BOLETÍN JUDICIAL Nº 58 DEL 23 DE MARZO DEL 2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 19-2011

Asunto: Directrices a seguir para el adecuado manejo y control de títulos valores.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES QUE RECIBEN TÍTULOS

VALORES EN GARANTÍA DE UN PROCESO

JUDICIAL Y A LAS ADMINISTRACIONES

REGIONALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 7-11 celebrada el 1° de febrero de 2011, artículo LVIII, dispuso hacer de su conocimiento las siguientes directrices relacionadas con la adecuada custodia de los títulos valores:

“I. La obligación de las Jefaturas y del personal de apoyo de los despachos judiciales, de aplicar los procedimientos establecidos en el Manual de Procedimientos para la Administración, manejo y control de Títulos Valores y otros bienes en especie vigente, haciendo énfasis en el cumplimiento del envío del titulo recibido para custodia en el Banco de Costa Rica -a través de las Administraciones de cada Circuito- de manera que se disminuya el riesgo de que por un inadecuado control en el despacho de esos bienes, se extravíen y no puedan ser localizados para proceder a su entrega a la persona a quien pertenece o corresponde, según el tratamiento del proceso judicial pertinente.

II.  El deber de las Administraciones de Circuito; así como, de los administradores o administradoras de los despachos -en los casos que exista esa última figura- de realizar las labores control y asesoría a los despachos judiciales, sobre las labor que deben llevar a cabo esas oficinas para que se logre mantene la cadena de custodia sobre esos títulos valores, desde qu ingresa al despacho hasta que se proceda a su entrega, incluyendo el control de las fechas de vencimiento para que el despacho proceda a ejecutar las labores de renovación de éstos y de esta forma se mantenga su vigencia durante el proceso judicial al que responde dicho bien.

III Reiterar el cumplimiento cabal de la aplicación del Manual de Procedimientos para el uso de cajas fuertes en las oficinas judiciales, en cuanto a la custodia temporal de títulos valores recibidos en el despacho en cualquiera de las jornadas.”

San José, 1º de marzo del 2011.

                                                                       Silvia Navarro Romanini,

1 vez.—(IN2011019727)                                         Secretaria General

SALA CONSTITUCIONAL

segunda PUBLICACIÓN

ASUNTO:  Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas y cincuenta y dos minutos del tres de marzo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad 11-002274-0007-CO que promueve María Teresa Salas Ruiz, para que se declare inconstitucional el artículo 15 del Reglamento del Fondo de Pensiones y Jubilaciones para los miembros del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, 8863 de 2 de noviembre de 2007, por estimarlo contrario al artículo 33 de la Constitución Política. La norma se impugna en cuanto condiciona a las viudas de un pensionado al amparo del citado Fondo, el mantenimiento del beneficio, a que no contraigan nuevas nupcias o bien constituyan una unión de hecho con otra persona, trato que califica como discriminatorio. Argumenta la promovente que es ilegítimo que se le impida disfrutar de la pensión que le fue otorgada por viudez, por el solo hecho de haber contraído nuevas nupcias, pues como ser humano tiene un derecho incondicionado de compartir o elegir un compañero sin que ello le genere alguna consecuencia negativa. Insiste en que todo ser humano tiene derecho a elegir si quiere compartir su vida y sexualidad con una pareja o no, por lo que ningún derecho debe ser limitado o suprimido por esa decisión. Enfatiza que la Sala Constitucional, por medio de la sentencia 2010-13704 de las 14:35 horas de 18 de agosto de 2010, declaró con lugar otra acción de inconstitucionalidad, similar al presente. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 4 de marzo del 2011.

                                                                        Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019655).                                                         Secretario

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las siete horas y cincuenta y ocho minutos del cuatro de marzo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-001888-0007-CO que promovida Álvaro Bernal Ramírez Ulate, para que se declaren inconstitucionales artículos 209, 210 y 211, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por estimarlo contrario al principio de igualdad, consagrado por el artículo 33 de la Constitución Política. Argumenta que de conformidad con dichos numerales, como denunciante, le está vedada la posibilidad, dentro del procedimiento administrativo, de impugnar la resolución definitiva dictada por el Tribunal de la Inspección Judicial que, eventualmente, absuelva a los denunciados. Apunta que, en cambio, a estos últimos, sí se les faculta para tal. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 7 de marzo del 2011.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019656)                                                         Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las dieciséis horas y cuarenta minutos del uno de marzo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 10-012968-0007-CO que promueve Ana Gabriela Salazar Borbón, para que se declare inconstitucional el artículo 71 inciso 5), último párrafo de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional. La norma dispone: “5) Para participar en remates judiciales no es necesaria la presencia de gerentes o apoderados judiciales del Banco, pudiendo hacerlo -aparte de sus personeros- los abogados, a quienes se les haya encargado la dirección profesional del asunto de que se trate, siempre y cuando en los autos aparezca autorización expresa en ese sentido. Si el respectivo personero o abogado director no estuvieren presentes, la subasta no se llevará a cabo.” (lo subrayado es lo impugnado). Alega la accionante que la norma es inconstitucional en cuanto dispone que en los remates judiciales en que participen Bancos, la subasta no se podrá realizar si el respectivo personero o abogado director del Banco no está presente. Estima que tal disposición lesiona los principios de igualdad, debido proceso y acceso a la justicia pronta y cumplida, establecidos en los artículos 33, 39 y 41 de la Constitución Política pues somete la realización del remate - y con ello la terminación del proceso y la recuperación de la deuda-, a la actuación de un tercero, sin que las otras partes del proceso accionar para continuar con el mismo. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 2 de marzo del 2011.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019658)                                                         Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las diecisiete horas y cincuenta y ocho minutos del uno de marzo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11 -002410-0007-CO que promueve Luis Alonso Agüero Umaña, para que se declare inconstitucional artículo 122 inciso c) punto 2) de la Ley de tránsito por vías públicas terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y sus reformas, en cuanto establece como prohibición, que las bicimotos, las motocicletas, los microbuses y los vehículos cuyo peso bruto sea entre tres coma cinco (3,5) toneladas métricas y ocho (8) toneladas métricas, exceda de 98 dB, como nivel máximo admisible de ruido emitido por el escape en condición estática. Considera el accionante que la norma es violatoria del principio de igualdad, que garantiza un trato igual a los individuos en igualdad de condiciones. Afirma que el legislador incluyó en la misma categoría decibélica a vehículos con grandes diferencias en sus prestaciones técnicas, específicamente de motor, cilindrada, potencia y características del escape. Estima además que la norma contraviene la lógica, la razón y el sentido común. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 2 de marzo del 2011

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019659)                                                         Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que por resolución de las ocho horas y cuatro minutos del siete de marzo del dos mil once, se dio curso a la acción de inconstitucionalidad número 11-001185-0007-CO, que promovida Cámara de Patentados de Costa Rica, a través de su presidente Guillermo Sanabria Ramírez, para que se declare inconstitucional el párrafo segundo del artículo primero del Decreto Ejecutivo número 36304-S-MINAE, por estimarlo contrario a los artículos 33, 46 y 56 de la Constitución Política, y los principios de razonabilidad y proporcionalidad. La norma se impugna en cuanto en cuanto impone una medida que el accionante considera irrazonable y desproporcionada al determinar 30 metros cúbicos para establecer la exoneración a los comercios del reporte de aguas operacionales. Considera que la disposición no tiene sentido toda vez que el vertido de aguas es doméstico y no contrae ninguna contaminación. Por otra parte, considera que no es posible que una soda, bar o restaurante tenga caudales inferiores a 30 metros cúbicos mensuales. Estima que además se lesiona el derecho al trabajo y a la libertad de comercio, en el tanto el Reporte Operacional -como requisito para obtener el Permiso Sanitario de Funcionamiento-, implica erogaciones que oscilan entre los ochenta y los cien mil colones. Por último, alega la violación al artículo 33 constitucional debido a que considera que existe discriminación en los trámites de exoneración de los negocios afiliados por el hecho de tener un vertido de más de 30 metros cúbicos de agua, a pesar de que se trata del vertido de aguas ordinarias al igual que el de las aguas residenciales, y otros negocios no indicados en la exoneración, lo cual estima un trato desigual entre iguales. Así se informa para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo impugnado no se dicte resolución final, de conformidad con lo expuesto, hasta tanto no sea resuelta la presente acción. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos es dictar la sentencia, o bien el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que únicamente son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deban aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación de este aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de la interposición de la acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.

San José, 8 de marzo del 2011.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019660).                                                        Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-12806 promovida por Presidente de la Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Informática y Computación en contra del Artículo 15 de la Ley 7537 del 7 de setiembre de 1995, se ha dictado el voto número 02702-2011 de las quince horas nueve minutos del dos de marzo de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara con lugar la acción de inconstitucionalidad. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase “con un siete por ciento (7%), como mínimo, de los miembros activos del Colegio”, contenida en el artículo 15 de la Ley No. 7537 de 22 de agosto de 1995, Ley del Colegio de Profesionales en Informática y Computación. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la frase anulada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las relaciones o situaciones jurídicas que se hubieran consolidado por prescripción, caducidad o en virtud de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Comuniqúese al Directorio de la Asamblea Legislativa.- Los Magistrados Mora, Armijo y Castillo salvan el voto y declaran sin lugar la acción.-“

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 8 de marzo del 2011.

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019663)                                                         Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-14693 promovida por Asociación Justicia Para La Naturaleza en contra del Acuerdo del Consejo de Gobierno N° 1 y 2 de la Sesión 92 del 18/04/2008, Artículo 29 de la Ley General de Administración Pública y Artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se ha dictado el voto número 02698-2011 de las quince horas con cinco minutos del dos de marzo de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad respecto de los artículos 29 de la Ley General de la Administración Pública, 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y 1° del Acuerdo No. 92 del Consejo de Gobierno de 18 de abril de 2008. En cuanto al artículo 2° del Acuerdo del Consejo de Gobierno Nº 92 de 18 de abril de 2008, estese el accionante a lo resuelto por este Tribunal Constitucional en la Sentencia No. 2010-12299 de las 14:45 hrs. de 21 de julio de 2010. En lo demás, se rechaza de plano la acción.”

San José, 8 de marzo del 2011

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019664)                                                        Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 07-10806 promovida por Ana Gabriela Ávila Jones en contra del Artículo 39 del Código de Minería (Ley 6797}, 2 del Decreto 33777-MINAE, 135 y 159 del Reglamento al Código de Minería, se ha dictado el voto número 02699-2011 de las quince horas con seis minutos del dos de marzo de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se declara sin lugar la acción, en cuanto al artículo 39 del Código de Minería y el artículo 2 del Reglamento para la extracción de materiales de canteras y cauces de dominio público por las municipalidades. En lo demás, se rechaza de plano la acción.”

San José, 8 de marzo del 2011

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019666)                                                        Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero y 88 párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad número 08-10483 promovida Alex López Umaña, Ariela Córdoba Benavides, Carlos Jiménez Garita en contra del Artículo 34 párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Carrera Docente, Decreto Ejecutivo Nº 2235-E-P- del 29 de setiembre de 1975, se ha dictado el voto número 02700-2011 de las quince horas siete minutos del dos de marzo de dos mil once, que en lo que interesa dice:

“Se adiciona la parte dispositiva del Voto Nº 2023-2010 de las 14:54 hrs. de 2 de febrero de 2010, por lo que debe leerse de la siguiente manera:

Se declara con lugar la acción y en consecuencia se anula el artículo 34, párrafo segundo, del Reglamento a la Ley de la Carrera Docente {Decreto ejecutivo número 2235-E-P del 14 de febrero de 1972) que dice lo siguiente: Para la selección del personal dedicado a la educación religiosa, será requisito indispensable la autorización previa que extenderá la Conferencia Episcopal nacional. Sin embargo, la elaboración de las bases y promedios ponderados para la selección previa, tanto del personal propiamente docente como del personal técnico y administrativo docente, estará a cargo de Jurados Asesores de la Dirección General; en lo demás se declara sin lugar. Esta declaratoria de inconstitucionalidad tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma reglamentaria declarada inconstitucional, todo sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe, relaciones y situaciones jurídicas consolidadas en virtud de prescripción, caducidad o sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente en el Boletín Judicial, reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Notifíquese personalmente al Ministro de Educación Pública. Notifíquese a la Procuraduría General de la República y a todas las partes interesadas. El Magistrado Mora pone nota. Los Magistrados Cruz, Arrnijo y Castillo salvan el voto y declaran sin lugar la acción. Los Magistrados Cruz y Castillo ponen nota.”

Se hace saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 8, párrafo segundo de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que la vigencia de la norma aquí anulada rige a partir de la primera publicación de este aviso.

San José, 8 de marzo del 2011

                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

(IN2011019667)                                                        Secretario

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Reseña 2010-015723.—Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.—San José, a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil diez. Expediente 05-014531-0007-CO

Solicitud de aclaración y adición planteada por Víctor Manuel Mora Bolaños, en su condición de apoderado especial judicial de la accionante Elia Rosa Wong Dijeres respecto de la sentencia número 2010-004462 de las catorce horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez.

Resultando:

1º—Por escrito recibido en la Secretaria de la Sala a las diez horas veintidós minutos del seis de agosto del dos mil diez (folios 146 y 147 del expediente) el apoderado especial judicial de la accionante Elia Rosa Wong Dijeres, en tiempo y forma solicita aclaración y adición de la sentencia número 2010-004462 de las catorce horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez, que le fue notificada a las dieciocho horas veintiséis minutos del cuatro de agosto del dos mil diez, dado que la misma señala que tiene efectos retroactivos y declarativos a partir del momento establecido a su vez en la sentencia 18356-2009 de las catorce horas veintinueve minutos del dos de diciembre del dos mil nueve, en la que se declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 del Código de Trabajo. En esa sentencia (18356-09) se indicó que la misma surte sus efectos a partir de la fecha de su dictado, excepto para el impugnante, de ahí que no quede claro si en el caso particular de la accionante, se hace también la excepción para su caso concreto.

