BOLETÍN JUDICIAL 17 DEL 25 DE ENERO DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

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Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

segunda PUBLICACIÓN

Sección de Asesoría Legal. San José, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a Óscar Mario Fallas Gaspar, cédula 1-799-771 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, pese a que se intentó comunicar su nombramiento con resultado negativo notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: Inicio del Procedimiento Nº 4181-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las diez horas con diez minutos del veintiocho de octubre de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Óscar Mario Fallas Gaspar, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-799-771, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el Juzgado Civil de Heredia. Específicamente se le atribuye al señor Fallas Gaspar, no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, además de que no se le puede localizar, en virtud de que el teléfono consignado no le pertenece; lo anterior, dentro del Expediente Nº 09-000262-0504-CI. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene al señor Fallas Gaspar, que en el término de cinco días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automáticas, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-346-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

Alfredo Jones León,

(IN2011001883)                                                          Director Ejecutivo

Sección de Asesoría Legal. San José, a las ocho horas con cuarenta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a Óscar Mario Fallas Gaspar, cédula 1-799-771 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, pese a que se intentó comunicar su nombramiento con resultado negativo notifíquese por medio de Edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 4038-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las catorce horas con quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Óscar Mario Fallas Gaspar, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-799-771, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por la licenciada Karla Zúñiga Morales, Jueza del Juzgado Contravencional, Civil, Laboral de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores. Específicamente se le atribuye al señor Fallas Gaspar, no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, pese a que se intentó comunicar su nombramiento con resultado negativo; lo anterior, dentro del Expediente Nº 10-000238-0926-CI. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene al señor Fallas Gaspar, que en el término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispone en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-342-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

Alfredo Jones León,

(IN2011001885)                                                          Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Asesoría Legal. San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecisiete de diciembre del dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a Óscar Mario Fallas Gaspar, cédula 1-799-771 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haber aceptado el cargo conferido, notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 4033-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las trece horas con cincuenta minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Óscar Mario Fallas Gaspar, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-799-771, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores. Específicamente se le atribuye al señor Fallas Gaspar, no haber aceptado el cargo conferido; lo anterior, dentro del Expediente No. 10-000228-0926-CI. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene al señor Fallas Gaspar, que en el término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-330-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

Alfredo Jones León,

(IN2011001887).                                                         Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Asesoría Legal.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a María Marcela Chacón Castro, cédula 1-660-620 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haber aceptado el cargo manifestando que no podía, por lo que se procedió a nombrar a otro profesional, notifíquese por medio de Edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 3114-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las nueve horas con diez minutos del diecisiete de agosto de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede a la señora María Marcela Chacón Castro, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-660-620, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. Específicamente se le atribuye a la señora Chacón Castro, no haber aceptado el cargo manifestando que no podía, por lo que se procedió a nombrar a otro profesional; lo anterior, dentro del Expediente 10-000120-0622-PE. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene a la señora Chacón Castro, que en el término de cinco días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automáticas, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-130-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

Alfredo Jones León,

(IN2011001892)                                                          Director Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Nicoya, provincia de Guanacaste.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón Nicoya, provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día siete de febrero del dos mil once, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, diez de enero del dos mil once.

                                                      MBA Ana Eugenia Romero Jenkins

(IN2011001881)                                        Subdirectora Ejecutiva

UNA PUBLICACIÓN

CIRCULAR 1-2011

De:             Alfredo Jones León, Director Ejecutivo.

Para:         Jefes de Despachos Judiciales.

Asunto:     Disposiciones para la recepción de certificaciones digitales emitidas por el Registro Nacional a través de su portal sitio WEB.

Fecha:       12 de enero del 2011.

El Consejo Superior en sesión celebrada el 23 de setiembre del 2010, artículo XLIX, dispuso hacer del conocimiento de ustedes, las siguientes disposiciones para la recepción de certificaciones digitales emitidas por el Registro Nacional a través de su Portal y Sitio Web.

1)  Los artículos 2, 3, 4 y 5 incisos d) y e) de la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos 8454 de 30 de agosto del 2005, autorizan el uso de documentos digitales para efectos de toda clase de trámites ante el Registro Nacional, así como la emisión de certificaciones, a las que se les confiere el mismo valor normativo que el de los documentos físicos.

2)  Por Decreto Ejecutivo 35488-J, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 196 de 18 de octubre del 2009, se autorizó al Registro Nacional para emitir certificaciones y brindar los servicios derivados de sus bases de datos, a través de documentos digitales y demás medios tecnológicos que determine, garantizando la certeza y seguridad jurídica de la información.

3)  El Registro Nacional emite certificaciones digitales a través de su Portal de Servicios en Internet, las que cumplen con los requisitos legales y de seguridad jurídica, según lo disponen las normas citadas y que son verificables en la página oficial del Registro Nacional durante un plazo de quince días naturales.

4)  En razón de lo anterior, las partes podrán presentar certificaciones digitales ante los despachos judiciales, las que tendrán igual valor para todos los efectos legales, previa verificación por parte de los auxiliares judiciales que designe el despacho judicial, de su emisión en la página oficial del Registro Nacional, www.rnpdigital.com, dentro del plazo de quince días naturales a partir de la fecha en que fue emitida.

5)  Vencido el plazo a que hace referencia el punto anterior, el Registro Nacional mantendrá la certificación digital emitida a disposición sólo de los jueces del despacho, mediante la clave que les asignará el Registro Nacional.

                                                                            Alfredo Jones León

1 vez.—(IN2011001877).                                   Director Ejecutivo

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravamen prendario a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil once, y con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: ochocientos seis mil setecientos cincuenta y cinco, marca; Hyundai, estilo: Elantra, categoría: automóvil, año; 2001, chasis: KMHDN45D81U169114, motor: G4GC4R19764. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de marzo del dos mil once, con la base de un millón trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil once, con la base de cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Dinia Lucía Zúñiga Mora contra Ivannia Salazar León. Expediente: 10-004364-0857-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez.—RP2011216127.—(IN2011001956).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada a las citas 0257-00004045-01-0002-001 y Servidumbre de paso a las citas 2009-00147394-01-0005-001; a las dieciséis horas y cero minutos del diez de marzo del dos mil once, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos tres mil ochocientos cuarenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito sexto Platanares, cantón décimonoveno Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Efraín Navarro Jiménez en medio quebrada y Corporación Dominical Dos Mil Uno MCS S. A.; al sur, Carmen Zúñiga Mora y servidumbre agrícola; al este, Corporación Dominical Dos Mil Uno MCS S. A.; y al oeste, Carmen Zúñiga Mora. Mide: quince mil seiscientos catorce metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de abril del dos mil once con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yanory Jiménez Figueroa contra Corporación 1.379542 S. A. Expediente: 10-000805-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Adolfo Elpidio Hernández Masís, Juez.—RP2011216132.—(IN2011001957).

