ana Cecilia Canales Pizarro, quien es; mayor, casada una vez, vecina de Sardinal de Carrillo, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento treinta y cinco-setecientos ochenta y cinco, educadora pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la  Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito Tercero Sardinal, cantón quinto Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linda: al norte, con calle pública con un frente a ella de doscientos veintinueve metros con veintiséis centímetros lineales; al sur, con Ronald Francisco Canales; al este, con Leda Rodríguez Smith; y al oeste, Ana Cecilia Pizarro Canales. Mide según plano catastrado cinco-trescientos siete mil ochocientos nueve-mil novecientos setenta y ocho, de fecha treinta de mayo de mil novecientos setenta y ocho, a nombre de la titulante, mide de extensión siete hectáreas con dos mil doscientos ochenta y cinco con ochenta decímetros cuadrados. Indica la promoverte que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, ni gravámenes, no existen condueños y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble y las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra-venta i verbal que le hizo el señor Isauro Amador Amador, con quien no le liga parentesco, no aporta documento publico por expresar que fue una venta verbal en el año mil novecientos setenta y siete y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas perimetrales, chapeas periódicas y pastoreo de ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ana Cecilia Canales Pizarro. Expediente: 08-000248-0391-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 4 de marzo del 2010.—Lic. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—(IN2010075082).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-000221-0298-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Martín López Barrios, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número dos-cuatrocientos veinticinco-setecientos catorce, y María Marlene Báez Télles, mayor, casada una vez, del hogar, cédula número dos-cuatrocientos ochenta y dos-ciento doce, ambos vecino de Cuatro Bocas de Aguas Claras de Upala de la escuela, San Miguel, doscientos cincuenta metros al sur, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero. Situada en Cuatro Bocas el distrito segundo Upala, cantón trece Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Julio Molina Vallejos; al sur, Socorro Solórzano Vivas y Juan Martín López Barrios; al este, Julio Molina Vallejos, Cipriano Solórzano Vivas, José Antonio López Delgado y servidumbre de paso en medio; y al oeste, calle pública con un frente a ella cuatrocientos treinta y ocho metros quince centímetros. Mide: ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y ocho metros con doce decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-270244-95, a nombre de Eugenio Montero Zúñiga, fechado el once de agosto de mil novecientos noventa y cinco. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objetó evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que Juan Martín López Barrios adquirió dicho inmueble por compraventa que le hizo Eugenio Montero Zúñiga el veintisiete de enero del dos mil nueve y María Marlene Báez Télles adquirió dicho inmueble por donación que le hizo Juan Martín López Barrios el treinta y uno de mayo del dos mil nueve, y hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de un año y seis meses. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en hacer cercas, limpieza, cuido del terreno, mantenimiento y ganadería. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Juan Martín López Barrios. Expediente: 09-000221-0298-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, 13 de agosto del 2010.—Lic. Rodrigo T. Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—(IN2010075083).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 07-000297-0504-CI, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alexis Esquivel Sánchez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de San Rafael de Heredia, 125 norte de la Ermita El Palmar, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 4-096-554, profesión pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito quinto, cantón segundo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Benjamín Espinoza Araya; al sur, Hugo y Fernando ambos de apellidos Méndez Molina, actualmente el colindante es el señor Francisco Solís Garita; al este, con calle; y al oeste, con una quebrada. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de su madre Romelia Sánchez Sánchez, quién en vida se la regalo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construyó la casa en la que vive actualmente, cuida la propiedad, paga los impuestos y los servicios públicos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Alexis Esquivel Sánchez. Expediente: 07-000297-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de julio del 2007.—Lic. Guillermo Guilá Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2010075101).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000013-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos León Barquero, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Calle Méndez, San Jerónimo de Moravia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-467-206, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno agricultura. Situada en el distrito San Jerónimo, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre agrícola; al sur, Río Agrá; al este, Carlos Enrique León Barquero; y al oeste, Mireya Bonilla Ramírez. Mide: ocho mil veintisiete metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra de maíz. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Carlos León Barquero. Expediente: 09-000013-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 20 de enero del 2010.—Lic. Edgar Calvo Solano, Juez.—1 vez.—(IN2010075107).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge León Rodríguez, quien en vida fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número uno-cero doscientos sesenta y cinco-cero quinientos seis, vecino de San José, Rohrmoser, de la iglesia Virgen del Loretto, cien oeste y tres cuadras al sur, casa esquinera a mano derecha, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-10. Notaría del Licenciado Claudio A. Murillo Ramírez, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio número seis, quinto piso, bufete de abogados González & Uribe.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—(IN2010073613).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Luis Guillermo Vega Durán, quien fuera casado una vez, vecino de Coronado, Dulce Nombre, cédula de identidad Nº 1-418-741. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000441-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.––1 vez.––(IN2010073965).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Maykol Francisco Chacón Sánchez, quien fuera mayor, soltero, chofer, vecino de Concepción de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número cuatro-ciento setenta y uno-seiscientos uno. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000167-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 09 de febrero del 2010.—Lic. Roberto Carmiol Ulloa, Juez.––1 vez.––(IN2010073993).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Trina Santiaga Chaves González conocida como Leda María Chaves González, aclarando que es la misma persona, quien en vida fue mayor, soltera, agricultora, con cédula de identidad seis-ciento cuarenta y siete-quinientos sesenta y dos, vecina de Filadelfia de Carrillo, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Roberto Paniagua Vargas, con oficina ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, con teléfono 2688-8661 y el fax 2688-8682.—Fi1ade1fia, 28 de agosto del 2010.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.––1 vez.––RP2010194480.––(IN2010074264).

Se hace saber que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de Francisco Solano Solano, quien era mayor, casado una vez, misceláneo, vecino de Orosi de Paraíso de Cartago, ciudadela Alex Murray, casa 22, cédula 3-187-632. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo improrrogable de treinta días contados a partir de su publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonaren dentro del plazo otorgado, aquella pasará a quien corresponda. Para efectos de recibir notificaciones, se señala oficina, ubicada en Cartago, cantón central, distrito oriental, avenida 3, 25 metros al oeste de la esquina suroeste de los Tribunales de Justicia. Notaría bufete del Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla. Expediente Nº 2010-0003.—Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—RP2010194491.—(IN2010074265).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Florian Rojas Quirós, quien fue mayor, viuda, vecina de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de identidad 1-0224-0467, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-100306-0217-CI. Sucesión de Florian Rojas Quirós.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 3 de diciembre del 2009.—Dra. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—RP2010194501.—(IN2010074266).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Josefa Arabela Castro Solano para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Doris Céspedes Elizondo, ubicada ciento veinticinco metros al sur de los Tribunales de Justicia en Alajuela, Teléfono 2443-4838.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—RP2010194503.—(IN2010074267).