Redacta el Magistrado Cruz Castro, y,

Considerando:

I.—El artículo 12 de la Ley de Jurisdicción Constitucional dispone que las sentencias que dicte la Sala podrán ser aclaradas o adicionadas a petición de parte, si se solicitare dentro de tercero día y de oficio en cualquier tiempo, incluso en los procedimientos de ejecución, en la medida en que sea necesario para dar cabal cumplimiento al contenido del fallo.

II.—En el caso que se analiza, el gestionante solicita aclaración y adición de la sentencia número 2010-004462 de las catorce horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez, dado que la misma señala que tiene efectos retroactivos y declarativos a partir del momento establecido en la sentencia 18356-2009 de las catorce horas veintinueve minutos del dos de diciembre del dos mil nueve, en la que se declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 del Código de Trabajo. En ese fallo se otorgan efectos retroactivos a la sentencia, a partir de la fecha de su dictado, excepto para el impugnante. En la sentencia, cuya aclaración y adición se solicita, no se señaló nada en relación con el caso particular de la accionante, razón por la cual estima la Sala que sí procede la aclaración, en el sentido de que los efectos de la sentencia son a partir del dictado de la misma, con excepción del caso que sirvió de base para la presente acción de inconstitucionalidad, en donde los efectos son retroactivos a partir de la vigencia de la norma anulada. Por tanto:

Se adiciona y aclara la sentencia número 2010-004462 de las catorce horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil diez, en el sentido de que sus efectos son a partir del dictado de la sentencia, excepto para el caso que sirvió de base a la acción, en donde los efectos son retroactivos a partir de la vigencia de la norma anulada./Ernesto Jinesta L., Presidente a. í./Fernando Cruz C./Fernando Castillo V./José Paulino Hernández G./José Ricardo Guerrero P./Enrique Ulate Ch./Aracely Pacheco S.

San José, 10 de marzo del 2011.

                                                              Gerardo Madriz Piedra

1 vez.—(IN2011020180)                                            Secretario

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A: Diego Soto Solera, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-932-470, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 10-000255-627-NO establecido en su contra por Enrique Carrillo Henchoz y Carrillo Henchoz S. A, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las once horas cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil diez. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Enrique Carrillo Henchoz y Carrillo Henchoz S. A., apod, Enrique Carrillo Henchoz contra Diego Soto Solera, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho dias dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le  previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias.  De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse  dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección.  Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial.  En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para  atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática.  En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana.   En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009).  Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San Jose, quienes podrán notificarlo ya sea Barrio González Lahman, 25 oeste de la Iglesia Sagrado Corazón. Obténgase, por medio de intranet, la dirección reportada por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y envíese atento oficio al Registro Civil, este último de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, con el fin de que nos certifiquen el último domicilio registral reportado por el (la) notario(a) demandada. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese.  Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Laura. Juzgado Notarial. San José a las trece horas treinta minutos del primero de marzo del dos mil once. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Diego Soto Solera,  la resolución dictada a las once horas cuarenta minutos del veintisiete de abril del dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el Colegio de Abogados (ver folio 30), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuestas irregularidades en escritura de su protocolo. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Diego Soto Solera, cédula  de identidad 1-932-470. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Laura.

San José, 1º de marzo del 2011

                                                              Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2011019683).                                             Juez

A: Erick González Mesén, mayor, notario público, cédula de identidad número 09-0085-0701, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 10-000035-627-NO establecido en su contra por Jacinto Castillo Brenes, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las nueve horas veinticuatro minutos del nueve de abril del dos mil diez. Visto los memoriales que rolan a folios 20 y 21 se provee: 1) Respecto a la solicitud de modificación de escritura que efectúa el señor Castillo, se rechaza la misma, toda vez que dicha gestión no es competencia de este Juzgado, tome nota el gestionante de lo establecido en el numeral 138 que en lo conducente indica “... es competencia del Poder Judicial, por medio de los órganos determinados en la presente ley, ejercer el régimen disciplinario de los notarios públicos y hacer efectiva la responsabilidad civil por sus faltas...”, por lo cual no es procedente su solicitud y se le indica al accionante que deberá recurrir a la vía correspondiente para hacer valer sus derechos. 2) En cuanto al memorial de folio 21, se tiene por hechas sus manifestaciones y se agregan las mismas a sus antecedentes. Por lo anterior se procede a dar curso a este litigio; se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Jacinto Castillo Brenes contra Erick González Mesén, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, para lo cual se comisiona a Oficina Centralizada de Notificaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, quienes podrán notificarlo ya sea en su oficina y casa de habitación: San José, Goicoechea, Calle Blancos, Residencial el Encanto, segunda etapa, casa N° 10-G. De no ser habido allí, se ordena desglosar comisión al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tres Ríos, Cartago, a fin de que procedan a notificarlo en su oficina: Tres Ríos, Centro Comercial Tres Ríos, local N° 7. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por el denunciado en la Dirección Nacional de Notariado y del Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Juzgado Notarial. San José a las diez horas diez minutos del primero de marzo del dos mil once. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Erick González Mesén, la resolución dictada a las nueve horas veinticuatro minutos del nueve de abril del dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el Colegio de Abogados (ver folios 27 y 28), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 37 y 45), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuestas irregularidades en la elaboración de escritura donde comparece el señor Castillo Brenes. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Víctor Ledezma Varela, cédula de identidad 6-097-1029. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Laura.

San José, 1º de marzo del 2011

                                                            Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2011019685).                                             Juez

A: Marycruz Uba Loaiza, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-476-690, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 10-000714-627-NO establecido en su contra por Rafael Ángel Abarca Obando, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial; San José, a las once horas ocho minutos del doce de octubre del dos mil diez.- Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial con pretensión civil resarcitoria de Rafael Ángel Abarca Obando contra Marycruz Uba Loaiza, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días. con respecto de los hechos expondrá, con claridad, si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones; también manifestará las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá las pruebas que estime de su interés, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos, y a los hechos respecto de los cuales deberán referirse. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina Centralizada de Notificaciones de Cartago quienes podrán notificarle en su casa de habitación: Cartago, Barrio el Molino, frente al Colegio Universitario. De no ser habido allí proceder a notificarlo en su oficina: costado sur de los Tribunales de Justicia. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil copia debidamente certificada del domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Juzgado Notarial. San José a las quince horas diez minutos del primero de marzo del dos mil once. Siendo fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada Marycruz Uba Loaiza, la resolución dictada a las once horas ocho minutos del doce de octubre del dos mil diez en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el Colegio de Abogados (ver folio 22), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 27 al 28), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son supuesta falta de presentación e inscripción de escrituras. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Marycruz Uba Loaiza, cédula de identidad 1-475-690. Notifíquese. Lic. José Daniel Durán Artavia, Juez. Laura.

San José, 1º de marzo del 2011

                                                            Lic. José Daniel Durán Artavia,

1 vez.—(IN2011019688).                                             Juez

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las ocho horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil once, desde la puerta exterior de este juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, se rematará lo siguiente: finca inscrita en el Partido de Heredia matrícula de folio real ciento setenta y siete mil ciento veintinueve cero cero cero(177129-000), terreno que se describe así: terreno: de potrero, ubicado en distrito: Segundo La Virgen, Cantón: Sarapiquí, de la provincia de Heredia, cuya área según el plano es de cuatro mil ciento diecisiete metros cuadrados. Linda al norte con Lote 2; al sur con Noe Pérez Carvajal; al este con Río Bijagual; y al oeste con calle pública, Según plano catastrado SJ-435946-1997, que comprende el derecho 000, con la base de seis millones quinientos ochenta y siete mil doscientos colones. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ordinario laboral 06-300173-0217-LA de José Francisco Vargas Loria contra Guillermo Chavarría Navarro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 22 de febrero del 2011.—Lic. Christian López Mora, Juez.—(IN2011020190).

Causahabientes

A los causahabientes de quien en vida se llamó Julio César Prado Barboza, quien fue mayor, soltero, costarricense, vecino de Moravia, portaba la cédula de identidad número 1-1025-0273, se les hace saber que: Vera Barboza Barrantes, cédula de identidad número 1-0270-0708, vecina de Moravia y Julio Prado Jiménez, cédula de identidad número 1-0284-0360, vecino de El Carmen de Guadalupe; se apersonaron en este Despacho en calidad de padres del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Julio César Prado Barboza. Expediente 11-000278-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2011.—Lic. Lourdes Montenegro Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2011021008).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del uno de abril del dos mil once, y con la base de dieciocho millones veintinueve mil setecientos once colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y nueve mil quinientos treinta y seis cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito primero Ortega, cantón sexto Bolsón, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 126; al sur, lote 128; al este, lote 110; y al oeste, calle pública con 8.50 metros. Mide: doscientos veinticinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de abril del dos mil once, con la base de trece millones quinientos veintidós mil doscientos ochenta y tres colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del once de mayo del dos mil once con la base de cuatro millones quinientos siete mil cuatrocientos veintisiete colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jesús Sobalbarro Gómez. Exp: 10-000316-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 23 de febrero del 2011.—Lic. Isabel Bertilia Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2011226889.—(IN2011018977).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil once, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 169309-000 cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito cuatro Tempate, cantón tres Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con resto de Venado Hills S. A. y tres ciento uno cuatro nueve dos dos cuatro uno s. a.; al sur, con resto de Venado Hills S. A. y tres ciento uno cuatro nueve dos dos cuatro uno s. a.; al este, servidumbre de paso con un ancho de seis metros; y al oeste, con resto de Venado Hills S. A. Mide: mil setecientos siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de mayo de dos mil once, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo de dos mil once con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Enrique Esquivel Mesén. Exp. 10-002150-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de febrero del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—RP2011226953.—(IN2011018978).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil once, y con la base de trece millones seiscientos ochenta y siete mil seiscientos dieciocho colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos veintisiete mil doscientos nueve cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Desamparados, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marco Tulio Ramírez y otro; al sur, Edgar Sánchez; al este, calle pública y otro; y al oeste, Edgar Sánchez. Mide: ciento treinta y seis metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de mayo del dos mil once, con la base de diez millones doscientos sesenta y cinco mil seiscientos dieciocho colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil once con la base de tres millones cuatrocientos veintiún mil ochocientos setenta y dos colones con noventa y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Antonio Sibaja Arias y Maritza Sánchez Picado. Exp: 10-010386-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2011.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—RP2011226972.—(IN2011018979).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del seis de abril de dos mil once, y con la base de un millón seiscientos sesenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número 512328, marca Daewo, estilo Damas, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KLY7T11ZDTC029176, año 1996, carrocería microbús, color blanco, tracción sencilla, chasis KLY7T11ZDTC029176, Vin KLY7T11ZDTC029176. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de abril de dos mil once, con la base de un millón doscientos cuarenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del once de mayo de dos mil once con la base de cuatrocientos quince mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A., contra Karen Viviana Arlet Vargas. Exp. 10-001968-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 8 de febrero del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011227009.—(IN2011018981).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas del treinta de mayo del dos mil once, y con la base de un millón quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 75245-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, San Pancracio S. A.; al sur, calle pública; al este, San Pancracio S. A.; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos noventa y nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del catorce de junio del dos mil once, (primer con la base de un millón ciento veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del veintinueve de junio del dos mil once (primer con la base de trescientos setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique Vargas Robles contra Adriana María González Rojas. Exp. 10-000776-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de febrero, del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2011227074.—(IN2011018982).

En la puerta exterior de este Despacho a las trece horas con treinta minutos del ocho de abril del dos mil once con la base de un millón doscientos mil colones netos (¢1.200.000,00) y libre de gravámenes; en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección propiedad, bajo el sistema de folio real matrícula número ciento cinco mil trescientos noventa-cero cero cero (105390-000), la cual es terreno para construir, situada en el distrito segundo, cantón abangares de la provincia de Guanacaste, con una medida de ciento ochenta y cuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil once, con la base de novecientos mil colones netos (¢900.000,00) (base rebajada en un 25%). De no haber postores, para llevar a cabo el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil once, con la base de trescientos mil colones netos (¢300.000,00) (base rebajada en un 25%).Lo anterior se subasta dentro del proceso monitorio 10-100072-0399-CI, de Eliécer Montoya Duarte contra Ulises Gerardo Vega Rodríguez.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Bagaces, Guanacaste, 9 de marzo del 2011.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—RP2011227076.—(IN2011018983).

En la puerta exterior de este despacho, a las nueve horas del seis de junio del dos mil once libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos noventa dólares con cincuenta y nueve centavos en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número F-cero cero cero sesenta y dos mil ochocientos ochenta y tres-cero cero cero propiedad de la codemandada Los Monos Locos, F.F.K. Dos Sociedad Anónima, que es finca filial treinta y nueve identificada como K-dos de dos plantas ubicada en el segundo y tercer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el distrito primero (Jacó), cantón once (Garabito), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con vacío sobre área común libre destinada a circulación peatonal y a juegos infantiles; al sur, con vacío sobre área común libre; al este, con área común construida destinada a vestíbulo, escaleras y vacío sobre el área común libre destinada a zona verde; y al oeste, con vacío área común libre. Mide: ciento noventa y nueve metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil once con la base de ciento noventa y cuatro mil seiscientos diecisiete dólares con noventa y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procede a señalar las nueve horas del seis de julio del dos mil once, con la base de sesenta y cuatro mil ochocientos setenta y dos dólares con sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica, en contra de Charles Edward Huff y Los Monos Locos, F.F.K. Dos, Sociedad Anónima. Expediente 10-100111-425-3-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 3 de marzo del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(IN2011019247).