A las ocho horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil once, en la puerta de este juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando condiciones ref: IDA, inscritas al asiento diez mil novecientos noventa y uno, consecutivo cero uno, secuencia cero ochocientos uno, subsecuencia cero cero tres del tomo cuatrocientos dos; y con la base de cinco millones trescientos ocho mil quinientos veintiún colones con cincuenta y cinco céntimos, remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Alajuela, al Sistema de Folio Real, matrícula número: doscientos setenta y tres mil quinientos sesenta y siete-cero cero cero, que es terreno para vivienda N.2, situada en el distrito primero, Upala, cantón trece, de la provincia de Alajuela, con una medida de quinientos cuatro metros con quince decímetros cuadrados; plano A-cero cero nueve cinco cinco dos cinco-mil novecientos noventa y tres, con linderos: norte, IDA; sur, calle pública; este, IDA; y oeste, IDA. Para el segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de tres millones novecientos ochenta y un mil trescientos noventa y un colones con dieciséis céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de un millón trescientos veintisiete mil ciento treinta colones con treinta y ocho céntimos, y en esta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las trece horas treinta minutos del primero de abril del dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se rematan por ordenarse así en expediente 10-100009-0927-CI (11-4-2010)-B, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ángel de Jesús Téllez Andino y Marciana Castrillo Vásquez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 3 de diciembre del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2011216179.—(IN2011001958).

A las trece horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil once, en la puerta de este juzgado en el mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre de paso al asiento sesenta y siete mil doscientos cincuenta, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero dos, subsecuencia cero cero uno, del tomo quinientos setenta; y demanda ordinaria inscrita al asiento trescientos seis mil quinientos noventa y dos, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero tres, subsecuencia cero cero uno del tomo dos mil nueve, y con la base de cuarenta y un millones quinientos diecisiete mil trescientos cincuenta y tres colones con noventa y cuarto céntimos, remataré, la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de Guanacaste, al sistema de folio real, matrícula número: ciento cincuenta y siete mil trescientos noventa y uno-cero cero cero, que es terreno de pastos, situada en el distrito primero Tilarán, cantón octavo Tilarán de la provincia de Guanacaste, con una medida de cinco mil treinta y un metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Plano G-uno uno uno cero dos seis tres-dos mil seis, con linderos: norte, lote treinta y uno; sur, lote veintinueve; este, lote veintiséis; y oeste, servidumbre agrícola con cincuenta y seis metros con noventa y un centímetros cuadrados. Para segundo remate, con la rebaja del veinticinco por ciento (25%) de la base de la finca, sea con la suma de treinta y un millones ciento treinta y ocho mil quince colones con cuarenta y seis céntimos, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil once. Si para el segundo remate no existieren oferentes, para celebrar un tercer remate, que se iniciará con el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca, sea con la suma de diez millones trescientos setenta y nueve mil trescientos treinta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos, y en ésta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta, y al efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil once. Si para el tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al ejecutante, el veinticinco por ciento (25%) de la base original de la finca. Se remata por ordenarse así en expediente 10-100169-0927-CI(180-5-10)-A, proceso de ejecución hipotecaria interpuesto por Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Diego Montero Velasco e Inversiones Montevelaz Sociedad Anónima.—Juzgado Civil  de Mayor Cuantía de Cañas, Guanacaste, 14 de diciembre del 2010.—Lic. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—RP2011216180.—(IN2011001959).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil once, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 61310-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 50 denominado lote 19. Situada en el distrito primero Limón, cantón primero Limón de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 8; al sur, calle pública; al este, lote 18; y al oeste, lote 20. Mide: ciento sesenta y cinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil once, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de junio de dos mil once, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Álvaro Cerdas González contra Luis Alberto Dormond Solano. Expediente: 10-000849-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de diciembre del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2011216208.—(IN2011001960).

A las quince horas quince minutos del veinticuatro de febrero de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de anotaciones, soportando servidumbres trasladadas bajo las citas 0302-00014013-01-0905-001, 0394-00011673-01-0900-001, 0394-00011673-01-0901-001, 0394-00011673-01-0902-001, 0394-00011673-01-0903-001, 0394-00011673-01-0904-001, 0394-00011673-01-0905-001, 0394-00011673-01-0906-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de ¢6.420.000,00, remataré: finca inscrita en propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número 415.924-000, que es terreno para construir, sito en Venecia de San Carlos, distrito cinco del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle pública con un frente a ella de 34 metros; al sur, Guido Arroyo y Compañía S. A.; al este, lote 17; y al oeste, lote 15. Mide: dos mil treinta y seis metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢4.815.000,00, se señalan las: quince horas quince minutos del diez de marzo de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢1.605.000,00, se señalan las quince horas quince minutos del veinticuatro de marzo de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente: 10-101089-297-CI. Ejecución hipotecaria de Edgar Enrique Arce Araya contra Luis Diego Herrera Herrera.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 14 de diciembre de 2010.—Lic. Viviana Quirós Rodríguez, Jueza.—RP2011216227.—(IN2011001961).

A las 15:30 horas del 24 de febrero de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0353-00018993-01-0900-001, y con la base de la única cédula hipotecaria de primer grado a favor de la actora, sea la base de $100.000,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, remataré: finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela, folio real, matrícula número 424.641-000, que es terreno con dos galerones, sito en Pital de San Carlos, distrito seis del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Lotes Grupo Luvisa y Asociados S. A., calle pública y Futuro Pital; al sur, Fiduciaria Nacional Finacio S.A.; al este, Róger Murillo y al oeste, Lotes Grupo Luvisa y Asociados S. A., y calle pública. Mide: trece mil cuatrocientos noventa y ocho metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $75.000,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las: 15:30 horas del 10 de marzo de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $25.000,00 moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las 15:30 horas del 24 de marzo de 2011. Se remata por ordenarse así en expediente 10-101099-297-CI. Ejecución hipotecaria de Grupo Irazuca S. A. contra Futuro Pital CRC S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de diciembre de 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011216229.—(IN2011001962).

A las 14:00 horas del 24 de febrero de 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0367-00001215-01-0908-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de ¢30.000.000,00, remataré: finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número 271.604-000, que es terreno de pastos. Sito: en la Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, María Catalina Vargas Rojas; al sur, Fernando Vargas Rojas; al este, calle pública; y al oeste, Manuel Solano. Mide: treinta mil quinientos sesenta y cuatro metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢22.500.000,00, se señalan las: 14:00 horas del 10 de marzo de 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢7.500.000,00, se señalan las… del 24 de marzo de 2011. Se remata por ordenarse así en expediente Nº 10-101085-297-CI-(1C). Ejecución hipotecaria de 3-101-595668 S. A., contra Villegas y Chaves S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 13 de diciembre del 2010.—Lic. Viviana Quirós Rodríguez, Jueza.—RP2011216257.—(IN2011001963).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y cuarenta minutos del veintiuno de febrero de dos mil once, y con la base de doscientos cuatro mil seiscientos setenta y cinco dólares con treinta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F 21800-000, la cual es terreno naturaleza bloque P finca filial 22, terreno con una casa de una planta en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Amado Alvarado Jiménez; al sur, calle privada del condominio; al este filial 23 bloque P; y al oeste, filial 21 bloque P. Mide: mil trescientos treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del ocho de marzo de dos mil once, con la base de ciento cincuenta y tres mil quinientos seis dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del veintitrés de marzo de dos mil once, con la base de cincuenta y un mil ciento sesenta y ocho dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Carlos Dengo Garrón. Expediente: 10-002112-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de octubre del 2010.—Lic. Marvin Arce Portuguéz, Juez.—RP2011216307.—(IN2011001964).

