BOLETÍN JUDICIAL Nº 18 DEL 26 DE ENERO DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

Sección de Asesoría Legal. San José, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a Óscar Mario Fallas Gaspar, cédula 1-799-771 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, pese a que se intentó comunicar su nombramiento con resultado negativo notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: Inicio del Procedimiento Nº 4181-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las diez horas con diez minutos del veintiocho de octubre de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Óscar Mario Fallas Gaspar, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-799-771, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el Juzgado Civil de Heredia. Específicamente se le atribuye al señor Fallas Gaspar, no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, además de que no se le puede localizar, en virtud de que el teléfono consignado no le pertenece; lo anterior, dentro del Expediente Nº 09-000262-0504-CI. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene al señor Fallas Gaspar, que en el término de cinco días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automáticas, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-346-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

                                                                      Alfredo Jones León,

(IN2011001883)                                             Director Ejecutivo

Sección de Asesoría Legal. San José, a las ocho horas con cuarenta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a Óscar Mario Fallas Gaspar, cédula 1-799-771 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, pese a que se intentó comunicar su nombramiento con resultado negativo notifíquese por medio de Edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 4038-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las catorce horas con quince minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Óscar Mario Fallas Gaspar, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-799-771, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por la licenciada Karla Zúñiga Morales, Jueza del Juzgado Contravencional, Civil, Laboral de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores. Específicamente se le atribuye al señor Fallas Gaspar, no haberse apersonado a aceptar el cargo conferido, pese a que se intentó comunicar su nombramiento con resultado negativo; lo anterior, dentro del Expediente Nº 10-000238-0926-CI. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene al señor Fallas Gaspar, que en el término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispone en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-342-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

                                                                      Alfredo Jones León,

(IN2011001885)                                             Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Sección de Asesoría Legal. San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del diecisiete de diciembre del dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a Óscar Mario Fallas Gaspar, cédula 1-799-771 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haber aceptado el cargo conferido, notifíquese por medio de edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 4033-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las trece horas con cincuenta minutos del diecinueve de octubre de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede al señor Óscar Mario Fallas Gaspar, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-799-771, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Joaquín de Flores. Específicamente se le atribuye al señor Fallas Gaspar, no haber aceptado el cargo conferido; lo anterior, dentro del Expediente No. 10-000228-0926-CI. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene al señor Fallas Gaspar, que en el término de diez días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automática, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-330-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

                                                                      Alfredo Jones León,

(IN2011001887).                                            Director Ejecutivo

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—Sección de Asesoría Legal.—San José, a las ocho horas con treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diez. No habiendo sido posible localizar a María Marcela Chacón Castro, cédula 1-660-620 y en virtud de seguirse causa administrativa por no haber aceptado el cargo manifestando que no podía, por lo que se procedió a nombrar a otro profesional, notifíquese por medio de Edicto la resolución, dictada por esta Dirección que literalmente dice: inicio del procedimiento Nº 3114-10. Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a las nueve horas con diez minutos del diecisiete de agosto de dos mil diez. A fin de determinar lo que administrativamente corresponda, se le concede a la señora María Marcela Chacón Castro, mayor, costarricense, Auxiliar Perito, cédula de identidad número 1-660-620, cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la notificación de esta resolución, para que informe por escrito, aportando las pruebas de descargo que considere pertinentes, respecto a la queja presentada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. Específicamente se le atribuye a la señora Chacón Castro, no haber aceptado el cargo manifestando que no podía, por lo que se procedió a nombrar a otro profesional; lo anterior, dentro del Expediente N° 10-000120-0622-PE. Asimismo, se inicia este procedimiento de conformidad con lo que dispone el artículo 35 del Reglamento para Regular la Función de los Ejecutores y Peritos en el Poder Judicial y se nombra Directora del Procedimiento Administrativo a la Licenciada Ana Patricia Álvarez Mondragón, con las facultades que le confiere la Ley General de Administración Pública al órgano director del procedimiento; a efecto de que en aplicación del debido proceso realice la instrucción pertinente, tendiendo a verificar la verdad real de los hechos que sirva de motivo al acto final. Se previene a la señora Chacón Castro, que en el término de cinco días hábiles, debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, o cuenta de correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de comunicación, conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la citada Ley de Notificaciones. En caso de no cumplir con esta prevención las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de forma automáticas, conforme lo dispone el artículo 11 de la referida Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente administrativo PE-130-10.

San José, 20 de diciembre del 2010.

                                                                      Alfredo Jones León,

(IN2011001892)                                             Director Ejecutivo

SEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Nicoya, provincia de Guanacaste.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón Nicoya, provincia de Guanacaste, permanecerán cerradas durante el día siete de febrero del dos mil once, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.

San José, diez de enero del dos mil once.

                                                        MBA Ana Eugenia Romero Jenkins

(IN2011001881)                                         Subdirectora Ejecutiva

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 02-2007 celebrada el 06 de agosto de 2007, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 66-2007 celebrada el 06 de setiembre de 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1992 al 2006 y Expedientes de Denuncias del año 1989 a 1997 del Delegación Regional de Liberia, OIJ. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:              O 2 G 92

Libros:                 69

Ampos:               07  

Año:                    De 1992 al 2006

Asunto:               Documentación Administrativa: 45 Libros de Detenidos (2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006), 03 Libros Control de Evidencias (2006) 13 Libros de Conocimiento (1992, 1994,1995,1996, 1997, 1998, 1999,  2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006) 03 Libros Boletas de Combustible (1994, 2001, 2002) 01 Libro de Alcoholemia (2000) 02 Libros de Equipo Policial (1998, 1999) 01 Libro Orden de Libertad (2005) 01 Libro de Consecutivo de Oficios (2001), 02 Ampos Gastos Confidenciales-Droga (2001, 2003) 03 Ampos Viáticos (2000, 2001) 02 Ampos Control  de Expedientes Administrativos (2002, 2005).

Remesa:              20388

Expedientes:       635

Años:                  De 1989 a 1996

Asunto:               Expedientes de Denuncias (copias). 32 de 1989, 65 de 1990, 3 de 1991, 2 de 1992, 13 de 1993, 115 de 1994, 161 de 1995, 217 de 1996, 27 de 1997.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 14 de enero del 2011

                                                                  Lic. Alfredo Jones León

(IN2011002270)                                             Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos CISED en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII. Se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes laborales del año 1991 al 2008 del Tribunal de Juicio de Alajuela. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                   L 28 A 91

Expedientes:            17

Paquetes:                 1

Año:                          1991

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 28 A 92

Expedientes:            19

Paquetes:                 1

Año:                          1992

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 27 A 93

Expedientes:            25

Paquetes:                 1

Año:                          1993

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 28 A 94

Expedientes:            41

Paquetes:                 1

Año:                          1994

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 29 A 95

Expedientes:            45

Paquetes:                 1

Año:                          1995

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 29 A 96

Expedientes:            39

Paquetes:                 1

Año:                          1996

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 24 A 97

Expedientes:            26

Paquetes:                 1

Año:                          1997

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 19 A 98

Expedientes:            47

Paquetes:                 1

Año:                          1998

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 19 A 99

Expedientes:            47

Paquetes:                 1

Año:                          1999

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 22 A 00

Expedientes:            45

Paquetes:                 1

Año:                          2000

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 22 A 01

Expedientes:            42

Paquetes:                 1

Año:                          2001

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 19 A 02

Expedientes:            44

Paquetes:                 1

Año:                          2002

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 18 A 03

Expedientes:            26

Paquetes:                 1

Año:                          2003

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 19 A 04

Expedientes:            34

Paquetes:                 1

Año:                          2004

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 19 A 05

Expedientes:            31

Paquetes:                 1

Año:                          2005

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 18 A 06

Expedientes:            42

Paquetes:                 1

Año:                          2006

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 17 A 07

Expedientes:            35

Paquetes:                 1

Año:                          2007

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Remesa:                   L 8 A 08

Expedientes:            19

Paquetes:                 1

Año:                          2008

Asuntos:                  Expedientes de Conmutación de Renta con votos de aprobación.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 14 de enero del 2011

                                                                  Lic. Alfredo Jones León

(IN2011002273)                                             Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y Sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV, en Acta 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09, celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de violencia doméstica de 1996 al 2006, expedientes civiles de 1990 a 1999, expedientes laborales del 1990 a 1998 y expedientes penales juveniles del Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

CIVIL Y AGRARIO:

Remesa:              C 17 S 90

Expedientes:       129

Paquetes:            14

Año:                    1990

Asunto:               Civil Varios: Ejecutivos simples (73), Ejecutivos prendarios (21), Interdictos Civiles (14), Ordinario Civil (7), Diligencias para obtener autorización para ingresar a propiedad (2), Incidente de Aumento Alquiler (3), Ejecución de Sentencia (2), Diligencias para cancelar hipoteca (1), Diligencias de Presentación de Documentos y Cuentas (1), Deslinde y Amojonamiento (1), Solicitud de Matrimonio (1), Información sobre deseo de rembolsar gastos efectuados por siempre (1), Incidente Objeción a la Cuantía (1), Actos Perjudiciales (1).

Remesa:              B 2 S 90

Expedientes:       36

Paquetes:            7

Año:                    1990

Asunto:               Agrarios: Información Posesoria Agraria (11), Rectificación de Medida Agraria (4), Localización  de Derechos Agraria (5),  Ordinario Agrario (7),  Desahucio Agrario (3),  Ejecutivo Prendario Agrario (3),  Interdicto agrario (3).

Remesa:              C 136 S 91

Expedientes:       118

Paquetes:            12

Año:                    1991

Asunto:               Civil Varios: Consignación de Pago (1), Aumento de Alquiler (3), Deslinde y Amojonamiento  (1), Desahucio Civil (1), Ejecución de Sentencia (3), Ordinario Civil (7), Confesión fuera de juicio (1), Prejuicio de Posiciones (1), Interdictos Civiles (14), Hipotecarios (52), Prendario Civil (9),  Ejecutivos Simples (25).

Remesa:              B 1 S 91

Expedientes:       68 

Paquetes:            8

Año:                    1991

Asunto:               Agrarios: Desahucio Agrario (5), ordinario agrario (8), ejecutivo prendario agrario (16), Rectificación de Medida agraria (2), Localización de Derechos Agraria (5), Interdicto agrario (10),   Información posesoria agraria (5), Ejecutivo Simple agrario (17).

Remesa:              C 137 S 92

Expedientes:       161

Paquetes:            17

Año:                    1992

Asunto:               Civil Varios: Interdicción (1), Acto Preparatorio (1) (Reconocimiento Judicial), Embargo    Preventivo (2),  Prueba Anticipada (4), Deslinde y Amojonamiento (2), desahucio (2), perjuicio de posiciones y reconocimiento (1), interdictos (7), prendarios (8), consignación de alquileres (6), consignación de pago (3), ordinario civil (17), ejecutivos simples (52), tercería de dominio (1), hipotecarios (49), solicitud de matrimonio civil (4), incidente de ejecución de sentencia (1).

Remesa               B 2 S 92

Expedientes:       53

Paquetes             9

Año:                    1992

Asunto:               Agrarios: Localización de Derechos Agraria (1), Rectificación de Medida agraria (5),  Ejecutivo prendario agrario (6),  Desahucio Agrario (5), Ejecutivo Simple agrario (7), Información Posesoria agraria (15), Interdicto Agrario (7), Ordinario agrario (7).