Se hace saber que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fuera Próspero Marchena Moraga, quien era mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, cédula número cinco-ciento sesenta y cuatro-cero cero sesenta y uno, se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de su publicación, comparezcan hacer valer sus derechos, con apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda. Para efectos de recibir notificaciones, en mi Bufete, ubicada en Santa Cruz, Guanacaste cien metros al sur de los Tribunales de Justicia. Notaría Bufete del Lic. Édgar José Juárez Ruiz. Expediente Nº 0003-2010.—Lic. Édgar José Juárez Ruiz, Notario.—1 vez.—RP2010194525.—(IN2010074268).

Por única vez se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Napoleón Alberto del Socorro Arguedas Molina, quien fue mayor, casado una vez, taxista, cédula de identidad número 5-137-062, vecino de Caimitos de Florencia, 200 metros al norte y treinta al este de la escuela, San Carlos, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-100609-0297 CI (1A), sucesorio judicial del causante Napoleón Alberto del Socorro Arguedas Molina.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 27 de agosto del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2010194547.—(IN2010074269).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María Luisa Mora Badilla, quien fue mayor, soltera, vecina de Ojo de Agua de Ciudad Cortés de Osa, cédula  número 6-037-487. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100101-423-CI-1.—Juzgado Civil y de Trabajo, Ciudad Cortés, 16 de agosto del 2010.—Lic. Jessica Céspedes Argüello, Jueza.—1 vez.—RP2010194562.—(IN2010074270).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Wilmar de Jesús Henao Osorio, quien fue mayor, soltero, entrenador de ciclismo, vecino de Medellín, Colombia, Antioquia, calle U8, número 70-180, de nacionalidad colombiana y cédula de identidad colombiana quince cincuenta y tres cero cero treinta y dos, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100247-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 18 de agosto del año 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2010194571.—(IN2010074271).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Carlos Jiménez Benavides, quien fuera mayor, empresario, divorciado una vez, vecino de Mercedes Sur, Heredia, cédula número 1-726-256. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000136-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 19 de agosto del año 2010.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—1 vez.—RP2010194606.—(IN2010074272).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rafael de los Ángeles López Pérez, quien fuera mayor, pensionado, cédula de identidad Nº 0400990464. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-001219-0504-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Heredia, 19 de agosto del año 2010.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—1 vez.—RP2010194649.—(IN2010074273).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Juan Francisco Espinoza Obando, quien en vida fue, mayor, soltero en unión libre, jornalero, vecino de Guardia de Liberia; de la entrada a Catsa un kilómetro y medio, portador de la cédula de identidad número cinco-cero noventa y seis-trescientos noventa y seis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda, y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente notarial número 0001-2010. Notaría de la Licenciada Eugenia Abellán Morera, sita en Liberia; costado oeste del Banco Nacional.—Liberia, a las diez horas, treinta minutos del día veintitrés de agosto del dos mil diez.—Lic. Eugenia Abellán Morera, Notaria.—1 vez.—RP2010194682.—(IN2010074274).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Jerónimo Marchena Viales, quien en vida fue mayor, soltero, jornalero, con cédula de identidad número cinco-doscientos nueve-trescientos siete, vecino de Cartagena de Santa Cruz de Guanacaste, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente notarial número 0002-2010. Notaría de la Licenciada Eugenia Abellán Morera, sita en Liberia; costado oeste del Banco Nacional.—Liberia, a las diez horas del día treinta y uno de agosto del dos mil diez.—Lic. Eugenia Abellán Morera, Notaria.—1 vez.—RP2010194683.—(IN2010074275).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Rolando Vargas Méndez, quien fuera mayor, casado una vez, con cédula de identidad número 1-777-321. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000324-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 22 de julio del año 2010.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—1 vez.—RP2010194735.—(IN2010074276).

Se cita a todos los herederos, acreedores e interesados en general en la sucesión de Liborio Benedicto García Blanco, quien en vida fue mayor, agricultor, cédula 7-0021-0487, vecino de Limón centro, frente a la segunda parada de buses de Santa Eduviges, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este despacho a hacer valer sus derechos, se apercibe a todos los interesados que de no apersonarse en el mencionado plazo la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio número 10-000200-0678-CI-2 de Liborio Benedicto García Blanco, gestiona Ana Cecilia García Arce.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de agosto del 2010.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—1 vez.—(IN2010074414).