En la puerta exterior de este despacho, a las nueve horas del nueve de mayo del dos mil once libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de siete millones setecientos treinta y seis mil doscientos veinte colones con cuarenta y cuatro céntimos en el mejor postor remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas bajo el sistema de Folio Real matrícula número ciento sesenta y seis mil ochenta-cero cero cero (166.080-000) propiedad del accionado Alfredo Badilla García, el cual es terreno para construir, situado en el distrito primero (Aguirre), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con Marchena Caravaca Casa; al sur, con servidumbre de paso en medio Jovel Moisés Cubero Sánchez; al este, con Maribel Calderón Jiménez Casa; y al oeste, con calle pública con 13,53 metros cuadrados, con una medida de ciento setenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil once con la base de cinco millones ochocientos dos mil ciento sesenta y cinco colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se procesa a señalar las nueve horas del ocho de junio del dos mil once con la base de un millón novecientos treinta y cuatro mil cincuenta y cinco colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica en contra de Alfredo Badilla García. Expediente 11-100014-425-3-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 22 de febrero del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—(IN2011019248).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes a las trece horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil once, y con la base de nueve mil ochocientos setenta y un dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré el vehículo placas CL dos cuatro uno dos dos cero, marca Foton, carga liviana, estilo Forland, capacidad para 3 personas, año 2009, de color blanco. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil once, con la base de siete mil cuatrocientos tres dólares con sesenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del primero de junio del dos mil once con la base de dos mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria instado por el Banco de Costa Rica, en contra de Jhonny Calderón Mora. Exp. 10-100172-425-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 17 de febrero del 2011.—Lic. Andrés Grossi Castillo, Juez.—(IN2011019252).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A; y al ser las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil once, y con la base de noventa y un mil ciento cincuenta y seis dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número F-42951 cero cero cero la cual es terreno finca filial F-cuatro apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01-Alajuelita, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial F tres; al sur, finca filial F cinco; al este, Rodrigo Calvo Quesada; y al oeste calle. Mide: ciento doce metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil once, con la base de sesenta y ocho mil trescientos sesenta y siete dólares con tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil once con la base de veintidós mil setecientos ochenta y nueve dólares con un centavo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Segunda finca: con la base de setenta mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con cuarenta y un centavos libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y paso de A y A; y al ser las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de abril de dos mil once (primer remate). Sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de San José, matrícula número F-42973 cero cero cero, es terreno finca filial G trece apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01-Alajuelita, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial G doce; al sur, finca filial G catorce; al este, Jovita Acosta Chavarría; y al oeste, calle. Mide: noventa y un metros con cinco decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil once, con la base de cincuenta y dos mil novecientos ochenta y siete dólares con cinco centavos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil once, con la base de diecisiete mil seiscientos sesenta y dos dólares con treinta y cinco centavos (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra José Francisco Nicaragua Hernández. Exp. 10-001383-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de febrero del 2011.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011019266).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando plazo de convalidación; a las quince horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil once, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y dos mil seiscientos tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Vianney Arroyo Arroyo; al sur, Dominga Avilés Ruiz; al este, calle pública con un frente a ella de 12.90 metros; y al oeste, quebrada Lima. Mide: trescientos veinticinco metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de mayo de dos mil once, con la base de tres millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil once con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Leticia Montero Avilés. Exp. 10-002082-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de noviembre del 2010.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2011019272).

A las 9:30 horas del lunes 25 de abril del 2011, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes prendarios pero soportando anotación de denuncia a la orden del Organismo de Investigación Judicial, inscrita al tomo 0005, asiento 007752, secuencia 001, expediente 06-09246-042-pe, y anotación de denuncia penal inscrita al tomo 2006, asiento 00169008, secuencia 001, expediente 06-013122-042-PE, a la orden del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José y con la base de $8.876,19, se rematará a la hora y fecha señalada y al mejor postor el bien inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos, placa número 588543, con las siguientes características: Automóvil, marca Greatwall, estilo station wagon o familiar, año 2005, color rojo, para cinco personas, vin LGWEF2G565A081323. Exp. 06-001450-183-CI. Actor Banca Promericsa S. A., contra Eduardo Calderón Romero.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José.—Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez.—(IN2011019385).

A las 10 horas 30 minutos del lunes 4 de abril de 2011, desde la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes hipotecarios y soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 261, asiento 5096 y con la base de dada por el perito, sea la base de ¢150.678.893,78, en el mejor postor remataré: bien inscrito en el Registro Público, Sección Inmuebles, matrícula de Folio Real 13608-000, que se describe así: Repasto de figura irregular, mide: 32,348 metros con 41 decímetros cuadrados, ubicada en el distrito 01, Espíritu Santo, cantón 01 Esparza, de la provincia de Puntarenas, linderos al norte, con carretera Interamericana; al sur, con Rolando Grutter Graff; al este, con Vidal Majias Mejías, y al oeste, con noroeste Víctor Forma Semicircul otra. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario 03-000735-183-CI de PLSS Ltda., contra Arrendadora Maibach S. A. y Automercantil S. A.—Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía, San José, 16 de febrero del 2011.—Lic. Bethmann Herrera Montero, Juez.—(IN2011019386).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del veintisiete de abril del año 2011, y con la base de treinta y nueve mil diez unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y cinco mil ochocientos diecinueve cero cero cero la cual es terreno para construir y frutales lote 7. Situada en el distrito Colon, cantón Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 25 m lineales; al sur, Inversiones El Aterceder S. A.; al este, Inversiones El Aterceder S.A., y al oeste, Sierra Centravos S. A. Mide: Novecientos noventa y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del doce de mayo del año 2011, con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta y siete punto cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintisiete de mayo del año 2011 con la base de nueve mil setecientos cincuenta y dos punto cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-549002 sociedad anónima, Luis Román Castro Carranza. Exp. 10-020223-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de marzo del 2011.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—(IN2011019387).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho treinta minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil once, y con la base de ocho millones seiscientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas números 450539, categoría automóvil, año 2002, capacidad 5 personas, marca Wolkswagen, estilo Passat Sport 1, vin, WVWZZZ3BZ2E058123. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de junio del año dos mil once, con la base de seis millones quinientos diecisiete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta de junio del año dos mil once con la base de dos millones ciento setenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica Sociedad Anónima contra Manuel Javier Ulloa Hidalgo. Exp. 10-001500-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de febrero del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—(IN2011019388).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil once, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Santa Cruz, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Municipalidad de Santa Cruz; al sur, calle pública; al este y al oeste, lote de Álvaro Badilla Badilla. Mide: doscientos sesenta y ocho metros con doce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil once, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil once con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Teresita Matarrita Gómez. Exp. 10-000350-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 7 de marzo del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla.—Juez.—RP2011227150.—(IN2011019396).

A las diez horas del siete de abril de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones, con la base de dos millones de colones netos (¢2.000.000,00), remataré: Vehículo placas número 683300, marca Suzuki, año 1996, estilo: Sidekick Sport, carrocería: automóvil, capacidad: 5 personas, motor: J18A101540. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón quinientos mil colones netos (¢1.500.000,00), se señalan las diez horas del veintinueve de abril de dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de quinientos mil colones netos (¢500.000,00), se señalan las diez horas del trece de mayo de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente 10-100401-0297-CI (5B) que es ejecutivo prendario de Luis Ángel Murillo Ocampo, contra Juan Guillermo García López.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de febrero del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011227151.—(IN2011019397).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del nueve de mayo del dos mil once, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 168560-000 la cual es terreno de patio, jardín y una casa. Situada en el distrito 03 San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Cortés Carrillo; al sur, calle pública; al este, Juana Cortés Carrillo, y al oeste, Sindy Fonseca Molina. Mide: Setecientos setenta y dos metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veinticuatro de mayo del dos mil once, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del ocho de junio del dos mil once con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Dany Leonel Guevara Hernández. Exp. 10-000356-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 7 de marzo del 2011.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011227152.—(IN2011019398).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas treinta minutos del doce de abril del dos mil once, y con la base de ocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 78192-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Misael Rosales Baltodano; al sur, calle pública; al este, Gamiel Rosales Rosales, y al oeste, Julián Ruiz Vargas. Mide: Ciento treinta y seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil once, con la base de seis millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil once con la base de dos millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olga María Ruiz Rosales. Exp. 10-000382-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 17 de febrero del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011227155.—(IN2011019399).

A las 7:45 horas del 7 de abril del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando servidumbre dominante bajo las citas 0382-00019300-01-0008-001, servidumbre trasladada bajo las citas 0382-00019300-01-801-001 y con la base de ¢4.000.000,00, y que se describe así: Terreno con una casa de habitación, sito en distrito cuatro San Roque, cantón tres, Grecia de la provincia de Alajuela, linderos: norte, sur y oeste, Alejandro Murillo Rodríguez; este, servidumbre de paso en medio. Mide: Ciento veintisiete metros con cinco decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢3.000.000,00, se señalan las 7:45 horas del 29 de abril de 2011. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢1.000.000,00 se señalan las 7:45 horas del 13 de mayo de 2011. Se rematan por ordenarse así en expediente 11-100136-00297CI, que es ejecutivo hipotecario del Grupo Mutual Alajuela Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ricardo Asdrúbal Zamora Rodríguez y otro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 16 de febrero del 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011227178.—(IN2011019400).

En la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil once, libre de anotaciones y soportando gravámenes hipotecarios de primer y segundo grado a favor de Banco Improsa, con la base de veintitrés millones cuatrocientos setenta y ocho mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula 6-00055057-000, naturaleza filial 38 ubicada en el nivel cero más tres punto sesenta y cinco o tercer nivel destinada a uso comercial en proceso de construcción, situada en el distrito Jaco, cantón de Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda al norte, Verde Musgo RTMC Arena S. A.; sur, área común construida de pasillo; este; finca filial treinta y siete, oeste; finca filial treinta y nueve. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del diecisiete de mayo de dos mil once, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del primero de julio de dos mil once, con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones (un 25%) por ciento de la base inicial). Se remata  por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Comercial Vertical Plaza Coral Jacó contra Esponjas del Coral S. A. Exp. 09-100079-445-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, 28 de febrero del 2011.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—RP2011227189.—(IN2011019401).

A las once horas treinta minutos del quince de abril del dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, remataré los siguientes bienes: 1) Sin sujeción a base, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones, inscrita bajo las citas: 0312-00013245-01-0904-001; servidumbre sirviente, inscrita a las citas: 0335-00019434-01-0026-001, y demanda ordinaria, inscrita a las citas: 0573-00007239-01-0001-001, la finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 04 Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, López y Quirós S. A.; al sur, Tomás Moreno Valerín; al este, Tomás Moreno Valerín, y al oeste, López y Quirós S. A., y servidumbre agrícola. Mide: cinco mil ochocientos cincuenta y siete metros con noventa y un decímetros cuadrados. 2) Sin sujeción a base, libre de gravámenes hipotecarios y soportando reservas y restricciones, inscrita bajo las citas: 0312-00013245-01-0904-001, y servidumbre sirviente, inscrita a las citas: 0335-00019434-01-0026-001, la finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 04 Tempate, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Hart Preston Stronud, Roy Bernard Michon, William Nelson Schmith. Mide: mil setecientos treinta y siete metros con ocho decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Integral System S.C., contra Panana Cocle Holdings Incorporated. Expediente 00-000941-0164-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2010.—Lic. Magda Díaz Bolaños, Jueza.—RP2011227193.—(IN2011019402).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 338, asiento: 4046, a las nueve horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil once, y con la base de dos millones ciento sesenta mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos diecisiete mil ciento cuarenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 29. Situada: en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Foresta de Moravia S. A.; al sur, Foresta de Moravia S.A.; al este, calle pública, y al oeste, Foresta de Moravia S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil once, con la base de un millón seiscientos veinte mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del primero de junio del dos mil once, con la base de quinientos cuarenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Seguros contra José Luis Méndez Álvarez. Expediente 10-012810-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2011.—Lic. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—RP2011227217.—(IN2011019403).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 308, asiento: 11823, a las diez horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil once, y con la base de siete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula 894620-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Salitrillo, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con frente de 93.45 metros; al sur, María del Rosario López Ureña; al este, Grecal S. A., y al oeste, vértice del triángulo con Carlos Arturo Castillo Corrales. Mide: mil cuatrocientos metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de mayo del dos mil once, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dos de junio del dos mil once, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Cantillo López. Expediente 10-011266-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de febrero del 2011.—Lic. Adriana Sequeira Muñoz, Jueza.—RP2011227218.—(IN2011019404).

A las siete horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del actor, sea la base de trece millones setecientos cincuenta mil colones, remataré: Finca inscrita en Propiedad, partido de Alajuela, Folio Real matrícula 305.620-000, que es terreno con una casa, lote onceavo, sito: en Ciudad Quesada de San Carlos, distrito primero del cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, lote décimo de Efraín Matamoros Corrales; al sur, lote décimo segundo de Efraín Matamoros Corrales; al este, Efraín Matamoros Corrales, y al oeste, calle pública con frente a ella de 08,00 metros. Mide: ciento veinte metros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de diez millones trescientos doce mil colones, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del dos mil once. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de tres millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente 10-100995-0297-CI, ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Kattia Ramírez Castrillo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de febrero del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011227241.—(IN2011019405).