A las ocho horas del veintiuno de febrero de dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, soportando reservas y restricciones inscritas al tomo trescientos siete, asiento dieciséis mil cuatrocientos dos, consecutivo cero uno, secuencia cero nueve cero uno, subsecuencia cero cero uno, al mejor postor se rematarán: 1) con la base de sesenta mil ciento ochenta dólares americanos con setenta y dos centavos de dólar, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos quince-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote B. Situada en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carillo, provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros cuatro centímetros; al sur, Inmobiliaria La Lunada S. A.; al este, lote C de Inmobiliaria La Lunada S. A.; y al oeste, Inmobiliaria La Lunada S. A. Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, según el plano catastrado G-uno cero dos dos uno uno cero-dos mil cinco. 2) Con la base de sesenta y cuatro mil ochocientos diez dólares americanos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote C. Situada en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros cuatro centímetros; al sur, Inmobiliaria La Lunada S. A.; al este, lote D de Inmobiliaria La Lunada S. A.; y al oeste, lote B Inmobiliaria La Lunada S. A. Mide: doscientos cuarenta y siete metros con catorce decímetros cuadrados, según el plano catastrado G-uno cero dos dos uno cero nueve-dos mil cinco. 3) Con la base de setenta y cuatro mil trescientos doce dólares americanos con veintitrés centavos de dólar, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote D. Situada en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros quince centímetros, al sur Inmobiliaria La Lunada S.A.; al este, lote E de An Ton Eléctrica S. A.; y al oeste, lote C Inmobiliaria La Lunada S. A. Mide: doscientos sesenta y seis metros con sesenta y seis decímetros cuadrados, según el plano catastrado G-uno cero uno cinco seis ocho tres-dos mil cinco. 4) Con la base de sesenta y dos mil doscientos setenta y seis dólares americanos con setenta centavos de dólar, finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos dieciocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote E. Situada en el distrito tres Sardinal, cantón cinco Carillo de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de quince metros veintitrés centímetros; al sur, Inmobiliaria La Lunada S. A.; al este, lote F de Buen Augurio EBA S.R.L.; y al oeste, lote D de An Ton Eléctrica S. A. Mide: trescientos cinco metros con noventa y siete decímetros cuadrados, según el plano catastrado G-uno cero uno cinco seis ocho cero-dos mil cinco. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del siete de marzo de dos mil once, y con un veinticinco por ciento de rebajo en la base, conforme se dirá: 1) finca matrícula ciento cuarenta y cinco mil novecientos quince-cero cero cero, con la base de cuarenta y cinco mil ciento treinta y cinco dólares americanos con cincuenta y cuatro centavos de dólar, 2) Finca matrícula ciento cuarenta y cinco mil novecientos dieciséis-cero cero cero, con la base de cuarenta y ocho mil seiscientos siete dólares americanos con cincuenta centavos de dólar, 3) Finca matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos diecisiete-cero cero cero, con la base de cincuenta y cinco mil setecientos treinta y cuatro dólares americanos con dieciocho centavos de dólar, y 4) Finca matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos dieciocho-cero cero cero, con la base de cuarenta y seis mil setecientos siete dólares americanos con cincuenta y tres centavos de dólar. Para la tercera subasta se señalan las ocho horas del catorce de marzo de dos mil once con un 25% de la base inicial conforme se dirá: 1) Finca matrícula ciento cuarenta y cinco mil novecientos quince-cero cero cero, con la base de quince mil cuarenta y cinco dólares americanos con dieciocho centavos de dólar, 2) Finca matrícula ciento cuarenta y cinco mil novecientos dieciséis-cero cero cero, con la base de dieciséis mil doscientos dos dólares americanos con cincuenta centavos de dólar, 3) Finca matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos diecisiete-cero cero cero, con la base de dieciocho mil quinientos setenta y ocho dólares americanos con dieciocho centavos de dólar, y 4) Finca matrícula número ciento cuarenta y cinco mil novecientos dieciocho-cero cero cero, con la base de quince mil quinientos sesenta y nueve dólares americanos con diecisiete centavos de dólar. Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100320-0197-CI de Desiderata S. A., contra An Ton Eléctrica S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 9 de diciembre de 2010.—Msc. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—RP2011216361.—(IN2011001965).

A las nueve horas del catorce de febrero del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y sin sujeción a la base, se rematará la finca inscrita en propiedad, Partido de San José, matrícula número trescientos noventa y nueve mil ochocientos siete-cero cero cero (399807-000), que es terreno de potrero y para construir, situado en el distrito primero San Isidro de El General, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Lindantes norte, Eucaret S. A., sur, calle pública, este, Eucarret S. A., oeste, Carlos Fernández Vega. Mide doscientos seis metros cuadrados. Soporta anotación bajo las citas de inscripción tomo: 2009, asiento: 196336, secuencia: 01, subsecuencia 0001, anotante: Municipalidad de Pérez Zeledón, y embargo bajo las citas de inscripción tomo: 2010, asiento: 205845, secuencia: 01, subsecuencia 0001, embargante: Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica. La finca descrita pertenece a Walter Núnez Retana. Lo anterior se remata por estar así ordenado en proceso de ejecución de sentencia, expediente número 03-400337-0196-FA, interno 343-3-03, de Grethel Chaverri Martínez contra Walter Núñez Retana.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de diciembre del 2010.—Dra. Shirley Víquez Vargas, Jueza.—(RP2011216606).—(IN2011002694).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones, a las catorce horas y cero minutos del ocho de febrero del dos mil once, y con la base de doce mil ciento veintinueve dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 709458, marca Peugeot; año 2008, Vin 8AD2ARHYF7G066459, cilindrada 1997 cc, color negro, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil once, con la base de nueve mil noventa y siete dólares con veintiséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de marzo de dos mil once, con la base de tres mil treinta y dos dólares con cuarenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banca Promérica S. A. contra Marvin Romero Robles. Expediente 08-029998-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de diciembre del 2010.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2011002987).