Remesa:              C 127 S 93

Expedientes:       173

Paquetes:            16

Año:                    1993

Asunto:               Civil  Varios: Ejecutivos simples (65), Ejecutivos hipotecarios (64), embargo preventivo (3), ejecución de sentencia (1), Prevención de desalojo (1), Confesión anticipada (2), Aumento de alquiler (2),  Extinción del Usufructo (1), Reconocimiento judicial anticipado (1), Abreviado de Continuación de Obra (1), Interdictos civiles (6), Prendarios civiles (5), Matrimonio civiles (2), Desahucio civil (5), Abreviado de División de Cosa Común (2), Ordinario Civil (11), Incidente de cobro de honorarios (1)

Remesa:              B 2 S 93

Expedientes:       59

Paquetes:            11

Año:                    1993

Asunto:               Agrarios: Ordinario agrario (16), Rectificación de Medida agraria (1), Consignación de pago agraria (1), Ejecutivo Simple agrario (3), Titulación de Vivienda Campesina agrario (2), Desahucio Agrario (7), Interdicto agrario (10), Ejecutivo Hipotecario agrario (3), Localización de Derechos Agraria (6), Ejecutivo Prendario agrario (1), Información Posesoria Agraria (9).

Remesa:              C 116 S 94

Expedientes:              253

Paquetes:            16

Año:                    1994

Asunto:               Civil Varios: Ejecutivo hipotecario (85), Ordinario (16), Desahucio civil (3), Prendarios civiles  (17), Ejecución de Sentencia (3), Diligencias para pedir permiso para reparar puente (1), Consignación de Pago (1), Reposición de certificado (1), Deslinde y amojonamiento (2), Desahucio (3),  Embargo Preventivo (2), Prueba Anticipada (5), Monitorio (2), Interdictos (13), Abreviado de división de cosa común (4), Ejecutivo simple (95).

Remesa:              B 2 S 94 

Expedientes:       33

Paquetes:            5 

Año:                    1994

Asunto:               Agrarios: Interdicto agrario (14), Ordinario agrario (8), Información posesoria agraria (7), Titulación de Vivienda Agraria (2), Rectificación de Medida agraria (2).

Remesa:              C 114 S 95

Expedientes:       290

Paquetes:            15

Año:                    1995

Asunto:               Civil Varios: Ejecutivo Hipotecario Civil (70), Ejecutivo Simple Civil (153), Ordinario Civil (10), Matrimonio civil (1), Confesión anticipada (5), Embargo  preventivo (2), Interdicto civil (13), Desahucio (5), Ejecutivo prendario (24), Sumario civil (1), Monitorio (2), Medidas cautelares (1), Abreviado de division  de cosa común (2), Ejecución de sentencia (1).

Remesa:              B 2 S 95

Expedientes:       18

Paquetes:            4

Año:                    1995

Asunto:               Agrarios: Ordinario agrario (8), Ejecutivo prendario agrario (1), Información posesoria agraria (3),  Interdicto agraria (6). 

Remesa:              C 8 S 96

Expedientes:       223

Paquetes:            11

Año:                    1996

Asunto:               Civil Varios: Ordinarios civiles (15), Ejecución de sentencia (3), Ejecutivos hipotecarios (73), Abreviado civil (1), Interdicto civil (7), Ejecutivo prendario (16), Desahucio civil (3), Matrimonio civil (3), Consignación de alquiler (3), Ejecutivos simples (98), Medidas cautelares (1).

Remesa:              B 2 S 96

Expedientes:       17

Paquetes:            2

Año:                    1996

Asunto:               Agrarios: Ordinario agrario (6), Interdicto agrario (11).

Remesa:              C 108 S 97

Expedientes:       241

Paquetes:            10

Año:                    1997

Asunto:               Civil Varios: Ejecución de sentencia (5), Interdicto civil (7), Ordinario civil (3), Ejecutivo prendario (28),  Ejecutivos hipotecario (74) , Ejecutivo simple (124).

Remesa:              B 2 S 97

Expedientes:       7

Paquetes:            2

Año:                    1997

Asunto:               Agrarios: Ordinario agrario (2), Interdicto agrario (5). 

Remesa:              C 109 S 98

Expedientes:       112

Paquetes:            11

Año:                    1998

Asunto:               Civil Varios: Ejecución de Sentencia (1), Ordinario civil (3), Prendarios civiles (6), Reconocimiento judicial (1), Embargo preventivo (1), Confesión y prueba anticipada (1), Desahucio civil (3), Interdicto civil (8), Hipotecario (43), Ejecutivo simple (41), Abreviado de división de cosa común (4.).-

Remesa:              C 87 S 99

Expedientes:       35

Paquetes:            10

Año:                    1999

Asunto:               Civil Varios: Hipotecario 11), Interdictos civiles (7), Ejecución de sentencia (2), Ejecutivo prendario (6), Consignación de pago (4), Monitorio (1), Medidas cautelares (1), Embargo preventivo (1), Diligencia de jurisdicción voluntaria (1), Desahucio (1),  Penal Juvenil

Remesa               T 11 S 90

Expedientes:       61

Paquetes             32

Año                     1990

Asunto:               Penal Juvenil: Contravención (7), violación de domicilio agravado (1), robo simple (1), robo agravado (5), hurto agravado (3), infracción a la ley de psicotrópicos (1), hurto simple (1), riña (11), infracción a la ley de transito (1), abusos deshonestos (1), violación (1), daños (1), amenazas (1), hurto menor (1), agresión con arma (2,) otros (2,) irrespeto a la autoridad (3), infracción a la ley forestal (1), lesiones levisimas (3), agresión (1), tentativa de suicidio (2), lesiones culposas (1), escándalos (2), daños menores (2), desordenes (2), reaceptación (2), Resistencia a orden de retirarse de establecimiento público (1), evasión (1), archivados con resolución de desestimación.

Remesas             T 3 S 91

Expedientes:       81

Paquetes:            25

Año:                    1991

Asunto: Penal Juvenil: Hurto simple (10), robo agravado (6), abusos deshonestos (1), daños (7), amenazas agravadas (2), contravenciones (2), violación (3), robo simple (1), infracción a la ley de transito (4), estupro agravado (1),  amenazas (1),  hurto menor (1), infracción a la fauna silvestre (6,) golpes (1), daños menores (2), violación de domicilio (1),  apropiación irregular (2), apropiación indebida (2), hurto de uso (2),  lesiones levisimas (5), receptación (8), lesiones (2), agresión con arma (3), amenazas personales (1), robo agravado (7). archivados con resolución de desestimación.

Remesa               T 9 S 92

Expedientes:       59

Paquetes             20

Año                     1992

Asunto:               Penal Juvenil: Violación (3), abusos sexuales (6),  hurto simple (13), infracción a la fauna silvestre (1), apropiación irregular (3), daños (3), hurto (5), agresión con arma (1), Posesión de marihuana con fines de tráfico (2), hurto agravado (1), robo simple (1), daños menores (1), apropiación indebida (2), desordenes (2), proposiciones irrespetuosas (1), irrespeto a la autoridad (2), contravenciones (1), golpes (2), violación agravada (3), abusos deshonestos agravados (6), archivados con resolución de desestimación.

Remesa:              T 11 S 93

Expedientes:       95

Paquetes:            23

Año:                    1993

Asunto:               Penal Juvenil: Daños (2), hurto simple (6), robo agravado (6), hurto (11), agresión con arma (3), lesiones culposas (1), abandono de hogar (1), otros (6), robo (2), contravenciones (5), venta ilegal de licor (2), receptación (2), violación (2), deforestación (2), robo simple (1), hurto menor (2), entrada a terreno ajeno sin permiso (2), usurpación (3), abusos deshonestos (20), infracción a la ley de fauna silvestre (6), infracción a la ley de transito (8), golpes (2), retención indebida (3). archivados con resolución de desestimación.

Remesa:              T 3 S 94

Expedientes:              151

Paquetes             43

Año:                    1994

Asunto:               Penal Juvenil: Infracción a la Ley de Psicotrópicos (2), lesiones leves (1), contravenciones (5), hurto (3), robo simple con fuerza (10), agresión con arma (17), infracción a la ley de transito (9), hurto simple (2), irrespeto a la autoridad (3), amenazas (3), desorden y pelea dual (4), daños (4), injurias (3), hurto agravado (3), maltrato a menores (1), abusos deshonestos (4), golpes (1), estafa (2), violación de domicilio (3), falsificación de documento (1), no comparecer a juicio oral y privado (1), lesiones culposas (4), estupro (7), envenenamiento de ríos (16), hurto menor (1), robo (4); robo agravado (1), colisión (2), robo simple (2), hurto de uso (5), otros (2), tentativa de violación (2), violación (1), agresión (2), tenencia de marihuana (2), difamación (2), incendio (1), favorecimiento real (2), robo con fuerza en las cosas (1), daños menores (2), receptación (4), violación agravada (2), infracción a la  ley de conservación de fauna silvestre (4). 1 con prescripción, 6 por otros motivos y el resto archivados por desestimación,

Remesa:              T 3 S 95

Expedientes:       163

Paquetes:            38

Año:                    1995

Asunto:               Penal Juvenil: Agresión (2), infracción a la ley de psicotrópicos (5), lesiones lesivas (1), daños menores (7), hurto (7), robo simple (6), agresión con arma (5), infracción a la ley de transito (15), hurto simple con fuerza en las cosas (3), irrespeto a la autoridad (4), amenazas (11), desorden (2), daños (5), injurias (2), hurto grave (8), abusos deshonestos (1), golpes (19), alborotos (1), palabras obscenas (1), robo agravado (3), desaparición de menores (4), hurto simple (3), amenazas agravadas (2), estupro (1), desacato (2), robo (5), colisión (1), infracción a la fauna silvestre (6), pesca ilegal (1), lesiones (3), entrada sin permiso a terreno ajeno (1), proposiciones irrespetuosas (3), receptación (5), resistencia (1), tentativa de robo simple con fuerza ((9), crueldad con los animales(2), tentativa de robo (5), tentativa de suicidio (1). 3 archivados con suspensión del proceso a prueba, 6 otros motivos, resto desestimación, 

Remesa:              T 3 S 96

Expedientes:       228

Paquetes:            44

Año:                    1996

Asunto:               Penal Juvenil: Agresión con Arma 6, explotación ilegal de productos forestales en zona protectora 2, hurto 15, infracción a la ley de transito 35, falta de respeto, entrada a terreno sin permiso 4, violación en grado de tentativa 5, lesiones culposas 8, riña 5, abandono de la casa por parte del menor 11, robo agravado 5, desorden 7, resistencia agravada 1, golpes 2, daños menores 5, lesiones 3, infracción a la ley de armas 5, hurto menor 4, agresión 4, hurto simple 3, infracción a la vida silvestre 4, pelea dual 4, amenazas 2, perturbación y tranquilidad a vecinos 3, corrupción 3, violación calificada 10, irrespeto a la autoridad 3, falso testimonio 1, apropiación indebida 6, daños 5, tenencia de drogas 7, proposiciones irrespetuosas 8, hurto agravado 6, negativa a identificarse 2 , apropiación irregular, violación 15, lesiones levisimas 4, agresión calificada 2, receptación 2, palabras obscenas 2 , tenencia de marihuana 2, tentativa de hurto 3, robo 2, tentativa de homicidio 1, sustracción de menor 1 .- 4 extinción de la acción penal, 5 otros asuntos, 1 archivado por suspensión del proceso a prueba, 2 sobreseimiento definitivo, el resto con desestimación

Remesa:              T 14 S 97

Expedientes:       155

Paquetes:            42

Año:                    1997

Asunto:               Penal Juvenil: Desorden 6, hurto menor 10, daños 8, agresión con arma 6, robo agravado 5, hurto 6, amenazas 4, lesiones lesivas 2, violación a domicilio 7, conducir sin licencia 8, otros 3, robo simple con fuerza sobre las cosas 7, Infracción a la Ley de Tránsito 7, hurto simple 9, hurto agravado 3, irrespeto a la autoridad 2, violación 10, golpes 3, exhibicionismo 6, falta de respeto 2 , palabras obscenas 2, lesiones culposas 3, provocación a riña 2, estupro simple 2 , daños menores 1, Robo simple con violencia sobre las personas 4, Daños agravados 2, Portación de armas 3, administración fraudulenta 2 , Portación ilícita de arma permitida 1 , abusos deshonestos 4, tentativa de suicidio 2, tenencia de marihuana 1 , lesiones 1, receptación 1, robo simple 2 , extorsión simple 3, infracción a la ley de licores 1 , irrespeto 1, desobediencia 1, colisión 1, actos obscenas1.- 5 extinción de la acción penal, 6 sobreseimiento definitivo, 2 prescritos, resto con desestimación.