En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas del diez de mayo del dos mil once, libre de gravámenes hipotecarios, y con la base de cien mil dólares americanos, en el mejor postor, remataré la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y un mil cuatrocientos tres-cero cero cero, propiedad de la demandada Inversiones Wajo de Londres Sociedad Anónima, dicho inmueble es terreno de agricultura. Situado: en el distrito tercero (Naranjito), cantón sexto (Aguirre), de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con El Paso de Los Indios S. A. y quebrada Galera; al sur, con El Paso de Los Indios S. A.; al este, con El Paso de Los Indios S. A., y al oeste, con servidumbre de paso con seis punto cero cero metros y El Paso de Los Indios S. A. Mide: once mil metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil once, con la base de setenta y cinco mil dólares americanos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se procede a señalar las nueve horas del nueve de junio del dos mil once, con la base de veinticinco mil dólares americanos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Lo anterior por haberse ordenado así en el proceso de ejecución hipotecaria de José Antonio Fallas Barillas, en contra de Inversiones Wajo de Londres Sociedad Anónima. Expediente 11-100009-425-3-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 16 de febrero del 2011.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—RP2011227285.—(IN2011019406).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y quince minutos del veintiséis de abril de dos mil once, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: placas 469533, marca Honda, estilo CRV LX, año 2002, color dorado, tracción 4x2, gasolina, chasis JHLRD68402C200374. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del once de mayo de dos mil once, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del veintiséis de mayo de dos mil once con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Ariana González Morera contra Thomas Jafek. Expediente: 09-001189-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 11 de febrero del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—RP2011227290.—(IN2011019407).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres cuyas citas de inscripción son: 0371-00001629-01-0900-001 0454-00000633-01-0001-001; a las diez horas del dieciocho de mayo del dos mil once (primer remate) y con la base de doce millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y nueve mil quinientos cincuenta y dos-cero cero cero (39552-000), la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte, con Carlos Núñez Camacho; al sur, con camino público en medio otro; al este, con calle pública y al oeste, con Carlos Núñez Camacho. Mide: veintisiete mil ochocientos cuarenta y seis metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del tres de junio del dos mil once, con la base de nueve millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veinte de junio del dos mil once, con la base de tres millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación de Productores Agrícolas y Comercialización contra Jesús Antonio Venegas Parra. Expediente: 11-000047-1164-CJ.—Juzgado Agrario de Cartago, 22 de febrero del 2011.—Lic. Édgar Eduber Calvo Solano, Juez.—RP2011227327.—(IN2011019408).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas del once de mayo del dos mil once, y con la base de setecientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 482416, marca Hyundai, estilo Excel, categoría automóvil, sedán de cuatro puertas, color plateado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinticinco de mayo del dos mil once, con la base de (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del siete de junio del dos mil once, con la base de (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Keilyn Gutiérrez Arias contra Gerardo Villagra Santamaría. Expediente: 08-100258-0439-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Golfito, 15 de febrero del 2011.—Lic. Víctor Lizano Campos, Juez.—RP2011227338.—(IN2011019409).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil once, y con la base de veintinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número dos cero uno seis nueve nueve-cero cero cero, la cual es terreno potrero. Situada en el distrito siete Corralillo, cantón primero Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Flor María Amador Venegas y Pablo Eduardo Cárdenas Abarca; al este, Pablo Eduardo Cárdenas Abarca y María del Carmen Cárdenas Abarca y al oeste, calle pública y María del Carmen Cárdenas Abarca. Mide: tres mil quinientos metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil once, con la base de veintiún mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil once, con la base de siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Las Maravillas del Gavilán Limitada contra Constructora y Urbanizadora Herrera y Herrera S. A., José Francisco Herrera Umaña. Expediente: 11-002119-1170-CJ.—Juzgado  Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2011.—Lic. Marvin Antonio Ovares Leandro, Juez.—RP2011227354.—(IN2011019410).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y diez minutos del quince de mayo de dos mil once, y con la base de catorce millones ciento noventa y un mil seiscientos sesenta y seis colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cuatro mil setecientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Carmen, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Enrique Calvo Mata; al sur, José Ulloa Granados; al este, Antonio Masís Masís y al oeste, calle pública. Mide: trescientos trece metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y diez minutos del treinta y uno de mayo de dos mil once, con la base de diez millones seiscientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y diez minutos del quince de junio de dos mil once, con la base de tres millones quinientos cuarenta y siete mil novecientos dieciséis colones sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrileasing Latinoamericano Sociedad Anónima contra Xinia Yamileth Leitón Rodríguez. Expediente: 10-002804-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 7 de marzo del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011227390.—(IN2011019411).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del trece de abril de dos mil once, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 749608, marca Mercedes Benz, capacidad 5 personas, color gris, vin WDBEB28E7PB898752, año 1993. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de mayo de dos mil once, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil once, con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Mario Pacheco Pacheco contra Ana Yensi Morera Molina. Expediente: 10-005533-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de febrero del 2011.—Msc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—(IN2011019650).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión con número de sumaria 09-021-275-PE del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santa Ana; a las quince horas y treinta minutos del diez de mayo de dos mil once, y con la base de veinte mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 672652, marca Greatwall, estilo Hover Cuv, año 2007, color plateado, categoría automóvil, carrocería todo terreno, 4 puertas, vin LGWEF3A577B059648, motor 4G64S4MSC08515, cilindrada 2350 cc, cilindros 04, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil once, con la base de quince mil doscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil once, con la base de cinco mil setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A., contra René García Tellez. Exp. 10-004700-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2011.—Lic. Ana María López Retana, Jueza.—(IN2011019679).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre y obligaciones, citas: 0345-00010446-01-0931-001 y soportando demanda ordinaria, citas de inscripción número: 201-236691-01-002-001, a las diez horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil once, y con la base de ciento cuarenta y seis mil novecientos sesenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 143112-000, la cual es un terreno lote dos, terreno de tacotal. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Linda Vista De Carrillo Sociedad Anónima; al sur, servidumbre agrícola y Linda Vista de Carrillo Sociedad Anónima; al este, Tasoraso Sociedad Anónima; y al oeste, servidumbre agrícola con un ancho de siete metros y una longitud de seiscientos sesenta y tres metros. Mide: siete mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil once, y con la base de ciento diez mil doscientos veinte dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil once, con la base de treinta y seis mil setecientos cuarenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre y obligaciones, citas: 0345-00010446-01-0931-001; a las diez horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil once, y con la base de ciento ochenta y siete mil cuarenta dólares exactos: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 143113-000, la cual es un terreno lote dos, terreno de tacotal. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Linda Vista de Carrillo Sociedad Anónima; al sur, Linda Vista de Carrillo Sociedad Anónima; al este, Tasoraso Sociedad Anónima; y al oeste, servidumbre agrícola con un ancho de siete metros y una longitud de trescientos once metros, cincuenta y siete centímetros. Mide: once mil ciento sesenta y siete metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil once, con la base de ciento cuarenta mil doscientos ochenta dólares (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil once, con la base de cuarenta y seis mil setecientos sesenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco HSBC de Costa Rica S. A., contra Gonzalo Chacón Outten, Sueños Viña del Mar S. A. Exp. 11-001609-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de marzo del 2011.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—(IN2011019737).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas del doce de abril del dos mil once, y con la base de once mil seiscientos ochenta y un dólares americanos con veinticinco centavos, primer remate, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas EE 022154, año: 2003, marca: Caterpillar, modelo: CB-214D, color: amarillo, capacidad: 1 persona, categoría: equipo especial genérico. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del cuatro mayo del dos mil once, con la base de ocho mil setecientos sesenta dólares americanos con noventa y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del diecinueve de mayo del dos mil once con la base de dos mil novecientos veinte dólares americanos con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Caterpillar Crédito S. A., de C.V., contra Comercializadora Rodríguez Lecusay S. A. Exp. 10-000298-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 27 de enero del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—(IN2011019742).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando practicado; a las ocho horas del cuatro de abril del año dos mil once, y con la base de diez millones ochenta y cuatro mil trescientos setenta y ocho colones con veintiún céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y seis mil ochocientos setenta-cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito San Antonio, cantón Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Alberto Rodríguez Rodríguez y Víctor Mayorga Mayorga; al sur, Ana Lucía Mayorga Obando y Alcides Ortega Ruiz; al este, calle pública con 57,18 metros de frente y al oeste, Ana Lucía Mayorga Obando. Mide: nueve mil seiscientos noventa y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintisiete de abril del año dos mil once, con la base de siete millones quinientos sesenta y tres mil doscientos ochenta colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del doce de mayo del año dos mil once con la base de dos millones quinientos veintiún mil noventa y cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Aníbal Zeledón Leal y Servicios para Aire Comprimido S. A. Exp. 10-000354-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 17 de febrero del 2011.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011227512.—(IN2011019846).

A las 14:00 horas del 7 de abril del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, de la manera que se dirá y con las bases que se indican remataré las fincas inscritas en propiedad del partido de Alajuela Folio Real matrículas 229.411-003 y 229.408-003: 1) La finca número 229.411-003 saldrá a remate libre de gravámenes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 0366-00014559-01-944-002 y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la actora, sea la base de 15.000.000 que es terreno de agricultura 20-B-1005, sito en San Rafael de Guatuso, distrito primero del cantón quince de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, Río Sámen, al sur, calle, al este, Francisco Ulate, y al oeste, Manuel Montero. Mide: un millón ciento noventa y siete mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados. 2) La finca 229.408-003 saldrá a remate libre de gravámenes y anotaciones soportando condiciones bajo las citas 0366-00014559-01-0938-002 y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la actora, sea la base de 5.000.000, que es terreno para agricultura 20-B-1004, sito en San Rafael de Guatuso, distrito primero del cantón quince de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, calle, al sur, quebrada Quebradón, al este, Alejandro Montero y otro, y al oeste, Carlos Mora. Mide: doscientos ochenta y tres mil setecientos ochenta y seis metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de 11.250.000, para la finca 229.411-003 y la base de 3.750.000, para la finca 229.408-003, se señalan las: 14:00 horas del 29 de abril del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de 3.750,000 para la finca 229.411-003 y la base de 1.250.000, para la finca 229.408-003, se señalan las: 14:00 horas del 13 de mayo del 2011. Se rematan por ordenarse así en expediente 10-101150-297-CI ejecución hipotecaria de Compañía Villa Arrieta S. R. L., contra Juan Luis Rojas Chinchilla. Publíquese en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de febrero del 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011227537.—(IN2011019847).

A las diecisiete horas del siete de abril del año dos mil once, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, y con la rebaja del veinticinco por ciento de ley, sea la suma de dos millones quinientos cuarenta y un mil cuatrocientos ochenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, al mejor postor, remataré dos máquinas de carrocería y pintura a) código número cuatro tres tres ocho dos dos SP quinientos cinco spanesi cabina para pintar sin calor, modelo quimera siete punto veinte por cuatro punto dos y; b) código cuatro cero tres ocho dos tres novecientos uno uno HVLP dos uno cero uno cinco, Asturo pistola para pintar por gravedad, seiscientos ochenta centímetros cúbicos uno punto cinco milímetros. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco Nacional de Costa Rica contra Bismark Cedeño Espinoza. Expediente 05-000703-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de febrero del 2011.—Lic. Gustavo Ramírez Redondo, Juez.—(IN2011020212).

A las catorce horas quince minutos del siete de abril del dos mil once, desde la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada y con la base de sesenta y ocho millones cincuenta y ocho mil ochocientos treinta y un colones con treinta céntimos; en el mejor postor remataré: la finca inscrita en el Registro Público, del partido de San José, matrícula de folio real: trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y tres-cero cero uno y cero cero dos, que se describe así: terreno para construir con una casa, ubicada en el cantón de San José, distrito de Mata Redonda, linda al norte, con lote 21; al sur, con lote 23; al este, con Clínica Centroamericana S. A. y al oeste, con calle pública. Mide: ciento sesenta metros con veintinueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado 08-000185-0182-CI de Jurgen Wensdenburg Stiller contra Gerardina Amparo Quesada.—Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, 28 de febrero del dos mil once.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—RP2011227706.—(IN2011020244).

A las 9:30 horas del 7 de abril del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones y con la base de la hipoteca de primer grado a favor de la actora, sea la base de ¢28,587.673,02, remataré: finca inscrita en Propiedad del partido de Cartago, folio real, matrícula número 159.811-003-004, que es terreno con un local comercial sito en Quebradilla de Cartago, distrito once del cantón primero de la provincia de Cartago. Linda: al sur, Eduardo Calderón Arias; al noreste, calle pública con un frente de 27,11 metros y al noroeste, Inversiones Mil Trescientos Cincuenta y Nueve S. A. Mide: trescientos noventa y seis metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢21,440.754,77, se señalan las 9:30 horas del 29 de abril del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢7,146.918,25, se señalan las 9:30 horas del 13 de mayo del 2011. Se remata por ordenarse así en expediente 11-100100-297-CI ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Raúl Alberto Hidalgo Maroto.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 22 de febrero de 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011227777.—(IN2011020248).