Desde la puerta exterior de este despacho, con la base del capital de la hipoteca de primer grado anotada al tomo: 530, asiento: 14610, sea la suma de dos millones trescientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, sea la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real 467179-000. Para tal efecto se señalan las catorce horas del nueve de febrero de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del veinticuatro de febrero de dos mil once, con la base de un millón setecientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del quince de marzo de dos mil once, con la base de quinientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (correspondiente a un 25%). Expediente Nº 04-000028-184-CI. Proceso ejecutivo simple de Concentrado para Animales Granero Almosi S. A. contra Equipos Agrícolas del Valle S. A. y otros.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 20 de diciembre de 2010.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—(IN2011002995).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del diez de febrero del dos mil once, y con la base de tres millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo C ciento treinta y un mil trescientos setenta y tres (C 131373). Para el segundo remate, se señalan las diez horas del tres de marzo del dos mil once, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil once con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Conyel Josethe Barrantes Gamboa contra Alquileres de Máquinas D y M Sociedad Anónima. Expediente 10-000628-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 8 de diciembre del 2010.—Lic. Adolfo Elpidio Hernández Masís, Juez.—RP2011216813.—(IN2011003045).

A las diecisiete horas y cero minutos del catorce de febrero del dos mil once, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 0318-00009796-01-0901-001, y con la base de siete millones ciento ochenta y nueve mil ochocientos ochenta colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor, remataré: Finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 165171-000, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 02 San Jerónimo, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle de Platanales; al sur, María Rodríguez; al este, Alfredo Lizano y al oeste, Hilda Rodríguez Rodríguez. Mide: trescientos veinticuatro metros con veintiséis decímetros cuadrados. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ejecutivo simple número 07-025022-0170-CA de Municipalidad de Moravia contra Juan Luis Ávila Rodríguez.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de noviembre del 2010.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—RP2011217007.—(IN2011003054).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando infracciones y colisiones; a las nueve horas quince minutos del nueve de febrero del dos mil once, y con la base de nueve mil ciento setenta y nueve con 68/100 dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 654368, marca Suzuki, año 2004, Vin 2S3TD62V046101423, cilindrada 2500 cc, color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veinticinco de febrero del dos mil once, con la base de seis mil ochocientos ochenta y cuatro con 76/100 dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas del quince de marzo del dos mil once, con la base de dos mil doscientos noventa y cuatro con 92/100 dólares (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agencia Datsun Sociedad Anónima contra Manuel Antonio Sánchez Fallas. Expediente 09-002584-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de octubre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011003301).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil once, y con la base de doscientos cuarenta y nueve mil doscientos veintiséis dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 38810-000 la cual es terreno con una construcción de una planta. Situada en el distrito Guadalupe, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alberto Galimany Godoy; al sur, calle pública con 11 metros 41 centímetros; al este, Heliodoro Vargas Campos; y al oeste, Cercone y Méndez S. A. Mide: trescientos tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de marzo del dos mil once, con la base de ciento ochenta y seis mil novecientos veinte dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil once con la base de sesenta y dos mil trescientos seis dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de James Brand Tedeschi contra Sashror Enterprise S. A. Expediente Nº 10-000993-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—(IN2011003330).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del veintiocho de abril del dos mil once, y con la base de once millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 681601, marca Hyundai, año 2007, Vin KMHNM81WP7U217389, cilindrada 2500 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del doce de mayo del dos mil once, con la base de ocho millones ochocientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil once, con la base de dos millones novecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa, a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Integra Desarrollos INDE S. A. Exp. 09-002768-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de noviembre del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN20110002609).

A las ocho horas treinta minutos del miércoles veintitrés de febrero del dos mil once, desde la puerta exterior de este Juzgado, en el mejor postor remataré: noventa y dos pupitres, en madera y aluminio, en regular estado de conservación, con un valor de diez mil colones cada uno para un total de novecientos veinte mil colones. Lo anterior por haberse ordenado así en desahucio número 2009-000050-221-CI de Ileji S. A., contra The English Institute S. A..Juzgado Civil de Menor Cuantía de San José.—Lic. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza.—RP2011216858.—(IN2011003047).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil once, y con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y seis mil ciento veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Formaliza Jiménez Recio; al sur, Lidia Chavarría Ramírez y calle pública; al este, calle pública; y al oeste, Eduardo Guido Alvarado. Mide: ciento sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de marzo del dos mil once, con la base de dos millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once, con la base de seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Donny Pichardo Arce, María Victoria Quirós Delgado. Expediente: 10-000605-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2011216908.—(IN2011003048).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil once y con la base de dos millones noventa y dos mil ochocientos cuarenta y nueve colones con treinta y tres céntimos (primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Isuzu, color blanco, estilo NPR, placa CL149934, chasis: JAMJP7481H9400529, carga liviana, año 1987. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo del dos mil once, con la base de un millón quinientos noventa y seis mil seiscientos treinta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once, con la base de quinientos veintitrés mil doscientos doce colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Antonio Miguel Figueroa Arce contra Rótulos Rotejoma Sociedad Anónima. Expediente número: 10-000016-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de diciembre del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2011216918.—(IN2011003049).

A las 10:45 horas del 2 de marzo del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbres trasladadas bajo las citas 0354-00010514-01-0900-001, 0354-00010514-01-0901-001, y 354-00010514-01-0902-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢20.000.000,00, remataré: finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número 355.092-000, que es terreno con una casa de habitación sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, German Díaz Ruiz; al sur, servidumbre de paso lastrada con doce metros de ancho; al este, calle pública asfaltada con 40 metros 23 centímetros lineales; y al oeste, Asociación de Transportistas de San Carlos. Mide: mil cuatrocientos cuarenta metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢15.000.000,00, se señalan las: 10:45 horas del 16 de marzo del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢5.000.000,00, se señalan las 10:45 horas del 30 de marzo del 2011. Se remata por ordenarse así en expediente 10-101145-297-CI. Ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Segundo Neftalí Madrigal Alvarado.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de enero de 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011216944.—(IN2011003050).