Remesa:              T 14 S 98

Expedientes:       161

Paquetes:            31

Año:                    1998

Asunto:               Penal Juvenil: abusos deshonestos 12, hurto simple 3, hurto 2, infracción a la ley de transito 4, hurto menor 2, pelea dual 3, palabras o actos obscenos 4, resistencia agravada 1, daños menores 2, violación 10, contravenciones 5, violación de domicilio agravada 4, calumnias 6 , amenazas 1 , sustracción de menores 1 , lesiones culposas 6 , golpes 2, hurto agravado 5 , riña 3, apropiación indebida 7, agresión con arma 15, provocación de riña 8, robo agravado 9 , daños 3, robo 9. Robo simple 14, retención indebida 6, tentativa de suicidio 3, agresión 5, lesiones graves 6.- 3 prescritos, resto desestimados

VIOLENCIA DOMÉSTICA

Remesa:              V 6 S 96

Expedientes:       60

Paquetes:            1

Año:                    1996

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa:              V 7 S 97

Expedientes:       125

Paquetes:            2

Año:                    1997

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa:              V 7 S 98

Expedientes:       152

Paquetes:            2

Año:                    1998

Asunto:               Violencia Doméstica

 

Remesa:              V 3 S 99

Expedientes:       180

Paquetes:            2

Año:                    1999

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa:              V 15 S 00

Expedientes:       181

Paquetes:            2

Año:                    2000

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa:              V 15 S 01    

Expedientes:       273

Paquetes:            4

Año:                    2001

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa:              V 10 S 02

Expedientes:       303

Paquetes:            4

Año:                    2002

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa:              V 13 S 03

Expedientes:       309

Paquetes:            4

Año:                    2003

Asunto:               Violencia Doméstica

Remesa               V 10 S 04

Expedientes:       374

Paquetes:            4

Año                     2004

Asunto                Violencia Doméstica

Remesa               V 10 S 05

Expedientes:       302

Paquetes:            4

Año:                    2005

Asunto                Violencia Doméstica

Remesa               V 8 S 06

Expedientes:       330

Paquetes:            4

Año:                    2006

Asunto                Violencia Doméstica

ASUNTOS LABORALES

Remesa:              L 37 S 90

Expedientes:       48

Paquetes             5

Año                     1990

Asunto:               Laboral Varios: Ordinarios Laborales 7, riesgo del trabajo 2, consignación de prestaciones 10,  infracción a la ley de trabajo 27, ilegalidad de huelga 2.

Remesa:              L 37 S 91

Expedientes        59

Paquetes:            6

Año:                    1991

Asunto                Laboral Varios: ordinarios laborales 14, riesgo de trabajo 5, consignación de prestaciones 5, pensión por invalidez 7, infracción a la ley de trabajo 25, ilegalidad de huelga 3.

Remesa:              L 35 S 92

Expedientes:       80

Paquetes:            12

Año:                    1992

Asunto:               Laboral Varios: Ordinario Laboral 23, riesgo de trabajo 11, consignación de prestaciones 6, infracción a la ley de trabajo 36, ilegalidad de huelga 2, disolución de cooperativa 2.

Remesa:              L 35 S 93

Expedientes:       89

Paquetes:            6

Año:                    1993

Asunto:               Laboral Varios: Ordinario Laboral 38, riesgo del trabajo 5, pensión por invalidez 6, consignación de prestaciones 3, ilegalidad de huelga 2, infracción a la ley de trabajo 35.

Remesa:              L 31 S 94

Expedientes:       54

Paquetes:            6

Año:                    1994

Asunto:               Laboral Varios: Ordinarios Laborales 22, riesgo del trabajo 13, pensión por invalidez 7, consignación de prestaciones 3, ilegalidad de huelga 1, infracción a la ley de trabajo 8.-

Remesa:              L 14 S 95

Expedientes:       67

Paquetes:            9

Año:                    1995

Asunto:               Laboral Varios: Ordinario Laboral 22, riesgo del trabajo 14, consignación de prestaciones 8, pensión por invalidez 22, ilegalidad de huelga 1.

Remesa:              L 14 S 96

Expedientes:       69

Paquetes:            9

Año:                    1996

Asunto:               Laboral Varios: Ordinario Laboral 45, riesgo del trabajo 6, consignación de prestaciones 6, ilegalidad de huelga 2, infracción a las  leyes de trabajo 6, devolución de ahorro voluntario 2, reposición de giros del gobierno 2.

Remesa               L 13 S 97

Expedientes:       125

Paquetes             4

Año                     1997

Asunto:               Laboral Varios: Ordinario Laboral 68, riesgo de trabajo 37, consignación de prestaciones 12, pensión por invalidez 8.-

Remesa               L 13 S 98

Expedientes:       43

Paquetes:            6

Año:                    1998

Asunto:               Laboral Varios: Ordinario Laboral 17, riesgo del trabajo 7, pensión por invalidez 9, reclamo de prestaciones 6, reinstalación 3, infracción a la ley de tabaco 1.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 14 de enero del 2011

                                                                  Lic. Alfredo Jones León

(IN2011002274)                                             Director Ejecutivo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2006, de fecha 15 de febrero del 2006, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-06, celebrada el 21 de febrero del 2006, artículo XLIX. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006, de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y los acuerdos del Consejo Superior en Sesión Nº 73-06, celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y Sesión Nº 83-2006, celebrada el 2 de noviembre de 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2009, de fecha 26 de febrero del 2009, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 58-09, celebrada el 02  de junio del 2009, artículo LV y la aprobación de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (CISED) en  Acta Nº 01-2008, de fecha 28 de marzo del 2008, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 28-08, celebrada el 17 de abril del 2008, artículo XXXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de faltas y contravenciones del 2004 al 2007, expedientes de tránsito de 1999, boletas de tránsito del 2007, expedientes de violencia doméstica del 2007, expedientes civiles del 2003, expedientes laborales de 2007 y expedientes de pensión alimentaria del 2007 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Bribri I Circuito Judicial de la Zona Atlántica. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                G 9 L 04

Expedientes:          431

Paquetes:               03

Año:                       2004

Asunto:                 Faltas y contravenciones.

Remesa:                G 9 L 05

Expedientes:          341

Paquetes:               03

Año:                       2005

Asunto:                 Faltas y contravenciones, 305 expedientes archivados, 36 expedientes con sentencia absolutoria.

Remesa:                G 7 L 06

Expedientes:          288

Paquetes:               03

Año:                       2006

Asunto:                 Faltas y contravenciones, que son 252 expedientes archivados, 36 expedientes con sentencia absolutoria.

Remesa:                G 6 L 07

Expedientes:          278

Paquetes:               03

Año:                       2007

Asunto:                 Faltas y contravenciones, que son 251 expedientes archivados, y 27 expedientes de absolutoria.

Remesa:                V 1 L 07

Expedientes:          425

Paquetes:               05

Año:                       2007

Asunto:                 Violencia Doméstica: Solicitud de medidas de protección.

Remesa:                C 16 L 03

Expedientes:          05

Paquetes:               01

Año:                       2003

Asunto:                 Materia Civil: 5 expedientes de Consignación de Alquiler,

Remesa:                L 2 L 07

Expedientes:          03

Paquetes:               01

Año:                       2007

Asunto:                 Laborales varios: 2 Infracción a las Leyes de Trabajo y Seguridad Social,1 Infracción a la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Remesa:                Q 1 L 07

Expedientes:          18

Paquetes:               01

Año:                       2007

Asunto:                 Demandas de Pensión Alimentaria. (Archivado sin sentencia o desestimados)

Remesa:                G 12 L 99

Expedientes:          70

Paquetes:               01

Año:                       1999

Asunto:                 Infracciones a la Ley de Tránsito.

Remesa:                G 5 L 07

Boletas:                  37

Paquetes:               Un ampo

Año:                       2007

Asunto:                 Boletas de infracciones a la ley de tránsito, de multa fija.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese dos veces más en el Boletín Judicial.

San José, 14 de enero del 2011

                                                                  Lic. Alfredo Jones León

(IN2011002280)                                             Director Ejecutivo

SALA CONSTITUCIONAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:      ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 09-16240 promovida por Emilio Arana Puente en contra de la Modificación al Reglamento de Patentes de la Municipalidad de Heredia. Publicado en La Gaceta Nº 47 del 7 de marzo del 2000, se ha dictado el voto número 00223-2011 de las quince horas con cuarenta y cinco minutos del doce de enero de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se rechaza de plano la acción.”

San José, 12 de enero del 2011.

                                                                   Gerardo Madriz Piedra

(IN2011002258).                                                   Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Antonio Vindas Vargas, cédula 1-513-866, fallecido el día 19 de setiembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de Fondo de Capitalización Laboral” bajo el expediente Número 10-002656-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 10-002656-0173-LA. Promovido por Lidia Maritza Amador Méndez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Sédier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—(IN2011002602).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfredo Alpízar Chaves, cédula 2-207-870, fallecido el día 13 de setiembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de “Consignación de Aguinaldo Proporcional” bajo el expediente Número 10-002069-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 10-002069-0173-LA. Promovido por Marta Guzmán Núñez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José 22 de diciembre del 2010.—Lic. Sédier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—(IN2011002603).

Se cita y emplaza a los causahabientes de Carlos Enrique Ramírez Vargas, quien fue mayor, casado, cédula uno-trescientos noventa y nueve-seiscientos veintitrés, vecino de San Sebastián, quien falleció el veintiocho de abril del dos mil diez, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecido, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp. Nº 10-300030-0250-LA (35-b-10).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 22 de diciembre del 2010.—Lic. Leda Espinoza García, Jueza.—1 vez.—(IN2011002619).

Se cita y emplaza a los causahabientes de Olga María Mora Marín, quien fue mayor, casada, bibliotecóloga, cédula uno-trescientos sesenta-quinientos setenta y seis, vecina de San Sebastián, quien falleció el veintiuno de mayo del dos mil cinco, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en estas diligencias de devolución de cuotas de fallecida, a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren se le entregará a quien corresponda conforme al artículo 85 del Código de Trabajo y sus reformas. Exp. Nº 10-300031-0250-LA (36-C-10).—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de San Sebastián, 17 de diciembre del 2010.—Lic. Leda Espinoza García, Jueza.—1 vez.—(IN2011002620).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto Córdoba Reyes, cédula 1-392-1345, fallecido el día 19 de octubre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Fondo de Capitalización Laboral, Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias y Prestaciones Laborales, bajo el expediente Nº 10-002657-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 10-002657-0173-LA. Promovido por María Lina Vega Miranda a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Sédier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—(IN2011002669).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas del veintiocho de abril del dos mil once, y con la base de once millones ochocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 681601, marca Hyundai, año 2007, Vin KMHNM81WP7U217389, cilindrada 2500 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las diez horas del doce de mayo del dos mil once, con la base de ocho millones ochocientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas del veintiséis de mayo del dos mil once, con la base de dos millones novecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa, a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Integra Desarrollos INDE S. A. Exp. 09-002768-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de noviembre del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN20110002609).