A las 8:00 horas del siete de abril de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, soportando condiciones REF bajo las citas 0299-00011729-01-0839-001, con la base de cinco millones trescientos setenta y siete mil cincuenta y dos colones con setenta céntimos, remataré: finca del partido de Limón, matrícula de folio real número 00084.256-000 que se describe así: terreno para construir, sito: en el distrito cinco, Cariari, cantón dos, Pococí de la provincia de Limón. Lindante: al norte, sur y este, Fremar Internacional S. A. y al oeste, calle con un frente de 14,03 metros. Mide: trescientos tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatro millones treinta y dos mil setecientos ochenta y nueve colones con cincuenta y tres céntimos, se señalan las ocho horas del veintinueve de abril de dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de un millón trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta y tres colones con diecisiete céntimos, se señalan las ocho horas del trece de mayo de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente número 11-100074-0297-CI que es ejecutivo hipotecario de Coocique R. L. contra María Luisa Castrillo Montiel.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 17 de febrero de 2011.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—RP2011227778.—(IN2011020249).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos; a las catorce horas y cero minutos del cinco de abril del año dos mil once, y con la base de tres millones setecientos diez mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cirrí sur, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Victoriano Arrieta Vega; al sur, Hubert Arce Arrieta; al este, Victoriano Arrieta Vega y al oeste, calle pública con un frente de diez metros y noventa y cinco centímetros. Mide; trescientos cincuenta y tres metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil once, con la base de dos millones setecientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del año dos mil once con la base de novecientos veintisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Ingrid María Arce Campos, José Alejandro Arrieta Arrieta. Expediente 11-000033-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 10 de febrero del 2011.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—RP2011227854.—(IN201120251).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del cinco de abril del año dos mil once, y con la base de cuarenta y ocho millones quinientos trece mil cuatrocientos treinta y ocho colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintinueve mil setenta y uno-F-cero cero dos la cual es terreno filial tres que se destinará a desarrollo residencial apta para construir, la cual tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Orotina, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común; al sur, área común para desfogue de agua pluvial; al este, calle privada del condominio y al oeste, Carlos Umaña Arguedas. Mide: seis mil seiscientos dieciocho metros con treinta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil once, con la base de treinta y seis millones trescientos ochenta y cinco mil setenta y nueve colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del trece de mayo del dos mil once con la base de doce millones ciento veintiocho mil trescientos cincuenta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fausto Zúñiga Aguirre. Expediente 11-000041-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 9 de febrero del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011227855.—(IN2011020252).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las once horas del doce de abril de dos mil once, y con la base de dos millones noventa mil trescientos cuarenta y ocho colones con catorce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y tres mil doscientos ochenta y dos-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito uno Sarchí Norte, cantón doce Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Isabel Cristina Pérez Zamora; al sur, Ovidio Arias Castro; al este, calle pública y al oeste, Isabel Cristina Pérez Zamora. Mide: ciento sesenta y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del tres de mayo de dos mil once, con la base de un millón quinientos sesenta y siete mil setecientos sesenta y un colones con diez céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del diecisiete de mayo de dos mil once con la base de quinientos veintidós mil quinientos ochenta y siete colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación para La Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra José Eddy Pérez Zamora. Expediente 09-001614-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1 de noviembre del 2010.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—(IN2011020497).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas con las citas 310-12105 y 407-19714; a las quince horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil once, y con la base de treinta y nueve millones setecientos noventa y ocho mil cuatrocientos ochenta y un colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 10 del bloque H con una casa de habitación. Situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa número cuatro H de Residencial Saint Claire; al sur, calle pública con un frente a ella de siete metros cincuenta metros lineales; al este, casa número H de Residencial Saint Claire; y al oeste, casa número once H de Residencial Saint Claire. Mide: ciento ochenta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrado. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil once, con la base de veintinueve millones ochocientos cuarenta y ocho mil ochocientos sesenta colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del uno de junio del dos mil once, con la base de nueve millones novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos veinte colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rosibel María Zúñiga González. Expediente: 10-024772-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de febrero del 2011.—Lic. Adriana Castro Rivera, Jueza.—(IN2011019651).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil once, y con la base de ochenta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento noventa y tres mil quinientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de dos plantas, bloque D lote 10 D. Situada en el distrito 03 San Juan, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 11D; al sur, calle pública avenida seis; al este, calle pública, calle nueve; y al oeste, lote 9 D. Mide: ciento sesenta metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de mayo de dos mil once, con la base de veintiún mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Kapama Sociedad Anónima contra Filomena María de los Ángeles Cordero Morera. Expediente: 10-002619-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de febrero del 2011.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez.—(IN2011019653).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes préndanos; a las once horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil once, y con la base de veintidós mil noventa y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 666077, marca Volkswagen, categoría autobús, estilo Bora, serie: 3VWPN11K36M813776, año 2006, color gris, tracción 4x2, número de motor BTK016477, cilindrada 2480 c.c., combustible gasolina, modelo Style 325, chasis 3VWPN11K36M813776. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil once, con la base de dieciséis mil quinientos setenta y tres dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil once con la base de cinco mil quinientos veinticuatro dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A., contra Vivian del Carmen Madrigal Vega. Expediente número: 11-001473-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2011.—Lic. Ericka Esther Robleto Artola, Jueza.—(IN2011019668).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; con la base de seiscientos ochenta y cinco mil colones y libre de gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la moto placa Mot 208905. Para tal efecto se señalan las nueve horas del lunes dieciséis de mayo de dos mil once (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del martes treinta y uno de mayo de dos mil once, con la base de quinientos trece mil setecientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del miércoles quince de junio de dos mil once, con la base de trescientos cuarenta y dos mil colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. De la anterior liquidación de intereses, se confiere audiencia por tres días al demandado. Notifíquesele la presente resolución, personalmente por cédula y copias de ley en su casa de habitación. Msc. Ericka Ramírez Cubillo, Jueza. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso sumario ejecutivo simple de Andrea María Rodríguez Cambronero contra Ronny Eduardo Chavarría Soto. Expediente número: 01-700016-0308-PA.—Juzgado de Pensiones Alimentarias, Fase Escrita del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de marzo del 2010.—MSc. Ericka Ramírez Cubillo, Jueza.—(IN2011019669).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cinco minutos del veintiocho de abril de dos mil once, y con la base de catorce mil cincuenta y siete dólares con noventa y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 722555, marca Hyundai, año 2008, vin KMHJM81BP8U786282, cilindrada 2000 c.c., color gris, categoría automóvil. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cinco minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de diez mil quinientos cuarenta y tres dólares con cuarenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cinco minutos del treinta de mayo de dos mil once, con la base de tres mil quinientos catorce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibanjo Sociedad Anónima contra Marvin Marcial Pichardo. Expediente: 09-003284-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14 de febrero del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—(IN2011019671).

A las nueve horas del veinticinco de abril del dos mil once, en este juzgado, libre de gravámenes prendarios , pero soportando infracción a la Ley de Tránsito que se tramita ante el Juzgado de Transito de Pavas y Escazú con la sumaria numero 06-602682-500 TC, con la rebaja del veinticinco por ciento de ley quedando la base para remate en la suma de siete mil doscientos setenta dolares con diecisiete centavos, en el mejor postor remataré: un vehículo placas 507335, marca Hyundai, estilo Santa Fe GL, capacidad cinco personas, año 2002, color dorado, carrocería familiar, categoría automóvil, chasis número KMHSB81BP2U281673, combustible gasolina, motor número G4JS2671320. Se remata por haberse ordenado así dentro del proceso expediente: 03-001292-185-CI. Ejecutivo prendario de Banco Interfín S. A. contra: Ingrid Longan Santonastacio e Inversiones la Patoja S. A.—Juzgado Segundo Civil de San José, 9 de febrero del 2011.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—(IN2011019676).

En la puerta exterior de este Despacho; ubre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil once, y con la base de diecinueve mil seiscientos ochenta y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa 748599, marca Hyundai, estilo Tucson CRDI, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2008, color azul, chasis KMHJM81VP8U889831, motor D4EA8537077, combustible diesel, cilindrada 2000 cc. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de mayo de dos mil once, con la base de catorce mil setecientos sesenta y seis dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de mayo de dos mil once, con la base de cuatro mil novecientos veintidós dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A., contra Cristian Arias Chinchilla. Expediente: 11-003993-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2011.—Lic. Minor Antonio Jiménez Vargas, Juez.—(IN2011019681).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil once, y con la base de setenta y seis mil novecientos cuarenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil doscientos veintinueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1-C. Situada en el distrito 04 San Roque, cantón 02 Barva de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 14.85; al sur, Corporación Constructora Vindas Garita S. A.; al este, Hortensia Garita Víquez; y al oeste, Corporación Constructora Vindas Garita S. A. Mide: ciento noventa y ocho metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de junio de dos mil once, con la base de cincuenta y siete mil setecientos cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de junio de dos mil once, con la base de diecinueve mil doscientos treinta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Carlos Eduardo Arce Bolaños y Corporación Constructora Vindas Garita Sociedad Anónima representada por Milton Vindas Garita. Expediente: 11-000893-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 1º de marzo del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—(IN2011019682).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas con treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil once, y con la base de dieciocho mil veintinueve dólares (o su equivalente en colones), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 615767, marca Ford, estilo Ecosport, categoría automóvil, serie 9BFUT35E168712208, carrocería Station Wagon o Familiar, tracción 4x2, capacidad cinco personas, de color gris, número de vin 9BFUT35E168712208. Para et segundo remate se señalan las quince horas con treinta minutos del 3 de junio del 2011, con la base de trece mil quinientos veintiún dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para lar tercera subasta se señalan las quince horas con treinta minutos del 20 de junio del 2011, con la base de cuatro mil quinientos siete dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Jessie Verónica Porras Cantillo, Moisés Vicenzi Zúñiga. Expediente: 11 -000753-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 17 de febrero del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011019684).

En la puerta exterior de este despacho libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas con treinta minutos del 1º de junio del 2011, y con la base de treinta y dos mil seiscientos cuarenta y nueve dólares (o su equivalente en colones), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 683114, marca Toyota, estilo Land Cruisser, categoría automóvil, serie JTEAK29J800002662 carrocería todo terreno dos puertas, tracción 4x4, año 2007, color gris, capacidad cinco personas, cilindrada: 2985 c.c. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del 16 de junio del 2011, con la base de veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas con treinta minutos del 1º de julio del 2011, con la base de ocho mil ciento sesenta y dos dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Carlos Antonio Armijo Rosales. Expediente: 10-000744-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 23 de febrero del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011019686).

A las 8:00 horas del 14 de abril del 2011, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios comunes y anotaciones e infracciones y colisiones y con la base del valor fiscal según certificación de propiedad de folios 45 y 46, sea la base de ¢1.500.000,00, remataré: vehículo placas 407876, marca Kia, categoría automóvil, serie, chasis y vin KNAJA5525PA710908, capacidad cinco personas, año 1993, color verde, motor FE304267, combustible gasolina, 2000 c.c. cilindros. En caso de resultar fracasado el primer remate, para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢1.125.000,00, se señalan las: 8:00 horas del 5 de mayo del 2011. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢375.000,00, se señalan las 8:00 horas del 19 de mayo del 2011. Se remata por ordenarse así en expediente: 10-100029-0317-CI, monitorio del Banco Nacional de Costa Rica contra Yajaira Patricia Rodríguez Paniagua.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 4 de marzo del 2011.—Lic. María Inés Mendoza, Jueza.—(IN2011019703).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando compraventa, plazo de convalidación, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos y reservas de ley forestal; a las nueve horas y cero minutos del ocho de abril del dos mil once, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número trescientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco-cero cero cero (00374455-000), la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 04 Guadalupe, cantón 11 Zarcero de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Quebrada Laguna y Río Espino; al sur, Río Espino, Ganadera Hermanos Rojas y calle pública con 200 metros 5 dm; al este, Quebrada Laguna; y al oeste, Río Espino.-PLANO: A-0559634-1999. Mide: ciento setenta cuatro mil quinientos dieciséis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de mayo del dos mil once, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil once, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Antonio Barquero Solís contra Jorge Eduardo Rojas Morera. Expediente: 10-000528-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 21 febrero del 2011.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2011019720).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del tres de mayo de dos mil once, y con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero cero uno siete cinco tres dos uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Veintisiete de Abril, cantón Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Roxida Developers S.A.; al sur, Roxida Developers S. A.; al este, Roxida Developers S. A.; y al oeste, calle pública con 20.48 metros lineales. Mide: seis mil doscientos noventa y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecisiete de mayo de dos mil once, con la base de treinta y nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta y uno de mayo de dos mil once, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Gregorio Carrillo Carrillo. Expediente: 10-000568-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 7 de marzo del 2011.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—(IN2011019735).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones al tomo 0331, asiento 8653, reservas y restricciones al tomo 0338, asiento 13799, reservas y restricciones al tomo 0339, asiento 13799, reservas y restricciones con citas 0385-4819-01-0900-001, reservas y restricciones con citas 0385-4819-01-0901-001, reservas y restricciones con citas 0385-4819-01-0902-001, reservas y restricciones con citas 0385-4819-01-0903-001; a las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del dos mil once, y con la base de ochenta y seis millones seiscientos un mil setecientos treinta y siete colones con cuarenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F sesenta y seis mil ochocientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 04 Colorado, cantón 07 Abangares de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle uno; al sur, área común libre de parque; al este, finca filial primaria individualizada número ciento ochenta y tres; y al oeste, finca filial primaria individualizada número ciento ochenta y uno. Mide: cuatro mil ciento cincuenta y cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil once, con la base de sesenta y cuatro millones novecientos cincuenta y un mil trescientos tres colones con once céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil once, con la base de veintiún millones seiscientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hugo Salazar Solano. Expediente: 10-000665-0296-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, Ramón, 9 de marzo del 2011.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—(IN2011019736).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas quince minutos del siete abril del dos mil once, y con la base de catorce mil cuarenta y cuatro dólares con treinta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL219766, marca Hyundai, año 2007, Vin KCMGK17LP7C057823, cilindrada 3900 c.c., color blanco, categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril del dos mil once, con la base de diez mil quinientos treinta y tres dólares con veinticuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil once con la base de tres mil quinientos once dólares con siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Citi Trust de Costa Rica Sociedad Anónima contra J & C Constructora Sociedad Anónima. Exp. 10-000392-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de enero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011019778).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes y anotaciones judiciales a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil once, y con la base de trece mil setecientos ochenta y nueve dólares con veinticinco centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número CL-209862, marca Hyundai HD65, año 2006, Vin KMFGA17LP6C032818, cilindrada 3300 c.c., color blanco categoría carga liviana. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de mayo del dos mil once, con la base de diez mil trescientos cuarenta y un dólares con noventa y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil once con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con treinta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fiduciaria Cuscatlán S. A. contra El Meteoro de Pegaso S. A., Michael Guzmán Jaén. Exp. 08-009204-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2011.—Lic. Jessica Viviana Vargas Barboza, Jueza.—(IN2011019779).

En la puerta exterior de este despacho Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial Zona Sur Corredores, a las nueve horas del día veintinueve de abril del dos mil once, en el mejor postor rematare: finca dada en garantía, que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad del partido de Puntarenas, matrícula Folio Real: 00041743-000, que es terreno para agricultura lote 4-13, sito en distrito tercero Sierpe, cantón quinto Osa de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte, con José Ramón Jiménez; al sur, Quebrada en medio Margarita Ugalde; al este, quebrada en medio Eladio Osorno; y al oeste, calle con 168 m 4O cm, la cual saldrá libre de gravámenes y anotaciones y con la base de dos millones trescientos cincuenta mil colones netos, Lo anterior por haberse ordenado así en expediente 00-000205-0419-AG (234-3-00) de Socorro Navarro Taleno y otros contra Uber Antonio Castro Esquivel.—Juzgado Agrario de la Zona Sur, 11 de enero del 2011.—Lic. Maricel Zamora Arias, Jueza.—(IN2011019801).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del dos de mayo del año dos mil once, y con la base de once millones setecientos trece mil setecientos cincuenta y un colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula número quinientos cinco mil quinientos diecisiete cero cero cero fa cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santiago, cantón 04 Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ivannia Aguilar e Isabel Cordero Hidalgo; al sur, quebrada Cirri; al este, Marco Antonio Madrigal Cordero con acera en medio; y al oeste, Moce E Y E S. A. Mide: mil veintiséis metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil once con la base de ocho millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos trece colones con ochenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de junio del dos mil once con la base de dos millones novecientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Omar Ernesto Arévalo Herrera. Exp. 10-001970-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2011.—Lic. Fulgencio Jiménez, Juez.—(IN2011019806).