Ante la notaría del Lic. Antonio Murillo Solórzano, ubicada en Santa Ana, San José, doscientos cincuenta metros norte del Banco de Costa Rica, bajo el expediente cero cero cero uno-dos mil diez, se tramita proceso sucesorio extrajudicial en sede notarial de quien en vida fue Estrella María González Herrera, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula de identidad cinco-cero cero noventa y nueve-cero cero setenta y cuatro, y vecina del Barrio El Carmen en Tilarán, Guanacaste, por lo que se emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Transcurrido el plazo la herencia pasará a quien corresponda.—Santa Ana, treinta de agosto del dos mil diez.—Lic. Antonio Murillo Solórzano, Notario.—1 vez.—(IN2010074423).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de José Francisco Espino Flores, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Pavón de Los Chiles, ochocientos metros este del puesto de la Guardia Rural, nicaragüense, cédula de residencia número doscientos setenta-uno uno cuatro seis ocho seis-cinco cero uno cinco uno. Para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a la oficina de la notaria Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, sita en Ciudad Quesada, costado oeste de Sistemas de Oficina, cincuenta metros norte y veinticinco metros oeste del Mercado Municipal, a hacer valer sus derechos y se les apercibe a los que crean tenerlos en calidad de herederos que si no se apersonan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Exp. 01-2010. Proceso sucesión extrajudicial de José Francisco Espino Flores.—Ciudad Quesada, dos de setiembre del dos mil diez.—Lic. Fressia Patricia Guzmán Mena, Notaria.—1 vez.—RP2010194781.—(IN2010074719).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ricardo Saprissa Ayma, quien fue mayor, de estado civil soltero, vecino de San José, del cine Magaly 50 metros al sur, 50 metros al este, frente a Macopa, nacionalizado, con cédula de identidad número 8-002-496. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-000428-0164-CI.—Juzgado Quinto Civil de Mayor Cuantía, San José, a las siete horas con cincuenta minutos del dieciocho de agosto del dos mil diez.—Lic. Rosnny Arce Jiménez, Juez.—1 vez.—RP2010194856.—(IN2010074720).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Álvaro Chaves Mora, mayor de edad, viudo, pensionado, vecino de Limón, Guápiles, La Rita de Pococí, urbanización El Nido dos, lote A-dos dos, cédula de identidad número dos-tres dos uno-dos siete cinco y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Beleida Alvarado Alvarado, casada una vez, ama de casa, vecina de Limón, Guápiles, La Rita de Pococí, urbanización El Nido dos, lote A-dos dos, cédula de identidad cinco-cero ciento noventa y ocho-cero cuatrocientos setenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, con oficina en la ciudad de San José, de Casa Matute cien metros sur, trescientos metros este y cien metros sur, oficina número mil noventa y ocho. Teléfono 2234-0850. Expediente Nº 1-2010.—Lic. María del Roció Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010194798.—(IN2010074721).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por José del Rosario Montenegro Richmond, soltero, empresario, vecino de Cartago, La Unión, San Diego, del bar La Estrella seiscientos metros sur, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos ochenta-cero cuatrocientos noventa y nueve, a las diez horas del cuatro de agosto del dos mil diez y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Laureano José de la Trinidad Montenegro Montero, casado una vez, empresario, vecino de Cartago, La Unión, San Diego, del bar La Estrella seiscientos metros sur, portador de la cédula de identidad número tres-cero cero ocho siete-mil cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, con oficina en la ciudad de San José, de Casa Matute cien metros al sur, trescientos metros al este y cien metros al sur, oficina número mil noventa y ocho. Teléfono 2234-0850. Expediente Nº 2-2010.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—RP2010194800.—(IN2010074722).

Se cita y emplaza a todos lo interesados en la sucesión de Joaquín Arce Rodríguez, cédula Nº 4-056-863, para que dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que sino se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Fax: 2237-8423, Heredia, calle 4, avs. 2 y 4.—Heredia.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.––1 vez.––RP2010194837.––(IN2010074723).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sarali Alfaro Campos, quien fue mayor, viuda, del hogar, vecina de San Francisco de Dos Ríos, de la Y Griega, 200 metros al este y 100 metros al sur, cédula de identidad número dos-doscientos tres-doscientos dieciocho. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en esta sucesorio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sin no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000102-0183-CI-3.—Juzgado Cuarto Civil, San José, 05 de agosto del 2010.—Lic. Carlos Zamora Sánchez, Juez.––1 vez.––RP2010194840.––(IN2010074724).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión Teresa cc Aracelly Monge Monge, quien en vida fuera mayor de edad, viuda una vez, de oficios del hogar, vecina de Cajón de Pérez Zeledón, con cédula de identidad Nº 1-0210-0659, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presenten dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-100933-0188-CI interno 995-09JC-2.—Juzgado Civil de Pérez Zeledón, 04 de enero del 2010.—Lic. Ólger Chavarría Chavarría, Juez.––1 vez.––RP2010194855.––(IN2010074725).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Carmen Zúñiga Cano, quien fuera soltera, vecina del Carmen de Cartago, cédula de identidad Nº 3-0069-0580. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general p todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-000676-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de junio del 2009.—Lic. Magaly Salas Álvarez, Jueza.––1 vez.––RP2010194857.––(IN2010074726).

Mediante escritura pública de apertura otorgada ante esta Notaría a las diez horas del once de agosto del dos mil diez, sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Norman Araya Bonilla, portador de la cédula de identidad número dos-ciento catorce-cuatrocientos setenta y nueve, vecino de Alajuela, Cinco Esquinas de Carrizal, fallecido el día catorce de enero del dos mil tres. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: cero cero cero uno-dos mil diez. Notaría de la licenciada María Auxiliadora Alfaro Chacón en Heredia, San Francisco, residencial Santillana del Mar casa seis A. Teléfono 2263-1932.—Lic. Ma. Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.––1 vez.––RP2010194861.––(IN2010074727).

Por única vez, se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Victoria Jiménez Jiménez, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 8-0064-0101 y vecina de Paraíso, Cartago. Para que dentro de treinta días contados, a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión 10-100083-0350-CI.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Alvarado, Pacayas, 16 de agosto del 2010.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—RP2010195027.—(IN2010074738).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de María del Carmen Sojo Palma, quien fuera mayor, casada una vez, profesora pensionada, vecina de San Francisco de Goicoechea. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000471-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de julio del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2010195007.—(IN2010074739).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere Celina María Cristina Picado Benavides, quien era mayor, casada una vez, ama de casa y portadora de la cédula de identidad número nueve-cero cero cero ocho-cero nueve seis siete, vecina de San Rafael Arriba, Desamparados, San José, para que dentro de los siguientes treinta días hábiles se apersonen a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de Luis Alejandro Álvarez Mora, la cual sita en San José, Desamparados, setenta y cinco metros sur del Colegio Nuestra Señora, frente a Coopenae, Video Orión, segundo piso.—San José, dos de setiembre del dos mil diez.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—RP2010195017.—(IN2010074740).

Avisos

Se hace saber, que en el Juzgado Tercero Civil de San José, bajo el expediente Nº 10-000112-0182-CI (7) de Scotiabank de Costa Rica S. A., representada por el señor Jean-Luc Rich, se encuentra promoviendo diligencias de actividad no contenciosa de reposición de cédula hipotecaria, la cédula a reponer es la siguiente: a) Crédito hipotecario de segundo grado, por la suma de veinticinco mil ochocientos dólares, representada por una cédula hipotecaria de segundo grado, que se encuentra inscrita en el Registro Publico de la Propiedad al asiento cero dos mil doscientos noventa y cinco, tomo quinientos cincuenta y cuatro, que pesa sobre la finca inscrita al Sistema de Folio Real Mecanizada matrícula cero cero doscientos cuarenta y siete mil cero ochenta y tres-cero cero cero del Partido de San José, la cual fue emitida por la sociedad Lelomy S. A. a favor de la sociedad aquí promovente Scotiabank de Costa Rica S. A. Se les concede a los interesados el plazo de un mes a partir de la última publicación del presente edicto para que se apersonen al proceso en defensa de sus derechos.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 19 de julio del 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—(IN2010066640).    3 v. 3

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona menor de edad Luna Salazar Palacios ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima tutela, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente Nº 10-001767-0165-FA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2010.—Lic. Yerma Campos Calvo, Jueza.—RP2010193703.—(IN2010072946).                                       3 v. 2.