A las ocho horas treinta minutos del miércoles veintitrés de febrero del dos mil once, desde la puerta exterior de este Juzgado, en el mejor postor remataré: noventa y dos pupitres, en madera y aluminio, en regular estado de conservación, con un valor de diez mil colones cada uno para un total de novecientos veinte mil colones. Lo anterior por haberse ordenado así en desahucio número 2009-000050-221-CI de Ileji S. A., contra The English Institute S. A..Juzgado Civil de Menor Cuantía de San José.—Lic. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza.—RP2011216858.—(IN2011003047).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil once, y con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y seis mil ciento veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Formaliza Jiménez Recio; al sur, Lidia Chavarría Ramírez y calle pública; al este, calle pública; y al oeste, Eduardo Guido Alvarado. Mide: ciento sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de marzo del dos mil once, con la base de dos millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once, con la base de seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Donny Pichardo Arce, María Victoria Quirós Delgado. Expediente: 10-000605-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 23 de diciembre del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2011216908.—(IN2011003048).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil once y con la base de dos millones noventa y dos mil ochocientos cuarenta y nueve colones con treinta y tres céntimos (primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca Isuzu, color blanco, estilo NPR, placa CL149934, chasis: JAMJP7481H9400529, carga liviana, año 1987. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo del dos mil once, con la base de un millón quinientos noventa y seis mil seiscientos treinta y siete colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil once, con la base de quinientos veintitrés mil doscientos doce colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Antonio Miguel Figueroa Arce contra Rótulos Rotejoma Sociedad Anónima. Expediente número: 10-000016-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de diciembre del 2010.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—RP2011216918.—(IN2011003049).

A las 10:45 horas del 2 de marzo del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbres trasladadas bajo las citas 0354-00010514-01-0900-001, 0354-00010514-01-0901-001, y 354-00010514-01-0902-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢20.000.000,00, remataré: finca inscrita en Propiedad del partido de Alajuela, folio real matrícula número 355.092-000, que es terreno con una casa de habitación sito en Florencia de San Carlos, distrito segundo del cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, German Díaz Ruiz; al sur, servidumbre de paso lastrada con doce metros de ancho; al este, calle pública asfaltada con 40 metros 23 centímetros lineales; y al oeste, Asociación de Transportistas de San Carlos. Mide: mil cuatrocientos cuarenta metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢15.000.000,00, se señalan las: 10:45 horas del 16 de marzo del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢5.000.000,00, se señalan las 10:45 horas del 30 de marzo del 2011. Se remata por ordenarse así en expediente 10-101145-297-CI. Ejecución hipotecaria del Banco de Costa Rica contra Segundo Neftalí Madrigal Alvarado.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de enero de 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011216944.—(IN2011003050).

En la puerta exterior de este despacho, soportando hipoteca de primer y segundo grado, libre de anotaciones, a las nueve horas del veintiocho de febrero del dos mil once, y con la base de un millón trescientos mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 715255, marca Toyota, estilo Corolla DX, año 1994, color plateado, chasis 2T1AE09B0RC069672, motor marca Toyota, cilindrada 1800 c.c., para el segundo remate se señalan las nueve horas del catorce de marzo de dos mil once, con la base de novecientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercer subasta se señalan las ocho horas del veintiocho de marzo de dos mil once, con la base de trescientos veinticinco mil colones (sea el veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso prendario de Inversiones Noviembre Diecisiete del Este S. A., en contra de Yunen Blanco Muñoz. Expediente 10-100520-0895-CI-7.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de la Unión, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Marlene Solís Blanco, Jueza.—RP2011216945.—(IN2011003051).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando dos servidumbres trasladadas y una servidumbre de aguas pluviales; a las dieciséis horas y cero minutos del catorce de febrero de dos mil once, y con la base de cuatro millones quinientos cuarenta y cuatro mil novecientos un colones con cincuenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 194909-001-002 la cual es terreno para construir lote 11-A. Situada en el distrito 02 San Pedro, cantón 02 Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote A-10; al sur, lote A-12; al este, calle pública y al oeste, zona de protección. Mide: ciento noventa y un metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del uno de marzo de dos mil once, con la base de tres millones cuatrocientos ocho mil seiscientos setenta y seis colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil once con la base de un millón ciento treinta y seis mil doscientos veinticinco colones con treinta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Jesús Alonso Montero Campos y Marianela Estrella Molina Miranda. Expediente Nº 10-002187-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de noviembre del 2010.—Lic. Marlene Martínez González, Jueza.—RP2011217281.—(IN2011003571).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando libre de gravámenes prendarios pero soportando sumaria 09-000115-0944-CI del Juzgado Contravencional de Liberia e Infracción/Colisión 08-000899-0764-CI, a las ocho horas treinta minutos del diez de febrero del dos mil once, y con la base de dos millones trescientos ochenta y dos mil noventa y tres colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 403512, marca Daihatsu Terios, año 2001, Vin JDAJ102G000503200, cilindrada 1300 cc, color plateado, categoría automóvil. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de febrero del año dos mil once, con la base de un millón setecientos ochenta y seis mil quinientos sesenta y nueve con 8/100 colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para el tercer remate, se señalan las catorce horas del dieciséis de marzo del dos mil once, con la base de quinientos noventa y cinco mil quinientos veintitrés con 25/100 colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ehmo S. A. contra Eduardo Velásquez Dinarte. Expediente Nº 09-002440-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 28 de octubre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011003631).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil once, y con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro cero cero cero (387564-000) la cual es terreno con una casa de habitación lote 3G. Situada en el distrito 04 Patalillo, cantón Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 2-G; al este, lote 4-G y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil once, con la base de trece mil ciento veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y quince minutos del quince de marzo del dos mil once con la base de cuatro mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Berta de Heredia S. A. contra Lisbeth María cc Ingrid Cristina Pe Pérez Castillo. Expediente Nº 09-003113-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011003660).

A las trece horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones, al mejor postor remataré, la siguiente finca del partido de Puntarenas, matricula Folio Real número ciento veintiséis mil trescientos veintisiete- cero cero cero, que es terreno para construir, sito en distrito tercero Macacona del cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con servidumbre de paso con un frente a ella de seis metros lineales y Flory Morales Chacón, al sur, este y oeste con Flory Morales Chacón. Mide: doscientos veintiún metros con ochenta y un decímetros cuadrados, según plano P-cero ocho cero uno dos dos ocho-dos mil dos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil once, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil once, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en hipotecario 10-100618-642-CI-2 de Gerarda Pacífica Fernández Sandoval contra Isabel Pérez Villalobos.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2011003691).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones de colones, a las nueve horas del veintiséis de abril del año dos mil once, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un mil ochocientos veintiuno-cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito cuatro San Isidro, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael Porras Mora; al sur, calle pública con 13,18; al este, Teresa Chavarría Mena y al oeste, Rafael Porras Mora. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señala las nueve horas del diez de mayo del año dos mil once, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veinticuatro de mayo del año dos mil once con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Damaris Castro García contra Gerardo Antonio Rodríguez Porras. Exp. Nº 09-002147-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de noviembre del 2010.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011002660).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbres trasladada; a las nueve horas del diecisiete de marzo del año dos mil once, y con la base de doscientos mil dólares exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y siete mil setecientos treinta- cero cero cero la cual es terreno lote dos terreno de cafetal. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Eugenia Camacho Morales; al sur, Río Turales; al este, Río Turales y al oeste, calle pública con un frente a ella de novena y cuatro metros treinta y cuatro centímetros. Mide: trece mil novecientos setenta y nueve metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del cinco de abril del año dos mil once, con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintiocho de abril del año dos mil once con la base de cincuenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Guillermo Rodríguez Maroto contra Inversiones Moluk S.A. Exp. 09-002848-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de noviembre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011002692).

A las nueve horas del dos de marzo de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones bajo los tomos 311 y 370, asientos 16270, 14936 respectivamente, y soportando plazo de convalidación bajo el tomo 573 y asiento 87371, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la actora, sea la base de $80.000 en moneda de curso legal de los Estados unidos de Norteamérica, remataré: Finca inscrita en Propiedad del Partido de Alajuela, Folio Real Matrícula número 349.032-000, que es terreno de repastos, distrito diez, Venado, del cantón diez, San Carlos de la Provincia de Alajuela. Linda al norte, Mainor Pérez Soto, Geiner Pérez Conejo; al sur, Ovidio Pérez Conejo; al este, Mainor Pérez Soto, calle publica, y al oeste, Río Nilo. Mide: Ciento cincuenta y un mil ciento setenta y nueve metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $60.000 en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las: nueve horas del dieciséis de marzo de dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de $20.000 en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica, se señalan las: nueve horas del treinta de marzo de dos mil once. Se remata por ordenarse así en Exp. 10-101069-297-CI, ejecución hipotecaria de La Millonaria.Com S. A., contra Toucan Properties LLC Sociedad R.L.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Viviana Quirós Rodríguez, Jueza.—RP2011216567.—(IN2011002693).

En la puerta de este Despacho; libre gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil once, y con la base de dieciséis millones ciento sesenta y cuatro mil seiscientos dieciséis colones con cincuenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 144599-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Tres Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, José Ilsis Contreras Cascante; al sur, Leonel Hernández Torres; al este, Teresa Zavaleta Durán y José Ilsis Contreras Cascante y al oeste calle publica con un frente de 18,60 metros. Mide: seiscientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil once, con la base de doce millones ciento veintitrés mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cuarenta céntimos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de abril del dos mil once con la base de cuatro millones cuarenta y un mil ciento cincuenta y cuatro colones con trece céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Celajes Pamperos C. P. S. A., Transverde International S. A. Exp. Nº 10-000235-0386-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Liberia, 9 de diciembre del 2010.—Lic. Ilse Araya Pineda, Jueza.—RP2011216659.—(IN2011002695).

A las diez horas del veintiuno de febrero de dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base inicial de treinta mil dólares americanos al mejor postor se rematará: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y ocho- cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno San Vicente, cantón catorce Moravia, provincia de San José. Colinda: al norte, Adriana Villalobos, al sur, calle, al este, y oeste, T.R. División Vivienda. Mide: ciento setenta y nueve metros con ochenta y tres decímetros cuadrados, según el plano catastrado SJ- cero cero dos uno cuatro seis cero- mil novecientos setenta y seis. En caso de de no haber postores, para el segundo remate se señalan diez horas del siete de marzo de dos mil once, con la base de veintidós mil quinientos dólares americanos (25% de rebajo en la base) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del catorce de marzo de dos mil once con la base de siete mil quinientos dólares americanos (25% de la base inicial). Lo anterior por ordenarse así dentro de juicio ejecutivo hipotecario Nº 10-100332-0197-CI de Desiderata S. A. contra Fasosqui S. A.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 20 de diciembre del 2010.—Lic. Jorge Alberto Pérez Jiménez, Juez.—RP2011216727.—(IN2011002696).

A las 8:45 horas del 24 de febrero del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas y restricciones bajo las citas 0341-00011718-01-0958-001, y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la actora, sea la base de quince millones de colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad partido de Alajuela Folio Real matrícula número 206.159-000, que es terreno de agricultura sito en Pital de San Carlos, distrito seis del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública; al sur, Heriberto Vargas; al este, Édgar Arrieta, y al oeste, Juan Félix Cordero. Mide: cuarenta y un mil ciento cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de once millones doscientos cincuenta mil colones, se señalan las: 8:45 horas del 10 de marzo del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones, se señalan las: 8:45 horas del 24 de marzo del 2011. Se remata por ordenarse así en Exp. 10-101031-297-CI ejecución hipotecaria de Luz Fanny Quesada Alpízar contra Carlos Luis Villalobos Salas.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 01 de diciembre del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011216750.—(IN2011002697).

A las ocho horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil once. Libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de ciento cuatro mil veinticinco dólares, al mejor postor remataré: Maquinaria: Tractor de orugas, marca Caterpillar, modelo D5K, año 2009, serie número CAT00D5KKWWW00698, motor número C4E04541. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil once, con la base de setenta y ocho mil dieciocho dólares con setenta y cinco centavos de dólar (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil once, con la base de veintiséis mil seis dólares con veinticinco centavos de dólar Lo anterior por haberse ordenado así en prendario 10-100646-642-CI-2 de Caterpillar Crédito S. A., de C.V., contra: Inversiones Rino Buenos Aires S. A., y otros.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—(IN2011002927).