A las nueve horas del cuatro de abril del dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones y con la base de un millón seiscientos ochenta mil colones, sáquese a remate el bien dado en garantía, sea vehículo placas CL-112519 inscrito en el Registro Público de la Propiedad, marca: Toyota, estilo: Hilix, categoría: carga liviana, capacidad: dos personas, carrocería: caja abierto o cam-pu, peso neto: 1100 kilogramos, tracción: no aplica, chasis: JT4RN56D4E0026396, año de fabricación: 1984, color beige, características del motor: número de motor: 0951624-22R, marca: Toyota, cilindrada: 2366 c.c., potencia 76 kw, cilindros: 04. De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de un millón doscientos sesenta mil colones, llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las nueve horas del veintisiete de abril del dos mil once. Finalmente y de resultar fracasado este segundo remate y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatrocientos veinte mil colones, celébrese la tercer y última subasta en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las nueve horas del doce de mayo del dos mil once. En caso de resultar insubsistente alguno de los remates señalados como eventuales almonedas fracasadas se mantendrá incólume la base original de la primera subasta. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución prendaria del Salazar Alfaro Mario Gerardo contra Ríos Fonseca Rodrigo. Expediente 10-101941-0432-CI-4.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, a las quince horas del diecisiete de enero del dos mil once.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2011019819).

A las nueve horas del siete de abril de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, soportando gravamen de Reservas y Restricciones inscrito al tomo 268, asiento 8707, servidumbre del acueducto y de paso AyA, y servidumbre de líneas eléctricas y de paso, éstas últimas inscritas al tomo 410, asiento 11844 y con la base de un millón seiscientos mil colones, sáquese a remate el bien dado en garantía sea la finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real matrícula número 104994-000 que es el lote 7, terreno para construir; sito en el distrito 01 Cañas, cantón 05 Cañas, de la provincia de Guanacaste, número de plano G-0421412-1997. Linda: al norte, con Agropecuaria Hermanos Chaverri González y Luis Ponce Rodríguez; al sur, Luis Ponce Rodríguez; al este Luis Ponce Rodríguez; y al oeste, calle pública con 9,00 metros: De resultar fracasado el anterior remate, y con la rebaja del veinticinco por ciento de la primera base sea la suma de un millón doscientos mil colones llévese a cabo una segunda almoneda la cual tendrá lugar en la puerta exterior de este Despacho a las nueve horas del dos de mayo del dos mil once. Finalmente y de resultar fracasada esta segunda subasta y con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cuatrocientos mil colones celébrese el tercer y último remate en la puerta exterior de este local, para lo cual se señalan las nueve horas del diecisiete de mayo del dos mil once. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela contra Verónica Ordoñez Álvarez. Expediente número 11-100052-0432-CI-1.—Juzgado Civil y Menor Cuantía de Puntarenas, a las trece horas veinte minutos del veinticuatro de enero del dos mil once.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2011019820).

En este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de aguas pluviales y al ser las catorce horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil once, y con la base de ocho millones ochocientos nueve mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil seiscientos catorce cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir lote 12-F. Situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores , de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote dos F; al sur, avenida seis; al este, lote 13-F; y al oeste, lote 11-F. Mide: ciento treinta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil once, con la base de seis millones seiscientos seis mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil once con la base de dos millones doscientos dos mil doscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Deivi Villalobos Morales, Yhajaira Fernández Bellido. Expediente 11-000351-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de marzo del 2011.—Lic. Luis Fernando Guillen Zumbado, Juez.—(IN2011019831).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios en el mejor postor a las once horas del cinco de mayo del dos mil once y con la base de novecientos veinticuatro mil colones remataré lo siguiente: un vehículo placas (600140) marca Hyundai, modelo 1995, color verde, de diesel, para el segundo remate se señalan las once horas del veinte de mayo del dos mil once, con la base de seiscientos noventa y tres mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas treinta minutos del seis de junio del dos mil once con la base de doscientos treinta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Lo anterior se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Róger Monge Rojas. Exp. 10-003582-0346 CI-A.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 11 de febrero del 2011.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—RP2011227442.—(IN2011019839).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del catorce de abril de dos mil once, y con la base de un millón doscientos cuarenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas quinientos treinta y siete mil trescientos cincuenta y siete, marca Hyundai, categoría automóvil, carrocería sedan cuatro puertas, tracción sencilla, Vin KMHVF21NPRU012288, capacidad cinco personas, año mil novecientos noventa y cuatro, color negro. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del seis de mayo de dos mil once, con la base de novecientos treinta y un mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil once con la base de trescientos diez mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit Sociedad Anónima contra Flor Eliette Quirós Quirós. Exp. 10-003581-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 11 de febrero del 2011.—Lic. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—RP2011227443.—(IN2011019840).

En la puerta exterior de este Despacho; pero soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y Desarrollo Comunal, así como servidumbre traslada con las citas 0323-00007330-01-0901-001, servidumbre de oleoducto y de paso de Recope con las citas 0429-00017366-01-0008-001 y 0429-00017366-01-0009-001; a las nueve horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil once, y con la base de treinta y cuatro millones dieciocho mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00209496-cero cero cero la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito primero Turrialba, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Villalobos Umaña; al sur, Wilberth Barboza Vásquez; al este, Róger Castro Méndez y Flor Jiménez Aguilar; y al oeste, calle pública con un frente de dieciséis metros. Mide: cuatrocientos setenta y nueve metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil once, con la base de veinticinco millones quinientos trece mil novecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de junio del dos mil once con la base de ocho millones quinientos cuatro mil colones seiscientos cincuenta colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Alimentos Chips S. A. contra Luis Eduardo Salas Quirós Exp. 10-000369-1006-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrialba, 3 de marzo del 2011.—Lic. Alexander Solano Pérez, Juez.—RP2011227447.—(IN2011019841).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veinticinco de abril de dos mil once, y con la base de diecisiete millones ciento cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 47514-000 la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 24 B; al este, lote 1; y al oeste, calle pública con 9m. Mide: doscientos veinticinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de mayo de dos mil once, con la base de doce millones ochocientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil once, con la base de cuatro millones doscientos setenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Graciela Camacho Torres, Olga Lidia Camacho Torres. Expediente: 11-000632-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 9 de febrero del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011227481.—(IN2011019842).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil once, y con la base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos cuatro mil ochocientos quince-cero cero uno-cero cero dos-cero cero tres, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Tacacorí; al este, Luis Ángel Cascante Loria; y al oeste, Alexis Rodríguez Murillo. Mide: trescientos cincuenta y un metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de mayo de dos mil once, con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Medina Galeano. Expediente: 11-000637-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de febrero del 2011.—Lic. David Acuña Marín, Juez.—RP2011227483.—(IN2011019843).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del seis de mayo del dos mil once, y con la base de doce millones seiscientos setenta y cinco mil colones en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 526.614-000, la cual es terreno para construir con una casa lote 53. Situada en el distrito 04 León XIII, cantón 13 Tibás de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 10; al sur, lote 54; al este, lote 70; y al oeste, alameda uno sur. Mide: ciento treinta y cuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintitrés de mayo del dos mil once, con la base de nueve millones quinientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del siete de junio del dos mil once, con la base de tres millones ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra German Antonio Molina Figueroa. Expediente: 11-000048-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de enero del 2011.—Lic. Jacqueline Paola Brenes Segura, Jueza.—RP2011227485.—(IN2011019844).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del quince de abril del dos mil once, y con la base de treinta y siete millones seiscientos veintisiete mil quinientos doce colones con diecisiete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 21626-000, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 07 Belén de Nosarita, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Lina Hernández Guevara; al sur, calle pública con un frente de ciento catorce metros cinco centímetros y Jane Elizabeth Wright; al este, Eduardo Ramírez Guevara; y al oeste, Jane Elizabeth Wright, Santos García Valencia y calle pública con un frente de doscientos tres metros con veintidós centímetros. Mide: cuarenta mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil once, con la base de veintiocho millones doscientos veinte mil seiscientos treinta y cuatro colones con doce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil once, con la base de nueve millones cuatrocientos seis mil ochocientos setenta y ocho colones con cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Corporación Casa Cream de Nosara S. A., Wrigth Jane Elizabeth. Expediente número: 10-000380-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 15 de febrero del 2011.—Msc. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—RP2011227511.—(IN2011019845).

A las siete horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil once, en la puerta exterior del local que ocupa este juzgado, al mejor postor, libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, pero soportando condiciones bajo los tomos 366, asientos 14559, con la base de hipoteca de primer grado ya vencida a favor de la sociedad actora, sea la suma de ochenta millones de colones netos (¢80.000.000,00), remataré: finca del partido de Alajuela, matrícula de folio real número 229.411-001-002 y 004, que se describe así: naturaleza: agricultura 20-B-1005, sito: en el distrito primero San Rafael, cantón quince Guatuso de la provincia de Alajuela, colinda al norte, Río Samen; sur, calle pública; este, Francisco Ulate; y al oeste, Manuel Montero. Mide: un millón ciento noventa y siete mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con ochenta decímetros cuadrados. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de sesenta millones de colones netos (¢60.000.000,00), se señalan las: siete horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil once. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de veinte millones de colones netos (¢20.000.000,00), se señalan las: siete horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil once. Se remata por ordenarse así en expediente número 10-101149-0297-CI (5B) que es ejecución hipotecaria de Norma Solís Rodríguez contra Norman Solís Rodríguez y otros.—Juzgado Civil y de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 25 de febrero de 2011.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—RP2011227538.—(IN2011019848).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre sirviente, a las quince horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil once, y con la base de catorce millones setecientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número F cuarenta y ocho mil noventa y siete-cero cero uno-cero cero dos, la cual es terreno finca filial diecisiete de una planta, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, acceso uno; al sur, juegos infantiles uno; al este, filial dieciocho; y al oeste, filial dieciséis. Mide: noventa y un metros con nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del dos de junio de dos mil once, con la base de once millones cincuenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del diecisiete de junio de dos mil once, con la base de tres millones seiscientos ochenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participaren la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del articulo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Elver Esteven Quesdada Valverde. Expediente: 11-000050-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—RP2011227542.—(IN2011019849).

En la puerta exterior de este Despacho, ubre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Limitaciones de leyes 7052,7208 (citas 0570-00045301-01-0002-001), a las nueve horas y cero minutos del trece de mayo de dos mil once, y con la base de tres millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 579278-001 y 002, la cual es terreno para construir, situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda al norte con Enrique Carvajal Vargas; al sur, con calle pública; al este, con lote 12 de Muebles de Diseño Artístico S. A.; y al oeste, con lote 14 de Muebles de Diseño Artístico S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de mayo de dos mil once, con la base de dos millones cuatrocientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subastase señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de junio de dos mil once, con la base de ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Christian Páez Salazar y Marcela Francisca Vargas Fajardo, expediente número 11-000620-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 1º de marzo del 2011.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Jueza.—RP2011227543.—(IN2011019850).