Se avisa al señor Rolando Antonio Gómez Herrera, mayor, nicaragüense, soltero, mecánico, pasaporte Nº C744390, de domicilio desconocido, representado por la curadora procesal licenciada Karla Vanessa Brenes Siles, hace saber que existe proceso Nº 09-000336-673-NA, abreviado de suspensión de autoridad parental de la persona menor de edad María José Gómez Mendoza, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Rolando Antonio Gómez Herrera, al que se le concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de mayo del 2010.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.––1 vez.––O. C. Nº 31677.—Solicitud Nº 40417.––C-3400.––(IN2010073977).

Licenciada Eileen Chaves Mora Jueza del Juzgado Especializado de cobro Primer Circuito Judicial de San José; hace saber a Inversiones del Trópico Húmedo ITHSA Sociedad Anónima, que en este Despacho se interpuso un proceso ejecución hipotecaria en contra de Constructora Alpiba A Y D S. A., bajo el expediente Nº 09-005766-1044-CJ donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las quince horas y diecinueve minutos del veinticinco de agosto del año dos mil nueve. Se tiene por establecido el proceso ejecución hipotecaria en contra de Constructora Alpiba A Y D S. A. representado(a) por Álvaro Picado Barrientos; a quien(es) se le(s) previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto, se sirvan suministrarla siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Con la base de cien mil dólares exactos y libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el (los) bien(es) dado(s) en garantía, sea la(s) finca(s) del partido de San José, matrícula Nº 537593-000. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del año dos mil nueve (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de noviembre del año dos mil nueve, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil nueve, con la base de veinticinco mil dólares exactos (un 25%). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al (los) demandado(s). Se ordena anotar la presente demanda al margen de inscripción del(la) (las) finca(s) dada(s) en garantía. Por el plazo de ocho días, se requiere de pago a Inversiones del Trópico Húmedo ITHSA. S. A. representada por Antonio Rodríguez Hidalgo en su condición de tercer adquiriente para que verifique el pago de la suma que garantiza la hipoteca, o la abandone a la ejecución; así como para que se apersone(n)a hacer valer sus derechos. Artículos 419 del Código Civil, reformado en forma tácita por el numeral 21.4 de la Ley de Cobro Judicial. Notifíquese la presente resolución, personalmente por cédula y copias de ley en su casa de habitación. Se invita a la parte gestionante a que suministre un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su casa de habitación; en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona Policía de la Proximidad de San Jerónimo de Desamparados. Para notificar a Inversiones del Trópico Húmedo ITHSA. S. A. representada por Antonio Rodríguez Hidalgo, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José. Lic. Brayan Li Morales, Juez. Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve. Por haberse omitido en la resolución de las quince horas y diecinueve minutos del día veinticinco de agosto del dos mil nueve, para notifícala Constructora Alpiba AYD S. A. se comisiona a Policía de la proximidad de Hatillo, San José. Lic. Brayan Li Morales, Juez. Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las quince horas y veintiuno minutos del nueve de febrero del año dos mil diez. De conformidad con lo estipulado en el artículo 483, inciso 1) del Código Procesal Civil, se rechaza de plano el incidente de nulidad. No obstante revisada la notificación realizada a la sociedad Inversiones del Trópico Húmedo S. A. se puede ver que la misma no fue debidamente realizada toda vez que se ordenó notificarla por medio de su representante Antonio Rodríguez Hidalgo, el cual de acuerdo con la personería jurídica dejó de ser el representante de dicha sociedad desde el año dos mil ocho. Siendo así al no encontrarse debidamente notificada la sociedad en cuestión, se anula el remate del veintisiete de octubre del año 2009 a las catorce horas y treinta minutos. Previo a señalar nuevas fechas de remate y en un plazo de tres días se te solicita a la parte actora aporte la dirección de Inversiones del Trópico Húmedo S. A., para su debida notificación. Lic. Brayan Li Morales, Juez. Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las ocho horas y cincuenta y dos minutos del trece de abril de dos mil diez. Por haberse omitido en la resolución de las quince horas y veintiuno minutos del nueve de febrero del año dos mil  diez, se resuelve sobre el argumento planteado por la parte actora (fecha 11 de noviembre de 2009), sobre el requerimiento al tercer adquirente: Si bien es cierto el ordinal 419 del Código Civil estipula que es innecesario el requerimiento si el tercer poseedor adquiere la propiedad después de vencida la obligación objeto de la hipoteca, situación que acontece en este caso concreto, también es cierto el numeral 21.4 de la Ley de Cobro establece que: “Si de la documentación presentada se desprende la existencia de gravámenes o anotaciones, se notificará a tos terceros adquirentes, acreedores o anotantes anteriores al embargo o a la anotación de la demanda, cuando proceda, para que, en el plazo de ocho das se apersonen a hacer valer sus derechos. Note el petente que el artículo 419 del Código Civil establece que no es necesario el requerimiento de pago cuando se presenten las circunstancía ahí esgrimidas, sin embargo, este se refiere únicamente al requerimiento por cuanto, la notificación es un requisito dispuesto por el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial, la cual, únicamente tendría el carácter de comunicación, mas, no de requerimiento. Así las cosas, cumpla el actor con lo prevenido en el auto de las quince horas y veintiuno minutos del nueve de febrero del año dos mil diez, enguanto a que aporte dirección para notificar al tercer adquirente Inversiones de Trópico Húmedo Ithsa S. A. Lic. Brayan Li Morales, Juez. juzgado especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y cincuenta y seis minutos del trece de mayo de dos mil diez. Conforme se solicita la parte actora en el escrito del 28 de abril del presente año y siendo ello procedente, déjese sin efecto los señalamientos de remate ordenados en autos, y en su lugar para el primer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil diez. La base será la misma fijada en autos, sea la sumado cien mil dólares exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil diez, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil diez, con la base de veinticinco mil dólares exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Al tenor del artículo 21.4, párrafo último de la Ley de Cobro Judicial por el improrrogable plazo de ocho días, se cita y emplaza al tercer adquiriente Inversiones del Trópico Húmedo ITHSA S. A.; para que en la persona de su(s) legítimo(s) representante(s), se apersone(n) a los autos en defensa de sus derechos, para lo cual se comisiona a Policía de Proximidad de Escazú, a efecto de notificarla resolucion(es) de la(s) quince horas y diecinueve minutos del veinticinco de agosto de dos mil nueve y la presente, en la dirección indicada al(los) tercer adquiriente(es), en la persona de su representante Bernal Izaguirre Hernández y Jean Carlo Izaguirre Estrada con copias y cédulas personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, en el domicilio real de este, o bien en el domicilio social o real (artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009), en San José, Escazú, del Palacio Municipal 500 metros al sur. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.Poder-Judicial.go.cr- Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Lic. Susana Murillo Alpízar, Jueza. Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José. A las diez horas y treinta y dos minutos del veinte de agosto de dos mil diez. Revisados los autos se observa que no se ha llevado a cabo en forma positiva la solicitud de notificación del tercer adquiriente por lo cual vistas las manifestaciones de la parte actora en lo que respecta a notificar al tercer adquiriente Inversiones del Trópico Húmedo ITHSA Sociedad Anónima por medio de edicto y de conformidad con lo estipulado en el artículo 21.4 de la Ley de Cobro Judicial siendo procedente se ordena notificar por medio de edicto a Inversiones del Trópico Húmedo ITHSA Sociedad Anónima las resoluciones de las quince horas y diecinueve minutos del veinticinco de agosto del año dos mil nueve, ocho horas y cincuenta y ocho minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil nueve, quince horas y veintiuno minutos del nueve de febrero del año dos mil diez, ocho horas y cincuenta y dos minutos del trece de abril de dos mil diez, catorce horas y cincuenta y seis minutos del trece de mayo de dos mil diez y la presente resolución. Publíquese el edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación. Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Kapama S. A. contra Constructora Alpiba A Y D S. A.; expediente Nº 09-005766-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de agosto del 2010.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.––1 vez.––(IN2010073990).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Magdalena Esperanza Rodríguez Rodríguez, quien es mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad Nº 5-0086-0699. Promovido por Mario Alberto Rodríguez Rodríguez, quien es mayor, soltero, constructor, cédula Nº 5-266-750, vecino de Hacienda Santa María en Santa Cruz, Guanacaste. Expediente Nº 10-000008-0776-FA.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 04 de marzo del 2010.—Lic. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.––1 vez.––(IN2010073997).