En la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer y segundo grado, libre de anotaciones, a las nueve horas del veintiocho de febrero del dos mil once, y con la base de un millón trescientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 715255, marca Toyota, estilo Corolla DX, año 1994, color plateado, chasis 2T1AE09B0RC069672, motor marca Toyota, cilindrada 1800 c.c., para el segundo remate se señalan las nueve horas del catorce de marzo de dos mil once, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercer subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de marzo de dos mil once, con la base de trescientos veinticinco mil colones (sea el veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso prendario de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A., en contra de Yunen Blanco Muñoz. Expediente 10-100520-0895-CI-7.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Unión, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Marlene Solís Blanco, Jueza.—RP2011216945.—(IN2011003051).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando dos servidumbres trasladadas y una servidumbre de aguas pluviales; a las dieciséis horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil once, y con la base de cuatro millones quinientos cuarenta y cuatro mil novecientos un colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 194909-001-002 la cual es terreno para construir lote 11-A. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote A-10; al sur, lote A-12; al este, calle pública y al oeste, zona de protección. Mide: ciento noventa y un metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil once, con la base de tres millones cuatrocientos ocho mil seiscientos setenta y seis colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil once con la base de un millón ciento treinta y seis mil doscientos veinticinco colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Jesús Alonso Montero Campos y Marianela Estrella Molina Miranda. Expediente Nº 10-002187-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de noviembre del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2011217281.—(IN2011003571).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando libre de gravámenes prendarios pero soportando sumaria 09-000115-0944-CI del Juzgado Contravencional de Liberia e Infracción/Colisión 08-000899-0764-CI, a las ocho horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil once, y con la base de dos millones trescientos ochenta y dos mil noventa y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 403512, marca Daihatsu Terios, año 2001, Vin JDAJ102G000503200, cilindrada 1300 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de febrero del año dos mil once, con la base de un millón setecientos ochenta y seis mil quinientos sesenta y nueve con 8/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para el tercer remate, se señalan las catorce horas del dieciséis de marzo del dos mil once, con la base de quinientos noventa y cinco mil quinientos veintitrés con 25/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ehmo S. A. contra Eduardo Velásquez Dinarte. Expediente 09-002440-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de octubre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011003631).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil once, y con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro cero cero cero (387564-000) la cual es terreno con una casa de habitación lote 3G. Situada en el distrito 04 Patalillo, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 2-G; al este, lote 4-G y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil once, con la base de trece mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del quince de marzo del dos mil once con la base de cuatro mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra Lisbeth María cc Ingrid Cristina Pe Pérez Castillo. Expediente Nº 09-003113-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011003660).

A las trece horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula Folio Real número ciento veintiséis mil trescientos veintisiete- cero cero cero, que es terreno para construir, sito en distrito tercero Macacona del cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con servidumbre de paso con un frente a ella de seis metros lineales y Flory Morales Chacón, al sur, este y oeste con Flory Morales Chacón. Mide: doscientos veintiún metros con ochenta y un decímetros cuadrados, según plano P-cero ocho cero uno dos dos ocho-dos mil dos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil once, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil once, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100618-642-CI-2 de Gerarda Pacífica Fernández Sandoval contra Isabel Pérez Villalobos.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN20113691).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge Daniel Ramírez Falco, a una junta que se verificará en este juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del año dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 06-001152-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de octubre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—1 vez.—RP2010208112.—(IN2010098395).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Yolanda Rosado Sorio, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 04-100167-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 13 de enero del 2011.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—RP2011217219.—(IN2011003573).

Títulos Supletorios

Doris Virginia Elizondo Azofeifa, mayor, viuda, ama de casa, cédula número uno-doscientos sesenta y seis-ochocientos treinta y dos, y vecina de Paso Canoas, Corredores; establece diligencias de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, la finca sin inscribir que se describe así: terreno de pasto y frutales, sito en distrito tercero Paso Canoas, cantón décimo Corredores, de la provincia de Puntarenas. Lindantes: norte, Emilio Solórzano Elizondo y en parte Mónica Sandí Elizondo y Cintia Rojas Rojas; sur, carretera interamericana con un frente a ella de doscientos treinta y siete metros con veinte centímetros; este, Leonel Sandí Elizondo y Manuel Laurent Alvarado; oeste, Emilio Solórzano Elizondo. Plano Catastrado número P-1396718-2010, con una medida de cincuenta y nueve mil trescientos ochenta y dos metros cuadrados. Se estima el inmueble en la suma de cincuenta millones de colones. Sobre el mismo no pesan gravámenes ni cargas reales. Con un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto, se emplaza a todos los que se creyeren con derecho alguno, para que se apersonen en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos de ley si no verifican. Exp. Nº 10-000117-419-AG (Interno 135-1-10).—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 13 de diciembre del dos mil diez.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—RP2011216189.—(IN2011001966).

Rolver Francisco Cordero Castro, mayor, casado una vez, peón agrícola, vecino de Bajo Rodríguez de San Ramón, 100 metros suroeste de la guardia, cédula de identidad número 2-490-820, solicito se levante Información Posesoria y se ordene inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad la finca que le pertenece por compra y venta que le hiciera el señor Leonel Alberto Castro Matamoros, quien es mayor, casado, vecino de Bajo Rodríguez de San Ramón, cédula 2-433-560 y con el cual le liga ningún parentesco de hermano. Dicho inmueble se describe así: Terreno para construir, sito en Los Ángeles, distrito 08, de San Ramón, cantón 02 de la provincia de Alajuela. Mide: 150,53 metros cuadrados. Linderos: norte, sur y oeste, Odilí Castro Matamoros, este, servidumbre de paso con un frente a ella de 10 metros lineales, según plano catastrado número A-564204-99, de fecha 01 de junio de 1999. El inmueble se encuentra libre de gravámenes y cargas reales, y fue estimado en la suma de un millón de colones y en la misma suma fueron estimadas las presentes diligencias. A todo aquel que tenga interés en oponerse a la inscripción solicitada, se le concede un mes de plazo a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria promovida por Rolver Francisco Cordero Castro. Expediente 08-100276-0297-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 20 de octubre del 2010.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—RP2011216202.—(IN2011001967).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de, Información Posesoria promovida por Amabilia Carranza Arias, mayor casada una vez, de oficios domésticos, vecina de San José, cédula seis-ciento cuarenta-setecientos noventa y tres, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno destinado a agricultura con una casa de habitación, situado en La Unión, distrito segundo del cantón cuarto Montes de Oro de la provincia de Puntarenas. Linda al norte, Cheno Campos Elizondo; sur, Gerardo Carranza Arias y Quebrada Calera; este, Pedro Villalobos Sancho; al oeste, Gerardo Carranza Arias y servidumbre de paso. Mide: diecinueve mil cuatrocientos setenta y siete metros cuadrados, según plano P-uno tres tres tres dos dos uno-dos mil nueve. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre el. Lo adquirió por medio de Posesión Directa, se estima el inmueble en la suma de tres millones de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Nº 10-160060-642-AG-l de Amabilia Carranza Arias.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011216212.—(IN2011001968).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de Información Posesoria promovida por Víctor Ramírez Badilla, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Puntarenas, cédula cinco-uno seis uno-tres dos uno, para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno para potrero, sito en Amapala distrito Guacimal del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte con calle pública con un frente 75,08 metros al sur, con José Manuel Cruz López y Asociación Conservacionista de Monteverde; al este, con José Manuel Cruz López y oeste, con Asociación Conservacionista de Monteverde y Mauricio Ramírez Padilla, con una medida de seis hectáreas con dos mil cuatrocientos cuarenta metros cuadrados, según plano catastrado número P-uno tres cuatro cero dos cero siete-dos mil nueve. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay codueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de compra, el inmueble lo estima en la suma de un millón de colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información Posesoria Nº 09-160126-642-AG-1 de Víctor Ramírez Padilla.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—RP2011216239.—(IN2011001969).