En la puerta exterior de este Despacho; Libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del tres de junto de dos mil once, y con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 237323-000 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 08 Poás de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 11 mts; al sur, Emérita Vega Gómez; al este, Dagoberto Chaves Vega; y al oeste, Emérita Vega Gómez. Mide: ciento cincuenta metros con dos decímetros cuadrados. para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil once, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil once, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eduardo Antonio Gómez Cubillo, María Blanca Irenes Chaves Vega. Expediente número 11-001279-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 9 de marzo del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—RP2011227544.—(IN2011019851).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del doce de abril del dos mil once, y con la base de siete millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cero cero uno cuatro uno dos dos uno, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 04 Tempate, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Olga Gerardina Alvarado, Carlos Hernández Salas, Benito Ramírez Ramírez, en medio quebrada Paraíso; al sur, Olga Gerardina Alvarado, Gerardo Vásquez Marchena en medio calle pública; al este, Olga Gerardina Alvarado, Carlos Hernández Salas, Luisa Duarte Bran; y al oeste, Ojo de Agua de los Hermanos González S.A. Mide: dieciocho mil novecientos veinticinco metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del tres de mayo del dos mil once, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinte de mayo del dos mil once, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Yimmy Baltodano Castillo contra Gustavo Enrique Marchena Ríos. Expediente: 10-000574-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 11 de febrero del 2011.—Lic. Isabel Bertília Zúñiga Pizarro, Jueza.—RP2011227558.—(IN2011019852).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y caminos públicos; a las nueve horas treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil once, y con la base de cinco millones seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 116939-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito quinto Matina, cantón quinto Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte servidumbre de paso con un frente de diez metros; al sur Danilo Chaverri Barrantes; al este Danilo Chaverri Barrantes y al oeste Danilo Chaverri Barrantes. Mide: ciento noventa y nueve metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil once, con la base de cuatro millones doscientos veinticinco mil ochocientos sesenta y tres colones con cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil once, con la base de un millón cuatrocientos ocho mil seiscientos veintiún colones con un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples Alianza de Pérez Zeledón contra Marisol Espinosa Leiva. Expediente 10-000493-0930-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 9 de marzo del 2011.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—RP2011227694.—(IN201120243).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas y quince minutos del veintisiete de abril del año dos mil once, y con la base de treinta y cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un mil doscientos setenta y tres cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 02 Sabanilla, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte Mario Mata; al sur calle publica con 10m; al este Roberto León y al oeste Edwin Ramírez. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de mayo del año dos mil once, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintisiete de mayo del año dos mil once con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Plata Sociedad Anónima contra Ligia María Valverde González. Expediente 10-002364-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Duran, Juez.—RP2011227713.—(IN2011020245).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada,; a las nueve horas y quince minutos del veintinueve de abril del año dos mil once, y con la base de cuatro millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos catorce mil seiscientos dieciocho cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 San Felipe, cantón 10 Alajuelita de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 14 K; al sur alameda 11 con frente de 6 metros; al este lote 18K y al este lote 20 K. Mide: ciento ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del dieciséis de mayo del año dos mil once, con la base de tres millones colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo del año dos mil once con la base de un millón colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Unión Magdalena S. A. contra Rubén Rosales Valencia, Vitalia Hernández Alemán. Expediente 10-002555-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 9 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Duran, Juez.—RP2011227715.—(IN2011020246).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las quince horas treinta minutos del quince de abril del dos mil once y con la base de veintinueve millones ochocientos cuarenta y nueve mil trescientos dos colones con sesenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos veintinueve cero cero uno cero cero dos la cual es terreno con vivienda en proceso de construcción, lote 24 U. Situada en el distrito 03 Sánchez, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte casa número 23 U de Urbanización Lomas de Ayarco contigua; al sur calle pública con 21 mts 91 cms; al este Inversiones Zeta S. A. y al oeste calle pública con 11 mts con 09 cms de frente suroeste: calle pública con 5 mts con 90 cms de frente. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevara cabo el segundo remate, se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de mayo del dos millones con la base de veintidós millones trescientos ochenta y seis mil novecientos setenta y seis colones con noventa y siete céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil once, con la base de siete millones cuatrocientos sesenta y dos mil trescientos veinticinco colones con sesenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Angélica María Rojas Bonilla, Randall Francisco Vargas Chavarría. Expediente 09-93 5075-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José; Goicoechea, 16 de febrero del 2011.—Lic. Fulgencio Jiménez Rojas, Juez.—RP2011227722.—(IN2011020247).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, plazo de convalidación; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil once, y con la base de veintisiete millones quinientos sesenta y tres mil novecientos catorce colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 25583-000 la cual es terreno con una casa de habitación y agricultura. Situada en el distrito primero, cantón segundo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Fernando Araya Méndez; al sur calle pública con un frente a ella de veintiséis metros treinta y seis centímetros; al este calle pública con un frente a ella de treinta metros y al oeste resto de Tobías Delgado Sánchez. Mide: seiscientos sesenta y dos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil once, con la base de veinte millones seiscientos setenta y dos mil novecientos treinta y cinco colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil once con la base de seis millones ochocientos noventa mil novecientos setenta y ocho colones con sesenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mauricio Fernández Vargas, Vivían Zúñiga Aguilar. Expediente 11-000130-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 9 de marzo del 2011.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—RP2011227841.—(IN2011020250).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de abril del año dos mil once y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas seiscientos setenta y nueve mil trescientos sesenta y seis, marca Nissan, estilo Altima SE, año mil novecientos noventa y cinco, color azul, motor número KA243708295. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de mayo del año dos mil once, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de mayo del año dos mil once con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Melody Place S. A. contra Hanzel Andrey Araya Lara Expediente 11-000129-0691-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela; San Ramón, 23 de febrero del 2011.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—RP2011227893.—(IN2011020253).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita bajo las citas numero: 354-3828-01-911-001; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil once, y con la base de diecinueve millones ochocientos cincuenta y dos mil setecientos dieciocho colones con noventa y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 332018-000 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa N 7-D. Situada en el distrito cero uno Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte avenida segunda; al sur Urbanizadora Orinoco S. A.; al este Urbanizadora Orinoco S. A. y al oeste Urbanizadora Orinoco S. A. Mide: setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo de dos mil once, con la base de catorce millones ochocientos ochenta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil once con la base de cuatro millones novecientos sesenta y tres mil ciento setenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Joseph Campos Guillen, Luis Arturo Campos Guillen. Expediente 10-002383-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 24 de febrero del 2011.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—RP2011227876.—(IN2011020254).

A las ocho horas veinte minutos del veinticinco de abril del año dos mil once, en la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de seiscientos cincuenta mil colones (¢650.000), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cuatro guión cero cero cero la cual es terreno solar con 1 casa. Situada en el distrito 4 San Nicolás, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública y el estado; al sur Rafael Zúñiga Vega; al este Rafael Zúñiga Vega y al oeste María Dolores Monge. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Nacional de Costa Rica contra Braulio Zúñiga Vega, Zúñiga Sánchez Gilberto. Expediente 02-000230-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 4 de febrero del 2011.—Lic. Johnny Ramírez Pérez, Juez.—RP2011227883.—(IN2011020255).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil once, y con la base de cuatro millones novecientos sesenta y un mil ciento sesenta y siete colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Lamborghini, estilo 674-70N, color gris, modelo 2002. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del trece de junio de dos mil once, con la base de tres millones setecientos veinte mil ochocientos setenta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil once con la base de un millón doscientos cuarenta mil doscientos noventa y un colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Martín Gómez Acevedo. Expediente 11-000895-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 23 de febrero del 2011.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—RP2011227887.—(IN2011020256).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas del doce de abril del año dos mil once, y con la base de setecientos cincuenta mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas C-028554, marca Volvo, categoría carga pesada, estilo F611, capacidad 2 personas, serie F6134X2006530, carrocería plataforma, color blanco, chasis F6134X2006530, VIN F6134X2006530, combustible diesel, número de motor TD60D85927853, modelo no indica, cilindrada 5048 c. c. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del cuatro de mayo del año dos mil once, con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas del diecinueve de mayo del año dos mil once con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Rafael Ángel Calderón Abarca contra María Giselle Badilla Arce. Expediente 10-005002-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de febrero del 2011.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2011020478).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del siete de abril de dos mil once, y con la base de quince millones setecientos setenta y nueve mil cuatrocientos un colones con veintiséis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 169173-000 la cual es terreno de café. Situada en el distrito Corralillo, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alberto Cerdas; al sur, calle pública; al este, Marina Ureña; y al oeste, Ervin Rivera Romero. Mide: nueve mil cinco con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil once, con la base de once millones ochocientos treinta y cuatro mil quinientos cincuenta colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil once con la base de tres millones novecientos cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con treinta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Eco Navanu Sociedad Anónima. Exp. 11-000334-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de febrero del 2011.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2011020508).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre dominante; a las quince horas del diecinueve de mayo del 2011, y con la base de quince millones sesenta y nueve mil novecientos ochenta y siete colones dieciséis céntimos, en et mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y ocho mil doscientos nueve colones-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 3-Tobosi, cantón  8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Maximino Tencio Brenes; al sur Estelita Brenes y otro; al este, Benedicto Tencio Molina; y al oeste, finca de la Iglesia de Tobosi. Mide: cuatro mil quinientos veintitrés metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas del tres de junio del 2011, con la base de once millones trescientos dos mil cuatrocientos noventa colones treinta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veinte de junio del 2011 con la base de tres millones setecientos sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y seis colones setenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de (a base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Evaudilio Antonio Vargas Arrieta. Exp. 11-000741-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 25 de febrero del 2011.—Lic. Jackeline Brenes Segura, Jueza.—(IN2011020509).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del quince de abril del año dos mil once, y con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (4.500.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo marca: Suzuki, placa: 807350, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno 4 puertas, chasis JS3TD62VOX4100326, capacidad: 5 personas, año: 1999. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de mayo del año dos mil once, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (3.375.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de mayo del año dos mil once con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (1.125.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ana Delia Murillo Barrantes contra Darling Rojas Murillo. Exp. 11-000091-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 1º de marzo del 2011.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—(IN2011020527).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda penal, servidumbre trasladada, advertencia administrativa e inmovilización por error interno; a las diez horas y quince minutos del nueve de mayo del dos mil once, y con la base de doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta y ocho dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil trescientos cuarenta y cinco cera cero cero la cual es terreno lote 51 para construir. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte noreste lotes 58 y 56; al sur, noroeste lote 50; al este, sureste, lote 52; y al oeste, suroeste, calle pública. Mide: tres mil seiscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veinticuatro de mayo del dos mil once, con la base de ciento ochenta y cuatro mil doscientos cincuenta y un dólares con sesenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de junio del año dos mil once con la base de sesenta y un mil cuatrocientos diecisiete dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Constructora Porras Quesada e Hijos Sociedad Anónima, Jeffrey Estrada Ramírez Exp. 10-002481-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020550).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas y quince minutos del cuatro de mayo del dos mil once, y con la base de cuarenta y seis mil seiscientos setenta y un dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento quince mil quinientos treinta y cinco cero cero tres, cero cero cuatro la cual es terreno lote 8 para construir con 1 casa. Situada en el distrito 08 Río Azul, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jesús Cordero Mesén; al sur, calle publica; al este, lote 7; y al oeste, lote 9. Mide: ciento cuarenta y un metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil once, con la base de treinta y cinco mil tres dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de junio del dos mil once con la base de once mil seiscientos sesenta y siete dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra José Gerardo Valenciano Jiménez, Ruth Betzaida Mendoza Taylor. Exp. 10-002483-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020552).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil once, y con la base de veintiún mil doscientos treinta y dos dólares con veinticinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 676896, marca Toyota, año 2007, categoría automóvil, Vin JTEBK29J200023804, cilindrada 2985. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de mayo del año dos mil once, con la base de quince mil novecientos veinticuatro dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de junio del año dos mil once con la base de cinco mil trescientos ocho dólares con seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica S. A contra Jorge William Ávila Obando. Exp. 10-000950-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020555).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de abril del dos mil once, y con la base de seis millones trescientos noventa y seis mil ciento colones con veintiocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 413 067 cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 Ángeles, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael Ángel Ramírez Espinoza; al sur, servidumbre de paso con una medida de 63 mts 14 DM; al este, calle pública con un frente de 16 mts con 57 cm; y al oeste, Rafael Ángel Ramírez Espinoza. Mide: mil dieciséis metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del año dos mil once, con la base de cuatro millones setecientos noventa y siete mil setenta y cinco colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dos de junio del año dos mil once con la base de un millón quinientos noventa y nueve mil veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Scotianbank de Costa Rica S. A. contra Marjorie María Vega Leitón. Exp. 10-000427-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020561)

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada y dominante; a las nueve horas y quince minutos del catorce de abril del dos mil once. y con la base de ciento cuarenta mil setecientos dieciséis dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y siete mil noventa y siete cero cero cero la cual es terreno para construir, lote 168. Situada en el distrito 03 San Francisco, cantón O1 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Recreaciones Víquez y Campos S.A.; al sur, Erick Vargas Goussen, Sergio Hernández Morales, Patricia Zumbado Segnini; al este, Recreaciones Víquez y Campos S. A.; y al oeste, calle central, con 1173 mts 34 cts. Mide: mil ciento cincuenta y ocho metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de mayo del dos mil once, con la base de ciento cinco mil quinientos treinta y siete dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de mayo del año dos mil once con la base de treinta y cinco mil ciento setenta y nueve dólares con doce centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Arvinal Viza Sociedad Anónima, Nelson Enrique Zamora Víquez. Exp. 10-002329-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020564).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boletas: 2008316717 y 0969900514; a las diez horas treinta minutos del catorce de abril del dos mil once, y con la base de veintiún mil quince dólares con treinta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo 699212, marca Suzuki, automóvil, todo terreno, año 2007, color negro, chasis JS3TD54V974112367, cilindrada 2000 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil once, con la base de quince mil setecientos sesenta y un dólares con cincuenta y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil once con la base de cinco mil doscientos cincuenta y tres dólares con ochenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Jorge Alberto Porras Quesada. Exp. 10-000434-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de enero del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020567).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del nueve de mayo del dos mil once, y con la base de doscientos cinco mil seis dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil doscientos treinta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Mata de Plarano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 12,19 metros de frente; al sur, C Y M Empresa de Bienes Raíces Sociedad Anónima; al este, C Y M Empresa de Bienes Raíces Sociedad Anónima; y al oeste, C Y M Empresa de Bienes Raíces Sociedad Anónima. Mide: quinientos cuarenta y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de mayo del dos mil once, con la base de ciento cincuenta y tres mil setecientos cincuenta y cinco dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de junio del dos mil once con la base de cincuenta y un mil doscientos cincuenta y un dólares con sesenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotianbank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Cinco Mil Trescientos Veintidós S. A., Jeffrey Hernández Valverde. Exp. 10-002477-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 21 de febrero del 2010.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—(IN2011020571).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada; a las nueve horas del doce de abril del año dos mil once, y con la base de cuatrocientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Derecho a un treintaicuatroavo de la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil doscientos cincuenta y nueve secuencia cero uno cero, la cual es terreno con caña con cuatro casas. Situada en el distrito Piedades Norte, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Rafael Elizondo y otros; al sur calle pública y Santiago Elizondo; al este Claudio Rojas y otros y al oeste quebrada y Juan Morera y otros. Mide: doscientos diecinueve mil novecientos cincuenta y un metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del cuatro de mayo del año dos mil once, con la base de trescientos mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecinueve de mayo del año dos mil once con la base de cien mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ramón Wilfredo Vargas Herrera contra Nelson Cornelio Elizondo Bejarano. Expediente 09-000213-0296-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 8 de marzo del 2011.—Lic. Daniel Hernández Cascante, Juez.—RP2011228089.—(IN2011020665).

En la puerta exterior de este Juzgado; libre de gravámenes hipotecarios a las ocho horas del catorce de abril del dos mil once, y con la base de diecinueve millones setecientos siete mil doscientos veintiún colones con setenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número catorce mil doscientos diecinueve-cero cero cero, que es terreno para construir con un establecimiento comercial con salón para atención al público. Sito en distrito primero del cantón primero de la provincia de Puntarenas. Linda: al norte con Rosario Acevedo Duarte; al sur con avenida central en medio otro; al este con Rosario Acevedo Duarte y al oeste con calle y otro. Mide: ciento ochenta y un metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados, según plano P-siete siete cinco seis nueve seis-dos mil dos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas del cinco de mayo del dos mil once, con la base de catorce millones setecientos ochenta mil cuatrocientos dieciséis colones con treinta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del diecinueve de mayo del dos mil once con la base de cuatro millones novecientos veintiséis mil ochocientos cinco colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Su Qing Zheng Zheng. Expediente 11-100006-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Luis Esteban Araya Ugalde, Juez.—RP2011228113.—(IN2011020666).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de anotaciones y gravámenes hipotecarios a las diez horas y treinta minutos del ocho de abril del año dos mil once, y con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (¢12.500.000,00), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil ochocientos treinta y cuatro-cero cero cero (25834-000) la cual es terreno de café y potrero. Situada en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Juan Félix Rojas Barrantes; al sur Vinicio Rojas y otro; al este calle pública y al oeste Jorge Corrales Ulate. Mide: mil quinientos noventa y nueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados (1.599,78). Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de mayo del año dos mil once, con la base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (¢9.375.000,00) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de mayo del año dos mil once con la base de tres millones ciento veinticinco mil colones exactos (¢3.125.000,00) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Félix Rojas Barrantes. Expediente 11-000069-0295-CI.—Juzgado Civil de Grecia, 22 de febrero del 2011.—Lic. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—RP2011228149.—(IN2011020669).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de abril de dos mil once y con la base de tres millones cuarenta y nueve mil trescientos setenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas T. A. 262 Hyundai Accent serie KMHCG41GP2U352559, sedán 4 puertas, año 2002, color rojo, tracción 4x2, cilindrada 1500 c.c. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de abril de dos mil once, con la base de dos millones doscientos ochenta y siete mil treinta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de mayo de dos mil once con la base de setecientos sesenta y dos mil trescientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaría de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Ronald Vindas Segura. Expediente 11-000358-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 1º de febrero del 2011.—Lic. Marlene Martínez González, Juez.—(IN2011020964).