Lic. Doris Bravo Núñez, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Héctor Agustín Hernández Obando, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 09-002242-0165-FA donde se dictó la sentencia y adición a la misma que literalmente dicen: sentencia de primera instancia Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; Goicoechea: a las siete horas treinta minutos del veintiocho de mayo dos mil diez. Proceso de suspensión de patria potestad, incoado por Verónica Salas Vargas, cédula 1-1183-358, mayor, estudiante, soltera, vecina de Tibás contra Héctor Agustín Hernández Obando, mayor, identificación Nº 064004061001999, soltero, litógrafo, nicaragüense, de domicilio desconocido. Es apoderada especial judicial de la actor la Leda. Sara Miranda Osorio. (ver poder de folio 25), y actúa como curadora procesal del demandado la Leda. Evelyn Cristina Miranda Mora. Se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: 1º… 2º… 3… Considerando: I.— II.— Por tanto: con miras en lo expuesto, razones dadas, normativa, jurisprudencia y doctrina citada, se declara con lugar el proceso de suspensión de la Patria Potestad interpuesto por Verónica Salas Vargas contra Héctor Agustín Hernández Obando. La madre ostentará de forma única la patria potestad sobre Angelo Oneal Hernández Salas, así como la guarda, crianza y educación del niño y el padre no tendrá ningún derecho con relación al menor, mientras dure la suspensión concedida. De conformidad con los artículos 153 y 222 del Código Procesal Civil, se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar esta sentencia dentro del plazo de ley. Notifíquese. Lie. Willy Fernández M. Juez. aclaración y adición Nº. 585-2010. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, a las diez horas cuarenta minutos del diecisiete de agosto del año dos mil diez. Se conoce solicitud de adición y aclaración en virtud del escrito presentado por la Leda Sara Miranda Osorio, sobre la sentencia número 414-10 dictada por el suscrito juez a las siete horas treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil diez; y, considerando único: por tanto: se adiciona y aclara el por tanto de la sentencia número 414-10 de las siete horas treinta minutos del veintiocho de mayo dos mil diez, en el sentido de que mientras se mantenga la suspensión de patria potestad al padre, la madre no necesitará contar con el permiso de salida del país para el niño, por parte del genitor suspendido. En lo demás se mantiene incólume el por tanto de la sentencia indicada. Se ordena la publicación por edicto de la sentencia número 414-10 y de esta resolución en el Boletín Judicial. Notifíquese. Lic. Willy Fernández Muñoz. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Verónica Salas Vargas contra Héctor Agustín Hernández Obando; expediente N° 09-002242-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2010.—Lic. Doris Bravo Núñez, Jueza.—1 vez.—(IN2010073998).

Se avisa al señor Luis Adrián Cruz Torres, mayor, cubano, pasaporte número PC036387, de domicilio y demás calidades desconocidas, representado por el curador procesal licenciado Carlos Alberto Rodríguez Morales, hace saber que existe proceso N° 09-003146-0165-FA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Carlos Gabriel Cruz Ramírez establecido por Carlos Enrique Madrigal Trejos y Hazel Susana Ortega Chaves en contra de Luis Adrián Cruz Torres, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las catorce horas cinco minutos del veintiuno de enero del dos mi diez, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto de 2010.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2010073999).