Se hace saber, que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 09-000437-0930-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Barrantes Calderón Ricardo, quien es mayor, estado civil, vecino de Guayacán, Guácimo, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1182-0171, profesión mecánico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito primero, cantón sexto, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Luis Alberto Aguilar Hernández; al sur, Miguel Abelardo Calderón Solano y camino público; al este, Noylin Solano Calderón y al oeste, Margarita Calderón Solano. Mide: trescientos treinta y nueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le realizara a Juan Barrantes Guerrero y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en chapeas al lote y pago de impuestos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Barrantes Calderón Ricardo. Exp. 09-000437-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 03 de setiembre del 2010.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—RP2011216285.— (IN2011001970).

Citaciones

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Miguel Ángel Vargas Vargas, quien fuera mayor, soltero, agricultor, cédula 4-087-0549. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-000251-0507-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 6 de diciembre del 2010.—Lic. Sergio Ramos A., Juez.—1 vez.—RP2011216317.—(IN2011001985).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Francisco Rivera Mora, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y uno-setecientos ochenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 004-2010. Bufete KMZ.—Lic. Kattia Muñoz Zúñiga, Notaria.—1 vez.—RP2011216339.—(IN2011001986).

Se cita y emplaza a los herederos de la sucesión de Rafael Ángel Cedeño Fernández, cédula de identidad número tres-uno uno cuatro-cuatro dos nueve, para que hagan valer sus derechos a partir de la publicación de este edicto y hasta treinta días siguientes. A los que se consideren herederos y no se presenten en este plazo, se les informa que los bienes pasarán a ser propiedad de quien corresponda. Comunicarse con la notaría del Lic. Eduardo Alfaro Gallardo, bajo el expediente número cero cero uno-diez, de lunes a viernes de las ocho horas a las diecisiete horas, tel. 8394-2720.—Lic. Eduardo Alfaro Gallardo, Notario.—1 vez.—RP2011216340.—(IN2011001987).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de Domingo Mora Quesada, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor y portador de la cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta-quinientos setenta y dos. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-000569-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—1 vez.—RP2011216357.—(IN2011001988).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Maximiliano Izaba Díaz, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número cinco-cero ochenta y tres-setecientos sesenta y dos, vecino de Heredia, centro, urbanización Miraflores, casa número trescientos ochenta y uno, alameda ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, situada en Heredia, calles 1 y 3, avenida 2, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Heredia, trece de enero del dos mil once.—Lic. María del Rocío Montero Vílchez, Notaria.—1 vez.—(IN2011002038).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Felipe Antonio Fernández Jiménez, quien fuera mayor, casado una vez, vecino de Moravia, cédula de identidad número 1-344-402. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-000489-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de setiembre del 2010.—Lic. Ronald Chacón Mejía, Juez.—1 vez.—(IN2011002227).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Miguel Ángel Sotela Castro, mayor, pensionado, cédula nueve-cero cero tres seis-cero dos uno ocho, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2011. Notaría del Bufete Zamora Vargas.—Lic. Adriana Zamora Vargas, Notaria.—1 vez.—(IN2011002233).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Guiselle Sevilla Guillén, quien fue mayor, vecina de Curridabat, cédula de identidad Nº 1-0432-0517. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-000547-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de noviembre del 2010.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2011216444.—(IN2011002297).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de María del Rocío Rodríguez Vargas, quien en vida fue mayor de edad, casada una vez, de oficios domésticos, vecina de Tapezco, Alfaro Ruiz, cédula 2-0486-0055, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no, se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponde. Expediente 08-000409-0296-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Mayor Cuantía de Grecia, 15 de noviembre de 2010.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—RP2011216464.—(IN2011002298).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Norman Fertig Gotthie, quien fue mayor, divorciado en segundas nupcias, pensionado, vecino de Sabana Oeste, en San José, naturalizado costarricense, con cédula de identidad 8-0080-463, para dentro del plazo de 30 días, contados a partir de esta publicación, se emplaza a comparecer, reclamar sus derechos, dentro de dicho plazo, si no se pasará a quien corresponda. Expediente 01-2011.—Lic. Liggia León Marín, Notaria.—1 vez.—RP2011216518.—(IN2011002299).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Lilian (nombre) Schnog (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad que es holandesa, con cédula de residente permanente de la república de Costa Rica número: uno cinco dos ocho cero cero cero uno dos cinco cero nueve, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Montecito de Los Ángeles de San Rafael de Heredia, de la escuela un kilómetro al norte, a las ocho horas del catorce de enero del dos mil once y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Berend Adriaan (nombres) Nagtegaal (apellido), cédula de residencia uno cinco dos ocho cero cero cero uno ocho tres cero uno, quien fue mayor, de nacionalidad holandesa, casado una vez, pensionado, vecino de Montecito de Los Ángeles de San Rafael de Heredia, de la escuela un kilómetro al norte, citas de defunción tomo cuatrocientos setenta, folio trescientos setenta y cuatro, asiento setecientos cuarenta y siete, de la provincia de San José. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Frescia Benavides Ulate, con oficina en San Rafael de Heredia, de la Casa Cural, ciento cincuenta metros este, Bufete Manuel Camacho y Asociados. Teléfono: 2263-6152.—San Rafael de Heredia, catorce de enero del dos mil once.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—RP2011216531.—(IN2011002300).

Notaría del bufete de la notaria Ana Lucía Mora Badilla, expediente 2011-01. Cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de Claudio Pérez Morera, quien fue mayor, casado una vez, constructor, vecino de Volio de San Ramón, cédula de identidad dos-dos siete uno-ocho uno uno, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se percibe a los que crean tener la calidad de herederos, para que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Ana Lucía Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—(IN2011002463).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Fortunio Loáiciga Loáiciga, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cañas, Guanacaste, cédula de identidad cinco-cero cincuenta y seis-novecientos setenta y cinco (5-056-975), para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 09-100233-0927-CI (368-5-09)-B, sucesión de Fortunio Loáiciga Loáiciga, representada por Ligia Loáiciga Delgado. Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, 21 de julio del 2010.—Lic. Berenice Picado Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2011002492).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de José Luis Valverde Salazar, quien fuera mayor, cédula uno-doscientos noventa y nueve-quinientos setenta y nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 2010-10125-0216-CI.—Juzgado Civil Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, 19 de octubre del 2010.—MSC. Diamantina Romeo Cruz, Jueza.—1 vez.—(IN2011002507).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la menor Deidanyelin Cecilia Chavarría Díaz, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Asimismo se hace saber que se tiene como interviniente al abuelo materno de la menor. Expediente Nº 10-400536-0464-FA (4), promovido por Tatiana Chavarría Díaz.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 15 de diciembre del 2010.—Lic. Ingrid Chacón Durán, Jueza.—(IN2011001935).