A las nueve horas del quince febrero del dos mil once, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de ciento cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco dólares, al mejor postor remataré: Un vehículo placas EE veintiocho mil ochocientos sesenta, marca Caterpillar, estilo D5K, categoría equipo especial obras civiles, serie CAT00D5KLWWW00614, carrocería tractor de oruga, tracción cuatro por dos, capacidad una persona, año dos mil ocho, color amarillo, motor número C4E03826, peso bruto nueve mil novecientos setenta kilogramos, cilindrada cuatro mil cuatrocientos centímetros cúbicos, potencia setenta y uno KW, combustible diesel, cilindros cuatro, modelo D5K. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del primero de marzo del dos mil once, con la base de setenta y nueve mil ciento trece dólares con setenta y cinco centavos de dólar (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del quince de marzo del dos mil once, con la base de veintiséis mil trescientos setenta y un dólares con veinticinco centavos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario Nº 10-100647-642-CI-3 de Cartepillar Crédito S. A., de C.V., contra Inversiones Rino Buenos Aires S. A., y otros.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011002928).

A las nueve horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil once, libre de gravámenes prendarios, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, con la base de ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos, al mejor postor remataré: EE-veintisiete mil ciento treinta y dos, marca Caterpillar, estilo 320 CL, categoría equipo especial obras civiles, serie CAT0320CTPAB07793, carrocería excavadora, tracción cuatro por dos, capacidad una persona, año dos mil siete, color amarillo, motor número MAE15618, peso bruto dos mil doscientos kilogramos, cilindrada seis mil cuatrocientos centímetros cúbicos, potencia ciento tres KW, cilindros seis, modelo 320 CL. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil once, con la base de ciento dieciocho mil noventa seis dólares con ochenta y ocho centavos de dólar (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil once, con la base de treinta y nueve mil trescientos sesenta y cinco dólares con sesenta y tres centavos (un 25% de la base original). Lo anterior por haberse ordenado así en prendario 10-100648-642-CI-1 de Carterpillar Crédito S. A., de C.V., contra: Inversiones Jurima S. A., y otros.—Juzgado Civil  y Agrario de Puntarenas.—Lic. Gustavo Fernández Zelada, Juez.—(IN2011002930).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; soportando denuncia penal del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José. Expediente: 09-000152-0622-PE, inscrita al tomo: 2010 asiento 00063209 a las nueve horas y cero minutos del diez de marzo del año dos mil once, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 124262-000 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 12 Chacarita, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte INVU; al sur INVU; al este calle pública y al oeste Municipalidad de Puntarenas. Mide: doscientos setenta y tres metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil once, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del siete de abril del año dos mil once con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rigoberto Víquez  Montero contra Inversiones Di La Rosa Di Rodrigo Sociedad Anónima. Exp. Nº 10-000983-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de diciembre del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—RP2011216829.—(IN2011003046).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil once (primer remate), y con la base de treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y un dólares con quince centavos (34.341.15), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº EE-027508, marca New Holland, año 2008, Vin Z8CC35067, cilindrada 7500 C.C., color azul, categoría equipo especial agrícola. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil once, con la base de veinticinco mil setecientos cincuenta y cinco dólares con ochenta y seis centavos (25.755.86), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil once, con la base de ocho mil quinientos ochenta y cinco dólares con veintiocho centavos (8.585.28), moneda de los Estados Unidos de América (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Agrosuperior S. A., contra Corporación Tres Rojas Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-000194-0930-CI.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de enero del 2011.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—(IN2011003334).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil once, y con la base de veintitrés mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y cinco mil ciento noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de pastos. situada en el distrito Upala, cantón Upala de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cabeza de León S. A.; al sur, calle pública en dos partes en la primera parte un frente de 57 metros, 94 cm y en la segunda parte un frente de 50 metros; al este, Juan Acevedo Hurtado y calle pública con un frente se 84 metros, 65 cm y al oeste Cabeza de León S. A. Mide: diez mil metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del doce de abril del dos mil once, con la base de diecisiete mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del cinco de mayo del dos mil once, con la base de cinco mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Atlantic Tractor Sociedad Anónima contra Carmen María Castillo Zúñiga, José Elías González Tablada y Leonel de Jesús González Tablada. Expediente Nº 09-002969-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 26 de noviembre del año 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—RP2011217075.—(IN2011003561).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando infracciones y colisiones bajo la sumaría 09-605092-0489-TR, a las diez horas y treinta minutos del tres de marzo del dos mil once, y con la base de un millón cien mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 653739, marca Geo, año 1993, Vin 2CNBJ18U3P6924240, cilindrada 1600.00 cc, color rosado, categoría Tracker. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil once, con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de abril del dos mil once, con la base de doscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Claudio Soto Soto contra Amalia De Jesús Alvarado García. Expediente Nº 08-015347-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro, Primer Circuito Judicial de San José, 21 de diciembre del año 2010.—Lic. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez.—RP2011217076.—(IN2011003562).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre trasladada, así como hipoteca de primer y segundo grado, a favor de la Fundación para la Vivienda Costa Rica Canadá, las cuales responden respectivamente por las sumas de ochocientos cincuenta mil colones y quinientos cincuenta mil colones exactos; a las nueve horas del primero de marzo del dos mil once, y con la base de dos millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y cinco mil trescientos treinta-cero cero cero, la cual es terreno para construir una casa, situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur, Edgar Barboza Mora; al este, Edgar Barboza Mora y servidumbre, y al oeste, Edgar Barboza y otro. Mide: doscientos tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del dieciséis de marzo del dos mil once, con la base de un millón quinientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil once, con la base de quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elmer Jiménez Navarro contra Jenny María Barboza Ureña. Exp. Nº 10-000546-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de diciembre del año 2010.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011217147.—(IN2011003563).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 365, asiento 11024; a las trece horas, treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil once, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y nueve mil ochocientos trece-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, situada en el distrito 02 Cinco Esquinas, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Residencial del Rey casa número 6-R; al sur Residencial del Rey casa número 8-R; al este Residencial del Rey, y al oeste, calle pública con 4,26 decímetros. Mide: sesenta metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas, treinta minutos del catorce de marzo del dos mil once, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil once, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Karla Marcela Madrigal Valenciano. Expediente Nº 10-026225-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de octubre del año 2010.—Lic. Skarleth Chavarría Rodríguez, Jueza.—RP2011217176.—(IN2011003564).

A las ocho horas del dieciocho de febrero de dos mil once, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, soportando servidumbre trasladada según citas de inscripción al tomo trescientos ochenta y cuatro, (384) asiento quince mil quinientos noventa y seis, (15596) con la base de siete millones quinientos mil colones, rematé: finca inscrita en el Registro Público provincia de San José, matrícula cuatrocientos setenta y un mil doscientos diecisiete-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 3-C, situado en el distrito primero Aserrí, del cantón sexto Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: norte, lote 4-C; sur, lote, 2-C; este, Claufer S. A., y al oeste, calle pública con un frente de 7,5 metros. Mide: ciento cuarenta metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Hipotecario número  06-000323-0504-CI,  de  Inmobiliaria  Pegajosa S. A., e Inversiones Carmen Ramona S. A. contra Eduardo Gerardo Abarca Fernández y otra.—Juzgado Civil y de Trabajo de Desamparados, 8 de diciembre del 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—RP2011217189.—(IN2011003565).

A las nueve horas del quince de febrero del dos mil once, en la puerta exterior de este despacho judicial, con la base de un millón ciento sesenta y un mil ochocientos cincuenta colones, sáquese a primer remate la finca inscrita el Registro Público de la Propiedad matrícula cero cero cero cincuenta y tres mil doscientos uno-cero cero cero, que es terreno para construir con una casa número 537, situada en el distrito uno, cantón uno de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con calle pública, sur, con el Invu, este, Invu y oeste, Invu. Mide: ochenta y nueve metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. A las nueve horas del dos de marzo del dos mil once, se llevará a cabo el segundo remate sobre dicha propiedad y con una rebaja del 25% de la base original sea la suma de ochocientos setenta y un mil trescientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos. Y a las nueve horas del diecisiete de marzo del dos mil once, se realizará el tercer remate, con el 25% de la base original sea la suma de doscientos noventa mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de ejecución hipotecaria número 10-101693-473-CI establecido por Municipalidad de Limón contra Lidia Briones Ibarra.—Juzgado de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 6 de diciembre del 2010.—Lic. Mario Alberto García Araya, Juez.—RP2011217335.—(IN2011003780).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas del diez de febrero del dos mil once, y con la base de un millón treinta y siete mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas MOT 242266 marca United Motors, Vin L tres J ocho cc, uno B siete ocho C siete B cero cero cuatro seis, número de chasis L tres J ocho cc, uno B siete ocho C siete B cero cero cuatro seis, estilo DTF ciento cincuenta, modelo DTF ciento cincuenta, año de modelo dos mil nueve, color anaranjado, capacidad dos personas, categoría motocicleta, carrocería motocicleta, tracción sencilla, peso neto setenta y ocho kilogramos, peso bruto doscientos dieciocho kilogramos, número de motor ST uno seis dos FMJ cero siete dos nueve cuatro dos cero tres, marca de motor United Motors, tipo no indica, combustible gasolina, número de cilindros uno, potencia nueve, cilindrada ciento cuarenta y nueve centímetros cúbicos. Para el segundo remate, se señalan las once horas del veinticinco de febrero del dos mil once, con la base de setecientos setenta y siete mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas del dieciséis de marzo del dos mil once con la base de doscientos cincuenta y nueve mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Rocío Soto Sánchez. Expediente Nº 10-005069-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 8 de noviembre del 2010.—M.s.c. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—RP2011217343.—(IN2011003782).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil once, y con la base de veinticinco millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: CL 231828, marca: Dodge, categoría: marca liviana, carrocería: caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, cilindrada: 6700 cc, combustible: diesel, modelo: Ram 2500, cilindros: 06, serie: 3D7KS28A57G767883, año: 2007, color: gris. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil once, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil once, con la base de seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Allen Ronald Arrieta Hidalgo contra Jarvimar de Nosara S. A. Expediente Nº 10-000550-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 8 de diciembre del 2010.—Lic. Francis Porras León, Juez.—RP2011217414.—(IN2011003785).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de febrero del año dos mil once, y con la base de treinta mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con treinta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 209947, marca Toyota, estilo Hilux SRV, año 2007, Vin 8AJFZ29G206021813. Para el segundo remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil once, con la base de veintidós mil ochocientos cincuenta y ocho dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil once con la base de siete mil seiscientos doce dólares con ochenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en ejecución prendaria de Purdy Motor Sociedad Anónima contra Inversiones Rixapra de Centroamérica Sociedad Anónima. Expediente Nº 10-000782-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 30 de noviembre del 2010.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011004047).