Se avisa que bajo el expediente número 10-000486-687-FA, de este Despacho, se tramitan diligencias de adopción establecidas por los señores Marvin Rodríguez Gómez y Leticia María Miranda Ugalde a favor de la persona menor de edad Abdul Yaer Ramos Ramos. Quienes tengan interés directo en este asunto podrán, dentro del plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este aviso, apersonarse a los autos y como formular las oposiciones que a bien tengan, en cuyo caso deberán indicar los motivos de disconformidad y aportar las pruebas respectivas.—Juzgado de Familia de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—RP2010194669.—(IN2010074277).

Se avisa que en este despacho los señores Marvin Eduardo Meléndez Sibaja y Lladely Cecilia Mena Mena, solicitan se aprueben la adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor de edad Michael Johan Banquera Rosses. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 10-000376-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 26 de agosto de 2010.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010074339).

Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Francis Xavier James Pacheco, que en este despacho se interpuso un proceso insania en su contra, bajo el expediente número 09-000946-0364-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: sentencia de primera instancia N° 829-10. Juzgado de Familia de Heredia. A las quince horas y cincuenta minutos del veintinueve de junio del año dos mil diez. Actividad Judicial No Contenciosa de declaratoria de insania de Carmen María Pacheco González, quien es mayor, viuda, vecina de San Isidro de Heredia, cédula de identidad número 0900150025, promovida por Francis Xavier James Pacheco, mayor, casada una vez, administrador, portador (a) de la cédula de identidad número 0901090076, vecino(a) de Ciudad Cariari de Heredia. Interviene en el proceso la Procuraduría General de la República. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: en mérito de lo expuesto y artículos citados se acoge la presente diligencia de Insania, en consecuencia se declara en estado de incapacidad a Carmen María Pacheco González y se nombra como su curador a su hijo Francis Xavier James Pacheco, a quien se le previene para que dentro del tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia, comparezca a aceptar y jurar el cargo conferido. Dentro de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución, deberá presentar inventario de los bienes del insano. Si el único ingreso que percibe el insano es una pensión de alguna institución pública o privada, dicho ingreso deberá destinarse a su manutención y no a la manutención de terceras personas. El curador deberá presentar al Tribunal, anualmente, una situación del patrimonio del insano, con nota de los gastos hechos y sumas percibidas durante el año anterior. Las cuentas deberán ir acompañadas de sus documentos justificativos y solo podrá excusarse la comprobación de los gastos en que no se acostumbre recoger recibos. Los gastos de este procedimiento se cargarán al patrimonio de la incapaz. A la firmeza de lo aquí resuelto, se ordena su inscripción en el Sección de Personas del Registro Público y en la del Registro Civil, al margen del asiento de inscripción de su nacimiento, partido especial, tomo quince, pagina trece, asiento veinticinco. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial, artículo 232, párrafo final Código de Familia. El edicto queda a disposición del interesado, para su respectiva publicación. Lo anterior se ordena así en proceso insania de Francis Xavier James Pacheco; expediente N° 09-000946-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 5 de julio del 2010.—Lic. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2010074341).

Licenciado  Mario  Murillo  Chaves, Juez del Juzgado de Familia de Grecia, a Andrés Corea Chavarría, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, desconocido, vecino de desconocido, cédula 02-0260-0024, se le hace saber que en  demanda impugnación paternidad, establecida por Cristina Molina Alvarado contra Andrés Corea Chavarría, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: N° .—Juzgado de Familia de Grecia, a las catorce horas y ocho minutos del veintiocho de julio del dos mil diez. Proceso impugnación paternidad, establecido por Cristina Molina Alvarado, mayor, divorciada, del hogar, vecina de Dulce Nombre de Naranjo, cédula 0203230482 contra Andrés Corea Chavarría, mayor, divorciado,   oficio desconocido, domicilio desconocido, cédula 0202600024.- Resultando: I.-..., II.-..., III...,Considerando: I.-Hechos Probados:..., II.-Hechos no Probados:..., III.-Sobre el fondo del asunto:..., IV.- Respecto a la prueba pericial..., V.-En punto a la prueba testimonial:..., VI.-Corolario y disposición:... Por tanto: Se declara con lugar la demanda de impugnación de paternidad establecida por la señora Cristina Molina Alvarado, en su condición de madre en ejercicio de la autoridad parental de su menor hija Mónica Daniela Corea Molina contra del señor Andrés Corea Chavarría. Consecuentemente se excluye al señor Corea Chavarría como padre de la niña Mónica Daniela, quien por tal motivo en lo sucesivo no será identificada como hija del accionado y por tanto únicamente llevará los apellidos maternos, debiendo entonces ser conocida como Mónica Daniela Molina Alvarado, y así deberá consignarse ante el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la provincia de Alajuela, al tomo 757, folio 256 y asiento: 511. Por desconocerse su paradero actual comuníquese al señor Andrés Corea Chavarría un extracto de esta resolución mediante la publicación de un aviso en el Boletín Judicial. Sin especial pronunciamiento en cuanto a costas personales y las procesales correrán por cuenta del accionado. Comuníquese y notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2010074380).

Se convoca por medio de este edicto a todas las personas que tengan interés en la insania de la señora Olga de los Ángeles Monge Monge, mayor de edad, soltera, costarricense, cédula de identidad número uno-novecientos veintiuno-ciento quince (1-0921-0115), vecina de Cajón de Pérez Zeledón, conforme al artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de declaratoria de insania, expediente número 09-400699-0919-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de julio del 2010.—Dra. Shirley Víquez Vargas, Jueza.—1 vez.—RP2010194853.—(IN2010074741).

Se hace saber al señor Chang Chin Nan, mayor, casado, de nacionalidad china, documento de identidad 100790655, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el expediente 10-400266-637-FA, abreviado de divorcio de María Felicitas Sandoval Contreras en su contra. Se concede a Chang Chin Nan por el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 2 de setiembre del 2010.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—RP2010194886.—(IN2010074742).

Se hace saber Carlos Alberto Rodríguez Sojo, mayor, casado, costarricense, cédula 1-1067-0882, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el expediente 10-400091-637-FA, abreviado de divorcio de Jessica María Hidalgo Mena en su contra. Se concede a Carlos Alberto Rodríguez Sojo por el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar lugar o medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 26 de agosto del 2010.—Lic. Luz Marina Solís Poveda, Jueza.—1 vez.—RP2010194890.—(IN2010074743).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 09-401366-637-FA, promovido por Gabriel Ortiz Salazar, costarricense, portador de la cédula de identidad 6-186-905 solicita se apruebe la adopción de Nardoni Antonio Gutiérrez Baltodano, nicaragüense, portador del pasaporte provisional Nº 285543. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrá los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma y señalarán lugar y/o medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24 de agosto del 2010.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—RP2010194954.—(IN2010074744).