En la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil once (primer remate) libre de anotaciones y soportando gravámenes de reservas y restricciones con la base de treinta y ocho millones doscientos noventa y dos mil ochocientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matricula número 6-00055063-000, naturaleza filial 44 ubicada en el nivel cero más tres punto sesenta y cinco o tercer nivel destinada a uso comercial en proceso de construcción, situada en el distrito 01 Jaco, cantón de Puntarenas, de la provincia de Puntarenas, colinda al norte área común construida de pasillo, sur; finca filial cuarenta y cinco y área común construida de pasillo, este; área común construida de pasillo, oeste; área común construida de pasillo. Para el segundo remate se señalan las diez horas del veintiocho de abril del dos mil once, con la base de veintiocho millones setecientos diecinueve mil seiscientos colones (rebajada en un 25%) y para la tercera subasta se señalan las diez horas del dieciséis de mayo del dos mil once con la base de nueve millones quinientos setenta y tres mil doscientos colones (un 25% por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Comercial Vertical Plaza Coral Jaco contra Ala de Ángel del Coral S. A. Expediente 09-100074-445-CI.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, 22 de febrero del 2011.—Lic. David Ricardo Matarrita Madrigal, Juez.—(IN2011020969).

Convocatorias

Se convoca a todos los interesados en la sucesión Orlando Juárez Juárez, cédula cinco-uno tres siete-cuatro cero dos, quien fue casado una vez, ganadero, vecino de San Vicente de Nicoya, de la escuela quinientos metros al este, a una junta que se verificará en esta notaría, a las diez horas diecinueve de abril del año en curso, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente número cinco-dos mil diez, de la notaría del Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza, en Nicoya, Guanacaste, costado norte de la Iglesia Católica Nueve.—Nicoya, dieciocho de enero del dos mil once.—Lic. Mario Gerardo Ulloa Aiza, Notario.—1 vez.—(IN2011006471).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Augusto Avendaño Avendaño, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, 50 metros al norte de Farmacia Hidalgo, con cédula de identidad número ocho-cero cuarenta-doscientos dos, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las nueve horas treinta minutos del trece de abril del dos mil once, con el fin de conocer de los extremos que señala el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 09-100028-1046-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 25 de febrero del 2011.—Lic. Sonia Patricia Abarca García, Jueza.—1 vez.—RP2011227912.—(IN2011020680).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de José Luis Flores Barrantes, cédula 6-121-10, mayor, viudo una vez, educador, soltero, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve horas del veinticinco de abril del año dos mil once, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 10-100039-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 15 de febrero del 2011.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—1 vez.—RP2011227918.—(IN2011020681).

Se convoca a los miembros o socios de la Asociación de Pequeños Agricultores de Colonia Naranjeña, cédula jurídica número 3-002-100720, a una junta que se llevará a cabo en este Despacho, a fin de que se apersonen y elijan un representante; para lo cual se señalan las nueve horas del quince de abril de dos mil once. Lo anterior por haberse ordenado así en ejecutivo prendario 10-001508-0638-CI establecido por el Banco Nacional de Costa Rica contra Asociación de Pequeños Agricultores de Colonia Naranjeña.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de febrero del 2011.—Lic. Marco Antonio Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2011020980).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente 11-000004-0387-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Hugo Cesar Zúñiga Zamora, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Tronadora de Tilarán, cédula 5-170-887, Rafael Ángel Zúñiga Zamora, mayor, soltero, agricultor, vecino de la Unión de Nuevo Arenal, cédula 5-181-878 y Edgar Antonio Zúñiga Zamora, mayor, soltero, agricultor, vecino de Arenal, Tilarán, cédula 5-207-108, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada en la Unión el distrito: Sétimo Arenal, cantón octavo Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Inversiones Cubero González S. A., en parte quebrada Isabel y Hugo Cesar, Edgar Antonio y Rafael Ángel todos Zúñiga Zamora; al sur, Hugo Cesar, Edgar Antonio y Rafael Ángel todos Zúñiga Zamora; al este, Hugo Cesar, Edgar Antonio y Rafael Ángel todos Zúñiga Zamora; y al oeste, en parte calle pública con un frente de doscientos veintidós metros con treinta y cinco centímetros lineales, Hugo Cesar, Edgar Antonio y Rafael Ángel todos Zúñiga Zamora y Resplendent Land Company S. A. Mide: ochenta y nueve mil novecientos veintiún metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G1423433-2010, a nombre de Hugo Cesar, Edgar Antonio y Rafael Ángel todos Zúñiga Zamora, fechado el primero de junio del dos mil diez. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estiman el inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones y las presentes diligencias en la suma de doscientos mil colones. Que adquirieron dicho inmueble por donación que les hizo su padre Jorge Zúñiga Pérez en el año de mil novecientos ochenta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación, realización de cercas, protección, limpieza y mejoras. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edgar Antonio Zúñiga Zamora. Expediente: 11-000004-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 24 de febrero del 2011.—Lic. Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—(IN2011019678).

Citaciones

Mediante escritura ciento noventa y uno-tres otorgada ante esta notaría por Marta Eugenia Vargas Esquivel, a las trece horas del veintiocho de febrero del dos mil once y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fue Carol Mellissa Vargas Esquivel, mayor, soltera, de San José, mercadológa, portadora de la cédula de identidad número uno-mil setenta y nueve-cero noventa y ocho, quien falleciera el día primero de setiembre del año dos mil diez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. La dirección es en Cartago, calle diez, avenidas cuatro y seis. Teléfono dos cinco cinco uno-uno tres nueve ocho, expediente cero cero uno-dos mil once. Publicar en el Boletín Judicial.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1 vez.—RP2011225961.—(IN2011017407).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marlene Delgado Rodríguez, quien fue mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número 0203800644, vecina de San Pedro de Coronado. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-001092-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 31 de enero del 2011.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2011227357.—(IN2011019428).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en proceso sucesorio de quien fuera Brenes León William Danilo, mayor, casado, portador de la cédula seis-ciento veintinueve-cuatrocientos noventa y nueve, vecino de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días se apersonen a hacer valer sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se apersonan en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda en derecho. Sucesorio exp. 10-100230-642-CI-1.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas.—Lic. Jeudy Briceno Gómez, Jueza.—1 vez.—RP2011227385.—(IN2011019429).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María de Rosario Torres Contreras, quien fuera mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula 4-083-006, vecina de Barva de Heredia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 05-001955-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de setiembre del 2005.—Lic. Jorge Martínez Guevara, Juez.—1 vez.—(IN2011019643).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue María Engracia Agüero Salazar, cédula 1-0474-0190, mayor, soltera, vecina de San Pablo de Turrubares, de la iglesia católica 100 mts al sur, 50 al este, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso para hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Omar Joel Agüero Salazar, cédula 01-0425-0369, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San José, este último fue nombrado como único heredero. (Sucesión número 10-100349-0241-CI de María Engracia Agüero Salazar.—Juzgado Contravencional de Menor Cuantía de Turrubares.—Lic. Jorge Chacón Corea, Juez.—1 vez.—(IN2011019690).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Ana Victoria Rafaela Agüero Cerdas, quien fuera mayor, ama de casa, viuda, vecina de Horquetas de Sarapiquí, Heredia, cédula 1-261-336. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-002188-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 1º de marzo del año 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2011019704).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Eloy León Villalobos, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Pablo de Heredia, cédula de identidad desconocida, pues el nacimiento no fue inscrito. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-002822-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de marzo del año 2011.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—1 vez.—(IN2011019706).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Albertina Juárez Cárdenas, quien fuera mayor, casada, pensionada, cédula número 5-124-577. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-000067-0390-CI.—Juzgado Civil de Nicoya, 5 de agosto del 2010.—Lic. José Carlos Aguilar Bonilla, Juez.—1 vez.—(IN2011019725).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de Rafael Agüero Cambronero, quien fuera mayor, casado, pensionado, vecino de Rincón Chiquito de la Gúacima de Alajuela. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-004484-0307-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de febrero del 2011.—MSc. Ileana Ruiz Quirós, Jueza.—1 vez.—(IN2011019746).

Se emplaza: a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Arabela López Valverde, quien fue mayor, soltera, vecina de Aserrí centro, de la iglesia católica de Aserrí, 200 metros este, cédula 1-0172-0384, para que dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. 10-000261-0180-CI. Sucesión de Arabela López Valverde.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 17 de febrero del 2011.—Lic. Christian López Mora, Juez.—1 vez.—RP2011227413.—(IN2011019860).

Se hace saber: Que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de María Argentina Soto García, quien fue mayor, casada una vez, vecina de Guadalupe, Goicoechea, ama de casa, con cédula de identidad número 6-0094-0201. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 10-000851-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de enero del 2011.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—RP2011227434.—(IN2011019861).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio acumulado de José González Morales y María Rene Carranza Cruz, quien fueran mayores, casados, pensionado el primero y ama de casa el segundo, ambos vecinos de el Coyol de Alajuela, con cédula de identidad 2-094-664 y 2-128-628 respectivamente. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 10-002978-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de enero del 2011.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—1 vez.—(IN2011020086).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Giovanni Esteban Juárez Pastrana, quien fuera soltero, estudiante, cédula de identidad 1-1366-0026. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 09-000692-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 noviembre del 2009.—Lic. Maribel Seing Murillo, Jueza.—1 vez.—(IN2011020117).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Cesar Andrés Sancho Álvarez, quien fuera soltero, bodeguero, vecino de Carrillo Bajos de Poás y con cédula de identidad 1-1298-121. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 10-001546-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de julio de 2010.—Lic. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—(IN2011020124).

En Alajuela a las quince horas del primero de marzo del dos mil once, comprobado el fallecimiento de, se cita y emplaza a todos los interesados en la presente mortual apersonarse al proceso sucesorio notarial establecido en la oficina de la notaría Patricia Zumbado Rodríguez, del causante Víctor Meléndez Alvarado, quien fuera cédula dos doscientos sesenta-ciento treinta y seis, comerciante, casado una vez, vecino de Alajuela ochocientos metros sur de Bar Las Tinajitas, se emplaza a las personas que consideren tener derechos en la presente mortual, por el plazo de 30 días a partir de la publicación del edicto, ha hacer valer sus derechos, debiendo presentarse en la oficina de la notaria Patricia Zumbado Rodríguez en Alajuela Centro.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notario.—1 vez.—(IN2010020128).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Juan Luis Bermúdez Marín, quien fuera mayor, casado, vecino de Pérez Zeledón, cédula número uno-cuatrocientos treinta y uno-novecientos ocho. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 10-003159-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 7 de marzo del 2011.—Lic. Rodrigo Araya Duran, Juez.—1 vez.—(IN2011020156).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Mireya Guevara Fallas, mayor, viuda de su único matrimonio, del hogar, cédula de identidad número seis-cero cincuenta y ocho- setecientos setenta y cuatro, vecina de San José, costado norte de la Universidad La Salle, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda, expediente número 01-2010. Notaría del Lic. Pablo Peña Ortega, sita en San José, San Francisco de Goicoechea, Ofícentro Torres del Campo, Torre Primera, Segundo Piso, en Nassar Abogados, a las doce horas del nueve de diciembre del dos mil diez. El edicto original fue retirado por el señor Javier Andrés Padilla Guevara, a las catorce horas del día nueve de diciembre del dos mil diez.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(IN2010020173).

Se hace saber que en ante esta notaría sita en Alajuelita, contiguo a la delegación Delta 10, conforme al numeral 129 del código notarial se efectuó apertura del sucesorio extrajudicial 0001-2011 de Elvia Arroyo Carranza, quien fue mayor, del hogar, soltera, vecina de Hatillo, cédula 2-138-691. Se cita a terceros, acreedores e interesados en general, para que dentro del plazo de 30 días, a partir de la publicación de este edicto; se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—Febrero, 24 del 2011.—Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario.—1 vez.—(IN2010020186).

Avisos

tercera PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Dailin Natalia Morales López, actor(a) Miguel Ángel Morales López y Risely Idaneth López Pizarro, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 11-000028-0776-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 22 de febrero del 2011.—Lic. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—(IN2011018470).

segunda PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor Rita Patricia Hernández Vargas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 11-000027-0776-FA. Clase de asunto: depósito judicial de la menor Rita Patricia Hernández Vargas promovido por el Patronato Nacional de la Infancia contra los señores Pedro Hernández y Paula Alicia Vargas Ortega.—Juzgado de Familia de Santa Cruz, 25 de febrero del 2011.—Lic. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—(IN2011019293).

PUBLICACIÓN de una vez

Se avisa que en este despacho la señora Doris Alvarado Blanco, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Karla Margarita Ramírez Serrano. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 11-000079-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2011.—Lic. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—(IN2011019677).

Se avisa que en este despacho la señora Denia Gómez Jiménez, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Richard Jesús Siles Rojas. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 11-000103-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2011.— Msc. Yerma Campos Calvo, Jueza.—1 vez.—(IN2011019765).