A las trece horas con treinta minutos del siete de febrero de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este despacho, soportando un gravamen hipotecario citas 0388-00010109-01-0001-001, por la suma de veintidós mil setecientos colones, siendo el acreedor Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo, con cédula jurídica 3-009-045021, propiedad inscrita en el partido de Puntarenas, matrícula número 00062061-000, linda: al norte, con calle pública, con 8 metros y 9 centímetros frente, al sur, Melvin Rodríguez Rodríguez, al este, Xinia Espinoza Mesén y al oeste, Gerardo Guevara Guevara. Mide: ciento ochenta y dos metros con veinte decímetros cuadrados proporción medida: **00*****. Plano: P-0795758-1989. Propietario Gerardo Telles Gutiérrez. Adjudicación de finca (divorcio), citas 0508-00008375 001. Habitación familiar citas: 0388-00010109-01 0003-001; sáquese a remate dicha finca. La base del primer remate, será la suma dada por el perito, en el monto de doce millones cuatrocientos veintisiete mil, sin céntimos. De resultar fracasado este primer remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base, es decir en la suma de nueve millones trescientos veinte mil doscientos cincuenta colones sin céntimos, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho, a las trece horas con treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil once. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de seis millones novecientos noventa mil ciento ochenta y siete, con cinco céntimos, celébrese la tercer y última subasta, en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las trece horas con treinta minutos del tres de marzo de dos mil once. Expídase y publíquese el edicto de ley. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 26 ibídem, en caso de resultar insubsistente alguno de los remates señalados como eventuales almonedas fracasadas se procederá a realizar nuevos señalamientos, dejándose sin aquellos que pudieran afectar el curso normal de la ejecución. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución de sentencia de Gerardo Tellez Gutiérrez contra Lida Jiménez Cantillo. Expediente Nº 09-400064-421-F.A.(4).—Juzgado Penal Juvenil y de Familia de Puntarenas.—Lic. Alejandro Cubero Lizano, Juez.—(IN2011004061).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las diez horas veinte minutos del ocho de febrero del dos mil once, y con la base de ciento sesenta y ocho millones quinientos ochenta y seis mil novecientos colones (¢168.586.900), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiún mil quinientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura y árboles frutales. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, carretera con 2010 metros 60 cm; al sur, Antonio Segura Montes y otro; al este, Mario Gólcher Avendaño y al oeste, Ramanan S. A. Mide: veintiún mil setenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil once, con la base de ciento veintiséis millones cuatrocientos cuarenta mil ciento setenta y cinco colones (¢126.440.175) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas veinte minutos del diez de marzo del dos mil once con la base de cuarenta y dos millones ciento cuarenta y seis mil setecientos veinticinco colones (¢42.146.725) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Colocaciones Monetarias de San Carlos S. A. contra Inversiones Cantolusa S. A. Expediente Nº 09-002991-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 07 de diciembre del 2010.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011004117).

Convocatorias

Para conocer sobre lo dispuesto en el artículo 926 del Código Procesal Civil, referente a la designación de albacea propietario y suplente, para conocer el alcance de bienes y el avalúo de los mismos, así como los créditos legalizados, se convoca a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Luzvina Ángela Acuña Rojas, cédula de identidad 9-079-362, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de La Cabanga de Guatuso, Alajuela, ochocientos metros al oeste de la Delegación Distrital, a una junta de herederos que se llevará a cabo en este Despacho, a las quince horas del veintiuno de febrero de dos mil once. Proceso sucesorio de Luzvina Ángela Acuña Rojas. Expediente Nº 10-000051-0298-AG. Promovido por Rosangela Carvajal Acuña.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de diciembre del 2010.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—RP2011217378.—(IN2011003798).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Noemy Segura Flores, quien fuera mayor, viuda, portadora de la cédula de identidad uno-doscientos sesenta y ocho-ochocientos noventa y ocho, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 08-100089-0216-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Hatillo, Alajuelita y San Sebastian.—Msc. Diamantina Romero Cruz, Jueza.—1 vez.—RP2011217573.—(IN2011003816).

Títulos Supletorios

Luis Guillermo López Jiménez, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número 2-337-604, vecino de Alajuela, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir en el registro respectivo el siguiente inmueble: Naturaleza terreno de montaña y tacotales, ubicada en Duruy distrito segundo, cantón primero, de la provincia de Limón, área de treinta y nueve hectáreas 6705 metros con setenta y seis decímetros cuadrados, según plano catastrado número L-509435-98. Linda: al norte, María Teresa Jiménez Fuentes; sur, Altamira Flores Barquero; este, Río Vitey en medio y Luis Guillermo Méndez Villalobos; oeste, calle pública con 828.43 metros cuadrados. Fue estimado el inmueble en la suma de ochocientos mil colones. No existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de edicto se apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Publíquese una vez. Información posesoria Nº 04-000471-678-CI (A-1).—Juzgado Agrario de Limón, 25 de noviembre del 2009.—Lic. Wilbert Álvarez Li, Juez.—1 vez.—(IN2011002231).

Se hace saber que en este Juzgado se ha presentado el proceso de diligencias de Información Posesoria, expediente 08-000293-0386-CI, promovidas por Feliciana Alfaro Morera, quien es mayor, casada una vez, pensionada, cédula 5-0089-0633; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, la finca que se describe a continuación: naturaleza: terreno con casa, Situado en: barrio Holliwod, distrito 01 Filadelfia, cantón 05 Carrillo y provincia 05 Guanacaste, plano catastral: G-1207833-2008, medida: 397.50 m2, Linderos: norte, Joel Gerardina Corrales Chávez y Alejandrina Medina Medina; sur, calle pública con veinticuatro metros setenta y siete centímetros lineales frente a ella; este, Gisella Pizarro Briceño, y oeste, Enrique Ortiz Ortiz. Indica el promotor que la finca no ha sido inscrita en el Registro Público, que carece de título inscribible de dominio, que la solicitud no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio y no existente cargas reales o gravámenes ni condueños; estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones. Indica también que la finca la adquirió por compra - venta que le hizo la señora Sara María Alfaro Contreras, cédula 5-0193-0396 hace aproximadamente doce años y que desde ese entonces la ha poseído en forma pública, pacífica, continua y a título de único poseedor y dueño. Que sus actos de posesión han consistido en hechura de cercas y chapeas, hacer rondas y cuido en general. Ante el Registro Público de la Propiedad, mediante certificación notarial de fecha 24 de marzo del 2008 si aparecen bienes inscritos a su nombre bajo el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias (certificación de folio 4). Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la ley supracitada, se emplaza a todos los interesados en este asunto para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 26 de octubre del 2010.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—RP2011216402.—(IN2011002292).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 10-002170-0504-CI (271-1-10), proceso: información posesoria, promueve: Luis Roberto Solís Soto, quien es mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número: 4-0150-0783, vecino de San Ramón de la Virgen de Sarapiquí, tres kilómetros este de la plaza, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de potrero y agricultura, situado en San Ramón, del distrito segundo la Virgen, del cantón décimo de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Rosibel Brenes Román, Keisy Estefany Álvarez; al sur: Luis Roberto Solís Soto y Javier Francisco Solís; al este: calle pública con un frente a ella de cuarenta metros con noventa y seis centímetros lineales y Luis Roberto Solís Soto y al oeste: Rosibel Brenes Román. Mide: once mil cuatrocientos siete metros cuadrados, con plano catastrado número: H-1304988-2008. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 21 de diciembre 2010.—Lic. Sergio Ramos Álvarez, Juez.—1 vez.—RP2011216431.—(IN2011002293).

José Francisco Ramírez Mora, mayor, casado una vez, agente de ventas, vecino de Guadalupe, cédula de identidad número uno-cuatrocientos veinticuatro-trescientos sesenta y seis, promueve diligencias de Información Posesoria para inscribir en el registro respectivo el siguiente inmueble: naturaleza terreno agricultura, repastos y frutales, sito en la provincia de Limón, cantón cuarto de Talamanca, distrito tercero Cahuita, área de mil cuatrocientos nueve metros cuadrados con setenta y cuatro decímetros cuadrados según plano catastrado número L-524678-98. Linda al norte, con calle pública con un frente de treinta y seis, setenta y tres metros cuadrados; sur, Miriam Flores Cabrera; este, Víctor Flores Cabrera; oeste, Giabit Fergunson Correoso, con una medida de treinta y un decímetros cuadrados. Fue estimado el inmueble en la suma de diez millones de colones. No existen condueños, ni cargas reales. Llámese a todos los interesados para que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de edicto se apersonen a este despacho en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 10-000141-0678-CI.—Juzgado Agrario de Limón, 16 de diciembre del 2010.—Lic. Frank Góngora Baltodano, Juez.—1 vez.—RP2011216463.—(IN2011002294).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 10-000161-0507-AG, (197-1-10), proceso: información posesoria, promueve: Christine Mary Bardolf Thomas, quien es ciudadana estadounidense, mayor, casada una vez, bibliotecaria, cédula de residencia número: uno ocho cuatro cero cero cero cuatro cinco seis seis uno cinco (184000456615), vecina de Alajuela, San Isidro, seiscientos metros al norte del Hotel Bella Vista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de potrero, situado en La Alegría del distrito sexto Siquirres, cantón tercero de Limón. Colinda: al noroeste: con Álvaro Raúl Solano Bejarano, al sur: Rodrigo Hernán Solano Rojas y servidumbre de paso agrícola al este: Rojose Centroamericana Limitada y al oeste: Rodrigo Hernán Solano Rojas. Mide: trece hectáreas, con dos mil un metros cuadrados, con plano catastrado número: 7-1397044-2010.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trece millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de diciembre.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—RP2011216469.—(IN2011002295).

Elvira Hernández Hernández, mayor, soltera, de oficios domésticos, vecina de Llano Grande de Mora, cédula uno- trescientos cinco-novecientos treinta y nueve, promueve diligencias de información posesoria, para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: terreno con una casa, sito en Llano Grande de Mora, distrito quinto Picagres, cantón sétimo Mora, provincia de San José. Linda al norte, con calle pública y Didieth Mora Mora; al sur, con María Adelides Mora Mora; al este, con Didieth Mora Mora; y al oeste, con calle pública y María Adelides Mora Mora, mide ciento veinte metros quince decímetros cuadrados, según plano catastrado SJ-nueve dos uno tres tres nueve-dos mil cuatro. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria Nº 08-000069-0689-AG.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 12 de noviembre del 2009.—MSC. Lilliana Azofeifa Azofeifa, Jueza.—1 vez.—RP201216521.—(IN2011002296).

Citaciones

En esta notaría se ha presentado la señora María del Rosario Sidey Rivera Ceciliano, para solicitar la apertura del proceso sucesorio testamentario notarial de quien en vida fuera José Luis Arguedas Sánchez. Se advierte a los interesados el derecho que tienen de apersonarse con el fin de formular cualquier objeción dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación del presente edicto, en la oficina de la Licenciada Adriana Victoria Salgado Calvo, situada en San José, Moravia, La Trinidad, Residencial Las Rosas, casa número trece-D. Expediente 0002-2010. Proceso sucesorio testamentario notarial de José Luis Arguedas Sánchez.—San José, 03 de enero del 2011.—Lic. Adriana Salgado Calvo, Notaria.—1 vez.—(IN2011001165).

Roberto Cambronero Vindas, Abogado y Notario de Heredia comunica que en su notaría se realiza el sucesorio de Jorge Vargas Araya. Se cita y emplaza a los interesados a apersonarse en esta notaría situada en Heredia, calle 20, avenidas 0 y 2, número 64.—Heredia, 11 de enero del 2011.—Lic. Roberto Cambronero Vindas, Notario.—1 vez.—RP2011215962.—(IN2011001675).

Se hace saber:que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ruth Sancho Barquero, quien fue casada una vez, jubilada, vecina de San José, cédula de identidad número 3-069-482. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 10-000180-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, 24 de setiembre del 2010.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2011002648).

Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio 10-100036-0239-CI de Helbert Enrique Villarreal, quien en vida fue mayor, costarricense, soltero, cédula de identidad  número 1-419-553; para que dentro del mismo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 29 de julio del 2010.—Lic. Leenyer Lanuza Víquez, Juez.—1 vez.—(IN2011002650).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Jeannette Suárez Quirós, quien fue mayor, soltera, educadora, costarricense, cédula número 1-395-1048 y vecina de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100153-0441-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Coto Brus, San Vito, 8 de diciembre del 2010.—Lic. Eida Shrilenia Pérez Ríos, Jueza.—1 vez.—RP2011216599.—(IN2011002703).