Luis Fernando Fallas Marín, notario público con oficina en la Aurora de Heredia, a quien interese hace saber que en este Despacho con el expediente número cero cero cero dos-dos mil diez el señor Filippo Barone, de un solo apellido por su nacionalidad italiana, cédula de residencia uno tres ocho cero cero cero cero nueve seis nueve cero nueve, antes con cédula de residencia siete cinco ocho uno siete uno nueve seis cinco cero cero dos cero ocho dos, gerente de producción, solicita la adopción de la hija de su cónyuge Dionnett Francois Molina Alfaro, cédula siete-uno cero uno-seis tres cero, señora Almandra María Guevara Molina, mayor, soltera, estudiante, de la misma dirección, cédula uno-uno cuatro siete tres-ocho ocho ocho por lo que solicita se dicte la sentencia correspondiente. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad e indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, debiendo con ello señalar medio para atender notificaciones sea fax o correo electrónico, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, las futuras resoluciones que se dicten se tendrán por notificados en el solo transcurso de veinticuatro horas; igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al Despacho o si bien, el lugar señalado se encuentra cerrado, fuera impreciso, incierto o ya no existiere, en su cuyo caso, la notificación será automática.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—RP2010194858.—(IN2010074745).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de María Isabel Sancho Elizondo. Expediente número 10-000493-0932-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de julio del 2010.—Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2010074769).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a tengan interés en el proceso de insania del señor Rafael Ángel Sancho Ulate, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Rafael Ángel Sancho Ramírez. Expediente Nº 10-001012-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 17 de agosto del 2010.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.––1 vez.––(IN2010074770).

Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José hace saber al señor Donald Joseph White, mayor, casado, jubilado, ciudadano estadounidense, con pasaporte Nº 075524501, de demás calidades desconocidas. Que en este Despacho se tramita el proceso bajo el número único 09-000240-0187-FA, que es proceso abreviado de divorcio, promovido por Johana Solano Castro contra Donald Joseph White. Se le emplaza al señor Donald Joseph White, por el plazo de diez días a efecto de que se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Publíquese.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 26 de julio del 2010.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.––1 vez.––RP2010195088.––(IN2010075062).

A John Johnattan Márquez Conde, cédula Nº 7-0160-932, se le hace saber que en proceso ejecutivo simple Nº 05-000697-0678-CI-2 establecido por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Asdrúbal Fernández Rojas y John Johnathan Márquez Conde, se ha dictado la sentencia de primera instancia Nº 111-2010 a las nueve horas treinta y cinco minutos del nueve de junio del dos mi diez, que en su parte dispositiva dice lo siguiente: “por tanto. Se declara parcialmente con lugar la presente demanda. Se rechaza la falta de derecho. Se acoge la defensa de prescripción. Con lugar, se confirman la ejecución y los embargos decretados en autos únicamente en cuanto al codemandado Asdrúbal Fernández Rojas y se ordena que continúen los procedimientos hasta que este accionado haga efectivo pago al Banco Popular la suma de seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con noventa céntimos de capital y ochenta y dos mil trescientos dieciocho colones con noventa y cinco céntimos de intereses que van del siete de junio del dos mil cinco al dos de diciembre del dos mil cinco. Se condena al accionado al pago de los intereses futuros al tipo pactado en el documento base de esta acción, así como al pago de ambas costas del proceso. Sin lugar en cuanto al codemando John Márquez Conde. Sin especial condenatoria en costas, por haber litigado el Banco actor de buena fe, creyendo que le asistía el derecho, (artículos 153, 155, 221, 222, 438, 445 del Código Procesal Civil.).—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Limón, 17 de agosto del 2010.—Lic. Luis Carlos Arana Orono, Juez.––1 vez.––RP2010195112.––(IN2010075063).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso proceso de adopción de mayor de edad, expediente número 2010-000827-186-FA, interpuesto por Ana Elizabeth Cerdas Salguera y Luis Gerardo Gamboa Sandí; y que en la parte dispositiva de la sentencia Nº 1151-2010 de las dieciséis del tres de setiembre de dos mil diez, se estableció: por tanto: “se declaran con lugar las presentes diligencias de adopción de persona mayor de edad instauradas por Ana Elizabeth Cerdas Salguera y Luis Gerardo Gamboa Sandí a favor de la joven Johanna Esther Fernández Cerdas, por lo que de conformidad con los artículos 104, párrafo segundo y 138 del Código de Familia se ordena modificar el asiento de nacimiento de la citada joven a efecto de que lleve los apellidos Gamboa Cerdas. Se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en costas por su naturaleza no contenciosa. Una vez firme la presente resolución inscríbase la misma, mediante ejecutoria, en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al tomo mil cuatrocientos noventa y tres, folio ciento cuatro, asiento doscientos siete. Expediente: 2010-000827-186-FA. Asunto: Proceso de Adopción de mayor de edad. Adoptantes: Ana Elizabeth Cerdas Salguera y Luis Gerardo Gamboa Sandí. Adoptada: Johanna Esther Fernández Cerdas.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 6 de setiembre del 2010.—Lic. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—(IN2010075266).

Se hace saber a todas aquellas personas que tengan interés en esta declaratoria de insania y en la consecuente curatela que en este Despacho se tramita en su contra proceso declaratoria de insania, expediente número 2010-000461-186-FA, interpuesto por Ana Lucia Ramírez Espinoza, para que se declare en estado de insania a María Teresa Espinoza Cascante dentro del cual se otorgó traslado por cinco días para lo que tengan a bien manifestar y señalar medio para atender notificaciones. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, nueve de agosto del dos mil diez.—Lic. Valeria Arce I., Jueza.—1 vez.—exento.—(IN2010075274).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Óscar Hernán Montenegro Araya, mayor, soltero, radio operador, cédula de identidad Nº 1-837-036, vecino de Cartago, Tejar El Guarco, del puente 150 metros norte, hijo de Flor María Araya Vega y Hernán Montenegro Quirós, nacido en San José, el 26/09/1972, con 37 años de edad, y María Auxiliadora Martínez Rivera, mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad Nº 3-298-894, vecina de Cartago, Tejar El Guarco, del puente 150 metros norte, hija de María de los Ángeles Rivera Camacho y Marco Aurelio Martínez Barahona, nacida en Cartago, el 04/11/1968, actualmente con 41 años de edad. Tienen un hijo de nombre Óscar Josué Montenegro Martínez de siete meses. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 10-001659-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 01 de setiembre del 2010.—Lic. Lourdes Vega Sequeira, Jueza.––1 vez.––RP2010194474.––(IN2010074278).