                                                                                                            3 v.1.

Se hace saber al señor Andrey Brenes Hidalgo, mayor, soltero, técnico en redes, costarricense, cédula 1-1244-191, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el proceso número 08-400801-637-FA, que es Abreviado de Suspensión de Patria Potestad de Xiomara Patricia Romero Doña, en su contra. Se concede a Andrey Brenes Hidalgo, por el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática. Publíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 14 de diciembre de 2010.—Lic. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—RP2011216344.—(IN2011001989).

Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber al señor Minor Enrique Quirós Umaña, mayor, casado, divorciado una vez, con documento de identidad número 1-1052-568, de demás calidades desconocidas. Que en este despacho se tramita el proceso bajo el número único 10-000717-187-FA. Se le emplaza al señor Minor Enrique Quirós Umaña por el plazo de tres días a efecto de que se apersonen al proceso a formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Publíquese por una sola vez por una sola vez.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 8 de noviembre del 2010.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—RP2011216358.—(IN2011001990).

Alejandro Fonseca Chavarría, Notificador del Juzgado de Familia de Hatillo, hace saber que en Diligencias de Autorización de Permiso de Salida del País. Expediente 2010-400381-216-FA promovido por Dinia Araya Durán, cédula de identidad número uno-seiscientos dos-ochocientos veinticuatro a favor de la menor Martha Alexandra Varona Araya se ha dictado la resolución que en lo que interesa dice: Sentencia de Primera Instancia Nº 598-2010 “Juzgado de Familia Civil y Trabajo de Hatillo, Alajuelita y San Sebastián, a las nueve horas del veinticuatro de diciembre del dos mil diez.... Resultando... .....Considerando....., Por tanto: con fundamento en lo expuesto y citas de ley, se declara con lugar en todos sus extremos la demanda sumaria de Autorización de Salida del País, incoada por Dinia Araya Durán en contra de Orlando Pedro Varona del Pino y se otorga el permiso de salida del país de la menor Martha Alexandra Varona Araya al país de Panamá por única vez, antes de que inicie el ciclo lectivo del dos mil once, siendo que deberá regresar antes del inicio lectivo del dos mil once. En razón de la materia se dicta esta sentencia sin condena en costas. Notifíquese.—Juzgado Civil de Trabajo de Hatillo, 12 de enero del 2011.—Lic. María Elena Garita Meneses, Jueza.—1 vez.—RP2011216187.—(IN2011001991).

Mauricio Chacón Jiménez, MSc., Juez de Familia de Heredia, hace saber, que en expediente número 08-002459-0165-FA, al ser las once horas con treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez, se pronunció la sentencia de primera instancia cuya parte dispositiva establece: “Se declara en estado de Interdicción al señor Óscar Francisco Castillo Fernández. Se designa como su curadora a la señora Jacqueline Cecilia Castillo Ureña, quien deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de ocho días para aceptar el cargo, lo cual hará bajo juramento. Dentro del referido plazo, la curadora designada también podrá excusarse de servir la cúratela, o bien manifestar que tiene impedimento, invocando justa causa. Lo anterior se le advierte bajo apercibimiento de que si por su culpa no ejerciere la curatela, o bien si llega a ser removida por la mala administración o condenada por dolo en el juicio de cuentas, perderá el derecho de heredar al insano y quedará obligada al pago de daños y perjuicios y del daño moral causado. Tome nota la curadora de las obligaciones que adquiere y que han sido descritas con detalle en la parte considerativa. Los gastos del procedimiento estarán a cargo del patrimonio del incapaz. Mediante ejecutorias que se expedirán a solicitud de interesado/a, comuníquese la parte dispositiva de esta resolución al Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad. En la primera Sección, se inscribirá la declaratoria de interdicción del señor Óscar Francisco Castillo Fernández. En la Sección de Propiedad de Bienes Inmuebles, se tomará nota en la inscripción de las fincas inscritas a nombre del insano en el partido de Limón, sistema de Folio Real matrícula número cuarenta y un mil setecientos sesenta y cinco-cero cero cero y en el Partido de San José, sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y ocho mil setecientos cuatro-cero cero cero. Tan pronto la curadora haya rendido la garantía de la administración de la curatela y este Tribunal emita el auto al que se hizo referencia en el punto c), se expedirá el mandamiento que acreditará su personalidad. También mediante ejecutoria, anótese la declaratoria de interdicción del señor Óscar Francisco Castillo Fernández al margen del asiento de inscripción de su nacimiento, provincia de Cartago, tomo noventa y uno, folio cuatrocientos cincuenta y dos, asiento novecientos tres. Publíquese la parte dispositiva de esta sentencia en el Diario Oficial. El edicto queda a disposición del/a interesado/a, para su respectiva publicación.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Mauricio Chacón Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2011002049).

Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber que en Proceso Insania, bajo el expediente Nº 10-000895-0165-FA, establecido por Ana Lorena Caballero Serrano en favor de Erick Roldán Caballero. Dentro de dicho proceso, se dictó sentencia número 902-2010, a las nueve horas y dieciséis minutos del diecisiete de diciembre del dos mil diez que en lo contundente dice: Proceso Insania, establecido por Ana Lorena Caballero Serrano, mayor, divorciada, microbióloga, portadora de la cédula de identidad 0104720474, vecina de San Pedro de Montes de Oca... Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—..., Considerando: I.—Sobre los Hechos Probados: 1.-2.-3.-..., II.—Sobre el fondo..., III.—Sobre la Curatela:... Por tanto: acorde con lo expuesto y en virtud de los artículos del Código de Familia y artículos del Código Procesal Civil citados, se acoge el presente proceso de Insania. Se declara como insano a Erick Roldán Caballero y se nombra como curadora definitiva a su madre Ana Lorena Caballero Serrano, quien deberá rendir cuentas en el momento oportuno en este Despacho respecto a la administración de bienes que pudiera tener a futuro el insano. Asimismo, se le solicita ratificar su aceptación de cargo como curadora definitiva, dentro del plazo de cinco días. En lo no declarado expresamente, entiéndase como no concedido. Lo anterior se ordena así en Proceso Insania promovido por Ana Lorena Caballero Serrano a favor de Erick Roldán Caballero; Expediente Nº 10-000895-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Excento.—(IN2011002219).