Ante esta notaría, se ha presentado la señora Juana Barrantes Obando, cédula de identidad número seis-cero noventa y uno- novecientos noventa y cinco, para solicitar a la suscrita notaria la apertura extrajudicial del sucesorio ab-intestato de quien en vida fue Carlos Luis Varela Elizondo, conocido como Carlos Luis Elizondo Elizondo, mayor de edad, costarricense, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número seis- cero ochenta y cinco-setecientos noventa y cinco, vecino de Judas de Chomes, cincuenta metros norte del salón comunal. En virtud de lo anterior, se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Miramar ciento cincuenta metros norte de la clínica del Seguro Social, a reclamar y hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda.—Miramar, 5 de enero del 2011.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—RP2011216657.—(IN2011002704).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Flora Avendaño Ramírez, con cédula dé identidad número uno-ciento sesenta y seis-trescientos setenta y ocho, muerte acaecida el día nueve de octubre del año dos mil y Luz Avendaño Ramírez, portadora de la cédula de identidad número uno-ciento treinta y tres-quinientos setenta y uno, muerte acaecida el día doce de enero de dos mil dos, ambas fueron mayores, solteras, amas de casa, vecinas de San José, San Sebastián, calle tres, de la gasolinera Texaco, cien metros al este y ciento cincuenta metros al sur, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, en el Boletín Judicial, se apersonen a reclamar sus derechos en sucesorio en vía notarial, en la oficina de la notaria autenticante, sito en San Sebastián, Urbanización Zorobarú, número 21-K, teléfono 2226-4289. Si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0002-2010.—San José, 9 de enero del 2011.—Lic. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—RP2011216666.—(IN2011002705).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Manuel Calderón Herrera, quien en vida fuera mayor de edad, casado una vez, auditor fiscal, vecino de Mercedes de Montes de Oca, frente a la entrada a las instalaciones deportivas de la Universidad de Costa Rica, cédula número tres – cero ciento cuarenta y ocho – cero cero setenta y ocho, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a la oficina del notario Bautista Elgarrista Fuentes, situada en la ciudad de San José, en calle tres bis, entre avenidas nueve y once, casa número novecientos setenta y cuatro, a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 0002-2010. Proceso sucesorio notarial de Manuel Calderón Herrera.—San José, 13 de diciembre del 2010.—Lic. Bautista Elgarrista Fuentes, Notario.—1 vez.—RP2011216840.—(IN2011003064).

Juan Carlos Chaves Mora, notario público con oficina abierta en Turrialba, del Balneario Las Américas doscientos metros al sur, hace saber que en esta notaría, bajo el expediente número uno-dos mil once, se tramita la sucesión de quien en vida fue el señor Álvaro Montero Vega, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, con cédula de identidad número dos-uno cero siete-cinco dos siete. Se emplaza a quien tenga interés en este asunto por treinta días, que correrán a partir de la publicación de este edicto, bajo el entendido de que en su defecto la herencia pasará a quien corresponda.—Turrialba, dieciocho de enero del dos mil once.—Lic. Juan Carlos Chaves Mora, Notario.—1 vez.—RP2011216854.—(IN2011003065).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Rafael Ángel Rojas Arrieta, quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número 2-214-975, vecino de Sucre de Quesada, San Carlos, 200 metros al sur del Liceo de Sucre. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 10-000189-0298-AG, consecutivo interno: 1149-10 (5A), causante: Rafael Ángel Rojas Arrieta.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 16 de diciembre del 2010.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2011216890.—(IN2011003066).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Francisco Collado Collado c.c. Francisco Collado Martínez, quien fue mayor, viudo, agricultor, vecino de Desamparados, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 10-100191-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 17 de noviembre del año 2010.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2011216903.—(IN2011003067).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Walter Dannemberger Vargas, quien fuera mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Paraíso de Cartago, con cédula de identidad Nº 1-322-749. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 09-001014-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de noviembre del 2010.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—1 vez.—RP2011216904.—(IN2011003068).

Por única vez, se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ramona Adelina Corrales Campos, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 9-045-979, vecina de Barrio Ron Ron de Florencia de San Carlos, frente al Área de Salud, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese lapso, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 10-101142-0297-CI. Sucesorio de Ramona Adelina Corrales Campos.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 11 de enero del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—RP2011216958.—(IN2011003069).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Carlos German Aguilar Castillo, quien en vida fue mayor, casado una vez, mecánico, con cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y cinco-ciento sesenta, vecino de Filadelfia, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Roberto Paniagua Vargas, con oficina ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, con teléfono 2688 86 51 y el fax 2688 86 82.—Filadelfia, 15 de enero del 2011.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—RP2011216962.—(IN2011003070).

Por escritura número 10 de las 15:00 horas del 17 de enero del año 2011, ante esta notaría, se ha solicitado la apertura y trámite del proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Don José Antonio Araya Vargas, mayor, casado una vez, Licenciado en Química, con cédula de identidad número: 2-194-083, vecino de San José. Se da inicio y se declara abierto el proceso sucesorio. Se nombra como albacea a Doña Delia Fernández Álvarez, cédula Nº 2-206-804, quien aceptó el cargo y presentó el inventario de bienes. Se cita a todos los interesados en esta sucesión para que dentro de un plazo de 30 días concurran ante esta notaría, a hacer valer sus derechos en San José, cantón Central, distrito Hospital, Bufete situado en barrio Don Bosco, calle 26, entre avenidas 2 y 4 número: 254. Proceso sucesorio de Don José Antonio Araya Vargas, expediente número 01-2011, Notaría del licenciado Juan Miguel Vásquez Vásquez.—San José, 17 de enero del 2011.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—RP2011217005.—(IN2011003071).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y otros interesados en el proceso sucesorio de quienes en vida fueron Andrés Alberto Sirias Fallas, cédula dos-quinientos ochenta y ocho-ochocientos ochenta y seis y Lizbeth María Moreira González, cédula cuatro-ciento ochenta y nueve-trescientos noventa y tres, para que dentro del término de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina de la notaria Xinia Alfaro Mena, ubicada en el Bufete Alfaro y Asociados, de Acueductos y Alcantarillados, ciento setenta y cinco al este, calles once y trece, avenida diez, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro del término, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, diecisiete de enero de dos mil once.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—RP2011217042.—(IN2011003072).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión legítima de Anna Katheryn Bueso, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciada, pensionada, vecina de Alajuela, Palmares, Zaragoza, del Bar La Lira, 100 metros norte, con cédula de residencia número 184000130833, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, comparezcan a la notaría del Lic. Roberto Villalobos Chaves, sita en San José, Barrio Don Bosco, de la Toyota del Paseo Colón, 200 metros sur y 50 metros oeste, Edificio Florcar, segundo piso, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: Nº 0001-2011.—San José, 17 de enero del 2011.—Lic. Roberto Villalobos Chaves, Notario.—1 vez.—RP2011217049.—(IN2011003073).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la apertura de la sucesión de la señorita Hilda Castro Villalobos, mayor, soltera, secretaria, cédula de identidad número uno-ciento cuarenta y seis-novecientos treinta y ocho, vecina de San José, frente a Abonos Agro en La Uruca, quien falleció el día dieciséis de marzo del año dos mil diez, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2010. Notaría del Bufete: Licenciada Evelyn Miranda Mora.—San José, dieciocho de enero de dos mil once.—Lic. Evelyn Cristina Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—RP2011217063.—(IN2011003074).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la menor Deidanyelin Cecilia Chavarría Díaz, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Asimismo se hace saber que se tiene como interviniente al abuelo materno de la menor. Expediente Nº 10-400536-0464-FA (4), promovido por Tatiana Chavarría Díaz.—Juzgado Penal Juvenil y de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 15 de diciembre del 2010.—Lic. Ingrid Chacón Durán, Jueza.—(IN2011001935).

                                                                                                            3 v.2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez del Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al señor Gerardo Badilla Rumoroso en su carácter de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la sociedad Servicios de Informática y Recursos Humanos Inforecur Sociedad Anónima, quien es mayor, cédula de identidad número 1-0827-0687, se le hace saber que, en demanda Ordinaria Laboral, establecida por Dayana Avila Moore contra Informática y Recursos Humanos Inforecur Sociedad Anónima, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: 66-2008. Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, a las ocho horas del nueve de abril del año dos mil ocho. Ordinario laboral establecido por Dayana Ávila Moore, mayor, soltera, estudiante, con cédula de identidad número 1-1146-0950, contra Servicios de Informática y Recursos Humanos Inforecur Sociedad Anónima, representada por su Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma, señor Gerardo Badilla Rumoroso. Figura como apoderado especial judicial de la parte actora el Licenciado Juan Ávila Abrahams (folio 39). Resultando: 1º—…; 2º—…; 3º—…; Considerando: I.—... II.—... III.—... IV.—... V.—...  Por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 235, 236, 246, 494, 452, 490, al 495 del Código de Trabajo y 22 del Código Procesal Civil, se declara parcialmente con lugar la presente demanda laboral establecida por Dayana Ávila Moore contra Servicios de Informática y Recursos Humanos Inforecur Sociedad Anónima, representada por su apoderado generalísimo sin limite de suma señor Gerardo Badilla Rumorosa. En virtud de lo anterior se condena a la demandada a pagar en favor de la parte actora, la suma de dos mil seiscientos treinta y siete dólares con treinta y seis centavos de dólar, por concepto de horas extras nocturnos de nota la relación laboral. Sobre de dos mil seiscientos treinta y siete dólares con treinta y seis centavos de dólar, por concepto de horas extras nocturnas de toda la relación laboral. Sobre la suma otorgada se obliga a la parte patronal al pago de los intereses legales desde la fecha dieciocho de mayo del año dos mil cinco, data en que feneció la relación laboral y hasta su efectivo pago, de conformidad con lo que estipula el Banco Nacional de Costa Rica para los depósitos a plazo fijo en seis meses. (Artículo 1163 del C.C). Se declara sin Lugar en cuanto a los extremos de días feriados, días libres, pago de gastos en transporte, daños y perjuicios y pago del uno punto cinco por ciento sobre el total de salarios devengados de conformidad con los artículos 3, 4, y 6 de la Ley de Protección al Trabajador. Son ambas costas a cargo de la parte demandada, fijándose las personas en el veinte por ciento del total de la condenatoria. Se advierte a las partes que, esta sentencia admite el recurso de apelación, el cual deberá interponerse ante este Juzgado en el término de tres días. En ese mismo plazo y ante este órgano jurisdiccional también se deberán exponer, en forma verbal o escrita, los motivos de hecho o derecho en que la parte recurrente apoya su inconformidad; bajo el apercibimiento de declarar inatendible el recurso. (Artículos 500 y 501 incisos c) y d); votos de la Sala Constitucional números 5798, de las 16:21 horas del 11 de agosto de 1998 y 1306 de las 16:27 horas del 23 de febrero de 1999 y voto de la Sala Segunda número 386, de las 14:20 horas, del 10 de diciembre de 1999). Publicado en el Boletín Judicial número 148 del viernes tres de agosto del 2001, circular de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia número 79-2001. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo del I Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de diciembre del 2010.—Lic. Sidia Cerdas Ruiz MLA, Jueza.—Lic. Pablo Sánchez Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2011002671).

Se hace saber a Edud Huaza Mina, mayor pasaporte CC10559496, de demás calidades desconocidas que en este Despacho se tramita el proceso conflicto de autoridad parental (autorización de traslado de residencia) número único 10-400609-0637-FA, promovido por Rosa Hurtado Arboleda, contra su persona. Se le emplaza por el plazo de diez días a efecto de que conteste cada uno de los hechos de la demanda, exponiendo con claridad si rechaza los hechos por inexactos o si los admite como ciertos, con variantes o rectificaciones. Además, deberá indicar las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En ese momento ofrecerá sus pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos al igual sobre a cuales hechos se referirán, dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario se aplicará a las resoluciones que se dicten la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—RP2011216664.—(IN2011002711).