Ante esta Notaría han solicitado la celebración de su matrimonio civil los señores Luis Ureña Rojas, mayor, soltero, agricultor, vecino de San Isidro de León Cortés, cien al oeste de la plaza de deportes, cedula de identidad número uno-ochocientos cinco-trescientos ochenta y siete y Mirna Isabel Muñoz Rosales, mayor, soltera, de nacionalidad guatemalteca, ama de casa, vecina de la misma dirección del primero, pasaporte de su país cinco uno tres tres uno dos cero seis seis. Se publica este edicto para cumplir con lo establecido en capítulo IV del Código de Familia.—San Marcos de Tarrazú, 31 de agosto del 2010.—Lic. Fercinta Esquivel Godínez, Notaria.––1 vez.––RP2010194655.––(IN2010074279).

Han comparecido ante el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortés, solicitando contraer matrimonio civil: Alexis Sánchez Rivera, mayor, de treinta y ocho años de edad, nació en San Marcos de Tarrazú, en fecha 19-07-1972, ayudante de constructor de líneas, divorciado, vecino de San Marcos de Tarrazú, Barrio Santa Cecilia, 150 metros al oeste del Hogar de Ancianos, casa color papaya, hijo de Francisco Sánchez Hernández y de Vitalia Rivera Vega, cédula de identidad número 1-0829-0729, y Sindy Sánchez Barrantes, mayor, treinta y dos años de edad, nació en San Pablo de León Cortés, en fecha 24-06-1978, ama de casa, divorciada, vecina de San Marcos de Tarrazú, Barrio Santa Cecilia, 150 metros al oeste del Hogar de Ancianos, casa color papaya, hija de José Antonio Sánchez Amador y de Ana Jeannette Barrantes Romero, cédula de identidad número 1-1006-0612. Si alguna persona conoce de impedimento legal alguno para que este matrimonio se celebre debe indicarlo dentro de los siguientes ocho días hábiles en este juzgado. Exp. N° 2010-100080-0243-CI-2.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tarrazú, Dota y León Cortes, 23 de julio del 2010.—Lic. Jeannette Navarro Chavarría, Jueza.—1 vez.—(IN2010074759).

Han comparecido ante este Despacho Zulay del Carmen  Rojas Castro, quien es mayor de edad, soltera, de cuarenta años de edad, nacida el veinticinco de abril de mil novecientos setenta, ama de casa, nativa de centro de Liberia, Guanacaste, vecina de Cañas, Guanacaste, Barrio Las Cañas, Segunda Etapa, casa N° E-6, color blanca, portadora de la cédula de identidad número 5-0259-0756, hija de Walter Rojas Rodríguez, fallecido, quien fue costarricense, vecino de La Fortuna de Bagaces, Guanacaste, y de Sara Lidia Castro Pérez, costarricense, vecina de La Fortuna de Bagaces, Guanacaste y, Bernardo de las Piedades Artavia Ugalde, mayor, soltero, de cuarenta y ocho años de edad, agricultor, nativo de centro de Tilarán, Guanacaste, nacido el veintisiete de abril de mil novecientos sesenta y dos, vecino de Cañas, Guanacaste, Barrio Las Cañas, Segunda Etapa, casa N° E-6, color blanca, portador de la cédula de identidad 5-0199-0921, hijo de Flora Artavia Ugalde, costarricense, ama de casa, vecina de Cañas, Guanacaste, barrio Las Cañas, Segunda Etapa, casa N° E-6, color blanca. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice, está en la obligación de manifestarlo ante el Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste dentro del plazo de ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente N° 10-400209-0928-FA (215-2-2010)-A, diligencias de matrimonio civil, promovidas por Zulay del Carmen Rojas Castro y Bernardo de las Piedades Artavia Ugalde.—Juzgado de Familia de Cañas, 17 de agosto del 2010.—Lic. Ana Cristina Fernández Acuña, Jueza.—1 vez.—(IN2010074789).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil Silvia Elena Lizano Acosta, mayor, soltera costarricense, con número de cédula uno-mil cuatrocientos dieciséis-quinientos noventa y cuatro, vecina de Curridabat, un kilómetro norte de la galera San José, y Kevin Josué Sánchez Ramírez, mayor, soltero, costarricense, con número de cédula uno-mil trescientos diecinueve-setecientos treinta y dos, vecino de San Diego La Unión Cartago. Si alguna persona tuviere conocimiento de algún impedimento legal para realizar este acto, deberá comunicarse a la notaría de la Lic. Marjorie Poveda Vargas dentro de los ocho días posteriores a esta publicación, San Diego, La Unión Altos del Súper San Diego, única oficina, teléfono 2278-0604.—Lic. Marjorie Poveda Vargas, Notaria.—1 vez.—RP2010195203.—(IN2010075066).

Jonathan Gerardo Arias Ramírez, mayor, soltero, de veintitrés años de edad, publicista, con cédula de identidad uno-mil trescientos dieciocho-novecientos treinta y nueve, hijo de Manuel Arias Rojas, vecino de San Joaquín de Flores y Daisy Ramírez Rojas, vecina de Guadalupe, y la contrayente Andrea García Pérez, mayor, soltera de nacionalidad colombiana, publicista de veintiséis años de edad, cédula de residencia uno uno siete cero cero cero nueve tres seis dos tres cinco, hija de Julio César García Rey y Sandra Pérez Niño, vecinos de San Joaquín de Flores, solicitan ante esta notaría contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio, deberá comunicarlo dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto, en mi oficina ubicada en San Antonio de Belén, Heredia, costado sureste de la escuela España.—Belén, siete de setiembre del dos mil diez.—Lic. José Ángel Ramírez Espinoza, Notario.—1 vez.—(IN2010075149).