Edictos Matrimoniales

Ante esta notaría, han decidido contraer matrimonio civil, Maxswell José Muñoz Jirón, mayor, soltero, asesor en ventas, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia número uno, cinco, cinco, ocho, cero, seis, cinco, siete, ocho, ocho, dos, cuatro, vecino de Ciudad Colón, Mora, provincia de San José, Barrio San Bosco, setenta y cinco metros al sur de la iglesia católica, quien nació en Managua, Nicaragua, el dieciocho de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, es hijo de Nelson Gustavo Muñoz Guevara y de Maura Azucena Jirón Jarquín, ambos de nacionalidad nicaragüense, con Maureen López Jiménez, mayor, soltera, administradora, costarricense, con cédula de identidad seis-trescientos dos-cero trece, vecina de Ciudad Colón, Mora, provincia de San José, Barrio San Bosco, setenta y cinco metros al sur de la iglesia católica, quien nació en Corredores, provincia de Puntarenas, el día once de julio de mil novecientos setenta y nueve, es hija de Marcelino López López y de Vilma Jiménez Ureña, ambos de nacionalidad costarricense; se emplaza a cualesquiera terceros interesados o personas que conozcan de algún impedimento legal de estas personas para contraer matrimonio civil, a que se apersonen a mi oficina en Ciudad Colón, Mora, cincuenta metros norte del Banco de Costa Rica, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto.—Ciudad Colón, cantón de Mora, provincia de San José, el día trece de enero del dos mil once.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—RP2011216193.—(IN2011001992).

Ante esta notaría, la señorita Nova Noel (nombre) Everson (apellido), de nacionalidad estadounidense, con pasaporte número 075981987 y Heinz Otto Pflug Cárdenas, portador de la cédula de identidad número 5-325-435, han solicitado licencia para contraer matrimonio civil. Se cita a terceros e interesados a presentar las oposiciones si las hubiera mediante envío de fax al dos seis cinco tres dos uno cinco tres.—Playa Tamarindo, Guanacaste, seis de enero del dos mil diez.—Lic. Ricardo Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—RP2011216197.—(IN2011001993).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Aylen Matarrita Pizarro, mayor, soltera, cajera, vecina de Calle Blancos, hija de María Gregoria Matarrita Pizarro, nacida en Carmen Central San José, el 12 de febrero del año 1986, cédula de identidad 0112680930 y Marco Gutiérrez Ulate, mayor, soltero, subjefe de Autoli, vecino de Calle Blancos, hijo de Eduardo Gutiérrez Rodríguez y Ana Lorena Ulate Berrocal, nacido en Carmen Central San José, el 21 de abril del año 1989, cédula de identidad 0113890264. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 11-000033-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2011.—Lic. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—RP2011216233.—(IN2011001994).

A este Despacho han comparecido Hellen Fabiola Serrano López y Antonio de Jesús Morales Brenes, menor y mayor, de 16 años y 22 años, cédulas de menor 3-0479-0561 y 3-0428-0610, estudiante y peón agrícola, respectivamente, vecinos de Pacayas, Alvarado, solicitando contraer matrimonio civil, si alguna persona conoce impedimento alguno para que este matrimonio se celebre, deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Exp.: 10-100118-0350-CI.—Juzgado Civil de Alvarado, Pacayas, 07 de diciembre del 2010.—Lic. Gisella González Sáenz, Jueza.—1 vez.—RP2011216255.—(IN2011001995).

Han comparecido en esta notaría manifestando su deseo de contraer matrimonio civil: Adrián Hidalgo Drexler, administrador de empresas, y Karla María Venegas Quesada, arquitecta, vecinos por su orden de San Rafael de Escazú y de Ciudad Colón de Mora, cédulas de identidad números uno-mil cinco-ciento cincuenta y cuatro, y uno-mil doscientos veintidós-doscientos noventa y tres respectivamente. Si alguna persona conociere de impedimento o tuviere objeción alguna que hacer a este matrimonio, que lo haga saber a esta notaría: San José, Barrio Escalante: avenida siete, calles veinticinco y veintinueve, número dos mil quinientos veinticuatro, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este aviso.—San José, 12 de enero del 2011.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—RP2011216321.—(IN2011001996).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Kristy Karina Alvarado Mayorga, costarricense, mayor, viuda, profesora de educación física, cédula de identidad número 0503020491, vecina de San Ramón, 50 metros este del Correo, apartamento número 1, hija de Abdula Alvarado Quirós, costarricense y Flor Emilia Mayorga Méndez, costarricense, nacido en Centro de Nicoya, Guanacaste, el 01/01/1978, con 33 años de edad, y Luis Eduardo Montero Villalobos, costarricense, mayor, divorciado (lugar: San José), técnico en fibra óptica, cédula de identidad número 0602390913, vecino de San Ramón, 50 metros este del Correo, apartamento número 1, hijo de Johnny Montero Alvarado, costarricense y Edith Villalobos López, costarricense, nacido en Centro de Puntarenas, el 29/06/1971, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. 11-000010-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 13 de enero del 2011.—Lic. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2011002054).

Edictos en lo Penal

Lic. Andrés Alberto Retana Vargas, Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Adjunta de Narcotráfico, del Ministerio Público, al señor Luis Gustavo Navarro Ramírez, cédula de identidad 6-322-191, en su calidad de tercero interesado, se le hace saber que en la sumaria 09-200708-431-PE, por el delito de Tráfico Internacional de Drogas, seguido en contra de Sandalio Bustamante Riascos y otros, en perjuicio de la Salud Pública, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Comunicación por edictos, Fiscalía Adjunta de Narcotráfico al ser las quince horas del diez de enero de dos mil once, en vista de que en la presente investigación no se ha logrado ubicar y traer al proceso al señor: Luis Gustavo Navarro Ramírez, se procede a comunicarle la presente resolución por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial confeccionándose el edicto de estilo, a fin de cumplir con lo establecido en cuanto a bienes decomisados, en causas por Tráfico Internacional de Droga, se previene al señor Luis Gustavo Navarro Ramírez cédula de identidad 6-322-191, que en la Fiscalía Adjunta de Narcotráfico se tramita la causa penal número 09-200708-431-PE contra Sandalio Bustamante Riascos y otros, por el Delito Tráfico Internacional de Droga, en perjuicio de la Salud Pública. Así mismo, se le indica que en dicha investigación se anotó registralmente el vehículo marca Toyota, estilo 4 Runner, todo terreno cuatro puertas, año de fabricación 1995, placas 631278. De la misma forma y por ser el señor Luis Gustavo Navarro Ramírez, propietario registral del bien, de acuerdo a lo establecido por el artículo 93 de la ley 8204 se le comunica la posibilidad de apersonarse al proceso y que puedan hacer valer sus derechos como tercero interesado, demostrando interés jurídico legítimo sobre el bien descrito. Se le informa que el Ministerio Público de acuerdo a lo estipulado en los artículos 87, 89, 90, 91 de la Ley 8204 sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no autorizado, Legitimación de Capitales y actividades Conexas, tiene interés en el comiso del bien, esto como consecuencia civil del hecho punible. Comuníquese, causa 09-200708-431-PE, imputado Sandalio Bustamante Riascos y otros, por el delito de Tráfico Internacional de Drogas, en perjuicio de la Salud Pública.—Ministerio Público, Fiscalía Adjunta de Narcotráfico, diez de enero del dos mil once.—Lic. Andrés Alberto Retana Vargas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—(IN2011001879).