Lic. Ruth Mayela Morera Barboza Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón); hace saber, que en este Despacho se interpuso un proceso insania en bajo el expediente número 09-000175-0688-FA donde se dictó la sentencia que literalmente dice: sentencia número 320-09-R. Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). A las once horas cuarenta y seis minutos del veinticuatro de agosto de dos mil nueve. Proceso de actividad judicial no contenciosa de insania promovido por Zaida Ruiz Abarca mayor, casada, educadora, vecina de Buenos Aires de Palmares, portadora de la cédula de identidad número 0204130108, a favor de Alexa Ruiz Abarca, mayor, soltera, de oficios del hogar, vecina de Buenos Aires de Palmares, portadora de la cédula de identidad número 0203650911, se le dio intervención a la Procuraduría General de la República. Resultando 1º—... 2º—.... 3º—..., Considerando I.—Hechos probados. ... II.—Sobre el fondo..... III.—..... IV.—V.—Costas: ... Por tanto, de conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Zaida Ruiz Abarca se falla de la siguiente forma: 1) Se declara el estado de insania a Alexa Ruiz Abarca. 2) Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá inscribirse en el Registro Público, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil tomo trescientos sesenta y cinco, página cuatrocientos cincuenta y seis, asiento novecientos once del Registro de nacimientos de Alajuela. 3) Se nombra como curadora de Alexa a su hermana Zaida Ruiz Abarca cédula 0204130108 y a quien se le previene comparecer a aceptar y jurar el cargo dentro de tercero día; o a exponer el motivo de excusa que tuviere. 4). La curadora designada deberá levantar un inventario de todos los bienes de Alexa en el plazo de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo. 5) Con el fin de que la curadora represente a la insana en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 6) Una vez que la curadora presente el inventario y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su administración solo en el caso que sea necesario. 7) La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. 8) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representarla legalmente y administrar sus bienes. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que la insana adquiera, recobre sv capacidad mental o mejore. 9) Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio de la insana. 10) Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso insania de Alexa Ruiz Abarca promovido por Zaida Ruiz Abarca; Expediente 09-000175-0688-FA.—Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), 28 de agosto del 2009.—Lic. Ruth Mayela Morera Barboza, Jueza.—1 vez.—RP2011216759.—(IN2011002712).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 10-001448-0364-FA la señora Marta Pereira Álvarez solicitan se apruebe la adopción individual del menor Leslie Yuliana García Rodríguez. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 15 de noviembre del 2010.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.—1 vez.—(IN2011002984).

Lic. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Noelia María Urbina Sánchez, Óscar Rojas Reyes, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 09-001796-0338-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Cartago.- A las nueve horas y cuarenta y uno minutos del veintidós de octubre del año dos mil nueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono del menor Ismael Andrés Rojas Urbina, planteado por Patronato Nacional de la Infancia.- contra Noelia María Urbina Sánchez, Óscar Rojas Reyes, a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.-Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina Centralizada de Notificaciones del I Circuito Judicial de San José para notificar a Noelia María Urbina Sánchez y al Delegado Policial del Distrito de Alajuelita, cantón Alajuelita de la provincia de San José, para notificar a Óscar Rojas Reyes. Se aprueba el Depósito Provisional del menor de edad Ismael Andrés Rojas Urbina en el Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese, Lic. Patricia Cordero García, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Noelia María Urbina Sánchez, Óscar Rojas Reyes. Expediente Nº 09-001796-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 1º de junio del 2010.—Lic. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—(IN2011003002).

Se avisa que en este Despacho los señores Kevin Malcolm Umphrey y Cindy Cubillo Suárez, solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de edad Abigaíl Liliana Sarria Castrillo. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 10-000432-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 12 de agosto del 2010.—Lic. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011003034).

Se hace saber a Gerson Retana Valverde, portador de la cédula de identidad uno-mil veintinueve-ochocientos treinta y sin domicilio conocido, que en este Despacho se tramita en su contra proceso abreviado de divorcio, expediente número 2010-000923-186-FA, interpuesto por Chao Chin Yu, dentro del cual se le otorgó traslado por diez días para contestar la demanda, oponer excepciones, ofrecer sus pruebas, indicar el nombre y las generales de los testigos y los hechos a los que se referirá cada uno, aportar la documental y señalar medio para atender notificaciones, apercibido de que si no lo hace operará la notificación automática. Si contesta la demanda, debe referirse a cada hecho y exponer con claridad si lo rechaza por inexacto o lo admite como cierto o con variantes o rectificaciones. También debe manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de noviembre del 2010.—Lic. Valeria Arce I., Jueza.—1 vez.—Nº RP2010217009.—(IN2011003075).

Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a Andrés Felipe Valerio Herrera, que en este Despacho se interpuso un proceso insania en su contra, bajo el expediente 09-001611-0364-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: sentencia de primera instancia 1962-2010, Juzgado de Familia de Heredia. A las catorce horas treinta y nueve minutos del nueve de noviembre del dos mil diez, actividad judicial no contenciosa de declaratoria de insania del joven Andrés Felipe Valerio Herrera, quien es mayor, soltero, vecino de San Rafael de Heredia, cédula de identidad número cuatro-ciento ochenta y siete-doscientos sesenta y cinco, promovido por su madre Antonia Herrera Alfaro, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de San Rafael de Heredia, portadora de la cédula de identidad cuatro-cero cero ochenta y seis-cero seiscientos nueve. Se le dio la audiencia de ley a la Procuraduría General de la República (folio cuarenta y dos) apersonando a la licenciada Grettel Rodríguez Fernández, mayor, soltera, abogada, Procuradora A, vecina de San José, cédula de identidad tres-trescientos veintiocho-doscientos ochenta y nueve (folio cuarenta y tres).—Resultando:....—Considerando:....—Por tanto: En mérito de lo y artículos citados se acoge la presente diligencia de insania, en consecuencia se nombra como curadora de Andrés Felipe Valerio Herrera, a su hermana María Ruth Valerio Herrera, mayor, divorciada, profesora de enseñanza especial, cédula de identidad número cuatro-ciento setenta y uno-doscientos cuarenta y cuatro, a fin de que lo represente, vele por su bienestar físico y emocional, cuide de sus intereses y administre en beneficio de este el patrimonio con que pueda llegar a contar en un futuro. Se previene a la curadora para que dentro del tercero día contado a partir de la notificación de esta sentencia, comparezca a aceptar y jurar el cargo conferido. De conformidad con los ordinales doscientos seis, doscientos quince doscientos diecinueve, y doscientos cuarenta y uno del Código de Familia deberá dentro de los treinta días siguientes al dictado de esta resolución, presentar inventario de los bienes del insano, luego de lo cual presentará informes anuales de su gestión, artículo doscientos treinta y siete del Código de Familia. A la firmeza de esta sentencia, se ordena la inscripción en el Registro Público y en la Sección de Personas del Registro Civil, provincia de Heredia al tomo ciento ochenta y siete, página ciento treinta y tres, asiento doscientos sesenta y cinco. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Publíquese esta resolución por una vez en el Boletín Judicial. Se advierte a las partes, que en caso de inconformidad debidamente justificada, tienen el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal. Lo anterior se ordena así en proceso insania de Andrés Felipe Valerio Herrera; expediente 09-001611-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia 29 de noviembre del año 2010.—Lic. Francisco Hernández Quesada, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2011003310).

Se avisa al señor Francis Raymond Marsal, mayor, francés, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 10-000266-0673-NA, correspondiente a solicitud de salida del país, promovidas por Teresa Giovanna Ugarte Melgar, donde se solicita que se apruebe la salida del país de la persona menor de edad Giovanna Franchesca Marsal Ugarte. Se le concede el plazo de cinco días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero de 2011.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011003323).

Edictos Matrimoniales

Se pone en conocimiento la celebración del matrimonio civil que celebrará la notaria Maricruz Sánchez Carro, el día doce de febrero del dos mil once, en Villa El Cántico, Manuel Antonio de Quepos, Puntarenas, a las quince horas, en la que contraerán matrimonio Stephen Peter Caelers y Whitney Ellen Lancaster.—Alajuela, 11 de enero del 2011.—Lic. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—(IN2011002611).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Carlos Luis Cruz Gutiérrez, mayor, divorciado una vez, costarricense, jornalero, cédula de identidad número cinco-ciento veintiséis-doscientos dos (5-0126-0202), hijo de Donato Cruz Contreras y Carmen María Gutiérrez Sequeira, nacido en Belén, Carrillo, Guanacaste, el tres de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho, actualmente con sesenta y dos años de edad, vecino Belén, Carrillo, Guanacaste, barrio Los Molinos número 2, de la carretera principal 175 metros al sur; y Olga Marta Marchena Paniagua, mayor, soltera, costarricense, ama de casa, cédula de identidad número cinco - trescientos cuarenta y siete - quinientos sesenta y nueve (5-0347-0569), hija de Javier Marchena Ortiz y María Isabel Paniagua Solano, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el cinco de setiembre de mil novecientos ochenta y cinco, actualmente con veinticinco años de edad; vecina de Belén, Carrillo, Guanacaste, barrio Los Molinos número 2, de la carretera principal 175 metros al sur. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 11-100001-0401-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, Guanacaste, 14 de enero del 2011.—Lic. Beleida Viduarre Salazar, Jueza.—1 vez.—(IN2011002621).

Han comparecido ante este Juzgado solicitando contraer matrimonio civil Alexandra Salazar Artavia, mayor, de 31 años, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 1-1039-0522, vecina de Aserrí, Barrio Salitrillos, de La Flor 125 m sur, casa A metida, portón rojo; y Rafael Ángel Cárdenas Cerdas, mayor, de 40, divorciado, comerciante, cédula de identidad número 1-0786-0007, vecino de Aserrí, Barrio Salitrillos, de La Flor 125 m sur, casa A metida, portón rojo. Expediente 11-10003-236-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Aserrí, 17 de enero del 2011.—Lic. Carmen María Valverde Valverde, Jueza.—1 vez.—RP2011216673.—(IN2011002713).

Edictos en lo Penal

Por requerirse en causa penal 07-000134-0345-PE (3) seguida contra Elvis Ramírez Cortez por el delito lesiones culposas en perjuicio de Julio Loría Brenes, codemandada civil María Isabel González Santamaría, cédula de identidad 06-00067-0942 de la resolución en donde: Se da traslado de la acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta de Cartago, al ser las catorce horas y cincuenta y uno minutos del ocho de abril del año dos mil ocho. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Julio Enrique Loría Brenes, a darle traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del (la) actor (a) civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar medió o lugar dentro del perímetro judicial de este despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el medió escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta de Cartago.—Lic. Karla Leiva Canales, Fiscal.—1 vez.—(IN2011002988).

Lic. Saddy Bustos Cabrera, Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público, al señor Yaner Quintero Gómez, cédula de identidad número 6-252-957, mayor, costarricense, en su condición de demandado civil, se le hace saber: Que en el legajo de acción civil resarcitoria número 09-012828-042-PE, en perjuicio de INS contra Yaner Quintero Gómez, por el delito de estafa de seguro; se ha dictado las resoluciones que literalmente dicen: Se resuelve: Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Publico. San José, a las once horas del catorce de diciembre del año dos mil diez. Siendo que en la causa penal 09-012828-042-PE, seguida por estafa de seguro, en perjuicio del INS contra Yaner Quintero Gómez y otro, se ha formulado Acción Civil Resarcitoria, donde el demandado civil Yaner Quintero Gómez, cédula de identidad número 6-252-957, mayor, costarricense, en su condición de Demandado Civil, a quien pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarle de ellas, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Lic. Saddy Bustos Cabrera. Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público. traslado de la acción civil. San José, martes catorce de diciembre del dos mil diez. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal vigente, se ordena comunicar al demandado civil y a su defensor, en el lugar señalado, y, en su caso, en su casa de habitación. De igual forma comuníquese al o los querellantes, si los hubiere, se les informa que tienen el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, para que manifiesten lo que corresponda. Causa 09-12828-042-PE.—Unidad Especializad en Fraudes del Ministerio Público.—Lic. Saddy Bustos Cabrera, Fiscal.—1 vez.—(IN2011002989).